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02/16/CSIS 1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONCLUSIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UN ACUERDO MARCO CON LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA, CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES, PARA EL SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD DE COLECTIVOS ESPECÍFICOS DE BOMBEROS (PRENDAS DE VESTUARIO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL) A LOS ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES Y, EN SU CASO, A LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA. INTRODUCCIÓN I - ESTIPULACIONES GENERALES Primera.- Finalidad del acuerdo marco. Segunda.- Objeto del acuerdo marco. Tercera.- Departamentos y entidades destinatarias. Cuarta.- Disposiciones generales. Quinta.- Presupuesto de licitación. Valor estimado del acuerdo marco. II - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO MARCO Sexta.- Procedimiento de licitación y de adjudicación. Séptima.- Requisitos y condiciones para licitar. Octava.- De la licitación y los licitadores. Documentación y ofertas. Novena.- Documentos y datos de carácter confidencial de las empresas licitadoras. Décima.- Garantía provisional. Undécima.- Plazo y lugar de presentación de proposiciones. Duodécima.- Muestras de los artículos. Decimotercera.- Mesa de contratación y Comité Técnico. Decimocuarta.- Criterios de adjudicación. Decimoquinta.- Adjudicación del acuerdo marco. Decimosexta.- Acreditación documental previa a la adjudicación del acuerdo marco. Decimoséptima.- Constitución de la garantía definitiva. Decimoctava.- Formalización del acuerdo marco. Decimonovena.- Gastos del acuerdo marco. III - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO Vigésima.- Obligaciones derivadas del cumplimiento del acuerdo marco. Vigésima primera.- Modificación y actualización del acuerdo marco.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONCLUSIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE UN ACUERDO MARCO CON LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA, CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES, PARA EL SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD DE COLECTIVOS ESPECÍFICOS DE BOMBEROS (PRENDAS DE VESTUARIO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL) A LOS ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES Y, EN SU CASO, A LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA. INTRODUCCIÓN I - ESTIPULACIONES GENERALES Primera.- Finalidad del acuerdo marco. Segunda.- Objeto del acuerdo marco. Tercera.- Departamentos y entidades destinatarias. Cuarta.- Disposiciones generales. Quinta.- Presupuesto de licitación. Valor estimado del acuerdo marco. II - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO MARCO Sexta.- Procedimiento de licitación y de adjudicación. Séptima.- Requisitos y condiciones para licitar. Octava.- De la licitación y los licitadores. Documentación y ofertas. Novena.- Documentos y datos de carácter confidencial de las empresas licitadoras. Décima.- Garantía provisional. Undécima.- Plazo y lugar de presentación de proposiciones. Duodécima.- Muestras de los artículos. Decimotercera.- Mesa de contratación y Comité Técnico. Decimocuarta.- Criterios de adjudicación. Decimoquinta.- Adjudicación del acuerdo marco. Decimosexta.- Acreditación documental previa a la adjudicación del acuerdo marco. Decimoséptima.- Constitución de la garantía definitiva. Decimoctava.- Formalización del acuerdo marco. Decimonovena.- Gastos del acuerdo marco. III - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO Vigésima.- Obligaciones derivadas del cumplimiento del acuerdo marco. Vigésima primera.- Modificación y actualización del acuerdo marco.

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Vigésima segunda.-Transformación de los proveedores. Vigésima tercera.- Causas de resolución del acuerdo marco. IV - CONTRATOS DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO Vigésima cuarta.- Contratación derivada del acuerdo marco. Vigésima quinta.- Órgano de contratación. Vigésima sexta.- Adecuación de los términos del contrato a la adjudicación del acuerdo marco. Vigésima séptima.- Garantía. Vigésima octava.- Pago del precio. Vigésima novena.- Periodo de garantía de los contratos. Trigésima.- Plazo y lugares de las entregas. Aplicación de penalidades por incumplimiento. Trigésima primera.- Liquidación de descuentos por volumen de facturación. V - RÉGIMEN DE RECURSOS Trigésima segunda.- Recurso especial. Trigésima tercera.- Solicitud de medidas provisionales. Trigésima cuarta.- Prerrogativas de la Administración. Trigésima quinta.- Jurisdicción

INTRODUCCIÓN

La Central de Compras, en la actualidad Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, de la Diputación se crea por Acuerdo del Pleno de 16 de julio de 2008, como servicio especializado de central de contratación a nivel provincial, a fin de satisfacer las necesidades de las entidades locales de la provincia y entes instrumentales de ellas dependientes, y, en su caso, de los Servicios de la Diputación y sus entes instrumentales, mediante la contratación de aquellos suministros o servicios que, por sus características, sean susceptibles de ser utilizados con carácter general. En este sentido, se considera que el suministro de equipamiento de uniformidad para colectivos específicos tales como BOMBEROS, a los organismos adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles de la Diputación de Valencia se enmarca en la categoría indicada. Se propone realizar la presente contratación a través de un Acuerdo marco que permita la selección de empresas del sector y la obtención de las mejores condiciones del suministro, articulando, además, un sistema que simplifique la tramitación administrativa y potencie la transparencia y seguridad en la contratación.

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En el presente acuerdo marco, se han tenido en cuenta los organismos que han suscrito el convenio de adhesión al sistema de adquisición centralizada. I. ESTIPULACIONES GENERALES Primera.- Finalidad del acuerdo marco. La Diputación Provincial de Valencia, en adelante la Diputación, como órgano de contratación, considera adecuado concluir, a través de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, un acuerdo marco para el suministro de uniformidad de colectivos específicos (BOMBEROS) que se describen en los presentes pliegos a los organismos adheridos a la misma. El acuerdo marco objeto del presente pliego tiene, como finalidad, seleccionar las empresas que suministrarán el equipamiento de uniformidad de los referidos colectivos específicos y fijar las condiciones generales de ejecución de los contratos de adjudicación que se suscriban en su desarrollo. Segunda.- Objeto del acuerdo marco. Constituye el objeto del acuerdo marco, a concluir por procedimiento abierto, la adopción de los tipos contratables, conforme establece el artículo 206.3 b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, publicado en el BOE número 276, de 16 de noviembre de 2011, para el suministro de uniformidad para colectivos específicos que se describe en el presente Pliego ( bomberos), con destino a los organismos adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, de servicios , de conformidad con lo que establece el artículo 204 del referido texto refundido, y, en su caso, a la propia Diputación y sus empresas o entidades adheridas. El objeto se divide en 27 lotes independientes que se detallan a continuación

LOTE PRENDA Vestuario de intervención

1 CASCO DE INTERVENCIÓN.

2 CASCO FORESTAL CON GAFAS DE PROTECCIÓN.

3 CUBRECASCO FORESTAL 4 SOTOCASCO DE INTERVENCIÓN. 5 GORRA FORESTAL 6 MASCARILLA POLIVALENTE

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7 PRENDA INTERIOR DEL TRAJE DE INTERVENCIÓN – PIJAMA

8 MONO POLIVALENTE 9 TRAJE IMPERMEABLE 10 GUANTES DE INTERVENCIÓN. 11 GUANTES DE DESCARCELACIÓN. 12 GUANTES DE TRABAJO. 13 BOTAS DE INTERVENCIÓN. 14 BOTAS POLIVALENTES.

Vestuario de trabajo y estancia en parque

15

SUÉTER POLO DE MANGA LARGA SUÉTER POLO DE MANGA CORTA CHAQUETÓN DE INVIERNO PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO

16 CINTURÓN DE TRABAJO. 17 ZAPATOS DE TRABAJO. 18 CALCETINES.

Vestuario de trabajo de oficina del personal del Cuerpo de Bomberos

19

CAMISA DE MANGA CORTA DE DIARIO.

CAMISA DE MANGA LARGA DE DIARIO. CAMISA DE MANGA CORTA DE REPRESENTACIÓN. CAMISA DE MANGA LARGA DE REPRESENTACIÓN. PANTALÓN DE INVIERNO. PANTALÓN DE VERANO. CINTURÓN. CORBATA. CAZADORA. CHAQUETA DE REPRESENTACIÓN. GUERRERA. ZAPATOS. CALCETINES NEGROS.

Vestuario de deporte

20 CAMISETA DE DEPORTE DE MANGA CORTA PANTALÓN CORTO DE DEPORTE

21 ZAPATILLAS DE DEPORTE Otros

22 MANTA.

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5

JUEGO DE SÁBANAS Y CABEZAL. TOALLA.

23 CANTIMPLORA. 24 BOLSA DE VESTUARIO. 25 CINTURÓN PARA MONO POLIVALENTE.

Ropa de protección frente al frío

26

GUANTES DE PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO CAMISETAS TÉRMICAS PARA PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO PASAMONTAÑAS O BALACLAVA DE PROTECCIÓN FRETE AL FRÍO

Vestuario específico de la Unidad de Rescate en Espacios Confinados

27

MONO DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES PARKA DE RESCATE EN DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES

De conformidad con el “Vocabulario común de Contratos Públicos (CPV)”, aprobado por la Comisión Europea mediante Reglamento núm. 213/2008, de 28 de noviembre de 2007, el objeto del presente contrato puede clasificarse de acuerdo con la siguiente codificación:

LOTE PRENDA CÓDIGOS CPV

Vestuario de intervención

1 CASCO DE INTERVENCIÓN. 18444200-5

2 CASCO FORESTAL CON GAFAS DE PROTECCIÓN. 18444200-5

3 CUBRECASCO FORESTAL 18443330-8

4 SOTOCASCO DE INTERVENCIÓN. 35113400-3

5 GORRA FORESTAL 18443340-1

6 MASCARILLA POLIVALENTE 35111100-6

7 PRENDA INTERIOR DEL TRAJE DE INTERVENCIÓN – PIJAMA

18100000-0

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6

8 MONO POLIVALENTE 18114000-0

9 TRAJE IMPERMEABLE 18221300-7

10 GUANTES DE INTERVENCIÓN. 18141000-9

11 GUANTES DE DESCARCELACIÓN. 18141000-9

12 GUANTES DE TRABAJO. 18141000-9

13 BOTAS DE INTERVENCIÓN. 18830000-6

14 BOTAS POLIVALENTES. 18830000-6

Vestuario de trabajo y estancia en parque

15

SUÉTER POLO DE MANGA LARGA 18110000-3

SUÉTER POLO DE MANGA CORTA 18110000-3

CHAQUETÓN DE INVIERNO 18220000-7

PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO 35113470-4

PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO 35113470-4

16 CINTURÓN DE TRABAJO. 18425000-4

17 ZAPATOS DE TRABAJO. 18831000-3

18 CALCETINES. 18317000-4

Vestuario de trabajo de oficina del personal del Cuerpo de Bomberos

19

CAMISA DE MANGA CORTA DE DIARIO. 18332000-5

CAMISA DE MANGA LARGA DE DIARIO. 18332000-5

CAMISA DE MANGA CORTA DE REPRESENTACIÓN. 18332000-5

CAMISA DE MANGA LARGA DE REPRESENTACIÓN. 18332000-5

PANTALÓN DE INVIERNO. 18234000-8

PANTALÓN DE VERANO. 18234000-8

CINTURÓN. 18425000-4

CORBATA. 18423000-0

CAZADORA. 18223000-8

CHAQUETA DE REPRESENTACIÓN. 18223000-8

GUERRERA. 18222000-1

ZAPATOS. 18813300-4

CALCETINES NEGROS. 18317000-4

Vestuario de deporte

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20 CAMISETA DE DEPORTE DE MANGA CORTA 18412200-2

PANTALÓN CORTO DE DEPORTE 18233000-1

21 ZAPATILLAS DE DEPORTE 18822000-7

Otros

22

MANTA. 39511000-7

JUEGO DE SÁBANAS Y CABEZAL. 39512000-4

TOALLA. 39514100-9

23 CANTIMPLORA. 39221140-0

24 BOLSA DE VESTUARIO. 18932000-1

25 CINTURÓN PARA MONO POLIVALENTE. 34328300-5

Ropa de protección frente al frío

26

GUANTES DE PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO 18141000-9

CAMISETAS TÉRMICAS PARA PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO 18220000-7

PASAMONTAÑAS O BALACLAVA DE PROTECCIÓN FRETE AL FRÍO 18220000-7

Vestuario específico de la Unidad de Rescate en Espacios Confinados

27

MONO DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES 18130000-9

PARKA DE RESCATE EN DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES 18130000-9

Los destinatarios finales de los suministros objeto de este acuerdo marco y de los contratos que se celebren derivados del mismo son las entidades locales de la provincia adheridas a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, los entes instrumentales de las entidades locales adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, la Diputación de Valencia, en su caso, y las empresas y entidades de la Diputación de Valencia adheridas a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles. En anexo I al presente pliego se relacionan los organismos adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles. Si, durante la vigencia del

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acuerdo marco, se producen nuevas adhesiones, la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles lo comunicará a las empresas adjudicatarias. Cuarta.- Disposiciones Generales.

1. Régimen Jurídico. El acuerdo marco y los contratos derivados del mismo se rigen, además de por la normativa sectorial que les sea de aplicación, por las normas jurídicas y los siguientes documentos: - Por la Directiva 2004/18/CEE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios (de ahora adelante Directiva 2004/18/CEE). - Por la Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la contratación pública. - Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público ( en adelante TRLCSP). - Por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. - Por el Reglamento general de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP) en aquello que no se oponga a la LCSP. - Por el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas, ambos de carácter contractual, de acuerdo con los artículos 115, 116 y 117 del TRLCSP. - Por el resto del ordenamiento jurídico administrativo, en los casos en que sea aplicable a causa de la falta de una norma contractual específica.

2. Órganos de contratación El órgano competente para adjudicar el presente acuerdo marco es el presidente de la Diputación Provincial de Valencia, de conformidad con lo establecido por la normativa aplicable, en especial, en la Disposición adicional segunda del TRLCSP. Será órgano competente para adjudicar un contrato derivado de éste, el órgano de la entidad adherida que ostente las correspondientes atribuciones de contratación, conforme a la legislación aplicable.

3. Definición de los términos El acuerdo marco, dirigido a la adopción de tipos contratables a través del procedimiento especial de adopción de tipos, se configura como instrumento en

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el que están establecidos todos los términos necesarios para la adjudicación de contratos basados en el mismo, rigiéndose dicha adjudicación por lo dispuesto en el artículo 198.4, párrafo primero, del TRLCSP. No obstante, a tenor de lo dispuesto por el artículo 198.4, párrafo segundo, del TRLCSP, cuando el órgano competente del organismo adherido lo considere, podrá convocar a los proveedores del acuerdo marco a una nueva licitación en la que se definan los términos tomados como base en el mismo, de manera más precisa, así como otros que se refieran a las especificaciones del objeto de este acuerdo marco.

4. Periodo de vigencia El acuerdo marco tendrá una duración de un año a contar desde el día siguiente a su formalización. Este periodo, tal como prevé el artículo 196.3 del TRLCSP, se puede prorrogar, hasta, como máximo, tres años más. La prórroga exigirá acuerdo expreso de las partes y será formalizada mediante documento administrativo. La Diputación, a través de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, notificará a los proveedores la oferta de prórroga al menos un mes antes de la fecha final de cada periodo de vigencia, debiendo la empresa adjudicataria prestar su conformidad en el plazo máximo de diez días desde la recepción de la notificación. No obstante, si no se procediese a formalizar alguna de las prórrogas, este acuerdo marco podrá prorrogarse por el tiempo necesario hasta la nueva adjudicación, mediante acuerdo del órgano de contratación, siendo, en este supuesto, obligatorio para los proveedores. Quinta.- Presupuesto de licitación. Valor estimado del acuerdo marco El presente Acuerdo Marco se adjudicara por precios unitarios, por lo que no se establece presupuesto de licitación. Los precios unitarios máximos son los que se relacionan en el Anexo II del presente pliego para cada uno de los artículos o productos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP, el valor económico estimado del acuerdo marco es de 1.456.329,15 € de euros, según la siguiente distribución por lotes.

lote Articulo valor estimado

inicial mas prorrogas

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1 Casco de intervencion 205.374,60

2 Casco forestal con gafas de protección 105.041,32

3 Cubrecasco forestal 1.057,85

4 Sotocasco de intervención 5.785,12

5 Gorra forestal 13.884,30

6 Mascarilla polivante 6.611,57

7 Prenda interiro del traje de intervención. Pijama 27.768,60

8 Mono polivalente 71.404,96

9 Traje impermeable 6.198,35

10 Guantes de intervención 18.512,40

11 Guantes de excarcelacion 3.966,94

12 Guantes de trabaja 6.942,15

13 Botas de intervencion 29.090,91

14 Botas polivalentes 36.363,64

15 Vestuario de trabajo y estancia en parque 571.487,60

16 Cinturon de trabajo 1.322,31

17 Zapatos de trabajo 44.628,10

18 Calcetines 23.140,50

19 Vestuario de trabajo de oficina del personal del Cuerpo de Bomberos 40.785,12

20 Vestuario de deporte 42.314,05

21 Zapatillas de deporte 83.884,30

22 Otros 11.239,67

23 Cantimplora 1.652,89

24 Bolsa de vestuario 47.603,31

25 Cinturon para mono polivalente 19.834,71

26 Ropa de protección frente al frío 19.276,86

27 Vestuario específico de la Unidad de Rescate en Espacios Confinados 11.157,02

En todo caso este valor estimado tiene carácter orientativo y no vinculante, dado que las necesidades reales de suministro de los organismos adheridos quedarán determinadas en el desarrollo de los contratos derivados, no suponiendo en ningún caso obligación de consumo ni compromiso de gasto. En consecuencia, de acuerdo con el art. 15 del TRLCSP este acuerdo marco estás sujeto a regulación armonizada.

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Los presupuestos concretos de adjudicación se determinarán en cada uno de los contratos derivados de éste. De acuerdo con el artículo 88 del TRLCSP, todas las cuantías económicas del presente pliego y, en su caso, del pliego de prescripciones técnicas se expresan sin el IVA. Se establecen los precios tipo unitario por artículo que conforma cada uno de los lotes. Los presupuestos concretos de adjudicación se determinarán en cada uno de los contratos derivados de éste. El precio del acuerdo marco no será objeto de revisión, atendido que para la determinación de los precios unitarios y el valor estimado del acuerdo marco se ha tenido en cuenta la tendencia a la baja de los precios en el mercado, así como la contención de los costes, por lo que no se ha considerado necesario introducir una fórmula de revisión de precios a efectos del artículo 89.1 del TRLCSP. II. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS ADJUDICATARIOS DEL

ACUERDO MARCO Sexta.- Procedimiento de licitación y de adjudicación. El acuerdo marco se adjudicará mediante procedimiento abierto con pluralidad de criterios previsto en los artículos 138 y157 a 161 del TRLCSP, con la finalidad de promover la mayor concurrencia y atendida la cuantía del acuerdo marco y la naturaleza del suministro, según las previsiones del artículo 150 del TRLCSP y los criterios de adjudicación específicos establecidos en la cláusula decimocuarta de este pliego. La licitación se anunciará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia, según se establece en el artículo 197 del TRLCSP, así como en el Perfil de Contratante de la Diputación Provincial de Valencia: www.dival.es. Séptima.- Requisitos y condiciones para licitar. El licitador podrá presentar oferta a uno, a varios o a todos los lotes en que se divide el objeto del presente acuerdo marco. Podrán tomar parte en el presente procedimiento abierto, todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de

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obrar y solvencia económica, financiera, y técnica o profesional, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 60 del TRLCSP y cumplan la normativa específica que les sea de aplicación. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del acuerdo marco a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del acuerdo marco se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantías significativas. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del acuerdo marco. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del acuerdo marco hasta su extinción. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del acuerdo marco hasta su extinción. Sin embargo, y en el supuesto de que alguno de los contratos derivados tenga un periodo superior, la referida obligación se extenderá hasta el momento en que alguno de los contratos derivados se encuentre vigente. En las uniones temporales de empresarios, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose, a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. Las empresas que acrediten su personalidad jurídica y capacidad de obrar se considerarán admitidas y, de éstas, la Mesa de contratación analizará las proposiciones presentadas, a los efectos de seleccionar las más ventajosas. Octava.- De la licitación y los licitadores. Documentación y ofertas. 1. Toda empresa interesada, podrá licitar a uno o varios lotes si bien, en su caso, deberá licitar a la totalidad de los artículos que formen el lote. El licitador deberá ofertar con el máximo de los precios unitarios que figuran para cada uno de los artículos de cada uno de los lotes en el Anexo II. La superación de dichos precios unitarios máximos o la no presentación de oferta a algún precio unitario del lote o lotes a los que liciten determinará el rechazo por parte de la Mesa al citado lote/s

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Cada licitador sólo podrá presentar una proposición a cada uno de los lotes, pudiendo presentar, con el mismo precio, distintas alternativas al lote o a alguno de los artículos del lote. Una vez la haya entregado, sólo la podrá retirar por motivos justificados. No podrá suscribir propuesta, en unión temporal de empresas con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en otra unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 2. La documentación para la licitación se presentará en tres sobres cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran, firmados por el licitador o la persona que lo represente, y consignando en ellos el nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de los sobres, el licitador incluirá un índice que identificará todos los documentos que se acompañan. Los documentos se aportarán en el orden exacto que se requieren en este apartado y de forma separada según el orden señalado. 1º.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO NÚM. 02/16/CSIS CONVOCADO POR LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA PARA LA CONCLUSIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD COLECTIVOS ESPECÍFICOS DE BOMBEROS (PRENDAS DE VESTUARIO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL) A LOS ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES". Su contenido será el siguiente:

a) Índice de la documentación presentada. b) D.N.I., o documento que lo sustituya, del firmante de la proposición,

cuando se trate de empresarios individuales. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo.

c) En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, escritura de

constitución, o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.

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d) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos.

Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar el suministro o prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.

Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.

En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad, en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.

e) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar

documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Diputación, así como declaración de vigencia del mismo. Se remitirá copia del DNI de los apoderados.

f) Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en

alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 60 del TRLCSP, de acuerdo con el anexo III.

g) Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias

y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija antes de la adjudicación (anexo III) La acreditación de la circunstancia de estar al corriente del licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será recabada por la Diputación, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de forma telemática. A tal efecto, la presentación de proposiciones a este procedimiento de adjudicación conlleva la autorización expresa a la

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Diputación para solicitar ambos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en el supuesto de resultar ser el licitador con la oferta económicamente más ventajosa, para lo que deberá suscribir el anexo III.

h) Alta del I.A.E. o último recibo, así como declaración de vigencia de la misma (anexo III).

i) Escrito, según modelo incluido en el Anexo V, detallando los datos

identificativos de la empresa: denominación social, CIF, domicilio social, y domicilio comercial, en su caso, números de teléfono y de fax, dirección de correo electrónico para la práctica de las notificaciones, y página web, si dispone de ella, de la empresa; y, en su caso, respecto del departamento comercial, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico. Asimismo, datos identificativos del apoderado, en su caso, nombre y apellidos, número teléfono, número fax, y dirección de correo electrónico. Deberá hacerse constar expresamente la dirección de correo electrónico a efectos de aviso de la práctica de notificaciones electrónicas en la sede electrónica de la Diputación de Valencia de conformidad con lo dispuesto en las correspondientes cláusulas del presente pliego.

j) Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal

de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración, de conformidad con lo establecido en el art. 59 TRLCSP.

k) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.(Anexo III)

l) Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de su

solvencia económica, financiera y técnica por los siguientes medios, atendiendo a lo indicado en el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos en las Administraciones Públicas, así como en los arts. 75 y 77 de la TRLCSP, modificados por la Ley 25/2013, de 27 de diciembre y por el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre:

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l’) Solvencia económica y financiera, sobre el volumen global de

negocios referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de la creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida de que se disponga de dicho volumen de negocio, debiendo ser el referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, al menos una vez y media el valor estimado del lote del concurso al que presente oferta. En el supuesto de que presente oferta a varios lotes la solvencia económica y financiera se calculará sobre el valor estimado de la suma de los lotes a los que se presente.

El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

l’’) Solvencia técnica o profesional mediante la relación de los

principales suministros análogos al objeto del contrato efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución, siendo el requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del lote al que se presente.

Los suministros efectuados, se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano correspondiente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Si se presenta a varios lotes deberá aportar una relación de los suministros análogos y sus correspondientes certificados por cada uno de los lotes a los que se presente de forma individualizada.

m) Declaración responsable de que todos los artículos objeto de la oferta, cumplen la normativa que les sea de aplicación en cada caso, de acuerdo con lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, de acuerdo con el modelo contenido en el Anexo III del presente pliego.

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n) Declaración de la condición de fabricante, importador y/o distribuidor. Las empresas que liciten deberán acreditar la condición con la que actúan: fabricante o distribuidor de conformidad con el anexo VI del presente pliego.

Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del RGLCAP.

o) Original o Copia compulsada del certificado de cumplimiento de la UNE EN ISO 9001 del sistema de gestión de calidad de la empresa licitadora, en cuyo alcance debe quedar claramente incluido el objeto del presente pliego. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del TRLCSP.

p) Original o Copia compulsada del certificado de cumplimiento de la UNE EN ISO 14001 del sistema de gestión medioambiental de la empresa licitadora, en cuyo alcance debe quedar claramente incluido el objeto del presente pliego. En el marco de lo dispuesto por el artículo 81 del TRLCSP. q) En su caso, a fin de proceder en el supuesto de empate en la adjudicación:

q’ Declaración responsable de la concurrencia de las circunstancias a que hace referencia la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, apartados 2 y 3, indicándose cuales de ellas concurren, sin perjuicio que la acreditación de tal circunstancia sea solicitada por el órgano de contratación a la empresa mediante aportación del informe de trabajadores en alta (ITA) con un código de cuenta de cotización expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o documento equivalente si la empresa no fuese española, al mes en que recaiga el día de fin de plazo de presentación de proposiciones o a los servicios sociales públicos correspondientes. q’’ plan de igualdad aprobado por cualquier administración pública u órgano competente.

La falta de cualquiera de los documentos a que se refieren desde las letras a) a la q) ambas inclusive, determinarán el rechazo de la proposición correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 de la cláusula decimotercera del presente pliego.

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Si el contratista estuviese inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o en el de la Comunitat Valenciana, los documentos anteriores, salvo los documentos acreditativos de solvencia técnica, todas las declaraciones responsables y la relación mencionada en el apartado a), podrán ser sustituidos de conformidad con el art. 83 del TRLCSP por una certificación del órgano encargado del mismo. A la referida certificación se acompañará una declaración responsable, suscrita por el licitador o cualquiera de sus representantes que figure en el indicado Registro, en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. En el supuesto de que se hubiera producido alguna alteración de los datos registrales, deberá hacerse constar en la declaración y aportar la correspondiente documentación acreditativa. Los documentos referenciados se presentarán en copia cotejada por Notario o compulsada por la Diputación, para el caso de que no se presente el original. Asimismo, los licitadores podrán presentar su documentación en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana. La documentación contenida en este sobre podrá ser recogida por los licitadores tras la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación, decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, por lo que la Diputación podrá proceder a su destrucción, sin que se requiera, a dichos efectos, intimación previa. La inclusión en el SOBRE Nº 1 de cualquier documento o información que permita directa o indirectamente conocer el precio ofertado, así como aquellos otros documentos que permitan a la Mesa de contratación valorar las condiciones de las ofertas presentadas, según los criterios de adjudicación previstos, determinará la inmediata exclusión de la oferta. 2º.- Sobre número 2 : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE NÚMERO 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y SOBRE CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS, PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO NÚM 02/16/CSIS CONVOCADO POR LA DIPUTACION DE VALENCIA PARA LA CONCLUSIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD COLECTIVOS ESPECÍFICOS DE BOMBEROS (PRENDAS DE VESTUARIO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL)A LOS ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES". LOTE ____________ Se presentarán tantos sobres 2 como Lotes a los que se pretenda presentar oferta. El citado sobre incluirá la memoria descriptiva relativa al objeto de suministro del Lote de que se trate, que acredite el cumplimiento del Pliego de

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prescripciones Técnicas. En ningún caso se hará referencia a los valores de las características técnicas que de conformidad con lo regulado en los presentes pliegos sean objeto de valoración, ni se aportará folleto informativo. Este sobre no podrá contener documentos o información que permita conocer aspectos de aquella proposición que deba ser valorada conforme a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas que figurarán en el sobre num 3. El incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia el rechazo de toda proposición, que no podrá ser tenida en cuenta a efectos de la adjudicación del contrato 3º.- Sobre número 3 : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE NÚMERO 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO NÚM. 02/16/CSIS CONVOCADO POR LA DIPUTACION DE VALENCIA PARA LA CONCLUSIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA SUMINISTRO DE UNIFORMIDAD COLECTIVOS ESPECÍFICOS DE BOMBEROS (PRENDAS DE VESTUARIO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL)A LOS ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES". LOTE ____________ Se deberá presentar debidamente identificado un sobre con el número 3. Se presentarán tantos sobres Nº 3 domo lotes a que concurra el licitador: El citado sobre incluirá: 1.- La proposición económica que se ajustará al modelo que figura como anexo IV a este pliego de cláusulas administrativas particulares. 2.- Para los lotes 1,2,4,6,7,8,9,10,11,12,13,14 y 17, una relación de los resultados de los ensayos para la certificación del equipo de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas reguladoras de este procedimiento, siguiendo el modelo que se indica en el anexo IV. 3.- Folleto informativo en el que conste los extremos indicados en el pliego de prescripciones técnicas, de todos los artículos que compongan el lote. Los resultados de los ensayos aportados serán originales o copia compulsada por la Diputación o cotejada ante Notario y deberán estar emitidos por un Laboratorio cuyas áreas de ensayo se encuentren debidamente acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), o por un Laboratorio de la Unión Europea integrado en la EA (European cooperación for Acreditation), o en la ILAC (International Laboratory Acreditation Cooperation); en este último

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caso, se adjuntará la correspondiente traducción jurada al castellano, necesariamente de aquella parte referida a los aspectos del mismo que vayan a ser objeto de valoración de conformidad con los criterios establecidos en los presentes pliegos reguladores. Novena.- Documentos y datos de carácter confidencial de las empresas licitadoras. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras en los sobres indicados se considerarán de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Las empresas licitadoras, si procede, tendrán que indicar, mediante una declaración complementaria a entregar en cada uno de los sobres, qué documentos y datos presentados en los apartados de personalidad y solvencia del sobre número 1 son, según su parecer, confidenciales, tal como se señala en el artículo 140 del TRLCSP. El modelo de declaración se indica como anexo VII. Décima.- Garantía provisional. De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 103 del TRLCSP, al tratarse de un procedimiento para la conclusión de un Acuerdo marco, y atendiendo al hecho de que la formalización de los contratos derivados del Acuerdo marco corresponde a los organismos adheridos, no se requiere garantía provisional. Undécima.- Plazo y lugar de presentación de proposiciones. El plazo para la presentación de proposiciones se iniciará con la publicación del anuncio de licitación en el DOUE, y finalizará en la fecha y hora indicada en él. Los sobres antes reseñados deberán ser entregados en el Registro General de la Diputación, y, en cuanto a la presentación de proposiciones por correo, se estará a lo dispuesto en el artículo 80.4 del RGLCAP debiendo el empresario, en este caso, anunciar, mediante su presentación en el Registro General, sito en C/Serranos, 2 bajo, Valencia, FAX 96.3882577, la remisión de oferta de acuerdo con lo previsto en dicho artículo. Duodécima.- Muestras de los artículos.

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Inmediatamente después de la presentación de las ofertas, todos los artículos ofrecidos, perfectamente referenciados, tienen que estar a disposición del examen de la Mesa de contratación y/o de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, si bien se aportarán de conformidad con lo dispuesto en los pliegos reguladores del presente procedimiento. La Mesa de contratación durante el proceso de valoración de las ofertas, tras la clasificación de la documentación administrativa y en el acto público de apertura del sobre número 2” documentación técnica y criterios no evaluables mediante fórmulas”, solicitará la aportación de las muestras. A tal efecto se indicará por la Mesa de contratación, la fecha, el lugar y el sistema de entrega de las muestras. Los licitadores se tienen que comprometer a trasladar los artículos al local que se les indique. Las muestras serán devueltas a aquellos licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, siempre que no hayan sido sometidas a pruebas destructivas, en cuyo caso la mera presentación de las muestras supone autorizar a la realización, en su caso, de las pruebas destructivas, no pudiendo presentar reclamación alguna ante el órgano de contratación. Una vez adjudicado el acuerdo marco los organismos adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles podrán solicitar la aportación de muestras. A tal efecto se indicará por parte de cada organismo, la fecha, el lugar y el sistema de entrega de las mismas. Los adjudicatarios se comprometen a trasladar los artículos al local que se les indique. El organismo adherido se reserva el derecho a pedir varias muestras de una misma prenda las cuales serán devueltas a los adjudicatarios, siempre que no hayan sido sometidas a pruebas destructivas. La mera presentación de las muestras supone autorizar a la realización de cualquier tipo de ensayo sobre las mismas, no pudiendo el adjudicatario presentar reclamación alguna ante el órgano de contratación. Estas muestras tampoco serán a cuenta de ningún pedido posterior realizado por el organismo adherido. La Central de Servicios Innovadores y Sostenibles se reserva el derecho de visitar las instalaciones de los licitadores antes que se adjudique el acuerdo marco y también durante su periodo de vigencia a los efectos de verificar las declaraciones contenidas en la proposición y, posteriormente, si es el caso, las condiciones de ejecución del acuerdo marco. Decimotercera.- Mesa de contratación y Comité Técnico. Notificaciones electrónicas. 1. La Mesa de contratación estará presidida por el Diputado Delegado de Contratación y Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, actuando como

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presidente suplente el Diputado del Área de Administración General (vicepresidencia 5º), y estará integrada además por los siguientes vocales:

- El Secretario General de la Diputación, Sr. Vicente Boquera Matarredona, actuando como suplente, en su caso, el Oficial Mayor de la Diputación, Sr. Juan Jiménez Hernandis.

- El Interventor de la Diputación, Sr. José Eugenio Garcerán Rodríguez, actuando como suplente, en su caso, Dª Carmen López Leal, jefa de sección de Fiscalización de gastos de Inversión

- La jefa de sección de compras Sra. Silvia Cuixeres Torres, actuando como suplente, en su caso, la jefa del servicio de Contratación y Suministros de la Diputación de Valencia, Sra. María Ángeles Mut Sanchis.

- El Oficial Jefe de Servicio de Apoyo Logístico Sr. Javier Navarrete Ruiz del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, actuando como suplente, en su caso, el Sr. Enrique Pedrós Cotino

- La técnico superior de administración de la Diputación de Valencia, Sra. Miriam Vitón García, que actuará como secretaria, actuando como suplente, en su caso, el jefe de la unidad de contratación del Servicio de contratación y suministros de la Diputación de Valencia, Sr. Francisco Serrano Vidal.

2. La Mesa de contratación podrá estar asistida por un Comité Técnico que realice una valoración técnica de las proposiciones presentadas. Los miembros del Comité Técnico serán nombrados por el diputado que tenga encomendadas las funciones de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles. En caso de que no se designe, sus funciones las desarrollará los distintos departamentos de la diputación o de sus entidades que sean los usuarios finales de los suministros adjudicados 3. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación general contenida en el sobre número 1. Si en la documentación administrativa se hubiese observado deficiencia u omisión de alguno de los documentos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la Mesa de Contratación podrá conceder un plazo de 3 días hábiles de conformidad con el artículo 81.2 del RGLCAP, para la subsanación de los defectos materiales. A estos efectos, la necesidad de subsanación se comunicará verbalmente a los interesados por la Mesa de Contratación y se publicará a través de anuncio en el Perfil de Contratante, sin perjuicio de lo anterior se notificará individualmente al fax facilitado por los licitadores, contando en todo caso el plazo para la subsanación desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Perfil del contratante.

Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.

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Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirles la presentación de otros documentos complementarios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del TRLCSP. La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre Nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá, respecto de las ofertas presentadas por los licitadores admitidos, a la apertura, en acto de carácter público, del sobre Nº 2 “documentación técnica y relativa a criterios no evaluables mediante fórmulas”, dejándose constancia documental de todo lo acordado. Este acto se desarrollará en el lugar y la fecha que, al efecto, se señalen, que se harán públicos en el Perfil de Contratante, y se notificarán por fax al indicado por los licitadores con, al menos, dos días hábiles de antelación. Efectuada la valoración de los criterios sometidos a juicio de valor se dará apertura en acto público al sobre Nº 3 PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA, en el lugar y fecha que al efecto se señale y se publique en el perfil de contratante y notifique por fax a los licitadores con al menos dos días hábiles de antelación Con anterioridad a la apertura del sobre Nª 3, se dará a conocer en el acto público convocado al efecto, la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime precisos, elevará, al órgano de contratación, propuesta de adjudicación del acuerdo marco a los licitadores que oferten las proposiciones más ventajosas, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la cláusula decimocuarta del presente Pliego. 4.- Las notificaciones que efectúe la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles en el ejercicio de sus competencias y trámites en el presente procedimiento se realizarán con carácter obligatorio de forma electrónica mediante el Sistema de Notificación Electrónica adoptado por la Diputación de Valencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (artículos 27 y 28) y por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, de desarrollo parcial de la misma. Así como lo dispuesto en el Reglamento de Desarrollo de la Administración Electrónica cuya aprobación definitiva fue publicada el 14 de septiembre de 2010, en el BOP de Valencia número 218 (artículo 12.3) y de la

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Disposición Adicional Primera del citado Reglamento modificado y publicado el 30 de septiembre de 2013 en el BOP de Valencia número 232. Es un sistema de notificación mediante comparecencia en sede electrónica de la Diputación de Valencia, consistente en el acceso del interesado, debidamente identificado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la Carpeta de Ciudadano ubicada en la sede electrónica de la Diputación de Valencia: www.sede.dival.es. El sistema de notificación permitirá acreditar la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del interesado del acto objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Cuando existiendo constancia de la puesta a disposición transcurrieran diez días naturales, o el plazo correspondiente atendiendo al trámite de que se trate, sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común y normas concordantes, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso. Cuando el acto objeto notificación sea el de la adjudicación el plazo para considerar rechazada la notificación será de cinco días naturales. Si la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Diputación realizará la notificación de forma convencional. Aquellas personas físicas que por razón de su insuficiente capacidad, ya sea económica o técnica o de cualquier otra índole, no puedan o no tengan disponibilidad de los medios precisos, podrán ser excluidas de la obligación de recibir por medios electrónicos las notificaciones electrónicas de esta Diputación, siempre que lo soliciten al tiempo de presentar la documentación administrativa del procedimiento de licitación, justificando expresamente la concurrencia de dichas causas, hallándose dicha solicitud sujeta a plazo resolutorio de veinte días hábiles, con silencio administrativo estimatorio. Decimocuarta.- Criterios de adjudicación. Todas y cada una de las muestras presentadas serán objeto de valoración. En el supuesto de que se hayan presentado diversas alternativas para un lote o para algún artículo concreto de un lote, se realizará la valoración de cada uno de ellos optando la Mesa de contratación por el mejor valorado para el cálculo de la clasificación de licitador en la oferta. El resto de alternativas presentadas no serán tomadas en consideración para la clasificación ni para la adjudicación, en su caso, por lo que no formarán parte del acuerdo marco que se suscriba con la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, no constando en

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catálogo de suministros y servicios y no podrán por tanto ser ofertados a los organismos adheridos. 1. Los criterios que servirán de base para la adjudicación del acuerdo marco, en orden decreciente de importancia, así como su ponderación serán los siguientes: - Para los lotes 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 17.

Criterios sujetos a juicio de valor 49

Características generales y prestaciones 19

Ergonomía 30

Criterios evaluables de forma automática 51

Oferta económica 41

Resultados de ensayo 10 - Para los lotes 3, 5, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27.

Criterios sujetos a juicio de valor 49

Características generales y prestaciones 19

Ergonomía 30 Criterios evaluables de forma automática 51

Oferta económica 51

- Para los lotes 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 17. 1.1 CRITERIOS SUJETOS A JUICIOS DE VALOR A los efectos de la comprobación de ajustes y compatibilidad se tomarán como referencia las prendas del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia. 1.1.1 Características generales y prestaciones… hasta 19 puntos

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Para todos los lotes referidos La distribución de los 19 puntos correspondientes a este criterio se realizará revisando las características generales de las prendas y sus prestaciones funcionales, mediante lo siguiente: - Revisión de la memoria descriptiva de la prenda que cada licitador deberá presentar con su oferta. - Valoración de las muestras presentadas, incluyendo:

- Pruebas de uso funcional, que podrán consistir en el empleo de las muestras en prácticas controladas de extinción de incendios y de salvamento, así como en su empleo por parte de personal de los turnos de guardia en intervenciones reales frente a emergencias y en los periodos de estancia en parque durante la guardia.

Para los lotes 4,7,8,9, se valorará además el comportamiento de las muestras al lavado. Los licitadores deberán entregar las muestras indicadas en el pliego de prescripciones técnicas y estas se someterán a un proceso de 5 ciclos de lavado al menos, comprobando tras ese proceso las variaciones dimensionales y de coloración ,así como la afectación al propio tejido.

1.1.2 Ergonomía….. hasta 30 puntos Lote 1. CASCO DE INTERVENCION - La forma del casco se adaptara correctamente a la cabeza del usuario. - El sistema de ajuste (atalaje), barbuquejo, apertura y cierre aseguraran una

sujeción optima del casco y son de fácil manipulación con guantes de intervención.

- El casco repartirá el peso uniformemente sobre la cabeza, liberando carga de la nuca.

- El casco será estable durante la realización de las diferentes actividades. - El casco permitirá la ventilación interior. - El casco será ligero, no existiendo sensación subjetiva de peso. - El ajuste será confortable, sin zonas de presión en la cabeza. - El casco no limitará el campo de visión ni el nivel auditivo. - El acabado no presentara ningún canto agudo, dureza o proyección que

puedan dañar al usuario. - Las partes en contacto con la piel no causaran irritaciones o problemas cutáneos. Cada una de las 10 características ergonómicas tendrán un valor de 3 puntos. Lote 2. CASCO FORESTAL

- La forma del casco se adapta correctamente a la cabeza del usuario. - El sistema de ajuste y cierre asegura una sujeción óptima del casco. - El casco es estable durante la realización de las diferentes actividades. - El casco permite la ventilación interior. - El casco posee una adecuada banda de absorción del sudor.

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- El casco es ligero, no existiendo sensación subjetiva de peso (menor de 800 gr.).

- El ajuste es confortable, sin zonas de presión en la cabeza. - El sistema de cierre y apertura es fácil de manipular. - El casco no limita el campo de visión ni el nivel auditivo - El acabado no presenta bordes agudos ni rugosidades que puedan dañar al

usuario

Cada una de las 10 características ergonómicas tendrán un valor de 3 puntos, Lote 4. SOTOCASCO DE INTERVENCION.

- Su diseño y tamaño permitirá el recubrimiento completo de cabeza, cuello y parte superior del pecho.

- Su apertura en cara y nariz no impedirá la correcta visión y respiración del usuario.

- La compatibilidad de uso con el casco y la máscara del ERA será completa.

- Su preforma se ajustara perfectamente al cuello del usuario. - Sus costuras no provocaran disconfort al usuario ni daños al casco y

mascara. - La cara interior del sotocasco dará sensación de confort al usuario, sin

provocar irritación en el cuero cabelludo, cabello y piel de la cara y cabeza.

Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 6. MASCARILLA POLIVALENTE.

- Su diseño no creara disconfort al usuario. - Su ajuste y adaptación facial será lo más hermética posible. - No provocara alergias ni irritaciones cutáneas o respiratorias al usuario. - Su compatibilidad con los EPIs del CPBV será completa.

Cada una de las 4 características ergonómicas tendrán un valor de 7.5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 7. PRENDA INTERIOR DEL TRAJE DE INTERVENCION-PIJAMA.

- La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas como el de una camiseta térmica.

- La prenda proporcionará una completa sensación de confort al ser usado bajo el mono polivalente y el traje de intervención.

- El tejido de la prenda proporcionará un tacto suave sobre la piel. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y

transpirabilidad. - Las costuras serán planas y no laterales para no irritar la piel del usuario. - El elástico de mangas y perneras se ajustara correctamente a muñecas

y tobillos respectivamente. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos.

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Lote 8. MONO POLIVALENTE - El grado de protección y comodidad deben ser los adecuados al usuario. - La amplitud y los ajustes de la confección deben ser los necesarios para

crear un aislamiento adicional por la capa de aire entre el cuerpo y la prenda.

- La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas, sobre todo al agacharse, estirarse o hacer un giro.

- La prenda proporcionara un correcto grado de impermeabilidad y transpirabilidad.

- El diseño de la prenda dará correcta solución al aumento de la sudoración (axilar e inguinal) por su uso en alta temperatura y grado de humedad.

- La prenda proporcionará una completa sensación de confort. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 punto. Lote 9. TRAJE IMPERMEABLE - La capucha de la chaqueta será de una sola pieza con la misma(5 puntos) - El pantalón dispondrá de cintura ajustable y cremalleras en las perneras

para su correcta colocación y retirada.(10 puntos) - El tejido será a la vez impermeable y con buena transpirabilidad.(15 puntos) Lote 10. GUANTES DE INTERVENCION - El tejido será a la vez impermeable y con buena transpirabilidad. - Debe cubrir al menos un tercio de la longitud del antebrazo. - La embocadura ajustara perfectamente con la manga de los trajes de

intervención. - Permitirá la máxima movilidad y perfecta adaptación de la mano. - La sensación de disminución del tacto será mínima. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 11. GUANTES DE DESCARCELACION - La embocadura ajustará perfectamente con la manga de los trajes de

intervención. - Permitirá la máxima movilidad y perfecta adaptación de la mano. - La sensación de disminución del tacto será mínima. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. - Dispondrá de materiales de alta resistencia en dorso y antideslizante en

nudillos y palma. - En su forro interior, cerca de la embocadura, tendrá un asa para colgarlo,

sin que exista el riesgo de que se enganche. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos,

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dando un total máximo de 30 puntos. Lote 12. GUANTES DE TRABAJO - Permitirá la máxima movilidad y perfecta adaptación de la mano y muñeca. - La sensación de disminución del tacto será mínima. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. Cada una de las 3 características ergonómicas tendrá un valor de 10 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 13. BOTAS DE INTERVENCION - Dispondrán de un sistema ergonómico de amortiguación del pie. - Dispondrán de un sistema ergonómico en las zonas de flexión del pie que

se adapte correctamente a los movimientos del usuario. - El ajuste será confortable, sin zonas de presión en el pie. - Tanto la horma como la fijación del pie a la bota tendrán en cuenta la altura

del empeine y la caña.( 9 puntos) - La bota debe dar sensación de comodidad y correcta gestión de la

humedad con una plantilla anatómica que además disponga de tratamiento antimicrobiano, hongos y olor

- El sistema de fijación y cierre externos debe ser simple y de fácil ajuste para el usuario.

- La suela será antideslizante y resistente a la fricción. - La bota no debe crear un sobrecalentamiento excesivo del pie por el uso

continuado durante la realización de los servicios. Cada una de las 8 características ergonómicas tendrá un valor de 3 puntos (excepto la indicada con 9 puntos), dando un total máximo de 30 puntos. Lote 14. BOTAS POLIVALENTES - Dispondrán de un sistema ergonómico de amortiguación del pie. - Dispondrán de un sistema ergonómico en las zonas de flexión del pie que

se adapte correctamente a los movimientos del usuario. - El ajuste será confortable, sin zonas de presión en el pie. - Tanto la horma como la fijación del pie a la bota tendrán en cuenta la altura

del empeine y de la caña. (9 puntos). - La bota debe dar sensación de comodidad y correcta gestión de la

humedad, con una plantilla anatómica que además disponga de tratamiento antimicrobiano, hongos y olor.

- El sistema de fijación y cierre externos debe ser simple y de fácil ajuste para el usuario.

- La suela será antideslizante y resistente a la fricción. - La bota no debe crear un sobrecalentamiento excesivo del pie por el uso

continuado durante la realización de los servicios. Cada una de las 8 características ergonómicas tendrá un valor de 3 puntos (excepto la indicada con 9 puntos), dando un total máximo de 30 puntos.

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Lote 17. ZAPATOS DE TRABAJO - El velcro será resistente y con solapa de anchura suficiente para el correcto

cierre. - La suela será flexible y con un grado aceptable de torsión. - La suela será antideslizante y resistente a la fricción. - El tacón debe amortiguar correctamente el impacto. - La horma será ancha, debiendo dar solución a los usuarios de empeine alto. - El zapato debe dar sensación de comodidad y correcta gestión de la

humedad. - El zapato no debe crear un sobrecalentamiento excesivo del pie por el uso

continuado durante la jornada de guardia. - Su plantilla interior será anatómica con tratamiento antimicrobiano, hongos y

olor. - Su peso no debe superar los 800 gr. - El soporte para arco y talón deben de combinar resistencia y confort para el

usuario. Cada una de las 10 características ergonómicas tendrá un valor de 3 puntos, dando un total máximo de 30 puntos.

1.2. CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

1.2.1 Proposición económica…. Hasta 41 puntos. La proposición económica valorará los precios unitarios presentados por los licitadores para cada uno de los lotes a los que se presente hasta 41 puntos de acuerdo con las fórmulas matemáticas siguientes: Para cada una de las proposiciones, se obtendrá el valor de precios de la oferta (VPO), en el supuesto de que el lote cuente con varios artículos, se realizará la suma de los precios de rodos los artículos siendo este el precio de la proposición a efectos de su valoración y comparación con el resto de las ofertas presentadas. La mejor oferta de precios será aquélla que presente el valor de precios de la oferta más bajo (VPO mínimo), que no haya incurrido en baja desproporcionada. A los efectos de este procedimiento se considera que se encuentra en baja desproporcionada aquella oferta que se encuentre por debajo del 25 % de la media de las ofertas presentadas por los licitadores para cada una de los lotes. Cada una de las proposiciones se valorará, mediante el criterio de proporcionalidad directa, multiplicando la puntuación máxima de este apartado

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(41) por el cociente resultante de dividir el valor de la oferta de que se trate (VPO), por el valor correspondiente a la mejor oferta de precios (VPO mínimo). Así, para obtener la puntuación de la oferta de precios (POP) de cada proposición, se aplicará la siguiente fórmula: POP = (41) * VPO mínimo / VPO Siendo: POP: Puntuación de la oferta de Precios VPO mínimo : mejor oferta de precios VPO: Valor de la oferta de que se trate 1.2.1 Resultados de ensayo…………hasta 10 puntos

La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor, de acuerdo con las siguientes fórmulas: Cuando el mejor valor es el máximo:

Puntos licitador=valor de su oferta x puntos del criterio ()

mejor valor (máx )

Cuando el mejor valor es el mínimo:

( )

oferta su de valor

criterio del puntos x )(min valor mejor=licitador Puntos

.

Distribución puntos por criterio por cada uno de los lotes: LOTE 1- CASCO DE INTERVENCIÓN.

La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Absorción impactos (0,714 puntos) - Resistencia perforación (0,714 puntos) - Aplastamiento lateral (0,714 puntos)

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- Eficacia sistema retención (0,714 puntos) - Sistema retención: alargamiento máx y anchura min para carga de 250N (0,714 puntos) - Calor radiante (0,714 puntos) - Protección sólidos calientes (0,714 puntos) - Protección metales fundidos (0,714 puntos) - Resistencia calor (0,714 puntos) - Resistencia llama (0,714 puntos) - Propiedades eléctricas (0,714 puntos) - Contacto con productos químicos líquidos (0,714 puntos) - Campo visión (0,714 puntos) - Ampliación protección (0,714 puntos) LOTE 2 – CASCO FORESTAL CON GAFAS DE INTERVENCIÓN

La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor:

- Absorción impactos (1,125 puntos) - Resistencia perforación (1,125 puntos) - Aplastamiento lateral (1,125 puntos) - Sistema retención: alargamiento máx y anchura min para carga de 250N (1,125 puntos) - Resistencia sistema retención (1,125 puntos) - Calor radiante (1,125 puntos) - Resistencia calor (1,125 puntos) - Resistencia llama (1,125 puntos) LOTE 4 – SOTOCASCO DE INTERVENCIÓN La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Propagación de la llama (1,666 puntos) - Transferencia de calor (llama) (1,666 puntos) - Transferencia de calor (radiación) (1,666 puntos) - Resistencia residual de los materiales después exposición al calor radiante: Resistencia al estallido (1,666 puntos) - Resistencia de las costuras a la rotura: Resistencia al estallido (1,666 puntos) - Cambio dimensional (1,670 puntos) LOTE 6 – MASCARILLA POLIVALENTE

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La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Penetración del material filtrante (1,000 puntos) - Contenido de dióxido de carbono en el aire de inhalación (1,000 puntos) - Resistencia a la respiración en inhalación (2,000 puntos) - Resistencia a la respiración en exhalación (2,000 puntos) - Resistencia a la respiración en inhalación después ensayo de obstrucción (2,000 puntos) - Resistencia a respiración en exhalación después ensayo de obstrucción (2,000 puntos) LOTE 7 – PRENDA INTERIOR DEL TRAJE DE INTERVENCIÓN – PIJAMA La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Resistencia al calor a una temperatura de 180ºC – encogimiento (1,670 puntos) - Propagación limitada de la llama (1,666 puntos) - Variación dimensional (1,666 puntos) - Resistencia a la tracción (1,666 puntos) - Calor convectivo (1,666 puntos) - Calor radiante (1, 666 puntos) LOTE 8 – MONO POLIVALENTE La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor:

- Resistencia al calor (1,112 puntos) - Propagación limitada de llama (1,111 puntos) - Resistencia a la costura (1,111 puntos) - Determinación del punto de fusión por dsc (1,111 puntos) - Determinación de las áreas de material visible (1,111 puntos) - Determinación del comportamiento fotométrico de retrorreflexión (1,111 puntos) - Determinación de la transmisión de calor durante la exposición de una llama (1,111 puntos) - Calor por contacto (1,111 puntos) - Solidez del color a la transpiración (1,111 puntos)

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LOTE 9 – TRAJE IMPERMEABLE La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Resistencia a la penetración del agua (1,670 puntos) - Resistencia al vapor de agua (1,666 puntos) - Resistencia a la tracción capa externa (1,666 puntos) - Resistencia al rasgado capa externa (1,666 puntos) - Variación dimensional de la ropa de protección (1,666 puntos) - Resistencia de las costuras capa externa (1,666 puntos) LOTE 10 – GUANTES DE INTERVENCIÓN La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Resistencia al corte (1,000 puntos) - Resistencia al rasgado (1,000 puntos) - Resistencia a la perforación (1,000 puntos) - Comportamiento a la llama (1,500 puntos) - Resistencia al calor convectivo (1,500 puntos) - Resistencia al calor radiante (2,000 puntos) - Resistencia al calor de contacto (2,000 puntos) LOTE 11 – GUANTES DE DESCARCELACIÓN La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Resistencia a la abrasión (2,500 puntos) - Resistencia al corte por cuchilla (2,500 puntos) - Resistencia al rasgado (2,500 puntos) - Resistencia a la perforación (2,500 puntos) LOTE 12 – GUANTES DE TRABAJO La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos

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se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Resistencia a la abrasión (2,500 puntos) - Resistencia al corte por cuchilla (2,500 puntos) - Resistencia al rasgado (2,500 puntos) - Resistencia a la perforación (2,500 puntos) LOTE 13 – BOTAS DE INTERVENCIÓN La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor:

- Aislamiento al calor (0,714 puntos) - Resistencia al calor radiante (0,714 puntos) - Resistencia a la llama (0,714 puntos) - Absorción de energía en la zona del tacón (0,714 puntos) - Resistencia al impacto de la puntera (0,714 puntos) - Resistencia a la perforación del piso y plantas antiperforación (0,714 puntos) - Resistencia a productos químicos (0,714 puntos) - Penetración y absorción de agua (0,714 puntos) - Permeabilidad al vapor de agua (0,714 puntos) - Resistencia a la abrasión del forro (0,714 puntos) - Resistencia a la abrasión de la palmilla (0,714 puntos) - Resistencia a la flexión del piso (0,714 puntos) - Resistencia al calor por contacto (0,714 puntos) - Resistencia a los hidrocarburos (0,714 puntos) LOTE 14 – BOTAS POLIVALENTES La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor: - Absorción de energía en la zona del tacón (1,000 puntos) - Estanqueidad (1,000 puntos) - Penetración y absorción de agua (1,000 puntos) - Permeabilidad al vapor de agua (1,000 puntos) - Resistencia a la abrasión del forro (1,000 puntos) - Absorción y eliminación del agua de la palmilla (1,000 puntos) - Resistencia a la abrasión de la palmilla (1,000 puntos) - Resistencia a la flexión del piso (1,000 puntos)

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- Resistencia al calor por contacto (1,000 puntos) - Resistencia a los hidrocarburos (1,000 puntos) LOTE 17 – ZAPATOS DE TRABAJO La distribución de los 10 puntos correspondientes a los resultados de ensayos se realizará del siguiente modo, asignando la máxima puntuación a la oferta con mejor valor en cada apartado (de acuerdo con el informe de resultado de ensayos emitido por organismo de control acreditado) y al resto de manera proporcional a su valor:

- Espesor de la suela (1,000 punto) - Resistencia al desgarro de la suela (3,000 puntos) - Resistencia a la abrasión de la suela (3,000 puntos) - Resistencia a los hidrocarburos de la suela (1,500 puntos) - Resistencia a la hidrólisis de la suela (1,500 puntos) - Para los lotes 3, 5, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 1.1 CRITERIOS SUJETOS A JUICIOS DE VALOR 1.1.1 Características generales y prestaciones… hasta 19 puntos Para todos los lotes referidos La distribución de los 19 puntos correspondientes a este criterio se realizará revisando las características generales de las prendas y sus prestaciones funcionales, mediante lo siguiente: - Revisión de la memoria descriptiva de la prenda, que cada licitador deberá presentar con su oferta. - Valoración de las muestras presentadas, incluyendo:

- Pruebas de uso funcional, que podrán consistir en el empleo de las muestras en prácticas controladas de extinción de incendios y de salvamento, así como en su empleo por parte de personal de los turnos de guardia en intervenciones reales frente a emergencias y en los periodos de estancia en parque durante la guardia.

- Comprobación del comportamiento de las muestras al lavado. Esto se aplicará a los lotes 15, 18, 20, 26 y 27; en todos ellos los licitadores deberán entregar dos muestras de las tallas indicadas en cada caso en el pliego de condiciones técnicas. Se someterán a un proceso de 5 ciclos de lavado al menos, en las condiciones especificadas en los manuales de usuario de cada prenda, comprobando tras ese proceso las variaciones dimensionales y de coloración, así como la afectación al propio tejido.

1.1.2 Ergonomía…. Hasta 30 puntos Lote 3. CUBRECASCO FORESTAL

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- El ajuste del casquete a la forma y dimensiones del casco es correcto. - El faldón posterior cubre desde el cuello hasta los hombros del usuario. - Su parte anterior no provoca disminución del campo visual. - La solapa delantera dispondrá de un ajuste variable compatible con el

uso o no de mascarilla forestal. - El cierre anterior dispondrá de al menos dos velcros. - Sus costuras no provocaran disconfort al usuario ni daños al casco y

mascarilla. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 5. GORRA FORESTAL. - Estar compuesta de un tejido termoestable que no provoque irritación en el

cuero cabelludo, cabello y piel de la cara y cabeza. - Dispondrá de visera rígida. - El sistema posterior de ajuste será efectivo. - La tira del ajuste será del mismo tejido que el de la gorra. - El faldón protector posterior cubrirá el cuello del usuario. - Este faldón no provocara irritación en la piel del usuario. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 15. VESTUARIO DE TRABAJO Y ESTANCIA EN PARQUE: SUETER POLO DE MANGA LARGA Y MANGA CORTA, CHAQUETON DE INVIERNO Y PANTALON DE TRABAJO DE VERANO Y DE INVIERNO a) SUETER POLO DE MANGA LARGA - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados será mínimo. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. b) SUETER POLO DE MANGA CORTA - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados será mínimo.

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- La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. c) CHAQUETON DE INVIERNO - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El torso, cuello y brazos estarán perfectamente protegidos. - La prenda proporcionara un correcto grado de impermeabilidad y transpirabilidad. - El forro de la prenda dispondrá de tratamiento antibacteriano, hongos y olor. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. d) PANTALON DE TRABAJO DE VERANO - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados será mínimo. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. e) PANTALON DE TRABAJO DE INVIERNO - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados será mínimo. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos.

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Lote 16. CINTURON DE TRABAJO - Su anchura será al menos de 35mm, valorándose un poco más de amplitud. (15 puntos) - El cierre de la hebilla será completo, sin que patine.(10 puntos) - La cincha será de una pieza y termosellada.(5 puntos) Lote 18. CALCETINES a) CALCETINES DE INTERVENCION Y ESTANCIA EN PARQUE - Serán de caña alta, con un mínimo de 300 milímetros.(2 puntos) - Incorporaran elástico en su parte superior y rizo en la inferior.(5 puntos) - Las mallas en puntera y talón serán de mayor densidad.(5 puntos) - Su diseño proporcionara confort, adaptabilidad, ajuste, transpirabilidad, refuerzos en la zona de roce con la bota o zapatilla, evitando así el sobrecalentamiento, humedad y fricción aumentando su durabilidad. (18 puntos). b) CALCETINES DE DEPORTE - Serán de longitud definida como semicaña.(2 puntos) - Incorporaran elástico en su parte superior y rizo en la inferior.(5 puntos) - Las mallas en puntera y talón serán de mayor densidad.(5 puntos) - Su diseño proporcionara confort, adaptabilidad, ajuste, transpirabilidad, refuerzos en la zona de roce con la bota o zapatilla, evitando así el sobrecalentamiento, humedad y fricción aumentando su durabilidad. (18 puntos). La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos. Lote 19. VESTUARIO DE TRABAJO DE OFICINA DEL PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS:

a) CAMISA DE MANGA CORTA DE DIARIO - Su composición será de algodón 100% preferentemente. - Su gramaje mínimo será de 140 gr/m2. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. b) CAMISA DE MANGA LARGA DE DIARIO - Su composición será de algodón 100% preferentemente.

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- Su gramaje mínimo será de 200 gr/m2. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos.

c) CAMISA DE MANGA CORTA DE REPRESENTACION - Su composición será de algodón 100% preferentemente. - Su gramaje mínimo será de 140 gr/m2. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos d) CAMISA DE MANGA LARGA DE REPRESENTACION - Su composición será de algodón 100% preferentemente. - Su gramaje mínimo será de 140 gr/m2. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos e) PANTALON DE INVIERNO - Su composición será de sarga marino 55% poliéster y 45% lana. - Se valorará positivamente otras combinaciones en su composición que cumplan el resto de criterios. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. • Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos f) PANTALON DE VERANO - Su composición será de tejido fresco marino 55% poliéster y 45% lana. - Se valorará positivamente otras combinaciones en su composición que cumplan el resto de criterios.

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- La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. • Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. g) CINTURON - Su máxima anchura será de 4 cm y la mínima de 3 cm. - Hebilla sencilla metálica. - Composición de piel flor negra. Cada una de las 3 características ergonómicas tendrán un valor de 10 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. h) CORBATA - Confeccionada en seda o símil seda y poliéster. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 2 características ergonómicas tendrán un valor de 15 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. i) CAZADORA - Su composición será en tejido de sarga marino 55% poliéster y 45% lana, admitiéndose otras combinaciones de tejidos suaves al tacto. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 4 características ergonómicas tendrán un valor de 7,5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos j) CHAQUETA DE REPRESENTACION - Debe de ser de tipo americana. - Su composición será de lana y poliester. Se valorarán otras composiciones que contengan viscosa, nylon, poliester y elastano. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. k) GUERRERA - Su composición será de lana y poliester.

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- Se valorarán otras composiciones que contengan viscosa, nylon, poliester y elastano. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. l) ZAPATOS - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Composición de piel flor negra y cierre por cordones. - Su plantilla interior será de espuma EVA y con talón acolchado para resistir impactos. - Dispondrá de un forro antihumedad para mejorar su transpiración. - El material del piso será de caucho para evitar deslizamiento y abrasión excesivos. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. m) CALCETINES NEGROS - Serán del tipo de confección de vestir. - Su composición será preferentemente de algodón 100%. - Se valorara combinación de composición que contenga acrílico, elastano, lana y poliamida. - Se valorara muy positivamente la ausencia de costuras. - Se valorara también la existencia de un elástico no prieto en caña Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos. Lote 20. VESTUARIO DE DEPORTE: a) CAMISETA DE DEPORTE DE MANGA CORTA. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras (sobre todo las laterales) no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda será ligero y con tratamiento antibacteriano, proporcionando así una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados

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será mínimo. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. b) PANTALON CORTO DE DEPORTE - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras, el slip interior con goma y el cordón de sujeción a la cintura no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda será ligero y con tratamiento antibacteriano, proporcionando así una sensación térmica y de confort agradable. - El grado de encogimiento y pérdida de color tras los sucesivos lavados será mínimo. - La prenda proporcionará un correcto grado de elasticidad y transpirabilidad. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos. Lote 21. VESTUARIO DE DEPORTE: ZAPATILLAS DE DEPORTE. - El diseño de la zapatilla proporcionara un grado correcto de absorción de impacto, control de movimiento y estabilidad. - El diseño de la zapatilla proporcionara una sensación térmica y de confort agradable. - El diseño de la zapatilla permitirá la correcta propiocepción y movimiento natural de los pies. - El tejido de la zapatilla permitirá un alto grado de transpiración para evitar la hiperhidrosis del pie. - El diseño de la zapatilla tendrá una horma que pueda ser usada sin problemas a los usuarios de empeine alto y/o mayor longitud dactilar. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 22. PRENDAS DE PARQUE: a) MANTA. - Su composición será la siguiente: mínimo 80% de acrílico y el resto en poliester o algodón, para aumentar el confort al tacto. (15 puntos) - Su gramaje será de entre 350 a 500 gramos por metro cuadrado de tejido.(10 puntos) - Sus medidas serán las adecuadas para un colchón de 90x200 cm.(5

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puntos) b) JUEGO DE SABANAS (BAJERA AJUSTABLE, ENCIMERA Y CABEZAL). - Su composición será la siguiente: 90% de algodón y 10% de poliester, o 100% algodón para aumentar el confort al tacto. (15 puntos) - Deben de ofrecer un alto rendimiento en lavados y secados. (10 puntos) - Sus medidas serán las adecuadas para un colchón de 90x200 cm.(5 puntos). c) TOALLA. - Su composición será la siguiente: 50% de algodón y 50% de poliester, para aumentar el confort al tacto. (15 puntos) - Su gramaje será de entre 400 a 450 gramos por metro cuadrado de tejido.(10 puntos) - Sus medidas serán las de tipo baño de 100x150 cm y su color rojo.(5 puntos) La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos. Lote 23. CANTIMPLORA. - Capacidad de 1,5 litros.(20 puntos) - Dispondrá de funda térmica.(5 puntos) - Dispondrá de bandolera.(5 puntos) Lote 24. BOLSA DE VESTUARIO. - Los bolsillos tendrán un ancho suficiente para la introducción de la mano cómodamente. - Las asas tendrán un agarre ergonómico. - Los materiales con los que se ha confeccionado la bolsa serán antialérgicos y no provocaran alteraciones cutáneas. - Las cremalleras tendrán un cierre correcto y suave. - Se valorará positivamente su grado de impermeabilidad. - Sus medidas serán de 35x35x60 cm. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. Lote 25. CINTURON PARA MONO POLIVALENTE. - Su composición será de nylon. - Anchura de 5 cm. - Resistente al agua y abrasivos. - El cierre de seguridad será doble y con un ajuste perfecto. - Su diseño no creara sobrecarga lumbar al usuario. Cada una de las 5 características ergonómicas tendrán un valor de 6 puntos, dando un total máximo de 30 puntos.

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Lote 26. PRENDAS DE PROTECCION FRENTE AL FRIO: a) GUANTES DE PROTECCION FRENTE AL FRIO. - Su composición será: 73% dryan, 22% poliamida y 5% lycra. - Permitirá la máxima movilidad y perfecta adaptación de la mano y muñeca. - La sensación de disminución del tacto será mínima. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. - No presentara costuras visibles. - El tejido tendrá un tratamiento antibacteriano. - Asimismo será transpirable. - Su rendimiento será óptimo ante el desgaste. - Su color será negro. - Ajustaran perfectamente debajo de los guantes de intervención y de trabajo. Cada una de las 10 características ergonómicas tendrán un valor de 3 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. b) CAMISETAS TERMICAS PARA PROTECCION FRENTE AL FRIO. - Ajustaran perfectamente debajo del vestuario de estancia en parque. - Su composición será de dryan y/o feelthermoplus. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. - No presentara costuras visibles. - El tejido tendrá un tratamiento antibacteriano. - Asimismo será transpirable. - Su rendimiento será óptimo ante el desgaste. - Su grado de protección térmica será al menos del rango entre 10ºC a -15ºC. - Su color será negro. - Su adherencia al cuerpo será óptima. Cada una de las 10 características ergonómicas tendrán un valor de 3 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. c) PASAMONTAÑAS O BALACLAVA DE PROTECCION FRENTE AL FRIO. - Cubrirán óptimamente cabeza y cuello, siendo polivalentes para su uso solo en cuello (“braga”) o toda la cabeza. - Su composición será de dryan y/o feelthermoplus. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort al no presentar costuras visibles. - El tejido será transpirable y tendrá un tratamiento antibacteriano. - Su rendimiento será óptimo ante el desgaste. - Su color será negro. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos.

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La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos. Lote 27. VESTUARIO (EPIs) ESPECIFICOS DE LA UNIDAD DE RESCATE EN ESPACIOS CONFINADOS: a) MONO DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATASTROFES. - El grado de protección y comodidad deben ser los adecuados al usuario. - La amplitud y los ajustes de la confección deben ser los necesarios para crear un aislamiento adicional por la capa de aire entre el cuerpo y la prenda. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas, sobre todo al agacharse, estirarse o hacer un giro. - La prenda proporcionara un correcto grado de impermeabilidad y transpirabilidad. - El diseño de la prenda dará correcta solución al aumento de la sudoración (axilar e inguinal) por su uso en alta temperatura y grado de humedad. - La prenda proporcionará una completa sensación de confort. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. b) PARKA DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATASTROFES. - La confección de la prenda permitirá una libertad de movimiento y adaptabilidad completas. - Las costuras no provocaran irritación ni disconfort al usuario. - El tejido de la prenda proporcionará una sensación térmica y de confort agradable. - El torso, cuello y brazos estarán perfectamente protegidos. - La prenda proporcionara un correcto grado de impermeabilidad y transpirabilidad. - El forro de la prenda dispondrá de tratamiento antibacteriano, hongos y olor. Cada una de las 6 características ergonómicas tendrán un valor de 5 puntos, dando un total máximo de 30 puntos. La puntuación para el lote se obtendrá como la media de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los artículos.

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1.2. CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

1.2.1 Proposición Económica …. Hasta 51 puntos La proposición económica valorará los precios unitarios presentados por los licitadores para cada uno de los lotes a los que se presente hasta 51 puntos de acuerdo con las fórmulas matemáticas siguientes: Para cada una de las proposiciones, se obtendrá el valor de precios de la oferta (VPO), en el supuesto de que el lote cuente con varios artículos, se realizará la suma de los precios de los artículos siendo este el precio de la proposición a efectos de su valoración y comparación con el resto de las ofertas presentadas. La mejor oferta de precios será aquélla que presente el valor de precios de la oferta más bajo (VPO mínimo), que no haya incurrido en baja desproporcionada. A los efectos de este procedimiento se considera que se encuentra en baja desproporcionada aquella oferta que se encuentre por debajo del 25 % de la media de las ofertas presentadas por los licitadores para cada una de los lotes. Cada una de las proposiciones se valorará, mediante el criterio de proporcionalidad directa, multiplicando la puntuación máxima de este apartado (51) por el cociente resultante de dividir el valor de la oferta de que se trate (VPO), por el valor correspondiente a la mejor oferta de precios (VPO mínimo). Así, para obtener la puntuación de la oferta de precios (POP) de cada proposición, se aplicará la siguiente fórmula: POP = (51) * VPO mínimo / VPO Siendo: POP: Puntuación de la oferta de Precios VPO mínimo : mejor oferta de precios VPO: Valor de la oferta de que se trate 2. Si, en atención a la puntuación obtenida, el número de empresas posibles adjudicatarias es superior al establecido en la cláusula siguiente, se procederá a desempatar de conformidad con los siguientes criterios de desempate con el siguiente orden de prioridad: a.- Conforme a lo dispuesto la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP será preferida la proposición presentada por aquella empresa pública o privada que, en el momento de acreditar la solvencia técnica tenga en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.

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Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

b.- Igualmente se establece la preferencia en la adjudicación de contratos, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, para las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.

c.- Conforme a lo dispuesto art. 46 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en caso de empate en la puntuación obtenida por dos o más empresas a las que les hubiera correspondido la máxima puntuación, tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos administrativos de la Generalitat, las proposiciones de los licitadores que con la solvencia técnica de la empresa presenten un plan de igualdad previamente aprobado por cualquier administración pública u órgano competente, siempre que las mismas igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación.

d.- Considerando aquélla que haya obtenido mayor puntuación en los siguientes apartados, siguiendo el orden aquí establecido.

1.- Valor de la oferta económica en precios unitarios (OE) 2.- Características técnicas

3. No obstante las condiciones presentadas en las ofertas para la participación en el procedimiento de conclusión del presente acuerdo marco, en los procedimientos de adjudicación de los contratos derivados del mismo, los proveedores, ofrecerán en régimen de concurrencia y competencia, y en relación con los pedidos concretos, las condiciones concretas de aquellos términos definidos en el acuerdo marco y susceptibles de mejora, y aquellas condiciones que, habiendo sido consideradas para la adjudicación del acuerdo marco, no hayan sido totalmente fijadas o, estando referidas a las especificaciones concretas del objeto del contrato, no hayan sido tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación del presente acuerdo marco. Decimoquinta.- Adjudicación del acuerdo marco.

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1.- La Mesa de contratación, tras la valoración de las ofertas, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación, que incluirá las cinco mejores ofertas de acuerdo con la aplicación de los criterios de valoración anteriores. 2.- De conformidad con el artículo 151 del TRLCSP el órgano de contratación adjudicará la condición de proveedor, de forma motivada, a los licitadores que hayan presentado las ofertas que resulten más ventajosas, hasta un máximo de cinco, o declarará desierto el procedimiento en el supuesto de que ninguna oferta o proposición sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. 3.- Si en el plazo de dos meses desde la apertura de las proposiciones no se hubiese efectuado la adjudicación los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición, artículo 161 TRLCSP. 4.- La adjudicación se notificará a los licitadores de conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera de los presentes pliegos con traslado de los recursos procedentes contra la misma, y se publicará en el perfil del contratante de la Diputación en la siguiente dirección de Internet: www.dival.es, La notificación deberá contener la información necesaria que permita ejercer el recurso reconocido en el artículo 40 y siguientes, así como los extremos que se indican en el artículo 151.4 del TRLCSP. 5.- Si a lo largo de la ejecución del acuerdo marco algún proveedor seleccionado dejara de serlo y el número resultara inferior a cinco por este motivo, el órgano de contratación podrá incluir, con su conformidad, aquellos proveedores que tuvieren la puntuación más alta con el fin de recuperar el número máximo de proveedores. En este caso se concederá un plazo de diez días hábiles para cumplimentar la documentación previa a la adjudicación del Acuerdo marco. Decimosexta.- Acreditación documental previa a la adjudicación del acuerdo marco. El órgano de contratación requerirá, a los cinco mejor clasificados de entre los licitadores, la presentación, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento, de los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Igualmente, conforme al artículo 64.2 TRLCSP, el órgano de contratación podrá requerirle cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar, o de la efectiva disposición de los medios que se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

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Cuando no proceda la adjudicación del contrato a alguno de los licitadores cuyas ofertas económicas hayan resultado las más ventajosas, por no cumplir las condiciones necesarias para ello, la Administración, antes de proceder a una nueva convocatoria, podrá efectuar un nuevo requerimiento al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar la presentación de la documentación a que hace referencia el presente apartado. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación y a la constitución de la garantía definitiva, en su caso, y sin perjuicio de la eventual revisión de aquélla en vía de recurso especial, conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP. Decimoséptima.- Constitución de la garantía definitiva. Atendido el contenido del acuerdo marco, las especiales características del suministro y la formalización en base al acuerdo marco de contratos derivados de él, no se requiere garantía definitiva. Decimoctava.- Formalización del acuerdo marco. 1.- La formalización del Acuerdo marco no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiese interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. La formalización del acuerdo marco supondrá para el adjudicatario la adquisición de la condición de proveedor de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles. La formalización del contrato se realizará con carácter obligatorio de forma electrónica. 2.- En el caso de que el contrato fuere adjudicado a una Agrupación Temporal de Empresas, éstos deberán acreditar, antes de expirar el plazo de formalización del contrato, la constitución de la UTE en escritura pública y el NIF asignado a la Agrupación. 3.- Cuando, por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con indemnización

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de daños y perjuicios sufridos, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con su conformidad. Decimonovena.- Gastos del acuerdo marco. El importe de los gastos de publicidad del acuerdo marco, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, se estima en un máximo de 5.000 € y se distribuirá de forma lineal entre todas las empresas adjudicatarias. Las empresas adjudicatarias deberán formalizar el pago de los gastos de publicación del anuncio del acuerdo marco en prensa o en diarios oficiales, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación del acuerdo marco, o en cualquier caso antes de la formalización del mismo. Cualquier aclaración o rectificación de los anuncios de contratos será a cargo del órgano de contratación y se hará pública en la misma forma que éstos, debiendo computarse, en su caso, a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para la presentación de proposiciones. III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DERIVADOS DEL

ACUERDO MARCO Vigésima.- Obligaciones derivadas del cumplimiento del acuerdo marco. En el plazo de un mes desde la fecha de la adjudicación del acuerdo marco, el proveedor, siguiendo las instrucciones concretas que se le den desde la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, tendrá que aportar un catálogo electrónico, en valenciano y castellano, de las características del suministro concreto objeto del acuerdo marco, a los efectos de su inclusión en la Plataforma Electrónica de Contratación que gestiona la misma. La información que se haga constar tiene que corresponderse con la documentación técnica y administrativa presentada ante ésta. Los catálogos electrónicos incluirán información general de los artículos, prescripciones técnicas y características, precio de venta a los usuarios de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, así como del resto de condiciones ofertadas para la adjudicación del contrato. La formalización del acuerdo marco supone la incorporación del proveedor al sistema telemático de la plataforma electrónica de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, así como la autorización para la explotación de los datos de ejecución del mismo, tanto para análisis estadísticos como a los efectos referidos en el presente pliego.

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Por lo que se refiere a la utilización comercial de la imagen corporativa de la Diputación así como de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, el proveedor vendrá obligado a solicitar autorización de uso, no pudiendo incorporar a su información comercial logo alguno que le identifique de forma directa con la corporación provincial, salvo autorización expresa y para una comunicación concreta y determinada, emitida por el órgano competente de la Diputación. La conclusión del acuerdo marco no comporta, para la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles ni para los organismos adheridos, ningún tipo de obligación previa de adquirir un número determinado de unidades. La licitación o adjudicación de los contratos derivados del acuerdo marco determinará el proveedor en cada caso concreto. El cumplimiento defectuoso de la prestación tanto de las obligaciones derivadas del acuerdo marco, como de los contratos basados en el mismo, según lo establecido en el presente pliego, podrá dar lugar a la imposición de penalidades, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales, de protección del medio ambiente, y al cumplimiento de las disposiciones vigentes para la igualdad efectiva entre trabajadores y trabajadoras, que se establezcan en la normativa vigente, informando a las empresas del efecto positivo que dicho cumplimento puede tener de conformidad con la Ley 9/2003, de la Generalitat Valenciana. El adjudicatario asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración. No obstante, podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 227, 228 y 228 bis del TRLCSP. Vigésima primera.- Modificación y actualización del acuerdo marco. El objeto del acuerdo marco está determinado por el suministro de los productos que constituyen el objeto de la licitación. Los contratos derivados concretan definitivamente los términos de la contratación. La Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, de acuerdo con lo que prevén los artículos 219 y 305 del TRLCSP, puede, por motivos debidamente justificados de interés público y debido a causas imprevistas, modificar las condiciones de ejecución de este acuerdo marco. Consecuentemente, si durante su vigencia los proveedores comercializan nuevas series de fabricación que sustituyan o mejoren en calidad y/o precio las que han sido seleccionadas, podrán llevar a efecto la sustitución de una serie

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por otra. Para ello, los proveedores deberán comunicar a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles las correspondientes actualizaciones, que quedarán incorporadas al acuerdo marco, salvo manifestación en contra de aquélla. Las actualizaciones del acuerdo marco aprobadas en virtud de lo establecido en los apartados anteriores se comunicarán al proveedor directamente afectado, mediante la correspondiente resolución, comunicándose asimismo a los restantes proveedores y a los organismos adheridos. La no aplicación por el proveedor de las eventuales actualizaciones del acuerdo marco a las que se refieren los párrafos anteriores supondrá el incumplimiento de una obligación considerada esencial, y, por tanto, podrá determinar la resolución del Acuerdo marco conforme a lo previsto en el artículo 223, apartado f) del TRLCSP, y la correspondiente exclusión del catálogo de bienes de adquisición centralizada. No obstante, la eventual resolución del acuerdo marco no afectará a la vigencia y necesario cumplimiento de los contratos ya formalizados, manteniéndose, por tanto, en vigor, todos sus términos pactados, hasta que los contratos finalicen su vigencia, de conformidad con la normativa aplicable. Asimismo transcurrido el primer año desde la fecha inicial de la vigencia del acuerdo marco se podrán acomodar los precios de los bienes adjudicados, a solicitud de los proveedores, con base en la variación del índice de precios al consumo del periodo de que se trate fijado por el Instituto Nacional de Estadística, en los términos establecidos en el artículo 90.3 del TRLCSP, con efectos a partir de la recepción de la correspondiente solicitud, sin que en ningún caso sean retroactivos. Vigésima segunda- Transformación de los proveedores. Durante la vigencia del acuerdo marco, el proveedor tendrá que comunicar, en el plazo máximo de cinco días hábiles desde que se produzca la modificación que afecte a sus facultades para contratar con la Administración relativas a cualquiera de los supuestos señalados en los artículos 54, 60 y 61 del TRLCSP, dicha circunstancia. La Central de Servicios Innovadores y Sostenibles dispondrá de un plazo máximo de veinte días, a contar desde la presentación de las correspondientes comunicaciones, para resolver sobre su procedencia, debiendo formalizarse la modificación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

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Vigésima tercera- Causas de resolución del acuerdo marco. El contrato se resolverá si tiene lugar alguna de las causas que se prevén en los artículos 223 y 299 del TRLCSP y con la aplicación y los efectos señalados en los artículos 224, 225 y 300 del mismo. Se considerarán como causas específicas de resolución del contrato, según prevé el apartado h) del artículo 223 del TRLCSP:

- El incumplimiento, en las entregas realizadas, de las características técnicas presentadas en la proposición de licitación del acuerdo marco o exigidas para la suscripción de éste.

- La acumulación de tres informes de calificación negativa en la ejecución

de los contratos basados en el acuerdo marco, en el periodo de un año contado desde la fecha de formalización del mismo.

- La no participación injustificada en más de cinco invitaciones al año. No

se considerará participación injustificada aquélla que venga motivada por un incumplimiento de obligaciones dimanantes de relaciones contractuales anteriores.

- No haber formalizado el contrato a suscribir con los organismos

adheridos por causas imputables al contratista en tres ocasiones en el periodo de un año.

- La falta de pago de los descuentos por volumen de facturación

establecidos en la estipulación trigésima primera de este pliego.

- El incumplimiento de las mejoras ofertadas, por causas imputables al contratista.

En el supuesto de resolución del acuerdo marco, la Diputación se reserva el derecho a iniciar el procedimiento correspondiente, por el que se declare la existencia de la circunstancia de prohibición de contratar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 y 61 del TRLCSP. IV. CONTRATOS DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO. Vigésima cuarta.- Contratación derivada del acuerdo marco. 1. El procedimiento de adjudicación de los contratos derivados del acuerdo marco será el siguiente:

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a) Si el presupuesto de adjudicación fuera de hasta 18.000 euros, tendrá la consideración de contratación menor, rigiéndose la tramitación del expediente por lo dispuesto por la normativa aplicable

b) Si, por el contrario, excediera de los 18.000 euros, habrá que distinguir, a su

vez, entre:

b.1. Que los requisitos que deban reunir los suministros a adquirir coincidan con los establecidos, en el acuerdo marco, para bienes de idéntica naturaleza. En este supuesto, no será necesario recurrir a la negociación, pudiéndose adjudicar, directamente el contrato a cualquiera de los proveedores acuerdo marco. b.2. Que se efectúe una oferta puntual negociada para adquirir suministros. En tal caso, la negociación la convocará el órgano de contratación, invitando a los proveedores. En el proceso se tomarán, como base de negociación, los tipos establecidos en el acuerdo marco, determinándose, en la convocatoria de licitación, los elementos susceptibles de negociación, sin que, en ningún caso, las ofertas puedan resultar menos ventajosas que las ofertadas para el acuerdo marco.

2. Los proveedores que no deseen participar en el procedimiento de adjudicación del contrato derivado, al que hubieren sido invitados, deberán comunicar al responsable del contrato o, en su defecto, al órgano de contratación, los motivos de su negativa. 3. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 156 del TRLCSP los contratos derivados se formalizarán en documento administrativo. En el mismo se establecerán las cláusulas concretas de prestación del suministro así como la duración de los mismos; duración que podrá resultar superior al periodo de vigencia inicial del propio acuerdo marco 4. La tramitación y ejecución de todos los contratos derivados se llevará a cabo por los organismos adheridos, a través de la Plataforma Electrónica de Contratación de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles, garantizándose, en todo momento, la seguridad del sistema. Vigésima quinta.- Órgano de contratación. El órgano de contratación será aquel del organismo adherido, que corresponda, de conformidad con la normativa vigente. Vigésima sexta.- Adecuación de los términos del contrato a la adjudicación del acuerdo marco.

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El proveedor no podrá aplicar precios, condiciones o prestaciones distintos a los de la propia adjudicación, salvo las actualizaciones que se deriven de la aplicación de la cláusula vigésima primera del pliego y del propio procedimiento de determinación de los términos, en el supuesto de adjudicación de los contratos de suministro mediante oferta puntual de negociación para la adjudicación. En este sentido cualquier mejora ofertada en la licitación del acuerdo marco resulta aplicable al contrato derivado, asi como el cumplimiento de todas y cada una de las condiciones y obligaciones establecidas en el presente pliego como en el pliego de prescripciones técnicas. Los contratos derivados establecerán, en su caso, la política de control y seguimiento para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones por parte de la empresa adjudicataria. Con independencia de las muestras que se puedan exigir para la adjudicación del acuerdo marco, el órgano competente para la adjudicación de cada contrato derivado podrá establecer la obligatoriedad de presentar muestras. Vigésima séptima.- Garantía. Con anterioridad a la formalización del contrato derivado, el órgano de contratación podrá exigir la constitución de una garantía, por valor de hasta un 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, mediante los medios reconocidos en derecho. Vigésima octava.- Pago del precio. El pago dimanante del cumplimiento del contrato será realizado directamente por el órgano contratante del contrato derivado, no existiendo obligación alguna para la Diputación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 216 del TRLCSP. Vigésima novena.- Periodo de garantía de los contratos. 1.- El contrato derivado se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción del organismo adherido, la totalidad de la prestación. 2.- Una vez efectuada la recepción o conformidad según lo establecido en los artículos 222 y 292 del TRLCSP, comenzará el plazo de garantía, que será el que se determine en el contrato derivado.

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3.- Si, durante el citado plazo, el órgano de contratación del contrato derivado constatase la existencia de vicios o defectos en los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen inadecuados. Si aquél estimase que los citados bienes no van a ser aptos para el fin para el que se adquirieron, podrá, antes de expirar el plazo de garantía, rechazar los bienes, dejándolos de cuenta del proveedor y teniendo, por lo tanto, derecho a la devolución del precio satisfecho. Trigésima.- Plazo y lugares de las entregas. Aplicación de penalidades por incumplimiento. El plazo y lugar de entrega se determinará en los contratos derivados del acuerdo marco que se formalice por parte de los organismos adheridos. En cuanto al adecuado cumplimiento del suministro y a las penalidades por incumplimiento, se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a lo regulado en la normativa específica sobre elementos de publicidad y propaganda, a lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a lo que se estipule en los contratos derivados. El contratista está obligado a cumplir el contrato derivado de conformidad con el plazo en él indicado, no pudiendo ser éste más perjudicial que el plazo determinado en el Acuerdo marco. La constitución en mora del contratista no precisará de intimación previa por parte del órgano de contratación, pudiendo éste optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalizaciones que se establece en el TRLCSP. Quedarán excluidos de penalización los retrasos debidos a fuerza mayor, y se considerarán como tales aquellos que no pudieran preverse y que hubieran impedido la ejecución total o parcial del pedido, según el artículo 1.105 del Código Civil. A estos efectos, corresponderá a la Corporación la facultad de interpretar y aceptar o no, las demoras en las entregas. En tales circunstancias, el plazo de entrega será prorrogado por un período de tiempo igual al retraso imputable a fuerza mayor, siempre que éste no supere el primeramente establecido, siendo condición indispensable para eximir de penalización el comunicar al órgano de contratación, por escrito, la situación presentada, dentro del plazo en que debería haberse efectuado la entrega en condiciones normales. Debiendo asimismo, comunicarse cuando esta situación haya desaparecido. Por lo que se refiere al lugar de entrega, este será el que se determine en el contrato derivado.

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Trigésima primera- Liquidación de descuentos por volumen de facturación. 1.- En el supuesto de que, de conformidad con los criterios de valoración establecidos en el presente pliego, se valoren los descuentos por volumen de facturación, , la empresa adjudicataria, con carácter anual, remitirá a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles de la Diputación Provincial de Valencia información, en formato Excel o en formato Access, de la facturación efectuada a cada uno de los organismos adheridos a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles que haya sucrito el contrato derivado, con los datos de consumo mensual de cada organismo adherido, así como el descuento a aplicar y su distribución, todo ello con base en lo establecido en el acuerdo marco. Para determinar el volumen sólo se tendrán en cuenta los contratos ejecutados satisfactoriamente; es decir, cuando se haya servido el suministro y el contratante lo hubiera recibido de conformidad. El resultado de este cálculo se remitirá a los proveedores con indicación de su volumen de facturación, del descuento que corresponde, y de su distribución entre las entidades contratantes. 2.- Los proveedores dispondrán de un plazo de 15 días naturales para comprobar dichos datos. Transcurrido este plazo sin hacer llegar a la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles ninguna discrepancia, la liquidación se considerará definitiva. En caso contrario, la Diputación dispondrá de un plazo de quince días, contado a partir de la recepción de las discrepancias, para, tras las comprobaciones pertinentes, establecer el importe definitivo de la liquidación. 3.- Los proveedores harán efectivos a las entidades contratantes, en el plazo máximo de treinta días desde que se les notifique que la liquidación es definitiva, los importes correspondientes a los descuentos por volumen de facturación. El porcentaje de descuento se aplicará, de manera individual, a cada uno de los contratos derivados suscritos desde el inicio de vigencia del acuerdo marco, mediante reembolso de la correspondiente suma a la entidad contratante. 4.- El incumplimiento de esta obligación en el plazo antes indicado será causa de resolución del acuerdo marco y supondrá la pérdida de la garantía definitiva constituida en el mismo. No obstante, se entenderá que no se ha producido dicho incumplimiento en los siguientes supuestos: a) Cuando la entidad contratante hubiera incurrido en incumplimiento del contrato por causas imputables a la misma. El importe de éste incrementará el

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volumen de facturación, pero el contratista podrá suspender el abono del descuento hasta que ambas partes resuelvan sus diferencias. b) Cuando no haya transcurrido el plazo de pago del importe del contrato. En tal caso, el abono del descuento se podrá simultanear con el del contrato y servir para compensar la deuda. V. RÉGIMEN DE RECURSOS Trigésima segunda- Recurso especial. De acuerdo con el artículo 40 y siguientes del TRLCSP, pueden ser objeto de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, los acuerdos de adjudicación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre atribución de competencia de recursos contractuales de fecha 22 de marzo de 2013, publicado por Resolución de 10 de abril de 2013 de la Subsecretaria de hacienda y Administraciones Públicas (BOE núm 92 de 17 de abril de 2013), el conocimiento y resolución de este recurso corresponde al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ante el que se podrá interponer las acciones que sean procedentes, siendo la dirección física Avda. Gral. Perón 38 28020 Madrid y la dirección de la sede electrónicahttp://tribunalcontratos.gob.es Trigésima tercera – Solicitud de medidas provisionales. En el procedimiento de adjudicación de este Acuerdo marco y en los de sus contratos derivados que se encuentren sujetos a regulación armonizada, las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto afectados por decisiones adoptadas por la Administración y, en todo caso, los licitadores, podrán solicitar la adopción de medidas provisionales, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 43 del TRLCSP. Trigésima cuarta.- Prerrogativas de la Administración. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 210 del TRLCSP, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en dicha Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de

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interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos que el órgano de contratación adopte en relación con estas cuestiones pondrán fin a la vía administrativa, y, contra los mismos, habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en la ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Trigésima quinta.- Jurisdicción Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Valencia con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderle.

Valencia, 22 de marzo de 2016

EL DIPUTADO DELEGADO DE LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES

Bartolomé Nofuentes López

LA JEFA DE SECCIÓN DE COMPRAS

Central de Servicios Innovadores y Sostenibles

Silvia Cuixeres Torres

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ANEXO I

RELACIÓN DE ORGANISMOS ADHERIDOS A LA CENTRAL DE SERVICIOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES DE LA

DIPUTACIÓN DE VALENCIA

AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO

ADEMUZ ALMISERÀ BENIMUSLEM

ADOR ALMOINES BENIPARRELL

AGULLENT ALMUSSAFES BENIRREDRÀ

AIELO DE MALFERIT ALPUENTE BENISANO

AIELO DE RUGAT ALQUERIA DE LA COMTESSA BENISODA

ALAFARA DE LA BARONIA ALZIRA BENISUERA

ALAQUÀS ANDILLA BÉTERA

ALBAIDA ANNA BICORP

ALBAL ANTELLA BOCAIRENT

ALBALAT DE LA RIBERA ARAS DE LOS OLMOS BOLBAITE

ALBALAT DELS SORELLS ATZENETA D'ALBAIDA BONREPÓS I MIRAMBELL

ALBALAT DELS TARONGERS AYORA BUFALI

ALBERIC BARX BUGARRA

ALBORACHE BARXETA BUÑOL

ALBORAYA BÈLGIDA BURJASSOT

ALBUIXECH BELLREGUARD CALLES

ALCÁCER BELLÚS CAMPORROBLES

ALCANTERA DEL XUQUER BENAGÉBER CANALS

ALCUBLAS BENAGUASIL CANET DE BERENGUER

ALDAIA BENAVITES CARCAIXENT

ALFAFAR BENEIXIDA CÁRCER

ALFARA DE ALGIMIA BENETUSSER CARLET

ALFARA DE LA BARONIA BENIARJÓ CARRICOLA

ALFARA DEL PATRIARCA BENIATJAR CASAS ALTAS

ALFARP BENICOLET CASAS BAJAS

ALFARRASÍ BENICULL DE XÚQUER CASINOS

ALFAUIR BENIFAIÓ CASTELFABIB

ALGAR DE PALANCIA BENIFAIRÓ DE LA VALLDIGNA CASTELLÓ DE RUGAT

ALGEMESÍ BENIFAIRÓ DE LES VALLS CASTELLONET DE LA CONQUESTA

ALGIMIA DE ALFARA BENIFLÁ CATADAU

ALGINET BENIGÀNIM CATARROJA

ALMÀSSERA BENIMODO CAUDETE DE LAS FUENTES

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AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO

CERDÀ FUENTERROBLES LLOC NOU DE FENOLLET

CHELLA

FUNDACION DEPORTIVA MUNICIPAL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA LLOCNOU DE LA CORONA

CHELVA GANDIA LLOCNOU DE SANT JERONI

CHERA GÀTOVA LLOSA DE RANES

CHESTE GAVARDA LLUTXENT

CHIVA GENOVÉS LORIGUILLA

CHULILLA GESTALGAR LOSA DEL OBISPO

COFRENTES GILET MACASTRE Consorcio Comarcal de Servicios Sociales de l'Horta Nord GODELLA

Mancomunidad de la Vall D’Albaida

Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Valencia GODELLETA Mancomunidad del Alto Turia CONSORCIO PROVINCIAL HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO VALENCIA GUADASSEQUIES

Mancomunidad Intermunicipal Barrio del Crist Aldaia-Quart de Poblet

CORBERA GUADASSUAR Mancomunidad Intermunicipal L’Horta Sud

CORTES DE PALLÁS GUARDAMAR Mancomunidad Ribera Alta

COTES HIGUERUELAS Mancomunitat de la Serrania

CULLERA IMPULSO ECONÓMICO Y LOCAL, S.A. (IMELSA) Mancomunitat de les Valls

DAIMÚS JALANCE Mancomunitat Municipis de la Safor

DOMEÑO JARAFUEL MANISES

DOS AGUAS LA BARRACA D'AIGÜES VIVES MANUEL

EL MARENY LA FONT DE LA FIGUERA MARINES

EL PERELLÓ LA GRANJA DE LA COSTERA MASALAVÉS

EL PUIG LA POBLA DE FARNALS MASSALFASSAR

EMPERADOR LA POBLA DE VALLBONA MASSAMAGRELL EMPRESA DE GESTIÓN URBANÍSTICA Y DE SERVICIOS DE ALBORAYA, S.L. (EGUSA) LA POBLA DEL DUC MASSANASSA

ENGUERA LA POBLA LLARGA MELIANA

ESTIVELLA LA YESA MILLARES

ESTUBENY L'ALCÚDIA MIRAMAR

FAURA L'ALCÚDIA DE CRESPINS MISLATA

FAVARA L'ELIANA MOIXENT

FOIOS L'ÈNOVA MONCADA

FONT D'EN CARRÓS LLANERA DE RANES MONCADA SERVICIOS URBANOS MSU

FONTANARS DELS AFORINS LLAURÍ MONTAVERNER

FORTALENY LLÍRIA MONTESA

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AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO AYUNTAMIENTO/ORGANISMO

MONTICHELVO QUESA SUMACÀRCER

MONTROY RAFELBUNYOL TAVERNES BLANQUES

MONTSERRAT RAFELCOFER TAVERNES DE LA VALLDIGNA

MUSEROS RAFELGUARAF TERESA DE COFRENTES

NÀQUERA RÀFOL DE SALEM TERRATEIG

NAVARRÉS REAL TITAGUAS

NOVETLÈ REAL DE GANDIA TORREBAJA

OLIVA REQUENA TORRELLA

OLLERÍA RIBA-ROJA TORRENT

OLOCAU RIOLA TORRES TORRES

ONTINYENT ROCAFORT TOUS

OTOS ROTGLÀ I CORBERÀ TUÈJAR

PAIPORTA RÒTOVA TURÍS

PALMA DE GANDIA RUGAT UTIEL

PALMERA SAGUNT VALENCIA

PALOMAR SALEM VALLADA

PATERNA SAN ANTONIO DE BENAGEBER VALLANCA

PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO SANT JOANET VALLÉS

PEDRALBA SEDAVÍ VENTA DEL MORO

PETRÉS SEGART VILLALONGA

PICANYA SELLENT VILLAMARXANT

PICASSENT SEMPERE VILLANUEVA DE CASTELLÓN

PILES SENYERA VILLAR DEL ARZOBISPO

PINET SERRA VILLARGORDO DEL CABRIEL

POLINYÀ DE XÚQUER SIETE AGUAS VINALESA

POTRÍES SILLA XÀTIVA

PUÇOL SIMAT DE LA VALLDIGNA XERACO

PUEBLA DE SAN MIGUEL SINARCAS XERESA

QUART DE LES VALLS

SOCIEDAD MUNICIPAL PROMOCION ECONOMICA MONCADA S.A. XIRIVELLA

QUART DE POBLET SOLLANA YÀTOVA

QUARTELL SOT DE CHERA ZARRA

QUATRETONDA SUECA

INSTITUT MUNICIPAL DE CULTURA I JOVENTUT DE BURJASSOT

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ANEXO II PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN

lote Articulo PRECIO UNITARIO MÁXIMO (€) SIN

IVA

1 Casco de intervención 289,26

2 Casco forestal con gafas de protección 128,10

3 Cubrecasco forestal 26,45 4 Sotocasco de intervención 20,66 5 Gorra forestal 16,53 6 Mascarilla polivante 2,07

7 Prenda interiro del traje de intervención. Pijama 57,85

8 Mono polivalente 223,14 9 Traje impermeable 61,98

10 Guantes de intervención 66,12 11 Guantes de excarcelacion 12,40 12 Guantes de trabaja 4,96 13 Botas de intervencion 181,82 14 Botas polivalentes 90,91

Vestuario de trabajo y estancia en parque

15

SUÉTER POLO DE MANGA LARGA 41,32

SUÉTER POLO DE MANGA CORTA 39,67

CHAQUETÓN DE INVIERNO 190,08

PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO 57,85

PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO 57,85

16 Cinturon de trabajo 16,53 17 Zapatos de trabajo 37,19 18 Calcetines 2,89

Vestuario de trabajo de oficina del personal del Cuerpo de Bomberos

19

CAMISA DE MANGA CORTA DE DIARIO. 39,67

CAMISA DE MANGA LARGA DE DIARIO. 41,32

CAMISA DE MANGA CORTA DE REPRESENTACIÓN.

39,67

CAMISA DE MANGA LARGA DE REPRESENTACIÓN. 41,32

PANTALÓN DE INVIERNO. 57,85 PANTALÓN DE VERANO. 57,85

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CINTURÓN. 16,53 CORBATA. 16,53 CAZADORA. 103,31

CHAQUETA DE REPRESENTACIÓN. 123,97

GUERRERA. 165,29 ZAPATOS. 41,32 CALCETINES NEGROS. 2,48

Vestuario de deporte

20 CAMISETA DE DEPORTE DE MANGA CORTA 13,22

PANTALÓN CORTO DE DEPORTE 13,22

21 Zapatillas de deporte 57,85

Otros

22

MANTA. 16,53

JUEGO DE SÁBANAS Y CABEZAL. 16,53

TOALLA. 9,92 23 Cantimplora 16,53 24 Bolsa de vestuario 59,50 25 Cinturon para mono polivalente 24,79

Ropa de protección frente al frío

26

GUANTES DE PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO 13,22

CAMISETAS TÉRMICAS PARA PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO

20,66

PASAMONTAÑAS O BALACLAVA DE PROTECCIÓN FRETE AL FRÍO

12,40

Vestuario específico de la Unidad de Rescate en Espacios Confinados

27

MONO DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES

173,55

PARKA DE RESCATE EN DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES

198,35

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ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE

D-/ DÑA. ______________________________________________________, con Documento Nacional de Identidad nº ___________________, en nombre propio,/en nombre y representación de la empresa__________________________(N.I.F.)_________________con domicilio en __________ C/ _____________________________ C.P._____________ teléfono de contacto_____________________, fax________________, correo electrónico___________.

DECLARACIONES:

□ Declara responsablemente que ni la empresa, ni el firmante de la declaración, ni ninguno de sus administradores o representantes legales, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar a que se refiere el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

□ Declara responsablemente que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la entidad ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración.

□ Declara responsablemente que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.

□ Declara responsablemente que la entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.

□ Declara responsablemente que se encuentra dado de alta y al corriente del pago del Impuesto de Actividades Económicas.

□ Declara responsablemente que se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de Valencia de cualquier orden que, de modo directo o indirecto, puedan surgir del contrato, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderle.

□ Declara responsablemente que la entidad se halla inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y/o Registro Oficial de Contratistas y empresas clasificadas de la Comunitat Valenciana, y que las circunstancias de la entidad que en él figuran respecto de los requisitos exigidos para la admisión en el procedimiento de contratación arriba indicado son exactas y no han experimentado variación.

□ Declara responsablemente que la entidad licitadora cumple la normativa sectorial que le es de aplicación y los requisitos exigidos, en el desarrollo de la actividad objeto del acuerdo marco, quedando a disposición del órgano de contratación para aportar, previo requerimiento, la documentación justificativa necesaria.

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AUTORIZACIÓN: Autoriza al órgano de contratación a recabar los datos que obren en poder de la Administración que fueran necesarios para comprobar la veracidad de las declaraciones realizadas y en particular para poder recabar telemáticamente datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social respecto a sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava de los presentes pliegos. Y para que conste y surta los efectos oportunos firmo la presente en __________, a ________________________________________ Firmado: ____________________________ SELLO DE LA EMPRESA

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ANEXO IV PROPOSICION ECONOMICA. CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA

AUTOMÁTICA

LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO OFERTADO SIN IVA IVA PRECIO

CON IVA

1 CASCO DE INTERVENCIÓN.

LOTE 1.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

Absorción impactos kN

Resistencia perforación J

Aplastamiento lateral mm

Eficacia sistema retención alargamiento máx y anchura min para carga de 250N mm

Resistencia sistema retención N

Calor radiante ºC

Protección sólidos calientes

Protección metales fundidos

Resistencia calor

Resistencia llama s

Propiedades eléctricas mA

Contacto con productos químicos líquidos

Campo visión º angulares

Ampliación protección

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LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

2 CASCO FORESTAL CON GAFAS DE PROTECCIÓN.

LOTE 2.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida - Absorción impactos kN

- Resistencia perforación - Aplastamiento lateral mm

Eficacia sistema retención alargamiento máx y anchura min para carga de 250N mm

- Resistencia sistema retención N - Calor radiante ºC - Resistencia calor - Resistencia llama s

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO

CON IVA

3 CUBRECASCO FORESTAL

LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO

CON IVA

4 SOTOCASCO DE INTERVENCIÓN.

LOTE 4.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida - Propagación de la llama

- Transferencia de Calor (llama) s

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- Transferencia de Calor (radiación) s - Resistencia residual de los materiales

después exposición al calor radiante: Resistencia al estallido kPa

- Resistencia de las costuras a la rotura: Resistencia al estallido kPa

- Cambio dimensional %

LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO OFERTADO SIN IVA IVA PRECIO

CON IVA

5 GORRA FORESTAL

LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO

CON IVA

6 MASCARILLA POLIVALENTE

LOTE 6.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida - Penetración del material filtrante % - Contenido de dióxido de carbono en el

aire de inhalación % - Resistencia a la respiración en

inhalación mbar - Resistencia a la respiración en

exhalación mbar - Resistencia a la respiración en

inhalación después ensayo de obstrucción mbar

- Resistencia a respiración en exhalación después ensayo de obstrucción mbar

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LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO

CON IVA

7 PRENDA INTERIOR DEL TRAJE DE INTERVENCIÓN – PIJAMA

LOTE 7.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida - Resistencia al calor a una temperatura de

180ºC % - Propagación limitada de la llama

- Variación dimensional % - Resistencia a la tracción N - Calor convectivo s - Calor radiante s

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

8 MONO POLIVALENTE

LOTE 8.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Resistencia al Calor - Propagación limitada de llama - Resistencia a la costura N - Determinación del punto de fusión por dsc - Determinación de las áreas de material visible m2 - Determinación del comportamiento fotométrico de retrorreflexión cd/m2.luxes - Determinación de la transmisión de calor durante la exposición de una llama s - Calor por contacto s - Solidez del color a la transpiración

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LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

9 TRAJE IMPERMEABLE

LOTE 9.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida - Resistencia a la penetración del agua Pa - Resistencia al vapor de agua m2.Pa/W

- Resistencia a la tracción capa externa N - Resistencia al rasgado capa externa N - Variación dimensional de la ropa de protección %

- Resistencia de las costuras capa externa N

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

10 GUANTES DE INTERVENCIÓN.

LOTE 10.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Resistencia al corte nivel

- Resistencia al rasgado nivel

- Resistencia a la perforación nivel

- Comportamiento a la llama nivel

- Resistencia al calor convectivo nivel

- Resistencia al calor radiante nivel

- Resistencia al calor de contacto nivel

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LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO

CON IVA

11 GUANTES DE DESCARCELACIÓN.

LOTE 11.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Resistencia a la abrasión nivel

- Resistencia al corte por cuchilla nivel

- Resistencia al rasgado nivel

- Resistencia a la perforación nivel

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

12 GUANTES DE TRABAJO.

LOTE 12 CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Resistencia a la abrasión nivel

- Resistencia al corte por cuchilla nivel

- Resistencia al rasgado nivel

- Resistencia a la perforación nivel

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

13 BOTAS DE INTERVENCIÓN.

LOTE 13.-CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Aislamiento al calor ºC

- Resistencia al calor radiante ºC

- Resistencia a la llama s

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- Absorción de energía en la zona del tacón J

- Resistencia al impacto de la puntera mm

- Resistencia a la perforación del piso y plantas antiperforación N

- Penetración y absorción de agua gr,%

- Permeabilidad al vapor de agua mg/cm2.h

- Resistencia a la abrasión del forro ciclos

- Resistencia a la abrasión de la palmilla ciclos

- Resistencia a la flexión del piso mm

- Resistencia al calor por contacto

- Resistencia a los hidrocarburos %

LOTE PRENDA PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA IVA

PRECIO CON IVA

14 BOTAS POLIVALENTES.

LOTE 14.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Absorción de energía en la zona del tacón j - Estanqueidad

- Penetración y absorción de agua Gr, %

- Permeabilidad al vapor de agua mg/cm2.h - Resistencia a la abrasión del forro ciclos - Absorción y eliminación del agua de la palmilla % - Resistencia a la abrasión de la palmilla ciclos - Resistencia a la flexión del piso mm - Resistencia al calor por contacto - Resistencia a los hidrocarburos %

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

15

SUÉTER POLO DE MANGA LARGA

SUÉTER POLO DE MANGA CORTA

CHAQUETÓN DE INVIERNO

PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO

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PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

16 CINTURÓN DE TRABAJO.

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

17 ZAPATOS DE TRABAJO.

LOTE 17.- CARACTERISTICAS TECNICAS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Valor unidad de medida

- Espesor de la suela mm - Resistencia al desgarro de la suela kN/m

- Resistencia a la abrasión de la suela mm3

- Resistencia a los hidrocarburos de la suela % - Resistencia a la hidrólisis de la suela mm

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

18 CALCETINES.

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

19

CAMISA DE MANGA CORTA DE DIARIO.

CAMISA DE MANGA LARGA DE DIARIO.

CAMISA DE MANGA CORTA DE REPRESENTACIÓN.

CAMISA DE MANGA LARGA DE REPRESENTACIÓN.

PANTALÓN DE INVIERNO.

PANTALÓN DE VERANO.

CINTURÓN.

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76

CORBATA.

CAZADORA.

CHAQUETA DE REPRESENTACIÓN.

GUERRERA.

ZAPATOS.

CALCETINES NEGROS.

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

20

CAMISETA DE DEPORTE DE MANGA CORTA

PANTALÓN CORTO DE DEPORTE

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

21 ZAPATILLAS DE DEPORTE

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

22

MANTA.

JUEGO DE SÁBANAS Y CABEZAL.

TOALLA.

LOTE

PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

23 CANTIMPLORA.

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

24 BOLSA DE VESTUARIO.

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02/16/CSIS

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LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

25 CINTURÓN PARA MONO POLIVALENTE.

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

26

GUANTES DE PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO

CAMISETAS TÉRMICAS PARA PROTECCIÓN FRENTE AL FRÍO

PASAMONTAÑAS O BALACLAVA DE PROTECCIÓN FRETE AL FRÍO

LOTE PRENDA

PRECIO UNITARIO

OFERTADO SIN IVA

IVA PRECIO CON IVA

27

MONO DE RESCATE PARA DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES

PARKA DE RESCATE EN DERRUMBAMIENTOS URBANOS Y CATÁSTROFES

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ANEXO V

DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA EMPRESA: Denominación social: _______________________________________________ CIF:……………….. Domicilio social: Calle o Plaza: __________________________________

Patio, Piso, Escalera y Puerta: ____, ____, ____, ____ Código postal: _______ Localidad: ______________________ Provincia: ___________________

Domicilio comercial (no es imprescindible cumplimentarlo) Calle o Plaza: __________________________________

Patio, Piso, Escalera y Puerta: ____, ____, ____, ____ Código postal: _______ Localidad: ______________________ Provincia: ___________________

Teléfono de la empresa: _____________ Fax de la empresa: _________________ Dirección de correo electrónico a efectos de eventuales notificaciones electrónicas: ___________________________________ Página web (si dispone de ella): ___________________________________ DATOS IDENTIFICATIVOS DEL/LOS APODERADOS: 1. Nombre y apellidos: ________________________________________________ Número de teléfono: _____________________ Número de fax: ____________ Dirección de correo electrónico: ______________________________________ 2. Nombre y apellidos: ________________________________________________ Número de teléfono: _____________________ Número de fax: ____________ Dirección de correo electrónico: ______________________________________ DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA DE CONTACTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCURSO: Nombre y apellidos: ________________________________________________ Número de teléfono: _____________________ Número de fax: ____________ Dirección de correo electrónico: ______________________________________ DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA DE CONTACTO COMERCIAL EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIO DEL EXPTE 2/16/CSIS: Nombre y apellidos: ________________________________________________ Número de teléfono: _____________________ Número de fax: ____________

Dirección de correo electrónico: ______________________________________

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02/16/CSIS

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ANEXO VI. DECLARACIÓN DE LA CONDICIÓN DE

FABRICANTE/DISTRIBUIDOR/IMPORTADOR

(Nombre y APELLIDO) como ___________________ (señalad vuestras facultades de representación: por ejemplo, administrador/a único, apoderado/a...), de la empresa _______________________declaro que mi calidad de licitador en los LOTES………… del procedimiento público para la conclusión de un acuerdo marco para el suministro uniformidad colectivos específicos de bomberos ( prendas de vestuarios y equipos de protección individual) (Expediente 02/16/CSIS) es la de fabricante/distribuidor:

Condición

Lote Fabricante Distribuidor(1) Nombre empresa colaboradora

....

(1) En caso de ser distribuidor deberá cumplimentar columna relativa a los datos de la

empresa para la que distribuye.

Para qué se pueda verificar la información facilitada, autorizo a la Diputación de Valencia para que a través de la Central de Servicios Innovadores y Sostenibles haga las comprobaciones que considere convenientes. (lugar y fecha) Firma del/de la declarante Sello de la empresa

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ANEXO VII

DECLARACIÓN DE PRIVACIDAD DE DATOS Y DOCUMENTOS

El/la señor/a ____________________________, como ___________________ (señalar las facultades de representación que ostenta: por ejemplo, administrador/a único, apoderado/a...), de la empresa _______________________,

DECLARA Que los documentos y datos presentados en el sobre núm.____ (indicar el número de sobre que contiene los datos que han de considerarse confidenciales), que considera de carácter confidencial, son los que, a continuación, se relacionan: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. Y para que conste, firmo esta declaración responsable. (lugar y fecha) Firma del/de la declarante Sello de la empresa * Se tendrá que presentar una declaración para cada uno de los sobres.