Politicas publicas economicas

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PRINCIPIOS Y PRINCIPIOS Y GARANTIAS DE ORDEN GARANTIAS DE ORDEN PUBLICO PUBLICO ECONOMICO ECONOMICO Clase de economía, Cuarto Clase de economía, Cuarto medio medio

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PRINCIPIOS Y PRINCIPIOS Y GARANTIAS DE ORDENGARANTIAS DE ORDEN PUBLICO PUBLICO ECONOMICOECONOMICO

Clase de economía, Cuarto medioClase de economía, Cuarto medio

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PRINCIPIOS Y GARANTIAS PRINCIPIOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALESCONSTITUCIONALES

ORDEN PUBLICO ECONOMICO:ORDEN PUBLICO ECONOMICO:

Es el conjunto de principios y normas Es el conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía jurídicas que organizan la economía privada y publica del país y que privada y publica del país y que facultan a la autoridad publica para facultan a la autoridad publica para regularla en armonía con los valores regularla en armonía con los valores declarados en la Constitución.declarados en la Constitución.

Jose Luis Cea Egaña.Jose Luis Cea Egaña.

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

Artículo 1º inc 3º:Artículo 1º inc 3º:

““El Estado reconoce y ampara a los El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus fines autonomía para cumplir sus fines específicos”.específicos”.

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

GRUPO INTERMEDIO:GRUPO INTERMEDIO: Es la agrupación de dos o mas Es la agrupación de dos o mas

personas que se reúnen en torno a un personas que se reúnen en torno a un fin licito y con carácter mas o menos fin licito y con carácter mas o menos permanente.permanente.

Art. 19 Nº15 “El derecho a asociarse Art. 19 Nº15 “El derecho a asociarse sin permiso previo.sin permiso previo.

Para gozar de personalidad jurídica, Para gozar de personalidad jurídica, las asociaciones deberán constituirse las asociaciones deberán constituirse en conformidad a la Ley”.en conformidad a la Ley”.

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¿QUÉ ASEGURA LA CONSTITUCION A ¿QUÉ ASEGURA LA CONSTITUCION A LOS GRUPOS INTERMEDIOS?LOS GRUPOS INTERMEDIOS?

Art.1º inciso 3º CPR.Art.1º inciso 3º CPR.

...“adecuada autonomía”.......“adecuada autonomía”.... Autonomía: Autonomía: Es el poder de auto normarse dentro Es el poder de auto normarse dentro

de la esfera de sus propios asuntos.de la esfera de sus propios asuntos.

AUTONOMIA

CONSTITUCION O CREACION

NORMATIVA OREGULACION

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¿CUÁL ES EL LIMITE A LA ¿CUÁL ES EL LIMITE A LA AUTONOMIA PRIVADA?AUTONOMIA PRIVADA?

FINES ESPECIFICOS

AUTONOMIAPRIVADA

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

La Constitución asegura a todas las La Constitución asegura a todas las personas:personas:

Artículo 19 Nº21:Artículo 19 Nº21: ““El Derecho a desarrollar cualquiera El Derecho a desarrollar cualquiera

actividad economica que no sea actividad economica que no sea contraria a la moral, al orden publico contraria a la moral, al orden publico o a la seguridad nacional, respetando o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”las normas legales que la regulen”..

Dº EmprenderDº Emprender

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CONTENIDO DEL DERECHOCONTENIDO DEL DERECHO

a) Crear o Iniciar actividad empresarial;a) Crear o Iniciar actividad empresarial;

QUE PRODUCIRQUE PRODUCIR

b) Explotar o ejercer la actividad;b) Explotar o ejercer la actividad;

COMO Y COMO Y CUANTO PRODUCIRCUANTO PRODUCIR

c) Poner termino a la actividad.c) Poner termino a la actividad.

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LIMITES AL Dº A EMPRENDERLIMITES AL Dº A EMPRENDER

MORALORDEN

PUBLICO

SEGURIDAD NACIONAL

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EJERCICIO GARANTIAEJERCICIO GARANTIA

EJERCICIO DEL DERECHO

RESPETANDO LAS NORMAS LEGALES QUE LA REGULAN

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¿QUIÉNES DEBEN ¿QUIÉNES DEBEN RESPETAR LA GARANTIA?RESPETAR LA GARANTIA?

Dº DESARROLLARACTIVIDADES ECONOMICASArt.6 inc 2º

LOS ORGANOS DEL ESTADO

PERSONASDEMAS GRUPOSINTERMEDIOS

TITULARES DE LOS ORGANOS

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PROTECCION LEGALPROTECCION LEGAL

RECURSO DE PROTECCIONRECURSO DE PROTECCION

RECURSO DE AMPARO ECONOMICO.RECURSO DE AMPARO ECONOMICO.

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

Artículo 19 Nº23:Artículo 19 Nº23: ““La libertad para adquirir el dominio La libertad para adquirir el dominio

de toda clase de bienes, excepto de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nacion toda y deban pertenecer a la Nacion toda y que una ley lo declare así.” que una ley lo declare así.”

Beneficiarios todas las Beneficiarios todas las personas.personas.

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LIBERTADLIBERTAD PARA ADQUIRIR PARA ADQUIRIR BIENESBIENES

¿COMO FUNCIONA EL ¿COMO FUNCIONA EL MERCADO?MERCADO?

MERCADO DE FACTORES PRODUCTIVOS

PERSONAS FAMILIAS

EMPRESAS¿QUE?

¿COMO?¿CUANTO PRODUCIR?

MERCADO DE BIENES Y SERVICIOSMERCADO DE BIENES Y SERVICIOS

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EXCEPCIONEXCEPCION

El legislador puede establecer El legislador puede establecer limitaciones o requisitos a para la limitaciones o requisitos a para la adquisición del dominio de algunos adquisición del dominio de algunos bienes:bienes:

a)a) Ley Quórum calificado;Ley Quórum calificado;

b)b) Exija el interés nacional.Exija el interés nacional.

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EXCEPCIONEXCEPCION

a) LIMITACION:a) LIMITACION:

Restringir el contenido de la libertad Restringir el contenido de la libertad (limitación cuantitativa).(limitación cuantitativa).

b) REQUISITOS:b) REQUISITOS:

Exigencias para adquirir el dominio. Exigencias para adquirir el dominio. Por ej. Autorización SVS para adquirir Por ej. Autorización SVS para adquirir acciones de un banco por otro banco.acciones de un banco por otro banco.

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DERECHO DE PROPIEDADDERECHO DE PROPIEDAD

Art.19 Nº24:Art.19 Nº24:

“ “El derecho de propiedad en sus El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales”de bienes corporales e incorporales”

USO, GOCE Y DISPOSICION

PROCESOPRODUCTIVO

EINTERMEDIACION

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

Art.1º Inc.4º:Art.1º Inc.4º: “ “El Estado esta al servicio de la persona El Estado esta al servicio de la persona

humana y su finalidad es promover el bien humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a las condiciones sociales que permitan a todos y a todos y a cada uno de los integrantes cada uno de los integrantes de la comunidad nacionalde la comunidad nacional su mayor su mayor realización espiritual y material posible, realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”.garantías que esta Constitución establece”.

Principio de Igualdad de oportunidad.Principio de Igualdad de oportunidad.

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PRINCIPIO DE LIBERTADPRINCIPIO DE LIBERTAD

Artículo 19 Nº2Artículo 19 Nº2:: ““La igualdad ante la Ley.La igualdad ante la Ley.

Inc. 3º “Ni la ley ni autoridad alguna Inc. 3º “Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias podrán establecer diferencias arbitrarias”.arbitrarias”.

CONSTITUYENTE LEGISLADOR

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LA NO DISCRIMINACION LA NO DISCRIMINACION ARBITRARIAARBITRARIA

Art.19 Nº22:Art.19 Nº22: ““La no discriminación arbitraria en el La no discriminación arbitraria en el

trato que deben dar el Estado y sus trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica”.organismos en materia económica”.

Actos de autoridad;Actos de autoridad; Actos de gestión. Actos de gestión.

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DISCRIMINACION ARBITRARIADISCRIMINACION ARBITRARIA

CONTENIDO:CONTENIDO: No se pueden establecer diferencias No se pueden establecer diferencias

arbitrarias.arbitrarias. ¿Qué es arbitrario?¿Qué es arbitrario? La distinción caprichosa, subjetiva o La distinción caprichosa, subjetiva o

irracional.irracional. ¿Qué es una distinción arbitraria?¿Qué es una distinción arbitraria? Que exista un factor de Que exista un factor de

discriminación y que sea racional.discriminación y que sea racional.

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DISCRIMINACION ARBITRARIADISCRIMINACION ARBITRARIA

““La igualdad ante la Ley consiste en que las La igualdad ante la Ley consiste en que las normas jurídicas deben ser iguales para todas normas jurídicas deben ser iguales para todas las personas que se encuentren en una las personas que se encuentren en una misma circunstancia, y consecuencialmente, misma circunstancia, y consecuencialmente, diversas para aquellas que se encuentren en diversas para aquellas que se encuentren en situaciones diferentes. No se trata de situaciones diferentes. No se trata de igualdad absoluta…la igualdad supone, por lo igualdad absoluta…la igualdad supone, por lo tanto, una distinción razonable entre quienes tanto, una distinción razonable entre quienes no se encuentran en la misma condiciónno se encuentran en la misma condición”.”.

Repertorio de jurisprudencia del Tribunal Repertorio de jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Editorial Jurídica 1898, pág.43.Constitucional. Editorial Jurídica 1898, pág.43.

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DISCRIMINACION ARBITRARIADISCRIMINACION ARBITRARIA

.. Son .. Son condiciones objetivascondiciones objetivas las establecidas sin las establecidas sin respecto de la calidad o naturaleza de determinada respecto de la calidad o naturaleza de determinada persona, esto es, aquellas que no discriminan persona, esto es, aquellas que no discriminan subjetivamente entre dos compradores que se subjetivamente entre dos compradores que se encuentran en un pie de igualdad….encuentran en un pie de igualdad….

… … Son Son condiciones razonablescondiciones razonables aquellas aquellas emanadas de un mandato legal o reglamentario, las emanadas de un mandato legal o reglamentario, las impuestas por la propia eficiencia del mercado, o impuestas por la propia eficiencia del mercado, o las que determine la calidad o imagen del producto las que determine la calidad o imagen del producto o servicio destinadas a asegurar sistemas de o servicio destinadas a asegurar sistemas de comercialización acordes con el marco jurídico comercialización acordes con el marco jurídico general y con criterios de racionalidad económica general y con criterios de racionalidad económica exigidos por cada mercadoexigidos por cada mercado..

Resolución Nº1016 de Comisión Resolutiva Central Resolución Nº1016 de Comisión Resolutiva Central de 22 de agosto 1997 D&S/ Rosen S.Ade 22 de agosto 1997 D&S/ Rosen S.A

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BANCO CENTRALBANCO CENTRAL

Art.97 CPR:Art.97 CPR:

““Existirá un organismo autónomo, con Existirá un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter patrimonio propio, de carácter tecnico denominado Banco Central, tecnico denominado Banco Central, cuya composicion, organización, cuya composicion, organización, funciones y atribuciones determinará funciones y atribuciones determinará una Ley Organica Constitucional”.una Ley Organica Constitucional”.

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BANCO CENTRALBANCO CENTRAL

Art. 98 CPR Inc.4º:Art. 98 CPR Inc.4º:

“ “El Banco Central no podrá adoptar El Banco Central no podrá adoptar adoptar ningún acuerdo que signifique adoptar ningún acuerdo que signifique de manera directa o indirecta de manera directa o indirecta establecer normas o requisitos establecer normas o requisitos diferentes o discriminatorias en diferentes o discriminatorias en relacion a personas, instituciones o relacion a personas, instituciones o entidades que realicen operaciones de entidades que realicen operaciones de la misma naturaleza”.la misma naturaleza”.

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ROL DEL ESTADO EN LA ROL DEL ESTADO EN LA ECONOMIAECONOMIA

“ “ El Estado esta al servicio de la El Estado esta al servicio de la persona humana y su persona humana y su finalidad es finalidad es promover el bien comúnpromover el bien común, para lo , para lo cual cual debe contribuir a crear las debe contribuir a crear las condiciones socialescondiciones sociales que permitan a que permitan a todos y a cada uno de los integrantes todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución garantías que esta Constitución establece”.establece”.

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ROL DEL ESTADO EN LA ROL DEL ESTADO EN LA ECONOMIAECONOMIA

Art. 19 Nº21 Inc.1º:Art. 19 Nº21 Inc.1º: ““El Estado y sus organismos podrán El Estado y sus organismos podrán

desarrollar actividades empresariales desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una Ley o participar en ellas solo si una Ley de Quorun calificado los autoriza. de Quorun calificado los autoriza.

En tal caso, esas actividades En tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, común aplicable a los particulares, sin perjuicios de las excepciones ….”sin perjuicios de las excepciones ….”

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ROL DEL ESTADO EN LA ROL DEL ESTADO EN LA ECONOMIAECONOMIA

Art.21 Inc 2º:Art.21 Inc 2º: ““El Estado y sus organismos podrán desarrollar El Estado y sus organismos podrán desarrollar

actividades o participar en ellas solo si una Ley actividades o participar en ellas solo si una Ley de Quórum calificado los autoriza.de Quórum calificado los autoriza.

..”esas actividades estarán sometidas a la ..”esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicables a los particulares.”legislación común aplicables a los particulares.”

Excepción: “motivos justificados” se puede Excepción: “motivos justificados” se puede sustraer, pero requiere ley quórum calificado.”sustraer, pero requiere ley quórum calificado.”

ROL SUBSIDIARIO DEL ESTADO.ROL SUBSIDIARIO DEL ESTADO.

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ROL DEL ESTADO EN LA ROL DEL ESTADO EN LA ECONOMIAECONOMIA

¿Quién resuelve el que, como y para ¿Quién resuelve el que, como y para quien producir?quien producir?

REGLA GENERAL: El mercado.REGLA GENERAL: El mercado.

EXCEPCION: El Estado.EXCEPCION: El Estado.

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ROL SUBSIDIARIO DEL ESTADOROL SUBSIDIARIO DEL ESTADO

ESTADO

CRECIMIENTO

COMPETENCIAIMPERFECTA

EXTERNALIDADESNEGATIVAS

ESTABILIDAD DELOS PRECIOS

DISTRIBUCIONEQUITATIVA DE

LA RENTA

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OTRAS GARANTIAS ORDEN OTRAS GARANTIAS ORDEN ECONOMICOECONOMICO

Art.19 Nº 25:Art.19 Nº 25: ““El derecho de autor sobre las El derecho de autor sobre las

creaciones intelectuales y artísticas creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie, por el tiempo de cualquier especie, por el tiempo que señale la Ley y que no será que señale la Ley y que no será inferior al de la vida del titular”inferior al de la vida del titular”

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OTRAS GARANTIAS ORDEN OTRAS GARANTIAS ORDEN ECONOMICOECONOMICO

Art.19 Nº25:Art.19 Nº25: “ … “ … la propiedad industrial sobre las la propiedad industrial sobre las

patentes de invencion, marcas patentes de invencion, marcas comerciales, modelos, procesos comerciales, modelos, procesos tecnologicos u otras creaciones tecnologicos u otras creaciones analogas, por el tiempo que analogas, por el tiempo que establezca la ley”.establezca la ley”.

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OTRAS GARANTIAS ORDEN OTRAS GARANTIAS ORDEN ECONOMICOECONOMICO

Art.19 Nº16:Art.19 Nº16:

““La libertad de trabajo y su proteccion.La libertad de trabajo y su proteccion.

Toda persona tiene derecho a la libre Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución”.con una justa retribución”.

- Libertad de contratación;Libertad de contratación;- Principio de no discriminación, excepto en Principio de no discriminación, excepto en

base a “capacidad o idoneidad del base a “capacidad o idoneidad del trabajador”trabajador”

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OTRAS GARANTIAS ORDEN OTRAS GARANTIAS ORDEN ECONOMICOECONOMICO

Art.19 Nº 20:Art.19 Nº 20: Principio de Reserva Legal de Principio de Reserva Legal de

Tributos;Tributos; Equidad tributaria.Equidad tributaria.

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RECURSO DE AMPARO RECURSO DE AMPARO ECONOMICOECONOMICO

Ley 18.971 de 10 de marzo de 1990;Ley 18.971 de 10 de marzo de 1990; Acción que procede cuando se infringe el Acción que procede cuando se infringe el

artículo 19 Nº21 de la Constitución.artículo 19 Nº21 de la Constitución. Es una acción popular;Es una acción popular; Tribunal Competente es la Corte de Tribunal Competente es la Corte de

Apelaciones;Apelaciones; El procedimiento es el establecido para el El procedimiento es el establecido para el

recurso de amparo;recurso de amparo; Plazo para interponer es de 6 meses desde Plazo para interponer es de 6 meses desde

fecha de la infracción.fecha de la infracción.

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RECURSO RECURSO AMPARO/PROTECCIONAMPARO/PROTECCION

AMPAROAMPARO PROTECCIONPROTECCION Art.19 Nº21Art.19 Nº21 Art. 20 CºArt. 20 Cº

Infracción, es decir,Infracción, es decir, Acto u omisión ilegal o arbitraria Acto u omisión ilegal o arbitraria Afección a la libertadAfección a la libertad que prive, perturbe o amenace que prive, perturbe o amenace

Dº.Dº.económica económica

15 días desde que ceso 15 días desde que ceso 6 meses desde infracción.6 meses desde infracción.HechoHecho

Afectado o cualquier Afectado o cualquier Acción popularAcción popularPersona a su nombrePersona a su nombre

Recurso de Apelación anteRecurso de Apelación ante Recurso de Apelación y consultaRecurso de Apelación y consultaCorte SupremaCorte Suprema

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TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIALIBRE COMPETENCIA

Ley 19.911 de fecha 14 de Ley 19.911 de fecha 14 de noviembre de 2003 modifica la DL noviembre de 2003 modifica la DL 211 de 1973 (D.S.511 1880) y crea el 211 de 1973 (D.S.511 1880) y crea el Tribunal de Defensa. Tribunal de Defensa.

Misión del DL211 Art.1º:Misión del DL211 Art.1º: ““Promover y defender la libre Promover y defender la libre

competencia de los mercados.”competencia de los mercados.”

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TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIALIBRE COMPETENCIA

Art.2º: Art.2º: Corresponderá al Tribunal de defensa Corresponderá al Tribunal de defensa

de la libre competencia y a la Fiscalía de la libre competencia y a la Fiscalía Nacional Económica, en la esfera de Nacional Económica, en la esfera de sus respectivas atribuciones, dar sus respectivas atribuciones, dar aplicación a la presente ley para el aplicación a la presente ley para el resguardo de la libre competencia de resguardo de la libre competencia de los mercados” los mercados”

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TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIALIBRE COMPETENCIA

Art.7:Art.7: ““Es un órgano jurisdiccional especial e Es un órgano jurisdiccional especial e

independiente cuya función será independiente cuya función será prevenir, corregir y sancionar los prevenir, corregir y sancionar los atentados a la libre competencia”.atentados a la libre competencia”.

a)a) Modificar o poner termino a actos o Modificar o poner termino a actos o contratos, convenios o sistemas de contratos, convenios o sistemas de acuerdo que sean contrarios a la ley;acuerdo que sean contrarios a la ley;

b)b) Modificar o disolver sociedades o Modificar o disolver sociedades o personas jurídicas que hayan intervenido personas jurídicas que hayan intervenido en lo contratos o acuerdos.en lo contratos o acuerdos.

c)c) Aplicar multas hasta 20.000 UTA.Aplicar multas hasta 20.000 UTA.

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FINFIN