Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete 2019...1 Portugaleteko Udala Ayuntamiento de...

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1 Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete 1.01.- Propuesta de aprobación de las Actas de Pleno de 29 de noviembre de 2018. 4 1.02.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: a) Escuela de Música..................................................... 4 1.03.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: b) Guardería ................................................................ 7 1.04.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: c) Euskaltegi municipal ....................................................................... 9 1.05.- Propuesta de aprobación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el ejercicio 2019 por el Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Portugalete. ............................................................................................................ 11 II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO POR EL PLENO. (MOCIONES, PREGUNTAS Y RUEGOS), art. 46.2.e) LRBRL. .......................................................................................................................... 25 2.01).-Mociones sobre asuntos no incluidos en el régimen competencial del Pleno art. 22 LRBRL .................................................................................................................. 25 2.01.01.- Moción de PD-EG relativa a proyecto de acuerdo para la realización de un estudio para propuesta de un espacio para construcción de un centro de artes escénicas en Portugalete. ........................................................................................ 25 3.- Decretos de la Alcaldía ............................................................................................ 28 DECRETOS ................................................................................................................... 29 4.- Control Órganos de Gobierno .................................................................................. 42 4.01- Dación de cuentas de las resoluciones desde diciembre 2018 hasta 21 de marzo de 2019 contrarias a reparos de Intervención. ............................................................ 42 5.- Preguntas ............................................................................................................. 42 6.- Ruegos ................................................................................................................. 42 1º Ruego.- Formulado por el Partido Nacionalista Vasco .......................................... 42 2º Ruego del Partido Nacionalista Vasco.- ................................................................. 43 3º Ruego.- Del Partido Nacionalista Vasco: ............................................................... 44 4º Ruego PD-EG.- ...................................................................................................... 44 5º Ruego de EHBildu ................................................................................................. 44

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1.01.- Propuesta de aprobación de las Actas de Pleno de 29 de noviembre de 2018. 4

1.02.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: a) Escuela de Música ..................................................... 4

1.03.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: b) Guardería ................................................................ 7

1.04.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: c) Euskaltegi municipal ....................................................................... 9

1.05.- Propuesta de aprobación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el ejercicio 2019 por el Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Portugalete. ............................................................................................................ 11

II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO POR EL PLENO. (MOCIONES, PREGUNTAS Y RUEGOS), art. 46.2.e) LRBRL. .......................................................................................................................... 25

2.01).-Mociones sobre asuntos no incluidos en el régimen competencial del Pleno art. 22 LRBRL .................................................................................................................. 25

2.01.01.- Moción de PD-EG relativa a proyecto de acuerdo para la realización de un estudio para propuesta de un espacio para construcción de un centro de artes escénicas en Portugalete. ........................................................................................ 25

3.- Decretos de la Alcaldía ............................................................................................ 28

DECRETOS ................................................................................................................... 29

4.- Control Órganos de Gobierno .................................................................................. 42

4.01- Dación de cuentas de las resoluciones desde diciembre 2018 hasta 21 de marzo de 2019 contrarias a reparos de Intervención. ............................................................ 42

5.- Preguntas ............................................................................................................. 42

6.- Ruegos ................................................................................................................. 42

1º Ruego.- Formulado por el Partido Nacionalista Vasco .......................................... 42

2º Ruego del Partido Nacionalista Vasco.- ................................................................. 43

3º Ruego.- Del Partido Nacionalista Vasco: ............................................................... 44

4º Ruego PD-EG.- ...................................................................................................... 44

5º Ruego de EHBildu ................................................................................................. 44

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ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 28 DE MARZO DE 2019. ALCALDE-PRESIDENTE: D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE MARIA JOSÉ BLANCO GAVIEIRO (PSE-EE(PSOE) GORKA ECHAVE DE PABLOS (PSE-EE(PSOE) ESTÍBALIZ FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) LOLI TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) JON PESQUERA GONZALEZ (PSE-EE(PSOE) ARANTZA MARTÍNEZ TOBALINA (PSE-EE(PSOE) IKER VILLALBA BATALLA (PSE-EE(PSOE) CONCEJALES AMAIA REBOLLO FRIAS (PSE-EE (PSOE) TXEMA EZKERRA FERNÁNDEZ (EAJ-PNV) INMA IBARRONDO CHAMORRO (EAJ-PNV) Dª FRANCISCO JAVIER MARTÍNEZ CONTRERAS (EAJ-PNV) MARTA SÁNCHEZ GONZÁLEZ (EAJ-PNV) ASIER BASAGOITI ELORZA (EAJ-PNV) JON MEDRANO PELÁEZ (PORTUGALUJ@ DESPIERTA-ESNA GAITEZEN) JON ANDER FERNÁNDEZ TINOCO (PORTUGALUJ@ DESPIERTA-ESNA GAITEZEN) NATALIA REY BARJA (PORTUGALUJ@ DESPIERTA-ESNA GAITEZEN)

IZASKUN DUQUE SANTACOLOMA ( EH BILDU) IRATÍ TOBAR EGUZKITZA ( EH BILDU) IÑIGO MENDIZÁBAL MATEOS ( EH BILDU) JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) TRADUCTORAS DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ Dª GARBIÑE OKERANTZA ZULUETA INTERVENTORA Dª VIRGINIA PEREZ BERASATEGUI SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA

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En la Noble Villa de Portugalete, a las 9:30, del 28 de marzo de 2019, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria, convocada al efecto bajo la presidencia del Alcalde D. MIKEL TORRES LORENZO, asistido de mí, la Secretaria General. Excusa su ausencia el Sr. Medrano Peláez.

I.- PARTE RESOLUTORIA 1.01.- Propuesta de aprobación de las Actas de Pleno de 29 de noviembre de 2018. El Sr. Alcalde inicia este Pleno presentando para su aprobación el Acta de Pleno de 29 de noviembre de 2018. Se somete a votación siendo votada favorablemente por todos los grupos excepto EHBildu que se abstiene, es, por tanto, APROBADA el Acta. 1.02.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: a) Escuela de Música El Sr. Alcalde propone que se traten las tres propuestas de aprobación de las modificaciones provisionales de las Ordenanzas fiscales nº 7. Se muestran todos de acuerdo y renuncian a intervenir. Se somete a votación, siendo votada favorablemente por el PSE-EE y absteniéndose el resto de los grupos. Queda, por tanto, APROBADA la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: a) Escuela de Música, previo estudio de la COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y PERMANENTE DE HACIENDA en sesión ordinaria celebrada el 20 de marzo de 2019, del siguiente tenor literal: “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas y Permanente de Hacienda, de fecha 20 de marzo de 2019, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2019, ACUERDA: PRIMERO: Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza nº 7 Reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades, EPIGRAFE A) ESCUELA DE MUSICA, para el curso escolar 2019-2020, en los siguientes términos: EPÍGRAFE A) ESCUELA DE MÚSICA EMPADRONADOS EN PORTUGALETE

A) Nivel 1 o de contacto:

� Matrícula …………………………………………. 90,35 €/curso

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� Iniciación al lenguaje musical …………………… 38,07 €/curso B) Nivel 2 o de iniciación y Nivel 3 o de afianzamiento:

� Matrícula …………………………………………. 90,35 €/curso � Lenguaje musical ………………………………… 142,53 €/curso � Orientación al instrumento ……………………….. 56,13 €/curso � Instrumento ………………………………………. 178,17 €/curso � Conjunto instrumental ……………………………. 101,70 €/curso � Instrumento con refuerzo ………………………… 267,27 €/curso � Lenguaje musical con refuerzo …………………... 267,27 €/curso � Otras asignaturas …….................…………………. 90,33 €/curso Todos los alumnos de Coro o Grupo deberán estar matriculados. Si son alumnos

de Coro o Grupo pero no de otras asignaturas, deberán abonar 90,35 € en concepto de matrícula.

La condición de empadronado en Portugalete deberá mantenerse durante todo el

curso. De no ser así, se aplicarán los precios públicos de No Empadronados en Portugalete. NO EMPADRONADOS EN PORTUGALETE

A) Nivel 1 o de contacto (1.1, 1.2, 1.3):

� Matrícula ………………………………………….............. 135,48 €/curso � Iniciación al lenguaje musical ……………………………. 56,97 €/curso

Nivel 2 o de iniciación y Nivel 3 o de afianzamiento:

� Matrícula …………………………………..........……. 135,48 €/curso � Lenguaje musical …………………………….......…… 213,81 €/curso � Orientación al instrumento ………………………........ 84,18 €/curso � Instrumento ……………………………………....…... 267,24 €/curso � Conjunto instrumental ……………………………....... 152,52 €/curso � Instrumento con refuerzo …………………....……..… 400,89 €/curso � Lenguaje musical con refuerzo …………....……..…... 400,89 €/curso � Otras asignaturas …….................……………....…..…. 135,48 €/curso Todos los alumnos de Coro o Grupo deberán estar matriculados. Si son alumnos

de Coro o Grupo pero no de otras asignaturas, deberán abonar 135,48 € en concepto de matrícula.

En aquellos casos en que más de un miembro de la misma unidad familiar reciban enseñanza en la Escuela Municipal de Música de Portugalete y sean todos ellos menores

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de 20 años a 31 de diciembre del año en curso o sean padre/madre, hijo/hija, se le aplicará la siguiente reducción del precio público que deba pagar:

a) Dos miembros de la misma unidad familiar menores de 20 años o padre/madre e

hijo/hija, descuento del 25% del importe más bajo. b) Tres o más miembros de la misma unidad familiar menores de 20 años o

padre/madre e hijos/hijas, descuento del 40% del importe más bajo y del 25% del siguiente.

Normas de aplicación

La matricula será automática para todos los alumnos oficiales (los que han estado matriculados durante el curso 2018-2019) de todos los niveles, salvo los que vayan a comenzar el nivel 2.1.

Para darse de baja en la Escuela Municipal de Música, darse de baja en alguna asignatura, matricularse en nueva o nuevas asignaturas, cambiar la domiciliación bancaria o solicitar cualquier otra modificación el plazo será del 29 de abril al 8 de mayo de 2019. Con anterioridad, del 8 al 12 de abril, se entregará una circular al alumnado recordando esta circunstancia. El cobro por domiciliación del precio público de la matrícula se realizará del 20 al 24 de mayo de 2019. Los sobres de matriculación de los alumnos de nivel 2.1 que en el curso 2018-2019 estuvieron matriculados en el nivel 2.0 serán entregados del 8 al 12 de abril de 2019. La recepción de los impresos de prematrícula cumplimentados será del 29 de abril al 8 de mayo de 2019. Las listas de admitidos se expondrán al público el 4 de junio de 2019 a las 12:00. La formalización de la matrícula deberá realizarse del 4 al 10 de junio de 2019. El cobro por domiciliación del precio público de la matrícula se realizará del 11 al 17 de junio de 2019. Las solicitudes de prematrícula de nuevo alumnado de los niveles 1, 2 y 3 se podrán recoger y entregar cumplimentados del 29 de abril al 8 de mayo de 2019. Las listas de admitidos se expondrán al público el 4 de junio de 2019 a las 12:00. La formalización de la matrícula del nuevo alumnado deberá realizarse del 4 al 10 de junio de 2019. El cobro por domiciliación del precio público de la matrícula del nuevo alumnado de los niveles 1, 2 y 3 se realizará del 11 al 17 de junio de 2019.

El pago del importe de los precios públicos correspondientes a las distintas asignaturas se fraccionará en los tres plazos siguientes mediante domiciliación bancaria:

• Primer plazo: del 1 al 15 de octubre • Segundo plazo: del 1 al 15 de enero

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• Tercer plazo: del 1 al 15 de abril El precio anual no es prorrateable en casos de alta o baja fuera de plazo.

La matrícula quedará formalizada con el pago del recibo correspondiente. Todo/a alumno/a matriculado/a que no comunicara mediante escrito entregado en la administración de la Escuela Municipal de Música su baja antes de los primeros 15 días naturales del curso, deberá abonar el precio público del curso completo (los tres plazos). Se devolverá el precio público correspondiente a la matrícula en aquellos casos en que, habiéndose dado de baja y solicitado mediante escrito entregado en el Registro General del Ayuntamiento o en la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía en los primeros quince días naturales del curso, se demuestre con los debidos justificantes la imposibilidad de asistir a clase por razones de enfermedad grave o traslado de residencia o de trabajo a otro municipio. También se devolverá en el caso en que el alumno/a haya sido admitido en un centro musical de enseñanza reglada con informe positivo de su último profesor/a. La incompatibilidad de horario con cualquier actividad extraescolar no será en ningún caso motivo de devolución de matrícula.

Este mismo criterio se aplicará al comienzo de cada trimestre y se devolverá, en cada caso, la parte proporcional del precio público correspondiente

SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia. CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO: La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y regirá a partir del curso escolar 2019-2020, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación 1.03.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: b) Guardería El Sr. Alcalde propone que se traten las tres propuestas de aprobación de las modificaciones provisionales de las Ordenanzas fiscales nº 7. Se muestran todos de

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acuerdo y renuncian a intervenir. Se somete a votación, siendo votada favorablemente por el PSE-EE y absteniéndose el resto de los grupos. Queda, por tanto, APROBADA la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: b) Guardería, previo estudio de la COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y PERMANENTE DE HACIENDA en sesión ordinaria celebrada el 20 de marzo de 2019, del siguiente tenor literal: “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Hacienda, de fecha 20 de marzo de 2019, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2019, ACUERDA: PRIMERO: Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza nº 7 Reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades, EPIGRAFE B) GUARDERIA MUNICIPAL, para el curso escolar 2019-2020, en los siguientes términos: EPIGRAFE B): SERVICIO DE GUARDERIA INFANTIL

NORMATIVA

Concepto Empadronados

en Portugalete No empadronados

en Portugalete ESTANCIA

Hasta 4 horas 160,65 €/mes 176,19 €/mes De 4 a 6 horas 191,75 €/mes 210,40 €/mes De 6 a 8 horas 216,61 €/mes 238,38 €/mes

COMEDOR 91,20 €/mes 99,50 €/mes MERIENDA 11,40 €/mes 12,43 €/mes COMIDA (día) 7,26 €/día 8,29 €/día MERIENDA (día) 2,07 €/día 3,11 €/día Normas de aplicación

• Plazo de matrícula: del 1 al 12 de abril de 2019. Los sobres de matrícula podrán recogerse desde el 25 de marzo en el Registro General del Ayuntamiento o en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.

• Publicación de las listas de niños y niñas admitidos/as: 9 de mayo de 2019. • Las solicitudes de matrícula realizadas fuera de plazo se irán resolviendo por

orden de Registro según disponibilidad y siempre después del 9 de mayo de 2019.

• El alumnado oficial confirmará su alta o baja para el curso siguiente, del 18 al 5 de abril.

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• El nuevo alumnado admitido confirmará su matrícula antes de 21 de junio de 2019.

• A partir del 28 de junio de 2019 se cobrarán 50 € en la entidad bancaria indicada por las familias en la solicitud, importe que será descontado de la cuota mensual de septiembre.

SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia. CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO: La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y regirá a partir del curso escolar 2019-2020, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación. 1.04.- Propuesta de aprobación de la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: c) Euskaltegi municipal El Sr. Alcalde propone que se traten las tres propuestas de aprobación de las modificaciones provisionales de las Ordenanzas fiscales nº 7. Se muestran todos de acuerdo y renuncian a intervenir. Se somete a votación, siendo votada favorablemente por el PSE-EE y absteniéndose el resto de los grupos. Queda, por tanto, APROBADA la Modificación provisional de la Ordenanza fiscal nº 7 reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades: c) Euskaltegi municipal, previo estudio de la COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y PERMANENTE DE HACIENDA en sesión ordinaria celebrada el 20 de marzo de 2019, del siguiente tenor literal: “En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 y siguientes de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales en el Territorio Histórico de Bizkaia y con el dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas y Permanente de Hacienda, de fecha 20 de marzo de 2019, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2019, ACUERDA:

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PRIMERO: Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza nº 7 Reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades, EPIGRAFE C) PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EUSKALTEGI, para el curso escolar 2019-2020, en los siguientes términos: El precio público del curso 2019-2020 quedaría fijado en 1,36 €/hora. Todos aquellos/as alumnos/as que, habiendo estado matriculados en el Euskaltegi Municipal al finalizar el curso 18-19, se vuelvan a matricular para el curso 19-20 tendrán un descuento del 15% sobre el nuevo precio, quedando éste fijado en 1,16 €/hora. Normas de aplicación

La cuantía del precio público se fijará en el momento de formalizar la matrícula, en función del número de horas correspondientes al curso en el que se matricule, ya sea éste anual, trimestral, intensivo o especial.

El precio público correspondiente a los cursos que comiencen en octubre de 2019 y finalicen en junio de 2020, podrán ser fraccionado en los tres plazos siguientes:

- Primer plazo: Del 4 al 13 de octubre.

- Segundo plazo: Del 4 al 13 de noviembre. - Tercer Plazo: Del 4 al 13 de diciembre. El precio de los cursos trimestrales se prorrateará del precio del curso anual. Se devolverá el importe del precio público del curso a todos aquellos/as

alumnos/as, que, una vez presentada la baja en el Euskaltegi Municipal, así lo soliciten mediante escrito entregado en el Registro General del Ayuntamiento u Oficina de Atención a la Ciudadanía en los 15 primeros días naturales de clase y siempre que demuestren, con los debidos justificantes (contrato de trabajo, informe médico, certificado de centro escolar,…) la imposibilidad de asistir a las clases ya sea por razones de salud, trabajo o estudios de enseñanza reglada, o que se den de baja al haber obtenido el perfil 3. Este mismo criterio se aplicará al comienzo de cada trimestre y se devolverá, en cada caso, la parte proporcional del precio público correspondiente. En el caso de los cursos intensivos de verano u otros cursos, el plazo de presentación del escrito será de cinco días naturales desde comienzo del curso. Si el quinto día es festivo, podrá presentarse el sexto. SEGUNDO: El presente acuerdo se expondrá en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento durante 30 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TERCERO: Dicha exposición al público se anunciará en el Boletín Oficial de Bizkaia.

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CUARTO: Si no se presentan reclamaciones contra el acuerdo provisionalmente aprobado, éste se entenderá definitivamente adoptado. QUINTO: La Ordenanza modificada entrará en vigor de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y regirá a partir del curso escolar 2019-2020, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación”. 1.05.- Propuesta de aprobación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el ejercicio 2019 por el Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de Portugalete. El Sr. Alcalde presenta brevemente el punto nº 5 y cede la palabra a la concejala de Servicios sociales Sra. Blanco Gavieiro (PSE-EE) para que lo presente. La Sra. Blanco comenta que este tema ha sido muy trabajado por todos los grupos que han estudiado la normativa anterior, se hizo una propuesta para ampliar los tramos de cuantía máxima de ingresos, con acuerdo de todos los grupos, y se ha incorporado en estas Bases reguladoras. El Sr. Alcalde inicia un turno de menor a mayor, el Sr. Castaño Moreno (PP) renuncia a intervenir y cede la palabra a la Sra. Duque Santacoloma (EHB) quien muestra su agradecimiento al clima generado para llegar a acuerdos en la modificación de las bases, teniendo en cuenta que esta modificación surgió a raíz de una propuesta de su grupo y posteriormente hubo otra propuesta del PNV con la que se han mostrado de acuerdo y consensuado con todos los grupos. Y en próximas legislaturas harán un seguimiento para ver el seguimiento. Y desean que se informe a los interesados de manera pedagógica y no estigmatizante. El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Rey Barja (PD-EG) quien en primer lugar decir que por una parte estamos contentas de que hayamos llegado a un acuerdo en lo referente al proceso de ayudas económicas a vecinas y vecinos que cuentan con escasos recursos, para el pago del ibi, basuras y alcantarillado, han sido reuniones en las que hemos participado y trabajado todos los partidos políticos, y creemos que este es el camino a seguir con muchos otras temas, que cuando hay voluntad se puede. Creemos también que se pueden mejorar, y que aún falta para que estas ayudas sean de calidad. Hemos tenido a lo largo de la legislatura muchos debates sobre el área de bienestar social, y específicamente sobre las bases y sobre las partidas económicas, esto último, la parte económica, en el pleno de enero, y nuestra postura es clara, sin entrar demasiado en la parte económica que consideramos que sigue siendo insuficiente, dado el aumento del número de familias que acuden al área y por ejemplo el incremento en urgencia social, que ha pasado de 32 familias a 115 familias, DE 2016-2018, creemos que necesitamos un cambio social, que pasa por aprender de otros municipios como Errenteria con el mayor gasto social del estado, o Santurtzi que dedica un 20% de su presupuesto a gasto social, mientras que en nuestro caso es aproximadamente un 12%. Por otra parte, hoy aprobamos las base, y no solo las de escasos recursos, sino también las bases de ayudas como las de urgencia social, y son unas bases que siguen manteniendo la posibilidad de minorar, posibilidad está que muchas veces ofrece migajas a nuestras vecinas y vecinos, y no la cantidad real que se considera digna desde este ayuntamiento y desde otros entes superiores para diferentes tipos de ayudas y tipologías, así que no vamos a impedir su aprobación pero no vamos a votar a favor, y

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repetimos como otras veces que deberíamos empezar a pensar en mejorar la salud social en nuestro municipio.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Ezkerra Fernández (PNV) quien se muestra de acuerdo con la intervención tanto de la Sra. Blanco como de la Sra. Duque, resaltando que estas bases han sido muy trabajadas, partiendo de una iniciativa inicial de PD-EG y EHB que permitieron crear un grupo de trabajo que buscó mejoras. En los presupuestos de 2018 hubo un compromiso de que su grupo junto con PD y EHB iban a aumentar la cuatntía y así ha sido.

El Sr. Alcalde inicia un segundo turno y cede la palabra a la Sra. Blanco Gavieiro (PSE-EE) quien considera, en respuesta a la Sra. Rey Barja, que la coletilla de la posible minoración es preciso ponerla, aunque confían en que esto no sea necesario ya que hasta ahora se han ido incrementando.

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Duque Santacoloma (EHB) quien subraya

su acuerdo con la exposición de la Sra. Blanco, y cree que se ha hecho un esfuerzo para que las partidas sean necesarias.

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Rey Barja (PD-EG) quien reitera su

contento por cómo se ha trabajado esta propuesta pero desearía que no se tuviera que poner el criterio de la posible minoración. A pesar de que se ha visto que se ha ido aumentando, pero por esa coletilla se van a abstener.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Ezkerra Fernández (PNV) quien vuelve a

mostrar su acuerdo con la coletilla que pretende garantizar que nadie se quede fuera por no haber llegado a tiempo. Lo que hay que hacer es ir avanzando y que las cuantías cubran todas las situaciones. El Sr. Alcalde no habiendo mas intervenciones somete el punto a votación, votos a favor: PSE-EE, PNV-EAJ y EHBildu, ningún voto en contra, abstenciones PP y PD-EG, siendo, por tanto APROBADA la propuesta, previo estudio de la COMISION

INFORMATIVA PERMANENTE DE ACCION SOCIAL en sesión ordinaria celebrada el 21 de marzo de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo relativo a BASES REGULADORAS DE LA CONCESION DE SUBVENCIONES POR EL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE, del siguiente tenor literal: 1. “AYUDAS ECONÓMICAS A VECINAS Y VECINOS DEL MUNICIPIO DE

PORTUGALETE QUE CUENTEN CON ESCASOS RECURSOS.

Artículo 1. Finalidad de las ayudas.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas, que tengan como referencia las cantidades abonadas por tasas municipales correspondientes al servicio de basuras, alcantarillado e Impuesto de Bienes Inmuebles.

Artículo 2. Beneficiarias.

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De las ayudas reguladas podrán beneficiarse las personas empadronadas en el municipio de Portugalete, con recursos económicos escasos, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos siguientes.

Artículo 3. Requisitos de las personas beneficiarias.

1. - Ser vecina o vecino de Portugalete, con una antigüedad mínima en el padrón municipal de habitantes de un año.

2. - Mantener residencia efectiva en el domicilio señalado en la solicitud de ayuda, que

ha de corresponder con el de los recibos girados objeto de dicha ayuda, en el momento de presentar la solicitud.

3. - No superar, en concepto de ingresos familiares netos por cualquier concepto, la

cuantía máxima que puede recibir una familia por el Plan establecido en la Ley 18/08 para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social y Decretos 2/2010 de Prestación Complementaria de Vivienda y 147/2010 de la Renta de Garantía de Ingresos que la desarrollan, además de el Decreto 4/2011 de Ayudas de Emergencia Social, Decreto 16/2017, de 17 de enero, de modificación del Decreto de ayudas de emergencia social y las Circulares que lo desarrollan, y que a continuación se detalla.

Nº de miembros de la Unidad Familiar cuantías en Euros anuales

Con carácter

general Tipo pensionista

1 15.900,24 18.068,40

2 20.417,28 22.585,44

3 22.585,44 24.392,40

4 25.000,00 26.892,00

5 ó más 27.500,00 29.392,00

4. - No disponer, a excepción de la vivienda habitual, garaje y trastero, de bienes de notoria cuantía, de cualquier índole.

Se entenderá que se dispone de bienes de notoria cuantía cuando la suma de los pertenecientes a los miembros de la unidad familiar, en capital mobiliario, supere las siguientes cuantías: Miembros Unidad Familiar Valor capital en euros

Con carácter general

Tipo pensionista

1 31.608,00 35.918,00

2 40.587,00 44.898,00

3 o más 44.898,00 48.490,00

Artículo 4. Causas de denegación. 1. - No estar al corriente en el pago de impuestos y tasas municipales. 2. -Cualquier actuación fraudulenta, detectada con anterioridad, respecto de ayudas

municipales, u otros asuntos de competencia municipal. 3. - La constancia de signos externos de suficiencia económica, no acordes con los datos de

la documentación aportada.

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4. - Las solicitudes incompletas, falseadas y/o la ocultación de datos.

Artículo 5. Cuantía de las ayudas.

Las ayudas municipales concedidas, con arreglo a estas bases, tendrán una cuantía máxima equivalente a la que corresponda por los recibos girados con cargo a las titulares de las ayudas, o a sus cónyuges, o, en su caso, a los propietarios o propietarias de las viviendas donde residan. La ayuda por el impuesto de bienes inmuebles queda limitada a la vivienda habitual o familiar, que vendrá determinada por el empadronamiento.

Las ayudas económicas quedarán limitadas, en todo caso, a la consignación presupuestaria. En caso de que las cantidades solicitadas superen el presupuesto para el año en curso, se adoptarán las siguientes medidas:

• En primer lugar disminuir la cantidad a conceder a cada solicitante, sin que la disminución pueda superar el 30% del total de los gastos objeto de las presentes ayudas.

• En caso de que se siga superando la disponibilidad presupuestaria, se dará prioridad en la concesión a aquellas unidades familiares que por la aplicación de los criterios establecidos resulten con menos ingresos económicos.

Artículo 6. Presentación de solicitudes. 1. - El plazo para presentación de solicitudes será el que se indique en la convocatoria que

se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia. 2. - Las solicitudes deberán dirigirse al Ayuntamiento de Portugalete, Área de Bienestar

Social, en instancia debidamente formalizada a la que se adjuntará la documentación señalada en el artículo 7 de las presentes bases.

3. - Las solicitudes serán valoradas por el área de Bienestar Social quien las presentará,

acompañadas de la correspondiente propuesta, a la Junta de Gobierno Local para su aprobación. 4. - El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de tres meses a partir de la

fecha del término del plazo señalada por el Ayuntamiento para solicitud de estas ayudas. 5. - Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que haya mediado resolución expresa,

se entenderá desestimada la concesión de la ayuda.

Artículo 7. Documentación a presentar. 1. - La persona solicitante deberá acompañar a la instancia la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I. de la solicitante y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar que lo posean y/o fotocopia del libro de familia.

b) Justificantes de los ingresos percibidos por todos miembros de la unidad familiar, nóminas, pensiones, prestaciones/subsidios por desempleo, RGI/PCV etc.

c) Declaración responsable de ingresos y patrimonio de cada miembro de la unidad familiar.

d) Ultima declaración de la Renta (I.R.P.F.), o, en su defecto, certificación expedida por la Hacienda Foral en la que se certifique que no están obligados a presentar esta última, de cada miembro de la unidad familiar.

e) Certificación bancaria de los saldos de cuentas, imposiciones a plazo, certificado de depósito, fondos de inversión, acciones, etc. de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar, de las entidades donde los tengan depositados.

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f) Recibos originales, del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y de la Tasa por recogida de Basuras y Alcantarillado, referidos al último ejercicio fiscal.

g) Hoja de terceros sellada por el banco.

2. - La documentación será complementada por el Ayuntamiento con certificado de empadronamiento familiar y, de estimarlo necesario, certificado de convivencia.

3. - Asimismo, los servicios sociales municipales podrán recabar de la solicitante la documentación que estime oportuna con el fin de instruir el expediente. La negativa a presentar la documentación requerida, la falsedad u omisión de datos, así como cualquier actuación fraudulenta dirigida a obtener la ayuda, darán lugar a su denegación.

4. - El Ayuntamiento se reserva el derecho de verificar las declaraciones de las solicitantes, pudiendo pedir cuantos datos e informes estime necesarios a otras instituciones públicas o privadas.

5. - La ocultación de fuentes de renta, la tenencia de elementos patrimoniales no declarados, o la apariencia por signos externos que evidenciaren la existencia de recursos superiores a los manifestados, así como aquellas solicitudes incompletas y/o falseadas, dará lugar a la denegación de la subvención sin perjuicio de otras responsabilidades legales que pudieran derivar de esa acción.

Artículo 8. Dotación presupuestaria. Se destinará a la concesión de estas subvenciones la cantidad recogida en la convocatoria

de las mismas y contemplada para tal fin dentro del Presupuesto Municipal de cada ejercicio.

2. AYUDAS ECONÓMICAS A VECINAS Y VECINOS DEL MUNICIPIO DE PORTUGALETE QUE CONSTITUYAN UNA FAMILIA NUMEROSA.

Artículo 1. Finalidad de las ayudas.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas que tengan como referencia el importe del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Artículo 2. Beneficiarias.

De las ayudas reguladas en este apartado podrán beneficiarse las personas empadronadas en el municipio de Portugalete, que constituyan una familia numerosa y que cumplan los requisitos establecidos en los artículos siguientes.

Artículo 3. Requisitos de las personas beneficiarias.

1. - Ser vecino o vecina de Portugalete, con una antigüedad mínima en el padrón municipal de habitantes de un año, en el momento de presentar la solicitud de estas ayudas.

2. - Mantener residencia efectiva en el domicilio señalado en la solicitud de ayuda, que ha

de corresponder con el del recibo girado objeto de dicha ayuda, en el momento de presentar la solicitud de estas ayudas.

3. - Representar a una familia que está en posesión del Título Oficial de Familia Numerosa,

debidamente actualizado según la legislación vigente.

4. – No superar, en concepto de ingresos familiares netos por cualquier concepto, la cantidad de 48.784,80€, que corresponde al doble de la cuantía máxima que puede recibir una familia por el Plan establecido en la Ley 18/08 para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social y Decretos 2/2010 de Prestación Complementaria de Vivienda y 147/2010 de la Renta de Garantía de Ingresos que la desarrollan, además del Decreto 4/2011 de Ayudas de Emergencia

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Social, Decreto 16/2017, de 17 de enero, de modificación del Decreto de ayudas de emergencia social y las Circulares que lo desarrollan.

Artículo 4. Causas de denegación. 1. - No estar al corriente en el pago de impuestos y tasas municipales. 2. - Cualquier actuación fraudulenta, detectada con anterioridad, respecto de ayudas

municipales, u otros asuntos de competencia municipal. 3. - La constancia de signos externos de suficiencia económica, no acordes con los datos de

la documentación aportada. 4. - Las solicitudes incompletas, falseadas y/o la ocultación de datos.

Artículo 5. Cuantía de las ayudas.

Las ayudas municipales concedidas, con arreglo a estas bases, tendrán una cuantía máxima equivalente a la que corresponda por el recibo girado con cargo a las titulares de las ayudas, a sus cónyuges o, en los casos de viviendas de alquiler, girado al propietario/a. La ayuda equivalente al impuesto de bienes inmuebles queda limitada a la vivienda habitual o familiar, que vendrá determinada por el empadronamiento.

Las ayudas económicas quedarán limitadas en todo caso a la consignación presupuestaria. En caso de que las cantidades solicitadas superen el presupuesto para el año en curso se adoptarán las siguientes medidas:

• En primer lugar disminuir la cantidad a conceder a cada solicitante, sin que la disminución pueda superar el 30% del total de los gastos objeto de las presentes ayudas.

• En caso de que se siga superando la disponibilidad presupuestaria, se dará prioridad en la concesión a aquellas unidades familiares que por la aplicación de los criterios establecidos resulten con menos ingresos económicos.

Artículo 6. Presentación de solicitudes. 1. - El plazo para presentación de solicitudes será el que se indique en la convocatoria que

se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia.. 2. - Las solicitudes deberán dirigirse al Ayuntamiento de Portugalete, Área de Bienestar

Social, en instancia debidamente formalizada a la que se adjuntará la documentación señalada en el artículo 7 de las presentes bases.

3. - Las solicitudes serán valoradas por el área de Bienestar Social quien las presentará,

acompañadas de la correspondiente propuesta, a la Junta de Gobierno Local para su aprobación. 4. - El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de tres meses a partir de la

fecha del término del plazo señalada por el Ayuntamiento para solicitud de estas ayudas. 5. - Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que haya mediado resolución expresa,

se entenderá desestimada la concesión de la ayuda.

Artículo 7. Documentación a presentar. 1.- La persona solicitante deberá acompañar a la instancia la siguiente documentación:

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a) Fotocopia del D. N. I. de la solicitante y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar que lo posean y/o fotocopia del libro de familia.

b) Fotocopia del Título oficial de Familia Numerosa, debidamente actualizado. c) Justificantes de los ingresos percibidos por todos miembros de la unidad familiar,

nóminas, pensiones, prestaciones/subsidios por desempleo, RGI/PCV, etc. d) Ultima declaración de la Renta (I.R.P.F.), o, en su defecto, certificación expedida por la

Hacienda Foral en la que se certifique que no están obligados a presentar esta última, de cada miembro de la unidad familiar.

e) Recibo original, o fotocopia compulsada, del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, referido al último ejercicio fiscal.

f) Declaración responsable de ingresos y patrimonio de cada miembro de la unidad familiar.

g) Hoja de terceros sellada por el banco.

2. - La documentación será complementada por el Ayuntamiento con certificado de empadronamiento familiar y, de estimarlo necesario, certificado de convivencia.

3. - Asimismo, los servicios sociales municipales podrán recabar de la, solicitante la

documentación que estime oportuna con el fin de instruir el expediente. La negativa a presentar la documentación requerida, la falsedad u omisión de datos, así como cualquier actuación fraudulenta dirigida a obtener la ayuda, darán lugar a su denegación.

4. - El Ayuntamiento se reserva el derecho de verificar las declaraciones de los solicitantes,

pudiendo pedir cuantos datos e informes estime necesarios a otras instituciones públicas o privadas.

5. - La ocultación de fuentes de renta, o la apariencia por signos externos que evidenciaren

la existencia de recursos superiores a los manifestados, así como aquellas solicitudes incompletas y/o falseadas, dará lugar a la denegación de la subvención sin perjuicio de otras responsabilidades legales que pudieran derivar de esa acción.

Artículo 8. Dotación presupuestaria. Se destinará a la concesión de estas subvenciones la cantidad recogida en la convocatoria

de las mismas y contemplada para tal fin dentro del Presupuesto Municipal de cada ejercicio. 3. SUBVENCIONES A ENTIDADES COLABORADORAS DE LOS SERVICIOS

SOCIALES. Estas ayudas se enmarcan en la línea de actuación de apoyo a las organizaciones de iniciativa social de Portugalete que complementan las actuaciones de los Servicios Sociales municipales. En las mismas, encontramos respuestas a necesidades que presentan diversos colectivos con riesgos de marginación, con especial atención a menores, personas con discapacidad física y psíquica, personas mayores, etc.

Artículo 1. Finalidad de las subvenciones. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de las subvenciones, a conceder por el Área de Bienestar Social, para la realización en Portugalete de actividades dirigidas a la prevención, atención e integración social de colectivos desfavorecidos.

Las actividades se podrán diferenciar por los colectivos a los que van dirigidas:

• Población en general, pobreza, discapacidad, colectivos de personas enfermas, inmigrantes, etc.

• Personas mayores.

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• Infancia y familia. • Mujer.

Artículo 2. Beneficiarias.

Serán destinatarias de estas ayudas aquellas entidades sin ánimo de lucro colaboradoras de los Servicios Sociales, y que tengan su sede social en el municipio de Portugalete o desarrollen las actividades, para las que solicitan subvención, en el municipio.

Artículo 3. Requisitos de las beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas aquellas entidades que cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar legalmente constituidas. 2. Justificar el desarrollo de la actividad en el municipio. 3. Carecer de fines de lucro. 4. Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos. 5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad

social a la fecha de la solicitud. 6. Estar al corriente de la justificación de subvenciones municipales recibidas con

anterioridad. 7. En cumplimiento de lo dispuesto por la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18

de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, por la que se modifica el artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, no podrán concurrir en la presente convocatoria, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, las personas físicas o jurídicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 4. Criterios de concesión.

Para la concesión de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios, ponderados de manera homogénea:

1. Experiencia de la entidad en el desarrollo de las actividades propuestas. 2. Coordinación con los Servicios Sociales municipales. 3. Actividades no desarrolladas por servicios públicos en el territorio. 4. Intervenciones dirigidas a colectivos con especial riesgo de marginación. 5. Actividades que se planteen la disminución de las desigualdades por razón de género,

en sus objetivos. Artículo 5. Cuantía de las ayudas.

Las ayudas económicas quedarán limitadas en todo caso a la consignación presupuestaria. En caso de que las cantidades solicitadas superen el presupuesto para el año en curso se adoptará la medida de prorrateo del presupuesto entre aquellas solicitantes que obtengan al menos una valoración aceptable (60% de puntuación según criterios).

Artículo 6. Presentación de solicitudes.

El plazo para presentación de solicitudes será el que se indique en la convocatoria que se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia.

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Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo que se indique en la convocatoria que se publicará en el Boletín Oficial de Bizkaia, suscritas por la persona que tenga la representación legal de la Entidad.

Artículo 7. Documentación a presentar.

1. Fotocopia de estatutos. 2. Certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad

Social a la fecha de la solicitud. 3. Memoria descriptiva de las actividades de la Asociación y balance económico. 4. Memoria descriptiva de las actividades a subvencionar e importe solicitado. 5. Declaración de subvenciones solicitadas o recibidas de otros organismos. 6. Declaración de no encontrarse sancionada, ni incursa en expediente sancionador, en

discriminación por razón de sexo en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

7. Hoja de terceros sellada por el banco. 8. Cualquier otra que, en el transcurso de la instrucción del expediente, el Área de

Bienestar Social pudiera solicitar. Artículo 8. Justificación de las ayudas.

Las entidades beneficiarias deberán presentar durante el primer trimestre del año siguiente la memoria de las actividades realizadas y la justificación documental de la aplicación de los fondos municipales recibidos. La modificación de los proyectos subvencionados o el empleo de los fondos recibidos para actividades distintas a las propuestas, deberá contar necesariamente con la aceptación explícita del Área de Bienestar Social. Las cantidades no gastadas, o empleadas para proyectos no acordados, deberán ser reintegradas al Ayuntamiento de Portugalete.

Artículo 9. Dotación presupuestaria. Se destinará a la concesión de estas subvenciones la cantidad recogida en la convocatoria

de las mismas y contemplada para tal fin dentro del Presupuesto Municipal de cada ejercicio. 4. AYUDAS MUNICIPALES DIRECTAS, DE URGENCIA, A FAVOR DE VECINAS Y

VECINOS DE PORTUGALETE, CON EL OBJETO DE PREVENIR, EVITAR O PALIAR SITUACIONES DE RIESGO O DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

La Ley 12/2008, de 5 de diciembre, tiene por objeto promover y garantizar en el ámbito de la CAPV el derecho a las prestaciones y servicios sociales mediante la regulación y ordenación de un Sistema Vasco de Servicios Sociales de carácter universal. El artículo 6 establece la finalidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales (SVSS): a) Promover la autonomía personal y prevenir y atender las necesidades personales y familiares derivadas de dependencia. b) Prevenir y atender las necesidades originadas por situaciones de desprotección. c) Prevenir y atender situaciones de exclusión y promover la integración social de las personas, de las familias y grupos. d) Prevenir y atender las necesidades personales y familiares originadas por las situaciones de emergencia.

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El artículo 16, de la misma norma, define las prestaciones económicas propias del SVSS y en el artículo 2 se describen las distintas prestaciones económicas. Entre ellas cabe destacar las definidas en el 2.a): “Prestaciones para facilitar la integración social y/o la autonomía así como para cubrir o

paliar las consecuencias económicas de las situaciones de emergencia o urgencia social,

dependencia o desprotección”

Las ayudas reguladas en estas bases quedarán enmarcadas en dicha categoría.

Artículo 1.-Objeto.

Esta norma tiene por objeto la regulación especial de la concesión de subvenciones directas de urgencia para prevenir y atender situaciones de exclusión, que se produzcan durante el año, y promover la integración social de personas y de las familias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2 c) y 28.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre. Estas ayudas de urgencia son de carácter singular y excepcional, puesto que pretenden dar respuesta, de forma subsidiaria, a las personas que se encuentren en situación de necesidad y que no hayan podido acceder a ninguna otra prestación económica o servicio. Son ayudas finalistas, restrictivas, subsidiarias y, en su caso, pueden ser complementarias con algún servicio o prestación. Es de interés público, social, económico y humanitario dar respuesta adecuada a las necesidades de las personas que no dispongan de medios económicos para afrontar los gastos específicos recogidos en el articulado de estas bases reguladoras. La no atención de estas necesidades pone en serio riesgo a las personas y familias. Teniendo en cuenta que estas circunstancias se pueden repetir a lo largo del año, la regulación debe mantener los principios de igualdad, objetividad, transparencia y no discriminación.

Artículo 2.- Requisitos de las personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos generales: a) Participar en un plan de atención personal, acordado con el o la Trabajadora Social municipal, en el que la tramitación de la prestación sea una actividad más en el proceso de acompañamiento social establecido. A tales efectos, el o la Trabajadora Social avalará dicha situación mediante informe social. b) Ser mayor de edad. c) Cumplir los requisitos específicos contemplados para cada modalidad de ayuda.

Artículo 3.- Obligaciones de las personas beneficiarias. a) Acordar con la Trabajadora Social un plan de atención personal, con carácter previo a la solicitud. b) Aplicar las prestaciones recibidas a la finalidad para la que se hubiera otorgado, debiendo justificarlo documentalmente ante los Servicios Sociales. c) Comunicar a su Trabajadora Social de referencia cualquier cambio que se produzca en su situación con relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso de las prestaciones, y, más específicamente, los siguientes:

• Cambios en la composición familiar.

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• Modificación de los recursos que hayan servido de base para el cálculo de la prestación.

• Cambios relativos al domicilio de residencia habitual. d) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida, según proceso establecido para ello. e) Comparecer ante los Servicios Sociales y colaborar con los mismos cuando sean requeridas. f) Justificar las ayudas concedidas, excepto para los gastos de alimentación que no se requerirá justificante del gasto.

Artículo 4.- Ayudas de vivienda: Modalidades, cuantías y requisitos de acceso para cada una de ellas.

A. Ayudas de alojamiento.

1. Tipología: 1. Gastos necesarios para procurar alojamiento de manera urgente y temporal a

personas y/o familias que por diversas circunstancias deben abandonar su domicilio habitual, o no disponen de alojamiento.

2. Gastos necesarios para evitar y/o paralizar desahucios. 3. Gastos para el acceso a una vivienda.

2. Requisitos: 1. Estar empadronado/a en el municipio de Portugalete con al menos un mes de

antelación a la solicitud de ayuda, salvo en los casos en los que haya menores a cargo y/o mujeres víctimas de violencia sexista.

2. No disponer de ingresos suficientes. Esto es, no disponer de unos recursos anuales superiores a 2 veces la cuantía correspondiente de RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC. Se tendrán en cuenta los ingresos de los seis meses anteriores a la petición de la ayuda.

3. No disponer de un patrimonio superior a 1/3 del límite de patrimonio establecido para la RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC.

3. Cuantías: 1. Gastos apartados 1 y 2:

Máximo de 2.100 euros. 2. Gastos apartado 3:

Acceso a alquiler: máximo de 2.100 euros. Acceso a subarriendo/hospedaje/pupilaje (1 habitación): máximo de 600 euros. Acceso a subarriendo/hospedaje/pupilaje (2 habitaciones): máximo de 900 euros.

B. Ayudas para el mantenimiento y conservación de la vivienda:

1. Tipología:

1. Ayudas para el mantenimiento, reparaciones, mobiliario y endeudamiento de mantenimiento de la vivienda.

2. Requisitos: 1. Estar empadronado/a en el municipio de Portugalete con al menos tres

meses de antelación a la solicitud de ayuda, salvo en los casos en los que haya menores a cargo y/o mujeres víctimas de violencia machista.

2. No disponer de ingresos suficientes. Esto es, no disponer de unos recursos anuales superiores a 2 veces la cuantía correspondiente de RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC.

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3. No disponer de un patrimonio superior a 1/3 del límite de patrimonio establecido para la RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC.

3. Cuantías: 1. Máximo de 555 euros para los gastos de mantenimiento y endeudamiento. 2. Máximo de 925 euros para los gastos de reparaciones y mobiliario.

Artículo 5.- Ayudas de apoyo a la inserción sociolaboral: cuantías y requisitos de acceso

1. Tipología:

1. Gastos derivados de la escolarización en guarderías de menores de la UC para su cuidado, cuando los progenitores estén realizando actividades laborales y/o formativas, o las vayan a realizar.

2. Requisitos: 1. Estar empadronado/a en el municipio de Portugalete al menos con tres meses

de antelación a la solicitud de la ayuda, salvo en los casos en los que haya menores a cargo y/o mujeres víctimas de violencia machista.

2. No disponer de ingresos suficientes. Esto es, no disponer de unos recursos anuales superiores a 2 veces la cuantía correspondiente de RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC.

3. No disponer de un patrimonio superior a 1/3 del límite de patrimonio establecido para la RGI con carácter general del año en curso según el número de miembros de la UC.

3. Cuantías: 1. Máximo 1.350 euros.

Artículo 6.- Ayudas para la cobertura de necesidades básicas: cuantías y requisitos de acceso.

1. Tipología:

1. Alimentación, vestido y enseres básicos (mantas, carrito bebé, etc.). 2. Gastos derivados de la participación de las personas menores de 25 años de la

UC en actividades valoradas técnicamente como importantes para su desarrollo personal y/o social.

3. Gasto farmacéutico, tratamientos de rehabilitación, logopedia, prótesis, gafas, audífonos, dentista, no cubiertos por las administraciones públicas, y con informe médico prescribiendo la necesidad.

4. Gastos personales derivados del proceso de inclusión social de personas mayores de 18 años con dificultades en sus competencias de tipo personal o social, así como debilitamiento o desaparición de los dinamismos vitales, impidiéndole un desenvolvimiento autónomo y situándole en dependencia de su UC de origen.

2. Requisitos: 1. Estar empadronado/a en el municipio de Portugalete al menos con un mes de

antelación a la solicitud de la ayuda, salvo en los casos en los que haya menores a cargo y mujeres embarazadas en los que el requisito de antigüedad de padrón no será exigible, siempre que la necesidad a cubrir sea del menor.

2. No disponer de ingresos suficientes. Esto es, no disponer de unos recursos anuales superiores a 2 veces la cuantía correspondiente de RGI con carácter general del año en curso para una persona.

3. No disponer de un patrimonio superior a 1/3 del límite de patrimonio de RGI según el número de miembros de la UC.

3. Cuantías por tipología: 1. Máximo 900 euros.

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2. Máximo 650 euros, (pudiendo superar esta cantidad en familias con más de cuatro niñas o niños).

3. Máximo 900 euros. 4. Máximo 1.200 euros.

Artículo 7.-Procedimiento de concesión.

La subvención se concede de forma directa, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha Ley, por concurrir razones de interés público, social, económico y humanitario.

1. Presentación de solicitudes. Las solicitudes de Ayudas Municipales de urgencia serán formuladas, con la colaboración de los Servicios Sociales municipales, y entregadas en el Registro general del Ayuntamiento de Portugalete. La persona solicitante deberá acompañar a la instancia, debidamente formalizada, la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI de la solicitante y, en su caso, del resto de los miembros de la unidad familiar. b) Fotocopia del libro de familia y /o en su caso, los Documentos que acrediten la guardia y custodia o tutela. c) Justificantes de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad familiar (nóminas, pensiones, prestaciones/subsidios de desempleo RGI/PCV). d) Declaración responsable de ingresos y patrimonio de cada miembro de la unidad familiar. e) Fotocopia de la declaración de la renta o en su caso certificado de Hacienda de no hacerla. f) Vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar. g) Documento bancario para la domiciliación de la ayuda municipal y en su caso endoso bancario. h) Facturas o presupuestos de los gastos para los que solicita ayuda. i) Cualquier otro documento que avale la situación de necesidad y /o que sea requerido por el o la Trabajadora Social para constatar la misma. Asimismo, y a efectos de integrar el expediente administrativo, la documentación entregada por la persona solicitante será complementada por el Ayuntamiento de Portugalete mediante la aportación de los siguientes documentos: a) Certificado de empadronamiento y vehículos. b) En su caso, certificado de convivencia de todos los miembros de la unidad familiar. c) Informe social elaborado por los Servicios Sociales municipales.

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Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Portugalete podrán verificar las declaraciones de los/as beneficiarios/as, solicitando cuantos datos e informes sean necesarios a otras instituciones o entidades públicas y privadas, con el consentimiento del interesado expresado en la instancia.

2. Resolución: La resolución del expediente se realizará mediante Decreto de Alcaldía. Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Portugalete realizarán el seguimiento de los/as beneficiarios/as de las Ayudas municipales de urgencia, a efectos de comprobar mediante la documentación oportuna el que las referidas ayudas se hayan adecuado a los fines previstos. A efectos de garantizar la utilización para el fin previsto, en casos excepcionales y previa conformidad del beneficiario/a de la ayuda, ésta podrá librarse directamente a las personas que presten el servicio o en su caso a entidades voluntarias colaboradoras de los Servicios Sociales Municipales. Asimismo, la ayuda podrá librarse en un solo pago o en varios pagos fraccionados. La no justificación de que la referida ayuda se hubiera destinado al gasto específico para el que fue prevista conllevaría la devolución de la misma a través del inicio de un proceso de cobro indebido, excepto para los gastos de alimentación que no se requerirá justificante del gasto. Las Ayudas municipales de urgencia no podrán ser, en ningún caso, objeto de compensación o descuento, retención o embargo.

Artículo 8.-Justificación.

Las ayudas se justificarán mediante la presentación de recibos y/o facturas relativas a los conceptos para los que se hayan concedido, excepto los gastos de alimentación que no requerirán justificación. El plazo máximo será de tres meses a partir de la fecha de notificación de la resolución en el caso de un único pago; en el caso de pagos fraccionados, el plazo será de 30 días a partir del momento en el que se realicen los diferentes pagos parciales. La no justificación de la ayuda dará lugar al inicio del proceso de cobros indebidos.

Artículo 9. Causas de denegación. 1. - No estar al corriente en el pago de impuestos y tasas municipales. 2. -Cualquier actuación fraudulenta, detectada con anterioridad, respecto de ayudas

municipales, u otros asuntos de competencia municipal. 3. - La constancia de signos externos de suficiencia económica, no acordes con los datos de

la documentación aportada. 4. - Las solicitudes incompletas, falseadas y/o la ocultación de datos.

Artículo 10.-Seguimiento.

Los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Portugalete realizarán el seguimiento de la persona

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beneficiaria de estas ayudas, a efectos de comprobar que las referidas ayudas se hayan adecuado a los fines previstos y la cobertura de la necesidad que generó la misma.

Artículo 11.-Régimen jurídico aplicable.

Estas ayudas se regirán, por lo dispuesto en las presentes bases reguladoras; por la Ley 12/2008, de 5 diciembre, de Servicios Sociales; la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social y por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia.

Artículo 12. Dotación presupuestaria. Se destinará a la concesión de estas subvenciones la cantidad recogida en la convocatoria

de las mismas y contemplada para tal fin dentro del Presupuesto Municipal de cada ejercicio. II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO POR EL PLENO. (MOCIONES, PREGUNTAS Y RUEGOS), art. 46.2.e) LRBRL. 2.01).-Mociones sobre asuntos no incluidos en el régimen competencial del Pleno art. 22 LRBRL 2.01.01.- Moción de PD-EG relativa a proyecto de acuerdo para la realización de un estudio para propuesta de un espacio para construcción de un centro de artes escénicas en Portugalete. El Sr. Alcalde presenta brevemente la moción presentada por Portugalujo Despierta y cede la palabra a la Sra. Rey Barja (PD-EG). La cultura no es solo un bien al que debería tener acceso toda la sociedad, sino que también desde los entes públicos debemos garantizar que este derecho se materialice en unos espacios idóneos para ello. Actualmente en Portugalete no disponemos de un espacio lo suficientemente adecuado para hacer posible que los artistas tengan un lugar para realizar sus actividades, así como el público poder disfrutar de las mismas en un entorno optimo y de carácter local, un espacio que fomente las artes escénicas de manera que el patrimonio artístico de Portugalete pueda desarrollar sus actividades y el potencial artístico de los vecinos y vecinas. Necesitamos un estudio que adecue un espacio a las artes escénicas, un espacio en el que desarrollar cine, teatro danza, ballet, música, performance, exposiciones y todas aquellas disciplinas que requieran un espacio escénico. Nos consta el estudio realizado en el Merkatu, proyecto que a la vista esta que no se ha realizado, pero que además nosotras entendemos que el Merkatu debe seguir siendo un espacio autogestionado por vecinas y vecinos como lo ha sido hasta ahora con gran éxito, y que existen diferentes opciones en nuestra villa que podrían albergar un centro de artes escénicas. Tenemos ejemplos de municipios cercanos como en Barakaldo, con una programación excelente, Santurtzi con el Serantes kultur aretoa, con 3 ubicaciones y un total de 5 salas, como Mamariga kulturgunea…Sestao con la escuela de música donde se hacen representaciones en su salón de actos (como teatro, el festival de títeres) y debemos tomar ejemplo de ellos. Por todo lo dicho solicitamos al ayuntamiento que

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

1.- El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar un estudio que proponga un espacio adecuado para la construcción de un centro de artes escénicas en la villa de Portugalete. 2.- El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar dicho estudio durante el año natural 2019. 3.- Una vez realizado el estudio y presentado a la ciudadanía, el Ayuntamiento de Portugalete se compromete a reservar las partidas presupuestarias necesarias para llevar a término el proyecto. Desde el grupo municipal del PNV se ha hecho una propuesta que ya explicarán, pero que desde su grupo aceptan. El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Castaño Moreno (PP) quien cree que ésta no es una propuesta nueva, y se han barajado diferentes posibilidades, por ejemplo los terrenos en los que se ubicaba el Cine Mar, también el proyecto del concurso de ideas en el Mercado de Abastos, pero en ambos casos no sólo sirve el deseo sino que hay que buscar los fondos para poder realizarlo, que en el caso de el Mercado era un presupuesto alto. En el Cine Mar habría que expropiar lo que genera un problema económico también. Por tanto cree que el principal problema es de financiación, aunque todos están de acuerdo en su necesidad. El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Duque Santacoloma (EHB) quien coincide con el Sr. Castaño en que todos los grupos han llevado una propuesta similar en sus programas electorales. Y también coincide en que es un reclamo histórico, considerando el solar del Cine Mar como muy adecuado. Consideran que no acotan el espacio como teatro sino algo mas variado y que lo que hasta ahora hay consideran que es insuficiente. Reflexiona, respecto a intervenciones del Sr. Alcalde en Tele 7 comentando que hay espacios en el municipio con los que se colabora desde el Ayuntamiento para actos. Entiende la concejala que esta colaboración será la del pago de alquiler. Creen que se debería poner en la dirección de conseguir un equipamiento. Van a apoyar la moción aunque no cumple todas sus expectativas.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Ezkerra Fernández (PNV) quien considera que cuando se está acabando la legislatura quizás no sea el momento mas adecuado de presentar esta moción, no obstante todos se muestran de acuerdo con este planteamiento. Ante esto ellos han presentado un punto alternativo transaccionando su Moción y sustituiría el punto 1 y sería “El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar un estudio de viabilidad para un nuevo equipamiento cultural de carácter escénico o para la adaptación de alguno de los espacios existentes mejorando sus usos y dotaciones para las producciones escénicas.”

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Freije (PSE-EE) quien recuerda que el

Ayuntamiento tiene un proyecto previsto en el Mercado, que fue el resultado de un concurso de ideas al que se presentaron 50 y fueron seleccionados 7. El coste rondaba 7 millones de euros. Esta propuesta de gran envergadura debe tomar en consideración el esfuerzo económico que supone para el Ayuntamiento, así como el mantenimiento anual a posteriori. Cree que en las críticas que se vierten sobre las necesidades, no tienen en cuenta todas las actividades que en la actualidad se desarrollan. Además de la Programación cultural estable se potencian artistas, programas específicos para promover el talento local y comarcal, hay un ciclo de teatro amateur. Teatro de sala y actuaciones musicales en el Salón de Actos del Colegio, un Festival de Cine Express,

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

numerosas actuaciones en el programa “mas que música” en el anfiteatro Santa Clara con numerosos grupos de Rock locales. Y numerosas actuaciones de música y danzas. Sin olvidar a la Banda de Música que tiene actuaciones en diferentes barrios y lugares, además del Kiosko.

Quiere comentar el tema de los espacios que, reconociendo necesidad de un espacio polivalente, pero cree que los que se tienen se están utilizando ampliamente los que se tienen: Rialia, C.Cultural Santa Clara utilizado por todo el tejido asociativo y cultural de la Villa. Hay un convenio de colaboración con el Colegio del Carmen para usar el teatro con capacidad para 450 personas, recientemente remodelado. Y par obras de gran formato se utiliza el polideportivo Zubi Alde para asistencias más masivas. También la Sala de Conferencias de la Escuela de Naútica mediante convenio con la UPV. Y por supuesto el convenio para actividades en el Mercado. Entienden que Portugalete tiene una gran actividad cultural y social durante todo el año y es señal de buena salud. Entienden que las obras faraónicas deben reflexionarse y quedar fuera de la contienda electoral y ser consensuadas por todos los grupos. Ahora bien, viendo la enmienda transaccionada muestran su apoyo a la moción.

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Rey Barja, quien considera que, Queremos matizar que en el punto número 1, cuando nos referimos a la construcción, entendemos que puede ser una adecuación de un espacio, cualquiera que sea este. Por otra parte y respecto a las declaraciones que habéis dado, nombráis 5 espacios, zubialde:1500 personas, recordar que son instalaciones deportivas que no albergan las condiciones para determinadas escenificaciones, el Carmen, 400 personas, no es un local municipal, y no sabemos para vosotras pero desde luego para las asociaciones el coste es elevado, la basílica 400 personas, es uso de corales, no para otro tipo de representaciones, la náutica unas 800 personas, las asociaciones solo pueden utilizarlo previo pago económico y en horas lectivas, no fines de semana y santa clara, con la sala mayor con espacio de 170/180 personas, y otro para 100, nos consta que cuando la escuela de música realiza el acto de final de curso, los familiares de los alumnos se tienen que turnar, es decir entran las familias de quienes están actuando y salen para dejar entrar a las familias de los siguientes. Necesitamos un lugar de titularidad municipal para todas las portugalujas y portugalujos y acoger esos eventos artísticos que puedan venir de gira como lo hacen a localidades vecinas de Santurtzi y Barakaldo, y aquí no por no disponer de un centro adecuado, es obvio que es una necesidad en lugar de tradición cultural tan importante como la villa de Portugalete. Por tanto, es complicado sí, es necesario también, tanto para el ayuntamiento como para el tejido asociativo de Portugalete, por eso lo traemos hoy aquí como moción.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Castaño Moreno (PP) quien cree que todos los grupos están de acuerdo en la necesidad de reubicación de determinados servicios, ensayos en grupos musicales, escuela de música, etc. pero insiste en que se necesita una reflexión serena y una financiación adecuada. Y considera que no es tan sencillo. Van a votar a favor de la Moción porque comparten la esencia, aunque no la literalidad.

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Duque Santacoloma (EHB) quien quiere

reconocer el trabajo que desde la concejalía de Cultura se ha hecho, y de la gran vida cultural y asociativa que existe en el municipio. También saben que se necesitaría una gran inversión económica y no es tan sencillo. Pero quisieran ser un poco ambiciosas y

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

que se pueda desarrollar un proyecto de este tipo. Van a apoyar la propuesta pero conocen que requiere tiempo.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Ezkerra Fernández (PNV) quien cree que es

lícito plantear deseos pero que estamos en campaña electoral y quizás tenga estos tintes. Habrá que analizar qué se podrá hacer, abordarlo entre todos. Y quizás no sea necesario hacer algo nuevo, sino ver qué es conveniente hacer.

El Sr. Alcalde cede la palabra a la Sra. Freije quien vuelve a comentar que una

propuesta de estas debe venir de un debate sereno, tranquilo y fruto de consenso.

El Sr. Alcalde matiza que, respecto a la rueda de prensa que se dio en relación a este tema la dio una persona que está fuera del ámbito municipal. Y recuerda que todos los artistas de todos los ámbitos tienen los locales a su disposición. Y se aprovechan al máximo los locales que se tienen, usándolos de manera polivalente. El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Ezkerra Fernández (PNV)para leer la incorporación a la Moción: El Sr. Alcalde somete a votación la enmienda presentada por Portugalujo Despierta, transaccionada con un primer punto aportado por el Partido Nacionalista Vasco, siendo votada favorablemente por todos los grupos y siendo, por tanto, APROBADA, previo examen de la Comisión Informativa de Presidencia y Planificación Estratégica, reunida en sesión ordinaria el día 21 de marzo de 2019 y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar un estudio de viabilidad para un nuevo equipamiento cultural de carácter escénico o para la adaptación de alguno de los espacios existentes mejorando sus usos y dotaciones para las producciones escénicas. No habiendo mas intervenciones se somete el punto a votación: siendo APROBADA por unanimidad, previo estudio de la Comisión, del siguiente tenor literal: “1.- El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar un estudio de viabilidad para un nuevo equipamiento cultural de carácter escénico o para la adaptación de alguno de los espacios existentes mejorando sus usos y dotaciones para las producciones escénicas. 2.- El Ayuntamiento de Portugalete se compromete a realizar dicho estudio durante el año natural 2019. 3.- Una vez realizado el estudio y presentado a la ciudadanía, el Ayuntamiento de Portugalete se compromete a reservar las partidas presupuestarias necesarias para llevar a término el proyecto.” 3.- Decretos de la Alcaldía

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

3.01.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 21 de febrero de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/001 en la modalidad de INCORPORACION DE REMANENTES. 3.02.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 21 de febrero de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/002 en la modalidad de INCORPORACION DE REMANENTES. 3.03.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 28 de febrero de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/003 en la modalidad de HABILITACION DE CREDITO 3.04.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 28 de febrero de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/006 en la modalidad de HABILITACION DE CREDITO- 3.05.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 28 de febrero de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/008 en la modalidad de HABILITACION DE CREDITO- 3.06.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 28 de febrero de 2019 de Delegación en la 1ª Teniente de Alcalde Dª Maria José Blanco Gavieiro las funciones de Alcaldía del 4 al 8 de marzo de 2019. 3.07.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 6 de marzo de 2019 del expediente de Modificación de Crédito nº MC 2019/009 en la modalidad de TRANSFERENCIA DE CREDITO- 3.08.- Dar cuenta del Decreto de la Alcaldía de 14 de marzo de 2019 de aprobación de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Portugalete correspondiente al ejercicio 2018. DECRETOS El Sr. ALCALDE recuerda a los asistentes que conocen el contenido del acuerdo, pues se les ha remitido copia y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: El Sr. Castaño desea intervenir

AREA FECHA DESCRIPCIÓN Nuevas Tecnologías

26/02/2019

Adjudicación contrato menor a T-SYSTEMS IBERIA por importe de11,565,18 euros. Bolsa de 15 Jornadas de Servicios para aplicativos TAO-T-Systems

Nuevas Tecnologías

11/03/2019

Autorización de publicación de los servicios de Padrón Individual, Padrón Domicilario y Padrón Histórico en el nodo de interoperabilidad de Bizkaia

OBRAS

22/02/2019

Decreto Alcaldía devolución de factura a la empresa Schindler, S.A.

OBRAS

22/02/2019

Decreto Alcaldía contrato menor instalación de semáforos en la Avda. Kanpanzar

OBRAS

25/02/2019

Decreto Alcaldía contrato menor obra de cimentación de postes de la zona de Juegos de la Plaza Mateo Hernández

OBRAS

26/02/2019

Decreto Alcaldía levantar reparo a la empresa Schindler, S.A .reparación rampa nº 4 José Zaldua por corte de corriente

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

OBRAS

26/02/2019

Decreto Alcaldía levantar reparo a la empresa Schindler, S.A.reparación rampa nº5 Casilda Iturrizar por impacto de vehículo

OBRAS

26/02/2019

Decreto Alcaldía levantar reparo a la empresa Iberdrola reparación rampa nº 1 Vallecilla corte intencionado pasamanos

OBRAS

11/03/2019

Decreto Alcaldía levantar reparo a la empresa Ranzari mes de jardinería de Enero 2019

OBRAS

11/03/2019

Decreto Alcaldía devolución de factura a la empresa Schindler, S.A.

OBRAS

12/03/2019

Decreto Alcaldía levantar reparo a la empresa Ranzari mes de jardinería de Febrero 2019

OBRAS

14/03/2019

Decreto Alcaldía contrato menor Reparación y ornamentación de la zona anexa a la cabina de aseo de La Florida

OBRAS

14/03/2019

Decreto de Alcaldía contrato menor alumbrado ornamental de la Basílica de Santa María

CULTURA Y FIESTAS

21/02/2019

Diseño y elaboración de sardina con material fallero, montaje, desmontaje, transporte y alquiler de elementos escenográficos así como sonorización e iluminación para su uso en el desfile de Carnaval 2019; empresa ANTONIO IGLESIAS LOPEZ

CULTURA Y FIESTAS

21/02/2019

Suministro en régimen de alquiler de carpa 30*10m y escenario 7*5m para la realización del baile de Carnaval 2019; empresa RUYDA CARPAS Y ESCENARIOS

CULTURA Y FIESTAS

26/02/2019

Adhesión a través de RIALIA Museo de la Industria a la celebración del mes de los Museos de la Costa Vasca y aprobación de la exención de pago durante los días de celebración

CULTURA Y FIESTAS

27/02/2019

Suministro y montaje en régimen de alquiler de un equipo de sonido e iluminación, para su uso en los conciertos a celebrar en el Paseo de La Canilla del 14 al 17 de agosto de 2019; empresa ALBOKA, S.COOP

CULTURA Y FIESTAS

27/02/2019

Organización de un concierto con el grupo musical “En Tol Sarmiento” el día 16 de agosto en el Paseo de la Canilla con motivo de las Fiestas de San Roque; empresa BAGA BIGA PRODUKZIOAK S,L

CULTURA Y FIESTAS

04/03/2019

Nombramiento de vocales del Jurado calificador XXXIII Concurso de Cómic “Noble Villa de Portugalete 2019”

CULTURA Y FIESTAS

11/03/2019

Diseño y elaboración de los soportes y materiales publicitarios de la exposición "La ciudad importa" de Juanjo Novella en el Museo de la Industria Rialia;empresa GONZALO ALONSO BASAÑEZ

COMPRAS 25.02.2019 Aprobación devolución garantía definitiva contrato “Servicio mantenimiento rampas mecánicas c/ Almirante Vallecilla”.

COMPRAS 26.02.2019 Aprobación prórroga contrato “Servicio mantenimiento áreas juegos infantiles, áreas biosaludables y equipamiento deportivo municipio”.

COMPRAS 27.02.2019 Aprobación 1ª prórroga contrato “Suministro carburante para vehículos y maquinaria Ayto.”.

COMPRAS 01.03.2019 Aprobación de la sucesión del contratista en el contrato de “Servicio gestión residuos higiene

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

íntima y sanitarios mediante contenedores”. COMPRAS 04.03.2019 Aprobación adjudicación contrato “Suministro

vidrios colegios y edificios municipales”. COMPRAS 05.03.2019 Aprobación adjudicación contrato “Suministro

gasóleo calefacción colegios públicos”. COMPRAS 05.03.2019 Aprobación devolución garantía contrato

“Suministro –en régimen de alquiler- de adornos navideños para calles y edificios municipales 2018/2019”.

COMPRAS 07.03.2019 Aprobación devolución factura duplicada prima altas contrato póliza seguro riesgos patrimoniales.

COMPRAS 12.03.2019 Aprobación gasto (fase O) prima Lote III.- Seguro vida trabajadores y corporativos/2019.

COMPRAS 12.03.2019 Aprobación 1ª prórroga contrato “Servicio mantenimiento ascensores, rampas y escaleras mecánicas del Ayto.”

Educación, Juventud y Deportes

12/03/19 Aprobar el Convenio entre el Departamento de Educación del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Portugalete, para la consolidación de las Escuelas Infantiles de cero a tres años, de titularidad municipal.

Participación e Innovación Social

27-02-2019 Adjudicación Contrato 000025/2019-CMENOR, consistente en el “Diseño, dinamización y ejecución de una jornada de inteligencia colectiva para el impulso del tejido asociativo y de voluntariado. II Encuentro de Asociaciones de Portugalete”

Participación e Innovación Social

08-03-2019 Adjudicación Contrato 000034/2019-CMENOR, consistente en “Concluir el Proceso Político para establecer políticas e iniciativas locales en materia de Memoria y Víctimas para el municipio de Portugalete”

RENTAS 22/02/2019 EXENCION I.V.T.M. POR MINUSVALIA (000010/2019)

RENTAS 22/02/2019 EXENCION I.V.T.M. POR MINUSVALIA (000009/2019)

RENTAS 22/02/2019 EXENCION I.V.T.M. POR MINUSVALIA (000011/2019)

RENTAS 22/02/2019 DEVOLUCION I.V.T.M. POR CAMBIO DOMICILIO (000021/2019)

RENTAS 25/02/2019 EXENCION I.V.T.M. POR MINUSVALIA (000012/2019)

RENTAS 28/02/2019 BAJAS EN P. VOLUNTARIO -ENERO Y FEBRERO 2019-

RENTAS 28/02/2019 BAJAS EN P. EJECUTIVO -ENERO Y FEBRERO 2019-

RENTAS 04/03/2019 APROBACIÓN PADRÓN I.B.I 2019 RENTAS 04/03/2019 APROBACIÓN PADRÓN I.V.T.M 2019 RENTAS 04/03/2019 LIQUIDACIONES ALQUILERES, AYDO,

KIOSCOS, MERCADO, ACENDIA

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

RENTAS 05/03/2019 LIQUIDACIONES EUSKALTEGI, IBI, I.C.I.O, I.I.V.T.N.U, MULTAS

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 TASA POR O.V.P. MEDIANTE P. ACERAS Y RESER. ESPACIO

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 TASA POR O.V.P. MEDIANTE VOLADIZOS

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 TASA POR O.V.P. MEDIANTE RESERVA PARADA TAXI

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 TASA POR O.V.P. MEDIANTE CAJEROS AUTOM. BANCOS

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 TASA POR O.V.P. MEDIANTE TERRAZAS

RENTAS 06/03/2019 PADRON 2019 RIALIA RENTAS 07/03/2019 DEVOLUCION O.V.P. POR TERRENO

PRIVADO (000023/2019) RENTAS 07/03/2019 DEVOLUCION BAJA TERRAZA 2

MENSUALIDADES (000024/2019) RENTAS 07/03/2019 LIQUIDACIONES I.I.V.T.N.U.

(PLUSVALIAS-HERENCIAS) RENTAS 11/03/2019 LIQUIDACIONES I.I.V.T.N.U.

(PLUSVALIAS-COMPRAVENTAS) RENTAS 14/03/2019 LIQUIDACIONES I.C.I.O, MULTAS, O.V.P,

CEMENTERIO. RENTAS 15/03/2019 REDUCCION SANCIONES I.C.I.O. OBRAS

(0000005/2019-RECURSO)

Informatica (36/2019) 12/03/2019 Renovación Autocad SANIDAD Y CONSUMO

8 MARZO 2019

CASETAS Y COMEDEROS PARA LAS COLONIAS DE GATOS CALLEJEROS

SANIDAD Y CONSUMO

12 MARZO 2019

TRABAJOS VETERINARIOS PARA EL CONTROL DE COLONIAS DE GATOS CALLEJEROS

COMERCIO 19 FEBRERO 2019

IMPULSO AL EMPRENDIMIENTO EN EL ÁMBITO DEL COMERCIO A PARTIR DE LA OCUPACIÓN DE LOCALES VACÍOS EXISTENTES

RRHH 21/02/2019 Decreto de extinción de contrato laboral a petición propia De Conserje de Escuela (Área de Educación)

RRHH 22/02/2019 Decreto de prácticas de Ciclo Administración y Finanzas CPES Xabier en el Archivo Municipal

RRHH 22/02/2019 Decreto de prácticas de Ciclo Administración y Finanzas CPES Xabier en el Área de Bienestar Social

RRHH 22/02/2019 Decreto de prácticas de Ciclo Administración y Finanzas CPES Xabier en la Escuela de Música (Área de Educación)

RRHH 25/02/2019 Dcto. de reducción de jornada por guarda legal de menor + mantenimiento nombramiento de funcionaria interina Administrativa de compras

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para cubrir la reducción de jornada (Área de Contratación y compras)

RRHH 04/03/2019 Dcto. practicas del Ciclo formativo Gestión Administrativa (Área de Seguridad ciudadana)

RRHH 04/03/2019 Dcto. practicas del Ciclo formativo Gestión Administrativa (Área de Seguridad ciudadana)

RRHH 04/03/2019 Dcto. reintegro de cantidad a la Tesorería General de la Comunidad Autónoma abonada en exceso de las ayudas de formación del IVAP (Área de RRHH)

RRHH 05/03/2019 Dcto. elevación lista definitiva aspirantes plaza de Oficial y nombramiento vocales prueba de Euskera (Área de RRHH)

RRHH 05/03/2019 Dcto. huelga 8 de marzo 2019 (Área de RRHH)

RRHH 06/03/2019 Decreto contratación por interinidad Profesora Piano-lenguaje musical para días 7-8 marzo de 2019 (Área de Educación)

RRHH 07/03/2019 Dcto. Contratación por interinidad Conserje de Escuela CEIP Maestro Zubeldia (Área de Educación)

RRHH 12/03/2019 Dcto. Contratación por interinidad Conserje de Escuela Edificio Real de Asúa (Área de Educación)

RRHH 12/03/2019 Dcto. Nombramiento interino Agente PL (Área Seguridad Ciudadana)

RRHH 14/03/2019 Dcto. de Comisión de servicios de la Asesora jurídica de Urbanismo al puesto de Directora Administrativa de Urbanismo (Área de Urbanismo)

RECAUDACION 27/02/2019 Ref. 000022/2019-DEVOL Devolución de Ingresos Indebidos.

RECAUDACION 01/03/2019 Ref. 000004/2019-RECURSO. Recurso de reposición contra diligencia de embargo

TESORERIA 14/03/2019 Fraccionamiento deuda tributaria INTERVENCIÓN 21/01/2019 JUSTIFICACIÓN GASTOS FUNDACIÓN

EDEX 2018-029 , ORGANIZACIÓN Y REPRESENTACIÓN MUSICAL "LA SIRENITA" IMPORTE 5.445,00 €

INTERVENCIÓN 31/01/2019 DECRETO ACTUALIZACIÓN ASIGNACIONES A GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES

INTERVENCIÓN 19/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-013 IMPORTE 5.959,80 €

INTERVENCIÓN 20/02/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2019-001 IMPORTE 167.767,64 €

INTERVENCIÓN 20/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-015 IMPORTE 15.027,12 €

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

INTERVENCIÓN 20/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-017 IMPORTE 10.147,19 €

INTERVENCIÓN 21/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-018 IMPORTE 2.442,22 €

INTERVENCIÓN 22/02/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN FM 2019-003 IMPORTE 14.989,16 €

INTERVENCIÓN 22/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-011 IMPORTE 10.300,92 €

INTERVENCIÓN 22/02/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2018-060 IMPORTE 2.058,40 €

INTERVENCIÓN 25/02/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2019-002 IMPORTE 2.783,02 €

INTERVENCIÓN 25/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-019 IMPORTE 3.881,54 €

INTERVENCIÓN 25/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-020 IMPORTE 5.187,04 €

INTERVENCIÓN 25/02/2019 RETRIBUCIONES PERSONAL AYUNTAMIENTO ENERO 2019 IMPORTE 1.037.803,49 €

INTERVENCIÓN 26/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-021 IMPORTE 1.350,91 €

INTERVENCIÓN 26/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-023 IMPORTE 34.754,57 €

INTERVENCIÓN 26/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-024 IMPORTE 5.643,82 €

INTERVENCIÓN 26/02/2019 LIQUIDACIÓN SEGUROS SOCIALES PERSONAL MUNICIPAL MES ENERO 2019

INTERVENCIÓN 27/02/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2019-003 IMPORTE 4.809,61 €

INTERVENCIÓN 27/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-021 IMPORTE 46.189,94 €

INTERVENCIÓN 27/02/2019 ASIGNACIONES A GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES MES FEBRERO 2019- IMPORTE 7.424,72 €

INTERVENCIÓN 28/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-025 IMPORTE 2.562,13 €

INTERVENCIÓN 28/02/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-026 IMPORTE 263,65 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-028 IMPORTE 15.267,48 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-030 IMPORTE 7.052,35 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019-

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Portugaleteko Udala Ayuntamiento de Portugalete

GRUPO MUNICIPAL PORTUGALUJ@ DESPIERTA-ESNA GAITEZEN- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL EAJ/PNV DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL EAJ/PNV DE PORTUGALETE- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL EAJ/PNV DE PORTUGALETE- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL EH-BILDU PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL EH-BILDU PORTUGALETE- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL POPULAR DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL PORTUGALUJ@ DESPIERTA- ESNA GAITEZEN- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL PORTUGALUJ@ DESPIERTA-ESNA GAITEZEN- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTAS VASCOS DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTAS VASCOS DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTAS

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VASCOS DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019- GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTAS VASCOS- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019-GRUPO MUNICIPAL EAJ/PNV DE PORTUGALETE-IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019-GRUPO MUNICIPAL EH-BILDU PORTUGALETE- IMPORTE 801,21 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 ASISTENCIA A SESIONES ORGANOS COLEGIADOS MES FEBRERO 2019-GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTAS VASCOS DE PORTUGALETE- IMPORTE 1.637,95 €

INTERVENCIÓN 01/03/2019 CUOTAS ELKARKIDETZA MES ENERO 2019 IMPORTE 15.487,02 €

INTERVENCIÓN 04/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-027 IMPORTE 3.948,74 €

INTERVENCIÓN 05/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-029 IMPORTE 2.884,60 €

INTERVENCIÓN 05/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-0 IMPORTE €

INTERVENCIÓN 05/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-031 IMPORTE 643,75 €

INTERVENCIÓN 06/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN FM 2019-004 IMPORTE 120.813,53 €

INTERVENCIÓN 06/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-032 IMPORTE 4.202,84 €

INTERVENCIÓN 07/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN FM 2019-005 IMPORTE 3.756,78 €

INTERVENCIÓN 08/03/2019 RETRIBUCIONES PERSONAL AYUNTAMIENTO FEBRERO 2019 IMPORTE 998.749,18 €

INTERVENCIÓN 11/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-034 IMPORTE 9.735,21 €

INTERVENCIÓN 11/03/2019 LIQUIDACIÓN SEGUROS SOCIALES PERSONAL MUNICIPAL MES FEBRERO 2019

INTERVENCIÓN 12/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2019-004 IMPORTE 15.281,44 €

INTERVENCIÓN 12/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº

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RELACIÓN 2019-035 IMPORTE 1.527,95 € INTERVENCIÓN 13/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº

RELACIÓN 2019-036 IMPORTE 85,97 € INTERVENCIÓN 14/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº

RELACIÓN 2019-037 IMPORTE 3.927,43 € INTERVENCIÓN 14/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº

RELACIÓN 2019-038 IMPORTE 499,78 € INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº

RELACIÓN FM 2019-006 IMPORTE 81.720,08 €

INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN FM 2019-007 IMPORTE 358.883,50 €

INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS FIJOS DE MES- Nº RELACIÓN PU 2019-005 IMPORTE 152.224,92 €

INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-039 IMPORTE 52.821,56 €

INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-040 IMPORTE 893,82 €

INTERVENCIÓN 15/03/2019 APROBACIÓN GASTOS VARIOS- Nº RELACIÓN 2019-041 IMPORTE 29.039,21 €

Bienestar Social 20/02/2019 Contrato menor Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 20/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad Bienestar Social 21/02/2019 Tarjeta Estacionamiento para personas con

discapacidad URBANISMO 21/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE

COCINA. EL FRONTON, 6 – 03 D

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URBANISMO 21/02/2019 TOMA DE RAZON. ACOMETIDA DE GAS A VIVIENDA. GIPUZKOA, 14 02 IZ.

URBANISMO 21/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA Y BAÑO. BAILEN, 6 03 IZ.

URBANISMO 21/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. DR. JOSE ZALDUA, 3 04 CTRO.

URBANISMO 21/02/2019 LICENCIA DE OBRA. COLOCACION DE PLACA EN NICHO Nº 7 – FILA 1 – FASE 13

URBANISMO 22/02/2019 TENER POR NO EFECTUADA COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD: AGENCIA DE SEGUROS. AVDA. ABARO nº 2

URBANISMO 21/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. ARANTZA, 9 BJ DR.

URBANISMO 26/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE LONJA. ABATXOLO, 44 - PB. IZ.

URBANISMO 26/02/2019 LICENCIA DE OBRA. COLOCACION DE PLACA EN NICHO Nº 5 – FILA 1- FASE 13

URBANISMO 27/02/2019 LICENCIA DE OBRAS PARA REHABILITACION DE FACHADA TRASERA Y ALEROS. C/ BAILEN Nº 4 (denegación)

URBANISMO 27/02/2019 TOMA DE RAZON DE ACTIVIDAD (VENTA DE MATERIAL DEPORTIVO). AVDA. ABARO Nº 6

URBANISMO 28/02/2019 LICENCIA DE OBRAS (SUSTITUCIÓN DE VENTANAS) C/ SAN JOSÉ nº 4 2º D (denegación)

URBANISMO 28/02/2019 TOMA DE RAZON DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA DE APERTURA PARA VENTA DE PRENDAS CONFECCIONADAS. C/ CASILDA ITURRIZAR nº 17 (denegación)

URBANISMO 28/02/2019 TOMA DE RAZON. INSTALACION DE GAS, CALEFACCION Y AGUA CALIENTE SANITARIA. MARTIN FERNANDEZ VILLARAN, 14 02 D.

URBANISMO 28/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO, COLOCACION DE CALDERA E INSTALACION DE CALEFACCION. AVDA. CARLOS VII, 18 01 IZ.

URBANISMO 28/02/2019 LICENCIA DE OBRA. CAMBIO DE UNA VENTANA. ARABA, 14 03 IZ.

URBANISMO 28/02/2019 LICENCIA DE OBRA. IMPERMEABILIZACION DE FORJADO EXTERIOR DE CUARTO DE LIMPIEZA. ABATXOLO, 25

URBANISMO 28/02/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. ALFONSO DEL POZO, 22 01 D.

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URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. AZETA, 5 BIS 01 C

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE BAÑO Y COLOCACION DE CONTENEDOR. MUGAKOA, 11 05 IZ.

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE ALERO DE FACHADA PRINCIPAL, ALERO EN CASETON DE CAJA DE ESCALERAS, BARANDILLAS Y TRABAJOS PUNTUALES DE MANTENIMIENTO DE CUBIERTA. AVDA. CARLOS VII, 10

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. DR. JOSE ZALDUA, 33 05 CI

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. ALFONSO DEL POZO, 9 01 DR.

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. ARABA, 6 01 DR.

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA PARA OCUPACION TEMPORAL DE VIA PUBLICA (TRABAJOS DE CARGA Y DESCARGA). C/ GREGORIO UZQUIANO Nº 13

URBANISMO 04/03/2019 IMPOSICIÓN DE SANCIÓN POR LA EJECUCIÓN DE OBRAS CONSISTENTES EN REHABILITACIÓN DE FACHADA, CONTRAVINIENDO LAS CONDICIONES DE LICENCIA. C/ GENERAL CASTAÑOS Nº 47.

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE SUELO DE COCINA. SOTERA DE LA MIER, 1 06 IZ.

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA Y BAÑO. LA VID, 11 – 04 DR.

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE TRES VENTANAS. GENERAL CASTAÑOS, 22 02 B

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE CINCO VENTANAS. LIBERTADOR SIMON BOLIVAR, 28 0 5B

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUBSANACION DEFICIENCIAS ITE. GRUPO LA FLORIDA, 7

URBANISMO 04/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO, SALA Y HALL. POETA DIEZ GAVIÑO, 11 03 CTRO.

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE

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VIVIENDA Y SUSTITUCION DE VENTANAS. TUBOS, 7 PB DR.

URBANISMO 04/03/2019 LICENCIA DE OBRA. COLOCACION DE CONTENEDOR. COSCOJALES, 12 02

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. COLOCACION DE CONTENEDOR. AVDA. ABARO, 24

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SANEADO Y PINTADO DE PESEBRE. BARRIO CAMPANZAR, 17 01

URBANISMO 05/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE VIVIENDA. AVDA. ABARO, 24 05 DR.

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE BARANDILLAS DE BALCON (SUBSANACION DEFICIENCIAS ITE)

URBANISMO 05/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. BIZKAIA, 1 04 A

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE SEIS VENTANAS. NAFARROA, 2 03 IZ.

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. REPARACION DE BAJANTES DE PLUVIALES. CORREOS, 31

URBANISMO 05/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE CINCO VENTANAS. MARIA DIAZ DE HARO, 48 01 IZ.

URBANISMO 05/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. MIGUEL DE CERVANTES, 1 01 IZ.

URBANISMO 06/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SANEO Y REPARACION DE ALEROS DE FACHADA PRINCIPAL (SUBSANACION DEFICIENCIAS ITE). SANCHO ARCHINIEGA, 2

URBANISMO 06/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. DR. JOSE ZALDUA, 7 01 IZ.

URBANISMO 06/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE SIETE VENTANAS. PALANGREROS, 9 06 A

URBANISMO 06/03/2019 PRÓRROGA DE LICENCIA DE OBRAS (REHABILITACIÓN DE CUBIERTA Y COLOCACIÓN CONTENEDOR). C/ GIPUZKOA Nº 15.

URBANISMO 06/03/2019 TOMA DE RAZON. MODIFICACION DE INSTALACION ELECTRICA. AVDA. CARLOS VII, 5 01 IZ.

URBANISMO 06/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. VALENTIN DE BERRIOCHOA, 3 01 C

URBANISMO 06/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE DOS VENTANAS. GENERAL CASTAÑOS, 22 04 A

URBANISMO 06/03/2019 LICENCIA DE OBRA. PINTADO DE

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ZOCALO DE FACHADA. GRUPO LA FLORIDA, 8

URBANISMO 06/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. DR. JOSE ZALDUA, 1 02 IZ.

URBANISMO 06/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO Y COCINA. GENERAL CASTAÑOS, 111 01 IZ.

URBANISMO 07/03/2019 LICENCIA DE OBRAS (SUSTITUCIÓN DE PERSINA DEL TRASTERO POR PUERTA). GRUPO ALONSO ALLENDE Nº 21 Lonja A (denegación)

URBANISMO 07/03/2019 LICENCIA OCUPACIÓN TEMPORAL. EMPLAZAMIENTO K-08. CC BALLONTI.

URBANISMO 07/03/2019 LICENCIA DE OBRA (REPARACIONES EN FACHADA). C/ GENERAL CASTAÑOS NºS 1 Y 3 (DENEGACIÓN).

URBANISMO 08/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUBSANACION DEFICIENCIAS ITE. ANTONIO GURRUCHAGA, 3

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. GREGORIO UZQUIANO, 12 01 IZ.

URBANISMO 08/03/2019 LICENCIA DE OBRA. SUSTITUCION DE SEIS VENTANAS. GIPUZKOA, 28 05 IZ.

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. AZETA, 11 06 C

URBANISMO 08/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE BAÑO, SUELO LAMINADO, SUSTITUCION DE VENTANAS Y COLOCACION DE CONTENEDOR. ALBERTO PALACIO, 9 02 C

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO. POETA DIEZ GAVIÑO, 2 03 C

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. SUSTITUCION DE PUERTAS, PARQUET, RODAPIE Y PINTADO DE VIVIENDA. ARABA, 14 03 IZ.

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. AVDA. ABARO, 3 01 DR.

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA Y SUSTITUCION DE CALDERA, GIPUZKOA, 8 05 D

URBANISMO 08/03/2019 TOMA DE RAZON. SUSTITUCION DE BAÑERA POR PLATO DE DUCHA. GENERAL CASTAÑOS, 51 C 03 D

URBANISMO 11/03/2019 LICENCIA DE OBRA. CAMBIO DE SIETE VENTANAS. GORBEA MENDI, 3 04 DR.

URBANISMO 11/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE FACHADAS DE PATIOS. SAN IGNACIO, 3

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URBANISMO 11/03/2019 LICENCIA DE OBRA. REHABILITACION DE VIVIENDA Y SUSTITUCION DE VENTANAS. BARRENGOITIA, 1 01 C.

URBANISMO 11/03/2019 LICENCIA DE OBRA. COLOCACION DE PLACA EN NICHO Nº 2 – FILA 1 – FASE 13. CEMENTERIO MUNICIPAL

URBANISMO 11/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. ARTURO CAMPION, 14 0 5A

URBANISMO 11/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. MARTIN PEREZ ZABALLA, 2 04 C

URBANISMO 11/03/2019 LICENCIA DE OBRA. IMPERMEABILIZACION DE CUBIERTA DE GARAJE Y COLOCACION DE CONTENEDOR. LUIS GALDOS, 4

URBANISMO 12/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA, BAÑO, ASEO Y BALCONES. GENERAL CASTAÑOS, 51 B 04 J

URBANISMO 12/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE COCINA. BARRENGOITIA, 1 05 C

URBANISMO 12/03/2019 LICENCIA DE OBRA. ARREGLO DE COCINA, BAÑO, INSTALACION DE CALEFACCION Y CAMBIO DE CINCO VENTANAS. MIGUEL DE CERVANTES, 1 02 IZ.

URBANISMO 12/03/2019 TOMA DE RAZON. ARREGLO DE BAÑO Y COCINA. AVDA. LIBERTADOR SIMON BOLIVAR, 15 03

4.- Control Órganos de Gobierno 4.01- Dación de cuentas de las resoluciones desde diciembre 2018 hasta 21 de marzo de 2019 contrarias a reparos de Intervención. El Sr. Castaño desea trasladar su preocupación ya que ha observado numerosos reparos con el servicio de Contratación. Le consta que hay que reformular varios de los contratos actualmente en vigor, por ejemplo el servicio de mantenimiento de las rampas, y cree que será necesario reformular los contratos y si es necesario ampliar el personal de obras hacerlo. OTRAS RESOLUCIONES 5.- Preguntas 6.- Ruegos 1º Ruego.- Formulado por el Partido Nacionalista Vasco:

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Que al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.6 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, fórmula el siguiente RUEGO: El presente ruego va en relación con el estado de la tubería de suministro de agua potable que discurre por la avenida Libertador Simón Bolivar. El domingo día tres, se produce una fuga en la misma, - y van unas cuantas - que dejo sin agua a los vecinos de la zona, incluyendo la calle Julio Gutiérrez Lumbreras. Como consecuencia de esta avería, estuvieron sin suministro desde la tarde noche del domingo hasta la una del mediodía del lunes que se reparó, con una brida de obra en el tubo, sellando la fisura, hasta nueva avería. Esta nueva avería se ha producido el viernes 8, apenas cinco días más tarde, y ayer domingo, se registró una rotura a la altura del número 3, haciendo un total de 3 reparaciones en una semana, en el mismo tramo de tubería. Nos consta que desde el departamento de obras hace años que tienen prevista la sustitución de la actual tubería en la avenida Libertador Simón Bolívar por una nueva, con un proyecto en tres fases y con un coste estimado de 60.000 € por tramo. De dicho proyecto solo se ha ejecutado la primera fase la sustitución en el tramo comprendido entre los números 11-21 de dicha calle, - hace unos cinco años - quedando pendiente de ejecutar las dos siguientes, una el cambio de la tubería hasta el cruce con Practicantes Adán y Grijalba, y la última desde allí hasta los aledaños de Carlos VII. Vistas las constantes averías, - por la fatiga del material de la tubería que ha excedido más que sobradamente su vida útil-, las molestias y el gasto de las reparaciones puntuales y la cantidad de agua que se desperdicia; exigimos Que, por el equipo de gobierno municipal, se tomen las medidas oportunas para proceder a la inmediata sustitución de esta tubería, o cuando menos terminar de ejecutar el proyecto elaborado por el departamento de obras que prevé su sustitución completa en las dos fases restantes. 2º Ruego del Partido Nacionalista Vasco.- Que al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.6 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, fórmula el siguiente RUEGO: El presente ruego va en relación con mejoras que se han de introducir en el primer tramo de la calle Azeta, más en concreto en el número 1 y aledaños. Hemos recibido varias propuestas y sugerencias en relación a dos temas que tienen fácil solución El primero de los temas es la necesidad de instalar una barandilla o pasamanos que facilite el tránsito en el número uno de la calle Azeta, ya que, bien por la pendiente, o porque la calle este en curva, o la presencia de verdín en la acera, o a las tres cosas juntas, hay riesgo de caída y se hace difícil subir y bajar ese tramo a las personas que

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tienen algún tipo de dificultad de movilidad, especialmente cuando llueve. (Foto Google Maps © Google Ireland Ltd ) La otra cuestión es la mejora de la iluminación tanto en la zona del número uno como en las escaleras que conectan la calle Azeta con la calle Abatxolo, en sus dos tramos. Eliminando, especialmente en el tramo superior, un punto negro con mucho tránsito, y en el caso del tramo inferior mejorando la visibilidad en unas escaleras de por si bastante complicadas. 3º Ruego.- Del Partido Nacionalista Vasco: Que al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.6 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, fórmula el siguiente RUEGO:

El presente ruego tiene como objeto la mejora del Parque Infantil cubierto de los Llanos. Hace un par de días recibimos una propuesta de unos usuarios del parque, que nos parece interesante. Como todos sabemos en este parque infantil de Los Llanos existen dos zonas diferenciadas una con toboganes columpios y mesa de ping-pong y otra con unas mini canchas. Ambas zonas se encuentran delimitadas, – como se ve en las fotografías -, por una valla cuyo tamaño permite el paso de pelotas y balones de un espacio a otro generando molestias y algún susto tanto a los menores que juegan en la zona de los columpios como a sus padres y madres. Entendemos que para evitar molestias y para mejorar la seguridad de los niños se puede colocar algún tipo de protección transparente, (metacrilato) que se instale encima del vallado actual. Es por ello que presentamos esta iniciativa. 4º Ruego PD-EG.- Debido a las numerosas quejas de vecinas y vecinos sobre la iluminación viaria constatamos que la falta de iluminación y los puntos negros existentes en nuestra villa son un problema grave a día de hoy. En este caso concreto el ruego que nos ocupa es el relativo a la falta de iluminación e determinadas partes del parque de la Florida, pese a que se ha actuado en la iluminación de la zona. Este caso no es por desgracia único en nuestro municipio y solicitamos que se mejore la iluminación en este lugar y que de acuerdo con la enmienda aprobada a nuestro grupo, se haga una valoración global de las deficiencias de iluminación en nuestra villa. 5º Ruego de EHBildu (Irati en euskera) Batzordean ere egin dugun eskari honek badio orain dela gutxi alkatearen izenean haur jaioberrien senideei informazioa helarazi zitzaiela, postaz helarazi ere, Txikitxu Haur Eskolaren ate irekien eta matrikulazio kanpainari buruz.

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Beraz, eskatzen dugu Portugaleteko Haurreskolaren kasuan ere, haurreskola publikoa izanik, ate irekien eta matrikulazio kanpainekin ere gauz abera egitea. Apirilaren bukaeran edo maiatzaren hasieran egingo dute eta eskatzen dugu berriro ere gutuna helaraztea, alkateak izenpetuta. Batzordean esan zigun bezala, Datuak Babesteko Legeak posta pertsonalizatuak debekatuko balitu (Txikitxun hala egin da, baina hemendik aurrera ezin izango omen da), eskatzen dugu atarietan bando bana jartzea, herritarrei informazioa helarazteko. La Traductora municipal realiza la siguiente traducción: Recientemente se ha enviado por correo, en nombre del alcalde, a las familias de niñas y niños recién nacidos información sobre la campaña de puertas abiertas y matriculación en la Escuela Infantil Txikitxu. La Escuela Infantil Txikitxu es una escuela municipal subvencionada por el Gobierno Vasco. En Portugalete, además de esta escuela infantil, contamos con otra, Portugaleteko Haurreskola, ubicada junto al centro Virgen de la Guía. Esta haurreskola pertenece al Consorcio de Haurreskolas del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Portugalete se ocupa de su mantenimiento. Dado que en la Haurreskola de Portugalete también tienen previsto una jormada de puertas abiertas y una campaña de matriculación, EH Bildu realiza el siguiente RUEGO: Ruega dirigir una carta, firmada por el alcalde, a las familias de las niñas y niños recién nacidos, con información sobre la Haurreskola de Portugalete. Si la Ley sobre datos personales prohibiera los envíos postales personalizados (lo cual se hace en el caso de Txikitxu), se colocaría un bando en todos los portales para hacer llegar a la ciudadanía dicha información.

El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las 11:00 horas del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General, doy fe. EL ALCALDE-PRESIDENTE LA SECRETARIA GENERAL Mikel Torres Lorenzo Begoña Serra Ispizua