PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN • CONTRATO … · 1.000 ser dro.revalid licencia constru.tuxtla...

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"' ¡;¡ .. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F R. F.C. SCJ-950204-GPS DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO. COL. CENTRO. C.P 06000, MEXICO. D.F. TELS 41131100 Ex!. 5305,5722,5321. 5721 y5304 FAX: 41131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CAL.Z.IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883 CONTRATO SIMPLIFICADO 4519000050 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: CONSTRUCCIONES CIVILES Y DRAGADOS ORTAM, S.A. DE C.V. 1 BLV. LAS TORRES S/N, COLONIA LAS BRISAS, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, 29096/019612545263, 019612545263/ FECHA DEL DOCUMENTO 01/02/2019 FECHA DE ENTREGA 20 OlAS NATURALES Partida Clave art. 10 . FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES INMEDIATO R.F.C. DE PRESTADOR DE SERVICIOS:CCD100708432 LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF Cantidad Unidad Descripcion P.Unitario 1.000 SER DRO.REVALID LICENCIA CONSTRU.TUXTLA GTZ. 20,000.00 OBSERVACIONES SERVICIOS PROFESIONALES DE UN DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA OBTENCIÓN DE REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA LA OBRA DE ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, AGUAS PLUVIALES Y ADECUACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS. DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA S.C.J.N. -AREA SOLICITANTE: SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE PROYECTOS -CENTRO GESTOR: 1132400 -POSICIÓN PRESUPUESTAL: 62905 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 1 -DESTINO: INMUEBLE C.C.J. TUXTL.A GUTIÉRREZ, CHIAPAS -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ: DIRECTOR DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS. -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 1 DE FEBRERO DE 2019 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2019: SI. DATOS BANCARIOS: Importe Total 20,000.00 CONTINUA Página 1 de 2 Fecha de ompresión 0110212019 171712

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN • SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F R. F.C. SCJ-950204-GPS

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO. COL. CENTRO. C.P 06000, MEXICO. D.F. TELS 41131100 Ex!. 5305,5722,5321. 5721 y5304 FAX: 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAL.Z.IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000050

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: CONSTRUCCIONES CIVILES Y DRAGADOS ORTAM, S.A. DE C.V. 1 BLV. LAS TORRES S/N, COLONIA LAS BRISAS, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, 29096/019612545263, 019612545263/

FECHA DEL DOCUMENTO 01/02/2019

FECHA DE ENTREGA 20 OlAS NATURALES

Partida Clave art.

10

.

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES INMEDIATO R.F.C. DE PRESTADOR DE SERVICIOS:CCD100708432

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion P.Unitario

1.000 SER DRO.REVALID LICENCIA CONSTRU.TUXTLA GTZ. 20,000.00 OBSERVACIONES SERVICIOS PROFESIONALES DE UN DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA OBTENCIÓN DE REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA LA OBRA DE ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, AGUAS PLUVIALES Y ADECUACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS .

DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:

REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA S.C.J.N.

-AREA SOLICITANTE: SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCIÓN DE PROYECTOS -CENTRO GESTOR: 1132400 -POSICIÓN PRESUPUESTAL: 62905 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 1 -DESTINO: INMUEBLE C.C.J. TUXTL.A GUTIÉRREZ, CHIAPAS -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ: DIRECTOR DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS. -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 1 DE FEBRERO DE 2019 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2019: SI.

DATOS BANCARIOS:

Importe Total

20,000.00

CONTINUA

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Fecha de ompresión 0110212019 171712

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F R.F C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . &• PISO COL CENTRO. C.P 06000 MEXICO. O F TELS .• 41131100 Ext. 5305. 5722.5321 5721 y 5304 FAX! 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUllA, C.P 09100. MEXtCO D.F TELS .. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519000050 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: CONSTRUCCIONES CIVILES Y DRAGADOS ORTAM, S.A. DE C.V. 1 BLV. LAS TORRES S/N, COLONIA LAS BRISAS, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS, 29096 / 019612545263, 019612545263/

FECHA DEL DOCUMENTO 01/0212019

FECHA DE ENTREGA 20 OlAS NATURALES

Partida Clave art.

IMPORTE EN LETRA VEINTITRES MIL 00

!

FORMA DE PAGO INMEDIATO

1 OBSERVACIONES R. F.C. DE PRESTADOR DE SERVICIOS:CCD10070B-432

lUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, Ciudad de México, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

-FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO".

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDAN.

-PARA LA ENTREGA CORRESPONDIENTE, ASI COMO LA FACTURA ELECTRÓNICA, EL PRESTADOR DE SERVICIOS, DEBERÁ CONTACTARSE CON EL ARQ. ANDRÉS GARCIA GARCIAAL TELEFONO: 01 5541131100 EXT. 1231.

SERVICIOS INCLUIDOS SERV REL C/OBRAS PUBLICAS FORANEAS

. !¡)~ . -IL~ ~ARQ.P~RNELAS

SUBDIRECTOR GENERAL TECNICO

LIC. LEON ROO

P.Unitario

SUBTOTAL

I.V.A .

TOTAL

Importe Tolal

20,000.00

3,200.00

23,200.00

Página2de 2

Fecha ele impresiórr 0110212019 17·17 12

CONTRATO SIMPURCADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS IHASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES l. La Suprema Corte de JuaUcla de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte" por conduelo de a u reprelientanle para los electos de ea le lnalrumenlo manlnnla que: 1.1 Es el máldmo órgano depositario del Poder Judldal dala Federación, en términos dala dispuesta en los articulas 94 de la CansUiuclón PallUca de los Estados Unidos Mexicanas y t•,lrac:dón l, de la Ley Orgánica del Poder Jullicial de la Federación. 1.2 La presente conlnllaclón fue autorizada por el Director de Canlrataclón de Obras, Mantenimiento v Servicios de la Dlrec:dón General de lnlraaslrudura Flsica de la Suprema Corta de Justicia de la Nación, mediante el proc:edlmlenlo da adjudicación dlreda de confonnldad con lo prellisto en el articulo ~2. párrafo cuarto, del AaJerdo General de Admlnlslnlc:lón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Cornil& de Gobierno y Admlnlslrac:lón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adqulslc:lón, adminlslradón y desincorporac:lón de bienes y la conlratac:lón de obras, usos y serllic:los 11tqueridos por este Tribunal. 1.3 El Dlredor de Contratación de Obras. Mantenimiento y Servic:las de la Dlrec:dón General de lntraeslrudura Flslc:a esté lacuttado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo ~2 del Acuerdo General de Adminlslrac:lón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mU ocho, del Cornil& de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justlc:la de la Nac:lón por el que n regulen los procedimientos para la adquisición, admlnlstrac:lón y desint:arporaclón de bienes y la contratación de obras. uaos y senlidos requeridos por este Tribunel. 1.4 Para todo lo relacionado can el presente conlralo se~ala como su domicilio el ubicado en la CaHe de José Maria Pino Suarez número 2, colonia Centro, delegac:lón Cuauhtémoc:, código postal 06060, en la dudad de Méxit:a, Oislrilo Federal. ' 11 "El Preatador de ael'lllcloa~ por conducto de au representanta legal manlllesta bajo protesta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con persone! con la sundente experiencia y calificación para ejecutar los servic:los requeridos por la Suprema Corte, asf t:amo can los elementos lo!aiicos y capacidad económica necasanos para tal fin. 11-2 No so encuentra en ninguno de los supuestos a que se reneren los artlaalas 48, frac:dones l. 11, 111. IV. V. VI, VIl, VIII. IX y X, asf como 58 fracclón XVI, del Acuerdo General de Admlnlslradón Vl/2008. 11.3 Conoce y acepta sujetarse a lo prellisto en el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del velntlc:lnco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los proc:edimlentos para la adquisición, administración y daslncorporac:lón de bienes y la conlratadón de obras, usos y serllidos requeridos por este AHo Tnbunal. 11.4 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el AaJerdo Vl/2008, del veln11c:lnco de sepUembre de dos mm ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlstrac:lón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporadón de bienes y la contratación de obras, usos y servidos requeridos por este Alto Tribunal. 11.5 Para todo lo relac:lanado con el presente conlrato, sellala como su domicilio el ubicado en la canltula del presente Instrumento, en el apartado denominado "Proveedor" 111. La "Suprema Corta~ y "El prestador de servicios" declaran que: 111.1 Reconocan muluamente la personalidad juridlca con la que comparecen e la celebrac:lón del presento Instrumento y meninestan que todas las comunicaciones qua se realicen entre alias se dlriglnln a los domicilios Indicados en los ente cadentes 1.4 y 11.5 de eata instrumento, al tenor de les siguientes:

CLAUSULAS

Primara. Condiciones generala. "El prestador de servicios• se compromete a proporcionar el servlc:lo descrito en la canltula del presente Instrumento y a respatar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago se~alados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este aaaerdo de wluntadea. El pago sollalado en le presente dllusula, cubre el total del servido conlmlado, por lo cual ,a Suprema Corte" no tiene obligación de cubrir ningún Importe adicional. Segunda. Pena convencional. En caso de Incumplimiento do jas pbligadgnes padadas en el canlralo, se aplicanl una pena convencional equivalente al monto qua resulte da aplicar al 10% al valor del servido o servicios que no so hayan realizado a satisfac:dón de la Suprema Corte, En caso de lncurnp!lmlento en lgs plazgs establoc:ldos en el t:antralo slmplinc:ado, so apllcanl una pena convenc:lonal por alrasos que le sean Imputables en la rea~zadón de los senlidos, equivalente at manto qua resuHa da aplicar el10 al millar diario a la cantidad qua Importan los trabajos no ejacutados dentro del plazo Indicado en el apartado lnc:lso "fecha de entrega' de la carétula del Contrato Simplificado y no podnl excader del 1 O% del monto total contratado. Tercera. Requisitos para realizar loa pagoa respectivos. Para efedos flscales "El prestador de servic:los· deber& presentar la o las faduras a nombre de la ·suprema Corte" segün consta en la c&dula de ldenliftc:ac:lón nsc:al, e1J1edida por la Secretaria da Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal da Contribuyentes SCJ9502~6P5 Indicando el domicilio seftalado en la dederaclón 1.4 de este Instrumento y demas requlslloa nscalas a que haya lugar, Cuarta. Modificaciones de nte Instrumento. Las condiciones padadas en el presenle Instrumento podnln ser objeto de modiflcac:lón en términos de lo previsto en los articulas 12, lracdón XXII; 143, frac:dón 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboraL "El prestador de servidos•. como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestac:lón de los servidos proleslonales materia da este contrato, aenl el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de lrabajo y seguridad social, por lo que responder& de todas las redamec:lones que sus lrabajadores presentasen en su contra o de "la Suprema Corte•, en relación con los senil dos moUw de esta contrato. 'La Suprema Corte' estanl faaattede pera requerir e "El praslador de serllidos' los comprobantes de ar~laáón de sus trabajadores aiiMSS, asl como los comprobantes de pego de las aaolas al SAR, INFONAVIT e IMSS En caso de que alguno o algunos de los lrabaladores de 'El prestador de senlidas', ejecuten o prelendan etecutar alguna reclamación en contra de "la Suprema Corte•, "El prestador de servidos• debenl reembolsar la totalidad de los gastas que erogue ,a Suprema Corte·, por concepto de traslado. lli6ticos, hospedaje, transportación, aUmentos y demás Inherentes, con el fln de acreditar ente la autoridad competente que no eldste relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualquier tipo de responsab lidad en ase sentido. Las partes acuerdan que el Importe de 101 referidos gastos que se llegaran a ocasionar podnln ser deducidos por "la Suprema Corte" de las faduras que se encuentren pendientes de pago, indapendientamt nla da las accionas legales qua se pudieran ejercer Sexta. Subconlratulón. Para efedos de este contrato slmpllflcado, so entiende por subconlratadón, el atto mediante el cuai'EI prestador de senil dos' encomienda a otra persona, fisica o moral la realización pardal del objeto de éste contrato simplincado. Cuando el prestador de serlliclos o contratista pretenda subconlralar, debe ni comunlca~a prelliamente y por escrito a "la Suprema Corte". la que también por escrito resolverá si acepta o rechaza la subcontratadón, En nlngun caso se aceptanlla subcontratadón total de tos serviCIOS o traba¡os con un solo subcontratista. En todo caso de subcontratactón, el responsable seré "El prestador de servidos' y senl e éste a quienes les cubra el pago. No eldstirá subrogac:lón por parte del sub contratista nilendra relación con ' la Suprema Corte'. Septlma. Confldenclelldad. La documentación que se propordooe a "El prestador de St!Niclos· con motivo de la celebración de este contrato. es propiedad de "la Suprema Corte', por lo que 'El prestador de servidos•, por si o a lravés de sus trabajadores, se compromele a no divulgar a traws de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los senlidos o lrabajos prestados a la primera. Octava. Rescisión. Queda eiJiresamente convenido que "la Suprema Corte" podnl dar por rescindido el presente conlnlto sin necesidad de que medie declaración judiclal, en caso de que "El prestador de servidos· deje de cumplir cualquiera de tas obllgac:lones qua asume en este conlrato por causas que le sean impulablas. o bien, en caso de aer objeto da embargo, huelga estallada. concutso mercantil o liquidación, Antes de declarar la rescisión, "la Suprema Corte' notlficanl por escrito las causas respedlvas a 'El prestador de senlidos· en su domiclllo se~alado en la declaración IU de este instrumento, con quien en el ae1o se encuentre otorgándole un plazo de quince d!as hábiles para que manlftestelo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convaoiontas y aporte, en su caso, les pruebes que estime pertinentes. Venc:ldo ese plazo el órgano competente de "la Suprema Corte' deleJTnlnanl sobra la procedencia de la rescisión, lo que se comunican! a "El prestador de servic:los• en su domicilio sellalado en la dedarac:lón 11.5 de instrumento Novena. Del fomento a la transparencia '1 de la protecelón de dato• personales. Las partes estén de acuerdo en que el presente Instrumento constituye información pübtica en términos de lo dispuesto en los articulas 1•. 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparenc:le y Acceso a la lnformac:lón Publica Gubemamental, por lo que los gobernados podnln reaNzar su consulta. De conformidad con lo establecido en el articulo 71 del AaJerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protec:dón de Datos Personales de la Suprema Corte de JusUda de la Nac:lón del nueve de julio de dos mil ocho. relaUvo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la lnfcmnadón. e la pri1111ddad y a la protec:dón de datos personales garantizados en el articulo 6" ConsUtudonal. "El prestador de servicios" se obliga a guardar secreto y a no dlwlgar por nlngun medio, aun eledrónlco, ni por canferenc:las y/o Informes los dalas personales a que tenga acceso con motivo de la documentac:lón que maneta o conozca al desarrollar las adividades objeto del presenta conlralo. En caso de Incumplimiento la ·suprema Corte" podré eldglr el pago correspondiente al 10% del monto total de este lnslrumanto, por concapto da pana convencional. D6clma, Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades prellisto en este Instrumento conlradualse rige por lo dispuesto en la consUtuc:lón pallUca de los Estados Unidos Mexicanos, al Acuerdo General de Administración Vl/2008, del velnUc:lnco de Septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlstrac:lón de la Suprema Corte de Justicla de la Nación y en lo no previsto en éste por el Código CMI Federal. Código Federal de Procedimientos Cllliles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades adminlslralivas de los servidores plibllcos y la ley Federal del Procedimiento adm•nlstrativo, en lo conducente. Décima primera. Resoluellln de controversias. Para eledo de la lnlerpretac:lón y cumplimiento de lo estipulado en este lnslrumento, "El prestador de serllicíos" se somete eiJirasamanta a las dedslones del Tribunal Pleno de '1a Suprema Corte" renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener. de conformidad con lo Indicado en el articulo 11, frac:dón XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federac:lón renunc:lando en forma e1J1resa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad. tengan o llagaren a tener.

Las partes acuerdan que aaalquler notificación que tengan que realizarse de una parte a olra, se realiZan! por escrito en el domlc:IUo que ha sellalado en las dedaradones 1,4 y 11.5 de este inslrumento.

RECEPCIÓN Y CONf ORMIDAD DEL PRESENTE CONT

MAlfaroM
Sello