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PLIEGOS DE CONSULTORÍA CONCURSO PÚBLICO GERENCIA DE LOGÍSTICA Y ABASTECIMIENTO DE EP PETROECUADOR CÓDIGO DEL PROCESO: CP-01- EPP-CCI-2014 Objeto de Contratación: MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA Quito, enero 2014

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PLIEGOS DE CONSULTORÍA

CONCURSO PÚBLICO

GERENCIA DE LOGÍSTICA Y ABASTECIMIENTO

DE EP PETROECUADOR

CÓDIGO DEL PROCESO: CP-01- EPP-CCI-2014

Objeto de Contratación: MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS

PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP

PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA

PLATAFORMA BPM-SOA

Quito, enero 2014

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MODELO DE PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

Versión SERCOP 1.0, 20 DE AGOSTO 2013

Forman parte integrante del Modelo de Pliegos para la contratación de Consultoría, los siguientes documentos:

I. CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

III. FORMULARIO DE OFERTA

IV. FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

V. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

VI. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA

VII. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS CONSULTORÍA

INDICE

I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PLIEGOS PARA LA

CONTRATACIÓN DE LISTA CORTA CONSULTORÍA

SECCIÓN I CONVOCATORIA

SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

SECCION III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

SECCION IV EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCION V OBLIGACIONES DE LAS PARTES

II. CONDICIONES GENERALES DE LOS PLIEGOS PARA LA

CONTRATACIÓN DE LISTA CORTA CONSULTORÍA

SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCION III FASE CONTRACTUAL

III. FORMULARIO DE OFERTA

El formulario de la oferta, está contenido por la información detallada a continuación, la cual,

de no hacerse constar será causal de descalificación de la propuesta:

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3.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE

3.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.

3.4 SITUACIÓN FINANCIERA

3.5 OFERTA ECONÓMICA

3.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

3.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

3.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

3.9 EQUIPO E INSTRUMENTOS DISPONIBLES

IV. FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

4.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO

4.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO

V. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

VI. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO

VII. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CONSULTORIA

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INDICE

I. CONDICIONES PARTICULARES DE CONSULTORÍA

SECCION I

CONVOCATORIA

SECCION II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE

REFERENCIA

2.1 Objeto

2.2 Presupuesto referencial

2.3 Términos de referencia

SECCION III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1 Cronograma del procedimiento

3.2 Vigencia de la oferta

3.3 Precio de la propuesta

3.4 Plazo de ejecución

3.5 Precio de la oferta

3.6 Forma de pago

SECCIÓN IV

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

4.1. Integridad de las ofertas

4.2. Evaluación de la oferta (cumple / no cumple)

4.3 Evaluación por puntaje

4.4 Evaluación de la Oferta Económica

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SECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 Obligaciones del Contratista

5.2 Obligaciones de la contratante

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CONSULTORÍA CONCURSO PÚBLICO

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I. CONDICIONES PARTICULARES DE CONSULTORÍA

SECCIÓN I

CONVOCATORIA

Se convoca a firmas consultoras, asociaciones o consorcios, o compromisos de asociación o

consorcio de éstos que se encuentren habilitados en el Registro Único de Proveedores (RUP),

en el código 83142, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para

contratar, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la MEJORA Y

AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP

PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA.

El Presupuesto Referencial es de USD 905.000,00 (NOVECIENTOS CINCO MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) sin incluir el 12% del IVA; y, el plazo para

ejecutar el objeto de esta consultoría es de 340 días calendario, contados a partir de la

suscripción del contrato por parte de la EP PETROECUADOR.

Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:

1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el portal institucional del SERCOP, de

conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema

Nacional de Contratación Pública –LOSNCP.

2. Los interesados podrán formular preguntas hasta la fecha y hora establecidas en el

cronograma del procedimiento. La Comisión Técnica, o cuando fuere del caso la máxima

autoridad o su delegado, absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las

aclaraciones necesarias, hasta la fecha y hora establecidas en el cronograma del

procedimiento.

3. La oferta se presentará de forma física en la Secretaría de la Comisión Técnica, ubicada

en la calle Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre (Edificio El Rocío II, piso 2); hasta la fecha y

hora establecidas en el cronograma del proceso. Los Formularios 1 y 2 de la oferta técnica y,

el precio de la misma, deberá subirse a través del Portal Institucional del SERCOP, hasta la

fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los

formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el Portal Institucional

será causa de descalificación de la oferta. De existir diferencia en el monto que consta en la

oferta física y el registrado electrónicamente, se deberá proceder con la corrección de errores

aritméticos por parte de la Comisión Técnica. La apertura de las ofertas se realizará una hora

más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las

ofertas técnicas será público y se efectuará en la calle Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre

(Edificio El Rocío II, piso 2).

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Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física,

en dos sobres separados. La oferta económica será completada en línea y una impresión

de la misma se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente. El Portal

permitirá que la apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en días distintos,

con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término.

Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la

propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de

Proveedores. En consecuencia, para participar, bastará “registrar” o “indicar” en su

propuesta, el número o código de RUP.

4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.

5. Las partes renuncian expresamente al reajuste de precios que se pueda originar durante la

ejecución del presente contrato.

6. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos

en el pliego, conforme lo dispone el artículo 54 del Reglamento General de la LOSNCP y las

resoluciones que el SERCOP dicte para el efecto.

7.- Los pagos que se deriven de la contratación del servicio de esta consultoría, serán con

cargo a los fondos propios del presupuesto 2014 de la EP PETROECUADOR, provenientes

de la partida presupuestaria 9.28.653 con denominación “SERVICIOS CONTRATADOS DE

OPERACIÓN”, conforme la certificación presupuestaria N° 0060/DFIN/PFP/2014 de 10 de

enero de 2014, emitida por el Subgerente de Planeación Financiera y Presupuesto (E).

Plan de Pagos:

NOTA: El detalle de las fases se encuentran detalladas en la Sección II del numeral

2.3.7 “PLAN DE IMPLEMENTACIÓN”.

FASE ENTREGABLEVALOR A

PAGAR

TIEMPO (DIAS)

CALENDARIO

A PARTIR DE

LA

SUSCRIPCIÓN

DEL

CONTRATO

Generación y Transferencia de

Metodologías y Marco de Gobierno

Análisis de situación actual y preparación

inicial del modelo de Situación esperada

PUESTA EN

MARCHA DE

PLATAFORMAS

Implementación tecnológica de Productos

de Software20% 30

IMPLEMENTACIÓN

Automatizar los procesos propuestos

mejorados y aceptados por el área usuaria,

para la Gestión de Seguros, generando los

flujos de integración requeridos

50% 130

POST

IMPLEMENTACIÓNSoporte post implantación 10%

250 horas en

120 días

NOTA: Los pagos de la post implementación se realizaran en tres pagos: el primero cumplidas las 100 horas

el segundo consumidas 100 horas y el tercero consumidas 50 horas, previo informe de del número de horas

realmente consumidas a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

INICIO 20% 60

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Los plazos en días descritos en las fases son estimados y podrían cambiar de

acuerdo a las necesidades de la EP PETROECUADOR, los pagos se realizarán

contra entrega a entera satisfacción de los entregables mínimos y de cierre de fase

propuestos.

NOTA: La EP PETROECUADOR no ha considerado la entrega de anticipos en este

procedimiento.

8. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las

resoluciones del SERCOP y el presente pliego.

9. La EP PETROECUADOR se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el

procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización

alguna.

10.- El código del RUP en el cual se realiza la invitación es: 83142 denominado “SERVICIOS

DE CONSULTORIA EN PROGRAMAS DE INFORMATICA”.

Quito, enero 2014

Ing. Ricardo Porras C. SUBGERENTE DE COMPRAS, CONTRATOS E IMPORTACIONES (E)

EP PETROECUADOR

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SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL

Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1.- OBJETO: Este proceso de consultoría-Concurso público, tiene como propósito

seleccionar a la oferta de mejor costo en consultoría, en los términos del Art. 6, numeral 19

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), para la

prestación del servicio de MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA

DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA

BPM-SOA.

2.2.- PRESUPUESTO REFERENCIAL: El costo determinado para el desarrollo de esta

contratación es de USD 905.000,00 (NOVECIENTOS CINCO MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) sin incluir el 12% del IVA, con sujeción al Plan Anual de

Contratación 2014.

2.3 TÉRMINOS DE REFERENCIA:

2.3.1 ANTECEDENTES

La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador EP PETROECUADOR, empresa líder en

el mercado nacional de hidrocarburos y encargada de la refinación, transporte,

almacenamiento y comercialización de hidrocarburos y derivados de combustible, que

contribuyan a la utilización racional y sustentable de los recursos naturales para el desarrollo

integral, descentralizado y desconcentrado del Estado, con sujeción a los principios y

normativas previstas en la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Empresas

Públicas, la Ley de Hidrocarburos y Marco Legal ecuatoriano que se relacione a sus

específicas actividades.

2.3.1.1 Sobre la iniciativa de un “Bus de Integración Empresarial (ESB)”:

La EP PETROECUADOR tiene implementados una diversidad de Sistemas de Información

de negocio, técnicos y colaborativos, para las funciones de las distintas Gerencias de la

empresa. Estos sistemas de información han sido adquiridos a empresas que desarrollan

software y otra, muy importante cantidad de Sistemas han sido desarrollados y son

mantenidos y mejorados por el grupo de profesionales de la Subgerencia de Tecnologías de

la Información y Comunicaciones.

Las plataformas, lenguajes de programación y manejadores de Bases de Datos existentes en

la EP PETROECUADOR se encuentran listadas a continuación:

Lenguajes y herramientas de programación:

(EPR-GPR) – Java - Punto NET – Access – ActionScript – COBOL – CICS – LotusNotes -

Lotus Workflow – PHP – RPG – PowerBuilder – ColdFusion – Fox – Delphi – VisualBasic –

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PIDATALINK – ASSET – Filenet – Ajax - JavaScript - Visual C - UCM - ONBASE - Exchange

– TunderBird - E-BUSSINESS SUITE (EBS) - ECM – EAM – IBM MAXIMO.

Gestores de Base de Datos:

SQLServer - DB2 UDB - DB2400 - Lotus Domino -MYSql – Postgress – Oracle – Dbf –

Interbase – Excel – Access

Servidores de aplicación:

WebSphere Application Server (WAS) – Apache - Internet Information Service (IIS) - Oracle -

Application Service (OAS)

Servidores Portal:

ORACLE - Share Point.

Los sistemas de información adquiridos como los desarrollados en la EP PETROECUADOR

se comunican entre sí a través de interfaces punto a punto, enviando y recibiendo información

crítica para los distintos procesos de negocio de la institución, por otra parte comparten

información directamente entre sus Bases de Datos.

Sobre la base de lo anotado anteriormente la EP PETROECUADOR, en conjunto con la

empresa consultora DELOITTE, definieron iniciativas tanto de negocio como tecnológicos

para dicha modernización, entre las que se encuentra la iniciativa TIC-PEC-A-13 para la

Implementación de una herramienta de integración empresarial denominada ENTERPRISE

SERVICE BUS - ESB, en la que se han planteado las actividades necesarias a fin de que la

EP PETROECUADOR incorpore en su arquitectura de aplicaciones un componente de

software especializado en integración, mediación y transporte de información entre

aplicaciones heterogéneas.

Por otra parte se recibió el Oficio Circular N° PR-SNADP-2012-000001-C del Secretario

Nacional de la Administración Pública SNAP, mediante el cual comunica a todos los Ministros

y Secretarios de Estado, autoridades de la Administración Pública Central e Institucional que

ha implementado una plataforma de software denominada “Bus de Servicios

Gubernamentales (BSG)” con el fin de organizar y ordenar el intercambio de datos

electrónicos entre las entidades del Estado. Con el propósito de cumplir con normas legales

existentes en la EP PETROECUADOR se envió el memorando N° 658-DTIC-APL-2012 con

fecha 28 de agosto de 2012 solicitando al Procurador de la EP PETROECUADOR su criterio

legal acerca del Bus de Integración Gubernamental, verificando la factibilidad legal de esta

adquisición por la EP PETROECUADOR.

Con memorando N° 551-PPRO-ASC-2012 del 19 de septiembre de 2012, el Procurador Enc.

Presentó su criterio legal y concluyó que es “importante que la EP PETROECUADOR

continúe desarrollando la optimización de los procesos de gestión emprendidos”.

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Sobre la base de lo expresado por la Procuraduría de la EP PETROECUADOR este proceso

se lo considera viable legalmente y habilita a la empresa a iniciar un proceso de adquisición

de un ESB que atenderá las necesidades técnicas empresariales.

2.3.1.2 Sobre la implementación de “Gestión de Procesos de Negocio (BPM)”:

Actualmente se encuentran diagramados, documentados y aprobados una cantidad

importante de procesos empresariales, sin embargo, no existe una herramienta corporativa

para la gestión, automatización, control y monitoreo de estos.

La EP PETROECUADOR cuenta con una serie de servicios tecnológicos que gestionan la

información de los distintos procesos de negocio y de soporte de las distintas unidades de

negocio, a continuación se describen los procesos del área de Seguros que son sustentados

en aplicaciones informáticas.

La EP PETROECUADOR cuenta con un sistema informático para calcular el valor a pagarse

por concepto de Reposición de Gastos Médicos(Proceso Gastos Médicos – Generar Orden

de Pago, y Procesos Administración de Siniestros), en este sistema se registra los siniestros

ya sean ambulatorios y/u hospitalarios, en el actual flujo del proceso el sistema maneja el

registro, calcula y emite reportes de los siniestros, en la actualidad existen actividades

manuales como el llenado del formulario en el inicio al trámite de reposición de Gastos

Médicos, no existe una forma adecuada para mantener informado a los funcionarios sobre el

avance de su pedido de reposición, ya sea por falta de documentos para sustentar su reclamo

o el aviso de que su pago ya fue realizado, existe una página web donde se puede consultar

la forma en que fue calculado el siniestro. La falta de información limita las acciones de los

usuarios así como la posibilidad de mejora que se puede realizar al proceso.

La EP PETROECUADOR para gestionar el Proceso de Administración de Siniestros posee un

sistema de información que administra el registro y cálculo para algunas de las pólizas como

por ejemplo la de TRANSPORTE. Dentro del flujo del manejo de esta póliza y las demás

pólizas, la solicitud de información complementaria para cada evento o siniestro cualquiera

que fuese el caso, se lo hace manualmente, lo cual ocasiona lentitud en el trámite de este tipo

de eventos.

En el proceso Administración de Póliza, entre otros tipos, se encuentra la Póliza de Vida,

para la cual no existe un servicio tecnológico que lo sustente, todo el proceso se lo realiza

manualmente desde la carga de información a un archivo en Excel, de todos los movimientos

del personal, ya sean exclusiones o inclusiones a la empresa. Esta falta de automatización

produce retrasos en el proceso y no garantiza el manejo adecuado de información.

En el proceso Administración de Pólizas para el manejo de la Póliza de Fidelidad, existe un

sistema que registra al personal caucionado y emite reportes, no existe una integración en

línea con el sistema de Recursos Humanos, ya que desde este sistema se obtiene los

reportes que son entregados a la Coordinación Sénior de Seguros y desde esta Coordinación

se envían los reportes del personal caucionado tanto a la aseguradora como a la Contraloría.

Cuando son inclusiones solo se reporta a la Contraloría y no a la aseguradora ya que esta

póliza es de tipo blanket.

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La EP PETROECUADOR recibió el Oficio N° 124-COGEPLA-D-P-2011 del 11 de julio de

2011, mediante el cual, el Ministro de Recursos Naturales No Renovables (MRNNR) realizó la

consulta a la Secretaria Nacional de la Administración Pública sobre los siguientes temas:

“Puede el MRNNR contratar una consultoría mediante el sistema de compras públicas, para el levantamiento, evaluación, mejoramiento y documentación de los procesos institucionales, o debemos contratar los servicios de la empresa e-Strategia Consulting Andes, responsable de la implementación del GPR.”

“Puede el MRNNR adquirir la licencia de un software propietario para el objetivo establecido en el numeral anterior, o la Secretaría a su cargo tiene identificado alguno que deba adquirir o utilizar este Ministerio.”

En respuesta a la consulta del Ministro de MRNNR, el Señor Secretario de la Administración

Pública mediante Oficio N° SIGE-O-11-01081 de 21 de julio de 2011, informa lo siguiente:

“La Secretaria Nacional de la Administración Pública, está actualmente realizando negociaciones para contratar una herramienta de automatización de procesos (BPM) para todo el Gobierno Nacional. Adicionalmente, la Secretaria Nacional de la Administración ha emitido una norma técnica de gestión de procesos para las instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente de la Función Ejecutiva.

En tal virtud, informo que es factible que el MRNNR contrate a través del portal de compras públicas la consultoría para el levantamiento, evaluación, mejoramiento, documentación y automatización de los procesos institucionales; siempre y cuando esta contratación siga los lineamientos de la norma técnica de procesos emitida por la SNAP y se considere que la consultoría debe incluir la automatización en la herramienta (BPM) que la Secretaria Nacional de la Administración Pública adquiera para el efecto.”

Sobre la base de lo anteriormente descrito, con memorando N° 728-DTIC-APL-2012 del 21 de septiembre del 2012, la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones realizó la consulta al Procurador de la EP PETROECUADOR acerca de la adquisición de una herramienta BPM. Con memorando N° 581-PPRO-ASC-2012 del 11 de octubre de 2012, el Procurador Enc.,

presentó su criterio legal y concluyó que “se debe dar continuidad con el proceso de

adquisición”.

Sobre la base de lo expresado por la Procuraduría de la EP PETROECUADOR este

proceso se lo considera viable legalmente y habilita a la empresa a iniciar un proceso de

adquisición de un BPM que atenderá las necesidades de gestión integral de procesos

empresariales en la EP PETROECUADOR.

2.3.2 OBJETIVO 2.3.2.1 OBJETIVO GENERAL: Mejorar y Automatizar los procesos para la Gestión de Seguros, referentes a Contratación

de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y

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Pago, empleando las herramientas IBM-BPM (8.5) e incorporar a su modelo de arquitectura

de aplicaciones un Bus de Integración Empresarial, ESB por sus siglas en inglés, con el

propósito de implementar una mejora en la administración de la complejidad de integración

de sus procesos de negocio. Considerando que un ESB es la implementación de SOA, una

arquitectura que permite mantener integrados los sistemas, nuevos y legados, en un estilo

completamente distribuido e interoperable, además de adoptar un modelo de trabajo con

gobernanza de SOA.

2.3.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Contar con un modelo de administración y mejoramiento de procesos basado en las mejores prácticas y modelos existentes en la Normativa de Procesos de EP PETROECUADOR, teniendo en cuenta los estándares BPMN 2.0.

2. Obtener la plataforma IBM MESSAGE BROKER, propiedad de la EP PETROECUADOR, completamente operativa en los ambientes de Desarrollo y Producción.

3. Obtener la plataforma IBM-BPM, propiedad de la EP PETROECUADOR, completamente operativa en los ambientes de Desarrollo y Producción.

4. Contar con los procesos automatizados referentes a la Gestión de Seguros, en cuanto tiene que ver a Contratación de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pagos.

5. Obtener una integración basada en arquitectura de servicios entre los procesos automatizados del Departamento de Seguros y los sistemas nuevos y legados propiedad de EP PETROECUADOR.

6. Recibir una primera versión de un marco de Gobernanza y Estándares SOA.

7. Lograr un equipo de funcionarios de la EP PETROECUADOR, técnicos y de negocio, con el conocimiento para el manejo de los procesos automatizados y las herramientas implementadas.

2.3.3 SITUACIÓN ACTUAL

Dentro de la ejecución del contrato DGER-2013008 “EAM MÁXIMO DE IBM” para la

implementación del producto IBM MAXIMO para la gestión de activos, la compañía IBM del

Ecuador, ejecutor de este contrato, entregó a EP PETROECUADOR un conjunto de

licencias de los productos IBM-BPM e IBM-MESSAGE BROKER (la última versión de este

producto cambia de nombre hacia IBM INTEGRATION BUS 9.0).

Estos productos fueron analizados técnicamente y aceptados para que formen parte de la

infraestructura tecnológica de EP PETROECUADOR. El sustento de esta aceptación se

encuentra en los memorandos 537- DTIC-APL-2013 y 762-DTIC-APL-2013, adjuntos al

presente.

La siguiente tabla muestra los productos propiedad de EP PETROECUADOR:

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HERRAMIENTA

NÚMERO

DE

PARTE

PRODUCTO DESCRIPCIÓN FUNCIONAL PVU /

LICENCIAS

BPM

D0INXLL

IBM Integration

Designer per Authorized

User License + SW

Subscription & Support

12 Months

Herramienta que provee una

plataforma amigable al usuario

con un modelo de programación

drag-and-drop y ambiente de

pruebas para BPM Avanzado en el

uso de las características de WESB

integradas en el producto. Es una

herramienta de desarrollo basada

en Eclipse. Permite acelerar los

proyectos de integración de

negocios

3

E0BRLLL

IBM Integration

Designer per Authorized

User Annual SW

Subscription & Support

Renewal

renovación anual de soporte y

subscripción de software de IBM

Integration Designer

3

D0ILDLL

IBM Process Center

Advanced Processor

Value Unit (PVU) License

+ SW Subscription &

Support 12 Months

Herramienta que provee un

repositorio centralizado y

escalable para control de la

organización y administración de

todos los artefactos de procesos,

aplicaciones y servicios que son

creados como parte de un

programa BPM

100

E0BQTLL

IBM Process Center

Advanced Processor

Value Unit (PVU) Annual

SW Subscription &

Support Renewal

Renovación anual de soporte y

suscripción de software de

Process Center Advanced

100

D0IMVLL

IBM Process Designer

Per Authorized User

License + SW

Subscription & Support

12 Months

Herramienta de diseño de

procesos basado en estándares

parte del ambiente de autoría de

procesos. Permite una rápida

composición de procesos, fácil

8

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15

manejo del cambio continuo y

mejora. Permite adaptarse a la

metodología de playbacks para

manejo de procesos

E0BRFLL

IBM Process Designer

Per Authorized User

Annual SW Subscription

& Support Renewal

Renovación anual de soporte y

suscripción de software IBM

Process Designer

8

D0ILWLL

IBM Process Server

Advanced Processor

Value Unit (PVU) License

+ SW Subscription &

Support 12 Months

Ambiente de ejecución de BPM

que soporta un rango completo

de procesos de negocio,

orquestación de servicios e

integración.

200

E0BR0LL

IBM Process Server

Advanced Processor

Value Unit (PVU) Annual

SW Subscription &

Support Renewal

Renovación anual de soporte y

subscripción e software IBM

Process Server

200

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16

La siguiente tabla muestra las especificaciones técnicas del producto existente en EP

PETROECUADOR:

HERRAMIENTA No.

PARTE PRODUCTO

DESCRIPCIÓN TÉCNICO-

FUNCIONAL

CANTIDAD

PVU VIGENCIA

ESB/SOA

D56P3LL

IBM

WebSphere

Message

Broker

Processor

Value Unit

(PVU) License +

SW

Subscription &

Support 12

Months

ESB avanzado y de alto nivel de

procesamiento para la

integración de varias fuentes de

datos a partir de heterogeneidad

de plataformas para entornos

SOA y no SOA. Utilizada para la

eliminación de conexiones punto

a punto y procesamiento por

lotes con el fin de aumentar la

flexibilidad empresarial y la

interoperabilidad de los sistemas

inteligentes, independientemente

del formato de plataforma,

protocolo o de datos.

Este tipo de herramientas se

utiliza para la correcta

interconexión entre sistemas y

paquetes específicos con sistemas

legados. Además nos define un

modelo de arquitectura para a

conectividad con sistemas futuros

que aún no son parte de la

arquitectura de la organización

200 31/01/2014

E02AULL

IBM

WebSphere

Message

Broker

Processor

Value Unit

(PVU) Annual

SW

Subscription &

Support

Renewal

Renovación anual de soporte y

subscripción de software de

message Broker

200

Tres ítems que

completan tres

años de

licenciamiento

29-02-2016

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17

2.3.3.1 Infraestructura Tecnológica actual A continuación se presenta un diagrama donde se observa la arquitectura actual, existente

para la plataforma BPM:

2.3.3.2 Esquema de alto nivel de organización de procesos involucrados El siguiente diagrama muestra, a alto nivel, los procesos involucrados en el alcance de este contrato:

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18

2.3.4. ALCANCE DEL CONTRATO La automatización para los procesos de la Gestión de Seguros, referentes a Contratación

de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y

Pagos , empleando las herramientas IBM-BPM (8.5) e IBM MESSAGE BROKER, para la

automatización de procesos mejorados la primera y producir los flujos de integración

requeridos, la segunda, consiste en:

1. Implementar un modelo de administración y mejoramiento de procesos basado en las mejores prácticas y modelos existentes en la Normativa de Procesos de la EP PETROECUADOR, teniendo en cuenta los estándares BPMN 2.0.

2. Instalar, configurar, optimizar y poner en marcha la plataforma IBM MESSAGE BROKER propiedad de la EP PETROECUADOR para los ambientes de Desarrollo y Producción.

3. Instalar, configurar, optimizar y poner en marcha la plataforma IBM BPM propiedad de la EP PETROECUADOR para los ambientes de desarrollo y producción.

4. Automatizar los procesos referentes a la Gestión de Seguros, en cuanto tiene que ver a: Contratación de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pagos, desarrollando todo el ciclo de vida para el mejoramiento de estos procesos.

5. Implementar flujos de integración requeridos para la interacción de los procesos y subprocesos automatizados del Departamento de Seguros, referentes a Contratación de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pagos, con los sistemas legados y nuevos.

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19

6. Desarrollar una primera versión de un marco de Gobernanza y Estándares SOA, y transferir el conocimiento de esta al equipo técnico designado por la EP PETROECUADOR.

7. Ejecutar capacitaciones formales y transferencia de conocimientos funcional y técnico acerca de todos los componentes del contrato.

2.3.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 2.3.5.1 ESPECIFICACIONES GENERALES (EG)

EG.1 ESPECIFICACIONES GENERALES (EG)

EG.1.1

Plantear un proceso de Gestión del proyecto orientado a la Metodología PMI, generando un

Plan de ejecución del contrato el cual incluirá, como mínimo: cronogramas, recursos y el

plan de aseguramiento de la calidad, con el fin de cubrir los objetivos específicos.

EG.1.2

Detallar una lista de los entregables a emplear para la Gestión Integral del Proyecto, los

mismos que servirán como sustento previo a las suscripciones de las siguientes actas de

entrega/recepción parciales y total del alcance especificado:

- Acta de entrega/recepción sobre el modelo de administración y mejoramiento de

procesos.

- Acta de entrega/recepción de las plataformas IBM-BPM e IBM MESSAGE BROKER

instalada, configurada y optimizada.

- Acta de entrega/recepción de los procesos automatizados e integrados, validados por las

áreas funcionales y técnicas de EP PETROECUADOR participantes directos de este contrato.

- Acta de entrega/recepción del marco Gobernanza y Estándares SOA, identificado como

una primera versión.

- Acta de entrega/recepción de cumplimiento de los procesos de capacitación formales y

sobre la transferencia de conocimiento funcional y técnico.

- Acta de entrega/recepción de consumo total de horas de soporte post implementación o

cumplimiento del periodo de tiempo establecido (4 meses).

EG.1.3

Se requiere que el Aseguramiento de Calidad (QA) del proyecto sea realizado por el

Fabricante de los productos IBM BPM 8.5 e IBM MESSAGE BROKER, adicional al proceso

gestionado por el Proveedor.

EG.1.4 Modelo para el Aseguramiento de Calidad.

EG.1.5

Proveer a la EP PETROECUADOR de la garantía técnica y funcional, posterior al soporte post

implementación sobre todo los componentes desarrollados por un período mínimo de 12

meses.

EG.1.6 Entregar la estructura de ejecución del proyecto conteniendo los siguientes roles mínimos

por parte del oferente :

Director de Proyecto

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Arquitecto de software (Técnico/Funcional)

Especialistas de procesos

Desarrolladores BPM

Desarrolladores ESB

Gestor de Calidad (QA) externo. Los roles adicionales involucrados deberán ser homologados a la lista anterior, sobre la base de sus responsabilidades esenciales.

2.3.5.2 ESPECIFICACIONES FUNCIONALES (EF)

ESPECIFICACIONES FUNCIONALES (EF)

EF.1 CONTAR CON UN MODELO DE ADMINISTRACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS

BASADO EN LAS MEJORES PRÁCTICAS:

EF.1.1 Taller BPMN mejores prácticas, marcos de trabajo y estándares.

EF.1.2 Taller acerca de temas de Gobierno sobre BPM considerando principalmente roles y

responsabilidades.

EF.2

LOGRAR UN EQUIPO DE FUNCIONARIOS DE LA EP PETROECUADOR, TÉCNICOS Y DE

NEGOCIO, CON EL CONOCIMIENTO PARA EL MANEJO DE LOS PROCESOS AUTOMATIZADOS

Y LAS HERRAMIENTAS IMPLEMENTADAS. (TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO):

EF.2.1 Taller técnico-funcional sobre BPM (Process Server - Process Center - Process Designer -

BlueWorks Live) considerando el componente de control de auditoria.

EF.2.2 Taller técnico sobre administración BPM (Process Server - Process Center - Process Designer

- BlueWorks Live).

EF.2.3 Taller técnico-funcional sobre IBM MESSAGE BROKER y sus componentes.

EF.2.4 Taller técnico sobre administración sobre IBM MESSAGE BROKER y sus componentes.

EF.2.5 Taller técnico sobre desarrollo de Flujos de integración IBM MESSAGE BROKER y sus

componentes.

EF.2.6 Taller a usuarios finales sobre el uso de los procesos implementados.

EF.2.7 El proveedor deberá sugerir talleres funcionales y técnicos no contemplados en la lista

anterior de esta sección.

EF.3 RECIBIR UNA PRIMERA VERSIÓN DE UN MARCO DE GOBERNANZA Y ESTÁNDARES SOA:

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EF.3.1 Taller de Gobernanza SOA mejores prácticas, marcos de trabajo y estándares.

EF.4 OBTENER LA PLATAFORMA IBM MESSAGE BROKER, PROPIEDAD DE LA EP PETROECUADOR, COMPLETAMENTE OPERATIVA:

EF.4.1 En base al licenciamiento existente actualmente en la EP PETROECUADOR y el hardware y

Software base definidos "Infraestructura Tecnológica" se debe entregar un diseño de la

arquitectura óptima para la plataforma IBM-MESSAGE BROKER.

EF.4.2 Realizar la Instalación, configuración, optimización y puesta en marcha de la plataforma

IBM-MESSAGE BROKER en dos ambientes de trabajo (Desarrollo y Producción).

EF.4.3

Se requiere la verificación de que la Plataforma IBM MESSAGE BROKER, en su capa de

aplicación, cuente con la certificación de funcionamiento adecuado para un ambiente

Virtualizado con VMWare u Oracle Virtual Machine. (Especificar versiones soportadas).

Si la solución propuesta NO es recomendada para un ambiente Virtualizado se requiere:

Especificaciones técnicas que describan la imposibilidad de la utilización de este tipo de

ambientes.

Especificar las características técnicas del servidor físico requerido.

EF.4.4 La solución debe estar certificada, en su capa de Base de Datos, para un ambiente

Virtualizado con Oracle Virtual Machine. (Especificar versiones soportadas).

EF.4.5 El producto deberá estar integrado con directorio LDAP propiedad de la EP PETROECUADOR

para el control de código de usuario y clave.

EF.4.6

Entregar una propuesta de arquitectura optimizada para las plataformas existentes, luego

de un análisis con el grupo del proyecto sobre la perspectiva de crecimiento en flujos de

integración esperados para el primer y segundo años luego de la finalización de este

contrato.

EF.4.7

Deberá generar una recomendación acerca del modelo de implementación de alta

disponibilidad y/o contingencia, además de los requerimientos de infraestructura (hardware

y software requerido) y especificar el método de by pass automático al sitio alterno para

minimizar tiempo de pérdida del servicio.

EF.4.8 Se deberá entregar manuales técnicos, funcionales y documentación anexa a esta etapa.

EF.5 OBTENER LA PLATAFORMA IBM-BPM, PROPIEDAD DE EP PETROECUADOR,

COMPLETAMENTE OPERATIVA:

EF.5.1

En base al licenciamiento existente actualmente en la EP PETROECUADOR y el hardware y

Software base definidos "Infraestructura Tecnológica actual" se debe entregar un diseño de

la arquitectura óptima para la plataforma IBM-BPM.

EF.5.2 Realizar la validación de la instalación existente en la EP PETROECUADOR de la plataforma IBM-BPM.

EF.5.3

Se requiere la verificación de que la Plataforma IBM BPM, en su capa de aplicación, cuente

con la certificación de funcionamiento adecuado para un ambiente Virtualizado con

VMWare u Oracle Virtual Machine. (Especificar versiones soportadas).

Si la solución propuesta NO es recomendada para un ambiente Virtualizado se requiere:

Especificaciones técnicas que describan la imposibilidad de la utilización de este tipo de

ambientes.

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22

Especificar las características técnicas del servidor físico requerido.

EF.5.4 La solución debe estar certificada, en su capa de Base de Datos, para un ambiente Virtualizado con Oracle Virtual Machine. (Especificar versiones soportadas).

EF.5.5 El producto deberá estar integrado con el Directorio Activo Corporativo LDAP propiedad

de la EP PETROECUADOR para el control de código de usuario y clave.

EF.5.6

Se requiere contar con la suscripción al uso de BlueWork Live, según la siguiente necesidad mínima: * 2 editores * 2 colaboradores * 1 paquete de 1000 visores

EF.5.7

Entregar una propuesta de arquitectura optimizada para las plataformas existentes, luego de un análisis con el grupo del proyecto sobre la perspectiva de crecimiento en la automatización de procesos para el primer y segundo años luego de la finalización de este contrato.

EF.5.8

Deberá generar una recomendación acerca del modelo de implementación de alta

disponibilidad y/o contingencia, además de los requerimientos de infraestructura (hardware

y software requerido) y especificar el método de by pass automático al sitio alterno para

minimizar tiempo de pérdida del servicio.

EF.5.9 Se deberá entregar manuales técnicos, funcionales y documentación anexa a este etapa

EF.6 OBTENER UNA INTEGRACIÓN BASADA EN ARQUITECTURA DE SERVICIOS ENTRE LOS

PROCESOS AUTOMATIZADOS:

EF.6.1

Servicio de desarrollo de los flujos de integración partiendo de los descritos en el anexo 2,

realizando un análisis y las mejoras que sean necesarias.

De los puntos de integración más relevantes:

* ERP (se requiere emplear un conector/adaptador especializado hacia el producto EBS

R12.1.3).

* ECM

* DB2-as400

* Oracle 11g

* Archivos Excel

* Correo electrónico

* LDAP

* Sistemas actuales de Control de Póliza de Seguros.

Sobre la cantidad de flujos de integración:

Se deberán desarrollar todos los flujos de integración identificados en los ciclos de análisis

de mejora de los procesos involucrados, sin que consideren Procesos ajenos al objetivo

principal de este contrato.

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23

EF.6.2 Disponer de un modelo para desarrollar pruebas funcionales previas al despliegue en

producción de los flujos de integración desarrollados.

EF.6.3 Desarrollar pruebas de carga previo a despliegue en producción de los flujos de integración desarrollados.

EF.6.4 Desplegar de modo controlado todos los componentes desarrollados, flujos de integración, servicios, tanto para el ambiente de desarrollo como hacia el ambiente de producción. Y su documentación respectiva.

EF.6.5 Realizar la transferencia de conocimiento acerca de todos los puntos anteriores, preparando a funcionarios con el conocimiento para continuar la implementación de otros flujos de integración.

EF.6.6 Entregar la documentación técnica y de usuario sobre los flujos de integración.

EF.7 CONTAR CON LOS PROCESOS AUTOMATIZADOS REFERENTES A LA GESTIÓN DE SEGUROS:

EF.7.1

Servicio de automatización de los procesos descritos en el anexo 1, con las mejoras acordadas en el proceso de análisis ejecutado dentro del contrato de servicios previsto. Sobre la cantidad de procesos-subprocesos-actividades: Se deberán automatizar todos los procesos, subprocesos y actividades identificados en los ciclos de análisis de mejora de los procesos involucrados, sin que consideren Procesos ajenos al objetivo principal de este contrato.

EF.7.2 Configuración de KPIs estándar dentro de la herramienta IBM BPM para gestión de procesos Además generar y configurar al menos 2 indicadores de gestión (KPI) personalizados por cada proceso para gestión del negocio.

EF.7.3 Se debe contemplar soluciones para dispositivos móviles para al menos 3 transacciones de

tipo estándar en IBM-BPM 8.5.

EF.7.4 Disponer de un modelo para desarrollar pruebas funcionales previas a despliegue en producción de los procesos automatizados.

EF.7.5 Desarrollar pruebas de carga previo a despliegue en producción de los procesos

automatizados.

EF.7.6 Desplegar de modo controlado todos los componentes desarrollados, entre estos: Procesos, servicios. Tanto para el ambiente de desarrollo como hacia el ambiente de producción. Y su documentación respectiva.

EF.7.7

Realizar la transferencia de conocimiento acerca de todos los puntos anteriores,

preparando a funcionarios con el conocimiento para continuar la implementación de otros

procesos de negocio, la administración y desarrollo avanzados en las plataformas

implantadas.

EF.7.8 Entregar la documentación de técnica y de usuario sobre los procesos automatizados.

2.3.5.3 ESPECIFICACIONES NO FUNCIONALES (EN)

ESPECIFICACIONES NO FUNCIONALES (EN)

EN.1 SOPORTE POST IMPLEMENTACIÓN:

EN.1.1 Contar con un Centro de atención al usuario (Help Desk) o un único punto de contacto para este proceso y durante el período de ejecución del mismo (4 meses calendario).

EN.1.2 Disponibilidad horaria del Help Desk o punto de contacto requerida 24/7.

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24

Internet InterM.

3Mb

5Mb

Internet CNT

LAGO

Internet CNT

REE

Internet CNT

GYE

172.19.230.25

172.19.230.1

172.19.230.9

CNT

SW6509

PEC

172.19.231.2

172.19.231.3

172.19.230.3 172.19.231.10

172.19.231.9

FIREWALL

PEC

LAN

172.19.230.18

172.19.231.66

5Mb

172.19.231.97

172.19.231.98

PIN - SW6509

ASA

8Mb

172.19.231.33

172.19.231.19CNT

PPR

ASTARO PCO

CNT

GYE PREV.

6Mb

PCO-GYE

IEP172.19.231.41

CNT

IEP GYE

CNT

SOTE - UIO

5Mb

172.19.231.25

CNT

PPR

172.19.231.34

172.19.231.18

4Mb

172.19.231.81VanguardCNT

BEATERIO

172.19.231.82

CNT

PPR – SAN

RAFAEL172.19.231.89

172.19.231.90

CNT

UIO

MATRIZ

172.19.231.74SOTE

LAGO AGRIO

172.19.231.73

TIC-LA

172.19.230.10

172.19.230.17

172.19.230.2

172.19.231.26

CNT

COMERCIALIZACION

PRODUCCION

TRANSPORTE

INDUSTRIAL

PEC-MATRIZ

190.152.15.1

3 Mb

8Mb

190.152.15.161/27

190.152.15.130/27

190.152.15.193/27

172.19.38.0/25

SOTE

Edificio

Villafuerte

Edificio Tribuna

SW4507R

172.17.20.0 /20

172.17.40.0 /20

172.17.18.0 /24

172.18.28.0/23

172.18.2.0/23

172.16.32.0/20

172.17.24.0/24

172.20.97.11 /23

172.20.133.11/24

172.20.165.0 /25

172.20.167.64/26

172.20.170.0 /24

172.20.171.64/24

172.17.28.0/24172.18.16.0/21

SW4507R

SW4507R

172.17.16.0/24

172.17.17.0/24

17

2.2

0.6

4.0

/21

172.20.129.0/24

172.16.82.0/24

172.16.17.0/24

172.16.18.0 /24

172.16.48.0/20

REDES WAN EP - PETROECUADOR / CNT

6Mb

5Mb

6Mb

CNT

GYE

5Mb

6Mb

4Mb

PIN REE

SOTE

BALAO

172.19.231.58

172.19.231.57

CNT

ESMERALDAS

172.19.231.42

172.19.230.26

PPR

DA

172.19.231.65

PIN RLL

PIN CIS

CNT

LAGO

5Mb

BCE

20Mb

Internet CNT

UIO

5Mb

190.152.249.14

10.80.31.1

192.168.254.20

192.168.254.19

EN.1.3 Disponibilidad geográfica del Help Desk o punto de contacto en Quito.

EN.1.4 Lugar físico del mantenimiento requerido Quito.

EN.1.5 Garantía Técnica de 12 meses Sobre los procesos de negocio automatizados.

EN.1.6 Garantía Técnica de 12 meses Sobre los flujos de integración implementados.

EN.1.7 Tiempo de solución o plan de trabajo promedio requerido 4 horas en condiciones normales 1 hora en caso marcado como urgente.

2.3.6 DIAGRAMA DEL ANCHO DE BANDA EP PETROECUADOR

Actualmente se cuenta con enlaces de comunicaciones dedicados provistos por el

proveedor CNT y propios de la EP PETROECUADOR.

2.3.7 PLAN DE IMPLEMENTACIÓN Para la ejecución del plan se sugieren las siguientes Fases, el oferente deberá entregar un cronograma detallado que contemple lo descrito en un conjunto de fases planteadas a continuación, añadiendo actividades, entregables y roles adicionales que a su experiencia mejoren la gestión integral de este proyecto, considerando que debe cumplir con los objetivos específicos planteados.

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NOTA: Los plazos en días descritos en las fases son estimados y los pagos se realizarán

contra entrega a entera satisfacción de los entregables mínimos y entregables de cierre de

fase propuestos.

FASE I: INICIO

Su objetivo es lograr acuerdos en el plan de actividades, responsabilidades y detalles

técnicos y administrativos relevantes a esta implementación, además de entregar un

modelo de administración y mejoramiento de procesos y el levantamiento de los procesos

para identificar el AS IS, y la propuesta de mejora con su documentación respectiva, es

decir el proceso TO BE.

Alcance de la primera Fase:

Arranque formal de la ejecución del contrato.

Análisis de Situación actual, definición de puntos de mejora y levantamiento del modelo de procesos a automatizar.

Transferencia de conocimiento.

OFERENTE

Gerente de Proyecto

Especialista de Procesos

Gestor de Calidad (QA)

ENTREGABLES MÍNIMOS

Plan de Trabajo

Actas de capacitaciones.

Documento análisis del proceso (TO-BE), incluyendo deficiencias,

cierre de brechas y mejoras.

Diagrama de procesos en estándares BPMN 2.0 (TO-BE)

Manual de políticas y procedimientos en su versión (TO-BE)

ENTREGABLES PARA CIERRE DE FASE

Acta de Constitución del Proyecto.

Plan de ejecución del proyecto.

Acta de entrega/recepción sobre el modelo de administración y

mejoramiento de procesos.

NOTA: Esta fase inicia el día de la suscripción del contrato.

FASE II: PUESTA EN MARCHA DE PLATAFORMAS

Su objetivo es instalar, configurar y optimizar de manera comprobada los productos

IBM BPM e IBM Message Broker, propiedad de la EP PETROECUADOR en el

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26

equipamiento acordado, verificando el adecuado funcionamiento del mismo en los 2

ambientes (Desarrollo y Producción).

Alcance de la segunda Fase:

Instalación, configuración, puesta marcha y estabilización de las plataformas IBM BPM e IBM MESSAGE BROKER.

Transferencia de conocimiento sobre el punto anterior.

OFERENTE

Gerente de Proyecto

Implementador ESB

Arquitecto

Gestor de Calidad (QA)

ENTREGABLES MÍNIMOS

Productos instalados y estabilizados.

Manuales de Instalación

Manuales de Configuración

Manuales de Optimización

Acta de capacitación del proceso

ENTREGABLES PARA CIERRE DE FASE

Acta de entrega/recepción de las

plataformas IBM-BPM e IBM MESSAGE

BROKER instalada, configurada y

optimizada.

Informe de Calidad

NOTA: Esta fase inicia cuando se reciban todos los entregables descritos en la fase anterior a

entera satisfacción de EP PETROECUADOR.

FASE III: IMPLEMENTACIÓN

Automatizar los procesos propuestos mejorados y aceptados por el área usuaria,

para la Gestión de Seguros, referentes a Contratación de Pólizas, Administración de

Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pago, empleando el producto IBM-

BPM (8.5) y además utilizando el producto Bus de Integración Empresarial, ESB para

generar los flujos de integración requeridos.

Alcance de la tercera Fase:

Procesos mejorados automatizados e integrados, aceptados por el área de Seguros.

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27

Transferencia de conocimiento sobre el punto anterior.

OFERENTE

Gerente de Proyecto

Especialista de Procesos

Arquitecto

Especialistas implementadores BPM

Especialistas implementadores ESB

Gestor de Calidad (QA)

ENTREGABLES MÍNIMOS

Procesos mejorados automatizados e integrados, aceptados por el área de

Seguros.

Personal capacitado.

Manuales Técnicos y de usuario.

Documento de pruebas.

Acta de capacitación del proceso.

Código Fuente

ENTREGABLES PARA CIERRE DE FASE

Acta de entrega/recepción de los procesos mejorados automatizados e

integrados.

Informe de Calidad

NOTA: Esta fase inicia cuando se reciban todos los entregables descritos en la fase anterior a

entera satisfacción de EP PETROECUADOR.

FASE IV: POST IMPLEMENTACIÓN

Contar con un soporte post producción, el mismo que asegure el acompañamiento en

sitio durante un periodo de 4 meses luego de desplegados los procesos automatizados, en

ambiente de producción, y que cubra los cambios necesarios acordados entre la EP

PETROECUADOR y el proveedor del servicio, así mismo, pueda cubrir necesidades de

optimización en las plataformas instaladas en los distintos ambientes.

Alcance de la cuarta Fase:

El modelo a utilizar deberá ser por bolsa de horas, contando con al menos 250 horas para esta actividad a ser consumidas en un plazo máximo de 4 meses.

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OFERENTE

Gerente de Proyecto

Especialista de Procesos

Arquitecto

Especialistas implementadores BPM

Especialistas implementadores ESB

En esta fase los roles serán definidos por demanda según necesidad especifica de EP PETROECUADOR

ENTREGABLES MÍNIMOS

Acta de entrega del servicio desarrollado y aceptado por el

solicitante y responsable del contrato por parte de EP

PETROECUADOR.

Documentación técnica según el servicio desarrollado.

Documento de horas de participación.

ENTREGABLES PARA CIERRE DE FASE

Acta de entrega/recepción de consumo total de horas de

soporte post implementación o cumplimiento del periodo de

tiempo establecido (4 meses). Los pagos se realizarán de la

siguiente manera:

Primer pago: una vez concluidas 100 horas

Segundo Pago: una vez concluidas 100 horas

Tercer Pago: una vez concluidas 50 horas

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2.3.8 PROPUESTA ECONÓMICA

A continuación se describe la matriz de rubros generales los cuales deben contener su valoración:

Rubro Descripción de alto nivel Valor

FASE I: Capacitación

Incluye: transferencia de conocimiento sobre Modelos de Gobernanza SOA, Metodología BPM, cursos formales y talleres propuestos como inducción formal.

Incluye: membresías BlueWorks Live según el siguiente detalle, como mínimo: Usuario Editor (DOS) Usuario Colaborador (DOS)

Usuarios Visualizadores (UN PAQUETE DE 1000 USUARIOS)

FASE II: Implementación tecnológica de productos SW

Incluye: Instalación actuales de los productos y su optimización, considerando todas las actividades requeridas para contar con dos ambientes tecnológicos para los productos BPM y ESB.

FASE III: Automatización

de procesos

Incluye: todo el ciclo de vida para la automatización y mejora de los proceso. La generación de los flujos de integración solicitados por EP PETROECUADOR.

FASE IV: Soporte post

implementación

Incluye: las actividades de acompañamiento para realizar actividades luego del despliegue de los procesos automatizados y flujos de integración en ambiente de producción. Por un mínimo de 250 horas efectivas en un plazo no menor a 4 meses

TOTAL

2.3.9 ABREVIATURAS:

ESB: ENTERPRISE SERVICE BUS.

TIR: TASA INTERNA DE RETORNO.

VAN: VALOR ACTUAL NETO.

BPM: BUSINESS PROCESS MANAGEMENT.

BPMN: BUSINESS PROCESS MANAGEMENT NOTATION.

SOA: SERVICE ORIENTED ARCHITECTURE.

EG: Especificaciones Generales.

EF: Especificaciones Funcionales.

EN: Especificaciones No Funcionales.

SW: Software. 2.3.10 PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para la ejecución total de las actividades de las tres primeras fases de este proceso es de 220 días calendario, a partir de la suscripción del contrato.

Además se establece un período de 4 meses para soporte post implementación (fase IV)

una vez concluidas las 3 fases previas.

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Total plazo de ejecución: 340 días calendario a partir de la suscripción del contrato.

2.3.11 PERSONAL TÉCNICO / EQUIPO DE TRABAJO.

Estructura mínima propuesta del equipo de trabajo para la Consultoría:

1 Director de Proyecto.

1 Arquitecto de software (Técnico/Funcional).

2 Especialistas de procesos.

2 Desarrolladores BPM.

2 Desarrolladores ESB.

1 Gestor de Calidad.

2.3.12 FORMA Y CONDICIONES DE PAGO.

La forma y condiciones de pago se realizarán según lo establecido en el numeral 7 de la

“Convocatoria” de este pliego (Sección I).

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SECCIÓN III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1.- Cronograma del procedimiento: El cronograma que la EP PETROECUADOR

establece para regir este procedimiento de concurso público y que consta en el portal

institucional www.compraspublicas.gob.ec, es el siguiente:

ETAPA FECHA HORA

Publicación en el Portal 14 - enero -2014 19:10

Límite de preguntas 17 - enero -2014 19:10

Límite de respuestas y aclaraciones 23 - enero -2014 19:10

Límite entrega de ofertas técnicas y

económicas 05 - febrero -2014 11:00

Apertura de sobres con ofertas técnicas 05 - febrero -2014 12:00

Inicio evaluación de ofertas técnicas 05 - febrero -2014 15:00

Límite para publicar resultados finales de

ofertas técnicas 12 - febrero -2014 15:00

Negociación 13 - febrero -2014 10:00

Fecha estimada de adjudicación 19- febrero -2014 15:00

Si la EP PETROECUADOR por intermedio de la comisión técnica, al analizar las ofertas técnicas presentadas determina la existencia de uno o más errores de forma, reprogramará el cronograma del proceso en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados y se tomará en cuenta una nueva fecha de adjudicación. En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de acuerdo al siguiente cronograma:

Concepto Día Hora

Fecha límite para solicitar convalidación de errores

Fecha límite para convalidación errores

Fecha estimada de adjudicación

3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes NOVENTA (90) DÍAS y/o

estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30

de la LOSNCP.

3.3 Precio de la propuesta: Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el

oferente haga constar en el Portal Institucional del SERCOP, información que se completará

en línea, Formulario de Oferta Económica, 3.5

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3.3.1 Forma de presentar la oferta: La oferta se podrá presentar a través del Portal

Institucional del SERCOP completando el formulario electrónico, o bien en forma física.

Para este segundo caso, se presentará en dos sobres por separado, los que contendrán el

siguiente texto:

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CP-01- EPP-CCI-2014

Sobre N° 1

OFERTA TÉCNICA

Señor

Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones

EP PETROECUADOR

(Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre, Edf. El Rocío II, piso 2)

Ciudad.-

Ref.: “MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE

LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA”

Participante: __________________________________________________

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CP-01- EPP-CCI-2014

Sobre N° 2

OFERTA ECONÓMICA

Señor

Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones

EP PETROECUADOR

(Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre, Edf. El Rocío II, piso 2)

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Ciudad.-

Ref.: “MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE

LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA”

Participante: _________________________________________________

No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora

fijados para su entrega-recepción.

El Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de la EP

PETROECUADOR, a través del secretario de la comisión técnica, conferirá un comprobante de

recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en el recibo como en el sobre de la oferta,

la fecha y hora de recepción.

3.4 Plazo de ejecución:

El plazo para la ejecución total de las actividades de las tres primeras fases de este proceso es

de 220 días calendario, a partir de la suscripción del contrato.

Además se establece un período de 4 meses para soporte post implementación una vez

concluidas las 3 fases previas.

Total plazo de ejecución: 340 días calendario a partir de la suscripción del contrato.

3.5 Precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades, costos

indirectos, impuestos y tasas vigentes, necesarias para que el oferente preste el servicio de

consultoría MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS

DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA, en el

plazo señalado, en cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas y a plena

satisfacción de la EP PETROECUADOR.

El precio presentado por el oferente es de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se

interpretará como voluntaria y no obligarán a la EP PETROECUADOR a pagar valores

adicionales por tales omisiones.

El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su

naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para

la ejecución completa de la consultoría a contratarse.

El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares del Pliego, Formulario de Oferta Económica, 3.5, para el servicio que propone ejecutar.

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De existir errores aritméticos se procederá a su corrección conforme a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. 3.6 Forma de pago:

Los pagos que se deriven de la contratación del servicio de esta consultoría, serán con cargo

a los fondos propios del presupuesto 2014 de la EP PETROECUADOR, provenientes de la

partida presupuestaria 9.28.653 con denominación “SERVICIOS CONTRATADOS DE

OPERACIÓN”, conforme la certificación presupuestaria N° 0060/DFIN/PFP/2014 de 10 de

enero de 2014, emitida por el Subgerente de Planeación Financiera y Presupuesto (E).

Plan de Pagos:

NOTA: Las fases se encuentran detalladas en la Sección II del punto 2.3.7 PLAN DE IMPLEMENTACIÓN. Los plazos en días descritos en las fases son estimados y los pagos se realizarán contra entrega a entera satisfacción de los entregables mínimos y entregables de cierre de fase propuestos.

3.6.1 Anticipo: No se consideran anticipos en este proceso.

FASE ENTREGABLEVALOR A

PAGAR

TIEMPO (DIAS)

CALENDARIO

A PARTIR DE

LA

SUSCRIPCIÓN

DEL

CONTRATO

Generación y Transferencia de

Metodologías y Marco de Gobierno

Análisis de situación actual y preparación

inicial del modelo de Situación esperada

PUESTA EN

MARCHA DE

PLATAFORMAS

Implementación tecnológica de Productos

de Software20% 30

IMPLEMENTACIÓN

Automatizar los procesos propuestos

mejorados y aceptados por el área usuaria,

para la Gestión de Seguros, generando los

flujos de integración requeridos

50% 130

POST

IMPLEMENTACIÓNSoporte post implantación 10%

250 horas en

120 días

NOTA: Los pagos de la post implementación se realizaran en tres pagos: el primero cumplidas las 100 horas

el segundo consumidas 100 horas y el tercero consumidas 50 horas, previo informe de del número de horas

realmente consumidas a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

INICIO 20% 60

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3.6.2 Valor del contrato: El Presupuesto Referencial es de USD 905.000,00

(NOVECIENTOS CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) sin

incluir el 12% del IVA; y, el plazo para ejecutar el objeto de esta consultoría es de 340 días

calendario, contado a partir de la suscripción del contrato por parte de la EP

PETROECUADOR.

3.6.3 Los pagos se realizarán contra entrega a entera satisfacción de los entregables

mínimos y entregables de cierre de fase propuestos.

3.6.4 Será responsabilidad de la EP PETROECUADOR, efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes. 3.6.5 Las facturas objetadas serán devueltas a la Consultora para que realice las respectivas

correcciones.

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36

SECCIÓN IV

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

4.1 Integridad de las ofertas: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la

presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego.

Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”. 4.2. Evaluación de la oferta (cumple / no cumple): Los parámetros de calificación señalados a continuación, considerarán los siguientes documentos:

4.2.1 Índices financieros y Patrimonio:

4.2.1.1.- Índice Financiero a Evaluar:

PARÁMETRO SOLICITADOPARÁMETRO

OFERTADOCUMPLE NO CUMPLE

Presentación y compromiso

Datos generales del oferente

Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s)

mayoritarios de personas jurídicas oferentes

Situación financiera

Oferta económica

Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología

Experiencia del oferente

Personal técnico clave asignado al proyecto

Equipos e instrumentos disponibles

OBSERVACIONES:

OFERENTE:

Activo Corriente

Pasivo CorrienteÍndice de Solvencia = >= 1

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37

Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración del impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente y los balances presentados al órgano de control respectivo (del último ejercicio fiscal).

4.2.1.2.- En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del

oferente sea igual o superior a la relación con el presupuesto referencial del procedimiento. (Art.1, numeral c) de las RESOLUCIONES INCOP No. RE-2013-000082 e INCOP No. RE-2013-0000093).

Patrimonio>= USD 22.500,00 4.2.2 Metodología y cronograma de ejecución:

Para el desarrollo de la Metodología y cronograma se deberá considerar lo siguiente:

Los oferentes deberán presentar la metodología que utilizarán para la consultoría y deberán contemplar los Mecanismos y Técnicas para lograr los objetivos y además las Tareas y Responsabilidades del personal técnico requerido.

Los oferentes deben presentar un cronograma de actividades en formato Project 2010, con la finalidad de coordinar los permisos para su ingreso a las estaciones y realizar el seguimiento correspondiente.

El plan de trabajo podrá basarse en las fases propuestas en el “Plan de Implementación”

descrito en el punto 2.3.7 correspondiente a la Sección II. Adicionalmente se evaluará el

contenido del FORMULARIO 3.6 atendiendo a cada uno de los aspectos contemplados.

4.2.3 Equipo e instrumentos disponibles:

Se trata de evaluar la capacidad del consultor, en relación a su disponibilidad de equipos,

instrumentos y herramientas de software que le permitirán enfrentar la consultoría y

asesoramiento de conformidad con lo que se solicita en los Términos de Referencia, y de

acuerdo al contenido del Formulario 3.9, debiendo privilegiar en el análisis el aporte

tecnológico que resulte significativo y destacable.

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4.3. Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán

objeto de evaluación por puntaje.

CRITERIOS PUNTUACIÓN SEGÚN EL DESEMPEÑO EN CADA CRITERIO

PUNTUACIÓN MÁXIMA

EXP

ERIE

NC

IA G

ENER

AL

Experiencia empresarial BPM

14 = MAYOR A 4 PROYECTOS 7 = ENTRE 3 Y 4 PROYECTOS 3 = 2 PROYECTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

26 Experiencia empresarial ESB

7 = MAYOR A 4 PROYECTOS 5 = ENTRE 2 Y 4 PROYECTOS 3 = 1 PROYECTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

Reconocimientos BPM ESB/SOA

5 = 2 O MAS RECONOCIMIENTOS 2 = 1 RECONOCIMIENTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

EXP

.

P.T

. Hoja de vida de cada miembro del equipo

2 = PRESENTA INFORMACIÓN CON SUSTENTOS 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN O NO TIENE SUSTENTO

2

EXP

.

ESP

ECIF

ICA

Experiencia específica del equipo de trabajo orientado al proyecto

MAXIMO 22 SEGÚN EL PUNTAJE OBTENIDO EN LA MATRIZ “EVALUACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO” 22

CU

MP

LIM

IEN

TO D

E

ESP

ECIF

ICA

CIO

NES

Cumplimiento de especificaciones requeridas

ESPECIFICACIONES GENERALES (EG)

ESPECIFICACIONES FUNCIONALES (EF)

NO FUNCIONALES (EN)

38

P.T

.

Plan de Trabajo Cronograma detallado 10

EQ.

INS.

Equipo e instrumentos disponibles

Recursos a usar. 2

TOTAL 100

Para acceder a la evaluación de la propuesta económica, la propuesta técnica deberá

alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no

alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.

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4.3.1 Experiencia General (Experiencia mínima del Consultor):

EXPERIENCIA EMPRESARIAL EN IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS TIPO BPM (FORMULARIO 3.7):

Con las certificaciones de los clientes (FORMULARIO 3.7.1 Y 3.7.2) (si los certificados son de clientes en el extranjero deberán ser debidamente legalizados en el país de origen, apostillados)

Los proyectos admitidos serán los ejecutados en los últimos 5 años.

EXPERIENCIA EMPRESARIAL EN IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS TIPO ESB/SOA (FORMULARIO 3.7):

Con las certificaciones de los clientes (FORMULARIO 3.7.1 Y 3.7.2) (si los certificados son de clientes en el extranjero deberán ser debidamente legalizados en el país de origen, apostillados)

Los proyectos admitidos serán los ejecutados en los últimos 5 años.

RECONOCIMIENTOS POR PARTE DEL FABRICANTE ORIENTADOS A LAS PLATAFORMAS BPM Y ESB/SOA, EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS.

RECONOCIMIENTO DESCRIPCIÓN AÑO DEL

RECONOCIMIENTO

Criterios Puntuación según el desempeño en cada

criterio Puntuación

máxima

EXP

ERIE

NC

IA G

ENER

AL

Experiencia empresarial BPM 14 = MAYOR A 4 PROYECTOS 7 = ENTRE 3 Y 4 PROYECTOS 3 = 2 PROYECTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

26 Experiencia empresarial ESB 7 = MAYOR A 4 PROYECTOS

5 = ENTRE 2 Y 4 PROYECTOS 3 = 1 PROYECTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

Reconocimientos BPM ESB/SOA

5 = 2 O MAS RECONOCIMIENTOS 2 = 1 RECONOCIMIENTO 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN

NOTA: Se calificará sobre 26 puntos la experiencia general y reconocimientos de la

Empresa.

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4.3.2 Personal técnico clave:

Criterios Puntuación según el desempeño en cada criterio

Puntuación máxima

EXP

ERIE

NC

IA

PER

SON

AL

TÉC

NIC

O

Hoja de vida del Director del Proyecto

2 = PRESENTA CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN EN CUATRO O MÁS PROYECTOS SIMILARES A LOS DEL OBJETO DE ESTA CONTRATACIÓN. 1= PRESENTA CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN DE UNO A TRES PROYECTOS SIMILARES A LOS DEL OBJETO DE ESTA CONTRATACIÓN. 0 = NO PRESENTA INFORMACIÓN O NO TIENE SUSTENTO

2

NOTA: Se calificará sobre 2 puntos la experiencia del personal técnico de la Empresa.

4.3.3 Experiencia Específica:

Estructura mínima propuesta del equipo de trabajo para la Consultoría:

1 Director de Proyecto

1 Arquitecto de software (Técnico/Funcional)

2 Especialistas de procesos

2 Desarrolladores BPM

2 Desarrolladores ESB

1 Gestor de Calidad

La siguiente tabla muestra los roles definidos por la EP PETROECUADOR para la ejecución de este contrato, la evaluación del equipo de trabajo considerará los siguientes aspectos:

Los roles presentados por el oferente deberán estar homologados con el nombre de rol presentado en la Matriz de evaluación del equipo de trabajo mínimo.

La calificación final de cada rol será acorde a la Matriz de evaluación del equipo de trabajo mínimo., que se presenta a continuación:

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MATRIZ DE EVALUACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO

ROL

RESPONSABILIDADES

OBLIGATORIAS

TITULO/CERTIFICACIÓN

debe estar sustentado

con copias de los

títulos académicos y/o

los documentos que

verifiquen las

certificaciones

obtenidas

AÑOS DE

EXPERIENCIA

EN EL CAMPO

DE ACCIÓN

REQUERIDO

debe ser

sustentado

con

certificados de

trabajos

realizados.

Entregados y

suscritos por

los clientes

que han

recibido el

servicio

PUNTAJE

TOTAL

Director de

proyecto

* Gestionar los objetivos del proyecto

*Certificación PMP: 3 puntos *Curso/talleres relacionados en PMI y/o Gestión de Proyectos: 2 puntos

=> 4 años: 3 puntos

máximo 6 puntos

* Gestionar los recursos físicos y humanos del proyecto

*NO CUMPLE: 0 puntos

<= 3 años: 1 puntos

*NO CUMPLE: 0 puntos

* Vigilar el cumplimiento del

alcance del proyecto

considerando las

restricciones del mismo

* Analizar y gestionar los

riesgos del proyecto

* Mantener informado a

todos los interesados del

proyecto de manera

oportuna y adecuada

* Realizar el seguimiento y

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42

control efectivo y oportuno

* Administrar los problemas y cambios en el proyecto de manera oportuna

* Gestión de Calidad

Arquitecto

de software

* Crear modelos

problemas/solución

*Certificación orientada

al rol: 3 puntos

=> 5 años: 3

puntos

máximo

6 puntos

*Seleccionar y crear los

equipos de trabajo *NO CUMPLE: 0 puntos

<= 4 años: 1

punto

*NO CUMPLE:

0 puntos

*Ampliar los detalle y

refinar el diseño para llegar

a la solución final

*El individuo que diseña y

construye modelos y

entornos para los

procesos de negocio clave,

como son flujos de trabajo,

indicadores clave de

desempeño (KPI) y

planes de control.

Especialista

en Procesos

*El individuo que diseña y

construye modelos y

entornos para los procesos

de negocio clave, como son

flujos de trabajo,

indicadores clave de

desempeño (KPI) y planes

de control.

*Certificación Six

Sigma/Lean: 4 puntos

*Curso/talleres

relacionados con la

Gestión de Procesos:

3 puntos

=> 3 años:

4 puntos

máximo

8 puntos

<= 2 años:

1 punto

*NO CUMPLE: 0 puntos

*NO CUMPLE:

0 puntos

Desarrollador

BPM

*Participará en el Diseño e

Implementación de

* Capacitación

orientada al rol: 0.5

=> 4 años: 0.5

puntos

máximo

1 punto

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43

procesos BPM puntos

*NO CUMPLE: 0 puntos

*NO CUMPLE:

0 puntos

Interactuará con las

distintas áreas tomando de

cada una los requerimientos

para la implementación del

BPM, además de establecer

contacto con los

responsables de las

aplicaciones y el equipo de

desarrollo para definir las

integraciones del BPM.

*Registro y documentación

de los requerimientos

Coordinación de soporte a

los usuarios y los nuevos

desarrollos

*Seguimiento y Control de

los proveedores de servicios

de soporte y desarrollo.

Desarrollador

ESB

*Participará en el Diseño e

Implementación de

procesos BPM

* Capacitación

orientada al rol: 0.5

puntos

*NO CUMPLE: 0 puntos

=> 4 años: 0.5

puntos

*NO CUMPLE:

0 puntos

máximo

1 punto

Interactuará con las

distintas áreas tomando de

cada una los requerimientos

para la implementación del

BPM, además de establecer

contacto con los

responsables de las

aplicaciones y el equipo de

desarrollo para definir las

integraciones del BPM.

*Registro y documentación

de los requerimientos

Coordinación de soporte a

los usuarios y los nuevos

desarrollos

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NOTA 1: En la columna “TITULO/CERTIFICACIÓN” se tomará el mayor puntaje dependiendo del cumplimiento de la certificación o curso o capacitación presentada. Estos valores son excluyentes y no se suman entre sí.

NOTA 2: En la columna “AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL CAMPO DE ACCIÓN REQUERIDO” se tomará el mayor puntaje dependiendo del cumplimiento de los años de experiencia solicitados. Estos valores son excluyentes y no se suman entre sí.

NOTA 3: En la columna “PUNTAJE TOTAL” se colocará el resultado de la suma del mayor puntaje obtenido en la columna “TITULO/CERTIFICACIÓN” más el mayor puntaje obtenido en la columna “AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL CAMPO DE ACCIÓN REQUERIDO”.

Criterios Puntuación según el desempeño en cada criterio

Puntuación máxima

EXP

ERIE

NC

IA

ESP

ECÍF

ICA

Experiencia específica del equipo de trabajo orientado al proyecto

MÁXIMO 22 SEGÚN EL PUNTAJE OBTENIDO EN LA MATRIZ “EVALUACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO” 22

NOTA: Se calificará sobre 22 puntos la experiencia específica del personal técnico de la Empresa.

4.3.4 OTROS: Cumplimiento de Especificaciones (Requerimientos):

Se evaluará en base a las matrices de las tres secciones: “ESPECIFICACIONES GENERALES (EG)”, “ESPECIFICACIONES FUNCIONALES (EF)” y “ESPECIFICACIONES NO FUNCIONALES (EN)”. El desarrollo de la matriz plantilla se detalla a continuación, la cual debe ser llenada y sustentada para cada ítem descrito en las tres secciones:

Numeral Ítem (resumido) Cumple – No cumple

DESARROLLO DE LA SOLUCIÓN

*Seguimiento y Control de los proveedores de servicios de soporte y desarrollo.

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A continuación dos ejemplos:

Numeral Ítem (resumido) Cumple – No cumple

EG.1.6 Estructura de ejecución del proyecto. Cumple

DESARROLLO DE LA SOLUCIÓN

Estructura del equipo de trabajo para la Consultoría:

1 Director de Proyecto

1 Arquitecto de software (Técnico/Funcional)

2 Especialistas de procesos

2 Desarrolladores BPM

2 Desarrolladores ESB

1 Gestor de Calidad

Numeral Ítem (resumido) Cumple – No cumple

EN.1.2 Disponibilidad horaria del Help Desk. Cumple

DESARROLLO DE LA SOLUCIÓN

Nuestra empresa ofrecerá la disponibilidad horaria del Help Desk y punto de contacto requerida 24/7. El número de atención será el: (593 2) 2xxxxx5. El email para contacto de soporte al usuario será: [email protected]

NOTA: Se calificará sobre 38 puntos las especificaciones requeridas.

4.4 Evaluación de la oferta económica.- La entidad contratante no tendrá acceso a las

propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente

de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación

técnica.

La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan

alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante

la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica

más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última

conforme la siguiente fórmula:

Pei = (POEm x 100) / POEi

Dónde:

Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.

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POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.

POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones,

obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)

Dónde:

PTOi = Puntaje Total del Oferente i

Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente i

Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica

Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:

-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).

-Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro

de los márgenes siguientes:

0,80 <= c1 <= 0,90

0,10 <= c2 <= 0,20

En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se

atenderá a las siguientes reglas:

a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y

económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta

técnica.

b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y

económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Cumplimiento de

Especificaciones”;

De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:

b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal

Técnico”;

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b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;

b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;

Si aún después de evaluar los criterios anteriores, subsistiera un empate entre los

participantes, el orden de prelación se establecerá por sorteo realizado por la herramienta

electrónica del portal del SERCOP.

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SECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 Obligaciones del CONSULTOR:

El CONSULTOR se obliga a:

a) Prestar a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR, el servicio de consultoría

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LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA y todo

aquello que fuere necesario para la total ejecución de la mencionada consultoría, de

conformidad con el pliego, la oferta negociada, los términos de referencia, las

condiciones generales y especiales y, los demás documentos contractuales.

b) Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del

contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.

c) Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, previamente solicitará la autorización por escrito al administrador del contrato.

d) En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que el oferente adjudicatario asigne al proyecto, serán sometidos preliminarmente a la aprobación y aceptación de la EP PETROECUADOR. En todo caso, su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.

e) El tiempo máximo en el que debe presentar el consultor la documentación del reemplazante, será de veinticuatro (24) horas de haberse producido el hecho.

f) A solicitud de la EP PETROECUADOR a través de informe motivado por parte del administrador del contrato, el oferente adjudicatario a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.

g) En caso que el oferente adjudicatario necesite personal adicional al indicado en su oferta para ejecutar el objeto de este contrato, solicitará a la EP PETROECUADOR la aprobación correspondiente.

h) Resolver cualquier problema laboral que afecte a sus empleados y/o trabajadores.

i) A más de las obligaciones ya establecidas en el presente pliego que rige el proceso de contratación, el oferente adjudicatario está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive de la naturaleza del objeto del contrato.

j) El oferente adjudicatario se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo respecto de sus trabajadores la calidad de patrono, sin que la EP PETROECUADOR tenga

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responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos.

k) Entregará el Programa de Vigilancia de la Salud y el Informe de Cumplimiento respectivo al administrador del contrato, cuando este lo requiera.

l) Prestar el servicio objeto de la contratación de acuerdo a los requerimientos técnicos de la EP PETROECUADOR y en los tiempos establecidos.

m) Instalar y/o configurar los productos BPM y ESB en los servidores designados para los ambientes tanto de desarrollo y producción de la EP PETROECUADOR.

n) Instalar y/o reinstalar los productos BPM y ESB a usar, para cumplir con el objeto de contratación, sin costo para la EP PETROECUADOR, siempre y cuando se produzcan daños por causas no imputables a la CONTRATANTE, durante el período que dure la garantía de las mismas.

o) Garantizar el funcionamiento adecuado para las Plataforma BPM y SOA a implantarse en los ambientes definidos anteriormente de la EP PETROECUADOR, considerando la carga transaccional definida.

p) En caso de ser necesario ejecutar trabajos que afecten al normal desempeño de la Plataforma BPM a implantarse en los servidores de la EP PETROECUADOR, estos deberán ser realizados fuera de los horarios de oficina.

q) Brindar soporte técnico a través de consultas telefónicas, correo electrónico, accesos remotos y/o de manera presencial a la EP PETROECUADOR, en toda ocasión que sea requerido y en el tiempo de respuesta establecido, desde la firma del Acta de Recepción Definitiva hasta la vigencia de la Garantía Técnica.

r) Durante todas las fases de implementación de este servicio, será de responsabilidad del proveedor la operatividad y buen funcionamiento de la solución hasta la firma del Acta de Entrega Recepción Definitiva, luego de lo cual entrará en vigencia la garantía técnica que debe brindar, por 1 año sobre los flujos desarrollados y la garantía técnica de los productos instalados por un periodo mínimo de 1 año.

s) La atención a los pedidos de soporte detallados en el ítem “EN 1.7” (Especificaciones No Funcionales), deberán tener una respuesta por parte del proveedor según el siguiente detalle:

TIPO DE PEDIDO

TIEMPO RESPUESTA

Normal: 4 horas

Urgente: 1 hora

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NOTA: El tipo de pedido será determinado por el Administrador del Contrato y el área solicitante.

t) De ser el caso, proporcionar a la EP PETROECUADOR, sin costo, las nuevas versiones y programas bajo licencia que haya incorporado a los productos entregados; así como, el código fuente generado en todas las etapas del objeto de esta contratación con el fin de que el personal técnico de la EP PETROECUADOR pueda continuar brindando mantenimiento y soporte técnico.

u) Capacitar por lo menos a 20 técnicos designados por la EP PETROECUADOR, en Metodología BPM, administración, instalación, configuración, uso y desarrollo en los productos entregados como parte de la Plataforma BPM entregada. La carga horaria y el detalle específico de cada Taller será acordado con el Administrador del Contrato.

v) Capacitar por lo menos a 15 técnicos designados por la EP PETROECUADOR, en SOA (ESB) en cuanto a: administración, instalación, configuración, uso y desarrollo.

w) Responsabilizarse por la instalación, configuración y puesta en producción del software requerido en cada etapa y a satisfacción de la EP PETROECUADOR. Trabajar en cada fase con la persona responsable de Gestión de Calidad (QA).

x) Entregar todos los manuales de instalación, operación, configuración, plan de pruebas, administración, instructivos y demás documentación técnica y de usuario, que permitan el apropiado uso y operación del servicio objeto de la contratación, a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

y) Proponer la metodología de desarrollo del contrato y entregar todos los documentos propuestos en ella para cada etapa del proyecto los mismos que serán aprobados por el administrador del contrato de EP PETROECUADOR.

z) Cada fase del contrato deberá tener la aceptación del Administrador del Contrato.

aa) Mantener indemne a la EP PETROECUADOR, respecto de cualquier demanda, reclamo de cualquier tipo, relacionada con la titularidad del software que entrega como parte del objeto de este contrato. En el caso que la EP PETROECUADOR fuese sancionada, mediante sentencia o acto administrativo firme al pago sumas de dinero a cualquier tercero, por asuntos relacionados con derechos de autor o propiedad intelectual del software instalado. El CONTRATISTA deberá indemnizar a la EP PETROECUADOR, por la totalidad de lo que esta hubiese pagado y, además, por los costos procesales y honorarios profesionales.

bb) Realizar el dimensionamiento adecuado para los ambientes de desarrollo y producción de la Plataforma BPM de acuerdo a la infraestructura y arquitectura planteadas.

cc) Prestar el servicio objeto de la contratación de acuerdo a los requerimientos técnicos de la EP PETROECUADOR y en los tiempos establecidos.

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dd) El Consultor considerará el trabajo y los datos proporcionados por EP

PETROECUADOR como confidenciales.

ee) El Consultor definirá con claridad los prerrequisitos para la ejecución del contrato, con la finalidad de que se expongan todas las necesidades previas a la correcta ejecución del mismo.

ff) El Consultor presentará informes (entregables) de acuerdo a lo especificado en el contrato y en el cronograma que se planteé en conjunto.

gg) El Consultor desarrollará el contrato dentro de los tiempos y condiciones acordados con EP PETROECUADOR.

hh) El Consultor proporcionará el software, equipos de apoyo (excepto infocus y pizarra) y el material didáctico para la ejecución de la capacitación.

ii) El Consultor será responsable sobre el cumplimiento de los estándares y buenas prácticas de capacitación sobre las herramientas utilizadas.

jj) El Consultor se comprometerá en su cumplimiento con la calidad y profesionalismo de su grupo de trabajo que realizará la consultoría.

kk) El Consultor deberá contar como mínimo con una persona por cada rol descrito en el equipo de trabajo planteado (Ver Especificaciones Generales / EG 1.6).

ll) A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a

su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.

mm) Solicitará a la entidad la aprobación correspondiente en caso de que requiera

personal adicional al indicado en su oferta.

A más de las obligaciones ya establecidas, el CONSULTOR está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.

El CONSULTOR se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la EP PETROECUADOR tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista. 5.2 Obligaciones de la contratante:

a) Proporcionar los documentos, accesos e información relevante con la que cuente relacionada con la consultoría a ejecutar.

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b) Designar un administrador del contrato para el adecuado control de su ejecución, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados.

c) Por intermedio del administrador del contrato, adoptar las medidas necesarias para el normal cumplimiento del contrato.

d) Verificar que la consultoría objeto del contrato, se realice de acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación de la EP PETROECUADOR y a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

e) Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato.

f) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.

g) EP PETROECUADOR brindará al CONSULTOR las facilidades operativas, de personal y la información (procesos automatizados del área de seguros) que se requiera para la completa eficacia en el desarrollo de su labor de acuerdo con lo establecido en el contrato. EP PETROECUADOR se reserva el derecho de proveer.

h) EP PETROECUADOR suministrará la información pertinente para que el CONSULTOR pueda cumplir con las responsabilidades que se deriven del objeto del contrato. El tiempo de entrega de la información no considerada en el cronograma planteado, variará de acuerdo al volumen y tipo de requerimiento solicitado. El tiempo máximo de entrega de información no programada será de ocho (8) días hábiles.

i) La EP PETROECUADOR nombrará un equipo de trabajo para la ejecución de las fases planteadas en el cronograma y cumplimiento del contrato.

j) Todo documento resultante de las actividades contempladas durante la ejecución del contrato, deberá ser revisado por EP PETROECUADOR dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la recepción del mismo.

k) La EP PETROECUADOR brindará el aula en la ciudad de Quito y los equipos necesarios para los eventos de capacitación, además será responsable por la logística de los participantes en la Capacitación, en caso de requerirse que la capacitación sea brindada en otras ciudades será responsabilidad del EP PETROECUADOR la prestación del aula y equipos requeridos.

l) La EP PETROECUADOR será encargado de la convocatoria de las personas que deban asistir a los eventos de formación, organizando su desplazamiento y disponibilidad, así como el costo que esto implique trasladar a sus servidores públicos y obreros.

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m) Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 3 días contados a partir de la petición escrita formulada por el CONSULTOR.

5.3 Obligaciones Generales:

En caso de existir una re-planificación del cronograma propuesto, esta deberá ser solicitada como mínimo, con tres (3) días hábiles de anticipación, por cualquiera de las partes; caso contrario no serán aceptadas.

Las dos partes deberán cumplir con las obligaciones y compromisos estipulados en el cronograma que se elaborará conjuntamente en la primera fase del contrato.

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ÍNDICE

II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION

DE CONSULTORÍA

SECCION I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los oferentes 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 1.7 Modificación del pliego 1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos 1.9 Convalidación de errores de forma 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación 1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa 1.11.2 Apertura de la oferta en Concurso Público y Lista Corta 1.11.3 Negociación 1.12 Garantías 1.13 Cancelación del procedimiento 1.14 Declaratoria de procedimiento desierto 1.15 Adjudicatario Fallido 1.16 Suscripción del contrato 1.17 Moneda de cotización y pago 1.18 Reclamos 1.19 Administración del contrato 1.20 Autoinvitación

SECCIÓN II

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Formulario para la elaboración de las ofertas

SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL

3.1 Ejecución del contrato 3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia 3.1.3 Personal del Consultor 3.1.4 Obligaciones del Consultor

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3.1.5 Obligaciones de la contratante 3.1.6 Pagos 3.1.7 Administrador del Contrato

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II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE

SERVICIOS DE CONSULTORIA

Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación

general para los procedimientos de contratación de servicios de consultoría, por concurso

público, lista corta y contratación directa, salvo las excepciones que en lo pertinente se

encuentran claramente especificadas.

SECCION I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la Entidad Contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto. Únicamente para los procedimientos de contratación directa, no existe la figura de Comisión Técnica; la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado será la responsable del procedimiento. 1.2 Participantes: La convocatoria estará dirigida a las personas naturales o jurídicas, nacionales , asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, y que cumplan con los siguientes requisitos: a) Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad. b) Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores

individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en la LOSNCP. c) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades

determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la

asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se

designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los

comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito

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en instrumento público, de acuerdo con la Resolución que el SERCOP emita para el

efecto.

En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o

consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término

previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del

compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.

1.3 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física

en la Secretaría de la Comisión Técnica, o cuando fuere del caso la máxima autoridad o su

delegado, o de forma electrónica a través del portal institucional del SERCOP, caso en el

que para ser válida deberá estar firmada electrónicamente.

Tratándose de procedimientos por concurso público y listado corta, sea que la Oferta se

presente en forma física o en forma electrónica, los formularios 1 y 2 de la oferta técnica y,

el precio de la misma, deberá subirse a través del portal institucional del SERCOP, hasta la

fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los

formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el portal institucional

será causa de descalificación de la oferta.

La apertura de las ofertas técnicas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para

la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público.

De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes

que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión

Técnica con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al portal del

SERCOP:

a) Nombre de los oferentes;

b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;

c) Número de hojas de cada oferta

Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma

física, en dos sobres separados. La oferta económica será completada en línea y una

impresión de la misma se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente. El

portal permitirá que la apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en días

distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término.

1.4 Inhabilidades: No podrán intervenir en el proceso, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y artículos 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP. y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP.

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De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o

especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato

conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP.

1.5 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta. 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, a través del Portal Institucional, la respuesta a su inquietud o consulta. La Entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del portal, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.

1.7 Modificación del pliego: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, en los procedimientos de Contratación de Consultoría, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP hasta el término máximo para responder preguntas. La máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional del SERCOP y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones.

1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen. Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia notariada. Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.

1.9 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la Entidad Contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del RGLOSNCP. En este caso, la Entidad Contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.

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La Entidad Contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados. Si la Entidad Contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, en tratándose de los procedimientos de contratación directa, podrán rechazar una oferta por las siguientes causas:

a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y

condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los

formularios de este pliego.

b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o

después de la hora establecida para ello, o no se hubiera subido el valor de la

propuesta al Portal Institucional.

c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no

puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones

emitidas por el SERCOP.

d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo,

condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones

previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la

oferta con la presentación de cualquier documento o información.

e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas;

cuando no puedan ser convalidados;

f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni

cualquier modificación a los Pliegos.

g) Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores o no hubiere “registrado” o “indicado” en su propuesta, el número o código de RUP.

Una oferta será descalificada por la Entidad Contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La Entidad Contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y

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que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento. La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta. 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación: 1.11.1 Apertura de la oferta técnica en el Concurso Público y Lista Corta: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta. Dentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la LOSNCP,

la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2, en los términos previstos

mediante resolución por el SERCOP.

1.11.2. Criterios de evaluación: La Comisión calificará el contenido de los Sobres Nos.

1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por la Entidad Contratante,

tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el artículo 41 de la

LOSNCP, en lo que sean aplicables, así como los criterios y parámetros obligatorios

establecidos por el SERCOP mediante resolución.

1.11.3. Negociación: La Comisión Técnica, o el delegado de la máxima autoridad en los

procedimientos de contratación de consultoría, negociará con el proponente de acuerdo a

los términos del artículo 40 del RGLOSNCP y, no se volverá a llamar para nuevas

negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.

El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión o el delegado de la

máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor

negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de

éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.

Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo

circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.

La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato en los términos del

último inciso del artículo 40 del RGLOSNCP.

En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que

hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación, excepto en el caso del

procedimiento de contratación directa en el que se declarará desierto por esta

circunstancia, para iniciar una nueva negociación.

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En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones con ninguno de los oferentes, se

declarará desierto el procedimiento de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP.

El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se

publicarán en el portal del SERCOP.

1.12 Garantías: En forma previa a la suscripción de todo contrato derivado de los

procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías previstas

en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en

el artículo 73 ibídem.

1.12.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco

por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el

artículo 73 de la LOSNCP.

1.12.3.- Garantía Técnica: El CONSULTOR presentará una garantía técnica (Que será

entregada previa a la suscripción del contrato), de responsabilidad por los servicios objeto

de esta contratación, con la que asegura y se responsabiliza por la calidad y buen

funcionamiento de los trabajos y materiales utilizados, durante este contrato; dicha garantía

técnica asegurará una vigencia de mínimo dos (2) años.

Las garantías se devolverán conforme lo previsto en los artículos 77 de la LOSNCP y

118 del RGLOSNCP.

1.13 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la

convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la

máxima autoridad de la Entidad Contratante podrá declarar cancelado el procedimiento,

mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34

de la LOSNCP.

1.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la Entidad

Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento

de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33

de la LOSNCP.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de

la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima

autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.

1.15 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato

dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la

Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta

condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la

LOSNCP.

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Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la

LOSNCP, la Entidad Contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el

orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos

establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su

oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no

suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción

administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.

1.16 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la Entidad Contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General. y lo publicará en el Portal Institucional. La Entidad Contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.

1.17 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

1.18 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, y el procedimiento correspondiente.

1.19 Administración del Contrato: La Entidad Contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 1.20 Autoinvitación: El proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentra

habilitado en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente al

objeto del proceso de contratación, y tenga las condiciones legales para participar en él,

podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo cual deberá acudir a las oficinas

del RUP y presentar los documentos respectivos. La autoinvitación es una opción del

Portal Institucional que aparecerá una vez realizada la recategorización, y que podrá

utilizarse hasta la fecha límite de entrega de ofertas, según el cronograma del proceso.

La autoinvitación es una opción para los procedimientos de concurso público

exclusivamente.

1.21 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que

la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la

información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la

entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al

proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y,

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en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las

acciones judiciales a que hubiera lugar.

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SECCIÓN II

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por concurso público y lista corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo. Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; así entre consultores individuales, entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría. La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los siguientes requisitos, procedimientos y criterios: 1. Capacidad técnica y administrativa disponible; 2. Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores; 3. Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la

ejecución del contrato; 4. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las

condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;

5. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y,

6. Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.

a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas.- Se revisará que las ofertas hayan incorporado todos los formularios definidos en el

presente pliego, conforme el siguiente detalle:

a.) FORMULARIO DE OFERTA

b.) FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL

TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

c.) FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO (De ser el

caso)

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El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las

Condiciones Particulares de los Pliegos para los Contratos de Consultoría:

Aquellas ofertas que contengan el FORMULARIO DE OFERTA debidamente elaborado y

suscrito, pasarán a la etapa de evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán

rechazadas.

b. Segunda Etapa: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los

parámetros de calificación deberán estar dimensionados por la Entidad Contratante, no

darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se fijarán

mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.

El cumplimiento de los parámetros debe ser absoluto, de manera afirmativa o negativa.

Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos

podrán habilitarse para la siguiente etapa del proceso.

En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional,

éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el proyecto y no contravenir la

LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; deberá estar

completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su

indicador y el medio de comprobación.

Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la

etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas.

c. Tercera Etapa: Evaluación por puntaje.-

En esta etapa se procederá a la ponderación valorada de las condiciones

diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a

partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o

máximos. En las condiciones particulares del pliego se describen los parámetros para el

procedimiento de contratación, los cuales estarán debidamente dimensionados, no serán

restrictivos o discriminatorios y contarán con el medio de medición y comprobación.

Podrá incorporarse otros siempre y cuando no contravengan la LOSNCP, su reglamento

o las resoluciones emitidas por el SERCOP; igualmente, deberán estar completamente

definidos, no serán restrictivos ni discriminatorios y deberá establecerse su indicador y el

medio de comprobación.

Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, consorcio o compromiso de

asociación o consorcio, las Entidades Contratantes deberán considerar los aportes de

cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del

formulario de la oferta, que es parte del presente pliego e integrará en consecuencia la

oferta y en observancia de las resoluciones que el SERCOP emita para el efecto.

En la metodología de evaluación por puntajes se observará el principio de la

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proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de “cero” no es pertinente. Con el proponente que obtenga el mayor puntaje ponderado de la oferta técnica y económica, se procederá a la negociación de los términos técnicos y contractuales y a los ajustes económicos que se deriven de tal negociación. Si no se llegare a un acuerdo, las negociaciones se darán por terminadas y comenzarán con el consultor calificado en el siguiente lugar, continuándose con el mismo procedimiento descrito en los incisos anteriores.

2.2. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego. El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en el

literal a. del numeral 2.1 de este pliego.

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SECCIÓN III

FASE CONTRACTUAL

3.1 Ejecución del contrato:

3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios

o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución

del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente

con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el

cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del

presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la

administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución

contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.

Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el

contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán

para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de

definir el grado de cumplimiento del Consultor.

3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben

cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en

el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y

aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere

discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al

administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y,

su decisión será definitiva.

En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el

Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del

contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones

adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.

3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en

número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.

El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el

reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o

negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos,

o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.

3.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contar con o disponer de todos

los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad,

especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad

industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones

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adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo

disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos

los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética,

letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del

Consultor, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de

servicios públicos.

Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero

no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.

El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin

otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las

leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes

laborales del Ecuador.

Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que

está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar

actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades

del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones

que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del

contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se

desprendan o emanen del contrato suscrito.

3.1.5 Obligaciones de la contratante:

- Designar al administrador del contrato.

- Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del

mismo, en forma ágil y oportuna.

- Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma

oportuna.

- Las demás, determinadas en el pliego precontractual.

3.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del

contrato. En caso de retención indebida de los pagos al Consultor se cumplirá el artículo

101 de la LOSNCP.

3.1.7 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor

designado por la máxima autoridad de la Entidad Contratante, o su delegado,

responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual. ..

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Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure

que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya

sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la

recepción definitiva del objeto del contrato.

Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

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III. FORMULARIO DE OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

3.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad

contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el

pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus

propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es

persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declaro

que:

1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento.

2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. La oferta la hago en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, aseguro no haber vulnerado y que no vulneraré ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declaro que no estableceré, concertaré o coordinaré –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, me obligo a abstenerme de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declaro conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.

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4. Al presentar esta oferta, cumplo con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.

5. Al presentar esta oferta, considero todos los costos obligatorios que debo y deberé asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declaro expresamente que no he ofrecido, ofrecí u ofreceré, y no he efectuado o efectuaré ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.

7. Acepto que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante me descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual me allano a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.

8. He procedido a estudiar el pliego, inclusive los alcances emitidos, por lo que me encuentro satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncio a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.

9. De resultar adjudicatario, manifiesto que suscribiré el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declaro conocerlos; y en tal virtud, no podré aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.

10. Conozco y acepto que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.

11. Me someto a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del INCOP y demás normativa que me sea aplicable.

12. Garantizo la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros

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anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autorizo a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepto que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarme del procedimiento de contratación, declararme adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.

13. No contrataré a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, me someteré y aceptaré las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

14. Bajo juramento, que no estoy incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.

15. En caso de que sea adjudicatario, convengo en:

a) Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)

b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.

c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.

(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del

contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el

artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP).

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3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.

NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o

asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación.

Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).

Ciudad:

Calle (principal):

No.:

Calle (intersección):

Teléfono(s):

Correo electrónico:

Cédula de Ciudadanía (Pasaporte):

R.U.C:

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3.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE

PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.

A. DECLARACIÓN

En mi calidad de representante legal de …….. (Razón social) declaro bajo juramento y en

pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes mayoritarios

que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el

RUP para participar en los procedimientos de contratación pública;

2. Que la compañía a la que represento…… (El oferente deberá agregar la palabra SI, o

la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE

VALORES.

(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá

agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud

sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)

3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación,

bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de

participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo,

acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.

(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si

la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)

4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada

esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada

inmediatamente.

5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante,

al Servicio Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los órganos de control, a efectuar

averiguaciones para comprobar tal información.

6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la

verdad, la Entidad Contratante:

a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-; b. Descalifique a mi representada como oferente; o,

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c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima

Compañía de Responsabilidad Limitada

Compañía Mixta

Compañía en Nombre Colectivo

Compañía en Comandita Simple

Sociedad Civil

Corporación

Fundación

Asociación o consorcio

Otra

Nombres completos del socio(s),

accionista(s), partícipe(s)

Número de cédula de

identidad, ruc o identificación

similar emitida por país

extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participación

en la estructura de propiedad

de la persona jurídica

Domicilio

Fiscal

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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de

igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s)

o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:

Nombres completos del socio(s),

accionista(s), partícipe(s)

Número de cédula de identidad, ruc

o identificación similar emitida por

país extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participación

en la estructura de

propiedad de la persona

jurídica

Domicilio

Fiscal

Notas:

1. Este formato 3.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.)

2. La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta.

3. Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato 3.3 del Formulario de la Oferta.

3.4 SITUACIÓN FINANCIERA

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Hoja.... de .....

(Nota: Se deberá presentar la declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal

inmediato anterior que fue entregada al Servicio de Rentas Internas SRI.)

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3.5 OFERTA ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN

Valor

USD $

COSTOS DIRECTOS

Remuneraciones

Beneficios y cargas sociales

Viajes y viáticos

Servicios

Arrendamientos

Equipos e instalaciones

Suministros

Reproducciones

Subcontratos

COSTOS INDIRECTOS

Utilidad

TOTAL

TOTAL: (detallar el total en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América,

sin IVA.

(Detallar costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento

General de la LOSNCP.)

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3.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

Contendrá, entre otros lo siguiente:

a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;

b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;

c) Organigrama funcional del servicio propuesto; y,

d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.

(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente

manteniendo el mismo formato).

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3.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA,

REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS CINCO (5) AÑOS

Nombre del

proyecto

Entidad

Contratante

Monto

Breve

descripción

Período de

ejecución

Inicio

Final

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3.7.1. PARA TRABAJOS EJECUTADOS

C E R T I F I C A C I Ó N

Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma

consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de

________ 200_ ha realizado satisfactoriamente para ______

______________________________ (nombre de la entidad) __________

________________________ (objeto del contrato de consultoría), cuyas actividades

principales fueron:

a) ______________________

b) ______________________

c) ______________________

La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 20__ y concluyó el _____ de

__________ 20______.

Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el

proyecto fueron:

1.-

2.-

3.-

El valor del contrato alcanzó la suma de _____________________ (valor indicado en

letras y números, en la moneda del contrato) equivalente a

_________________________ (valor indicado en letras y números) dólares de los

Estados Unidos de América, a la fecha del último pago.

Lugar y Fecha

__________________________

(Firma y Nombre)

(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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3.7.2. PARA TRABAJOS EN EJECUCIÓN

C E R T I F I C A C I Ó N

Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma

consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de

________ 20__ (fecha) se encuentra realizando satisfactoriamente para

____________________________________ (nombre de la entidad)

___________________________________________ (nombre del contrato de

consultoría), cuyas actividades principales son:

a) ______________________

b) ______________________

c) ______________________

La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 20__ y su conclusión se

prevé para el _____ de __________ 20_______________.

Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:

No. de orden: 1) Titulo y nombre del profesional 2) Posición en la firma 3)

Actividad en el proyecto 4) Tiempo h/mes

1.-

2.-

El valor estimado del contrato es de _____________________ (valor indicado en letras y

números, en la moneda del contrato) equivalente a _________________________ (valor

indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha.

Lugar y Fecha

__________________________

(Firma y Nombre)

(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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3.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Nombre

completo

Título

profesional

Nacionalidad Cargo /

Función

Tiempo

participación

(meses)

Porcentaje

participación

sobre total

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3.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES:

No. Descripción Detalle

Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,

-------------------------------------------------------

FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O

PROCURADOR COMÚN (según el caso)

(LUGAR Y FECHA)

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IV. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL

TECNICO Y HOJA DE VIDA

4.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO

Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis

servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización

del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de

vida correspondiente, numeral 4.2 de este formulario.

Lugar y Fecha

__________________________

(Firma, Nombre y Número CC)

(Profesional Asignado al Proyecto)

Notas:

1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado.

2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el

numeral 4.2 de este formulario.

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4.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

Hoja.... de .....

1. Nombres completos: __________________________________

2. Lugar y fecha de nacimiento: __________________________________

3. Nacionalidad: __________________________________

4. Título profesional: __________________________________

5. Fecha de graduación: __________________________________

6. Título IV nivel: __________________________________

7. Fecha de obtención: __________________________________

6. Experiencia profesional:

Empresa / Institución

Contratante

Proyecto

Monto del proyecto

Papel desempeñado

Tiempo de participación

Actividades relevantes

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VI. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………., todos debidamente registrados en el RUP. Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para…………………. En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución emitida por el INCOP, aplicable a este caso. Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle: (Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido) Atentamente, Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2

RUP No. RUP No.

Promitente Consorciado (n)

RUP No.

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PROYECTO DE CONTRATO

VII. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO

COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, representada por el Ing. Ricardo

Porras C., en su calidad de Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E), a

quien en adelante se le denominará la “EP PETROECUADOR o CONTRATANTE”; y por otra, ………. (si es persona jurídica nacional o extranjera nombre del representante legal o apoderado, según el caso), a quien en adelante se le denominará el “CONSULTOR o el CONTRATISTA”. Las Partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes Cláusulas: Primera.- ANTECEDENTES 1.1.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación 2013 de la EP PETROECUADOR contempla la consultoría “Implementación de herramienta BPM”, bajo el código 83142.00.1. 1.2.- Mediante resolución N° 2013291 de 07 de noviembre de 2013, el Gerente General encargado de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, aprobó el Procedimiento: “DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS”, el cual sustituye a las versiones anteriores de dicho procedimiento y contiene los respectivos niveles de aprobación.

1.3.- En el Procedimiento: “DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA LA

ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS

DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS”, consta la delegación al Subgerente de Compras,

Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR como ordenador de gasto, para

que realice los procesos de contratación a través de consultoría, hasta por el monto que

resulte de multiplicar el Presupuesto Inicial del Estado por el coeficiente 0,00012.

1.4.- Los pagos que se deriven de la contratación del servicio de esta consultoría, serán

con cargo a los fondos propios del presupuesto 2014 de la EP PETROECUADOR,

provenientes de la partida presupuestaria 9.28.653 con denominación “SERVICIOS

CONTRATADOS DE OPERACIÓN”, conforme la certificación presupuestaria N°

0060/DFIN/PFP/2014 de 10 de enero de 2014, emitida por el Subgerente de Planeación

Financiera y Presupuesto (E).

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1.5.- Mediante resolución N° ICP-EPP-CCI-…..-2014 de …. de …..… de 2014, el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR, autorizó el inicio del proceso de contratación directa de la consultoría para realizar las MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA; ratificó los pliegos elaborados por el Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría y revisados por el área requirente; aprobó el cronograma y el presupuesto referencial de dicho proceso.

1.6.- El Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de la EP PETROECUADOR realizó la respectiva invitación al participante en el procedimiento en mención, a través del portal institucional www.compraspublicas.gob.ec.

1.7.- A través del portal institucional del SERCOP, se efectuaron las preguntas con respecto al pliego que rigió la contratación, las mismas que fueron absueltas en el mencionado Portal.

1.8.- En el Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría, se recibió la oferta técnico-económica para participar en el proceso CP-EPP-CCI-…-2014, hasta la fecha y hora establecidas en el cronograma del pliego.

1.9.- Mediante acta ………………………, la servidora pública designada para el efecto, dio a conocer los resultados del análisis de la oferta técnica recibida, respecto de los requisitos mínimos presentados por el oferente invitado. 1.10.- Etapa de convalidación de errores…. 1.11.- En acta …………., se dio a conocer los resultados finales de la evaluación de la oferta técnico-económica recibida para participar en este proceso. 1.12.- Mediante oficio N° …….. de … de … de 2014, se solicitó al oferente invitado, asistir a la negociación de aspectos técnicos, contractuales. 1.13.- El acta ………. de ……….. 2014, contiene los acuerdos a los que se llegó luego de la negociación con el consultor invitado. 1.14.- En memorando N° …….. de … de … de 2014 de .. de … de 2014, la servidora pública encargada para el efecto, emitió el informe sobre el proceso y la recomendación expresa respectiva.

1.15.- Luego del proceso y análisis correspondiente, el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) mediante resolución N° ADJ-CP-EPP-CCI-…..-2014, de …. de …………… de 2014, adjudicó el contrato para la ejecución de la consultoría para la MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA , al oferente ………………………….., por …….

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1.16.- El proceso se realizó de conformidad a lo establecido en los artículos: 40, numeral 3

de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 38 y siguientes de su

Reglamento General.

Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

A más de los que constan en la Cláusula de Antecedentes, forman parte integrante del contrato, los siguientes documentos, que deberán ser protocolizados:

a) Los pliegos. b) La oferta negociada. c) Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el

contrato (poder o nombramiento de representante legal del CONSULTOR -en original o copia notariada-).

d) Copia a color de la cédula de identidad y papeleta de votación del representante legal de la empresa consultora.

e) Registro Único de Contribuyentes (RUC). f) Registro Único de Proveedores (RUP). g) Garantía Técnica

Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO El CONSULTOR se obliga para con la EP PETROECUADOR a prestar y ejecutar la MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA, a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR, según las características y términos de referencia constantes en el pliego que rigió la contratación, en la oferta ganadora y en los acuerdos establecidos dentro de la respectiva negociación.

Cuarta.- PLAZO

El plazo para la ejecución y entrega total de la consultoría para realizar las MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA, es de trescientos cuarenta (340) días calendario contados a partir de la fecha de suscripción del contrato por parte de la EP PETROECUADOR. Quinta.- PRÓRROGA DE PLAZO 5.1.- La EP PETROECUADOR prorrogará el plazo de vigencia del presente contrato, en los siguientes casos y siempre que el CONSULTOR así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos de tal solicitud dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la fecha de producido el hecho que motive tal necesidad:

a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la EP PETROECUADOR a través del Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E). Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad que medie notificación por parte

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del administrador del contrato.

b) Por suspensiones o modificaciones en las actividades previstas en este contrato, ordenadas por la EP PETROECUADOR por intermedio del Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) y que no se deban a causas imputables al CONSULTOR.

5.2.- Las prórrogas de plazos parciales serán autorizadas por escrito y motivadamente por el administrador del contrato. Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización del Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E), previo informe fundamentado del administrador del contrato. En todo caso, el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) podrá aceptar o no el informe, al tomar su decisión de conceder o negar la prórroga de plazo, la cual deberá estar motivada.

Sexta.- MONTO DEL CONTRATO 6.1.- El precio al que asciende el presente contrato por la prestación y ejecución de la consultoría objeto del mismo y que la EP PETROECUADOR pagará al CONSULTOR, es de USD… (….DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) sin incluir el 12% del IVA; de conformidad con lo acordado en la negociación realizada: Cuantía contrato sin IVA: USD (+) 12% IVA: USD Monto Total del Contrato: USD

6.2.- El precio acordado en este contrato por la ejecución de la consultoría para realizar las

evaluaciones psicotécnicas en línea en la EP PETROECUADOR, constituirá la única

compensación al CONSULTOR por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto,

derecho o tasa que tuviese que pagar.

Séptima.- FORMA DE PAGO 7.1.- El pago por el servicio efectivamente prestado se lo realizará de acuerdo al siguiente cuadro:

FASE ENTREGABLEVALOR A

PAGAR

TIEMPO (DIAS)

CALENDARIO

A PARTIR DE

LA

SUSCRIPCIÓN

DEL

CONTRATO

Generación y Transferencia de

Metodologías y Marco de Gobierno

Análisis de situación actual y preparación

inicial del modelo de Situación esperada

PUESTA EN

MARCHA DE

PLATAFORMAS

Implementación tecnológica de Productos

de Software20% 30

IMPLEMENTACIÓN

Automatizar los procesos propuestos

mejorados y aceptados por el área usuaria,

para la Gestión de Seguros, generando los

flujos de integración requeridos

50% 130

POST

IMPLEMENTACIÓNSoporte post implantación 10%

250 horas en

120 días

NOTA: Los pagos de la post implementación se realizaran en tres pagos: el primero cumplidas las 100 horas

el segundo consumidas 100 horas y el tercero consumidas 50 horas, previo informe de del número de horas

realmente consumidas a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

INICIO 20% 60

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Será responsabilidad de la EP PETROECUADOR efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes.

7.2.- Los pagos que se deriven de la contratación del servicio de esta consultoría, serán

con cargo a los fondos propios del presupuesto 2014 de la EP PETROECUADOR,

provenientes de la partida presupuestaria 9.28.653 con denominación “SERVICIOS

CONTRATADOS DE OPERACIÓN”, conforme la certificación presupuestaria N°

0060/DFIN/PFP/2014 de 10 de enero de 2014, emitida por el Subgerente de Planeación

Financiera y Presupuesto (E).

7.3.- Será causa de responsabilidad de los servidores públicos correspondientes que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstos en este contrato, a pesar de contar con los recursos económicos suficientes; a lo que se aplicará lo establecido en el Art. 101 de la LOSNCP.

Octava.- REAJUSTE DE PRECIOS El monto del presente contrato es fijo, por tanto, no habrá lugar a reajuste de precios por ningún concepto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 131, segundo inciso del Reglamento General a la LOSNCP. Novena.- OBLIGACIONES DEL CONSULTOR Son obligaciones del CONSULTOR, a más de suscribir el contrato, las siguientes: 9.1.- Realizar a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR, la MEJORA Y AUTOMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL ÁREA DE SEGUROS DE LA EP PETROECUADOR, SOPORTADOS POR LA PLATAFORMA BPM-SOA y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la mencionada consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales establecidas en el pliego que fueron conocidas en la etapa precontractual; así también, a lo establecido en la legislación ecuatoriana ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc., materia relacionada con la ejecución del contrato. 9.2.- Mantener un solo canal de comunicación oficial con la EP PETROECUADOR por

intermedio del administrador(a) del contrato. Para el efecto, el CONTRATISTA se

compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitarle toda la información y

documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del

contrato.

9.3.- Resolver cualquier problema laboral que afecte a sus empleados y/o trabajadores.

9.4.- El CONSULTOR será el único responsable respecto de las obligaciones que asuma con terceras personas, naturales o jurídicas, con el fin de ejecutar este contrato.

9.5.- Mantener indemne a la EP PETROECUADOR de cualquier demanda o reclamo de los subcontratistas, de manera que, si la EP PETROECUADOR pese a lo estipulado en el

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numeral precedente, fuese condenada por resolución administrativa o sentencia a pagar dinero o realizar cualquier prestación a favor de aquellos terceros con los que el CONSULTOR hubiese subcontratado la ejecución de este contrato, restituirá a la EP PETROECUADOR cualquier suma que ésta hubiese erogado a los referidos terceros, incluyendo los intereses contados desde la fecha en que hubiese efectuado el pago y le indemnizará de cualquier daño o perjuicio, incluso de las costas procesales en que hubiere incurrido en los procesos administrativos o judiciales.

9.6.- El CONSULTOR se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el

Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo respecto de sus

trabajadores la calidad de patrono, sin que la EP PETROECUADOR tenga responsabilidad

alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los

trabajos, ni con el personal de la subcontratista.

9.7.- Entregar el Programa de Vigilancia de la Salud y el Informe de Cumplimiento respectivo

al administrador del contrato, cuando este lo requiera.

9.8.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y los pliegos que

rigieron el proceso de contratación, el CONSULTOR está obligado a cumplir con cualquiera

otra que se derive de la naturaleza del objeto del contrato.

Décima.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS

La automatización para los procesos de la Gestión de Seguros, referentes a Contratación

de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y

Pagos , empleando las herramientas IBM-BPM (8.5) e IBM MESSAGE BROKER, para la

automatización de procesos mejorados la primera y producir los flujos de integración

requeridos, la segunda, consiste en:

1. Implementar un modelo de administración y mejoramiento de procesos basado en las mejores prácticas y modelos existentes en la Normativa de Procesos de EP PETROECUADOR, teniendo en cuenta los estándares BPMN 2.0.

2. Instalar, configurar, optimizar y poner en marcha la plataforma IBM MESSAGE BROKER propiedad de EP PETROECUADOR para los ambientes de Desarrollo y Producción.

3. Instalar, configurar, optimizar y poner en marcha la plataforma IBM BPM propiedad de EP PETROECUADOR para los ambientes de desarrollo y producción.

4. Automatizar los procesos referentes a la Gestión de Seguros, en cuanto tiene que ver a: Contratación de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pagos, desarrollando todo el ciclo de vida para el mejoramiento de estos procesos.

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5. Implementar flujos de integración requeridos para la interacción de los procesos y subprocesos automatizados del Departamento de Seguros, referentes a Contratación de Pólizas, Administración de Pólizas, Administración de Siniestros, Gastos Médicos y Pagos, con los sistemas legados y nuevos.

6. Desarrollar una primera versión de un marco de Gobernanza y Estándares SOA, y transferir el conocimiento de esta al equipo técnico designado por EP PETROECUADOR.

7. Ejecutar capacitaciones formales y transferencia de conocimientos funcional y técnico acerca de todos los componentes del contrato.

Décimo Primera.- MULTAS 11.1.- El CONSULTOR conviene en pagar a la EP PETROECUADOR en concepto de multa, la cantidad equivalente al dos por mil (2x1000) del monto de este contrato sin el IVA, por cada día de retraso en la prestación del servicio objeto del contrato, de acuerdo con los plazos establecidos en la cláusula séptima (forma de pago), en base al informe emitido por el administrador(a) del contrato o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud de este instrumento; excepto en caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el Art. 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por la EP PETROECUADOR, para lo cual el CONSULTOR notificará a la CONTRATANTE dentro del plazo de veinticuatro (24) horas subsiguientes a la fecha de ocurrencia de los hechos. Cumplido el término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechos que alegue el CONSULTOR como causa para la no prestación del servicio al cual está obligado y se le impondrá la multa prevista anteriormente.

11.2.- La EP PETROECUADOR queda autorizada por el CONSULTOR para recaudar las multas impuestas de los valores que por este contrato le corresponde recibir, sin requisito o trámite previo alguno, o en su defecto, solventadas por el CONSULTOR mediante cheque certificado o giro bancario a la orden de la EP PETROECUADOR

11.3.- Si el valor de las multas impuestas llegare a superar el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato sin el valor del IVA, la EP PETROECUADOR podrá declarar anticipada y unilateralmente la terminación del contrato.

11.4.- El pago de multas no libera al CONSULTOR del cumplimiento de la obligación principal, esto es, del cumplimiento exacto de los términos del presente contrato.

11.5.- El pago de las multas no le exonerará al CONSULTOR de indemnizar los daños y perjuicios que su eventual incumplimiento ocasione a la EP PETROECUADOR.

11.6.- Las multas impuestas no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto.

11.7.- Las multas podrán ser apeladas ante el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) dentro del término de cinco (5) días de notificadas. Transcurrido este término sin que se apele, se entenderá que la multa adquiere firmeza y que el CONSULTOR acepta su imposición.

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11.8.- El recurso se presentará por escrito y reunirá, en lo que resulte aplicable, los requisitos del Art. 153 del Reglamento General de la LOSNCP; de no cumplir con tales requisitos podrá disponer que se le aclare o complete, en el término de tres (3) días. De no hacerlo en este lapso, no se dará trámite al recurso y se lo archivará. La resolución se dictará y notificará en el término de quince (15) días de interpuesto el recurso, no obstante, considerando los pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado referentes al silencio administrativo en el ámbito de los contratos administrativos, si se notificare en un lapso mayor, no se entenderá por este hecho, que el recurso se entienda aceptado. La resolución que tome el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones, será definitiva y no será proclive de nuevo recurso o reclamo administrativo. Décimo Segunda.- OBLIGACIONES DE LA EP PETROECUADOR 12.1.- Proporcionar la información con la que cuente relacionada con la consultoría a ejecutar. 12.2.- Designar un administrador del contrato para el adecuado control de su ejecución, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados. 12.3.- Por intermedio del administrador del contrato, adoptar las medidas necesarias para el normal cumplimiento del contrato. 12.4.- Verificar que la consultoría objeto del contrato, se realice de acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la EP PETROECUADOR y a entera satisfacción de la EP PETROECUADOR.

12.5.- Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato.

12.6.- De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.

Décimo Tercera.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 13.1.- La EP PETROECUADOR designará a un servidor público como administrador del

contrato a través de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones,

para el adecuado control de la ejecución del mismo, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte de este contrato, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y cualquier otra normativa interna de la EP PETROECUADOR relativa a esta materia. 13.2.- El CONSULTOR deberá canalizar y coordinar con el administrador del contrato, todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.

13.3.- El administrador del contrato queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo lo que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga de plazo parcial que puede hacer el CONSULTOR; pero la autorización de la prórroga que varíe el plazo total del contrato, le corresponderá al Subgerente de Compras,

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Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR. 13.4.- El administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte del CONSULTOR. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 13.5.- Las multas que imponga el administrador del contrato al CONSULTOR, deberán constar por escrito, estar debidamente fundamentadas y notificadas a éste.

13.6.- El administrador pondrá inmediatamente en conocimiento del Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR, el o los recursos que interponga el CONSULTOR por las multas que se pudieran imponer, adjuntando un informe sustentando sobre los hechos y/o argumentos esgrimidos por el CONSULTOR.

13.7.- Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita el CONSULTOR y suscribirá las Actas que para tales efectos se elaboren. 13.8.- El administrador del contrato elaborará la orden de pago, la aprobará y la remitirá al área respectiva para que se efectúe el pago al CONSULTOR.

13.9.- El administrador del contrato reportará al Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR sobre todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza, que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

13.10.- El administrador del contrato emitirá el informe final del servicio recibido, previamente a la suscripción del acta de recepción definitiva; y, enviará un ejemplar del acta en mención, al Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR.

13.11.- El administrador del contrato formará parte de la comisión de entrega-recepción definitiva de la consultoría y, suscribirá el acta respectiva verificando que contenga los requisitos establecidos en el Art. 124 del Reglamento General de la LOSNCP; esto es: los antecedentes, condiciones generales de ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales, reajustes de precios pagados o pendientes de pago y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria.

13.12.- Emitirá su opinión, debidamente sustentada, al Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones, sugiriendo o no según la situación fáctica del caso, la terminación unilateral del contrato.

13.13.- El administrador debe cumplir con lo establecido en el “PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y SUPERVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS CONTRATADOS POR EP PETROECUADOR”.

13.14.- El administrador del contrato designado, debe solicitar al CONSULTOR, el Programa de Vigilancia de la Salud y el Informe de Cumplimiento respectivo, de acuerdo con lo requerido por el Gerente de Seguridad, Salud y Ambiente de la EP PETROECUADOR en memorando N° 00678-SGER-SSSA-SSB-2013 de 20 de agosto de 2013.

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Décimo Cuarta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS 14.1.- Por causas justificadas, las Partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85, 86 y 87 de la LOSNCP.

14.2.- Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas, fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, la EP PETROECUADOR podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de dichos contratos complementarios, no exceda del setenta por ciento (70%) del valor actualizado del contrato principal a la fecha en que la EP PETROECUADOR resuelva la realización del contrato complementario.

14.3.- En todos los casos, en forma previa a la suscripción de los contratos complementarios, se requerirá la verificación presupuestaria correspondiente y, de ser el caso, el CONSULTOR deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la LOSNCP.

Décimo Quinta.- RECEPCIÓN PARCIAL Y DEFINITIVA DE LA CONSULTORÍA 15.1.- El CONSULTOR deberá presentar los respaldos de cumplimiento en la entrega de los productos esperados del alcance del servicio, de acuerdo con los plazos establecidos en la cláusula séptima (forma de pago), para solicitar la recepción parcial de la consultoría al administrador del contrato. La EP PETROECUADOR por intermedio del administrador, tendrá el término de diez (10) días para comunicar fundamentadamente su negativa a suscribir el acta de recepción parcial, por incumplimientos de las obligaciones contractuales asumidas por el CONSULTOR.

15.2.- La recepción parcial y definitiva de los entregables de la consultoría objeto del contrato, se realizará a petición del CONSULTOR cuando a juicio de éste se hallen cumplidas todas las obligaciones del contrato de la manera pactada y así lo notifique a la EP PETROECUADOR. En forma inmediata la CONTRATANTE designará la Comisión para que suscriba las actas de recepción parcial y definitiva, según el caso, que estará integrada por el administrador del contrato y un(a) Técnico(a) que no haya intervenido en el proceso de ejecución del contrato acorde lo previsto en el Art. 124 del Reglamento General de la LOSNCP y el CONSULTOR, en los términos previstos en el Capítulo VI del Reglamento General a la LOSNCP “DE LAS RECEPCIONES Y LIQUIDACIÓN”.

15.3.- Una vez que el CONSULTOR notifique la solicitud de recepción definitiva, la CONTRATANTE tendrá el término de diez (10) días para comunicar fundamentadamente su negativa a suscribir el acta entrega-recepción, por incumplimientos de las obligaciones contractuales asumidas por el CONSULTOR. La negativa se notificará por escrito al CONSULTOR y se dejará constancia que la misma fue practicada. En el caso que el CONSULTOR llegare a considerar que la CONTRATANTE incurre en la situación descrita en el último párrafo del Art. 81 de la LOSNCP y 122 de su Reglamento General, se compromete a solicitar al juez de lo civil o notario público, ante quien interponga su petición de recepción de pleno derecho, que requiera a la CONTRATANTE su pronunciamiento sobre el tema, dándole la oportunidad que demuestre si se negó o no a recibir el objeto del contrato. En el supuesto que no demuestre haberse negado a recibir, procederá la notificación de la recepción de pleno derecho, en caso contrario, no.

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15.4.- El Acta de Recepción Definitiva deberá incluir una liquidación económica del contrato, que se realizará conforme los términos previstos en el Art. 125 del Reglamento General de la LOSNCP y ser firmada de inmediato por el CONSULTOR y los integrantes de la Comisión designada por el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR.

15.5.- Los servidores públicos encargados de suscribir el acta de recepción definitiva de la consultoría objeto de la contratación, serán civil, penal y administrativamente responsables de los datos que consignen en ellas.

Décimo Sexta.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 16.1.- El contrato termina conforme lo previsto en el Art. 92 de la LOSNCP, por las siguientes causales:

a) Por cumplimiento de las obligaciones contractuales.

b) Por mutuo acuerdo de las Partes, en los términos del Art. 93 de la LOSNCP.

c) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONSULTOR.

d) Por declaración unilateral de la EP PETROECUADOR en los casos establecidos en el Art. 94 de la LOSNCP.

e) Por disolución de la persona jurídica consultora que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.

f) Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el Art. 96 de la LOSNCP.

16.2.- Terminación por Mutuo Acuerdo: Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las Partes ejecutar total o parcialmente el contrato, podrán por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales en el estado en que se encuentren. La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la EP PETROECUADOR o del CONSULTOR. La EP PETROECUADOR no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo consultor.

16.3.- Terminación Unilateral del contrato.- La EP PETROECUADOR podrá declarar

terminado anticipada y unilateralmente el contrato a que se refiere la Ley, en los siguientes

casos:

a) Por incumplimiento del CONSULTOR.

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b) Por quiebra del CONSULTOR.

c) Si el valor de las multas supera el cinco por ciento (5%) del monto del contrato sin el

IVA.

d) Por suspensión de los trabajos por decisión del CONSULTOR, por más de diez (10) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito.

e) Por haberse celebrado este contrato contra expresa prohibición de la LOSNCP u otra norma legal.

f) Si el CONSULTOR no notificare a la EP PETROECUADOR acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

g) Si la EP PETROECUADOR en función de aplicar lo establecido en el Art. 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONSULTOR.

h) La EP PETROECUADOR también podrá declarar terminado unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, el CONSULTOR no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.

i) Si la CONTRATANTE encontrare inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por el CONSULTOR, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato; en este caso, se lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar.

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el Art. 95 de la LOSNCP. 16.4.- Terminación por causas imputables a la EP PETROECUADOR: El CONSULTOR podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la CONTRATANTE:

a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de diez (10) días.

b) Por la suspensión de los trabajos por más de diez (10) días, dispuesto por la EP PETROECUADOR sin que medie fuerza mayor o caso fortuito.

c) Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la EP PETROECUADOR no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.

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Décimo Séptima.- DE LO LABORAL El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento y, demás leyes conexas. En consecuencia, la EP PETROECUADOR está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR; sin perjuicio de lo cual, la CONTRATANTE ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. Décimo Octava.- CONFIDENCIALIDAD 18.1.- La EP PETROECUADOR y el CONSULTOR convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra Parte, en razón de la ejecución del presente contrato, será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. 18.2.- El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato y quedará a criterio de la Parte afectada, el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios. 18.3.- El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la EP PETROECUADOR. Décimo Novena.- RESPONSABILIDAD El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica del servicio contratado y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el Art. 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. Vigésima.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 20.1.- Serán de cuenta del CONSULTOR el pago de todos los tributos y gastos que cause la celebración de este contrato y posterior ejecución del mismo.

20.2.- La EP PETROECUADOR retendrá al CONSULTOR, los impuestos que dispongan las

leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente.

20.3.- El CONSULTOR declarará y pagará el Impuesto a la Renta de conformidad con la Codificación de la Ley de Régimen Tributario Interno, sus reglamentos y demás disposiciones que para efecto dicte el Servicio de Rentas Internas.

20.4.- En cumplimiento a lo establecido en la LOSNCP: “(…) Los contratos cuya cuantía sea igual o superior a la base prevista para la licitación se protocolizarán ante Notario Público. Los gastos derivados del otorgamiento del contrato son de cuenta del

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CONTRATISTA.”, el CONTRATISTA debe entregar a la EP PETROECUADOR, dos (2) ejemplares del Contrato protocolizado.

20.5.- El CONSULTOR actuará como agente de retención del impuesto del personal a su cargo que empleare directamente o indirectamente en la cabal ejecución del presente contrato.

Vigésimo Primera.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS 21.1.- En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema en un plazo de tres (3) días.

21.2.- De no llegar a un acuerdo amigable entre las Partes, las divergencias o controversias podrán ser sometidas a mediación ante el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado.

21.3.- Si respecto a la divergencia o divergencias suscitadas no existiere acuerdo, sea en forma directa o por intermedio de un procedimiento de mediación, si se hubiere optado por éste, las controversias se resolverán aplicando lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa, ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la EP PETROECUADOR. En el caso que, por aplicación de lo dispuesto en el Art. 216 del Código Orgánico de la Función Judicial, se crearen las salas de lo contencioso administrativo en las Cortes Provinciales que determine el Consejo de la Judicatura, será competente la sala de lo contencioso administrativo de la Corte Provincial del lugar en donde la CONTRATANTE tenga su domicilio.

21.4.- Se acuerda, en virtud de la facultad establecida en el Art. 55 del Código Civil, establecer como domicilio para los actos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar el contrato y su ejecución, la ciudad de Quito.

21.5.- La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONSULTOR renuncia a utilizar la vía diplomática o consular para todo reclamo relacionado con este contrato. Si el CONSULTOR incumpliere este compromiso, la EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato.

Vigésimo Segunda.- ESTIPULACIONES GENERALES 22.1.- El presente contrato es intransferible y el CONSULTOR está prohibida de ceder a terceras personas en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato, de conformidad con lo que dispone el Art. 78 de la LOSNCP.

22.2.- El CONSULTOR únicamente podrá subcontratar conforme a lo establecido en los artículos 79 de la LOSNCP y 120 de su Reglamento General. La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del Art. 35 del Reglamento General de la LOSNCP.

22.3.- Será de responsabilidad del CONSULTOR todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los pliegos.

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22.4.- Los resultados de la ejecución de este servicio de consultoría no podrán ser utilizados por la EP PETROECUADOR o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versa el servicio, mientras no se haya suscrito el Acta de Recepción Definitiva de la Consultoría y no se haya pagado a el CONSULTOR la totalidad del monto estipulado en el presente contrato; sin embargo, la EP PETROECUADOR sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.

22.5.- Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato, serán de propiedad exclusiva de la EP PETROECUADOR en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.

22.6.- El CONSULTOR deberá mantener una oficina en la ciudad de Quito, que permita la coordinación con la EP PETROECUADOR. Vigésimo Tercera.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 23.1.- Los términos del contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, y solo cuando éstos no hayan recogido la intención de los contratantes, se estará más a ella que a lo literal de las palabras. En todo caso, su interpretación sigue las siguientes normas:

a) Cuando los términos se hallan en las leyes ecuatorianas, se estará a tal definición. b) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a lo dispuesto en el contrato

en su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.

c) En su falta o insuficiencia, se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro

IV de la Codificación del Código Civil “De la Interpretación de los Contratos”. 23.2.- De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las cláusulas del contrato. De existir contradicciones entre los documentos del contrato, será el Subgerente de Compras, Contratos e Importaciones (E) de la EP PETROECUADOR, quien determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual. Vigésimo Cuarta.- DOMICILIO Y COMUNICACIONES 24.1.- Para todos los efectos que se deriven del presente contrato, las Partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano; renunciando el CONSULTOR a cualquier fuero especial que en razón del domicilio pueda tener.

24.2.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las Partes señalan como su dirección, las siguientes:

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EP PETROECUADOR: Subgerencia de …………

Telf.: ……

…@eppetroecuador.ec

RUC: 1768153530001

Quito-Ecuador

EL CONSULTOR: ………………………………..

Telf.:

Correo electrónico

RUC:

Quito-Ecuador

Vigésimo Quinta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES

25.1.- Libre y voluntariamente, las Partes declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.

25.2.- Para constancia de las declaraciones presentes y ratificándose en todo su contenido, las Partes suscriben el presente contrato en tres (3) ejemplares de igual contenido y valor; en la ciudad San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los

EP PETROECUADOR EL CONSULTOR

VIII. CONDICIONES GENERALES

DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA

Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de Consultoría son de cumplimiento obligatorio para las Entidades Contratantes y los consultores que celebren contratos de consultoría, provenientes de procedimientos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “CONCURSO PUBLICO”, “LISTA CORTA” y

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“CONTRATACION DIRECTA”.

Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.

1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el

contrato.

b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

c. “Consultor”, es el oferente adjudicatario.

d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.

g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado.

h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a

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través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto. i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.

Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO Lo previsto en la cláusula Séptima de las Condiciones Particulares del contrato, y además: 2.1 Todos los pagos que se hagan al CONSULTOR por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la EP PETROECUADOR, previa la aprobación del administrador del contrato. 2.2 De los pagos que deba hacer, la EP PETROECUADOR retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato. 2.3 Pagos indebidos: La EP PETROECUADOR se reserva el derecho de reclamar al CONSULTOR, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONSULTOR a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la EP PETROECUADOR, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador. Cláusula Tercera.- GARANTÍAS 3.1 Lo contemplado en la cláusula Octava de las condiciones particulares del contrato y la Ley. 3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos: 3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato: a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato

por causas imputables al CONSULTOR. b) Si el CONSULTOR no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.

c) Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el Contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor.

Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 4.1 La EP PETROECUADOR prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONSULTOR así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.

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a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la

Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.

b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el

cronograma por orden de la Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a la Consultora.

c) Si la EP PETROECUADOR no hubiera solucionado los problemas administrativos-

contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.

4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la EP PETROECUADOR, previo informe del administrador del contrato. Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato, las siguientes: 5.1 El CONSULTOR se compromete a prestar sus servicios derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración. 5.2 El CONSULTOR se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la EP PETROECUADOR, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o responsables técnicos de la EP PETROECUADOR, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el CONSULTOR se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la EP PETROECUADORtoda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual. 5.3 El CONSULTOR está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del

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mismo o en norma legal específicamente aplicable. 5.4 EL CONSULTOR se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente. Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la EP PETROECUADOR las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato. Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.- 7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP. Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO

8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el CONSULTOR entregará a la EP PETROECUADOR el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La EP PETROECUADOR dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.

8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP.

8.3 Si la EP PETROECUADOR no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.

8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONSULTOR o declarada por la EP PETROECUADOR producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.

Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.

8.5 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.

Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS

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9.1 La EP PETROECUADOR efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONSULTOR, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El CONSULTOR entregará a la EP PETROECUADOR hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONSULTOR. Cláusula Décima: LABORAL 10.1 El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la EP PETROECUADOR está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR. Sin perjuicio de lo cual, la EP PETROECUADOR ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO 11.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del CONSULTOR. 11.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley. Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD 12.1 La EP PETROECUADOR y el CONSULTOR convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios. El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito

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de la Entidad Contratante. Cláusula Décimo Tercera: RESPONSABILIDAD 13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCOP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.