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PORTADA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO Tesis de Grado previo a la obtención del Título de: ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA LAS FERIAS INCLUSIVAS Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO AL TRABAJO Y BUEN VIVIR DE ARTESANOS, MICRO Y PEQUEÑOS PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS, PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN. Autor: PATRICIO RUPERTO COELLO HERNÁNDEZ Asesora: Dra. BETTY PÉREZ Ambato - Ecuador 2015

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PORTADA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

ESCUELA DE DERECHO

Tesis de Grado previo a la obtención del Título de:

ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

LAS FERIAS INCLUSIVAS Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO AL TRABAJO

Y BUEN VIVIR DE ARTESANOS, MICRO Y PEQUEÑOS PRODUCTORES DE

BIENES Y SERVICIOS, PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN.

Autor:

PATRICIO RUPERTO COELLO HERNÁNDEZ

Asesora:

Dra. BETTY PÉREZ

Ambato - Ecuador

2015

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CERTIFICACIÓN DEL ASESOR

En calidad de Tutor de la Tesis de grado, presentada por el señor Patricio Ruperto Coello

Hernández, para optar al grado de Abogado de los Tribunales de la República, cuyo título

es: LAS FERIAS INCLUSIVAS Y SU INCIDENCIA EN EL DERECHO AL

TRABAJO Y BUEN VIVIR DE ARTESANOS, MICRO Y PEQUEÑOS

PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS, PARA INCENTIVAR LA

PRODUCCIÓN; considero que dicho informe investigativo ha sido concluido y reúne

los requisitos y méritos suficientes para ser presentada y sustentada ante el Tribunal

calificador designado por el Distinguido Consejo Directivo de la Facultad de

Jurisprudencia.

En la ciudad de Ambato, junio de 2015

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DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Declaro que este trabajo es de mi autoría, soy responsable del contenido teórico, ideas y la

propuesta constante en la presente investigación, además, que se han citado las fuentes

consultadas, respetando las disposiciones legales que protegen los derechos del autor

vigentes; por lo que autorizo a la UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS

ANDES, para que de considerarlo pertinente publique en su repositorio de Tesis de

pregrado.

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DEDICATORIA

El presente trabajo investigativo quiero dedicarlo a Dios todo Poderoso, por ser nuestro

creador, fuente de ayuda, fortaleza cuando más lo necesito, haciendo evidente su amor a

través de cada uno de las personas que me rodean.

A mi madre, familiares y amigos, quienes siempre me han incentivado para que con

sacrificio y entrega pueda seguir superándome cada día.

Patricio

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AGRADECIMIENTO

El desarrollo del presente trabajo de tesis de grado ha sido posible gracias al valioso aporte

de personas entendidas en el tema, cuyos conocimientos, orientación y observaciones

oportunas me permitieron acercarme al conocimiento de un problema crucial, de orden

jurídico- político.

Agradecimiento y distinción a mi madre Carmita Hernández Heredia, por un ser tan

especial, que me dio la vida, sacrificándose sin límite sin escatimar jamás esfuerzo alguno;

Enseñándome minuto a minuto a amar, valorar y disfrutar con alegría la vida..

Agradezco de manera especial a la, Dra. Betty Pérez, excelente profesional del Derecho y

docente de Uniandes, quien tuvo la gentileza de guiarme en el desarrollo de la tesis de

grado.

A Universidad Regional Autónoma de los Andes (UNIANDES), en cuyas aulas me forme

como profesional del Derecho.

A mi familia por el apoyo incondicional brindado.

A todos mis agradecimientos.

Patricio

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ÍNDICE GENERAL

PORTADA CERTIFICACION DEL AUTOR

DECLARACION DE AUTORIA

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

RESUMEN EJECUTIVO

SUMARY

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 1

PERFIL DE TESIS………………………………………………………………………………………………………………… …… 1

CAPÍTULO I .............................................................................................................................12

MARCO TEÓRICO.....................................................................................................................12

1. LAS FERIAS INCLUSIVAS ..................................................................................................12

1.2 MODELO DE PLIEGO DE USO OBLIGATORIO PARA FERIAS INCLUSIVAS ...............29

1.2.1 CONVOCATORIA .............................................................................................................29

1.2.2 DE LAS CONDICIONES GENERALES ............................................................................31

1.2.3 DE LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS ...........................................................................38

1.2.4 CARÁTULA DE LA OFERTA TÉCNICA PARA PARTICIPAR EN LAS FERIAS

INCLUSIVAS .............................................................................................................................40

1.2.5 DE LOS FORMULARIOS ..................................................................................................41

1.3 LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA A TRAVÉS DE FERIAS INCLUSIVAS. ........45

1.3.1 LAS ORGANIZACIONES ECONÓMICAS POPULARES.................................................49

1.3.2. IMPORTANCIA DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS UNIDADES

PRODUCTIVAS (MIPYMES) EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA ECUATORIANA..............52

1.4 RETOS DE LAS FERIAS INCLUSIVAS, EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS,

PARTICIPACIÓN CIUDADANA, CONTRATACIÓN PÚBLICA Y SISTEMA ECONÓMICO

SOCIAL Y SOLIDARIO .............................................................................................................53

1. 4.1 LA DEMANDA DE BIENES Y SERVICIOS EN FERIAS INCLUSIVAS. .......................58

1.5 LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS DE LAS PARROQUIAS

RURALES ...................................................................................................................................60

1.5.1 DE LAS FUNCIONES .......................................................................................................60

1.5.2 DE LAS COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS

DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES .............................................................63

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1.5.3 SISTEMA ECONÓMICO Y POLÍTICA ECONÓMICA DE LOS GADS PARROQUIALES

RURALES ...................................................................................................................................65

1.6 EL DERECHO AL TRABAJO COMO FACTOR INDISPENSABLE PARA ALCANZAR

EL BUEN VIVIR (SUMAK KAWSAY), DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LAS MICRO,

PEQUEÑAS Y MEDIANAS UNIDADES PRODUCTIVAS .......................................................66

1.7 ANÁLISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE “LAS FERIAS

INCLUSIVAS” ............................................................................................................................68

1.8 VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS DISTINTAS

POSICIONES TEÓRICAS SOBRE “LAS FERIAS INCLUSIVAS” ...........................................70

1.9 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO ...............................................................71

CAPITULO II ............................................................................................................................72

MARCO METODOLÓGICO Y PLANEAMIENTO DE LA PROPUESTA .................................72

2.1 MÉTODOS ............................................................................................................................72

2.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN ................................................................................................72

2.3 POBLACIÓN Y MUESTRA..................................................................................................73

2.3.1 POBLACIÓN ......................................................................................................................73

2.3.2 MUESTRA .........................................................................................................................73

2.4 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS....................................74

2.4.1 TÉCNICAS ........................................................................................................................74

2.4.2 INSTRUMENTOS .............................................................................................................74

2.5 INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE ENCUESTA DIRIGIDA A

ABOGADOS REGISTRADOS EN EL FORO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA

CHIMBORAZO ..........................................................................................................................75

2.6 ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE ENTREVISTAS A PRESIDENTES DE LOS GADS

DE LAS PARROQUIAS RURALES DEL CANTÓN RIOBAMBA ............................................85

2.7 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO ...............................................................87

CAPITULO III ..........................................................................................................................89

3.1. TÍTULO................................................................................................................................89

3.2 OBJETIVO GENERAL .........................................................................................................89

3.3 PREÁMBULO .......................................................................................................................89

3.4 ANTECEDENTES .................................................................................................................90

3.5 DESARROLLO DE LA PROPUESTA ..................................................................................90

3.6 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................................................................94

3.6.1 CONCLUSIONES ..............................................................................................................94

3.6.2 RECOMENDACIONES .....................................................................................................95

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ÍNDICE DE CUADROS

CUADRO N.- 1 ...........................................................................................................................75

CUADRO N.- 2 ...........................................................................................................................76

CUADRO N.- 3 ...........................................................................................................................77

CUADRO N.- 4 ...........................................................................................................................78

CUADRO N.- 5 ...........................................................................................................................79

CUADRO N.- 6 ...........................................................................................................................80

CUADRO N.- 7 ...........................................................................................................................81

CUADRO N.- 8 ...........................................................................................................................82

CUADRO N.- 9 ...........................................................................................................................83

CUADRO N.- 10 .........................................................................................................................84

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

GRAFICO N.- 1 ..........................................................................................................................75

GRAFICO N.- 2 ..........................................................................................................................76

GRAFICO N.- 3 ..........................................................................................................................77

GRAFICO N.- 4 ..........................................................................................................................78

GRAFICO N.- 5 ..........................................................................................................................79

GRAFICO N.- 6 ..........................................................................................................................80

GRAFICO N.- 7 ..........................................................................................................................81

GRAFICO N.- 8 ..........................................................................................................................82

GRAFICO N.- 9 ..........................................................................................................................83

GRAFICO N.- 10.........................................................................................................................84

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RESUMEN EJECUTIVO

La presente investigación tiene como premisa dar a conocer la vulneración de los derechos

al trabajo y buen vivir que vienen soportando los artesanos, micro y pequeños productores

de las parroquias rurales del cantón Riobamba, por cuanto no existe un impulso por parte

de las esferas del sector público, puesto que no son atendidos para mejorar su forma de

producción, lo que permitiría mejorar económicamente sus vidas, esta situación se produce

debido a que no existe una norma establecida en la ley que obligue a los administradores

de procesos de contratación pública locales, para que agoten todos los recursos inmersos en

la adquisición de bienes y servicios contratando de forma directa a los proveedores de cada

jurisdicción.

La línea investigativa jurídica utilizada en el desarrollo del presente trabajo corresponde:

Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas del Ecuador

Las relaciones jurídicas en el marco del desarrollo sostenible y la economía ecuatoriana

actual.

La Tesis está compuesta por tres capítulos, el Primer apartado corresponde al Marco

Teórico, en el cual consta la fundamentación hipotética, la misma que se fundamentó con

el análisis conceptual de varios autores, en su desarrollo contiene los siguientes temas: el

planteamiento del problema a resolver los objetivos, tanto general como específicos

planteados en la investigación, antecedentes de investigación, y la temática principal “las

Ferias inclusivas”; El Segundo Capítulo se refiere al Marco Metodológico, en cual se

fundamenta de manera científica la investigación utilizando diferentes métodos y técnicas

de interpretación de resultados para llegar comprobar la hipótesis planteada; Además la

validación y evaluación de resultados; que por tratarse de una investigación se estableció

en el estadístico porcentual demostrándose qué se hace necesario reformar el artículo 6

numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, en concordancia con

el artículo 67 de la ley invocada, con el objetivo de garantizar la efectiva realización de los

derechos al trabajo y buen vivir de los pobladores de las parroquias rurales del cantón

Riobamba; El Tercer Capítulo corresponde al Marco Propositivo en el que se desarrolla la

propuesta planteada, además de las conclusiones y recomendaciones que realiza el autor

luego de haber analizado de manera profunda la temática planteada.

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SUMMARY

The premise of this research is to publicize the violation of labor rights and good living

that are supporting craftsmen, micro and small producers in rural parishes of the canton

Riobamba, because there is no push from the spheres of industry public, since they are not

served to improve their way of production, which would economically improve their lives,

this situation occurs because there is no rule in the law requiring managers to process local

procurement , for to exhaust all resources involved in the procurement of goods and

services directly engaging providers each jurisdiction form .

The online legal research used in the development of this work belongs:

Challenges, perspectives and improvement of legal sciences Ecuador.

The legal relations in the framework of sustainable development and the current

Ecuadorian economy.

The thesis consists of three chapters, the first section corresponds to the Theoretical

Framework, which consists hypothetical reasoning, the same that was based in the

conceptual analysis of several authors, in their development it contains the following

topics: the problem statement to meet the objectives, both general and specific raised in

research, research background and the main theme " inclusive Trade”; The second chapter

refers to the methodological framework, which is based on scientifically research using

different methods and techniques of interpretation of test results to reach the hypothesis;

Besides the validation and evaluation of results; that since this investigation was

established on the percentage statistic showing that it is necessary to amend Article six

paragraph thirteen of the Organic Law of the Public Procurement System, in accordance

with Article sixty seven of the cited law, in order to ensure effective implementation of

labor rights and good living of the inhabitants of the rural parishes of the canton

Riobamba; The Third Chapter corresponds to the propositional framework within which

the proposal made in addition to the conclusions and recommendations made by the author

after analyzing in depth the issue raised is developed.

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1

INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Se ha efectuado una investigación en las diferentes bibliotecas del Cantón Riobamba en la

Provincia de Chimborazo; el CEDIC, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes

(UNIANDES), así como también en los de repositorios de tesis de las demás universidades

del país, lo que se ha permitido establecer que no existe trabajos que versen sobre el tema

propuesto, como es “las ferias inclusivas y su incidencia en el derecho al trabajo y buen

vivir de artesanos, micro y pequeños productores de bienes y servicios, para incentivar la

producción.

Estado ecuatoriano, establece las Ferias Inclusivas en su parte normativa, pero hasta la

actualidad no se las ha puesto en práctica; incumpliendo lo dispuesto en la Carta

Fundamental, debido a que no se faculta a los GADS de las parroquias rurales, la

contratación especialmente en la obra pública, contratación de bienes y servicios con el fin

de priorizar la mano de obra de las personas que habitan en estas jurisdicciones; es

conocido por todos que luego de una licitación el oferente, contratista o empresa ganadora

del concurso, lleva a su gente, personas que son de otros sectores, lo que no ayuda para

mejorar los índices de la economía popular y solidaria del sector en que se realiza la obra,

esto es las parroquias y comunidades.

La Constitución ecuatoriana que está en vigencia en el año 2008 de corte garantista en ella

se introducen cambios sustanciales y definitivos en el reconocimiento de los derechos, el

sistema de protección y la estructura del estado; prioriza en el artículo 283 el sistema

económico, y prevé que esté integrado por sectores de la economía popular y solidaria,

entendiéndose como éstos las cooperativas, asociaciones comunitarias, impulsando el

empleo y valorando todas las formas de trabajo con respeto a los derechos laborales. Para

lograr mantener la estabilidad económica entendida como el máximo nivel de producción y

empleo sostenibles en el tiempo.

Las ferias inclusivas propuestas por el Estado son una de las herramientas con que cuenta

para el mejoramiento de la matriz productiva de Ecuador, a fin de incentivar la producción

nacional tomando en cuenta, procedimientos y reglas de participación, y toda la

información de utilidad para entidades contratantes y proveedores que se encuentran

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determinadas en la Constitución en el artículo 288, que específicamente se expresa: “Las

compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad,

responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en

particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y

medianas unidades productivas”1.

Las ferias inclusivas son espacios donde los ciudadanos y microempresarios tienen la

oportunidad de concretar su potencial productivo al ser considerados como proveedores de

los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADS). Esta herramienta de optimización del

sector micro empresarial, impulsan la generación de emprendimientos sociales y mejoran

los niveles de competitividad y empleo.

Estas ferias generan oportunidades a través de la participación incluyente como lo expone

la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) en el artículo 6

numeral 13, que direcciona la participación en los territorios locales para generar el

llamado Sumak-Kawsay y repotenciando productos, bienes o servicios que aún no pueden

desarrollarse por falta de esta aplicación jurídica. Es decir “…a través de la participación

incluyente de artesanos, micro y pequeños productos en procedimientos ágiles y

transparentes para la adquisición de bienes y servicios de conformidad con el reglamento

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras Públicas.

En la Provincia de Chimborazo se repite este fenómeno, ya que no se toma en

consideración que las Ferias Inclusivas sirven como instrumento de economía social y

solidaria y esto debería conllevar a un nuevo ciclo de participación ciudadana en los GADS

de las parroquias rurales de Chimborazo.

A pesar de que se contempla en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Públicas, no se da una visión crítica de los alcances y desafíos pendientes del mecanismo

de ferias inclusivas con relación a los tres ámbitos relevantes de las políticas públicas.

a) El sistema de economía popular y solidaria

1 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito

Ecuador. Art.288

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3

b) Contratación Pública. (SERCOP) Servicio de Contratación Pública

c) Participación ciudadana.

Si no hay la aplicación directa de la ley, el sistema económico, social y solidario, no

funciona, no reconoce al ser humano como sujeto y fin, no propende a una relación

dinámica y equilibrada entre sociedad, estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y

no tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales

e inmateriales que posibiliten el buen vivir. Por lo tanto no se integra por las formas de

organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria de las entidades como

cooperativas, asociaciones y micro y pequeños artesanos comunitarios, en síntesis toda la

ley queda en letra muerta.

Este es el antecedente que el Estado ecuatoriano, da a las Ferias Inclusivas en su parte

normativa, pero en la realidad y el motivo por el que se realiza esta investigación, es que

no se cumple lo dispuesto en la Carta Fundamental, debido a que no se considera que en

los GADS de las parroquias rurales, la contratación especialmente en la obra pública no se

cumple con los preceptos legales de priorizar la mano de obra de las personas que habitan

en estas jurisdicciones; dado a que el contratista o empresa ganadora del concurso, lleva a

su gente, personas que son de otros sectores, lo que no mejora para nada los índices de la

economía popular y solidaria del sector en que se realiza la obra, esto es las parroquias y

comunidades.

Desde la perspectiva del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquia Rural de Licto

Catón Riobamba (GADsPrL), se entiende que tiene como objetivo de política económica;

asegurar una adecuada distribución del ingreso proveniente del presupuesto general del

Estado para incentivar la producción local, la productividad, la competitividad, y la

inserción estratégica en la economía local dirigidas a las actividades productivas

complementarias en la integración regional.

Actualmente no se ha logrado desarrollar en forma equilibrada el territorio local debido a

que no existe la integración entre el sector público - la mediana y micro participación local

para impulsar el pleno empleo y valorar las formas de trabajo, con respecto a los derechos

laborales y mantener la estabilidad económico local entendida como máximo nivel de

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producción y empleo sostenibles en el tiempo para propiciar el intercambio justo y

complementario de bienes y servicios en el mercado local.

Por ejemplo en esta Parroquia existen artesanos que están debidamente asociados u

organizados los que realizan trabajos como carpintería, herrería, confección de prendas de

vestir, sombreros, artesanías y otros.

No existe un impulso a los estos micro y pequeños productores por parte de las esferas del

sector público, puesto que no son atendidos para mejorar su forma de producción para

mejorar económicamente sus vidas y, razón de que no existe una norma establecida en la

ley que obligue a los administradores de procesos de contratación pública locales, para que

agoten todos los recursos inmersos en la adquisición de bienes y servicios que sean

retribuidos con carácter prioritario los proveedores locales.

En vista de los antecedentes se hace imperativo reformar el artículo 6 numeral 13 de la Ley

Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública y artículo 67, del Reglamento de la Ley

invocada, referente al procedimiento de las Ferias Inclusivas por parte de las instituciones

públicas tomen en consideración la obligatoriedad por parte de la Ley y Reglamento para

que todos los GADs repotencien la producción local y mejoren la vida de sus habitantes

para evitar la migración en todos los sectores comunitarios.

En conclusión se debe fortalecer las identidades asociativas, organizaciones solidarias

parroquiales para que ejerzan su actividad exclusivamente en las áreas de influencia y que

no afecten a otras entidades de estas características, para que puedan financiarse con sus

propios recursos o con fondos provenientes de programas o proyectos ligados al desarrollo

derivado del GADPr de Licto; es decir la inversión pública debe ser utilizada en la

construcción del “Buen Vivir o Sumak Kawsay” de los pobladores de estas jurisdicciones.

De lo relatado en líneas anteriores se observa la verdadera realidad de los habitantes GAD

parroquial de Licto, perteneciente al cantón Riobamba, Provincia de Chimborazo.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La afectación a los artesanos, micro y pequeños productores de bienes y servicios, se

manifiestan al no generar oportunidades incluyentes a estos ciudadanos en sus

comunidades, la inobservancia de las leyes y reglamentos, hacen que las condiciones de la

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población se vulneren al no desarrollarse el sector a través de la obra pública contratada

para el sector.

Licto, según tradición oral significa “Tierra angosta”, esta población tiene su raigambre en

épocas muy remotas más o menos a partir del año 1.605 de nuestra era, se dice que vivían

grupos de indígenas y ayllus como los Basquitay, Cachua, Chisan, entre otros.

Están muy orgullosos de los atractivos lugares turísticos tales como: la Loma de Tunshi,

cerro Tulabug, quebrada de Chalan; las fiestas tradicionales en esta parroquia que se

festejan de manera preponderante son: Carnaval, la conmemoración a San Pedro el 29 y 30

de junio y el festejo al Señor de La Agonía; la parroquia rural de Licto, se destaca la

producción de artesanías: tejidos de lana, ollas y tiestos de barro.

Cabe indicar que a más de lo anotado, la actividad comercialidad está centrada en la

cabecera parroquial en la que se encuentran de manera organizada las asociaciones u

organizaciones de medianos, pequeños y micro productores artesanales, como la

asociación de productores agrícolas “San Pedro de Licto”; la “Confederación CODOCAL

y FEDECAL” las mismas que abarcan alrededor de 20 comunidades de la parroquia Licto,

las que están organizadas según sus actividades, ya sean agropecuarias y artesanales.

Con estas características de la población y la imposibilidad de conseguir fuentes de trabajo

en su propia tierra, la mayoría de sus habitantes jóvenes, en edad activa para la edad

productiva se desplaza a otros centros poblados y ciudades en busca del trabajo, dejando en

abandono a su lugar natal, la población adulta comprendida entre 40 y 60 años, permanece

en su parroquia y comunidades a la espera de que las Ferias Inclusivas les den la

oportunidad a que estos artesanos, micro, y pequeños empresario puedan participar en las

licitaciones del GAD parroquial de Licto, con la aspiración de que cierta realización de

obra pública les sea adjudicada, y de esta manera mejorar su situación económica y por

ende su “Buen Vivir”, como la Constitución de la República del Ecuador de 2008 lo pide

en el artículo 100 que manifiesta: “En todos los niveles de gobierno se conformarán

instancias de participación integradas por autoridades electas, representantes del régimen

dependiente y representantes de la sociedad del ámbito territorial de cada nivel de

gobiernos que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en estas

instancias se ejerce para:

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Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y la

ciudadanía; mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo;

elaborar presupuestos participativos de los gobiernos, fortalecer la democracia con

mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social, promover

la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación”2

Esta población no está desarrollándose, su economía se ha estatizado, debido a que existe

una mala concepción de las leyes como se puede evidenciar en el modelo de pliegos del

procedimiento de subasta inversa del 20 de agosto de 2013; se remiten a la ley de

contratación pública, convocan a todo participante natural o jurídico, incluso a extranjeros

a presentar sus propuesta; pero, en ninguna parte de la convocatoria hacen referencia a las

Ferias Inclusivas, como prioridad para los ofertantes de la misma comunidad.

Consecuentemente no se está dando cumplimiento a lo expresado en la Constitución de

2008 de mejorar el “Sumak Kawsay” o “Buen Vivir” de los habitantes de este GAD Rural

de Licto, al no tomar en cuenta la inclusión en estas licitaciones de los artesanos, micro o

pequeños productores locales, para que tengan su fuente de sustento y no abandonen su

lugar nativo en busca de oportunidades en otras regiones.

Con este proyecto se busca, repotenciar los sectores productivos, artesanales de las

parroquias rurales a fin de evitar que los pobladores migren a las cabeceras cantonales

provinciales o nacionales en busca de sustento para sus familias o parientes que no han

podido salir del abandono y la pobreza en las que se desarrollan, con la terrible realidad

que no regresan a los lugares de origen, destruyendo sus hogares y desconociendo sus

orígenes, raíces culturales, perdiendo así sus costumbres y tradiciones.

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

Los Derechos al Trabajo y el Buen Vivir de los artesanos, micro y pequeños productores

de bienes y servicios de la Parroquia Licto están siendo vulnerados, a consecuencia de la

inobservancia y falta de aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública y su Reglamento respecto a las Ferias Inclusivas.

2 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito-

Ecuador. Art 100

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DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

La investigación del tema propuesto para nuestro trabajo de Tesis de grado, se realizó en

la Parroquia rural Licto y sus comunidades, perteneciente al cantón Riobamba, Provincia

de Chimborazo, durante el primer semestre del año 2015.

OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN

Objeto de investigación

Mecanismos de contratación pública para Ferias Inclusivas.

Campo de acción

Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública

IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas del Ecuador

Las relaciones jurídicas en el marco del desarrollo sostenible y la economía ecuatoriana

actual.

OBJETIVOS

Objetivo General

Elaborar un Anteproyecto de Ley Reformatoria al artículo 6 de la Ley Orgánica Servicio

Nacional Contratación Pública y artículo 67, del Reglamento de la (LOSNCP) referente al

procedimiento de las Ferias Inclusivas que determine la obligatoriedad de la participación

artesanal, micro y pequeños productores locales, mediante la acreditación de los Gobiernos

Autónomos Descentralizados de las Parroquias Rurales; a fin de evitar la vulneración de

los Derechos del “Buen Vivir” de sus habitantes.

Objetivos Específicos

a) Fundamentar científicamente la afectación a los derechos y garantías de los artesanos,

micro y pequeños productores de bienes y servicios en los procesos de contratación

pública.

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b) Conocer los criterios de abogados y personeros de los GADS parroquiales rurales del

Cantón Riobamba a cerca de la afectación a las personas naturales y jurídicas, con respecto

a las Ferias Inclusivas

c) Adecuar los elementos técnicos jurídicos de la propuesta elaborando los componentes de

la Ley Reformatoria al artículo 6 numeral 13 de la Ley Orgánica Servicio Nacional

Contratación Pública y artículo 67, del Reglamento de la (LOSNCP) referente al

procedimiento de las Ferias Inclusivas por parte de las instituciones públicas.

IDEA A DEFENDER

La elaboración de un Anteproyecto de Ley Reformatoria al artículo 6 de la Ley Orgánica

Servicio Nacional Contratación Pública, y artículo 67, del Reglamento de la (LOSNCP)

referente al procedimiento de las Ferias Inclusivas se determinará la obligatoriedad de la

participación artesanal, micro y pequeños productores locales, mediante la acreditación de

los Gobiernos Autónomo Descentralizados de las parroquias rurales; a fin de evitar la

vulneración de los Derechos del “Buen Vivir”.

JUSTIFICACIÓN DEL TEMA

La presente informe final tiene como objetivo exteriorizar la importancia y necesidad

imperiosa de Reformar el artículo 6 de la Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación

Pública y artículo 67, del Reglamento de la misma Ley, en lo referente al procedimiento de

las Ferias Inclusivas con el objetivo que mediante ley se determine la obligatoriedad de la

participación artesanal, micro y pequeños productores locales, propósito que se alcanzara

mediante la acreditación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las parroquias

rurales; a fin de evitar la vulneración de los Derechos del “Buen Vivir” de sus habitantes.

El actual régimen constitucional ecuatoriano, de corte garantista en el que se introducen

cambios sustanciales y definitivos en el reconocimiento de los derechos, el sistema de

protección y la estructura del estado; en el Capítulo IV correspondiente a la Soberanía

Económica, específicamente en el artículo 283, prioriza el sistema económico, y prevé que

esté integrado por sectores de la economía popular y solidaria, entendiéndose como éstos

las cooperativas, asociaciones comunitarias, impulsando el empleo y valorando todas las

formas de trabajo con respeto a los derechos laborales. Para lograr mantener la estabilidad

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económica entendida como el máximo nivel de producción y empleo como características

inherentes al derecho de todas las personas a disfrutar de los derechos del buen vivir o

sumak Kawsay que se predica en los actuales momentos en nuestro país.

Una vez desarrollada y puesta en práctica la presente propuesta se pretende repotenciar a

los sectores productivos, artesanales de las parroquias rurales a con el objetivo de evitar

que los habitantes migren a las ciudades de las cabeceras provinciales y a las grandes

ciudades en busca de un trabajo o empleo que les permita obtener el sustento para sus

hijos, familias y parientes que siguen haciendo patria en los lugares que los vieron nacer,

imposibilitados de salir del abandono y la pobreza en las que se desarrollan; a más de esto

son muchas las consecuencias que se producen por la migración de las personas de las

comunidades a las grandes ciudades lo que repercute de muchas maneras en el desarrollo

del país, y por otro lado el abandono o de los campos disminuyendo la producción de

productos del agro; lo ideal sería que con la acreditación a los GADs Pr y estos adjudiquen

la obra pública de sus jurisdicciones a sus propios habitantes, lo que permitiría emplear a

muchos de sus pobladores, incluso a algunos que por motivo de trabajo hay abandonado

sus jurisdicciones.

METODOLOGÍA INVESTIGATIVA A EMPLEAR

Métodos

Método Cualitativo – Cuantitativo.- Con la que se generalizará, e influirá en la

interpretación parafraseo y explicación del tema propuesto.

Metodo Descriptivo – Bibliográfico. Se utilizara para analizar el cómo es y la forma que

se manifiesta el fenómeno de las Ferias Inclusivas y sus componentes.

Método Empírico.- Utilizado para realizar el análisis documental, que permitirá asegurar

los contenidos de las leyes y reglamentos referentes a las ferias inclusivas.

Método Científico.- Que permitirá comprender la estructura y la dinámica de la temática

planteada; descubrir las contradicciones existentes en la Ley y Reglamento de Contratación

Pública y la no observancia a la Constitución.

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Además se utilizarán: Histórico- Lógico. Analítico – Sintético, Inductivo – Deductivo,

Deductivo- Sistemático y el Exegético, propio de la investigación Jurídica.

Técnicas

La técnica que se usará serán:

La encuesta, en la que se consignaran preguntas dirigidas a abogados en libre ejercicio

profesional de la ciudad de Riobamba.

La entrevista se aplicara a los Presidentes de los GADs parroquiales rurales del cantón

Riobamba

Herramientas

Los cuestionarios, que nos permitirán la recolección de la información tanto para el análisis

e interpretación de resultados de la encuesta, como para conocer las opiniones de las

autoridades entrevistadas.

Guía de entrevista.

Grabadora y Filmadora

RESUMEN DE LA ESTRUCTURA DE LA TESIS

El presente informe final de tesis de grado, está fundamentado en un análisis profundo y

detallado los derechos del buen vivir en lo que corresponde a las Ferias Inclusivas, sus

ventajas, desventajas, repercusiones y consecuencias producidas debido a que los GADs

parroquiales rurales no adjudican las obras de carácter público que se deben ejecutar en

dichas parroquias rurales; a las personas naturales o jurídicas afincadas en esas

jurisdicciones, puesto que de hacerlo de esta manera se podría conseguir evitar la

migración de sus pobladores, a más de una mejoría económica en las comunidades que

pertenecen a las parroquias rurales, fomentando el empleo local.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el Manual de Investigación y el Departamento de

Investigación de la Universidad Regional Autónoma de los Andes (Estructura del Informe

Final de Tesis de Pregrado), este trabajo está conformado de tres capítulos:

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El Capítulo I titulado Marco Teórico, trata sobre el fundamento científico doctrinal

correspondiente al tema de investigación, su esencia, orígenes, historia y valorización.

Capítulo II cuyo título Marco Metodológico, describe si la investigación realizada, al

universo o muestra que se seleccionó para la validación de este trabajo y los resultados

obtenidos mediante los instrumentos utilizados, culmina con la propuesta diseñada para dar

cumplimiento a las necesidades investigativas.

Capítulo III que se titula Marco Propositivo, se ha elaborado un Anteproyecto de Ley

Reformatoria al artículo 6 de la Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública y

artículo 67, del Reglamento a la ley invocada, en lo referente al procedimiento de las

Ferias Inclusivas que determine la obligatoriedad de la participación artesanal, micro y

pequeños productores locales, mediante la acreditación de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados de las Parroquias Rurales; a fin de evitar la vulneración de los Derechos

del “Buen Vivir” de sus habitantes.

Para finalizar hemos expuesto las conclusiones y recomendaciones concluyentes que luego

de la investigación a nuestro criterio se han considerado pertinentes.

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CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

1. LAS FERIAS INCLUSIVAS

1.1 Antecedentes

Para analizar de manera pormenorizada el Sistema Nacional de Contratación Pública en el

Ecuador, es menester que conozcamos tanto su definición, sus objetivos, así como los

órganos competentes, extraídos de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública del Ecuador.

“El Sistema Nacional de Contratación Pública SNCP; es el conjunto de principios, normas,

procedimientos, mecanismos y relaciones organizadas orientadas al planteamiento,

programación, presupuestos, control, administración y ejecución de las contrataciones

realizadas por las entidades contratantes”3

“La contratación pública tiene una considerable importancia económica tanto a nivel

nacional como internacional, y representa una proporción significativa del PIB nacional. A

nivel nacional, la contratación de bienes y servicios por organismos gubernamentales

proporciona los insumos necesarios que permiten a los gobiernos suministrar servicios

públicos y desempeñar otras tareas.

Los sistemas de contratación pública repercuten de forma significativa en el uso eficiente

de los fondos públicos y, en términos más generales, en la confianza pública en los

gobiernos y en la gobernanza. El logro de una buena relación entre calidad y precio, el

acceso público a la información relativa a los contratos públicos, y las oportunidades

equitativas para que los proveedores compitan con miras a obtener contratos públicos, son

requisitos esenciales de un sistema eficiente de contratación pública”4.

3 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art.7

4 Organización mundial del comercio. Panorama general de la labor de la OMC en materia de contratación

pública.2006 Pag.1

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La contratación pública en el Ecuador se ha desarrollado vertiginosamente desde el año en

que se promulgo la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

(LOSNCP) publicada en el R O 395 del 4 de agosto del 2008. La evolución está dada en el

área jurídica y en el área técnica; constituyéndose un Sistema Nacional de Contratación

Pública.

En el área jurídica, la ley reguladora se transformó ascendiendo su categoría de ley general

u ordinaria (derogada Codificación de la Ley de Contratación Pública del 21 de febrero del

2001) a ley orgánica; y, tratando a la contratación pública ya no como una situación

jurídica específica de la administración del Estado, sino como un sistema, es decir, una

dinámica de procedimientos de amplia variedad, aplicados a cada una de las múltiples

situaciones contractuales, que deben manipularse a través de la electrónica vigente a nivel

mundial.

En el área técnica, la Ley ha creado una institución exclusiva para dirigir, elaborar

políticas, ejecutarlas y controlar todo el sistema de la contratación públicas: el Instituto

Nacional de Contratación Pública (sus siglas INCOP), hoy llamado SERCOP, realizando el

control previo a la celebración del contrato y quitándole esta tarea a la Contraloría General

del Estado y a la Procuraduría General del Estado, por lo que la Ley sólo les ha dejado la

facultad del control posterior a la celebración del contrato (Título II, Capítulos I y II), lo

cual ha producido comentarios negativos por parte de algunas autoridades públicas y de

proveedores y juristas.

Para su ejecución de políticas y control previo, el INCOP (ahora SERCOP), está auxiliado

por dos herramientas técnicas: el Registro Único de Proveedores, con sus siglas RUP

(Sección I del Capítulo II del Título II de la Ley) y el portal COMPRA PUBLICAS cuya

página electrónica es www.compraspublicas.gov.ec. (Art. 21 de la Ley y Sección III del

Capítulo II del Título II del Reglamento).

Según la ley vigente de la materia los objetivos del sistema nacional de compras públicas

son:

Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan

Nacional de Desarrollo;

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Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas

contractuales;

Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública;

Convertir la contratación pública en un elemento dinamizador de la producción

nacional;

Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas

empresas con ofertas competitivas, en el marco de esta Ley;

Agilitar, simplificar y adecuar los procesos de adquisición a las distintas

necesidades de las políticas públicas y a su ejecución oportuna;

Impulsar la participación social a través de procesos de veeduría ciudadana que se

desarrollen a nivel nacional, de conformidad con el Reglamento;

Mantener una sujeción efectiva y permanente de la contratación pública con los

sistemas de planificación y presupuestos del Gobierno central y de los organismos

seccionales;

Modernizar los procesos de contratación pública para que sean una herramienta de

eficiencia en la gestión económica de los recursos del Estado;

Garantizar la permanencia y efectividad de los sistemas de control de gestión y

transparencia del gasto público; y,

Incentivar y garantizar la participación de proveedores confiables y competitivos en el

SNCP.5 "

De las disposiciones legales aludidas, podemos colegir entonces que el Sistema Nacional

de Contratación Pública se compone en todo ese conjunto de principios, normas,

procedimientos y mecanismos que profundamente relacionados de manera organizada

admitirán situar de forma eficaz la planificación, programación, control,

presupuestos, administración y ejecución de todas las contrataciones realizadas por las

entidades contratantes sujetas a la presente Ley, determinadas en su ámbito de aplicación.

Visto de otro lado es ineludible exteriorizar que el Instituto Nacional de Contratación

Pública (INCOP) es el organismo rector de la contratación pública en el Ecuador, creado

5 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art 9

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por la Ley con amplias atribuciones determinadas a través de la misma, órgano que junto

con otras instituciones del sector público forman parte del Sistema Nacional de

Contratación Pública en el Ecuador dentro del ámbito de sus competencias.

Últimamente es justo recalcar que el Estado ecuatoriano a través del Sistema Nacional de

Contratación Pública se ha planteado entre otros objetivos primordiales garantizar la

calidad en el gasto público a través de la plena ejecución de los contratos, garantizando la

transparencia en el proceso de contratación, promoviendo la participación de artesanos,

profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país mediante ofertas

competitivas, todo esto modernizando los procesos de manera continua, para llegar de ésta

manera a convertir a la contratación pública en nuestro país en un elemento dinamizador de

la producción nacional; dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 288 de la Carta

Fundamental, en el que se establece el criterio de priorizar los productos y servicios

nacionales, expresamente los que provengan de las pequeñas, medianas unidades

productivas, así como también de la economía popular y solidaria.

Según el gobierno de turno la contratación pública es un instrumento que apalancará el

cambio de la matriz productiva, por lo que se han venido implementando cambios y leyes

para que el esquema priorice la producción nacional.

Considerando que si se invierte y compra en Ecuador, el dinero se queda en el territorio

nacional, se abren nuevas plazas laborales y oportunidades de desarrollo, con efectos

positivos en la construcción del Plan Nacional del Buen Vivir.

Para el segundo mandatario de la República, la compra pública es un instrumento soberano

para direccionar la demanda, e impulsar la oferta, algo que aún no se ha visualizado aquí,

por alguna razón; Puso como ejemplo la provisión de pupitres para las escuelas que debería

estar a cargo de quienes integran la economía popular y solidaria de las zonas donde se

requieren los enseres; y, de esa manera, desarrollar las industrias locales.

Asimismo, indicó que los productores de cada provincia deben ser quienes suministren los

artículos para dinamizar la economía a escala nacional, impulsar la inversión privada e

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insertar en el proceso a los actores de la mencionada economía popular, “gente del país que

venda cosas hechas por sus propias manos”6.

De igual manera el sistema nacional de contratación pública para cumplir con sus objetivos

debe basarse en los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia

tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación

nacional.

Queda expuesto que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

(LOSNCP) instituyó para estos fines el “Sistema Nacional de Contratación Pública”, con el

objetivo de regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento

de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios al Estado”7.

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en sus inicios creó el

Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP y posteriormente en 2014 lo sustituyó

por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP.

El actual Servicio Nacional de Contratación Pública es una entidad pública con

personalidad jurídica propia y autonomía administrativa, técnica y financiera, es decir, es

un organismo plenamente facultado para monitorear los procesos de contratación con

independencia.

El Servicio Nacional de Contratación Pública tiene como misión liderar y regular la

gestión transparente y efectiva del servicio de contratación pública, dinamizando el

desarrollo económico y social del Ecuador. Dado que la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública tiene como objetivos principales la transparencia en los

procesos de contratación pública e inclusión de productores nacionales y actores de la

economía popular y solidaria, es el Servicio Nacional de Contratación Pública la

institución que procura materializar estas metas mediante sus acciones de administración y

control.

6 Tomado de diario el Telégrafo 29-07-2013 7 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art 1

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Acorde a la misión del Servicio Nacional de Contratación Pública, éste se encarga, entre

otras, de las siguientes tareas: (i) registrar a compradores y vendedores (entidades del

Estado – Particulares); (ii) categorizar los productos y servicios ofrecidos; iii) expedir los

modelos de pliegos que se utilizan para la presentación y calificación de ofertas; (iii)

administrar los procesos de contratación en la fase precontractual; (iv) dar publicidad a los

procesos para que las personas interesadas puedan participar en éstos.

Como se deduce entonces, el SERCOP es un nexo entre las entidades públicas contratantes

y los oferentes calificados, que pretende garantizar que los procesos de contratación sean

objetivos y estandarizados. Todas las personas que tengan interés en contratar con el

Estado deben conocer las facultades del SERCOP para aprovechar las oportunidades que la

contratación pública ofrece.

La Carta Fundamental dispone que en actividades que tengan que ver con las compras

públicas cumplan con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad

ambiental y social. Además en esta normativa se establece que se priorizarán los productos

y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y

de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas; en manifiesta concordancia de lo

señalado en la Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública en su Art 4 “ Para la

aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios

de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad,

concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional”8.

Estos principios rectores establecidos en la Ley de la materia, permiten dotar al sistema

nacional de contratación pública de un mecanismo para asegurar eficiencia y calidad en la

contratación pública, basada en la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de

obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría que es necesario analizarlos

para un debido procedimiento de contratación pública.

De lo anotado se puede colegir que los principios que rigen la actividad de las compras

públicas es proporcionar igualdad de oportunidades a todas aquellas personas que quieras y

8 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art.4

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participen como oferentes en estos procesos, en el que se debe garantizar la seguridad

jurídica; para que se pueda proteger de las micro, pequeñas y medianas unidades

productivas, que generalmente se desarrollan en las parroquias rurales de nuestro país, a

través de los se debe legalmente entregar atribuciones a estos organismos para que cuando

se trate de realizar obra pública, o exista necesidades para sus dependencias,

exclusivamente se cuente con los oferentes de sus jurisdicciones, lo que provocara un

incremento de empleo a los pobladores de cada parroquia, mejorando sus economías

locales; a continuación expondremos un análisis sucinto de cada uno de los principios que

se deben aplicar en los procesos de contratación pública.

Para su óptimo funcionamiento y respeto a lo dispuesto en las disposiciones

constitucionales y legales el Sistema de Contratación Pública se regirá por los principios

de:

Principio de Legalidad.- “Es un principio muy habitual en el ordenamiento jurídico, pues

impone la obligación de que todos los procesos, actos, impugnaciones y formalidades estén

previstos en la Ley, por lo tanto la contratación y adquisición de bienes y servicios,

arrendamiento, ejecuciones de obras, deben estar descritas y caracterizadas en la Ley para

que estas sean legales y el Estado pueda actuar bajo esta legalidad, privilegiando al orden

público sobre el particular”9.

Principio de trato justo.- Corresponde al derecho a la igualdad material y formal,

reconocido en el artículo 66.4 de la Constitución de la República del Ecuador; el trato

justo e igualitario, impone la obligación a todas las entidades del Estado de tratar de la

misma manera a los oferentes durante el proceso de selección, sin que exista excepciones,

privilegios o favoritismos en favor de algunos contratistas, dejando a los otros postores en

condiciones desiguales y perjudiciales.

Este principio se complementa con el de imparcialidad que permite garantizar que en la

participación de los oferentes existirá el compromiso de no beneficiar a determinadas

personas y de otorgar las adjudicaciones a los que hayan ganado las licitaciones o el

concurso público de ofertas.

9 FERNANDEZ Suescum Diego Orlando. Manual de Derecho Público. Ediciones Azpiazu. Quito – Ecuador. 2000. Pág. 12

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Principio de Igualdad.- La igualdad presume tratar por igual a los interesados en contratar

con el Estado; en tal sentido, la igualdad material y formal obliga a las entidades estatales

y públicas a establecer condiciones diferentes para situaciones distintas pero sólo en los

casos en que la Ley lo permita bajo criterios de razonabilidad.

Principio de Calidad.- Ecuador a través de los procesos de selección de los oferentes,

busca adquirir o contratar bienes, servicios u obras de la calidad máxima y tecnológica, a

precios o costos adecuados; e l principio que nos ocupa sirve para orientar a que los costos

y las obras favorezcan a la administración estatal, porque cumplan estándares de calidad y

corresponden al justo precio, de ahí que el Estado no debería contratar a tal o cual oferente

por ser su oferta la más baja sino a quienes cumplan con los estándares de calidad para

contar con un trabajo bien hecho que tenga larga durabilidad.

Principio de vigencia tecnológica.- Con el principio de vigencia tecnológica se garantiza

que los bienes, obras o servicios que contrate la entidad gocen de las características

tecnológicas necesarias para servirla por un determinado espacio de tiempo.

Principio de Oportunidad.- La Finalidad de este principio de oportunidad se refiere a un

elemento de la discrecionalidad, que impone a la administración pública los criterios

necesarios de cuando actuar enmarcados siempre en el marco de la legalidad. Por lo tanto

el principio de oportunidad debe ser aplicado por las autoridades nominadoras de la

administración pública, conforme a la jerarquía y a la importancia del acto de decisión.

Principio de Concurrencia.- El principio de concurrencia permite la participación de la

Administración Pública central, administración pública institucional, administración

pública seccional; y, la sociedad para cumplir con los intereses de la sociedad ecuatoriana

y cumplir con las necesidades básicas de la población referente a constituir a la

contratación pública en un elemento básico de concreción de las necesidades de la

sociedad.

Principio de Transparencia.- Este principio exige que la administración despliegue su

actividad con la finalidad de que los ciudadanos conozcan los aspectos más importantes del

proceso de selección; para ello deberá realizar acciones concretas, tales como publicitar la

información en diarios de circulación importantes de circulación nacional, y en la página

web de la Entidad.

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Principio de Publicidad.- Es un principio fundamental para que proceda la igualdad de

oportunidades y la correcta actuación administrativa, sobre todo en la etapa precontractual;

A pesar de que la Ley de Contratación Pública en ecuador establece que deben publicarse

los llamados a concursos precontractuales de alta cuantía, los remates, los arrendamientos

y notificarse los de menor cuantía; consideramos que toda actividad contractual debe ser

publicitada y para que todos los oferentes que estén en capacidad de concursar con sus

ofertas lo hagan por menor quesea el monto.

Principio de participación nacional.- La intervención nacional es la columna básica de la

democracia, implica una transformación profunda de las relaciones entre la administración

pública y la ciudadanía (oferentes); permite que cada uno de los ciudadanos puedan

participar en la proposición de propuestas de infraestructura, de servicios, entre otros, que

el Estado puede concretarlos a través de la contratación pública.

Se ha realizado un análisis sucinto en cuanto a lo que tiene que ver con el sistema nacional

de compras públicas, sus órganos competentes, además que se ha analizado los principios

que se aplican en el desarrollo de la contratación pública, de igual manera argumentamos

las políticas de estado que pretenden brindar espacios más amplios a los sectores de la

economía popular y solidaria, en adelante se estudiara lo correspondiente a las ferias

inclusivas que es el tema propuesto para investigar “ LAS FERIAS INCLUSIVAS”

De acuerdo con el artículo 6 numeral 13 de la Ley, “Es el evento realizado al que acuden

las entidades contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan

oportunidades a través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños

productores en procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y

servicios, de conformidad con el Reglamento”10.

En el Capítulo VI de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública;

Capítulo agregado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 100 de 14 de

Octubre del 2013; Art. 59.1.- de la ley aludida “La Feria Inclusiva es un procedimiento

que se utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir

obras, bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no

10 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art6.numeral 13

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21

catalogados o no normalizados. En este procedimiento únicamente podrán participar, en

calidad de proveedores los productores individuales, las organizaciones de la Economía

Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y

pequeñas unidades productivas”11.

Las Ferias Inclusivas son procedimientos que ejecutan las entidades contratantes, sin

considerar montos de contratación, con el fin de fomentar la participación de artesanos,

micro y pequeños productores prestadores de servicios.

Según el Manual de usuario ferias inclusivas, dirigido a entidades contratantes las Feria

Inclusiva. “Es un procedimiento que se utilizará preferentemente por toda entidad

contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional,

catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento

únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales las

organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares,

los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas”12.

El objetivo de las ferias inclusivas es la adquisición de bienes y servicios de producción

nacional, incluidos aquellos servicios que tengan por objeto única y exclusivamente la

reparación, refacción, remodelación, adecuación o mejora de una construcción o

infraestructura ya existente.

La meta a la que apuntan las ferias inclusivas es priorizar a los productores que formen

parte del Sector Artesanal, a las micro o pequeñas organizaciones de producción o de

prestación de servicios, y a quienes sean parte del Sector de la Economía Popular y

Solidaria, incluidos los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.

Además, las ferias se han convertido en un espacio de articulación e intercambio de

experiencias entre diversos actores como expresiones de una economía alternativa,

fundamentada en valores solidarios, de equidad y justicia.

11 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art 59 12 Manual de Usuario Ferias Inclusivas dirigido a Entidades Contratantes. Pag.2. 2014 disponible en: www.

Sercop.gob.ec

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En Latinoamérica existe una fuerte tendencia de apoyo a las micro y pequeñas empresas

(MYPES) al momento de contratar con el Estado. Países como Brasil, Costa Rica,

Ecuador, México, Nicaragua, Paraguay y Uruguay brindan mecanismos preferentes a las

MYPES al momento de su contratación.

Entre los mecanismos de apoyo desarrollados por estos países destacan la reserva de

mercado, ventajas en el precio, licitación exclusiva, subcontratación, umbrales, desarrollo

de proveedores, entre otros.

Ecuador, por su parte, ha diseñado la herramienta de las Ferias Inclusivas como el

instrumento idóneo para incluir a pequeños proveedores de bienes o servicios mediante un

proceso ágil y transparente en las compras públicas del Estado.

Las Ferias Inclusivas y los márgenes de preferencia que otorga el Sistema Nacional de

Contratación Pública a los micro y pequeños empresarios, a los artesanos y a los actores de

la Economía Popular y Solidaria posiciona al Ecuador como el país con el mayor

porcentaje de contratos y montos adjudicados a este sector productivo.

De esta forma se busca luchar contra los problemas de sustentabilidad que tienen las

MYPES, el informalismo en el que se desenvuelven, las exigencias y demoras que

conlleva un proceso de legalización de una micro y pequeña empresa, el financiamiento

que necesitan para desarrollarse e innovar en tecnología, la capacidad de producción que

muchas veces resulta limitada, la exigencia de garantías por parte de las empresas

contratantes, la falta de capital o incentivos financieros por parte de la banca, y demás

obstáculos que deben superarlas MYPES.

Bajo ese concepto, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública ha

previsto el procedimiento de Feria Inclusiva, cuya finalidad principal es adquirir bienes y

servicios producidos por los actores de la economía nacional que forman parte de ese

emergente y pujante sector. La feria inclusiva constituye el reconocimiento formal del

Estado ecuatoriano a sectores como la micro y pequeña empresa, o aquellos que son parte

de los ámbitos cooperativo y comunitario, por ser un engranaje fundamental en la

estructura productiva nacional reconocidos por la Constitución de la República.

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Esta participación se ha hecho visible en varios procesos de contratación que en los últimos

años se han realizado: uniformes, alimentos, productos metalmecánicos y servicios

brindados por el sector comunitario se han adquirido exitosamente, en procesos

competitivos que premian la lógica del comercio justo, participativo, con aplicación de

criterios de preferencia destinados a estos sectores económicos, asociatividad entre

pequeños agentes económicos, y el encadenamiento productivo que aprovecha la mano de

obra local y los insumos de origen nacional.

Por ello, el SERCOP está implementando el procedimiento de ferias inclusivas como

mecanismo para integrar al Catálogo Electrónico con la producción originada en las micro

y pequeñas empresas, el sector artesanal y los actores de la Economía Popular y Solidaria.

Para cumplir con el mandato constitucional y legal de incentivar la producción nacional, la

feria inclusiva es una herramienta poderosa. Por esa razón, en este número detallaremos los

beneficios de las ferias inclusivas, su procedimiento y reglas de participación, y toda la

información de utilidad para entidades contratantes y proveedores. Adicionalmente, se

exponen los esfuerzos del SERCOP para implementar cambios necesarios en la matriz

productiva del país.

El SERCOP organiza Ferias Inclusivas en las que se seleccionan bienes y servicios de

origen nacional. Posteriormente se registran esos bienes y servicios en el Catálogo

Electrónico, finalmente las instituciones públicas se encuentran en la obligación de

contratar directamente a los proveedores ahí registrados.

El objetivo principal del catálogo es consolidar a aquellas asociaciones o cooperativas con

fines solidarios –no de lucro– que se han formado en base a lazos comunitarios heredados

o construidos y a la asociación libre de trabajadores, también denominadas en conjunto:

Economía Popular y Solidaria.

Los proveedores que quieran participar de estas ferias deben estar habilitados en el

Registro Único de Proveedores (RUP), formar parte del sector artesanal, de acuerdo con

las disposiciones legales pertinentes; ser una micro o pequeña organización de producción

o de prestación de servicios, en los términos establecidos en la normativa respectiva; o,

formar parte del Sector de la Economía Popular y Solidaria -incluidos en ésta los sectores

cooperativistas, asociativos y comunitarios-en los términos y según las definiciones

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previstas por la Constitución de la República, siempre y cuando sean productores,

fabricantes o prestadores de servicios de origen nacional.

Cabe subrayar que se otorgará preferencias a las personas que se asocien y permitan la

participación efectiva de artesanos, micro y pequeños productores, y actores de la

Economía Popular y Solidaria, a fin de presentar una oferta de producción nacional.

Otro punto importante es la calidad que se determina en función de la experiencia del

proveedor, de las certificaciones de calidad obtenidas o de la capacitación al personal.

Además se tomará en cuenta la condición de vulnerabilidad, de esta forma se priorizará la

compra a los actores de sectores económicos vulnerables, o que no tienen fácil acceso a la

contratación pública.

1.1.1. DE LOS PARTICIPANTES EN LAS FERIAS INCLUSIVAS

1.1.1.1 Entidades y Organismos del Estado

En primer término citaremos a las entidades contratantes establecidas, el artículo 1 de la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP).

Las entidades y organismos que están facultados para la contratación, adquisición o

arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de

consultoría, según la ley de la materia son las siguientes:

Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado.

Los Organismos Electorales.

Los Organismos de Control y Regulación.

Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo.

Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio

de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar

actividades económicas asumidas por el Estado.

Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de

servicios públicos.

Las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles en cualquiera de los siguientes casos:

a) estén integradas o se conformen mayoritariamente con cualquiera de los organismos y

entidades señaladas en los números 1 al 6 de este artículo o, en general por instituciones

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del Estado; o, b) que posean o administren bienes, fondos, títulos, acciones,

participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos

que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan,

inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título

se realicen a favor del Estado o de sus instituciones; siempre que su capital o los recursos

que se le asignen, esté integrado en el cincuenta (50%) por ciento o más con participación

estatal; y en general toda contratación en que se utilice, en cada caso, recursos públicos en

más del cincuenta (50%) por ciento del costo del respectivo contrato.

Las compañías mercantiles cualquiera hubiere sido o fuere su origen, creación o

constitución que posean o administren bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones,

activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos que pertenecen al

Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan, inclusive los

provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título se realicen a

favor del Estado o de sus instituciones; siempre que su capital, patrimonio o los recursos

que se le asignen, esté integrado en el cincuenta (50%) por ciento o más con participación

estatal; y en general toda contratación en que se utilice, en cada caso, recursos públicos en

más del cincuenta (50%) por ciento del costo del respectivo contrato. Se exceptúan las

personas jurídicas a las que se refiere el numeral 8 del artículo 2 de esta Ley, que se

someterán al régimen establecido en esa norma.

1.1.1.2 Los Oferentes o Proveedores

Por otra parte interviene los proveedores o también llamados oferentes, que según lo

establecido en el artículo 6, numeral 28 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública en donde señala que: “Proveedor: Es la persona natural o jurídica

nacional o extranjera, que se encuentra inscrita en el RUP, de conformidad con esta Ley,

habilitada para proveer bienes, ejecutar obras y prestar servicios, incluidos los de

consultoría, requeridos por las Entidades Contratantes”13.

De igual manera la ley antes invocada establece en el art.6, numeral 28 Los proveedores

para participar como oferentes dentro del sistema nacional de compras públicas deberán

13 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública.

Quito- Ecuador. Art

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constar en la base de datos del Registro Único de Proveedores (RUP), como como

personas naturales o jurídicas para poder celebrar contratos con las Entidades Contratantes

del Estado en lo que respecta a obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría.

Siendo los proveedores la otra parte interviniente en el sistema de contratación publica

La Constitución de la República vigente, en armonía con el nuevo modelo de Estado

ecuatoriano propende a priorizar la producción nacional, de manera tal que en el art.288

dispone: “Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia,

calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios

nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las

micro, pequeñas y medianas unidades productivas”14

De lo anotado en líneas anteriores se establece la priorización que da el Estado a la

participación de proveedores provenientes de la economía popular y solidaria, de las micro

y pequeñas, y medianas unidades productivas conocidas como MYPES.

Al referirnos a las MYPES, el artículo 53 del Código Orgánico de la Producción, Comercio

e Inversiones señala a “las MYPES como la Micro, Pequeña y Mediana empresa, (persona

natural o jurídica) que, como una unidad productiva, ejerce una actividad de producción,

comercio y/o servicios, y que cumple con el número de trabajadores y valor bruto de las

ventas Anuales, señalados para cada categoría. Subdividiéndose en Microempresa que son

aquellas organizaciones de producción que tengan entre 1 a 9 trabajadores, un valor de

ventas o ingresos brutos anuales inferiores a cien mil dólares de los Estados Unidos de

América o un volumen de activos de hasta cien mil dólares.

Y las Pequeñas empresas; que se las define como organizaciones de producción que tengan

desde 10 a 49 trabajadores, un valor de ventas o ingresos brutos anuales entre cien mil y un

millón de dólares de los Estados Unidos de América o un volumen de activos entre cien

mil uno y setecientos cincuenta mil dólares”15.

14 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República. Quito- Ecuador. Art288 15 Registro Oficial Suplemento 351. Código Orgánico de la Producción, Comercio E Inversiones. Quito-

ECUADOR. 2010 Art.53

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Las ferias inclusivas pretenden dar un trato preferente a los sectores más desprotegidos de

la sociedad, al igual que a las organizaciones de las parroquias y comunidades campesinas,

con el objetivo de mejorar la parte económica de los habitantes de estos sectores.

Mientras que en el procedimiento de contratación para realizar ferias inclusivas, se señala

“las Ferias Inclusivas que es un procedimiento que podrá ser utilizado por toda entidad

contratante, para efectos de adquirir bienes y servicios de producción nacional

normalizados o no normalizados, incluidos aquellos servicios que tengan por objeto única

y exclusivamente la reparación, refacción, remodelación, adecuación o mejora de una

construcción o infraestructura ya existente.

Los bienes y servicios a contratarse a través de una o más ferias inclusivas deberán constar

identificados en el Plan Anual de Contrataciones de cada año. Asimismo, las entidades

contratantes notificarán el requerimiento de asistencia técnica al INCOP, (actual SERCOP)

respecto de la realización de una o más ferias inclusivas, en un término no menor a quince

días (15) anteriores a su realización, detallando el lugar de realización, el monto total a

contratar desglosado por objeto u objetos de contratación y el tipo de asistencia técnica

requerida.

Para efectos de identificar a un bien o un servicio de origen nacional, se atenderá a las

definiciones establecidas por el Ministerio de Industrias y Productividad, que serán

publicadas por el INCOP en el Portal www.compraspublicas.gob.ec. El Instituto Nacional

de Contratación Pública podrá utilizar el procedimiento de Feria Inclusiva para seleccionar

bienes y servicios de origen nacional, a fin de que estén disponibles en el Catálogo

Electrónico”16.

De acuerdo al procedimiento de contratación para realizar ferias inclusivas, los

participantes y proveedores “con la finalidad de cumplir con las disposiciones previstas en

los artículos 283 y 288 de la Constitución de la República y sobre la base de la definición

de Feria Inclusiva que consta en el numeral 13 del artículo 6 de la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación Pública, en estos procedimientos de contratación

pública se considerarán únicamente como proveedores a las personas naturales o jurídicas,

individualmente consideradas, asociadas legalmente o con compromiso de asociación o

16 Procedimiento de contratación para realizar ferias inclusivas. Registro Oficial 402 de 12-mar.-2011 Última

modificación: Quito- Ecuador 2013. Art.1

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consorcio, que estén habilitados en el Registro Único de Proveedores, RUP y que reúnan

una de las siguientes condiciones:

Formar parte del Sector Artesanal, de acuerdo con las disposiciones legales

pertinentes;

Ser una micro o pequeña organización de producción o de prestación de servicios,

en los términos establecidos en la normativa respectiva; o,

Formar parte del Sector de la Economía Popular y Solidaria -incluidos en ésta los

sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios- en los términos y según las

definiciones previstas por la Constitución de la República y la ley, siempre y

cuando sean productores, fabricantes o prestadores de servicios de origen nacional.

Toda entidad contratante que realice una o más ferias inclusivas deberá asegurarse tanto de

que participen únicamente los proveedores previstos en los numerales 1, 2 o 3 de este

artículo, como de que el objeto de contratación sea, o bienes producidos o fabricados por

los oferentes, o servicios de origen nacional. Para el efecto, se podrán realizar las

verificaciones de campo que se consideren necesarias, o solicitar a los proveedores la

documentación que acredite la calidad alegada por éstos para poder intervenir”17.

1.1.1.3 Pasos a seguir para participar en calidad de Oferente en las Ferias Inclusivas

Regístrate y habilítate en el Registro Único de Proveedores (RUP).

Actualiza los códigos CPC (identificadores de los productos que ofertas) de acuerdo al

código que se solicita en el proceso de Feria Inclusiva.

Visita la sección “Procesos de Contratación” en el menú Consultar, ahí puedes encontrar

Presta mucha atención a los pliegos de cada Feria Inclusiva, ahí se establece el cronograma

y las condiciones para participar en la feria.

Solo podrás hacer preguntas, pedir aclaraciones y convalidar errores en los tiempos

establecidos por la entidad contratante. No existen prórrogas. Se otorgará un puntaje mayor

a los oferentes cuyo modelo asociativo permita la participación efectiva de artesanos,

17 Procedimiento de contratación para realizar ferias inclusivas. Registro Oficial 402 de 12-mar.-2011 Última

modificación: Quito- Ecuador 2013. Art.2

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micro y pequeños productores, y actores de la Economía Popular y Solidaria, a fin de

presentar una oferta de producción nacional.

1.2 MODELO DE PLIEGO DE USO OBLIGATORIO PARA FERIAS

INCLUSIVAS

Con el objetivo de ilustrar y facilitar el desarrollo de la presente investigación se ha

transcrito modelo de pliego de uso obligatorio para Ferias Inclusivas. Resolución del

Servicio Nacional de Contratación Pública 55 Registro Oficial 658 de 10-mar.-2012;

Última modificación: 14-oct.-2013

Nombre de la entidad contratante feria inclusiva

Código del proceso

SECCION I

1.2.1 CONVOCATORIA

Nombre de la entidad contratante) convoca a través del portal

www.compraspublicas.gob.ec, y del (establecer medio de comunicación de carácter local

elegido por la entidad contratante, según lo previsto por el artículo 67 del Reglamento

General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-),

a todas las personas naturales o jurídicas, productores y/o fabricantes, individualmente

consideradas, asociadas legalmente o en compromiso de asociación, que estén habilitadas

en el Registro Único de Proveedores, RUP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, y que

estén domiciliadas en (establecer circunscripción territorial de carácter parroquial,

cantonal, provincial o zona de planificación) para la presentación de ofertas relacionadas

con la contratación de:

Establecer el objeto de contratación, que debe estar relacionado con bienes y servicios de

producción nacional normalizados o no normalizados, incluidos aquellos servicios que

tengan por objeto única y exclusivamente la reparación, refacción, remodelación,

adecuación o mejora de una construcción o infraestructura ya existente.

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El Presupuesto Referencial es de: (valor en números y letras) dólares de Estados Unidos de

América, sin incluir el IVA.

Forma de pago: (definir la forma de pago -, existencia y monto de anticipo).

Lugar y fecha de realización de la feria inclusiva: ................

Lugar de entrega de los bienes y servicios contratados: ...........

Plazo de ejecución del contrato: .......... (Establecer fecha y condición, si es del caso).

Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:

1. El pliego estará disponible, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gob.ec,

(señalar el portal de la entidad contratante si lo tuviese) o también en documento físico,

que será retirado en (establecer un lugar de retiro del pliego).

2. El cronograma del presente proceso es el siguiente: (describir el cronograma, incluyendo

la fase de preguntas y respuestas).

3. La entrega de las ofertas técnicas se realizará hasta la fecha prevista en el cronograma

del proceso, en sobre cerrado, con identificación del oferente y dirección de contacto hasta

(hora y fecha establecida en el cronograma que consta en el pliego del proceso y al portal

www.compraspublicas.gob.ec). El INCOP podrá desarrollar utilidades en el portal

www.compraspublicas.gob.ec que permitan agilizar la entrega de las ofertas, particular que

será previsto en cada procedimiento con la asistencia del órgano rector de la contratación

pública.

4. Las ofertas contendrán obligatoriamente los documentos (formularios) descritos en el

presente pliego, que permiten presentar la oferta técnica y la económica (de existir está en

función de lo previsto en el artículo 12 de la Resolución INCOP No. 047, publicada en el

Registro Oficial No. 402 de 12 de marzo del 2011

E:\_ImageVisualizer\imageSearchRes.aspx?tpx=RO&spx=0&nmx=402&fcx=12-03-2011&pgx=1, y

toda la documentación que la entidad contratante solicite para determinar que la condición

del oferente se adecue a las condiciones previstas en esta convocatoria o para aplicar los

parámetros de calificación previstos, siempre que esa documentación no conste en un

registro público de libre consulta o que haya sido entregada previamente para la

habilitación en el Registro Único de Proveedores, RUP.

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La Comisión Técnica comunicará los resultados de la calificación de la oferta técnica, en

audiencia pública, y publicará el acta respectiva en el portal www.compraspublicas.gob.ec,

en la que constarán detallada y motivadamente los criterios utilizados en la calificación

respecto de cada uno de los oferentes.

5. La adjudicación en este procedimiento podrá ser total o parcial, sobre la base de criterios

de equidad e inclusión que aplicarán las entidades contratantes en función de parámetros

de evaluación previstos en el numeral 3.7 del presente pliego.

6. Este procedimiento de Feria Inclusiva de (Denominación de la Feria) se regirá por la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su reglamento general, las

resoluciones emitidas por el INCOP que sean aplicables, y el pliego debidamente

aprobado.

(Ciudad y Fecha)

Firma de la máxima autoridad (o su delegado) de la entidad contratante.

SECCION II

1.2.2 DE LAS CONDICIONES GENERALES

2.1 Ámbito de Aplicación: La Feria Inclusiva es un procedimiento de contratación en el

que pueden participar únicamente los siguientes proveedores habilitados en el RUP:

- Productores y/o fabricantes (sean personas naturales o jurídicas) que sea considerados

como micro o pequeñas unidades de producción, en función de las normas vigentes.

- Artesanos legalmente reconocidos.

- Asociaciones de artesanos, micro y pequeños proveedores, o compromisos de asociación.

- Organizaciones que sean parte del sector de la economía popular y solidaria de

conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Economía Popular y del Sector

Financiero Popular y Solidario.

Los proveedores participantes deberán estar domiciliados en: (seleccionar lugar donde se

va a contratar el bien o se va a prestar el servicio; o el lugar en donde se producen los

bienes demandados, sea esta una o más parroquia, cantones, provincias o zonas de

planificación).

Toda entidad contratante es responsable de verificar la condición jurídica de cada oferente,

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a fin de cerciorarse que pertenezca a cualquiera de las categorías previstas en este numeral.

Para el efecto, podrá solicitar en el pliego de un procedimiento de feria inclusiva, la

documentación probatoria correspondiente, siempre que la misma no conste en un registro

público de libre acceso o que esta haya sido previamente entregada para efectos de

registrarse y habilitarse en el Registro Único de Proveedores, RUP.

2.2 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí

mismas o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales

y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; y, 110 y 111 del

RGLOSNCP, así como en la prohibición señalada en el literal j) del artículo 24 de la Ley

Orgánica de Servicio Público.

2.3 Uso del Pliego:

(Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del RGLOSNCP, la entidad contratante, al

utilizar el modelo de pliego de feria inclusiva elaborado por el INCOP, podrá bajo su

responsabilidad modificar y ajustar el mismo a las necesidades particulares del proceso de

contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP y su reglamento general, y el

contenido de la información de la oferta se solicite a través de los formularios que son

parte del modelo de pliego).

2.4 Cronograma:

Etapa día hora

Convocatoria

Fecha de inicio de información a proveedores y capacitación.

Fecha límite para formular preguntas.

Fecha límite para responder preguntar y realizar aclaraciones

Fecha límite de recepción de ofertas

Fecha límite para solicitar la convalidación De errores de forma (únicamente en caso de

que existan ese tipo de errores; segundo inciso del Art. 23 LOSNCP)

Fecha límite de evaluación de las ofertas

Fecha estimada de adjudicación

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EXPLICACION.- En cumplimiento de lo previsto en la Resolución INCOP No. 047, al

elaborar el cronograma del proceso deberá considerarse lo siguiente:

Convocatoria: Entre la convocatoria y la fecha máxima de recepción de ofertas, existirá un

término de al menos 4 días.

Información a proveedores y capacitación: Desde la publicación del pliego, no menor a un

día, hasta la fecha de presentación de ofertas.

Preguntas: Podrán formularse preguntas hasta 48 horas antes de la presentación de ofertas.

Respuestas: Las respuestas y aclaraciones se realizarán hasta 24 horas antes de la fecha

límite de presentación de las ofertas.

Recepción de ofertas: Según el pliego, en día, hora y lugar señalado.

Solicitud de convalidación de errores de forma: Hasta 24 horas después de la fecha límite

de presentación de ofertas.

Evaluación de las ofertas: En un término no mayor a dos días, a partir del cierre de

convalidación de errores.

Adjudicación: En audiencia pública, en día, hora y lugar señalados en el pliego.

INSTRUCCION GENERAL: En caso de que la entidad contratante, al momento de

analizar las ofertas presentadas, hubiere encontrado uno o más errores de forma en ellas,

deberá solicitar la convalidación de tales errores, en un término que no podrá ser menor a

dos ni mayor a cinco días, contadas a partir de la respectiva notificación para que el o los

errores sean convalidados. Para el efecto, la entidad contratante podrá reprogramar el

proceso de contratación en lo relacionado con las fases de evaluación de las ofertas y

adjudicación, decisión que será notificada a los oferentes a través del portal

www.compraspublicas.gob.ec y de su portal institucional.

2.5 Causas de Rechazo: Luego de evaluar las ofertas presentadas, la entidad contratante

podrá rechazar una o más de ellas por las siguientes causas:

Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y específicas del

pliego respectivo.

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Si se hubiera entregado la oferta en un lugar distinto al fijado o después de la hora

establecida para ello.

Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en el pliego,

condicionándolo o modificándolo, de tal forma que se alteren las condiciones de la

contratación.

Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad

o adulteración de la información presentada.

2.6 Garantías: En este proceso son aplicables las siguientes garantías:

La garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la cuantía del mismo es mayor al valor

que resulte de multiplicar el coeficiente 0.000003 por el Presupuesto Inicial del Estado del

correspondiente ejercicio económico (USD 78.327,81 para el año 2012).

La garantía del anticipo, por un valor equivalente al 100% del valor recibido por este

concepto (no podrá establecerse un anticipo mayor al 70 por ciento del monto total del

contrato respectivo).

La garantía técnica, si así se estableciere por la entidad contratante.

El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el contratista

aperturará en un banco estatal o privado de propiedad de entidades del Estado en un

cincuenta por ciento o más.

El contratista deberá presentar, a la firma del contrato, un certificado de la institución

financiera pública o de la institución financiera privada (siempre que sea de propiedad del

Estado o sus instituciones en un 50 por ciento o más de su capital social) que acredite tener

a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes a las

garantías, de haberlas.

Las garantías serán entregadas a través de cualquier forma prevista en el artículo 73 de la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y serán devueltas conforme lo

dispuesto en el artículo 77 de la misma ley.

2.7 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la

convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima

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autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante

acto administrativo motivado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

2.8 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad

contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de

manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 33 de la

LOSNCP, a través de acto administrativo o decisorio debidamente fundamentado. Una vez

declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su

reapertura.

El artículo 76 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que los

anticipos correspondientes a la contratación pública no pierden su calidad de recursos

públicos, hasta el momento de ser devengados, y que la normativa aplicable a la gestión de

dichos recursos será la que corresponde a las personas jurídicas de derecho privado, con

excepción de lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 299 de la Constitución de la

República. La norma constitucional citada prevé que los recursos públicos deben

manejarse en la banca pública.

2.9 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro

del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad

contratante le declarará adjudicatario fallido y procederá de conformidad con los artículos

35 y 98 de la LOSNCP. A efecto de notificar al INCOP deberá observar la resolución

emitida al respecto.

2.10 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos

relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103

de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su

reglamento general.

2.11 Administración del Contrato: La entidad contratante designará a un administrador

del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las

obligaciones derivadas del mismo.

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36

2.12 Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas

podrán ser convalidadas por el oferente en el término previsto por la entidad contratante

(no menos de 2 ni más de cinco días término, a partir de la notificación para realizar la

convalidación respectiva), integrando a su oferta documentos adicionales que no impliquen

modificación del objeto de la misma, a fin de subsanar las omisiones sobre su capacidad

legal, técnica o económica. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente

los documentos correspondientes.

La entidad contratante está obligada a analizar con profundidad cada una de las ofertas

presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma

existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal

www.compraspublicas.gob.ec y en audiencia pública, en el mismo día y hora, a cada uno

de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados

podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados de acuerdo al cronograma

establecido. La existencia de uno o más errores de forma, permitirá a la entidad contratante

reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes

para efectos de que convaliden los errores de forma notificados; la reprogramación se

realizará mediante acto resolutivo o decisorio de la máxima autoridad o su delegado, y se

notificará al momento de solicitar la convalidación de errores, y a través del portal

www.compraspublicas.gob.ec.

2.13 Metodología de Evaluación y Criterios Inclusivos de Evaluación: La máxima

autoridad de la entidad contratante, o su delegado, analizará las ofertas presentadas en

función de cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia (2) que

se hayan previsto en el pliego (metodología cumple o no cumple)

La entidad contratante y los oferentes observarán lo previsto en la Resolución INCOP No.

054 - 2011 de 12 de noviembre del 2011, a través de la cual se expidieron las normas

relacionadas con las especificaciones técnicas, términos de referencia y el establecimiento

de plazos y términos que forman parte de los pliegos para los procedimientos de

contratación pública.

Del universo de ofertas que hayan sido habilitadas en la fase descrita en el párrafo anterior,

la entidad contratante realizará la adjudicación total o parcial en función de la aplicación de

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parámetros que contengan criterios de inclusión, los mismos que obligatoriamente

constarán en el pliego del proceso, según las siguientes instrucciones:

1. Si la entidad contratante cuenta con definiciones técnicas de precios unitarios, podrá

adjudicar el contrato sin presentación de oferta económica, caso en el cual el o los

oferentes se adherirán al presupuesto referencial y a los precios unitarios correspondientes.

2. Si se califica la oferta económica, esta no podrá tener una valoración superior a 20

puntos sobre cien.

3. Los ochenta puntos restantes, si hubiera valoración de oferta económica, o los cien

puntos, en el caso de adhesión al presupuesto referencial y precios unitarios, se valorarán

en función de los parámetros de inclusión previstos en el pliego.

4. Los criterios de inclusión a utilizar por toda entidad contratante serán los siguientes:

a) Asociatividad: Se otorgará un puntaje mayor a los oferentes cuyo modelo asociativo

permita la participación efectiva de artesanos, micro y pequeños productores, y actores de

la economía popular y solidaria, a fin de presentar una oferta de producción nacional;

b) Calidad: Este parámetro se define en función de la experiencia del proveedor, de las

certificaciones de calidad obtenidas o de la capacitación al personal;

c) Condición de vulnerabilidad: Este parámetro permite priorizar la compra a los actores de

sectores económicos vulnerables, o que no tienen fácil acceso a la contratación pública, en

función de información objetiva por parte de la entidad contratante; y,

d) Los demás que se definan por parte del Ministerio Coordinador de Desarrollo Social.

2.14 Adjudicación y publicación: En el término previsto en el cronograma del proceso, la

entidad contratante resolverá la adjudicación total o parcial, en función del cumplimiento

de los parámetros de evaluación previstos en el pliego, y de lo que disponen los artículos

11, 12 y 13 de la Resolución INCOP No. 047 (publicada en el Registro Oficial No. 402 de

12 de marzo del 2011)

E:\_ImageVisualizer\imageSearchRes.aspx?tpx=RO&spx=0&nmx=402&fcx=12-03-2011&pgx=1, a

través de resolución o acto decisorio motivado, que se publicará en el portal

www.compraspublicas.gob.ec y en el portal o página electrónica de la entidad contratante.

Si en la feria no es posible dar a conocer los resultados del procedimiento, los mismos

deberán ser publicados de manera obligatoria en el término de 48 horas de concluida la

feria, utilizando el procedimiento previsto.

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2.15 Contrato: En este procedimiento, para formalizar la compra se otorgará un documento

suscrito entre las partes, sin necesidad de escritura pública, salvo el caso de que la cuantía

de la adjudicación sea igual o superior a la base prevista para la licitación de bienes y

servicios, caso en el cual el contrato será protocolizado ante Notario Público. Para la

suscripción del documento mencionado, será requisito previo la rendición de las garantías

correspondientes. El proyecto de contrato que es parte del modelo de pliego de

procedimiento de cotización de bienes y servicios podrá servir como referencia para las

entidades contratantes.

Nombre de la entidad contratante feria inclusiva

(Código del proceso)

SECCION III

1.2.3 DE LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS

3.1 Objeto de contratación: (En este espacio, la entidad contratante definirá el objeto de

contratación, siempre y cuando sea de origen nacional, estableciendo sus características y

especificaciones técnicas o términos de referencia).

3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas tendrán un período de validez de (tiempo que defina

la entidad contratante), contados desde la presentación de la ofertas, de acuerdo a lo

establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.

3.3 Plazo de ejecución: El plazo de ejecución será de (días, meses) contado a partir de lo

estipulado en el documento respectivo.

3.4 Presupuesto referencial: (La entidad contratante establecerá aquí el presupuesto

referencial, con la determinación de precios unitarios y costos de producción, de ser el

caso), en números y letras, sin incluir el IVA, conforme se certifica en el PAC y según la

certificación presupuestaria (deberá identificarse la certificación presupuestaria respectiva).

3.5 Condiciones adicionales respecto de la entrega (Para el caso de bienes): (En este

espacio se deberán establecer condiciones adicionales tales como: transporte hasta el sitio

de entrega, costo del seguro correspondiente, instalación o montaje respectivos, costo de

los materiales necesarios, costo de las pruebas, costo de la capacitación, entre otras).

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Para el caso de prestación de servicios): El precio de la oferta deberá cubrir todas las

actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la

contratación en cumplimiento de las especificaciones técnicas o términos de referencia, y a

plena satisfacción de la entidad contratante.

3.6 Forma de pago: Los pagos se realizarán (establecer si el pago se realiza contra entrega

del bien o servicio contratado, o si al prever entregas parciales, existirán pagos parciales.

De pactarse un anticipo, el valor del mismo no podrá ser mayor al setenta por ciento del

valor total del contrato).

Las entidades contratantes deberán efectuar los pagos al proveedor en un término no mayor

a 15 días, desde la realización de la respectiva entrega total o parcial, y se observará lo

contemplado en el artículo 101 de la LOSNCP, respecto de la retención indebida de pagos.

3.7 Metodología de evaluación: La comisión técnica realizará la evaluación de las ofertas

técnicas, sobre la base de lo previsto en el numeral 2.13 de las condiciones generales del

pliego.

Los criterios de inclusión a aplicarse son los siguientes (detallar los criterios en función de

la instrucción que consta en el numeral 2.13 de las condiciones generales del pliego).

Parámetro de evaluación Valoración (criterio inclusivo)

3.8 Forma de presentar la oferta: El oferente presentará su oferta en sobre cerrado,

utilizando el formato de carátula que es parte de este pliego. La oferta incluirá la

presentación de todos los formularios previstos en el pliego (con excepción del formulario

No. 6), más la documentación que la entidad contratante considere necesaria para

determinar que la condición del oferente se adecue a las condiciones previstas en esta

convocatoria o para aplicar los parámetros de calificación previstos, siempre que esa

documentación no conste en un registro público de libre consulta o que haya sido

entregada previamente para la habilitación en el Registro Único de Proveedores, RUP. Los

formularios pueden ser elaborados a máquina, en letra imprenta o en ordenador a condición

que la información sea legible; la oferta será foliada (numerada) y debidamente rubricada

por el oferente, sin enmiendas, borrones o entrelineados.

Los participantes no podrán, bajo concepto alguno, ceder los derechos y obligaciones

derivados de este proceso y del contrato respectivo.

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40

3.8.1 Requisitos mínimos

A la oferta técnica se adjuntarán obligatoriamente los siguientes formularios:

Formulario No.1 Modelo de carta de presentación y compromiso

Formulario No. 2 Datos generales del oferente

Formulario No. 3 Detalle de bienes / servicios ofertados (producción nacional)

Formulario No.4 Tabla de cantidades y precios (oferta económica)

formulario No.5 Garantía técnica y soporte (formato sugerido)

formulario No.6 Datos de socios, accionistas o participes (personas jurídicas)

1.2.4 CARÁTULA DE LA OFERTA TÉCNICA PARA PARTICIPAR EN LAS

FERIAS INCLUSIVAS

FERIA INCLUSIVA (Nombre del Evento)

(Código del Proceso)

OFERTA TECNICA

Señores

Máxima Autoridad Contratante

Presente

PRESENTADA POR:

No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora

fijados para su entrega-recepción.

La entidad contratante conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y

anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.

3.8.2 Oferta Económica: Se entenderá por oferta económica al formulario No. 4 del

presente pliego, a través del cual el oferente establecerá el precio total de la oferta. Este

formulario debidamente lleno se entregará de acuerdo al cronograma descrito en este

pliego. Si se califica la oferta económica (revisar numeral 2 del artículo 12 de la

Resolución INCOP No. 047, publicada en el Registro Oficial No. 402 de 12 de marzo del

2011) E:\_ImageVisualizer\imageSearchRes.aspx?tpx=RO&spx=0&nmx=402&fcx=12-03-

2011&pgx=1, la valoración correspondiente no podrá ser superior a 20 puntos sobre cien. Si

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41

en el pliego se establece que no existe oferta económica, los oferentes deberán adherirse al

presupuesto referencial de la contratación.

SECCION IV

1.2.5 DE LOS FORMULARIOS

Nombre de la entidad contratante

Feria inclusiva

(Código del proceso)

Formulario no.

Carta de presentación y compromiso

Fecha:

Señor

(Máxima Autoridad)

(Nombre de la Entidad)

Presente

De mi consideración:

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por la (máxima autoridad)

(nombre de la entidad) relacionada con la feria inclusiva (establecer código de la feria

inclusiva), luego de examinar el pliego respectivo, al presentar esta oferta por (sus propios

derechos, si es persona natural) / (representante legal de...... si es persona jurídica),

(procurador común de..., si se trata de asociación) declara que:

1. El oferente, es elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su reglamento general; cumple,

además, con lo previsto por la Ley Orgánica de Servicio Público y cualquier otra

normativa vigente que determine inhabilidades o prohibiciones relacionadas con esta

contratación.

2. La única persona o personas interesadas en esta oferta esta o están nombradas en ella,

sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan

sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

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3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión explícita u oculta con otra u

otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de feria inclusiva y

que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber

vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia

libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará -directa o

indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados

con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la

normativa aplicable.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial

aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.

5. La oferta incluye todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución

contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de

seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha

efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley;

entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad

contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de

contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o

ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de

ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto,

recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier

otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.

7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos

establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, (la entidad contratante) le

descalifique como oferente, o de por terminado en forma inmediata el contrato, observando

el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales

violaciones hayan ocasionado.

8. Conoce las condiciones del suministro y ha estudiado las especificaciones técnicas o

términos de referencia y demás información de este pliego, inclusive sus alcances (detallar

los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito en el texto de esta carta, y se

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halla satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncia a cualquier

reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones o

términos del (bien a suministrar o servicio a prestar).

9. Entiende que las cantidades indicadas en el formulario de oferta (formulario No. ..) son

fijas y no podrán variar por ningún concepto.

10. Conoce y acepta que (la entidad contratante) se reserva el derecho de adjudicar el

contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses

nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación

o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación

de procedimiento.

11. Se somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su reglamento general, las

resoluciones del INCOP y el pliego respectivo, en caso de ser adjudicatario.

12. Se responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones

incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta

contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a

(entidad contratante), a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones

técnicas y económicas del oferente.

13. Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales e

incapacidades para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y

111 de su reglamento general, así como en la prohibición señalada en el literal j) del

artículo 24 de la Ley Orgánica de Servicio Público

14. En caso de que se le adjudique el contrato, se obliga a:

a) Firmar el contrato dentro del término establecido en el pliego. Como requisito

indispensable, antes de la suscripción del contrato, presentará la garantía de fiel

cumplimiento a la que se refieren las condiciones del contrato, por el cinco por ciento (5%)

del monto total del mismo (si esta garantía aplica en función de lo previsto en el numeral

3.6 de las condiciones generales del pliego respectivos), y la garantía del anticipo (de ser el

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44

caso), recibido por el 100% de su valor, así como la garantía técnica correspondiente (para

el de caso de bienes);

b) Suscribir el contrato dentro del término señalado en el pliego; y,

c) A entregar el (bien o proveer el servicio) de conformidad con el pliego y documentos del

contrato.

Atentamente:

...................................

Firma el oferente, su representante legal o procurador común

Del modelo de pliegos para realizar las ferias inclusivas, se puede deducir, que están

claras las políticas, expuestas las condiciones diseñadas las políticas de los contenidos de

cada producto o servicio que se está requiriendo contratar por parte de la entidad pública

contratante, de la misma manera está determinado quienes pueden participar, de acuerdo a

la ley son las personas que consten registradas en el RUP, registro único de proveedores,

este pliego pretende bridar las oportunidades necesarias para que los artesanos, pequeños y

medianos empresarios puedan participar, en la contratación pública proveyendo a la

entidad contratante del servicio, obra bienes según sea la necesidad; sin embargo este tema

es bastante controversial, por cuanto en los pliegos están dispuestas ciertas

especificaciones que si hablamos que los participantes no poseen tecnologías de punta no

estarían en la capacidad de competir, para citar un ejemplo en la construcción de una

escuela, un camino vecinal, entre otros.

Visto desde que las ferias inclusivas tienen la premisa de privilegiar el producto nacional,

además de incluir a los artesanos, micro y pequeños productores en procedimientos ágiles

y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de conformidad con el Reglamento.

Para el correcto funcionamiento del proceso de la Feria Inclusiva, el Instituto de Economía

Popular y Solidaria (IEPS) se encarga de la identificación de artesanos de la Economía

Popular Solidaria de cada localidad; determinar la capacidad de producción; y socializar

los pliegos o requisitos que necesiten presentar los postulantes para participar; mientras

que la entidad contratante, se encarga de desarrollar el proyecto, elaborar los pliegos

respectivos y adjudicar los contratos.

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De esta manera, el IEPS continúa en la búsqueda de espacios para la participación e

inclusión social de los actores de la EPS con el objetivo de promover la consolidación de

este modelo económico y crear las condiciones para que toda la ciudadanía,

fundamentalmente de los sectores de atención prioritaria alcancen su pleno potencial

humano, económico y social, encaminado al “Buen Vivir”.

1.3 LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA A TRAVÉS DE FERIAS

INCLUSIVAS.

“Se entiende por economía popular y Solidaria a la forma de organización económica,

donde sus integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de

producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y

servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de

solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como

sujeto y fin de su actividad, orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre

la apropiación, el lucro y la acumulación de capital.”18

Eric Ochoa Tocachi en su ensayo entendiendo la economía popular y solidaria; “La

economía popular y solidaria, de que esta no es una economía individual o individualista

sino una economía colectiva, asociativa, una economía hecha por y para grupos humanos.

La organización colectiva es, quizá, la condición más grande e importante de la economía

popular y solidaria”19.

En años recientes se ha incrementado el interés en el desarrollo de los sectores rurales,

cuyas particularidades en el ámbito productivo permiten el uso eficiente del talento

humano; una de las particularidades que han presentado es un alto interés por la solidaridad

plasmada en la minga comunitaria, una antigua tradición de trabajo comunitario o

colectivo con fines de utilidad social, un trabajo compartido para el bien común, que se lo

hace rápido y mejor.

18 LEY ORGANICA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA. Registro Oficial 444 de 10-mayo. 2011

Última modificación: Quito- Ecuador 12-sep.-2014. Art.1

19 OCHOA TOCACHI Eric. Entendiendo la Economía Popular y Solidaria. 2011 Disponible en:

coraggioeconomia.org/.../La_economia_popular_solidaria_en_el_Ecuador

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46

Sobre el contexto, el objetivo de la propuesta la Economía Popular y Solidaria una

respuesta a las políticas neoliberales, no es más que caracterizar la situación económica y

social bajo un panorama principal de economía popular y solidaria, actividad productiva

dentro del país, en la cual, cada día aumenta el número de personas que se suman a este

tipo de actividad, que por sus propios medios, buscan la oportunidad de tener un empleo

aunque este no sea formal.

Conocer un poco más a fondo esta actividad económica, nos lleva a estudiar en que

consiste la economía popular y solidaria, quienes son las personas que las conforman, que

hacen, y cuáles son sus objetivos.

“Las políticas neoliberales en Ecuador, han sido incapaces de dar respuesta a los

principales problemas económicos y sociales, y continúan tratando de ahogar a la sociedad

ecuatoriana, en especial a la de los sectores rurales en la búsqueda de la maximización de

ganancia sobre todo lo demás, y en la subordinación de la vida al trabajo sin fin,

persistiendo altos índices de desempleo, pobreza y exclusión social en estos sectores.

En su conjunto, son características que provocan una concentración mayor de la riqueza y

del poder económico en las manos de unos cuantos y dejan sin protección a la mayoría de

la población. Los defensores de este sistema afirman que estos ajustes producirán, a largo

plazo, un crecimiento que elevará los niveles de ingreso y resolverá la situación de los

desfavorecidos (Cabrera Reyes Zuleica, 2010) situación que aún no se cristaliza

en Ecuador”20.

Los últimos acontecimientos vividos por Ecuador (1998-2006), son una muestra latente de

la crisis del modelo neoliberal, que aún no se puede hablar de su fin en Latinoamérica, sin

duda el reconocer la importancia o el fracaso de este modelo y de los políticos que buscan

impulsarlo, no implica ponerle fin a los desatinos y equivocaciones. El futuro es incierto y

es posible que los gobiernos sigan apoyando proyectos que pese a sus negativas

consecuencias, y al desperdicio de inmensos recursos, estos lo justifiquen como algo

necesario.

20 Avalos-Reyes, J. y del Castillo, L.: "La economía popular y solidaria. Una respuesta a las políticas

neoliberales", en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Número 198, 2014. en

http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ec/2014/economia-solidaria.h

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47

Este escenario se presenta como sensato para la política neoliberal, es decir producir

drásticas reducciones en el número y tamaño de los aparatos del Estado y de las empresas

de su propiedad; proceder a la privatización del patrimonio estatal; disminuir los subsidios

estatales a productores; reducir el control del Estado sobre precios y salarios; subvencionar

a la banca privada; cortar la protección a las industrias nacionales, especialmente aquellas

que producen bienes secundarios; imponer la convertibilidad o la dolarización como el

medio más eficaz para desarrollar una economía real; esto es, con claro objetivo de

desarrollo de sus funciones de producción, ahorro e inversión, exportaciones e

importaciones, consumo, entre otros.

Ecuador es uno de los países donde el neoliberalismo ha estado presente por décadas, y no

es hasta el año 2007 donde poco a poco va perdiendo vigencia al producir un cambio de

gobierno de corte neoliberal, por un progresista propuesto por el Presidente Rafael Correa

Delgado.

Los resultados de la presencia del modelo neoliberal en el país han sido negativos, es así

que en el año 2006 durante la presidencia de Alfredo Palacios tenemos un índice de

pobreza general del 45,8%, un incremento en el desempleo en el mes de agosto del 6,60%,

frente a 6,56% del mes anterior, un bajo crecimiento económico, y una inadecuada y nada

justa distribución de los ingresos, situación que vino lesionando profundamente a las masas

populares (INEC 2006)21.

Con la llegada del Gobierno de la Revolución Ciudadana y la presidencia del Economista

Rafael Correa Delgado, en 2007, se inicia una lucha contra esta corriente de pensamiento

neoliberal, se empieza por cambios profundos en la política del país a través de un

plebiscito en el año 2008, en el cual se aprueba la nueva Constitución de la República de

Ecuador.

De esta manera los lineamentos de Estado se han orientado hacia las masas populares que

por décadas habían permanecido al margen del desarrollo económico y que representan a

la mayoría de los ecuatorianos.

Las masas populares tienen su oportunidad jurídica; el Artículo 283 de la Constitución de

la República de Ecuador establece que: “El sistema económico es social y solidario;

21 Tomado del Instituto Nacional de Estadística y Censos

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48

reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada

entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo

garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que

posibiliten el buen vivir. El sistema económico se integrará por las formas de organización

económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución

determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a

los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios”22

Esta teoría encierra en su contenido las bases jurídicas para la construcción de una nueva

sociedad, más justa e igualitaria, más dedicada al hombre y su entorno, con criterios

económicos justos, que evidencian la necesidad de trabajar en la redistribución,

reciprocidad y reasignación equilibrada de los recursos en el marco de un mercado

regulado democráticamente.

Para ello en Ecuador, se ha fijado en desarrollar objetivos que expresan la voluntad de

continuar con la transformación histórica del Ecuador. “Sus objetivos son: Consolidar el

Estado democrático y la construcción del poder popular. Auspiciar la igualdad, la

cohesión, la inclusión y la equidad social y territorial, en la diversidad. Mejorar la calidad

de vida de la población. Fortalecer las capacidades y potencialidades de la ciudadanía.

Construir espacios de encuentro común y fortalecer la identidad nacional, las identidades

diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad. Consolidar la transformación de la

justicia y fortalecer la seguridad integral, en estricto respeto a los derechos humanos.

Garantizar los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad territorial y global.

Consolidar el sistema económico social y solidario, de forma sostenible. Garantizar el

trabajo digno en todas sus formas. Impulsar la transformación de la matriz productiva.

Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la transformación

industrial y tecnológica. Garantizar la soberanía y la paz, profundizar la inserción

estratégica en el mundo y la integración latinoamericana”23.

22 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito-

Ecuador. Art. 283 23 PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR 2013 2017, TOMO I Registro Oficial Suplemento 78 de 11-

sep.- 2013. Pag.11

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Con la aplicación del modelo de la Economía Popular y Solidaria (EPS) el Ecuador a partir

del año 2008, comienza a generar un conjunto de transformaciones jurídicas que dan paso

aún nuevo orden político, económico y social, que dejan a tras las políticas propuestas por

el modelo neoliberal, y dan paso a un modelo alternativo que se encaminan a disminuir la

pobreza estructural, el desempleo y mejorar la calidad de vida de los ecuatorianos.

El proceso de desarrollo de la Economía Popular y Solidaria EPS busca rescatar

la planificación de la improvisación, situación que provocó demasiado desperdicio de

recursos y retraso en el país.

1.3.1 Las organizaciones Económicas Populares

“Las organizaciones económicas populares son diferentes modalidades de asociación de

personas de escasos recursos, que a través de algunas actividades y funciones económicas

concretas (de producción y comercialización de bienes y servicios, de obtención y

suministro de los mismos a sus asociados), buscan enfrentar los problemas socio-

económicos inmediatos; mediante la puesta en común y gestión colectiva de sus propios

reducidos recursos, junto a otros que a veces obtienen de instituciones de apoyo y de

servicios promocionales, los participantes logran una cierta reinserción en el mercado,

especialmente en el sector informal de la economía y en los circuitos de la economía

solidaria”24. Según el Art.8.- de la ley de la materia “Integran la Economía Popular y

Solidaria las organizaciones conformadas en los Sectores Comunitarios, Asociativos y

Cooperativistas, así como también las Unidades Económicas Populares”25.

A la base de la constitución de estas unidades se encuentra la necesidad económica de sus

miembros, el deseo de crear organización popular, y la solidaridad de instituciones no-

gubernamentales (a menudo de inspiración religiosa y, a veces, política).

Característica relevante de estas organizaciones es el basarse en valores no individualistas,

de solidaridad y ayuda mutua, y el concebirse a sí mismas como unidades económicas

alternativas respecto de las formas capitalistas predominantes, y como modos de

organización que postulan líneas de transformación social y autonomía popular.

24 Disponible en http://www.luisrazeto.net, fecha de consulta 27-05-2015

25 LEY ORGANICA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA. Registro Oficial 444 de 10-may.2011

Última modificación: Quito- Ecuador 12-sep.-2014. Art 8

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Con distintas denominaciones, y adoptando características parcialmente diferentes según

los contextos en que se desenvuelven, se crean y desarrollan en los sectores populares

urbanos de la mayor parte de los países considerados subdesarrollados, diversas formas

de economía popular de subsistencia basadas en el propio esfuerzo, la ayuda mutua y la

solidaridad de sus participantes.

A diferencia de la economía campesina, las organizaciones económicas populares no están

conformadas por agrupaciones y actividades tradicionales o pre-industriales que hayan

pervivido sin ser esencialmente afectadas por los procesos de modernización, sino que, por

el contrario, constituyen un fenómeno social y un proceso organizativo

relativamente nuevo. En efecto, sus causas y orígenes han de buscarse precisamente en los

procesos de marginación socio-económica inducidos por el subdesarrollo capitalista y no

solucionado por las políticas públicas de redistribución y subsidio social. La marginación

que afecta a grandes sectores de población que viven en condiciones de extrema pobreza,

especialmente en los sectores urbanos periféricos de las grandes ciudades.

Es conveniente precisar la situación en que se originan, y las causas de su formación, para

comprender correctamente los objetivos, las características y los modos de ser y de actuar

de estas unidades económicas.

En el origen de estas organizaciones está la muy precisa inserción y participación de sus

integrantes en el mercado de intercambios y en los sistemas de distribución y asignaciones

jerárquicas de carácter público o social.

Las personas que forman estas organizaciones parten de una situación de extrema

necesidad económica, que las hace enfrentar un serio problema de subsistencia e incluso de

sobrevivencia; porque el mercado excluye del acceso a los bienes de consumo básico y de

los ingresos, a todos los que carecen de empleo, a los que no tienen bienes para comerciar

o dinero que invertir, a quienes tienen menores niveles de instrucción y, en general, a los

que por razones económicas, sociales, culturales, de edad o salud, etc., o por cualquier otra

limitación, tienen poco o nada que intercambiar o son desplazados por la competencia

individualista.

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Cuando tales situaciones se viven luego de procesos de profundo desarraigo social y

cultural como consecuencia de la migración del campo a la ciudad, la precariedad

existencial adquiere connotaciones aún más dramáticas.

Desde la exclusión y marginación se originan diferentes estrategias de sobrevivencia,

algunos siguen estrategias individuales, tales como el pequeño comercio ambulante,

servicios domiciliarios, trabajos eventuales; otros logran subsistir participando en sistemas

de beneficencia pública o privada. Pero hay quienes siguen un camino distinto, cual es el

de organizarse en pequeños grupos de personas que experimentan similares problemas,

para encarar en común sus problemas económicos inmediatos.

Surgen de este modo las organizaciones de cesantes, talleres laborales de autosubsistencia,

ollas comunes poblacionales, grupos pre-cooperativos, grupos de salud y otros servicios,

bodegas de abastecimiento popular, comprando juntos, huertos familiares y comunitarios,

grupos de autoayuda, comedores poblacionales, etc; tales son las organizaciones

económicas populares.

Ellas son múltiples y heterogéneas en sus modos de asociación y actividad, estando

determinadas por los escasos recursos disponibles por cada grupo, las condiciones y

circunstancias en que deben operar, y las iniciativas particulares de sus creadores.

Aunque se caracterizan por la autoayuda y el propio esfuerzo, a menudo estas

organizaciones pueden contar con la solidaridad y las actividades de apoyo material y

profesional provenientes de organizaciones no gubernamentales de servicio y promoción;

éstas les aportan recursos materiales, servicios de capacitación y asesorías, colaboración

organizativa, orientación, espacios de reflexión e intercambio de experiencias con otros

grupos similares, etc., que resultan importantes para enfrentar problemas de variada índole.

Encontramos, pues, ciertos elementos comunes que nos permiten identificar tan

heterogéneas formas de organización económica, como constitutivas de un tipo especial de

economía popular de subsistencia.

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1.3.2. Importancia de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas

(MIPYMES) en la actividad económica ecuatoriana

Las micros, medianas y pequeñas empresas (Mipymes) son proveedoras de servicios,

productos o insumos para otras compañías de amplia cobertura de mercado, como son las

corporaciones nacionales, multinacionales e industrias, y en la actualidad, en el mercado

ecuatoriano, apuestan por romper esos espacios para llegar directamente al demandante de

sus productos en los sectores textiles, alimentos, café, madera y muebles, calzado y de

confecciones, entre otros.

“Según el registro oficial, publicado en Quito, miércoles 29 de diciembre del 2010 No 351;

define una PYME como: “La Micro, Pequeña y Mediana empresa es toda persona natural o

jurídica que, como unidad productiva, ejerce una actividad de producción, comercio y/o

servicios, y que cumple con el número de trabajadores y valor bruto de las ventas anuales,

señalados para cada categoría, de conformidad con los rangos que se establecerán en el

reglamento”26

Según el Censo Nacional Económico (Cenec) realizado en 2010 por el Instituto Nacional

de Estadísticas y Censos (INEC), las Mipymes, dentro del tejido empresarial nacional,

tienen un aporte significativo ya que 99 de cada 100 establecimientos se encuentran dentro

de esa categoría.

Para aquella clasificación se tomó como referencia el tamaño de empresas por número de

empleados, expuesto en la Resolución 1260 de la Secretaría de la Comunidad Andina de

Naciones (CAN); microempresa (uno a nueve trabajadores), pequeña empresa (10 a 49),

mediana empresa (50 a 199) y gran empresa (200 o más).

Frente a esta clasificación, el Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) tiene como

resultado que las Mipymes ya no están solo dedicadas a satisfacer la demanda interna, sino

también la externa, por ello, en la actualidad representa el 9% del total de los productos

tradicionales y no petroleros exportados

Las Mipymes son reconocidas por ser generadoras de empleo, ya que de cada cuatro

puestos de trabajo que existen en el país tres son generados por aquellas empresas

26 Registro oficial, publicado en Quito, miércoles 29 de diciembre del 2010 No 351

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categorizadas como micro, pequeñas o medianas. La microempresa genera el 44% de

empleo, la pequeña empresa el 17%, la mediana el 14% y la gran empresa el 25%, según

los resultados del Cenec.

Con base en estos datos, el Observatorio de las Pymes de la Universidad Andina Simón

Bolívar (UASB) destaca la importancia de que no solo el Gobierno continúe apoyando a

esta categoría de empresas, sino que se involucre al sector privado y a los organismos

internacionales a través de la oferta de servicios financieros –el microcrédito, por ejemplo-

y no financieros.

También mediante la creación y puesta en vigencia de la Ley Orgánica de la Economía

Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario. Mientras tanto, para 2010,

cuando se revisa el aporte de las empresas, según su tamaño, a la generación de ingresos

vía venta de los bienes y servicios que producen, se obtiene que fueron las pequeñas y

medianas las que en mayor grado aportaron.

Aproximadamente por cada 100 dólares generados en el tejido empresarial ecuatoriano,

por concepto de ventas, 39 son aportados por aquellas compañías clasificadas dentro de la

categoría de pequeñas y medianas empresas.

1.4 RETOS DE LAS FERIAS INCLUSIVAS, EN LAS POLÍTICAS

PÚBLICAS, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, CONTRATACIÓN PÚBLICA

Y SISTEMA ECONÓMICO SOCIAL Y SOLIDARIO

Para precisar el ámbito territorial de las Ferias Inclusivas, la entidad pública contratante

deberá suponer dos aspectos:

El lugar donde se va a utilizar el bien o se va a prestar el servicio; o,

El lugar en donde se producen los bienes demandados. En base a ese ámbito

territorial, solamente los proveedores domiciliados en el podrán participar y se lo

puede hacer según las siguientes circunscripciones territoriales:

a) Una o más zonas de planificación;

b) Una o más provincias;

c) Uno o más cantones; y,

d) Una o más parroquias.

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El procedimiento contiene varios elementos propios de los procesos de contratación como

se menciona de forma breve a continuación:

La máxima autoridad de la entidad contratante realizará la convocatoria a una o más ferias

inclusivas.

La convocatoria contendrá: a

Las especificaciones y características técnicas; El presupuesto referencial correspondiente;

La información para que los oferentes puedan habilitarse o actualizarse en el RUP; El

listado de los documentos que deben presentar los oferentes; Los parámetros de evaluación

de las ofertas; Cronograma del proceso.

Las fases del cronograma serán las siguientes: 1) Convocatoria; 2) Información a

proveedores y capacitación; 3) Preguntas; 4) Respuestas; 5) Recepción de Ofertas; 6)

Solicitud de convalidación de errores de forma; 7) Convalidación de errores de forma; 8)

Evaluación de las ofertas; y, 9) Adjudicación.

Un elemento importante para decidir la adjudicación total o parcial en un procedimiento de

feria inclusiva, del universo de ofertas que hayan calificado técnicamente a través de la

metodología de cumple o no cumple, se adjudicará a los oferentes mediante la aplicación

de criterios de inclusión como los siguientes:

Asociatividad. Se otorgará un puntaje mayor a los oferentes cuyo modelo asociativo

permita la participación efectiva de artesanos, micro y pequeños productores, y actores de

la Economía Popular y Solidaria, a fin de presentar una oferta de producción nacional;

Calidad. Este parámetro se define en función de la experiencia del proveedor, de las

certificaciones de calidad obtenidas o de la capacitación al personal.

Condición de vulnerabilidad. Este parámetro permite priorizar la compra a los actores de

sectores económicos vulnerables, o que no tienen fácil acceso a la contratación pública, en

función de información objetiva por parte de la entidad contratante.

Otros criterios definidos por el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social.

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Los participantes reciben información y exponen sus productos, se registra y califica a los

representantes de la veeduría social en caso de existir, se realiza la recepción, apertura,

convalidación y evaluación de ofertas; para finalmente realizar la adjudicación y firma de

contratos con las personas seleccionadas.

Las grandes empresas tienen mayores ventajas y prevalencia en las compras públicas y

ponen en desventaja a las pequeñas, medianas empresas y a los actores de la economía

popular y solidaria.

En 2011, según datos adquiridos de las páginas web del ex Instituto Nacional de

Contratación Pública, Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, Ministerio de

Finanzas, las adquisiciones del Estado sumaron 10 mil millones de dólares, más que todas

las exportaciones no petroleras del país; y si consideramos que el 88% de compras públicas

está destinado a productos importados y generados en el exterior, los recursos de esas

compras estatales no se reinvierten en industrias y productores nacionales.

Es indispensable crear los programas necesarios para que las empresas públicas puedan

desarrollar diversos procesos de contratación con Ferias Inclusivas para el desarrollo de la

industria nacional, desarrollando el paradigma de la sustitución de importaciones con el

propósito de producir más en el país aquellos productos que traemos del exterior.

Necesitamos desarrollar estudios e investigaciones y aplicar políticas sobre los productos

que utilizan los proveedores del Estado en lo que respecta a componentes nacionales e

importados, y a partir de eso fortalecer la intervención de los actores de la economía

popular y solidaria para el desarrollo de las Ferias Inclusivas. Esos estudios permitirán

identificar tres tipos de productos: aquellos productos nacionales generados en el país; los

productos importados; y, los nacionales obtenidos por abastecedores que importaron, para

definir qué tipo de tecnologías, ciencia, infraestructura y maquinarias hace falta desarrollar

en nuestros productores.

Hay que revisar las políticas de producción y contratación en el país con el propósito de

señalar las estrategias e incentivos que no permiten la compra de productos que pueden ser

generados en el país, para que no sean adquiridos a importadores; así como determinar qué

tipo de políticas nos hace falta para producir y generar lo que consumimos y demandamos

en el país.

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Cabe señalar que si bien el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones

establece el beneficio en impuesto a la renta para las Pymes, en la posibilidad de deducir

en un 100% agregado, los gastos de capacitación técnica, mejora de la productividad,

asistencia tecnológica, difusión comercial, entre otros, por el lapso de 5 años; sin embargo,

hasta la actualidad no contamos con la reglamentación o normativa legal obligatoria que

permita viabilizar y concretar este incentivo. En detrimento de aquello, las grandes

empresas cuentan con una serie de deducciones, exoneraciones, reducciones, tarifas

impositivas preferenciales, entre otras cosas, que ubican en desigualdad de condiciones

para competir a las Pymes.

Si queremos priorizar y profundizar la economía social y solidaria debemos generar

procesos y emprendimientos que vayan orientados a incrementar las exportaciones, la

productividad, el valor agregado y generar mayores fuentes de empleo mediante la

articulación de las políticas de contratación pública con la reconversión productiva. Si no

damos prioridad en políticas para los pequeños actores productivos para que generen lo

que el país necesita, seguiremos consumiendo y comprando bienes y servicios del exterior.

Cuando el Estado ecuatoriano gasta en sus compras un valor (alrededor de 12.000 millones

de dólares anuales) que prácticamente alcanza lo obtenido por exportaciones no petroleras,

¿estaríamos afirmando que los ingresos del país en este sector vuelven a salir al exterior

mediante la contratación de los productos importados, motivo incluso para que se sigan

fugando los dólares que ni siquiera es nuestra moneda.

Precisamos promover la transferencia y desarrollo de nuevas tecnologías para potenciarlos

encadenamientos productivos locales como verdaderos potenciales de desarrollo nacional,

para lo cual también se requieren el desarrollo de otras industrias básicas, como

siderúrgica, petroquímica, metalúrgica, biotecnológica y artillera, pero como alcanzar estas

metas si lamentablemente los bancos y cooperativas privados para facilitar prestamos de

alta cuantía solicitan garantías exorbitantes que en la mayoría de la veces no pueden ser

cubiertas por las personas solicitantes lo que seguramente estanca este animo de superación

de las pequeñas microempresas y productores locales.

Es urgente consensuar como país qué tipo de productos deben importarse, a qué sectores

pertenecen y en qué temas hay que trabajar a profundidad para desarrollar, en forma

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específica, la industria nacional; de lo contrario los postulados constitucionales quedaría en

letra muerta, vulnerando los derechos al trabajo y el buen vivir de los sectores que

supuestamente resultarían beneficiados de estas políticas.

Las cifras demuestran las condiciones inferiores en que se encuentran las Pymes, por lo

que la no inclusión del sector en la compra pública afecta directamente al empleo, debido a

que la tendencia marginal a la generación de mano de obra es mucho más alta en estos

sectores.

Hay que apuntar a políticas que cambien las adquisiciones que hace el Estado y que

fortalezcan a nuestros proveedores locales, porque para los actuales proveedores es mucho

más fácil comprar a las multinacionales porque son las que importan, no desarrollan la

producción nacional, acumulan instrumentos financieros y subcontratan. Cuando el Estado

paga a varios de ellos, subcontratan a la producción local y utilizan un método que sirve

para reproducir la acumulación de capital.

Es acertado desplegar estudios que identifiquen cómo mejorar los porcentajes en cuanto al

valor agregado de los productos nacionales y aquellos bienes que necesitan materia prima

internacional, según el sector y el bien, para determinar las necesidades reales para la

relación entre compras públicas, producción nacional y empleo de pequeñas y medianas

empresas

Los actores de la economía social y solidaria también responden a un esquema legal de

organización social y participación que requiere profundizar los incentivos políticos para

su desarrollo, por lo que algunas regulaciones normativas como la contemplada en el

Decreto Ejecutivo No. 16 de 2013, denominado Reglamento para el Funcionamiento del

Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, más

contiene elementos restrictivos a la organización social como las causales de disolución o

las exigencias económicas para crear organizaciones y asociaciones, antes que parámetros

que estimulen el tejido social y sus actores.

En el caso de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, encontramos un conjunto de

dispositivos para ejercer la participación sin propiciar mecanismos de incidencia real en las

políticas públicas, en el control al mercado y a la economía, es decir, son espacios con

escasas capacidades de decisión de la ciudadanía en el andamiaje estatal y de su sistema

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económico, sin estímulos ni procesos que puedan vincular a las organizaciones sociales

con el desarrollo de iniciativas o emprendimientos que activen la economía social y

solidaria.

Los escasos indicadores de participación ciudadana podrían evidenciar que no

necesariamente somos una sociedad activa para el ejercicio de repertorios y mecanismos

participativos, pero la existencia de algunas experiencias y programas de Ferias inclusivas

pueden generar procesos de mediano y largo plazo que afiancen la participación social

según las propias dinámicas y ritmos de la economía social y solidaria; en pocas palabras,

la incursión de la sociedad en actividades económico productivas pueden generar un nuevo

horizonte de sentidos para la participación ciudadana, que cabría reflexionar si desde ahí

puede activarse las formas más eficientes de control social al mercado, que tanto la

legislación actual sobre participación ni los propios sujetos sociales lograron activar desde

2008, año en que entro en vigencia la actual Carta Fundamental.

Es preciso que como país se elaboren en consenso, las políticas y estrategias que afronten

aspectos como la escasa articulación de empresas públicas con actores de economía social

y solidaria; la concreción de incentivos tributarios para pequeños agentes productivos no se

han viabilizado; la producción nacional insuficiente en las compras públicas; incrementar

las pocas políticas para desarrollar industrias y producción nacional.

1.5 LA DEMANDA DE BIENES Y SERVICIOS EN FERIAS INCLUSIVAS.

Los bienes y servicios que se vayan a contratar deben constar en el Plan Anual de

Contrataciones y se lo puede hacer en una o más ferias inclusivas; Las entidades públicas

deberán notificar al INCOP ahora SERCOP, en un término de 15 días antes, para la

asistencia técnica sobre la realización de una o más ferias inclusivas, indicando los detalles

de organización (lugar, monto total a contratar según objeto u objetos de contratación y el

tipo de asistencia que se solicita).

Para efectos de identificar a un bien o un servicio de origen nacional, se atenderá a las

definiciones establecidas por el Ministerio de Industrias y Productividad, que serán

publicadas por el SERCOP en el Portal www.compraspublicas.gob.ec.El Instituto Nacional

de Contratación Pública podrá utilizar el procedimiento de Feria Inclusiva para seleccionar

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bienes y servicios de origen nacional, a fin de que estén disponibles en el Catálogo

Electrónico

Los proveedores participantes son únicamente las personas naturales o jurídicas,

individualmente consideradas, asociadas legalmente o con compromiso de asociación o

consorcio, que estén habilitados en el RUP y que se sujeten a las siguientes condiciones:

1.-Formar parte del sector artesanal, según las disposiciones legales respectivas;

2.-Ser micro o pequeña organización de producción o de prestación de servicios, en los

términos establecidos en la normativa respectiva; o,

3.-Formar parte del sector de economía popular y solidaria, según las normas

correspondientes, siempre que sean productores, fabricantes o prestadores de servicios de

origen nacional.

“La entidad o entidades contratante deberán realizar un proceso de socialización de los

pliegos de la Feria Inclusiva convocada, respecto de todos los oferentes interesados que

reúnan los requisitos previstos en el artículo 2 de la Resolución INCOP Nº 0472011,

incluyendo la información necesaria para que éstos se habiliten en el Registro Único de

Proveedores RUP.

La socialización podrá ser presencial o a través de otros mecanismos (asesoría por

comunicación telefónica o electrónica), pero en todos los casos permitirá la absolución de

dudas o inquietudes presentadas por los potenciales oferentes, respecto de las condiciones

de participación y demás requerimientos contemplados en los pliegos27.

Por lo general en nuestro país los artesanos, pequeñas y medianas empresas así como los

pequeños productores realizan diferentes tipos de actividades económicas entre las que

destacamos las siguientes:

Comercio al por mayor y al por menor.

Agricultura, silvicultura y pesca

27 MANUAL DE USUARIO. Ferias Inclusivas Dirigido A Entidades Contratantes. diciembre 2014

disponible en : www.sercop.gog.ec

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Industrias manufactureras.

Construcción.

Transporte, almacenamiento, y comunicaciones.

Bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas.

Servicios comunales, sociales y personales.

Además de refacciones y reconstrucciones

Las PYMES en nuestro país se encuentran en particular en la producción de bienes y

servicios, siendo la base del desarrollo social tanto produciendo, demandando y comprando

productos o añadiendo valor agregado, por lo que se constituyen en un actor fundamental

en la generación de riqueza y empleo.

Ahora bien hay que dejar en claro que a más de estos actores de las economía popular y

solidaria existe asociaciones comunitarias que están organizados específicamente para

producir lo que son productos lácteos, quesos yogures entre otros, productos que

resultarían ideales para lo que son los coofee break.

1.5 LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS DE LAS

PARROQUIAS RURALES

Según el Art. 63.- Código Orgánico de Organización Territorial, Cootad “Los gobiernos

autónomos descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de derecho público,

con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por los órganos

previstos en este Código para el ejercicio de las competencias que les corresponden”28.

1.5.1 De las funciones

Código Orgánico de Organización Territorial, Cootad señala que las funciones de los

gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales Art. 64.- Funciones.- Son

funciones del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural:

28 CODIGO ORGANICO DE ORGANIZACION TERRITORIAL, COOTAD. Registro Oficial Suplemento

303 de 19-oct.-2010 Última modificación: 16-ene.-2015. Art 63

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a) “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial parroquial para

garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas

parroquiales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

b) Diseñar e impulsar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su

territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

c) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y

avanzar en la gestión democrática de la acción parroquial:

d) Elaborar el plan parroquial rural de desarrollo; el de ordenamiento territorial y las

políticas públicas; ejecutar las acciones de ámbito parroquial que se deriven de sus

competencias, de manera coordinada con la planificación cantonal y provincial; y, realizar

en forma permanente el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las

metas establecidas;

e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la

ley;

f) Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos y propiciar la

organización de la ciudadanía en la parroquia;

g) Fomentar la inversión y el desarrollo económico especialmente de la economía popular

y solidaria, en sectores como la agricultura, ganadería, artesanía y turismo, entre otros, en

coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados;

h) Articular a los actores de la economía popular y solidaria a la provisión de bienes y

servicios públicos;

i) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en

beneficio de la colectividad;

j) Prestar los servicios públicos que les sean expresamente delegados o descentralizados

con criterios de calidad, eficacia y eficiencia; y observando los principios de universalidad,

accesibilidad, regularidad y continuidad previstos en la Constitución;

k) Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para

garantizar los derechos consagrados en la Constitución, en el marco de sus competencias;

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l) Promover y coordinar la colaboración de los moradores de su circunscripción territorial

en mingas o cualquier otra forma de participación social, para la realización de obras de

interés comunitario;

m) Coordinar con la Policía Nacional, la sociedad y otros organismos lo relacionado con la

seguridad ciudadana, en el ámbito de sus competencias; y,

n) Las demás que determine la ley”29.

El COOTAD en su parte pertinente dispone que los GADs de las parroquias rurales están

en la obligación de promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial,

además de fomentar la inversión y el desarrollo económico especialmente de la economía

popular y solidaria, en sectores como la agricultura, ganadería, artesanía, puesto que el

objetivo del nuevo constitucionalismo es equiparar las condiciones de vida de todos los

ecuatorianos pero como hacerlo, uno de los caminos es que los GADs de las parroquias

rurales de sus presupuestos económicos anuales, el porcentaje que este destinado a la

construcción de obras de infraestructura, compra de bienes y servicios lo realicen mediante

la convocatoria a ferias inclusivas en las que solamente participen los artesanos, micro

empresas, y pequeños productores de su jurisdicción; no hay que olvidar lo dispuesto el

Art. 3 numeral uno de la normativa constitucional señala que Son deberes primordiales del

Estado:

Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la

Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la

alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes, de igual forma en el

numeral cinco del cuerpo legal invocado dispone: Planificar el desarrollo nacional,

erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los

recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.

Además de que hablando del Sistema económico y política económica la Constitución de

la Republica establece Art. 283.- El sistema económico es social y solidario; reconoce al

ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre

sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar

29 CODIGO ORGANICO DE ORGANIZACION TERRITORIAL, COOTAD. Registro Oficial Suplemento

303 de 19-oct.-2010 Última modificación: 16-ene.-2015. Art 64

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la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten

el buen vivir.

El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública,

privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. La

economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores

cooperativistas, asociativos y comunitarios.

De igual manera el cuerpo legal aludido en el artículo art. 288 dispone taxativamente las

compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad,

responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en

particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y

medianas unidades productivas.

Lo que para nuestro es una forma de garantizar el derecho al trabajo , puesto que en lo

dicho por la normativa legal que hemos expuesto el líneas anteriores deja camino expedito

para que os diferentes organismos puedan ejercer sus funciones dadas por la normativa

constitucional, mucho más cuando los GADs gozan de autonomía política y financiera por

lo que sus políticas deben estar dirigidas al mejoramiento de las condiciones de vida de sus

habitantes por lo que seremos reiterativos las ferias inclusivas es uno de los caminos que

los GADs Pr deben seguir.

1.5.2 De las Competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados

Parroquiales Rurales

La Carta Constitucional, en el Capítulo IV, correspondiente al régimen de competencias,

Art. 267.- dispone que los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales

ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio las adicionales que

determine la ley; en clara armonía con lo dispuesto en el mismo cuerpo legal que señala en

la última parte del articulo 240; “Todos los gobiernos autónomos descentralizados

ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones

territoriales”30.

30 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito

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a) “Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el

desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el

gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el

respeto a la diversidad;

b) Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los

espacios públicos de la parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los

presupuestos participativos anuales;

c) Planificar y mantener, en coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad

parroquial rural;

d) Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias la preservación de la

biodiversidad y la protección del ambiente;

e) Gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos que le sean delegados o

descentralizados por otros niveles de gobierno;

f) Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás

asentamientos rurales con el carácter de organizaciones territoriales de base;

g) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias; y,

h) Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos.

En el ámbito de sus competencias y territorio y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos

y resoluciones”31.

En el literal b) correspondiente a las competencias de los GADs de las parroquias rurales

ya se puede observar que la normativa legal faculta a estos organismos parroquiales la

construcción de infraestructuras, el equipamiento de espacios públicos de la parroquia,

además la ley da la prerrogativa de que promuevan la organización de los ciudadanos de

las comunas, recintos y demás asentamientos rurales, de estas competencias se puede

apreciar que considerando que los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales

Ecuador. Art.240 inciso segundo.

31 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito

Ecuador. Art.267

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rurales, al ser personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa

y financiera.; podrían tranquilamente realizar ferias inclusivas para sus necesidades

tomando en cuenta el presupuesto anual, en estas ferias inclusivas debería contarse solo

con los pequeños productores, artesanos, pequeños productores locales, favoreciendo a las

economías de los pobladores de cada una de las parroquias así como sus comunidades.

1.5.3 Sistema económico y política económica de los GADs parroquiales rurales

La normativa constitucional señala que los Gobiernos Autónomos Descentralizados

generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de

conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad, además

participarán de al menos el quince por ciento de ingresos permanentes y de un monto no

inferior al cinco por ciento de los no permanentes correspondientes al Estado central,

excepto los de endeudamiento público.

Las asignaciones anuales serán predecibles, directas, oportunas y automáticas, y se harán

efectivas mediante las transferencias desde la Cuenta Única del Tesoro Nacional a sus

respectivas cuentas.

“La distribución de los recursos entre los gobiernos autónomos descentralizados será

regulada por la ley, conforme a los siguientes criterios:

1. Tamaño y densidad de la población.

2. Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la

población residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autónomos

descentralizados.

3. Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y

cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del

gobierno autónomo descentralizado”.32

32 Editorial corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República del Ecuador 2008, - Quito

Ecuador. Art. 272

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1.6 EL DERECHO AL TRABAJO COMO FACTOR INDISPENSABLE PARA

ALCANZAR EL BUEN VIVIR (SUMAK KAWSAY), DE LAS PERSONAS QUE

INTEGRAN LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS UNIDADES

PRODUCTIVAS

Abordaremos el estudio de este derecho realizando un análisis de lo que significa el

trabajo visto desde varias aristas. El trabajo es un conjunto de actividades realizadas, es el

esfuerzo (físico o mental) realizado por las personas, con el objetivo de alcanzar una meta,

la producción de bienes y servicios para atender las necesidades humanas.

Según los autores de la obra Derecho del Trabajo Valverde, Rodríguez, Sañudo Gutiérrez y

García, “el término trabajo tiene varias sentidos o acepciones que aunque no coincidan

exactamente guardan entre si un parentesco muy próximo, se habla habitualmente de

trabajo desempeñar un trabajo, desarrollar un trabajo como actividad productiva como

aplicación o ejercicio de las facultades humanas para la producción de medios y

condiciones de vida”33

El trabajo representa un derecho fundamental de las personas, reconocido en la

Constitución de la República del Ecuador, así como en todas las normativas supremas de

las naciones del mundo, el mismo que encuentra su fundamento en los principios de

dignidad y autonomía de cada ser humano.

El derecho al trabajo es la posibilidad de participar libremente en las actividades de

producción y de prestación de servicios a la sociedad y al disfrute de los beneficios

obtenidos mediante estas actividades. Estos beneficios deben garantizar un nivel de vida

adecuado.

El derecho al trabajo es el primero de los derechos reconocidos de forma concreta en el

Pacto por los derechos económicos, sociales y culturales que, en su art.6 dispone: que el

derecho a trabajar comprende: “el derecho de toda persona a tener la oportunidad de

ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido”34

33 VALVERDE, RODRÍGUEZ, SAÑUDO GUTIÉRREZ Y GARCÍA. Derecho del Trabajo.2012.Pag.34

34 San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969 Art. 23 disponible en: www.oas.org/.../tratados_b-

32_convencion_americana_sobre_derechos_hu

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El trabajo es el medio por el que cualquier ser humano puede satisfacer sus necesidades

básicas y afirmar su identidad; la forma en la que puede sustentar a su familia y vivir una

existencia conforme a la dignidad humana

Además el trabajo constituye un elemento indispensable para la movilidad social

ascendente y para mejorar las condiciones de bienestar. Cuando se encuentra regulado, el

trabajo registrado no solamente configura una fuente de obtención de los ingresos

necesarios para la manutención y subsistencia personal y familiar, sino que además se

encuentran a él asociado el ejercicio de toda una serie de derechos”35

El deber del Estado consiste en asegurar directamente el derecho al trabajo de todos los

ciudadanos, constriñendo toda la vida económica e incentivando la libre iniciativa de las

personas, cuanto sobre todo en secundar la actividad de las empresas, creando condiciones

que aseguren oportunidades de trabajo, estimulándola y sosteniéndolas en momentos de

crisis.

El derecho al trabajo se encuentra establecido en la Sección octava, art. 33 de la

Constitución, en el cual se lee en los siguientes términos: “El trabajo es un derecho y un

deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la

economía.

El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida

decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y

libremente escogido o aceptado”36.

De lo expuesto, es menester indicar que el trabajo dignifica al hombre el mismo que puede

escoger libremente su trabajo, el cual le permitirá satisfacer sus necesidades personales y

familiares, en busca del anhelado buen vivir, al que nos trata de llevar los postulados

constitucionales.

Como explicar que la ciudadanía pueda disfrutar de los derechos del buen vivir como lo

establece la Constitución de la república en el título VII Art. 340.- El sistema nacional de

35 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Aprobada y proclamada por la Asamblea

General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 .Art 24, disponible en :

www.hcg.udg.mx/LIBs/bajArchivos.php?id=II_B_DH_43.pdf 36 Corporación de estudios y publicaciones. Constitución de la República Quito- Ecuador. 2008. art. 33

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inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones,

políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad

de los derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento de los objetivos del

régimen de desarrollo”37.

Analizare como hacer efectivo el goce de estos derechos si los ciudadanos no poseen o no

gozan de un trabajo, un negocio como medio y sustento para poder satisfacer las

necesidades de sus familias ¿ es acaso que el estado provee de vivienda, alimentación,

servicios básicos, vestimenta entre otros de manera gratuita; incluso para educar a los hijos

es necesario recursos económicos puesto que habrá que costear movilización y otros

gastos; entonces es indispensable que las personas en primer término gocen de un trabajo o

fuente de ingresos para garantizar en un pequeño porcentaje acceda a los tan publicitados

derechos del buen vivir de lo contrario se convertirá y seguirán siendo un panacea en

Ecuador.

1.7 ANÁLISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE “LAS

FERIAS INCLUSIVAS”

La temática de las ferias inclusivas es prácticamente un contenido novedoso debido a que

la ley del sistema nacional de contratación pública en nuestro país fue creada y entra en

vigencia en 2008, por lo que su avances todavía no son muy significativos, siendo

prácticamente nula la aplicación de esta herramienta de contratación pública en los de las

parroquias rurales del ecuador.

De acuerdo con el artículo 6 numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública, Es el evento realizado al que acuden las entidades contratantes a

presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a través de la

participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en procedimientos

ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de conformidad con el

Reglamento. A pesar de esta disposición se considera que son pocas las oportunidades de

los pobladores para que se les adjudique o se contrate con ellos debido a las grandes

diferencias de infraestructuras, tecnologías e incluso las garantías que se requieren para

poder contratar una obra.

37 Ibídem. art.340

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En el capítulo VI de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Contratación Pública;

Capítulo agregado por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 100 de 14 de

Octubre del 2013; Art. 59.1.- de la ley aludida “La Feria Inclusiva es un procedimiento

que se utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir

obras, bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no

catalogados o no normalizados. En este procedimiento únicamente podrán participar, en

calidad de proveedores los productores individuales, las organizaciones de la Economía

Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y

pequeñas unidades productivas.

Las Ferias Inclusivas son procedimientos que ejecutan las entidades contratantes, sin

considerar montos de contratación, con el fin de fomentar la participación de artesanos,

micro y pequeños productores prestadores de servicios. Pero no se aplican estas

prioridades por lo que es necesario que los GADs de las parroquias rurales cuando

necesiten contratar lo hagan siempre y cuando estos recursos estén dentro del presupuesto

anual beneficiando a las economías de sus jurisdicciones lo que permitirá incluso que no se

fuguen las divisas.

Según el Manual de usuario ferias inclusivas, dirigido a entidades contratantes las Feria

Inclusiva. “Es un procedimiento que se utilizará preferentemente por toda entidad

contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional,

catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento

únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales las

organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares,

los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas.

De igual forma el art 59.1 de la última modificación de la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública , establece La Feria Inclusiva es un procedimiento que se

utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir obras,

bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no catalogados o

no normalizados. En este procedimiento únicamente podrán participar, en calidad de

proveedores los productores individuales, las organizaciones de la Economía Popular y

Solidaria, las unidades económicas populares, los artesanos, las micro y pequeñas unidades

productivas.

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1.8 VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS

DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE “LAS FERIAS INCLUSIVAS”

En el numeral anterior hemos expuesto los conceptos de las diversas posiciones teóricas

existentes a cerca de las ferias inclusivas que nuestro marco jurídico ecuatoriano establece

en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en el artículo dos

numeral trece, pero en la última modificación Capítulo agregado por Ley No. 0, publicada

en Registro Oficial Suplemento 100 de 14 de Octubre del 2013 CAPITULO VI Art. 59.1.-

La Feria Inclusiva es un procedimiento que se utilizará preferentemente por toda entidad

contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional,

catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento

únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales, las

organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares,

los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas; en armonía con lo dispuesto en

la Constitución de la Republica que recalca Las compras públicas cumplirán con criterios

de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los

productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y

solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

La mayoría de autores que han realizado ensayos sobre lo que respecta a este tema se

limitan a utilizar como bandera lo establecido textualmente en la ley de la materia.

Luego de haber profundizado en el estudio de lo que son las ferias inclusivas señalaremos

que el objetivo de las ferias inclusivas es la adquisición de bienes y servicios de

producción nacional, incluidos aquellos servicios que tengan por objeto única y

exclusivamente la reparación, refacción, remodelación, adecuación o mejora de una

construcción o infraestructura ya existente.

La meta a la que apuntan las ferias inclusivas es priorizar a los productores que formen

parte del sector artesanal, a las micro o pequeñas organizaciones de producción o de

prestación de servicios, y a quienes sean parte del Sector de la Economía Popular y

Solidaria, incluidos los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.

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Además, las ferias se han convertido en un espacio de articulación e intercambio de

experiencias entre diversos actores como expresiones de una economía alternativa,

fundamentada en valores solidarios, de equidad y justicia.

1.9 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO

En este capítulo hemos expuesto y analizado los distintos aportes teóricos así como

consideraciones respecto a lo que significa las “Las Ferias Inclusivas” su historia, origen,

aplicación y desarrollo en Ecuador.

La Feria Inclusiva es un procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública que será utilizado preferentemente por toda entidad

contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional,

catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados. En este procedimiento

únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los productores individuales, las

organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares,

los artesanos, las micro y pequeñas unidades productivas. Con lo que el estado pretende

priorizar la producción nacional recuperar las economías locales, repotenciando las

economías regionales, mejorando la matriz productiva además de evitar la fuga de la

moneda a otros países puesto que el dólar no es moneda ecuatoriana, adicionalmente se

trata de proveer de fuentes de trabajo a las personas en sus lugares que nacieron evitando

las migraciones a las grandes ciudades, hay que exaltar que este propósito se alcanzara

cuando se ponga en práctica estos postulados tanto constitucionales como legales puesto lo

que se persigue con la actual Constitución de la República es alcanzar el buen vivir o

Sumak Kawsay de todas/os los ecuatorianos.

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CAPITULO II

MARCO METODOLÓGICO Y PLANEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.1 MÉTODOS

Con el objetivo de alcanzar el resultado que se proyecta, la presente investigación hemos

adoptado la modalidad exploratoria para dar apoyo a este estudio, se ha seleccionado

importante información bibliográfica, es decir doctrina y normas relacionadas con el objeto

de transformación, lo que la ha hecho también explicativas.

Método Cualitativo – Cuantitativo.- Con la que se generalizará, e influirá en la

interpretación parafraseo y explicación del tema propuesto.

Metodo Descriptivo – Bibliográfico. Se utilizara para analizar el cómo es y la forma que

se manifiesta el fenómeno de las Ferias Inclusivas y sus componentes.

Método Empírico.- Utilizado para realizar el análisis documental, que permitirá asegurar

los contenidos de las leyes y reglamentos referentes a las ferias inclusivas.

Método Científico.- Que permitirá comprender la estructura y la dinámica de la temática

planteada; descubrir las contradicciones existentes en la Ley y Reglamento de Contratación

Pública y la no observancia a la Constitución.

Además se utilizarán: Histórico- Lógico. Analítico – Sintético, Inductivo – Deductivo,

Deductivo- Sistemático y el Exegético, propio de la investigación Jurídica.

2.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN

Dirigidos a alcanzar el objetivo que se proyecta conseguir, la presente investigación

hemos adoptado la modalidad exploratoria para dar apoyo a este estudio, se ha

seleccionado importante información bibliográfica, es decir doctrina y normas relacionadas

con el objeto de transformación, lo que la ha hecho también explicativa.

Explorativa.- Con fundamento en la información adquirida a través de los diferentes

medios de investigación se darán a conocer los efectos que provoca el problema de la falta

de una facultad legal que permita a los Gobiernos Autónomos de las parroquias rurales del

cantón Riobamba GADsPr, contratar de manera directa a través de las ferias inclusiva.

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Explicativa.- Con la aplicación de esta herramienta trataremos de plasmar una

fundamentación teórica, con base de la información obtenida a través de las encuestas,

entrevistas y el análisis realizado a las distintas posiciones de autores respecto al tema

propuesto para nuestra investigación, lo que permitirá la elaborar una estrategia jurídica

que otorgue las atribuciones a los Gobiernos Autónomos de las parroquias rurales del

cantón Riobamba GADsPr, contratar de manera directa a través de las ferias inclusivas,

servicios, bienes arrendar, y contratar a las personas de sus propias jurisdicciones.

2.3 POBLACIÓN Y MUESTRA

2.3.1 Población

La población a la cual se realizará la investigación está conformada por 1255 Abogados

legalmente registrados en el foro de Abogados del Consejo de la Judicatura Chimborazo,

según datos proporcionados por la Dra. Jimena Jirón encargada de los registros de

Abogados de la oficina de talento humano de la Dirección del Consejo de la Judicatura

Chimborazo

2.3.2 Muestra

Por lo extenso del universo de Abogados registrados en el foro de Abogados del Consejo

de la Judicatura Dirección Chimborazo, se considera necesario aplicar la siguiente formula.

Formula que aplicaremos para obtener la muestra: n = n/e2 (N-1)+1

n = Tamaño de la muestra.

N = Población o universo de posibles encuestados.

E = 0.12

E= Margen de error permitido para calcular la muestra

N = 1255 Abogados registrados en el Consejo de la Judicatura Chimborazo,

n/e2 (N-1)+1

n= 1255/ 0.12 (1255-1)+1

n= 1255/0.01 (1254)+1

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n= 1255/ 12,54+1

n= 1255/ 13,54

n= 93 Abogados registrados en el Consejo de la Judicatura Chimborazo, (Muestra

encuesta)

Mientras que las entrevistas se aplicara a los señores presidentes de los GADs de las

parroquias rurales del cantón Riobamba, en un total de 11 personas.

2.4 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS.

2.4.1 Técnicas

Las Técnicas a utilizadas en el desarrollo del presente trabajo son:

Investigación Documental: Se utilizó para acceder a la doctrina jurídica, así como a los

cuerpos legales que se relacionan con el tema de investigación propuesto,

Encuestas: Se aplicara a 93 Abogados registrados en el Foro del Consejo de la Judicatura

Chimborazo, (Muestra encuesta

La entrevista a los presidentes de los GADS de las parroquias rurales del cantón

Riobamba, en un total de 11 personas.

2.4.2 Instrumentos

Los instrumentos que se utilizaron en el desarrollo de la presente investigación son:

El cuestionario de encuesta

El cuestionario de la entrevista

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2.5 INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE ENCUESTA

DIRIGIDA A ABOGADOS REGISTRADOS EN EL FORO DEL CONSEJO DE LA

JUDICATURA CHIMBORAZO

Pregunta 1. ¿Conoce usted que son las Compras Públicas?

CUADRO N.- 1

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

DESCONOZCO

90

02

01

96,77%

2,15%

1,07%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 1

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 1

Análisis.- Preguntados si conocen lo que son las compras públicas casi la totalidad de los

señores Abogados en libre ejercicio que pertenecen al foro de abogados de la Judicatura

Dirección Chimborazo, manifiestan conocer por cuanto dicen que es una herramienta

constante en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica la misma que

señalan entro en vigencia en dos mil ocho, con la que el estado pretende transparentar las

compras y contratación pública, puesto que todas las necesidades del estado de adquirir ya

se bienes, servicios, así como también la contracción de obras salen a licitación a través del

portal web del servicio nacional de compras públicas (SERCOP) con lo que el estado

pretende brindar igualdad de oportunidad a todos los oferentes.

96,77%

2,15% 1,07%

SI

NO

DESCONOZCO

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Pregunta 2 ¿Sabe usted en que consiste la Economía Popular y Solidaria?

CUADRO N.- 2

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

MUCHO

POCO

NADA

90

03

00

96,77%

3,23%

0

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 2

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 2

Análisis.- Respecto al significado o a en que consiste la economía popular y solidaria,

manifiestan que es una figura jurídica implementada en esta régimen que tiene como

objetivo repotenciar las economías de los micro pequeñas, y artesanos, a través de la

organización y capacitaciones continuas que el estado pretende prestar gratuitamente, este

sector está inmerso dentro de las disposiciones constantes en la Ley orgánica de Economía

Popular y Solidaria, de los encuestados un noventa y siete por ciento tiene suficiente

conocimiento para pronunciarse sobre el tema, mientras que un tres por ciento dice no

conocer sobre el tema ya que argumentan que su especialidad es otra.

96,77%

3,23% 0,00%

MUCHO

POCO

NADA

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Pregunta 3 ¿Sabe usted en qué consisten las Ferias Inclusivas?

CUADRO N.- 3

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

86

09

92,47%

7,43%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 3

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 3

Análisis.- Al responder sobre lo que es o son las ferias inclusivas la mayoría de

profesionales del derecho, esto es un noventa y dos por ciento aproximadamente señala que

es una herramientas de las compras públicas que permiten a las entidades y organismos del

estado publicar sus necesidades en el portal del SERCOP para que todas los productores,

prestadores de servicios , bienes y consultorías puedan presentar sus ofertas , para luego

del respectivo concurso sean adjudicados los proveedores que su oferta convenga más a las

entidades u organismos contratantes, puesto que al analizar una propuesta se consideran

factores como calidad tiempo experiencia y precio presentado por los participantes, el

restante ocho por ciento dice no conocer lo que significan las ferias inclusivas.

92,47%

7,43%

SI

NO

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78

Pregunta 4 ¿Conoce usted para que sirven las Ferias Inclusivas?

CUADRO N.- 4

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

DESCONOZCO

86

09

0

92,47%

7,43%

0%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 4

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 4

Análisis.- Los señores Abogados en libre ejercicio consultados sobre para que sirven las

ferias inclusivas un noventa y dos por ciento coinciden en manifestar que es una

herramienta de las compras públicas en el que las entidades y organismos del estado

publican las necesidades del sector público ya sean, para contratación de obra, para

contratar servicios, para adquirir bienes, o contratar incluso servicio de consultoría dígase

de paso que la consultoría siempre se la contrata para realizar las necesidades y las

circunstancia en la que se ha de desarrollar, en esta consultoría incluso deberá constar un

precio referencial según sea la obra, el servicio, así como también el numero precios y

calidad de los bienes que se pretenden adquirir, un ocho por ciento manifiesta no conocer

lo que nos parece novedoso por cuanto las ferias inclusivas.

92,47%

7,43% 0,00%

SI

NO

DEZCONOZCO0%

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79

Pregunta 5 ¿Cree usted que las Ferias Inclusivas en las condiciones que se realizan

actualmente benefician a los artesanos micros y pequeños productores de las

parroquias rurales del cantón Riobamba?

CUADRO N.- 5

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

04

89

4,41%

95,69%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 5

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 5

Análisis.- Prácticamente la totalidad de Abogados en libre ejercicio señalan que las ferias

inclusivas tal como se las aplican o realizan en la actualidad no benefician en ningún

porcentaje por cuanto los artesanos micros y pequeños productores de las parroquias

rurales del cantón Riobamba, son componentes de la economía popular y solidaria que

poseen muy pocas oportunidades frente a los grandes capitales y empresas e incluso

multinacionales que participan como oferentes, situación que provoca que las obras sean

adjudicadas a quienes presentan las mejores ofertas de ante mano ya se sabe que van a

ganar las empresas y oferentes con mayor capital, lo que trae como consecuencia que

cuando se inician el desarrollo de obras estas empresas desarrollen el proyecto con mano

de obra ajena a la jurisdicción donde se realizan estas.

4,41%

95,59%

SI

NO

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80

Pregunta 6 ¿Considera usted que la adjudicación a través de las Ferias Inclusivas de

obras, suministro de bienes y servicios, a los habitantes de las parroquias rurales del

cantón Riobamba, dinamizara la economía de esos sectores?

CUADRO N.- 6

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

91

02

97,84%

2,16%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 6

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 6

Análisis.-Prácticamente el total de abogados en libre ejercicio tomados en cuenta como

muestra para el desarrollo para la presente investigación son congruentes en manifestar

que la adjudicación de obras dentro de una jurisdicción parroquial a los artesanos micros y

pequeños productores, no solo que dinamizarían las economías locales sino que también

evitaría el éxodo o migración muchas veces de familias enteras del campo a la ciudad,

debido a que si tiene trabajo en su propia tierra nadie quería irse a un lugar desconocido a

sufrir hasta adaptar, con una fuente fija para el jefe de hogar y un ingreso económico digno

la familia podría sufragar por lo menos los gastos indispensable de alimentación.

97,84%

2,16%

SI

NO

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81

Pregunta 7 ¿Cree usted que el hecho de que no se contrate de manera directa a los

artesanos micros y pequeños productores, para la realización de obras, suministro de

bienes y prestación de servicios locales, vulnera su derecho al trabajo y al buen vivir?

CUADRO N.- 7

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

83

10

89,24%

10,76%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 7

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 7

Análisis.- Interrogados que si el hecho de que no se contrate de manera directa a los

artesanos micros y pequeños productores, para la realización de obras, suministro de bienes

y prestación de servicios locales a través de las ferias inclusivas, vulnera su derecho al

trabajo y al buen vivir de las personas mencionadas; los encuestados en un ochenta y nueve

por cinto señalan que por supuesto que estos derechos están siendo vulnerados puesto que

el Estado ecuatoriano de manera taxativa dispone Art. 3.- Son deberes primordiales del

Estado, numerales cinco y seis: Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza,

promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la

riqueza, para acceder al buen vivir; Promover el desarrollo equitativo y solidario.

89,24%

10,76%

SI

NO

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82

Pregunta 8 ¿Considera usted que es obligación del Estado garantizar el derecho al

trabajo y al buen vivir?

CUADRO N.- 8

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

85

08

91,39%

8,61%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 8

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 8

Análisis.- Prácticamente la totalidad de encuestados esto es un noventa y uno por ciento de

abogados el libre ejercicio manifiestan que por mandato expreso del texto constitucional el

estado dígase las autoridades del gobierno están obligadas a crear políticas inclusivas que

faciliten la implementación de nuevas industrias ya sean estatales como privadas, sin

embargo ya es conocido que el estado se ha convertidos en un monstruo que acapara

muchos ingresos económicos y se ha despreocupado de las personas que no poseen

trabajos fijos y por ende una fuente para alimentar a sus familia; no olvidemos que la

propia carta fundamental manifiesta que : son deberes primordiales del Estado, Planificar

el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la

redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.

91,39%

8,61%

SI

NO

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83

Pregunta 9 ¿Considera usted adecuado que las Ferias Inclusivas para la realización

de obras, suministro de bienes y prestación de servicios en las parroquias rurales se

debe contar exclusivamente los artesanos micros y pequeños productores de esa

jurisdicción?

CUADRO N.- 9

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

82

11

88,17%

11,83%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 9

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 9

Análisis.- Interrogados acerca de si es procedente que los GADs de las parroquias rurales

contraten exclusivamente con los artesanos micros y pequeños productores de esa

jurisdicción para la realización de obras, suministro de bienes y prestación de servicios

que sean necesarios en sus parroquiales señalan que sería interesante la aplicación de estas

políticas y la adjudicación a los pobladores de las parroquias rurales, desde el punto de

vista legal argumentan que los todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs)

tiene autonomía política y financiera por tanto la facultad les está dado por la normativa

constitucional así como legal.

88,17%

11,83%

SI

NO

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84

Pregunta 10 ¿Considera que es necesario que elabore un anteproyecto de Ley

Reformatoria al art.6 numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación

Pública, con el objetivo de que se faculte a los Gobiernos Autónomos

Descentralizados de las parroquias rurales adjudicar de forma directa, a los

artesanos micros y pequeños productores, la realización de obras, suministro de

bienes y servicios locales, para que se beneficien a las economías locales?

CUADRO N.- 10

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI

NO

85

08

91,39%

8,61%

TOTAL 93 100% Fuente: Encuesta dirigida a abogados registrados en el foro del Consejo de la Judicatura Chimborazo

Autor: Patricio Coello Hernández 2015

GRAFICO N.- 10

Autor: Patricio Coello Hernández 2015.

Fuente: Cuadro= 10

Análisis.- El noventa y uno por ciento de los encuestados concluyen que es indispensable y

urgente que se reforme art.6 numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación

Pública, en concordancia con el artículo 67 del reglamento de la ley invocada con el

objetivo de que se faculte a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las parroquias

rurales adjudicar a través de las ferias inclusivas, a los artesanos micros y pequeños

productores, la realización de obras, suministro de bienes y servicios locales, para que se

beneficien a las economías locales, además que se creen incentivos a estos sectores como

91,39%

8,61%

SI

NO

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85

capacitaciones continuas, con la implementación de esta política se podrá proveer por lo

menos en pequeños porcentajes de fuentes de trabajo a los lugareños; lo que permitirá

cubrir las necesidades de alimentación, vestuario, gastos en educación, trasporte y otros

con el objetivo de alcanzar el SUMAK KAWSAY O BUEN VIVIR.

2.6 ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS DE ENTREVISTAS A

PRESIDENTES DE LOS GADS DE LAS PARROQUIAS RURALES DEL CANTÓN

RIOBAMBA

Pregunta 1 ¿Considera que es necesario que los GADs parroquiales entre sus

competencias puedan realizar Ferias Inclusivas, cuando se trate de necesidades

exclusivas de su jurisdicción.

En un total de diez presidentes de los once que integran las parroquias rurales del cantón

Riobamba al ser interrogados a cerca de esta temática coinciden en señalar que Según el

Art. 63.- Código Orgánico de Organización Territorial, Cootad Los gobiernos autónomos

descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de derecho público, con

autonomía política, administrativa y financiera; además en la normativa constitucional

específicamente en el art 267 numeral 2 se puede leer que es competencias de los GADs Pr

Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios

públicos de la parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los

presupuestos participativos anuales, de igual forma en el numeral cuatro se establece que:

Planificar y mantener, en coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad

parroquial rural; de igual manera en el numeral cuatro dispone que de su competencia

Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias, por lo que se considera

que los GADs Pr están facultados, sin embargo es necesario que se le faculte a través de

una reforma a la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública en lo que tiene que ver

a las ferias inclusivas, con lo que se pondría en práctica lo establecido en el art, 288 de la

Constitución de la República en lo que tiene que ver con la priorización de los productos

y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y

de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

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86

Pregunta 2 ¿Considera usted que es necesario que los GADs de las parroquias rurales

entre sus competencias puedan contratar mediante las ferias inclusivas, con los

artesanos, micro y pequeños productores locales, la realización de obras, suministro

de bienes y contratación de servicios que se necesitan en esa jurisdicción?

Los entrevistados consideran que es necesario y urgente contar con esa competencia puesto

que al permitir contratar mediante las ferias inclusivas, con los artesanos, micro y

pequeños productores locales, ayudara al desarrollo parroquial no solo en las economías

personales, sino que también ayudara a frenar la migración de los pobladores a las grandes

ciudades, de igual forma consideran que a través de esta facultad permitiría realizar incluso

más obras debido a que la mano de obras, prestación de servicios de la localidad resultarían

mas baratos puesto que los adjudicatarios viven el mismo sector por lo se ahorraría

transporte vivienda y otros al contrario de lo que sucede cuando se adjudica a empresas de

otros lugares que tienen que construir incluso ranchos para viviendas para sus trabajadores

incrementando los precios de los servicios obras y el suministro de bienes; una vez que los

pobladores de estas jurisdicciones posean trabajos en su propia tierra les permitirá incluso

permanecer junto a su familias hijos y esposa, facilitando que la familia se desarrolle en un

clima adecuado y no se produzcan los consabidos hogares difusos donde se desintegra el

núcleo de la sociedad como es la familia.

Pregunta 3 ¿Según su criterio considera que con la adjudicación de obras, suministro

de bienes y prestación de servicios a los artesanos, micro y pequeños productores

locales, mejorara la economía familiar de las/os habitantes parroquias rurales del

cantón Riobamba?

A de esta interrogante los entrevistados coinciden en manifestar que sería adecuado que

los GADs que presiden puedan adjudicar de forma directa las obras, suministro de bienes y

prestación de servicios a los artesanos, micro y pequeños productores locales, ya que como

consecuencia de este sistema los GADs de las parroquias rurales podrían facilitar para que

el proveedor local que gane la adjudicación emplee a personas de la zona con el objetivo

que al poseer trabajo estas personas puedan proveer de lo necesario a sus familias y puedan

de algún modo tener una vida digna ya que dicho sea hace falta mucho más que un trabajo

para alcanzar el buen vivir pero de alguna manera es comienzo.

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87

Pregunta 4 ¿Considera que es necesario que los GADs de las parroquias rurales a

través de las Ferias Inclusivas adjudiquen a los artesanos, micro y pequeños

productores locales, la realización de obras, suministro de bienes y contratación de

servicios, con el objetivo de evitar se siga produciendo la migración de los pobladores

de las parroquias rurales a las grandes ciudades?

Los presidentes de los GADs de las parroquias rurales se manifiestan de forma igualitaria

pues señalan que lo que más hace falta en sus jurisdicciones es la creación de más fuentes

de trabajo, debido a que si bien las personas que habitan estas parroquias se dedican a la

agricultura ganadería los que poseen recursos, pero el porcentaje de desempleo y

subempleo es superior, que existe personas y oferentes con la suficiente capacidad para

realizar obras como las de reconstrucción, manufactura, tejidos, talabartería, mecánicos

industriales, productores de lácteos, producción avícola porcina y especies menores, por lo

que adjudicar a las personas mencionadas la construcción de obras, prestación de servicios

y suministro de bienes conllevaría al desarrollo no solo económica son que también

llevaría a los pobladores de las parroquias rurales a pensar dos veces antes de abandonar la

tierra que los vi nacer.

2.7 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO

De los resultados obtenidos de las encuestas a los Abogados en libre ejercicio del foro del

Consejo de la Judicatura Chimborazo y las entrevistas realizadas a los once Presidentes de

los GADs de las parroquias rurales que pertenecen al cantón Riobamba se ha podido

determinar que en realidad se es necesaria la reforma al artículo 6 numeral 13 de la ley

orgánica del sistema de contratación pública en concordancia con el art. 67 del reglamento

a la ley invocada por cuanto se hace urgente entregar la facultad para realizar de forma

directa la adjudicación de obra, prestación de bienes y servicios, a los artesanos, micro ,

pequeñas empresas y pequeños productores, ya que el momento por la inobservancia de la

ley se está vulnerando los derechos al trabajo y buen vivir de los pobladores de la

parroquias rurales.

Con la aplicación de esta reforma los GADs de las parroquias rurales podrán contratar de

manera directa a los artesanos, micro , pequeñas empresas y pequeños productores, lo que

permitirá mejorar por lo menos en algún porcentaje las economías de los pobladores de sus

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88

respectivas jurisdicciones , ya que como se dejó establecido en párrafos anteriores las

personas mencionadas generalmente trabajan en lo que corresponde a la construcción,

reconstrucción , manufactura, agricultura, además de la prestación de bienes y servicios en

pequeñas escalas requisitos suficientes para que puedan ser beneficiados con la

adjudicación por parte de los GADs a través de las ferias inclusivas.

La adjudicación a través de las deberá sin estar sujeta al presupuesto anual económico de

cada parroquia rural, y deberá ser dispuestos a trabajos y desarrollo de además que de esta

manera, ayudara al desarrollo parroquial, evitara la migración de los pobladores a las

grandes ciudades, en busca de trabajo, de esta manera alcanzar el buen vivir de las /os

ecuatorianos.

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89

CAPITULO III

MARCO PROPOSITIVO

3.1. TÍTULO

Las Ferias Inclusivas y su incidencia en el Derecho al Trabajo y Buen Vivir de

artesanos, micro y pequeños productores de bienes y servicios, para incentivar la

producción.

3.2 OBJETIVO GENERAL

Elaborar un Anteproyecto de Ley Reformatoria al artículo 6 de la Ley Orgánica Servicio

Nacional Contratación Pública y artículo 67, del Reglamento de la (LOSNCP) referente al

procedimiento de las Ferias Inclusivas que determine la obligatoriedad de la participación

artesanal, micro y pequeños productores locales, mediante la acreditación de los Gobiernos

Autónomos Descentralizados de las Parroquias Rurales; a fin de evitar la vulneración de

los Derechos del “Buen Vivir” de sus habitantes.

3.3 PREÁMBULO

Los derechos al trabajo y al buen vivir, están contemplados en la Constitución de la

República del Ecuador, y considerando que son deberes primordiales del Estado

Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la

Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la

alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes (buen vivir); Planificar el

desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la

redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir; resulta

indispensable que se implementen políticas destinadas al cumplimiento de estos

postulados constitucionales, con el objetivo que se cumpla el criterio de priorizar el uso y

consumo de los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la

economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

Con los antecedentes expuestos, se manifiesta en la actualidad, que las ferias inclusivas no

están cumpliendo con este objetivo por lo que se hace imperativo reformar el artículo 6

numeral 13 de la Ley Orgánica Servicio Nacional Contratación Pública y artículo 67, del

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90

Reglamento de la Ley invocada, referente al procedimiento de las Ferias Inclusivas por

parte de las instituciones públicas tomen en consideración la obligatoriedad por parte de la

Ley y Reglamento para que todos los GADs repotencien la producción local y mejoren la

vida de sus habitantes para evitar la migración en todos los sectores comunitarios, además

de alcanzar el sumak kawsay o buen vivir.

3.4 ANTECEDENTES

El ordenamiento legal ecuatoriano, específicamente la constitución de las republica

establece el criterio de priorizar los productos y servicios nacionales, en particular los

provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas

unidades productivas, sin embargo en la ley orgánica del sistema de contratación pública

no se establece con claridad que cuando se traten de obras locales en las jurisdicciones de

las parroquias rurales los GADs de esas jurisdicciones puedan adjudicar a través de las

ferias inclusivas, lo que permite que la mayoría de estas educaciones por no decirlo todas

vayan a favor de empresas de otros lugares incluso multinacionales en clara contradicción

con los postulados constitucionales.

3.5 DESARROLLO DE LA PROPUESTA

ANTEPROYECTO DE LEY REFORMATORIA AL ARTÍCULO 6 DE LA LEY

ORGÁNICA SERVICIO NACIONAL CONTRATACIÓN PÚBLICA Y ARTÍCULO 67,

DEL REGLAMENTO DE LA (LOSNCP) REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE

LAS FERIAS INCLUSIVAS QUE DETERMINE LA OBLIGATORIEDAD DE LA

PARTICIPACIÓN ARTESANAL, MICRO Y PEQUEÑOS PRODUCTORES LOCALES,

MEDIANTE LA ACREDITACIÓN DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS

DESCENTRALIZADOS DE LAS PARROQUIAS RURALES; A FIN DE EVITAR LA

VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS AL TRABAJO Y DEL “BUEN VIVIR” DE SUS

HABITANTES.

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91

ASAMBLEA NACIONAL

COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

EL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL

CONSIDERANDO:

Que, el Articulo 3, incisos primero y quinto de la Constitución de la República del

Ecuador, establece: Es deber primordial del Estado garantizar sin discriminación alguna el

efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos

internacionales. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el

desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para

acceder al buen vivir.

Que Articulo 33, de la Constitución de la República establece: El trabajo es un derecho y

un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la

economía.

Que, el Art 283 de la Constitución de la República señala El sistema económico es social y

solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y

equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por

objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e

inmateriales que posibiliten el buen vivir.

El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública,

privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. La

economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores

cooperativistas, asociativos y comunitarios.

Que, el Art 288 de la Constitución de la República señala se priorizarán los productos y

servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de

las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

Art. 341 de la Constitución de la República el Estado generará las condiciones para la

protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y

principios reconocidos en la Constitución

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92

Que, el Art 3 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria manifiesta que el

objeto de esta ley, reconocer, fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y el

Sector Financiero Popular y Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de

la economía y con el Estado; Potenciar las prácticas de la economía popular y solidaria que

se desarrollan en las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, y en sus unidades

económicas productivas para alcanzar el Sumak Kawsay;

Que, a través de la promoción de la producción nacional, los recursos estatales destinados a

la contratación pública fomentarán la generación de empleo, la industria, la asociatividad y

la redistribución de la riqueza.

ASAMBLEA NACIONAL

COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

EL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL

En uso de sus potestades constitucionales y legales Resuelve:

Art. 1 Refórmese el contenido del Art. 6, numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública, con lo siguiente:

La Feria Inclusiva.- Es un evento mediante el cual las Entidades Contratantes

acuden a presentar sus demandas para adquirir obras, bienes y servicios de

producción nacional, catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados;

Cuando los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las parroquias rurales,

presenten sus demandas mediante ferias inclusivas para adquirir obras, bienes y

servicios; Únicamente podrán participar, en calidad de proveedores los artesanos,

micro, pequeños productores, las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria,

las unidades económicas populares, de dicha jurisdicción.

Art. 2 Refórmese el contenido del Art.67 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública con lo siguiente:

Las ferias inclusivas previstas en el artículo 6 numeral 13 de la Ley son

procedimientos que desarrollarán las entidades contratantes, sin consideración de

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93

montos de contratación, para fomentar la participación de artesanos, micro y

pequeños productores prestadores de servicios.

Las invitaciones para las ferias inclusivas de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados de las parroquias rurales se publicara en su respectivo portal web,

además se anunciarán por un medio impreso, radial o televisivo y mediante carteles

en tres lugares más concurridos por los habitantes de la parroquia rural donde se

realizará la feria.

Las ferias inclusivas observarán el procedimiento de contratación que para el efecto

dicte el Gobiernos Autónomos Descentralizados de cada jurisdicción.

Dado y firmado a los días de junio de 2015, en la sala de sesiones de la ASAMBLEA

NACIONAL

---------------------------

El Secretario

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94

3.6 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

3.6.1 CONCLUSIONES

A partir de 2008 año en que el pueblo mediante referéndum aprueba la Constitución

vigente; Ecuador se declara como un Estado constitucional de derechos y justicia, social,

democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico; lo que

da lugar a su exigibilidad directa de los derechos y garantías que establece el texto

constitucional, a través de la acción de tutela, no hay que olvidar que esta declaración de

que nuestro país es garantista de derechos obliga a poner en práctica el

neoconstitucionalismo de lo que se entiende que los derechos fundamentales de las

personas tienen que ser tratados por los administradores de justicia como de primera data.

La Carta Fundamental tiene como prioridad la aplicación de un sistema económico, que

esté integrado por sectores de la economía popular y solidaria, entendiéndose como éstos

las cooperativas, asociaciones comunitarias, impulsando el empleo y valorando todas las

formas de trabajo con respeto a los derechos laborales. Para lograr mantener la estabilidad

económica entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el

tiempo, a la vez este criterio se acentúa cuando en las compras públicas prevalece los

productos y servicios nacionales, en específicamente los que provengan de la economía

popular y solidaria, las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.

Se ha desarrollado un anteproyecto de ley reformatoria el contenido del Art. 6, numeral 13

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y al artículo 67 de su

reglamento respecto a las ferias inclusivas, con la finalidad de que en los procedimientos

en los que los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las parroquias rurales presenten

sus necesidades para la contratación de obras, adquisición de bienes y servicios, estén en

la obligación legal de contratar únicamente con proveedores los artesanos, micro, pequeños

productores, las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria, las unidades

económicas populares, que habiten en esas jurisdicciones. De esta manera se pretende que

mejoren el estatus de vida de los habitantes de las parroquias rurales, evitando la migración

en todos los sectores comunitarios, además de alcanzar el sumak kawsay o buen vivir.

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3.6.2 RECOMENDACIONES

Tomando en cuenta que la Constitución pretende priorizar la producción nacional,

provenientes de los sectores de la economía popular y solidaria, micro, pequeñas y

medianas unidades productivas, se debe implementar con urgencia las ferias inclusivas en

las parroquias rurales en las que exclusivamente participen estos actores para mejorar las

economías familiares.

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las parroquias rurales deberían brindar

capacitación a los artesanos, micro, pequeños productores, las organizaciones de la

Economía Popular y Solidaria, las unidades económicas populares, de sus jurisdicciones,

en temas de técnicas de producción, sistemas de producción, y materia contractual.

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberían estar obligados a capacitar a sus

pobladores sobre el contenido de los pliegos de contratación pública, más de requisitos

para ser parte de los ofertantes u oferentes que participan en la adjudicación mediante las

ferias inclusivas.

Se deberían organizar talleres en donde los habitantes de las parroquias rurales puedan

adquirir conocimientos sobre emprendimientos y la manera de obtener financiamiento para

los mismos.

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10-mar.-2012

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28. portal.compraspublicas.gob.ec/.../guia-para-ejecucion-de-ferias-inclusiva

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ANEXO No 1

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO

PREGUNTAS PARA ENCUESTAS A LOS ABOGADOS DEL FORO DEL CONSEJO

DE LA JUDICATURA DIRECCIÓN PROVINCIAL CHIMBORAZO.

Pregunta 1. ¿Conoce usted que son las Compras Públicas?

SI NO DESCONOZCO

Pregunta 2 ¿Sabe usted en que consiste la Economía Popular y Solidaria?

MUCHO POCO NADA

Pregunta 3 ¿Sabe usted en qué consisten las Ferias Inclusivas?

SI NO

Pregunta 4 ¿Conoce usted para que sirven las Ferias Inclusivas?

SI NO DESCONOZCO

Pregunta 5 ¿Cree usted que las Ferias Inclusivas en las condiciones que se realizan

actualmente benefician a los artesanos micros y pequeños productores de las parroquias

rurales del cantón Riobamba?

SI NO

Pregunta 6 ¿Considera usted que la adjudicación a través de las Ferias Inclusivas de obras,

suministro de bienes y servicios, a los habitantes de las parroquias rurales del cantón

Riobamba, dinamizara la economía de esos sectores?

SI NO

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Pregunta 7 ¿Cree usted que el hecho de que no se contrate de manera directa a los

artesanos micros y pequeños productores, para la realización de obras, suministro de bienes

y prestación de servicios locales, vulnera su derecho al trabajo y al buen vivir?

SI NO

Pregunta 8 ¿Considera usted que es obligación del Estado garantizar el derecho al trabajo

y al buen vivir?

SI NO

Pregunta 9 ¿Considera usted adecuado que las Ferias Inclusivas para la realización de

obras, suministro de bienes y prestación de servicios en las parroquias rurales se debe

contar exclusivamente los artesanos micros y pequeños productores de esa jurisdicción?

SI NO

Pregunta 10 ¿Considera que es necesario que elabore un anteproyecto de Ley

Reformatoria al art.6 numeral 13 de la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública,

con el objetivo de que se faculte a los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las

parroquias rurales adjudicar de forma directa, a los artesanos micros y pequeños

productores, la realización de obras, suministro de bienes y servicios locales, para que se

beneficien a las economías locales?

SI NO

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ANEXO No 2

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO

PREGUNTAS PARA ENTREVISTAS DIRIGIDAS A LOS PRESIDENTES DE LOS

GADs DE LA PARROQUIAS RURALES DEL CANTON RIOBAMBA.

¿Considera que es necesario que los GADs parroquiales entre sus competencias puedan

realizar Ferias Inclusivas, cuando se trate de necesidades exclusivas de su jurisdicción.

¿Considera usted que es necesario que los GADs de las parroquias rurales entre sus

competencias puedan contratar mediante las ferias inclusivas, con los artesanos, micro y

pequeños productores locales, la realización de obras, suministro de bienes y contratación

de servicios que se necesitan en esa jurisdicción?

¿Según su criterio considera que con la adjudicación de obras, suministro de bienes y

prestación de servicios a los artesanos, micro y pequeños productores locales, mejorara la

economía familiar de las/os habitantes parroquias rurales del cantón Riobamba?

¿Considera que es necesario que los GADs de las parroquias rurales a través de las Ferias

Inclusivas adjudiquen a los artesanos, micro y pequeños productores locales, la realización

de obras, suministro de bienes y contratación de servicios, con el objetivo de evitar se siga

produciendo la migración de los pobladores de las parroquias rurales a las grandes

ciudades?