Poder Penal de Persona Juridica

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Yo, CESAR DAVID PARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.741.069, domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, actuando en mi condición de Director de la Sociedad Mercantil “FENIX TALENTO CORPORATIVO, COMPAÑÍA ANÓNIMA, (FENIX T.C, C.A.), debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de Ciudad Ojeda del estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de agosto de dos mil seis (2006), anotada bajo el número 34, Tomo 8-A del tercer trimestre, cualidad ésta que se evidencia en la Cláusula Décima Sexta del Acta de Asamblea Extraordinaria, efectuada en fecha doce (12) de marzo de dos mil doce (2012), y registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Ciudad Ojeda, estado Zulia, en fecha veinticuatro (24) de mayo de dos mil doce (2012), bajo el número 40, Tomo 7-A, segundo trimestre; a través del presente documento declaro: Confiero PODER PENAL ESPECIAL, en cuanto a Derecho se requiere los Abogados en ejercicio ÁNGEL GONZÁLEZ JASMIN FLORES y MELVIN HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad números V- 13.495.254, V- 9.683.125, V- 16.459.336, respectivamente e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 83.273, 77.791, 123.213, para que conjunta o separadamente, ejerzan, sostengan y defiendan los derechos e intereses de mi representada. En consecuencia, y en ejercicio

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Yo, CESAR DAVID PARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cdula de Identidad No.V-13.741.069, domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, actuando en mi condicin de Director de la Sociedad Mercantil FENIX TALENTO CORPORATIVO, COMPAA ANNIMA, (FENIX T.C, C.A.), debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de Ciudad Ojeda del estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de agosto de dos mil seis (2006), anotada bajo el nmero 34, Tomo 8-A del tercer trimestre, cualidad sta que se evidencia en la Clusula Dcima Sexta del Acta de Asamblea Extraordinaria, efectuada en fecha doce (12) de marzo de dos mil doce (2012), y registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Ciudad Ojeda, estado Zulia, en fecha veinticuatro (24) de mayo de dos mil doce (2012), bajo el nmero 40, Tomo 7-A, segundo trimestre; a travs del presente documento declaro: Confiero PODER PENAL ESPECIAL, en cuanto a Derecho se requiere los Abogados en ejercicio NGEL GONZLEZ JASMIN FLORES y MELVIN HERNNDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cdula de identidad nmeros V- 13.495.254, V- 9.683.125, V- 16.459.336, respectivamente e inscritos en el INPREABOGADO bajo los N 83.273, 77.791, 123.213, para que conjunta o separadamente, ejerzan, sostengan y defiendan los derechos e intereses de mi representada. En consecuencia, y en ejercicio de este mandato, los prenombrados apoderados quedan ampliamente facultados para gestionar en nombre de mi representada, comparecer, y hacer declaraciones de todo gnero por ante los organismos de los Poderes Pblicos, ya sean dependencias Nacionales, Estadales o Municipales; ante todas y cada una de las autoridades o funcionarios de la Repblica Bolivariana de Venezuela, sean Judiciales, e inclusive Ministerio Pblico, de igual modo podrn acudir ante los Tribunales de Control, Juicios y Cortes de Apelaciones de cualquier Circuito Judicial Penal; as mismo quedan plenamente facultados para imponerse de las actas, intentar denuncia o querella acusatorias, por ante dependencias fiscales o tribunales en materia penal, contestar las misma; promover excepciones; recusar funcionarios pblicos; ejercer los recursos bien sea ordinarios o extraordinarios, inclusive el de casacin; suscribir en mi nombre acuerdos reparatorios, interponer por va principal o incidental el correspondiente Recurso de Amparo Constitucional a que haya lugar y seguirlo en todos sus trmites e incidencias hasta su definitiva culminacin; sustituir total o parcialmente el presente poder en abogado o abogados de su confianza, pero reservndose siempre su ejercicio; revocar las sustituciones; asistir a ruedas de reconocimiento, presentacin de imputados, audiencias preliminares, audiencias orales, solicitar la correspondiente revisin de la medida si fuere el caso, fungir como correo especial en fin ejercer cuantos actos y acciones considere necesarios, tiles y convenientes para la mejor defensa de los derechos de mi representada, pues las facultades aqu conferidas son meramente enunciativas y por ningn respecto taxativas.