Practica Forense de Derecho Penal

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÒN PÚBLICA DE LA F.S.T. S.E. LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTI CO MODALIDAD MI XTA PRACTICA FORENSE DE DERECHO PENAL 5º CUATRIMESTRE GUÌA DE ESTUDIO Y MATERIAL DE APOYO

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÒN PÚBLICA

DE LA F.S.T.S.E.

LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTICO MODALIDAD MIXTA

PRACTICA FORENSE DE DERECHO PENAL

5º CUATRIMESTRE

GUÌA DE ESTUDIO Y MATERIAL DE APOYO

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PRÁCTICA FORENSE DE DERECHO PENAL ÌNDICE GENERAL

PÀGINAS Identificación de la materia 3 Características de los destinatarios 3 Introducción a la asignatura 4 Objetivo de la asignatura 4 Materiales didácticos 5 Forma de abordar cada tema 5 Criterios y procedimientos de evaluación y acreditación 6 Actividades de aprendizaje 6

TEMA I EL PROCEDIMIENTO PENAL 7 Introducción al tema 8 Objetivo específico del tema 8 Autoevaluación 9 TEMA II EL MINISTERIO PÚBLICO 10 Introducción al tema 11 Objetivo específico del tema 11 Autoevaluación 12 TEMA III TÉRMINO CONSTITUCIONAL 13 Introducción al tema 14 Objetivo específico del tema 14 Autoevaluación 15 TEMA IV INSTRUCCIÓN 16 Introducción al tema 17 Objetivo específico del tema 17 Autoevaluación 18 TEMA V JUICIO 19 Introducción al tema 20 Objetivo específico del tema 20 Autoevaluación 21 TEMA VI MEDIOS DE IMPUGNACIÓN 22 Introducción al tema 23 Objetivo específico del tema 23 Autoevaluación 24 TEMA VII INCIDENTES 25 Introducción al tema 26 Objetivo específico del tema 26 Autoevaluación 27 TEMA VIII ACTIVIDADES EXTRA ESCOLARES DE LOS ALUMNOS 28 Introducción al tema 29 Objetivo específico del tema 29 Autoevaluación 30

Bibliografía básica y complementaria 31 Bibliotecas virtuales y sitios de interés 32

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LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRATICO

MODALIDAD MIXTA

PRACTICA FORENSE DE DERECHO PENAL QUINTO CUATRIMESTRE

NOMBRE DE LA ASIGNATURA PRÁCTICA FORENSE DE DERECHO PENAL CICLO LICENCIATURA AREA OBLIGATORIA CRÉDITOS 7.5 ASIGNATURA PRECEDENTE DERECHO PROCESAL PENAL ASIGNATURAS SUBSECUENTE NINGUNA

INSTITUCIÒN EDUCATIVA RESPONSABLE

INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÒN PÚBLICA DE LA F.S.T.S.E.

CARACTERÌSTICAS DE LOS DESTINATARIOS

Estudiantes del Instituto Nacional de Estudios Sindicales y de Administración Pública de la FSTSE, que por sus actividades personales no cuenten con tiempo libre suficiente para su formación en horarios rígidos, y que además sean capaces de establecer compromisos y de interactuar asertivamente en un proceso de aprendizaje autodidacta.

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INTRODUCCIÒN A LA ASIGNATURA El Derecho Procesal Penal: es el conjunto de normas que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin: la actividad de los jueces y la Ley de fondo en la sentencia. Tiene como función investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso. Es el modo legalmente regulado de realización de la administración de justicia, que se compone de actos que se caracterizan por su tendencia hacia la sentencia y a su ejecución, como concreción de la finalidad de realizar el Derecho Penal Material.

Estos actos suceden entre la noticia del delito, a partir de la cual se promueve la acción, y la sentencia. Los actos marchan sin retorno, proceden, hacia el momento final.

Dentro de esos actos procesales "vivos" que montan la impulsión del proceso, se han distinguido los de mera investigación o instrucción, los de persecución, que luego continúa con el auto de procesamiento, la elevación a juicio, la citación a juicio, la audiencia. El fin institucionalmente propuesto para el Proceso Penal no es sólo la realización del Derecho Penal material sino también el cumplimiento de las bases constitucionales del enjuiciamiento penal o el programa Constitucional, ya que el derecho procesal penal es reglamentario de la Constitución del Estado, y es por ello que la implementación de cualquier medida que, en pos de descubrir la verdad para imponer una pena, vulnere los derechos y garantías de los ciudadanos excediendo los límites constitucionalmente impuestos a los poderes públicos, resulta simultáneamente repugnante a los principios básicos del proceso penal.

OBJETIVO DE LA ASIGNATURA El alumno entenderá la enseñanza del Derecho Administrativo, ante un mundo en una constante transformación, que ha obligado al Poder Publico a una intensa labor legislativa en materia administrativa.

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MATERIALES DIDÁCTICOS.

1 .Guía de estudio. 2. Bibliografía básica y complementaria. 3. Internet (sitios de interés y bibliotecas virtuales) 4. Materiales de apoyo (copias, impresos, revistas de consulta etc.).

FORMA DE ABORDAR CADA TEMA Descubrir el conocimiento en forma sistemática, exige emplear los procedimientos y las técnicas específicas de estudio que personalmente el alumno universitario ha adquirido durante el proceso de instrucción, conforme a las habilidades que le son propias; adicionalmente, se recomienda, para obtener mejores resultados mediante un esfuerzo concentrado:

- Efectuar las lecturas propuestas en la guía, con el objeto de descubrir los elementos generales de cada tema.

- Realizar las actividades de aprendizaje sugeridas en cada unidad, como forma de cimentar la adquisición del conocimiento.

- Cada vez que considere oportuno elaborar cuadros o diagramas en torno a lo leído o aprendido, hágalo. La estructuración de las ideas es posible a través de cuadros sinópticos, tablas comparativas, matrices, llaves, dibujos o esquemas que usted prefiera, siempre que en ellos represente los conceptos más importantes.

-Conteste la guía de autoevaluación que se le proporciona al finalizar cada unidad.

- Revise los resultados de su autoevaluación, mediante la consulta de las actividades de aprendizaje que previamente llevó a cabo. Si el resultado no le es satisfactorio, inicie nuevamente el proceso.

- No inicie las actividades de aprendizaje de una nueva unidad, sin antes haber aprendido el conocimiento de los temas precedentes, dado que se encuentran vinculados en una secuencia lógica jurídica, la cual exige seguir, necesariamente, el orden establecido.

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CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION Y ACREDITACION

Reporte de investigación documental (Ensayo): 30% Examen parcial: 30% Examen final: 40%

ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Individuales; Elaboración de cuestionarios, síntesis, cuadros sinópticos, fichas bibliográficas, mapas conceptuales, ensayos y reportes de investigación documental.

Docente: Participación en dinámicas de grupo, exposición individual de los conocimientos temáticos.

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TEMA I

EL PROCEDIMIENTO PENAL 1.1 PROCEDIMIENTO, INICIO Y TERMINACIÓN. 1.2 PROCESO, INICIO Y TERMINACIÓN. 1.3 JUICIO, INICIO Y TERMINACIÓN. 1.4 PARTES EN QUE SE DIVIDE EL PROCEDIMIENTO. 1.4.1 AVERIGUACIÓN PREVIA. 1.4.2 PREINSTRUCCIÓN O PREPROCESO. 1.4.3 PROCESO. 1.4.4 JUICIO.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008

PAGINAS: 1 A LA 17

LIBRO: DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES AUTOR: COLIN SANCHEZ GUILLERMO EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 1992

PÁG. 547 A LA 551

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INTRODUCCIÓN AL TEMA I

PROCESO PENAL Concepto: Secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver, mediante un juicio de la autoridad, el conflicto sometido a su decisión. Serie ordenada de actos preestablecidos por la Ley y cumplidos por el órgano jurisdiccional, que se inician luego de producirse un hecho delictuoso y terminan con una Resolución final. En el Proceso Penal se denuncia la comisión de un delito, luego se actúan todas las pruebas pertinentes para que el órgano jurisdiccional resuelva la situación jurídica del procesado, archivando el Proceso, absolviendo al procesado o condenándolo. Procedimiento: Trámite o rito específico dentro del Proceso. El Proceso comprende al procedimiento. - Juicio: En sentido subjetivo significa: Capacidad o facultad del alma humana de apreciar el bien y el mal, y de distinguir entre la verdad y la falsedad. Conocimiento, tramitación y fallo de una causa por el Juez o Tribunal. Objeto: Busca llevar a cabo la finalidad retributiva y resocializadora, y en menor medida preventiva que postula el Derecho Penal. Tiende ha hacer cumplir la Ley Penal.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA I El alumno conocerá el procedimiento penal desde la etapa de averiguación previa hasta la etapa final de juicio, abarcando todos y cada uno de los pasos que deben seguirse, en cuanto a la substanciación del mismo.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA I

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas. 1. Diga el concepto del Derecho Procesal Penal que menciona Guillermo Colin Sánchez en su libro.

2. De una definición de Procedimiento Penal.

3. De una definición de Proceso Penal.

4.- ¿Qué se expresa en el articulo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre la instancia?

5. ¿Cómo se clasifica el Derecho de Procedimientos Penales?

6. Expliqué la clasificación del Derecho de Procedimientos Penales.

7. ¿Con qué otras disciplinas Jurídicas tiene relación el Derecho de Procedimientos Penales?

8. Diga ¿Qué es la criminología?

9.- ¿Qué procedimientos comprende el Procedimiento Penal en el CFPP?

10. Mencione y expliqué la clasificación del objeto del proceso.

11. De el concepto de Averiguación Previa.

12. ¿Qué artículos son los que regulan a la Averiguación Previa? . 13. Menciona los aspectos que comprende la Averiguación Previa

14. Hable sobre el Procedimiento de Preinstrucción.

15. ¿Cuál es la clasificación de los fines del proceso y explíquelos?

16. ¿Qué es juicio?

17. Cite la definición de juicio del Código Federal y el Código del Distrito Federal.

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TEMA II

EL MINISTERIO PÚBLICO 2.1 Fundamento del Ministerio Público del fuero Común y Federal

2.2 Ley orgánica del Ministerio Público del Distrito Federal y de la Procuraduría

General de la República. 2.3 Leyes reglamentarias del Ministerio Público del Distrito Federal y de la

Procuraduría General de la República. 2.4 Resoluciones del Ministerio Público en la Averiguación Previa.

2.5 Requisitos de procedibilidad, denuncia, querella, quién puede formularlas y

la forma de realización de las mismas. 2.6 Obstáculos procesales, excitativa, autorización, declaratorio de perjuicio y

declaración de procedencia. 2.7 Actuaciones o diligencias que debe practicar el Ministerio Público durante la

Averiguación Previa. 2.8 Ejercicio de la acción penal con detenido, flagrancia, urgencia y arraigo.

2.9 Ejercicio de la acción penal sin detenido.

2.10 El defensor en la Averiguación Previa.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008

PAGINAS: 1 A LA 17 LIBRO: DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES AUTOR: COLIN SANCHEZ GUILLERMO EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 1992

PÁG. 547 A LA 551

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INTRODUCCIÓN AL TEMA II La averiguación en Derecho Mexicano es una Institución Jurídica consistente en una serie de actos prejudiciales necesarios para que el Ministerio Público (Fiscal) determine si es procedente ejercitar la acción ante los Tribunales judiciales. También ha sido llamada: instrucción administrativa, preparación de la acción, preproceso, fase preparatoria, entre otros.

Se inicia con una resolución de apertura conocida como auto ad inquirendum y termina con el ejercicio de la acción (promoción de la acción), dictando un auto de archivo (sobreseimiento administrativo) o de reserva (suspensión administrativa).

Otros objetos de la Averiguación Previa son: dar asistencia a los damnificados, aplicar medidas cautelares, realizar investigaciones, desahogo de medios preparatorios, dictar órdenes de inhumación de cadáveres, documentar sus actividades, entre otros.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA II El alumno comprenderá que esta importante Institución denominada Ministerio Público, así como sus diferencias y semejanzas con el fuero común y federal, se analizara también la legislación aplicable a esta materia, así como las modalidades que se pueden presentar en las agencias del Ministerio Público como son la averiguación con detenido y sin detenido al igual que el plazo constitucional que se tiene para consignar o dejar en libertad al presunto.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA II

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es el Ministerio Público?

2. ¿Cómo se fundamenta la representación social en el Ministerio Público?

3. ¿Qué dice Chiovenda del Ministerio Público?

4. Diga la fecha y dónde se expidió la Ley Orgánica del Ministerio Público del Distrito Federal

5. ¿Por quienes son nombrados el Ministerio Público y el procurador?

6. ¿Qué dice Rafael de Pina del Ministerio Público?

7. ¿Cómo era el Derecho Azteca?

8. ¿Qué era la Ley de jurados criminales para el Distrito Federal?

9. ¿Qué dice el Artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

10. ¿Quienes son los auxiliares del Ministerio Público?

11. ¿Cuál es la integración de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal?

12. ¿Cuáles son las atribuciones de la Ley Orgánica?

13. ¿Cuales son las facultades del Ministerio Público Federal?

14. ¿Qué artículos amparan a la persecución de los delitos?

15. Las atribuciones de esos Servidores Públicos ¿Quienes actúan como agentes del Ministerio Publico Federal cuales son?

16.- ¿Qué dice la unidad especializada en delincuencia organizada?

17. ¿Por quienes esta integrado el Ministerio Público Militar?

18. ¿Cuáles son las atribuciones del Ministerio Público Federal como actor los tribunales?

19. ¿Qué es la acción general?

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TEMA III

TÉRMINO CONSTITUCIONAL 3.1 AUTOS DE RADICACIÓN CON O SIN DETENIDO. 3.2 ACTO QUE DETERMINA LA LEGALIDAD DE LA DETENCIÓN DEL INCULPADO. 3.3 OBSEQUIO O NEGATIVA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL PARA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN O DE COMPARECENCIA. 3.4 DECLARACIÓN PREPARATORIA Y NOMBRAMIENTO DE DEFENSOR. 3.5 AUTOS DE TÉRMINOS CONSTITUCIONALES.

3.5.1 AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL. 3.5.2 AUTO DE FORMAL PRISIÓN. 3.5.3 AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE ELEMENTOS PARA PROCESAR. 3.5.4 INTEGRACIÓN Y COMPROBACIÓN DE CUERPOS DEL DELITO Y DE LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD. 3.5.5 REQUISITOS DE FONDO QUE DEBEN CUMPLIR LAS RESOLUCIONES JUDICIALES EN MATERIA PENAL. 3.5.6 CONTENIDO Y FORMA DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES: DECRETOS, AUTOS Y SENTENCIAS (DEFINITIVAS E INTERLOCUTORIAS O INCIDENTALES), ASÍ COMO EL PLAZO EN QUE DEBEN DICTARSE.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL

AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008 PÀG. 133 A LA 178

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INTRODUCCIÓN AL TEMA III La Consignación es un acto procedimental que, corresponde, por lo general al Ministerio Público y, en forma excepcional, a la Suprema Corte de Justicia, para hacer del conocimiento de la autoridad judicial, determinados hechos y poner a disposición de la misma al autor de los mismos y se solicita la expedición de la orden de aprehensión en contra del inculpado. En lo general, esa actividad concuerda con lo preceptuado por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuando corresponde al Ministerio Público el ejercicio de la Acción Penal, mientras al Poder Judicial le atañe la imposición de penas y excepcionalmente a la Suprema Corte de Justicia le compete efectuar la consignación, en el caso, de la autoridad responsable, que incumple una sentencia de amparo. En el artículo 21 constitucional se establece el principio de la competencia para el órgano investigador (Ministerio Público) y para la actuación judicial (Juez), y por lo tanto el procedimiento penal se encuentra conformado a grosso modo por dos etapas: La preparación de la acción procesal penal o Averiguación Previa y la conocida como proceso penal. El Ministerio Público puede tomar las siguientes determinaciones ministeriales:

1. Ejercicio de la Acción Penal. 2. De no ejercicio de la Acción Penal. 3. De Incompetencia

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA III El estudiante analizara los principales autos de termino que recaen en la

Averiguación Previa, así como su tramitación, se analizaran también los diversos

autos que recaen con el Juez Penal y los términos que corren en esta etapa procesal.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA III

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es un auto de radicación con o sin detenido?

2. ¿En qué casos se obsequia o niega una orden de aprehensión o de comparecencia?

3. ¿Qué es la declaración preparatoria y nombramiento de defensor?

4. ¿Qué es un auto de término Constitucional?

5. Expliqué el auto de formal prisión.

6. ¿Qué es el auto de libertad por falta de elementos para procesar?

7. ¿Cómo se comprueba el cuerpo del delito?

8. ¿Qué es una sentencia en materia penal?

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TEMA IV

INSTRUCCIÓN 4.1 PROCESO ORDINARIO Y SUMARIO CONFORME AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES. 4.2 PROCESO ORDINARIO Y SUMARIO CONFORME AL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. 4.3 OFRECIMIENTO DE PRUEBAS. 4.4 AUTO QUE ADMITE O DESECHA LAS PRUEBAS. 4.5 DICTÁMENES PERICIALES. 4.6 ACTAS DE DILIGENCIAS DE DESAHOGO DE PRUEBAS. 4.7 CAREOS. 4.8 INSPECCIÓN JUDICIAL. 4.9 PRUEBA DE RECONOCIMIENTO O DE RUEDA DE PRESOS. 4.10 RECONSTRUCCIÓN DE HECHOS. 4.11 AMPLIACIÓN DE DECLARACIONES. 4.12 AUTO QUE DECLARA AGOTADA LA INSTRUCCIÓN. 4.13 AUTO QUE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

LIBRO: DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES AUTOR: COLIN SANCHEZ GUILLERMO

EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 1992

PÁG. 395 A LA 526

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INTRODUCCIÓN AL TEMA IV La Consignación da paso a la primera etapa del proceso penal propiamente dicho, a la cual se denomina preinstrucción. Esta se inicia con el auto que dicta el Juez para dar trámite a la consignación (auto al que se llama de "radicación" o "cabeza del proceso"), y concluye con la resolución que debe emitir el juzgador dentro de las 72 horas siguientes a que el inculpado es puesto a su disposición (el llamado "término Constitucional"), y en la cual debe decidir si se debe procesar o no a aquél. En el CFPP se prevé que el plazo mencionado puede duplicarse, a solicitud del inculpado o su defensor (Art. 161). La segunda etapa del proceso penal es la instrucción, la cual tiene como punto de partida el auto que fija el objeto del proceso y culmina con la resolución que declara cerrada la instrucción. Esta etapa tiene como finalidad que las partes aporten al juzgador las pruebas pertinentes para que pueda pronunciarse sobre los hechos imputados. En nuestro país, a la tercera etapa del proceso penal se ha denominado tradicionalmente juicio. Con la sentencia termina la primera instancia del proceso penal. Normalmente, contra la sentencia procede el recurso de apelación, con el que se inicia la segunda instancia (o segundo grado de conocimiento: véase 3.7.3), la cual debe terminar con otra sentencia, en la que se confirma, modifica o revoca la dictada en primera instancia. A su vez, la sentencia pronunciada en apelación y la sentencia de primera instancia, cuando es inapelable, pueden ser impugnadas a través del amparo. .

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA IV El alumno analizara la etapa del proceso penal denominada instrucción, la cual tiene como punto de partida el auto que fija el objeto del proceso y culmina con la resolución que declara cerrada la instrucción. Esta etapa tiene como finalidad que las partes aporten al juzgador las pruebas pertinentes para que pueda pronunciarse sobre los hechos imputados.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA IV

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas. 1. ¿Cuál es el procedimiento sumario?

2. ¿Cuál es el procedimiento ordinario?

3. ¿Qué es la prueba en el Derecho Penal?

4. ¿Quienes intervienen en la averiguación previa?

5. ¿Cuál es la prueba de pertinencia?

6. ¿Cuál es la prueba de la utilidad?

7. ¿Cuales son los medios de prueba en la legislación mexicana?

8. ¿Cuáles son los sistemas de apreciación de la prueba?

9. ¿De qué trata cada uno de los sistemas de apreciación de la prueba

10. ¿Qué es el dictamen?

11. ¿Qué se hace cuando se presenta el dictamen?

12. ¿Qué es careo?

13. ¿como se hace la investigación de los delitos?

14. ¿De que trata el acta de la policía judicial?.

15. ¿Qué es consignación?

16. ¿Qué es la reconstrucción de hechos?

17. ¿Cuál es la etapa procedimental, en qué se practica?

18. ¿Quienes son las personas que intervienen?

19. ¿Cómo es el valor probatorio?

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TEMA V

JUICIO 5.1 CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO, ACUSATORIAS E INACUSATORIAS. 5.2 CASOS EN QUE LAS CONCLUSIONES DEBEN SER RATIFICADAS, REVOCADAS O MODIFICADAS POR EL PROCURADOR GENERAL DEL RAMO. 5.3 CONCLUSIONES DE LA DEFENSA Y SUS EFECTOS. 5.4 AUDIENCIA DE VISTA DE PROCESO. 5.5 SENTENCIA DEFINITIVA.

BIBLIOGRAFÁ BÁSICA

LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL

AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL

EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008

PÁG. 287 A LA 316

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INTRODUCCIÓN AL TEMA V La Instrucción puede cerrarse antes del término mencionado a petición de parte ó de oficio. Cerrada la instrucción, se pondrá la causa a la vista del Ministerio Público y del ofendido que haya actuado como coadyuvante, por un plazo de diez días, con el objeto que formulen conclusiones por escrito en caso de que el expediente excediera de doscientas fojas, por cada cincuenta de exceso o fracción, se aumentara un día al plazo señalado sin que nunca sea mayor de treinta días hábiles.

Si en el transcurso el Ministerio Público no ha presentado conclusiones se deberá informar al Procurador General de Justicia acerca de la omisión. Y ordene la formulación de conclusiones.

Si aun así y transcurridos los plazos establecidos no se formulan conclusiones por parte de la autoridad judicial, se tendrá por formuladas conclusiones de no acusación y el inculpado será puesto de inmediato en libertad. El ofendido o víctima del hecho delictivo solo podrá formular conclusiones por lo que hace a la reparación de daños y perjuicios.

El Ministerio Público deberá formular conclusiones dando proporciones concretas de los hechos posibles, solicitando la aplicación de las sanciones, incluyendo la reparación del daño y citar las leyes y jurisprudencia aplicables al caso.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA V El alumno analizara la etapa final del juicio en donde se presentan las conclusiones del mismo, sus diversos tipos y la llamada audiencia de juicio o de vista de proceso. De igual forma deberá distinguir que es una sentencia definitiva de una sentencia ejecutoria o de una sentencia que causa estado.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA V

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.

1. Diga ¿Qué son las conclusiones del Ministerio Público acusatorias?

2. Diga ¿Qué son las conclusiones del Ministerio Público no acusatorias?

3. ¿En qué casos las conclusiones deben ser ratificadas, revocadas o modificadas por el procurador general del ramo?

4.- ¿Qué sentido jurídico tienen las conclusiones de la defensa?

5. Expliqué la llamada audiencia de vista de proceso

6. ¿Qué es la sentencia definitiva?

7. ¿Qué es una sentencia ejecutoriada?

8. ¿Qué es una sentencia firme?

9. ¿Qué es una sentencia que causa Estado?

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TEMA VI

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN 6.1 RECURSOS DE REVOCACIÓN. SU TRAMITACIÓN. 6.2 RECURSOS DE APELACIÓN. SU TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO. 6.3 SENTENCIA DICTADA EN EL RECURSO DE APELACIÓN. 6.4 VOTO PARTICULAR. 6.5 LA DENEGADA APELACIÓN. 6.6 RECURSO DE QUEJA. 6.7 AMPARO PENAL.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL

AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL. EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008

PÁG. 325 A LA 354 LIBRO: DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES AUTOR: COLIN SANCHEZ GUILLERMO EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 1992

PÁG. 619 A LA 660

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VI La Apelación es un recurso procesal a través del cuál se busca que un Tribunal Superior enmiende conforme a Derecho la resolución del inferior.

Dentro del orden jurisdiccional existen diferentes instancias ordenadas de forma jerárquica. Esto significa que la decisión de un órgano jurisdiccional puede ser revisada por uno superior. Cuando un Juez o Tribunal emite una resolución judicial, es posible que alguna de las partes implicadas no esté de acuerdo con la decisión. En este caso, habitualmente, la parte puede hacer uso de la apelación, a través de la cual se recurre a un órgano jurisdiccional superior para que revise el auto judicial o la sentencia y, si estima que tiene defectos, la corrija en consecuencia.

El equivalente en el orden administrativo suele denominarse recurso de alzada, que es la forma en que se solicita al funcionario superior que revise la decisión de un subordinado y que se contrapone al recurso de reposición o reconsideración, que se dirige al mismo funcionario que dictó la resolución.

Cuando una sentencia jurisdiccional no admite ningún recurso, o ha terminado el plazo para presentarlos, se denomina sentencia firme.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VI El alumno conocerá los diversos recursos o medios de impugnación que existen en

materia penal, con el fin de buscar la revocación de las resoluciones en materia

penal, destacando entre estos la apelación, y el amparo.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VI

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es la apelación?

2. ¿Quién tiene Derecho a apelar?

3. ¿Cómo es la interposición de recurso de apelación?

4. ¿Qué es sentencia?

5. ¿Cuáles son los efectos en la sentencia?

6. ¿Qué es la denegada apelación?

7. ¿Cuándo fue la primera denegada apelación?

8. ¿Qué significa la palabra denegar?

9. ¿Qué procede en los ordenamientos para invocarse?

10. ¿Qué es queja?

11. ¿Quiénes tienen derecho a interponer el recurso?

12. ¿Ante quién debe interponerse?.

13. ¿Qué es Amparo Penal?

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TEMA VII

INCIDENTES 7.1 INCIDENTE DE LIBERTAD BAJO CAUCIÓN. 7.2 INCIDENTE DE LIBERTAD BAJO PROTESTA. 7.3 INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS. 7.4 ACUMULACIÓN Y SEPARACIÓN DE PROCESOS. 7.5 REPARACIÓN DEL DAÑO EXIGIBLE A TERCEROS. 7.6 NO ESPECIFICADOS.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

LIBRO: EL PROCEDIMIENTO PENAL AUTOR: RIVERA SILVA MANUEL EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 2008 PÁG. 355 A LA 388 LIBRO: DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES AUTOR: COLIN SANCHEZ GUILLERMO EDITORIAL: PORRÙA AÑO: 1992 PÀG.668 A LA 729

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VII Los Incidentes son una parte importante y olvidada por muchos litigantes, la falta de estudio de los incidentes en materia penal ocasiona en muchas ocasiones un mal planteamiento de los problemas que se deben de resolver.

Sabemos que durante el proceso surgen cuestiones ajenas al fondo del asunto y que el órgano que conoce debe de resolverlas mediante éstos incidentes. Como bien sabemos es un procedimiento pequeño dentro de uno grande que se resuelve por cuerda separada.

Para muchos la etimología del incidente, INCIDERE, se refiere a cortar o interrumpir, o en su caso suspender. Cada incidente plantea un objeto accesorio, lo cual obliga a una tramitación especial. El incidente es un cuaderno que corre por cuerda a la causa principal donde se tratan presentaciones realizadas por las partes que no hacen a la cuestión de fondo, es decir, no guardan relación con la sentencia definitiva.

En materia penal el incidente se forma: Cuando se solicita la excarcelación del imputado -Cuando se solicita una medida alternativa a la prisión preventiva del mismo (arresto domiciliario, monitoreo, etc.)

-Cuando la sentencia condenatoria adquiere firmeza, y se crea el incidente de ejecución de pena.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VII El alumno analizara en primer término la definición de incidente como cuestión accesoria a la principal, para después entrar al estudio de los incidentes en particular, estableciendo las diferencias o semejanzas entre cada uno de ellos, así como lo establecido en la legislación penal.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VII

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas. 1. ¿Qué es la libertad bajo caución?

2. ¿Cuándo sucede el momento procedimental?

3. ¿Cuáles son las 3 garantías para poder gozar dela libertad cauciona?

4. ¿Cómo procede?

5. ¿Qué pasos son para salir en libertad bajo caución?

6. ¿En qué consiste la caución?

7. ¿Cómo se solicita la caución?

8. ¿Qué es la libertad bajo protesta?

9. ¿Cuáles son los requisitos para su procedencia?

10. ¿Qué es la libertad por desvanecimiento de datos?

11. ¿Quiénes pueden promover la libertad y ante quien?

12. ¿Quién puede promover el incidente?

13. ¿Cuándo tendrá lugar la acumulación?

14. ¿Qué es reparación de daño?

15. ¿Cuál es su objeto?

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TEMA VIII

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DE LOS ALUMNOS

8. 1 DURANTE EL CURSO DEBERA VISITAR JUZGADOS DE PAZ PENALES, JUZGADOS PENALES, SALAS PENALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL O DE SU ESTADO, JUZGADOS DE DISTRITO PENALES, TRIBUNALES COLEGIADOS, DELEGACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO, A CRITERIO DEL ASESOR.

8. 2 SE RECOMIENDA ESPECIALMENTE LLEVAR A LOS ALUMNOS A UN TURNO DE UN JUZGADO PENAL A EFECTOS DE PRESENTAR LA RENDICIÓN DE UNA O VARIAS DECLARACIONES PREPARATORIAS Y CONOCER EL RESULTADO DEL TÉRMINO CONSTITUCIONAL QUE SE DICTE A LOS INDICIADOS.

8. 3 REALIZAR, CON UN EJEMPLO DEL ASESOR, UNA DENUNCIA O QUERELLA, ASÍ COMO TODAS LAS DILIGENCIAS DE AVERIGUACIÓN PREVIA, EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, PREINSTRUCCIÓN, INSTRUCCIÓN, INCIDENTES HASTA LLEGAR A LA SENTENCIA DEFINITIVA. AQUÍ ES IMPORTANTE SE REALICEN POR EQUIPOS FORMADOS POR MÁS DE DOS ALUMNOS Y MENOS DE CINCO, DONDE UN GRUPO SEA EL DENUNCIANTE O QUERELLANTE, OTRO EL INDICIADO, Y UN ÚLTIMO GRUPO HAGA LAS FUNCIONES DE MINISTERIO PÚBLICO Y ÓRGANO JURISDICCIONAL.

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VIII Es importante que al culminar el curso el alumno se familiarice con las agencias del Ministerio Público, su ubicación, funcionamiento, al igual que la ubicación y funcionamiento de los Tribunales, deberá también aprender a realizar escritos de demanda, de pruebas, de incidentes, de conclusiones, saber hacer el uso de la palabra, presentar alegatos y en general todo lo relacionado con la practica profesional, todo ello matizado con redacción y vocabulario jurídico.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VIII El alumno llevara su conocimiento teórico y los aplicara en el campo de la práctica

acudiendo a los diversos órganos de administración de justicia penal, y realizar en

la medida de las posibilidades prácticas profesionales así como la redacción de

escritos y demandas.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VIII

Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas. 1. ¿Cómo se hace un alegato?

2. ¿Ante quién se presenta una denuncia penal?

3. ¿Qué diferencia hay entre una querella y una denuncia?

4. ¿Qué debe hacer el Ministerio Público si se le pone a disposición a un

detenido? 5. ¿Qué hace el juez si el delito es no grave?

6. ¿Qué hace el juez si el delito se considera como grave?

7. ¿En qué casos puede quedar en libertad el inculpado?

8. ¿Cómo se hace un escrito de ofrecimiento de pruebas y cual es el término?

9. ¿Cuál es el término que tiene el Ministerio Público para decidir sobre

la situación jurídica del presunto responsable? 10. ¿Qué término tiene el juez para tomar la declaración

preparatoria?

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BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

PRACTICA FORENSE DE DERECHO PENAL

TIPO TITULO AUTOR EDITORIAL AÑO

1 LIBRO

DERECHO MEXICANO DE PROCEDIMIENTOS PENALES

COLÍN SÁNCHEZ, GUILLERMO

PORRÚA16ª MÉXICO,

1992

2 LIBRO

EL PROCEDIMIENTO PENAL

RIVERA SILVA; MANUEL

PORRÚA 14ª MÉXICO,

2008 3 LIBRO CURSO SOBRE DERECHO PROCESAL MEXICANO GARCÍA RAMÍREZ, SERGIO PORRÚA 5ª MÉXICO,

1989

BIBLIOGRAFIA COMPLEMENTARIA TIPO TITULO AUTOR EDITORIAL AÑO

1 LIBRO

PRACTICA FORENSE DE DERECHO PENAL FORMULARIO ESPECIALIZADO EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

CISNEROS RANGEL, GEORGINA

OXFORD

MÈXICO, 2006

2

LIBRO PRÁCTICA FORENSE DE DERECHO PENAL EL PROCEDIMIENTO PENAL EN MÉXICO

ARILLA BAZ, FERNANDO

PORRÙA MÈXICO, 2007

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http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

Email: [email protected] BIBLIOTECAS VIRTUALES

http://www.scjn.gob.mx http://www.ordenjuridico.gob.mx/ http://www.inacipe.gob.mx/ http://www.juridicas.unam.mx/ http://dof.gob.mx/ http://www.bibliotecas.tv/ http://www.universidadabierta.edu.mx/Principal/biblioteca.htm http://www.lapaz.gob.mx/bibliotecas/linkslibros.htm http://www.cna.org.mx/pdf/A_LEGISLATIVA_CNA_MAR2009.pdf

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