Prácticas Tema 2

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2014-2015 ASIGNATURA: Educación y sociedad (Pedagogía). PROFESOR: José Francisco Durán Medina. TITULACIÓN: Grado en Educación Primaria. AUTORA: María Elena Mariblanca Fernández. CURSO: 2º B. FECHA DE PRESENTACIÓN: 14-4-15 PRÁCTICAS TEMA 2

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Prácticas Tema 2

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  • 2014-2015

    ASIGNATURA: Educacin y sociedad

    (Pedagoga).

    PROFESOR: Jos Francisco Durn

    Medina.

    TITULACIN: Grado en Educacin

    Primaria.

    AUTORA: Mara Elena Mariblanca

    Fernndez.

    CURSO: 2 B.

    FECHA DE PRESENTACIN: 14-4-15

    PRCTICAS TEMA 2

  • Prctica 2a:

    Anlisis sobre la tutora y la participacin de los padres en el marco legal (LOMCE,

    LOE, Decretos de Currculo (Infantil y Primaria) y Ley de Educacin de Castilla la

    Mancha). Informe con el anlisis y conclusiones.

    LOMCE ( Ley Orgnica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de

    2013)

    LOE (LEY ORGNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin).

    Ley de Educacin de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Ttulo I

    Comunidad Educativa. Captulo III. Las familias. Ttulo VI Factores de calidad de

    la educacin. Captulo IV. La orientacin educativa y profesional).

    Decretos de Currculo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria segn

    corresponda a la titulacin que cursa).

    LOMCE ( Ley Orgnica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de

    dic. de 2013)

    La realidad familiar en general, y en particular en el mbito de su relacin con la

    educacin, est experimentando profundos cambios. Son necesarios canales y hbitos

    que nos permitan restaurar el equilibrio y la fortaleza de las relaciones entre alumnos y

    alumnas, familias y escuelas. Las familias son las primeras responsables de la

    educacin de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y

    confiar en sus decisiones.

    Son de destacar los resultados del trabajo generoso del profesorado, familias y otros

    actores sociales, que nos brindan una visin optimista ante la transformacin de la

    educacin a la que nos enfrentamos, al ofrecernos una larga lista de experiencias de

    xito en los ms diversos mbitos, que propician entornos locales, en muchos casos con

    proyeccin global, de cooperacin y aprendizaje.

    LOE (LEY ORGNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin)

    Las administraciones educativas fomentarn la participacin de alumnado, profesorado,

    familias y personal de administracin y servicios en los centros educativos.

    A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias en la

    educacin de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarn medidas que

    promuevan e incentiven la colaboracin efectiva entre la familia y la escuela.

    En cuanto a la participacin en el funcionamiento y el gobierno de los centros pblicos

    y privados concertados, la ley aprueba que tanto padres como alumnos puedan

    participar a travs de sus asociaciones, que favorecern la informacin y la formacin

    dirigida a ellos.

  • Dentro de los rganos colegiados, como es el Consejo Escolar, tanto padres como

    alumnos tendrn una representacin en ste, de un tercio de las personas totales que lo

    integren.

    Ley de Educacin de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Ttulo I

    Comunidad Educativa. Captulo III. Las familias. Ttulo VI Factores de

    calidad de la educacin. Captulo IV. La orientacin educativa y

    profesional)

    Ttulo I Comunidad Educativa. Captulo III. Las familias.

    Artculo 22. El papel de las familias.

    Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y,

    actuando en colaboracin con el profesorado como miembros de la comunidad

    educativa, son agentes bsicos para la mejora de la educacin.

    Artculo 23. La participacin de las familias en el proceso educativo.

    1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y

    participar en la definicin del modelo de educacin de sus hijos e hijas o pupilos, a

    asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de

    acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participacin Social en la

    Educacin y lo establecido en el artculo 4 de la Ley Orgnica 8/1985, de 3 de julio,

    reguladora del Derecho a la Educacin.

    2. La Consejera competente en materia de educacin impulsar programas de

    formacin de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y

    para contribuir a una colaboracin ms efectiva en la educacin de sus hijos e hijas o

    pupilos y pupilas.

    3. La Consejera competente en materia de educacin pondr a disposicin de los

    centros docentes pblicos los medios y programas adecuados para desarrollar vas

    electrnicas de comunicacin con las familias, favoreciendo la realizacin de consultas

    y el intercambio de informacin por medios telemticos, sin detrimento de la relacin

    personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros.

    4. El Consejo de Gobierno desarrollar los derechos y deberes de las familias del

    alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los que les

    reconoce la Ley Orgnica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educacin,

    y regular y garantizar su ejercicio.

    Artculo 24.Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

    Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el

    derecho a la educacin de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que stos reciban la

    formacin religiosa y moral que est de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen

    derecho a la libre eleccin de centro, al conocimiento y la participacin en el proyecto

  • educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios

    de evaluacin y la opinin sobre las decisiones que afecten al progreso acadmico de

    sus hijos e hijas o pupilos, y a la informacin personal sobre su evolucin educativa y su

    rendimiento acadmico.

    Artculo 25.Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

    1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la

    obligacin de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la

    colaboracin con el profesorado y la contribucin al desarrollo educativo de sus hijos e

    hijas o pupilos y pupilas.

    2. Los centros docentes promovern la suscripcin por las familias o tutores legales de

    compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de sus hijos e hijas o

    pupilos y pupilas.

    Artculo 26.Asociaciones de madres y padres del alumnado.

    1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un

    centro educativo podrn asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de

    marzo, de Participacin Social en la Educacin y dems normativa vigente.

    2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas sern los que

    se establecen en el artculo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participacin Social

    en la Educacin.

    Artculo 27.Medidas de fomento del asociacionismo.

    1. La Consejera competente en materia de educacin fomentar la creacin y

    desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y

    padres del alumnado.

    2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y

    confederaciones, debern inscribirse en el Registro de entidades colaboradoras de la

    enseanza, al que se hace referencia en el artculo 135.5 de la presente Ley, de acuerdo

    al procedimiento reglamentario que se establezca.

    3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y las federaciones y

    confederaciones que tengan su sede y desarrollen mayoritariamente su actividad en

    Castilla-La Mancha, podrn ser declaradas de utilidad pblica por el Consejo de

    Gobierno.

    4. La Consejera competente en materia de educacin impulsar campaas informativas,

    de manera directa y a travs de los medios de comunicacin, en colaboracin con las

    federaciones y confederaciones de madres y padres, para dar a conocer sus derechos y

    deberes.

    Artculo 28.La participacin de las familias en los consejos escolares.

  • Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los trminos previstos en la

    ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participacin Social en la Educacin y a travs de sus

    representantes elegidos democrticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la

    localidad, as como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

    Artculo 29.La colaboracin de las familias.

    Los centros docentes propiciarn la colaboracin de las familias, de forma voluntaria y

    siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas del centro

    cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.

    Ttulo VI Factores de calidad de la educacin.

    CAPTULO I

    Factores de calidad en la educacin

    Artculo 144. Factores de calidad educativa.

    La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prestar una atencin prioritaria al

    conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseanza y, en particular, a los

    recogidos en el artculo 2.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin.

    CAPTULO II

    El fomento de la lectura y del plurilingismo

    Artculo 145. El estmulo de la lectura.

    2. La lectura se fomentar en el mbito escolar mediante la inclusin para tal fin de una

    hora curricular semanal, la prioridad para la lectura en todas las reas y materias, el

    desarrollo de actividades extracurriculares, la difusin de actividades relacionadas con

    la lectura en la totalidad del centro y la programacin de actividades en colaboracin

    con las familias, entre otras medidas.

    Artculo 146. La biblioteca escolar.

    3. En la planificacin, gestin y apertura de la biblioteca escolar, adems de los

    docentes responsables, participarn el alumnado y sus familias. En los centros de

    titularidad pblica podrn participar, adems, personal voluntario y otros profesionales

    que se determinen por la Consejera competente en materia de educacin.

    CAPTULO III

    La cualificacin y formacin del profesorado

    Artculo 153. Principios y objetivos de la formacin permanente.

    2. Son objetivos de la formacin permanente del profesorado:

  • b) Desarrollar las competencias necesarias para cumplir con las tareas propias de la

    accin tutorial, y para dar respuesta a la singularidad del alumnado.

    e) Contribuir al conocimiento de las emociones y las estrategias en la resolucin de

    conflictos, a la gestin social del aula, al uso de las habilidades de relacin, al desarrollo

    de una autoestima positiva y a que el alumnado cuente con expectativas favorables en su

    capacidad de aprendizaje.

    Artculo 154. Organizacin de la formacin permanente.

    2. La Consejera competente en materia de educacin determinar las caractersticas,

    contenidos y duracin de los itinerarios formativos considerados obligatorios. En todo

    caso, se desarrollarn itinerarios relacionados con las competencias bsicas, la accin

    tutorial, el uso de las tecnologas de la informacin y la comunicacin, la evaluacin

    educativa y la convivencia escolar.

    Artculo 155. La red de formacin.

    2. Los centros especficos de formacin del profesorado contarn con un rgano de

    participacin en el que estarn representados los profesionales que prestan servicios en

    ese centro, los centros docentes de la zona, las asociaciones de madres y padres y los

    municipios, en el nmero y proporcin que reglamentariamente se determine.

    Captulo IV. La orientacin educativa y profesional.

    Artculo 159. Finalidad.

    El modelo de orientacin de Castilla-La Mancha tiene como finalidad contribuir a la

    educacin integral del alumnado a travs de la personalizacin del proceso educativo,

    en especial en lo referido a la adaptacin de los procesos de enseanza y aprendizaje, a

    su singularidad y a la transicin tanto entre las distintas etapas y niveles en los que se

    articula el sistema educativo como entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto

    de la comunidad educativa asesoramiento y apoyo tcnico especializado.

    Artculo 160. Caractersticas bsicas.

    Facilitar en el propio centro docente una atencin profesional cercana y contextualizada,

    extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.

    Artculo 161. Organizacin.

    La orientacin educativa y profesional se desarrolla mediante:

    a) La tutora ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios,

    para la atencin al alumnado y sus familias y la coordinacin de los equipos

    docentes.

  • Decretos de Currculo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria

    segn corresponda a la titulacin que cursa).

    Artculo 2.Principios generales.

    5. El Consejo escolar y el Claustro de profesores, de acuerdos con las competencias

    recogidas en los artculos 129.b) y 127.a), en el ejercicio de la autonoma establecida en

    el artculo 120.4) y 121.5) para los centros pblicos y en la Disposicin adicional

    decimosptima para los centros privados de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de

    educacin, podrn adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de

    organizacin, y compromisos educativos con familias o tutores legales de acuerdo con

    los criterios y procedimientos que determine la Conserjera competente en materia de

    educacin.

    Asimismo, podrn ampliar el horario escolar, sin que por ello, puedan derivarse

    aportaciones econmicas para las familias ni exigencias para la citada Conserjera.

    Artculo 8. Respuesta a la diversidad del alumnado.

    3. La respuesta, en su caso, el alumnado con necesidades especficas de apoyo educativo

    partir de la identificacin de sus caractersticas, responder a los mismos objetivos y

    competencias que los del resto de sus compaeras y compaeros, se organizar de

    manera individualizada en el contexto del aula con los recursos necesarios y facilitar la

    coordinacin con las familias y con el resto de sectores implicados.

    Artculo 10. Evaluacin.

    La evaluacin global exige el uso de un procedimiento completo y descriptivo que

    permita la recogida de datos relevantes en todas las fases de la secuencia de aprendizaje.

    La entrevista con las familias, la observacin participativa y no participativa, el anlisis

    de sus trabajos son tcnicas imprescindibles, que deben ser complementadas con

    procedimientos de registro de la informacin.

    Artculo 15. Desarrollo del plan de lectura.

    La Consejera competente en materia de educacin apoyar la incorporacin a la

    Educacin infantil de los objetivos y contenidos del Plan de Lectura para que el

    alumnado descubra el placer de la lectura a travs de los relatos y los cuentos, dotando

    las bibliotecas escolares de materias y recursos multimedia.

    2. Asimismo, establecer estos compromisos con aquellos centros docentes que, en el

    ejercicio de su autonoma, quieran adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas

    de organizacin, de apertura de centros y compromisos de participacin y mejora con

    las familias sin que ello supongo, en ningn caso, aportaciones econmicas por parte de

    las citadas familias.

  • Prctica 2b:

    Tras el visionado del: vdeo "la comunicacin familia escuela", sobre la forma de actuar

    en una tutora con padres y al que se accede al principio del mdulo, realiza una breve

    sntesis de los elementos que aporta y una valoracin crtica personal en relacin a la

    comunicacin que se establece entre la familia y la escuela.

    En el vdeo "la comunicacin familia escuela" se nombran los tres modelos

    comunicativos que se pueden adoptar en una tutora con padres: el agresivo, el asertivo

    y el inhibido. Aunque slo se presentan los dos primeros.

    Modelo agresivo: el profesor se muestra fro y distante hacia la madre de su alumno.

    ste no ofrece asiento a la madre y se mantiene en pie en todo momento. Ambos

    comienzan a hablar a la vez sin respetar el turno de palabra, lo cual dificulta que se

    entiendan. Adems aparecen gestos agresivos por ambas partes. Finalmente, no se llega

    a ningn acuerdo porque no se han escuchado ni han dialogado como adultos.

    Modelo asertivo: el profesor se muestra amable y atento con la madre de su alumno.

    ste ofrece asiento a la madre y despus se sienta l, creando as un clima de confianza.

    En todo momento el profesor se siente agradecido con la madre por su asistencia.

    Hablan cordialmente y ambos respetan el turno de palabra del otro. Finalmente, se llega

    a un acuerdo para intentar solucionar el problema.

    El modelo que debera de adoptar cualquier docente en una tutora con padres es el

    asertivo. Con este modelo tanto el maestro como el padre/madre del alumno se sienten

    cmodos y dialogan de manera correcta pudiendo llegar a un acuerdo que satisfaga a

    ambas partes.

  • Prctica 2c:

    Causas de la baja participacin de los padres en los centros educativos. Propuestas y

    medidas de mejora para promover dicha participacin.

    El tema de la participacin de los padres en los centros educativos es de gran relevancia,

    principalmente para sus hijos. Si la familia colabora con la escuela, ser ms fcil

    resolver cualquier problema que pueda surgir en un momento determinado.

    Algunas de las causas de la baja participacin de los padres en los centros

    educativos seran:

    - Los padres no ven ninguna utilidad en dicha participacin.

    - Falta de motivacin por parte de los padres.

    - Incompatibilidad de los horarios laboral y escolar.

    - Problemas de desplazamiento.

    - Delegan la responsabilidad de la educacin de sus hijos en los profesionales.

    Algunas propuestas y medidas de mejora para promover dicha participacin

    seran:

    - Realizar entrevistas y charlas informativas con los padres.

    - Formacin de los padres para responsabilizarles en la funcin educadora de sus hijos y

    en la participacin activa.

    - Participacin de los padres en el Consejo Escolar.

  • Prctica 2d:

    Programacin de una actividad con padres en formato de presentacin audiovisual (ppt,

    cuadernia, prezi,... ). Tras la visin de los ejemplos que incluye la plataforma en

    relacin a actividades de participacin de padres en aulas de educacin infantil y

    primaria, se propone la elaboracin de una propuesta de intervencin espordica o

    sistemtica para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuacin

    donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.

    https://prezi.com/m7f-2ag5uk_s/visita-al-parque/