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Expt. nº: 2016/0005126 Ref. Int. 27AM16PA-RA CONTRATACION DE: ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID DOCUMENTACION: - Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, con el modelo de oferta económica. - Pliego de Prescripciones Técnicas. INFORMACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN : INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN CAMPUS. ÁREA DE SERVICIOS IT-CAU: Información técnica: Verónica Carrasco. Correo electrónico: [email protected] Irene Martínez. Correo electrónico: [email protected] DIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA: Información administrativa. Olivia del Valle Alda Tlf: 91.624.89.13. Correo electrónico: [email protected] Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91.624.58.08 Correo electrónico: [email protected] Fax:91.624.97.02

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Expt. nº: 2016/0005126Ref. Int. 27AM16PA-RA

CONTRATACION DE:

ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

DOCUMENTACION:

- Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, con el modelo de oferta económica. - Pliego de Prescripciones Técnicas.

INFORMACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN:

INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN CAMPUS. ÁREA DE SERVICIOS IT-CAU: Información técnica:

Verónica Carrasco. Correo electrónico: [email protected]

Irene Martínez. Correo electrónico: [email protected]

DIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA: Información administrativa.

Olivia del Valle Alda Tlf: 91.624.89.13. Correo electrónico: [email protected]

Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91.624.58.08 Correo electrónico: [email protected] Fax:91.624.97.02

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES RECTOR DE LOS ACUERDOS MARCO DE SUMINISTRO A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALESCláusula 1. Régimen jurídico.El acuerdo marco que se regula por el presente pliego tiene carácter administrativo, las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en él y en el pliego de prescripciones técnicas particulares.Ambos pliegos tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario en el acto de formalización del acuerdo marco.Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público (T.R.L.C.S.P.), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la L.C.S.P. y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (R.G.L.C.A.P.), en cuanto no se oponga a lo establecido en el T.R.L.C.S.P. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

Cláusula 2. Objeto del acuerdo marco.El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los bienes que se relacionan en el Anexo I de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición, mediante contratos basados en este acuerdo.

La adjudicación del acuerdo marco determinará los proveedores a quienes se adquirirán los citados bienes. La Universidad no se compromete a adquirir una cantidad determinada de bienes, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.

Cláusula 3. Presupuesto base de licitación.Para los bienes objeto de este acuerdo marco se establecen como base de licitación los importes máximos por unidad que se especifican en el anexo I. En dichos importes se incluyen todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco deben tener en cuenta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.Las ofertas económicas presentadas cuyos importes sin IVA superen el correspondiente importe base de licitación quedarán eliminadas, salvo lo que se disponga específicamente en el anexo I.

Cláusula 4. Existencia de crédito.La ejecución de los contratos derivados del acuerdo marco está amparada por los créditos que se indican en el apartado 3 del anexo II.

Cláusula 5. Perfil de contratante.El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la página web de la Universidad Carlos III de Madrid:

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http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante.

En el perfil del contratante del órgano de contratación se publicarán las adjudicaciones de los contratos, así como otros datos e informaciones referentes a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el art. 53 del TRLCSP.

CAPÍTULO IILICITACIÓNCláusula 6. Procedimiento de adjudicación.El acuerdo marco se adjudicará por procedimiento abierto mediante un solo criterio o una pluralidad de criterios, según resulte de lo especificado en el apartado 5 del anexo II, en aplicación de los artículos 138.2, 157, y 150 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.

Cuando sólo se utilice un criterio de valoración, éste será el del precio más bajo. Si se utilizase una pluralidad de criterios, su fijación y el procedimiento a seguir se determinan en la cláusula siguiente.

Cláusula 7. Pluralidad de criterios de adjudicación.7.1 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del acuerdo marco son los establecidos, con su correspondiente ponderación o, en su defecto, por orden decreciente de importancia, en el apartado 6 del anexo II al presente pliego.Cuando el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, de entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado de dicho anexo se especifican, en su caso, los que se valorarán en una primera fase, siendo necesario obtener, como mínimo, en cada uno de ellos la puntuación que asimismo se indica para que la oferta pueda ser valorada en la fase decisoria. Igualmente, se señalarán, en su caso, en este apartado.De entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado 6 del anexo II se señalan, en su caso, los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará que la proposición no pude ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. A tal efecto se fijan los límites que permitirán apreciar en las proposiciones presentadas dicha circunstancia.

7.2 En el apartado 5 del anexo II se determinará también cuáles de los criterios hacen referencia a características del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas y cuáles, en su caso, hacen depender su cuantificación de un juicio de valor, así como la preponderancia dada a unos o a otros, a efectos de la presentación separada de la documentación que les sirva de soporte y del procedimiento para su valoración.

Cláusula 8. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.Podrán optar a la adjudicación del presente acuerdo marco las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo II al presente pliego, en el que se indican asimismo los criterios que se aplicarán para la selección de las empresas, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican.

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Deudas frente a la Universidad Carlos III de Madrid:

No podrán optar a la adjudicación del presente acuerdo marco las empresas que no se encuentren al corriente de pago de las obligaciones económicas que pudieran tener frente a la Universidad.

Por tanto, procederá la exclusión del procedimiento de toda empresa que, al tiempo de cumplirse el plazo de presentación de ofertas, tenga deudas vencidas de más de sesenta días frente a la Universidad Carlos III de Madrid.

Esta circunstancia se comprobará directamente por la Universidad al tiempo de la apertura del Sobre 1.

No obstante, la Mesa podrá conceder, para poder continuar en el procedimiento, un plazo de 3 días hábiles a fin de que se satisfagan las deudas vencidas, con los intereses correspondientes, en su caso, y se presente el correspondiente documento acreditativo del pago.

Las empresas que deseen obtener con antelación información precisa sobre el estado de sus cuentas con la Universidad pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico:

[email protected]

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 8 del Anexo II al presente pliego.Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del acuerdo marco objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.

Cláusula 9. Garantía provisional.Para tomar parte en la licitación, los licitadores deberán constituir previamente, a disposición del órgano de contratación, una garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del anexo II al presente pliego, cuando así se exija en dicho apartado.Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida en el apartado 9 del anexo II y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.Cuando el empresario licite a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantía provisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 9 del mencionado anexo II.En cuanto a la forma y requisitos de las garantías, se estará a lo previsto en la Sección 2ª del Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP así como a lo dispuesto en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en dicha Ley.Esta garantía deberá constituirse, cuando se trate de garantía en efectivo, en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, y ante el propio órgano de contratación cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.

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La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación del acuerdo marco, acordándose su devolución en dicha adjudicación. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.El adjudicatario podrá optar, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva.En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación. Para el que resulte adjudicatario responderá también del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP.

Cláusula 10. Presentación de proposiciones.Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.En el perfil de contratante de la Universidad Carlos III de Madrid (http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante) se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este acuerdo marco, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso. Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación. Esta información se facilitará seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes, cuando así esté previsto, o mejoras. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo que se estipula seguidamente:

- Si el acuerdo marco se encuentra dividido en lotes, podrá ofertarse a la totalidad de los lotes citados en el anexo 1 o aisladamente a uno o a varios de ellos, siendo necesario que la proposición incluya, al menos, una oferta económica para cada uno de los bienes que conforman el lote, salvo que se determine otra cosa en el anexo I- Podrán ofertarse varios productos para cada tipo de bienes, dentro de los márgenes establecidos en la descripción del artículo en el pliego de prescripciones técnicas particulares o en el listado de artículos del Anexo I.- Para artículos de gran consumo podrán ofertarse dos o más productos: uno que fije el precio de la unidad para pedidos pequeños y otro u otros que indiquen el precio global para determinados volúmenes de compra o a partir de cierto número de unidades por pedido, salvo que se establezca otra cosa en el pliego de prescripciones técnicas particulares o en el listado de artículos del Anexo I.

La oferta económica que para cada bien o producto se presente, no podrá superar el precio máximo de licitación establecido en el anexo I, salvo que se indique otra cosa, ni el plazo máximo de entrega que para los artículos de cada lote se especifica en el anexo II.

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La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.En lo que concierne a las variantes o mejoras, se estará a lo dispuesto en el apartado 10 del anexo II al presente pliego.

Cláusula 11. Forma y contenido de las proposiciones.Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES (Nº 1, Nº 2 y Nº 3), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen.

Los sobres serán los siguientes:

11.1 SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:

1.- Capacidad de obrar.1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. 1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I.2 del RGLCAP, para los contratos de suministro.

Tendrán capacidad para contratar con la Universidad Carlos III de Madrid las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del acuerdo marco.

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Igualmente deberá acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.1.5.- Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del acuerdo marco, en su caso, conforme a lo requerido en el apartado 8 del anexo II al presente pliego.1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.

2.-Apoderamiento.Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder bastante (legal, suficiente y subsistente) acreditativo de su representación, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.

3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo IV al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.

4.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo V al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 30 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del acuerdo marco, trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1, de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 de abril. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del acuerdo marco, o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida.

5.- Solvencia económica, financiera y técnica.

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Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 8 del anexo II al presente pliego. En el mismo apartado se especifican los criterios de selección en función de los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del acuerdo marco, dispone efectivamente de esos medios.El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.

6.- Uniones temporales de empresarios.Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del acuerdo marco se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de sus integrantes. En el supuesto de que el acuerdo marco se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del acuerdo marco, hasta su extinción.

7.- Jurisdicción de empresas extranjeras.Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del acuerdo marco, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

8.- Registro de Licitadores.El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, apoderamiento (pero no exime de la presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación), de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad. No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso del órgano y mesas de contratación a él por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid,

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la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción.El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo VI al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.

9.- Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 14 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad.

10.- Garantía provisional.Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del Anexo II al presente pliego, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en dicha cláusula.

11.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

12.- Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones para contratar con la Comunidad de Madrid.

En los contratos de suministros de valor estimado inferior a 90.000,00 euros, la aportación inicial de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para contratar con la Comunidad de Madrid, indicada en los anteriores apartados 1, 2, 3, 5 y 7 puede sustituirse por una declaración responsable de licitador, conforme al modelo que figura como anexo IV bis del presente pliego.

El licitador, antes de firmar la declaración responsable, deberá cerciorarse de que reúne los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en esta cláusula en el momento de finalizar el plazo de presentación de las proposiciones.En todo caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar ante el órgano de contratación, con carácter previo a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. Sin perjuicio de ello, si el órgano de contratación lo estima conveniente, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.

11.2 SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y CRITERIOS BASADOS EN JUCIOS DE VALOR”.Deberá presentarse en el caso de que exista una pluralidad de criterios de adjudicación o así se exija en el apartado 7 del anexo II.

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En el caso de que haya criterios que hacen depender su cuantificación de un juicio de de valor, en este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 7 del anexo II al presente pliego, en orden a la aplicación de los criterios que hacen depender su cuantificación de un juicio de de valor especificados en el apartado 6 del mismo anexo II, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar o se exija en el apartado 7 del anexo II.

11.3 SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS BASADOS EN CIFRAS O PORCENTAJES”.

11.3.1.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA: La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo III al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.

A todos los efectos se entenderá que en los precios ofertados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones de los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, montajes y embalaje, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos en vigor y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del acuerdo marco, a excepción del IVA, que se consignará en partida independiente.

11.3.2.- OTROS CRITERIOS BASADOS EN CIFRAS O PORCENTAJES: En el caso de que haya otros criterios que hacen referencia a características del acuerdo marco que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas, se incluirá en este sobre la documentación relativa a dichos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes. La oferta relativa a dichos criterios deberá ajustarse a los modelos fijados en el anexo III al presente pliego, si así se prescribiese en el apartado 7 del anexo II; si no se estableciese modelo, la oferta se ajustará a las indicaciones establecidas en el apartado 7 del anexo II. Las ofertas que varíen sustancialmente el modelo establecido o no se ajusten a las indicaciones establecidas en el apartado 7 del anexo II, podrán ser desechadas por la Mesa de contratación.

Cláusula 12. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.Constituida la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.

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Igualmente comprobará la Mesa que, conforme a lo exigido en la Cláusula 8 de este Pliego, se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones frente a la Universidad, concediendo, en su caso, un plazo de tres días hábiles para satisfacer las deudas vencidas, con los intereses correspondientes, y que se presente el correspondiente documento acreditativo del pago.

Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección que se establecen en el apartado 8 del anexo II al presente pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.

En un plazo que no podrá ser superior a siete días, a contar desde la apertura de la documentación administrativa, se procederá, en su caso, a la apertura en acto público del sobre que contenga la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor (Sobre 2), entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en él, dejando constancia documental de todo lo actuado.

En acto público, dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa y, en su caso, la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. Seguidamente, abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica y otros criterios basados en cifras o porcentajes”, dando lectura a las ofertas, de las empresas admitidas. Posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 6 del anexo II, al órgano de contratación.

Adjudicado el acuerdo marco y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados por el plazo de un mes, transcurrido el cual, si éstos no retiran su documentación, la Administración no estará obligada a seguir custodiándola y la entregará para su reciclado a la empresa encargada de este tipo servicios.

Cláusula 13. Efectos de la propuesta de adjudicación.La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el acuerdo marco.

CAPÍTULO IIIADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓNCláusula 14. Adjudicación del acuerdo marco.El órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco a los licitadores que en su conjunto, presenten la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación. Los números mínimo y máximo de empresarios con los que se concluirá el acuerdo serán los indicados, en su caso, en el apartado 13 del anexo II, siempre que exista un número suficiente de interesados admitidos o de ofertas admisibles que respondan a los criterios de adjudicación, o bien se podrá declarar desierto el acuerdo marco o, en su caso, uno o varios lotes, cuando no exista ninguna proposición admisible.

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Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 30 del presente pliego, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación del acuerdo marco. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

Si varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.

También tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, las proposiciones presentadas por entidades reconocidas como organizaciones de Comercio Justo, en productos en los que exista alternativa de Comercio Justo.

En el supuesto de que resultase adjudicataria una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del acuerdo marco hasta su extinción.

El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, a requerimiento del órgano de contratación deberá aportar, si no los ha presentado antes, los documentos señalados en los apartados 1 (capacidad de obrar), 2 (apoderamiento), 5 (solvencia económica, financiera y técnica) y 7 (jurisdicción de empresas extranjeras) de la cláusula 11 de este pliego y los que se indican a continuación, a cuyo efecto se le otorgará un plazo de diez días hábiles.

Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

Obligaciones tributarias:

a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

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Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes.

b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.

Además, el adjudicatario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas.

Obligaciones con la Seguridad Social:

Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.

Asimismo, en el citado plazo de diez días hábiles se presentará la documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva así como los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

Si el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa se comprometió a la contratación de personas en situación de exclusión social, deberá presentar igualmente en el citado plazo: informes de los servicios sociales públicos competentes acreditativos de dicha situación, contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

El contrato se adjudicará en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 112.2 b) del TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas.

Una vez presentada la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, sin perjuicio de la eventual revisión de la adjudicación en vía de recurso especial en materia de contratación.

Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones se remitirá por correo o quedará a disposición de los interesados, lo que se les comunicará oportunamente. Si, quedando a su disposición, éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguir custodiándola.

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Cláusula 15. Garantía definitiva.El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido, según lo previsto en el apartado 12 del anexo II al presente pliego.La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el licitador en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento de la Administración. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección 1ª del Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP (en los artículos 96 a 99 del TRLCSP) y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en el TRLCSP, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid.

Si la garantía provisional se hubiese constituido en metálico o valores de Deuda Pública, será potestativo para el adjudicatario aplicar su importe a la garantía definitiva o proceder a la nueva constitución de esta última.En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su costa el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.

En cuanto a la garantía complementaria prevista en el artículo 95.2 del TRLCSP, se estará, en su caso, a lo dispuesto en el apartado 12 del anexo II al presente pliego, teniendo, a todos los efectos, la consideración de garantía definitiva.

Cláusula 16. Perfección y formalización del contrato.El contrato se perfeccionará mediante la formalización, que se efectuará en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.

Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización se efectuará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que hubiera recibido el requerimiento de formalización, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o se hubiera levantado la suspensión.

El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.

CAPÍTULO IV

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EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 17. Principio de riesgo y ventura.De acuerdo con lo que establecen los artículos 215 y 292 del TRLCSP, la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco se realizará a riesgo y ventura del contratista.

Cláusula 18. Sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista a través, en su caso, del responsable del contrato. El contratista será responsable de la calidad de los bienes que entregue así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.

Cláusula 19. Dirección y supervisión del suministro.La dirección y supervisión del suministro corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, a la persona que a tal efecto sea designada por la unidad promotora del contrato, siendo sus funciones la dirección, control y coordinación del suministro. La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración de los bienes objeto del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma cuando así proceda análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento del contrato.

Cláusula 20. Plazo de ejecución y prórroga del contrato.El plazo de vigencia del acuerdo marco será el que se especifica en el apartado 14 del anexo II. Durante dicho plazo los adjudicatarios estarán obligados a atender las peticiones de suministro que reciban sobre los productos objeto del acuerdo marco.

El acuerdo marco podrá ser prorrogado antes de finalizar su vigencia, sin que el plazo total, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años o del plazo inferior que se establezca en el apartado 16 del Anexo II, salvo situación excepcional debidamente justificada. La prórroga será obligatoria para el empresario, salvo que se prevea lo contrario en el apartado 14 del anexo II sin que pueda producirse por consentimiento tácito de las partes.

Los precios no podrán sufrir variación durante el periodo de la prórroga que, en su caso, se acuerde, sin perjuicio de la aplicación de las revisiones de precios que pudieran corresponder conforme a lo estipulado en el acuerdo marco y de las mejores condiciones que los contratistas ofrezcan mediante promociones u ofertas temporales.

Cláusula 21. Cumplimiento del plazo, y penalidades por demora y ejecución defectuosa.El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.Si los suministros sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un

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plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 213.2 del TRLCSP y en el art. 100 del RGLCAP.

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 14 del anexo II al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP.Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades .En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato.Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 15 del anexo II al presente pliego.En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato, o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 15 del anexo II al presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 del TRLCSP.La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

Cláusula 22. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.Cuando se trate de suministros de fabricación, también será la Administración responsable de los daños que se causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyecto elaborado por ella misma. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.

Cláusula 23. Modificación del contrato.El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en él en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente.

En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 105 a 108 210, 219 y 296 del TRLCSP.

Cuando a consecuencia de las modificaciones se produzca aumento, reducción o supresión de unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el objeto del contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista,

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sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.

En el apartado 18.2 del Anexo I se especifican, en su caso, las condiciones, el alcance y los límites de las modificaciones previstas.

Las modificaciones no previstas en el apartado 18.2 del Anexo II sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las haga necesarias.

Cláusula 24. Suspensión del contrato.La Administración podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.

Cláusula 25. Cesión del contrato.Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.

Cláusula 26.Subcontratación.El adjudicatario del contrato podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 227 del TRLCSP quedando obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 228 del mismo texto legal. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.El contratista deberá comunicar a la Administración su intención de subcontratar, las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.Si así se requiere en el apartado 16 del anexo II al presente pliego, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. En este caso, si los subcontratos difieren de lo indicado en la oferta, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que efectúen la notificación y aportación de las justificaciones referidas en el párrafo anterior, salvo autorización expresa con anterioridad por la Administración o situación de emergencia justificada, excepto si la Administración notifica en ese plazo su oposición.

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En el apartado 16 del anexo II al presente pliego se establece, en su caso, el porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar, sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar con terceros no vinculados a él, siempre que en este caso se trate de partes del contrato susceptibles de ejecución separada. Esta obligación tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a los efectos previstos en los artículos 212.1 y 223.f) del TRLCSP.La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.

CAPÍTULO VDERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTACláusula 27. Pago del precio del contrato.Conforme a lo que establece el artículo 293 del TRLCSP, el contratista tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración. En el apartado 17 del anexo II del presente pliego se estipula la forma y condiciones de pago para este contrato.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 218 del TRLCSP, y en los términos establecidos en él, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Administración conforme a Derecho.

Cláusula 28. Revisión de precios.En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 18 del anexo II del presente pliego, todo ello de conformidad con los artículos 89 a 94 del TRLCSP y 104 a 106 del RGLCAP.

Dada la duración y naturaleza del acuerdo marco y de los contratos basados en el mismo, se presumirá que durante el primer año se ha ejecutado el 20 por 100 de su importe a efectos de lo establecido en el articulo 89.1 del TRLCSP.

Cláusula 29. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.

Expresamente se hace constar que los gastos de entrega y de transporte de los bienes objeto del suministro al lugar de entrega serán de cuenta del contratista.

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El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del anexo II al presente Pliego.

El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 20 del Anexo II al presente pliego, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

Cláusula 30. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 de abril.

El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

Cláusula 31. Obligaciones laborales y sociales.El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y la normativa reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción LRSSC y R. D.1109/2007, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.

CAPÍTULO VIEXTINCIÓN DEL CONTRATOCláusula 32. Cumplimiento del contrato y recepción del suministro.El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.

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La recepción de los bienes, a efectos de la comprobación material de la inversión, se realizará en la forma legalmente establecida.

El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes sea posterior a la entrega a la Administración, ésta será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre uno y otro acto.

Salvo el caso para suministros continuados durante toda la duración del acuerdo marco, cuya recepción se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo II de este Pliego o en Pliego de Prescripciones Técnicas, en los demás supuestos, dentro del mes siguiente a la finalización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro.

Si los bienes se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, el funcionario designado por la Administración los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía.

Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que se subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

Cuando se trate de bienes o productos perecederos, una vez recibidos de conformidad por laAdministración será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos.

Cláusula 33. Liquidación del contrato.Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción del contrato la Administración podrá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.

Cláusula 34. Plazo de garantía.El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de recepción y será el establecido en el apartado 21 del anexo II al presente pliego.

Durante dicho plazo la garantía definitiva responderá del concepto señalado en el artículo 100.d) del TRLCSP.

En el supuesto de que hubiere recepciones parciales, el plazo de garantía de los bienes entregados y recibidos de conformidad por la Administración comenzará a contarse desde las fechas de las respectivas recepciones parciales.

Cláusula 35. Vicios o defectos durante el plazo de garantía.Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro.

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En el supuesto de que el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.

Todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 298 del TRLCSP.

Cláusula 36. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía que, en su caso, se determina en el apartado 22 del anexo II al presente pliego, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval, conforme al procedimiento establecido en el artículo 102 del TRLCSP y art. 24 del RGCPCM.

Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 76 del TRLCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP.

Cláusula 37. Resolución del contrato.Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 85, 223 y 299 del TRLCSP, así como las siguientes:

- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.

- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer, conforme a lo establecido en la cláusula 25.

- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.

- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, que se indican en el apartado 20 del anexo II al presente pliego.- El incumplimiento de la obligación del contratista de dar cuenta al órgano de contratación, con la debida antelación, de cualquier oferta singularizada o de campaña que proyecte realizar, sea para el sector público o privado, cuando se refieran a los bienes adjudicados.

- El incumplimiento reiterado de los plazos máximos de entrega establecidos para los bienes.

- El suministro de bienes al margen de los procedimientos establecidos en el presente pliego.

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La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.

En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.

Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 224 del TRLCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 del TRLCSP.

Cláusula 38. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes.De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera del pliego, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP, si el acuerdo marco está sujeto a regulación armonizada, circunstancia que se indica en el apartado 4 del anexo II, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación.

El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo.

Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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ANEXO IRELACIÓN DE ARTÍCULOS

LOTE I: Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles clónicos y/o de marca, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

EQUIPAMIENTO LOTE I IMPORTE EN EUROS (BASE IMPONIBLE)ORDENADOR I80X86 COMPATIBLE 1000 €Sustitución del monitor (indicar marca y modelo)

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Sustitución de la tarjeta gráfica (indicar marca y modelo).

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Sustitución del procesador por uno de gama INFERIOR (indicar marca y modelo).

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Ampliación a 16 Gb de RAM VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Impresora láser b/n para trabajo en grupos pequeños (indicar marca y modelo).

400 €

Impresora láser b/n para uso departamental (indicar marca y modelo).

750 €

(**) Se ofertará un ordenador con la dotación que se indica en el apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El precio de las opciones será objeto de oferta en los apartados siguientes del equipamiento (monitor, tarjeta gráfica, etc.).

Para el mantenimiento del parque informático (averías sin garantía):

MANTENIMIENTO IMPORTE EN EUROS (BASE IMPONIBLE)

CPU, incluyendo Placa Base, Procesador, Módulos de Memoria, Tarjeta Gráfica, Fuente de Alimentación, Disco duro, otras tarjetas, etc.

50 € + coste del componente sustituido

Monitor 50 € + coste del componente sustituido

Impresora 50 € + coste del componente sustituido

Multifunciones y otros periféricos 50 € + coste del componente sustituido

Portátiles y otros dispositivos no contemplados Bajo presupuesto

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Precio de presupuesto no aceptado Según oferta.

LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid.

PERIODO DE RENTING

IMPORTE CUOTA MENSUAL (BASE IMPONIBLE)

VALOR RESIDUAL AL ACABAR EL RENTING (BASE IMPONIBLE)

IMPORTE COPIA EN BLANCO Y NEGRO (con dos cifras decimales)

IMPORTE COPIA EN COLOR (con dos cifras decimales)

Color para departamentos pequeños

48 meses 85,00 € 100 € 0,02€ 0,20€

Color para departamentos grandes

48 meses 140,00 € 150 € 0,02€ 0,20€

LOTE III: Equipamiento informático de Apple en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Mantenimiento del equipamiento Apple sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

NO PODRÁN ofertarse varios productos para cada tipo de bienes.NO PODRÁN ofertarse dos o más productos: uno que fije el precio de la unidad para pedidos pequeños y otro u otros que indiquen el precio global para determinados volúmenes de compra o a partir de cierto número de unidades por pedido

Los concursantes ofertarán un porcentaje de descuento sobre el PVP final, por cada producto.

EQUIPAMIENTO % DE DESCUENTO APLICABLE SOBRE PVP

Gama Mac INDICAR PORCENTAJE DE DESCUENTO

Gama iPAD INDICAR PORCENTAJE DE DESCUENTO

Gama iphone INDICAR PORCENTAJE DE DESCUENTO

Gama TV INDICAR PORCENTAJE DE DESCUENTO

Gama Applecare INDICAR PORCENTAJE DE DESCUENTO

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La información que aparece el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS - Aspectos generales relativos a los lotes I, II y III - Previsión de compras y averías - ADQUISICIONES UC3M 2015 - LOTE III, es orientativa ya que la Universidad no está obligada a adquirir ninguna cantidad mínima de ningún producto. Los precios ofertados por los concursantes son fijos y no varían en función de la cantidad consumida de cada producto durante la vigencia del contrato.

El PRECIO SIN IVA que se especifica en la relación anterior, incluye todos los posibles gastos, así como cualquier otro impuesto, tasa, canon o gravamen que sean de aplicación al presente contrato. Si por circunstancias sujetas a derecho, en las facturas debiera constar expresamente desglosado algún concepto de los incluidos en el PRECIO SIN IVA, la suma de todos los conceptos que correspondan al precio unitario de ese material no debe sobrepasar el PRECIO SIN IVA indicado en la relación anterior.

Para los lotes I y III, el equipamiento seleccionado tendrá una vida de al menos un año natural siendo necesario mantener durante el año de vida natural stocks y repuestos de todos los componentes que integren el equipo. Será obligatoria su renovación tecnológica o ajuste del precio en ese período.

Para el lote II el adjudicatario está obligado a mantener, durante la vigencia del presente contrato, las condiciones ofertadas inicialmente. Sin embargo si estas condiciones se actualizarán (siguiendo la evolución del mercado), las ofertas podrán mejorar las condiciones técnicas de los equipos y/o disminuir su precio unitario ("importe por copia'') pero en ningún momento podrán ser de inferior calidad a los ofertados inicialmente, ni su precio superar el inicialmente ofertado.

En el caso de que se aparecieran nuevos modelos o se produjesen bajadas de precios en el mercado, éstas deberán ser repercutidas de forma inmediata en los pedidos de la Universidad. La empresa adjudicataria establecerá en la oferta económica un porcentaje máximo de incremento sobre el precio de mercado justificado en los servicios extras (atención in-situ, desembalado de equipos, etc).

ANEXO IICARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

TÍTULO: ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

1.- Definición del objeto del acuerdo marco.ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los bienes que se relacionan en el anexo 1 de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición, mediante contratos basados en este acuerdo.

El acuerdo no supone exclusividad por parte de la Universidad Carlos III de Madrid con las empresas adjudicatarias en relación con los productos en él incluidos, ni la determina la imposibilidad de convocar nuevos procedimientos de contratación al margen del acuerdo en supuestos específicos.

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División en lotes: SI Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar: se puede licitar a todos, a algunos o a un solo lote.

LOTE I: Ordenadores personales i80x86 compatibles, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid. Código CPV: 30200000

LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Código CPV: 30120000

LOTE III: Equipamiento informático de Apple: macbook air, macbook air pro, mac mini, imac, mac pro, ipad, etc. en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Mantenimiento del equipamiento Apple sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid. Código CPV: 30200000

2.- Órganos administrativos:

ÓRGANO GESTORDENOMINACIÓN UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRIDCÓDIGO DIR3 U03600001DIRECCIÓN POSTAL

C/ MADRID 126 28903 GETAFE MADRID

UNIDAD TRAMITADORADENOMINACIÓN INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN CAMPUS. IT para usuarios. CAUCÓDIGO DIR3 GE0011802DIRECCIÓN POSTAL

C/ MADRID 126 28903 GETAFE MADRID

OFICINA CONTABLEDENOMINACIÓN UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID- (DIRECCIÓN ECONÓMICA

FINANCIERA)CÓDIGO DIR3 U03600001DIRECCIÓN POSTAL

C/ MADRID 135 28903 GETAFE MADRID

ÓRGANO PROPONENTEDENOMINACIÓN INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EN CAMPUS. IT para usuarios. CAU

Se consignará el número de Expediente: 2016/0005126o

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3.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara.El precio de licitación viene dado por los diferentes precios unitarios de referencia que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas, ya que el volumen total de gasto vendrá determinado por los pedidos concretos realizados por la Universidad en función de sus necesidades durante la vigencia del contrato.

Dado que los pedidos se van a ir efectuando según las necesidades de la Universidad no puede efectuarse una previsión del número de equipos a adquirir. A efectos solamente informativos, y sin que ello suponga compromiso alguno para la Universidad, en el apartado 2.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas se informa del volumen aproximado de compras durante el año 2015.

Los licitadores presentarán en su oferta conforme al modelo del Anexo III y consistirá en ofrecer un precio por cada uno de los artículos indicados en el Anexo I que no podrá superar el PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN SIN IVA indicado en él.

Cuando en la oferta de algún participante aparezca un precio superior al PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN SIN IVA del Anexo I se considerará que el precio ofertado por el participante para ese artículo es el PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN SIN IVA del Anexo I y se aplicará tanto al cálculo de la valoración económica como a todos los suministros de dicho artículo amparados en este contrato.

Si alguna oferta incluyese más de dieciocho (18) precios superiores a los correspondientes precios máximos de licitación sin IVA dicha oferta será excluida de la licitación.

Cuando en la oferta de algún participante no aparezca precio, esté en blanco o sea ilegible o presente algún otro error, se le aplicarán las previsiones de los dos párrafos anteriores sobre presentación de precios superiores al precio máximo de licitación.

Crédito:El presupuesto estimativo de gasto máximo para cada uno de los Lotes, de acuerdo con los créditos presupuestarios de que dispone la Universidad, es el siguiente:

Lote I: gasto máximo 1.100.000 €.Lote II: gasto máximo 25.000 €. Lote III: gasto máximo 100.000 €.

Los gastos que se deriven del contrato a que dé lugar esta licitación irán con cargo a las diferentes Claves Orgánicas del presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid correspondientes a los Servicios, Unidades o Departamentos que puedan realizar este tipo de gastos.La aprobación del gasto y la determinación del concepto presupuestario concreto con cargo al que se financiará cada pedido se realizará particularmente en cada uno de ellos.

Valor estimado del contrato (art. 88 TRLCSP): 4.900.000,00 € (IVA excluido)

4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: Si

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5.- Procedimiento de adjudicación.Tramitación: ordinariaProcedimiento: abiertoPluralidad de criterios de valoración.

6.- Criterios de adjudicación que pueden valorarse:La adjudicación del presente concurso se realizará de acuerdo con los criterios y puntuaciones que se indican:

LOTE I: Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles clónicos y/o de marca, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

1 Oferta Económica 55 puntos 2 Valoración del nivel de servicio 10 puntos3 Valoración técnica equipo de sobremesa 20 puntos4 Valoración técnica de las impresoras 5 puntos5 Plan de organización e implantación 10 puntos

TOTAL 100 puntos

MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES:

Oferta Económica 55 puntos Valoración del nivel de servicio 10 puntos

Valoración ofertas económica: puntuará sobre 55 puntos. Se presentará oferta de equipo de sobremesa con variaciones, impresora láser b/n para grandes grupos, impresora láser b/n para grupos pequeños y presupuesto para la reparación de averías fuera de garantía. Cada una de las ofertas que haya sido admitida a licitación, se valorará cuantitativamente en función del porcentaje de baja respecto a la oferta más económica.Las ofertas inferiores en un 10 % o más a la media aritmética de las ofertas (considerando a tal fin la media aritmética señalada más abajo) serán consideradas bajas anormales, y se les dará el tratamiento legal previsto en el T.R.L.C.S.P.El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se realizará del siguiente modo:Se sumará el total de los precios ofertados por la empresa en el apartado “Equipamiento” y se dividirá por el número de precios. A dicha media aritmética se le aplicará la fórmula siguiente:A la oferta más económica se le otorgarán cincuenta y cinco puntos (55 puntos)Al resto de las ofertas se les otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula: Puntuación OV = 55 x OB / OV OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

Valoración del nivel de servicio: puntuará sobre 10 puntos:

Incremento de un técnico 4 puntos máximo

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adicional en picos de trabajo (p.e Febrero apertura del presupuesto, Septiembre arranque del curso y Noviembre cierre del presupuesto)

Técnico Adicional media jornada2 puntosTécnico Adicional jornada completa 4 puntos

Mejoras en tiempo de respuesta.

1 punto máximoTiempo de respuesta en las primeras 6 horas 1 puntoTiempo de respuesta en las primeras 12 horas 0.5 puntos

Mejoras en tiempo de solución. 1 punto máximoTiempo de solución en las primeras 12 horas 1 puntoTiempo de respuesta en las primeras 24 horas 0.5 puntos

Otras mejoras valoradas para la agilización de la resolución de incidencias:

4 puntos máximoTener sede (oficina y almacén) en la Comunidad de Madrid 3 puntos Servicio de asesoría en compras y soporte técnico que tengan conocimiento del idioma inglés a nivel First certifícate o superior: 1 punto

MEDIANTE JUICIOS DE VALOR:

Valoración técnica equipo de sobremesa 20 puntosValoración técnica de las impresoras 5 puntosPlan de organización e implantación 10 puntos

Valoración técnica equipo base de sobremesa: puntuará sobre 20 puntos.

Las empresas ofertantes deberán obtener un mínimo de 15 puntos en este apartado para pasar a la siguiente fase del procedimiento y resultar adjudicatarios .

Valoración Caja CPU 2 puntos máximoUSB 3.0 y 2.0 en el frontal 1 PuntoParte frontal sin piezas móviles 1 Punto

Valoración de la placa base 4 puntos máximo2 x PCI Express x1 libres 1 PuntoDual Bios 1 PuntoSocket 3 M2 1 PuntoMonitorizaciones HW 1 Punto

Valoración del chipset   3 puntos máximoChipset B150  3 puntos

RAM 2 puntos máximoMemoria en Dual Channel 2 puntos

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Monitor 2 puntos máximoFull HD 1 puntoAltavoces integrados 1 punto

Tarjeta gráfica 1 punto máximoDisipación térmica silenciosa 1 Punto

Ratón, teclado 1 puntos máximoTeclado con Codificación T=0, T=1, S=8, S=9, S=10 1 punto

Sostenibilidad 2 puntos máximo Interruptor Trasero en Fuente de Alimentación 1 puntoNormativa 85% Eficiencia Energética en Fuente de Alimentación 1 punto

Test de rendimiento y estrés 3 puntos máximoLas máquinas serán sometidas a varias herramientas de test, diagnóstico y estrés. Será necesario obtener una puntuación mínima de 2. Todas las máquinas que no superen esta puntuación serán excluidas.

Valoración técnica de las impresoras: puntuará sobre 5 puntos. Las empresas ofertantes deberán obtener un mínimo de 2 puntos en este apartado para pasar a la siguiente fase del procedimiento y resultar adjudicatarios.

Ambas ofertas de la misma marca para minimizar el número de drivers.

Si no se cumple este requisito la oferta excluida.

La marca ofertada puede funcionar con los drivers instalados en el servidor de impresión (mayoritariamente HP).

1 punto.

Ampliación de Garantía de 2 a 3 años 3 puntosCaracterísticas de seguridad (firmware, BIOS, y protección frente a ataques)

1 punto

Plan de organización e implantación: puntuará sobre 10 puntos.

El contratista presentará un modelo de organización del servicio que prestará en la Universidad. Dicho modelo se valorará de cero a diez puntos (0-10) y deberá incluir los apartados siguientes: Definición y descripción del servicio prestado, de acuerdo con los parámetros expresados en el presente pliego.Implantación del servicio, incluyendo la distribución horaria de los técnicos, planes de formación, planes de entrega de equipamiento, planes de resolución de incidencias, etc.Seguimiento y coordinación. Este apartado se deberá desarrollar desde dos puntos de vista:El contratista especificará el modelo de seguimiento del servicio que realizará con las personas que designe la Universidad (funciones del coordinador del servicio, celebración de reuniones de

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coordinación y seguimiento, acceso a documentación en web o mediante otros sistemas electrónicos, otra documentación aportada).El contratista especificará el modelo de coordinación y seguimiento del servicio que la propia empresa realice con el personal del Centro de Atención a Usuarios, así como las funciones del coordinador del servicio. Procedimientos de actuación aportados. La Universidad aportará procedimientos de actuación personalizados para los procesos de compras, entregas, reparaciones de averías y facturación objeto de tratamiento del presente contrato. La empresa contratante podrá aportar aquellas mejoras y procedimiento que considere convenientes.Otros aspectos organizativos que el contratista considere adecuados.La puntuación se asignará de acuerdo con el siguiente desglose:

Definición, organización e implantación del servicio (apartados 1 y 2)

0-3 puntos

Seguimiento y coordinación (apartado 3) 0-3 puntosProcedimientos de actuación (aportados 4) 0-2 puntosOtros aspectos organizativos (apartado 5) 0-2 puntos

LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid.

1 Oferta Económica Mensual 40 puntos 2 Oferta económica precio unitario copia b/n 10 puntos3 Oferta económica precio unitario copia color 10 puntos4 Valoración del nivel de servicio 10 puntos5 Plan de organización e implantación 30 puntos

TOTAL 100 puntos

MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES:

Oferta Económica Mensual 40 puntos Oferta económica precio unitario copia b/n 10 puntosOferta económica precio unitario copia color 10 puntosValoración del nivel de servicio 10 puntos

Solo se presentará oferta del siguiente material (todos de reproducción, impresión y escáner):Equipo multifunción pequeños grupos color.Equipo multifunción grandes grupos color.

Valoración del precio mensual: puntuará sobre 40 puntos, atendiendo a la siguiente fórmula: Se sumará el precio de las dos ofertas (grandes y pequeños grupos) y se dividirá por dos. La media aritmética resultante se valorará cuantitativamente en función del porcentaje de baja respecto a la oferta más económica.

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Las ofertas inferiores en un 10 % o más a la media aritmética de las ofertas (considerando a tal fin la media aritmética señalada) serán consideradas bajas anormales, y se les dará el tratamiento legal previsto en el T.R.L.C.S.P.El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se realizará del siguiente modo:A la media aritmética dicha se le aplicará la fórmula siguiente:Puntuación OV = 40 x OB / OV OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

Valoración del precio unitario por copia en b/n: puntuará sobre 10 puntos, atendiendo a la siguiente fórmula: Puntuación OV = 10 x OB / OV OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económicaValoración del precio unitario por copia en color: puntuará sobre 10 puntos, atendiendo a la siguiente fórmula: Puntuación OV = 10 x OB / OV OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

Valoración del nivel de servicio: puntuará sobre 10 puntos:

Ambas ofertas de la misma marca para minimizar el número de drivers.

Si no se cumple este requisito la oferta excluida.

La marca ofertada puede funcionar con los drivers instalados en el servidor de impresión (mayoritariamente HP).

1 punto.

Sin valor residual al acabar el renting 2 puntos. Características de seguridad (firmware, BIOS, y protección frente a ataques)

2 puntos máximo.

Mejoras en tiempo de respuesta. 1 punto máximoTiempo de respuesta en las primeras 6 horas 0,5 puntosTiempo de respuesta en las primeras 12 horas 0,5 puntos

Mejoras en tiempo de solución. 1 punto máximoTiempo de solución en las primeras 12 horas 0,5 puntosTiempo de respuesta en las primeras 24 horas 0,5 puntos

Otras mejoras valoradas para la agilización de la resolución de incidencias:

3 puntos máximoTener sede (oficina y almacén) en la Comunidad de Madrid 3 puntos Servicio de asesoría en compras y soporte

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técnico que tengan conocimiento del idioma inglés a nivel First certifícate o superior: 1 punto

MEDIANTE JUICIOS DE VALOR:

Plan de organización e implantación 30 puntos

Plan de organización e implantación: puntuará sobre 30 puntos. El contratista presentará un modelo de organización del servicio que prestará en la Universidad. Dicho modelo se valorará de cero a treinta puntos (0-30) y deberá incluir los apartados siguientes: La puntuación se asignará de acuerdo con el siguiente desglose:

Definición, organización e implantación del servicio

Definición y descripción del servicio prestado, de acuerdo con los parámetros expresados en el presente pliego. 5 puntos maxImplantación del servicio, incluyendo la distribución horaria de los técnicos, planes de formación, planes de entrega de equipamiento, planes de resolución de incidencias, etc. 5 puntos max

0-10 puntos

Seguimiento y coordinación Este apartado se deberá desarrollar desde dos puntos de vista:

El contratista especificará el modelo de seguimiento del servicio que realizará con las personas que designe la Universidad (funciones del coordinador del servicio, celebración de reuniones de coordinación y seguimiento, acceso a documentación en web o mediante otros sistemas electrónicos, otra documentación aportada). 5 puntos max

El contratista especificará el modelo de coordinación y seguimiento del servicio que la propia empresa realice con el personal del Centro de Atención a Usuarios, así como las funciones del coordinador del servicio. 5 puntos max

0-10 puntos

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Procedimientos de actuación Procedimientos de actuación aportados. La Universidad aportará procedimientos de actuación personalizados para los procesos de compras, entregas, reparaciones de averías y facturación objeto de tratamiento del presente contrato. La empresa contratante podrá aportar aquellas mejoras y procedimiento que considere convenientes.

0-5 puntos

Otros aspectos organizativos Aspectos organizativos que el contratista considere adecuados.

0-5 puntos

TOTAL 30 puntos

LOTE III: Equipamiento informático de Apple en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Mantenimiento del equipamiento Apple sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

Para la valoración, se presentará el descuento a aplicar sobre PVP a los equipos de las siguientes gamas:

% Descuento aplicable en gama Mac 20 puntos% Descuento aplicable en gama iPAD 20 puntos% Descuento aplicable en gama iPhone 10 puntos% Descuento aplicable en gama TV 10 puntos% Descuento aplicable en gama Applecare 20 puntosValoración de cursos de formación 10 puntosPlan de organización e implantación 10 puntosTOTAL 100 puntos

MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES:

% Descuento aplicable en gama Mac 20 puntos% Descuento aplicable en gama iPAD 20 puntos% Descuento aplicable en gama iPhone 10 puntos% Descuento aplicable en gama TV 10 puntos% Descuento aplicable en gama Applecare 20 puntos

Valoración de oferta económica de Mac, iPAD y Applecare: puntuarán sobre 20 puntos, atendiendo a la siguiente fórmula: Puntuación OV = 20 x OB / OV OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económicaValoración de oferta económica de iPhone y TV: puntuarán sobre 10 puntos, atendiendo a la siguiente fórmula: Puntuación OV = 10 x OB / OV OV: Oferta que se valora

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OB: Oferta más económica

MEDIANTE JUICIOS DE VALOR:

Valoración cursos de formación 10 puntosPlan de organización e implantación 10 puntos

Valoración de cursos de formación: La puntuación máxima será de 10 puntos sobre cursos de al menos 20 horas. Para la valoración de este apartado será necesario presentar un plan de formación, especificando temario y duración. También se tendrá que especificar las instalaciones en donde se den los cursos, que deberán constar al menos de 10 puestos. No se puntuarán cursos de menos horas.

Plan de organización e implantación: puntuará sobre 10 puntos. El contratista presentará un modelo de organización del servicio que prestará en la Universidad. Dicho modelo se valorará de cero a diez puntos (0-10) y deberá incluir los apartados siguientes: Definición y descripción del servicio prestado, de acuerdo con los parámetros expresados en el presente pliego.Implantación del servicio, incluyendo la distribución horaria de los técnicos, planes de formación, planes de entrega de equipamiento, planes de resolución de incidencias, etc.Seguimiento y coordinación. Este apartado se deberá desarrollar desde dos puntos de vista:El contratista especificará el modelo de seguimiento del servicio que realizará con las personas que designe la Universidad (funciones del coordinador del servicio, celebración de reuniones de coordinación y seguimiento, acceso a documentación en web o mediante otros sistemas electrónicos, otra documentación aportada).El contratista especificará el modelo de coordinación y seguimiento del servicio que la propia empresa realice con el personal del Centro de Atención a Usuarios, así como las funciones del coordinador del servicio. Procedimientos de actuación aportados. La Universidad aportará procedimientos de actuación personalizados para los procesos de compras, entregas, reparaciones de averías y facturación objeto de tratamiento del presente contrato. La empresa contratante podrá aportar aquellas mejoras y procedimiento que considere convenientes.Otros aspectos organizativos que el contratista considere adecuados.La puntuación se asignará de acuerdo con el siguiente desglose:

Definición, organización e implantación del servicio (apartados 1 y 2)

0-4 puntos

Seguimiento y coordinación (apartado 3) 0-4 puntosProcedimientos de actuación (aportados 4) 0-1 puntoOtros aspectos organizativos (apartado 5) 0-1 punto

7.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato:

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El contratista presentará la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos contenidos en el pliego, quedando excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.Igualmente presentará documentación sobre los aspectos incluidos en los criterios de adjudicación y ponderación. Se acompañará cualquier documentación que considere necesaria en relación con los criterios de adjudicación. En concreto debe presentar:

- SOBRE 1: o La documentación que se detalla en la Cláusula 11.1 de este Pliegoo NO se admite la sustitución de la documentación acreditativa del cumplimiento de las

condiciones para contratar con la Universidad Carlos III de Madrid por una declaración responsable de licitador, conforme al modelo que figura como anexo IV bis del presente pliego.

- SOBRE 2:o La documentación que contenga la oferta relativa a criterios de valoración basados en

juicios de valor. ESTA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE TANTO EN PAPEL COMO EN SOPORTE ELECTRÓNICO

- SOBRE 3:o La oferta económica conforme al modelo del Anexo III de este Pliego. ADEMÁS DE

EN PAPEL, LA TABLA DE LA OFERTA ECONÓMICA SE DEBERÁ PRESENTAR EN FORMATO EXCEL EN SOPORTE ELECTRÓNICO (CD U OTRO).

8.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA.

LOTE I:A) Solvencia Económica y Financiera:

Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 1.000.000,00 €.

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.

B) Solvencia Técnica:

- Apdo. 1. a) del artículo 77 TRLCSP:

Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

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Como mínimo exigible para participar en la licitación se deberá cumplir lo siguiente:

En concreto, debe acreditarse un mínimo de 1 contrato/ certificado de facturación anual referente al objeto de la presente contratación (suministro de equipos informáticos) en los cinco últimos ejercicios, por un importe mínimo anual por contrato/certificado de 500.000,00 euros (IVA excluido), indicándose para cada uno de ellos importe, fecha y entidad contratante.

LOTE II:A) Solvencia Económica y Financiera:

Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 50.000,00 €.

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.

B) Solvencia Técnica:

- Apdo. 1. a) del artículo 77 TRLCSP:

Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

Como mínimo exigible para participar en la licitación se deberá cumplir lo siguiente:

En concreto, debe acreditarse un mínimo de 1 contrato/ certificado de facturación anual referente al objeto de la presente contratación (arrendamiento de equipo multifunción) en los cinco últimos ejercicios, por un importe mínimo anual por contrato/certificado de 20.000,00 euros (IVA excluido), indicándose para cada uno de ellos importe, fecha y entidad contratante.

LOTE III:A) Solvencia Económica y Financiera:

Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 100.000,00 €.

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.

B) Solvencia Técnica:

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- Apdo. 1. a) del artículo 77 TRLCSP:

Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

Como mínimo exigible para participar en la licitación se deberá cumplir lo siguiente:

En concreto, debe acreditarse un mínimo de 1 contrato/ certificado de facturación anual referente al objeto de la presente contratación (suministro de equipamiento informático Apple) en los cinco últimos ejercicios, por un importe mínimo anual por contrato/certificado de 80.000,00 euros (IVA excluido), indicándose para cada uno de ellos importe, fecha y entidad contratante.

9.- Garantía provisional.Procede: No

10.- Obtención de los pliegos y documentación complementaria.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de los pliegos y documentación complementaria: al menos, con un día de antelación.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: al menos, con antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación.

11.- Admisibilidad de variantes.Procede: No

12.- Garantía definitiva.Procede: Sí.Importe: Lote I: 5% del gasto estimado anual: 55.000,00 eurosLote II: 5% del gasto estimado anual: 1.250,00 eurosLote III: 5% del gasto estimado anual: 5.000,00 euros

13.- Garantía complementaria (artículo 83.2 de la LCSP).Procede: No

14.- Si procede, número de empresarios con los que se concluirá el acuerdo marco (por lote, en su caso): El acuerdo marco se concluirá con un único empresario por lote.

15.- Pólizas de seguros

16.- Plazo de vigenciaPlazo total: 12 meses

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Procede la prórroga del contrato: síDuración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 48 meses.La prórroga será obligatoria para el empresario: no.Los contratos de arrendamiento derivados del acuerdo marco tendrá la duración que en cada caso se estipule con un máximo de 48 meses contándose este plazo desde la fecha de puesta en funcionamiento del bien que se hará constar en un Acta que incluirá: -Certificado de funcionamiento y puesta en marcha del equipo-Entrega al proveedor de los albaranes correspondientes firmados y sellados por la persona responsable de la recepción de los equipos

17.- Penalidades.

Además de las penalidades previstas en la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas, se establecen las siguientes abajo descritas. Su aplicación se realizará de la siguiente manera:

a) Todas las faltas y sus penalizaciones son acumulables.b) El importe de las penalizaciones se descontará de la factura mensual.c) Se levantará acta de la comisión de cada falta y se comunicará inmediatamente a la empresa.

El retraso en cualquier pago de las penalidades impuestas por parte del adjudicatario devengará un interés de demora equivalente a la suma de del tipo de interés del Banco Central Europeo antes del primer día del semestre natural de que se trate más siete puntos porcentuales. Los intereses de demora se devengarán desde el día en que se hubiera producido el impago de un recibo girado al adjudicatario.

Nº FALTA MUY GRAVE (Penalización 10% de la factura mensual)1 Incumplimiento de la presencia y cualquier otra prescripción sobre personal2 Dos faltas graves consecutivas3 Incumplimiento de las obligaciones esenciales descritas en este pliego

Nº FALTA GRAVE (Penalización 5% de la factura mensual)1 Incumplimiento de plan de mantenimiento2 Incumplimiento de tareas y obligaciones y sus frecuencias y plazos 3 No se entrega la documentación o se hace de forma incompleta o inexacta

4 Retrasos en los tiempos definidos en el pliego tanto en compras como en averías

5 Incumplimiento de órdenes de la universidad6 Tres faltas leves consecutivas

Nº FALTA LEVE (Penalización 3% de la factura mensual)1 Incumplimiento de la experiencia del personal2 Cualquier otro incumplimiento del PPTP no contemplado como falta grave o muy grave

Además de las indicadas en el PCAP podrá ser causa de Resolución del contrato: 1) Cuando el importe acumulado de todas las penalizaciones aplicadas alcance el 15% del importe del contrato o un múltiplo.

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2) Por incumplimiento reiterado de las cláusulas de este pliego (más de tres penalizaciones en el plazo de 12 meses).3) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales descritas en este Anexo I del PCAP, al amparo de lo previsto en el art. 223.f) del TRLCSP.

18.- SubcontrataciónProcede: siPorcentaje susceptible de contratación: 50 %

19.- Régimen de pagos y facturación.Pagos parciales: NOAbonos a cuenta por operaciones preparatorias: no procede.

19.1. FACTURACIÓN:

El importe del contrato se abonará una vez realizadas y recibidas de conformidad por la Universidad las prestaciones que constituyen el objeto del mismo.El pago se realizará mediante transferencia bancaria a favor del adjudicatario, previa presentación de las facturas correspondientes.Facturación puntual (lotes I y III) y mensual (lote II) para todos los pedidos/reparaciones/presupuestos gestionados durante la semana, con detalle de los elementos incluidos. Para la presentación de la factura será necesario que el material esté instalado, configurado y que se encuentre en funcionamiento. Todas las facturas, con los requisitos previstos en la normativa en vigor y a las que se unirán los documentos exigidos por la legislación vigente se presentarán en el Registro de la Universidad Carlos III de Madrid.Los procedimientos y plazos indicados para la facturación y su pago serán controlados por la Unidad de Infraestructuras y Servicios en Campus. Área de servicios IT-CAU y podrán introducir en ellos las variaciones que estimen oportunas para mejorar las prestaciones contratadas, con la debida comunicación a los adjudicatarios.

Las facturas deben presentarse siempre antes del cierre del Universidad en el mes de diciembre.

En ningún caso se abonarán facturas con fecha de ejercicios cerrados.

20.- Revisión de precios y modificaciones.20.1.- Revisión de precios.Procede: No procede.

20.2.- Modificaciones previstas del contrato.

El órgano de contratación, cuando concurran motivos de interés público, ya sea por propia iniciativa y con la conformidad del contratista o a instancia de éste, podrá incluir nuevos servicios/suministros del tipo de los adjudicados o similares a ellos, siempre que su precio no exceda en más de un 20 por 100 al del gasto anual máximo estimado.Procedimiento de modificación: audiencia del contratista para fijación de precios contradictorios, aprobación de la modificación y del gasto por el Órgano de contratación y notificación al adjudicatario.

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21.- Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación: 1.000 euros

22.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista:El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.

23.- Procedimiento y criterios objetivos de adjudicación de los contratos derivados del acuerdo marco.En la adquisición de los artículos se seguirá el siguiente procedimiento:Los pedidos se irán efectuando a lo largo del tiempo de vigencia del contrato según las necesidades de la Universidad, por parte de los diferentes centros de gestión de gasto de la Universidad (Servicios, Departamentos, Institutos, etc)

La petición ha de ser formalizada en la hoja de pedido establecida o en formulario electrónico habilitado por la universidad al efecto.

24.- Plazo de garantía.24.1.- Plazo de garantía de los productos.

Lote I: 4 años in situ para los equipos de sobremesa. 2 años in situ para el resto de componentes. Lote II: El de duración del arrendamiento (48 meses).Lote III: Sin AppleCare Protection Plan: 1 año “in situ” o la garantía vigente en Apple. Con AppleCare Protection Plan: 3 años de garantía “in situ”. La empresa adjudicataria se hará cargo de todos los arreglos que precisen los equipos durante la vigencia de dicha garantía. Serán a su cargo conceptos tales como: desplazamientos, salidas de taller, mano de obra, piezas, repuestos, y cualquier coste que pudiera producirse en estos conceptos.

24.2.- Plazo de garantía del acuerdo marco:1 año desde el término conforme del acuerdo marco.

25.- Pólizas de seguros. Procede: síEl adjudicatario está obligado a suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil. Se aceptará la que tenga constituida la empresa para cubrir los riesgos derivados de su actividad, siempre que tenga incluidas las siguientes coberturas mínimas: locativa, explotación, patronal y defensa y fianza, pero la Universidad podrá exigir completarla o aumentarla si considera que no cubre los riesgos que estime deben quedar necesariamente cubiertos para la realización del servicio con las máximas garantías de seguridad.

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ANEXO III

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DE OTROS CRITERIOS BASADOS EN CIFRAS O PORCENTAJES

D./Dª...................................................................................., con DNI número ................................. en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa)………………….................................................................................. con CIF/NIF.............................con domicilio en ........................................................... calle ……........................................................................., número.................. consultado el anuncio de licitación del acuerdo marco para el suministro de: ………………………………………………………………….…, publicado en el BOE............. del día................. de.............. de............. y enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, y manifiesta que los artículos, precios unitarios, plazos de entrega y demás indicaciones constitutivas de la presente proposición se recogen en las siguientes hojas numeradas de la .... a la .....Se hace constar expresamente que en el cálculo de los precios ofrecidos se han considerado todos los elementos necesarios para el cumplimiento de los contratos basados en el acuerdo marco, de acuerdo con lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.

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LOTE I: Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles clónicos y/o de marca, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

A) OFERTA ECONÓMICA DEL “EQUIPAMIENTO”

EQUIPAMIENTO PRECIO EN EUROS (BASE IMPONIBLE)

IVA

ORDENADOR I80X86 COMPATIBLESustitución del monitor (indicar marca y modelo)

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Sustitución de la tarjeta gráfica (indicar marca y modelo).

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Sustitución del procesador por uno de gama INFERIOR (indicar marca y modelo).

VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Ampliación a 16 Gb VARIACIÓN EN EUROS CON RESPECTO AL PRECIO DEL EQUIPO BASE

Impresora láser b/n para trabajo en grupos pequeños (indicar marca y modelo). Impresora láser b/n para uso departamental (indicar marca y modelo).

(*) Se ofertará un ordenador con la dotación que se indica en el apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El precio de las opciones será objeto de oferta en los apartados siguientes del equipamiento (monitor, tarjeta gráfica, etc.).

Para el mantenimiento del parque informático (averías sin garantía):

EQUIPAMIENTO PRECIO EN EUROS (BASE IMPONIBLE)

IVA

CPU, incluyendo Placa Base, Procesador, Módulos de Memoria, Tarjeta Gráfica, Fuente de Alimentación, Disco duro y Otras tarjetas:

_________ € + coste del componente sustituido.

Monitor _________ € + coste del componente sustituido

Impresora _________€+ coste del componente sustituido

Multifunción _________ €+ coste del componente sustituido

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Portátiles y otros dispositivos no contemplados Bajo presupuesto. Precio de presupuesto no aceptado __________ €

Si el mismo equipamiento se encuentra en el mercado a precio inferior, se deberá realizar un ajuste de precios en donde la empresa adjudicataria establecerá un porcentaje máximo de incremento sobre el precio de mercado, justificado en los servicios extras (atención in-situ, desembalado de equipos, etc).

AJUSTE DE PRECIOS PORCENTAJE INCREMENTO CON RESPECTO A PRECIOS DEL MERCADO

Para todos los componentes

B) NIVEL DE SERVICIO

(*) (*)Incremento de un técnico adicional en picos de trabajo (p.e Febrero apertura del presupuesto, Septiembre arranque del curso y Noviembre cierre del presupuesto)

Técnico Adicional media jornada

Técnico Adicional jornada completa

Mejoras en tiempo de respuesta. Tiempo de respuesta en las primeras 6 horas

Tiempo de respuesta en las primeras 12 horas

Mejoras en tiempo de solución. Tiempo de solución en las primeras 12 horas

Tiempo de respuesta en las primeras 24 horas

Tener sede (oficina y almacén) en la Comunidad de Madrid

SÍ/NO (**)

Servicio de asesoría en compras y soporte técnico que tengan conocimiento del idioma inglés a nivel First certifícate o superior:

SÍ/NO (**)

(*) Señalar con “x” la oferta. Si no se señala nada o se pone “x” en las dos casillas la puntuación será 0(**) Indicar lo que se oferte. Si no se dice nada, se entiende que la oferta es “No”

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LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid.

A) OFERTA ECONÓMICA

PERIODO DE

RENTING

IMPORTE CUOTA MENSUAL (BASE

IMPONIBLE)

VALOR RESIDUAL AL ACABAR EL RENTING (BASE

IMPONIBLE)

IMPORTE COPIA EN BLANCO Y

NEGRO (con dos cifras decimales)

BASE IMPONIBLE

IMPORTE COPIA EN COLOR (con dos

cifras decimales) BASE IMPONIBLE

Color para departamentos pequeños

48 meses

Color para departamentos grandes

48 meses

B) NIVEL DE SERVICIO

(*) (*)Ambas ofertas han de ser de la misma marca para minimizar el número de drivers

Indicar Marca Indicar marca

La marca ofertada puede funcionar con los drivers instalados en el servidor de impresión (mayoritariamente HP).

SÍ/NO (**) SÍ/NO (**)

Sin valor residual al acabar el renting

SÍ/NO (**) SÍ/NO (**)

Características de seguridad (firmware, BIOS, y protección frente a ataques)

SÍ/NO (**) SÍ/NO (**)

Mejoras en tiempo de respuesta. Tiempo de respuesta en las primeras 6 horas

Tiempo de respuesta en las primeras 12 horas

Mejoras en tiempo de solución. Tiempo de solución en las primeras 12 horas

Tiempo de respuesta en las primeras 24 horas

Tener sede (oficina y almacén) en la Comunidad de Madrid

SÍ/NO (**)

Servicio de asesoría en compras y soporte técnico que tengan

SÍ/NO (**)

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conocimiento del idioma inglés a nivel First certifícate o superior:

(*) Señalar con “x” la oferta. Si no se señala nada o se pone “x” en las dos casillas la puntuación será 0(**) Indicar lo que se oferte. Si no se dice nada, se entiende que la oferta es “No”

LOTE III: Equipamiento informático de Apple: macbook air, macbook air pro, mac mini, imac, mac pro, ipad, etc., en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid.

A) OFERTA ECONÓMICA

(Lugar, fecha, sello y firma del apoderado del licitador)

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA OFERTA ECONÓMICA1ª) LAS EMPRESAS RELLENARÁN LA OFERTA ECONÓMICA DE ACUERDO CON ESTE MODELO.

2ª) LA OFERTA ECONÓMICA SE REALIZA A LA BAJA, SALVO LOS PORCENTAJES DE DESCUENTO SOBRE PVP EN EL LOTE III, Y NO PODRÁ SUPERAR EL IMPORTE DE LOS PRECIOS TIPO DE LICITACIÓN, SI LOS HUBIERE.

3ª) DEBEN INDICARSE TODAS LAS CANTIDADES EN NÚMERO Y EN EUROS, CON INCLUSIÓN DE LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A CUALQUIER IMPUESTO, TASA O GASTO QUE SEA DE APLICACIÓN AL PRESENTE CONTRATO TENIENDO LA CONSIDERACIÓN DE PRECIOS TOTALES, EXCLUIDO EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.) QUE SE REFLEJARÁ COMO PARTIDA INDEPENDIENTE,.

4ª) LOS EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA QUE CONCURSEN, CUMPLIMENTARÁN SUS OFERTAS ECONÓMICAS CONFORME A ESTE MODELO INCLUYENDO EN ÉL O EN DOCUMENTO APARTE SU DECLARACIÓN SOLEMNE DE SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA TODAS LAS INCIDENCIAS QUE DE MODO DIRECTO O INDIRECTO PUDIERAN SURGIR DEL CONTRATO.

5º) EL NO PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA AJUSTADA A ESTE MODELO Y A LAS INSTRUCCIONES QUE EN ÉL FIGURAN, PODRÁ DAR LUGAR A SU DESESTIMACIÓN.

EQUIPAMIENTO % DE DESCUENTO APLICABLE SOBRE PVP

Gama MacGama iPADGama iphoneGama TVGama Applecare

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ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA

ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO

EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID.

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE ………..………en nombre propio o en representación de la empresa …………………..…………………,con CIF nº ….……………, en calidad de ……………………...…………………....……

DECLARA:I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre, texto refundido de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en la misma, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.

En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….

Fdo.:

Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre, texto refundido de Contratos del Sector Público.

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(NO PROCEDE)

ANEXO IV bis

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA COMUNIDAD DE MADRID.

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de ……………………...…………………....………

DECLARA:

Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, cumplen con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, previstas en el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, no se hallan comprendidos en ninguna de las incompatibilidades para contratar señaladas en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….

Fdo.:

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ANEXO VMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE

TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

D./Dña………………… , en nombre propio o en representación de la empresa ………… con C.I.F. nº ….………………, en calidad de ………………………………………….....

DECLARA:

Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.

En .............................,a ....... de ....................de 2.......

Firmado:

Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.

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ANEXO VIMODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DE

VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES 1

D./D.ª .................................................................... en calidad de 2 .......................................... con DNI / NIE n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de la empresa ................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, con el n.º ......., al objeto de participar en la contratación denominada …......................……………………, convocada por la Universidad Carlos III de Madrid,

DECLARA:

A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.

B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.

Datos que han sufrido variación:

Documentación justificativa que se adjunta:

En ................................., a ....... de .......................... de 20...

Fdo:1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación para empresas inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid.2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.3 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE

MADRID.

1.- Objeto del concursoEl objeto del presente concurso es la selección de proveedores para el suministro de material informático con destino a la Universidad Carlos III de Madrid y la selección de la empresa prestadora del servicio de mantenimiento de material informático de la Universidad Carlos III de Madrid.Serán objeto del mismo los siguientes bloques:

LOTE I: Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles clónicos y/o de marca, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid. LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. LOTE III: Equipamiento informático de Apple en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Mantenimiento del equipamiento Apple sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

2.- Aspectos generales relativos a los lotes I, II y IIIPara cada lote se recibirán ofertas de la gama de equipos que contemplen los conceptos anteriores y cumplan las especificaciones particulares. Para la presentación de las ofertas se utilizarán los modelos que se indican en el pliego de cláusulas administrativas. Los equipos se ubicarán en los distintos centros o edificios de la Universidad Carlos III de Madrid. La empresa adjudicataria deberá efectuar el suministro, transporte e instalación de los equipos y la asistencia técnica para su correcto funcionamiento, así como las reparaciones que incluirán: mano de obra, desplazamientos, piezas originales, inclusive aquellas que por su desgaste natural hubiera que sustituir y todos los consumibles que puedan necesitar las máquinas (esto último en el lote II). Correrá por cuenta del adjudicatario, el traslado y reinstalación de las máquinas que sea necesario reubicar durante la vigencia del contrato.

2.1.- Características medioambientales de los equipos Para la acreditación de los aspectos ambientales se presentará la documentación que avale el cumplimiento de las especificaciones indicadas en los apartados posteriores. La demostración de la equivalencia entre los estándares definidos en el pliego y otra documentación equivalente deberán hacerla los licitadores.EquipamientoEquipos informáticos (equipos de sobremesa)

a. Requisitos de ergonomía y emisiones electromagnéticas en pantallas: los monitores cumplirán con los requerimientos de ergonomía y emisiones electromagnéticas definidas en la etiqueta ecológica TCO (Certified Displays) o equivalente.

Equipos informáticos (portátiles)

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a. Consumo energético: todos los equipos ofertados cumplirán con los requisitos de consumo eléctrico típico (TEC, Typical Energy Consumption) y de gestión de energía definidos en la norma Energy Star o equivalente.

Impresoras y Equipos multifuncióna. Consumo energético: Todos los equipos ofertados cumplirán con los requisitos de consumo

eléctrico típico (TEC, Typical Energy Consumption) definidos en la última versión del Energy Star (Imaging equipment) o equivalente.

b. Idoneidad técnica para imprimir y copiar en papel 100% reciclado según EN 12281:2002 o equivalente. Los cartuchos/tóners de colores se podrán cambiar por separado en máquinas a color.

c. Nivel de ruidos: los equipos no han de superar el nivel de ruido LWAd (nivel ponderado de potencia sonora A declarado) de 75 dB(A), calculados según EN ISO 7779:2011 y expresados según ISO 9296:1988 o equivalentes y referido a la máquina sin accesorios.

d. Limitación sustancias nocivas: Las emisiones no superan los siguientes valores (según el procedimiento definido en la ecoetiqueta Ángel Azul o equivalente:

Polvo: Para equipos monocromos y a color: 4 mg/hora.COVT (compuestos orgánicos volátiles totales):

Para equipos monocromos: 10 mg/hora Para equipos a color: 18 mg/hora

Ozono: Para equipos monocromos: 1,5 mg/hora Para equipos a color: 3 mg/hora

Estireno Para equipos monocromos: 1 mg/hora Para equipos a color: 1,8 mg/hora

Benceno:•Para equipos monocromos: <0.05 mg/hora•Para equipos a color: 0,05 mg/hora

MantenimientoEn la limpieza de equipos se emplearán productos sin disolventes orgánicos halogenados. Se deberán indicar en la oferta los materiales y productos utilizados en la limpieza de los equipos.El adjudicatario gestionará los residuos especiales derivados del mantenimiento de las máquinas (tóner residual, cartuchos de tóneres gastados, etc.) a través de un gestor autorizado de residuos o a través de un sistema de retorno del fabricante.EmbalajesLa empresa adjudicataria, una vez instalados los equipos, será responsable de la recogida y gestión de los embalajes de los equipos suministrados y cada fracción de embalaje (cajas de cartón, embalajes de plástico y otros) serán gestionados de tal forma que se facilite su reciclaje.

2.2.- Gestión de pedidos y comprasLos pedidos se irán efectuando (de manera escalonada) por parte de los diferentes centros de gestión de gasto de la Universidad (Servicios, Departamentos, Institutos, etc) a lo largo del tiempo de vigencia del

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contrato según las necesidades de la Universidad. Desde que se realice la petición del equipamiento hasta recibir la oferta, no debe trascurrir más de dos días laborables. Plan de entregas en días fijos señalados por la Universidad para cada uno de los campus. El plazo de entrega del equipamiento estándar será como máximo de diez días laborables desde la aceptación de la oferta. Transporte, entrega, desembalaje, conexión, prueba, puesta en marcha inicial de los equipos en su ubicación definitiva el mismo día que se hace entrega de ellos. Si procede, creación de discos de restauración y activación de la extensión de garantía. Si un dispositivo de los distintos lotes resultara defectuoso, la Universidad podrá devolverlo al proveedor en un plazo máximo de quince días laborables desde la fecha de la entrega e instalación, recibiendo a cambio otro equipo nuevo de idénticas características en un periodo no superior a diez días. Si el equipamiento no cumpliese las expectativas del peticionario, la universidad podrá realizar la devolución al proveedor durante los diez primeros días laborales desde la fecha de entrega. Las devoluciones podrán realizarse excepto en casos en los que el proveedor haya precisado lo contrario e informado debidamente al peticionario durante el proceso de compra. En caso de equipamiento sin posibilidad de devolución deberá ser claramente indicado en el presupuesto de compra que sea emitido por el adjudicatario.En cualquier momento la universidad podrá demandar a la empresa adjudicataria un informe que certifique las pruebas de calidad que han pasado todos y cada uno de los equipos que se entregan en la Universidad. Todas las intervenciones en la Universidad se realizarán en las franjas horarias comprendidas entre las 9:00 h. –14:30h., y las 16:00 h. – 18:00h, de lunes a viernes, en días laborables, excluyendo festivos y periodos de cierre de la universidad que Gerencia determine. Se considerarán días festivos las fiestas nacionales, fiestas de la Comunidad de Madrid así como las fiestas locales de los municipios.

2.3.- Gestión de averías e incidencias. Nivel de servicio. Si una vez, servido e instalado el equipamiento, este sufre una avería, el diagnóstico inicial de la avería podrá ser efectuado por el Centro de Atención a Usuarios de la Universidad o por el técnico que la empresa adjudicataria determine. En caso de que el diagnóstico realizado por los técnicos de la Universidad fuese incorrecto, el tiempo de solución a que hace referencia el nivel de servicio, comenzará a contarse a partir del diagnóstico realizado por el técnico de la empresa adjudicataria.La notificación de incidencias relativas a los lotes comprendidos en el presente concurso se realizará a través de la web, mediante el sistema de gestión de incidencias de la Universidad Carlos III de Madrid. En la incidencia se recogerán los siguientes datos:

Tipo, marca y modelo del equipo. Número de serie. Descripción de la avería. Localización del equipo (despacho). Nombre del usuario o persona de contacto. Codificación UC3M de la incidencia. Otra información que pueda resultar de interés.

Todas las intervenciones de equipamiento en garantía no supondrán coste alguno para la UC3M. Para las intervenciones fuera de garantía, la empresa adjudicataria emitirá un presupuesto que tendrá que ser aceptado por la Universidad. Solamente se podrán realizar o facturar intervenciones que hayan sido notificadas o aceptadas por los cauces autorizados.

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La UC3M, comunicará al adjudicatario los nombres de las personas autorizadas a enviar avisos de averías, solicitar presupuestos y aceptar los mismos. Todas las intervenciones en la Universidad se realizarán en las franjas horarias comprendidas entre las 9:00h. –14:30h., y las 16:00h. – 18:30h, de lunes a jueves y de 9:00 a 14:30 los viernes, en días laborables, excluyendo festivos y periodos de cierre de la universidad. Se considerarán días festivos las fiestas nacionales, fiestas de la Comunidad de Madrid así como las fiestas locales de los municipios. La universidad no contemplará en el acuerdo de nivel de servicio ninguna otra festividad al margen de las mencionadas anteriormente.El acuerdo de nivel de servicio para los lotes I y III, es el siguiente:

Tiempo de Respuesta: Un día laborable desde la notificación de la incidencia. Se entiende por tiempo de respuesta, el tiempo que tarda el Servicio Técnico en comprobar la avería de la máquina. Tiempo de Solución Temporal: Dos días laborables desde la notificación de la incidencia. Se entiende por tiempo de solución temporal, el tiempo que tarda el Servicio Técnico en dar una solución alternativa temporal (p.e máquina en sustitución). Tiempo de Solución Definitivo: Tres días laborales desde la notificación de la incidencia. Se entiende por tiempo de solución, el tiempo que tarda el Servicio Técnico en reparar la avería y dejar el equipo operativo. Sustitución de equipo no reparado en un plazo inferior o igual a tres días laborables: Si un equipo no se ha reparado en tres días laborables, la empresa adjudicataria sustituirá el componente o equipo averiado por otro de características similares o superiores en el día cuatro desde la comunicación de la incidencia.

2.4.- Previsión de compras y averíasDado que los pedidos se van a ir efectuando según las necesidades de la Universidad no puede efectuarse una previsión del número de equipos a adquirir.A efectos solamente informativos, y sin que ello suponga compromiso alguno para la Universidad, se comunica que el volumen de compras aproximado, en el ámbito de este concurso, durante el año 2015 ha sido el siguiente:

ADQUISICIONES UC3M 2015

LOTE IEQUIPOS SOBREMESA ARQ. CLÓNICA (CON TFT) 109EQUIPOS SOBREMESA ARQ. CLÓNICA (SIN TFT) 101EQUIPOS SOBREMESA ARQ. PROPIETARIA (CON TFT) 15EQUIPOS SOBREMESA ARQ. PROPIETARIA (SIN TFT) 3PANTALLA PLANA LCD-TFT (SIN CPU) 53IMPRESORAS 48MULTIFUNCIONES 17PORTÁTILES 82TABLETAS 9Actualización software 12Ampliaciones memoria 152Monitor 27" 5Otros:1 Monitor LED 21.5”

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1 Discos Duro Canvio 2TB1 Funda Case 1 Disco Duro 1TB1 Samsung Gear S 3G 4GB1 Cable 2 Metros Mini Display Port1 Bolsa de Transportes 2 Disco duro SSD 256GB Sata3 Casco con micrófono1 Tableta 32GB Wifi1 Lector de Tarjetas1 Funda de portatilLOTE IIRenting Máquinas Multifuncionales 2LOTE IIIApple Macbook Pro 15” Retina 3Apple Macbook Pro 15” 2Apple Macbook Pro 13” 8Apple Macbook Air 13” 10Apple Macbook 12” 2Apple Mac Mini 5Apple iMac 27” 3Apple Care Protección Plan 5Apple Teclado Keyboard numérico 4Apple Mouse Óptico 4Apple Magic Mouse 3Apple iPad Air 2 wifi 64GB 6Apple iPad Air wifi 128GB 1Apple iPad Mini 3 wifi 64GB 1Apple iPad Pro wifi 32GB 1Apple iPod Touch 16GB 1Apple Funda Mini 1Apple Smart Case Azul para iPad Air 1Apple Monitor LCD 27” 3Apple iPhone 6S Plus 128GB 3Apple iPhone 6S 64GB 1Apple Conector Dock 1Apple Pencil 1Apple Adaptador Thuderbolt 8Apple Adaptador Mini Display Port a VGA 4Apple USB Power Adapter 3Apple Conector Lightining a Usb 4Apple Adaptador de corriente 1Apple Adaptador Usb a Ethernet 1Apple Adaptador Multipuerto Usb 1Apple Adaptador de corriente Magsafe 2

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Así mismo son frecuentes las compras de diversos accesorios como: teclados inalámbricos, ratones inalámbricos, dock-stations, ipad covercase, adaptadores (Dock a VGA, USB-Ethernet …), baterías, touchpad, grabadoras, etc. A efectos solamente informativos, y sin que ello suponga compromiso alguno para la Universidad, se comunica que el volumen de incidencias aproximado, en el ámbito de este concurso, durante el año 2015 ha sido el siguiente:

REPARACIONES UC3M 2015 PARA EL LOTE I Número de incidencias en garantía 48

Número de incidencias fuera de garantía 55

   Nº de presupuestos de reparación aceptados 49

   Nº de presupuestos de reparación no aceptados 6

INTERVENCCIONES 2015 PARA EL LOTE II16 máquinas del parque 49

REPARACIONES UC3M 2015 PARA EL LOTE III Número de incidencias en garantía 12

Número de incidencias fuera de garantía 9

   Nº de presupuestos de reparación aceptados 3

   Nº de presupuestos de reparación no aceptados 4

2.5.- Retirada de chatarra informática. El adjudicatario retirará gratuitamente los equipos obsoletos y residuos de equipos y componentes informáticos e informará a la universidad de su entrega a un gestor autorizado, tanto si estos se destinan a reciclaje o a reutilización, en los términos establecidos en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y demás legislación que resulte de aplicación.Cada ver que se tenga que realizar una retirada de equipos obsoletos y residuos de equipos y componentes informáticos, la empresa adjudicataria, con carácter previo, elaborará un informe en el que se incluirá:• Tipo de material, marca y modelo. • Cantidad. • Número de serie y número de inventario de la UC3M. • Peso aproximado. • Número de parte asociado a cada retirada.

Una vez retirados los equipos de la universidad, el adjudicatario enviará a la unidad de Medio Ambiente los documentos acreditativos de la gestión realizada, los documentos de aceptación por gestores autorizados y el certificado de destrucción posterior al tratamiento. En los procesos de tratamiento se

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garantizará la protección de los datos de carácter personal que pudieran contener los residuos gestionados en cumplimiento de la ley orgánica de protección de datos. En el primer mes de inicio del contrato, la empresa adjudicataria informará a la unidad de Medio Ambiente del nombre de los gestores autorizados a los que entregarán los equipos que retire de la universidad.La UC3M puntualmente podrá pedir presupuesto de borrado o destrucción de discos duros de manera masiva. En estos casos, la empresa presentará un presupuesto detallado del coste de realizar este servicio.

2.6.- Seguimiento e incumplimiento de las especificaciones recogidas en el presente pliego.

La empresa adjudicataria elaborará un informe mensual del estado de las compras/incidencias pendientes (abiertas) y cerradas en la Universidad, indicando, al menos, lo siguiente:

Número de incidencia del sistema de gestión de la Universidad. Estado de la incidencia. Fecha y hora de respuesta. Fecha y hora de resolución. Descripción: tipo y marca del elemento averiado. Codificación UC3M de la incidencia. Acciones realizadas para su resolución. Estadística mensual por campus de las intervenciones: Nº de intervenciones realizadas. Nº de intervenciones pendientes. Tiempos medios de respuesta y solución.

Al menos una vez al mes se realizará una reunión de seguimiento del presente concurso en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid, a la cual asistirán las personas que designe la Universidad y la empresa adjudicataria. Los acuerdos tomados en dicha reunión se recogerán en un acta que será vinculante para ambas partes.Será motivo de resolución de contrato las repetidas faltas en el incumplimiento de los plazos de asistencia técnica y reparación de averías así como el incumplimiento en los plazos de instalación de máquinas, cambio de modelos e instalación de nuevos accesorios, siendo comunicada por escrito la primera queja formal de la anomalía para su inmediata corrección.Igualmente podrán ser causas de rescisión de contrato la falsedad o el incumplimiento de características, prestaciones técnicas o datos técnicos de los facilitados en las ofertas presentadas. En el caso de incumplimiento de las condiciones especificadas en el presente pliego se aplicaran las sanciones que se especifican en el pliego de cláusulas administrativas.

3.- Aspectos particulares relativos a los lotes I, II y III.

LOTE I: Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles clónicos y/o de marca, portátiles, impresoras, multifunciones, ampliaciones y periféricos en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos. Mantenimiento del equipamiento informático sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

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Aunque este lote comprende un gran abanico de productos (ampliaciones, periféricos, etc), en la valoración del mismo solo se tendrán en cuenta los equipos de sobremesa, impresoras y el mantenimiento del parque informático. La empresa adjudicataria tendrá que tener un stock suficiente que garantice al menos el equipo de sobremesa durante un año. Es posible que en momentos puntuales y por necesidades específicas (aulas informáticas, crecimiento de la Universidad, necesidades específicas de un servicio o proyecto, etc.), la universidad necesite adquirir material de este lote en modo de renting o pago aplazado. Estas posibles adquisiciones se valorarán bajo petición de presupuesto. La empresa adjudicataria dedicará, al menos dos técnicos in situ (Getafe, Leganés) en jornada partida de 8 horas de Lunes a Viernes. Dichos técnicos se encargarán del suministro, instalación y reparación de averías del parque informático de TODOS LOS CAMPUS de la UC3M. Será necesario que los técnicos tengan una experiencia demostrable de al menos tres años de soporte en el entorno universitario.De manera trimestral, la empresa emitirá un informe con las compras/pedidos realizadas por la UC3M. Ordenadores de sobremesa i80x86 compatibles La Universidad Carlos III dispone de una Licencia Campus de actualización de Sistemas Operativos Microsoft. Por ello el proveedor ofertará y suministrará la licencia más barata del sistema operativo Windows disponible en el momento de la entrega del equipo. Cada uno de los equipos entregados en la universidad deberá llevar adherida su correspondiente pegatina OEM (Fabricante de Equipamiento Original). Para la realización de las ofertas económicas relativas al presente concurso se podrá utilizar el precio del sistema operativo Windows más barato en el momento de la presentación de dicha oferta. Los equipos adquiridos tendrán que venir con una serie de programas estándar definidos en la UC3M. Esta serie de programas se agrupan en una imagen, en lo que conocemos como COM (Configuración Ofimática Mínima). Básicamente la COM está formada por:

Sistema Operativo. Programas Ofimáticos. Navegadores de Internet y Clientes de Correo Electrónico. Utilidades (Grabador DVD, Compresor, Lector PDF, Multimedia, Cliente FTP, Telnet,

Antivirus, etc). Drivers específicos.

Todos estos programas, necesarios para la creación de la COM, serán suministrados por la UC3M. La COM será actualizada con la aparición de nuevas versiones de los programas que la integran y cuando el hardware de los ordenadores sufran un cambio importante (previamente autorizado por la universidad). La COM será proporcionada a la Universidad en algún medio físico (CD/DVD), cada vez que haya un cambio de la misma. Los PCs y portátiles suministrados serán Windows/Linux compatibles, salvo petición de modelos específica.Cada licitador presentará una oferta cuyas características estén encuadradas en la siguiente descripción. ELEMENTO CARACTERISTICASCaja Mini torre para placas MicroATXFuente de alimentación Fuente de alimentación silenciosa de 300W realesPlaca base 4 x sockets DDR4 DIMM con soporte de hasta 64 GB

Procesador Intel i7-6700 a 3,4 Ghz u otros fabricantes con rendimiento equivalente.

Socket LGA1151

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Memoria 8 Gb DDR4 2133 MHZ Disco Duro Disco duro 480 Gb SSD (como disco primario)Tarjeta Gráfica Externa 1GB GDDR3. Disipador y salidas VGA, DVI y HDMI.Conexiones Red Intel 10/100/1000 Mbits/sec (RJ45)

Ratón Ratón óptico USB con dos botones y rueda de desplazamiento. Color negro.

Teclado Teclado USB con lector de tarjetas inteligentes integrado. Color negro.

DVD DVD +/- RW Doble Capa Máxima velocidad SATAMonitor Monitor de 21,5" Led. DVI-D, VGAGarantía 4 años in situ

Otras Características

Sonido Integrado con 7.1 canales High Definition Audio.Multilector de Tarjetas InternoPuertos traseros: 1 x PS/2; 1 x D-Sub; 1 x DVI-D; 1 x HDMI; 1 x RJ-45; 3 x Audio Jack; 4 x USB 3.0; 2 x USB 2.0; 1 x USB 3.1 Tipo A; 1 x USB Tipo C con soporte 3.1Puertos delanteros: 1 x USB 2.0; 1 x USB 3.0Sistema Operativo: Windows OEM más económica actualizado con la versión más reciente de la licencia campus UC3M.

Asimismo, se deberán incluir los precios de las siguientes opciones, indicando el aumento o decremento de precio en el caso de sustitución, adición o eliminación de elementos:

Se ofrecerá un modelo superior de monitor, indicando marca, modelo y pulgadas y con distintas resoluciones.

Se ofrecerán una tarjeta gráfica superior con distintos tamaños de memoria y prestaciones. Se ofrecerán un procesador inferior, reduciendo las características del modelo ofertado en el

modelo base (manteniendo placa). Se ofrecerán un aumento de memoria RAM, de 8 a 16, así como velocidades y tipos.

La empresa adjudicataria no podrá hacer ningún cambio hardware en los equipos base sin notificación previa a la UC3M. Si fuera obligatorio el cambio de cualquier componente hardware deberá notificarse con una antelación de veinte días laborables y siempre incluyendo un listado con los posibles sustitutos, compatibles con la COM actual. Durante la valoración del pliego, si la Universidad lo solicita, los licitadores entregarán en préstamo a la Universidad una maqueta del equipo que presente en la oferta; tendrán un plazo de 3 días hábiles desde la solicitud para la entrega de la muestra, en caso contrario quedarán excluidos. También será causa de exclusión si el equipo no llega a unos mínimos de rendimiento o si no se obtiene una puntuación mínima en los criterios técnicos. Este equipo se devolverá a la empresa una vez se haya valorado técnicamente.Los equipos de sobremesa incluirán 4 años de garantía “in situ”. La empresa adjudicataria se hará cargo de todos los arreglos que precisen los equipos durante la vigencia de dicha garantía. Serán a su cargo conceptos tales como: desplazamientos, salidas de taller, mano de obra, piezas, repuestos, y cualquier coste que pudiera producirse en estos conceptos.

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Documentación técnica El concursante adjuntará la documentación necesaria para evaluar las características técnicas de los equipos ofertados, recogiendo al menos los siguientes datos. Será necesario rellenar la siguiente plantilla:Monitores:

Marca y modelo del monitor. Controles para posición y forma de la imagen. Estándares de seguridad y ergonomía. Tipo de pantalla, tamaño y resolución. Área de imagen útil. Distancia entre puntos. Rango de frecuencias. Otras características.

Procesador: Fabricante. Descripción técnica: nombre, frecuencia, memoria cache (primer nivel y segundo nivel),

velocidad del bus. Otras características.

Memorias: Fabricante. Descripción técnica: tipo, velocidad, tipo y número de contactos de los módulos. Otras características.

Placa Base: Fabricante. Opciones de aplicación: ranuras libres, tipo de memoria, tamaño. Número de ranuras ocupadas en la placa base con los 8 Gb pedidos. Descripción técnica: chipset, procesadores soportados, velocidad del bus, componentes

integrados, memoria cache. Número y tipo de slots de expansión. Utilidades de configuración y diagnóstico. Se valorará la presentación de una fotografía tomada desde la parte superior de la placa base en

la que se aprecien los componentes. Manual de la placa base. Otras características.

Caja: Estándares. Tipo y tamaño. Potencia de la fuente de Alimentación. Facilidad de circulación del aire por el interior y acceso físico al interior. Se valorará la presentación de una fotografía de la caja abierta, de forma que se aprecie el

interior.

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Se valorará el que la caja se pueda instalar tanto horizontal como verticalmente sin que esto suponga un problema para el lector de CD/DVD.

Otras características.

Tarjeta gráfica: Marca y modelo de la tarjeta. Memoria de la tarjeta de vídeo. Posibilidad de ampliaciones de memoria. Otras características.

Discos: Marca y modelo de controladora y disco. Capacidad en GB y tamaño de la caché. Velocidad media de acceso. Tipo de controladora. Tiempo medio entre fallos. Otras características.

Impresoras láser b/n Aunque el abanico de impresoras a suministrar es muy grande, en la valoración del pliego se tendrán en cuenta dos ofertas: Impresora láser, monocromo, dúplex y red para pequeños grupos (10-20 pax). Especificaciones mínimas:

Velocidad de impresión en negro (normal, A4) 38 ppm Velocidad del procesador 1000 MHz Ciclo de trabajo (mensual, A4) Mínimo 80.000 páginas Memoria mínima 128 MB Capacidad de entrada: 350 hojas. Capacidad de salida: 150 hojas Conectividad:  USB 2.0 de alta velocidad;  USB host;  Red Gigabit Ethernet 10/100/1000T

Impresora láser, monocromo, dúplex y red para grandes grupos (20-50 pax). Especificaciones mínimas: Velocidad de impresión en negro (normal, A4) 43 ppm Velocidad del procesador 1000 MHz Ciclo de trabajo (mensual, A4) Mínimo 150.000 páginas Volumen de páginas mensuales recomendado: de 2.000 a 7.500 páginas Memoria mínima 512 MB Capacidad de entrada: 650 hojas. Capacidad de salida: 250 hojas. Conectividad: Puerto USB 2.0 de alta velocidad; Fast Ethernet 10Base-T/100Base-Tx, Gigabit

Ethernet 1000Base-T integrados

Todas las impresoras se instalarán en un servidor central encargado de gestionar la impresión de manera centralizada. Para evitar problemas de rendimiento de dicho servidor es necesario minimizar al máximo el número de drivers [información proporcionada por Microsoft en Abril de 2013] a instalar en dicho servidor. Actualmente el 90% de las colas de impresión creadas en dicho servidor se corresponden con impresoras de la marca HP.

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Las impresoras incluirán 2 años de garantía “in situ”. La empresa adjudicataria se hará cargo de todos los arreglos que precisen los equipos durante la vigencia de dicha garantía. Serán a su cargo conceptos tales como: desplazamientos, salidas de taller, mano de obra, piezas, repuestos, y cualquier coste que pudiera producirse en estos conceptos. Documentación técnica El concursante adjuntará la documentación necesaria para evaluar las características técnicas de los equipos ofertados, recogiendo al menos los siguientes datos. Será necesario rellenar la siguiente plantilla:Impresoras:

Marca (el mismo para grupos pequeños y grandes) y modelo Velocidad (en páginas por minuto). Páginas por mes recomendadas. Resolución. Memoria y opciones de ampliación. Número de alimentadores disponibles y capacidad. Número de bandejas de salida disponibles y capacidad. Soporte de impresión admitido: (papel, etiquetas, sobre, transparencias). Gramaje y tamaño del soporte papel. Lenguajes soportados (versión de PCL, nivel de PostScript, etc.) Fuentes que incorpora. Memoria Instalada. Opciones de ampliación. Interfaces: paralelo, serie, usb, ethernet (10 Mb, 100 Mb). Sistemas operativos soportados. Tamaño y peso.

Mantenimiento del parque informático El parque de la Universidad está constituido por cerca de 3000 PCs mayoritariamente equipos clónicos. El 40% de estos equipos está en garantía. Los equipos tienen mayoritariamente procesadores AMD o Intel.Existen unas 500 impresoras láser, fundamentalmente de marca HP. Aproximadamente, un 70% de este material ya está fuera de garantía. La prestación del servicio deberá recoger el mantenimiento de un stock de material destinado a reparaciones en la Universidad. El stock deberá incluir como mínimo un equipo completo por campus de modelo idéntico al comprado por la UC3M en el año en curso. Además de lo anterior será necesario mantener un stock en cada campus con las siguientes piezas:

4 placas base. 4 procesadores con sus correspondientes ventiladores y disipadores. 6 fuentes de alimentación. 6 módulos de memoria RAM DDR4. 6 tarjetas gráficas. 3 discos duros SSD 480 Gb. 2 monitores TFT. 3 ratones y 3 teclados. Buses de conexión, masilla térmica, un pen drive de 64Gb, etc. Rodillos para determinados modelos de impresoras.

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Una impresora láser b/n para pequeños grupos. Un portátil de gama media.

Si es necesario utilizar una pieza del stock, el tiempo máximo para la reposición de la pieza será de dos días laborables. El técnico de campus también deberá disponer de las imágenes oficiales (COM), drivers y software complementario que necesite para el desarrollo del mantenimiento, así como los dispositivos necesarios (pendrives, discos duros externos, etc.) para volcados, backups, reinstalaciones, etc. Las reparaciones de impresoras deben incluir su limpieza, si ésta no se ha realizado en el plazo de un año antes de la reparación. Cada impresora podrá tener una limpieza gratuita anual. La garantía de las reparaciones será mínimo de seis meses. El Servicio Técnico podrá optar por reparar el equipo "in situ" o trasladarlo a sus laboratorios, en caso de que lo juzgue necesario. En este último caso, los portes serán siempre por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario podrá optar, a su conveniencia, por reparar los componentes averiados o sustituirlos por otros de características iguales o superiores, siempre respetando las tarifas especificadas al adjudicar el concurso.Para equipamiento sin garantía, el adjudicatario emitirá un presupuesto previo a la reparación, que deberá ser aceptado por las personas que la Universidad determine. Este presupuesto podrá ofrecer además como alternativa la sustitución por un elemento nuevo cuando así se solicite o, por motivos técnicos, la empresa adjudicataria lo considere adecuado. En caso de que una reparación de un material sin garantía y bajo presupuesto, conlleve nuevos componentes será responsabilidad del proveedor indicar el tiempo de garantía del nuevo componente. En ausencia de esta información por parte del proveedor la universidad entenderá que los nuevos componentes tendrán una garantía propia de 1 año o 2 años según legislación vigente.Una vez aceptado dicho presupuesto, el equipamiento deberá arreglarse según el acuerdo de nivel de servicio que haya determinado la Universidad. En caso contrario, el presupuesto de reparación sufrirá una modificación a la baja de un 5% por día laborable de retraso, a no ser que los motivos de retraso sean justificables. La elaboración de dichos presupuestos será sin coste. Tampoco ocasionará ningún coste la no aceptación de los mismos. Para la valoración de este tipo de intervenciones, se establecen precios de mano de obra más el coste del componente sustituido. Siempre que el adjudicatario tenga que abrir casos de soporte con fabricantes (o terceros) para tramitar las averías deberá documentar en la herramienta de gestión de inocencias de la universidad la información del fabricante (o tercero) en el que se encuentra el equipamiento averiado, número de caso y cualquier otro dato de interés que pueda precisar la universidad para su supervisión del caso.

LOTE II: Suministro en régimen de alquiler de equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner) así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid

El presente lote define las características técnicas y prestaciones mínimas de los equipos multifunción (de reproducción, impresión y escáner), así como el mantenimiento de los mismos. Las máquinas ofertadas serán nuevas, no admitiéndose ninguna de segunda mano.Todas las impresoras se instalarán en un servidor central encargado de gestionar la impresión de manera centralizada. Para evitar problemas de rendimiento de dicho servidor es necesario minimizar al máximo el número de drivers [información proporcionada por Microsoft en Abril de 2013] a instalar en dicho

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servidor. Actualmente el 90% de las colas de impresión creadas en dicho servidor se corresponden con impresoras de la marca HP. Color para departamentos pequeños. Fotocopiado:

Velocidad mínima 38 copias por minuto DIN A-4 Color y BN Alimentador automático de originales. Doble cara automática. En color, la impresión en color o en B/N de forma selectiva. Por defecto en BN.

Impresión en red: Capacidad de entrada papel no inferior a 650 hojas En color la impresión en color o en B/N de forma selectiva. Por defecto en BN. Velocidad de impresión (A4, BN y Color): 38 ppm. Doble cara automática. Velocidad dúplex (A4, BN): 38 ipm. Velocidad del Procesador 1000 MHz. Memoria: 1,25GB. Impresión de ficheros o documentos informáticos desde cualquier ordenador personal conectado

a la red informática de la Universidad Carlos III de Madrid Drivers para Windows, MacOS  y Linux (32 y 64 bits) Conectividad:  host USB 2.0 de alta velocidad; USB 2.0 de alta velocidad;  puerto de red

Gigabit/Fast Ethernet 10/100/1000Base-TX, Acceso múltiple simultáneo. Restricción de acceso por IP.

Escaneado: Escáner de red en blanco y negro Envío de documentos escaneados a través del correo electrónico o al sistema de almacenamiento

actual de la UC3M (Drive, NAS). Tipo de escáner: Superficie plana, alimentador automático de documentos(ADF) ADF a doble cara.  Formatos mínimos de salida de documentos: PDF, JPEG, TIFF, MTIFF, XPS, PDF/A

Fax: Posibilidad de incorporar al modelo un módulo de fax.

Seguridad: Integridad del código firmware y notificación de problemas al administrador. Detección de intrusiones en tiempo de ejecución, mediante la supervisión de continua de ataques

de inyección de malware, deteniendo su operación normal cuando detecte una anomalía Proceso de arranque seguro: En el inicio, el dispositivo debe validar la integridad de la BIOS y

en caso de detectar alguna versión comprometida reiniciará con la copia original.

Color para departamentos grandes: Fotocopiado:

Deberán tener una velocidad de mínima de 30 copias por minuto en formato DIN A-4. Formato de originales y soporte de copia hasta Din A/3

Zoom de reducción y ampliación hasta Din A/3. Alimentador automático de originales. En color, la impresión en color o en B/N de forma selectiva. Por defecto en BN.

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Impresión en red: Capacidad de entrada papel no inferior a 850 hojas En color la impresión en color o en B/N de forma selectiva. Por defecto en BN. Impresión de ficheros o documentos informáticos desde cualquier ordenador personal conectado

a la red informática de la Universidad Carlos III de Madrid hasta Din A/3. Drivers para Windows, MacOS  y Linux (32 y 64 bits) Conexión en red Ethernet 10/100 Base T Acceso múltiple simultáneo. Restricción de acceso por IP Disco duro seguro de alto rendimiento 320GB

Escaneado: Escáner de red hasta Din A/3. Resolución mínima 600 x 600 ppp Envío de documentos escaneados a través del correo electrónico o al sistema de almacenamiento

actual de la UC3M (Drive, NAS). Doble cara. Formatos mínimos de salida de documentos: JPG, TIFF y PDF

Fax: Posibilidad de incorporar al modelo un módulo de fax.

Seguridad: Integridad del código firmware y notificación de problemas al administrador. Detección de intrusiones en tiempo de ejecución, mediante la supervisión de continua de ataques

de inyección de malware, deteniendo su operación normal cuando detecte una anomalía Proceso de arranque seguro: En el inicio, el dispositivo debe validar la integridad de la BIOS y

en caso de detectar alguna versión comprometida reiniciará con la copia original.

Instalación Las máquinas se deberán configurar con la IP que la Universidad asigne a cada una. Se deberán configurar los equipos cliente para que puedan imprimir en las máquinas, así como las diferentes cuentas para recepción de documentos escaneados y si fuera indicado cuentas para el control de acceso. Correrán a cargo del adjudicatario toda la configuración necesaria para dejar la máquina operativa. El adjudicatario deberá facilitar los drivers necesarios que vienen con los dispositivos para su utilización en los distintos ordenador personales en entornos Windows, Mac OS y Linux.La Universidad Carlos III de Madrid y la empresa adjudicataria, de mutuo acuerdo en función de las necesidades surgidas por el servicio a prestar, podrán acordar el cambio de modelo de una o varias máquinas, siempre que el precio sea el mismo que el adjudicado en el presente contrato y que los nuevos modelos no desvirtúen la naturaleza del contrato. El proveedor realizará el desembalaje de la máquina multifunción y colocará los embalajes en el lugar que la universidad indique, para que sean conservados los quince primeros días de compra, o el tiempo que el proveedor determine. Una vez pasado ese tiempo, el Proveedor deberá gestionar la retirada de los embalajes/palés residuales.Requisitos propios de Asistencia Técnica El tiempo de respuesta frente a una avería, técnico a pie de máquina, no podrá ser superior a un día laborable a partir de la hora de aviso de la avería. Una vez iniciada la reparación de la máquina, el

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tiempo de finalización de la misma, con operatividad total de la máquina, no podrá ser superior a dos días laborables. Si la reparación depende de la disponibilidad de alguna pieza o repuesto de la que no haya existencia a pie de máquina, el tiempo de finalización de la reparación no podrá ser superior a tres días laborables. Este tiempo se contabilizará a partir de la llegada del técnico a pie de máquina. En caso de avería de larga duración la empresa estará obligada a sustituir temporalmente la máquina o definitivamente, en un plazo no superior a tres días. En el caso de reiteradas averías de una máquina, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de cambiarla en un tiempo máximo de diez días laborables. Tanto la comunicación de incidencias, como la solicitud de tóner, se realizará a través del sistema de gestión de incidencias de la UC3M. La empresa adjudicataria garantizará que ningún equipo se quedará inoperativo por falta de consumibles. Los equipos arrendados deberán estar asegurados a todo riesgo y sin franquicias. En caso de robo, deberán ser sustituidos en un plazo máximo de diez días laborables, por otros nuevos de similares características.Documentación técnica El concursante adjuntará la documentación necesaria para evaluar las características técnicas de los equipos ofertados, recogiendo al menos los siguientes datos. Será necesario rellenar la siguiente plantilla:Multifunciones:

Marca y modelo. Velocidad (en páginas por minuto). Páginas por mes recomendadas. Resolución. Memoria y opciones de ampliación. Número de alimentadores disponibles y capacidad. Número de bandejas de salida disponibles y capacidad. Soporte de impresión admitido: (papel, etiquetas, sobre, transparencias). Gramaje y tamaño del soporte papel. Lenguajes soportados (versión de PCL, nivel de PostScript, etc.) Fuentes que incorpora. Memoria Instalada. Opciones de ampliación. Interfaces: paralelo, serie, usb, ethernet (10 Mb, 100 Mb). Sistemas operativos soportados. Tamaño y peso.

Obligaciones en el Mantenimiento Se define mantenimiento como todas las acciones que tienen como objetivo mantener las máquinas multifuncionales en renting o restaurarlas a un estado en el cual pueda llevar a cabo alguna función requerida. Estas acciones incluyen la combinación de las acciones administrativas correspondientes (informes) y técnicas (incidencias, mantenimiento HW).El software de reporte necesario debe ser instalado y gestionado desde máquinas propias del proveedor dependiendo únicamente de su propia infraestructura. Acciones Administrativas: Informes Por cada máquina debe ser redactado su correspondiente informe técnico. En él deben detallarse los detalles y peculiaridades de la configuración de cada máquina.El informe debe ser actualizado cada vez que se produzcan cambios ya sean de permisos, ubicación de la máquina o cualquier cambio que se produzca en su gestión. El informe será mantenido y actualizado

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por el proveedor y podrá ser solicitado por la Universidad en cualquier momento. Mensualmente deberá ser emitido un resumen que contenga el estado actual de cada una de las máquinas en renting.

LOTE III: Equipamiento informático de Apple en régimen de compra así como el mantenimiento de los mismos en las instalaciones de la Universidad Carlos III de Madrid. Mantenimiento del equipamiento Apple sin garantía de la Universidad Carlos III de Madrid.

No será necesario que la empresa adjudicataria dedique técnicos in-situ siempre que se comprometa a ofrecer el nivel de servicio marcado en este pliego. Los equipos adquiridos tendrán que venir con una serie de programas cuya licencia será proporcionada por la Universidad. Estos programas son:

Programas Ofimáticos. Navegadores de Internet y Clientes de Correo Electrónico. Utilidades (Grabador DVD, Compresor, Lector PDF, Multimedia, Cliente FTP, Telnet,

Antivirus, etc). Drivers específicos.

Para cada producto se ofertará el porcentaje de descuento aplicable. El listado de productos sobre los que presentar oferta será el siguiente:

Descuento aplicable en gama Mac sobre precio de venta. Descuento aplicable en gama iPAD sobre precio de venta. Descuento aplicable en gama Iphone sobre precio de venta. Descuento aplicable en gama TV sobre precio de venta. Descuento aplicable en gama Applecare sobre precio de venta.

Todo el equipamiento adquirido incluirá garantía “in situ”. La empresa adjudicataria se hará cargo de todos los arreglos que precisen los equipos durante la vigencia de dicha garantía. Serán a su cargo conceptos tales como: desplazamientos, salidas de taller, mano de obra, piezas, repuestos, y cualquier coste que pudiera producirse en estos conceptos. De manera trimestral, la empresa emitirá un informe con las compras/pedidos realizadas por la UC3M. La empresa adjudicataria también se hará cargo de las reparaciones de los equipos que ya no se encuentren en garantía. El Servicio Técnico podrá optar por reparar el equipo "in situ" o trasladarlo a sus laboratorios, en caso de que lo juzgue necesario. En este último caso, los portes serán siempre por cuenta del adjudicatario. Para equipamiento sin garantía, el adjudicatario emitirá un presupuesto previo a la reparación, que deberá ser aceptado por las personas que la Universidad determine. Este presupuesto podrá ofrecer además como alternativa la sustitución por un elemento nuevo cuando así se solicite o, por motivos técnicos, la empresa adjudicataria lo considere adecuado. Una vez aceptado dicho presupuesto, el equipamiento deberá arreglarse según el acuerdo de nivel de servicio que haya determinado la Universidad. En caso contrario, el presupuesto de reparación sufrirá una modificación a la baja de un 5% por día laborable de retraso, a no ser que los motivos de retraso sean justificables. La elaboración de dichos presupuestos será sin coste. Tampoco ocasionará ningún coste la no aceptación de los mismos. Para la valoración de este tipo de intervenciones, se establecerán precios de mano de obra más el precio del componente sustituido.

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El presente Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir la contratación del ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL INFORMÁTICO PARA LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID ha sido aprobado por Resolución del Órgano de Contratación de esta fecha.

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Getafe, a 19 de julio de 2016

EL RECTOR

Fdo.: Juan Romo Urroz

El adjudicatario de esta contratación, (nombre o razón social)______________________________________, declara que conoce y acepta en su totalidad el contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Técnicas y los Anexos que rigen esta contratación, comprometiéndose a su cumplimiento dado su carácter de documentos contractuales.

En Getafe, a______de___________________de 201__.

Fdo: