POSTULANTES: ANA MARIA QUISPE RAMOS GABRIELA AIDE …
Transcript of POSTULANTES: ANA MARIA QUISPE RAMOS GABRIELA AIDE …
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
CARRERA CONTADURÍA PÚBLICA
“AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA
DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO
DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS CORRESPONDIENTE A LA
GESTIÓN 2016”
Trabajo Dirigido para la obtención del Grado de Licenciatura
POSTULANTES: ANA MARIA QUISPE RAMOS
GABRIELA AIDE REVILLA MALLEA
TUTOR: MG SC. CARLOS R. CORONEL TAPIA
LA PAZ - BOLIVIA 2018
DEDICATORIA
Ana Maria Quispe Ramos
Al creador de todas las cosas, a
mi Padre Celestial DIOS, el que
me ha dado la fortaleza para
culminar felizmente mi carrera,
por ello con toda la humildad
de mi corazón, dedico en primer
lugar mi trabajo a Dios.
De igual forma, dedico este trabajo a mi madre Margarita quien supo formarme con valores, la cual siempre me ha apoyado en todo momento, siendo mi pilar fundamental.
A mi padre Gregorio quien fue
un soporte de esta meta, para
que lograra escalar y
conquistar este peldaño más en
mi vida.
DEDICATORIA
A Dios por darme la sabiduría y guiarme para seguir
adelante.
A mis padres Doris Roxana, Edwin Gonzalo a mis
abuelos Aida Valdez y Julio Mallea por todo el apoyo,
comprensión que siempre me brindaron, quienes han
sido mis pilares fundamentales.
A toda mi familia por siempre apoyarme.
Gabriela Aide Revilla Mallea
AGRADECIMIENTOS
A Dios por acompañarnos y guiarnos a lo largo de
nuestra carrera.
A nuestros padres y familia por el apoyo brindado.
Al Lic. Carlos Coronel Tapia por el apoyo y la
dedicación que tuvo para la elaboración de este
trabajo.
A nuestro Tutor Institucional Lic. Edwin Espejo
Mamani por la paciencia y guía en la realización de
nuestro trabajo.
A todo el personal del Ministerio de Desarrollo Rural
y Tierras, por su tiempo y apoyo incondicional.
Ana Maria Quispe Ramos
Gabriela Aide Revilla Mallea
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………...……..
……..…………..
1
1. MARCO INSTITUCIONAL
1.1. ANTECEDENTES…………..……………………..…………….………… 3
1.1.1. ANTECEDENTES DE CREACIÓN.……………….……………………… 3
1.1.2. MISIÓN INSTITUCIONAL……………...………………………………… 4
1.1.3. VISIÓN INSTITUCIONAL……………………...……………………......... 4
1.1.4. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES.…...………………. 4
1.1.5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL…………………………………….. 6
1.1.6. ENTIDADES BAJO TUICIÓN……………………………………….......... 7
1.1.7. UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA…………………...……………….. 7
1.1.7.1. OBJETIVOS DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA…………….. 8
2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA, JUSTIFICACIÓN,
IDENTIFICACIÓN DE VARIABLES Y OBJETIVOS
2.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………………………………….... 9
2.1.1. IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA……………………………………. 10
2.1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA……………………………………… 10
2.2. JUSTIFICACIÓN DE INVESTIGACIÓN…………………………….…… 10
2.2.1. JUSTIFICACIÓN TEÓRICA……………….……………………................ 10
2.2.2. JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA……………...……………………………… 11
3
2.2.3. JUSTIFICACIÓN METODOLÓGICA……………….…………….............. 11
2.3. IDENTIFICACIÓN DE VARIABLES…….……………………………….. 11
2.3.1. VARIABLE DEPENDIENTE………………………………………............. 11
2.3.2. VARIABLE INDEPENDIENTE……………………………...….................. 11
2.4. OBJETIVOS…………………………………………………………………
…………….
12
2.4.1. OBJETIVO GENERAL……………………………………………………... 12
2.4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS……..………………………………………… 12
3. MARCO METODOLÓGICO Y ALCANCE DE TRABAJO
3.1. MARCO METODOLÓGICO………………………………..……………... 13
3.1.1. MÉTODO DEDUCTIVO…………………………………………………... 13
3.1.2. MÉTODO DESCRIPTIVO………………………………………………… 13
3.1.3. MÉTODO ANALÍTICO…………………………………………………… 13
3.2. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN…………….. 13
3.2.1. PROCEDIMIENTOS………………………………………………….……
…...…...
14
3.2.2. TÉCNICAS…………………………………………………………………
……
14
3.3. ALCANCE…………………………………………………………............. 15
3.3.1. TEMPORALIDAD…………………………………………………………
……….
15
3.3.2. ESPACIALIDAD…………………………………………………...………. 15
3.3.3. UBICACIÓN GEOGRÁFICA.……………………………………….……. 16
3.4. FASES DE LA INVESTIGACIÓN………...……………………….……… 16
3.4.1. FASE PRIMERA (PLANIFICACIÓN)…………………………………….. 16
3.4.2. FASE SEGUNDA (EJECUCIÓN)…...……………………………………... 17
3.4.3. FASE TERCERA (COMUNICACIÓN DE RESULTADOS)……………… 17
4. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL
4.1. MARCO TEÓRICO………………………………………………………… 18
4.2. MARCO CONCEPTUAL…………………………………………………... 18
4.2.1. AUDITORÍA…………………………………………………………………
…...
18
4.2.2. AUDITORÍA INTERNA………..…………………………………………... 18
4.2.3. AUDITORÍA GUBERNAMENTAL…………………………………..……. 18
4.2.4. AUDITORÍA ESPECIAL…………………………………………………… 19
4.2.5. MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN DE AUDITORÍA……………… 19
4.2.6. PROGRAMA DE AUDITORÍA……………………………………….……. 19
4.2.7. PAPELES DE TRABAJO…………………………………………………… 20
4.2.8. CONTROL INTERNO………………………..…………………………….. 20
4.2.9. COMPONENTES DEL CONTROL INTERNO………………………......... 20
4.2.10. RIESGO DE AUDITORÍA…………………………………………….......... 21
4.2.11. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.…….………………………... 22
4.2.12. SERVIDOR PÚBLICO……………………………………………………... 23
4.2.13. DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS…………………….. 23
4.2.14. FORMULARIO ÚNICO DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y
RENTAS…………………………………………………………………….
23
4.2.15. CERTIFICADO DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS. 23
4.2.16. RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO DE LA DJBR……………………… 23
4.2.17. INFORMES TRIMESTRALES DE LA DJBR……………………………… 24
4.2.18. PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DJBR………………………… 24
4.2.19. BIGANT……………………………………………………………………..
….
24
5. MARCO LEGAL Y NORMATIVO
5.1. MARCO NORMATIVO GENERAL……………………………………….. 25
5.2. MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO……………………………………... 26
6. MARCO PRÁCTICO
6.1. TRABAJO REALIZADO………………………………………………….... 29
6.1.1. ORDEN DE TRABAJO…………………....................................................... 29
6.2. MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN…..…………………………….... 29
6.3. TRABAJO DE CAMPO……………….......................................................... 29
6.3.1. RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN…….......... 31
31
31
31
6.3.2. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN E
INFORMACIÓN OBTENIDA….....................................................................
6.3.3. ELABORACIÓN DE PAPELES DE TRABAJO.…………………………...
31
31
6.3.4. IDENTIFICACIÓN DE HALLAZGOS Y PLANILLAS DE
DEFICIENCIAS……………………………………………………………..
32
6.3.5. COMUNICACIÓN DE RESULTADOS……………….…………………… 32
7. MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN DE AUDITORÍA
7.1. TÉRMINOS DE REFERENCIA…………………………………………… 34
7.1.1. ANTECEDENTES…………………………………………………….……
….........
34
7.1.2. OBJETIVO…………………………………………………………….……
……..
34
7.1.3. OBJETO……………………………………………………………..………
…...…...
34
7.1.4. ALCANCE…………………………………………………………..………
…….
35
7.1.5. NORMATIVA APLICABLE……………………………………………….
7.1.6. METODOLOGÍA…………………………………………………………..
7.1.7. INFORMES A PRESENTAR……………………………………………….
7.1.8. ACTIVIDADES Y FECHAS DE MAYOR RELEVANCIA………….……
7.1.9. APOYO DE ESPECIALISTAS……………………………………………..
37
39
41
41
42
7.2. ANTECEDENTES, ESTRUCTURA, PRINCIPALES EJECUTIVOS,
PERSONAL, UNIDADES ORGANIZACIONALES, RESPONSABLES Y
ACTIVIDADES
7.2.1. ANTECEDENTES SOBRE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y
RENTAS…………….......................................................................................
7.2.2. ANTECEDENTES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y
TIERRAS- MDRYT………………………………………………………….
7.2.3. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA…………………………………………
42
44
51 7.2.4. PRINCIPALES UNIDADES ORGANIZACIONALES, RELACIONADOS
CON EL OBJETO DE LA AUDITORÍA………………………………..…..
53
7.2.5. RESPONSABLES DE LAS OPERACIONES OBJETO DE LA
EVALUACIÓN……………………………………………………………….
53
7.2.6. COMPRENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES……...…….………………...… 54
7.3. EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO, PUNTOS FUERTES -
DÉBILES Y RIESGOS………………………………………………………
55
7.3.1. EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO………………………………… 55
7.3.2. PUNTOS FUERTES Y DÉBILES DEL AMBIENTE DE CONTROL…….. 60
7.3.3. PUNTOS FUERTES Y DÉBILES DE LAS ACTIVIDADES DE
CONTROL……………………………………………………………………
61
7.3.4. RIESGO INHERENTE…………………………………………………….... 61
7.3.5. RIESGO DE CONTROL……………………..……………………………… 62
7.3.6. RIESGO DE DETECCIÓN……..…………………………………………… 63
7.3.7. RIESGO DE AUDITORÍA…..……………………………………………… 63
7.4. AMBIENTE DE CONTROL………..………………………………………. 64
7.5. ENFOQUE DE AUDITORÍA…………….……………..………………….. 66
7.6. ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO…………..…………………………. 66
7.7. PROGRAMA DE AUDITORÍA…………………...………….……………. 67
8. COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
8.1. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA……………………………………… 72
8.2. PRESENTACIÓN DE INFORME FINAL………………………………….. 72
9. CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓNES
10. .
9.1. CONCLUSIÓN……………….………………………………………………
.……………..
116
9.2. RECOMENDACIONES………..…………………………………………….
BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………..
116
117
ANEXOS……………………………………………………………………..
…………..
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
1
INTRODUCCIÓN
La Declaración Jurada de Bienes y Rentas es la obligación de toda servidora o servidor público
que administre, maneje o tenga acceso a recursos económicos del Estado, cualquiera sea su
condición, jerarquía, calidad o categoría, de presentar información sobre los bienes, deudas y
rentas que posee o recibe antes, durante y después del ejercicio del cargo. La Declaración
Jurada brinda evidencia sobre la realidad patrimonial y financiera, con lo cual se puede
verificar si existe concordancia entre sus ingresos, bienes y gastos, siendo este un instrumento
de control gubernamental.
La Contraloría General del Estado, como órgano rector del Sistema de Control Gubernamental,
ejercerá la atribución de dirigir y controlar un sistema de Declaración Jurada de Bienes y
Rentas para todo el sector público.
El Trabajo Dirigido "Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas correspondiente a la gestión 2016" se desarrollara en la Unidad de
Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, al tratarse de una Entidad del
sector público, el trabajo fue realizado en el marco de las Normas de Auditoría Gubernamental,
emitida por la Contraloría General del Estado y aprobada mediante Resolución CGE/094/2012
del 27 de agosto de 2012, la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, sus
Decretos Supremos Reglamentarios, Normativa Específica y otras disposiciones inherentes al
tema.
Con la finalidad de dar cumplimiento a la Auditoría programada sobre el Procedimiento de
Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras, correspondiente a la gestión 2016, a través de memorándum MDRyT/AI/OT N° 026-
A/2017 de 12 de abril de 2017, fuimos designadas para la ejecución de la mencionada
auditoría, la misma que fue objeto y base para el desarrollo del presente Trabajo Dirigido, en
el cual aplicaremos los conocimientos adquiridos en nuestra formación universitaria.
Con este trabajo se pretende:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
2
Evaluar el Control Interno, sobre el Procedimiento de Control de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas.
Verificar la elaboración de Informes Trimestrales, sobre el cumplimiento de la
presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas por parte de los Servidores
Públicos.
Revisar los procesos administrativos internos seguidos por la Autoridad Legal
Sumariante ante el incumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas.
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL
En fecha 2 de febrero de 2016, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional,
entre el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) y la Universidad Mayor de San
Andrés (UMSA), a fin de establecer mecanismos de coordinación, interacción, cooperación y
reciprocidad entre ambas instituciones, y con el propósito de efectuar prácticas pre -
profesionales de estudiantes egresados para la titulación de los mismos, brindando
información y apoyo en la realización de trabajos requeridos.
DEFINICIÓN DEL TEMA
En coordinación con el tutor designado se ha definido y aprobado el tema objeto del Trabajo
Dirigido, denominado “Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, correspondiente a la
gestión 2016”, que se realizó en la Unidad de Auditoría Interna.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
3
1. CAPÍTULO I
MARCO INSTITUCIONAL
1.1 ANTECEDENTES
Los antecedentes institucionales del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras se circunscriben
en esta primera instancia, y de manera resumida, a datos de creación, misión, visión, objetivos
institucionales y estructura organizacional que en el desarrollo del trabajo serán ampliados
adecuadamente.
1.1.1. ANTECEDENTES DE CREACIÓN
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, se creó el año 1904, con la decisión de instaurar
una instancia para el manejo de la agricultura.
En el transcurso de su vida institucional, ha experimentado diversas modificaciones debido a
cambios de Gobierno y enfoques en la conducción del mismo.
Mediante la Ley de Ministerios del año 1993 el Ministerio de Asuntos Campesinos
Agropecuarios, se convierte en la Secretaría Nacional de Agricultura y Ganadería que depende
del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico.
Con la Ley No. 3351 de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) de fecha 21 de febrero de
2006, y el Decreto Supremo No. 28631 de febrero del 2006, establecen el Ministerio de
Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente (MDRAMA).
El 7 de febrero de 2009, se emite el Decreto Supremo Nº 29894 sobre la Estructura
Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, estableciendo la estructura del
Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, así como las atribuciones de la Presidenta o
Presidente, Vicepresidente o Vicepresidenta y de las Ministras o Ministros, se determina el
cambio de denominación del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio
Ambiente, por la de Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – MDRyT.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
4
1.1.2. MISIÓN INSTITUCIONAL
Es la institución pública del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, encargada
de definir e implementar políticas para promover, facilitar, normar y articular el desarrollo
rural integral agropecuario, forestal, acuícola y de la coca, de forma sustentable, e impulsar en
el país una nueva estructura de tenencia y acceso a la tierra y bosques, generando empleo
digno en beneficio de productores, comunidades y organizaciones económicas campesinas,
indígenas y sector empresarial, bajo los principios de calidad, equidad, inclusión,
transparencia, reciprocidad e identidad cultural, en busca de la seguridad y soberanía
alimentaria, para Vivir Bien.1
1.1.3. VISIÓN INSTITUCIONAL
Es la institución pública reconocida como líder del sector que ha logrado el desarrollo
agropecuario con seguridad y soberanía alimentaria, de forma integral y sustentable,
generando productos de su competencia con calidad y valor agregado; para ello cuenta con
personal, competente, comprometido y solidario que trabaja para productores agropecuarios,
comunidades y organizaciones económicas campesinas e indígenas y sector empresarial.2
1.1.4. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES3
DIMENSIÓN DEL VALOR PÚBLICO
Objetivo Estratégico Institucional 1: Profundizar el proceso de saneamiento, acceso,
distribución, redistribución de la tierra y de la autogestión comunitaria del territorio en el
marco del Plan de Desarrollo Sectorial y Plan Nacional de Desarrollo.
Estrategia 1: Establecer las condiciones técnicas y legales para mejorar el acceso a la
tierra de los bolivianos y bolivianas que hasta ahora no lo tuvieron.
Estrategia 2: Incorporar en los programas y proyectos los derechos indígenas originarios
y campesinos.
Objetivo Estratégico Institucional 2: Promover la Soberanía Alimentaria y el Desarrollo
1 Plan Estratégico Institucional del MDRyT, 2014 - 2018
2 Plan Estratégico Institucional del MDRyT, 2014 - 2018
3 Manual de Organización y Funciones del MDRyT aprobado con R. M. Nº 1417 de fecha 20 de diciembre de 2013
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
5
Rural Agropecuario de forma integral y sustentable, a favor de los productores rurales,
comunidades indígenas y pueblos originarios.
Estrategia 1: Apoyar los emprendimientos productivos orientados especialmente a la
Soberanía Alimentaria.
Estrategia 2: Promover la Sanidad Agropecuaria, Innovación Agropecuaria y Forestal.
Objetivo Estratégico Institucional 3: Promover el desarrollo integral con coca y la
revalorización de la hoja de coca, en el marco de la concertación social.
Estrategia 1: Apoyar el desarrollo integral sostenible en las zonas productoras de la hoja
de coca, liderar su revalorización así como la racionalización concertada.
DIMENSIÓN FINANCIERA
Objetivo Estratégico Institucional 4: Asegurar la asignación de recursos financiero
suficientes para el logro de resultados de impacto del MDRyT garantizando la soberanía
alimentaria.
Estrategia 1: Optimizar la administración de recursos económico-financieros.
Estrategia 2: Buscar alianzas estratégicas con los financiadores.
Estrategia 3: Requerir de los organismos financieros así como de los promotores del
desarrollo la alineación a las políticas sectoriales.
DIMENSIÓN POLÍTICA
Objetivo Estratégico Institucional 5: Promover espacios de concertación y coordinación
pública y privada con entidades a nivel nacional, departamental, municipal y con
organizaciones Productivas, sociales vinculadas al desarrollo agropecuario y rural.
Estrategia 1: Concertar con las organizaciones sociales y sociedad civil en general la
normativa para la seguridad alimentaria.
Estrategia 2: Abrir espacios de diálogo con las organizaciones sociales y sociedad civil
en general.
Estrategia 3: Fortalecer a las comunidades y organizaciones rurales para facilitar la
producción de alimentos.
Estrategia 4: Promover las negociaciones internacionales referidas al sector desarrollo
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
6
agropecuario.
DIMENSIÓN DEL DESARROLLO ORGANIZACIONAL
Objetivo Estratégico Institucional 6: Fortalecer la gestión y capacidad institucional del
MDRyT para el logro de los objetivos.
Estrategia 1: Ajustar y completar los instrumentos normativos y de procedimientos
administrativos.
Estrategia 2: Desarrollar proyectos de mejoramiento de infraestructura y equipamiento
del Ministerio.
Estrategia 3: Impulsar programas y proyectos de capacitación del personal del Ministerio.
1.1.5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL4
La Estructura Organizacional del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, establecido en el
Organigrama Institucional comprende:
Unidades de apoyo y asesoramiento
Jefatura de Gabinete
Unidad de Comunicación Social
Coordinación con Organizaciones Sociales
Unidad de Transparencia
Unidades de Planificación y Control.
Unidad de Auditoría Interna
Dirección General de Planificación
Unidades de Apoyo Administrativo y Jurídico
Dirección General de Asuntos Administrativos
Unidad Financiera
Unidad de Administración y Personal
Dirección General De Asuntos Jurídicos
Unidad de Gestión Jurídica
4 Manual de Organización y Funciones del MDRyT aprobado con R. M. Nº 1417 de fecha 20 de diciembre de 2013
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
7
Unidad De Análisis Jurídico
Unidades Sustantivas
Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario
Viceministerio de Tierras
Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral
1.1.6. ENTIDADES BAJO TUICIÓN
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras cuenta con las siguientes entidades bajo su tuición:
Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA.
Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal – INIAF.
Fondo de Desarrollo Indígena – FDI.
Centro Internacional de la Quinua – CIQ.
Instituto Nacional de Seguro Agrario – INSA.
1.1.7. UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras en el marco del artículo 15º de la Ley Nº 1178 de
Administración y Control Gubernamental cuenta con la Unidad de Auditoría Interna, la cual
depende jerárquicamente de la Máxima Autoridad Ejecutiva, quien respeta la independencia
del trabajo de esta Unidad, la misma que previa evaluación, sugiere recomendaciones viables
que proporcionen mejoras substanciales para el logro de los objetivos institucionales,
fundamentado en principios de ética, transparencia, calidad, que garanticen el eficiente control
de los recursos públicos y el cumplimiento de las normas legales, por tanto no participa de las
actividades administrativas ni operativas.
En el Programa Operativo Anual - POA aprobado para la gestión 2017, la Unidad de Auditoría
Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, ha previsto la ejecución de una Auditoría
Especial al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras correspondiente a la gestión 2016.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
8
1.1.7.1. OBJETIVOS DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
La Unidad de Auditoría Interna tiene los siguientes objetivos:
Mejorar el grado de eficiencia, eficacia y transparencia en las transacciones u
operaciones.
Evaluar y opinar sobre el grado de cumplimiento de las normas y procedimientos
establecidos en la Ley Nº1178 de los Sistemas de Administración y Control
Gubernamental y disposiciones legales reglamentarias.
Sugerir recomendaciones que incrementen los niveles de calidad oportunidad y
confiabilidad de los registros e información.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
9
3. CAPÍTULO II
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA, JUSTIFICACIÓN, IDENTIFICACIÓN DE
VARIABLES Y OBJETIVOS
2.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Esta auditoría se la realizará de acuerdo con disposiciones legales y normas vigentes con el fin
de evaluar la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y los
servidores públicos en la Contraloría General del Estado, asimismo evaluar el Cumplimiento
Oportuno del PCO-DJBR en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras correspondiente a la
gestión 2016, con la finalidad de identificar debilidades significativas u observaciones de
control interno que probablemente hayan posibilitado Indicios de Responsabilidad por la
Función Pública.
Considerando que el numeral 3 del Artículo N° 235 de la Constitución Política del Estado,
establece como obligación de las servidoras y los servidores públicos prestar declaración
jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo.
Asimismo, el Artículo N° 55 de la Ley N° 2027, dispone que la Contraloría General del
Estado, ejercerá la atribución de dirigir y controlar un Sistema de Declaración de Bienes y
Rentas para todo el sector público.
El incumplimiento a la normativa establecida relacionada con la obligación de presentar la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas generará responsabilidades y sanciones en el marco de
lo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 1178 y sus decretos reglamentarios.
La Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, dentro sus
atribuciones y competencias establecidas debe evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de
los instrumentos de control interno incorporados a ellos analizando los resultados de las
operaciones e informar sobre el grado de correspondencia entre la información examinada y
los criterios establecidos.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
10
2.1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA
De manera preliminar, se identificaron los siguientes puntos críticos que a su vez se
constituyen en los riesgos más importantes que se considerarán en la auditoría, los mismos que
a continuación se detallan:
Existen servidoras y servidores públicos que no presentan su Declaración Jurada de
Bienes y Rentas (DJBR) antes, durante y después del ejercicio del cargo.
La Unidad de Administración y Personal archiva los Certificados de la DJBR sin
fecha de recepción y no reflejando ningún tipo de evidencia de verificación con el
documento original.
Dentro de algunas Unidades Desconcentradas no existe evidencia de la remisión de
los Informes Trimestrales en el que se detalle el cumplimiento o incumplimiento de la
presentación oportuna de la DJBR ante la Contraloría General del Estado (CGE).
Existen deficiencias en la presentación de los Informes Trimestrales y en la difusión
del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas (PCO-DJBR) mediante el sistema interno de mensajería BIGANT.
2.1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
¿Las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas efectuadas por los servidores públicos y los
procedimientos realizados en la gestión 2016, para la Presentación Oportuna de la DJBR en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, se han realizado de acuerdo con disposiciones
legales y normas vigentes?
2.2 JUSTIFICACIÓN DE INVESTIGACIÓN
El propósito del trabajo es de obtener evidencia suficiente y competente sobre la presentación
oportuna y la aplicación correcta del Procedimiento de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas, el mismo será desarrollado en base a disposiciones legales, normas vigentes y
reglamentos de tal manera que se pueda adoptar a tiempo las acciones correctivas y pertinentes
sobre el control interno de la institución.
2.2.1 JUSTIFICACIÓN TEÓRICA
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
11
La aplicación de procedimientos y técnicas de auditoría nos permitirá conocer la normativa
legal, la evaluación del control interno y su aplicación en lo referente a la Presentación
Oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
2.2.2 JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA
Los resultados de la auditoría, permitirán realizar recomendaciones oportunas y constructivas
sobre deficiencias u observaciones encontradas en el desarrollo del proceso de revisión. Estas
recomendaciones se formularán con el objetivo de contribuir a un eficiente Procedimiento de
Control en la Presentación Oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Además, de acuerdo con los objetivos institucionales establecidos, su resultado permitirá a la
Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras contar con
información sobre las fortalezas y debilidades que se identifiquen en el Procedimiento para el
Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR) y
establecer las medidas correctivas necesarias.
2.2.3. JUSTIFICACIÓN METODOLÓGICA
Durante el trabajo de campo para realizar el cumplimiento de los objetivos se aplicaran los
métodos deductivo, descriptivo y analítico, asimismo, se utilizaran técnicas y procedimientos
de auditoria, tomando en consideración evidencia suficiente, competente y confiable con el fin
de fundamentar el resultado del informe.
2.3 IDENTIFICACIÓN DE VARIABLES
2.3.1 VARIABLE DEPENDIENTE
La implementación de recomendaciones de Control Interno sobre los Procedimientos de
Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
2.3.2 VARIABLE INDEPENDIENTE
Informe de la Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras correspondiente a la gestión
2016.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
12
2.4 OBJETIVOS
Los objetivos que guiarán el presente trabajo son:
2.4.1 OBJETIVO GENERAL
Expresar una opinión independiente sobre el cumplimiento del ordenamiento jurídico
administrativo y del Procedimiento de Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), correspondiente a la
gestión 2016.
2.4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Estos objetivos son:
Evaluar el Control Interno establecido en el MDRyT con relación a la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas.
Determinar que el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas del MDRyT, se encuentre en concordancia con el Decreto
Supremo N° 1233 y su Reglamento emitido por la Contraloría General del Estado.
Verificar el cumplimiento del procedimiento de control de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos del Ministerio.
Verificar que el área de Recursos Humanos cuente con la documentación de respaldo
suficiente y realice la remisión de los Informes Trimestrales oportunamente.
Verificar si el responsable de la Unidad de Administración y Personal comunica y
hace conocer por escrito al personal nuevo el PCO-DJBR.
Verificar la presentación oportuna de las DJBR por parte de los Servidores Públicos.
Identificar deficiencias y excepciones de Control Interno relacionados con la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
13
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO Y ALCANCE DE TRABAJO
3.1. MARCO METODOLÓGICO
3.1.1. MÉTODO DEDUCTIVO5
Es el razonamiento mental que conduce de lo general a lo particular y permite extender los
conocimientos que se tienen sobre una clase determinada de fenómenos a otro cualquiera que
pertenezca a esa misma clase.
3.1.2. MÉTODO DESCRIPTIVO6
Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades importantes de personas, grupos,
comunidades u cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis, miden y evalúan diversos
aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno o fenómenos a investigar.
3.1.3. MÉTODO ANALÍTICO7
El Método analítico es aquel método de investigación que consiste en la desmembración de un
todo, descomponiéndolo en sus partes o elementos para observar las causas, la naturaleza y los
efectos. El análisis es la observación y examen de un hecho en particular. Este método nos
permite conocer más del objeto de estudio, con lo cual se puede: explicar, hacer analogías,
comprender mejor su comportamiento y establecer nuevas teorías.
3.2. PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN8
Los procedimientos son el conjunto de técnicas de investigación aplicable a una partida o
grupo de hechos y circunstancias relativas a los estados financieros, a los procesos u a otros
asuntos sujetos a examen, mediante las cuales se obtiene la base para fundamentar el informe.
5 Francisco J. Rodríguez, Irina Barrios y Maria Teresa Fuentes; Introducción a la metodología de las Investigaciones Sociales.
6 Roberto Hernández Sampieri, Carlos Fernández Collado, Pilar Baptista Lucio; Metodología de la Investigación.
7 Ramón Ruiz; Historia y Evolución del Pensamiento Científico
8 Carlos Alberto Montes Salazar, Omar Montilla Galvis, Cristian Vallejo “Auditoría financiera Bajo estándares internacionales”
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
14
3.2.1. PROCEDIMIENTOS
En el desarrollo de nuestro examen, se emplearán los siguientes procedimientos:
Recopilar información de las unidades desconcentradas, proyectos y programas del
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras acerca de la Presentación Oportuna de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Revisar la información y documentación que respaldan al procedimiento de
Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Explicar y obtener documentación física, documental, testimonial y analítica
mediante el uso de técnicas de auditoría: indagación, observación, inspección y
revisión.
Evaluar del Control Interno, puntos Débiles – Fuertes y Riesgos.
Preparar planillas de Control Interno para cada deficiencia con los atributos de:
condición, criterio, causa, efecto y recomendación.
Preparar la planilla resumen sobre el cumplimiento e incumplimiento del
Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
Emitir el informe en borrador y definitivo con las respectivas conclusiones y
recomendaciones tendientes a superar las deficiencias encontradas.
3.2.2. TÉCNICAS
Las técnicas de investigación son un conjunto de procedimientos debidamente estructurados
que nos permite recopilar, analizar e interpretar la información de datos, debe entenderse
como parte del proceso de la auditoría:
a) Entrevista: Constituye un medio de recopilación de información mediante preguntas,
a las que debe responder el interrogado. Su particularidad radica en que el
investigador y el o los interrogados se encuentran personalmente.9
9 Francisco J. Rodríguez, Irina Barrios y Maria Teresa Fuentes; Introducción a la metodología de las Investigaciones Sociales.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
15
b) Validez de la Información: La información que se obtiene con los procedimientos de
recogida de datos, además de ser fiable, necesita ser válida y contrastada para garantizar
la objetividad y calidad de las conclusiones que se deriven de ella en la investigación.10
c) Confirmación: Se refiere a la participación directa repetida y a la evidencia observada
documentada u obtenida de fuentes primarias de información. Confirmación significa
obtener afirmaciones directas y a menudo repetidas de lo que el investigador ha
escuchado, visto o experimentado con relación al fenómeno bajo estudio.11
d) Observación: La observación se distingue del acto de mirar, porque conlleva una
intención, un objetivo. Requiere de un esquema de trabajo para captar las
manifestaciones y aspectos más trascendentes de un fenómeno o situación que
intentamos comprender o describir. Se observa para obtener datos que serán
comparados, interpretados y analizados.12
e) Revisión selectiva: Radica en el examen de ciertas características importantes, que
debe cumplir una actividad, informes o documentos, seleccionándose así parte de las
operaciones, que serán evaluadas o verificadas en la ejecución de la auditoría.13
3.3. ALCANCE
3.3.1. TEMPORALIDAD
El examen comprenderá la revisión de la información y documentación que respaldan el
Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas correspondiente a la gestión 2016.
3.3.2. ESPACIALIDAD
El examen comprenderá un alcance de la revisión total de los Funcionarios Públicos; personal
de planta (con ítem), personal a contrato (eventual) y de los Informes Trimestrales dirigidos a
la Máxima Autoridad Ejecutiva, en la que se determine y señale el cumplimiento o
incumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR a fin de verificar la integridad de los
10 Raquel Amaya Martínez Gonzales la investigación en la práctica educativa
11 Marcela Aravena y coautores; Investigación Educativa I
12 Laura Abero y coautores; Investigación Educativa.
13 Postgrado.pbworks.com/f/auditorías.doc – vía Internet
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
16
casos del personal obligados a cumplir con la presentación y acreditación de DJBR hayan sido
reportados en el Informe presentado en las dependencias, Unidades Desconcentradas y
Programas.
3.3.3. UBICACIÓN GEOGRÁFICA
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras se encuentra situado en el Departamento de La
Paz, Av. Camacho # 1471 entre calles Loayza y Bueno.
3.4. FASES DE LA INVESTIGACIÓN
De acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental, se detallan los procedimientos de
auditoría y las técnicas empleadas para obtener y analizar la evidencia necesaria para alcanzar
los objetivos de la auditoría de acuerdo con las siguientes fases de auditoría.
3.4.1. FASE PRIMERA (PLANIFICACIÓN)
4. Consistirá en la recopilación y obtención de información sobre leyes, normas y documentación
de aspectos relevantes de las unidades sustantivas donde se encuentran los involucrados, que
sirva para fines de planificación de la auditoría y la definición de una estrategia para ejecutar y
diseñar el enfoque del examen.
Se procederá a comprender el ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales
aplicables al Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigentes en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016; y de esta manera se
evaluaran los controles; se aplicaran los procedimientos de auditoría específicos y se
identificaran las posibles deficiencias relacionadas con las operaciones objeto de la auditoría,
con el propósito de identificar los problemas o factores de riesgo.
Asimismo, se solicitara a la Unidad de Administración y Personal de la Dirección de Asuntos
Administrativos los files de los funcionarios públicos obligados a presentar su Declaración
Jurada de Bienes y Rentas, cuyo propósito será obtener y evaluar la evidencia competente,
suficiente y necesaria para alcanzar los objetivos de la auditoría.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
17
3.4.2. FASE SEGUNDA (EJECUCIÓN)
Consistirá en examinar la documentación de respaldo, identificando hallazgos en la revisión
preliminar, determinando corrección o aclaraciones si la situación la amerita, para la emisión
del Informe de Auditoría.
Se procederá a realizar una Supervisión continua y permanente para dirigir los esfuerzos del
equipo de auditoría hacia la consecución de los objetivos, entre los cuales se instruirá,
informará y revisará el trabajo realizado por el equipo de auditoría a fin de asegurar que la
evidencia obtenida sea suficiente y competente para sustentar los hallazgos y conclusiones.
3.4.3. FASE TERCERA (COMUNICACIÓN DE RESULTADOS)
En esta fase se emitirá una opinión a través de un Informe de Auditoría, sustentada de forma
suficiente, competente y pertinente por las evidencias acumuladas y contenidas en los papeles
de trabajo, con análisis, conclusiones y recomendaciones.
Previa la emisión del Informe de Auditoría, los resultados serán explicados a los responsables
de las áreas auditadas para que éstos puedan emitir sus comentarios o aclaraciones a los
resultados de auditoría obtenidos. Como constancia de este procedimiento se suscribirá un acta
de validación de la reunión efectuada.
Sobre la base del proceso de validación, se emitirá un informe oportuno, completo, veraz,
objetivo, convincente lo suficientemente claro y conciso como le permitan al lector una
adecuada comprensión del trabajo ejecutado y así exponer los resultados de la auditoría
considerando los objetivos y alcance previstos en el Memorándum de Planificación de
Auditoría, así como los hallazgos significativos, conclusiones y recomendaciones del auditor.
Este Informe será emitido y remitido a la Máxima Autoridad Ejecutiva del MDRyT para su
conocimiento y acciones futuras, así como a la Contraloría General del Estado para su
evaluación.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
18
CAPÍTULO IV
MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL
4.1. MARCO TEÓRICO
El marco teórico constituye una parte sustantiva de la auditoría, nos permite observar las
teorías, principios y leyes.
El Ordenamiento Jurídico Administrativo y las Normas Vigentes deben ser cumplidos por todo
Servidor Público, sin distinción de jerarquía, el servidor debe asumir plena responsabilidad por
sus actos rindiendo cuenta no solo de los objetivos a que se destinaron los Recursos Públicos
que le fueron confiados, sino también en la forma y resultado de su aplicación, lineamientos
establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley Nº 1178 y la Ley del Estatuto
del Funcionario Público.
4.2. MARCO CONCEPTUAL
4.2.1. AUDITORÍA 14
Es el examen de la información por parte de una tercera persona distinta de la que preparo y
del usuario, con la intención de establecer su razonabilidad dando a conocer los resultados de
sus exámenes, a fin de aumentar la utilidad que tal información posee.
4.2.2. AUDITORÍA INTERNA 15
La auditoría interna es una función de control interno posterior de la organización, que se realiza
a través de una unidad especializada, cuyos integrantes no participan en las operaciones y
actividades administrativas. Su propósito es contribuir al logro de los objetivos de la entidad
mediante la evaluación periódica del control interno.
4.2.3. AUDITORÍA GUBERNAMENTAL16
La auditoría gubernamental, como parte del control gubernamental coadyuva a que los recursos
públicos han sido administrados correctamente y de conformidad con el ordenamiento jurídico
14 Carlos A. Slosse, Juan Carlos Gordicz y Santiago Gamondés; Auditoría Edición 2
15 Normas para el ejercicio de Auditoría Interna CGE
16 Contraloría General del Estado “Normas Básicas”
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
19
administrativo y otras normas legales aplicables, sino también de la forma y resultado de su
aplicación, en términos de eficacia, eficiencia, economía y efectividad.
4.2.4. AUDITORÍA ESPECIAL17
Es la acumulación y examen sistemático y objetivo de evidencia, con el propósito de expresar
una opinión independiente sobre el cumplimiento del ordenamiento jurídico administrativo y
otras normas legales aplicables, y obligaciones contractuales y, si corresponde, establecer
indicios de responsabilidad por la función pública.
El establecimiento de indicios de responsabilidad por la función pública, no es un fin u
objetivo de la auditoría, sino el resultado de la misma, sin perjuicio de las excepciones
previstas en las presentes normas.
4.2.5. MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN DE AUDITORÍA18
El Memorándum de Planificación de Auditoría (MPA), es el documento mediante el cual se
establece una estrategia para alcanzar en forma eficiente y eficaz los objetivos de la Auditoría.
La planificación tiene por objetivo alcanzar y cubrir con un enfoque planificado todos los
riesgos y objetivos de una auditoría, identificando los pasos y métodos para desarrollar un
examen efectivo, eficiente y oportuno, es decir una auditoría.
4.2.6. PROGRAMA DE AUDITORÍA19
El auditor debe desarrollar y documentar un programa de auditoría que exponga la naturaleza,
la oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría planeados y requeridos para
implementar el plan de auditoría global. Este programa sirve como un conjunto de
instrucciones para los auxiliares y como un medio para controlar y registrar la ejecución
apropiada del trabajo. Puede también contener los objetivos de la auditoría para cada área y un
presupuesto de tiempo con las horas estimadas para las diversas áreas o procedimientos de
auditoría.
17 Contraloría General del Estado “Normas de Auditoría Especial”
18
Guía de Auditoria, Paiva Quinteros Walter.
19
Carlos Alberto Montes Salazar, Omar Montilla Galvis, Cristian Vallejo “Auditoría financiera Bajo estándares internacionales”
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
20
4.2.7. PAPELES DE TRABAJO20
Los papeles de trabajo son un instrumento mediante el cual, el auditor respalda de manera
detallada y sistemática la descripción de las pruebas realizadas, después de la aplicación de
técnicas y procedimientos en los que sustenta y apoya los resultados obtenidos.
4.2.8. CONTROL INTERNO21
El informe COSO define al Control Interno como: Un Proceso efectuado por el consejo de
Administración, la Dirección y el resto del personal de la Entidad, diseñado con el objeto de
proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos dentro
de las siguientes categorías:
Confiabilidad de la Información Financiera.
Eficacia y Eficiencia de las Operaciones.
Cumplimiento de las Leyes y Regulaciones aplicables.
4.2.9. COMPONENTES DEL CONTROL INTERNO (COSO III)22
El control Interno consta de cinco componentes integrados:
AMBIENTE DE CONTROL
Define las pautas de comportamiento en una organización y tiene una influencia
directa en el nivel de concientización del personal respecto del control, además de
constituir la base de todos los demás elementos de control interno aportando
disciplina y estructura, entre sus factores se encuentran la honradez, los valores éticos
y la capacidad del personal, la filosofía de la dirección y su forma de actuar y la
manera en que la dirección distribuye la autoridad y las responsabilidades, organiza y
desarrolla a sus empleados.
EVALUACIÓN DE RIESGOS
El control interno ha sido pensado esencialmente para limitar los riesgos que afectan
las actividades de las organizaciones. A través de la identificación y análisis de los
20
Ricardo Chalco Barrera, “La auditoría en el sector gubernamental” primera edición
21 Carlos Coronel Tapia, “Auditoría Financiera basada en Riesgos”
22 Rubén Centellas España, Carlos Gonzales, Contabilidad Internacional
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
21
riesgos relevantes y el punto hasta el cual el control vigente los neutraliza se evalúa la
vulnerabilidad del proceso.
ACTIVIDADES DE CONTROL
Consisten en las políticas y procedimientos que tienden asegurar que se cumplan las
directrices establecidas por la dirección y asegurar que se tomen las medidas
necesarias para afrontar los riesgos que ponen en peligro la consecución de los
objetivos de la entidad.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Los sistemas de información generan informes, que recogen información operacional,
financiera y la correspondiente al cumplimiento dichos informes contemplan, no solo
los datos generados internamente, sino también información sobre incidencias,
actividades y condiciones externas, necesaria para la toma de decisiones y para
formular informes.
SUPERVISIÓN
Resulta necesario realizar una supervisión de los sistemas de control interno,
evaluando la calidad de su rendimiento. Dicho seguimiento tomara la forma de
actividades de supervisión continua, de evaluaciones periódicas o una combinación
de los dos anteriores.
4.2.10. RIESGO DE AUDITORÍA23
Es la posibilidad de emitir un informe de auditoría incorrecto por no haber detectado errores o
irregularidades significativas que modificarían el sentido de la opinión vertida en el informe.
El riesgo de auditoría se reduce en la medida en que se obtenga evidencia de auditoría que
respalde la validez de las afirmaciones contenidas en los estados contables.
23 Carlos A. Slosse, Juan Carlos Gordicz y Santiago Gamondés; Auditoría Edición 2
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
22
RIESGO INHERENTE
Es la susceptibilidad de los estados financieros a la existencia de errores o fraudes
significativos, antes de considerar la efectividad de los sistemas de control.
El riesgo inherente está totalmente fuera de control por parte del auditor. Difícilmente
se pueden tomar acciones que tengan a eliminarlo porque es propio de la operación
del ente.
RIESGO DE CONTROL
El riesgo de control es el riesgo de que los sistemas de control estén incapacitados
para detectar o evitar errores o fraudes significativos en forma oportuna.
Este tipo de riesgo está fuera del control de los auditores, pero eso sí, las
recomendaciones resultantes del análisis y evaluación de los sistemas de información,
contabilidad y control que se realicen van a ayudar a mejorar los niveles de riesgo en
la medida en que se adopten tales recomendaciones. Además, la existencia de bajos
niveles de riesgo de control, lo que implica que existan buenos procedimientos en los
sistemas de información, contabilidad y control puede ayudar a mitigar el nivel de
riesgo inherente.
RIESGO DE DETECCIÓN
El riesgo de detección es el riesgo de que los procedimientos de auditoría
seleccionados no detecten errores o fraudes existentes en los estados contables.
A diferencia del Riesgo Inherente y de Control el riesgo de Detección es totalmente
controlable por la labor del auditor y depende exclusivamente de la forma en que se
diseñan y lleven a cabo los procedimientos de auditoría. El Riesgo de Detección es la
última y única posibilidad de mitigar altos niveles de riesgos Inherentes y de Control.
4.2.11. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA24
La Responsabilidad es Administrativa cuando la acción u omisión contraviene el
ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del
24 Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamental
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
23
servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los
resultados de la auditoría si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la gravedad de
la falta, las sanciones de: multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual:
suspensión hasta un máximo de treinta días; o destitución.
4.2.12. SERVIDOR PÚBLICO25
Servidor Público es aquella persona individual, que independientemente de su jerarquía y
calidad, presta servicios en relación de dependencia a una entidad sometida al ámbito de
aplicación de ley, se refiere también a los dignatarios, funcionarios y empleados públicos u
otras personas que presten servicios en relación de dependencia con entidades estatales,
cualquiera sea la fuente de su remuneración.
4.2.13. DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS26
Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes,
deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo.
4.2.14. FORMULARIO ÚNICO DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y
RENTAS27
Documento mediante el cual se proporciona información respecto a los bienes deudas y rentas
de la servidora o servidor público, constituyéndose en Declaración Jurada.
4.2.15. CERTIFICADO DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS28
Documento refrendado por la Contraloría General del Estado, que acredita la presentación del
Formulario de DJBR.
4.2.16. RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO DE LA DJBR29
Servidora o Servidor Público de la Unidad de Administración y Personal del nivel superior,
designado por la Máxima Autoridad Ejecutiva de cada entidad, como Responsable del
25 Ley N° 2027 Estatuto del Funcionario Público
26 Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16/05/2012
27
Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas R.M. 604/2014
28
Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas R.M. 604/2014
29
Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas R.M. 604/2014
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
24
Seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, quien además de sus funciones, será
Responsable de Supervisar el cumplimiento oportuno de la DJBR de las servidoras y
servidores públicos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
4.2.17. INFORMES TRIMESTRALES DE LA DJBR30
Informes donde se señala el cumplimiento o incumplimiento de la Presentación Oportuna de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos de la entidad,
tomando en cuenta las justificaciones.
4.2.18. PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DJBR31
Instrumento Normativo que describe el proceso específico que permita el control interno del
Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, el cual debe ser
elaborado, aprobado, implantado por el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
4.2.19. BIGANT32
Sistema de mensajería interno o chat del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
30 Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16/05/2012
31 Procedimiento de Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
32 Procedimiento de Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
25
CAPÍTULO V
MARCO LEGAL Y NORMATIVO
5.1. MARCO NORMATIVO GENERAL
La auditoría se realizará considerando lo establecido en las siguientes normas y disposiciones
legales, las cuales no son excluyentes ni limitativas para aplicar otras disposiciones
adicionales que se consideren necesarias, de acuerdo al desarrollo del trabajo:
Constitución Política del Estado, aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009
y Promulgada el 7 de febrero de 2009.
Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20 de julio de 1990.
Señala que el Control Gubernamental se aplicará sobre el funcionamiento de los
Sistemas de Administración de los recursos del Estado y que estará integrado por el
Sistema de Control Interno y el Sistema de Control Externo Posterior.
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
Código Penal de Bolivia aprobado mediante Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de
1972, elevado a rango de Ley mediante Ley 1768 de 10 de marzo de 1997.
Ley Nº 004 Lucha contra la Corrupción, enriquecimiento Ilícito e Investigación.
Normas de Auditoría Gubernamental, (NAG) emitidas por la Contraloría General del
Estado y aprobadas mediante Resolución Nº CGE/094/2012 de 27 de agosto de 2012,
vigente a partir del 1 de noviembre de 2012.
Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental,
emitidos por la Contraloría General de la República y aprobadas mediante
Resolución CGR – 1/070/2000 de 21 de septiembre de 2000, vigentes a partir de
enero de 2001.
Guía para la Evaluación del Proceso de Control Interno, emitida por la actual
Contraloría General del Estado, aprobada mediante Resolución Nº CGR/295/2008 del
16 de diciembre de 2008.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
26
Reglamento para la Elaboración de Informes de Auditoría con Indicios de
Responsabilidad, aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la
Resolución Nº CGE/117/2013 del 16 de octubre de 2013.
Decreto Supremo N° 23318-A, que aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por
la Función Pública, de 3 de noviembre de 1992, modificado por el D.S. Nº 26237 de
29 de junio de 2001.
5.2. MARCO NORMATIVO ESPECÍFICO
Constitución Política del Estado, aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009
y Promulgada el 7 de febrero de 2009. En sus artículos:
Art. 232.- La administración pública se rige por los principios de legitimidad,
legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética,
transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad,
responsabilidad y resultados.
Art. 235.- Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos:
Prestar Declaración Jurada de Bienes y Rentas antes, durante y después del ejercicio
del cargo. (ANEXO 1)
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
En su Artículo 8° (Deberes) señala que los servidores públicos tienen los siguientes
deberes: j) Presentar declaraciones juradas de sus bienes y rentas conforme a lo
establecido en el presente Estatuto y disposiciones reglamentarias.
En su Artículo 53° (Declaración de Bienes y Rentas) establece que todos los
servidores públicos, cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría, están
obligados a prestar declaración expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren a
momento de iniciar su relación laboral con la administración.
En su Artículo 54° (Principios) indica que las declaraciones juradas de bienes y
rentas deberán observar los principios de universalidad, obligatoriedad, periodicidad
y transparencia.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
27
En su Artículo 55° (Delegación y Reglamentación) señala que la Contraloría General
de la República, como Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental,
ejercerá la atribución de dirigir y controlar un Sistema de Declaración de Bienes y
Rentas para todo el sector público. Asimismo la Contraloría General de la República
propondrá al Poder Ejecutivo, para su vigencia mediante Decreto Supremo, la
reglamentación relativa al Sistema de Declaración de Bienes y Rentas y a las
atribuciones que, conforme a la delegación conferida mediante este Estatuto, le
corresponda ejercer. (ANEXO 2)
Ley Nº 004 Lucha contra la Corrupción, enriquecimiento Ilícito e Investigación de
Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, de 31 de marzo de 2010.
En su Artículo 33 (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas) señala que
el que falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales,
que la declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de
libertad de uno a cuatro años y multa de cincuenta a doscientos días.
En su Artículo 149 (Omisión de Declaración de Bienes y Rentas) establece que la
servidora o el servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar
sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo
hiciere, será sancionado con multa de treinta días. (ANEXO 3)
Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16/05/2012 que reglamenta la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas.
En su Artículo 1 (Objeto) establece que el presente Decreto Supremo tiene por objeto
reglamentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas; y, las atribuciones que
respecto a esta obligación les corresponde ejercer a las servidoras y servidores
públicos, a las entidades públicas y a la Contraloría General del Estado.(ANEXO 4)
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades
Públicas, aprobadas por la Contraloría General del Estado mediante Resolución
CGE/072/2012 en fecha 28/06/2012.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
28
En su Artículo 1 (Objeto) señala que el presente instrumento normativo tiene por
objeto reglamentar el Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las
Entidades Públicas y las atribuciones que a este respecto corresponda ejercer a las
Servidoras y Servidores Públicos, a las Entidades Públicas y a la Contraloría General
del Estado. (ANEXO 5)
Procedimiento de Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº604 del 18 de
junio de 2014.
En su Artículo 1 (Objeto) señala que el presente Procedimiento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas se constituye en un instrumento que tiene por
objeto reglamentar el Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y las atribuciones que a este respecto
corresponda ejercer a las Servidoras y Servidores Públicos que se encuentren bajo
dependencia de esta Cartera de Estado. (ANEXO 6)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
29
CAPÍTULO VI
MARCO PRÁCTICO
6.1. TRABAJO REALIZADO
Establecidos los conocimientos y bases teóricas necesarias, en el presente capitulo se detallan
los procedimientos que se llevaron a cabo para la realización de la “Auditoría Especial al
Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, correspondiente a la gestión 2016”.
6.1.1. ORDEN DE TRABAJO
En cumplimiento al Programa Operativo Anual (POA) - Gestión 2017 de la Unidad de
Auditoría Interna y en cumplimiento al Art. 19 Punto I del Reglamento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas, aprobado con resolución
CGE/072/2012 del 28 de junio del 2012, se ha programado la realización de la Auditoría
Especial al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, correspondiente a la gestión 2016.
6.2. MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN DE AUDITORÍA
El Memorándum de Planificación de Auditoría (MPA), es el documento mediante el cual se
establece una estrategia para alcanzar en forma eficiente y eficaz los objetivos de la auditoría.
La planificación tiene por objetivo alcanzar y cubrir con un enfoque planificado todos los
riesgos y objetivos de una auditoria, identificando los pasos y métodos para desarrollar un
examen efectivo, eficiente y oportuno, es decir una auditoría.
6.3. TRABAJO DE CAMPO
La ejecución de la “Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras por el período comprendido
entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016”, se llevó a cabo mediante la aplicación de
los procedimientos establecidos en el Programa de Trabajo de la Auditoría, cuyo propósito fue
obtener evidencia suficiente, competente y pertinente con relación a los hechos evaluados.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
30
Esta fase se llevó a cabo de conformidad con los lineamientos establecidos en la Norma de
Auditoría Especial N°254 Evidencia, emitida por la Contraloría General del Estado. La cual
señala en su primer parágrafo lo siguiente: “Debe obtenerse evidencia competente y suficiente
como base razonable para sustentar los hallazgos y conclusiones del Auditor Gubernamental”.
Nuestras tareas específicas efectuadas en las fases de la auditoría son las siguientes:
FASES ACTIVIDADES REALIZADAS
PLANIFICACIÓN
Conocimiento de:
Legislación vinculada a la Institución.
Legislación vinculada al Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Estructura y transcripción de la información del
Memorándum de Planificación de Auditoría.
Transcripción del Programa de Trabajo.
EJECUCIÓN Revisión de la documentación proporcionada por las
Entidades:
Files del personal de Planta, Eventual y Consultores de Línea.
Contratos del personal eventual y consultores de línea.
Recordatorios mensuales.
Informes Trimestrales.
Procesos Legales.
Otra documentación
Elaboración de Planilla de Revisión
Elaboración de Anexos
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
31
Acumulación de evidencia competente y suficiente
(fotocopias de la documentación original y notas de
solicitud de información), para respaldar la opinión del
Informe de Auditoría.
COMUNICACIÓN DE
RESULTADOS
Redacción del Informe de Auditoría en borrador para su
respectiva revisión por el Auditor.
Elaboración de Papeles de Trabajo para la Auditoría
Especial de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
6.3.1. RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Para comenzar con la ejecución del trabajo se recopiló información y documentación necesaria
para efectuar el análisis correspondiente de acuerdo con los Procedimientos establecidos en el
Programa de Trabajo de Auditoría. La documentación e información fue proporcionada por
Recursos Humanos de las diferentes Entidades Desconcentradas y Descentralizadas, la cual
depende de la Dirección General de Administración y Personal.
6.3.2. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN
OBTENIDA
Con la información y documentación obtenida para realizar el trabajo, y establecidos los
procedimientos y técnicas de Auditoría entre los componentes de la Unidad de Auditoría
Interna, se desarrolló el trabajo de acuerdo con los lineamientos establecidos en el
Memorándum de Planificación y el Programa de Trabajo de Auditoría.
Toda la evidencia obtenida fue documentada en Papeles de Trabajo, los cuales comprenden la
totalidad de los documentos preparados por la Unidad de Auditoría Interna, de manera que
constituyen un compendio de las pruebas realizadas durante el Proceso de Auditoría y de la
evidencia obtenida para llegar a formarse una opinión sobre el trabajo realizado.
6.3.3. ELABORACIÓN DE PAPELES DE TRABAJO
Los Papeles de Trabajo realizados por la Unidad de Auditoría Interna son el principal sustento
del Informe de Auditoría que se emitió, en estos se encuentra todo el trabajo realizado
respecto a la Auditoría Ejecutada, así como los resultados de los procedimientos y pruebas de
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
32
auditoría aplicados; con ellos se sustentan las observaciones, recomendaciones, opiniones y
conclusiones contenidas en el informe correspondiente.
6.3.4. IDENTIFICACIÓN DE HALLAZGOS Y PLANILLA DE DEFICIENCIAS
En base a la evidencia obtenida del análisis de la documentación se procedió a evaluar toda la
evidencia de acuerdo a lo establecido en la Planificación de la Auditoría.
Los hallazgos se establecieron sobre la base de la documentación obtenida de la entidad, a
partir de la aplicación de técnicas y procedimientos de auditoría establecidos en la
Planificación.
Los hallazgos de auditoría fueron redactados considerando los siguientes atributos:
Condición.
Criterio.
Causa.
Efecto.
Recomendación.
6.3.5. COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
La Comunicación de Resultados es la última fase de la auditoría, se realizó de acuerdo con la
quinta Norma de Auditoría Especial N° 255 Comunicación de Resultados, emitida por la
Contraloría General del Estado.
Esta norma señala que el Informe de Auditoría Especial debe:
a) Ser oportuno, completo, veraz, objetivo y convincente, así como lo suficientemente
claro y conciso como lo permitan los asuntos tratados.
b) Indicar los antecedentes, el objetivo, los objetivos específicos del examen, el objeto,
el alcance y la metodología empleada.
c) Señalar que el Auditor Gubernamental realizó la auditoría de acuerdo con las
Normas de Auditoría Gubernamental.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
33
d) Exponer los resultados de la Auditoria considerando cada uno de los objetivos y
alcance previsto en el Memorándum de Planificación de Auditoría, así como los
hallazgos significativos, conclusiones y recomendaciones del Auditor
Gubernamental, según el tipo de informe a emitir.
e) Si corresponde, se debe hacer referencia a los Indicios de Responsabilidad expuesto
en el Informe Legal y las condiciones para la presentación de descargos.
f) Hacer referencia a Informes Legales o Técnicos que sustenten el Informe de Auditoría
Especial; salvo que la Auditoría Especial sea realizada por el Área Legal o Técnica de
la Contraloría General del Estado, casos en los cuales se hará referencia a los
informes de apoyo requeridos, cuando corresponda.
g) Los Informes con Indicios de Responsabilidad deben hacer referencia, si corresponde,
a informes separados que contengan hallazgos sobre aspectos relevantes del Control
Interno.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
34
7. CAPÍTULO VII
MEMORÁNDUM DE PLANIFICACIÓN
Como resultado de la Planificación de “Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras,
correspondiente a la gestión 2016” se ha elaborado el Memorándum de Planificación de
Auditoría, el cual es expuesto a continuación:
7.1. TERMINOS DE REFERENCIA
7.1.1. Antecedentes
En cumplimiento al Programa Operativo Anual 2017 de la Unidad de Auditoría Interna, así
como del Decreto Supremo Nº 1233 de 16 de mayo de 2012 y el Reglamento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas (RE/CI – 010) aprobado por
la Contraloría General del Estado mediante Resolución Nº CGE/072/2012 de 28 de junio de
2012, se ha previsto realizar la “Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras,
correspondiente a la gestión 2016.”
En este sentido la Jefatura de Auditoría Interna mediante Orden de Trabajo MDRyT/AI/OT N°
017/2017 de 12 de abril de 2017, instruyó dar inicio al trabajo de auditoría correspondiente.
7.1.2. Objetivo
El objetivo de la auditoría es expresar una opinión independiente sobre el Cumplimiento
Oportuno del Procedimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigente en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, durante la gestión 2016, y si corresponde, establecer
Indicios de Responsabilidad por la Función Pública.
7.1.3. Objeto
El objeto del examen lo constituyen los documentos y la información administrativa relacionada
a determinar que el Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas así como los
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
35
procedimientos establecidos en el Instructivo para el cumplimiento oportuno de la DJBR
hayan sido cumplidos. Entre los cuales mencionamos los siguientes:
Los Certificados de Declaración Jurada de Bienes y Rentas refrendados por la
Contraloría General del Estado.
Files personales de las servidoras y servidores públicos de la entidad.
Contratos correspondientes al personal eventual y consultores de línea.
Memorándum de designación del Responsable de Seguimiento de la DJBR.
Informes Trimestrales emitidos por el Responsable de Seguimiento de la DJBR.
Recordatorios mensuales emitidos por la Unidad de Administración y Personal.
Procesos legales relacionados a la presentación de Declaraciones Juradas de Bienes y
Rentas.
Otra documentación relacionada con el objeto de la auditoría.
7.1.4. Alcance
La auditoría se efectuará de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental, aplicables a
una Auditoria Especial (NAG 251 al 256), aprobadas mediante Resolución Nº CGE/094/2012
del 27 de agosto de 2012, las cuales entraron en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2012.
El examen comprenderá la revisión de la información y documentación que respaldan al
procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en la entidad, así como los
procedimientos establecidos en el Instructivo para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante la gestión 2016 se haya cumplido; y
comprenderá un alcance de revisión total de los Funcionarios Públicos, personal de planta (con
ítem), personal a contrato (eventual) y de los Informes Trimestrales dirigidos a la Máxima
Autoridad Ejecutiva de la instancia correspondiente, en la que se determine y señale el
cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la DJBR a fin de verificar la
integridad de los casos del personal obligados a cumplir con la presentación y acreditación de
la DJBR hayan sido reportados en el informe presentado en las dependencias, Unidades
Desconcentradas y Programas; entre los cuales mencionamos:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
36
UNIDAD ORGANIZACIONAL
ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL CONSULTORÍA
DE LÍNEA
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
DESPACHO 6 5 2
JEFATURA DE GABINETE 2 0 0
UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL 4 2 0
UNIDAD DE GESTION SOCIAL REGIONAL 5 3 0
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA 7 0 3
UNIDAD DE TRANSPARENCIA 1 0 1
UCAB - UNIDAD DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROD. ALIM. Y RESTAURACION DE BOSQUES
0 20 71
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACION 6 1 7
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS 10 1 9
U UNIDAD FINANCIERA 11 0 0
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y PERSONAL 26 3 5
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS 3 1 7
UNIDAD DE GESTION JURIDICA 8 1 8
UNIDAD DE ANALISIS JURIDICO 5 0 1
94 37 114
VICEMINISTERIO DE TIERRAS
VICEMINISTERIO DE TIERRAS 4 0 0
DIRECCION GENERAL DE TIERRAS 3 0 0
UNIDAD ADMINISTRATIVA FINANCIERA VICEMINISTERIO DE TIERRAS
3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO DE TCOs EN TIERRAS BAJAS 3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO DE TCOs EN TIERRAS ALTAS 3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO Y TITULACION 3 0 0
DIRECCION GENERAL DE DISTRIBUCION DE TIERRAS 3 2 0
UNIDAD JURIDICA VICEMINISTERIO DE TIERRAS 1 0 0
UNIDAD DE GESTION TERRITORIAL INDIGENA (GTI) 2 0 0
UNIDAD DE ASENTAMIENTOS COMUNITARIOS Y DISTRIBUCION DE TIERRAS
3 0 0
UNIDAD DE PROMOCION SOCIAL INDIGENA CAMPESINA 2 0 0
UNIDAD TECNICA NACIONAL DE INFORMACION DE LA TIERRA (UNIT)
3 0 0
33 2 0
TOTAL ADMINISTRACION CENTRAL 201 121 153
VICEMINISTERIO DE COCA Y DESARROLLO
INTEGRAL
VICEMINISTERIO DE COCA Y DESARROLLO INTEGRAL 1 15 0
DIRECCIÓN GENERAL DE LA HOJA DE COCA E INDUSTRIALIZACIÓN
0 20 0
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO INTEGRAL DE LAS REGIONES PRODUCTORAS DE COCA DIGPRO - COCA
3 0 0
UNIDAD DE DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL YUNGAS UDESY
46 43 0
UNIDAD DE DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL DEL TROPICO UDESTRO
175 19 0
DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE LA COCA Y DESARROLLO INTEGRAL
7 0 0
UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PROYECTOS 11 0 0
UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS 13 0 0
UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS 5 0 0
UNIDAD DE COMUNICACIÓN 1 0 0
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO ALTERNATIVO 1 0 0
DIRECCIÓN GENERAL DE LA HOJA DE COCA E INDUSTRIALIZACIÓN DIGCOIN
3 0 0
UNIDAD DE COCA E INDUSTRIALIZACIÓN 7 0 0
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
37
UNIDAD ORGANIZACIONAL
ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL CONSULTORÍA
DE LÍNEA
UNIDAD DE COCA Y COMERCIALIZACIÓN 14 0 0
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA 14 0 0
UNIDAD JURIDICA 4 0 0
AREA DE SISTEMAS 3 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN LA PAZ
1 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN COCHABAMBA
7 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN SANTA CRUZ
2 0 0
VERIFICADORES 65 0 0
383 97 0
TOTAL MINISTERIO 584 218 153
DESCONCENTRADAS
SENASAG 97 700 49
CRIAR PROGRAMA DE APOYO A LA SEGURIDAD ALIMENTARIA (PASA)
0 139 238
EMPODERAR 0 59 99
DICOCA DESARROLLO INTEGRAL CON COCA (PNDIC) 0 0 0
FONADAL 0 42 7
CNAPE 0 18 0
97 940 393
PROYECTOS
PAR - EMPODERAR 0 0 70
DETI - EMPODERAR 0 59 0
PICAR - EMPODERAR 0 0 29
CC. VV 0 87 0
ACCESOS 0 1 65
0 88 65
DESCENTRALIZADAS CIDAB 22 12 7
22 12 7
TOTAL PERSONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
703 1258 618
Fuente: Elaboración propia, en base a la Información proporcionada por las Direcciones Administrativas detalladas en las planillas de
sueldos al 31/12/2016.
7.1.5. Normatividad Aplicable
La auditoría se realizará considerando lo establecido en las siguientes normas y disposiciones
legales, las cuales no son excluyentes ni limitativas para aplicar otras disposiciones
adicionales que se consideren necesarias, de acuerdo al desarrollo del trabajo:
Normatividad Legal
Constitución Política del Estado, aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009
y Promulgada el 7 de febrero de 2009.
Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20 de julio de 1990.
Decreto Supremo N° 23318-A, que aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
38
la Función Pública, de 3 de noviembre de 1992, modificado por el D.S. Nº 26237 de
29 de junio de 2001.
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
Ley Nº 004 Lucha contra la Corrupción, enriquecimiento Ilícito e Investigación de
Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, de 31 de marzo de 2010.
Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16/05/2012 que reglamenta la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas.
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades
Públicas, aprobadas por la Contraloría General del Estado mediante Resolución
CGE/072/2012 en fecha 28/06/2012.
Procedimiento de Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº604 del 18 de
junio de 2014.
Normatividad Técnica
Normas de Auditoría Gubernamental, (NAG) emitidas por la Contraloría General del
Estado y aprobadas mediante Resolución Nº CGE/094/2012 de 27 de agosto de 2012,
vigente a partir del 1 de noviembre de 2012.
Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental,
emitidos por la Contraloría General de la República y aprobadas mediante
Resolución CGR – 1/070/2000 de 21 de septiembre de 2000, vigentes a partir de
enero de 2001.
Guía para la Evaluación del Proceso de Control Interno, emitida por la actual
Contraloría General del Estado, aprobada mediante Resolución Nº CGR/295/2008 del
16 de diciembre de 2008.
Reglamento para la Elaboración de Informes de Auditoría con Indicios de
Responsabilidad, aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la
Resolución Nº CGE/117/2013 del 16 de octubre de 2013.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
39
7.1.6. Metodología
De acuerdo a las Normas de Auditoría Gubernamental, se detalla los procedimientos de
auditoría y las técnicas empleadas para obtener y analizar la evidencia necesaria para alcanzar
los objetivos de la auditoría de acuerdo a las siguientes fases de auditoría:
Planificación: Para comprensión del funcionamiento del Procedimiento para el Cumplimiento
Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el MDRyT, se tomará conocimiento
de la estructura organizacional a fin de identificar de manera clara y precisa a sus principales
ejecutivos, unidades organizacionales y funcionarios responsables del Cumplimiento
Oportuno del Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigente en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, durante la gestión 2016.
Asimismo, se procederá a comprender el ordenamiento jurídico administrativo y otras normas
legales aplicables al procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigentes en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016 y de esta manera evaluar los
controles e identificar las posibles deficiencias relacionadas con las operaciones objeto de la
auditoría, con el propósito de identificar los problemas o factores de riesgo. Una vez diseñada
la metodología cuyo propósito será obtener y evaluar la evidencia competente, suficiente y
necesaria para alcanzar el objetivo de la auditoría, por lo tanto se procederá con la elaboración
del programa de trabajo que defina la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos
a ser aplicados que tengan relación con los objetivos del examen, el objeto y el alcance.
La comisión de auditoría obtendrá una comprensión del MDRyT de sus entidades
desconcentradas, del sistema de control interno, operaciones, actividades, unidades
organizacionales y/o programas de la entidad auditada; para dicha comprensión se considerara
lo siguiente:
a) El ordenamiento jurídico administrativo y otras normas legales aplicables
relacionadas con el cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
vigentes en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016.
b) La cantidad de recursos humanos del MDRyT y de sus entidades desconcentradas.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
40
c) Identificación del personal con Ítem, Personal Eventual y Consultores de línea.
d) Los hallazgos y recomendaciones significativos detectados en auditorias previas.
e) La evaluación del Control Interno relevante a los fines del examen, que se desarrolla
en la Norma de Auditoria Especial 253 que indica que “Debe efectuarse la
evaluación del control interno relacionado con el objetivo y objeto del examen, a
efectos de la planificación de la auditoría”.
Como resultado del proceso de planificación, se realizara el Memorándum de Planificación de
Auditoría y Programa de Trabajo.
Ejecución: En base al programa de auditoría definido se obtendrá y evaluará evidencia
competente y suficiente para respaldar nuestra opinión.
Los procedimientos de auditoría a utilizarse se encuentran definidos como aquella técnica o
conjunto de técnicas cuya finalidad es alcanzar los objetivos propuestos en el programa de
auditoría, estas técnicas son los procedimientos de cumplimiento (indagación, observación,
inspección y revisión) y Procedimientos Sustantivos (procedimientos analíticos,
comparaciones, inspección de documentos), estas técnicas y procedimientos permitirán
obtener documentación física, documental, testimonial y analítica.
Para este entendido se procederá a realizar una supervisión continua y permanente para dirigir
los esfuerzos del equipo de auditoría hacia la consecución de los objetivos, entre los cuales se
instruirá, informará y revisará el trabajo realizado por el equipo de auditoría a fin de asegurar
que la evidencia obtenida sea suficiente y competente para sustentar los hallazgos y
conclusiones.
La acumulación de evidencia será obtenida a través de fotocopias de la documentación
original (fuente) y notas de solicitud de información.
Comunicación de Resultados: Previa la emisión del informe de auditoría, serán explicados a
los responsables de las áreas auditadas para que éstos puedan emitir sus comentarios o
aclaraciones a los resultados de la auditoría. Como constancia de este procedimiento se
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
41
suscribirá un acta de validación de la reunión efectuada. Sobre la base del proceso de
validación, se emitirá un informe oportuno, completo, veraz, objetivo, convincente lo
suficientemente claro y conciso como le permitan al lector una adecuada comprensión del
trabajo ejecutado y así exponer los resultados de la auditoría considerando los objetivos y
alcance previstos en el Memorándum de Planificación de Auditoría, así como los hallazgos
significativos, conclusiones y recomendaciones del auditor. Este informe será emitido y
remitido a la Máxima Autoridad Ejecutiva del MDRyT para su conocimiento y acciones
futuras, así como a la Contraloría General del Estado para su evaluación.
7.1.7. Informes a Presentar
El resultado de la auditoría especial será reflejado con la emisión de los siguientes informes:
Informe que contendrá los hallazgos de auditoría que no den lugar a indicios de
responsabilidad por la función pública, pero que son relevantes al control interno,
asimismo dichos hallazgos contendrán las recomendaciones necesarias para eliminar
o minimizar las causas que las generaron.
Si durante el proceso de auditoría se determinan hallazgos de auditoría que den lugar
a indicios de responsabilidad por la función pública, se emitirá el correspondiente
informe.
7.1.8. Actividades y Fechas de Mayor Relevancia
A continuación se detallan las actividades y fechas de mayor importancia, relacionadas con el
trabajo de auditoría:
Descripción % Días
Hábiles
Fechas
De A
Planificación de la auditoría 31 15 12/04/2017 04/05/2017
Ejecución de la auditoría (trabajo de
campo)
52 25 05/05/2017 08/06/2017
Comunicación de Resultados (Emisión de
informes)
17 8 09/06/2017 22/06/2017
Totales 100 48
Nota.- Las fechas establecidas son tentativas y han sido determinadas en función a un desarrollo de tareas en condiciones
normales. De acuerdo a los hallazgos y procedimientos a desarrollar se podrá requerir mayor tiempo para la ejecución de
las actividades que alterará el cronograma previsto precedentemente.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
42
7.1.9. Apoyo de Especialistas
Como lo establece la Norma de Auditoría Gubernamental Nº 254.03, si durante el desarrollo
de nuestro trabajo se necesitará opinión legal, el mismo será requerido a la Dirección General
de Asuntos Jurídicos de nuestra institución, antes de la redacción del informe borrador.
7.2. ANTECEDENTES, ESTRUCTURA, PRINCIPALES EJECUTIVOS,
PERSONAL, UNIDADES ORGANIZACIONALES, RESPONSABLES Y
ACTIVIDADES
7.2.1. Antecedentes sobre la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
La Constitución Política del Estado.
En su Artículo 235 establece que son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos,
prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo.
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
En su Artículo 8° (Deberes) señala que los servidores públicos tienen los siguientes deberes: j)
Presentar declaraciones juradas de sus bienes y rentas conforme a lo establecido en el presente
Estatuto y disposiciones reglamentarias.
En su Artículo 53° (Declaración de Bienes y Rentas) establece que todos los servidores
públicos, cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría, están obligados a prestar
declaración expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren a momento de iniciar su relación
laboral con la administración.
En su Artículo 54° (Principios) indica que las declaraciones juradas de bienes y rentas deberán
observar los principios de universalidad, obligatoriedad, periodicidad y transparencia.
En su Artículo 55° (Delegación y Reglamentación) señala que la Contraloría General de la
República, como Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental, ejercerá la atribución
de dirigir y controlar un Sistema de Declaración de Bienes y Rentas para todo el sector público.
Asimismo la Contraloría General de la República propondrá al Poder Ejecutivo, para su vigencia
mediante Decreto Supremo, la reglamentación relativa al Sistema de Declaración de Bienes y
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
43
Rentas y a las atribuciones que, conforme a la delegación conferida mediante este Estatuto, le
corresponda ejercer.
Código Civil aprobado por Decreto Ley N° 12760 de 06 de agosto de 1975.
En su Artículo 24 (Determinación) señala que el presente instrumento normativo tiene por
objeto determinar que el domicilio de la persona individual está en el lugar donde tiene su
residencia principal, pero cuando esa residencia no puede establecerse con certeza, el
domicilio está en el lugar donde la persona ejerce su actividad principal.
Código Penal de Bolivia aprobado mediante Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972,
elevado a rango de Ley mediante Ley 1768 de 10 de marzo de 1997.
En su Artículo 149 (Omisión de Declaración de Bienes y Rentas) indica que la servidora o el
servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a
tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será sancionado con
multa de treinta (30) días. (Modificado por el artículo 34 la Ley Nº 004 de 31 de marzo de
2010, de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas
“Marcelo Quiroga Santa Cruz”).
Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010 de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e
Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
En su Artículo 33 (Falsedad en la Declaración Jurada de Bienes y Rentas) señala que el que
falseare u omitiere insertar los datos económicos, financieros o patrimoniales, que la
declaración jurada de bienes y rentas deba contener, incurrirá en privación de libertad de uno a
cuatro años y multa de cincuenta a doscientos días.
En su Artículo 149 (Omisión de Declaración de Bienes y Rentas) establece que la servidora o
el servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a
tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será sancionado con
multa de treinta días.
Decreto Supremo N° 1233 de 16 de mayo de 2012, que reglamenta la Ley Nº 2027 en lo
relativo a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
44
En su Artículo 1 (Objeto) establece que el presente Decreto Supremo tiene por objeto
reglamentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas; y, las atribuciones que respecto a esta
obligación les corresponde ejercer a las servidoras y servidores públicos, a las entidades
públicas y a la Contraloría General del Estado.
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas
RE/CI–010 Versión 1, aprobado mediante Resolución CGE/072/2012 de 28 de junio de 2012.
En su Artículo 1 (Objeto) señala que el presente instrumento normativo tiene por objeto
reglamentar el Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas y
las atribuciones que a este respecto corresponda ejercer a las Servidoras y Servidores Públicos,
a las Entidades Públicas y a la Contraloría General del Estado.
Reglamento de Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas (PCO-DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, aprobado
mediante Resolución Ministerial No. 604 de fecha 18 de junio de 2014.
En su Artículo 1 (Objeto) señala que el presente Procedimiento de Control de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas se constituye en un instrumento que tiene por objeto reglamentar el
Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras y las atribuciones que a este respecto corresponda ejercer a las Servidoras y Servidores
Públicos que se encuentren bajo dependencia de esta Cartera de Estado.
7.2.2. Antecedentes del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – MDRyT
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, se creó el año 1904, con la decisión de instaurar
una instancia para el manejo de la agricultura.
En el transcurso de su vida institucional, ha experimentado diversas modificaciones debido a
cambios de gobierno y enfoques en la conducción del mismo. En el transcurso del tiempo,
tuvo diferentes denominaciones como: Ministerio de Colonias; Ministerio de Agricultura,
Colonización e Inmigración; Ministerio de Economía Nacional; Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Riegos; Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; y Ministerio de
Asuntos Campesinos y Agropecuarios. En la década del 70 se instituye la Organización
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
45
Administrativa del Poder Ejecutivo, estableciendo los Ministerios de Agricultura y Ganadería
y de Asuntos Campesinos, como integrantes de dicho poder del Estado. Posteriormente, se
fusionan ambos Ministerios, conformándose el Ministerio de Asuntos Campesinos
Agropecuarios (MACA).
Mediante la Ley de Ministerios de 1993 el MACA, se convierte en la Secretaría Nacional de
Agricultura y Ganadería que depende del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico.
Por la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) de 1997 se constituye el Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (MAGDR), que incorpora en su estatuto a la
subsecretaria de Desarrollo Rural que dependía de la Subsecretaría Nacional de Participación
Popular. La Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) del 2003, establece el
Ministerio de Asuntos Campesinos, Indígenas y Agropecuarios (MACIA), pero, al poco
tiempo, se excluye el Viceministerio de Asuntos Indígenas cambiando su denominación por la
de Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios (MACA).
Con la Ley Nº 3351 de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) de fecha 21 de febrero de
2006, y el Decreto Supremo Nº 28631 de febrero del 2006, establecen el Ministerio de
Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente (MDRAMA), que incorporan a la
estructura del anterior ex Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, el
Viceministerio de Tierra y el Viceministerio de Biodiversidad, Desarrollo Forestal y Medio
Ambiente. Además de reestructurar los Viceministerios existentes. Asimismo, se establece las
funciones de los Viceministros de Tierra, Desarrollo Rural y Agropecuario, Biodiversidad,
Recursos Forestales y Medio Ambiente, y Coca y Desarrollo Integral.
Antes de promulgar la nueva LOPE, se emitió el Decreto Supremo Nº 28607 del 24 de enero
de 2006 que suprime el Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios (MAIPO),
transfiriendo todas sus funciones al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios
(MACA).
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
46
La nueva Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Decreto Supremo reglamentario, se
completa con el Decreto Supremo Nº 28677 del 14 de abril del 2006, que completa la estructura
del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras con la Dirección General de Medio Ambiente.
En el Artículo 71º del Decreto Supremo Nº 28631 del 28 de marzo de 2006, se han establecido
las entidades bajo tuición o dependencia orgánica y administrativa del Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, a las siguientes entidades:
Instituciones Públicas Desconcentradas
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuario e Inocuidad Alimentaria (SENASAG).
Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP).
Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (FONADAL).
Instituciones Públicas Descentralizadas
Centro de Investigación y Desarrollo Acuícola Boliviano (CIDAB)
Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).
Centro de Investigación Agrícola Tropical (CIAT).
Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades
Campesinas (FDPPIOYCC).
Instituciones Públicas Autárquicas
Superintendencia General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales
Renovables (SIRENARE).
Superintendencia Forestal.
Superintendencia Agraria.
El 07 de febrero de 2009, se emite el Decreto Supremo Nº 29894 sobre la Estructura
Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, estableciendo la estructura del
Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, así como las atribuciones de la Presidenta o
Presidente, Vicepresidente o Vicepresidenta y de las Ministras o Ministros, se determina el
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
47
cambio de denominación del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio
Ambiente, por la de Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras – MDRyT y se establece la
siguiente estructura organizativa:
Viceministerio de Tierras
Viceministerio de Gestión y Desarrollo Forestal
Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario
Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral.
Asimismo, el Viceministerio de Medio Ambiente, pasa a depender del Ministerio de Medio
Ambiente y Agua.
El Decreto Supremo Nº 71 del 9 de abril de 2009, establece la extinción de las
Superintendencias: General del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables
(SIRENARE), Forestal y Agraria, y crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Bosques y Tierras.
El Decreto Supremo Nº 429 del 23 de septiembre de 2009, modifica la estructura jerárquica de
varios Ministerios, entre ellos el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, ya no forma parte
de su estructura la Dirección General de Gestión y Desarrollo Forestal el mismo pasa a
depender del Ministerio de Medio Ambiente y Agua; así como las siguientes entidades:
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra. Fondo Nacional de Desarrollo Forestal – FONABOSQUE. SUSTENTAR.
Mediante Resolución Ministerial Nº 1104 del 21 de octubre de 2013, el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras aprobó su nueva estructura organizacional, la cual queda compuesta
por tres Viceministerios:
Viceministerio de Tierras Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
48
Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral. Al 31 de diciembre de 2016, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras tiene las siguientes
entidades descentralizadas, desconcentradas, autárquicas y Proyectos de Inversión:
1. Viceministerio de Tierras
Entidades descentralizadas:
INRA.- Instituto Nacional de Reforma Agraria.
Proyectos de Inversión:
Rehabilitación y Manejo de suelos
Asentamientos Humanos en Amazonias y Chiquitania
2. Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario
Entidades descentralizadas:
FDPPIOYCC.- Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y
Comunidades Campesinas, ahora nuevo Fondo de Desarrollo Indígena en
conformidad al Decreto Supremo Nº 2493 de 26 de agosto de 2015.
INIAF.- Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal.
CIQ.- Centro Internacional de la Quinua.
Entidades desconcentradas:
SENASAG – Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaria.
- PROMOSCA.- Manejo de la Mosca de la Fruta. - PROSACA.- Proyecto de Sanidad de Camélidos Sudamericanos.
IPDSA - Institución Pública Desconcentrada Soberanía Alimentaria. - Programa Nacional de Frutas.
- Programa Nacional de Producción de hortalizas.
- Programa Nacional de Rumiantes Menores y Pesca.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
49
- Programa Fortalecimiento Producción de Papa.
- Proyectos: Mecanización-Apoyo Productivo-DISSA-TIPNIS-Amazonia-
Cacao.
- Programa Fortalecimiento Producción de tomate.
- Programa Fortalecimiento Producción de Trigo.
- CRIAR – Iniciativas alimentarias Rurales.
- PROPyRG – Programa Población y Repoblamiento Ganadero.
EMPODERAR.- Emprendimientos Organizados para el Desarrollo Rural
Autogestionario (PAR- PICAR y DETI). - PAR – Proyectos Alianzas Rurales.
- DETI – Desarrollo Económico Territorial Inclusivo.
- PICAR – Proyecto Inversión Comunitaria en Áreas Rurales.
- Proyectos Municipales UC – CNAPE.- Unidad de Coordinación del Concejo Nacional Agropecuario de
Producción Ecológica.
IPD - PACU.- Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura, (Ex
CIDAB). - Proyectos de Pre-Inversión e Inversión en: Beni; Amazonas; Cochabamba;
Altiplano.
Proyectos de Inversión:
ACCESOS.- Programa “Inclusión Económica para Familias y Comunidades
Rurales en el Territorio del Estado Plurinacional de Bolivia”. PRO – CAMELIDOS.- Programa de Fortalecimiento Integral del Complejo
Camélidos en el Altiplano. PROMEC.- Programa de Mecanización del Agro. Proyecto de Agroturismo. Proyecto de alerta Temprana.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
50
3. Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral
Entidades desconcentradas:
FONADAL.- Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo.
- Planta Procesadora de Mango en Yungas de La Paz.
- Centro de Innovación Desarrollo Integral en Yungas
- Ampliación Planta Industrialización de cítricos en Sapecho.
- Transformación de Frutas Tropicales en villa Tunari.
DIGCOIN.- Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización.
Proyectos de Inversión:
CC.VV.- Caminos Vecinales en Chapare y Yungas.
RR.NN.- Manejo Integral de Recursos Naturales Chapare y Yungas.
4. Entidades Autárquicas
INSA – Instituto Nacional del Seguro Agrario.
5. Otras Entidades
Empresa Estratégica de Apoyo a la Producción de Semillas.
Empresa de Producción de abonos y fertilizantes.
Misión del MDRyT
El MDRyT es la institución pública del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia,
encargada de definir e implementar políticas para promover, facilitar, normar y articular el
desarrollo rural integral agropecuario, forestal, acuícola y de la coca, de forma sustentable, e
impulsar en el país una nueva estructura de tenencia y acceso a la tierra y bosques, generando
empleo digno en beneficio de productores, comunidades y organizaciones económicas
campesinas, indígenas y sector empresarial, bajo los principios de calidad, equidad, inclusión,
transparencia, reciprocidad e identidad cultural, en busca de la seguridad y soberanía
alimentaria, para Vivir Bien.
Visión del MDRyT
El MDRyT es la institución pública reconocida como líder del sector que ha logrado el
desarrollo agropecuario con seguridad y soberanía alimentaria, de forma integral y sustentable,
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
51
generando productos de su competencia con calidad y valor agregado; para ello cuenta con
personal, competente, comprometido y solidario que trabaja para productores agropecuarios,
comunidades y organizaciones económicas campesinas e indígenas y sector empresarial.
7.2.3. Estructura Organizativa
A la fecha el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras está conformado de la siguiente manera:
Mediante Resolución Ministerial Nº 1104 del 21 de octubre de 2013, el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras aprobó su nueva estructura organizacional, la cual queda compuesta
por tres Viceministerios.
Viceministerio de Tierras -VT
Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario - VDRA
Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral - VCDI
Fuente: Pagina Web del MDRyT
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
52
Estructura de dependencia de entidades operativas.
Respecto a la estructura de dependencia de programas, proyectos, entidades desconcentradas,
descentralizadas, autárquicas y otras nuevas que se generaron en el Ministerio, se adjunta el
organigrama de dependencia ajustada que incluye a entidades y/o proyectos nuevos como se
muestra a continuación:
MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
Viceministerio de Coca y
Desarrollo Integral
Viceministerio de Desarrollo
Rural y Agropecuario
OAP
Observatorio Agroambiental Productivo
PL
AN
IFIC
AC
IÓN
Y
CO
OR
DIN
AC
IÓN
DE
SC
EN
TR
AL
IZA
DA
SD
ES
CO
NC
EN
TR
AD
AS
Viceministerio de Tierras
PARB-UCAB Prod. Alimentos y
Restitución de Bosques
INRA
Instituto Nacional de Reforma
Agraria
AU
TA
RQ
UIC
AS
PR
OY
EC
TO
S D
E
INV
ER
SIÓ
N
Programa de Apoyo
Productivo Agropecuarios
Sustentable para la
Amazonia de Bolivia
INIAF
Instituto Nacional de
Innovación Agropecuaria y
Forestal
FDI
Fondo de Desarrollo Indígena
EMPODERAR
Emprend. Organizados
para el Desarrollo Rural
Autogestionario
IPDSA
Institución Pública
Desconcentrada
Soberanía Alimentaria
SENASAG
Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaria
INSA
Instituto Nacional del Seguro Agrario
FONADAL
Fondo Nacional de
Desarrollo
Alternativo
CNAPE
Consejo Nacional de
Producción Ecológica
Programa Nacional de Frutas
Programa Nacional de
Producción de Hortalizas
Programa Nacional de
Rumiantes Menores
Programa Fortalecimiento
Producción de Papa
DEPENDENCIA FUNCIONAL DE ENTIDADES OPERATIVAS DEL MDRyT
UN
IDA
DE
S
OP
ER
AT
IVA
S
CRIAR – Iniciativas Alimentarias
Rurales
PDSGBB - Programa Desarrollo
Sost. de la Ganadería Bov. en
PAR - Proyecto Alianzas
Rurales
DETI -Desarrollo Económico
Territorial Inclusivo
PICAR -Proy. Inversión
Comun. en Áreas Rurales
Proyectos Municipales
Programa Fortalecimiento
Producción de Tomate
PASA- II Residual cierre de
Proyectos Nacional
ACCESOS-Inclusión Eco. para
Familias y Comunid. Rurales
ACCESOS ASAP-Manejo para la
Adaptación de la Agricultura en
Pequeña Escala….
Desarrollo del Agroturismo a
Nivel Nacional
Programa de Rehabilitacion y manejo
de suelos a Nivel Nacional
Desarrollo de Asentamientos
Humanos en la Amazonia y
Chiquitania
Elaboración: Dirección General de Planificación
Planta Procesadora de Mango
en Yungas de La Paz
Centro Innovación Desarr.
Integral en Yungas
Ampl. Planta Industrialización
de Cítricos en Sapecho
CC.VV.: Caminos Vecinales en
Chapare y Yungas
RR.NN.: Manejo Integral de
Rec. Nat. Chapare y Yungas
RR.FF.: Manejo Integral de
RR. FF. en Trópico y Yungas
Programa de Alerta
Temprana
Agropecuaria
Programa de
fortalecimiento de la
producción de cacao
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
53
7.2.4. Principales Unidades Organizacionales, relacionadas con el Objeto de la Auditoría
Las principales áreas de la entidad, relacionadas con la aprobación, implementación y
cumplimiento del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, son las siguientes:
El Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, el cual como Máxima Autoridad Ejecutiva
del MDRyT, es responsable de su aprobación e implementación.
La Dirección General de Asuntos Administrativos es responsable de su ejecución,
cumplimiento y difusión.
La Unidad de Administración y Personal como Responsable de Seguimiento de
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, quien además de sus funciones es
responsable de supervisar el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos del Ministerio.
7.2.5. Responsables de las operaciones objeto de la evaluación
MINISTRO
Cargo Nombre Período de funciones
Ministro de Desarrollo Rural y
Tierras Cesar Hugo Cocarico Yana 01/09/2015 a la fecha
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Cargo Nombre Período de funciones
Director General de Asuntos Administrativos Wilbert Flores Ugarte 04/11/2015 a la fecha
Director General de Asuntos Administrativos Oswaldo René López Raya 03/09/2013 Al
03/11/2015
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL
Cargo Nombre Periodo de funciones
Jefe de la Unidad de Administración y
Personal Javier Mario Aduviri Encinas 13/10/2015 a la fecha
Jefe de la Unidad de Administración y
Personal José Luis Eder Avila Pérez
07/04/2015 al
05/10/2015
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
54
La Unidad de Administración y Personal de la Dirección General de Asuntos Administrativos
es responsable del archivo, custodia y administración de los Files del personal de la
Administración Central, del Viceministerio de Desarrollo Rural y Agropecuario (VDRA) y del
Viceministerio de Tierras (VT). Mientras que el Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral
(VCDI) es responsable del archivo, custodia y administración de los Files de personal de la
Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización (DIGCOIN) y del propio VCDI.
7.2.6. Comprensión de las Actividades
DJBR antes del ejercicio del cargo
El proceso de DJBR antes del ejercicio del cargo, inicia con el llenado del Formulario
Único de Declaración Jurada de Bienes Rentas por parte de la persona que ejercerá
funciones en la entidad, luego es presentado en oficinas de la Contraloría General del
Estado, máximo hasta el primer día hábil de ejercicio del cargo, la cual como
constancia de su acreditación emite el respectivo Certificado de Declaración Jurada de
Bienes Rentas. Posteriormente el Certificado de DJBR es presentado a la Unidad de
Administración y Personal, donde se procede al archivo y custodia en su File de
Personal, finalmente el Responsable de Seguimiento de DJBR emite el informe de
verificación de cumplimiento por incorporaciones.
La DJBR antes del ejercicio del cargo es de aplicación y cumplimiento obligatorio para
el personal de planta (con ítem), personal eventual y consultores de línea cuya relación
contractual implican la administración o acceso a recursos económicos públicos en
virtud a los principios de transparencia, honestidad y ética previstos en el artículo 232
de la Constitución Política del Estado y el artículo 4 de la Ley No. 004 de 31 de marzo
de 2010.
DJBR durante el ejercicio del cargo
Inicia con la emisión mensual de recordatorios respecto al cumplimiento de la
actualización de la DJBR, la cual es difundida a través de circulares, en atención a este
recordatorio la servidora o servidor público efectúa el llenado del Formulario Único de
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
55
Declaración Jurada de Bienes Rentas, que posteriormente es presentado en oficinas de
la Contraloría General del Estado máximo hasta el último día hábil administrativo del
mes del cumpleaños del servidor o servidora pública, la cual como constancia de su
acreditación emite el respectivo Certificado de Declaración Jurada de Bienes Rentas.
Posteriormente la servidora o servidor público presenta el Certificado a la Unidad de
Administración y Personal, donde se procede al archivo y custodia en su File de
Personal, finalmente el Responsable de Seguimiento de DJBR emite el informe de
verificación de cumplimiento por actualizaciones.
La DJBR durante el ejercicio del cargo es de aplicación y cumplimiento obligatorio
para el personal de planta (con ítem).
DJBR después del ejercicio del cargo
Cuando la servidora o servidor público concluye su relación laboral, cuenta con treinta
(30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación, para efectuar la DJBR
después del ejercicio del cargo, el cual luego de ser presentado en oficinas de la
Contraloría General del Estado y recabar el respectivo Certificado de Declaración
Jurada de Bienes Rentas, es presentado a la Unidad de Administración y Personal,
donde se procede al archivo y custodia en su File de Personal, finalmente el
Responsable de Seguimiento de DJBR emite el informe de verificación de
cumplimiento por dejación de cargo.
La DJBR después del ejercicio del cargo es de aplicación y cumplimiento obligatorio
para el personal de planta (con ítem), personal eventual y consultores de línea cuya
relación contractual implicaban la administración o acceso a recursos económicos
públicos.
7.3. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO, PUNTOS FUERTES – DÉBILES
Y RIESGOS
7.3.1. Evaluación del Control Interno
A continuación se presenta los Diagramas de Flujo del funcionamiento del Sistema de DJBR:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
56
Fuente: Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
(PCO-DJBR).
Unidad de Administración y
Personal Servidor (a) Público
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DJBR
ANTES DE EJERCICIO DEL CARGO (ALTA)
MIN
ISTE
RIO
DE
DES
ARR
OLL
O R
URA
L Y
TIER
RAS
(MD
RyT)
INICIO
Se comunica de forma
verbal al postulante
elegido la obligación de
la presentación de su DJBR antes de ejercer
el cargo.
Elabora memorándum
de designación
incluyendo recordatorio
de la obligatoriedad de presentación de la
DJBR
Efectúa el llenado del
formulario único de la
DJBR
La Unidad de Recursos
Humanos hará entrega
del memorándum,
inmediatamente efectuado su ingreso
oficial a la Institución,
debiendo constar en
forma escrita la
recepción del mismo.
Recepciona y efectúa
la revisión de la
DJBR
Se archiva una
copia en el file
personal
No efectúa la entrega
de Memorándum de
designación
FIN
Presentacertificado DJBR
SI
NO
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
57
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE DJBR DURANTE EL
EJERCICIO DEL CARGO (ACTUALIZACIÓN)
Servidor (a) PublicoUnidad de Administración y
Personal
NO
Elabora formulario de
DJBR
De forma electrónica y por
medio de memorándum de
felicitación se realiza el
recordatorio de la
presentación de su DJBR por
actualización durante el mes
de su onomásticoPresenta formulario de
DJBR
INICIO
FIN
Elaboración de
informe por
incumplimiento a la
presentación de la
DJBR
Se archiva en los
files del personal MIN
IST
ER
IO D
E D
ES
AR
RO
LL
O R
UR
AL
Y
TIE
RR
AS
(M
DR
yT
)
Recepciona y
efectúa la revision de
la DJBR
SI
Fuente: Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
(PCO-DJBR).
Efectúa el
llenado del
formulario
único de la
DJBR
Se archiva una
copia en los files
del personal
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
58
MIN
ISTE
RIO
DE D
ESA
RR
OLL
O R
UR
AL
Y T
IER
RA
S
(MD
RyT)
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE DJBR DESPÚES DEL
EJERCICIO DEL CARGO (BAJA)
Servidor (a) PúblicoUnidad de Administración y
Personal
Elaboración de informe
por incumplimiento a la
presentación de la
DJBR
Efectúa el archivo en
los file del personal
Presenta formulario de
DJBR
INICIO
FIN
Recepciona y
efectúa la revisión
de la DJBR
Elabora formulario de
DJBR
Elabora memorándum
de baja y/o nota de
aceptación de
renuncia incluyendo el
recordatorio de la
obligatoriedad de
presentación de las
DJBR
SI
NO
Fuente: Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
(PCO-DJBR).
Efectúa el llenado
del formulario único
de la DJBR
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
59
Fuente: Procedimiento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (PCO-
DJBR).
Despacho MinisterialUnidad de Administración y
Personal
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
PROCESO DE REMISIÓN DE INFORMES TRIMESTRALES DE (DJBR)M
INIS
TE
RIO
DE
DE
SAR
RO
LLO
RU
RA
L Y
TIE
RR
AS
(MD
RyT
)
INICIO
Mediante memorandum se designa al responsabloe del SEGUIMIENTO DE LAS
DECLARACIONES JURADAS DE
BIENES Y RENTAS del MDRyT, con la finalidad de supervisar el cumplimiento oportuno de la DJBR de las servidoras y
servidores públicos.
Comunica al encargado de R.R.H.H., proceder con la elaboración del
Informe Trimestral sobre el
cumplimiento o incumplimiento de la presentación Oportuna de la DJBR
(verbalmente)
El jefe de la Unidad de Administración y Personal, recepciona el memorandum de Designación tomando conocimiento
de las atribuciones que le son conferidas por la misma
Recepciona el informe
Trimestral mediante Hoja
de Ruta, tomando en cuenta
el cumplimiento al memorándum designado.
FIN
El encargado de R.R.H.H., elabora el informe Trimestral sobre el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la DJBR a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, adjuntando lo siguiente:- Cuadro de Actualizaciones de DJBR- Cuadro Altas DJBR- Cuadro Bajas DJBR- Copia de todas las DJBR en los tres cuadros.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
60
7.3.2. Puntos Fuertes y Débiles del Ambiente de Control
Puntos fuertes
La Unidad de Administración y Personal mediante los Memorándums de Designación
mencionan y recuerdan al servidor público que se está incorporando la obligación de
presentar su DJBR antes de tomar la posesión del cargo.
La Unidad de Administración y Personal en el proceso de inducción hace conocer al
personal nuevo el PCO-DJBR y sus formas de acceso a este documento.
La Unidad de Administración y Personal mediante los Memorándum de Felicitación
por onomástico comunica sobre la obligatoriedad de presentar la DJBR durante el
ejercicio, en el mes de nacimiento por actualización.
La MAE mediante memorándum oficial designa al Responsable del Seguimiento de
las DJBR de la Administración Central.
La Unidad de Administración y Personal emite el primer día hábil de cada mes, un
recordatorio de presentación de DJBR a través de anuncios masivos, en el medio de
comunicación interno del Ministerio.
El Responsable de Seguimiento al PCO – DJBR emite Informes Trimestrales a la
MAE, donde señala el cumplimiento o no de dicho procedimiento.
Mediante Resolución Ministerial No. 604 de fecha 18 de junio de 2014, se aprobó el
“Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (PCO-DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
Puntos débiles
Existen servidoras y servidores públicos que no cumplen con la presentación
oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
La Unidad de Administración y Personal archiva los Certificados de DJBR sin fecha
de recepción y no reflejando ningún tipo de evidencia de verificación con el
documento original
Los Responsables de la Unidad de Recursos Humanos no cuentan con un sistema
informático apropiado para archivar y custodiar las copias de la información
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
61
relacionada al cumplimiento o incumplimiento de la presentación y acreditación del
Certificado de DJBR del personal a su cargo, así como de los files (caretas) de personal.
7.3.3. Puntos Fuertes y Débiles de las Actividades de Control
Puntos Fuertes.
La Unidad de Administración y Personal emite el primer día hábil de cada mes, un
recordatorio de presentación de DJBR a través de anuncios masivos, en el medio de
comunicación interno del Ministerio.
El Responsable de Seguimiento al PCO – DJBR emite Informes Trimestrales a la
MAE, donde señala el cumplimiento o no de dicho procedimiento.
Mediante Resolución Ministerial No. 604 de fecha 18 de junio de 2014, se aprobó el
“Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (PCO-DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
Puntos Débiles.
Dentro de algunas Unidades Desconcentradas no existe evidencia de la remisión de
los Informes Trimestrales en el que se detalle el cumplimiento o incumplimiento de la
presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la CGE.
7.3.4. Riesgo Inherente
Los riesgos inherentes que pueden generar errores o irregularidades significativas en el
cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores
públicos siguientes:
Factor de riesgo Importancia del
Riesgo
Frecuencia de
Ocurrencia
Nivel de
Riesgo
Que la servidora o servidor público desconozca el
procedimiento para el llenado de datos e información en el
Formulario Único de Declaración Juraba de Bienes y
Rentas
Poco Significativo Remota Bajo
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
62
Factor de riesgo Importancia del
Riesgo
Frecuencia de
Ocurrencia
Nivel de
Riesgo
Que la servidora o servidor público olvide efectuar su
Declaración Juraba de Bienes y Rentas antes, durante y
después del ejercicio del cargo.
Significativo Posible Moderado
Que la servidora o servidor público no pueda efectuar la
Declaración Juraba de Bienes y Rentas por razones de
fuerza mayor o caso fortuito.
Poco Significativo Remota Bajo
Omisión de los funcionarios que están obligados a efectuar
su DJBR al momento del procesamiento y generación de
información por parte del Responsable de Seguimiento de
la DJBR, debido a la cantidad significativa de funcionarios
con el que cuenta el MDRyT.
Significativo
Posible
Moderado
Por lo descrito en el cuadro precedente, calificamos el Riesgo Inherente como MODERADO.
7.3.5. Riesgo de Control
Los riesgos de control que pueden generar errores o irregularidades significativas en el
cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores
públicos siguientes:
Factores de riesgo Importancia del
Riesgo
Frecuencia de
Ocurrencia
Nivel de
Riesgo
Falta de remisión de la información relacionada al
cumplimiento de los procedimientos establecidos en el
Instructivo para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Muy Significativo
Posible
Alto
Ausencia de designación de una servidora o servidor
público, como Responsable de Seguimiento de la DJBR,
mediante instrumento legal correspondiente, por parte de la
Máxima Autoridad de la unidad organizacional
Significativo
Remota
Bajo
El archivo de las copias de las Declaraciones Juradas de
Bienes y Rentas no se encuentran adjuntos a los files
(carpetas) de personal. Asimismo estas copias no se
encuentran ordenadas y foliadas.
Significativo
Posible
Moderado
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
63
Factores de riesgo Importancia del
Riesgo
Frecuencia de
Ocurrencia
Nivel de
Riesgo
El archivo de las copias de las Declaraciones Juradas de
Bienes y Rentas no se encuentran con el sello de
acreditación por parte del responsable de la DJBR
Significativo
Posible
Moderado
La Unidad de Administración y Personal archiva los
Certificados de DJBR sin fecha de recepción y no
reflejando ningún tipo de evidencia de verificación con el
documento original
Significativo
Posible
Moderado
Por lo descrito, calificamos el Riesgo de Control como MODERADO.
Calificación del riesgo
De acuerdo con el análisis efectuado sobre el riesgo Inherente y de Control, se establece el
siguiente riesgo combinado:
Calificación del Riesgo Combinado
Riesgo Inherente Riesgo de Control Riesgo combinado
Moderado Moderado Moderado
7.3.6. Riesgo de Detección
El riesgo de detección que puede ocasionar que los procedimientos de auditoría fallen en
detectar o no detecten la existencia de errores o irregularidades significativas en el
cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y los servidores
públicos es el siguiente:
Escasa disponibilidad del recurso humano en el equipo de auditores.
Por lo descrito, calificamos el Riesgo de Detección como BAJO.
7.3.7. Riesgo de Auditoría
Conforme a las valoraciones efectuadas, consideramos que el riesgo de que se exprese una
opinión de auditoría inapropiada, es Moderado.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
64
7.4. AMBIENTE DE CONTROL
Filosofía de la Dirección
El nivel ejecutivo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, está enmarcada en el
apoyo al proceso de implantación y mejora del control interno, la gestión eficaz y
eficiente, y el cumplimiento del marco normativo. En este sentido ha aprobado
mediante Resolución Ministerial Nº604 del 18 de junio de 2014, el “Procedimiento
para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-
DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras” y ha designado Responsables de
Seguimiento de la DJBR para la gestión 2016.
Administración Estratégica
La entidad ha aprobado su Plan Estratégico Institucional (PEI) 2014 – 2018 mediante
Resolución Ministerial Nº 440 del 14 de mayo de 2014, en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo (PND). Por lo cual las actividades de la entidad responden a
una administración planificada.
Sistema Organizativo
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras cuenta con una estructura organizacional
aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 1104 de fecha 21 de octubre de 2013.
Asimismo, cuenta con un Manual de Organización y Funciones, el cual se encuentra
formalmente aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1417 del 20 de diciembre
de 2013.
Dado que el organigrama es la representación gráfica de la entidad, se observa que
tanto en el Organigrama que forma parte del Manual de Organización y Funciones
(MOF), como en el mismo Manual; las unidades organizacionales, se hallan
representadas de forma general, limitando el conocer la relación lineal existente al
interior de cada una de estas áreas y unidades, asimismo, no describen, las funciones
inherentes a cada una de estas unidades.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
65
En el Organigrama no se incluye a los programas, proyectos, entidades
desconcentradas, descentralizadas, autárquicas y otras nuevas que se generan en el
ministerio.
Asignación de Responsabilidades y Niveles de Autoridad
La asignación de funciones, responsabilidades y niveles de autoridad de la entidad, se
han formalizado a través de Programas Operativos Anuales Individuales (POAI´s) en
las respectivas áreas de la entidad.
Competencia del Personal
Como resultado de la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en
el Manual de Organización y Funciones (MOF) aprobado mediante Resolución
Ministerial Nº 1417 del 20 de diciembre de 2013, establecimos que el personal de las
respectivas áreas cuentan con la experiencia y preparación académica – técnica,
adecuadas para los diferentes cargos que ocupan:
Cargo Fecha de
ingreso
Fecha
Salida
Experiencia relacionado al
cargo
público Privado
Director General de Asuntos
Administrativos 04/11/2015 Vigente 15 años 7 años
Director General de Asuntos
Administrativos 03/09/2013 03/11/2015 12 años 0
Jefe de la Unidad de Administración
y Personal 13/10/2015 Vigente 5 años 0
Jefe de la Unidad de Administración
y Personal 07/04/2015 05/10/2015 3 años 0
Fuente: Elaboración propia, en base al Memorándum de Planificación de Auditoría del Examen sobre la Confiabilidad de
los Registros y Estados de Ejecución Presupuestaria de Recursos, Gastos y Estados Complementarios Consolidados
del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2016.
Políticas de Administración de Personal
La entidad cuenta con Políticas de Administración de Personal, tales como la Ley Nº
2027 del 22 de octubre de 1999 “Estatuto del Funcionario Público”, el Reglamento
Específico del Sistema de Administración de Personal RE-SAP aprobado mediante
Resolución Ministerial N° 373 del 13 de mayo de 2013 y el Reglamento Interno de
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
66
Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 916 del 12 de septiembre de
2013.
Auditoría Interna
La entidad cuenta con la Unidad de Auditoría Interna, la cual depende
jerárquicamente de la Máxima Autoridad Ejecutiva, quien respeta la independencia
del trabajo de esta Unidad. Asimismo, la estructura está compuesta por un Jefe de
Unidad, un Supervisor, cuatro Auditores y dos Técnicos Auditor Junior, sin embargo
se evidencia la necesidad de contar con una mayor cantidad de recursos humanos.
Atmósfera de Confianza
La entidad promueve la implantación de un clima de confianza laboral y humana, de
igual forma ha establecido canales de comunicación y acceso a las autoridades para la
realización de sugerencias y otras comunicaciones informales que coadyuven a
minimizar las limitaciones y/o barreras en la organización.
7.5. ENFOQUE DE AUDITORÍA
7.6. ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO
El personal de la Unidad de Auditoría Interna y el tiempo asignado para el desarrollo de la
auditoría, es el que se detalla a continuación:
Situación Riesgo General Enfoque de Auditoría
Existe un Control Interno
Moderadamente Confiable respecto al
proceso y procedimiento para el
Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y
Rentas, de las servidoras y servidores
públicos del Ministerio de Desarrollo
Rural y Tierras.
Existe el riesgo general de que las
servidoras y servidores públicos de
la entidad incumplan con la
presentación oportuna de la
Declaración Jurada de Bienes y
Rentas antes, durante y después del
ejercicio del cargo.
Existe el riesgo que los
Responsables de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas no
emitan los Informes Trimestrales
del cumplimiento o incumplimiento
cuando corresponda.
De manera general el enfoque de
auditoría planificado es de confiar
moderadamente en el sistema de
control interno. Por lo tanto, nuestro
enfoque considera la aplicación de
procedimientos de cumplimiento,
orientados a obtener evidencia
suficiente y competente para
sustentar nuestra opinión con
relación al cumplimiento del marco
normativo referido a la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
67
De acuerdo al Programa Operativo Anual de la Unidad de Auditoría Interna se determinó que
la ejecución de la presente auditoría está programada para su ejecución en 48 días hábiles
desde el 12/04/2017 al 22/06/2017, la auditoría es prevista ejecutarse con un Supervisor, un
auditor y dos apoyos en 48 días hábiles aproximadamente de acuerdo al siguiente detalle:
Presupuesto
Cargo Días hábiles Horas
Jefe de Unidad 4 32
Supervisor 6 48
Auditor 12 96
Trabajo Dirigido 13 104
Trabajo Dirigido 13 104
TOTALES 48 384
El Desglose del tiempo estimado por fases en la Auditoria Especial es el siguiente:
Cargo
Tiempo estimado en días
Planificación Trabajo de
Campo
Comunicación
de resultados Total
Jefe de Unidad 2
2 4
Supervisor 5
1 6
Auditor 11 1 12
Trabajo Dirigido 13 13
Trabajo Dirigido 13 13
TOTAL POR FASES 7 37 4 48
7.7. PROGRAMA DE AUDITORÍA
En base a la planificación efectuada y la evaluación del control interno, se elaboró el
correspondiente programa de auditoría para el logro de los objetivos establecidos, el mismo
que forma parte del presente Memorándum de Planificación de Auditoría (MPA).
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
68
PROGRAMA DE AUDITORÍA
Objetivos:
1. Establecer el grado de implantación del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de
la Declaración Jurada de Bienes y Rentas PCO-DJBR del Ministerio de Desarrollo Rural
y Tierras.
2. Determinar el cumplimiento de la norma en lo relativo al control y difusión sobre la
oportunidad, plazos, deberes y obligaciones en la presentación de las DJBR.
Alcance:
Nuestra revisión alcanza el total de las DJBR por concepto de Altas, Bajas y Actualizaciones,
presentadas por los Servidores Públicos que tuvieron relación de dependencia con el MDRyT,
así como personal Eventual y Consultores de Línea cuya relación contractual implica la
Administración o Acceso a Recursos Económicos Públicos durante el periodo comprendido
entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.
Nº PROCEDIMIENTOS REF. P/T Firma
Auditor
Firma
Supervisor
1.
Base de Selección
1. Mediante notas, dirigidas a las áreas
correspondientes obtenga:
Un detalle que contenga la totalidad de
servidores públicos activos que tengan
relación de dependencia con el MDRyT.
El listado de altas y bajas de la gestión 2016.
Un detalle que contemple el personal
eventual y consultores de línea cuya relación
contractual implique la administración o
acceso a recursos económicos públicos
durante la gestión 2016.
2. Elabore una planilla de resumen de las notas y las
respuestas a las mismas.
3. Obtenga los files del personal.
S10-1
Al
S10.28
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
69
2.
Cumplimiento del Marco Normativo
Para el Cumplimiento Oportuno de la DJBR realice los
siguientes procedimientos de auditoría:
1. Verifique en los files del personal que se adjunte
una fotocopia de la DJBR.
2. Verifique que el Responsable de la DJBR del
Ministerio, “Acredita” la fotocopia simple del
Certificado presentado por el funcionario, como
constancia de su Declaración y confirma la
información de la DJBR con el documento
original.
3. En función a la fecha de presentación de la DJBR
a la CGE, realice el cálculo de los días de retraso,
por los motivos de antes, durante y después.
Para la DJBR por incorporación realice lo siguiente:
4. Verifique que las servidoras y los servidores
públicos que iniciaron su relación laboral con la
entidad presentaron la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas, hasta el primer día hábil de
ejercicio del cargo, vale decir hasta el día hábil
de emisión del Memorándum de Designación y/o
el Acta de Posesión.
5. Verifique que los Memorándums de Designación
mencionan y recuerdan al servidor público que
se está incorporando la obligación de presentar
su DJBR antes de tomar la posesión del cargo.
6. Verifique que la Unidad de Administración y
Personal en el proceso de inducción hizo
conocer por escrito al personal nuevo el PCO-
DJBR y sus formas de acceso a este documento,
debiendo tener constancia escrita archivada en
su file.
Para la DJBR por Actualización realice lo siguiente:
7. Verifique que las servidoras y los servidores
públicos actualizan la información de su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante
el ejercicio del cargo, presentando la misma
hasta el último día hábil del mes de nacimiento
del servidor público.
8. Verifique que los files de personal adjunten el
memorándum de felicitación por onomástico
con el recordatorio de presentación de las DJBR
por actualización, debidamente firmado como
S6-1.2
al
S6.7.2
S6-1
al
S6-9
S6-1
al
S6-9
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
70
constancia de su notificación.
Para la DJBR por Dejación del Cargo realice lo
siguiente:
9. Verifique que las servidoras y los servidores
públicos que concluyan su relación laboral
presenten la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días
calendario a partir del primer día de su
desvinculación con la entidad pública.
10. Verifique que los memorándums de
desvinculación, baja o retiro, o las notas de
aceptación de renuncia en su contenido
recorden la obligación que tiene el servidor
público de efectuar su DJBR por dejación del
cargo y su entrega posterior con fines de registro
y archivo.
Para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de
2016 verifique el cumplimiento del PCO – DJBR.
11. En base a la revisión realizada, elabore una
Cedula Analítica que expongan la siguiente
información:
a) Ítem.
b) Descripción del Cargo.
c) Apellido Paterno.
d) Apellido Materno.
e) Nombres.
f) Fecha de Nacimiento.
g) Fecha de Inicio del Memorándum.
h) Fecha de Baja del Memorándum.
i) Certificado de DJBR:
j) Adjunta (SI / NO)
k) Nro.
l) Fecha de Recepción de la DJBR,
refrendado por la CGE.
m) Fecha de Acreditación por RR.HH.
n) Motivo de la Presentación (DJBR).
o) Días de Retraso.
p) Observaciones y/o Aclaraciones.
Otros de Cumplimiento Normativo
12. Verifique y documente que el Sr. Ministro del
MDRyT en calidad de Máxima Autoridad
Ejecutiva – MAE designó a un Servidor Público
que ocupe el cargo de nivel superior de la
Unidad de Administración y Personal, como
Responsable del Seguimiento de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas.
13. Verifique que la Unidad de Administración y
S6-1
al
S6-9
S6-1
al
S6-11
S6-10.1.1
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
71
Personal haya emitido el primer día hábil de
cada mes, un recordatorio de presentación de
DJBR a través de un anuncio masivo, para lo cual
obtenga evidencia de los recordatorios.
14. Verificar que el Responsable de Seguimiento al
PCO – DJBR emite Informes Trimestrales a la MAE,
donde señale el cumplimiento o no de dicho
procedimiento, para lo cual documente los
Informes remitidos.
15. Verificar que los Informes que señalen
incumplimiento fueron derivados a la Máxima
Autoridad Ejecutiva y a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos para efectos de Inicio de
Acciones Legales si corresponden.
16. Verificar que los procesos resueltos fueron
comunicados a la Contraloría General del Estado
– CGE en la forma y plazos que establece el
Régimen de Responsabilidades.
S6-11.2.1
S6-11-7.1
Al
S6-11.7.20
3.
Conclusiones
1. Concluya sobre los objetivos de la Auditoría.
2. Redacte y documente las observaciones de
Control Interno detectadas, considerando los
atributos: Condición, Criterio, Causa, Efecto y
Recomendación.
3. Elaborar los Papeles de Trabajo, asegurándose
de cumplir con los lineamientos descritos con las
Normas de Auditoria Gubernamental.
S1.54
S1.1
al
S1.55
S6-1
al
S6-11
RESPONSABLES INICIALES RUBRICAS FECHA
REALIZADO POR:
Auditor BAG
Egres. Ana Maria Quispe Ramos AMQR
Egres. Gabriela Aide Revilla Mallea GARM
REVISADO POR:
Supervisor Unidad de Auditoría Interna GRO
APROBADO POR:
Jefe Unidad de Auditoría Interna LSFU
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
72
1. CAPÍTULO VIII
COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
8. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA
8.1. ETAPA DE VALIDACIÓN
La comunicación de resultados, última fase de auditoría “Auditoría Especial al Procedimiento
de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras, correspondiente a la gestión 2016” se realizó de acuerdo con el Reglamento de
Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas, aprobadas por
la Contraloría General del Estado mediante Resolución CGE/072/2012 en fecha 28 de junio de
2012 y con el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, aprobado mediante
Resolución Ministerial Nº604 del 18 de junio de 2014.
8.2. PRESENTACIÓN DE INFORME FINAL
Este informe será remitido a la Máxima Autoridad Ejecutiva del MDRyT para su
conocimiento y acciones futuras, así como a la Contraloría General del Estado para su
evaluación.
El informe resultante se detalla a continuación:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
73
INFORME MDRyT/UAI/AUD. ESP. CI Nº 001/2016
A: MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
DE: Jefe de la Unidad de Auditoría Interna
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS - MDRyT
REF: AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA
DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE
DESARROLLO RURAL Y TIERRAS CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
FECHA: La Paz, 27 de junio de 2017
1. ANTECEDENTES, OBJETIVO, OBJETO Y ALCANCE
1.1 Antecedentes
La Contraloría General del Estado, como Órgano Rector del Control Gubernamental, emitió el
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas,
aprobado mediante Resolución CGE/072/2012 de 28 de junio de 2012, artículo 2 (Objetivo)
determina “Lograr la implantación del control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, en
las entidades públicas, en procura de su oportuno cumplimiento por parte de sus servidoras y
servidores públicos, así como la determinación de la responsabilidad que por su
incumplimiento corresponda”; asimismo, en el artículo 19 (Control interno posterior) dispone
“I. Sin perjuicio de la realización del Control Interno Posterior a cargo de los responsables
superiores de la Entidad, en la supervisión del adecuado cumplimiento del PCO-DJBR, la
Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad debe instruir la inclusión dentro del alcance del
trabajo de la auditoría interna, la revisión anual del cumplimiento del PCO-DJBR.
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), mediante Resolución Ministerial Nº
604 del 18 de junio de 2014 aprobó el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO – DJBR), en cuyo artículo 23 (Control
Posterior), dispone que “La Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras, efectuará las auditorías para la revisión del Cumplimiento Oportuno de la Declaración
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
74
Jurada de Bienes y Rentas con base en los criterios establecidos en la normativa vigente y el
presente PCO-DJBR”.
En cumplimiento al Programa Operativo Anual gestión 2017 de la Unidad de Auditoría
Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y el Reglamento de Control de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas (RE/CI–010) aprobada
mediante Resolución CGE/072/2012 de 28 de junio de 2012, la Unidad de Auditoría Interna
del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) mediante Ordenes MDRyT/AI/OT N°
017/2017 de 12 de abril de 2017, MDRyT/AI/OT N° 026-A/2017 de 12 de abril de 2017 se
instruyó realizar la “Auditoría Especial al Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras,
correspondiente a la gestión 2016.
1.2 Objetivo
Expresar una opinión independiente sobre el Cumplimiento Oportuno del Procedimiento de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigente en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
durante la gestión 2016.
1.3 Objeto
El objeto del examen lo constituyeron los documentos y la información administrativa
relacionada a determinar que el Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas así
como los procedimientos establecidos en el Instructivo para el Cumplimiento Oportuno de la
DJBR fueron cumplidos. Entre los cuales mencionamos los siguientes:
Los Certificados de Declaración Jurada de Bienes y Rentas refrendados por la
Contraloría General del Estado.
Files personales de las servidoras y servidores públicos de la entidad.
Contratos correspondientes al personal eventual y consultores de línea.
Memorándum de designación del Responsable de Seguimiento de la DJBR.
Informes Trimestrales emitidos por el Responsable de Seguimiento.
Recordatorios mensuales emitidos por la Unidad de Administración y Personal.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
75
Planillas de Sueldos y Salarios del personal de planta (con ítem), personal a contrato
(eventual) y consultores de línea que tengan acceso al manejo de recursos
económicos, correspondiente a la gestión 2016.
Otra documentación específica relacionada con el objeto de la auditoría.
1.4 Alcance
La auditoría se efectuó de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental, aplicables a
una Auditoría Especial (NAG 251 al 256), aprobadas mediante Resolución Nº CGE/094/2012
del 27 de agosto de 2012, las cuales entraron en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2012.
El examen comprendió la revisión de la información y documentación que respaldan al
Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en la entidad, así como a los
procedimientos establecidos en el Instructivo para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (DJBR) durante la gestión 2016 hayan sido cumplidos;
y comprendió un alcance de revisión total de las Planillas de Sueldos y Salarios del personal
de planta (con ítem), personal a contrato (eventual) y de los Informes Trimestrales dirigidos a
la Máxima Autoridad Ejecutiva de la instancia correspondiente, en la que se determinó y
señalo el cumplimiento o incumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR a fin de
verificar la integridad de los casos del personal obligados a cumplir con la presentación y
acreditación de la DJBR hayan sido reportados en el informe presentado en las dependencias,
Unidades Desconcentradas y Programas; que se detallan a continuación:
UNIDAD
ORGANIZACIONAL ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL
CONSULTORÍA
DE LÍNEA
ADMINISTRACIÓN
CENTRAL
DESPACHO 6 5 2
JEFATURA DE GABINETE 2 0 0
UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL 4 2 0
UNIDAD DE GESTION SOCIAL REGIONAL 5 3 0
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA 7 0 3
UNIDAD DE TRANSPARENCIA 1 0 1
UCAB - UNIDAD DE COORDINACION DEL
PROGRAMA DE PROD. ALIM. Y RESTAURACION
DE BOSQUES
0 20 71
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACION 6 1 7
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
76
UNIDAD
ORGANIZACIONAL ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL
CONSULTORÍA
DE LÍNEA
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS 10 1 9
UNIDAD FINANCIERA 11 0 0
UNIDAD DE ADMINISTRACION Y PERSONAL 26 3 5
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS 3 1 7
UNIDAD DE GESTION JURIDICA 8 1 8
UNIDAD DE ANALISIS JURIDICO 5 0 1
94 37 114
VICEMINISTERIO DE
TIERRAS
VICEMINISTERIO DE TIERRAS 4 0 0
DIRECCION GENERAL DE TIERRAS 3 0 0
UNIDAD ADMINISTRATIVA FINANCIERA
VICEMINISTERIO DE TIERRAS 3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO DE TCOs EN TIERRAS
BAJAS 3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO DE TCOs EN TIERRAS
ALTAS 3 0 0
UNIDAD DE SANEAMIENTO Y TITULACION 3 0 0
DIRECCION GENERAL DE DISTRIBUCION DE
TIERRAS 3 2 0
UNIDAD JURIDICA VICEMINISTERIO DE TIERRAS 1 0 0
UNIDAD DE GESTION TERRITORIAL INDIGENA
(GTI) 2 0 0
UNIDAD DE ASENTAMIENTOS COMUNITARIOS Y
DISTRIBUCION DE TIERRAS 3 0 0
UNIDAD DE PROMOCION SOCIAL INDIGENA
CAMPESINA 2 0 0
UNIDAD TECNICA NACIONAL DE INFORMACION
DE LA TIERRA (UNIT) 3 0 0
33 2 0
TOTAL ADMINISTRACION CENTRAL 201 121 153
VICEMINISTERIO DE
COCA Y DESARROLLO
INTEGRAL
VICEMINISTERIO DE COCA Y DESARROLLO
INTEGRAL 1 15 0
DIRECCIÓN GENERAL DE LA HOJA DE COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN 0 20 0
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
INTEGRAL DE LAS REGIONES PRODUCTORAS DE
COCA DIGPRO - COCA 3 0 0
UNIDAD DE DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL
YUNGAS UDESY 46 43 0
UNIDAD DE DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL
DEL TROPICO UDESTRO 175 19 0
DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE LA COCA Y
DESARROLLO INTEGRAL 7 0 0
UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y PROYECTOS 11 0 0
UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
FINANCIEROS 13 0 0
UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS 5 0 0
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
77
UNIDAD
ORGANIZACIONAL ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL
CONSULTORÍA
DE LÍNEA
UNIDAD DE COMUNICACIÓN 1 0 0
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO
ALTERNATIVO 1 0 0
DIRECCIÓN GENERAL DE LA HOJA DE COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN DIGCOIN 3 0 0
UNIDAD DE COCA E INDUSTRIALIZACIÓN 7 0 0
UNIDAD DE COCA Y COMERCIALIZACIÓN 14 0 0
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA 14 0 0
UNIDAD JURIDICA 4 0 0
AREA DE SISTEMAS 3 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE
COMERCIALIZACIÓN LA PAZ 1 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE
COMERCIALIZACIÓN COCHABAMBA 7 0 0
RESPONSABLE DE SECCIÓN DE
COMERCIALIZACIÓN SANTA CRUZ 2 0 0
VERIFICADORES 65 0 0
383 97 0
TOTAL MINISTERIO 584 218 153
DESCONCENTRADAS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA -
SENASAG 97 700 49
CRIAR PROGRAMA DE APOYO A LA SEGURIDAD
ALIMENTARIA (PASA) 0 139 238
EMPRENDIMIENTOS ORGANIZADOS PARA EL
DESARROLLO - EMPODERAR 0 59 99
DICOCA DESARROLLO INTEGRAL CON COCA
(PNDIC) 0 0 0
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO
ALTERNATIVO - FONADAL 0 42 7
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCIÓN
ECOLOGICA - CNAPE 0 18 0
97 940 393
PROYECTOS
PAR - EMPODERAR 0 0 70
DETI - EMPODERAR 0 59 0
PICAR - EMPODERAR 0 0 29
CAMINOS VECINALES EN CHAPARE YUNGAS -
CC. VV 0 87 0
INCLUSIÓN ECONOMICA PARA FAMILIAS Y
COMUNIDADES RURALES - ACCESOS 0 1 65
0 88 65
DESCENTRALIZADAS CENTRO DE INVESTIGACIONES ACUICOLA
BOLIVIANO - CIDAB 22 12 7
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
78
UNIDAD
ORGANIZACIONAL ORGANIGRAMA 2016 ÍTEM EVENTUAL
CONSULTORÍA
DE LÍNEA
22 12 7
TOTAL PERSONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y
TIERRAS (MDRyT) 703 1258 618
Fuente: Elaboración propia en base a la información proporcionada por las Direcciones Administrativas detalladas en las planillas de
sueldos al 31/12/2016.
Los Consultores de Línea y Personal Eventual fueron evaluados en función a los contratos
suscritos.
Evaluamos el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
considerando el 100% de las actividades, procesos y procedimientos efectuados por el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016. Asimismo la evidencia
obtenida fue documental y testimonial, recopilada a través de fotocopias de la documentación
original.
Dependencias y áreas examinadas
Las Unidades involucradas en la revisión del Cumplimiento de la Presentación de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas son las siguientes:
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Cargo Nombre Período de funciones
Director General de Asuntos
Administrativos Wilbert Flores Ugarte 04/11/2015 a la fecha
Director General de Asuntos
Administrativos Oswaldo René López Raya 03/09/2013 Al 03/11/2015
VICEMINISTROS
Cargo Nombre Período de funciones
Viceministro de Tierras Valentín Ticona Colque 08/06/2016 a la fecha
Viceministro de Desarrollo Rural y
Agropecuario Marisol Solano Charis 02/09/2015 a la fecha
Viceministro de Coca y
Desarrollo Integral Ernesto Cordero Cornejo 17/06/2016 a la fecha
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
79
DIRECTIVOS Y COORDINADORES DE LOS DISTINTOS PROGRAMAS Y
PROYECTOS DEL MDRyT
Entidad Cargo Nombre Período de
funciones
Fondo Nacional de Desarrollo
Alternativo (FONADAL)
Director General
Ejecutivo
Ing. Miguel Erlan
Oropeza Arispe
12/01/2016 a la
fecha
EMPODERAR: PAR – PICAR –DETI (*) Coordinador General Johny Delgadillo
Aguilar
28/12/2015
a la fecha
Institución Pública Desconcentrada
Soberanía Alimentaria – IPDSA
Director General
Ejecutivo
Víctor Jhony Rojas
Flores
04/01/2017 a la
fecha
Director General
Ejecutivo
Hilario Callisaya
Quispe
29/01/2016 a
03/01/2017
Director General
Ejecutivo
Milton Reynaldo
Rocha
13/10/2015 a
28/01/2016
Institución Pública Desconcentrada
de ,,m,,Pesca y Acuicultura (PACU)
Director General
Ejecutivo
Slemen Néstor
Loayza Lanza 30/01/2017
Director General
Ejecutivo
Julián Gutiérrez
Achacollo
10/01/2017 a la
fecha
Directora General
Ejecutiva
Enrique Rodrigo
Martin Santivañez
Llano
19/07/2016 a
09/01/2017
Programa Inclusión Económica para
familias y comunidades rurales en el
territorio del Estado Plurinacional de
Bolivia (ACCESOS)
Coordinador General
–UEP
José Antonio
Carvajal Almazan
25/10/2013 a la
fecha
Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaria – SENASAG
Director General
Ejecutivo
Mauricio Ordoñez
Castillo 31/12/2016
UC-CNAPE Coordinador General Ing. Delfín Cuentas
Ormachea
06/01/2016
Fuente: Memorándum de Planificación de Auditoría del Examen sobre la Confiabilidad de los Registros y Estados
de Ejecución Presupuestaria de Recursos, Gastos y Estados Complementarios Consolidados del Ministerio
de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT) por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de
2016.
(*) Esta Unidad está compuesta por tres Proyectos: Proyecto de Alianzas Rurales (PAR), Proyecto de
Inversión Comunitaria en Áreas Rurales (PICAR) y Proyecto Desarrollo Económico Territorial con
Inclusión (DETI).
1.5. Normatividad Aplicable
La auditoría se realizó considerando lo establecido en las siguientes normas y disposiciones
legales:
Normatividad Legal
Constitución Política del Estado, aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009
y Promulgada el 7 de febrero de 2009.
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
80
Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16 de mayo de 2012 que Reglamenta la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en la Entidades
Públicas, aprobada por la Contraloría General del Estado mediante Resolución
CGE/072/2012 en fecha 28 de junio de 2012.
Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, aprobado mediante Resolución
Ministerial Nº604 del 18 de junio de 2014.
Normatividad Técnica
Normas de Auditoría Gubernamental, (NAG) emitidas por la Contraloría General del
Estado y aprobadas mediante Resolución Nº CGE/094/2012 de 27 de agosto de 2012,
vigente a partir del 1 de noviembre de 2012.
Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental, emitidos
por la Contraloría General de la República actual Contraloría General del Estado,
aprobadas mediante Resolución CGR – 1/070/2000 de 21 de septiembre de 2000,
vigentes a partir de enero de 2001.
Guía para la Evaluación del Proceso de Control Interno, emitida por la actual
Contraloría General del Estado, aprobada mediante Resolución Nº CGR/295/2008 del
16 de diciembre de 2008.
1.6. Metodología
De acuerdo a las Normas de Auditoría Gubernamental, se detalla los procedimientos de
auditoría y las técnicas empleadas para obtener y analizar la evidencia necesaria para alcanzar
los objetivos de la auditoría de acuerdo a las siguientes fases:
Planificación: Para comprensión del funcionamiento del Procedimiento para el Cumplimiento
Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el MDRyT, se tomó conocimiento
de la estructura organizacional a fin de identificar de manera clara y precisa a sus principales
ejecutivos, unidades organizacionales y los funcionarios responsables del Cumplimiento
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
81
Oportuno del Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigentes en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, durante la gestión 2016.
Asimismo, se procedió a comprender el ordenamiento jurídico administrativo y otras normas
legales aplicables al Procedimiento de Declaración Jurada de Bienes y Rentas vigentes en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016 y de esta manera evaluar los
controles e identificar las posibles deficiencias relacionadas con las operaciones objeto de la
auditoría, con el propósito de identificar los problemas o factores de riesgo.
La comisión de auditoría obtuvo una comprensión del MDRyT de sus entidades
desconcentradas, del sistema de control interno, operaciones, actividades, unidades
organizacionales y/o programas de la entidad auditada; para dicha comprensión se considerara
lo siguiente:
a) El Ordenamiento Jurídico Administrativo y otras normas legales aplicables
relacionadas con el Cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
vigentes en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras durante la gestión 2016.
b) La cantidad de Recursos Humanos del MDRyT y de sus Entidades Desconcentradas.
c) Identificación del Personal con Ítem, Personal Eventual y Consultores de línea.
d) Los hallazgos y recomendaciones significativos detectados en auditorias previas.
e) La evaluación del Control Interno relevante a los fines del examen, que se desarrolla
en la Norma de Auditoría Especial 253 que indica que “Debe efectuarse la evaluación
del control interno relacionado con el objetivo y objeto del examen, a efectos de la
planificación de la auditoría”.
Como resultado del proceso de planificación, se realizó el Memorándum de Planificación de
Auditoría y Programa de Trabajo.
Ejecución: En base al Programa de Auditoría definido se obtuvo y evaluó evidencia
competente y suficiente para respaldar nuestra opinión. Los procedimientos de auditoría
utilizados se encuentran definidos como las técnicas o conjunto de técnicas de auditoría
seleccionadas, cuya finalidad es alcanzar los objetivos propuestos del programa de auditoría,
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
82
estas técnicas son los Procedimientos de Cumplimiento (indagación, observación, inspección y
revisión) y Procedimientos Sustantivos (procedimientos analíticos, comparaciones, inspección
de documentos), estas técnicas y procedimientos permitieron obtener documentación física,
documental, testimonial y analítica.
Para este entendido se procedió a realizar una Supervisión continua y permanente para dirigir
los esfuerzos del equipo de auditoría hacia la consecución de los objetivos de auditoría, entre
los cuales se instruyó, informó y revisó el trabajo realizado por el equipo de auditoría a fin de
asegurar que la evidencia obtenida sea suficiente y competente para sustentar los hallazgos y
conclusiones del equipo de auditoría.
La acumulación de evidencia se la obtuvo a través de fotocopias de la documentación original
(fuente) y notas de solicitud de información.
Comunicación de Resultados: Previa a la emisión del Informe de Auditoría, las
observaciones fueron explicados a los responsables de las áreas auditadas para que éstos
puedan emitir sus comentarios o aclaraciones a los resultados de la auditoría. Como
constancia de este procedimiento se suscribió un acta de validación de la reunión efectuada.
Sobre la base del proceso de validación, se emitió un informe oportuno, completo, veraz,
objetivo y convincente, así como lo suficientemente claro y conciso que permiten al lector una
adecuada comprensión del trabajo ejecutado y así exponer los resultados de la auditoría
considerando los objetivos y alcance previstos en el Memorándum de Planificación de
Auditoría, así como los hallazgos significativos, conclusiones y recomendaciones del auditor.
Este informe será remitido a la Máxima Autoridad Ejecutiva del MDRyT para su
conocimiento y acciones futuras, así como a la Contraloría General del Estado para su
evaluación.
1.7. Seguimiento a los Informes de Auditoría Especial sobre el Procedimiento para el
Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas del Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras.
De acuerdo con los resultados obtenidos del seguimiento efectuado a las recomendaciones
establecidas en los informes, concluimos que producto de esta evaluación se determinó que las
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
83
mismas no fueron cumplidas en su totalidad, conforme se muestra en el siguiente cuadro:
RESPONSABLE
MDRyT/UAI/INF/007/2015 DE FECHA 16/06/2015
MDRyT/UAI/INF/001/2016 DE FECHA 30/05/2016
DEFICIENCIAS GESTIÓN 2014 DEFICIENCIAS GESTIÓN 2015
DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
1. NOMBRAMIENTO DE DIVERSOS
FUNCIONARIOS PARA EL CONTROL Y
SEGUIMIENTO DE LAS DECLARACIONES
JURADAS DE BIENES Y RENTAS.
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS ADMNISTRATIVOS
2. DEFICIENCIAS EN LA DIFUSIÓN DEL
PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA
DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y
RENTAS (PCO-DJBR) MEDIANTE EL
SISTEMA INTERNO BIGANT
RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO DE
DECLARACIONES JURADAS DE BIENES
Y RENTAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
3. FALTA Y/O DEFICIENCIAS EN LA
PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES
TRIMESTRALES.
JEFE DE UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
VICEMINISTERIO DE COCA Y
DESARROLLO INTEGRAL - (VCDI)
DIRECCIÓN GENERAL DE COCA
E INDUSTRIALIZACIÓN (DIGCOIN)
FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO ALTERNATIVO
(FONADAL)
PROGRAMA CREACIÓN DE
INICIATIVAS AGROALIMENTARIAS
(CRIAR)
PROGRAMA DE INCLUSIÒN
ECONOMICA PARA FAMILIAS Y
COMUNIDADES RURALES EN EL
TERRITORIO DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
(ACCESOS)
DESARROLLO ECONÓMICO
TERRITORIAL CON INCLUSIÓN -
EMPODERAR (DETI)
PROYECTO DE APOYO A LA
VALORIZACIÓN DE LA
ECONOMÍA CAMPESINA (VALE)
INSTITUCIÓN PUBLICA
DESCONCENTRADA DE PESCA Y
ACUICULTURA (IPD-PACU)
4. DEFICIENCIAS EN LOS
INFORMES TRIMESTRALES
JEFE DE UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
VICEMINISTERIO DE COCA
Y DESARROLLO INTEGRAL
- (VCDI)
DIRECCIÓN GENERAL DE
COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN
(DIGCOIN)
DEFICIENCA EN LA
ELABORACIÓN Y REMISIÓN DE
LOS INFORMES TRIMESTRALES.
JEFE DE UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO
ALTERNATIVO (FONADAL)
INSTITUCIÓN PÚBLICA
DESCONCENTRADA DE
PESCA Y ACUICULTURA
(IPD-PACU)
PROGRAMA DE
INCLUSIÒN ECONÓMICA
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
84
RESPONSABLE
MDRyT/UAI/INF/007/2015 DE FECHA 16/06/2015
MDRyT/UAI/INF/001/2016 DE FECHA 30/05/2016
DEFICIENCIAS GESTIÓN 2014 DEFICIENCIAS GESTIÓN 2015
PROYECTO DE INVERSIÓN
COMUNITARIA EN AÈREAS
RURALES (PICAR)
PROGRAMA DE ALIANZAS
RURALES - EMPODERAR (PAR)
DESARROLLO ECONÓMICO
TERRITORIAL CON INCLUSIÓN
EMPODERAR (DETI)
INSTITUCIÓN PÚBLICA
DESCONCENTRADA SOBERANÍA
ALIMENTARIA (IPD-SA)
PARA FAMILIAS Y
COMUNIDADES RURALES
EN EL TERRITORIO DEL
ESTADO PLURINACIONAL
DE BOLIVIA (ACCESOS)
PROYECTO DE INVERSIÓN
COMUNITARIA EN AÈREAS
RURALES (PICAR)
PROGRAMA DE ALIANZAS
RURALES - EMPODERAR
(PAR)
DESARROLLO
ECONÓMICO
TERRITORIAL CON
INCLUSIÓN EMPODERAR
(DETI)
DIRECCIÓN GENERAL DE
COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN
(DIGCOIN)
5. CERTIFICADOS DE DECLARACIÓN
JURADA DE BIENES Y RENTAS NO
ACREDITADOS
RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO DE LAS
DECLARACIONES JURADAS DE BIENES
Y RENTAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
6. FALTA DE EVIDENCIA DE
ACREDITACIÓN EN LOS
CERTIFICADOS DE
DECLARACIONES JURADAS DE
BIENES Y RENTAS.
RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO
DE LAS DECLARACIONES
JURADAS DE BIENES Y RENTAS
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
7. DEFICIENCIAS EN EL CUMPLIMIENTO
OPORTUNO DE LAS DECLARACIONES
JURADAS DE BIENES Y RENTAS.
JEFE DE LA UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL A
TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
ADMINISTRACIÓN
CENTRAL
VICEMINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y AGROPECUARIO - (VDRA)
VICEMINISTERIO DE COCA Y
DESARROLLO INTEGRAL - (VCDI)
VICEMINISTERIO DE TIERRAS - (VT)
DIRECCIÓN GENERAL DE COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN (DIGCOIN)
INSTITUCIÓN PÚBLICA
DESCONCENTRADA DE PESCA Y
ACUICULTURA (IPD-PACU)
8. DEFICIENCIA EN LA
PRESENTACIÓN DE LA
DECLARACIÓN JURADA DE
BIENES Y RENTAS.
JEFE DE LA UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL
A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
PROYECTO DE INVERSIÓN
COMUNITARIA EN ÁREAS
RURALES (PICAR)
PROGRAMA DE ALIANZAS
RURALES - EMPODERAR
(PAR)
DESARROLLO
ECONÓMICO TERRITORIAL
CON INCLUSIÓN
EMPODERAR (DETI)
FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
85
RESPONSABLE
MDRyT/UAI/INF/007/2015 DE FECHA 16/06/2015
MDRyT/UAI/INF/001/2016 DE FECHA 30/05/2016
DEFICIENCIAS GESTIÓN 2014 DEFICIENCIAS GESTIÓN 2015
ALTERNATIVO (FONADAL)
PROGRAMA DE
INCLUSIÒN ECONÓMICA
PARA FAMILIAS Y
COMUNIDADES RURALES
EN EL TERRITORIO DEL
ESTADO PLURINACIONAL
DE BOLIVIA (ACCESOS)
INSTITUCIÓN PÚBLICA
DESCONCENTRADA DE
PESCA Y ACUICULTURA
(IPD-PACU)
9. COPIAS DE LOS CERTIFICADOS
DE LAS DJBR NO ADJUNTOS Y/O
ANEXADOS A LOS FILES DE
PERSONAL.
JEFE DE LA UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL
A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN
(DIGCOIN)
10. DIFERENCIA EN EL CÁLCULO
POR DÍAS DE RETRASO
REPORTADOS EN LOS INFORMES
TRIMESTRALES DE LAS
DECLARACIONES JURADAS DE
BIENES Y RENTAS.
JEFE DE LA UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL
A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
COCA E
INDUSTRIALIZACIÓN
(DIGCOIN)
UNIDAD DE DESARROLLO
ECONÓMICO SOCIAL
YUNGAS (UDESY)
DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS
11. DEMORA Y FALTA DE EJECUCIÓN DE
ACCIONES DE LOS PROCESOS
ADMINISTRATIVOS POR LA AUTORIDAD
SUMARIANTE.
AUTORIDAD SUMARIANTE A TRAVÉS
DEL DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
86
2. RESULTADOS DEL EXAMEN
2.1. Deficiencias de Control Interno
Emergente de nuestra evaluación, sobre el Cumplimiento del Procedimiento para el
Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO – DJBR), en el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras al 31 de diciembre de 2016, a continuación se
exponen los principales hallazgos de control (deficiencias) detectados en la auditoría.
2.1.1. Deficiencia en los Informes Trimestrales presentados por la Unidad de Desarrollo
Económico Social Yungas (UDESY)
De la evaluación y verificación efectuada a los Informes Trimestrales presentados por la
Unidad de Desarrollo Económico Social Yungas (UDESY), dependiente del Viceministerio
de Coca y Desarrollo Integral (VCDI), se pudo identificar que no se reportó el incumplimiento
de la DJBR de un Servidor Público.
Asimismo de la revisión a la documentación proporcionada por la UDESY, la comisión de
Auditoría Interna del MDRyT, evidenció que los Informes Trimestrales fueron remitidos a la
Máxima Autoridad Ejecutiva del MDRyT, en el que se advierte que en el Informe del Tercer
Trimestre de la gestión 2016, elaborado y remitido por el Administrativo IV de la UDESY, no
se reporta el incumplimiento de la DJBR de un (1) servidor público existiendo cinco (5) días
de retraso en su presentación, como se pudo evidenciar en la revisión de los files del personal
de UDESY, tal como se expone, en el siguiente cuadro:
DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO
Nombre y Apellido Descripción del
Cargo
Fecha de
nacimiento
Fecha de Certificado
de DJBR
Días de
retraso
Eber Juan Quilali
Gutiérrez
Administrativo IV
Desarrollo Integral 29/07/1984 05/08/2016 5 días
Fuente: Elaboración Propia, en base a los files proporcionada por UDESY.
El Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (PCO – DJBR), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 604 del 18 de Junio 2014
del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, en su Artículo 19.- (DETERMINACIÓN DEL
INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DJBR), señala que:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
87
I. Trimestralmente, el Responsable de Seguimiento de la DJBR del Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, emitirá un informe donde señale el cumplimiento o
incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas de las servidoras o servidores públicos antes, durante y después del ejercicio
del cargo, en el trimestre transcurrido. Dichos informes deberán ser dirigidos a la
MAE de la Entidad. (Las negrillas y el subrayado son nuestros).
II. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras podrá consultar los Certificados
refrendados en la CGE por la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas, a través de la Página Web de la DJBR. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
III. El Responsable de Seguimiento de la DJBR del Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras, con base en las fechas de las incorporaciones y retiros ocurridos en la entidad
durante el trimestre, así como las fechas de nacimiento de su personal, determinará y
señalará en el informe el cumplimiento o incumplimiento de la presentación
oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas. (Las negrillas y el subrayado son
nuestros).
A este efecto, la fecha de incorporación se refiere al primer día con vínculo laboral y
la fecha de retiro se refiere al primer día sin vínculo laboral.
IV. Para efectuar el control del cumplimiento oportuno de la DJBR, el Responsable de
Seguimiento de la DJBR del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, tomará en
cuenta la fecha de presentación del certificado, la cual se refiere a la fecha en la que
la servidora o servidor público se ha hecho presente en forma personal o mediante
apoderado, en la Contraloría General del Estado para entregar su formulario de
DJBR. (Las negrillas y el subrayado son nuestros).
La mencionada fecha de presentación figura en el Certificado refrendado por la CGE.
No se tomara en cuenta para el control del cumplimiento oportuno la fecha que figura
en el formulario de DJBR, ni la fecha en la que se ha llenado el formulario desde la
página web de la DJBR.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
88
V. La determinación del incumplimiento a la presentación oportuna de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas deberá efectuarse previa consideración de las
justificaciones de fuerza mayor o caso fortuito que pudiera presentar las servidoras y
servidores públicos. (Las negrillas y el subrayado son nuestros).
Los servidores o servidoras públicas podrán hacer llegar sus justificaciones de fuerza
mayor o caso fortuito que género el incumplimiento de la presentación oportuna de la
DJBR, mediante nota escrita y documentada, hasta el último día hábil administrativo
del mes siguiente a la fecha que legalmente debía presentar su DJBR.
El Responsable de Seguimiento de la DJBR del Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras procederá a la evaluación de las mismas o informara a las Autoridades
competentes a través del Informe Trimestral. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
El Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades
Públicas, aprobado por la Contraloría General del Estado mediante Resolución N°
CGE/072/2012 de 28 de junio de 2012, dispone en su artículo 14.- (Determinación del
Incumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR), señala que:
I. Trimestralmente, el Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública,
emitirá un informe donde se señale el cumplimiento o incumplimiento de la
presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las
servidoras o servidores públicos antes, durante y después del ejercicio del cargo, en el
trimestre transcurrido. Dichos informes deberán ser dirigidos a la MAE de la Entidad.
(Las negrillas y el subrayado son nuestros)
II. La forma, plazos y efectos de la elaboración y remisión de los informes respectivos,
deberán ser procedimentados en la Entidad Pública tomando en cuenta la naturaleza,
tamaño, complejidad, recursos y distribución geográfica de su personal.
III. La Entidad Pública podrá consultar los Certificados refrendados en la CGE por la
presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, a través de la Página Web
de la DJBR.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
89
IV. El Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, con base en las
fechas de las incorporaciones y retiros ocurridos en la entidad durante el trimestre,
así como las fechas de nacimiento de su personal, determinará y señalará en el
informe el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas. A este efecto, la fecha de incorporación se
refiere al primer día con vínculo laboral y la fecha de retiro se refiere al primer día
sin vínculo laboral. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
V. Para efectuar el control del cumplimiento oportuno de la DJBR, el Responsable de
Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, tomará en cuenta la fecha de
presentación del formulario, la cual se refiere a la fecha en la que la servidora o
servidor público se ha hecho presente en forma personal o mediante apoderado, en la
Contraloría General del Estado para entregar su formulario de DJBR. La
mencionada fecha de presentación figura en el Certificado refrendado por la CGE y
no se tomará en cuenta para el control del cumplimiento oportuno la fecha que
figura en el formulario de DJBR, ni la fecha en la que se ha llenado el formulario
desde la página Web de la DJBR. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
VI. La determinación del incumplimiento a la presentación oportuna de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas deberá efectuarse previa consideración de las
justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito que pudieran presentar las
servidoras y servidores públicos, para lo cual la Entidad Pública deberá
procedimentar en el PCO-DJBR la forma de presentación de justificaciones. (Las
negrillas y el subrayado son nuestros)
Por lo descrito anteriormente consideramos que la causa de la deficiencia se debe a la ausencia
de procedimientos de control que permitan efectuar la consolidación de información de forma
íntegra, razón por la cual el Administrativo I Personal en su calidad de responsable de la
DJBR, no reporto el incumplimiento del servidor público.
Esta situación ha ocasionado que los Informes Trimestrales de la Declaración Jurada de Bienes
y Rentas determinados por el responsable de Recursos Humanos de la UDESY no sean íntegros
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
90
por no presentar la totalidad del personal que incumplió la presentación de la DJBR,
proporcionando una información inadecuada a la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio
de Desarrollo Rural y Tierras.
Recomendación
R. 2.1.1 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, a través del
Viceministro de Coca y Desarrollo Integral instruya al Jefe de la Unidad de la
UDESY, supervisión periódica y adecuada del personal de su dependencia,
reportando en el Informe Trimestral los casos por inoportuna presentación de la DJBR
tomando en cuenta lo establecido en el PCO-DJBR del Ministerio aprobado mediante
Resolución Ministerial Nº 604 de fecha 18 de junio de 2014, que reglamenta la
Determinación del Incumplimiento de la presentación oportuna de la DJBR, a los
efectos de que se inicie oportunamente las acciones administrativas y/o legales.
Comentario del Área Auditada
La Unidad UDESY menciona “Se acepta la recomendación”.
2.1.2. Ausencia en los Términos de Referencia la obligatoriedad de pedir la DJBR del
personal Eventual y/o Consultor de Línea, cuya relación contractual implica la
administración o acceso a Recursos Económicos (UCAB, OAP, CNAPE)
De la revisión de files del Personal Eventual y Consultor de línea de los programas UCAB, OAP,
UC-CNAPE del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, producto de la revisión a los Términos
de Referencia, evidenciamos que en alguno de ellos, no se hace referencia a las funciones de
las servidoras y servidores públicos, en ese entendido, no se tiene identificado si el servidor
administra o tiene acceso a recursos de la entidad como se expone en el Anexo 8 del presente
informe.
Por otra parte, en los Contratos de Prestación de Servicios Eventuales y Contratos de Consultoría
Individual de Línea, suscritos en la gestión 2016, no figura la cláusula sobre la obligatoriedad
de presentación de la DJBR, por el manejo o administración de recursos económicos, si bien, el
Responsable del Seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas del MDRyT emitió
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
91
el Instructivo en la que señala precisar en los Términos de Referencia, al Personal Eventual
y/o Consultor de Línea que tenga la responsabilidad de administrar o acceder al manejo de
recursos económicos, al respecto, se pudo evidenciar que la Dirección General de Asuntos
Administrativos y la Unidad de Administración y Personal del MDRyT, no está dando
cumplimiento al Instructivo MDRyT/DGAA/UAP/I–N° 089/2016 del 15/06/2016.
En consecuencia, deja abierta la posibilidad de que el personal que administra recursos o tenga
acceso a recursos económicos públicos de manera recurrente, no presente su DJBR ante la
Contraloría General del Estado; además en su contrato en la cláusula contractual de OBJETO,
a más de citar de manera general la denominación del Cargo o puesto de trabajo no detalla ni
hace referencia a las funciones específicas para las cuales se contrata al Personal Eventual y
Consultores de Línea.
El Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades
Públicas, aprobado por la Contraloría General del Estado mediante Resolución N°
CGE/072/2012 de 28 de junio de 2012, dispone en su artículo 3 (Ámbito de aplicación):
“Las disposiciones del presente reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio
por las servidoras y servidores públicos, las entidades públicas y la Contraloría General
del Estado”
“El personal eventual y consultores de línea no están dentro de las clases de servidores
públicos previstos en la Constitución Política del Estado y en la Ley Nº 2027 del Estatuto
del Funcionario Público, consiguientemente no están obligados a prestar su Declaración
Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y después de su relación laboral, salvo que la
relación contractual implique la administración o acceso a recursos económicos
públicos en virtud a los principios de transparencia, honestidad y ética previstos en el
artículo 232 de la Constitución Política del Estado y el artículo 4 de la Ley N° 004 de 31
de marzo de 2010”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por lo descrito consideramos que la principal causa de la deficiencia antes mencionada se debe
a la inobservancia de la normativa por parte del encargado de Recursos Humanos al no aclarar
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
92
al Personal Eventual y/o Consultor de Línea la obligación de presentar la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas.
Lo comentado genera una confusión e incorrecta interpretación por parte del personal
contratado del MDRyT, toda vez que ocasionaron la presentación de DJBR innecesaria de
personal que no estaba obligado a presentar la DJBR; y en otros casos, la falta de precisión
sobre la obligatoriedad originó la no presentación de personal que si estaba obligado a cumplir
contractualmente debido a la naturaleza de las funciones desempeñadas.
Asimismo, esta situación genera dificultades operativas al Responsable de Seguimiento de
DJBR en cuanto al control de la acreditación de la DJBR, con el riesgo de reportar
trimestralmente un posible incumplimiento de personal que no está obligado a presentar dicho
documento y consiguiente posibilidad de inicio de acciones legales en contra de dicho personal.
Recomendación
R. 2.1.2 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, instruir a los
Coordinadores de la UCAB, OAP y UC-CNAPE, precisar en los Términos de
Referencia si el personal a contratar bajo la modalidad Prestación de Servicios
Eventuales y/o Consultor de Línea, tendrá o no la responsabilidad de administrar o
acceder al manejo de recursos públicos
(recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado), de tal
manera que sólo se exija en citados Términos de Referencia la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas al personal que efectivamente está obligado a presentar dicho
documento antes y después del ejercicio del cargo.
Comentarios del Área Auditada.
Fue emitido el instructivo correspondiente a los fines de incluir el requerimiento en los términos de referencia,
sin embargo no se dio cumplimiento pese a que si fueron presentados, a los fines de establecer su cumplimiento
se remitirá copias del instructivo a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y realizar el seguimiento.
2.1.3. Presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la Contraloría
General del Estado fuera del plazo establecido (EMPODERAR, ACCESOS, FONADAL)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
93
Producto de la revisión y evaluación efectuada a los Files de las Servidoras y Servidores
públicos de Personal Permanente, Personal Eventual, Consultores de Línea de la
Administración Central, Programas y Proyectos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras,
se pudo evidenciar que la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (DJBR)
ante la Contraloría General del Estado y ante el Responsable de Seguimiento, por el motivo
“antes del cargo”, “durante el cargo” y “después del cargo”, tanto para el personal con ítem
(planta), consultores de línea y personal eventual fue realizada fuera del plazo establecido,
conforme se expone en el Anexo 9 del presente informe.
El Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (PCO – DJBR), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 604 del 18 de Junio 2014
del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, en su Artículo 7.- (DECLARACIÓN ANTES Y
DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO), señala que:
i. Las servidoras y servidores públicos que inician su relación laboral con el Ministerio
de Desarrollo Rural y Tierras, deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas hasta el primer día hábil del Ejercicio del Cargo. (Las negrillas y el subrayado son
nuestros)
ii. Las servidoras y servidores públicos que concluyeron su relación laboral con el
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, deberán presentar la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer
día de su desvinculación de la entidad pública. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Asimismo el, Articulo 8.- (DECLARACIÓN DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO),
establece que:
i. Todas las servidoras y servidores públicos deberán actualizar la información de su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio del cargo, presentando la
misma durante el mes de su nacimiento. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
El Decreto Supremo Nº 1233 aprobada en fecha 16 de mayo de 2012, dispone en su Artículo 4
(Declaración antes y después del ejercicio del cargo) que:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
94
i. Las servidoras y servidores públicos que inicien su relación laboral con la entidad,
deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil
de ejercicio del cargo. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
ii. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad
deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de
treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad
pública. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
iii. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad
pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra
entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración
Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo,
debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde
tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior
cargo. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Del mismo modo en el Artículo 5.- (Declaración durante el ejercicio del cargo) señala que:
i. Todas las servidoras y servidores públicos deberán actualizar la información de su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio del cargo, presentando la
misma durante el mes de su nacimiento…”.(Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por otra parte, la Constitución Política del Estado, Promulgada el 7 de febrero de 2009, en su
artículo 235 señala que: “Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos:
3 Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio
del cargo…”.
La Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público del 27 de octubre de 1999, en su artículo
53 (DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS), señala:
i. Todos los servidores públicos, cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o
categoría, están obligados a prestar declaración expresa sobre los bienes y rentas
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
95
que tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración.
Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al
final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes
y rentas de éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto,
los servidores públicos, prestarán declaraciones y actualizaciones periódicas
conforme a reglamentación expresa. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
La inoportuna presentación de las DJBR se debe a la inobservancia por parte de los
funcionarios públicos de planta del MDRyT en lo referido a los plazos máximos establecidos
para efectuar la presentación de la DJBR.
Para el caso del Personal Eventual así como los Consultores de Línea se debe a que dentro del
Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
(PCO – DJBR), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 604 del 18 de junio 2014 del
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, no especifica que el Personal Eventual y/o Consultor
de Línea debe realizar su DJBR ante la Contraloría General del Estado o por qué motivo
“antes de”, “durante” y “después de”, toda vez que el citado procedimiento establece que están
obligados a efectuar su declaración aquel Personal Eventual y/o Consultor de Línea que
administre o tenga acceso a recursos económicos públicos de la entidad.
La presentación inoportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas y su incumplimiento
podrían originar Indicios de Responsabilidad por la Función Pública.
Recomendación
R. 2.1.3 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras lo siguiente:
a) Instruir a los Coordinadores Generales de los Programas EMPODERAR, ACCESOS
y FONADAL, ejercer una supervisión periódica y adecuada del personal de su
dependencia y realizar la difusión correspondiente para que los funcionarios
presenten su Declaración Jurada.
b) Instruir al Responsable de Seguimiento de la DJBR del MDRyT analizar la
pertinencia de complementar el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
96
la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO – DJBR), aprobado mediante
Resolución Ministerial Nº 604 del 18 de junio 2014 del Ministerio de Desarrollo
Rural y Tierras, de manera tal que se precise la obligación de realizar la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas ante la Contraloría General del Estado de aquel
Personal Eventual y/o Consultor de Línea que administre o tenga acceso a recursos
económicos públicos de cada entidad, y el motivo del mismo “antes de”, “durante”
y “después de”.
Comentario del Área Auditada
Administrador de ACCESOS, EMPODERAR Y FONADAL mencionan: “Se acepta la recomendación y se
subsanará las observaciones emitidas por Auditoría Interna en la presente gestión”.
2.1.4. Falta de elaboración y remisión de los Informes Trimestrales de verificación de
Cumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR (IPD-PACU, ACCESOS,
EMPODERAR, DIGCOIN)
De la evaluación efectuada no fue de nuestro conocimiento la elaboración y remisión de los
Informes Trimestrales de verificación de cumplimiento o incumplimiento de la presentación
oportuna de la DJBR de las servidoras y servidores públicos, correspondiente a la gestión
2016, Por otra parte, el Instructivo MDRyT/INST/DESPACHO 101/2016 emitido en fecha 1º
de junio de 2016 del Señor Ministro, señala: “…se INSTRUYE a los directores y/o
Coordinadores de las Entidades Desconcentradas, Programas y Proyectos, constituirse en
responsables del Seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, debiendo
supervisar el cumplimiento oportuno de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas del personal de su entidad, en el marco del PCO-DJBR del MDRyT, debiendo remitir
los informes trimestrales a la Máxima Autoridad Ejecutiva, vía el responsable de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, donde
señale el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración
Jurada de Bienes y rentas del personal (antes, durante y después del ejercicio del cargo,
conforme corresponda), constituyéndose de su absoluta y exclusiva responsabilidad la
información remitida…”.
Las unidades organizacionales observadas son las siguientes:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
97
Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización (DIGCOIN).
Programa Inclusión Económica para Familias y Comunidades Rurales en el Territorio
del Estado Plurinacional de Bolivia (ACCESOS).
Programa Alianzas Rurales - Empoderar (PAR).
Desarrollo Económico Territorial con Inclusión - Empoderar (DETI).
Proyecto de Inversión Comunitaria en Aéreas Rurales – Empoderar (PICAR).
Institución Pública Desconcentrada de Pesca y Acuicultura IPD-PACU)
REMISIÓN DE INFORMES TRIMESTRALES A LA MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA
GESTIÓN 2016
Informe Número de Informe Trimestral Fecha de
Elaboración
Fecha de
Recepción
por La MAE
Observaciones
y/o
Aclaraciones
DIRECCIÓN GENERAL DE LA HOJA DE COCA E INDUSTRIALIZACIÓN (DIGCOIN)
Primer Trimestre MDRyT/VCDI/DIGCOIN N° 035/2016 31/05/2016 -
Los informes
trimestrales, no
cuentan con
el sello de
recepción.
Segundo Trimestre MDRyT/VCDI/DIGCOIN N° 039/2016 16/08/2016 -
Tercer Trimestre MDRyT/VCDI/DIGCOIN N° 042/2016 24/11/2016 -
Primer Trimestre MDRyT/VCDI/DIGCOIN N° 049/2016 30/12/2016 -
INCLUSIÓN ECONÓMICA PARA FAMILIAS Y COMUNIDADES RURALES (ACCESOS)
Primer Trimestre - - - No verificado
Segundo Trimestre UGP/ACCESOS/DJBR/01/2016 29/07/2016 29/07/2016 Verificado
Tercer Trimestre - - - No verificado
Cuarto Trimestre - - - No verificado
EMPRENDIMIENTOS ORGANIZADOS PARA EL DESARROLLO RURAL AUTOGESTIONARIO (EMPODERAR)
Primer Trimestre MDRyT/EMPODERAR N° 01/2016 11/07/2016 14/07/2016
Segundo Trimestre MDRyT/EMPODERAR N° 101/2016 20/10/2016 25/10/2016
Primer Trimestre MDRyT/EMPODERAR N° 01/2017 10/04/2017 10/04/2017
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
98
Informe Número de Informe Trimestral Fecha de
Elaboración
Fecha de
Recepción
por La MAE
Observaciones
y/o
Aclaraciones
INSTITUCIÓN PÚBLICA DESCONCENTRADA DE PESCA Y ACUICULTURA (IPD – PACU)
Primer Trimestre MDRyT/IPD-PACU/RR.HH./INF 024/2016 (*)
06/12/2016 -
No cuenta
con la
recepción
Segundo Trimestre MDRyT/IPD-PACU/RR.HH./INF 013/2016 22/08/2016 -
No cuenta
con la
recepción
Tercer Trimestre MDRyT/IPD-PACU/RR.HH./INF 020/2016 14/10/2016 -
No cuenta
con la
recepción
Cuarto Trimestre MDRyT/IPD-PACU/RR.HH./INF 001/2017 26/04/2017 27/04/2017
Fuente: Elaboración Propia, en base a los Informes Trimestrales proporcionada por la entidades.
(*) Se evidencia que la fecha de elaboración no corresponde para el 1er. Trimestre.
El Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (PCO – DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), aprobado
mediante Resolución Ministerial Nº 604 de 18 de junio de 2014, señala:
“…Artículo 11.- (SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LA DECLARACIÓN)
I. El responsable del Seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la
entidad remitirá informes trimestrales a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la
entidad, donde señale el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna
de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos
de la entidad tomando en cuenta las justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito
que se presenten…”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
“…Artículo Nº 19 (DETERMINACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA
PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DJBR)
I. Trimestralmente, el Responsable de Seguimiento de la DJBR del Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, emitirá un informe donde se señale el cumplimiento o
incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas de las servidoras o servidores públicos, antes, durante, y después del ejercicio
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
99
del cargo, en el trimestre transcurrido. Dichos informes deberán ser dirigidos a la
MAE de la Entidad…”.(Las negrillas y el subrayado son nuestros)
El Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16 de mayo de 2012, establece que:
“…Artículo 14.- (SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LA DECLARACIÓN)
I. El responsable del Seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la
entidad remitirá informes trimestrales a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la
entidad, donde señale el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna
de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos
de la entidad tomando en cuenta las justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito
que se presenten…”.(Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Asimismo, el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en la
Entidades Públicas, aprobadas por la Contraloría General del Estado mediante Resolución
CGE/072/2012 en fecha 28 de junio de 2012, señala:
“…Artículo Nº 14 (DETERMINACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA
PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DJBR)
I. Trimestralmente, el Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública,
emitirá un informe donde se señale el cumplimiento o incumplimiento de la
presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las
servidoras o servidores públicos, antes, durante, y después del ejercicio del cargo, en
el trimestre transcurrido. Dichos informes deberán ser dirigidos a la MAE de la
Entidad…”.(Las negrillas y el subrayado son nuestros)
La Comisión de Auditoría establece que la deficiencia se debe principalmente a la falta de
supervisión de la normativa legal sobre Declaración Jurada de Bienes y Rentas señalada en
párrafos precedentes, por parte de la Máxima Autoridad de las Unidades Desconcentradas y
Programas observados; asimismo, se debe al incumplimiento del Director y/o Coordinador de
las Unidades Desconcentradas y Programas, al Instructivo MDRyT/INST/DESPACHO
101/2016 emitido en fecha 1º de junio de 2016 del Señor Ministro de Desarrollo Rural y
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
100
Tierras, así como al Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas (PCO-DJBR) del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT).
Asimismo, la falta de elaboración y remisión de los Informes Trimestrales de verificación del
cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la DJBR, constituye
incumplimiento a la normativa legal correspondiente, además del riesgo de no permitir iniciar
oportunamente las acciones legales o administrativas correspondientes en caso de
incumplimiento de los servidores públicos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, el
incumplimiento podría generar Indicios de Responsabilidad por la Función Pública.
Recomendación
R. 2.1.4 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, instruir al Director
General de IPD-PACU, al Director General de DIGCOIN, a los Coordinadores
Generales del Programa ACCESOS y EMPODERAR, que se elaboren y remitan
oportunamente Informes Trimestrales vía el Responsable de Seguimiento de las
DJBR del MDRyT, a la Máxima Autoridad Ejecutiva, detallando el cumplimiento o
incumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR ante la Contraloría General
del Estado, a fin de que se tome decisiones adecuadas y oportunas respecto al inicio
de las acciones administrativas o legales que correspondan en relación a los
incumplimientos.
Comentario del Área Auditada
Administradores de IPD-PACU, ACCESOS, EMPODERAR Y DIGCOIN mencionan: “Se acepta la
recomendación, para la presentación de informes trimestrales al MDRyT”.
2.1.5. Inoportuno Recordatorio de la actualización de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas (DJBR) por parte del área de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo
Rural y Tierras (MDRyT)
De la evaluación efectuada a la documentación proporcionada, se evidenció que los
Recordatorios emitidos por el Área de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Rural
y Tierras (MDRyT), fueron remitidos en fecha posterior al primer día hábil de cada mes,
situación que se expone en el siguiente cuadro:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
101
Recordatorio (BIGANT) Fecha de emisión de
recordatorio según el PCO-
DJBR
Fecha
recordatorio
Días de
retraso
REPORTE DE BIGANT 01/11/2016 07/11/2016 7
REPORTE DE BIGANT 01/01/2016 06/01/2016 6
REPORTE DE BIGANT 02/04/2016 04/04/2016 2
El numeral I del Artículo 14 del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR), aprobada mediante Resolución
Ministerial Nº 604 del 18 de junio de 2014, establece:
I. ”El primer día hábil de cada mes, la Unidad Administrativa y Personal a través del
Área de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras emitirá un
recordatorio, a través de un anuncio masivo mediante el sistema de mensajería
interno o chat, que se encuentran en vigencia (actualmente se maneja el BIGANT),
debido al tamaño y complejidad de la entidad)”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
La inoportuna remisión del recordatorio, por actualización de la Declaración Jurada de Bienes
y Rentas (DJBR), se debe a que el Área de Recursos Humanos de la Unidad de
Administración y Personal del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT); no público
oportunamente el listado del personal que debería actualizar su DJBR, por lo menos dos (2)
veces al mes, tal como señala el Articulo 14.- (Recordatorio de la Actualización de la DJBR),
retrasando los mismos hasta un máximo de 7 días contando desde el primer día hábil de cada
mes, como se expone en el cuadro precedente.
Lo descrito anteriormente puede generar Indicios de Responsabilidad por la Función Pública,
ante la inoportuna presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas por concepto de
actualización, de las servidoras y servidores públicos, del Ministerio de Desarrollo Rural y
Tierras.
Recomendación
R. 2.1.5 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, instruir al Jefe de la
Unidad de Administración y Personal que en coordinación con el Área de Recursos
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
102
Humanos del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras (MDRyT), dar cumplimiento
a lo que señala el Articulo 14.- (Recordatorio de la actualización de la DJBR),
emitiendo los recordatorios de manera oportuna por la actualización de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (DJBR), el primer día hábil de cada mes, o
al menos dos veces al mes, mediante circulares, correos institucionales u otro medio
de comunicación, con el listado del personal que en el mes deba actualizar su
declaración.
Comentario del Área Auditada
El Jefe de la Unidad Administrativa y Personal y el Técnico de RR.HH. del MDRyT, mencionan: “Se acepta la
recomendación”
2.2. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD
ALIMENTARIA (SENASAG)
2.2.1. Inoportuna presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (DJBR)
ante la Contraloría General del Estado.
Como resultado de la evaluación y verificación de la documentación de respaldo que sustenta
la presentación de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas (DJBR), correspondiente a la
gestión 2016, se pudo observar las siguientes condiciones:
Las Servidoras y Servidores Públicos del SENASAG no cumplen con la Presentación
Oportuna de los Certificados de Declaración Jurada de Bienes y Rentas, refrendados
por la Contraloría General del Estado (CGE), antes de tomar posesión del cargo, ya que
dichas declaraciones fueron presentadas en forma posterior al primer día hábil del
ejercicio del cargo.
Por otra parte, como resultado de la evaluación y verificación, de los Certificados de
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, archivado en los Files de las servidoras y
servidores públicos, se evidenció que han sido actualizados oportunamente durante el
ejercicio de cargo o en el mes de nacimiento.
Asimismo, de la evaluación y verificación efectuada se evidenció que los Servidores
Públicos no cumplen con la presentación oportuna de los Certificados de Declaración
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
103
Jurada de Bienes y Rentas, refrendados por la Contraloría General del Estado (CGE),
en lo referente a la conclusión de su relación laboral o cesación de cargo, de las
servidoras y servidores públicos del SENASAG, ya que dichas declaraciones fueron
presentadas en forma posterior al plazo establecido, correspondiente a treinta (30) días
calendario a partir del primer día de su desvinculación con la entidad.
Por lo descrito anteriormente se pudo evidenciar que la presentación de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas (DJBR) ante la Contraloría General del Estado por el personal con ítem
(planta), fue realizada fuera del plazo establecido, conforme se muestra en el siguiente cuadro:
Nº
Contrato
Nombre y
Apellido
Cargo al Momento de la
Omisión
Fecha de
nacimiento
Fecha del
certificado
de la DJBR
Motivo de la
presentación Observación
12 Arandia Añez
Ruddy Anival
Profesional en gestión
Jurídica 13/04/1990 08/04/2016
Antes del
cargo 1 Día de
retraso
84
Salinas
Suarez Luis
Hernesto
Jefe Distrital de
SENASAG Pando 31/01/1971 04/10/2016
Antes del
cargo
1 Día de
retraso
51
Viruez
Galarza
Roger
Arnaldo
Contador - Trinidad 07/04/1977 18/05/2016 Después
del cargo 12 Días
El Decreto Supremo Nº 1233 del 16 de mayo de 2012, articulo 4 indica:
I. “Las servidoras y servidores públicos que inicien su relación laboral con la entidad,
deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día
hábil de ejercicio del cargo”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Asimismo, el artículo 5 señala:
“Todas las servidoras y servidores públicos deberán actualizar la información de su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio del cargo, presentando la
misma durante el mes de su nacimiento si reside en las capitales de departamento, y
si reside fuera de las capitales de departamento, contarán adicionalmente con el mes
siguiente de su nacimiento”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por su parte, el numeral I del artículo 4 del decreto antes mencionado señala:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
104
“Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la
entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo
de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la
entidad pública”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Asimismo, el numeral I del Artículo 15 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas, aprobada mediante Resolución CGE/072/2012,
del 28 de junio de 2012, indica lo siguiente:
I. “La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y
después del ejercicio del cargo…” (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por su parte, el punto 3 del Artículo 235 de la Nueva Constitución Política del Estado, del 6 de
febrero de 2009, establece:
“Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos:
1. “Prestar declaraciones juradas de bienes y rentas, antes durante y después del
ejercicio del cargo.” (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
El artículo 53 de la Ley Nº 2027 Estatuto del Funcionario Público, del 27 de octubre de 1999,
establece:
“Todos los servidores públicos, cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o
categoría, están obligados a prestar declaración expresa sobre los bienes y rentas que
tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración”.
Por lo mencionado anteriormente, si bien se emiten recordatorios mensuales, evidenciamos la
inoportuna presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas por el motivo “antes del
cargo”, “durante el cargo” y “después del cargo” ante la Contraloría General del Estado, esto
se debe al descuido e irresponsabilidad de parte de las servidoras y los servidores públicos que
omitieron esta obligación.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
105
La presentación inoportuna de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas antes, durante y
después del ejercicio del cargo; y su incumplimiento podría originar Indicios de
Responsabilidad por la Función Pública.
Recomendación
R. 2.2.1 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras instruir al Director
General Ejecutivo del SENASAG, exigir oportunamente el Certificado de
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, refrendado por la Contraloría General del
Estado, con el motivo antes, durante y después del ejercicio del cargo, con el
objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el marco normativo de referencia.
Asimismo recomendamos se procedan a efectuar recordatorios por medios de
circulares, anuncios, correos electrónicos, entre otros, sobre la obligatoriedad de
presentar las DJBR durante el ejercicio del cargo en el mes de su nacimiento.
Comentarios del Área Auditada
El Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG, menciona: “Se acepta, haciendo notar que mi
persona recién asumió el cargo a partir de la gestión 2017, y se realizaran las acciones según correspondan en
adelante”.
2.2.2. Inoportuno recordatorio de la Actualización de la Declaración Jurada de Bienes
y Rentas (DJBR).
Como resultado de la evaluación y verificación de la documentación proporcionada por el
Director General Ejecutivo del SENASAG, mediante nota con CITE/SENASAG/DN-
311/2017 señala: “… Se emitieron circulares de recordatorio a las servidoras y servidores
públicos que deben realizar Declaración Jurada durante el ejercicio del cargo…”.
Asimismo, con el objeto de verificar el cumplimiento, la Comisión de Auditoría Interna del
MDRyT, reviso las circulares, comunicaciones internas, correos electrónicos, emitidos por el
encargado Nacional del Área de Recursos Humanos del SENASAG, referente a los
recordatorios por concepto de actualización de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante
la Contraloría General del Estado (CGE), los mismos que fueron enviados a través de correos
electrónicos, a las diferentes Distritales del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
106
Inocuidad Alimentaria (SENASAG), realizada la verificación de la documentación,
evidenciamos que han sido remitidos en fecha posterior al primer día hábil de cada mes, como
se expone en el siguiente cuadro:
REMISIÓN DE RECORDATORIOS GESTIÓN 2016
Documento Fecha de emisión de
recordatorio según el PCO-DJBR
Fecha del
recordatorio
Días de
Retraso
CORREO ELECTRÓNICO El primer día hábil de cada mes 11/01/2016 10
CI/SENASAG/RR.HH Nº 089/2016 El primer día hábil de cada mes 29/02/2016 28
CI/SENASAG/RR.HH Nº 093/2016 El primer día hábil de cada mes 01/03/2016 0
NO EVIDENCIAMOS RECORDATORIO de
01/05/2016
no evidenciamos el circular
correspondiente al mes de abril
y mayo
- 30
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBE Nº 001/2016 El primer día hábil de cada mes 01/06/2016 0
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBE Nº 002/2016 El primer día hábil de cada mes 01/07/2016 0
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBE Nº 003/2016 El primer día hábil de cada mes 01/08/2016 0
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBR Nº 004/2016 El primer día hábil de cada mes 01/09/2016 0
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBR Nº 005/2016 El primer día hábil de cada mes 03/10/2016 3
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBR Nº 006/2016 El primer día hábil de cada mes 01/11/2016 0
SENASAG/RR.HH./CIR.DJBR Nº 007/2016 El primer día hábil de cada mes 01/12/2016 0
Fuente: Elaboración propia en base a Información remitida por Recursos Humanos del SENASAG.
De acuerdo al párrafo I artículo 9 Capitulo II del Reglamento de Control de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas (RE/CI-010) aprobado mediante
Resolución CGE/072/2012 del 28 de junio de 2012 indica que:
“El primer día hábil de cada mes la Unidad de Recursos Humanos de la Entidad
Pública emitirá un recordatorio, a través de una circular, anuncio, correo electrónico
u otro medio, sea éste personalizado o masivo, de acuerdo al tamaño, recursos y
complejidad de la Entidad Pública, el cual comunicará sobre la obligatoriedad de
presentar la DJBR durante el ejercicio en el mes de nacimiento y (…). (Las negrillas y el
subrayado son nuestros)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
107
El numeral I del Artículo 14 del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR), aprobada mediante Resolución
Ministerial N° 604 del 18 de junio de 2014, establece:
“El primer día hábil de cada mes, la Unidad Administrativa y Personal a través del
Área de Recursos Humanos (…) emitirá un recordatorio, a través de un anuncio masivo
mediante el Sistema de mensajería interno o Chat que se encuentran en
vigencia(actualmente se maneja el BIGANT), debido al tamaño y complejidad de esta
entidad pública). (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por lo mencionado anteriormente, evidenciamos que el Encargado Nacional del Área de
Recursos Humanos del SENASAG, realizó la inoportuna emisión de los recordatorios por
concepto de actualización de Declaración Jurada de Bienes y Rentas (DJBR), retrasando los
mismos hasta un máximo de 28 días contando desde el primer día hábil de cada mes.
Lo comentado puede causar Indicios de Responsabilidad por la Función Pública, ante la
inoportuna presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas por concepto de
actualización, de las servidoras y servidores públicos, del Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria SENASAG.
Recomendación
R. 2.2.2 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras instruir al Director
General Ejecutivo del SENASAG, realizar los recordatorios en forma oportuna por
concepto de actualización de la Declaración Jurada de Bienes y Renta, el primer día
hábil de cada mes a través del circulares, correos institucionales, Bigant, personal u
otro que la entidad posea, a cada una de las servidoras y servidores públicos del
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria SENASAG,
conforme lo establece el marco normativo de referencia.
Comentarios del Área Auditada
El Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG, menciona: “Se acepta, haciendo notar que mi
persona recién asumió el cargo a partir de la gestión 2017, y se realizaran las acciones según correspondan en
adelante”.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
108
2.2.3. Falta de Constancia escrita de Socialización o Difusión del Proceso de
Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR) por
parte de la institución al momento de la incorporación del Servidor Público.
Como resultado de la evaluación y verificación de la documentación proporcionada por el
Director General Ejecutivo del SENASAG, mediante nota con CITE/SENASAG/DN-
311/2017 señala: “…El Jefe Nacional de Administración y Finanzas emitió el instructivo
SENSAG/JNAAF/N°014/2016…”, donde se instruye: “…el estricto cumplimiento referente al
CAPITULO V Artículo 24 párrafo III. La Unidad de Administración y Personal deberá en el
proceso de inducción comunicar y hacer conocer por escrito al personal nuevo el PCO-DJBR
y sus formas de accesos a este documento…”.
Con el propósito de verificar el cumplimiento, la comisión de Auditoría Interna del MDRyT,
realizó la Entrevista Nº 2 en fecha 20 de abril de 2017, al Encargado Nacional de Recursos
Humanos de SENASAG, quien manifestó: “mi persona ha asumido el cargo de Encargado de
Recursos Humanos del SENASAG a partir del mes de enero de 2017, asimismo tome acciones
en coordinación con el Jefe Nacional de Asuntos Administrativos emitiendo el instructivo
SENSAG/JNAAF/N°014/2017 sobre: Difusión del Procedimiento para el Cumplimiento
Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR) difundiendo el mismo a
todas las dependencias de la Dirección Nacional y Jefaturas Distritales, posteriormente en
fechas próximas el antes mencionado Instructivo será publicado en nuestro portal web.
Informar también que revisado los archivos de gestiones pasadas no se encontrado ningún
instructivo”.
De la revisión a la documentación proporcionada, la Comisión de Auditoría Interna del
MDRyT, no evidenció constancia escrita sobre la socialización o difusión del Procedimiento
para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR),
por parte del SENASAG para la gestión 2016, a las diferentes Distritales del SENASAG como
manifiesta el Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
109
Lo descrito precedentemente de acuerdo, a la Resolución Ministerial Nº 604 del 18 de junio de
2014 que aprueba el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas (PCO-DJBR) resuelve lo siguiente:
“Segundo.- La Dirección General de Asuntos Administrativos, es responsable de la
ejecución, cumplimiento y difusión de la presente Resolución Ministerial.”
Asimismo, el numeral I al III Artículo 24 del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno
de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR), aprobado con Resolución Ministerial
Nº 604 del 18/06/2014, señala lo siguiente:
“El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, deberá difundir anualmente, a sus
servidoras o servidores públicos, el presente PCO-DJBR, así como otras disposiciones
vigentes sobre la obligación de presentar las DJBR. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
La Unidad de Administración y Personal deberá en el proceso de inducción comunicar y
hacer conocer por escrito al personal nuevo el PCO-DJBR y sus formas de acceso a
este documento, a objeto de que no puedan alegar bajo ninguna circunstancia
desconocimiento del mismo”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
La situación descrita, se debe a que el Área Nacional de Recursos Humanos del Servicio
Nacional de Sanidad Animal e Inocuidad Alimentaria (SENASAG), no realizó en forma
escrita la socialización y difusión del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas (PCO-DJBR), realizada a las servidoras y servidores
públicos del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria SENASAG.
Lo mencionado ocasiona que las servidoras y servidores públicos del SENASAG, no conozcan
de manera oportuna e íntegra el PCO-DJBR; asimismo, este desconocimiento generaría para
dichos servidores públicos posibles Indicios Responsabilidad por la Función Pública.
Recomendación
R. 2.2.3 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras instruir al Director
General Ejecutivo del SENASAG, establecer medidas necesarias para socializar y
difundir la información del PCO-DJBR, sobre la oportunidad, plazos y deberes
relativos a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
110
Comentarios del Área Auditada
El Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG, menciona: “Se acepta, y se hará llegar la
constancia de la remisión del procedimiento DJBR a todas las dependencias de la Dirección Nacional del
SENASAG, también se hace notar que mi persona es nuevo en el cargo”.
2.2.4. Falta de Declaración Jurada de Bienes y Rentas del Personal Eventual por
concepto de Administración y Acceso a Recursos Económicos de la Entidad.
Como resultado de la evaluación y verificación de la documentación proporcionada por el
Director General Ejecutivo del SENASAG, mediante nota con CITE/SENASAG/DN-
311/2017 señala: “…Se realizó la presentación oportuna de la presentación de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas (DJBR)…”
Con el propósito de verificar el cumplimiento, la comisión de Auditoría Interna del MDRyT,
realizó la Entrevista Nº 3 en fecha 20 de abril de 2017 donde el Encargado Nacional de
Recursos Humanos del SENASAG manifestó lo siguiente: “mi persona ha asumido el cargo
de Encargado de Recursos Humanos SENASAG a partir del mes de enero de 2017, asimismo
revisado los archivos de los contratos de la gestión 2016 se evidencia que los contratos
realizados desde el mes de octubre 2016 en su Artículo Decima Primera Obligaciones del
Contratado 11.2.7. Se encuentra insertado respecto a Declaración Jurada del Personal
Eventual, esto en el caso de las nuevas contrataciones, y todos los contratos de la gestión
2017 cuentan con el artículo Décima Primera Obligaciones del Contratado 11.2.7. Referido a
la obligatoriedad de la declaración jurada al personal que le corresponde”.
Asimismo, se verifico los files del Personal Eventual sobre el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, en la que evidenciamos que el Personal Eventual que
administro o tuvo acceso a recursos económicos del SENASAG, no realizo la presentación
correspondiente ante la Contraloría General del Estado por el motivo “antes de” y “después
de”.
De acuerdo a las situaciones descritas precedentemente, se expone en el siguiente cuadro:
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
111
Nº
Contrato Nombre y Apellido
Cargo al
Momento de la
Omisión
Fecha de
designación y
destitución al
cargo
Fecha de la
Declaración
Juradas de
Bienes y Rentas
Observación
PERSONAL EVENTUAL
1 García Carballo
Leovid Miriam
Profesional II
Administradora
01/01/2016
01/04/2016 -
No adjunta el
Certificado de la
DJBR
2 Camama
Conorio Roque
Profesional II
Administrador
01/01/2016
01/04/2016
01/10/2016
-
No adjunta el
Certificado de la
DJBR
3
Montaño
Montaño David
Feliciano
Profesional II
Administrador
01/01/2016
01/04/2016
01/10/2016
-
No adjunta el
Certificado de la
DJBR
4
Carrión
Saavedra
Rosario Marlene
Profesional II
Administradora
01/01/2016
01/04/2016 -
No adjunta el
Certificado de la
DJBR
Fuente: Información obtenida de los Files del personal eventual, remitida por Recursos Humanos del SENASAG.
Por lo mencionado anteriormente, se verificó que en los contratos de prestación de servicios
nuevos a partir del mes de octubre de 2016, se insertó una cláusula para la obligatoriedad de la
presentación de DJBR para el personal eventual y consultor de línea, cuyo texto dice:
“…DECIMA PRIMERA (DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA (EL) CONTRATADA (O)
DERECHOS DE LA (EL) CONTRATADA (O))… punto 11.2.7. Presentación de la declaración Jurada
de Bienes y Rentas, en los casos que determina el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas en las Entidades Públicas (RE/CI-0109) aprobado mediante Resolución
CGE/072/2012 de 28/06/2012 ARTÍCULO 2, cuando la relación contractual implique la
administración o acceso a recursos económicos públicos…”, donde evidenciamos, el
incumplimiento a la mencionada cláusula en la presentación de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas (DJBR), por el personal eventual y consultor de línea,
Asimismo, y con el objeto de corroborar la totalidad del personal eventual y consultores de
línea que administraron y tuvieron acceso a recursos públicos, se solicitó al Encargado
Nacional de Recursos Humanos, los Files del personal eventual y un inventario del Personal
Permanente, Eventual y Consultores en Línea de la gestión 2016.
Sin embargo, no se obtuvo respuesta alguna, situación que nos limita a opinar sobre la
totalidad del personal eventual y consultores en línea que administraron y tuvieron acceso a
recursos públicos.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
112
De acuerdo al párrafo segundo Artículo 3 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas en las Entidades Pública, aprobada mediante Resolución CGE/072/2012,
del 28 de junio de 2012, establece lo siguiente:
“El personal eventual y consultores de línea no están dentro de las clases de servidores
públicos previsto en la Constitución Política del Estado y en la Ley No. 2027 del Estatuto
del Funcionario Público, consiguientemente no están obligados a presentar su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y después de su relación
contractual, salvo que la relación contractual implique la administración o acceso a
recursos económicos públicos…”. (Las negrillas y el subrayado son nuestros)
Por lo descrito consideramos que la principal causa de la deficiencia antes mencionada se debe
a que las unidades solicitantes no definen en los términos de referencias de manera clara y
precisa las tareas y labores que debe desarrollar el servidor público a ser contratado y si el
mismo se encuentra obligado a prestar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes y
después de su relación laboral, y si estas actividades implican la administración o acceso a
recursos económicos públicos.
Lo comentado genera una confusión e incorrecta interpretación por parte del personal
contratado del SENASAG, toda vez que podrían ocasionar la presentación de DJBR
innecesaria de personal que no estaba obligado a presentar DJBR; y en otros casos, la falta de
precisión sobre la obligatoriedad originó la no presentación de personal que si estaba obligado
a cumplir contractualmente debido a la naturaleza de las funciones desempeñadas.
Recomendación
R. 2.2.4 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras instruir al Director
General Ejecutivo del SENASAG, precisar en los Términos de Referencia si el
personal a contratar bajo la modalidad Prestación de Servicios Eventuales y/o
Consultor de Línea, tendrá o no la responsabilidad de administrar o acceder al
manejo de recursos públicos (recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o
bienes del Estado), de tal manera que sólo se exija en citados Términos de
Referencia la Declaración Jurada de Bienes y Rentas al personal que efectivamente
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
113
está obligado a presentar dicho documento antes y después del ejercicio del cargo
y/o puesto.
Comentarios del Área Auditada
El Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG, menciona: “Se acepta, haciendo notar que mi
persona recién asumió el cargo a partir de la gestión 2017, y se realizaran las acciones según correspondan en
adelante”.
2.2.5. Falta de elaboración y presentación de Informes Trimestrales a la Máxima
Autoridad Ejecutiva de la Entidad.
Como resultado de la evaluación y verificación de la documentación proporcionada por el
Director General Ejecutivo del SENASAG, mediante nota con CITE/SENASAG/DN-311/2017
señala: “… Se elaboran Informes Trimestrales a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad…”.
Con el objeto de verificar la emisión de los Informes Trimestrales, por el Encargado Nacional de
Recursos Humanos del SENASAG, ante la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, la
comisión de Auditoría Interna del MDRyT, procedió a verificar los Informes Trimestrales
correspondiente a la gestión 2016, como se expone en el siguiente cuadro:
REMISIÓN DE INFORMES TRIMESTRALES A LA MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA
GESTIÓN 2016
INFORME NUMERO DE INFORME TRIMESTRAL
FECHA DE
PRESENTACIÓN
A LA MAE
FECHA DE
RECEPCIÓN
SENASAG
Primer Trimestre
(enero, febrero y marzo) INF/SENASAG/ANF/N° 11/2016 01/04/2016 01/04/2016
Segundo Trimestre
(abril, mayo y junio) INF/DJBR/ SENASAG/RR.HH N° 01/2016 01/07/2016 01/07/2016
Tercer Trimestre (julio,
agosto y septiembre) INF/DJBR/ SENASAG/RR.HH N° 02/2016 03/10/2016 03/10/2016
Cuarto Trimestre
(octubre, noviembre y
diciembre)
INF/DJBR/ SENASAG ANF/N° 01/2017 03/01/2017 03/01/2017
Fuente: Elaboración Propia, en base a los Informes Trimestrales proporcionada por RR.HH. del SENASAG.
Los Informes Trimestrales emitidos por el Encargado Nacional de Recursos Humanos del
SENASAG, fueron de conocimiento por la Máxima Autoridad Ejecutiva, como se puede
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
114
verificar en el cuadro precedente, sin embargo, en los Informes Trimestrales se evidencia que
no se cuenta con la información integra del personal.
Por lo mencionado anteriormente, y revisado los Informes Trimestrales de la gestión 2016, se
evidenció que los mismos no cuentan con la información integra del personal del SENASAG.
El numeral I del Artículo 11 del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la
Declaración Jurada de Bienes y Renta (PCO-DJBR), aprobada mediante Resolución
Ministerial N° 604 del 18 de junio de 2014, establece:
“El Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la
entidad remitirá informes trimestrales (…), donde señale el cumplimiento o
incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas de las servidoras y servidores públicos de la entidad, tomando en cuenta las
justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito que se presenten” (las negrillas y el
subrayado son nuestros).
La observación descrita, se debe a que el Responsable de Seguimiento de las Declaraciones
Juradas de Bienes y Rentas no elaboró los Informes Trimestrales adecuados, donde señale el
cumplimiento o incumplimiento de la Presentación Oportuna de la Declaración Jurada de
Bienes y Rentas a la Máxima Autoridad Ejecutiva del Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG).
Lo cual ocasionó que la Máxima Autoridad Ejecutiva del Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, no cuente con la información oportuna, mucho menos
a nivel de Distritos Departamentales, sobre el cumplimiento o incumplimiento en la presentación
de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de los servidores públicos dependientes del
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuario e Inocuidad Alimentaria SENASAG.
Recomendación
R. 2.2.5 Se recomienda al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras instruir al Director
General Ejecutivo del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad
Alimentaria SENASAG, cumplir con la elaboración y remisión de los Informes
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
115
Trimestrales relativas al cumplimiento y/o incumplimiento de las Declaraciones
Juradas de Bienes y Rentas, de forma consolidada e íntegra, considerando la
información remitida por las Distritales Departamentales; y que la remisión de los
Informe Trimestrales sea realizada de manera oportuna.
Comentarios del Área Auditada
El Encargado Nacional de Recursos Humanos del SENASAG, menciona: “Se ha cumplido con la remisión a la
MAE y se procederá a identificar al personal eventual que esta con la obligación de realizar la DJBR”.
3. CONCLUSIÓN
Como resultado de nuestro examen, en nuestra opinión excepto por las deficiencias de control
interno expuestas en el punto de Resultados del Examen del presente informe, el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, cumplió con el Ordenamiento Jurídico Administrativo vigente
relacionados con el Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas (PCO-DJBR), del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras,
correspondiente a la gestión 2016.
4. RECOMENDACIONES
Recomendamos al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras:
i. En cumplimiento a los artículos 2 y 3 de la Resolución Nº CGR-1/010/97 de 25 de
marzo de 1997, emitida por la Contraloría General de la República, actual Contraloría
General del Estado, la elaboración y remisión a esta Dirección General de Auditoría
Interna, con copia a la Contraloría General del Estado, del Formato Nº 1 de Aceptación
de Recomendaciones, en el término de diez (10) días hábiles a partir de la fecha de
recepción del presente Informe.
Transcurridos los diez (10) días hábiles anteriores, remitir de la misma manera el
Formato Nº 2 Cronograma de Implantación de las Recomendaciones, anexando copias
de los documentos que demuestren la instrucción formal del cumplimiento de las
recomendaciones, delegando responsables y señalando plazos y condiciones para su
ejecución.
Es cuanto se informa a su autoridad los para fines consiguientes.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
116
CAPITULO IX
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES
9.1. CONCLUSIÓN
Como resultado de la “Auditoría Especial al Procedimiento de Control de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, correspondiente a la
gestión 2016”, se concluye que, excepto por las deficiencias encontradas, el Procedimiento de
Control de las Declaraciones Jurada de Bienes y Rentas ha sido aplicado de acuerdo el
Ordenamiento Jurídico Administrativo y otras normas aplicables.
9.2. RECOMENDACIONES
Recomendamos al señor Ministro de Desarrollo Rural y Tierras:
i. Impartir instrucciones escritas a las áreas y unidades organizacionales
correspondientes, para el cumplimiento obligatorio de las recomendaciones expuestas
en el capítulo (Resultados del Examen) del Informe de Auditoría, por la importancia de
las mismas en el proceso de fortalecimiento del Control Interno del Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras.
ii. En cumplimiento a los artículos 2 y 3 de la Resolución Nº CGR-1/010/97 de 25 de
marzo de 1997, emitida por la Contraloría del Estado, la elaboración y remisión a esta
Dirección General de Auditoría Interna, con copia a la Contraloría General del Estado,
del Formato Nº 1 de Aceptación de Recomendaciones, en el término de diez (10) días
hábiles a partir de la fecha de recepción del presente informe.
Transcurridos los diez (10) días hábiles anteriores, remitir de la misma manera el
Formato Nº 2 Cronograma de Implantación de las Recomendaciones, anexando copias
de los documentos que demuestren la instrucción formal del cumplimiento de las
recomendaciones, delegando responsables y señalando plazos y condiciones para su
ejecución.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
117
BIBLIOGRAFÍA
Constitución Política del Estado, aprobada en el Referéndum de 25 de enero de 2009
y Promulgada el 7 de febrero de 2009.
Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20 de julio de 1990.
Ley Nº 2027 del 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público.
Código Penal de Bolivia, Gaceta oficial.
Decreto Supremo Nº 1233 de fecha 16/05/2012 que reglamenta la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas.
Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades
Públicas, aprobadas por la Contraloría General del Estado mediante Resolución
CGE/072/2012 en fecha 28/06/2012.
Procedimiento de Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el Ministerio de
Desarrollo Rural y Tierras, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº604 del 18 de
junio de 2014.
Plan Estratégico Institucional del MDRyT, 2014 – 2018
Manual de Organización y Funciones del MDRyT aprobado con R. M. Nº 1417 de
fecha 20 de diciembre de 2013
Normas para el ejercicio de Auditoría Interna CGE.
Contraloría General del Estado “Normas Básicas”.
Contraloría General del Estado “Normas de Auditoría Especial”.
Roberto Hernández Sampieri, Carlos Fernández Collado, Pilar Baptista Lucio;
Metodología de la Investigación.
Ramón Ruiz “Historia y Evolución del Pensamiento Científico”.
Rubén Centellas España, Carlos Gonzales “Contabilidad Internacional”.
Carlos A. Slosse, Juan Carlos Gordicz y Santiago Gamondés; Auditoría Edición 2.
Carlos Coronel Tapia, “Auditoría Financiera basada en Riesgos”.
Francisco J. Rodríguez, Irina Barrios y Maria Teresa Fuentes; Introducción a la
metodología de las Investigaciones Sociales.
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO
RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
118
Raquel Amaya Martínez Gonzales “La investigación en la práctica educativa”.
Marcela Aravena y coautores, “Investigación Educativa I”.
Laura Abero y coautores “Investigación Educativa”.
Paiva Quinteros Walter “Guía de Auditoria”.
Ricardo Chalco Barrera, “La auditoría en el sector gubernamental” primera edición.
Carlos Alberto Montes Salazar, Omar Montilla Galvis, Cristian Vallejo “Auditoría
financiera Bajo estándares internacionales”.
ANEXO 1
127
8. Presentar proyectos de ley sobre m aterias relativas a su com petencia.
CAPÍTULO CUARTO
SERVID O RAS PÚ B LIC AS Y SERVID O RES PÚ BLIC O S
Artículo 232. La Adm inistración Pública se rige por los principios de legitim idad, legalidad, im parcialidad, publicidad, com prom iso e interés social, ética, transparencia, igualdad, com petencia, efciencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Artículo 233. Son servidoras y servidores públicos las personas que desem peñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos form an parte de la carrera adm inistrativa, excepto aquellas personas que desem peñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nom bram iento.
Artículo 234. Para acceder al desem peño de funciones públicas se requiere:
1. C ontar con la nacionalidad boliviana.
2. Ser m ayor de edad.
3. H aber cum plido con los deberes m ilitares.
4. N o tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en m ateria penal, pendientes de cum plim iento.
5. N o estar com prendida ni com prendido en los casos de prohibición y de incom patibilidad establecidos en la C onstitución.
ANEXO 2
LEY No. 2027
LEY DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO
DEL 27 DE OCTUBRE DE 1999
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO
TÍTULO PRELIMINAR
PRINCIPIOS
ARTÍCULO 1º (PRINCIPIOS). El presente Estatuto se rige por los siguientes principios:
a) Servicio exclusivo a los intereses de la colectividad y no de parcialidad o partido político alguno.
b) Sometimiento a la Constitución Política del Estado, la Ley y al ordenamiento jurídico.
c) Reconocimiento del derecho de los ciudadanos a desempeñar cargos públicos.
d) Reconocimiento al mérito, capacidad e idoneidad funcionaria.
e) Igualdad de oportunidades, sin discriminación de ninguna naturaleza.
f) Reconocimiento de la eficacia, competencia y eficiencia en el desempeño de las funciones públicas
para la obtención de resultados en la gestión.
g) Capacitación y perfeccionamiento de los servidores públicos.
h) Honestidad y ética en el desempeño del servicio público.
i) Gerencia por resultados.
j) Responsabilidad por la función pública.
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS
ARTÍCULO 2° (OBJETO). El presente Estatuto, en el marco de los preceptos de la Constitución
Política del Estado, tiene por objeto regular la relación del Estado con sus servidores públicos, garantizar
d) A representar por escrito, ante la autoridad jerárquica que corresponda, las determinaciones que se
juzguen violatorias de alguno de sus derechos.
e) A recibir y conocer información oportuna, de las autoridades institucionales sobre aspectos que
puedan afectar el desarrollo de sus funciones.
f) A representar fundadamente, observando la vía jerárquica que corresponda, las instrucciones que
considere técnica, legal y/o administrativamente inadecuadas, que pudiesen ocasionar un daño a la
entidad.
g) Al goce de especiales incentivos económicos, conforme a las previsiones establecidas en el presente
Estatuto.
h) A recibir la protección necesaria en materia de higiene y seguridad en el trabajo.
III. Los derechos reconocidos para los servidores públicos en el presente Estatuto y su régimen jurídico,
excluyen otros derechos establecidos en la Ley General del Trabajo y otras disposiciones del régimen
laboral que rige únicamente para los trabajadores.
ARTÍCULO 8° (DEBERES). Los servidores públicos tienen los siguientes deberes:
a) Respetar y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones legales.
b) Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad,
economía, eficiencia, probidad y con pleno sometimiento a la Constitución Política del Estado, las leyes y
el ordenamiento jurídico nacional.
c) Acatar las determinaciones de sus superiores jerárquicos, enmarcadas en la Ley.
d) Cumplir con la jornada laboral establecida.
e) Atender con diligencia y resolver con eficiencia los requerimientos de los administrados.
f) Mantener reserva sobre asuntos e informaciones, previamente establecidos como confidenciales,
conocidos en razón a su labor funcionaria.
g) Velar por el uso económico y eficiente de los bienes y materiales destinados a su actividad
administrativo.
h) Conservar y mantener, la documentación y archivos sometidos a su custodia, así como proporcionar
oportuna y fidedigna información, sobre los asuntos inherentes a su función.
i) Cumplir las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad e higiene en el trabajo.
j) Presentar declaraciones juradas de sus bienes y rentas conforme a lo establecido en el presente Estatuto
y disposiciones reglamentarias.
k) Declarar el grado de parentesco o vinculación matrimonial que tuviere con funcionarios electos o
designados, que presten servicios en la administración.
l) Excusarse de participar en los comités de selección de ingreso de funcionarios de carrera, cuando exista
con los postulantes vinculación o grado de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de
afinidad inclusive, conforme al cómputo establecido en el Código de Familia.
ARTÍCULO 50° (RÉGIMEN DE VACACIONES). La vacación no será susceptible de compensación
pecuniaria y deberá ser obligatoriamente utilizada por el servidor público. No será permitida la
acumulación de vacaciones por más de dos gestiones consecutivas.
CAPÍTULO IV
REMUNERACIONES
ARTÍCULO 51° (BASES GENERALES). Las bases que orientan la retribución de los servidores
públicos, se fundan en los siguientes aspectos:
a) Periodicidad y oportunidad de la retribución.
b) Inembargabilidad de la remuneración, dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable.
c) Prohibición de deducciones a las remuneraciones, destinadas a parcialidades o intereses políticos, así
sean éstas solicitadas por los mismos servidores públicos.
d) Valoración de la remuneración tomando en cuenta situaciones referidas al entorno y condiciones en
las cuales desempeñen sus actividades.
e) Prescripción bienal, a favor del Estado, de las remuneraciones no cobradas.
f) Prohibición de pago de días no trabajados.
g) Derecho a la percepción de un aguinaldo de navidad equivalente a un salario mensual o duodécimas
correspondientes.
CAPÍTULO V
REGLAMENTACIÓN
Artículo 52° (REGLAMENTACIÓN). El Organo Rector del Sistema de Administración de Personal,
propondrá al Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a seis meses a partir de la publicación de esta Ley,
para su vigencia mediante Decreto Supremo, las normas reglamentarias referidas al Régimen Laboral
previsto en el presente Título.
TÍTULO V
DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 53° (DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS). Todos los servidores públicos,
cualquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría, están obligados a prestar declaraciones expresa
sobre los bienes y rentas que tuvieren a momento de iniciar su relación laboral con la administración.
Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al final de la misma,
cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes y rentas de éstos, podrán ser, en
cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto, los servidores públicos, prestarán declaraciones y
actualizaciones periódicas conforme a reglamentación expresa.
ARTÍCULO 54° (PRINCIPIOS). Las declaraciones juradas de bienes y rentas deberán observar los
principios de universalidad, obligatoriedad, periodicidad y transparencia.
Las declaraciones juradas de bienes y rentas de los funcionarios públicos electos, designados, de libre
nombramiento y aquellos de carrera especialmente determinados conforme a Reglamento, estarán además
sometidos la principio de publicidad, pudiendo incluso el Organo Rector del Sistema de Control
Gubernamental, a efectos de verificación, solicitarles nuevas declaraciones juradas sobre sus bienes y
rentas hasta un año después de haber determinado su vinculación con la Administración.
ARTÍCULO 55° (DELEGACIÓN Y REGLAMENTACIÓN). La Contraloría General de la República,
como Organo Rector del Sistema de Control Gubernamental, ejercerá la atribución de dirigir y controlar
un Sistema de Declaración de bienes y Rentas para todo el sector público.
La Contraloría General de la República propondrá al Poder Ejecutivo, para su vigencia mediante Decreto
Supremo, la reglamentación relativa al Sistema de Declaración de Bienes y Rentas y a las atribuciones
que, conforme a la delegación conferida mediante este Estatuto, le corresponda ejercer.
TÍTULO VI
CAPÍTULO I
DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
ARTÍCULO 56° (NOCIÓN). El Sistema de Administración de Personal es el conjunto de normas,
principios y procedimientos sistemáticamente ordenados, que permiten la aplicación de las disposiciones
en materia de la función pública previstas por la Constitución Política del Estado, el presente Estatuto, la
Ley de Administración y Control Gubernamentales, y las disposiciones reglamentarias aplicables.
El Sistema de Administración de Personal se ejerce y desarrolla a través del Organo Rector y por las
entidades públicas comprendidas en el ámbito de aplicación del presente Estatuto, de acuerdo a las
Normas Básicas de Administración de Personal, reglamentos básicos y normas secundarias o
especializadas.
ARTÍCULO 57° (ÓRGANO RECTOR). El Ministerio de Hacienda, de conformidad con el Artículo 24
de la Ley No. 1788, de 16 de septiembre de 1997, ejerce las funciones de Organo Rector del Sistema de
Administración de Personal, según se describen en el Artículo 20 de la Ley No. 1178.
CAPÍTULO II
DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO CIVIL
ARTÍCULO 58° (SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO CIVIL).
I. Se crea la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO CIVIL con domicilio en la ciudad de La Paz y
como persona jurídica de derecho público, con jurisdicción nacional que ejerce sus atribuciones con
autonomía técnica, operativa y administrativa, bajo la tuición del Ministerio de Hacienda, cuyo objetivo
es supervisar el régimen y gestión de la carrera administrativa en las entidades públicas comprendidas en
el ámbito de aplicación del presente Estatuto, velando por la aplicación de los principios de eficiencia y
ANEXO 3
ANEXO 4
DECRETO SUPREMO N° 1233
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 3 del Artículo 235 de la Constitución Política del Estado, establece como obligación de
las servidoras y los servidores públicos prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y
después del ejercicio del cargo.
Que el numeral 4 del Articulo III de la Convención Interamericana contra la Corrupción, suscrita por el
Estado Boliviano en Caracas - Venezuela, el 29 de marzo de 1996, y ratificada por Ley N° 1743, de 15
de enero de 1997, establece entre las medidas preventivas que los Estados parte adoptarán, la
implantación de sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos, por parte de las
personas que desempeñan funciones públicas en los cargos que establezca la Ley y para la publicación
de tales declaraciones cuando corresponda.
Que el Articulo 23 de la Ley Nº 004, de 31 de marzo de 2010, de Lucha Contra la Corrupción,
Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, señala que el
Sistema Integrado de Información Anticorrupción y de Recuperación de Bienes del Estado - SIIARBE,
a cargo del Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, tendrá dentro sus
atribuciones la verificación de oficio de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de aquellos
servidores públicos clasificados de acuerdo a indicadores, parámetros y criterios definidos por las
entidades relacionadas con la lucha contra la corrupción.
Que el Título V de la Ley N° 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Público,
establece el régimen de la Declaración de Bienes y Rentas y la obligatoriedad de todo servidor público
de presentarla.
Que el Artículo 55 de la señalada Ley, dispone que la Contraloría General de la República, actual
Contraloría General del Estado, como Órgano Rector del Sistema de Control Gubernamental, ejercerá
la atribución de dirigir y controlar un Sistema de Declaración de Bienes y Rentas para todo el sector
público. La Contraloría General del Estado propondrá al Poder Ejecutivo, para su vigencia mediante
Decreto Supremo, la reglamentación relativa al Sistema de Declaración de Bienes y Rentas y a las
atribuciones que, conforme a la delegación conferida mediante el Estatuto, le corresponda ejercer.
Que es necesario actualizar y complementar la normativa relativa a la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas a fin de contextualizarla en la actual Constitución Política del Estado y la normativa vigente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
Marco General
Artículo 1.- (Objeto).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas; y, las atribuciones que respecto a esta obligación les corresponde ejercer a las servidoras y servidores públicos, a las entidades públicas y a la Contraloría General del Estado.
Artículo 2.- (Ámbito de Aplicación).
El presente reglamento tiene alcance a todas las servidoras y servidores públicos que en cumplimiento del mandato constitucional y disposiciones legales vigentes están obligados a prestar Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Artículo 3.- (Definiciones).
Para fines de aplicación del presente reglamento, se tomarán en cuenta las siguientes definiciones y sus alcances:
a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo.
b) Formulario Único de Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Documento mediante el cual se proporciona información respecto a los bienes, deudas y rentas de la servidora o servidor público, constituyéndose en declaración jurada.
c) Funciones educativas y de docencia: Personal que presta servicios en Unidades Educativas del Magisterio, en Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Personal Docente de Institutos y Universidades Públicas.
d) Funciones de Salud: Se consideran dentro de las funciones de salud:
i. Personal que presta servicios exclusivamente en centros de atención de salud (no incluye personal que cumple funciones administrativas o financieras en los centros de atención de salud de las capitales de departamento).
ii. También son servidoras y servidores de esta función, aquellos relacionados con la atención al paciente que efectúan a la vez labores de operación de equipos médicos, de diagnóstico, u otros relacionados con la salud, sin desempeñar actividades administrativas o financieras.
Para efectos de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, se entiende como “Centro de Atención de Salud” a todo centro público como ser hospital, clínica, posta u otro
Similar, cuya función principal sea la atención médica a personas que no necesariamente pertenezcan a la entidad.
e) Funciones de Apoyo y Servicio en la Administración Pública: Personal de cualquier
entidad pública que cumple funciones de: mensajería, portería y seguridad de edificios
(no incluye personal de la Policía Boliviana), mecánica, electricidad, plomería,
carpintería, tornería, jardinería, albañilería, chóferes, niñeras, cocineros y cualquier otro
oficio manual o corporal, donde la efectividad en el desempeño, dependa plenamente de
factores corporales o manuales y no de factores administrativos ni financieros.
f) Fuerza mayor: Obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (incendios, inundaciones y otros desastres naturales).
g) Caso fortuito: Obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, relativo a
las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (conmociones civiles,
huelgas, bloqueos, revoluciones, asaltos, robos, etc.).
TÍTULO SEGUNDO DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS
CAPÍTULO I
Presentación de la Declaración
Artículo 4.- (Declaración Antes y Después del Ejercicio del Cargo).
I. Las servidoras y servidores públicos que inicien su relación laboral con la entidad,
deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del cargo.
II. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública.
III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo, debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior cargo.
IV. No se sujetan a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas los ascensos, cambios de
funciones, cambios de puestos, promociones, transferencias, rotaciones, comisiones e interinatos en otros cargos, etc., que no impliquen desvinculación con la entidad.
Artículo 5.- (Declaración Durante el Ejercicio del Cargo).
I. Todas las servidoras y servidores públicos deberán actualizar la información de su
Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio del cargo, presentando la
misma durante el mes de su nacimiento si reside en las capitales de departamento, y si
reside fuera de las capitales de departamento, contarán adicionalmente con el mes siguiente de su nacimiento.
II. A efectos del Parágrafo precedente, la presentación se deberá llevar a cabo de acuerdo
a las siguientes frecuencias:
a) Cada diez (10) años para las servidoras o servidores públicos que cumplan “Funciones educativas y de docencia”, “Funciones de salud” y “Funciones de apoyo y servicio en la administración pública”, a partir de su última Declaración Jurada de Bienes y Rentas (no voluntaria) tomando en cuenta la fecha del formulario y no la de presentación.
b) Durante el año que les corresponda postular al ascenso de grado para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana.
c) Anualmente para el resto de las servidoras y servidores públicos, no comprendidos en los incisos a) y b).
III. Las servidoras y servidores públicos que, sin desvinculación de la entidad, cambien de frecuencia de acuerdo a los incisos anteriores, comenzarán a declarar en la nueva frecuencia a partir del siguiente año al cambio mencionado.
IV. No se actualizará la Declaración Jurada de Bienes y Rentas correspondiente al mes de nacimiento en el mismo año en que la servidora o servidor público ha ingresado a la entidad.
V. Las servidoras o servidores públicos podrán presentar Declaraciones Juradas de Bienes
y Rentas durante el ejercicio del cargo en forma voluntaria.
Artículo 6.- (Docencia).
Las servidoras o servidores públicos que dentro de la misma entidad desempeñen un cargo administrativo y además uno de docencia (institutos, universidades públicas u otros),
presentarán su Declaración Jurada de Bienes y Rentas y sus actualizaciones respectivas, en la frecuencia y obligatoriedad que corresponda al cargo administrativo.
Artículo 7.- (Forma y Lugar de Presentación).
I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas deberá presentarse en el Formulario Único de Declaración Jurada de Bienes y Rentas, de acuerdo a la forma y formatos establecidos por la Contraloría General del Estado.
II. El documento válido para la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas es la cédula de identidad original y vigente o, pasaporte original y vigente. En caso de no contar con la cédula de identidad o pasaporte, deberá presentar una certificación original de la cedula de identidad emitida por el Servicio General de Identificación Personal -SEGIP.
III. Las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos, serán presentadas personalmente en las oficinas de la Contraloría General del Estado a
nivel nacional, o en las representaciones diplomáticas de Bolivia en el exterior del país cuando las servidoras o servidores públicos cumplan funciones oficiales en el exterior.
Artículo 8.- (Presentación Mediante Apoderado).
I. En caso de impedimento para el llenado del Formulario Único de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, éste podrá ser llenado, firmado y presentado ante la Contraloría General del Estado mediante apoderado, con poder especial que faculte el llenado, la firma y la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
II. En caso de impedimento para la presentación del Formulario Único de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, éste podrá ser presentado ante la Contraloría General del Estado mediante apoderado con poder general o especial que faculte la presentación. En este caso, el formulario deberá estar llenado y firmado por el titular de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Artículo 9.- (Presentación de la Declaración por Servidoras o Servidores que Cumplen Funciones Oficiales en el Exterior).
I. La servidora o servidor público que cumpla funciones oficiales en el exterior, presentará su Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la máxima autoridad de la representación diplomática en el lugar de su residencia; y la máxima autoridad deberá presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la servidora o servidor público inmediato inferior en jerarquía dentro de los plazos establecidos para el servidor o servidora pública.
II. Las declaraciones presentadas en el exterior deberán contar con acta de recepción, por parte de la servidora o servidor que reciba la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el exterior.
III. Las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas presentadas en el exterior serán entregadas a la Contraloría General del Estado, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se prescindirá del acta de recepción para los casos en que la representación diplomática cuente con una sola servidora o servidor público, en cuyo caso se enviará la Declaración Jurada de Bienes y Rentas directamente al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 10.- (Rectificación y Baja de la Declaración).
I. Se podrá rectificar información del Formulario Único de Declaración Jurada de Bienes y Rentas con la presentación de otro Formulario Único de Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la misma fecha. La rectificación no invalida la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que se rectifica.
II. Cuando la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas no hubiese
correspondido, el titular de la misma podrá solicitar su baja mediante carta notariada
para que se retire su publicación.
Artículo 11.- (Excepciones a la Presentación Oportuna de la Declaración).
I. En caso de fuerza mayor o caso fortuito que impida a la servidora o servidor público cumplir con la presentación de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas antes del ejercicio del cargo, deberá, en el primer día hábil en que haya cesado el impedimento, presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la Contraloría General del Estado.
II. La servidora o servidor público que se hallare impedido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, para presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante o después del ejercicio del cargo en el plazo que le corresponda, presentará la misma una vez que, haya cesado el impedimento. Para este efecto, el plazo respectivo se suspenderá a partir del día en que nace el impedimento y se reanudará al día siguiente en que cese el mismo.
III. Las justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito deberán ser comunicadas por la
servidora o servidor público a su respectiva entidad a efectos de que sean tomados en cuenta en el seguimiento al cumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en la entidad.
Artículo 12.- (Certificación).
I. El único medio probatorio válido de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, es el certificado refrendado por la Contraloría General del Estado. La fecha del cumplimiento de la obligación será la fecha que señala el certificado por la recepción del formulario en la Contraloría General del Estado, y no la fecha señalada en el formulario.
II. La Contraloría General del Estado conservará un ejemplar del certificado como
constancia de la recepción de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
CAPÍTULO II
Control y Seguimiento del Cumplimiento de la Declaración
Artículo 13.- (Responsable de Seguimiento).
La Máxima Autoridad Ejecutiva de cada entidad pública, deberá designar una servidora o servidor público de la unidad de Recursos Humanos del nivel superior, como Responsable del seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, quién además de sus funciones, será responsable de supervisar el cumplimiento oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos de su entidad. Sólo en caso de no existir la Unidad de Recursos Humanos, se podrá designar a cualquier otra servidora o servidor público de nivel superior.
Artículo 14.- (Seguimiento al Cumplimiento de la Declaración).
I. El Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la entidad remitirá informes trimestrales a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, donde señale el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras y servidores públicos de la entidad, tomando en cuenta las justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito que se presenten.
II. A efectos del Parágrafo precedente, toda servidora o servidor público deberá acreditar el
cumplimiento de su obligación al responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Artículo 15.- (Inicio de las Acciones Legales Correspondientes).
Los informes de cumplimiento emitidos por el responsable de seguimiento de la Declaración
Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán
trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del
inicio de las acciones legales que correspondan.
CAPITULO III
Acceso a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas
Artículo 16.- (Acceso a las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas).
Se podrá acceder a las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, en los siguientes casos:
a) La Contraloría General del Estado tiene acceso a las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, cuando el titular de la declaración se encuentre dentro de un trabajo de auditoría o supervisión, y;
b) El Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción tendrá acceso al sistema de Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, para consultar declaraciones en el marco de las competencias del Ministerio, para verificación de oficio y/o cuando el titular de la declaración este sometido a un proceso de investigación por actos de corrupción. A este efecto, comunicará oficialmente a la Contraloría General del Estado para su habilitación, los nombres, apellidos y cédula de identidad de las personas cuyas declaraciones se consultarán.
Artículo 17.- (Obtención de las Declaraciones Juradas).
Pueden obtener fotocopia simple o legalizada de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas:
a) La Contraloría General del Estado, cuando el titular de la declaración se encuentre dentro de un trabajo de auditoría o supervisión.
b) El Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, para verificación de oficio y/o cuando el titular de la declaración esté sometido a un proceso de investigación por actos de corrupción.
c) La Unidad de Investigaciones Financieras, cuando el titular de la declaración esté sometido a una investigación financiera.
d) La Procuraduría General del Estado, en el marco de sus atribuciones.
e) Mediante requerimiento fiscal, cuando el titular de la declaración se encuentre dentro de un proceso de investigación a cargo del Ministerio Público.
f) Mediante orden judicial cuando el titular de la declaración se encuentre en un proceso judicial emergente de una denuncia a cargo del Ministerio Público.
g) Toda persona podrá solicitar mediante nota, previa acreditación de su identidad, fotocopia simple o legalizada de su propia declaración.
Artículo 18.- (Publicación).
I. Un resumen de la última Declaración Jurada de Bienes y Rentas, tomando en cuenta la
fecha de su formulario, será publicada a través de la Página Web de la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas, conteniendo: Nombres y apellidos, fecha del formulario de la Declaración, Total de: Activos, Pasivos, Patrimonio y Rentas, y dejará de ser publicada cuando dicha fecha del formulario de declaración no sea la última o cuando su fecha de presentación tenga antigüedad superior a dos (2) años.
II. Se publicará el resumen de las declaraciones de las servidoras y servidores públicos
conforme el Artículo 54 de la Ley Nº 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del
Funcionario Público y disposiciones legales vigentes.
Artículo 19.- (Verificación).
I. La Contraloría General del Estado, previo Requerimiento Fiscal u Orden Judicial dentro de un proceso formal instaurado por actos de corrupción, verificará el contenido de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la servidora o servidor público, cuyo costo deberá ser cubierto por la parte requirente.
II. La verificación solo alcanza al registro que tuvieren los bienes y deudas, sujetos a registro en entidades públicas o privadas, estando dichas entidades obligadas a proporcionar la información requerida por la Contraloría General del Estado; no comprende la determinación del valor de dichos bienes.
III. La Contraloría General del Estado, emitirá el procedimiento para la Verificación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el marco de lo dispuesto en el presente artículo.
IV. El Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, efectuara la
verificación de oficio, en el marco de sus competencias.
Artículo 20.- (Procedimiento).
La Contraloría General del Estado, emitirá el procedimiento y otra normativa necesaria para
la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en el marco de la presente reglamentación.
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
Disposiciones Abrogatorias. Se abrogan las siguientes disposiciones:
Decreto Supremo N° 26257, de 20 de julio de 2001. Decreto Supremo N° 27042, de 21 de mayo de 2003. Decreto Supremo N° 27349, de 2 de febrero de 2004. Disposiciones Derogatorias.
Se deroga el Título III del Decreto Supremo N° 28695, 26 de abril de 2006. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo. Los Señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de
mayo del año dos mil doce.
ANEXO 5
REGLAMENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- (Objeto)
El presente instrumento normativo tiene por objeto reglamentar el Control de Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas y las atribuciones que a este respecto corresponda ejercer a las Servidoras y Servidores Públicos, a las Entidades Públicas y a la Contraloría General del Estado.
Artículo 2.- (Objetivo)
Lograr la implantación del control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, en las entidades públicas, en procura de su oportuno cumplimiento por parte de sus servidoras y servidores públicos, así como la determinación de la responsabilidad que por su incumpli-miento corresponda.
Artículo 3.- (Ámbito De Aplicación)
Las disposiciones del presente reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio por las servidoras y servidores públicos, las entidades públicas y la Contraloría General del Estado.
El personal eventual y consultores de línea no están dentro de las clases de servidores públicos previstos en la Constitución Política del Estado y en la Ley No. 2027 del Estatuto del Funcionario Público, consiguientemente no están obligados a prestar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y después de su relación contractual, salvo que la relación contractual implique la administración o acceso a recursos económicos públicos en virtud a los principios de transparencia, honestidad y ética previstos en el artículo 232 de la Constitución Política del Estado y el artículo 4 de la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010.
Artículo 4.- (Definiciones)
Para fines de aplicación del presente reglamento, se tomaran en cuenta las siguientes definiciones:
a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo.
b) Formulario Único de Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Documento mediante el cual se proporciona información respecto a los bienes, deudas y rentas de la servidora o servidor público, constituyéndose en declaración jurada.
c) Certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Documento refrendado por la Contraloría General del Estado, que acredita la presentación del Formulario de DJBR.
d) Unidad de Recursos Humanos: Unidad, Gerencia, Dirección, División, u otra, que se encuentra a cargo de la gestión de los Recursos Humanos en la Entidad Pública; o servidora o servidor público del nivel superior designado para el efecto, en caso de no existir Unidad de Recursos Humanos.
e) Responsable de Seguimiento de la DJBR: Servidora o Servidor Público de la Unidad de Recursos Humanos del nivel superior, designado por la Máxima Autoridad Ejecutiva de cada entidad, como Responsable del seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, quién además de sus funciones, será responsable de supervisar el cumplimiento oportuno de la DJBR de las servidoras y servidores públicos de su entidad. Sólo en caso de no existir la unidad de Recursos Humanos, se podrá designar a cualquier otra servidora o servidor público de nivel superior.
f) Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y
Rentas: Instrumento Normativo que describe el proceso especifico que permita el control interno del cumplimiento oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, el cual debe ser elaborado, aprobado, implantado e implementado por cada Entidad Pública. El PCO-DJBR puede estar incorporado dentro de otra normativa de la Entidad Pública.
Artículo 5.- (Abreviaturas)
Para efectos del presente reglamento, se establecen las siguientes abreviaturas:
a) CGE: Contraloría General del Estado.
b) DJBR: Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
c) FF.AA.: Fuerzas Armadas de Bolivia.
d) PCO-DJBR: Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
e) MAE: Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Pública.
Artículo 6.- (Base Legal)
Constitución Política del Estado.
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamentales.
Ley Nº 2027 de 27 de octubre de 1999 del Estatuto del Funcionario Público
Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010 de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
Código Penal de Bolivia aprobado mediante Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972, elevado a rango de Ley mediante Ley 1768 de 10 de marzo de 1997.
Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Decreto Supremo 23318-A de 13 de noviembre de 1992, que aprueba el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública.
Decreto Supremo N° 1233 de 16 de mayo de 2012, que reglamenta la Ley Nº 2027 en lo relativo a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
CAPÍTULO II
Facultades, Prohibiciones y Obligaciones para la Implantación del Control Interno Previo en las Entidades Públicas
Artículo 7.- (Procedimiento de Control de la DJBR)
La Entidad Pública debe elaborar, aprobar, implantar e implementar el PCO-DJBR como aquel procedimiento o instructivo, u otro similar, que permita el control del cumplimiento oportuno de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas del personal de la entidad, de acuerdo a la naturaleza, tamaño, complejidad y distribución geográfica de sus puestos de trabajo, cuyas tareas y actividades de control de dicha norma se sujetarán al presente reglamento. El PCO-DJBR podrá incorporarse total o parcialmente dentro de otros procedimientos de la Unidad de Recursos Humanos.
Artículo 8.- (Oportunidad de la Presentación de la DJBR)
La Entidad Pública se limitará al control interno previo y posterior del cumplimiento oportuno de las presentaciones de las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de acuerdo a los ingresos, retiros y cumpleaños del personal de la entidad, y en el caso de las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana cuando corresponda postular al ascenso correspondiente. La responsabilidad de presentar Declaración Jurada de Bienes y Rentas es de carácter personal y exclusivo de la servidora o servidor público y no de la entidad pública en la que presta servicios.
Artículo 9.- (Recordatorio de la Actualización de la DJBR)
I. El primer día hábil de cada mes la Unidad de Recursos Humanos de la Entidad Pública
emitirá un recordatorio, a través de una circular, anuncio, correo electrónico u otro medio, sea éste personalizado o masivo, de acuerdo al tamaño, recursos y complejidad de la Entidad Pública, el cual comunicará sobre la obligatoriedad de presentar la DJBR durante el ejercicio en el mes de nacimiento y en su caso en el año que les corresponda postular al ascenso para las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana. La ausencia de este recordatorio no deslinda ni contraviene la responsabilidad personal de la servidora o servidor público por la no presentación o por la presentación inoportuna de la Decla-ración Jurada de Bienes y Rentas.
II. Debe existir constancia de la realización de los recordatorios.
Artículo 10.- (Permiso para la Actualización de la DJBR)
Todos las servidoras y servidores públicos de la entidad deben actualizar su DJBR durante el ejercicio del cargo. Para este efecto, la entidad, a través de sus autoridades, deberá facilitar el permiso para que sus funcionarios puedan acudir en persona a las oficinas de la Contraloría General del Estado para presentar sus declaraciones. Debiendo tomarse las previsiones para no interrumpir o perjudicar el desarrollo de las actividades de la entidad.
Artículo 11.- (Acreditación de la Presentación de DJBR)
I. La presentación de la DJBR antes, durante y después del ejercicio del cargo, por parte
de la servidora o servidor público, deberá ser acreditada ante el Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública.
II. La Entidad Pública deberá procedimentar la forma, plazos y efectos que deberá cumplir la servidora o servidor público, para la acreditación del cumplimiento de prestar la DJBR antes, durante y después del ejercicio del cargo, tomando en cuenta como requisito la presentación del Certificado respectivo refrendado por la Contraloría General del Estado, en fotocopia simple, requiriendo el original del mismo sólo para efectos de confirmación de la información, pero en ningún caso se podrá retener dicho documento original.
III. La Unidad de Recursos Humanos de la Entidad Pública mantendrá un archivo con los antecedentes de la acreditación, siendo responsabilidad de la servidora o servidor público recabar constancia de la acreditación que ha efectuado para su archivo personal. La organización del archivo mencionado se sujetará a las normas internas de cada Entidad Pública.
Articulo 12.- (Excepción a la Presentación Oportuna de la DJBR)
En caso de haber existido situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor, conforme lo establecido en el Decreto Supremo Nº 1233, que hayan impedido el cumplimiento oportuno de la presentación de la DJBR, estas deberán ser comunicadas por la servidora o servidor público al Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, para que sean tomadas en cuenta al momento de la determinación del cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
Artículo 13.- (Prohibiciones)
I. Las entidades públicas están sujetas a las siguientes prohibiciones:
a) Exigir o requerir a las servidoras o servidores públicos, la presentación de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas que no se encuentren enmarcadas en las oportunidades y plazos que se establecen en el Decreto Supremo Nº 1233 de 16 de mayo de 2012.
b) Exigir o requerir la presentación de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas a postulantes a puestos de trabajo antes de su nombramiento definitivo.
c) Requerir a las servidoras o servidores públicos, copias u originales de sus formularios de Declaración Jurada de Bienes y Rentas, debiendo el control del cumplimiento limitarse a la información del Certificado de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas refrendado por la Contraloría General del Estado.
d) Imponer multas por el incumplimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas,
sin que exista el proceso administrativo interno correspondiente conforme el régimen de la Responsabilidad por la Función Pública establecido mediante Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990.
e) Retener pagos, honorarios o salarios por el incumplimiento a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas o su acreditación respectiva, ya que sus sanciones se aplicarán conforme Ley.
Artículo 14.- (Determinación del Incumplimiento de la Presentación Oportuna de la DJBR)
I. Trimestralmente, el Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, emitirá un informe donde se señale el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las servidoras o servidores públicos antes, durante y después del ejercicio del cargo, en el trimestre transcurrido. Dichos informes deberán ser dirigidos a la MAE de la Entidad.
II. La forma, plazos y efectos de la elaboración y remisión de los informes respectivos, deberán ser procedimentados en la Entidad Pública tomando en cuenta la naturaleza, tamaño, complejidad, recursos y distribución geográfica de su personal.
III. La Entidad Pública podrá consultar los Certificados refrendados en la CGE por la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, a través de la Página Web de la DJBR.
IV. El Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, con base en las
fechas de las incorporaciones y retiros ocurridos en la entidad durante el trimestre, así como las fechas de nacimiento de su personal, determinará y señalará en el informe el cumplimiento o incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas. A este efecto, la fecha de incorporación se refiere al primer día con vínculo laboral y la fecha de retiro se refiere al primer día sin vínculo laboral.
V. Para efectuar el control del cumplimiento oportuno de la DJBR, el Responsable de Seguimiento de la DJBR de la Entidad Pública, tomará en cuenta la fecha de presentación del formulario, la cual se refiere a la fecha en la que la servidora o servidor público se ha hecho presente en forma personal o mediante apoderado, en la Contraloría General del Estado para entregar su formulario de DJBR. La mencionada fecha de presentación figura en el Certificado refrendado por la CGE y no se tomará en cuenta para el control del cumplimiento oportuno la fecha que figura en el formulario de DJBR, ni la fecha en la que se ha llenado el formulario desde la página Web de la DJBR.
VI. La determinación del incumplimiento a la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas deberá efectuarse previa consideración de las justificaciones de fuerza mayor o de caso fortuito que pudieran presentar las servidoras y servidores públicos, para lo cual la Entidad Pública deberá procedimentar en el PCO-DJBR la forma de presentación de justificaciones.
VII. Para el caso de las Fuerzas Armadas y Policía Boliviana la determinación del cumplimiento oportuno durante el ejercicio del cargo, se basará en la obligatoriedad de la presentación de la DJBR durante el año que corresponde postular al ascenso, conforme el Decreto Supremo Nº 1233 de 16 de mayo de 2012.
Artículo 15.- (Responsabilidades por Incumplimiento a la Presentación Oportuna de la DJBR)
I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo siguiente:
a) Conforme al Artículo 149 del Código Penal modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, toda servidora o servidor público que conforme a la Ley estuviere
obligado a declarar sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso respectivo conforme dicha norma.
b) Toda servidora o servidor público que contravenga lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1233 relativo al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio de su cargo, será pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso sumario respectivo conforme Ley Nº 1178 de Control y Administración Gubernamentales.
II. Toda servidora o servidor público que incumpla lo establecido en el presente reglamento será sujeto de Responsabilidad por la Función Pública.
Artículo 16.- (Inicio de las Acciones Legales)
Los informes de cumplimiento emitidos por el Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del inicio de las acciones legales que correspondan.
Artículo 17.- (Notificación de Resultados a la Contraloría General del Estado)
Los resultados de los procesos administrativos y penales respectivos deben ser notificados a la Contraloría General del Estado en la forma y plazos que se establecen en el Régimen de Responsabilidad por la Función Pública.
CAPÍTULO III
Control Posterior
Artículo 18.- (Requisito para el Control Posterior)
Las Normas de Auditoría Gubernamental, hacen referencia al control interno, como aquella Norma que se debe cumplir en cualquier trabajo de auditoría. En este sentido, para realizar el Control Posterior al cumplimiento oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas es necesaria la implantación del PCO-DJBR cuya ejecución será evaluada durante el trabajo de control posterior.
Artículo 19.- (Control Interno Posterior)
I. Sin perjuicio de la realización del Control Interno Posterior a cargo de los responsables superiores de la Entidad, en la supervisión del adecuado cumplimiento del PCO-DJBR, la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Pública debe instruir la inclusión dentro del alcance del trabajo de la auditoría interna, la revisión anual del cumplimiento del PCO-DJBR.
II. La primera auditoría interna deberá revisar la aprobación e implantación del PCO-DJBR en la Entidad Pública.
III. Las entidades públicas que no cuenten con unidades de auditoría interna, se sujetarán al Control Externo Posterior.
Artículo 20.- (Control Externo Posterior)
I. La Contraloría General del Estado y las Unidades de Auditoría Interna de los Entes
Tutores, efectuarán las auditorías externas a Entidades Públicas para la revisión del cumplimiento oportuno de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas con base en los criterios establecidos en la normativa vigente, el presente reglamento y el PCO-DJBR de la entidad.
II. Las auditorías externas de la Contraloría General del Estado se sujetarán a su Programa de Operación Anual, así como a los alcances y prioridades de las auditorías programadas.
III. La primera auditoría externa deberá revisar, además de la aprobación e implantación del PCO-DJBR, la ejecución de la primera auditoría interna efectuada por la propia Entidad Pública.
CAPÍTULO IV Difusión
Artículo 21.- (Difusión al Personal de la Entidad)
I. La Entidad Pública, debe difundir anualmente, a sus servidoras o servidores públicos,
sobre la oportunidad, plazos y deberes relativos a la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, así como de otras disposiciones vigentes sobre la obligación. Asimismo, se deberá comunicar también las responsabilidades administrativas y penales que conlleva el incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
II. La difusión podrá efectuarse a través de cursos, seminarios, cartillas informativas, comunicados, u otros que la entidad procedimente conforme su naturaleza y estructura de capacitación.
III. El PCO-DJBR vigente, será difundido a todas las servidoras y servidores públicos de la entidad, estableciendo de esta manera que su conocimiento es una obligación de cada servidora y servidor público, no pudiendo alegarse bajo ninguna circunstancia desconocimiento del mismo.
IV. La Unidad de Recursos Humanos hará entrega del PCO-DJBR, a los nuevos servidores públicos inmediatamente de efectuado su ingreso oficial a la institución, debiendo constar en forma escrita la recepción del mismo.
V. En caso de ser modificado el PCO-DJBR, deberá ser difundido a todas las servidoras y
servidores públicos de la entidad bajo constancia escrita de recepción, de acuerdo al procedimiento establecido a este fin.
ANEXO 6
ANEXO 7
ANEXO 8
Memorándum y/o
Contrato
Fecha de inicio
1 57PROFESIONAL IX TÉCNICO III EN
PRESUPUESTOBARRIOS CONDORI LINDOMAR 10/05/1980 15/01/2016 15/01/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
2 55 TÉCNICO IV CONTABLE BELEN ESCALANTE VALERIA 27/03/1990 15/01/2016 15/01/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
3 298RESPONSABLE IV - PROFESIONAL III
ADMINISTRADORARANCIBIA SERRUDO VLADIMIR 19/10/1983 30/03/2016 03/10/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
4 666RESPONSABLE IV - PROFESIONAL III
ADMINISTRADORARANCIBIA SERRUDO VLADIMIR 19/10/1983 04/10/2016 03/10/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
5 26PROFESIONAL IV - RESPONSABLE
ADMINISTRATIVO Y FINANCIEROARANCIBIA SERRUDO VLADIMIR 19/10/1983 17/01/2017 17/01/2017
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
6 5 COORDINADOR NACIONAL ESCALANTE COLQUE IGOR ALEX - 07/01/2016 07/01/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
1 696PROFESIONAL IV RESPONSABLE
ADMINISTRATIVAPAZ BASS WERNER MARIA ELENA 15/09/1974 24/10/2016 24/10/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
2 4 COORDINADOR GENERAL CUENTAS ORMACHEA DELFIN - 06/01/2016 06/01/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
1 2 COORDINADOR GENERAL ABALOS CHOQUE MELISA 24/03/1982 06/01/2016 24/03/2016
En el Contrato no Especifica que el
Funcionario deba hacer la Declaración
Jurada
OAP
NombresFecha de
Nacimiento
Fecha de recepcion
de la DJBR
refrendado por CGE
Observaciones y/o Aclaraciones
UCAB
UC - CNAPE
Apellido
Materno
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Nº N°
ContratoDescripcion del cargo Apellido Paterno
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORIA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL
DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA AUSENCIA DE LA OBLIGATORIEDAD DE PEDIR LA DJBR AL PERSONAL QUE ADMINISTRA O TIENE ACCESO A RECURSOS ECONÓMICOS EN LOS TERMINOS DE REFERENCIA DELPERSONAL DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL (UCAB-OAP-CNAPE)
ANEXO 9
Fecha de inicio Fecha de bajaAdjunta DJBR
SI / NONº
Fecha de
recepción de la
DJBR refrendado
por CGE
Fecha de
acreditación por
RR.HH.
1C,SER.EV.04/201
6
JEFE DE UNIDAD
ADMINISTRATIVA
FINANCIERA
BALLESTEROS AGUIRRE MARIA LUISA 01/08/1969 04/01/2016 30/06/2016 SI LPZ750749 06/01/2016 06/01/2016POR ASUMIR EL
CARGO2 DÍAS INCUMPLIMIENTO
2C.SER.EV.020/20
16
RESPONSABLE
FINANCIEROIRALA GONZALES FABIOLA 28/01/1981 04/01/2016 30/06/2016 SI CHU149181 06/01/2016 06/01/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
2 DÍAS INCUMPLIMIENTO
3C.SER.EV.023/20
16
ENCARGADA DE
CONTABILIDADANTONIO CRUZ NEYDA XIMENA 29/09/1982 04/01/2016 30/06/2016 SI LPZ747667 08/01/2016 08/01/2016
POR ASUMIR EL
CARGO4 DÍAS INCUMPLIMIENTO
4C.SER.EV./024/20
16
ENCARGADA DE
TESORERIA Y
ALMACENES
BUENO PEREZROSSIO
CONCEPCION23/08/1984 04/01/2016 30/06/2016 SI LPZ748346 06/01/2016 06/01/2016
DESPÚES DEL
CARGO2 DÍAS INCUMPLIMIENTO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Fecha de
Nacimiento
Memorándum y/o Contrato Certificado de la DJBR
Observaciones y/o
AclaracionesApellido Materno Nombres
Motivo de la
presentación
(DJBR)
Nº N°
ContratoDescripcion del cargo Apellido Paterno Dias de Retraso
9.A
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL
DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LAS DJBR ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO FUERA DE PLAZO DEL PERSONAL DE FONADAL
Fecha de inicio Fecha de baja
Adjunta
DJBR
SI / NO
Nº
Fecha de recepción de la
DJBR refrendado por
CGE
Fecha de
acreditación
por RR.HH.
1 PAR II 072/2016ANALISTA
FINANCIEROGERONIMO CHURA
VERONICA
REMEDIOSX 04/07/2016 28/02/2017 SI LP717840 05/07/2016 05/07/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
1 DÍA INCUMPLIMIENTO
2 PAR II 021/2016ANALISTA DE
DESEMBOLSOSBAPTISTA POZO
DANIEL
AUGUSTO03/08/1978 01/03/2016 28/02/2017 SI LP713873 10/06/2016 10/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
101 DÍAS INCUMPLIMIENTO
3 PAR II 003/2016ANALISTA
FINANCIEROCOAQUIRA CARRILLO JOSE LUIS 22/06/1963 18/02/2016 28/02/2017 SI LP712868 02/06/2016 02/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
105 DÍAS INCUMPLIMIENTO
4 PAR II 014/2016ESPECIALISTA
FINANCIEROSAAVEDRA YULON
MARIA
DOLORES18/09/1966 01/03/2016 28/02/2017 SI LP713491 07/06/2016 07/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR
EJERCICIO
98 DÍAS INCUMPLIMIENTO
5 542 CONSULTOR DELGADILLO AGUILAR JHONNY 09/11/1962 01/01/2016 30/11/2017 SI LP714684 16/06/2016 16/06/2016
DURANTE EL
EJRCICIO DEL
CARGO
198 DÍAS INCUMPLIMIENTO
6 PAR II 012/2016ANALISTA
FIDUCIARIOHERRERA OCAMPO ORLANDO 11/12/1980 01/03/2016 28/02/2017 SI SC211613 08/01/2016 12/01/2016
DURANTE EL
EJRCICIO DEL
CARGO
8 DÍAS INCUMPLIMIENTO
7 PAR II 010/2016ANALISTA
FIDUCIARIOCABRERA SILES ROLANDO X 01/03/2016 28/02/2017 SI SC210807 01/06/2016 03/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
92 DÍAS INCUMPLIMIENTO
8 PAR II 009/2016
OPERADOR
REGIONAL TROPICO
DEL PAR II
AYALA SAAVEDRA RODOLFO X 01/03/2016 28/02/2017 SI SC220799 01/06/2016 03/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
92 DÍAS INCUMPLIMIENTO
9 PAR II 011/2016
OPERADOR
REGIONAL PAR
CHACO
YARBY IBARRA NELSON 10/09/1962 01/03/2016 28/02/2017 SI SC220961 06/06/2016 08/06/2016
DURANTE EL
EJRCICIO DEL
CARGO
97 DÍAS INCUMPLIMIENTO
10 PAR II 001/2016OPERADOR
REGIONALTEJADA INZA JAVIER RUBEN 19/02/1962 14/01/2016 28/02/2017 SI CO225327 07/06/2016 09/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR
EJERCICIO
144 DÍAS INCUMPLIMIENTO
11 PAR II 006/2016ANALISTA
FIDUCIARIOCOLLAZOS RODRIGUEZ
IVANA DEL
CARMEN17/05/1988 01/03/2016 28/02/2017 SI CO225328 07/06/2016 09/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR
EJERCICIO
98 DÍAS INCUMPLIMIENTO
PROYECTO ALIANZAS RURALES (PAR)
NombresFecha de
Nacimiento
Memorándum y/o Contrato Certificado de la DJBR
Motivo de la
presentación
(DJBR)
Dias de Retraso Apellido Materno
9.B
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Nº N°
Contrato
Descripcion del
cargoApellido Paterno
Observaciones y/o
Aclaraciones
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL
DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DJBR ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO FUERA DE PLAZO DEL PERSONAL DE EMPODERAR
Fecha de inicio Fecha de baja
Adjunta
DJBR
SI / NO
Nº
Fecha de recepción de la
DJBR refrendado por
CGE
Fecha de
acreditación
por RR.HH.
1 UCN-PE-062/2015
ESPECIALISTA EN
ADMINISTRACION Y
FINANZAS
BERRIOS GUTIERREZ REMBERTO 02/07/1970 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713210 06/06/2016 07/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
157 DÍAS INCUMPLIMIENTO
2 UCN-PE-063/2015RESPONSABLE
ADMINISTRATIVAPEREZ GUERRERO
LARISSA
JENNY20/09/1967 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713397 07/06/2016 08/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
3 UCN-PE-065/2015 CONTADOR CAMACHO ARTEAGA JOSE EMILIO 20/09/1971 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713429 07/06/2016 08/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
4 UCN-PE-088/2015
OPERADOR
REGIONAL UOR LA
PAZ
ELIAS PRADEL JORGE ANTONIO 03/04/1971 01/01/2016 31/12/2016 SI LP706567 29/04/2016 29/04/2016
DURANTE DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
119 DÍAS INCUMPLIMIENTO
6 UCN-PE-102/2015
OPERADOR
REGIONAL UOR
AMAZONIA
GUTIERREZ ALVIS MARCO ANTONIO 17/06/1971 01/01/2016 31/12/2016 SI PA 31795 03/06/2016 04/06/2016
DURANTE DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
154 DÍAS INCUMPLIMIENTO
7 UCN-PE-103/2015
RESPONSABLE
FIDUCIARIO UOR
AMAZONIA COBIJA
ARCIENEGA AVILES LUIS FERNANDO 16/10/1980 01/01/2016 31/12/2016 SI PA300445 30/10/2015 22/08/2016
DURANTE DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
303 DÍAS INCUMPLIMIENTO
8 UCN-PE-108/2015
RESPONSABLE
FIDUCIARIO UOR
COCHABAMBA
MALDONADO FLORESMILDREYT
SHARON14/12/1978 01/01/2016 31/12/2016 SI CO225207 03/06/2016 04/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
154 DÍAS INCUMPLIMIENTO
9 UCN-PE-107/2015
RESPONSABLE DE
CONCERTACION Y
ELAB. DE PROYECTOS
UOR COCHABAMBA
TAQUICHIRI FERNANDEZ LIMBERTH GIN 11/02/1976 01/01/2016 31/12/2016 SI CO225118 02/06/2016 03/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
153 DÍAS INCUMPLIMIENTO
10 UCN-PE-005/2016
OPERADOR
REGIONAL DE
POTOSI
RAMOS HUARACHI YVAR JUSTO 18/10/1969 16/05/2016 31/12/2016 SI PO74024 06/06/2016 07/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
21 DÍAS INCUMPLIMIENTO
11 UCN-PE-002/2016
RESPONSABLE
FIDUCIARIA UOR
POTOSI
CALDERON PARAVICHI MARIA LOURDES 11/02/1982 01/01/2016 31/12/2016 SI PO74052 06/06/2016 07/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
157 DÍAS INCUMPLIMIENTO
12 UCN-PE-081/2015
OPERADOR
REGIONAL UOR
ORURO
PONCE QUISPECORNELIO
MARCOS15/06/1970 01/01/2016 31/12/2016 SI OR66605 07/06/2016 08/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
13 UCN-PE-082/2015
RESPONSABLE
FIDUCIARIA UOR
ORURO
QUISPE QUICAÑA MARLENE 06/12/1979 01/01/2016 31/12/2016 SI OR6658 07/06/2016 08/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
15 UCN-PE-010/2016RESPONSABLE
FIDUCIARIORIOS MENDOZA SHAM HEBERT 20/06/1978 15/08/2016 31/12/2016 SI LP731167 29/09/2016 30/09/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
45 DÍAS INCUMPLIMIENTO
DESARROLLO ECONÓMICO TERRITORIAL CON INCLUSIÓN (DETI)
NombresFecha de
Nacimiento
Memorándum y/o Contrato Certificado de la DJBR
Motivo de la
presentación
(DJBR)
Dias de Retraso Apellido Materno
9.C
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Nº N°
Contrato
Descripcion del
cargoApellido Paterno
Observaciones y/o
Aclaraciones
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL
DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DJBR ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO FUERA DE PLAZO DEL PERSONAL DE EMPODERAR
Fecha de inicio Fecha de baja
Adjunta
DJBR
SI / NO
Nº
Fecha de recepción de la
DJBR refrendado por
CGE
Fecha de
acreditación
por RR.HH.
1 CIL PICAR 032/2015ESPECIALISTA
FINANCIEROLOZADA ZILVETTY JUAN CARLOS 30/12/1963 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713492 07/06/2016 07/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
2 CIL PICAR 036/2015ANALISTA DE
DESEMBOLSOFUENTES MACHACA MARTHA 03/02/1973 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713872 10/06/2016 10/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
161 DÍAS INCUMPLIMIENTO
3 CIL PICAR 035/2015ANALISTA
FINANCIEROORIHUELA URQUIETA JUAN BAUTISTA 29/08/1970 01/01/2016 31/12/2016 SI LP713315 06/06/2016 06/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
157 DÍAS INCUMPLIMIENTO
4 CIL PICAR 049/2015
OPERADOR UNIDAD
REGIONAL
ALTIPLANO
HUAYGUA ALI EMILIO 08/08/1960 01/01/2016 31/12/2016 SI OR665663 03/06/2016 03/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
154 DÍAS INCUMPLIMIENTO
5 CIL PICAR 052/2015
ANALISTA
FIDUCIARIO
ALTIPLANO I
LEÑO VILLARROEL RUBEN 18/01/1961 01/01/2016 31/12/2016 SI OR66502 01/06/2016 01/06/2016
DURANTE EL
EJERCICIO DEL
CARGO
152 DÍAS INCUMPLIMIENTO
6 CIL PICAR 039/2015OPERADOR UNIDAD
REGIONAL VALLESLOPEZ AGUILAR FELIX 02/05/1968 01/01/2016 31/12/2016 SI CH14165 08/06/2016 08/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
159 DÍAS INCUMPLIMIENTO
7 CIL PICAR 042/2015
ANALISTA
FIDUCIARIO VALLES
I
MIRANDA TELLEZ SONIA GLORIA 15/10/1974 01/01/2016 31/12/2016 SI CH141623 07/06/2016 07/06/2016
POR ASUMIR Y
CONCLUIR EL
CARGO
158 DÍAS INCUMPLIMIENTO
8 CIL PICAR 043/2015ANALISTA
FISUCIARIO VALLE IIMENDOZA POLARES MARIO 24/05/1974 01/01/2016 31/12/2016 SI CH141644 08/06/2016 08/06/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
159 DÍAS INCUMPLIMIENTO
PROYECTOS DE INVERSIÓN COMUNITARIA EN ÁREAS RURALES (PICAR)
NombresFecha de
Nacimiento
Memorándum y/o Contrato Certificado de la DJBR
Motivo de la
presentación
(DJBR)
Dias de Retraso Apellido Materno
9.D
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Nº N°
Contrato
Descripcion del
cargoApellido Paterno
Observaciones y/o
Aclaraciones
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL
DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS, CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DJBR ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO FUERA DE PLAZO DEL PERSONAL DE EMPODERAR
Fecha de inicio Fecha de bajaAdjunta DJBR
SI / NONº
Fecha de
recepción de la
DJBR refrendado
por CGE
Fecha de
acreditación por
RR.HH.
1CONTRATO ACCE
06/2016
ADMINISTRADORA
NACIONALAPARICIO AUZA CYNTHIA YOLANDA 09/04/1980 24/03/2016 31/12/2016 SI X 28/03/2016 X X 4 DÍAS
NO ADJUNTA EL
CERTIFICADO DJBR EN EL
FILE PERSONAL SOLO
EXTRACTO DE LA DJBR
2CONTRATO ACCE
165/2016CONTADOR GENERAL AYALA BECERRA
LUZ
MARINA03/12/1962 05/10/2016 30/11/2016 SI X 11/10/2016 11/10/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
6 DÍAS
NO ADJUNTA EL
CERTIFICADO DJBR EN EL
FILE PERSONAL SOLO
EXTRACTO DE LA DJBR
3CONTRATO ACCE
174/2016
COORDINADOR
PATACAMAYAAQUIZE AYALA
OSCAR
VICTOR20/03/1965 11/10/2016 31/12/2016 NO X X X X X
NO ADJUNTA EL
CERTIFICADO DJBR 2016
4CONTRATO ACCE
011/2016ADMINISTRADOR SUCRE CASTRO VERDUGUEZ JORGE 19/03/1966 24/03/2016 31/12/2016 SI CH141078 24/05/2016 24/05/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
61 DÍAS INCUMPLIMIENTO
5CONTRATO ACCE
061/2016COORDINADOR SUCRE VALDA PADILLA
LUIS
JAVIER01/09/1975 30/06/2016 31/12/2016 SI CH142618 11/07/2016 11/07/2016
POR ASUMIR Y POR
CONCLUIR EJERCICIO12 DÍAS INCUMPLIMIENTO
6CIONTRATO ACCE
062/2016
ADMINISTRADOR
RIBERALTACUELLAR VACA EDGAR 30/07/1971 01/07/2016 31/12/2016 SI PA32152 12/07/2016 12/07/2016
ANTES DEL
EJERCICIO DEL
CARGO
11 DÍAS INCUMPLIMIENTO
7CONTRATO ACCE
020/2016COORDINADOR CAMARGO MIRANDA GIL
EDDY
NELSON03/05/1968 24/03/2016 X NO X 17/05/2016 X X X
NO ADJUNTA EL
CERTIFICADO DJBR EN EL
FILE PERSONAL
9.E
Apellido Materno
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Nº N°
ContratoDescripcion del cargo Apellido Paterno
Observaciones y/o
AclaracionesNombres
Fecha de
Nacimiento
Memorándum y/o Contrato Certificado de la DJBR
Motivo de la
presentación (DJBR)Dias de Retraso
MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS (MDRyT)
AUDITORÍA ESPECIAL AL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS,
CORRESPONDIENTE A LA GESTIÓN 2016
PLANILLA DE REVISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LA DJBR ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO FUERA DE PLAZO DEL PERSONAL DE ACCESOS