PPT REMISIO´N COMPLETA FINAL 12-05-2015

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* Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Tributarios

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EMISIO´N COMPLETA FINAL 12-05-

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Diapositiva 1

*Ley Orgnica de Remisin de Intereses, Multas y Recargos Tributarios

1. Anlisis remisin 2015

Catastro Total: 5.348.009CatastroMEJORAR CUADRO4Beneficiarios potenciales

Total de Beneficiarios: 1.905.656PERSONAS NATURALES: 1.798.931 SOCIEDADES: 106.726Hay contribuyentes que tienen ms de un tipo de obligacin pendiente

Datos con corte al 01 de Abril de 2015MEJORAR CUADRO5Beneficiarios potencialesTotal de Beneficiarios: 1.905.656* Incluye a los propietarios de vehculos sin actividad especfica *Datos con corte al 1 de Abril de 2015MEJORAR CUADRO6Beneficiarios potencialesTotal de Beneficiarios: 1.905.656 317.288 contribuyentes no asignados a una provincia tienen la obligacin de matriculacin vehicularDatos con corte al 01 de Abril de 20152. Anlisis de catastroa) Deudas pendientesb) Declaraciones y anexosc) Cuotas RISEd) Impuestos vehicularesa) Deudas pendientes: cartera actual( 209.778 BENEFICIARIOS) - en millones USD

CARTERA TOTAL

USD 6.282,15

Impuesto capital)USD 3.137,23

Nmero de deudas 563.619

Nmero de contribuyentes209.778

En facilidades de pagoUSD 52,24 MM3,5% AUTODETERMINADO USD 239 M.M. DETERMINADO SRI USD 6.043 M.M.SuspendidaUSD 4.528 MM72,08%Datos con corte al 1 de Abril de 2015TIPO CONTRIBUYENTETIPO DE CARTERAFIRMENO FIRMETOTAL GENERALUSDNMERODE OBLIGACIONESUSDNMERODE OBLIGACIONESUSDNMERO DE OBLIGACIONESPERSONAS NATURALES273.628.673,62382.316269.860.344,9542.836543.871.334,57425.152SOCIEDADES1.196.482.650,33117.4594.542.182.098,9921.0085.738.782.208,32138.467TOTAL1.470.111.323,95499.7754.812.042.443,9463.8446.282.653.542,89563.619Total de beneficiarios: 209.778a) Deudas pendientes: cartera por tipo de contribuyente

Datos con corte al 1 de Abril de 2015b) Declaraciones y anexos pendientes $ 22.014.147,80 Monto:POR ACTIVIDAD ECONMICANmero de ContribuyentesCOMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR208.372ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, EMPRESARIALES Y DE ALQUILER160.193AGRICULTURA, GANADERA, CAZA Y SILVICULTURA39.277TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES64.089ACTIVIDADES COMUNITARIAS SOCIALES Y PERSONALES DE TIPO SERVICIOS84.937INDUSTRIAS MANUFACTURERAS52.173HOTELES Y RESTAURANTES35.071CONSTRUCCIN33.051OTRAS ACTIVIDADES297.984TOTAL GENERAL975.147Datos con corte al 1 de Abril de 2015c) Cuotas RISE 271.065 contribuyentes activos en RISE con cuotas pendientes de pago por USD 9,2 millonesNmero de contribuyentes con cuotas pendientes de pago

Nmero de ContribuyentesRango de CuotasDatos con corte al 1 de Abril de 2015d) Vehculos*Contribuyentes beneficiarios por actividad econmicaMonto pendiente por clase de vehculos POR ACTIVIDAD ECONMICANmero de Contribuyentes%COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR105.33114,51%ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, EMPRESARIALES Y DE ALQUILER51.1017,04%AGRICULTURA, GANADERA, CAZA Y SILVICULTURA40.8195,62%TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES82.00811,30%ACTIVIDADES COMUNITARIAS SOCIALES Y PERSONALES TIPO SERVICIOS21.8693,01%INDUSTRIAS MANUFACTURERAS24.4363,37%HOTELES Y RESTAURANTES17.4852,41%CONSTRUCCIN12.4671,72%OTRAS ACTIVIDADES345.79347,64%Total general725.865100,00%CLASEIMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHCULOS MOTORIZADOS TOTALIMPUESTO AMBIENTAL TOTALIMPUESTO TOTALAUTOMVIL120.593.00464.433.990185.026.994CAMIONETA99.747.67961.615.871161.363.550JEEP74.032.08244.515.308118.547.390MOTOCICLETA31.417.55115.823.40747.240.958TOTAL325.790.316186.388.576512.178.892Datos con corte al 1 de Abril de 2015*Los vehculos de carga pesada tienen beneficios de exoneraciones3. Normativa

a) Ley Orgnica de Remisin de Intereses, Multas y Recargos, publicada en el suplemento RO 493 del 5 de mayo de 2015b) Resolucin No. NAC-DGERCGC15-00000413, publicada en el tercer suplemento RO 496 del 8 de mayo de 2015

Caractersticas de la remisin

Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

No podr realizar acciones legales sobre las obligaciones canceladas en remisin

Solo para impuestos cuya administracin y/o recaudacin le corresponde nica y directamente al SRI

No aplicar para determinaciones generadas por el SRI sobre tributos que se hayan retenido a terceros90 das desde su emisin

Ley Orgnica de Remisin de Intereses, Multas y Recargos propuesta

Ley Orgnica de Remisin de Intereses, Multas y Recargos publicada

1.- Constaba de un artculo nico2.- Se dispona la remisin de obligaciones administradas por el SRI 3.- Se contemplaba que la remisin aplicaba para declaraciones en general, siempre que genere un mayor impuesto, anticipos o retencin a pagar.4.- En el caso de facilidades de pago, el requisito era que el contribuyente pague el saldo pendiente de la obligacin calculada a la fecha de pago.5.- En actos administrativos impugnados judicialmente se establece el desistimiento en los trminos de los artculos 265 y 266 del Cdigo Tributario.6.- Se estableca que la remisin aplicaba a todo tipo de retenciones. 1.- Constan tres artculos: en el artculo 1 se incluyen tributos locales de G.A.D.S y crditos del Banco Nacional de Fomento2.- Se dispuso la remisin sobre obligaciones cuya administracin y/o recaudacin le corresponda nica y directamente al SRI3.- Se aclara que es aplicable para las obligaciones materiales o formales (declaraciones y anexos). La remisin adems aplica para las multas que se generen por no presentar declaraciones o anexos o hacerlo tardamente en el caso de las declaraciones en cero.4.- Se establece que la facilidad de pago debe estar vigente y al da en las cuotas correspondientes. Adems, la totalidad de los pagos, incluso los anteriores, se imputarn al capital.5.- Se establece que al desistimiento (sin hacer alusin al C.T.), se deber adjuntar el comprobante de pago del capital total de la deuda. Se indica adems trminos al TDCT y CNJ para reconocimiento de firma y rbrica y para la emisin del auto de archivo del juicio. Si la casacin fuese presentada por el SRI, ser suficiente la certificacin del pago del contribuyente para el archivo de la causa. Se ordena la devolucin inmediata de las garantas constituidas que no hayan formado parte del pago de la obligacin remitida.6.- En el artculo 3 se establece que no es aplicable la remisin para obligaciones determinadas por el SRI correspondiente a retenciones.16Identifique el tipo de obligacin pendiente de pagoCMO ACOGERSE A LA REMISIN?

Deudas NotificadasDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin Cmo acogerse a la remisin?El contribuyente D mantiene una deuda con el SRI por un acta de determinacin de Impuesto a la Renta del ao 2011.

Declaraciones con valor a pagarDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

Cmo acogerse a la remisin?El contribuyente B mantiene una deuda con el SRI por no presentar ni pagar su declaracin de Impuesto al Valor Agregado del perodo agosto 2012.Impuestos VehicularesDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

Cmo acogerse a la remisin?El contribuyente E mantiene una deuda con el SRI por no declarar impuestos de matriculacin de vehculos desde el ao 2011.

Cuotas RISEDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

Cmo acogerse a la remisin?El contribuyente F mantiene una deuda con el SRI por no declarar sus cuotas RISE.

Cmo presentar sus declaraciones?Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

Cmo acogerse a la remisin?Se deben utilizar los formularios que normalmente el contribuyente aplica para las declaraciones por cada tipo de obligacin, a travs del DIMM Formularios Multiplataforma o los formularios en lnea, segn corresponda.

Pasos para cargar una declaracinCmo acogerse a la remisin?

Cmo acogerse a la remisin?

Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

No podr realizar acciones legales sobre las obligaciones canceladas en remisin

Solo para impuestos cuya administracin y/o recaudacin le corresponde nica y directamente al SRI

No aplicar para determinaciones generadas por el SRI sobre tributos que se hayan retenido a terceros90 das desde su emisin Existen casos especiales en los que el contribuyente deber realizar una comunicacin formal al SRI, indicando que se acoge al beneficio de la remisin.Obligaciones en recursos pendientes, administrativos ordinarios o extraordinarios.Obligaciones en procesos de determinacin en curso.Obligaciones determinadas por el sujeto pasivo derivadas de otros procesos de control.Cumplimiento de obligaciones por compensacin de saldos a favor, por devoluciones o tributos pagados en exceso o indebidamente.Obligaciones en convenios de facilidades de pago.Obligaciones en procedimientos de ejecucin coactiva, incluyendo los valores recaudados por embargos de cuentas, subastas y/o remates.Pagos parciales de la obligacin tributaria o fiscal.Obligaciones por resoluciones sancionatorias pecuniarias.Obligaciones tributarias contenidas en actos administrativos impugnados. Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin 1. Por obligaciones en recursos administrativos ordinarios o extraordinarios pendientesDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin 2. Obligaciones en procesos de determinacin en cursoDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin 3. Obligaciones determinadas por el sujeto pasivo derivadas de otros procesos de control

4. Cumplimiento de obligaciones por compensacin de saldos a favor por devoluciones o tributos pagados en exceso o indebidamente5. Obligaciones en convenios de facilidades de pagoDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

6. Obligaciones en procedimientos de ejecucin coactiva7. Pagos Parciales de la obligacin tributaria o fiscalDeudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

90 das desde su emisin 8. Obligaciones originadas por resoluciones sancionatorias pecuniarias9. Obligaciones tributarias contenidas en actos administrativos impugnados

Declaracin y pago de obligaciones

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sed diam nonummy nibh euismod tincidunt ut laoreet dolore magna aliquam erat volutpat.PROCESOS DE CONTROL O DETERMINACIONESACOGESE REMISINConsideraciones

Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

No podr realizar acciones legales sobre las obligaciones canceladas en remisin

Solo para impuestos cuya administracin y/o recaudacin le corresponde nica y directamente al SRI

No aplicar para determinaciones generadas por el SRI sobre tributos que se hayan retenido a terceros90 das desde su emisin Deudas con facilidades de pago, se imputa lo cancelado al capital, y se remite por el saldo del capital no pagado

No podr realizar acciones legales sobre las obligaciones canceladas en remisin

Solo para impuestos cuya administracin y/o recaudacin le corresponde nica y directamente al SRI

No aplicar para determinaciones generadas por el SRI sobre tributos que se hayan retenido a terceros990 das desde su emisin Consideraciones