¿Por qué a mi?/¿Por qué no a mi?

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1 ¿Por qué a mi?/¿Por qué no a mi? ¿POR QUÉ A MI? / ¿POR QUÉ NO A MI? SECUESTRO EN MÉXICO

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A new vision of Mexico's kidnapping.

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¿POR QUÉ A MI? / ¿POR QUÉ NO A MI?

SECUESTROEN MÉXICO

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2 Secuestro en México

“El secuestro es una muerte suspendida, en el que se agrieta e incluso puede per-derse el sentido de la vida, porque tan-to la víctima como sus seres queridos son colocados en posición de impotencia, es decir, con las manos y la conciencia casi literalmente atadas”

Emilio Meluk

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INTRODUCCIÓNActualmente, el delito del secuestro afecta

a casi uno de cada cuatro países en el mun-do. Colombia, México, Irak, India, Sudáfrica, Brasil, Pakistán, Ecuador y Venezuela ocupan los primeros lugares en esta triste lista desde

hace varios años.

La toma de individuos desarmados e indefen-sos como rehenes no solamente paraliza a la víctima sino que también afecta la integridad psicológica y económica de toda la familia. Además, crea un dilema moral imposible de manejar para los individuos, las compañías y los gobiernos involucrados cuando se les exi-ge el pago de un rescate. Por un lado, pare-ce que pagar el rescate es la única forma de salvar la vida de la víctima. Por el otro lado,

este pago contribuye directamente a fomen-tar la guerra.

Es por eso que mediante esta revista podrás acercarte a uno de los temas más controver-

tidos de los últimos años y conocerás acer-ca de los tipos y penalizaciones que existen para los secuestros en México además de la propuesta que se ha establecido durante los últimos años para las víctimas de este acto

criminal.

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ANTECEDENTES

Definición del secuestro

Según la Real Academia Española, la acción de secues-trar es retener indebidamente a una persona para exigir dinero por su rescate, o para otros fines.

Etimológicamente hablando, el diccionario etimológico de la lengua castellana define: la palabra secuestrar, vie-ne del vocablo latino sequestrare, que significa “apode-rarse de una persona para exigir rescate, o encerrar a una persona ilegalmente”.

El secuestro es un acto criminal que ejecutan la delin-cuencia común y los grupos guerrilleros, una acción que en los años 90 se convirtió en algo muy frecuente, ya que era una vía fundamental de financiación. Ellos, los delincuentes y guerrilleros, tenían entonces una estruc-tura propicia para sus acciones, y además no se contaba con un estado capaz de enfrentar ese acto criminal.

En algunos países del mundo, la seguridad y la protec-ción de la población en cuanto al secuestro es cada día menor. El número de secuestros con fines lucrativos ha venido creciendo, a nivel mundial, desde hace muchos

años. Entre 1968 y 1982 un estudio gubernamental registró 951 casos de secuestro en 73 países.

De acuerdo a los cálculos conservadores del Grupo His-cox (aseguradora de prestigio), en 1999 hubo 1.789 casos de secuestro, el 92% de ellos ocurridos en sólo 10 países. Habiendo ocurrido en Latinoamérica más de las tres cuartas partes del total de casos, esta región se convierte en la de más alto riesgo de secuestro. Expertos estiman que más de 500 millones de dólares son pagados cada año a las bandas de secuestradores, en su mayor parte en Sudamérica.

Pero, ¿cómo empezó todo este proceso de violencia y cuá-les y cuántos son los tipos de secuestros que se practican en México?

Historia del secuestro

Para adentrarnos más en materia, es importante conocer el contexto histórico de este apasionante e interesante tema que actualmente es la causa principal del miedo en el que vivimos los ciudadanos del país.

Es importante mencionar que el siguiente trabajo estará ba-sado principalmente en la investigación que Fernando Rojas Andrews, un estudiante del ITESM de Monterrey, realizó en el año de 2010.

Como se mencionó anteriormente, en los últimos años, el secuestro se ha convertido en uno de los más grandes te-mores de los habitantes de nuestro país. Se cree que existen alrededor de 400 bandas de secuestradores profesionales, y como hemos visto, los noticieros dedican gran parte de sus espacios a mostrar los distintos secuestros que se suscitan.

Como menciona Rojas, “los cambios en las costumbres y la creación de nuevas situaciones han mantenido una evolu-ción en este delito, el cual tiene su origen en el paganismo, donde el desconocimiento de la personalidad en todos lo se-res humanos era una práctica común.” Al existir la persona-lidad, a diferencia de tener la condición de humano, se llegó a la posibilidad de que el hombre fuera sujeto de apropia-ción, es decir, se convirtió en un bien. De ahí la existencia de la institución de la esclavitud, una práctica casi universal en los pueblos de la antigüedad. Según Jiménez Huerta, la esclavitud tiene como base el desconocimiento de la natura-leza espiritual del hombre y de la igualdad de su estirpe, y en la negación de la fraternidad humana.

El origen del secuestro, como se puede inferir, proviene del robo de las personas, convirtiendo a éstas en esclavos. De

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esta manera podrían ser vendidas y obtener una compensación monetaria, o en el caso que se quisiere conservar, se mantenía una servidumbre por parte de la persona y de sus sucesores por muchos años.

Asimismo, en el caso de las mujeres, el plagio en nuestro país se llevaba a cabo para casarse con esa persona y en la época de la revolución mexicana, el secuestro con el fin de obtener una compensación monetaria al entregar a la persona se presentó con cierta frecuencia, ya que el país vivía una situación de inestabilidad política que provocaba que varios crímenes quedaran impunes.

A partir del término de la revolución se vislumbró un periodo de estabilidad política en el país, con el cual se restableció el estado de derecho. Existen numerosas pruebas que hacen pensar que durante esta época la mayoría de los secuestros se presentaron con el fin man-tener a algunas personas sometidas y no por obtener una ganancia; el secuestro de lideres revolucionarios que estaban en contra del gobierno, por sus ideas políticas o acciones eran una práctica común. La llamada “guerra sucia” fue sustentada en gran parte por el delito del secuestro. Existen casos famosos de empresarios que fueron secuestrados con el fin de obtener un resca-te que pudiera financiar las campañas políticas y militares de algunos lideres rebeldes.

Uno de los más famosos secuestradores revolucionarios fue Lucio Cabañas, quien se hizo conocido por estas acciones. Este singular rebelde realizaba secuestros, aunque él siempre mantuvo su postura de que éstos se cometían contra personas que fueran adineradas por medio de métodos deshonestos o por la explotación de clases oprimidas, de esta manera se constituía como una especie de Robin Hood.

Al analizar la forma en que evolucionó este delito en nuestro país, según Rojas, se puede lle-gar a la conclusión que el secuestro es una práctica delictiva que de alguna manera se practica con frecuencia; que empezó por cuestiones de conveniencia o por tratar de obligar a ciertas personas a hacer lo que otros querían y que los motivos y finalidades de ésta han cambiado con el paso del tiempo.

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Perfil del secuestrador

Los secuestradores son generalmente sujetos con muy escasa preparación. Enfrentan la falta de re-cursos económicos y tienen una gran deficiencia en el plano afectivo. El delito lo cometen entre varios: el líder, los que llevan a cabo el secuestro, los que vigilan y los que custodian.

En el caso del líder, en términos generales, según revela la investigación, es una persona con un perfil psicológico narcisista, autoritario y con una ausencia de sentido autocrítico, condiciones que lo llevan a contemplar con satisfacción sus actos, siente ne-cesidad de ser admirado, se cree superior, único y con dones especiales, es arrogante y soberbio. Aun cuando haya amasado ya una fortuna, sigue come-tiendo secuestros por la necesidad que tiene de ser admirado y tener poder. Es un sujeto con una gran deficiencia en el plano afectivo, ya que no recibió muestras de amor o cariño por parte de sus padres o la misma sociedad.

Los factores que determinan la personalidad del secuestrador se forman y consolidan a través de la vida. Se trata de experiencias primarias internali-zadas, propias e intransferibles que determinan el comportamiento general del secuestrador y expli-carían, en parte, su tendencia a la trasgresión de las normas sociales que regulan la comunidad donde habitan. Estas experiencias primarias son de carác-ter inconsciente, lo cual indica que el plagiario no

puede recordarlas. Posiblemente las sienten como una compulsión a obrar y las justifiquen con razones válidas para sí mismos que si hace conscientes.

Tipos de secuestros

Los tipos de secuestros más frecuentes en México durante los últimos 10 años son:

El secuestro tradicional es aquel mediante el cual se retiene y oculta a una persona con el propósito de exi-gir por su libertad algún provecho, cualquier utilidad o para que se haga u omita algo o con fines económi-cos, publicitarios o de carácter político. Este tipo de secuestro se da cuando los delincuentes exigen una suma de dinero por la liberación de su víctima y exis-te negociación con los familiares o personas cercanas a la víctima en ese proceso.

El secuestro express se puede definir como la reten-ción de una o más personas por un período corto de tiempo (unas horas), durante el cual, los delincuentes exigen sumas pequeñas de dinero a los familiares de las víctimas para su liberación o a la propia víctima; es decir cuando los delincuentes retienen a la víctima y la someten a sacar dinero de cajeros automáticos o electrónicos. También le pueden robar pertenencias de valor y dejarla luego abandonada en algún sitio. Existen casos donde a este secuestro se suma el llevar a la víctima no sólo a los cajeros automáticos sino también a cobrar cheques, a ir a tiendas a comprar artículos de valor, etcétera. Algunos especialistas

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prefieren denominar a este tipo de delito rapto con robo, como ocurre en varias agencias del ministerio público del fuero común de nuestro país.

El secuestro express, que en México viene dándose desde hace aproximadamente 10 años, se presenta en respuesta al uso masivo de tarjetas de crédito y débito en la población, ya que a los criminales hoy en día se les dificulta robar dinero en efectivo y con el secuestro express han encontrado la manera de lograr este objetivo. Frecuentemente los autores del secuestro express son individuos con antece-dentes penales. Probablemente robaron vehículos o cometieron delitos menores. También se observan delincuentes fármaco dependientes cometiendo este crimen. En algunos casos los autores son personas conocidas por las víctimas, como meseros de un restaurante o el portero del edificio donde se habita, algún personal de servicio, etcétera. En cuanto al modus operandi de este tipo de secuestro y a dife-rencia del planificado o tradicional, carece de labor de inteligencia, logística, etc. Es un delito que se ejecuta sin estrategias previas. Dos o tres individuos salen a la calle en busca de una víctima distraída que lleve puesta ropa y artículos de valor o que se encuentre en un carro lujoso o saliendo de un banco. Buscan a sus víctimas en las gasolineras, estaciona-mientos de centros comerciales o personas salien-do de un local, oficina o residencia, donde se les somete con armas de corto alcance y las presionan con amenazas fuertes. Posteriormente, trasladan a la víctima de vehículo y comienzan a circular por la

ciudad al tiempo que realizan llamadas telefónicas a los familiares exigiéndoles el pago del rescate. Estos delincuentes tratan de ejecutar el delito, cobrando el dinero, en el menor tiempo posible, ya que no están preparados para mantener por mucho tiempo a la víctima en cautiverio; por lo tanto pre-sionan para que se logre todo en el mismo día.

Según algunos datos a nivel internacional, el 90% de los secuestros express ocurren en horarios ma-tutinos, y las víctimas preferidas son mujeres: 90% mujeres solas en carro, 70% dos mujeres solas, 50% un hombre y una mujer y menos del 50%: dos hombres en un carro. Sin embargo, estudios realizados en México apuntan que actualmente la mayor parte de los secuestros express se llevan a cabo en la noche, previo al corte de los cajeros automáticos (12:00 p.m.) con el propósito de que la víctima pueda acceder al monto mínimo entre-gado por estos cajeros dos veces —$4,000 pesos por día, que equivale más o menos a $400 dólares americanos—. manera rápida y segura para ellos.

El secuestro virtual es aquel relacionado con lo que ahora conocemos como extorsión también. Se basa en que el delincuente aleatoriamente marca un número telefónico y a la persona que contesta le habla la voz, por lo general de un menor, dicien-do mamá o papá dependiendo, y la víctima al escu-char esa voz cae fácilmente diciendo el nombre de su hijo o hija, con lo cual el delincuente comienza la extorsión.

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El levantón o secuestro por ajuste de cuentas es aquél en el que se priva de la libertad a una persona por parte de bandas o grupos de delincuencia organizada, y va dirigido contra grupos rivales o contra autoridades corruptas involucradas en cuestiones de delincuencia organizada. Los levantones tienen como fin el ajuste de cuentas el “dar” lecciones y/o transmitir mensajes” a otros grupos. En general esta modalidad de secuestro nunca se denun-cia. La mayoría de las veces, aunque no siempre, los levantones terminan en homicidio. Por este motivo las autoridades no los investigan y no existen cifras sobre el número de levantones se han dado, ni en cuántos de ellos las víctimas aparecen muertas o en cuantos casos nunca se vuelve a saber nada. Es importante señalar que el levantón, en el ajuste de cuentas, es diferente de la simple ejecución, ya que existe un período de tiempo entre el momento en que se “levanta” a una persona y el de su desenlace, cualquiera que este sea. En la ejecución no existe privación ilegal de la libertad previa, sino que se localiza a la víctima y se le mata sin más.

Penalizaciones

Según el Artículo 366 del Código Penal Federal las penas para los actos delictivos del secuestro son los siguientes:

I. De quince a cuarenta años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el propó-sito de:

a) Obtener rescate;b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarla de la vida o con causarle daño, para que la autoridad o un particular realice o deje de realizar un acto cualquiera, oc) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a cualquier otra.

II. De veinte a cuarenta años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa, si en la privación de la libertad a que se hace refe-rencia en la fracción anterior concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes:

a) Que se realice en camino publico o en lugar desprotegido o solitario;b) Que el autor sea o haya sido integrante de alguna institución de seguridad pública, o se ostente como tal sin serlo;c) Que quienes lo lleven a cabo obren en grupo de dos o más personas;d) Que se realice con violencia, oe) Que la victima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia se encuentre en inferioridad física o mental respecto de quien ejecuta la privación

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de la libertad.

Si espontáneamente se libera al secuestrado dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere la fracción I de este articulo y sin que se haya presentado alguna de las circunstancias previstas en la fracción II, la pena será de uno a cuatro años y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

En los demás casos en que espontáneamente se libere al se-cuestrado, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere la fracción i anterior, las penas de prisión aplicables serán hasta de tres a diez años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

III. Se aplicaran de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, cuando la privación de libertad se efectúe con el fin de trasladar a un menor de dieciséis años fuera de territorio nacional, con el propósito de obtener un lucro indebido por la venta o la entrega del menor.

En caso de que el secuestrado sea privado de la vida por su o sus secuestradores, se aplicara pena de hasta setenta años de prisión.

Si espontáneamente se libera al secuestrado dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin lograr alguno de los propósitos a que se refieren las fracciones I y III de este articulo y sin que se haya presentado alguna de las circunstancias previstas en la fracción III la pena será de dos a seis años y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

En los demás casos en que espontáneamente se libere al secues-trado, sin lograr alguno de los propósitos a que se refieren las fracciones I y III de este artículo, las penas de prisión aplicables serán de cinco a quince años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días multa.

IV.- Si se detiene en calidad de rehén a una persona y se amenaza con privarla de la vida o con causarle un daño, sea a aquella o a terceros, si la autoridad no realiza o deja de realizar un acto de cualquier naturaleza;

V.- Si la detención se hace en camino público o en paraje solita-rio;

VI.- Si quienes cometen el delito obran en grupo; y

VII.- Si el robo de infante se comete en menor de doce años, por quien sea extraño a su familia, y no ejerza la tutela sobre el menor.

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Estadísticas del secuestro en México

La siguiente información, sobre las estadísticas del secuestro en México será textualmente citada del artículo de Verónica Galán para el periódico en línea CNN expansión y se com-pletará con cifras y estadísticas expuestas por el Instituto Ciudadano de Estudios Sobre la Inseguridad (ICESI).

Entre 2007 y 2009 los familiares de personas secuestradas en México pagaron un total de 6.750 millones de pesos a los plagiarios, lo que representa cerca del 15% del monto exigido originalmente como rescate por los secuestradores, de acuerdo con la Evaluación del Des-empeño en el Combate Contra el Delito del Secuestro 2007-2009, que elabora el Instituto Ciudadano de Estudios Sobre la Inseguridad (ICESI).

De acuerdo con los datos que obtuvo el Instituto a través del portal “No te calles”, en el lapso de esos dos años hubo 236 casos registrados con 294 víctimas; 248 secuestradores involucra-dos; se logró la liberación de 26% de las víctimas, pero 5 de cada 100 víctimas fueron muti-ladas y 9 de cada 100 asesinadas.

Además, del total de secuestradores involucrados, 33% fueron capturados, apenas el 13% del total; 8 de cada 10 secuestradores eran hombres.

El ICESI destacó en su estudio que 8 de cada 10 secuestros se realizaron entre semana; 6 de cada 10 plagios en plena luz del día. En 6 de cada 10 casos, las bandas de secuestradores capturaron a sus víctimas interceptándolas en sus automóviles; allanando sus domicilios y/u oficinas o la capturaron mientras caminaba por la calle.

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De igual manera el ICESI menciona que durante el año 2007 se denunciaron 1,578,680 deli-tos, pero con base en la información de las Encuestas Nacionales sobre Inseguridad (ENSI), se estima que se cometieron cerca de 13 millones 200 mil delitos (reconociendo que se regis-tran tan sólo 12 por cada 100 delitos que se cometen).

De éstos, a partir de las ENSI del ICESI, se calcula que el 0.05% son secuestros, tanto tra-dicionales como express, es decir 6,500 durante 2007 (denunciados y no denunciados ante las autoridades), lo que equivaldría a poco más de 17 secuestros al día en el país. Esto si se le aplica el mismo porcentaje de cifra negra que al resto de la delincuencia, pero se estima el secuestro, por ser un delito que atenta contra la vida e integridad de las personas, presenta una cifra negra mayor. Algunas empresas y organizaciones civiles dedicadas a la atención de víctimas del secuestro dedicadas a la mediación o negociación de secuestros así lo señalan.

El comportamiento del secuestro varía por entidad federativa y en especial, refiriéndonos a los datos oficiales, depende también de la forma de registrar los delitos en las agencias del minis-terio público. En la siguiente tabla se muestran las cifras absolutas de secuestros registrados ante agencias del ministerio público de las 32 entidades del país y su equivalente en cifras por 100 mil habitantes.

Por lo general, estas cifras son las relacionadas con secuestro tradicional. El secuestro express generalmente queda excluido de la estadística oficial, por considerarlo, en una buena parte de las agencias del Ministerio Público del país, como robo con violencia y queda registrado ofi-cialmente en el catálogo dentro de los robos. Datos de averiguaciones previas iniciadas por el delito de privación ilegal de la libertad, registrados en las procuradurías generales de justicia de las entidades federativas 1997-2007.

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Victimas del secuestro consecuencias psicológicas

Hasta este punto se han presentado los datos duros de este contro-vertido tema, ahora, toca darle la vuelta y dar a conocer cuáles son las repercusiones psicológicas de aquellos que sufren un secuestro y cuáles son las diferentes alternativas que se han creado para que sobrelleven este duro proceso.

Si bien se han mostrado datos que nos confirman que las cantida-des que se exigen en un secuestro son muy altas, también se ha mencionado que los secuestros en la actualidad no sólo se realizan a personas con mucho dinero o con implicaciones en algún acto delictivo. El secuestro se ha modificado hasta llegar a realizarse por un par de horas para conseguir sumas de dinero que van desde 500 pesos hasta para retirar de un cajero la suma máxima de: $4,000.

Es aquí donde retomó las preguntas con la que se titula esta gace-ta informativa. La pregunta “¿por qué a mi? Ha venido evolucionando en los últimos años por la de “¿por qué no a mi?. Lo que anteriormente

Video: “Secuestro en México. Primera parte” TVC. Revisar Referencias.

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estaba dirigido a personas adineradas o con un cargo en el poder muy alto, ahora, simple-mente puede ser un asunto del destino. Los criterios de selección han cambiado a criterios de no exclusión.

Como menciona Diana María Agudelo en su intervención psicológica con personas vícti-mas del secuestro: “ante esta realidad, la sen-sación permanente de miedo, de desasosiego, de impotencia, toma formas como la ansie-dad, la depresión y otra serie de alteraciones psicológicas que aumentan la vulnerabilidad de las personas frente a la amenaza potencial del secuestro.”

El secuestro, afirma Alejando Campos Azua-ra, profesor investigador de la Facultad de Psicología, es como un cáncer que afecta a la familia en todo y durante muchos años. Cuando es presa de este delito se convierte en la víctima social y sufre física y psicológica-mente igual que el secuestrado.

“Si los afectados son miembros de una fami-lia que durante toda su vida ha permanecido unida, durante este conflicto podrá negociar, resolver mejor la situación y al término del conflicto tomará la vivencia como una prueba para su fortalecimiento interno y podrán salir adelante”, comentó.

Pero si se trata de una familia que tiene fuertes conflictos internos, las negociaciones se pueden complicar y la víctima sufrirá las consecuencias. Un ejemplo está en la familia donde los padres no se llevan bien con los hijos y cuando alguno de ellos es secuestrado los sentimientos de rechazo intervienen y ha-cen difícil los acuerdos internos para negociar con el o los secuestradores. Se han dado casos extremos, donde aun teniendo el dinero para pagar el rescate y con grandes posibilidades para que el sujeto sobreviva, no se paga y los delincuentes terminan asesinando a la vícti-ma.

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Referencias

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Secuestro-Mexico.html.

Diccionario de la Real Academia Española.

Diccionario Etimológico de la Lengua Castellana.

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Galán, Verónica. (2010). ¿Cuánto cuesta el secuestro en Méxi-co?. Recuperado el 27 de mayo de 2012, de http://www.cnnex-pansion.com/economia/2010/05/15/cuanto-cuesta-el-secuestro-

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Instituto Ciudadano de Estudios Sobre la Inseguridad, A.C. (2008) Secuestros en México. Recuperado el 27 de mayo de

2012, de http://www.icesi.org.mx/publicaciones/articulos/2008/Secuestro_en_Mexico.asp.

Alejandro Campos Azuara: Profesor e investigador de la Facul-tad de Psicología de la Benemérita Universidad Autónoma de

Puebla.

Agudelo, D. (2000). El horror de lo incierto. Intervención psico-lógica con victimas de secuestro. Recuperado el 29 de mayo de

2012, de http://redalyc.uaemex.mx.

TVC. Secuestro en México. Primera parte. Recupera-do el 27 de Mayo de 2012 de, http://www.youtube.com/

watch?v=sWJFmLTAaF8