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POLÍTICAS PÚBLICAS PARA EL DESARROLLO LOCAL

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POLÍTICASPÚBLICAS PARA EL DESARROLLO LOCAL

GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESLic. María Eugenia Vidal

DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓNLic. Gabriel Sánchez Zinny

SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓNLic. Sergio Siciliano

SECRETARIO EJECUTIVO COPRETLic. Gustavo Álvarez

DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONALDra. Verónica Wahlberg

DIRECTOR DE EDUCACIÓN DE ADULTOS Prof. Ing. Pedro Schiuma

SUBDIRECTOR DE EDUCACIÓN DE ADULTOSProf. Juan Carlos Latini

Año de impresión: 2018RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 711/17Aprueba el Programa Secundaria con Oficios

MANUAL OPERATIVO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE “SECUNDARIA CON OFICIOS”

ECONOMÍA

Introducción

Unidad 1: Introducción a la economía Apuntes de clase: Los modelos, las mediciones, los movimientos -1. Introducción -2. La economía ● 2.1. Análisis de la definición de Federico Engels ● 2.2. Pirámide de Maslow ● 2.3. Análisis de la definición (parte 2) -3. La relación de la economía con otras ciencias ● 3.1. La ciencia económica. Economía positiva y economía normativa. Microeconomía y macroeconomía ● 3.2. El objeto de la economía: bienes y servicios económicos ● 3.3. Los agentes económicos ● 3.4. Los sistemas económicos. El mercado de bienes. Mercado de factores. ● 3.5. Clasificación de mercados

Unidad 2: Evolución histórica del pensamiento económico Apuntes de clase: Evolución histórica del pensamiento económico -1. Principios de Newton -2. Sumeria. Babilonia y otros pueblos de la antigüedad -3. Grecia y Roma -4. La escolástica -5. El mercantilismo -6. La fisiocracia

Unidad 3: Teorías clásicas Apuntes de clase: Teorías clásicas -1. Introducción -2. Adam Smith ● 2.1. La riqueza de las Naciones -3. Jean Baptiste Say -4. Jeremías Bentham -5. David Ricardo -6. Thomas Malthus -7. John Stuart Mill -8. Karl Marx

Unidad 4: Teorías económicas del siglo XX Apuntes de clase: Teorías económicas del siglo XX -1. Introducción -2. Escuela neoclásica ● 2.1. Relaciones expresadas en gráficos

● 2.2. Escuela inglesa

● 2.3. Escuela austríaca

● 2.4. Escuela francesa

-3. La corriente keynesiana ● 3.1. ¿Cómo reducir la inflación y el desempleo?

-4. La corriente monetarista

1. Introducción

Recomendaciones1) Recurrir a un diccionario en cada ocasión en que se encuentre un término que no

se puede deducir por el contexto de la lectura.2) Con esos términos, armar un glosario ya que no resulta suficiente leer algo una

sola vez para recordarlo. Es posible que cuando se relea este material, vuelva a surgir la duda ante el mismo término y se podrá recurrir a lo que ya registraron sobre su significado

3) Leer este material con lapicera y cuaderno/carpeta a mano, a fin de no solo registrar las dudas sino también armar cuadros, mapas conceptuales, elaborar resúmenes, entre otras actividades, lo que permitirá organizar lo leído y favorecerá su recuerdo.

4) Leer los textos completos, en lo posible sin estímulos externos que los distraigan.

2. La economía

Apunte de clase: Introducción a la economía

UNIDAD 1

1) Para comenzar, completemos esta frase:Cuando escucho hablar de economía pienso en…………………..........................................................porque……………………………………………….....................….........................................................................2) Cuando terminen este módulo, regresen a esta frase e identifiquen qué agregarían o sacarían de esa oración.

Mirar los siguientes videos sobre la definición de economía.● Video 1, auspiciado por un banco en: “Conocé qué es la economía”https://www.youtube.com/watch?v=JLGAyU3dy2E● Video 2, auspiciado por una fundación dedicada al empleo en: “Curso de Introducción a la economía”https://www.youtube.com/watch?v=Memoa2BL39w● Video 3, ofrecido por un particular en: “¿Qué es la economía? Dedinición, objetivos y fines”https://www.youtube.com/watch?v=lxIB6PaftQY

A partir de lo observado en los videos, responder estas preguntas:a) ¿Cómo definen a la economía en cada caso? b) ¿Es posible reconocer diferencias en esas presentaciones? c) Si la respuesta es afirmativa, ¿cuáles?

ACTIVIDAD 1

ACTIVIDAD 2

»

»

Introducción a la economía

3PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL 4

ECONOMÍA

En primer lugar, veamos que la palabra economía es viene del latín oeconomĭa que, a su vez, viene del griego ‘oiko’ que significa: casa y ‘νομία’ administración. O sea que, si se toma la etimología, la economía es: la administración de una casa o el que administra un hogar.

El diccionario de la Real Academia Española (RAE), define a la economía como:1) Administración eficaz y razonable de los bienes.2) Conjunto de bienes y actividades que integran la riqueza de una colectividad o un

individuo.3) Ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las necesidades

humanas materiales, mediante el empleo de bienes escasos.

No hay una única manera de definir a la economía, porque si bien algunas notas fundamentales se conservan, pero de acuerdo al enfoque que posee el autor de la definición usará algunas notas distintivas para caracterizarla. Tomemos algunos ejemplos.

A continuación, presentamos algunas definiciones acompañadas de algún dato del autor que la formula. Para estos autores, la economía es:

Federico Engels (1820-1895): “Es la ciencia que estudia las leyes que rigen la producción, la distribución, la circulación y el consumo de los bienes materiales que satisfacen necesidades humanas”. Filósofo alemán, conocido por su interés en los movimientos revolucionarios de su época.

Lionel Robbins (1898-1984): “Es la ciencia que se encarga del estudio de la satisfacción de las necesidades humanas mediante bienes que siendo escasos tienen usos alternativos entre los cuales hay que optar”. Fue un economista británico que propuso una de las primeras definiciones actuales de economía.

Fischer, Dornbusch y Schmalensee: “Es el estudio de la forma en que las sociedades deciden qué van a producir, cómo y para quién, con los recursos escasos y limitados.”. Son contemporáneos.

Alfred Marshall (1842-1924): “Es la ciencia que examina la parte de la actividad individual y social especialmente consagrada a alcanzar y a utilizar las condiciones materiales del bienestar”. Economista británico que ha ejercido gran influencia en sus contemporáneos.

Samuelson y Nordhaus: “Es el estudio de la manera en que las sociedades utilizan los recursos escasos para producir mercancías valiosas y distribuirlas entre los diferentes individuos”. Esta definición incluye dos ideas: los bienes son escasos y hay que distribuirlos con eficiencia.

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2.1. Análisis de la definición de Federico Engels

A continuación, analizaremos los términos que componen esas definiciones. En cada caso se analizarán los términos subrayados. Tomaremos las definiciones como pretextos para trabajar los términos que abordan.

1) Federico Engels● Es la ciencia que estudia las leyes, que rigen la producción, la distribución, la

circulación y el consumo de los bienes materiales, que satisfacen necesidades humanas”.

Engels vivió en el siglo XIX, momento en que las ciencias buscan su método y su objeto propio, como habrán visto o verán en otros módulos. Es un momento donde se toma a las ciencias naturales y sus leyes como modelos explicativos. En este caso, las leyes no aluden a las normas (como decretos, resoluciones, etc.) sino a las regularidades que rigen esas acciones humanas y que los hombres procuran descubrir.

Un bien es el plural de bien, término que viene del latín bene que significa bien. Se reconocen por lo menos tres acepciones del término:

● En filosofía, el bien como opuesto al mal.● En derecho, los bienes jurídicos, que son los protegidos.● En economía, se habla de un bien económico, que es un producto creado para el

intercambio en el mercado.

Los bienes materiales, son aquellos que pueden ser percibidos por los sentidos. Poseen forma y volumen. Ejemplos: edificio, maquinaria, equipos, herramientas y mobiliarios.

Los bienes inmateriales, que tienen valor económico, pero no tienen presencia corpórea o física. También son llamados bienes intangibles. Por ejemplo: los derechos de autor, los derechos de uso de software, entre otros.

Los bienes económicos se clasifican.A) Según su naturaleza en:1) Bienes de consumo: Satisfacen directamente las necesidades de los individuos. Pueden ser:● Durables: tienen un uso prolongado. Por ejemplo, un televisor. ● No durables: tienen un uso limitado en el tiempo, por ejemplo, los alimentos.2) Bienes de capital: Es el conjunto de bienes que se utiliza en el proceso de producción de otros bienes.

Pueden ser:● Capital físico: edificios, maquinaria, materias primas, etc.● Capital humano: mano de obra.● Capital financiero: fondos disponibles para financiar el proceso productivo

Ahora, en base a estas definiciones: ¿qué dirían que es la economía? Elaboren con sus palabras una definición.

ACTIVIDAD 3»

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B) Según su función en:1) Intermedios: deben ser transformados.2) Finales: ya transformados.

En relación a las necesidades humanas, se llama de este modo a la sensación de falta o carencia de algo que el hombre experimenta.

Las necesidades humanas se clasifican en:a) Primarias o biológicas: de carácter vital, porque de su satisfacción depende la

conservación de la vida. Incluyen: alimentación, vivienda, descanso, vestimenta, etc.b) Secundarias, generales o de existencia social: son importantes para el desarrollo

social o personal, pero muchos de ellos se pueden satisfacer o no. Ejemplo: el estudio, el deporte, bailar, etc.

c) Suntuarias, superfluas o de lujo: sirven para motivar la vanidad, la distinción económica, el lujo de las personas. Por ejemplo: el confort, los perfumes, los automóviles de lujo, etc.

2.2. Pirámide de Maslow

Un autor, llamado Abraham Maslow (1908-1970) organizó las necesidades humanas en forma jerárquica y propuso lo que se conoce como “pirámide de Maslow”, formulada en 1943.

El autor postula que si se satisfacen las necesidades más básicas (parte inferior de la pirámide), los seres humanos desarrollan necesidades y deseos más elevados (parte superior de la pirámide).

La pirámide de las necesidades está organizada de la base a la altura, es decir las que se enumeran primero son las que están en la base y luego va ascendiendo en la pirámide. Las necesidades son:

1) Fisiológicas: Constituyen la primera prioridad del individuo y se encuentran relacionadas con su supervivencia, ellas son: alimentación, el saciar la sed, el mantenimiento de una temperatura corporal adecuada, la sexualidad, la maternidad o las actividades completas.

2) Seguridad: Con su satisfacción se busca la creación y mantenimiento de un estado de orden y seguridad. Se encuentra: la necesidad de estabilidad, la de tener orden y la de tener protección, entre otras. Se relacionan con el temor de los individuos a perder el control de su vida y están íntimamente ligadas al miedo..

3) Sociales o de afiliación: Una vez satisfechas las necesidades fisiológicas y de seguridad, la motivación se da por las necesidades sociales. Estas tienen relación con la necesidad de compañía del ser humano. Ejemplo: establecer amistad, manifestar y recibir afecto, la de vivir en comunidad, la de pertenecer a un grupo y sentirse aceptado dentro de él, entre otras.

4) Reconocimiento: También conocidas como las necesidades del ego o de autoestima. Este grupo radica en la necesidad de toda persona de sentirse apreciado, tener prestigio y destacar dentro de su grupo social, de igual manera se incluyen la autovaloración y el respeto a sí mismo.

5) Auto superación, autorrealización o auto actualización, que se convierten en el ideal para cada individuo. En este nivel el ser humano requiere trascender, dejar huella, realizar su propia obra, desarrollar su talento al máximo.

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2.3. Análisis de la definición (parte 2)

Sigamos analizando las definiciones y a través de ellas, profundizaremos en estos temas.

Lionel Robbins:● Es la ciencia, que se encarga del estudio de la satisfacción de las necesidades

humanas, mediante bienes que siendo escasos tienen usos alternativos entre los cuales hay que optar.

Este autor suma como característica que los bienes son escasos. Pero, si hay bienes escasos, hay otro que no lo son. Entonces, ¿por qué son escasos?

En este campo, los bienes son cosas y mercancías que se intercambian. Es decir, un bien es un objeto material o servicio inmaterial cuyo uso produce cierta satisfacción de un deseo o necesidad.

Los bienes económicos (escasos) se diferencian de otros bienes, libres, disponibles -como por ejemplo el aire- a los que se puede acceder.

Alfred Marshall ● Es la ciencia, que examina la parte de la actividad individual y social, especialmente

consagrada a alcanzar y a utilizar las condiciones materiales del bienestar. En esta definición, el autor incluye que se trata tanto de lo individual como de lo

social, y que, además, tiene en cuenta el bienestar. El bienestar hace referencia al conjunto de cosas que se necesitan para vivir bien.

Fischer, Dornbusch y Schmalensee● Es el estudio de la forma en que las sociedades deciden qué van a producir, cómo

y para quién, con los recursos escasos y limitados.En este caso, el foco está en las sociedades y se acentúa nuevamente que los recursos

son escasos y limitados.

Se sintetiza en el siguiente gráfico:

“La Pirámide De Maslow (Jerarquía De Las Necesidades Humanas), y más...”https://www.youtube.com/watch?v=6tMYqO2HH00

VIDEO

Autorealización

Moralidad, creatividad, espontaneidad, falta de prejuicios, aceptación de hechos, resolución de problemas.

Amistad, afecto, intimidad sexual.

Autoreconocimiento, confianza, respeto, éxito.

Seguridad física de empleo, de recursos, moral, familiar, de salud, de propiedad privada.

Respiración, alimentación, descanso, sexo, homeostasis

Reconocimiento

Afiliación

Seguridad

Fisiología

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Esto lo pueden ver ilustrado en un breve video del Museo de Almería, España en:“El trueque: la primera forma de comercio entre los hombres”https://www.youtube.com/watch?v=zZfwaGHTY9Q

VIDEO

Samuelson y Nordhaus ● Es el estudio de la manera en que las sociedades utilizan los recursos escasos para

producir mercancías valiosas y distribuirlas entre los diferentes individuos.En este caso, si bien aparecen los individuos y las sociedades, son éstas las que les

entregan a aquellos. El término nuevo es mercancías que las califica de valiosas.

El término mercadería viene del inglés commodity y se la define como cualquier producto destinado a satisfacer alguna necesidad del hombre, que puede ser comprado y vendido.

A la mercancía en cuestión se le atribuye un precio, un valor, y quien la quiera deberá pagarlo. Esto no impide que el comprador pacte con el vendedor otro precio o utilice otros valores de cambio, por ejemplo: el trueque.

¿Qué es el trueque? Es dar una cosa a cambio de otra. Para poder concretarlo, se dice que la primera condición es que se produzcan excedentes. En los tiempos en que los hombres se dedicaban a la caza, la pesca y la recolección, prácticamente no había excedentes, es decir, no quedaban productos para el intercambio.

Las primeras formas de intercambio comercial consistieron en el cambio de productos de lo que uno tenía y no necesitaba, se cambiaba a otro que no lo tenía y lo necesitaba.

El trueque se mantuvo por mucho tiempo hasta que aparecieron otras formas, como el dinero. Pero este cambio (como todo cambio social), no se realizó de una vez ni en todas las sociedades al mismo tiempo.

3. La relación de la economía con otras ciencias

En este apartado, como su título lo indica, se trabajará sobre la relación de la economía con otras ciencias.

Como ya se dijo anteriormente, la economía es una ciencia. Se la ubica entre las ciencias sociales, y se relaciona con:

● La historia en tanto los hechos sociohistóricos están atravesados por factores económicos, pero, además, los economistas nacen en un momento desde el cual interpretan lo que sucede como se ha visto en las definiciones analizadas, entre otros factores.

● La geografía ya que la provisión de recursos, podría ser un factor condicionante en la prosperidad de una nación. En particular, la geografía económica establece los vínculos entre el hombre y la producción, ejemplo: ayuda a localizar una zona de baja o de alta producción.

● La ciencia política en tanto las teorías económicas influyen en la política y las teorías políticas en la economía. Por ejemplo, el teórico de la economía Adam Smith usó muchas ideas políticas del filósofo John Locke.

● La psicología, los seres humanos reaccionan ante las condiciones de dificultades y oportunidades que afectan a su economía y esta ciencia aporta nociones que retoma la economía (como la pirámide de Maslow).

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● La política, el gobernante es el que fija las condiciones económicas en los diferentes campos de la administración.

● Las matemáticas. La economía posee características técnicas, cálculos matemáticos, estadísticos, que analizar la evolución económica. Por ejemplo, las variaciones de precio, la baja o aumento de las importaciones o exportaciones, el crecimiento poblacional.

Podrán ampliar este tema en un video ofrecido por ESFINGE. Encontrarán las notas características de la sociedad en que fue producido (México).“Economía y otras ciencias”https://www.youtube.com/watch?v=aJa8B1HYbCg

VIDEO

3.1. La ciencia económica. Economía positiva y economía normativa. Microeconomía y macroeconomía.

La ciencia económica se clasifica en:● Economía normativa y economía positiva.● Microeconomía y macroeconomía.

La economía normativa se ocupa de cómo deben ser las cosas. Formula propuestas que pueden convertirse en políticas con las que se pretende dar solución a los problemas que se plantean.

Mientras que la economía positiva se ocupa de cómo son las cosas, y por eso busca explicaciones acerca del funcionamiento de los hechos.

En numerosas ocasiones, no se distingue tan fácilmente si se trata de una o de otra formación, es decir, si describe cómo son las cosas o cómo deberían ser.

La microeconomía es la rama de la economía que estudia el comportamiento de los agentes económicos y sus interrelaciones.

Se ocupa de los modos en que los agentes económicos asignan recursos escasos a los múltiples usos posibles. Por ejemplo, se ocupa de las consecuencias que tiene sobre los comercios minoristas la instalación de un supermercado.

La macroeconomía se ocupa del funcionamiento de la economía en su conjunto. Por ejemplo, se ocupa del comportamiento de la economía en una región, por qué suceden los hechos y cómo solucionar los problemas que se presentan.

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3.2. El objeto de la economía: bienes y servicios económicos.

Trabajaremos con una definición de economía que permitirá analizar otros temas vinculados con ella.

“Es la ciencia que se ocupa del estudio sistemático de las actitudes humanas orientadas a administrar recursos que son escasos con el objetivo de producir bienes y servicios y distribuirlos de forma que satisfagan las necesidades ilimitadas de los individuos.”

(Bergara el al, 2003, p. 13)

En esta definición se puede reconocer la influencia de otras ciencias, como estuvimos viendo en el apartado anterior, como por ejemplo la psicología.

Hay que aclarar, que las actitudes son siempre humanas, es posible que los autores empleen este término para enfatizarlo, subrayarlo. Se llama actitud a una disposición frente a objetos, al mundo y a la vida.

Ya trabajamos sobre las definiciones de bienes. Veamos a qué se llama servicios.Los servicios son aquellas actividades que, sin crear bienes materiales, se destinan

a satisfacer necesidades humanas. En general pertenecen a la actividad económica del sector terciario de la economía en donde se brindan diferentes servicios como: educación, banca, seguros, salud, comunicaciones, transporte, seguridad entre otros.

Una aclaración necesaria: ¿qué son las actividades económicas? y ¿Por qué se habla de actividades primarias, secundarias y terciarias?

Las actividades económicas son aquellos procesos productivos que crean bienes y servicios para satisfacer las necesidades de los consumidores en una economía. Lo que incluye cada una es:

● Las actividades primarias: agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, caza y minería,● Las actividades secundarias: industrias manufactureras, construcción y generación

y distribución de agua, electricidad y gas,● Las actividades terciarias: comercio al por menor, bienes raíces, actividades

gubernamentales y judiciales, seguros y servicios financieros, servicios de salud, medios de comunicación, transporte y almacenamiento, servicios educativos, hoteles y restaurantes, telecomunicaciones.

1) Releer lo que hemos trabajado hasta ahora y elaborar un glosario con los términos más importantes y/o que hayan presentado alguna dificultad de comprensión.

Hay diversas definiciones de agentes económicos, te ofrecemos dos. Léanlas y opten por una de ellas o bien elaboren una tercera que incluya sus notas características.

Los agentes económicos se pueden definir como:● Definición 1: “Actores sociales que toman decisiones en el mercado. Sus acciones generan

consecuencias que tienen efectos en el sistema económico”;● Definición 2: “Personas o grupos de personas que realizan una actividad económica. La

actividad económica es cualquier proceso mediante el cual se obtienen productos, bienes y los servicios que cubren las necesidades humanas”

ACTIVIDAD 4

ACTIVIDAD 5

»

»3.3. Los agentes económicos

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Los agentes económicos más importante son 1) los consumidores, 2) el sector público y 3) las empresas.

1) Los consumidores están agrupados en familias o economías domésticas.Se ocupan de decidir qué bienes y servicios consumen para satisfacer sus necesidades

en función a lo que mayor utilidad le reporte.Son agentes son agentes económicos de consumo y buscan maximizar su utilidad,

minimizando gastos.Poseen la mayoría de los factores de producción (tierra, capital y trabajo).2) El sector público está formado por las distintas administraciones públicas. Su

principal objetivo es conseguir el máximo bienestar para el conjunto de población tomando las decisiones oportunas.

Interviene en la economía:● Creando leyes que regulen la forma de actuar de los otros agentes económicos a la

hora de acudir al mercado● Redistribuyendo la renta.● Ofertando a un precio más bajo o gratuitamente bienes y servicios que la sociedad

cree que deben poder recibir toda la población (ejército, sanidad, educación, entre otros).

Imaginen que deben explicarle a otra persona la función del Estado en la economía, ¿qué le dirian? Elaboren un párrafo con estas actividades.

ACTIVIDAD 6»

Las actividades que desarrolla en la actualidad, el Estado interviene en la economía a través de cuatro aspectos fundamentales, que quizás aparecen en su listado. Ellos son:

1) La regulación, estableciendo normas de funcionamiento.2) Los ingresos, recaudando dinero para desarrollar sus actividades.3) Los gastos, realizando actividades.4) Las empresas públicas.

Sus principales funciones son:1) Establecer un marco legal para la economía2) Vender y comprar bienes y servicios3) Establecer impuestos4) Tratar de estabilizar la economía5) Redistribuir la renta6) Procurar la eficiencia económica

Para llevar adelante estas acciones establece regulaciones (leyes. decretos, ordenanzas, entre otras).

Las regulaciones se clasifican en:1) Controles directos sobre productos.2) Controles de entrada y salida de los mercados.3) Controles relacionados a los procesos de producción.4) Controles sobre la información.5) Impuestos.

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3) Las empresas son unidades de producción ya que producen bienes y servicios.

I) Clasificación de las empresas según la actividad que desarrollan:I.A. Empresas del sector primario: industriales. La actividad primordial de este tipo

de empresas es la producción de bienes mediante la transformación de la materia o extracción de materias primas.

Las industrias, a su vez, se clasifican en:● Extractivas: Cuando se dedican a la explotación de recursos naturales, renovables

o no renovables. Ejemplos: las pesqueras, madereras, mineras, petroleras, etc.● Manufactureras: Son empresas que transforman la materia prima en productos

terminados, que pueden ser: - De consumo final: Producen bienes que satisfacen de manera directa las

necesidades del consumidor. Por ejemplo: prendas de vestir, muebles, alimentos, aparatos eléctricos, etc.

- De producción: Estas satisfacen a las de consumo final. Ejemplo: maquinaria ligera, productos químicos, etc.

I.B. Empresas del sector secundario: comerciales. Son intermediarias entre productor y consumidor. Su función primordial es la compra/venta de productos terminados. Pueden clasificarse en:

● Mayoristas: Venden a gran escala o a grandes rasgos.● Minoristas: Venden al por menor.● Comisionistas: Venden de lo que no es suyo, dan a consignación.I.C. Empresas del sector terciario: servicios. Son aquellas que brindan servicio a la

comunidad que a su vez se clasifican en:● Transporte.● Turismo.● Instituciones financieras.● Servicios públicos (energía, agua, comunicaciones)● Servicios privados (asesoría, ventas, publicidad, contable, administrativo)● Educación.● Finanzas.● Salud.

II) Clasificación de empresas según la procedencia del capitalII.A. Empresa privada: Si el capital está en manos de accionistas particulares (empresa

familiar si el capital es de la familia.II.B. Empresa de autogestión: Si los propietarios son los trabajadores.II.C. Empresa pública: Si el capital y el control está en manos del Estado.II.D. Empresa mixta: Si el capital o el control son de origen tanto estatal como privado

o comunitario.

III) Clasificación de empresas según la forma jurídica, es decir, atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus propietarios:

III.A. Empresas individuales: si sólo pertenece a una persona. Esta puede responder frente a terceros con todos sus bienes, es decir, con responsabilidad ilimitada, o sólo con el importe que fue necesario para su constitución, en el caso de las empresas individuales de responsabilidad limitada. Es la forma más sencilla de establecer un negocio y suelen ser empresas pequeñas o de carácter familiar.

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III.B. Empresas societarias o sociedades: constituidas por varias personas. Incluye a:● La sociedad anónima: es una sociedad en la que el capital es el elemento más

importante. Es la forma jurídica que mejor se adapta a las necesidades de las grandes empresas. El número de socios puede ser de uno o más personas físicas como jurídicas. La responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al capital aportado.

● La sociedad colectiva: los socios, con un nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.

● La sociedad comanditaria: es aquella en la que uno o varias personas aportan capital determinado al fondo común y ante otros se usa el nombre colectivo (no de los socios) El mínimo de socios es 2.

● La sociedad de responsabilidad limitada: necesita como mínimo de un socio (persona física o jurídica), aunque pueden ser más de uno. Cuando están formadas por uno sólo se denominan sociedades limitadas unipersonales. La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, lo que significa que sólo responde de las deudas de la entidad por el capital invertido.

● La sociedad por acciones simplificada: es un tipo de sociedad que se constituye de un modo más sencillo que la anónima y la pueden formar varias personas físicas o jurídicas. La responsabilidad de los socios está limitada a sus acciones. Puedes leer cómo se constituye en Argentina en

http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/sociedad-por-acciones-simplificada-sas/III.C. Las cooperativas u otras organizaciones de economía social.

IV) Clasificación de las empresas según su tamañoNo hay unanimidad entre los economistas a la hora de establecer qué es una empresa

grande o pequeña. Los principales indicadores son: el volumen de ventas, el capital propio, número de trabajadores, beneficios, etc. El más utilizado suele ser según el número de trabajadores. Este criterio es el usado en esta clasificación.

IV.A. Micro empresa si posee 10 o menos trabajadores.IV.B. Pequeña empresa: si tiene un número entre 11 y 50 trabajadores.IV.C. Mediana empresa: si tiene un número entre 51 y 250 trabajadores.IV.C. Gran empresa: si posee más de 250 trabajadores.

V) Clasificación de las empresas según su ámbito de actuación o ámbito geográfico en el que las empresas realizan su actividad, pueden ser:

V.A. Empresas locales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de una localidad determinada

V.B. Regionales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios a varias localidades o provincias de un país.

V.C. Nacionales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de los límites de un país.

V.D. Multinacionales: cuando opera en dos o más países con el fin de maximizar sus beneficios bajo una perspectiva global de grupo

V.E. Transnacionales: empresa de grandes dimensiones, dedicada a la producción de bienes o servicios, que posee filiales en otros países diferentes al originario (casa matriz) y con ello logran expandir su influencia económica a nivel mundial. Con que el 10 % del capital de la entidad matriz esté puesto en una filial extranjera la empresa es considerada multinacional o transnacional.

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VI) Clasificación de las empresas según la cuota de mercado que poseen:VI.A. Empresa aspirante: aquélla cuya estrategia va dirigida a ampliar su cuota frente

a otra que es líder en el mercado y a las demás empresas competidoras.VI.B. Empresa especialista: aquélla que responde a necesidades muy concretas,

dentro de un segmento de mercado, fácilmente defendible frente a los competidores y en el que pueda actuar casi en condiciones de monopolio. Este segmento debe tener un tamaño lo suficientemente grande como para que sea rentable, pero no tanto como para atraer a las empresas líderes

VI.C. Empresa líder: aquélla que marca la pauta en cuanto a precio, innovaciones, publicidad, etc., siendo normalmente imitada por el resto de los actuantes en el mercado

VI.D. Empresa seguidora: aquélla que no dispone de una cuota suficientemente grande como para inquietar a la empresa líder.

Los agentes económicos se relacionan a través de los mercados determinando lo que llamamos el circuito económico, que en su versión más simple considera una economía sin relaciones con el exterior y sin participación del Estado. Observe dicho circuito en el siguiente gráfico.

1) Elaborar un cuadro sinóptico sobre los agentes económicos.2) Buscar los términos que desconocen y definirlos. Por ejemplo: ¿qué quiere decir monopolio?

ACTIVIDAD 7»

3.4. Los sistemas económicos. El mercado de bienes. Mercado de factores.

“El sistema económico es el conjunto de relaciones básicas, técnicas e institucionales que caracterizan a la organización económica de la sociedad.” (Bergara et al, 2003)

Estas relaciones condicionan las decisiones que se toma en las sociedades sobre:1) ¿Qué producir?2)¿Para quién producir?3)¿Con quién producir?El Estado puede tomar diversas decisiones sobre la asignación de los recursos, lo que

determina distintos sistemas económicos.I)Sistema de mercado libre.Los agentes económicos privados (familias y empresas) toman las decisiones sobre

la asignación de recursos. Este tema lo retomaremos cuando abordemos los aportes de Adam Smith.

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II) Sistema centralizado.Los medios de producción son estatales, así como las decisiones.III) Sistema mixto.El Estado colabora con la iniciativa privada.

1) ¿Qué tipo de sistema rige en Argentina?2) ¿Creen que este sistema se ha mantenido o ha cambiado en las últimas décadas? Justificar la respuesta.3) Compartir las opiniones con los compañeros. Identificar semejanzas y diferencias.4) A partir de las conclusiones a las que hayan llegado, ubicar en el extremo de un segmento al sistema de mercado libre, en el otro al sistema centralizado y en el medio al mixto, y, en él a la Argentina en la actualidad.

1) Observar el video sobre mercado de bienes y servicios hasta el minuto 8 en:“Mercado de Bienes y Servicios” https://www.youtube.com/watch?v=qtSAGR6piLA2) A partir de lo visto:Identificar los términos que hemos trabajado en este módulo.● Definir a qué se llama mercado. ● Describir las características del mercado de bienes y servicios.3) Ahora observar el mismo video a partir del minuto 8 hasta el minuto 11 y responder:● ¿Qué es y qué no es un mercado?● ¿A qué se llama precio?

ACTIVIDAD 8

ACTIVIDAD 9

»

»Para finalizar esta unidad, trabajaremos sobre estos temas.

El mercado, desde un punto de vista microeconómico, es el conjunto de ofertas y demandas relativas a un bien o servicio.

Por lo tanto, el concepto de mercado incluye dos componentes: la oferta (vendedores) y la demanda (compradores)

Otra definición de mercado es: el conjunto de compradores potenciales (tanto personas físicas como jurídicas) de los bienes y servicios producidos por las distintas empresas.

3.5. Clasificación de mercados

Así como presentamos los distintos tipos de empresas, ahora presentaremos los distintos tipos de mercados.

Antes de leer la clasificación de mercados, los invitamos a ver este video:“Qué son los bienes y servicios económicos y su clasificación (EJEMPLOS)”https://www.youtube.com/watch?v=7p0wP6C4VEM

VIDEO

16PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

1) Clasificación de los mercados según la naturaleza del producto1. a) Mercado de bienes perecederos. Los bienes perecederos son aquellos artículos

cuyo uso hace que se destruyan en un periodo concreto de tiempo. Este tipo de mercado incluye a los potenciales compradores de unos bienes que por sus características dejan de ser útiles en un breve plazo de tiempo, como por ejemplo los productos alimenticios o los combustibles.

1. b) Mercado de bienes duraderos. Los bienes permiten un uso continuado antes de que se destruyan, como por ejemplo un automóvil, un electrodoméstico o una prenda de vestir.

1. c) Mercado de bienes industriales. Los bienes industriales son aquellos que se incorporan al proceso productivo de las empresas, es decir, que se utilizan para producir otros bienes, como la materia prima y los productos manufacturados. A ellos se unen los bienes de capital y los suministros y servicios utilizados en el proceso de producción.

Bienes de capital: son los que serán usados para la producción de otro bien. Por ejemplo: una máquina de coser, un torno.

1. d) Mercado de servicios. a diferencia de los bienes, los servicios tienen una naturaleza intangible y no son susceptibles de ser fabricados, sino que se prestan, como por ejemplo la sanidad, la educación, el transporte o la justicia, como ya hemos visto.

2) Clasificación de los mercados según su ámbito geográfico2. a) Mercado local. Es el ámbito geográfico más reducido que existe. Este tipo de

mercado incluye a los consumidores de un ámbito municipal o provincial. Por ejemplo, panadería del barrio.

2. b) Mercado regional. El mercado regional es un mercado más amplio que el anterior, por ejemplo, podría incluir la región pampeana.

2. c) Mercado nacional. Los compradores potenciales de este tipo de mercado se extienden por todo el país. Por ejemplo, los ferrocarriles argentinos.

2. d) Mercado internacional. El mercado internacional surge cuando una empresa extiende su actividad por diversos países. Como no podía ser de otra manera, los compradores potenciales tienen distintas nacionalidades. Ejemplo: Aerolíneas Argentinas.

2. e) Mercado global. En un mundo tan avanzado como el actual, las empresas operan a nivel mundial realizando operaciones comerciales que incluye prácticamente todas las zonas del planeta, aunque no siempre tienen sucursales en otros países.

3) Clasificación de los mercados según la naturaleza del comprador

3. a) Mercado de consumidores. Es el más cercano a todos nosotros y en él se encuentran los compradores que buscan cubrir una necesidad mediante la adquisición de un bien o servicio de consumo.

3. b) Mercado industrial. El mercado industrial es un tipo de mercado profesional al que las empresas acceden para poder comprar los bienes y servicios que necesitan para realizar sus actividades. Un ejemplo es la empresa de electricidad que compra materiales necesarios para el día a día de su actividad.

17PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

1) Organizar la clasificación anterior en un cuadro sinóptico.2) Buscar ejemplos de cada caso.3) No olviden armar el glosario de la materia.

ACTIVIDAD 10»

3. c) Mercado de revendedores. Está formada por las empresas que compran bienes y servicios con la intención de volver a venderlos a un precio superior para obtener un beneficio. Un ejemplo: los supermercados.

3. d) Mercado institucional. Se refiere al mercado formado por las distintas instituciones que conforman el sector público argentino, desde el Estado hasta las provincias pasando por los Municipios.

18PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Observen el video recomendado sobre “La sal, una auténtica revolución en la Prehistoria” disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=gYuBa0CxPhYa) ¿Qué les ha llamado la atención?b) ¿Por qué nos interesa conocer qué hacían los hombres y mujeres del neolítico?

Continuamos profundizando. Observen el inicio de este otro video: “La Sal - El oro blanco de los fenicios (1ª parte)” disponible en https://www.youtube.com/watch?v=CLPPTiyzvGUa) Expliquen con sus palabras por qué se llama así el video.b) En el video habla de las Salinas de España, ubiquen este recurso en Argentina.c) Investiguen los usos de los minerales que posee la sal en la actualidad.

ACTIVIDAD 11»

UNIDAD 2 Evolución histórica del pensamiento económico

1. La economía en los primeros tiempos de la historia

Habitualmente se sitúa el inicio de la ciencia económica en el siglo XIX y de las actividades económicas en Grecia y Roma, pero éstas se han producido desde que el género humano habita la Tierra.

Entre los habitantes que en el paleolítco fueron cazadores y recolectores, es posible que existiera cierta especialización laboral por sexo y por edad, los hombres cazando, las mujeres y los niños recolectando. y, aunque bien la caza y la recolección fueran las actividades económicas predominantes no fueron las únicas. Se ha descubierto la existencia de intercambios comerciales a través de la presencia de materiales tales como obsidiana o conchas marinas en enterramientos a mil o dos mil kilómetros de su origen. Se habla en ese momento de “economía paleolítica” porque elaboraban instrumentos, que es un rasgo diferencial del proceso productivo humano.

Recuerden: el paleolítico se caracteriza por la fabricación y utilización de herramientas de piedra tallada, caza, pesca y recolección, el nomadismo y por las manifestaciones artísticas en lugares como las cuevas (pinturas rupestres) y las esculturas de piedra o hueso.

Apunte de clase: Evolución histórica del pensamiento económico

19PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Hace diez mil años, recién finalizada la última glaciación, se inicia un proceso de cambios económicos. Este momento se lo conoce como el neolítico.

El neolítico se caracteriza por el desarrollo de la economía productiva (agricultura y ganadería), el sedentarismo y aparición de los primeros poblados, la utilización de la piedra pulida y de la cerámica, y la construcción de monumentos megalíticos Se extiende del 6000 al 2300 AC.

Se inicia la agricultura, la ganadería, la alfarería, el pulimentado de la piedra. Se desarrolla en el oriente medio, desde la actual Palestina (antes Jericó), pasando por el sur de Turquía (Katal Huyuk), hasta la Mesopotamia y el golfo Pérsico. Unos dos mil años llega a todo Asia hasta China. También hay que tener presente el neolítico mesoamericano, basado en el maíz.

Hace aproximadamente 8.000 años comenzó en América un período equivalente al Neolítico europeo, al que también se conoce como período de formación, donde comenzaron a practicar el cultivo de la tierra y la cría de animales, sobre todo en dos zonas: Mesoamérica (centro y sur de México y norte de América Central) y los Andes centrales. El cultivo comprendió calabazas, ajíes, maíz, papa, batata, mandioca, porotos, maníes, tomates, quínoa, cacao y algodón. Así comenzó la vida sedentaria, y surgieron las aldeas para más información visita la revolución neolítica en América.

Las formas de transmisión de informaciones de una generación a otra habían permitido acumular los conocimientos necesarios para la roturación de tierras, periodificación de la siembra y la recolección, alimentación y cuidado de animales cautivos, tratamiento y modelado de arcillas y otras tecnologías.

En relación con su desarrollo económico y social, a través de los instrumentos de trabajo como hachas, flechas, arpones, agujas, rascadores nos llega información del grupo social a que pertenece su portador, la técnica que utilizaba para cazar, cortar la piel o hacer un abrigo.

La mayor productividad del trabajo y de la tierra y la estabilidad de la producción, permitieron una mejora de la alimentación y la salud, lo que condujo a una mayor esperanza de vida.

El grupo social se hace sedentario y se forman los primeros poblados. Los artesanos -alfareros, tejedores- obtienen el alimento mediante trueque.

En la actualidad muchos grupos sociales siguen viviendo hoy día en condiciones similares al neolítico, y producen lo que consumen y en ocasiones realizan intercambios.

2. Sumeria. Babilonia y otros pueblos de la antigüedad

Los desarrollos sociales se producen cerca de las fuentes de agua, por eso, los primeros imperios se ubican en torno a grandes ríos -el Eufrates y el Tigris, el Ganges, el Nilo, el Yangtsé. Sumeria hace 5.500 años, parece haber sido el primero.

Estaban organizados: una autoridad administrativa central legislaba, impartía justicia y ejecutaba diversas acciones sobre un extenso territorio.

La información sobre sus actividades ha llegado a través de tablillas de arcilla, en tablas de piedra o en papiros. Los textos más antiguos son leyes, contabilidades y crónicas.

Como ya se mencionó, alrededor del río (vía de comunicación y transporte) se realizaban todas las actividades: comercio de mercancías y transporte de personas y tropas.

El conflicto entre los artesanos, comerciantes, pequeños propietarios y los administradores adquiere características similares a las actuales. Por ejemplo: el estado babilónico o egipcio promueve ciertas iniciativas particulares y desalienta otras. Las diferencias en rentas y niveles de vida se acentúan.

20PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

WEB

Los imperios cuya información ha llegado a nosotros es numerosa y no siempre coincidente.Les sugerimos visitar esta página para ampliar información. Allí encontrarán videos, imágenes e información: http://descubresubconsciente.com/grandes-civilizaciones-que-nos/

3. Grecia y Roma

Les proponemos conocer los aportes de los pueblos griegos y romanos, mediante el siguiente video.

“Economia de la antigua Grecia y Roma”https://www.youtube.com/watch?v=aS-obMZgX9E

VIDEO

1) Realizar un cuadro comparativo entre Grecia y Roma.2) Enunciar, en un párrafo, aquella información que consideran central ofrecida en este video para comprender el desarrollo de la economía.3) Explicar esta frase: “El Imperio romano no es la culminación de la historia, aunque usualmente se lo presente de este modo. Hay otros como China que lo han superado en desarrollo”.Para responder pueden apoyarse en este video de la civilización China: https://www.youtube.com/watch?v=eTJwZt4cFHA)

ACTIVIDAD 12»

4. La escolástica

En la búsqueda de una racionalidad científica se ubica como un hito a la escolástica que se desarrolla en la Edad Media.

21PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

En la Edad Media se desarrolla el feudalismo. El feudo era el nombre que se le daba a los territorios que los reyes entregaban a los nobles a cambio de sus servicios. Era una unidad económica y de producción. En ese contexto, la sociedad estaba organizada en base a un sistema de explotación agrícola a través del “vasallaje”. Este esquema de división social del trabajo implicaba que el señor feudal acumulaba la renta proveniente de la explotación de la tierra, a cambio de su trabajo el vasallo recibía alimento, casa y protección contra otros señores feudales.

Les recomendamos mirar el video elaborado por el canal Encuentro sobre Edad Media:“Edad Media feudalismo”https://www.youtube.com/watch?v=v8itP5tAR6A

VIDEO

En la Edad Media (entre los siglos V y XV DC), se desarrolló en la Iglesia el movimiento intelectual llamado escolástica, que dominó el pensamiento de la época en las universidades y centros catedralicios europeos a partir del siglo XI.

WEBPueden conocer más sobre la Edad Media y ver algunas curiosidades en:https://sobrehistoria.com/la-edad-media/

La escolástica, además de imponer el principio de autoridad religiosa, las enseñanzas de la Biblia y la revelación divina como fuente de todo pensamiento, promovió la especulación y el razonamiento. Su auge se ubica en el siglo XIII.

Sus teóricos más destacados fueron: Santo Tomás de Aquino y San Bernardino.

Los postulados económicos de Santo Tomás de Aquino (1225-1274) se pueden sintetizar en tres puntos: propiedad privada, precio justo y prohibición de la usura.

a) La propiedad privada está de acuerdo con la ley natural y debe ser regulada por el gobierno. El que posea algo tiene la obligación de compartir el uso de sus posesiones con los demás y que la propiedad comunal queda reservada para aquellos que desean llevar una vida de perfección.

b) En la Edad Media, la fijación de precios era algo excepcional. Ante eso, se planteó la cuestión de la justicia del precio, aunque nunca definió la forma de determinar el justo precio. Consideraba que el justo precio era aquel que prevalecía en un determinado lugar y en un tiempo y que podía ser fijado aproximadamente por cualquier persona honesta.

c) El pecado de la usura. La doctrina medieval iguala el interés a la usura “Prestad sin esperanza de remuneración” (Lucas 6:35).

22PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Por otra parte, a San Bernardino (1380-1444) se lo conoce como el «gran sistematizador de la economía escolástica» pero casi todas las ideas económicas del santo fueron simples repeticiones de las ideas de Pedro Juan de Olivi.

San Bernardino afirma que el comercio es lícito y honesto, porque es muy útil para toda la comunidad, para quien compra los bienes, y para el comerciante, que por su oficio obtiene un beneficio justo, gracias a su industria, diligencia e ingenio; es decir, a su capacidad, perspicacia y creatividad.

San Bernardino admite que en todas las profesiones hay posibilidad de cometer pecados, pero destaca que la actividad del comerciante es muy valiosa y útil.

San Bernardino enumera cuatro propiedades necesarias para tener éxito como empresario:

● La “industria”, entendida como eficiencia o diligencia: es decir, estar bien informado sobre precios, costes y cualidades de los productos;

● La “sollicitudo” o responsabilidad, que se refiere la capacidad de estar atento a los detalles y llevar las cuentas;

● “El trabajo”, entendido como empeño y● Los “perícula”, término que en latín significa riesgo.

La teoría del valor sostiene que para que una cosa que tenga un valor se pueden observar tres calidades o características: su virtud, su escasez y su capacidad de satisfacer las necesidades humanas.

En relación al precio justo es conforme a la estimación de la plaza; es decir, el valor de la cosa que se quiere vender, que comúnmente se estima en un determinado tiempo y lugar; y cuando un individuo transfiere mercancías de un lugar a otro, puede venderlas al precio de este lugar.

Decía que los pecados más peligrosos en las ciudades de la época eran: la soberbia, la lujuria y la avaricia y que la usura es la causa primera de la miseria: «Usurero, devorador de los pobres, serás castigado por tus pecados. Usurero, que has prestado… y bebido la sangre de los pobres, cuánto daño has hecho y cuánto has pecado en contra de los mandamientos de Dios».

También incluyó el concepto de preferencia temporal, es decir, que los hombres prefieren bienes presentes a bienes futuros.

23PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

1) Luego de la lectura del apunte, enumerar las principales ideas de la escolástica.2) Definir a partir de lo estudiado los conceptos de: soberbia, lujuria y avaricia.3) Explicar ¿qué relación tienen con la economía?

ACTIVIDAD 13»

5. El mercantilismo

Es un sistema político y económico que se basa en la creencia de que para mantener una posición relevante en el contexto internacional los reinos debían acumular riqueza, principalmente en la forma de oro y otros metales preciosos. Esto reforzó la idea de la acumulación de riqueza como reflejo de poder.

Puerto de Sevilla – Puerta de Europa en el siglo XVI. En el siglo XVI se fortalecen los grandes reinos de Castilla, Aragón, Francia e Inglaterra, el Sacro Imperio Germánico y Rusia. Fue un

siglo con numerosas guerras bajo argumentos religiosos.

El mercantilismo fue el modelo económico usual de las monarquías absolutas de Europa entre los siglos XVI y XVIII. La riqueza del reino se basaba en la cantidad de oro y plata que tuviera. Esta idea hizo que toda la actividad económica de los Estados se concentrara en acumular esos metales preciosos mediante una balanza comercial favorable (las exportaciones de productos deben ser mayores a las importaciones).

Monarquías absolutas:

El poder se concentraba en la persona del rey quien dictaba leyes y decretos (atribución legislativa), juzgaba y condenaba (atribución judicial).

En las monarquías absolutas la administración se encontraba centralizada (que incluía el control de la iglesia y del ejército) y el poder del monarca le había sido otorgado por “derecho divino”. Un ejemplo: Luis XIV llamado “el rey sol”.

24PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

1) ¡A buscar! Averiguar por qué a Luis XIV se lo llamaba “el rey sol”.

1) Buscar en el siguiente glosario las definiciones de absolutismo, libre comercio y libre mercado: http://contenidos.ceibal.edu.uy/fichas_educativas/public/historia/glosario/a.html2) ¿Qué ejemplo pueden dar en cada caso?3) Les proponemos ingresar en el siguiente link para enriquecer las definiciones anteriores: http://contenidos.ceibal.edu.uy/fichas_educativas/_pdf/historia/mundo/022-la-economia-mercantilista.pdf.

ACTIVIDAD 14

ACTIVIDAD 15

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La máxima expresión del mercantilismo se produjo en Francia en el siglo XVI bajo el mandato de Jean Baptiste Colbert, ministro de finanzas de Luis XIV. Colbert protegió e impulsó a las empresas agrícolas e industriales a través de subsidios, créditos y otras facilidades mientras que al mismo tiempo imponía fuertes restricciones a las importaciones.

En síntesis, el mercantilismo se basa en:● La acumulación de riqueza resulta esencial para el desarrollo económico. A mayor

acumulación, mayor prosperidad y poder político.● El Estado tiene el rol de utilizar e imponer todos los mecanismos que sean necesarios

para lograr el objetivo de acumulación de riqueza (controles, restricciones, subsidios, etc.). Su intervención será de tipo proteccionista: incentiva la producción local al mismo tiempo que la protege de la competencia de productores extranjeros.

● Para que el comercio ayude a la acumulación de riqueza se deben controlar los flujos de entrada y salida de modo de mantener una balanza de pagos favorable (las exportaciones superan a las importaciones).

Exportaciones: Envío de un producto o servicio a un país extranjero con fines comerciales.Importaciones: Adquisición de bienes y servicios del extranjero.

Recursos naturales son aquellos bienes (animales, vegetales, minerales, aire, temperaturas, vientos, etc.) que son generados por la misma naturaleza sin intervención del hombre.

Algunas de las medidas más importantes que se aplicaron para lograr el objetivo del mercantilismo fueron:

● Prohibición de exportación de metales preciosos.● Control de la moneda local.● Impuestos y restricciones a las importaciones● Control de los recursos naturales.● Subsidios, beneficios y facilidades a los productores locales (principalmente del

sector agrario e industrial)● Beneficios fiscales (o deducción fiscal ) a las exportaciones y a la producción local.

25PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

6. La fisiocracia

El significado más puro es: fiss-naturaleza; cratos-poder: “gobierno de la naturaleza”. Esta corriente del pensamiento económico que sostiene la existencia de una ley natural del mercado y cuestiona la intervención del estado, de ahí la frase de “Dejar hacer, dejar pasar”. Otros la definen como una política económica fundada por François Quesnay en 1758 en Francia y hasta los llegan a llamar “escritores económicos”.

Los fisiócratas postulaban que la riqueza viene de la tierra, pero la agricultura produce más de lo que se necesita, en tanto, la industria solo transforma la riqueza, pero no la crea.

Cuando surgieron estas ideas, la agricultura y los mercados de Francia relacionados con el sector primario, no estaba en una buena situación. De este modo, se encontraba cada vez más relegada en relación con su histórico oponente: Inglaterra.

¿Cómo era la sociedad en la época según estas ideas?● Los agricultores eran los únicos que podían generar riqueza.● Los trabajadores, artesanos, comerciantes, eran los que transformaban lo que

producían los agricultores, pero no creaban riqueza, era un grupo estéril.● Los propietarios, que son los dueños de las cosas.

Rombiola (s/f) propone, para entender el significado de la fisiocracia un gráfico donde ubica a los agricultores, los terratenientes (o propietarios de los factores productivos) y los trabajadores, artesanos, etc. (grupo estéril).

Para conocer más sobre esta teoría pueden ver:“Capitulo III. Los fisiocratas.”https://www.youtube.com/watch?v=B9PqhViee9w

VIDEO

1) Identificar las semejanzas y diferencias entre el mercantilismo y la fisiocracia. Completar esta tabla.

2) Vincular mercantilismo y fisiocracia con alguno de los temas vistos en la unidad 1.3) Elaborar un párrafo enunciando qué ideas resultaron centrales en esta unidad.

ACTIVIDAD 16»

Mercantilismo Fisiocracia

26PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

La sal, una auténtica revolución en la PrehistoriaEl catedrático de Prehistoria de la Universidad de Valladolid (UVA) y Premio Castilla y León de

Restauración y Conservación 2012, Germán Delibes de Castro, ofreció una charla en el Museo de la Evolución Humana sobre la revolución de la sal en la Prehistoria. Delibes dio a conocer los recientes descubrimientos sobre el origen y la evolución de la explotación de la sal, sus formas de obtención y sus posibles utilizaciones antes de la llegada de los romanos a territorio español, así como de la auténtica revolución que supuso su descubrimiento.

“La sal, una auténtica revolución en la Prehistoria”https://www.youtube.com/watch?v=gYuBa0CxPhY

VIDEO RECOMENDADO

27PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

UNIDAD 3 Teorías clásicas

1. Introducción

Apunte de clase: Teorías clásicas

1) Esta actividad los acompañará a lo largo de todo el módulo:a) Identificar aquellos hechos centrales que acontecieron en Europa entre mediados del siglo XVIII y mediados del siglo XIX.b) Organizar esta información mediante una línea de tiempo. Consulten el módulo de Historia 1 si tienen alguna duda para su confección.c) De acuerdo vayamos conociendo los autores de la economía clásica, ubicarlos en la línea de tiempo y observar los hechos contemporáneos que influyeron en sus propuestas.

ACTIVIDAD 17»

Para comprender lo que sucedió en esos siglos los invitamos a ver el siguiente video: El siglo de las luces“Siglo XVIII. El siglo de las Luces. La Ilustración.”https://www.youtube.com/watch?v=HmJsPGmdd3w

VIDEO

A los autores que se trabajan en esta unidad se los conoce como los representantes de la escuela clásica. Son académicos, filósofos, economistas, que entre 1750 y 1850 aproximadamente formularon los principios de la nueva ciencia de la economía.

WEBLes recomendamos el diccionario de economía, que pueden consultar en: http://economipedia.com/diccionario-economico

28PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Para comprender los aportes de Adam Smith les sugerimos comenzar por el siguiente video:“Capitulo IV. Adam Smith.”https://www.youtube.com/watch?v=4t4XScyCfM0

VIDEO

WEBPara conocer más de la “mano invisible” se puede consultar el diccionario económico en:http://economipedia.com/definiciones/la-mano-invisible.html

2. Adam Smith

Es llamado por muchos especialistas el padre de la economía política ya que en su obra “La riqueza de las naciones” procura diferenciar la economía política de la ciencia política, la ética y la jurisprudencia. Para ello apela a una corriente más vinculada con los imperios coloniales que a las nacientes revoluciones industriales: el mercantilismo.

Smith afirma que la clave del bienestar social está en el crecimiento económico y éste se desarrolla a través de la división del trabajo y de la libre competencia. La división del trabajo, a su vez, se profundiza a medida que se amplía la extensión de los mercados y la especialización.

Para el autor, la libre competencia es el medio más idóneo de la economía, y las contradicciones engendradas por las leyes del mercado serán corregidas por la llamada por él “mano invisible del sistema”. Aunque para obtener beneficios de esta mano invisible es necesario que la sociedad esté bien gobernada.

Smith afirmaba que el hombre necesita de la ayuda de sus semejantes, pero resulta inútil creer que lo atenderán solamente por benevolencia. No es la benevolencia del carnicero o del panadero la que lleva a procurarnos la comida -decía- sino el cuidado que prestan a sus intereses. Pero los intereses no son la única motivación de sus acciones, ya que la mayor parte de estas necesidades humanas se satisfacen por intercambio y por compra.

Entre sus aportes más importantes se destacan:● La diferenciación entre valor de uso (la utilidad de una cosa para su poseedor)

y valor de cambio (poder de una cosa para adquirir con ella otra), temas que serán retomados por Marx.

● El reconocimiento de la división del trabajo, entendida como especialización de tareas.● La predicción de posibles conflictos entre los dueños de las fábricas y los trabajadores

cuando estos no reciben buenos salarios.

29PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

● La acumulación de capital como fuente para el desarrollo económico.● La defensa del mercado competitivo como el mecanismo más eficiente de asignación

de recursos.

Estaba convencido de que los hombres pasan sus vidas realizando unas pocas operaciones simples y eso trae siempre las mismas consecuencias. Y, por estar ocupado en eso, los hombres no tienen tiempo para desarrollar su inteligencia ni para practicar su imaginación. Esto da como resultado la pérdida del hábito de ejercer sus facultades y la alienación del individuo. Ante este hecho, recomienda que el Estado impulse la educación pública de las clases trabajadoras.

Alienación hace referencia a algo externo al sujeto que éste no controla.

Adam Smith advirtió que «ninguna sociedad puede ser próspera ni feliz si la mayor parte de sus miembros son pobres y miserables».

2.1. La riqueza de las naciones

A continuación, se presentan los principales conceptos de la obra “La riqueza de las naciones”.

1) Lo que motiva principalmente a la división del trabajo es la necesidad del hombre de permutar, cambiar y negociar una cosa por otra. Los hombres son iguales, la especialización en determinadas actividades no es la causa de la división sino su efecto. Los hombres nacen iguales, después se diferencian según el grado de educación y sus gustos personales.

2) El aumento en la cantidad de productos que un mismo número de personas puede confeccionar procede de tres circunstancias distintas:

● De la mayor destreza de cada obrero en particular. A medida que repiten un trabajo van adquiriendo nuevas habilidades y van haciendo el trabajo mucho más rápido.

● Del ahorro de tiempo que comúnmente se pierde de pasar de una ocupación a otra.● De la invención de un gran número de máquinas. Si el trabajador se encuentra

especializado en una máquina puede realizar mejoras a ellas, para aumentar su productividad.

3) Una vez implantada la división del trabajo, el hombre vive en régimen de intercambio. Las dificultades del trueque inducen a adoptar el dinero. El uso de metales tenía dos inconvenientes: la incomodidad de pesarlos y la de contrastarlos. Para evitarlo se consideró necesario, colocar un sello público sobre aquellos metales que acostumbraban a usar naciones para comprar todo tipo de mercaderías. Ése es el origen de la moneda acuñada y de las “Casas de Moneda”. Así como la moneda se convirtió en instrumento universal de comercio en todas las naciones civilizadas, y por su mediación se compran, venden y permutan toda clase de bienes.

4) El trabajo es la medida real del valor de cambio de toda clase de bienes. El dinero contiene el valor de una cierta cantidad de trabajo, que cambiamos por las cosas que encierran la misma cantidad de trabajo. El trabajo fue el precio primitivo, la moneda originaria que sirvió para pagar y comprar todas las cosas. Pero generalmente el trabajo no es la medida para estimar el valor y por eso parece más natural estimar su valor por la cantidad de otra mercancía. Desde que el dinero se convirtió en el instrumento común de comercio, es más frecuente cambiar cualquier mercancía por dinero. Así, el trabajo es su precio real y la moneda es, únicamente, el precio nominal. El precio real es la cantidad de cosas necesarias que se consiguen mediante el trabajo y el precio nominal: la cantidad de dinero. El trabajador es rico o pobre en proporción al precio real del trabajo que ejecuta.

30PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

5) El precio efectivo a que corrientemente se venden las mercancías es el que se llama precio de mercado. Éste se regula por la cantidad de una mercancía llevada al mercado y la demanda de quienes están dispuestos a pagar el precio natural del artículo. Estas personas se denominan compradores efectivos, y su demanda, demanda efectiva.

6) Los salarios dependen del contrato hecho generalmente entre empleador y trabajador, sus intereses no son iguales: los trabajadores desean conseguir mucho, los empleadores dar lo menos posible. Un hombre debe vivir siempre de su trabajo, y sus salarios deben por lo menos ser suficientes para mantenerlo. Deben ser iguales o mayores que sus costos. Los salarios del trabajo son también el estímulo de la industria, que mejora en proporción con el estímulo que recibe. A más altos salarios, trabajadores más activos, diligentes, y expeditivos.

7) En años de abundancia, los trabajadores dejan con frecuencia sus empleadores, y confían en su subsistencia propia. El precio del trabajo, por lo tanto, aumenta en años de bonanza. En años de la escasez, por el contrario, la dificultad y la incertidumbre de la subsistencia, hacen que toda la gente quiera volver al servicio. Hay más gente deseando el empleo que la cantidad de gente que puede conseguirlo fácilmente; muchos están dispuestos a tomarlo por salarios más bajos que el normal, y por esto, éstos se hunden con frecuencia en estos años.

WEB

Para conocer algunas curiosidades de la vida de Adam Smith pueden visitar:https://www.muyhistor ia.es/h-moderna/ar t iculo/5-cur iosidades-sobre-adam-smith-951465999763

Leer atentamente el siguiente artículo “La reforma tributaria según la lente de Adam Smith”. En relación al artículo, expresar y justificar su posición sobre el impuesto a las bebidas azucaradas.http://focoeconomico.org/2016/11/01/la-reforma-tributaria-desde-el-lente-de-adam-smith/

ACTIVIDAD 18»

3. Jean Baptiste Say

Say fue admirador de la obra de Adam Smith e influenciado por otros economistas franceses como Anne-Robert Turgot (1727-1781).

Este último autor fue defensor de la libertad de comercio. Se dice que era enemigo de los gremios y poco partidario de la intervención gubernamental.

31PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Say es recordado por la llamada ley de los mercados o ley de Say que asegura que en un mercado libre es imposible una crisis general de superproducción.

La oferta crea su propia demanda, o sea, que toda actividad productiva genera rentas, salarios y beneficios suficientes para adquirir los productos que lanza al mercado.

Renta: cantidad de dinero o bienes que se paga regularmente por el alquiler de una cosa.

Para Say el fundamento del valor está en la utilidad que los distintos bienes reporten a las personas. Esta utilidad puede variar en función de la persona, del tiempo y del lugar, por lo tanto, se trata de una concepción donde el valor es algo subjetivo (depende de cada uno).

Identificaba el valor con la utilidad (es decir, con el valor de uso).Asigna a cada factor de producción –tierra, trabajo y capital– sus respectivos

propietarios. Así:● El propietario agrícola es de la tierra,● El capitalista es propietario del capital y,● El “hombre industrioso” del trabajo.

Capital: conjunto de bienes que se utilizan para producir otros bienes.Aunque las rentas pagadas a los factores de la producción han de ser suficientes para

comprar todos los bienes producidos, no existe garantía de que estas rentas percibidas sean gastadas enteramente por aquellos que las perciben.

Say le asigna al legislador dos funciones fundamentales para garantizar un orden social justo y capaz de realizar el interés de toda la colectividad: debe ayudar a los ciudadanos a descubrir y seleccionar sus verdaderos intereses y contribuir al alcance y difusión de la cultura de la producción. En este proceso de preparar a los ciudadanos para el descubrimiento de sus intereses reales, les dedica especial atención a los educadores. Ellos deben ganar las batallas contra la ignorancia, la insensatez y la pasión y así, trabajan verdaderamente para la felicidad de los hombres.

4. Jeremías Bentham

En tiempos de Bentham se producían los debates acerca de si los hombres eran naturalmente buenos o, todo lo contrario, naturalmente malos. Este autor optó por sostener que los individuos son, sobre todo, egoístas y que el delito muestra que la armonía natural no existe.

32PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

El interés de cada individuo debe identificarse con el interés general y su doctrina fue conocida como utilitarismo

El utilitarismo añadió al hedonismo (de la filosofía griega) la ética de que la conducta humana. Para los utilitaristas había que maximizar la felicidad al mayor número de gente y castigar a los individuos que perjudiquen a otros al buscar su propia felicidad.

Hedonismo: tiene por lo menos dos acepciones: 1) Doctrina ética que identifica el bien con el placer, especialmente con el placer sensorial e inmediato. Su principal representante es Aristipo de Cirene (siglo IV a. C.)” y 2) Tendencia a la búsqueda del placer y el bienestar en todos los ámbitos de la vida. En este caso, alude a la primera acepción.

Para Bentham la suma de intereses individuales da por resultado el interés general de la comunidad. Se trata de un planteo que puede ser calificado de democrático. Justifica las acciones de gobierno que aumenten la felicidad de la comunidad, aunque disminuya con ellas la felicidad de algún sector.

Bentham intentó medir el bienestar económico científicamente y propuso para calcular el bienestar. Decía:

Comiéncese con cualquier persona de aquella cuyos intereses parecen afectados de forma más directa por él y hágase un cálculo,

1) Del valor de cada placer identificable que parezca producido por él en primer lugar.2) Del valor de cada dolor que parezca producido por él en primer lugar.3) Del valor de cada placer que parezca producido por él después de la primera sensación. Esto

constituye la fecundidad del primer placer y la impureza del primer dolor.4) Del valor de cada dolor que parezca producido por él después de la primera sensación. Esto

constituye la fecundidad del primer dolor y la impureza del primer placer.5) Súmense todos los valores de todos los placeres por una parte y la de todos los dolores por otra.6) Realícese un cálculo del número de personas cuyos intereses parecen estar implicados y repítase

el proceso anterior con respecto a cada uno. Súmense los números que expresan los grados de la tendencia buen en relación con el conjunto: hágase de nuevo con respecto a cada individuo, en relación con el cual la tendencia sea mala en su conjunto. Hágase balance.

Fragmento de Bentham, J. (1991) Antología. Volumen 17. Barcelona: Ediciones Península. Traducción, Montserrat Vancells.

Bentham comenzó su carrera atacando a las leyes sobre la usura y terminó defendiendo el control del precio máximo del pan. Las autoridades debían controlar un máximo “moderado” de los precios que contrapesara los costes y los beneficios, ventajas y desventajas, de cada precio posible.

33PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ACTIVIDAD 19»Luego de conocer a Bentham, explicar en un breve párrafo aquellos aspectos de su propuesta que llamaron su atención. No olviden justificar su elección.

Pueden leer la obra completa “El Panóptico” de Bentham en:https://iedimagen.f i les.wordpress.com/2012/02/bentham-jeremy-el -panoptico-1791.pdf

Pueden leer la obra completa “Vigilar y Castigar” de Foucault en:https://www.ivanillich.org.mx/Foucault-Castigar.pdf

Sus postulados fueron retomados en el siglo XX, tanto en la literatura como en la filosofía. Esto se puede reconocer, por ejemplo, en dos obras, en el texto “1984” de George Orwell y en “Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión” de Michel Foucault.

En “1984” se presenta una sociedad en la que el estado ha adquirido el control total sobre el ciudadano. Los individuos han perdido la intimidad y la libertad, y viven sujetos a la represiva normatividad del Estado y la vigilancia que todo lo ve y escucha: el Gran Hermano.

El Gran Hermano, está basado en “El Panóptico” de Bentham que es un modelo de prisión ideado por este autor en 1791. Se trata de una construcción circular y en el centro figuraba una torre que ubicaba un único vigilante. Así, los presos sin vigilados sin que ellos puedan ver si se los vigila lo que promueve el autocontrol al sentirse observado en todo momento.

Es un modelo que no solo se ha usado en las prisiones sino también en escuelas, fábricas, entre otros.

Michel Foucault en su “Vigilar y Castigar” (1975) aborda el suplicio, el castigo, la disciplina y la prisión. En este penúltimo apartado, la disciplina, desarrolla, entre otras observaciones, la relación entre el panóptico y la sociedad.

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5. David Ricardo

Ricardo es el representante de aquello que sostenía la élite industrial sobre la conducción del Estado y las políticas económicas.

Retomó las ideas de Adam Smith sobre la defensa de las ventajas del comercio internacional, la libre competencia y la división del trabajo.

Sostuvo que era más fácil importar aquellas cosas que cuesta producirlas y exportar las que se producen más cómodamente.

Como muchos autores de su época, buscaba regularidades, leyes y por eso creía que el principal problema de la economía política es determinar las leyes que regulan la distribución.

A David Ricardo se lo considera un seguidor de Bentham, aunque rechaza «que el dinero es la causa de la riqueza».

Para comprender la obra de David Ricardo les recomendamos ver este video:“Renta Diferencial de la Tierra David Ricardo”https://www.youtube.com/watch?v=wVbG39oIcpI

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Los conceptos centrales de su obra son:1) La teoría del valor. Al igual que Adam Smith, sostuvo que, en las sociedades

primitivas, el valor quedaría determinado por el tiempo requerido para producir aquellos bienes de subsistencia necesarios para el trabajador y su familia. Y que en las nuevas sociedades donde el mercado juega un papel importante, si bien no sucede exactamente esto, la diferencia, cuando se da, es mínima.

2) Creía en la libre circulación de los bienes y mercancías y que debían eliminarse las trabas existentes al comercio internacional.

3) Formuló una teoría de la renta que será retomada por Karl Marx. Defendió que la renta de la tierra se basaba en la diferencia existente entre la fertilidad que ofrecía y la ley de los rendimientos decrecientes. Partiendo de esta base se explicaba que, si la relación entre población y tierras disponibles era favorable a aquella, solo se cultivarían las mejores tierras. Pero como mucha población necesita trabajar y paga por el terreno, aunque éste no sea fértil, esto lo explica por medio de la ley de los rendimientos decrecientes: si aumenta la población se demandan más alimentos y se cultivan tierras cada vez menos fértiles. Esto trae un aumento continuo de los precios del alimento y los salarios nominales deberían aumentar de una forma acorde al costo de las subsistencias.

4) Trabajó sobre la teoría de la ventaja comparativa: cada país debía especializarse en aquellos productos, bienes o servicios, para cuya elaboración y producción le resulten más eficientes. La ventaja comparativa: producir aquello que se encuentra en una situación de superioridad que el resto de países.

35PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Para conocer más de la teoría de la ventaja absoluta y de la ventaja comparativa, les recomendamos este video:“Ventajas absolutas y comparativas - Adam Smith y David Ricardo”https://www.youtube.com/watch?v=rtU2uxE0FDs

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6. Thomas Malthus

Como has visto en el video que introduce a la unidad, estos autores desarrollan sus ideas en el momento de la Ilustración.

En ese momento, se creía en las continuas mejoras y en la razón humana. Estas ideas estaban sostenidas principalmente por los filósofos David Humé, Immanuel Kant y por el economista Adam Smith. En cambio, Malthus formuló ideas que podrían calificarse de negativas o más realistas sobre la naturaleza humana.

Su obra maestra, con su título completo fue “Ensayo sobre los principios de la población como impacta a la mejora de la sociedad, con comentarios sobre las especulaciones del Sr. Godwin, Condorcet y otros escritores”. En “otros” incluye a Adam Smith y a David Hume.

Malthus formuló el principio de la población en la economía clásica: la población, cuando no se ve limitada, aumenta en progresión geométrica de tal modo que se dobla cada veinticinco años (tasa de crecimiento potencial de la población).

Su proposición fundamental era, entonces, que el aumento de la población seguía un ritmo geométrico mientras el crecimiento de los recursos para la subsistencia crecía a un ritmo aritmético.

Identificó dos tipos de controles para el crecimiento de la población; los “controles preventivos” y los “controles positivos”.

Los controles preventivos: las personas que no se podían permitir tener hijos debían posponer el matrimonio o nunca casarse, es necesario una “moderación moral”.

Y los controles positivos para la población, aquellos que incrementan el índice de mortandad eran el hambre, la miseria, las plagas y la guerra. Elevaba estos controles a la posición de fenómenos o leyes naturales; eran males desafortunados que se requerían para limitar la población. Esos controles positivos representaban castigos para las personas que no habían practicado la moderación moral.

Es decir, tanto el crecimiento de la población como el crecimiento de la riqueza tienen un techo, este techo se refuerza a través del crimen, las epidemias, las guerras y los vicios. Malthus vio a la pobreza como un control natural al crecimiento de la población, creyendo que personas con pocos recursos tendrían menos hijos.

Pero, los resultados fueron opuestos a sus predicciones. En relación con la procreación de los más pobres y, en segundo lugar, su análisis geométrico/aritmética sobre el control de la población también resultó ser equivocado al no tener en cuenta el desarrollo de los medios de producción, la división y especialización del trabajo, el aumento de la inversión, las mejoras en los métodos agrícolas, su mecanización, entre otros factores.

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Pueden ver una síntesis de los aportes de Malthus en “Thomas Robert Malthus”.https://www.youtube.com/watch?v=WADDhRSKDzgLes sugerimos buscar la frase “el hombre es el lobo del hombre” para saber de qué autor lo toma.

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En 1800, Malthus se interesó por lo monetario y publicó un folleto argumentando que la subida de precios seguía el aumento de la masa monetaria. Pero cuando en 1814 se lanzó en apoyo de las Leyes de Maíz, donde el gobierno inglés introdujo aranceles sobre la importación de maíz, argumentando en favor de la producción nacional, Malthus estuvo del lado de los proteccionistas.

Formuló la teoría de las sobrecargas del mercado: los trabajadores reciben un salario de subsistencia y los empleadores contratan a esos trabajadores debido a que producen un valor mayor del que reciben como salarios, es decir, le queda una utilidad. La utilidad no se puede devolver a los trabajadores en forma de salarios más altos, debido a que la desaparición de las utilidades hace que cesen la producción y el empleo.

Según Malthus, el objeto fundamental de la vida de los capitalistas es amasar una fortuna, y están demasiado ocupados en la oficina de contabilidad para consumirlo todo. El gasto es esencial para evitar una sobrecarga del mercado que, a su vez, produciría un estancamiento económico.

La renta, decía, es el excedente que se obtiene de la diferencia entre el precio de la producción y los costos de producción (salarios, interés y utilidades).

Las otras formas de ingreso, salarios, interés y utilidades incrementan el poder adquisitivo, pero también incrementan los costos de producción y esos costos se deben mantener bajos si una nación quiere mantener su posición competitiva en los mercados mundiales.

7. John Stuart Mill

Fue un filósofo, economista y político defensor del utilitarismo. Stuart Mill estaba muy influido por Jeremy Bentham, un

buen amigo de su familia.Fue un gran defensor de la libertad se dice que lo hacía por

dos motivos: porque la sociedad como conjunto maximiza su utilidad si cada persona es libre de tomar sus propias decisiones, y porque la libertad es necesaria para el desarrollo de cada persona como una persona completa.

John Stuart Mill estuvo casado con Harriet Taylor (tras la muerte de John Taylor, el marido de ella) quien fuera su principal inspiradora de los debates intelectuales. Harriet Taylor fue una filósofa que escribió sobre los derechos de la mujer y la primera en criticar los efectos degradantes de la dependencia económica de las mujeres por los hombres. Tras su muerte (1858) Mill le dedicó el texto Sobre la libertad: “a la querida y llorada memoria de quien fue la inspiradora de lo mejor que hay en mis obras; a la memoria de la amiga y de la esposa, cuyo vehemente sentido de la verdad y la justicia fue mi más vivo apoyo y en cuya aprobación estribaba mi principal recompensa”.

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No es un defendía el “dejar hacer, dejar pasar” (laissez-faire) como otros autores de su época. Y analiza los precios a partir de la oferta y la demanda, en lugar de la perspectiva de la teoría de valor como los autores anteriores. En el texto Principios de Economía Política critica el crecimiento ilimitado que permite la revolución industrial por el impacto que ocasiona en la naturaleza.

Para Mill la economía era una ciencia que usaba un método a priori, es decir que luego de indicarnos supuestos deducía las conclusiones.

Estudió el comercio internacional y concluyó que los términos del comercio dependen de la demanda que hay en ambos países por los productos importados. Introdujo el concepto de los costos de transporte y analizó la influencia de las tarifas impositivas en el comercio.

En relación con los salarios, en un principio, respaldó la formación de sindicatos ante las desventajas del trabajador desorganizado frente a los empleadores a la hora de negociar un salario y luego se retractó.

Diferenció entre las leyes de la producción (de carácter natural) de las leyes de la distribución (que son producto de arreglos sociales y en sí, son las instituciones las que las construyen y realizan la distribución).

Su teoría del valor la presentó en función de los costos de producción. Además, sostuvo que la propiedad privada era un derecho.

Se preocupó al estudio de los precios relativos. Para que un bien tenga valor de intercambio debe ser útil o difícil de obtener y solo en algunos casos muy inusuales el valor de uso determina el valor de intercambio.

Los bienes de la manufactura tienen una curva perfectamente elástica y concluyó que el costo de producción es lo que determina el precio.

ACTIVIDAD 20»1) Para comprender lo que significa curva elástica o inelástica leer el artículo “Subir los impuestos no significa recaudar más” sobre los efectos que producen algunas decisiones económicas.2) Explicar lo que han comprendido sobre esos términos.3) Buscar un ejemplo de un hecho sucedido en Argentina.

“Subir los impuestos no significa recaudar más”https://www.rankia.com/blog/anfundeem/1450505-subir-impuestos-no-significa-recaudar-mas

8. Karl Marx

La obra de Marx aparece en un momento en que la burguesía está en ascenso. Esta clase social, reivindica y utiliza el desarrollo de la ciencia.

Es un autor que integra la economía con la sociología, la política y la filosofía.

Marx recibe una notable influencia de los economistas clásicos, en particular de Ricardo. Ricardo fue quien primero formuló la teoría del valor-trabajo, que retomó Marx. El precio natural de las mercancías, según Ricardo, se deriva de su valor, medido éste por la cantidad de trabajo incorporado.

Para comprender los aportes de Marx los invitamos a ver el video de Juan Pablo Feiman:“El Capital - Filosofía Aquí y Ahora - Marx y el Capitalismo - Cap 10”https://www.youtube.com/watch?v=q5mxdwggqII

VIDEO

Principales ideas:

1) Los acontecimientos son hechos históricos, están provocados por factores económicos y no por naturales.

Marx rechaza a los autores clásicos por su carácter burgués que se evidencia en su defensa del naciente capitalismo. El orden capitalista no es un orden natural -dice- sino una etapa del desarrollo histórico destinada a ser superada y las leyes económicas no son leyes naturales o inexorables.

Procura explicar el cambio, y, para ello caracteriza al capitalismo. El primer rasgo es que la sociedad está articulada por una polarización central: capital-trabajo, que parte de ese divorcio entre medios de producción y productores.

El segundo rasgo del capitalismo es que la producción es, en su totalidad, una producción para el mercado. Mercado ya había habido antes del capitalismo: en el feudalismo, en el esclavismo y en otras variantes sociales que se habían podido localizar. El mercado anterior como intercambio de productos se había dado. Pero la diferencia es que la producción está organizada para producir mercancías. En sociedades anteriores la mercancía era un producto social. Antes, esas mercancías eran producidas no para ser vendidas sino consumidas por los propios productores. El objetivo último es producir mercancías, para cambiar por dinero. Y en ese proceso: inversión-producción- elaboración de mercancías- venta por dinero, hay un “beneficio”.

En tercer lugar, el capitalismo opera en términos de competencia.En cuarto lugar, categoriza la sociedad en tres clases sociales: 1) la burguesía que

posee los medios de producción, 2) el asalariado, el proletariado, la clase obrera industrial, la gente que vive de un salario y 3) los terratenientes.

2) Su análisis económico empieza por la mercancía, porque el capitalismo es un sistema productor de mercancías y tiende a transformarlo todo en mercancía.

La mercancía satisface una necesidad humana (de lo que obtiene su valor de uso)

y puede intercambiarse por otra cosa (de lo cual obtiene su valor de cambio). Ambos valores no necesariamente coinciden. Lo que todas las mercancías tienen en común es que son el producto del trabajo. El valor de una mercancía se determina por la cantidad de trabajo que fue necesaria para su producción.

El intercambio de mercancías exige que sus poseedores puedan prescindir de ellas, e implica por tanto una división social del trabajo, una especialización que se desarrolla históricamente.

3) La única forma de generar riqueza es a través del trabajo. Pero en el capitalismo, el obrero que generó esa riqueza recibe en su salario menos de lo que produce. Esa diferencia se llama plusvalía, es conservada por el capitalista y es la forma en que acumula capital. Es decir que la acumulación de capital es consecuencia de la explotación de los trabajadores.

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Para comprender el concepto de plusvalía les recomendamos el video de Juan Pablo Feiman:“Karl Marx El Capital `plusvalia Mercancia”https://www.youtube.com/watch?v=gsRNhjisQnI

VIDEO

Su teoría del valor-trabajo: el valor de las mercancías está determinado por la cantidad de trabajo incorporado a ellas, que se mide en términos de tiempo empleado por los trabajadores.

El valor variará según la pericia de los operarios concretos (unos producen más que otros); y por eso para Marx la medida apropiada no es el tiempo de trabajo de cada individuo, sino el tiempo de trabajo socialmente necesario para producir una mercancía.

Esta teoría del valor-trabajo, reafirma que el trabajo diferencia al hombre y la naturaleza y sitúa lo esencial de la economía en el campo de la producción y no de la distribución o el consumo.

El valor se desarrolló históricamente a través de unas diversas formas, que se iniciaron con la forma simple (mercancía por mercancía, M-M) hasta la más desarrolladas, en la que una mercancía (el dinero) actúa como equivalente general (M-D-M). El dinero permite activar la circulación de los productos, funciona como medida de valor y medio de pago y puede además ser objeto de atesoramiento. Y periódicamente, la oferta de mercancías supera a la demanda.

WEBPueden acceder a una de sus obras más conocidas: El Capital en: https://webs.ucm.es/info/bas/es/marx-eng/capital1/No se pierdan algunas curiosidades de la vida de Karl Marx en: https://www.muyhistoria.es/contemporanea/articulo/5-curiosidades-sobre-karl-marx-481489411986

Observar los siguientes videos y sintetizar las afirmaciones de cada teoría económica estudiada hasta el momento. Pueden incorporarlo a la línea de tiempo propuesta en la actividad 17.

ACTIVIDAD 21»

“Teorías económicas” https://www.youtube.com/watch?v=sY6rUm4cwlc“Historia del pensamiento económico” https://www.youtube.com/watch?v=w1NnoTY1aAU

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“Del mercantilismo al liberalismo económico”https://www.youtube.com/watch?v=Xlfeg4KmFkw

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UNIDAD 4 Teorías económicas del siglo XX

1. Introducción

Para iniciar esta unidad, una breve revisión de lo abordado en las unidades 2 y 3, para ello los invitamos a ver el siguiente video:

Apunte de clase: Teorías económicas del siglo XX

2. Escuela neoclásica

Se ubica los orígenes del neoclasicismo en las ideas de los economistas que buscaron una teoría económica más rigurosa y para ello se basaron en modelos matemáticos.

Existieron tres grandes escuelas neoclásicas:● Escuela inglesa: sus representantes son William Stanley y Alfred Marshall.● Escuela austriaca: su representante es Carl Menger.● Escuela francesa: su representante es León Walras.

Presentamos, su historia según este esquema:

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EscolásticosS. XIII - XV

ESCUELA CLÁSICA S. XVIII- XIX

FISIÓCRATASS. XVIII

Malthus

MERCANTILISTASS. XVI - XVIII

MarginalistasKeynesi

Dr. Ricardo

Mil

WalrásMarshall Fisher

MonetarismoNueva economía

clásica

Síntesisneoclásica

Economía deldesequilibrio

Marx (Socialismo)

Lenin (comunismo).

Ejemplo:- China- URSS

Sto. Tomás de Aquino

Adam Smith

Quesnay

FILÓSOFOS (Aristóteles)

CULTURAÁRABE

DERECHOROMANO

Para la escuela clásica, el valor de los bienes se explica por sus costos (es decir lo mira está colocada en la oferta). Para los neoclásicos en cambio, el valor de los bienes se explica por la utilidad marginal, es decir: el valor que se asigna a la última unidad consumida (la mirada está en la demanda).

Sus representantes sostenían que:● El comportamientos de empresas e individuos son racionales. Las personas buscan

maximizar su utilidad o satisfacción cuando consumen bienes o servicios. Las empresas buscan maximizar sus utilidades cuando venden bienes o servicios. Personas y empresas actúan de manera independiente basándose en información completa y relevante. En síntesis: los individuos maximizan la utilidad y las empresas maximizan las ganancias.

● Para esta escuela de pensamiento, el valor de los bienes está en función de la utilidad o de la satisfacción que le asignan los consumidores.

● Teoría del valor: el valor se determinaba por la utilidad que reportaba a los consumidores y su escasez relativa. De esta forma, a mayor utilidad, los consumidores estarían dispuestos a pagar más. Por otra parte, mientras más escaso sea un bien, mayor valor tendrá (esto los diferencia de los economistas clásicos consideraron que el valor de los bienes y servicios se determinaba por el coste de los factores). Por eso no hay una ley objetiva del valor (el valor trabajo), sino que los intercambios están dados por las necesidades subjetivas de los consumidores (teoría de la utilidad subjetiva).

41PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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● Teoría del consumidor: el consumidor gasta su dinero para alcanzar el máximo de satisfacción posible.

● Teoría del productor: El productor trata de maximizar su utilidad, quiere obtener el mayor beneficio con los factores de producción (tierra, capital, trabajo) disponibles.

● Teoría del mercado: Si los agentes económicos son consumidores y productores la relación entre ellos se expresa en términos de demanda y oferta de bienes y servicios.

2.1. Relaciones expresadas en gráficos

Estas relaciones se expresan en los siguientes gráficos:● Curva de demanda: es descendente. A medida que el precio de un bien aumenta,

la cantidad demandada de dicho bien disminuye y cuando el precio baja la demanda aumenta.

En el gráfico que encuentran más abajo es la curva roja.

● Curva de oferta: Es ascendente. A mayores precios se aumenta la cantidad ofrecida, si los precios bajan la cantidad ofrecida baja.

En el gráfico que encuentran más abajo es la curva azul.

● Cruce de las dos curvas: “Punto de equilibrio”. En este punto el productor genera la cantidad del producto que maximiza su ganancia y el consumidor demanda los bienes que maximiza su utilidad.

Fuente: http://economipedia.com/definiciones/curva-de-demanda.html

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2.2. Escuela inglesa

Sus representantes son William Stanley Jevons y Alfred Marshall William Stanley Jevons (1835-1882)

Realizó importantes aportes:● Teoría del valor: el valor del trabajo debe determinarse

a partir del valor del producto y no a la inversa (el valor del producto a partir del valor del trabajo) como decía la teoría clásica ricardiana y marxista.

● Expuso los principios de la teoría marginalista, además de elaborar una hipótesis de la renta, del interés y de la productividad de capital.

● Un bien se cambia por otro cuando la relación de los precios entre las dos mercancías se iguala con la relación de sus respectivas utilidades marginales es decir que el valor depende de la utilidad del bien.

Para conocer su obra mirar este video y sintetizar sus principales aportes:“William Stanley Jevons : Padre de la Teoría Marginalista”https://www.youtube.com/watch?v=c_OUUXGGhWY

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Alfred Marshall (1842-1924)

Marshall trabajó para que la economía se separase de la filosofía o de ciencias morales y tuviera un objeto propio.

Logró que se creara en la Universidad de Cambridge (1903) una licenciatura en Ciencias Económicas y Políticas. Estos estudios económicos más tarde se extendieron al resto de los países europeos y a Estados Unidos.

Marshall incorporó a su pensamiento la concepción marginalista de la economía y la explicación del equilibrio en el mercado a partir de la comparación de las posiciones estáticas de la escuela clásica a la que él critica.

Concepción marginalista de la economía: corriente de pensamiento económico cuya característica principal es la utilización del análisis marginal en los problemas económicos. Pueden ver sus características centrales en este video: “Conociendo al capital, La escuela marginalista (Walras, Menger, Jevons)”https://www.youtube.com/watch?v=4Px3i6UDLvE

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Para conocer a Marshall pueden ver este video:“Alfred Marshall “Pionero del análisis matemático en la economía””https://www.youtube.com/watch?v=aJMuboC-_VQ

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Para Marshall “la economía política o economía, es el estudio de la humanidad en las ocupaciones ordinarias de la vida; examina esa parte de la acción individual y social que está más estrechamente conectada con la obtención y el uso de los requisitos materiales del bienestar”.

Un aporte central fue el concepto de elasticidad que mide cuánto baja la demanda cuando sube el precio de un bien, es decir es la “reacción” de las cantidades frente al cambio del precio se entiende como elasticidad. Por ejemplo, cuando sube el precio del pan, la cantidad de gente que deja de comprarlo es poca, pero si sube el precio de un bien menos esencial, como las facturas, mucha gente preferirá dejar de comprarlas.

En síntesis, sus principales aportes fueron:● Rigor matemático aplicado a la economía,● La economía como ciencia,● El concepto de la elasticidad de la demanda, de excedente del productor y consumidor,

la distinción entre corto y largo plazo en la economía.

WEB Pueden consultar la obra “Principios de economía” de Marshall en:https://eet.pixel-online.org/files/etranslation/traduzioni/spagna/Marshall,%20Principios%20de%20economia.pdf

2.3. Escuela austríaca

Carl Menger (1840-1921)

Menger cuestionó las teorías clásicas de valor basados en los costes, fuente básica de las ideas de Adam Smith y David Ricardo.

Analizó una alternativa a la fijación de los precios, añadiendo al análisis los valores subjetivos de los consumidores en sus decisiones económicas.

Menger diferencia:● Bienes económicos: aquellos de los que existe una

necesidad mayor que la oferta disponible.● Bienes no económicos: aquellos cuya oferta supera

las necesidades.Para este el autor la tarea principal de la autoridad es la protección de la propiedad

de los bienes económicos.Los precios de los bienes económicos se relacionan con la utilidad que proporcionan al

consumirse (en términos económicos la utilidad marginal que reporta esa mercancía). Los bienes no económicos, como el aire dicen Menger, no tienen valor, aunque sí pueden brindar utilidad. Es decir, diferencia valor de utilidad.

Introduce el concepto de costo de oportunidad ya que el trabajo incorporado en un determinado bien no es el que da el precio (como lo habían dicho Ricardo y Marx), ni tampoco su valor intrínseco. El valor de un determinado bien es equivalente a las satisfacciones de necesidades a las que tendría que renunciar si no se pudiera disponer de dicho bien (eso es el “costo de oportunidad”).

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Para conocer lo que dice Menger sobre el dinero pueden ver una clase sobre este autor en:“Sesión 3 El dinero, de Carl Menger”https://www.youtube.com/watch?v=_AqpbyBPF5s

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Leer atentamente el siguiente texto de Menger y explicar con sus palabras la teoría del valor marginal.

ACTIVIDAD 22»“El valor de los bienes se fundamenta en la relación de los bienes con nuestras necesidades, no en los bienes mismos. Según varíen las circunstancias, puede modificarse también, aparecer o desaparecer el valor. Para los habitantes de un oasis, que disponen de un manantial que cubre completamente sus necesidades de agua, una cantidad de la misma no tiene ningún valor a pie de manantial. Pero si, a consecuencia de un terremoto, el manantial disminuye de pronto su caudal, hasta el punto de que ya no pueden satisfacerse plenamente las necesidades de los habitantes del oasis y la satisfacción de una necesidad concreta depende de la disposición sobre una determinada cantidad, esta última adquiere inmediatamente valor para cada uno de los habitantes. Ahora bien, este valor desaparecería apenas se restableciera la antigua situación y la fuente volviera a manar la misma cantidad que antes. Lo mismo ocurriría en el caso de que el número de habitantes del oasis se multiplican de tal forma que ya la cantidad de agua no bastara para satisfacer la necesidad de todos ellos. Este cambio, debido a la multiplicación del número de consumidores, podría incluso producirse con una cierta regularidad, por ejemplo, cuando numerosas caravanas hacen su acampada en este lugar. Así pues, el valor no es algo inherente a los bienes, no es una cualidad intrínseca de los mismos, ni menos aún una cosa autónoma, independiente, asentada en sí misma. Es un juicio que se hacen los agentes económicos sobre la significación que tienen los bienes de que disponen para la conservación de su vida y de su bienestar y, por ende, no existe fuera del ámbito de su conciencia. Y así, es completamente erróneo llamar “valor” a un bien que tiene valor para los sujetos económicos, o hablar, como hacen los economistas políticos, de “valores”, como si se tratara de cosas reales e independientes, objetivando así el concepto. Lo único objetivo son las cosas o, respectivamente, las cantidades de cosas, y su valor es algo esencialmente distinto de ellas, es un juicio que se forman los hombres sobre la significación que tiene la posesión de las mismas para la conservación de su vida o, respectivamente, de su bienestar. La objetivación del valor de los bienes, que es por su propia naturaleza totalmente subjetivo, ha contribuido en gran manera a crear mucha confusión en torno a los fundamentos de nuestra ciencia.”

Menger, C. Principios de Economía Política. Capítulo III.

Si quieren leer todo el libro, pueden hallarlo en:http://www.eumed.net/cursecon/textos/menger/index.htm.Recurran al diccionario económico para explicar los término tratados que aún no conocen en https://definicion.de/

2.4. Escuela francesa

León Walras (1834-1910)

Según Walras la actuación de las fuerzas oferta y demanda de un mercado dependen de los precios que establecen en muchos otros mercados.

Los servicios productivos son adquiridos por los empresarios y transformados en bienes los que a su vez son adquiridos por otros empresarios y consumidores finales.

Para el autor no hay clases sociales- como sostenía Marx- sino grupos de individuos: el grupo de los consumidores y el grupo de los empresarios. Los consumidores deciden la composición y nivel de consumo y por tanto el del ahorro y las empresas deciden el nivel y la composición de la producción y de la inversión.

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Para finalizar, pueden ver una síntesis de la escuela neoclásica en:“Escuela Neoclasica”https://www.youtube.com/watch?v=cqXzpOBKMVE

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A partir del siguiente video, elaborar un esquema que sintetice las ideas principales de León Walras:“León Walras “El genio detrás del equilibrio””https://www.youtube.com/watch?v=8CgvCLwyMLk

ACTIVIDAD 23»

3. La corriente keynesiana

Para comprender en mayor medida la obra de Keynes (1883/1946), hay que conocer su época.

El 24 de octubre de 1929 en la Bolsa de Estados Unidos, se produjo una venta masiva de acciones que hizo caer los precios y produjo una corrida similar en las bolsas de europeas.

En ese momento, llegaron a quebrar casi 7000 bancos de los Estados Unidos. Esos hechos condujeron a “la crisis del 30”.

En síntesis: la caída de la bolsa ocasionó la baja de los salarios reales y la consiguiente reducción del consumo.

Como una respuesta a la crisis, se inició en Estados Unidos el llamado New Deal. Se trataba de una política donde el Estado intervenía en la economía a través de la obra pública, los subsidios para las empresas, el salario mínimo, la vivienda popular, entre otras. El fundamento de esta propuesta se encuentra en las formulaciones del economista Keynes quien puso al Estado en el centro de la estrategia para recuperar el movimiento de la economía.

Hasta la llegada de John Maynard Keynes (1883-1946) predominaba el modelo de “dejar hacer, dejar pasar” en la economía.

Para el autor, la crisis de la década de 1930 mostraba la caída de la actividad productiva y del empleo.

Afirmaba que la intervención estatal y la planificación central eran necesarias para contrarrestar los fallos del mercado y asegurar el equilibrio económico.

Sus principios fueron aplicados en gran parte de los países occidentales entre fines de la Segunda Guerra Mundial y la década de 1970. Fue en 1973 cuando se disparan los costos de producción con motivo del crecimiento de los costos de la energía (en particular el petróleo).

Las consecuencias de la caída de la bolsa podrán verlas en el siguiente video:“LA GRAN DEPRESION resumen.wmv”https://www.youtube.com/watch?v=oMt9iudc3k0

Para comprender la propuesta de Keynes y su contexto:“Conociendo al capital, John Maynard Keynes”https://www.youtube.com/watch?v=z6TP4RCZq3A

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47PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

Según Keynes, la variable fundamental que mueve la actividad económica es la demanda agregada (DA), que está formada por la demanda de bienes de consumo (C), la demanda de bienes de inversión (I), la demanda del sector público (G) y la demanda de los mercados internacionales (X-M), lo que da como resultado la fórmula: DA = C + I + G + X - M. Esto significa que el producto de bienes y servicios de una economía es la suma de cuatro componentes: C: consumo, I: inversión, G: gasto público y X-M: exportaciones netas.

Estos términos según una definición ampliada:

C: los bienes de consumo y servicios que demandan las economías domésticas (las familias) y depende de su renta disponible, que será la renta personal que obtienen menos los impuestos.

I: los bienes que las empresas compran como bienes de equipo y estructura de producción., que suelen ser financiadas con recursos ajenos, por lo que su volumen estará en función del coste del dinero (tipo de interés).

G: gasto público en bienes y servicios de interés general, sin una demanda individualizable, que el Sector Público realiza como ejecución presupuestaria (Sanidad, Seguridad Nacional, etc.).

X-M: exportaciones netas, es decir, diferencia entre las exportaciones y las importaciones.

3.1. ¿Cómo reducir la inflación y el desempleo?

Keynes toma esta fórmula para explicar cómo reducir la inflación y el desempleo.Para combatir la inflación, hay que reducir la demanda agregada (DA), y para ello

hay reducir cada uno de sus componentes:1) Reducir la demanda de bienes de consumo (C) y la forma más directa es subir los

impuestos. Efectivamente, la economía doméstica (las familias) consumen en función de su renta disponible, y si se aumentan los impuestos se reducirá la demanda de los bienes de consumo.

2) Reducir la demanda de bienes de inversión (I). Las empresas que demandan bienes de inversión para su producción y que normalmente financian con créditos bancarios y para reducir el nivel de inversión, lo más efectivo será subir los tipos de interés (al encarecer el dinero, se solicitará menos cantidad y bajará el volumen de inversión).

3) Reducir la demanda del sector público (G) Es una decisión presupuestaria, dirigida por el estado y que se traducirá en una disminución del gasto público (menos carreteras, menos hospitales, etc.).

4) Reducir la demanda de los mercados internacionales (X-M) Se podría, por ejemplo, reducir las exportaciones, haciéndolas más costosas mediante un aumento de los tipos de cambio.

Para combatir el desempleo habrá que aumentar la demanda agregada (Da). Así

hay que:1) Aumentar la demanda de bienes de consumo (C) y para eso hay que reducir los

impuestos, provocando así un aumento de la renta disponible de las familias.2) Aumentar la demanda de bienes de inversión (I) Para ello hay que bajar los tipos

de interés, incentivando así a las empresas a invertir.3) Aumentar la demanda del sector público (G) Viene del aumento del gasto público

por parte del Estado (más carreteras, más hospitales).

48PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

4) Aumentar la demanda de los mercados internacionales (X-M)Para fomentar las exportaciones habrá que reducir el tipo de cambio. Incrementando las exportaciones se impulsa la producción interna.

1) Observar con atención el siguiente video sobre las economías latinoamericanas hacia fines del siglo XX:“Keynes para principiantes”https://www.youtube.com/watch?time_continue=1&v=4dMOeKVXsIg2) Elaborar un breve párrafo que responda los siguientes ítems:● ¿Por qué la teoría de Keynes no pudo dar respuesta a la crisis de la década de 1970?● ¿Por qué la crisis de la década de 1970 se la llamó “crisis del estado de bienestar”?3) Elaborar 4 conclusiones personales sobre este período.

ACTIVIDAD 24»

4. La corriente monetarista

Esta corriente de pensamiento surge después de la segunda Guerra Mundial y discute con los postulados de Keynes.

Rasgos centrales de la propuesta monetarista: 1) El Estado debe ser pequeño y se debe fomentar la libertad de los mercados.2) Hay que prestar más atención a contener la inflación (para ellos es un fenómeno

monetario) que a reducir el desempleo.3) Defiende la plena competencia y la no intervención en la libertad del mercado.4) No hay que interferir en la distribución del ingreso y si fuera necesario, hacer ajustes

rigurosos (reducción de salario, aumento del desempleo, etc.)5) La plena ocupación del trabajo es un principio inalcanzable. Hay una desocupación

natural e intentar bajarla causa aumento de precios e inflación.6) Poseen una política de privatización de empresas, y achicamiento del aparato

burocrático.7) Defensa de la apertura externa, libre circulación de bienes y capitales a nivel

internacional.8) No cuestiona la desigualdad social.9) Los gobiernos no deben intervenir en el funcionamiento del sistema económico, el

cual se rige por las fuerzas del mercado. Retoman, así, los postulados del laissez faire y del estado a su mínima expresión.

Se los conoce como “la escuela de Chicago”. Entre sus representantes están: Frank Knight, Henry Simons y Milton Friedman, junto con el economista de origen austriaco Friedrich Hayek.

Friedman produjo una teoría de precios, es decir de la inflación. La inflación es siempre y en cualquier lugar un fenómeno monetario, ningún proceso inflacionario puede permanecer sin la existencia de abundancia de dinero que permita realizar el mismo volumen de transacciones económicas a unos precios mayores.

La teoría de la inflación que sostienen afirma que la inflación es un proceso de crecimiento sostenido y generalizado del nivel general de precios de una economía. Esto se debe a que:

● Todos quieren tener más dinero.● Si hay más dinero circulando, todos lo quieren para ellos.● Para captar más dinero se suben los precios.● Luego, el dinero compra menos, es decir, vale menos.● La inflación es el desgaste del dinero

49PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

● La deflación es la bajada generalizada del nivel de precios de bienes y servicios en una economía.

Los monetaristas sostienen que la velocidad del dinero es relativamente estable y predecible, ya que la velocidad refleja principalmente los patrones de ingreso y gasto. Por ejemplo, si la gente una vez al mes tiende a gastar su renta por igual a lo largo de ese mes, la velocidad-renta será de 12 al año, por los que varía sólo cuando los individuos o las empresas modifican la forma en que tiene sus activos o la manera en que pagan sus facturas. La velocidad tiene un papel clave en el análisis monetarista.

Llaman oferta monetaria (M) al total de dinero que circula en una economía y está formado por dinero en efectivo y cuentas de cheques (dinero-crédito). El Banco Central es la institución que determina la cantidad de dinero en circulación, tanto en lo que se refiere a monedas o billetes, como a cuentas de cheques, ya que controla la Reserva Legal o Depósito legal. Algunos incluyen a las tarjetas de crédito como parte del circulante.

La oferta monetaria está formada por el efectivo en manos del público (billetes y monedas) más los depósitos bancarios (ahorro a la vista, o a plazo si correspondiere).

Son tres los agentes económicos que influyen en la creación de dinero:1) Los bancos comerciales, quienes determinan los niveles de encaje efectivo

que mantendrán.2) El público, el que decide sobre la preferencia de mantener billetes y monedas y

diversos tipos de depósitos.3) El Banco Central, que regula la emisión de dinero, las tasas de encaje legal y la

política cambiaria a seguir.

La fórmula de la oferta monetaria es: M= C+ DM= Oferta MonetariaC= Circulante: todos los billetes y las monedas en manos del público.D= Depósitos bancarios: respecto a esto podemos decir que está compuesto por:Hay dos tipos de depósitos, esto se representa: D= D1 + D2.

● Depósitos a la vista: Entrega de dinero, títulos o valores a una institución bancaria con el objeto de que se guarden y se regresen mediante la presentación de un documento a la vista que ampare bienes.

● Depósitos a plazo: Depósito bancario hecho por un determinado número de días, meses o años a una tasa fija de rendimiento. Producen una tasa de interés más alta que otro depósito debido que el dinero no se puede sacar del banco hasta la fecha convenida.

1) Elaborar un cuadro de doble entrada con la siguiente estructura:

2) Completar el mismo en base a las similitudes y diferencias que puedan ubicar entre autores y escuelas económicas.

ACTIVIDAD 25»

Autores y escuelas trabajadas 1

Temasabordados

Autores y escuelas trabajadas 2

50PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ECONOMÍA

“Recorrido histórico: políticas económicas en la Argentina (versión completa)”https://www.youtube.com/watch?v=mlJIBA3DNi4

VIDEO

BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA

Unidad 1● González Moreno, M. et al. (2008) Temas de Economía Española. Valencia: Tirant lo blanch,

Valencia.● Ridao González, J. (2009) Economía de la Empresa. Madrid: Editorial Algaida.● Tansini, R (ed) Bergara el al (2003) Economía para no economistas. Montevideo, Uruguay:

Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de la República. Recuperado de: http://decon.edu.uy/publica/noec/Cap01.pdf

Unidad 2 ● Enciclopedia Multimedia Interactiva y Biblioteca Virtual de las Ciencias Sociales, Económicas

y Jurídicas (EMVI) Recuperado de: http://www.eumed.net/cursecon/● Rombiola, N. (s/f) ¿Qué es la fisiocracia? Recuperado de: http://www.finanzzas.com/

la-fisiocracia

Unidad 3● Anzil, F. John Stuart Mill. Recuperado de: https://www.zonaeconomica.com/mill● Biografías y vidas. Recuperado de: https://www.biografiasyvidas.com/● Hernández, J. y Tortorella Espósito, A. (octubre de 2016) El liberalismo de Jean Baptiste Say,

sus discípulos y la Economía Política en España. Revista Empresa y Humanismo, XX (1), pp. 7-34. Recuperado de: https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/42936/1/01.pdf.

Unidad 4● Brand, A., Gómez, M, Seijas, D., Collele, F. El Monetarismo (1)Revista Faces. 2 (12). Universidad

de Carabobo.● Campos, E y Nuñez, J. (s/f) ALFRED MARSHALL Y LA ESCUELA DE CAMBRIDGE. UNA VISIÓN

MULTIDISCIPLINAR DE LA ECONOMÍA. Recuperado de http://www.encuentros-multidisciplinares.org/Revistan%BA47/eduardo_bueno_jose_garcia_nunez.pdf

● Parkin, M. y Loria, E. (2007). Teoria Monetaria. Macroeconomía. Ciudad de México, México: Pearson.

LENGUA 1ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

Introducción

Unidad 1: El Estado Apuntes de clase: El Estado -1. Introducción -2. Concepto de Estado -3. Las principales funciones del Estado -4. Políticas públicas -5. Modelos de Estado en Argentina

Unidad 2: La Constitución nacional y provincial Apuntes de clase: La Constitución nacional y provincial -1. Primera parte: Estado federal

• 1.1. Conformación del Estado federal• 1.2. Organización republicana• 1.3. Provincia de Buenos Aires• 1.4. Estructura de la administración pública provincial• 1.5. Organismos según Ley de Ministerios 13.175• 1.6. Entes autárquicos con dependencia directa del Poder Ejecutivo• 1.7. Organismos de la Constitución

-2. Segunda parte: Los municipios• 2.1. Estado municipal en Argentina• 2.2. Los municipios en la provincia de Buenos Aires• 2.3. Régimen de personal• 2.4. El municipio como oportunidad

Unidad 3: Ética y función pública Apuntes de clase: Ética y función pública -1. Ética y función pública -2. Principios éticos -3. Convenciones internacionales y conciencia universal de la ética pública -4. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos

55PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

1. Introducción

En esta primera unidad, realizaremos un recorrido por los siguientes temas:• Política, sociedad y Estado. Modelos económicos sociales, rol estatal y gestión

pública en América Latina.• Relaciones internacionales e integración regional. Proyecto nacional y tipos de Estado.• Modelos de desarrollo. Desarrollo e inclusión social.• Sustentabilidad socio-política, macroeconómica y ecológica.• La evolución en Argentina y en la provincia de Buenos Aires, una situación crítica:

problemas relativos a la distribución del ingreso, la evolución del empleo y la situación de pobreza.

Conceptos sobre el Estado. Un recorrido por los modelos de Estado en la Argentina

El Estado, en términos generales, surge como orden político del capitalismo. Se presenta como ordenador de la sociedad y se constituye en su elemento articulador. El orden que impone no es arbitrario ni caprichoso; siempre responde y está vinculado a las distintas formas que adopta una sociedad en los diferentes momentos históricos por los que atraviesa.

El Estado

Apuntes de clase: El Estado

UNIDAD 1

56PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

Es importante comprender que el Estado debe ser considerado como algo más que gobierno: es una serie de sistemas administrativos, jurídicos, burocráticos y coercitivos que intentan no sólo estructurar las relaciones entre las sociedades civiles y la autoridad pública, sino que también intenta organizar muchas de las relaciones claves en el seno mismo de la sociedad civil. El Estado describe una forma de ordenamiento político y una forma de organización de una comunidad humana.

Se lo ha definido como la organización política de un país; o sea, una estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. La teoría clásica caracteriza al Estado moderno a partir de las siguientes categorías constitutivas.

• Territorio: espacio sobre el cual el Estado ejerce con éxito el monopolio de la fuerza legítima.

• Soberanía: significa poseer la condición básica de control exclusivo sobre una determinada porción de territorio definido.

• Población: agrupación o conjunto de individuos que habitan en un espacio físico común delimitado geográficamente.

La función principal del Estado, mantener el orden y la seguridad por medio de la ley apoyada en la fuerza y la coacción, implica naturalmente a un cierto número de instituciones:

• Cuerpos gubernamentales para hacer políticas y leyes,• un servicio civil o de funcionarios que lleven a cabo las políticas gubernamentales,• un sistema judicial para aplicar la ley, y• fuerzas armadas para la defensa frente a enemigos exteriores.

Ahora bien, para una mejor comprensión del presente y de las formas de articulación que transita el Estado actual, es necesario realizar una mirada hacia atrás y analizar, aunque sea sintéticamente, los distintos modelos de estado por los que ha pasado nuestra sociedad, desde su constitución como Estado moderno a comienzos del S. XIX. A partir de allí, miraremos especialmente, y en forma particular, las características que han adquirido el Estado y la sociedad en la provincia de Buenos Aires en los últimos años.

Si bien el Estado nacional comienza a conformarse a partir de las luchas por la independencia de España –momento en que comienza a estructurarse una conciencia de nación autónoma e independiente contrapuesta con el estado colonial- fue recién hacia 1852 cuando se hace efectiva la constitución de un Estado nación.

A partir de esta década, y siguiendo un modelo de clasificación clásico, se detallarán cinco formas por las que ha pasado la relación Estado–sociedad hasta el presente.

•“Día de la Soberanía - Fabio Wasserman”https://www.youtube.com/watch?v=1xBHsjiXS6g

VIDEO

57PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

2. Concepto de Estado

Distintas visiones

Existen distintas definiciones de Estado. Este concepto no tiene una única definición. Por el contrario, a lo largo de la historia distintos autores lo han concebido de forma distinta.

A continuación, se exponen muy brevemente distintas concepciones:

Para Hobbes (1588-1679) todo ser humano está movido por consideraciones que afectan su seguridad o poder. En un “estado de naturaleza” priman las pasiones, los instintos y los intereses de los hombres más fuertes. Es una guerra de todos contra todos, un estado pre-político, donde nadie puede estar seguro de su situación mientras no exista un poder civil que regula las conductas. Esta situación es incompatible con cualquier forma de civilización. Este estado de barbarie justifica para Hobbes la presencia de un Estado como mediatizador de las relaciones entre los hombres, posibilita la seguridad de los individuos.

La sociedad en esta concepción es un “cuerpo artificial”, un nombre colectivo que describe el hecho de que los seres humanos encuentran individualmente que les resulte ventajoso el cambio de bienes y servicios.

Los hombres son autores de la sociedad por un pacto originario que permite la conquista de la paz social que diluye los conflictos y el Estado asume el monopolio de la fuerza física. Postula la monarquía.

Para Rousseau (1712-1778) el orden social se crea para atenuar los efectos producidos tras haber abandonado el estado natural y la pérdida de la igualdad. El Estado de naturaleza es un estado feliz y pacífico. La creación de la sociedad civil, es la fuente de todos los males y desencadena conflictos por la posesión de los bienes.

Rousseau habla de un poder soberano despersonalizado en la “voluntad general” que es la unión de todos y sumisión de todos al todo. El pueblo es constituyente del orden social. Propone la forma de gobierno democrática fundada en el contrato social.

Marx (1818-1883) parte de que el Estado es producto del desarrollo de la historia entendida como un proceso de lucha de clases. En el capitalismo, el Estado representa los intereses particulares de una clase, la burguesía, siendo un “instrumento de opresión” de las clases dominantes. Es la expresión política de una sociedad construida sobre una determinada base o estructura económica. Marx cuestiona la idea del Estado como encarnación del interés general, separado de la sociedad.

Para Weber (1864-1920) El Estado ejerce el monopolio legítimo de la coerción o de la violencia para disciplinar a la sociedad dentro de un orden determinado. Este autor aborda la problemática de la dominación como búsqueda del criterio de legitimidad del poder. Éste es entendido como la capacidad de doblegar la voluntad del otro.

El Estado moderno es una asociación de tipo institucional, que en el interior de un territorio ha tratado con éxito de monopolizar la coacción legítima como instrumento de dominio. El poder funciona como una administración y la tendencia en la lógica capitalista es a la racionalización burocrática.

58PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

3. Las principales funciones del Estado

• Asegurar el orden y la armonía social (función político ideológica): prevenir, reducir y eliminar conflictos. Se desarrolla a través del: establecimiento de normas; la asignación de recursos materiales y simbólicos (que fortalecen el sentimiento de pertenencia).

• Crear condiciones para el proceso de acumulación (función económica). Se cumple a través de: la implementación de un marco legal y la construcción de infraestructura que posibiliten la ampliación del proceso de acumulación y la intervención en el proceso de producción y distribución.

• Obtener apoyo político (función política): se desarrollan políticas para consolidar el control del Estado.

Para cumplir estas funciones se desarrollan políticas estatales, que puedan estar orientadas a cumplir más de una ocupación a la vez.

4. Políticas públicas

Las políticas estatales no son “aleatorias” sino que se relacionan con las funciones que cumple el Estado en la sociedad y, podríamos agregar, que cambian de acuerdo a las condiciones que establece el modelo de crecimiento económico. Es decir, que las políticas estatales se ven condicionadas por las exigencias del modelo productivo.

La política pública como resultado político, es decir las acciones y decisiones de los gobiernos son esencialmente desenlaces, consecuencia de compromisos y negociaciones entre actores de distintas posiciones.

Los momentos de una política pública son:

• La agenda de gobierno: está compuesta por “el conjunto de problemas, demandas, cuestiones, asuntos que los gobernantes han seleccionado y ordenado como objetos de acción y objetos sobre los que han decidido que deben actuar o han considerado que tienen que actuar.”

• Las alternativas: una vez que el gobierno decide hacerse cargo de un problema, comienza el proceso de formulación de alternativas para proporcionar las soluciones. Las alternativas son “opciones de política, o cursos de acción alternativos o las diferentes estrategias de intervención para solucionar o mitigar el problema.” A la hora de tomar decisiones debe tenerse en cuenta no sólo la racionalidad, los valores de eficacia y eficiencia económica, sino también la viabilidad de las mismas.

• La implementación: es la etapa que constituye la puesta en acción, la ejecución de la decisión tomada en el momento anterior. El momento de la implementación de los programas no puede comprenderse al margen y separadamente de los medios de su ejecución. Modelos: top-down (de arriba abajo) y el bottom-up (contempla la implementación desde abajo).

• La evaluación: es un proceso de carácter permanente que acompaña todo el ciclo de la política (diagnóstico, proceso, resultados e impacto) e implica el análisis del desarrollo de procesos, el cumplimiento de las actividades y el logro de los resultados de los programas estatales. Genera un aprendizaje institucional que brinda información relevante para la toma de decisiones, permitiendo una retroalimentación en la gestión del programa.

59PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

La evaluación implica un proceso programado de reflexión sobre la acción -basada en procedimientos sistemáticos de recolección, análisis e interpretación de información- tendiente a emitir juicios valorativos fundamentados y comunicables sobre las actividades, resultados e impactos de los programas o proyectos.

ACTIVIDAD 1»A partir de la lectura anterior:• Responder: ¿Cómo definirían al Estado? ¿Cuáles son las categorías que definen al Estado moderno?• Definir qué es una política pública y los momentos que la constituyen.

5. Modelos de Estado en Argentina

1. El Estado liberal (1852-1945)Una de las características del Estado que se configuró a partir de la segunda mitad del

siglo XIX fue la fuerza del gobierno central que se impuso controlando todo el espacio social en toda el área territorial. Hecho que sólo pudo ser posible con el concurso y la participación de una fuerza militar al servicio y como parte de una clase social que llevaría cabo este proceso.

En el plano económico, el Estado se consolidó con el ingreso de capitales extranjeros y la conformación de un mercado nacional orientado a la agroexportación. Concomitantemente, se reforzaron los lazos con potencias económicas extranjeras, sobre la división de la economía y el trabajo a nivel continental; Gran Bretaña se constituía como proveedora de productos manufacturados, mientras la Argentina sería la proveedora de las materias primas. Además, este periodo se caracterizó por la incorporación de una gran masa de inmigrantes de Europa occidental. Va ser a partir de 1860 y los años inmediatamente subsiguientes, cuando termine este proceso de organización nacional.

Finalmente, la autonomía provincial, fue motivo de largas y duras tensiones con el gobierno central, que derivaron en conflictos armados de gran envergadura. Así, las relaciones, se extendieron a todo el territorio nacional, mientras que se realizaban obras de infraestructura y comunicación para consolidarlo. El elemento o modelo productivo central de este período lo constituyo la actividad agrícola.

El régimen político se constituyó de modo centralizado en la presidencia bajo la forma del unicato de control de las provincias. En cuanto a la participación ciudadana, el sistema político de entonces restringió el acceso de las mayorías a la toma de decisiones.

2. El Estado de corte populista nacional (1945-1955)La conocida crisis de los años 30 trajo, entre sus consecuencias, una pretensión

cada vez más grande de sustituir importaciones, en los países llamados periféricos. La necesidad de superar la tremenda recesión económica y el estancamiento, dio lugar a la necesidad de contar con un estado que busque un rol más protagónico.

Así, el Estado comienza a adquirir nuevas características y a arrogarse cada vez más facultades, se darán en esta nueva etapa cambios que tendrán como protagonistas a nuevos sectores sociales: el empresariado industrial y los obreros urbanos.

El Estado deja de concebirse como gendarme de los derechos individuales, propio del periodo anterior, para convertirse en el promotor de los derechos sociales caracterizándose por la intervención y por su acción en la prestación de acciones sociales, director en términos económicos y distribuidor del producto nacional.

El modelo económico concomitante de este tipo de relación Estado-sociedad se basó en un modelo de industrialismo sustitutivo que reemplazó al agroexportador agotado en la crisis del 30. En lo social se produce una profunda transformación demográfica producto de las migraciones internas del campo a la ciudad.

60PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

Es un periodo en el que el Estado adquiere un protagonismo inusitado en la promoción del crecimiento económico.

3. El Estado desarrollista (1955-1966)Luego de la llamada Revolución Libertadora cambia en la Argentina el régimen político,

pero continúa el modelo intervencionista del Estado en el desarrollo. Este modelo dominó la escena política hasta la segunda mitad de los años 60.

En términos de promoción social, preconizaba un fuerte sector público, el orden económico se basaba en un rol “medio” con intervención o regulación por medio de planificación. La idea fuerza de este modelo fue el crecimiento económico, lo que significó una postergación del Estado benefactor.

Políticamente, y en términos de la participación ciudadana, este modelo de Estado se desarrolló en el marco de una democracia con restricciones y proscripción. Fue un periodo que priorizó un rol de mayor protagonismo al empresariado y a la racionalidad del sector público en detrimento de los sindicatos y la movilización popular.

4. El Estado gendarme (1966-1983)Este modelo de Estado posterior al año 1966 y que se prolongó durante toda la década

del 70, se centró en una serie de conflictos de tipo armado que derivaron en una gran conflictividad social.

La actividad económica tuvo un marcado corte liberal, con un fuerte tono desindustrializador, que a posteriori, condicionaría a los gobiernos que le sucedieron. En cuanto a la política, la misma estuvo marcada por un gobierno no democrático, el cual centralizaba todas las decisiones que se llevaban a cabo y cercenaba cualquier tipo de participación de la sociedad en su conjunto, la cual, recién en 1983, volvería a recuperar la iniciativa, luego de elecciones libres.

5. El Estado socialdemócrata – liberal (1983-1989) – (1989-1999)Desde fines de la década de los 70, el impacto del endeudamiento nos encuentra en

otra crisis de modelo. En los 80, coincidentemente con el advenimiento de la democracia, estalla la crisis de la deuda externa y hacia fines de la década se produce la profundización de la crisis del Estado, que emerge fatalmente con el fenómeno de la “hiperinflación”. Paralelamente se da una situación inédita, como es el fuerte impacto de la globalización de la economía y las comunicaciones, y su consecuente impacto para la ejecución de pautas de economía de libre mercado.

Desde fines de los años 80 predomina, entonces, un modelo liberal de Estado que, en términos económicos, se expresó como lucha contra la inflación y a favor de la separación Estado-sociedad civil como herramienta para alcanzar la estabilidad económica.

Su fundamento se basó en la crítica al tamaño del Estado, a su ineficiencia, su burocracia, y la descontrolada expansión del gasto fiscal como freno al crecimiento económico y como responsable de la inestabilidad monetaria.

ACTIVIDAD 2»Luego de releer esta unidad:• Señalar un rasgo social, político y económico de cada modelo de Estado en la Argentina.• Comparar las características del Estado actual con los modelos de Estado descriptos.•¿Qué tipo de Estado consideran que tenemos actualmente? ¿Se acerca a algunos de los modelos explicados? Fundamenten su respuesta.

61PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

1. Primera parte: Estado federal

En la primera parte de esta segunda unidad realizaremos un recorrido por los siguientes temas:

- La ley fundamental de la Nación y la provincia de Buenos Aires: la Constitución argentina y la Constitución de la provincia de Buenos Aires.

- La conformación del Estado federal. Distribución de competencias entre la Nación y las provincias. La división de poderes. El Poder Ejecutivo en la Provincia de Buenos Aires.

Para abordar estos temas, vamos a contar con textos de lectura obligatorio:• Constitución Nacional• Constitución de la provincia de Buenos Aires• Mapa del Estado• Ley N° 10430• Ley de ministerios N° 13175• Decreto N° 1322/05

1. 1. Conformación del Estado federal

Distribución de competencias entre la Nación y las provincias

Desde el tiempo del Virreinato del Río de la Plata en el cual éramos una colonia española, se dividía al territorio en intendencias las que, con el paso del tiempo y la idea de la independencia del Estado español, fueron configurándose en las provincias que dieron origen a las que hoy integran nuestro país.

Desde que se empezó a gestar la idea de la independencia del Estado español y con más fuerza una vez concretado el 9 de julio 1816, las provincias fueron definiendo y proclamando la idea de un gobierno federal que las reuniera y llevara adelante los intereses que les fueran comunes.

Partiendo de estas concepciones, comenzó un periodo de negociaciones, firma de pactos y guerras entre las distintas provincias que culminaron con la sanción de la Constitución Nacional de 1853, a la cual se sujetaban todas las provincias menos la de Buenos Aires. Sin embargo, no se perdía la esperanza ni las intenciones de que esta provincia integrara el Estado federal. Fracasadas las negociaciones, Urquiza derrotó a Mitre, quién comandaba el ejército de Buenos Aires, dando origen a las conversaciones de paz que culminaron con la firma del Pacto de San José de Flores, por el cual Buenos Aires se incorporaría, una vez que se aprobara la Constitución, al Estado federal.

La Constitución nacional y provincial

Apuntes de clase: La Constitución nacional y provincial

UNIDAD 2

62PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

Buenos Aires aprueba la Constitución Nacional, pero con reservas y modificaciones, y desde 1860 queda incorporada al Estado federal.

De este modo, el Estado federal argentino nace por “voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes” y es a través de la Constitución Nacional que se adopta para nuestro gobierno la forma representativa republicana federal.

Esta forma de gobierno adoptada, trae aparejada la coexistencia de dos órdenes de gobierno, ambos autónomos y con atribuciones o competencias propias y exclusivas, que son:

• La Nación• Las provincias Al ser las provincias preexistentes al Estado argentino, fueron ellas quienes delegaron

expresamente ciertas atribuciones o funciones a la Nación. De este modo el Gobierno federal pasaría a tener a su cargo las cuestiones que involucraran a los intereses de todas las provincias que lo conformaron, tales como el manejo de las aduanas, la defensa externa, las cuestiones vinculadas al comercio exterior, el transporte en rutas interprovinciales, la reglamentación del Banco Federal con facultad para emitir una moneda única, la circulación interprovincial, etc.

Las provincias por su parte, conservaron todo aquello que no habían delegado al Gobierno nacional, y así lo plasmaron en el artículo 121 de la Constitución Nacional al señalar que “las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación.”

Por esta razón se considera a las competencias:• De la Nación: delegadas y determinadas expresamente• De las provincias: originarias y reservadas

1. 2. Organización republicana

La Constitución Nacional determina que tanto en el Estado nacional como las provincias deben adoptar la forma republicana de gobierno, lo que implica que las funciones deben dividirse, como garantía para los ciudadanos, en tres poderes:

• Poder Legislativo: su función específica es la de sancionar leyes por lo tanto se expresa a través de ellas.

• Poder Ejecutivo: su función principal es ejecutar las leyes y controlar su cumplimiento. Es el poder administrador y se expresa a través de decretos, resoluciones o actos administrativos.

• Poder Judicial: tiene a su cargo la administración de justicia y se expresa por medio de sus sentencias.

A modo de ejemplo podemos señalar:

63PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS

La Constitución Nacional al ser la norma suprema, debe ser observada por el Estado nacional y por todas las provincias. Se divide en dos partes principales:

• Declaraciones, derechos y garantías: como son derechos sociales (14 bis), igualdad ante la ley (16), el derecho de propiedad (17), el derecho de defensa (18), etc.

• Autoridades de la Nación: donde regula todo lo vinculado a los Poderes. Pero dado que las provincias son autónomas tienen la facultad de dictar sus

propias constituciones siempre y cuando, se observe primordialmente los principios, declaraciones y garantías determinadas por la Constitución Nacional. De este modo la pirámide normativa se establecería de la siguiente manera:

1) Constitución Nacional (y los pactos internacionales con jerarquía constitucional del art. 75 inc. 22 párrafo segundo CN).

2) Los pactos internacionales con jerarquía superior a las leyes (art. 75 inc. 22 primera parte e inc. 24 CN).

3) Las leyes nacionales.4) Constituciones provinciales (cada provincia respecto de su constitución).5) Leyes provinciales (cada provincia respecto las leyes emanadas de su Poder

Legislativo). La constitución de la Provincia de Buenos Aires también contiene una primera parte

con principios y garantías y una segunda parte en donde regula todo lo concerniente a los poderes de la provincia.

1. 3. Provincia de Buenos Aires

Como lo hemos señalado anteriormente la Provincia de Buenos Aires tiene sus propios poderes. El Poder Ejecutivo provincial es desempeñado por ciudadano con el título de gobernador y sus atribuciones están reguladas en los artículos 144 y siguientes de la Constitución provincial. El gobernador es el jefe de la Administración y tiene la facultad, entre otras cosas de nombrar y remover a los ministros, hacer ejecutar las leyes provinciales, nombrar a los empleados públicos que no tengan una elección distinta fijada por la constitución, etc. El cargo del mismo, actualmente, es desempeñado por la Lic. María Eugenia Vidal.

Estado nacional Provincia de Buenos Aires

Poder Ejecutivo: Presidente

Poder Legislativo: Cámara de Diputados yel Senado

Poder Judicial: Corte Suprema Justicia de Nación

Poder Ejecutivo: Gobernador

Poder Legislativo: Cámara de Diputados y el Senado.

Poder Judicial: Suprema Corte deBuenos Aires

64PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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La estructura de la administración provincial, que tiene como responsable al gobernador, está compuesta por ministerios, secretarías, subsecretarías, direcciones provinciales, direcciones, departamentos y divisiones en los casos que corresponden.

La Ley de Ministerios, actualmente la N° 13.175, es la que establece el número de ministerios y secretarías que tendrá la administración provincial y las competencias de cada uno de ellos.

La estructura de cada ministerio y secretaría será aprobada por uno o más decretos del gobernador y en ella se determinará las unidades estructurales que lo conforman y las acciones de cada uno de ellos.

Cada unidad estructural (sea direcciones provinciales, direcciones, departamentos, etc.) cuenta con personas trabajando dentro del marco de las acciones que tiene asignadas. Las relaciones de empleo entre un trabajador y el Estado provincial son regidas por la Ley Nº 10.430.

ACTIVIDAD 3»Distribución de competencias entre la Nación y la Provincia de Buenos Aires• Buscar en las constituciones respectivas tres (3) atribuciones de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Nación y tres (3) de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires.

Constitución Nacional. Constitución Provincial• Seleccionar un derecho o garantía establecido en la Constitución Nacional y explicar brevemente los motivos de su relevancia.• Relacionar el derecho o garantía seleccionado con algún artículo de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires donde lo contenga.

Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos AiresDeterminar, según la Ley Nº 13.175, a qué ministerio le corresponde las siguientes competencias:• Organizar y dirigir las policías de la provincia.• Elaborar y controlar la elaboración y ejecución del presupuesto provincial.• Proponer, intervenir, formular y ejecutar la política sanitaria provincial.• Proponer, elaborar y coordinar la política provincial en materia de la justicia.

1. 4. Estructura de la administración pública provincial

Los organismos estatales pueden clasificarse en centralizados, descentralizados y autárquicos, según las características de la competencia legalmente atribuida y la forma de organización.

La centralización implica que las facultades de decisión están reunidas en los órganos superiores de la administración. Integran nuestra administración central, los ministerios, secretarías de la Gobernación, etc.

Dentro de esas jurisdicciones hay organismos que, por sus características, requieren de mayores atribuciones para agilizar la actividad de la administración centralizada y desempeñarse con eficacia. Son los llamados descentralizados o desconcentrados, a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere atribuciones en forma regular y permanente y cierto poder de iniciativa y decisión. Se encuentran jerárquicamente subordinados, carecen de personalidad jurídica y de patrimonio propio; un ejemplo es la Policía Bonaerense.

65PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Por su parte, los entes autárquicos son organismos que tienen personalidad jurídica propia distinta de la del Estado, patrimonio propio y el poder de decisión que corresponde a los órganos del ente. No dependen jerárquicamente del Poder Ejecutivo, pero están sujetos a mecanismos de control administrativo. Es una persona jurídica de derecho público, que también integra los cuadros de la administración y por lo general está creada por ley. Ejemplo de ello, son el IOMA, el Instituto Cultural de la Provincia o el Patronato de Liberados.

La estructura orgánico funcional de la administración pública provincial (Poder Ejecutivo) tiene organismos centralizados, descentralizados y autárquicos. En su órbita actúan también los llamados organismos de la Constitución, por estar previstos en ella. Es el caso de la Contaduría General de la Provincia, la Tesorería General, Fiscalía de Estado, y el Tribunal de Cuentas, órganos encargados de velar por la integridad del patrimonio estatal, a cuyo efecto la propia Constitución les reconoce un marco de estabilidad. El mismo se traduce en que poseen leyes orgánicas propias y está previsto un mecanismo especial para el nombramiento de los respectivos titulares.

La administración central se organiza básicamente mediante la Ley de Ministerios, que va modificándose a través de las diferentes gestiones y traduce la forma en que el Poder Ejecutivo decide organizarse para cumplir con su plan de gobierno. En marzo de 2004 se sancionó la Ley de Ministerios 13.175, actualmente vigente.

ACTIVIDAD 4»Luego de leer el apunte, señalar en el cuadro las principales características y ejemplos.

DescentralizadosCentralizados Autárquicos

Características

Ejemplo

1. 5. Organismos según Ley de Ministerios 13.175

La actual Ley de Ministerios (13.175) establece las competencias de cada uno de los organismos que componen la administración pública provincial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 147 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires. A continuación, se presentan los aspectos generales de las competencias de cada una de las jurisdicciones.

• Ministerio de Gobierno:De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 "le corresponde al Ministerio de Gobierno

asistir al gobernador de la Provincia en todo lo inherente a la determinación, ejecución y coordinación de las políticas relacionadas con el gobierno político y de aplicación a los municipios, a las entidades intermedias y profesionales al ejercicio pleno de los principios, derechos y garantías constitucionales..."

Sitio oficial:• http://www.gob.gba.gov.ar/

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66PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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• Ministerio de Economía:De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17: "Le corresponde al Ministerio de

Economía asistir al gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas necesarias a la previsión, percepción, administración, inversión y fiscalización de los medios económicos y financieros de la administración provincial..."

Sitio oficial:• http://www.ec.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.mjus.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.mseg.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.maa.gba.gov.ar

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• Ministerio de Justicia:El art.18 contempla que "le corresponde al Ministerio de Justicia asistir al gobernador

de la Provincia en la determinación de las políticas relativas a la relación con el Poder Judicial y al ejercicio pleno de los principios, derechos y garantías constitucionales..."

• Ministerio de Seguridad:En el artículo 19 dispone que "le corresponde al Ministerio de Seguridad asistir al

gobernador de la Provincia en la determinación, coordinación y ejecución de las políticas provinciales en materia de seguridad pública...".

• Ministerio de Asuntos Agrarios:El artículo 20 determina que "le corresponde al Ministerio de Asuntos Agrarios, asistir

al gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas conducentes al ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades agropecuarias y pesqueras..."

67PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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• Ministerio de la Producción:El artículo 21 contempla que "le corresponde al Ministerio de la Producción asistir

al gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas conducentes al ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades industriales, mineras, comerciales y portuarias, promoviendo inversiones y la radicación de emprendimientos productivos, así como en todas aquellas políticas en materia de producción..."

Sitio oficial:• http://www.mp.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.ms.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.mosp.gba.gov.ar/

Sitio oficial:• http://www.desarrollohumano.gba.gov.a

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• Ministerio de Salud: Según el artículo 22, "le corresponde al Ministerio de Salud asistir al gobernador de

la Provincia en la determinación de las políticas y acciones asistenciales en materia de salud integral de la población, a través de la prevención, recuperación, asistencia y mantenimiento de la salud..."

• Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos: Refiere el artículo 23 "Le corresponde al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y

Servicios Públicos asistir al gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas necesarias a la planificación, ejecución y control de las obras públicas y la vivienda, de la prestación de los servicios públicos..."

• Ministerio de Desarrollo Humano:El artículo 24 determina que "le corresponde al Ministerio de Desarrollo Humano

asistir al gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas necesarias para la protección de la familia, el discapacitado, la igualdad de la mujer, el acceso a la vivienda digna, el bienestar de la población bonaerense y en general el pleno desarrollo humano incentivando la acción solidaria..."

68PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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• Ministerio de Trabajo:El artículo 25 estipula que "le corresponde al Ministerio de Trabajo asistir al Sr.

gobernador de la Provincia en la determinación de las políticas de empleo, en el conocimiento a las cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas, el ejercicio indelegable del poder de policía en materia laboral..."

Sitio oficial:• http://www.trabajo.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.jg.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.sg.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.styd.gba.gov.ar/

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• Jefatura de Gabinete:El artículo 26 determina las competencias de la Jefatura de Gabinete entre las

que se destacan: la convocatoria y coordinación de las reuniones de gabinete de ministros, la creación y diseño de comisiones y programas interministeriales, los asuntos de protocolo y ejercer el control de gestión planes y programas de las distintas áreas de gobierno.

• Secretaría General de la Gobernación:De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 le compete a la Secretaría General de

la Gobernación asistir al gobernador de la Provincia en las cuestiones que pueden resumirse en: la coordinación del despacho del ejecutivo, atender los asuntos en materia de ordenamiento legislativo, dar trámite a los proyectos de ley sancionado por la legislatura, entre otras.

• Secretaria de Turismo y Deporte:Según el artículo 31 "le corresponde a la Secretaría de Turismo y Deporte asistir al

Gobernador en la determinación y ejecución de las políticas provinciales en materia de turismo y deporte..."

69PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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• Secretaría de Política Ambiental: El artículo 32 contempla que "la Secretaría de Política Ambiental tendrá por finalidad

planificar, formular, proyectar, fiscalizar y ejecutar la política ambiental, así como preservar los recursos naturales del Estado provincial..."

Sitio oficial:• http://www.spa.gba.gov.ar/

Sitio oficial:• http://www.sdh.gba.gov.ar/

Sitio oficial:• http://www.spd.gba.gov.ar

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• Secretaría de Derechos Humanos:

El artículo 30 estipula que "la Secretaría de Derechos Humanos tendrá a su cargo asistir al Poder Ejecutivo en los planes, programas y políticas relativas a la promoción y defensa de los derechos humanos, a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación de grupos o personas..."

• Secretaría de Prensa y Comunicación Social:El artículo 29 dispone que le compete a la Secretaría de Prensa y Comunicación Social

asistir al gobernador de la Provincia en alguna siguientes cuestiones: programar y ejecutar la difusión pública de los actos de gobierno, organizar el apoyo necesarios para la difusión de las distintas acciones de gobierno, coordinar las actividades periodísticas y de divulgación de la información requerida por los distintos organismos provinciales y municipales, atender al funcionamiento de la emisora L.S.11 Radio Provincia de Buenos Aires e intervenir en el funcionamiento de los servicios de telecomunicación y radiodifusión.

• Asesoría General de Gobierno: El artículo 37 determina que "el Poder Ejecutivo será asistido en todos los aspectos

jurídicos por la Asesoría General de Gobierno, la que ejercerá sus funciones de asesoramiento y representación judicial de conformidad con lo prescripto en su Ley Orgánica..."

70PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Sitio oficial:• http://www.egg.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.cic.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.ic.gba.gov.ar

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• Escribanía General de Gobierno:Como indica el artículo 2 de la ley orgánica 10.830, "la Escribanía General de

Gobierno intervendrá en la autorización de todos los instrumentos públicos notariales que documenten actos o negocios en los cuales sea parte el Estado provincial, sus organismos descentralizados, autárquicos o empresas provinciales y en general en aquellos casos en que por motivo de interés social lo dispongan las normas que al efecto se dictaran". Además, tiene como función las regularizaciones dominiales de interés social que involucren a particulares cuando así lo requieran el Poder Ejecutivo Provincial o las municipalidades y la ejecución de los actos propios para el ejercicio de su función notarial emergente de la Ley 10830.

1. 6. Entes autárquicos con dependencia directa del Poder Ejecutivo

• Comisión de Investigaciones Científicas La Comisión de Investigaciones Científicas (CIC) es un ente descentralizado con

autarquía en el manejo de sus fondos y la realización de sus fines científicos, y que tiene la capacidad para actuar pública y privadamente.

La ley orgánica de la CIC establece como misión el patrocinio, la orientación, y la realización de investigaciones científicas y técnicas, dentro de la política general que fije el Poder Ejecutivo. Asimismo, se constituye como órgano de asesoramiento en temas de su competencia al Poder Ejecutivo y organismos de la Provincia y a otros recurrentes.

• Instituto Cultural de la provincia de Buenos Aires A través de la Ley 13.056 la Subsecretaría de Cultura se transformó en el Instituto

Cultural, un organismo autárquico de derecho público con rango ministerial y dependencia directa del Poder Ejecutivo provincial. El mismo tiene la capacidad para actuar pública o privadamente dentro del ámbito de la competencia que le asigna dicha ley.

Es el órgano de gobierno encargado de asistir al Ejecutivo provincial en el diseño, ejecución y supervisión de las políticas provinciales en materia de conservación, promoción, enriquecimiento, difusión y extensión del patrimonio histórico y artístico-cultural de la provincia de Buenos Aires.

71PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Sitio oficial:• http://www.tesoreria.gba.gov.ar

Sitio oficial:• http://www.tribctas.gba.gov.ar

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1. 7. Organismos de la Constitución • Junta ElectoralLa Junta Electoral está integrada por los presidentes de la Suprema Corte de Justicia,

el Tribunal de Cuentas y las tres cámaras de Apelación del Departamento de la Capital, bajo la presidencia del primero. El artículo 63 de la Constitución provincial establece las atribuciones de la misma en: formar y depurar el registro de electores; designar y remover los electores encargados de recibir los sufragios; realizar los escrutinios, sin perjuicio de lo que disponga la Legislatura en el caso de resolver la simultaneidad de las elecciones nacionales y provinciales; juzgar de la validez de las elecciones; diplomar a los legisladores, municipales y consejeros escolares, quienes con esa credencial quedarán habilitados para ejercer sus respectivos mandatos.

• Tesorería general La Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires tiene fijadas las competencias

en el artículo 156 de la Constitución provincial. Entre las más importantes se puede mencionar: la centralización y el registro diario del movimiento de los ingresos y egresos de fondos, títulos y valores que se encuentran a su cargo; la planificación del financiamiento hacia los sectores público y privado en función de las políticas que al efecto se fijen; la elaboración del presupuesto de caja de cada ejercicio una vez sancionado el presupuesto de la administración general, elevarlo al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Economía e informar mensualmente sobre su ejecución; asesorar al Poder Ejecutivo en materia de su competencia; confeccionar y remitir a la Contaduría General de la Provincia el balance de movimientos de fondos, títulos y valores; llevar los registros de poderes, contratos de sociedades, cesiones y prendas y embargos, etc.

• Tribunal de CuentasDe acuerdo a lo dispuesto por el artículo 159 de la Constitución provincial "La Legislatura

dictará la ley orgánica del Tribunal de Cuentas. Este se compondrá de un presidente abogado y cuatro vocales contadores públicos, todos inamovibles, nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Podrán ser enjuiciados y removidos en la misma forma y en los mismos casos que los jueces de las Cámaras de Apelación." El mismo marco normativo fija las siguientes atribuciones para el Tribunal:

· Examinar las cuentas de percepción e inversión de las rentas públicas, tanto provinciales como municipales, aprobarlas o desaprobarlas y en este último caso, indicar el funcionario o funcionarios responsables, como también el monto y la causa de los alcances respectivos;

· Inspeccionar las oficinas provinciales o municipales que administren fondos públicos y tomar las medidas necesarias para prevenir cualquier irregularidad en la forma y con arreglo al procedimiento que determine la ley.

72PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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• Fiscalía de EstadoLa actual Constitución de la Provincia de Buenos Aires contempla en su artículo 155

la existencia de un funcionario que denomina Fiscal de Estado, al cual le atribuye el carácter de defensor de los intereses patrimoniales del Estado local. Dicha norma dispone: “Habrá un Fiscal de Estado inamovible, encargado de defender el patrimonio del Fisco, que será parte legítima en los juicios contencioso-administrativos y en todos aquellos en que se controviertan intereses del Estado. La ley determinará los casos y la forma en que ha de ejercer sus funciones. Para desempeñar este puesto se requieren las mismas condiciones exigidas para los miembros de la Suprema Corte de Justicia. Esa regulación constitucional se complementa con lo dispuesto en los artículos 60, 66 y 132 inciso 18 de ese mismo estatuto provincial. En el primero de ellos se establece que compete a la Cámara de Diputados acusar ante el Senado -entre otros funcionarios- al Fiscal de Estado por delitos en el desempeño de sus funciones o falta de cumplimiento a los deberes a su cargo. Por su parte, la segunda de dichas normas hace referencia a la atribución que tiene el Senado de juzgar en juicio político a los acusados por la Cámara de Diputados, constituyéndose al efecto en tribunal y prestando sus miembros “juramento o afirmación para estos casos”. Finalmente, el citado art. 132 inc. 18 de la Carta Magna bonaerense prevé que es atribución del gobernador de la Provincia nombrar, con acuerdo del Senado, al Fiscal de Estado (ap. 1°).

Nos encontramos, pues, frente a una magistratura que ha sido instituida en la Constitución de la Provincia con las siguientes características:

· Inamovilidad vitalicia de su titular, quien sólo puede ser removido mediante el procedimiento de juicio político reglado en ese mismo estatuto fundamental;

· Requisitos para el desempeño del cargo iguales a los exigidos a los miembros de la suprema corte de justicia local; y

· Funciones de defensa del patrimonio fiscal, con el carácter de parte legítima en todos los juicios en que se controvierten los intereses del estado provincial.

Sitio oficial:• http://www.fiscalia.gba.gov.ar

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• Contaduría GeneralEl artículo 82º de la Constitución Provincial prescribe que “el Senado presta su

acuerdo a los nombramientos que debe hacer el Poder Ejecutivo y le presenta una terna alternativa para el nombramiento del Contador General y Subcontador de la Provincia”, estableciéndose el modo de elección y el respectivo ámbito de su actuación.

En el caso particular del Contador y Subcontador General de la Provincia, la metodología aplicada desde 1873 hasta el presente reconoce la facultad del Poder Ejecutivo de proceder a la designación de ambos funcionarios por el término de cuatro años, dándole suficiente estabilidad para desempeñar el cargo con la independencia de criterio que corresponde a todo órgano de contralor.

El marco legal se completa con la ley orgánica Nº 8827 donde se determina la competencia del organismo con relación a la totalidad de las reparticiones que integran el gobierno provincial, de manera que comprende a las dependencias de los tres Poderes del Estado y los restantes Organismos de la Constitución, definiendo como funciones liminares las de asesoramiento, control interno, registro e información de la gestión económica financiera de la hacienda Pública Provincial, con independencia funcional en el desempeño de su misión específica.

73PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Sitio oficial:• http://www.cgp.gba.gov.ar/

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De igual modo, la Ley de Contabilidad vigente que lleva por número 7764/71 estipula que “todos los actos u operaciones comprendidos en la presente ley, deben hallarse respaldados por medio de documentos y registrarse contablemente de modo que permita la confección de cuentas, estados demostrativos y balances que hagan factible su medición y juzgamiento”, tarea ésta que se instrumenta a través de la rendición de cuentas y es representativa de la integración funcional que se establece entre la Contaduría General de la Provincia y el Tribunal de Cuentas, ya que es el punto de partida del “juicio de cuentas” a que debe someterse todo funcionario responsable de la administración de fondos públicos.

Este mismo cuerpo legal, al referirse al registro de las operaciones determina el ordenamiento de la contabilidad pública, a través del sistema financiero, que comprende a la contabilidad presupuestaria y de movimiento de fondos y valores, y a través del sistema patrimonial que se conforma con el registro de los bienes del estado y el registro de la deuda pública.

Como complemento de estos sistemas, al Contaduría General de la Provincia lleva los registros necesarios para el control de los cargos y descargos que se formulan a las personas o entidades obligadas a rendir cuentas de fondos, valores o bienes administrativos por cuenta del Estado. De este modo vuelven a entrelazarse los Organismos de la Constitución ya que los pagos por Tesorería habilitan la formulación del cargo al respectivo responsable, mientras que la rendición de cuentas por parte de éste se traduce en el registro del descargo, quedando habilitado el proceso de control a través del “juicio de cuentas” que practica el Tribunal de Cuentas.

• Dirección General de Cultura y EducaciónDe acuerdo al artículo 201 de la Constitución provincial "El gobierno y la administración

del sistema cultural y educativo provincial, estarán a cargo de una Dirección General de Cultura y Educación, autárquica y con idéntico rango al establecido en el artículo 147. La titularidad del mencionado organismo será ejercida por un Director General de Cultura y Educación, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Durará cuatro años en su mandato pudiendo ser reelecto, deberá ser idóneo para la gestión educativa y cumplir con los mismos requisitos que para ser senador. El Director General de Cultura y Educación debe priorizar el control de la calidad en la prestación del servicio educativo.

Sitio oficial:• http://abc.gov.ar

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• Consejo de la MagistraturaEl marco legal de la Constitución provincial establece como función indelegable del

Consejo de la Magistratura la selección de los postulantes a jueces y miembros del poder judicial a excepción de la Suprema Corte de Justicia, el Procurador General y el Subprocurador, mediante procedimientos que garanticen adecuada publicidad y criterios objetivos predeterminados de evaluación, privilegiando la solvencia moral, la idoneidad y el respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos. Su composición se fija, equilibradamente, con representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo, de los jueces de las distintas instancias y de la institución que regula la matrícula de los abogados en la Provincia.

La conformación del Consejo de la Magistratura debe contar con un mínimo de quince miembros. Con carácter consultivo, y por Departamento Judicial, lo integrarán jueces y abogados; así como personalidades académicas especializadas. Por ejemplo:

· Instituciones de Seguridad Social· Instituto Obra Médico Asistencial (art. 40 de la Constitución provincial)· Instituto de Previsión Social (art. 40 de la Constitución provincial).

ACTIVIDAD 5»Realizar un cuadro sinóptico en el que se describa, de manera sintética, la organización de la provincia de Buenos Aires y sus correspondientes vinculaciones, inter e intraorganizacionales, siempre conforme a lo descripto en la unidad bajo análisis.Para obtener información adicional sobre cada organismo, pueden consultar a los sitios oficiales que figuran en el apunte.

2. Segunda parte: Los municipios

En esta segunda parte se abordarán los siguientes temas:

• Los municipios en la provincia de Buenos Aires• Derecho administrativo municipal• Gestión legislativa municipal• Los nuevos desafíos del Estado municipal• Regionalización y desarrollo territorial

75PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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2. 1. Estado municipal en Argentina Aun cuando los Estados provinciales y el Estado nacional hayan configurado nuestra

identidad, el Estado municipal es un Estado con historia en la Argentina. Los cabildos, una institución de origen hispánico con funciones ejecutivas a nivel local, continuaron organizando la vida de los principales centros urbanos luego de la Revolución de Mayo. Este rol es cuestionado en 1821, cuando se dicta la ley que los suprime, desdibujando tempranamente lo que podría llamarse un "gobierno local". Ya entonces se invocaba el milagro de la "mano dura", y el poder territorial se delega en jefes policiales.

Haciendo referencia a Rivadavia, a quien se considera autor de la iniciativa, A. Uslenghi, comenta: "Si bien la organización de los cabildos era defectuosa en cuanto no se atendían debidamente las necesidades de la población, no se estableció un sistema orgánico en sustitución de ellos, lo que no dejó de ser otra de las grandes contradicciones de quien después ha sido considerado, por un sector de nuestros historiadores, como iniciador del proceso encaminado a transformar nuestras instituciones fundamentales."

El autor citado expresa que “esa falta de transición entre un régimen municipal, de tipo aristocrático, basado en el gobierno de los vecinos más calificados -como era el de los Cabildos- al sistema democrático que cobró impulso después de la Constitución de 1853, fue uno de los elementos que dificultó la formación de una cultura política municipal arraigada y de una tradición administrativa que se inspirara en la protección de los habitantes y en la atención de sus necesidades primordiales."

Esta herida inicial debilitó el impulso de una cultura municipal, y crecieron tanto las responsabilidades como las expectativas alrededor del Estado Nacional y los Estados provinciales. Allí se dirimió nuestra historia y nuestra ideología.

2. 2. Los municipios en la provincia de Buenos Aires La provincia de Buenos Aires, por su historia de avance y “conquista” de su “desierto”,

tuvo un proceso de ocupación del territorio que la alejó de la tradicional fundación de aldeas y ciudades, una tradición que pudo preservarse en los territorios colonizados por grupos que se asentaban en períodos de paz -el caso de la colonización de Santa Fe o Entre Ríos-, o en espacios que resguardaron tradiciones hispánicas, como Córdoba, el noroeste argentino o Cuyo. En la provincia de Buenos Aires, las ciudades crecieron alrededor de fuertes, puertos y nudos ferroviarios, por la especulación en tierras propia del siglo XIX, o se trataba de colonias que debían resguardarse del “agresor”, en una pampa hasta ese momento “inhóspita”, a la que se definía como “desierto”.

El marco legal forma parte de esta historia. Los municipios de la provincia de Buenos Aires son regulados por el Decreto Ley N° 6.769/58, Ley Orgánica de Municipalidades. No se autoconstituyen, ni normativa ni históricamente: es el gobierno provincial el que les da origen, aun cuando la Constitución Nacional proclame su autonomía. En este contexto, el Estado municipal es el producto de conceptos y visiones que sobre el rol municipal han tenido los gobiernos provinciales.

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2. 3. Régimen de personal Otra característica distintiva de los municipios bonaerenses es su limitada capacidad

para abordar problemas macro-estructurales, cuya resolución está en manos de otros niveles estatales. Sin embargo, a las puertas del municipio golpean, cada día con más fuerza la inseguridad, la pobreza, el desempleo. En este último campo, los municipios ensayaron una respuesta que los configura: la incorporación de personal a la planta administrativa municipal, mecanismo que traslada el problema al déficit público.

Este ofrecimiento discrecional del recurso público más cercano a las necesidades y demandas sociales -ante la imposibilidad o incapacidad de lograr acuerdos de desarrollo económico para la generación de oportunidades laborales- forma parte de un amplio espectro de ofrecimientos discrecionales conocidos con el nombre de clientelismo.

Al no existir mecanismos de convocatoria y selección para el ingreso, el empleado que conoce las vacantes que se producen, solicita a sus superiores el ingreso de los “suyos”. Así, en un marco de información restringida sobre el tema, se genera un alto grado de parentesco entre los integrantes de los planteles estables de las estructuras orgánico funcionales. De hecho, muchos trabajadores municipales creen que existe alguna normativa al respecto. Este fenómeno sustenta la paradoja fundacional de la burocracia municipal: los empleados de planta se arrogan la defensa de la "neutralidad política" de la organización, pero su ocupación tiene lugar por caminos alejados de la racionalidad que se invoca..

El clientelismo descripto abarca también los mecanismos de locación de obras y servicios. Los proveedores y contratistas del Estado han formado una "patria" que se ha hecho tristemente célebre. Su forma de operar a nivel nacional y provincial se reproduce en el nivel municipal.

2. 4. El municipio como oportunidad Las configuraciones sociales de la era de la globalización plantean, con sus expectativas,

un desafío histórico a los municipios de la provincia: dejar de lado una función de corte administrativo que convive dificultosamente con la actividad política territorial. Superar los mecanismos clientelísticos que se utilizan tanto en el campo administrativo como en el político, para pasar a ser los mediadores entre el Estado y la sociedad, promoviendo diálogos directos y eficaces que instalen prácticas democráticas a nivel local y regional.

ACTIVIDAD 6»• Señalar dos características de los municipios de la Provincia de Buenos Aires que consideren relevantes para su conceptualización.• ¿Las ordenanzas municipales las sanciona el Departamento Ejecutivo, el Concejo Deliberante o ambos?

77PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Vínculos que unen políticas

Al visitar tu municipio, podrás notar distintas políticas públicas que buscan acortar distancias con los vecinos. Un ejemplo de esto, es la propuesta “El Estado en tu Barrio”.

Veamos los siguientes videos para conocer algunas de las acciones que ofrece esta iniciativa:

•“Acá estamos. Juntos. - El Estado en tu Barrio”https://www.youtube.com/watch?v=5qr1eyR2eag•“Acá estamos. Juntos en Morón - El Estado en tu Barrio”https://www.youtube.com/watch?v=c23b4sYfOXM•“Acá estamos. Juntos en Jujuy - El Estado en tu Barrio”https://www.youtube.com/watch?v=uDGdepwjdCg•“Acá estamos. Juntos en Santiago del Estero - El Estado en tu Barrio”https://www.youtube.com/watch?v=7QMGjSxiMdI

VIDEO

Como podemos ver, la iniciativa vincula reparticiones nacionales con las distintas jurisdicciones a fin de poder resolver los trámites personales en lugares cercanos a los vecinos de una manera fácil, rápida y sin intermediarios. Podrán ingresar en este sitio web para ver las ofertas disponibles para provincia de Buenos Aires:

https://www.argentina.gob.ar/elestadoentubarrio/buenosaires

En este marco podemos profundizar en una de las ofertas: por ejemplo, en Educación. La Dirección de Educación de Adultos de la Provincia de Buenos Aires participa en estos espacios para asesorar a los interesados sobre las distintas ofertas educativas, orientación en la más apropiada a las necesidades de los jóvenes y adultos y la inscripción en la misma.

Las políticas intersectoriales integradas con otras carteras buscan potenciar las acciones del Estado dando respuesta a todos los sectores que conforman nuestra sociedad.

78PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Ética y función pública

Apuntes de clase: Ética y función pública

UNIDAD 3

1. Ética y función pública

A modo de introducción, definiremos la ética, según la Real Academia Española, la que expresa que el mismo, deviene del latín ethicus, usado como adjetivo “recto”, en su acepción como “conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en la vida”. Siguiendo a Hans Driesch, la ética es una disciplina que forma parte de la filosofía y tiene como tarea la reflexión sobre la particularidad del ser humano de auto limitarse, a pesar de la libertad absoluta de decisión para actuar de acuerdo a lo que nuestra propia conciencia nos indica, dando origen a la moral, ésta última como conjunto de normas creadas por el hombre para la realización del bien.

Resulta necesario señalar, además, que la ética pública no es un tema abstracto que se pierde en postulados del deber ser, o un conjunto caprichoso de buenos propósitos sin contenido específico. Por el contrario, en nuestro país, a lo largo del tiempo se ha venido diseñando un sistema normativo formal, que con precisión y coherencia técnica regula la conducta ética de los servidores públicos.

2. Principios éticos

Los principios éticos universales se pueden describir como reglas de conductas o comportamientos esperados en su desempeño en la función que se formulan en un Código de Ética; lo que resulta aplicable a la función pública.

En el marco de la ética que es exigible a funcionarios públicos como a los particulares, ambos tienen el derecho y deber de obrar con probidad y controlar los actos públicos.

En todo Estado de derecho, la ley debe gobernar la Nación e imponerse a la decisión individual de sus funcionarios, tal es el principio inglés “The rule of law”, estableciéndose como límite o restricción del comportamiento, cuya frase se remonta a Aristóteles “la ley debe gobernar”, al siglo XVI de Gran Bretaña y luego, citada en el siglo XVII por Samuel Rutherford en su argumento contra el poder de los reyes.

Los principios éticos, son bases fundamentales del sistema democrático y del derecho, cuyo sustento proviene de la manda constitucional prevista en el artículo 36, conforme al texto reformado en el año 1994, la que expresa que “Atentará contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley de ética pública para el ejercicio de la función”.

En este orden, ese marco programático se hizo efectivo en Argentina, mediante el posterior dictado de la Ley de Ética de la Función Pública N° 25.388 y su posterior reglamentación, como así también las respectivas modificaciones.

79PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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En el plano convencional, Argentina ratificó por Ley N° 24.759, la Convención Interamericana contra la Corrupción, la que promueve el desarrollo de medidas y acciones para erradicar dichos actos de la función pública, mediante normas para el adecuado comportamiento y prevenir los conflictos de intereses (tales como los decretos números 201/17 y 202/17), estableciendo los delitos internacionalmente reprochables que deben regir en el derecho interno.

Siguiendo con la exposición de principios éticos, se puede deducir que, son una especie del género de principios generales de la justicia tales como la legalidad, la publicidad, transparencia, concurrencia, control de los actos públicos, igualdad, dignidad, libertad.

Entre los principios éticos, en el marco jurídico argentino se encuentran los siguientes:

• Honestidad y probidad: el artículo 8 del Decreto N° 41/1999 establece que el funcionario público debe actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechar la ventaja personal; debiendo actuar con honradez. El que es receptado a través de la veracidad, transparencia, fundamentación y evaluación, ejercicio adecuado de un cargo, uso adecuado de los bienes y del tiempo, régimen de declaraciones juradas, de beneficios y regalos, los cuales han sido estipulados mediante deberes y prohibiciones en la Ley de Ética Pública.

• Rectitud, justicia y equidad: artículo 10 del Código de Ética, el funcionario público debe tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que es debido, tanto de sus relaciones con el Estado, el público, sus superiores y subordinados.

• Dignidad: honor, decoro, austeridad y templanza, tolerancia: el artículo 11 del código de ética refiere a la templanza; ejercicio de las funciones con respeto y sobriedad, usando las prerrogativas inherentes a su cargo y los medios que dispone para el cumplimiento de sus funciones y deberes; evitando ostentaciones que ponga en duda su honestidad.

• Responsabilidad: idoneidad, aptitud, capacitación, obediencia, el artículo 13 del Código de ética dispone respecto a la responsabilidad que el funcionario público debe esforzarse por ser honesto en el cumplimiento de sus deberes y brinda una relación de proporcionalidad a mayor cargo es mayor responsabilidad.

• Prudencia: discreción, uso adecuado de la información; el Código de ética prevé en el artículo 9, la prudencia, aludiendo a la actuación como conocimiento de las materias sometidas a su consideración, con diligencia de un buen administrador; debiendo inspirar confianza y fidelidad respecto a los bienes del Estado.

80PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Con respecto a los principios de buena fe y colaboración como al de cumplimiento de la juridicidad, el Código de Ética los integra en los principios particulares, entre otros como la aptitud, capacitación, evaluación, veracidad, transparencia, declaraciones juradas, obediencia, independencia de criterio, equidad, igualdad de trato, ejercicio adecuado del cargo, uso adecuado de los bienes del Estado y del tiempo en el trabajo, colaboración, uso de información, obligación de denunciar, dignidad y decoro, honor, tolerancia, equilibrio, muchos de los cuales Nielsen y Comadira ya los han catalogado dentro de los principios generales.

Resulta conveniente señalar que los Códigos de Ética, surgen de las actividades de la Office of Government Ethics de Estados Unidos de América y particularmente en las recomendaciones del Informe Nolan.

3. Convenciones internacionales y conciencia universal de la ética pública

Ahora bien, la conciencia de la ética en la función pública se encuentra globalizada, como así también la responsabilidad de los Estados de instar medidas de acción positivas para cumplir normas convencionales vigentes, tales como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención sobre la Lucha contra el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales.

Tal es así, que podemos mencionar, algunos países de Europa fundamentalmente diferencian entre los Códigos de Ética y los Códigos de Conducta, en los que se diferencias las políticas o estrategias insertas en la comunidad de los servidores públicos, tales como protocolos o guías de actuación.

En tal sentido la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), recomienda el cumplimiento de los siguientes valores éticos: servir al interés público, transparencia, integridad, legitimidad, justicia, receptividad, eficacia y eficiencia.

Como ejemplo cercano, podemos mencionar que la República de Chile cuenta con un compendio de Normas sobre ética y probidad en el ejercicio de la función pública, entre las que se encuentran la Ley N° 19.653 “Ley de Probidad”, Ley N° 19.882 de “Alta Dirección Pública” y Ley N° 19.886 de “Contratación pública”; en todas ellas contiene principios éticos para el ejercicio de la función pública chilena.

La comunidad internacional requiere de conductas y comportamientos probos, de transparencia en la gestión y de ética dentro como entre los Estados partes, cuya seguridad de interrelaciones brinda confianza internacional, siendo responsables de su cumplimiento tanto el sector público como los particulares que detentan intereses sociales por el buen comportamiento de los funcionarios públicos.

En conclusión, si nos remontamos a la triada iuris praecepta de Ulpiano y si se la aplica a todos los órdenes de la vida, “viviremos honestamente, practicaremos la justicia dando a cada uno lo suyo y sin dañar a otro”, tendremos un básico comportamiento para llevar a cabo en el ejercicio del servicio del Estado para quien laboramos.

Sin ir más lejos, hacer el bien y evitar el mal es el primer principio de la razón práctica en la ética desde la antigüedad, su consecuente falta de adecuación conlleva responsabilidad del funcionario público y el perjuicio a todos los miembros de la comunidad que, con sus impuestos, requieren de un Estado democrático ajustado a derecho que demuestre la transparencia en la gestión y un buen manejo de los fondos públicos para contribuir con el bienestar general.

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Su correlato en la Provincia de Buenos Aires. El “Plan estratégico de modernización de la administración pública de la provincia de buenos aires”

En el marco de los conceptos antedichos, en nuestra Provincia, y mediante sanción de la ley 14.828, se creó recientemente el “Plan Estratégico de modernización de la administración pública de la Provincia de Buenos Aires”, con el objetivo de lograr una administración pública de calidad que brinde servicios de calidad para todos los bonaerenses con eficiencia en el uso de los recursos. Es una ley que dota de obligaciones al Gobierno con el fin de lograr un estado de siglo XXI, subsumiendo sus actuaciones en un marco de ética y transparencia pública.

Los principios rectores de la normativa se encuentran en su art. 3, el cual expresa que son:

1) Promover políticas públicas que impulsen las gestiones con calidad2) La optimización en el uso de los recursos públicos3) La economía y racionalidad administrativas4) Ética y transparencia en la gestión pública5) El fortalecimiento de la democracia mediante la participación de la ciudadanía en la

gestión pública.

ACTIVIDAD 7»Reflexionar y analizar: • ¿Por qué la ética pública debe estar basada en la responsabilidad?•Según su criterio, ¿qué valores debería tener la función pública? ¿Estos valores y principios se encuentran en la actualidad?•¿Qué acciones pueden realizarse para lograr una gestión pública con los valores señalados en el punto anterior?

ACTIVIDAD 8»A partir de la actividad N° 5 les proponemos integrar los contenidos que vieron en esta unidad.Ubíquense en el esquema del Estado provincial e identifiquen los siguientes elementos de tres entidades:• Misión, visión, objetivos y valores que promueve.• ¿Qué tipo de políticas públicas realiza el organismo?• Según su opinión, ¿cómo expresa la política pública del organismo el modelo de Estado actual? Justificar la respuesta.

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4. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos

Entre los textos normativos vigentes en Argentina, se enuncian deberes, prohibiciones e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública.

En primer lugar, la Ley de Empleo Público Nro. 25.164, capítulo III, enuncia los deberes, prohibiciones e incompatibilidades, los que se encuentran reglamentados en el Cap. IV del Decreto Nro. 214/2006.

Asimismo, según Decretos Nros 8566/1961 y 946/2001 se estableció el régimen sobre acumulación de cargos en la función pública, complementado por el decreto Nro. 9677/1961 y su excepción respecto a las horas cátedras determinado en decreto Nro. 1033/2001.

También, el Decreto Nro. 894/2001 dispone la Incompatibilidad entre el cobro de un haber previsional y la percepción de una remuneración por cargo en la función pública; salvo el caso de Pensiones de Veteranos de la Guerra de Malvinas y personas con capacidades especiales.

En segundo lugar, en materia de contrataciones del Estado Nacional Argentino, el decreto delegado Nro. 1023/2001, establece prohibiciones en su artículo 28, ante la incompatibilidad de contratar y el ejercicio de la función pública, preservando así la transparencia en la gestión; con la consecuente desestimación de las ofertas presentadas en contravención a lo antes citado, establecidas por los artículos 66 y 68 del decreto 1030/2016 reglamentario del decreto antes apuntado.

En tercer lugar, las normas nacionales también dejan reflejadas conductas probas de los funcionarios, tales como las establecidas en el artículo 18 de la Ley de ética en la función pública el cual es reglamentado por los decretos Nros. 164/1999 y 1179/2016, al disponer un principio general “prohibitivo de recepción de obsequios en la función pública” y determinar luego excepciones expresamente contempladas en la norma “diplomáticas y de cortesía”, con la obligación de registrarlos y para el caso que su valuación supere los 4 mil módulos incorporarlos al patrimonio dándoles destino.

Para terminar este acápite, resulta conveniente destacar los últimos decretos en el ámbito de la Función Pública, que inaugura una gestión pública tal como el Decreto 201/2017 vinculado a la representación a través de la Procuración del Tesoro de la Nación, para una adecuada defensa de los intereses del Estado Nacional en juicio y establece un procedimiento para el caso de presentarse un conflicto de intereses, en el que dispone mecanismos de recusación y excusación previstos en la normativa vigente.

Igualmente, el Decreto 202/2017, prevé ante un conflicto de intereses en las contrataciones del sector público Nacional, la adopción de un procedimiento de “Declaración Jurada de Intereses”, siendo obligatorio para los proveedores que se inscriban en el SIPRO como así también, a partir del 21 de junio de 2017 para quienes ya se encuentran en el Sistema.

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BIBLIOGRAFÍA

• Cueli, Hugo O., Constitución de la Provincia de Buenos Aires, anotada y comentada, Editorial La Ley.• Roberto N. Kechichian, Introducción Cívica, Ediciones Braga S.A,• Schujman y Finocchio, Filosofía, formación ética y ciudadana I, Editorial Aique.• Badeni Gregorio, Derecho Constitucional libertades y garantías, Editorial Ad-Hoc.• Cortés, Rosalía y Marshall, Adriana (1994) “Modelo de crecimiento, intervención social del Estado y regulación de la fuerza de trabajo –Argentina, 1890-1990” en Reestructuración y regulación del mercado de trabajo en América Latina. Instituto internacional de Estudios Laborales, OIT, Ginebra. Serie de investigaciones N° 98, 1994.• Díaz, Cristina, “El ciclo de las políticas públicas locales. Notas para su abordaje y reconstrucción”, en Venesia, Juan Carlos, (coord.), Políticas Públicas y desarrollo local, FLACSO-Fundación Instituto de Desarrollo Regional Rosario, Rosario, 1998.• Elmore, Richard (1993), “Modelos organizacionales para el análisis de la implementación de programas sociales”, en Luis Aguilar Villanueva, La implementación de las Políticas Públicas, Vol. 4, México, Miguel Ángel Porrúa.• Feldman, Jorge, Golbert, Laura e Isuani Aldo (1998), Maduración y crisis del sistema previsional argentino, Biblioteca Política Argentina Nº 236, Centro editor de América Latina.• Isuani, Ernesto Aldo (1984) "Tres enfoques sobre o conceito de Estado” en Revista de Ciencia Política, Vol. 27, Fundacao Getulio Vargas, Río de Janeiro.• Isuani, Aldo (1985), Los orígenes conflictivos de la seguridad social argentina, Centro Editor de América Latina, Biblioteca Política Argentina Nº 129, Buenos Aires.• Lapalma, Antonio (2001), “El escenario de intervención comunitaria”, en Revista de Psicología de Universidad de Chile, Vol. X., Nº 2, Dpto. de Psicología, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Chile.• Niremberg, Olga, Brawerman, Jostte y Ruiz, Violeta (2000), Evaluar para la transformación. Innovaciones en la evaluación de programas y proyectos sociales, Paidós, Buenos Aires.• O`Donnell, Guillermo (1997), Apuntes para una teoría del Estado, Buenos Aires, CEDES.• Oszlak, Oscar y O'Donnell, Guillermo (1976), Estado y Políticas Estatales en América Latina:hacia una estrategia de investigación, Documento CEDES-CLACSO, Nº 4 Bs. As.• SIEMPRO (1999), Gestión Integral de Programas Sociales Orientada a Resultados. Manual Metodológico para la Planificación y Evaluación de Programas sociales, Buenos Aires, Coedición del FCE y de la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación, UNESCO.• NIELSEN, Federico y COMADIRA, Julio Pablo; “Apuntes sobre los principios de la ética pública en el Derecho Argentino”, DA- 2003/2004 Nros 267-268, Pág 144, 145.

LENGUA 1GESTIÓN

PARTICIPATIVA DEPOLÍTICAS PÚBLICAS

Introducción

Unidad 1: Participación, representación y protagonismo social Apuntes de clase: Participación, representación y protagonismo social -1. Mecanismos de participación -2. Participación ciudadana según las etapas del programa público -3. Participación ciudadana según tipos de programas públicos -4. Desafíos en la participación -5. Conclusión

Unidad 2: Planificación participativa de políticas públicas Apuntes de clase: Planificación participativa de políticas públicas -1. Participación ciudadana en la planificación de políticas públicas -2. Interacción estado y sociedad -3. La participación ciudadana y sus actores -4. Oportunidades e intereses: iniciativa popular y consulta popular -5. De los ciudadanos al Congreso

Unidad 3: Supuestos básicos de la democracia digital o electrónica Apuntes de clase: Supuestos básicos de la democracia digital o electrónica -1. Conceptualización de la democracia digital. Aportes a la democracia moderna -2. Experiencias nacionales y regionales

1. Mecanismos de participación

Condiciones que propician la participación ciudadana enlos programas públicos

La efectividad de los procesos de participación ciudadana guarda estrecha relación con su capacidad para dar soluciones concretas a los problemas que afectan las vidas de individuos y hogares. En general, las personas y hogares enfrentan desafíos diarios y permanentes para asegurar sus condiciones de vida, por lo tanto, no disponen de dotaciones de tiempo ilimitadas para incorporarse a ejercicios participativos que no contribuyen a ese fin u a otros fines específicos.

En este marco, es posible pensar que existe mayor interés de individuos y grupos en participar en la medida en que la participación contribuye a dar respuesta a demandas ciudadanas concretas. La capacidad que tienen los procesos participativos de acoger las demandas ciudadanas guarda estrecha relación con las condiciones en las cuales en proceso se desarrolla.

Acceso o disponibilidad de mecanismos de participación

El programa o la política debe contemplar la existencia de procesos y/o mecanismos participativos, los cuales deben estar abiertos para todos sus beneficiarios, usuarios o actores sociales involucrados. A pesar de que este aspecto constituye un requisito básico en cualquier democracia, en la práctica las instituciones públicas suelen tener grados de disposición diferenciales hacia la participación ciudadana, privilegiando o restringiendo según la cuestión de la que se trate.

Por ejemplo, en la mayoría de los casos, la participación en programas de reducción de la pobreza se inicia con una oferta de mecanismos de participación por parte del Estado. Si esta oferta no existe, resulta poco frecuente que ésta surja naturalmente.

Uso efectivo de los mecanismos de participación

La disponibilidad de los mecanismos de participación no es sinónimo de utilización. En general, el interés declarado de individuos y grupos por participar es mayor que su efectiva participación. Existen razones culturales, temporales y/o espaciales que llevan a que las personas no utilicen las instancias de participación que están abiertas para ellos. Los procesos de participación se resuelven en la transacción entre los costos de oportunidad asociados a dichos procesos y su capacidad para dar respuesta en tiempos socialmente aceptables a problemas más o menos acotados.

Participación, representación yprotagonismo social

Apuntes de clase: Participación, representación y protagonismo social

UNIDAD 1

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90PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL GESTIÓN PARTICIPATIVA DE POLÍTICAS PÚBLICAS

Eficacia de los mecanismos de participación

Uno de los aspectos claves del proceso de participación es la eficacia de la misma. En otras palabras, ¿sirve de algo la utilización de procedimientos participativos en las políticas y programas públicos? ¿En qué medida esto contribuye a mejorar las condiciones de vida de la población?

Para que exista participación de los beneficiarios, usuarios o ciudadanos en programas públicos deben concurrir tres elementos:

• debe existir una oferta participativa (disponibilidad de mecanismos);• debe haber beneficiarios o usuarios interesados en hacer uso de esa oferta (uso

efectivo de los mecanismos);• asimismo, el proceso participativo debe ser considerado como un proceso eficaz

por los propios beneficiarios, usuarios o ciudadanos (eficacia de los mecanismos).

2. Participación ciudadana según las etapas del programa público

En términos de gestión, podemos identificar seis etapas por las cuales transita todo programa público. Claro está que esta distinción es analítica, por lo cual en la práctica, algunas etapas pueden superponerse entre sí, omitirse o darse en un orden que no es el aquí presentado. La importante de poder distinguir las etapas de un programa público radica en que según cuál sea la etapa, diferente será el tipo de proceso de participación ciudadana que se podrá desarrollar.

A continuación, haremos un repaso de esas etapas y el tipo de participación ciudadana que es característica de cada una de ellas.

1) Diagnóstico o línea de baseLos beneficiarios o usuarios potenciales de un programa público, como así también

otros actores sociales involucrados en la iniciativa, pueden participar identificando necesidades y preferencias, planteando demandas, estableciendo prioridades. Un diagnóstico realizado sin participación ciudadana podrá mostrar importantes carencias desde un punto de vista técnico-normativo, pero puede suceder que éstas no se condigan con las demandas sentidas de la ciudadanía.

2) Diseño del programaEn general, el diseño de un programa público recae sobre los profesionales a cargo

de éste, pues involucra aspectos técnicos y administrativos. Sin embargo, es evidente que existirá mayor satisfacción de los beneficiarios y/o usuarios de los programas en la medida en que éstos respondan mejor a sus problemas y demandas.

Los beneficiarios, usuarios y otros actores sociales involucrados pueden intervenir en la fase de diseño, aportando información acerca de la manera en que ellos visualizan que el programa público dará respuesta a sus problemas y demandas, colaborando en la formulación de objetivos, en la toma de decisiones estratégicas y en la programación de las acciones a desarrollar.

91PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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3) Asignación de presupuesto, bienes o serviciosLa asignación del presupuesto, de los bienes o servicios puede ser entendida como parte

del diseño de un programa público. Sin embargo, dada la importancia y especificidad que reviste este aspecto, la presentamos aquí en forma separada de la etapa anterior.

Los beneficiarios o usuarios de un programa participan en esta etapa cuando, junto con los funcionarios públicos, intervienen en la toma de decisiones acerca del destino de los recursos públicos: su monto, su distribución efectiva (ya sea entre localidades, beneficiarios, líneas de intervención) o los criterios que serán utilizados para su reparto.

4) Ejecución del programaLos beneficiarios, usuarios y/u otros actores sociales involucrados en los programas

públicos también pueden intervenir en la realización de actividades concretas demandadas para la puesta en marcha y el funcionamiento regular del programa. Estas actividades pueden estar vinculadas a la administración interna del programa como así también a la producción y/o entrega de los bienes y servicios que éste provee (por ejemplo, haciéndose cargo de tareas logísticas para la entrega de un producto o brindando capacitaciones).

5) Seguimiento y monitoreoActualmente, una gran cantidad de programas públicos cuenta con indicadores de

control de gestión, los que son muy útiles para asegurar su eficiencia. Los beneficiarios, usuarios y/o otros actores sociales pueden participar en el seguimiento y monitoreo de una iniciativa pública en la medida en que conozcan esos indicadores y tengan capacidad para reunir información que les permita hacer un seguimiento del programa.

También puede darse el caso de que el programa prevea el relevamiento de cierta información suministrada por actores sociales, en base a la cual se construyen determinados indicadores de gestión (por ejemplo, para hacer seguimiento respecto de la calidad y oportunidad de los bienes y servicios ofrecidos).

6) EvaluaciónHay diferentes formas en que los beneficiarios, usuarios y otros actores sociales

involucrados pueden participar en la evaluación de un programa público. En primer lugar, como forma más básica, pueden demandar información acerca de los logros del programa, es decir, intervienen constituyéndose como una “audiencia” de los resultados de las evaluaciones. También pueden intervenir haciendo valer sus opiniones y perspectivas, en el marco de una evaluación realizada al programa. Finalmente, pueden llevar a cabo sus propias evaluaciones, aunque esta situación es bastante difícil ya que, como hemos señalado anteriormente, requiere de sólidas capacidades técnicas y, también, acceso a información que en algunos casos puede ser restringida.

ACTIVIDAD 1»Diseñar un esquema que grafique la participación según las etapas del programa público, destacando quiénes son los actores participantes en cada momento.

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3. Participación ciudadana según tipos de programas públicos

La experiencia nos indica, de manera intuitiva, que no todos los programas públicos requieren el mismo tipo de implementación. Así, un programa cuyo propósito consiste en asignar becas escolares o distribuir alimentos puede funcionar adecuadamente mediante un conjunto de rutinas operativas bastante uniformes, dado que las acciones a realizar (el pago mensual de la beca o la distribución de alimentos, respectivamente) se repiten con elevada frecuencia, por lo que es posible programarlas con relativa facilidad. La programación rutinaria de las actividades facilita en cierta medida también su control.

Diferente es la situación de un programa que busca fortalecer organizaciones sociales o empoderar grupos desfavorecidos. En este caso, las tareas no son tan fáciles de programar y aunque siempre será necesario establecer un conjunto de rutinas operativas, este conjunto será muy amplio y diverso, exigiendo a los operadores optar constantemente entre diversas secuencias de acciones en función a las situaciones que enfrente. Por otra parte, el control también se dificulta, en la medida en que no bastará con observar los mismos aspectos sobre actividades tan diversas para saber si responden o no a la perspectiva estratégica del programa.

Tomando como referencia los programas públicos que intervienen en el ámbito social, podríamos clasificarlos de acuerdo a dos tipos:

• La naturaleza de las tareas operativas involucradas en el programa público, es decir, el grado en que es posible programarlas como respuestas anticipadas, estandarizadas y homogéneas frente a las situaciones que debe enfrentar el proveedor de los servicios. Atendiendo a este criterio, las tareas podrán ser en un extremo muy homogéneas y programables, mientras que en el otro extremo podrán ser marcadamente heterogéneas y poco programables.

• La interacción requerida con los destinatarios del programa, es decir, la frecuencia, regularidad y amplitud de la interacción entre los proveedores y los usuarios. Atendiendo a este criterio algunos programas requerirán –en una situación extrema- un contacto puntual con el usuario, lo que determina una interacción mínima. Otros programas requieren, en cambio, la cooperación activa y permanente de los usuarios.

Como resulta fácil observar, el primer criterio se refiere al grado de rutinización al que pueden ser sometidas las tareas operativas, mientras que el segundo se asocia a la intensidad de la interacción entre proveedores y usuarios.

Interacción con el destinatario

Nula o baja

Media o alta

Tipo 1Ej. Programa de becas y

alimentarios

Tipo 2Ej. Servicios educativos,

regulares o atención primaria de la salud

Tipo 4Ej. Acciones de alivio o ayuda ante situaciones de

carencia o emergencias

Tipo 3Ej. Apoyo integral a microempresas, dearrollo de

organizaciones comunitarias

Homogéneas y programables Heterogénes y escasamente programables

Naturaleza de las tareas

93PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Conforme se avanza de los programas tipo 1 hacia los otros tipos, es claro que el proceso de implementación se hace más complejo, sea porque se requiere de una mayor interacción con el usuario (tipo 2) o porque adicionalmente las tareas son poco programables (tipo 3).

En el caso de los programas de tipo 2, el grado de co-producción entre proveedores y usuarios es elevado, siéndolo aún más en el caso de los programas de tipo 3, puesto que en éstos los usuarios organizados resultan ser un co-productor muy activo de los servicios que se brindan.

Podemos decir, entonces, que la especificidad del proceso de implementación de los programas públicos, en general, y de los sociales, en particular, guarda relación con las características de los bienes y servicios que provee. Y, lo que es más importante aún para los temas que estamos tratando, que habrá diferentes desafíos vinculados a la participación ciudadana, según cuáles sean las características del programa en cuestión. En otros términos, la naturaleza de las actividades de producción y entrega de bienes y servicios imponen diferentes restricciones y abren diferentes oportunidades respecto de la participación ciudadana.

Tipo 1Programas que hacen foco en la transferencia de algún bien o recurso, como algunos

programas alimentarios o de becasEstos programas suelen ser el resultado de “macro-políticas”, es decir, de políticas

dirigidas a grandes grupos o categorías poblacionales y que implican el reconocimiento de una obligación del Estado frente a un derecho de la ciudadanía. Las decisiones estratégicas suelen quedar reservadas a la conducción política. La instrumentación del programa, por su parte, es considerada una cuestión técnica y administrativa, cuya responsabilidad recae en las agencias estatales.

Por eso, en este tipo de programas, la participación ciudadana resulta bastante acotada. Se da principalmente a través de los mecanismos de representación colectiva (por ejemplo, el Poder Legislativo), en la medida en que los alcances, la naturaleza, los criterios y la cuantía de las prestaciones sean establecidas por leyes. En menor medida, puede haber participación ciudadana en la entrega de los bienes y recursos, o bien como parte de instancias de consulta o generación de propuestas para mejorar los programas (en la medida en que estos mecanismos estén previstos en el diseño del programa).

Tipo 2Oferta de servicios sociales profesionales, como la educación básica formal o la

atención primaria de la saludEste tipo de servicios o programas brinda una mayor oportunidad para la participación

ciudadana. El diseño y las decisiones estratégicas suelen estar sujetos a restricciones técnicas e institucionales. Sin embargo, la pertinencia, la prioridad y la calidad de las acciones, así como también el control de gestión y el aseguramiento del impacto buscado pueden facilitarse mediante la interacción permanente con los destinatarios del programa. En este tipo de programas hay mayor margen para implementar mecanismos participativos de tipo consultivos, que contribuyen a jerarquizar necesidades e identificar demandas.

Tipo 3Programas que hacen foco en el desarrollo de capacidades y en la inserción socialEn este tipo de programas, la participación ciudadana resulta crítica. Por lo general,

los operadores son simplemente facilitadores de procesos cuyos protagonistas son los individuos o las poblaciones participantes. Los receptores suelen ser los actores principales en la denuncia y el diagnóstico del problema, en el planteamiento de la demanda, en la programación de actividades y en su evaluación.

ACTIVIDAD 2»Consultar en su comunidad o en la web al menos un ejemplo de políticas que tengan lugar en nuestra provincia, para cada tipo de programas públicos. Detallar en qué etapa se encuentra.

94PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Tipo 4Programas que brindan prestaciones asistenciales y de emergencia, como acciones

de alivio o ayuda ante situaciones de carencia puntualesEn este último caso, la participación no responde a un diseño sino que es el resultado

de las fuerzas que se desplieguen en la operación. La identificación de las necesidades, el diseño de los programas o acciones y la asignación de los recursos suelen estar reservadas a las conducciones técnicas y políticas. No existen instancias orgánicas de participación ciudadana en los procesos de ejecución, seguimiento o evaluación. Si bien pueden llegar a movilizarse voluntarios en el caso de los programas de emergencia, hay quienes no consideran que esto sea participación, en términos estrictos, sino una sustitución de la mano de obra de la agencia estatal, implementada por aportes de la sociedad civil.

Para finalizar, interesa destacar que, en la práctica, estos tipos ideales no se presentan de manera pura. Más bien, los programas públicos suelen combinar aspectos vinculados con diferentes tipos, aunque seguramente haya alguno en particular del cual toman sus rasgos más relevantes.

4. Desafíos en la participación

Presentado el panorama podremos notar que los niveles de participación ciudadana y técnica varía según el tipo y momento en que la propuesta se encuentre. Es un balance entre ideas y acción. Se trata de construir una red que permita modificar esta realidad, generando nuevas capacidades de toda la sociedad y su Estado, que incluyen la de definir sobre qué es el desarrollo, cómo se vincula con la vida de los ciudadanos y cómo se va a lograr.

El desarrollo es, entre otras cosas, un proceso de aprendizaje colectivo sobre las propias capacidades de las personas, grupos, comunidades y sociedades, y sus posibilidades de efectivización, que se potencia en tanto hay comunicación, transparencia y participación en la toma de decisiones y opera el incentivo de la distribución justa de esos resultados.

Esto se alcanza mediante, una dirigencia política o social local que asuma el objetivo de poner en marcha un proceso de desarrollo como se describe anteriormente, dando cuenta de un entramado entre las necesidades reales y las posibles soluciones. Esto permitirá superar respuestas rápidas y de poco alcance, como una gran obra pública o la instalación de fuentes de trabajo desconectas de la comunidad, que necesitará previamente desarrollar la capacidad de convocatoria para lograr movilizar la subjetividad y los recursos materiales, y ello supone credibilidad.

El rol de dichos representantes se encuentra, habitualmente, desgastado por convocatorias anteriores incumplidas perdiendo así su credibilidad. Por ello es fundamental que la convocatoria sea hecha, desde su inicio, por un amplio espectro de actores sociales, y suponga un compromiso previo de corresponsabilidad aún cuando no se sepa qué va a resultar del proceso de participación que se inicia. Tratar de monopolizar la convocatoria es, desde el comienzo, un acto contrario a la buena estrategia de desarrollo. Realizar dicha convocatoria de manera amplia implica una voluntad expresa de cambio, tanto más creíble si se funda en la autocrítica. En todo caso, la credibilidad y la confianza se ganan no meramente acordando y prometiendo otro desarrollo a nivel de dirigencia, sino mediante la calidad y autenticidad de los procesos de participación a los que se convoca.

95PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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5. Conclusión

En esta unidad hemos visto que la participación ciudadana en el marco de los programas públicos no puede ser considerada como un proceso homogéneo. Implica discernir, por un lado, respecto de qué etapa del programa público estamos considerando que hay participación. Y, por otro, de qué tipo de programa público se trata. La respuesta a ambas preguntas nos permitirá plantearnos en forma más realista las limitaciones y las oportunidades que la participación ciudadana supone, en cada caso en particular.

Con estos aportes hemos comenzado a indagar acerca de las especificidades que suponen los procesos de participación ciudadana. A lo largo de la próxima unidad nos adentraremos aún más en estas cuestiones, en tanto nos aportarán elementos indispensables para analizar, proponer y gestionar iniciativas de participación ciudadana.

Planificación participativa depolíticas públicas

Apuntes de clase: Planificación participativa de políticas públicas

UNIDAD 2

96PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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1. Participación ciudadana en la planificación de políticas públicas

En América Latina la participación de la gente en la vida pública ha ido creciendo con el paso de los años. La relevancia que fue adquiriendo la misma ha sido notable, y en casi todos los casos, con mucha relevancia. Un caso emblemático en ese sentido, ha sido el de la corrupción, que ha sido considerada como un importante obstáculo al desarrollo económico, un impedimento para la erradicación de la pobreza y el principal motivo de pérdida de legitimidad gubernamental, por tanto, una amenaza para la democracia. Dentro de las políticas públicas que se han planteado en la región para el control de la corrupción, la participación de los ciudadanos se ha convertido en un elemento indispensable, el cual, en términos generales, se encuentra inserto dentro de una lógica de acción pública que en años recientes asumió la denominación de gobernanza, esto es, la necesidad de comprender el gobierno como un proceso y no como un sujeto directivo, lo cual implica una multiplicidad de actores y de centros de decisión difusos. En este sentido, en el texto se plantean las formas en que los ciudadanos pueden participar en las políticas públicas que buscan luchar contra la corrupción bajo la perspectiva de la nueva gestión pública y la nueva gobernanza democrática.

La noción de gobernanza refiere a un modelo de gobierno y gestión pública que se postula como un camino posible para mejorar la capacidad de gobierno de los asuntos públicos en el mundo globalizado. Esto se debe a que el modelo burocrático weberiano ya no resulta adecuado para esta realidad compleja. La gobernanza propone en cambio una estructura de red que privilegie formas de cooperación horizontal entre actores públicos y no estatales, así como también la articulación multinivel. Esta modalidad de gobierno aseguraría una mejor eficacia y eficiencia de las políticas públicas, a la vez que tendría efectos positivos en términos de su calidad democrática.

En este marco, y desde la perspectiva de los actores sociales, entendemos por mecanismos participativos a aquellos espacios que se encuentran dirigidos a incidir de manera directa y sistemática en alguna de las instancias del ciclo de la política públicas. En este marco, diferentes estudios ponen de manifiesto la diversidad de formatos existentes en lo referente a las modalidades institucionales de participación y de articulación de actores sociales (Cunill Grau, 2003; Tamargo, 2002; Rofman, 2007). En esta dirección, podemos realizar una clasificación dicotómica de los diferentes mecanismos en dos grandes conjuntos de prácticas participativas, que a su vez, refieren a dos formas diferentes de conceptualizar la participación, sus sentidos, alcances y encuadres ideológicos. Por un lado, aquellos arreglos institucionales que suponen a la participación como una herramienta técnica - metodológica neutral en la gestión de políticas sociales, que suponen una concepción utilitarista e instrumental de la misma. Dentro de este conjunto de prácticas, podemos incluir aquellos mecanismos participativos que suponen la participación de los actores sociales en alguna instancia del ciclo de la política pública, generalmente en la ejecución y evaluación de las mismas. A esta concepción de la participación corresponde una mirada fragmentada de la cuestión social, y de la resolución de la misma, expresada en la focalización, la descentralización y la terciarización de las políticas sociales.

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2. Interacción estado y sociedad

Las interacciones que tienen lugar entre estado y sociedad, pueden analizarse en términos de una triple relación, que toma en cuenta los tres tipos de vínculos a través de los cuales se dirimen los contenidos de la agenda social vigente y las formas de resolución de las cuestiones que la integran.

Estas relaciones apuntan a decidir cómo se distribuyen, entre ambas instancias, la gestión de lo público, los recursos de poder y el excedente económico. Estos tres planos de interacción entre estado y sociedad, tienen conexiones recíprocas y se vinculan con las características del modelo de organización económica y reproducción social subyacente:

a) en un plano funcional se limitan a fijar las reglas de (y a asignar las respectivas responsabilidades en) la división social del trabajo;

b) en un plano material, a dirimir los patrones de distribución del excedente social; c) en un plano de la dominación, a establecer la correlación de poder entre las

diferentes fuerzas e instituciones sociales.

La agenda del estado se ve modificada por los procesos que tienen lugar en cada uno de estos planos, así como por los que vinculan a los mismos entre sí. En el caso de las relaciones funcionales, ambas esferas tienen responsabilidades exclusivas pero también comparten ámbitos de intervención común (por ejemplo: prestación de servicios educativos, de transporte, de investigación y desarrollo, de defensa de derechos humanos) que exigen, por parte del estado, no sólo la prestación de los servicios a su cargo sino también -según los casos- diversas formas de regulación y promoción de la actividad no estatal. En este plano se dirime la cuestión relativa a "de qué debe ocuparse el estado".

Modelo de análisisEl análisis de escenarios heterogéneos, implican la necesidad de un modelo que

permita abordar toda su complejidad. Para esto se considerarán la relación existente entre las características territoriales –en los planos social, económico y político– de los espacios locales y la configuración de las políticas participativas que se desarrollan en esos ámbitos municipales.

El modelo de perspectiva político-territorial orienta un modelo de análisis que se interesa tanto por la caracterización de los espacios locales donde se despliegan las políticas públicas como por el análisis de las propias iniciativas participativas. Analizar las características de los espacios locales significa, en este modelo de análisis, discriminar entre los aspectos socioeconómicos y los político-institucionales del territorio. La caracterización de las iniciativas de participación, por su lado, transita por dos planos de análisis: el de las políticas públicas que enmarcan institucionalmente la experiencia, y el de los actores que participan. En relación con las políticas, se enfoca el análisis en la estructura político-territorial de las políticas, lo que significa, por un lado, caracterizar la estructura intergubernamental del proceso de elaboración y gestión de las acciones estatales; y, por el otro, la imbricación de estas con el contexto político local. En cuanto al plano de los actores, interesa analizar la inscripción política y territorial de los actores no estatales que se involucran en las instancias de participación, lo que supone caracterizar la relación de dichos actores con la estructura de poder territorial, así como también sus modalidades de participación en los distintos tipos de mecanismos de interacción establecidos por las políticas.

ACTIVIDAD 3»A partir de una política pública, propia de su localidad, aplicar el modelo de análisis visto en la unidad.

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Espacioslocales

Características políticas e intitucionales

Estructurapolíticoterritorial

de las políticas

Característicassocioeconómicas

Actores

Estructura intergubernamental

Inscripción en el contexto político local

Modalidades de participación

Inscripción política y territorial de los actores no estatales

Iniciativasparticipativas

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3. La participación ciudadana y sus actores

Participación social, popular, comunitaria, ciudadana… Muchos nombres para designar un proceso según el cual determinados actores de la sociedad civil se movilizan, se “activan”, irrumpen en un escenario público e intentan influir sobre las reglas y procesos que enmarcan sus condiciones de existencia y reproducción. En particular, sobre las políticas estatales y el modo de organización social a las que ellas apuntan. Son múltiples las circunstancias, condiciones y modalidades que caracterizan la participación ciudadana, aún cuando los estudiosos -a mi juicio- no han conseguido todavía llegar a un consenso acerca de las categorías analíticas que permitirían formular una teoría general aceptable sobre el tema. La propia naturaleza polisémica del término que adjetiva esa participación (ciudadana, popular, social, cívica, comunitaria) es una primera indicación, sin entrar a considerar las dificultades que todavía enfrenta la definición de lo que debemos entender por “sociedad civil”. Menos claro aún es el alcance que debemos dar al término “participación” o, incluso, al de “políticas públicas”, supuesto referente de esa participación.

Por otra parte, se da por sentado que la participación ciudadana es intrínsecamente “buena”, en el sentido que se le da a las “buenas causas” o las “buenas acciones”.Y se lamenta cuando los ciudadanos no participan, es decir, cuando no pueden o no consiguen agregar sus intereses en demanda de reivindicaciones que expresan valores, necesidades o aspiraciones compartidos. Esto suele considerarse un déficit de la democracia, por lo que la propuesta de ciertas formas de democracia directa o participativa ha pasado a formar parte integral del pensamiento académico y político sobre democratización.

Se trata de una concepción participativa, que trasciende el acto del sufragio electoral y propone el empoderamiento de la ciudadanía alentando su acción colectiva. Desde esta perspectiva, la democracia incluiría -además de los derechos y las elecciones periódicas- los esfuerzos ciudadanos por influir en la política a través de variados mecanismos. La democracia, en este sentido, pasa a ser un concepto que al incorporar este otro atributo, amplía su definición minimalista.

Modalidades y tiempos de la función públicaEn general, los movimientos espontáneos o de base surgen en circunstancias

límite, en las que los actores involucrados perciben amenazas de diverso tipo a su existencia cotidiana. Es el caso de los grupos de defensa civil autoconvocados en situaciones de desastre, de piqueteros que cortan rutas en señal de protesta y reivindicación o de manifestantes que tratan de impedir la instalación de basureros atómicos, el desalojo de viviendas ocupadas o la impunidad de ciertos crímenes que conmocionaron la vida de ciertas comunidades. En otros casos se trata de grupos que reivindican o promueven la defensa de valores, como los derechos humanos, o la causa de los pueblos aborígenes. La actuación de estas organizaciones plantea desafíos importantes a la institucionalización de la democracia, abriendo la discusión acerca de la legitimidad de estas modalidades de democracia directa (movimientismo, basismo), que a menudo asumen formas de confrontación abierta con el estado, con el capital privado, con organismos internacionales o con otros actores sociales.

En el fondo, la discusión precedente recrea, simplemente, el viejo dilema entre representación y participación, entre canalización de demandas sociales a través de instituciones políticas o de formas de participación social y, dentro de éstas, entre OSC y movilizaciones de base. Esta discusión delimita un campo de preocupación sin duda importante, aunque quizás es aún más importante analizar cuál es el impacto efectivo que la ciudadanía -sea a través de la representación o la participación- tiene efectivamente sobre los contenidos y orientaciones de las políticas públicas. Al respecto, se coincide en destacar que la mayoría de las políticas públicas en América Latina

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se formulan e implementan con una reducida participación de las organizaciones sociales. Si a ello le sumamos el carácter “delegativo” de sus democracias, acentuado por el dispar pero generalmente débil papel de los partidos políticos en la región, concluimos que pese a su notorio crecimiento y presencia institucional, la participación ciudadana está todavía lejos de cumplir un papel preponderante en la implementación participativa de políticas públicas. Un riesgo que acompaña la proliferación de los movimientos y organizaciones sociales es su manipulación política por parte de los gobiernos, sea como fuerza de choque, como mecanismo de legitimación del régimen o como garantía de contención del descontento social.

No obstante ello, podría caber la propuesta de formulación de acuerdos público-privados que pueden influir en la creación de los escenarios políticos futuros que debe decidir una sociedad para alcanzar un modo de organización social deseable; la co-producción cotidiana y rutinaria de bienes y servicios junto a, complementando o suplantando al estado o al mercado, puede constituirse en una actividad recreada en cada presente; o el seguimiento permanente de las políticas, el control de la gestión y la evaluación de los resultados conseguidos por las instituciones estatales privilegian el pasado como dimensión temporal significativa. Posiblemente, dentro de su limitada importancia, los mayores avances producidos en la participación ciudadana durante los últimos años, han tenido lugar en los planos de la construcción del futuro y de la revisión del pasado de la gestión gubernamental, ya que su rol coproductor o co-gestor de servicios ha sido muy reducido. Pero aún si este fuera un rol activo, existiría todavía un abismo entre la calidad de esa gestión pública y el papel que puede cumplir la sociedad civil en su mejoramiento.

Cualquiera sea el plano o el referente temporal de la participación ciudadana en la implementación de políticas públicas, es posible afirmar que la misma se ajusta a una secuencia virtuosa en la que, primero surge una oportunidad para ejecutar un proyecto o acción colaborativa; segundo, se genera un interés de las partes en aprovechar mutuamente esa oportunidad; y tercero, para lograrlo, deben atenderse diversas necesidades o superarse impedimentos que se interponen en el aprovechamiento de esos intereses En general, los procesos de desarrollo (incluyendo el desarrollo humano) se basan en este tipo de secuencia, que avanza en forma de espiral y conduce a niveles superiores de logro. La teoría económica de los eslabonamientos hacia delante y atrás se inscribe claramente a esta secuencia.

La organización para la participación ciudadanaLa participación ciudadana requiere organización, especialmente cuando sus

acciones se inscriben en procesos que procuran influir el curso de las políticas públicas. Ello ocurre no sólo en el caso de las organizaciones, sino también en las modalidades “espontáneas” de movilización social. En este último caso y por múltiples razones, que suelen estar vinculadas con la exclusión social, con el natural desconocimiento de sus derechos por parte de los marginados, con su excluyente tarea cotidiana de sobrevivir o con la represión a la que se vieron sometidos durante largos años de autoritarismo, la participación estos sectores en la resolución de cuestiones socialmente problematizadas no ha sido la regla. Las instancias de actuación espontánea de estos estratos ciudadanos han sido excepcionales y, generalmente, se vinculan con situaciones críticas para su supervivencia. Pero aún bajo estas circunstancias, la presencia de un promotor o un líder ha sido casi siempre una condición necesaria de los movimientos populares espontáneos.

La exigencia organizacional es natural y previsible. Todo interlocutor de instituciones de este tipo descuenta que se encontrará con una entidad que posee un reconocimiento oficial, una tipificación jurídica, un consejo directivo o equivalente, una sede, representantes que actúan en su nombre, una administración, inscripciones a registros y otras formalidades. La actividad institucional se consignará en libros contables, cuentas bancarias, páginas web, actas de reuniones de consejo directivo, memorias y publicaciones diversas. Y aún cuando no toda OSC satisfaga todas estas condiciones, se convertirá de hecho y de derecho en tal una vez que las reúna y formalice.

4. Oportunidades e intereses: iniciativa popular y consulta popular

Reflexión teórica sobre la participación ciudadana en iniciativas populares

La cuestión de la participación ciudadana muestra un recorrido de creciente importancia en las últimas décadas, que ha acompañado la multiplicación de experiencias participativas en diferentes ámbitos. Si bien constituye un tema central de la sociología política, la complejidad intrínseca de los procesos participativos ha atraído el interés de otras disciplinas, lo que ha diversificado notablemente el estudio sobre estos fenómenos. Puesto que se trata de un tema de especial significación para los procesos de democratización e integración social, algunas aproximaciones tienden a ubicarse en una posición sociocéntrica, esto es, que jerarquizan el papel que juega la sociedad civil en las decisiones estatales. Este punto de vista sostuvo el auge que, durante las últimas décadas del siglo xx, tuvo el modelo de la participación social o comunitaria. La acción de los participantes, según este enfoque, se acotaba a los problemas de su comunidad y corría por canales separados de los procesos de decisión política de mayor escala.

El punto de encuentro entre la cuestión de la participación y el campo de las políticas públicas se hace más visible cuando se adopta la perspectiva de la participación ciudadana. Superando la visión comunitarista, esta noción alude a la participación de la ciudadanía en los procesos de política pública, es decir, hace referencia al universo de prácticas de intervención de la sociedad en la decisión y la gestión de los asuntos públicos.

El término público, en esta perspectiva, pone de manifiesto que los temas que ocupan la atención de la participación ciudadana no se restringen a las problemáticas que afectan a los involucrados en las experiencias participativas, sino que remiten a cuestiones de interés social, colectivo. El interlocutor privilegiado para cuestiones públicas es el Estado, como representación institucional del interés general, lo que fundamenta la importancia del involucramiento de los actores de la sociedad civil en los procesos de políticas públicas. La participación ciudadana construye, de este modo, un espacio de interacción entre sociedad y Estado que cabría denominar, el ámbito público no estatal: el espacio de acción de la sociedad en torno a cuestiones de interés público.

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Por otro lado, el calificativo de ciudadana no solo hace referencia a la intervención social en instancias de políticas públicas, sino que también lleva a comprender la participación de la sociedad civil en términos de ciudadanía, es decir, en el marco de los derechos y obligaciones establecidos normativamente desde el Estado. Este ocupa una posición central en los procesos participativos, no solo como uno de los actores intervinientes en las experiencias de interacción, sino, principalmente, en su aspecto de representación de lo público. Los argumentos que fundamentan el valor de la participación ciudadana, entonces, están enfocados hacia un horizonte de democratización de la sociedad en su relación con el Estado, pero también apuntan a la democratización interna del Estado. Como formas de intervención de la ciudadanía en las cuestiones públicas, por lo tanto, el análisis de la participación ciudadana resulta inescindible del de las políticas públicas y del Estado.

En síntesis, si se adopta un enfoque sobre la participación que ponga en relieve la interacción de la sociedad civil con el Estado, y se interese por las diversas modalidades de intervención de la ciudadanía en el proceso de las políticas públicas, queda claramente trazada la línea que relaciona estos dos campos de análisis. La reflexión sobre el cruce entre la perspectiva territorial y la participación, por otro lado, constituye una mirada de creciente presencia en esta área, aunque todavía concentrada en torno a algunos debates acotados. Entre las escasas aproximaciones que incorporan la dimensión espacial al análisis de los procesos participativos, cabe mencionar, principalmente, la participación política popular, los conflictos ambientales y territoriales y el desarrollo territorial.

5. De los ciudadanos al Congreso

Desde la reforma de la constitución en 1994, se reconocen nuevos derechos y garantías: la iniciativa popular (art. 39) y la consulta popular (art 40), reglamentadas en 1996 y en 2001, respectivamente.

La iniciativa popular otorga a cualquier ciudadano el derecho de presentar proyectos de ley ante el Congreso, pero para eso se le exige respaldarlos con las firmas del 1,5% del padrón electoral nacional (cerca de 380.000 personas) distribuidas al menos en seis provincias del país.

Artículo 39Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.

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ACTIVIDAD 4»Según el artículo 39, ¿qué temas no pueden ser objeto de una iniciativa popular? ¿Por qué creen que son excluidos?¿Qué proyectos se les ocurren pueden ser objeto de iniciativa popular?

En caso de querer ustedes presentar un proyecto de ley, debe cumplimentar el texto con las siguientes etapas:

• Elección del tema y búsqueda de información.• Objetivos. Análisis de fondo y forma.• Redacción del proyecto (fundamentación, reglas prácticas para la redacción, conclusión).• Anexos de información.

Algunas de las iniciativas populares que llegaron al congreso son: el hambre más urgente (que se convirtió en una ley que otorgó asistencia alimentaria y sanitaria a varios millones de argentinos), la Ley de Matrimonio Igualitario y el proyecto (también aprobado) de derogación de las jubilaciones de privilegio.

ACTIVIDAD 5»Elegir algún proyecto de ley que sea de su interés. Pueden utilizar artículos periodísticos, entrevistas a personas, y otros medios audiovisuales para responder las siguientes preguntas:¿Cómo fueron los inicios de la construcción de este proyecto de ley?¿Qué organización de la sociedad civil acompañó la iniciativa?¿Cuáles fueron los principales argumentos a favor y cuáles los que estuvieron en contra de la sanción de esta ley?¿Cómo se construyeron los acuerdos para el proceso de la sanción?

La consulta popular, a diferencia de la iniciativa popular, debe ser convocada por el Congreso o por el Poder Ejecutivo Nacional, que consultan a la sociedad sobre una determinada ley o política (en esos casos se denomina referéndum) o bien sobre cuestiones de Estado excepcionales (conocido como plebiscito), como, por ejemplo, la anexión o la cesión de determinado territorio al país.

Artículo 40El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática.El Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.

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ACTIVIDAD 6»Buscar en libros y en sitios web la ley 25.432:¿Qué pautas debe cumplir la consulta a plebiscito?¿Qué temáticas no pueden ser sometidas a esta modalidad?¿Qué tema someterían a consulta?

Este cambio fue reglamentado en 2001, mediante la ley 25.432 que establece dos tipos de consultas:

1) La vinculante, convocada por el Congreso para someter al pueblo un proyecto de ley y cuyo resultado obliga al gobierno

2) La no vinculante que puede ser promovida por el Congreso o por el Poder Ejecutivo. A través de esta consulta se pide a la sociedad su opinión. En nuestro país sólo fue utilizado en el plebiscito por el tratado con Chile en el conflicto del canal de Beagle en el año 1984.

En este caso el presidente Raúl Alfonsín decía: “queremos que todos los argentinos participen tomando posición acerca de si conviene o no dar solución rápida y pacífica a un problema que constituye un elemento de tensión con Chile hace un siglo. Es un problema territorial, no una ley más.”

El 25 de noviembre de 1984 tuvo lugar el plebiscito dando como resultado “si” por un 81,13% de los votos. Cuatro días más tarde los cancilleres Dante Caputo (Argentina) y Jaime del Valle Allien (Chile) firmaron el tratado de Paz y Amistad en el Vaticano.

•“Debate Caputo – Saadi por el conflicto del Beagle (parte I), 1984”https://www.youtube.com/watch?v=HPKetZaZaEg

Debate Caputo- SaadiEste registro contiene la primera parte del histórico debate sostenido por el canciller Dante Caputo y el senador justicialista catamarqueño Vicente Saadi a raíz del conflicto limítrofe con Chile en torno al Canal de Beagle. Transmitido por Canal 13 y moderado por el periodista Bernardo Neustadt, el debate enfrenta no sólo dos posturas sino también dos estilos políticos, encarnados por dirigentes de distintas generaciones: Saadi, que lee buena parte de cuanto expone, levanta el tono y transgrede las reglas a menudo; Caputo en cambio no pierde la compostura, no excede sus tiempos e interpela directamente al público mirando a cámara. En cuanto al contenido de esta primera parte, Saadi acusa al gobierno de “traición a la Patria” por que el “Acuerdo de Paz y Amistad” firmado con Chile, basado en una propuesta papal realizada en 1980, deja para ese país las tres islas en disputa. Por su parte, el canciller lo reivindica como el mejor acuerdo posible tras un decenio de desaciertos diplomáticos. El plebiscito celebrado diez días más tarde zanjaría esta discusión con un contundente apoyo a la postura del gobierno, convalidando el tratado con el 81,13% de los votos.

VIDEO

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1. Conceptualización de la democracia digital. Aportes a la democracia moderna

Casi tanto como en cualquier otra área, como la ciencia o la educación, el desarrollo de las herramientas de la tecnología de la información y de la comunicación (TIC) tiene la capacidad de impactar en la democracia. Los efectos del mundo digital sobre la política y la sociedad siguen siendo difíciles de calibrar, y la velocidad con la que estos nuevos instrumentos tecnológicos evolucionan es, a menudo, más rápida que la capacidad que pueda tener un académico para evaluarlos, o la capacidad que un responsable de formular políticas tenga para integrarlos en los diseños institucionales existentes.

Desde sus inicios, las herramientas digitales, y el acceso generalizado a Internet, han venido transformando los medios tradicionales de participación en la política, haciéndolos más efectivos. En distintos países, los procesos electorales se han vuelto más transparentes y eficaces, y la papeleta de votación ha sido sustituida por máquinas de votación electrónica. La firma de peticiones se convirtió en una herramienta generalizada y poderosa, ya que los ciudadanos individuales ya no necesitan ser molestados en las calles para que estampen su firma en una hoja de papel, sino que pueden ser contactados simultáneamente por millones de otros ciudadanos a través del correo electrónico, y sus nombres añadidos a peticiones virtuales, que pueden estar listas en pocos segundos. Las protestas y las manifestaciones también han sido revitalizadas sustancialmente en la era de Internet.

En los últimos años, las redes sociales como Facebook, Twitter y WhatsApp han demostrado ser un motor de las revueltas democráticas, movilizando a las masas, convocando grandes aglomeraciones y concienciando a la población, como fue el caso de la Primavera Árabe.

Supuestos básicos de la democracia digital o electrónica

Apuntes de clase: Supuestos básicos de la democracia digital o electrónica

UNIDAD 3

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Si bien, al reducir los costos de participación, los medios tradicionales de participación política pueden ser más eficaces con el uso de herramientas TIC, no se puede asegurar que estén menos sujetos a distorsiones y manipulación. Durante las recientes elecciones en Estados Unidos, los ingenieros informáticos afirmaron que las máquinas electrónicas de votación podrían haber sido hackeadas, alterando los resultados en los condados que dependían de ellas. Las campañas electrónicas también pueden manipularse fácilmente si no se ponen en práctica procedimientos de identificación seguros. Y en estos tiempos de post-hechos y post-verdades, las protestas y las manifestaciones pueden ser el resultado de una estratégica manipulación partidista de los medios de comunicación social, lo que puede acabar llevando a la inestabilidad democrática, como ha ocurrido recientemente en Brasil. Sin embargo, la distorsión y la manipulación de estas formas tradicionales de participación también estuvieron presentes antes del surgimiento de las herramientas TIC, e independientemente de que éstas no resuelvan por sí solas estos problemas precedentes, es posible que puedan hacer que los procesos políticos sean más efectivos.

Sin embargo, lo que supone un escenario rompedor para la democracia no es tanto el impacto de las TIC en la revitalización de los medios tradicionales de participación política como son las elecciones, la firma de peticiones y las protestas a través de herramientas digitales, sino el cambio real sobre el funcionamiento de la democracia, del Estado, de los gobiernos y del modo en que la representación se materializa. Este cambio proviene de los nuevos medios de participación electrónica, o de las llamadas innovaciones digitales democráticas. Mientras que Internet puede impulsar las formas tradicionales de participación política mediante el aumento de la cantidad de ciudadanos comprometidos, las innovaciones democráticas que se basan en herramientas TIC pueden cambiar la calidad misma de la participación, cambiando de esta manera la naturaleza de la democracia y sus instituciones a largo plazo.

En primer lugar, las innovaciones digitales pueden cambiar la manera en que funciona la democracia, al hacerla más inclusiva y más deliberativa. La inclusión democrática real ocurre cuando se entiende, no en términos del número de ciudadanos y volumen de participación, sino en función de los grupos de destinatarios y las políticas abordadas por los nuevos medios de participación electrónica. Se han creado varias innovaciones democráticas digitales dirigidas específicamente hacia las mujeres, a los jóvenes y a otros grupos vulnerables, que normalmente no tienen solo una menor participación en la política electoral, sino que ven también sus intereses marginados por los políticos electos. Hemos asistido a la evolución de mecanismos de control digital que han permitido específicamente a las mujeres levantar sus voces contra las múltiples formas de violencia de género, y en muchos casos ayudar a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley a identificar a los agresores y a aumentar la vigilancia. Diversas políticas nuevas, dirigidas a los jóvenes, se han redactado en plataformas interactivas de formulación de políticas, utilizando los insumos provistos directamente por los ciudadanos jóvenes, que tienden a preferir el teclado de sus computadoras a las urnas. Estos nuevos espacios de participación política han venido enseñando a las nuevas generaciones, no simplemente a entender sus preferencias políticas como manifestaciones estáticas de elección, agregadas a través de mecanismos de votación cada dos o cuatro años, sino a expresar colectivamente sus demandas y construir sus opiniones políticas a través de la deliberación continua. Los grupos históricamente excluidos pueden ahora participar en nuevos espacios institucionales, diseñados para abordar temas que les conciernen específicamente, consiguiendo que sus propias voces (digitales) sean tenidas en cuenta en la elaboración y aplicación de políticas.

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En segundo lugar, las innovaciones democráticas digitales pueden cambiar la manera en que los gobiernos gobiernan, haciendo que sean más fiables y eficaces. En poco tiempo, el gobierno electrónico y los datos abiertos se han convertido en herramientas tan generalizadas para mejorar la transparencia, que uno apenas puede seguir denominándolas innovaciones. Los diseños institucionales más innovadores y más democráticos pueden encontrarse hoy en día entre aquellos que dependen de las herramientas informáticas para permitir a los ciudadanos colaborar con su gobierno mediante la interaccióncon la administración pública. Algunas formas de administración interactiva han evolucionado tanto hacia sitios de Internet como hacia aplicaciones móviles (apps), donde los ciudadanos pueden identificar problemas en sus ciudades y proponer soluciones para remediarlos. Han aumentado rápidamente los mecanismos de mapeo colaborativo, permitiendo a los ciudadanos utilizar herramientas de geo-localización para hacer cosas tan variadas como denunciar delitos, detectar de focos de enfermedades, señalar áreas de deforestación o denunciar la corrupción. Tanto la administración interactivacomo el mapeo colaborativo son dos tipos de innovaciones digitales que han sido diseñados para incluir a los ciudadanos en el proceso de aplicación de políticas, permitiéndoles desempeñar un papel en la implementación y evaluación de políticas al mismo tiempo que mejoran la prestación de servicios públicos, imponen el imperio de la ley y responsabilizan a los gobiernos.

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En tercer lugar, las innovaciones digitales pueden cambiar la manera en que la representación se realiza, haciéndola más sensible. Considerando que, a veces, millones de votos no son suficientes para asegurar que los políticos elegidos tengan en cuenta las preferencias de sus electorados, en algunos casos la participación electrónica de unos pocos miles de ciudadanos ha demostrado ser más eficaz para hacer que esas preferencias sean escuchadas. Los procesos de legislación crowdsourcing representan quizás el cambio más innovador que haya tenido lugar en los parlamentos en los últimos siglos, permitiendo a los ciudadanos colaborar en la redacción de nueva legislación y, por lo tanto, participar en la elaboración de leyes. En algunos casos, esta forma de participación ciudadana en línea no sólo se limita al establecimiento de la agenda, sino también es útil para la etapa de formulación del ciclo de la política mediante la adición, la modificación o la eliminación de partes de nuevas leyes que serán luego adoptadas por los representantes. Un número cada vez mayor de partidos políticos también ha venido utilizando plataformas de código abierto para permitir que los ciudadanos contribuyan con sugerencias a sus agendas políticas, se opongan a políticas que adoptaron, y voten en línea sobre los temas sobre los que estos partidos deben votar en los parlamentos. El uso de tales herramientas permite a los partidos y a sus afiliados y simpatizantes fortalecer las relaciones entre ellos y, posiblemente, ganar nuevos partidarios. Curiosamente, las innovaciones digitales han hecho que la representación por medios virtuales sea, a la vez, menos virtual.

Estos nuevos diseños institucionales digitales no sólo mejoran la participación, sino que también mejoran la democracia, aumentando la inclusión política, generando rendición de cuentas, imponiendo el imperio de la ley y aumentando la capacidad de respuesta. También pueden promover la igualdad social, ya que incluyen grupos tradicionalmente desfavorecidos y proporcionan canales para expresar esas demandas que están insuficientemente representadas. Hace tan sólo unos años una podía argumentar que la brecha digital excluye a los ciudadanos con bajos ingresos, pero hoy en día el uso generalizado de los teléfonos inteligentes casi está convirtiendo en obsoletas a las computadoras como dispositivos necesarios para acceder a Internet. No es por casualidad que en algunos de los países más pobres se encuentre el mayor número de smartphones per cápita, y que tales dispositivos de Internet móvil hayan demostrado ser una herramienta eficaz para incluir a los ciudadanos que viven en sociedades muy desiguales. Al corregir algunos de los déficits de los gobiernos representativos, y proporcionar nuevas formas de lidiar con la desigualdad social, las nuevas formas de participación electrónica quizás no puedan cambiar la democracia tan rápidamente como evolucionan y se expanden, pero ciertamente han hecho que, a través de la innovación digital de las instituciones, la democracia sea más diversa e inclusiva.

A través del uso de la tecnología, estamos asistiendo a un desarrollo o cambio de los gobiernos actuales respecto a la forma de proporcionar información como a la prestación de servicios públicos a los ciudadanos. Por lo que ha surgido un nuevo concepto de gobierno, el “gobierno digital”. Estos cambios se han hecho patentes en aspectos importantes como un aumento de la transparencia a través de las páginas Web o también en un aumento de la interactividad entre los ciudadanos y los organismos públicos, pero incidiendo en que éstos son más notables en las sociedades desarrolladas con acceso a nuevas tecnologías que las sociedades subdesarrolladas.

Una variable que influye en esta desigualdad es el desarrollo democrático. Se puede suponer que aquellos países de sistemas democráticos tienen mayor transparencia e interactividad. Además, existe otra variable influyente y es el desarrollo tecnológico en estas sociedades desarrolladas y de sistemas democráticos.

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Pero a pesar de la euforia que suponen estas nuevas técnicas de información y comunicación, hay que averiguar si todas ellas son realmente factibles y eficaces en los gobiernos y en qué medida las tecnologías contribuyen realmente tanto a la innovación y mejora como a la democratización y participación ciudadana. Por ejemplo, existen algunas diferenciaciones apreciables: mientras que la democracia es un proceso lento y largo en el tiempo, las nuevas tecnologías se caracterizan por su rapidez, por lo tanto, hay que tratar con cautela la incorporación de las técnicas a la democracia. Igualmente, aunque estamos en un auge de la democracia, hay cierto distanciamiento aún entre representados (no partidos sino instituciones) y representantes, y problemas en los mecanismos de toma de decisión, por lo que hay una creciente insatisfacción por parte de los ciudadanos.

Para solucionar esta insatisfacción surgen alternativas como una mayor responsabilidad e implicación tanto de representantes como ciudadanos, como mejorar los canales de comunicación o una participación más directa de la población en las decisiones públicas. Pero existe cierto escepticismo por los costos y problemas que estas alternativas pueden ocasionar. Ante estos problemas, las técnicas de información y comunicación, pueden comportarse como un nexo de unión entre instituciones y ciudadanos. Además, existe una opción consumerista que explica que lo que falla son los mecanismos de información, por lo que dichas tecnologías pueden entran a satisfacer estas necesidades.

De nuevo surge un nuevo problema y es la forma de gestionar las políticas y canales de comunicación entre ciudadano y administración. Una mala gestión nos puede llevar a una violación potencial de la privacidad de determinada información, por lo que las nuevas técnicas pueden, más que reforzar la implicación ciudadana, el control y autoridad de las élites institucionales. Ante el problema de percepción de distancia entre los que deciden y aquellos que representan, las nuevas técnicas tienen como propósito la mejora del funcionamiento de los entes que “deciden” y la población.

Por otro lado aparecen, con las técnicas de información y comunicación, muchas otras posibilidades de comunicación entre el ámbito social y el estatal, que se interrelacionan con las reglas del mercado. Además, existe otro mecanismo que es la democracia directa, posible gracias a la utilización de estas nuevas técnicas, pero surge un dilema ante la situación de regresar a prácticas clásicas como por ejemplo el ágora griego. Hoy en día no es posible realizarlo en un lugar concreto, porque hay mucha población y porque a pequeños núcleos no les interesan determinados temas o no tienen capacidad para tratarlos.

Por lo tanto, utilizar las nuevas técnicas de información para la democracia directa conlleva también problemas, de tal modo que hay que buscar fórmulas para utilizar estas tecnologías evitando los problemas anteriores.

Pese a las dificultades de implantación de nuevas tecnologías en la democracia, el desarrollo de estas técnicas ha supuesto un aumento de posibilidades de participación (aunque no son plenamente satisfactorias)

lo que parece llevarnos de nuestra actual democracia participativa a una “electrónica”. Surge el problema respecto a la legitimación de la democracia. Vemos como única y legítima sólo a la participativa. De ahí que debamos analizar los problemas políticos y jurídicos que con llevaría la nueva “democracia electrónica”. Por un lado, a más participación hay acumulación de datos, más opinión pública, lo que supone más tiempo en la toma de decisión y, por otro lado, habrá aspectos que no se deberían consultar, como por ejemplo, cualquier tema relacionado con los derechos fundamentales o en momentos críticos, determinadas consultas no serían objetivas.

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Hay que destacar que siempre suscita recelo cualquier nuevo método de participación, además de la amenaza que pueda suponer a aquellos que ostentan el poder, asimismo, al servicio del estado puede llegar a ser un gran mecanismo de control. Si realmente hubiese una participación universal, surge una pregunta: ¿para qué serviría la democracia representativa si podemos participar todos en la toma de decisión?. De momento, las nuevas tecnologías sólo sirven para dar más información, por lo que intensifica la crisis de legitimidad política, es decir, “es inútil participar si no sirve para nada”. Pero hay que matizar que en momentos de crisis o crispación, a través de las nuevas tecnologías se dan a conocer los problemas o preocupaciones de la población.

ACTIVIDAD 7»Elegir una red social y comunicar, siguiendo sus características, las innovaciones democráticas mencionadas en el apunte.

2. Experiencias nacionales y regionales

Actualmente, hay experiencias de democracia digital en algunos países, pero aún queda lejos un voto digital extendido a toda la población o países democráticos por la vulnerabilidad de la red y porque aún se necesita una mejora en las técnicas de comunicación para conseguir medios más seguros y fiables. Del mismo modo, en nuestro país, ya hay experiencias de legitimación del voto electrónico para poder dar solución a los problemas anteriores. Analizando esta última experiencia, podemos observar la introducción de los nuevos conceptos y definiciones que conlleva el voto electrónico, así como la redefinición de conceptos antiguos (utilizados en la actualidad), como el voto nulo, en blanco, etc. La implantación de nuevos medios o procedimientos de control, es decir, para garantizar la ausencia de manipulación y por último, establecer mecanismos de formación para los ciudadanos.

Pero en general, la regulación del voto aún es farragosa, es decir, larga y confusa, porque debe recoger todo aquello que pueda ocurrir con el voto electrónico. Es, además, una regulación necesariamente provisional, tiene una tecnología cambiante, constantemente innovadora, que provoca que también lo sea su regulación. En tercer lugar, tiene regulación muy limitada. Esto quiere decir que aún debe desarrollarse y extenderse su regulación a todos los ámbitos y pasos que conlleva este tipo de votación. Por otro lado, la regulación es complementaria, puesto que técnicamente aún falta tiempo para poder generalizar este voto. Por último, es una regulación incompleta, es decir, todavía hace falta más experimentación y comprobación para resolver los muchos problemas y dificultades que aún conlleva trasladar este voto a toda la sociedad.

Por lo tanto, para extender este sistema de voto, aún hay que convencer a retractores y tradicionalistas, resolver todos los problemas mencionados a lo largo de la lectura, garantizar y legitimar esta “democracia electrónica” en todas sus esferas, concienciar a los votantes y sobretodo llevar a cada hogar o individuo las tecnologías necesarias para su desarrollo.

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ACTIVIDAD 8»A partir del ejemplo dado sobre voto electrónico, buscar tres argumentos a favor y tres en contra de esta iniciativa. Elaborar un breve texto que exprese su postura basándose o refutando alguno de los argumentos citados anteriormente.

Sitio de interés: Nota periodística "Primavera árabe: Internet permitió a los jóvenes hacer escuchar su voz":https://www.nacion.com/archivo/primavera-arabe-internet-permitio-a-los-jovenes-hacer-escuchar-su-voz/72T4VM3RH5CNLB6SFREVGXFG3M/story/

WEB

BIBLIOGRAFÍA

• Aguilar Villanueva, L. F. (1996), La implementación de las Políticas, Editorial Miguel A. Porrúa, México.• Constitución Nacional de la República Argentina• Di Virgilio, M. M. (2000), “La vida cotidiana de las unidades domésticas. Organización social y participación: estrategias para el acceso a recursos de programas sociales”, Serie Documentos de Trabajo - Universidad Nacional de General Sarmiento, Argentina.• Grodos D. y X. Betune (1988), "Las intervenciones sanitarias selectivas: una trampa para la política de salud del tercer Mundo", en Cuadernos Médico Sociales Nº 46, Rosario.• Ponencia presentada en el panel Construcción de poder político y gestión pública participativa en el ámbito local, del II Seminario Nacional Fortaleciendo la relación Estado-Sociedad Civil para el Desarrollo Local, organizado por CENOC-CEDES-UNGS, 19 de noviembre 2003.•Rofman, Adriana (2016) Participación, políticas públicas y territorio : aportes para la construcción de una perspectiva integral. Los Polvorines, Universidad Nacional de General Sarmiento.

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PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL GESTIÓN PARTICIPATIVA DE POLÍTICAS PÚBLICAS

LENGUA 1DERECHO YSOCIEDAD

Introducción

Unidad 1: El concepto de derecho Apuntes de clase: El concepto de derecho -1. Introducción -2. El concepto de derecho ● 2.1. Seguimos avanzando -3. Desarrollo histórico del derecho -4. El derecho como organizador social -5. El derecho como instruemto de resolución de conflictos -6. Los fines del derecho

Unidad 2: El Estado Apuntes de clase: El Estado -1. Introducción -2. Desarrollo histórico del concepto de Estado ● 2.1. La Polis ● 2.2. Roma ● 2.3. Reino y feudos ● 2.4. El Estado moderno -3. El “estado de naturaleza” y la “sociedad civil” -4. El Estado argentino. Su formación histórica -5. La Generación del 37 ● 2.1. Juan Bautista Alberdi ● 2.2. Domingo Faustino Sarmiento -6. La Generación del 80 -7. La Constitución Nacional -8. Poderes del Estado ● 8.1. Poder Legislativo ● 8.2. Poder Ejecutivo ● 8.3. Poder Judicial -9. La Constitución Nacional. Evolución y paradigmas ● 9.1. La reforma de 1949 ● 9.2. La reforma de 1994

Unidad 3: El concepto de persona Apuntes de clase: El concepto de persona -1. Persona física y persona jurídica ● 1.1. Persona física ● 1.2. Persona jurídica ● 1.3. Persona jurídica de carácter público ● 1.4. Persona jurídica de carácter privado -2. Acerca de la noción de capacidad ● 2.1. Incapacidad -3. Tener un derecho, tener un deber ● 3.1. Derechos subjetivos ● 3.2. Deber jurídico -4. Familia ● 4.1. Matrimonio ● 4.2. Lazos paterno familiares

-5. Filiación ● 5.1. Naturaleza ● 5.2. Técnicas de Reproducción Humana Asistida ● 5.3. Adopción

Unidad 3: El concepto de norma Apuntes de clase: El concepto de norma -1. Fuentes del Derecho ● 1.1. Fuentes formales ● 1.2. Fuentes materiales -2. Normas de conducta -3. El concepto de socialización -4. A modo de cierre

Bibliografia

1. IntroducciónEn este apartado le propondremos un camino que le permitirá construir un concepto

de derecho.Para lograrlo, abordaremos una perspectiva general del capo jurídico, sumado a

definiciones iniciales, más un breve itinerario sobre la historia misma del derecho, analizando las corrientes más significativas.

Esperamos que al finalizar de trabajar con esta unidad, puedan:● Comprender las perspectivas que adopta el derecho para abordar los fenómenos

sociales.● Diferenciar los presupuestos implicados en las diferentes formas de entender el

Derecho.● Distinguir entre los abordajes generales y particulares que pueden hacerse sobre

los temas relacionados con el estudio del derecho.● Identificar las diferentes funciones del derecho y jerarquizarlas.● Comprender qué implica afirmar que el derecho tiene finalidades.● Identificar y diferenciar los fines del derecho.Será muy útil volver a estos objetivos al terminar de estudiar la unidad, para corroborar

los avances e identificar los conceptos que necesiten ajustes.Le sugerimos trabajar activamente con este material, marcando los conceptos que

parezcan oscuros o poco claros para esclarecerlos en las tutorías.

2. El concepto de derecho

Las sociedades suelen actuar como si sus modos de pensar, sus concepciones acerca del bien y el mal, entre otras cosas, existieran desde siempre y permanecieran sin modificaciones en el espacio y el tiempo.

Vamos a llamar a la tendencia a tomar como eternas ciertas condiciones que son particulares de un tiempo y un lugar, “la falacia naturalista”. El Derecho no escapa a esta falacia naturalista y extraordinariamente, es considerado como producto histórico.

Para explicar la falacia naturalista debemos remitirnos al empirismo, una corriente filosófica que sostiene que la experiencia es el único punto de partida válido para justificar cualquier conocimiento.

Pensemos en el siguiente ejemplo: sabemos por la experiencia que hay gente que come carne; pero la experiencia no nos dice nada más. No es la experiencia, sino la comunidad, quien hace un juicio moral sobre eso. Nosotros (y no la experiencia) somos quienes decimos “eso está bien” o “eso está mal”. Si pensáramos que el hecho de comer carne está bien para nosotros y por eso debe ser bueno para todas las sociedades

El concepto de Derecho

Apunte de clase: El concepto de derecho

UNIDAD 1

David Hume (1711-1776) fue el primero en formular lo que hemos llamado “la falacia naturalista”. Según él, no hay nada en la experiencia que tenemos del

mundo, que nos diga cómo deben ser las cosas, sino que la experiencia sólo nos dice cómo son esas cosas.

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PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

actuales y pasadas, nos veríamos obligados a concluir que los vegetarianos, por ejemplo, están haciendo mal las cosas ya que para ellos el sufrimiento animal les impide alimentarse de ella. Y viceversa: ellos podrían decir que todos los hombres que comen carne son criminales.

Si actuáramos de ese modo estaríamos naturalizando un valor que es nuestro y, por lo tanto, cometiendo la falacia naturalista.

Según este fenómeno, aplicado al mundo jurídico, consiste en pensar que es lo mismo hablar de “derecho occidental” (que es un modo de llamar a una forma histórica – la nuestra – de organizar el derecho) que de “derecho en general”. En otras palabras, consiste en suponer que el modo de organizar la propia sociedad es el modo natural de hacerlo.

Se ignora así que en sociedades disímiles de la nuestra y entre sí, existen otras formas prácticas del derecho. Esto puede llevar a pensar que esas formas no tienen tanto valor como las que nos parecen correctas a nosotros, que son sociedades que están equivocadas y que tenemos una especie de “derecho” de hacer que actúen y piensen como nosotros.

Ahora bien, ¿cómo hablar de derecho sin cometer la falacia naturalista? Decimos que debemos hablar de derecho en general, pero cada vez que nos adentramos en el tema descubrimos que es difícil hacer a un lado nuestra concepción del derecho, que siempre está teñida por el hecho de que vivimos en una sociedad que tiene un tipo de derecho particular.

¿Es posible, entonces, encontrar algunas características tan generales presentes en todo derecho, que nos permitan llegar a un concepto general de derecho, válido para analizar los distintos ordenamientos jurídicos?

Viendo lo anteriormente desarrollado, es hora de realizar la primera actividad del módulo.

1

2

3

Todo derecho habla de reglas. Más adelante veremos que estas pueden recibir diferentes nombres (reglas, normas, normas jurídicas, leyes). Por ahora, como características muy generales, basta con señalar que donde hay derecho, hay pautas de comportamiento.Hablar de derecho no es otra cosa que hablar de los modos en que se supone que deben ser las cosas.

No puede haber derecho allí donde las reglas no sean sociales. Es claro que todo derecho se ocupa de los modos en que se regla la conducta, pero siempre en relación con los demás. Las reglas organizan las posiciones sociales, las relaciones de poder, etc.

Como el derecho sólo se entiende en relación con reglas y estas deben ser sociales, sólo es posible hablar de derecho si aquellas implican una obligación. Además deben ser comprendidas como obligatorias por los miembros de una sociedad.

Allí donde hay derecho, hay pautas de comportamiento.

Que exista un derecho implica, necesariamente, la existencia de un grupo de personas que conviven.

Existe derecho allí donde existe también alguna noción del concepto de obligación.

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Presentan, a continuación, dos relatos acerca del modo en que los esquimales y los indios guaraníes establecen algunos de sus vínculos jurídicos. Leer con detenimiento.

Completar el siguiente esquema, aplicando lo analizado anteriormente.

ACTIVIDAD 1»

Relato 1La opinión general es que los esquimales, tal como se los pudo observar antes de los profundos trastornos sufridos durante este siglo, no tenían gobernantes ni formas de coacción alguna aparte de la reprobación colectiva de los transgresores de las reglas.Cuando las conductas habituales no bastan para asegurar la regulación social (repartos de alimentos, intercambio de las mujeres, infanticidios en años de superpoblación relativa, desplazamientos colectivos), entonces se realizan transacciones entre las familias ampliadas que viven en las “casas largas”.La única autoridad que logra imponerse episódicamente (sobre todo para la solución de conflictos entre casas largas y hogares) es la de los mediadores, generalmente cazadores experimentados o adivinos en relación con los espíritus, de palabra escuchada e influencia reconocida. Pero no poseen poder alguno; en ciertas ocasiones pueden apelar a la reprobación colectiva, confirmando así de alguna manera que la supervivencia del grupo está amenazada por conductas a-normales; la sociedad entera castiga a los culpables (en casos límite, con la marginación que conduce a la muerte).

Relato 2La sociedad de los indios guaraníes (cuyas características Clastres hace extensiva a la mayoría de las sociedades amerindias) tiene muchos “jefes” (...) De alguna manera, el funcionamiento de esta sociedad (...) Conduce a detener en seco cualquier tendencia que pudiera transformar a los jefes en reyes depositarios de la ley.Clastres ha descrito a los “jefes de banda” guaraníes capaces de imponer objetivos comunes en determinadas circunstancias (la guerra, la caza, los litigios entre cazadores), así como a la severa coerción que impera en estas sociedades de los hombres sobres las mujeres, los ancianos sobre los jóvenes. Si nadie escucha al jefe que habla es porque el poder de coerción está en otra parte, en la colectividad de hombres adultos, de los cazadores-guerreros. El jefe no es sino la autoridad legítima, cuya palabra expresa la voluntad del poder coercitivo de aquellos de quienes depende la subsistencia del grupo.

Mencione las “reglas” que se encuentran sometidas al sistema.ESQUIMALES

INDIOS

¿Cuántos grupos sociales puede identificar en cada relato? ESQUIMALES

INDIOS

¿Qué obligaciones tienen, tamto esquimales e Indios, en los grupos sociales que integran?ESQUIMALES

INDIOS

PAUTAS DE COMPORTAMIENTO

GRUPOS Y RELACIONES

SOCIALES

OBLIGACIONES

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PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

2. 1. Seguimos avanzandoCon estas aproximaciones, podemos acercarnos más concretamente a una primera

definición de derecho.El derecho es un conjunto de reglas sociales que son percibidas con obligatoriedad

por una sociedad determinada, en un momento histórico especifico.

La ciencia del derecho es aquella que estudia las reglas sociales que son percibidas como obligatorias por una sociedad determinada, en un momento histórico especifico.

Hasta aquí, cuando hablamos de “derecho” nos referimos, a dos conceptos que a partir de este momento debemos distinguir con precisión.

Utilizamos usualmente la palabra “derecho” para aludir a la ciencia social que estudia las reglas sociales; pero también llamamos “derecho” al conjunto de aquellas. Así, cuando decimos “el derecho se ocupa de determinar por qué algo es delito o no lo es, en una sociedad específica”, estamos usando la palabra en el primero de los sentidos, pero cuando decimos “Todos los ciudadanos tienen derechos y obligaciones”, o “Estamos obligados a votar, porque así lo determina nuestro derecho”, estamos usándola en el segundo.

Desde ahora, entonces, haremos una distinción: cuando hablemos del derecho en el primer sentido, nos referiremos a “ciencia del derecho”, y reservaremos la palabra “derecho” para el otro caso. Entonces, cuando digamos “Toda sociedad tiene un derecho”, estaremos diciendo que tiene un conjunto de reglas que le son propias.

Ahora, entonces, se hace necesaria también una definición para aquella aproximación que decidimos nombrar “ciencia del derecho”.

ACTIVIDAD 2»Hacia mayo del año 2012, un hombre de 38 años fue baleado durante un robo e internado en la Clínica Bazterrica donde permaneció inconsciente. A criterio de los médicos de la clínica, la gravedad de su estado de salud requería que el paciente reciba transfusiones de sangre, pero su esposa se negó en virtud de las creencias bíblicas de su marido, quien pertenecía al culto de los Testigos de Jehová.La mujer presentó una declaración firmada hacía cuatro años por su esposo en la que pide que no le realicen transfusiones de sangre. Ante esta situación el padre del joven se presentó ante la justicia con asesoramiento letrado y logró que el caso llegara a la Corte.A continuación, se expone el artículo periodístico que hace mención a este caso, para su correspondiente análisis.

Pablo, que respeta un mandato bíblico de abstenerse de sangre, sigue internado en coma tras ser baleado. ¿Por qué no aceptan sangre los testigos?

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió anoche que se respete la voluntad de Pablo Albarracini, el joven testigo de Jehová que está en coma y que no acepta una transfusión de sangre por respetar el principio de la Biblia de abstenerse de ella.

La abogada Mariana Gallego, que representa a Jorge Albarracini, padre del joven, que presentó el amparo para que su hijo pueda ser transfundido, dijo que “la Corte otorgó prioridad al principio de reserva de la Constitución Nacional por el cual la Justicia no tiene jurisdicción sobre los actos privados de las personas”.

Asimismo, el abogado Ricardo Monastero, que también representa al padre del joven, indicó que el fallo de la Corte (ver en PDF) “básicamente, establece que no hay constancia de que Pablo haya variado su voluntad, y que no hubo de cambio de parecer”. “Dice que hay que respetar el derecho del paciente y en función de eso dictó un fallo convalidando una voluntad antecedente”, agregó el letrado, según informa La Nación.

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También narró la letrada que a la notificación del fallo de la Corte Suprema en la sede de los tribunales también concurrieron ocho integrantes de los testigos de Jehová, entre ellos la esposa de Pablo Albarracini, quienes consideraron “de gran importancia la decisión adoptada” por el máximo tribunal.

Horas antes de su fallo, la Corte Suprema le ordenó a sus peritos médicos que le remitan un informe sobre el estado de salud de Pablo Albarracini para contar con más elementos para tomar la decisión de autorizar o no la transfusión de sangre.

Pablo Albarracini tuvo que ser intervenido quirúrgicamente dos veces, la última, el viernes pasado ya que presentaba seis hemorragias internas que pudieron ser controladas por los médicos de la Clínica Bazterrica.

¿Por qué no aceptan sangre los testigos? Pablo Albarracín expresó su voluntad de no recibir una transfusión de sangre debido a que respeta el mandato de la Biblia que insta a no incorporar sangre al cuerpo según se señala en el libro de Hechos 15:28,29 (“...sigan absteniéndose de cosas sacrificadas a ídolos, y de sangre...”) o en Génesis 9:4 (“....solo carne con su alma —su sangre— no deben comer...”).

“Los testigos de Jehová ven la vida como una dádiva de Dios representada por la sangre. Creen en el mandato bíblico de que los cristianos deben abstenerse de sangre”, se explica en el sitio de Internet de los testigos.

Los testigos de Jehová no aceptan las transfusiones de sangre, pero sí otro tipo de transfusiones o tratamientos sustitutivos que brinda la ciencia médica moderna (solución salina, lactato de Ringer o dextrán) para expandir el volumen del plasma.

Base legal. Por otro lado, los miembros de esta religión se amparan en la ley nacional 26.529, de derecho del paciente, que señala que todos los pacientes deben ser atendidos y que además pueden optar qué tratamiento quieren recibir.

En ese sentido, la normativa indica que “el paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición”.

La ley remarca que “el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad”.

Recuperado de: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/corte-suprema-decidio-respetar-voluntad-testigo-jehova-no-transfundirse-sangre. 2 de junio de 2012, 13:57

En base a la nota periodística propuesta, responder por escrito las siguientes preguntas argumentando las respuestas.● Según el texto, ¿cuál es la regla que siguen los testigos de Jehová para negarse a recibir una transfusión de sangre? ¿Equivale a nuestra regla que indica que, la misma, es fundamental para la mejoría de nuestra salud y no es objeto de reproche ético? ● ¿El paciente está obligado a recibir ese procedimiento para obtener su curación, aun estando en contra de sus creencias religiosas? ● Teniendo en cuenta la absoluta necesidad del mencionado tratamiento, ¿quién debe tener la última palabra?

3. Desarrollo histórico del derechoEl derecho no sólo cambia de sociedad a sociedad, o de una época a otra. Dentro de

una misma sociedad, puede haber (y las hay) muy diferentes pensamientos de lo que es el derecho. En la tradición occidental hay diversas corrientes al respecto, pero focalizaremos nuestra atención en dos de ellas, que consideramos son las más relevantes al respecto.

● EL DERECHO NATURAL● EL DERECHO POSITIVOEl derecho natural, o “iusnaturalismo”, podríamos conceptualizarlo de la siguiente

forma.Básicamente, lo que los iusnaturalistas sostienen es que hay una serie de derechos

de los cuales ninguna sociedad puede prescindir. Ninguna de las leyes particulares de aquella puede anular aquellos derechos.

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Para esta rama del derecho, el contenido de las leyes es muy importante. Con esto queremos decir que lo más importante es considerar siempre lo que las leyes dicen. Si una ley es promulgada por órganos competentes, pero atenta contra algún derecho considerado como elemental, no será aceptada como una ley válida. Si una ley es promulgada por órganos competentes, pero atenta contra algún derecho considerado como elemental, no será aceptada como una ley válida y, consecuentemente, será desechada.

Para el derecho positivo, por el contrario, todos los derechos que un hombre tiene y todas sus obligaciones dependen del lugar y el tiempo en que vive. El derecho está escrito por hombres y depende de un acto de voluntad humana. Si pensamos así, entonces debemos considerarnos iuspositivista.

Tal vez el rasgo más fuerte del positivismo sea la cortante separación que establece entre derecho y moral.

Para un positivista no tiene sentido preguntarse por el derecho que debería existir. El único derecho del que se puede hablar con propiedad es del que efectivamente existe. Lo que el derecho hace, para un positivista, es prescribir. Aquello que el derecho ha prescrito, debe ser acatado.

Preguntarse si es bueno o malo obedecer una ley es intoxicar el derecho con cuestiones que no tienen nada que ver con sus postulados Hay un derecho que ha sido “puesto”. O bien se lo obedece, o bien se “pone” otro.

Podemos decir que el positivismo que defiende este modo de ver el derecho es esencialmente formalista. Lo que el formalismo sostiene, sintetizándolo, es que el contenido de la ley no es un problema del derecho, sino de la moral. No importa qué dice una norma, sino cómo lo dice. Importa la forma de la ley. Y si la forma de la ley es “obedezca”, entonces tenemos que obedecer. Las normas, para un positivista, no se deben obedecer porque sean buenas, sino porque son válidas. Ser válida quiere decir que se han respetado todos los mecanismos por los cuales una prescripción se vuelve ley. En otras palabras: si una ley fue dictada por un organismo competente y no contradice una ley superior, hay que hacer lo que ella dice.

Leer el siguiente texto con atención y responder el cuestionario posterior que se propone.

ACTIVIDAD 3»

“El uniforme fue un arma clave en la democratización global del sistema escolar francés, en la segunda mitad del siglo XIX. El uniforme jugó (...) Un papel que sería absurdo minusvalorar: el de invisibilizar – en el recinto amurallado que trataba de ser la escuela – desigualdades sociales que operasen como garantía de privilegios. En la segunda mitad del siglo XX se extinguió, de modo casi espontáneo, junto a la vieja sociedad a la que había combatido. El debate sobre el restablecimiento del uniforme escolar en Francia está hoy, sin embargo, lejos de ser anacrónico. Y el último episodio de los conflictos provocados por el chador musulmán no ha hecho sino volcar más a la opinión pública a reconsiderar lo que, hace sólo diez años, hubiera movido apenas a sonrisa. “En Aubervilliers, a diferencia de lo que sucede en otros centros, las alumnas musulmanas gozaban del privilegio – más que dudosamente constitucional – de asistir a clase con el litúrgico pañuelo en la cabeza. Con la sola condición de que el pañuelo fuera tal y no enmascarara totalmente orejas y cuello de alumnas. Cuando las dos hermanas, recién convertidas al Islam y paradójicamente provenientes de una familia laica y de tradición comunista, se presentaron en clase completamente tapadas, la dirección les comunicó los términos del compromiso. Las alumnas se negaron a ceder un milímetro: llevarían el velo que se les antojase, la dirección no era quien para dictar autoridad coránica.

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Provocaron entonces lo que, finalmente, culminó la semana pasada, sencillamente porque no existía opción legal para que no sucediera: el Consejo Escolar dictó su expulsión del liceo, desencadenando lo que, sin duda, era buscado desde el primero momento, un pulso final entre islamistas y Estado francés. El caso Aubervilliers pone fin a los ensueños que pretendieran solventar mediante “buena voluntad” la incompatible simultaneidad de un Estado moderno y una superstición medieval. A partir de ahí, sólo quedan dos opciones: o aceptar la islamización de la escuela y el fin consiguiente de la enseñanza laica republicana – o vetar legal e inequívocamente la exhibición de cualquier signo de identificación religiosa, sea cual sea su tamaño. Y retomar, bajo sus formas clásicas, el criterio republicano de la uniformidad escolar. Francia se despierta con una dura resaca. La de constatar cómo, al cabo de siglo y medio, hay que volver al inicio. La vestimenta de los adolescentes no sella hoy – o, al menos, no tanto como hace cien años – abismáticas diferencias económicas. Sella algo peor, creencias religiosas que vetan derechos ciudadanos irrenunciables: el de la igualdad legal de hombres y mujeres, el primero. No es agradable reconocer que hemos retornado a riesgos que queríamos creer extintos. No es agradable que el uniforme vuelva a ser garantía de la igualdad dentro de los muros de la enseñanza pública. Pero entre el uniforme y el signo vestimentario que dice la esencial privación de derecho de la mujer que lo porta, ningún Estado civilizado tiene demasiada opción”.

www.libertaddigital.com – 14/10/2003

● A lo largo del texto se hace referencia, repetidamente, a una serie de derechos y obligaciones. Marcar todos los pasajes en los cuales sean evidentes los derechos de los alumnos de la Academia de Aubervilliers y las restricciones que se ponen a esos derechos establecidos.● ¿Al utilizar la palabra “privilegio” para referirse al uso del velo por parte de las alumnas, el artículo se encasilla en una postura más cercana al iusnaturalismo o al iuspositivismo? ¿Por qué?● En el texto se hace referencia a un llamado, por parte de las alumnas, a que se les respete un derecho que claramente podríamos calificar como “natural”, tal como está expresado ¿Cuál es?● ¿Cuál considera usted que es la postura del texto, en lo referente a la distinción que hemos hecho entre derecho positivo y natural?● ¿Las estudiantes tenían derecho a utilizar la vestimenta islámica? ¿Por qué?● ¿Las autoridades del Liceo tenían buenas razones para expulsar a las estudiantes? ¿Por qué?● ¿Qué decisión adoptaría y por qué, un iusnaturalista?● ¿Y un positivista?

4. El derecho como organizador social

Según la definición que dimos del derecho, sin él a una sociedad le faltaría reglas. Dicho de otro modo: en una sociedad sin derecho, nadie se sentiría obligado a nada. Al no haber reglas, sería absurda la idea de esperar, por ejemplo, reparación de un daño.

Pensemos en algo tan sencillo como un semáforo. Es evidente que en esta sociedad sin derecho, que estamos imaginando, un semáforo no tendría sentido, sería absurdo. Es más: la idea misma de que existiera algo parecido a un semáforo sería absurda. ¿Para qué serviría un semáforo si nadie se sintiera obligado de algún modo a parar frente a él? ¿Qué sentido tendría si, además, no hubiera manera de tomar alguna medida contra aquel que, no sintiéndose obligado a parar, pasara de largo con luz roja?

Además, ¿podría haber dinero, por ejemplo, en una sociedad sin derecho? ¿Serviría para algo?

En esta sociedad que describimos, nadie compraría nada: simplemente tomaría lo que le hiciera falta, allí donde lo encontrara. Está claro que no se puede decir que esta sociedad inventaría el dinero para evitar problemas. Si hiciera tal cosa, estaría fijando una regla. Y no podemos olvidar que a esta sociedad le faltan, precisamente, reglas.

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Pero vayamos más lejos. Supongamos que una sociedad puede concebirse sin dinero. En esta hipotética sociedad sin derecho no existe el dinero, pero no hay problemas, porque la gente simplemente intercambia. Error. Intercambiar es actuar conforme a una regla (que podríamos formular así: en lugar de tomar lo que se necesite, se ofrecerá a quien tiene lo que se necesita, algo que a su vez éste necesite).

¿Y no podemos ir más lejos? Por supuesto. Esta sociedad sin reglas que estamos imaginando no podría contar con edificios. De hecho, no podría contar con ninguna clase de elemento que requiriera del trabajo de más de una persona (a lo sumo, de una familia, aunque esto también sería un problema, porque formar una familia requiere acomodarse a ciertas reglas). No podría haber transportes o servicios públicos, por ejemplo. Todo esto que se acaba de decir es obvio: ¿Quién podría decirle a otro algo parecido a “venga mañana a trabajar” o “siga el mismo recorrido que ayer”?

¿E ir más lejos? Claro que sí. Deberíamos imaginar, también, que nuestra sociedad no tiene ninguna clase de gobierno. En ella no podría haber un gobierno de una persona o de un grupo de personas (¿Quién obedecería lo que dijeran? ¿Quién y cómo obligaría a obedecer?). Pero tampoco podría ser gobernada por todos ya que todos deberían saber qué es lo que gobiernan, por qué lo gobiernan, para qué lo gobiernan y cómo lo gobiernan. Y esto supone que “todos” estarían de acuerdo. Y supone que respetarían ese acuerdo… es decir unas reglas.

Entonces, volviendo a la pregunta inicial ¿qué le faltaría a una sociedad, a la que le faltara el derecho”? Vemos que la respuesta es: a una sociedad que le faltara el derecho, le faltaría, precisamente, ser una sociedad.

No se puede contestar la pregunta porque la función del derecho es, precisamente, hacer que una sociedad sea una sociedad. A una sociedad, precisamente por ser una sociedad, nunca le puede faltar un derecho.

A continuación, se propone elaborar un mapa conceptual con todos los temas tratados anteriormente:● DERECHO ●CIENCIA DEL DERECHO ●FUNCIÓN DEL DERECHO ●DERECHO COMO ORGANIZADOR SOCIAL ●SOCIEDAD ●REGLASExplicar de manera breve la relación que estableció en su diagrama.Para realizar el mapa conceptual sugerimos ver el siguiente video con 10 consejos para su elaboración:

ACTIVIDAD 4»

VIDEO10 Consejos para hacer un mapa mental https://www.youtube.com/embed/QJekYAIentM?rel=0&controls=0&showinfo=0

5. El derecho como instrumento de resolución de conflictos

Dijimos que frente a determinados problemas, el derecho no logra cumplir una función que debería cumplir. Dijimos también, que nunca deja de cumplir la aquella que es la de organizador de la sociedad. Es evidente, entonces, que tiene otra función y que no siempre puede cumplirla. Al afirmar que tiene como función el resolver conflictos, estamos diciendo que se ocupa de resolver contiendas particulares, en el marco de una sociedad ya organizada.

Es para esta segunda función que se vale de un instrumento que conocemos, nombramos y escuchamos nombrar permanentemente. Nos referimos a las leyes. Llegado este punto, deberemos analizar cuidadosamente los términos que estamos utilizando. “Conflicto” y “ley” son términos que conviene especificar concretamente para evitar confusiones innecesarias.

124PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

Cualquier situación en la que dos partes chocan entre sí.

Decimos que existen leyes que prohiben o penan tal o cual cosa (robar, por ejemplo), leyes que definen el funcionamiento de un organismo o institución determinados (como la ley que determina que para cambiar la Constitución se requiere el voto de las dos terceras partes de la Cámara de Senadores), leyes de la naturaleza (como la ley de la gravedad). Usamos también la palabra ley para significar la autoridad (cuando afirmamos, por ejemplo, que lo que alguien dice “es la ley”)

OBLIGACIONES

LEY

Proponemos buscar información relevante sobre el fenómeno de los piquetes en diarios, revistas o Internet y escribir una nota de opinión,en la cual tendrá que tomar una posición personal sobre el tema y fundamentarla.

ACTIVIDAD 5»

Pues bien, es ante este tipo de situaciones, que la función primordial del derecho de organizar la sociedad debe prevalecer por sobre su función secundaria: resolver conflictos. Lo que importa del ejemplo que hemos analizado es que en él queda muy claro que el derecho es mucho más que la suma de las leyes de un código.

6. Los fines del derecho

Cuando nos referimos a los fines del derecho, lo podemos clasificar en 2 grupos.

FINES DELDERECHO

FIN PRIMORDIAL

MANTENER LA COHESIÓN SOCIAL

NUNCA DEBERÁ PROPONERSE METAS QUE HAGAN IMPOSIBLE

SU FUNCIÓN COMO ORDENADOR SOCIAL

FINES PARTICULARES

TODAS AQUELLAS QUE EL DERECHO DESEE PROPONERSE

SON ESPECÍFICOS DE CADA RAMA DEL DERECHO

Para avanzar en nuestro estudio, lo que nos interesa es la ley en los primeros dos sentidos que acabamos de mencionar y, para no confundirnos reemplazaremos la palabra ley y hablaremos de normas jurídicas.

¿Cómo podríamos definirlas? Son aquellas herramientas de las que se vale el derecho para resolver los conflictos.

Ahora bien, pongamos en práctica los conceptos hasta aquí desarrollados con un ejemplo claro y actual, en donde colisionan derechos adquiridos de raigambre constitucional: los piquetes.

La ineficacia se debe, en este caso, a que existen dos leyes (dos instrumentos) con los que cuenta el derecho para determinar quién debe ceder, y ambas se contradicen entre sí. Por un lado, la Constitución da a los ciudadanos el derecho a circular libremente por el territorio nacional (y, conforme a esto, los automovilistas tienen razón). Por otro, declara que todos los ciudadanos tienen derecho a organizarse y manifestarse libremente (lo cual pone el derecho del lado de los piqueteros).

125PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

Entonces, la diferencia fundamental entre estos fines particulares y el fin primordial del derecho radica en que mientras el fin de mantener la cohesión social es inherente a todo derecho, los fines particulares son propios de cada derecho en particular, y están, generalmente expresamente señalados en la Constitución.

Entonces, echemos mano a nuestra carta magna, para averiguar cuál es la naturaleza de los fines que hemos denominado “particulares”.

Podemos identificar, en el texto, los siguientes fines:La unidad nacional, como llamado a la creación de un sentido de pertenencia común

de lo que aparece como diverso (entenderemos mucho mejor este punto cuando analicemos las circunstancias histórico políticas que enmarcaron la promulgación de la Constitución Nacional Argentina de 1853, en la Unidad 2).

La justicia, que podemos entender como la intención de consolidar un sentido de equidad en las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, y entre los ciudadanos entre sí. Este fin expresa el deseo de que toda conflictividad pueda ser tratada conforme a principios que resguarden el equilibrio necesario para mantener la cohesión social. Podemos interpretar este fin como una intención de asegurar la igualdad de los ciudadanos, entre sí y ante el Estado.

La paz interior y la defensa común refieren, desde dos puntos de vista complementarios, al fin de la seguridad (los puntos de vista a los cuales hacemos referencia son, por un lado, el que pone el acento en la necesidad de establecer pautas de convivencia al interior de la sociedad y, por otro, de instaurarlas con el exterior, es decir, entre la Nación Argentina y las otras naciones del mundo).

El bienestar general puede entenderse como la invocación del bien común como uno de los fines de la Constitución. Podemos entender esta meta de modo muy cercano a lo que nos dicta el sentido común cuando escuchamos o leemos la frase “bien común”, como la aspiración de anteponer los intereses de la comunidad por sobre los intereses de grupo o individuales. El llamado a la libertad es, en cierto sentido, un complemento de la invocación al bien común. Que uno de los fines de la Constitución Nacional sea el “bien común” no implica, de ningún modo, que los intereses individuales o de grupo deben ser desatendidos sólo por ser individuales o de grupo. Declarar la libertad como uno de los fines de la Constitución se puede interpretar como la invocación de un principio de autonomía que permita a los miembros de la sociedad auto determinarse, en su capacidad y potenciales.

Dice el Preámbulo de nuestra Constitución: “Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente, por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”.

ACTIVIDAD 6»A continuación, se propone leer el preámbulo de la República del Paraguay e identificar:

● Los fines que hemos propuesto y desarrollado anteriormente. ● Describir brevemente las semejanzas con los principios que hemos expuesto al hablar de nuestra Constitución Nacional.

“El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, SANCIONA Y PROMULGA esta Constitución.”

126PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

1. Introducción

“El Estado, al igual que el suelo sobre el que se halla situado, no es un patrimonio. Consiste en una sociedad de hombres sobre los cuales únicamente el Estado tiene derecho a mandar y

disponer. Es un tronco que tiene sus propias raíces”. Immanuel Kant

A partir de aquí, y a lo largo de todo esta unidad, trataremos de señalar la relación que existe entre el derecho y las formas de organización de tipo política.

Comenzaremos haciendo un recorrido por las distintas formas en que la sociedad occidental se ha organizado, a lo largo de la historia, desde el siglo quinto antes de Cristo hasta nuestros días. Luego analizaremos el concepto de Estado, para poder entrar de lleno al análisis histórico de la formación de la nación Argentina, conceptos que aunque parezcan idéntico, no lo son. Finalmente, hablaremos de la Constitución Nacional, centrándonos en el estudio de los derechos y garantías fundamentales y las disposiciones que regulan el funcionamiento de las instituciones.

Sobre el EstadoEn este tópico, intentaremos desarrollar el concepto de Estado, el cual reviste cierta

complejidad que intentaremos desmenuzar.En el lenguaje cotidiano a veces usamos como sinónimos palabras como “Estado”,

“Nación”, “País”. Decimos, sin distinción, “la Nación Argentina” o “el Estado argentino” como si ambas expresiones fueran lo mismo que decir, “nuestro país” o, simplemente, “Argentina”. Pero esto es un error. Iniciaremos entonces nuestro recorrido por la temática de la unidad estableciendo la diferencia entre Estado, Nación y país.

En una primera aproximación, podemos manejarnos con las siguientes definiciones: La NACIÓN, es el conjunto de habitantes de un país y el territorio que estos ocupan.El ESTADO, es el cuerpo político de la nación, es decir, es aquella pero jurídicamente

organizada.

2. Desarrollo histórico del concepto de EstadoNos ocuparemos ahora de trazar un breve mapa histórico acerca de las formas de

organización política.Para hacer un breve repaso histórico del concepto de Estado, nos serán de utilidad cuatro

modelos de organización política. ● La Polis griega (particularmente Atenas) ● El Imperio romano● La organización feudal de la edad media● El estado burgués de fines del siglo XVII

El Estado

Apunte de clase: El Estado

UNIDAD 2

127PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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2. 1. La Polis

La Polis era la ciudad de los antiguos griegos, a quienes reconocemos, hoy, como los “padres de la democracia”. Dijimos más arriba que el Estado es el cuerpo político de una Nación. Para que haya Estado, tal como nosotros lo entendemos se necesitan, entonces, dos cosas: una Nación (esto es, una población y un territorio) y un cuerpo político expresado en instituciones burocráticas (esto es: órganos de gobierno legislativos, de administración, de justicia, etcétera). Lo importante, en este punto, es que estas instituciones burocráticas, en nuestro modo de concebir el Estado, no se confunden con la población. En otras palabras: no es la población civil, la que maneja los asuntos públicos. Estos están en manos de los funcionarios del Estado.

En Atenas, sin embargo, esto no funcionaba así. Un ateniense, por el mero hecho de ser ciudadano, tenía la obligación de participar de los asuntos públicos; ser ciudadano era ya ser un funcionario del estado, al menos cada cierta cantidad de tiempo. Además, todo ciudadano participaba de la Asamblea, en la cual se decidía sobre las cuestiones más importantes que concernían a la ciudad. ¿Por qué podemos decir que la Polis griega es un antecedente de nuestro Estado? Porque fue el primer modo de organización política que conocemos en el cual los hombres se dieron a sí mismos su gobierno.

2. 2. Roma

En la sociedad romana, la administración pública era ya manejada por un grupo pequeño de personas. La legislación, la justicia y los asuntos de gobierno no eran propiedad de órganos tan claramente diferenciados como en la actualidad, pudiendo decir que ya funcionaba en Roma un aparato estatal con instituciones burocráticas establecidas y funcionarios públicos con poder de decisión, relativamente autónomos.

De todos modos, aun no era clara la separación entre Estado y sociedad civil. El aparato burocrático romano actuaba por encima del conjunto de la población, no lo hacía respecto de toda la población, sino sólo de una parte de ella: la plebe (las clases más bajas, que eran la mayoría). Esto era así porque no funcionaba en Roma (como sí funcionaba en Atenas) un concepto amplio de lo que nosotros entendemos como igualdad.

Lo que importa señalar es que más allá de las diferencias en lo que hace a la concepción del manejo del poder, de los romanos recibimos algunas formas de organización que hoy nos son absolutamente familiares: un código jurídico escrito, una cámara de senadores, instituciones con cierto grado de autonomía que cumplen funciones gubernamentales y administrativas, etcétera.

2. 3. Reinos y feudos

Al caer el Imperio Romano, en el siglo VI d. C., Europa quedó fragmentada.Cualquier referencia a cosas tales como naciones, estados o países pierde sentido en

esta época (que duró hasta los siglos XIII ó XIV). Si bien no había un polo de poder político unitario, había aparecido un polo unificador

que ningún señor podía desconocer: el papado (cuya sede estaba en Roma). La Iglesia Católica (y el Papa como su representante supremo, guardián e intérprete autorizado de la palabra de Dios) era la referencia a la cual debían remitirse todos los asuntos relacionados con el derecho (derecho a las tierras, a las posesiones, herencias, etcétera). El modo de resolver los conflictos era la apelación a la autoridad. La palabra del Papa era verdadera y justa simplemente porque era la palabra del Papa. La concepción del poder (y del derecho) era total y absolutamente jerárquica.

De esta época, entonces, no recibimos el Estado. Tampoco debemos a la Edad Media (al menos a la etapa que se cuenta entre los siglos VI y XIII) nuestro actual concepto de Nación. Pero sin duda le debemos una concepción del poder y del Derecho que aún hoy forma parte del más común de los sentidos comunes: la ley debe ser respetada, porque es la ley.

128PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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2. 4. El Estado moderno

Fue en el marco de la disolución del orden feudal, crecimiento de la burguesía y afianzamiento de la monarquía e incremento del papel de la Iglesia en relación con las cuestiones de poder, que nació lo que conocemos hoy como Estado.

El Estado patrimonial se convirtió en Estado nacional, cuando los ciudadanos reemplazaron a los súbditos, cuando el territorio y la población pasaron, de ser propiedad del rey, a ser Nación.

Tenemos entonces algunos elementos más para profundizar la breve definición de Nación que dimos al comienzo de la unidad. Podemos decir que en el Estado nacional el ciudadano se sabe activo y responsable de su propio destino. Recién aquí adquieren sentido nociones que seguramente escuchamos o leímos muchas veces: “voluntad general”, “voluntad del pueblo”.

Lo invitamos a realizar una comparación entre los cuatro modelos que le presentamos. Para hacerlo, podemos buscar información en algún libro de historia. Escribir un texto argumentativo tomando posición por alguna de las formas de organización política. Esto significa que se debe defender uno de los cuatro modelos, explicando por qué es “mejor” que los demás (se debe mencionar a los demás, al menos para criticarlos y describir porque no fueron elegidos).

ACTIVIDAD 7»

3. El “estado de naturaleza” y la “sociedad civil”

Para la mayoría de los pensadores de los siglos XVI y XVII (época en que podemos decir que “nació” el Estado moderno), se era ciudadano sólo porque se había realizado un “contrato” de cada individuo con todos los demás, por medio del cual se renunciaba a ciertos derechos a cambio de seguridad y protección contra las injusticias (que quedaban a cargo del Estado).

Este modo de concebir el inicio de la sociedad se corresponde con una línea teórica conocida como contractualismo, concepto que es central para entender el modo en que nuestra sociedad está hoy organizada.

El aparato teórico contractualista reposa sobre una suposición básica: la sociedad no es el estado natural del hombre, sino el resultado de un pacto, acuerdo o contrato entre individuos que, previamente a negociar, son absolutamente independientes, libres de toda restricción y autónomos. Lo que dice el contractualismo es que, en un estado previo a la sociedad (llamado estado de naturaleza) la absoluta libertad de los hombres plantea un grave problema: es imposible progresar.

En función de esto, y para poder llevar a cabo los planes de cada uno sin que los demás sean un peligro constante contra los propios intereses, los hombres firman una especie de “pacto de no agresión” mediante el cual se comprometen a respetar ciertos puntos básicos de convivencia y una autoridad común, a la cual todos deben obediencia (porque voluntariamente se sometieron a ella).

129PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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UNIDAD TERRITORIAL

UNIDAD ECONÓMICA Y DE MERCADOTERRITORIAL

MONEDA ÚNICA

UNIDAD LEGISLATIVA

No hay Nación cuyo territorio no esté precisamente delimitado

No debe haber aduanas interiores

Como elemento simbólico y de unidad nacional

Las leyes deben ser uniformes en todo el territorio

El derecho funciona, en este marco, de la misma manera: supuestamente, por haber surgido de un contrato; se siguen leyes que los ciudadanos se dieron a sí mismos, pero que no pueden cambiar o discutir porque también se dieron un Estado, al que delegaron la tarea de cuidar las leyes sin consultarlos. En este orden jurídico, tomado como resultado de un contrato entre iguales, que dio a ciertas personas (los legisladores y los jueces) la misión de velar por la legalidad, se genera la ilusión de que cuando habla el juez, es la ley misma la que habla. Sucede que esta es una concepción, en el fondo, heredera de la concepción jerárquica del papado, en la Edad Media.

En otras palabras, el juez es, en este modo de concebir el derecho, sólo la voz de la ley, del mismo modo que las decisiones del Estado representan la voz del pueblo.

Para hacer un resumen muy sumario de lo que se entiende por Nación y Estado podemos enumerar algunos de los atributos (los más importantes) que se consideran imprescindibles para que una nación exista como tal.

A modo de cierre temático, podemos interpretar que hay dos formas de concebir la nación o de “nacionalismos”.

Establece que la unidad cultural es un accesorio que ni siquera vale la pena mencionar. De quien vivie en un determinado territorio, ateniéndose a las leyes que regulan la vida civil puede decirse que tiene con todo derecho su nacionalidad.

Afirma que tener una nacionalidad requiere además de lo ya mencionado, participar de ciertas costumbres y hábitos comunes (símbolos, expresiones artísticas, literarias, etc.)

NACIONALISMOCONSTITUCIONALISTA

NACIONALISMOCULTURALISTA

ACTIVIDAD 8»Le proponemos escribir un breve texto tratando de reflexionar sobre el siguiente interrogante: ¿El Estado debe estar por encima de los habitantes de la Nación?

Considerar, al escribir, que sería deseable que usted dejara sentada su opinión acerca de problemas como los siguientes: ● ¿La ley debe ser custodiada por unos pocos y acatada por los demás? ● ¿Tiene sentido preguntarse si la ley “es buena”, o siempre hay que acatarla, porque “es la ley”? ● ¿Cuáles son las consecuencias negativas y positivas que se desprenden de asumir una u otra postura?● ¿Puede el Estado representar fielmente los intereses de la ciudadanía o necesariamente habrá rasgos de arbitrariedad en el manejo del poder, una vez que este sea cedido a alguien?● ¿Es posible pensar en una convivencia armónica sin Estado?

130PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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4. El Estado argentino. Su formación históricaComo ya se dijo, el proceso de construcción del Estado tal como lo conocemos se dio

entre los siglos XVI y XVII. Argentina nació en el siglo XIX y, por lo tanto lo hizo cuando la forma Estado era, ya, la única concebida como buena en Europa.

Pero el proceso de construcción de la Nación argentina fue largo y difícil. No se dio, en absoluto, de una vez y para siempre, en 1810, ni aún en 1816, con la declaración de la independencia. Puede decirse, incluso, que entre 1810 y 1835 Argentina era un país cuyo territorio y población no se podían precisar con exactitud. La palabra “argentinos”, de hecho, no es útil para identificar a los habitantes de lo que hoy conocemos como Argentina, sino hasta bastante tiempo después (y en sus orígenes identificaba solamente a los porteños).

Es un momento de ruptura y confusión. Se acaba de romper con España y no hay todavía símbolos comunes lo suficientemente fuertes como para pensar que pueda existir algo así como una “identidad nacional” que nos unifique.

Por otra parte, no hay tampoco posibilidad aún de acordar respecto de cuáles podrían ser los símbolos comunes a una población partida en dos y en estado de anarquía y guerra permanente: es la época de la guerra entre unitarios y federales.

Se puede resumir muy arriesgadamente este primer período de la formación del Estado argentino diciendo que es la etapa en que surge la necesidad de crear una Nación independiente. Es un momento en el cual el problema que se plantea es el de la legitimidad y el de la definición de la ciudadanía.

5. La Generación del 37El año 1835 es un año importante. Juan Manuel de Rosas es nombrado gobernador por

tiempo ilimitado y comienza en el país una de las etapas más polémicas de la historia. El régimen de Rosas genera controversias tan grandes, que toda una generación de intelectuales va a dar a luz un proyecto (más valdría decir “una suma de proyectos” o “una gran variedad de proyectos”) de Nación cuyo hilo conductor no será otro que el tratar de erradicar para siempre la posibilidad de que personas como Rosas puedan acceder al poder.

Pero, antes de avanzar, analicemos quien fue Juan Manuel de Rosas.Fue un militar y político argentino, nacido en Buenos Aires en 1793, intervino en política

por primera vez en 1820, en apoyo del gobernador de Buenos Aires, Martín Rodríguez. En la disputa entre unitarios y federales (bandos que se disputaban la hegemonía dentro del país, con posiciones muy contrapuestas) tomó partido por los segundos y, como su caudillo, ocupó entre 1829 y 1832 el cargo de gobernador de Buenos Aires.

Tras una exitosa campaña contra los “indios”, la Legislatura porteña lo nombró, en 1835, gobernador con la suma del poder público por tiempo ilimitado. Todo el tiempo que duró su mandato estuvo signado por luchas violentas que convulsionaron permanentemente al país.

Como toda figura política relevante sus acciones dividen fuertemente las opiniones de los historiadores (también las opiniones de sus contemporáneos). Para algunos fue simplemente un dictador cruel, que no dudó en usar cualquier medio para deshacerse de sus enemigos políticos y retener así su poder. Para otros, fue en este aspecto sólo un reflejo de una época, rescatan su obra a favor de la unidad nacional frente a la anarquía y su enérgica actitud profundamente nacionalista en todos los asuntos relacionados con las relaciones exteriores, mencionando su intervención más famosa durante el bloqueo anglo-francés que dio lugar a la famosa “Batalla de la Vuelta de Obligado”, a la cual se conmemora todos los 20 de noviembre como “Día de la Soberanía Nacional”.

131PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Su gobierno suscitó una oposición armada que, al mando del Gral. Urquiza, lo derrotó en Caseros en 1852. Derrotado y declarado “reo de lesa patria” por la Cámara de Representantes, se trasladó a Inglaterra, donde murió en 1877.

A partir de 1835, lo que los intelectuales van a preguntarse es: “¿Por qué la Revolución de Mayo derivó en anarquía? ¿Por qué la Revolución de Mayo derivó en Rosas? ¿Es que luego de la revolución sólo nos queda elegir entre la anarquía y el despotismo?”

Estos interrogantes instalaron un modo de concebir la realidad que marcó a fuego a las generaciones futuras. Rosas fue colocado por estos intelectuales en el lugar del arquetipo del “producto bárbaro” del “suelo inculto criollo”. La palabra “bárbaro” no es casual; Rosas fue ubicado en el lugar de la barbarie, a la que había que vencer con civilización. Para los exponentes de la generación del 37, Rosas, el bárbaro, el tirano, el criollo, debe ser reemplazado (veremos muy pronto que, para algunos, debe ser literalmente reemplazado) por el hombre civilizado, republicano y europeo.

A este grupo de intelectuales se los conoce hoy como la Generación del 37. Se trató del primer conjunto de políticos y pensadores que centraron sus esfuerzos en la necesidad de construir una identidad nacional, una definición de la argentinidad. Formaron parte de este grupo hombres tales como Esteban Echeverría, Vicente Fidel López, Juan María Gutiérrez y Bartolomé Mitre. Fueron parte de esta generación, también, dos hombres que nos deben interesar muy particularmente. Nos referimos a Juan Bautista Alberdi y a Domingo Faustino Sarmiento.

5. 1. Juan Bautista AlberdiAlberdi fue un jurisconsulto argentino, nacido en Tucumán en 1810. Estudió en Buenos

Aires y, por oposición a la política de Rosas, se exilió voluntariamente en Montevideo, donde se recibió de abogado en 1840. Depuesto Rosas, fue nombrado por Urquiza Ministro Plenipotenciario de la Confederación Argentina en París, Madrid, Washington y Londres.

Hombre brillante y culto, autor de numerosas obras, algunas de las cuales se destacan por su importancia en lo relativo a la organización definitiva del país. Un ejemplo de éstas es su libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, verdadero tratado de derecho público americano, antecedente innegable de la Constitución Nacional que se promulgaría en 1853.

En este libro puede leerse: “Dios da a cada pueblo su constitución o manera de ser normal, como la da a cada hombre. El hombre no elige discrecionalmente su constitución gruesa o delgada, nerviosa o sanguínea; así tampoco el pueblo se da por su voluntad una constitución monárquica o republicana, federal o unitaria. Él recibe estas disposiciones al nacer (…) El Congreso Argentino Constituyente no será llamado a hacer la república Argentina ni a crear las reglas o leyes de su organismo normal; él no podrá reducir su territorio, ni cambiar su constitución geológica, ni anudar el curso de los grandes ríos, ni volver minerales los terrenos agrícolas. Él vendrá a estudiar y a escribir las leyes naturales en que todo eso propende a combinarse y desarrollarse del modo más ventajoso a los destinos providenciales de la república Argentina”.

VIDEO Filosofía aquí y ahora: Juan Bautista Alberdi - Canal Encuentro https://www.youtube.com/embed/SpvkLSQIb0?rel=0&controls=0&showinfo=0

132PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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VIDEO Vidas de Sarmiento: Orden y progreso - Canal Encuentro https://www.youtube.com/embed/vilyqY_WkLs?rel=0&controls=0&showinfo=0

5. 2. Domingo Faustino SarmientoSarmiento nació en San Juan, en 1811, y murió en Asunción en 1888. En la lucha

entre unitarios y federales apoyó a los unitarios y, derrotados éstos, emigró a Chile donde ejerció diversos cargos públicos hasta su regreso a San Juan en 1836 tras la muerte de Facundo Quiroga. Su regreso fue breve, ya que debió exiliarse nuevamente ante el disgusto del Gobierno de San Juan por el tenor de los artículos publicados en el diario El Zonda, fundado por él mismo.

Nuevamente en Chile, trabajó en diversos periódicos y, en 1945, fue comisionado por el presidente Montt para estudiar los adelantos de la enseñanza primaria en EEUU y Europa. Después de la caída de Rosas, regresa a Argentina y se suma activamente a la fracción política dirigida por Mitre, a quien llega a suceder en la presidencia de la República, cargo que ocupa entre 1868 y 1874. Retirado de la política, dedica sus últimos años a la literatura.

Leamos un fragmento de Facundo, una de sus obras más importantes, escrita en 1845, en el que queda claro su sentimiento hacia Rosas: “Hay un momento fatal en la historia de todos los pueblos y es aquel en que, cansados los partidos de luchar, piden antes de todo el reposo de que por largos años han carecido, aun a expensas de la libertad o de los fines que ambicionaban; este es el momento en que se alzan los tiranos (…) Rosas tuvo la habilidad de acelerar aquel cansancio, de crearlo a fuerza de hacer imposible el reposo. Dueño una vez del poder absoluto, ¿Quién se lo pediría más tarde?”.

Alberdi y Sarmiento representan dos modos contrapuestos de imaginar la forma de construir una Nación argentina. Si bien ambos parten de un supuesto común, las respuestas que imaginarán para resolver el problema que se les plantea serán opuestas.

Ese supuesto común puede resumirse así: creen que no hay, en Argentina, moral de trabajo. El criollo es para ellos pendenciero, vago y contrario al progreso. Hay, entonces, que educar a la turba. Hay que transformar al bárbaro en un hombre civilizado. Pero, ¿cómo?.

Sarmiento dirá que la educación debe hacerse en base a una democracia agraria. Los hombres deben ser propietarios de las tierras que trabajen y deben participar activamente en los asuntos comunes, luego de recibir una intensa educación de la cual se debe ocupar el Estado.

Alberdi será más pesimista que Sarmiento. Para él, los hombres realmente existentes no sirven. No son educables. Por lo tanto, hay que “importar” personas, abrir el país, ofrecer toda clase de libertades y garantías a los ciudadanos europeos, que son trabajadores y necesitan tierras para producir.

Para Alberdi, la ecuación es obvia: en Europa hay hombres educados y trabajadores, a los que les faltan tierras; en Argentina, hay tierras de sobra y no hay hombres capaces de sacarles provecho. Mientras Sarmiento supone que se debe educar con libros, Alberdi sostiene que se debe educar por las cosas, por los hábitos. El sueño de Alberdi es poblar el territorio con extranjeros laboriosos que, con su práctica y su moral del trabajo, “contagien” a la población nativa.

Más allá de estas diferencias (importantes, desde ya), cabe reflexionar acerca de un punto en común: tanto para Sarmiento como para Alberdi, Argentina, como Nación, sólo es concebible si se construye tomando como modelos a otras naciones (principalmente Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos).

133PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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6. La Generación del 80Puede situarse en la década de 1880 el momento en que

por primera vez es posible decir que hay un Estado nacional argentino.

El proceso de construcción del Estado ya se vislumbra como cercano a su consolidación, en función de diversas manifestaciones, claras y visibles, de las cuales es central que el monopolio de la fuerza está, indudablemente y para todos, por primera vez en la historia, en manos del gobierno nacional, encabezado por Julio Argentino Roca.

La campaña del desierto acabó (o “prácticamente” acabó) con el indio; y las disputas entre los porteños y las provincias se pueden dar por terminadas, derrotados, los primeros, por el mismo Roca. Es, además, un momento de la historia en que Argentina experimenta un notable crecimiento económico y el espíritu de la clase dirigente es optimista (y con razones). Sin embargo, hay cuestiones problemáticas que van a tener que resolverse antes de poder decir que la cuestión de la construcción del Estado nacional es un asunto resuelto y terminado:

A) La cuestión social aparece como problema, en tanto crece el fenómeno del trabajo urbano. Este fenómeno genera dos grandes focos de conflicto: el primero de ellos es el auge del movimiento anarquista. Se hablará de los obreros sindicalizados como de la “marea roja” que invade las buenas costumbres de los criollos, vinculando así la cuestión del mundo del trabajo con el tema de la subversión. El segundo foco de conflicto es el ascenso social veloz de algunos extranjeros que ocuparon posiciones estratégicas en el comercio o la banca, y tratan de incorporarse a los círculos de la clase alta porteña. Son los nuevos ricos.

B) La inmigración es otra cuestión más que importante, en función de la extraordinaria cantidad de extranjeros en Argentina que no son, ni mucho menos, el tipo de extranjeros que Alberdi soñaba poblando las pampas. Los europeos prósperos y nórdicos tomaron dos caminos: quedarse en sus países o emigrar a Estados Unidos. Los inmigrantes que llegan a nuestras costas son gente pobre, de los países del sur de Europa, cuya ambición inmediata es detener el hambre. Las clases altas verán, muy pronto, a estos inmigrantes como una amenaza.

C) En cuanto a la cuestión política se hace necesario determinar un modo de designación de autoridades y definir quiénes tienen derecho a decidir y a ser designados como funcionarios. Lo que se debe definir en este caso es, en resumen, quién tiene derecho a gobernar el país y quién tiene derecho a votar.

D) La cuestión nacional o identitaria. Es urgente definir una identidad de un modo tal que se haga posible responder a la pregunta “¿Qué es ser argentino?

Puede decirse que las cuatro cuestiones serán resueltas entre 1880 y 1920. Este es el momento en el cual podemos decir que ya ha nacido el Estado nacional argentino.

ACTIVIDAD 9»Se presentan aquí varios fragmentos de escritos de Juan Bautista Alberdi y de Domingo F. Sarmiento.Se solicita leerlos con esmero e identificar aquellos párrafos que demuestran las diferencias que ambos pensadores políticos tuvieron en la forma de imaginar la construcción de la Nación argentina.

134PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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“Pero nosotros, más fijos en la obra de la civilización que en la del patriotismo de cierta época, vemos venir sin pavor todo cuanto América puede producir en acontecimientos grandes. Penetrados de que su situación actual es de transición, de que sus destinos futuros son tan grandes como desconocidos, nada nos asusta y en todo fundamos sublimes esperanzas de mejora. Ella no está bien; está desierta, solitaria, pobre. Pide población, prosperidad. “¿De dónde le vendrá esto en lo futuro? Del mismo origen de que vino antes de ahora: de Europa”.

Alberdi, J. B., Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, Plus Ultra, 2000, p.88

“¿Cómo, en qué forma vendrá en lo futuro el espíritu vivificante de la civilización europea a nuestro suelo? Como vino en todas las épocas: Europa nos traerá su espíritu nuevo, sus hábitos de industria, sus prácticas de civilización, en las inmigraciones que nos envíe. “Cada europeo que viene a nuestras playa nos trae más civilización en sus hábitos que luego comunica a nuestros habitantes, que muchos libros de filosofía. Se comprende mal la perfección que no se ve, toca ni palpa. Un hombre laborioso es el catecismo más edificante”.

Alberdi, J. B., Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, Plus Ultra, 2000, p.89

“¿Cómo se forman las ideas? Yo creo que en el espíritu de los que estudian sucede como en las inundaciones de los ríos, que las aguas al pasar depositan poco a poco las partículas sólidas que traen en disolución y fertilizan el terreno”.

Sarmiento, D., Recuerdos de provincia, p.172

“Una fuerte unidad nacional sin tradiciones, sin historia y entre individuos venidos de todos los puntos de la tierra, no puede formarse sino por una fuerte educación común que amalgame las razas, las tradiciones

de esos pueblos en el sentimiento de los interesados, del porvenir y de la gloria de la nueva patria”.

SARMIENTO, D., Estado de las repúblicas sudamericanas a mediados de siglo, p. 81

“Pero en un gobierno como el nuestro, donde el pueblo es el poder soberano, donde la voluntad del pueblo es la ley de la tierra, cuya voluntad es abierta y directamente expresada, y donde cada acto de gobierno puede llamarse con propiedad un acto del pueblo, es esencial que el pueblo sea ilustrado. Debe poseer inteligencia y virtud; inteligencia para percibir lo que es justo; virtud para hacer lo que es justo”.

SARMIENTO, D., Educación común. Memoria presentada al Consejo Universitario de Chile sobre estas cuestiones, 1856, p.231 y 272

7. La Constitución Nacional

Nos referimos a la Constitución como “Ley Suprema” ya que ninguna ley puede contradecir lo expresado en la Constitución Nacional.

Nuestra Constitución está dividida en dos grandes partes: ● Primera parte (art. 1 al 43)Integrada por las características generales del modo de organizar el gobierno de la Nación

y de una enumeración de los derechos y garantías de los que gozarán los ciudadanos. ● Segunda parte (art. 44 hasta el final)Está destinada a estipular las funciones de los tres poderes del estado (ejecutivo,

legislativo y judicial).

Será imprescindible que a partir de este momento tengamos siempre a mano la Constitución de la Nación argentina. Muchas de las cosas que se van a decir son referencias directas a ella y gran parte de las actividades están pensadas para ser resueltas leyendo la Constitución.

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Elegir nuestros representantes - Breve historia del voto en Argentina https://www.youtube.com/embed/GjvJwCKCTus?rel=0&controls=0&showinfo=0Elegir nuestros representantes - Orígenes del Estado Modernohttps://www.youtube.com/embed/MBJ-FbiEPkk?rel=0&controls=0&showinfo=0

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Art.1

Art.17

Art.18

Art.5

Art.9

Art.14

Art.14 bis

Establece que el gobierno adopta “la forma representativa republicana federal”.

Establece la inviolabilidad de la propiedad privada, lo cual incluye tanto los bienes como la propiedad intelectual.Establece que ningún ciudadano puede ser penado sin juicio previo, ni obligado a declarar contra sí mismo. En ese mismo artículo queda abolida la pena de muerte y la tortura.

Establece los alcances de la autonomía de las provincias, de acuerdo con el sistema federal adoptado. Se otorga a las provincias la facultad de dictar una Constitución (que deberá ser representativa republicana), administrar justicia y formular un plan de educación primaria. Los art. 6, 7 y 8 se relacionan con este, en tanto especifican las condiciones de intervención del Gobierno Nacional en las provincias (art. 6) y del modo en que se considerarán válidos los actos judiciales y legislativos provinciales en el resto del territorio nacional (art. 7 y 8)

Establece una aduana única para todo el territorio de la Nación. Queda suprimida, de este modo, la existencia (y la posibilidad de que existan) aduanas provinciales. De este mismo tema (especificándolo) se ocupan también los art. 10, 11 y 12.

Enumera los derechos de los que gozan todos los ciudadanos. Estos son: a trabajar y ejercer industria, navegar y comerciar, peticionar a las autoridades, entrar, permanecer, transitar y salir del territorio Argentino, publicar sus ideas sin censura, previa, usar y disponer de su sociedad, asociarse, profesar su culto, enseñar y aprender.

Está dedicado a especificar la protección del Trabajador, a quien se le aseguran condiciones Dignas y equitativas de labor, vacaciones pagadas, salario mínimo y participación en las ganancias de la empresa, entre otras cosas. Las prerrogativas de raza quedan suprimidas en el art. 16.

ACTIVIDAD 10»Leer detenidamente la primera parte de nuestra Constitución Nacional. Enumerar y explicar con sus propias palabras todos los derechos y garantías que encuentren enunciados.

8. Poderes del Estado

La segunda parte de la Constitución está dedicada a establecer el modo de funcionamiento y las funciones de los tres poderes en que se divide el Gobierno Federal. Ellos son:

● Poder Ejecutivo ● Poder Legislativo ● Poder JudicialLa división del Gobierno responde a la necesidad de contar con alguna clase de mecanismo

que evite la excesiva acumulación de poder. Los tres poderes son independientes y deben controlarse uno a otro, de modo tal que se reduzcan con ello las posibilidades de que cualquiera de los órganos o personas a cargo del ejercicio del poder, lo maneje en forma despótica o discrecional.

Examinaremos las tres secciones en las que se divide la Constitución, cada una de ellas dedicada a uno de los poderes, para saber qué dice la Carta Magna respecto del funcionamiento deseable del sistema republicano adoptado por la Nación.

136PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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8. 1. Poder Legislativo

El Poder Legislativo es el encargado de crear las leyes.El art. 75 de la Constitución le atribuye un total de treinta y dos funciones, que

sintetizaremos a continuación:

1) Legislar en materia aduanera.2) Imponer contribuciones directas o indirectas (esto es, legislar en Materia impositiva).3) Establecer asignaciones de recursos coparticipables (a las provincias).4) Contraer empréstitos.5) Disponer del uso y enajenación de las tierras de propiedad nacional.6) Reglamentar un Banco Federal con facultad de emitir moneda.7) Arreglar el pago de deudas de la Nación.8) Fijar el presupuesto general de la Nación.9) Acordar subsidios del Tesoro nacional a las provincias.10) Reglamentar la navegación de los ríos interiores.11) Fijar el valor de la moneda.12) Dictar los códigos Civil, Comercial, Penal y del Trabajo.13) Reglar el comercio exterior.14) Reglar el correo general de la Nación.15) Arreglar los límites del territorio nacional y de las provincias.16) Proveer a la seguridad de las fronteras.17) Garantizar el respeto a la identidad y la educación bilingüe de los pueblos indígenas argentinos.18) Dictar planes de instrucción general y universitaria y promover la industria.19) Promover la justicia social, la generación de empleo, el respeto por las identidades y la defensa del patrimonio cultural. 20) Establecer tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia.21) Admitir o rechazar la renuncia del Presidente de la Nación.22) Aprobar o desechar tratados internacionales.23) Legislar y promover medidas que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato.24) Aprobar tratados de integración (por ejemplo, el Mercosur).25) Autorizar al Poder Ejecutivo a declarar la guerra.26) Autorizar al Poder Ejecutivo a tomar represalias.27) Fijar y reglar el funcionamiento de las Fuerzas Armadas.28) Permitir el ingreso de tropas extranjeras en territorio nacional.29) Declarar y suspender el Estado de sitio en uno o varios puntos de la Nación.30) Ejercer una legislación exclusiva en el territorio de la capital de la Nación.31) Disponer la intervención federal a una provincia.32) Hacer todas las leyes que sean necesario para cumplir con las atribuciones enumeradas.

El art. 44 establece el sistema bicameral. Los art. 45 a 53 están dedicados al funcionamiento de la Cámara de Diputados y los art. 54 a 62, al de la Cámara de Senadores.

Veamos lo que dispone la Constitución en relación con ambas cámaras.

8. 2. Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo es el encargado de promulgar, reglamentar y ejecutar las leyes creadas por el Poder Legislativo. Se trata de un órgano unipersonal y piramidal que se encuentra en cabeza del presidente de la Nación argentina.

El presidente es el jefe de la conducción política del Estado, lo que no supone que sea el jefe del Legislativo y del Judicial, sino que es el que impulsa la acción de gobierno en las competencias propias de la rama ejecutiva, fundamentalmente en el campo de la Administración Pública. Por ello es responsable político de la administración, ya que la conduce en tanto que es acción de gobierno, pero no la ejerce, es decir, no la tiene a su cargo.

La reforma de 1994, a diferencia de la Constitución original, introduce una notable variante. El presidente ya no “tiene a su cargo la administración del país” (ex art. 86, inc. 1°) sino que ahora es “ejercida” por el jefe de gabinete de ministros (art. 100, inc. 1°) sino que es el “responsable político” de las misma, ante que ello, es “jefe de gobierno” (art. 99, inc.1°).

Atribuciones del Poder EjecutivoLas atribuciones del Poder Ejecutivo están establecidas en los art. 99 a 107.

Estas están divididas entre:● Atribuciones del presidente● Atribuciones del jefe de gabinete y ministros

CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE SENADORES

Se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo, en relación 1 / 30.000 (esto es, un diputado cada treinta mil habitantes)

fijándose la representación después de cada censo nacional. Se ingresa en la Cámara por simple cantidad de votos, de acuerdo con una cuota asignada a cada provincia. (art. 45 y 46).Para

ser diputado se requiere ser mayor de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía y ser

natural de la provincia en la que se sea elegido (o acreditar dos años de residencia inmediata). (art. 48) La diputación dura cuatro años y puede ser

renovable por medio de la reelección (art. 50). Es la que ejerce el derecho de acusar ante el Senado

al Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete, Ministros y miembros de la Corte Suprema de

Justicia, por mal desempeño o delito en el ejercicio de sus funciones (art. 53).

Se compone de tres senadores por provincia, dos del partido que obtenga más votos y uno del que le siga (art. 54). Para ser Senador se

deben tener treinta años y haber sido seis años ciudadano. Se debe ser natural de la provincia en la que se es elegido o acreditar dos años de residencia inmediata (art. 55). Los senadores duran seis años en el ejercicio de su mandato, y son reelegibles indefinidamente (art. 56). Su Presidente será el Vicepresidente de la Nación

(art. 57). En caso de acefalía del Gobierno Nacional, nombrará un Presidente provisorio (art.

58). Juzgará públicamente a los acusados por la Cámara de Diputados (art. 59). Autorizará al

Presidente a declarar el Estado de Sitio.

VIDEO PODER LEGISLATIVOhttps://www.youtube.com/embed/mN0ESu1Up7Y?rel=0&controls=0&showinfo=0

ACTIVIDAD 11»Le proponemos tomar un ejemplo de elección de un candidato de este poder bajo tratamiento, y relacionarlo con los requisitos que establece nuestra Constitución para ejercer el cargo mencionado.

138PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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8. 3. Poder Judicial

El Poder Judicial es el encargado de decidir en lo relativo a las leyes creadas por el Poder Legislativo y promulgadas por el Ejecutivo.

Según consta en el art. 108 de la Constitución, será ejercido por la Corte Suprema de Justicia y por los tribunales inferiores, y en ningún caso (art. 109) el Presidente podrá arrogarse sus funciones. Mientras dure la buena conducta de los jueces, éstos permanecerán en sus cargos (art. 110) y sólo serán removidos por el Congreso, una vez acusados por la Cámara de Diputados ante la Cámara de Senadores, que será la encargada de destituirlos (art. 115).

El presidente tiene las siguientes atribuciones (según consta en el art. 99):

1) Es el jefe supremo de la Nación.2) Instruye y reglamenta la ejecución de las leyes.3) Promulga y hace publicar las leyes. Puede dictar, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, Decretos de Necesidad y Urgencia (que no pueden referir, en ningún caso, de normas que regulen en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de partidos políticos).4) Nombra a los magistrados de la Corte Suprema, con acuerdo del Senado.5) Indulta y conmuta penas, excepto en casos de acusación de la Cámara de Diputados.6) Concede jubilaciones, licencias, retiros y pensiones.7) Nombra y remueve embajadores, con acuerdo del Senado y al jefe de gabinete y los ministros, por su cuenta.8) Abre anualmente las sesiones del Congreso.9) Prorroga las sesiones ordinarias o convoca a sesiones extraordinarias del Congreso.10) Supervisa la recaudación e inversión de las rentas de la Nación.

El jefe de gabinete tiene las siguientes atribuciones (según el art. 100):

1) Ejerce la administración general del país.2) Reglamenta el ejercicio de sus facultades.3) Nombra empleados de administración.4) Ejerce funciones y atribuciones delegadas por el Presidente.5) Coordina, prepara y convoca las reuniones de gabinete.6) Envía al Congreso proyectos de ley y de presupuesto.7) Hace recaudar las rentas y ejecutar la ley de presupuesto.8) Refrenda los decretos que reglamentan las leyes.9) Puede concurrir y participar de las sesiones del Congreso (pero no votar).10) Presenta al Congreso una memoria detallada del estado de la Nación.11) Produce informes y explicaciones que el Congreso solicite.12) Refrenda decretos que ejercen facultades delegadas por el Congreso.13) Refrenda los Decretos de Necesidad y Urgencia.

VIDEO PODER EJECUTIVOhttps://www.youtube.com/embed/1s5-NG3LXNM?rel=0&controls=0&showinfo=0

ACTIVIDAD 12»Describir, en base lo estudiado, ¿quién es la persona que actualmente ocupa el cargo de “jefe de gabinete de ministros”? y ¿qué funciones tiene a cargo?. Mencionar y fundamentar las similitudes existentes entre el “jefe de gabinete” y el “primer ministro” propio de los países parlamentarios en Europa.

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Para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia se debe ser abogado de la Nación con ocho años de ejercicio y tener las cualidades requeridas para ser senador (art. 111).

Son atribuciones de la Corte Suprema y los tribunales inferiores:• Conocer y decidir en todas las causas:A) que versen sobre puntos regidos por la Constitución, las leyes de la Nación y los tratados con las naciones extranjeras;B) que se susciten entre dos o más provincias, o entre una provincia y los vecinos de otra, o entre los vecinos de diferentes provincias, o entre una provincia y sus vecinos, contra un Estado o ciudadano extranjero;C) concernientes a embajadores y ministros públicos;D) concernientes al almirantazgo y la jurisdicción marítima.•La Corte Suprema actuará por apelación, excepto en los asuntos concernientes a embajadores y ministros o a aquellos de los que alguna provincia fuese parte, que son de su exclusiva competencia.

PODER JUDICIALhttps://www.youtube.com/embed/gKLsKO4GtDc?rel=0&controls=0&showinfo=0

ACTIVIDAD 13»El artículo 114 de la Constitución establece un mecanismo para la selección y control de magistrados. Buscar la información para completar el siguiente cuadro:

MAGISTRADOS¿cómo se llama el órgano encargado de ello?

¿cómo está integrado?

¿cuáles son sus atribuciones?

9. La Constitución Nacional. Evolución y paradigmas

La primera Constitución Nacional argentina fue establecida en 1853. Hasta ese momento, lo que entendemos como “marco legal” constaba de pactos entre territorios, gobernados por “caudillos” con mayor o menor poder y con mayor o menor autonomía respecto de los otros.

Una de las primeras características de esta Constitución fue, precisamente, la de contemplar y subsumir esos pactos (lo cual es explícito ya en el preámbulo).

Hemos hablado más arriba de dos hombres clave para entender el proceso de construcción del Estado nacional argentino: Juan Bautista Alberdi y Domingo Faustino Sarmiento. Pues bien, la Constitución de 1853 responde al proyecto político e ideológico alberdiano, y sus fundamentos estaban ya expresados en su libro de “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina”, escrito un año antes.

Los objetivos centrales de la época en que la Constitución fue redactada eran básicamente dos: poblar, por un lado, e intentar el inicio de un camino de unificación nacional, por otro. Es por el primero de estos objetivos que, en sus rasgos generales, la Constitución adquirió un tinte libertario en lo económico (lo cual tenía como objetivo hacer del país un destino interesante para los extranjeros y sus capitales).

En cuanto al segundo objetivo, se redactó la Carta Magna de modo tal que se contemplara la particularidad argentina en lo relativo al modo de mantener una idea de unidad que, a su vez, fuera lo suficientemente suelta como para admitir cierto grado de independencia a las provincias. Esto se debió, fundamentalmente, a que, por una parte, se consideraba necesario contar con un poder centralizado relativamente fuerte, que impidiera las convulsiones internas que habían signado la historia de la Nación hasta entonces.

140PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Puede decirse, entonces, que más allá de la declaración del art. 1 acerca del federalismo adoptado, la constitución adoptó un sistema mixto, que contempló tanto el federalismo como el unitarismo.

Hablemos del federalismo. En rigor, el art. 1 de la Constitución dice que “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal”. Veamos qué quiere decir esto.

● Adoptar una forma representativa implica que el pueblo no gobierna por sí, sino a través de representantes elegidos a tal efecto. Las consultas populares (plebiscitos) no están descartadas, pero quedan sometidas al arbitrio del gobierno de turno, que decide lo que debe hacerse legitimado por el voto popular.

● El republicanismo, además de suponer que el gobierno es representativo, es un modo de gobierno que se distingue de otros, fundamentalmente, por separar las competencias de gobierno en órganos independientes. Es lo que conocemos como división de poderes.

● El federalismo es un modo de organización que permite a las provincias que forman parte de una Nación una cierta autonomía en materia de gobierno, legislación, justicia y administración.

Refiramos ahora algunas de las disposiciones de la Constitución en las que se refleja el carácter propio de la época y que ponen de manifiesto, los objetivos que hemos expresado anteriormente.

En el art. 20 se establece igualdad de derechos civiles para los extranjeros, respecto de los ciudadanos argentinos. Esta igualdad incluye el derecho de comerciar y ejercer industria, comprar y vender bienes raíces, navegar por los ríos y costas del territorio nacional, ejercer su culto, hacer testamento y casarse.

En el art. 25 se declara expresamente la idea de fomentar la inmigración europea.En el art. 26 se establece la libertad de navegación de los ríos interiores.En el art. 23 se establecen las condiciones bajo las cuales el Gobierno Nacional está

autorizado a declarar el Estado de Sitio, tanto en el territorio nacional como en las provincias en las que el orden se vea alterado.

En el art. 31 queda establecido que las constituciones provinciales no pueden contradecir lo estipulado en la Constitución nacional, lo establecido por las leyes dictadas por el Congreso Nacional y los pactos firmados con el extranjero (que quedan elevados a un rango constitucional).

9. 1. La reforma de 1949

Casi no ha habido, en la historia política argentina, un proceso político más significativo, controversial que el iniciado en la década de 1940, con la aparición de la figura de Juan Domingo Perón. No vamos a detenernos aquí a analizar el impacto en diversos rubros que tuvo la emergencia del movimiento peronista en la historia social del país, pero es imposible no hablar en detalle de algunos cambios que marcaron, desde entonces y hasta hoy, la historia política de la Nación.

Con el advenimiento del peronismo se dio forma a un movimiento político que receptó, por coincidencia histórico-temporal, una corriente internacional en materia de derechos sociales que ya se estaba irradiando a nivel mundial.

Desde ese momento, una buena parte de la clase obrera tuvo un personaje político con el cual identificarse y promover sus reclamos. La reforma constitucional del año 1949 fue el reflejo mismo de un movimiento internacional que desembocó en lo que se denomina como “derechos sociales”.

Veremos, a continuación, tres grandes cambios reveladores respecto de la anterior constitución, con un breve comentario acerca de su relevancia.

141PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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1) En primer lugar, la modificación del preámbulo, al que se le agregó el siguiente párrafo: “ratificando la irrevocable decisión de constituir una Nación soberanamente justa, económicamente libre y políticamente soberana”.

El párrafo es relevante, fundamentalmente, por el lugar en donde se ubica. Es una declaración de principios lo suficientemente contundente, como para entender el clima de la época.2) De enorme relevancia es la consagración, en el artículo 38, de la función social de la propiedad privada, el capital y la actividad económica del Estado. En esta nueva Constitución, la propiedad privada pierde su carácter absoluto e incondicionado, lo cual implica un cambio ideológico innegable.3) En tercer lugar, se incorporaron en la Constitución, en el extenso art. 37, un vasto conjunto de derechos sociales, bajo la denominación “derechos especiales”. Dejamos para el final esta modificación por ser la que más claramente refleja el cambio de concepción al que estamos haciendo referencia desde el comienzo.

Estos “derechos especiales” incorporados en la Constitución, están divididos en cuatro grupos:

● DERECHOS DEL TRABAJADOR ● DE LA FAMILIA ● DE LA ANCIANIDAD ● DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA En cuanto a los derechos del trabajador, el art. 37 estipulaba los siguientes:1- Derecho de trabajar, incluyendo una cláusula en la que se conminaba a la provisión

de trabajo para quien lo necesitara;2- Derecho a una retribución justa;3- Derecho a la capacitación;4- Derecho a condiciones dignas de trabajo;5- Derecho a la preservación de la salud;6- Derecho al bienestar, que incluía tanto la posibilidad de disponer de vivienda,

indumentaria y alimentación adecuadas, como la de poder disfrutar, con el producto del salario, de una adecuada satisfacción espiritual y material, libre de angustias económicas;

7- Derecho a la seguridad social;8- Derecho a la protección de su familia;9- Derecho al mejoramiento económico;10- Derecho a la defensa de los intereses profesionales. Los derechos de la familia eran:1- Protección del matrimonio;2- Formación de la unidad económica familiar;3- Garantía del bien de familia;4- Atención y asistencia de la madre y el niño.

Respecto de la ancianidad, la nueva Constitución estipulaba que: “Todo anciano tiene derecho a su protección integral, por cuenta y cargo de su familia. En caso de desamparo, corresponde al Estado proveer a dicha protección”; 2- Todo anciano tenía derecho a una vivienda higiénica y cómoda; 3 a 7- Todo anciano tenía derecho a una alimentación adecuada a su edad y estado físico, a un vestido decoroso, al cuidado de su salud física y moral y al esparcimiento; 8- Todo anciano tenía derecho al trabajo, si su estado y condiciones lo permitían; 9 y 10- Todo anciano tenía derecho a la tranquilidad y el respeto.

142PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Por último, los derechos relativos a la educación y la cultura eran los siguientes:1- La enseñanza tenderá al desarrollo del vigor físico de los jóvenes, al

perfeccionamiento de sus facultades intelectuales y de sus potencias sociales, a su capacitación profesional, así como a la formación del carácter y el cultivo integral de todas las virtudes personales, familiares y cívicas;

2- La enseñanza primaria elemental es obligatoria y será gratuita en las escuelas del Estado. La enseñanza primaria en las escuelas rurales tenderá a inculcar en el niño el amor a la vida del campo (...) El Estado creará, con ese fin, los institutos necesarios para preparar un magisterio especializado;

3- La orientación profesional de los jóvenes, concebida como un complemento de la acción de instruir y educar, es una función social que el Estado ampara y fomenta;

4- Las universidades tienen el derecho de gobernarse con autonomía, dentro de los límites establecidos por una ley especial que reglamentará su organización y funcionamiento (...) Cada una de las universidades, además de organizar los conocimientos universales cuya enseñanza le incumbe, tenderá a profundizar el estudio de la literatura, historia y folklore de su zona de influencia cultural. Las universidades establecerán cursos obligatorios y comunes destinados a los estudiantes de todas las facultades para su formación política, con el propósito de que cada alumno conozca la esencia de lo argentino, la realidad espiritual, económica, social y política de su país, la evolución y la misión histórica de la República Argentina, y para que adquiera conciencia de la responsabilidad que debe asumir en la empresa de lograr y afianzar los fines reconocidos y fijados en esta Constitución;

5- El Estado protege y fomenta el desarrollo de las ciencias y de las bellas artes, cuyo ejercicio es libre; aunque ello no excluye los deberes sociales de los artistas y hombres de ciencia;

6- Los alumnos capaces y meritorios tienen el derecho de alcanzar los más altos grados de instrucción. El Estado asegura el ejercicio de este derecho mediante becas, asignaciones a la familia y otras providencias;

7- Las riquezas artísticas e históricas, así como el paisaje natural cualquiera que sea su propietario, forman parte del patrimonio cultural de la Nación y estarán bajo la tutela del Estado, que puede decretar las expropiaciones necesarias para su defensa y prohibir la exportación o enajenación de los tesoros artísticos.

4) Podemos mencionar, en último lugar, un cuarto cambio importante. En el art. 29 de la nueva constitución, se expresaba que “siempre se aplicará, y aun con efecto retroactivo, la ley penal permanente más favorable al imputado (...) Los jueces no podrán ampliar por analogía las incriminaciones legales ni interpretar extensivamente la ley en contra del imputado. En caso de duda, deberá estarse siempre a lo más favorable al procesado”.

En ese mismo artículo, se incorporaron la figura de “hábeas corpus” (“Todo habitante podrá interponer por sí o por intermedio de sus parientes o amigos recurso de hábeas corpus ante la autoridad judicial competente, para que se investiguen la causa y el procedimiento de cualquier restricción o amenaza a la libertad de su persona. El tribunal hará comparecer al recurrente y, comprobada en forma sumaria la violación, hará cesar inmediatamente la restricción o la amenaza”) y la finalidad social y reeducativa del sistema penitenciario (“Las cárceles serán sanas y limpias, y adecuadas para la reeducación social de los detenidos en ellas; y toda medida que, a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que la seguridad exija, hará responsable al juez o funcionario que la autorice”).

143 PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Ampliando el tema del hábeas corpus, debemos decir que se trata de una garantía constitucional. La frase “hábeas corpus” es una expresión latina que significa “tienes tu cuerpo” y, como figura jurídica, tutela los derechos personales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de una autoridad que los ponga en riesgo.

El hábeas corpus se originó en el derecho anglosajón, mediante los documentos de la Carta Magna (de 1215). En tales documentos, se prohibía la captura arbitraria de las personas y se obligaba a las autoridades a poner a los detenidos a disposición de los ministros de justicia. El objeto es reponer una situación al estado anterior a la amenaza o violación de los derechos a los que hicimos referencia anteriormente.

La Constitución, así reformada, tuvo una vida muy breve. En 1955, la llamada “Revolución libertadora” la dejó sin efecto, convocando a un Congreso Constituyente que se encargó de dejar sin efecto la Constitución reformada en 1949.

De todos modos, esta nueva reforma no desconoció el momento histórico que se estaba atravesando a nivel mundial y, mantuvo aquellos “derechos especiales”, consagrados en 1949, y sumo el “art. 14 bis”, el cual consagra, en mayor o menor medida, los derechos sociales receptados internacionalmente.

9. 2. La reforma de 1994

La última reforma constitucional se realizó en el año 1994, bajo la presidencia de Carlos Saúl Menem. Es una reforma relativamente reciente por lo cual muchos de sus conceptos aún paradójicamente se encuentran frescos y desconocidos por muchas personas.

El 14 de noviembre de 1993, el presidente de la Nación y del Partido Justicialista, Carlos Saúl Menem y el presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, Raúl Alfonsín, firmaron un acuerdo (que pasó a la historia con el nombre de “Pacto de Olivos”) al cual le siguió un pacto complementario, firmado el 13 de diciembre de ese mismo año, en los cuales el radicalismo se comprometía a apoyar la iniciativa de llamado a reformar la Constitución.

El 10 de abril de 1994 se realizaron las elecciones de convencionales constituyentes, que se reunieron en las ciudades de Paraná y Santa Fe. La reforma sirvió para incluir en la Carta Magna una serie de artículos e incisos importantes, los cuales fueron tratados como resultado, también, del acuerdo que permitió que la Constitución pudiera ser modificada.

De los cambios que se introdujeron, señalaremos cinco:● En primer lugar se incorporó en el texto de la Constitución Nacional la posibilidad

de reelección del presidente de la Nación, con la salvedad de que no se permite más que una reelección consecutiva (para poder presentarse por tercera vez al cargo de presidente, el presidente reelecto debe esperar al menos que se cumpla un mandato de otro presidente).

● En segundo lugar, el período de duración del ejercicio de la presidencia se acortó, de seis años a cuatro.

● Una tercera modificación importante fue la incorporación, en el inciso 3 del art. 99, de la autorización al presidente de la Nación para dictar Decretos de Necesidad y Urgencia, con fuerza de leyes.

● La cuarta modificación importante fue la incorporación de la posibilidad de que toda persona pudiera “interponer acción expedita y rápida de amparo (...) Contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidas por esta Constitución, un tratado o una ley” (art. 43).

● Por último, por medio del inciso 22 del art.75, se dio rango constitucional a todos los tratados concluidos por la Nación.

144PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ACTIVIDAD 14»En base a los conceptos tratados hasta ahora, proponemos realizar un cuadro comparativo y diferenciar brevemente las diferentes modificaciones y reformas que sucesivamente se fueron produciendo a la Constitución Nacional y formular una relación con los contextos históricos en donde aquellas se produjeron. Para tal fin, pueden valerse de artículos históricos, libros y demás material que considere pertinente. Luego de realizado, consultar las respuestas con su tutor.

¿Cuál es origen de la Democracia?

https://www.youtube.com/embed/vtDkPd7uXfA?rel=0&controls=0&showinfo=0

Sistema Electoral

https://www.youtube.com/embed/e36PW8prTwM?rel=0&controls=0&showinfo=0

RECOMENDADO

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145PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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1. Persona física y persona jurídica

“Entrar en el terreno de los hechos es entrar en el mundo de los límites. Las cosas pueden emanciparse de ciertas leyes accidentales o pegadizas, pero no pueden escapar a las leyes

de su naturaleza. Se puede liberar a un tigre de su jaula, pero no de su piel manchada.” Gilberth Keith Chesterton

Persona física y persona jurídicaCuando se habla de la persona, en términos del derecho no se habla de “personas” en

el sentido en que solemos utilizar esta palabra. Una persona (jurídicamente hablando) es un sujeto de derecho. Una persona, jurídicamente hablando, es una creación, una artificialidad, una personificación. Lo personificado no es otra cosa que un conjunto de normas (obligaciones y derechos).

PersonaEl concepto jurídico de persona se define por el carácter de sujeto potencial de

derechos. El rasgo esencial de la persona, aquello que lo caracteriza y determina su naturaleza, el hecho de que pueda ser sujeto activo o pasivo de derechos, la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. El positivismo jurídico introdujo en la noción de persona lo que Hans Kelsen denominó “un desdoblamiento del objeto del conocimiento jurídico”. En palabras más sencillas, la persona sobre la cual actúa nuestro derecho actual puede concebirse de dos modos:

● PERSONA FÍSICA ● PERSONA JURÍDICA

1. 1. Persona física

La persona física es todo ser humano o con signos característicos de humanidad. Pero esto no quiere decir que la persona física sea el hombre. Es, en realidad, y

para decirlo con los términos que el mismo Kelsen utiliza, “el conjunto de normas que regulan la conducta de un solo y mismo individuo.

La persona es el “soporte” de los deberes, de las responsabilidades y de los derechos subjetivos que resultan de esas normas, o más exactamente, el punto común al cual deben ser referidas las acciones y las omisiones reguladas por esas normas.

En palabras más claras, el hombre para el derecho actual es, jurídicamente hablando, meramente un “punto de referencia”, un “lugar”, que permite identificar dónde debe aplicarse una norma.

De todos modos, este punto común que es la persona física (a pesar de que la llamada ciencia jurídica diga que “no es el hombre”) tiene una característica que todos, naturalmente, conocemos: nace, empieza a existir en un momento determinado. Esta peculiaridad plantea al derecho un interrogante decisivo.

¿Cuándo se empieza a ser persona física?

El concepto de persona

Apunte de clase: El concepto de persona

UNIDAD 3

146PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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La respuesta, entre otros, la encontramos en el actual Código Civil y comercial, en su art 19, en el cual se establece que “La existencia de la persona humana comienza con la concepción.” A partir de este reconocimiento de personalidad, el derecho atribuye capacidad a las personas por nacer, en otras palabras, les reconoce la posibilidad de ser sujetos de derecho.

La tutela del derecho a la vida tal como la adoptó nuestro ordenamiento normativo, es absoluta, habiéndose confirmado ésta en la Reforma Constitucional de 1994 anteriormente tratada, con la suscripción de numerosos tratados y declaraciones internacionales con idéntica jerarquía que nuestra Constitución (podemos mencionar, entre otros, Convención de Derechos de Niño: (Nueva York, 1989) Preámbulo, arts. 1, 2, 3, 6 inc. 1, 23 y 24. Reserva Argentina al art. 1 (Ley 23.869, art. 2, párrafo 3); Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, 1969): art. 1º, párrafo 2, 3, 4, 5, 16, 19 y 24; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), arts. 6, 10, 12, y 16; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre. art. I y XVII; Declaración Universal de Derechos Humanos: arts. 3 y 6).

1. 2. Persona jurídica

La persona jurídica tampoco es el ser humano. Tal como está definida la persona en nuestro derecho, observamos que la norma se refiere a todo “ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones”. Teniendo esta definición a la vista, podemos interpretar que no sólo se refiere a los seres humanos.

El Código Civil y Comercial distingue entre personas de existencia visible y personas de existencia ideal. Son estas últimas las personas a las que llamaremos jurídicas (las primeras son las que ya denominamos físicas).

Quizás puedan adelantarse e investigar a qué nos referimos cuando hablamos de “personas de existencia ideal”. Escriban una definición y traten de pensar ejemplos concretos que representen este concepto. Nuestro Código Civil clasifica a las personas jurídicas legislando sobre ellas, dando el concepto y denominación de cada especie. En el sistema del Código se distinguen dos categorías de personas jurídicas:

● De carácter público ● De carácter privado

1. 3. Persona jurídica de carácter público

Son aquellas que están instituidas por normas del derecho público y que la normativa de nuestro Código llama “personas de existencia necesaria”. Su creación proviene de la ley o de un acto administrativo, para ser sujeto de funciones públicas; su constitución tiene como fin el interés público por disposición del derecho. A continuación, las describiremos brevemente.

147PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ENTIDADES AUTÁRQUICAS

IGLESIA CATÓLICA

Están definidas como “toda persona jurídica pública estatal que, con aptitud legal para administrarse a sí misma, cumple fines públicos, genéricos o específicos”.Son entes de la administración pública que se han descentralizado del Estado y que realizan funciones propias de aquél, es decir, servicios públicos.La personalidad jurídica deriva de la ley que las crea, organiza su régimen interno y su competencia. Por ejemplo, el Banco Central.Las entidades autárquicas tienen los siguientes caracteres:1) son entes del Estado;2) se gobiernan a sí mismas;3) tienen como finalidad el interés público;4) tienen un patrimonio propio independiente del Estado.

La Constitución nacional establece, en el art.2, que “el gobierno federal sostiene el culto Católico Apostólico Romano”.Su personalidad de derecho público surge de la Constitución Nacional.La legislación ha reconocido la personalidad jurídica de la Iglesia, tal como ella está organizada; a su vez, ella reconoce los poderes temporales del Estado, que ejerce el derecho de patronato. El carácter de persona jurídica que se otorga a la Iglesia Católica alcanza también a sus Diócesis y parroquias (art. 146 del Código Civil y Comercial)

ESTADO NACIONAL

ESTADOS PROVINCIALES Y

MUNICIPALES

El carácter del Estado como persona jurídica surge de la ConstituciónConforme al sistema federal de gobierno, establecido en el art. 1 de la Constitución Nacional, se reconoce a las provincias personalidad jurídica, como integrantes de la Nación.Los municipios deben considerarse subsistentes, sin necesidad de ley especial.El art.5 de la Constitución Nacional supedita la autonomía de las provincias, entre otros requisitos, a que la respectiva constitución asegure su régimen municipal.

1. 4. Personas jurídicas de carácter privado

Son aquellas cuya institución o regulación depende del derecho privado. Las personas jurídicas privadas pueden ser de dos clases: las que necesitan de la autorización del Estado para funcionar y las que no la requieren. Las que necesitan autorización son:A)Asociaciones, también llamadas corporaciones, que pueden tener fines científicos, artísticos, deportivos, culturales, etc., como clubes, mutuales, sociedades de fomento, etc.B)Fundaciones: son entidades cuyo patrimonio está afectado a fines altruistas (que profesa el altruismo: sentimiento o tendencia de hacer el bien a los demás, aún a costa del propio provecho) que fueron tenidos en mira al tiempo de su creación.C)Ciertas sociedades comerciales: sociedades de economía mixta, cooperativas, compañías de seguros, entidades financieras, etc.D)Otras entidades, por ej.: las universidades privadas, que requieren para su creación un decreto del Poder Ejecutivo que las autorice; asociaciones profesionales (colegios públicos de abogados, traductores, ingenieros, etc.) y academias nacionales (Academia Nacional de Medicina, de Derecho y Ciencias Sociales, etc.).

148PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ACTIVIDAD 15»Clasificar distintos ejemplos para afianzar el concepto de persona que estuvimos analizando sobre la base del siguiente listado. Identificar a qué tipo de persona, sujeto de derecho, corresponde cada uno de los ejemplos.Fundamentar su decisión teniendo en cuenta lo estudiado en este apartado.Pueden valerse del nuevo Código Civil y Comercial.1- Una Fundación creada con el objeto de promover actividades culturales.2- Juan Pérez, DNI Nº...3-Provincia de Corrientes.4-El Banco Central de la República Argentina.5-Consorcio de propietarios del edificio...6-Club Atlético... (Club de fútbol)7-La persona no nacida de una embarazada de seis meses.8-Una congregación religiosa.9-Una compañía financiera.

2. Acerca de la noción de capacidad

En el lenguaje común capacidad significa “suficiencia, aptitud, aquel que puede llevar a cabo algo.”

En derecho la capacidad es la medida o porción de la personalidad traducida en la idoneidad para establecer relaciones jurídicas determinadas. Esa capacidad puede ser absoluta, si permite actuar en toda clase de actos jurídicos y políticos, o relativa, cuando consciente realizar alguno de ellos y otros no.

Así se puede tener capacidad para testar, para contraer matrimonio, para trabajar, para ser elector o elegido, para disponer de los bienes, etc. La personalidad es el todo, la capacidad parte de ese todo. Por eso un ser humano o un ente tiene o no personalidad, no existen grados, como en la capacidad, ej., capacidad plena (21 años), capacidad relativa (18 años), capacidad parcial, etc.

La doctrina clásica en la materia establece tres clases de capacidad:1) CAPACIDAD DE DERECHO (Goce). La capacidad de derecho es la idoneidad que tiene una persona por imperio de la ley para ser titular de derechos, contraer obligaciones y de adquirir deberes desde que se le reconoce personalidad.2) CAPACIDAD DE HECHO (De Ejercicio). La capacidad de hecho es la idoneidad de una persona reconocida por ley para realizar actos jurídicos válidos y que produzcan efectos de Derecho que comienza con la mayoría de edad plena (21 años).3) CAPACIDAD DE IMPUTACIÓN o DELICTUAL. Es el estado asignado por ley a una persona que lo obliga a responder por hechos ilícitos. La imputabilidad es la situación psíquica de una persona de comprender la antijuridicidad de su conducta y de no adecuar la misma a esa comprensión.

2. 1. Incapacidad

La Incapacidad es la falta total de la idoneidad para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes o para ejercerlos. La incapacidad es la inexistencia de la idoneidad de la persona para tener derechos, deberes y voluntad para relacionarse con terceros y quedar obligado con terceros.

149PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Clasificación de la incapacidad● Incapacidad jurídica de derecho

Falta de idoneidad de una persona para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes. La realidad demuestra que NO existe persona con incapacidad jurídica o de derecho. La ausencia no puede extenderse a su totalidad, por haber desaparecido de las legislaciones la muerte civil. Por incapaz que se suponga a un individuo, cuenta con el derecho de: recibir el recién nacido los alimentos de sus progenitores y al cuidado de éstos.

Incapacidad de obrar ó de hecho. Falta de idoneidad de una persona ejercitar los derechos que tiene, se contrapone a la incapacidad jurídica. La incapacidad de obrar puede referirse a la totalidad de los derechos y a determinada clase de ellos; en el primer caso se habla de incapacidad absoluta, y en el segundo, de incapacidad relativa.

● Incapacidad total o absolutaEs la falta total de capacidad, de aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones.

Se daba en la antigüedad con la esclavitud y en la edad media con la muerte civil.Configuraba este estado con la “capitis deminutio” (pérdida de la libertad y de la

ciudadanía) en la Roma antigua y con la muerte civil (despojo o privación de todos sus derechos civiles y políticos en vida de una persona) en la edad media. La institución fue incorporada al Código de Napoleón, pero hoy está abolida por todas partes.

En la actualidad ya no existen seres humanos con incapacidad total. ● Incapacidad relativa o parcial

Aquella que afecta a determinadas personas privándoles de ciertos derechos subjetivos en consideración de determinadas circunstancias. Es la que se limita a determinados actos, dejando en libertad para realizar los restantes negocios jurídicos. También, la que puede subsanarse con la asistencia, autorización o concurso de un representante legal.

ACTIVIDAD 16»Las frases que habitualmente utilizamos para referirnos a este tema son parecidas a: “todos tenemos derechos y obligaciones”. Ser un sujeto de derecho, si la separación entre derechos y obligaciones es imposible, significa entonces, también, “tener obligaciones”. En las tareas que habitualmente desempeñamos seguramente aplicamos este tipo de conceptos e incluso, muchas veces, debatimos con nuestros compañeros de trabajo. Proponemos realizar una pequeña encuesta acerca de qué significan los conceptos “derechos” y “obligaciones” para la gente con la que trabajan e incluyan también su propia opinión.Escribir toda la información que obtenga y compararla con los conceptos que se irán desarrollando a continuación (es importante que realice esta actividad antes de seguir leyendo).

3. Tener un derecho, tener un deber

Ahora hablaremos de derechos y de obligaciones, pero dándoles un nombre más “técnico”, sólo para acercarnos un poco a lo que nuestra teoría jurídica dice respecto de ambos conceptos.

Lo que habitualmente entendemos como “derechos” (cuando decimos la frase “tener un derecho”) son, para la teoría actual del derecho, “derechos subjetivos”. Las “obligaciones”, por su parte, se llaman “deberes jurídicos”. Tanto de unos como de otras hablaremos a continuación.

150PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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3. 1. Derechos subjetivos

Hay otro sentido, en que el término derecho se refiere a la prerrogativa de la persona, entendida individualmente, para exigir de los demás un determinado comportamiento. Se hace referencia, en este caso, al derecho en sentido subjetivo (resulta vital destacar que las nociones de derecho objetivo y derecho subjetivo no son antagónicas, sino que se complementan).

El estudio de los derechos subjetivos ha llevado a diferentes posiciones doctrinarias. A continuación, y a manera de sinopsis se presentan las ideas que, al respecto, sustentan distintos autores:

Para Jorge Jellinek, el derecho subjetivo es un interés tutelado por la ley, mediante el reconocimiento de la voluntad individual.

Para Bernardo Windcheid, el derecho subjetivo es un poder de la voluntad, reconocido por el orden jurídico.

Para Rodolfo Ihering, el derecho subjetivo es el interés jurídicamente protegido y lo sustancial reside en la utilidad que le brinda al ser humano.

Para Hans Kelsen, el derecho subjetivo es el mismo derecho objetivo en relación con el sujeto de cuya declaración de voluntad depende la aplicación del acto coactivo estatal señalado por la norma.

Para clarificar qué quieren decir estos autores, podemos hacer un pequeño resumen. Podemos hablar de una estructura doble del derecho subjetivo, en la que se pueden distinguir dos elementos: •El elemento interno, por un lado, que no es otra cosa que la posibilidad de obrar y de querer (es, por ende, una facultad de las personas); •Un elemento externo, que es la posibilidad de exigir a los demás lo que nos corresponde de acuerdo al derecho (es, por ende, una pretensión de las personas).

3. 2. Deber jurídico

Como correlato de los derechos subjetivos, existe lo que se denomina deber jurídico, que consiste en la obligación del respeto de los derechos subjetivos de los demás. Por ejemplo, como correlato del derecho subjetivo de las personas a no ser turbado en el uso y goce de un bien de su propiedad, existe el deber jurídico de todas las demás personas de no estorbarlo en ello, de acuerdo a lo que el ordenamiento jurídico prevé.

Como sobre los derechos subjetivos, se encuentran diferentes opiniones respecto de la cuestión del deber jurídico.

•En opinión de Immanuel Kant, para que una norma sea obligatoria debe derivar de la voluntad del sujeto que la debe cumplir, respetando los valores universales, ya que el deber jurídico se identifica con el deber moral.

•Para Gustavo Radbruch, el deber moral difiere del jurídico en que el primero es inexigible, en tanto que el segundo se caracteriza por su exigibilidad (no se le puede exigir a alguien que compre una propiedad, pero sí se le puede exigir que no robe la de otro).

•Para Hans Kelsen, el deber jurídico no es una vinculación psíquica real, sino jurídica. No es en este dominio psicológico, sino en el ámbito normativo del derecho, donde ha de determinarse el concepto del deber como concepto jurídico.

151PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ACTIVIDAD 17»A continuación, reconocer qué derecho se ejerce o qué deber se incumple en las siguientes acciones hipotéticas. Por ejemplo:

A la siguiente acción hipotética: “Juan Gómez contrae matrimonio”, le corresponde la siguiente respuesta: “Juan Gómez ejercita su facultad de hacer (derecho subjetivo relacionado con la propia conducta)”.A la siguiente acción hipotética: “Juan Gómez roba la lapicera de José Pérez”, le corresponde la siguiente respuesta: “Juan Gómez impide a José Pérez el ejercicio de un derecho subjetivo absoluto y, por ende, incumple un deber jurídico”.

Analizar estas otras situaciones:a. Juan Gómez paga en término la última cuota de un equipo de música.b. Juan Gómez envía una carta documento a la empresa que le vendió el equipo de música porque éste no le fue entregado en la fecha convenida.c. Juana Pérez presenta una queja al Estado porque un oficial de policía revisó su cartera.d. Juan Gómez ofrece su departamento en alquiler.e. Juan Gómez reza.f. Juana Pérez no paga el alquiler.g. Juana Pérez no permite que la policía entre a su casa sin orden judicial para desalojarla, por no haber pagado el alquiler.h. Juan Gómez compra un departamento.

4. Familia

Nos queda examinar un solo tema en la presente unidad, uno que no es menor, ya que es fundamental y es la célula básica y fundante de la sociedad, la familia.

¿Qué es la familia? La palabra familia proviene del latín “famulus”, que a su vez deriva de “famel” que quiere decir siervo, y más remotamente del sánscrito “vama”, que significa habitación, casa. Partiendo de esta etimología, en la antigüedad se consideraba familia al conjunto de personas y esclavos que habitaban con el señor de la casa. La familia es el conjunto de personas unidas por vínculos de matrimonio, parentesco o adopción, considerada como una comunidad natural y universal, con base afectiva, de indiscutible formativa en el individuo y de importancia social. Se dice que es universal, ya que la historia de la familia es la historia de la humanidad. En todos los grupos sociales y en todos los estadios de su civilización, siempre se ha encontrado alguna forma de organización familiar. La familia se ha modificado con el tiempo, pero siempre ha existido, por eso es un grupo social universal, el más universal de todos.

La familia no es una persona jurídica; sin embargo, el derecho garantiza mecanismos de control sobre ella, imponiendo derechos y deberes. Esto es así porque el derecho asume que la familia es un dato con el que se encuentra, preexistente al estado, cuya regulación y control dependen en cierta medida, la medida y el control de la sociedad.

Las diversas disposiciones del derecho en relación con esta institución jurídica y social giran en torno a los dos vínculos más importantes y definitorios del lazo familiar:

•El matrimonio•Las relaciones paterno-materno filiales

152PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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4. 1. MatrimonioEtimológicamente la palabra matrimonio se le interpreta de dos formas: como derivado

del termino latino “matrimonium”, de las voces “matri” y “monuim”, las cuales significan carga, gravamen de la madre; o como derivado de la frase “matrem muniens”, la cual se traduce como defensa, protección de la madre. Por lo general, el matrimonio se define como vínculo o estado conyugal, al cual podemos visualizarlo desde un triple enfoque:

Desde un punto de vista jurídico-formal (según el nuevo Código Civil y Comercial vigente desde 2015), es la unión legal de dos personas dirigidas a realizar un proyecto de vida en común.

Desde un punto de vista sociológico, es la institución social que constituye la forma reconocida para fundar una familia;

Desde lo teológico (según lo definen distintas confesiones religiosas, por ejemplo, cristianas, judías, islámicas, etc.), es solo la unión entre un hombre y una mujer dirigida al establecimiento de una plena comunidad de vida.

Requisitos del matrimonio: impedimentosLos mismos pueden extraerse por exclusión, es decir, todos aquellos que no estén

comprendidos en los casos que establece el art. 403 del Código Civil y Comercial (CCyC), pueden contraer matrimonio. Los impedimentos que establece nuestro ordenamiento son:•El parentesco en línea recta en todos los grados, cualquiera que sea el origen del vínculo;•El parentesco entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera que sea el origen del vínculo;•La afinidad en línea recta en todos los grados;•El matrimonio anterior, mientras subsista;•Haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges;•Tener menos de dieciocho años;•La falta permanente o transitoria de salud mental que le impide tener discernimiento para el acto matrimonial.

Derechos y deberes de los cónyugesSegún el art. 431 del CCYC, “Los esposos se comprometen a desarrollar un proyecto

de vida en común basado en la cooperación, la convivencia y el deber moral de fidelidad. Deben prestarse asistencia mutua.”.

En cuanto a este último aspecto del matrimonio, se destaca que “Los cónyuges se deben alimentos entre sí durante la vida en común y la separación de hecho”. (art. 432 CCYC).

Régimen patrimonial del matrimonioA diferencia del antiguo Código Civil de Vélez Sarsfield, el nuevo Código Civil y Comercial

de la Nación permite a los contrayentes optar entre dos sistemas patrimoniales diferentes: el de la comunidad o el de la separación de bienes, pudiendo asimismo pactarse sobre los bienes que cada uno llevará al matrimonio. Sólo a falta de opción se considerará aplicable el régimen de la comunidad de las ganancias, tal como establece el art. 463 del CCYC.

Disolución de la sociedad conyugalDe conformidad con el nuevo art. 435 del CCYC, las causales de disolución del

matrimonio son 3:•Muerte de uno de los cónyuges;•Sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento;•Divorcio declarado judicialmente.

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Antes de la reforma al código civil de Vélez Sarsfield, el cual preveía una serie de causas para la procedencia del divorcio vincular (adulterio, injurias graves, abandono de hogar etc.), con la nueva versión y unificación del código civil con el comercial, a partir del año 2015, ya no existe la necesidad de invocar alguna de las causales que preveía el anterior ordenamiento, para poder solicitar su declaración judicial (art. 438 CCYC).

4. 2. Lazos paterno familiares

Al igual que el matrimonio, la filiación es un vínculo jurídico, pero no porque haya sido creado por el derecho (antes de la existencia de cualquier sistema positivo de derecho, los hombres y las mujeres ya tenían hijos). Sin embargo, el derecho legisla sobre la filiación, pues entiende que debe imponer derechos y deberes que garanticen un marco de seguridad y control sobre una relación que sustenta gran parte de las expectativas que una sociedad funda.

5. Filiación

Según el ordenamiento vigente en nuestro país (art. 448 CCYC), La filiación puede tener lugar por:•Naturaleza•Técnicas de Reproducción Humana Asistida•Adopción

5.1. Naturaleza

Determinación de la filiación matrimonialExcepto prueba en contrario, se presumen hijos del o la cónyuge los nacidos después de

la celebración del matrimonio y hasta los trescientos días posteriores a la interposición de la demanda de divorcio o nulidad del matrimonio, de la separación de hecho o de la muerte.

La presunción no rige en los supuestos de técnicas de reproducción humana asistida si él o la cónyuge no prestó el correspondiente consentimiento previo, informado y libre (art. 566).

Situación especial en la separación de hecho. Aunque falte la presunción de filiación en razón de la separación de hecho de los cónyuges, el nacido debe ser inscripto como hijo de éstos si concurre el consentimiento de ambos, haya nacido el hijo por naturaleza o mediante el uso de técnicas de reproducción humana asistida. En este último caso, y con independencia de quién aportó los gametos, se debe haber cumplido además con el consentimiento previo, informado y libre y demás requisitos dispuestos en la ley especial. (art. 567)

Si median matrimonios sucesivos de la mujer que da a luz, se presume que el hijo nacido dentro de los trescientos días de la disolución o anulación del primero y dentro de los ciento ochenta días de la celebración del segundo, tiene vínculo filial con el primer cónyuge; y que el nacido dentro de los trescientos días de la disolución o anulación del primero y después de los ciento ochenta días de la celebración del segundo tiene vínculo filial con el segundo cónyuge.

Estas presunciones admiten prueba en contrario.La filiación matrimonial queda determinada legalmente y se prueba:•Por la inscripción del nacimiento en el registro del estado civil y capacidad de

las personas y por la prueba del matrimonio, de conformidad con las disposiciones legales respectivas;

•Por sentencia firme en juicio de filiación;•En los supuestos de técnicas de reproducción humana asistida, por el

consentimiento previo, informado y libre debidamente inscripto en el registro del estado civil y capacidad de las personas.

154PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Determinación de la filiación extramatrimonialLa filiación extramatrimonial queda determinada por:•El reconocimiento,•Por el consentimiento previo, informado y libre al uso de las técnicas de reproducción

humana asistida, •Por la sentencia en juicio de filiación que la declare tal.

Formas del reconocimiento. (art. 571 CCYC)La paternidad por reconocimiento del hijo resulta:

a) De la declaración formulada ante el oficial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en oportunidad de inscribirse el nacimiento o posteriormente;b) De la declaración realizada en instrumento público o privado debidamente reconocido;c) De las disposiciones contenidas en actos de última voluntad, aunque el reconocimiento se efectúe en forma incidental.

Notificación del reconocimiento. (art. 572 CCYC)El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas debe notificar el reconocimiento

a la madre y al hijo o su representante legal.

Caracteres del reconocimiento. (art. 573 CCYC)El reconocimiento es irrevocable, no puede sujetarse a modalidades que alteren sus

consecuencias legales, ni requiere aceptación del hijo.El reconocimiento del hijo ya fallecido no atribuye derechos en su sucesión a quien lo

formula, ni a los demás ascendientes de su rama, excepto que haya habido posesión de estado de hijo.

5. 2. Técnicas de Reproducción Humana Asistida

En los supuestos de técnicas de reproducción humana asistida, la determinación de la filiación se deriva del consentimiento previo, informado y libre, prestado de conformidad con lo dispuesto en este Código y en la ley especial.

Cuando en el proceso reproductivo se utilicen gametos de terceros, no se genera vínculo jurídico alguno con éstos, excepto a los fines de los impedimentos matrimoniales en los mismos términos que la adopción plena.

5. 3. Adopción

La adopción, conforme la define el art. 594 del Código Civil y Comercial, es una institución jurídica que tiene por objeto proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen.

La adopción se otorga sólo por sentencia judicial y emplaza al adoptado en el estado de hijo.

La adopción se rige por los siguientes principios:a) El interés superior del niño;b) El respeto por el derecho a la identidad;c) El agotamiento de las posibilidades de permanencia en la familia de rigen o ampliada;

155PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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d) La preservación de los vínculos fraternos, priorizándose la adopción de grupos de hermanos en la misma familia adoptiva o, en su defecto, el mantenimiento de vínculos jurídicos entre los hermanos, excepto razones debidamente fundadas;e) El derecho a conocer los orígenes;f) El derecho del niño, niña o adolescente a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez, siendo obligatorio requerir su consentimiento a partir de los diez años.

Según el nuevo art. 619 del CCYC, existen 3 tipos de adopción:•PLENA confiere al adoptado la condición de hijo y extingue los vínculos jurídicos con

la familia de origen, con la excepción de que subsisten los impedimentos matrimoniales. El adoptado tiene en la familia adoptiva los mismos derechos y obligaciones de todo hijo.

•SIMPLE; confiere el estado de hijo al adoptado, pero no crea vínculos jurídicos con los parientes ni con el cónyuge del adoptante, excepto lo dispuesto en este Código.

•DE INTEGRACIÓN. Se configura cuando se adopta al hijo del cónyuge o del conviviente.

Responsabilidad parentalTambién conocida como “patria potestad”, es el conjunto de deberes y derechos que

corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado.

Se rige por los siguientes principios:a) El interés superior del niño;b) La autonomía progresiva del hijo conforme a sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo. A mayor autonomía, disminuye la representación de los progenitores en el ejercicio de los derechos de los hijos;c) El derecho del niño a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez.

A continuación, y como última actividad de la unidad, se propone leer la siguiente noticia para luego identificar ¿a qué tipo de adopción se refiere? y ¿qué derechos y deberes emergen de la misma para los progenitores?. Mencionar, además, otros países en donde ese tipo de institución jurídica este permitida.

ACTIVIDAD 18»

En los autos caratulados “P., M. S. por adopción”, el titular del Juzgado en lo Civil y Comercial de primera instancia de Salta otorgó “la adopción plena de la menor P.P.S.A, al marido, manteniendo subsistente el vínculo biológico, el apellido materno y los efectos jurídicos derivados”. De esta forma, también ordenó que se libre oficio al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de Salta para que expida una nueva acta de nacimiento conforme a lo precedentemente ordenado.En su relato de los hechos, el actor afirmó que contrajo matrimonio con su pareja, teniendo en común a su hijo L. S. P. S. Declaró que “desde el inicio de la relación se comportaron como una familia junto a la niña P., cuando ella tenía cuatro años”.

Por otro lado, el actor manifestó que “a fin de integrarla a la nueva familia constituida deduce la presente acción, declara el lugar en donde trabaja y expresa que la menor no tiene contacto alguno con su padre biológico, desconociendo cuál sería su identidad y no obstante conocer su realidad biológica es al peticionante a quien llama papá, por lo que no puede dudarse de los lazos afectivos que existen y la posesión de estado que la misma ostenta como su hija”.

El magistrado recordó que “el art. 313 del Cód. Civil dispone que la adopción del hijo del cónyuge siempre será simple y el art. 323 del mismo cuerpo legal prescribe que la adopción plena es irrevocable,

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confiere al adoptado una filiación que sustituye a la de origen, dejando de pertenecer este último a su familia biológica y se extingue el parentesco con los integrantes de la misma así como todos sus efectos jurídicos, con la sola excepción que subsisten los impedimentos matrimoniales”. De esta forma, el juez analizó que “el adoptado tiene en la familia del adoptante los mismos derechos y obligaciones del hijo biológico”.

“En forma coincidente, se ha remarcado que tratándose del hijo del cónyuge, el fin de la adopción es evidente porque se propende a integrar a la familia legítimamente constituida por ambos cónyuges y los hijos habidos del matrimonio a los que solamente reconocen vínculo filial con uno solo de los esposos. Generalmente (aunque no necesariamente) se tratará de los hijos de la mujer que, luego del matrimonio, son adoptados por el esposo con lo que adquieren su apellido y derechos hereditarios en situación de paridad con los eventuales hijos del matrimonio”, explicó.

Sin embargo, el magistrado afirmó que “partir del mes de agosto del corriente año, conforme a lo dispuesto por ley 27.077, entrará en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26.994), que transforma profundamente el instituto de la adopción”. En este sentido, el juez se preguntó “si frente a esa realidad y ante tan pocos meses de su aplicación no resulta útil a los efectos aquí pretendidos por el Sr. P. y también por la menor S.A., mirar para adelante y proveer una solución más acorde a su realidad”.

Por otro lado, el juez destacó que “uno de los principales efectos de la adopción simple es la extinción de la patria potestad del progenitor biológico (art. 331, Cód. Civil”). En consecuencia, con el régimen actualmente vigente, consignó que “la adopción plena extinguiría el vínculo biológico de la niña con su madre, por lo que corresponde en este estado analizar su constitucionalidad frente a la norma prontamente en vigencia”.

157PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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1. Fuentes del derecho

Si aceptamos que el derecho es social (recuerde nuestra definición del Derecho) debemos suponer que cambia conforme cambia la realidad social que le da sentido. Esta necesaria adecuación del derecho supone que debe haber algún tipo (o algunos tipos) de elementos que le permitan explicar los cambios que se producen en él. Llamaremos a esos elementos “fuentes del derecho”.

Nos ocuparemos, en este apartado, sólo de las fuentes que el derecho actual reconoce explícitamente como suyas. Cuando abordemos el concepto de norma nos podremos cuestionar hasta qué punto, este conjunto de fuentes “que el derecho reconoce como suyas”, es suficiente para explicarlo.

El derecho actual reconoce dos tipos generales de fuentes: Las fuentes formales que se dividen en tres tipos: •Ley •Costumbre •JurisprudenciaLas fuentes materiales, por su parte, que se dividen en otros dos: •Jurisprudencia •Doctrina Analizaremos cada caso por separado.

1. 1. Fuentes formalesSon los hechos sociales imperativos emanados de autoridades “externas” al intérprete

del derecho, con fuerza suficiente como para regir su decisión. Como anticipamos, entre las fuentes formales se encuentran:

•La ley: Se suele decir que es la expresión consiente y reflexiva del derecho. Durante el siglo XIX llegó a sostenerse que la única fuente del derecho era la ley y sólo ante situaciones no contempladas por éstas se llegó a aceptar acudir a otras fuentes como la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.

•La costumbre: Se la llama la expresión espontánea del derecho. Consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por parte de los miembros de una comunidad, con la convicción de su obligatoriedad.

Cabe aclarar que no toda conducta adoptada mayoritariamente es considerada “costumbre” en el alcance de fuente formal del derecho. Una moda, por ejemplo, no sería nunca aceptada como fuente legítima del derecho.

La ley siempre parece llegar tarde, aparece cuando las circunstancias lo exigen y cuando las costumbres lo imponen. En este sentido, se sostiene que la ley le da reconocimiento obligatorio a la costumbre. En algunas ocasiones, esa costumbre no está socialmente instalada y la autoridad pretende alentar cierta conducta favoreciendo su realización. Por ejemplo, la autoridad cree que es beneficiosa la donación de órganos, por lo que dicta una ley que facilita la donación, simplificando los trámites (en el año 2005 se creó la figura del “donante presunto”, que implica el consentimiento a donar sus órganos de todo ciudadano que no haya declarado expresamente su oposición).

El concepto de norma

Apunte de clase: El concepto de norma

UNIDAD 4

158PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Sucede que, en ciertos casos, la costumbre está tan arraigada en la sociedad que genera que los sujetos no se sientan obligados al cumplimiento de una ley que la contradice o establece algo diferente de ésta. Esta situación arrastra a la autoridad a un sinceramiento con la realidad, ya que la falta de coactividad conduce a caducidad de la vigencia de la ley (jurídicamente, se denomina “desuetudo” al desuso generalizado de la ley). Es decir, la supremacía de la ley por sobre la costumbre sería un hecho estrictamente nominal, ya que los individuos a quienes está dirigida no se sienten obligados en conciencia a acatarla, resultando desconocida para la vida del derecho.

Un ejemplo de esta supremacía real de la costumbre por sobre la ley, es relativamente actual. Hace no mucho tiempo, una fuerte campaña en pos de mejorar la recaudación impositiva estableció multas a los clientes que salieran de los negocios y no pudieran exhibir el ticket de su compra. El objetivo era, desde ya, crear el hábito de exigir el ticket. La medida tuvo un impacto tan bajo que los controles se suspendieron y, aunque es obligación tanto dar como pedir tickets en los negocios, a nadie se le ocurre, actualmente, controlar a los clientes.

•La jurisprudencia: Es la creación intelectual de los jueces al interpretar, (en forma concordante el derecho) en la aplicación a un caso concreto, distintos expedientes que tienen similares elementos y donde se discuten cuestiones jurídicamente asimilables.

En palabras más sencillas, para fundamentar su decisión al fallar en un caso, los jueces pueden hacer uso de sentencias dictadas por otros jueces en casos similares.

Podríamos decir también que la jurisprudencia constituye costumbre desarrollada por los órganos judiciales, al fallar en determinado sentido y con igual fundamento las cuestiones sometidas a su resolución.

Es necesario comprender que la jurisprudencia reúne la doble característica de ser fuente formal y fuente material del derecho ya que, en algunos casos, la ley la hace de aplicación obligatoria para los tribunales inferiores.

1. 2. Fuentes materiales

Se denominan así porque las provee el propio objeto material de la ciencia del derecho. Provienen de la investigación científica del intérprete del derecho, quien, agotadas las fuentes formales y permaneciendo la necesidad de regular las conductas de la comunidad, consulta a la razón y a su conciencia para descubrir las bases de la justicia, y observa los fenómenos sociales para descubrir las leyes de su armonía y los principios de orden que ellos requieren.

Entre estas fuentes se encuentran, como dijimos, la jurisprudencia y la doctrina. •La jurisprudencia: Es fuente material en la medida en que no es obligatoria

legalmente, tal como son los fallos de primera instancia que son concordantes en la interpretación del derecho en casos similares.

•La doctrina: Es la opinión de los autores, estudiosos del derecho, respecto de distintas cuestiones, que fijan posiciones, análisis e interpretaciones de las normas jurídicas y de su aplicación. En el derecho argentino la doctrina no es reconocida como fuente formal, pero demás está decir que tiene una incidencia trascendental al momento de decidir cuestiones dudosas, pues a partir de su análisis provee, a quienes deben tomar las decisiones, de distintas posibilidades de interpretación. Podemos decir que es la fuente material más importante.

Como corolario de esta clasificación de las fuentes del derecho, se puede agregar que las fuentes formales deben su aplicación a la autoridad y tienen obligatoriedad legal, mientras que los materiales se valen de la persuasión y de lo razonable de sus conclusiones.

159PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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2. Normas de conducta En la unidad 1 dijimos que el derecho se ocupa de reglas sociales a las que llamamos

normas. Toda conducta sometida a una norma implica alguna clase de obligación. Esta obligación no tiene por qué ser externa; esto quiere decir que no es necesario que se nos obligue a observar una conducta para que podamos decir que estamos obligados a actuar de alguna manera.

Vamos a entender la obligación en un sentido mucho más amplio. Diremos que una conducta está sometida a una norma, ya porque se nos impone, ya porque nos sentimos obligados a observarla. Esta ampliación del sentido de la obligación tiene un alcance preciso: existen infinidad de conductas que observamos cotidianamente, que aun no siendo pasibles de sanción (en caso de no ser observadas) se nos presentan como obligatorias, porque las sentimos como tales.

Volvamos a pensar en todo esto, y descubriremos que lo que acabamos de decir puede parecer absurdo. Ya sabemos que nadie nos sanciona. Sin embargo, eso no explica nada, no alcanza. Nosotros nos bañamos porque debemos bañarnos, porque sabemos que las personas debemos cuidar un mínimo de caballerosidad en nuestro aspecto. Somos corteses con nuestro cónyuge porque la (o lo) qeremos; y sabemos que cuando dos personas se quieren deben respetarse y cuidarse. Por último, está claro que debemos ir a trabajar, porque nadie decide libremente sufrir hambre.

Pues bien, si volvemos sobre el último párrafo descubriremos que una palabra clave se repite varias veces: nos referimos al deber. El concepto de norma está estrechamente relacionado con esta palabra.

Si no hay deber, no hay norma. Pero, ¿cuándo no hay deber?

Pensemos en un día cualquiera de nuestra vida, en una mañana cualquiera. Nos despertamos porque suena el despertador y lo apagamos. Nos quedamos un rato en la cama, pero nos levantamos porque nos damos cuenta de que nos vamos a quedar dormidos o dormidas. Nos sentamos en la cama, nos ponemos pantuflas, vamos al baño, prendemos la luz y cerramos la puerta para no despertar a nuestra esposa o esposo, que siguen durmiendo. Nos bañamos. Cuando salimos de la ducha, nos secamos y abrimos la canilla del lavamanos; nos lavamos los dientes, nos peinamos. Apagamos la luz del baño y nos vestimos lo más silenciosamente posible. No nos ponemos cualquier ropa porque tenemos que ir a trabajar. Salimos del cuarto y vamos a la cocina. Nos preparamos el desayuno y lo tomamos. Saludamos a nuestra mujer (o a nuestro esposo) que acaba de despertarse y le ofrecemos un té. Conversamos un rato, mientras terminamos de prepararnos. Nos saludamos y nosotros salimos de nuestra casa. Es suficiente. Repasemos la situación y veremos que hemos hecho, en una hora, una enorme cantidad de cosas aparentemente elegidas con absoluta libertad (en mayor o menor medida, pero libertad al fin). Podemos enumerarlas (en realidad, sólo podemos enumerar algunas): poner el despertador a la hora que lo pusimos (podríamos haberlo puesto veinte minutos después, y no habernos bañado); cerrar la puerta del baño; bañarnos; lavarnos los dientes (acá podríamos incluir: con una pasta dental específica) y peinarnos; vestirnos con cierto grado de decoro y hacerlo silenciosamente; desayunar (para lo cual debimos tener café, o té, o yerba, cada uno de una marca y no de otra); saludar, ofrecer un té, conversar con la persona que entraba en la cocina. Irnos de nuestras casas en el preciso momento en el que nos fuimos. Elijamos una cualquiera ¿Por qué nos bañamos? Nadie puede sancionarnos si no lo hacemos. De hecho, bañarse nos quitó tiempo de sueño ¡Y teníamos sueño! Sin embargo, nos bañamos ¿Por qué le ofrecimos un té a nuestra esposa (o a nuestro esposo)? ¿Por qué nos importa? Nosotros no seremos sancionados por nadie si nos quedamos solteros. Pero vayamos más lejos ¿Por qué hicimos todo esto, si teníamos sueño? ¿Para ir a trabajar? ¿Quién va a sancionarnos si no vamos? En última instancia, nosotros estamos tomando la decisión de que colaborar para mantener a nuestra familia es más importante que dormir más todas las mañanas. Nosotros elegimos todo el tiempo. Somos libres.

160PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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3. El concepto de socialización Somos seres sociales. Esto quiere decir que lo que nos define como personas depende

de lo que define a nuestra sociedad como sociedad. Toda sociedad es humana. La sociedad en la que vivimos es, además de humana, nuestra sociedad. Por lo tanto, lo que define a nuestra sociedad como sociedad depende de lo que nos define como personas, a cada uno de nosotros.

Repasemos las dos afirmaciones que acabamos de hacer. Tienen un problema: no se pueden pensar por separado. Y esa es la trampa. Una trampa en la cual han caído infinidad de pensadores.

En términos más concretos: lo social y lo individual no se pueden pensar como dos fenómenos separados. Lo que somos en tanto individuos no puede ser nunca independiente del ámbito en el que nacemos (con sus costumbres, sus normas, sus criterios estéticos, etcétera), que inevitablemente nos marca y condiciona; pero a la vez nosotros “marcamos” (aunque sea en forma muy poco sensible) una diferencia en ese conjunto social, con la impronta única que imponemos a lo que en tanto individuos hacemos, queremos, etcétera. Entonces, llamamos socialización al proceso por el cual un individuo se integra a una sociedad determinada. Como vemos, es muy importante aquí el concepto de integración.

4. A modo de cierreHemos llegado al final de nuestro recorrido. A partir de una definición muy vaga

del derecho fuimos precisando sus elementos y se demostró lo oscuro del tema y lo inseparable que resulta el fenómeno jurídico de los procesos históricos ya que, como se dice habitualmente, el “derecho es el hijo de la historia”.

Esperamos que hayan disfrutado del módulo y que su estudio les haya aportado un punto de vista nuevo. Aún si su propia postura respecto de lo que el módulo les ha ofrecido es discordante con lo que en éste se dice, creemos que valió la pena si este encuentro sirvió para estimularlos para profundizar sobre un tema tan importante como la normatividad. Les agradecemos la atención y dedicación suya y esperamos que nuestro trabajo haya sido tan útil para ustedes como placentero para nosotros.

ACTIVIDAD 19»A lo largo de la historia, en diversos países y en diferentes épocas, se ha observado un fenómeno tan curioso como asombroso e inquietante: el hallazgo de niños criados por animales, que se comportaban como tales y a los cuales era muy difícil (a veces imposible) integrar a la sociedad humana. Les proponemos las siguientes tareas:Buscar información sobre el tema (los casos son conocidos y la información no es difícil de encontrar).

1-¿Cuáles son los rasgos comunes en el modo en que se intentó integrar a los “niños – lobo” en la sociedad y el modo en que se integran a ella los niños criados por sus padres?2-¿Cuáles son los motivos que hacen imposible integrar a los “niños – lobo” en la sociedad, en aquellos casos en los cuales la integración no se logra? ¿Cuáles son los motivos del éxito en la integración, en los casos contrarios?3-¿Al adoptar las conductas de los animales, esos “niños – lobo” estaban “socializados”?

161PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERECHO Y SOCIEDAD

BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA● Constitución Nacional. (1994) InfoLeg Disponible en http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm● Nuevo Código Civil y Comercial. (2015) InfoLeg Disponible en http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm● Leyes vigentes de acuerdo a la temática tratada.

162PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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CIENCIAPOLÍTICA

Introducción

Unidad 1: La naturaleza de lo político Apuntes de clase: La naturaleza de lo político -1. Hacia una definición de política -2. La política como actividad humana

Unidad 2: El poder y el problema del orden político. Autoridad y legitimidad política Apuntes de clase: El poder y el problema del orden político. Autoridad y legitimidad política -1. Introducción -2. Poder y obligación política -3. En tanto el poder impone y ordena, la autoridad apela -4. Sobre el poder político y el uso de la fuerza

Unidad 3: Estado y sociedad civil. Los debates en torno al rol del Estado Apuntes de clase: Estado y sociedad civil. Los debates en torno al rol del Estado -1. Concepto de Estado -2. Estado absolutista -3. El Estado liberal -4. Estado de bienestar

Unidad 4: Gobierno. Instituciones y normas políticas Apuntes de clase: Gobierno. Instituciones y normas políticas -1. El gobierno ● 1.1. Perspectiva personal

● 1.2. Perspectiva funciona

● 1.3. Perspectiva institucional

-2. Formas de gobierno: antiguas y modernas ● 2.1. Constitucionalismo y autoritarismo

● 2.2. Unitarismo y federalismo

● 2.3. Presidencialismo y parlamentarismo

Unidad 5: Orígenes de las ideas y teorías políticas Apuntes de clase: Orígenes de las ideas y teorías políticas -1. Introducción -2. Acerca del pensamiento político ● 2.1. Modos clásico y moderno

● 2.2. Ideas y teorías políticas del modelo moderno

1. Hacia una definición de política

Apunte de clase: La naturaleza de lo político

UNIDAD 1

¿Qué es la política? ¿Existe una diferencia entre la política y lo político?Les proponemos que antes de iniciar este recorrido, tomen notas de sus ideas previas sobre el concepto central de esta asignatura: la política.

ACTIVIDAD PRELIMINAR»

La naturaleza de lo político

La palabra política deriva de la palabra griega polis (podemos traducir la palabra como “lo relativo a la polis”); una polis era una ciudad, un conjunto de personas que vivía bajo normas y creencias similares. Si bien no es del todo correcto hacer una comparación podemos decir que una polis se parecía bastante a lo que hoy consideramos como una nación.

La ocupación griega de la zona del mediterráneo, documentada desde el siglo VIII a.C., es considerada como uno de los pilares de la cultura occidental europea, dados sus aportes en campos tan diversos como la lengua y la literatura, la política y la técnica, entre otros. Es así como la democracia griega está estrechamente ligada a la polis. La una es incomprensible sin la otra.

Para un ateniense, en un contexto de democracia, considerar que el manejo de los asuntos públicos no estuviera a cargo de la sociedad civil, en tanto sociedad civil, era un absurdo. No se trataba de una opción, sino una obligación la de ser, en algún momento, y por sorteo, funcionario al servicio de la Polis. Pero su actividad como tal estaba permanentemente sometida a las decisiones de la Asamblea comprendida por los ciudadanos. Este era el órgano encargado de legislar e impartir justicia.

En el desarrollo de esta materia entenderemos la política como una dimensión más de la vida social; a toda aquella práctica humana cuyo sentido sólo sea visible en el contexto de un orden social determinado. Todas las prácticas humanas, en tanto los hombres viven en sociedad, son prácticas políticas.

Es importante dejar claro que, cuando hablemos de política, no nos estaremos refiriendo a ninguna práctica profesional, sino a prácticas cotidianas, puesto que hemos definido a la política como una dimensión de la vida social. Esta dimensión específica de lo social es la que remite a nuestras prácticas en tanto las miramos desde la perspectiva del orden, de la organización. Y este punto de vista nos conducirá, inevitablemente, a hablar del poder y del modo en que este se administra, se acumula, se instituye.

167PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL CIENCIA POLÍTICA

Bolivar Echeverría fue un filósofo ecuatoriano con gran reconocimiento en el campo de la filosofía y economía política.Los siguientes son algunos fragmentos de uno de sus ensayos en donde desarrolla y argumenta la idea de lo político como una dimensión propia de lo humano, frente a posturas que lo presentan como una actividad restringida al ejercicio profesional de la política: la distinción entre “lo político” y “la política”.“Lo político no deja de estar presente en el tiempo cotidiano de la vida social; lo está, y además de dos maneras diferentes. Primero, de una manera real, es decir, en calidad de actividad especialmente política, que prolonga ese tiempo extraordinario y hace de él una permanencia paralela en medio del tiempo cotidiano; lo político se concentra entonces en el trabajo que —lo mismo legislando e interpretando a partir de la forma social establecida que ejecutando o imponiendo la voluntad comunitaria a través de lo que ella dispone— en un sentido completa y en otro prepara la acción transformadora de la institucionalidad social, propia de las grandes ocasiones de inflexión histórica. Y segundo, en el plano de lo imaginario, como un trabajo “apolítico” que cumple sin embargo de manera paradigmática con aquello que acontece en el momento extraordinario de la existencia humana, el momento político por excelencia: reactualiza, en el modo de lo virtual, el replanteamiento y la reinstauración de la forma social en cuanto tal, su interrupción y reanudación, su fundación y refundación.Lo político se hace presente en el plano imaginario de la vida cotidiana bajo el modo de una ruptura igualmente radical, en unos casos difusa, en otros intermitente, del tipo de realidad que prevalece en la rutina básica de la cotidianidad. Esta ruptura de la realidad rutinaria se cumple en la construcción de experiencias que fingen trascender las leyes de la ‘segunda naturaleza’, la naturaleza social: las experiencias lúdicas, las festivas y las estéticas, todas ellas infinitamente variadas, que se llevan a cabo en medio de las labores y el disfrute de todos los días. (…)Hablar de la presencia de lo político como actividad especialmente política no puede, sin embargo, eludir una referencia más general a todo tipo de actividad de gestión que actúe dentro y con las instituciones puestas ahí por la sociedad para regular su propio carácter social, para guiar la alteración histórica de las formas adoptadas por ésta. Eludir tal referencia equivale, en una época como la actual, de crisis global de la cultura política moderna, a huir del imprescindible momento autodestructivo que hay en todo discurso crítico y preferir la complacencia en el propio prejuicio.”

Echeverría, Bolívar (1998)

2. La política como actividad humana

El filósofo griego Aristóteles escribió numerosos libros dedicados a una gran variedad de temas, entre ellos la política. Es a él a quién debemos el primer tratado sistemático de las diferentes formas de gobierno. La lectura de sus obras nos permite entender la importante diferencia de concepto que existe entre nuestra forma de entender lo público, y la concepción que de lo mismo tenían los atenienses.

Para Aristóteles, el ser humano es un animal político y ello es lo que hace de la política una actividad vital para los humanos:

“…[El] hombre es por naturaleza un animal político…(zôonpolitikón) …[Es] el único entre los animales que posee el don del lenguaje […el cual usa para] indicar lo provechoso y lo nocivo y… también lo justo y lo injusto … [El ser humano es…] el único que tiene la percepción del bien y del mal, de lo justo y lo injusto y de las demás cualidades morales, y es la comunidad y participación en estas cosas lo que hace una familia y una ciudad-estado”

Aristóteles plantea que es lo político aquello que hace a la diferencia específica entre el ser humano y los animales.

La idea de que “lo político” en su práctica pertenece de manera restrictiva al ejercicio de “la política”, obstaculiza la representación de lo social. En términos de Echeverría (1996), lo político como dimensión propia de lo humano, se actualiza ahí cuando debe reafirmarse en su propia esencia: momentos extraordinarios cuando la comunidad se encuentra en peligro, como épocas de guerra, o de revolución cuando la comunidad se encuentra a sí misma. El autor conceptualiza lo político como “(…) la capacidad de decidir sobre los asuntos de la vida en sociedad, de fundar y alterar la legalidad que rige la convivencia humana, de tener a la socialidad de la vida humana como una substancia a la que se le puede dar forma.”

Lo político en la política

168PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL CIENCIA POLÍTICA

ACTIVIDAD 1»Concepciones sobre lo políticoObserven el siguiente capítulo del programa “Mentira la Verdad”: https://www.cont.ar/watch/c71e6e9a-3937-4bb6-ac5c-968b9ea541a4 ● Deténganse fundamentalmente en el fragmento que va del minuto 0:00 a 2:30. Teniendo en cuenta lo que dice el protagonista, ¿sobre qué afirmación reacciona el graffiti de la siguiente imagen? ¿Qué reflexiones ofrece al respecto?● ¿Qué posturas se contraponen con ambas afirmaciones?

“Seamos realistas, demandemos lo imposible”

Un poco de historia...La Revolución francesa y la transformación de ideas políticas

En la sociedad francesa del siglo XVIII, todavía podían distinguirse tres estamentos sociales con diferentes derechos y obligaciones: el clero, la nobleza y el llamado Tercer Estado. Este último incluía el 95% de la población y estaba constituido por grupos heterogéneos: burgueses (comerciantes y profesionales), obreros y campesinos. Mientras el clero y la nobleza casi no pagaban impuestos y concentraban el mayor porcentaje de tierras, el Tercer Estado, carente de todo poder político, estaba abrumado por los impuestos.

Cuando en 1789 la miseria y el hambre hacían crisis, el rey Luis XVI convocó en Versalles a los Estados Generales. Esta asamblea fue el punto de partida de la Revolución.

La asamblea elegida por sufragio universal en 1792 fue el resultado de esta Revolución. La ruptura entre la pequeña burguesía jacobina que dirigía la Convención y el movimiento popular, provocó el aplastamiento de los “sans culottes” y las secciones, y sin su base de apoyo radical, la del propio gobierno Jacobino de Robespierre. La derrota militar en 1815 de Bonaparte restauró la monarquía de los borbones, pero el feudalismo ya habría quedado atrás.

En 1830 y 1848 el pueblo trabajador salió nuevamente a combatir en las calles. La consecuencia más duradera es la consolidación del Estado Nación Moderno y el despliegue definitivo de las relaciones sociales propias del capitalismo.

169PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Implicancias internacionales

Por tres o cuatro décadas toda la política europea giró en torno a la necesidad de las clases dominantes de terminar con los ecos de la Revolución Francesa; cuando el objetivo parecía alcanzado, estallaban nuevas revoluciones. Primero en Haití (la única revolución triunfante de esclavos en la historia), luego en Hispanoamérica (la influencia de la Revolución Francesa en la Independencia es enorme) y finalmente, en la propia Europa, como queda ya dicho, en 1830 y 1848. Para entonces, ya tenemos la presencia de un nuevo proletariado industrial, con nuevas reivindicaciones y luchas pero que retoma las experiencias y los ideales emancipatorios más avanzados de la Gran Revolución. La Comuna de París de 1871 será la síntesis más completa entre las tradiciones de la Revolución Francesa y las nuevas banderas del socialismo. Ya en el siglo XX, los revolucionarios rusos se mirarán constantemente en el espejo de la Revolución Francesa buscando ejemplos y enseñanzas, y así los dejaron dicho claramente. Escribió en “Lecciones de Octubre”, León Trotsky: “Sabemos con certeza que cualquier pueblo, cualquier clase y hasta cualquier partido se construyen principalmente por experiencia propia; pero ello no significa en modo alguno que sea de poca monta la experiencia de los demás países, clases y partidos. Sin el estudio de la Gran Revolución Francesa, de la Revolución de 1848 y de la Comuna de París, jamás hubiéramos llevado a cabo la Revolución de Octubre (…). En efecto, hicimos esta experiencia apoyándonos en las enseñanzas de las revoluciones anteriores y continuando su línea histórica”.

(Zusman, 2014)

WEB“Mamá, quiero estudiar ciencia política”https://elgatoylacaja.com.ar/ciencia-politica/¿Qué es y qué no es la ciencia política? Artículo de El Gato y La Caja

170PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL CIENCIA POLÍTICA

Apunte de clase: El poder y el problema del orden político. Autoridad y legitimidad política.

UNIDAD 2

1. Introducción

Iniciaremos este apartado a partir de una definición: no hay política sin relaciones de poder. No es que toda la política se resuelva en relaciones de poder, en las actividades relacionadas con el mandato y la obediencia, ya que una rebelión también es un acto político. Pero todo lo que es “político” en sentido adecuado se refiere a relaciones de poder: acciones y relaciones políticas, sujetos o instituciones políticas se constituyen en vista del poder, teniendo como punto de referencia ese extraño fenómeno humano del mandato y la obediencia. Pero si es cierto que toda la vida social se encuentra entrecruzada por relaciones de poder, no todo poder en cuanto tal es político. La noción de poder es una noción genérica, que requiere ser especificada: ¿qué poder es propiamente político? Más justamente, ¿qué “puede” el poder político?, ¿de qué es poder? (Bovero, 1997)

Según Giovanni Sartori, uno de los estudiosos más destacados de la ciencia política, el gobierno es el lugar donde se toman decisiones, y a partir del cual se ejercen. El acuerdo tácito en torno a que el gobierno es un espacio determinado, permite entenderlo como el centro desde el cual se ejerce el poder. Desde la política, el gobierno es el espacio por excelencia donde se desarrolla esta actividad, el ámbito sin el cual parece difícil pensar la dimensión propia de lo político.

El concepto de gobierno está relacionado con las nociones de poder, autoridad y legitimidad. Régimen político alude tanto al conjunto de las instituciones que regulan la lucha por el poder, como a los valores que animan a tales instituciones; el régimen político implica una síntesis entre poder y autoridad. Si bien el poder político es asociado generalmente con el ejercicio de la coacción y con la capacidad de de ordenar y de imponer sanciones respaldado por el monopolio legal de la fuerza, esta lectura es insuficiente ya que no permite explicar los motivos que contribuyen a que una sociedad política se mantenga unida, ni tampoco las razones por las que sus miembros obedecen a las directivas de los que mandan.

Los procedimientos políticos no son únicamente procedimientos de “poder”, ya que el vínculo de unión de las sociedades políticas no radica en el mando, sino en algo muy distinto que puede designarse como obligación política.

El poder y el problema del orden político. Autoridad y legitimidad política.

171PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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2. Poder y obligación política

¿Qué se entiende por obligación política? ¿Qué es lo que hace que una sociedad se mantenga unida y que el pueblo obedezca las directivas de los que mandan?

La obligación política sólo puede comprenderse a la luz de otros dos conceptos, con los que se encuentra estrechamente ligada: autoridad y legitimidad.

¿Qué es el poder político?En primer lugar, es necesario aclarar qué es una acción social y qué tipo de acción

social resulta típica de las relaciones de poder. Max Weber ofrece la definición más influyente de poder político conectándola a su propia idea de lo que es una acción teleológica o estratégica.

Weber define la acción estratégica como aquella en la que la persona:1) Define el fin que quiere o le interesa alcanzar y2) Combina e instrumenta los medios que son necesarios o eficientes en la consecución

de aquel fin.

Al tratarse de una acción social, el actor para la consecución de sus fines ha de incidir sobre la voluntad y el comportamiento de otros actores. Y es así como se desemboca en la idea de poder. El actor estratégico dispone los medios de tal forma que el resto de los actores se comporten, por medio de amenazas o de la persuasión, de manera favorable al éxito de su acción.

Weber define el poder como la posibilidad de que un actor en una relación esté en disposición de llevar a cabo su propia voluntad, pese a la resistencia de los otros, y sin que importe en qué descanse esa posibilidad (en la persuasión, en la manipulación, en la fuerza, en la coacción, etc.). En este sentido el poder sería la posibilidad de obtener obediencia incluso contra la resistencia de los demás.

3. En tanto el poder impone y ordena, la autoridad apela

La autoridad se constituye en el espacio institucionalizado del poder y conduce a una diferenciación entre gobernantes y gobernados, es decir, los que mandan y los que obedecen. De esta manera se produce el establecimiento de determinados roles y status en la sociedad. La autoridad hace referencia a la rutinización de la obediencia y a su conexión con los valores y creencias que sirven de apoyo al sistema político de que se trate. La autoridad se trata de una “influencia” que deviene de una investidura espontánea, y se caracteriza por su capacidad para ser oída.

El poder y la autoridad son simétricos, ya que el poder sin autoridad es opresivo o impotente, e inversamente proporcionales, ya que son dos caras de una misma moneda: cuando menor sea el alcance de la autoridad, mayor deberá ser el poder y viceversa. De este modo, la autoridad puede ser definida como una forma de poder basada en el prestigio, la deferencia o la influencia moral, y deja de ser tal en la medida en que intente imponerla por la fuerza.

Mientras el poder constituye una relación de hecho e implica la posibilidad de controlar mediante la capacidad de imponer sanciones las decisiones o acciones de las personas y los grupos sociales, la autoridad implica una relación legítima de dominio y de subordinación. De este modo, al tratarse de una relación legítima, la desobediencia a los imperativos de la autoridad puede ser castigada con sanciones; de ahí la importancia del sistema jurídico para garantizar el ejercicio efectivo de la autoridad.

172PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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En su análisis sobre el poder, Weber acepta que toda autoridad política descansa en definitiva en la fuerza, pero simultáneamente advirtió que esa fuerza debe ser reconocida como legítima para que un régimen político consiga funcionar: “A toda auténtica relación de poder corresponde un mínimo de voluntad de obedecer, es decir, un interés (interno o externo) de obediencia.”

Esto nos lleva a preguntarnos una vez más: ¿qué es la legitimidad?Weber sostiene que legítimo es aquello que las personas consideran legítimo. La

obediencia se obtiene sin recurso a la fuerza cuando el mandato hace referencia a algún valor o creencia comúnmente aceptado y que forma parte del consenso del grupo. Por ello no extraña que los primeros tipos de legitimidad que encontramos en la historia hagan referencia a los valores religiosos de las comunidades, como la idea de origen divino de la autoridad en la que se considera al rey o a un emperador como hijo de dios o algo similar. Esto supone que la autoridad tiene un vínculo de sangre con el/los que ordenan el universo.

En este sentido, Weber distingue tres tipos de autoridad legítima (Cataño, 2004):1) La legitimidad tradicional: que apela a la creencia en la “santidad” o corrección

de las tradiciones inmemoriales de una comunidad como fundamento del poder y la autoridad y que señala como gobiernos legítimos a aquellos que se ejercen bajo el influjo de esos valores tradicionales (la legitimidad monárquica sería el ejemplo evidente de este tipo de legitimidad).

2) La legitimidad carismática: que apela a la creencia en las excepcionales cualidades de heroísmo o de carácter de una persona individual y del orden normativo revelado u ordenado por ella, considerando como dignos de obediencia los mandatos procedentes de esa persona o ese orden (la autoridad de líderes y profetas tan distintos como Gandhi, Mussolini, etc.).

3) La legitimidad legal o racional: aquella que apela a la creencia en la legalidad y los procedimientos racionales como justificación del orden político. Esta considera dignos de obediencia a aquellos que han sido elevados a la autoridad de acuerdo con esas reglas y esas leyes. De este modo, la obediencia no se prestaría a personas concretas, sino a las leyes (cuando el liberalismo sostuvo la idea de “gobierno de las leyes, no de hombres”, lo hizo siguiendo este tipo de legitimidad). En el Estado moderno la legitimidad se basa en el derecho racional, el cual está compuesto por un conjunto de normas provenientes del derecho romano. La existencia de este conjunto de normas hace posible que se obedezcan las ordenaciones impersonales objetivas que son legalmente establecidas, evitando la utilización de criterios arbitrarios en base a las relaciones personales. Para Max Weber el tipo más puro de dominación legal- racional es el que se ejerce a través de un cuerpo administrativo burocrático.

Estos tres tipos legítimos de autoridad propuestos por Weber fueron y siguen siendo revisados por estudiosos de la ciencia política. Lo cierto es que sirven como modelos para pensar y analizar el concepto de legitimidad.

De hecho, Weber puntualizó que estos tipos de autoridad eran modelos o tipos-ideales, que no representaban ningún sistema existente en la realidad histórica.

En síntesis, la legitimidad se presenta como un concepto relativo que suele cambiar conforme lo hacen los distintos contextos históricos.

173PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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174PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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ACTIVIDAD 2»Poder y autoridad política● ¿Por qué Weber afirma que “el Estado es producto de la dominación de personas sobre personas”?●¿Por qué dice que la violencia no es suficiente para explicar el predominio del Estado sobre la sociedad?● El texto que explica la definición de los tres tipos de legitimación de la autoridad de Weber, propone distintos ejemplos sobre los modelos. Complete el siguiente cuadro proponiendo nuevos ejemplos para los mismos.

Modelo de legitimidad de autoridad

Tradicional

Carismática

Legal

Ejemplo

Sobre el poder político y el uso de la fuerza

“Una costumbre arraigada sugiere responder que el poder político es eminentemente poder de usar la fuerza en un determinado ámbito (social y/o territorial). Pero al responder de este modo se corre el riesgo de caer en una generalidad aún mayor: por un lado, la noción de fuerza es equívoca e imprecisa como ninguna en nuestros usos lingüísticos ordinarios; por otro lado, fenómenos de uso de la fuerza se manifiestan en las más distintas dimensiones de la vida social. Entonces, antes que nada es necesario precisar que con el término «fuerza», cuando éste se refiere al poder político, se entiende predominantemente la fuerza física, cuya noción asociamos intuitivamente a la de constricción y esfuerzo por vencer una resistencia: con esta noción indicamos en general, refiriéndonos al universo de las cosas físicas, aquello que modifica un estado de hecho o una tendencia en acto. Pero como ya se dijo, el uso de la fuerza física es difuso en todas las relaciones humanas: ¿cómo podríamos asumir que defina como tal el ámbito político, si también sostenemos con frecuencia que la difusión del recurso a la fuerza pone en crisis un orden político y el poder que lo sostiene? (Por un lado, el crecimiento de los fenómenos como la mafia, la delincuencia o el terrorismo constituye de por sí un factor de crisis de un orden público; por otro lado, el hecho de que el poder político se vea obligado a recurrir continuamente a la fuerza es un indicio de la propia crisis.) Parece que sólo se puede escapar de esto, distinguiendo, dentro de los fenómenos que pertenecen al género «fuerza», aquellos que llamamos fenómenos de violencia. Así, la violencia es definida como un uso cualquiera de la fuerza no lícita, ilegítimo. Y el poder político resulta definido como poder legitimado para el uso de la fuerza.”

Bovero, M. La naturaleza de la política. Poder, fuerza y legitimidad. 1997.

4. Sobre el poder político y el uso de la fuerza

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PARA ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL CIENCIA POLÍTICA

Apunte de clase: Estado y sociedad civil. Los debates en torno al rol del Estado.

UNIDAD 3

1. Concepto de Estado

En las unidades anteriores comenzamos delimitando los objetos específicos de la ciencia política: las cuestiones de orden y poder sociales, en relación al orden y circulación de poder en las relaciones políticas de una sociedad. El Estado nos interesará en este análisis porque lo entendemos cómo el factor ordenador por excelencia de las relaciones sociales.

El Estado es una construcción abstracta de la sociedad, que ha recibido múltiples interpretaciones a lo largo de la historia. Desde la polis griega hasta los estados modernos, pasando por el imperio romano y los reinos europeos, el concepto de Estado parece aplicarse a casi cualquier forma organizativa de los últimos veinticinco siglos.

Desde el enfoque político podemos definir al Estado como un conjunto de burocracias que actúan bajo normas institucionales para estratificar la sociedad, resguardar los intereses colectivos e implementar políticas públicas.

Para que un ordenamiento de burocracias pueda ser identificado como Estado, será necesario que:

● Exista poder y dominio exclusivo sobre territorio y población, característica denominada como soberanía.

● Forme parte de un sistema interestatal (de estados) en el cual sea reconocido como Estado soberano (sobre su territorio y población).

● Posea una estructura jerárquica y burocrática en la cual los órganos superiores controlen a los inferiores, en cuya cima debe encontrarse un elemento no burocrático ni impersonal. Esta característica es conocida como aparato burocrático.

● Exista un poder centralizado (solo el Estado es un ente autorizado para regular de derecho las relaciones políticas existentes).

● Posea el monopolio de la coacción física legítima.

El surgimiento del EstadoSi bien su surgimiento no puede precisarse con claridad, es posible suponer que el

Estado occidental surge alrededor de los siglos XII y XIV, momento en que diversos principados europeos comenzaron a reclamar libertades (principalmente económicas) como primer paso hacia su autonomía, el concepto de una administración central de los recursos de un determinado territorio y población preparó y comenzó a configurar la concepción de un aparato burocrático independiente y soberano.

Estado y sociedad civil. Los debates en torno al rol del Estado

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No fue, sin embargo, sino hasta ya avanzado el proceso de acumulación de capital en manos de una nueva clase (la burguesía) que la noción de Estado se hizo más fuerte y necesaria. Los intereses de la nueva clase reclamaban concentrar el poder y dirigirlo en función de los intereses económicos comunes, para lo cual era necesario contar con políticas únicas y autónomas. Para lograr este fin, era imprescindible que el órgano que centralizara las políticas públicas tuviera a su disposición los medios materiales existentes, con lo cual el ejercicio del poder no podía llevarse a cabo sino con el sometimiento de la población a la ley del Estado.

Esto último es importante, puesto que muestra en qué sentido la aparición del Estado fue revolucionaria y marcó un quiebre con los modos anteriores de administración. De la obediencia a un gobernante se pasó al acatamiento a un marco legal, del cual el gobernante era un representante.

Solo a partir de esta ruptura se hicieron escindibles algunos conceptos que hasta entonces se confundían y hoy nos parecen claramente diferenciables y hasta contrapuestos, como público - privado y legal - legítimo.

A continuación, se distinguirán distintos modelos de Estado que fueron identificándose históricamente en la evolución del concepto, cuyos principios siguen siendo categorías para analizar e identificar formas actuales de Estado.

2. Estado absolutista

Hasta el siglo XII, la forma de organización política europea fue feudal (para ampliar ver módulo I de historia). Un feudo era una porción de territorio dominada por un “señor”, cuyo poder se extendía a los pobladores. La relación entre el señor feudal y sus vasallos se concebía como un acuerdo: el primero brindaba a los segundos protección y tierras para trabajar; estos, por su parte, sostenían económicamente a aquél, además de obedecerle. Entre los siglos XII y XIII esta forma de organización empezó a cambiar. Las ciudades crecieron y se transformaron en centros económicos cada vez más importantes. El comercio entre ciudades (poco habitual en épocas anteriores) creció. Los comerciantes de las ciudades, a su vez, incrementaron sus patrimonios en gran medida, sobre todo aquellos que dedicaban sus esfuerzos al comercio con las ciudades vecinas. Este crecimiento de las ciudades trajo aparejado una gran variedad de consecuencias económicas y políticas novedosas, de las cuales nos interesa resaltar dos. En primer lugar, algunos señores se hicieron más poderosos, merced a los tributos recibidos de sus vasallos. En segundo lugar, comenzó a hacerse imprescindible establecer alguna clase de protección para el comercio. Los señores poderosos aparecieron como actores capaces de proveer la protección, capaces de establecer un dominio que llegara más allá de los límites de su ciudad. Los comerciantes encontraron, entonces, un aliado natural en los monarcas y un enemigo en los nobles, que recibían tributos a cambio de nada. De esta disputa entre burgueses y reyes por un lado y nobles por otro, fueron los últimos los que resultaron perdedores. Ya en el siglo XVI, la monarquía reemplazó al feudalismo como modo de organización. En ese momento al patrimonio territorial (esto es, el derecho sobre las tierras y sus habitantes) era fundado por la voluntad de Dios. Los reyes eran divinos, pues divino era su derecho a gobernar y decidir acerca de todas las cuestiones públicas, Este primer modelo estatal era patrimonial o, en otras palabras, el Estado era propiedad del monarca. El poder estaba absolutamente concentrado en la persona del rey. En el siglo XVII las cosas comenzarían a cambiar en función del permanente crecimiento de la burguesía como clase económicamente poderosa. El rey, antiguo aliado en la lucha contra la nobleza, pasó rápidamente a ser visto como un obstáculo para el desarrollo de la economía y los intereses de los comerciantes más ricos. Al igual que con los nobles en tiempos pasados, comenzó a objetarse la existencia

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de una estructura que recibía más de lo que daba, y cuyos fundamentos para exigir obediencia (la voluntad de Dios) ya no resultaban convincentes. En este marco, surgieron cuestionamientos al orden monárquico, que alcanzaron, en primer lugar, al supuesto origen divino del poder del rey. Estos Estas objeciones encontraron su primera formulación teórica en la obra de Thomas Hobbes, quien con su obra Leviatán instauró una discusión que acabaría por demoler los principios del sistema. Si bien Hobbes no cuestionó el absolutismo (la concentración de poder en manos de un solo hombre), postuló un nuevo fundamento para legitimarlo: la voluntad de los hombres reemplazó a la voluntad de Dios. En otras palabras: no era Dios quien daba derecho al monarca para gobernar, sino los hombres mismos, que mediante un pacto o contrato depositaban en él la autoridad, a cambio de protección.

Conociendo a los protagonistasHobbes y el Estado absolutista

Aun cuando Hobbes no objeta el poder absoluto del Estado, es reconocido como uno de los actores claves a la hora de cuestionar el concepto de Estado absolutista. Esto tiene que ver con que Hobbes, más allá de reconocer poderes en las manos de los monarcas, afirma que no existe ningún hombre que tenga un derecho natural o divino a mandar sobre los demás. Si bien es cierto que acepta el poder absoluto, lo hace surgir de un acuerdo entre hombres, y de esto derivan importantes consecuencias. La primera de ellas es que al mismo tiempo que el estado tiene un enorme poder, posee una obligación hacia sus súbditos: protegerlos y garantizar su seguridad. La segunda, crucial y fundamental para los desarrollos que veremos enseguida, es que si el poder

proviene de un pacto, el incumplimiento de este, por parte de cualquiera de los contratantes, lo da por disuelto. Esta segunda consecuencia abre la posibilidad de que el monarca pierda su condición de tal, no solo cuando muere, sino por derecho de los súbditos, que dejan de serlo si el soberano no cumple con su obligación.

El Estado absolutista surge entonces cuando los hombres renuncian a sus derechos a favor del monarca, pero con dos condiciones: que todos lo hagan y que el poder emanado de esos derechos provoque una mejora con respecto al que existía antes de entregarlos al rey. Si bien en esta etapa el Estado sigue teniendo un poder absoluto y discrecional, la aparición de condicionamientos relacionados con el origen mismo del poder abrió la posibilidad de cuestionarlo, pasando así de un modelo de Estado absolutista a uno nuevo, llamado Estado liberal.

3. El Estado liberal

El cuestionamiento de Hobbes al carácter divino del mandato del rey fue el primer paso para el cambio en la concepción de las relaciones de poder. El segundo paso fue discutir el carácter absoluto de la autoridad que detentaba. Este segundo paso se dio en el siglo XVIII, al surgir el liberalismo como teoría política dominante.

Llamaremos liberalismo al movimiento político que, además de cuestionar el origen divino del poder absoluto, lo restringe, estableciendo una serie de derechos naturales que todo hombre tiene por el mero hecho de existir, y que no pueden ser desconocidos por ningún poder, surja este de donde surgiera. Para la teoría liberal, todos los hombres nacen libres e iguales y, asimismo, tienen derecho a ser escuchados y a que se reconozca su propiedad privada como parte indivisible de su persona.

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Conociendo a los protagonistas

Hobbes afirmaba que la libertad y la igualdad eran conceptos clave para explicar las relaciones de poder en la sociedad. Los desarrollos de la teoría liberal sumaron a los derechos de libertad e igualdad, el derecho a la propiedad privada, cuestión que luego trajo aparejados varios conflictos luego de que los intereses de la monarquía y la burguesía fueron diferenciándose. En un principio, el sector de la monarquía poseía el poder, que era lo que les interesaba, y la burguesía disfrutaba del marco legal apropiado para llevar adelante sus negocios.

El problema se presentó cuando el avance de los negocios originó un importante incremento de las fortunas y la posibilidad de extenderlas ilimitadamente. En ese punto, la existencia de un monarca que manejara los recursos del Estado como un dinero personal empezó a ser un problema. La discrecionalidad del rey fue pronto un obstáculo para el crecimiento de los burgueses, que no vieron en él sino un nuevo tipo de parásito sin ninguna función que sirviera de contrapeso.

Desde la postura filosófica de Hobbes, al no existir pacto social alguno sobre el poder que resguardara la propiedad de los hombres, no podía hablarse de que alguien tuviese posesiones. Todo podía ser de cualquiera; bastaba con ser más fuerte para adueñarse de las cosas de los demás. En el caso de la monarquía, una vez establecido el soberano todas las propiedades, de hecho, le pertenecían, puesto que era gracias a él que los ciudadanos podían decir que tenían alguna propiedad.

Los liberales (entre quienes John Locke fue sin duda el teórico más relevante de la época) negaron este razonamiento, postulando que al momento del pacto los hombres ya tenían derecho a sus propiedades, en tanto habían trabajado ellos mismos para conseguirlas. Siendo así, y al no deberle al rey sus bienes, este estaba obligado a respetarlos y no podía hacer uso de ellos como si se tratara de su propio patrimonio.

John Locke (1632 – 1704) fue un filósofo inglés, padre de la escuela conocida como empirismo. Entre sus muchas obras, se destaca el “Segundo tratado sobre el gobierno civil”, en el cual expone los fundamentos de lo que configurará la base del pensamiento liberal. Locke postulaba que la propiedad y el individuo eran una y la misma cosa, por lo cual el máximo deber del Estado era defender la propiedad, declarando “enemigo de la humanidad entera” a quien atentara contra ella. Para Locke, el origen de la propiedad era el trabajo, lo cual suponía que quien no tenía propiedades era, en cierto sentido, culpable de su pobreza, al no haber trabajado lo suficiente como para obtenerlas. Desde esta perspectiva, las desigualdades económicas entre los hombres quedaban teóricamente justificadas.

Surgió, así, la idea de la división de poderes dentro del estado, según la cual debía existir una instancia productora de leyes (un poder legislativo), independiente del poder ejecutivo (que podía estar en manos de un monarca), cuyo fin sería, precisamente, limitar a este último, controlarlo mediante un sistema legal que estaría obligado a respetar. Además, si hubiera que jerarquizar ambos poderes, no sería el ejecutivo el superior, sino el legislativo, en cuanto instancia ante la cual se habrían de rendir las cuentas por todos los actos de gobierno. Este poder legislativo estaría, además, en manos de la ciudadanía. La idea de separación de poderes es clave en un modelo republicano y liberal.

Las nociones de lo público y privadoEs solo con el nacimiento del Estado liberal que la separación entre Estado y sociedad

civil adquiere la significación que hoy le atribuimos. La declaración de los derechos humanos, por ejemplo, solo adquiere sentido en el marco de esta separación. Tras la Revolución Francesa se formuló la “Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano”. La pregunta que debemos responder es: ¿Por qué la separación? ¿Acaso los ciudadanos no son hombres? ¿Acaso no son, todos los hombres, ciudadanos de algún Estado? ¿Por qué, entonces, no se habla solo de los derechos del hombre o de los derechos del ciudadano? Antes de que el estado fuera Estado liberal, como

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hemos visto, las relaciones de poder eran discrecionales. El gobernante de turno, en cualquier Estado, poseía un derecho absoluto sobre sus súbditos y decidía a su gusto sobre lo prohibido y lo permitido, o incluso sobre la vida y la muerte de sus súbditos. En ese marco, solo podía hablarse de derechos de los súbditos, y de ninguna manera de derechos del hombre. Los hombres no tenían derechos, a menos que mediara la gracia del gobernante, que era quien los otorgaba. Con la aparición del Estado liberal, las cosas van a ser por completo diferentes. Partiendo de la presuposición de que los hombres forman el estado por consenso y en igualdad de condiciones, habrá una serie de derechos que no caerán bajo la órbita de la discrecionalidad del Estado, puesto que no fueron cedidos en el contrato original (todos los derechos humanos, por ejemplo). En este sentido, surge una división entre lo político y lo civil, que empiezan a considerarse como esferas autónomas la una de la otra. Las relaciones de poder ya no están determinadas por la pertenencia o no a un estrato social. Nace la separación entre lo público y lo privado.

La pregunta ahora es: ¿Hasta dónde llega el poder del Estado? Si el poder no es discrecional, esto significa que tiene límites, que no está abandonado a los caprichos de quien lo detenta. El problema es que hay que ejercer ejercerlo y eso implica que hay decisiones sobre la vida de los ciudadanos que no son tomadas por ellos en forma directa. ¿Cuáles son esas decisiones? ¿Qué ámbitos de su vida pueden ser determinados por el Estado? No hay, en relación con este punto, un acuerdo generalizado respecto de las esferas que no pueden ser sometidas a control estatal. Más allá de los derechos inalienables contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que marcan una línea divisoria entre los ámbitos de competencia del Estado, nos importa aquí recalcar que, desde una perspectiva liberal, la economía será el ámbito privado por excelencia.

Esto es así porque para la teoría liberal el estado cumple un fin negativo. Es decir, que para los liberales, la única función del Estado será impedir que existieran barreras que impidieran el libre desenvolvimiento de la actividad económica privada.

Pero, ¿cómo es posible pensar desde lo político en una sociedad ordenada si cada uno puede hacer lo que le plazca con lo que tiene? ¿Qué pasaría si la gente decidiera vender a precios inaccesibles las cosas que son necesarias para la vida?

El argumento teórico liberal para sostener la prescindencia del Estado en relación con las actividades económicas privadas puede verse reflejado en el siguiente ejemplo.

Había una vez… una sociedad liberal

En una sociedad hipotética, existen dos tipos de propietarios: la mitad de ellos es dueña de toda el agua y la otra mitad de la totalidad de la comida. Estos individuos se necesitan entre sí para sobrevivir. El Estado en el cual viven no les dice a qué precio vender lo que tienen, ni a quién, ni en qué condiciones; simplemente protege sus bienes y sus vidas, de modo tal que el comercio no pueda verse afectado (por robos, por ejemplo). En esta hipotética sociedad, los individuos, al igual que cualquier persona, buscan la mayor felicidad para sí mismos. En ese sentido, intentarán sacar el mayor provecho posible de sus relaciones con los demás. En esta sociedad hipotética, una tarde cualquiera, se encuentran dos sujetos: uno de ellos es vendedor de agua y el otro es vendedor de comida. Deberán comerciar entre sí y saben que se necesitan mutuamente. ¿Qué harán? ¿Cobrarán lo que les parezca? Ambos piensan y se encuentran con un problema, y es que si “cobran fortunas” por lo que poseen, tendrán, casi con seguridad, que “pagar fortunas” por lo que les falta. Pero además existe un segundo inconveniente: en esa hipotética sociedad hay otros vendedores de agua y comida. Y si alguno de ellos ofreciera mejores condiciones de venta, inmediatamente se quedarían sin clientes. Como consecuencia, para alcanzar su fin egoísta (ser felices), tendrán que acomodar sus exigencias de manera tal que los demás quieran comprarles a ellos y no a otros propietarios de agua/comida respectivamente.Así, sin buscar más que su propio bienestar, provocarán, sin darse cuenta, un bienestar generalizado (porque todos harán lo mismo que ellos).

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Debates en torno al liberalismoLean el siguiente texto:

ACTIVIDAD 3»

El pensamiento liberal “liberalismo” concibe al hombre como un individuo refugiado en su privacidad, que mira a los otros con desconfianza. El Estado liberal comienza a delinearse en Inglaterra a fines del siglo XVII. Recién se establece en el resto de Europa y América a fines del siglo XVIII o bien avanzado el XIX y se mantiene en Occidente hasta la crisis económica de 1930. El Estado liberal nace como un Estado limitado en contraposición al Estado absoluto. Para el liberalismo, el objetivo de la política es garantizar a los individuos la búsqueda de su propio bienestar. Es decir, el poder del Estado debe estar limitado de manera de garantizar la libertad individual. La división de poderes, la libertad de movimiento, religiosa, de opinión, el goce de la propiedad privada son garantías contra la arbitrariedad del poder estatal. Disfrutar de estos derechos llevará a la convivencia armónica de los individuos en la sociedad. La armonización entre los intereses particulares, ‘el bien común’, ‘la felicidad de todos’, ‘“el progreso para toda la sociedad’ se produce naturalmente. El mercado o ‘“la mano invisible” es el ámbito racional y eficaz que provee un orden espontáneo. Hace que la búsqueda del interés individual siempre produzca beneficios colectivos. Por eso, el liberalismo argumenta que el Estado no debe intervenir en la actividad económica. Esa libertad económica tiene su máxima expresión en el libre juego de la oferta y la demanda tanto en el plano nacional como internacional. El liberalismo propone un Estado árbitro que le garantice a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos frente a la intromisión de otros ciudadanos. El liberalismo ha gestado en su seno la tensión entre la libertad y la igualdad. Distintos pensadores han resuelto esta tensión poniendo el acento en la libertad, como Tocqueville, o en la igualdad, como Rousseau.”

Texto tomado de: “El pensamiento liberal. Algunos conceptos fundamentales del liberalismo clásico”, en A. M. García Raggio, La dinámica de los derechos en el pensamiento político moderno, Bs. As., Oficina de

Publicaciones del CBC, 1996

Luego de la lectura respondan las siguientes preguntas:1) ¿Cómo relaciona el autor el pensamiento liberal y la actividad económica individual?2) ¿Por qué dice que el liberalismo ha gestado una tensión entre libertad e igualdad?

La visión del Estado como un simple custodio de los bienes privados de los individuos tuvo serias consecuencias políticas, económicas, sociales y jurídicas. Fue a partir de estas derivaciones que el modelo de Estado liberal fue puesto en duda como una herramienta eficaz para la organización de las relaciones sociales, dando paso a nuevas teorías que postulaban la necesidad de una intervención activa del Estado en la economía. Estas nuevas teorías configuraron un nuevo modelo de estado, conocido como el Estado de bienestar.

Una observación detenida del ejemplo responde al cuestionamiento sobre la supervisión/no supervisión del Estado respecto a las actividades económicas.

Desde este punto de vista es el mercado mismo el cual, con una especie de mano invisible, se encargaría de regular los valores de los bienes, productos y servicios, provocando el bien común y la satisfacción de los intereses de todos.

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4. Estado de bienestar

Lo cierto es que el libre juego del mercado promovido desde el liberalismo, lejos de amalgamar las diferencias, las acentuó, acrecentando el poder de determinados grupos o individuos por sobre los demás y generando mayores desigualdades.

Es correcto preguntarse ¿cómo llegarían a acumular riquezas solo algunos en un modelo de libre mercado? En todo caso, ¿no lo haría debido a su esfuerzo personal?

El postulado de la mano invisible propuesto por los liberales suponía para el correcto funcionamiento del libre juego de mercado, una cosa: que todos los individuos deberían partir de la misma situación. Una situación ideal, en la que todas las personas fueran iguales, la mano invisible del mercado funcionaría según lo imaginaron teóricamente. Sin embargo, esta presunción resultó en aquel entonces (y hoy) dudosa.

En el momento de la constitución de los Estados liberales la situación no era en absoluto una situación de igualdad. Los sujetos que intercambiaban en el mercado no tenían las mismas posibilidades de negociar, lo cual era un requisito elemental para que el sistema funcionara. Para agravar aún más la situación, mientras el sistema era feudal, los señores tenían poder sobre sus vasallos, pero también responsabilidades sobre ellos. Al caer el feudalismo y postular la libertad de todos los hombres, junto con los lazos de sumisión cayeron también las responsabilidades de quienes más tenían respecto de los que solo tenían su trabajo para entregar ,que quedaron a merced de los intereses de los más poderosos . El ejemplo sirve para ilustrar el modo de justificar la prescindencia del mercado, por parte de la teoría liberal. Pero esta justificación teórica no puede ser sostenida empíricamente. Es por esa razón que se hizo necesario, en algún momento, revisar los presupuestos sobre los cuales se asentaba la constitución del Estado.

Las desigualdades generadas por el abandono de controles estatales sobre la economía eran contrarias a uno de los principios liberales básicos: el de la igualdad. Pero no fue un problema teórico o filosófico lo que impulsó a tomar medidas correctivas. Junto con las diferencias llegaron los conflictos sociales, cada vez más graves. Entre fines del siglo XIX y principios del XX, esos enfrentamientos se acrecentaron. La creciente adhesión de los trabajadores a discursos de corte netamente anti liberal (como el marxismo) ponían al sistema en serio riesgo de desaparecer, por lo que el Estado debía mostrarse capaz de ofrecer alguna clase de protección a quienes no tenían posibilidades.

Surgieron así herramientas como:● Los seguros sociales● Legislación laboral● Impuestos redistributivos● Subsidios● Políticas de salud● Educación● Vivienda

La premisa fundamental del nuevo modelo de bienestar sostenía que los beneficios individuales debían estar acorde con el bien común y, por lo tanto, no podían ser desproporcionados o generadores de desigualdades incorregibles. El Estado ya no era considerado un mero guardián de la propiedad privada (lo cual lo convertía en un Estado útil solo para los propietarios), por la razón que, al abandonar a una parte de la población, ponía en riesgo la misma existencia del Estado. Por otra parte, la generación de pobreza traía aparejada una crisis de demanda de los artículos que se producían en escalas cada vez mayores. No solo el Estado corría el riesgo de desaparecer, también se vislumbraba un horizonte de enormes pérdidas económicas para los productores.

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ACTIVIDAD 4»Modelos de Estado a lo largo de la historiaLos modelos de estado presentados en el último apartado, aparecen relacionados a diferentes formas de gobierno. Se trata de modelos distinguidos a lo largo de la historia, y han dado lugar a derivaciones de los mismos con nuevas características, adaptadas a la las realidades del contexto.Les proponemos sistematizar esta información en un cuadro en donde se distingan las siguientes variables:1) Contexto de surgimiento,2) Referente/s teórico/s de la época, y3) Principales características.

Les recomendamos ampliar la información con sus ideas previas e información adicional que encuentren en fuentes de confianza.

De esta manera el Estado se transformó en el impulsor de la economía, por medio del aumento del gasto público y con el objetivo de llegar a una situación de pleno empleo.

Alrededor de la década de 1970, el modelo del Estado de Bienestar entró en crisis. Algunos sostienen que el Estado de Bienestar no fue capaz de soportar lo que se conoció como la crisis del petróleo; pero esto funcionó, para muchos, como un simple detonante de problemas internos del modelo, por ejemplo la política impositiva no redistributiva, basada en impuestos a consumo. Otras visiones, de corte claramente liberal, adjudicaron la crisis a que una excesiva protección de los trabajadores no impulsaba a los obreros a trabajar ni a los empresarios a invertir.

Este último argumento fue utilizado (y nuestro país es un buen ejemplo de ello) para privatizar empresas estatales y precarizar el trabajo, anulando conquistas obreras que protegían a los trabajadores y retrotrayendo al Estado a un rol de espectador de la economía.

Mentira la verdad / Thomas Hobbes, Leviatán“Mentira la verdad I: La filosofía (capítulo completo) - Canal Encuentro HD”https://www.youtube.com/watch?v=csmU_E8dWiw

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Apunte de clase: Gobierno. Instituciones y normas políticas

UNIDAD 4

1. El gobierno

Tal como hemos visto hasta ahora en el desarrollo del módulo, podemos decir que la cuestión del orden es la cuestión central de la política. Una vez aceptado esto, no podemos menos que reconocer, también, que el concepto de gobierno aparece como la idea fundamental a considerar; en tanto el gobierno es el centro alrededor del cual el poder se ejercita.

El término “gobierno” refiere, etimológicamente, a la idea de dirección. Si lo pensamos con detenimiento, no solo usamos dicha palabra para referirnos a los órganos implicados en la toma de decisiones políticas. Cuando hablamos de “gobernar el auto”, o “gobernar nuestros impulsos”, no hacemos otra cosa que equiparar el concepto de gobierno con la idea de llevar algo a buen puerto, o por el camino correcto. Aplicado, ahora sí, a la actividad política, podemos decir que el gobierno es la práctica social que intenta “llevar a buen puerto” los asuntos comunes. Desde esta perspectiva amplia, vemos que gobernar, ejercer el poder, o establecer el orden son prácticamente sinónimos.

Para analizar el concepto de gobierno podemos tomar diferentes puntos de vista:1) El primero de ellos, al que llamaremos personal, es el que hace eje en los individuos

que ejercen el poder. Desde esta perspectiva, el gobierno será considerado como un conjunto de actores políticos, que pueden ser individuos o grupos de individuos, con autoridad política.

2) En segundo lugar, podemos hacer un análisis funcional del concepto. El gobierno, entonces, será pensado, no como un conjunto de actores, sino como un conjunto de procedimientos y funciones que trascienden a los individuos que las llevan a cabo.

3) Finalmente, existe una perspectiva institucional, que toma al gobierno como un conjunto de procesos e instituciones interdependientes.

A continuación se desarrollarán cada una de estas perspectivas

1. 1. Perspectiva personal

Este primer eje de análisis, el del gobierno y los actores políticos, nos pone frente a uno de los problemas elementales y fundantes de toda pregunta por el orden político: el de la legitimidad. Al considerar al gobierno desde la perspectiva del individuo o individuos que ejercen el poder, una de las primeras preguntas que surgen refiere a las razones por las cuales un grupo de personas consienten en obedecer a un grupo, o a un individuo.

Gobierno. Instituciones ynormas políticas

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Ante esta cuestión, surgen, inmediatamente, dos respuestas:● El manejo del poder político se encuentra en manos de individuos o grupos

carismáticos, o dotados de algún tipo de particularidad especial (inteligencia, valor, habilidad, etcétera) que los hace resaltar del resto y los coloca, casi naturalmente, en una situación de poder.

● El manejo del poder político no es otra cosa que la capacidad de un individuo o un grupo de individuos para acumular herramientas de coerción que, bajo la permanente amenaza de castigo, les permiten decirles a los demás qué hacer.

Tal como ha pasado con otras definiciones desarrolladas hasta ahora, estas dos respuestas responden a modelos que no pretenden describir la realidad de manera absoluta, sino ofrecer categorías para analizarla. Podemos encontrar en la historia ejemplos de gobernantes poco carismáticos que no necesitaron recurrir a la coacción extrema, o de gobernantes muy carismáticos que fundaron sus medidas de gobierno en un enorme aparato coactivo. También es posible mostrar cómo, a lo largo de la historia, gobiernos altamente represivos fracasaron en su empresa por falta de carisma o, por el contrario, no pudieron gobernar individuos muy carismáticos, pero incapaces de acumular la suficiente fuerza coercitiva. Parece evidente, entonces, que debe haber un punto medio entre ambas respuestas, ya que ambas explican parcialmente las relaciones de poder. El concepto de legitimidad es apropiado para entender las cuestiones planteadas, en tanto centra la atención tanto en la capacidad de un individuo para emitir órdenes como en la aptitud para lograr que un grupo de personas esté dispuesto a recibirlas.

Para entender las relaciones entre gobernantes y gobernados desde una perspectiva centrada en la legitimidad del mando, debemos hacernos tres preguntas:

1) ¿Cómo llegó el gobernante al poder?2) ¿Cuáles son los resultados de las políticas de un gobernante?3) ¿Respeta el gobernante alguna clase de ley superior a él?

Estas preguntas abren tres dimensiones de la legitimidad: la genética, la funcional y la legal. Haremos una breve mención a cada una de ellas.

1) La génesis del poder. Preguntarse por la génesis del poder implica establecer que el modo en que un gobernante accede a él determina, de algún modo, su legitimidad para gobernar. Este aspecto parcial de la legitimidad permite comprender, por ejemplo, ciertos quiebres en las concepciones del manejo del poder, en tanto cambiaron, a lo largo de la historia, los imaginarios sociales en torno a los mecanismos que conformes a la ley y la justicia permitían instaurar un gobierno. Una monarquía, por ejemplo, supone que el acceso al poder se debe al nacimiento; si el imaginario social acepta este criterio como válido, entonces un rey que hereda el trono gobierna tan legítimamente como, con otro imaginario social, un presidente surgido de una votación. La Revolución Francesa es uno entre muchos ejemplos de una circunstancia histórica en la cual se ve un quiebre en ese imaginario colectivo, ya que en ese momento pasó a ser ilegítimo un mecanismo de acceso al poder que era considerado legítimo hasta entonces.

2) La capacidad del gobernante. La segunda pregunta refiere a la capacidad del gobernante para sostener con sus acciones de gobierno la creencia de que es él el más capacitado para ejercerlo. La legitimidad queda, desde esta perspectiva, relacionada de forma estrecha con la eficacia de las medidas de gobierno. Desde este punto de vista, un gobernante puede asumir su cargo por medios absolutamente legítimos y, sin embargo, perder esa legitimidad por sus actos de gobierno.

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Las dimensiones de legitimidad en la realidadLes proponemos analizar un gobierno a través de las distintas dimensiones de legitimidad propuestas en el apartado anterior.1) Elijan un gobierno. Puede ser un gobierno actual o pasado, local o extranjero.2) Analícenlo a la luz de los criterios desarrollados.

Tengan presente que en un mismo gobierno pueden observarse distintas formas de legitimidad.

ACTIVIDAD 5»

3) Carácter institucional de la tarea del gobernante. Finalmente, preguntar por la legalidad, en relación con la legitimidad, es interrogar al gobernante acerca del carácter institucional de su tarea. En el siglo XVII, El rey Luís XIV pronunció una frase que puede servir como ejemplo de esta dimensión de la legitimidad: “La ley soy yo”. Si analiza la frase a la luz de lo que se viene diciendo hasta aquí, descubrirá que encierra una concepción absolutamente personal y desinstitucionalizada del gobierno. El rey no respeta instituciones porque es su propio deseo el que crea las instituciones. Hoy, en un Estado moderno, a ningún presidente se le ocurriría pronunciar (al menos públicamente) una frase como esa. Eso se debe a que existe una relación estrecha entre la legitimidad del gobernante y las instituciones que una sociedad considera “sagradas”.

1. 2. Perspectiva funcional

La segunda perspectiva de análisis del gobierno no se centra en quién maneja el poder, sino en qué hace (o qué debe hacer) quien maneja el poder. Para ello, es necesario poder identificar funciones que se puedan asignar al gobierno en general (esto es: funciones que se pueda decir que corresponden a cualquier tipo de gobierno, por el hecho de ser gobierno, y no a tal o cual gobierno en particular). Es verdaderamente difícil hacer una asignación de ese tipo. Lo intentaremos. Existen dos funciones que, tradicionalmente, se suelen asignar a cualquier gobierno: por un lado, se afirma que debe mantener la unidad de la comunidad; por otro, representarla frente a otras comunidades. Hemos enunciado las dos funciones básicas de un modo muy general, para hacer ahora algunas aclaraciones respecto de cada una de ellas. Acerca de la primera de estas funciones, podemos decir que es la que se asocia inmediatamente con los conceptos de orden y paz interior. Con relación a la segunda, afirmaremos que se trata de la potestad que se confiere a un gobierno de entablar relaciones diplomáticas con otros gobiernos, manteniendo la paz exterior o declarando la guerra cuando sea necesario. Estas características identificadas como comunes a todo gobierno deben, ante todo, ser contextualizadas. Cuando hablamos de la dificultad para encontrar funciones asignables a cualquier gobierno, lo hicimos pensando en que aun estas dos funciones, que parecen elementales, solo son realmente aplicables al concepto de gobierno luego que surge el Estado como forma de organización política. En el feudalismo, de hecho, numerosos factores externos a la voluntad y poder de los gobernantes jugaban un rol decisivo en el mantenimiento de la paz, tanto exterior como interior (la Iglesia, por ejemplo, era uno de esos factores). Más allá de esta dificultad, importa destacar que el aspecto relativo a las funciones del gobierno es una herramienta de análisis apropiada para comprender la organización política de una sociedad en relación con otras sociedades. El método comparativo, como ya hemos visto, supone la posibilidad de establecer permanencias, caracterizarlas y contrastarlas. En el caso de las funciones que hemos identificado (aun haciendo la salvedad de que su aplicación rigurosa solo es totalmente aceptable en lo que hace a los estados nación), permite hacer un análisis comparativo con modos de organización (como el feudal), en los cuales estas funciones aparecían más difusas.

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Existe, en el marco del abordaje de las funciones como criterio analítico del gobierno, una distinción que puede ser, también, muy ilustrativa: la del gobierno como órgano de dirección política o como órgano administrativo. Esta distinción nos marca una pauta interesante: todo gobierno dirige y administra. Respecto de esto haremos dos observaciones.

● La primera de ellas nos remite, nuevamente, al feudalismo; y lo que debemos señalar es que, al igual que en el caso de las funciones organizativa y diplomática, los gobiernos feudales solo dirigían y administraban parcialmente sus territorios (el emperador o, nuevamente, la Iglesia, eran partícipes activos en ambos aspectos de la vida de los señoríos). A la luz de esta observación, podemos determinar que tanto la dirección como la administración son buenos criterios de análisis en tanto permiten establecer grados de autonomía del gobierno, en lo relativo a estas funciones específicas.

● La segunda observación, tal vez más interesante y compleja, es que la gradación establecida en cuanto al nivel de autonomía del gobierno, a la luz de la independencia con que cumple estas funciones, puede establecerse también en la relación de los mismos conceptos de “dirección política” y “administración”, pero entre sí.

La pregunta a responder, ahora, es la siguiente: ¿Es el gobierno un cuerpo político y directivo que administra a la vez los recursos para cumplir su función de dirección, o es acaso un mero agente administrador al que se le han otorgado algunas funciones policiales a fin de poder realizar su tarea gerencial del mejor modo posible?

La primera de las formas de referirse al gobierno supone que lo central de la actividad del gobernante es la decisión política y, en un segundo plano, la toma de medidas administrativas acordes al rumbo político que se le quiere dar a la marcha de los asuntos comunes; en otras palabras: la marcha de la economía debe estar subordinada a las decisiones políticas del gobierno. En el segundo caso, al centrar al gobierno en la administración, se está suponiendo que el gobierno debe vigilar la marcha de la economía, pero sin imponerle rumbos políticos, sino adaptándose a ellos; en este caso, es la economía la que asume el rol de dominación de la política. La diferencia en los modos de mencionar al gobierno refiere a la posibilidad de pensarlo como un actor activo o pasivo en relación con los intereses privados de los ciudadanos.

Revisando los primeros conceptosVuelvan a observar el video de la actividad 1. Esta vez, enfoquen la mirada en el fragmento que va del minuto 3:00 a 9:20:“11. La política”https://www.cont.ar/watch/c71e6e9a-3937-4bb6-ac5c-968b9ea541a4

¿Cómo se relaciona lo que dice Darío Sztajnszrajber con el último párrafo?

ACTIVIDAD 6»

187PROPUESTA DE TERMINALIDAD SECUNDARIA

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Como vimos al hablar del Estado liberal, uno de los presupuestos básicos en la formación del Estado moderno era la separación entre la esfera pública y la esfera privada. Esto fundaba la creencia de que era misión prioritaria del Estado cuidar los bienes de los ciudadanos, pero no decidir acerca de ellos. Esta concepción gerencial del gobierno tiene implicancias enormes, en lo relativo a las funciones que sería deseable asignarle como propias. Un gobierno administrativo tiene funciones primordialmente policiales y extractivas (nos referimos, con el término “funciones extractivas”, a la función del gobierno relativa al cobro de impuestos). Aun en este último caso, la imposición de cargas impositivas debe estar limitada a lo estrictamente necesario para cumplir la función policial. El Estado de bienestar es una muestra de un cambio en esa concepción. A partir de los problemas que trae aparejados el abandono de controles al mercado (injusticia social, pobreza, acumulación excesiva, etcétera), el gobierno es visto como mucho más que un mero gerente de recursos privados. Por el contrario: todos los recursos disponibles (incluidos los de los ciudadanos) deben cumplir, ante todo, una función social. En este caso, el gobierno es visto como un órgano que diseña estrategias políticas y subordina el manejo de la economía a esas estrategias. Las funciones del gobierno son, en este marco, mucho más amplias y diversas, puesto que la educación, la salud, la vivienda y cualquier actividad relacionada con la inclusión social, al ser una función del Estado, implican un plan activo del gobierno. Por otra parte, la función extractiva se vuelve claramente redistributiva.

1. 3. Perspectiva institucional

El tercer modo de abordar el análisis del gobierno es el que lo supone como un conjunto de Instituciones. Si antes nos preguntamos quién gobernaba y qué hacía, ahora nos preguntamos cómo se estructura la autoridad política, en un sistema político determinado. Solo en este sentido, nos estamos preguntando entonces cómo gobierna quien ejerce el poder. Como este último eje de análisis es de una enorme complejidad teórica, lo abordaremos desde un ejemplo concreto. Argentina es un país presidencialista. Ya veremos, al final de esta unidad, cuáles son las características válidas del presidencialismo como forma de gobierno; nos basta ahora con saber que lo que llamamos “gobierno”, en tanto órgano directivo del Estado, está depositado en una persona particular: el presidente. Apenas terminamos de decir esto, notamos que es insuficiente (o equivocado) identificar gobierno con presidente, si entendemos con la palabra “presidente” al individuo particular que ocupa el cargo. Presidente, en resumen, es cualquier persona que ocupe legítimamente una determinada posición en una estructura de relaciones de poder. En este sentido, Presidente no es una persona, sino una institución.

Así como existe la institución “Presidente”, hay otras, sin las cuales es imposible entender claramente cuáles son sus reales atribuciones. Por citar solo las más inmediatas Sabemos que todo presidente designa ministros. El ministro es otra institución (en tanto es un nombre que designa un cargo que puede ser ocupado por cualquier persona que cumpla ciertos requisitos). El presidente y los ministros configuran, juntos, a su vez, la institución que conocemos como “Poder ejecutivo”.

Una vez que vemos las cosas desde esta perspectiva, se nos hace claro que el análisis del gobierno supone que se debe conocer cuál es la dinámica de las relaciones de poder que configuran a la institución a cuyo cargo se encuentra la tarea de gobernar. Desde este punto de vista, el gobierno no está en manos del presidente sino de un poder ejecutivo cuyo funcionamiento es necesario conocer.

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Una vez abierta la perspectiva institucional, estamos obligados a preguntarnos: ¿Alcanza con saber cómo funciona la institución Poder ejecutivo para entender una medida de gobierno? ¿No hay acaso otras instituciones (por ejemplo, la institución “Poder legislativo”) cuya existencia y posición es imprescindible conocer para entenderla? ¿Y no existen también creencias, o valores sociales, o ideologías que es necesario considerar como instituciones, en tanto condicionan el ejercicio del gobierno? La perspectiva institucional de análisis del gobierno es, como puede verse, aquella que lo considera como: la capacidad de tomar decisiones, pero concebida como resultante de la interacción de una enorme diversidad de factores que, en tanto son condicionantes concretos de cualquier acción de gobierno, se convierten en estructuras de existencia real.

Hemos visto, entonces, los rasgos más relevantes en lo que hace al análisis del gobierno como concepto. Para ello, fue necesario pensar en un marco de elevada abstracción, en tanto no identificamos gobierno con ningún ordenamiento particular. Nuestro siguiente paso será, entonces, empezar a analizar el gobierno en función de las diferentes formas en que éste puede organizarse.

2. Formas de gobierno: antiguas y modernas

Probablemente la más famosa de las tipologías de formas de gobierno con las que contamos sea la que realizó Aristóteles, hace ya veinticuatro siglos. En su libro Política, Aristóteles divide las formas de gobierno según quiénes (o mejor: cuántos) son los que gobiernan y teniendo en cuenta el modo en que lo hacen (esto último, en relación específica con la orientación de las políticas llevadas adelante).

A partir de estos dos criterios, se pueden realizar dos divisiones.1) La primera de ellas considera que, el gobierno:● Si es ejercido por una sola persona, será monárquico.● Si está en manos de un grupo pequeño de individuos, considerados como los únicos

actores aptos para llevarlo adelante, entonces se estará ante un gobierno aristocrático.● Si recae en la mayoría, entonces será republicano.

Esta primera división responde criterio “cuántos gobiernan”.2) La segunda división, que responde al segundo criterio, el de la manera de gobernar,

es la que sigue:● Una monarquía puede desviarse de su objetivo de buscar el bien común,

transformándose en una tiranía, que no es otra cosa que una monarquía corrupta por el interés personal del gobernante.

● Si los que gobiernan son unos pocos y lo hacen en función de sus intereses de grupo, entonces corrompen a la aristocracia, transformándola en oligarquía.

● Finalmente, cuando la mayoría solo gobierna para sí misma, la república “degenera” en democracia.

Entre los siglos XV y XVIII la categorización de las formas de gobierno cambió, aunque persistieron algunos de los conceptos aristotélicos.

Las discusiones de la modernidad en torno a las formas de gobierno giraron alrededor de dos grandes polaridades conceptuales, puestas como antagónicas:

● Por un lado, se hizo una división tajante en lo relativo a la acumulación de poder en manos de uno o de varios. La tripartición aristotélica tomó la forma de un antagonismo entre monarquía y república.

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● Por otra parte, fuera monárquico o republicano, un gobierno habría de ser clasificado como absoluto o como moderado, en función de los límites que pudieran imponerse al ejercicio del poder.

De acuerdo con estas clasificaciones, la modernidad terminó por hacer una nueva tripartición, pero que reunía en sí los aspectos cuantitativos y cualitativos de las dos primeras divisiones aristotélicas. Así, un gobierno habría de ser republicano o monárquico si se ajustaba a las leyes (y era ejercido por muchos, en un caso o uno solo, en el otro), y despótico si no lo hacía. Si atendemos a esta clasificación, vemos que el concepto central que permite distinguir entre formas de gobierno aceptables e inaceptables, es el de control.

La ley, como herramienta que permite limitar la arbitrariedad en el ejercicio del poder, se transforma, a partir de la modernidad, en la barrera contra la discrecionalidad, este es el fundamento de uno de los conceptos elementales que permiten entender el orden a partir del siglo XVII: la división de poderes.

Desde el momento en que se postula la existencia de poderes que se limitan unos a otros, se puede establecer, claramente, una distinción entre los gobiernos absolutistas y aquellos que no lo son. Esto permite, entonces, trazar una primera línea de comparación entre formas de gobierno.

Se hablará de gobiernos constitucionales cuando el parámetro del poder sea la ley, y de gobiernos autoritarios cuando el parámetro sea la simple voluntad del gobernante de turno. Esta primera división vendría a responder la pregunta acerca de cómo gobierna quien detenta el poder.

Se pueden hacer otras divisiones, en función de la búsqueda de respuestas a otras preguntas importantes. La primera de ellas es: “¿quiénes gobiernan?”. En este caso, lo que se intenta saber es el modo en que se distribuyen y organizan los controles y los límites. La segunda pregunta es “¿a quiénes gobierna?”; Lo que se busca aquí es saber cuál es el alcance efectivo de las decisiones de un gobernante, en función del territorio y la población comprendidos por sus decisiones. Atendiendo a la primera de estas preguntas, haremos una división entre gobiernos parlamentarios y gobiernos presidenciales. En torno de la segunda dividiremos entre gobiernos unitarios y gobiernos federales. Trataremos por separado de cada una de las divisiones que hemos mencionado.

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2. 1. Constitucionalismo y autoritarismo

Llamaremos gobierno constitucional a todo aquel en el cual el poder del gobernante está acotado en dos sentidos. Por un lado, se limita la arbitrariedad en el ejercicio del poder; por otro, se garantiza la existencia de esferas sobre las cuales la voluntad del gobernante no tiene alcance. Esta última garantía refiere específicamente a la división entre lo público y lo privado. Es, efectivamente, solo en la medida en que existe un ámbito de privacidad garantizada constitucionalmente, que puede hablarse de un gobierno constitucional. Se llama constitución garantista a aquella que preserva estas garantías de un modo efectivo.

Es importante aclarar, a partir de este punto, que la existencia de una constitución escrita no es condición suficiente para que un gobierno sea considerado constitucional.

En primer lugar, la constitucionalidad del gobierno refiere, como ya se dijo, a las limitaciones que existan al poder y al respeto por esferas no sometidas a él; esto no impide que un gobierno, basado en normas ancestrales y orales, sea constitucional (si bien es difícil encontrar ejemplos actuales de gobiernos de ese tipo).

En segundo lugar (y esto es más importante aún), que casi todo gobierno constitucional tenga una constitución escrita no implica, necesariamente, que se atenga a los principios constitucionales.

Pueden existir, por ejemplo, constituciones que operen como meros instrumentos de organización del poder, pero que no lo limiten en absoluto y sean, por ello, funcionales a los intereses del gobierno. Una dictadura, por ejemplo, puede sancionar y respetar una constitución sin que eso la transforme en un gobierno constitucional. En casos como este, se dirá que existe un gobierno con una constitución nominal, pero no un gobierno constitucional. También puede suceder que exista una constitución que garantice, por escrito, esferas de privacidad y límites al poder Pero, que esta garantía escrita sea puramente declarativa y no fáctica. En este caso, se dirá que lo que existe es una pseudoconstitución. El gobierno autoritario puede, llegado este punto, ser definido, por oposición al constitucional, como aquel en el cual no hay limitaciones (al menos lo suficientemente precisas y bien establecidas) a la arbitrariedad del gobernante.

La mayoría de las dictaduras son, por ejemplo, gobiernos autoritarios, en tanto uno de sus rasgos principales es la interrupción del orden constitucional y la imposición de normas más identificables con reglamentos que con constituciones.

Gobierno constitucional ¿igual a democrático?Por lo dicho hasta aquí, puede parecer (al menos a simple vista) que un gobierno

constitucional es, necesariamente, un gobierno democrático. Sin embargo, no es conveniente sacar esta conclusión de forma inmediata. De hecho, se da la aparente paradoja de que si fuera posible establecer una democracia no representativa que funcionara asambleariamente, esta tendería más hacia lo que hemos descrito como autoritarismo (que no habrá que entender como un término despectivo). Decimos que la paradoja es aparente ya que, en una democracia asamblearia no representativa, el gobierno solo puede actuar en función de las prerrogativas otorgadas a él en forma permanente, por la totalidad de la población. En este caso, la definición o delimitación de las esferas pública y privada es móvil, en tanto es difícil concebir una ley “más allá” de la asamblea de todos los ciudadanos. Por esto no sería del todo correcto decir que la Atenas del Siglo V a.C. era un gobierno constitucional. Sin embargo, podemos perfectamente calificarlo como democrático. Pero no hace falta ir tan lejos, ni en el tiempo ni en el grado de representatividad, para comprobar que no hay relación inmediata entre constitucionalismo y democracia, aunque es imprescindible tener en cuenta que, en todos los casos, la relación depende del modo en que se entienda el término democracia.

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El constitucionalismo argentinoEn nuestro país los procesos constitucionales tuvieron larga duración con largas discusiones sobre el modelo de país y gobierno que se impulsaría.Juan Bautista Alberdi fue uno de los pensadores sociales y políticos de más renombre de aquella época, no solo en Argentina, sino en toda Sudamérica.El siguiente es un fragmento de una de sus obras más importantes, “Bases para la organización política de la República Argentina”, escrita en 1852. Léanlo y respondan las preguntas que se muestran a continuación.

ACTIVIDAD 7»

Hemos visto que una de las condiciones para hacer de “constitucionalismo” un sinónimo de democracia es pensar a esta última en términos representativos. Pero una vez hecho esto (lo cual implica aceptar que la democracia pasa de ser el gobierno del pueblo a ser el gobierno de los representantes del pueblo), hay que establecer, por un lado, el grado de representatividad del gobierno y, por otro, el modo que esa representatividad adquiere. En función de lo segundo, se hace problemático ubicar en un esquema a los gobiernos comunistas, que se dicen a sí mismos democráticos y, sin embargo, no cuadran dentro del modelo constitucionalista, en tanto no hay una clara separación entre lo privado y lo público, quedando lo primero subordinado en todo caso a lo segundo. Está claro que desde una perspectiva liberal es prácticamente imposible denominar como democrático a un sistema de partido único (veremos en el último apartado de esta unidad que la existencia de partidos políticos es indispensable para el funcionamiento de las democracias occidentales). No obstante, en los regímenes comunistas existen sistemas de representación que son complejos y conforman una estructura piramidal, en la cual muchas decisiones se toman por medio de asambleas jerárquicamente subordinadas. De acuerdo con los grados de representación, puede decirse que han existido en la historia gobiernos oligárquicos en los cuales el poder estaba limitado constitucionalmente, verificándose en ellos una auténtica división de poderes y el respeto de garantías constitucionales a los ciudadanos. El problema de estos gobiernos era que el término “ciudadano” era restrictivo y no inclusivo, lo cual implica que una parte de la población veía limitado su derecho a la participación política, por lo cual es imposible calificarlos como “democráticos”. Esto no impide que se los pueda llamar constitucionales.

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“La victoria de Monte Caseros por sí sola no coloca a la República Argentina en posesión de cuanto necesita. Ella viene a ponerla en el camino de su organización y progreso, bajo cuyo aspecto considerada, esa victoria es un evento tan grande como la revolución de Mayo, que destruyó el gobierno colonial español. Sin que se pueda decir que hemos vuelto al punto de partida (pues los Estados no andan sin provecho el camino de los padecimientos), nos hallamos como en 1810 en la necesidad de crear un gobierno general argentino, y una constitución que sirva de regla de conducta a ese gobierno.

(...)Un cambio obrado en el personal del gobierno presenta menos inconvenientes cuando existe una constitución

que pueda regir la conducta del gobierno creado por la revolución. Pero la República Argentina carece hoy de gobierno, de constitución y de leyes generales que hagan sus veces.

(...)La República Argentina, simple asociación tácita e implícita por hoy, tiene que empezar por crear un gobierno

nacional y una constitución general que le sirva de regla.(...)La Constitución de 1826 [1], tan reservada y parsimoniosa en sus condiciones para la adquisición de nuevos

ciudadanos, era pródiga en facilidades para perder los existentes. Hacía cesar los derechos de ciudadanía, entre muchas otras causas, por la admisión de empleos, distinciones o títulos de otra nación. Esa disposición copiada, sin bastante examen, de constituciones europeas, es perniciosa para las Repúblicas de Sud América, que, obedeciendo a sus antecedentes de comunidad, deben propender a formar una especie de asociación de familias hermanas. Naciones en formación, como las nuestras, no deben tener exigencias que pertenecen a otras ya formadas; no deben decir al poblador que viene de fuera: -Si no me pertenecéis del todo, no me pertenecéis de ningún modo. Es preciso conceder la ciudadanía, sin exigir el abandono absoluto de la originaria. Pueblos desiertos, que se hallan en el caso de mendigar población, no deben exigir ese sacrificio, más difícil para el que le hace que útil para el que le recibe.”

Alberdi, Juan Bautista. Bases: y puntos de partida para la organización política de la República Argentina. 1852.

1) ¿Cómo se relacionan los dichos de Alberdi con el apartado sobre constitucionalismo?2) Considerando la época en que escribe el texto, ¿se puede decir que existen intenciones de relacionar constitucionalismo y democracia? ¿Por qué?3) ¿En qué términos Alberdi cuestiona la inclusión de la idea de ciudadano en los procesos constitucionales sucedidos hasta ese momento?

[1] Se refiere a la Constitución del 1826 en nuestro país, uno de los tantos ensayos constitucionales del segundo período, desde la independencia europea hasta 1852.

Conociendo a los protagonistasJuan Bautista AlberdiNacido en 1810 se destaca como uno de los gigantes intelectuales del

sXIX., no solo de Argentina sino de toda América Latina. Durante la guerra civil Argentina, Alberdi se mantuvo firme del lado de los

federalistas liberales y en contra Manuel de Rosas, considerado un dictador. Fue abogado, político, economista y autor intelectual de la Constitución

Argentina de 1853. Aunque vivió gran parte de su vida en exilio en Chile, Uruguay y Francia, fue uno de los liberales argentinos más influyentes de su época.

Nació en Tucumán, pero huérfano a muy temprana edad, se mudó a Buenos Aires para sus estudios, que culminó en Montevideo. Se le vincula con la llamada “Generación del 37”, grupo de jóvenes intelectuales simpatizantes con las ideas de la democracia liberal. Su principal obra, Bases y puntos de partida para la organización de la República Argentina, consiste en un tratado de derecho público que posteriormente en su reedición incluiría un proyecto de Constitución.

Sus trabajos comprendieron más que estudios constitucionales. Se interesó y escribió sobre la música, las artes, las ciencias, la filosofía y la economía política.

Falleció en Francia en 1884 a los 73 años de edad.

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2. 2. Unitarismo y federalismo

Cuando se caracterizó en este mismo módulo el Estado, se mencionó que debe tener un ordenamiento político para ser visto cómo tal, y se mencionó al poder centralizado como una de las caracteristicas. Vimos, luego, que esta centralización era comprensible a la luz del paso del sistema feudal al sistema monárquico, puesto que fue sobre las bases del Estado patrimonial absolutista que se construyeron los Estados modernos. La concentración del poder, sin embargo, chocó con algunos obstáculos.

● Por un lado, los pequeños poderes territoriales propios del sistema feudal eran, en muchos casos, demasiado fuertes como para suponer que podían desaparecer. En algunas situaciones, fue estratégicamente más conveniente dejar sobrevivir focos de poder relativamente autónomo y negociar la sumisión a ciertos preceptos generales, que entablar una lucha directa contra ellos.

● En segundo lugar, esta convivencia de pequeños poderes dentro del territorio del Estado, por un lado, y la extensión territorial, por otro, obligaron al Estado a establecer puestos de control, o crear centros de poder que permitieran al gobierno ejercer vigilancia en todo el territorio.

● Finalmente, la presencia de un Estado que pretendía acaparar el control absoluto de las relaciones sociales implicó el nacimiento de centros de resistencia dentro del mismo Estado lo suficientemente fuertes como para que no fuera prudente gobernar sin atender a ciertas particularidades que exigían su derecho a determinar algunos aspectos de su vida.

En todos los casos, se ve que el obstáculo del Estado fue, en tanto era una potencia hegemonizadora, la diversidad.

Esta diversidad determinó que dentro de todo Estado funcionaran poderes locales cuyas demandas no podían desconocerse; y es precisamente en función de la relación que se estableció, en cada caso, entre el gobierno central y esos poderes, que se puede hablar de federalismo y unitarismo ya que estos términos refieren, respectivamente, a la diseminación o la concentración del poder del gobierno.

Se llama gobierno unitario a aquel que hace de la concentración del poder el ideal de la organización política. Un gobierno unitario no supone la inexistencia de gobiernos locales, sino su subordinación al gobierno central. En este sentido, los gobiernos locales son más administraciones que poderes, que pueden ser más o menos autónomos, pero carecen de capacidad de decisión en todo aquello que el poder centralizado no se lo otorgue.

Un gobierno federal, por el contrario, supone un poder fragmentado y diseminado. El Estado está, en el caso de los gobiernos federales, formado por unidades con relativa autonomía, tanto constitucional como legal.

Cada unidad, en este caso, crea su propia constitución y es gobernada por funcionarios elegidos directamente por los ciudadanos empadronados en su territorio (o designados por los gobernantes electos de ese modo). Tanto la creación y aplicación de las leyes, como el manejo de recursos propios (por vía de impuestos que la misma unidad establece), son patrimonio de cada unidad.

La diferencia sustancial entre un gobierno unitario y un gobierno federal es que en este último caso, las atribuciones del poder central están muy claramente delimitadas.

El federalismo es, de hecho, un punto medio entre la concentración absoluta del poder y la dispersión. Los grados de centralización o

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descentralización del poder dependerán, siempre, de las particularidades de cada Estado, encontrándose modelos en apariencia unitarios en los cuales los poderes regionales tiene un enorme peso en las decisiones del gobierno y gobiernos en apariencia federales en los cuales el poder central es más asfixiante que en muchos estados unitarios.

2. 3. Presidencialismo y parlamentarismo

La última distinción en las formas de gobierno compete solamente a los gobiernos democráticos, y se realiza tomando en consideración los siguientes elementos de análisis:

● Si la elección del gobierno es directa o indirecta.● Si la función ejecutiva recae sobre una persona o sobre un cuerpo colegiado.● Si los poderes ejecutivo y legislativo están integrados o divididos.

A partir del estudio de estos elementos se establecieron dos formas básicas de gobierno: el presidencialismo y el parlamentarismo.

Se llaman parlamentarios a los gobiernos en los cuales el gobierno es un cuerpo colegiado elegido indirectamente y en el cual los poderes legislativo y ejecutivo están integrados.

Son rasgos característicos de esta forma de gobierno:● Se distinguen en el parlamentarismo los cargos de jefe de gobierno (o primer ministro)

y jefe de estado. El primero es el encargado de la dirección política y administrativa, en tanto que el segundo es un cargo simbólico (en las monarquías es ocupado por el rey).

● El poder ejecutivo es un cuerpo colegiado (consejo de ministros), entre los cuales el Primer Ministro es un par, aunque con más atribuciones. Todos los miembros del gabinete (incluido el Primer Ministro) deben ser miembros del Parlamento y son responsables ante él.

● El Parlamento es elegido por el sufragio popular y cumple funciones legislativas. El primer ministro es elegido en forma indirecta, ya que es el Parlamento el encargado de elegirlo. El candidato a ser elegido es propuesto por el jefe de estado o por el Parlamento mismo.

● La investidura del primer ministro se hace de dos maneras: o bien el Parlamento emite un “voto de confianza” (es decir: se vota explícitamente por el candidato), o lo acepta implícitamente, no vetando al candidato.

● El Parlamento, además de investir al jefe de gobierno, puede disolver el gobierno, también de dos maneras: o bien propone un “voto de censura” y lo aprueba por mayoría, o bien vota en contra de una “cuestión de confianza” que el mismo jefe de gobierno plantea.

● El cargo de jefe de gobierno no tiene plazo prefijado (lo cual es obvio, en función de las características de investidura y de la posibilidad permanente de disolver un gobierno que no cumple con las expectativas depositadas en él).

● El jefe de gobierno tiene, también, la facultad de pedir al jefe de estado que convoque a elecciones para disolver el parlamento y constituir uno nuevo.

Como puede verse, en este sistema no existe separación entre los poderes legislativo y ejecutivo, sino que están fusionados; pero esta unión se organiza de modo tal que ambas instituciones están sometidas a un permanente y mutuo control.

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Son gobiernos presidenciales, por oposición a los parlamentarios, aquellos en los cuales los poderes ejecutivo y legislativo trabajan coordinada pero independientemente, y el gobierno recae sobre una persona (el presidente), elegida directamente por el pueblo.

Algunas características del presidencialismo:● No hay diferenciación entre jefe de estado y jefe de gobierno, sino un presidente que

asume la función de ser el responsable último de toda función ejecutiva. Los ministros del gobierno son designados por el presidente y responden ante él.

● Este presidente es elegido en forma directa por los ciudadanos, mediante el sufragio popular, por un período fijo estipulado en la Constitución Nacional

● El presidente es electo por simple mayoría de sufragios. En algunos países (como Argentina), se requiere una mayoría absoluta, para lo cual, de no existir, se realiza una segunda elección, o segunda vuelta entre los dos candidatos más votados (en algunos casos, la ausencia de mayoría determina que la decisión quede en manos del parlamento).

● Los cargos gubernamentales (presidente y ministros) son incompatibles con la función parlamentaria: no se puede ser miembro del gobierno y del parlamento a la vez.

● El Poder Legislativo es independiente del Ejecutivo y se elige también mediante el sufragio popular.

Una salvedad que es importante hacer es la siguiente: existen países en los cuales los votantes no eligen directamente al presidente, sino que eligen electores que, quienes, a su vez, elegirán al presidente (eso sucedía en Argentina hasta que se modificó la Constitución Nacional en el año 1994). Se suele decir que en este caso la elección es también directa, ya que el cuerpo elegido para designar el presidente tiene como única misión esa elección particular, disolviéndose en el acto. Si bien esto es aceptable en términos generales, es discutible, en tanto es posible y ha sucedido (en Estados Unidos de América, por ejemplo) que sea designado un presidente que ha recibido menos votos populares, pero más electores (en tanto recibió electores de ciertos distritos clave). Es cierto, sin embargo, que se trata de casos excepcionales.

Es destacable, en este sistema, la gran concentración de facultades en una sola persona. Esta concentración, sin embargo, tiene una contracara: al haber separación de poderes, en algunos casos un presidente puede quedar a merced de un Parlamento opositor. Si el partido político del presidente/a cuenta con la mayoría de las bancas en el Congreso, esto no suele suceder; pero es bastante frecuente que esto no suceda, lo cual obliga al presidente a establecer alianzas políticas con partidos diferentes del suyo si quiere poder gobernar con tranquilidad.

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Analizando formas de gobiernoLean el siguiente fragmento de una nota periodística. Se trata de una noticia sobre las últimas elecciones en Inglaterra.● A partir de los datos que brinda la nota respondan: ¿qué forma de gobierno lleva adelante este país? ¿Por qué?

ACTIVIDAD 8»

ELECCIONES REINO UNIDOEl Partido Conservador gana en las urnas pero pierde la mayoría absoluta09/06/2017

Al parecer, estaría negociando con el Partido Democrático Unionista para contar con sus 10 escaños. May pedirá permiso a la reina para formar gobierno en las próximas horas en Buckingham.

El Partido Conservador de la primera ministra de Reino Unido, Theresa May, se ha situado al frente de las elecciones parlamentarias con 318 escaños obtenidos (pierde 12), cuando han sido escrutados 649 de 650 circunscripciones. La mayoría parlamentaria está fijada en 326 escaños.

Según los resultados recogidos por la cadena de televisión británica BBC, el Partido Laborista se haría con 263 (gana 31) escaños. Los laboristas habían marchado en cabeza durante gran parte del recuento.

Por detrás se sitúa el Partido Nacional Escocés (SNP) con 35 escaños (-21), los Liberal Demócratas con 12 (+4); el DUP, con 10 (+2) y el Sinn Fein, con 7.

De confirmarse con el escrutinio final, la apuesta de la primera ministra por el adelanto electoral habría resultado fallida porque su objetivo era ampliar la hegemonía de 17 asientos que ostentaba en Westminster.

La propia May ha resaltado este viernes que el país “necesita un periodo de estabilidad”, agregando que siempre ha actuado teniendo en cuenta los intereses de la nación.

“El país necesita un periodo de estabilidad, y sean cuales sean los resultados, los conservadores garantizarán esa estabilidad para que podamos estar unidos como país”, ha dicho.

Así, ha indicado que si su partido se impone en las elecciones “dependerá de los conservadores tener esa estabilidad, y eso es lo que se hará”, según ha informado la cadena de televisión británica BBC.

May ha realizado estas declaraciones tras conseguir mantener su escaño por Maidenhead, reiterando que una de sus prioridades será trabajar para lograr una correcta aplicación del ‘brexit’.

Camino de BuckinghamTheresa May acudirá al palacio de Buckingham para comunicarle a la reina Isabel II que podrá formar Gobierno,

a pesar de no haber logrado la mayoría absoluta, según un portavoz de la residencia de Downing Street.Se espera que la primera ministra vea a la jefa de Estado en las próximas horas, puesto que se ha retrasado la

vista que era prevista para las 11:30 GMT (12:30 en Euskadi) para solicitarle el permiso para formar Gobierno. Según la BBC, la “premier” contaría con el respaldo del Partido Democrático Unionista del Ulster (DUP), que ha obtenido diez escaños de los 18 que le corresponden a Irlanda del Norte en los Comunes.

Nota periodística disponible en:http://www.eitb.eus/es/noticias/internacional/detalle/4891760/resultados-elecciones-reino-unido-2017-theresa-may-gana-elecciones/

● Les proponemos buscar notas periodísticas donde anuncien cambios en los gobernantes de aquí y otros países del mundo y analicen las descripciones de los sistemas políticos que se corresponden.

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Apunte de clase: Orígenes de las ideas y teorías políticas

UNIDAD 5

1. Introducción

En esta unidad se focalizará en las diferentes formas históricas de concebir, fundamentar y justificar las relaciones de poder. En función del carácter introductorio del módulo, este repaso solo podrá presentar algunas corrientes relevantes y antagónicas, que se agruparán y definirán enunciando aquellos rasgos que faciliten la comprensión de las discusiones históricas más importantes en lo que a política se refiere. Dado que se trata de describir el origen de ideas y teorías de orden político, encontrarán relación estrecha entre lo desarrollado aquí y lo trabajado hasta ahora a lo largo del módulo. Las ideas son lo que dirigen y dan sustento a la práctica.

2. Acerca del pensamiento político

Llamaremos pensamiento político a toda teoría acerca del orden que tome posición valorativa; es decir: que, lejos de ser meramente descriptiva, intente prescribir modos de organización política, fundamentando sus prescripciones.

Teorías políticas hay muchas y pueden discernirse a partir de distintos criterios comparativos. En este caso, se diferenciarán dos:

● En primer lugar, se realizará una distinción entre un modo clásico y un modo moderno de pensar las relaciones políticas. Si bien tanto en uno como en otro modelo coexisten diversas posiciones, se asumirá que la modernidad marcó una ruptura drástica en la visión que los hombres tenían acerca de la legitimidad del poder.

● En segundo término, haremos una diferenciación interna dentro del modelo moderno, señalando dos contraposiciones: por un lado, entre las concepciones absolutistas y las ideas liberales; por otro, entre el modelo liberal y el discurso marxista. Nuevamente, el criterio de selección es la aparición de rupturas fuertes con importantes consecuencias prácticas.

2. 1. Presidencialismo y parlamentarismo

Pensamiento político clásico

Llamamos pensamiento político clásico al modo en que los hombres concibieron la organización política hasta la ruptura moderna de los siglos XV a XVIII. El período de tiempo abarcado en la caracterización es tan amplio que, sin duda, comprende una gran diversidad de modelos.

Orígenes de las ideas y teorías políticas

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Antes de la modernidad los hombres se organizaban políticamente dando por sentado que:

● Existe un orden natural de las cosas y el hombre debe acomodar su vida de acuerdo con una armonía cósmica que no depende de su voluntad.

● Las jerarquías entre los hombres son naturales.● Todo modelo político se basa en la exclusión explícita de determinados grupos.● Los hombres nacen con deberes preestablecidos por, precisamente, el carácter

natural de las jerarquías y el orden del cosmos.● La totalidad social es previa y más importante que las partes que la componen.

El concepto griego de cosmos refiere a la totalidad de lo que existe. El hombre, según esta idea, es tan solo una parte, un elemento más en el universo, que se concibe como una totalidad ordenada y armónica. Bajo este supuesto, cada elemento existente cumple un rol que le es propio. Se puede hacer, en el contexto de esta visión de las cosas, una analogía que era (y en algunos casos aún es) muy común en la antigüedad: el cosmos es como un gran cuerpo, en el cual cada elemento cumple una función.

Una de las características del cuerpo es que está formado por una enorme diversidad de células y órganos, cada uno de los cuales tiene una misión específica, que no es intercambiable con la de otras células y órganos. Así, un pulmón no puede aspirar a digerir comida, puesto que no es la tarea que le corresponde. Si sostenemos la comparación, podemos imaginar a los hombres como células u órganos especializados y tendremos un panorama bastante explicativo de cómo se concebían las relaciones políticas.

Un sabio, por ejemplo, tenía como misión crear leyes. Un guerrero debía luchar. Un esclavo, trabajar. Una mujer, parir. Lo fundamental es que ninguno de estos elementos podía aspirar a ocupar el lugar que no le correspondía.

La diferencia, por ejemplo, entre un hombre y un esclavo o entre un hombre y una mujer, era tan determinante como la que existía entre un hombre y un caballo o una piedra. Un esclavo o una mujer no podían participar en las decisiones de la comunidad, simplemente porque no era su función.

Se ve, entonces, que si hay relaciones de poder o dominación, estas se fundan en cierta disposición natural de las cosas, que coloca a cada uno en un sitio al cual se debe resignar. Esto supone, finalmente, que si existen jerarquías entre los seres humanos, estas son naturales. En la antigua Grecia, esta visión justificaba, por ejemplo, las distinciones entre griegos y bárbaros, o entre hombres y mujeres. En las obras de los más importantes filósofos de la época encontramos, entonces, concepciones políticas basadas en las diferencias de naturaleza. Platón dividía su república de modo tal que los sabios mandaran, para lo cual es necesario aceptar que existen sabios e ignorantes (los ignorantes serían aquellos incapaces de conocer el verdadero orden y fundamento de las cosas). Aristóteles, por su parte, defendía la esclavitud y postulaba la aristocracia como el mejor sistema de gobierno. En Roma las diferencias entre seres humanos eran también claras. Más allá de las particularidades de un complicado sistema de gobierno, los ciudadanos romanos estaban divididos en clases claramente diferenciadas, además de sostener la esclavitud y marcar una profunda separación entre lo romano y lo extranjero y entre derechos de hombres y mujeres. Durante el feudalismo, las divisiones entre plebeyos y nobles se fundaban, también, en distinciones naturales. Un rey no debía ganarse su lugar: simplemente debía ser hijo de otro rey. Un noble debía su nobleza a su sangre y no a algún tipo de mérito diferente al de haber nacido en una familia noble. Como puede desprenderse de todo lo dicho, las relaciones de poder entre hombres son naturales, en la medida que las jerarquías también lo son. Hay quienes nacen para mandar y hay quienes nacen para obedecer. Cada uno tiene de antemano fijadas sus obligaciones y, por lo tanto, tiene deberes propios de la posición (natural) que le tocó ocupar.

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Esta concepción de las relaciones políticas había tomado, con el transcurso de los siglos y mediante el crecimiento del poder de la Iglesia, un rumbo definido: el orden natural de las cosas había sido establecido por Dios. Era el papa, en tanto representante máximo de la iglesia, quien conocía y dictaba los parámetros de lo verdadero y lo falso, lo justo y lo injusto, lo aceptable y lo inaceptable. Fue, precisamente, contra esta dominación ejercida por el discurso religioso que habrían de levantarse todas las críticas que dieron origen a la ruptura que hoy conocemos con el nombre de Modernidad.

Pensamiento político moderno

Las premisas fundamentales supuestas en las formulaciones modernas, en relación con el problema del poder son:

1) Existe un orden racional que funda las relaciones humanas; y el hombre, como único ser racional, puede develarlo.

2) Las jerarquías entre los hombres son artificiales, en tanto productos de la voluntad de los hombres.

3) Todo modelo político debe surgir a partir del libre consentimiento de todos los hombres, lo cual supone que la exclusión es una excepción y la inclusión es la regla.

4) Los hombres no tienen deberes preestablecidos, sino derechos.5) La individualidad es previa a la totalidad.

Si leemos simultáneamente los postulados del modelo clásico y los del moderno, notaremos inmediatamente que se oponen casi estrictamente (con excepción de la primera premisa). Empezaremos, entonces, analizando el segundo de los puntos, puesto que el primero puede presentar algunos problemas si no se lo pone en relación con los demás. Los principios sobre los cuales se asienta la idea moderna de lo que significa establecer relaciones políticas son la libertad y la igualdad de los hombres. La libertad y la igualdad, son consideradas (y esto es importante) naturales; es decir: no hay por naturaleza hombres superiores a otros ni tiene nadie, por naturaleza, razones para entregar su libertad a otros. La postulación de la libertad y la igualdad de los hombres tiene como consecuencia inmediata el abandono de la idea de que existen hombres que tengan algún derecho divino o natural a mandar a los demás.

En otras palabras: si hay jerarquías entre los seres humanos, habrá que explicarlas sin recurrir a la gracia divina; y he aquí lo que quiere decir que las jerarquías son artificiales: que son creadas por los hombres.

Esto nos lleva al tercer postulado, puesto que hay, de hecho, jerarquías entre los seres humanos y hay, también, hombres que mandan y hombres que obedecen; la pregunta es: ¿Cómo es posible si todos los hombres son por naturaleza iguales y libres? La explicación que los modernos dan a esto es que los seres humanos, para evitar los conflictos que necesariamente produciría la imposibilidad de reclamar a otros cualquier clase de obediencia, realizan entre sí un pacto o contrato de todos con todos, en el cual consienten libremente obedecer ciertas reglas a condición de que los demás también las obedezcan. Es por esta razón que la exclusión de alguien de un modelo político solo puede deberse a que el excluido haya violado ese pacto originario (un delincuente, por ejemplo).

La regla es que todos los seres humanos tienen derecho a pertenecer a la comunidad, en tanto tienen derecho a participar de su conformación.

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El cuarto punto es también comprensible sólo a la luz de lo dicho hasta aquí. Que exista sociedad se debe a que todos los hombres han pactado, pero en ese pacto han renunciado a su derecho ilimitado, en función del bien común (que es su propio bien). Por lo tanto, lo primero que los hombres tienen son derechos, pero renuncian voluntariamente a ellos para poder vivir seguros y prosperar. Por otra parte, quienes pactan solo están obligados a cumplir aquello con lo cual se han comprometido; pierden, por lo tanto, únicamente los derechos que se han obligado a resignar y que todos los demás han resignado. De toda la descripción del modelo hecha hasta aquí, surge, casi espontáneamente, lo afirmado en el último punto con relación a la prioridad del individuo respecto de la sociedad. Los modernos consideran la posibilidad de que los hombres vivan en un estado presocial, al que llaman estado de naturaleza Esto supone que si hay algo así como un estado natural del hombre, en este no hay obligaciones ni comunidad, sino sólo individuos aislados. La sociedad surge como un acto de voluntad de estos individuos aislados y, por lo tanto, de alguna manera le debe a esos individuos aislados su existencia, por lo que tiene que proteger sus derechos individuales. Podemos, ahora, entender el primero de los postulados., que enuncia: “Existe un orden racional que funda las relaciones humanas; y el hombre, como único ser racional, puede develarlo”.

Si bien los modernos, como los clásicos, postulan un orden natural que no depende de la voluntad humana, los primeros, a diferencia de los segundos, no creen que el hombre simplemente deba resignarse a acomodar su existencia a la naturaleza. De hecho, el orden es, para los modernos, la racionalidad misma, a la cual la naturaleza está también sometida. Pero el hombre es la expresión viva (la única expresión viva) de esa racionalidad y, por lo tanto, ocupa un lugar privilegiado.

Esto quiere decir que el hombre no solo no tiene que resignarse a vivir según una armonía natural, sino que puede, al ser el único ser racional, tomar a la naturaleza como un objeto para su uso, utilizándola racionalmente. Pondremos un ejemplo. Conocer la ley de gravedad es, para un moderno, conocer una medida de la naturaleza. El hombre ha develado, por medio de su razón, un secreto de la naturaleza y lo ha matematizado (o, mejor, ha descubierto uno de los aspectos del orden matemático de la naturaleza). Este descubrimiento es algo que, por ejemplo, permite al hombre saber algo sobre una piedra (cómo caerá, a qué velocidad, hacia dónde, etc.), que la piedra no sabe de sí misma. La piedra, por su parte, no sabe nada del hombre. Esta relación asimétrica del hombre con la naturaleza no solamente permite al hombre usarla, sino que lo obliga a hacerlo. Efectivamente, que exista una piedra, y que exista el conocimiento del hombre respecto de sus propiedades implica que el hombre tiene la obligación de hacer de esa piedra un instrumento del cual debe sacar el mayor provecho posible. La racionalidad es concebida, entonces, como la capacidad que el hombre tiene de conocer el orden de las cosas y usarlo en función de lograr la máxima eficiencia. Políticamente el razonamiento es idéntico: no hay jerarquías naturales; pero no cualquier acción humana es racional. Hay que construir un orden político racional, no cualquier orden político.

Aclararemos todo esto en los próximos apartados, comenzando por el análisis de lo que se conoce como la Ilustración.

La ilustración

Antes de explicar en qué consistió la Ilustración, lo invitamos a leer fragmentos de un texto de Immanuel Kant, en el cual se exponen con claridad muchos de los preceptos básicos de la modernidad.

La ilustración es la salida del hombre de su minoría de edad. El mismo es culpable de ella. La minoría de edad estriba en la incapacidad de servirse del propio entendimiento,

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sin la dirección de otro. Uno mismo es culpable de esta minoría de edad cuando la causa de ella no yace en un defecto del entendimiento, sino en la falta de decisión y ánimo para servirse con independencia de él, sin la conducción de otro. ¡Sapere aude! ¡Ten valor de servirte de tu propio entendimiento! He aquí la divisa de la ilustración.

La mayoría de los hombres, a pesar de que la naturaleza los ha librado desde tiempo atrás de conducción ajena, permanecen con gusto bajo ella a lo largo de la vida, debido a la pereza y la cobardía. Por eso les es muy fácil a los otros erigirse en tutores. ¡Es tan cómodo ser menor de edad! Si tengo un libro que piensa por mí, un pastor que reemplaza mi conciencia moral, un médico que juzga acerca de mi dieta, y así sucesivamente, no necesitaré del propio esfuerzo. Con sólo poder pagar, no tengo necesidad de pensar: otro tomará mi puesto en tan fastidiosa tarea. (…) Por tanto, a cada hombre individual le es difícil salir de la minoría de edad, casi convertida en naturaleza suya; inclusive, le ha cobrado afición. Por el momento es realmente incapaz de servirse del propio entendimiento, porque jamás se le deja hacer dicho ensayo (…) Pero, en cambio, es posible que el público se ilustre a sí mismo, siempre que se le deje en libertad; incluso, casi es inevitable. (…) Para esa ilustración sólo se exige libertad y, por cierto, la más inofensiva de todas las que llevan tal nombre, a saber, la libertad de hacer un uso público de la propia razón, en cualquier dominio. Pero oigo exclamar por doquier: ¡no razones! El oficial dice: ¡no razones, adiéstrate! El financista: ¡no razones y paga! El pastor: ¡no razones, ten fe! (Un único señor dice en el mundo: ¡razonad todo lo que queráis y sobre lo que queráis, pero obedeced!) Por todos lados, pues, encontramos limitaciones de la libertad. Pero ¿cuál de ellas impide la ilustración y cuáles, por el contrario, la fomentan? He aquí mi respuesta: el uso público de la razón siempre debe ser libre, y es el único que puede producir la ilustración de los hombres. El uso privado, en cambio, ha de ser con frecuencia severamente limitado, sin que se obstaculice de un modo particular el progreso de la ilustración. Entiendo por uso público de la propia razón el que alguien hace de ella, en cuanto docto, y ante la totalidad del público del mundo de lectores. Llamo uso privado al empleo de la razón que se le permite al hombre dentro de un puesto civil o de una función que se le confía. Ahora bien, en muchas ocupaciones concernientes al interés de la comunidad son necesarios ciertos mecanismos, por medio de los cuales algunos de sus miembros se tienen que comportar de modo meramente pasivo, para que, mediante cierta unanimidad artificial, el gobierno los dirija hacia fines públicos, o al menos, para que se limite la destrucción de los mismos. Como es natural, en este caso no es permitido razonar, sino que se necesita obedecer. Pero en cuanto a esta parte de la máquina, se la considera miembro de una comunidad íntegra o, incluso, de la sociedad cosmopolita; en cuanto se la estima en su calidad de docto que, mediante escritos, se dirige a un público en sentido propio, puede razonar sobre todo, sin que por ello padezcan las ocupaciones que en parte le son asignadas en cuanto miembro pasivo. Así, por ejemplo, sería muy peligroso si un oficial, que debe obedecer al superior, se pusiera a argumentar en voz alta, estando de servicio, acerca de la conveniencia o inutilidad de la orden recibida. Tiene que obedecer (…) Pero no se le puede prohibir con justicia hacer observaciones, en cuanto docto, acerca de los defectos del servicio militar y presentarlas ante el juicio del público. El ciudadano no se puede negar a pagar los impuestos que le son asignados, tanto que una censura impertinente a esa carga, en el momento que deba pagarla, puede ser castigada por escandalosa (pues podría ocasionar resistencias generales). Pero, sin embargo, no actuará en contra del deber de un ciudadano si, como docto, manifiesta públicamente sus ideas acerca de la inconveniencia o injusticia de tales impuestos. (…) Luego, si se nos preguntara ¿vivimos ahora en una época ilustrada? responderíamos que no, pero sí en una época de ilustración. Todavía falta mucho para que la totalidad de los hombres, en su actual condición, sean capaces o estén en posición de servirse bien y con seguridad del propio entendimiento, sin acudir a extraña conducción. Sin embargo,

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ahora tienen el campo abierto para trabajar libremente por el logro de esa meta, y los obstáculos para una ilustración general, o para la salida de una culpable minoría de edad, son cada vez menores. Ya tenemos claros indicios de ello. Desde este punto de vista, nuestro tiempo es la época de la ilustración. (Kant, I.; ¿Qué es la Ilustración?, en “Filosofía de la historia”).

Lo que se conoce hoy como la Ilustración es una corriente intelectual que dominó el pensamiento europeo en los siglos XVII y XVIII. Se trató, precisamente, del movimiento intelectual que protagonizó la ruptura con el modelo clásico, en el cual tanto la verdad como el orden político estaban íntimamente ligados con la revelación divina. Si lee con atención al texto que hemos presentado para su análisis, casi todos los elementos de esa ruptura están presentes, aludiendo al período anterior a la modernidad como a un estado de “minoría de edad” de la humanidad, en el cual la libertad de pensamiento era una utopía. Lo que importa destacar de la Ilustración, en función de sus consecuencias epistemológicas y políticas, es que el paso de un modelo a otro no es visto solamente como un derecho, sino como un imperativo. En otras palabras, no es que los hombres tengan el derecho a pensar por sí mismos: tienen la obligación de hacerlo. No obstante, como también se desprende del texto de Kant, hacer uso libre de la capacidad de razonar no implica, en absoluto, desobediencia o anarquía. Como dijimos en el apartado anterior, la ausencia de orden natural no supone ausencia absoluta de orden. Lo que antes era ordenado por Dios, ahora deberá ser ordenado por los hombres. O mejor: será la razón misma la que indique el orden a los hombres, seres capacitados, por su condición de seres racionales, para descubrirlo.

Es por ello que no hay, para los modernos, contradicción entre orden y libertad. De hecho, una de las premisas básicas de la ilustración será que solo se puede ser auténticamente libre cuando se acepta el orden racional de las relaciones políticas. Lo contrario a la razón es la anarquía y, en ella, no hay libertad, puesto que los seres humanos se convierten en animales esclavos de sus propias pasiones. Fue, entonces, en el marco del pensamiento ilustrado, que se crearon las condiciones que nos hacen posible entender, hoy, las discusiones en torno de la legitimidad del orden político, ya sea porque se asuma una posición favorable a los preceptos de la ilustración o porque se los critique.

2. 2. Ideas y teorías políticas del modelo moderno

Veamos, ahora, algunas de las posturas más relevantes en torno a la cuestión del orden político del modelo moderno.

Absolutismo

Las teorías políticas absolutistas tienen como premisa básica que solo es posible concebir una sociedad ordenada en tanto quien administra el poder no encuentre su tarea limitada de ningún modo. Como el nombre de la corriente lo indica, el absolutismo plantea que un soberano debe tener poder absoluto sobre los súbditos, quienes están obligados a obedecer sus mandatos. Tal como está enunciado, puede parecer contradictorio postular el absolutismo y declararse moderno. El modelo clásico suponía, efectivamente, que el poder era absoluto, en tanto su origen divino lo hacía indiscutible. Esto nos lleva a preguntarnos, entonces, acerca de cómo fue posible que persistieran teorías absolutistas tras la caída del modelo clásico. Thomas Hobbes fue quizá el máximo exponente del pensamiento absolutista moderno. El análisis de su pensamiento es muy ilustrativo, tanto del esquema absolutista en su conjunto como de la diferencia entre el absolutismo moderno y las teorías políticas clásicas, que postulaban un origen supra terrenal del poder.

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Los preceptos básicos que le permitieron a Hobbes afirmar el deseo de un modelo absolutista de gobierno son:

● Los hombres son por naturaleza iguales y tienen los mismos derechos.● En tanto no existen límites, cada hombre busca su provecho sin pensar en los demás,

lo cual deriva en anarquía, ya que no hay modo de calificar como injusta una acción.● Tampoco existe propiedad en la anarquía, sino solo la ley del más fuerte (es mío todo

aquello que puedo conseguir, por los medios que sea).● Solo existe justicia en tanto existen reglas; y solo existen reglas en tanto existe orden.

Lo mismo puede decirse de la propiedad.● Pero solo existen reglas si es posible exigir su cumplimiento.● Los hombres, al no poder vivir y prosperar en la anarquía, pactan resignar su derecho

sobre todas las cosas y obedecer a quien sea designado por ellos mismos para guardar el orden.

● Desobedecer los mandatos del soberano será, por un lado, regresar a la anarquía; por otro, implicará desobedecerse a uno mismo, en tanto fue uno mismo quien aceptó someterse a ese soberano.

● El soberano puede, entonces, juzgar a los demás, pero no puede ser juzgado, puesto que fue a él a quien se le encomendó la tarea de decidir lo justo y lo injusto.

● Es, además, el soberano, el propietario último de todo, puesto que solo gracias a él los hombres tienen propiedad.

● La única obligación del soberano es ofrecer seguridad a sus súbditos, a cambio de obediencia irrestricta.

Muchos de los preceptos enumerados no son nuevos y corresponden a las características asignadas al modelo político moderno. Podríamos decir que el axioma elemental de toda teoría absolutista de gobierno es que sólo existe orden si el poder es lo suficientemente fuerte como para imponerlo. La diferencia fundamental entre la concepción de Hobbes y el concepto medieval es el consenso como fuente de legitimidad del poder. Por otra parte, el manejo discrecional de los mecanismos de gobierno tiene como contraprestación, por parte del soberano, el acceso a la propiedad legítima y la defensa contra cualquier ataque a ella. Si el soberano reclamara la propiedad, esto no podría ser considerado una violación del pacto o un ataque, puesto que el beneficio del soberano no se diferencia del beneficio propio, en tanto es cada uno de los ciudadanos quien ha elegido al soberano como representante del bien común (y, en consecuencia , como su propio representante). Otra diferencia entre el absolutismo moderno y el clásico estriba en que no se puede, de antemano, decir que una forma de gobierno democrática es inaceptable. Si se cumplieran todas las condiciones expresadas en los preceptos básicos, un soberano compuesto por la totalidad de los ciudadanos (un soberano democrático) o por los mejores de ellos (un soberano aristocrático), el gobierno seguiría siendo absoluto. Un pensador contemporáneo de Hobbes, Baruj Spinoza, es un ejemplo de pensador que sostenía el absolutismo democrático como la mejor forma de gobierno posible. Spinoza sostenía que el único modo en que el gobierno no contrariase la voluntad de los ciudadanos consistía en que ellos mismos fueran el gobierno, en acto.

Para Hobbes, sin embargo, la mejor forma de gobierno posible era la monarquía, en tanto la concentración de poder requería, a su juicio, un gobierno unipersonal no deliberativo. La deliberación era vista, por Hobbes, como un obstáculo para el ejercicio del poder por parte del soberano.

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Los modelos absolutistas plantearon numerosos interrogantes y fueron sometidos a críticas que terminaron por desacreditarlos. De estas críticas nos importan especialmente dos:

● Es evidente que la libertad es, en un régimen absolutista, limitada; esto se debe, fundamentalmente, a que no hay una clara separación entre los ámbitos público y privado, y cualquier aspecto de la vida está, merced a ello, potencialmente sometido a la arbitrariedad del Estado (llamaremos, de aquí en más, “Estado” al soberano).

● Como consecuencia de la arbitrariedad del Estado, tampoco se puede hablar de propiedad en sentido estricto, ya que esta también está sometida a sus decisiones. Si bien hay más críticas (nos ocuparemos de una tercera cuando hablemos del marxismo), nos bastan estas dos para entender cómo surgió, sobre qué bases y con qué consecuencias, la teoría política liberal, que habrá de dominar casi todo el pensamiento político occidental a partir del siglo XVIII.

La Revolución francesa fue la más importante de las revoluciones liberales, postulando la igualdad y la libertad de todos los seres humanos.

Dice Thomas Hobbes, en el libro Leviatán:

“El único camino para erigir semejante poder común, capaz de defenderlos contra la invasión de los extranjeros y contra las injurias ajenas, asegurándoles de tal suerte que por su propia actividad y por los frutos de la tierra puedan nutrirse a sí mismos y vivir satisfechos, es conferir todo su poder y fortaleza a un hombre o a una asamblea de hombres, todos los cuales, por pluralidad de votos, puedan reducir sus voluntades a una voluntad. Esto equivale a decir: elegir un hombre o una asamblea de hombres que represente su personalidad; y que cada uno considere como propio y se reconozca a sí mismo como autor de cualquier cosa que haga o promueva quien representa su persona, en aquellas cosas que conciernen a la paz y a la seguridad comunes; que, además, sometan sus voluntades cada uno a la voluntad de aquél, y sus juicios a su juicio. Esto es algo más que consentimiento o concordia; es una unidad real de todo ello en una y la misma persona instituida por pacto de cada hombre con los demás, en forma tal como si cada uno dijera a todos: autorizo y transfiero a este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mí mismo, con la condición de que vosotros transferiréis a él vuestro derecho, y autorizaréis todos sus actos de la misma manera. Hecho esto, la multitud así unida en una persona, se denomina ESTADO, en latín, CIVITAS. Ésta es la generación de aquel gran LEVIATÁN, o más bien (hablando con más reverencia), de aquel dios mortal, al cual debemos, bajo el Dios inmortal, nuestra paz y nuestra defensa. Porque en virtud de esta autoridad que se le confiere por cada hombre particular en el Estado, posee y utiliza tanto poder y fortaleza, que por el terror que inspira es capaz de conformar las voluntades de todos ellos para la paz, en su propio país, y para la mutua ayuda contra sus enemigos, en el extranjero. Y en ello consiste la esencia del Estado, que podemos definir así: una persona de cuyos actos una gran multitud, por pactos mutuos, realizados entre sí, ha sido instituida por cada uno como autor al objeto de que pueda utilizar la fortaleza y medios de todos, como lo juzgue oportuno, para asegurar la paz y defensa común. El titular de esta persona se denomina SOBERANO, y se dice que tiene poder soberano; cada uno de los que le rodean es SÚBDITO suyo”.

(Hobbes T., Leviatán, Buenos Aires, 2003).

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Liberalismo

El liberalismo solo puede ser cabalmente comprendido en función de su contraste, no solo con el pensamiento político clásico, sino también con las teorías absolutistas (especialmente las inspiradas en el discurso de Hobbes). Los liberales comparten con Hobbes los presupuestos de libertad e igualdad de los seres humanos, como así también la creencia de que la sociedad es producto de un pacto o contrato en el cual algunos derechos son cedidos al Estado en función de lograr protección contra la inseguridad del estado de naturaleza. No obstante, ni la absoluta arbitrariedad del Estado, ni la imposibilidad de proteger la propiedad de los caprichos de este son aceptadas como consecuencias inevitables del pacto originario. El presupuesto básico del liberalismo es, contrariamente a lo que sostiene el absolutismo, que el Estado tiene que limitar su accionar a la defensa del individuo y sus propiedades. Para el liberalismo, el Estado debe cumplir casi exclusivamente una función policial, absteniéndose de intervenir en el mercado, que debe auto regularse. Así, el ordenamiento de la sociedad debe efectuarse de modo tal que garantice la actividad económica y comercial privada.

Leamos lo que dice John Locke en el Segundo tratado sobre el gobierno civil: “El grande y principal fin que lleva a los hombres a unirse en Estados y a ponerse bajo un gobierno, es la preservación de su propiedad. “(…) Aunque el poder legislativo (…) ha de ser considerado como el poder supremo dentro de cada Estado, (…) no puede ser ejercido absoluta y arbitrariamente sobre las fortunas y las vidas del pueblo (…) porque nadie puede transferir a otro más poder del que tiene (…) y nadie tiene (…) un poder de destruir su propia vida ni el de quitar la vida y las propiedades a otro (…) El poder supremo no puede apoderarse de parte alguna de la propiedad de un hombre, sin el consentimiento de este; pues (…) el fin del gobierno es la preservación de la propiedad. “Ni siquiera el poder absoluto, allí donde es necesario, es arbitrario por el hecho de ser absoluto (…) Un sargento, el cual podría ordenar a un soldado marchar hacia la boca de un cañón enemigo, o ponerse de pie en lo alto de una trinchera con el riesgo de perecer, no podría, sin embargo, ordenar a ese soldado que le diera un centavo de su dinero (…) ni arrebatarle una pizca de sus bienes”. (Locke, J., Segundo tratado sobre el gobierno civil, Barcelona, 1995).

Por otra parte, al centrar su concepción del Estado en la limitación, el liberalismo hace de las libertades individuales el eje sobre el cual debe girar todo el andamiaje jurídico del orden social. El ciudadano pasa a ser, a partir de las concepciones liberales, el único sujeto de derecho válido y el auténtico protagonista de la política. Esta concepción del ciudadano como protagonista político y a la vez libre, dará origen a la necesidad de replantear algunos conceptos en relación con los modos de participación. El más importante de ellos, ya visto al hablar de democracia, es la aparición del concepto de representación.

Sin embargo, la aparición de este trae aparejadas dos consecuencias que vale la pena mencionar como fundamentales y de enormes consecuencias:

● Al abrir, no solo la posibilidad, sino la deseabilidad o inevitabilidad de la representación como única forma válida de participación, el liberalismo defiende la profesionalización de la política como una herramienta válida para la organización social.

● Por otro lado, el Estado mismo será visto como un representante de los intereses económicos de los ciudadanos; pero en tanto su función quedará relegada a la protección jurídica de los bienes privados de estos, la visión de la judicatura como un verdadero poder será inevitable.

Esta última consecuencia es importante, puesto que lo que nosotros conocemos hoy como los poderes independientes del Estado no incluía, en ninguna de las primeras formulaciones liberales, al poder judicial. Tanto para Hobbes, como para Locke y Rousseau (por citar a tres de los más importantes contractualistas), los poderes en los cuales el Estado podía descomponerse eran el legislativo (que hacía las leyes), el ejecutivo (que las

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aplicaba y controlaba) y el federativo (que tenía una función meramente de protectoria de las amenazas externas). Sin embargo, una vez proclamada la separación entre los ámbitos público y privado y al garantizar a los ciudadanos la libertad de no participar en los asuntos comunes si así no desean hacerlo, el liberalismo contiene en sí las condiciones necesarias para que política y justicia se tornen actividades separadas de la vida cotidiana, en tanto una y otra son existencias permanentes que no pueden detenerse por ausencia de ciudadanos dispuestos a asumir el compromiso de llevarlas adelante. La pregunta es: ¿Quiénes llevarán adelante esas tareas, en forma profesional? La obvia respuesta del liberalismo es que lo harán quienes sean elegidos a tal efecto por los ciudadanos. Esto, en el marco de la teoría liberal, tal como la hemos expuesto, dará lugar a un problema de difícil solución. Al propugnar, por un lado, la absoluta libertad de los ciudadanos para desinteresarse de la política y, por otro, la necesidad de un Estado que garantice los intereses privados de esos mismos ciudadanos, por medio de una práctica profesional, se crean las condiciones para que el Estado se transforme en la herramienta por excelencia que tendrán en su poder quienes más intereses tengan que defender.

Podemos ver esto último con el siguiente ejemplo: si el Estado tiene como función primordial proteger la propiedad de los ciudadanos: ¿Cuál es la función del Estado en relación con los ciudadanos que carecen de propiedades? O aun; ¿Tiene el mismo peso en las decisiones del Estado quien posee solo su vida como propiedad que quien es propietario, por ejemplo, de medios de producción?

El liberalismo impugnará las preguntas que acabamos de hacer. Según la teoría liberal no existe impedimento alguno para que cualquier ciudadano haga valer sus derechos frente al Estado. Cualquier práctica profesional, incluidas la política y la judicial, tienen como marco las limitaciones propias de un Estado de Derecho. Si una práctica política concreta del estado es utilizada como herramienta para favorecer intereses sectoriales, esto indica una desviación de los fundamentos mismos del Estado, que debe ser corregida sin violar los principios básicos del respeto a la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, tengan lo que tuvieren No obstante, a partir de los interrogantes abiertos es posible abordar el análisis de las tradiciones ideológicas que una ruptura con el liberalismo. De ellas, sin duda la más importante y radical es el marxismo.

Marxismo

El término “marxismo” hace referencia a toda una corriente de ideas provenientes de la obra del filósofo alemán Kart Marx, quien no veía en el Estado moderno sino una forma de organización destinada a proteger las propiedades y los intereses de una clase social dominante: la burguesía. La unión entre el Estado liberal y el capitalismo era, para Marx, inmediata. Un modo de producción basado en la explotación (así consideraba Marx al capitalismo) necesitaba de una herramienta de dominación que lo consolidara; el Estado liberal no era sino esa herramienta y los conceptos de libertad e igualdad adquirían, para él, en ese contexto, un rango legitimador de un orden injusto.

En su obra más importante, El Capital, Marx analiza las relaciones de producción capitalista desde una perspectiva crítica, señalando que la libertad liberal es solo un concepto ideal que enmascara la sumisión de los obreros a los intereses de los burgueses. Su obra tuvo enormes repercusiones y dio origen a una enorme cantidad de movimientos políticos que acabaron en revoluciones anticapitalistas en muchísimos países, a lo largo del siglo XX.

La palabra “comunismo” remite, como bien se señala en la pregunta, a regímenes políticos concretos y diversos con consecuencias variadas. En función de que algunas de las experiencias comunistas desembocaron en regímenes opresivos, y de que la ideología marxista fue la única que se opuso a los preceptos liberales (dominantes en occidente), se realizó un pareo entre los regímenes comunistas y la obra de Marx, dando al término

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“comunismo” un carácter despectivo que, por extensión, hacía de Marx un defensor del totalitarismo. No obstante, los trabajos de Marx fueron mucho más complejos que algunas caricaturas que se suelen hacer de ellos. El término “comunismo”, tal como era usado por Marx, puede aplicarse muy dudosamente a muchos de los regímenes surgidos alrededor de sus ideas. Por otra parte, tanto sus detractores como sus partidarios más lúcidos coinciden en observar que su obra, lejos de constituir un cuerpo único y acabado, es de una complejidad enorme y a veces contradictoria (el mismo Marx señaló repetidas veces que su obra principal, El Capital, estaba lejos de ser una obra terminada). La profundidad de los análisis de Marx y sus diversas lecturas hacen posible, de hecho, que se llamen a sí mismos “marxistas”, tanto quienes atacan a los regímenes totalitarios que surgieron de su obra, como quienes los defienden. Fue para evitar los prejuicios inevitablemente existentes en torno al término “comunismo”, que hemos elegido la palabra “marxismo” para describir el pensamiento de Marx.

Para entender el pensamiento de Marx, trataremos de reconstruir su argumentación. Podemos tomar como punto de partida ,para hablar de las ideas de Marx ,los conceptos de libertad e igualdad burgueses, tal como él los considera. Como dijimos, el supuesto básico del liberalismo es que todos los hombres son iguales. Según este supuesto, una sociedad se constituye por el libre consenso entre los hombres, esto da origen a un modo de organización basado en el intercambio, que el Estado debe proteger. Para que este sistema funcione, es necesario suponer que los hombres cambian entre sí cosas iguales. De hecho, si los hombres se estafan unos a otros el Estado está allí para poner orden y detener los abusos, protegiendo los intereses de los damnificados. Ahora bien; ¿Qué es lo que los hombres intercambian entre sí? Tanto Marx como la economía clásica liberal concuerdan en que lo que los hombres intercambian son mercancías de igual valor. Ya vimos, además, que los liberales aceptan que esas mercancías pertenecen a sus propietarios merced al trabajo que han realizado para obtenerlas. La pregunta es: ¿Cómo saber cuál es el valor de esas mercancías, cuando es obvio que no se intercambian mercancías iguales? Si cambio zapatos por sombreros; ¿Cómo puedo saber cuántos sombreros corresponde dar a cambio de un par de zapatos? Es importante saber esto, ya que dijimos que los intercambios siempre deben ser entre mercancías que valen lo mismo. Marx sigue concordando en este punto con los economistas liberales, quienes tomaron el trabajo como medida del valor de las mercancías. En otras palabras: es importante saber cuánto trabajo es socialmente necesario para producir una mercancía, para cambiarla por otra mercancía que contenga la misma cantidad de trabajo. Así, si hacer un par de zapatos lleva dos días y hacer un sombrero lleva un día, entonces un par de zapatos vale dos sombreros (es importante no perder de vista que, hasta aquí, Marx no ha inventado nada: tanto la igualdad en el valor de los intercambios como el trabajo como medida de ese valor son presupuestos liberales, no inventados por Marx). Pero si en el mercado solo se pueden intercambiar mercancías que valgan lo mismo y además está prohibido estafar a los demás, ¿cómo es posible que alguien acumule dinero?

La acumulación de capital es el punto de partida de la crítica de Marx al liberalismo y al capitalismo como sistema. Si únicamente se intercambian mercancías de valores iguales, entonces uno siempre recibe lo que da y no puede acumular nada. Es necesario suponer, por lo tanto, que en el capitalismo existe al menos un intercambio que no respeta el principio de igualdad. Ese intercambio es el de fuerza de trabajo por salario.

El problema central de este razonamiento reside en que Marx ve que ese intercambio es, en el capitalismo, el eje sobre el cual giran todos los demás. Efectivamente, si las mercancías no son producidas, no hay mercancías y, por ende, no hay intercambio. Pero un capitalista no puede pagar a un obrero el valor total de lo que el obrero produce y acumular dinero a la vez; por lo tanto, según Marx, la igualdad burguesa se basa en una estafa, en un robo permanente de los propietarios de medios de producción a los obreros que trabajan para él. En otras palabras: solo es posible postular la igualdad de los hombres suponiendo que existe un hombre (el obrero) que puede ser explotado a

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voluntad y, por lo tanto , no es igual a los demás. Marx observa, de hecho, que la ideología liberal, que postula que el trabajo es la única fuente legítima de la propiedad, genera un sistema de producción (el capitalista) en el cual es precisamente quien trabaja el único que no puede tener propiedades, puesto que es estafado constantemente por quien sí las tiene. Es importante recalcar que, para Marx, es falso que los burgueses sean propietarios de los medios de producción porque hayan ganado su propiedad con su trabajo. El paso del feudalismo al capitalismo supuso, para él, que un sector de la sociedad (los capitalistas) se apropiaron por la fuerza de territorios y medios de producción que eran, en el modelo anterior, propiedad común. Una vez dueños de lo que no les pertenecía, proclamaron el derecho a la propiedad, solo para defender lo que tenían, de aquellos a quienes no les había quedado nada. Para Marx, entonces, al contrario que para los liberales, no es el trabajo el que funda la propiedad privada, sino al revés: merced a haberse quedado con lo que era propiedad común de todos los hombres, los burgueses asumieron la capacidad de ordenar a otros hombres (que no tenían nada) que trabajaran para ellos, en un intercambio absolutamente desigual. Al negar que la igualdad burguesa sea real (en todo caso, solo serán realmente iguales, para Marx, los propietarios burgueses) y denunciarla como un engaño, Marx niega también que los hombres sean realmente libres. El liberalismo, para Marx, puede proclamar la libertad únicamente en un plano ideal, porque en los hechos existe un grupo de hombres (los obreros), que no son libres en absoluto, porque están obligados a aceptar las condiciones de los burgueses para poder sobrevivir, ya que si los burgueses no les dan trabajo, los obreros morirán de hambre. Llegado a este punto, le es posible a Marx afirmar que la sociedad, lejos de originarse en el libre consenso entre los ciudadanos, se origina en una lucha: la lucha de clases.

Por un lado, existe una clase burguesa, propietaria de medios de producción; por otro, una clase obrera, propietaria solo de su cuerpo. Estas clases son, para Marx, antagónicas, puesto que sus intereses se contraponen. El triunfo de la clase burguesa implica la sumisión de la clase obrera; el triunfo de la clase obrera implica la desaparición de la burguesía. Está claro que el capitalismo no es, para Marx, sino el triunfo de la clase burguesa, siendo el Estado liberal una mera herramienta de defensa de sus intereses de clase.

Puede leerse en el Manifiesto comunista, redactado por Kart Marx y Federico Engels, lo dicho hasta aquí acerca del carácter antagónico de las clases y el rol del Estado: “La historia de todas las sociedades que han existido hasta nuestros días es la historia de la lucha de clases. “(…) Nuestra época, la época de la burguesía, se distingue (…) por haber simplificado las contradicciones de clase. Toda la sociedad va dividiéndose, cada vez más, en dos grandes campos enemigos, en dos grandes clases, que se enfrentan directamente: la burguesía y el proletariado. “(…) Cada etapa de la evolución recorrida por la burguesía ha ido acompañada del correspondiente éxito político (…) La burguesía, después del establecimiento de la gran industria y del mercado universal, conquistó finalmente la hegemonía exclusiva del poder político en el Estado representativo moderno. El gobierno del Estado moderno no es más que una junta que administra los negocios comunes de toda la clase burguesa”. (Marx, K. Y Engels, F., Manifiesto comunista).

Es precisamente por esto que el pensamiento de Marx se vuelve un problema para la ideología y el modelo liberales: en función de este antagonismo, Marx sostiene que es necesaria una revolución de la clase obrera que instaure una “dictadura del proletariado”, creando un sistema en el cual la propiedad privada de los medios de producción quede abolida, terminando así con lo que Marx considera la explotación del hombre por el hombre.

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En palabras de Marx: “La condición esencial de la existencia y de la dominación de la clase burguesa es la acumulación de riqueza en manos de particulares (…) La condición de existencia del capital es el trabajo asalariado (…) El progreso de la industria, del que la burguesía, incapaz de oponérsele, es agente involuntario, sustituye el aislamiento de los obreros, resultante de la competencia, por su unión revolucionaria mediante la asociación. Así (…) la burguesía produce, ante todo, sus propios sepultureros. Su hundimiento y la victoria del proletariado son igualmente inevitables”. Marx creía que el modelo capitalista liberal llevaba en sí el germen de su propia caída, al empujar a los obreros a unirse en su contra. Una vez conscientes de su propia fuerza, la clase obrera habría de revolucionar el orden burgués, dando paso a una nueva sociedad en la cual la propiedad privada debía ser abolida. El marxismo es, en resumen, un discurso anticapitalista que pone en la propiedad privada de los medios de producción el origen de las desigualdades entre los hombres en el modelo liberal. Es por ello que Marx dice, en el Manifiesto comunista, que “los comunistas pueden resumir su teoría en esta fórmula única: abolición de la propiedad privada”.

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Actividad de cierreEn este último tramo de la materia hicimos un breve análisis de las teorías políticas más relevantes. El objetivo fue conocerlas para comprender las discusiones ideológicas actuales y pasadas, a fin de dar un marco lo suficientemente amplio como para brindar herramientas que les permitan realizar un análisis más profundo de los discursos y procesos en los cuales, en tanto ciudadano y actor político, se ve constantemente inmerso.Les proponemos, para el cierre de la materia, que vuelvan a leer el boceto de ideas previas y definiciones sobre la política trabajadas en la actividad preliminar, y contesten:1) ¿Agregarían ideas a ese primer boceto? ¿Cuáles?2) ¿Modificarían alguna de ellas luego de sus recorridos por la materia? ¿Por qué?

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BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA

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