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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL CONTRATO PARA EL “ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA (NC0017/2016) Decembro 2016

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL

CONTRATO PARA EL “ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS

DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS

INSTALACIONES DE AREOSA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO

SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA

(NC0017/2016)

Decembro 2016

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ÍNDICE

CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS ................................................ 4 

1.  OBJETO .................................................................................................... 22 

2.  NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO ................................................... 22 

3.  PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ................................. 24 

4.  DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL ................ 24 

5.  ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE .............................................................................................. 24 

6.  CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE: ....................... 25 

7.  CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS ................................. 25 

8.  GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA ............................................ 26 

9.  CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ................................................ 27 

10.  PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS ....................................................... 36 

11.  PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ........................................................................................... 36 

12.  MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN ................................................................. 38 

13.  CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN ............................................... 42 

14.  CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN ............................... 42 

15.  PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ........ 46 

16.  PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ........................................ 47 

17.  GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES .................. 49 

18.  OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO ............................................. 49 

19.  FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO............................................. 53 

20.  REVISIÓN DE PRECIOS ....................................................................... 53 

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21.  DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN .............................. 53 

22.  CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN ......................................................... 54 

23.  EXTINCIÓN DE CONTRATO ................................................................. 55 

24.  GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES ................................... 56 

25.  PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD. .................................................................................... 59 

26.  RESPONSABLE DEL CONTRATO ....................................................... 60 

27.  PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. ..................................... 61 

ANEXO I........................................................................................................... 63 

ANEXO II.......................................................................................................... 66 

ANEXO III ......................................................................................................... 69 

ANEXO IV ........................................................................................................ 72 

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CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: 0017/2016

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.

1. OBJETO DEL CONTRATO:

El objeto del contrato es la prestación del servicio de alquiler y mantenimiento de

dos depuradoras de ósmosis inversa nuevas para la depuración de lixiviados en

el Vertedero de Residuos No Peligrosos de Areosa.

2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO REGULACIÓN ARMONIZADA

DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADA

Forma de Adjudicación: MULTICRITERIO

Tipo de contrato: MIXTO SUMINISTO Y SERVICIO,

Publicidad: DOUE, BOE, DOG, prensa escrita y plataforma contratación Xunta de

Galicia

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3. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN

Coste fijo de alquiler máximo para cada una de las depuradoras de 200m3/día de

capacidad de depuración: 272.400 €/año.

Coste variable máximo para cada una de las máquinas: 5,60 €/m3 de permeado vertido a

cauce público, en el que se incluirá el servicio de mantenimiento y suministro de

repuestos.

Los precios máximos reflejados no incluyen el correspondiente IVA.

1.- El presupuesto máximo de licitación para el primer año de contrato es de

1.092.592,00 € sin IVA.

2.- El presupuesto máximo de licitación para los tres años de contrato es de

3.277.776,00 € sin IVA.

3.- El valor estimado del contrato con arreglo al TRLCSP para el periodo de duración

del contrato es de 4.370.368,00 € sin IVA.

4.- El valor estimado máximo del contrato teniendo en cuenta la prórroga excepcional

será de 5.462.960,00 € sin IVA

Las ofertas que superen el precio máximo de licitación (precios unitarios fijo y por

metro cúbico) establecido en el presente pliego, serán rechazadas del proceso de

contratación, de conformidad con el artículo 84 del RGCAP.

4. REVISIÓN DE PRECIOS

Los precios unitarios de adjudicación no sufrirán alteración alguna durante la vigencia del

contrato.

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5. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las proposiciones se presentarán en el siguiente domicilio:

SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA) MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Telf.: 981698500 Fax: 981686064

Plazo de presentación de Ofertas: El plazo de presentación de las ofertas finaliza a las

13:00 horas del día 6 de febrero de 2017.

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6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

6.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN

JUICIO DE VALOR:

VALORACIÓN TÉCNICA (de 0 a 12 puntos): se valorará la propuesta técnica de

acuerdo con los criterios siguientes y con lo solicitado en los apartados Objeto Alcance, y

Propuesta Técnica del Pliego de Condiciones Técnicas:

Programa de mantenimiento y asistencia técnica (12 PUNTOS)

1. Mejor proyecto de mantenimiento. Se valorará positivamente la mejor

descripción de las labores y procedimientos del proyecto de mantenimiento, tanto

preventivo como correctivo, planificación, etc. Hasta 5 puntos.

2. Medios humanos dedicados a este contrato, siendo el mínimo y el máximo

establecido como compromiso de adscripción de medios humanos:

1 Jefe de Planta (hasta un máximo de 2).

1 técnico electro-mecánico o similar para la ejecución del mantenimiento de la

planta (hasta un máximo de 3).

Se valorará desde un punto de vista cuantitativo (el número de personas

adscritas) y cualitativo (según cualificación profesional atendiendo a criterios de

eficiencia). Hasta 4 puntos.

3. Mejor relación de repuestos críticos puestos a disposición de las máquinas y

existencias en stock. Se valorará la relación de repuestos críticos que, a juicio del

ofertante, sean necesarios mantener en almacén para conseguir una mayor

disponibilidad de las máquinas. Hasta 2 puntos.

4. Medios materiales dedicados a este contrato, siendo el mínimo:

Un vehículo

Una grúa móvil manual

Una bomba

Herramientas y equipos varios para el mantenimiento eléctrico y

mecánico de las instalaciones.

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Se relacionará el número de medios materiales puestos a disposición del contrato

de forma optimizada, describiéndose los cometidos de cada uno de los equipos,

justificando su uso y las tareas encomendadas a cada uno de ellos. Se valorará la

solución más óptima del número de medios materiales propuestos así como los

mejores rendimientos de trabajo propuestos para cada tarea. Hasta 1 punto.

Los ofertantes deberán cubrir la tabla B.1 Cumplimento de garantías y parámetros

de vertido, del apartado 9.2 de este pliego de condiciones particulares. La omisión de

alguno de los valores y la superación de los límites establecidos en la tabla, supondrá la

exclusión de la oferta.

Se incluirá también una relación de reactivos necesarios y consumos estimados por

unidad de volumen de lixiviado depurado.

No se abrirán los sobres C (oferta económica) de aquellos ofertantes que no

alcancen el 30% de la puntuación de la evaluación técnica (apartado 6.1),

quedando por tanto excluidos del proceso de contratación.

6.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR

APLICACIÓN DE FÓRMULAS (de 0 a 88 puntos)

MEJORES CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE CADA UNA DE LAS

DEPURADORAS (20 PUNTOS)

1. Mayor Rendimiento de Depuración de las máquinas ofertadas. Se valorará el

mayor rendimiento de cada depuradora debidamente detallado en la siguiente

tabla. Hasta 8 puntos.

Rendimiento de Depuración de cada

depuradora (%)

A la oferta que garantice el mayor rendimiento de depuración se le asignará la

máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego (67%) tendrá

asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación

que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.

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2. Mayor capacidad de depuración de las máquinas ofertadas. Se valorará el

mayor capacidad de depuración de cada depuradora debidamente detallado en

la siguiente tabla. Hasta 6 puntos.

Capacidad de depuración de cada

depuradora (m3 lixiviado/día)

A la oferta que garantice la mayor capacidad de depuración se le asignará la

máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego (200 m3

lixiviado/día por depuradora) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de

las ofertas recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre

ambos valores.

3. Mayor disponibilidad Garantizada de las máquinas ofertadas. Hasta 6 puntos.

Se valorará la mayor disponibilidad de las máquinas debidamente justificada

empleando la siguiente tabla.

Disponibilidad Mensual Garantizada de cada

depuradora (%)

Disponibilidad Anual Garantizada de cada

depuradora (%)

3.1. Mayor Disponibilidad Mensual Garantizada de las máquinas ofertadas.

Hasta 3 puntos.

A la oferta que garantice la mayor disponibilidad mensual garantizada se le

asignará la máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego

(93%) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas

recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre ambos

valores.

3.2. Mayor Disponibilidad Anual Garantizada de las máquinas ofertadas.

Hasta 3 puntos.

A la oferta que garantice la mayor disponibilidad anual garantizada se le

asignará la máxima puntuación. El valor mínimo establecido en este Pliego

(96%) tendrá asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas

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recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre ambos

valores.

MENORES PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (8 PUNTOS)

1. Menor Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero

de Areosa. Hasta 2 puntos. Se valorará el menor Plazo de Entrega de las

Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.

A la oferta que garantice el menor plazo de Entrega se le asignará la máxima

puntuación. El valor máximo establecido en este Pliego (18 semanas) tendrá

asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación

que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.

2. Menor Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.

Hasta 2 puntos. Se valorará el menor Plazo de Montaje de la nueva Instalación

de Depuración en el Vertedero de Areosa.

A la oferta que garantice el menor plazo de Montaje se le asignará la máxima

puntuación. El valor máximo establecido en este Pliego (4 semanas) tendrá

asignado un valor de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación

que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.

3. Menor Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva

Instalación de Depuración. Hasta 1 punto. Se valorará el menor Plazo para la

Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración en el

Vertedero de Areosa.

A la oferta que garantice el menor plazo para la Puesta en Marcha y Recepción

de la Instalación objeto de concurso se le asignará la máxima puntuación. El

valor máximo establecido en este Pliego (3 semanas) tendrá asignado un valor

de 0 puntos, y el resto de las ofertas recibirán la puntuación que les corresponda

de forma lineal entre ambos valores.

4. Menores tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y

emergencias.

Se valorarán los menores tiempos de respuesta en caso de averías puntuales

recibiendo la mayor puntuación aquella que menor tiempo de respuesta oferte.

Se establece un tiempo máximo de respuesta en caso de averías de 24 horas.

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Hasta 1.5 puntos.

Se valorarán los menores tiempos de respuesta en caso de emergencias

recibiendo la mayor puntuación aquella que menor tiempo de respuesta oferte.

Se establece un tiempo máximo de respuesta en caso emergencias de 6

horas. Hasta 1.5 puntos.

VALORACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA (60 PUNTOS)

Para la evaluación de la propuesta económica se utilizará la siguiente fórmula, en la

cual se contemplan los dos términos que posteriormente serán tenidos en cuenta para

la facturación. Estos términos son la partida fija y la partida variable, que forman parte

del alcance del presente Pliego:

VARIABLEPERMEADOFIJORES PVPI *

Siendo:

IRES = Importe resultante para la Evaluación de la Oferta Económica del

presente Pliego en € sin IVA, que se corresponderá con la Baja de cada oferta

(ver Valoración Económica).

PFIJO = Precio ofertado en €/año sin IVA para el alquiler de dos depuradoras de

ósmosis inversa para la depuración de lixiviados en las instalaciones de

Areosa. Corresponde a la partida fija.

VPERMEADO = Estimación anual de volumen de permeado vertido a cauce

público en m3, sin contar con la disponibilidad, y únicamente a efectos de

evaluación de la oferta. Esta estimación queda establecida en 97.820 m3/año.

PVARIABLE = Precio ofertado en €/m3 sin IVA a aplicar al volumen de permeado

vertido a cauce público para la obtención de la partida variable.

En función de la proposición económica (Artículo 9.3 de este Pliego) las ofertas se

puntuarán de 1 a 44 puntos de acuerdo con la formula elaborada en el apartado

siguiente.

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Con el valor obtenido se calculara el valor ponderado desde los 44 puntos iniciales al

valor máximo final de 60 puntos empleando la siguiente fórmula:

6044

Ei

PPunt

Siendo:

Punti = Puntuación oferta económica: De 1 a 60 puntos.

PE = Puntuación obtenida a partir de la fórmula de valoración económica: De 1 a 44

puntos.

VALORACIÓN ECONÓMICA DE 1 A 44 PUNTOS

En función de la proposición económica las ofertas se puntuarán de 1 a 44 puntos

según la fórmula que figura a continuación:

e

eiE

B

BBP

*2.0

)*8,0(*341

para 0,80*Be- < Bi ≤ Be

e

eiE

B

BBP

*25.0

)*55,0(*635

para 0,55*Be < Bi ≤ 0,80*Be

)*55,0(*341

e

iE

B

BP para 0 < Bi ≤ 0.55*Be

Siendo:

PE = Puntuación económica: De 1 a 44 puntos

Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada

como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de

licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA

excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de

licitación (IVA excluido).

Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas

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n

BiB

n

im

1

n

BBn

imi

1

2

Además se tendrá en cuenta que las ofertas que se declaren anormales o

desproporcionadas quedarán excluidas de clasificación de acuerdo con el artículo

152.4 del TRLCSP.

A los efectos de consideración de presunción de ofertas con valores anormales o

desproporcionados se considera que están incursas en esa situación (baja temeraria)

las proposiciones con una Bi que exceda en 0,5 *´al valor de la “baja de referencia”

Br

Presunción de temeridad: Bi > Br + 0,5 * ´

Siendo:

Br = mínimo [Bm , B´m]

Bm=Baja media calculada

Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada

como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de

licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA

excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de

licitación (IVA excluido), de todas las proposiciones admitidas, incluyan o no

valores anormales o desproporcionados.

n = Número de ofertas admitidas tras el análisis de la documentación

presentada en los sobres A y B, incluyan o no valores anormales o

desproporcionados

= desviación típica calculada

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B´m = media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición

siguiente

( Bm – σ ) ≤ Bi ≤ ( Bm + σ )

´= desviación típica de las bajas de las ofertas que cumplen la condición

anterior

A los efectos de establecer esta media se tendrá en cuenta que cuando las empresas

que formen parte de un mismo grupo, según los supuestos de artículo 42.1 del

Código de Comercio, presenten distintas proposiciones, se tomarán únicamente la

oferta más baja de todas las del grupo.

OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:

Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada

o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la

valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se

refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las

soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que

disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas,

con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las

condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o

la posible obtención de alguna ayuda de Estado.

Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y

el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse

como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será

excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las

proposiciones presentadas.

Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades

pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de

establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las

que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma,

presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para

aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja,

produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido

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para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las

restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.

CRITERIOS DE DESEMPATE:

Si se presentan dos o más ofertas iguales que resulten ser las más ventajosas, al

amparo de la disposición adicional cuarta, párrafo primero del TRLCSP, prevalecerán

aquellas que cumplan los requisitos de preferencia que se señalan a continuación:

En primer lugar:

La empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla

con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento.

Si varias empresas licitadoras de las que hayan empatado en cuanto a la

oferta más ventajosas acreditaran tener relación laboral con personas con

discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en

la adjudicación del contrato del licitador que disponga del mayor porcentaje de

trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

La empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de

personas en situación de exclusión social.

En el caso de existir empate, la relación laboral con personas con discapacidad se

acreditará mediante la aportación por parte de las empresas, en el momento de la

licitación, de la siguiente documentación:

1.- Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondiente a todo el

personal de la empresa.

2.- Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o

certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.

3.- Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.

El porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados deberá mantenerse

durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato

adjudicado, o si es el caso, durante el plazo de garantía, si la ejecución no se

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realizara en tracto sucesivo. El incumplimiento de tal condición será causa de

resolución del contrato adjudicado debiendo constar en el mismo como tal causa de

resolución.

En segundo lugar:

Conforme a lo establecido en el artículo 28.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero,

por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del

principio de igualdad en las políticas de empleo (DOG núm. 35, de 19 de febrero de

2009), la obtención de la Marca Galega de Excelencia en Igualdade da derecho a una

preferencia en la adjudicación de los contratos de la comunidad autónoma.

Si la empresa hiciese uso de esta preferencia, estará obligada a mantener los

parámetros de igualdad durante el plazo fijado en la adjudicación que, si el contrato

resultase de ejecución sucesiva, será igual a su duración temporal.

De ser el caso, las empresas deben acreditar estar en posesión de la Marca Galega

de Excelencia en Igualdade, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de dicho

Decreto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.4 de la Ley 2/2007 de 28 de marzo,

del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, las empresas que implantasen un

plan de igualdad tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos de la

Comunidad Autónoma de Galicia siempre y cuando las ofertas presentadas igualen

en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos

que sirvan de base para la adjudicación

Las empresas deben acreditar la implantación del plan de igualdad. En virtud de lo

establecido en el artículo 11.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero, por el que se

regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de

igualdad en las políticas de empleo, la acreditación de la implantación del plan de

igualdad en las empresas, se realizará mediante certificación expedida por la persona

titular de la Secretaría Xeral del departamento de la Administración Autonómica

competente en materia de trabajo, luego de solicitud de la empresa interesada.

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ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA

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En tercer lugar:

La empresa que tenga una mayor valoración técnica.

En el caso de existir igualdad en la puntuación total alcanzada y en la aplicación de la

preferencia señalada anteriormente, tendrá prioridad la oferta de la empresa que

reúna más de una de las características indicadas.

Resultará adjudicataria aquella empresa licitadora que obtenga la mayor puntuación de

la total posible según la aplicación del baremo anterior.

7. GASTOS DE PUBLICIDAD

Importe máximo a pagar por el adjudicatario: 1.200€ sin IVA.

8. MESA DE CONTRATACIÓN

La mesa de contratación estará compuesta por:

a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.

b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.

c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se

considera conveniente por esta última.

d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e

Infraestructuras da Xunta de Galicia.

e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de SOGAMA,

S.A.

f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.

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9. GARANTÍA PROVISIONAL: 131.111 €

10. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación excluido el IVA.

11. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:

Para cualquier consulta relacionada con este Pliego de Condiciones, el ofertante

podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección del apartado 5 a). Las consultas que se

presenten dentro de los 10 días hábiles anteriores a la finalización del plazo de

entrega de ofertas, serán contestadas sólo en el caso de que sea posible

12. PLAZO DE EJECUCIÓN

La duración del contrato será de 3 años desde la fecha de firma del mismo,

pudiéndose prorrogar por un año más de forma expresa a requerimiento de

SOGAMA.

Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la

interrupción en la obligada gestión de los lixiviados de las instalaciones a fin de que

el vertido al cauce público cumpla con los parámetros establecidos en la

Autorización Ambiental Integrada de las instalaciones, en caso de finalización por

cumplimiento del plazo de duración o resolución del contrato, el adjudicatario

continuará prestando el servicio hasta que esté concluso el nuevo expediente de

contratación e instaladas y operativas las depuradoras que sustituyan a las que son

objeto de este contrato. La duración de este período de prórroga excepcional no

podrá ser superior a un año.

Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.

Este plazo comprende el periodo desde la fecha de firma del contrato hasta que se

encuentren en el Vertedero de Areosa las nuevas Unidades de Depuración así

como todos los equipos y componentes que la comprenden (Módulos de

Depuración, Depósitos, Torres de Desgasificación, etc.). Se establece un Plazo

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Máximo de Entrega de 18 semanas que empezarán a contar a partir de la fecha de

firma del contrato.

Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todos los suministros,

trabajos, obras e instalaciones objeto del presente pliego, pero bajo ningún

concepto, podrán interferir con las actividades de operación, mantenimiento y

limpieza que se llevan a cabo en el Vertedero de Areosa, en especial con las

instalaciones de depuración existentes.

Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente (A

realizar por un tercero). En el momento en el que se encuentren en el Vertedero

de Areosa todas las nuevas Unidades de Depuración así como todos los equipos y

componentes que la comprenden, SOGAMA dará las instrucciones a un tercero

para que proceda a la Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de

Depuración Existente, instalada en la ubicación en la que se dispondrán las

nuevas instalaciones de depuración objeto del contrato. Se llevará a cabo la

referenciada Retirada y Desmantelamiento en un plazo máximo de 2 semanas.

Este plazo deberá ser debidamente considerado por los ofertantes en los plazos de

ejecución ofertados.

Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todas las obras y trabajos de

instalación y montaje necesarios, pero bajo ningún concepto, podrán interferir con

los trabajos de Retirada y Desmantelamiento de las instalaciones existentes, ni con

las actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el

Vertedero de Areosa.

Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración. Este plazo

contempla todos los trabajos necesarios para el montaje/ensamblaje de todos los

equipos e instalaciones de la nueva instalación de depuración objeto del contrato en

el lugar habilitado a tal efecto, y comprende el período de tiempo entre el fin de la

Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente y el inicio

de las Pruebas de Puesta en Marcha. Se establece un Plazo para el Montaje de la

nueva Instalación de Depuración de 4 semanas.

Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de

Depuración. Se establece un plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la

Instalación, de acuerdo a las exigencias establecidas en el presente documento, de

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3 semanas contadas a partir de la fecha de inicio de las pruebas de puesta en

marcha, la cual coincide con la fecha de finalización del Montaje de la nueva

Instalación de Depuración.

13. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA

Deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica tal y como se

recoge en los párrafos siguientes:

a) Solvencia económica y financiera:

Forma de presentación: La documentación acreditativa se presentará firmada

en todas sus hojas.

Medio: Declaración relativa del volumen de negocios, en el ámbito de

actividades correspondiente al objeto del contrato, de la empresa en el curso

de los tres últimos ejercicios.

Criterio: Bastará con que en el año de mayor volumen de negocio de los tres

últimos ejercicios, se supere el volumen anual de negocios en el ámbito al que

se refiere el presente contrato, por importe mínimo de 1.639.000 € (IVA

excluido).

b) Solvencia técnica o profesional :

Forma de presentación: La documentación acreditativa se presentará firmada

en todas sus hojas.

Medio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los

últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o

privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán

mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el

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destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un

sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este

certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos

certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la

autoridad competente.

Criterio: El importe mínimo de los servicios certificados para el año de mayor

ejecución no podrá ser inferior a 765.000 € (IVA Excluido).

Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión

empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado

miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado

miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos

deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica,

financiera y técnica o profesional.

14.- RESPONSABLE DEL CONTRATO

El responsable del contrato será el Jefe del Área Técnica y en su defecto el Director

General de SOGAMA.

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NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A

TRAVÉS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.

1. OBJETO

El objeto de este Pliego de Condiciones Particulares es establecer el alcance,

las normas y controles a realizar para llevar a cabo por parte del adjudicatario el

alquiler de dos depuradoras de ósmosis inversa nuevas para la depuración de

los lixiviados del Vertedero de Areosa.

2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO

El contrato que se suscriba al amparo del presente Pliego tendrá naturaleza

privada, y se regirá:

a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por lo establecido en el presente

Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación:

1. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público

(TRLCSP)

2. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas, en todo aquello que no resulte contrario al TRLCSP.

3. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el

Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de

octubre.

b) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de Derecho Privado.

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para

resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de

los contratos sujetos a regulación armonizada. Por su parte, el orden

jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones que se

susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos

privados.

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Los licitadores renuncian expresamente al foro jurisdiccional que, en su caso,

pudiera corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los

juzgados o tribunales de la ciudad de A Coruña.

Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la

interposición del contencioso-administrativo, los actos que a continuación se

relacionan.

Este recurso tiene carácter potestativo y, en su caso, se interpondrá ante el

Tribunal Central de Recursos Contractuales (TACRC) dirección Avda. Gral.

Perón, 38; 28020-Madrid (http://tribunalcontratos.gob.es), en el plazo y forma

señalados en el artículo 44 de la TRLCSP.

Podrá interponer el recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos o

intereses se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las

decisiones objeto de recurso.

Actos recurribles:

Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos

contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la

contratación.

Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de

adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente

sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el

procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a

derechos o intereses legítimos. Se consideran actos de trámite que

determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos

de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de

licitadores.

Los actos de adjudicación adoptados por los poderes

adjudicadores.

No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios

contra los actos antes enumerados, salvo, en caso de existir, la

excepción prevista en el artículo 41.3 del TRLCSP respecto de las

Comunidades Autónomas.

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Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso

contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De conformidad con el artículo 43 del TRLCSP, las personas físicas y jurídicas

legitimadas podrán solicitar ante el TACRC la adopción de medidas provisionales.

3. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones

Particulares será adjudicado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación

armonizada y documentalmente simplificado, de tal manera que la adjudicación

del mismo recaerá en la oferta económicamente más ventajosa de conformidad

con los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego de Condiciones

Particulares.

4. DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL

Tendrán valor contractual los siguientes documentos con el siguiente orden de

prelación:

- Documento de formalización del contrato.

- Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas.

- Oferta del licitador adjudicatario, aceptada por SOGAMA, S.A.

5. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE

El órgano de contratación de SOGAMA para este expediente será el Consejo de

Administración de la Sociedad.

El acceso al perfil del contratante de SOGAMA se realizará de la siguiente forma:

Acceso página web www.SOGAMA.es, o en la Plataforma de Contratación de la

Xunta de Galicia página web www.contratosdegalicia.es.

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6. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:

Para cualquier consulta relacionada con los Pliegos de Prescripciones Técnicas y

Administrativas, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax, correo electrónico o

dirección postal que a continuación se señala:

SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA)

MORZOS, 10 (ENCROBAS) CERCEDA (A Coruña) Telf.: 981698500 Fax: 981686064 Email: [email protected]

Los interesados en presentar oferta, podrán realizar una visita a las instalaciones de

SOGAMA con el fin de realizar una mejor valoración del alcance de la oferta.

SOGAMA acordará con todos los interesados dos únicas fechas y hora para la

realización de la misma, las cuales serán publicadas en el Perfil del Contratante de la

Plataforma de contratación. El ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección de

correo electrónico que figura en este Pliego indicando el procedimiento al que se

refiere y el NC del mismo para solicitar la misma.

7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS

1. Estarán facultadas para contratar con SOGAMA, S.A. las personas físicas y

jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no

se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el art. 60

del TRLCSP.

2. Así mismo, será requisito para contratar con SOGAMA, S.A., que las

personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada

directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con

elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del

contrato.

La solvencia económica, financiera y técnica se acreditará según los

criterios establecidos en el cuadro resumen de características de este

Pliego de Condiciones.

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En el caso de uniones de empresarios y para los casos en que sea exigible

clasificación, será requisito básico que todas las empresas que concurran a

la licitación del contrato hayan obtenido previamente clasificación como

empresas de servicios.

3. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan

temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las

mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a

su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus

nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada

uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en

unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.

Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante

SOGAMA, S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la

agrupación con poderes bastantes ante dicha Sociedad para ejercitar los

derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la

extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados

que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración

de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del

contrato hasta su extinción.

4. Si durante la tramitación del presente expediente de contratación y antes de

la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una

empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su

patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la

sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión

o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de

capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y

clasificación en las condiciones exigidas en los Pliegos de Condiciones

Particulares y Prescripciones Técnicas , para poder participar en el

procedimiento de adjudicación, de conformidad con el art. 149 del TRLCSP.

8. GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA

1. Se presentará un aval provisional por importe de 131.111 €, para asegurar el

mantenimiento de la oferta hasta la adjudicación definitiva del contrato,

debido al elevado valor estimado del contrato y por los riesgos

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medioambientales que pudieran originarse en el Vertedero de Areosa por no

instalar las nuevas unidades de depuración.

2. El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en

cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 96 del TRLCSP en

el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que

hubiera recibido requerimiento a tal efecto del órgano de contratación, la

constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del importe de

adjudicación excluido el IVA, el cual se calculará tomando como base los

precios medios considerados en este Pliego, el % sobre el mismo ofertado y

la duración del contrato, debiendo acreditarse su constitución mediante la

entrega del correspondiente justificante ante el órgano de contratación. De

no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se

entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo

dispuesto en el artículo 151.2, párrafo tercero, del TRLCSP.

3. Se acompaña al Pliego un modelo de aval bancario como Anexo I y modelo

de certificado de seguro de caución como Anexo II.

9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

La documentación para la presente licitación se presentará en sobres cerrados,

de forma que se garantice la confidencialidad de la oferta, identificado en su

exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el

licitador, o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o

razón social de la empresa.

Las proposiciones se ajustarán a los modelos que se incorporan al presente

Pliego y se efectuarán en tres sobres, debidamente cerrados y sellados,

identificados con las letras A, B y C. En el exterior de cada sobre deberán

indicarse los datos de los ofertantes y su representante firmando los

mismos y deberán poner una dirección de correo electrónico y un número

de fax a los efectos de las notificaciones que sea preciso realizar durante el

desarrollo del procedimiento de contratación. Se indicará en el exterior de

cada sobre el número de inscripción del licitador en el Registro de

Contratistas de Galicia, en caso de estar inscrito en dicho registro.

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En cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se

indica, en formato papel y copia electrónica en soporte pendrive o disco duro:

9.1. Sobre A – Documentación Administrativa

En el Sobre A figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los

mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación

vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los

documentos que el licitador incluya en este sobre.

a) Documentación acreditativa de la personalidad empresarial, la

capacidad de obrar de los licitadores y la representación.

Dado que se trata de un procedimiento de contratación documentalmente

simplificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ley

14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público

autonómico, y en el artículo 146.4 del TRLCSP, el licitador deberá

presentar declaración responsable conforme al modelo previsto como

ANEXO IV a este pliego de condiciones.

Igualmente, el licitador deberá presentar junto con el modelo de

declaración responsable (ANEXO IV), el Documento Europeo Único de

Contratación (DEUC) que podrá cumplimentar y descargar de la página

web https://ec.europa.eu/tools/espd?lang=es

En todo caso, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del

TRCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del

procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción

de la propuesta de adjudicación, que los candidatos aporten la

documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones

establecidas para ser adjudicatario del contrato.

En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas

conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas

(UTE), todos los integrantes de dicha UTE deberán cubrir el ANEXO IV de

este pliego, incorporando además un compromiso por los licitadores para

constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso,

los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar

en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la

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participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de

constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar

adjudicatarios, así como la designación de un apoderado único de la UTE

con poder bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones

que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá

de estar firmado por los representantes de las diversas empresas

promotoras.

Para el supuesto de la presentación de Uniones de empresarios (UTE)

será requisito básico para la acumulación de las características de cada

uno de los integrantes en las uniones temporales de empresas que todas

las empresas que concurran a la licitación para la ejecución de estas

prestaciones hayan obtenido previamente clasificación como empresas de

servicios debiendo consignar dicha clasificación en el correspondiente

escrito, salvo cuando se trate de empresas no españolas de Estados

miembros de la Comunidad Europea.

b) Resguardo garantía

En este sobre deberá introducirse el correspondiente justificante de haber

constituido la garantía provisional ante el órgano de contratación exigido en el

apartado correspondiente de este pliego de condiciones.

c) Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Xunta de

Galicia

En el caso de que el licitador se encuentre inscrito en el registro general de

contratistas de la Xunta de Galicia, deberá incorporar al sobre A una copia de

la certificación en la que consten los datos que obran en el registro.

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9.2. Sobre B – Propuesta técnica

Propuesta Técnica

En este sobre se incluirá la Propuesta técnica que recogerá los siguientes puntos, los

cuales servirán para evaluar y puntuar la oferta técnica presentada al procedimiento:

La propuesta técnica incluirá de forma inexcusable las características técnicas las

máquinas ofertadas. Se incluirán, al menos para cada una de ellas, los siguientes

conceptos:

Cumplimento de garantías y parámetros de vertido. Se presentará,

debidamente cumplimentada, la tabla B.1 la cual se presenta a continuación:

Tabla B.1. Calidad del permeado vertido a cauce público obtenido por las depuradoras ofertadas:

PARAMETRO UNIDAD VALOR GARANTIZADO VALOR LÍMITE AAI

pH (límite superior) Ud. 9,5

pH (límite Inferior) Ud. 5,5

Sólidos en suspensión mg/l 80

DQO mg/l 160

DBO 5 mg/l 40

Nitrógeno total mg/l 15

Fósforo total mg/l 10

Cloruros mg/l 2000

Sulfatos mg/l 2000

Sulfuros mg/l 1

Fluoruros mg/l 6

Cianuros mg/l 0,5

Fenoles mg/l 0,5

Aluminio mg/l 1

Arsénico mg/l 0,5

Cobre mg/l 0,2

Cromo III mg/l 2

Cromo VI mg/l 0,2

Mercurio mg/l 0,05

Hierro mg/l 2

Manganeso mg/l 2

Plomo mg/l 0,2

Zinc mg/l 3

Los valores garantizados no podrán superar los valores límites establecidos en la

Autorización Ambiental Integrada (AAI) de SOGAMA para el Vertedero de Areosa

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vigente. La omisión de alguno de los valores o la superación de los límites

establecidos en la tabla, supondrá la exclusión de la oferta.

Se incluirá un Programa de Mantenimiento y asistencia técnica que incluirá al

menos los siguientes conceptos:

o Proyecto de mantenimiento, en el que se detallarán las labores a realizar

sobre cada equipo y componente, y en el que se realizará una planificación

de las tareas y trabajos a realizar de forma periódica.

Se presentará una estimación de recursos tanto humanos como materiales

para los trabajos de mantenimiento correctivo más habituales, indicándose el

tiempo necesario para la ejecución de dichos trabajos.

o Medios humanos puestos a disposición del mantenimiento de las máquinas y

organización de los mismos para llevar a cabo dicho mantenimiento.

En caso de no contar con dedicación exclusiva para este contrato, se indicará

claramente la dedicación ofertada para dada uno de ellos.

Serán comunes a ambas máquinas.

o Tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y emergencias.

o Relación de repuestos críticos puestos a disposición de las máquinas y

existencias en stock.

o Medios materiales: Dotación de herramientas y maquinaria para llevar a cabo

las tareas de mantenimiento debidamente detalladas, indicando la dedicación

de los mismos a este contrato.

Se incluirá también una relación de reactivos necesarios y consumos estimados

por unidad de volumen de lixiviado depurado.

Se rechazarán aquellas ofertas en las que el examen de la documentación

técnica, permita conocer o deducir el importe de la oferta económica.

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PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS (NC 0017/2016)

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Cada uno de los puntos anteriores, se entregarán debidamente identificados de

tal forma que en el acto de apertura del sobre “B” se pueda comprobar por la

Mesa de Contratación la inclusión de todos ellos.

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9.3. Sobre C – Propuesta económica

La Propuesta económica y los plazos se presentarán de acuerdo con el Modelo de

Proposición económica que se adjunta en el Anexo III.

Este sobre incluirá además:

Rendimiento de Depuración.

Se indicará el Rendimiento de Depuración Unitario de las máquinas ofertadas,

para lo cual se cumplimentará debidamente la tabla C.1.

Tabla C.1. Rendimiento de Depuración de cada depuradora

Rendimiento de Depuración de cada

depuradora (%)

Este rendimiento será calculado como la relación existente en % entre el

volumen de permeado vertido a cauce y el volumen de lixiviado de entrada

teórico calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.

En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con un Rendimiento de

Depuración inferior al 67%.

Capacidad de Depuración.

Se indicará la Capacidad de Depuración de cada una de las máquinas ofertadas,

de acuerdo a lo indicado en la tabla C.2.

Tabla C.2. Capacidad de depuración garantizada

de cada una de las depuradoras:

Capacidad de depuración de cada

depuradora (m3 lixiviado/día)

En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con una Capacidad de

Depuración unitaria inferior a 200 m3 lixiviado/día.

Disponibilidad Garantizada

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Se indicará la Disponibilidad Garantizada de las máquinas ofertadas, calculada

como la relación existente entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce

público en un período de tiempo determinado (mes o año) y el permeado que se

debería verter en función de la entrada de lixiviado durante dicho período,

teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.

Se cumplimentará también la tabla C.3 que se muestra a continuación. En ella se

incluirán las disponibilidades garantizadas para las máquinas ofertadas, tanto para

un período mensual como para un período anual.

Se cumplimentarán los valores de volumen de lixiviado nominal sin incluir la

minoración por disponibilidad (A), el rendimiento de la máquina (B) y la

disponibilidad (C).

Tabla C.3. Disponibilidades garantizadas de cada depuradora:

Disponibilidad Mensual Garantizada de cada

depuradora (%)

Disponibilidad Anual Garantizada de cada

depuradora (%)

En ningún caso podrán ser ofertadas máquinas con una Disponibilidad Mensual

Garantizada inferior al 93%.

Tampoco podrán ser ofertadas máquinas con una Disponibilidad Anual

Garantizada inferior al 96%.

Plazos de Ejecución del Contrato

Se incluirá un completo Cronograma donde se reflejarán los Plazos de Ejecución

de la instalación a partir de la firma del contrato.

Se cumplimentará también la tabla C.4 que se muestra a continuación. En ella se

especificarán los Plazos de Ejecución del Contrato Ofertados:

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Tabla C.4. Plazos de Ejecución del Contrato Ofertados:

PLAZOS OFERTADOS

____________semanas

____________semanas

____________semanas

Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.

Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.

Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración.

Se incluirán los tiempos de respuesta en caso de averías puntuales y emergencias.

Propuesta Económica

Las partidas a las que se hace mención en la Propuesta Económica son las que

a continuación se detallan:

Precio fijo de alquiler en euros/año de las dos depuradoras.

Precio variable en euros/m3 de permeado vertido a cauce en concepto de

asistencia técnica, mantenimiento y repuestos de acuerdo con el alcance

solicitado en este Pliego de Concurso para cada una de las depuradoras.

En la Oferta Económica estarán incluidos todos los costes necesarios para la

consecución de los objetivos que se establecen en este Pliego, la no inclusión de

alguno de ellos no podrá dar lugar a ningún tipo de reclamación por parte del

adjudicatario.

La inclusión de la documentación en un sobre distinto a los señalados será

causa automática de exclusión de la licitación. Igualmente, será causa

automática de exclusión el incluir cualquiera de los valores de las tablas C.1,

C.2, C.3, C.4 y/o precio en otro apartado de la oferta o Sobre que no sea el Sobre

“C”.

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10. PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS

1. En la licitación del contrato regulado en el presente Pliego, cada licitador no

podrá presentar más de una proposición.

2. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo

ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal de

empresas.

3. La infracción de lo previsto en los dos párrafos anteriores dará lugar a la no

admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.

11. PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

11.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones

1. En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán

presentarse en la sede de SOGAMA, S.A, situada en Calle Morzós, 10,

Bajo, 15.187, San Román-Encrobas, Cerceda (A Coruña), Tlf. 981698500,

y Fax 981686064, dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación

que se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín

Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia o se enviarán por correo

dentro del plazo de admisión, justificando la fecha de imposición del envío

anunciándolo al órgano de contratación mediante fax, burofax o telegrama,

en el mismo día, y en un solo envío.

Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si

es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora

de terminación del plazo señalado en el anuncio.

No obstante, no será admitida en ningún caso, la documentación que no se

recibiera transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo

fijado para la admisión de propuestas.

2. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada

salvo por causa justificada.

3. Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el

órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y

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devolverá una copia sellada de la misma como resguardo de la

participación.

11.2. Requisitos de la documentación

1. La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la

aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Pliego y de los

restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad alguna,

así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las

condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Cualquier salvedad

se entenderá en todo caso como no puesta.

2. Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega y toda

la información debe facilitarse tanto en papel impreso como en soporte

informático. En caso de discrepancia entre los datos o información de

ambos soportes prevalecerá la contenida en la documentación presentada

en papel impreso.

3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de

impresión mecánica o informática (un soporte informático en cada uno de

los sobres que componen la oferta, conteniendo exclusivamente la

información de ese sobre), y no se aceptará ningún documento manuscrito

ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente

las condiciones para valorar la oferta.

4. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la

confección de las ofertas que se presentan al procedimiento de licitación

serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación

económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.

5. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o

tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SOGAMA,

S.A. estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos

establecidos en el artículo 84 del RGCAP.

6. Serán excluidas, y por tanto no valoradas, las ofertas de los licitadores que

no se ajusten a las prescripciones técnicas y requisitos mínimos

establecidos en los Pliegos.

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7. Las ofertas tendrán una validez mínima de 6 meses, contados a partir de la

fecha de apertura de las proposiciones.

8. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia de SOGAMA,

S.A. a disposición de la Mesa de Contratación, hasta el momento señalado

para el acto de apertura de plicas.

9. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando

obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que

será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con

estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas

condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las

causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable

12. MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

12.1. Mesa de Contratación

El Órgano de Contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de

una Mesa de Contratación que estará compuesta por:

a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.

b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.

c. Vocal 2: Representante de la Intervención Xeral de la Xunta de Galicia, si se

considera conveniente por esta última.

d. Vocal 3: Representante de la Consellería de Medio Ambiente Territorio e

Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

e. Vocal 4: Representante del Departamento económico-financiero de

SOGAMA, S.A.

f. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.

En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas

de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos.

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Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación,

personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya

cuantificación dependa de un juicio de valor y no sean evaluables de manera

automática.

En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la Mesa de

Contratación se estará a lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo parcial de

la LCSP aprobado por RD 817/2009, de 8 de mayo y en la Ley 40/2015, de 1

de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y del Procedimiento

Administrativo Común respecto a los órganos colegiados.

En los casos en los que para la valoración de las proposiciones deban ser

tenidos en cuenta criterios distintos al precio, el órgano competente podrá

solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere

precisos. Asimismo, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario

verificar que las ofertas cumplen con el Pliego de Prescripciones técnicas.

12.2. Calificación previa

1. Antes de la fecha de la apertura pública de ofertas técnicas y económicas,

la Mesa de Contratación realizará una comprobación y calificación de la

documentación administrativa presentada por los licitadores (sobre A).

2. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables

en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los

interesados, o a través de cualquier otro medio que acredite su recepción

por los licitadores, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles

para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de

Contratación.

3. No tendrán en ningún caso la consideración de defectos subsanables la

falta o insuficiencia de prestación de la garantía provisional.

12.3. Apertura de los Sobres B y C

1. Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de haber

existido, el trámite de subsanación de errores, la Mesa procederá a determinar

las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento

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expreso sobre las admitidas a licitación y las rechazadas indicando en este

caso las causas de su rechazo.

2. Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán

excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las

contengan no podrán ser abiertos.

3. Una vez hecho el trámite previsto en el párrafo anterior, la mesa

procederá, a la luz de lo establecido en el artículo 27 del Real Decreto

817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,

de 30 de octubre, de contratos del sector público, en un plazo no superior a 7

días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, en acto

público en el lugar, fecha y hora que se comunicarán mediante su publicación

en el perfil del contratante, a la apertura de los sobres “B”.

Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores

interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las

explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de

Contratación a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en

este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen

sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o

subsanación de defectos a que se refiere el artículo 81.2 del RGCAP.

4. Concluido el acto público de apertura, la Mesa de contratación examinará

la documentación contenida en el sobre B de las ofertas admitidas, pudiendo

solicitar cuantos informes técnicos considere necesarios para evaluarlas.

Emitirá un pronunciamiento expreso sobre las empresas admitidas a licitación y

las rechazadas indicando en este caso las causas de su rechazo, y asimismo,

indicará la puntuación otorgada a cada una de las proposiciones presentadas,

debidamente desagregada. Estas circunstancias figurarán en el acta de la

mesa.

5. La Mesa de Contratación, constituida en acto público en el lugar y día que

previamente se haya señalado.

Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio

del procedimiento y procediéndose seguidamente al recuento de las

proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en

los certificados expedidos por el personal de SOGAMA, S.A., hecho lo cual se

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dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre

de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar

que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa de

Contratación y en idénticas condiciones en que fueron entregados.

Seguidamente, se dará lectura a las puntuaciones obtenidas por cada licitador

del estudio de ofertas técnicas, así como a los acuerdos de exclusión de

aquellos licitadores que hubiesen alcanzado el mínimo de la puntuación técnica

establecida en este pliego.

A continuación, el Secretario abrirá el Sobre C, y el Presidente dará lectura de

las proposiciones económicas de los licitadores admitidos.

Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el

Secretario con el VºBº del Presidente.

12.4. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación

examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara

sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el

importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que

adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada por la

Mesa de Contratación, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u

omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su

sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.

12.5. Propuesta de adjudicación

Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas,

en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la apertura de las

proposiciones , la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del

contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la mejor

oferta en su conjunto.

La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario

propuesto frente a SOGAMA, S.A. mientras no se haya adjudicado el contrato

por acuerdo del Órgano de Contratación

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13. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN

Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen

en el punto 6 del cuadro resumen de características que acompaña a este

Pliego.

14. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por

orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en

este pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de

criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime

pertinentes.

2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una

pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación es de seis

meses, contados desde la apertura de las proposiciones.

3. La Mesa de Contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando

exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los

criterios que figuran en el pliego.

4. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta

económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días

hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el

requerimiento, presente la documentación siguiente:

.- Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal,

de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma

de Galicia, de estar dadas de alta en el Imposto sobre Actividades

Económicas), y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

con la Seguridad Social.

.- Documentación justificativa de la constitución de la garantía definitiva

que sea procedente, mediante la entrega de la misma.

.- Documentación justificativa de los requisitos de solvencia económica,

financiera y técnica, así como en su caso los compromisos de

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subcontratación y justificación de las respectivas solvencias a los

subcontratistas con arreglo a lo dispuesto en el cuadro de resumen de

características de este pliego de condiciones.

.- De ser el caso, la disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese

comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al

art. 64.2 del TRLCSP.

.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia

compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento

que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias

personales y el domicilio.

.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o

modificación, en su caso, inscrita en Registro Mercantil, cuando este

requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea

aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se

realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o

acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su

actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.

Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros

de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico

Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante

presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en

alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento

General de la LCAP.

Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de

obrar mediante informe expedido por la representación diplomática

española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que

figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en

su falta, que actúan con habitualidad en el tráfico local del ámbito de las

actividades que constituyen el objeto del contrato.

Así mismo, deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática

permanente española relativo a que su Estado de origen admite a su vez la

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participación de empresas españolas en la contratación con la

Administración, en forma substancialmente análoga.

.- Escritura de apoderamiento original o compulsado por notario u

Organismo Administrativo competente del representante legal, incluida

copia compulsada por notario u Organismo Administrativo competente de

su DNI.

Cuando se trate de una UTE cada uno de los empresarios acreditará la

representación en la forma descrita anteriormente.

Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 262/2001, de 20

de septiembre, por el que se refunde la normativa reguladora del Registro

General de Contratistas de la Xunta de Galicia, los licitadores inscritos en

el mismo, quedarán exonerados de aportar la documentación que se

encuentra vigente en dicho registro el último día de presentación de las

proposiciones relativa a la acreditación de la capacidad jurídica,

representación y clasificación, si es el caso. Tampoco tendrá el licitador

inscrito en el registro de contratistas que aportar los certificados de

cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la

autonómica gallega y con la seguridad social, ni la justificación de estar de

alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas (o

acreditativa de exención), en el caso de que obren en poder de dicho

registro y estén vigentes en el último día de plazo para presentar

proposiciones.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,

se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso

a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que

hayan quedado clasificadas las ofertas.

6. Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por

la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.

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7. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo, los empresarios

admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se les devuelva o

cancele la garantía que hubiesen prestado.

8. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco

días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Si se interpusiera

recurso especial en materia de contratación contra el acto de adjudicación,

quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.

9. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y,

simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de SOGAMA, en

ambos casos se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de

la contratación conforme al art. 156.3 del TRLCSP.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que

permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al art.

40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de

adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:

En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las

razones por las que se haya desestimado su candidatura.

Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación,

también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su

oferta.

En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la

proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la

oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes

licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.

El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a

la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente,

que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una

norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales

legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, o

cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya

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ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme

a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses

esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad

con lo previsto en el art. 13.2.d) del TRLCSP.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar

constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse

por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen

designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el

artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los

Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar

rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. En todo caso, se estará a lo

previsto en los artículos 40 a 46 de la Ley 30/2015, del 1 de octubre del

Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.

15. PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

1. El contrato se perfecciona con su formalización.

2. Tratándose de un contrato de servicios sujeto a regulación armonizada, siendo

el mismo susceptible de recurso especial en materia de contratación, la

formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles

desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y

candidatos.

A estos efectos, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que

formalice el contrato privado en plazo no superior a cinco días a contar desde el

día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez

transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto

recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De

igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del

recurso hubiera levantado la suspensión.

3. La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión

Europea, en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de

Galicia y en el perfil de contratante de SOGAMA.

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4. El documento de formalización del contrato deberá contener las menciones y

datos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP y en el art. 71, apartados 3, 4, 6

y 7 del RGCAP.

5. El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el

contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.

6. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el

contrato dentro del plazo indicado, SOGAMA, S.A., podrá acordar la resolución

del mismo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 109 del

RGCAP y con incautación de la garantía provisional e indemnización por los

daños causados.

16. PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato será de 3 años desde la fecha de firma del mismo, pudiéndose

prorrogar por un año más de forma expresa a requerimiento de SOGAMA.

Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la interrupción en

la obligada gestión de los lixiviados de las instalaciones a fin de que el vertido al cauce

público cumpla con los parámetros establecidos en la Autorización Ambiental Integrada

de las instalaciones, en caso de finalización por cumplimiento del plazo de duración o

resolución del contrato, el adjudicatario continuará prestando el servicio hasta que esté

concluso el nuevo expediente de contratación e instaladas y operativas las depuradoras

que sustituyan a las que son objeto de este contrato. La duración de este período de

prórroga excepcional no podrá ser superior a un año

Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa. Este

plazo comprende el periodo desde la fecha de firma del contrato hasta que se encuentren

en el Vertedero de Areosa las nuevas Unidades de Depuración así como todos los

equipos y componentes que la comprenden (Módulos de Depuración, Depósitos, Torres

de Desgasificación, etc.). Se establece un Plazo Máximo de Entrega de 18 semanas que

empezarán a contar a partir de la fecha de firma del contrato.

Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todos los suministros, trabajos,

obras e instalaciones objeto del presente pliego, pero bajo ningún concepto, podrán

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interferir con las actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo

en el Vertedero de Areosa, en especial con las instalaciones de depuración existentes.

Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente (A realizar

por un tercero). En el momento en el que se encuentren en el Vertedero de Areosa

todas las nuevas Unidades de Depuración así como todos los equipos y componentes

que la comprenden, SOGAMA dará las instrucciones a un tercero para que proceda a la

Retirada y Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente, instalada

en la ubicación en la que se dispondrán las nuevas instalaciones de depuración objeto

del contrato. Se llevará a cabo la referenciada Retirada y Desmantelamiento en un plazo

máximo de 2 semanas. Este plazo deberá ser debidamente considerado por los

ofertantes en los plazos de ejecución ofertados.

Durante este período de tiempo podrán llevarse a cabo todas las obras y trabajos de

instalación y montaje necesarios, pero bajo ningún concepto, podrán interferir con los

trabajos de Retirada y Desmantelamiento de las instalaciones existentes, ni con las

actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el Vertedero

de Areosa.

Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración. Este plazo contempla

todos los trabajos necesarios para el montaje/ensamblaje de todos los equipos e

instalaciones de la nueva instalación de depuración objeto del contrato en el lugar

habilitado a tal efecto, y comprende el período de tiempo entre el fin de la Retirada y

Desmantelamiento de la Instalación de Depuración Existente y el inicio de las Pruebas de

Puesta en Marcha. Se establece un Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de

Depuración de 4 semanas.

Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de Depuración.

Se establece un plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la Instalación, de

acuerdo a las exigencias establecidas en el presente documento, de 3 semanas

contadas a partir de la fecha de inicio de las pruebas de puesta en marcha, la cual

coincide con la fecha de finalización del Montaje de la nueva Instalación de Depuración.

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17. GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES

Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del

contrato, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal,

autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que

resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.

En caso de ser necesaria cualquier licencia o autorización para la ejecución del

contrato, el adjudicatario será el responsable de elaborar la documentación,

tramitar y conseguir en nombre de SOGAMA las licencias, permisos y

autorizaciones necesarias para la operación y mantenimiento de las

instalaciones, siendo por cuenta del adjudicatario todos los costes asociados a

su tramitación.

18. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente

reflejadas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el

adjudicatario se compromete, en la ejecución del contrato al cumplimiento de lo

siguiente:

a) Obligación principal.

Será obligación principal del adjudicatario la ejecución del contrato a su

cuenta y riesgo, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el

presente Pliego y demás normas de aplicación.

b) Cumplimiento de plazos

El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del

Contrato.

c) Subcontrataciones

El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA las subcontrataciones

que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.

El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones

realizadas.

d) Dirección y organización del trabajo

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La empresa contratista, bajo la supervisión de SOGAMA, S.A., aportará su

propia dirección y gestión del contrato siendo responsable de la organización

de la prestación contratada, de la calidad técnica de los trabajos que

desarrolla y de las prestaciones realizadas.

Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura

jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus

trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la

prestación objeto del contrato, directrices, etc.

e) Obligaciones laborales y sociales

En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una

relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista.

El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá

exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos

y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo

SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente,

en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en

relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de

cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el

adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o

medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento,

interpretación o resolución del contrato.

El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal

destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa

y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las

condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia

de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo

que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el

importe que se facturará por la realización del objeto contractual.

La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al

servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de

prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento,

así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA.

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En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los

trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario

cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad,

sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A.

Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir

todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus

trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas

relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la

vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias

horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del

empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la

realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre

convenientemente cubierta.

Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los

medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la

infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal

técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA,

S.A.

f) Daños, perjuicios y accidentes a terceros

Será responsabilidad del Adjudicatario la derivada directa o indirectamente

de daños y perjuicios ocasionados a terceros por las acciones llevadas a

cabo para la ejecución del Contrato en virtud del objeto de este

procedimiento. En los casos en que tales daños y perjuicios sean

ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del

órgano de contratación de SOGAMA S.A., será éste el responsable dentro de

los límites señalados en las Leyes.

Al efecto, el Adjudicatario mantendrá a su costa hasta la terminación del

objeto del Contrato, como mínimo, los siguientes contratos de seguros:

a) De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal, conforme a

la legislación que le resulte de aplicación.

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b) De Responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las

indemnizaciones a que el Adjudicatario resultase obligado frente a

terceros como civilmente responsable de los daños accidentales

causados a los mismos, en sus personas o en sus bienes por acción o

por omisión, y ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad, como

consecuencia de la ejecución del objeto del Contrato. El límite de

indemnización mínimo a establecer será 10.000.000 €.

c) El contratista deberá concertar o acreditar que dispone de un seguro de

responsabilidad civil que cubra todas sus posibles responsabilidades ante

SOGAMA derivadas de la ejecución del contrato. Así mismo, deberá

constituir un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños

en los bienes o instalaciones de SOGAMA que se ocupen o utilicen. El

límite de indemnización mínimo a establecer será de 2.000.000 €

El adjudicatario indicará la cobertura y la prima a pagar por cada seguro.

SOGAMA se reserva el derecho a comprobar y exigir que se cumplan las

mismas.

Las posibles cantidades a establecer con franquicia serán a cargo del

adjudicatario.

En todo caso, el adjudicatario dejará indemne a SOGAMA de cualquier

daño o reclamación que por cualquier concepto pueda efectuarle

cualquier tercero a la administración y que sea consecuencia directa o

indirecta de la ejecución del contrato, quedando expresamente habilitada

SOGAMA para repetir contra el adjudicatario el abono de las

reclamaciones que, eventualmente, ésta se hubiese visto obligada a

asumir, incluyendo las que pudieran derivarse de incumplimientos que

respecto de las obligaciones y exigencias contenidas en la Autorización

Ambiental Integrada así como en el resto de normativa aplicable al

desarrollo de las actividades, y que pudieran darse durante la ejecución

de los trabajos.

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19. FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO

Los pagos se efectuarán en el máximo plazo permitido por la normativa de aplicación

vigente en cada momento, a contar desde la fecha de aceptación de la factura,

mediante pagaré y/o transferencia bancaria a la cuenta que a tal efecto designe el

adjudicatario, reservándose SOGAMA el derecho de transferencia del pago antes de

la fecha estipulada.

La facturación se realizará mensualmente y en la factura se identificarán todas las

depuradoras para el mes objeto de facturación. En la factura se detallarán los

siguientes conceptos:

a) Partida Fija relativa a cada depuradora a facturar en €/mes, o parte

proporcional que corresponda en caso de que no aplicase la facturación del

mes completo.

La partida fija anual por cada depuradora será facturada por el Adjudicatario,

repartida en doce mensualidades de igual cuantía, indicándose en la factura

el mes objeto de facturación.

b) Coste variable: como resultado de multiplicar el término variable en €/m3 de

permeado vertido a cauce por el total de metros cúbicos vertidos en ese mes,

medidos en el contador de salida del tanque de permeado hacia la arqueta

de control.

20. REVISIÓN DE PRECIOS

No se prevé revisión de precios en este contrato.

21. DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

Son derechos del Órgano de Contratación los siguientes:

1. Interpretar el contrato.

2. Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.

3. Modificar el contrato en los términos establecidos en el TRLCSP y

especialmente en relación a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 14/2013

de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico en

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cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad

presupuestaria.

La modificación del contrato por cumplimiento de los principios de

sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria tendrá la consideración

de modificación prevista conforme a lo establecido en el artículo 106 de

TRLCSP. El procedimiento para dicha modificación será el establecido en el

artículo 211 del TRLCSP, dándose audiencia al contratista.

El límite máximo de reducción del presupuesto del contrato será del 40% y se

efectuará mediante la reducción del volumen de deberes del contratista,

siempre que esto sea posible. La reducción del precio del contrato será

proporcional a la reducción de las prestaciones, de forma que se respete la

ecuación financiera del contrato originario, sin alterar su equilibrio económico.

Las modificaciones podrán afectar a una reducción del personal adscrito a la

ejecución del contrato.

Se entiende que concurren causas económicas que justifican la modificación,

cuando se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones

finalistas de la Administración respecto de las previsiones efectuadas

inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las

prestaciones contratadas; se adopten medidas legales de ajuste que

determinen la modificación del contrato o se adopten medidas derivadas de

un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de

estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.

4. Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos.

22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

1. Para la cesión del contrato deberán observarse las previsiones contenidas en

el artículo 226 de TRLCSP, siendo asimismo necesario que el cesionario

tenga la capacidad exigida para contratar al cedente del contrato.

2. La subcontratación de parte del objeto del contrato se ajustará a lo previsto

por el artículo 227 del TRLCSP.

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El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA, S.A. las

subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las

mismas hubiese.

El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.

23. EXTINCIÓN DE CONTRATO

El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su

resolución.

23.1. Cumplimiento y recepción

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este realizase, de

acuerdo con los términos de este y a satisfacción de SOGAMA la totalidad de

su objeto.

La recepción del objeto del contrato exigirá por parte de SOGAMA un acto

formal y positivo de conformidad dentro del plazo de 30 días, contados desde

la realización del objeto contractual.

SOGAMA determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se

ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento,

requiriendo, si es el caso, la realización de las prestaciones contratadas y la

enmienda de los defectos observados con ocasión de su recepción.

Si los trabajos efectuados no se ajustasen a la prestación contratada, como

consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazarla

quedando exento de pago y teniendo derecho, si es el caso, a la recuperación

del precio satisfecho.

23.2. Resolución

Serán causas de resolución de los contratos firmados por SOGAMA, S.A.:

- Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del

Adjudicatario.

- Demora del contratista en el cumplimiento de los plazos contractuales

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- El mutuo acuerdo de las partes.

- La muerte o la incapacidad temporal del contratista individual en los casos

en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte

de su heredero o sucesor legal.

- La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista excepto

en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad

contratista, en los que continuara el contrato vigente con la entidad

absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en

todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en

los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas

de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad

resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y

obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida

al acordarse la adjudicación.

- Las recogidas en la cláusula 24 relativa a las garantías técnicas y

penalizaciones.

- Las demás causas específicamente establecidas respecto del contrato de

servicios por el TRLCSP.

23.3. Aplicación de las causas de resolución y efectos de la resolución del contrato

La aplicación de las causas de resolución del contrato establecidas en el

presente Pliego se realizará en la forma y con los efectos establecidos en el

TRLCSP.

Todo ello sin perjuicio de los daños y perjuicios ocasionados por la resolución del

contrato a SOGAMA cuando la misma sea debida a causa imputable al

contratista.

24. GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES

24.1. Garantía de disponibilidad por demoras en el tratamiento de lixiviados.

El servicio de mantenimiento deberá contar con los medios adecuados, tanto humanos

como materiales, para hacer frente a las reparaciones que fueran necesarias. No se

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permitirán demoras en la adecuada depuración de lixiviados por retraso en cualquier

operación de mantenimiento imputables a falta de personal, material o repuestos una vez

superadas las 24 h de la detección de la avería.

Este tipo de faltas darán derecho a SOGAMA a una penalización consistente en el 5%

del importe total facturado en los últimos tres meses del contrato por cada día de retraso

en el que la máquina se encuentre parada, siempre que éste sea de más de un día

consecutivo, contabilizándose todos los días del retraso, hasta un máximo del 10% de

dicho importe. En caso de que aún no se hubiesen facturado, o no hubiesen transcurrido

3 meses desde el inicio de la actividad, la penalización se aplicará una vez transcurra y

se facture dicho período de 3 meses.

24.2. Garantía de disponibilidad de la planta.

La planta deberá contar con una disponibilidad que se corresponderá con el mayor valor

de entre el ofertado por el Adjudicatario, y el solicitado por SOGAMA (93% para los

períodos mensuales y 96% para cada año de contrato).

Tras el cálculo de la disponibilidad mensual, de acuerdo a la definición de la misma

realizada en este pliego, se aplicará una penalización del 2% sobre la partida fija mensual

por cada punto porcentual de diferencia entre la disponibilidad a aplicar y la resultante de

dicho cálculo, hasta un máximo del 10% del importe mensual del contrato.

Para el caso particular de la disponibilidad anual, cualquier valor inferior al

correspondiente a la disponibilidad a aplicar podrá dar lugar a la resolución del contrato,

sin perjuicio de la aplicación de la correspondiente penalización, que se corresponderá

con el 2% sobre la partida fija anual por cada punto porcentual de diferencia entre la

disponibilidad a aplicar y la resultante, hasta un máximo del 10% del importe anual del

contrato.

24.3. Garantía de calidad para el permeado.

Dada la gran importancia que revisten las condiciones del permeado vertido, las cuales

se deberán realizar por debajo de los valores límites establecidos en la Autorización

Ambiental Integrada, SOGAMA no podrá admitir en el agua de vertido ningún valor por

encima del límite establecido en la referenciada tabla.

Si en algún momento se supera alguno de los valores límite, el adjudicatario deberá

tomar las medidas oportunas para que ello no se vuelva a repetir. En cualquier caso se

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aplicará una penalización del 10% de la partida fija anual, sin perjuicio de la reclamación

por daños y perjuicios que corresponda, así como el pago por parte del Adjudicatario de

cuantas sanciones emita la Administración competente.

La reincidencia en la falta de calidad del permeado podrá dar lugar a la resolución del

contrato.

24.4. Garantía de rendimiento:

El Adjudicatario garantizará el cumplimiento del rendimiento indicado en su oferta, que en

ningún caso será inferior al 67%. Para el cálculo de este factor se tomará, en tanto por

ciento, la relación entre el volumen de permeado vertido a cauce público medido en el

contador ubicado a la salida del tanque de permeado hacia la arqueta de control, y el

lixiviado teórico calculado a partir de la capacidad y la disponibilidad ofertadas para un

período de tiempo determinado, que preliminarmente queda establecido en un mes.

En caso de que el rendimiento de estas depuradoras se encuentre por debajo de lo

ofertado por el Adjudicatario, se aplicará una penalización equivalente al 10% de la

partida fija anual.

El Adjudicatario estará obligado a la corrección de dicho rendimiento en el plazo máximo

de dos meses tras aquel en el que se hubiese detectado la desviación. A partir de ese

momento y en caso de que no se corrija, SOGAMA podrá proceder a la resolución del

contrato.

En el caso de las penalizaciones establecidas en los puntos 23.1 a 23.4, éstas serán de

aplicación cada vez que se produzcan, pudiendo SOGAMA aplicarlas en cualquier mes

de facturación, independientemente del mes en el que se hayan producido. Un

incumplimiento reiterado de las mismas podrá dar lugar a la rescisión del contrato.

24.5. Garantía de plazos de entrega

El adjudicatario deberá ceñirse exhaustivamente a los plazos de entrega indicados en el

apartado Plazos de Ejecución del Contrato del presente documento, o a los indicados en

su oferta en caso de resultar inferiores:

Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de Areosa.

El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una

penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada

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semana de retraso, siempre que éste sea de más de una semana,

contabilizándose todas las semanas del retraso, hasta un máximo del 10% del

importe fijo anual.

Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración.

El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una

penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada

semana de retraso en la entrega/ejecución de las instalaciones, siempre que éste

sea de más de una semana, contabilizándose todas las semanas del retraso,

hasta un máximo del 10% del importe fijo anual.

Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de

Depuración.

El incumplimiento de este plazo capacitará a SOGAMA para la aplicación de una

penalización consistente en el 5% del importe fijo anual del contrato por cada

semana de retraso en la entrega/ejecución de las instalaciones, siempre que éste

sea de más de una semana, contabilizándose todas las semanas del retraso,

hasta un máximo del 10% del importe fijo anual.

Además de lo indicado en el punto anterior, el adjudicatario deberá garantizar durante el

periodo de vigencia del contrato que no interferirá en el normal funcionamiento de las

restantes actividades de operación, mantenimiento y limpieza que se llevan a cabo en el

Vertedero de Areosa. La reincidencia en la interferencia de las actividades referenciadas,

podrá dar lugar a la resolución del contrato.

SOGAMA podrá aplicar las penalizaciones especificadas anteriormente, en cualquiera

de los meses de facturación, independientemente de que se hayan producido en ese

periodo o en cualquier otro, una vez hayan sido evaluadas las mismas.

Cualquier sanción administrativa de que sea objeto SOGAMA por cualquier motivo

(prevención, medioambiente, etc.), relativo a incumplimientos en las normativas

vigentes, será repercutida al adjudicatario, y adicionalmente se le penalizará con un

importe igual a la cuantía de la sanción recibida por SOGAMA.

25. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD.

Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán

respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

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Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. Para el

caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter

personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la

consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos

datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en

el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán

ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta

hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente

bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su

relación con la entidad responsable del tratamiento.

En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista,

encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:

a) Que el contratista encargado del tratamiento de datos de carácter

personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.

b) Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el

contrato en los términos previstos en el artículo 12.2 de la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En estos casos el tercero tendrá también la consideración de encargado del

tratamiento.

El contratista está obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que,

no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que

tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo

de garantía (de ser el caso) y los cinco años posteriores en los términos del artículo

140 del TRLCSP.

26. RESPONSABLE DEL CONTRATO

SOGAMA nombrará como responsable del contrato al Jefe de Área Técnica o en su

defecto el Director General de SOGAMA, siendo en ambos casos un técnico con

titulación adecuada y suficiente, siendo responsable de la comprobación, coordinación

y vigilancia del objeto y alcance del contrato.

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Las principales funciones del responsable del contrato son las de interlocución con el

contratista, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos, proponer las

modificaciones que estime oportunas en la ejecución de los trabajos en orden a un

mejor cumplimiento del objeto del contrato, formular liquidación de la labor realizada

dando conformidad si es el caso a las facturas presentadas por el adjudicatario y

tramitar cuantas incidencias surjan en el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.

27. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.

Las empresas deberán en sus ofertas a SOGAMA hacer constar la relación de

patentes y demás derechos de propiedad industrial o intelectual que implicarán en el

cumplimiento del contrato, de forma que queden perfectamente acreditadas la

propiedad industrial o intelectual previas al contrato y que se aportarán a la ejecución

del mismo. Cualquier propiedad industrial o intelectual no identificada como tal en la

oferta de las empresas será considerada como posterior y obtenida con motivo del

presente contrato.

Todos los derechos, títulos e intereses tanto de propiedad industrial o intelectual

previos al contrato permanecerán como propiedad del contratista, pero éste le

concede a SOGAMA una licencia no exclusiva y gratuita durante el plazo de vigencia

de dichas propiedades en relación con el desarrollo, resultado y aplicación de los

trabajos objeto de este contrato. Cuando el contratista implique en el cumplimiento del

contrato derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros, y de los que sea

licenciatario, deberá facilitar a SOGAMA la posibilidad de que, al término del contrato,

por parte del titular de esos derechos se otorguen a ésta los permisos o licencias que

resulten necesarios sobre los derechos afectados, y por el plazo de vigencia de los

citados derechos.

El contratista contará con las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los

titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes para

emplear materiales, suministros, equipos en la ejecución del objeto del contrato,

corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones relativas a

reclamaciones en materia de propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar a

SOGAMA por los daños y perjuicios que se le causen por tal concepto.

Todos los documentos que se elaboren y los trabajos que se realicen para la ejecución

del presente contrato, que puedan ser objeto de protección como propiedad industrial

o propiedad intelectual serán propiedad de SOGAMA, que podrá ejercer el derecho de

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explotación. Dicho derecho de explotación, comprenderá la reproducción, distribución,

divulgación, comunicación pública e información. La empresa adjudicataria para hacer

uso de los mismos como referencia o como base de futuros trabajos, necesita la

autorización expresa de SOGAMA. Por tanto, quedarán en propiedad de SOGAMA

tanto los servicios recibidos como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su

propiedad industrial e intelectual, reservándose SOGAMA su utilización, no pudiendo

ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente

por SOGAMA, y ésta, en consecuencia podrá recabar en cualquier momento la

entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes,

datos o procedimientos. En cuanto sea legalmente necesario para hacer efectivos la

titularidad o los derechos de SOGAMA reconocidos en la presente cláusula el

contratista, desde que sea requerido para ello y en cualquier caso antes de la

recepción de los trabajos objeto del contrato, formalizará un documento público, que

se inscribirá en los correspondientes registros, la transmisión a SOGAMA de los

derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial generada o adquirida

con motivo del presente contrato y la cesión de derechos a los fines de explotación de

los resultados del contrato. Todos los gastos que pudieran originarse serán por cuanta

del contratista, quien habrá de satisfacer también las remuneraciones que resulten

legalmente procedentes.

El adjudicatario no podrá hacer uso alguno de la información, productos o tecnologías

desarrollados en el presente contrato, ni publicar, divulgar o proporcionar a terceros

ningún dato o documento procedente de los trabajos de no mediar autorización

expresa y por escrito de SOGAMA, obligándose a resarcir a esta por los perjuicios que

se le causen.

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ANEXO I

MODELO DE AVAL

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ANEXO

MODELO DE AVAL

La entidad ______________ (razón social de la entidad de crédito o sociedad de

garantía recíproca), NIF __________, con domicilio a efectos de notificaciones y

requerimientos en _______________, código postal __________, localidad

__________, y en su nombre __________ (nombre y apellidos de los apoderados),

con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de

poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,

AVALA A

_______________ (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF __________,

en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14

de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del

sector Público (TRLCSP) para responder de las obligaciones siguientes:

_______________ (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el

garantizado), ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F.

nº __________, por importe de __________ (en letra y cifra).

La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos

previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que

se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con

renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer

requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de

las Administraciones Públicas.

El presente aval estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO

AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice

su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.

(Lugar y fecha)

(Razón social de la entidad)

(Firma de los apoderados)

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BASTANTEO DE PODERES POR ______

Provincia, Fecha, Número o Código.

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ANEXO II

MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN

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ANEXO II

MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN

Certificado número (1) __________ (en adelante, asegurador), con domicilio en

_______________ (calle), y NIF __________, debidamente representado por

Don/Doña _______________ (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto,

según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este

documento,

ASEGURA A

(3) _______________, NIF __________ en concepto de tomador del seguro, ante la

SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº __________, en

adelante, asegurado, hasta el importe de (en letra y cifra) __________ (4), en los

términos y condiciones establecidos en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de

Contratos del sector Público (TRLCSP), normativa de desarrollo y Pliego de

condiciones por la que se rige el contrato (5) ______________, en concepto de

garantía provisional para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos

que se pueden derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas

precitadas frente al asegurado.

El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos

en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se

aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas.

La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al

asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del

asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, en caso de que el

asegurador deba hacer efectiva la garantía.

El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan

corresponderle contra el tomador del seguro.

El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado, al primer

requerimiento, en los términos establecidos en la normativa de contratos del Sector

Público.

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El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO

MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre habilitado legalmente para ello,

autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de

Contratos del Sector Público y legislación complementaria.

En _____, a __ de _____ de ____

_______________

Fdo.: (Asegurador)

BASTANTEO DE PODERES POR _____

Provincia, Fecha, Número y Código.

Instrucciones para la cumplimentación del modelo.

(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.

(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.

(3) Nombre de la persona asegurada.

(4) Importe en letra, por el que se constituye el seguro.

(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato

en virtud del cual se presta la caución.

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ANEXO III

MODELO PROPUESTA ECONÓMICA

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D._______________, con domicilio en _________-____, provisto de D.N.I. núm. ____

expedido en _________, con fecha________, en nombre y representación de

________, CIF núm. ________ (cuya representación acredita con escritura de poder

que se incluye en el “Sobre A: Documentación Administrativa”), sabedor de la licitación

por anuncio publicado en ________ en fecha _______, y de las condiciones y

requisitos que se exigen para concurrir a la licitación y adjudicación del contrato de

____, por procedimiento abierto, para ___________.

DECLARA

1. Que conoce el Pliego de condiciones y sus anexos que contienen las condiciones

técnicas y económicas que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato,

y que los acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.

2. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con

SOGAMA, S.A., y que se compromete en nombre de ____, a cumplir el contrato

con estricta sujeción a los documentos citados de acuerdo con la siguiente oferta:

Precio fijo de alquiler para cada una de las depuradoras: ________€/año sin

IVA por depuradora

Precio variable para cada una de las depuradoras: _____€/m3 de permeado

vertido a cauce público sin IVA.

Rendimiento de Depuración de cada depuradora: ___ %

Capacidad de Depuración de cada depuradora:_____ m3 lixiviado/día

Disponibilidad Mensual Garantizada de cada depuradora: ___ %

Disponibilidad Anual Garantizada de cada depuradora: ___ %

Plazo de Entrega de las Unidades de Depuración en el Vertedero de

Areosa: ________ semanas

Plazo para el Montaje de la nueva Instalación de Depuración:

________semanas

Plazo para la Puesta en Marcha y Recepción de la nueva Instalación de

Depuración: ________ semanas

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Tiempo de respuesta para averías puntuales: ______horas

Tiempo de respuesta para emergencias: _______ horas

3. Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en

materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.

En____, a__ de ___ de____

Fdo.:_____

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ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

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ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

Número de expediente: _______

Denominación de la contratación:___________

Fecha de la declaración: _________

DATOS DEL DECLARANTE

Nombre y apellidos:. ___________ DNI/NIF : ________________, Teléfono:

__________ (A efectos de notificaciones) FAX: _______ Correo electrónico: ________

Dirección Postal: ____________

(en caso de actuar en representación)

Entidad Mercantil a la que representa: _________________________

Domicilio social: _________________

CIF:______________

Cargo: _______________

Datos de constitución (Referencia escritura): _____________

Poder de representación (Referencia escritura):___________

Teléfono: _________

Fax: _____________

Correo electrónico:____________

Dirección Postal: ____________

Número de inscripción en el registro de contratistas de la Xunta: __________

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Manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto con varios criterios de

adjudicación convocado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente para la

ejecución del contrato de referencia por el importe señalado en la proposición

económica, así como que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos

legalmente para contratar, dispone de la documentación que así lo acredita, autoriza al

órgano de contratación a recabar los datos necesarios que obren en la administración

para comprobar la veracidad de lo manifestado y expresa lo siguiente:

DECLARA RESPONSABLEMENTE:

Que según se recoge en el artículo 24 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de

racionalización del sector público autonómico y en el artículo 146. 4 del TRLCSP,

la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos

de la licitación y en el TRLCSP para poder concurrir a esta licitación, en cuanto a

la capacidad, solvencia y representación.

Que conoce los pliegos de cláusulas de la licitación que sirven de base al contrato

y los acepta incondicionalmente.

Que ni el firmante de esta declaración, ni la entidad a la que represento, ni

ninguno de sus administradores o representantes se encuentran incursos en

ninguna de las causas de prohibición para contratar conforme con lo dispuesto en

el artículo 60 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, así

como que el empresario persona física o, en su caso, la empresa que se

encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la

Administración del Estado y con la de la Comunidad Autónoma de Galicia, así

como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso) y con la

Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no forma parte de los órganos de gobierno u de administración ningún alto

cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, del 10 de abril, de regulación de los

conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la

Administración General del Estado, la Ley 9/1996, del 18 de octubre, de

incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos Cargos de la

Administración Autonómica, la Ley 53/1984, del 26 de diciembre, sobre

incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y la

Ley Orgánica 5/1985, del 19 de junio, de régimen electoral general, en los

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términos establecidos en las mismas, o en cualquier otra norma de aplicación en

la materia.

Que ni el firmante de esta declaración, ni ninguno de los administradores o

representantes de la entidad a la que represento, es cónyuge, persona vinculada

con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las personas a

las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto de estos últimos,

dichas personas ostenten su representación legal)

Que en el caso de ser adjudicatario declara de someterse a la jurisdicción de los

Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias

que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su

caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante y

aceptando la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de A Coruña.

Que en relación con lo establecido en el artículo 145.4 del TRLCSP y en el

artículo 86 del RGLCAP sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que

represento (marcar lo que proceda):

□ No tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento

de adjudicación o que perteneciese a su mismo grupo de empresas ni está

integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos

previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con

alguna sociedad también licitadora en el procedimiento de adjudicación.

□ Sí tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento

de adjudicación o sí pertenece a su mismo grupo de empresas

___________ y/o sí está integrada por algún socio en el que concurra

alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de

Comercio en relación con una/s sociedad/s también licitadora/s en el

procedimiento de adjudicación. Se incluye a continuación la denominación

social de la/s empresa/s en la/s que concurre/n esta

circunstancia:_________

Que la entidad a la que represento se encuentra inscrita en el Registro General de

Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia con el número _________ y

que, teniendo en cuenta que se acreditan las circunstancias de aptitud para

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PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS (NC 0017/2016)

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contratar mediante certificación de dicho registro, se manifiesta que (marque lo

que proceda):

a) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración.

b) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración, excepto las que a continuación se indican, según se justifica con los documentos que se acompañan:

- Circunstancias varias:………………………………………

- Documentación justificativa que se

adjunta:……………………………………….

Que manifiesto conocer el contenido y alcance del Código Ético Institucional de

la Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia del 24 de

julio de 2014 y publicado por resolución de 8 de septiembre de 2014 (DOG núm.

179 del 19/09/2014).

Firma y sello en todas las páginas

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA PRESTACIÓN

DEL SERVICIO DE “ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE

ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS

INSTALACIONES DE AREOSA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO

MULTICRITERIO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

(NC0017/2016)

Decembro 2016

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ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (NC 0017/2016)

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1.  OBJETO DEL PLIEGO 3 

2.  ALCANCE 3 

2.1.  CARACTERÍSTICAS DE LAS MÁQUINAS 3 

2.2.  CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN DE DEPURACIÓN. 6 

2.3.  PRUEBAS DE PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES OBJETO

DE CONTRATO. 12 

2.4.  RECEPCIÓN DE LA PLANTA 13 

2.5.  CARACTERÍSTICAS DEL LIXIVIADO Y PERMEADO. 14 

2.6.  SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO. 15 

2.7.  PRESTACIONES POR PARTE DE LA PROPIEDAD 16 

2.8.  RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO 17 

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

1. OBJETO DEL PLIEGO

Es objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es definir las condiciones,

características y alcance de los trabajos que son objeto del contrato de alquiler de dos

depuradoras de ósmosis inversa nuevas para llevar a cabo la depuración de los lixiviados

del Vertedero de Residuos No Peligrosos de Areosa. Las máquinas a suministrar en

régimen de alquiler llevarán asociado un servicio técnico de mantenimiento.

2. ALCANCE

La ejecución del Objeto del presente Concurso consiste en el alquiler de dos máquinas

depuradoras de lixiviados por Ósmosis Inversa nuevas para el Vertedero de Residuos No

Peligrosos de Areosa, y la prestación del servicio técnico para el mantenimiento y

reparaciones de la mismas. Las dos máquinas serán idénticas y trabajarán de forma

independiente. Cada depuradora dispondrá de sus propias etapas, que trabajarán

independientemente en cada máquina, permitiendo la separación física de ambas. La

operación de las plantas depuradoras se realizará por terceros y siempre de acuerdo con las

indicaciones del adjudicatario del alquiler y fabricante de las mismas. Esta operación y el

personal de operación no forma parte de este contrato, sin embargo, el adjudicatario estará

obligado a impartir los correspondientes cursos de formación al personal de operación.

2.1. CARACTERÍSTICAS DE LAS MÁQUINAS

Las depuradoras serán iguales, es decir, contarán con idénticas características entre ellas,

siendo éstas de ósmosis inversa.

Las características mínimas de cada una de las máquinas de depuración serán las

siguientes:

- Suministro en contenedores de tal forma que se permita su movilidad y cambio de

ubicación dentro de las instalaciones del vertedero. Cada uno de los contenedores

contará con las instalaciones necesarias para el desarrollo completo de la actividad.

Entre ellas se encuentran las instalaciones de control, electricidad, climatización, etc.

Estos contenedores contarán con una viga carrilera que recorrerá toda su longitud,

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suministrándose además una polea diferencial o un polipasto para el izado y

transporte interno de los equipos durante las labores de montaje o mantenimiento.

- Capacidad mínima de depuración de cada máquina: 200 m3/día de lixiviado.

- Rendimiento mínimo medido del 67 % como la relación entre permeado final vertido

a cauce público, cuyo valor será tomado del contador a ubicar en la salida de tanque

de permeado hacia la arqueta de control, y lixiviado crudo teórico, este último

calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.

Lo anterior se refiere al conjunto formado por ambas plantas. Para cada una de ellas

se realizará este cálculo tomando como referencia el valor de volumen medido por el

contador a instalar a la salida de permeado de cada una de las depuradoras, y el

lixiviado crudo teórico calculado a partir de la capacidad y disponibilidad ofertadas.

- Disponibilidad mínima mensual del 93%. Será calculada como la relación existente

entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce público en un período de un

mes y el permeado que se debería verter en función de la entrada de lixiviado

durante dicho período, teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.

- Disponibilidad mínima anual del 96%. Será calculada como la relación existente

entre el volumen en m3 de permeado vertido a cauce público en un período de un

año y el permeado que se debería verter en función de la entrada de lixiviado

durante dicho período, teniendo en cuenta el rendimiento ofertado.

- Automatización. Cada una de las plantas será controlada de manera independiente y

de forma automática por medio de un sistema de control de tipo SCADA.

Este sistema gestionará el funcionamiento integral de la depuradora a la que se

refiera, y contará con un registro de datos histórico que contará con una capacidad

de almacenamiento no inferior a 12 meses. Este histórico podrá ser extraído del

sistema para su proceso en aplicaciones ofimáticas de mayor difusión.

Los datos a controlar serán los referidos a caudales, presiones, temperaturas,

parámetros de vertido, etc.

El sistema contará con una interfaz hombre-máquina que podrá ser de tipo pantalla

táctil o un PC específico para usos industriales, apto para trabajar en atmósferas

similares a las inherentes a las plantas de tratamiento de aguas.

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El proceso de acondicionamiento de lixiviado (bombeo desde balsas, adecuación de

pH, niveles, etc.), el de permeado y el de concentrado, se considerarán como

procesos independientes, de forma que el sistema de control de cada una de las

máquinas pueda controlarlos de forma paralela, aunque coordinada.

La instalación de control contará con un SAI on-line de doble conversión que

garantizará que los consumos considerados como críticos para la seguridad de la

instalación sean mantenidos durante al menos un período de una hora.

- Sistema de tanques necesarios para todos los líquidos de trabajo de las unidades de

lixiviado, permeado y productos químicos. Estarán dotados de un sistema cerrado y

se equipará con detectores de fugas.

Se dotará a la planta de una nueva instalación de almacenamiento de ácido sulfúrico

al 98% equipada con líneas de carga, bombeo y depósito de doble pared con una

capacidad de 20 m3 y que cumpla lo dispuesto en el RD379/2001, de 6 de abril, por

el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus

Instrucciones Técnicas Complementarias, o aquel que lo sustituya. Se hará

inspección de todo el conjunto (carga y almacenamiento de acido sulfúrico) por parte

de un Organismo de Control Autorizado, debiéndose obtener un resultado favorable.

- Depósito y torre de desgasificación.

- Cada una de las depuradoras dispondrán de los siguientes caudalímetros:

o Un caudalímetro en la entrada de lixiviado.

o Un caudalímetro en la salida de permeado hacia el tanque de permeado.

o Un caudalímetro en la salida de tanque de permeado hacia arqueta de control

(punto de vertido a cauce), único para las dos depuradoras. Será el contador

de facturación, no permitiéndose la instalación y/o uso de tomas de

derivación en esta conducción tras dicho caudalímetro.

De acuerdo con la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (AAI), este último

caudalímetro de salida será calibrado/verificado con una periodicidad semestral por

parte del Adjudicatario y el informe de dicha calibración/verificación se enviará a

SOGAMA para su posterior reenvío a la Consellería de Medio Ambiente. En caso de

actualización de la AAI, se estará a lo dispuesto en la nueva resolución.

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Además, dichos caudalímetros estarán conectados con el SCADA ya comentado. En

él se integrarán los metros cúbicos de entrada y salida con las respectivas fechas y

horas (caudalímetros y SCADA/ordenador formarán parte del alquiler y serán por

cuenta del adjudicatario)

- Se instalará un pHmetro y conductivímetro, a la salida de permeado hacia arqueta de

control. Este pHmetro y conductivímetro se dispondrá en las inmediaciones y en la

misma línea que el caudalímetro dispuesto en la salida del tanque de permeado. Los

datos obtenidos por este pHmetro serán presentados en el SCADA, y serán

registrados en el histórico de parámetros.

De acuerdo con la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (AAI), este

pHmetro y conductivímetro será calibrado/verificado con una periodicidad semestral

por parte del Adjudicatario y el informe de dicha calibración/verificación se enviará a

Sogama para su posterior reenvío a la Consellería de Medio Ambiente. En caso de

actualización de la AAI, se estará a lo dispuesto en la nueva resolución.

- Se instalará un Analizador de Amonio en continuo a la salida de permeado hacia

arqueta de control. Los datos obtenidos por este analizador serán presentados en el

SCADA, y serán registrados en el histórico de parámetros. Este analizador también

será calibrado/verificado con una periodicidad semestral por parte del Adjudicatario y

el informe de dicha calibración/verificación se enviará a Sogama.

2.2. CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN DE DEPURACIÓN.

Se dispondrá de un sistema de bombas de aspiración, a suministrar por el adjudicatario, que

aspirarán desde las balsas el lixiviado a depurar. Este lixiviado pasará por una etapa de

filtrado mediante filtros de arena con sistema de limpieza en automático a contracorriente.

Posteriormente, mediante la correspondiente bomba, pasará por los módulos de membranas

para obtener el permeado que deberá cumplir con las condiciones de vertido que se

establecen en la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA (en adelante AAI), siendo

éstas las indicadas a continuación:

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PARAMETRO UNIDAD VALOR LÍMITE AAI

pH (límite superior) Ud. 9,5

pH (límite Inferior) Ud. 5,5

Sólidos en suspensión mg/l 80

DQO mg/l 160

DBO 5 mg/l 40

Nitrógeno total mg/l 15

Fósforo total mg/l 10

Cloruros mg/l 2000

Sulfatos mg/l 2000

Sulfuros mg/l 1

Fluoruros mg/l 6

Cianuros mg/l 0,5

Fenoles mg/l 0,5

Aluminio mg/l 1

Arsénico mg/l 0,5

Cobre mg/l 0,2

Cromo III mg/l 2

Cromo VI mg/l 0,2

Mercurio mg/l 0,05

Hierro mg/l 2

Manganeso mg/l 2

Plomo mg/l 0,2

Zinc mg/l 3

Para el resto de los parámetros, los límites máximos permitidos serán los especificados en

el anexo VIII “Parámetros característicos que se deben considerar en la estimación del

tratamiento de vertido” de la AAI, y se tendrán en cuenta las prescripciones contenidas en el

Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el ámbito

de la política de aguas.

El permeado será almacenado en un depósito de volumen no inferior a 10m3. Desde este

depósito se podrá, o bien verter dicho permeado a cauce público cuando cumpla con los

límites de vertido establecidos en la AAI, o bien ser reutilizado en el proceso de depuración

como aporte de agua para las limpiezas y regeneraciones que pudieran ser necesarias

como, por ejemplo, la limpieza del filtro de arena anteriormente mencionado.

Las máquinas permitirán controlar en continuo y de forma automática el pH, presiones,

caudales (de forma independiente lixiviado, permeado y concentrado), conductividad,

niveles en tanques, temperaturas, y todos otros aquellos equipos que sean necesarios para

tener datos en tiempo real del funcionamiento de las maquinas o que puedan ser necesarios

para el funcionamiento de las mismas.

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El conjunto general de la planta estará equipado con un sistema de seguridad que permita la

autoprotección de los sistemas que integran la planta de depuración frente a una parada

intempestiva.

Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes conceptos:

- Suministro en régimen de alquiler de dos máquinas depuradoras de ósmosis

inversa nuevas de las características que se solicitan.

- Transporte hasta el SOGAMA, así como su transporte a la finalización del

contrato. Quedan incluidos todos los medios que fueran necesarios, incluso los

referidos a la elevación.

- Montaje de las máquinas en el lugar indicado por SOGAMA dentro del vertedero.

- Puesta en marcha del conjunto, con todas sus instalaciones auxiliares.

- Mantenimiento de la instalación completa, tanto preventivo como correctivo.

- Suministro, montaje y puesta en marcha de los bombeos que fueran necesarios,

como el de lixiviado procedente de balsas, el de concentrado, etc.

- Conexión y tendido de conducciones:

o Aspiración y vertido en las balsas de lixiviados. Se dispondrá de tal manera

que se permita una flexibilidad total en este sentido, de forma que SOGAMA,

o en quien ésta delegue, pueda decidir en cada momento la balsa desde la

que se alimenta a las máquinas. En caso de que sea necesario modificar la

ubicación de las balsas, será el adjudicatario el encargado de cambiar las

conducciones que aspiren o viertan en ellas.

o Punto de vertido o arqueta que determinará SOGAMA.

o Reactivos químicos, etc.

- Obra civil necesaria para la colocación de las mismas. Las depuradoras serán

instaladas en la obra civil ejecutada al efecto y en la que actualmente se encuentran

operando dos depuradoras de ósmosis.

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Los ofertantes podrán realizar una visita a las instalaciones a fin de observar in situ

dicha obra civil y tomar medidas de la misma a fin de determinar su adecuación a las

nuevas depuradoras e instalaciones auxiliares que se vayan a ofertar e instalar en

caso de resultar adjudicatarios.

Cualquier modificación que fuera necesaria para la reutilización de esta obra civil

será ejecutada por el adjudicatario, a su costa, y quedará debidamente justificada en

el proyecto de ejecución de la instalación.

Las conducciones, tanto hidráulicas como eléctricas, se instalarán o bien en las

zanjas existentes o se sustentarán mediante estructuras metálicas y fijaciones

construidas en acero inoxidable AISI 316.

Las conducciones que hayan de ubicarse en zanjas irán ancladas a las partes

verticales de las mismas, no permitiéndose en ningún caso que dichas conducciones

sean instaladas directamente en el fondo de las zanjas.

En ningún caso se permitirá la existencia de tubos en superficie generando

obstáculos para la producción. En caso de que sea necesario el paso de tubos entre

zanjas, sumideros o unidades de producción, éstos serán de ejecución enterrada

bajo tubo.

En todos los casos, se preservará la máxima de seguridad y accesibilidad total a las

instalaciones, bien sea mediante la instalación de escaleras, pates, plataformas,

barandillas, etc. Todos los elementos metálicos de accesibilidad, seguridad y

soporte, estarán fabricados en acero inoxidable AISI 316.

- Instalación Eléctrica, a realizar completamente por el adjudicatario.

Se redactará un proyecto de ejecución de la instalación eléctrica, como anexo a los

proyectos existentes.

La energía eléctrica para estas instalaciones será tomada desde las proximidades

del centro de transformación que da servicio a las depuradoras del vertedero de

Areosa, propiedad de SOGAMA.

Aguas abajo de las bornas de baja tensión del transformador, y tras las

correspondientes protecciones eléctricas, existe un cuadro principal de Baja Tensión.

En este cuadro se dispondrán las protecciones de los circuitos que alimenten a las

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plantas y sus instalaciones auxiliares. En caso de que el espacio existente en este

cuadro no sea suficiente para albergar la aparamenta eléctrica de dichos circuitos,

será a costa del adjudicatario la ampliación del mismo, así como las modificaciones

que deban realizarse en él para la colocación de esta aparamenta.

Para los bombeos de lixiviado desde las balsas se optará por su alimentación desde

la zona en la que se ubicará la planta, o bien desde los cuadros ubicados junto a las

balsas. En este último caso, se deberá comprobar el correcto dimensionamiento de

la instalación actual para absorber la ampliación de potencia requerida.

Como norma general para la instalación eléctrica, ésta será diseñada bajo los

criterios de su utilización en lugares húmedos y corrosivos. Debido a estas dos

características se requerirá que todas las partes activas cuenten con protección

frente a la corrosión. En caso de que no sea suministrado de esta manera por el

fabricante, se tomarán las medidas oportunas para que así sea, bien mediante la

incorporación de fundas termorretráctiles o bien con la aplicación de barnices

dieléctricos sobre las mismas.

Actualmente en el centro de transformación de la planta se encuentra instalado un

sistema de regulación de factor de potencia. Tras la ampliación de potencia a la que

se someterá la instalación, se parametrizará dicho equipo para la continuidad de su

buen funcionamiento. En caso de que sea necesario ampliar el número de escalones

de compensación o la aparamenta del sistema, dichas modificaciones correrán por

cuenta del adjudicatario. También será así en el caso de que el equipo deba ser

sustituido con motivo de la necesidad de ampliar su capacidad de compensación por

encima de la reserva disponible en el mismo.

Se dotará a la instalación de cuadros de usos varios equipados con tomas de

corriente trifásicas y monofásicas con protección IP65, con tapa protectora y en

ejecución inclinada. Al menos se instalarán 4 cuadros de este tipo correctamente

distribuidos en la superficie a ocupar por la instalación de depuración.

Se justificará adecuadamente el dimensionamiento del alumbrado interior y exterior

de la planta, encontrándose siempre por encima de las recomendaciones mínimas

en materia de seguridad y salud relacionadas con la iluminación de los centros de

trabajo.

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El ofertante podrá realizar una visita a las instalaciones para determinar el alcance

exacto de esta obra.

- Para el caso de los Productos Químicos se estará a lo dispuesto en el

RD379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento

de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, o la

legislación vigente.

Se realizará un proyecto en el que se justifiquen todos los extremos intervinientes en

las nuevas instalaciones de productos químicos, en caso de que sean ejecutadas. En

caso de que se reutilicen todas las instalaciones de almacenamiento, se estudiará la

continuidad de su adecuación a la normativa actual y productos a almacenar.

Se incluirán todos los cargaderos, depósitos y cubetos de retención que sean

necesarios según el proceso propuesto y la normativa indicada o cualquier otra que

fuera de aplicación.

Actualmente se dispone de un cargadero de productos químicos cuyas

características de impermeabilización habrán de ser evaluadas para su utilización

con el producto químico a manipular en el mismo.

Las instalaciones de almacenamiento contarán con equipos de llenado para los

depósitos, así como equipos de dosificación de reactivo a proceso.

- Se justificará la adecuación de la instalación de protección contra incendios,

climatización, aire comprimido, etc. bien mediante la redacción del correspondiente

proyecto técnico o memoria técnica, según sea el caso.

- En caso de que sea necesario incluir algún tipo de depósito para productos químicos

o reactivos que no exista ya en el vertedero de Areosa, será a cuenta del

adjudicatario del Concurso su suministro y conexionado.

- Cuando sea oportuno, conexionado con las instalaciones de dosificación o carga de

reactivos químicos ya existentes.

- En caso de ser necesario, se dispondrá de una zona habilitada para el

almacenamiento de residuos generados en la planta, bien sean peligrosos o no

peligrosos.

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- Desmontaje y Retirada de la Instalación de Depuración una vez se haya

finalizado la prestación del servicio objeto del presente concurso. Dicho desmontaje

se llevará a cabo en un plazo nunca superior a dos semanas, contadas a partir de la

fecha de la correspondiente comunicación de SOGAMA.

2.3. PRUEBAS DE PUESTA EN MARCHA DE LAS INSTALACIONES OBJETO DE CONTRATO.

Una vez se hayan dado por finalizados los suministros, obras de construcción, montajes,

ajustes, parametrizaciones, verificaciones, etc. se procederá a las pruebas de puesta en

marcha de las instalaciones.

Para ello, el Adjudicatario solicitará a SOGAMA con una antelación de al menos 5 días

hábiles la realización de estas pruebas. Esta solicitud irá acompañada de un programa de

puntos de inspección.

En un primer momento se realizará una prueba con agua de las líneas de aspiración de

lixiviado para evaluar la existencia de fugas. Una vez se haya dado conformidad a esta

línea, se procederá con el programa de puntos de inspección oportuno.

Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes conceptos relacionados con la puesta en

marcha de las instalaciones:

- Toma de muestra y análisis de lixiviado de entrada a las depuradoras, antes de ser

acondicionado. Un laboratorio independiente acreditado por ENAC analizará los

parámetros incluidos en la AAI, así como la conductividad.

- Toma de muestra y análisis de permeado a la salida de las depuradoras. Se

analizará cada una de ellas independientemente. Un laboratorio independiente

acreditado por ENAC analizará los parámetros incluidos en la AAI, a los que habrá

de añadirle la conductividad.

- Realización de cuantas inspecciones sean necesarias por parte de Organismos de

Control Autorizados. (Baja Tensión, Contra Incendios, etc.)

- Todos los consumos, consumibles, reactivos químicos, etc. que sean necesarios

para la puesta en marcha de las instalaciones objeto de contrato. Una vez puesta en

marcha la planta de forma definitiva, el suministro de ácido sulfúrico no será por

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cuenta del adjudicatario de este contrato, mientras que los demás reactivos

continuarán siendo suministrados por él.

- En caso de que para las pruebas de puesta en marcha fuera necesario contar con un

grupo electrógeno, este será por cuenta del Adjudicatario. En este sentido se

propone utilizar grupos electrógenos que cuenten con los filtros necesarios para

evitar la avería de las instalaciones de control o cualquier tipo de instalación

eléctrica.

- Se realizarán muestreos y sus consiguientes análisis del permeado tanto de manera

puntual, como de manera integrada durante períodos de 24 horas a realizar durante

la ejecución de las pruebas de puesta en marcha.

Las pruebas de puesta en marcha tendrán una duración de 72 horas, y al final de las cuales

deberá poder comprobarse que:

Cada depuradora cumple diariamente (cada 24 horas) con la capacidad de

depuración ofertada por el adjudicatario en m3/hora.

Cada depuradora cumple diariamente con los rendimientos de depuración ofertados

por el adjudicatario.

En todos los muestreos y analíticas del permeado efectuados durante el período de

pruebas de puesta en marcha, la calidad del permeado vertido a cauce cumple con

los parámetros de Vertido establecido en la AAI de SOGAMA.r

Se llevarán a cabo las pruebas de puesta en marcha el número de veces necesarios hasta

que éstas se superen de forma satisfactoria.

2.4. RECEPCIÓN DE LA PLANTA

Para la Recepción de la Planta deberán haberse superado satisfactoriamente las Pruebas

de Puesta en Marcha y haber hecho a entrega a SOGAMA de un dossier en el que se

incluyan los siguientes documentos:

- Entrega en formato papel y digital de los proyectos As-Built de las instalaciones

proyectadas y finalmente ejecutadas, visados por colegios profesionales

correspondientes. En el formato digital, se hará entrega de una copia de todos los

planos en formato DWG (AUTOCAD )

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- Entrega de los certificados de dirección de obra relativos a los proyectos As-Built

indicados en el apartado anterior visados por colegios profesionales

correspondientes.

- Entrega del certificado emitido por el fabricante de las depuradoras en el que se

certifique que las máquinas son de nuevo uso e incluya:

o El marcado CE y/o cumplimiento de la legislación vigente en materia de

seguridad.

o Los resultados de pruebas y ensayos en fábrica.

o Demás homologaciones.

- Entrega de los Boletines relativos a las instalaciones ejecutadas, firmados por el

instalador o quien corresponda.

- Entrega de los certificados de inspección emitidos por Organismos de Control

Autorizados.

- Resultados de las analíticas llevadas a cabo, y realizadas por laboratorio

independiente acreditado por ENAC.

- Resultado de la aplicación del Programa de Puntos de Control firmado y sellado por

el Adjudicatario.

- Informe de producción durante la realización de Pruebas de Puesta en Marcha.

Incluirá datos relativos a volúmenes de lixiviado tratados, permeado a la salida de las

depuradoras y volumen de permeado a tanque. Así mismo, contará con datos

relativos al consumo de reactivos, incidencias, indisponibilidades, etc.

2.5. CARACTERÍSTICAS DEL LIXIVIADO Y PERMEADO.

Para la elaboración de la oferta el licitador podrá recoger muestras de lixiviado directamente

de las balsas que darán servicio a las depuradoras del Vertedero de Areosa para su análisis,

si así lo considera oportuno. En el momento de la recogida, SOGAMA y el ofertante firmarán

un acta de recogida de las mismas.

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De igual manera, será el ofertante el que se responsabilizará de todo el proceso de

extracción y analítica de muestras, desde la extracción misma hasta la entrega a laboratorio,

pasando por el proceso de transporte, eximiéndose a SOGAMA de responsabilidad alguna

por hechos acaecidos durante la ejecución de cualquiera de ellos.

Las características del lixiviado analizado por los ofertantes se considerarán como

meramente orientativas, no contando con valor contractual, por lo que no servirán como

justificación a un hipotético incumplimiento de las exigencias de calidad de vertido

solicitadas en este Pliego.

Los parámetros a analizar en el permeado (agua depurada) resultante de la depuración de

los lixiviados tendrán unos valores, cada uno de ellos, inferiores a los máximos establecidos

en la Autorización Ambiental Integrada vigente relativa al Vertedero de Areosa, así como las

modificaciones que pudieran realizarse de la misma.

La Autorización Ambiental Integrada vigente es un documento público y está a disposición

de los ofertantes en la página web de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del

Territorio de Galicia.

Se dispondrá a los efectos de regular la calidad del permeado, de un equipo de medición de

caudal, pH, amonio y conductividad en continuo, para que el agua solo sea vertida a cauce

cuando cumpla con los límites de vertido fijados en la AAI.

2.6. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO.

Será por cuenta del adjudicatario la prestación de un servicio técnico de mantenimiento de

las dos depuradoras que incluirá tanto el mantenimiento preventivo como correctivo

(sustitución de piezas de desgaste y averiadas).

Este servicio estará disponible en cualquier momento y de forma inmediata, a fin de

garantizar la disponibilidad solicitada en este Pliego de Concurso.

Será por cuenta del adjudicatario tanto la mano de obra como las piezas y repuestos

necesarios.

A fin de agilizar al máximo las reparaciones y disponer de las máquinas a la mayor

disponibilidad posible, el adjudicatario dispondrá de un stock de repuestos mínimos en las

proximidades de la instalación o en la propia instalación:

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ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (NC 0017/2016)

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- Filtros,

- Membranas.

- Sondas de pH, conductividad, nivel, presión.

- Tarjetas para el sistema de control de la máquina.

- Kit de retenes, válvulas

- Cierres mecánicos para las bombas.

- Otros repuestos a juicio del adjudicatario.

Este servicio estará representado por el adjudicatario que pondrá una persona al servicio del

mismo, localizable las 24h del día, independientemente de las subcontrataciones que vaya a

realizar, las cuales pondrá en conocimiento de SOGAMA.

2.7. PRESTACIONES POR PARTE DE LA PROPIEDAD

SOGAMA pondrá a disposición del adjudicatario el acceso al suministro de agua y

electricidad.

Suministro de agua

El suministro diario de agua por parte de SOGAMA es limitado, pudiendo ser

totalmente inexistente cuando SOGAMA lo considere necesario. Debido a ello, se

considerará el suministro de agua como un servicio no permanente, limitado a

utilizaciones esporádicas.

Como reserva de agua principal se dispondrá del depósito de permeado a instalar

entre la salida de la planta y la arqueta de vertido. Las tomas para utilización de

permeado se instalarán aguas arriba del punto de medida de caudal de permeado

vertido.

Suministro eléctrico

El suministro de electricidad se realizará a través de un centro de transformación

propiedad de SOGAMA.

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ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE DOS DEPURADORAS DE ÓSMOSIS INVERSA NUEVAS PARA LA DEPURACIÓN DE LIXIVIADOS EN LAS INSTALACIONES DE AREOSA

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS (NC 0017/2016)

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2.8. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO

El Contrato se entenderá a riesgo y ventura del adjudicatario y su formalización se efectuará

mediante documento Privado.

El Adjudicatario será responsable del suministro, diseño, proyecto, materiales, fabricación,

limpieza, pintura, inspección, pruebas, transporte, montaje, mantenimiento y puesta en

marcha de todos los elementos relacionados en este Pliego y que sean necesarios para el

correcto funcionamiento de las depuradoras, especialmente lo relativo a instalaciones de

bombeo y vertido, instalación eléctrica, módulos de depuración ,etc. Todo ello,

indistintamente de cualquier subcontratación a terceros de cualquier elemento o parte del

suministro.

El Adjudicatario se hará responsable de todas las licencias, permisos y autorizaciones que

sean necesarios para la importación de cualquier suministro objeto del alcance, si fuese el

caso.

El Adjudicatario deberá informar a SOGAMA, para aprobación por parte de ésta, las posibles

subcontrataciones que tiene previsto realizar así como las empresas adjudicatarias.

El Adjudicatario cumplirá en las fases de diseño y de construcción, además de con las

Normas y Reglamentos aplicables, con las condiciones de los materiales y de ejecución

recogidas en este Pliego.

La aprobación de cualquier documento por parte de SOGAMA o entidad en que ésta

delegue no exime al adjudicatario de la responsabilidad de prestar el servicio de alquiler y

asistencia técnica de acuerdo con el alcance y condiciones de calidad solicitadas en este

Pliego.

Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las leyes, reglamentos y

requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato.

Será responsabilidad del adjudicatario la presentación de todos los documentos necesarios

para la modificación/ampliación de los datos incluidos en el Registro de Establecimientos

Industriales de Galicia.