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PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UE1 DEL PP TORREBLANCA DEL PGOU DE CÓRDOBA ECOURBE GESTIÓN 1 PLIEGO DE CONDICIONES

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ÍNDICE

1.- CONDICIONES FACULTATIVAS ______________________________________________ 2 1.1.- DISPOSICIONES PREVIAS 2 1.2.- DEFINICIONES 2

2.- CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS _____________________________________________ 4 2.1.- CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 4 2.2.- CAPÍTULO II. EJECUCIÓN DE LA OBRA 5 2.3.- CAPÍTULO III. ABONO DE LA OBRA EJECUTADA 10 2.4.- CAPÍTULO IV. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 13 2.5.- CAPÍTULO V. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 15 2.6.- CAPÍTULO VI. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO 16 2.7.- CAPÍTULO VII. PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS 19 2.8.- CAPÍTULO VIII. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 22

3.- CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES_______________________________________ 23 3.1.- CAPÍTULO IX. MEDICIONES 23 3.2.- CAPÍTULO X. CONDICIONES GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICA 23 3.3.- CAPÍTULO XI. CONDICIONES GENERALES QUE DEBEN REUNIR LOS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 24 3.4.- CAPÍTULO XII. CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 42 3.5.- CAPÍTULO XIII. SEGURIDAD 46

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1.- CONDICIONES FACULTATIVAS

Las especificaciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas (P.C.T.) regirán en la contratación y ejecución de la siguiente obra:

PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UE 1 DEL PP TORREBLANCA DEL PGOU DE CÓRDOBA.

1.1.- DISPOSICIONES PREVIAS

Artículo 0.1 - Objeto del Pliego El presente Pliego General de Condiciones tiene por objeto regular las condiciones de las

obras que componen este Proyecto, salvo aquellas cláusulas para las que expresamente se dispongan otras en el oportuno contrato. El presente Pliego, junto con la Memoria, Planos, Medición y Presupuesto son los documentos que han de servir de base para la ejecución de las obras.

Artículo 0.2 - Entrada en vigor El presente Pliego entrará en vigor el día de la firma del contrato y en su defecto en la fecha

que figure en el acta de comprobación de replanteo de las obras.

1.2.- DEFINICIONES

En el Contrato, en el Pliego de Condiciones y en cualquier otro documento complementario, las palabras y expresiones que se definen en esta cláusula tienen la significación que a cada una de ellas se da a continuación:

Empresa Constructora (C.E.), Contrata o Contratista: La Compañía, persona física o jurídica cuya oferta ha sido aceptada por la Propiedad para la realización total o parcial de las obras y que incluye a sus causas-habientes, a sus representantes reales y a toda persona autorizada para obrar por aquel en relación con el Contrato.

Subcontratista: Las empresas o personas a quienes el Contratista adjudica y contrata, con autorización y conocimiento de la Propiedad, la ejecución parcial de alguna parte de los trabajos.

Dirección Facultativa o D.F.: Las personas físicas con titulación oficial suficiente a quienes la Propiedad ha encargado la supervisión de la construcción.

Contrato: El documento en que se formaliza el convenio entre la Propiedad y el Contratista para la Ejecución de los trabajos. La memoria y los planos del Proyecto, el presente Pliego de Condiciones y el Pliego de Condiciones generales de la Edificación, el Plan de Obra y la Oferta o Presupuesto presentada por la Contrata y aceptada por la Propiedad forman parte integrante del Contrato. Los documentos del Contrato son complementarios en cuanto que lo convenido o estipulado en uno se considerará tan obligado como si estuviera estipulado en todos.

Obra: Los trabajos que deben ser ejecutados de acuerdo con el Contrato, sea cualquiera el estado en que se encuentren.

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Sitio de la obra: El lugar o espacio donde debe ser ejecutada o llevada a cabo la obra.

Precios: Los valores asignados por la Empresa Constructora en su oferta o acordados entre ésta y la Propiedad para cada una de las unidades que se han de realizar en la obra.

Equipo de Construcción: Significa todo el equipo, maquinaria, vehículos, complementos, herramientas y demás elementos aportados por el Contratista o Subcontratistas que sean necesarios para la buena realización de los trabajos del Contrato, sin incluir los definidos como "Materiales".

Materiales: Comprende todos los equipos, materiales y demás elementos que quedarán incorporados o que se haya proyectado incorporar a la construcción, bien sean suministrados por el Contratista o por la Propiedad.

Obras e instalaciones provisionales: Son todas las de carácter temporal, de la clase que sean, y que se requieran en o para la ejecución de los trabajos.

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2.- CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

2.1.- CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.1 - Régimen Jurídico. Adjudicada la obra, se formulará por la Propiedad y la Empresa Constructora, el pertinente

Contrato, en el que se recogerán cuantos compromisos se establezcan entre ambos y las modificaciones del articulado del presente Pliego de Condiciones, que ambas estimen oportuno.

Se redactará en documento privado, que podrá elevarse a documento público, si cualquiera de las partes lo estimase conveniente, corriendo dicha parte con todos los gastos que ocasione tal documento.

Las obras se regirán por dicho contrato, y en lo que no resulte válidamente modificado por éste, por el presente Pliego.

Artículo 1.2 - Conocimiento por parte del Contratista del Contrato y de sus Normas Reguladoras. El desconocimiento del contrato, de los documentos anejos al mismo, y de la normativa de

toda índole promulgada por la Administración, de aplicación a la ejecución del Proyecto, no eximirá al Contratista de la obligación de su cumplimiento.

El Contratista conocerá mediante visita directa al solar, de las posibilidades de éste, para la realización de las obras. Cualquier pretensión adicional por desconocimiento del solar, no será reconocida, ni aceptada.

SECCIÓN I - RELACIONES GENERALES

Artículo 1.3 - Oficina de Obra. El Contratista deberá instalar y mantener, durante la ejecución del contrato, una "oficina de

obra", y deberá conservar en ella, copia autorizada de los documentos contractuales del Proyecto y el "Libro de Ordenes"; la Propiedad suministrará a aquél, las copias, antes de la fecha en que tenga lugar la comprobación del replanteo.

SECCIÓN II.- OBLIGACIONES SOCIALES, LABORALES Y ECONÓMICAS

Artículo 1.4- Obligaciones Sociales y Laborales del Contratista. El Contratista está obligado al

cumplimiento de las disposiciones vigente en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.

Artículo 1.5 - Indemnización por Cuenta del Contratista. Será de cuenta del Contratista indemnizar todos los daños que se causen a terceros como

consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las obras.

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Artículo 1.6 - Gastos y tasa de cuenta del Contratista. El Contratista estará obligado a satisfacer los gastos y tasas por prestación de los trabajos

facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación de las obras.

2.2.- CAPÍTULO II. EJECUCIÓN DE LA OBRA

SECCIÓN I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2.7 - Inspección de la Obra. Incumbe a la Propiedad ejercer de una manera continuada y directa, la inspección de la obra

durante su ejecución, a través de la Dirección Facultativa (D.F.).

El Contratista o su Delegado, deberá acompañar en sus visitas de inspección al Técnico Director o a las personas a las que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 2.8 - Conservación de la Obra. El Contratista está obligado a la conservación de la obra hasta la recepción definitiva de la

misma.

Después de la recepción provisional del edificio no deberá haber en él más herramientas, útiles, materiales, muebles, etc. que los indispensables para su guardería y limpieza, y para los trabajos que fuera preciso ejecutar.

Al abandonar el contratista el edificio, tanto por la buena terminación de las obras, como en el caso de rescisión del contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio y, caso de no hacerlo así, le será fijado un plazo no inferior a diez días por el Técnico Director, pasado el cual, la Propiedad dispondrá de cuantos materiales, herramientas, muebles, etc. queden en la obra y procederá a la limpieza del edificio, todo ello por cuenta del Contratista.

Si el edificio fuese ocupado por la Propiedad antes de la recepción definitiva, las reparaciones causadas por el uso correrán a cargo de la Propiedad y las reparaciones por vicios de obra o por defectos en las instalaciones, a cargo del Contratista. En caso de duda, será inapelable juez el Ingeniero Director.

Artículo 2.9 - Señalización de la Obra. El Contratista está obligado a instalar las señales precisas para indicar los puntos de posible

peligro debido a la marcha de las obras. Los gastos que originen la señalización, serán de cuenta del Contratista.

SECCIÓN II - COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJO

Artículo 2.10 - Acta de Replanteo. Dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes de la

fecha de su formalización, salvo casos justificados, la Dirección encargada de las obras procederá, en presencia de la Propiedad o persona en quien delegue, que podrá ser el Técnico Director, y del Contratista o de su representante autorizado, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente por el Contratista.

Del resultado de la comprobación se extenderá un acta, que será firmada por los presentes, recibiendo cada uno de ellos un ejemplar de la misma.

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El acta reflejará la conformidad o no del Contratista, respecto a los documentos contractuales del Proyecto, con especial referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y a cualquier otro punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato.

Cuando del resultado de la comprobación del replanteo se deduzca la viabilidad del Proyecto, a juicio del Técnico Director y sin reserva por parte del contratista, se dará por aquél la autorización para iniciar las obras, haciéndose constar este extremo explícitamente en el acta extendida, empezándose a contar el plazo de ejecución de las mismas, desde el día siguiente al de la firma del acta.

En el caso de que el Técnico Director o el Contratista, consideren necesario recoger observaciones que afecten a la ejecución de la obra o precisen modificación de los documentos del Proyecto, se hará constar en el acta que queda suspendida la iniciación de las obras. Una vez superadas las causas que impidieron el comienzo de las referidas obras, se procederá a nueva reunión de la que se extenderá la correspondiente acta, con los mismos condicionantes que en la anterior se tuvieron, y que dará origen al cómputo del plazo de ejecución de las obras, el día siguiente al que tenga lugar la firma de la misma.

Los gastos de la comprobación del replanteo serán de cuenta del Contratista.

Artículo 2.11 - Presentación del Programa de Trabajo. El Contratista presentará obligatoriamente un programa de trabajo, en el plazo de un mes

desde la firma del contrato, salvo causas justificadas. La Propiedad, dentro de los treinta días siguientes a su presentación, puede introducir modificaciones siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.

El programa deberá incluir los siguientes datos:

a) Ordenación de las unidades que integran el Proyecto en parte o clases de obra, con expresión del volumen de ésta.

b) Estimación en días del calendario, de los plazos de ejecución de las diversas partes o clase de obra.

c) Valoración mensual y acumulada de la obra programada.

d) Gráfico de las diversas actividades o trabajos.

El Técnico Director podrá acordar el no dar curso a las certificaciones de obra, hasta que el Contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo.

El acta de comprobación de replanteo y los plazos parciales que puedan fijarse al aprobar el programa de trabajo, se entenderán como parte integrante del contrato a los efectos de su exigibilidad.

SECCIÓN III - EQUIPO Y MAQUINARIA

Artículo 2.12 - Aportación de Equipo y Maquinaria. El Contratista queda obligado a aportar a la obra el equipo de maquinaria y medios auxilia-

res que sean precisos para la buena ejecución de aquélla, en los plazos parciales y total convenidos en el contrato.

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SECCIÓN IV - OCUPACIÓN DE BIENES

Artículo 2.13 - Uso Temporal de Bienes de la Propiedad. El Contratista podrá solicitar de la Propiedad la ocupación temporal de terrenos u otros

bienes inmuebles, con la obligación de conservarlos y repararlos en caso de deterioro, para hacer su entrega antes de la recepción definitiva de la obra, en perfecto estado de conservación, sin derecho a indemnización alguna por ello, ni por las mejoras eventualmente realizadas en los elementos utilizados.

Si al hacer la entrega no hubiese cumplido el Contratista con lo prescrito en el párrafo anterior, lo realizará la Propiedad a costa de aquél, incluso con cargo a las fianzas depositadas.

Tanto en el acto de la ocupación como en el de la posterior devolución, deberán recogerse en sendas actas descriptivas el estado de los bienes. Tales actas deberán ser suscritas por los interesados con la presencia del Técnico Director.

Artículo 2.14 - Vigilancia. Ocupados por el Contratista los terrenos o bienes inmuebles, a partir de ese momento y

hasta la recepción definitiva de la obra, el Contratista responderá de la vigilancia, cuidando especialmente de mantenerlos libre de intrusiones y depósitos.

SECCIÓN V - MATERIALES

Artículo 2.15 - Procedencia de los Materiales. El Contratista tiene la libertad para obtener los materiales que la obra precise de donde lo

tenga por conveniente, siempre que los mismos reúnan las condiciones exigidas en la documentación del Proyecto.

Si durante la ejecución de la obra, la Propiedad resolviese introducir modificaciones que produzcan aumentos o reducción y aún supresión de unidades o sustitución de partidas del Proyecto, siempre que ésta sea de las comprendidas en el contrato, o establecido una concreta procedencia de los materiales en los documentos de aquél y posteriormente fuese imprescindible, a juicio de la Propiedad, cambiar el origen o procedencia, serán obligatorias para el Contratista estas disposiciones, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión de obra, a reclamar ninguna indemnización.

Cuando las modificaciones del Proyecto supongan la introducción de unidades de obra no comprendidas en lo contratado o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación a las mismas serán aprobados por la Propiedad a la vista de la propuesta del Ingeniero Director y de las observaciones del Contratista. Si éste no aceptase los precios aprobados quedará exonerado de ejecutar las nuevas unidades de obra y la Propiedad podrá disponer libremente el modo de ejecutarlas.

Artículo 2.16 - Ensayos de Materiales y Unidades de Obra. La Dirección puede ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades

de obra que en cada caso resulten pertinentes y los gastos que se originen serán de cuenta del Contratista, hasta un importe máximo del 1% del Presupuesto de la Obra.

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Si el Técnico Director tuviese la necesidad de realizar ensayos y pruebas, una vez rebasado el 1% del Presupuesto de ejecución material dicho, el Contratista tiene obligación de realizarlos siendo su abono a cuenta de la Propiedad, salvo en el caso de que los resultados fueran desfavorables a juicio del Ingeniero Director, en tal caso, se harán de cuenta del Contratista. Este y a sus expensas, podrá solicitar un nuevo ensayo realizado por el laboratorio elegido de común acuerdo con la Dirección y cuyo resultado servirá para la resolución pertinente de ésta.

Artículo 2.17 - Instrucción y Normas de Obligado Cumplimiento en la Materia. Los materiales utilizados en la obra deben ajustarse a la instrucción y normas promulgadas

por la Propiedad que versen sobre condiciones generales y homologación de materiales, sin perjuicio de las específicas que el correspondiente Pliego pueda establecer.

Artículo 2.18 - Almacenes. El Contratista debe instalar en la obra y por su cuenta los almacenes precisos para asegurar

la conservación de los materiales, evitando destrucción o deterioro y siguiendo en su caso las instrucciones que a tal efecto reciba de la Dirección.

Artículo 2.19 - Recepción y Recusación de Materiales. El Contratista sólo puede emplear los materiales de la obra previo examen y aceptación por

la Dirección en los términos y formas que ésta señale para el correcto cumplimiento de las condiciones convenidas.

Si la dirección no aceptase los materiales sometidos a su examen deberá comunicarlo por escrito al Contratista, señalando las causas que motiven tal decisión. El Contratista podrá reclamar ante la Propiedad contratante en el plazo de diez días a partir de la notificación.

En este último caso, y si las circunstancias o el estado de los trabajos no permitiesen esperar la resolución por la Propiedad de la reclamación deducida, la D.F podrá imponer al C.E. el empleo de los materiales que juzgue oportunos, asistiendo a éste el derecho a una indemnización de los perjuicios, si la resolución le fuere favorable.

En todo caso, la recepción de los materiales por la Dirección no exime al Contratista de su responsabilidad de cumplimiento de las características para los mismos, descritas en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Los materiales recusados serán retirados fuera de la obra en el menor plazo posible, pudiendo entre tanto el Técnico Director no certificar la ejecución de la parte de obra afectada por dichos materiales.

Artículo 2.20 - Retirada de Materiales no Empleados en la Obra. A medida que se realicen los trabajos, el Contratista debe proceder por su cuenta, a la

vigilancia de la obra y a la retirada de los materiales acopiados que ya no tengan empleo en la misma.

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SECCIÓN VI - OBRAS DEFECTUOSAS O MAL EJECUTADAS

Artículo 2.21 - Obras Defectuosas o Mal Ejecutadas. Hasta que tenga lugar la recepción definitiva, el Contratista responderá de la ejecución de la

obra contratada y de las faltas que en ella hubiera, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Propiedad hayan examinado o reconocido, durante su construcción las partes y unidades de la obra o los materiales empleados, ni que hayan sido incluidos éstos y aquéllas en las mediciones y certificaciones parciales.

El Contratista quedará exento de responsabilidad cuando la obra defectuosa o mal ejecutada sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Propiedad o de vicio del Proyecto, salvo que éste haya sido modificado por el Contratista en su oferta.

Artículo 2.22 - Demolición y Reconstrucción de las Obras Defectuosas o Mal Ejecutadas. Si se advierten vicios o defectos en la construcción o se tienen razones fundadas para creer

que existen vicios ocultos en la obra ejecutada, la Dirección ordenará, durante el curso de la ejecución y siempre antes de la recepción definitiva, la demolición y reconstrucción de las unidades de obra en que se den aquellas circunstancias o las acciones precisas para comprobar la existencia de tales defectos ocultos.

Si la Dirección ordena la demolición y reconstrucción por advertir vicios o defectos patentes en la construcción, los gastos de esas operaciones serán de cuenta del Contratista, con derecho a éste de reclamar ante la Propiedad contratante en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación escrita de la Dirección.

En el caso de que ordenase la demolición y reconstrucción de unidades por creer existente en ellas vicios o defectos ocultos, los gastos incumbirán también al Contratista, si resultase comprobada la existencia real de aquellos vicios o defectos. Caso contrario correrán a cargo de la Propiedad.

Si la Dirección estima que las unidades de obra defectuosas y que no cumplen estrictamente las condiciones del contrato son sin embargo, admisibles, puede proponer a la Propiedad contratante la aceptación de las mismas, con la consiguiente rebaja de los precios. El Contratista queda obligado a aceptar los precios rebajados y fijados por la Propiedad, a no ser que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones del contrato.

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2.3.- CAPÍTULO III. ABONO DE LA OBRA EJECUTADA

SECCIÓN I - MEDICIÓN Y VALORACIÓN

Artículo 3.23 - Mediciones. La Dirección realizará mensualmente y en la forma que establezca el Pliego de

Prescripciones Técnica Particulares, la medición de unidades de obra ejecutadas durante el período de tiempo anterior.

Para las obras cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el Contratista está obligado a avisar a la Dirección con la suficiente antelación a fin de que ésta pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definan, cuya conformidad suscribirá el Contratista o su Delegado.

A falta del aviso anticipado, cuya existencia corresponde probar al Contratista, queda éste obligado a aceptar las decisiones de la Dirección sobre el particular.

Artículo 3.24 - Relaciones Valoradas. La Dirección, tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutadas, a las

que se refiere el artículo anterior y los precios contratados redactará mensualmente la correspondiente relación valorada al origen.

No podrá omitirse la redacción de dicha relación valorada mensual por el hecho de que, en algún mes, la obra realizada haya sido de pequeño volumen o incluso nula, a menos de que la Propiedad hubiera acordado la suspensión de la obra.

La obra ejecutada se valorará a precios de ejecución material que figure en letra en el cuadro de precios unitarios del Proyecto para cada unidad de obra y a los precios de las nuevas unidades de obra no previstas en el contrato que hayan sido debidamente autorizadas y teniendo en cuenta lo previsto en el presente Pliego para abono de obras defectuosas, materiales acopiados, partidas alzadas y abono del equipo puesto en obra.

Al resultado de la valoración, obtenido en la forma expresada en el párrafo anterior, se le aumentarán los porcentajes adoptados para formar presupuesto de contrata y la cifra que resulte se multiplicará por el coeficiente de adjudicación, obteniendo así la relación valorada mensual.

Artículo 3.25 - Audiencia al Contratista. En la misma fecha que la Dirección tramite la relación valorada, remitirá al Contratista una

copia de la misma, a los efectos de su conformidad o reparos, que el Contratista podrá formular en el plazo de quince (15) días contados a partir de la recepción de los expresados documentos.

En su defecto y pasado este plazo, ambos documentos se considerarán aceptados por el Contratista, como si hubiera suscrito en ello su conformidad.

Las relaciones valoradas contendrán solamente las obras ejecutadas en el plazo a la que la valoración se refiere. En ningún caso el número de unidades que se consignan en el Proyecto o en el Presupuesto podrá servir de fundamento para reclamación de ninguna especie.

El Técnico Director, pasado los referidos quince (15) días, podrá dar su visto bueno en la relación valorada antes de proceder a la certificación correspondiente.

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Artículo 3.26 - Certificaciones. Las certificaciones se expedirán por el Técnico Director tomando como base la relación

valorada y se tramitará en los siguientes diez (10) días del período que corresponda.

De su importe deducirá el Técnico Director el tanto por ciento que para la constitución de fianza se haya establecido en el contrato y que de no especificarse será del 10% del Presupuesto de Contrata.

Las certificaciones se extenderán al origen y tendrán carácter de documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las rectificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final, no suponiendo dichas certificaciones aprobación ni recepción de las obras que comprenden.

SECCIÓN II - ABONO DE LAS OBRAS

Artículo 3.27 - Requisito para el Abono. El Contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de la obra que

realmente ejecute con sujeción al Proyecto que sirvió de base para la licitación, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes, dadas por escrito, de la Propiedad.

Artículo 3.28 - Precios. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta

ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios.

Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a cualesquiera de los que bajo el título genérico de costes indirectos, los del personal técnico y administrativo adscritos exclusivamente a la obra y los imprevistos, todos estos gastos, se considerarán siempre incluidos en los precios de las unidades de obra del proyecto cuando no figuren en el presupuesto valorados en unidades de obra o en partidas alzadas.

Artículo 3.29 - Partidas Alzadas. Las partidas alzadas se abonarán conforme se indique en el Pliego de Prescripciones

Técnicas Particulares.

En su defecto, se considerarán a los efectos de su abono:

- Como "partidas alzadas a justificar", las susceptibles de ser medidas en todas sus partes en unidades de obra, con precios unitarios.

- Como "partidas alzadas a abono íntegro", aquéllas que se refieren a trabajos cuya especificación figure en los documentos contractuales del Proyecto y no sean susceptibles de medición, según Pliego.

Las partidas alzadas a justificar se abonarán a los precios de contrata, con arreglo a las condiciones de la misma y al resultado de las mediciones correspondientes.

Cuando los precios de una o varias unidades de obra de las que una partida alzada a justificar, no figure incluido en los cuadros de precios, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo IV del presente Pliego.

Para que la introducción de nuevos precios así determinados se considere modificación del Proyecto, habrán de cumplirse conjuntamente las dos condiciones siguientes:

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1.- Que la Propiedad contratante haya aprobado, además de los nuevos precios, la justificación y descomposición del presupuesto de partida alzada, y

2.- Que el importe total de dicha partida alzada, teniendo en cuenta en su valoración, tanto los precios incluidos en los cuadros de precios, como los nuevos precios de aplicación, no excedan del importe de la misma figurado en el proyecto.

Las partidas alzadas de abono íntegro se abonarán al Contratista en su totalidad, una vez terminados los trabajos u obras a que se refieren, de acuerdo con las condiciones del Contrato y sin perjuicio de lo que el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares pueda establecer respecto a su abono fraccionado en caso justificado.

Artículo 3.30 - Plazos de Inversión. Las anualidades o plazos de inversión previstos para las obras se establecerán de acuerdo

con el ritmo fijado para la ejecución de las mismas.

El Contratista podrá desarrollar los trabajos con celeridad mayor que la necesaria para ejecutar las obras en el tiempo prefijado en el contrato salvo que a juicio de la Dirección existiesen razones para estimarlo inconveniente.

SECCIÓN III - ABONO A CUENTA DE MATERIALES ACOPIADOS, EQUIPO E INSTALACIO-NES

Artículo 3.31 - Abono a Cuenta por Materiales Acopiados. Cuando no haya peligro de que los materiales recibidos como útiles y almacenados en la

obra o en los almacenes autorizados para su acopio sufran deterioro o desaparezcan, se podrá abonar al Contratista hasta un 50% de su valor, incluyendo tal partida en la relación valorada mensual y teniendo en cuenta este adelanto para deducirlo más tarde del importe total de las unidades de obra en que queden incluidos tales materiales.

Para realizar dicho abono será necesaria la constitución previa del correspondiente aval, para que queden previamente garantizados los referidos pagos.

Salvo que lo establezca el contrato y el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, el Técnico Director apreciará el riesgo y fijará el porcentaje correspondiente.

Artículo 3.32 - Abono a Cuenta de Instalaciones y Equipo. Podrán concederse abonos a cuenta, con las mismas garantías del artículo anterior, por

razón del equipo y de las instalaciones necesarias para la ejecución de la obra, si son propiedad del Contratista, se hallan en disposición de ser utilizados y dicha utilización ha de tener lugar en el plazo inmediato de acuerdo con el programa de trabajo.

Los abonos a cuenta por instalaciones y equipo serán fijados, discrecionalmente por el Técnico Director.

En todo caso, estos abonos requerirán petición expresa del Contratista, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Que se acredite la propiedad de las instalaciones y equipo de que se trate.

b) Que se comprometa por escrito a destinar exclusivamente a la obra la instalación o equipo de que se trate, y a no retirarlos, hasta tanto que sea autorizado para ello por el Técnico Director.

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c) Que haya presentado un programa de trabajo con indicación expresa de las instalaciones y equipos necesarios en cada una de las fases de ejecución de la obra.

d) Que cada uno de sus elementos esté descrito e identificado y valorado contradictoriamente en el acta correspondiente suscrita por el Contratista y el Técnico Director.

Artículo 3.33 - Reintegro de los Abonos a Cuenta. El reintegro de los abonos a cuenta concedidos sobre las operaciones preparatorias a que se

refiere la cláusula anterior, se efectuará deduciendo de las certificaciones de obra ejecutada, expedida a partir de la fecha de la concesión de aquellos porcentaje del importe de las misma que fijará el Técnico Director de modo que permita el reintegro del abono a cuenta antes de terminarse la obra, y que, por lo tanto, será superior al tanto por ciento que el abono a cuenta represente sobre el resto de la obra que falta por ejecutar en las fechas de la concesión.

Con posterioridad, la Dirección podrá acordar que estos reintegros se cancelen en menor período de tiempo, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Artículo 3.34 - Cancelación Total o Parcial de los Avales Prestados en Garantía de Abono o Cuenta por Acopio de Materiales, Instalaciones o Equipo. El Contratista podrá solicitar las cancelaciones del aval o de los avales constituidos en

garantía de abonos a cuenta por acopio de materiales, instalaciones o equipos, a medida que vayan teniendo lugar las deducciones y tengan una cuantía por lo menos, igual al importe de la garantía que se pretende cancelar.

Estas garantías serán acordadas por la Propiedad, previo informe del Técnico Director.

2.4.- CAPÍTULO IV. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 4.35 - Ejecución de las Modificaciones del Proyecto. Cuando sea necesario introducir modificaciones en el Proyecto que rige el contrato, el

Técnico Director redactará propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquella. La aprobación por la Propiedad requerirá la previa audiencia al Contratista.

Aprobada la modificación, el Técnico Director entregará al Contratista copia de los documentos del Proyecto que hayan sido objeto de nueva redacción, motivada por variación en el número de unidades nuevas. Estas copias irán autorizadas con la firma de la Propiedad.

En tanto se formula o tramita el reformado no se interrumpirán los trabajos ajenos al mismo.

Artículo 4.36 - Precios de Unidades de Obra no Previstos en el Contrato. Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra que no figuren

en el presupuesto del Proyecto base del contrato, el Técnico Director propondrá los nuevos precios, basándose en los costos elementales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes correspondientes a la fecha en que tuvo lugar la licitación del mismo.

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Los nuevos precios, una vez aprobados por la Propiedad, se considerarán incorporados a todos los efectos, a los cuadros de precios del Proyecto que sirvieron de base al contrato.

Cuando las modificaciones del Proyecto supongan la introducción de unidades de obra no comprendidas en el contrato y cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación serán fijados por la Propiedad a propuesta del Técnico Director y de las observaciones del Contratista a esta propuesta, en trámite de audiencia. Si éste no aceptase los precios aprobados, quedará exonerado de ejecutar las nuevas unidades de obra y la Propiedad podrá contratarla con otro Empresario en los mismos precios que hubiere fijado o ejecutarlas directamente.

Si el Contratista procediera por su cuenta a la ejecución de alguna unidad de obra que no figure entre las contratadas, sin cumplir lo anteriormente especificado sobre los precios de tales unidades, aceptará obligatoriamente para las mismas, el fijado por la Propiedad a propuesta del Técnico Director.

Artículo 4.37 - Variaciones en los Plazos de Ejecución por Modificaciones del Proyecto. Acordada por la Propiedad la redacción de modificaciones del Proyecto, que impliquen la

imposibilidad de continuar ejecutando determinadas partes de la obra contratada, deberá acordarse igualmente la suspensión temporal, parcial o total de las obras.

En cuanto a la variación en más o en menos de los plazos que se deriven de la ejecución de las obras aprobadas, el Contratista expondrá por escrito dirigido a la Propiedad, la repercusión a considerar en la marcha de los trabajos y el retraso que pueda originarse en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que, por dicha causa necesite; la Propiedad, visto el informe sobre dicho escrito del Técnico Director, resolverá sin perjuicio de lo que proceda, si hubiera habido lugar a suspensión temporal, parcial o total.

Artículo 4.38 - Modificaciones no Autorizadas. Ni el Técnico Director, ni el Contratista podrán introducir o ejecutar modificaciones en la

obra objeto del contrato, sin la debida aprobación de aquellas modificaciones y del presupuesto correspondiente.

Se exceptúan aquellas modificaciones que, durante la correcta ejecución de la obra, se produzcan únicamente por variación en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las cubicaciones del Proyecto, las cuales podrán ser corregidas en la liquidación provisional, siempre que no representen un incremento del gasto superior al diez por ciento (10%), del contrato.

Las modificaciones en la obra, que no estén debidamente autorizadas por la Propiedad, originarán responsabilidad en el Contratista, sin perjuicio de las que pudieran alcanzar al Director de las obras.

En caso de emergencia, el Técnico Director podrá ordenar la realización de aquellas unidades de obra que sean imprescindibles o indispensables, para garantizar o salvaguardar la permanencia de las partes de obra ya ejecutadas anteriormente, o para evitar daños inmediatos a terceros.

La Dirección deberá dar cuenta inmediata de tales órdenes a la Propiedad, a fin de que ésta prevea el gasto correspondiente.

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SECCIÓN II - SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS

Artículo 4.39 - Acta de suspensión. Siempre que la Propiedad acuerde una suspensión temporal, parcial o total de la obra, o una

suspensión definitiva, se levantará la correspondiente acta de suspensión y en la que se hará constar el acuerdo de la Propiedad que originó la suspensión, definiéndose concretamente la parte o partes o la totalidad de la obra afectada por aquella.

Al acta se debe acompañar como Anexo y en relación con la parte o partes suspendidas, la medición tanto de la obra ejecutada en dicha o dichas partes, como de los materiales acopiados a pie de obra utilizables exclusivamente en las mismas.

La Dirección remitirá un ejemplar del acta de suspensión y su anexo a la Propiedad y al Contratista.

Artículo 4.40 - Daños y Perjuicios al Contratista. Si la Propiedad, por acordar una suspensión temporal que exceda del tiempo, que para estos

efectos fijan las disposiciones vigentes, tuviere que abonar daños y perjuicios al Contratista, su determinación atenderá entre otros factores, a la perturbación que la suspensión hubiere producido en el ritmo de ejecución previsto en el programa de trabajo, con la consiguiente repercusión en la utilización de maquinaria y personal, y a la relación que represente al importe de las partes de obra a que alcanza la suspensión con el presupuesto total de la obra contratada.

2.5.- CAPÍTULO V. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Artículo 5.41 - Sanciones al Contratista en Caso de Resolución del Contrato por Causas Imputables al mismo. En el caso de resolución del contrato por causas imputables al Contratista, la fijación y

valoración de los daños y perjuicios causados, se verificarán por el Técnico Director y resolverá la Propiedad, previa audiencia al Contratista.

Los errores materiales que puedan contener el Proyecto o presupuesto no anularán el contrato, sino en cuanto sean denunciados por cualquiera de las partes, dentro de los dos meses y afecten además, al importe del presupuesto de la obra en menos de un veinte por ciento (20%).

Caso contrario, los errores materiales sólo darán lugar a una rectificación, pero manteniéndose invariable la baja proporcional resultante de la adjudicación.

El incumplimiento por el Contratista de cualquier cláusula contenida en el contrato, autoriza a la Propiedad para exigir su estricto cumplimiento, o bien acordar la resolución del mismo. Si ha habido dolo, fraude o engaño por parte del Contratista, se acordará siempre la resolución del contrato.

El incumplimiento de plazos por parte del contratista se regulará por las correspondientes reglas contenidas en el presente Pliego y en el contrato.

Artículo 5.42 - Causas de Resolución del Contrato. Son causas de resolución del contrato de obra:

Primera: El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el mismo.

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Segunda: Las modificaciones del Proyecto, aunque fueran necesarias, que impliquen aisladas o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en cuantía superior en más o en menos al veinte por ciento (20%), del importe de aquél.

Tercera: La suspensión definitiva de las obras acordadas por la Propiedad, así como la suspensión temporal de las mismas por un plazo superior a un año, también acordadas por aquélla.

Cuarta: El fallecimiento de una de las partes contratantes.

Quinta: La desaparición de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

Sexta: La quiebra del Contratista.

Séptima: El mutuo acuerdo de la Propiedad y el Contratista.

Octava: Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.

Artículo 5.43 - Plazo para retirar Instalaciones y Equipos. Acordada la resolución del contrato, el Técnico Director debe fijar al Contratista un plazo no

inferior de diez (10) días, para abandonar la obra y retirar las instalaciones auxiliares y el equipo aportado a la ejecución de la misma, pasado el cual, la Propiedad dispondrá de cuantos materiales y equipo aportado queden en la obra y procederá a la limpieza de la misma, todo ello por cuenta del Contratista.

2.6.- CAPÍTULO VI. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO

SECCIÓN I - RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LA OBRA

Artículo 6.44 - Aviso de Terminación de la Obra. El Contratista, con una antelación de cuarenta y cinco (45) días hábiles, comunicará a la

Dirección la fecha prevista para la terminación de la obra.

El Técnico Director, en caso de conformidad con la citada comunicación, la elevará informada, con la antelación de un mes respecto a la fecha de terminación de las obras, a la Propiedad, a los efectos que esté presente en el acto de la recepción provisional o proceda al nombramiento de un representante autorizado.

Artículo 6.45 - Acta de Recepción Provisional. La propiedad o su representante, fijará la fecha de la recepción provisional.

El Contratista o su representante autorizado, tiene obligación de asistir a las recepciones de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple con esta obligación, no podrá ejercitar derecho alguno que pudiese derivar de su asistencia y en especial, la posibilidad de hacer constar en el acta, reclamación alguna de orden de estado de las obras y a las previ-siones que la misma establezca acerca de los trabajos que debe realizar en el plazo de garantía, sino solamente con posterioridad, en el plazo de diez días y previa alegación y justificación fehaciente, de que su ausencia fue debida a causas que no le fueron imputables.

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Del acto de la recepción provisional se extenderá acta en tantos ejemplares como personas representen a la Propiedad, al Contratista y al Técnico Director de la obra, que firmarán todos los presentes en el acto de la recepción, y a quienes se hará entrega de un ejemplar de la misma. Actuará de Secretario el Director de Obras Técnico o Aparejador de la Dirección. Si el contratista o su delegado, no asistiesen a la recepción provisional, la Propiedad le remitirá con acuse de recibo, un ejemplar del acta.

En el acta se hará constar el estado de terminación, conforme al Proyecto, así como todas las diferencias u omisiones que se observen y se emplazará al Contratista para que subsane las deficiencias, que por no ser sustanciales, no hayan impedido la recepción fijándole un plazo breve para corregirlas. Desde la fecha de recepción sin defectos, corre el plazo de garantía, que se fija en un año y durante el cual el Contratista responde de los defectos de construcción que aparecieran. Dicho plazo se suspende desde que se observen deficiencias graves, volviendo a correr una vez terminadas de subsanar.

Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta, y se especificará en la misma, las precisas y detalladas instrucciones que el Técnico Director debe señalar al Contratista para remediar los defectos observados, fijándose un plazo para subsanarlos, expirado el cual, se efectuará un nuevo reconocimiento en idénticas condi-ciones, a fin de proceder a la recepción provisional de la obra.

Si el Contratista no hubiese cumplido, se declarará rescindido el contrato, a no ser que el Propietario acceda a concederle un nuevo e improrrogable plazo.

Artículo 6.46 - Incumplimiento del Plazo para realizar la Recepción Provi-sional. Si por causa de fuerza mayor e independientemente de las de rescisión, el Contratista

tuviese que suspender las obras, o no le fuese posible terminarlas en los plazos prefijados, la Propiedad puede otorgarle una prórroga proporcionada para el cumplimiento de lo pactado, previo informe favorable del Técnico Director.

Para ello, el Contratista expondrá por escrito dirigido a la Propiedad a través del Técnico Director, la causa que le impide la ejecución o la marcha de los trabajos, y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dichas causas necesita.

Si la recepción provisional de la obra se efectuara pasado el plazo de un mes contado a partir de la fecha de terminación de aquella y la demora fuese imputable a la Propiedad, el Contratista tendrá derecho a ser indemnizado de los perjuicios que la demora le irrogue, si así lo solicita por escrito a la Propiedad.

En el caso de no asistencia a la recepción provisional del Contratista o su delegado, el derecho expresado, solamente podrá ejercitarse previa alegación y justificación fehaciente exigida por la cláusula anterior.

Artículo 6.47 - Conservación de la Obra durante el Plazo de Garantía. El Contratista responderá de los daños o deterioros que puedan producirse en la obra

durante el plazo de garantía, a no ser que pruebe que los mismos han sido ocasionados por el mal uso que de aquellos hubiesen hecho los usuarios; en dicho supuesto, tendrá derecho a ser reembolsado del importe de los trabajos que deban realizarse para restablecer en la obra las condiciones debidas, pero no quedará exonerado de la obligación de llevar a cabo los citados trabajos.

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SECCIÓN II - MEDICIÓN GENERAL Y LIQUIDACIÓN PROVISIONAL

Artículo 6.48 - Medición General. Recibida la obra provisionalmente, el Técnico Director citará al Contratista, fijando la fecha

para proceder a la medición general de la obra.

El Contratista, bien personalmente o mediante delegación autorizada, tiene la obligación de asistir a la toma de datos y realización de la medición general que efectuará la Dirección. Si por causas que le sean imputables no cumple tal obligación, no podrá ejercitar reclamación alguna en orden al resultado de aquella medición, ni acerca de los actos de la Propiedad que se basen en tal resultado, sino previa la alegación y justificación fehaciente de inimputabilidad de aquellas causas.

Para realizar la medición general se utilizarán como datos complementarios, la comprobación del replanteo, los replanteos parciales y las mediciones efectuadas durante la ejecución de la obra, el libro de órdenes y cuantos otros estimen necesarios el Técnico Director y el Contratista. Si éste o su delegado no han asistido a la medición, la Dirección le remitirá un ejemplar de la misma.

Las reclamaciones que estime oportuno hacer el Contratista contra el resultado de la medición general, las dirigirá por escrito a la Propiedad por conducto del Técnico Director, el cual las elevará a aquélla una vez informadas.

Artículo 6.49 - Liquidación Provisional. El Técnico Director formulará la liquidación provisional, aplicando al resultado de la medición

general, los precios y condiciones económicas del contrato.

Los reparos que estime oportuno hacer el Contratista, a la vista de la liquidación provisional, los dirigirá por escrito a la Propiedad, en la forma establecida en el último párrafo de la cláusula anterior y dentro del plazo de un mes, pasado el cual, se entenderá que se encuentra conforme con el resultado y detalles de la liquidación.

SECCIÓN III - RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEFINITIVA

Artículo 6.50 - Acta de Recepción Definitiva. El Técnico Director comunicará a la Propiedad con una antelación mínima de un mes, la

fecha de terminación del plazo de garantía, a los efectos de que proceda a fijar la fecha de celebración del acto de recepción definitiva, con antelación mínima de diez (10) días, citando al Técnico Director y al Contratista.

La asistencia de la Propiedad y del Contratista a la recepción definitiva se regirá por idénticos principios, reglas y trámites, que los expresados para la recepción provisional.

Del resultado del acto se extenderá acta, en tantos ejemplares cuantos sean los comparecientes, quienes lo firmarán y retirarán un ejemplar cada uno.

Si del examen de la obra resulta que no se encuentra en las condiciones debidas para ser recibida con carácter definitivo, se hará constar así en el acta y se incluirán en ésta las oportunas instrucciones al Contratista, señalándose un nuevo y último plazo, para el debido cumplimiento de sus obligaciones, transcurrido el cual, se volverá a examinar la obra, con los mismos trámites y requisitos señalados, a fin de proceder a su recepción definitiva.

Si el Contratista o su delegado, no ha asistido a la recepción definitiva, la Propiedad le remitirá, con acuse de recibo, un ejemplar del acta.

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Artículo 6.51 - Liquidación Definitiva. El Técnico Director firmará la liquidación definitiva en el plazo de un mes contado a partir de

la fecha de la recepción definitiva, dando vista de la misma al Contratista.

Los reparos que éste estime oportuno formular a la liquidación definitiva, deberá dirigirlos por escrito a la Propiedad por conducto del Técnico Director, quien los elevará a aquélla con su informe. Si pasado el plazo de treinta (30) días, el Contratista no ha contestado por escrito, con su aceptación o reparos, se entenderá que se encuentra conforme con el resultado y detalles de la liquidación.

La aprobación de esta por la Propiedad será notificada al Contratista.

Artículo 6.52 - Certificación de la Liquidación. Una vez aprobada la liquidación definitiva, el Técnico Director expedirá certificación de la

misma, y en tanto no lo hiciere no podrá procederse a la devolución de la fianza.

2.7.- CAPÍTULO VII. PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo 7.53 - Plazo de Ejecución. Las obras se terminarán en el plazo expresado en el contrato, y en su defecto, a los siete (7)

meses después del día en que dio comienzo.

Artículo 7.54 - Plazos Parciales. Se ajustarán al programa de trabajo presentado por el Contratista.

Artículo 7.55 - Régimen de Pago. Se abonará la obra según se específica en el contrato y en su defecto, contra certificaciones

mensuales y con arreglo a lo que se especifica en el presente Pliego de Condiciones.

Artículo 7.56 - Causas Especiales de Rescisión del Contrato. Además de las expresadas en el Artículo 5.43, se considerarán suficientes las que a

continuación se señalan:

Primera: La suspensión de la obra comenzada y en todo caso, siempre que por causas ajenas a la contrata, no se dé comienzo a la obra adjudicada, dentro del plazo de un mes a partir de la adjudicación.

Segunda: El no dar comienzo el contratista a los trabajos dentro del plazo señalado en el presente Pliego.

Tercera: El incumplimiento de las condiciones del contrato cuando implique mala fe o descuido, con perjuicio a los interesados en la obra, a juicio del Técnico Director.

Cuarta: La Terminación del plazo de ejecución de la obra, sin haberse terminado ésta.

Quinta: El abandono de la obra sin causa justificada.

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Artículo 7.57 - Del Cumplimiento de los Plazos. El Contratista estará obligado a cumplir los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva

del contrato, y en general para su total realización.

Si el Contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto a los plazos parciales, de manera que haga presumir racionalmente la imposibilidad del cumplimiento del plazo final o éste hubiera quedado incumplido, la Propiedad podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de la fianza o por la imposición de las penalidades que se establezcan en el Artículo siguiente.

En este último supuesto, de aplicación de penalidades por incumplimiento del plazo total, por causas imputables al Contratista, la Propiedad concederá la ampliación de plazo que estime y resulte necesario para la terminación de la obra, oído el Técnico Director.

Artículo 7.58 - Penalidades. La Propiedad fijará en el contrato las penalizaciones que procedan por causas reseñadas en

el Artículo 7.57, anterior y en su defecto, se fijará el de un 0,02 % o del presupuesto de Contrata.

En ningún caso la penalidad por demora podrá exceder del veinte por ciento (20%) del presupuesto total de la obra, por lo que una vez alcanzado este límite máximo, se procederá a la resolución del contrato.

Las penalidades por incumplimiento de los plazos parciales no son acumulables entre sí, ni tampoco a la que pudieran corresponder por incumplimiento del plazo total.

Consecuentemente, al incumplirse un plazo parcial o el plazo total, la penalidad a él correspondiente, absorberá las que hayan tenido lugar anteriormente, con el carácter de no acumulables, hasta que sean liquidadas e incluso procediéndose a la devolución de la diferencia si el montante de las ya impuestas resultase superior al que corresponde por el último plazo incumplido.

Si no se recuperasen fechas en sucesivos plazos parciales de penalización sólo se aplicará a los días de retraso habidos al plazo total de entrega de la obra.

Artículo 7.59 - Retrasos no Imputables al Contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al Contratista y éste ofreciera

cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había asignado, se le concederá por la Propiedad un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido a no ser que el Contratista pidiera otro menor.

La petición de prórroga por el contratista deberá tener lugar en un plazo máximo de quince días, desde la fecha en que se produzca la causa originaria del retraso, alegando las razones por las que se estima no serle imputable y señalando el tiempo probable de su duración a los efectos de que la Propiedad pueda oportunamente y siempre antes de la terminación del plazo del contrato, resolver sobre las prórrogas del mismo, y sin perjuicio de que una vez desaparecidas las causas, se reajuste el plazo, prorrogando el tiempo realmente perdido.

En el caso de que el Contratista no solicitase prórroga en el plazo anteriormente señalado, se entenderá que renuncia a su derecho.

Artículo 7.60 - Plazo de Garantía. Será el expresado en el contrato y en su defecto, el de doce meses (12 meses) después del

día en que se formalizó el acta de recepción provisional de la obra.

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Durante dicho plazo cuidará el Contratista en todo caso de la conservación y vigilancia de las obras, con arreglo a lo previsto en el presente Pliego de Condiciones y a las instrucciones que dicte el facultativo de la Propiedad. Si descuidase la conservación y diera lugar a que peligre la obra, se ejecutarán por la Propiedad y a costa del Contratista los trabajos necesa-rios para evitar el daño.

Artículo 7.61 - Revisión de Precios. Será de aplicación exclusivamente la fórmula polinómica tipo que se expresa a continuación

para esta clase de obra de conformidad con lo que se dispone el Decreto-Ley 2/1964 de 4 de Febrero. Orden de 12 de Agosto de 1964 (BOE de 8 de septiembre de 1964) Decreto de 19 de diciembre de 1970 (BOE de 28 de diciembre de 1970) y Decreto 461/1971 de 11 de marzo (BOE de 24 de marzo de 1971).

Kt=0,34xHT/Ho+0,10xEt/Eo+0,10xCt/Co+0,17xSt/So+0,08xCrt/Cro+0,06Mt/Mo+0,15

sirviendo como base los precios de mano de obra y materiales aprobados en el contrato.

Los materiales acopiados no serán afectados por ninguna revisión.

Artículo 7.62 - Procedencia de la Revisión. Para que proceda el derecho a la revisión es requisito que se haya ejecutado y certificado el

veinte por ciento (20%) del presupuesto total de la obra, que el Contratista haya cumplido estrictamente los plazos parciales fijados para la ejecución sucesiva del contrato general para su total realización.

El incumplimiento de los plazos parciales por causas imputables al Contratista, deja en suspenso la aplicación de la cláusula y en consecuencia, el derecho a la liquidación por revisión del volumen de obra ejecutado en mora, que se abonará a los precios primitivos del contrato. Sin embargo, cuando el Contratista restablezca el ritmo de ejecución de la obra determinado por los plazos parciales, recuperará el derecho a la revisión pero con los índices correspondientes a las fechas de los plazos en que debieron ejecutarse las obras según el programa de trabajo presentado.

Si el contrato resultase modificado por la aprobación de los presupuestos adicionales, el Contratista no tendrá derecho a aquella hasta que se haya certificado al menos, un veinte por ciento (20%) del nuevo presupuesto total; si al aprobarse el presupuesto adicional se estuviera aplicando la cláusula de revisión, ésta quedará en suspenso hasta que la obra certificada vuelva a alcanzar un importe a los precios primitivos del veinte por ciento del nuevo presupuesto total.

La liquidación por revisión de precios, se practicará mensualmente por la Dirección, con ocasión de la certificación de obra que corresponda a dicho periodo. Si por causas excepcionales las certificaciones tuvieran que incluir obras realizadas en período mayor, aquella comprenderá un número completo de meses y el coeficiente de revisión que proceda aplicar por las mismas limitaciones y deducciones expuestas, se obtendrá por la media aritmética de los distintos coeficientes de revisión, según tiempo legal de aplicación de cada uno de ellos.

La certificación con revisión se tramitará como certificación ordinaria; podrán practicarse certificaciones provisionales de revisión con base a los últimos índices vigentes; sí los correspondientes al mes al que se refiere la certificación parcial de obras no han sido publicados en el B.O.E.

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Artículo 7.63 - Forma de Acreditar el Importe de la Revisión. Cuando proceda aplicar la revisión de precios, el coeficiente se obtendrá sustituyendo en la

fórmula polinómica los símbolos de los índices de precios que figuran en la misma por los valores correspondientes fijados en el B.O.E. para el mes de que se trata y para la de la fecha del contrato.

El coeficiente de revisión obtenido será el factor por el que se multiplicará el líquido de las certificaciones expedidas conforme al presente Pliego de Condiciones y calculadas a los precios del contrato para obtener el importe de las certificaciones revisadas.

Artículo 7.64 - Fianzas. Se constituirá una fianza como garantía por parte del Contratista del compromiso de buena

ejecución de la obra, deduciendo del importe líquido de cada certificación, el diez por ciento (10%) del mismo.

La Propiedad, previo informe del Técnico Director, podrá vista la buena marcha de las obras, sustituirlas en un sesenta por ciento (60%) por aval bancario, restante el otro cuarenta por ciento (40%) en metálico.

Terminadas las obras en el plazo previsto y a la plena satisfacción y recibidas provisionalmente quedará la fianza constituida durante el plazo de garantía establecido en el aval bancario, por el diez por ciento (10%) del importe de las certificaciones expedidas.

Artículo 7.65 - Seguro de Obra. El constructor se compromete a asegurar con compañías de seguros de ámbito nacional, el

resarcimiento de los daños que se produzcan en la obra objeto de este Pliego por vicios de materiales y construcción en general, todas aquellas responsabilidades que puedan derivarse de la misma en aplicación de lo dispuesto en la Sección 2, Capítulo III, del Código Civil y Ats. 1-02 y 1.903 y 1.909 del mismo cuerpo legal, y por los plazos de garantía y prescripción de la obra, el constructor deberá exhibir al Técnico Director, los documentos justificativos de haber cumplido la anterior condición.

El Técnico Director no autorizará el comienzo de la obra sin que a su juicio no estén convenientemente aseguradas y garantizadas las responsabilidades de las obras en sí.

2.8.- CAPÍTULO VIII. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Artículo 8.66 - Subcontratas y Contratos Parciales. El Contratista dará a conocer a la Dirección los nombres de los subcontratistas que hayan de

intervenir en las obras. Esta notificará su aprobación o desaprobación en el plazo de quince (15) días. Si no lo hiciese, se entenderá que ésta aprueba la incorporación del subcontratista.

El Contratista asumirá la responsabilidad de los actos y los trabajos de los subcontratistas, sin que tenga derecho a reclamación por los trabajos mal ejecutados por ellos, a pesar de haber sido aprobada su incorporación por la Dirección.

Artículo 8.67 - Libro de Ordenes. El Contratista deberá tener en la obra, en todo momento, un libro foliado, donde la Dirección

consignará las órdenes que necesite darle y cuyo cumplimiento será obligatorio. También guardará en la obra una copia de los Planos, Detalles y Pliego de Condiciones. Todos estos documentos estarán a disposición de la Dirección Facultativa.

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3.- CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES

3.1.- CAPÍTULO IX. MEDICIONES

Artículo 9.1 - Criterio de Mediciones. Se regirá este artículo por el criterio de medición específico en los epígrafes

correspondientes del documento de Mediciones y las directrices fijadas en la Memoria del presente Proyecto.

3.2.- CAPÍTULO X. CONDICIONES GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICA

Artículo 10.1 - Generalidades. Los trabajos necesarios para la realización de la obra, así como los materiales que son

necesarios para su ejecución cumplirán las condiciones establecidas en el Pliego General de Condiciones de la Edificación.

Además de esas especificaciones, serán de aplicación las Disposiciones, Normas y Reglamentos que se relacionan a continuación.

Artículo 10.2 - Acciones de la Edificación. Se ajustarán a lo dispuesto en las Normas NBE-AE-88, NTE ECG, NTE-ECV y sismorresistente

PDS-1/1994.

Artículo 10.3 - Agua y Vertidos Residuales. Se ajustarán a lo dispuesto en las Normas Básicas para las Instalaciones Interiores de

suministro de Agua OmM. 9-XII-75, al Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para las Tuberías de Abastecimiento de Agua OM.28-VII-74 y a las Normas NTE-ICF, NTE-IFF, NTE-ISA y NTE-ISS.

Artículo 10.4 - Cemento. Se ajustará a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la

Recepción de Cemento RC-88.

Artículo 10.5 - Estructuras de Acero. Se ajustará a lo dispuesto en la siguiente Norma Básica EA-95.

Artículo 10.6 - Estructuras de Hormigón. Se ajustarán a lo dispuesto en las Normas PRE-72, EHE, NTE-EHS, NTE-EHU y NYE-EHV.

Artículo 10.7 - Estructura de Ladrillo, Tabiques y Morteros. Se ajustará a lo dispuesto en las Normas MV-201/1972 y en la NTE-PTL.

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Artículo 10.8 - Medio Ambiente. Se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y

Peligrosas y sus Instrucciones Complementarias.

Artículo 10.9 - Movimiento de Tierras. Se ajustará a lo dispuesto en las Normas NTE-ADE y NTE-ADZ.

Artículo 10.10 - Protección contra incendios. Se ajustará a lo dispuesto en la Norma NBE-CPI-96.

Artículo 10.11 - Seguridad e Higiene en el Trabajo. Se atendrá a lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo en la

Industria de la Construcción.

3.3.- CAPÍTULO XI. CONDICIONES GENERALES QUE DEBEN REUNIR LOS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

Artículo 11.12- Generalidades. Los materiales que se empleen en la obra deben ser nuevos y de primera calidad.

Artículo 11.13 - Recepción de Materiales. La recepción de materiales tendrá carácter provisional hasta que se compruebe su

comportamiento en obra.

Artículo 11.14 - Cemento. Se definen como cementos los conglomerantes hidráulicos que, finamente molidos y convenientemente amasados con agua, forman pastas que fraguan y endurecen a causa de las reacciones de hidrólisis e hidratación de sus constituyentes, dando lugar a productos hidratados mecánicamente resistentes y estables, tanto al aire como bajo agua.

Las definiciones, denominaciones y especificaciones de los cementos de uso en obras de carreteras y de sus componentes serán las que figuren en las siguientes normas:

- UNE 80 301 Cementos. Cementos comunes. Composición, especificaciones y criterios de conformidad.

- UNE 80 303 Cementos resistentes a sulfatos y/o agua del mar. - UNE 80 305 Cementos blancos. - UNE 80 306 Cementos de bajo calor de hidratación. - UNE 80 307 Cementos para usos especiales. - UNE 80 310 Cementos de aluminato de calcio.

Asimismo, será de aplicación todo lo dispuesto en la vigente “Instrucción para la recepción de cementos (RC-97)” o normativa que la sustituya.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares indicará el tipo, clase resistente y, en su caso, las características especiales de los cementos a emplear en cada unidad de obra.

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- Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en su artículo 9.

Si con el producto se aportara certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad del producto, los criterios a continuación para realizar el control de recepción no serán de aplicación obligatoria, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director de las Obras. Se comprobará la temperatura del cemento a su llegada a obra.

Artículo 11.15 - Agua. Podrán ser usadas, tanto para el amasado como para el curado del hormigón, todas las

aguas sancionadas como aceptables por la práctica local. No se permitirá el uso de aguas salinas de mar o de lluvia.

Cuando no se posean antecedentes de su utilización o en caso de duda, se analizarán de acuerdo con lo establecido en la EHE.

Artículo 11.16 - Áridos. Se entenderá por arena o árido fino el árido o fracción del mismo que pasa por un tamiz de

5 mm, de luz de malla. Su facultad de disgregación será tal que apretando un puñado de la misma, al soltarlo deberá desmoronarse sin dejar modeladas las huellas de la mano y estará exenta de arcilla, limos y materias análogas, será seca y uniforme.

En todo caso se ajustará a las disposiciones de la EHE.

Se entenderá por grava o árido grueso el que resulte retenido por el tamiz de 5 mm. de luz de malla.

Para su empleo en elementos de hormigón armado, al menos el 85% del árido total será de dimensión menor que las dos siguientes:

a) Los cinco sextos de la distancia libre horizontal entre armaduras.

b) La cuarta parte de la anchura, espesor o dimensión mínima de la pieza que se hormigona.

Y la totalidad de árido será de dimensión menor que el doble de los límites a) y b) anteriores.

Las gravas estarán exentas de sustancias perjudiciales, no se permitirán los áridos laminares ni acidulares, ni una cantidad de arcilla superior al 0,25% en peso.

Como áridos para la fabricación de hormigones pueden emplearse arenas y gravas procedentes de yacimientos naturales o del machaqueo y trituración de piedra de cantera, cuyo empleo se halle suficientemente sancionado por la práctica.

Se compondrá de elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvos, suciedad, arcillas u otras materias extrañas.

Cuando no se tenga antecedentes sobre la utilización de los áridos disponibles, o en caso de duda, deberá comprobarse que la cantidad de sustancias perjudiciales no excede de los límites fijados en las normativas.

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Artículo 11.17- Hormigones Objeto

El trabajo comprendido en la presente sección del Pliego de Condiciones consiste en suministrar toda la instalación, mano de obra, equipo, accesorios y materiales y en la ejecución de todas las operaciones concernientes a la instalación de hormigones, todo ello en completo y estricto acuerdo con este Pliego de Condiciones y planos aplicables y sujeto a los términos y condiciones del contrato.

Generalidades

Se prestará una total cooperación a otros oficios para la instalación de elementos empotrados, se facilitarán las plantillas adecuadas o instrucciones o ambas cosas, para la colocación de los elementos no instalados en los encofrados. Los elementos empotrados se habrán inspeccionado y se habrán completado y aprobado los ensayos del hormigón u otros materiales o trabajos mecánicos antes del vertido del hormigón.

a) Inspección.

El Contratista notificará al Técnico encargado con 24 horas de antelación, el comienzo de la operación de mezcla, si el hormigón fuese preparado en obra.

b) Ensayos

El Contratista efectuará todos los ensayos a su cuenta, con arreglo a lo estipulado en el Control de materiales de la Norma EHE para la realización de estos ensayos se tendrán presente los coeficientes de seguridad que se especifican en la memoria de cálculo, para poder utilizar, según estos, un nivel reducido, normal o intenso.

Materiales

a) Cemento

Cumplirá las prescripciones que este Pliego especifica en el capítulo correspondiente.

b) Agua

El agua será limpia y estará exenta de cantidades perjudiciales de aceites, ácidos, sales, álcalis, materias orgánicas y otras sustancias nocivas. Al ser sometida a ensayo para determinar la resistencia estructural al árido fino, la resistencia de las probetas similares hechas con el agua sometida a ensayo y un cemento Pórtland normal será, a los 28 días como mínimo el 95% de la resistencia de probetas similares hechas con agua conocida de calidad satisfactoria y con el mismo cemento árido fino. En cualquier caso se cumplirá lo especificado en la Norma EHE.

c) Árido fino.

El árido fino consistirá en arena natural, o previa aprobación del Director de Obras en otros materiales inertes que tengan características similares. El árido fino estará exento de álcalis solubles al agua, así como de sustancias que pudieran causar expansión en el hormigón por reacción a los álcalis del cemento. Sin embargo, no será necesario el ensayo para comprobar la existencia de estos ingredientes en árido fino que proceda de un punto en que los ensayos anteriores se hubieran encontrado exentos de ellos, o cuando se demuestre satisfactoriamente que el árido procedente del mismo lugar que se vaya a emplear, ha dado resultados satisfactorios en el hormigón de dosificación semejante a los que se vayan a usar, y que haya estado sometido durante un periodo de 5 años a unas condiciones de trabajo y exposición, prácticamente iguales a las que ha de someterse el árido a

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ensayar, y en las que el cemento empleado era análogo al que vaya a emplearse. En cualquier caso se ajustará a lo especificado en los Artículos correspondientes de la Norma EHE.

d) Árido grueso.

Consistirá en piedra machacada o grava, o previa aprobación en otros materiales inertes y de características similares. Estará exento de álcalis solubles en agua y de sustancias que pudieran causar expansión en el hormigón a causa de su reacción con los álcalis del cemento, no obstante, no será necesario el ensayo para comprobar la existencia de estos ingredientes en árido grueso que proceda de un lugar que en ensayos anteriores se haya encontrado exento de ellos o, cuando se demuestra satisfactoriamente que este árido grueso ha dado resultados satisfactorios en un hormigón obtenido con el cemento y una dosificación semejantes a los que se vayan a usar, y que haya estado sometido durante un periodo de 5 años a unas condiciones de trabajo y exposición prácticamente iguales las que tendrá que soportar el árido a emplear. En cualquier caso, todo árido se atendrá a lo especificado en los Artículos correspondientes de la norma EHE.

El tamaño del árido grueso será el siguiente:

d.1) La granulometría de los áridos será la siguiente:

MALLA UNE 7050 (mm.)

TANTO POR CIENTO EN PESO QUE PASA POR CADA TAMIZ, PARA TAMAÑOS MÁXIMOS DE ÁRIDO EN mm.

20 40 50 65 80 100

80 100 100 100 89,4

40 100 89,4 78,4 70,7 63,2

20 100 70,7 63,2 55,5 50 44,7

10 70.7 50 44,7 39,2 35,4 31,6

5 50 35,3 31,6 27,7 25 22,4

2,5 35,5 25 22,4 19,6 17,7 15,8

1,25 25 17,7 15,8 13,9 12,5 11,2

0,63 17,7 12,5 11,2 9,8 8,9 7,9

e) Armadura de acero.

Las armaduras de acero cumplirán lo establecido en los Artículos correspondientes de la norma EHE en cuanto a especificación de material y control de calidad.

- Las barras de acero que constituyen las armaduras para el hormigón no presentarán grietas, sopladuras ni mermas de sección superiores al 5%.

- El módulo de elasticidad inicial será siempre superior 2.100.00 Kp/cm2.

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- El alargamiento mínimo a rotura será el 235.

-Los aceros especiales y de alta resistencia deberán ser los fabricados por casas de reconocida solvencia e irán marcados con señales indelebles para evitar confusiones en su empleo.

f) Juntas de dilatación.

Las juntas de dilatación tendrán el siguiente tratamiento:

- Relleno premoldeado de juntas de dilatación.

- Relleno sellante de juntas.

- Topes estancos de juntas premoldeadas.

Almacenamiento de materiales.

Cemento: Inmediatamente después de su recepción a pié de obra, el cemento se almacenará en un alojamiento a prueba de intemperie y tan hermético al aire como sea posible. Los pavimentos estarán elevados sobre el suelo a distancia suficiente para evitar la absorción de humedad. Se almacenará de forma que permita un fácil acceso para la inspección e identificación de cada remesa.

Áridos: Los áridos de diferentes tamaños se apilarán en pilas por separado. Los apilamientos del árido grueso se formarán en capas horizontales que no excedan de 1,2 m. de espesor a fin de evitar su segregación. Si el árido grueso llegara a segregarse, se volverá a mezclar de acuerdo con los requisitos de granulometría.

Armadura: Las armaduras se almacenarán de forma que se evite excesiva herrumbre o recubrimiento de grasa, aceite, suciedad u otras materias que pudieran ser objetos de reparos. El almacenamiento se hará en pilas separadas o bastidores para evitar confusión o pérdida de identificación una vez desechos los mazos.

Dosificación y mezcla

Dosificación.

Todo el hormigón se dosificará en peso, excepto si en este Pliego de Condiciones se indica otra cosa, dicha dosificación se hará con arreglo a los planos del Proyecto.

En cualquier caso se atendrá a lo especificado en los Artículos correspondientes de la norma EHE.

La relación agua/cemento, para un cemento P-350, árido machacado y condiciones medias de ejecución de la obra, será la siguiente:

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Resistencia característica a los 28 días en Kp/cm2.

Relación máxima agua/cemento en peso

100 0,91

5 0,74

175 0,67

200 0,62

250 0,53

300 0,47

La dosificación exacta de los elementos que se hayan de emplear en el hormigón se determinarán por medio de los ensayos en un laboratorio autorizado. El cálculo de la mezcla propuesta se presentará al Director de Obras para su aprobación antes de proceder al amasado y vertido del hormigón.

La relación agua/cemento, indicada en la tabla anterior, incluirá el agua contenida en los áridos. No obstante, no se incluirá la humedad absorbida por éstos que no sea útil para la hidratación del cemento ni para la lubricación de la mezcla. El asiento en el Cono de Abrams estará comprendido entre 0 y 15 cm., según sea la consistencia.

b) Variaciones en la dosificación.

Las resistencias a la compresión calculadas a los 28 días, que se indican en tabla, son las empleadas en los cálculos del proyecto y se comprobarán en el transcurso de la obra ensayando, a los intervalos que se ordene, probetas cilíndricas normales preparadas con muestras tomadas de la hormigonera. Por lo general, se prepararán seis probetas por cada 150 m3, o fracción de cada tipo de hormigón mezclado en un día cualquiera. Durante las 24 horas posteriores a su moldeado, los cilindros se mantendrán en una caja construida y situada de forma que su temperatura ambiente interior se encuentre entre los 15 y 26º C. Los cilindros se enviarán a continuación al laboratorio de ensayos. El Contratista facilitará los servicios y mano de obra necesarios para la obtención, manipulación y almacenamiento a pié de obra de los cilindros y moldeará y ensayará dichos cilindros. Los ensayos se efectuarán a los 7 y a los 28 días. Cuando se haya establecido una relación satisfactoria entre la resistencia de los ensayos a los 7 y a los 28 días, los resultados obtenidos a los 7 días pueden emplearse como indicadores de las resistencias a los 28 días. Se variará la cantidad de cemento y agua, según se indiquen los resultados obtenidos de los cilindros de ensayo, tan próximamente como sea posible a la resistencia calculada, pero en ningún caso a menos de esta resistencia.

Si las cargas de rotura de las probetas sacadas de la masa que se ha empleado para hormigón, medidas en el laboratorio, fuesen inferiores a las previstas, podrá ser rechazada la parte de obra correspondiente, salvo en el caso que las probetas sacadas directamente de la misma obra den una resistencia superior a las de los ensayos y acordes con la resistencia estipulada. Podrá aceptarse la obra defectuosa, siempre que así lo estime oportuno el Director de Obras-Director, viniendo obligado en el caso contrario el Contratista a demoler la parte de obra que aquél indique, rehaciéndola a su costa y sin que ello sea motivo para prorrogar el plazo de ejecución.

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c) Dosificación volumétrica.

Cuando el Pliego de Condiciones del proyecto autorice la dosificación en volumen, o cuando las averías en el equipo impongan el empleo temporal de la misma, las dosificaciones en peso indicadas en las tablas se convertirán en dosificaciones equivalentes en volumen, pesando muestras representativas de los áridos en las mismas condiciones que los que se medirán. Al determinar el volumen verdadero del árido fino, se establecerá una tolerancia por el efecto de hinchazón debido a la humedad contenidas en dicho árido. También se establecerán las tolerancias adecuadas para las variaciones de las condiciones de humedad de los áridos.

d) Medición de materiales, mezcla y equipo.

Todo el hormigón se mezclará a máquina, excepto en casos de emergencia, en los que se mezclará a mano, según se ordene. Excepto cuando se haga uso de hormigón premezclado, el Contratista situará a pié de obra un tipo aprobado de hormigonera, por cargas, equipada con un medidor exacto de agua y un dispositivo de regulación. Esta hormigonera tendrá capacidad de producir una masa homogénea de hormigón de color uniforme. Los aparatos destinados a pesar los áridos y el cemento estarán especialmente proyectados a tal fin. Se pesarán por separado el árido fina, cada tamaño del árido grueso y el cemento. No será necesario pesar el cemento a granel y las fracciones de sacos. La precisión de los aparatos de medida será tal que las cantidades sucesivas puedan ser medidas con 1% de aproximación respecto de la cantidad deseada. Los aparatos de medida estarán sujetos a aprobación. El volumen por carga del material amasado no excederá de la capacidad fijada por el fabricante para la hormigonera. Una vez que se haya vertido el cemento y los áridos dentro del tambor de la hormigonera, el tiempo invertido en la mezcla no será inferior a un minuto en hormigonera de 1m3. de capacidad y capacidades inferiores; en hormigoneras de mayor capacidad se incrementará el tiempo mínimo en 15 segundos por cada m3 o fracción adicional de capacidad. La cantidad total de agua para el amasado se verterá en el tambor antes de haya transcurrido ¼ del tiempo de amasado. El tambor de la hormigonera girará con una velocidad periférica de uno 60 m. por minuto durante todo el periodo de amasado. Se extraerá todo el contenido del tambor antes de proceder a una nueva carga. El Contratista suministrará el equipo necesario y establecerá procedimientos precisos, sometidos a aprobación, para determinar las cantidades de humedad libre en los áridos y el volumen verdadero de los áridos finos si se emplea la dosificación volumétrica. La determinación de humedad y volumen se efectuará a los intervalos que se ordenen. No se permitirá el retemplado del hormigón parcialmente fraguado, es decir, su mezcla con o sin cemento adicional, árido o agua.

e) Hormigón premezclado.

Puede emplearse siempre que:

- La instalación esté equipada de forma apropiada en todos los aspectos para la dosificación exacta y adecuada mezcla y entrega de hormigón, incluyendo la medición y control exacto del agua.

- La instalación tenga capacidad y equipo de transporte suficiente para entregar el hormigón al ritmo deseado.

- El tiempo que transcurra entre la adición del agua para amasar el cemento y los áridos, o el cemento el árido y el vertido del hormigón en su situación definitiva en los encofrados, no excederá de una hora. El hormigón premezclado se mezclará y entregará por medio del siguiente modo:

- Mezcla en central:

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La mezcla en central se efectuará mezclando el hormigón, totalmente, en una hormigonera fija, situada en la instalación y transportándola a pié de obra en un agitador o mezcladora sobre camión que funcione a velocidad de agitación. La mezcla en la hormigonera fija se efectuará según lo establecido.

f) Control.

Los controles a realizar en el hormigón se ajustarán a lo especificado en el Artículo correspondiente de la norma EHE.

Encofrados

a) Requisitos generales.

Los encofrados se construirán exactos en alineación y nivel, excepto en la vigas en las que se les dará la correspondiente contraflecha; serán herméticos al mortero y lo suficientemente rígidos para evitar desplazamientos, flechas o pandeos entre apoyos. Se tendrá especial cuidado en arriostrar convenientemente los encofrados cuando haya de someterse el hormigón a vibrado. Los encofrados y sus soportes estarán sujetos a la aprobación correspondiente, pero la responsabilidad respecto a su adecuación será del Contratista. Los pernos y varillas usados para ataduras interiores se dispondrán en forma que al retirar los encofrados todas las partes metálicas queden a una distancia mínima de 3,8 cm. del hormigón expuesto a la intemperie, o de los hormigones que deben ser estancos al agua o al aceite y a una distancia mínima de 2,5 cm. para hormigones no vistos.

Las orejetas o protecciones, conos, arandelas u otros dispositivos empleados en conexiones con los pernos y varillas, no dejarán ninguna depresión en la superficie del hormigón o cualquier orificio mayor de 2,2 cm. de diámetro. Cuando se desee estanqueidad al agua o al aceite, no se hará uso de pernos o varillas que hayan de extraerse totalmente al retirar los encofrados. Cuando se elija un acabado especialmente liso, no se emplearán ataduras de encofrados que no puedan ser totalmente retiradas del muro. Los encofrados para superficies vistas de hormigón tendrán juntas horizontales y verticales exactas. Se hará juntas topes en los extremos de los tableros de la superficie de sustentación y se escalonarán, excepto en los extremos de los encofrados de los paneles. Este encofrado será hermético y perfectamente clavado. Todos los encofrados estarán provistos de orificios de limpieza adecuados, que permitan la inspección y la fácil limpieza después de colocada toda armadura. En las juntas horizontales de construcción que hayan de quedar al descubierto, el entablonado se elevará a nivel hasta la altura de la junta o se colocará una fija de borde escuadrado de 2,5 cm. en el nivel de los encofrados en el lado visto de la superficie. Se instalarán pernos prisioneros cada 7 – 10 cm. por debajo de la junta horizontal, con la misma separación que las ataduras de los encofrados; estos se ajustarán contra el hormigón fraguado antes de reanudar la operación de vertido. Todos los encofrados se construirán en forma que puedan ser retirados sin que haya que martillar o hacer palanca sobre el hormigón. En los ángulos de los encofrados se colocarán moldes o chaflanes adecuados para redondear o achaflanar los cantos de hormigón visto en el interior de los edificios. Irán apoyados sobre cuñas, tornillos, capas de arena u otros sistemas que permitan el lento desencofrado. El Director de Obras podrá ordenar sean retirados de la obra elementos del encofrado que a su juicio, por defecto o repetido uso, no sean adecuados.

b) Encofrados, excepto cuando se exijan acabados especialmente lisos.

Los encofrados, excepto cuando se exijan especialmente lisos, serán de madera, madera contrachapada, acero u otros materiales aprobados por el Director de Obras. El encofrado de madera para superficies vistas será de tableros machihembrados, labrados a un espesor uniforme, pareados con regularidad y que no presenten nudos sueltos, agujeros y otros defectos que pudieran afectar al

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acabado del hormigón. En superficies no vistas puede emplearse madera sin labrar con cantos escuadrados. La madera contrachapada será del tipo para encofrados, de un grosor mínimo de 1,5 cm. Las superficies de encofrados de acero no presentarán irregularidades, mellas o pandeos.

c) Revestimientos.

Antes de verter el hormigón, las superficies de contacto de los encofrados se impregnarán con un aceite mineral que no manche, o se cubrirán con dos capas de laca nitrocelulósica, excepto en las superficies no vistas, cuando la temperatura sea superior a 40 º C, que puede mojarse totalmente la tablazón con agua limpia. Se eliminará todo el exceso de aceite limpiándolo con trapos. Se limpiarán perfectamente las superficies de contacto de los encofrados que hayan de usarse nuevamente; los que hayan sido previamente impregnados o revestidos recibirán una nueva capa de aceite o laca.

Colocación de Armaduras

a) Requisitos Generales.

Se atenderá en todo momento a lo especificado en los Artículos correspondientes de la norma EHE.

El Contratista suministrará y colocará todas las barras de las armaduras, estribos, barras de suspensión, espirales u otros materiales de armadura, según se indique en los planos del proyecto o sea exigido en el Pliego de Condiciones del mismo, juntamente con las ataduras de alambre, silletas, espaciadores, soportes y demás dispositivos necesarios para instalar y asegurar adecuadamente la armadura. Todas las armaduras, en el momento de su colocación, estarán exentas de escamas de herrumbre, grasa, arcilla y otros recubrimientos y materias extrañas que puedan reducir o destruir la trabazón. No se emplearán armaduras que presenten doblados no indicados en los planos del proyecto o el los del taller aprobados o cuya sección está reducida por la oxidación.

b) Planos de Taller.

Se presentarán por triplicado, con la antelación suficiente al comienzo de la obra, planos completos del montaje de las barras de armadura, así como todos los detalles de doblado de las mismas. Antes de su presentación al Director de Obras, el Contratista revisará cuidadosamente dichos planos. El Director de Obras revisará los planos, con respecto a su disposición general y seguridad estructural; no obstante la responsabilidad por el armado de las estructuras de acuerdo con los planos de trabajo recaerá enteramente en el Contratista. El Director de Obras devolverá al Contratista una colección revisada de los planos de taller. El Contratista después de efectuar las correcciones correspondientes, presentará nuevamente al Director de Obras por triplicado, los planos de taller corregidos para su comprobación definitiva. El Director de Obras dispondrá de un tiempo mínimo de dos semanas para efectuar dicha comprobación. No se comenzará dicha estructura de hormigón armado antes de la aprobación definitiva de los planos de montaje.

c) Colocación.

La armadura se colocará con exactitud y seguridad. Se apoyará sobre silletas de hormigón o metálicas, o sobre espaciadores o suspensores metálicos. Solamente se permitirá el uso de silletas, soportes y abrazaderas metálicas cuyos extremos hayan de quedar al descubierto sobre la superficie del hormigón en aquellos lugares en que dicha superficie no esté expuesta a la intemperie y cuando la decoloración no sea motivo de objeción. En otro caso se hará uso de hormigón u otro material no sujeto a corrosión, o bien otros medios aprobados, para al sustentación de las armaduras.

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d) Empalmes.

Cuando sea necesario efectuar un número de empalmes superior al indicado en los planos del proyecto, dichos empalmes se harán según se ordene. No se efectuarán empalmes en los puntos de máximo esfuerzo en vigas cargadoras y losas. Los empalmes se solaparán lo suficiente para transferir el esfuerzo cortante y de adherencia entre barras.

Se escalonarán los empalmes en barras contiguas. La longitud de solape de las barras para hormigón H-175 y acero B-400-S será como mínimo:

DIÁMETRO (mm) EN TRACCIÓN

(cm) EN COMPRESIÓN

(cm)

5 30 15

6 30 15

8 33 16

12 65 32

16 115 57

20 180 90

25 280 140

Los pares de barras que forman empalmes deberán ser fuertemente atados unos a otros con alambre, si no se indica otra cosa en los planos.

e) Protección del hormigón.

La protección del hormigón para las barras de la armadura será como se indica en el Artículo correspondiente de la norma EHE.

Colocación del Hormigón

a) Transporte.

El hormigón se transportará desde la hormigonera hasta los encofrados tan rápidamente como sea posible, por métodos aprobados que no produzcan segregaciones ni pérdida de ingredientes. El hormigón se colocará lo más próximo posible en su disposición definitiva para evitar nuevas manipulaciones. Durante el vertido por canaleta la caída vertical libre no excederá de 1 m. El vertido por canaleta solamente se permitirá cuando el hormigón se deposite en una tolva antes de su vertido en los encofrados. El equipo de transporte se limpiará perfectamente antes de cada recorrido. Todo el hormigón se verterá tan pronto como sea posible después del revestido de los encofrados y colocada la armadura. Se verterá antes de que se inicie el fraguado y en todos los casos antes de transcurridos 30 minutos desde su mezcla o batido. No se hará uso de hormigón segregado durante el transporte.

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b) Vertido.

Todo el hormigón se verterá sobre seco, excepto cuando el Pliego de Condiciones del Proyecto lo autorice de distinta manera, y se efectuará todo el zanjeado, represado, drenaje y bombeo necesarios. En todo momento se protegerá el hormigón reciente contra el agua corriente. Cuando se ordenen las subrasantes de tierra u otro material al que pudiera contaminar el hormigón, se cubrirá con papel fuerte de construcción, u otros materiales aprobados y se efectuará un ajuste del precio del contrato, siempre que estas disposiciones no figuren especificadas en los planos del proyecto. Antes de verter el hormigón sobre terrenos porosos, estos se humedecerán según se ordene. Los encofrados se regarán previamente, y a medida que se vayan hormigonando los moldes y armaduras, con lechada de cemento. El hormigón se verterá en capas aproximadamente horizontales, para evitar que fluya a lo largo de los mismos. El hormigón se verterá en forma continuada o en capas de un espesor tal que no se deposite hormigón sobre hormigón suficientemente endurecido que puedan producir la formación de grietas y planos débiles dentro de las secciones; se obtendrá una estructura monolítica entre cuyas partes componentes exista una fuerte trabazón. Cuando resultase impracticable verter el hormigón de forma continua, se situará una junta de construcción en la superficie discontinua y, previa aprobación, se dispondrá lo necesario para conseguir la trabazón del hormigón que se vaya a depositarse a continuación, según se especifica más adelante. El método de vertido del vertido del hormigón será tal que evite desplazamientos de la armadura. Durante el vertido, el hormigón se compactará removiéndolo con las herramientas adecuadas y se introducirá alrededor de las armaduras y elementos empotrados, así como en ángulos y esquinas de los encofrados, teniendo cuidado de no manipularlo excesivamente, lo que podría producir segregación. El hormigón vertido proporcionará suficientes vistas de color y aspecto uniformes, exentas de porosidades y coqueras. En elementos verticales o ligeramente inclinados de pequeñas dimensiones, así como en miembros de la estructura donde la congestión del acero dificulte el trabajo de instalación, la colocación del hormigón en su posición debida se suplementará martilleando o golpeando en los encofrados al nivel del vertido, con martillos de caucho, macetas de madera o martillo mecánicos ligeros. El hormigón no se verterá a través del acero de las armaduras, en forma que produzcan segregaciones de los áridos. En tales casos se hará uso de canaletas, u otros medios aprobados. En ningún caso se efectuará el vertido libre del hormigón desde una altura superior a 1m. Cuando se deseen acabados esencialmente lisos se usarán canaletas o mangas para evitar las salpicaduras sobre los encofrados para superficies vistas. Los elementos verticales se rellenarán de hormigón hasta un nivel de 2,5 cm. aproximadamente, por encima del intradós de la viga o cargadero más bajo o por encima de la parte superior del encofrado, y este hormigón que sobresalga del intradós o parte superior del encofrado se enrasará cuando haya tenido lugar la sedimentación del agua. El agua acumulada sobre la superficie del hormigón durante su colocación, se eliminará por absorción con materiales porosos, en forma que se evite la remoción del cemento. Cuando esta acumulación sea excesiva se harán los ajustes necesarios en la cantidad del árido fino, en la dosificación del hormigón o en el ritmo de vertido según lo ordene el Director de Obras.

c) Vibrado.

El hormigón se compactará por medio de vibradores mecánicos internos de alta frecuencia de tipo aprobado. Los vibrantes estarán proyectados para trabajar con el elemento vibrador sumergido en el hormigón y el número de ciclos no será inferior a 6.000 por minuto estando sumergido. El número de vibradores usados será el suficiente para consolidar adecuadamente el hormigón dentro de los veinte minutos siguientes a su vertido en los encofrados, pero en ningún caso el rendimiento máximo de

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cada máquina vibradora será superior a 15 m3. por hora. Si no se autoriza específicamente no se empleará el vibrador de encofrados y armaduras. No se permitirá que el vibrado altere el hormigón endurecido parcialmente ni se aplicará directamente el vibrador a armaduras que se prolonguen en hormigón total o parcialmente endurecido.

No se vibrará el hormigón en aquellas partes donde éste pueda fluir horizontalmente en una distancia superior a 60 cm. Se interrumpirá el vibrado cuando el hormigón se haya compactado totalmente y cese la disminución de su volumen. Cuando se haga uso del vibrado, la cantidad de árido fino empleado en la mezcla será mínima, y de ser factible, la cantidad de agua en la mezcla, si es posible, estará por debajo del máximo especificado, pero en todos los casos, el hormigón será de plasticidad y maleabilidad suficientes para que permitan su vertido compactación con el equipo vibrador disponible en la obra.

d) Juntas de Construcción.

Todo el hormigón en elementos verticales habrá permanecido en sus lugares correspondientes durante un tiempo mínimo de cuatro horas con anterioridad al vertido de cualquier hormigón en cargaderos, vigas o losas que se apoyan directamente sobre dichos elementos. Antes de reanudar el vertido, se eliminará todo el exceso de agua y materiales finos que hayan aflorado en la superficie y se recortará el hormigón según sea necesario, para obtener un hormigón fuerte y denso en la junta. Inmediatamente antes de verter nuevo hormigón, se limpiará y picará la superficie, recubriéndose a brocha, con lechada de cemento puro. Las juntas de construcción en vigas y plazas se situarán en las proximidades del cuarto (1/4) de la luz, dándose un trazado de 45º. También es posible situarlas en el centro de la luz con trazado vertical.

Cuando las juntas de construcción se hagan en hormigón en masa o armado de construcción monolítica en elementos que no sean vigas o cargaderos, se hará una junta machihembrada y con barras de armadura, de una superficie igual al 0,25%, como mínimo, de las superficies a ensamblar y de una longitud de 120 diámetros, si no se dispone de otra forma en los planos del proyecto. En las juntas horizontales de construcción que hayan de quedar al descubierto, el hormigón se enrasará al nivel de la parte superior de la tablazón del encofrado, o se llevará hasta 12 mm. Aproximadamente, por encima de la parte posterior de una banda nivelada en el encofrado. Las bandas se quitarán aproximadamente una hora después de vertido el hormigón y todas las irregularidades que se observen en la alineación de la junta se nivelarán con un rastrel. Las vigas y los cargaderos se considerarán como parte del sistema de piso y se verterá de forma monolítica con el mismo. Cuando haya que trabar hormigón nuevo con otro ya fraguado, la superficie de éste de limpiará y picará perfectamente, eliminando todas las partículas sueltas y cubriéndola completamente con una lechada de cemento puro inmediatamente antes de verter el hormigón nuevo. En todas las juntas horizontales de construcción se suprimirá el árido grueso en el hormigón, a fin de obtener un recubrimiento de mortero sobre la superficie de hormigón endurecido enlechando con cemento puro de 2,0 cm. aproximadamente de espesor. No se permitirán juntas de construcción en los pilares, que deberán hormigonarse de una sola vez y un día antes por lo menos que los forjados, jácenas y vigas.

e) Juntas de Dilatación.

Las juntas de dilatación se rellenarán totalmente con un relleno premoldeado para juntas. La parte superior de las juntas expuestas a la intemperie, se limpiarán, y en el espacio que quede por encima del relleno premoldeado, una vez que haya curado el hormigón y ya secas las juntas, se rellenarán

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con su sellador de juntas hasta enrasar. Se suministrarán e instalarán topes estancos premoldeados en los lugares indicados en los planos.

f) Vertido de hormigón en tiempo frío.

Excepto por autorización específica, el hormigón no se verterá cuando la temperatura ambiente sea inferior a 4 º C, o cuando en opinión del Director de Obras, exista la posibilidad de que el hormigón que sometido a temperatura de heladas dentro de las 48 horas siguientes a su vertido. La temperatura ambiente mínima probable en las 48 horas siguientes, para cemento Pórtland, será de 9 º C. para obras corrientes sin protección especial, y para grandes masas y obras corrientes protegidas, de 3 º C. Como referencia de temperaturas para aplicación del párrafo anterior puede suponerse que la temperatura mínima probable en la cuarenta ocho horas siguientes en igual a la temperatura media a las 9 de la mañana disminuida en 4 º C. En cualquier caso, los materiales de hormigón se calentarán cuando sea necesario, de manera temperatura del hormigón al ser vertido, oscile entre los 20 y 26 º C. Se eliminará de los áridos antes de introducirlos en la hormigonera, los terrones de material congelado y hielo. No se empleará sal u otros productos químicos en la mezcla de hormigón para prevenir la congelación y el estiércol u otros materiales aislantes no convenientes, no se pondrán en contacto directo con el hormigón. Cuando la temperatura sea de 10 º C, o inferior, el Contratista podrá emplear como acelerador un máximo de 9 Kg. de cloruro de calcio por saco de cemento, previa aprobación y siempre que el álcali contenido en el cemento no exceda de 0,6%. No se hará ningún pago adicional por el cloruro de calcio empleado con este fin. El cloruro de calcio se pondrá en seco con áridos, pero en contacto con el cemento, o se verterá en el tambos de la hormigonera en forma de solución, consistente en 0,48 Kg. de cloruro cálcico por litro de agua. El agua contenida en la solución se incluirá en la relación agua/cemento de la mezcla de hormigón. Los demás requisitos establecidos anteriormente en el presente Pliego de Condiciones serán aplicables cuando se haga uso del cloruro de calcio.

Protección y curado

Se tendrá en cuenta todo el contenido del Artículo correspondiente de la Norma EHE.

a) Requisitos Generales.

El hormigón, incluido aquél al que haya de darse un acabado especial, se protegerá adecuadamente de la acción perjudicial de la lluvia, el sol, el agua corriente, heladas y daños mecánicos, y no se permitirá que se seque totalmente desde el momento de su vertido hasta la expiración de los periodos mínimos de curado que se especifican a continuación. El curado al agua se llevará a cabo manteniendo continuamente húmeda la superficie del hormigón, cubriéndola con agua, o con un recubrimiento aprobado saturado de agua o por rociado. El agua empleada en el curado será dulce. Cuando se haga uso del curado por agua, éste se realizará sellando el agua contenida en el hormigón, de forma que no pueda evaporarse. Esto puede efectuarse manteniendo los encofrados en su sitio, u otros medios tales como el empleo de un recubrimiento aprobado de papel impermeable de curado, colocando juntas estancas al aire o por medio de un recubrimiento de papel impermeable de curado, colocado con juntas estancas al aire o por medio de un recubrimiento sellante previamente aprobado. No obstante, no se hará uso del revestimiento cuando su aspecto pudiera ser inconveniente. Las coberturas y capas de sellado proporcionarán una retención del agua del 85% como mínimo al ser ensayadas. Cuando se dejen en sus lugares correspondientes los encofrados de madera de curado, dichos encofrados se mantendrán superficialmente húmedos en todo momento para evitar que se abran en las juntas y se seque el hormigón. Todas las partes de la estructura se conservarán húmedas y a una temperatura no inferior a 10 º C. durante los periodos totales de curado que se especifican a continuación, y todo el tiempo durante el cual falte humedad o calor no tendrá efectividad para computar el tiempo de curado. Cuando el hormigón se vierta en tiempo frío, se

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dispondrá de lo necesario, previa aprobación, para mantener en todos los casos, la temperatura del aire en contacto con el hormigón a 10 º C. y durante el periodo de calentamiento se mantendrá una humedad adecuada sobre la superficie del hormigón para evitar su secado.

b) El período de secado será como sigue.

Los túneles, zapatas, aceras, pavimentos cubiertos y otras estructuras o partes de las mismas, cuyo período de curado no se especifique en otro lugar del presente Pliego de Condiciones, se curarán durante siete días como mínimo.

Remoción y protección de encofrados

Los encofrados se dejarán en sus lugares correspondientes durante un tiempo no inferior a los periodos de curado especificados anteriormente, a no ser que se hayan tomado medidas necesarias para mantener húmedas las superficies del hormigón y evitar la evaporación en las superficies, por medio de la aplicación de recubrimientos impermeables o coberturas protectoras. Los apoyos y los apuntalamientos de los encofrados no se retirarán hasta que el elemento haya adquirido la resistencia suficiente para soportar su propio peso y las cargas de trabajo que le correspondan con un coeficiente de seguridad no inferior a dos. Los encofrados de losas, vigas y cargaderos no se quitarán hasta que hayan transcurrido siete días, como mínimo, después de su vertido. Para determinar el tiempo en que pueden ser retirados los encofrados, se tendrá en cuenta el retraso que, en la acción de fraguado, originan las bajas temperaturas. Las barras de acoplamiento que hayan de quitarse totalmente del hormigón se aflojarán 24 horas después del vertido del mismo y en ese momento pueden quitarse todas las ataduras, excepto el número suficiente para mantener los encofrados en sus lugares correspondientes. No obstante, en ningún caso se quitarán las barras o encofrados hasta que el hormigón haya fraguado lo suficiente para permitir su remoción sin daños para el mismo. Al retirar las barras de acoplamiento, se tirará de ellas hacia las caras no vistas del hormigón. La obra de hormigón se protegerá contra daños durante la remoción de los encofrados, y del que pudiera resultar por el almacenamiento o traslado de materiales durante los trabajos de construcción. Los elementos premoldeados no se levantarán ni se someterán a ningún esfuerzo hasta que estén completamente secos después del tiempo especificado en el curado. El periodo de secado no será inferior a dos días. En general no se retirarán los encofrados hasta que lo autorice el Director de Obras.

Acabados de superficies (excepto pisos)

a) Requisitos Generales.

Tan pronto como se retiren los encofrados, todas las zonas defectuosas serán sometidas al visado del Director de Obras, prohibiéndose taparlas antes de este requisito, y después de la aprobación se resonarán y todos los agujeros producidos por las barras de acoplamiento se rellenarán con mortero de cemento de la misma composición que el usado en el hormigón, excepto para las caras vistas, en las que una parte del cemento será Pórtland blanco para obtener un color de acabado que iguale al hormigón circundante. Las zonas defectuosas se repicarán hasta encontrar hormigón macizo y hasta una profundidad no inferior a 2,5 cm. Los bordes de los cortes serán perpendiculares a la superficie del hormigón. Todas las zonas a resonar y como mínimo 15 cm. de la superficie circundante se saturarán de agua antes de colocar el mortero. El mortero se mezclará, aproximadamente una hora antes de su vertido y se mezclará ocasionalmente, durante ese tiempo, a paleta sin añadir agua. Se compactará “In situ” y se enrasará hasta que quede ligeramente sobre la superficie circundante. El resonado en superficies vistas se acabará de acuerdo con las superficies adyacentes después que haya fraguado durante una hora como mínimo. Los resonados se curarán en la forma indicada para el hormigón. Los agujeros que se prolonguen a través del hormigón se rellenarán por medio de una pistola de inyección o por otro sistema adecuado desde la cara no vista. El exceso de mortero en la cara vista se quitará con un paño.

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b) Acabado Normal.

Todas las superficies del hormigón vistas llevarán un acabado Normal, excepto cuando se exija en los planos o en el Pliego de Condiciones un acabado especial.

Superficies contra los encofrados: Además del resonado de las zonas defectuosas y relleno de los orificios de las barras, se eliminarán cuidadosamente todas las rebabas y otras protuberancias, nivelando todas las irregularidades.

Superficies no apoyadas en los encofrados: El acabado de las superficies, excepto cuando se especifique de distinta manera, será fratasado con fratás de madera hasta obtener superficies lisas y uniformes.

c) Acabados Especiales.

Se darán acabados especiales a las superficies vistas de hormigón solamente cuando así lo exijan los planos del proyecto. Para acabado especialmente liso, se construirá, de acuerdo con los requisitos establecidos a tal fin, una sección de la parte no vista de la estructura, según se específica. Si el acabado de esta sección se ajusta al acabado especificado, dicha sección se usará como panel de muestra; en otro caso, se construirán otras secciones hasta obtener el acabado especificado.

Acabado frotado (apomazado): Siempre que sea posible, se retirarán los encofrados antes que el hormigón haya llegado al fraguado duro, prestando la debida consideración a la seguridad de la estructura. Inmediatamente después de retirados los encofrados, la superficie se humedecerá totalmente con agua, frotándola con carborundo u otro abrasivo, hasta obtener un acabado continuo, liso y de aspecto uniforme. A la terminación de esta operación la superficie se lavará perfectamente con agua limpia.

Artículo 11.18 - Acero para Hormigón Armado. Se entiende por barras corrugadas para hormigón armado las de acero que presentan en su

superficie resaltos o estrías que, por sus características mejoran su adherencia con el hormigón, cumpliendo las prescripciones de la Instrucción EHE.

Las barras deben ser fabricadas a partir de lingotes o semiproductos identificados por coladas o lotes de materias primas controlada, para que, con los procesos de fabricación empleados, se obtenga un producto homogéneo.

La designación serán B-400-S N; AEH-500 N/F, AEH-600; AEH-500 T según los casos de acuerdo con lo indicado en EHE.

Los contenidos máximos admisibles en fósforo serán de cinco y seis centésimas por ciento (0.05% y 0.06%), respectivamente, referidos al análisis de colada, y de seis y siete centésimas por ciento (0.06% y 0.07%) referidos al análisis sobre productos terminados.

Las características mecánicas que deberán garantizarse son las siguientes:

- Carga unitaria de rotura.

- Límite de elástico aparente o convencional

- Alargamiento de rotura A en base L = 5 d, siendo d el diámetro nominal de la barra.

- Relación carga unitaria de rotura/límite elástico.

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Las anteriores características se determinarán de acuerdo con la Norma UNE 7262. Los valores que deberán garantizarse serán los indicados en la instrucción EHE.

- Ausencia de grietas después de los ensayos de doblado siempre a ciento ochenta grados (180º) y de doblado-desdoblado a noventa grados (90º), realizado de acuerdo con la Norma UNE 36088, sobre los mandriles que corresponde de acuerdo con la Tabla 9.3.b de la instrucción EHE.

El suministrador deberá poseer certificado de homologación de adherencia indicado en la Instrucción EHE, en el que figuran los límites admisibles de variación de las características geométricas de los resaltos.

Los ensayos se realizarán de acuerdo con la Norma UNE 7285.

Tanto en el transporte como durante el almacenamiento, las barras se protegerán adecuadamente contra la lluvia, la humedad del suelo y la eventual agresividad de la atmósfera ambiente. Hasta el momento de su empleo, se conservarán en obra cuidadosamente clasificadas según sus tipos, calidades, diámetros y procedencias.

Se almacenarán separadas del suelo y de forma que no se manchen de grasa, ligante, aceite o cualquier otro producto que pueda perjudicar la adherencia de las barras al hormigón.

En los documentos de origen figurarán la designación y características del material, según la EHE, así como la garantía del fabricante de que el material cumple las características indicadas en la citada Instrucción.

El fabricante facilitará además, si se lo solicita, copia de los resultados de ensayos correspondientes a la partida servida.

Las barras llevarán grabadas las marcas de identificación establecidas en el apartado 11 de Norma UNE 36088 relativas a su tipo y marca de fabricante.

La toma de muestras, ensayos y contraensayos de recepción se realizarán de acuerdo con lo prescrito por la citada Norma.

Artículo 11.19 - Clavazón y Herrajes. Los clavos y tornillos deben ser de hierro dulce de buena calidad y a la vez duro y maleable

de estructura fibrosa. Las superficies lisas y brillantes y las puntas agudas.

Los tornillos deben tener bien hechas las cabezas y bien marcadas las ranuras en que ha de introducirse el destornillador; los filetes del tornillo bien labrados y el filo limpio y sin rebabas.

Toda la clavazón y tornillos que se empleen tendrán la longitud y el grueso necesarios.

El herraje será escogido por el Director de la Obra. Será fuerte, bien construido, de las dimensiones que se determine y no se admitirán en él imperfecciones de forma y fabricación.

Las gravas estarán exentas de sustancias perjudiciales, no se permitirán los áridos laminares ni acidulares, ni una cantidad de arcilla superior al 0,25% en peso.

Será preceptivo el artículo 7 de la "Instrucción de hormigón estructural, EHE".

Artículo 11.20 - Ladrillos. Ladrillos huecos

Se definen como ladrillos huecos los ladrillos de arcilla cocida, en forma de paralelepípedo rectangular, cuyas perforaciones, paralelas a una de sus aristas, tienen un volumen superior al treinta y tres por ciento (33 %) del volumen total aparente de la pieza.

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Condiciones generales

Deberán cumplir las siguientes condiciones:

- ser homogéneos, de grano fino y uniforme y de textura compacta; con resistencia mínima a compresión de doscientos kilogramos fuerza por centímetro cuadrado 8 200 kgf/cm2). Esta resistencia se entiende media en dirección del grueso, si descontar los huecos, y de acuerdo con la Norma UNE 7059.

- Carecer de manchas, eflorescencias, quemaduras, grietas, coqueras, planos de exfoliación y materias extrañas que puedan disminuir su resistencia y duración. Dará sonido claro al ser golpeados con un martillo y serán inalterables al agua.

- Tener suficiente adherencia a los morteros. - Su capacidad de absorción de agua será inferior al catorce por ciento (14

%) en peso, después de un día (1 d) de inmersión. El ensayo de absorción de agua se realizará de acuerdo con la Norma UNE 7061.

Ladrillos macizos

Definición:

Se definen como ladrillos macizos los ladrillos prensados de arcilla cocida, en forma de paralelepípedo rectangular, en los que se permiten perforaciones paralelas a una arista, de volumen total no superior al cinco por ciento (5 %) del total aparente de la pieza; rebajos en el grueso, siempre que éste se mantenga íntegro en un ancho mínimo de dos centímetros (2 cm) de una soga y de los dos tizones; que el área rebajada sea menor del cuarenta por ciento (40 %) de la total y que el grueso mínimo no sea menor de un tercio (1/3) de nominal.

Forma y dimensiones:

Los ladrillos macizos estarán perfectamente moldeados y presentarán aristas vivas y caras planas, sin imperfecciones ni desconchados.

Salvo especificaciones en contrario en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, sus dimensiones serán:

- Veinticuatro centímetros (24 cm) de soga. - Once centímetros y medio (11,5 cm) de tizón. - Cuatro centímetros (4 cm) de grueso.

Se aceptarán tolerancias, en más o menos, de hasta cinco milímetros (5 mm) en su soga; cuatro milímetros (4mm) en su tizón; y solamente dos milímetros (2 mm) en su grueso.

Como desviación máxima de la línea recta se admitirá, en toda arista o diagonal superior a once centímetros y medio (11,5 cm) la de tres milímetros (3 mm); y de dos milímetros (2 mm) en las inferiores.

Bordillos

Ladrillos perforados

Se definen como ladrillos perforados los ladrillos de arcilla cocida en forma de paralelepípedo rectangular, en los que existen perforaciones paralelas a una cualquiera de las aristas, de volumen

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total superior al cinco por ciento (5 %) y uno mayor del treinta y tres por ciento (33 %) del total aparente de la pieza.

Salvo especificación en contrario en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, sus dimensiones serán:

- Veinticuatro centímetros (24 cm) se soga. - Once centímetros y medio (11,5 cm) de tizón. - Seis centímetros y medio (6,5 cm) de grueso.

Se aceptarán tolerancias, en más o menos, de hasta ocho milímetros (8 mm) en su soga: seis milímetros (6 mm) en su tizón; y solamente cuatro milímetros (4 mm) en su grueso).

Como desviación máxima de la línea recta se admitirá, en toda arista o diagonal superior a once centímetros y medio (11,5), la de tres milímetros (3 mm), y de dos milímetros (2 mm) en las inferiores.

Artículo 11.21 - Acero Laminado. Los aceros laminados que se utilicen tanto en los elementos de unión: roblones y tornillos,

se regirán por la norma básica vigente. Los aceros laminados serán aceros comunes al carbono o aceros de baja aleación, de estructuras homogéneas conseguidas por un buen proceso de fabricación y por un correcto laminado, sin defectos, como el rechupe, que perjudiquen a la calidad del material. El fabricante garantizará las características mecánicas y la composición química de los productos laminados que suministra.

Todo producto laminado llevará las siglas de la fábrica marcada a intervalos, en relieve producido con los rodillos de laminación, a excepción de los redondos, cuadrados, rectangulares, planos anchos y chapas.

Artículo 11.22 – Madera Maderas. La madera a emplear en entarimados, armaduras, cimbras y pies derechos, será

de primera calidad, coincidiendo sus dimensiones con las que marquen los planos y estados de medición.

Las piezas serán de fibras recta, limpias de nudos en profundidad superior al quinto de espesor de la pieza, sin grietas ni hendiduras, siendo rechazables las maderas sangradas, pasmadas, agusanadas, carcomidas, podridas, etc. Las que se hubiesen recalentado en los almacenes y, en general aquellas en las que se observe algún defecto que pueda disminuir su resistencia y duración o dificultar la ejecución de los ensamblajes.

La madera que se emplee en andamiajes y demás medios auxiliares satisfará tan sólo a la condición de que se presente la suficiente resistencia para el objeto a que se destina, pudiendo haber sido utilizada anteriormente.

Las maderas que hayan de barnizarse serán escogidas en cuanto corresponde a sus vetas y color, sin que se admita nudo alguno, y serán de la mejor calidad.

Artículo 11.23 - Tuberías de PVC: Las conducciones enterradas y colgadas serán de PVC. Se cuidará de respetar tanto

diámetros, espesores de paredes, pendientes y situación de piezas especiales representadas en planos.

Las conducciones enterradas, antes de ser tapadas, deberán ser comprobadas, sus uniones revisadas y su asentamiento en la solera de hormigón.

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Las conducciones colgadas deberán estar sujetas con abrazaderas separadas según normativa, las piezas especiales también serán de PVC. y su colocación se ejecutará sin excesivos calentamientos del material.

La medición se ejecutará de parte inferior de arqueta a parte interior de arqueta.

Artículo 11.24 – Condiciones Generales para otros materiales no especificados Los materiales no especificados en los anteriores artículos reunirán las mejores condiciones

de calidad y preparación necesarias para el buen desempeño de su misión en la obra, estando en todo caso sujeto a lo que sobre ello indique el Técnico Director.

3.4.- CAPÍTULO XII. CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Articulo 12.25 - Generalidades. En la obra los trabajos han de ejecutarse por personal especialmente preparado. Cada oficial ordenará su trabajo armoniosamente con los demás para conseguir ventajas en la ejecución y rapidez de la construcción.

Articulo 12.26 - Excavaciones para Cimentación. Las excavaciones para cimentación quedarán perfectamente aplomadas y peinadas, con los fondos bien nivelados.

Las tolerancias para las excavaciones en cimentación y vaciado de sótanos son:

Dimensión vertical: 50 mm.

Dimensión horizontal: 120 mm.

Artículo 12.27 - Macizado de Cimientos. Terminada la apertura de zanjas y pozos, la Dirección reconocerá el terreno, verificando las dimensiones y las profundidades de los mismos.

En las cimentaciones por zapata de hormigón armado, se dispondrá de una capa de hormigón pobre o de limpieza como fondo de la cimentación. A continuación se colocarán las armaduras de acuerdo con lo dispuesto en los planos correspondientes y por último se verterá el hormigón, que cumplirá las condiciones de resistencia, dosificación y consistencia que figuran en la memoria.

No se hormigonará sin que la Dirección haya verificado las armaduras de cimentación, y en todo caso hasta que ésta lo autorice.

Artículo 12.28 - Redes Horizontales de Instalaciones. Antes de hormigonar las camas que soporten los tubos de instalaciones, se apisonarán los fondos de las mismas.

Las tuberías de saneamiento se montarán centrándose perfectamente los tubos, de modo que sus ejes vengan en prolongación. En las pendientes no se tolerarán errores superiores a 2 milésimas y en

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las alineaciones, tanto verticales como en proyección horizontal, serán de la misma proporción con un máximo de 1 cm.

Artículo 12.29 - Rellenos. Sobre la tierra nivelada y compactada se extenderá una capa de grava de la profundidad marcada en los planos. Dicha capa será nivelada y encima de ella se colocara una lámina plástica de 0.2 mm de espesor.

Las instalaciones que no vayan en zanjas se protegerán con sábanas de fibra previamente a la colocación del relleno, estas fibras deben manipularse con cuidado, evitando que sufran rascaduras o perforaciones.

La tierra de relleno de zanjas donde haya instalaciones no debe contener elementos que puedan dañarlas. Al compactar estas tierras se tendrá cuidado para no dañar las instalaciones, en este sentido no conviene emplear equipos de peso superior a 60 Kg. en la cercanía de las mismas.

La primera fase del relleno se hará en pequeñas cantidades, hasta la profundidad que la infraestructura y el terreno lo permitan, a partir de entonces se puede utilizar volquetes y arrojar las tierras desde mayor altura. No se permitirá el paso de maquinaria sobre las instalaciones hasta que el relleno tenga, al menos, 1 m. de altura.

Los rellenos para la ejecución de vías se realizarán conforme a lo especificado en el apartado correspondiente.

12.30.- Red de Saneamiento Horizontal: Comprende las conducciones que recorren las aguas pluviales, negras o fecales, con grasa o

jabonosas, para conducirlas a la red general de alcantarillado o a la fosa séptica.

Los materiales a emplear en la tubería, que se encontrarán definidos en el Proyecto, podrán ser de hormigón, cemento, gres, fundición, fibrocemento o cloruro de polivinilo, debiendo ser todas de marcas reconocidas y sancionadas en la práctica.

Las zanjas serán tales que la tubería enterrada a las cotas indicadas en el Proyecto o a lo que indique el director facultativo de la obra.

En caso de que no figure en los planos el correspondiente perfil longitudinal, se profundizará un metro y veinte centímetros (1,20 cm.) como mínimo y podrá disminuirse si la tubería está bajo la solera de un piso.

Una vez abiertas las zanjas que alojarán la conducción, se instalará sobre una solera de diez centímetros (10 cm.) de hormigón H-150, con la pendiente adecuada, a fin de construir un lecho rígido.

Los tubos se unirán mediante anillado de ladrillo o protección de hormigón. Cualquier cambio de dirección, reducción o empalme se efectuará con piezas especiales o mediante tronados, según el tipo de tubería de que se trate.

Las tuberías que deban ir colgadas se sujetarán a intervalos regulares e iguales, de manera que no se sometan a flexiones; los ganchos metálicos que se utilicen estarán protegidos contra la corrosión. En las tuberías de fibrocemento o fundición, los ganchos no se distanciarán más de un metro y medio (1,5 m.); en las de cloruro de polivinilo esta distancia no superará los setenta y cinco centímetros (0,75 m.).

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12.31.- Aislamientos e Impermeabilizaciones: Los aislamientos se dividen en tres grupos, según el tipo de protección al cual sean

destinados y que son:

- Térmicos

- Acústicos

- Contra humedad

12.31.1.- Aislamientos térmicos: Definidas las condiciones térmicas exigibles en el edificio y escogidos los elementos

constructivos definidos en el Proyecto, el valor aislante del elemento podrán conseguirse sus propios componentes, o por adición de otros, que tendrán la función de completar el valor de aislamiento exigido.

Los aislantes tendrán que ser continuos y completos en todas las superficies que se compongan de techos, suelos y paredes.

Independientemente del sistema constructivo, se evitará la creación de puentes térmicos o zonas de menor capacidad aislante, para que no modifiquen de una manera perjudicial los aislantes, dando lugar a zonas donde se puedan producir condensaciones.

Ningún producto podrá ser usado como aislante sin la aprobación previa de la Dirección Facultativa.

12.31.2.- Aislamientos acústicos: La insonorización de locales tendrá por objeto crear un ambiente adecuado para cualquier

manifestación humana, consiguiendo que los niveles sonoros, que imperen en los locales insonorizados, tengan unos valores máximos establecidos en cada caso.

Los materiales a emplear como aislantes en cualquier elemento constructivo que los requiera, habrán de estar avalados por Sellos o Marcas de Calidad. No se colocará ningún material aislante sin la aprobación de la Dirección Facultativa.

12.31.3.- Aislamiento contra la humedad: En general, el aislamiento podrá conseguirse por procedimientos constructivos que evacuen

el agua, por gravedad fuera de la zona de peligro, por aditivos que se mezclen en las pastas aglomeradas, confiriendo propiedades impermeables por sí solos y se aplican superficialmente a otros que sirven como base del mismo.

Este capítulo se ciñe a este último caso, puesto que los anteriores se incluyen en los capítulos de morteros y hormigones con aditivos.

Los impermeabilizantes especiales comprenden un conjunto de materiales, tales como láminas sintéticas, láminas asfálticas y pinturas, que eviten el paso de la humedad hasta los elementos constructivos que se emplean.

Se tendrá mucho cuidado en la formación de soldaduras de láminas de coronación, formación de desagües, etc... Las superficies sobre las que han de extenderse las láminas impermeabilizantes se limpiarán y prepararán adecuadamente para evitar elementos punzantes.

Cualquier producto impermeabilizante que se emplee contará con la aprobación de la Dirección Facultativa y estará garantizado por el fabricante un mínimo de diez (10) años.

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12.32.- Carpintería: Tiene por objeto dar al edificio el cerramiento total de los huecos, luminosidad, soleamiento,

ventilación, y cubrir las necesidades de acceso, en los lugares adecuados.

Los tipos que se emplearán podrán ser de madera, metálicos y de plástico y cumplirán las especificaciones de la Normativa vigente, en especial las NBE: CT-79 y CA-82.

Hechas en el taller las piezas definidas en los planos, el Contratista habrá de prever en la obra todos los detalles para la recepción y el perfecto ajuste, teniendo mucho cuidado en el aplanado, alineación y cotas de los diversos cercos y contracercos, así como de la sujeción en la obra, atendiendo a la estanqueidad de las uniones con los paramentos de fachada (tapajuntas) y la perfecta colocación, así como el ajuste y funcionamiento de todos los elementos.

El cerramiento metálico de hierro, de aluminio o el de plástico serán de marca acreditada y según muestras aceptadas por la Dirección Facultativa.

La colocación en la obra se ajustará a las Normas del fabricante y se sellarán las juntas con masillas especiales, garantizadas por un mínimo de diez (10) años.

Las persianas enrollables de plástico, madera o metal dispondrán de los mecanismos propios definidos en el Proyecto, instalados por personal especializado, siendo necesario para su recepción que el deslizamiento y accionamiento sea ejecutado con suavidad y sin ninguna dificultad.

12.33.- Pavimentos: Se llaman soleras los pavimentos de hormigón en masa que se ejecutan sobre el terreno o

sobre bases granuladas, pudiendo ser de un grueso variable en función del uso a que se destinen y de lo que se armen.

Cuando las soleras tengan una superficie superior a cincuenta metros cuadrados (50 m2), se realizarán juntas de dilatación con materiales elásticos y de la manera que indique la Dirección Facultativa.

Los pavimentos solados con materiales como terrazos, piezas cerámicas, losas de piedra natural o artificial, etc; se realizarán sobre base perfectamente lisa y nivelada, con las hiladas y la distribución de piezas que indique la dirección de obra. Al acabar, se unirán con lechada de cemento.

Cuando se haya acabado, los pavimentos de terrazo se limpiarán y protegerán, a fin de evitar desperfectos, a pesar de que en las zonas que se haya colocado, sea aún preciso trabajar.

Los pavimentos de madera no han de llegar hasta las paredes perimetrales, sino que han de dejar un espacio de cinco a diez milímetros (5 a 10 mm.) que se ocultará con el rodapié.

12.34.- Instalación de fontanería Tuberías: Los tubos, de cualquier clase o tipo, serán perfectamente lisos, de secciones

circulares y bien calibrados, con generatrices rectas o con la curva que les corresponde en los codos o piezas especiales. No se admitirán los que presenten ondulaciones o desigualdades mayores de cinco milímetros (5 mm.), ni rugosidades de más de dos milímetros (2 mm.) de grueso. En los diámetros interiores se admitirá una tolerancia del uno y medio por ciento (1,5%) de menos, y del cuatro por ciento (4%) de más y, en el grueso de las paredes la tolerancia será de un diez por ciento (10%).

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3.5.- CAPÍTULO XIII. SEGURIDAD

La Dirección Facultativa, en función del Ordenamiento jurídico vigente debe dirigir todo lo relativo a la seguridad de la ejecución material de la obra, teniendo en cuenta los siguientes apartados:

- Análisis y prevención del riesgo en las fases de la obra.

- Instrucciones de seguridad.

- Medidas preventivas y de protección en medios y maquinaria.

- Medidas de primeros auxilios.

- Medidas de higiene del trabajo.

- Protecciones personales y colectivas.

Son además de obligado cumplimiento las siguientes disposiciones:

* Estatuto de los trabajadores.

* Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo (O.M.. 09-03-71) (B.O.E. 16-03-71).

* Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo (O.M. 09-03-71) (B.O.E. 11-03-71).

* Comités de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Decreto 432/71, 11-03-71) (B.O.E. 16-03-71).

* Reglamento de Seguridad e Higiene en la Industria de la Construcción (O.M. 20-05-52) (B.O.E. 15-06-52).

* Reglamento de los Servicios Médicos de Empresa (O.M. 21-11-59) (B.O.E. 27-11-59).

* Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28-08-70) (B.O.E. 5/7/8/09-09-70).

* Homologación de medios de protección personal de los trabajadores (O.M. 17-05-74) (B.O.E. 29-05-74).

* Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Complementarias (RD. 842/2002, de 2 de agosto)

* Reglamento de aparatos elevadores para obras (O.M. 23-05-77) (B.O.E. 14-06-77).

* Convenio Colectivo Provincial de la Construcción.

* Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas y centros de Transformación (R.D. 3275/12-11-82).

* Obligatoriedad de la inclusión de un Estudio de Seguridad e Higiene en el Trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas (R.D. 555/1.986, 21-02-86) (B.O.E. 21-03-86).

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* Demás disposiciones oficiales relativas a la Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo que puedan afectar a los trabajos que se realicen en la obra.

Córdoba, Octubre de 2008

El Arquitecto

Fdo. Luis Cardero Romero

Col. SE4987CO del COAC

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ÍNDICE

1.- MOVIMIENTO DE TIERRAS _________________________________________________ 6

1.1.- CAPÍTULO I. OBJETO, GENERALIDADES Y ENTIBACIÓN 6 ♦ OBJETO 6

1.2.- CAPÍTULO II. RELLENOS Y PROTECCIÓN DEL TERRENO 7 ♦ RELLENO 7 ♦ PROTECCIÓN DEL TERRENO Y LOS TERRAPLENES 7

1.3.- CAPÍTULO III. EXCAVACIÓN EN ZANJAS Y POZOS 7 ♦ OBJETO 7 ♦ CLASIFICACIÓN DE LAS EXCAVACIONES 7 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 8

2.- CAPA DE RODADURA _____________________________________________________ 10

2.1.- CAPÍTULO IV. ZAHORRAS ARTIFICIALES 10 ♦ DEFINICIÓN 10 ♦ MATERIALES 10 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 11

2.2.- CAPÍTULO V. RIEGOS DE IMPRIMACIÓN 12 ♦ DEFINICIÓN 12 ♦ MATERIALES 12 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 13 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 15

2.3.- CAPÍTULO VI. RIEGOS DE ADHERENCIA 15 ♦ DEFINICIÓN 15 ♦ MATERIALES 15 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 16 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 17

2.4.- CAPÍTULO VII. MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE 17 ♦ DEFINICIÓN 17 ♦ MATERIALES 18 ♦ TIPO Y COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA 25 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 28 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 33

2.5.- CAPÍTULO VIII. BETUNES ASFÁLTICOS 33 ♦ DEFINICIÓN 33 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 33

2.6.- CAPÍTULO IX. EMULSIONES BITUMINOSAS 34 ♦ DEFINICIÓN 34 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 34

2.7.- CAPÍTULO X. BETUNES ASFÁLTICOS MODIFICADOS CON POLÍMEROS 34 ♦ DEFINICIÓN 34 ♦ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD 35

2.8.- CAPÍTULO XI. BALDOSAS DE CEMENTO 35 ♦ DEFINICIÓN 35

2.9.- CAPÍTULO XII. BORDILLOS 36 ♦ DEFINICIÓN 36 ♦ MATERIALES 36 ♦ EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 37

3.- ELECTRICIDAD _________________________________________________________ 38

3.1.- CAPÍTULO XIII. LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN ENTERRADA 38

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♦ ZANJAS 39 ♦ DIMENSIONES Y CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN 42 ♦ CRUCES (CABLES ENTUBADOS) 44 ♦ TENDIDO DE CABLES 48 ♦ MONTAJES 51 ♦ VARIOS 53 ♦ TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES 53

3.2.- CAPÍTULO XIV. LOCAL PREFABRICADO 54 ♦ CIMENTACIÓN 54 ♦ SOLERA Y PAVIMENTO 54 ♦ CERRAMIENTOS EXTERIORES 55 ♦ CUBIERTA 56 ♦ PINTURAS 57 ♦ VARIOS 57

3.3.- CAPÍTULO XV. CELDAS PREFABRICADAS 58 ♦ CÓDIGOS Y NORMAS 58 ♦ MATERIALES 63

4.- ALUMBRADO PÚBLICO ___________________________________________________ 65

4.1.- CAPÍTULO XVI. CABLES ELÉCTRICOS 65

4.2.- CAPÍTULO XVII. FUSIBLES 65

4.3.- CAPÍTULO XVIII. LÁMPARAS 66

4.4.- CAPÍTULO XIX. EQUIPOS DE ENCENDIDO 66

4.5.- CAPÍTULO XX. LUMINARIAS 67

4.6.- CAPÍTULO XXI. CUADROS DE ALUMBRADO PÚBLICO 67

4.7.- CAPÍTULO XXII. CÉLULAS FOTOELÉCTRICAS 68

4.8.- CAPÍTULO XXIII. CONTACTORES 68

4.9.- CAPÍTULO XXIV. MÓDULO DE PROTECCIÓN 69

4.10.- CAPÍTULO XXV. CALIDAD DE LOS MATERIALES 69 ♦ OBRA CIVIL 69 ♦ APARAMENTA DE ALTA TENSIÓN 69 ♦ TRANSFORMADORES 70 ♦ EQUIPOS DE MEDIDA 70

4.11.- CAPÍTULO XXVI. MANO DE OBRA 70

5.- SANEAMIENTO Y ACOMETIDAS _____________________________________________ 72

5.1.- CAPÍTULO XXVII. OBJETO 72

5.2.- CAPÍTULO XXVIII. MATERIALES 72

5.3.- CAPÍTULO XXIX. EXCAVACIÓN 75

5.4.- CAPÍTULO XXX. ALCANTARILLAS DE SANEAMIENTO 76

5.5.- CAPÍTULO XXXI. LIMPIEZA 78

5.6.- CAPÍTULO XXXII. ESTACIÓN DE BOMBEO DE AGUAS NEGRAS 78

6.- FONTANERÍA___________________________________________________________ 79

6.1.- CAPÍTULO XXXIII. OBJETO 79

6.2.- CAPÍTULO XXXIV. GENERALIDADES 79

6.3.- CAPÍTULO XXXV. TUBERÍAS DE FUNDICIÓN DÚCTIL 81

6.4.- CAPÍTULO XXXVI. PIEZAS ESPECIALES 85

6.5.- CAPÍTULO XXXVII. ELEMENTOS DE MANIOBRA, CONTROL Y SEGURIDAD 86

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1.- MOVIMIENTO DE TIERRAS

1.1.- CAPÍTULO I. OBJETO, GENERALIDADES Y ENTIBACIÓN

OBJETO

El trabajo Comprendido en la presente Sección del Pliego de Condiciones consiste en la ordenación de todo lo necesario para ejecución de estos trabajos, tales como mano de obra, equipo, elementos auxiliares y materiales, excepto aquellos que deban ser suministrados por terceros.

La ejecución de todos los trabajos afectará principalmente a los de replanteo y explanación, comprendiendo excavaciones de vaciado a cielo abierto, zanjas y pozos, y todos aquellos trabajos complementarios de entibaciones, achiques, desagües, etc.

También quedarán incluidos los trabajos de carga, transporte y vertidos.

Todo ello en completo y estricto acuerdo con esta Sección del Pliego de Condiciones y los planos correspondientes.

a) Generalidades.

La excavación se ajustará a las dimensiones y cotas indicadas en los planos para cada edificio y estructura con las excepciones, que se indican más adelante, e incluirá, salvo que lo indiquen los planos, el vaciado de zanjas para servicios generales hasta la conexión con dichos servicios, y todos los trabajos incidentales y anejos. Si los firmes adecuados se encuentran a cotas distintas a las indicadas en los planos, el Director de Obras podrá ordenar por escrito que la excavación se lleve por encima o por debajo de las mismas. La excavación no se llevará por debajo de las cotas indicadas en los planos, a menos que así lo disponga el Director de Obras, cuando se haya llevado la excavación por debajo de las cotas indicadas en los planos o establecidas por el Director de Obras, la porción que quede por debajo de losas se restituirá a la cota adecuada, según el procedimiento que se indica más adelante para el relleno, y si dicha excavación se ha efectuado por debajo de las zapatas se aumentará la altura de los muros, pilares y zapatas, según disponga el Director de Obras. Si se precisa relleno bajo las zapatas, se efectuará con hormigón de dosificación aprobada por el Director de Obras. No se permitirán, relleno de tierras bajo zapatas. La excavación se prolongará hasta una distancia suficiente de muros y zapatas, que permitirá el encofrado y desencofrado, la instalación de servicios y la inspección, excepto cuando se autorice depositar directamente sobre las superficies excavadas el hormigón para muros y zapatas. No se permitirá practicar socavaciones. El Material excavado que sea adecuado y necesario para los rellenos por debajo de losas, se aplicará por separado, de la forma que ordene el Director de Obras.

b) Entibación.

Se instalará la entibación, incluyendo tablestacados que se necesiten, con el fin de proteger los taludes de la excavación, pavimento e instalaciones adyacentes. La decisión final referente a las necesidades de entibación será la adopte el Director de Obras. La entibación se colocará de modo que no obstaculice la construcción de nueva obra.

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1.2.- CAPÍTULO II. RELLENOS Y PROTECCIÓN DEL TERRENO

RELLENO

Una vez terminada la cimentación y antes de proceder a los trabajos de relleno, se retirarán todos los encofrados y la excavación se limpiará de escombros y basura, procediendo a rellenar los espacios concernientes a las necesidades de la obra de cimentación.

Los materiales para el relleno consistirán en tierras adecuadas, aprobadas por el Director de Obras, estarán exentas de escombros, trozos de madera u otros desechos. El relleno se colocará en capas horizontales y de un espesor máximo de 20 cm., y tendrá el contenido de humedad suficiente para obtener el grado de compactación necesario. Cada capa se apisonará por medio de pisones manuales o mecánicos o con otro equipo adecuado hasta alcanzar una densidad máxima de 90% con contenido óptimo de humedad.

PROTECCIÓN DEL TERRENO Y LOS TERRAPLENES

Durante el periodo de construcción, se mantendrá la conformación y drenaje de los terraplenes y excavaciones. Las zanjas y drenes se mantendrán de forma que en todo momento desagüen de modo un eficaz. Cuando en el terreno se presenten surco de 8 cm. o más de profundidad, dicho terreno se nivelará, se volverá a conformar si fuera necesario, y se compactará de nuevo. No se permitirá almacenar o apilar materiales sobre el terreno.

1.3.- CAPÍTULO III. EXCAVACIÓN EN ZANJAS Y POZOS

OBJETO

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para abrir zanjas y pozos. Su ejecución incluye las operaciones de excavación, entibación, posibles agotamientos, nivelación y evacuación del terreno, y el consiguiente transporte de los productos removidos a depósito o lugar de empleo.

CLASIFICACIÓN DE LAS EXCAVACIONES

Serán aplicables las prescripciones del apartado 320 del PG3, "Excavación de la explanación y préstamos".

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EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

PRINCIPIOS GENERALES

El Contratista notificará al Director de las Obras, con la antelación suficiente, el comienzo de cualquier excavación, a fin de que éste pueda efectuar las mediciones necesarias sobre el terreno inalterado. El terreno natural adyacente al de la excavación no se modificará ni removerá sin autorización del Director de las Obras.

Una vez efectuado el replanteo de las zanjas o pozos, el Director de las Obras autorizará la iniciación de las obras de excavación. La excavación continuará hasta llegar a la profundidad señalada en el Proyecto y obtenerse una superficie firme y limpia a nivel o escalonada, según se ordene. No obstante, el Director de las Obras podrá modificar tal profundidad si, a la vista de las condiciones del terreno, lo estima necesario a fin de asegurar una cimentación satisfactoria.

Se vigilarán con detalle las franjas que bordean la excavación, especialmente si en su interior se realizan trabajos que exijan la presencia de personas.

También estará obligado el Contratista a efectuar la excavación de material inadecuado para la cimentación, y su sustitución por material apropiado, siempre que se lo ordene el Director de las Obras.

Para la excavación de tierra vegetal se seguirá lo indicado en el apartado 320.3.3. del artículo 320 del PG3, "Excavación de la explanación y préstamos".

Se tomarán las precauciones necesarias para impedir la degradación del terreno de fondo de excavación en el intervalo de tiempo que medie entre la excavación y la ejecución de la cimentación u obra de que se trate.

Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción.

ENTIBACIÓN

En aquellos casos en que se hayan previsto excavaciones con entibación, el Contratista podrá proponer al Director de las Obras efectuarías sin ella, explicando y justificando de manera exhaustiva las razones que apoyen su propuesta. El Director de las Obras podrá autorizar tal modificación, sin que ello suponga responsabilidad subsidiaria alguna. Si en el Contrato no figurasen excavaciones con entibación y el Director de las Obras, por razones de seguridad, estimase conveniente que las excavaciones se ejecuten con ella, podrá ordenar al Contratista la utilización de entibaciones, sin considerarse esta operación de abono independiente.

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DRENAJE

Cuando aparezca agua en las zanjas o pozos que se están excavando, se utilizarán los medios e instalaciones auxiliares necesarios para agotarla. El agotamiento desde el interior de una cimentación deberá ser hecho de forma que no provoque la segregación de los materiales que han de componer el hormigón de cimentación, y en ningún caso se efectuará desde el interior del encofrado antes de transcurridas veinticuatro horas (24 h) desde el hormigonado. El Contratista someterá a la aprobación del Director de las Obras los planos de detalle y demás documentos que expliquen y justifiquen los métodos de construcción propuestos.

TALUDES

En el caso de que los taludes de las zanjas o pozos, ejecutados de acuerdo con los planos y órdenes del Director de las Obras, resulten inestables y, por tanto, den origen a desprendimientos antes de la recepción definitiva de las obras, el Contratista eliminará los materiales desprendidos.

LIMPIEZA DEL FONDO

Los fondos de las excavaciones se limpiarán de todo el material suelto o flojo y sus grietas y hendiduras se rellenarán adecuadamente. Asimismo, se eliminarán todas las rocas sueltas o desintegradas y los estratos excesivamente delgados. Cuando los cimientos apoyen sobre material cohesivo, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm) no se efectuará hasta momentos antes de construir aquéllos, y previa autorización del Director de las Obras.

EMPLEO DE LOS PRODUCTOS DE EXCAVACIÓN

Serán aplicables las Prescripciones del apartado 320.3.4. del artículo 320, "Excavación de la explanación y préstamos".

CABALLEROS

Serán aplicables las Prescripciones del apartado 320.3.6. del artículo 320 del PG3, "Excavación de la explanación y préstamos".

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2.- CAPA DE RODADURA

2.1.- CAPÍTULO IV. ZAHORRAS ARTIFICIALES

DEFINICIÓN

Se define como zahorra artificial el material granular formado por áridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometría es de tipo continuo.

Su ejecución incluye las siguientes operaciones:

Preparación y comprobación de la superficie de asiento.

Aportación del material.

Extensión, humectación, si procede, y compactación de cada tongada.

Refino de la superficie de la última tongada.

MATERIALES

CONDICIONES GENERALES.

Los materiales procederán de la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz 5 UNE deberá contener un mínimo del setenta y cinco por ciento (75%), para tráfico T0 y T1 o del cincuenta por ciento (50%), para los demás casos, de elementos triturados que presenten no menos de dos (2) caras de fractura.

GRANULOMETRÍA.

El cernido por el tamiz 80µm UNE será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz 400µm UNE.

La curva granulométrica estará comprendida dentro de los husos reseñados en el cuadro 501.1.

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CUADRO 501.1

Cernido ponderal acumulado (%) Tamices UNE

ZA (40) ZA (25)

40 100 -

25 75-100 100

20 60-90 75-100

10 45-70 50-80

5 30-50 35-60

2 16-32 20-40

400 m 6-20 8-22

80 m 0-10 0-10

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE DE ASIENTO.

La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Director de las obras podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto.

Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerables, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra artificial, según las prescripciones del correspondiente artículo del pliego de prescripciones técnicas particulares.

PREPARACIÓN DEL MATERIAL

La preparación de la zahorra artificial se hará en central y no «in situ». La adición del agua de compactación se hará también en la central, salvo que el pliego de prescripciones técnicas particulares señale expresamente, o el Director de las obras autorice, la humectación «in situ» con tráficos que no sean T0 ni T1.

La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo «Proctor modificado» según la Norma NLT 108/72, podrá ser ajustada a la composición y forma de actuación del equipo de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba.

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EXTENSIÓN DE LA TONGADA

Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, en tongadas con espesor de veinte centímetros (20 cm) Las eventuales aportaciones de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. El agua se dosificará adecuadamente procurando que en ningún caso un exceso de la misma lave al material.

COMPACTACIÓN DE LA TONGADA.

Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un (1) punto porcentual, se procederá a la compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada en el apartado 501.4.1 del PG3 o en el pliego de prescripciones técnicas particulares.

Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones.

2.2.- CAPÍTULO V. RIEGOS DE IMPRIMACIÓN

DEFINICIÓN

Se define como riego de imprimación la aplicación de un ligante hidrocarbonado sobre una capa granular, previa a la colocación sobre ésta de una capa o de un tratamiento bituminoso.

MATERIALES

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9 del PG3.

Independientemente de lo anterior, se estará, en todo caso a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y transporte de productos de la construcción.

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LIGANTE HIDROCARBONADO

El tipo de ligante hidrocarbonado a emplear vendrá fijado por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, salvo justificación en contrario, deberá estar incluido entre los que a continuación se indican:

FM100 del artículo 212, "Betún fluidificado para riegos de imprimación", del PG3

EAI, ECI, EAL-1 o ECL-1 del artículo 213, "Emulsiones bituminosas", del PG3 siempre que en el tramo de prueba se muestre su idoneidad y compatibilidad con el material granular a imprimar.

ÁRIDO DE COBERTURA

CONDICIONES GENERALES

El árido de cobertura a emplear, eventualmente, en riegos de imprimación será arena natural, arena de machaqueo o una mezcla de ambas.

GRANULOMETRÍA

La totalidad del árido deberá pasar por el tamiz 4 mm de la UNE-EN 933-2, y no contener más de un quince por ciento (15%) de partículas inferiores al tamiz 0,063 mm de la UNE-EN 933-2, según la UNE-EN 933-1.

LIMPIEZA

El árido deberá estar exento de polvo, suciedad, terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extrañas.

PLASTICIDAD

El equivalente de arena del árido, según la UNE-EN 933-8, deberá ser superior a cuarenta (40).

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE EXISTENTE

Se comprobará que la superficie sobre la que se vaya a efectuar el riego de imprimación, cumple las condiciones especificadas para la unidad de obra correspondiente, y no se halle reblandecida por un exceso de humedad. En caso contrario, deberá ser corregida de acuerdo con este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales referente a la unidad de obra de que se trate, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o las instrucciones del Director de las Obras.

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Inmediatamente antes de proceder a la aplicación del ligante hidrocarbonado, la superficie a imprimar se limpiará de polvo, suciedad, barro y materiales sueltos o perjudiciales. Para ello se utilizarán barredoras mecánicas o máquinas de aire a presión; en los lugares inaccesibles a estos equipos se podrán emplear escobas de mano. Se cuidará especialmente de limpiar los bordes de la zona a imprimar. Una vez limpia la superficie, se regará ligeramente con agua, sin saturarla.

APLICACIÓN DEL LIGANTE HIDROCARBONADO

Cuando la superficie a imprimar mantenga aún cierta humedad, se aplicará el ligante hidrocarbonado con la dotación y a la temperatura aprobadas por el Director de las Obras. Éste podrá dividir la dotación total en dos (2) aplicaciones, si así lo requiere la correcta ejecución del riego.

La extensión del ligante hidrocarbonado se efectuará de manera uniforme, evitando duplicarla en las juntas transversales de trabajo. Para ello, se colocarán, bajo los difusores, tiras de papel u otro material en las zonas donde se comience o interrumpa el riego. Donde fuera preciso regar por franjas, se procurará una ligera superposición del riego en la unión de dos contiguas.

La temperatura de aplicación del ligante será tal, que su viscosidad esté comprendida entre veinte y cien segundos Saybolt Furol (20 a 100 sSF), según la NLT-138, en el caso de que se emplee un betún fluidificado para riegos de imprimación, o entre cinco y veinte segundos Saybolt Furol (5 a 20 sSF), según la NLT-138, en el caso de que se emplee una emulsión bituminosa.

Se protegerán, para evitar mancharlos de ligante, cuantos elementos -tales como bordillos, vallas, señales, balizas, árboles, etc.- estén expuestos a ello.

EXTENSIÓN DEL ÁRIDO DE COBERTURA

La eventual extensión del árido de cobertura se realizará, por orden del Director de las Obras, cuando sea preciso hacer circular vehículos sobre la imprimación o donde se observe que, parte de ella, está sin absorber veinticuatro horas (24 h) después de extendido el ligante.

La extensión del árido de cobertura se realizará por medios mecánicos de manera uniforme y con la dotación aprobada por el Director de las Obras. En el momento de su extensión, el árido no deberá contener más de un dos por ciento (2%) de agua libre, este límite podrá elevarse al cuatro por ciento (4%), si se emplea emulsión bituminosa.

Se evitará el contacto de las ruedas de la extendedora con ligante sin cubrir. Si hubiera que extender árido sobre una franja imprimada, sin que lo hubiera sido la adyacente, se dejará sin cubrir una zona de aquélla de unos veinte centímetros (20 cm) de anchura, junto a la superficie que todavía no haya sido tratada.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en este artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones Públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2.3.- CAPÍTULO VI. RIEGOS DE ADHERENCIA

DEFINICIÓN

Se define como riego de adherencia la aplicación de un ligante hidrocarbonado sobre una capa tratada con ligantes hidrocarbonados o conglomerantes hidráulicos, previa a la colocación sobre ésta de cualquier tipo de capa bituminosa que no sea un tratamiento superficial con gravilla, o una lechada bituminosa.

A efectos de aplicación de este artículo, no se considerarán como riego de adherencia los definidos en el artículo 532 del PG3 como riegos de curado.

MATERIALES

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará, en todo caso a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y transporte de productos de la construcción.

El tipo de ligante hidrocarbonado a emplear vendrá fijado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, salvo justificación en contrario, deberá estar incluido entre los que a continuación se indican:

EAR-1 o ECR-1; artículo 213, "Emulsiones bituminosas", deL PG3.

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ECR-1-m o ECR-2-m; artículo 216, "Emulsiones bituminosas modificadas con polímeros", del PG3.

El empleo de emulsiones del artículo 216 deL PG3 será preceptivo en riegos de adherencia para capas de rodadura con espesores iguales o inferiores a cuatro centímetros (4 cm), para las categorías de tráfico pesado T00 y T0.

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE EXISTENTE

Se comprobará que la superficie sobre la que se vaya a efectuar el riego de adherencia cumple las condiciones especificadas para la unidad de obra correspondiente. En caso contrario, deberá ser corregida de acuerdo con este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales referente a la unidad de obra de que se trate, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o las instrucciones del Director de las Obras.

Inmediatamente antes de proceder a la aplicación de la emulsión bituminosa, la superficie a tratar se limpiará de polvo, suciedad, barro y materiales sueltos o perjudiciales. Para ello se utilizarán barredoras mecánicas o máquinas de aire a presión; en los lugares inaccesibles a estos equipos se podrán emplear escobas de mano. Se cuidará especialmente de limpiar los bordes de la zona a tratar.

Si la superficie fuera un pavimento bituminoso en servicio, se eliminarán, mediante fresado, los excesos de ligante hidrocarbonado que hubiesen, y se repararán los desperfectos que pudieran impedir una correcta adherencia.

Si la superficie tuviera un riego de curado de los definidos en el artículo 532 de este Pliego, transcurrido el plazo de curado, se eliminará éste por barrido enérgico, seguido de soplo con aire comprimido u otro método aprobado por el Director de las Obras.

APLICACIÓN DE LA EMULSIÓN BITUMINOSA

La emulsión bituminosa se aplicará con la dotación y temperatura aprobadas por el Director de las Obras. Su extensión se efectuará de manera uniforme, evitando duplicarla en las juntas transversales de trabajo. Para ello, se colocarán, bajo los difusores, tiras de papel u otro material en las zonas donde se comience o interrumpa el riego. Donde fuera preciso regar por franjas, se procurará una ligera superposición del riego en la unión de dos contiguas.

La temperatura de aplicación del ligante será tal que su viscosidad esté comprendida entre diez y cuarenta segundos Saybolt Furol (10 a 40 sSF), según la NLT-138.

Se protegerán, para evitar mancharlos de ligante, cuantos elementos, tales como bordillos, vallas, señales, balizas, etc., estén expuestos a ello.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en este artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones Públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2.4.- CAPÍTULO VII. MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE

DEFINICIÓN

Se define como mezcla bituminosa en caliente la combinación de un ligante hidrocarbonado, áridos (incluido el polvo mineral) y, eventualmente, aditivos, de manera que todas las partículas del árido queden recubiertas por una película homogénea de ligante. Su proceso de fabricación implica calentar el ligante y los áridos (excepto, eventualmente, el polvo mineral de aportación) y su puesta en obra debe realizarse a una temperatura muy superior a la ambiente.

A efectos de aplicación de este artículo, se define como mezcla bituminosa en caliente de alto módulo para su empleo en capa intermedia o de base bituminosa en espesor entre seis y doce centímetros (6 a 12 cm), aquella que, además de todo lo anterior, el valor de su módulo dinámico a veinte grados Celsius (20 º C), según la NLT-349, sea superior a once mil megapascales (11.000 MPa).

Las mezclas bituminosas en caliente de alto módulo deberán además cumplir, excepto en el caso que se mencionen expresamente otras, las especificaciones que se establecen en este artículo para las mezclas definidas en el párrafo primero.

La ejecución de cualquier tipo de mezcla bituminosa en caliente de las definidas anteriormente incluye las siguientes operaciones:

- Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo. - Fabricación de la mezcla de acuerdo con la fórmula de trabajo. - Transporte de la mezcla al lugar de empleo. - Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla. - Extensión y compactación de la mezcla.

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MATERIALES

Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/1992 (modificado por el Real Decreto 1328/1995), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento se estará a lo establecido en su artículo 9.

Independientemente de lo anterior, se estará en todo caso, además a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud y de almacenamiento y transporte de productos de la construcción.

LIGANTE HIDROCARBONADO

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares fijará el tipo de ligante hidrocarbonado a emplear, que será seleccionado, en función de la capa a que se destine la mezcla bituminosa en caliente, de la zona térmica estival en que se encuentre y de la categoría de tráfico pesado, definidas en la Norma 6.1 y 2-IC sobre secciones de firmes o en la Norma 6.3-IC sobre rehabilitación de firmes, entre los que se indican en la tabla 542.1 y, salvo justificación en contrario, deberá cumplir las especificaciones de los correspondientes artículos de este Pliego.

TABLA 542.1 - TIPO DE LIGANTE HIDROCARBONADO A EMPLEAR

A) EN CAPA DE RODADURA Y SIGUIENTE

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO ZONA TÉRMICA ESTIVAL

T00 T0 T1 T2 T3 y arcenes T4

CÁLIDA B40/50BM-2BM-3c

B40/50B60/70BM-2BM-3bBM-3c

B40/50B60/70BM-3b

B60/70

MEDIA

B40/50B60/70BM-3bBM-3c

B60/70 BM-3b

TEMPLADA

B40/50B60/70BM-3bBM-3c

B60/70 B80/100 BM-3b

B60/70 B80/100

B60/70 B80/100

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B) EN CAPA DE BASE, BAJO OTRAS DOS

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO ZONA TÉRMICA ESTIVAL

T00 T0 T1 T2

CÁLIDA B60/70

MEDIA

B40/50B60/70BM-2

B40/50B60/70 B60/70

B80/100

TEMPLADA B40/50 B60/70 B80/100

B80/100

Para mezclas bituminosas en caliente de alto módulo el tipo de ligante hidrocarbonado a emplear será el BM-1 para las categorías de tráfico pesado T00 y T0 y el B13/22 para las categorías de tráfico pesado T1 y T2.

Para las categorías de tráfico pesado T00 y T0, en las mezclas bituminosas a emplear en capas de rodadura o rehabilitaciones superficiales se utilizarán exclusivamente betunes asfálticos modificados con polímeros.

Para mezclas bituminosas drenantes, además de los betunes modificados indicados en la tabla 542.1.A, se podrá emplear el tipo BM-3a, para las categorías de tráfico pesado T00 a T1.

En el caso de utilizar betunes con adiciones no incluidos en los artículos 211 ó 215 de este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras establecerá el tipo de adición y las especificaciones que deberán cumplir, tanto el ligante como las mezclas bituminosas resultantes. La dosificación y el método de dispersión de la adición deberán ser aprobados por el Director de las Obras.

En el caso de incorporación de productos (fibras, materiales elastoméricos, etc.) como modificadores de la reología de la mezcla, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras determinará su proporción, así como la del ligante utilizado, de tal manera que se garantice un comportamiento en mezcla semejante al que se obtuviera de emplear un ligante bituminoso de los especificados en el artículo 215 de este Pliego.

ÁRIDOS

CARACTERÍSTICAS GENERALES

Los áridos a emplear en las mezclas bituminosas en caliente podrán ser naturales o artificiales siempre que cumplan las especificaciones recogidas en este artículo.

También podrán emplearse como áridos, el material procedente del reciclado de mezclas bituminosas en caliente en proporciones inferiores al diez por ciento (10%) de la masa total de mezcla.

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El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, podrá exigir propiedades o especificaciones adicionales cuando se vayan a emplear áridos cuya naturaleza o procedencia así lo requiriese.

Los áridos se producirán o suministrarán en fracciones granulométricas diferenciadas, que se acopiarán y manejarán por separado hasta su introducción en las tolvas en frío.

Antes de pasar por el secador de la central de fabricación, el equivalente de arena, según la UNE-EN 933-8, del árido obtenido combinando las distintas fracciones de los áridos (incluido el polvo mineral) según las proporciones fijadas en la fórmula de trabajo, deberá ser superior a cincuenta (50). De no cumplirse esta condición, su índice de azul de metileno, según la UNE-EN 933-9, deberá ser inferior a uno (1) y, simultáneamente, el equivalente de arena, según la UNE-EN 933-8, deberá ser superior a cuarenta (40).

Los áridos no serán susceptibles de ningún tipo de meteorización o alteración físico-química apreciable bajo las condiciones más desfavorables que, presumiblemente, puedan darse en la zona de empleo. Tampoco podrán dar origen, con el agua, a disoluciones que puedan causar daños a estructuras u otras capas del firme, o contaminar corrientes de agua.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras deberá fijar los ensayos para determinar la inalterabilidad del material. Si se considera conveniente, para caracterizar los componentes solubles de los áridos de cualquier tipo, naturales, artificiales o procedentes del reciclado de mezclas bituminosas, que puedan ser lixiviados y que puedan significar un riesgo potencial para el medioambiente o para los elementos de construcción situados en sus proximidades se empleará la NLT-326.

El árido procedente del reciclado de mezclas bituminosas se obtendrá de la disgregación por fresado o trituración de capas de mezcla bituminosa. En ningún caso se admitirán áridos procedentes del reciclado de mezclas bituminosas que presenten deformaciones plásticas (roderas). Se determinará la granulometría del árido recuperado, según la NLT-165, que se empleará en el estudio de la fórmula de trabajo. El tamaño máximo de las partículas vendrá fijado por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, debiendo pasar la totalidad por el tamiz 40 mm de la UNE-EN 933-2.

El árido obtenido del reciclado de mezclas bituminosas, cumplirá las especificaciones de los apartados 542.2.2.2, 542.2.2.3 ó 542.2.2.4, en función de su granulometría obtenida según la NLT-165.

ÁRIDO GRUESO

Def in ic ión del ár ido grueso

Se define como árido grueso a la parte del árido total retenida en el tamiz 2 mm de la UNE-EN 933-2.

Angulosidad del ár ido grueso (Part ículas tr i turadas)

La proporción de partículas trituradas del árido grueso, según la UNE-EN 933-5, deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.2.

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TABLA 542.2 - PROPORCIÓN DE PARTÍCULAS TRITURADAS DEL ÁRIDO GRUESO (% en masa)

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO TIPO DE CAPA

T00 T0 y T1 T2 T3 y arcenes T4

RODADURA 100 >75

INTERMEDIA100

>90>90

>75(*)

BASE 100 >90 >75

(*) en vías de servicio

Forma del ár ido grueso (Índice de lajas)

El índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso, según la UNE-EN 933-3, deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.3.

TABLA 542.3 - ÍNDICE DE LAJAS DEL ÁRIDO GRUESO

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO TIPO DE MEZCLA

T00 T0, T1 T2 T3 y arcenes T4

DENSA, SEMIDENSA Y GRUESA >30 >35

DRENANTE >20 >25

>25

Resistencia a la fragmentación del ár ido grueso (Coef ic iente de desgaste Los Ángeles)

El coeficiente de desgaste Los Ángeles del árido grueso, según la UNE-EN 1097-2, deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.4.

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TABLA 542.4 - COEFICIENTE DE DESGASTE LOS ÁNGELES DEL ÁRIDO GRUESO

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO TIPO DE CAPA

T00 y T0 T1 y T2 T3 y arcenes T4

RODADURA DRENANTE >15 >20

RODADURA CONVENCIONAL >20 >25

INTERMEDIA >25

>25

>25(*)

BASE >25

>30 >30

(*) en vías de servicio

Resistencia a l pul imento del ár ido grueso para capas de rodadura (Coef ic iente de pul imento acelerado)

El coeficiente de pulimento acelerado del árido grueso a emplear en capas de rodadura, según la NLT-174, deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.5.

TABLA 542.5- COEFICIENTE DE PULIMENTO ACELERADO DEL ÁRIDO GRUESO PARA CAPAS DE RODADURA

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO

T00 T0 y T1

T2 T3, T4 y arcenes

>0,55 >0,50 >0,45 >0,40

Limpieza del ár ido grueso (Contenido de impurezas)

El árido grueso deberá estar exento de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extrañas que puedan afectar a la durabilidad de la capa.

El contenido de impurezas, según la NLT-172, del árido grueso deberá ser inferior al cinco por mil (0,5%) en masa; en caso contrario, el Director de las Obras podrá exigir su limpieza por lavado, aspiración u otros métodos por él aprobados y una nueva comprobación.

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ÁRIDO FINO

DEFINICIÓN DEL ÁRIDO FINO

Se define como árido fino a la parte del árido total cernida por el tamiz 2 mm y retenida por el tamiz 0,063 mm de la UNE-EN 933-2.

PROCEDENCIA DEL ÁRIDO FINO

El árido fino deberá proceder de la trituración de piedra de cantera o grava natural en su totalidad, o en parte de yacimientos naturales.

La proporción de árido fino no triturado a emplear en la mezcla deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.6.

TABLA 542.6 - PROPORCIÓN DE ÁRIDO FINO NO TRITURADO (*) A EMPLEAR EN LA MEZCLA

(% en masa del total de áridos, incluido el polvo mineral)

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO

T00, T0 y T1 T2(**) T3, T4 y arcenes

0 >10 >20

(*) El porcentaje de árido fino no triturado no deberá superar el del árido fino triturado.

(**) Excepto en capas de rodadura, cuyo valor será cero.

LIMPIEZA DEL ÁRIDO FINO

El árido fino deberá estar exento de terrones de arcilla, materia vegetal, marga y otras materias extrañas.

RESISTENCIA A LA FRAGMENTACIÓN DEL ÁRIDO FINO

El material que se triture para obtener árido fino deberá cumplir las condiciones exigidas al árido grueso en el apartado 542.2.2.2.4 sobre coeficiente de desgaste Los Ángeles del PG3.

Se podrá emplear árido fino de otra naturaleza que mejore alguna característica, en especial la adhesividad, pero en cualquier caso procederá de árido grueso con coeficiente de desgaste Los Ángeles inferior a veinticinco (25) para capas de rodadura e intermedias y a treinta (30) para capas de base.

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POLVO MINERAL

Def in ic ión del polvo mineral

Se define como polvo mineral a la parte del árido total cernida por el tamiz 0,063 mm de la UNE-EN 933-2.

Procedencia del polvo mineral

El polvo mineral podrá proceder de los áridos, separándose de ellos por medio de los ciclones de la central de fabricación, o aportarse a la mezcla por separado de aquellos como un producto comercial o especialmente preparado.

La proporción del polvo mineral de aportación a emplear en la mezcla deberá cumplir lo fijado en la tabla 542.7.

TABLA 542.7 - PROPORCIÓN DE POLVO MINERAL DE APORTACIÓN (% en masa del resto del polvo mineral, excluido el inevitablemente adherido a los

áridos)

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO TIPO DE CAPA

T00 T0 y T1 T2 T3 y arcenes T4

RODADURA 100 >50

INTERMEDIA 100 >50

BASE 100 >50 -

F inura y act iv idad del polvo mineral

La densidad aparente del polvo mineral, según la NLT-176, deberá estar comprendida entre cinco y ocho decigramos por centímetro cúbico (0,5 a 0,8 g/cm3).

ADITIVOS

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, fijará los aditivos que pueden utilizarse, estableciendo las especificaciones que tendrán que cumplir tanto el aditivo como las mezclas bituminosas resultantes. La dosificación y dispersión homogénea del aditivo deberán ser aprobadas por el Director de las Obras.

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TIPO Y COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA

La granulometría del árido obtenido combinando las distintas fracciones de los áridos (incluido el polvo mineral), según la unidad de obra o empleo, deberá estar comprendida dentro de alguno de los husos fijados en la tabla 542.8. El análisis granulométrico se hará según la UNE-EN 933-1.

TABLA 542.8 - HUSOS GRANULOMÉTRICOS. CERNIDO ACUMULADO (% en masa)

TAMAÑO DE LOS TAMICES UNE-EN 933-2 (mm) TIPO DE MEZCLA

40 25 20 12,5 8 4 2 0,500 0,250 0,125 0,063

D12 - - 100 80-95 64-79Densa

D20 - 100 80-95 65-80 55-7044-59 31-46 16-27 11-20 6-12 4-8

S12 - - 100 80-95 60-75

S20 - 100 80-95 64-79 50-66Semidensa

S25 100 80-95 73-88 59-74 48-63

35-50 24-38 11-21 7-15 5-10 3-7

G20 - 100 75-95 55-75 40-60Gruesa

G25 100 75-95 65-85 47-67 35-5425-42 18-32 7-18 4-12 3-8 2-5

Drenante PA12 - - 100 70-100 38-62 13-27 9-20 5-12 - - 3-6

(*) Para la formulación de mezclas bituminosas en caliente de alto módulo (MAM) se empleará el huso S20 con las siguientes modificaciones, respecto a dicho huso granulométrico: tamiz 0,250: 8-15; tamiz 0,125: 7-12 y tamiz 0,063: 6-9.

El tipo de mezcla bituminosa en caliente a emplear en función del tipo y del espesor de la capa del firme, se definirá en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, según la tabla 542.9.

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TABLA 542.9 - TIPO DE MEZCLA A UTILIZAR EN FUNCIÓN DEL TIPO Y ESPESOR DE LA CAPA

TIPO DE CAPA ESPESOR (cm) TIPO DE MEZCLA

4-5 D-12; S-12; PA-12 RODADURA

>5 D20; S20

INTERMEDIA 6-9 D20; S20; S25; G20(**); MAM

BASE 9-15 S25; G20; G25; MAM(***)

ARCENES (*) 4-6 D12

(*) En el caso de que no se emplee el mismo tipo de mezcla que en la capa de rodadura de la calzada.

(**) Las mezclas de tipo G-20 no deben ser utilizadas bajo mezclas drenantes, ni bajo mezclas bituminosas discontinuas.

(***) Espesor máximo de doce centímetros (12 cm).

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares fijará la dotación de ligante hidrocarbonado de la mezcla bituminosa en caliente que deberá cumplir lo indicado en la tabla 542.10, según el tipo de mezcla o de capa.

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TABLA 542.10 - DOTACIÓN MÍNIMA (*) DE LIGANTE HIDROCARBONADO (% en masa sobre el total del árido seco, incluido el polvo mineral)

TIPO DE CAPA TIPO DE MEZCLA DOTACIÓN MÍNIMA (%)

DRENANTE 4,5 RODADURA

DENSA y SEMIDENSA 4,75

DENSA, SEMIDENSA y GRUESA 4,0 INTERMEDIA

ALTO MODULO 5,2

SEMIDENSA y GRUESA 3,5 BASE

ALTO MODULO 5,2

(*) Incluidas las tolerancias especificadas en el apartado 542.9.3.1. Se tendrán en cuenta las correcciones por peso específico y absorción de los áridos, si son necesarias.

La relación ponderal recomendable, salvo justificación en contrario, entre los contenidos de polvo mineral y ligante hidrocarbonado de las mezclas densas, semidensas y gruesas, en función de la categoría de tráfico pesado y de la zona térmica estival se fijará de acuerdo con las indicadas en la tabla 542.11.

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TABLA 542.11 - RELACIÓN RECOMENDABLE DE POLVO MINERAL-LIGANTE EN MEZCLAS BITUMINOSAS TIPO DENSAS, SEMIDENSAS Y GRUESAS PARA LAS

CATEGORÍAS DE TRÁFICO PESADO T00 A T2

ZONA TÉRMICA ESTIVAL TIPO DE CAPA

CÁLIDA Y MEDIA TEMPLADA

RODADURA 1,3 1,2

INTERMEDIA 1,2 1,1

BASE 1,1 1,0

En las mezclas bituminosas en caliente de alto módulo la relación ponderal entre los contenidos de polvo mineral y ligante hidrocarbonado, salvo justificación en contrario, estará comprendida entre de uno coma tres y uno coma cinco (1,3 a 1,5).

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

ESTUDIO DE LA MEZCLA Y OBTENCIÓN DE LA FÓRMULA DE TRABAJO

La fabricación y puesta en obra de la mezcla no se iniciará hasta que se haya aprobado por el Director de las Obras la correspondiente fórmula de trabajo, estudiada en laboratorio y verificada en la central de fabricación.

Dicha fórmula fijará como mínimo las siguientes características:

La identificación y proporción de cada fracción del árido en la alimentación y, en su caso, después de su clasificación en caliente.

La granulometría de los áridos combinados, incluido el polvo mineral, por los tamices 40; 25; 20; 12,5; 8; 4; 2; 0,500; 0,250; 0,125 y 0,630 mm de la UNE-EN 933-2.

Tipo y características del ligante hidrocarbonado.

La dosificación de ligante hidrocarbonado y, en su caso, la de polvo mineral de aportación, referida a la masa del total de áridos (incluido dicho polvo mineral), y la de aditivos, referida a la masa del ligante hidrocarbonado.

En su caso, el tipo y dotación de las adiciones, referida a la masa total del árido combinado.

La densidad mínima a alcanzar.

También se señalarán:

Los tiempos a exigir para la mezcla de los áridos en seco y para la mezcla de los áridos con el ligante.

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Las temperaturas máxima y mínima de calentamiento previo de áridos y ligante. En ningún caso se introducirá en el mezclador árido a una temperatura superior a la del ligante en más de quince grados Celsius (15 º C).

Las temperaturas máxima y mínima de la mezcla al salir del mezclador. La temperatura máxima no deberá exceder de ciento ochenta grados Celsius (180 º C), salvo en centrales de tambor secador-mezclador, en las que no deberá exceder de ciento sesenta y cinco grados Celsius (165 º C). Para mezclas bituminosas de alto módulo las temperaturas anteriores se aumentarán en diez grados Celsius (10 º C); para las mezclas drenantes dichas temperaturas deberán disminuirse diez grados Celsius (10 º C) para evitar posibles escurrimientos del ligante.

La temperatura mínima de la mezcla en la descarga desde los elementos de transporte.

La temperatura mínima de la mezcla al iniciar y terminar la compactación.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, fijará la dosificación de ligante hidrocarbonado teniendo en cuenta los materiales disponibles, la experiencia obtenida en casos análogos y siguiendo los criterios siguientes:

En mezclas densas, semidensas, gruesas y de alto módulo:

El análisis de huecos y la resistencia a la deformación plástica empleando el método Marshall, según la NLT-159, y para capas de rodadura o intermedia mediante la pista de ensayo de laboratorio, según la NLT-173.

Se aplicarán los criterios indicados en las tablas 542.12 y 542.13, y para mezclas de alto módulo, además, el valor del módulo dinámico a veinte grados Celsius (20 ºC), según la norma NLT-349, no será inferior a once mil megapascales (11.000 MPa).

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TABLA 542.12 - CRITERIOS DE DOSIFICACIÓN EMPLEANDO EL APARATO MARSHALL

(75 golpes por cara)

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO CARACTERÍSTICA

T00 y T0 T1 y T2 T3 y arcenes T4

ESTABILIDAD (kN) >15 >12,5 >10 8-12

DEFORMACIÓN (mm) 2-3 2-3,5 2,5-3,5

Capa de rodadura 4-6 4-6 3-5

Capa intermedia 4-6 5-8(*) 4-8 4-8(**)HUECOS EN MEZCLA (%)

Capa de base 5-8(*) 6-9(*) 5-9

Mezclas-12 >15 HUECOS EN ÁRIDOS (%)

Mezclas -20 y -25 >14

(*) En las mezclas bituminosas de alto módulo: 4-6. (**) En vías de servicio.

TABLA 542.13 - MÁXIMA VELOCIDAD DE DEFORMACIÓN (m/min) EN EL INTERVALO DE 105 A 120 MINUTOS (NLT-173)

CATEGORÍA DE TRAFICO PESADO ZONA TÉRMICA

ESTIVAL T00 y T0 T1 T2 T3 y arcenes T4

CÁLIDA 12 15 20 -

MEDIA 15 20 -

TEMPLADA 15 20 -

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En mezclas drenantes:

Los huecos de la mezcla, determinados midiendo con un calibre las dimensiones de probetas preparadas según la NLT-352, no deberán ser inferiores al veinte por ciento (20%), y

La pérdida por desgaste a veinticinco grados Celsius (25 ºC), según la NLT-352, no deberá rebasar el veinte por ciento (20%) en masa, para las categorías de tráfico pesado T00 a T1 y el veinticinco por ciento (25%) en masa en los demás casos.

En cualquier circunstancia se comprobará la adhesividad árido-ligante mediante la caracterización de la acción del agua. Para ello, en mezclas densas, semidensas, gruesas y de alto módulo, la pérdida de resistencia en el ensayo de inmersión-compresión, según la NLT-162, no rebasará el veinticinco por ciento (25%); y, en mezclas drenantes, la pérdida por abrasión en el ensayo cántabro, según la NLT-352, tras ser sometidas a un proceso de inmersión en agua durante veinticuatro horas (24 h) a sesenta grados Celsius (60 º C) no rebasará el treinta y cinco por ciento (35%) para las categorías de tráfico pesado T00 a T1, y el cuarenta por ciento (40%) para las categorías de tráfico pesado T2 y T3.

Se podrá mejorar la adhesividad entre el árido y el ligante hidrocarbonado mediante activantes o cualquier otro producto sancionado por la experiencia. En tales casos, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras establecerá las especificaciones que tendrán que cumplir dichos aditivos y las mezclas resultantes.

En todo caso, la dotación mínima de ligante hidrocarbonado no será inferior a lo indicado en la tabla 542.10.

Para capas de rodadura, la fórmula de trabajo de la mezcla bituminosa en caliente deberá asegurar el cumplimiento de las características de la unidad terminada en lo referente a la macrotextura superficial y a la resistencia al deslizamiento, según lo indicado en el apartado correspondiente.

Si la marcha de las obras lo aconseja, el Director de las Obras podrá corregir la fórmula de trabajo con objeto de mejorar la calidad de la mezcla, justificándolo debidamente mediante un nuevo estudio y los ensayos oportunos. Se estudiará y aprobará una nueva fórmula si varía la procedencia de alguno de los componentes, o si durante la producción se rebasan las tolerancias granulométricas establecidas en este artículo.

PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE EXISTENTE

Se comprobarán la regularidad superficial y el estado de la superficie sobre la que se vaya a extender la mezcla bituminosa en caliente. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o, en su defecto, el Director de las Obras, indicará las medidas encaminadas a restablecer una regularidad superficial aceptable y, en su caso, a reparar zonas dañadas.

Si la superficie estuviese constituida por un pavimento hidrocarbonado, que deberá cumplir lo indicado en la tabla 542.14 ó 542.15, se ejecutará un riego de adherencia, según el artículo 531 del PG3; si dicho pavimento es heterogéneo se deberán, además, eliminar mediante fresado los excesos de ligante y sellar zonas demasiado permeables,

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según las instrucciones del Director de las Obras. Si la superficie es granular o tratada con conglomerantes hidráulicos, sin pavimento hidrocarbonado, se ejecutará previamente un riego de imprimación según el artículo 530 de este Pliego.

Se comprobará que ha transcurrido el plazo de rotura o de cura de estos riegos, no debiendo quedar restos de fluidificante, ni de agua en la superficie; asimismo, si ha transcurrido mucho tiempo desde su aplicación, se comprobará que su capacidad de unión con la mezcla bituminosa no ha disminuido en forma perjudicial; en caso contrario, el Director de las Obras podrá ordenar la ejecución de un riego adicional de adherencia.

APROVISIONAMIENTO DE ÁRIDOS

Los áridos se producirán o suministrarán en fracciones granulométricas diferenciadas, que se acopiarán y manejarán por separado hasta su introducción en las tolvas en frío. Cada fracción será suficientemente homogénea y se podrá acopiar y manejar sin peligro de segregación, observando las precauciones que se detallan a continuación.

Para mezclas tipo 12 el número mínimo de fracciones será de tres (3). Para el resto de las mezclas el número mínimo de fracciones será de cuatro (4). El Director de las Obras podrá exigir un mayor número de fracciones, si lo estima necesario para cumplir las tolerancias exigidas a la granulometría de la mezcla que establece el PG3.

Cada fracción del árido se acopiará separada de las demás, para evitar intercontaminaciones. Si los acopios se disponen sobre el terreno natural, no se utilizarán sus quince centímetros (15 cm) inferiores, a no ser que se pavimenten. Los acopios se construirán por capas de espesor no superior a un metro y medio (1,5 m), y no por montones cónicos. Las cargas del material se colocarán adyacentes, tomando las medidas oportunas para evitar su segregación.

Cuando se detecten anomalías en el suministro de los áridos, se acopiarán por separado hasta confirmar su aceptabilidad. Esta misma medida se aplicará cuando esté pendiente de autorización el cambio de procedencia de un árido.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, fijará el volumen mínimo de acopios antes de iniciar las obras. Salvo justificación en contrario dicho volumen no sea inferior al correspondiente a un mes de trabajo con la producción prevista.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en este artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones Públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2.5.- CAPÍTULO VIII. BETUNES ASFÁLTICOS

DEFINICIÓN

Se definen como betunes asfálticos los ligantes hidrocarbonados sólidos o viscosos, preparados a partir de hidrocarburos naturales por destilación, oxidación o "cracking", que contienen una baja proporción de productos volátiles, poseen propiedades aglomerantes características y son esencialmente solubles en sulfuro de carbono.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones Publicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación y/o ensayos en

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el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2.6.- CAPÍTULO IX. EMULSIONES BITUMINOSAS

DEFINICIÓN

Se definen como emulsiones bituminosas las dispersiones de pequeñas partículas de un ligante hidrocarbonado en una solución de agua y un agente emulsionante de carácter aniónico o catiónico, lo que determina la denominación de la emulsión.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo de las especificaciones obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones públicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistema

2.7.- CAPÍTULO X. BETUNES ASFÁLTICOS MODIFICADOS CON POLÍMEROS

DEFINICIÓN

Se definen como betunes asfálticos modificados con polímeros los ligantes hidrocarbonados resultantes de la interacción física y/o química de polímeros con un betún asfáltico de los definidos en el artículo 211 del PG3.

Se consideran comprendidos, dentro de este artículo, los betunes modificados suministrados a granel y los que se fabriquen en el lugar de empleo, en instalaciones específicas independientes, Quedan excluidos, los obtenidos a partir de adiciones incorporadas a los áridos o en el mezclador de la planta de fabricación de la unidad de obra de la que formen parte.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD

El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas.

Si los referidos productos, disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este articulo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté homologado por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones obligatorias de este artículo podrá ser otorgado por las Administraciones Publicas competentes en materia de carreteras, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento (según ámbito) o los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación y/o ensayos en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2.8.- CAPÍTULO XI. BALDOSAS DE CEMENTO

DEFINICIÓN

Las baldosas que son objeto de este Pliego se definen por su configuración y/o por su composición.

DEFINICIÓN SEGÚN SU CONFIGURACIÓN

Baldosas. Son las placas de forma geométrica, con bordes vivos o biselados, de área superior a un decímetro cuadrado (1 dm2).

Baldosines. Son las baldosas de área no superior a un decímetro cuadrado (1 dm2).

Losas. Son placas de forma geométrica, cuya cara puede ser lisa, rugosa, con resaltos o con rebajos, de área superior a diez decímetros cuadrados (10 dm2).

Losetas. Son losas de área no superior a diez decímetros cuadrados (10 dm2).

DEFINICIÓN SEGÚN LA COMPOSICIÓN

Baldosa hidráulica. Se compone de:

Cara, constituida por la capa de huella, de mortero rico en cemento, arena muy fina y, en general, colorantes

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Capa intermedia, que puede faltar a veces, de un mortero análogo al de la cara, sin colorantes.

Capa de base, de mortero menos rico en cemento y arena más gruesa, que constituye el dorso.

Baldosa de pasta. Se compone de una sola capa de pasta de cemento con colorantes y, a veces, con una pequeña cantidad de arena muy fina.

2.9.- CAPÍTULO XII. BORDILLOS

DEFINICIÓN

Se definen como bordillos las piezas de piedra o elementos prefabricados de hormigón colocados sobre una solera adecuada, que constituyen una faja o cinta que delimita la superficie de la calzada, la de una acera o la de un andén.

Tendremos en cuenta 2 tipos; todos ellos en hormigón prefabricado H400 y bicapas:

- Encintado 35 x 20 cm - Bordillo 15 x 25 cm

MATERIALES

MORTERO

Salvo especificación en contrario, el tipo de mortero a utilizar será el mortero de cemento designado como M 450 en el Artículo 611, "Morteros de cemento", de este Pliego.

BORDILLOS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN

CONDICIONES GENERALES

Los bordillos prefabricados de hormigón se ejecutarán con hormigones de tipo H-200 o superior, según el Artículo 610, "Hormigones", fabricados con áridos procedentes de machaqueo, cuyo tamaño máximo será de veinte milímetros (20 mm), y cemento portland P-350.

El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá el tipo de hormigón a utilizar, así como las características de las caras vistas de bordillo.

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FORMA Y DIMENSIONES

La forma y dimensiones de los bordillos de hormigón serán las señaladas en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

La sección transversal de los bordillos curvos será la misma que la de los rectos; y su directriz se ajustará a la curvatura del elemento constructivo en que vayan a ser colocados.

La longitud mínima de las piezas será de un metro (1 m).

Se admitirá una tolerancia, en las dimensiones de la sección transversal, de diez milímetros (± 10 mm).

- Ser homogéneos, de grano fino y uniforme y de textura compacta; con resistencia mínima a compresión de doscientos kilogramos fuerza por centímetro cuadrado (200 Kgf/cm2). Esta resistencia se entiende media en dirección del grueso, si descontar los huecos, y de acuerdo con la Norma UNE 7059.

- Carecer de manchas, eflorescencias, quemados, grietas, coqueras, planos de exfoliación y materias extrañas que puedan disminuir su resistencia y duración. Dará sonido claro al ser golpeados con un martillo y serán inalterables al agua.

- Tener suficiente adherencia a los morteros. - Su capacidad de absorción de agua será inferior al catorce por ciento (14

%) en peso, después de un día (1 d) de inmersión. El ensayo de absorción de agua se realizará de acuerdo con la Norma UNE 7061

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Las piezas se asentarán sobre un lecho de hormigón, cuya forma y características se especificarán en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Las piezas que forman el bordillo se colocarán dejando un espacio entre ellas de cinco milímetros ( 5 mm). Este espacio se rellenará con mortero del mismo tipo que el empleado en el asiento.

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3.- ELECTRICIDAD

El trabajo a que se refiere esta Sección del Pliego de Condiciones comprende el suministro de todo el equipo, la mano de obra y materiales, así como la ejecución de todas las operaciones relacionadas con la instalación de la distribución de alumbrado, según se indica en los planos y se especifica en la presente Sección del Pliego de Condiciones.

Además de las condiciones técnicas particulares contenidas en el presente Pliego, serán de aplicación las generales especificadas en los siguientes Documentos:

Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía, aprobado por Decreto de 12 de mayo de 1954.

Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobado por Real Decreto 3275/1982 de 12 de noviembre de 1982, B.O.E. nº 288 del 01/12/82.

Normas Técnicas de Construcción y Montaje de las instalaciones eléctricas de distribución de la Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., aprobadas por la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía con fecha 11 de octubre de 1989, B.O.J.A. nº 96 del 27/12/89.

Recomendaciones UNESA.

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Complementarias (RD. 842/2002, de 2 de agosto)

3.1.- CAPÍTULO XIII. LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN ENTERRADA

Para la buena marcha de la ejecución de un proyecto de línea eléctrica, conviene hacer un análisis de los distintos pasos que hay que seguir y de la forma de realizarlos.

Inicialmente y antes de comenzar su ejecución, se harán las siguientes comprobaciones y reconocimientos:

Comprobar que se dispone de todos los permisos, tanto oficiales como particulares, para la ejecución del mismo (Licencia Municipal de apertura y cierre de zanjas, Condicionados de Organismos, etc).

Hacer un reconocimiento, sobre el terreno, del trazado de la canalización, fijándose en la existencia de bocas de riego, servicios telefónicos, de agua, alumbrado público, etc, que normalmente se puedan apreciar por registros en vía pública.

Una vez realizado dicho reconocimiento, se establecerá contacto con los Servicios Técnicos de las Empresas Distribuidoras afectadas (Agua, Gas, Teléfonos, Energía Eléctrica, etc), para que señalen sobre el plano de planta del proyecto, las instalaciones más próximas que puedan resultar afectadas.

Es también interesante, de una manera aproximada, fijar las acometidas a las viviendas existentes de agua y de gas, con el fin de evitar, en lo posible, el deterioro de las mismas al hacer las zanjas.

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El Contratista, antes de empezar los trabajos de apertura de zanjas, hará un estudio de la canalización, de acuerdo con las normas municipales, así como de los pasos que sean necesarios para los accesos a los portales, comercios, garajes, etc, así como las chapas de hierro que hayan de colocarse sobre la zanja para el paso de vehículos, etc.

Todos los elementos de protección y señalización los tendrá que tener dispuestos el contratista de la obra antes de dar comienzo a la misma.

ZANJAS

ZANJAS EN TIERRA

EJECUCIÓN

Su ejecución comprende:

• Apertura de las zanjas. • Suministro y colocación de protección de arena. • Suministro y colocación de protección de rasillas y ladrillo. • Colocación de la cinta de “atención al cable”. • Tapado y apisonado de las zanjas. • Carga y transporte de las tierras sobrantes. • Utilización de los dispositivos de balizamiento apropiados.

Apertura de las zanjas

Las canalizaciones, salvo casos de fuerza mayor, se ejecutarán en terrenos de dominio público, bajo las aceras, evitando ángulos pronunciados.

El trazado será lo más rectilíneo posible, paralelo en todo su longitud a bordillos o fachadas de los edificios principales.

Antes de proceder al comienzo de los trabajos, se marcarán, en el pavimento de las aceras, las zonas donde se abrirán las zanjas marcando tanto su anchura como su longitud y las zonas donde se dejarán puentes para la contención del terreno.

Si ha habido posibilidad de conocer las acometidas de otros servicios a las fincas construidas, se indicarán sus situaciones, con el fin de tomar las precauciones debidas.

Antes de proceder a la apertura de las zanjas se abrirán calas de reconocimiento para confirmar o rectificar el trazado previsto.

Al marcar el trazado de las zanjas se tendrá en cuenta el radio mínimo que hay que dejar en la curva con arreglo a la sección del conductor o conductores que se vayan a canalizar, de forma que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20 veces el diámetro exterior del cable.

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Las zanjas se ejecutarán verticales hasta la profundidad escogida, colocándose entibaciones en los casos en que la naturaleza del terreno lo haga preciso.

Se dejará un paso de 50 cm entre las tierras extraídas y la zanja, todo a lo largo de la misma, con el fin de facilitar la circulación del personal de la obra y evitar la caída de tierras en la zanja.

Se deben tomar todas las precauciones precisas para no tapar con tierra registros de gas, teléfonos, bocas de riego, alcantarillas, etc.

Durante la ejecución de los trabajos en la vía pública se dejarán pasos suficientes para vehículos, así como los accesos a los edificios, comercios y garajes. Si es necesario interrumpir la circulación, se precisará una autorización especial.

En los pasos de carruajes, entradas de garajes, etc, tanto existentes como futuros, los cruces serán ejecutados con tubos, de acuerdo con las recomendaciones del apartado correspondiente y previa autorización del Supervisor de Obra.

Suministro y colocación de protecciones de arenas

La arena que se utilice para la protección de los cables será limpia, suelta, áspera, crujiente al tacto; exenta de substancias orgánicas, arcilla o partículas terrosas, para lo cual si fuese necesario, se tamizará o lavará convenientemente.

Se utilizará indistintamente de cantera o de río, siempre que reúna las condiciones señaladas anteriormente y las dimensiones de los granos serán de dos o tres milímetros como máximo.

Cuando se emplee la procedente de la zanja, además de necesitar la aprobación del Supervisor de la Obra, será necesario su cribado.

En el lecho de la zanja irá una capa de 10 cm de espesor de arena, sobre la que se situará el cable. Por encima del cable irá otra capa de 15 cm de arena. Ambas capas de arena ocuparán la anchura total de la zanja.

Suministro y colocación de protección de rasilla y ladrillo

Encima de la segunda capa de arena se colocará una capa protectora de rasilla o ladrillo, siendo su anchura de un pie (25 cm) cuando se trate de proteger un solo cable o terna de cables en mazos. La anchura se incrementará en medio pie (12,5 cm) por cada cable o terna de cables en mazos que se añada en la misma capa horizontal.

Los ladrillos o rasillas serán cerámicos, duros y fabricados con buenas arcillas. Su cocción será perfecta, tendrá sonido campanil y su fractura será uniforme, sin caliches ni cuerpos extraños. Tanto los ladrillos huecos como las rasillas estarán fabricados con barro fino y presentará caras planas con estrías.

Cuando se tiendan dos o más tripolares de M.T. o una o varias ternas de cables unipolares, entonces se colocará, a todo lo largo de las zanja, un ladrillo en posición de

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canto para separar los cables cuando no se pueda conseguir una separación de 25 cm entre ellos.

Colocación de la cinta de “ATENCIÓN al cable”

En las canalizaciones de cables de media tensión se colocará una cinta de cloruro de polivinilo, que denominaremos “Atención a la existencia del cable”, tipo UNESA. Se colocará a lo largo de la canalización una tira por cada cable de media tensión tripolar o terna de unipolares en mazos y en la vertical del mismo a una distancia mínima a la parte superior del cable de 30 cm. La distancia mínima de la cinta a la parte inferior del pavimento será de 10 cm.

Tapado y apisonado de las zanjas

Una vez colocadas las protecciones del cable, señaladas anteriormente, se rellenará toda la zanja con tierra de la excavación (previa eliminación de piedras gruesas, cortantes o escombros que puedan llevar), apisonada, debiendo realizarse los 20 primeros cm de forma manual, y para el resto es conveniente apisonar mecánicamente.

El tapado de las zanjas deberá hacerse por capas sucesivas de diez centímetros de espesor, las cuales serán apisonadas y regadas, si fuese necesario, con el fin de que quede suficientemente consolidado el terreno. La cinta de “Atención a la existencia del cable” se colocará entre dos de estas capas, tal como se ha indicado en d). El contratista será responsable de los hundimientos que se produzcan por la deficiencia de esta operación y, por tanto, serán de su cuenta posteriores reparaciones que tengan que ejecutarse.

Carga y transporte a vertedero de las tierras sobrantes

Las tierras sobrantes de la zanja, debido al volumen introducido en cables, arenas, rasillas, así como el esponje normal del terreno serán retiradas por el contratista y llevadas a vertedero

El lugar de trabajo quedará libre de dichas tierras y completamente limpio.

Utilización de los dispositivos de balizamiento apropiados

Durante la ejecución de las obras, éstas estarán debidamente señalizadas de acuerdo con los condicionamientos de los Organismos afectados y Ordenanzas Municipales.

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DIMENSIONES Y CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN

ZANJA NORMAL PARA MEDIA TENSIÓN

Se considera como zanja normal para cables de media tensión la que tiene 0,60 m de anchura media y profundidad 1,10 m, tanto en aceras como en calzada. Esta profundidad podrá aumentarse por criterio exclusivo del Supervisor de Obras.

La separación mínima entre ejes de cables tripolares, o de cables unipolares, componentes de distinto circuito, deberá ser de 0,20 m separados por un ladrillo, o de 25 cm entre capas externas sin ladrillo intermedio.

La distancia entre capas externas de los cables unipolares de fase será como mínimo de 8 cm con un ladrillo o rasilla colocado de canto entre cada dos de ellos a todo lo largo de las canalizaciones.

Al ser de 10 cm el lecho de arena, los cables irán como mínimo a 1 m de profundidad. Cuando esto no sea posible y la profundidad sea inferior a 0,70 m, deberán protegerse los cables con chapas de hierro, tubos de fundición u otros dispositivos que aseguren una resistencia mecánica equivalente, siempre de acuerdo y con la aprobación del Supervisor de la Obra.

ZANJA PARA MEDIA TENSIÓN EN TERRENO CON SERVICIOS

Cuando al abrir calas de reconocimiento o zanjas para el tendido de nuevos cables aparezcan otros servicios se cumplirán los siguientes requisitos.

Se avisará a la empresa propietaria de los mismos. El encargado de la obra tomará las medidas necesarias, en el caso de que estos servicios queden al aire, para sujetarlos con seguridad de forma que no sufran ningún deterioro. Y en el caso en que haya que correrlos, para poder ejecutar los trabajos, se hará siempre de acuerdo con la empresa propietaria de las canalizaciones. Nunca se deben dejar los cables suspendidos, por necesidad de la canalización, de forma que estén en tracción, con el fin de evitar que las piezas de conexión, tanto en empalmes como en derivaciones, puedan sufrir.

Se establecerán los nuevos cables de forma que no se entrecrucen con los servicios establecidos, guardando, a ser posible, paralelismo con ellos.

Se procurará que la distancia mínima entre servicios sea de 30 cm en la proyección horizontal de ambos.

Cuando en la proximidad de una canalización existan soportes de líneas aéreas de transporte público, telecomunicación, alumbrado público, etc, el cable se colocará a una distancia mínima de 50 cm de los bordes extremos de los soportes o de las fundaciones. Esta distancia pasará a 150 cm cuando el soporte esté sometido a un esfuerzo de vuelco permanente hacia la zanja. En el caso en que esta precaución no se pueda tomar, se utilizará una protección mecánica resistente a lo largo de la fundación del soporte, prolongada una longitud de 50 cm a un lado y a otro de los bordes extremos de aquella con la aprobación del Supervisor de la Obra.

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ZANJA CON MÁS DE UNA BANDA HORIZONTAL

Cuando en una misma zanja se coloquen cables de baja tensión y media tensión, cada uno de ellos deberá situarse a la profundidad que le corresponda y llevará su correspondiente protección de arena y rasilla.

Se procurará que los cables de media tensión vayan colocados en el lado de la zanja más alejada de las viviendas y los de baja tensión en el lado de la zanja más próximo a las mismas.

De este modo se logrará prácticamente una independencia casi total entre ambas canalizaciones.

La distancia que se recomienda guardar en la proyección vertical entre ejes de ambas bandas debe ser de 25 cm.

Los cruces en este caso, cuando los haya, se realizarán de acuerdo con lo indicado en los planos del proyecto.

ZANJAS EN ROCA

Se tendrá en cuenta todo lo dicho en el apartado de zanjas en tierra. La profundidad mínima será de 2/3 de los indicados anteriormente en cada caso. En estos casos se atenderá a las indicaciones del Supervisor de Obra sobre la necesidad de colocar o no protección adicional.

ZANJAS ANORMALES Y ESPECIALES

La separación mínima entre ejes de cables multipolares o mazos de cables unipolares, componentes del mismo circuito, deberá ser de 0,20 m separados por un ladrillo o de 0,25 m entre caras sin ladrillo y la separación entre los ejes de los cables extremos y la pared de la zanja de 0,10 m; por tanto, la anchura de la zanja se hará con arreglo a estas distancias mínimas y de acuerdo con lo ya indicado cuando, además, haya que colocar tubos.

También en algunos casos se pueden presentar dificultades anormales (galerías, pozos, cloacas, etc). Entonces los trabajos se realizarán con precauciones y normas pertinentes al caso y las generales dadas para zanjas de tierra.

ROTURA DE PAVIMENTOS

Además de las disposiciones dadas por la Entidad propietaria de los pavimentos, para la rotura, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

La rotura del pavimento con maza (Almádena) está rigurosamente prohibida, debiendo hacer el corte del mismo de una manera limpia, con lajadera.

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En el caso en que el pavimento esté formado por losas, adoquines, bordillos de granito u otros materiales, de posible posterior utilización, se quitarán éstos con la precaución debida para no ser dañados, colocándose luego de forma que no sufran deterioro y en el lugar que molesten menos a la circulación.

REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS

Los pavimentos serán repuestos de acuerdo con las normas y disposiciones dictadas por el propietario de los mismos.

Deberá lograrse una homogeneidad, de forma que quede el pavimento nuevo lo más igualado posible al antiguo, haciendo su reconstrucción con piezas nuevas si está compuesto por losas, losetas, etc. En general serán utilizados materiales nuevos salvo las losas de piedra, el bordillo de granito y otros similares.

CRUCES (CABLES ENTUBADOS)

El cable deberá ir en el interior de tubos en los casos siguientes:

- Para el cruce de calles, caminos o carreteras con tráfico rodado. - En las entradas de carruajes o garajes públicos. - En los lugares en donde por diversas causas no deben dejarse tiempo la zanja

abierta. - En los sitios en donde esto se crea necesario por indicación del Proyecto o del

Supervisor de la Obra.

MATERIALES

Los materiales a utilizar en los cruces normales serán de la siguientes cualidades y condiciones:

Los tubos podrán ser de cemento, fibrocemento, plástico, fundición de hierro, etc, provenientes de fábrica de garantía, siendo el diámetro que se señala en estas normas el correspondiente al interior del tubo y su longitud la más apropiada para el cruce de que se trate. La superficie será lisa.

Los tubos se colocarán de modo que, en sus empalmes, la boca hembra esté situada antes que la boca macho siguiendo la dirección del tendido probable, del cable, con objeto de no dañar a éste en la citada operación.

El cemento será Pórtland o artificial y de manera acreditada y deberá reunir en sus ensayos y análisis químicos, mecánicos y de fraguado, las condiciones de la vigente instrucción española del Ministerio de Obras Públicas. Deberá estar envasado y almacenado convenientemente para que no pierda las condiciones precisas. La dirección técnica podrá realizar, cuando lo crea conveniente, los análisis y ensayos de laboratorio que considere oportunos. En general se utilizará como mínimo el de calidad P-250 de fraguado lento.

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La arena será limpia, suelta, áspera, crujiendo al tacto y exenta de sustancias orgánicas o partículas terrosas, para lo cual si fuese necesario, se tamizará y lavará convenientemente. Podrá ser de río o miga y de la dimensión de sus granos será de hasta 2 ó 3 mm.

Los áridos y gruesos serán procedentes de piedra dura silícea, compacta, resistente, limpia de tierra y detritus y, a ser posible, que sea canto rodado. Las dimensiones serán de 10 a 60 mm con granulometría apropiada.

Se prohíbe el empleo del llamado revoltón, o sea piedra y arena unida, sin dosificación, así como cascotes o materiales blandos.

AGUA- Se empleará el agua de río o manantial, quedando prohibido el empleo de aguas procedentes de ciénagas.

MEZCLA- La dosificación a emplear será la normal en este tipo de hormigones para fundaciones, recomendándose la utilización de hormigones preparados en plantas especializadas en ello.

DIMENSIONES Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DE EJECUCIÓN

Los trabajos de cruces, teniendo en cuenta que su duración es mayor que los de apertura de zanjas, empezarán antes, para tener toda la zanja a la vez, dispuesta para el tendido del cable.

Estos cruces serán siempre rectos y, en general, perpendiculares a la dirección de la calzada. Sobresaldrán en la acera, hacia el interior, unos 20 cm del bordillo (debiendo construirse en los extremos un tabique para su fijación).

El diámetro de los tubos será de 20 cm. Su colocación y la sección mínima de hormigonado responderá a lo indicado en los planos. Estarán recibidos con cemento y hormigonados en toda su longitud.

Cuando por imposibilidad de hacer la zanja a la profundidad normal los cables estén situados a menos de 80 cm de profundidad, se dispondrán en vez de tubos de fibrocemento ligero, tubos metálicos o de resistencia análoga para el paso de cables por esa zona, previa conformidad del Supervisor de Obra.

Los tubos vacíos, ya sea mientras se ejecuta la canalización o que al terminarse la misma se queden de reserva, deberán taparse con rasilla y yeso, dejando en su interior un alambre galvanizado para guiar posteriormente los cables en su tendido.

Los cruces de vías férreas, cursos de agua, etc, deberán proyectarse con todo detalle.

Se debe evitar posible acumulación de agua o de gas a lo largo de la canalización situando convenientemente pozos de escape en relación al perfil altimétrico.

En los tramos rectos, cada 15 ó 20 m, según el tipo de cable, para facilitar su tendido se dejarán calas abiertas de una longitud mínima de 3 m en las que se interrumpirá la continuidad del tubo. Una vez tendido el cable, estas calas se taparán cubriendo previamente el cable con canales o medios tubos, recibiendo sus uniones con cemento o dejando arquetas fácilmente localizables para ulteriores intervenciones, según indicaciones del Supervisor de Obras.

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Para hormigonar los tubos se procederá del modo siguiente:

Se hecha previamente una solera de hormigón bien nivelada de unos 8 cm de espesor sobre la que se asienta la primera capa de tubos separados entre sí unos 4 cm procediéndose a continuación a hormigonarlos hasta cubrirlos enteramente. Sobre esta nueva solera se coloca la segunda capa de tubos, en las condiciones ya citadas, que se hormigona igualmente en forma de capa. Si hay más tubos se procede como ya se ha dicho, teniendo en cuenta que, en la última capa, el hormigón se vierte hasta el nivel total que deba tener.

En los cambios de dirección se construirán arquetas de hormigón o ladrillo, siendo sus dimensiones las necesarias para que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20 veces el diámetro exterior del cable. No se admitirán ángulos inferiores a 90º y aún éstos se limitarán a los indispensables. En general, los cambios de dirección se harán con ángulos grandes. Como norma general, en alineaciones superiores a 40 m serán necesarias las arquetas intermedias que promedien los tramos de tendido y que no estén distantes entre sí más de 40 m.

Las arquetas sólo estarán permitidas en aceras o lugares por las que normalmente no debe haber tránsito rodado; si esto excepcionalmente fuera imposible, se reforzarán marcos y tapas.

En la arqueta, los tubos quedarán a unos 25 cm por encima del fondo para permitir la colocación de rodillos en las operaciones de tendido. Una vez tendido el cable, los tubos se taponarán con yeso de forma que el cable quede situado en la parte superior del tubo. La arqueta se rellenará con arena hasta cubrir el cable como mínimo.

La situación de los tubos en la arqueta será la que permita el máximo radio de curvatura.

Las arquetas podrán ser registrables o cerradas. En el primer caso deberán tener tapas metálicas o de hormigón provistas de argollas o ganchos que faciliten su apertura. El fondo de estas arquetas será permeable de forma que permita la filtración del agua de lluvia.

Si las arquetas no son registrables, se cubrirán con los materiales necesarios para evitar su hundimiento. Sobre esta cubierta se echará una capa de tierra y sobre ella se reconstruirá el pavimento.

CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE EJECUCIÓN DE CRUZAMIENTO Y PARALELISMO CON DETERMINADO TIPO DE INSTALACIONES

El cruce de líneas eléctricas subterráneas con ferrocarriles o vías férreas deberá realizarse siempre bajo tubo. Dicho tubo rebasará las instalaciones de servicio en una distancia de 1,50 m y a una profundidad mínima de 1,30 m con respecto a la cara inferior de las traviesas. En cualquier caso se seguirán las instrucciones del condicionado del organismo competente.

En el caso de cruzamientos entre dos líneas eléctricas subterráneas directamente enterradas, la distancia mínima a respetar será de 0,25 m.

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La mínima distancia entre la generatriz del cable de energía y la de una conducción metálica no debe ser inferior a 0,30 m. además entre el cable y la conducción debe estar interpuesta una plancha metálica de 3 mm de espesor como mínimo u otra protección mecánica equivalente, de anchura igual al menos al diámetro de la conducción y de todas formas no inferior a 0,50 m.

Análoga medida de protección debe aplicarse en el caso de que no sea posible tener el punto de cruzamiento a distancia igual o superior a 1 m de un empalme del cable.

En el paralelismo entre el cable de energía y conducciones metálicas enterradas se debe mantener en todo caso una distancia mínima en proyección horizontal de:

• 0,50 m para gaseoductos. • 0,30 m para otras conducciones.

En el caso de cruzamiento entre líneas eléctricas subterráneas y líneas de telecomunicación subterránea, el cable de energía debe, normalmente, estar situado por debajo del cable de telecomunicación. La distancia mínima entre la generatriz externa de cada uno de los dos cables no debe ser inferior a 0,50 m. el cable colocado superiormente debe estar protegido por un tubo de hierro de 1 m de largo como mínimo y de tal forma que se garantice que la distancia entre las generatrices exteriores de los cables en las zonas no protegidas, sea mayor que la mínima establecida en el caso de paralelismo, que indica a continuación, medida en proyección horizontal. Dicho tubo de hierro debe estar protegido contra la corrosión y presentar una adecuada resistencia mecánica; su espesor no será inferior a 2 mm.

En donde por justificadas exigencias técnicas no pueda ser respetada la mencionada distancia mínima, sobre el cable inferior debe ser aplicada un protección análoga a la indicada para el cable superior. En todo caso la distancia mínima entre los dos dispositivos de protección no debe ser inferior a 0,10 m. el cruzamiento no debe efectuarse en correspondencia con una conexión del cable de telecomunicación y no debe haber empalmes sobre el cable de energía a una distancia inferior a 1 m.

En el caso de paralelismo entre líneas eléctricas subterráneas y líneas de telecomunicación subterráneas, estos cables deben estar a la mayor distancia posible entre sí. En donde existan dificultades técnicas importantes, se puede admitir una distancia mínima en proyección sobre un plano horizontal, entre los puntos más próximos de las generatrices de los cables, no inferior a 0,50 m en los cables interurbanos o a 0,30 m en los cables urbanos.

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TENDIDO DE CABLES

TENDIDO DE CABLES EN ZANJA ABIERTA

MANEJO Y PREPARACIÓN DE BOBINAS

Cuando se desplace la bobina en tierra rodándola, hay que fijarse en el sentido de rotación, generalmente indicado en ella con una flecha, con el fin de evitar que se afloje el cable enrollado en la misma.

La bobina no debe almacenarse sobre un suelo blando.

Antes de comenzar el tendido del cable, se estudiará el punto más apropiado para situar la bobina, generalmente por facilidad de tendido: en el caso de suelos con pendiente suelo ser conveniente canalizar cuesta abajo. También hay que tener en cuenta que si hay muchos pasos con tubos, se debe procurar colocar la bobina en la parte más alejada de los mismos, con el fin de evitar que pase la mayor parte del cable por los tubos.

En el caso del cable trifásico, no se canalizará desde el mismo punto en dos direcciones opuestas con el fin de que las espirales de los tramos se correspondan.

Para el tendido, la bobina estará siempre elevada y sujeta por un barón y gatos de potencia apropiada al peso de la misma.

TENDIDO DE CABLES

Los cables deben ser siempre desarrollados y puestos en su sitio con el mayor cuidado, evitando que sufran torsión, hagan bucles, etc, y teniendo siempre pendiente que el radio de curvatura del cable debe ser superior a 20 veces su diámetro durante su tendido, y superior a 10 veces su diámetro una vez instalado.

Cuando los cables se tiendan a mano, los hombres estarán distribuidos de una manera uniforme a lo largo de la zanja.

También se puede canalizar mediante cabrestantes, tirando del extremo del cable, al que se habrá adoptado una cabeza apropiada, y con un esfuerzo de tracción por mm2 de conductor que no debe sobrepasar el que indique el fabricante del mismo. En cualquier caso el esfuerzo no será superior a 4 Kg/mm2 en cables trifásicos y a 5 Kg/mm2 para cables unipolares, ambos casos con conductores de cobre. Cuando se trata de aluminio, deben reducirse a la mitad. Será imprescindible la colocación de dinamómetro para medir dichas tracción mientras se tiende.

El tendido se hará obligatoriamente sobre rodillos que puedan girar libremente y estén construidos de forma que no puedan dañar el cable. Se colocarán en las curvas los rodillos de curva precisos de forma que el radio de curvatura no se menor de veinte veces el diámetro del cable.

Durante el tendido del cable se tomarán precauciones para evitar al cable esfuerzos importantes, así como que sufra golpes o rozaduras.

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No se permitirá desplazar el cable, lateralmente, por medio de palancas y otros útiles, sino que se deberá hacer siempre a mano.

Sólo de manera excepcional se autorizará desenrollar en cable fuera de la zanja, en casos muy específicos y siempre bajo la vigilancia del Supervisor de la Obra.

Cuando la temperatura ambiente sea inferior a 0 grados centígrados, no se permitirá hacer el tendido del cable debido a la rigidez que toma el aislamiento.

La zanja, en toda su longitud, deberá estar cubierta con una capa de 10 cm de arena fina en el fondo, antes de proceder al tendido del cable.

No se dejará nunca el cable tendido en una zanja abierta, sin haber tomado antes la precaución de cubrirlo con la capa de 15 cm de arena fina y la protección de rasilla.

En ningún caso se dejarán los extremos del cable en la zanja sin haber asegurado antes una buena estanqueidad de los mismos.

Cuando dos cables se canalicen para ser empalmados, si están aislados con papel impregnado, se cruzarán por lo menos un metro, con objeto de sanear las puntas y, si tienen aislamiento de plástico, el cruzamiento será como mínimo de 50 cm.

Las zanjas, una vez abiertas y antes de tender el cable, se recorrerán con detenimiento para comprobar que se encuentran sin piedras u otros elementos duros que puedan dañar a los cables en su tendido.

Si con motivo de las obras de canalización aparecieran instalaciones de otros servicios para no dañarlas, dejándolas, al terminar los trabajos, en la misma forma en que se encontraban primitivamente. Si, involuntariamente se causara alguna avería en dichos servicios, se avisará con toda urgencia a la oficina de control de obras y a la empresa correspondiente, con el fin de que procedan a su reparación. El encargado de la obra por parte de la Contrata tendrá las señas de los servicios públicos, así como su número de teléfono, por si tuviera, él mismo, que llamar comunicando la avería producida.

Si las pendientes son muy pronunciadas y el terreno es rocoso e impermeable, se está expuesto a que la zanja de canalización sirva de drenaje, con lo que se originaría un arrastre de la arena que sirve de lecho a los cables. En este caso, si es un talud, se deberá hacer la zanja al bies, para disminuir la pendiente y, de no ser posible, conviene que en esa zona se lleve la canalización entubada y recibida con cemento.

Cuando dos o más cables de M.T. discurran paralelos entre dos subestaciones, centros de reparto, centros de transformación, etc, deberán señalizarse debidamente, para facilitar su identificación en futuras aperturas de la zanja utilizando para ello cada metro y medio, cintas adhesivas de colores distintos para cada circuito, y en fajas de anchos diferentes para cada fase si son unipolares. De todos modos al ir separados sus ejes 20 cm mediante un ladrillo o rasilla colocado de canto a lo largo de toda la zanja, se facilitará el reconocimiento de estos cables que, además, no deben cruzarse en todo el recorrido entre dos C.T.

En el caso de canalizaciones con cables unipolares de media tensión formando ternas, la identificación es más dificultosa y, por ello, es muy importante que los cables o mazos de cables no cambien de posición en todo su recorrido como acabamos de indicar.

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Además se tendrá en cuenta lo siguiente:

Cada metro y medio serán colocados por fase una vuelta de cinta adhesiva y permanente, indicativo de la fase 1, fase 2 y fase 3 utilizando para ello los colores normalizados cuando se trate de cables unipolares.

Por otro lado, cada metro y medio envolviendo las tres fases, se colocarán unas vueltas de cinta adhesiva que agrupe dichos conductores y los mantenga unidos, salvo indicación en contra del Supervisor de Obras. En el caso de varias ternas de cables en mazos, las vueltas de cinta citadas deberán ser de colores distintos que permitan distinguir un circuito de otro.

Cada metro y medio, envolviendo cada conductor de MT tripolar, serán colocadas unas vueltas de cinta adhesivas y permanente de un color distinto para cada circuito, procurando además que el ancho de la faja sea distinto en cada uno.

TENDIDO DE CABLES EN GALERÍA O TUBULARES

TENDIDO DE CABLES EN TUBULARES

Cuando el cable se tienda a mano o con cabrestantes y dinamómetro, y haya que pasar el mismo por un tubo, se facilitará esta operación mediante una cuerda, unidad a la extremidad del cable, que llevará incorporado un dispositivo de manga tiracables, teniendo cuidado de que el esfuerzo de tracción sea lo más débil posible, con el fin de evitar el alargamiento de la funda de plomo, según se ha indicado anteriormente.

Se situará un hombre en la embocadura de cada cruce de tubo, para guiar el cable y evitar el deterioro del mismo o rozaduras en el tramo del cruce.

Los cables de media tensión unipolares de un mismo circuito pasarán todos juntos por un mismo tubo dejándolos sin encintar dentro del mismo.

Nunca se deberán pasar dos cables trifásicos de media tensión por un tubo.

En aquellos casos especiales que a juicio del Supervisor de la Obra se instalen los cables unipolares por separado, cada fase pasará por un tubo y, en estas circunstancias, los tubos no podrán ser nunca metálicos.

Se evitarán en lo posible las canalizaciones con grandes tramos entubados y, si esto no fuera posible, se construirán arquetas intermedias en los lugares marcados en el proyecto o, en su defecto, donde indique el Supervisor de Obra (según se indica en el apartado CRUCES, cables entubados).

Una vez tendido el cable, los tubos se taparán perfectamente con cinta de yute Pirelli Tupir o similar, para evitar el arrastre de tierras, roedores, etc, por su interior y servir a la vez de almohadilla del cable. Para ello se sierra el rollo de cinta en sentido radial y se ajusta a los diámetros del cable y del tubo quitando las vueltas que sobren.

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TENDIDO DE CABLES EN GALERÍA

Los cables en galería se colocarán en palomillas, ganchos u otros soportes adecuados, que serán colocados previamente de acuerdo con lo indicado en el apartado de “Colocación de Soportes y Palomillas”.

Antes de empezar el tendido, se decidirá el sitio donde va a colocarse el nuevo cable para que no se interfiera con los servicios ya establecidos.

En los tendidos en galería se colocarán las cintas de señalización ya indicadas, y las palomillas o soportes deberán distribuirse de modo que puedan aguantar los esfuerzos electrodinámicos que posteriormente pudieran presentarse.

MONTAJES

EMPALMES

Se ejecutarán los tipos denominados reconstruidos indicados en el proyecto, cualquiera que sea su aislamiento: papel impregnado, polímero o plástico.

Para su confección se seguirán las normas dadas por el Director de Obra o en su defecto las indicadas por el fabricante del cable o el de los empalmes.

En los cables de papel impregnado se tendrá especial cuidado en no romper el papel al doblar las venas del cable, así como en realizar los baños de aceite con la frecuencia necesaria para evitar coqueras. El corte de los rollos de papel se hará por rasgado y no con tijera, navaja, etc.

En los cables de aislamiento seco, se prestará especial atención a la limpieza de las trazas de cinta semiconductora pues ofrecen dificultades a la vista y los efectos de una deficiencia en este sentido pueden originar el fallo del cable en servicio.

BOTELLAS TERMINALES

Se utilizará el tipo indicado en el proyecto, siguiendo para su confección las normas que dicte el Director de Obra o, en su defecto, el fabricante del cable o el de las botellas terminales.

En los cables de papel impregnado se tendrá especial cuidado en las soldaduras, de forma que no queden poros por donde pueda pasar humedad, así como en el relleno de las botellas, realizándose éste con calentamiento previo de la botella terminal y de forma que la pasta rebase por la parte superior.

Asimismo, se tendrá especial cuidado en el doblado de los cables de papel impregnado, para no rozar el papel, así como en la confección del cono difusor de flujos en los cables de campo radial, presentando atención especial a la continuidad de la pantalla.

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Se recuerdan las mismas normas sobre el corte de los rollos de papel y la limpieza de los trozos de cinta semiconductora dadas en el apartado anterior de Empalmes.

AUTOVÁLVULAS Y SECCIONADOR

Los dispositivos de protección contra sobretensiones de origen atmosférico serán pararrayos autovalvulares tal y como se indica en la memoria del proyecto, colocados sobre el apoyo de entronques A/S, inmediatamente después del seccionador según el sentido de la corriente. El conductor de tierra del pararrayo se colocará por el interior del apoyo resguardado por las caras del angular del montaje y hasta tres metros del suelo e irá protegido mecánicamente por un tubo de material no ferromagnético.

El conductor de tierra a emplear será de cobre aislado para la tensión de servicio, de 95 mm2 de sección y se unirá a los electrodos de barra necesarios para alcanzar una resistencia de tierra inferior a 2 Ω.

Se pondrá especial cuidado en dejar regulado perfectamente el accionamiento del mando del seccionador.

Los conductores de tierra atravesarán la cimentación del apoyo mediante tubos de fibrocemento de 6 cm, inclinados de manera que, partiendo de una profundidad mínima de 0,60 m, emerjan lo más recto posible de la peana en los puntos de bajada de sus respectivos conductores.

HERRAJES Y CONEXIONES

Se procurará que los soportes de las botellas terminales queden fijos tanto en las paredes de los centros de transformación como en las torres metálicas y tengan la debida resistencia mecánica para soportar el peso de los soportes, botellas terminales y cable.

Asimismo, se procurará que queden completamente horizontales.

COLOCACIÓN DE SOPORTES Y PALOMILLAS

SOPORTES Y PALOMILLAS PARA CABLES SOBRE MUROS DE HORMIGÓN

Antes de proceder a la ejecución de taladros, se comprobará la buena mecánica de las paredes, se realizará asimismo el replanteo para que, una vez colocados los cables, queden bien sujetos sin estar forzados.

El material de agarre que se utilice será el apropiado para que las paredes no queden debilitadas y las palomillas soporten el esfuerzo necesario para cumplir la misión para la que se colocan.

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SOPORTES Y PALOMILLAS PARA CABLES SOBRE MUROS DE LADRILLO

Igual al apartado anterior, pero sobre paredes de ladrillo.

VARIOS

COLOCACIÓN DE CABLES EN TUBOS Y ENGRAPADO EN COLUMNA (ENTRONQUES AÉREO-SUBTERRÁNEOS PARA M.T.)

Los tubos serán de poliéster y se colocarán de forma que no dañen a los cables y queden fijos a la columna, poste u obra de fábrica, sin molestar el tránsito normal de la zona, con 0,50 m aproximadamente bajo el nivel del terreno, y 2,50 m sobre él. Cada cable unipolar de M.T. pasará por un tubo.

El engrapado del cable se hará entramos de uno o dos metros, de forma que se repartan los esfuerzos sin dañar el aislamiento del cable.

El taponado del tubo será hermético y se hará con un capuchón de protección de neopreno o en su defecto, con cinta adhesiva o de relleno, pasta que cumpla su misión de taponar, no ataque el aislamiento del cable y no se estropee o resquebraje con el tiempo para los cables con aislamiento seco. Los de aislamiento de papel se taponarán con un rollo de cinta Tupir adaptado a los diámetros del cable y del tubo.

TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES

La carga y descarga, sobre camiones o remolques apropiados, se hará siempre mediante una barra adecuada que pase por el orificio central de la bobina.

Bajo ningún concepto se podrá retener la bobina con cuerdas, cables o cadenas que abracen la bobina y se apoyen sobre la capa exterior del cable enrollado, asimismo no se podrá caer la bobina al suelo desde un camión o remolque.

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3.2.- CAPÍTULO XIV. LOCAL PREFABRICADO

Tendrá las dimensiones adecuadas para alojar las celdas correspondientes y el equipo transformador de potencia, respetando siempre las distancias mínimas entre elementos que se detallan en el vigente Reglamento de Alta Tensión.

CIMENTACIÓN

UBICACIÓN

Para instalación de la caseta prefabricada UNIBLOK-PFU es necesaria una excavación, con fondo de zahorra compactado o una solera de hormigón de limpieza, sobre la que se dispondrá un lecho de arena de 10 cm de espesor compactado y nivelado, para el perfecto asiento del equipo prefabricado.

SOLERA Y PAVIMENTO

PLACA BASE

Será una losa de forma rectangular, unida en una sola pieza a las paredes, formando un conjunto compacto y de total impermeabilidad, al no existir unión entre paneles.

Para el paso de cables AT/BT, el edificio dispondrá bajo la cota cero, de unos orificios semiperforados, practicables “in situ” de las dimensiones siguientes:

• Líneas de A.T.: Un orificio de 177 cm2 para cada línea. • Líneas de B.T.: Un orificio de 95 cm2 para cada línea.

De igual forma, dispondrá de unos orificios semiperforados practicables de 20 mm de diámetro, para las salidas a las tierras exteriores.

PLACA DE SOLERA PRINCIPAL

Pieza básicamente rectangular, destinada a cubrir el módulo para el asentamiento de las celdas y acceso de personal de maniobras.

Presentará troneras rectangulares para el paso de cables de celda a foso. En parte se cubren con losetas, disponiendo de un rebaje con pestaña para esta misión.

Además de ésta, llevará otra tronera sobre la cual se ubica el cuadro de B.T. dispondrá de una fina capa de 20 mm para ser perforada según sea la necesidad de salida de cables, estando señalizada con dos orificios que marcan el principio y final de la misma.

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Estará dotada de una tuerca soldada a la malla de la estructura, para su puesta a tierra.

La superficie superior tendrá una terminación ruleteada.

LOSETA

Elemento de cierre, de las troneras en la solera para el montaje de celdas.

Será de forma rectangular, y en el eje mayor presentará dos ranuras oblongas que servirán para la manipulación.

Su cara superior será estriada para evitar el deslizamiento.

SOPORTE DEL TRASFORMADOR.

Para un cómodo asentamiento del transformador, el prefabricado dispondrá de perfiles en forma de “U”, los cuales se pondrán deslizar a voluntad, dependiendo de la distancia entre ruedas del transformador.

Los perfiles a su vez serán soportados en cuatro puntos, para dotar al transformador de un perfecto asentamiento.

CERRAMIENTOS EXTERIORES

PANELES

Las paredes del prefabricado constituyen el propio conjunto del edificio, ya que será de construcción compacta.

Sobre el frente, se practicarán amplias perforaciones, para el acceso del personal de 900 mm de ancho y 2.100 mm de alto, y para el transformador de potencia de 1.260 mm de ancho y 2.100 mm de alto.

En su pared posterior, dispondrá de una amplia perforación (en el lado del transformador de potencia) de 677 mm de ancho y 1.060 mm de alto, que servirá para alojamiento de la rejilla de ventilación, para la salida del aire.

Este módulo dispondrá de una tuerca soldada a la malla de la estructura, para su puesta a tierra.

PUERTAS Y TAPAS DE ACCESO

Para el acceso al interior de la caseta, se dispondrá de una puerta de persona y tapa de acceso al transformador.

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PUERTA DE PERSONAL

Estará construida con chapa laminada en frío, con galvanizado en caliente en proceso continuo y terminada con pintura de polvo de poliéster, asegurando así una buena protección a la intemperie.

Estará dotada de 3 bisagras de acero inoxidable (con giro de 1807), cierre mediante cerradura y varillas, con dos puntos de anclaje para proporcionar una elevada resistencia mecánica al conjunto, imposibilitando la apertura intempestiva de la puerta aún en el caso de sobrepresiones interiores, que puedan presentarse por un eventual arco en el aparellaje eléctrico del interior.

Para mantenerse en posición de abierta, llevará una varilla que la fije al panel.

Las dimensiones libres del hueco serán 99 mm de ancho y 2.100 mm de altura.

CERRADURA DE INTEMPERIE

El sistema de cierre cumplirá tres condiciones fundamentales:

• Seguridad mecánica del cierre. • Inviolabilidad de la cerradura. • Seguridad de funcionamiento.

La primera condición se logrará por la robustez del sistema de varillas guiadas que fijan en dos puntos.

Las otras condiciones se cumplirán por medio de las características de los materiales que serán inoxidables, protegidos o autoprotegidos, con amplio dimensionado de sus elementos y posiciones de funcionamiento, fijas y claramente definidas.

CUBIERTA

TECHO

Consistirá en un plano de hormigón armado, con inserciones de acero inoxidable en su parte superior para su manipulación.

No permitirá la acumulación de agua sobre ella por lo que tendrá una caída de 1 % hacia el lado posterior del edificio.

En su parte interior y en el interior del módulo, se dispondrá de una tuerca soldada a la malla de la estructura, para su puesta a tierra.

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PINTURAS

ACABADO EXTERIOR

Se pintará con pintura resistente a la intemperie.

VARIOS

BANDEJA CORTAFUEGOS

Estará formada por una chapa con múltiples perforaciones que ocupará todo el recinto del transformador.

Una vez asentada, se rellenará con canto rodado hasta su total llenado.

CARACTERÍSTICAS ELÉCTRICAS

Todas las varillas que constituyan la armadura de refuerzo de cada una de las piezas del edificio, estarán electrosoldadas entre sí, de forma que tengan continuidad eléctrica, disponiendo de dos puntos unidos a ella, accesibles desde el interior del edificio. A través de ellos se podrá realizar la comprobación de continuidad de cada pieza y además se podrá realizar, la interconexión de las distintas piezas mediante latiguillos de cobre, de forma tal que el interior del edificio sea una superficie equipotencial.

La situación de la armadura y el proceso de fabricación del hormigón asegurarán una resistencia eléctrica superior a 10.000 Ohmios, a los 28 días de su fabricación, entre las puertas, rejillas y la superficie exterior del edificio.

CONDICIONES DE SERVICIO

El edificio prefabricado estará construido par soportar las siguientes condiciones de servicio:

- Sobrecarga de nieve de 250 Kg/m2 en cubierta. - Carga de viento de 100 Kg/m2 (MV-101-1962), equivalente a una velocidad

V=144 Km/h.

Temperatura del aire:

Mínima -15º C

Máxima +50º C

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Valor máx. medio diario 100 %

Humedad relativa del aire 100 %

Estos datos corresponden a una altitud de instalación de 2.500 m sobre el nivel del mar, según la Norma MV-101-1-1.962.

3.3.- CAPÍTULO XV. CELDAS PREFABRICADAS

CÓDIGOS Y NORMAS

El diseño, fabricación y ensayos de los equipos estarán de acuerdo con las Normas. Concretamente, y en lo referente al aparellaje de A.T, bajo envolvente metálica y Centros de Transformación, serán de aplicación las siguientes Normas:

• UNE-20.900 • RU-6404 A • Reglamento de A.T.-M.I.E.-(BOE 01/08/84)

CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO

Las celdas serán para su utilización en las siguientes condiciones de servicio:

Presión interna de servicio a 20º C y 1.000 hPa Aprox. 1,3 bar absoluta (0,3 bar sobrepresión).

Temperatura ambiente: Entre –25º C y +55º C.

Grado de resistencia a la inmersión en agua (IEC 34) 4,5 m. de nivel de agua.

APARAMENTA DE ALTA TENSIÓN

Las celdas empleadas serán prefabricadas, con envolvente metálica, y que utilicen SF6 (hexafluoruro de azufre) para cumplir dos misiones:

Aislamiento: el aislamiento integral en hexafluoruro de azufre confiere a la aparamenta sus características de resistencia al medio ambiente, bien sea a la polución del aire, a la humedad, o incluso a la eventual sumersión del Centro de Transformación por efecto de riadas. Por ello, esta característica es esencial especialmente en las zonas con alta polución, en las zonas con clima agresivo (costas marítimas y zonas húmedas) y en las zonas más expuestas a riadas con entradas de agua en el Centro de Transformación.

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Corte: el corte en SF6 resulta más seguro que al aire, debido a lo explicado para el aislamiento.

Igualmente, las celdas empleadas habrán de permitir la extensibilidad in situ del Centro de Transformación, de forma que sea posible añadir más líneas o cualquier otro tipo de función, sin necesidad de cambiar la aparamenta previamente existente en el Centro.

Se emplearán celdas del tipo modular, de forma que en caso de avería sea posible retirar únicamente la celda dañada, sin necesidad de desaprovechar el resto de las funciones.

TRANSFORMADORES

El transformador o transformadores instalados en este Centro de Transformación serán trifásicos, con neutro accesible en el secundario y demás características según lo indicado en la memoria en los apartados correspondientes a potencia, tensiones primarias y secundarias, regulación en el primario, grupo de conexión, tensión de cortocircuito y protecciones propias del transformador.

Estos transformadores se instalarán, en caso de incluir un líquido refrigerante, sobre una plataforma ubicada encima de un foso de recogida, de forma que en caso de que se derrame e incendie, el fuego quede confinado en la celda del transformador, sin difundirse por los pasos de cables ni otras aberturas al resto del Centro de Transformación, si estos son de maniobra interior (tipo caseta).

Los transformadores, para mejor ventilación, estarán situados en la zona de flujo natural del aire, de forma que la entrada de aire esté situada en la parte inferior de las paredes adyacentes al mismo, y las salidas de aire en la zona superior de esas paredes.

EQUIPOS DE MEDIDA

Al tratarse de un Centro de Transformación para distribución pública, no se incorpora medida de energía en Media Tensión, por lo que ésta se efectuará en las condiciones establecidas en cada uno de los ramales de Media Tensión, en el punto de derivación hacia cada cliente en Baja Tensión, atendiendo a lo especificado en el Reglamento de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias.

NORMAS DE EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES

Todos los materiales, aparatos, máquinas y conjuntos integrados en los circuitos de la instalación proyectada cumplen las especificaciones técnicas y homologaciones que le son establecidas como de obligado cumplimiento por el Ministerio de Industria y Energía.

Por lo tanto, la instalación se ajustará a los planos, materiales y calidades de dicho proyecto, salvo orden facultativa en contra.

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CERTIFICADOS Y DOCUMENTACIÓN

Se adjuntarán, para la tramitación de este proyecto ante los organismos públicos competentes, las documentaciones indicadas a continuación:

- Autorización administrativa de la obra. - Proyecto, firmado por un técnico competente. - Certificado de tensiones de paso y contacto, emitido por una empresa. - Certificado de fin de obra. - Contrato de mantenimiento. - Conformidad por parte de la Compañía suministradora.

LIBRO DE ÓRDENES

Se dispondrá en este Centro de Transformación de un libro de órdenes, en el que se registrarán todas las incidencias surgidas durante la vida útil del citado Centro, incluyendo cada visita, revisión, etc.

TENDIDOS SUBTERRÁNEOS EN BAJA TENSIÓN

Trazado: Antes de comenzar los trabajos, se marcarán las zonas donde se abrirán las zanjas, marcando tanto su anchura como su longitud. Se indicarán las situaciones de las acometidas de otros servicios con el fin de tomar las precauciones debidas.

Se determinarán las protecciones precisas tanto de la zanja como de los pasos que sean necesarios, así como las chapas de hierro que hayan de colocarse sobre la zanja para el paso de vehículos.

Al marcar el trazado de las zanjas se tendrá en cuenta el radio mínimo que hay que dejar en las curvas con arreglo a la sección del conductor o conductores que se vayan a canalizar.

Apertura de zanjas: Las zanjas se harán verticales hasta la profundidad escogida, colocándose entibaciones en los casos en que la naturaleza del terreno lo haga preciso.

Se procurará dejar un paso de cincuenta (50) centímetros entre las zanjas y las tierras extraídas, con el fin de facilitar la circulación del personal de la obra y evitar la caída de tierras en la zanja.

Las dimensiones mínimas de las zanjas serán de ochenta (80 cm) centímetros de profundidad y anchura de cuarenta (40) centímetros para canalizaciones.

Cable entubado: El cable entubado en parte o en todo su recorrido irá en el interior de tubos de hormigón vibrocomprimido o PVC, de superficie interna lisa, siendo su sección interior no inferior a cinco (5) veces la sección de cable o del haz de cables.

En el interior de un mismo tubo no se dispondrán conductores pertenecientes a sistemas distintos, teniéndose en todo caso en cuenta los factores de corrección de la intensidad máxima admisible previstos en la Instrucción MI.BT. 007 del “Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión”.

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El fondo de la zanja deberá ser nivelado después de echar una capa de arena fina, comprobando la ausencia de piedras u objetos punzantes que pudieran deteriorar los cables o los tubos de P. V. C.

Se debe evitar la posible acumulación de agua a lo largo de la canalización situando, convenientemente pozos de escape en relación al perfil altimétrico, sobre todo si, por la naturaleza impermeable del terreno, las zanjas pudieran actuar como drenaje.

En los cambios de dirección se construirán arquetas de hormigón o ladrillo, siendo sus dimensiones las necesarias para que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo veinte (20) veces el diámetro exterior del cable. No se admiten ángulos, inferiores a noventa (90) y aún éstos se limitarán a los indispensables. Una vez tendido el cable, los tubos, se taponarán con yeso de forma que el cable quede situado en la parte superior de la boca del tubo. La arqueta se rellenará con arena hasta cubrir el cable como mínimo.

Las arquetas podrán ser registrables o cerradas. En el primer caso deberán tener tapas metálicas o de hormigón armado, provistas de argollas o ganchos que faciliten su apertura. El fondo de las arquetas será permeable de forma que permita la filtración de agua.

Cruzamientos y paralelismos: Los cruces de calles y carreteras se realizarán con tubos, ajustándose a las siguientes condiciones:

a) Se colocarán en posición horizontal y recta y estarán hormigonados en toda su longitud, con un espesor no inferior a veinte (20) centímetros sobre la clave del tubo y bajo el mismo. Si la zanja estuviera sobre terraplén, la solera inferior se armará con malla electrosoldada en cuadrícula de quince por quince (15 x 15) centímetros y ocho (8,0) milímetros de diámetro.

b) Deberán preverse los tubos de reserva necesarios para futuras aplicaciones.

c) Se dispondrá una arqueta a cada lado del cruce.

Para los cruzamientos y paralelismos con otras líneas de energía eléctrica, telecomunicaciones o conducciones de agua, se guardarán las condiciones previstas en la Instrucción MI.BT. 007 del “Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión”. En todo caso y para conductores bajo tubo, la anchura de las zanjas se adoptará de forma que la separación entre tubos no sea inferior a diez (10) centímetros.

En el caso de cruzamientos con líneas de telecomunicación, éstos no deben efectuarse en correspondencia con una conexión del cable de telecomunicación.

Transporte y tendido: La carga y descarga de la bobina se hará siempre mediante una barra adecuada que pase por el orificio central. No se dejará caer la bobina al suelo desde el camión o remolque.

Para el tendido la bobina estará siempre elevada, sujeta por barra y gatos adecuados al peso de la misma y con dispositivos de frenado. Los cables deben ser siempre desenrollados y puestos en su sitio con el mayor cuidado, evitando que sufran torsión, hagan bucles, etc., y teniendo siempre en cuenta que el radio de curvatura del cable debe ser superior a veinte (20) veces su diámetro durante su tendido y superior a diez (10) veces su diámetro una vez instalado. En todo caso el radio de curvatura del cable no será inferior a los valores indicados en las Normas UNE correspondientes.

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Durante el tendido se tomarán precauciones para evitar que el cable no sufra esfuerzos importantes, ni golpes ni rozaduras.

No se dejará nunca el cable tendido en una zanja abierta sin haber tomado antes la precaución de cubrirlo con una capa de diez (10) centímetros de arena fina y la protección de rasilla.

Protección mecánica: Las líneas eléctricas subterráneas deben estar protegidas contra posibles averías producidas por hundimiento de tierras, por contacto con cuerpos duros y por choque de herramientas metálicas. Para ello, si el cable se tiende no entubado o entubado en PVC, se colocará una capa protectora arena de diez (10) centímetros de espesor y, sobre ésta, una capa de ladrillo o rasilla cerámica, con una anchura mínima de veinticinco (25) centímetros para zanjas de cuarenta (40) centímetros.

Señalización: Todo cable o conjunto de cables debe estar señalado por una cinta de atención de acuerdo con la recomendación UNESA 0205, colocada como mínimo a veinte (20) centímetros por encima del ladrillo.

Cuando cables o conjuntos de cables de categorías de tensión diferentes estén superpuestos, debe colocarse dicha cinta encima de cada uno de ellos.

Identificación: Los cables llevarán marcado en al menos el nombre del fabricante, año de fabricación y tensión nominal de aislamiento.

En el caso de canalizaciones con cables unipolares se recomienda colocar cada metro y medio por fase y en el neutro unas vueltas de cinta adhesiva para asignar color distintivo a cada conductor de dicho conductor. Cada metro y medio, envolviendo las tres fases y el neutro de cada sistema, se colocará una sujeción que agrupe dichos conductores y los mantenga unidos.

Cierre de zanjas: Una vez colocadas las protecciones e identificaciones, se rellenará toda la zanja con la tierra de excavaciones compactada, debiendo realizarse los veinte (20) primeros centímetros de forma manual.

El cierre de las zanjas se hará por tongadas sucesivas las cuales serán apisonadas y regadas, si fuese necesario, con el fin de que quede suficientemente consolidado el relleno. Se tendrá en cuenta lo previsto para esta clase de obra en el presente P.C.T.

Reposición de pavimentos: Los pavimentos serán repuestos de acuerdo con las instrucciones del Ingeniero Director utilizando para ello materiales nuevos salvo las losas de piedra, adoquines y otros similares si se encuentran en buen estado. Al levantarlos se habrán tomado las precauciones necesarias cortando convenientemente las juntas.

Deberá lograrse la mayor homogeneidad posible con el pavimento.

Puesta a tierra: Los circuitos eléctricos estarán conectados a tierra según lo previsto en el “Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión”. En particular, se conectarán a Tierra individualmente los báculos de alumbrado, armarios metálicos de los cuadros eléctricos y estructuras metálicas de edificios.

Empalmes y conexiones: Los empalmes sobre el cable de energía se efectuarán con las distancias máximas posibles y previa aceptación del Ingeniero Director quedarán registrables mediante la correspondiente arqueta.

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Los conductores desnudos, preparados para efectuar una conexión estarán limpios, carentes de toda materia que impida un buen contacto y sin daños producidos por las herramientas durante la operación de quitar el revestimiento del cable.

El empalme por retorcimiento de los conductores será admisible cuando estos sean de cobre y se trate de un empalme perfectamente apretado y sin juego, que lleve al menos diez espiras ensambladas, en el caso de hilos, o interese a una longitud por lo menos igual a diez veces el diámetro del cable más, pequeño de los que se unen en el caso de cables. Las conexiones entre conductores aislados deben cubrirse con una envoltura aislante y protectora equivalente, eléctrica y mecánicamente, al revestimiento de los conductores al preparar estos para la conexión sólo se quitará el aislamiento en la parte precisa.

Si un conductor está formado por varios alambres, se cuidará de que cuando se efectúe una conexión la corriente se reparta por todos ellos.

Los dispositivos de conexión estarán dimensionados de forma que los conductores puedan penetrar en ellos libremente sólo se quitará el aislamiento de los conductores en la longitud que penetre en los bornes de conexión. Cuando un cable provisto de una cubierta protectora penetre en una envoltura de un aparato, en una caja de empalme o derivación, etc. la cubierta será también introducida teniendo cuidado, si es metálica, de que no sea puesta bajo tensión.

MATERIALES

En la instalación de baja tensión no se podrán emplear materiales que no hayan sido aceptados previamente por el Ingeniero Director.

Los materiales cumplirán con las especificaciones de las Normas UNE que le correspondan, así como las previstas en las Instrucciones MIE.BT complementarias del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión”.

Conductores: Los conductores empleados en el tendido de la red eléctrica exterior de distribución en baja tensión serán de cobre y estarán aislados con materias plásticas, no siendo su tensión nominal inferior a mil voltios (1.000 V).

La sección será la que corresponda de acuerdo con la Instrucción BT-007 y, en ningún caso, será inferior a seis milímetros cuadrados (6 mm2) ni a dos coma cinco milímetros cuadrados (2,5 mm2) en las conexiones de las luminarias.

Báculos y postes: Los báculos y postes que soportan las luminarias serán de chapa de acero A-37b y estarán galvanizados en caliente con un peso mínimo de quinientos veinte microgramos por centímetro cuadrado de cinc (520 mgr/cm2), teniendo la chapa los siguientes espesores mínimos:

H<5 m. Espesor 1, 5 mm

5<H<8 m. Espesor 2, 5 mm

8<H< 10m. Espesor 3, 0 mm

La unión del báculo o poste a la chapa de anclaje se hará mediante casquillo de chapa de espesor no inferior a vez y media el de la chapa de construcción del báculo o poste y reforzada con cuatro carteras de igual espesor.

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Los báculos y postes tendrán una abertura de acceso para manipulación de sus elementos de protección y situada a no menos de treinta centímetros del suelo, dotada de tapa con mecanismo de cierre que garantice la estanqueidad suficiente a la proyección de agua.

Luminarias: Las luminarias serán las definidas en los Planos y Cuadros de Precios. En todo caso su rendimiento será superior al setenta y cinco por ciento (75%) con lámpara clara y al setenta por ciento (70%) con lámpara opal.

Tendrán carácter de aleación de aluminio inyectado y sistema óptico cerrado con grado mínimo de estanqueidad lP33.

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4.- ALUMBRADO PÚBLICO

4.1.- CAPÍTULO XVI. CABLES ELÉCTRICOS

Los cables eléctricos que se utilizarán en las redes de alumbrado público serán de cobre unipolares de cuerdas circulares del tipo RV 0,6/1 KV y de sección 6 mm2.

Las restantes características y especificaciones serán las indicadas en las Normas UNE 21022, 21.029 y 21.119.

El contratista estará obligado a enviar muestras de cada tipo de cable a utilizar e informará por escrito del nombre del fabricante a la Dirección Técnica, la cual podrá, a su guacha, exigir un Acta de Pruebas, expedida por un Laboratorio Oficial, antes de la instalación del conductor.

Los cables se mantendrán en sus bobinas de origen hasta el momento de su tendido, las bobinas llevarán claramente indicado el nombre del fabricante, tipo de cable y sección.

El material de aislamiento será de Polietileno Reticulado químicamente (XLPE) para el nivel de aislamiento indicado.

No se autorizarán en ningún caso empalmes en estos conductores.

La rotura o deterioro de la cubierta de los conductores durante su tendido será motivo suficiente para la retirada de la totalidad del tramo.

El tendido de los cables se realizará en el interior de tubos de PVC, o fibrocemento en el caso de cruces de calzadas. La profundidad mínima de la zanja será la indicada en el REBT, así como, las distancias a mantener con otras conducciones, tanto en sentido vertical como horizontal.

El tendido de los cables se realizará con sumo cuidado y se tomarán tantas precauciones sean necesarias para evitar la formación de cocas y torceduras que puedan dañar la superficie de los conductores.

4.2.- CAPÍTULO XVII. FUSIBLES

Se dispondrán a las salidas de los circuitos de los cuadros de mando y sus intensidades nominales serán las indicadas en los cuadros.

Se ajustarán a la normalización UNE, CEI y UTE, siendo de la clase gT y de alto poder de ruptura.

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4.3.- CAPÍTULO XVIII. LÁMPARAS

Se utilizarán lámparas de vapor de sodio de alta presión de 150 w que deberán cumplir, como mínimo, las siguientes especificaciones:

- Flujo horizontal (Lm) 13.500

- Vida media a 10 H por arranque 15.000

- Temperatura de color (ºK) 2.000

- Eficacia luminosa (Lm/w)

- Tensión mínima de encendido (V) 90

- Tensión de lámpara (V) 100

- Mínima tensión de funcionamiento (V) 200

- Intensidad de arranque (A) 2,4

- Luminancia media (cd/m2) 10

-Tiempo de encendido (min) 5

El Contratista deberá presentar a la Dirección Técnica, Catálogos con los tipos de lámparas a utilizar donde figuren las características y flujo luminoso. Podrán ser de los siguientes fabricantes: Philips, Osram, General Electric o Mazda.

Si fueran de otro fabricante deberá el contratista entregar a la Dirección Técnica el Protocolo de Características y resultado de los ensayos realizados en un Laboratorio Oficial, sobre el flujo luminoso total, rendimiento, envejecimiento y depreciación de las lámparas.

El Contratista deberá entregar, en cualquier caso, a la Dirección Técnica una muestra de los distintos tipos de lámparas equivalente al 2 % de las lámparas que se vayan a instalar al menos 30 días antes de su instalación en obra.

4.4.- CAPÍTULO XIX. EQUIPOS DE ENCENDIDO

Los equipos de encendido serán del mismo fabricante de las lámparas o de los fabricantes que, en documento escrito, éste aconseje para cada tipo específico de lámpara, con las características que deban reunir, indicando no solo la intensidad de arranque, la potencia y corriente suministradas, la resistencia a la humedad, el calentamiento admisible, etc., sino, también las pruebas que deben realizarse para efectuar las comprobaciones que la Dirección Técnica estime pertinentes. Por ello estregará un número suficiente de muestras a la Dirección Técnica 30 días antes de su puesta en obra.

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Con los equipos reductores de consumo se procederá de igual forma.

4.5.- CAPÍTULO XX. LUMINARIAS

Las luminarias serán con óptica facetada para optimizar el control del haz de y maximizar la salida de luz, con ajuste graduado del reflector, montaje flexible, cerradas con cristal endurecido plano para lámparas de 150 w ó 250 w de Vapor de Sodio a alta presión. Serán: modelo SGS-305 dotadas de lámpara de 150 SON-T, SGS-306 con lámpara de 250 SON-T, de Philips u otra marca de similar garantía.

Los alojamientos delantero y trasero serán de poliéster reforzado con fibra de vidrio de color gris. Junta de propileno termopolímero para su perfecto sellado.

Portalámparas rosca E-40 de porcelana reforzada, anclado sobre dispositivo de regulación vertical y horizontal.

4.6.- CAPÍTULO XXI. CUADROS DE ALUMBRADO PÚBLICO

Se dispondrán adosados a las paredes laterales o traseras de los Centros de Transformación.

El cuadro estará contenido dentro de un módulo prefabricado de poliéster reforzado con fibra de vidrio, sobre el que se dispondrá una placa ciega para la colocación de los aparatos eléctricos necesarios. El cuerpo inferior que es del mismo material cumple dos objetivos:

- Servir de fijación a todo el sistema. - Contener el cableado permitiendo la fácil distribución superficial, tanto en

sentido horizontal como vertical. - La tapa del módulo será de Makrolón, transparente, de forma que permita

efectuar directamente una inspección ocultar de todos los elementos.

Se ajustará al cuerpo intermedio por medio de tornillos, que se pueden precintar, a una escuadra situada en la parte frontal, de modo que impide la extracción.

La tapa presentará por su parte accesible un grado de protección cuya tercera cifra característica sea 9.

Las características constructivas responderán en dimensiones y colores a las especificaciones de la Recomendación UNESA 1.404-B, estando el material homologado por UNESA y llevando marcado el consiguiente indicativo.

La fijación del módulo o conjunto prefabricado con su envolvente aislante a la pared, se realizará mediante perfiles metálicos, tornillos y tacos.

Se albergarán en el interior del módulo, los aparatos que se indican en los esquemas. Todos los aparatos estarán suministrados por casas de reconocida solvencia en el mercado y estarán fabricados para trabajar con tensiones de servicio no inferiores a 500 V.

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Los contactores después de funcionar durante una hora con su intensidad nominal, la elevación de temperatura sobre la del ambiente, de las piezas de contacto y conductoras, no sobrepasará en ninguna de ellas los 65ºC.

En tres interrupciones sucesivas, con tres minutos de intervalo, de una corriente de intensidad correspondiente a la capacidad de ruptura, y tensión igual a la nominal, no producirá averías en los elementos del disyuntor.

Deberán garantizar, por lo menos, 10.000 maniobras de apertura y cierre con la carga nominal a la tensión de trabajo sin que se produzcan desgastes excesivos ni averías.

El Contratista deberá presentar al Director Técnico, el esquema de cada cuadro de alumbrado, indicando los elementos que lo componen, reloj astronómico, conmutadores, contactores, fusibles, etc, entregando al mismo tiempo los catálogos de estos aparatos.

En el caso de que las marcas ofrecidas por el Contratista no reúna, a guacha de la Dirección Técnica, suficiente garantía, éste escogerá el material de entre las tres marcas de fabricación nacional que en cada caso y a su guacha, ofrezcan mayor garantía.

En cualquier caso podrá la Dirección Técnica exigir cuantas pruebas oficiales y certificados sean necesarios para comprobar la idoneidad del material utilizado en la instalación.

4.7.- CAPÍTULO XXII. CÉLULAS FOTOELÉCTRICAS

Conectarán los circuitos de alumbrado cuando la intensidad de iluminación sobre ellas sea inferior a 5 lux, entendiéndose éste valor como máximo, pero llevarán un diafragma regulable como valor máximo, y el segundo como valor mínimo y ambos como valores de la iluminación sobre el plano paralelo al diafragma y a la altura de él. Se situarán en lugares estratégicos y su orientación será siempre al Norte.

Su intensidad nominal de corriente, será como mínimo de 2ª y se evitará de modo cuidadoso que reciban luz directamente emitida por algún foco de alumbrado, y no podrán estar situadas de forma tal que coincidan con algún eje de calle del sistema viario.

4.8.- CAPÍTULO XXIII. CONTACTORES

Serán trifásicos y no llevarán protección por relés bimetálicos. Estarán probados a 3.000 maniobras por hora y garantizados para 5.000.000 de maniobras como mínimo.

Los contactos estarán recubiertos electrolíticamente de planta.

La bobina de tensión para la conexión admitirá una tolerancia del 10 %. Esta tolerancia se entiende en dos sentidos: En primer lugar conectarán perfectamente siempre que la tensión varíe entre dichos límites y en segundo lugar, cuando la tensión aumente en un 10 % no se producirán calentamientos excesivos, aún con tiempo indefinido en la sobretensión.

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4.9.- CAPÍTULO XXIV. MÓDULO DE PROTECCIÓN

Se denominan así, los elementos que en el interior de las bases de los báculos, permiten la entrada y salida del circuito, así como la protección de los conductores de 2,5 mm2 de sección, unipolares que verticalmente ascienden por el interior de los báculos para suministrar energía a las luminarias.

El módulo estará fabricado en poliéster reforzado con fibra de vidrio, autoextinguible, resistente al impacto y estable frente a la deformabilidad por calor.

Cumplirán la Norma DIN 40.050 con el grado P-44.

Irán provistas de cartuchos fusibles de 10 A, tipo gT cilíndricos y de 4 bornas de material del cobre que permitan el paso de conductores hasta de 35 mm2 de sección.

4.10.- CAPÍTULO XXV. CALIDAD DE LOS MATERIALES

OBRA CIVIL

La(s) envolvente(s) empleadas en la ejecución de este Centro cumplirán las Condiciones Generales prescritas en el MIER-RAT 14, Instrucción primera del Reglamento de Seguridad en Centrales Eléctricas, en lo referente a sus inaccesibilidad, pasos y accesos, conducciones y pupitres de control, celdas, ventilación, y paso de líneas y canalizaciones eléctricas a través de paredes, muros, celdas, ventilación, y paso de líneas y canalizaciones eléctricas a través de paredes, muros y tabiques, señalización, sistemas contra incendios, alumbrados, primeros auxilios, pasillos de servicio y zonas de protección y documentación.

APARAMENTA DE ALTA TENSIÓN

Las celdas empleadas serán prefabricadas, con envolvente metálica, y que utilicen SF6 (hexafluoruro de azufre) para cumplir dos misiones:

-Aislamiento: el aislamiento integral en hexafluoruro de azufre confiere a la aparamenta sus características de resistencia al medioambiente, bien sea a la polución del aire, a la humedad, o incluso a la eventual sumersión del Centro de Transformación por efecto de riadas. Por ello, esta característica es esencial especialmente en las zonas con alta polución, en las zonas con clima agresivo (costas marítimas y zonas húmedas) y en las zonas más expuestas a riadas o entradas de agua en el Centro de Transformación.

- Corte: el corte en SR6 resulta m s seguro que al aire, debido a lo explicado para el aislamiento.

Igualmente, las celdas empleadas habrán de permitir la extensibilidad in situ del Centro de Transformación, de forma que sea posible añadir más líneas o cualquier otro tipo de función, sin necesidad de cambiar la aparamenta previamente existente en el Centro.

Se emplearán celdas del tipo modular, de forma que en caso de avería sea posible retirar únicamente la celda dañada, sin necesidad de desaprovechar el resto de las funciones.

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TRANSFORMADORES

El transformador o transformadores instalados en este Centro de Transformación serán trifásicos, con neutro accesible en el secundario y demás características según lo indicado en la memoria en los apartados correspondientes a potencia, tensiones primarias y secundarias, regulación en el primario, grupo de conexión, tensión de cortocircuito y protecciones propias del transformador.

Estos transformadores se instalarán, en caso de incluir un líquido refrigerante, sobre una plataforma ubicada encima de un foso de recogida, de forma que en caso de que se derrame e incendie, el fuego quede confinado en la celda del transformador, sin difundirse por los pasos de cables ni otras aberturas al resto del Centro de Transformación, si estos son de maniobra interior (tipo caseta).

Los transformadores, para mejor ventilación, estarán situados en la zona de flujo natural de aire, de forma que la entrada de aire esté situada en la parte inferior de las paredes adyacentes al mismo, y las salidas de aire en la zona superior de esas paredes.

EQUIPOS DE MEDIDA

Al tratarse de un Centro de Transformación para distribución pública, no se incorpora medida de energía en Media Tensión, por que esta se efectuará en las condiciones establecidas en cada uno de los ramales de Media Tensión, en el punto de derivación hacia cada cliente en Baja Tensión, atendiendo a lo especificado en el Reglamento de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias.

4.11.- CAPÍTULO XXVI. MANO DE OBRA

1. Conductos.

El sistema de conductos se instalará según se indique en los planos y según sigue:

Los conductos se instalarán en forma que quede eliminada cualquier posible avería por recogida de condensación de agua y todos los tramos de conductos se dispondrán de manera que no se produzcan estancamientos o bolsas de agua siempre que sea posible. Se adoptarán las precauciones necesarias para evitar el aplastamiento de suciedad, yeso u hojarasca en el interior de los conductos, tubos, accesorios y cajas durante la instalación. Los tramos de conductos que hayan quedado taponados, se limpiarán perfectamente hasta dejarlos libres de dichas acumulaciones, o se sustituirán conductos que hayan sido aplastados o deformados.

Los tramos de conductos al descubierto se mantendrán separados a una distancia mínima de 150 mm. de tramos paralelos de tubos de humos, de tuberías de vapor o de agua caliente, y dichos tramos de conductos se instalarán paralelos o perpendiculares a los muros, elementos estructurales o intersecciones de planos verticales y cielos rasos.

Se evitará siempre que sea posible todos los codos e inflexiones. No obstante, cuando sean necesarios se efectuarán por medio de herramienta dobladora de tubos a mano o con máquina dobladora. La suma de todas las curvas de un mismo tramo de conducto no excederá de 270º. Si un tramo de

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conducto precisase la implantación de codos, cuya suma exceda de 270º, se instalarán cajas de paso o tiro en el mismo. Los conductos que hayan sido cortados se escariarán cuidadosamente para eliminar las rebabas existentes. Todos los cortes serán escuadrados al objeto de que el conducto pueda adaptarse firmemente a todos los accesorios. No se permitirán hilos de rosca al descubierto.

Los conductos se fijarán firmemente a todas las cajas de salida, de empalme y de paso, mediante contratuercas y casquillos. Se tendrá cuidado de que quede al descubierto el número total de hilos de rosca al objeto de que el casquillo pueda ser firmemente apretado contra el extremo del conducto, después de lo cual se apretará la contratuerca para poner firmemente el casquillo en contacto eléctrico con la caja. Las contratuercas y casquillos serán del tamaño adecuado al conducto que se haga uso. Los hilos de rosca serán similares a los hilos normales del conducto usado. Los conductos y cajas se sujetarán por medio de pernos de fiador en ladrillo hueco, por medio de pernos de expansión en hormigón y ladrillo macizo y clavo Spit sobre metal. Los pernos de fiador de tipo tornillo se usarán en instalaciones permanentes, y los de tipo de tuerca cuando de precise desmontar la instalación, y los pernos de expansión serán de apertura efectiva. Serán de construcción sólida y capaces de resistir una tracción mínima de 20 Kg. No se hará uso de clavos por medio de sujeción de cajas o conductos. No se permitirán los tacos de madera insertos en la obra de fábrica o en el hormigón como base para asegurar los soportes de conductos.

2. Tomacorrientes.

Los tomacorrientes se instalarán en los lugares indicados en los planos. El Contratista estudiará los planos generales del edificio en relación con el aspecto que rodea a cada tomacorriente, con el fin de ajustar su trabajo a los de otros oficios necesarios.

3. Interruptores.

El Contratista instalará interruptores de alumbrado en los lugares indicados en los plano, según se ha especificado previamente.

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5.- SANEAMIENTO Y ACOMETIDAS

5.1.- CAPÍTULO XXVII. OBJETO

El trabajo a que se refiere la presente Sección del Pliego de Condiciones incluye el suministro de toda la instalación, mano de obra, equipo, materiales y accesorios, excepto aquellas partidas que deban ser suministradas por otros, así como la ejecución de todas las operaciones relacionadas con la construcción de redes de saneamiento de aguas residuales, con excavación, zanjado y relleno para los distintos servicios, todo ello en estricto acuerdo con la presente Sección del Pliego de Condiciones y planos aplicables y sujeto a los términos y condiciones del Contrato, así como la obtención de licencias y cumplimiento de cuantos requisitos exijan las disposiciones oficiales para las acometidas.

La instalación a la que este apartado del Pliego hace referencia es partida:

- Recogida de pluviales

- Recogida de aguas negras

5.2.- CAPÍTULO XXVIII. MATERIALES

Todos los materiales, equipos componentes instalados en la obra serán nuevos, exentos de defectos, de primera calidad y diseñados para el uso propuesto.

a) Alcantarilla de saneamiento.

Tubo de gres vidriado: Los tubos y accesorios de gres se instalarán en los lugares indicados en los planos y serán de resistencia normal y del tipo de enchufe y cordón. Se presentarán muestras de los mismos a la aprobación del Director de Obras.

Mortero de cemento para juntas: El mortero de cemento para juntas consistirá en una parte de Cemento Portland y dos partes de arena fina, mezclados con el agua suficiente para producir la consistencia adecuada para el tipo de junta.

Empaquetadura de las juntas: El material para la empaquetadura será de yute o fibra de cáñamo, trenzada de sección cuadrada, o retorcida fuertemente, según sea adecuado para el tipo de junta. El material estará seco cuando se utilice con compuesto bituminoso para juntas y estará seco o impregnado en alquitrán de pino, de clase adecuada, cuando se utilice en juntas de mortero de cemento.

Tuberías de hormigón: Serán de hormigón armado con o sin camisa de chapa.

Las longitudes, espesores y pesos de los tubos de hormigón en masa de sección circular, quedan reflejadas en el siguiente cuadro:

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Diámetro inferior (mm)

Longitud útil (m) Espesor (mm) Peso (Kg/m)

200 1 y 2 28 43

250 1 y 2 30 58

300 1 y 2 33 72

400 1 y 2 35 104

500 1 y 2 40 170

600 1 y 2 45 204

Características dimensionales

Diámetro (mm)

Longitud útil (mm)

Longitud total (m)

Espesor de la pared

(mm)

Peso Tubo Tm

Peso por metro

300 3-3,69 3,06-3,76 43 0,32-0,37 0,10

400 3-3,69 3,06-3,76 34-45 0,47-0,59 0,15-0,16

500 3-3,69 3,06-3,76 50-53 0,66-0,87 0,22-0,24

600 2,95-3,65 3,03-3,73 58-62 0,93-1,20 0,31-0,34

700 2,95-3,65 3,03-3,73 66-70 1,22-1,57 0,41-0,44

800 2,95-3,65 3,03-3,73 74-80 1,56-2,05 0,52-0,57

900 2,95-3,65 3,03-3,73 82-90 1,98-2,60 0,66-0,73

- Características hidráulicas

Hormigón liso de alta calidad: Ka = 0,40 - 0,80 mm

Hormigón liso de calidad media: Ka = 0,80 – 1,50 mm

Hormigón rugoso: Ka = 1,20 – 4,00 mm

- Juntas en las tuberías de hormigón en masa

Los tipos de juntas utilizadas en este tipo de tuberías son:

• Revestimiento exterior con manguito de hormigón armado • Revestimiento interior de hormigón • Junta soldada • Junta con anillo de neopreno Tuberías de policloruro de vinillo (PVC) para saneamiento

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Características Dimensionales

(mm) Tolerancias (mm) Espesor nominal (mm)

Tolerancia (mm)

110 + 0,4 3,0 + 0,5

125 + 0,4 3,1 + 0,5

160 + 0,5 3,9 + 0,6

200 + 0,6 4,9 + 0,7

250 + 0,8 6,1 + 0,9

315 + 1,0 7,7 + 1,0

400 + 1,0 9,8 + 1,2

500 + 1,0 12,2 + 1,5

630 + 1,0 15,4 + 1,8

710 + 1,0 17,4 + 2,0

800 + 1,0 19,6 + 2,2

- Juntas en las tuberías de PVC para saneamiento

El tipo de junta recomendada para las conducciones de saneamiento es la de manguito de unión con junta elástica.

La unión puede hacerse igualmente por encolado, aunque este sistema sólo es conveniente para diámetros pequeños.

Las dimensiones normalizadas son: 60 x 90,70 x 105,80 x 120,90 x 135,100 x 150,120 x 180, y 140 x 210. Longitud del conducto 1,00 m.

- Características mecánicas:

• Para tubos de sección circular:

Diámetro interior (mm) Carga mínima de rotura (KG/cm2)

T. ligero

T. normal

200 15 27

250 15 28

300 15 30

400 17 32

500 19 35

600 20 38

800 24 43

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• Para tubos de sección ovoide:

Diámetro interior (mm) Carga mínima de rotura (Kg7cm2) T. Ligero

T. normal

60 x 90 40 51

70 x 105 45 57

80 x 120 50 63

90 x 135 55 68

100 x 150 60 72

120 x 180 70 77

140 x 210 75 83

5.3.- CAPÍTULO XXIX. EXCAVACIÓN

a) Generalidades.

El Contratista realizará todas las obras de excavación de cualquier clase y cualesquiera que fueran los materiales que encuentren en el curso de ellas, hasta las profundidades indicadas en los planos o que de otra forma se indiquen. Los materiales extraídos durante las operaciones de excavación, que sean adecuados para servir como materiales de relleno, se apilarán ordenadamente, a distancia suficiente de los taludes de las zanjas, con el objeto de evitar sobrecargas e impedir deslizamientos o derrumbamientos. Los materiales extraídos que no sean necesarios o no sean utilizables para servir de relleno, se retirarán y desecharán y serán usadas en otras partes de la obra, como se indique en los planos o según disponga el Director de Obras. Se llevará a cabo la explanación del terreno necesario para evitar la entrada de aguas de la superficie en las zanjas u otras excavaciones, y si a pesar de las precauciones anteriores llegara a entrar agua, deberá ser extraída por medio de bombas o de cualquier otro medio aprobado. Se efectuarán trabajos de apuntalado y entibación siempre que sean necesarios para la protección de las obras y para la seguridad del personal que en ellas trabaje.

b) Excavaciones de zanjas para tuberías.

Las zanjas tendrán la anchura necesaria para permitir la adecuada colocación de las instalaciones, y sus taludes serán tan verticales como sea posible. El fondo de las zanjas se nivelará con exactitud, para formar un apoyo y soporte uniforme, sobre el suelo sin alteraciones, de cada sección de tubería y en todos los puntos a lo largo de su longitud total, salvo en aquellos puntos del tendido en que sea necesario proceder a la excavación para la colocación de los enchufes de las tuberías y el perfecto sellado de las juntas. Los alojamientos para las conexiones y las depresiones para las uniones de los tubos se excavarán después de que el fondo de la zanja haya sido nivelado y al objeto de que la tunería descanse sobre el fondo ya preparado en la mayor parte que sea factible de su longitud total. Estas excavaciones posteriores tendrán solamente aquella longitud, profundidad y anchura que se requiera para la realización adecuada para el tipo particular de unión de que se trata. Salvo en los casos en que se encuentran roca u otro material inadecuado, se pondrá cuidado en no excavar por debajo de la profundidad indicada. Cuando se encuentre roca, se excavará ésta hasta una profundidad adicional mínima de 10 cm. por debajo de las profundidades de zanja indicadas en los planos o que se especifiquen. Esta profundidad adicional en las excavaciones en roca, así como las

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profundidades mayores que las fijadas que se realicen sin autorización, habrán de ser rellenadas con material adecuado y totalmente apisonado.

c) Protección de las instalaciones existentes.

Todas las instalaciones existentes que aparezcan indicadas en los planos o cuya situación sea dada a conocer al Contratista con anterioridad a los trabajos de excavación habrán de ser protegidas contra todo daño durante la excavación y relleno de las zanjas, y en el caso de resultar deterioradas serán reparadas por el Contratista. Habrá de ponerse especial cuidado en las excavaciones para desmontar las instalaciones existentes y para no ocasionar daños, determinando previamente las profundidades y procedimiento a una excavación a mano en las proximidades de las mismas. En cualquier instalación existente que no aparezca en los planos o cuya situación no haya sido dada a conocer al Contratista con antelación suficiente para evitar daños, si resultase deteriorado inadvertidamente durante los trabajos, será reparada por el Contratista y el Director de Obras procederá al ajuste correspondiente en el precio, de acuerdo con las tarifas que determine o apruebe el mismo y apruebe la Propiedad.

d) Relleno.

No se rellenarán las zanjas hasta que hayan realizado todas las pruebas necesarias que se especifiquen en otras Secciones del Pliego de Condiciones, y hasta que los servicios establecidos en estas Secciones que se refieren a la instalación de los diversos servicios generales. Las zanjas serán cuidadosamente rellenadas con los materiales de la excavación aprobados para tal fin, consistentes en tierra, marga, arcilla arenosa, arena y grava, pizarra blanda y otros materiales aprobados, sin piedras, ni terrones de gran tamaño, depositados en capas de 15 cm. y apisonados completa y cuidadosamente mediante pisones manuales y mecánicos, hasta logra la densidad necesaria y hasta que las tuberías estén cubiertas por un espesor mínimo de 30 cm. para las conducciones principales de agua y de 60 cm. para los desagües sanitarios. El resto de material de relleno habrá de ser depositado luego, de la misma forma salvo que podrán utilizarse rodillos o apisonadora, cuando el espacio lo permita. No se permitirá asentar el relleno con agua, las zanjas que no hayan sido rellenadas adecuadamente, o en las que se produzcan asientos, habrán de ser excavadas de nuevo hasta la profundidad requerida para obtener una compacidad necesarios. Las zanjas a cielo abierto que atraviesen las carreteras u otros lugares que hayan de pavimentarse se rellenarán según lo especificado anteriormente, con la excepción que la profundidad total de las mismas se rellenarán en capas de 15 cm. y cada una de estas se humedecerá y consolidará hasta alcanzar una densidad igual, como mínimo, a la del terreno circundante y de modo que permita compactar con apisonadoras y consolidar la zanja una vez rellenada con tierra circundante a fin de obtener el valor de sustentación necesario para la pavimentación de la zona pueda proseguir inmediatamente después de haberse terminado el relleno en todas las demás partes de las zanjas. El terreno se nivelará con uniformidad razonable y la prominencia del relleno sobre las zanjas se dejará limpia y uniforme, a satisfacción del Director de Obras.

5.4.- CAPÍTULO XXX. ALCANTARILLAS DE SANEAMIENTO

a) Generalidades.

Las alcantarillas de saneamiento se construirán de conformidad con esta Sección del Pliego de Condiciones. El trabajo comprendido en esta Sección no se aceptará mientras que el relleno inherente a la obra no se haya completado satisfactoriamente. Se corregirá a satisfacción del Director de Obras y con anterioridad a su recepción cualquier sección de tubería de saneamiento que presente defectos de material, alineación, pendientes o juntas.

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b) Cruces por encima de conducciones de agua.

Cuando las alcantarillas de flujo por gravedad se crucen por encima de conducciones de agua, en una distancia de 3 m. a cada lado del cruce serán de fundición de hierro, acero u otros tubos para la presión admisible y sin que ninguna unión quede a una distancia horizontal inferior a 1 m. del cruce totalmente alojada en hormigón. El espesor del hormigón incluyendo el de las uniones no será inferior a 10 cm.

c) Tendido de tubos.

En el fondo de la zanja se colocará una solera de hormigón de 10 cm. de espesor, y 180 Kg. de cemento de dosificación especificada en el capítulo 2, que se conformará de modo que dé un apoyo circular prácticamente uniforme a la cuarta parte inferior de cada tubo. El tendido de tubos se hará en sentido ascendente, con los extremos del cordón en los tubos de enchufe y cordón y los extremos macho en los tubos machihembrados apuntando en sentido del flujo. Cada tubo se tenderá con exactitud en su alineación y pendiente de forma que se obtengan juntas perfectamente concéntricas, en las uniones con tubos contiguos y se eviten bruscas derivaciones del caudal del flujo. Durante la ejecución de los trabajos se limpiará el interior de los tubos despojándoles de suciedad y materiales superfluos de cualquier clase. Donde resulte difícil la limpieza después del tendido a causa del pequeño diámetro del tubo se mantendrá en el mismo un adecuado escobillón, que se extraerá pasándolo sobre cada unión inmediatamente después de haber completado el acoplamiento. Las zanjas se mantendrán exentas de agua hasta que haya fraguado el material empleado en las uniones de los tubos, y no se efectuará ningún tendido de los mismos cuando el estado de la zanja o del tiempo sean inadecuados. Cuando se interrumpa el trabajo, se cerrarán perfectamente, a satisfacción del Contratista Principal, todos los extremos abiertos de tubos y accesorios, con el fin de que no penetre en ellos agua, tierra u otras sustancias cualquiera.

d) Juntas.

Las juntas de tubería a enchufe y cordón se efectuarán con mortero de cemento. Se hará una junta apretada y retorcida haciendo uso de empaquetadora para juntas del diámetro accesorios para mantener el cordón del tubo en el nivel apropiado y para hacer que la junta sea simétrica y en una pieza de suficiente longitud para que pase alrededor del tubo y solape en la parte superior. La empaquetadora se impregnará completamente con lechada de cemento. El enchufe de tubo se limpiará completamente con un cepillo húmedo y la empaquetadura se tenderá en el enchufe en el tercio inferior de la circunferencia cubriéndola con mortero especificado para juntas de tubo. El tubo a cordón se limpiará completamente con un cepillo húmedo y se insertará en el enchufe introduciéndole con todo cuidado en su sitio. En el espacio anular, de los dos tercios superiores de la circunferencia se insertará una pequeña cantidad de mortero. A continuación se solapará la empaquetadura en la parte superior del tubo y se introducirá totalmente utilizando una herramienta adecuada de calafateo, en el espacio anular, después de lo cual se llenará por completo el resto del espacio anular con mortero y se achaflanará en un ángulo de 45º aproximadamente con en exterior del enchufe. Si el mortero no estuviese bastante rígido para impedir un asentamiento apreciable antes del fraguado, el exterior de la junta así hecha se envolverá con tarlatana. Una vez que el mortero haya fraguado ligeramente, se limpiará deslizando un escobillón de tipo aprobado en el interior de la tubería durante el avance de los trabajos.

e) Acometidas especiales.

Se realizarán por medio de arquetas o piezas especiales, de gres, según se indique en los planos.

f) Pozos de registro.

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A- Generalidades: Los pozos de registro se construirán de ladrillo u hormigón, con marcos y pasa de hierro fundido, de acuerdo con los planos. Los canales de solera serán lisos y semicirculares, de forma que se adapten al interior de la sección adyacente de la alcantarilla. Las soleras de registro fuera de los canales serán lisas y tendrán una pendiente hacia éstos no inferior a 2,5 cm., sin exceder de 5 cm. en 30 m. Los registros estarán provistos de patas de fundición de diseño aprobado, de hierro forjado de 2 cm. de diámetro, de una anchura no inferior a 25 cm., empotrados y totalmente anclados en los muros, y espaciados uniformemente con una separación aproximada de 30 cm. Las mencionadas patas se galvanizan después de ser fabricadas.

B- Hormigón: El hormigón usado en la construcción de los pozos de registro tendrá una resistencia a la compresión no inferior a 210 Kg/cm2. A los 28 días.

C- Rejuntado y enlucido: El mortero para rejuntado y enlucido constará de una parte de cemento Portland y dos de arena fina. Para obra de albañilería se podrá añadir cal al mortero en una cantidad no superior al 25 por ciento del volumen de cemento. Las juntas se rellenarán por completo y estarán lisas y exentas de rebabas de mortero sobrante en el interior del registro. Los registros de ladrillo se enlucirán con 1,5 cm. de mortero sobre toda la superficie exterior de los muros. El ladrillo se colocará radialmente con una hilada a soga, cada seis hiladas.

D- Marcos y tapas: Los bastidores y tapas de hierro fundido se ajustarán a los planos en todos los detalles esenciales de diseño. Podrán aceptarse las piezas normales de fundición que difieran en detalles no esenciales y estén aprobadas por el Director de Obras. Todas las piezas fundidas serán de fundición gris, grano uniforme, serán lisas, conforme al modelo y exentas de proyecciones, picaduras, alabeos y otros defectos que pudieran afectar la utilización de las fundiciones.

5.5.- CAPÍTULO XXXI. LIMPIEZA

Una vez terminada la instalación de los trabajos a que se refiere la presente Sección del Pliego de Condiciones, el Contratista retirará del lugar de la obra todos los materiales excedentes y escombros resultantes de los trabajos, dejando dicho lugar libre, limpio y en perfectas condiciones.

5.6.- CAPÍTULO XXXII. ESTACIÓN DE BOMBEO DE AGUAS NEGRAS

Se preverá la instalación de una estación de bombeo para la recogida de aguas negras, e impulsión de las mismas hacia la red general de saneamiento de la empresa de aguas municipal.

Ambas instalaciones se ejecutarán según las prescripciones definidas en el Proyecto anexo correspondiente.

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6.- FONTANERÍA

6.1.- CAPÍTULO XXXIII. OBJETO

El trabajos comprendido en la presente Sección del Pliego de Condiciones, consiste en el suministro de toda la instalación, mano de obra, equipo, dispositivos y materiales, y en la ejecución de todas las operaciones necesarias para completar el trabajo de fontanería interior, incluyendo todos los elementos de equipo especial especificados en esta Sección, todo ello completo y de estricto acuerdo con la presente Sección del Pliego de condiciones y planos correspondientes con sujeción a los términos y condiciones del contrato.

6.2.- CAPÍTULO XXXIV. GENERALIDADES

- Planos.

Los planos del Proyecto indican la extensión y disposición general de los sistemas de fontanería. Si el Contratista considerase hacer variaciones en los planos del Proyecto, presentara tan pronto como sea posible al Director de Obras para su aprobación los detalles de tales variaciones, así como las razones para efectuar las mismas. No se hará ninguna variación de los planos sin previa aprobación por escrito del Director de Obras.

- Pliego de Condiciones.

No se pretende en los Pliegos abarcar todos y cada uno de los detalles de construcción y equipo. El Contratista suministrará e instalará todos los elementos que sean necesarios para acabar totalmente el trabajo, completo, están o no dichos detalles particularmente indicados o especificados.

- Productos normales.

Los elementos principales del equipo serán de la mejor calidad usada para tal finalidad y serán productos de fabricantes de garantía. Cada elemento principal del equipo llevará fijada con seguridad en sitio visible, una placa con el nombre y dirección del fabricantes y número de catálogo. No se aceptarán placas que lleven únicamente el nombre de un agente distribuidor.

- Variaciones en los Pliegos de Condiciones.

Los productos de cualquier fabricante de garantía dedicado normalmente a la producción comercial de equipo de fontanería, no se excluirán basándose en pequeñas diferencias, siempre que dicho equipo se ajuste en sus características comerciales a los requisitos que se especifican en este Pliego de Condiciones, respecto a materiales, capacidad y funcionamiento. El Contratista entregará una relación que contenga una descripción completa de todos aquellos elementos del equipo de fontanería que se propone suministrar y que no se ajusten a lo especificado en el Pliego de Condiciones, así como las excepciones o reparos que se puedan poner al mismo. El hecho de no entregar tal relación se interpretará en el sentido de que el Contratista está de acuerdo en ajustarse a todos los requisitos del Pliego de Condiciones.

- Relaciones de material y equipo.

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Tan pronto como sea posible y dentro de los 30 días siguientes a la fecha de adjudicación del contrato y antes de iniciar la instalación de cualquier material, aparato o equipo, se someterá a la aprobación del Director de Obras una lista completa de los materiales, aparatos y equipo que se proponen para la instalación. Esta lista incluirá datos de catálogo, diagramas, curvas de rendimiento de bomba, planos de taller, y cualesquiera otros datos descriptivos que pudiera pedir el Director de Obras. Se rechazarán cualesquiera elementos de materiales o equipo contenidos en la lista que no se ajusten a los requisitos especificados en el Pliego de Condiciones.

- Protección durante la Construcción.

Los aparatos, materiales y equipo que se instales de acuerdo con esta Sección del Pliego de Condiciones se protegerán durante el periodo de construcción con el fin de evitar daños que les pudiera ocasionar el agua, basura, sustancias químicas o elementos mecánicos o de cualquier otra cosa. Los aparatos se cubrirán debidamente y los extremos abiertos de los tubos con casquetes o tapones. Se inspeccionarán cuidadosamente y se limpiarán por completo antes de su instalación en el interior de todos los sifones, válvulas, accesorios, tramos de tubería, etc. A la terminación de todo el trabajo se limpiarán totalmente los aparatos, equipo y materiales y se entregarán en condiciones satisfactorias para el Director de Obras.

- Conexiones a los aparatos.

El Contratista suministrará todos los materiales y mano de obra necesarios para efectuar las conexiones a los sistemas de fontanería de todos los aparatos y equipo que las precisen, especificadas en la presente Sección, en otras Secciones del Pliego de Condiciones o se indiquen en los planos. Se preverá la instalación de depósitos de agua en cubierta, que llevarán un tubo independiente de desagüe de sección 1½“, con limpieza fácil. De ellos habrá una acometida de agua, con llave para alimentación del sistema de calefacción.

- Terminación de las tuberías de agua y desagüe.

Se prolongarán hasta puntos a 2m de distancia fuera del edificio, en cuyos lugares se cerrarán con bridas ciegas o tapones y quedarán preparados para efectuar la conexión a los sistemas exteriores de servicios, si tales sistemas no hubieran quedado terminados. Si antes que se efectúe la conexión a los servicios se hubiesen tapado las zanjas o se hubiese cubierto de otro modo las tuberías, se marcarán los lugares donde se encuentren los extremos de cada tubería por medio de estacas u otros medios aceptables. El Contratista suministrará y colocará los contadores de agua y un grifo de comprobación, inmediato al contador, accionado por llave macho.

- Rozas.

Las rozas o cortes en la construcción se efectuarán solamente con el permiso previo por escrito del Director de Obras. Los daños al edificio, tuberías, cables, equipos, etc. Producidos como consecuencia de dichos cortes, se repararán por mecánicos expertos del ramo correspondiente, sin cargo adicional para el Propietario.

- Instrucciones de funcionamiento y entretenimiento.

Se fijarán las instrucciones impresas de funcionamiento y entretenimiento de cada elemento del equipo en los lugares que designe el Director de Obras. Dichas instrucciones irán montadas en marcos de madera dura con frentes de cristal o montados sobre plástico.

- Lista de piezas y de precios.

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Con cada elemento de equipo suministrado por un fabricante se suministrarán dos copias de la lista de piezas de repuesto, las listas de precios y manuales de funcionamiento, además de los datos de catálogo y planos de taller necesarios.

6.3.- CAPÍTULO XXXV. TUBERÍAS DE FUNDICIÓN DÚCTIL

- General

Las tuberías a utilizar en las conducciones objeto de este Proyecto serán de PVC con diámetros de 800 mm y 350 mm. No obstante y por si es necesario en el desarrollo de las obras se hace referencia en el presente P.P.T.P. a las tuberías de fundición dúctil.

- Materiales

Los tubos serán colocados por centrifugación en molde metálico y estarán provistos de una campana en cuyo interior se alojará un anillo de caucho, para asegurar una estanquidad perfecta en la unión entre tubos.

Los tubos serán colados por centrifugación en molde metálico y estarán provistos de una campana en cuyo interior se alojará un anillo de caucho, para asegurar una estanquidad perfecta en la unión entre tubos.

Este tipo de unión deberá ser de un diseño tal que proporcione una serie de características funcionales como desviaciones angulares, aislamiento eléctrico entre tubos, buen comportamiento ante la inestabilidad del terreno, etc.

Características mecánicas mínimas

DN Resistencia mínima a la tracción

(Rm)

Alargamiento mínimo a la rotura

(A)

Dureza Brinell

(HB)

60 - 800 420 MPa 10 % < 230

Estas características serán comprobadas sistemáticamente durante el proceso de fabricación, según las especificaciones de la norma correspondiente (ISO 2531 - UNE-EN 545).

Características geométricas (clase k 9):

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DN mm

L m

en mm

DE Mm

DI mm

P mm

B mm

m mm

n mm

Peso aprox. Kg/m

60 6 6 77 80 87 145 9 3 11,5 80 6 6 98 101 90 168 9 3 15 100 6 6,1 118 121 92 189 9 3 18,5 125 6 6,2 144 147 95 216 9 3 23 150 6 6,3 170 173 98 243 9 3 27,5 200 6 6,4 222 225 104 296 9 3 37 250 6 6,8 274 277 104 353 9 3 48 300 6 7,2 326 329 105 410 9 3 61 350 6 7,7 378 381 108 465 9 3 80,5 400 6 8,1 429 432 110 517 9 3 95,5 450 6 8,6 480 483 113 575 9 3 113 500 6 9 532 535 115 630 9 3 131 600 6 9,9 635 638 120 739 9 3 170 700 7 10,8 738 741 145 863 15 5 218 800 7 11,7 842 845 145 974 15 5 267

Marcado

A) Directo de fundición y localizado en el fondo del enchufe:

- Diámetro nominal

- Tipo de enchufe

- Identificación de fundición dúctil

- Identificación del fabricante

- Año de fabricación

- Clase de espesor de tubería (necesario si es diferente de K9)

Ejemplo: 250 STD 2GS FT 96 K9

B) Marcado de la semana de fabricación:

Podrá ser directo de fundición o punzonado en frío según los diámetros.

En pequeños diámetros podrá indicarse en un número de tubos de los que forman el paquete.

Prueba de estanqueidad en fábrica Todos los tubos serán sometidos en fábrica y antes de aplicar el revestimiento interno, a una prueba hidráulica realizada en la misma línea de fabricación.

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La duración total del ciclo de presión no deberá ser inferior a 15 s., de los cuales 10 s. serán a la presión de ensayo.

Dicha prueba consistirá en mantener agua en el interior del tubo a la presión indicada en la tabla y no se deberá apreciar ningún tipo de pérdidas.

Los espesores de la capa de mortero una vez fraguado serán:

DN (mm.) 350-600 700-1600

Presión (bar) 50 40

Estos valores de presión corresponden a la serie K-9, siendo superiores a los exigidos por las normas UNE EN-545 e ISO-2531.

Revestimientos Revestimiento interno con murete de cemento

Todos los tubos son revestidos internamente con una capa de mortero de cemento de horno alto, aplicada por centrifugación del tubo. La resistencia a compresión del mortero de cemento después de 28 días de fraguado no debe ser inferior a 50 MPa, medida según el ensayo tipo especificado en la norma UNE EN 545.

Los espesores de la capa de mortero una vez fraguado serán:

Espesor (mm.)

DN (mm.) Valor nominal Tolerancia

60-300 3,5 -1,5

350-600 5 -2

700-1200 6 -2,5

Revestimiento externo bicapa cinc-bituminosa

Los tubos estarán revestidos externamente con dos capas:

A) Una primera con cinc metálico:

Electrodeposición de hilo de cinc de 99 % de pureza, depositándose como mínimo 200 gr./m2. Cantidad superior a la exigida por la normativa EN -545 e ISO 8179 que es de 130 gr./m2.

B) Una segunda de pintura bituminosa:

Pulverización de una capa de espesor medio mínimo de 70 μ.

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Antes de la aplicación del cinc, la superficie de los tubos deberá estar seca y exenta de partículas no adherentes como aceite, grasas, etc. La instalación de recubrimiento exterior, será tal que el tubo pueda manipularse sin riesgo de deterioro de la protección (por ejemplo un secado en estufa).

Manga de polietileno

La manga de polietileno es una película de polietileno de baja densidad, que se enfunda y aplica sobre la canalización en el momento de colocarla. Se utiliza como complemento del revestimiento de base de las canalizaciones (zinc metálico + barniz bituminoso) en determinados casos de alta corrosividad de los suelos, o cuando existen corrientes vagabundas.

1. Descripción

La manga de polietileno se presenta bajo la forma de una película tubular de PEBD (PoliEtileno Baja Densidad), enfundado sobre el elemento a proteger y aplicado en él mediante:

- Cintas adhesivas de plástico, en cada extremidad, y - Ligaduras intermedias.

La técnica de enfundado que utiliza una manga de caña (colocada fuera de la zanja) y una manga de junta (colocada dentro de la zanja una vez realizado el empalme) es preferible a la técnica de manga única (caña + junta) porque garantiza una protección más eficaz.

2. Mecanismo de protección

La manga de polietileno interviene como complemento del revestimiento de zinc. Su mecanismo de protección consiste en aislar las tuberías del suelo corrosivo (supresión de los pares electro-químicos) y de la entrada de corrientes vagabundas.

En caso de una mínima filtración de agua dentro de la manga, sigue funcionando la protección complementaria asegurada por este dispositivo ya que un medio homogéneo (el agua del suelo) sustituye al medio heterogéneo (el suelo).

3. Normas de utilización

Será preceptiva su utilización en función de la resistividad del suelo según la Tabla siguiente:

Aseguramiento de la calidad El proceso de producción deberá estar sometido a un sistema de aseguramiento de calidad, conforme a la norma UNE EN ISO 9002. Debiendo estar certificado por un organismo exterior.

El fabricante tendrá un documento con el sistema de control de calidad en el que figurarán los puntos de inspección y los medios utilizados para la realización de los ensayos requeridos.

Sistemas de unión

Tubos

La estanqueidad se consigue por la compresión radial del anillo de elastómero ubicado en su alojamiento del interior de la campana del tubo.

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La unión se realizará por la simple introducción del extremo liso en el enchufe (junta automática flexible - JAF o Standard). Norma NFA 48-870. (ver esquema).

Para instalaciones donde se requiera que la tubería trabaje a tracción, el tipo de junta deberá ser acerrojada. Junta STD Vi y Ve acerrojada.

Cuando las piezas lleven unión con brida, será conforme con la serie ISO y podrán ser móviles.

Anillos de elastómero

Los anillos serán de caucho sintético EPDM (Etileno-Propileno) de características:

Dureza DIDC (Shore A) 66 a 75

(Install Equation Ed: click here to view e l

3)

Resistencia mínima a la tracción 9 Mpa

Alargamiento mínimo a la rotura 200%

Deformación remanente tras la

compresión:

- Durante 70 horas a 23 ± 2 oC

- Durante 22 horas a 70 ± 1 oC

15%

25%

Temperatura máxima de utilización 50º

6.4.- CAPÍTULO XXXVI. PIEZAS ESPECIALES

Normativa Deberán cumplir las especificaciones establecidas en las siguientes normas:

UNE EN 545: Tubos y accesorios en fundición dúctil y sus uniones para canalizaciones de agua. Prescripciones y métodos de ensayo.

ISO 2531: Tubos, uniones y piezas accesorias en fundición dúctil para canalizaciones con presión.

UNE EN ISO 9002: Sistemas de calidad. Modelo para el aseguramiento de la calidad en producción e instalación.

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Características mecánicas mínimas

Piezas especiales

Resistencia mínima a la tracción (Rm)

Alargamiento mínimo a la rotura (A)

Dureza Brinell (HB)

DN 60 a 2000

420 MPa 5 % < 250

Todas las piezas especiales tendrán como espesores mínimos los de la serie K-12.

Estas características se comprobarán sistemáticamente durante el proceso de fabricación, según las especificaciones de las normas ISO 2531 y UNE EN 545.

Prueba de estanqueidad en fábrica Todas las piezas especiales se probarán en fábrica a estanqueidad con aire durante 15 segundos. Dicha prueba consistirá en mantener la pieza con aire como mínimo a 1 bar de presión y comprobar la estanqueidad con un producto jabonoso.

Revestimientos Interior y exteriormente las piezas estarán recubiertas con pintura bituminosa de forma que el espesor medio de la capa sea superior a 70 μ. Las piezas comprendidas en diámetros DN 250 hasta DN 1200, podrán suministrarse revestidas con barniz epoxy-poliuretano, depositado por cataforesis con espesor mínimo de 35μ medido sobre placa testigo plana durante su aplicación.

Marcado Todas las piezas llevarán de origen las siguientes marcas:

Diámetro nominal:

60 - 600

Tipo de unión:

EXP ó STD

Material: GS Fabricante: PAM

Año: dos cifras Bridas: PN y DN

Ángulo de codos: 1/4, 1/8, 1/16, 1/32

6.5.- CAPÍTULO XXXVII. ELEMENTOS DE MANIOBRA, CONTROL Y SEGURIDAD

Son los elementos intercalados en las tuberías empleados para regular el flujo del agua que discurre por las impulsiones en todas sus características.

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Como elementos de maniobra se distinguen los dos grupos de válvulas más importantes: válvulas de compuerta y válvulas de mariposa, y como elementos de control y seguridad desagües y ventosas.

Todos los mecanismos que deban instalarse en obra, tendrán que contar con la aprobación previa y expresa del Ingeniero Director, para lo cual el Contratista presentará con la antelación necesaria sus propuestas de marcas y tipos concretos, con la descripción de sus características y demás detalles técnicos que le sean exigidos por la Dirección de Obra.

En todo caso, las distintas piezas deberán poder soportar una presión de prueba de resistencia doble de la presión de trabajo expresada en los cuadros de Precios, y una presión de prueba de estanqueidad de 1,4 veces dicha presión de trabajo.

Válvulas de compuerta Objeto y descripción

La válvula de compuerta es utilizada en el seccionamiento de conducciones de fluidos a presión y funcionará en las dos posiciones básicas de abierta o cerrada. Las posiciones intermedias adquieren un carácter de provisionalidad.

La válvula de compuerta está constituida por:

-Un cuerpo en forma de T, con dos juntas o extremos de unión a la conducción asegurando la continuidad hidráulica y mecánica de ésta y otro elemento que fija éste a la cúpula o tapa.

-Obturador de disco, que se mueve en el interior del cuerpo, al ser accionado el mecanismo de maniobra, con movimiento ascendente-descendente por medio de un husillo o eje perpendicular al eje de la tubería o circulación del fluido.

-Husillo o eje de maniobra, roscado a una tuerca fijada al obturador sobre la que actúa, produciendo el desplazamiento de éste. El giro se realiza mediante el apoyo de su parte superior sobre un tejuelo o soporte.

-Tapa, elemento instalado sobre el cuerpo, en cuyo interior se aloja el husillo.

-Junta de estanqueidad, que asegurar ésta entre el cuerpo y la tapa y entre ésta y el husillo.

Características de diseño

El cierre de la válvula se realizará mediante giro del volante o cabeza del husillo en el sentido de las agujas del reloj, consiguiéndose la compresión de todo el obturador en el perímetro interno de la parte tubular del cuerpo. Este obturador estará totalmente recubierto de elastómero, por lo que el cuerpo no llevará ninguna acanaladura en su parte interior que pueda producir el cizallamiento total o parcial del elastómero.

El sentido de giro para la maniobra de cierre o apertura deberá indicarse en el volante, cuadrado del husillo o lugar visible de la tapa.

Realizada la maniobra de apertura en su totalidad, no deberá apreciarse ningún estrechamiento de la sección de paso, es decir, que ninguna fracción del obturador podrá sobresalir en la parte tubular de la válvula.

El diseño de la válvula será tal que sea posible desmontar y retirar el obturador sin necesidad de separar el cuerpo de la instalación.

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Los elastómeros en contacto con el agua en circulación serán de etileno-propileno, y deberán cumplir las características que se determinan en UNE 53-571.

Todo el material de fundición nodular llevará una protección anticorrosión, con capas de imprimación intermedias y acabado con revestimiento epoxy. También pueden realizarse recubrimientos poliamídicos por aplicación electrostática, a base de polvo de muy baja granulometría. Para los interiores, se tendrá en cuenta el carácter alimentario del revestimiento realizado.

Características dimensionales

La longitud entre bridas será la correspondiente a la Norma ISO 5752, serie básica 15 y que corresponden a la "serie larga" de CEN WG69. Excepcionalmente, para casos de gálibo o distancias restringidas podrá adoptarse la correspondiente a la "serie corta" de CEN WG69, que corresponde con ISO 5752 serie básica 3.

Se dispone como medida de espesor del husillo, el diámetro del mismo en cualquier punto de la parte lisa o exterior de la roscada. Esta dimensión como la anterior se señala en la Tabla IV-1.

Válvulas de mariposa

Descripción

La válvula de mariposa es un elemento de seccionamiento o de regulación donde el obturador (mariposa) se desplaza en el fluido por rotación alrededor de un eje, ortogonal al eje de circulación del fluido y coincidente o no con éste.

Se dice "de seccionamiento" cuando permite o interrumpe la circulación de fluido, según que esté abierta o cerrada.

Se dice "de regulación" o "de reglaje" si permite regular o ajustar las características "caudal-presión" del circuito a las diversas condiciones de servicio.

La válvula de mariposa está constituida, como elementos esenciales, por:

-Un cuerpo, compuesto por una parte central prolongada a una y otra parte por una tubular cilíndrica que termina en bridas a ambos extremos.

Obturador, de forma circular y superficie hidrodinámica de seccionamiento o regulación del fluido.

-El eje que podrá ser único o formado por dos partes o semi-ejes. En este caso, uno será de arrastre, al que acopla el sistema o mecanismo de maniobra, y el otro de fijación.

-La junta de estanqueidad, que podrá ser:

a) Por anillo envolvente o manguito, que recubre el interior del cuerpo y dobla sobre las caras de las bridas.

b) Juntas montadas sobre el obturador, con estanqueidad sobre el cuerpo.

c) Junta montada sobre el cuerpo.

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Características de los materiales

Las calidades mínimas de cada uno de los elementos serán los siguientes:

El cuerpo será de fundición gris nodular (fundición dúctil) FGE 4212 UNE 36-118, acero fundido al carbono ASTM A-216 WCB, ASTM A352 LCB, o similares.

El eje o semi-ejes serán de acero inoxidable F-3402, F-3403, F-3404, UNE 36-016, que se corresponden con AISI 420.

El obturador será de acero inoxidable, calidad mínima F-3503, F-3504, F-3533, F-3534 de UNE 36-016, correspondientes con AISI 304, 304 L, 316 L y 316.

Los sistemas de estanqueidad serán de elastómero sobre acero inoxidable. Según esto, en los sistemas de anillo envolvente o junta alojada en el cuerpo, el obturador de acero fundido deberá tener una aportación de acero inoxidable en el borde, y en el sistema de junta alojada en el obturador la aportación de inoxidable será en el cuerpo, y en la zona de estanqueidad. El espesor del cordón deberá tener, una vez mecanizado, un espesor mínimo de 5 mm.

El acero inoxidable de aportación, en su caso, será de igual calidad que la citada para el obturador, estabilizando con Nb o Ti.

Los cojinetes sobre los que gira el eje serán de bronce C-3110 UNE 37-103 o de PTFE (Teflón) sobre base de bronce, autolubricados.

El elastómero de la junta de estanqueidad será EPDM (etileno-propileno), así como las juntas entre el cuerpo y eje.

Todos los elastómeros empleados en juntas y anillos de estanqueidad deberán cumplir las características de los ensayos que se determinan en UNE 53-571.

Toda la tornillería, pasadores, etc., en contacto con el agua será de acero inoxidable, y el resto de acero al carbono, acero cadmiado o similar, o fundición dúctil.

Tanto las piezas internas en contacto con el fluido como las externas se protegerán mediante un revestimiento epoxy de un espesor mínimo de 200 μ. También podrán realizarse recubrimientos poliamídicos por aplicación electrostática, a base de polvo de muy baja granulometría. En ambos casos, para las piezas interiores se tendrá en cuenta el carácter alimentario del revestimiento realizado.

Características dimensionales

La longitud entre bridas o longitud del montaje deberá corresponder con la serie básica n1 14 de ISO 5752 y que coincide con las siguientes: DIN 3030 (F4), NF E29-430 (Tabla 10, serie de base 14); BS 5155 (doble brida larga); CEN WG69 (Tabla 3, serie larga PN 25, serie básica 14); NBN E29-301 (Tabla II para PN 16).

Las bridas de unión a la instalación serán conformes con UNE 19-153 que se corresponde con DIN 2533 para PN 16, y DIN 2534 para PN 25.

Características hidráulicas

Para todas las características, dimensionamiento, etc., de los elementos, se tendrá en cuenta que la válvula deberá responder a la presión nominal establecida (PN 10, PN 16, etc).

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Se entiende por velocidad de flujo el cociente del caudal por la sección nominal de paso de la válvula. Esta velocidad es función de la presión total aplicada al conjunto formado por la conducción y la válvula, lo que determina las características de construcción de ésta. En general se admite que para PN 10 la velocidad normal máxima es de 4 m/s y para PN 16 de 5 m/s.

Se denomina coeficiente de caudal (Cv) el caudal en m3/h que, a temperatura ambiente, circula por una válvula originando una pérdida de carga de 1 bar. Este valor, Cv, depende del grado o ángulo de abertura del obturador y del diámetro de la válvula.

En una válvula de mariposa utilizada como regulación, se puede temer la aparición del fenómeno de cavitación cuando, mantenida una posición de regulación, el valor de la presión absoluta aguas abajo de la válvula es inferior al valor resultante de la caída de presión en el obturador en regulación. Por ello, es necesario conocer, en cada caso, los coeficientes de caudal (Cv) a plena abertura y la curva característica de la válvula (variación del coeficiente de caudal en función de la abertura de la mariposa u obturador).

Desagües

Toda zona que pueda quedar aislada mediante válvulas de seccionamiento dispondrá de uno o más desagües en los puntos de inferior cota. Estos desagües son válvulas de seccionamiento de inferior diámetro que las tuberías de impulsión a que corresponde la zona, realizándose el vaciado mediante vertido al exterior (cauce o arroyo natural). En ambos casos deberá evitarse el retorno del caudal vertido, bien con válvula de retención o realizando el vertido a nivel inferior al de la tubería principal.

Como norma general se adoptarán los siguientes diámetros:

Diámetro de la tubería

mm

Diámetro del desagüe

mm

200 e inferiores 80

200 < Φ < 700 100

Ventosas Tienen por objeto permitir la evacuación o entrada del aire en las tuberías, siendo en consecuencia, necesario situarlas en los puntos altos de la red.

En el Proyecto, se instalarán en todos los máximos relativos y absolutos de cota, que se encuentren en los perfiles longitudinales de las tuberías, incluidos los extremos o terminales de aquellas que tienen un trazado ascendente en su parte final.

En el cuello de la ventosa, que constituye el conducto de la unión con la tubería en que va colocada, no deberá producirse en ningún caso una velocidad de evacuación del aire, superior a los doce metros por segundo (12 m/s.), por estimarse que superada tal velocidad, existe peligro de desplazar el obturador flotador taponando la salida del aire.

Las ventosas han de ser trifuncionales de forma y cuando sea necesaria la evacuación de grandes cantidades de aire, el paso que ofrezcan al mismo sea lo suficientemente ancho para cumplir la

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condición de velocidad antedicha y cuando esas necesidades disminuyan posean una segunda vía de evacuación de aire que permita la evacuación en carga de las pequeñas cantidades del mismo que lleguen a la ventosa.

Todas las ventosas estarán provistas de mecanismo de purga manual y de una válvula de compuerta, del diámetro adecuado, que permita aislarlas de la tubería para hacer posibles las maniobras de mantenimiento.

La presión normalizada de las ventosas será de 12 atm.

El cuerpo, tapa y brida de entrada serán de fundición según norma ASTM A-48 clase 30 ó A-126 clase B. Todas las partes internas deberán ser de acero inoxidable según norma ASTM A-276. El flotador será de acero inoxidable según norma ASTM A-240 de presión de colapsamiento 70 atm.

Disposiciones Finales Para la definición de las características y forma de ejecución de los materiales partidas de obra que pudieran no estar descrito en el presente Pliego, se remitirá a las descripciones de los mismos, realizados en los restantes documentos de este proyecto, o en su defecto se atendrán a las prescripciones recogidas en la normativa legal adjunta.

Córdoba, Octubre de 2008

El Arquitecto

Fdo. Luis Cardero Romero

Col. SE4987CO del COAC