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UGAO-MIRABALLES HIRI PRESTUAREN UDALA (BIZKAIA) AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA DE UGAO-MIRABALLES (BIZKAIA) 1 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, MEDIANTE CONCURSO, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA, ASISTENCIA A IMBORNALES EN EL MUNICIPIO DE UGAO-MIRABALLES. ARTÍCULO 1. OBJETO DEL CONTRATO ......................................................................................................... 3 ARTÍCULO 2. DURACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 3 ARTÍCULO 3. SERVICIOS COMPRENDIDOS ................................................................................................... 3 ARTÍCULO 4. ÁMBITO TERRITORIAL .............................................................................................................. 4 ARTÍCULO 5. TRASLADO DE LOS RESIDUOS ................................................................................................ 4 ARTÍCULO 6. DEFINICIONES ........................................................................................................................... 5 ARTÍCULO 7. BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS .................................................................... 5 ARTÍCULO 8. BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS ...................................................................................... 6 ARTÍCULO 9. BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS Y PEATONALES .............................................................. 7 ARTÍCULO 10. BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS ...................................................................................... 8 ARTÍCULO 11. BALDEO MECÁNICO DE ACERAS Y ÁREAS PEATONALES ................................................. 8 ARTÍCULO 12. BALDEO MIXTO ........................................................................................................................ 9 ARTÍCULO 13. BARRIDOS DE MANTENIMIENTO ......................................................................................... 10 ARTÍCULO 14. VACIADO DE PAPELERAS..................................................................................................... 10 ARTÍCULO 15. LIMPIEZA, INSTALACIÓN, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE PAPELERAS ................. 11 ARTÍCULO 16. LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS ............................................... 11 ARTÍCULO 17. LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES............................................... 12 ARTÍCULO 18. LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA ..................................................................... 12 ARTÍCULO 19. LIMPIEZA DE HIERBAS .......................................................................................................... 12 ARTÍCULO 20. SERVICIOS ESPECIALES Y ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA ........................ 13 ARTÍCULO 21. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS .......................................................................................... 15 ARTÍCULO 22. LIMPIEZA DE MANCHAS EN EL PAVIMENTO ...................................................................... 15 ARTÍCULO 23. LIMPIEZA Y ASISTENCIA DE SUMIDEROS E IMBORNALES............................................... 16 ARTÍCULO 24. LIMPIEZA DE PARQUES, JARDINES, JARDINERAS Y PARTERRES .................................. 17 ARTÍCULO 25. LIMPIEZA DE ESPACIOS ABIERTOS, SOLARES Y VERTIDOS CLANDESTINOS .............. 17 ARTÍCULO 26. LIMPIEZA DE RASTROS Y MERCADILLOS .......................................................................... 18 ARTÍCULO 27. LIMPIEZA DE FIESTAS (VIRGEN DE UDIARRAGA, SAN BARTOLOMÉ, SAN JUAN, ETC.), FERIAS, EXPOSICIONES, CAMPAÑAS ELECTORALES, MANIFESTACIONES, ETC. .................................... 18 ARTÍCULO 28. LIMPIEZA EN LAS ZONAS DE DIVERSIÓN JUVENIL ........................................................... 18 ARTÍCULO 29. LIMPIEZA DE RÓTULOS DE CALLES, MONOLITOS INFORMATIVOS, MONUMENTOS, ESCULTURAS, ETC. ........................................................................................................................................... 19 ARTÍCULO 30. LIMPIEZA DE PINTADAS Y RETIRADA DE CARTELES, PANCARTAS, BANDEROLAS Y VALLAS PUBLICITARIAS ................................................................................................................................... 19 ARTICULO 31. LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS CUANDO EXISTA RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA . 20 ARTÍCULO 32. SISTEMA DE GESTION Y AUDITORIA MEDIOAMBIENTALES............................................. 21

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AYUNTAMIENTO

DE LA N. VILLA

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1

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR

PROCEDIMIENTO ABIERTO, MEDIANTE CONCURSO, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA

VIARIA, ASISTENCIA A IMBORNALES EN EL MUNICIPIO DE UGAO-MIRABALLES.

ARTÍCULO 1. – OBJETO DEL CONTRATO ......................................................................................................... 3

ARTÍCULO 2. – DURACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 3

ARTÍCULO 3. – SERVICIOS COMPRENDIDOS ................................................................................................... 3

ARTÍCULO 4. – ÁMBITO TERRITORIAL .............................................................................................................. 4

ARTÍCULO 5. – TRASLADO DE LOS RESIDUOS ................................................................................................ 4

ARTÍCULO 6. – DEFINICIONES ........................................................................................................................... 5

ARTÍCULO 7. – BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS .................................................................... 5

ARTÍCULO 8. – BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS ...................................................................................... 6

ARTÍCULO 9. – BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS Y PEATONALES .............................................................. 7

ARTÍCULO 10. – BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS ...................................................................................... 8

ARTÍCULO 11. – BALDEO MECÁNICO DE ACERAS Y ÁREAS PEATONALES ................................................. 8

ARTÍCULO 12. – BALDEO MIXTO ........................................................................................................................ 9

ARTÍCULO 13. – BARRIDOS DE MANTENIMIENTO ......................................................................................... 10

ARTÍCULO 14. – VACIADO DE PAPELERAS..................................................................................................... 10

ARTÍCULO 15. – LIMPIEZA, INSTALACIÓN, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE PAPELERAS ................. 11

ARTÍCULO 16. – LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS ............................................... 11

ARTÍCULO 17. – LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES............................................... 12

ARTÍCULO 18. – LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA ..................................................................... 12

ARTÍCULO 19. – LIMPIEZA DE HIERBAS .......................................................................................................... 12

ARTÍCULO 20. – SERVICIOS ESPECIALES Y ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA ........................ 13

ARTÍCULO 21. – SERVICIOS EXTRAORDINARIOS .......................................................................................... 15

ARTÍCULO 22. – LIMPIEZA DE MANCHAS EN EL PAVIMENTO ...................................................................... 15

ARTÍCULO 23. – LIMPIEZA Y ASISTENCIA DE SUMIDEROS E IMBORNALES............................................... 16

ARTÍCULO 24. – LIMPIEZA DE PARQUES, JARDINES, JARDINERAS Y PARTERRES .................................. 17

ARTÍCULO 25. – LIMPIEZA DE ESPACIOS ABIERTOS, SOLARES Y VERTIDOS CLANDESTINOS .............. 17

ARTÍCULO 26. – LIMPIEZA DE RASTROS Y MERCADILLOS .......................................................................... 18

ARTÍCULO 27. – LIMPIEZA DE FIESTAS (VIRGEN DE UDIARRAGA, SAN BARTOLOMÉ, SAN JUAN, ETC.),

FERIAS, EXPOSICIONES, CAMPAÑAS ELECTORALES, MANIFESTACIONES, ETC. .................................... 18

ARTÍCULO 28. – LIMPIEZA EN LAS ZONAS DE DIVERSIÓN JUVENIL ........................................................... 18

ARTÍCULO 29. – LIMPIEZA DE RÓTULOS DE CALLES, MONOLITOS INFORMATIVOS, MONUMENTOS,

ESCULTURAS, ETC. ........................................................................................................................................... 19

ARTÍCULO 30. – LIMPIEZA DE PINTADAS Y RETIRADA DE CARTELES, PANCARTAS, BANDEROLAS Y

VALLAS PUBLICITARIAS ................................................................................................................................... 19

ARTICULO 31. – LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS CUANDO EXISTA RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA . 20

ARTÍCULO 32. – SISTEMA DE GESTION Y AUDITORIA MEDIOAMBIENTALES............................................. 21

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ARTÍCULO 33. – PREVENCIÓN DE RIESGOS Y SEGURIDAD LABORAL ....................................................... 21

ARTÍCULO 34. – MEDIOS PERSONALES ......................................................................................................... 21

ARTÍCULO 35. – PERSONAL MÍNIMO ............................................................................................................... 22

ARTÍCULO 36. – COMUNICACIÓN CON EL CIUDADANO ................................................................................ 22

ARTÍCULO 37. – CAMBIOS EN EL PERSONAL................................................................................................. 22

ARTÍCULO 38. – UNIFORMIDAD E IDENTIFICACIÓN ...................................................................................... 23

ARTÍCULO 39. – MEDIOS MATERIALES ........................................................................................................... 23

ARTÍCULO 40. CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO. ......................................................................... 23

ANEXO I .............................................................................................................................................................. 25

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR

PROCEDIMIENTO ABIERTO, MEDIANTE CONCURSO, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA

VIARIA, ASISTENCIA A IMBORNALES EN EL MUNICIPIO DE UGAO-MIRABALLES.

ARTÍCULO 1. – OBJETO DEL CONTRATO

El presente pliego tiene como objeto la descripción de las condiciones técnicas que han de

cumplir las labores a realizar en la prestación del contrato de limpieza viaria, suministro de papeleras,

asistencia a imbornales, campañas de desinfección, desratización y desinsectación en el término

municipal de Ugao-Miraballes.

ARTÍCULO 2. – DURACIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato será el marcado en el Pliego de Prescripciones Administrativas

Particulares del contrato.

ARTÍCULO 3. – SERVICIOS COMPRENDIDOS

Las labores a realizar en el presente contrato incluyen la prestación de los siguientes

servicios:

1. Limpieza viaria, que comprende la limpieza de viales públicos, aceras, pasos subterráneos,

escaleras, plazas, áreas peatonales en zonas ajardinadas, áreas de estacionamiento, etc., incluyendo

limpieza de alcorques (tanto abiertos como cerrados), y vaciado de papeleras.

2. Limpieza, Suministro y Mantenimiento de Papeleras.

3. Limpieza y asistencia de imbornales y sumideros conectados a la red general de saneamiento

y de alcantarillado.

4. Limpieza de parques, jardines, jardineras y parterres.

5. Limpieza de espacios abiertos, solares y vertidos clandestinos.

6. Limpieza de rastros y mercadillos.

7. Limpieza de fiestas, ferias, exposiciones, campañas electorales, manifestaciones, etc.

8. Limpieza de todas las pistas deportivas, incluida la pista multideportiva de Arandia.

9. Limpieza en las zonas de diversión juvenil.

10. Limpieza de rótulos de calles, monolitos informativos, monumentos, esculturas, etc.

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11. Limpieza de pintadas y retirada de carteles, pancartas, banderolas y vallas publicitarias.

12. Limpiezas extraordinarias cuando exista riesgo para la salud pública.

13. Limpieza de excrementos de animales, incluyendo las zonas ajardinadas de parques, parterres

o jardines de carácter municipal

14. Limpieza en la época de caída de la hoja.

15. Limpieza de hierbas y malas hierbas en bordillos, aceras, parterres, etc...

16. Actuaciones en casos de emergencia o situaciones excepcionales como nevadas o heladas.

17. Labores de inspección para detectar anomalías relacionadas con los servicios objeto de este

contrato y optimizar la prestación de los servicios.

18. Servicio de guardia que permita intervenir en caso de emergencias, o realizar actuaciones

necesarias con motivos de fiestas, procesiones y otros eventos en la ciudad.

19. Servicios Extraordinarios.

20. Servicio de concienciación ciudadana mediante educación, información, marketing,

publicidad, etc., para conseguir la mejora de los hábitos en la población respecto a la limpieza

viaria, producción y tratamiento de residuos sólidos urbanos.

21. En cualquier caso, se trata de mantener las calles y áreas municipales en perfecto estado de

limpieza y conservación, siendo un ejemplo para la ciudadanía de la calidad del servicio, lo que

contribuirá al respeto de su mantenimiento y conservación.

Las empresas podrán proponer todos aquellos servicios adicionales, dentro del importe del

contrato, que estimen convenientes, siempre que incidan directamente en la limpieza del municipio,

la optimización de los servicios de recogida y el mejor seguimiento de los servicios objeto del

contrato, como pueden ser: servicio de recogida comercial de residuos urbanos, proyecto e

instalación de recogida especial en la zona centro, servicio de recogida para grandes generadores, etc.

ARTÍCULO 4. – ÁMBITO TERRITORIAL

El ámbito en el que se han de prestar los servicios incluidos en el presente contrato

comprende todo el término municipal de Ugao-Miraballes.

ARTÍCULO 5. – TRASLADO DE LOS RESIDUOS

Todos los productos procedentes de los diferentes tipos de limpieza serán trasladados al

Depósito de Zabalgarbi o Planta de Tratamiento que el Ayuntamiento defina en su momento.

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Los licitadores propondrán en sus ofertas el sistema más adecuado para la concentración y

recogida de los residuos generados en la limpieza urbana. Indicando en su caso el uso, destino y

posible reciclaje de los elementos susceptibles de poder serlo.

En cualquier caso indicarán la ubicación, capacidades, métodos y horarios de recogida.

La frecuencia para la retirada de estos residuos será al menos diaria, y en un plazo inferior a

24 horas de la acumulación de los mismos, a excepción de los procedentes de residuos de la red de

alcantarillado que, por sus características, se retirarán inmediatamente posterior a ser extraídos.

ARTÍCULO 6. – DEFINICIONES

Barrido manual – Consistirá este servicio en limpiar debidamente las aceras, paseos, plazas,

calzadas de las calles y muy especialmente las proximidades de los bordillos y por debajo de los

vehículos aparcados. También incluye esta operación el vaciado de las papeleras y la limpieza de los

alcorques de los árboles.

Cada equipo de barrido irá dotado con las herramientas necesarias para desempeñar con

eficacia y perfección su cometido, que son: un carro manual portacubos, cepillo, escobijo, recogedor

o pala, etc.

Barrido mecánico – Esta operación consiste en el barrido mediante la utilización de máquinas

especiales (máquinas barredoras recogedoras de aspiración y/o arrastre), de las aceras y calzadas

existentes en la vía pública recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, etc., que

se produzcan. Dichas máquinas deberán llevar sistema de humectación para evitar la formación de

polvo. Su trabajo interesará a las calzadas, aceras y zonas pavimentadas en plazas.

Barrido mixto – La combinación de los dos anteriores.

Baldeo manual – Consistirá este servicio en baldear las aceras, paseos, plazas, calzadas de las calles

y muy específicamente las proximidades de los bordillos y por debajo de los vehículos aparcados. Se

aplicarán los presentes trabajos en zonas que presenten dificultades en su mecanización en razón de

su acceso, pavimentación, etc.… Cuando el equipo de limpieza se dedique a labores de baldeo, éste

irá dotado con las herramientas necesarias para desempeñar con eficacia su cometido.

Baldeo mecánico – Consiste esta operación en el lanzamiento de agua a presión sobre las calzadas, y

muy especialmente, en las proximidades de los bordillos. Estos servicios se complementarán con los

servicios de limpieza manual, y coordinados con los de recogida de residuos sólidos urbanos.

Baldeo mixto – La combinación de los dos anteriores.

ARTÍCULO 7. – BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS

7.1. Deberán aplicarse estos trabajos en:

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- La limpieza de la zona peatonal de la Herriaren Enparantza, calle Elkartasuna, calle Udiarraga y

Parque Lehendakari Aguirre,los domingos y festivos. El tiempo estimado de limpieza es de 1

hora si son 2 trabajadores/as y de 2 horas si es un/a solo trabajador/a.

- Zonas que presenten dificultades en su mecanización en razón de sus accesos, pendientes,

pavimentación, etc.

- Vías con estacionamiento fijo permanente.

- Zonas de depósito de los contenedores de los diferentes servicios: orgánica, papel- cartón,

vidrio, envases, aceite, pilas y demás elementos.

7.2. Los licitadores en sus ofertas definirán de forma detallada y en cada uno de los niveles:

- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.

- Constitución de los equipos indicando personal y criterios que aplican en su elección.

- Horarios de los trabajos a realizar, con indicación expresa de los operarios asignados en cada

turno o proceso.

- Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de trabajo.

- Cálculo del número de equipos que realizan esta operación definido según la cantidad de trabajo

total a realizar en metros lineales de bordillo y en función del ancho de aceras donde se aplique

la operación y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Planos detallando los sectores de barrido, con indicación del ámbito geográfico de cada uno de

los cantones.

ARTÍCULO 8. – BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS

8.1. Se aplicará preferentemente en:

- Vías de acceso al Municipio y que soporten un importante tráfico rodado.

- Calzadas libres de estacionamiento o con estacionamiento unilateral.

- Zonas peatonales que permitan el tratamiento mecánico, no pudiendo realizarse antes de las 8 de

la mañana, siendo si fuera necesario, hasta ese momento realizado a mano.

8.2. Los licitadores explicarán en sus ofertas para cada uno de los niveles:

- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.

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- Constitución de los equipos, indicando personal y tipos de máquinas a utilizar en función de las

características de las calzadas a limpiar.

- Horarios.

- Metros lineales de bordillos totales a tratar.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos y rendimientos por hora efectiva de

trabajo.

- Cálculo del número de equipos en función de la cantidad de trabajo a realizar, rendimiento

propuesto y según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el

recorrido propuesto para cada día de la semana.

8.3. Se deberá evitar que las máquinas barredoras produzcan polvareda y que tampoco deterioren el

pavimento.

ARTÍCULO 9. – BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS Y PEATONALES

9.1. Tenderá a aplicarse en:

- Aceras anchas y paseos, cuyo ancho permita el paso de las máquinas.

- Zonas peatonales, de mucho tránsito, a partir de las 8 horas.

- En sustitución del barrido manual con objeto de mejorar el nivel de limpieza, en las aceras que

lo permitan, con el fin de mejorar el estado de las mismas en cuanto a polvo y residuos

pequeños.

9.2. En cada uno de los niveles, los licitadores expresarán con todo detalle:

- Aceras y peatonales donde se prevé realizar esta operación.

- Tipos de equipos a utilizar, indicando constitución de los mismos y tipos de máquinas a

emplear, indicando personal, sistema de recogida: aspiración o arrastre e indicación del sistema

y lugar de descarga.

- Mediciones en metros lineales para las aceras y metros cuadrados para las zonas peatonales y

plazas a limpiar.

- Cantidad de trabajo por jornada y unidad de equipo utilizado.

- Horarios de los trabajos.

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- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados,

según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el

recorrido propuesto para cada día de la semana.

9.3. Deberá comprobarse el estado y composición de las púas y el resto de mecanismos de barrido,

para no deteriorar el pavimento o marcas viales.

ARTÍCULO 10. – BALDEO MECÁNICO DE CALZADAS

10.1. Los residuos serán desplazados mediante esta operación hacia las proximidades de los bordillos

donde serán recogidos en las operaciones de barrido.

10.2. Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:

- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones, que en principio debe comprender todas

las del municipio cuyas características lo permitan.

- Horarios de los trabajos a realizar.

- Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de trabajo.

- Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, indicando presiones, caudales,

capacidades, etc.

- Metros lineales de bordillo (o calzada para las calles estrechas).

- Cantidad de trabajo por jornada de los equipos.

- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados,

según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el

recorrido propuesto para cada día de la semana.

ARTÍCULO 11. – BALDEO MECÁNICO DE ACERAS Y ÁREAS PEATONALES

11.1. Esta operación deberá efectuarse en combinación con los barridos mediante la utilización de

vehículos especiales que actuarán sobre la superficie de las aceras, a presiones y caudales elevados, a

fin de conseguir un óptimo estado de la limpieza del pavimento, evitando la proyección directa sobre

los comercios o portales de los edificios a fin de no perjudicar ni ensuciar dichos elementos.

11.2. Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:

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- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones.

- Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, tipo de máquinas y características de

trabajo relativas a presiones, caudales, capacidad de carga, etc.

- Metros lineales de bordillo o metros cuadrados de superficie a limpiar en zonas peatonales,

plazas, etc.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos.

- Horarios de los trabajos a realizar.

- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados,

según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el

recorrido propuesto para cada día de la semana.

ARTÍCULO 12. – BALDEO MIXTO

12.1. Se aplicará preferentemente en:

- Calles con estacionamiento y ancho de aceras que no permitan su mecanización, principalmente

en calles céntricas e importantes.

- Aceras con gran densidad de mobiliario urbano.

12.2. Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los sectores:

- Calles o tramos de calle donde se prevea realizar este tipo de operaciones.

- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas,

útiles, etc.

- Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados de acera a limpiar y metros lineales

bordillo.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.

- Horarios de los trabajos a realizar.

- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados,

según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mixto se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el

recorrido propuesto para cada día de la semana.

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ARTÍCULO 13. – BARRIDOS DE MANTENIMIENTO

13.1. Estos barridos se aplicarán:

- Como complemento de los barridos diarios, en las zonas más conflictivas por su elevada

tendencia a la generación de desperdicios, este tratamiento se efectuará en los niveles que se

indican más adelante como segundo barrido diario del propio itinerario.

- Como barrido complementario en las zonas con barrido mecánico diario con el fin de abarcar el

100 % de las superficies.

- Como barrido alternativo en las zonas con barrido mecánico no diario.

- Entiéndase que este servicio “Barrido de mantenimiento” no es identificable con un servicio de

repaso de tarde, sino como complemento de los barridos manuales y mecánicos de zonas

conflictivas.

13.2. Los licitadores en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:

- Calles o tramos de calle donde se prevé realizar este tipo de operaciones.

- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas,

útiles, etc.

- Mediciones en metros lineales de bordillo donde se pretende realizar.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.

- Horarios de los trabajos a realizar.

- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados,

según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

ARTÍCULO 14. – VACIADO DE PAPELERAS

Es objeto de este concurso el vaciado de todas las papeleras existentes y futuras instaladas en

el término municipal de Ugao-Miraballes.

Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual, que procederán al

vaciado de todos los desperdicios con una frecuencia igual a la que presenten estos equipos en las

zonas donde actúan.

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Para el vaciado de las papeleras en donde no se realicen operaciones de barrido manual, los

licitadores propondrán el sistema de vaciado que les parezca oportuno no admitiéndose el vaciado de

las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras.

ARTÍCULO 15. – LIMPIEZA, INSTALACIÓN, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE PAPELERAS

Este servicio comprende la limpieza exterior e interior e incluso la retirada de pegatinas,

pintadas o similares que se fijen en las mismas y que no estén autorizadas, de todas las papeleras

existentes en el municipio, así como todas las de nueva implantación durante la vida del contrato. Se

incluirá también la reposición de las papeleras que por cualquier motivo de deterioro sean necesarias

reponer.

Para todo ello, los licitadores en sus ofertas detallarán:

- Equipos de mantenimiento indicando el personal y los medios destinados.

- Metodología y tipo de mantenimiento a realizar.

- Frecuencia y horario de los trabajos.

- Presupuesto anual y precio unitario por papelera.

- Los planos de ubicación de papeleras en los que queden perfectamente definidas la implantación

y distribución de las mismas en el municipio, plano que deberá ser consensuado con los

Técnicos Municipales.

ARTÍCULO 16. – LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS

Se procederá a la limpieza de la totalidad de los alcorques existentes en el término municipal

del municipio mediante la acción de los diferentes equipos de barrido.

Paulatinamente, se procederá al asfaltado drenante de los alcorques existentes, de forma que durante

los dos primeros años de este contrato, queden efectuadas las labores de dicho proceso.

Corresponderá, asimismo, la limpieza y mantenimiento de los mismos.

Corresponde a estos equipos de barrido, la retirada de todos los desperdicios existentes en las

bocas de los alcorques, no contemplándose en este concurso la eliminación de la hierba en los

mismos.

La frecuencia de estos trabajos coincidirá con la frecuencia de los barridos manuales que se

apliquen en las aceras donde se encuentran. Cuando las aceras estén afectadas de un tratamiento

exclusivamente mecánico, o se trate de zonas peatonales, la limpieza de alcorques se realizará 3

veces por semana en alcorques abiertos y una vez por semana en alcorques cerrados.

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ARTÍCULO 17. – LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES

Se procederá a realizar esta operación en aquellos lugares en los que se produzcan estos

residuos indicando por parte de los licitadores los sistemas de limpieza más eficaces, proponiendo los

medios, equipos, frecuencias y horarios que estimen oportunos para esta prestación.

En general, se realizará este servicio junto con las operaciones de barrido, de todas las

calzadas, aceras, paseos, parques, jardines, etc. de Ugao-Miraballes, siendo su frecuencia diaria.

ARTÍCULO 18. – LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA

La recogida de la hoja se realizará durante todo el año con especial atención en la época

otoñal y cuando el servicio lo requiera por fuertes lluvias o vientos.

Los licitadores presentarán un plan de actuación claro y conciso en el que se indiquen y

concreten los medios ofertados, tanto técnicos como humanos apropiados al gran volumen de hojas

que se acumulan en el Municipio. Deberá de reflejarse de forma inequívoca cómo se realizarán los

mencionados trabajos, así como los periodos de solape con los servicios generales de limpieza.

Los licitadores deberán de contemplar el presente servicio como un adicional y no sustitutivo

de los servicios generales de limpieza. Lo que se reflejará fielmente en los precios unitarios y

presupuestos que presenten para este servicio.

Además de los trabajos propios de recogida de la hoja, se intensificará la limpieza de

sumideros e imbornales, habida cuenta de la importancia que en la obstrucción de los mismos tienen

estos residuos.

Los licitadores deberán de detallar claramente y como mínimo en sus ofertas:

- Equipos tanto humanos como materiales destinados.

- Grado de dedicación de los mismos.

- Periodos de implantación de refuerzos.

- Metodología de trabajo.

- Horario de los trabajos.

ARTÍCULO 19. – LIMPIEZA DE HIERBAS

Habida cuenta de la gran proliferación de plantas y hierbas que debido a las condiciones de

humedad, clima y vegetación cercana, favorece considerablemente la aparición y desarrollo de las

mismas en gran cantidad y en lugares no deseados como bordillo, aceras, plazas, etc., se exige este

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servicio de limpieza de hierbas, debido al gran empeño que el Ayuntamiento tiene de mantener una

imagen impecable de limpieza y decoro en el municipio.

Consiste en la eliminación, manual y/o mecánica de las malas hierbas que con gran

frecuencia crecen en todas las aceras, plazas, bordillos, etc. del municipio. Queda descartada

totalmente la utilización de herbicidas para la erradicación de las mismas por razones

medioambientales.

No se establece frecuencia para este servicio por considerarse continuo y necesario durante

todo el año. Los licitadores detallarán en sus estudios el número de ciclos (pasadas) que en cada zona

y distrito se garanticen al cabo del año.

Los licitadores deberán de detallar en sus ofertas claramente para este servicio:

- Equipos tanto humanos como materiales destinados.

- Grado de dedicación de los mismos.

- Metodología y tipo de mantenimiento a realizar.

- Frecuencia por distritos y horario de los trabajos.

ARTÍCULO 20. – SERVICIOS ESPECIALES Y ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA

20.1. El Adjudicatario dispondrá de un servicio de guardia, durante las 24 horas del día, que permita

intervenir de forma inmediata en caso de emergencias, o realizar actuaciones necesarias con motivos

de fiestas, procesiones y otros eventos en la ciudad.

A tal efecto, la empresa mantendrá y facilitará al Ayuntamiento, un número de teléfono,

atendido en todo momento, que permitirá comunicar incidencias al servicio de guardia.

Dicho servicio dispondrá en cada caso de los medios materiales y humanos necesarios en

función de la magnitud, situación y consecuencias de la situación de emergencia o evento, y con

independencia de la jornada (laboral o festiva) u horario (diurno o nocturno) restituirá, con la mayor

brevedad posible, el área afectada a la situación original.

20.2. Servicios Especiales

Las Empresas Licitadoras deberán proponer, independientemente de los servicios

examinados anteriormente, una cierta disponibilidad de medios, para atender de una manera

inmediata aquellos trabajos contemplados o no, y para los que se requiera una solución rápida y

eficaz. También servirán a otros equipos en casos de emergencia.

El Adjudicatario deberá disponer para este servicio de brigadas polivalentes de acción

inmediata, en razón de la heterogeneidad de los trabajos a realizar, indicando su composición de

medios humanos, mecánicos, de comunicación, herramientas, útiles y cuantos datos sean necesarios

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para un mejor conocimiento de su oferta. Estos medios podrán utilizarse de apoyo a otros servicios,

según se determine en las propuestas.

Los Licitadores deberán justificar en las mismas, la capacidad de los equipos (brigadas) que

propongan para la realización de estas tareas, así como el turno o turnos de trabajo que consideren

más adecuados y el programa básico de trabajos.

Dichos medios se emplearán a solicitud justificada de los Servicios Técnicos Municipales,

para la limpieza o adecuación de espacios en interiores de edificios.

20.3. Actuaciones en caso de emergencia

Se considerarán servicios de emergencia, aquellos que deban prestarse ante situaciones

producidas a causa de inundaciones, derrumbes de tierras, fuertes lluvias, nevadas u otras situaciones

climatológicas similares o de catástrofes de cualquier tipo. Mediante la realización de estos trabajos

se logrará la restitución de las vías y espacios públicos a las condiciones originales para el tránsito de

personas y vehículos, mediante la eliminación de los obstáculos o elementos que les hayan

perjudicado.

En aquellas situaciones en que se produzca una emergencia motivada, el Adjudicatario

deberá poner a disposición municipal la totalidad de los medios humanos y materiales, con cargo al

contratista, y en coordinación con el Ayuntamiento y demás organismos implicados, se retirarán de la

vía pública, con carácter inmediato, una vez se tenga conocimiento de su existencia, todos aquellos

elementos u objetos (ramas, carteles, piedras, etc.) que aparezcan en las zonas incluidas en el ámbito

de este contrato depositadas o desplazadas.

Si los elementos retirados forman parte del mobiliario urbano y son reutilizables (señales de

tráfico, contenedores, paneles informativos, etc.), el Adjudicatario los colocará en su lugar original, o

los entregará, en las instalaciones municipales, al departamento municipal correspondiente.

Ante la aparición de obstáculos a consecuencia de esa situación sobre la vía pública, el

Adjudicatario dispondrá de los medios humanos y materiales necesarios para su eliminación o

acumulación en los bordes de los mismos, a fin de permitir el correcto tránsito de personas y

vehículos. En este caso, el Adjudicatario podrá utilizar la maquinaria asignada a los trabajos

permanentes, añadiéndole, en su caso, los implementos que sean necesarios para efectuar esta labor,

que deberá incidir, especialmente, en:

- Arterias rodadas principales de acceso al Municipio.

- Calles más importantes.

- Accesos principales a los distintos Barrios.

- Calzadas y aceras de gran pendiente.

- Accesos a infraestructuras básicas (centro de salud, centros de enseñanza, autobús…).

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ARTÍCULO 21. – SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

Son aquellos servicios relacionados con el objeto del concurso que, no estando incluidos en

los artículos anteriores, fueran requeridos por el Ayuntamiento.

Precios a aplicar en los servicios extraordinarios:

21.1. Mano de obra

Los costes unitarios de la mano de obra, serán los aplicados a los servicios ordinarios, sin

incluir los costes indirectos y generales fijos.

21.2. Medios mecánicos

Los costes unitarios de los medios mecánicos y resto de elementos utilizados en los servicios

extraordinarios, serán los aplicados a los servicios ordinarios con deducción de los costes de

amortización, seguros y costes indirectos generales fijos.

En el caso que se requieran medios no ofertados y que, por tanto no se tenga precio

convenido, se tomarán como referencia los precios dados por los Servicios Técnicos Municipales y el

Adjudicatario, sometiéndolo a la aprobación del Organo Municipal competente.

ARTÍCULO 22. – LIMPIEZA DE MANCHAS EN EL PAVIMENTO

Se refieren estos trabajos a la limpieza de manchas de todo tipo (aceite, gasolinas, gasoil,

pintura, grasa, etc.) que suponen un desdoro de la imagen y aspecto general de la vía pública. El

resultado final de la realización de estos trabajos será similar y equivalente al de la zona del entorno

no afectada por la mancha en cuestión.

Se prestará especial atención a aquellos casos en que, por las características de la circulación

rodada y estacionamientos, se produzcan manchas de aceite o grasa en el pavimento, paradas de

autobuses, etc.

Exceptuando necesidades puntuales debidas a vertidos que requieren una intervención

inmediata, los trabajos se realizarán de forma periódica, bien porque el origen de dichas manchas

también es periódico, o bien porque la baja intensidad de los mismos obliga a no actuar de forma

permanente, sino distribuida en el tiempo.

Estos trabajos se realizarán mediante la utilización de maquinaria y productos diseñados a tal

efecto, en general, proyectando agua a presión fría o caliente, acompañada, cuando sea necesario, con

detergentes. En los casos en que sea preciso, se verterá algún elemento absorbente (arena, serrín, etc.)

que permita la retirada del elemento líquido que origina la mancha, en virtud de su volumen y

cantidad, sin verterlo a la red de saneamiento. Se tendrá especial cuidado en no afectar negativamente

a los elementos constitutivos de la vía pública y en especial, a la jardinería.

En cualquier caso, se realizará una limpieza exhaustiva de aceras y áreas peatonales, un

mínimo de cuatro veces anualmente, con independencia de la realización de limpiezas cuando sea

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necesario. Se pondrá especial atención a la retirada y eliminación de chicles u elementos de

adherencia causal, que ensucien de forma permanente las aceras y áreas peatonales.

ARTÍCULO 23. – LIMPIEZA Y ASISTENCIA DE SUMIDEROS E IMBORNALES

Consiste en la limpieza de los restos de hojas, desperdicios, tierra, restos de escombros, o

cualquier materia que se deposite en los sumideros y en los imbornales situados en las vías públicas

obstaculizando el funcionamiento normal de estos, incluida su acometida a la red general de

saneamiento y de la red de pluviales del municipio. Para ello, el adjudicatario, utilizará los medios

necesarios, como el aporte de medios mecánicos con equipos de alta presión.

Se mantendrán los sumideros e imbornales y su acometida siempre limpios, se realizará,

como mínimo, una limpieza de choque tres veces al año, y un mantenimiento durante el resto del año,

repasándose los puntos críticos al inicio de la temporada de lluvias.

Asimismo, y mientras el mantenimiento del saneamiento se realice directamente por el

Ayuntamiento, el adjudicatario realizará la limpieza y desatasco de la red general de saneamiento

previa petición por los Servicios Técnicos Municipales.

Las anomalías detectadas serán comunicadas a los Servicios Técnicos Municipales.

El adjudicatario presentará en su oferta la Planificación de este servicio, incluyendo el

mantenimiento preventivo y actuaciones en caso necesario.

23.1. Los licitadores expondrán en sus ofertas:

- Determinación de zonas conflictivas y no conflictivas.

- Número de sumideros, arquetas y pozos.

- Constitución de los equipos a emplear indicando personal, tipo de máquinas o vehículos, etc.

- Rendimientos.

- Frecuencias y horarios de trabajo.

- Cálculo del número de equipos debidamente justificados.

- Plano de ubicación de sumideros con indicación en el mismo de los itinerarios y las frecuencias

contempladas.

Los residuos procedentes de la limpieza de sumideros e imbornales serán retirados a

vertedero inmediatamente después de ser extraídos.

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ARTÍCULO 24. – LIMPIEZA DE PARQUES, JARDINES, JARDINERAS Y PARTERRES

La labor afecta a alcorques, zonas verdes, parques, parterres, setos, jardines, zonas de juegos

infantiles, así como desbroce y arranque de malas hierbas de bordillos, calzadas y aceras, de

titularidad municipal, excluyéndose aquellas cuyo mantenimiento se encuentra concesionado.

Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de los residuos vegetales (ramas, hojas, flores,

frutos caídos), y de los desperdicios y basuras que por cualquier causa, lleguen a las zonas que son

objeto del presente apartado.

Quedan excluidos los restos vegetales u otros residuos generados en las labores de poda,

recorte de setos, siegas y desbroces u obras de diversa consideración.

Se dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies

comprendidas dentro del perímetro de los parques y zonas verdes objeto del contrato, y

especialmente, en el interior de los propios jardines, circulaciones y áreas de estancia, obteniendo un

correcto estado de limpieza.

En este sentido, cuando se produzcan actos culturales, sociales, deportivos o de cualquier otro

carácter extraordinario en las zonas verdes objeto de conservación, y siempre que éstos sean

organizados por el Ayuntamiento, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada de manera

inmediata a la realización del acto, sin que esto suponga un incremento en el canon a percibir. Para

ello, el adjudicatario deberá ser avisado, como mínimo con 24 horas de antelación al comienzo del

acto.

Se incluye el vaciado, limpieza y desinfección de las papeleras, limpieza y asistencia a

imbornales, retirada de excrementos caninos, etc., que se encuentran dentro de los parques y jardines.

Esta limpieza se realizará con los procedimientos y frecuencias recogidos en los distintos

apartados del presente Pliego. Para ello, el licitador recogerá en su oferta el Plan de actuación.

ARTÍCULO 25. – LIMPIEZA DE ESPACIOS ABIERTOS, SOLARES Y VERTIDOS CLANDESTINOS

Estos trabajos comprenden los de limpieza, desescombro y adecentamiento de todos aquellos

solares, terrenos y espacios abiertos, convertidos en vertederos, tanto públicos como privados, cuya

ejecución sea ordenada por el Ayuntamiento.

El licitador definirá la composición de la brigada o equipo que dedicará para este servicio. La

brigada podrá ser empleada por el contratista para acometer limpiezas exhaustivas en zonas o núcleos

de población del Término Municipal, cada vez que éstas lo requieran por circunstancias especiales.

Los licitadores propondrán los equipos mecánicos y manuales, así como el plan fijo de

limpieza y recogida de residuos en solares de propiedad municipal y zonas de vertido clandestino

existente en el término municipal. Las labores a realizar son los siguientes:

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- Limpieza y amontonamiento, para su retirada, de los escombros y materiales de todo tipo, de

medio volumen, que puedan existir en el lugar.

- Limpieza y retirada de papeles, plásticos, bolsas, botellas, jeringuillas y elementos análogos de

pequeño volumen.

- Retirada y transporte, a su destino final, de los escombros y restos de todo tipo procedentes de la

limpieza.

- Explanación final de terreno, cuando sea posible y necesario, en orden a facilitar el

mantenimiento posterior.

Estos equipos serán lo suficientemente flexibles para adaptarse a las necesidades cualitativas

y cuantitativas del momento, así como para poder realizar otros tipos de prestaciones especiales,

como por ejemplo, la retirada de volúmenes importantes de arrastre consecuencia de lluvias.

El Adjudicatario podrá vallar a su costa aquellos solares de propiedad municipal que

considere convenientes, para reducir la frecuencia de limpieza, tras obtener la correspondiente

autorización del Ayuntamiento. Las características y tipo de vallado a emplear en cada caso serán

propuestos al Ayuntamiento, que podrá establecer cualquier variación o condición de ejecución.

ARTÍCULO 26. – LIMPIEZA DE RASTROS Y MERCADILLOS

El Adjudicatario deberá proceder a la limpieza y recogida de residuos de las zonas del

municipio afectadas por la celebración de rastros y mercadillos, de manera inmediata a la finalización

de los mismos. Para ello deberá prever los medios necesarios, tanto personales como materiales, para

realizar los trabajos de limpieza en el menor tiempo posible, estos se recogerán en la oferta

presentada por el licitador. Además del mercadillo de los lunes, se efectuará durante los diferentes

mercados o exposiciones que se puedan celebrar en el Municipio.

ARTÍCULO 27. – LIMPIEZA DE FIESTAS (VIRGEN DE UDIARRAGA, SAN BARTOLOMÉ, SAN JUAN, ETC.), FERIAS, EXPOSICIONES, CAMPAÑAS ELECTORALES, MANIFESTACIONES, ETC.

El Adjudicatario quedará obligado a efectuar limpiezas extraordinarias originadas por los

distintos festejos, conciertos o cualquier acto o manifestación que se celebren en el municipio

organizados por el Ayuntamiento. Se realizará diariamente según la constitución y organización de

los actos festivos, sea cual fuere su índole y duración.

ARTÍCULO 28. – LIMPIEZA EN LAS ZONAS DE DIVERSIÓN JUVENIL

Se realizarán actuaciones de limpieza especiales, en aquellos lugares que son objeto de

reuniones de juventud, tales como parques, zonas verdes, recinto ferial, paseos, pubs, etc. en el

municipio.

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La limpieza de estos lugares deberá realizarse de forma especial y con horario incluso

distinto, tanto de comienzo como de terminación.

Los Licitadores tendrán que proponer de forma justificada en sus ofertas un plan de trabajo a

efectuar en este servicio, indicando la distribución y cantidad de medios humanos y materiales a

emplear, así como los horarios y frecuencias de actuación, teniendo en cuenta que antes de las 10

horas, el municipio deberá estar en perfectas condiciones de limpieza.

ARTÍCULO 29. – LIMPIEZA DE RÓTULOS DE CALLES, MONOLITOS INFORMATIVOS, MONUMENTOS, ESCULTURAS, ETC.

Serán objeto de esta limpieza todas las placas indicativas del nombre de las calles y plazas

del municipio, que estén fijadas en las fachadas de los edificios y demás paramentos verticales, así

como de soportes informativos de titularidad municipal, monumentos y esculturas. Asimismo, será

objeto de limpieza el mobiliario urbano.

El licitador propondrá el equipo que consideren oportuno dotado de las herramientas y útiles

más apropiados para lograr eficiencia y el menor deterioro posible en los elementos a limpiar y su

entorno.

La frecuencia de la prestación de este servicio será de una vez al año, salvo caso concreto por

orden municipal.

ARTÍCULO 30. – LIMPIEZA DE PINTADAS Y RETIRADA DE CARTELES, PANCARTAS, BANDEROLAS Y VALLAS PUBLICITARIAS

Consistirá en la limpieza de pintadas, de modo que se restituya el aspecto original de las

fachadas de todos los edificios públicos y privados (estos últimos previa orden municipal), rótulos de

calles, contenedores, soportes de alumbrado, esculturas, así como en todos los elementos de

equipamiento urbano e infraestructuras que sean de titularidad municipal afectados, exceptuando:

papeleras, soportes de alumbrado, señales de tráfico, mobiliario urbano, parques infantiles y otros

elementos situados en la vía pública de propiedad privada. Se pondrá especial atención a puntos

negros, como pueden ser los bajos del ayuntamiento, estación de Renfe, palacio de Jane, Kultur

Etxea, o zonas que pos su peculiar situación sean objeto de pintadas.

También se incluye la retirada de carteles, pancartas y banderolas de fachadas de edificios

públicos, y elementos de equipamiento urbano e infraestructuras municipales, los días de la semana

que se señalen por el Ayuntamiento.

El adjudicatario, asimismo, retirará de las vías públicas, solares, terrenos y espacios abiertos,

tanto públicos como privados, las vallas publicitarias cuya ejecución sea ordenada por el

Ayuntamiento.

En las actuaciones a realizar en la supresión de pintadas se tendrá un cuidado especial en el

uso de productos de limpieza que no estropeen los materiales de las fachadas, y se respetará la textura

y apariencia de los revestimientos que se tengan que limpiar. Sin embargo, no se intervendrá en

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fachadas y monumentos de interés histórico artístico sin antes consultar con los servicios técnicos del

Ayuntamiento. Cuando las características o calidad del soporte obliguen a restituir el aspecto original

(fachadas de piedra, edificios monumentales, monumentos, etc.) no se aplicará una imprimación

sobre la pintada, sino que se eliminará ésta.

Para la imprimación, como método de eliminación de pintadas, se utilizará maquinaria que

permita la obtención de color similar, cuando no idéntico, al del soporte sobre el que se ha realizado

la pintada, garantizándose, además, la permanencia de dicha imprimación mediante la utilización de

pinturas de alta calidad.

Para la realización de los trabajos de retirada de la pintada se utilizará maquinaria que no

dañe en absoluto el paramento de soporte, retirando únicamente la pintada, mediante el uso de agua a

presión, fría o caliente, y/o sólidos proyectados de canto romo e impacto tangencial al paramento. No

se utilizarán, en ningún caso, productos disolventes a base de agentes químicos.

En el caso de los paneles informativos/publicitarios que el Ayuntamiento disponga en la vía

pública, la limpieza y retirada se efectuará periódicamente, y una vez comprobado que la información

de los carteles ha perdido su vigencia.

La limpieza y retirada de carteles, pancartas y banderolas se realizará en función del sistema

de sujeción de los mismos. En aquellos casos en que la sujeción se haya realizado mediante cintas

adhesivas, cuerdas, tirantes, etc., el Adjudicatario procederá a su retirada mediante la anulación y

retirada de los elementos de soporte ya citados (cintas adhesivas, cuerdas, tirantes, etc.), todo ello

mediante la utilización de maquinaria apropiada a tal fin, que permita el acceso, en las adecuadas

condiciones de seguridad, de los trabajadores a los puntos de soporte o sujeción.

Cuando los carteles y pancartas se encuentren adheridos, en su totalidad, a un soporte o

paramento, el trabajo se realizará mediante la utilización de maquinaria a tal fin, de forma básica

proyectando agua a presión, fría o caliente, que produzca un efecto de reblandecimiento, tanto del

cartel o pancarta como del elemento adhesivo, y su posterior separación del citado paramento.

Cuando el soporte lo permita o la fuerza de la adherencia del cartel al paramento lo requiera, la

separación entre estos dos últimos se realizará con rasquetas o espátulas, de forma manual, evitando,

en todo caso, el uso de cepillos de alambre u otros elementos abrasivos o dañinos para el paramento.

Los licitadores configurarán el equipo que les parezca más idóneo, que deberá estar dotado

de los dispositivos más eficaces y flexibles disponibles en el mercado para realizar estos trabajos,

incluyendo en la oferta el plan de actuación.

ARTICULO 31. – LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS CUANDO EXISTA RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA

En el caso de acumulación de basuras, residuos, plagas, etc. en viviendas u otros inmuebles,

públicos o privados, cuando estos presenten un riesgo para la salud pública, el Ayuntamiento podrá

ordenar al Adjudicatario, de manera urgente, la limpieza, retirada de basuras y enseres, y

desratización, desinfección y desinsectación, de dichos lugares.

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La empresa estará obligada a la realización de este servicio que se le comunicará con al

menos 24 horas de antelación. Estas actuaciones se realizarán con la mayor diligencia y celeridad,

con el objeto de que los afectados sufran esta situación el menor tiempo posible, para lo que el

Adjudicatario dotará al equipo de trabajo con los medios personales y materiales necesarios. Al final

de la actuación se presentará informe de los trabajos ejecutados.

ARTÍCULO 32. – SISTEMA DE GESTION Y AUDITORIA MEDIOAMBIENTALES

Se valorará que el Adjudicatario posea el certificado en la UNE-EN ISO 9000, del sistema de

gestión de la calidad implantado, y UNE-EN ISO 14001, respecto a la gestión medioambiental,

relativos a los servicios objeto del contrato. En la oferta, se indicarán las posibles propuestas de los

medios utilizados, tanto en su ejecución, como en su retirada y depósito de las medidas correctoras

propuestas para la protección del medio ambiente, tanto a nivel de tratamiento de residuos, como a la

emisión de ruidos, que puedan atentar al decreto que sobre protección de ruidos pudiera afectarle

ARTÍCULO 33. – PREVENCIÓN DE RIESGOS Y SEGURIDAD LABORAL

El Adjudicatario será responsable, durante toda la vigencia del contrato, de cumplir con la

normativa existente en cada momento en materia de prevención de riesgos laborales. En particular,

documentará ante los Servicios Técnicos Municipales el sistema de gestión de la prevención de

riesgos laborales adoptado (constitución de servicio de prevención propio, contrato con servicio de

prevención ajeno, designación de trabajadores).

La empresa adjudicataria contará con un Responsable de Prevención de Riesgos Laborales

adscrito al servicio, con la titulación y formación suficiente. Para la coordinación con el

Ayuntamiento, se reunirá y cumplirá con todo lo que establezca el departamento municipal de

Prevención, debiendo atender las citaciones de dicho departamento dentro de un plazo de 24 horas

desde el aviso.

Las medidas formativas adoptadas por el Adjudicatario deberán ser acreditadas

documentalmente ante el Ayuntamiento.

ARTÍCULO 34. – MEDIOS PERSONALES

La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la

Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo

acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Ayuntamiento, siendo causa de resolución del

contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.

El Adjudicatario deberá aportar al inicio de la prestación del servicio y trimestralmente, junto

a las certificaciones de los meses de enero, abril, julio y octubre, una declaración jurada en la que se

informe que todos los trabajadores adscritos al contrato suscrito con el Ayuntamiento están dados de

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alta en la Seguridad Social, así como que todos ellos cuentan con los medios y formación precisos en

materia de Seguridad y Salud.

El personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá considerarse con relación

laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento, debiendo la empresa tener

debidamente informado a su personal de dicho extremo. Si durante la vigencia del contrato se

acordase entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores la modificación de sus condiciones

económicas o sociales, ello no repercutirá en el aspecto económico, ni en la calidad de los servicios

contratados por el Ayuntamiento.

En el caso de que se produzca un conflicto laboral entre la empresa adjudicataria y sus

trabajadores que origine la interrupción del servicio, el Ayuntamiento podrá detraer el importe de los

trabajos no realizados, calculado por aplicación al precio fijo mensual del porcentaje correspondiente

a los días de interrupción del servicio. En caso de huelga del personal, el adjudicatario comunicará

los servicios mínimos que considere necesarios para cubrir los servicios. En cualquier caso, será

responsabilidad del Adjudicatario asumir todos los costes que origine la reposición del servicio al

nivel adecuado en las zonas afectadas.

ARTÍCULO 35. – PERSONAL MÍNIMO

El Adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la

buena ejecución de los trabajos incluidos en el contrato; no obstante, vendrá obligado a mantener un

personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta, y que

contemplará la plantilla equivalente y la estimación de personal de sustitución necesario, de modo

que siempre queden cubiertos todos los puestos ofertados cubriendo bajas, vacaciones, permisos,

horas sindicales, etc.

Tan solo en aquellas tareas que supongan incremento de las frecuencias mínimas establecidas

o sean servicios ofertados adicionales a los exigidos, se permitirá una implantación progresiva, en

función de la incorporación de los medios materiales. En este caso la implantación total de los

servicios deberá completarse dentro del primer año desde la firma del Contrato.

ARTÍCULO 36. – COMUNICACIÓN CON EL CIUDADANO

La empresa pondrá a disposición del contrato, en estrecha coordinación con los servicios

municipales, una persona cualificada para atender, telefónica y personalmente, las incidencias

derivadas del servicio y realizar el seguimiento de las mismas mediante sistemas informáticos.

ARTÍCULO 37. – CAMBIOS EN EL PERSONAL

Se notificará al Ayuntamiento los nombres, categorías y demás circunstancias personales, de

los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el

presente pliego, así como las variaciones que se produzcan en el mismo, incluidas las suplencias por

vacaciones, bajas, horas sindicales, etc.

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El Ayuntamiento será informado de las nuevas contrataciones de personal que vayan a

adscribirse al contrato. Igualmente, deberá ser consultado si se planteara disminución o redistribución

de personal por razón de mejora tecnológica o disminución y/o cambio del servicio. Dicho

planteamiento deberá ser propuesto y aceptado por los Servicios Técnicos Municipales.

El Ayuntamiento podrá proponer el cambio de aquellos trabajadores que sean considerados

como no idóneos para el trabajo objeto del presente contrato, o que se imponga la sanción oportuna

cuando diesen motivo para ello.

ARTÍCULO 38. – UNIFORMIDAD E IDENTIFICACIÓN

Todo el personal irá provisto de uniformes e identificación personalizada, debiendo quedar

definido claramente en la oferta el equipo personal y uniforme con que propone dotar a todos ellos en

cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad y color de los tejidos, la periodicidad y fecha

de entrega. En este sentido, se especificarán uniformes de verano, invierno y lluvia para operarios,

encargados, conductores, etc., así como todo el equipo de seguridad personal y especial para las

operaciones o labores que así lo exija; todo ello de acuerdo con la legislación vigente en materia de

Seguridad y Salud. No obstante, el modelo de uniforme deberá ser aprobado por el Ayuntamiento,

pudiendo establecer las modificaciones que estime convenientes.

En los uniformes, y en lugar visible, se insertará el escudo del Ayuntamiento y el tipo del

servicio que presta. El logotipo del concesionario será inferior al tamaño del texto o escudo del

Ayuntamiento. Bajo ningún concepto estará permitido el uso de los uniformes como soporte

publicitario, inclusive de la empresa adjudicataria.

El personal deberá mantener los uniformes en buen estado, siendo responsable el contratista

de la falta de aseo o de decoro en el vestir o, de carecer de uniforme, así como de las faltas por trato

desconsiderado hacia la ciudadanía.

ARTÍCULO 39. – MEDIOS MATERIALES

El Adjudicatario deberá contar en todo momento con los medios necesarios, en cantidad y

características adecuadas, para desempeñar la totalidad de funciones del contrato de forma óptima.

Tan solo en aquellas tareas que supongan incremento de las frecuencias mínimas establecidas

o sean servicios ofertados adicionales a los exigidos, se permitirá una implantación progresiva de los

medios, que deberán estar totalmente incorporados a la finalización del primer año de contrato, desde

la firma de éste. En este caso se deberán especificar claramente en la oferta el mes de inicio de cada

uno de los trabajos.

ARTÍCULO 40. CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO.

El Ayuntamiento deberá estar informado en cualquier momento de las vicisitudes que en el

normal desarrollo del servicio pudiera acontecer.

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El personal adscrito al servicio, cumplirá los horarios y servicios encomendados, debiendo entregar al

Ayuntamiento, semanalmente los partes de trabajo de los intervinientes, definiendo los trabajos

efectuados así como las posibles eventualidades. También deberán señalar el nº de personas

asignadas y las tareas realizadas.

Las tareas de limpieza de calles y vías públicas se realizarán en todo momento con celeridad

y cuidando el buen aspecto y conservación de los espacios públicos, así como el respeto al ciudadano.

Los medios materiales y humanos podrán ser variados en función del estado de las calles, el horario

en el que se realicen o cualquier circunstancia que genere la adopción de cambio o sustitución de los

medios empleados para su ejecución.

Ugao-Miraballes, septiembre de dos mil quince.

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ANEXO I

VIALES

Zona Arana y Lupardo y San Román, Barrio Iturrigorrialde, C/San Bartolomé, Sector El Jaro,

Sector Goikiri y camino de acceso, Avda. Sabino Arana, C/Udiárraga, C/Torre de Ugao, C/Barrena,

C/Landako, C/Konsejubaso, C/Larretamendi, C/ Artanda, C/Bide Zahar, C/Bide Zaharraren Etxartea

y las plazas y parques de la Ermita, Plaza Landako, Herriaren Enparantza, Colegio Leitoki,

Cementerio y sus parkings, Glorieta de Epalza, Paseo Bidegorri, Zona Industrial de Usila,

Lehendakari Aguirre, Paseo Río Nervión (San Bartolomé), Parque Deportivo El Jaro, Camino de

Leitoki, Plaza José María Makua y parking público anexo; en general todos los espacios y viales

públicos objeto de ser limpiados en la actualidad o que pudieran generarse con nuevas

urbanizaciones.

La limpieza de los caminos de acceso a los barrios 4 veces por año, como son: Udiárraga,

Astibi, Goikiri, Elosu, Markio, Iturrigorrialde, Urkemendi, Leitoki, Ondategui-Lupardo y Beretxa.

Los jardines públicos tienen una superficie de 37.350 m2 e incluye Leitoki y Goikiri. La

limpieza de los Taludes de Renfe supone una superficie de 10.000 m2 y los taludes del Rio Nervión

12.000 m2.