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CAMPUS UNIVERSITARIO CIENCIAS DE LA SALUD DE LORCA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONCURSO DE PROYECTO Y EJECUCIÓN DE OBRA DEL CAMPUS UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LORCA (MURCIA) 1.- OBJETO. El objeto del presente pliego es el establecimiento de las prescripciones técnicas en que se ha de desarrollar el contrato de redacción del proyecto y la construcción de los nuevos edificios así como de la urbanización del Campus de Ciencias de la Salud de Lorca (Murcia). El proyecto, de acuerdo con la memoria de necesidades descrita en el Anteproyecto (Anejo 5) una vez supervisado y aprobado técnicamente, tendrá carácter contractual. Dicho proyecto pasará a ser propiedad del Consorcio del Campus Universitario de Lorca. Quedan expresamente incluidos en el objeto de este concurso: - Redacción del Proyecto Básico y de Ejecución con los Estudios de Seguridad y Salud de los siguientes edificios e infraestructuras: Centro Integrado de Formación Profesional (Edificio F), Biblioteca General (Edificio B), Aulario 1 (Edificio C), Edificio de Servicios Generales y Departamentos (Edificio A), Aparcamiento Público (Edificio G) y Urbanización General (Zona H). - Redacción de los Proyectos de Fin de Obra que recojan todas las modificaciones y variaciones producidas durante la fase de ejecución. - Redacción de Proyectos de Instalaciones de todas aquellas instalaciones que precisen proyecto técnico según la legislación vigente, o que por su complejidad 1

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CAMPUS UNIVERSITARIO CIENCIAS DE LA SALUD DE LORCA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONCURSO DE PROYECTO Y EJECUCIÓN DE OBRA DEL CAMPUS UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LORCA (MURCIA)

1.- OBJETO.

El objeto del presente pliego es el establecimiento de las prescripciones técnicas en que se ha de desarrollar el contrato de redacción del proyecto y la construcción de los nuevos edificios así como de la urbanización del Campus de Ciencias de la Salud de Lorca (Murcia).

El proyecto, de acuerdo con la memoria de necesidades descrita en el Anteproyecto (Anejo 5) una vez supervisado y aprobado técnicamente, tendrá carácter contractual. Dicho proyecto pasará a ser propiedad del Consorcio del Campus Universitario de Lorca.

Quedan expresamente incluidos en el objeto de este concurso:

- Redacción del Proyecto Básico y de Ejecución con los Estudios de Seguridad y Salud de los siguientes edificios e infraestructuras: Centro Integrado de Formación Profesional (Edificio F), Biblioteca General (Edificio B), Aulario 1 (Edificio C), Edificio de Servicios Generales y Departamentos (Edificio A), Aparcamiento Público (Edificio G) y Urbanización General (Zona H).

- Redacción de los Proyectos de Fin de Obra que recojan todas las modificaciones y variaciones producidas durante la fase de ejecución.

- Redacción de Proyectos de Instalaciones de todas aquellas instalaciones que precisen proyecto técnico según la legislación vigente, o que por su complejidad precisen proyecto aparte del general del edificio o de la urbanización.

- Redacción de Proyectos de desvío de infraestructuras existentes en la parcela o en terrenos que impidan el desarrollo de las obras objeto del presente concurso.

- Cualquier trámite o tasa exigible por la administración en Consejería de Industria, Ayuntamiento u otros organismos oficiales necesario para la construcción del edificio, legalización o puesta en marcha de las instalaciones.

- Coordinación de Seguridad y Salud en fase de proyecto.- Construcción de todos los edificios (A,B,C,F,G) y urbanización (H) así

como de la estructura de nivel de planta baja de los edificios D y E referenciada en los Anejos de este Pliego objeto del presente concurso, según los proyectos presentados previa aprobación de los mismos por el Consorcio del Campus Universitario de Lorca.

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- Obras de desvío de las instalaciones existentes que impidan la ejecución de las obras.

- Acometidas provisionales durante la fase de obra.- La Dirección Técnica de las obras de construcción del Campus de

acuerdo con el Anejo 5.- Las acometidas definitivas de todo el Campus, incluso las de los dos

edificios no incluidos en esta (D y E) y las del edificio de Restauración situado en la parcela 10 (Edificio I).

- La conexión de las obras de urbanización del Campus con los viales y aceras perimetrales existentes.

- Mobiliario urbano para el uso y disfrute de las áreas abiertas.- El tratamiento provisional adecuado de aquellas zonas, como la cubierta del aparcamiento (edificio D y E), que dependan de fases de construcción posteriores para su total finalización.

2.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Y ANEXA A ESTE PLIEGO.

A todos los licitadores que lo soliciten les será facilitada la siguiente documentación, que será anexa a este Pliego como parte integrante del mismo y, por, tanto, del Contrato:

ANEJO 1 - Informe del estado de la estructura del pabellón militar para su uso con fines universitarios.ANEJO 2- Estudio geotécnico de los terrenos que configuran la parcela sobre la que se asentará la edificación.ANEJO 3- Planos de parcela y situación edificaciones.ANEJO 4- Plan Especial del Campus de Ciencias de la Salud de Lorca.ANEJO 5- Anteproyecto de los edificios y de la urbanización.ANEJO 6- Imágenes virtuales.ANEJO 7- Reportaje fotográfico del estado actual.ANEJO 8- Documentación a presentar en fase de Proyecto Básico.ANEJO 9- Documentación a presentar en fase de Proyecto de Ejecución.ANEJO 10- Informe referente al estado de los Pabellones del Cuartel Sancho Dávila de Lorca. Servicio de Planificación, infraestructuras y mantenimiento de la Universidad de Murcia.

Asimismo, el Consorcio del Campus Universitario de Lorca evacuará aquellas consultas encaminadas a aclarar aspectos relacionados con el contenido de este Pliego y sus anejos.

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3.- ALCANCE.

El presente Pliego se considerará incorporado al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Concurso.

4.- EL FUTURO CAMPUS DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LORCA. GENERALIDADES.

4.1 SITUACIÓN

Los terrenos actuales del Acuartelamiento Sancho Dávila de Lorca se encuentran situados en el Barrio de San Cristóbal de la ciudad de Lorca, tienen el acceso principal desde la Av. De las Fuerzas Armadas, ocupando una superficie de 84.616, 25 m2 según datos registrales (Finca registral n° 16.660 y Finca registral n° 20.249 )y de 94.900,00 m2, según la medición de los terrenos realizada.

Estas fincas afectan también a las parcelas siguientes:

- Área de antigua zona de seguridad militar situada al oeste del acuartelamiento, que se incorpora al PERI 8 de los previstos en el PGOU de Lorca, al desaparecer la afección debida al mismo, por inexistencia de las instalaciones militares.

- Parcela edificada al sureste, que se incorpora de una manera natural a la ordenanza 1 - Casco.

La ordenación directa de los terrenos del antiguo acuartelamiento que es el ámbito del futuro recinto universitario y objeto del presente concurso, mide 27.304 m2.

4.2 PLANEAMIENTO VIGENTE

Según el Plan General de Ordenación Urbana de Lorca, aprobado definitivamente con fecha 15 de Enero de 1.987,dichos terrenos estaban clasificados como SUELO URBANO de carácter DOTACIONAL, SG-2-C-2, instalaciones de Defensa, cuyo régimen urbanístico se especificaban en el capitulo 18 sobre Normas para los Sistemas Generales en relación con la ordenanza 11 Dotacional, según el artículo 503 del Plan.

La desafección de éstos terrenos para fines militares, modificó su calificación. Con la información del actual PGOU, figuran las zonas de equipamiento

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docente grafiadas como SG-A-1 con una capacidad inicial de 2.000 alumnos. (según la Modificación Puntual del PGOU).

Se prevé asimismo, un equipamiento público junto a la entrada con la asignación 11-1-A-2 para oficinas municipales inicialmente dentro del ámbito del Campus Universitario.

El plano nº 2 del Plan Especial se recoge la clasificación, ordenanzas y usos en cada una de las submanzanas en las que se divide la organización, apareciendo así la ordenanza 1 en las fachadas Este (medianera con el barrio de los Ángeles) y Oeste del terreno, y la nueva ordenanza 3, grado 2º, en el centro de dicha ordenación. La aplicación de ésta nueva ordenanza determina los parámetros edificatorios que son de aplicación según el PGOU de Lorca.

Los planos que acompañan al Plan Especial expresan tanto las alineaciones como los fondos y alturas y fondos máximos edificables permitidos, siguiendo el criterio del Plan General.

Se mantiene la vía principal existente de penetración al conjunto así como las que rodean la futura zona universitaria también existente, reflejando asimismo la situación de las distintas zonas verdes, de carácter público.

4.3 EL MEDIO FISICO.

Terrenos situados en la depresión prelitoral con cotas superiores a los 600 metros. La orografía y la climatología producen una fuerte erosión y desertización característica de toda la zona.

Los terrenos son prácticamente horizontales con una ligera inclinación hacia el norte, y montañosos en el tercio noreste, con cotas poco relevantes, que en su día permitirán la creación de Espacios Libres, Deportivos y Zonas Verdes de la ordenación que se describirá.

Existen construcciones que fueron destinadas a pabellones del acuartelamiento. Estas edificaciones ocupan la zona central de los terrenos. Se pretende conservar los edificios que configuran la zona verde frente a la Avda de las Fuerzas Armadas.

El resto del terreno está constituido por edificaciones complementarias de lo que en su día fue el uso militar (almacenes, hangares, etc.) a los que se accede a través de una calle en dirección norte-sur con acceso desde la avenida citada.

En la zona montañosa hay algunas instalaciones deportivas complementarias del antiguo acuartelamiento.

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4.4 DESCRIPCIÓN DEL FUTURO CAMPUS

Los objetivos y criterios de ordenación del Futuro Campus de Ciencias de la Salud de Lorca comprenden:

-Adaptar el Plan del Campus Universitario a las directivas del PGO de Lorca y al Proyecto de Modificación Puntual de las Instalaciones Militares.

-Adaptar los pabellones militares frente a la Avda. de las Fuerzas Armadas al nuevo uso docente y mantener los rangos más significativos de esa antigua trama militar.

- Permitir la conexión de la trama urbana circundarte con la nueva estructura docente para hacerla más abierta y accesible.

-Crear un área Universitaria con un diseño atractivo que permita puntos de encuentro entre la comunidad de Lorca y la Academia y sea un referente dentro del ámbito universitario de la Comunidad Murciana.

- Conseguir que el esfuerzo económico y de recursos en general a emplear en los próximos años vaya más allá de la mera construcción de las edificaciones del Campus y permita conectar por el norte y el noroeste con la red de Servicios Generales (zonas verdes, equipamientos deportivos, etc. ) y crear un área de calidad urbana que represente un nuevo centro de desarrollo para la ciudad.

El recinto universitario queda presidido por los pabellones recayentes a la Avenida de las fuerzas Armadas y por el jardín situado entre ellos. Los laterales del Campus quedan definidos por el este por las edificaciones en manzanas cerradas y parcelas con edificación aislada de torres en altura por el lado oeste. Hacia el norte, la comunicación con la zona verde nos permite conectar con la zona de equipamientos deportivos. Por lo tanto se trata de un ámbito claramente definido rodeado por viarios y ocupado actualmente por los pabellones del antiguo cuartel con una clara vocación peatonal. A excepción de las construcciones que forman las entradas, la demolición del resto de los antiguos pabellones permite el levantamiento de nuevas infraestructuras educativas dispuestas según la orientación norte-sur para una mayor eficacia energética y características adaptadas a las actuales necesidades académicas y a las exigencias del nuevo Código Técnico de la Edificación (CTE).

El eje norte-sur que cruza el Campus organiza por un lado la edificación y por el otro la gran zona verde- parque destinada a servir de filtro con las torres de viviendas de gran altura. Este eje tiene continuidad al norte con la zona verde de los sistemas generales.

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La edificación está dispuesta según una modulación de 7,5 x 8m que permitiría conectar en sótano todos los edificios mediante aparcamientos, galería técnica, área de carga y descarga y a su vez, esa misma retícula es la que conformaría los edificios contenedores como soportes de las actividades docentes y cuya característica principal debe ser la flexibilidad de usos y funciones.

El edificio conocido como "Puerta de Acceso" (Edif. De Servicios Generales y Departamentos) y “Edificio de servicios” sitos en las parcelas 1 y 2 respectivamente quedan protegidos por el Plan Especial, y su conservación debe garantizarse al menos en su exterior, de forma íntegra por su valor arquitectónico y cultural. En estos edificios se prohíbe el derribo total ó parcial, salvo aquellas partes que puntualmente desvirtúen elementos originales de la edificación a conservar u oculten partes existentes de valores arquitectónicos o artísticos, de acuerdo a las condiciones generales de ejecución de las obras de edificación. Se permiten las obras de restauración y reforma interior para adecuación a los diferentes usos permitidos.

5.- ALCANCE DEL PRESENTE CONCURSO. DESCRIPCIÓN DE LOS EDIFICIOS

Realizada la descripción actual de los terrenos en los que se construirá el futuro Campus de Ciencias de la Salud de Lorca se establece el alcance de la actuación a realizar en la redacción de los Proyectos Básicos de los nuevos edificios y urbanización así como de los Estudios de Seguridad y Salud, dirección facultativa de las obras referidas incluida la coordinación de Seguridad y Salud en fase de proyecto, en fase de ejecución y la aprobación, control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud, la asistencia técnica en la tramitación de la Licencia de la Obra, la Redacción de los Proyectos Fin de Obra, la elaboración del “Libro del edificio” y la redacción de los Proyectos Técnicos necesarios para la obtención de la Licencia de Actividad e Instalación Calificada así como de Funcionamiento de los edificios siguientes:

0 - Derribo de los restos de los pabellones militares existentes y construcciones anejas.

A - Rehabilitación de Pabellón Militar "Puerta de Acceso" para edificio Departamental y Servicios Generales.

B - Edificio de Biblioteca General.C - Edificio de Aulario 1.D – Edificio D (sólo hasta forjado de planta baja más solución de recogida de aguas provisional).E – Edificio E (sólo hasta forjado de planta baja más solución de recogida de aguas provisional).

F – Centro Integrado de Formación Profesional.G - Aparcamiento subterráneo (dos sótanos).

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H - Urbanización del Campus. I – Edificio de restauración (sólo acometidas).

Describimos a continuación el alcance en cada una de las actuaciones a realizar. Dicha información debe completarse con la comprendida en el Plan Especial del Campus Universitario de Ciencias de la Salud de Lorca:

5.1 DERRIBO DE LOS PABELLONES MILITARES EXISTENTES (0)

Los pabellones militares serán demolidos por el Ayuntamiento de Lorca con antelación al inicio de las obras del Campus tras la adjudicación del presente concurso. No obstante, las empresas licitadoras deberán valorar e incluir en sus ofertas técnico-económicas la demolición y transporte a vertederos homologados de cualquier resto de las cimentaciones que resten de los actuales pabellones así como la solera de planta baja de estos edificios. Así mismo, se deberá demoler la totalidad de la solera del patio de armas y urbanización exterior que no sea compatible con el diseño de la urbanización, en particular, aquella coincidente con zonas verdes.

Todos los antiguos vallados, chamizos, construcciones auxiliares y cualquier otro resto del antiguo acuartelamiento también será demolido por la empresa adjudicataria con cargo al presente concurso.

5.2 URBANIZACIÓN DEL CAMPUS (H)

Se procede a urbanizar el terreno delimitado por el Plan Especial como Campus Universitario de Ciencias de la Salud de Lorca definido como solar cierto y confinado por los edificios militares recayentes a la avenida de Las Fuerzas Armadas y por los tres viales circundantes.

Superficie aproximada del solar: 27.304 m2.

Superficie aproximada afectada por la urbanización: 21.600 m2.

La urbanización general del Campus se resolverá a nivel con la urbanización exterior perimetral y su diseño y ejecución será coherente con los flujos y accesos condicionados en el exterior por aquélla y en el interior por la posición de los pabellones principalmente.

En las parcelas 9,10,11 y 12 (principalmente zona verde) se considerarán volúmenes de tierra con niveles superiores al resto de la urbanización del orden

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de 1 m. de altura de media para propiciar el diseño de espacios lúdicos y de relación que estén en consonancia con la orografía, al norte, cada vez más abrupta.

El agua, pese a ser un bien escaso, deberá asumir en la ordenación una presencia consustancial con la importancia que en nuestra cultura siempre ha tenido. Su incorporación estará sujeta a criterios de adecuado mantenimiento y reutilización compatibles con aspectos lúdicos y de control de humedad y temperatura.

La conexión este-oeste por detrás del pabellón militar y el eje norte-sur del Campus admitirán tráfico rodado por lo que sus secciones constructivas quedarán diseñadas y ejecutadas con este fin. El resto de los viales peatonales se diseñarán para soportar tráfico ocasional.

Las instalaciones discurrirán por la galería de servicios subterránea del Campus para un acceso a las mismas y a los edificios más rápido y sencillo, siendo por cuenta de la empresa constructora adjudicataria todas las gestiones necesarias con las compañías suministradoras para acomodar sus trazados de manera que no haya interferencias entre unas y otras. La galería dispondrá de recogida y evacuación por gravedad de aguas ante posible inundación con conexión a la red de pluviales del Campus.

La jardinería será de carácter autóctono y requerirá poco aporte de agua. La masa arbórea se distribuirá fundamentalmente en las parcelas oeste para conseguir formar una pantalla contra las torres edificadas. En las parcelas este alrededor de los edificios se colocarán zonas de pradera, gramíneas, tapizantes…. Se cuidarán muy especialmente los bordes del Campus, de tal manera que el empleo de especies arbustivas (setos…) eviten el ruido procedente de los viales y la visión directa de los vehículos con el fin de conseguir un espacio peatonal universitario de gran calidad urbana. La red de riego estará totalmente automatizada. El diseño de los jardines y el tipo de especies empleadas permitirán un sencillo y económico mantenimiento.

La iluminación exterior admitirá doble encendido 100/50% para ahorro energético. Se diferenciará aquellas luminarias que están sobre zonas verde de aquellas que sirvan a recorridos peatonales mediante lámparas de reproducciones cromáticas diferentes. El diseño de la luminaria será de tal modo que no producirá contaminación lumínica durante su funcionamiento.

El sistema de recogida de basuras y residuos del Campus (contenedores enterrados, agrupados, aislados, parque de residuos……) se adaptará por la empresa adjudicataria del concurso a los criterios que el Ayuntamiento exija al respecto.

El saneamiento será de tipo separativo

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El mobiliario urbano será especialmente resistente a la intemperie y frente a acciones vandálicas.

5.3 APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO (G)

Aparcamiento subterráneo de dos plantas de sótano bajo rasante de la propia urbanización dentro del Campus. Servirá de conexión de las distintas edificaciones a esta cota y facilitará la interconexión de las instalaciones y servicios de los edificios mediante galería de servicios situada en el perímetro del sótano P-1.

Permitirá el fácil acceso de vehículos desde los viales que rodean al futuro Campus con accesos peatonales desde la superficie interior del recinto universitario como desde el caso urbano de la ciudad.

Superficie aproximada del aparcamiento (dos sótanos): 18.000 m2.

Los sótanos dispondrán en su extremo sur de espacios generales para instalaciones, acometidas, depósitos de agua…..También se situarán los almacenes generales, archivo general, depósito de compactos…..Se dispondrá de un sistema de drenaje perimetral a todo el aparcamiento con conexión a la red de pluviales de la urbanización. El acceso hasta ellos desde el vial exterior se resuelve mediante escalera y montacargas los cuales quedan revestidos por un volumen de cristal traslúcido de seguridad sobre estructura metálica situado conforme a los planos del anteproyecto. El sótano alberga espacios de mantenimiento, limpieza, almacenamiento, control y seguridad.

El uso del aparcamiento podrá ser mixto (compartido entre la comunidad universitaria y las personas residentes).

La ventilación y renovación de aire se ve muy favorecida puesto que los edificios se levantan en todo su perímetro posibilitando la ventilación natural cruzada del primer sótano del aparcamiento.

El número de plazas es de 579 aproximadamente, de las cuales 32 corresponden a discapacitados, más 39 plazas a motocicletas.

Los pilares situados en zona de movimiento de vehículos serán de sección circular.

El aparcamiento incluirá la señalización vertical y horizontal correspondiente. Las plazas de vehículos estarán numeradas y delimitadas.

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5.4 EDIFICIO DEPARTAMENTAL Y SERVICIOS GENERALES. (REHABILITACIÓN DEL PABELLÓN MILITAR) (A)

Se recupera para el uso universitario el antiguo pabellón militar mediante su rehabilitación.

Existe un informe preliminar y no exhaustivo sobre la adaptación de la estructura existente a las actuales solicitaciones en construcciones docentes en Anejo 1. La empresa que lo requiera podría visitar el inmueble durante el primer mes de la fase de concurso previa solicitud a la Gerencia de Urbanismo del Excelentísimo Ayuntamiento de Lorca (C/ Puente La Alberca – Complejo La Merced 30800 Lorca (Murcia), teléfono 968 479 723) a fin de recabar la información que estime conveniente para completar su oferta técnico-económica.

El edificio tiene tres alturas (P. Baja + 2). Las 2 plantas superiores albergarán las dependencias de cuatro departamentos implicados en la docencia de las titulaciones que se impartan en el Campus. La planta baja incluye la Secretaría General del Campus (matriculaciones, expedientes………), los órganos de gestión: Negociados Económicos, de Personal…, Unidad Técnica, el Centro de Proceso de Datos (CPD) y el Órgano de Gobierno-Gerencia. La planta baja se sustituirá por un forjado sanitario cuya cámara será ventilada.

La cubierta es del tipo caliente en la actualidad. Se resolverá adecuadamente su aislamiento térmico y su impermeabilización (cubierta tipo catalana, cubierta caliente invertida……….).La situación sobre la cubierta de máquinas de Aire Acondicionado se resolverá de forma que no afecten a la integridad de la estructura ni de la cubierta.

La rehabilitación respetará los materiales y sistemas constructivos empleados para no alterar, en lo posible, el carácter del edificio.

La tipología estructural de cuatro muros de carga, las dos fachadas y dos más conformando el pasillo central de un ancho libre de 1.40 m. puede condicionar la distribución prevista de vestíbulos generales y despachos dispuestos a ambos lados con pasillo central de 2.00 m. libres. La falta de integridad portante adecuada de estos muros centrales aconsejan su sustitución por pórticos metálicos o de hormigón. Se puede aprovechar, si su estado lo permite, la viguería metálica que conforma los tres vanos del forjado introduciendo nuevas viguetas metálicas en el intereje de las existentes (actualmente de 1 m. según el Anejo 1). El pasillo tipo deberá medir, al menos, 1,75 m. libres con el fin de que las hojas de las puertas de evacuación sean de 80 cm. cada una.Todos los elementos metálicos (forjados, pilares, viguetas……) llevarán protección contra el fuego aunque queden ocultos por falsos techos.

Superficie total construida cerrada 2.980 m2 aproximadamente.

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5.5. BIBLIOTECA GENERAL (B)

Edificio destinado a servir de biblioteca General del Campus.

La planta baja (P0) albergará las siguientes dependencias:

Acceso general con punto de información. Zona de Servicio de información Bibliográfica y Documentación (SIBYD)

+ mostrador de información y préstamo. Zona de consulta informática. Zona de libre acceso informática de 60 puestos. Zona de consulta de revistas especializadas. Aulas de informática y multimedia de 30 puestos y 15 puestos.

La planta primera (P1) incluirá las siguientes dependencias.

Zona interna de Servicio de Información Bibliográfica y Documentación (SIBYD).

Puestos de lectura : 80 Puesto informáticos : 48 Zona de estanterías y fondos. Cabinas de estudio.

La planta segunda (P2) incluirá las siguientes dependencias.

Zona interna de Servicio de Información Bibliográfica y Documentación (SIBYD).

Puestos de lectura :70 Puestos informáticos :48 Zona de estanterías y fondos. Cabinas de estudio.

Las fachadas sur y norte tendrán diferente tratamiento, patios contra el mediodía y cristaleras en su lado opuesto para controlara el correcto asoleamiento en ordenadores y estanterías.

Las luminarias utilizarán reflectores con ángulo de reflexión adecuado para evitar deslumbramiento en monitores. Las luminarias incorporarán equipos con balastos electrónicos regulables que permitan variar el nivel de iluminación en función del aporte de luz exterior.

En las zonas de ordenadores se cuidará muy especialmente la absorción acústica en techo y paredes. En el resto de la biblioteca se tratará adecuadamente el nivel del ruido aéreo para que sea admisible.El movimiento de personas y libros en el área SIBYD discurrirá en paralelo al tránsito de personas y usuarios, sin interferencias.Superficie total construida cerrada aproximada 2.160,00 m25.6 EDIFICIO DE AULARIO 1 (C)

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Edificio destinado a albergar aulas generales y específicas de las distintas titulaciones del Campus.

Las titulaciones a impartir son Enfermería, Terapia Ocupacional y Nutrición Humana y Dietética durante los cursos de 1º y 2º.

Las aulas, talleres y laboratorios tendrán uso compartido entre varias titulaciones y en horario de mañana y tarde para garantizar un uso adecuado de las instalaciones.

Los espacios generales de circulación en las distintas plantas se entienden como espacios con ventilación permanente y acristalados al exterior en la mayor parte de su perímetro, debiendo las aulas resolver sus propios cerramientos con aislamiento acústico y térmico.

El falso techo de los espacios de circulación tendrá cualidades absorbentes acústicas. El falso techo de las aulas será absorbente acústico en el tercio de la superficie más alejado del profesor para evitar el efecto eco.

Los pasillos y aulas tendrán en todo su perímetro zócalos de protección de 2.10 m. de altura para un correcto mantenimiento del edificio. En las aulas y/o en pasillos se incorporarán armarios y armarios cristalera formando parte de los cerramientos para guardar material del aula y de los alumnos (taquillas).

Todas las aulas y laboratorios dispondrán de puntote red. En los laboratorios se colocará, además, punto de agua y desagüe así como campana de extracción hasta cubierta donde sea necesario.

El sistema de oscurecimiento consistirá en estores de material vinílico o similar accionados eléctricamente desde la mesa del profesor.

Los materiales empleados, aparatos sanitarios, los accesorios, herrajes……admitirán un uso intensivo y deberán ser de fácil reposición.

Superficie total construida cerrada aproximada 2.160,00 m2

5.7 EDIFICIO D

Futuro edificio de uso docente-universitario del que se define el contorno del forjado de planta baja para su construcción. El tratamiento será análogo al de los edificios B y C. La estructura y cimentación admitirá un edificio de hasta 5 plantas similar a los citados. Se le dará un tratamiento de cubierta provisional y una solución perimetral que permita el acceso a su superficie sólo para labores de mantenimiento y conservación.

5.8 EDIFICIO E

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Futuro edificio de uso docente-universitario del que se define el contorno del forjado de planta baja para su construcción. El tratamiento será análogo al de los edificios B y C. La estructura y cimentación admitirá un edificio de hasta 5 plantas similar a los citados. Se le dará un tratamiento de cubierta provisional y una solución perimetral que permita el acceso a su superficie sólo para labores de mantenimiento y conservación.

5.9 CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL (F)

Edificio destinado a albergar de forma unificada las enseñanzas regladas y no regladas de los ciclos superiores de formación relacionada con el ámbito de las Ciencias de la Salud de acuerdo con el R.D. 1558/2005 de 23 de Diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrales de Formación Profesional.

Por ello, es un centro autosuficiente en sí mismo con sus aulas, departamentos, administración, salón de actos, vivero de empresas…. por lo que sus alumnos titulados pueden incorporarse al mercado laboral o bien, continuar sus estudios en el Campus y alcanzar un grado universitario.

La planta baja albergará las siguientes dependencias:

Administración Dirección Salón de Actos Vivero de Empresas Aulas y Laboratorios

La planta primera incluye:

Aulas y Laboratorios Salas de Juntas Despachos de profesores

En planta alta se dispone de aulas y laboratorios.

Los espacios generales de circulación en las distintas plantas se entienden como espacios con ventilación permanente y acristalados al exterior en la mayor parte de su perímetro, debiendo alas aulas resolver sus propios cerramientos con aislamiento acústico y térmico.

El falso techo de los espacios de circulación tendrá cualidades absorbentes acústicas. El falso techo de las aulas será absorbente acústico en el tercio de la superficie más alejado del profesor para evitar el efecto eco.

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Los pasillos y aulas tendrán en todo su perímetro zócalos de protección de 2.10 m. de altura para un correcto mantenimiento del edificio. En las aulas y/o en pasillos se incorporarán armarios y armarios cristalera formando parte de los cerramientos para guardar material del aula y de los alumnos (taquillas).

Todas las aulas y laboratorios dispondrán de puntote red. En los laboratorios se colocará, además, punto de agua y desagüe así como campana de extracción hasta cubierta donde sea necesario.

El sistema de oscurecimiento consistirá en estores de material vinílico accionados eléctricamente desde la mesa del profesor.

Los materiales empleados, aparatos sanitarios, los accesorios, herrajes……admitirán un uso intensivo y deberán ser de fácil reposición.

Debido a la orientación este-oeste de sus fachadas principales, el control solar adquiere una gran importancia. La fachada oeste es bastante opaca al exterior protegiendo las zonas altas con una pérgola sobre una terraza de fácil acceso. Al este, los huecos elevados permiten una adecuada iluminación de las aulas a la vez que liberan la pared exterior para apoyo de bancadas y trazado de instalaciones. Los vidrios deberán tener un tratamiento de control solar.

El edificio tiene un segundo acceso en su lado norte para, además de facilitar una mejor relación con el Campus, permitir usos alternativos al habitual como es la zona del vivero de empresas con jornadas de trabajo más dilatadas sin necesidad de tener abierto todo el edificio.

Superficie total construida cerrada 3.260,00 m2. aproximadamente.

6.- LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Será preceptivo el cumplimiento de toda la legislación y normativas vigentes. Con la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación predominará éste sobre aquélla normativa a la que sustituye. Si se produjera convivencia entre normativas, el criterio será el uso de la más restrictiva.Destacarían las siguientes normativas:

- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

- Decreto 462/71, de 11 de marzo por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación.

- Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

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- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Real Decreto 556/1989, de 19-Mayo, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.

- Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras arquitectónicas.

- Ley 31/1995 de 8 de octubre de Prevención de Riesgos Laborales.

- Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

- Normas Básicas de la Edificación (NBE).

- Normativa técnica sectorial de aplicación.

- Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Lorca.

- Normas de edificación del Plan Especial del Campus Universitario de Ciencias de la Salud de Lorca.

- Instrucciones y criterios complementarios que durante la redacción del proyecto, dicten los órganos competentes del Consorcio del Campus Universitario de Lorca.

- Código Técnico de Edificación (CTE) incluyendo la totalidad de sus Documentos Básicos.

- Normativa Técnica de aplicación de la Comunidad Autónoma Región de Murcia.

- Normativa Técnica de aplicación del Ayuntamiento de Lorca (Murcia).

NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS:

El apartado A). Uno del artículo primero y el artículo segundo del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación establecen:«Artículo primero: En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente:

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A) En la memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares:Uno. La observancia de las normas de la Presidencia del Gobierno y Normas del Ministerio de la Vivienda sobre la construcción actualmente vigentes y aquellas que en lo sucesivo se promulguen.Artículo segundo: Los Colegios Profesionales o, en su caso, las oficinas de supervisión de proyectos, de acuerdo con lo establecido en los artículos setenta y tres y siguientes del Reglamento General de Contratación del Estado, vendrán obligados a comprobar que han sido cumplidas las prescripciones establecidas en el artículo anterior. La inobservancia de las mismas determinará la denegación del visado o, en su caso, de la preceptiva autorización o informe de los proyectos».Con el objeto de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable:

A.-PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRA:

A.1.-Documentación de proyecto y dirección de obra.

• ESTADÍSTICA DE EDIFICACIÓN Y VIVIENDA (Hoja de Datos Estadísticos). (Orden de 13-Noviembre-68, de Presidencia de Gobierno).

• NORMAS SOBRE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS. (DECRETO 462/1971, de 11-Marzo, del Ministerio de la Vivienda)

• Ley 38/1999, DE 5 DE NOVIEMBRE, DE LA JEFATURA DEL ESTADO, DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN.

B.- ESTRUCTURAS:

B.1) Acciones en la edificación.

• NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN "NBE AE-88" ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN (Real Decreto 1370/1988, de 11-Noviembre, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo)

• NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSE-94). (Real Decreto 2543/1994, de 29-Diciembre, del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente).

Derogada por la NCSE-02.De aplicación a los proyectos iniciados, a las obras que los desarrollan y a las obras en ejecución, antes de la entrada en vigor de la NCSE-02.

Durante dos años, los proyectos y construcciones podrán ajustarse a esta norma.

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• NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSE-02). (Real Decreto 997/2002, de 27-Septiembre, del Ministerio de Fomento).

Entrada en vigor al dia siguiente de publicación.Deroga la NCSE-94. Durante dos años los proyectos y construcciones podrán ajustarse a la norma anterior.

B.2) Acero.

• NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN "NBE EA-95" ESTRUCTURAS DE ACERO EN EDIFICACIÓN (Real Decreto 1829/1995, de 10-Noviembre, del Ministerio de Obras Públicas, Transportes, y Medio Ambiente).

B.3) Fábrica de ladrillo.

• NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN "NBE-FL-90" MUROS RESISTENTES DE FÁBRICA DE LADRILLO (Real Decreto 1723/1990, de 20-Diciembre, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).

B.4) Hormigón.

• INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL "EHE" (Real Decreto 2661/1998, de 11-Diciembre, del Ministerio de Fomento).Modificada por: Modificación de la Disposición Transitoria Única y Subsanación de Errores. (Real Decreto 996/1999 de 11-Junio, del Ministerio de Fomento).

• INSTRUCCIÓN PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS "EFHE". (Real Decreto 642/2002, de 5-Julio, del Ministerio de Fomento).B.5) Forjados.

• FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS. (Real Decreto 1630/1980, de 18-Julio, de la Presidencia del Gobierno).

• MODELOS DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL Real Decreto 1630/1980 SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS. (Orden de 29-Noviembre-89, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).Modificada por: Actualización de las Fichas de Autorización de Uso de Sistemas de Forjados. (Resolución de 30-Enero-97, del Ministerio de Fomento).

- ACTUALIZACIÓN DEL CONTENIDO DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS. (Resolución de 6-Noviembre-02, del Ministerio de Fomento).

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C) INSTALACIONES:

C.1) Agua

• NORMAS BÁSICAS PARA LAS INSTALACIONES INTERIORES DE SUMINISTRO DE AGUA. (Orden de 9-Diciembre-75, del Ministerio de Industria).Corrección errores: 12-Febrero-76.Modificada por: Complemento del Apartado 1.5 Titulo I De La Norma Básica para las Instalaciones Interiores de Suministro de Agua. (Resolución de 14-Febrero-80, de la Dirección General de la Energía).

C.2) Ascensores

• DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE, SOBRE ASCENSORES. (Real Decreto 1314/1997, de 1-Agosto, del Ministerio de Industria y Energía).

• REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y MANUTENCIÓN DE LOS MISMOS (Sólo los artículos 10 a 15, 19 y 23 de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997). (Real Decreto 2291/1985, de 8-Noviembre, del Ministerio de Industria y Energía).

•INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS (Sólo los preceptos a los que remiten los artículos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997). (Orden de 23-Septiembre-87, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección errores: 12-Mayo-88.Modificada por: Modificación de la ITC-MIE-AEM 1, referente a Ascensores Electromecánicos.(Sólo los preceptos a los que remiten los artículos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997)

- Orden de 12-Septiembre-91, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Corrección errores: 12-Octubre-91.

• PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC-MIE-AEM 1, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y MANUTENCIÓN DE LOS MISMOS (Sólo los preceptos a los que remiten los artículos del Reglamento anterior que siguen vigentes, de acuerdo con el Real Decreto 1314/1997). (Resolución de 27-Abril-92, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo).

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• INSTALACIÓN DE ASCENSORES SIN CUARTO DE MAQUINAS. (Resolución de 3-Abril-97, del Ministerio de Industria y Energía).

Corrección errores: 23-Mayo-97.

• INSTALACIÓN DE ASCENSORES CON MAQUINAS EN FOSO. (Resolución de 10-Septiembre-98, del Ministerio de Industria y Energía).

C.3) Audiovisuales y Antenas.

• INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN. (Real Decreto- Ley 1/1998, de 27-Febrero, de la Jefatura del Estado).

• REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. (Real Decreto 279/1999, de 22-Febrero, del Ministerio de Fomento).

• DESARROLLO DEL REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES, APROBADO POR Real Decreto 279/1999, DE 22 DE FEBRERO. (Orden de 26-Octubre, del Ministerio de Fomento).

C.4) Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.

• REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE) Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS (ITE) Y CREA LA COMISIÓN ASESORA PARA LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS. (Real Decreto 1751/1998, de 31-Julio, del Ministerio de la Presidencia).Modificada por: Modificación del RITE y las Instrucciones ITC ITE. (Real Decreto 1218/2002, de 22-Noviembre, del Ministerio de la Presidencia).

• REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES ITC "MIG". (Orden de 18-Noviembre-74, del Ministerio de Industria).Modificada por: Modificación de los puntos 5.1 y 6.1 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos e Instrucciones "MIG". (Orden de 26-Octubre-83, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección errores: 23-Julio-84.

MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG 5.1, 5.2, 5.5 y 6.2. DEL REGLAMENTO DE

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REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS. (Orden de 6-Julio-84, del Ministerio de Industria y Energía).Modificación del apartado 3.2.1. de la Instrucción Técnica Complementaria ITC- MIG 5.1. (Orden de 9-Marzo-94, del Ministerio de Industria y Energía).

MODIFICACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIG R 7.1 Y R 7.2 DEL REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS. (Orden de 29-Mayo-98, del Ministerio de Industria y Energía).

• INSTRUCCIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES COMBUSTIBLES. (Orden de 17-Diciembre-85, del Ministerio de Industria).

Corrección errores: 26-Abril-86

• REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (GLP) EN DEPÓSITOS FIJOS. (Orden de 29-Enero-86, del Ministerio de Industria).

Corrección errores: 10-Junio-86

- REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMÉSTICOS, COLECTIVOS O COMERCIALES. (Deroga, para estos usos, lo establecido en las Normas Básicas para Instalaciones de gas en edificios habitados, Orden de 27-Marzo-74, de la Presidencia del Gobierno). (Real Decreto 1853/1993, de 22-Octubre, del Ministerio de la Presidencia).Corrección errores: 8-Marzo-94

-INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 03 INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO. (Real Decreto 1427/1997, de 15-Septiembre, del Ministerio de Industria y Energía).Modificada por: Modificación de la ITC MI-IP 03. (Real Decreto 1523/1999, de 1-Octubre, del Ministerio de Industria y Energía).

C.5) Electricidad.

• REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC BT 01 A BT 51. (Real Decreto 842/2002, de 2-Agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología).- TODA LA DEMÁS LEGISLACIÓN Y NORMATIVA VIGENTE.

C.6) Instalaciones De Protección Contra Incendios.

• REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. (Real Decreto 1942/1993, de 5-Noviembre, del Ministerio de Industria y Energía).

Corrección de errores: 7-Mayo-94.

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Modificada por: Normas sobre Procedimiento y Desarrollo del Real Decreto 1942/1993. Y se revisa el Anexo I y los Apéndices del mismo. (Orden de 16-Abril-98, del Ministerio de Industria y Energía).

D) CUBIERTAS:

• NORMA BÁSICA DE EDIFICACIÓN "NBE-QB-90" CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS. (Real Decreto 1572/1990, de 30-Noviembre, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).

Actualización del Apéndice del anejo del Real Decreto 1572/1990 "NBE-QB-90" CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS. (Orden de 5-Julio-96, del Ministerio de Fomento).

E) PROTECCIÓN:

E.1) Aislamiento Acústico.

• NORMA BÁSICA DE LA EDIFICACIÓN " NBE-CA-88" CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS. (Orden de 29-Septiembre-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).

E.2) Aislamiento Térmico.

• NORMA BÁSICA NBE-CT-79 SOBRE CONDICIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS. (Real Decreto 2429/1979, de 6-Julio, de la Presidencia del Gobierno).

E.3) Protección Contra Incendios.

• NORMA BÁSICA DE EDIFICACIÓN "NBE-CPI-96". CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS. (Real Decreto 2177/1996, de 4-Octubre, del Ministerio de Fomento).

Corrección errores: 13-Noviembre-96.

• REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. (Real Decreto 786/2001, de 6-Julio, del Ministerio de Ciencia y Tecnología).

E.4) Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.

• PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. (Ley 31/1995, de 8-Noviembre, de la Jefatura del Estado).

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• REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. (Real Decreto 39/1997, de 17-Enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).Modificado por: Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención. (Real Decreto 780/1998, de 30-Abril, del Ministerio Trabajo y Asuntos Sociales).• COMUNICACIONES DE APERTURA PREVIA O REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES EN LOS CENTROS DE TRABAJO. (Orden de 6-Mayo-1988, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).MODIFICADO POR: Modificación de las Comunicaciones de Apertura Previa o Reanudación de Actividades en los Centros de Trabajo. (Orden de 29-Abril-99, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• DISPOSICIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. (Real Decreto 485/1997, de 14-Abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO. (Real Decreto 486/1997, de 14-Abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS QUE ENTRAÑE RIESGOS, EN PARTICULAR DORSOLUMBARES, PARA LOS TRABAJADORES. (Real Decreto 487/1997, de 14-Abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS AL TRABAJO CON EQUIPOS QUE INCLUYEN PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN. (Real Decreto 488/1997, de 14-Abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. (Real Decreto 773/1997, de 30-Mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO. (Real Decreto 1215/1997, de 18-Julio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

• DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. (Real Decreto 1627/1997, de 24-Octubre, del Ministerio de la Presidencia).

• PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES FRENTE A LOS RIESGOS DERIVADOS DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO. (Real Decreto 1316/1989, de 27-Octubre, del Ministerio de Relaciones con las Cortes).

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F) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS:

F.1) Barreras Arquitectónicas.

• MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS. (Real Decreto 556/1989, de 19-Mayo, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios).

G) VARIOS:

G.1) Instrucciones y Pliegos de Recepción.

• PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA RECEPCIÓN DE YESOS Y ESCAYOLAS EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN "RY-85". (Orden de 31-Mayo-85, de la Presidencia del Gobierno).

• PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE LADRILLOS CERÁMICOS EN LAS OBRAS "RL-88". (Orden de 27-Julio-88, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno).

• INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS "RC-97". (Real Decreto 776/1997, de 30 de mayo, Ministerio de la Presidencia).

• PLIEGO PARA LA RECEPCIÓN DE BLOQUES DE HORMIGÓN EN LAS OBRAS "RB-90". (Orden de 4-Julio-90, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).

G.2) Medio Ambiente.

• REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS. (DECRETO 2414/1961, de 30-Noviembre, de la Presidencia).Corrección errores: 7-Marzo-62.Desarrollada por: Instrucciones para la Aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. (Orden de 15-Marzo-63, del Ministerio de la Gobernación).

ANEXO 1: HOMOLOGACIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, PRECEPTIVAS PARA PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN:

Acero.

• ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO. (Real Decreto 2365/1985, de 20-Noviembre, del Ministerio de Industria y Energía).

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• ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRRESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN. (Real Decreto 2702/1985, de 18-Diciembre, del Ministerio de Industria y Energía).

CERTIFICADO AENOR COMO ALTERNATIVA A LA HOMOLOGACIÓN DE ALAMBRES TREFILADOS. (Orden 8-Marzo-94, del Ministerio de Industria y Energía).

Aislamiento.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS POLIESTIRENOS EXPANDIDOS UTILIZADOS COMO AISLANTES TÉRMICOS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 2709/1985, de 27-Diciembre, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección errores: 5-Junio-86.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO UTILIZADOS COMO AISLANTES TÉRMICOS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 1637/1986, de 13-Junio, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección errores: 27-Octubre-86Modificada por: Modificación de las Especificaciones Técnicas de los productos de fibra de vidrio utilizados como aislantes térmicos y su homologación, adaptando su terminología a “lana de vidrio”. (Real Decreto 113/2000 de 28-Enero-2000, del Ministerio de Industria y Energía).

Aluminio.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PERFILES EXTRUIDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 2699/1985, de 27-Diciembre, del Ministerio de Industria y Energía).

Blindajes.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE BLINDAJES TRANSPARENTES Y TRANSLÚCIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Orden de 13-Marzo-86, del Ministerio de Industria y Energía).Modificada por: Modificación de las Especificaciones Técnicas de blindajes transparentes y translúcidos y su homologación. (Orden de 6-Agosto-86, del Ministerio de Industria y Energía).

Calefacción.

• REGLAMENTO DE HOMOLOGACIÓN DE QUEMADORES PARA COMBUSTIBLES LÍQUIDOS EN INSTALACIONES FIJAS. (Orden de 10-Diciembre-75, del Ministerio de Industria y Energía).

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• SUJECIÓN A NORMAS TÉCNICAS DE RADIADORES Y CONVECTORES DE CALEFACCIÓN POR MEDIO DE FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 3089/1982, de 15-Octubre, del Ministerio de Energía e Industria).

- COMPLEMENTO DE LA SUJECIÓN A NORMAS TÉCNICAS DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 363/1984, de 22-Febrero, del Ministerio de Industria y Energía).

NORMAS TÉCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES Y CONVECTORES PARA CALEFACCIÓN POR MEDIO DE FLUIDOS. (Orden, de 10-Febrero-83, del Ministerio de Industria y Energía).Modificada por: modificación del anexo de la Orden de 10-febrero-83 sobre normas Técnicas de los radiadores y convectores de calefacción por medio de fluidos y su homologación. (Orden de 21-Junio-00, del Ministerio de Ciencia y Tecnología).

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CHIMENEAS MODULARES METÁLICAS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 2532/1985, de 18-Diciembre, del Ministerio de Industria y Energía).

APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90/396/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS. (Real Decreto 1428/1992, de 27-Noviembre, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.Corrección de errores: 27-Enero-93Modificada por: Modificación del R.D. 1428/1992 de Aplicación de las Comunidades Europeas 90/396/cee, sobre aparatos de gas. (Real Decreto 276/1995, de 24-Febrero, del Ministerio de Industria y Energía).

APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 92/42/CEE Y 93/68/CEE, SOBRE RENDIMIENTO PARA LAS CALDERAS NUEVAS DE AGUA CALIENTE ALIMENTADAS CON COMBUSTIBLES LÍQUIDOS O GASEOSOS. (Real Decreto 275/1995, de 24-Febrero, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección erratas: 26-Mayo-95.

Cemento.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 1313/1988, de 28-Octubre, del Ministerio de Industria y Energía).Modificada por: Modificación del Anexo del R.D.. 1313/1988 sobre Homologación de Cementos. (Orden PRE/2829/2002,de 11 de Noviembre, del Ministerio de la Presidencia).Complementado por: Sistema para la realización de los controles de la producción y distribución del cemento establecido en la norma une 80.403:1996. (Resolución 12-Junio-97, de la Dirección General de Industria).

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Cubiertas.

• HOMOLOGACIÓN DE PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS DE EDIFICIOS. (Orden de 12-Marzo-86 del Ministerio de Industria y Energía).

CERTIFICADO AENOR COMO ALTERNATIVA A LA HOMOLOGACIÓN DE PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS DE EDIFICIOS. (Orden 14-Enero-91, del Ministerio de Industria y Energía).

Electricidad.

• REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2. (Real Decreto 875/1984, de 28-Marzo, de la Presidencia del Gobierno).Corrección errores: 22-Octubre-84.

• EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL ELÉCTRICO DESTINADO A SER UTILIZADO EN DETERMINADOS LIMITES DE TENSIÓN. (Real Decreto 7/1988 de 8 de enero, del Ministerio de Industria y Energía).Modificado por: Modificación del Real Decreto 7/1998, de 8 de enero, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados limites de tensión. (Real Decreto 154/1995, DE 3-Febrero, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección de errores: 22-Marzo-95.

• DESARROLLO Y COMPLEMENTO DEL Real Decreto 7/1988, DE 8 DE ENERO. (Orden de 6-Junio-89, del Ministerio de Industria y Energía).Modificado por: Actualización del Anexo I de la Orden de 6 de junio de 1989 que desarrolla y complementa el Real Decreto 7/1988 de 8 de enero. (Resolución de 24-Octubre-95 de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial).

ACTUALIZACIÓN DEL APARTADO b) DEL ANEXO II DE LA Orden DE 6 DE JUNIO DE 1989 QUE DESARROLLA Y COMPLEMENTA EL Real Decreto 7/1988 DE 8 DE ENERO. (Resolución de 20-Marzo-96 de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial).

ACTUALIZACIÓN DEL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DE 24 -Octubre-95 Y DEL ANEXO II DE LA ORDEN DE 6-Junio-89. (Resolución de 11-Junio-98 de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial).

Forjados.

• FABRICACIÓN Y EMPLEO DE FORJADOS O ESTRUCTURAS PARA PISOS Y CUBIERTAS. (Real Decreto 1630/1980, de 18-Julio, de la Presidencia del Gobierno).

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• MODELOS DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL Real Decreto 1630/1980 SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE FORJADOS PARA PISOS Y CUBIERTAS. (Orden de 29-Noviembre-89, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo).Modificada por: actualización de las Fichas de Autorización de Uso de sistemas de forjados. (Resolución de 30-Enero-97, de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo).

ACTUALIZACIÓN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS. (Resolución de 6-Noviembre-02, de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo).

Saneamiento, Grifería y Fontanería.

• SUJECIÓN A NORMAS TÉCNICAS DE LA GRIFERÍA SANITARIA EN LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Real Decreto 358/1985, de 23-Enero, del Ministerio de Industria y Energía).

• NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN DE LA GRIFERÍA SANITARIA. (Orden de 15-Abril-85, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección de errores: 27-Abril-85.

• ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LOS LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS Y SU HOMOLOGACIÓN. (Orden de 14-Mayo-86, del Ministerio de Industria y Energía).

CERTIFICADO AENOR COMO ALTERNATIVA A LA HOMOLOGACIÓN PARA LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS. (Orden 14-Enero-91, del Ministerio de Industria y Energía).

Yeso y Escayola.

• HOMOLOGACIÓN DE YESOS Y ESCAYOLAS PARA CONSTRUCCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PREFABRICADOS Y PRODUCTOS AFINES DE YESOS Y ESCAYOLAS. (Real Decreto 1312/1986, de 25-Abril, del Ministerio de Industria y Energía).Corrección errores: 7-Octubre-86.

CERTIFICADO AENOR COMO ALTERNATIVA A LA HOMOLOGACIÓN PARA YESOS Y ESCAYOLAS UTILIZADOS EN LA CONSTRUCCIÓN. (Orden 14-Enero-91, del Ministerio de Industria y Energía).

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7.- PRESENTACIÓN DEL PROYECTO EN FASE DE CONCURSO.

7.1.- Los licitadores presentarán un ejemplar del Proyecto Básico Desarrollado incluyendo esquemas de instalaciones, completo encuadernado, en papel y materiales de buena calidad en formato plegado DIN A-4. Cuando sea necesario se podrán realizar encuadernaciones independientes para cada documento estando el conjunto de todos ellos alojado en cajas o recipientes que aseguren su buena identificación, conservación y manipulación.

Se incluirá una descripción detallada de la solución propuesta con memoria de calidades de los edificios y urbanización así como de las instalaciones a incorporar. Se incluirá el cuadro de precios, las mediciones con el suficiente desglose y la valoración y presupuesto final de las edificaciones y de la obra ofertada en este acto, para permitir la adecuada evaluación de la propuesta por parte de la Comisión Calificadora. No se permitirán valoraciones al alza del presupuesto incluido en el Anejo 5 – Anteproyecto de los Edificios y de la Urbanización.

La oferta deberá permitir que la obra a ejecutar en este concurso sea coherente y permita su funcionamiento.

A modo de resumen de la documentación gráfica constitutiva del proyecto, se presentarán, sobre paneles de soporte rígido (tipo cartón-pluma) y en formato DIN A-1, todos los planos cuya lectura defina con claridad el conjunto de las edificaciones y urbanización, dibujados a escala mínima 1:100. Asimismo podrán incluirse vistas volumétricas, no aceptándose renderizaciones. No se aceptan los tratamientos de color, a excepción de aquellos grafismos que hagan referencia a la organización y trazado de las instalaciones (gases, electricidad, agua, telefonía, etc.) que figuran en el programa de necesidades.

Se incluirá, en uno o varios de dichos paneles, síntesis escrita relativa a superficies útiles y construidas del edificio, así como a aspectos justificativos de la solución propuesta, con referencia expresa a los criterios técnicos, estéticos y económicos que la han motivado.

El número máximo de paneles a presentar por cada licitador será de seis (6).

Deberá constar en las carátulas de los planos del Proyecto Básico el nombre del Promotor, Arquitecto Director, nombre de la empresa concursante y arquitecto colaborador contratado por la empresa para el desarrollo de los Proyectos objeto del concurso.

7.2.- El proyecto deberá presentarse, además, en soporte magnético, CD-ROM, teniendo en cuenta que los ficheros que se entreguen serán de los siguientes tipos:

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- Para textos, ficheros compatibles con Microsoft Word® 6.0.- Para planos, ficheros DWG, propios del programa AUTOCAD®

Además:

- Cada plano en papel tendrá un fichero DWG exclusivo, y a partir del mismo podrá reproducirse exactamente dicho plano sin ningún tratamiento adicional (modificación de la visualización de capas, tipos de línea, etc.).- En cada archivo figurará una tabla que relacione espesores de impresión con número de color, para su perfecta reproducción.- Dentro del pie de plano, sello, carátula o cajetín, figurará y deberá ser legible el nombre del fichero y la fecha de ploteado, en el original y copia.- Si se utilizan estilos de letra, forma, estilos de acotación, tipos de línea, etc., no incluidos de forma estándar en AUTOCAD®, serán suministrados en ficheros independientes.- El menú de generación de los DWG será “acad.mnu”.- Se entregarán las referencias externas utilizadas en los dibujos, y sus nombres no tendrán camino, ubicándose en el mismo directorio/carpeta que el fichero “DWG”.- El fichero “DWG” tendrá activada la variable “TILEMODE” convenientemente para su visualización correcta.- Todos estos ficheros reproducirán exactamente el proyecto entregado en papel, sin ningún tratamiento adicional. No se aceptarán ficheros comprimidos, salvo casos excepcionales, y en cualquier caso, deberá ser ejecutables autoextraibles.

8.- RESUMEN ECONÓMICO

( ver Anejo 5 : Anteproyecto Técnico)

9.- CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

9.1 Acometidas provisionales.

La parcela sobre la que se edifica el Campus posee en la actualidad acometidas de instalaciones y urbanización circundante próxima a la misma.

La empresa licitadora deberá tener en cuenta la resolución de las acometidas provisionales para la ejecución de las obras e incluir los costos económicos dentro de su oferta.

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9.2 Accesos, Vallados, Seguridad.

La empresa licitadora deberá tener en cuenta e incluir en su oferta los costos de los accesos provisionales a la obra así como los vallados de la misma y las medidas de seguridad contra robo o sustracción hasta la recepción de la obra.

9.3 Consumos.

La empresa licitadora deberá tener en cuenta e incluir en su oferta los costos de los consumos de agua y energía eléctrica provisional, así como cualquier otro necesario durante las obras, incluidas las acometidas provisionales, para lo cual tramitará los permisos correspondientes, colocará los contadores y realizará las obras necesarias para poderlos llevar a cabo.

9.4 Seguro Todo Riesgo-Construcción.

La empresa licitadora deberá tener en cuenta e incluir en su oferta un seguro todo riesgo-construcción que se presentará a la semana siguiente de haber firmado el contrato de adjudicación de la obra teniendo como beneficiaria a la Universidad de Alicante.

9.5 Documentación de obra.

La empresa licitadora deberá disponer de los medios administrativos y técnicos suficientes para crear y mantener la totalidad de la documentación necesaria para el correcto desarrollo de la obra.

Para el inicio de los trabajos se presentará el Plan de Seguridad de la obra objeto del concurso así como la propuesta de circuitos y ubicaciones de casetas, accesos y zonas de carga y descarga de materiales.

Para la recepción de la obra se exigirá, según la legislación vigente, toda la documentación necesaria para la puesta en marcha del edificio, sus instalaciones y el correcto mantenimiento de la obra construida.

9.6 Varios.

La empresa adjudicataria colocará una caseta de obra para la asistencia técnica con dos despachos y sala de reuniones amueblados, con línea de teléfono, ADSL, acometida eléctrica y de agua. El coste estará incluido en su oferta económica.

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10.- PLAZO DE LA OBRA.

El plazo de ejecución de la totalidad de la obra será de 18 meses desde la firma del Acta de Replanteo, no pudiendo finalizar más tarde del día 1 de Septiembre 2008.

11.- PLAZO DE GARANTÍA.

Un año desde la firma de la recepción de las obras, salvo que se produzca alguna reparación por deterioro de la obra en cuyo caso el plazo se renueva íntegramente desde la reparación de la misma.

12.- CONTROL DE CALIDAD.

Con carácter previo a la recepción de la obra deberá realizarse y aprobarse según la D.F. con la supervisión de la asistencia técnica, las siguientes pruebas y controles.

- Estanqueidad de las cubiertas mediante el método de inundación durante el periodo de un día.

- Estanqueidad de todas las fachadas mediante el riego de todas ellas desde las cubiertas según sistema y tiempo a definir por la D.F.

- Verificación de las instalaciones de climatización según Normas aplicables.

- Verificación de la instalación de electricidad según Normas aplicables.

- Todas las prescritas en la EHE.

13.- REVISIÓN DE PRECIOS.

No procede revisión de precios

14.- PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA Y CATEGORÍA DEL CONTRATO.

Grupo C, subgrupos todos, categoría f. Grupo I, subgrupo 1,categoría C Grupo I, subgrupo 9,categoría E Grupo J, subgrupo 2,categoría E Grupo K, subgrupo 7,categoría E

Lorca, de de 2006

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