PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES · ... construido en el marco del Plan de Saneamiento Urbano,...

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES GERENCIA DE COMPRAS SERVICIO DE COMPRAS EDIFICIO SEDE – PLANTA BAJA – SECTOR SANTIAGO DE CHILE TELEFONO 1950 2012 – FAX 1950 1915 LICITACION PÚBLICA Nº 490/2013 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE COLECTORES COSTEROS Y OTROS PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

DEPARTAMENTO DE GESTION HUMANA Y RECURSOS

MATERIALES

GERENCIA DE COMPRAS

SERVICIO DE COMPRAS

EDIFICIO SEDE – PLANTA BAJA – SECTOR SANTIAGO DE CHILE

TELEFONO 1950 2012 – FAX 1950 1915

LICITACION PÚBLICA Nº 490/2013

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA

EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA LA

CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y

MANTENIMIENTO DE COLECTORES COSTEROS Y OTROS

PLIEGO DE CONDICIONES

PARTICULARES

Página 2

Mayo 2013

Contrato Nº 1420 - 1 -

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL

DIVISION SANEAMIENTO

CONTRATO N° 1420

LICITACION PUBLICA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

“SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE

COLECTORES COSTEROS Y OTROS”

Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES.

ART. 1. REPARTICIÓN DEPARTAMENTAL A CARGO

La repartición Departamental a cargo del objeto del presente llamado es el Servicio de

Operación y Mantenimiento de Saneamiento sito en Lucas Píriz 2357/9.

ART. 2. OBJETO – CLASE, UNIDAD Y CANTIDAD DE LOS TRABAJOS.

El presente Pliego tiene por objeto establecer las bases y condiciones particulares que

regirán la contratación de los servicios de limpieza y mantenimiento de todos los

elementos enumerados a continuación:

1) Colectores e interceptores ubicados en la Rambla Costera desde Lido y la Rambla

Tomás Berreta hasta Juncal y la Rambla Franklin D. Roosevelt, excluidos los

realizados como parte del Programa de Saneamiento de Montevideo, 1ª Etapa (PSU

I), con excepción del Perfil Especial indicado en el numeral 14) de este artículo.

2) Colector rectangular de 3,00 m x 1.80 m (ancho x alto) que une el vertedero de

Punta Carretas con la Planta de Pretratamiento (de aquí en más PPT).

3) Interceptor 2-700 (Este y Oeste) en la Rambla Concepción del Uruguay, con sus

cámaras vertedero.

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4) Perfil XLIV en la Rambla Concepción del Uruguay, incluyendo sus Canales “5” (Este y

Oeste).

5) Perfiles XVIa y V de las calles Buxareo y L. J. Pérez, hasta la cámara de Mac Eachen y

M. Haedo.

6) Perfil XLIII en la calle Pilcomayo, desde la Rambla Concepción del Uruguay hasta el

tramo escalonado en la calle Amazonas.

7) Perfil XXXVII en la calle San Nicolás, desde la Rambla República de México hasta el

pozo de bajada en la Av. Bolivia.

8) Perfil XLII en la calle Costa Rica, desde la Rambla Tomás Berreta hasta el pozo de

bajada en la Av. Rivera, incluyendo el tramo a continuación por Rivera hasta

Millington Drake y por esta última hasta la esquina de Eduardo Couture.

9) Bocas de tormenta (incluyendo desobstrucción) y calzadas y aceras (incluyendo

barrido) en 10 m (diez metros) de ancho a cada lado del visto del cordón, en la

Rambla Costera desde el Puente Carrasco en la Rambla Tomás Berreta hasta Juncal y

la Rambla Franklin D. Roosevelt, y desde Rambla hasta la primera paralela a ella, en

toda su extensión. Se considerarán incluidas en este “peine” las bocas de tormenta

ubicadas en los tramos curvos de cordón en los extremos de los “dientes” (calles

perpendiculares a la Rambla). Se incluye también la doble Rambla existente entre

Buxareo y L. A. de Herrera, la zona de pescaderías del Buceo y el tramo de Coimbra

entre Playa de los Ingleses y Playa Verde.

10) Aceras norte y sur (sólo barrido de arena, fuera del tramo de un metro definido en el

numeral anterior), de los tramos comprendidos entre:

(i) Rambla O´Higgins entre Yaco y Jaime Estrázulas.

(ii) Rambla Tomas Berreta entre Av. Bolivia y Potosí.

(iii) Rambla Wilson entre Avda. Dr. J. Cachón y Juan D. Jackson.

11) Colectores aliviadero ubicados en la Rambla Costera desde Lido y Rambla Tomás

Berreta hasta Juncal y la Rambla Franklin D. Roosevelt y en la Rambla Concepción del

Uruguay (incluyendo todos los aliviaderos de los Interceptores 2-700).

Se definen como colectores aliviadero, a los efectos de este Contrato, a los tramos

de conducto ubicados entre las correspondientes cámaras vertedero y el desagüe en

el Río de la Plata (o un colector pluvial, como en el caso del perfil XLIV), y que están

destinados a evacuar el exceso de aguas pluviales conducidos por los colectores

interceptores. En el caso de canalizaciones con cuneta lateral como los perfiles XVIa,

XXXVI, XXXVIII y XLI, se considerará como aliviaderos únicamente a los tramos de

colector aguas abajo de la sección donde desaparece dicha cuneta para aguas

servidas.

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12) Reja del Arroyo Malvín ubicado en las proximidades de Rambla Concepción del

Uruguay y Av. Estanislao López y de las rejas ubicadas en los Canales “5” (Este y

Oeste) Se instrumentará servicio de guardia a efectos del mantenimiento durante y

después de lluvias de cualquier tipo a efectos de la extracción de los residuos que en

ellas se acumulen. Las rejas se inspeccionarán a diario a primera hora de la mañana

definiéndose la necesidad de su limpieza en cada una de esas inspecciones.

13) Depósitos desarenadores existentes en la Rambla Costera, desde Lido y Rambla

Tomás Berreta hasta Juncal y la Rambla Franklin D. Roosevelt (Entrada a Punta

Carretas, Estación Guaraní, Desembocadura Arroyo del Molino) y en el comienzo del

Perfil XLIV a la altura de la Avda. Estanislao López.

14) Perfil Especial 3,50 x 5,00 entre la cámara vertedero en Punta Carretas y Avda.

Brasil, construido en el marco del Plan de Saneamiento Urbano, 1ª Etapa (PSU).

15) Colector en calle Pagola desde MacEachen y Bado hasta su conexión en la Rambla,

diámetro 1200 mm y longitud 800 m.

16) Perfil Rectangular Hipólito Yrigoyen desde arroyo Malvín a reja de conexión sección

3 x 3.15 m y longitud 70 m.

17) Colector Larravide entre rejas y primer salto, longitud 75 m.

18) Colector en calle Belastiquí desde la Rambla hasta Palmas y Ombues.

19) Rejas, Desarenador y conexión entre rejas de Larravide y colector de Miguel Angel

en diámetro 600 mm y longitud 100 m.

20) Ovoide en Belastiqui entre Palmas y Ombues y Rambla de 1.20 x 0.80 en longitud de

200 m.

Asimismo el Contrato incluirá trabajos de mantenimiento, reparación y sustitución que

se describen a continuación como:

el suministro de tapas de diversas medidas,

la colocación de contramarcos de acero y/o fundición en elementos de la red

como, pozos de bajada, bocas de tormenta, cámaras de inspección, etc.

la ejecución de trabajos en general de construcción y/o reparación, tales como:

o de cámaras de inspección,

o bocas de tormenta,

o tuberías de conexiones de bocas de tormenta,

o picado de hormigón para reparaciones,

o sustitución e instalación de armaduras suplementarias,

o hidrolavado de superficies a reparar,

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o aplicación de revestimiento de “Hormigón Proyectado en Seco”,

o reposición de pavimentos de calzadas y aceras,

o etc.

ART. 3. DEFINICIONES.

En los Documentos de la Licitación y el Contrato, las palabras y expresiones que a

continuación se indican tendrán los significados que aquí se les asigna, con excepción de

aquellos casos en que el contexto lo exija de otro modo:

Contratante, Administración o Propietario: significa la Intendencia de Montevideo

representada en este caso por el Servicio de Operación y Mantenimiento de

Saneamiento (o eventualmente otro que se designe en su lugar).

Contratista: proponente cuya oferta ha sido aceptada por el Contratante y que ha

suscrito con éste el correspondiente Contrato.

Subcontratista: cualquier persona física o jurídica, empresa o consorcio que, con el

consentimiento del Contratante, tenga un contrato con el Contratista para la

ejecución o suministro de alguna parte de la obra o trabajos.

Licitante, Oferente, Proponente o simplemente Empresa: la persona física o jurídica,

empresa o consorcio, que presente una oferta para ejecutar la obra, de conformidad

con los Documentos de Licitación, obrando por sí o por medio de su representante.

Adjudicatario: oferente que haya sido notificado de la aceptación de su oferta por el

Contratante.

Director de Obra o Director de los Trabajos: cualquier Ingeniero o Empresa

designado por el Propietario, y notificado por escrito al Contratista, para actuar

como Director para el propósito de este Contrato. El término "Ingeniero"

comprende a un Ingeniero Civil actuando individualmente o a través de cualquiera

de sus asistentes o representantes debidamente autorizados para actuar en su

nombre.

Contrato: conjunto de obligaciones formalizadas entre el Contratante y el

Contratista para la ejecución de las tareas de acuerdo a pliegos que rigen el llamado,

la oferta recibida y resolución de adjudicación, todo lo cual se perfecciona con la

notificación de adjudicación del Contratante al Contratista.

Documentos del Contrato: Documentos de la Licitación, según se detallan en el Art. 8

de este Pliego, Oferta del Adjudicatario, garantía de fiel cumplimiento de contrato,

planos y especificaciones, consultas y respuestas que se realicen de acuerdo al

presente Pliego de Condiciones.

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Precio del contrato: precio pagadero al Contratista de conformidad con el Contrato,

a cambio del debido y pleno cumplimiento de sus obligaciones.

Servicios: se refiere con criterio general a los trabajos de limpieza, mantenimiento y

otras obligaciones de la misma índole que consten en el Contrato.

Bienes: obras de construcción y materiales que el Licitante se halle obligado a

suministrar a instancias del Contrato.

Plazos: cuando no se establezca expresamente lo contrario, los plazos indicados en

los Documentos de la Licitación se computarán en días calendario.

ART. 4. PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

Art. 4.1. Plazo del Contrato.

El plazo de contratación de los servicios licitados es de 3 (tres) años contados a partir de

la fecha de inicio del contrato de acuerdo a lo establecido en el Art. 4.2 pudiéndose

prorrogar, por 2 (dos) años más, de común acuerdo entre las partes, previa resolución

expresa de la Intendencia de Montevideo.

En caso de no existir acuerdo, por parte de la Empresa contratada en la aprobación de la

prórroga, estará obligada a continuar con los trabajos adjudicados, por un período

máximo de cuatro (4) meses a partir del vencimiento del plazo contractual.

En todos los casos las obligaciones contractuales deberán seguir prestándose en las

mismas condiciones técnicas y económicas, ajustándose los precios exclusivamente por

la fórmula paramétrica del Art. 62.

Si por circunstancias debidamente justificadas, cualquiera de ambas partes considera

conveniente la cancelación del Contrato antes de finalizar los períodos indicados

anteriormente, deberá comunicarlo a la otra con un mínimo de 6 (seis) meses de

antelación, sin perjuicio de las responsabilidades y obligaciones contractuales.

Art. 4.2. Plazo de inicio y parcial de los trabajos.

Los trabajos deberán iniciarse dentro de los 30 (treinta) días calendario de

perfeccionado el Contrato. En caso de dificultades para contar en servicio en ese lapso

con todo el equipamiento, maquinaria y vehículos comprometidos, el Contratista podrá

solicitar una prórroga a la Dirección de Obra del Contrato, 10 (diez) días antes de su

vencimiento. La Dirección de Obra comunicará dentro de las 48 horas de recibida la

solicitud, la aceptación de la misma. La prórroga no podrá superar los 90 (noventa) días

calendario (llevando el plazo total de inicio a un máximo de 120 días). La petición podrá

ser realizada una única vez y deberá ir acompañada de toda la documentación que

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pruebe su necesidad ineludible, no admitiéndose ninguna reiteración una vez aceptada

por la Intendencia de Montevideo.

Durante el lapso antes mencionado el contratista realizará un relevamiento de

diagnóstico, donde detallará el estado de la infraestructura objeto del contrato,

materializándose el mismo en informe a ser presentado a la Dirección de Obra. El mismo

contará con información como mínimo a:

Estado general de limpieza, indicando en distancia no mayor a 100 m, depósitos

de material existente, su altura respecto al zampeado y estimación de volumen.

Relevamiento visual con indicación de estado de estructuras de hormigón de los

perfiles y colectores visitables. Se estimará alcance del daño, su ubicación, área

afectada y profundidad aparente del daño.

Bocas de tormenta, indicando estado de conservación y limpieza.

Elementos de acceso existentes con indicación de estado.

El relevamiento se presentará con la debida información de ubicación en

coordenadas x e y en Sistema de Información Geográfica de la IM (UTM –

Universal Transverse Mercator sistema utilizado por GPSs convencionales y por

ejemplo sistemas como Google Earth)

Una vez comenzados los trabajos deberán desarrollarse de manera que al cumplirse 180

(ciento ochenta) días calendario de iniciados se haya alcanzado los niveles de servicio

exigidos (ver Art. 41), pues de lo contrario, a partir de ese momento, serán de aplicación

los descuentos en los pagos mensuales previstos en el Art. 60 y eventualmente, la multa

indicada en el Art. 52.6. También en ese plazo deberá haberse completado el

relevamiento de los metrajes de interés para los pagos de los diferentes rubros (Art. 36 y

Art. 40).

ART. 5. ZONA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS.

El límite a que se refieren los Arts. 14 del PGCOA y 80 del PCGCO coincidirá con el

correspondiente al área del Departamento de Montevideo atendida con red pública de

colectores.

ART. 6. AMPLIACIONES Y REDUCCIONES DEL CONTRATO — AUMENTO O

DISMINUCION EN LA CANTIDAD DE LOS TRABAJOS — IMPREVISTOS.

La Intendencia de Montevideo podrá:

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Ampliar o reducir el área de desarrollo de los servicios contratados, de acuerdo con

lo establecido en el Art. 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para

los Contratos de Suministros y Servicios no Personales y los Arts. 80 y 81 del PCGCO.

Aumentar o disminuir la importancia de determinados trabajos especificados en el

rubrado, en las condiciones del Art. 14 del PGCOA y parcialmente de los Arts. 81 y 83

del PCGCO. Estos últimos se consideran modificados en el sentido de que no regirán

los porcentajes allí establecidos, pues el Director de Obra podrá variar en más o

menos la cantidad de unidades a ejecutar de los diferentes rubros, e inclusive

suprimir algunos totalmente, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por

parte del Contratista.

Indicar trabajos extraordinarios o imprevistos, en las condiciones del Art. 84 del

PCGCO, estableciéndose en un 15% (quince por ciento) el porcentaje

correspondiente.

ART. 7. SUBCONTRATOS.

El Contratista solicitará por escrito el consentimiento de la Intendencia de Montevideo

de todos los subcontratos que adjudique en virtud del Contrato. En cualquier caso la

subcontratación no lo eximirá de ninguna de sus responsabilidades y obligaciones, por lo

que serán de su exclusiva responsabilidad los actos, hechos, faltas y negligencias del

subcontratista.

En particular atenderá todo lo dispuesto en las leyes de tercerizaciones (18.098 y 18.099

en concordancia con la ley 18.251) y se compromete al cumplimiento de todo lo

dispuesto, en particular a la entrega de la información solicitada por estas a efectos del

seguimiento mensual por parte de la Administración.

ART. 8. DOCUMENTOS DE LA LICITACION.

Los Documentos de la Licitación contienen una descripción de los bienes y servicios que

se requieren, los procedimientos de licitación y las condiciones contractuales:

Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y

Servicios no Personales (Art. 44 del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y

Administración Financiera, TOCAF).

Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (en adelante PCGCO)

correspondiente al Capítulo I, del Título II De las Licitaciones para la Construcción de

Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto Departamental.

Pliego General de Condiciones para Obras de Alcantarillado (en adelante PGCOA),

correspondiente al Capítulo VIIII, del Título II De las Licitaciones para la Construcción

Contrato Nº 1420 - 8 -

de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto

Departamental..

Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón (en

adelante PGCCPH), correspondiente al Capítulo II, del Título II De las Licitaciones

para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del

Digesto Departamental

Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas en Caliente

(en adelante PGCEMAC), correspondiente al Capítulo III, del Título II De las

Licitaciones para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la

Administración del Digesto Departamental

Pliego General de Condiciones Generales para la Construcción de Pavimentos

Económicos con Base de Tosca y con Carpeta de Pedregullo, correspondiente al

Capítulo IV, del Título II De las Licitaciones para la Construcción de Obras del

Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto Departamental

Pliego General de Condiciones Generales para la Construcción de Firmes de Tosca,

correspondiente al Capítulo V, del Título II De las Licitaciones para la Construcción de

Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto Departamental

Pliego General de Condiciones para la Construcción de Veredas (en adelante

PGCCV), correspondiente al Capítulo VI, del Título II De las Licitaciones para la

Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto

Departamental

Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Alcantarillas y demás Obras

de Arte de Hormigón y Hormigón Armado, correspondiente al Capítulo IX, del Título

II De las Licitaciones para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la

Administración del Digesto Departamental

Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007, de acuerdo a lo establecido en la

Resolución Nº 1821/12, en lo referente a elementos de Señalización para su

utilización en obras y eventos en la vía pública y las modificaciones en el Capítulo

Único, Título VI “De la señalización de obras en la vía pública”, Parte Reglamentaria,

Libro IV “Del tránsito público” del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto.

Indicaciones de documento correspondiente a Presentación de Proyectos ante el

Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento. En particular el capítulo 2 Criterios

de Diseño.

y demás pliegos que puedan ser de aplicación de la División Vialidad y Alumbrado

Público del Departamento de Acondicionamiento Urbano.

Títulos II y III, “De las Remociones en la Vía Pública”, del Volumen VII del Digesto

Municipal -“De las Obras”-.

Contrato Nº 1420 - 9 -

El presente Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP).

Serán también de aplicación para la realización de los trabajos las órdenes e

instrucciones que diere el Director de Obra.

ART. 9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS

Las ofertas deberán mantenerse por un plazo mínimo de ciento veinte (120) días

calendarios contados a partir del día siguiente al acto de apertura.

ART. 10. CONTRADICCION ENTRE RECAUDOS.

Cuando no exista una estricta correspondencia entre las disposiciones de los Pliegos y

Normas citados y este PCP, se tomará como válido lo establecido en este último,

considerándose modificadas las estipulaciones de los primeros.

Contrato Nº 1420 - 10 -

Capítulo II: PRESENTACION DE PROPUESTAS.

ART. 11. DOCUMENTACION E INFORMACION NECESARIA.

Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada,

debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen

inferior izquierdo de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con

excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado

en una sola vía.

Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por

correo contra recibo, o por FAX (19501915), no siendo de recibo si llegaren con

posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que

se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día

correspondiente a la apertura.

Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del

oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y

hora de apertura.

Los Oferentes deberán presentar su propuesta en el lugar, día y hora que se indique en

la convocatoria y en estricto acuerdo al formulario propuesta, planillas y cuadros que

integran este PCP, con las aclaraciones que se indican en el Art. 16.1, en dos sobres

cerrados perfectamente identificados que se rotularán:

SOBRE Nº I: Información de la Empresa y Oferta Técnica y Metodológica.

SOBRE Nº II: Formulario Propuesta.

Toda la documentación contenida en ellos deberá contar de original y copia (en número

que se indica más adelante) y estar perfectamente foliada, considerándose la

información del primero como prevaleciente sobre la de las segundas en caso de

discrepancias. No podrán existir textos entrelineados, raspaduras ni tachaduras, salvo

cuando resultara imprescindible para corregir errores, en cuyo caso las enmiendas

deberán ser perfectamente salvadas. La oferta en papel será también presentada en CD

conteniendo toda la oferta en archivos pdf. La memoria, las planillas indicadas en los

distintos Anexos al igual que los Cuadros y la Planilla de Rubros y Metrajes serán

presentadas además en archivos editables del tipo Word, Excel o similar.

Todas las fojas del original deberán estar firmadas por el representante del Licitante,

quien a su vez firmará junto a las eventuales correcciones que pudieran existir.

La persona que entregue la Oferta deberá exhibir su Cédula de Identidad y presentar

adjunto a ella la documentación exigida a continuación:

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a) Recibo de adquisición de los recaudos (original y una copia común).

b) Depósito de garantía de mantenimiento de oferta: Si el oferente opta por

garantizar el mantenimiento de su oferta, deberá presentar el recibo de depósito

de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M.- El

recibo debe estar a nombre del oferente y cuando se postule un consorcio o

proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno

de los consorciados (original y una copia común).

c) Certificado de Capacidad de Contratación (Decreto del Poder Ejecutivo 208/2009)

extendido por el Registro Nacional de Empresas del Ministerio de Transporte y

Obras Públicas, que deberá acreditar que el Oferente se encuentra apto para ofertar

y contratar con el Estado de acuerdo a la Categoría II – Ingeniería y en las

Especialidades – B, D y F (original y una copia común).

d) Constancia de tener contratado el Seguro contra riesgos de Accidenes de Trabajo y

Enfermedades Profesionales, dispuesta por el Art. 61 de la Ley Nº 16.074, expedida

por el Banco de Seguros del Estado, vigente (original y una copia común).

Se aclara que para poder realizar observaciones en el acto de apertura de los Sobre Nº I

o Nº II, el compareciente deberá presentar, además, en dicho acto, en caso de no

coincidir con el firmante de la propuesta, Poder o Carta Poder extendida por Escribano

Público que lo autorice a representar al Oferente en la Licitación (original y una copia,

que deberá ser autenticada, en caso de que el original no pueda permanecer en poder

de la Intendencia de Montevideo).

La oferta, por su parte, constará de los documentos indicados a continuación:

I. En el Sobre Nº I:

a) Certificado Notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades

suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano

certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad, el cumplimiento de lo

dispuesto por la Ley 17.904 art. 13 en caso de corresponder y quienes son los

directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 6º de la Ley

17.957

Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que

acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su

caso y acreditar domicilio en Montevideo. Asímismo, podrán hacerlo por si o

representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente,

Si el oferente es una persona física, deberá adjuntar fotocopia de su cédula de

identidad.

Contrato Nº 1420 - 12 -

b) Toda la información y documentación solicitada en el Art. 16, "FORMA DE

PRESENTACIÓN DE LA OFERTA - Sobre Nº I - INFORMACION DE LA EMPRESA Y

OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA.

Deberá presentarse original y reproducción común y CD conteniendo la versión digital

en pdf y en los documentos editables que correspondan de toda la documentación.

II. En el Sobre Nº II:

a) Formulario Propuesta incluyendo Carta de Presentación y Planilla de Rubros,

Metrajes y Precios Unitarios (original y tres reproducciones comunes y CD

conteniendo la versión digital en pdf y de los documentos editables que

correspondan de toda la documentación).

ART. 12. CAPACIDAD JURIDICA

Podrán presentarse a la presente licitación, las personas físicas o jurídicas, nacionales o

extranjeras, y consorcios, que acrediten solvencia técnica y financiera de acuerdo a las

disposiciones del presente Pliego Particular de Condiciones. La persona jurídica nacional

deberá presentar testimonio por exhibición del contrato social inscripto en el Registro

de Personas Jurídicas, con constancia notarial de vigencia.

Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la documentación que acredite la

personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar

domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por

personas autorizadas, mediante poder correspondiente.

Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma

deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.

El contrato se otorgará con una sola persona física o jurídica. No obstante podrá

concertarse con dos o más personas o entidades siempre que éstas se obliguen en forma

solidaria, expresamente, y por escrito respecto de la I.M. Los derechos de la I.M. frente a

las mismas serán en todo los casos indivisibles.

Para el caso de Sociedades Comerciales, todos los socios serán solidariamente

responsables del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que asuma la

sociedad en caso de adjudicársele el contrato.

Si la oferente fuera una Sociedad Anónima (SA) o Asociación Civil con fines de lucro (AC),

deberá incluir el nombre de sus directores, los cuales serán solidariamente responsables

del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que asuma la oferente en caso

de adjudicársele el contrato.

Si se produce la desvinculación del socio en el caso de la sociedad personal, o Director

de la S.A. o de la A.C., la I.M. podrá relevarlo de su responsabilidad futura. El contratista

Contrato Nº 1420 - 13 -

no podrá transformarse en otro tipo de sociedad, ni fusionarse, ni ser absorbida por

otra, sin la previa autorización por escrito de la I.M.

Cualquier modificación en la integración del Directorio, deberá ser comunicada por

escrito previamente a la I.M., y ésta podrá aceptarlo o no.

Se admitirá la presentación de Consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta

intención con firmas certificadas por Escribano Público. Frente a la I.M., todas las

empresas que integren el Consorcio serán solidariamente responsables.

Se declarará el porcentaje de participación de cada una de las empresas integrantes y se

tendrá presente que en caso de resultar adjudicatarios se deberá cumplir con los arts.

501 a 509 inclusive de la Ley 16.060 de Sociedades Comerciales, y presentar el contrato

de Consorcio debidamente inscripto y publicado, dentro del plazo de 60 días de

notificada la resolución de adjudicación, ad referéndum del Tribunal de Cuentas.

Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un Consorcio, o con

carta intención de constitución como tal, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones

anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal del

Consorcio y unificar la representación por medio del poder pertinente, con las facultades

necesarias para actuar en nombre del Consorcio. Las notificaciones que se realicen al

mandatario se considerarán válidamente hechas al Consorcio o al proyecto de consorcio.

Las empresas que integren o integrarán el Consorcio, asumirán la responsabilidad

solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del contrato, debiendo

incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos los miembros asumiendo tal

responsabilidad.

ART. 13. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE CONSULTAS SOBRE EL

LLAMADO.

Solo los adquirentes del pliego podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el

texto de este pliego, hasta cinco (5) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura

de las ofertas.

Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de

Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de

Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a

[email protected] o vía FAX 1950 1915, no considerándose las

realizadas con posterioridad al plazo señalado.

Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por

ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.

La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia

escrita de sus respuestas a todas los interesados que hayan comprado el pliego,

Contrato Nº 1420 - 14 -

incluyendo la pregunta sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser

consultadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo

(www.montevideo.gub.uy entrar Servicios on line – Cartelera de Compras y buscar el

número de la licitación).

En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del

pliego, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.

ART. 14. IDIOMA DE LA OFERTA.

La Oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el

Licitante y el Propietario deberán redactarse en español. Se podrá incorporar material

pre-impreso en otro idioma, como ser folletos y catálogos descriptivos de los equipos

propuestos, con la condición de que vayan acompañados de una traducción al español

en sus aspectos fundamentales, en particular los de importancia a efectos de la

calificación (Art. 16.5.4), la cual prevalecerá a los efectos de la correspondiente

interpretación.

ART. 15. INSPECCION DEL EMPLAZAMIENTO.

El Licitante podrá inspeccionar y examinar la zona afectada por los trabajos y sus

alrededores, antes de presentar su propuesta, no admitiéndose como excusa no haber

verificado las infraestructuras objeto del presente llamado.

El objeto es asegurarse toda la información sobre la estructura y naturaleza del trabajo y

de los materiales y equipos necesarios para llevar a cabo los servicios, así como los

medios de acceso, y en general, toda información necesaria relativa a riesgos y demás

circunstancias que pudieran influir en su propuesta.

El oferente deberá solicitar por escrito al Servicio de Compras, autorización a efectos del

ingreso a las infraestructuras de saneamiento, la cual le será concedida entre los dos a

cuatro días hábiles siguientes a su solicitud, si las condiciones climáticas lo permiten.

ART. 16. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA - SOBRE Nº I - INFORMACION

DE LA EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA.

Art. 16.1. Generalidades.

Las firmas interesadas deberán presentar debidamente completados todos los

formularios que se solicitan en este PCP. Su diseño es únicamente a título de referencia,

pudiendo el Licitante conformar otros cuadros con igual formato -por ejemplo con

mayor número de columnas para adicionar otra información-, aunque en este caso serán

de su responsabilidad los errores que se presenten en el estudio de su oferta de no ser

Contrato Nº 1420 - 15 -

correctamente comprendidos. En todos los casos, si la información a ser suministrada

superase el espacio previsto, podrán agregarse hojas adicionales, pero siguiendo

siempre el mismo esquema patrón.

Se señala:

1. Que en caso de consorcios, cada firma integrante deberá llenar los formularios

individualmente y entregarlos en conjunto bajo la oferta del Consorcio, pero

identificándose claramente.

2. Que el Licitante deberá presentar en el Sobre Nº I toda la información solicitada en

los artículos siguientes, esté o no prevista específicamente en un formulario y la

considere o no calificada.

3. Que también podrá presentar otra información complementaria que entienda

corresponde a su calificación como empresa.

4. Que se deberá presentar el Curriculum Vitae (firmado) de todo el personal a ser

calificado según el Art. 20.5.

5. Que la información que se suministre lo será en carácter de Declaración Jurada,

pudiendo la Intendencia de Montevideo exigir la presentación de cartas o

documentos probatorios cuando lo considere conveniente.

Art. 16.2. Antecedentes legales y documentación requerida.

Se deberá presentar:

Copia autenticada de los estatutos o documentos constitutivos de la firma.

Domicilio a todos los efectos legales, que deberá ubicarse en el Departamento de

Montevideo.

Declaración jurada de la firma de no hallarse en interdicción judicial ni de haber

tramitado o estar tramitando quiebras, concordatos, moratorias o cesación de

pagos.

Certificado de solvencia emitido por una entidad bancaria de primer nivel del país

de origen, el cual de no ser Uruguay, deberá ser avalado por un banco nacional.

Para empresas extranjeras, certificado de idoneidad emitido por la Cámara de la

Construcción u otra entidad similar del país de procedencia.

En caso de consorcios, además:

a. Se deberá cumplir con los Arts. 501 a 509 inclusive de la Ley 16.060 de

Sociedades Comerciales.

Contrato Nº 1420 - 16 -

b. Copia autenticada del contrato de constitución del Consorcio o de la carta

intención de constituirlo, que deberá indicar el porcentaje de participación en el

total de cada una de las firmas integrantes.

La Empresa deberá cumplir en su totalidad con las disposiciones legales pertinentes y en

particular con los requisitos establecidos por la Dirección General Impositiva, Banco de

Previsión Social, estar incluida en el Registro de Proveedores del Estado y en el Registro

de Proveedores de la Administración; de ser representante para el Uruguay de una firma

extranjera, tendrá que cumplir con los requisitos de la ley de Representantes de

Empresas Extranjeras y estar, por tanto, inscripta en el registro del Ministerio de

Economía y Finanzas.

Art. 16.3. Experiencia de la Empresa.

El Licitante deberá presentar la siguiente información:

Los años que ha estado trabajando como contratista bajo la firma comercial actual.

Listado y montos de contratos de obras de saneamiento y de limpieza y

mantenimiento de redes de colectores, realizados en los últimos 15 años. Para cada

uno de ellos se indicará denominación y ubicación, características, propietario (con

dirección postal y fax), lapso y monto total del Contrato (previstos y realmente

insumidos). En caso de que un contrato hubiera abarcado diversas áreas de

actuación (p.e. incluido obras viales y de alcantarillado sanitario), los lapsos y

montos a detallar incluirán también los correspondientes a los trabajos de interés

para la calificación (Art. 20.2). Asimismo, de haber sido la participación en consorcio

o como subcontratista, se especificará la cuota parte que le correspondió a la

Empresa y el tipo de trabajo que efectivamente ejecutó.

Listado de contratos en ejecución o comprometidos, con la misma información del

párrafo anterior. Indicar si la ejecución de esos trabajos puede afectar de alguna

forma el cronograma y la asignación de personal y maquinaria a suministrar. De no

expresarse nada en este último sentido, se entenderá que la capacidad de

contratación del Oferente es insuficiente.

Si ha dejado en los últimos 15 (quince) años de cumplir con algún contrato que se le

había adjudicado y de ser así, identificarlo y explicar motivos.

Listado de juicios o arbitrajes durante los últimos 5 (cinco) años relativos a contratos

anteriores o en ejecución.

A efectos de la conversión a dólares americanos de los montos en pesos uruguayos,

primeramente se deflactará utilizando la variación del Indice de los Precios al Consumo

-publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas- y luego se hará la transformación de

monedas con la cotización promedio del dólar interbancario vendedor. Los valores a

Contrato Nº 1420 - 17 -

emplear son los correspondientes al mes anterior al de apertura de la licitación y el

anterior a la fecha de interés en cada caso.

Art. 16.4. Situación patrimonial y financiera.

El Licitante deberá adjuntar copia de los balances de los 3 (tres) últimos ejercicios,

firmados por Contador Público. Asimismo, llenará un cuadro que refleje el resumen del

Activo, Pasivo, Patrimonio y Ventas de esos ejercicios, acompañando en hojas separadas

los detalles respectivos, todo expresado en dólares americanos (U$S).

Complementariamente deberá proporcionar información económica y financiera

posterior al cierre del último balance, que permita evaluar el nivel de actividad y la

solvencia actual de la firma.

Art. 16.5. Oferta técnica y metodológica para la ejecución de los trabajos.

Art. 16.5.1. Generalidades.

El Licitante deberá presentar un Programa de Trabajo General que garantice la correcta

ejecución de los servicios descritos en este PCP. Dentro del Programa se incluirá la

información solicitada a continuación.

Art. 16.5.2. Memoria Descriptiva.

Deberá atender y realizar expresa mención en la misma a los temas que sin ser

exhaustivos se enumeran en general y aquellos que el contratista considere:

Las tareas a realizar detallando el personal y equipos a asignar a cada una de ellas.

Las metodologías de trabajo (incluyendo aspectos de seguridad e higiene, en

cumplimiento con las disposiciones de los Decretos del Poder Ejecutivo 481/009 y

283/996) y de relevamiento de metrajes y de la situación inicial de mantenimiento y

de conservación de todos los elementos de la red. La sistemática definida debe

contemplar las diferentes secciones y características de los colectores y demás

elementos comprendidos en el Contrato, así como también la imposibilidad de

realizar vertimientos durante su limpieza, salvo expresa aprobación por parte de la

Dirección de Obra.

Las frecuencias de los servicios.

El diseño, desarrollo, definición y planificación de sistemas y procedimientos de

calidad en general. Las actividades que incluirá la implantación de Sistemas de

Calidad y de Aseguramiento de la Calidad.

Deberá planificarse la realización de los trabajos (incluido el camión combinado

obligatorio) de forma de respetar los horarios de afectación de las vías de

Contrato Nº 1420 - 18 -

circulación de tránsito por la Rambla, considerando la realización de trabajos en

horario de la mañana afectando la vía al Este y en la tarde en la vía al Oeste, así

como la necesidad de trabajos en horario nocturno. La planificación deberá

considerar siempre y como mínimo la circulación en por lo menos una de las

sendas, solicitando las debidas autorizaciones a las Autoridades correspondientes.

Todo otro detalle que a juicio del Licitante sirva para el estudio de su plan. Se remite

también al respecto al Art. 36.

En consecuencia, la Memoria Descriptiva deberá precisar explícitamente los sistemas de

trabajo, detallando los equipos (en concordancia con los equipos detallados a los

efectos del Art. 16.5.4) y personal a utilizar, las frecuencias estimadas de los servicios,

los procedimientos para comprobación de los niveles de servicio exigidos, etc.,

detallando según los distintos elementos objeto del Contrato, que se clasificarán de la

siguiente forma (en listado no taxativo):

i. Colectores circulares y ovoides de menos de 1,50 m de altura.

ii. Colectores ovoides de más de 1,50 m de altura.

iii. Perfiles especiales con cuneta.

iv. Perfiles especiales sin cuneta.

v. Perfil Especial de 3,50 X 5,00 m del Plan de Saneamiento Urbano, 1ª etapa (PSU I) y

Secciones Rectangulares del Plan de Saneamiento Urbano, 2ª Etapa (PSU II).

vi. Bocas de tormenta.

vii. Aceras y calzadas.

viii. Colectores aliviadero.

ix. Depósitos desarenadores.

x. Rejas.

Esta memoria:

Constituirá un compromiso contractual en caso de que el Oferente resulte

adjudicatario, que no podrá ser variado, salvo los ajustes que se introduzcan en los

planes mensuales correspondientes o autorización o exigencia expresa del Director

de Obra para mejor realización de los servicios, rendimiento de los equipos u otras

razones justificadas.

Deberá ser lo suficientemente detallada para mostrar que los procedimientos de

trabajo propuestos producirán los resultados previstos, y en consecuencia,

permitirá inferir con suficiente certeza que los precios incluidos en el Sobre Nº II

fueron correctamente estimados.

Contrato Nº 1420 - 19 -

Será de total responsabilidad del Oferente, quien asumirá todos los riesgos por el

éxito o fracaso de los procedimientos propuestos. La Intendencia de Montevideo no

reconocerá ningún costo extra a ser abonado al Contratista en caso de tener que

modificarse la forma de realización de los trabajos y resultara necesario, por

ejemplo, emplear equipos complementarios o diferentes o usar mano de obra de

modo más intensivo, independientemente de la calificación que hubiera recibido la

metodología en la etapa de calificación de la propuesta.

Art. 16.5.3. Personal del Contrato.

Esta información se refiere a la lista del personal responsable a emplear, como ser

Representante Técnico, técnicos, capataces, supervisores, técnico en prevención,

incluyendo la dedicación horaria prevista y experiencia correspondiente, con agregación

del Curriculum Vitae.

En particular el Representante Técnico será un Ingeniero Civil con actuación profesional

de un mínimo de 5 (cinco) años y que deberá tener una dedicación mínima de 6 (seis)

horas diarias de labor en estos trabajos. Así mismo en dicho horario deberá estar

presente durante por lo menos 4 horas diarias en turno matutino durante las recorridas

de seguimiento de contrato y efectuando las tareas propias de Dirección de Obra en

campo.

El personal en general deberá cumplir con las disposiciones de los Decretos del Poder

Ejecutivo 481/009 y 283/996, indicándose los responsables de la elaboración y

presentación de la correspondiente documentación ante las reparticiones

correspondientes y el seguimiento para el cumplimiento de las mismas.

Se confeccionarán los CVs de forma de atender las calificaciones del (Art. 20.5).

Art. 16.5.4. Equipos, maquinaria y vehículos.

El Licitante deberá especificar en su oferta los equipos, maquinaria y vehículos que,

debidamente justificados, se compromete a disponer para la realización del servicio,

sean de su propiedad o alquilados, que deberán incluir obligatoriamente a los siguientes:

1. Equipo Combinado de succión y alta presión para limpieza de colectores:

Capaz de arrastrar sólidos secos, húmedos o líquidos, en forma indistinta.

Capacidad de carga no menor a 6 m3.

El sistema de succión será de tipo de vacío relativo con alto caudal de aire

circulante, debiendo ser capaz de obtener 90 cm de columna de agua a no

menos de 2700 ft3/min (máximo caudal de aire limpio).

Caudal máximo no menor a 80 GPM - 240 l/min a una presión de presión de

2000 PSI - 140 kg/cm2.

Contrato Nº 1420 - 20 -

Longitud manguera mayor a 150 metros.

Capacidad tanque de agua mínimo 5000 litros.

Manguera de por lo menos 25 mm de diámetro con una presión máxima de

trabajo mayor a 180 kg/cm2 y de rotura no inferior a 425 kg/cm2.

2. Cisterna (nodriza) para transporte de agua (autopropulsada o remolcada). Su

capacidad / cantidad deberá asegurar el suministro de agua sin interrupciones en la

prestación del servicio del equipo de alta presión.

3. Equipo para limpieza de perfiles especiales, (se detallará sistema del equipamiento

ofertado como por ejemplo el tipo Bucket Machine para recolección, arrastre y/o

transporte de residuos, la forma de extracción de los residuos del sistema y la

adecuación para transporte.

4. Equipo de recolección, arrastre y/o transporte dentro de la infraestructura de

saneamiento correspondiente a aliviaderos y vertederos, extracción del residuo y la

correspondiente adecuación para su transporte.

5. Equipo de transporte de los residuos sólidos provenientes de los sistemas de

limpieza de colectores, aliviaderos, vertederos, bocas de tormenta, barrido de calles,

etc., que deberá ser siempre estanco y cerrado (con tapa). Puede ser

autopropulsado (depósito montado sobre camión) o constituido por volquetas

estándar adaptadas u otro tipo de contenedores trasladados mediante camión

apropiado.

6. Equipamiento de seguridad para trabajo dentro de colectores transitables,

incluyendo medición de gases, instalación eléctrica en baja tensión, iluminación

antideflagrante, servicios de primeros auxilios, ventilación forzada, etc., según sea

necesario (detallar).

7. Vehículos con conductor para la Dirección de Obra, según Art. 38.

Además de estos mínimos, se deberá indicar en la oferta:

a. Los Equipos de los numerales 3, 4 y 5 se detallarán expresamente y deberán

concordar con la Memoria Descriptiva del Art. 16.5.2.

b. Los vehículos y camiones para traslado de personal y transporte de materiales y

herramientas, grúas livianas o güinches, bombas de achique, minipala cargadora,

retroexcavadora, maquinaria y equipos complementarios (p.e., otro camión de

succión / inyección, etc.), que el Licitante también se compromete a asignar,

teniendo libertad absoluta de proponer los que justifique debidamente y crea

conveniente para la realización de los servicios.

c. Las instalaciones para mantenimiento, lavado, garaje, etc.

En todos los casos se deberá incluir:

Contrato Nº 1420 - 21 -

1. Una descripción de cada equipo con especificación de sus características (marca,

rendimiento, potencia, etc.), acompañando si fuera necesario con catálogos (en este

caso, tener presente lo indicado en el Art. 12).

2. Indicación si van a ser o son de su propiedad, alquilados u otra modalidad.

3. Idem si son nuevos o usados. En ambos casos indicar su valor presente (en miles de

dólares americanos) y en el último señalar claramente su antigüedad.

Se considerará también:

a. Que todos los vehículos del Contratista, como así también los asignados a la

Dirección de Obra, deberán estar dotados de un sistema de comunicación (Art. 38).

b. Que todos los vehículos del Adjudicatario deberán llevar un logotipo que los

identifique claramente y haga referencia al Contrato y que los camiones de succión e

inyección deberán estar, además, pintados en forma llamativa. Tanto el diseño del

logo como los colores que se elijan deberán ser aprobados por la Dirección de los

Trabajos.

c. Que todos los equipos y elementos asignados al Contrato deberán estar siempre y

permanentemente en las debidas condiciones de conservación, aseo y

mantenimiento, debiendo ser sustituidos inmediatamente por otros de

características no inferiores en caso de presentar disfunciones.

d. Que los medidores de gases deberán determinar al menos concentraciones de

oxígeno, monóxido de carbono, gas sulfhídirco y gases explosivos. Su número

permitirá que uno quede a disposición del personal de inspección de la Intendencia

de Montevideo durante todo el plazo contractual, y que cada cuadrilla de limpieza

de colectores transitables cuente con una unidad en forma permanente.

e. Que la calibración de dichos medidores se realizará según la condición más

restrictiva de: dos veces al año como mínimo y /o indicaciones del fabricante. Los

cargos y costos de las calibraciones serán de la Empresa Contratista.

ART. 17. FORMULARIO PROPUESTA - SOBRE Nº II.

El Licitante presentará la documentación correspondiente al FORMULARIO DE

PROPUESTA en Sobre identificado con Nº II donde establecerá en su propuesta los

costos unitarios en pesos uruguayos que exigirá para la ejecución de los trabajos,

desglosados en los rubros que se indican en este PCP. Se entenderá que:

a. Se encuentran incluidos todos los impuestos correspondientes, salvo indicación

expresa en contrario.

Contrato Nº 1420 - 22 -

b. Incluyen los aportes por cargas sociales del personal a emplearse, que serán de

cargo del Contratista, y todos los impuestos, tributos, derechos, licencias y otros

gravámenes que legalmente también le correspondan.

c. En caso de incluirse números con decimales, por así presentarse o por aplicación de

alguna cláusula general de descuento que ofrezca el Proponente, se tomará su

módulo como valor del precio unitario (es decir, el entero más próximo).

El Formulario Propuesta se deberá ajustar estrictamente en su redacción y formato al

texto y planillas del Art. 63, aunque éstas últimas podrán sufrir ajustes en su diseño.

ART. 18. MEJORAS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.

Los oferentes tendrán libertad para ofrecer todas cuantas mejoras o servicios

complementarios consideren conveniente aportar al Contrato y todas las técnicas que

juzguen interesantes para la modernización y mejora de la gestión del sistema de

colectores, aun cuando no tengan relación directa con el objetivo básico de su limpieza y

mantenimiento.

En ese caso, deberán complementar su Programa de Trabajo General describiendo y

explicando separadamente todos los elementos del ofrecimiento (en el Sobre Nº I), y

valorarlos económicamente para justificar los sobreprecios correspondientes (en el

Sobre Nº II).

Se indicará claramente si la mejora consiste en la prestación del servicio o trabajo

sugerido en forma permanente durante toda la duración del Contrato, o si lo es

únicamente en forma esporádica, en cuyo caso deberá concretarse el índice de

utilización que se ofrece, o finalmente, si se trata de un equipo o instalación de apoyo

que quedará o no en propiedad municipal al final de la relación contractual.

Obviamente, el Contratista también tendrá libertad para ofrecer esas mejoras, servicios

o técnicas durante el desarrollo de los trabajos, pero en ese caso se aplicará el

procedimiento del Art. 84 del PCGCO para fijar la retribución correspondiente.

Contrato Nº 1420 - 23 -

Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.

ART. 19. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OFERTA MÁS CONVENIENTE.

El procedimiento que se presenta en este PCP para la selección del Contratista será el

único valedero y se considerará que el Licitante lo acepta por la mera presentación de su

oferta, no aceptándose reclamación de ningún tipo en ese sentido.

El sistema para elegir la oferta más conveniente para la Administración tendrá dos

etapas; en la primera, se seleccionarán aquéllas consideradas adecuadas en función

exclusivamente de las propuestas técnicas, para luego, en una segunda etapa, proceder

a realizar la elección de una de ellas a partir de la comparación de los precios ofertados,

según se establece en el Art. 23.

ART. 20. CALIFICACION DE PROPUESTAS.

Art. 20.1. Introducción.

Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se

ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula,

se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación

cuando satisfaga todas las condiciones estipuladas en dichos documentos.

Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la

licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.

Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir

el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.

Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los

documentos de la licitación, y para juzgar la capacidad de los proponentes se utilizará

exclusivamente la información contenida en los Sobre Nº I y los criterios y puntajes que

se indican a continuación y en los siguientes artículos para los distintos parámetros de

calificación:

Item Características Puntuación

Mínima Aceptable

Puntuación

Máxima Posible

Art. 16.3 Experiencia de la Empresa. 10 18

Art. 16.4 Situación patrimonial y financiera. 8 12

Contrato Nº 1420 - 24 -

Item Características Puntuación

Mínima Aceptable

Puntuación

Máxima Posible

Art. 16.5.2 Memoria Descriptiva. 15 25

Art. 16.5.3 Personal del Contrato. 7 10

Art. 16.5.4 Equipos, maquinaria y vehículos. 26 35

TOTAL 70 100

NOTAS IMPORTANTES:

a) El Licitante no será preseleccionado y en consecuencia descalificado, si no alcanza

los puntajes mínimos aceptables en uno cualquiera de los ítems y/o la suma del

puntaje no alcanza los 70 puntos mínimos indicados en la tabla.

b) En caso de existir ofrecimientos complementarios comprendidos en el alcance del

Art. 18, no se les considerará al evaluar la propuesta técnica y metodológica y en los

ítems que corresponda, aun cuando tuvieran una relación directa con el objetivo

básico del Contrato. Sin embargo si resultaran de interés de la Intendencia de

Montevideo los sobreprecios correspondientes podrán ser incorporados al monto de

adjudicación.

c) El puntaje máximo posible por ítem será el indicado en la columna “Puntuación

Máxima Posible”, aunque la suma pudiera ser mayor a este valor.

En caso de ofertas en Consorcio:

1. Cada una de las firmas integrantes será evaluada por separado.

2. Para los ítems correspondientes a "Experiencia de la Empresa" y "Equipos,

maquinaria y vehículos", el puntaje del Consorcio será la suma ponderada de los

puntajes de cada firma.

3. Para el ítem "Situación patrimonial y financiera", se tomará como puntaje del

Consorcio el resultante de ponderar los obtenidos por las distintas firmas

integrantes en forma independiente, en función de sus porcentajes de participación

en el total.

4. Para los restantes ítems, se procederá como en el caso de una oferta presentada por

una única firma, pues se trata de información a suministrar en forma conjunta por

todas las integrantes del Consorcio.

Art. 20.2. Experiencia de la Empresa.

Se evaluará la experiencia de la empresa en:

a) Contratos de limpieza y mantenimiento de redes de colectores. Se otorgará hasta un

máximo de 2 (dos) puntos por contrato realizado en Uruguay. En el caso de

Contrato Nº 1420 - 25 -

contratos en el exterior puntuarán aquellos de duración de 2 (dos) años y que

comprendan una extensión mínimo de 200 km de red de colectores, documentación

que deberá ser certificada por el contratante.

Puntuación máxima = 6 (seis) puntos.

b) Contratos de limpieza y mantenimiento de redes de colectores que hayan contado

con equipamiento tipo camión combinado (succión y desobstrucción) en trabajos de

tipo similar al objeto del contrato. Se otorgará 3 (tres) puntos por contrato realizado

en Uruguay. En el caso de contratos en el exterior puntuarán aquellos que tengan un

mínimo de duración de 2 (dos) años y que comprendan una extensión mínimo de

200 km de red de colectores, documentación que deberá ser certificada por el

contratante.

Puntuación máxima = 9 (nueve) puntos.

c) Contratos de obras de redes de colectores, plantas de tratamiento de aguas

residuales y estaciones de bombeo de aguas residuales. Se otorgará 0,5 (medio)

punto por obra de por lo menos US$ 500.000 (quinientos mil dólares americanos)

construida en Uruguay, incluyendo IVA, cargas sociales e impuestos en general,

asignándose además 0,5 (medio) punto complementario por cada US$ 500.000

(quinientos mil dólares americanos) que exceda ese monto, en iguales condiciones.

Los puntajes serán la mitad de los anteriores cuando la obra fuere en el exterior.

Puntuación máxima = 6 (seis) puntos.

Notas:

1. Cuando un contrato cumpla con las condiciones a) y b), se calificará por ambos

conceptos.

2. Si la Empresa tiene antecedentes de haber dejado contratos sin terminar por causas

no justificadas, se descontará 2 (dos) puntos por cada rescisión.

3. En este artículo se considerarán únicamente las fracciones mayores o iguales a 6

(seis) meses. En los siguientes no se considerarán estas fracciones.

4. Estarán excluidos a los efectos de los numerales a) y/o b) limpiezas y/o

mantenimientos correspondientes a los períodos en general de 1 (un) año

establecido en los contratos de realización de redes de saneamiento de Obras

Nuevas, salvo que se demuestre y acredite por el contratante la utilización de

equipamiento mecanizado para su mantenimiento.

Art. 20.3. Situación patrimonial y financiera.

El mínimo de 8 (ocho) puntos se otorgará a empresas que cumplan en forma simultánea

con lo siguiente:

Contrato Nº 1420 - 26 -

Patrimonio mínimo de US$ 600.000 (seiscientos mil dólares americanos) de acuerdo

al último balance.

Monto de ventas mínimo de US$ 800.000 (ochocientos mil dólares americanos)

correspondiente al promedio de los tres últimos ejercicios.

Se asignarán además puntajes complementarios de acuerdo a las siguientes escalas:

a) Monto del patrimonio en dólares americanos (US$) (último balance):

Puntos

De US$ 1:000.000 hasta US$ 1:500.000. 1

De US$ 1:500.000 hasta US$ 2:000.000. 2

Más de US$ 2:000.000. 3

b) Monto de las ventas en dólares americanos (US$) (promedio tres últimos ejercicios):

Puntos

De US$ 1:000.000 hasta US$ 2:000.000. 4

De US$ 2:000.000 hasta US$ 3:000.000. 3

Más de US$ 3:000.000. 2

Art. 20.4. Memoria Descriptiva.

De acuerdo con lo establecido en el Art. 16.5.2, se evaluará la memoria descriptiva y

metodología de los trabajos a realizar, asignándose puntajes según la siguiente tabla:

EVALUACION PUNTAJE

Excelente 25

Muy Bueno 20

Bueno 15

Insuficiente 0

Art. 20.5. Personal del Contrato.

Se evaluará la experiencia del Representante Técnico y demás personal con tareas de

responsabilidad asignado al Contrato, de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Representante Técnico (Ingeniero Civil). Se asignarán:

1 (un) punto por año de experiencia profesional, que se computará únicamente

cuando es en exceso de 5 (cinco) años.

Contrato Nº 1420 - 27 -

1 (un) punto por año de experiencia en servicios de mantenimiento de redes de

saneamiento y/o supervisión de construcción de ese tipo de instalaciones,

estaciones de tratamiento o plantas de bombeo (ambas de aguas residuales).

0,5 (medio) punto por cada dos años de antigüedad en la empresa.

Puntuación máxima = 6 (seis) puntos.

Puntuación mínima total admisible en esta categoría = 4 (cuatro) puntos.

b) Técnicos, capataces o supervisores. Se asignará por cada persona:

0,5 (medio) punto por año de experiencia en servicios de mantenimiento de

redes de saneamiento y/o supervisión de construcción de ese tipo de

instalaciones, estaciones de tratamiento o plantas de bombeo (ambas de aguas

residuales).

0,5 (medio) punto por cada dos años de antigüedad en la empresa.

Puntuación máxima por persona = 2 (dos) puntos.

Puntuación máxima total posible en esta categoría = 6 (seis) puntos.

Puntuación mínima total admisible = 3 (tres) puntos, para el conjunto de los técnicos,

capataces o supervisores.

Puntuación mínima total admisible para el conjunto de ambas categorías indicadas en

los literales a) y b) = 7 (siete) puntos.

Notas:

No se computará la antigüedad del personal en la empresa a efectos de computar

los puntajes mínimos admisibles en cada categoría (4 y 3 puntos respectivamente),

aunque se lo hará para el mínimo complexivo admisible (7 puntos).

En caso de que la dedicación horaria prevista para un funcionario fuera inferior a 8

(ocho) horas diarias de labor, se afectará su puntuación por un coeficiente

proporcional a esa dedicación.

El Representante Técnico tendrá una dedicación de un mínimo de 6 (seis) horas

diarias.

Contrato Nº 1420 - 28 -

Art. 20.6. Equipos a ser destinados al contrato.

De acuerdo con las especificaciones de los equipos, maquinaria y/o vehículos que se

suministren, se podrá asignar para cada uno de ellos los puntajes indicados a

continuación:

Clase Equipo (s) Puntaje máximo

1. Equipo Combinado de succión e inyección según

Art. 16.5.4 15

2. Cisterna transporte de agua según Art. 16.5.4 3

3. Equipo de limpieza de Perfiles Especiales de

acuerdo según Art. 16.5.4 Inciso 3. 5

4. Equipo de limpieza de Aliviaderos, Vertederos de

acuerdo según Art. 16.5.4 Inciso 4 5

5. Equipo para transporte residuos sólidos según

Art. 16.5.4 Inciso 5 4

6. Equipos complementarios de succión / inyección

/ combinados 1

7. Minipala cargadora con pala frontal 1

8. Retroexcavadora 3

9. Bomba de achique 1

10. Grúa / güinche 1

11. Otros 1

Puntuación máxima posible = 35 (treinta y cinco) puntos.

Se aclara:

Se otorgará el puntaje máximo a todos los equipamientos que sean nuevos (a

estrenar en el Contrato), aplicándose los siguientes coeficientes de afectación

cuando sean usados:

Para los incluidos en las clases 1 y 3:

75% para una antigüedad menor a 1 año.

50% para una antigüedad entre 1 y 5 años.

0% para una antigüedad mayor a 5 años.

Para los incluidos en las clases 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 , 10 y 11:

75% para una antigüedad menor o igual a 5 años.

Contrato Nº 1420 - 29 -

50% para una antigüedad mayor a 5 y menor o igual a 10 años

10% para una antigüedad mayor a 10 años.

El contratista deberá declarar en su propuesta, en un todo de acuerdo con la

metodología, el equipamiento mínimo además del obligatorio, que considera

necesario para el cumplimiento de lo solicitado en el presente PCP y la dedicación

asignada prevista.

La puntuación se realizará para el conjunto de los equipos de un mismo tipo en el

caso de los correspondientes a las clases 3, 4 y 5. Al efecto se ponderará la

antigüedad de las distintas unidades en proporción a sus valores presentes.

La puntuación de los numerales 3, 4 y 5 estará en concordancia con los compromisos

asumidos en los numerales 7 al 11 y por tanto ponderados según las antigüedades

de esos equipos..

En la clase 11, “Otros”, se considerarán únicamente aquéllos equipos que sin estar

explícitamente indicados sean de aplicación directa para el objeto principal de los

trabajos (limpieza y mantenimiento de infraestructuras de saneamiento), como ser

equipamientos de inspección televisada, sistemas de rastras, etc.

No se calificarán explícitamente los vehículos para la Dirección de Obra y transporte

de personal, materiales y herramientas, los destinados a realizar las trabajos de

rehabilitación comprendidas en los rubros del Ítem B y C de la Planilla de Rubros y

Metrajes del Formulario Propuesta, como ser hormigoneras, martillos neumáticos,

planchas vibradoras, etc., ni las instalaciones para mantenimiento, lavado y garaje,

aunque sus características y disponibilidad será tomada en consideración al evaluar

la consistencia de las metodologías de trabajo propuestas.

Finalmente, se recuerda que es posible ofertar mayor cantidad de equipos que los

mínimos solicitados en este PCP, pero ello implica obligación de uso en el Contrato.

ART. 21. APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº I.

A la hora y en el lugar establecido en la convocatoria y siguiendo los procedimientos de

los artículos 23 a 26 del PCGCO y 11 y 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones

Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, se procederá

exclusivamente a la apertura de los Sobre Nº I, labrándose la correspondiente acta. El

Sobre Nº II permanecerá sin abrir depositado en el Servicio de Compras

Las ofertas pasarán a estudio de la Comisión Asesora que se designe al efecto, para su

examen, estudio y evaluación (calificación), de acuerdo a los criterios del Art. 20.1 de

este PCP.

Contrato Nº 1420 - 30 -

ART. 22. APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº II.

Concluida la etapa anterior y en el lugar y hora que se notifique a todos los Licitantes

que hayan sido calificados, se procederá a la apertura de los Sobre Nº II

correspondientes, conteniendo el Formulario Propuesta, siguiendo procedimientos y

criterios de los Arts. 23 a 26 del PCGCO y 11 y 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones

Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales y se labrará acta

de lo actuado. Los Sobre Nº II de las propuestas que hayan sido descalificadas serán

devueltos, sin abrir, a los representantes respectivos.

La Comisión Asesora procederá luego al examen de las ofertas, estudiando las Cartas de

Presentación y las Planillas de Rubros, Metrajes y Precios, para determinar si están

completas, si hay errores de cálculo, si se ha depositado la garantía requerida o si existe

algún otro tipo de vicio.

En caso de que en una oferta existan discrepancias entre los precios escritos en letras y

en números, prevalecerá el monto expresado en la primera forma. Si la diferencia fuera

entre el precio unitario y el total que resulte de multiplicar el primero por el metraje

correspondiente, se corregirá el segundo, ya que la forma de contratación será por

precios unitarios, quedando los totales sujetos al contralor y rectificación

correspondientes.

ART. 23. OFERTA MÁS CONVENIENTE.

La presentación de propuestas no dará derecho alguno a los oferentes, pudiendo la

Intendencia de Montevideo aceptar la que juzgue más conveniente según los criterios

de este PCP o rechazar todas cuando haya circunstancias que tornen inconveniente la

adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.

El acto administrativo correspondiente será notificado a todos los Licitantes y quedará

condicionado a los efectos impuestos por el contralor preventivo y financiero de

legalidad.

Se considerará como oferta más conveniente a los intereses de la Administración,

aquélla que, encontrándose entre las que superaron los puntajes mínimos de calificación

exigidos y habiéndose ajustado a las formalidades requeridas y salvado a solicitud de la

Comisión Asesora y en los plazos que se otorguen, los defectos, carencias formales o

errores evidentes o de escasa importancia, presente el menor precio total.

Se debe tener presente que para el cálculo de dicho precio total de comparación:

Se considerarán únicamente los montos básicos.

Contrato Nº 1420 - 31 -

No se incluirán los sobreprecios que correspondan a eventuales ofrecimientos

complementarios según el Art. 18, aunque ellos luego podrán integrar el monto de

adjudicación si resultaran de interés de la Intendencia de Montevideo.

ART. 24. VISTA DE LAS ACTUACIONES.

El dictamen final de la Comisión Asesora y posteriormente de la Comisión Supervisora de

Contrataciones de la Intendencia de Montevideo, será notificado a todos los

participantes en la Licitación y se pondrá de manifiesto el expediente por el término de 5

(cinco) días. Se podrán formular por escrito las consideraciones que merezca el

procedimiento.

ART. 25. MEJORA DE OFERTA Y NEGOCIACION.

La Intendencia de Montevideo podrá utilizar los institutos de mejora de ofertas y

negociaciones de acuerdo a lo establecido en el art. 66 del TOCAF.

Art. 25.1. REGISTRO DE PROVEEDORES.

Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de

Proveedores de la Intendencia de Montevideo. De no hallarse registrados al momento

de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. En

caso de ser adjudicatario deberá concurrir a Atención a Proveedores con la

documentación necesaria a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho

Registro.

ART. 26. NOTIFICACIÓN / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Intervención del

Tribunal de Cuentas.

La notificación del acto de adjudicación, ad referéndum del Tribunal de Cuentas, y la

notificación posterior de la intervención del Tribunal de Cuentas, se operará según el

caso, de la siguiente forma:

a) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y la comunicación de la

Intervención del Tribunal de Cuentas en el domicilio del Adjudicatario.

b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y la comunicación de la

Intervención del Tribunal de Cuentas en la Sección Atención a Proveedores del Servicio

de Compras.

Contrato Nº 1420 - 32 -

En caso que corresponda notificar a la oficina de Atención a Proveedores, el

Adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres días hábiles

contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá.

La falta de presentación del Adjudicatario, en tiempo y forma, para notificarse, o en caso

que el Adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el

contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la I.M. podrá adjudicar la

concesión, sin más trámite, al proponente cuya oferta siga en el orden de mayor

puntaje. El acto administrativo correspondiente será notificado a todos los Licitantes y

quedará condicionado a los efectos impuestos por el contralor preventivo y financiero

de legalidad.

Contrato Nº 1420 - 33 -

Capítulo IV: OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA Y

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES.

ART. 27. GENERALIDADES.

Las disposiciones del presente Capítulo son complementarias, en lo aplicables, a las

disposiciones de los Arts. 48 a 61 del PCGCO y 7, 13, y 15 del PGCOA.

ART. 28. CUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS, REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

LEGALES.

Los servicios deberán satisfacer total y completamente a la Dirección de Obra y

realizarse en estricta concordancia con la respectiva oferta, este PCP y salvo en aquellos

casos en que sea legal o físicamente imposible, atendiendo las órdenes e instrucciones

que por sí diere o trasmitiere por medio de sus subalternos el Director de Obra. No

podrán suspenderse por ninguna causa. El Contratista será responsable de los perjuicios

que pudiera originar por este motivo, quedando a su cargo todas las tareas y

reparaciones que resultaran necesarias para su prosecución.

El hecho de resultar adjudicatario del presente Contrato no exime al contratista de

realizar las tramitaciones y obtener las autorizaciones correspondientes frente a la

Intendencia de Montevideo que impliquen los trabajos a realizar.

Se aclara asimismo:

Toda la información que surja del propio trabajo o que haya sido proporcionada al

efecto por el Contratante, permanecerá en propiedad de la Intendencia de

Montevideo y no podrá ser divulgada y/o utilizada para otros fines diferentes a los

del propio Contrato, salvo consentimiento expreso.

El Contratista deberá cumplir con las estipulaciones y disposiciones de todas las

leyes, decretos y reglamentos aplicables en la materia relativa a los servicios a

brindar, lo afecten tanto a él, a su personal, como a las firmas con que subcontrate,

y serán completamente de su cargo los costos emanantes de estas obligaciones, sin

derecho a reclamo de especie alguna. En particular atenderá especialmente las

reglamentaciones relativas a seguridad e higiene y proveerá a su personal de

servicios higiénicos bien ventilados e iluminados, ubicados adecuadamente y

mantenidos en buenas condiciones de aseo, funcionamiento y conservación, así

como de todos los equipos de protección y vestuario necesario, cuidando y

exigiendo su uso por los trabajadores. Los uniformes serán siempre de idénticas

características, fácilmente identificables, bien visibles tanto durante el día como

Contrato Nº 1420 - 34 -

durante la noche, y deberán ser aprobados por la Dirección de los Trabajos. Se

recuerda asimismo que la/s cuadrilla/s de limpieza de colectores transitables

deberá/n contar en forma permanente con un medidor de gases en perfectas

condiciones de calibración.

Sin perjuicio de la atención estricta de las condiciones de seguridad previstas en la

propia oferta o adicionales que requiera la Dirección de Obra, se deberá también

mantener aquéllas que recomiende el Banco de Seguros del Estado BSE o la

Inspección General del Trabajo y Seguridad Social IGTSS del Ministerio de Trabajo y

Seguridad Social MTSS -pudiendo el Director de Obra exigir la presentación de las

constancias correspondientes cuando lo estime conveniente-, y suministrarse

cobertura de un sistema de emergencia móvil para accidentes en el sitio de los

trabajos. En particular y previo al inicio del Contrato, la empresa presentará a la

Dirección de Obra el Plan de Seguridad e Higiene firmado por el técnico

Prevencionista de la Empresa adjudicataria y con el respectivo sello de recepción por

parte de la IGTSS del MTSS.

El Contratista no está autorizado a permitir el acceso a las instalaciones de la red de

Saneamiento a personas que no estén directamente vinculadas al Contrato, las

cuales serán comunicadas al inicio del contrato y manteniendo actualizada la

información de altas y/o bajas de dicho personal. Las personas que en forma

eventual ingresen a las instalaciones antes mencionadas, deberán disponer de una

autorización expresa y nominal, expedida para cada caso concreto por la Dirección

de Obra de la IM.

El Contratista deberá permitir la realización de otros trabajos en el área del Contrato

y realizar las coordinaciones correspondientes con otras empresas que hayan sido

contratadas por la Administración u otros Organismos Públicos, cualquiera sea la

naturaleza de esas tareas, aunque de tener relación con los que se encuentra

desarrollando y poder afectarlos de alguna forma, procederá con iguales criterios

que los establecidos en el Art. 22 del PGCOA.

Asimismo, será de su exclusiva cuenta y cargo el suministro y transporte del agua

que se requiera, destacándose que la Intendencia de Montevideo no tiene

disponibilidad sobre el sistema de hidrantes de la Administración de las Obras

Sanitarias del Estado (OSE), organismo ante el cual se deberán tramitar

directamente las autorizaciones y realizar los pagos que correspondan.

El Contratista cuidará especialmente de minimizar los impactos ambientales

negativos transitorios que inevitablemente surgirán durante el decurso de los

trabajos, que afecten tanto a su personal como a vecinos y a la población en general.

En caso de no estar previstas en este PCP, estará obligado a proponer y adoptar de

inmediato las medidas que permitan mitigarlos, una vez aprobadas por el Director

de Obra. En particular:

Contrato Nº 1420 - 35 -

Deberá velar por el cuidado y mantenimiento de las áreas verdes, evitando la

innecesaria destrucción de la cobertura vegetal, preservando los árboles del

ornato público y acumulando los suelos vegetales removidos para su

recomposición posterior.

Conducirá sus operaciones y actividades de manera de evitar vertimientos de

aguas residuales a los cuerpos de agua, salvo expresa aprobación por parte de la

Dirección de Obra, y de reducir al mínimo la producción de polvo, ruido y

vibraciones, especialmente durante las horas nocturnas y en las cercanías de

escuelas, hospitales, etc.

Notificará inmediatamente al Director de Obra y a todos los organismos

jurisdiccionales competentes y adoptará medidas inmediatas para contener y

eliminar los residuos, en caso de verter, descargar o derramar cualquier

combustible o producto químico que alcance o tenga el potencial de alcanzar

corrientes de agua o la napa freática.

El Director de Obra podrá ordenar la detención de las tareas en caso de

incumplimiento o de comprobar la inobservancia de las disposiciones establecidas

en este PCP, en particular las referentes a las normas de seguridad, vestuario para el

personal, uso de equipos, y personal responsable presentados en la propuesta, sin

que esto implique una prórroga en el plazo del Contrato. En caso de contumacia o

persistencia de las irregularidades, a pesar de las observaciones que se realicen, la

Intendencia de Montevideo podrá rescindir el Contrato con pérdida de la garantía de

cumplimiento, sin perjuicio de las multas que pudieran corresponder.

OBLIGACIONES ESPECIALES

a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y

convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo

Grupo Nº 9 subgrupo 01 no incluidos en la Ley 14.411 ), en materia de salarios,

categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por

nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y

beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así

como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios

Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que no existieran laudos o convenios

colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará

obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional y a cumplir las condiciones de

trabajo establecidas en la legislación laboral común (Convenio Internacional de Trabajo

Nº 94, ratificado por Ley Nº 12.030 del 27 de noviembre de 1953 reglamentado por el

Decreto Nº 114/82 del 24 de marzo de 1982, relativo a las cláusulas de trabajo en los

contratos celebrados por la Autoridades Públicas).

Contrato Nº 1420 - 36 -

La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación

a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá

especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.

En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas

en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho

incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la

Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y

condiciones previstas en este pliego.

La Intendencia de Montevideo exigirá a la empresa contratada la documentación que

acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación

laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza

contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito

previo al pago de los servicios prestados.

En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los

datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la

finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de

retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que

tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.

El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las

retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas

será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.

b) Ley 18.099 en concordancia con Ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir

con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su

vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como

consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.

La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la Intendencia de Montevideo

por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos

administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de

salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de

trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.

Los antes referidos gastos serán reembolsados a la Intendencia de Montevideo

ajustados por el Índice de Precios al Consumo.

c) De acuerdo con la Resolución Municipal N° 2518/09 de fecha 22/06/2009, las

empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente

al 5% (cinco por ciento) del personal afectado a tareas de peones o similares, a personas

liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional

de Encarcelados y Liberados.

Contrato Nº 1420 - 37 -

d) Rige la Resolución No. 2.516/92 del Intendente Municipal de Montevideo de 4 de

junio de 1992, que en su numeral 1º expresa: “Establecer que tanto los vehículos

particulares directamente contratados por esta Intendencia Municipal, como los que

pertenecen a empresas privadas con relaciones contractuales con este Municipio, deben

estar empadronados en los registros de esta Comuna”.

ART. 29. SISTEMAS DE GESTION DEL CONTRATO.

Art. 29.1. Sistema Único de Reclamos

El contratista gestionará el contrato a través del SUR Sistema Único de Reclamos de la

Intendencia de Montevideo, registrando todas las actuaciones realizadas en el mismo,

independientemente de los informes mensuales de actuación y los partes diarios.

Las empresas externas que necesiten conectarse con la IM deberán usar enlaces

dedicados punto a punto, como el servicio MPLS de ANTEL que ya dispone la IM en

funcionamiento actualmente. Será responsabilidad de las empresas oferentes hacer las

averiguaciones tendientes a evaluar los costos de instalación y operación de esta

conexión. Los costos de dicha conexión estarán incluidos no computándose costos

adicionales para este servicio.

El oferente realizará las averiguaciones tendientes a la toma de conocimiento del

alcance del SUR y los requisitos que le implique desde el punto de vista de inversiones

en software y hardware y su correspondiente mantenimiento durante toda la duración

del contrato, las imprevisiones no generarán costos adicionales.

Art. 29.2. Sistema de Posicionamiento Satelital de Flota

Los equipos destinados al contrato deberán contar con sistema de GPS (Sistema de

Posicionamiento Satelital) que permita conocer la ubicación del equipo desde

equipamiento de seguimiento del contrato a disposición de la Dirección de Obra. El

sistema además deberá registrar como mínimo, los recorridos del equipo con registro de

hora y posición durante período móvil de 1 mes. Deberá ser capaz de identificar, si el

equipo se encuentra encendido y registrando trabajos realizados.

A los efectos del acceso al sistema, el contratista proveerá a la Dirección de obra, un

usuario y clave para las consultas al sistema, comprometiéndose a mantener el mismo

durante toda la duración del contrato, sin costos adicionales para la IM.

Contrato Nº 1420 - 38 -

ART. 30. DIRECTOR DE OBRA.

Se designará a Ingeniero quién será el representante del Propietario durante el período

del Contrato y estará por lo tanto facultado para, en listado no taxativo:

a. Inspeccionar y aceptar o rechazar los trabajos realizados.

b. Fiscalizar el funcionamiento de los Sistemas de Gestión, exigiendo su utilización

realizando los registros que estos permitan (sistema SUR) y la existencia y sistema de

seguimiento de equipamiento por medio de GPS a disponer en el contrato.

c. Ordenar el reemplazo de herramientas, equipos o materiales defectuosos.

d. Aprobar las certificaciones de avance de los trabajos.

e. Aprobar los procedimientos, programas y/o cronogramas de avance.

f. Aplicar multas según lo establecido en este PCP y en los Pliegos Generales.

g. Decidir el retiro definitivo de cualquier miembro del personal del Contratista por

ineptitud o mala conducta que a su juicio perturbe o comprometa el desarrollo de

los trabajos.

h. Exigir, cuando crea conveniente, que el Representante Técnico esté presente en las

inspecciones que efectúe.

i. Exigir, cuando crea conveniente, que el Técnico en Seguridad realice inspecciones y

presente informes mensuales de seguimiento, en las condiciones indicadas en

elArt. 29. o informe correspondiente a cualquier tipo de accidente o incidente que

pueda ocurrir durante la ejecución del contrato.

ART. 31. TÉCNICO PREVENCIONISTA EN SEGURIDAD.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 89/85, el Contratista deberá designar un

Técnico Prevencionista matriculado frente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El

Director de Obra podrá solicitar que realice inspecciones y se expida por medio de

informe correspondiente, cuando así lo entienda necesario.

El Técnico Prevencionista y el Representante Técnico darán cumplimiento a las

especificaciones de la Normativa Nacional en lo referente a la presentación del Plan de

Seguridad e Higiene ante el MTSS – ATIR. Así mismo, serán responsables de su

seguimiento y cumplimiento.

El técnico presentará ante la Dirección de Obra del contrato y firmará conjuntamente

con el Representante Técnico del Contratista el documento correspondiente al informe

de seguimiento mensual de su área y los informes con la evaluación y conclusiones de

cualquier tipo de accidente o incidente que ocurra durante la ejecución del contrato.

Contrato Nº 1420 - 39 -

ART. 32. CANTIDAD DE PERSONAL MÍNIMA.

El Contratista deberá contar en todo momento con una cantidad de personal que

garantice el cumplimiento de las condiciones contractuales, tanto en lo referente al

mantenimiento de las condiciones requeridas en los distintos elementos del sistema

como a las frecuencias de servicio. Tendrá presente que:

El personal mínimo a emplear en cada una de las tareas (limpieza de colectores,

barrido, Equipo de Albañilería, etc.) será por lo menos el especificado en su Oferta,

en función de lo indicado en el Art. 16.5.2 (Memoria Descriptiva).

Cuando no existan trabajos a realizar de un determinado tipo, el Director de Obra

podrá solicitar a su sólo juicio que se asigne este personal mínimo a otras tareas del

Contrato.

ART. 33. EQUIPO DE ALBAÑILERÍA.

El Contratista contará en forma permanente con un Equipo de Albañilería integrado

como mínimo por dos Oficiales, Medios Oficiales, Peones Prácticos según

requerimientos. El personal que ocupe estos cargos será idóneo y apto para ejecutar

todo tipo de trabajos en el área de la construcción, tanto sea de albañilería como de

hormigón armado, y deberá disponer de todos los elementos, materiales y herramientas

necesarias para la realización de los trabajos que le sean requeridos.

Dicho Equipo trabajará en la realización de las tareas comprendidas en el Ítem B de la

Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta, y se encargará, además, aun

cuando no se indican metrajes en forma expresa, de todos cuantos arreglos pueda

indicar el Director de Obra en el área del Contrato, como ser en listado no taxativo la

reparación de losas o tabiques de bocas de tormenta, la rehabilitación de colectores,

cámaras de inspección y pozos de bajada, la reparación de revoques en muros en

estaciones de bombeo, etc. En estos casos se aplicará el procedimiento del Art. 84 del

PCGCO para fijar la retribución correspondiente.

ART. 34. INSALUBRIDAD.

Tal cual se establece en el Art. 28, el Contratista deberá atender las reglamentaciones

relativas a seguridad e higiene, en particular, lo establecido en la ley N° 11.577 de 14 de

octubre de 1950 y en la Resolución N° 7/97 de 21 de marzo de 1997 de la Comisión

Honoraria de Trabajos Insalubres. Se destaca en este sentido que los trabajos se

realizarán en colectores que conducen aguas cloacales e inclusive industriales de diverso

tipo.

Contrato Nº 1420 - 40 -

ART. 35. AVISOS AL CONTRATISTA Y AL CONTRATANTE.

Todas las comunicaciones o avisos que deba realizar el Contratista o la Intendencia de

Montevideo relativas a los trabajos, se llevarán a cabo por mail con registro de

recepción, carta certificada o telegrama colacionado, ambos con aviso de retorno, fax, o

directamente, tomándose como plena prueba de la notificación realizada y de su fecha,

el documento que la registre, como ser el aviso de retorno, el reporte emitido por el

equipo utilizado o la copia certificada por el funcionario encargado de la notificación.

Serán dirigidos:

Contratista: a la dirección o fax que indique en la Carta de Presentación del

Formulario Propuesta y en los documentos del Sobre Nº I, aclarándose que deberá

tener conectado su fax durante las 24 horas del día y todos los días del año.

Contratante: al domicilio del Servicio de Operación y Mantenimiento de

Saneamiento, Lucas Píriz Nº 2359, o al fax (598 2) 4870240 (o eventualmente a la

dirección o fax del Servicio que se designe en su lugar), y deberán estar dirigidas al

Director de Obra e identificar claramente que se refieren a este Contrato.

ART. 36. PROGRAMAS DE TRABAJO GENERAL E INFORMES MENSUALES.

Los Oferentes presentarán, junto a la documentación de su propuesta, el Programa de

Trabajo General solicitado en el Art. 16.5, que incluirá una memoria explicativa y

descriptiva del funcionamiento del servicio y procedimientos de limpieza previstos, con

sus sistemas de calidad y de aseguramiento de la calidad. Se deberán contemplar,

además de las acciones a llevar a cabo en los colectores, aquéllas a utilizar para los

demás componentes de la red, especialmente las bocas de tormenta. Dicho plan cubrirá

tanto las tareas sistemáticas ordinarias como extraordinarias y deberá precisar el

empleo del personal, equipos y maquinaria, incluir el análisis de los procedimientos

operativos, de organización, y control requeridas por el servicio, así como la

metodología y tiempos de los trabajos de relevamiento del estado inicial de

conservación y mantenimiento de todos los elementos del sistema comprendidos en el

Contrato.

Además de esta memoria general, el Contratista presentará a la Dirección de Obra

durante todo el plazo de los trabajos, independientemente del Sistema de Gestión

utilizado por el contratista y los registros de actuaciones que se realizarán en el SUR y

del sistema de gestión de flota por GPS:

a) Partes Diarios, que incluyan los itinerarios y las tareas de limpieza y reparación

efectivamente realizados el día anterior y los previstos para ese día, el que será

enviado vía mail a más tardar a la hora 8:00 del día en cuestión. En particular

aquellos trabajos que impliquen liquidaciones a ser realizadas por certificación,

Contrato Nº 1420 - 41 -

deberá adjuntarse copia en pdf del formulario de gestión interna debidamente

conformado por persona a cargo del trabajo.

b) Un Informe Mensual, dentro de los primeros 3 (tres) días hábiles de cada mes

calendario, comprendiendo:

1. Un Programa de actuación referido a ese mes, donde se especificarán los

recorridos de limpieza previstos y las operaciones de cada índole que se van a

llevar a cabo, con los ajustes metodológicos y de uso de los recursos humanos y

materiales que la experiencia vaya demostrando como adecuados.

2. Una evaluación de la situación de los diferentes elementos de la red que permita

verificar el cumplimiento de los niveles de servicio exigidos. Al efecto se tendrá

especialmente en cuenta los componentes del sistema de aseguramiento de la

calidad y que los primeros Informes Mensuales deberán incluir el resultado del

relevamiento del estado inicial de conservación y mantenimiento así como los

metrajes detallados de todos los rubros incluidos en el Item A de la Planilla de

Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta (ver Art. 40 y Art. 41).

3. Una recopilación de los Partes Diarios del mes anterior, complementados con los

Partes de Denuncias recibidas.

4. Un resumen de toda la información necesaria para efectuar un seguimiento del

Contrato, detallando los recursos utilizados, los deterioros registrados, las

operaciones ejecutadas, costos involucrados, pagos recibidos, indicadores de

gestión y cualquier otra información que la Dirección de Obra estime necesaria.

La Dirección de Obra deberá aprobar esos Informes y conformar en particular los

programas mensuales, pudiendo variar los itinerarios, sin alterar los ritmos contenidos

en la oferta, salvo que se aprecien defectos de limpieza que justifiquen un cambio en

esos tiempos de trabajo.

A su vez, independientemente de las evaluaciones indicadas anteriormente, la Dirección

de Obra podrá efectuar sus propias valoraciones y peritajes en la oportunidad y lugares

que considere convenientes, debiendo el Contratista brindar todo el apoyo necesario al

efecto (ver Art. 42).

Cada Informe Mensual se entregará en 2 (dos) ejemplares, tanto en papel como en

medio magnético, y sus textos, planillas y dibujos. Estarán preparados en Microsoft

Office (archivos tipo docx y/o xlsx) y AutoCAD o similar (archivos dwg) todos con su

respectivo archivo respaldo en archivos tipo pdf, o en otros software que el Contratista

utilice, en cuyo caso deberá suministrarlos, instalarlos y dejarlos operativos en un PC del

Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento (o aquél que eventualmente se

designe en su lugar). Los formatos de los informes serán a convenir entre las partes, no

generado esto derecho a reclamo de pago adicional alguno.

Contrato Nº 1420 - 42 -

ART. 37. HORARIOS DE LOS TRABAJOS.

Los trabajos objeto del contrato podrán realizarse en los horarios diurnos o nocturnos

que se consideren más oportunos para la mayor eficacia y rapidez del servicio, siempre

que estos no perturben la circulación ni causen molestias al público y vecinos.

Las propuestas de horarios deberán incluirse en el Programa de Trabajo General, en la

Oferta, aunque luego, podrán introducirse ajustes en los Programas de Trabajo Mensual.

El Director de Obra, no obstante, tendrá la potestad de variar el horario de alguna de las

operaciones si lo considera conveniente, e inclusive, exigir la realización de trabajos

nocturnos o en día festivo si las circunstancias de urgencia o peligro así lo requieren.

ART. 38. SUMINISTRO DE LOCOMOCION.

El Contratista deberá poner 2 (dos) vehículos con chofer, a saber una camioneta doble

cabina y un automóvil, a disposición de la Dirección de Obra, en los horarios que se

indican más adelante y sin limitaciones de kilometraje (aunque siempre dentro de los

límites del Departamento de Montevideo), durante la totalidad del plazo contractual.

La camioneta doble cabina deberá ser modelo 2010 o posterior, 4 (cuatro) puertas,

cilindrada mínima 2000 cm3, contará con aire acondicionado y calefacción, y estará a la

orden en las instalaciones del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento

durante 10 horas diarias, de lunes a sábado, en horario a fijar.

El automóvil tendrá capacidad mínima para 4 (cuatro) personas, modelo 2010 o

posterior, 4 (cuatro) puertas, cilindrada mínima de 1600 cm3, aire acondicionado y

calefacción. Estará a la orden del Director de Obra en las mismas condiciones indicadas

para la camioneta.

Ambos vehículos deberán llevar una identificación visible y dispondrán de equipos de

celular que permitan la comunicación con las oficinas de la Empresa, los demás

vehículos destinados a los trabajos y otros celulares de uso en los contratos de la

Intendencia de Montevideo; estarán continuamente en perfectas condiciones y tendrán

que ser sustituidos por otros de características no inferiores, en caso de cualquier tipo

de dificultades o disfunciones. Serán de cuenta del Contratista todos los gastos de

amortización, funcionamiento y mantenimiento, incluyendo los seguros contra terceros,

incendio o robo que correspondan. Su mantenimiento preventivo se deberá realizar

necesariamente el último viernes de cada mes, debiendo los rodados estar nuevamente

a la orden el lunes siguiente en el horario establecido.

Contrato Nº 1420 - 43 -

ART. 39. SUMINISTRO DE EQUIPOS DE COMUNICACION.

El Contratista pondrá a disposición del Director de Obra y durante todo el plazo

contractual, 2 (dos) teléfonos celulares digitales con línea tecnología 3G con conexión a

internet.

Todos los gastos de amortización, mantenimiento y funcionamiento serán de cuenta del

Contratista (incluyendo los seguros que correspondan), aunque se establece para éste

último concepto un máximo de 10 UR (diez Unidades Reajustables) por teléfono celular

como importe máximo mensual (por utilización del servicio, cargos fijos y tiempo en el

aire, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado pero excluyendo las multas y recargos

que se apliquen por atrasos en los pagos). Por encima de ese tope, los costos de

funcionamiento serán de cuenta del Director de los Trabajos (o del usuario que éste

haya designado).

ART. 40. TRABAJOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO.

Se deberá tener presentes las siguientes condiciones:

Las operaciones de limpieza y mantenimiento tendrán por objeto dejar expeditas las

conducciones, sean visitables o no, circulares o de forma y/o secciones especiales,

liberándolas de las materias sólidas retenidas, de forma que las aguas circulen con

facilidad, sin que se produzcan retenciones, sedimentaciones, estacionamiento de

residuos y detritus de cualquier tipo o malos olores. Deberán extenderse no sólo al

conducto del colector, sino a todos los componentes de la red, como ser bocas de

tormenta, pozos de bajada, cámaras de inspección, vertederos, escalones, rejillas,

entre otros, evitando cualquier tipo de perturbación o efecto negativo.

El Contratista deberá realizar la limpieza ordinaria de todos esos elementos cuantas

veces haya previsto en su oferta, pero además de ese mínimo sistemático, quedará

obligado a llevar a cabo cuantas operaciones complementarias y/o extraordinarias

sean necesarias para mantener los estándares y niveles de servicio establecidos en

este PCP, tengan o no carácter puntual, cuando las circunstancias así lo aconsejen y

a sólo juicio de la Intendencia de Montevideo. Sin perjuicio de ello, estas labores

deberán ser abordadas dándoles solución, sin esperar la conformidad de la

Administración para ejecutarlas, aunque se informará de inmediato de lo sucedido y

de las acciones que se emprendan o ejecuten.

El Director de Obra intimará por escrito las correcciones correspondientes en caso

de constatarse que el mantenimiento no se lleva a cabo en la debida forma,

cualquiera sea el origen del problema, otorgando un plazo máximo de 96 (noventa y

seis) horas para comenzar la realización de las tareas y fijando el lapso en que

deberán culminarse, que de no indicarse explícitamente será:

Contrato Nº 1420 - 44 -

24 horas para cada 50 m de colectores circulares, ovoides o perfiles especiales.

24 horas para cada 300 m2 de cámaras vertederos y colectores aliviaderos

(mediciones en planta horizontal).

24 horas para cada 1500 m lineales de aceras.

24 horas para cada desarenador.

24 horas para cada 2000 m lineales de cordones (tramos de 1 m de ancho a cada

lado del visto del cordón).

Estos plazos se contabilizarán a partir del momento de inicio de la tarea.

Las operaciones de limpieza deberán llevarse a cabo con la máxima mecanización,

utilizando los medios más eficaces y modernos existentes en la actualidad, no

permitiéndose el desvío provisorio del caudal que escurre por los colectores hacia la

vía pública, cursos de agua u otras canalizaciones no incluidas en el Contrato, salvo

expresa autorización del Director de Obra.

Durante los primeros 180 (ciento ochenta) días del Contrato, además del

relevamiento del estado inicial de mantenimiento de los diferentes elementos

objeto de los trabajos incluidos en el Ítem A de la Planilla de Rubros y Metrajes del

Formulario Propuesta, el Contratista deberá efectuar un metraje detallado y

exhaustivo de todos esos rubros. La información levantada se incluirá en una base

de datos, de forma de obtener una herramienta que ayude a la investigación y

diagnóstico de la situación y posteriormente, a la gestión de las tareas.

La limpieza de las rejas del Arroyo Malvín y de los Canales “5” (Este y Oeste) se

realizará durante y después de cualquier episodio de lluvia ocurrido durante el

contrato finalizando una vez que la misma se encuentre expedita y sin presencia de

residuos, todos los días del año sin excepción, incluyendo sábados, domingos y

feriados. Se realizará inspecciones diarias matinales de las instalaciones y en caso de

presencia de residuos, deberá realizarse su limpieza en el día.

ART. 41. NIVELES DE SERVICIO.

La red de alcantarillado comprendida en los trabajos, incluyendo todos sus componentes

como ser colectores, cámaras de inspección, pozos de bajada, tramos escalonados,

bocas de tormenta, vertederos, desarenadores, aliviaderos etc., deberá estar libre de

todo elemento que altere su sección normal, interfiera con el libre escurrimiento de las

aguas o pueda producir perturbaciones o efectos negativos, ya sea al normal

funcionamiento o a presencia de olores o presencia de materiales que afectan la estética

de las instalaciones.

Se establecen los siguientes niveles de servicio:

Contrato Nº 1420 - 45 -

Colectores circulares de diámetro menor o igual a 600 mm: sedimentación

virtualmente nula en forma permanente.

Colectores circulares de diámetro mayor a 600 mm: sedimentación inferior al

mínimo de altura que se determina según la condición más restrictiva entre un 15%

(quince por ciento) de la altura total del colector y/o 20 cm (veinte centímetros).

Las condiciones anteriores se aplicarán también a las correspondientes cámaras de

inspección.

Perfiles especiales, rectangulares, ovoides o de cualquier otro tipo: sedimentación

inferior al mínimo de altura que se determina según la condición más restrictiva

entre un 10% (diez por ciento) de la altura total del colector y 20 cm (veinte

centímetros).

Se establece también:

Las bocas de tormenta y demás obras de captación integrantes de la red, deberán

estar virtualmente libres de elementos que impidan, obstaculicen o alteren la libre

captación de las aguas. Sus depósitos podrán acumular un máximo de 10 cm (diez

centímetros) de sedimentos; previo al comienzo de las tareas, el Contratista y el

Director de Obra deberán acordar criterios prácticos para atender el nivel de servicio

exigible en el resto de los componentes (rejas, llamada, etc.).

Conexión de bocas de tormentas: se cumplirán las mismas condiciones que para los

colectores de igual sección.

Cámaras vertedero: sedimentación virtualmente nula en forma permanente,

inclusive sobre el umbral y paredes del vertedero.

Colectores aliviaderos: sedimentación virtualmente nula en forma permanente.

Desarenadores: sedimentación virtualmente nula en forma permanente.

Barrido de calzadas y aceras en un ancho de 1m (un metro) a cada lado del visto del

cordón: se considerarán en condiciones aceptables cuando no presenten arena ni

residuos sólidos en toda su superficie.

Barrido de arena de aceras norte y sur de diversos tramos de la Rambla: ídem

anterior.

El Contratista deberá tener presente:

Que estos niveles de servicio se deberán mantener en forma permanente y en

consecuencia, cuando se detecten niveles de sedimentos superiores a los

estipulados, se deberá proceder a la limpieza inmediata de los tramos o elementos

necesarios.

Contrato Nº 1420 - 46 -

Que durante los primeros 180 (ciento ochenta) días calendario del plazo contractual

se admitirá niveles de servicio menos exigentes que quedarán definidos por el

estado y situación inicial de los diferentes componentes de la red de alcantarillado

objeto de los trabajos. Este estándar inicial de mantenimiento será indicado en los

primeros Informes Mensuales.

Que sí para mantener en los niveles de servicio a los colectores y elementos

comprendidos en el contrato fuera necesario limpiar los colectores que llegan a

ellos, esta tarea se realizará sin costo para el Propietario.

La realización de trabajos de limpieza programada, de cualquiera de los elementos

de la Infraestructura de Saneamiento incluidas en el mantenimiento del presente

contrato, se realizará hasta lograr la extracción de la totalidad de los residuos

independintemente de las tolerancias establecidas en los niveles de servicio.Art. 41.

La realización de trabajos correspondientes a Reparaciones y Mantenimientos que

impliquen obra civil, se realizarán cumpliendo estrictamente los planos

correspondientes a las infraestructuras de saneamiento aprobados por Estudios y

Proyectos de Saneamiento de la Intendencia de Montevideo.

ART. 42. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.

Tal como se establece en el Art. 36, el Director de Obra podrá realizar las inspecciones

que entienda necesarias para verificar la conformidad de las tareas de limpieza y

mantenimiento con las especificaciones de este PCP. El Contratista deberá proporcionar

todas las facilidades y asistencia razonables al efecto, en particular suministrando las

escaleras, medidores de gases, elementos de protección que asesore e indique el

Técnico Prevencionista de la Contratista y linternas de potencia adecuada necesarias, sin

cargo alguno para el Propietario.

Si de las inspecciones surgiera que no se cumple con los niveles de servicios exigidos, el

Contratista deberá inmediatamente proceder a corregir la deficiencia, en los plazos y

lapsos que indica el Art. 40 y sin perjuicio de la aplicación de las multas que

correspondan.

ART. 43. DEPOSITO DE MATERIALES Y RESIDUOS EN LA VIA PÚBLICA.

La tierra, arena y detritus inorgánicos procedentes de la realización de los trabajos y el

acopio de los materiales que se empleen en las obras, deberá ser contenido en

protecciones de madera, chapa u otro material apropiado, de dimensiones y colores

reglamentarios, en forma que eviten su diseminación, molestias al tránsito vehicular y

peatonal e inconvenientes en cualquier otro sentido, en un todo de acuerdo con las

Contrato Nº 1420 - 47 -

prescripciones correspondientes indicadas en Títulos II y III, “De las Remociones en la Vía

Pública”, del Volumen VII del Digesto Municipal -“De las Obras”.

Las herramientas y útiles de trabajo también se guardarán en cajas apropiadas.

Sin perjuicio de lo anterior, la permanencia de materiales en el espacio público será bajo

total responsabilidad del Contratista y no podrá exceder el día de su extracción o

utilización, según se trate de residuos procedentes de excavaciones o demoliciones, o de

materiales destinados a la ejecución de obras. Estos plazos podrán extenderse con

autorización del Director de Obra, especialmente en el caso de áridos que estén en

condiciones de ser empleados nuevamente en el relleno de excavaciones.

Por su parte, los residuos con contenido orgánico procedentes de las operaciones de

limpieza, deberán cargarse directamente en contenedores metálicos cerrados y

estancos, que se conducirán rápidamente al punto de disposición final, previa reducción

apropiada de su contenido de humedad (y agregando hipoclorito de sodio -u otro fuerte

oxidante- de existir olores o presencia molesta de insectos), quedando totalmente

prohibido el depósito o almacenamiento en la vía pública.

ART. 44. ALEJAMIENTO DE RESIDUOS.

La tierra, arena y detritus resultantes de los trabajos deberán ser transportados hasta el

punto de disposición final, que estará ubicado en la Usina Nº 7 del Servicio de

Transformación de Residuos, ubicada en Cno. Felipe Cardozo N° 2500, o a cualquier otro

lugar alternativo que indique el Director de Obra, mediante camiones que deberán tener

su caja cubierta con lonas para evitar la dispersión de materiales o en contenedores

cerrados y estancos, según se trate de residuos inorgánicos u orgánicos

respectivamente.

En los puntos de descarga se adoptarán todas las medidas necesarias para no causar

perjuicio alguno por desparramo de materiales y obstaculización de la circulación,

acatándose en todo momento las indicaciones que se puedan formular al respecto.

Queda entonces modificado parcialmente el Art. 73 del PGCOA.

ART. 45. INSTALACIONES SUBTERRANEAS DE SERVICIOS.

El Contratista tomará todas las providencias posibles para evitar perjuicios o deterioros

en las instalaciones subterráneas que puedan existir en la zona de desarrollo de los

trabajos, debiendo recabar toda la información disponible sobre sus características y

ubicación planialtimétrica, dando cuenta por escrito al Director de Obra cuando esos

informes no le sean suministrados. Asimismo, dará aviso a las empresas u organismos

respectivos antes de realizar operaciones en sus cercanías que puedan afectarlas, de

modo de permitir que indiquen o tomen las precauciones necesarias.

Contrato Nº 1420 - 48 -

Deberá reparar a la brevedad y a su costo los desperfectos de cualquier índole que

ocasione en esas instalaciones, en las condiciones de los Arts. 50 del PCGCO y 7 del

PGCOA.

ART. 46. SEÑALAMIENTO PREVENTIVO.

El señalamiento de los cortes, zanjas y depósitos de materiales, que presenten un riesgo

para la circulación peatonal o vehicular, deberá ajustarse a los requisitos de los Títulos II

y III, "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII del Digesto Municipal -"De

las Obras". Su retiro se efectuará luego de transcurrido un lapso de 72 horas en el caso

de pavimentos de acera y de 7 días en calzada, a partir de su completa reconstrucción, o

el que fije el Director de los Trabajos, oportunidad en que se liberarán al uso público.

El contratista realizará los trabajos de señalización en un todo de acuerdo con las

disposiciones indicadas en la Norma UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007

correspondientes a Señalización Vial y en lo indicado en este PCP.

ART. 47. DESVIO DEL TRANSITO.

El Contratista desarrollará los trabajos tomando todas las precauciones necesarias para

evitar perjuicios y molestias a vecinos y usuarios de la vía pública. Sin embargo, si a sólo

juicio del Director de Obra fuera necesario el desvío del tránsito vehicular, estará

obligado a la colocación de carteles indicadores de acuerdo a los planos y

reglamentaciones vigentes y a efectuar las gestiones para su autorización ante las

oficinas correspondientes, especialmente cuando se afecten los recorridos de unidades

del transporte colectivo de pasajeros; en este caso se dará aviso al Servicio de Ingeniería

de Tránsito con por lo menos 72 horas de anticipación.

ART. 48. USO DE EXPLOSIVOS.

En el caso que se requiera usar explosivos, el Contratista procederá bajo la supervisión

de personal debidamente calificado y deberá contar con la previa autorización del

Director de Obra y del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas del Departamento

de Desarrollo Ambiental. No regirá entonces el artículo 40 del PGCOA en cuanto a la

distancia mínima requerida, que podrá ser establecida en una cifra menor o mayor

según el caso particular que se presente.

ART. 49. EDIFICIOS PROVISIONALES.

El Contratista podrá construir edificios provisionales en la vía pública para

almacenamiento, talleres, oficinas, etc., solamente con autorización del Director de Obra

Contrato Nº 1420 - 49 -

y usando mano de obra y materiales propios, los cuales serán despejados del lugar a la

conclusión de los trabajos.

ART. 50. CARTELES.

No se solicitará en el presente contrato la colocación de carteles asociados al tipo de

contrato y su localización..

ART. 51. REGISTROS FOTOGRAFICOS, FILMACION Y PLANOS SEGÚN OBRA.

El Contratista deberá entregar anualmente al Director de Obra, dentro del plazo de un

mes calendario posterior a los 12 meses de ejecución del contrato o el mes de febrero

de cada año, lo que ocurra primero:

1. Dos carpetas idénticas con un mínimo de 72 fotografías a color, de dimensiones no

menores a 13 cm x 18 cm, con los archivos magnéticos correspondientes. En ellas se

ilustrará sobre el estado de conservación y mantenimiento de la red de colectores

antes, durante y después de la realización de los trabajos. Junto a cada fotografía o

en listado adjunto se incluirá información que permita comprender e identificar

claramente su temática y ubicación.

Una de las carpetas con las fotografías y los archivos magnéticos correspondientes

pasará a integrar el archivo del Servicio de Operación y Mantenimiento de

Saneamiento (o aquél que eventualmente se designe en su lugar); la otra, el del

Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento.

2. Un video de filmación profesional digital de por lo menos quince minutos de

duración, que muestre también claramente la situación antes, durante y después de

la ejecución de los trabajos, que estará destinado a fines testimoniales y didácticos.

Los cortes, montajes, locución, etc., serán realizados posteriormente por la

Intendencia de Montevideo.

A su vez, se incluirá en los Informes Mensuales los planos “según obra” de toda

modificación significativa efectuada en elementos de la red. El original se presentará en

poliéster de un mínimo de 70 micras y las planimetrías se deberán extraer en todos los

casos del plano digitalizado que posee la Intendencia de Montevideo, que será

suministrado en las partes necesarias por el Director de Obra.

Contrato Nº 1420 - 50 -

Capítulo V: PENALIDADES.

ART. 52. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO.

Art. 52.1. Por incumplimiento del Art. 34 del PCGCO.

La falta de cumplimiento por parte del Adjudicatario, de los plazos establecidos en el

Art. 34 del PCGCO, dará mérito a la aplicación de una multa de hasta UR 150 (ciento

cincuenta Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora, que se descontará del

primer pago a efectuársele, y en su caso, a que se revoque la adjudicación con la

correspondiente pérdida de la garantía de mantenimiento de propuesta.

La mora operará automáticamente, por el vencimiento de los plazos, sin necesidad de

interpelación judicial o extrajudicial alguna; ello también ocurrirá para los casos que se

indican en los artículos siguientes, aun cuando no se lo especifique explícitamente.

Art. 52.2. Por atrasos en la iniciación y plazo parcial de los trabajos.

Si el Contratista no cumpliera las prescripciones establecidas en el Art. 4 de este PCP con

respecto a los plazos de iniciación de los servicios y de finalización de relevamiento de

metrajes y el estado inicial de mantenimiento, se le aplicará una multa de hasta UR 150

(ciento cincuenta Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora, en las condiciones

establecidas en los Arts. 67 y 68 del PCGCO.

Art. 52.3. Por falta de los equipos y vehículos ofertados.

En caso de que el Contratista no dispusiera en el momento de iniciar sus actividades, de

todos los equipos, maquinaria y vehículos ofertados de acuerdo al Art. 16.5.4, en las

condiciones allí establecidas, o si durante el desarrollo de los trabajos se interrumpiera

el servicio de alguno de ellos, cualquiera sea el motivo, sin ser sustituido

inmediatamente por otro de características no inferiores, se le aplicará una multa de

hasta UR 150 (ciento cincuenta Unidades Reajustables) por día hábil de incumplimiento.

Si la falta llegara a 1 (mes) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato con

pérdida total de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de la

imposición de las multas que pudieran haberse aplicado por otros motivos.

Art. 52.4. Por falta del personal técnico o de dirección y contralor superior

responsable incluido en la propuesta.

En caso de que el Contratista no dispusiera en el momento de iniciar sus actividades, de

todo el personal técnico o de dirección y contralor superior responsable incluido en la

Contrato Nº 1420 - 51 -

propuesta, de acuerdo al Art. 16.5.3, en las condiciones allí establecidas, o si durante el

desarrollo de los trabajos se interrumpiera la actuación de alguno de ellos, salvo motivos

de fuerza mayor (convalecencia corta), sin ser sustituido inmediatamente por otro de

experiencia y antecedentes no inferiores a sólo juicio de la Dirección de Obra, se le

aplicará una multa de hasta UR 150 (ciento cincuenta Unidades Reajustables) por día

hábil de incumplimiento.

Si la ausencia llegara a 1 (mes) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato

con pérdida total de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de la

imposición de las multas que pudieran haberse aplicado por otros motivos.

Art. 52.5. Por incumplir órdenes de la Dirección de los Trabajos.

Cuando el Contratista no cumpla las órdenes e instrucciones que expida el Director de

Obra, en los plazos que se establezcan en forma explícita o fijados por el Art. 40, podrá

aplicársele una multa que se deducirá del pago inmediato a efectuársele, cuyo monto

será de hasta:

Al quedar en infracción: UR 10 (diez Unidades Reajustables).

Por cada día de incumplimiento: UR 10 (diez Unidades Reajustables).

Ambos montos podrán ser aumentados en caso de reiteración de incumplimientos,

refieran o no al mismo tema, bajo el siguiente régimen:

1ª reiteración: se incrementan a UR 20 (veinte Unidades Reajustables).

2ª reiteración: se incrementan a UR 30 (treinta Unidades Reajustables).

3ª reiteración: se incrementan a UR 50 (cincuenta Unidades Reajustables).

A partir de la 4ª reiteración se aumentarán de 50 en 50 (cincuenta) Unidades

Reajustables.

Cuando las órdenes refieran a la reparación de desperfectos en obras realizadas por el

Contratista, dichas multas serán aditivas con la indicada en el Art. 51 del PCGCO.

Luego de la 5ª reiteración se podrá considerar rescindido el contrato con pérdida total

de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de la imposición de las

multas que pudieran haberse aplicado por otros motivos.

Art. 52.6. Por no alcanzar los Niveles de Servicio.

Cuando un 10% (diez por ciento) del metraje de alguno de los rubros incluidos en el Ítem

A de la Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta, se encuentre

simultáneamente fuera de los niveles de servicio exigidos, se podrá aplicar una multa de

hasta UR 100 (cien Unidades Reajustables) que se descontará del próximo pago a

efectuarse. Esta multa se incrementará en hasta 100 UR (cien Unidades Reajustables)

Contrato Nº 1420 - 52 -

por cada 5% (cinco por ciento) en exceso de ese 10% (diez por ciento), sin perjuicio de

que, además, se apliquen los descuentos y otras sanciones establecidas en este PCP.

Art. 52.7. Por incumplimiento en las disposiciones de Planos ―Tipo‖ de Saneamiento

Cuando el contratista realizare trabajos de Construcción, Mantenimiento y/o

Rehabilitación de la infraestructura de saneamiento, sin aplicar las disposiciones de los

Planos Tipos de Saneamiento que obran en el Servicio de Obras de Saneamiento y/o sin

realizar los trámites ante la Dirección de Obra para su conocimiento y aprobación previo

a su realización, se le aplicará una multa de UR 20 (veinte Unidad Reajustable) la primera

vez y se incrementará a razón de UR 10 (diez Unidad Reajustable) por cada reiteración.

Art. 52.8. Por inadecuada disposición del material sobrante.

Cuando el Contratista no cumpliera con lo establecido en este Pliego, referente a la

forma y plazos de alejamiento del material y detritus retirados en los trabajos, se le

aplicará una multa de hasta UR 100 (cien Unidades Reajustables) toda vez que se

constate una irregularidad.

Art. 52.9. Por incumplimiento de los Títulos II y III "De las Remociones en la Vía

Pública".

El Contratista será sancionado con las multas establecidas en el Titulo III, artículos

D.2241 a D.2241.9 del Digesto Municipal, de no cumplir con lo establecido en los Títulos

de Remociones en la Vía Pública, a saber:

Realización de corte de pavimento de calzadas o aceras sin la obtención previa del

permiso correspondiente (artículo D.2215).

Retiro de la señalización antes de la liberación del pavimento al uso público.

Violación de la prohibición de estacionar dentro de los tres metros a cada lado del

lugar donde se efectúa el corte de pavimento.

Falta de barreras que cubran todo el desarrollo de los cortes o en condiciones

inadecuadas.

Falta de señales en las calzadas o aceras o en condiciones inadecuadas.

Falta de cajones para retener los materiales extraídos o a utilizar en las obras o en

condiciones inadecuadas.

Incumplimiento de los plazos para reposición de veredas o construcción del

pavimento vehicular definitivo.

Incumplimiento de las exigencias de los artículos D.2237.5 y D.2237.6.

Las multas le serán descontadas del siguiente pago a efectuársele por la Administración.

Contrato Nº 1420 - 53 -

Art. 52.10. Por falta de aviso en tiempo y forma sobre obras que impliquen

afectaciones de Infraestructuras Municipales y/o circulación vehicular o

peatonal.

Si el Contratista no diera aviso por ejemplo y sin ser exhaustivos, al Servicio de Ingeniería

de Tránsito de la necesidad de proceder al desvío de vehículos del transporte colectivo

de pasajeros con por lo menos 72 horas de anticipación o realizara obras sin las debidas

comunicaciones a la Unidad de Coordinación y Control de Obras de Infraestructura

Urbana (UCCRIU), se le aplicará una multa de 30 UR (treinta Unidades Reajustables) cada

vez que esto ocurra, la cual le será descontada del siguiente pago a efectuársele.

Art. 52.11. Por presencia de personal sin los equipos de protección y vestuario

necesario.

Como se expresa en estos recaudos, el Contratista deberá suministrar y exigir a su

personal el uso de los equipos de protección necesarios y del vestuario completo

aprobado. La comprobación de cualquier incumplimiento, habilitará a aplicar una multa

de hasta 5 UR (cinco Undidades Reajustables) por cada caso, que se descontará del

siguiente pago a efectuarse, sin perjuicio que, además, el Director de Obra podrá exigir

el retiro de aquéllos trabajadores en falta o que no estén cumpliendo con normas de

seguridad laboral, hasta tanto se regularice la situación.

Art. 53. OTRAS PENALIDADES.

Además de las sanciones indicadas en los artículos anteriores, se deberá tener presente

entre otras las penalidades económicas establecidas en el PCGCO.

Art. 53.1. MORA.

La mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista, se producirá

de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y

carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer

lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.

Art. 53.2. SANCIONES.

La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los

proponentes o adjudicatarios, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la

anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin prejuicio de las

sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los

antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la

eliminación del Registro de Proveedores.

Contrato Nº 1420 - 54 -

Art. 53.3. RESCISIÓN DEL CONTRATO

La I.M. podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del

adjudicatario, debiendo notificar al mismo la rescisión.

No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente

por cualquiera de las causales previstas en el T.O.C.A.F.

La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por los

daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las

multas

Contrato Nº 1420 - 55 -

Capítulo VI: RECEPCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS.

ART. 54. RECEPCIONES PROVISORIAS.

La recepción provisional de los trabajos que estén en condiciones de recibo se realizará

en sucesivas oportunidades, ajustándose a lo establecido en los Arts. 101 y siguientes

del PCGCO y 17 y siguientes del PGCOA. En consecuencia, solamente podrán ser

recibidas obras que se encuentren terminadas completamente o tramos de red

mantenidos con estándares de acuerdo a los criterios de este PCP.

En particular se deberá tener presente:

Que según la definición del Art. 3 de este PCP, el vocablo “obra” deberá ser

entendido en el caso con sentido amplio, incluyendo tanto las operaciones de

construcción como todas las demás comprendidas en el Contrato.

Que las recepciones provisionales de los servicios de limpieza y mantenimiento:

Serán mensuales y se referirán a la totalidad del metraje de red de colectores,

estructuras complementarias, cordones, aceras, y demás elementos

comprendidos en los trabajos, y al lapso de tiempo en que se mantuvieron los

estándares exigidos. Existirán entonces tantas recepciones provisionales de un

mismo rubro como meses dure el Contrato. Se remite por mayor detalle al

Art. 60.1.1.

No tendrán una relación directa con los trabajos ordinarios o extraordinarios

efectivamente realizados en cada mes.

Se referirán, según el rubro de que se trate, a tramos de colector entre cámaras

de inspección, pozos de bajada, tramos escalonados u otros puntos singulares

notables; a bocas de tormenta y cordones entre ejes de calles transversales

(incluyendo las demás bocas y estructuras de captación comprendidas en la

misma manzana, que sean objeto de los trabajos); a distancias de calles entre

ejes de las transversales (comprendiendo ambas aceras); a depósitos

desarenadores individuales y a las rejas del Arroyo Malvín y los Canales “5”. Las

condiciones de aceptación deberán ser cumplidas por la totalidad de los

elementos comprendidos en “cada tramo”, por ejemplo, todas las bocas de

tormenta de una misma cuadra y los cordones respectivos; será suficiente que

un elemento cualquiera incumpla los estándares exigidos durante un cierto

lapso, para que no se realice la recepción mensual de todo el “tramo” del rubro

correspondiente durante el plazo total en que se mantenga la situación.

Contrato Nº 1420 - 56 -

Se formalizarán mediante la aprobación de los Informes Mensuales

correspondientes (en particular del capítulo referente a evaluación del estado

de situación de la red). Para estos trabajos no se labrarán las Actas a que refiere

el Art. 102 del PCGCO, salvo inspecciones o reconocimientos que efectúe el

Director de Obra cuyos resultados quiera documentar especialmente.

Que las recepciones provisionales de los pavimentos removidos y repuestos se

realizarán en forma independiente de los demás trabajos y en forma periódica.

Que regirán los criterios de aceptación detallados en el Art. 41 de este PCP.

ART. 55. RECEPCIONES DEFINITIVAS.

La recepción definitiva de los trabajos se verificará a solicitud del Contratista, con las

formalidades establecidas en los Arts. 106 y siguientes del PCGCO y 20 del PGCOA, en los

siguientes plazos:

Inmediatamente a continuación de la última recepción provisional para los trabajos

de limpieza y mantenimiento, es decir, al término del plazo contractual para todos

los rubros del Ítem A de la Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta.

Un año después de la respectiva recepción provisional, para todos los rubros del

Ítem B de la Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta.

Idem para los afirmados removidos y repuestos, por lo que queda modificado el

artículo mencionado del PGCOA en cuanto a la reducción del plazo allí establecido.

Contrato Nº 1420 - 57 -

Capítulo VII: PAGO DE LOS TRABAJOS Y ALCANCE DE LOS PRECIOS.

ART. 56. GENERALIDADES.

El Licitante establecerá en su propuesta los precios unitarios en moneda nacional que

exigirá para la ejecución de los trabajos, desglosados en los rubros que se indican en las

Planillas de Rubros y Metrajes y en las condiciones de los artículos siguientes. Se

entenderá que, aunque no se detalle en cada caso, comprenderán las eventuales

excavaciones y tareas complementarias como apuntalados, agotamientos, desecados,

demoliciones; la provisión y colocación de los materiales, dispositivos y accesorios

necesarios, el alejamiento de los residuos sobrantes, así como toda la mano de obra,

personal, útiles, equipos, herramientas, transportes y demás obligaciones previstas en

este PCP y en los Arts. 7 del PGCOA y 41 del PCGCO. Se aclara asimismo que:

La cantidad de unidades de cada rubro indicada en el Formulario Propuesta es al

solo efecto de la comparación de las ofertas presentadas en la licitación, pero se

pagarán los trabajos efectivamente realizados, por certificación mensual, aplicando

los respectivos precios unitarios.

Art. 56.1. FORMA DE PAGO.

El pago se efectuará mensualmente, de acuerdo con el monto establecido en su

oferta debiendo el adjudicatario presentar la solicitud correspondiente en las

oficinas de Contaduría General. Dicho pago será abonado si están realizados

correctamente los trabajos contratados, de acuerdo con el informe del Director de

Obras del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento.

El monto de los trabajos extraordinarios e imprevistos podrá ser utilizado en su

totalidad de una sola vez o fraccionado, a fin de realizar los trabajos necesarios.

Estos trabajos extraordinarios y/o suministros serán liquidados mensualmente,

previa aceptación del Director de Obra del Servicio de Operación y Mantenimiento

de Saneamiento.

La Intendencia de Montevideo abonará en los treinta días calendario, contados a

partir de la presentación de la factura en la Contaduría General.

Al momento del pago, la Intendencia de Montevideo podrá realizar el mismo con

cheque de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario las

condiciones de los mismos.

En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días, contados desde la

presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% (Cincuenta

Contrato Nº 1420 - 58 -

por ciento) de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones

con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15,

Ley 14.095-Circular 1965) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos

treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo..

La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de

la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes

establecido.

DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto

pago para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días y entre los 11 y los 20

días de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en

cada pago por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.

Los gastos demandados por los trabajos de cualquier clase, que con motivo de la

ejecución de este Contrato, deban efectuarse en las obras de arte, construcciones e

instalaciones existentes, serán de exclusiva cuenta del Contratista, incluyendo

aquéllos por concepto de sobrestante o vigilancia que establezcan la UTE, ANTEL,

OSE o COMPAÑIA del GAS. Quedan excluidos los costos derivados de modificaciones

de ubicaciones altimétricas o planimétricas en los tramos subterráneos de las

canalizaciones existentes de servicios públicos, donde se procederá según el artículo

50 del PCGCO.

Se descontará del pago mensual el correspondiente al metraje de los elementos que

no se encontraran dentro de los Niveles de Servicio (Art. 41), sin perjuicio de las

multas que pudieran haber sido aplicadas. Este descuento será proporcional al

número de elementos fuera de los Niveles de Servicio con respecto al total.

Art. 56.2. CERTIFICADO UNICO MUNICIPAL

La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya

contratado en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la

exhibición del Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que conste que

dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.

ART. 57. PRECIO POR ALEJAMIENTO DE RESIDUOS.

El precio por alejamiento de los residuos objeto del presente contrato estará incluido en

aquellos rubros que impliquen su extracción, lo que serán conducidos desde el punto de

extracción hasta la Usina operativa para la recepción del material extraído dentro de la

ciudad de Montevideo..

Contrato Nº 1420 - 59 -

ART. 58. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Toda vez que se hable de precios en los documentos relativos a la ejecución de los

trabajos, sin especificaciones aclaratorias, se entenderá que en el mismo se encuentra

incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ART. 59. VALOR DE LA UNIDAD REAJUSTABLE.

A efectos de la aplicación de los artículos en donde se establecen cantidades en

Unidades Reajustables, se considerará el valor vigente en cada día de incumplimiento en

el caso de multas o de recepción provisoria en el caso de trabajos.

Art. 60. DESCRIPCION DE PRECIOS POR ITEMS Y RUBROS.

Art. 60.1. Rubros A - Trabajos de limpieza y mantenimiento.

Art. 60.1.1. Rubro A.1.

El precio unitario corresponderá al monto global mensual de limpiar y mantener en los

niveles de servicio y estándares exigidos en este PCP, a todos los colectores e

interceptores objeto de los trabajos, salvo el Perfil Especial de 3,50 X 5,00 m construido

en el Plan de Saneamiento Urbano, 1ª etapa (PSU I), y las Secciones Rectangulares

realizadas en el Plan de Saneamiento Urbano, 2ª Etapa (PSU II). En consecuencia, el pago

mensual será igual a dicho precio unitario con las quitas que correspondan:

Por concepto de multas.

Por el metraje total de tramos de conductos (salvo el Perfil Especial 3,5 x 5,00 m del

PSU I y las Secciones Rectangulares del PSU II) que hayan estado en algún lapso del

mes fuera de los niveles de servicio (es decir, que no puedan ser recibidos de

acuerdo a los criterios del Art. 54).

Esta última deducción será entonces:

ni

i

ii dmpP

1

.

Dónde:

P es el monto total de la deducción.

p es el resultado de dividir el precio unitario del rubro A1 por el metraje total de

colectores e interceptores comprendidos en los servicios y por el número de días

calendario en el mes.

mi es el metraje del tramo “i” de canalización fuera de los niveles de servicio.

Contrato Nº 1420 - 60 -

di es el número de días calendario en el mes en consideración, en que el tramo (total

o parcialmente) de colector “i” no cumplió con los niveles de servicio.

n es el número total de tramos de conductos en donde por lo menos durante un día

no se cumplió con los niveles de servicio.

Se debe tener presente:

1. Los pagos por el servicio de limpieza y mantenimiento no tendrán una relación

directa con los trabajos ordinarios o extraordinarios efectivamente realizados en

cada mes y serán independientes de la cantidad de veces que se deba actuar sobre

cada tipo de colector en el lapso del Contrato.

2. Solamente se abonará el precio de mantenimiento del metraje total de tramos de

colectores e interceptores que se encuentren en los niveles de servicio definidos en

este PCP y durante el lapso en que ello ocurra, utilizando al efecto la información de

los Informes Mensuales y las inspecciones que por su cuenta pueda ordenar o

realizar el Director de los Trabajos.

3. Bastará que una longitud cualquiera de colector o interceptor, independientemente

de su diámetro, no se encuentre dentro de los estándares definidos, aunque sea en

forma totalmente local o parcial, para que se descuente el pago correspondiente a

toda la longitud del tramo de conducción entre pozos de bajada, cámaras de

inspección o puntos singulares notables, durante el lapso total de días en que se

mantenga la situación.

4. A los efectos indicados en el numeral anterior, cada tramo de colector se

considerará compuesto por la canalización propiamente dicha y el registro aguas

abajo (cámara de inspección o pozo de bajada); se excluye el registro aguas arriba,

que pertenecerá al siguiente tramo. Las cámaras de empalme de más de dos

colectores se supondrán pertenecientes al colector principal, utilizando al efecto el

criterio que emplea el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento de la

Intendencia de Montevideo.

5. Los descuentos serán quitas no reintegrables aún cuando se corrija la situación

generadora, y serán sin perjuicio de las multas que puedan aplicarse por

incumplimiento de órdenes del Director de los Trabajos u otras sanciones.

6. Las fracciones de día de incumplimiento de los estándares se computarán como días

completos a efectos del cálculo de los descuentos.

7. Durante el primer y último mes de los servicios de mantenimiento únicamente se

abonará por el total de días calendario efectivamente trabajados, es decir, desde el

comienzo de las tareas o hasta su finalización respectivamente. En dicho cómputo se

considerarán días consecutivos incluyendo sábados, domingos y feriados sin

excepción.

Contrato Nº 1420 - 61 -

Especificaciones similares serán válidas para los demás rubros del Item A, con las

adaptaciones requeridas en función de la naturaleza de los trabajos comprendidos en

cada uno de ellos.

Art. 60.1.2. Rubros A.2.1 y A.2.2.

El rubro A.2 se subdividirá en dos subrubros, cuyos precios unitarios corresponderán al

monto global mensual de limpiar y mantener en los niveles de servicio y estándares

exigidos en este PCP, a todas las bocas de tormenta, con sus conexiones, y tramos de

“cordones” entre ellas, comprendidas en el alcance de los trabajos, y ubicadas

respectivamente al este (Rubro A.2.1) y oeste (Rubro A.2.2) del eje de Br. Artigas. Para

las quitas en los pagos mensuales se considerará el metraje total de tramos de calles

(entre ejes de las perpendiculares) que contengan bocas de tormenta o cordones que

hayan estado en algún lapso del mes fuera de los niveles de servicio (es decir, que no

puedan ser recibidos de acuerdo a los criterios del Art. 54).

Esta última deducción se calculará entonces en forma similar al rubro del Art. 60.1.1,

recordando que bastará que una boca de tormenta o longitud de cordón cualquiera en

un tramo no se encuentre dentro de los estándares definidos, aunque sea en forma

totalmente local o parcial, para que se descuente el pago correspondiente a toda la

longitud del tramo de calle y durante el lapso total de días en que se mantenga la

situación.

Las bocas de tormenta y cordones de las calles perpendiculares a la Rambla Costera se

considerarán como pertenecientes a ésta, no computándose su metraje al calcular los

totales correspondientes. Dependerá de que acera se encuentren para definir entonces

a que tramo “pertenecen”.

Art. 60.1.3. Rubros A.3.1 y A.3.2.

El rubro A.3 se subdividirá en dos subrubros, cuyos precios unitarios corresponderán al

monto global mensual de limpiar y mantener en los niveles de servicio y estándares

exigidos en este PCP, a todas las aceras comprendidas respectivamente en los tramos

definidos en los parágrafos (i) y (ii) (Rubro A.3.1) y en el parágrafo (iii) (Rubro A.3.2) del

numeral 10) del Art. 1 de este PCP. En consecuencia, el pago mensual será igual a dichos

precios unitarios con las quitas que correspondan, utilizando los mismos criterios que

para el rubro anterior (obviamente, sin considerar la situación de las bocas de tormenta

y cordones, pues el pago correspondiente es objeto de ese mismo rubro).

Art. 60.1.4. Rubro A.4.

El precio unitario corresponderá al monto global mensual de limpiar y mantener en los

niveles de servicio y estándares exigidos en este PCP, a todos los colectores aliviadero

comprendidos en los trabajos. En consecuencia, el pago mensual será igual a dicho

Contrato Nº 1420 - 62 -

precio unitario con las quitas que correspondan por concepto de multas y por el número

total de colectores aliviaderos que hayan estado en algún lapso del mes fuera de los

niveles de servicio (es decir, que no puedan ser recibidos de acuerdo a los criterios del

Art. 54).

Como se podrá observar, en este caso la unidad a considerar para los descuentos será

cada colector aliviadero, independientemente de su longitud, sección transversal y otras

características.

Art. 60.1.5. Rubro A.5

El precio unitario corresponderá al monto global mensual de limpiar y mantener en los

niveles de servicio y estándares exigidos en este PCP, a todas las rejas comprendidas en

los trabajos.

La unidad en este caso será cada una de las rejas, por lo que las quitas serán

directamente proporcionales a la cantidad de días y rejas en que su limpieza y

mantenimiento no haya sido satisfactoria.

Art. 60.1.6. Rubro A.6.

El precio unitario corresponderá al monto global mensual de limpiar y mantener en los

niveles de servicio y estándares exigidos en este PCP, a todos los depósitos

desarenadores.

La unidad en este caso será cada uno de esos depósitos, por lo que las quitas serán

directamente proporcionales a la cantidad de días y depósitos en que la limpieza y

mantenimiento no haya sido satisfactoria.

Art. 60.1.7. Rubros A.7 y A.8.

Los precios unitarios corresponderán al monto global mensual de limpiar y mantener en

los niveles de servicio y estándares exigidos en este PCP al Perfil Especial 3,50 x 5,00 m

del PSU I (rubro A.7) o las Secciones Rectangulares del PSU II (rubro A.8).

En consecuencia, los pagos mensuales correspondientes serán iguales a dichos precios

unitarios con las quitas que correspondan por concepto de multas y por el número total

de tramos de Perfil Especial / Secciones Rectangulares (en uno y otro caso) que hayan

estado en algún lapso del mes fuera de los niveles de servicio. Estas últimas deducciones

se calcularán entonces mediante expresiones totalmente análogas a la indicada en el

Art. 60.1.1, pero ahora para calcular p debe considerarse solamente el metraje total de

Perfil Especial del PSU I o Secciones Rectangulares del PSU II comprendido en los

trabajos.

Contrato Nº 1420 - 63 -

Art. 60.2. Rubros B - Trabajos Complementarios.

Art. 60.2.1. Rubros B.1 al B.12.

Los precios serán por unidad suministrada, colocada o construida, según corresponda;

comprenderán todas las operaciones y suministros necesarios para realizar los trabajos,

comprendiendo el marco y contramarco de hierro fundido y la tapa cuando sea del caso,

así como su reposición si desaparece por cualquier motivo hasta tanto no se efectúe la

recepción definitiva de los trabajos. Se incluye también la remoción y reposición de

pavimentos, salvo la que se realice en exceso de la extensión estrictamente necesaria de

acuerdo a los criterios del PGCOA, así como las excavaciones en cualquier tipo de

material que se encuentre en el subsuelo. No se pagará entonces, como es tradición en

otros contratos de la División Saneamiento, un sobreprecio por excavación en tosca dura

o roca o un precio complementario por remoción y reposición de afirmados y cordones.

En el caso de las obras incluidas en el rubro B2, se atenderán los detalles del plano

agregado a estos recaudos.

Art. 60.3. Rubros C - Trabajos de Reparación por Métodos de Gunitado.

Estos trabajos comprenden la rehabilitación de perfiles especiales costeros, en

intervenciones mínimas de 50 m2 por punto de implantación en cámara de acceso o

pozo de bajada. El baricentro del área a ser rehabilitada se encontrará a distancia menor

a los 120 m del punto de acceso. En caso de no existir esa posibilidad, se realizará la

construcción del acceso necesario, con cargo al rubro correspondiente.

Los trabajos consisten en rehabilitación y/o rehabilitación estructural con el

correspondiente agregado de armadura si se determina que ello es necesario.

El contratista proveerá todas las facilidades a efectos de la determinación del alcance de

los trabajos en cada zona, realizando las correspondientes estimaciones de actuación

previas a los mismos y determinará los montos estimados según los rubros

correspondientes.

Los montos se ajustarán de acuerdo a los metrajes efectivamente realizados.

El Representante Técnico y/o Técnico a cargo de los trabajos de proyección para

rehabilitación, serán capaces de realizar las estimaciones antes mencionadas, aptos para

los cálculos estructurales de verificación (apuntalamiento y estructura de hormigón) y

responsables por la realización del informe previo y posterior, donde se detallarán todos

los trabajos realizados, adjuntando las memorias necesarias para la correcta verificación

del alcance de los trabajos y la liquidación correspondiente.

Art. 60.3.1. Rubro C1.

Picado y Retiro de Escombros

Contrato Nº 1420 - 64 -

Se realizará con martillos neumáticos de 4-5 kg, en un espesor aproximado de 7 cm. El

área a picar será en la losa de techo en todo el ancho del colector de las zonas que se

marquen como deterioradas y/o de paredes de colector.

Personal deberá en simultáneo acarrear los escombros, los que serán izados y

depositados en volqueta apta para su transporte a Usina.

A medida que se realicen trabajos de demolición en las zonas determinadas, se realizará

apuntalando con puntales telescópicos colocándose a razón entre 0,75 y 1,25 puntales

por m2. La modulación dependerá de las condiciones de la armadura residual, del área a

sustituir, del tipo de puntales utilizados, de las condiciones del tránsito y de la calle

contenedora del tramo. Entre el puntal y la losa se colocarán bloques de Hº

prefabricados, de forma de facilitar el retiro de los puntales luego que se realice el

hormigón proyectado.

Art. 60.3.2. Rubro C2.

Armadura

La armadura suplementaria y/o de sustitución se calculará de la siguiente manera:

Aa=As-Aux12/24, donde Aa es armadura adicional en cm2/m, As es armadura de

sustitución en cm2/m y Au es armadura útil residual en cm2/m.

Las barras de acero a utilizar serán de alta adherencia ADN 420 o ADM 420 según norma

UNIT 843 o 968.

La armadura transversal se vinculará a los muros verticales mediante barras de φ20

L=150 m perforaciones de unos 15 cm de profundidad. Para la fijación deberá aplicarse

una resina epoxi bi-componente de consistencia espesa, aplicada al fondo de la

perforación limpia con chorro de aire seco y libre de aceite, de forma de llenar 1/3 del

volumen, luego untar la punta de la barra y clavar hasta el fondo, a golpes de maceta.

Las barras longitudinales se solaparán con la armadura longitudinal sana existente.

Para sujetar la armadura se utilizarán fijaciones metálicas tipo clavos acerados por

expansión o tiros, colocadas a razón de 1 c/0,5 m2 (cuadricula aproximada a 70x70) de

forma que entre el hormigón existente y la varilla se determine una separación no

menor al diámetro de la barra de acero.

El precio de los subrubros corresponderá a la colocación de armadura según:

Armadura 10 a 15 kg/m2.

Armadura 15 a 17,5 kg/m2.

Armadura 17,5 a 20 kg/m2.

Armadura 20 a 22,5 kg/m2.

Contrato Nº 1420 - 65 -

Armadura > 22,5 kg/m2.

Art. 60.3.3. Rubro C3

Consiste en realizar un hidrolavado del sustrato donde se aplicará el revestimiento para

eliminar cualquier material suelto. Para esto se utilizará Camión Cisterna e

hidrolavadora.

Art. 60.3.4. Rubro C4

Consiste en la proyección de hormigón, cuya dosificación será de 350 kg de cemento,

por m3 de arena terciada gruesa, en vía seca, elaborado a pie de máquina, sobre la losa

de los Perfiles a rehabilitar.

El cemento a utilizar será exclusivamente ANCAP producido en la Planta de Paysandú,

con contenido de C3A (Aluminato Tri-Calcico) menor 5%, de forma de tener buena

resistencia a los sulfatos al agua de mar. La relación agua / Cemento será ≤ 0,4

El Hormigón proyectado tendrá una resistencia a la compresión mayor o igual a 20 MPa.

La resistencia a la compresión será verificada extrayendo muestras que resulten de la

proyección del hormigón en cajones de madera, cuyo fondo tenga un área mayor o igual

a 0,25 m2, debiendo tener su lado menor una longitud mayor a 0,40 m. El hormigón será

proyectado perpendicularmente al fondo del cajón, el cual deberá estar colocado

verticalmente o con una inclinación inferior a los 20° respecto de la vertical. Se

confeccionan dos cajones por cada zona de proyección de una área aproximada de 50

m2. El hormigón debe tener un espesor de 15 cm en la zona de extracción de la muestra,

a efectos de obtener probetas cilíndricas de 12 cm de altura (luego de cortar las bases

del cilindro). Las bases deberán tener 6 cm de diámetro.

La continuidad y adherencia del hormigón proyectado serán controladas

sistemáticamente mediante un sondeo con martillo. Se realizarán 3 ensayos de

adherencia cada 100 m2 de material proyectado.

La resistencia a la adherencia será de 1 Mpa.

El procedimiento de este ensayo se ajustará a las directivas del Centro Experimental de

Pesquisas y Estudios de la Construcción y Obras Públicas (CEBTP) de Francia. El

Contratista podrá proponer un método equivalente, cuya aplicación estará sujeta a

aprobación por parte del Director de Obra.

La porosidad abierta en el hormigón proyectado se verificará en cada uno de los dos

cajones confeccionados de acuerdo a lo señalado más arriba. Este ensayo se realizará

siguiendo los lineamientos de la Norma IRAM 10.602 “Mecánica de Rocas – Métodos de

determinación de la densidad y de la porosidad”.

Contrato Nº 1420 - 66 -

Los agujeros ocasionados por la extracción de las probetas, serán cuidadosamente

tapados respetando las sucesivas capas de hormigón.

La terminación de la superficie proyectada será rustica, similar a un revoque bolseado

ART. 61. OBRAS ACCESORIAS.

Se considerarán como trabajos y obras accesorias, todos aquéllos que sin estar incluidos

explícitamente en las Planillas de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta,

corresponden a efectos de ajustarse a este PCP. Su costo se considerará prorrateado en

los precios unitarios de los diferentes rubros.

A modo de ejemplo se citan:

Todos los costos derivados del cumplimiento de las normas o previsiones relativas a

higiene y seguridad.

El retiro, traslado y disposición de los residuos y materiales sobrantes, y el retiro y

entrega en el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento de diversos

elementos removidos de la red.

Provisión y utilización de apuntalamientos necesarios.

La colocación y mantenimiento de la señalización y balizamiento necesario.

El desvío de las aguas de escorrentía superficial que pudieran perjudicar la correcta

ejecución de los trabajos.

La reconstrucción de muretes, postes, alambrados, canalizaciones, cámaras, etc.,

que resulten afectados por los trabajos.

La limpieza y regularización de los cortes de pavimento y el retiro de los materiales

sobrantes.

La consolidación del terreno de fundación de los pavimentos vehiculares y

peatonales repuestos.

El servicio de los vehículos, celulares y transmisores – receptores para la Dirección

de Obra.

ART. 62. AJUSTES PARAMETRICOS.

Los precios se ajustarán en forma mensual de acuerdo a la siguiente fórmula:

P = Po (j x J/Jo + m x M/Mo + d x D / Do + v x V / Vo).

Dónde:

j = 0.30, m = 0.10, d = 0.30, v = 0.30.

Contrato Nº 1420 - 67 -

P = Precio Ajustado.

Po = Precio de la Oferta.

Se considerarán, además:

J y Jo: Jornal correspondiente a la Categoría I - Peón del Grupo 9 Sub-Grupo 01 no

incluidos en la Ley 14.411, vigente al mes que corresponde el ajuste y el

correspondiente a diez días antes de la fecha de la apertura de la licitación.

Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del

jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en

forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se

considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.

(*) En caso de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC (Base de

Prestaciones y Contribuciones).

M y Mo: Precio del litro de gasoil vigente al mes que corresponde al reajuste y los

vigentes diez días antes a la fecha de la apertura de la licitación

La fuente para actualizar los coeficientes será el correspondiente a la lista

oficial de precios del MTOP, si este no indicará el precio se tomará el que fije el

boletín mensual de la Cámara de la Construcción.

D y Do: Cotización promedio mensual del dólar interbancario (fondo) BCU, tipo

(vendedor), fijada por el Banco Central del Uruguay, vigente al mes que

corresponde el ajuste y el correspondiente al día anterior a la fecha de

apertura de la licitación..

V y Vo: Índice de Costo de vida, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, son

los que rigen el mes anterior al que corresponde el ajuste, y son los que rigen

el mes anterior a la fecha de apertura de propuestas

El valor Po en la fórmula paramétrica se calculará sin incluir el IVA. Una vez determinado

el valor P, se aplicarán dichos impuestos, cuando corresponda, entendiéndose de existir

variaciones ponderadas respecto al tiempo de vigencia de sus distintos valores en el

período de ejecución de los trabajos que se liquidan.

Contrato Nº 1420 - 68 -

Capítulo VIII: OFERTA.

ART. 63. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados podrán

depositar como garantía de mantenimiento de propuesta una cifra de $ 1.300.000

(pesos un millón trescientos mil), de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del

T.O.C.A.F.

Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos,

valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en

Tesorería General (art. 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer

efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el

mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.

Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería

General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia de

Montevideo por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta

licitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de

Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación,

evitando de este modo inconvenientes de último momento.

En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismo

no podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura

En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el

mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por

ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga

la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y

perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la

comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.

Para poder hacer el depósito de garantía de mantenimiento de oferta, el oferente debe

estar inscripto como proveedor de la I. de M., por lo que se recomienda a aquellos

interesados en participar en esta licitación y que no estén inscriptos, pasar por la Unidad

de Atención a Proveedores del Servicio de Compras, con anticipación a la fecha prevista

para la apertura de ofertas de la presente licitación, evitando de este modo

inconvenientes de último momento.

Art. 63.1. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el

referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total

Contrato Nº 1420 - 69 -

adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 18

del Pliego Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar

certificado por la entidad bancaria correspondiente.

La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio solicitado y hasta la

extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si

se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por

periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la

entrega del documento al adjudicatario.

Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o

autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de

intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el

Adjudicatario o Concesionario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de

treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran

corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a las

sanciones previstas en el presente pliego.

La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento

apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.

Art. 63.2. CESIÓN DEL CONTRATO.

El contratista no podrá ceder su contrato, en todo o en parte sin el consentimiento

expreso, por escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el

artículo 75 del TOCAF.

Art. 63.3. RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS.

El acto de recepción y apertura de ofertas se realizará en el Servicio de Compras,

Edificio Sede, planta baja, sector Santiago de Chile, el día y hora establecidos en la

invitación

ART. 64. FORMULARIO PROPUESTA.

Art. 64.1. CARTA PRESENTACION PROPUESTA TECNICA (sobre NºI).

Montevideo, ……............................ de …...

Sr. DIRECTOR DEL SERVICIO DE COMPRAS.

El que suscribe, .............………. , domiciliado a los efectos legales en .........................,

No….., CP ……, Tel. …………. , Fax. …., presenta en un todo de acuerdo con los Pliegos de

Contrato Nº 1420 - 70 -

Condiciones y planos que ha tenido a la vista y en particular ajustado al ART. 16. FORMA

DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA - SOBRE Nº I - INFORMACION DE LA EMPRESA Y

OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA correspondiente a la LP490/2013 denominada,

“SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE COLECTORES

COSTEROS Y OTROS”, Contrato Nº 1420, adjuntando a la presente la

documentación solicitada en Capítulo II PRESENTACION DE PROPUESTAS, a los efectos

de la evaluación del Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS y a los formularios de los

cuadros I al IX del Art. 65 ANEXO I: CUADROS.

Declara asimismo que:

Se somete a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro recurso.

Ha inspeccionado el emplazamiento de los trabajos y conoce la situación de la red

de alcantarillado en cuanto a puntos de acceso, situaciones de riesgo y toda otra

información requerida para la preparación de esta propuesta.

La información contenida en el Sobre I es en carácter de Declaración Jurada, estando

a disposición de la Intendencia de Montevideo la presentación de cartas o

documentos probatorios cuando lo considere conveniente.

Firma

Art. 64.2. CARTA PROPUESTA ECONOMICA (sobre NºII).

Montevideo, ……............................ de …...

Sr. DIRECTOR DEL SERVICIO DE COMPRAS.

El que suscribe, .............………. , domiciliado a los efectos legales en .........................,

No….., CP ……, Tel. …………. , Fax. …., se compromete a ejecutar todos los servicios y

trabajos de la LP490/2013 denominados, “SERVICIOS DE LIMPIEZA Y

MANTENIMIENTO DE COLECTORES COSTEROS Y OTROS”, Contrato Nº

1420, de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y planos que ha tenido a la vista, por los

precios unitarios que se indican en las planillas de RUBROS Y METRAJES adjuntas, sin

incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago

para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días y entre los 11 y los 20 días de

presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por

el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.

Contrato Nº 1420 - 71 -

Declara asimismo que:

Se somete a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro recurso.

Ha inspeccionado el emplazamiento de los trabajos y conoce la situación de la red

de alcantarillado en cuanto a puntos de acceso, situaciones de riesgo y toda otra

información requerida para la preparación de esta propuesta.

Los precios unitarios están expresados con letras y números, declarándose válidos

los primeros en caso de discordancia entre las cantidades expresadas en una y otra

forma.

Los precios unitarios incluyen los aportes por cargas sociales del personal a

emplearse en los trabajos.

A la propuesta se agrega a simple título ilustrativo, los importes de los trabajos

calculados sobre la base de las unidades de metraje, pero las cifras que expresan los

costos totales quedan sujetas al contralor y rectificación correspondiente.

Firma

Contrato Nº 1420 - 72 -

Art. 64.3. PLANILLA DE RUBROS Y METRAJES.

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

A. TRABAJOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO.

A.1. Precio por limpieza y mantenimiento de colectores e

interceptores. 36 Gl/mes

A.2. Precio por limpieza, mantenimiento y desobstrucción

de bocas de tormenta y de “cordones” sobre calzadas y aceras, en las áreas

ubicadas:

A.2.1. Al este de Br. Gral. Artigas. 36 Gl/mes

A.2.2. Al oeste de Br. Gral. Artigas. 36 Gl/mes

A.3. Precio por limpieza y mantenimiento de aceras en

tramos de la Rambla Costera, en las áreas ubicadas:

A.3.1. Al este de Br. Gral. Artigas. 36 Gl/mes

A.3.2. Al oeste de Br. Gral. Artigas. 36 Gl/mes

Contrato Nº 1420 - 73 -

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

A.4. Precio por limpieza y mantenimiento de colectores

aliviadero. 36 Gl/mes

A.5. Precio por limpieza y mantenimiento de las rejas del

Arroyo Malvín y de los canales “5”. 36 Gl/mes

A.6. Precio por limpieza y mantenimiento de los depósitos

desarenadores. 36 Gl/mes

A.7. Precio por limpieza y mantenimiento del Perfil Especial

3,5 x 5,0 m del PSU I. 36 Gl/mes

A.8. Precio por limpieza y mantenimiento de las Secciones

Rectangulares del PSU II. 36 Gl/mes

SUBTOTAL rubro A

B. TRABAJOS COMPLEMENTARIOS.

B.1. Precio por suministro y colocación de contramarco de

fundición y tapa circular de hormigón de ø 500 mm, en acera. 150 u

B.2. Precio por suministro y colocación de contramarco de

fundición y tapa circular de hormigón de ø 500 mm, en calzada. 50 u

Contrato Nº 1420 - 74 -

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

B.3. Precio por suministro y colocación de contramarco de

fundición y tapa circular de hormigón de ø 1000 mm, en calzada, con tapa

circular interior de ø 500 mm.

25 u

B.4. Precio por suministro y colocación de contramarco de

fundición 1,00 x 1,00 m. 10 u

B.5. Precio por suministro de tapa de hormigón de 1,00 x

0,50 m, con marco de fundición. 40 u

B.6. Precio por suministro y colocación de contramarco de

fundición de 1,20 x 1,20 m. 50 u

B.7. Precio por suministro de tapa de hormigón de 1,20 x

0,60 m con marco de fundición. 100 u

B.8. Precio por construcción de pozo de bajada en las

profundidades entre los límites que se indican:

B.8.1. Entre 0 y 2 m. 10 u

B.8.2. Entre 2 y 3 m 10 u

B.8.3. Entre 3 y 4 m. 5 u

B.8.4. Entre 4 y 5 m. 5 u

Contrato Nº 1420 - 75 -

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

B.8.5. Entre 5 y 6 m. 5 u

B.9. Precio por construcción de cámara de inspección en las

profundidades entre los límites que se indican:

B.9.1. Entre 0 y 2 m. 10 u

B.9.2. Entre 2 y 3 m. 10 u

B.9.3. Entre 3 y 4 m. 5 u

B.9.4. Entre 4 y 5 m 5 u

B.10. Precio por construcción de boca de tormenta tipo 2. 50 u

B.11. Precio por metro lineal de conexión de boca de

tormenta tipo 2, en las profundidades entre los límites que se indican:

B.11.1. Entre 0 y 2 m. 150 u

B.11.2. Entre 2 y 3 m. 20 u

B.11.3. Entre 3 y 4 m. 5 u

B.11.4. Entre 4 y 5 m. 5 u

B.12. Remoción y Reposición de Pavimentos de:

Contrato Nº 1420 - 76 -

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

B.12.1. Vereda de Baldosa. 120 m2

B.12.2. Hormigón en calzada. 25 m2

B.12.3. Asfalto en calzada. 25 m2

SUBTOTAL rubro B

C. TRABAJOS DE REPARACIÓN POR METODOS DE GUNITADO.

C.1. Picado de losa de techo hasta 7 cm y retiro de

escombros. 1300 m2

C.2. Suministro e instalación de armadura suplementaria

y de sustitución:

C.2.1. 10 a 15 kg de acero /m2 200 m2

C.2.2. 15 a 17,5 kg de acero /m2 200 m2

C.2.3. 17,5 a 20 kg de acero /m2 200 m2

C.2.4. 20 a 22,5 kg de acero /m2 200 m2

C.2.5. más de 22,5 kg de acero /m2 200 m2

C.3. Hidrolavado del Sustrato a revestir, con camión 2500 m2

Contrato Nº 1420 - 77 -

RUBROS METRAJES UNIDAD PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)

(números) (letras) (números) (letras)

cisterna , presión mínima 110 bar.

C.4. Aplicación de Revestimiento con Hormigón

Proyectado en Seco. 2500 m2

SUBTOTAL rubro C

SUBTOTAL rubros A, B y C

IMPUESTOS

TOTAL OFERTA

Contrato Nº 1420 - 78 -

Capítulo IX: ANEXOS.

ART. 65. ANEXO I: CUADROS.

Art. 65.1. CUADRO I: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO

CONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS DEL

CONTRATO, DE LOS

TRABAJOS Y DE LA

INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL

CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

(ORIGINAL Y

REAL)

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR

FORMA DE

CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO

(U$S) Y % DE

PARTICIPACION

(ORIGINAL Y REAL)

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 79 -

Art. 65.2. CUADRO II: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO

SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS DEL

CONTRATO, DE LOS

TRABAJOS Y DE LA

INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL

CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

(ORIGINAL Y

REAL)

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR FORMA

DE CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO Y DEL

SUBCONTRATO

(U$S) (ORIGINAL Y

REAL)

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 80 -

Art. 65.3. CUADRO III: LISTADO DE LAS OBRAS EN LAS QUE LA FIRMA ACTUO COMO CONTRATISTA DURANTE LOS ULTIMOS 15

AÑOS.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS

DEL CONTRATO, DE

LOS TRABAJOS Y DE

LA INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

(ORIGINAL Y

REAL)

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR

FORMA DE

CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO

(U$S) Y % DE

PARTICIPACION

(ORIGINAL Y REAL)

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 81 -

Art. 65.4. CUADRO IV: LISTADO DE LAS OBRAS EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS

DEL CONTRATO, DE

LOS TRABAJOS Y DE

LA INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

(ORIGINAL Y

REAL)

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR

FORMA DE

CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO Y DEL

SUBCONTRATO

(U$S) (ORIGINAL Y

REAL)

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 82 -

Art. 65.5. CUADRO V: LISTADO DE CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO QUE LA FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN

EJECUCION.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS

DEL CONTRATO, DE

LOS TRABAJOS Y DE

LA INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR

FORMA DE

CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO

(U$S) Y % DE

PARTICIPACION

NOTA: Indicar la forma en que estos trabajos pueden afectar los alcances de la oferta. Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones

según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 83 -

Art. 65.6. CUADRO VI: LISTADO DE CONTRATOS DE OBRA QUE LA FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN EJECUCION.

DENOMINACION

Y UBICACIÓN PROPIETARIO

CARACTERISTICAS

DEL CONTRATO, DE

LOS TRABAJOS Y DE

LA INSTALACION

FECHA DE

INICIO Y FIN

DEL CONTRATO

PLAZO DE

LOS

TRABAJOS

REFERENTE O

DIRECTOR DE

OBRA

(INDICAR

FORMA DE

CONTACTO)

MONTO TOTAL DEL

CONTRATO

(U$S) Y % DE

PARTICIPACION

NOTA: Indicar la forma en que estos trabajos pueden afectar los alcances de la oferta. Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.3. y las calificaciones

según definición en Art. 20.2.

Contrato Nº 1420 - 84 -

Art. 65.7. CUADRO VII: EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE SE ASIGNARA AL CONTRATO.

NOMBRE TITULO Y

ESPECIALIDAD

AÑOS DE EXPERIENCIA

PROFESIONAL

AÑOS DE EXPERIENCIA EN

SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

EXPERIENCIA EN SUPERVISION

DE OBRAS DE

INFRAESTRUCTURAS DE

SANEAMIENTO CARGO A

DESEMPEÑAR

TOTAL EN LA

EMPRESA TOTAL

EN LA

EMPRESA TOTAL

EN LA

EMPRESA

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.5.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.5

Contrato Nº 1420 - 85 -

Art. 65.8. CUADRO VIII: EQUIPOS A SER DESTINADOS AL CONTRATO.

EQUIPO CARACTERISTICAS E

IDENTIFICACION

MODO DE

TENENCIA

ESTADO: Nuevo Muy Bueno Bueno Regular Malo Muy Malo

DEDICACION AL

CONTRATO

Exclusiva

Hora / mes

ANTIGUEDAD

(años)

LUGAR DONDE SE

ENCUENTRA

VALOR PRESENTE

(miles de U$S)

NOTA: Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.5.4 y las calificaciones según definición en Art. 20.6

OBSERVACIONES:

Tener presente lo preceptuado en el Art. 16.5.3. y las calificaciones según definición en Art. 20.5Las firma declara poseer la cantidad suficiente

de herramientas menores de uso común.

Instalaciones para mantenimiento, lavado, etc:………………………………………(A DETALLAR)……………………………………………………………….

Contrato Nº 1420 - 86 -

Art. 65.9. CUADRO IX: RESUMEN DEL ACTIVO, PASIVO, PATRIMONIO Y VENTAS DE

LOS TRES ULTIMOS EJERCICIOS.

CUENTAS Año 1 Año 2 Año 3

A. ACTIVO.

A.1. Disponibilidades (cuentas y bancos principales).

A.2. Créditos (deudores principales de corto y largo plazo).

A.3. Bienes de Cambio (stocks).

A.4. Bienes de Uso (activo fijo – amortizaciones acumuladas).

A.5. Otros.

B. PASIVO.

B.1. Proveedores (acreedores principales de corto y largo plazo).

B.2. Deudas financieras (corto y largo plazo).

B.3. Previsiones.

B.4. Otros.

C. PATRIMONIO NETO (A-B).

C.1. Capital (social, suscripto e integrado).

C.2. Resultados del ejercicio.

C.3. Resultados acumulados.

C.4. Ajustes y Reservas.

D. VENTAS.

Contrato Nº 1420 - 87 -

ART. 66. ANEXO II: PLANOS.

a) Plano de reparación y nivelación de marcos y contramarcos de tapas de cámaras de

inspección.

b) Planchas con datos de obra Nº 1, 2, 3, 13, 15, 14, 40, 41, 42, 43, 44, 52, 57, 81, 82,

84, 86, 88, 89, 91, 92, 93, 97 y 99.

c) Planos de obra del “Proyecto de Saneamiento Urbano de Montevideo, 1ª Etapa”.

d) Planos de obra del “Proyecto de Saneamiento Urbano de Montevideo, 2ª Etapa”

e) Planos Generales 1 a 14 del Saneamiento de Montevideo.

f) Información digital del Sistema de Información Geográfica de la Intendencia de

Montevideo

Se aclara:

1. Que las planchas de obra indicadas en b) no están actualizadas y no incluyen las

modificaciones que se detallan en c) y d), y eventualmente, otras de menor

importancia.

2. Deben tenerse en cuenta las modificaciones funcionales que puedan ocasionarse

debido al proyecto de la cuenca Gaboto, a ser construido en breve dentro del

PSU III.

3. Que los planos listados en c) se suministran únicamente a efectos informativos,

pues los interceptores costeros construidos en el del “Proyecto de Saneamiento

Urbano de Montevideo, 1ª Etapa”, no están comprendidos en este Contrato

(salvo el Perfil Especial 3,50 x 5,00 m).

4. Que las cámaras de inspección, bocas de tormenta y demás estructuras tipo de

la red de alcantarillado, existentes en el emplazamiento de los trabajos, pueden

presentar modificaciones respecto a los modelos representados en los planos

tipo, dependiendo de su antigüedad y de las modificaciones que se hubieran

definido durante su construcción para adaptarse a cada caso particular.

Salvo casos particulares debidamente aprobados por la Dirección de Obra los diseños

y/o trabajos de construcción, reparación y/o rehabilitación de elementos (cámaras,

cámaras terminales, bocas de tormenta, terminal de colector, tapas, etc.) de la red, se

ajustarán a los planos generales disponibles en el Servicio de Estudios y Proyectos de

Saneamiento.

Contrato Nº 1420 - 88 -

Se adjunta listado de Planos tipos correspondientes:

PLANO Nº DESCRIPCION

1 Colectores Ovoides

2 Tramos escalonados de colectores ovoides

3 Pozos de bajada

4 Empalme de ovoides

5 Empalme de ovoide con colector con banquina.

6 Empalme de colector circular con ovoide o especial

7 Cámaras de inspección en calzada

8 Cámaras de inspección en acera

9 Cámara con sifón y terminal de colector

10 Bocas de tormenta tipo 1 y 2

10 Var Variante de bocas de tormenta tipo 1 y 2.

11 Bocas de tormenta tipo 3 y 4

11 Var Variante de bocas de tormenta tipo 3 y 4.

3523 Bocas de Tormenta Especiales (Plan Fénix)

12 Tapas de hormigón para cámaras y terminales de colector.

2698 Cámara de Inspección Especial

17 Plano tipo de Conexiones a colector

3752 Cámaras para colectores de gran diámetro

Vial 772 Alcantarilla tipo 1, 2 y 3 Bocas

MTOP 251 Alcantarilla tipo “Z”

Contrato Nº 1420 - 89 -

Para cámaras que empalman en el caso de colectores mayores de 700 mm de diámetro,

se presentará proyecto de cámara especial, poniendo especial atención en la solución de

accesos, tapas y diseño estructural, así como la unión del material de la cámara y el

colector. Se presentará cálculo detallado de la pérdida de carga generada en casos de

quiebres y transiciones. Se deja constancia que serán de aplicación todos los planos tipo

de Saneamiento.

Se adjunta al presente Pliego de Condiciones Particulares CD conteniendo la información

digital de planos listados precedentemente.

Se adjunta así mismo archivo KMZ (Google Earth) conteniendo ubicación no exhaustiva

de las instalaciones consideradas en el presente Pliego de Condiciones Particulares. En el

archivo se distinguen los distintos sistemas que integran el presente llamado, a saber:

Sistema Este – Desde Punta Carretas al Este

Sistema Oeste – Desde Punta Carretas hasta Ciudad Vieja

Sistema Ciudad Vieja

Sistema Malvin – Desde Rambla y Concepción del Uruguay hasta Desarenador

Larravide.

Sistema Pocitos.

Contrato Nº 1420 - 90 -

ART. 67. ANEXO III: INDICE.

Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES. ...................................................................... 1

Art. 1. REPARTICIÓN DEPARTAMENTAL A CARGO .................................................... 1

Art. 2. OBJETO – CLASE, UNIDAD Y CANTIDAD DE LOS TRABAJOS. ............................ 1

Art. 3. DEFINICIONES. ............................................................................................. 4

Art. 4. PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS............................................. 5

Art. 4.1. Plazo del Contrato. ...................................................................... 5

Art. 4.2. Plazo de inicio y parcial de los trabajos. ........................................ 5

Art. 5. ZONA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS. .................................................... 6

Art. 6. AMPLIACIONES Y REDUCCIONES DEL CONTRATO — AUMENTO O

DISMINUCION EN LA CANTIDAD DE LOS TRABAJOS — IMPREVISTOS. ............. 6

Art. 7. SUBCONTRATOS. .......................................................................................... 7

Art. 8. DOCUMENTOS DE LA LICITACION. ................................................................. 7

Art. 9. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS .................................................... 9

Art. 10. CONTRADICCION ENTRE RECAUDOS. ............................................................. 9

Capítulo II: PRESENTACION DE PROPUESTAS. ............................................................ 10

Art. 11. DOCUMENTACION E INFORMACION NECESARIA. ........................................ 10

Art. 12. CAPACIDAD JURIDICA ................................................................................. 12

Art. 13. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE CONSULTAS SOBRE EL LLAMADO. ... 13

Art. 14. IDIOMA DE LA OFERTA. .............................................................................. 14

Art. 15. INSPECCION DEL EMPLAZAMIENTO. ............................................................ 14

Art. 16. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA - Sobre Nº I - INFORMACION DE LA

EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA. ........................................ 14

Art. 16.1. Generalidades. .......................................................................... 14

Art. 16.2. Antecedentes legales y documentación requerida. ..................... 15

Art. 16.3. Experiencia de la Empresa. ........................................................ 16

Contrato Nº 1420 - 91 -

Art. 16.4. Situación patrimonial y financiera. ............................................. 17

Art. 16.5. Oferta técnica y metodológica para la ejecución de los trabajos. . 17

Art. 16.5.1. Generalidades. ......................................................................................... 17

Art. 16.5.2. Memoria Descriptiva. ............................................................................... 17

Art. 16.5.3. Personal del Contrato. ............................................................................. 19

Art. 16.5.4. Equipos, maquinaria y vehículos. ............................................................. 19

Art. 17. FORMULARIO PROPUESTA - SOBRE Nº II. .................................................... 21

Art. 18. MEJORAS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. .............................................. 22

Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION. .................................. 23

Art. 19. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OFERTA MÁS CONVENIENTE. ................ 23

Art. 20. CALIFICACION DE PROPUESTAS. .................................................................. 23

Art. 20.1. Introducción. ............................................................................. 23

Art. 20.2. Experiencia de la Empresa. ........................................................ 24

Art. 20.3. Situación patrimonial y financiera. ............................................. 25

Art. 20.4. Memoria Descriptiva. ................................................................ 26

Art. 20.5. Personal del Contrato. ............................................................... 26

Art. 20.6. Equipos a ser destinados al contrato. ......................................... 28

Art. 21. APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº I. .................................................. 29

Art. 22. VISTA DE LAS ACTUACIONES. .............................. ¡Error! Marcador no definido.

Art. 23. APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº II. ................................................. 30

Art. 24. OFERTA MÁS CONVENIENTE. ...................................................................... 30

Art. 25. NUEVA VISTA DE LAS ACTUACIONES. .......................................................... 31

Art. 26. MEJORA DE OFERTA Y NEGOCIACION. ......................................................... 31

Art. 26.1. REGISTRO DE PROVEEDORES...................................................... 31

Art. 26.2. NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE ADJUDICACION ......... ¡Error!

Marcador no definido.

Contrato Nº 1420 - 92 -

Capítulo IV: OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA Y ESPECIFICACIONES

TECNICAS PARTICULARES............................................................................ 33

Art. 27. GENERALIDADES. ....................................................................................... 33

Art. 28. CUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS, REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

LEGALES. .................................................................................................... 33

Art. 29. SISTEMAS DE GESTION DEL CONTRATO. ...................................................... 37

Art. 29.1. Sistema Único de Reclamos ....................................................... 37

Art. 29.2. Sistema de Posicionamiento Satelital de Flota ............................ 37

Art. 30. DIRECTOR DE OBRA. ................................................................................... 38

Art. 31. TÉCNICO PREVENCIONISTA EN SEGURIDAD. ................................................ 38

Art. 32. CANTIDAD DE PERSONAL MÍNIMA. ............................................................. 39

Art. 33. EQUIPO DE ALBAÑILERÍA. ........................................................................... 39

Art. 34. INSALUBRIDAD. .......................................................................................... 39

Art. 35. AVISOS AL CONTRATISTA Y AL CONTRATANTE. ............................................ 40

Art. 36. PROGRAMAS DE TRABAJO GENERAL E INFORMES MENSUALES. .................. 40

Art. 37. HORARIOS DE LOS TRABAJOS. .................................................................... 42

Art. 38. SUMINISTRO DE LOCOMOCION................................................................... 42

Art. 39. SUMINISTRO DE EQUIPOS DE COMUNICACION. ........................................... 43

Art. 40. TRABAJOS DE LIMPIEZA y MANTENIMIENTO. .............................................. 43

Art. 41. NIVELES DE SERVICIO. ................................................................................. 44

Art. 42. INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. ......................................................................... 46

Art. 43. DEPOSITO DE MATERIALES Y RESIDUOS EN LA VIA PÚBLICA......................... 46

Art. 44. ALEJAMIENTO DE RESIDUOS. ...................................................................... 47

Art. 45. INSTALACIONES SUBTERRANEAS DE SERVICIOS. .......................................... 47

Art. 46. SEÑALAMIENTO PREVENTIVO. .................................................................... 48

Art. 47. DESVIO DEL TRANSITO. ............................................................................... 48

Art. 48. USO DE EXPLOSIVOS. .................................................................................. 48

Contrato Nº 1420 - 93 -

Art. 49. EDIFICIOS PROVISIONALES. ......................................................................... 48

Art. 50. CARTELES. .................................................................................................. 49

Art. 51. REGISTROS FOTOGRAFICOS, FILMACION Y PLANOS SEGÚN OBRA. ............... 49

Capítulo V: PENALIDADES. ........................................................................................ 50

Art. 52. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. ................................................................ 50

Art. 52.1. Por incumplimiento del Art. 34 del PCGCO. ................................ 50

Art. 52.2. Por atrasos en la iniciación y plazo parcial de los trabajos. .......... 50

Art. 52.3. Por falta de los equipos y vehículos ofertados. ........................... 50

Art. 52.4. Por falta del personal técnico o de dirección y contralor superior

responsable incluido en la propuesta. ........................................ 50

Art. 52.5. Por incumplir órdenes de la Dirección de los Trabajos................. 51

Art. 52.6. Por no alcanzar los Niveles de Servicio. ...................................... 51

Art. 52.7. Por incumplimiento en las disposiciones de Planos “Tipo” de

Saneamiento ............................................................................. 52

Art. 52.8. Por inadecuada disposición del material sobrante. ..................... 52

Art. 52.9. Por incumplimiento de los Títulos II y III "De las Remociones en la

Vía Pública". .............................................................................. 52

Art. 52.10. Por falta de aviso en tiempo y forma sobre obras que impliquen

afectaciones de Infraestructuras Municipales y/o circulación

vehicular o peatonal. ................................................................. 53

Art. 52.11. Por presencia de personal sin los equipos de protección y vestuario

necesario................................................................................... 53

Art. 53. OTRAS PENALIDADES. ................................................................................ 53

Art. 53.1. MORA. ...................................................................................... 53

Art. 53.2. SANCIONES. .............................................................................. 53

Art. 53.3. RESCISIÓN DEL CONTRATO......................................................... 54

Capítulo VI: RECEPCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS. ................................... 55

Art. 54. RECEPCIONES PROVISORIAS. ...................................................................... 55

Contrato Nº 1420 - 94 -

Art. 55. RECEPCIONES DEFINITIVAS. ........................................................................ 56

Capítulo VII: PAGO DE LOS TRABAJOS Y ALCANCE DE LOS PRECIOS. ........................... 57

Art. 56. GENERALIDADES. ....................................................................................... 57

Art. 56.1. FORMA DE PAGO. ...................................................................... 57

Art. 56.2. CERTIFICADO UNICO MUNICIPAL ............................................... 58

Art. 57. PRECIO POR ALEJAMIENTO DE RESIDUOS. ................................................... 58

Art. 58. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. .............................................................. 59

Art. 59. VALOR DE LA UNIDAD REAJUSTABLE. .......................................................... 59

Art. 60. DESCRIPCION DE PRECIOS POR ITEMS Y RUBROS. ........................................ 59

Art. 60.1. Rubros A - Trabajos de limpieza y mantenimiento. ..................... 59

Art. 60.1.1. Rubro A.1. ................................................................................................ 59

Art. 60.1.2. Rubros A.2.1 y A.2.2. ................................................................................ 61

Art. 60.1.3. Rubros A.3.1 y A.3.2. ................................................................................ 61

Art. 60.1.4. Rubro A.4. ................................................................................................ 61

Art. 60.1.5. Rubro A.5 ................................................................................................. 62

Art. 60.1.6. Rubro A.6. ................................................................................................ 62

Art. 60.1.7. Rubros A.7 y A.8. ...................................................................................... 62

Art. 60.2. Rubros B - Trabajos Complementarios. ....................................... 63

Art. 60.2.1. Rubros B.1 al B.12. ................................................................................... 63

Art. 60.3. Rubros C - Trabajos de Reparación por Métodos de Gunitado. .... 63

Art. 60.3.1. Rubro C1. .................................................................................................. 63

Art. 60.3.2. Rubro C2. .................................................................................................. 64

Art. 60.3.3. Rubro C3 ................................................................................................... 65

Art. 60.3.4. Rubro C4 ................................................................................................... 65

Art. 61. OBRAS ACCESORIAS. .................................................................................. 66

Art. 62. AJUSTES PARAMETRICOS. ........................................................................... 66

Capítulo VIII: OFERTA. .............................................................................................. 68

Contrato Nº 1420 - 95 -

Art. 63. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. ............................................. 68

Art. 63.1. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ................... 68

Art. 63.2. CESIÓN DEL CONTRATO. ............................................................ 69

Art. 63.3. RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS. ....................................... 69

Art. 64. FORMULARIO PROPUESTA.......................................................................... 69

Art. 64.1. CARTA DE PRESENTACIÓN. ......................................................... 69

Art. 64.2. PLANILLA DE RUBROS Y METRAJES. ............................................ 72

Capítulo IX: ANEXOS. ................................................................................................ 78

Art. 65. ANEXO I: CUADROS. ................................................................................... 78

Art. 65.1. CUADRO I: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y

MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO CONTRATISTA

EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ........................................................ 78

Art. 65.2. CUADRO II: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y

MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO

SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ............................ 79

Art. 65.3. CUADRO III: LISTADO DE LAS OBRAS EN LAS QUE LA FIRMA ACTUO

COMO CONTRATISTA DURANTE LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ............ 80

Art. 65.4. CUADRO IV: LISTADO DE LAS OBRAS EN QUE LA FIRMA ACTUO

COMO SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ................. 81

Art. 65.5. CUADRO V: LISTADO DE CONTRATOS DE LIMPIEZA Y

MANTENIMIENTO QUE LA FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN

EJECUCION. ............................................................................... 82

Art. 65.6. CUADRO VI: LISTADO DE CONTRATOS DE OBRA QUE LA FIRMA

TIENE COMPROMETIDOS O EN EJECUCION. ................................ 83

Art. 65.7. CUADRO VII: EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE SE ASIGNARA AL

CONTRATO. ............................................................................... 84

Art. 65.8. CUADRO VIII: EQUIPOS A SER DESTINADOS AL CONTRATO. ........ 85

Art. 65.9. CUADRO IX: RESUMEN DEL ACTIVO, PASIVO, PATRIMONIO Y

VENTAS DE LOS TRES ULTIMOS EJERCICIOS. ................................ 86

Art. 66. ANEXO II: PLANOS. ..................................................................................... 87

Contrato Nº 1420 - 96 -

Art. 67. ANEXO III: INDICE. ...................................................................................... 90