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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS Y LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE CALP. SEPTIEMBRE 2018 1

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN

DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA DE

RESIDUOS URBANOS Y LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE CALP.

SEPTIEMBRE 2018

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Art.1.-OBJETO DEL PLIEGO

Art.2.-RÉGIMEN JURÍDICO Y DURACIÓN DEL CONTRATO

Art.3.-VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO

3.1.-Precios unitarios

3.2.-Régimen de pagos

3.3.-Revisión de precios

Art.4.-SOLVENCIA DEL LICITADOR

4.1-Solvencia económica y financiera

4.2.-Solvencia técnica o profesional

Art.5.-SERVICIOS A PRESTAR EN EL ÁMBITO TERRITORIAL

5.1.-Obligaciones generales del adjudicatario

5.2.-Atención ciudadana y al ayuntamiento

5.3.-Suministro de información del servicio

5.4.-Campañas de educación ambiental

Art.6.-PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS

6.1.-Prestaciones y características del servicio

6.2.-Análisis de la producción de residuos del municipio

6.3.-Zonificación y frecuencia de recogida

6.4.-Contenerización

6.4.1.-Adaptación del parque de contenedores actual

6.4.2.-Ubicación

6.4.3.-Reposiciones y ampliaciones

6.4.4.-Lavado

6.4.5.-Mantenimiento y reparación de averías

6.5.-Recogida ordinaria de residuos urbanos

6.6.-Recogida de biorresiduos

6.6.1.-Restos vegetales de poda y limpieza de jardines y parques

6.6.2.-Residuos de alimentos

6.7.-Recogida selectiva

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6.7.1.-Papel/cartón

6.7.2.-Envases ligeros

6.7.3.-Vidrio

6.7.4.-Aceite alimentario usado

6.7.5.-Pilas y lámparas de bajo consumo

6.8.-Recogida de enseres y residuos voluminosos

6.9.-Recogida de aparatos eléctricos y electrónicos

6.10.-Recogida de escombros de obra menor

6.11.-Recogidas especiales

6.11.1.-Recogida de residuos durante las fiestas locales

6.11.2.-Recogida de residuos en otros actos públicos

6.11.3.-Recogida del Mercado municipal y ambulante

6.11.4.-Recogida de animales domésticos muertos

6.11.5.-Recogida de residuos de limpieza del Cementerio

6.11.6.-Recogida en Semana Santa y Pascua

6.11.7.-Recogida de residuos que ordene el Ayuntamiento

6.11.8.-Retirada de residuos y saneamiento de viviendas y locales particulares

6.12Transporte de residuos a destino.

6.12.1.-Condicionantes

6.13.-Punto blanco y ecoparque

6.13.1.-Gestión de punto blanco

6.13.2.-Ecoparque

Art.7.-PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA

7.1.-Descripción de los servicios a prestar

7.2.-Barrido manual

7.2.1.-Frecuencia de Barrido manual

7.3.-Barrido mecánico

7.3.1.-Frecuencia de Barrido mecánico

7.4.-Baldeo

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7.5.-Instalación, mantenimiento, reposición, limpieza y vaciado de papeleras

7.6.-Otros servicios de limpieza.

7.6.1.-Servicio de desbrozado y recogida de restos de corte en urbanizaciones

7.6.2.-Retirada de excrementos caninos

7.6.3.-Brigada de limpieza de urbanizaciones

7.6.4.-Fregado de aceras

7.6.5.-Limpieza del mercado ambulante

7.7.-Servicios especiales de limpieza

7.7.1.-Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos

7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis

7.7.3.-Animales muertos abandonados en la vía pública

7.7.4.-Limpieza intensiva de aceras, calzadas, zonas peatonales

Art.8.-MEDIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

8.1.-Medios materiales aportados por el contratista

8.1.1.-Vehículos

8.2.-Medios materiales aportados por la entidad local

8.3.-Personal

8.3.1.-Subrogación en el personal existente adscrito al servicio

8.4.-Herramientas informáticas

Art.9.-ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SERVICIO, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y RELACIÓN

CON EL AYUNTAMIENTO.

9.1.-Organización de personal

9.2.-Medios técnicos y materiales

Art.10.-SEGURIDAD Y SALUD

Art.11.-RÉGIMEN DEL SERVICIO

11.1.-Inicio de la prestación de los servicios

11.2.-Modificación del contrato y del servicio

11.3.- Inspección y evaluación de la calidad del servicio

11.4.- Régimen sancionador

11.4.1.- Infracciones

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11.4.2. -Sanciones

Art.12.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

12.1.-Criterios evaluables de forma automática

12.2..-Criterios evaluables mediante juicio de valor.

12.3.-Criterios de preferencia en la adjudicación del contrato

ANEXO I: CONTENIDO DE LA OFERTA

ANEXO II PERSONAL

ANEXO III: MEDIOS MATERIALES APORTADOS POR LA ENTIDAD LOCAL

ANEXO IV: DOTACIÓN DE CONTENEDORES DE REFERENCIA

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Art.1.-OBJETO DEL PLIEGO

El objeto del presente Pliego es la definición de los condicionantes técnicos y económicos para la

contratación del servicio público de recogida de residuos urbanos y la limpieza viaria del municipio de

Calp, en la totalidad de su término municipal, correspondiente al Plan Zonal de residuos 6, área de

gestión A1. Se incluyen aquellos residuos urbanos procedentes de recogidas separadas o selectivas.

Por recogida se entiende la dotación, reposición y mantenimiento de la red de contenedores de

residuos del municipio, así como las operaciones realizadas desde la recepción y acopio de los

residuos urbanos en los contenedores y otros medios de recogida del municipio, hasta el transporte de

dichos residuos a la planta de tratamiento o estación de transferencia de residuos que determine el

Ayuntamiento o, en su caso, el Consorcio designado para la valorización y eliminación de los residuos

urbanos del cual forme parte el municipio.

No se incluye por tanto el tratamiento de valorización y eliminación de los residuos mezclados y la

fracción orgánica o la transferencia de estos residuos desde la estación de transferencia receptora

hasta las instalaciones de valorización y eliminación de residuos designadas.

Por limpieza viaria se entiende los trabajos a realizar para mantener las condiciones necesarias de

limpieza y salubridad del espacio público, mediante la limpieza, recogida y transporte posterior a los

puntos de depósito de todos los desperdicios existentes en las aceras, calzadas, zonas ajardinadas o

en cualquier otra parte de la vía pública. También incluye el mantenimiento, limpieza y vaciado

periódico de la totalidad de las papeleras e imbornales instalados en el municipio.

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas describe como se han de prestar los servicios,

estableciendo los diversos aspectos técnicos, organizativos y económicos del servicio de recogida de

residuos urbanos y de la limpieza viaria en el municipio de Calpe, de forma que se ejecuten con

métodos, prácticas y productos más respetuosos para el medio ambiente y la salud laboral.

Dichos servicios públicos de recogida de residuos urbanos y limpieza viaria se prestan de conformidad

con los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

que los determinan como competencia del municipio.

A su vez, el presente pliego sirve como referencia para la elaboración de la Oferta de Prestación del

Servicio, a través de la especificación de los diversos aspectos técnicos relativos al procedimiento y la

forma de adjudicación del servicio al que se refiere.

Por último, establece los principios para la posterior regulación de cualquier aspecto que no haya sido

detallado explícitamente en el presente documento y pueda ser necesario durante el periodo de

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vigencia del contrato, siguiendo los principios de responsabilidad social, sostenibilidad ambiental e

innovación.

Los conceptos y términos medioambientales utilizados en este pliego deberán interpretarse de acuerdo

con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos, el Plan Integral de Residuos de la Comunitat

Valenciana y demás legislación medioambiental aplicable.

Art.2.-RÉGIMEN JURÍDICO Y DURACIÓN DEL CONTRATO

Los servicios objeto de este contrato se prestarán por contrato de servicios, de acuerdo con lo previsto

en el capítulo V, título II, libro segundo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector

Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento

Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).

El plazo de duración de este contrato es de DIEZ años, sin posibilidad de prorrogarlo.

Artículo 29. Plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación.

4. Los contratos de suministros y de servicios de prestación sucesiva tendrán un plazo máximo de

duración de cinco años, incluyendo las posibles prórrogas que en aplicación del apartado segundo de

este artículo acuerde el órgano de contratación, respetando las condiciones y límites establecidos en

las respectivas normas presupuestarias que sean aplicables al ente contratante.

Excepcionalmente, en los contratos de servicios se podrá establecer un plazo de duración superior al

establecido en el párrafo anterior, cuando lo exija el período de recuperación de las inversiones

directamente relacionadas con el contrato y estas no sean susceptibles de utilizarse en el resto de la

actividad productiva del contratista o su utilización fuera antieconómica, siempre que la amortización

de dichas inversiones sea un coste relevante en la prestación del servicio, circunstancias que deberán

ser justificadas en el expediente de contratación con indicación de las inversiones a las que se refiera

y de su período de recuperación. El concepto de coste relevante en la prestación del servicio será

objeto de desarrollo reglamentario.

El contrato tendrá la naturaleza de contrato administrativo y se regirá en cuanto a su preparación,

adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción por lo dispuesto en el Pliego de Condiciones

Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato que se

suscriba, en la LCSP, en la legislación de régimen local y en el resto de legislación aplicable.

El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, bajo la modalidad de varios criterios de

adjudicación.

Los licitadores deberán tener en cuenta, en la redacción de sus ofertas de organización de los

servicios de recogida y transporte de residuos urbanos y limpieza viaria, la totalidad de normativa y

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legislación vigente de aplicación. La normativa más importante relacionada con el servicio es la

siguiente:

• El contrato suscrito entre el Ayuntamiento de Calp y la empresa adjudicataria.

• El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

• El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

• Ordenanzas municipales relacionadas con los servicios que se licitan.

• Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

• Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al

ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo

2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

• Ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local

• Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

• Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunitat Valenciana.

• Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje,

de la Comunitat Valenciana.

• Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de

Actividades en la Comunitat Valenciana.

• Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el

interior del territorio del Estado.

• Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los

residuos de construcción y demolición.

• Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo

y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

• Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo.

• Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización

y eliminación de residuos y la lista europea de residuos (modificada por la Decisión de la

Comisión 2014/955/UE).

• Plan Estatal Marco de gestión de residuos (PEMAR), aprobado por el Consejo de Ministros de

06/11/2015, publicado en el BOE de 12/12/2015.

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• Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell, de aprobación definitiva del Plan Integral de

Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV).

• Orden de 12 de noviembre de 2001, del Conseller de Medio Ambiente, por la que se aprueba el

Plan Zonal de residuos de la Zona XV (en la actualidad Zona 6, Área de gestión A1). (DOCV

núm. 4139, de 30/11/01)

• Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el

entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre (modificado por Real Decreto

524/2006).

• Resolución de 20 de enero de 2014, de la directora general del Secretariado del Consell y

Relaciones con Les Corts, por la que se dispone la publicación del Convenio marco entre la

Generalitat y la entidad Ecoembalajes España, S.A.

• Nuevas normativas que le sean de aplicación.

Art.3.-VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO

El valor estimado anual del contrato, de acuerdo a los servicios objeto del presente Pliego es el

siguiente:

DESCRIPCIÓN IMPORTE (€)

Servicio de Recogida de Residuos Municipales 1.910.000 €

Servicio de Limpieza Viaria 1.415.000 €

Gestión del Punto Blanco 71.363,64 €

Gestión de Ecoparque 240.000 €

VALOR ESTIMADO ANUAL 3.636.363,64 €

I.V.A. 10% 363.636,36 €

IMPORTE DE LA ANUALIDAD 4.000.000 €

Considerando la duración del contrato, DIEZ años, el valor estimado para la totalidad del periodo de

duración del mismo es de 36.363.636,40 euros.

Aplicando el vigente porcentaje del 10 % en concepto de IVA, 3.636.363,64 euros, el precio total del

contrato es Cuarenta Millones de euros.(40.000.000 euros.)

De acuerdo a lo expresado en el Art.2 del presente pliego, se adjunta Anexo 1, donde se indican las

amortizaciones pendientes y la previsión de las amortizaciones a realizar, de acuerdo a los

requerimientos del presente Pliego.

El precio final del contrato se corresponderá con el expresado por el licitador que resulte adjudicatario

en la Propuesta Económica presentada, según el modelo que consta en el Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares.

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3.1.-Precios unitarios

Los licitadores en sus proposiciones económicas deberán detallar los precios unitarios de cada

servicio, de acuerdo con lo previsto en el modelo de oferta económica adjunta como anexo al Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares.

En el servicio de recogida de residuos municipales, el precio unitario se expresará en euros/tonelada

de residuos recogidos y transportados al centro de tratamiento o estación de transferencia por cada

flujo de residuos. En el servicio de limpieza viaria, el precio unitario se expresará en euros por cada

metro cuadrado de superficie de la vía pública limpiada. Para cada servicio el precio se descompondrá

en mano de obra, maquinaria, transporte y combustible, junto con el impuesto correspondiente. Estos

precios serán de aplicación cuando se hayan de realizar servicios adicionales no incluidos en el

presente Pliego.

En cuanto al transporte de residuos urbanos a la estación de transferencia o planta de tratamiento de

destino, el contratista asumirá en el precio del contrato el transporte dentro del ámbito territorial del

Plan zonal 6 A1.

No se incluye por tanto el tratamiento de valorización y eliminación de los residuos municipales

mezclados y la fracción orgánica o la transferencia de estos residuos desde la estación de

transferencia receptora hasta las instalaciones de valorización y eliminación de residuos designadas.

Para el resto de fracciones de los residuos urbanos, el precio ofertado incluye tanto la recogida como

el transporte y gestión de los residuos.

3.2.-Régimen de pagos

Se redactarán partes diarios y resumen mensual de todos los servicios de recogida de cada una de las

fracciones de residuos y de limpieza viaria. En estos informes se deberán reflejar la totalidad de

*toneladas recogidas, las rutas efectuadas, tanto de recogida como de limpieza, los medios materiales,

maquinaria y personal utilizados, las labores de mantenimiento, incidencias, etc., y se deberán firmar

por el responsable del contrato designado por la administración o personas delegadas y por el Jefe del

Servicio de la mercantil adjudicataria.

Todo lo anterior, se gestionara diariamente de modo informatizado.

*toneladas recogidas.-Una vez realizados los servicios, se recabarán todos los registros de entrada de

cada residuo, de los diferentes gestores finales.

• Residuos de recogida domiciliaria.

• Residuos de enseres y voluminosos.

• Residuos de restos vegetales, poda y jardinería.

• Residuos de la recogida selectiva de papel y cartón.

• Residuos de la recogida selectiva de envases ligeros.

• Varios.

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El precio anual del contrato se abonará en certificaciones mensuales a mes vencido cuyo importe será

el resultado de la división del precio del contrato entre los doce meses del año.

El importe de la certificación podrá reducirse, si se constata de las inspecciones realizadas, que

determinados servicios obligatorios no han sido prestados o no se han desempeñado correctamente,

mediante la certificación a cero del servicio no efectuado y reduciendo el importe del prestado de modo

incorrecto respectivamente.

Asimismo, de dichas certificaciones se descontarán, en su caso, el importe de las penalizaciones que

le hayan sido impuestas al adjudicatario.

3.3.-Revisión de precios

De conformidad con la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, el

precio anual del contrato no podrá ser objeto de revisión periódica y predeterminada en función de

precios, índices de precios o fórmulas que los contenga.

Las posibles revisiones periódicas del precio se efectuarán en los supuestos establecidos en la citada

Ley 2/2015, su desarrollo reglamentario a través de Real Decreto 55/2017 y la LCSP. Los aspectos a

considerar en las revisiones de precios serán entre otros los costes de la mano de obra y los costes de

la energía. En este sentido, en la oferta económica se detallarán los costes laborales y de la energía,

debiendo justificarse para la revisión de precios las causas de los aumentos de dichos costes, como

pueda ser los cambios en las retribuciones del personal, refrendadas en los Convenios Colectivos que

afecten a los colectivos de cada servicio contratado, o los cambios en los precios de combustibles y

carburantes que publica el Ministerio competente en Energía.

En cualquier caso, el incremento repercutible de los costes de mano de obra no podrá ser superior al

incremento experimentado por la retribución del personal al servicio del sector público, conforme a las

Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

Será asimismo de aplicación en cuanto a la revisión del precio, lo establecido en el capítulo II, título III,

libro primero de la LCSP, Revisión de precios en los contratos de las entidades del Sector Público.

Art.4.-SOLVENCIA DEL LICITADOR

4.1-Solvencia económica y financiera

El licitador deberá acreditar contar con la solvencia económica necesaria para la prestación de los

servicios objeto de este contrato, mediante los siguientes medios:

a).-Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un

seguro de indemnización por riesgos profesionales. En el caso de que se aporte un seguro, el mismo

deberá tener una cobertura mínima de 1.000.000 euros anuales y deberá responder de los posibles

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daños que se causen a la entidad local o a terceros como consecuencia de la defectuosa ejecución de

este contrato.

b).-Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda.

c).-Declaración sobre el volumen global de los negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios

en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios

disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa.

4.2-Solvencia económica y financiera

El licitador deberá acreditar contar con la solvencia técnica o profesional necesaria para la prestación

de los servicios objeto de este contrato. La calificación profesional se corresponde con las siguientes

codificaciones:

- Nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA-2008):

• Servicios de recogida de residuos: E-38.1

• Servicios de saneamiento y limpieza: E-39.00.1

- Vocabulario común de contratos (CPV-2008):

• Servicio de recogida de desperdicios: 90511000-2.

• Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos: 90511100-3.

• Servicios de recogida de desperdicios domésticos: 90511200-4.

• Servicios de recogida de basuras: 90511300-5.

• Servicios de transporte de desperdicios: 90512000-9.

• Servicio de limpieza y barrido de calles: 90610000-6

- Clasificación según el artículo 77 de la LCSP:

• R. Servicios de transporte. R-05. Recogida y transporte de residuos. Categoría 2.

• U. Servicios generales. U-01. Servicios de limpieza. Categoría 2.

La solvencia técnica o profesional de los licitadores deberá apreciarse teniendo en cuenta sus

conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse por los siguientes

medios:

a).-Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos diez años que incluya

importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados

se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el

destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante

un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario;

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en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la

autoridad competente.

Para entender acreditada la solvencia, será necesario que el licitador acredite:

1) Haber realizado al menos tres contratos de recogida de residuos municipales de importe anual no

inferior a 900.000 € en los últimos diez años.

2) Haber realizado al menos tres contratos de limpieza de vías públicas de importe anual no inferior a

400.000 € en los últimos diez años.

b).-Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa,

participantes en el contrato. Deberá disponer de coordinador o encargado, valorándose su experiencia

y formación en salud ocupacional, estándares de seguridad, métodos de limpieza y aspectos

ambientales relacionados con el servicio. El personal deberá estar formado para la ejecución de

buenas prácticas durante el servicio para minimizar el ruido y formado en conducción eficiente.

c).-Una descripción de las instalaciones técnicas con que cuente la empresa y una declaración de la

maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos,

adjuntando la documentación acreditativa correspondiente.

d).-Las titulaciones académicas y profesionales del personal directivo de la empresa y, en particular,

del personal responsable de la ejecución del contrato.

e).-Implantación de un Sistema de Gestión de la Calidad (SGC), según norma ISO 9001 o equivalente.

f).-Implantación de un Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo según norma OHSAS

18001 o equivalente.

g).-Certificados expedidos por organismos independientes relativos a la gestión ambiental del servicio

objeto del pliego, según el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (EMAS) en la

Unión Europea, o a otros sistemas de gestión ambiental reconocidos de conformidad con el artículo 45

del Reglamento (CE) nº 1221/2009, o a otras normas de gestión ambiental basadas en las normas

europeas o internacionales pertinentes de organismos acreditados, tales como la UNE-EN ISO 14001,

con indicación de las buenas prácticas y medidas de gestión medioambiental a aplicar de forma

sistemática en la ejecución del contrato.

h).-Inscripción en el Registro de producción y gestión de residuos, para las operaciones y residuos

objeto del servicio.

i).-Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo

durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

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J).-Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de

subcontratar, con las limitaciones indicadas en el Art.6.-del presente Pliego.

Art.5.-SERVICIOS A PRESTAR EN EL ÁMBITO TERRITORIAL

El presente contrato comprende los siguientes servicios, según la descripción detallada de los mismos

que se realiza en este Pliego:

• Recogida de residuos urbanos generados en el término municipal y transporte de los mismos

hasta la estación de transferencia o planta de tratamiento designada.

• Limpieza de las vías y espacios públicos existentes o que se construyan en el término

municipal.

El ámbito territorial de prestación de los servicios objeto de este contrato será el término municipal de

Calp, incluyendo el casco urbano principal, núcleos de población, pedanías, urbanizaciones,

diseminados, caminos rurales, polígonos industriales, zonas comerciales, zonas deportivas, no siendo

exhaustiva ni limitativa esta relación.

Por residuos urbanos se entienden los establecidos en el Plan Integral de Residuos de la Comunitat

Valenciana como todos aquellos residuos que, comprendidos en las nuevas categorías de “residuos

domésticos” y “residuos comerciales” definidas por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y

Suelos Contaminados, son gestionados por las entidades locales.

Debe tenerse en cuenta que, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 22/2011, de

28 de julio, de Residuos, la gestión de los residuos comerciales no peligrosos y de los residuos

industriales domésticos concedida en este pliego no tendrá carácter de exclusividad, pudiendo ser

también llevada a cabo por sus productores, a través de gestores autorizados.

5.1.-Obligaciones generales del adjudicatario

El contratista viene obligado a prestar el servicio a cambio de la contraprestación económica

establecida, a su costa, con asunción de todos los costes y gastos relacionados con el mismo y

ajustado en todo momento a:

1. Cumplir las obligaciones previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el

Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato que se formalice y demás documentación

contractual y las instrucciones que en ejercicio de las potestades que le corresponda, le dirija el

Ayuntamiento de Calpe.

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2. Prestar el servicio con la calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la

documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas, sin perjuicio de las

potestades de la Administración, disponiendo de los elementos auxiliares, de señalización,

utillaje, medios materiales necesarios para la adecuada prestación del servicio.

3. Garantizar el derecho de los ciudadanos a ser beneficiarios del servicio, en los términos

previstos en la documentación contractual.

4. No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el caso de demora en el

pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos.

5. Continuar en la prestación del servicio una vez extinguido el servicio, hasta el momento en que

el mismo comience a ser prestado por un nuevo contratista o por la propia entidad local.

6. Cumplir las condiciones de la oferta aceptadas. Las mejoras deberán ser implantadas durante

el primer año de prestación del servicio, siendo condición esencial de ejecución del contrato.

7. En cuanto a las instrucciones del Ayuntamiento, además de por el Alcalde y el Concejal

delegado, podrán ser dictadas por los Servicios Técnicos Municipales, que tendrán las

facultades de controlar e inspeccionar el cumplimiento del contrato, concretamente:

a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás disposiciones establecidas en el

contrato o en disposiciones oficiales.

b) Exigir y comprobar la existencia de medios y organización necesaria para la prestación del

servicio.

c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del servicio.

d) Proponer las modificaciones que convenga introducir.

e) Conformar las facturas/certificaciones de la labor realizada para su liquidación.

f) Tramitar las incidencias que surjan.

g) Facilitar al contratista toda la información municipal que, en relación con el contrato, pueda

servirle para desempeñar mejor sus tareas.

8. Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias, así como presentar las

comunicaciones, declaraciones responsables e inscribirse en los registros tanto oficiales como

particulares, que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del

mismo.

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9. En el caso de que en la implantación del plan zonal de residuos en el que se engloba el

municipio, se incluyan nuevos servicios planificados por el Consorcio responsable de su

ejecución, como puedan ser el ecoparque móvil, la construcción de un ecoparque fijo o punto

limpio, la implantación de una recogida de RAEE, RCD u otros residuos, el adjudicatario

adaptará los servicios prestados al municipio a esta nueva situación, sin suponer incremento

del precio de adjudicación siempre y cuando no supongan incremento de la carga laboral o

energética del servicio.

10. Indemnizar los daños que se causen a terceros o al municipio como consecuencia de la

prestación del servicio. A estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir antes del inicio de la

prestación del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de

cobertura anual de 1.000.000 euros.

11. Correr con el importe de todos los derechos, tasas, impuestos y tributos que graven las

actividades y medios afectos al servicio, quedando exento el Ayuntamiento de cualquier

responsabilidad al respecto. No correrá con el importe del canon de tratamiento y transferencia

de la fracción resto y de la recogida separada de materia orgánica.

12. Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa

vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del

Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido

de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de

los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de

las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.

13. Obligaciones de transparencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley

19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el

adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento,

toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada

norma así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

14. Cumplir las obligaciones de orden laboral, de seguridad social, de igualdad, de integración

social de minusválidos y tributarias que le sean de aplicación. En particular, estará obligado a

adoptar todas las medidas establecidas en la legislación vigente sobre prevención de riesgos

laborales.

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15. Asumir la formación del personal del servicio en aspectos tales del mismo como son la

ejecución de buenas prácticas para minimizar el ruido, la recogida separada de residuos y la

conducción eficiente. Se deberá justificar antes del inicio del contrato, la existencia de un Plan

de Prevención de Riesgos Laborales según la legislación vigente, así como, la forma de

gestión prevista del servicio de prevención.

16. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que

corresponden a la entidad local, cumplimentando y presentando en el plazo fijado la

documentación requerida por la Administración para el ejercicio de tales funciones.

17. Acreditar al Ayuntamiento el correcto cumplimiento de las prescripciones técnicas de los

servicios previstos en este Pliego, para lo cual deberá realizar un control continuo de la

prestación del servicio y remitir periódicamente la información y documentación necesaria.

18. El adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información le soliciten los Servicios Técnicos

Municipales en forma y plazo que le sean comunicados. En cualquier caso y sin necesidad de

solicitud previa, para facilitar el seguimiento y control por parte del Ayuntamiento, el

adjudicatario facilitará mensualmente a los Servicios Técnicos Municipales la documentación

detallada de las tareas que se tenga previsto realizar, las efectivamente realizadas y las

incidencias surgidas. Se incluirá la información relativa a las cantidades de residuos recogidas,

los ratios de generación por habitante, el número de contenedores de cada tipo y los habitantes

por contenedor aproximados.

19. Las tareas previstas se presentarán con un mes de antelación y las efectivamente realizadas

en el informe mensual de ejecución durante los cinco días siguientes a la finalización del mes.

20. Dar conocimiento a la entidad local sobre cualquier anomalía o incidencia en los servicios, que

afecte a la buena marcha de los mismos, comunicándoselo con antelación suficiente o, en el

caso en el que no fuera posible dicha antelación, inmediatamente después de la ocurrencia del

hecho.

21. Cumplir la legislación aplicable al ejercicio de su actividad y a la prestación de los servicios y,

en particular, la legislación de protección del medio ambiente.

22. Cumplir las obligaciones que se deriven de los Convenios que la entidad local tenga suscritos

con los diferentes Sistemas Integrados de Gestión de residuos o a los que se encuentre

adherida.

23. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, en consonancia con lo

dispuesto en el artículo 288 de la LCSP, respecto de las empresas de Estados miembros de la

Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización

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del Comercio, en los contratos de suministro que el contratista adjudique como consecuencia

de la gestión del servicio público.

24. Asumir las obligaciones frente a otras empresas subcontratistas, sin que la entidad local asuma

obligación alguna al respecto.

25. Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de

la prestación del servicio a la que se hubiese otorgado dicho carácter en los pliegos, en el

contrato o en las proposiciones de las empresas participantes en el procedimiento de

adjudicación o la que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se

mantendrá durante toda la ejecución del contrato.

26. Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, en su calidad de

encargados del tratamiento de datos personales.

27. Mantener una contabilidad independiente y separada propia de este contrato y diferenciada

para el servicio de recogida de residuos y para el servicio de limpieza viaria.

28. Entregar a la finalización del contrato el parque de contenedores municipales en adecuadas

condiciones operativas.

29. Cumplimiento del objetivo 2.5 del Pacto Valenciano contra la Violencia de Género y Machista,

con la finalidad de garantizar una contratación pública responsable.

5.2.-Atención ciudadana y al ayuntamiento

El licitador presentará una propuesta de atención ciudadana y de comunicación con el Ayuntamiento,

que permitan a la ciudadanía la comunicación de incidencias y deficiencias del servicio y su solución y

respuesta, efectuándose la recepción de las peticiones de limpieza de espacios públicos y de recogida

de determinados residuos (animales muertos, voluminosos, poda y jardinería, escombros, aceites

vegetales, etc.). Para ello dispondrá de una oficina de atención ciudadana situada en el propio

municipio.

En cuanto a la atención ciudadana, el licitador presentará una propuesta que permita al ciudadano la

comunicación de incidencias, deficiencias, peticiones y sugerencias del servicio de recogida y limpieza,

durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. Para ello se valoraran las opciones

propuestas, tales como la atención telefónica (gratuita o a coste de llamada local o coste superior), la

comunicación a través de Whatsapp u otras redes sociales, mediante aplicación de teléfono móvil,

página web, correo electrónico o la atención presencial con los horarios de la oficina de atención al

público en el municipio, con buzón de incidencias para los ciudadanos que prefieran comunicarse por

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escrito, con la posibilidad de recibir información sobre el funcionamiento del servicio y acerca de

buenas prácticas para la prevención en la generación de residuos.

Se valorará la forma de difusión de los medios de atención ciudadana, mediante rotulación en los

contenedores del municipio, en papeleras, en los vehículos de recogida y limpieza, mediante números

de teléfono, códigos QR, direcciones de contacto u otros.

Con respecto a la comunicación con el Ayuntamiento, el licitador presentará una propuesta que permita

la comunicación directa de los servicios municipales con las personas designadas por el contratista

como responsables y encargados, mediante teléfono, correo electrónico y transmisión directa de las

peticionas, quejas e instancias presentadas en las dependencias del consistorio.

Anualmente, el contratista suministrará al Ayuntamiento o a las viviendas, comercios, industrias y

servicios del municipio un calendario anual de recogida de residuos, en número suficiente

considerando las viviendas, comercios, industrias y servicios del municipio, en el cual se indicarán

todas las fechas de recogida de resto, enseres, RAEE y demás fracciones que lo requieran. El

calendario deberá contar con el visto bueno del Ayuntamiento.

5.3.-Suministro de información del servicio

El contratista suministrará información sobre la limpieza viaria del municipio y sobre la recogida de las

diferentes fracciones de los residuos urbanos de forma semanal, mensual y de forma anual, de

manera electrónica. La información mensual se presentará en el Ayuntamiento durante el mes

siguiente al mes de referencia. La memoria anual del servicio se presentará durante los dos primeros

meses del año siguiente al de la anualidad de referencia.

Para ello, el contratista deberá llevar un registro continuo de las cantidades de residuos diariamente

destinadas a tratamiento o transferencia, así como de la cantidad de viajes realizados a las

instalaciones de destino, con indicación de los kilómetros recorridos.

El adjudicatario deberá proporcionar, con frecuencia mensual, al Ayuntamiento copia de todos los

tiques de control de pesaje, preferiblemente en formato electrónico, de los residuos depositados en la

planta de tratamiento o estación de transferencia de destino (a incluir en el informe mensual), u otros

lugares donde se depositen, así como toda aquella información documental que los servicios técnicos

municipales requieran y con la frecuencia que se determinen, para el control del servicio.

Aleatoriamente los Servicios Técnicos Municipales podrán realizar pesajes de contraste, para el

seguimiento de la explotación del contrato. A su vez, mensualmente se informará de los contenedores

retirados y sustituidos.

En cuanto a los envases, papel/cartón y otras fracciones cuya recogida por el contratista suponga

ingresos para el municipio de forma directa o indirecta, el contratista proporcionará mensualmente la

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información de las cantidades recogidas, el destino y los ingresos derivados de ello, aportando

asimismo la documentación e información que establezca el Convenio al que esté adherido el

municipio para su recogida. Se tendrá en cuenta la posible designación y delegación para la

facturación de estos conceptos.

En la memoria anual del servicio, el contratista aportará la información relativa a las cantidades

recogidas de cada fracción de los residuos y los ratios por habitante, tanto mensualmente como

anualmente, con indicación del destino. Se estudiará la evolución de la recogida selectiva a lo largo del

tiempo y de la prevención en la generación de residuos.

Se informará también del número de contenedores de cada tipo, de las islas de contenedores

soterrados y cada clase de sus buzones, con indicación de los ratios globales de habitantes por

contenedor. Anualmente se presentará en soporte electrónico el inventario de contenedores del

municipio, indicando para cada contenedor:

- Tipo de fracción recogida en el contenedor (resto, envases, …)

- Ubicación del contenedor: calle, número o situación y coordenadas geográficas.

- Fecha de alta del contenedor en la ubicación.

- Sistema de recogida del contenedor (carga superior, trasera, lateral, soterrada trasera,

soterrada superior, soterrada lateral, neumática, etc.)

- Volumen del contenedor.

Se aportará un resumen anual de los contenedores repuestos y del tiempo de vida de los

contenedores, a efectos de desarrollar previsiones de sustitución.

En cuanto al suministro de información del servicio de limpieza viaria, de forma anual se reportará una

memoria del servicio en la que se constaten los servicios ordinarios y especiales realizados a lo largo

del ejercicio, y las incidencias producidas, averías y reparaciones efectuadas en los medios

disponibles, así como la actualización del inventario de papeleras del municipio, con indicación de las

nuevas papeleras implantadas, su ubicación y las papeleras sustituidas y reparadas.

Se valorará la utilización de herramientas cartográficas informáticas para la presentación de la

información a suministrar al Ayuntamiento.

Se incluirán además los resultados del control y seguimiento del contrato efectuado por empresa

externa acreditada e independiente, que realice la verificación continua del cumplimiento de los

requisitos establecidos en el presente pliego y en las mejoras ofertadas por el adjudicatario.

Asimismo, si el municipio es objeto de encuestas, estadísticas o solicitudes de información en materia

de residuos por parte de Administraciones u organismos públicos, el contratista deberá facilitar la

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información solicitada al Ayuntamiento, en los plazos que permitan dar cumplida respuesta a las

peticiones de información ambiental.

5.4.-Campañas de educación ambiental

Se valorará la inclusión en la propuesta de campañas de información y sensibilización al ciudadano, en

las que se informe de la necesidad de prevenir y reducir la generación de residuos, de efectuar su

recogida selectiva y de no ensuciar las calles y espacios públicos, respetando los horarios y lugares de

depósito de los residuos. Asimismo se aportará información de las ventajas económicas y ambientales

que supone la recogida selectiva para el municipio.

Art.6.-PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS

Al objeto de establecer las prescripciones técnicas que rigen la prestación del servicio de recogida de

residuos urbanos, en primer lugar hay que concretar qué tipo de residuos son objeto de este servicio y

están contemplados en el presente pliego.

Por residuos urbanos se entienden los establecidos en el Plan Integral de Residuos de la Comunitat

Valenciana como todos aquellos residuos que, comprendidos en las nuevas categorías de “residuos

domésticos” y “residuos comerciales” definidas por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y

Suelos Contaminados, son gestionados por las entidades locales.

En este sentido, los residuos domésticos son los generados en los hogares como consecuencia de las

actividades domésticas, así como los similares a estos generados en servicios e industrias. Los

residuos comerciales son aquellos generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al

por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del

resto del sector servicios.

Debe tenerse en cuenta que, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 22/2011, de

28 de julio, de Residuos, la gestión de los residuos comerciales no peligrosos y de los residuos

industriales domésticos concedida en este pliego no tendrá carácter de exclusividad, pudiendo ser

también llevada a cabo por sus productores, a través de gestores autorizados.

En concreto, en el municipio de Calp se efectuará la recogida de las siguientes fracciones de los

residuos urbanos:

Fracción resto (LER 200301 Mezclas de residuos municipales).

• Fracción limpieza viaria y vaciado de papeleras (LER 200303 Residuos de la limpieza

viaria)

• Fracción envases ligeros (LER 150106 Envases mezclados).

• Fracción papel/cartón (LER 150101 Envases de papel y cartón, LER 200101 Papel y

cartón).

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• Fracción vidrio (LER 150101 Envases de vidrio).

• Fracción aceite alimentario usado (LER 200125 Aceites y grasas comestibles).

• Fracción pilas (LER 160603* Pilas que contienen mercurio, LER 160604 Pilas alcalinas,

LER 160605 Otras pilas y acumuladores).

• Fracción lámparas de bajo consumo y mercuriales (LER 200121* Tubos fluorescentes y

otros residuos que contienen mercurio).

• Fracción biorresiduos, a su vez dividida en dos tipos principales:

• Restos vegetales de poda y limpieza de jardines y parques (LER 200201

Residuos biodegradables).

• Residuos de alimentos procedentes de hogares, restaurantes, servicios de

restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor FORS (LER

200108 Residuos biodegradables de cocinas y restaurantes)

• Fracción muebles y enseres (LER 200307 Residuos voluminosos).

• Fracción residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE definidos en el Real

Decreto 110/2015)

• Fracción animales domésticos muertos (LER 200399 Residuos no especificados en otra

categoría)

• Fracción ropa (LER 200110 Ropa y LER 200111 Tejidos)

• Fracción residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y

reparación domiciliaria RCD (LER 170107 y LER 170904).

• Otras recogidas especiales.

La recogida de la fracción resto, fracción limpieza viaria, fracción muebles y enseres, fracción animales

domésticos muertos y la fracción de residuos alimenticios y de cocina (FORS), se efectuará en todo

caso por el adjudicatario únicamente.

Existen fracciones para las cuales el Ayuntamiento ya dispone de recogida en la actualidad, como son

el vidrio, ropa, aceite de alimentación usado, pilas, lámparas de bajo consumo y tubos fluorescentes. A

su vez, para aquellas fracciones de las cuales se pudiera hacer recogida selectiva a través de otras

entidades, el contratista efectuará el asesoramiento y colaboración al Ayuntamiento, efectuando la

gestión correspondiente para implantar su recogida. En estos casos, el adjudicatario no efectuará su

recogida, pero deberá adaptar sus sistemas de recogida de forma que sean compatibles con estas

recogidas diferenciadas una vez implantadas.

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El adjudicatario asumirá las actuales adhesiones, designaciones y delegaciones de los actuales

contratos y convenios vigentes entre el Ayuntamiento y Ecoembes, Ecovidrio, Ecopilas, etc., sin que

suponga un incremento de coste para el municipio la recogida de estos residuos y cumpliendo las

obligaciones derivadas de los mismos.

Para el resto de fracciones de recogida separada, los licitadores podrán plantear el servicio o bien con

medios propios, o bien a través de otras entidades, sistemas integrados de gestión, sistemas de

responsabilidad ampliada del productor o gestores autorizados de residuos con los que se disponga de

acuerdo, contrato o convenio para la recogida, siempre que se cumplan las prescripciones

establecidas y no supongan incremento al precio de licitación, siendo siempre el responsable último del

servicio el contratista.

No se incluyen en el servicio de recogida de residuos urbanos, los siguientes tipos de residuos:

• Escombros y residuos de construcción y demolición de obra mayor o de obras públicas.

• Residuos industriales, tanto peligrosos como no peligrosos, que no estén incluidos en el

capítulo 20 de la Lista Europea de Residuos.

• Residuos comerciales que por sus dimensiones o características no puedan ser recogidos por

los medios convencionales de recogida de residuos urbanos.

• Residuos sanitarios de los grupos III y IV.

• Lodos y líquidos de la limpieza de alcantarillas y fosas sépticas, así como en general cualquier

lodo o residuo líquido o pastoso.

6.1.-Prestaciones y características del servicio

El adjudicatario deberá efectuar la recogida separada de residuos urbanos generados dentro del

término municipal. La recogida de residuos ha de efectuarse en condiciones de eficiencia, desde un

punto de vista operativo, económico y ambiental, de modo que se cumplan los siguientes requisitos:

1) La gestión separada de residuos se ajustará en todo momento al modelo de separación

vigente en el municipio de Calp en todo su ámbito territorial, de acuerdo con la normativa y

planificación aplicable.

2) Los residuos deben permanecer el menor tiempo posible en la vía pública. Para ello la

recogida debe hacerse en el menor tiempo posible, en condiciones de seguridad tanto para

los ciudadanos como para los trabajadores del adjudicatario que presten el servicio y con la

menor contaminación acústica y atmosférica y el menor impacto ambiental posible.

3) En la ejecución del servicio se ocasionarán las menores molestias posibles a los vecinos

por ruidos, olores, circulación vial, etc.

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4) Los contenedores se deberán mantener en perfecto estado de conservación y limpieza,

realizándose la recogida en las mejores condiciones higiénicas y de limpieza.

5) Para el vaciado de los contenedores se utilizaran vehículos para carga continua con

dispositivo para compactación de los residuos. Los vehículos llevarán acoplado un dispositivo

para elevación y vaciado mecánico de los contenedores y, en su caso, dispondrán de línea

hidráulica adicional para la elevación de las plataformas de contenedores soterrados.

6) El número de contenedores habrá de ser el necesario y suficiente para que puedan

depositarse en ellos todas las basuras que se generen en la zona para la que se hayan

previsto teniendo en cuenta las puntas que se producen en los fines de semana y en

determinadas zonas del municipio en la época estival.

7) Bajo ningún concepto se permitirán acumulación de residuos en las inmediaciones de los

contenedores, debiendo proceder a su recogida con los medios necesarios, de forma que se

recojan la totalidad de los residuos depositados por los usuarios.

8) Asimismo, en el caso de repetirse estas acumulaciones se estudiará la posibilidad de ampliar

o redistribuir el parque de contenedores.

9) Los contenedores, una vez vaciados, han de quedar bien cerrados y tapados y ser

retornados a su lugar de origen, quedando frenados y ubicados de tal forma que no

entorpezcan el tránsito de peatones y vehículos.

10) Una vez cargados los residuos en los vehículos de recogida, deberán ser descargados, salvo

excepciones, directamente en una instalación de tratamiento o estación de transferencia

autorizada.

11) El contratista transportara diariamente todos los residuos urbanos recogidos a la instalación

de destino que deberá cumplir con los requisitos legales establecidos.

12) Durante la ruta, los operarios registraran las incidencias detectadas: desbordamientos,

deficiencias de contenedores, presencia de voluminosos, etc. Estas incidencias deberán ser

comunicadas al responsable del servicio y subsanarse con la mayor celeridad posible.

13) El horario para los servicios de recogida de enseres, de poda, recogidas selectivas y

recogidas especiales podrá ser diurno y ser adecuado a la naturaleza del servicio en cada

caso.

Los procesos y prestaciones del servicio de recogida de residuos urbanos serán los descritos a

continuación:

• Contenerización de los residuos de forma separada, mediante la puesta a disposición a

los ciudadanos y entidades generadoras de residuos, de un parque de recipientes

adecuado tanto cualitativamente como cuantitativamente, capaz de asumir la generación

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de residuos de la zona ámbito de la gestión. Se aprovecharán los actuales puntos de

recogida mediante contenedores soterrados y en la medida de lo posible se mantendrá la

ubicación de los restantes contenedores en superficie.

• Recogida separada de las distintas fracciones de residuos domésticos, asimilables o

comerciales no peligrosos en las cantidades que se establezcan, mediante el vaciado de

los contenedores existentes, así como de los residuos que pudieran aparecer en el

entorno de los contenedores. La recogida separada comprenderá las categorías de

residuos indicadas anteriormente.

• Transporte separado de los residuos recogidos a las plantas de destino correspondientes

(transferencia/valorización), garantizando que en ningún momento del proceso de

recogida y transporte se mezclen las distintas fracciones, con el objetivo de lograr una

eficaz gestión final de los mismos.

• Explotación de instalaciones de recogida y almacenamiento transitorio para la gestión

separada de residuos específicos (punto limpio existente en el casco urbano del

municipio).

6.2.-Análisis de la producción de residuos del municipio

La población empadronada en el municipio de Calp es de 20.804 habitantes a 31 de diciembre de

2017, que se reparten en varios núcleos urbanos conforme se describe en la tabla de distribución

territorial.

En el último año se han recogido las siguientes cantidades de residuos urbanos en el municipio:

• Fracción resto: 16.499 t

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic TOTAL994 915 1.116 1.256 1.284 1.505 2.010 2.266 1.588 1.452 1.119 993 16.499

• Fracción voluminosos: 651 t

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic TOTAL38,6 41,5 64,7 52 58,5 55,9 58 58,2 54,2 59,8 61,6 48,1 651

• Fracción envases ligeros: 569 tn

• Fracción papel/cartón: 553 tn

• Fracción vidrio: 1.254 tn

Para la producción anual de la fracción resto de 16.499 tn y estimando una producción de 1,2

kg/hab.día, resulta una población de 37.669 habitantes equivalentes. Vistos los habitantes censados,

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implica una población estacional de producción de residuos de 16.865 habitantes, lo que supone un

porcentaje del 45% del total.

Considerando el mes de mayor producción de residuos, agosto, con 2.266 tn, y estimando una

producción de 1,2 kg/hab.día, resulta una población de 60.914 habitantes equivalentes. Vistos los

habitantes censados, implica una población estacional de producción de residuos de 40.110

habitantes, lo que supone un porcentaje del 66% del total.

Los ratios de generación de fracción resto (bolsa gris) de los residuos urbanos por habitante

empadronado en Calp son de 793 kg/año o 2,17 kg/hab·día, mientras que en la Comunitat Valenciana

giran en torno a 438 kg/año o 1,2 kg/hab·día.

Respecto a la fracción de envases ligeros (contenedor amarillo), al año se recogen 26,6 kg por

habitante empadronado o 14,7 kg por habitante equivalente. En la provincia de Alicante de media se

recogen 8,7 kg por habitante y en la Comunitat Valenciana 8,8 kg por habitante.

En cuanto a la fracción de papel/cartón (contenedor azul), al año se recogen 27,4 kg por habitante

empadronado o 15,1 kg por habitante equivalente. En la provincia de Alicante de media se recogen

10,3 kg por habitante y en la Comunitat Valenciana 11,4 kg por habitante.

Por último, de la fracción de vidrio (contenedor verde), al año se recogen 60,3 kg por habitante

empadronado o 33,3 kg por habitante equivalente. En la provincia de Alicante de media se recogen

20,8 kg por habitante y en la Comunitat Valenciana 16,5 kg por habitante.

La producción total de residuos urbanos en Calp, considerando fracción resto, voluminosos, envases,

papel/cartón y vidrio es de 19.525 t, con una generación por habitante empadronado en Calp de 939

kg/año o 2,57 kg/hab·día, sin incluir la recogida de restos de poda.

De los datos anteriores se observa que la producción de residuos por habitante en Calp duplica la

media de la Comunitat Valenciana. Por otra parte, la recogida selectiva casi triplica las cifras de

recogida de envases, papel/cartón y vidrio de la provincia y la Comunitat Valenciana.

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A continuación se resumen los datos obtenidos, considerando la población empadronada en el

municipio:

Ratio de generación de residuos urbanos:

Ratio fracción resto 793 kg/hab·año = 2,17 kg/hab·díaRatio total residuos urbanos

(incluye recogida selectiva y voluminosos)

939 kg/hab·año = 2,57 kg/hab·día

Ratio de recogida selectiva de envases ligeros:

kg/hab·año

Calp

kg/hab·año

Prov. Alicante

kg/hab·año

Comunitat Valenciana

kg/hab·año

España26,6 8,7 8,8 13,2

Ratio de recogida selectiva de papel/cartón:

kg/hab·año

Calp

kg/hab·año

Prov. Alicante

kg/hab·año

Comunitat Valenciana

kg/hab·año

España27,4 10,3 11,4 15,5

Ratio de recogida selectiva de vidrio:

kg/hab·año

Calp

kg/hab·año

Prov. Alicante

kg/hab·año

Comunitat Valenciana

kg/hab·año

España 60,3 20,76 16,53 16,18

6.3.-Zonificación y frecuencia de recogida

Los servicios que recoge el presente contrato comprenden todo el término municipal de Calp, cuya

extensión es de 23,51 km2.

Se indican a continuación las diferentes zonas de recogida de residuos:

ZONA 1 Casco urbano, extrarradio, zonas de los Planes Parciales 1, 2, 3 y 4, delimitadas por las

Avenidas de Bulgaria, Rumanía, Diputación, Ejércitos Españoles, Juan Carlos I y la línea

costera, incluyendo los paseos marítimos de Arenal Bol y de la playa de la Fossa.

ZONA 2 Urbanizaciones del resto del término municipal

Esta zonificación inicial está abierta a modificación, según el proyecto de prestación del servicio de

cada licitador. En todo caso, la modificación de esta zonificación no podrá suponer la disminución del

servicio previsto en el presente pliego para ninguna de las zonas.

El puerto de Calp se considera incluido en la zonificación, aunque no se efectuará la recogida en él,

en tanto en cuanto el Ayuntamiento no efectúe una petición expresa al adjudicatario, y llegado a un

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acuerdo, a partir de la vigencia del mismo, en el plazo máximo de tres días, el adjudicatario habrá de

reorganizar la recogida para su inclusión el servicio.

A efectos de la prestación del servicio de recogida de residuos urbanos se distinguen dos temporadas

principales:

Temporada

baja

Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, con excepción del periodo de

Semana Santa, (fecha variable, Domingo de Ramos hasta Lunes de Pascua, y

Navidad, desde el día 23 de diciembre hasta el día 6 de enero

Temporada

alta

Desde el de 1 de junio hasta el 30 de septiembre, incluyendo también el periodo

de Semana Santa, (fecha variable, Domingo de Ramos hasta Lunes de Pascua, y

Navidad, desde el día 23 de diciembre hasta el día 6 de enero

La recogida de las diferentes fracciones de los residuos urbanos en servicio ordinario (recogida en

contenedor) se efectuará, con carácter general, con la siguiente frecuencia:

Fracción Frecuencia Zona 1 Frecuencia Zona 2

Resto Diaria 6 veces/semana Temporada baja

Diaria Temporada alta

Envases ligerosCarga lateral: lunes a sábado sin festivos

Carga superior: 2 días/semana

Papel/cartónCarga lateral: 5 días/semana

Carga superior: 2 días/semana

Voluminosos De lunes a domingo

Aceite alimentario usado Mensual o 80% de llenado

Pilas Trimestral o 80% de llenado

Lámparas bajo consumo Trimestral o 80% de llenado

En la Zona 1 se valorará la inclusión de una segunda recogida diaria de refuerzo en la temporada alta,

la cual se efectuaría en horario diurno, de acuerdo a las indicaciones de los Servicios Técnicos

Municipales.

Para aquellas fracciones que tengan recogida fuera del presente contrato, la frecuencia de recogida es

orientativa, debiendo evitarse el excesivo llenado de los contenedores para evitar desbordes e

incomodidades.

El servicio de recogida de fracción resto se prestará entre las 23:00 h y las 6:00 h. En la Zona 1 en

temporada alta la segunda recogida diaria se efectuará en horario diurno. Podrá presentarse una

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variante con horario de recogida diurno en las zonas de extrarradio, urbanizaciones y zonas de escaso

tráfico rodado. Para el resto de fracciones, la recogida podrá ser también diurna.

El contratista dará publicidad de los días de recogida en cada una de las zonas rotulando los

contenedores, que incluirán también el horario recomendado para depositar los residuos (de 20:00 h a

23:00 h).

Asimismo, quedará obligado a atender todas las demandas de edificaciones nuevas que se implanten

dentro del ámbito de cada una de las zonas ya definidas.

6.4.-Contenerización

Corresponde al adjudicatario la instalación, distribución, mantenimiento, reposición y conservación, a

lo largo de la vida del contrato, de los recipientes necesarios para garantizar el depósito y recogida

separada de los residuos domésticos y comerciales.

Los recipientes empleados para depositar los residuos deben tener las características más

convenientes para evitar que se derramen durante su estancia en la vía pública o al ser cargados en

los vehículos de recogida. Deberán ser además compatibles con las actuales islas de contenedores

soterrados.

El municipio dispone actualmente de una red de contenedores de carga lateral en la mayor parte del

término municipal, complementada con contenedores soterrados de carga superior y carga trasera. Por

último existen contenedores de carga trasera en superficie para las calles de menor accesibilidad del

casco urbano. La relación de contenedores es la siguiente:

Contenedores de carga lateral de 3.200 l de fracción resto (EN 12574) 345

Contenedores de carga lateral de 3.200 L de envases ligeros (EN 12574) 307

Contenedores de carga lateral de 3.200 L de papel/cartón (EN 12574) 304

Contenedores de carga trasera de 800-1,000 L(EN 840) 60

Islas de contenedores soterrados 40

Semisoterrados de carga superior de 5,000L para cada residuos, resto, envases,papel/cartón 15

Soterrados de carga superior de 3,000L para cada residuos, resto, envases,papel/cartón 5

Soterrados de acarga trasera de 1.100 L por buzón 20

La capacidad actual de recogida del municipio para la fracción resto es de:

Carga lateral 1.104.000 L

Carga trasera 48.000 L

Soterrado carga superior 90.000 L

Soterrado carga trasera 44.000 L

TOTAL 1.286.000 L

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Para la recogida de la fracción resto, en las calles con al menos 5 metros de ancho de calzada se

utilizarán contenedores de carga lateral de 3200 litros de capacidad, dotados de tapa, maneta, pedal y

cierre, siempre la zona no disponga de contenedores soterrados de carga superior.

Todos los contenedores de carga lateral que se suministren al municipio deberán contar con certificado

de cumplimiento de las normas UNE-EN 12574-1:2017, UNE-EN 12574-2:2017 y UNE-EN 12574-

3:2017. El certificado incluirá el resultado de los ensayos de la norma UNE-EN 12574-2:2017. Los

contenedores suministrados habrán de funcionar correctamente al menos durante los años de vigencia

del contrato, debiendo el contratista hacerse cargo de su mantenimiento y reparación exceptuando

cuando se produzcan daños por vandalismo que superen el porcentaje de reposición anual asignado.

En las restantes calles de menos de 5 metros de ancho de calzada y en las que existan contenedores

soterrados, continuarán utilizándose las ubicaciones actuales de contenedores soterrados de carga

superior, combinados con contenedores en superficie, debiendo ser el vehículo de recogida compatible

con estos sistemas.

En este sentido, si por razones de optimización de rutas de recogida, masa crítica, ahorro económico,

reducción de emisiones y contaminación acústica se justifica sustituir en otras calles los actuales

contenedores de carga lateral por contenedores de carga superior o trasera, se incluirá en la propuesta

presentada convenientemente justificado.

Los contenedores cumplirán con la preceptiva normativa de seguridad, accesibilidad y acústica. Los

materiales empleados les conferirán una resistencia y durabilidad que en condiciones normales de uso

y desgaste se asegure su disponibilidad y funcionalidad durante al menos 8 años, manteniendo

correctamente el cierre de tapas sin holguras significativas. Asimismo, se utilizarán materiales que no

se impregnen o absorban sustancias depositadas, minimizando los olores. Serán resistentes a

temperaturas elevadas y permitirán su limpieza y mantenimiento en adecuadas condiciones. Contarán

con los adecuados dispositivos para su drenaje y vaciado adaptándose a los vehículos de recogida

que se han de emplear.

En cuanto a la rotulación y señalización, deberán incluir el nombre y escudo o logotipo del municipio,

horario de depósito, información de contacto, así como disponer de una placa o indicativo de

numeración de manera que puedan ser fácilmente identificados y localizados. La rotulación elegida

habrá de contar con el visto bueno de los Servicios técnicos del Ayuntamiento. De igual modo,

dispondrán de los colores y distintivos correspondientes al tipo de residuo al que va destinado,

facilitando al usuario la tarea de separación y fomentando las buenas prácticas.

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Por último, habrán de ser contenedores que permitan su uso generalizado por los ciudadanos,

incluyendo las características necesarias que mejoren la accesibilidad y el uso de las personas de

movilidad reducida o menor estatura.

Al inicio del contrato, el representante de la mercantil adjudicataria y el responsable del contrato,

efectuarán una revisión completa del parque de contenedores del municipio, emitiendo informe acerca

de las unidades dañadas, susceptibles de reparar y las que no puedan ser reparadas, procediendo el

adjudicatario a la reparación de todas las unidades que estén deterioradas, reponiendo tapas, pedales

y demás mecanismos dañados y a la renovación del 25% al menos de los contenedores de carga

lateral del municipio. Asimismo, se efectuará una revisión integral de los contenedores soterrados y sus

buzones de manera que estén plenamente operativos al inicio del contrato, reparándolos o

sustituyéndolos por unidades nuevas, previo informe emitido por el representante de la mercantil

adjudicataria y el responsable del contrato. La retirada y sustitución de los contenedores actuales se

efectuará de forma que no se vea afectada la prestación del servicio de recogida.

En lo que respecta al número de contenedores de fracción resto a implantar en el municipio, la

dotación mínima de referencia de volumen de contenerización se establece de acuerdo con los

siguientes datos, considerando la cobertura de al menos un día a la semana sin recogida:

Población año 2017 20.804 habitantes

Total anual Fracción resto 16.499 Tn

Hipótesis Ratio por habitante2,17 kg / hab·día =

793 kg / hab·año

Volumen ocupado en contenedor 0,095 Kg/L

Cobertura en día sin recogida > 40 %

Dotación de volumen por habitante (+10% factor de seguridad) 35 l / hab

Necesidad de volumen de contenedor instalado 728.140 l

Considerando la existencia de contenedores soterrados con una capacidad conjunta de 134.000 l, la

hipótesis de dotación de contenedores de 3.200 l es de 185 contenedores (para todo el término

municipal);Habitantes por contenedor de 3.200 l: aprox.112 habitantes / contenedor

CALCULO SEGÚN MES MÁS DESFAVORABLE

Agosto 2017 2.265,84 Tn

Hipótesis Ratio por habitante 3,51 kg/hab·día =

1.282 kg/hab·año

Volumen ocupado en contenedor 0,095 Kg/L

Cobertura en día sin recogida > 40 %

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Dotación de volumen por habitante (+10% factor de seguridad) 56,9l/hab

Necesidad de volumen de contenedor instalado 1.83.726L

Considerando la existencia de contenedores soterrados con una capacidad conjunta de 134.000 l, la

hipótesis de dotación de contenedores de 3.200 l es de: 328 contenedores (para todo el término

municipal);Habitantes por contenedor de 3.200 l: 63 habitantes/contenedor

Considerando la metodología de cálculo más desfavorable y la actual dotación de 345 contenedores

de carga lateral de 3.200 l, el municipio dispone de una red de contenedores que podría considerarse

sobredimensionada en aquellas épocas del año de menor afluencia turística.

Para la recogida selectiva de envases ligeros, vidrio y papel/cartón, se adoptará como referencia la

actual red de puntos de depósito de recogida separada en acera y áreas de aportación del municipio

(buzones y contenedores amarillos, azules e iglús verdes), con un objetivo de dotación acorde con el

actual parque de contenedores, que de acuerdo con la distribución de viviendas cercanas, sea siempre

superior a 200 habitantes/contenedor, o una dotación que garantice el cumplimiento de los convenios

vigentes para la recogida de estos residuos.

En el caso de que el municipio aumente su población o se desarrollen nuevas zonas residenciales, el

contratista deberá incluirlas en la recogida, dotándolas de contenedores suficientes e incluyéndolas en

las rutas de recogida.

Asimismo, de acuerdo con las adhesiones del municipio a los correspondientes convenios marco entre

la Generalitat Valenciana y los distintos sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor (Ecoembes, Ecovidrio,…), el adjudicatario deberá gestionar en colaboración

con el Ayuntamiento, la petición de contenedores de recogida selectiva a la Generalitat Valenciana, de

manera que la contrata tenga que adquirir por sus propios medios el menor número posible de este

tipo de contenedores.

6.4.1.-Adaptación del parque de contenedores actual

Los contenedores, buzones e islas de contenedores soterrados que actualmente prestan servicio en

el municipio serán incorporados al nuevo contrato de recogida, así como aquellos que sean

proporcionados por entidades o sistemas integrados de gestión, en virtud de los convenios suscritos

por el municipio.

A.Contenedores de carga lateral en superficie.

A lo largo del contrato se pretende efectuar la sustitución completa de los actuales contenedores de

fracción resto de carga lateral en superficie, con un porcentaje de renovación del 25% anual, hasta

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alcanzar la totalidad de contenedores sustituidos por otro modelo de carga lateral de mayor fiabilidad y

durabilidad. Este nuevo modelo será propuesto por el licitador y se emitirá informe justificado sobre su

aceptación o rechazo por parte de los Servicios Técnicos Municipales.

Todos los nuevos contenedores de carga lateral que se suministren al municipio deberán contar con

certificado de cumplimiento de las normas UNE-EN 12574-1:2017, UNE-EN 12574-2:2017 y UNE-EN

12574-3:2017. El certificado incluirá el resultado de los ensayos de la norma UNE-EN 12574-2:2017.

El contratista realizara a su cargo la conservación, limpieza y mantenimiento de estos contenedores,

exceptuando cuando se produzcan daños por vandalismo que superen el porcentaje de reposición

anual asignado.

Por funcionamiento correcto se entiende la correcta apertura de tapas tanto manual como con pedal, la

correcta descarga en camión recolector de carga lateral, la ausencia de impregnación de olores en las

paredes que no pueda solucionarse mediante lavado, la ausencia de roturas y grietas en partes

móviles y fijas y en general todos aquellos aspectos regulados en las normas UNE-EN 12574.

En las ofertas presentadas por los licitadores se aportará la información relativa a la contenerización

elegida, con sus características y normas UNE-EN de referencia, indicándose también las experiencias

previas de uso en otros municipios que acrediten su fiabilidad.

B.Contenedores soterrados.

En la actualidad en el municipio conviven dos sistemas de carga de contenedores soterrados y tres

tipos distintos de contenedores:

• Carga trasera

• Carga superior semisoterrado

• Carga superior soterrado

Se pretende efectuar la sustitución progresiva de las islas de contenedores soterrados de carga trasera

por islas soterradas de carga superior, de manera que al final del contrato se hayan sustituido.

Asimismo, se pretende sustituir las islas semisoterradas por islas completamente soterradas.

Todos los nuevos contenedores soterrados de carga superior que se suministren al municipio deberán

contar con certificado de cumplimiento de las normas UNE-EN 13071-1, UNE-EN 13071-2 y UNE-EN

12574-3:2017. El contratista realizara a su cargo la conservación, limpieza y mantenimiento de estos

contenedores, exceptuando cuando se produzcan daños por vandalismo que superen el porcentaje de

reposición anual asignado..

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Por funcionamiento correcto se entiende la correcta apertura de buzones, la estanqueidad, la correcta

descarga en camión recolector de carga superior (gancho), la correcta descarga y cierre por la parte

inferior, la ausencia de huecos, holguras o desajustes con el cubeto de alojamiento, la no impregnación

de olores en las paredes que no pueda solucionarse mediante lavado, la ausencia de roturas y grietas

en partes móviles y fijas y en general todos aquellos aspectos regulados en las normas UNE-EN

13071.

En las ofertas presentadas por los licitadores se aportará la información relativa a la contenerización

elegida, con sus características y normas UNE-EN de referencia, indicándose también las experiencias

previas de uso en otros municipios que acrediten su fiabilidad.

C. Sistemas de recogida.

Todos los sistemas y vehículos de recogida de residuos propuestos por los licitadores deben ser

compatibles con los contenedores suministrados al municipio y con las islas de contenedores

soterrados que se encuentren en uso dentro del ámbito del presente contrato. En caso contrario, será

por cuenta del contratista la instalación o sustitución de los recipientes o elementos necesarios para

compatibilizar los mismos.

En este sentido, al menos una tercera parte de los camiones de recogida de carga lateral deben estar

adaptados a la recogida de contenedores de carga trasera, de manera que en casos puntuales se

pudiera descargar en ellos contenedores de carga trasera. Con el mismo fin, los camiones de recogida

de carga superior han de ser compatibles también con contenedores de carga trasera.

Todos los contenedores instalados cumplirán las normas internacionales vigentes en cuanto a calidad

y funcionalidad, que garanticen su idoneidad para el uso por parte de los ciudadanos. Se valorará

que los contenedores nuevos estén fabricados como mínimo en un 30% de material reciclado y estén

ecodiseñados bajo la norma ISO 14006 o equivalente.

Los licitadores podrán proponer nuevos recipientes para el depósito de residuos, que sustituyan a los

actuales o amplíen el parque, en la línea de optimizar y mejorar la eficacia de los mismos y de la

recogida. En todo caso, será el municipio quién aprobará el nuevo modelo de recipiente. Se

considerará que se utilicen materiales que se impregnen lo mínimo posible en las paredes del

contenedor para reducir los olores derivados.

Los contenedores o recipientes empleados serán descritos por los licitadores, con detalles

constructivos y geometría, aportando su ficha técnica. Se tendrá en especial consideración la

descripción y justificación de las características específicas de ergonomía, seguridad, señalización,

funcionalidad, resistencia de materiales, resistencia a agentes físicos y químicos, no impregnación de

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olores, adaptación a los equipos de recolección, emisión de ruidos en su uso, adaptación a personas

de avanzada edad, personas con discapacidades y aspectos medioambientales de los recipientes.

Los nuevos contenedores que se adquieran para la fracción resto serán preferiblemente de color gris.

En el caso de que se proceda a la implantación de contenedores para la recogida separada de la

fracción orgánica, estos serán de color marrón. No obstante, si se producen cambios en el actual

modelo de recogida selectiva, a indicación del Ayuntamiento se podrá modificar el color de los nuevos

contenedores a sustituir.

Todos los recipientes de nueva aportación o implantación, así como los empleados en reposiciones o

sustituciones a lo largo de la vida del contrato, pasarán a ser de titularidad del Ayuntamiento al final de

la vida del mismo, junto con los existentes anteriormente.

Los actuales sistemas de señalización de recipientes permanentes en la vía pública (horquillas

metálicas y banderines informativos metálicos), también se integran en el nuevo contrato, en cuanto a

reposición, suministro y conservación.

En la Oferta de prestación del servicio los licitadores aportarán una programación del mantenimiento

del parque de contenedores de acuerdo con lo indicado en el apartado correspondiente.

Considerando la posibilidad de sobredimensionado de la actual red de contenedores de carga lateral,

se valorará aquellas ofertas que incluyan un plan de optimización inteligente de la red de contenedores

y rutas de recogida, mediante la obtención de datos de llenado de contenedores en distintas épocas

del año, el pesaje unitario en los propios camiones de recogida, la distribución de pesos y

estacionalidad en las rutas de recogida, el posible empleo de sensores de llenado, la posibilidad de

redistribución y reubicación de contenedores y el cálculo de la huella de carbono de dicha

optimización, que en cualquier caso habría de contar con el visto bueno de los servicios municipales.

En el marco de este plan de optimización de la red de contenedores y rutas de recogida, si se

determina que por razones de ahorro económico, reducción de emisiones y contaminación acústica y

masa crítica, se justifica que para la optimización de rutas de recogida es conveniente sustituir en otras

calles los actuales contenedores de carga lateral por contenedores de carga superior o trasera, se

incluirá en la propuesta presentada de manera convenientemente justificada.

6.4.2.-Ubicación

Teniendo en cuenta la existencia de bases fijas de contenedores soterrados en el municipio, los

licitadores propondrán las ubicaciones de los recipientes en la vía pública perfectamente definidas y

justificadas en sus ofertas, en planos y en soporte electrónico en formato kml, atendiendo a criterios de

eficiencia, económicos, organizativos, de evitación de molestias, de proximidad y accesibilidad para los

usuarios, de uso y costumbre, de ocupación de plazas de aparcamiento y de salud y seguridad

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públicas. Estas no podrán ser modificadas sin motivo justificado una vez establecidas, y sin

autorización previa municipal.

En este sentido, en el casco urbano se mantendrán en la medida de lo posible las actuales

ubicaciones de contenedores de resto, que podrán ser ampliadas o modificadas siempre con la

referencia de dotación mínima de un contenedor de resto de 3.200 l por cada 112 habitantes, o su

equivalente en el caso de optar por otras capacidades de contenerización. En cualquier caso, la

distancia entre al menos el 95 % de las viviendas y el contenedor de resto más cercano no podrá ser

superior a 100 metros en carga lateral, medidos en metros lineales de vial.

En las urbanizaciones, polígono industrial y diseminados se mantendrán en la medida de lo posible las

ubicaciones actuales de contenedores de resto. Las posibles modificaciones o ampliaciones se

efectuarán con el criterio de que entre dos contenedores la distancia no pueda ser superior a 200

metros lineales de vial y la distancia entre al menos el 95 % de las viviendas efectuarán con el criterio

de que entre dos contenedores la distancia no pueda ser superior a 200 metros lineales de vial y la

distancia entre al menos el 95 % de las viviendas

de la urbanización y el contenedor de resto más cercano no podrá ser superior a 150 metros, medidos

en metros lineales de vial. Las posibles modificaciones y ampliaciones del número de contenedores en

el resto de diseminados se efectuarán con la referencia de dotación de 30 litros/habitante, al objeto de

evitar reboses entre cada recogida.

Para los contenedores de recogida selectiva de envases ligeros y papel/cartón, la red se distribuirá de

forma que en el casco urbano, al menos el 95 % de las viviendas disten menos de 200 metros lineales

de vial de estos contenedores o buzones, manteniendo a su vez en la medida de lo posible las

actuales ubicaciones. Cualquier ampliación o modificación deberá cumplir los criterios de dotación

mínima. En las urbanizaciones la distancia entre estos tipos de contenedores no podrá ser superior a

250 metros.

El contratista está obligado a ejecutar cualquier requerimiento de cambio de ubicación procedente

de las prestaciones municipales, en un plazo no superior a 48 horas desde la emisión de la

correspondiente orden, si no existe impedimento ajeno al propio servicio.

Asimismo, si el Ayuntamiento construye nuevas islas de contenedores soterrados en el término

municipal, el contratista deberá equiparlas con contenedores e incluirlas en sus rutas de recogida. De

forma previa a la ejecución de estas nuevas bases de contenedores, el contratista aportará

información acerca de las zonas que considere más apropiadas para implantar esta recogida

subterránea, información que será tenida en cuenta por los servicios municipales. Tendrá prioridad la

reconversión de las actuales islas soterradas de carga trasera a carga superior.

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En caso de detectarse insuficiencia de volumen en algún punto determinado, y fuese inviable la

ampliación de recipientes en el mencionado punto, el contratista deberá plantear ubicaciones

alternativas en las proximidades, las cuales estarán sometidas a la consideración y aprobación final

por parte del Ayuntamiento, que tendrá en cuenta criterios de eficiencia, económicos, organizativos,

de evitación de molestias, de proximidad y accesibilidad para los usuarios, de uso y costumbre, de

ocupación de plazas de aparcamiento y de salud y seguridad públicas.

En cualquier caso la ubicación de los contenedores estará sujeta a su aprobación final por el

Ayuntamiento, que podrá variar los parámetros de distancias indicados.

6.4.3.-Reposiciones y ampliaciones

La reposición anual de contenedores de carga lateral será del 30% anual durante los cuatro primeros

años del contrato hasta completar la renovación del parque actual de contenedores y como mínimo del

10 % anual del resto de contenedores del municipio. Se valorarán positivamente tasas de reposición

mayores que este mínimo anual.

El contratista está obligado a ampliar el número de recipientes en caso de que fuera necesario y a

petición del municipio como consecuencia del incremento de residuos de forma puntual o permanente,

nuevas construcciones o por la implantación de la recogida separada de materia orgánica

biodegradable, etc.

Todas las nuevas unidades de contenedores que fuesen necesarios instalar en el ámbito de prestación

del contrato, así como las reposiciones a causa de deterioro, avería o por quedar fuera de servicio

(cualquiera que sea el motivo), correrán a cargo del adjudicatario, y se efectuarán con contenedores

previamente aprobados por los servicios técnicos municipales y de semejantes características a los

afectados en cada caso.

Los contenedores de reposición serán compatibles con los sistemas de recogida actuales y en su

elección se considerarán aspectos como la higiene, eligiendo materiales que se impregnen menos en

su interior y reduzcan los olores derivados de las sustancias adheridas a las paredes del contenedor.

Todas estas actuaciones sobre el parque de contenedores instalado (reposiciones y ampliaciones) se

efectuarán desde el primer día de prestación del servicio, y para todas las fracciones que se

contemplan en el sistema de recogida separada y correrán a cargo de la empresa adjudicataria

La reposición o ampliación de contenedores debe efectuarse en un plazo de tiempo no superior a 72

horas a partir de la orden de trabajo emitida por los servicios municipales, o de detección de la

insuficiencia por parte del servicio de inspección del adjudicatario.

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No obstante, para la primera implantación de los contenedores para la recogida separada de materia

orgánica, el adjudicatario dispondrá de dos meses de plazo, a contar desde la aprobación del

municipio de la ubicación de los nuevos contenedores y su formato y características.

6.4.4.-Lavado

El adjudicatario deberá llevar a cabo el lavado y limpieza mecánica interior y exterior de los

contenedores y de las islas y buzones de contenedores soterrados, incluyendo su desinfección y

desinsectación, para la cual se utilizarán los medios adecuados. El licitador presentará detalladamente

el sistema elegido para la realización de los trabajos de lavado tanto en lo que respecta a maquinaria

como en productos a emplear, incluyendo desengrasante, ambientador y antideslizante.

Todos los elementos se limpiarán con la periodicidad que sea necesaria en función del tipo de residuo

que contengan y de la problemática sanitaria o ambiental que puedan presentar. A su vez, en el caso

de derrames o problemas de olores puntuales y significativos el adjudicatario procederá a la limpieza

inmediata del contenedor, a partir de la orden de trabajo emitida por los servicios municipales, o de

detección de la insuficiencia por parte del servicio de inspección del adjudicatario.

Al igual que tras su vaciado, al finalizar la limpieza de los contenedores deben dejarse con la tapa

cerrada y frenados.

La frecuencia mínima de lavado de los contenedores de recogida ordinaria tanto en superficie como

subterráneos será la siguiente:

FRECUENCIA DE LAVADO DE CONTENEDORES Temporada Baja Temporada AltaZona 1 y mercado municipal Semanal SemanalZona 2 Quincenal Semanal

Para ello, la dotación de vehículos de lavado se dimensionará de manera suficiente para cumplir la

frecuencia indicada. Si fuera necesario para optimizar el proceso, los contenedores sucios se retirarán

para su lavado en otro lugar y se sustituirán por contenedores limpios. Los contenedores de recogida

selectiva de envases ligeros y papel/cartón han de ser limpiados (lavado, desinfección y

desinsectación) al menos cada dos meses. El resto de fracciones se lavarán al menos dos veces al

año. En cualquier caso, los servicios técnicos municipales, pueden establecer una frecuencia mayor de

lavado, si se detecta insalubridad.

Asimismo, al menos cada cuatro meses, el lavado de contenedores se efectuará mediante la retirada

del contenedor para su transporte, limpieza de su emplazamiento y sustitución por otro contenedor.

Los contenedores retirados serán lavados en instalaciones propias, debiendo quedar sustituidos por

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otros de semejantes características en el momento de su retirada y limpieza del emplazamiento,

para garantizar que cada punto de recogida siga disponiendo del volumen instalado necesario en todo

momento.

Las operaciones de lavado de contenedores se desarrollarán de manera que se evite el mojado

excesivo del suelo, a fin de evitar resbalones y caídas de viandantes, pudiendo utilizarse productos

antideslizantes con este fin y debiendo limpiar inmediatamente cualquier deposito en la vía publica.

Además de la limpieza y mantenimiento de los contenedores, se realizarán las labores necesarias de

mantenimiento y limpieza del espacio exterior de los mismos, debiendo quedar el entorno del

contenedor, totalmente limpio y exento de cualquier deposito que se hubiese producido en la labores

de limpieza. Los elementos auxiliares vinculados a estas labores, han de tener suficiente visibilidad,

presentar un aspecto adecuado y mantener un perfecto estado de limpieza.

Al inicio de la contrata se efectuará una primera limpieza en profundidad de todos los contenedores

que vayan a seguir siendo utilizados. Los contenedores que no se encuentren en buenas condiciones

serán reparados o sustituidos por otros nuevos, a criterio de los servicios técnicos municipales.

6.4.5.-Mantenimiento y reparación de averías

Corresponde al adjudicatario el mantenimiento y reparación de los contenedores, islas de

contenedores soterrados y sus buzones.

En la oferta de prestación del servicio los licitadores aportarán un programa de revisión y

mantenimiento del parque de contenedores, las islas de contenedores soterrados y sus buzones.

En las labores de mantenimiento de los contenedores, islas de contenedores soterrados y sus buzones

se incluyen las referidas a la sustitución y reparación de elementos dañados tales como ruedas,

tapas, cierres, bisagras, frenos y otros, así como los mecanismos de apertura, cierre, elevación

mecánica e hidráulica, carga y descarga, asas, tiradores, bocas de llenado y cualquier otro que incida

en el adecuado funcionamiento de estos.

El mantenimiento y reparación incluirá la reparación de golpes, sustitución de asas rotas, palancas y

mecanismos de apertura, abolladuras, eliminación de grafitis, pegatinas y carteles, pintado y reposición

de rótulos y adhesivos, debiendo el adjudicatario reponer a su costa la totalidad de los contenedores,

buzones, piezas mecánicas o islas de contenedores soterrados que, por cualquier motivo, hayan

quedado fuera de uso a lo largo del plazo de ejecución del contrato.

En cuanto a las islas de contenedores soterrados y sus buzones, se efectuará su revisión,

mantenimiento y limpieza periódica, que incluya las labores de eliminación periódica de obstrucciones,

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derrames, residuos desparramados y bóvedas formadas en su interior, la desinfección y

desinsectación, el mantenimiento de las partes mecánicas y eléctricas incluyendo los cambios de

aceites y otros consumibles, la lubricación de partes móviles y la comprobación de la apertura correcta

y sin esfuerzo excesivo de los buzones de descarga. Esta limpieza se efectuará con la frecuencia

indicada en el apartado de lavado de contenedores. La revisión y mantenimiento periódico se efectuará

al menos cada mes comprobando el correcto funcionamiento y engrase de buzones, bocas y resto de

partes subterráneas e internas.

No obstante, si se reciben quejas por olores, insalubridad, avería o indisponibilidad, el adjudicatario

procederá a la revisión y limpieza de la isla de contenedores soterrados afectada en el plazo de 24

horas. A su vez, si se produce cualquier avería que impida su utilización por los ciudadanos, será

reparada en el término de 24 horas. Una vez detectada la avería y siempre antes de la siguiente

recogida, se ubicarán en las proximidades de la base soterrada, contenedores en superficie de forma

temporal hasta que se solucione la avería, siendo retirados tras su reparación.

Las operaciones necesarias para el mantenimiento se llevarán a cabo “in situ” o en los talleres del

adjudicatario del servicio. En todo caso, los trabajos de mantenimiento y conservación se realizarán sin

alterar el servicio de recogida de los residuos municipales y sin reducir el número de contenedores a

disposición de los vecinos. A estos efectos, el adjudicatario deberá contar con una cantidad suficiente

de contenedores de reserva, para ubicar en las zonas en reparación o mantenimiento.

Dentro de éste ámbito del servicio quedan incluidos también las horquillas y los banderines de

señalización de contenedores, instalados de forma permanente en la vía pública, que se deberán

mantener en buenas condiciones y reponerlos cuando sea necesario.

6.5.-Recogida ordinaria de residuos urbanos

El adjudicatario deberá efectuar la recogida separada de residuos urbanos generados dentro del

término municipal, en la totalidad de las zonas y recorridos dispuestos para ello en este Pliego.

La recogida de la denominada fracción resto, se realizará a través de contenedores normalizados de

recogida lateral, superior y en algunos casos, trasera, tanto subterráneos como en superficie,

propiedad del Ayuntamiento, y gestionados por el contratista, en los lugares que se establezcan de

acuerdo con el apartado de ubicación de contenedores y que el Ayuntamiento determine, considerando

las actuales ubicaciones y las mejoras propuestas por el adjudicatario, teniendo en cuenta que sus

ubicaciones podrán modificarse, así como su cuantía, a lo largo de la ejecución del contrato, siendo

obligación del contratista la recogida de los mismos, sin cargo alguno adicional al Ayuntamiento de

Calp.

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El contratista deberá proceder a la recogida de los residuos existentes en el interior de los

contenedores, así como aquellos que queden esparcidos alrededor de los mismos.

Igualmente, en el caso en el que, accidentalmente, (intervención de animales, actos de vandalismo o

falta de sensibilización ciudadana) quedaran residuos a lo largo del recorrido, estos deberán ser

recogidos, dejando las calles y caminos a su paso perfectamente libres de los mismos.

En el caso de actividades de servicios u otras, que generen gran volumen de residuos (centro de

salud, grandes superficies comerciales, complejos residenciales, hoteles, residencias…) los Servicios

Técnicos Municipales podrán determinar que la recogida de sus contenedores sea en el interior de sus

recintos, sin cargo adicional alguno al Ayuntamiento de Calp

Los licitadores presentarán en su oferta de prestación del servicio los itinerarios y rutas de recogida de

residuos que propongan. En la determinación de estos itinerarios de recogida primarán los siguientes

criterios:

• Eficiencia energética, con la reducción del consumo de combustible y la huella de carbono

como objetivo.

• Minimización del tiempo de duración del servicio.

• Evitación en la medida de lo posible de molestias al tránsito o al desempeño de actividades

humanas.

• Prestación del servicio de recogida a la totalidad de viviendas del término municipal.

El Ayuntamiento, a su discreción, podrá ordenar variaciones sobre los recorridos que no supongan una

alteración del 25% de la longitud total de éstos, siempre que las condiciones de las vías hagan posible

el paso. Dichas variaciones no podrán ser objeto de contraprestación alguna por parte del

Ayuntamiento a la contrata. En el supuesto en el que la envergadura de las variaciones de recorrido

fuera superior al 25% y fuese necesario considerar una ampliación efectiva de los medios, habrá de

tramitarse la modificación del servicio con aquellos precios que equilibren adecuadamente la nueva

situación.

El contratista tiene la posibilidad de proponer itinerarios y ubicaciones de los contenedores alternativos,

a su riesgo y ventura, y, siempre y cuando dichas alternativas sean aprobadas por el Ayuntamiento,

considerando los criterios anteriormente indicados. Se aceptará como mejora la aportación de

controles periódicos de la trazabilidad de las rutas de recogida y del destino de las distintas fracciones

recogidas, mediante dispositivos gps o similares, valorando además si el público en general puede

tener acceso a esta información.

En el caso de hallarse objetos de valor o documentación identificativa extraviada entre los residuos, el

contratista procederá a entregarlos al final de la jornada a las dependencias municipales.

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El contratista deberá transportar todos los residuos urbanos a la planta de tratamiento o estación de

transferencia, de forma inmediata a la recogida, sin que puedan ser depositados en ningún otro lugar ni

quedarse en los vehículos de recogida al final de la jornada.

6.6.-Recogida de biorresiduos

De acuerdo con la definición de “biorresiduo” establecida en los artículos 3 y 24 de la Ley 22/2011 de

Residuos y Suelos Contaminados, existen entre los residuos urbanos determinados biorresiduos que

son de interés para su recogida separada. Estos biorresiduos de origen doméstico y comercial son los

residuos biodegradables de parques y jardines, residuos alimenticios y de cocina procedentes de

hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor.

Se distinguen dos grupos principales de biorresiduos, que son por una parte los restos de poda de

parques y jardines, y por otra parte la fracción orgánica biodegradable de recogida selectiva (FORS),

compuesta principalmente por restos de alimentos.

6.6.1.-Restos vegetales de poda y limpieza de jardines y parques

Con respecto a los restos vegetales de poda y limpieza de jardines y parques, los licitadores incluirán

un servicio integral de desbroce y recogida diurno por todo el término municipal, mediante recogida de

los residuos vegetales depositados por los vecinos de Calp en los puntos de contenedores. Este

servicio se distribuirá de la siguiente manera:

• Al menos 3 equipos de recogida con camión de caja abierta, conductor y peón.

• Al menos 4 equipos de desbroce compuestos por al menos dos operarios cada uno.

El servicio de desbrozado consistirá en el corte de matojos y retirada de los residuos del desbroce de

las calzadas y aceras de la zona de urbanizaciones, mediante la aplicación y utilización de la

maquinaria adecuada. Dicha maquinaria permitirá simultanear el corte y desbrozado con la recogida de

los residuos de corte. En aquellas parcelas y caminos de la ruta sin vallar ni edificar, se aumentará el

ancho de la superficie de desbroce 1,5 metros lineales hacia el interior de la parcela y cada lado del

limite del camino.. Asimismo, los equipos de desbroce dispondrán de equipos de pulverización de

herbicidas permitidos por la legislación.

La recogida y desbroce de restos vegetales, se prestará de lunes a sábados sin festivos, según las

necesidades del servicio, y operará en temporada baja mediante tres equipos de recogida con camión

de caja abierta y al menos tres equipos de desbroce provistos de maquinaria de desbroce, que se

distribuirán en rutas por el término municipal de manera que al menos una vez a la semana se haya

pasado por todas las urbanizaciones del municipio.

En temporada alta o en la época de duración equivalente que determinen los servicios técnicos

municipales, se incluirán al menos cuatro equipos de desbroce con sus correspondientes rutas.

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Al menos uno de los equipos de recogida y uno de los equipos de desbroce operará en horario de

tarde.

La recogida de restos de poda se efectuará con las siguientes condiciones:

• Los residuos vegetales (fardos) serán recogidos por los empleados del servicio y vertidos

directamente sobre la tolva de carga del camión, sin ningún tipo de trasvase intermedio.

• Los residuos vegetales depositados en el punto de contenerización por el ciudadano que los

haya generado, los entregará en fardo de peso inferior a 15 kg y longitud inferior a 1 metro.

• Para la recogida especial de grandes volúmenes de podas, se habilitarán cinco puntos de

acopio distribuidos por el término municipal en los lugares determinados por el Ayuntamiento,

que serán periódicamente vaciados de acuerdo con las rutas de recogida de podas.

• En la propuesta se establecerá una planificación de rutas en la que se dividirá el término

municipal en cinco zonas.

Para la recogida de los restos de poda y limpieza de las zonas verdes, parques y jardines públicos del

municipio, el licitador procederá a su retirada tras las tareas de limpieza, poda y mantenimiento de

jardines y parques.

Al finalizar el itinerario de recogida de restos de poda se efectuará un pesaje al objeto de registrar las

cantidades recogidas y se recopilarán los albaranes de entrega al gestor de residuos, aportando esta

información al ayuntamiento de manera mensual y anual, a fin de comprobar la evolución temporal de

su producción y los costes de su gestión.

Asimismo se registrarán las incidencias producidas en la recogida, tratando de evitar la presencia de

residuos distintos de la poda, de forma que sean segregados y recogidos de forma independiente a los

restos vegetales de poda.

Las ofertas incluirán sistemas de aprovechamiento, reducción de tamaño o trituración in situ de los

restos de poda, a efectos de optimizar su transporte y facilitar su gestión y aprovechamiento, con

prioridad a su uso en el propio municipio, tales como biocombustibles, pellets y también en mulching

de parques, jardines y otras zonas verdes, para prevenir la erosión y para la recuperación ambiental de

vertederos y antiguas instalaciones de residuos. Los sobrantes que no se puedan aprovechar en el

propio municipio, se destinarán a gestor autorizado. Se valorarán las mejores propuestas globales de

gestión y aprovechamiento de los restos de poda.

Cuando se disponga de ecoparque, la trituradora de poda se guardará en el mismo. Hasta entonces se

guardará en la base de camiones y maquinaria del servicio.

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6.6.2.-Residuos de alimentos

En el caso de la recogida de los residuos biodegradables de cocinas de hogares, restaurantes,

servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor, también denominada

recogida selectiva de la fracción orgánica biodegradable (FORS), su recogida separada sólo se iniciará

a indicación del Ayuntamiento, considerando las directrices que pudiera establecer el Consorcio para la

gestión de los residuos del Plan Zonal 6 A1. Hasta entonces su recogida se efectuará a través de la

fracción resto.

Una vez adoptada la decisión de iniciar la recogida selectiva de materia orgánica, su implantación

podrá ser progresiva, pudiendo por ejemplo efectuarse en un primer momento a través de los grandes

productores (restaurantes, comedores, mercados, etc.) para pasar posteriormente a incluir al resto de

ciudadanos, tras determinar la frecuencia y forma de recogida separada, distinguiendo entre zonas

urbanas, casco antiguo, urbanizaciones, o diseminados, e incluyendo la posibilidad de efectuar

compostaje doméstico y comunitario en determinadas áreas públicas del municipio, como forma de

prevención de residuos y aprovechamiento local de sus recursos.

Esta implantación progresiva estará supervisada por el Ayuntamiento, que habrá de aprobar el modelo

de recogida mediante contenedores, suministro de cubos marrones de biorresiduos, puerta a puerta o

similar, así como las nuevas ubicaciones de contenedores, buzones, áreas de aportación o zonas de

recepción de bolsas de FORS y su diseño y características.

El licitador deberá incluir una propuesta de recogida de esta fracción orgánica biodegradable

procedente de recogida selectiva, en la que se incluyan los procedimientos de prevención, recogida y

su implantación, la frecuencia de recogida, los medios técnicos necesarios (contenedores o cubos,

postes, bolsas, vehículos y equipos) y las necesidades de personal para llevarlas a cabo. La propuesta

incluirá también los costes unitarios y totales de esta nueva recogida. Se valorará la propuesta técnica,

la información al público y el fomento de la prevención de residuos a través de compostaje doméstico,

comunitario u otras medidas. Se valorará si su implantación se realizaría sin coste adicional o si

requeriría en su caso de una modificación del contrato en los términos establecidos en el régimen del

servicio.

No obstante, el contratista no está obligado a disponer de medios técnicos y personal para la recogida

de esta fracción biodegradable hasta que el Ayuntamiento no se lo comunique de manera oficial,

momento a partir del cual dispondrá de dos meses para iniciar la prestación de este servicio, o plazo

superior que pudiera establecer el Ayuntamiento.

En cuanto a los vehículos de recogida de esta fracción orgánica, sólo podrán ser los mismos de la

fracción resto si se efectúan adaptaciones para la compartimentación de la recogida o si se recogen en

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turnos diferenciados tras su vaciado. Se suministrará información pública de esta compartimentación o

recogida en turnos distintos de manera que quede claro al usuario que sus residuos son recogidos de

manera segregada.

6.7.-Recogida selectiva

En el presente apartado se incluyen los principales tipos de recogida separada para los cuales los

ciudadanos tienen disponibilidad de contenedores durante todo el año.

Para cada una de las fracciones de recogida selectiva, los licitadores podrán plantear el servicio o bien

con medios propios, o bien a través de otras entidades, sistemas integrados de gestión, sistemas de

responsabilidad ampliada del productor o gestores autorizados de residuos con los que se disponga de

acuerdo, contrato o convenio para la recogida, siempre que se cumplan las prescripciones

establecidas y no supongan sobrecoste al precio de licitación, siendo siempre el responsable último del

servicio el contratista. A su vez, si el Ayuntamiento delega la gestión de estos residuos a otras

entidades u organismos de carácter supramunicipal, el contratista adaptará el servicio a las

necesidades y prescripciones que establezcan éstas.

De acuerdo con las adhesiones del municipio a los correspondientes convenios marco entre la

Generalitat Valenciana y los distintos sistemas integrados de gestión (Ecoembes, Ecovidrio,…), el

adjudicatario deberá gestionar en colaboración con el Ayuntamiento, la petición de contenedores de

recogida selectiva a la Generalitat Valenciana, de manera que la contrata evite adquirir este tipo de

contenedores o al menos adquiera el menor número posible de este tipo de contenedores, siempre

que se garantice la dotación necesaria para el municipio.

En ningún caso se permitirá al gestor la mezcla de los residuos ordinarios con el resto de fracciones de

recogida selectiva, o entre sí. Se aceptará como mejora la aportación de controles periódicos de la

trazabilidad del destino de las distintas fracciones recogidas, mediante dispositivos gps o similares,

valorando además si el público en general puede tener acceso a esta información.

En lo que respecta a la valoración del llenado de contenedores al 80%, el adjudicatario revisará el

estado de llenado de los diferentes recipientes y contenedores para proceder a su retirada. Además, el

Ayuntamiento podrá requerir al adjudicatario la retirada de residuos cuando detecte un excesivo

llenado de los contenedores y recipientes. Ante este requerimiento, el adjudicatario (o la entidad

responsable de la recogida) tendrá un máximo de 72 horas para el vaciado requerido.

6.7.1.-Papel/cartón

La recogida selectiva de papel/cartón se efectuará mediante los contenedores dispuestos en la vía

pública y en las islas de contenedores soterrados de que dispone el municipio y de aquellos que sean

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suministrados por las entidades, sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor, designados para la gestión de cada una de estas fracciones, tales como

Ecoembes y otros.

En este sentido, las características (color, capacidad, modo de descarga, etc.) y el ratio mínimo por

habitante y número mínimo de contenedores disponibles serán conformes a las especificaciones

indicadas anteriormente y a las prescripciones establecidas en los Convenios marco suscritos entre la

Generalitat Valenciana y las entidades, sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor, designadas para la gestión de cada una de estas fracciones, en los cuales el

Ayuntamiento de Calp haya suscrito el Protocolo de adhesión.

Se aceptará como mejora el aumento del número de contenedores de recogida selectiva sin aumento

del coste del servicio.

Se efectuará una recogida comercial puerta a puerta de cartón para grandes productores tales como

comercios, centros comerciales, colegios y centros educativos, dependencias municipales, oficinas u

hostelería y restauración. Se valorará el mejor planteamiento de esta recogida considerando

frecuencia, disponibilidad y otros aspectos tales como el posible suministro de contenedores a estos

grandes productores. • Planteamiento de la recogida comercial puerta a puerta de cartón para

grandes productores tales como comercios, centros comerciales, colegios y centros educativos,

dependencias municipales, oficinas u hostelería y restauración. Se valorará el mejor planteamiento de

esta recogida considerando frecuencia, disponibilidad y otros aspectos tales como el posible suministro

de contenedores a estos grandes productores o el establecimiento de protocolos de adhesión al

sistema a suscribir por comercios y servicios.

El servicio de recogida de papel/cartón de contenedores de carga lateral se prestará cinco días a la

semana. Los itinerarios de recogida se establecerán diariamente en función de las estadísticas que se

generen por la información recogida por los operarios de las rutas de apoyo de la fracción resto.

El servicio de recogida de papel/cartón de contenedores de carga superior se prestará como mínimo

dos veces por semana, con un total de 104 días al año. Los itinerarios de recogida se establecerán

diariamente en función de las estadísticas que se generen por la información recogida por los

operarios de las rutas de apoyo de la fracción resto.

Con carácter general, cualquier contenedor de papel/cartón, habrá de ser vaciado como mínimo dos

veces por semana o cuando los contenedores estén llenos en más de un 80%, de manera que no se

produzcan reboses o que los vecinos no puedan usar el contenedor por falta de espacio disponible. Se

aceptará como mejora la presencia de sistemas de compactación que reduzcan el volumen de los

residuos depositados, sin generar riesgos o molestias al usuario.

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En el caso indeseado en el que se produzcan desbordamientos, el contratista deberá garantizar su

recogida en el plazo de 6 horas.

Por otra parte, si durante la vigencia del contrato se produjera un cambio en el modelo de gestión de

los envases que determine otra forma de recogida distinta de la actual, el adjudicatario deberá adaptar

sus medios a este nuevo sistema.

6.7.2.-Envases ligeros

La recogida selectiva de envases ligeros se efectuará mediante los contenedores dispuestos en la vía

pública y en las islas de contenedores soterrados de que dispone el municipio y de aquellos que sean

suministrados por las entidades, sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor, designados para la gestión de cada una de estas fracciones, tales como

Ecoembes y otros.

En este sentido, las características (color, capacidad, modo de descarga, etc.) y el ratio mínimo por

habitante y número mínimo de contenedores disponibles serán conformes a las especificaciones

indicadas anteriormente y a las prescripciones establecidas en los Convenios marco suscritos entre la

Generalitat Valenciana y las entidades, sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor, designadas para la gestión de cada una de estas fracciones, en los cuales el

Ayuntamiento de Calp haya suscrito el Protocolo de adhesión.

No obstante, siempre que mejoren el servicio, el contratista podrá proponer medios alternativos de

recogida tales como otros tipos de contenedores o la recogida puerta a puerta en grandes productores

tales como colegios y centros educativos, dependencias municipales, oficinas, comercios u hostelería y

restauración, estableciendo protocolos de adhesión al sistema a suscribir por dichos comercios y

servicios. Se aceptará también como mejora el aumento del número de contenedores de recogida

selectiva sin aumento del coste del servicio.

El servicio de recogida de envases ligeros de contenedores de carga lateral se prestará de lunes a

sábado sin festivos durante todo el año. Los itinerarios de recogida se establecerán diariamente en

función de las estadísticas que se generen por la información recogida por los operarios de las rutas de

apoyo de la fracción resto.

El servicio de recogida de envases ligeros de contenedores de carga superior se prestará como

mínimo dos veces por semana. Los itinerarios de recogida se establecerán diariamente en función de

las estadísticas que se generen por la información recogida por los operarios de las rutas de apoyo de

la fracción resto.

Con carácter general, cualquier contenedor de envases habrá de ser vaciado como mínimo dos veces

por semana o cuando los contenedores estén llenos en más de un 80%, de manera que no se

produzcan reboses o que los vecinos no puedan usar el contenedor por falta de espacio disponible. Se

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aceptará como mejora la presencia de sistemas de compactación que reduzcan el volumen de los

residuos depositados, sin generar riesgos o molestias al usuario.

En el caso indeseado en el que se produzcan desbordamientos, el contratista deberá garantizar su

recogida en el plazo de 6 horas.

Por otra parte, si durante la vigencia del contrato se produjera un cambio en el modelo de gestión de

los envases que determine otra forma de recogida distinta de la actual, el adjudicatario deberá adaptar

sus medios a este nuevo sistema.

6.7.3.-Vidrio

La recogida selectiva de vidrio se efectuará por la entidad responsable de su gestión, mediante los

contenedores dispuestos en la vía pública y en las islas de contenedores soterrados, de que dispone el

Ayuntamiento y de aquellos que sean suministrados por las entidades, sistemas integrados de gestión

o sistemas de responsabilidad ampliada del productor, designados para la gestión de esta fracción,

tales como Ecovidrio y otros.

En este sentido, las características (color, capacidad, modo de descarga, etc.) y el ratio mínimo por

habitante y número mínimo de contenedores disponibles serán conformes a las especificaciones

indicadas anteriormente y a las prescripciones establecidas en los Convenios marco suscritos entre la

Generalitat Valenciana y las entidades, sistemas integrados de gestión o sistemas de responsabilidad

ampliada del productor, designadas para la gestión de esta fracción, en los cuales el Ayuntamiento de

Calp haya suscrito el Protocolo de adhesión.

No obstante, siempre que mejoren el servicio, el contratista podrá proponer medios alternativos de

recogida como pueden ser otros tipos de contenedores o la recogida puerta a puerta en grandes

productores tales como colegios y centros educativos, dependencias municipales, oficinas, comercios

u hostelería y restauración. Estos medios alternativos adicionales se implantarán de manera

coordinada con la entidad responsable de la recogida selectiva de vidrio.

6.7.4.-Aceite alimentario usado

En cuanto a la recogida de aceites usados de alimentación, se valorará aquellas ofertas que incluyan

preacuerdos con entidades o gestores de residuos que se comprometan a suministrar contenedores

para su recogida separada y a hacerse cargo del aceite recogido a través de éstos, en el caso en que

deje de estar vigente la anterior recogida.

El vaciado de los contenedores de aceite se efectuará al menos mensualmente o cuando estén llenos

en más de un 80% de su capacidad. Los contenedores suministrados deberán tener medidas para

evitar la sustracción del aceite depositado y el acceso de personas o animales a su interior.

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6.7.5.-Pilas y lámparas de bajo consumo

Con respecto a la recogida de pilas botón, salinas, alcalinas y demás tipos, y la recogida de lámparas

de bajo consumo y tubos fluorescentes, se valorará aquellas ofertas que incluyan preacuerdos con

entidades o gestores de residuos que se comprometan a suministrar contenedores para su recogida

separada y a hacerse cargo de los residuos recogidos a través de éstos, en el caso en que deje de

estar vigente la anterior recogida. La recogida se podrá plantear tanto en la vía pública como en

comercios o instituciones.

El vaciado de los contenedores se efectuará al menos trimestralmente o cuando estén llenos en más

de un 80% de su capacidad. Los contenedores suministrados deberán tener medidas para evitar la

sustracción y rotura de los residuos depositados y para evitar riesgos a la salud humana y el medio

ambiente.

6.8.-Recogida de enseres y residuos voluminosos

La recogida de la fracción muebles y enseres (LER 200307 Residuos voluminosos) se realizará con

una frecuencia de lunes a domingo durante todo el año en horario diurno de mañana y tarde. La

solicitud de este servicio se efectuará según los siguientes medios:

• Llamada al teléfono de atención ciudadana del adjudicatario en horario de 8:00-15:00 y 17:00-

20:00 o envío de mensaje de Whatsapp. Los teléfonos de contacto irán rotulados en los

contenedores del municipio.

• Presencialmente en la oficina de atención al público del servicio en el municipio.

• Notificaciones del ayuntamiento.

• Avisos realizados por el personal adscrito a otros servicios.

El tiempo de respuesta de este servicio será de 12 horas. Para ello el adjudicatario dispondrá de un

camión plataforma de caja abierta adecuado para este tipo de recogida, que se desplazará por todo el

casco urbano y las urbanizaciones recogiendo los residuos voluminosos.

Será también responsabilidad del adjudicatario, recoger objetos voluminosos depositados en la vía

pública sin previo aviso del ciudadano y, en particular, aquellos objetos dejados a pie de contenedores

que, en ningún caso, deberán permanecer en la vía pública por un periodo superior a 24h.

Para ello, cada vehículo de recogida, así como, los operarios de limpieza, deberá comunicar al gestor

de la contrata, como máximo al final del turno, la presencia de estos objetos, para su inmediata

inclusión en la planificación de recogida.

Mediante etiquetas en los contenedores, inserción de anuncios en la información local o calendarios de

recogida, se le dará publicidad, tanto a los días de recogida, como a las formas de contacto con el

servicio.

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6.9.-Recogida de aparatos eléctricos y electrónicos

En el punto limpio y el ecoparque del municipio se recibirán residuos y escombros procedentes de

obras menores de construcción y reparación domiciliaria RCD (LER 170107 y LER 170904) del propio

municipio.

Además, al menos un día a la semana (preferente sábado mañana) se efectuará recogida en camión a

petición de los servicios municipales.

Se entenderá por obra menor aquella no sometida a licencia de obra y por tanto sujeta a declaración

responsable, de acuerdo con el artículo 214 de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo

y Paisaje de la Comunitat Valenciana.

6.10.-Recogida de escombros de obra menor

En el punto limpio y el ecoparque del municipio se recibirán residuos y escombros procedentes de

obras menores de construcción y reparación domiciliaria RCD (LER 170107 y LER 170904) del propio

municipio.

Además, al menos un día a la semana (preferente sábado mañana) se efectuará recogida en camión a

petición de los servicios municipales. Se valorará el incremento en días de recogida.

Se entenderá por obra menor aquella no sometida a licencia de obra y por tanto sujeta a declaración

responsable, de acuerdo con el artículo 214 de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo

y Paisaje de la Comunitat Valenciana.

6.11.-Recogidas especiales

Dentro de este apartado se incluyen las prestaciones de recogida y transporte de residuos a gestor de

residuos autorizado que, por sus especiales características (cualitativas o cuantitativas) no tienen

consideración de recogida ordinaria a efectos del planteamiento del servicio.

Por recogida especial se entiende aquella que se realiza fuera de la recogida ordinaria. Por ello se

efectúa de forma periódica o previo aviso o activación del servicio, durante unas horas o frecuencias

determinadas. El cumplimiento de las siguientes recogidas será obligatorio por parte del contratista.

Al inicio de la contrata y una vez al año, preferentemente antes de Navidad, se realizará una recogida

de choque de enseres y restos de poda abandonados.

6.11.1.-Recogida de residuos durante las fiestas locales

El adjudicatario está obligado a la recogida de los residuos generados en la celebración de las fiestas

locales. Para ello, además de la recogida diaria se efectuará al menos una recogida adicional

relacionada con los actos y eventos de las siguientes fiestas:

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1 de enero (Nochevieja)

5 de enero (Cabalgata de Reyes)

San José

Feria de Andalucía

Tapeo Plaza Mayor

Fiestas de San Juna

Fiestas Virgen del Carmen

Fiestas en honor a la Virgen de las Nieves del 1 al 10 de agosto

Toros

Fiestas de moros y cristianos

24 de octubre en honor al Santísimo Cristo

Fiesta de la cerveza

Además de estas, se prestaran a demanda hasta un total de diez recogidas adicionales. La recogida

se efectuará de acuerdo con las órdenes remitidas por el Ayuntamiento. Se valorará el incremento de

servicios adicionales.

El horario vendrá ligado a la generación de residuos durante la celebración, así como a la

finalización del acto y de las tareas de limpieza del mismo, incluso domingos y festivos.

Las fracciones a considerar serán: envases ligeros, papel/cartón, vidrio, resto, así como otros

materiales que se pudieran recoger selectivamente.

Si es necesario para el desarrollo del acto festivo, se retirarán temporalmente los contenedores

presentes en la zona del evento. No obstante, si es necesario adicionalmente se dispondrán

contenedores en los puntos necesarios y en número suficiente para incrementar la capacidad de

recogida en los entornos de las zonas donde se desarrollen los actos festivos y allá donde no pueda

acceder el camión de recogida, de manera que pueda efectuarse la recogida completa.

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6.11.2 Recogida de residuos en otros actos públicos

Además de las fiestas del municipio, en otros eventos o acontecimientos temporales o provisionales e

itinerantes tales como fiestas de urbanizaciones, ferias, circos, eventos deportivos y culturales y

similares, el adjudicatario está obligado a la recogida de los residuos generados, para lo que deberá

disponer de los contenedores necesarios, tanto para la fracción resto como para la recogida selectiva

de envases y vidrio, junto al emplazamiento de dichas actividades, recogiendo los residuos que se

produzcan al menos una vez al día durante la duración temporal de la actividad.

La recogida se efectuará de acuerdo con las órdenes remitidas por el Ayuntamiento. El horario vendrá

ligado a la generación de residuos durante la celebración, así como a la finalización del acto y de

las tareas de limpieza del mismo, incluso domingos y festivos. Si es necesario para el desarrollo del

acto público, se retirarán temporalmente los contenedores presentes en la zona del evento.

6.11.3 Recogida del Mercado municipal y ambulante.

Los residuos producidos se depositarán en contenedores ubicados en las instalaciones del mercado y

se recogerán con el resto de la basura. Estos contenedores deberán encontrarse en perfecto estado

de uso y limpieza por lo que deberán ser lavados una vez a la semana. Una vez implantado el servicio,

todas aquellas variaciones o mejoras que deban requerirse para conseguir el servicio en óptimas

condiciones, correrán a cargo del contratista.

A su vez y de forma independiente, en las tareas de limpieza de los mercados ambulantes de los

sábados, miércoles y otros dos días a la semana a implantar, al terminar la misma se efectuará la

recogida de los residuos generados en el mismo, debiendo quedar todo recogido antes de las 17:00,

incluyendo las calles adyacentes, y los depósitos que se produzcan en el cauce del Barranco del Pou

Roig, a la altura del mercadillo de los miercoles.

Se valorará positivamente las medidas adicionales para promover la recogida selectiva de los residuos

del mercado ambulante, incidiendo especialmente en cartones y envases.

6.11.4 Recogida de animales domésticos muertos.

La recogida de animales domésticos muertos presentes en la vía pública se efectuará por los servicios

de limpieza viaria desde el inicio del contrato. La recogida de otros animales domésticos muertos se

efectuará a indicación del Ayuntamiento, de acuerdo con lo que determine el Consorcio para la gestión

de los residuos del Plan Zonal 6.

En cuanto sea detectada la presencia de animales muertos, independientemente del tamaño, en la vía

pública, bien por personal del contrato, bien por el propio ayuntamiento o a través de denuncia de los

ciudadanos, el contratista procederá a su retirada inmediata en el plazo más breve posible, sin superar

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éste las 6 horas. Si se produjese derramamiento de sangre o fluidos corporales, se procederá a la

limpieza y desinfección del lugar.

611.5 Recogida de residuos de limpieza del Cementerio.

Se implantará un servicio de recogida mensual en temporada baja y quincenal en temporada alta de

estos residuos mediante contenedor de al menos 7 m3 que deberá estar fijo en las dependencias del

cementerio, sin acceso a personal ajeno al del cementerio y la contrata de recogida.

Habrá dos recogidas adicionales a realizar la semana anterior a la festividad de Todos los Santos (1 de

noviembre) y tras dicha festividad.

6.11.6 Recogida en Semana Santa y Pascua.

Durante la Semana de Pascua se deberán instalar contenedores en las zonas tradicionalmente

ocupadas para comer y merendar al aire libre. Para ello se deberán utilizar como mínimo 16

contenedores, distribuidos en 8 puntos a fijar por el Ayuntamiento.

6.11.7 Recogida de residuos que ordene el Ayuntamiento

El contratista procederá a la recogida de residuos que en su momento ordene el Ayuntamiento, tales

como derrumbes, derrames, volcados, incidentes y accidentes, artículos decomisados u otros residuos

puntualmente generados en el municipio para los que no haya capacidad en el servicio diario de

recogida y que puedan causar peligro, insalubridad o incomodidad a los vecinos o impedir el normal

tránsito por la vía pública.

Dicha recogida se efectuará a ser posible de forma inmediata tras la orden, y nunca más tarde de tres

horas desde la comunicación al contratista. Se facturarán como servicio extraordinario.

6.11.8 Retirada de residuos y saneamiento de viviendas y locales particulares

El artículo 9 de la Ley 49/1960, sobre Propiedad Horizontal, establece las obligaciones inherentes a la

propiedad de una vivienda. En aquellos casos en los que se presenten situaciones de insalubridad que

no puedan ser resueltas por el titular de la vivienda y que supongan un riesgo para la salud

comunitaria, el Ayuntamiento establece los mecanismos de actuación pertinentes para solventarlo

mediante el ejercicio de la ejecución sustitutoria.

La realización del servicio de limpieza especial de viviendas consiste en el vaciado de residuos de la

vivienda de la persona afectada. Para ello, el personal que lo realiza ha de personarse en el lugar,

fecha y hora que se indiquen, datos que habrán sido establecidos por el Ayuntamiento (área de

sanidad y área de residuos).

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La prestación se efectuará de lunes a sábado, excepto festivos. Una vez dentro de la vivienda los

inspectores del organismo sanitario indicarán qué basuras y enseres almacenados deben de ser

retirados, sólo se retirarán los residuos indicados por ellos y se seguirán las indicaciones que

establezcan. Se facturarán como servicio extraordinario.

Los residuos que se retiren se meterán en bolsas, las cuales se cerrarán en la misma vivienda y se

depositarán en un vehículo adecuado estacionado en la vía pública, en el lugar más cercano posible al

lugar del servicio.

Los operarios no harán separación ni clasificación alguna de los residuos que retiren, con la única

excepción de los aparatos eléctricos y electrónicos que se separarán y se llevarán al Punto Limpio Fijo

más cercano al lugar de la limpieza previo aviso.

El contratista deberá disponer de los vehículos que más se adecuen a las necesidades de la recogida.

En todo caso, los vehículos que intervengan en las labores de limpieza deben estar dotados de

botiquín de primeros auxilios y de una amplia variedad de herramientas (corte, palanca, etc.).

Una vez se finalice la retirada de residuos de la vivienda se deben barrer las zonas de paso exteriores

a ella y comunes al resto de los vecinos para eliminar la parte de la suciedad originada por el servicio

que sea posible.

El personal que realice las labores de limpieza deberá estar informado tanto de sus riesgos laborales

como de los medios disponibles para disminuirlos / evitarlos. Deben contar con los EPIs (Equipos de

Protección Individual) adecuados para cada caso y estar vacunados contra enfermedades o

infecciones que pudieran ser provocadas por la manipulación de residuos de las características

mencionadas (hepatitis, tétanos,...).

6.12 Transporte de residuos a destino.

Los residuos recogidos deben ser transportados por separado hasta las instalaciones de transferencia

o valorización de los gestores autorizados de residuos de destino, siendo el transporte a cargo del

adjudicatario. Para ello, no se podrán mezclar entre sí ninguna de las fracciones de los residuos

urbanos recogidas. Se valorarán positivamente aquellas ofertas que incluyan instrumentos para

verificar la trazabilidad de los residuos y su entrega al destino adecuado.

La tarea de descarga de residuos en las instalaciones de destino correspondientes queda incluida

dentro de las obligaciones del prestador del servicio.

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6.12.1 Condicionantes

Los vehículos han de adaptarse a las características técnicas de las instalaciones de destino. Todos

los residuos transportados hasta las estaciones de transferencia o plantas de tratamiento

correspondientes deberán ser pesados en básculas existentes a la entrada de las mismas,

empleándose los albaranes resultantes de esos pesajes para la facturación mensual (una copia de los

albaranes quedará en poder del ente local y otra en poder de la empresa adjudicataria).

En caso de no existir en alguna de ellas básculas de entrada se articularán otros sistemas, en el

sentido de disponer de básculas públicas de pesaje debidamente taradas y en correcto

funcionamiento.

De forma general, los residuos recogidos serán entregados a un gestor de residuos autorizado. En el

caso de almacenamiento intermedio, el licitador deberá contar con un lugar adecuado, con las debidas

condiciones de seguridad y debidamente autorizado para el almacenamiento de dichos residuos hasta

el momento de su entrega al gestor autorizado, debiendo los residuos cumplir los tiempos máximos de

almacenamiento legalmente previstos (especialmente en el caso de residuos peligrosos).

El adjudicatario deberá proponer un sistema de recogida que garantice la mayor valorización posible

de los residuos por parte del gestor final al que se entreguen. En este sentido, en la oferta de

prestación de servicios a presentar por los licitadores se indicarán los destinos previstos para cada

fracción de los residuos urbanos, siendo prioritario y preferible el destino de reutilización, preparación

para la reutilización y valorización sobre la eliminación de residuos. Será preferible también cuando se

indiquen claramente los gestores finales de destino y no sólo los gestores intermedios (almacenistas o

transferencias).

6.13 Punto blanco y ecoparque

El municipio dispone actualmente de un recinto de recogida de residuos que plantean dificultades en

su gestión, como son muebles, enseres y residuos de construcción y demolición.

6.13.1 Gestión de punto blanco.

Este servicio consistirá en la apertura, vigilancia y cierre del Punto Blanco de Calp en su horario de

apertura, así como el transporte a centro autorizado de los contenedores ubicados en el mismo,

cuando fuera necesario. El personal habrá de facilitar información al público acerca de los puntos de

descarga y velar por el correcto almacenamiento de los distintos tipos de residuos. El tratamiento de

destino de los residuos no se incluye en el precio de este contrato.

El horario de apertura es de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 19:00 y el sábado de 10:30

a 13:15.

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6.13.2 Ecoparque. SIN CONTENDO

Art.7.-PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA

7.1 Descripción de los servicios a prestar

La prestación del servicio de limpieza viaria se extiende a todas las vías públicas, plazas, zonas

peatonales, paseos, parques, zonas ajardinadas y los diferentes espacios públicos del término

municipal, así como, las que se amplíen durante el periodo de duración del contrato e incluyendo sus

calzadas, aceras, separadores o medianas (parte no ajardinada).

El servicio de limpieza viaria consiste en la limpieza, por medios manuales y mecánicos, de las vías y

espacios recogidos en el párrafo anterior, incluyendo todos los elementos que forman parte de ellos, o

estén contenidos en ellos como mobiliario urbano (bancos, papeleras, jardineras, columnas de

alumbrado, pilonas, parques infantiles, etc.), espacio existente en el entorno y bajo los contenedores

de residuos, buzones, alcorques, marquesinas de autobús, pequeños parterres, imbornales y

análogos.

La obligación del adjudicatario del contrato será mantener las condiciones necesarias de limpieza y

salubridad del espacio público, efectuando las siguientes operaciones:

Limpieza, recogida y transporte posterior a los puntos de depósito de todos los desperdicios

existentes en las aceras, calzadas o en cualquier otra parte de la vía pública, mediante barrido manual

y mecánico, fregado y baldeo.

Mantenimiento, limpieza y vaciado permanente de la totalidad de las papeleras instaladas en el

municipio.

• Limpieza de parques y zonas ajardinadas abiertas.

• Limpieza de excrementos y manchas recurrentes.

• Limpieza de alcorques abiertos y cerrados.

• Limpieza de escaleras, pasos subterráneos y aéreos y pasajes.

• Limpieza de mercados y mercadillos en la vía pública.

• Limpiezas especiales de fiestas y otros eventos.

• Limpieza de pintadas, grafitis, retiradas de carteles y anuncios.

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• Limpieza de instalaciones deportivas abiertas.

• Limpieza del entorno de fuentes y estanques.

• Retiradas de animales muertos en la vía pública.

• Limpieza y trabajos extraordinarios: hojas en época de caída, etc.

Los elementos de valor que se encuentren al realizar el servicio deberán ser depositados de inmediato

en las oficinas municipales.

Forma también parte de la prestación su autocontrol, las actividades y operaciones de estacionamiento

y mantenimiento de la maquinaria y demás materiales, y todas las restantes actuaciones necesarias

para la correcta imagen del municipio, prestación del servicio, y su correspondiente inspección por

parte del Ayuntamiento. También serán objeto del servicio las nuevas vías públicas que se pongan o

eliminen del ámbito del servicio tras orden de los Servicios Técnicos Municipales.

El horario de prestación del servicio será diurno, comenzando a las 7:00 tanto en verano como en

invierno. El horario de los trabajos especiales será en función de su tipología y necesidad.

Para los baldeos y riegos, con el fin de minimizar las molestias que puedan ocasionarse, se procurará

llevarlos a efecto en horarios de menor actividad vial. Los servicios de limpieza ordinarios deberán

realizarse con una frecuencia adecuada de cara a cumplir los objetivos de calidad establecidos.

El agua necesaria para la prestación de los distintos servicios será suministrada desde la red general,

en los puntos señalados por los servicios técnicos municipales, siendo a cargo del contratista la

instalación de contadores en los vehículos, para asegurar el control del consumo de agua. Se rellenará

un parte cada vez que se produzca una carga de agua, donde deberá estar presente un funcionario

municipal, y se indicará el lugar, la fecha, hora y el volumen consumido. Estos partes se entregaran al

representante municipal. Asimismo, para el uso eficiente del agua, el licitador podrá proponer sistemas

economizadores de agua, en especial para las operaciones de baldeo o riego a presión. El licitador

podrá plantear la utilización de agua procedente de recursos alternativos y no apta para el consumo

humano, como puede ser aguas procedentes de la depuración de aguas residuales o del vaciado de

piscinas, siempre que sean salubres y que no se produzca merma en la calidad y eficiencia de la

limpieza.

La limpieza viaria ha de efectuarse de modo que se cumplan los siguientes requisitos:

Los residuos de barrido deberán recogerse en bolsas de plástico, y podrán ser depositados

en los contenedores de recogida de fracción resto.

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Las bolsas de basura no estarán fabricadas con plásticos halogenados y serán recicladas

en, como mínimo, un 80%.

Cada equipo y operario estará equipado con las herramientas y útiles necesarios para

desempeñar su cometido.

Se intensificará la limpieza de las zonas aledañas a las obras particulares o municipales, de

forma que el entorno no se vea afectado.

En cuanto a los excrementos de animales de compañía no recogidos por sus dueños, en

cada servicio ordinario se procederá a su limpieza y retirada, incidiendo en aquellas zonas

en las que los vecinos pasean a sus animales con mayor frecuencia.

La limpieza y retirada de arenas y restos acumulados en la vía pública como consecuencia

de lluvias o granizo, se efectuará, siempre que se produzca, utilizando los medios

mecánicos que sean necesarios y en un periodo no superior a 2 días.

Los riegos y baldeos se realizarán con agua a presión, minimizando el consumo, y siempre

procurando que el agua no entre en el interior de los locales comerciales, orientando de la

fachada hacia el centro de la calzada.

La zonificación de la limpieza es la siguiente:

Zona 1

Casco urbano, playas urbanas del Arenal-Bol, Cantal roig y de la Fossa, extrarradio y

zonas de los Planes Parciales 1, 2, 3 y 4, delimitadas por las Avenidas de la

Diputación, Ejércitos españoles, Juan Carlos I y la línea costera. Paseos marítimos y

Paseo ecologico.

Zona 2 Urbanizaciones del resto del término municipal

El puerto de Calp se considera incluido en la zonificación, aunque no se efectuará la limpieza en él en

tanto en cuanto el Ayuntamiento no efectúe una petición expresa al adjudicatario, a partir de la cual en

el plazo máximo de tres días habrá de reorganizar la recogida para su inclusión el servicio.

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A efectos de la prestación del servicio de limpieza viaria se distinguen dos temporadas principales:

Temporada

baja

Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, con excepción del periodo de

Semana Santa y Navidad.

Temporada

alta

Desde el de 1 de junio hasta el 30 de septiembre, incluyendo también el periodo

de Semana Santa –desde el Jueves Santo hasta el Lunes de Pascua- y el periodo

de Navidad –desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero.

7.2 Barrido manual

El barrido manual consiste en la limpieza detallada, con medios manuales incluyendo soplado, de

aceras, paseos, calles, plazas, y el resto de espacios públicos del municipio. Una vez efectuada la

limpieza, se procede a la recogida y el transporte posterior a los puntos de depósito de todos los

desperdicios existentes en las aceras, calzadas o en cualquier otra parte de la vía pública objeto

de este tratamiento. Las diversas modalidades de barrido se escogerán para cada lugar en función de

las ventajas y limitaciones en cada tramo vial.

Esta tarea se aplicará en zonas que presenten dificultades para el barrido mecánico, puntos no

accesibles para la maquinaria y vías rodadas con estacionamiento fijo o permanente. Asimismo, en

función de la mayor dificultad de limpieza, el servicio prestará una mayor incidencia sobre lugares tales

como:

• Bordillos, laterales de calzada donde se puedan acumular los residuos desplazados por el

tráfico rodado e intervalos entre coches aparcados.

• Paseos, zonas peatonales y plazas, incluyendo parterres y espacios verdes abiertos.

• Zonas escolares.

• Alcorques y aberturas al pie de los árboles.

• Paradas de autobús.

• Entornos de contenedores, buzones e islas de contenedores soterrados.

• Entornos de edificios públicos.

• Entornos de mobiliario urbano.

Se incluye también dentro de las operaciones de barrido las siguientes tareas a realizar por el

contratista:

• Vaciado y limpieza de las papeleras situadas en la ruta.

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• Limpieza de excrementos de animales depositados en la vía o en las papeleras especiales.

• Recogida de desbordamientos de contenedores de basura o recogida selectiva, colocando el

material en el contenedor correspondiente si hubiera capacidad disponible o bien en los más

cercanos.

• Las anomalías observadas durante la ruta en relación a la limpieza urbana, tales como:

desbordamiento de contenedores de basura o recogida selectiva, papeleras o contenedores en

mal estado, presencia de enseres u objetos voluminosos, etc. serán anotadas para la

comunicación al encargado del servicio al finalizar el mismo.

La zona 1, correspondiente al Casco urbano, playas urbanas del Arenal-Bol, Cantal roig y de la Fossa,

extrarradio y zonas de los Planes Parciales 1, 2, 3 y 4, delimitadas por las Avenidas de la Diputación,

Ejércitos españoles y Juan Carlos I y la línea costera, se dividirá en un mínimo de 15 sectores de

limpieza, con una dotación suficiente para que se complete el servicio en el día, dando tiempo a

completar el sector en todo su recorrido.

Al menos se empleará un barrendero único por cada sector, con una jornada completa.

7.2.1. Frecuencia de Barrido manual

La frecuencia de barrido manual de cada sector será de lunes a sábado en temporada baja y diaria

(incluyendo festivos) en temporada alta. Se efectuará un refuerzo de tardes del barrido manual con

igual frecuencia todo el año.

Asimismo, en los paseos marítimos se efectuará barrido manual también los domingos y festivos

durante todo el año.

Se efectuará un refuerzo de mañanas del barrido manual, que consistirá en el repaso de la limpieza de

aceras y zonas peatonales de las zonas que precisen refuerzo por las mañanas, tales como zonas

escolares y deportivas y durante la temporada de mayor actividad turística, con una frecuencia del

servicio de lunes a sábado desde el 15 de abril al 15 de octubre incluso festivos.

En temporada alta se efectuará un refuerzo de tardes de barrido manual incluso festivos.

7.3.-Barrido mecánico

El servicio de limpieza incluye el barrido mecánico de calles y espacios públicos en la totalidad del

término municipal mediante barredora mecánica o equipamiento similar, al efecto de eliminar los

desperdicios y residuos acumulados en la calzada, si bien también podrán emplearse en zonas

peatonales que lo permitan y/o con el apoyo en lugares puntuales de la manga de aspiración y

soplado. El barrido mecánico se efectuará en horario diurno.

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En la zona 1 se efectuará la limpieza de las calzadas del Casco Urbano y los Paseos marítimos. Se

barrerá en la misma jornada primero el paseo marítimo y luego se pasará al barrido del casco urbano.

Los sectores correspondientes a los paseos marítimos se barrerán de forma alterna (3 días/semana

cada paseo) en temporada baja y a diario en temporada alta.

El resto de sectores de la zona 1 se barrerán con una frecuencia semanal y quincenal según el

itinerario, salvo alteración por solicitud de la limpieza de colegios y por solicitud del Ayuntamiento.

En la zona 2 se efectuará el barrido mecánico con una frecuencia y sectorización que asegure cada

calle es barrida al menos una vez cada dos semanas.

En total habrá 4 equipos de limpieza de mañana, de los cuales 2 se alternan con la zona 1. Habrá 2

equipos de limpieza de tardes que se alternarán con la zona 1.

7.3.1.-Frecuencia de Barrido mecánico

En la zona 1 se efectuará la limpieza de las calzadas del Casco Urbano y los Paseos marítimos. Se

barrerá en la misma jornada primero el paseo marítimo y luego se pasará al barrido del casco urbano.

Los sectores correspondientes a los paseos marítimos se barrerán de forma alterna (3 días/semana

cada paseo) en temporada baja y a diario en temporada alta.

El resto de sectores de la zona 1 se barrerán con una frecuencia semanal y quincenal según el

itinerario, salvo alteración por solicitud de la limpieza de colegios y por solicitud del Ayuntamiento.

En la zona 2 se efectuará el barrido mecánico con una frecuencia y sectorización que asegure cada

calle es barrida al menos una vez cada dos semanas.

En total habrá 4 equipos de limpieza de mañana, de los cuales 2 se alternan con la zona 1. Habrá 2

equipos de limpieza de tardes que se alternarán con la zona 1.

7.4.-Baldeo

La operación de baldeo consiste en el lavado de las vías públicas empleando agua a presión sobre las

calzadas, aceras, paseos y zonas peatonales para arrastrar el polvo, tierra y los pequeños

desperdicios que puedan quedar después del barrido hasta los imbornales o para que posteriormente

dichos residuos sean recogidos en las operaciones de limpieza.

Este tratamiento se utilizará en combinación con el barrido, especialmente en los casos siguientes:

• Para desplazar objetos residuales situados en las calzadas bajo los vehículos

estacionados, y por tanto, ponerlos al alcance de los servicios de barrido.

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• Para hacer una limpieza a fondo de aceras y/o calzadas, dirigida fundamentalmente

a sacar el polvo, tierra, partículas, residuos pequeños incrustados en el relieve del

pavimento, manchas de orines, lixiviados y de otros líquidos.

Las diversas modalidades de baldeo con manguera, limpiadora de alta presión y/o camión cuba se

escogerán para cada lugar en función de las ventajas y limitaciones en cada tramo vial, así como de

la disponibilidad de bocas de riego. La maquinaria empleada en el baldeo deberá cumplir la normativa

de prevención de la legionelosis. En la propuesta se indicarán los productos de limpieza empleados,

incluyendo desengrasante, ambientador y sustancias antideslizantes para evitar suelos resbaladizos y

caídas. Se valorará la incorporación de hidrolimpiadoras de alta presión al servicio.

El adjudicatario colaborará con el Ayuntamiento para la señalización y avisos previos al baldeo de una

zona, cierre de calles y advertencia para la evitación de caídas y resbalones en pavimentos mojados.

El baldeo del casco urbano se efectuará mediante cuba a presión, mientras que en el baldeo de los

paseos marítimos se empleará baldeadora de aceras e hidrolimpiadoras.

El baldeo se efectuará en temporada alta, siendo la frecuencia de baldeo al menos la siguiente:

— Paseos marítimos: en días alternos de la temporada alta.

— Resto de sectores del casco urbano: se dedicarán dos días a la semana, de manera que

cada sector se baldee al menos una vez a la semana. Para ello, en cada jornada una vez

terminado un paseo marítimo se realizará el baldeo en el casco urbano. Se incidirá

especialmente en el corredor del aparcamiento del carrer Petit.

— La limpieza con hidrolimpiadora de alta presión en la Plaza Ifach, C/ Portalet, Plaza Mayor,

C/ Los Almendros y Avda. Gabriel Miró, se efectuará preferentemente los domingos

aprovechando las horas de cierre de bares y comercios.

— El pasaje del aparcamiento de la calle Petit se limpiará diariamente.

7.5.-Instalación, mantenimiento, reposición, limpieza y vaciado de papeleras

El contratista deberá proceder al mantenimiento, limpieza y vaciado permanente de la totalidad de

las papeleras instaladas en el municipio

El servicio consistirá en la recogida de las papeleras de los paseos marítimos y casco urbano ubicadas

actualmente con un total de 350 papeleras, que serán ampliadas hasta 500 papeleras, con un

almacenamiento de reposición disponible de 50 papeleras.

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A partir de la evaluación de las ubicaciones actuales de papeleras, el licitador presentará una

propuesta de optimización de la red de papeleras y sus ubicaciones. Las nuevas ubicaciones

definitivas serán decididas con la coordinación de los servicios municipales, que podrán modificar el

emplazamiento.

Para el vaciado de papeleras se establecerán dos rutas de recogida. La ruta 1 tendrá una frecuencia

diaria todo el año. La ruta 2 de refuerzo de la temporada estival se efectuará por la tarde los 7 días de

la semana en la temporada alta.

La limpieza de las papeleras incluirá su vaciado, su limpieza exterior e interior, e incluso la retirada de

elementos externos a la papelera que se fijen a las mismas, así como la limpieza de sus

inmediaciones. Asimismo se incluye en este servicio la reposición de las bolsas de plástico que se

alojan en su interior (si fuese el caso).

El adjudicatario deberá notificar diariamente a los Servicios Municipales las detecciones que haya

hecho de papeleras deficientes o con suciedad manifiesta.

La relación de papeleras actualmente disponibles y sus características, serán puestas a disposición del

adjudicatario. Éste deberá proceder a la ampliación hasta 500 papeleras y estará obligado a la

adecuación, adquisición, reposición, renovación e instalación, a los precios ofertados, de todas

aquellas cuantas papeleras sean necesarias para cubrir el servicio en los barrios actuales y futuros, así

como para la renovación de las deterioradas, para lo cual deberá contar con un lugar de

almacenamiento de las mismas. Para la elección de cualquier tipo de papelera será necesaria la

aprobación del municipio.

No obstante, al inicio del contrato, el adjudicatario efectuará un nuevo inventario de papeleras del

municipio, el cual irá actualizando durante la duración del contrato con las variaciones que se vayan

produciendo en el número y ubicación de papeleras.

7.6.-Otros servicios de limpieza.

7.6.1.-Servicio de desbrozado y recogida de restos de corte en urbanizaciones

Este servicio consistirá en el corte de matojos y retirada de los residuos del desbroce de las calzadas

de la zona de urbanizaciones mediante la aplicación y utilización de la maquinaria adecuada. Dicha

maquinaria permitirá simultanear el corte y desbrozado con la recogida de los residuos de corte. Este

servicio compuesto de cuatro equipos de desbroce operará de acuerdo con lo indicado en el apartado

6.6.1 relativo a restos vegetales de poda y limpieza de jardines y parques.

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7.6.2.-Retirada de excrementos caninos

Se efectuará la retirada de los excrementos de animales en todo el perímetro del casco urbano,

haciendo hincapié en aquellas zonas de mayor presencia de animales, así como en las zonas verdes.

Se empleará maquinaria adecuada para la aspiración de las heces, siendo la frecuencia del servicio de

lunes a domingo durante todo el año en la zona 1, incidiendo en las salidas de colegios de lunes a

viernes.

7.6.3.-Brigada de limpieza de urbanizaciones

Se realizará la limpieza puntual de la zona 2 correspondiente a las urbanizaciones y parques. En las

tareas de limpieza se incluirá la retirada de residuos acumulados en el interior de setos de jardines.

Los equipos de recogida informarán de las necesidades puntuales de limpieza que se requieran en la

zona o por avisos de los servicios técnicos del Ayuntamiento. Tras recibir esta información se

asignarán las tareas y zonas de limpieza a realizar por el equipo asignado a este servicio.

El servicio se ofrecerá de lunes a sábados en jornada completa de manera que se complete el sector

en el día.

7.6.4.-Fregado de aceras

Se efectuará el fregado de los paseos marítimos, paseo Príncipe de Asturias y de las aceras del casco

urbano, usando maquinaria para este fin con una frecuencia de cinco días a la semana.

Una vez al mes se limpiarán las aceras de las urbanizaciones con hidrolimpiadora de alta presión o

fregadora.

La limpieza del paseo Príncipe de Asturias incluye la zona de tierra en su límite, de manera que quede

limpia de excrementos y basura.

7.6.5.-Limpieza del mercado ambulante

Todos los sábados, o el día anterior si éste fuera festivo, se limpiará la zona del mercado ambulante de

la avda Norte y calles aledañas y la zona del mercadillo de la calle Rumanía y alrededores, incluyendo

las Salinas de Calp, una vez abierto al tráfico. Los miércoles se limpiará la zona del mercadillo de la

calle Vall de Laguar y calles aledañas, incluyendo la zona del río en que se depositan bolsas y

materiales arrastrados por el viento.

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Page 65: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE … RECOGIDA DE... · 7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis 7.7.3.-Animales muertos abandonados

En previsión de nuevos días de mercado ambulante y a partir de la indicación de los Servicios

municipales, efectuará la limpieza otros dos días de mercado a la semana, sin que suponga

modificación del servicio.

Las tareas comenzarán inmediatamente a la retirada de los puestos y habrá de finalizar antes de las

17:00. Este servicio se prestará sin detrimento del resto de servicios ordinarios.

El servicio estará auxiliado por un camión recolector que recogerá los residuos generados en cuanto

finalice la limpieza y los trasladará a la instalación de destino.

Se valorará positivamente las medidas adicionales para promover la recogida selectiva de los residuos

del mercado ambulante, incidiendo especialmente en cartones y envases.

7.7.-Servicios especiales de limpieza

7.7.1.-Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos

Tendrán carácter especial los servicios de limpieza posteriores a determinados acontecimientos tales

como fiestas, ferias, actos públicos de carácter estable, así como otros de similares características

promovidas por el ente local. Contemplan la limpieza de aquellas zonas que presentan índices

elevados de suciedad y cuantificados por encima del que corresponde por lógica actividad ciudadana,

con motivo principalmente de campañas electorales, manifestaciones o actos en la vía pública, fiestas

municipales, ferias, entre otros.

A indicación del Ayuntamiento, el adjudicatario retirará temporalmente los contenedores de las calles o

zonas en que se celebren actos que así lo requieran. Por otra parte, si es necesario refuerzo adicional,

el contratista dotará a la zona de los contenedores apropiados y propondrá los medios que

considere oportunos para la limpieza del área de ocupación de los distintos eventos y su zona de

influencia, para que inmediatamente después de su finalización la zona quede totalmente libre de todo

tipo de residuos.

El adjudicatario coordinará en todo momento los trabajos de limpieza con el departamento municipal

encargado de la realización del acto o evento.

Las fechas y celebraciones objeto de limpiezas especiales por estos motivos son al menos las

siguientes:

1 de enero (Nochevieja)

5 de enero (Cabalgata de Reyes)

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San José

Feria de Andalucía

Tapeo Plaza Mayor

Fiestas en honor a la Virgen de las Nieves del 1 al 10 de agosto

Toros. Se limpiarán diariamente todas las calles adyacentes y el Grupo Antonio Ramos con

hidrolimpiadora, sin perjuicio de otros servicios.

Fiestas de moros y cristianos

24 de octubre en honor al Santísimo Cristo

Fiesta de la cerveza

La limpieza de actos festivos incluirá el uso de camión cisterna en zonas donde se celebren castillos

de fuegos artificiales, hogueras y otros eventos que lo requieran. Estos servicios de limpiezas

especiales objeto de este capítulo se realizarán a petición del Ayuntamiento, siendo un total de 8

servicios al año, en las fechas a especificar por el consistorio. Se valorará el incremento de servicios

al año.

7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis

La limpieza de carteles, pancartas y banderolas y/o limpieza de pintadas o grafitis se realizará en todos

los elementos de mobiliario urbano e infraestructuras y cualquier otro que sean de titularidad municipal.

El servicio se efectuará como mínimo de forma anual, o a petición del Ayuntamiento, que podrá instar a

la limpieza inmediata a causa de mensajes violentos, ofensivos o sexistas que atenten contra la

dignidad humana o el orden público.

Se podrán requerir los siguientes trabajos:

• Eliminación de sombras de pintadas y grafiti en zonas tratadas.

• Pintado completo de la zona de afección de pintadas o grafiti.

• Aplicación de productos antigrafiti en zonas de especial incidencia.

Los pavimentos en la zona tratada deberán quedar limpios y sin restos de ningún tipo de residuo.

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Page 67: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE … RECOGIDA DE... · 7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis 7.7.3.-Animales muertos abandonados

Asimismo, se tomarán las precauciones necesarias en materia de seguridad tanto para los propios

trabajadores como de los peatones.

7.7.3.-Animales muertos abandonados en la vía pública

Tal y como se indica en el apartado de recogida, la recogida de animales muertos presentes en la vía

pública se efectuará por los servicios de limpieza viaria desde el inicio del contrato.

En cuanto sea detectada la presencia de animales muertos, independientemente del tamaño, en la vía

pública, bien por personal del contrato, bien por el propio ayuntamiento o a través de denuncia de los

ciudadanos, el contratista procederá a su retirada inmediata en el plazo más breve posible, sin superar

éste las 6 horas. Si se produjese derramamiento de sangre o fluidos corporales, se procederá a la

limpieza y desinfección del lugar.

7.7.4.-Limpieza intensiva de aceras, calzadas, zonas peatonales

Consistirá en la limpieza de las vías públicas, sin carácter de urgencia, de manchas de todo tipo

(aceite, gasóleo, pintura, chicles, etc.) que, no originando peligro para viandantes o vehículos,

suponen una mala imagen y aspecto general de la vía pública. Los trabajos se realizarán de forma

periódica y mediante la utilización de maquinaria diseñada al efecto.

Serán objeto de este tipo de operaciones las zonas con mayor tránsito de peatones, el entorno de los

puntos en los que se localizan los contenedores para la recogida de residuos en la vía pública, las

zonas de estacionamiento fijo de vehículos, paradas de taxi y autobuses. Se considerará efectuarán

limpiezas periódicas de chicles pegados al pavimento con la maquinaria y medios técnicos necesarios.

La limpieza intensiva se realizará también en aquellas zonas en las que se produzca una acumulación

de excrementos de animales que los equipos habituales de limpieza pública no sean capaces de

eliminar de forma adecuada. Para ello se utilizarán equipos y maquinaria que, mediante la utilización

de diferentes técnicas, consigan el fin de la salubridad y del ornato públicos.

Asimismo, ante una situación de emergencia o imprevista, que afecte de forma grave al estado de

limpieza de las zonas incluidas en el ámbito del contrato, el contratista tendrá una obligación de

actuación inmediata para proceder a la limpieza de las vías y espacios públicos afectados, en

coordinación y bajo la dirección y supervisión del ente local. Se considerarán situaciones

excepcionales, entre otras, las que deriven de causas climatológicas adversas o anormales.

El objetivo a conseguir con la realización de estos trabajos es la restitución de las vías y espacios

públicos a las condiciones adecuadas para permitir el tránsito de peatones y vehículos.

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Page 68: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE … RECOGIDA DE... · 7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis 7.7.3.-Animales muertos abandonados

En función de las necesidades, y con independencia de la jornada (laboral o festiva) y del horario, el

contratista utilizará los medios materiales y humanos necesarios para restituir el área afectada a su

estadio original en la mayor brevedad posible.

La empresa licitadora detallará en su oferta los protocolos y procedimientos operativos a utilizar en el

servicio de atención permanente de incidencia que debe implementar.

Los licitadores incluirán en sus ofertas los equipos especiales precisos para la prestación de este

servicio, detallando las características de la maquinaria, el rendimiento de los equipos utilizados y las

frecuencias y horarios de trabajo. El número mínimo de limpiezas intensivas a realizar será de cinco

servicios, a indicación del Ayuntamiento.

Art.8.-MEDIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

8.1.-Medios materiales aportados por el contratista

Los licitadores deberán detallar en su oferta, y aportar en caso de adjudicación, la totalidad del

material y maquinaria necesaria para la realización de los servicios contemplados en el presente

Contrato, con aportación de planos y cuantos datos crean necesarios (características técnicas, marca,

modelo, fechas de adquisición, datos de amortización, tipo de titularidad en propiedad, arrendamiento

financiero, etc.), teniendo en cuenta los medios materiales que pueda aportar el ente local.

Los vehículos, maquinaria, material móvil y resto del material necesario para la prestación del servicio

se elegirán de acuerdo con las funciones que deban realizar, adaptándose a los condicionantes de

anchura de calles, radios de giro, pendientes y características específicas de las zonas en que se

programe su uso. El material incluido en el contrato será de uso exclusivo para los servicios que se

contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos a la concesión, salvo orden o aprobación expresa

del ente local.

La maquinaria empleada en el servicio cumplirá el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que

se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre,

y su modificación a través de Real Decreto 524/2006. Por ello, la maquinaría llevará el correspondiente

Marcado CE y la indicación del nivel de potencia acústica garantizado, así como disponer de la

Declaración CE de conformidad.

Todos los medios aportados por el contratista tendrán certificados de homologación y los vehículos

estarán dotados de equipo de comunicación con alcance en todo el ámbito geográfico de actuación. La

totalidad de vehículos adscritos al servicio se matricularán con domicilio en el municipio de Calp.

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Page 69: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE … RECOGIDA DE... · 7.7.2.-Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis 7.7.3.-Animales muertos abandonados

El adjudicatario dispondrá de instalaciones propias o arrendadas para albergar los vehículos y

maquinaria necesaria para el servicio, que permitan el mantenimiento básico y pequeñas reparaciones,

y contar con espacio para los vestuarios del personal y almacén de materiales. Esta base se situará

en el propio término municipal o en otro municipio cercano a donde se preste el servicio. En todo caso

las instalaciones deberán contar con la preceptiva licencia. En el caso de disponer de instalaciones

propias se deberá adjuntar en la oferta.

En las instalaciones y material móvil adscritos al contrato, no se podrán consignar otros elementos de

propaganda que no correspondan al de identificación de la empresa adjudicataria y del ente local.

Los equipos, herramientas y utensilios empleados en las tareas de limpieza, serán seleccionados con

criterios entre otros de ergonomía y reducción de peso, de manera que faciliten al trabajador el

desarrollo de su actividad en la jornada laboral y no supongan esfuerzos excesivos en prevención de

molestias o lesiones.

El contratista mantendrá, en todo momento, el parque de la maquinaria y herramientas en perfecto

estado de uso y funcionamiento para no provocar perturbaciones en la realización de los trabajos

contratados, sin perjuicio de que deberá prever el número suficiente de equipos de reserva para que

bajo ningún concepto se entorpezca el normal desarrollo de los servicios a prestar en caso de avería o

cualquier otro tipo de incidencia.

Los vehículos y la maquinaria empleada deberán en todo momento encontrarse en buenas

condiciones de funcionamiento, sin que ninguno de sus sistemas o mecanismos se encuentren fuera

de uso o deteriorados. Dispondrán de sistemas para minimizar el ruido asociado al desarrollo de las

diferentes operaciones de limpieza viaria y recogida tales como mecanismos para la amortiguación de

golpes a los camiones y contenedores, instalación de panel aislante de ruido en maquinaria entre

otros.

Se valorará la propuesta de máquinas para el servicio que permitan reducir el consumo de agua,

energía y productos químicos, siempre y cuando se demuestre la mejora de las mismas respecto a

máquinas o procedimientos convencionales sin menoscabo de la calidad del servicio. Para su

valoración se proporcionarán los consumos de agua (en litros por metro cuadrado) y energía.

Asimismo se valorará la incorporación al servicio de limpieza de maquinaria eléctrica tales como

hidrolimpiadoras, sopladoras eléctricas, barredoras eléctricas, podadoras y desbrozadoras eléctricas.

En la oferta técnica los licitadores incluirán el inventario de los vehículos y la maquinaria a utilizar, así

como el estado y las características de los mismos, de acuerdo con el anexo III.

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8.1.1.-Vehículos

Para la recogida de la fracción resto, el servicio contará con una flota de vehículos de carga lateral,

carga superior y carga trasera convenientemente dimensionada para las distintas épocas del año y

según la distribución de contenedores y tipos planteada y existente. Al menos una tercera parte de los

camiones de recogida de carga lateral deben estar adaptados a la carga trasera, de manera que en

casos puntuales se pudiera descargar en ellos contenedores de carga trasera. Se contará con

vehículos técnicamente adaptados para la recogida de los contenedores soterrados y los contenedores

de la vía pública. En caso de avería, el adjudicatario deberá disponer de un vehículo de sustitución que

permita prestar el servicio con normalidad y sin interrupción hasta la reparación del camión habitual.

Para la recogida de los Paseos marítimos y de los sectores del casco urbano de mayor afluencia

turística, se valorará aquellas ofertas que planteen la recogida mediante vehículos eléctricos que

reduzcan al mínimo indispensable la contaminación acústica y atmosférica derivada de la recogida y

que dispongan de pesaje unitario del contenedor. Asimismo se valorará la incorporación de vehículos

recolectores eléctricos de apoyo de menos de 10 metros cúbicos de capacidad, así como la inclusión

de punto de recarga para vehículos eléctricos.

Para la recogida de residuos voluminosos y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se utilizarán

camiones de caja abierta preferentemente con grúa de pluma, que permitan la carga y descarga del

material sin su rotura por caída elevada.

Los vehículos a utilizar irán dotados de los correspondientes sistemas de recogida, elevación y

vaciado de recipientes que en cada momento se disponga, debiendo ser en todo momento

compatibles y eficaces con el parque de contenedores y las islas de contenedores soterrados para el

depósito de residuos instalados. De ser necesario por la presencia de contenedores soterrados de

elevación hidráulica, contarán con adaptación hidráulica para la elevación de plataformas.

Asimismo, en el caso de que se opte por la recogida en contenedores de carga lateral, el camión de

recogida deberá ser también compatible con los contenedores de carga trasera, de manera que,

puntualmente o por la presencia de contenedores soterrados de carga trasera, se pueda recoger

también los residuos depositados en este tipo de contenedores.

Los vehículos recolectores empleados, estén dotados o no de sistema de compactación, deberán en

todo momento encontrarse en buenas condiciones de funcionamiento, debiendo disponer de un

programa de revisión, mantenimiento y reparaciones periódicas, sin que ninguno de sus sistemas o

mecanismos se encuentren fuera de uso o deteriorados.

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Los equipos a utilizar en el barrido mecánico de aceras y calzadas, deberán ser de gran

maniobrabilidad, con pequeños radios de giro y dispondrán de sistema de irrigación para evitar el

levantamiento de polvo, así como de sistemas de reducción de la contaminación acústica.

En los vehículos adscritos al contrato, no se podrán consignar otros elementos de propaganda que no

correspondan al de identificación de la empresa adjudicataria y del ente local, debiendo estar

matriculados en el municipio.

Para minimizar los impactos sobre el medio ambiente del transporte, los vehículos deberán cumplir con

un estándar EURO exigente y tener las menores emisiones de CO2, partículas y óxidos de nitrógeno

posibles. Se considerarán más adecuados aquellos vehículos cuyo suministro de energía sea más

limpio: eléctricos, híbridos, biocarburantes, gas natural, etc. Se priorizará la utilización de vehículos

medios y pesados que cumplan la norma EURO 5 y 6.

Los equipos deberán aplicar las mejores técnicas disponibles para minimizar las emisiones de ruido y

vibraciones, debiendo indicar las características ambientales de los vehículos destinados al servicio.

En concreto deberán cumplir los requisitos de emisiones de ruido establecidos en el Decreto 19/2004,

de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen normas para el control del

ruido producido por los vehículos a motor, así como la Directiva 2007/34/CE.

Se valorará la utilización de neumáticos cuyos niveles de emisión de ruido sean inferiores al máximo

establecido por el Reglamento (CE) nº 661/2009, anexo II, parte C.

En general se valorará positivamente la utilización de vehículos ligeros con bajo consumo de

combustible y emisiones, según establece la etiqueta obligatoria regulada en el Real Decreto 837/2002

y la Directiva 1999/94/CE.

Todos los vehículos deberán lavarse y desodorizarse al menos cada 15 días con métodos adecuados,

siendo rotulados según las indicaciones del ente local.

Todos los vehículos a motor que deban someterse a la Inspección Técnica de Vehículos, lo harán

según establece la normativa en vigor.

8.2.-Medios materiales aportados por la entidad local

El municipio pondrá a disposición del contratista la maquinaria y herramientas que habitualmente se

utilicen para desempeñar las funciones que los servicios ofertados requieren.

El 1 de julio de 2015 se efectuó una renovación completa de la maquinaria de recogida y limpieza

viaria por importe de 4.430.511,50 €, que se encuentra descrita en e l anexo III, con un inventario de

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los medios que aporta el municipio, así como el estado y las características de los mismos. La

amortización de dicha maquinaria finaliza el 30 de junio de 2025, siendo el tipo de interés del 6 %.

Dicha maquinaria y vehículos revierten al Ayuntamiento al finalizar el contrato anterior el 23 de febrero

de 2019, por lo cual se establece la obligación del nuevo concesionario de hacerse cargo de la

amortización pendiente al final del contrato anterior de 3.196.619,14 €.

Al comienzo del contrato, se confeccionará acta comprensiva del inventario de cada uno de los

elementos aportados, detallando la totalidad de los medios de que se dispongan.

Los medios cedidos por el ente local revertirán de nuevo a éste al finalizar el contrato.

Será obligación del contratista, con carácter general, conservar adecuadamente la totalidad de los

elementos que componen cada instalación y en particular:

- Limpieza de las instalaciones según oferta presentada;

- Mantenimiento en buen estado de uso y conservación y reposición inmediata de los

deterioros que sufran cualquier elemento de las mismas;

- Adaptación a la normativa aplicable en cada momento para su uso.

Asimismo, el contratista está obligado a no enajenar los bienes y equipos afectos al servicio, que

hubieran sido cedidos por el ente local, ni gravarlos sin autorización expresa de la

Administración.

8.3.-Personal

El adjudicatario dispondrá en todo momento del personal necesario para explotar eficazmente la

gestión del servicio, con criterios de igualdad e integración social y de acuerdo con las directrices y

especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

La dotación de personal de cada vehículo de recogida de residuos será el adecuado a la naturaleza de

cada tipo de residuo y su sistema de recogida y transporte. Mientras que para las recogidas de carga

lateral y carga superior se dispondrá de un conductor-operario por ruta, para la recogida de la fracción

resto mediante carga trasera se dispondrá al menos de tres operarios, uno de ellos el conductor y dos

ayudantes. En las operaciones de recogida de carga trasera al menos trabajará un conductor y un

ayudante, que se podrán turnar o sustituir con el segundo ayudante.

Los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de plantilla que consideren

necesaria para garantizar la correcta prestación del servicio y las tareas encomendadas y teniendo en

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cuenta posibles eventualidades (trabajos urgentes, bajas por enfermedad o accidente, vacaciones,

etc.). Para la presentación de la plantilla se tomará en consideración el modelo recogido en el anexo II.

En el caso de que para la correcta prestación del servicio fuera necesario incrementar la dotación de

personal, el adjudicatario deberá aumentar dicho personal sin que ello suponga un aumento del

precio de adjudicación, siempre que no se superen los umbrales de modificación del contrato y del

servicio. La dotación de personal se efectuará teniendo en consideración criterios sociales y de

igualdad, de forma que se favorezca la contratación de personas con dificultades particulares de

inserción en el mercado laboral.

Todo el personal, tanto directo como indirecto empleado por el contratista, deberá estar capacitado y

ser suficiente para desempeñar correctamente todos los requerimientos del Servicio establecidos en

este pliego y a la oferta del adjudicatario. La cualificación del personal a emplear se fijará con arreglo a

los requerimientos del servicio en cada momento. Se valorará que el personal esté formado para la

ejecución de buenas prácticas durante el servicio para minimizar el ruido y formado en conducción

eficiente.

El contratista designará a un Encargado y a un Director del Servicio, con titulación técnica de grado

medio y con experiencia demostrable en la gestión de estos contratos.

Cualquier cambio o incidencia en el personal deberá ser comunicada al ente local previamente y

autorizado por éste.

El adjudicatario presentará, en soporte informático, relación del personal empleado, así como copia de

los documentos TC1 y TC2, o fichero informático equivalente, como mínimo cada tres meses.

El Ayuntamiento no tendrá ninguna relación jurídica, laboral, ni de cualquier otra índole con el personal

del adjudicatario, ni durante la vigencia del contrato, ni al término del mismo, siendo de cuenta del

contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de

este contrato.

Todo el personal adscrito al servicio deberá estar debidamente uniformado, de acuerdo a las

instrucciones del ente local al respecto, con las prendas limpias y sin deteriorar.

En la ejecución de los distintos trabajos, y en cualquier caso dentro de su jornada laboral, el

personal se mostrará respetuoso y cortés con los ciudadanos, guardando la compostura en todo

momento y cumpliendo la normativa de convivencia vigente en la ciudad.

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En lo que respecta al vestuario y uniforme de los empleados, deberá ser conforme a la normativa en

prevención de riesgos laborales, asegurando la visibilidad de los trabajadores y su protección ante los

riesgos derivados de cada tarea a desempeñar.

La empresa adjudicataria se compromete a que las bajas, sustituciones y nuevas contrataciones de

personal adscrito a la ejecución del contrato, se realicen mediante la contratación de personas con

dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, siempre que las mencionadas personas

tengan la capacidad profesional y personal necesarias para realizar las tareas objeto del contrato,

hasta llegar a un 5% sobre el total de la plantilla que ejecute el contrato.

La empresa adjudicataria, en caso de contar con más de 10 trabajadores y trabajadoras, se

compromete a la adopción, de medidas de prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo

en relación con las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, tales como la

elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o

acciones de formación, o el establecimiento de procedimientos específicos para su prevención y para

dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto de acoso.

La empresa adjudicataria se compromete a la adopción de medidas concretas de conciliación en el

marco de la prestación de este contrato y para la plantilla que lo ejecute, tales como: ampliación de

permisos para ayuda en atención de menores o personas dependientes contempladas en la Ley,

asignación de servicios en función de las necesidades de conciliación y similares.

8.3.1.-Subrogación en el personal existente adscrito al servicio

De conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la LCSP, el Convenio colectivo del sector de

saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos, limpieza y

conservación de alcantarillado (BOE de 30/07/2013) y el Convenio Colectivo de la empresa Acciona

Servicios Urbanos SLU, centro de Calpe (BOP Alicante de 09/04/2018), se impone al adjudicatario la

obligación de subrogarse como empleador de la actual plantilla del servicio. A los efectos, se adjuntan

como anexo II las relaciones de personal actualmente afectas a las distintas prestaciones de servicios,

detallando servicio al que está afecto, tipo de contrato y categoría, a efectos de lo previsto en la

legislación laboral y en los convenios colectivos correspondientes.

En el anexo II se adjuntan igualmente los convenios colectivos actualmente vigentes, que deberán ser

asumidos por el adjudicatario durante toda la prestación del servicio.

8.4.-Herramientas informáticas

Se valorará que el licitador disponga de herramientas informáticas donde poder gestionar y controlar

los servicios ofertados y garantizar la trazabilidad de los trabajos, tanto de los itinerarios de limpieza

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como de la recogida de las distintas fracciones de residuos y su destino, incluyendo el personal

dedicado y el tiempo asignado a cada tarea. Es primordial que sea un sistema en tiempo real y agilice

la comunicación entre el ente local y el contratista. El Ayuntamiento tendrá acceso a estas plataformas

informáticas, que habrán de proporcionar información sobre el funcionamiento de los servicios, con la

posibilidad de ser aportada esta información al ciudadano o público en general.

Estas herramientas permitirán la identificación y localización de los vehículos del servicio. Los datos

obtenidos a tiempo real serán procesados posteriormente por un conjunto de herramientas de software

especializadas que garanticen:

- Poder llevar un inventario de los elementos basados en sistemas GIS, con preferencia de

sistemas de acceso público que no requieran de aplicaciones específicas para su

visualización.

- Planificar los servicios, periodicidad, recursos humanos y materiales necesarios.

- Controlar la ejecución de los servicios.

- Establecer una comunicación con los ciudadanos de cara a la recogida de sugerencias,

incidencias, etc. y al suministro de información sobre la gestión de sus residuos.

Las nuevas soluciones serán ofertadas teniendo en cuenta las adaptaciones que implicarán en los

precios de prestación del servicio de recogida y se acompañarán de un plan de implantación y

mantenimiento que permita una correcta explotación de la tecnología y una mayor calidad en la

prestación de los servicios.

La inversión en los sistemas de control del servicio, así como los gastos en la implantación y

mantenimiento durante la duración del contrato han sido considerados por el municipio en el precio

de licitación del servicio.

El sistema estará acorde con la norma UNE-EN 14.803 “Identificación y determinación de la

cantidad de residuos” o equivalente, y estará orientado con criterios de sostenibilidad, optimización y

eficiencia energética.

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Art.9.-ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SERVICIO, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y RELACIÓN

CON EL AYUNTAMIENTO

La organización de la prestación del servicio es responsabilidad del contratista, debiéndose ajustar en

todo momento a las necesidades y objetivo del servicio, según lo establecido en el presente pliego, en

el contrato y obedeciendo las indicaciones de detalle de la inspección y supervisión municipal.

Los licitadores organizarán los servicios teniendo en cuenta, al menos, los siguientes objetivos:

• Se buscará la máxima flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales

en la realización de distintos cometidos complementarios entre sí;

•Se optimizarán métodos, equipos y formación profesional para la prestación de los

servicios

•Habrá de causarse el menor impacto ambiental en la prestación de los servicios

•Se potenciará la transmisión de información al Ayuntamiento de los distintos aspectos de

la ejecución del contrato.

Las empresas licitadoras propondrán el sistema más eficaz para llevar a cabo todos los servicios con

los medios propuestos, señalando los criterios utilizados para elaborar en cada servicio el proyecto de

organización.

Las comunicaciones entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento se ajustarán a los protocolos

previamente definidos y aprobados. Dentro de la organización propuesta, los licitantes deberán prever

unos dispositivos ágiles y suficientes que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos

por el Ayuntamiento, que podrá solicitarlos en cualquier momento a los efectos de comprobar la buena

marcha del servicio así como el cumplimiento del presente pliego.

9.1.-Organización de personal

Todo el personal empleado por el contratista deberá estar capacitado, formado y ser suficiente para

desempeñar correctamente todos los requerimientos del Servicio establecidos en este Pliego y a la

oferta del adjudicatario. Se valorará que el personal esté formado para la ejecución de buenas

prácticas durante el servicio para minimizar el ruido y formado en conducción eficiente.

El contratista deberá disponer de un Encargado de las labores de coordinación, control y vigilancia,

que asegure la correcta ejecución del servicio y con competencia completa de autoridad y

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profesionalidad para corregir las deficiencias advertidas y/o hacer cumplir las órdenes que se cursen a

través de los Servicios Técnicos Municipales.

Además, el contratista deberá garantizar la comunicación del Encargado del servicio con los Servicios

Técnicos Municipales -mediante teléfono móvil, fijo, correo electrónico, domicilio, etc.- durante las 24

horas del día, todos los días, para la resolución de cualquier incidencia y/o comunicación. Dicho

Encargado deberá acudir al Ayuntamiento cuantas veces se le requiera para tratar asuntos del servicio.

A su vez, el contratista designará a un Director del Servicio, con titulación técnica de grado medio

como Responsable del contrato, con experiencia demostrable en la gestión de estos contratos.

El adjudicatario presentará, tanto en la oferta como al inicio de la prestación un organigrama funcional,

que incluya una relación detallada de todo el personal que, adscriba al servicio. Como mínimo,

contendrá sus datos de identificación, categoría laboral, funciones encomendadas y en su caso zona a

la que han sido asignados inicialmente con delimitación de la misma. Cualquier cambio o incidencia en

el personal adscrito al servicio deberá ser comunicada a los Servicios Técnicos Municipales, previa o

inmediatamente después, si no hubiese sido posible con anterioridad.

Los medios humanos adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente operativas, no

pudiendo justificar demoras, retrasos o interrupciones en la planificación del mismo si no son

estrictamente necesarios para el cometido o actividad desempeñada (por ejemplo: se excluyen los

tiempos por traslados desde la central).

En caso de absentismo del personal, con objeto de evitar la merma del servicio por este concepto, el

contratista viene obligado a:

• Comunicar inmediatamente dicha incidencia a los Servicios Técnicos Municipales.

• Efectuar, a su riesgo y ventura, las sustituciones pertinentes en el menor plazo posible

y/o, si fuera necesario, la prolongación del horario necesario del resto de medios

disponibles, al objeto de que el servicio quede debidamente prestado.

El contratista vendrá obligado a destinar al servicio la brigada completa de personal indicada en su

oferta, de manera que la existencia de situaciones de incapacidad laboral transitoria, invalidez,

vacaciones, etc., no será causa justificativa de la disminución de efectivos humanos en el desempeño

diario del servicio.

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9.2.-Medios técnicos y materiales

El contratista gestionará libremente, a su riesgo y ventura, la disponibilidad de los medios técnicos

(vehículos, maquinaria, etc.) pertinentes para el correcto desempeño del servicio, con eficiencia y

sostenibilidad y de acuerdo a este Pliego y las siguientes condiciones generales:

1. Todos los medios materiales, tanto directos como indirectos, de su propiedad o de titularidad

municipal, empleados por el contratista, deberán encontrarse perfectamente operativos

durante el contrato y ser suficientes en número para desempeñar correctamente todos

requisitos, funciones y frecuencias establecidos en este Pliego y de acuerdo a la oferta del

adjudicatario. Todas las tareas de su mantenimiento -preventivas o correctivas- recaerán a

riesgo y ventura entre las obligaciones del contratista, incluidos los daños por vandalismo.

2. El adjudicatario presentará en su Oferta de prestación del Servicio y, en todo caso con

anterioridad al inicio de la prestación, una relación detallada de la maquinaria y vehículos que

pretenda adscribir al servicio, con indicación de características básicas, matrículas y fechas

de matriculación o adquisición. Al inicio de la prestación toda la maquinaria prevista deberá

estar plenamente operativa.

3. Los Servicios Técnicos Municipales se reservan la potestad, justificadamente, de no aceptar

alguno de los medios materiales por presentar un funcionamiento defectuoso o molesto para

la ciudadanía o no acorde a normativa.

4. Los medios materiales adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente

operativas, no pudiendo justificar demoras, retrasos o interrupciones en la planificación de

trabajos.

5. Cualquier incidencia que impida el normal funcionamiento de la maquinaria y demás medios

materiales, será solventada con carácter inmediato y, en todo caso, en un plazo inferior a las 5

horas, debiendo suplirse dicho medio por otro de prestaciones similares o superiores o,

excepcionalmente, mediante cambio o prolongación de los horarios de prestación, en el resto

de medios. Todo ello puesto en conocimiento y aceptado por los Servicios Técnicos

Municipales o inspección del servicio, con la mayor brevedad posible.

6. El contratista deberá gestionar a su riesgo y ventura el parque de maquinaria municipal

amortizado de las contratas anteriores de recogida de residuos y limpieza viaria, relacionado

en anexo.

7. Todos los vehículos deberán mantenerse en adecuado estado de seguridad, limpieza, decoro

y uso durante todo el período de la prestación.

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8. Todos los vehículos dispondrán de contadores de horas y kilómetros, tanto de funcionamiento

general, en marcha o en ruta, como de trabajo. Cada uno de los vehículos dedicados al

servicio deberá estar dotado de elementos de comunicación.

9. En cuanto al consumo y gestión del agua, se valorará disponer de sistemas economizadores

de agua en especial para las operaciones de baldeo o riego a presión. El licitador podrá

plantear la utilización de agua procedente de recursos alternativos y no apta para el consumo

humano, siempre que sea salubre y no sea mermada la calidad y eficiencia de la limpieza.

Art.10.-SEGURIDAD Y SALUD

El adjudicatario será responsable del cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad en el

trabajo, debiendo a su vez exigir el cumplimiento de dicha legislación a toda persona o empresa

asignada al servicio.

En particular, el adjudicatario, antes del inicio del servicio, deberá contar con un Plan de Prevención de

Riesgos Laborales, con el contenido legalmente previsto y deberá contar con una organización

preventiva, según lo exigido legalmente.

Art.11.-RÉGIMEN DEL SERVICIO

11.1.-Inicio de la prestación de los servicios

El adjudicatario deberá comenzar a prestar los servicios objeto de este contrato en el plazo de un

mes desde la formalización del mismo, debiendo comunicar al municipio la fecha efectiva de

comienzo, quién deberá levantar un acta de tal circunstancia. En dicha acta podrán hacerse constar

las deficiencias detectadas, concediendo, en su caso, al adjudicatario un plazo para subsanarlas.

En ese momento, el adjudicatario deberá disponer de todo el personal, equipos, maquinaria e

instalaciones descrito en su oferta, comenzando a prestar el servicio en la forma descrita en la misma.

Previo al levantamiento del acta, la empresa adjudicataria deberá, en todo caso, elaborar y poner a

disposición del Ayuntamiento, antes del comienzo efectivo de la prestación del servicio, los siguientes

documentos y datos:

•Informe de la situación inicial, en el cual la empresa describirá el estado del municipio y las

deficiencias de cobertura del servicio, determinando los aspectos a corregir o adaptar

en la nueva prestación del servicio, como pueden ser zonas con déficit de

contenedores o zonas de limpieza insuficiente.

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•Inventario inicial de equipos, material de limpieza, material de recogida (contenedores,

papeleras, buzones, islas de contenedores soterrados, etc.) y vehículos.

•Protocolos de comunicación y actuación ante incidencias y emergencias, que incluyan

entre otros aspectos, la información de contacto y los números de teléfono del

encargado, del director del servicio y de la empresa.

11.2. Modificación del contrato y del servicio

Una vez perfeccionado el contrato, sólo podrán introducirse modificaciones en el mismo en las

condiciones y con los requisitos establecidos en los artículos 203, 204, 205, 206 y 207 de la LCSP.

Las posibles modificaciones que se produzcan darán lugar al reequilibro económico del contrato, en el

caso de que este se viera afectado, de conformidad con lo previsto en el artículo 290 de la LCSP. A

efectos de valorar correctamente dicho equilibrio económico financiero, los licitadores deberán

presentar junto con su oferta, un Proyecto Económico Financiero, en el que detallen, para cada tipo de

servicio objeto de este contrato, todos los costes que se han tenido en cuenta para el cálculo del

precio final ofertado (maquinaria, personal, inversiones, previsiones de consumos de combustibles y

otras materias primas, costes financieros, impuestos, etc.). El Proyecto deberá contener un análisis

financiero del proyecto, con indicación de inversiones y amortizaciones, flujos de caja e

indicadores de rentabilidad (VAN, TIR, etc.).

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 203 de la LCSP, serán condiciones indispensables para

que se pueda modificar el contrato:

• Que las modificaciones tengan origen en razones de interés público o en causas

imprevistas o

• Que las modificaciones tengan origen en razones de mejora en la efectividad del servicio.

Las modificaciones no podrán superar nunca el 10 % del precio anual de adjudicación del contrato.

En caso de que la modificación determinara una disminución del precio del servicio, el contratista

estará obligado a aceptar la baja del precio que resultase.

Los supuestos que, de conformidad con lo previsto en los artículos 203 y 204 de la LCSP,

podrían dar lugar a la modificación del contrato son los siguientes, teniendo en cuenta que la

incorporación del puerto de Calp y/o la incorporación de dos días más a la semana de mercado

ambulante a los servicios de recogida y limpieza viaria no se considerará modificación, al estar

incluidas estas áreas en la zonificación:

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a) Ampliación de las áreas de recogida de residuos municipales por la incorporación de

nuevas zonas, sectores, urbanizaciones o ampliaciones de las actuales.

Podrá procederse a la modificación contractual en este supuesto por la concurrencia de alguna o

varias de las circunstancias que a continuación se detallan:

• Incrementos de más del 10 % del número de contenedores de resto.

• incrementos en las rutas de recogida de los recorridos de más del 15 %.

b) Ampliación de las áreas de limpieza viaria, por la incorporación de nuevas zonas,

sectores, urbanizaciones o ampliaciones de las actuales.

Podrá procederse a la modificación contractual en este supuesto por la concurrencia de alguna o

varias de las circunstancias que a continuación se detallan:

• Incorporación de nuevas zonas de limpieza viaria; que supongan más de un 15% de

superficie adicional a limpiar (equivalentes al 15% del incremento en la longitud del bordillo a limpiar).

• incrementos en las rutas de limpieza de los recorridos de más del 15 %.

c) Incremento o disminución de los medios técnicos y/o modificación de su ubicación.

Podrá preverse, por ejemplo, la necesidad de aumentar los vehículos para la prestación del servicio o

modificar la ubicación de más del 15% de los contenedores, papeleras u otros recipientes en

determinadas zonas o barrios.

Será obligatorio adecuar la prestación del servicio a la modificación requerida cambiando, en su caso,

el recorrido o las frecuencias inicialmente pactadas para la prestación del servicio.

d) Incremento o disminución de la generación de residuos de residuos municipales que

implique un aumento o disminución de la recogida de residuos.

Se procederá a la modificación del contrato cuando se produzcan:

• Incrementos o reducciones significativas (> 15%) del tonelaje total de residuos recogidos,

considerando la media entre los dos años anteriores, a contar desde el inicio del contrato y

considerando la suma del total de fracciones de los residuos urbanos recogidas.

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• para los residuos de recogida selectiva, cuando el incremento en las cantidades recogidas

suponga que los porcentajes de recogida selectiva de alguna fracción sean superiores en más de un

5% a los previstos en los objetivos del PEMAR para dicha fracción.

• incremento o reducción del número de fracciones a recoger separadamente no contempladas

previamente en el pliego;

• incremento significativo de residuos en determinadas zonas que requiera un aumento en la

intensidad del servicio de limpieza, requiriendo un 15% o más de tiempo.

Estos supuestos pueden venir determinados por una variación significativa de la cantidad y/o de la

composición de los residuos. En este sentido, por ejemplo, podrá darse la circunstancia de que

alguna fracción no considerada como tal adquiera un porcentaje representativo dentro de la

composición total de los residuos, y pueda ser considerada como fracción independiente.

Asimismo, también se producirá el presente supuesto en el caso en el que se separare de las

fracciones existentes nuevas sub-fracciones o, al contrario, sub-fracciones existentes se sumen a

una fracción existente. Este no afecta a los diferentes tipos de biorresiduos

En este caso el contratista deberá adaptar su sistema de recogida y/o de limpieza al incremento o

reducción de residuos y/o al aumento o disminución de las fracciones a recoger separadamente.

e) Incorporación de nuevos sistemas de recogida de residuos sólidos municipales y/o de

limpieza viaria.

Podrá procederse a la modificación contractual en el supuesto en el que a lo largo de la vigencia del

contrato se plantee la inclusión de algún nuevo sistema de recogida de residuos y/o de limpieza, como

puede ser el caso de ecoparques móviles, nuevas islas de contenedores soterrados que no sustituyan

a contenedores de acera, la recogida mediante sistema neumático u otro sistema, que implique la

necesidad de incorporar nuevos medios o equipamientos al contrato. En cualquier caso cuando se

produjera un incremento del tiempo de recogida superior al 15 % al anterior.

Ello implicaría adecuar los medios e infraestructuras de que está dotado el contrato a los nuevos

sistemas novedosos.

f) Incremento o reducción del número de instalación fijas disponibles para la prestación de

los servicios de recogida de residuos municipales y/o de limpieza viaria objeto de este

Pliego.

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Este supuesto podrá implicar modificación del contrato cuando durante la vigencia del mismo se

construyan nuevas instalaciones fijas destinadas a albergar equipos humanos y mecánicos de los

servicios en cuestión o, por el contrario, resulte preciso prescindir de las asignadas al momento de la

adjudicación.

Este modificado puede planearse por la disponibilidad de alguna superficie dotacional por parte de la

entidad local o, al revés, por unas menores necesidades de dotaciones fijas en el servicio originadas,

por ejemplo, en una disminución de los medios técnicos necesarios por una reducción de los residuos

o de las áreas destinadas a la limpieza.

g) Variación de la frecuencia de prestación de los servicios de recogida de residuos

municipales y/o de limpieza viaria objeto de este Pliego.

Cuando durante la vigencia del contrato se plantee modificar alguna de las frecuencias de prestación

de los servicios señaladas en el presente Pliego, podrá requerirse una modificación contractual,

siempre y cuando dicha variación no se hubiera incluido en la oferta presentada.

Dicha variación podrá suponer un incremento o una disminución de los horarios y frecuencia de la

prestación e implicará el respectivo incremento o disminución de los medios necesarios (humanos y

materiales) para la recogida y/o la limpieza.

El supuesto modificado podría estar determinado, por ejemplo, por un incremento en la eficiencia en el

servicio prestado o en la incorporación de avances técnicos, que supongan una aceleración en el

desarrollo del mismo.

h) Incorporación de nuevas tecnologías de información y gestión de datos:

El municipio podrá requerir la modificación contractual cuando a lo largo de la vida del contrato se

plantee la incorporación de nuevos sistemas de información y gestión de datos que permita obtener un

mayor grado de definición de los ratios inherentes al servicio, como por ejemplo los sistemas de

pesaje unitario en los vehículos recolectores que permitan determinar el peso exacto de

generación de residuos de cada entidad en la ciudad, siempre que no hayan sido contemplados en el

pliego o en las ofertas presentadas.

i) Cambios normativos:

Podrá modificarse el contrato en el supuesto de entrada en vigor de alguna disposición normativa,

planeamiento, decisión judicial, decisión del Consorcio del Plan Zonal o nuevo convenio firmado por la

entidad local, que estén relacionados con la gestión de residuos o el servicio de limpieza y que

impliquen una modificación de los servicios objeto de este contrato.

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j) Consecución o fijación de nuevos objetivos o índices de calidad;

La entidad local podrá requerir la modificación contractual en el supuesto en el que se hayan

conseguido los objetivos establecidos en el contrato o cuando, debido a circunstancias nacidas con

posterioridad a la adjudicación del mismo, resulte necesario determinar nuevos objetivos o índices de

calidad.

Una vez que se haya procedido a la modificación contractual, el contratista prestará el servicio en

concordancia con los nuevos objetivos.

El adjudicatario tendrá obligación de atender al requerimiento de modificación, así como, con

carácter general, de asumir las ampliaciones de los servicios, o la reestructuración de los mismos.

La empresa adjudicataria procederá anualmente a analizar las posibles variaciones que sean

convenientes realizar, presentando un nuevo plan que recoja dichas variaciones, para su aprobación

por la entidad local.

11.3.- Inspección y evaluación de la calidad del servicio

El Ayuntamiento, como titular del servicio, podrá ejercer sobre el adjudicatario y la explotación del

servicio, las facultades de inspección y control que tenga por conveniente.

La inspección del servicio la ejercerá la delegación municipal correspondiente, a través de los servicios

técnicos municipales y bajo la supervisión del Director de servicio. Este control podrá realizarse de

forma directa o indirecta, según se determine por el propio Ayuntamiento, mediante la participación de

la Diputación provincial o el Consorcio de residuos, y se llevará a cabo a través de un sistema de

control de calidad de las labores descritas en el presente pliego.

Asimismo, el licitador presentará una propuesta de control y seguimiento del contrato, a efectuar por

empresa externa acreditada e independiente, que realice una verificación continua del cumplimiento de

los requisitos establecidos en el presente pliego y en las mejoras ofertadas por el adjudicatario. Los

gastos derivados de esta supervisión externa serán a cargo del adjudicatario.

El adjudicatario estará obligado a facilitar las labores de inspección a los técnicos municipales, de la

Diputación y autonómicos, permitiéndoles la libre entrada a sus instalaciones y acceso a los

documentos relativos a la prestación del servicio.

Los resultados de las inspecciones podrán, cuando se constate que determinados servicios

obligatorios no han sido prestados o no se han desempeñado correctamente, suponer reducciones en

las certificaciones de hasta un 10%.

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11.4.- Régimen sancionador

Una vez transcurrido el plazo de inicio del servicio e implantación de todos los medios materiales y

humanos, cada día de retraso supondrá una penalización de 600 €.

El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego, a las mejoras

que en su caso contenga en su oferta, y a las órdenes que se le den por el Ayuntamiento, para la mejor

prestación del servicio.

Las penalidades por deficiente prestación de los servicios, serán independientes de las deducciones

que los Servicios Técnicos Municipales efectúen en las certificaciones por servicios no prestados o

efectuados deficientemente.

11.4.1.- Infracciones

Los incumplimientos del contrato se penalizarán según las modalidades de las infracciones incurridas,

tipificadas en leves, graves y muy graves.

a) Se consideran infracciones muy graves:

• Paralización o demora en la prestación del Servicio durante más de 24 horas, salvo por

causas de fuerza mayor.

• Cese en la prestación del servicio sin que concurran las circunstancias legales.

• Fraude en la prestación, no utilización de los medios exigidos o mal estado de conservación

de los mismos.

• Omisión o falta de veracidad en la información transmitida a los Servicios Técnicos

Municipales.

• Fraude en el procedimiento de inspección de calidad, falseo o manipulación en los datos

facilitados o modificación de la normal prestación del servicio para la alteración de los

mismos.

• Desobediencia reiterada, por más de dos veces, de las órdenes escritas de los Servicios

Técnicos Municipales relativas a la forma, régimen y orden de los servicios y reposición de

material obsoleto.

• La deficiencia o falta de uniformidad no subsanada en el plazo de 1 mes, a partir de la

comunicación del incumplimiento.

• La merma total o parcial del objeto del contrato cuando se hayan empleado los medios

humanos o materiales adscritos al servicio para otros usos o fines ajenos al mismo.

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• Reiteración en la incursión de 2 faltas graves.

b) Se consideran infracciones graves:

• Incumplimiento de acuerdos o decisiones municipales, sobre variaciones de detalle en los

servicios cuya ejecución no implique gastos añadidos al contratista.

• cualquier acción u omisión que dificulte en gran medida la consecución del objeto del

contrato.

• La obstrucción activa o pasiva de la actividad de control inspectora del Ayuntamiento.

• Retraso (salvo causa de fuerza mayor) en el comienzo de cualquiera de las tareas

planificadas, según horario y rutas previstas en más de 180 minutos.

• Demora en un plazo de más de 12 horas en la resolución de incidencias

justificadas/comunicadas.

• Demoras en más de un 50% de los tiempos máximos establecido en cualquier apartado del

pliego y en particular para las recogidas especiales, selectivas y avisos ciudadanos o de los

Servicios Técnicos Municipales.

• La deficiencia o falta de uniformidad, en todo o en parte del personal, sino se corrige en el

plazo desde una semana a un mes, a partir de la comunicación del incumplimiento.

• La no comunicación y conformidad previa de los Servicios Técnicos Municipales del empleo

de medios materiales o humanos adscritos a la contrata para otros usos y fines no

incompatibles o que pongan en riesgo el Servicio del municipio.

• La mezcla de residuos de recogida selectiva entre ellos o con los de la fracción resto de los

residuos urbanos durante la recogida de los mismos.

• La indisponibilidad de una isla de contenedores soterrados averiada durante más de un mes.

• La reiteración en la incursión de 3 faltas leves en los últimos 12 meses.

c) Se consideran faltas leves:

• Las no especificadas y que de alguna forma alteren la prestación del servicio, bien sea

desarrollada por el personal, su aspecto, vestuario, o de los medios de trabajo, o de la

organización efectiva de la prestación.

• Retraso (salvo causa de fuerza mayor y/o justificación por sustitución de medios humanos o

materiales) en el comienzo de cualquiera de las tareas planificadas, según horarios y rutas

previstas en más de 90 minutos.

• Demora en un plazo de más de 6 horas en la resolución de incidencias.

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• Demoras en más de un 25 % de los tiempos máximos establecido en cualquier apartado del

pliego y en particular para las recogidas especiales, selectivas y avisos ciudadanos o de los

Servicios Técnicos Municipales.

• Descortesía del personal del contratista con funcionarios municipales o con usuarios.

• No estar localizado el encargado responsable de la empresa en el horario del Servicio.

• Demora no justificada en la aportación de informes o documentos en general solicitados por el

Ayuntamiento.

• No reparar un contenedor con deficiencias advertidas.

• No efectuar la recogida de un contenedor con residuos, que corresponde ser vaciado.

• No recoger los residuos que están fuera y junto a un contenedor inmediatamente después de

ser vaciado.

• No frenar o no cerrar con tapa un contenedor, después de ser vaciado.

• La indisponibilidad de un buzón de contenedores soterrados averiado durante más de una

semana.

• Falta de disponibilidad material de la maquinaria de reserva y acreditada por el contratista.

Falta de operatividad de la misma.

• Aquellos incumplimientos, que sin estar comprendidos en los apartados anteriores merezcan

tal calificación a juicio del Ayuntamiento.

11.4.2. -Sanciones

Las sanciones que el Ayuntamiento podrá imponer al adjudicatario por la comisión de las anteriores

infracciones son independientes de la pertinente indemnización, y su cuantía será la establecida en el

Pliego de Condiciones Administrativas que rija la contratación, y en su defecto:

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• multa de hasta 50.000 €.

a.Infracciones

muy graves.• la reiteración de 2 infracciones muy graves, aun no siendo

consecutivas, podrá ser sancionada con rescisión del

contrato con incautación de la garantía.

• multa de hasta 12.000 €.

b.Infracciones

graves.• la reiteración de cuatro infracciones graves, aun no siendo

consecutivas, podrá ser sancionada con rescisión del

contrato con incautación de la garantía.

c. Faltas leves. • multa de hasta 3.000 €.

En todo caso, los importes de las penalizaciones serán revisables todos los años para adecuarlos si

procede, a las modificaciones producidas por la revisión.

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Art.12.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración, con la

ponderación que se indica en cada caso:

12.1.-Criterios evaluables de forma automática

A) Criterios evaluables de forma automática mediante cifras o porcentajes, obtenidos a través de la

aplicación de la fórmula que en cada caso se indica, con indicación de su ponderación relativa.

A.1 Mejor relación calidad-precio (Pecn). Hasta 23 puntos, que se valorarán asignando la máxima

puntuación a la oferta más baja, y el resto proporcionalmente, aplicando la siguiente fórmula:

Pecn=20∗(1−0,5∗((PBL−OmínPBL )−( PBL−OlicPBL )))Omín= Oferta de menor importe entre las presentadas.

PBL= Presupuesto base de licitación.

Olic= Oferta de cada uno de los licitadores.

Pecn= Puntuación económica obtenida

A.2 Personal equivalente (Pper) de 0 a 2 puntos, que se compromete a adscribir para la prestación

del servicio. Para la valoración de este criterio se deberá especificar el personal equivalente ponderado

a adscribir al servicio, considerando el porcentaje de horas de dedicación al servicio de cada puesto.

Obtiene la mayor puntuación aquel que aporte mayor plantilla equivalente y el resto proporcionalmente,

aplicando la siguiente fórmula:

Pper=5−( MPmáx−MP licMPmáx−MPmín )∗5Dónde:

MPmáx= Mayor número de medios humanos de entre los presentados.

MPmín= Menor número de medios humanos de entre los presentados.

MPlic= Medios humanos ofertados.

Pper= Puntuación de personal obtenida

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A.3 Cláusula social: Estabilidad laboral. las propuestas que se comprometan, durante todo el

periodo de ejecución del contrato, a mantener al personal exigido para la prestación objeto del contrato

contenida en el pliego de prescripciones técnicas, por la definición de las condiciones exigidas por el

órgano gestor para la prestación del servicio, en las mismas condiciones contenidas en su contrato de

trabajo: 4 puntos

A.4 Cláusula social: Formación en el lugar de trabajo. Las propuestas que se comprometan a

realizar durante la ejecución del contrato, como mínimo un número de tres acciones de sensibilización

y formación, de duración mínima de tres horas cada una, con la plantilla adscrita a su ejecución acerca

de aspectos relacionados con el servicio, tales como conducción eficiente, buenas prácticas para

minimizar el ruido, prevención y gestión de residuos, atención al público, así como sobre los derechos,

en materia de igualdad y conciliación recogidos en la normativa vigente y en el convenio de empresa o

convenio colectivo del sector correspondiente. Para que puedan ser puntuadas las propuestas, los

licitadores deberán presentar la planificación de las acciones de sensibilización y formación, a realizar

en relación con el personal vinculado a la ejecución del contrato, así como su contenido: 3 puntos.

Asimismo, aquellas ofertas que acrediten haber recibido formación en materia de conducción eficiente

y buenas prácticas para minimizar el ruido durante el servicio, para al menos el 20% del personal

adscrito: 1 punto.

A.5 Medios técnicos. Hasta 18 puntos.

Medios técnicos adicionales (Pmaq) que se compromete a adscribir con criterios ambientales de

reducción de emisiones de NOx, CO2, partículas y ruido, priorizando la elección de maquinaria y

vehículos eléctricos, además de la maquinaria mínima citada en el apartado de medios técnicos y

materiales, para la prestación del servicio. Para la valoración de este criterio se deberá cumplimentar el

cuadro de medios materiales que se incluye en anexo y aportar el certificado CEMT de los camiones

recolectores. La puntuación se obtendrá de acuerdo al siguiente cuadro:

Maquinaria Puntos/Ud Máxima

puntuación por

tipoEn casco urbano, Camión Eléctrico recolector de

resto > 10 m33 6

Recolector eléctrico de apoyo < 10 m3 1 2Sistemas de pesaje a bordo de camión recolector 0,6 1,2Hidrolimpiadora a presión 0,6 1,8Barredora eléctrica 1 2Maquina sopladora eléctrica 1 3Otra maquinaria eléctrica de desbroce: podadora,

desbrozadora, etc.0,5 1,5

Punto de recarga para vehículo eléctrico 0,25 0,5

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Pmaq=∑i=1

5

Pmi ·n i

Siendo:

Pmi= puntuación para cada uno de los tipos de maquinaria.

ni= el número de maquinaria aportada de cada uno de los tipos.

A.6 Organización del servicio. Hasta un total de 14 puntos.

• Herramientas cartográficas informáticas para el seguimiento del servicio y la trazabilidad de los

residuos recogidos:2 puntos.

• Reposición anual de contenedores superior al 5% tras la renovación completa de los

contenedores de carga lateral, 0,5 puntos por cada 5% adicional hasta un máximo de 1 punto.

• Incremento de la frecuencia de recogida ordinaria en la Zona 1 en temporada alta, hasta una

segunda recogida diurna :2 puntos.

• Incremento de los servicios de recogidas especiales 0,5 puntos por servicio adicional hasta un

máximo de 2 puntos.

• Incremento de las frecuencias de recogida de envases ligeros en un día adicional a la semana:

1 punto.

• Preacuerdos para la gestión de aceites de fritura y de pilas y lámparas de bajo consumo: 5

puntos.

• Incremento de los servicios especiales de limpieza : 0,5 puntos por servicio adicional hasta un

máximo de 2,5 puntos.

• Control y seguimiento del contrato a través de empresa externa acreditada e independiente : 2

puntos.

Total Criterios evaluables de forma automática…………………………. 65 puntos.

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12.2.-Criterios evaluables mediante juicio de valor.

B) Criterios evaluables mediante un juicio de valor, con indicación de su ponderación relativa.

B.1 Planteamiento general de la recogida de residuos urbanos. Hasta un total de 5 puntos.

Mejor organización de la recogida de residuos urbanos, que se compromete a llevar a cabo, con una

puntuación entre 0 a 5 puntos. Para la valoración se tendrá en cuenta aspectos como:

• Organización de la recogida, considerando la facilidad de uso por parte de los ciudadanos, las

medidas para favorecer la prevención en la generación de residuos y la mayor valorización de los

residuos recogidos.

• Optimización de las rutas y horarios de recogida, a efectos de reducir las molestias y afección al

tráfico derivadas de la recogida, la contaminación acústica y la huella de carbono.

• Contenerización. Dotación y distribución. Modelos elegidos de contenedores con indicación de

normas UNE-EN de referencia y experiencias previas de uso en otros municipios que acrediten su

fiabilidad.

• Medidas de recogida directa a grandes productores. Recogida en recintos, suministro de medios de

recogida.

• Seguimiento del servicio y orientación a usuarios del buen uso de contenedores para la mejora

continua.

B.2 Planteamiento general de la recogida de envases y papel/cartón. Hasta un total de 4 puntos.

Mejor organización de la recogida de envases ligeros y papel/cartón, que se compromete a llevar

a cabo, con una puntuación entre 0 a 4 puntos. Para la valoración se tendrá en cuenta aspectos como:

• Organización de la recogida, considerando la facilidad de uso por parte de los ciudadanos, la

distancia a recorrer por los usuarios, las medidas para favorecer la prevención en la generación de

residuos y la mayor valorización de los residuos recogidos.

• Optimización de las rutas y horarios de recogida, a efectos de reducir las molestias y afección al

tráfico derivadas de la recogida, la contaminación acústica y la huella de carbono. Medidas previstas

para evitar el llenado excesivo de contenedores y el depósito de fracciones reciclables fuera de los

contenedores.

• Planteamiento de la recogida comercial puerta a puerta de cartón para grandes productores tales

como comercios, centros comerciales, colegios y centros educativos, dependencias municipales,

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oficinas u hostelería y restauración. Se valorará el mejor planteamiento de esta recogida considerando

frecuencia, disponibilidad y otros aspectos tales como el posible suministro de contenedores a estos

grandes productores o el establecimiento de protocolos de adhesión al sistema a suscribir por

comercios y servicios.

• Medidas complementarias de recogida de envases a grandes productores, pudiendo proponer

medios alternativos de recogida tales como otros tipos de contenedores o la recogida puerta a puerta

en grandes productores tales como colegios y centros educativos, dependencias municipales, oficinas,

comercios u hostelería y restauración, estableciendo protocolos de adhesión al sistema a suscribir por

dichos comercios y servicios.

• Seguimiento del servicio y orientación a usuarios del buen uso de contenedores para la mejora

continua.

B.3 Propuesta para la fracción orgánica biodegradable. Hasta un total de 4 puntos.

Mejor organización de la recogida selectiva de la fracción orgánica biodegradable) que se

compromete a llevar a cabo en el caso de que sea implantada, con una puntuación entre 0 a 4 puntos.

Para la valoración se tendrá en cuenta aspectos como:

• Propuesta de recogida FORS. Métodos, frecuencias y dotaciones.

• Campaña informativa y participación pública.

• Recogida directa a grandes productores.

• Fomento de la prevención a través de compostaje doméstico/comunitario u otras

medidas.

• Aprovechamiento local de los recursos contenidos en los residuos.

• Implantación con o sin coste adicional para el municipio.

• Seguimiento del servicio y orientación a usuarios del buen uso de contenedores para

la mejora continua.

B.4 Planteamiento general de la recogida y desbroce de restos de poda. Hasta un total de 6

puntos.

Mejor organización de la recogida y desbroce de restos de poda, que se compromete a llevar a

cabo. Para la valoración se tendrá en cuenta aspectos como:

• Organización de la recogida, considerando la facilidad de uso por parte de los ciudadanos, la

comodidad, la frecuencia, la disponibilidad, la incidencia en la vía pública y la distancia a recorrer por

los usuarios, las medidas para favorecer la prevención en la generación de residuos y la mayor

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valorización de los residuos recogidos. Medios técnicos y personal empleado. Optimización de las

rutas y horarios de recogida, a efectos de reducir las molestias y afección al tráfico derivadas de la

recogida, la contaminación acústica y la huella de carbono.

• Organización de las tareas de desbroce y limpieza de restos vegetales en el término municipal.

Medios técnicos y personal empleado. Optimización de las rutas y horarios de recogida, a efectos de

reducir las molestias y afección al tráfico derivadas de la recogida, la contaminación acústica y la

huella de carbono.

• Medidas previstas para evitar el depósito fuera de horario, en lugares no previstos o de usuarios no

autorizados.

• Seguimiento del servicio y orientación a usuarios del buen uso del servicio de recogida para la

mejora continua.

• Mayor valorización de los residuos a través de sistemas de aprovechamiento, reducción de tamaño o

trituración in situ de los restos de poda, a efectos de optimizar su transporte y facilitar su gestión y

aprovechamiento, con prioridad a su uso en el propio municipio mediante la producción de

biocombustibles, pellets y también en mulching de parques, jardines y otras zonas verdes.

B.5 Planteamiento general de la limpieza viaria. Hasta un total de 5 puntos.

Mejor organización de la limpieza viaria, que se compromete a llevar a cabo, con una puntuación

entre 0 a 5 puntos. Para la valoración se tendrá en cuenta aspectos como:

• Organización de la limpieza viaria, considerando la sectorización planteada, la resolución de

incidencias y los medios técnicos y humanos empleados.

• Optimización de las rutas y horarios de limpieza, distinguiendo entre las zonas y temporadas de

mayor afluencia turística, a efectos de reducir las molestias y afecciones sin menoscabo de la calidad

de la limpieza y de la minimización del impacto visual de la suciedad en la vía pública.

• Seguimiento del servicio: personal dedicado y tiempo empleado.

B.6. Organización del servicio propuesta (Porg) ……..…….hasta un máximo de 7 puntos.

• Plan de optimización inteligente de la red de contenedores y rutas de recogida, mediante la obtención

de datos de llenado de contenedores en distintas épocas del año, el pesaje unitario en los propios

camiones de recogida, la distribución de pesos y estacionalidad en las rutas de recogida, el posible

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empleo de sensores de llenado, la posibilidad de redistribución y reubicación de contenedores y el

cálculo de la huella de carbono de dicha optimización. Hasta un total de 2 puntos.

• Medidas adicionales para promover la recogida selectiva en mercados ambulantes. Para la

valoración se tendrá en cuenta aspectos como los medios aportados, las diferentes fracciones

contempladas, la comodidad y facilidad de uso y la afección al espacio público. Hasta un total de 1

punto.

• Medios de atención ciudadana tales como horarios de la oficina de atención ciudadana, aplicaciones

informáticas, página web u otras. Se valorará la forma de atención ciudadana, su disponibilidad, su

acceso a la población sin conocimientos informáticos y la posibilidad de seguimiento y supervisión por

parte del Ayuntamiento. Hasta un total de 1 punto.

• Disponer de coordinador o encargado del servicio. Se valorará que cuente con experiencia en tareas

similares, formación en salud ocupacional, estándares de seguridad, métodos de limpieza y aspectos

ambientales relacionados con el servicio. Hasta un total de 1 punto.

• Plan de igualdad. Se valorará la inclusión social, la economía social como principio, el contenido y su

conformidad con la legislación vigente en materia de igualdad, incluyendo un informe de impacto de

género en relación con la ejecución del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo,

detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. Hasta un total de 2 puntos.

B.7. Mejoras medioambientales (Pmam) ………………hasta un máximo de 4 puntos. Dentro de este

criterio se valorará:

• Campañas de sensibilización medioambiental, prevención de residuos y recogida selectiva. Para la

valoración se tendrán en cuenta los contenidos, la frecuencia de las campañas a realizar a lo largo del

contrato, la metodología, el rango de edad de la población informada, el suministro de información y

difusión de las ventajas económicas y ambientales de la recogida selectiva, la información sobre

prevención y minimización de residuos y su dotación económica anual. Hasta un total de 2 puntos.

• Uso eficiente del agua. Se valorará la utilización de sistemas economizadores y de agua procedente

de recursos alternativos, distinta de la empleada para consumo humano. Hasta un total de 1 punto.

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• Utilización de medidas de reducción de las molestias por ruido en la recogida y limpieza. Empleo de

silenciadores en las maquinas sopladoras empleadas en las tareas de limpieza. Se valorará la

tecnología empleada, la capacidad de reducción efectiva del ruido y su orientación al respeto del

descanso vecinal, incidiendo en las primeras horas de la mañana, pudiendo incluirse medidas de

planificación de los trabajos, hasta un total de 1 punto.

Total Criterios evaluables mediante juicio de valor ……………………….. 35 puntos

12.3.-Criterios de preferencia en la adjudicación del contrato a aplicar en casos de empate

Una vez aplicados los criterios de adjudicación anteriores, en caso de que dos o más ofertas

obtuvieran la misma puntuación, se procedería al desempate siguiendo los criterios descritos a

continuación. La aplicación de dichos criterios se hace de forma sucesiva, es decir, se van aplicando

uno a uno, y si no se resuelve el empate, se pasa al criterio siguiente.

1. Si varias empresas licitadoras quedan igualadas en cuanto a la proposición más ventajosa y,

además, acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior

al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa licitadora que disponga en su

plantilla de un porcentaje más elevado de personas trabajadoras fijas con discapacidad.

2. La propuesta presentada por una empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción

laboral de personas en situación de exclusión social, reguladas en la Ley 27/2002, de 20 de

diciembre, sobre medidas legislativas para regular las empresas de inserción sociolaboral. Se

valorará el compromiso formal de la empresa licitadora de contratar, como mínimo para el 30% de

sus puestos de trabajo, a personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de estarlo,

que estén desempleadas y tengan importantes dificultades para integrarse en el mercado de trabajo

ordinario, las cuales estén incluidas en alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas con disminución física, psíquica o sensorial o con enfermedades mentales que

tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral.

b) Personas destinatarias de la renta mínima de inserción.

c) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, porque no cumplen los

requisitos establecidos por el artículo 6.1 de la Ley 10/1997, de 3 de julio, de la Renta Mínima

de Inserción.

d) Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 provenientes de instituciones de protección

de menores.

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e) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en proceso de

rehabilitación y reinserción sociales.

f) Internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo, personas

en libertad condicional y personas exreclusas.

g) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, pero que se encuentren, a

juicio de los servicios sociales competentes, en situación de riesgo de exclusión.

h) Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.

3. Las empresas licitadoras que acrediten haber creado en los últimos años mayores oportunidades de

empleo para personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de estarlo, que estén

desempleadas y tengan dificultades importantes para integrarse en el mercado de trabajo ordinario, las

cuales estén incluidas en alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas con disminución física, psíquica o sensorial o con enfermedades mentales que

tengan posibilidades de inserción en el mundo laboral

b) Personas destinatarias de la renta mínima de inserción.

c) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, porque no cumplen los

requisitos establecidos por el artículo 6.1 de la Ley 10/1997, de 3 de julio, de la renta Mínima

de Inserción.

d) Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 provenientes de instituciones de protección

de menores.

e) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en proceso de

rehabilitación y reinserción social.

f) Internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo, personas

en libertad condicional y personas exreclusas.

g) Personas que no puedan acceder a la renta mínima de inserción, pero que se encuentren, a

juicio de los servicios sociales competentes, en situación de riesgo de exclusión.

h) Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.

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La creación de oportunidades de empleo para los mencionados colectivos puede acreditarse mediante

la presentación de contratos de trabajo, talleres de empleo, planes formativos y programas de

seguimiento tutorial, entre otros medios.

4. Las empresas licitadoras que acrediten que, en el momento de acreditar su solvencia técnica o

profesional, cumplan las medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre

mujeres y hombres en el mercado de trabajo, establecidas de conformidad con lo previsto en el

artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y

hombres.

5. Las proposiciones que acrediten la adquisición de productos de comercio justo.

En caso de que el empate fuera entre dos o más empresas que acreditaran esta condición de

consumidores de productos de comercio justo, la propuesta de adjudicación se decidirá a favor de la

proposición que presente la oferta económica más baja. En caso de continuar el empate después de

aplicar este criterio, la propuesta de adjudicación se decidirá por sorteo.

Las empresas licitadoras que presenten productos que tengan la calificación de comercio justo tienen

que acreditar en la documentación de la proposición de licitación la procedencia y el sistema de

elaboración, mediante certificaciones de carácter fehaciente que permitan a la mesa de contratación

comprobar su autenticidad.

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ANEXO I: CONTENIDO DE LA OFERTA

DOCUMENTO 1. Proyecto de Prestación del Servicio.

El proyecto consistirá en la descripción y justificación del servicio propuesto. Incluirá todos los

aspectos requeridos en los capítulos de prescripciones técnicas del servicio de recogida de residuos

urbanos y del servicio de limpieza viaria.

1. Planteamiento general de la prestación del servicio.

1.1.Aspectos principales y significativos de la prestación del servicio para el cumplimiento de los

objetivos establecidos en el art. 22 de la Ley 22/2011 de Residuos y suelos contaminados, el

PEMAR y el PIRCV.

1.2.Datos de partida considerados en el diseño y dimensionado de los servicios ofertados.

2. Descripción de la Recogida Ordinaria de residuos municipales mezclados (fracción resto).

2.1.Organización y planificación del servicio. Horario y Frecuencias. Zonificación, rutas y

distancias recorridas. Seguimiento y orientación a usuarios.

2.2.Contenerización. Justificación de la solución adoptada y estudio de la dotación anterior y

estado de los actuales contenedores.

2.2.1. Dotación de contenedores prevista para el municipio, urbanizaciones, polígonos y

diseminados. Distancias.

2.2.2. Lavado, mantenimiento y reposición del stock de contenedores.

2.2.3. Especificaciones, ecodiseño y ficha técnica de contenedores, acreditando cumplimiento

normas UNE-EN.

2.2.4. Soterrados: buzones e islas soterradas. Explotación del parque actual y posibles

ampliaciones. Programación del servicio de mantenimiento, reparación y limpieza.

2.3.Personal empleado, incluyendo sustituciones.

2.4.Medios técnicos y materiales de recogida.

2.4.1. Dotación de camiones recolectores. Especificaciones y características, incluyendo

certificados CEMT.

2.4.2. Otros medios técnicos y materiales para la recogida ordinaria.

2.5. Plan de optimización inteligente de la red de contenedores y rutas de recogida mediante

sensores de llenado, pesaje unitario a bordo y otras medidas.

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3. Descripción de la Recogida de biorresiduos. Justificación de la solución adoptada.

3.1. Restos de poda.

3.1.1. Justificación de la solución. Dotación, organización y planificación del servicio. Zonificación,

rutas, distancias recorridas y frecuencias. Medios humanos, técnicos y materiales. Seguimiento y

orientación a usuarios.

3.1.1. Tratamiento y aprovechamiento de los restos de poda.

3.2. Residuos alimenticios (fracción orgánica biodegradable FORS).

3.2.1. Propuesta de recogida. Cronograma de implantación. Justificación de la solución.

Dotación, organización y planificación del servicio. Zonificación, rutas, distancias recorridas y

frecuencias. Medios humanos, técnicos y materiales. Seguimiento y orientación a usuarios.

3.2.2. Medios de recogida para el ciudadano (bolsas, cubos, etc.)

3.2.3. Contenerización. Ocupación de la vía pública.

3.2.4. Recogida a grandes productores.

3.2.5. Fomento de la prevención a través de compostaje doméstico/comunitario u otras medidas.

4. Descripción de la Recogida selectiva, Recogidas especiales, Punto limpio y ecoparque.

4.1. Recogida selectiva. Organización y planificación del servicio. Zonificación, rutas y

frecuencias. Características, dotación y distribución de contenedores. Medios humanos, técnicos

y materiales. Justificación de la solución adoptada. Seguimiento y orientación a usuarios.

4.1.1. Envases ligeros. (se incluirá la administración prevista de los ingresos derivados)

4.1.2. Papel/Cartón. (se incluirá la administración prevista de los ingresos derivados)

4.1.3. Enseres y residuos voluminosos.

4.1.4. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

4.1.5. Escombros de obra menor.

4.1.6. Otras fracciones.

4.2. Descripción de las Recogidas especiales. Organización y planificación del servicio.

Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos, técnicos y materiales. Justificación de la

solución adoptada.

4.2.1. Recogida del mercado municipal y ambulante.

4.2.2. Recogida de animales domésticos muertos.

100

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4.2.3. Recogida durante fiestas locales.

4.2.4. Recogida de residuos en otros actos públicos.

4.2.5. Recogida de residuos de limpieza del Cementerio.

4.2.6. Recogida en la semana de Pascua.

4.2.7. Recogida de residuos que ordene el Ayuntamiento.

4.2.8. Retirada de residuos y saneamiento de viviendas y locales particulares.

4.3. Descripción de la gestión de punto blanco y ecoparque. Organización y planificación del

servicio. Horarios y frecuencias. Medios humanos, técnicos y materiales. Justificación de la

solución adoptada.

4.3.1. Gestión del punto blanco.

4.3.2. Implantación de ecoparque. Anteproyecto.

5. Descripción de la Limpieza Viaria. Organización y planificación del servicio. Zonificación,

frecuencias, rutas, distancias y superficies. Medios humanos, técnicos y materiales. Justificación

de la solución adoptada. Incluyendo:

5.1.Barrido manual, soplado y barrido mecánico.

5.1.1. Maquinaria empleada. Especificaciones técnicas.

5.1.2. Personal empleado, incluyendo sustituciones.

5.2.Baldeo.

5.3.Limpieza del mercado ambulante.

5.4.Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos.

5.5.Animales muertos abandonados en la vía pública.

5.6.Retirada de carteles, pancartas y/o limpieza de pintadas o grafitis.

5.7.Servicios excepcionales de limpieza.

5.8.Instalación, mantenimiento, reposición, limpieza y vaciado de papeleras. Propuesta de

ubicaciones.

6. Otras características del servicio.

6.1.Trazabilidad de la recogida y limpieza viaria. Herramientas informáticas y cartográficas (GPS)

para el seguimiento y control de los servicios.

6.2.Atención ciudadana.

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6.3.Suministro de información al ayuntamiento y ciudadanos.

6.4.Educación ambiental. Campañas de información, sensibilización y fomento de la prevención,

recogida selectiva de residuos y economía circular.

6.5.Medidas de prevención en la generación de residuos e incentivado de la preparación para la

reutilización de residuos.

6.6.Medidas de ahorro energético.

6.7.Medidas de ahorro de agua.

6.8.Plan de prevención de riesgos laborales.

6.9.Control, seguimiento y evaluación del servicio.

ANEXO I: Personal adscrito al servicio de recogida de residuos. (Ponderado según el porcentaje de

dedicación de la jornada laboral)

ANEXO II: Personal adscrito al servicio de limpieza viaria. (Ponderado según el porcentaje de

dedicación de la jornada laboral)

ANEXO III: Relación de maquinaria de recogida de residuos. Fichas técnicas.

ANEXO IV: Relación de maquinaria de limpieza viaria. Fichas técnicas.

PLANOS: En el proyecto se incluirá un apartado con los planos que se consideren necesarios para

definir claramente la organización prevista y el desarrollo de los servicios, tales como la zonificación

propuesta, los circuitos de recogida de residuos, ubicación de los contenedores propuesta, sectores

correspondientes a cada tarea, etc.

102

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ANEXO II PERSONAL

LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR

CONVENIO COLECTIVO DE APLICACIÓN

Convenio Colectivo de la empresa Acciona Servicios Urbanos SLU, centro de Calpe (BOP Alicante de

09/04/2018)

Convenio colectivo del sector de saneamiento público, limpieza viaria, riegos, recogida, tratamiento y

eliminación de residuos, limpieza y conservación de alcantarillado (BOE de 30/07/2013)

De acuerdo a los datos presentados por registro de entrada el día 26 de abril de 2018, por Acciona

Servicios Urbanos, S.L., obrantes en el expediente, N/Ref. 2018/EXPEGEN/00271, el listado de

personal a subrogar es el siguiente:

Primerapellido

Segundoapellido

Nombre Antigüedad Categoría profesional Tipo de contrato % DEDICACIÓN

SA MO J 26/04/1984 ENCARGADO FIJO 100,00%OR PE A 10/04/2001 OFIC. 1ª ADMTV FIJO 100,00%PE CR F 04/10/1981 JEFE SERVICIO FIJO 100,00%DO MA J 27/05/1986 INSPECTOR FIJO 100,00%MA MA J 31/03/1993 INSPECTOR FIJO 100,00%RA VI P 03/03/2008 OFIC. 3ª ADMTV FIJO-(PARCIAL 65,78%) 65,78%PE NI 01/12/2003 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%RO HE M 05/11/2001 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%PL FE R 01/03/2002 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%PE NA B 30/12/2003 CONDUCTOR FIJO 100,00%HU MO J 09/02/2005 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%SO AL E 03/01/2007 OF. 3ª MECANICO FIJO 100,00%CA LL M 23/02/2007 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%PE HE J 23/09/1991 CONDUCTOR FIJO 100,00%FI A 13/01/1998 CONDUCTOR FIJO 100,00%SO MO P 02/01/2001 CONDUCTOR FIJO 100,00%ES LO J 01/03/2002 CONDUCTOR FIJO 100,00%AL EL I 18/07/1989 CONDUCTOR FIJO 100,00%MI H 12/08/2002 CONDUCTOR FIJO 100,00%MA MA A 10/07/2004 CONDUCTOR FIJO 100,00%GA RO J 17/08/1990 PEON FIJO-(JUBILACION

PARCIAL)25,00%

RO HE A 06/03/2001 PEON FIJO-(INCAPACIDADPERMANENTE GRADO

TOTAL)

100,00%

Ma Fe M 20/10/2001 PEON FIJO 100,00%HE FE J 07/02/2003 PEON FIJO 100,00%PA GO C 24/07/2003 PEON FIJO 100,00%MA PI S 23/06/2006 PEON FIJO 100,00%GU HE A 02/08/2004 PEON FIJO 100,00%NA MA T 02/08/2004 PEON FIJO 100,00%RO SA F 14/06/2008 PEON FIJO 100,00%LO VI S 07/09/2007 PEON FIJO 100,00%DO MA E 24/01/2008 PEON FIJO 100,00%EL M 13/06/2008 PEON FIJO 100,00%EL A 17/06/2009 PEON FIJO 100,00%TR GU J 09/11/2012 PEON FIJO 100,00%BE MA M 12/03/2013 PEON FIJO 100,00%

103

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GA SA A 14/10/1983 PEON FIJO-(JUBILACIONPARCIAL)

15,00%

AL AL J 13/06/1985 PEON FIJO 100,00%EX CA C 14/04/1988 PEON FIJO 100,00%BL VA B 29/08/1988 PEON FIJO 100,00%CE RO S 27/02/2001 PEON FIJO 100,00%MU HE M 13/12/2001 PEON FIJO 100,00%SA GA A 07/06/2007 PEON FIJO 100,00%RE FE G 20/01/2004 OFC.1ª MECANICO FIJO 100,00%GO MA E 14/10/2014 PEON FIJO 100,00%GO OR J 20/10/2014 CONDUCTOR FIJO 100,00%IV MA J 09/01/2015 PEON CONDUCTOR FIJO 100,00%

MA LO F 22/08/2015 PEON FIJO 100,00%OR FE P 07/01/2016 CONTROLADOR FIJO 100,00%AL LL P 21/02/2018 PEON FIJO 100,00%PE SA J 17/11/2015 PEON FIJO 100,00%RU CO M 23/04/2018 PEON FIJO 100,00%

EVENTUALES

EL BO M PEON INTERINIDAD (BAJA INCAPACIDAD HEROA)

100,00%

VA NA A PEON INTERINIDAD HEFEJ 100,00%MO RU J PEON INTERINIDAD HUMOJ 100,00%HE HE A PEON INTERINIDAD ROSAF 100,00%RO PE J PEON INTERINIDAD PLFER 100,00%LU AL M PEON INTERINIDAD ORFEP 100,00%GA PI D PEON INTERINIDAD CEROS 100,00%Z DZ D PEON INTERINIDAD LOVIS 100,00%

ANEXO III: MEDIOS MATERIALES APORTADOS POR LA ENTIDAD LOCAL

MAQUINARIA Y CONTENEDORES MATRÍCULAUDS

.FECHA INICIO

AMORTIZACIÓNFECHA FIN

AMORTIZACIÓN

Lavaceras Ausa 2m3 6629-BGJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Soplador eléctrico Pellenc 2 01/07/2015 30/06/2025

Barredora MFH 2500 7724-BGJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Barredora MFH 2500 7726-BGJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Barredora Dulevo 5000 Evolution+3r brazo 0411-BGK 1 01/07/2015 30/06/2025

Fregadora Comac 9505-BGJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Equipo hidrolimpiador Dfsk 4750-JCR 1 01/07/2015 30/06/2025

Desbrozadora de hilo eléctrica Pellenc 2 01/07/2015 30/06/2025

Moto recoge excrementos Honda Ros Roca 4975-JDM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector satélite 5 m2- Rocafort 1614-JFC 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector antiguo 21,5 m3 9616-BLD 1 AMORTIZADO 30/06/2025

Adaptación a carga superior recolector antiguo 21,5 m3 9616-BLD 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector antiguo 21,5 m3 9615-BLD 1 AMORTIZADO 30/06/2025

Adaptación a carga superior recolector antiguo 21,5 m3 9615-BLD 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga lateral-Farid (23 m3) 4066-JFM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga lateral-Farid (23 m3) 4051-JFM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga lateral-Farid (23 m3) 4265-JGM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga lateral-Farid (23 m3) 4677-JGM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga lateral-Farid (23 m3) 4513-JGM 1 01/07/2015 30/06/2025

Recolector carga superior 21,5 m3 - Coseco 0753-JNW 1 01/07/2015 30/06/2025

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Lavacontenedores carga lateral 7433-JHJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Camión grúa polibrazo 20 Tm 7543-JGS 1 01/07/2015 30/06/2025

Camión plataforma elevadora 0246-JDB 1 01/07/2015 30/06/2025

Vehículo auxiliar DFSK 4741-JCR 1 01/07/2015 30/06/2023

Vehículo auxiliar DFSK 4737-JCR 1 01/07/2015 30/06/2023

Vehículo auxiliar DFSK 4754-JCR 1 01/07/2015 30/06/2023

Tractor con desbrozadora 8381-BGJ 1 01/07/2015 30/06/2025

Remolque R-0937-BCS 1 01/07/2015 30/06/2025

Papeleras 50 l-Contenur 350 01/07/2015 30/06/2025

Contenedor 3200 l carga lateral 840 01/07/2015 30/06/2025

Contenedor 360 l carga trasera 50 01/07/2015 30/06/2025

Contenedor 800 l carga trasera 20 01/07/2015 30/06/2025

Contenedores soterrados Equinord A4 carga trasera 40 01/07/2015 30/06/2025

Contenedor soterrado carga superior 200 01/07/2015 30/06/2025

INVERSIONES CALPE: DETALLE AMORTIZACIONES PENDIENTES A 28 FEBRERO 2019

Se adjunta a continuación tabla con las amortizaciones pendientes de maquinaría.

J.CERVANTES

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MAQUINARIA MATRICULA UDS. Nº AÑOS

LAVACERAS AUSA 2M3 E-6629-BGJ 1 84.541,00 10,00 59.222,87

CARRITO BARRIDO MANUAL 11 5.731,00 10,00

SOPLADOR ELÉCTRICO PELLENC 2 4.400,00 10,00 3.082,58

BARREDORA MFH 2500 2 280.000,00 10,00 196.145,59

BARREDORA DULEVO 5000 Evolution+3er brazo E-0411-BGK 1 200.000,00 10,00 140.104,08

FREGADORA COMAC E-9505-BGJ 1 33.205,92 10,00 23.261,67

EQUIPO HIDROLIMPIADOR DFSK 4750-JCR 1 52.056,00 10,00 36.466,51

DESBROZADORA DE HILO ELÉCTRICA PELLENC 2 4.400,00 10,00 3.082,58

PAPELERAS 50 L CONTENUR 350 35.000,00 10,00 24.518,46

PAPELERAS 50 L REPOSICIÓN 18 1.800,00 1,00

MOTO RECOGE EXCREMENTOS HONDA-ROS ROCA 4975-JDM 1 22.000,00 10,00 15.411,71

RECOLECTOR SATÉLITE 5M2-ROCAFORT 1614-JFC 1 50.184,51 10,00 35.155,50

RECOLECTOR ANTIGUO 21,5 M3 Adaptado a carga superior 9615-BLD / 9616-BLD 2 120.000,00 10,00 84.062,57

RECOLECTOR CARGA LATERAL. 21,5M3-FARID (23M3) 5 873.355,00 10,00 611.801,97

RECOLECTOR CARGA SUPERIOR 21,5 M3-COSECO 0753-JGM 1 205.000,00 10,00 143.606,67

CONTENEDOR 3200L. CARGA LATERAL 840 596.400,00 10,00 417.789,76

CONTENEDOR 3200L. CARGA LATERAL REPOSICIÓN 42 29.820,00 1,00

CONTENEDOR 360 L. CARGA TRASERA 50 4.000,00 10,00 2.802,38

CONTENEDOR 360 L. CARGA TRASERA REPOSICIÓN 8 640,00 1,00

CONTENEDOR 800 L. CARGA TRASERA 20 2.600,00 10,00 1.821,65

CONTENEDOR 800 L. CARGA TRASERA REPOSICIÓN 2 260,00 1,00

CONTENEDORE SOTERRADO EQUINORD TIPO A4 CARGA TRASERA 40 681.526,98 22,00 620.291,40

CONTENEDOR SOTERRADO CARGA SUPERIOR 200 600.000,00 10,00 420.311,63

CONTENEDOR SOTERRADO CARGA SUPERIOR - REPOSICIÓN 8 24.000,00 1,00

LAVACONTENEDORES CARGA LATERAL-FARID 7433-JHJ 1 195.000,00 10,00 136.601,48

CAMIÓN GRUA POLIBRAZO 20 Tm 7543-JGS 1 120.000,00 10,00 84.062,57

CAMIÓN PLATAFORMA ELEVADORA-NISSAN 0246-JDB 1 60.000,00 10,00 42.031,43

VEHÍCULO AUXILIAR DFSK 3 63.000,00 8,00 37.827,40

TRACTOR CON DESBROZADORA E-8381-BGJ 1 54.091,09 10,00 37.892,13

REMOLQUE R-0937-BCS 1 27.500,00 10,00 19.264,57

TOTAL 4.430.511,50 3.196.619,14

VALOR ADQUISICIÓN

TOTAL

PENDIENTE DE AMORTIZAR A

28/02/2019

E-7724-BGJ / E-7726-BGJ

4066-JFM / 4051-JFM / 4265-JGM / 4677-JGM / 4513-JGM

4741-JCR / 4737-JCR / 4754-JCR

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ANEXO 1

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