PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS ......colectiva a través del voluntariado social. Se trata de...

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    PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS MUNICIPALES DE ATENCIÓN A MAYORES (01/01/2011 – 30/9/2013) A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

    Madrid, 14 de Mayo de 2010

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    INDICE

    Pág.

    I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DÍA MUNICIPALES PARA MAYORES………….………………………………………………………….

    3

    II. SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR………………………………………… 19 III. SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES…………………………………………….

    27

    IV. CENTROS INTEGRADOS POR RESIDENCIAS Y CENTROS DE DIA 33 V. APARTAMENTOS MUNICIPALES PARA MAYORES DE SAN FRANCISCO Y RETIRO……………………………………………………………..

    50

    VI. PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELOS DE FACTURACIÓN……………………………………………………

    60

    ANEXO I: IMAGEN CORPORATIVA…………………………………………….. 75 ANEXO II: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL…….. 80 ANEXO III: SUBROGACIÓN DE PERSONAL………………………………….. 84

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    I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES PARA MAYORES

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    1.- DEFINICIÓN

    Conforme al artículo 24, de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de dependencia, queda definido el Centro de Día de la siguiente manera: "El servicio de Centro de Día o de Noche ofrece una atención integral durante el periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular, cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal".

    Constituyen un instrumento básico que permite:

    • La promoción social, evitando el aislamiento y la exclusión social.

    • La prevención del deterioro psico-físico de los usuarios. • El mantenimiento de las funciones psico-físicas y, en su

    caso, el restablecimiento de habilidades perdidas.

    2.- TIPOLOGÍA O MODALIDAD DE CENTROS

    El Ayuntamiento de Madrid diferencia tres modalidades de centros de día:

    - Centro de día para personas mayores con deterioro físico y

    relacional. En el presente pliego y en lo sucesivo CDF. - Centro de día para personas mayores con deterioro

    cognitivo tipo Alzheimer y otras demencias. En el presente pliego y en lo sucesivo CDEA.

    - Centro de Día para enfermos de Alzheimer de inicio precoz,

    Dr. Salgado Alba.

    3.- OBJETIVOS

    Los objetivos generales a cumplir en un centro de día de atención

    integral se concretan en los siguientes grupos de interés:

    • La persona en situación de dependencia • La familia y / o cuidadores

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    Los objetivos dirigidos a las personas en situación de dependencia son: • Promover y mantener su mayor grado de autonomía y

    funcionalidad posible. • Prevenir su incremento de la dependencia a través de la

    potenciación de sus capacidades cognitivas, funcionales y sociales.

    • Desarrollar las dimensiones de calidad de vida de la persona, con especial incidencia en la autoestima y bienestar emocional.

    • Evitar o retrasar la institucionalización definitiva. • Fomentar su participación e integración sociocomunitaria. • Apoyar a los familiares y/o cuidadores informales. • Fomentar relaciones interpersonales entre los usuarios. • Crear un ambiente próximo al familiar Los objetivos dirigidos a la familia y/o cuidadores son: • Proporcionales información y asesoramiento. • Dotarles de conocimientos, habilidades y promover actitudes que contribuyan a mejorar la calidad de los cuidados. • Formarles para el desarrollo de habilidades que permitan reducir el estrés, así como mejorar el estado físico de la familia y / o cuidadores. • Reducir el riesgo de sobrecarga y proporcionarles tiempo libre y descanso • Promover la implicación de la familia con el Centro y en especial con el Plan de Atención Personalizada de la persona usuaria.

    4.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid. En el caso concreto del Centro de Día para enfermos de Alzheimer y otras demencias de inicio temprano “Doctor Salgado Alba” es un recurso social de atención sociosanitaria, para personas menores de 60 años, empadronadas en el municipio de Madrid. Este equipamiento está destinado a la atención de aquellos enfermos con demencia degenerativa primaria de inicio temprano, cuya situación socio-sanitaria hace aconsejable acudir a un centro especializado de estas características.

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    5.- SERVICIOS Y ATENCIONES QUE SE PRESTAN

    Los servicios que se prestan son:

    5.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadota

    Con las principales actividades:

    5.1.1 Programa de acogida en el Centro de Día El Centro de Día debe disponer de un programa de acogida

    dirigido al usuario y a la familia con el objetivo de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentarle a los profesionales que van a trabajar con él.

    5.1.2 Valoración integral multidisciplinar de la situación personal y familiar.

    En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar un estudio y valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un Plan de Atención Personalizada (PAP), que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y /o mantener su salud, autonomía personal en el mayor grado posible.

    La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

    • Salud física • Funcional (actividades de la vida diaria) • Cognitiva • Afectiva • Socio familiar

    La valoración se debe realizar de forma progresiva a lo largo de los primeros días y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el Plan de Atención Personalizada. Este PAP debe revisarse con una periodicidad mínima de 1 año, y en todo caso cuando se produzca un cambio en la situación inicial.

    De cada usuario debe existir un expediente personal único que constará de: la información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia) y psicológica, así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos tratamientos prescritos y el seguimiento y la evolución del Programa de Atención Personalizada, que se haya fijado, así como las incidencias producidas. Los modelos de documentos, de uso obligatorio, del expediente serán homogéneos en todos los Centros de Día, siendo proporcionados por el departamento de Centros de Día y Residenciales.

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    5.1.3 Programa de atención sanitaria: Debe comprender las actuaciones propias de la medicina

    preventiva dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia, terapia ocupacional) sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario. Se ocupará de la realización de:

    • Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la Salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades

    individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de AVD. • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades

    intelectuales. • Actividades de Logopedia grupal e individual, si fuera

    necesario. (Centro de Día Dr. Salgado Alba). • Programas de actuación según los distintos protocolos:

    Alimentación y nutrición, Administración de medicación, Control de esfínteres, Prevención de caídas, Protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

    En cualquier caso, y en todos los centros, la entidad

    adjudicataria, asegurará, la administración de tratamientos farmacológicos específicos como insulina, heparina, colirios, etc, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

    5.1.4 Programa de atención psicológica: Que comprenderá el diagnóstico y evaluación de los usuarios, así

    como los tratamientos individuales o de grupo que precisen. Atención a las necesidades de las familias. Este programa estará implantado en los centros para personas con deterioro cognitivo.

    Debe incluir como mínimo:

    • Terapias psicoafectivas. • Terapias socializadoras.

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    5.1.5. Programa de atención social: Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención

    social, la atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

    Debe incluir como mínimo:

    • Apoyo información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención.

    • Promover, junto al resto del equipo del centro, actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

    • Apoyar en la integración en el centro. • Promover actividades de participación y de concienciación

    colectiva a través del voluntariado social. Se trata de la puesta en marcha un programa de voluntariado, priorizando el trabajo con voluntarios del distrito en donde se encuentre el centro de día.

    5.2. Servicio de Apoyo a la Familia Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro

    de Día, de participación social y un programa de calidad y mejora continua.

    5.2.1. Apoyo y ayuda en el proceso de cuidado. 5.2.2. Actividades de formación e información sobre temas vinculados con la enfermedad y con la atención que se presta en el centro de día. 5.2.3. Ofrecer a la familia su participación en actividades del centro. 5.2.4. Promover su participación en otros programas municipales. Se establecerá un calendario semanal de relación con las familias,

    de forma que la intervención familiar se realice de forma programada.

    El adjudicatario está obligado a utilizar el cuaderno diario de información, entre el centro y las familias, en los usuarios de Centros de Día de Alzheimer.

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    Se desarrollará un trabajo semanal estructurado, con las familias o cuidadores, especialmente de los destinados a la atención de perfil de deterioro cognitivo basada en: información, formación y apoyo, para lo cuál utilizaran como documento base la “Guía para Familiares de Enfermos de Alzheimer”, editada por la Dirección General de Mayores, sin obviar cualquier otra que pudiera ser de interés o el material que en un futuro podrá establecerse por parte del Ayuntamiento de Madrid.

    Semestralmente la entidad facilitará información por escrito a los

    usuarios/familias, al Departamento de Centros de Día y Residenciales y a los Centros de Servicios Sociales sobre la evolución y dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    El plan de atención y de actividades será presentado anualmente

    por la entidad adjudicataria y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el centro y dirigidas tanto a los usuarios, como a la familia. Dicha programación deberá ser aprobada por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    5.3. Servicio de Aseo y cuidado Personal

    El cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

    Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios, que

    así lo requirieran, prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del usuario.

    El material de incontinencia, las prótesis, órtesis, sillas de ruedas

    y ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los usuarios. El Centro dispondrá de las ayudas técnicas y el apoyo para las

    movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada.

    Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados

    dentro del recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o

    psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, se establecerán las medidas de protección, seguridad y control necesarios.

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    5.4. Servicio de alimentación y nutrición: Este es un servicio muy sensible por el usuario y familiares, por lo

    que se prestará una gran atención a la satisfacción de los mismos, arbitrando sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares, recogiendo su opinión y sugerencias y con controles de calidad permanentes. Se servirán tres comidas (desayuno, comida y merienda). Los menús deberán ser supervisados por el personal sanitario, debiendo garantizar el aporte calórico y dietético adecuado a su edad. Deben ser variados cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios y los familiares, con una antelación semanal.

    En los Centros de Día para personas con problema físico o

    relacional se ofrecerá la elección entre dos menús diferentes, con el objetivo de mejorar la satisfacción de los usuarios. En términos generales se deben ofrecer dietas especiales con menú soso/sin sal, antidiabético, astringente, para celiacos y triturado, intentando satisfacer las necesidades nutricionales individuales.

    Se prestará la ayuda personal necesaria a los usuarios que no

    puedan comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos o personales precisos.

    Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los

    alimentos, así como la recogida sistemática de muestras como ordena la legislación vigente.

    La entidad adjudicataria deberá presentar, a la Dirección General

    de Mayores del Área de Gobierno Familia y Servicios Sociales, con carácter mensual, relación de las comidas que se servirán en el centro durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios.

    5.5. Servicio de transporte adaptado

    La entidad dispondrá de medio de transporte adaptado, debidamente autorizado, para trasladar de su domicilio al centro y viceversa a los usuarios que lo necesiten. Se entiende por domicilio la vivienda en la que el usuario habita y no la puerta de calle que da acceso al edificio.

    Las principales actividades son:

    Realizar el traslado en vehículo desde el domicilio hasta el Centro de Día y viceversa, de los usuarios que lo demanden y dentro del horario establecido.

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    Ayudarles a subir, bajar, situarse en el vehículo y acompañarlos hasta el domicilio.

    Con el objetivo de minimizar los tiempos de espera, la entidad

    adjudicataria dispondrá de un sistema automatizado de llamada diaria a los usuarios que utilizan el transporte, al objeto de que dispongan del tiempo necesario para bajar al lugar concertado de recogida de la ruta.

    El vehículo debe de ir con conductor y con personal auxiliar de

    clínica, acompañante (distinto del personal auxiliar que debe prestar su servicio dentro del edificio del centro de día), para ayudar a los usuarios que lo requieran.

    Este servicio deberá dar cobertura al Distrito donde esté ubicado el

    centro de día y/o cualquier otro dentro del municipio. El tiempo total de cada ruta, de las efectuadas en el mismo distrito que el centro de Día, no podrá exceder de 30 minutos.

    A tal efecto el número mínimo de vehículos que se determina es el

    siguiente según la modalidad de centros:

    Modalidades Número de vehículos 30 1 45 1,5 65 2,5 80 3 Doctor Salgado Alba” 4 30/65 3,5 45/30 2,5 45/45 3 45/65 4 45/80 4,5 80/80 6

    Se llevara en el propio vehículo, en que se realice el transporte de

    los usuarios, hojas de reclamaciones a disposición de los mismos y de sus familiares, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento de Madrid de dichas reclamaciones dentro de las 24 horas siguientes en que se efectúe cada reclamación. Los vehículos deberán respetar la imagen corporativa descrita en el anexo I.

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    6.- CAPACIDAD MAXIMA DE LOS CENTROS De acuerdo con las modalidades de centros descritos en el

    apartado 2 del presente pliego, se diferencian por el número total de usuarios diarios que atiende, según la tabla del Anexo I, del punto 1, del pliego de prescripciones administrativas.

    En el caso de los Centros de Día con ambos módulos (Físicos y

    Alzheimer), se podrán cubrir las vacantes independientemente del perfil que tenga el usuario. 7.- PERFILES PROFESIONALES

    • Trabajador Social. (Coordinador) • Enfermera. • Fisioterapeuta. • Terapeuta Ocupacional. • Psicólogo. • Logopeda (Centro de Día “Doctor Salgado Alba”) • Auxiliar de Geriatría/Auxiliar de Clínica. • Conductor.

    8.- PERSONAL DE LOS CENTROS DE DÍA

    8.1. Centros de Día para mayores con deterioro físico

    MODELO PERSONAL JORNADA

    1 Trabajador Social 3 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

    1 Fisioterapeuta 1 Terapeuta Ocupacional

    30 CDF

    1Enfermera Media Jornada

    1 Trabajador Social 1 Terapeuta Ocupacional 4 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa 45 CDF

    1 Fisioterapia Media Jornada 1 Trabajador Social 1 Fisioterapia 1 Terapeuta Ocupacional

    65 CDF

    6 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

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    8.2. Centros de Día para usuarios enfermos de Alzheimer

    1 Enfermera 1 Fisioterapeuta 2 Terapeutas Ocupacionales 7 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

    1 Coordinador (Titul. Medio o superior) 1 Logopeda 1 Trabajador Social

    45 CDEA (Doctor Salgado Alba)

    1 Psicólogo

    Media Jornada

    1 Trabajador Social 1 Terapeuta Ocupacional 1 Enfermera 6 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

    1 Psicólogo

    45 CDEA

    1 Fisioterapeuta Media Jornada

    1 Trabajador Social 1 Fisioterapeuta 1 Terapeuta Ocupacional 9 Auxiliares de Geriatría 1 Enfermera

    Jornada Completa 65 CDEA

    1 Psicólogo Media Jornada 1 Trabajador Social 1 Enfermera 1 Psicólogo 1 Fisioterapeuta 2 Terapeuta Ocupacional

    80 CDEA

    10 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

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    8.3. Centros de Día para usuarios mayores con deterioro físico y enfermos de Alzheimer

    1 Trabajador Social 1 Enfermera 1 Fisioterapeuta 2 Terapeuta Ocupacional 12 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa 30CDF/65CDEA

    1 Psicólogo Media Jornada 1 Trabajador Social 1 Fisioterapeuta 1 Terapeuta Ocupacional 8 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

    1 Enfermera

    45CDF/30CDEA

    1 Psicólogo Media Jornada

    1 Trabajador Social 1 Terapeuta Ocupacional 1 Fisioterapeuta 10 Auxiliares de Geriatría 1 Enfermera

    Jornada Completa 45CDF/45CDEA

    1 Psicólogo Media Jornada 1 Trabajador Social 1 Enfermera 1 Fisioterapeuta 2 Terapeuta Ocupacional 13 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa 45CDF/65CDEA

    1 Psicólogo Media Jornada 1 Trabajador Social 1 Fisioterapeuta 2 Terapeuta Ocupacional 14 Auxiliares de Geriatría 1 Enfermera

    45CDF/80CDEA

    1 Psicólogo

    Jornada Completa

    1 Trabajador Social Coordinador 1 Trabajador Social 2 Terapeuta Ocupacional 2 Fisioterapeuta 18 Auxiliares de Geriatría 1,5 Enfermeras

    80CDF/80 CDEA

    1 Psicólogo

    Jornada Completa

    En ambos tipos de Centros los Auxiliares de Geriatría,

    preferentemente, tendrán formación como Auxiliares de Clínica.

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    9.- FORMACION CONTINUA MÍNIMA PARA LOS TRABAJADORES. La entidad adjudicataria asegurará como mínimo la impartición de un total de 30 horas de formación, en horario laboral, y 10 horas, fuera del horario laboral (total 40 horas anuales), para cada trabajador. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes. 10.- PROCESO DE ADMISIÓN, BAJA Y MODIFICACIONES

    Las plazas de centros de día se solicitarán en el Centro de Servicios

    Sociales de la Junta Municipal correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

    Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán

    los que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid

    Tanto la orden de alta, baja y/o cambio de la modalidad de asistencia en el servicio será competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales. Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros

    11.- HORARIO El funcionamiento del centro de día es, con carácter general, de

    lunes a viernes, en días laborables y con horario general de 8,15 a 18

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    horas, si bien los usuarios podrán acceder al centro entre 8,15 y 11 horas y salir entre las 16,30 y 18 horas. En el caso del Centro de Día “Doctor Salgado Alba”, el horario es de 8 a 19 horas, si bien, en este centro, los usuarios podrán acceder al centro entre 8 y 11 horas y salir entre las 16,30 y 19 horas.

    Dentro del horario establecido y contemplado anteriormente se

    puede establecer flexibilidad en el horario de asistencia de aquellos mayores/usuarios que así lo demanden. Esta flexibilidad se establecerá por la mañana (entrada) o por la tarde (salida), garantizando que las horas de permanencia en el centro de día permitan al usuario hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan.

    La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la aportación que le corresponda efectuar al usuario de acuerdo a la modalidad y días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del centro.

    Este uso flexible del centro, a petición de los usuarios/familiares,

    deberá venir conformado y razonado por la coordinadora del Centro de Día.

    12.- MATERIAL DE ACTIVIDADES

    El material utilizable en las actividades de terapia ocupacional, así

    como la reparación y reposición del material técnico de fisioterapia, material fungible para el médico y enfermería, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria. Todo ello exigible por los importes que figuran en el siguiente cuadro:

    Modalidad Importe anual exigible 30 plazas 3.500€ 45 plazas 4.000€ 65 plazas 4.500€ 80 plazas 6.000€

    30/65 plazas 8.000€ 45/30 plazas 7.500€ 45/45 plazas 8.000€ 45/65 plazas 8.500€ 45/80 plazas 10.000€ 80/80 plazas 12.000€

    En el momento del inicio del contrato la entidad adjudicataria de la

    gestión del centro se hará cargo del material existente según el

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    inventario que se le entregue por parte de los responsables municipales. Al finalizar el contrato la entidad deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en adecuadas condiciones de uso y utilización.

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado. 13.- ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CENTRO

    El material utilizable para las actividades de difusión y

    conocimiento del Centro, como jornadas diversas, día de puertas abiertas, información del Centro al público e instituciones, actos lúdicos, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria, previa autorización del Departamento de Centros de Día y Residenciales. Todo ello exigible por los importes que figuran en el siguiente cuadro:

    Modalidad Importe anual exigible

    30 plazas 500€ 45 plazas 1.000€ 65 plazas 1.000€ 80 plazas 1.500€

    30/65 plazas 1.500€ 45/30 plazas 1.500€ 45/45 plazas 2.000€ 45/65 plazas 2.500€ 45/80 plazas 2.500€ 80/80 plazas 3.000€

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado. 14.- APORTACION DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid.

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con arreglo al baremo que se adjunta.

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    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    El usuario que acuda a un centro de día municipal tiene derecho a

    disfrutar de un mes de vacaciones al año sin efectuar la aportación económica que le corresponde. No obstante, cuando un usuario desee disfrutar un segundo mes de vacaciones abonará el 50% de su aportación en concepto de reserva de plaza.

    En el caso de enfermedad los usuarios quedan excluidos de la

    aportación económica durante un mes, siempre que ésta tenga una duración superior a quince días. Si la duración de la enfermedad es inferior o igual a quince días deberán abonar toda la mensualidad.

    No obstante lo anterior, una vez que el usuario ha recibido el alta

    médica y presente un perfil adecuado para la atención en el Centro de Día, dispone de quince días naturales para incorporarse al centro. En caso de no proceder a la incorporación perderá el derecho a la plaza.

    No será contemplada ninguna otra reducción ni exención de la

    aportación que le corresponda efectuar por ningún supuesto o motivo de ausencia.

    15.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

    El seguimiento técnico de cada caso corresponde al distrito donde

    esté ubicado el centro de día, y se materializarán a través de reuniones periódicas entre el coordinador del centro de día asignado por la entidad y el trabajador social del distrito municipal correspondiente, con el objetivo de realizar el seguimiento de la evolución de los usuarios y de la prestación en general.

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y el Departamento de

    Centros de Día y Residenciales, se canalizarán a través de un coordinador asignado por la entidad.

    Los Centros de Día dispondrán de impresos de solicitud

    normalizada, donde los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro municipal las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

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    El equipo multiprofesional del centro de día se reunirá al menos mensualmente para la revisión de los distintos diseños de intervención. A estas reuniones se podrán incorporar técnicos municipales.

    El seguimiento del contrato se hará mediante la presentación por

    parte de la entidad adjudicataria de la relación de usuarios, especificando días de asistencia, transporte en su caso, aportación económica, altas y bajas del mes conjuntamente con la factura correspondiente a cada mes y centro.

    La empresa realizará los envíos de datos de forma electrónica a

    través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos

    16.- EVALUACION

    Semestralmente la entidad facilitará información sobre la evolución

    y dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el ayuntamiento de Madrid. En la memoria anual del centro la entidad adjudicataria incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del centro y una evaluación (a 31 de diciembre) sobre la satisfacción de los usuarios.

    La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el

    Ayuntamiento, será obligación de la entidad adjudicataria del servicio, y deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales dentro del plazo de 1 mes desde la finalización del período (31 de enero).

    17.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELO DE FACTURACIÓN.

    Ver apartado X 18.- IMAGEN CORPORATIVA

    Ver Anexo I.

    Madrid, 14 de mayo de 2010

    Jefe del Departamento de

    Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    II. SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR

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    1.- DEFINICIÓN Es un programa social que se desarrolla en algunos centros de día

    a través de un conjunto de actividades durante los fines de semana (sábados y/o domingos), en régimen diurno.

    2.- OBJETIVOS

    • Proporcionar atención a personas mayores dependientes. • Facilitar apoyo a aquéllas familias que atienden a personas

    dependientes. • Proporcionar la guarda del mayor durante el horario que acude al

    Centro.

    3.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS

    Como consecuencia de la atención a la persona mayor dependiente, serán sujetos de atención y por tanto beneficiarios de este programa, aquellas familias o cuidadores de una persona mayor que padezca demencia Alzheimer o cualquier otro tipo de dependencia y que requieran de un tiempo de descanso o respiro que les permita liberar su sobrecarga, independientemente de que el mayor acuda o no a un centro de día durante el resto de los días de la semana. 4.- REQUISITOS

    • Empadronado o residente en el Municipio de Madrid. • Que no precise una atención permanente y continuada en un

    centro sanitario, residencial o centro de convalecientes. La determinación de los usuarios a ingresar en el servicio de

    Respiro Familiar, vendrá dada por los servicios sociales municipales.

    5.- SERVICIOS QUE PROPORCIONA

    5.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y

    rehabilitadora (Programa de atención sanitaria) 5.2. Servicio de Aseo y cuidado Personal 5.3. Servicio de alimentación y nutrición 5.4. Servicio de transporte adaptado

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    5.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora . Programa de atención sanitaria:

    Debe comprender las actuaciones propias de la medicina

    preventiva dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (terapia ocupacional) sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario. Se ocupará de la realización de:

    • Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la Salud. • Entrenamiento y mantenimiento de AVD. • Programas de actuación según los distintos protocolos:

    Alimentación y nutrición, Administración de medicación, Control de esfínteres, Prevención de caídas, Protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

    En cualquier caso, y en todos los centros, la entidad

    adjudicataria, asegurará, la administración de tratamientos farmacológicos específicos como insulina, heparina, colirios, etc, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

    5.2. Servicio de transporte adaptado

    La entidad dispondrá de medio de transporte adaptado,

    debidamente autorizado, para trasladar de su domicilio al centro y viceversa a los usuarios que lo necesiten. Se entiende por domicilio la vivienda en la que el usuario habita y no la puerta de calle que da acceso al edificio.

    Las principales actividades son:

    Realizar el traslado en vehículo desde el domicilio hasta el Centro de Día y viceversa, de los usuarios que lo demanden y dentro del horario establecido.

    Ayudarles a subir, bajar, situarse en el vehículo y acompañarlos hasta el domicilio.

    Con el objetivo de minimizar los tiempos de espera, la entidad

    adjudicataria dispondrá de un sistema automatizado de llamada diaria a los usuarios que utilizan el transporte, al objeto de que dispongan del tiempo necesario para bajar al lugar concertado de recogida de la ruta.

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    El vehículo debe de ir con conductor y con personal auxiliar acompañante (distinto del personal auxiliar que debe prestar su servicio dentro del edificio del centro de día), para ayudar a los usuarios que lo requieran.

    Este servicio deberá dar cobertura al Distrito donde esté ubicado el

    centro de día y/o cualquier otro, dentro del municipio. A tal efecto el número mínimo de vehículos que se determina es el

    siguiente:

    Modelo

    Número mínimo de vehículos

    MODELO 1 1 ( 4 horas) MODELO 2 1 (8 horas)

    Los vehículos deberán respetar la imagen corporativa descrita en el anexo I.

    5.3. Servicio de alimentación y nutrición:

    Este es un servicio muy sensible por el usuario y familiares, por

    lo que se prestará una gran atención a la satisfacción de los mismos, arbitrando sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares recogiendo su opinión y sugerencias y con controles de calidad permanentes. Se servirán tres comidas (desayuno, comida y merienda). Los menús deberán ser supervisados por el personal sanitario, debiendo garantizar el aporte calórico y dietético adecuado a su edad. Deben ser variados cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios y los familiares, con una antelación semanal.

    En términos generales se deben ofrecer dietas especiales con

    menú soso/sin sal, antidiabético, astringente y triturado, intentando satisfacer las necesidades nutricionales individuales.

    Se prestará la ayuda personal necesaria a los usuarios que no

    puedan comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos o personales precisos.

    Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los

    alimentos, así como la recogida sistemática de muestras como ordena la legislación vigente.

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    La entidad adjudicataria deberá presentar, a la Dirección General de Mayores del Área de Gobierno Familia y Servicios Sociales, con carácter mensual, relación de las comidas que se servirán en el centro durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios.

    5.4. Servicio de Aseo y cuidado Personal

    El cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

    Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios, que

    así lo requirieran, prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del usuario.

    El material de incontinencia, las prótesis, órtesis, sillas de ruedas

    y ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los usuarios. El Centro aportará las ayudas técnicas y el apoyo para las

    movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada.

    Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados

    dentro del recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o

    psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, se establecerán las medidas de protección, seguridad y control necesarios. 6.- PERFILES PROFESIONALES

    • Trabajador Social • Enfermera • Terapeuta Ocupacional • Auxiliares de Geriatría/Auxiliar de Clínica.

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    7.- PERSONAL DE RESPIRO La dotación de personal se establecerá atendiendo a los modelos siguientes:

    MODELO 1

    Ocupación Personal Jornada

    De 1 a 15 usuarios diarios

    1 Trabajador social 1 Enfermera 1 Terapeuta Ocupacional 2 Auxiliares de Geriatría/Auxiliar de Clínica

    Jornada Completa Jornada Completa Media Jornada Jornada Completa

    MODELO 2

    Ocupación Personal Jornada

    Entre 16 y 30 usuarios

    diarios

    1 Trabajador social 1 Enfermera 1 Terapeuta Ocupacional 3 Auxiliares de Geriatría/Auxiliar de Clínica

    Jornada Completa Jornada Completa Media Jornada Jornada completa

    8.- FORMACION CONTINUA MÍNIMA PARA LOS TRABAJADORES. La entidad adjudicataria asegurará como mínimo la impartición de un total de 30 horas de formación, en horario laboral, y 10 horas, fuera del horario laboral (total 40 horas), para cada trabajador. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes. 9.- HORARIO DE FUNCIONAMIENTO

    El servicio de respiro se prestará de 10,00 horas a 18,00 horas,

    sábados y domingos. De junio a septiembre el horario será de 10,00 horas a 20,00 horas.

    10.- PROCESO DE ADMISIÓN Y BAJAS

    La tramitación de plaza en el servicio de respiro familiar se

    realizará a través de los Centros de Servicios Sociales del Distrito donde resida el mayor presentando en el mismo la correspondiente solicitud.

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    Será por tanto competencia de los Servicios Sociales del Distrito dar la orden de alta, (utilizando el mismo modelo “Comunicación a la empresa” que se utiliza para altas/modificaciones y bajas en centros de Día, poniendo los días de asistencia previstos), en el servicio de respiro. Esta orden tendrá vigencia durante un año, trascurrido el mismo deberá renovar la solicitud. Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros 11.- APORTACION DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con

    arreglo al baremo que se adjunta en el punto VI apartado 2 del presente pliego.

    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5

    primeros días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    12.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y el Distrito, se canalizarán a través de un coordinador asignado por la entidad y los técnicos municipales correspondientes.

    El seguimiento del programa se hará mediante la presentación por

    parte de la entidad adjudicataria de la relación de usuarios, especificando días de asistencia, transporte en su caso, aportación económica, conjuntamente con la factura correspondiente a cada mes.

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    La entidad adjudicataria presentará una memoria anual, en la que se sintetizarán los datos relativos al desarrollo del servicio, así como la identificación del personal asignado por la entidad a la gestión del servicio de respiro.

    La entidad adjudicataria presentará anualmente la programación

    de las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el servicio de respiro, y dirigidas a los usuarios. Dicha programación deberá ser aprobada por la Dirección General de Mayores.

    La entidad adjudicataria realizará los envíos de datos de forma

    electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos

    13.- EVALUACION

    El sistema de evaluación se hará mediante:

    • Seguimiento mensual de las actividades realizadas, que responderá a la programación prevista.

    • En la memoria anual la entidad adjudicataria incluirá una

    información cuantitativa del funcionamiento del servicio de respiro y una evaluación sobre la satisfacción de los usuarios.

    La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el

    Ayuntamiento, será obligación de la entidad adjudicataria del servicio, y deberá estar a disposición de la Dirección General de Mayores del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales dentro del plazo de 1 mes desde la finalización del período (31 de enero).

    14.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELO DE FACTURACIÓN.

    Ver apartadoX.

    15.- IMAGEN CORPORATIVA Ver Anexo I.

    Madrid, 14 de mayo de 2010

    Jefe del Departamento de Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    III. SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA

    MAYORES

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    1.- DEFINICIÓN El servicio de fisioterapia preventiva y de mantenimiento se

    desarrollará en los centros de día y de mayores que dispongan del espacio y el equipamiento necesario.

    La finalidad es mejorar la capacidad funcional del mayor, evitando

    el deterioro progresivo, mediante actividades de fisioterapia grupal preventiva y de mantenimiento.

    2.- OBJETIVOS

    • Proporcionar atención rehabilitadora de carácter preventivo. • Mantener las habilidades físicas y la autonomía de los mayores. • Aumentar las capacidades funcionales, que con la edad y los

    procesos patológicos ligados a esta, están disminuidas y pueden llegar a ser invalidantes.

    • Mejorar la calidad de vida, facilitando y manteniendo las actividades de la vida cotidiana.

    • Facilitar la integración en el ámbito social.

    3.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS Podrá ser usuario de este servicio toda persona:

    • Titular de la tarjeta madridmayor.es • Que no padezca enfermedad infecto-contagiosa. • Afectada de algún deterioro físico, secundario a patología

    crónica invalidante, que haga aconsejable atención fisioterapéutica (ictus residual, parkinson, poliartrosis avanzada...)

    • En caso de necesitar ayuda de una persona para su desplazamiento o transferencias, solo podrá ser admitido si acude al grupo con un acompañante que le auxilie en dichas actividades

    4.- CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

    • Incapacidad física invalidante que impida la realización de

    trabajo fisioterapéutico en grupo. • Enfermedad física aguda o subaguda que precise de

    tratamiento específico y por tanto requiera atención en un nivel del sistema sanitario.

    • Enfermedad cardiaco-respiratoria o infecciosa que contraindique el ejercicio.

    • Enfermedad mental que impida la colaboración y trabajo en grupo.

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    • Quedan excluidas las personas mayores sin ningún problema, y que puedan beneficiarse de otros tipos de ejercicio físico (polideportivo, grupos con monitor de gimnasia, etc.).

    5.- PROCESO DE ADMISION

    Las personas que deseen acceder a los grupos de fisioterapia preventiva y de mantenimiento del Ayuntamiento de Madrid, deben acudir al CSS de la Junta Municipal de su distrito, donde se les informará de la solicitud que han de cumplimentar y a la que deberán adjuntar un informe médico, que justifique su estado de salud con indicación de si puede o no realizar la actividad que solicita.

    Una vez recibida esa documentación y concretada la idoneidad del recurso, desde el CSS se realizará la propuesta de alta al coordinador del Centro de Día correspondiente.

    El fisioterapeuta de la entidad procederá a efectuar la valoración de las características del usuario, su capacidad funcional y sus necesidades.

    Una vez admitido el usuario, se elaborará un programa de actuación y se diseñarán los objetivos con indicación de la temporalidad para su consecución, pudiendo permanecer en el servicio hasta que los mismos se cumplan, no obstante el fisioterapeuta trimestralmente efectuará evaluación y seguimiento de cada caso.

    Una vez admitido, el usuario formalizará el pago mensual correspondiente a los días de asistencia asignados.

    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    6.- COORDINACION

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y la Dirección General

    de Mayores del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales se canalizarán a través del profesional del centro de día, designado por la entidad.

    Dicho profesional, igualmente, mantendrá reuniones periódicas

    con los técnicos municipales correspondientes a cada distrito donde se efectúa la actividad para realizar el seguimiento de la evaluación de los usuarios y de la prestación en general.

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    7.- FUNCIONAMIENTO Los grupos funcionarán en días laborables, de lunes a viernes,

    contemplando la posibilidad de que los usuarios acudan al mismo desde 1 día a un máximo de 5 días a la semana.

    La definición operativa de un grupo de fisioterapia preventiva es la

    siguiente: sería aquel grupo que destinando una hora diaria, de lunes a viernes, está compuesto de un total de entre 10 y 15 usuarios. Estos pueden acudir en distintas modalidades de asistencia (1, 2, 3, 4 o 5 días a la semana)

    El número máximo de grupos a iniciar por lote, de manera

    simultánea, será de tres, Si un centro tuviera demanda suficiente para organizar más de tres grupos simultáneos al día, deberá solicitar a la Dirección General de Mayores autorización para poner en marcha el cuarto grupo y los sucesivos que necesite. No se iniciará la actividad hasta tener la autorización expresa de la Dirección General de Mayores.

    Los grupos estarán formados por 15 usuarios. Un grupo no podrá

    iniciarse si no cuenta con al menos 10 personas/grupo/ diarias. La duración de las sesiones, será de una hora por grupo y el

    horario se establecerá teniendo en cuenta no interferir con el horario de actividades del centro de día o del centro de mayores. Además de las horas efectivas de trabajo grupal, el fisioterapeuta dedicará un tiempo estimado en una hora semanal por cada grupo constituido para la realización de nuevas valoraciones.

    En la medida de lo posible se realizaran actividades encaminadas a

    paliar o mejorar problemas específicos (trastornos del equilibrio, caídas, insuficiencia cardiovascular, debilidad muscular), siempre desde la óptica grupal y de mantenimiento funcional.

    En ningún caso estarán incluidas actividades específicas para el

    tratamiento individualizado.

    8.- EQUIPAMIENTO

    Para el desarrollo de la actividad de fisioterapia será necesario disponer de un gimnasio/sala de rehabilitación, o una sala diáfana y amplia, equipada adecuadamente para su labor.

    Es muy recomendable contar con aseos y vestuarios, en número

    proporcional al de usuarios.

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    9.- SEGUIMIENTO DE ALTAS / BAJAS Con una periodicidad mínima de seis meses desde la incorporación

    del usuario a los grupos, el fisioterapeuta realizará una revisión programada para evaluar el cumplimiento de los objetivos diseñados al ingreso. Si estos se hubieran cumplido, lo pondrá en conocimiento de los servicios municipales para que se proceda a dar de baja en la actividad.

    Durante el periodo en el que el mayor está de alta en el grupo se

    pueden producir bajas temporales por un proceso agudo o una reagudización de su enfermedad de base que contraindique el ejercicio (ver criterios de exclusión). En este caso, cuando haya pasado el mismo, se volverá a tramitar la admisión en el centro con la evaluación por parte del médico de familia. En caso de una baja temporal por enfermedad intercurrente del usuario, al valorar la reincorporación, se considerará como preferente.

    Motivos de baja permanente: 1. A petición del usuario 2. Traslado de municipio 3. Fallecimiento 4. Pérdida de requisitos 5. Incumplimiento de las obligaciones 6. Incompatibilidad de servicios 7. Superar periodo máximo de suspensión 8. No superar periodo adaptación 9. Otros

    10.- PERSONAL

    - Fisioterapeuta.

    11.- SEGUIMIENTO Y EVALUACION

    Mensualmente la entidad adjudicataria remitirá listados por grupos de los usuarios que han realizado la actividad. Estos listados contendrán los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, fecha de nacimiento, fecha de alta, días de asistencia, aportación, fecha de baja y motivo. Este listado se remitirá tanto a los servicios sociales de la Junta Municipal de Distrito donde se desarrolla, como al Departamento de Centros de Día y Residenciales. Esta relación es precisa, además, para poder tramitar el abono de los servicios prestados.

    Los Centros dispondrán de impresos de solicitud normalizada,

    donde los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro

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    municipal las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

    Anualmente la entidad adjudicataria confeccionará una memoria

    anual sobre el desarrollo de la prestación, que se incluirá como Anexo a la memoria del Centro de Día que coordine la actividad.

    12.- APORTACION DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación

    de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con

    arreglo al baremo que se adjunta en el punto VI apartado 2 del presente pliego.

    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5

    primeros días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o

    quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    13.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y

    MODELO DE FACTURACIÓN. Ver apartado X. 14.- IMAGEN CORPORATIVA Ver Anexo I.

    Madrid, 14 de mayo de 2010

    Jefe del Departamento de

    Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    IV. CENTROS INTEGRADOS POR RESIDENCIAS Y CENTROS DE DÍA

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    1.- CARACTERÍSTICAS DE LOS EDIFICIOS 1.1.- C.I. “Margarita Retuerto”

    El Centro integrado para enfermos de Alzheimer “Margarita

    Retuerto” está ubicado en la calle Francisco Altimiras nº 2, c/v Avda. de los Toreros, con una superficie de 12.353 metros cuadrados, distribuidos en planta baja, cuatro plantas, y dos plantas sótanos. Se encuentra ubicado en el Distrito de Salamanca y se compone de un Área residencial y un Área de Centro de Día, con una capacidad de atención para 155 usuarios enfermos de Alzheimer, simultáneamente.

    El Centro de Día tiene una capacidad de atención diaria para 65

    usuarios afectados de Alzheimer (CDEA). El Área residencial tiene 90 habitaciones de uso individual, con capacidad de atención para 90 usuarios enfermos de Alzheimer. Además se incorpora servicio de respiro familiar, para 30 plazas. La definición de este servicio se contempla en el apartado II “Servicio de Respiro Familiar”, a excepción del personal, que será el contemplado en el epígrafe 6.1 “Personal” (del Centro Integrado “Margarita Retuerto”)

    1.2.- C.I. Jazmín El Centro integrado para enfermos de Alzheimer sito en la calle

    Jazmín, c/v a C/ Dalia, en el distrito de Ciudad Lineal, tiene una superficie total de 3.128,99 metros2, (2.827,20 metros2 útiles) distribuidos en tres plantas, y está rodeado de una amplia zona verde en el exterior.

    Se compone de un Área residencial y un Área de Centro de Día,

    con una capacidad de atención para 98 usuarios, enfermos de Alzheimer, en total. El Área residencial tiene 57 habitaciones con capacidad para 58 usuarios enfermos de Alzheimer, siendo la mayoría de las habitaciones de uso individual.

    El Centro de Día tiene una capacidad de atención para 40

    usuarios simultáneamente. Además se incorpora servicio de respiro familiar, para 30 plazas. La definición de este servicio se contempla en el apartado II “Servicio de Respiro Familiar”, a excepción del personal, que será el contemplado en el epígrafe 6.2 “Personal” (del Centro Integrado “Jazmín”)

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    1.3.- C.I. Santa Engracia

    El Centro Integrado para mayores “Santa Engracia”, está situado en la plaza Descubridor Diego de Ordás, con acceso a la calle de Santa Engracia nº 118, en el distrito de Chamberí, tiene una superficie total de 3.390,82 m2 construidos (2.849,92 m2 útiles) distribuidos en 5 plantas, semisótano y terraza.

    El centro está rodeado de una zona peatonal y se compone de un

    centro de día con capacidad para 45 usuarios (CDF), y una zona de Residencia con capacidad para 36 usuarios, en habitaciones dobles.

    2. CONSUMOS Y REPARACIONES.

    La entidad adjudicataria deberá asumir a su cargo el coste de

    todos los consumos energéticos (agua, electricidad, gas, teléfono) derivados del funcionamiento general del equipamiento e instalaciones. En el caso del C.I. Santa Engracia el Ayuntamiento de Madrid asumirá el coste de todos los consumos energéticos (agua, electricidad, gas,) derivados del funcionamiento general del equipamiento e instalaciones, a excepción del consumo telefónico.

    Así mismo, será responsabilidad de la entidad adjudicataria la

    realización de todas las reparaciones y el mantenimiento de la maquinaria, del equipamiento del centro integrado, así como la limpieza y reposición del mobiliario.

    3.- CRITERIOS TÉCNICOS DE FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA RESIDENCIAL.

    Para el funcionamiento de la Zona Residencial: 3.1. Definición A efectos de este documento se entiende por zona residencial el

    equipamiento destinado al alojamiento y atención especializada a aquellas personas que precisan de asistencia continuada en la realización de las actividades de la vida diaria, y que por su situación familiar, económica y social, así como por sus limitaciones de autonomía personal, no pueden ser atendidas en sus propios domicilios, y que por diversas circunstancias no tienen acceso a una plaza de la red pública de residencias de la Comunidad de Madrid.

    3.2. Horario El funcionamiento de la zona residencial será permanente, durante

    las 24 horas del día, los 365 días del año.

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    4.- SERVICIOS Y ATENCIONES QUE SE PRESTAN

    Los servicios que se prestan son:

    4.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora Con las principales actividades:

    4.1.1. Programa de acogida en el Centro Integrado El Centro Integrado debe disponer de un programa de acogida,

    dirigido al usuario y a la familia, con el objetivo de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentarles a los profesionales que van a trabajar con él.

    Protocolos mínimos:

    - Protocolo de recepción del residente. - Protocolo de recogida de documentación, usuario/familia. - Protocolo de información de funcionamiento del Centro.

    4.1.2. Valoración integral multidisciplinar de la situación personal y familiar. En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar

    un estudio y valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un Plan de Atención Personalizada (PAP), que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y /o mantener su salud, autonomía personal en el mayor grado posible.

    La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

    • Salud física. • Funcional (actividades de la vida diaria). • Cognitiva. • Afectiva. • Socio-familiar.

    La valoración se debe realizar de forma progresiva a lo largo de los primeros días y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el Plan de Atención Personalizada. Este PAP debe revisarse con una periodicidad mínima de 1 año, y en todo caso cuando se produzca un cambio en la situación inicial.

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    De cada usuario debe existir un expediente personal único que constará de: la información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional,) y psicológica (si la hubiera), así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos, el seguimiento y la evolución del Programa de Atención Personalizada, que se haya fijado, así como las incidencias producidas. Los modelos de documentos, de uso obligatorio, del expediente serán homogéneos en todos los Centros Residenciales, siendo proporcionados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    4.1.3. Programa de atención sanitaria: Debe comprender las actuaciones propias de la medicina

    preventiva dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia, terapia ocupacional) sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario. Se ocupará de la realización de:

    • Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la Salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades

    individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de AVD. • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades

    intelectuales. • Programas de actuación según los distintos protocolos:

    o Alimentación y nutrición. o Administración de medicación. o Control de esfínteres. o Prevención de caídas. o Traslados a Servicios de Urgencias o Protocolos para actuación ante casos de urgencia

    sanitaria. o Enfermedades transmisibles. o Enfermedades trasmisibles. o Manipulación de agujas y objetos punzantes. o Manejo de residuos biosanitarios. o Higiene personal. o Control de trasferencias. o Prevención y utilización de medidas restrictivas

    físicas/farmacológicas. o Prevención, detección y tratamiento precoz de las

    ulceras por presión.

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    o Prevención y atención a residentes inmovilizados. o Prevención y tratamiento a residentes incontinentes. o Control y cuidados de sondas naso gástricas. o Control y cuidado de sondas vesicales. o Cuidado de las ostomias. o Manejo del residente con ACVA (accidente

    cerebrovascular). o Todos aquellos que se determinen de interés para su

    implantación. En cualquier caso, la entidad adjudicataria, asegurará, la

    administración de tratamientos farmacológicos específicos como insulina, heparina, colirios, etc, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

    La entidad adjudicataria realizará el traslado y acompañamiento de los residentes a los Centros Sanitarios, utilizando los medios y recursos del Sistema de Salud que corresponda, recabando la colaboración de los familiares en su caso, y en último lugar a cargo de la entidad adjudicataria.

    4.1.4. Programa de atención psicológica Que comprenderá el diagnóstico y evaluación de los usuarios, así

    como los tratamientos individuales o de grupo que precisen. Atención a las necesidades de las familias. Este programa estará implantado en los centros para personas con deterioro cognitivo.

    Debe incluir como mínimo:

    • Terapias psicoafectivas. • Terapias socializadoras.

    Protocolos mínimos:

    o Prevención de trastornos conductuales.

    o Tratamiento y manejo de conductas agresivas.

    o Aislamiento del residente.

    o Asistencia a la familia ante un fallecimiento.

    o Asistencia al duelo.

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    4.1.5. Programa de atención social: Que incluirá entre sus actividades la elaboración del diseño de

    intervención social, la atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

    Debe incluir como mínimo:

    • Promover, junto al resto del equipo del centro, actividades de ocio, culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

    • Apoyar en la integración en el centro. • Promover actividades de participación y de concienciación

    colectiva a través del voluntariado social. Se trata de la puesta en marcha de un programa de voluntariado, priorizando el trabajo con voluntarios del distrito en donde se encuentre el Centro.

    Protocolos mínimos:

    -Recepción del residente. -Recogida de documentación. -Información a la familia. -Inicio del proceso de incapacitación. -Visitas a los residentes.

    4.2. Servicio de Apoyo a la Familia Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro

    Integrado, de participación social y un programa de calidad y mejora continua.

    4.2.1. Apoyo y ayuda en el proceso de cuidado.

    Será necesario establecer un calendario semanal de relación con las familias, de forma que la intervención familiar se realice de forma programada. 4.2.2. Actividades de formación e información sobre temas vinculados con la dependencia y con la atención que se presta en el Centro Integrado. Se desarrollará un trabajo semanal estructurado, con las familias o cuidadores.

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    4.2.3. Ofrecer a la familia su participación en actividades del centro. 4.2.4. Promover su participación en otros programas municipales.

    El plan de atención y de actividades será presentado anualmente por la entidad adjudicataria y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el centro y dirigidas tanto a los usuarios, como a la familia. Dicha programación deberá ser aprobada por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    4.3. Servicio de Aseo y cuidado Personal

    El cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

    Se prestará la ayuda necesaria a los usuarios que tengan

    autonomía limitada para vestirse, desnudarse, asearse o acostarse. Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios, que

    así lo requirieran, prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del usuario.

    El material de incontinencia, las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y

    ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los usuarios. Cuando esto no sea posible, subsidiaria o complementariamente será a expensas de la entidad adjudicataria.

    El Centro aportará las ayudas técnicas y el apoyo para las

    movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada.

    Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados

    dentro del recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o

    psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, se establecerán las medidas de protección, seguridad y control necesarios.

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    4.4. Servicio de alimentación y nutrición: Este es un servicio muy sensible por el usuario y familiares, por

    lo que se prestará una gran atención a la satisfacción de los mismos, arbitrando sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares recogiendo su opinión y sugerencias y con controles de calidad permanentes. Se servirán cuatro comidas (desayuno, comida, merienda y cena). Los menús deberán ser supervisados por el personal sanitario, debiendo garantizar el aporte calórico y dietético adecuado a su edad. Deben ser variados cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios y los familiares, con una antelación semanal.

    En los Centros Integrados para personas con problemas físicos o

    relacionales se ofrecerá la elección entre dos menús diarios diferentes, con el objetivo de mejorar la satisfacción de los usuarios. En términos generales se deben ofrecer dietas especiales con menú soso/sin sal, antidiabético, astringente, para celiacos y triturado, intentando satisfacer las necesidades nutricionales individuales.

    Se prestará la ayuda personal necesaria a los usuarios que no

    puedan comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos o personales precisos.

    Las comidas se servirán en los comedores, salvo que por causa de

    enfermedad de los usuarios, a criterio del facultativo correspondiente, hayan de servirse en la habitación o en la zona de cuidados especiales.

    Los familiares que lo deseen podrán quedarse a comer con el

    residente, avisando con 24 horas de antelación. El pago de esta comida se realizará de acuerdo a las tarifas vigentes.

    Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los

    alimentos, así como la recogida sistemática de muestras como ordena la legislación vigente.

    La entidad adjudicataria deberá presentar, al Departamento de

    Centros de Día y Residenciales, con carácter mensual, relación de las comidas que se servirán en el centro durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios.

    4.5. Otros Servicios complementarios.

    4.5.1. Peluquería y podología.

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    Los usuarios satisfarán por estos servicios los precios

    correspondientes que fije la entidad adjudicataria, previa autorización de los mismos por el departamento de Centros de Día y Residenciales.

    4.5.2. Servicios Religiosos. 4.5.3. Servicios funerarios.

    5.- FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA RESIDENCIAL

    5.1.- Alojamiento, estancia y ocupación por el usuario de una habitación individual

    El alojamiento, comprenderá el uso de una habitación individual, el uso de las zonas de convivencia, la manutención, el lavado, planchado y repaso de ropa personal, cama, aseo y de mesa. Una vez asignada la habitación a ocupar, se requerirá autorización expresa de la dirección del centro para que el residente pueda tener motivos de decoración y utensilios propios, siempre que no sean inadecuados o peligrosos, o excesivamente voluminosos con respecto a las dimensiones del espacio habitable. Una vez se produzca la baja del residente la familia, en su caso, dispondrá de un plazo máximo de 5 días naturales para retirar los objetos personales del usuario, de lo contrario, se trasladarán todos los enseres al lugar que decida el departamento de Centros de Día y Residenciales.

    Las habitaciones se limpiarán diariamente, y con mayor

    frecuencia si las circunstancias lo requieren. Las camas se harán diariamente. Los familiares podrán visitar a los residentes en cualquier horario,

    siempre que no interfieran en la dinámica del centro.

    5.2.- Vestuario de uso personal El usuario aportará la ropa y calzado de uso personal que precise. Podrá fijarse un número mínimo de unidades de ropa interior, por

    usuario, de acuerdo a sus características. La ropa deberá estar debidamente marcada a fin de garantizar en

    todo caso su uso exclusivo por su propietario

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    El cambio de ropa interior de los usuarios se efectuará diariamente o si fuera preciso con mayor frecuencia. Respecto de las restantes prendas se observara la periodicidad necesaria.

    El lavado, planchado y repaso de la ropa deberá efectuarlo la

    entidad adjudicataria. Los procedimientos de lavado deberán ajustarse a la tipología de las prendas a fin de garantizar su higiene y conservación.

    La entidad adjudicataria velará para que se renueven, con cargo al

    usuario, las prendas y el calzado deteriorados por el uso. Los usuarios vestirán habitualmente ropa de calle.

    5.3.- Ropa de cama, mesa, y aseo El servicio incluye, para los residentes, la utilización de la ropa de

    cama, mesa y aseo con que deberá estar dotada la Residencia. La ropa de cama se cambiara dos veces por semana, y tantas veces

    como lo requieran las circunstancias del usuario. Las toallas, servilletas, manteles y demás lencería, se cambiaran

    dos veces por semana, como mínimo, y tantas veces como lo requieran las circunstancias del usuario, garantizado en cualquier caso el estado óptimo de higiene y limpieza de la ropa.

    La entidad adjudicataria renovara, a su cargo la ropa de cama,

    mesa y aseo con la frecuencia necesaria para que se mantenga en condiciones de uso adecuado.

    6. PERSONAL DE LOS CENTROS.

    El personal, se distribuirá de tal manera que se garantice la atención

    a los usuarios, en los turnos de mañana, tarde y noche todos los días del año.

    Para la gestión de los Centros Integrados (Centro de Día,

    equipamiento residencial y respiro familiar, si lo hubiere) se dispondrá del siguiente personal, a jornada completa y presencia física en el Centro:

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    6.1.- Personal del C.I. Margarita Retuerto

    Nº PERSONAL

    1

    Director Gerente Administrador (Diplomado y/o Licenciado Universitario con experiencia acreditada en la gestión de Centros para personas mayores. Además deberá contar con Titulación de Director de CSS).

    1 Auxiliar Administrativo. 3 Médicos. 9 ATS/DUE.

    1,5 Trabajador Social 2,5 Fisioterapeutas 2 Terapeutas Ocupacionales 1 Psicólogo 60 Auxiliares de Geriatría (Auxiliar Clínica) 3 Porteros recepcionistas 15 Camareros, limpiadores, tareas diversas. 2 Cocineros 4 Pinches de cocina

    1,5 Oficial de mantenimiento 1 Gobernanta

    6.2.- Personal del C.I. Jazmín

    Nº PERSONAL

    1

    Director Gerente Administrador (Diplomado y/o Licenciado Universitario con experiencia acreditada en la gestión de Centros para personas mayores. Además deberá contar con Titulación de Director de CSS).

    1 Auxiliar Administrativo. 2 Médicos. 7 ATS/DUE.

    1,5 Trabajador Social 2 Fisioterapeutas 2 Terapeutas Ocupacionales 1 Psicólogo 43 Auxiliares de Geriatría (Auxiliar Clínica) 4 Porteros recepcionistas 11 Camareros, limpiadores, tareas diversas. 2 Cocineros 3 Pinches de cocina

    1,5 Oficial de mantenimiento 1 Gobernanta

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    6.3.- Personal del C.I. Santa Engracia

    PERSONAL JORNADA 1 Director/coordinador diplomado en TS. Además deberá contar con Titulación de Director de CSS 3 ATS/DUE 2 Terapeutas Ocupacionales 1 Fisioterapeuta 18 Auxiliares de Geriatría (Auxiliar Clínica) 2 Porteros 1 Cocinero

    5 Camareros/limpiadores 2 Pinches de cocina 1 Oficial de mantenimiento 1 Gobernanta

    Jornada completa

    1 Médico Media jornada

    7.- FORMACION CONTINUA MÍNIMA PARA LOS TRABAJADORES. La entidad adjudicataria asegurará como mínimo la impartición de un total de 30 horas de formación, en horario laboral, y 10 horas, fuera del horario laboral (total 40 horas), para cada trabajador. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes.

    8.- MATERIAL DE ACTIVIDADES

    Para el Área residencial, la entidad adjudicataria asumirá con cargo a

    la dotación económica del centro los importes de:

    Margarita Retuerto 15.000 € anuales Jazmín 10.000 € anuales Santa Engracia 6.000 € anuales

    Estos importes son para el material utilizable en las actividades de

    terapia ocupacional, así como la reparación y reposición del material técnico de fisioterapia y material médico fungible (No se podrá incluir aquí el material de incontinencia, según se refiere en el apartado “cuidado personal”).

    En el momento del inicio del contrato la entidad adjudicataria se hará

    cargo del material existente según el inventario que se le entregue por parte de los responsables municipales. Al finalizar el contrato la entidad deberá

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    dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en adecuadas condiciones de uso y utilización.

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad

    presentará al departamento de Centros de Día y Residenciales, justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado.

    9.- ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CENTRO

    El material utilizable para las actividades de difusión y conocimiento

    del Área Residencial, como jornadas diversas, día de puertas abiertas, información del Centro al público e instituciones, actos lúdicos, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria, previa autorización del Departamento de Centros de Día y Residenciales. Todo ello exigible por los importes que figuran en el siguiente cuadro:

    C.I. Margarita Retuerto 5.000 € anuales C.I.Jazmín/C.I.Santa Engracia

    3.500 € anuales

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado.

    10.- PROCESO DE ADMISIÓN DE LOS USUARIOS Y BAJAS

    Las plazas residenciales se solicitarán en el Centro de Servicios

    Sociales correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

    Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los

    que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid

    Corresponde al departamento de Centros de Día y Residenciales la

    determinación de los usuarios y la concesión de plazas en el Centro de Día y en la Residencia.

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    La entidad gestora aceptará a los usuarios designados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales para ocupar las plazas vacantes.

    La incorporación de los usuarios a la Residencia se deberá realizar en un plazo de 10 días naturales, desde la notificación de la concesión de la plaza.

    Los usuarios tendrán un periodo de adaptación de 30 días naturales

    siguientes al de su incorporación. Si durante dicho periodo se apreciasen circunstancias que impidan la

    atención del usuario en el Centro Integrado, la entidad gestora deberá ponerlo en conocimiento del departamento de Centros de Día y Residenciales, mediante informe documentado.

    Los residentes deberán abonar la aportación económica que les

    corresponda, los cinco primeros días del mes en curso, a través de domiciliación bancaria.

    No podrán ser usuarios de Residencia aquellas personas que padezcan

    enfermedad infecto-contagiosa en fase activa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en un centro hospitalario.

    No podrán ser usuarios de Residencia quienes hubieran rechazado

    plaza en cualquiera de las residencias públicas de la Comunidad de Madrid.

    Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros

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    11.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y el departamento de

    Centros de Día y Residenciales, se canalizarán a través de un coordinador asignado por la entidad y los técnicos municipales correspondientes.

    La entidad gestora notificará al departamento de Centros de Día y

    Residenciales las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación y seguimiento de los usuarios, dentro de los tres días siguientes a que se produzcan.

    Los Centros dispondrán de impresos de solicitud normalizada, donde

    los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro municipal las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

    La entidad gestora remitirá mensualmente los datos de atención según

    los indicadores que proponga el departamento de Centros de Día y Residenciales.

    La entidad gestora remitirá la facturación por los servicios prestados. La entidad gestora proporcionará, con carácter semestral, un informe

    sobre la evolución de las personas ingresadas en la residencia. La entidad adjudicataria realizará los envíos de datos de forma

    electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos

    La entidad gestora deberá remitir con carácter anual memoria de la

    gestión del centro conforme los indicadores que proporcione el departamento de Centros de Día y Residenciales. (31 de Enero).

    12.- ÁREA CENTRO DE DÍA

    En cuanto al funcionamiento del Área de Centro de Día para personas

    mayores, para una capacidad de:

    MARGARITA RETUERTO 65 CD EA JAZMIN 40 CD EA (equiparable a 45 CDEA) SANTA ENGRACIA 45 CD FISICOS

    Se atenderá a lo especificado en el apartado “I. Funcionamiento del

    equipamiento de Centros de Día Municipales para mayores”, a excepción del

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    personal que se especifica en el epígrafe 6 (personal de los Centros Integrados).

    13.- APORTACIÓN DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precio