PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de...

44
Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA” 1. OBJETO 1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento de Murcia del “SERVICIO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Estadística y Notificaciones. 1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 64100000-0 – Servicios postales. 1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de valoración de ofertas se hace referencia en la cláusula 10 del presente Pliego. 1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web www.murcia.es. 2. REGULACIÓN JURÍDICA 2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la Categoría 4 – Transporte de correo por vía terrestre y por vía aérea y se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo, los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación. 2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA, de conformidad con lo establecido en los arts. 13 y

Transcript of PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de...

Page 1: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 1

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA”

1. OBJETO

1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento de Murcia del “SERVICIO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Estadística y Notificaciones.

1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 64100000-0 – Servicios postales.

1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de valoración de ofertas se hace referencia en la cláusula 10 del presente Pliego.

1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web www.murcia.es.

2. REGULACIÓN JURÍDICA

2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de laCategoría 4 – Transporte de correo por vía terrestre y por vía aérea y se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo, los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.

2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO sujeto aREGULACIÓN ARMONIZADA, de conformidad con lo establecido en los arts. 13 y

Page 2: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 2

138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 9 del presente Pliego.

3. PRECIO

3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 500.358,00 € más el 21% de I.V.A., que asciende a la cantidad de 105.075,18 €, lo que hace un total de 605.433,18 €, que es el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones, conforme a la siguiente previsión estimada de desglose por anualidades:

� Ejercicio 2013 (octubre - diciembre): ...........................................................75.679,15 €

62.544,75 € + 21% IVA (13.134,40 €) = 75.679,15 €

� Ejercicio 2014 (enero - diciembre): ............................................................302.716,59 €

250.179,00 € + 21% IVA (52.537,59 €) = 302.716,59 €

� Ejercicio 2015 (enero - septiembre): ..........................................................227.037,44 €

187.634,25 € + 21% IVA (39.403,19 €) = 227.037,44 €

Dicho importe se considera como cantidad máxima del contrato, sin que ello presuponga la obligación de agotar en su totalidad dicho presupuesto por parte de este Ayuntamiento, por lo que en dicha circunstancia el adjudicatario no podrá reclamar indemnización alguna.

En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, según el modelo que se inserta en la cláusula 10.4, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.

En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.

3.2 El valor estimado del contrato, incluidas las prórrogas y modificaciones previstas, excluido el I.V.A., asciende a la cantidad de 1.401.002,40 €.

3.3. De conformidad con el informe del Servicio promotor del expediente, se considerará que las proposiciones incurren en temeridad cuando concurran las siguiente circunstancias:

� Cuando concurriendo un solo licitador, la oferta presentada sea inferior en más de 25 unidades porcentuales al presupuesto base de licitación..

� Cuando concurran dos licitadores, la oferta que resulte inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta presentada.

� Cuando concurran tres o más licitadores, las ofertas que resulten inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.

Page 3: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 3

3.4 No se admitirán variantes o alternativas.

4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO

El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de DOS AÑOS, a contar desde el día 1 de octubre de 2013 o desde la fecha de su formalización si ésta fuera posterior.

Dicho contrato podrá ser prorrogado anualmente por DOS AÑOS más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente.

Dado que el contrato tiene carácter plurianual, la autorización y el compromiso de gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, operando dicha circunstancia como condición suspensiva de su vigencia.

5. REVISIÓN DE PRECIOS

En caso de prórroga, a partir del inicio del cuarto año de vigencia del contrato y a solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incrementándose éste anualmente en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimentadas por el I.P.C. durante los doce meses anteriores, de conformidad con lo previsto en el 90.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

A tales efectos, por el adjudicatario se deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Estadística, acreditativo del incremento del I.P.C. en el período señalado.

Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.

6. APTITUD PARA CONTRATAR

6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 7 del presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Los empresarios deberán contar, así mismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus

Page 4: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 4

estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.

6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.

6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados temporalmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

Page 5: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 5

6.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se estará a lo dispuesto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

7. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de la clasificación exigida, de conformidad con lo establecido en la cláusula 8 del presente Pliego; no obstante, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar susolvencia técnica o profesional por los medios siguientes:

a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que tengan relación directa con el objeto del contrato que se licita; incluyendo importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

La suma de dichos importes en su conjunto deberá haber sido durante los tres últimos años igual o superior a la cantidad de 750.537,00 € (importe resultante de multiplicar por 3 el precio anual del contrato que se licita, excluido el IVA).

c. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

d. Estar inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Postales, lo que se acreditará mediante el correspondiente certificado expedido por el organismo correspondiente.

e. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.

7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:

a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados.

Page 6: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 6

7.3 La no aportación por parte de los licitadores de toda la documentación exigida en la presente cláusula justificativa de la solvencia requerida y en la cláusula anterior relativa a la capacidad jurídica y de obrar, así como de la declaración responsable prevista en la cláusula 10.2.9, será causa de exclusión de la oferta, de conformidad con la normativa de aplicación.

8. CLASIFICACIÓN, SOLVENCIA Y REGISTRO DE CONTRATISTAS

8.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 65.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con lo establecido en su disposición transitoria cuarta; así como en los arts. 37 y 38 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 12 de octubre de 2001; y dada la cuantía del presupuesto del contrato objeto de licitación, las empresas deberán indispensablemente acreditar mediante el certificado correspondiente hallarse clasificadas según la normativa vigente en los siguientes Grupos, Subgrupos y categorías:

GRUPO SUBGRUPO CATEGORIA

R 9 B

El requisito de la clasificación será exigido igualmente al cesionario de un contrato en el caso en que hubiese sido exigido al cedente.

8.2 La presentación de los certificados de clasificación, solvencia y Registro expedidos por el Registro Oficial de Contratistas o copia autenticada del mismo, juntamente con una declaración responsable de su vigencia, eximirá a los empresarios de presentar otros documentos probatorios de su personalidad y capacidad jurídica, técnica o financiera, salvo las especiales que se exijan expresamente en este Pliego.

8.3 Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.

8.4 Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el Órgano de Contratación correspondiente su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a la cláusula 7 del presente Pliego de Condiciones, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.

8.5 El licitador deberá estar inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Postales, lo que se acreditará mediante el correspondiente certificado expedido por el organismo correspondiente.

Page 7: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 7

8.6 La no aportación por parte de los licitadores de toda la documentación exigida en la presente cláusula justificativa de la solvencia requerida y en la cláusula relativa a la capacidad jurídica y de obrar, así como de la declaración responsable prevista en la cláusula 10.2.9, será causa de exclusión de la oferta, de conformidad con la normativa de aplicación.

9. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Los criterios objetivos que se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en el art. 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los siguientes:

9.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:.............. Hasta 46 puntos

Se valorará la adscripción a la ejecución del presente contrato de los siguientes medios, adicionales a los exigidos como condición contractual esencial en la cláusula 2.a.1 del Pliego de Prescripciones Técnicas:

� Grado de cobertura en distribución de la red propia de oficinas: ...... Hasta 12 puntos

- Medios adscritos a la ejecución del contrato para la distribución en municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con población inferior a 10.000 habitantes: hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,5 puntos por municipio.

- Medios adscritos a la ejecución del contrato para la distribución en municipios de España con población inferior a 50.000 habitantes: hasta 6 puntos, a razón de 0,01 puntos por municipio.

� Centros de tratamiento de envíos postales: ........................................... Hasta 12 puntos

- Centros de Tratamientos de Envíos Postales adscritos a la ejecución del contrato en todas las capitales de provincia, exceptuando Murcia: hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,13 puntos por provincia y hasta un máximo de 6 puntos.

- Sistema de Clasificación Automática en Murcia adscrito a la ejecución del contrato: 1 punto.

- Sistema de Clasificación Automática adscrito a la ejecución del contrato en cada Comunidad Autónoma, exceptuando la Región de Murcia: hasta un máximo de 5 puntos, a razón de 0,31 puntos por Comunidad Autónoma.

� Reparto y recogida en horario de tarde: ............................................... Hasta 10 puntos

Por la apertura de las oficinas de recogida y reparto de envíos postales en horario de mañana y tarde de atención al público en cualquier municipio de España: hasta un máximo de 10 puntos, a razón de 0,02 puntos por cada oficina que se acredite que tiene un horario de atención al público para la entrega y recogida de envíos postales en horario de mañana y tarde durante al menos cuatro días a la semana, de alguna de las formas siguientes:

- Horario de mañana y tarde en jornada ininterrumpida: Considerando como tal la atención al público cuyo horario de apertura sea anterior a las 11:01 horas de la mañana y el horario de cierre ininterrumpido sea posterior a las 17:59

Page 8: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 8

horas; siendo en todo caso la jornada diaria de apertura al público de la Oficina de al menos 8 horas.

- Horario de mañana y tarde en jornada interrumpida: Considerando como tal la atención al público cuyo horario de apertura sea de mañana y

tarde en horario interrumpido, siempre que el horario de la mañana sea al menos de tres horas (en franja horaria comprendida entre las 08:00 y las 14:00 horas) y el de la tarde sea al menos de dos horas (en franja horaria comprendida entre las 17:00 y las 20:00 horas); siendo en todo caso la jornada diaria de apertura al público de la Oficina de al menos 8 horas.

� Reparto y recogida en horario nocturno: ................................................ Hasta 6 puntos

Por la apertura de las oficinas de recogida y reparto de envíos postales en horario nocturno de atención al público en cualquier municipio de España, siempre que permanezcan abiertas más de una hora en dicho horario, considerándose como horario nocturno aquél que supere las 20:00 horas durante al menos cuatro días a la semana: a razón de 0,05 puntos por cada oficina que se acredite que tiene dicho horario.

� Reparto y recogida en fines de semana: .................................................. Hasta 6 puntos

Por la apertura de las oficinas de recogida y reparto de envíos postales en fines de semana en cualquier municipio de España, siempre que permanezcan abiertas al público más de cuatro horas en dicho horario, considerándose como tal la apertura comprendida entre las 00:01 horas del sábado y las 24:00 horas del domingo, durante al menos nueve meses al año: a razón de 0,02 puntos por oficina en caso de apertura en sábado y de 0,03 puntos si la apertura es en domingo, con independencia de que sólo se abra en domingo.

9.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas: .......... Hasta 54 puntos

� Precio: ....................................................................................................... Hasta 54 puntos

Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las restantes ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:

Baja Oferta X * Puntuación Máxima Puntuación de la Oferta X =

Importe Mayor Baja

Para la obtención de la baja ofertada se considerará el coste total del servicio, IVA excluido, durante los dos años de duración del contrato, para lo cual se procederá a calcular el importe de cada tipo de envío postal que figura en el Anexo I al Pliego de Prescripciones Técnicas, multiplicando el precio ofertado por la empresa (IVA excluido) para cada tipo de envío por el número previsto de envíos para cada año de vigencia del contrato, los cuales figuran, igualmente, en dicho Anexo I, todo ello multiplicado por 2, dado que la vigencia inicial del contrato es de dos años; siendo el resultado final del precio del contrato ofertado la suma total que se obtenga del importe de todos los tipos de envíos postales contenidos dicho Anexo I, calculados en la forma anteriormente descrita.

Se considerará que las proposiciones incurren en temeridad cuando concurran las siguientes circunstancias:

� Cuando concurriendo un solo licitador, el porcentaje de baja ofertado sea superior al 25 %.

Page 9: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 9

� Cuando concurran dos licitadores, la oferta cuyo porcentaje de baja sea superior en más de 20 unidades porcentuales al porcentaje de baja ofertado por la otra oferta presentada.

� Cuando concurran tres o más licitadores, las ofertas que sean superiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética del conjunto de los porcentajes de baja ofertados.

10. PROPOSICIONES

10.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCIÓN:

"Proposición presentada por D.…....…………..……...(en nombre propio o en representación de.………………………...., con C.I.F.: ………..), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia, para contratar el ".............……………………….………......."

En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,

� “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)

� “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)

� “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)

Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.

10.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA), los siguientes DOCUMENTOS:

1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección postal, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico y persona de contacto.

2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.

3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra persona o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.

4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspondiente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el referido Impuesto.

En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.

Page 10: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 10

5. Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; que incluya la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; o declaración sobre su vigencia cuando aquélla ya hubiera sido aportada con anterioridad ante esta Administración.

6. Documento de clasificación del contratista señalado en la cláusula 8 del presente Pliego, en la forma en la misma detallada, incluyendo declaración responsable sobre la vigencia de dicha clasificación

7. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la empresa, en su caso, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.

8. Certificación expedida por el organismo correspondiente, acreditativa de su inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Postales.

9. Declaración responsable, comprometiéndose a adscribir a la ejecución del contrato los medios a que se refiere la cláusula 2.A.1 del Pliego de Prescripciones Técnicas en caso de resultar adjudicatario.

El mantenimiento de los referidos medios a lo largo de toda la duración del contrato tendrá el carácter de obligación contractual esencial, pudiendo en consecuencia su incumplimiento dar lugar a la resolución del mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 223.f) del R.D.L. 3/2011.

10. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de 600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.

En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originaleso copias compulsadas de los mismos, conforme a la legislación vigente.

10.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusivamente la siguiente documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contrato establecidos en la cláusula 9.1.

� Grado de cobertura en distribución de la red de oficinas adscritas a la ejecución del contrato.

Declaración responsable, haciendo constar separadamente:

- Relación de municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con población inferior a 10.000 habitantes en los que vaya a adscribir a la ejecución del contrato de la correspondiente Oficina, especificando la dirección del local, municipio en el que se sitúa, horario de atención al público y teléfono de contacto.

- Relación de municipios del resto del territorio nacional con población inferior a 50.000 habitantes en los que vaya a adscribir a la ejecución del contrato de la correspondiente Oficina, especificando la dirección del local, municipio en el que se sitúa, horario de atención al público y teléfono de contacto.

Page 11: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 11

� Centros de tratamiento de envíos postales

Declaración responsable, haciendo constar separadamente:

- La adscripción a la ejecución del contrato de más de un Centro de Tratamiento de Envíos postales en el municipio de Murcia, especificando la dirección y teléfono de contacto de cada Centro.

- La adscripción a la ejecución del contrato de Centros de Tratamientos de Envíos Postales en las capitales de provincia, exceptuando Murcia, especificando dirección y teléfono de contacto en cada municipio.

- La adscripción a la ejecución del contrato de un Sistema de Clasificación Automática en las respectivas Comunidades Autónomas, especificando dirección y teléfono de contacto de cada centro que se acredite.

� Reparto y recogida en horario de tarde

Declaración responsable, haciendo constar la relación de oficinas con horario de apertura de mañana y tarde especificando la dirección del local, municipio en el que se sitúa, horario de atención al público y teléfono de contacto; agrupando separadamente las oficinas con apertura en horario de tarde de forma ininterrumpida y aquellas oficinas que atienden en horario interrumpido.

� Reparto y recogida en horario nocturno

Declaración responsable, haciendo constar la relación de oficinas a adscribir a la ejecución del contrato con horario completo de atención al ciudadano cuyo horario supere el de las 20:00 horas, especificando la dirección del local, municipio en el que se sitúa, horario de atención al público y teléfono de contacto.

� Reparto y recogida en fines de semana

Declaración responsable, haciendo constar la relación de oficinas a adscribir a la ejecución del contrato con horario completo de atención al ciudadano cuyo horario se preste en horario comprendido entre las 00:01 horas del sábado y las 24:00 horas del domingo, siempre que dichas oficinas permanezcan abiertas al público más de cuatro horas en dicho horario durante al menos 9 meses al año, especificando la dirección del local, municipio en el que se sitúa, horario de atención al público y teléfono de contacto y diferenciando las oficinas con apertura en sábados de aquéllas con apertura en domingo.

Las declaraciones responsables a que se refiere en el presente apartado 10.3 se formalizarán en una única Acta de Manifestaciones otorgada ante notario, acompañada de la correspondiente relación.

El mantenimiento de los medios comprometidos en el presente apartado a lo largo de toda la duración del contrato tendrá el carácter de obligación contractual esencial, pudiendo en consecuencia su incumplimiento dar lugar a la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el art. 223.f) del R.D.L. 3/2011.

En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogidos en la cláusula 9.2. La inclusión de dichos datos en este sobre supondrá la exclusión automática de la correspondiente oferta.

En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante

Page 12: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 12

la oportuna declaración firmada y debidamente justificada, todo ello a los efectos previstos en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

10.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:

• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:

"D....……………………...., vecino de.……...., con domicilio en.……………...., nº……..., con D.N.I. nº……......, expedido en..…...., el.... de....... de 20….., en nombre propio (o en representación de………………....., con C.I.F.: …………) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante notario del Ilustre Colegio de ……..., D. ………………, con fecha …….. y nº de protocolo……...; enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado Nº…… del día …. de …… de 20…, y en el Diario Oficial de la Unión Europea, así como de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA, del "..........………………………………...............", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos, en el precio de ……… € más el ..…% de I.V.A., que asciende a la cantidad de ……… €, lo que hace un total de …….… €.

Dicha oferta ha sido obtenida de conformidad con las indicaciones contenidas en la cláusula 9.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y conforme a los precios ofertados de forma detallada que figuran en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas.

Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación administrativa exigida en la cláusula 10.2 del Pliego de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.

Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuantas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: ........….........

Fecha y firma del proponente".

• Oferta económica detallada conforme a lo establecido en el Anexo I al Pliego de Prescripciones Técnicas, debidamente cumplimentado. Para su elaboración se podrá retirar una copia de dicho Anexo en soporte CD-ROM en el Servicio de Contratación.

La oferta económica detallada deberá presentarse en soporte papel y CD-ROM en formato Excel, dándose por válidos siempre los valores ofertados que consten en el soporte papel en caso de discordancia con los valores presentados en soporte CD.

• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por referencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.

• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada y debidamente justificada, todo ello a efectos previstos en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

Page 13: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 13

noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 6.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.

11. PRESENTACIÓN DE PLICAS

Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de CUARENTA DÍAS naturales desde la remisión del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea, debiendo remitirse igualmente el anuncio de licitación al Boletín Oficial del Estado para su publicación durante un plazo mínimo de QUINCE DÍAS, y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.

12. APERTURA DE PLICAS

12.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:

� Presidente:

- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.

� Vocales:

- Directora de los Servicios Jurídicos.

- Interventora General de la Corporación.

- Jefe de Servicio de Estadística y Notificaciones.

- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.

� Secretario:

- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.

De conformidad con lo establecido en los arts. 160.1 del R.D.L. 3/2011 y 21 del R.D. 817/2009, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos para la valoración de las proposiciones presentadas, pudiendo incorporar a sus reuniones los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios para ello

12.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES procedan a subsanar la referida documentación acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos a la fecha del vencimiento del plazo establecido para la presentación de ofertas, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento de Murcia, hasta las quince horas del

Page 14: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 14

día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.

12.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que contienen los criterios no cuantificables económicamente, es decir, que su valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lugar el primer martes siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En todo caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).

La referida documentación se entregará al Servicio de Estadística y Notificaciones para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo máximo de diez días naturales.

12.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor comprensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.

12.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público de apertura de las proposiciones económicas (SOBRE 3). En dicho acto se dará a conocer el resultado de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

13. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN

13.1 Cuando se identifiquen proposiciones que puedan ser considerada desproporcionadas o anormales, en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 3.3 del presente pliego, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifiquen la valoración de la oferta y precisen las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto a la disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de un ayuda del Estado.

Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por los licitadores y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas

Page 15: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 15

13.2 Las proposiciones presentadas, se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 9 del presente Pliego.

13.3 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos en la cláusula 9, para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:

� Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.

� Justificante de haber constituido la garantía definitiva a que se refiere la cláusula siguiente.

� Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.

� Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.

� Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas

13.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivadadentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.

La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, de conformidad con lo establecido en el art. 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

14. GARANTÍA DEFINITIVA

14.1 La garantía definitiva se habrá de constituir dentro del plazo indicado en la cláusula 13.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.

La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Page 16: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 16

14.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del siguiente modo:

a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Murcia, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29-2732010010.

b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», sucinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.

14.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los modelos contenidos en los anexos del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento de Murcia".

14.4 Así mismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. . 96.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en la cláusula 13.2.

15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

15.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego de Condiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrativo, sin perjuicio de lo establecido en el art. 156 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Ley de Contratos del Sector Público. Dicha formalización no podrá tener lugar antes de que hayan transcurrido QUINCE DÍAS hábiles desde que se efectúe la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.

Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto el recurso especial en materia de contratación contemplado en el art. 40 de la mencionada Ley, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento para ello.

15.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.

16. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

16.1 De conformidad con lo establecido en el art. 7.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se prohibe terminantemente fumar, además de en aquellos lugares o

Page 17: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 17

espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los Centros y Dependencias de las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Asimismo, según lo establecido en el art. 5.a) de dicha Ley, queda prohibida la venta y suministro de productos del tabaco en los centros anteriormente mencionados.

16.2 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.

16.3 De conformidad con lo establecido en el art. 52 de la Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órgano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar su correcta realización.

16.4 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas mensualmente por la empresa adjudicataria de acuerdo con la normativa vigente, en la que se reflejarán los servicios prestados entre el primer y último día del mes natural que se facture, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

En las facturas se deberá detallar pormenorizadamente el número de envíos, por tipo y tramo de peso de acuerdo con los precios unitarios adjudicados, indicando además la fecha de retirada del Ayuntamiento de Murcia.

El adjudicatario tiene la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo, para su oportuna tramitación. A tal efecto, el órgano de gestión económico financiera denominado Tesorería General Municipal ejercerá la función de contabilidad.

Asimismo, en la factura correspondiente se identificará el órgano de contratación, siendo éste la Junta de Gobierno Local, y el Servicio u Oficina Municipal destinatario del objeto del contrato, siendo de aplicación lo establecido el Reglamento Regulador del Registro General de Facturas del Ayuntamiento de Murcia, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Nº 282 de fecha 5 de diciembre de 2012.

16.6 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 222 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servicio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde

Page 18: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 18

la finalización de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que será remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentario expediente.

16.7 De conformidad con lo establecido en el art. 301.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en ningún caso podrá producirse, a la extinción del contrato, la consolidación del personal que haya realizado los trabajos objeto de contratación como personal de la entidad contratante.

17. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

17.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solamente podrá introducir modificaciones en el mismo dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el Título V del Libro I de la mencionada Ley.

17.2 De acuerdo con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, el precio del contrato podrá modificarse al alza, incrementándose dicho precio hasta en un 20% de su importe en función de las necesidades reales de la Corporación, las cuales vendrán definidas por el nivel de tramitación de los expedientes administrativos tramitados por los distintos servicios municipales.

Igualmente, se podrá incorporar por la adjudicataria cualquier modificación o innovación tecnológica que tenga lugar durante la vigencia del contrato, siempre que se ponga en conocimiento del supervisor de los trabajos objeto del presente contrato y éste dé su conformidad; siguiendo igualmente la tramitación prevista en el art. 106 del R.D.L. 3/2011 – Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

17.3 Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 del Real Decreto Legislativo 3/2011, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones no previstas en el contrato para atender a causas imprevistas, solamente cuando concurra alguna de las circunstancias señaladas en dicho artículo.

18. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

18.1 El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente.

18.2 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier

Page 19: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 19

responsabilidad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por el adjudicatario.

Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria nacional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.

Asimismo, las empresas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de Abril, sobre integración social de los minusválidos, así como el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo y demás normativa complementaria.

18.2 De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésimo sexta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el adjudicatario queda obligado al cumplimiento íntegro de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo, en relación con los datos de carácter personal a los que tenga acceso o le sean comunicados por el Ayuntamiento para la correcta ejecución del contrato; debiendo cumplirse las restantes previsiones de dicha disposición adicional en caso de concurrir los supuestos que en ella se regulan.

Una vez cumplida la prestación contractual, dichos datos deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento.

Lo establecido en la presente cláusula tendrá el carácter de obligación contractual esencial.

18.3 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá repercutirse como partida independiente.

18.4 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

18.5 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.

18.6 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 60.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el

Page 20: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 20

que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; la empresa contratista tendrá la obligación de aportar, con anterioridad al vencimiento de la validez de los certificados inicialmente presentados y hasta la finalización del contrato, así como en caso de prórroga del mismo, y sin que medie reclamación alguna por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El incumplimiento de dicha obligación tendrá el carácter de infracción leve.

19. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA

El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifican:

Faltas Leves:

� Incumplimiento del deber de recogida diaria de la documentación.

Dicha infracción se sancionará con multa de 200 € por cada día de incumplimiento.

� Incumplimiento de la hora de recogida diaria.

Dicha infracción se sancionará con multa de 30 € por cada retraso superior a media hora y de 60 € cuando el retraso supere la hora.

� Incumplimiento de los plazos de entrega establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

Dicha infracción se sancionará con multa de 1 € por cada uno de los envíos.

� Falta de uniformidad del repartidor.

Dicha infracción se sancionará con multa de 100 €.

� Trato incorrecto al público.

Dicha infracción se sancionará con multa de 100 €.

Faltas Graves:

� Desatención a las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones y la oferta presentada.

Dicha infracción se sancionará con multa de hasta 2.500 €.

Faltas Muy Graves:

� Falsedad en la información proporcionada por el adjudicatario en la práctica de las notificaciones o indicada en los acuses de recibo.

Page 21: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 21

Dicha infracción se sancionará con multa de hasta 5.000 €, pudiendo ser causa de resolución del contrato; sin perjuicio de las responsabilidades legales que fueran exigibles al adjudicatario o a sus empleados.

� Desatención reiterada a las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones y la oferta presentada.

Dicha infracción se sancionará con multa de hasta 5.000 €, pudiendo ser causa de resolución del contrato.

� El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitador y que hayan sido objeto de valoración para su adjudicación.

Dicha infracción se sancionará con multa de hasta 5.000 €, pudiendo ser causa de resolución del contrato.

� El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del contrato.

Dicha infracción se sancionará con multa de hasta 5.000 €, pudiendo ser causa de resolución del contrato

Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las certificaciones o facturas correspondientes. En caso de que no puedan deducirse de las mismas, la garantía definitiva prestada responderá de la efectividad de dichas sanciones; debiendo el adjudicatario reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 99.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

20. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en los arts. 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 309.

21. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

21.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Page 22: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 22

Público.

21.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realizaciónparcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los arts. 227 y 228 del mencionado Real Decreto Legislativo.

22. CONFIDENCIALIDAD

De conformidad con lo establecido en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información.

Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 223, apartado f) del mencionado Real Decreto Legislativo.

23. GASTOS

El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.

El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 2.500,00 €.

24. INTERPRETACIÓN E INCIDENCIAS

De conformidad con lo dispuesto en el art. 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento con el procedimiento establecido en el art. 211 del mencionado Real Decreto Legislativo, el cual será resuelto por la Junta de Gobierno Local previa audiencia al contratista. A este efecto, el responsable del contrato y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.

Los acuerdos en su caso adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente.

25. ACLARACIONES AL CONTENIDO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES

Los licitadores podrán solicitar las aclaraciones que estimen pertinentes sobre el contenido de los Pliegos de Condiciones, mediante instancia presentada en el plazo de

Page 23: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 23

DIEZ DÍAS naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de este Ayuntamiento de Murcia, debiendo entregarse ese mismo día una copia sellada de dicha instancia en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, sito en la cuarta planta de la Casa Consistorial - Glorieta de España, nº 1 -; o bien en cualquiera de los Registros indicados en el art. 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo enviarse ese mismo día copia de la instancia sellada mediante fax al siguiente número: 968 358 368. Las preguntas que se formulen serán contestadas dentro de los diez días naturales siguientes a la finalización del primer plazo indicado y al menos seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas, mediante su publicación en el Perfil del Contratante de este Ayuntamiento, todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 158 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Los plazos indicados en este apartado para formular preguntas no interrumpirán el previsto para la presentación de proposiciones establecido en la cláusula 11 del presente Pliego.

26. TRIBUNALES COMPETENTES

La Jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas al contrato, conforme a lo previsto en el art. 2.b) de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 21 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

27. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

27.1 El anuncio de licitación, el presente Pliego y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; así como el acuerdo de adjudicación que en su momento se produzca; serán susceptibles del recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 40 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

27.2 Asimismo, podrá interponerse la cuestión de nulidad en los casos previstos en el art. 37.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ante dicho órgano.

27.3 Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 43 de dicho Real Decreto Legislativo, los licitadores podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir las

Page 24: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

Nº EXPTE: 0002/2013 Servicio de Contratación, Pág. 24

infracciones del procedimiento o para impedir que causen otros perjuicios a los intereses afectados.

Murcia, 17 de julio de 2013

LA JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN, SUMINISTROS YRESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Fdo.: Cristina Martínez-Iglesias Martínez

Vº Bº EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

Con

form

e co

n su

s an

tece

dent

es, E

l Jef

e de

Sec

ción

Fdo

.: A

nton

io F

co. P

alla

rés

Bol

uda

Page 25: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

1

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE LOS

SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA

=========

1-. OBJETO DEL CONTRATO:

El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios postales del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, así como de todos sus organismos, con o sin personalidad jurídica propia, de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, así como de las disposiciones que la desarrollan, con excepción de las notificaciones que el propio Ayuntamiento de Murcia realice a través de su propio personal (notificaciones que en las previsiones de envíos del Anexo I, ya vienen descontadas, no habiendo sido ofrecidas como envíos previsibles).

Las necesidades a satisfacer mediante este contrato serán la recogida, admisión, clasificación, tratamiento, curso, transporte distribución y entrega a domicilio de los destinatarios de los envíos postales generados por las Unidades de los distintos Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

Los envíos postales objeto del presente contrato son los siguientes:

Cartas y tarjetas postales:

Entrega ordinaria y urgente.

Destinos: Nacional. Internacional.

Entrega bajo firma y, en su caso, constancia de entrega: cartas certificadas.

Entrega ordinaria y urgente.

Destinos: Nacional. Internacional

Entrega con constancia de la entrega: notificaciones administrativas, no realizadas directamente por el Servicio de Estadística y Notificaciones del Ayuntamiento de Murcia

Destinos: Nacional.

Entrega con constancia de la entrega: Notificaciones Administrativas Informatizadas.

Destinos: Nacional.

Telegramas y burofax.

Destinos: Nacional.

Publicidad: impresos y catálogos.

Destinos: Nacional.

Libros.

Destinos: Nacional. Internacional.

Page 26: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

2

Paquetería:

Destinos: Nacional. Internacional

Otros Servicios:

El contrato comprende la realización de los distintos tipos de envío previstos en este Pliego, en cuyo anexo se detallan a título orientativo el número de envíos a realizar, sin que se pueda definir el número exacto de envíos para cada tipo que se efectuarán a lo largo del periodo de duración del contrato, lo que se determinará posteriormente en función de las necesidades reales de la Corporación, siendo de aplicación, en su caso lo previsto en clausula referida a las modificaciones contractuales del pliego de clausulas administrativas particulares

2.- SERVICIOS O PRESTACIONES A REALIZAR, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

2.A.- Condiciones contractuales esenciales

2.A.1. Tendrá el carácter de obligación contractual esencial a lo largo de toda su duración, pudiendo su incumplimiento dar lugar a la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en el art. 223.f) del R.D.L. 3/2011, la adscripción al mismo de los siguientes medios:

� Distribución postal en el municipio de Murcia, haciendo constar dirección y teléfono de contacto de la instalación..

� Distribución postal en poblaciones de más de 10.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, haciendo constar dirección y teléfono de contacto de la instalación..

� Distribución postal en poblaciones de más de 50.000 habitantes del resto del territorio nacional, haciendo constar dirección y teléfono de contacto de la instalación.

� Centro de Tratamiento de Envíos Postales en el municipio de Murcia, haciendo constar dirección y teléfono de contacto de la instalación.

� Sistema informatizado y de control de envíos para poder gestionar las notificaciones informatizadas.

� Medios informáticos para el control y facturación de los servicios prestados, así como de los medios para obtener los códigos de envíos y generar la documentación pertinente por medios telemáticos y, en su caso, página web, facilitando el acceso a dichos medios.

� Red nacional de puntos de recogida de los envíos que no fueran objeto de entrega domiciliaria.

La disposición de los medios precitados se acreditará por el adjudicatario del contrato propuesto en los términos establecidos en la correspondiente cláusula del Pliego de Cláusulas Admvas. Particulares.

2.A.2. Asimismo, constituirán obligaciones contractuales esenciales a lo largo de toda la duración del contrato, las siguientes:

Page 27: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

3

a) Garantizar la recogida diaria de los envíos en el Ayuntamiento de Murcia, en jornada laborable.

b) El adjudicatario se compromete a realizar las recogidas de los objetos postales en los lugares habilitados por el Ayuntamiento de Murcia. En dichos lugares se concentrarán todos los envíos de las correspondientes unidades administrativas, sin prejuicio de poder entregarlos en el Centro de Admisión que la adjudicataria disponga en esta capital, cuando sea de interés para el depositante.

c) Disponer de los medios informáticos para el control y facturación de los servicios prestados, así como los medios para obtener los códigos de envíos y generar la documentación pertinente por medios telemáticos y, en su caso, página Web, facilitando el acceso a dichos medios.

d) En el caso de ausencia del destinatario, se dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios.

e) Mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del cuarto, especialmente de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otro ni siquiera a efectos de conservación.

2.B.- Obligaciones de la empresa adjudicataria:

La empresa adjudicataria facilitará los medios necesarios para que los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Murcia, y el resto de unidades administrativas, en su caso, puedan realizar adecuadamente el seguimiento y control de sus envíos.

La empresa adjudicataria vendrá obligada a aportar al Ayuntamiento, sin coste adicional, el equipamiento tal como: carros, bandejas, etc. que sea necesario para el perfecto funcionamiento de los servicios postales objeto del contrato.

Respecto de los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del contrato, se estará a lo previsto en el art. 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

2.C.- Control de calidad:

El Ayuntamiento de Murcia se reserva el derecho de poder llevar a cabo en cualquier momento el seguimiento y control de la prestación del servicio contratado. Este control se realizara por el responsable del contrato o por quien este designe, debiendo igualmente la empresa adjudicataria designar a un interlocutor permanente con dicho responsable del contrato.

La empresa adjudicataria deberá arbitrar un sistema que permita subsanar y prever las posibles incidencias que pudieran surgir y que permita una pronta resolución que perjudique lo menos posible la buena marcha del servicio.

Page 28: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

4

Los servicios a que se refiere el presente pliego se realizarán a riesgo y ventura de la empresa adjudicataria.

2.D.- Cumplimiento de plazos

El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en el presente pliego de Prescripciones Técnicas.

La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.

2.E.- Otras Condiciones

Se deberá ofertar la recogida urgente, a cualquier hora en el horario comprendido entre las 8:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes, en días hábiles, debiéndose prestar en el plazo máximo de una hora desde la solicitud del servicio.

El personal que realice el servicio deberá ir debidamente uniformado y dispensar un trato correcto a los ciudadanos.

El personal designado por la empresa como responsable de los servicios contratados supervisará el normal desarrollo de los mismos, manteniendo las relaciones necesarias con los responsables municipales para garantizar la eficaz realización de los servicios contratados.

El adjudicatario deberá contar con instalaciones y los medios materiales y humanos precisos para el desarrollo de los trabajos en las condiciones que fija este Pliego. Las instalaciones deben estar ubicadas en lugares de fácil accesibilidad para los ciudadanos.

La empresa adjudicataria designará en su oferta los interlocutores a efectos de atender y resolver las incidencias que pudieran surgir.

2.F.- Información

A la finalización del ejercicio económico, el adjudicatario deberá facilitar en soporte informático un resumen de los envíos gestionados durante el ejercicio detallando el número de envíos y los importes correspondientes por tipo de servicio, tramos de peso, ámbitos de destino y servicios adicionales cuando proceda.

2.G.- Descripción de los Servicios

Los trabajos, objeto del contrato, consistirán en la entrega en la dirección de los destinatarios que, a efectos postales, figure en los envíos generados por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia, así como las actividades complementarias adicionales o específicas que requieran los diferentes servicios.

La prestación de dichos servicios se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, así como de las disposiciones que la desarrollan, conforme al siguiente detalle:

El servicio programado de recogida de correspondencia se realizará en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, que en cada caso habilite al efecto, que al día de la fecha se sitúan en el edificio municipal de:

Page 29: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

5

Calle Puerta Nueva nº 10B, segunda planta, CP 30.001 (sede el negociado de Notificaciones).

El servicio de recogida se deberá realizar con una frecuencia diaria (de lunes a viernes, excepto festivos, al menos una vez durante la mañana, antes de las 10:00 horas).

En el supuesto de que la empresa adjudicataria, por su condición de operador postal, tenga en su poder correspondencia cuyo destinatario final sea el Ayuntamiento de Murcia deberá realizar su entrega diariamente en la Casa Consistorial (sita en Glorieta de España nº 1 30.004), la entrada de dicho correo en las dependencias municipales deberá ser, como muy tarde, a las 10’00 horas.

El adjudicatario se obliga a prestar el servicio de los tipos de envíos que a continuación se detallan:

2.G.1- Cartas y tarjetas postales:

Entrega ordinaria y urgente.

Destinos: Nacional. Internacional.

2.G.2- Entrega bajo firma y, en su caso, constancia de entrega: cartas certificadas.

Entrega ordinaria y urgente.

Destinos: Nacional. Internacional

2.G.3- Entrega con constancia en la entrega: notificaciones administrativas, norealizadas directamente por el Servicio de Estadística y Notificaciones del Ayuntamiento de Murcia

Destinos: Nacional.

2.G.4- Entrega con constancia en la entrega: Notificaciones Administrativas Informatizadas.

Destinos: Nacional.

2.G.5- Telegramas y burofax.

Destinos: Nacional.

2.G.6- Publicidad: impresos y catálogos.

Destinos: Nacional.

2.G.7- Libros.

Destinos: Nacional. Internacional.

2.G.8- Paquetería:

Destinos: Nacional. Internacional

2.G.9- Otros Servicios:

2.G.1- Cartas y tarjetas postales:

Serán objeto de este servicio la distribución de todo tipo de cartas y tarjetas postales, cualquiera que sea su destino, con entrega a la dirección de los destinatarios que, a efectos postales, figure en los envíos.

Page 30: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

6

a).- Entrega ordinaria:

Entrega ordinaria tanto en el territorio nacional como internacional.

Reparto de correspondencia nacional. La entrega se realizará en el domicilio del destinatario en los plazos máximos de entrega siguientes a contar a partir del día siguiente de retirada de la misma del Negociado de Notificaciones:

Envíos locales 2 días hábiles

Envíos Provinciales 3 días hábiles

Envíos Nacionales 4 días hábiles

Las devoluciones se justificarán al dorso del sobre con las causas concretas que las motivan.

Reparto de correspondencia internacional. En los envíos internacionales los plazos serán:

Envíos a Europa de 2 a 4 días hábiles.

Resto del mundo según país con un máximo de 10 días hábiles.

Las devoluciones se justificarán al dorso del sobre con las causas concretas que las motivan.

b).- Entrega urgente:

Plazos de entrega máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones:

Envíos nacionales. 1 día hábil

Envíos internacionales:

Capitales y grandes ciudades europeas 2 días hábiles

Resto destinos Europa 3 días hábiles

Resto países 6 días hábiles

2.G.2.1- Entrega bajo firma: cartas certificadas.

Serán objeto de este servicio la distribución de todo tipo de cartas y tarjetas postales, cualquiera que sea su destino, con entrega a la dirección de los destinatarios que, a efectos postales, figure en los envíos.

a).- Entrega ordinaria:

Entrega bajo firma del destinatario o persona autorizada a domicilio en todos los puntos del territorio nacional.

En el caso de ausencia del destinatario, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios. Este apartado se considera como condición especial de ejecución del contrato.

Page 31: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

7

Los plazos de entrega nacionales máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones serán:

Envíos locales 2 días hábiles.

Envíos Provinciales: 3 días hábiles.

Envíos nacionales: 4 días hábiles.

Los plazos de entrega internacionales máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones serán:

Envíos a Europa de 2 a 4 días hábiles.

Resto del mundo según país, con un máximo de 10 días hábiles.

b).- Entrega urgente:

Plazos de entrega máximos, a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones:

Envíos nacionales. 1 día hábil

Envíos internacionales:

Capitales y grandes ciudades europeas 2 días hábiles

Resto destinos Europa 3 días hábiles

Resto países 6 días hábiles

2.G.2.2- Entrega bajo firma con constancia de entrega: cartas certificadas.

a).- Entrega ordinaria:

Entrega bajo firma del destinatario o persona autorizada a domicilio en todos los puntos del territorio nacional e internacional.

Se devolverá al Ayuntamiento el aviso de recibo debidamente firmado por el interesado. Este aviso de recibo se devolverá al Ayuntamiento en el plazo máximo de siete días en caso de practicarse la entrega. De permanecer ésta en lista, el plazo de devolución será de diez días naturales, contados a partir del transcurso de los 15 días naturales de espera en las oficinas del operador postal adjudicatario.

Prueba de entrega del envío –Aviso de recibo- mediante documento en el que conste la firma del destinatario, fecha y la identificación del empleado de la empresa adjudicataria que realiza la entrega.

En el caso de ausencia del destinatario la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario.

Los plazos de entrega nacional máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones serán:

Envíos locales: 1-2 día hábil.

Envíos locales masivos 2-3 días hábiles (Más de 10.000 envíos)

Envíos Provinciales: 2-3 días hábiles

Envíos nacionales: 3-4días hábiles

Page 32: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

8

Los plazos de entrega internacionales máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones serán:

Reparto de correspondencia internacional. En los envíos internacionales los plazos serán:

Envíos a Europa de 2 a 4 días hábiles.

Resto del mundo según país con un máximo de 10 días hábiles.

b).- Entrega urgente:

Plazos de entrega máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones:

Envíos nacionales. 1 día hábil

Envíos internacionales:

Capitales y grandes ciudades europeas 2 días hábiles

Resto destinos Europa 3 días hábiles

Resto países 6 días hábiles

2.G.3- Entrega con constancia de la entrega: notificaciones administrativas (solo nacional), no realizadas directamente por el Servicio de Estadística y Notificaciones del Ayuntamiento de Murcia

Reparto de correspondencia constituida por documentos. La entrega se realizará en el domicilio del destinatario en un plazo de un día hábil en el ámbito local. De encontrarse ausente, se realizará un segundo intento dentro de los tres días siguientes y en hora distinta, quedando constancia en el correspondiente aviso de recibo de ambos intentos de entrega con fecha y hora. Contra entrega del envío se retirará un aviso de recibo firmado por el destinatario, familiar o persona mayor de edad presente en el domicilio, dejando constancia del nombre, apellidos y D.N.I. así como parentesco o relación con el destinatario en su caso. En el caso de ausencia del destinatario, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de siete días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios. Este aviso de recibo se devolverá al Ayuntamiento en el plazo máximo de siete días en caso de practicarse la notificación. De permanecer ésta en lista, el plazo de devolución será de diez días naturales.

Con el fin de que las notificaciones administrativas tengan como efecto la constancia en su procedimiento, tal como determinan el artículo 22 y siguientes de la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, así como de la legislación de procedimiento administrativo, en lo que se refiere a práctica de notificaciones, el adjudicatario se comprometerá a poner a disposición del Ayuntamiento de Murcia, a efectos de prueba en vía administrativa o procesal, los medios necesarios para acreditar frente a terceros tanto los intentos de notificación, como la propia realización efectiva de la misma, pudiéndose exigir la prestación de declaración jurada del repartidor notificador, como, en su caso, su propia declaración personal ante los órganos administrativos y judiciales, en caso de ser solicitados,

Page 33: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

9

como medio de prueba acreditativos dentro de un procedimiento administrativo o proceso judicial, de cualquier naturaleza. Corriendo a cargo del contratista los gastos que se pudieran derivar por la realización de tales actuaciones (tales como gastos de desplazamiento, manutención, alojamiento, emisión de la declaración ..)

Igualmente, se tendrá en cuenta lo dispuesto para las notificaciones administrativas en el art. 22 y siguientes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, así como de las disposiciones que la desarrollan.

Los plazos de entrega máximos, a contar a partir del día siguiente de retirada de la correspondencia del Negociado de Notificaciones serán:

Envíos locales 1-2 día hábil

Envíos locales masivos 2-3 días hábiles (Más de 10.000 envíos)

Envíos provinciales 2-3 días hábiles

Envíos nacionales 3-4 días hábiles

2.G.4- Entrega, con constancia de la entrega: Notificaciones Administrativas Informatizadas (solo nacional).

El adjudicatario deberá tener un sistema informatizado y de control de envíos para poder gestionar las notificaciones informatizadas, estableciéndose este apartado como condición de ejecución del contrato.

La prestación del servicio de distribución de notificaciones se realizará con los medios habituales del operador, y el retorno de la información al Ayuntamiento de Murcia se efectuará por vía telemática.

Estos envíos tienen la consideración de notificaciones administrativas con dos intentos de entrega a domicilio y permanencia en lista de correos a disposición del destinatario durante 7 días y se cursan acompañados de un Aviso de Recibo. Tendrán servicio de tercera entrega ordinaria y depósito en buzón por parte del adjudicatario, de los envíos no recogidos en lista cuando así lo requiera el Ayuntamiento de Murcia.

El adjudicatario dispondrá de los medios para la digitalización de documentos, y la devolución de los envíos devueltos así como de los Avisos de Recibo para realizar estos servicios cuando le sean requeridos por el Ayuntamiento de Murcia, estableciéndose este apartado como condición de ejecución del contrato.

Características:

� Primeros dos intentos de entrega a domicilio según el procedimiento común de distribución de notificaciones.

� Aviso de llegada en caso de ausencia del destinatario o receptor en su domicilio en el segundo intento de entrega y pase a lista de correos del envío, donde permanecerá 7 días naturales a disposición del destinatario.

� Transcurridos los siete días sin que el envío sea retirado por el destinatario o persona autorizada, se devolverá al remitente, o cuando así lo requiera este se procederá por el adjudicatario a la tercera entrega ordinaria, depositando el envío en el buzón del domicilio del destinatario indicado en las señas. Esta circunstancia se hará constar en

Page 34: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

10

el casillero correspondiente del acuse de recibo haciendo constar la fecha y estampando su firma e identificación y será devuelto al remitente.

� Retorno de la información con los datos del resultado final de la entrega vía telemática.

� Devolución de los envíos no entregados y avisos de recibo debidamente cumplimentados separados en cajas o bandejas del adjudicatario. Cuando así lo requiera el remitente, estos envíos podrán ser devueltos clasificados y ordenados, acompañados de relación.

Se tendrá en cuenta lo dispuesto para las notificaciones administrativas tal como determinan el artículo 22 y siguientes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, así como de las disposiciones que la desarrollan

El Ayuntamiento presentará los envíos ordenados por Códigos Postales y por los ámbitos de destino correspondientes a local, capitales y resto, acompañados del correspondiente albarán de entrega. Los envíos que presente el Ayuntamiento bajo esta modalidad, habrán de ser comunicados al adjudicatario

Igualmente, se remitirá por parte de la entidad adjudicataria diariamente información telemática de las remesas presentadas por el Ayuntamiento bajo este sistema.

Plazos de entrega máximos a contar a partir del día siguiente de envío de la correspondencia:

Envíos locales 1 días hábiles

Envíos locales masivos 1-2 días hábiles (Más de 10.000 envíos)

Envíos Provinciales 2-3 días hábiles

Envíos nacionales 3-4 días hábiles

2.G.5- Telegramas y burofax.

El adjudicatario dispondrá de los medios necesarios para que el Ayuntamiento de Murcia pueda realizar todos los trámites de envío de Telegramas y Burofax, directamente por el adjudicatario o a través de un tercero. Corriendo a cargo del adjudicatario los costes de dichos envíos.

2.G.6- Publicidad: impresos y catálogos.

Distribución de envíos publicitarios y promocionales del Ayuntamiento de Murcia, tanto con dirección como sin dirección. Estos envíos deberán depositarse en los buzones domiciliarios o introducirse individualmente bajo las puertas de las viviendas si carecieran de aquellos.

Calidad: Posibilidad de distribución en fechas determinadas a petición del Ayuntamiento.

Plazos máximos a contar a partir del día siguiente de retirada de la publicidad del Negociado de Notificaciones:

Local en 3-4 días hábiles.

Interurbana en 5-6 días hábiles.

Page 35: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

11

2.G.7- Libros.

Servicio de distribución de libros y publicaciones periódicas del Ayuntamiento de Murcia.

Peso máximo de libros y publicaciones: 2 kilogramos.

Calidad: Calidad de entrega ordinaria de correspondencia (Cartas).

2.G.8- Paquetería:

Este servicio de documentos y paquetes deberá garantizar la distribución a domicilio de paquetes de hasta 20 kilogramos de peso, con destinos Nacional e Internacional.

La entrega se realizará bajo firma al destinatario. En el caso de ausencia del mismo, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios.

Gestión de la documentación aduanera (paquetería internacional).

Gestión de la documentación e identificación de los paquetes.

Información de trazabilidad de los paquetes.

Seguros opcionales y reembolso de importes por la entrega de paquetería.

I.- Entrega ordinaria de Paquetería.

Entrega a domicilio de paquetes en un plazo máximo de dos días hábiles para las grandes poblaciones y tres días hábiles para el resto de poblaciones, a contar desde el día siguiente al de la entrega del paquete por el Negociado de Notificaciones.

Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional

II. Distribución Urgente de Paquetería

Entrega a domicilio de paquetes en un plazo máximo de 1 día hábil desde la recogida para las grandes poblaciones y de dos días hábiles para el resto de poblaciones.

Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional.

2.G.9- Otros Servicios:

Servicio de Atención al Cliente, incluyendo teléfono de atención y asistencia a los destinatarios de los envíos cursados por esta Entidad. Asistencia técnica personalizada para la Entidad.

Gestión de Devoluciones.- Servicio de clasificación en función de las causas de devolución y entrega diaria de los envíos de correspondencia devueltos. El adjudicatario

Page 36: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

12

devolverá los envíos no entregados por distintas causas, así como los avisos de recibo clasificados en función del servicio administrativo del Ayuntamiento del que procedan. Así como deberá aportar información, a requerimiento del Ayuntamiento, del número de devoluciones, coste de la devolución y de las incidencias correspondientes a las mismas. El Ayuntamiento podrá modificar en cualquier momento este sistema de clasificación, quedando obligado el adjudicatario a seguir los nuevos criterios de clasificación que se le comuniquen.

Certificaciones. Servicio de certificaciones de entrega de los envíos cuyas cartas o acuses de recibo no hayan sido devueltos al Ayuntamiento por la empresa adjudicataria.

3. MODIFICACIONES DEL CONTRATO

Dado la imposibilidad de concretar el número de envíos con una previsión medianamente exhaustiva, dado que éste depende del nivel de tramitación de expedientes administrativos que cada uno de los distintos servicios municipales pueda generar en el cumplimiento de las funciones administrativas encomendadas a cada uno; en caso de resultar necesaria la aprobación de un mayor gasto para financiar la modificación del contrato como consecuencia de las necesidades expuestas, se seguirá el procedimiento de modificación previsto en el 106 del RDL 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

El porcentaje máximo que pueden alcanzar dichas modificaciones será del 20% del precio del contrato, aplicándose los mismos precios por envío que en el momento de la adjudicación y según el número de los tipos de envío realizados, con independencia de que el número total de envíos efectuados supere o no el previsto en el Anexo al presente Pliego de Prescripciones Técnicas; no viéndose alteradas las condiciones previstas en los Pliegos de Condiciones por los que se rige el contrato

Asimismo, se podrá incorporar por la mercantil adjudicataria cualquier modificación o innovación tecnológica que tenga lugar durante la vigencia del contrato, siempre que se ponga en conocimiento del supervisor de los trabajos objeto del presente contrato y este de su conformidad. Siguiendo igualmente la tramitación prevista en el artículo 106 del RDL 3/2011, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

4.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. INFRACCIONES Y PENALIDADES:

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución, en caso de infracción muy grave, o por imponer las pertinentes penalidades al mismo, de conformidad con el artículo 212 del Texto Refundido de la LCSP y con las infracciones que a continuación se detallan. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá exceder del 10% del presupuesto del contrato.

Page 37: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

��������������� ����������� ������

�� ��������������������������������

�� ���������� ����������������

���!"#�$#"����%������

&�%�!"#'#$(��

13

El régimen de penalidades del contrato por incumplimiento defectuoso del mismo, con el límite del 10% del importe del contrato, será el siguiente:

FALTAS LEVES

� Incumplimiento de la recogida diaria, con 200 € por cada día de incumplimiento del deber de recogida de la documentación

� Incumplimiento de la hora de recogida diaria, por retraso superior a la media hora con 30 € por cada retraso. Si el retraso supera la hora la sanción será de 60 €.

� El retraso en los plazos de entrega respecto de los establecidos en el pliego de prescripciones técnicas se sancionará por cada uno de los envíos con 1,00 €.

� La falta de uniformidad del repartidor o el trato incorrecto al público se sancionará con multa de 100 euros.

FALTAS GRAVES

� La desatención a las instrucciones del Responsable del Contrato en cumplimiento de los Pliegos y la oferta presentada se sancionará con multa de hasta 2.500 €.

FALTAS MUY GRAVES

� La falsedad en la información proporcionada por el adjudicatario en la práctica de las notificaciones o indicada en los acuses de recibo, se sancionará con una multa de hasta 5.000 €; pudiendo ser causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades legales que fueran exigibles al adjudicatario o a sus empleados.

� El incumplimiento de los criterios que fueron considerados en la oferta, pudiendo dar lugar a la imposición de una multa de hasta 5.000 € o a la resolución del contrato.

� El incumplimiento reiterado de las instrucciones del Responsable del Contrato, pudiendo dar lugar a la imposición de una multa de hasta 5.000 € o a la resolución del contrato.

� El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contractuales esenciales del contrato, pudiendo dar lugar a la imposición de una multa de hasta 5.000 € o a la resolución del contrato.

Cada una de las penalidades se deducirá de la facturación y en su defecto de la garantía definitiva constituida, en los términos legalmente establecidos.

Los envíos objeto de penalización por retraso en los plazos de entrega, no producirán efectos económicos a favor del contratista y no serán objeto de abono en la facturación, en su caso.

En Murcia a 17 de julio de 2013

El Jefe de Servicio de Estadística y Notificaciones

Fdo.: Roque Moya Segura

Page 38: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio

máximo

IVA

excluido

Precio

máximo

IVA

incluido

Descuento

unitario

Precio

ofertado

Importe total

producto IVA

excluido

Importe total

producto

IVA incluido

Envios

anuales

estimados

Importe total

producto IVA

excluido,

según pliego

Importe total

producto IVA

incluido,

según pliego

CARTAS ORDINARIAS NACIONALES

Destino Local:

- Hasta 20 grs. normalizadas 0,36 0,44 9.240 3.326,40 4.024,94

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)0,51 0,62 3.466 1.767,51 2.138,68

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 0,85 1,03 350 297,50 359,98

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 2,00 2,42 700 1.400,00 1.694,00

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 4,50 5,45 175 787,50 952,88

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 5,10 6,17 56 285,60 345,58

Interurbana (Destino 1):

- Hasta 20 grs. normalizadas 0,36 0,44 2.048 737,10 891,89

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)0,51 0,62 755 384,85 465,66

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 0,85 1,03 64 54,15 65,52

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 2,00 2,42 137 274,40 332,02

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 4,50 5,45 12 53,55 64,80

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 5,10 6,17 6 28,56 34,56

Interurbana (Destino 2):

- Hasta 20 grs. normalizadas 0,36 0,44 9.187 3.307,25 4.001,77

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)0,51 0,62 3.326 1.696,46 2.052,72

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 0,85 1,03 350 297,50 359,98

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 2,00 2,42 697 1.394,40 1.687,22

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 4,50 5,45 175 787,50 952,88

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 5,10 6,17 42 214,20 259,18

CARTAS ORDINARIAS INTERNACIONALES

Zona 1 Europa

- Hasta 20 grs. normalizadas 0,70 0,85 49 34,30 41,50

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)1,35 1,63 109 147,42 178,38

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 2,15 2,60 135 290,47 351,46

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 6,10 7,38 49 298,90 361,67

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 12,25 14,82 45 548,80 664,05

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 19,80 23,96 2 41,58 50,31

Zona 2 Resto países

- Hasta 20 grs. normalizadas 0,85 1,03 1 0,85 1,03

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)1,75 2,12 1 1,75 2,12

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 2,95 3,57 1 2,95 3,57

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 9,60 11,62 1 9,60 11,62

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 20,50 24,81 1 20,50 24,81

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 36,00 43,56 1 36,00 43,56

CARTAS CERTIFICADAS NACIONALES

Local:

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 65 170,56 206,38

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 87 240,44 290,93

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 42 130,62 158,05

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 28 119,28 144,33

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 6 37,86 45,81

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 1 5,15 6,23

Interurbana (Destino 1):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 171 447,50 541,47

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 126 349,02 422,31

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 116 359,21 434,64

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 44 187,87 227,32

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 28 189,28 229,03

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 4 30,91 37,40

Interurbana (Destino 2):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 3.609 9.456,10 11.441,89

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 638 1.768,37 2.139,73

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 68 211,17 255,51

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 9 38,77 46,91

ANEXO I: OFERTA ECONÓMICA

La oferta económica se presentará en este formato, del cual se podrá retirar una copia en soporte CD-ROM en el servicio de contratación.Se deberá realizar la oferta plasmando las cantidades, correspondientes a la oferta, en las cuatro columnas centrales sombreadas, del siguiente modo:�- En la columna de "Descuento unitario" se consignará la cantidad exacta del descuento, consignando las cantidades en negativo (ejemplo: -1,20) el descuento se deberá expresar en un maximo de dos decimales.�- En la columna de "Precio ofertado" se consignara en positivo, con dos decimales el precio sin IVA ofertado (ejemplo: 3,60).Se incluirán en el sobre nº 3, dos ejemplares del presente Anexo en formato papel y una copia en CD-ROM. El contenido del Anexo I en CD-ROM deberá ser el mismo que el de las copias en soporte papel. �- En la columna de "importe total producto IVA excluido", se consignará el importe total del producto ofertado según las cantidades de la columna de "envios anuales estimados".�- En la columna de "importe total producto IVA incluido", se consignará el importe total anterior, aplicándosele añadiéndosele el IVA correspondiente.NOTA:Para el precio de los productos no incluídos en la presente oferta y que el Ayuntamiento pudiera demandar en cualquier momento, se tomarán como referencia los precios

1 de 7

Page 39: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 8 56,78 68,71

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 13 92,74 112,21

Valores añadidos opcionales:Aviso de Recibo 0,64 0,77 2.901 1.856,51 2.246,38

CARTAS CERTIFICADAS INTERNACIONALES

Zona 1 Europa

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,14 3,80 93 292,33 353,72

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)3,79 4,59 60 228,16 276,07

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 4,59 5,55 27 125,31 151,62

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 8,54 10,33 21 179,34 217,00

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 14,69 17,77 1 20,57 24,88

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 22,24 26,91 1 15,57 18,84

Zona 2 Resto países

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,29 3,98 1 3,29 3,98

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)4,19 5,07 1 4,19 5,07

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 5,39 6,52 1 5,39 6,52

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 12,04 14,57 1 12,04 14,57

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 22,94 27,76 1 22,94 27,76

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 38,44 46,51 1 38,44 46,51

Valores añadidos opcionales:Aviso de Recibo 1,20 1,45 8 9,60 11,62

NOTIFICACIONES

Local:

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 652 1.707,45 2.066,02

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 869 2.406,30 2.911,62

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 190 592,14 716,49

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 182 775,32 938,14

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 29 194,01 234,75

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 4 25,76 31,17

Interurbana (Destino 1):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 8.571 22.455,50 27.171,15

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 2.996 8.298,92 10.041,69

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 816 2.536,21 3.068,81

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 408 1.738,51 2.103,59

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 112 757,12 916,12

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 39 288,51 349,10

Interurbana (Destino 2):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,62 3,17 35.109 91.986,10 111.303,19

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,77 3,35 4.558 12.626,77 15.278,39

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 3,11 3,76 642 1.996,31 2.415,53

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 4,26 5,15 737 3.140,05 3.799,46

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 6,76 8,18 239 1.618,34 1.958,20

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,36 8,91 55 401,86 486,25

Valores añadidos fijos:Aviso de Recibo 0,64 0,77 56.207 35.972,61 43.526,86

Gestión de entrega de Notificaciones 0,32 0,39 56.207 17.986,30 21.763,43

Valores añadidos opcionales:Retorno de la información 0,58 0,70 1 0,58 0,70

3ª entrega ordinaria 0,36 0,44 1 0,36 0,44

AR electrónicoClasificación de ARDigitalización de AR

CARTAS URGENTES NACIONALES

Destino Local:

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,46 2,98 64 158,42 191,69

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,71 3,28 1 1,90 2,30

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 2,84 3,44 8 23,86 28,87

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 3,52 4,26 1 2,46 2,98

Interurbana (Destino 1):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,46 2,98 127 311,68 377,14

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,71 3,28 0 0,00 0,00

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 2,84 3,44 4 9,94 12,03

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 3,52 4,26 3 9,86 11,93

Interurbana (Destino 2):

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,46 2,98 89 218,69 264,62

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)2,71 3,28 1 3,79 4,59

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 2,84 3,44 81 230,61 279,04

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 3,52 4,26 2 7,39 8,94

2 de 7

Page 40: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

CARTAS URGENTES INTERNACIONALES

Zona 1 Europa

- Hasta 20 grs. normalizadas 2,92 3,53 203 592,76 717,24

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)3,94 4,77 1 2,76 3,34

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 4,32 5,23 20 84,67 102,45

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 7,29 8,82 1 5,10 6,17

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 12,33 14,92 1 8,63 10,44

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 20,00 24,20 22 434,00 525,14

Zona 2 Resto países

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,50 4,24 1 3,50 4,24

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)4,80 5,81 1 4,80 5,81

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 6,00 7,26 1 6,00 7,26

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 10,40 12,58 1 10,40 12,58

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 21,50 26,02 1 21,50 26,02

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 37,00 44,77 1 37,00 44,77

CARTAS URGENTES CERTIFICADAS NACIONALES

Local:

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,98 4,82 1 3,98 4,82

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)4,32 5,23 1 4,32 5,23

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 4,58 5,54 1 4,58 5,54

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 5,47 6,62 1 5,47 6,62

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 7,03 8,51 1 7,03 8,51

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,46 9,03 1 7,46 9,03

Interurbana (Destino 1*):

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,98 4,82 12 47,36 57,31

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)4,32 5,23 8 36,29 43,91

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 4,58 5,54 2 9,62 11,64

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 5,47 6,62 1 7,66 9,27

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 7,03 8,51 1 4,92 5,95

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,46 9,03 1 5,22 6,32

Interurbana (Destino 2**):

- Hasta 20 grs. normalizadas 3,98 4,82 40 158,80 192,15

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)4,32 5,23 106 459,65 556,17

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 4,58 5,54 1 3,21 3,88

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 5,47 6,62 1 3,83 4,63

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 7,03 8,51 1 4,92 5,95

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 7,46 9,03 147 1.096,62 1.326,91

Valores añadidos opcionales:Aviso de Recibo 0,64 0,77 1 0,64 0,77

CARTAS URGENTES CERTIFICADAS INTERNACIONALES

Zona 1 Europa

- Hasta 20 grs. normalizadas 4,87 5,89 1 4,87 5,89

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)5,93 7,18 1 5,93 7,18

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 6,27 7,59 1 6,27 7,59

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 9,49 11,48 1 9,49 11,48

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 14,70 17,79 1 14,70 17,79

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 22,30 26,98 1 22,30 26,98

Zona 2 Resto países

- Hasta 20 grs. normalizadas 5,80 7,02 1 5,80 7,02

- Más de 21 grs. hasta 50 grs.(incluye hasta 20 grs.sin normalizar)7,05 8,53 1 7,05 8,53

- Más de 51 grs. hasta 100 grs. 7,60 9,20 1 7,60 9,20

- Más de 101 grs. hasta 500 grs. 13,80 16,70 1 13,80 16,70

- Más de 501 grs. hasta 1.000 grs. 25,00 30,25 1 25,00 30,25

- Más de 1.001 grs. hasta 2000 grs. 40,60 49,13 1 40,60 49,13

Valores añadidos opcionales:Aviso de Recibo 1,20 1,45 1 1,20 1,45

GESTION Y DIGITALIZACION DE DOCUMENTOS

Digitalización de documentos

- Por cada documento tamaño hasta DIN-A4. 0,15 0,18 1 0,15 0,18

Custodia y gestión de documentos:

- Almacenamiento y custodia en cajas A-Z de 1.000 documentos.

Precio por año y por caja: 8,50 10,29 1 8,50 10,29

- Consulta física de documento y entrega.

Por consulta: 13,50 16,34 1 13,50 16,34

PAQUETERIA NACIONAL

PAQUETE ESTANDAR

3 de 7

Page 41: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

Zona 1 - Provincia

- Hasta 1 kg. 4,00 4,84 1 4,00 4,84

- Más de 1 kg. hasta 2 kgs. 4,40 5,32 1 4,40 5,32

- Más de 2 kgs. hasta 3 kgs. 4,80 5,81 1 4,80 5,81

- Más de 3 kgs. hasta 4 kgs. 5,20 6,29 1 5,20 6,29

- Más de 4 kgs. hasta 5 kgs. 5,60 6,78 1 5,60 6,78

- Más de 5 kgs. hasta 6 kgs. 6,00 7,26 1 6,00 7,26

- Más de 6 kgs. hasta 7 kgs. 6,40 7,74 1 6,40 7,74

- Más de 7 kgs. hasta 8 kgs. 6,80 8,23 1 6,80 8,23

- Más de 8 kgs. hasta 9 kgs. 7,20 8,71 1 7,20 8,71

- Más de 9 kgs. hasta 10 kgs. 7,60 9,20 1 7,60 9,20

- Más de 10 kgs. hasta 11 kgs. 8,08 9,78 1 8,08 9,78

- Más de 11 kgs. hasta 12 kgs. 8,56 10,36 1 8,56 10,36

- Más de 12 kgs. hasta 13 kgs. 9,04 10,94 1 9,04 10,94

- Más de 13 kgs. hasta 14 kgs. 9,52 11,52 1 9,52 11,52

- Más de 14 kgs. hasta 15 kgs. 10,00 12,10 1 10,00 12,10

- Más de 15 kgs. hasta 16 kgs. 10,64 12,87 1 10,64 12,87

- Más de 16 kgs. hasta 17 kgs. 11,28 13,65 1 11,28 13,65

- Más de 17 kgs. hasta 18 kgs. 11,92 14,42 1 11,92 14,42

- Más de 18 kgs. hasta 19 kgs. 12,56 15,20 1 12,56 15,20

- Más de 19 kgs. hasta 20 kgs. 13,20 15,97 1 13,20 15,97

- Más de 20 kgs. hasta 21 kgs. 13,92 16,84 1 13,92 16,84

- Más de 21 kgs. hasta 22 kgs. 14,64 17,71 1 14,64 17,71

- Más de 22 kgs. hasta 23 kgs. 15,36 18,59 1 15,36 18,59

- Más de 23 kgs. hasta 24 kgs. 16,08 19,46 1 16,08 19,46

- Más de 24 kgs. hasta 25 kgs. 16,80 20,33 1 16,80 20,33

- Más de 25 kgs. hasta 26 kgs. 17,52 21,20 1 17,52 21,20

- Más de 26 kgs. hasta 27 kgs. 18,24 22,07 1 18,24 22,07

- Más de 27 kgs. hasta 28 kgs. 18,96 22,94 1 18,96 22,94

- Más de 28 kgs. hasta 29 kgs. 19,68 23,81 1 19,68 23,81

- Más de 29 kgs. hasta 30 kgs. 20,40 24,68 1 20,40 24,68

Zona 2 - Provincias limítrofes

- Hasta 1 kg. 4,75 5,75 1 4,75 5,75

- Más de 1 kg. hasta 2 kgs. 5,23 6,33 1 5,23 6,33

- Más de 2 kgs. hasta 3 kgs. 5,70 6,90 1 5,70 6,90

- Más de 3 kgs. hasta 4 kgs. 6,18 7,48 1 6,18 7,48

- Más de 4 kgs. hasta 5 kgs. 6,65 8,05 1 6,65 8,05

- Más de 5 kgs. hasta 6 kgs. 7,13 8,63 1 7,13 8,63

- Más de 6 kgs. hasta 7 kgs. 7,60 9,20 1 7,60 9,20

- Más de 7 kgs. hasta 8 kgs. 8,08 9,78 1 8,08 9,78

- Más de 8 kgs. hasta 9 kgs. 8,55 10,35 1 8,55 10,35

- Más de 9 kgs. hasta 10 kgs. 9,03 10,93 1 9,03 10,93

- Más de 10 kgs. hasta 11 kgs. 9,60 11,62 1 9,60 11,62

- Más de 11 kgs. hasta 12 kgs. 10,17 12,31 1 10,17 12,31

- Más de 12 kgs. hasta 13 kgs. 10,74 13,00 1 10,74 13,00

- Más de 13 kgs. hasta 14 kgs. 11,31 13,69 1 11,31 13,69

- Más de 14 kgs. hasta 15 kgs. 11,88 14,37 1 11,88 14,37

- Más de 15 kgs. hasta 16 kgs. 12,64 15,29 1 12,64 15,29

- Más de 16 kgs. hasta 17 kgs. 13,40 16,21 1 13,40 16,21

- Más de 17 kgs. hasta 18 kgs. 14,16 17,13 1 14,16 17,13

- Más de 18 kgs. hasta 19 kgs. 14,92 18,05 1 14,92 18,05

- Más de 19 kgs. hasta 20 kgs. 15,68 18,97 1 15,68 18,97

- Más de 20 kgs. hasta 21 kgs. 16,53 20,00 1 16,53 20,00

- Más de 21 kgs. hasta 22 kgs. 17,39 21,04 1 17,39 21,04

- Más de 22 kgs. hasta 23 kgs. 18,24 22,07 1 18,24 22,07

- Más de 23 kgs. hasta 24 kgs. 19,10 23,11 1 19,10 23,11

- Más de 24 kgs. hasta 25 kgs. 19,95 24,14 1 19,95 24,14

- Más de 25 kgs. hasta 26 kgs. 20,81 25,18 1 20,81 25,18

- Más de 26 kgs. hasta 27 kgs. 21,66 26,21 1 21,66 26,21

- Más de 27 kgs. hasta 28 kgs. 22,52 27,25 1 22,52 27,25

- Más de 28 kgs. hasta 29 kgs. 23,37 28,28 1 23,37 28,28

- Más de 29 kgs. hasta 30 kgs. 24,23 29,32 1 24,23 29,32

Zona 3 - Resto destinos peninsulares

- Hasta 1 kg. 5,00 6,05 1 5,00 6,05

- Más de 1 kg. hasta 2 kgs. 5,50 6,66 1 5,50 6,66

- Más de 2 kgs. hasta 3 kgs. 6,00 7,26 1 6,00 7,26

- Más de 3 kgs. hasta 4 kgs. 6,50 7,87 1 6,50 7,87

- Más de 4 kgs. hasta 5 kgs. 7,00 8,47 1 7,00 8,47

- Más de 5 kgs. hasta 6 kgs. 7,50 9,08 1 7,50 9,08

- Más de 6 kgs. hasta 7 kgs. 8,00 9,68 1 8,00 9,68

- Más de 7 kgs. hasta 8 kgs. 8,50 10,29 1 8,50 10,29

- Más de 8 kgs. hasta 9 kgs. 9,00 10,89 1 9,00 10,89

- Más de 9 kgs. hasta 10 kgs. 9,50 11,50 1 9,50 11,50

- Más de 10 kgs. hasta 11 kgs. 10,10 12,22 1 10,10 12,22

- Más de 11 kgs. hasta 12 kgs. 10,70 12,95 1 10,70 12,95

- Más de 12 kgs. hasta 13 kgs. 11,30 13,67 1 11,30 13,67

- Más de 13 kgs. hasta 14 kgs. 11,90 14,40 1 11,90 14,40

- Más de 14 kgs. hasta 15 kgs. 12,50 15,13 1 12,50 15,13

- Más de 15 kgs. hasta 16 kgs. 13,30 16,09 1 13,30 16,09

- Más de 16 kgs. hasta 17 kgs. 14,10 17,06 1 14,10 17,06

- Más de 17 kgs. hasta 18 kgs. 14,90 18,03 1 14,90 18,03

- Más de 18 kgs. hasta 19 kgs. 15,70 19,00 1 15,70 19,00

- Más de 19 kgs. hasta 20 kgs. 16,50 19,97 1 16,50 19,97

- Más de 20 kgs. hasta 21 kgs. 17,40 21,05 1 17,40 21,05

- Más de 21 kgs. hasta 22 kgs. 18,30 22,14 1 18,30 22,14

4 de 7

Page 42: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

- Más de 22 kgs. hasta 23 kgs. 19,20 23,23 1 19,20 23,23

- Más de 23 kgs. hasta 24 kgs. 20,10 24,32 1 20,10 24,32

- Más de 24 kgs. hasta 25 kgs. 21,10 25,53 1 21,10 25,53

- Más de 25 kgs. hasta 26 kgs. 21,90 26,50 1 21,90 26,50

- Más de 26 kgs. hasta 27 kgs. 22,80 27,59 1 22,80 27,59

- Más de 27 kgs. hasta 28 kgs. 23,70 28,68 1 23,70 28,68

- Más de 28 kgs. hasta 29 kgs. 24,60 29,77 1 24,60 29,77

- Más de 29 kgs. hasta 30 kgs. 25,50 30,86 1 25,50 30,86

Zona 4 - Andorra, Ceuta, Melilla, Baleares

- Hasta 1 kg. 6,00 7,26 1 6,00 7,26

- Más de 1 kg. hasta 2 kgs. 6,10 7,38 1 6,10 7,38

- Más de 2 kgs. hasta 3 kgs. 6,79 8,22 1 6,79 8,22

- Más de 3 kgs. hasta 4 kgs. 7,46 9,03 1 7,46 9,03

- Más de 4 kgs. hasta 5 kgs. 8,14 9,85 1 8,14 9,85

- Más de 5 kgs. hasta 6 kgs. 8,82 10,67 1 8,82 10,67

- Más de 6 kgs. hasta 7 kgs. 9,49 11,48 1 9,49 11,48

- Más de 7 kgs. hasta 8 kgs. 10,17 12,31 1 10,17 12,31

- Más de 8 kgs. hasta 9 kgs. 10,84 13,12 1 10,84 13,12

- Más de 9 kgs. hasta 10 kgs. 11,51 13,93 1 11,51 13,93

- Más de 10 kgs. hasta 11 kgs. 12,31 14,90 1 12,31 14,90

- Más de 11 kgs. hasta 12 kgs. 13,10 15,85 1 13,10 15,85

- Más de 12 kgs. hasta 13 kgs. 13,90 16,82 1 13,90 16,82

- Más de 13 kgs. hasta 14 kgs. 14,70 17,79 1 14,70 17,79

- Más de 14 kgs. hasta 15 kgs. 15,49 18,74 1 15,49 18,74

- Más de 15 kgs. hasta 16 kgs. 16,53 20,00 1 16,53 20,00

- Más de 16 kgs. hasta 17 kgs. 17,58 21,27 1 17,58 21,27

- Más de 17 kgs. hasta 18 kgs. 18,63 22,54 1 18,63 22,54

- Más de 18 kgs. hasta 19 kgs. 19,68 23,81 1 19,68 23,81

- Más de 19 kgs. hasta 20 kgs. 20,73 25,08 1 20,73 25,08

- Más de 20 kgs. hasta 21 kgs. 21,91 26,51 1 21,91 26,51

- Más de 21 kgs. hasta 22 kgs. 23,09 27,94 1 23,09 27,94

- Más de 22 kgs. hasta 23 kgs. 24,27 29,37 1 24,27 29,37

- Más de 23 kgs. hasta 24 kgs. 25,46 30,81 1 25,46 30,81

- Más de 24 kgs. hasta 25 kgs. 26,64 32,23 1 26,64 32,23

- Más de 25 kgs. hasta 26 kgs. 27,83 33,67 1 27,83 33,67

- Más de 26 kgs. hasta 27 kgs. 29,01 35,10 1 29,01 35,10

- Más de 27 kgs. hasta 28 kgs. 30,20 36,54 1 30,20 36,54

- Más de 28 kgs. hasta 29 kgs. 31,39 37,98 1 31,39 37,98

- Más de 29 kgs. hasta 30 kgs. 32,58 39,42 1 32,58 39,42

Zona 5 - Canarias

- Hasta 1 kg. 7,50 9,08 1 7,50 9,08

- Más de 1 kg. hasta 2 kgs. 8,25 9,98 1 8,25 9,98

- Más de 2 kgs. hasta 3 kgs. 9,00 10,89 1 9,00 10,89

- Más de 3 kgs. hasta 4 kgs. 10,40 12,58 1 10,40 12,58

- Más de 4 kgs. hasta 5 kgs. 11,20 13,55 1 11,20 13,55

- Más de 5 kgs. hasta 6 kgs. 12,75 15,43 1 12,75 15,43

- Más de 6 kgs. hasta 7 kgs. 13,60 16,46 1 13,60 16,46

- Más de 7 kgs. hasta 8 kgs. 15,30 18,51 1 15,30 18,51

- Más de 8 kgs. hasta 9 kgs. 17,10 20,69 1 17,10 20,69

- Más de 9 kgs. hasta 10 kgs. 18,05 21,84 1 18,05 21,84

- Más de 10 kgs. hasta 11 kgs. 20,20 24,44 1 20,20 24,44

- Más de 11 kgs. hasta 12 kgs. 21,40 25,89 1 21,40 25,89

- Más de 12 kgs. hasta 13 kgs. 22,60 27,35 1 22,60 27,35

- Más de 13 kgs. hasta 14 kgs. 23,80 28,80 1 23,80 28,80

- Más de 14 kgs. hasta 15 kgs. 26,25 31,76 1 26,25 31,76

- Más de 15 kgs. hasta 16 kgs. 27,93 33,80 1 27,93 33,80

- Más de 16 kgs. hasta 17 kgs. 29,61 35,83 1 29,61 35,83

- Más de 17 kgs. hasta 18 kgs. 31,29 37,86 1 31,29 37,86

- Más de 18 kgs. hasta 19 kgs. 32,97 39,89 1 32,97 39,89

- Más de 19 kgs. hasta 20 kgs. 36,30 43,92 1 36,30 43,92

- Más de 20 kgs. hasta 21 kgs. 38,28 46,32 1 38,28 46,32

- Más de 21 kgs. hasta 22 kgs. 40,26 48,71 1 40,26 48,71

- Más de 22 kgs. hasta 23 kgs. 42,24 51,11 1 42,24 51,11

- Más de 23 kgs. hasta 24 kgs. 44,22 53,51 1 44,22 53,51

- Más de 24 kgs. hasta 25 kgs. 48,30 58,44 1 48,30 58,44

- Más de 25 kgs. hasta 26 kgs. 50,37 60,95 1 50,37 60,95

- Más de 26 kgs. hasta 27 kgs. 52,44 63,45 1 52,44 63,45

- Más de 27 kgs. hasta 28 kgs. 54,51 65,96 1 54,51 65,96

- Más de 28 kgs. hasta 29 kgs. 56,58 68,46 1 56,58 68,46

- Más de 29 kgs. hasta 30 kgs. 58,65 70,97 1 58,65 70,97

Zona 1

Zona 2

Zona 3

Zona 4

Zona 5

PUBLICORREO NACIONAL

Ambito: España y Andorra.

Minimo 500 ejemplares por remesa ( pudiendo sumar los de ámbito nacional e internacional)

Zona AEnvios con destino local, capitales de provincia y poblaciones con mas de 50.000 habitantes.

Peso Volumetrico: A los envios se les aplicará el criterio de peso/volumen (167 Kilogramos/metro cúbico), según la siguiente formula: largo x ancho x alto (expresado en

centrimetros)/6000.

La extensión de la tarifa para envios con peso volumetrico superior a 30Kg será por cada kilogramo o fracción:

5 de 7

Page 43: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

Tarifa por envio (peso maximo del envio 500 gramos) 0,18 0,22 1 0,18 0,22

Tarifa por Kilo 2,35 2,84 1 2,35 2,84

Tarifa minima para aquellos envios con peso igual o inferior a 10 gramos0,20 0,24 1 0,20 0,24

Zona BResto de destinos

Tarifa por envio (peso maximo del envio 500 gramos 0,21 0,25 1 0,21 0,25

Tarifa por Kilo 3,75 4,54 1 3,75 4,54

Tarifa minima para aquellos envios con peso igual o inferior a 10 gramos0,25 0,30 1 0,25 0,30

ENVIOS PUBLICITARIOS SIN DIRECCION

Urbanos e Interurbanos

- Hasta 20 grs. normalizados 0,10 0,12 1 0,10 0,12

- hasta 20 grs. sin normalizar 0,10 0,12 1 0,10 0,12

- Más de 20 hasta 50 grs. 0,13 0,16 1 0,13 0,16

- Más de 50 hasta 100 grs. 0,16 0,19 1 0,16 0,19

INTERNACIONALPublicorreo y Pequeños Paquetes

Zona 1.- Europa

- Tarifa por envío (peso máximo del envío 500 gramos) 0,42 0,51 1 0,42 0,51

- Tarifa por kilo 7,40 8,95 1 7,40 8,95

- Tarifa mínima para aquellos envíos con peso igual o inferior a 10 gramos0,50 0,61 1 0,50 0,61

Zona 2.- Resto de países

- Tarifa por envío (peso máximo del envío 500 gramos) 0,35 0,42 1 0,35 0,42

- Tarifa por kilo 11,70 14,16 1 11,70 14,16

- Tarifa mínima para aquellos envíos con peso igual o inferior a 10 gramos0,45 0,54 1 0,45 0,54

OTROS SERVICIOS ADICIONALES

Apartados Postales

Apartados postales particulares

- Por suscripción de cada apartado 58,09 70,29 1 58,09 70,29

- Por renovación anual 48,22 58,35 1 48,22 58,35

Apartados Franqueo en Destino

- Por suscripción de cada apartado 85,51 103,47 1 85,51 103,47

- Por renovación anual 73,98 89,52 1 73,98 89,52

Entrega a domicilio de un apartado postal

- Por apartado / mes 63,70 77,08 1 63,70 77,08

Recogida a domicilio de correspondencia

- Por cada punto / mes 95,00 114,95 1 95,00 114,95

PAQUETE POSTAL INTERNACIONAL

Por envio 21,40 25,89 1 21,40 25,89

Por kg o fracción 2,54 3,07 1 2,54 3,07

Por envio 22,50 27,23 1 22,50 27,23

Por kg o fracción 3,40 4,11 1 3,40 4,11

Zona C Africa excepto Marruecos

Por envio 18,00 21,78 1 18,00 21,78

Por kg o fracción 5,40 6,53 1 5,40 6,53

Zona D Asia y Oceanía

Por envio 20,00 24,20 1 20,00 24,20

Por kg o fracción 9,30 11,25 1 9,30 11,25

Zona E América (paises que admitan este servicio)

Por envio 19,50 23,60 1 19,50 23,60

Por kg o fracción 8,51 10,30 1 8,51 10,30

La extensión de la tarifa para envíos con peso volumétrico superior a 30 kgrs. Será por cada kilogramo o fracción:

Zona A 2,54 3,07 1 2,54 3,07

Zona B 3,40 4,11 1 3,40 4,11

Zona C 5,40 6,53 1 5,40 6,53

Zona D 9,30 11,25 1 9,30 11,25

Zona E 8,51 10,30 1 8,51 10,30

BUROFAX ON-LINE

Zona A Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Filandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Paises Bajos, Portugal, Reino Unido, Suecia,

Gibraltar, Suiza, Noruega e Islandia( paises que admitan este servicio)

Zona B Resto de Europa no incluido en la Zona A. Azores, Madeira, Mónaco, Isla de Man y Marruecos

A los envios de paquete postal internacional se les aplicará el criterio peso/volumen (167 kilogramos/metro cúbico) según la siguiente formula: Largo x ancho x alto (expresado en

centimetros)/ 6000

6 de 7

Page 44: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE … 22013.pdf · presente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláusula 8, según corresponda.

PRODUCTOS

Precio máximo

IVA excluido

Precio máximo

IVA incluido

Descuento unitario

Precio ofertado

Importe total producto IVA

excluido

Importe total producto

IVA incluido

Envios anuales

estimados

Importe total producto IVA

excluido, según pliego

Importe total producto IVA

incluido, según pliego

importe fijo por burofax 5,25 6,35 1 5,25 6,35

Importe fijo por cada pagina 1,80 2,18 1 1,80 2,18

TELEGRAMA ON-LINE

Importe fijo por telegrama 4,65 5,63 1 4,65 5,63

Importe fijo por cada 50 palabras o fracción 1,48 1,79 1 1,48 1,79

SERVICIOS ADICIONALES BUROFAX Y TELEGRAMA

Acuse de recibo (PC) 4,24 5,13 1 4,24 5,13

Certificación de entrega (por un maximo de 3 paginas) 11,18 13,53 1 11,18 13,53

Certificación de entrega (por cada pagina adicional) 0,17 0,21 1 0,17 0,21

4.109 4.972 0 0 0 0 209.155 250.179 302.716(*) Destino 1:

(**) Destino 2:

Fecha y firma del licitador

Murcia, de de

Fdº:

7 de 7