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EXPEDIENTE 33/2016
PLIEGO DE BASES Y DE CONDICIONES CONTRACTUALES Portátiles y Equipos Semitorre/Minitorre para INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS DE ASTURIAS, S.A.
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE PORTÁTILES Y EQUIPOS
SEMITORRE/MINITORRE PARA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS DE ASTURIAS, S.A. (en adelante I.T.V.A.S.A)
Expte.: 33/2016 Nota: cualquier consulta en relación con el presente procedimiento de adjudicación debe dirigirse por correo electrónico a la dirección [email protected].
o Asunto: nº de expediente o Cuerpo: nombre de la empresa, datos de la persona que realiza la consulta y texto de la
consulta. o El plazo de recepción de consultas finalizará 3 días hábiles antes del fin del plazo de
presentación de ofertas. ITVASA no tendrá obligación de responder las consultas realizadas transcurrido dicho plazo.
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CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
A.- DATOS RELATIVOS AL OBJETO DE CONTRATO:
DENOMINACION DEL CONTRATO: CODIFICACIÓN:
SUMINISTRO DE PORTÁTILES Y EQUIPOS
SEMITORRE/MINITORRE para ITVASA
CPA-2008: C.26.20.1
CPV: 30200000-1
LUGAR DE EJECUCION/ENTREGA:
Oficinas de informática de ITVASA sitas en el centro ITV SIERO-PRINCIPADO,
C/ Hermanos Quirós Rio Nº2, Polígono Natalio, 33429 Granda (Siero), Asturias
SUJECIÓN DEL CONTRATO A REGULACIÓN
ARMONIZADA: No
B.- PRESUPUESTO:
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Presupuesto (€): IVA (€): Total (€):
25.850,00 € 5.428,50 € 31.278,50 €
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 25.850 euros IVA no incluido
FORMA DE DETERMINACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN: a tanto
alzado
C.-DIVISIÓN EN LOTES: SI NO
D.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGAS:
PLAZO: 21 días hábiles desde el siguiente a la formalización del
contrato.
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PRÓRROGAS: No
E.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN:
TRÁMITE: Ordinario: X Urgencia:
F.- INFORMACIÓN A LOS LICITADORES:
PERFIL DEL CONTRATANTE:
Forma de acceso: www.itvasa.es
Documentación accesible:
- Anuncio de licitación - Pliego de bases y condiciones contractuales y anexos - Pliego de condiciones técnicas
OFICINA SERVICIOS CENTRALES ITVASA:
CL GENERAL ELORZA, Nº 34 - 1ºA 33001 OVIEDO
RESPONSABLE DEL CONTRATO:
GERENTE
DOMICILIO AL QUE DIRIGIR LAS FACTURAS
CL GENERAL ELORZA Nº 34 - 1ª 33001 OVIEDO
PRESENTACION DE ALBARANES
Los albaranes se presentarán en el lugar de entrega del suministro
reflejado en el apartado A.
G.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
- Oficina Central de ITVASA, sita en la en la C/ General Elorza, nº 25-1 Oficina 12, 33001 Oviedo, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 16:00 horas.
- Plazo: 15 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante de ITVASA. Si el último día fuera sábado, domingo o festivo se entenderá prorrogado hasta siguiente día hábil.
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H.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA.-
SOLVENCIA ECONÓMICA Y
FINANCIERA:
Volumen anual de negocios igual o superior al
valor estimado del contrato en las cuentas
anuales de cualquiera de los tres últimos
ejercicios contables aprobados y depositados en
el Registro Mercantil u oficial que corresponda,
acreditado mediante certificación, nota simple o
información análoga expedida por el Registro y
que contenga las cuentas anuales, siempre que
esté vencido el plazo de presentación y se
encuentren depositadas; si el último ejercicio se
encontrara pendiente de depósito, deben
presentarlas acompañadas de la certificación de
su aprobación por el órgano competente para ello
y de su presentación en el Registro. Los
empresarios individuales no inscritos deben
presentar su libro de inventarios y cuentas
anuales legalizados por el Registro Mercantil.
SOLVENCIA TÉCNICA:
• La solvencia técnica de la empresa se
acreditará mediante la presentación de una
relación de los principales suministros
ejecutados o en ejecución de igual o similar
naturaleza técnica a los que son objeto de la
presente licitación, efectuados por el licitador
durante los cinco últimos años que incluya
importe, fecha y destinatarios. Por similar
naturaleza se tomará como criterio de
correspondencia entre los suministros ejecutados
por el empresario y los que constituyen el objeto
del contrato todos aquellos cuyo CPV comience
por los mismos dos dígitos del código CPV que el
presente contrato
I.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
ÚNICÓ: Precio.
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J.- GARANTÍAS:
GARANTÍA
PROVISIONAL:
SE
EXIGE: NO IMPORTE:
GARANTÍA DEFINITIVA: SE
EXIGE: SI IMPORTE:
5% del importe
de
adjudicación
excluido el IVA
GARANTÍA
COMPLEMENTARIA:
SE
EXIGE: No IMPORTE:
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I. ÍNDICE
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
II. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO Y CODIFICACIÓN.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
3. DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL
4. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
5. PERFIL DEL CONTRATANTE
6. VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PREVISIÓN DEL GASTO Y PRECIO DEL CONTRATO.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
8. PLAZO DE ENTREGA
9. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR.
9.1 Aptitud para contratar.
9.2 Solvencia Económica y financiera.
9.3 Solvencia técnica.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.
11. PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y OFERTAS. CONTENIDO DE LOS SOBRES Y
SUBSANACIÓN DE ERRORES.
11.1 Lugar y plazo de presentación
11.2 Forma de presentación. 11.2.1 Sobre A: Documentación Técnica y Administrativa. 11.2.2 Sobre B: Oferta Económica
12. COMISIÓN DE CONTRATACIÓN
13. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y APERTURA DE LAS OFERTAS.
14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
15. RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO O DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
16. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA EMPRESA PROPUESTA
17. ADJUDICACIÓN.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
19. INICIO DEL CONTRATO Y EFECTOS.
20. PLAZO DE GARANTÍA
21. RESPONSABLE DEL CONTRATO
22. CESIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
23. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL CONTRATISTA.
24. SEGUROS.
25. PLAZOS Y PENALIDADES.
26. CONFIDENCIALIDAD
27. ABONO DEL PRECIO.
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28. DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL CONTRATO
29. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
V. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
30. JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS.
VI. ANEXOS
ANEXO I.- AUTORIZACIONES Y DECLARACIONES
ANEXO II.-MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
ANEXO III.- MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EMPRESAS VINCULADAS.
ANEXO IV.- ORGANISMOS QUE FACILITAN INFORMACIÓN SOBRE OBLIGACIONES RELATIVAS A:
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II. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Objeto del contrato y codificación.
El contrato a que se refiere el presente Pliego tiene por objeto el Suministro de Equipos Portátiles y Semitorres/Minitorres para ITVASA. Este contrato se corresponde con el código C.26.20.1 (Ordenadores, accesorios y sus componentes) de la nomenclatura de las clasificaciones de productos por actividades (CPA-2008), recogidas en el Reglamento (CE) nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) nº 3696 del Consejo, publicado en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» L 145 de 4 de junio de 2008. Asimismo el contrato se corresponde con el código 30200000-1 (Equipos y Material informático) de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, recogida en el Reglamento (CE) n° 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, publicada en el «Diario Oficial de la Unión Europea» L 074 de 15 de marzo de 2008.
2. Régimen jurídico del contrato.
El contrato a que se refiere el Pliego es de naturaleza privada y se regirá en cuanto a su preparación y
adjudicación, en defecto de normas específicas por:
El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en adelante TRLCSP) y sus disposiciones
de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirán por el Derecho privado, salvo en aquellas
remisiones expresas que en este se hacen a la normativa de contratación de las
Administraciones Públicas que habrán de entenderse libremente aceptadas y acordadas por
ITVASA y el licitador. Serán de aplicación a estos contratos las normas contenidas en el Título V
del Libro I, sobre modificación de los contratos, contenidas en el TRLCSP
El Pliego de Bases y de Condiciones Contractuales y el Pliego de Condiciones Técnicas y demás
documentos anexos, revestirán carácter contractual.
En caso de discordancia entre el Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales,
prevalecerá el presente Pliego, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las
partes del contrato.
El desconocimiento del presente Pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones
o normas de toda índole aprobadas por ITVASA o por la Administración que puedan ser de aplicación en
la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
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3. Documentos que tienen carácter contractual
La ejecución de este contrato, se ajustará además de a las previsiones contenidas en el presente pliego,
y en el documento de formalización que se suscriba, a las condiciones del pliego de Condiciones
Técnicas, y en todo lo que no se oponga a ello, a la proposición que formule el licitador que finalmente
resulte adjudicatario; estableciéndose salvo error material o manifiesto, la siguiente prelación en el
supuesto de que surjan contradicciones de contenido entre los diversos documentos referidos:
a) Pliego de Bases y Condiciones Contractuales y Pliego de Condiciones Técnicas: tendrán la consideración de condiciones especiales del contrato y serán firmados junto con el contrato.
b) Contrato a suscribir. c) La oferta del adjudicatario
4. Órgano de contratación
Actúa como órgano de contratación por delegación del Consejo, el Gerente de la mercantil ITVASA.
5. Perfil del contratante
Las actuaciones relativas a la adjudicación del contrato pueden localizarse a través de Internet bajo la
dirección http://www.itvasa.es con los efectos establecidos en el artículo 53 de la TRLCSP.
6. Valor estimado, Presupuesto de Licitación, Previsión del Gasto y Precio del contrato.
El valor estimado, que en este expediente coincide con el presupuesto de licitación, para la adquisición
del suministro solicitado es de 25.850,00 euros (IVA no incluido) según lo indicado en el siguiente
cuadro
Suministro Unidades
Precio
Importe Total
Estimado
Modelo A. Equipos portátiles Intel Core I7 8 1.500,00€ 12.000,00 €
Modelo B. Equipos Semitorre Intel Core I5 11 750,00€ 8.250,00 €
Modelo C. Equipos Minitorre Intel Core I5 7 800,00 5.600,00 €
No se aceptarán propuestas por encima del presupuesto de licitación mencionado (importe total),
siendo orientativos los precios unitarios indicados.
En el estado de previsión de gastos de la empresa pública ITVASA del presente ejercicio y sucesivos se
contempla el crédito necesario para acometer el contrato correspondiente al objeto del presente pliego.
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El precio se expresará con formato decimal que incluirá obligatoriamente una precisión de dos
decimales.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida
independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier
índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como
consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego de bases y de
condiciones contractuales.
7. Revisión de precios
De conformidad con lo dispuesto en el art. 103 del TRLCAP, no procederá revisión de precios dada la
reducida duración del contrato.
8. Plazo de entrega
Se establece un plazo máximo para la entrega de 21 días hábiles desde el siguiente de la fecha de
formalización del contrato.
9. Capacidad y solvencia del empresario para contratar.
9.1 Aptitud para contratar.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan
plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el
artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica en los términos exigidos
en el presente pliego.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén
comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o
reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para
contratar si de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren
habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato. Cuando la legislación del Estado en el que se
encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una
determinada organización para poder realizar dicha prestación, deberán acreditar que cumplen este
requisito.
Las empresas o personas físicas de estados no pertenecientes a la unión Europea o al Espacio
Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme a la legislación de su Estado
origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe
de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se
presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas
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españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga (informe sobre
reciprocidad).
En ningún caso podrán concurrir a las licitaciones los empresarios que hubiesen participado en la
elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios de los contratos,
siempre que esta participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponga un trato
privilegiado respecto al resto de licitadores.
Podrán concurrir las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea
necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la
adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales
quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión
con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su
extinción. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir en unión temporal deberán
indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como
que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar
adjudicatarios y hasta la total ejecución del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión
temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre
concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
La falta de capacidad de obrar o de solvencia económica, financiera y técnica, debidamente acreditada,
del adjudicatario o estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el TRLCSP
será causa de nulidad.
9.2 Solvencia Económica y financiera.
Se exige para poder concurrir a la licitación un volumen anual de negocios igual o superior al valor
estimado del contrato en las cuentas anuales de cualquiera de los tres últimos ejercicios contables
aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda.
9.3 Solvencia técnica.
Es necesario para concurrir a la licitación acreditar experiencia en contratos ejecutados o en ejecución
de igual o similar naturaleza técnica a los que son objeto de la presente licitación, efectuados por el
licitador durante los cinco últimos años. Por similar naturaleza se tomará como criterio de
correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del
contrato todos aquellos cuyo CPV comience por los mismos dos dígitos del código CPV que el presente
contrato.
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III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10. Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente.
El contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto de licitación, previsto y regulado en las
Instrucciones Internas de Contratación de ITVASA, publicadas en su perfil del contratante y
supletoriamente, por lo previsto en el TRLCSP. Queda excluida toda negociación de los términos,
condiciones y requisitos del contrato con los licitadores.
La tramitación del expediente se efectuará de forma ordinaria, y los órganos de contratación y el
contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo
44 de las referidas instrucciones internas.
11. Presentación de la documentación administrativa y ofertas. Contenido de los sobres y subsanación de errores.
Convocada la licitación, se publicará el anuncio de licitación en el Perfil del Contratante de ITVASA
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión
temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción
de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido
de la totalidad de las condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna. El plazo de validez de las
ofertas será como mínimo de tres meses.
PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y PROPOSICIONES
11.1 Lugar y plazo de presentación
Los empresarios interesados en presentar ofertas disponen de un plazo máximo de 15 días naturales, a
partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil del contratante de ITVASA, para
presentar las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, en la Calle General Elorza 25, 1
Oficina 12 C.P.33001 - Oviedo (Principado de Asturias. España), en horario de Lunes a Viernes de 9:00 a
16:00. De coincidir el último día con sábado, domingo o festivo se prolongará el plazo hasta el primer día
hábil siguiente.
La documentación se presentará en dos sobres cerrados y firmados, señalados con las letras A y B
conteniendo la documentación que, más abajo, se indica.
Si las ofertas se remiten por correo, dentro de plazo de presentación los licitadores deberán justificar
que la fecha y hora del envío son como máximo, las señaladas en el anuncio y comunicarlo a ITVASA
mediante telefax o correo electrónico que, deberá recibirse dentro del señalado plazo máximo. El
anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus
datos y del contenido íntegro de las comunicaciones y si identifica fidedignamente al remitente y al
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destinatario. Sin la concurrencia de estos requisitos, la oferta no será admitida si es recibida por la
entidad con posterioridad al plazo señalado en el anuncio. En caso de que transcurridos cinco (5) días
naturales desde la finalización del plazo de presentación de ofertas la oferta remitida por correo no se
hubiese recibido, la proposición afectada por esta contingencia no será admitida en ningún caso.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas además de su
dirección postal, una dirección de correo electrónico, para las comunicaciones y relaciones que en
general se deriven del procedimiento de licitación o que de cualquier manera puedan afectar al
licitador.
11.2 Forma de presentación.
Los licitadores deberán presentar dos sobres, firmados y cerrados, de forma que se garantice el secreto
de su contenido, señalados con las letras A y B, respectivamente.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del
representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como
el número del expediente y la denominación del contrato al que licitan.
11.2.1 Sobre A: Documentación Técnica y Administrativa.
En el exterior del mismo constará la expresión “Documentación Técnica y Administrativa para la
contratación del Suministro de equipos portátiles y semitorre/minitorre”.
En el interior del sobre se incluirán los siguientes documentos:
A. Un índice de los documentos contenidos en el mismo.
B. Declaraciones responsables (Anexo I):
Se deberá presentar debidamente cumplimentado, firmado y con la correspondiente identificación el modelo que se adjunta como Anexo I del presente pliego “Autorizaciones y Declaraciones”, facilitando el licitador una dirección de correo electrónico en que efectuarle las notificaciones.
En el supuesto de personas jurídicas deberá ser firmada en todo caso por el órgano de dirección o representación competente de la empresa, administrador/a único/a, administradores solidarios, administradores mancomunados, o firma del Secretario/a con el visto bueno del Presidente/a, en el caso de Consejo de Administración; e incluir, en todo caso, el compromiso de la empresa de tener a un Representante de la misma encargado del contrato durante el tiempo de prestación del servicio.
Cuando dos o más empresas presenten solicitud conjunta de participación, constituyendo agrupación temporal de empresas, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ostentará la representación plena de todas frente a ITVASA. Sólo en el caso de resultar adjudicatario, deberán acreditar la formalización de la unión temporal de empresas en los términos y condiciones del artículo 59 del TRLCSP.
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El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
C. Trabajadores con discapacidad:
A los efectos de resolver, en su caso, la igualdad entre las proposiciones más ventajosas, los licitadores que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento deberán presentar la documentación acreditativa de dicho extremo, así como del porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En todo caso deberán indicar su circunstancia al respecto en escrito relativo a este asunto.
D. Memoria técnica:
En ella se detallará el cumplimiento de los requisitos mínimos e incluirá la documentación exigidos en el Pliego de Condiciones Técnicas, así como las mejoras ofertadas.
Todos y cada uno de los requisitos mínimos técnicos exigidos en el pliego deberán ser confirmados de forma escrita por el licitador aunque en el modelo ofertado vengan implícitos.
E. Todos aquellos documentos o especificaciones que desee poner a disposición del Órgano
de Contratación.
Queda terminantemente prohibido, en aras del secreto de las proposiciones y de los principios de no
discriminación y de igualdad de trato de los licitadores, especialmente en orden a la valoración de los
criterios que deben de servir de fundamento a la adjudicación del contrato, que los licitadores incluyan
en el sobre A cualquier referencia a los datos que deben obrar en el sobre B (oferta económica). El
incumplimiento de esta exigencia dará lugar a la inadmisión de los licitadores que hubieran incurrido en
el mismo.
11.2.2 Sobre B: Oferta Económica
En el exterior del mismo constará: - la expresión “Oferta Económica para la contratación Suministro de equipos portátiles y semitorre/minitorre”.
En este sobre se incluirá la proposición económica, debidamente firmada y fechada utilizando para ello
modelo que se adjunta en el presente pliego (Anexo II). El precio se indicará con una precisión de dos
decimales.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el
Valor Añadido que deba ser repercutido. En el precio ofertado se entenderán incluidos a todos los
efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos
los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las
obligaciones contempladas en el presente Pliego.
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En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta
última.
Cada licitador solamente podrá presentar una oferta económica.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan
conocer claramente todo aquello que ITVASA estime fundamental para la oferta.
12. Comisión de contratación
Se constituirá una Comisión de Contratación, que será el órgano competente para el examen de la documentación administrativa y para la valoración de las ofertas.
La Comisión de Contratación estará compuesta por un Presidente, un mínimo de 2 vocales y un Secretario, con voz pero sin voto, designados por la Gerencia de ITVASA. De todas sus actuaciones se levantará la correspondiente acta.
13. Examen de la documentación administrativa y apertura de las ofertas.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, ITVASA expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas, las presentadas por correo con los requisitos de la Condición 11.1 pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores, que, junto con los sobres, remitirá al secretario de la Comisión de Contratación designada por el órgano de contratación.
a) Una vez recibidos los sobres la Comisión de Contratación procederá, en primer lugar, a la comprobación de la documentación incluida en el sobre A.
La documentación administrativa presentada por cada licitador será calificada por la Comisión de Contratación procediéndose a la apertura del sobre que la contenga y a dejar constancia en el Acta del estado y la situación de los documentos requeridos en cada licitación, y los que hayan sido aportados por cada licitador.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará por escrito a los licitadores afectados, siendo válidas las comunicaciones telemáticas, concediéndose un plazo no superior a tres (3) días para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones, se procederá a determinar las empresas que se ajustan a los requisitos de capacidad y solvencia fijados en el Pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación o seleccionados, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
Se considerarán no subsanables los defectos consistentes en la falta de los requisitos exigidos para licitar, y subsanables aquellos que hagan referencia a la mera falta de acreditación de los mismos. La ausencia de los requisitos técnicos exigidos en el sobre A o su carácter incompleto tendrá el carácter de documentación no subsanable y podrá dar lugar, asimismo, al rechazo de la proposición presentada, en el supuesto de que sea inviable técnicamente su justificación para la ejecución del contrato.
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b) Examinado el sobre A, y realizadas las comunicaciones oportunas sobre admitidos y rechazados
a la licitación, la presidencia de la Comisión de Contratación, en el día y hora señalado en el perfil de contratante del órgano de contratación y sobre el que se informará a través de comunicación por email a todos los licitadores que se hayan presentado y que hayan sido admitidos, procederá a la apertura pública del sobre B. En primer lugar, el Presidente de la Comisión pondrá en conocimiento de los asistentes el número de ofertas recibidas y el nombre de los licitadores. La Comisión de Contratación, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y que no
hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación
señalados en el presente pliego.
14. Criterios de adjudicación y valoración de las proposiciones.
14.1.-Precio: Al ser éste el único criterio de adjudicación la misma recaerá en la oferta con el precio más bajo que no haya resultado excluida por incurrir en valores anormales o desproporcionados.
14.2.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Se consideraran ofertas con valores anormales o desproporcionados las siguientes:
Cuando concurra un solo licitador: si la oferta es inferior al presupuesto en más de un 25%.
Cuando concurran dos licitadores: la oferta que sea inferior en más de un 20% a la otra oferta.
Cuando concurran tres licitadores: las ofertas que sean inferiores en más de un 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante se excluye para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de un 10% a dicha media. En cualquier caso, se considera desproporcionada la baja superior a 25% del presupuesto.
Cuando concurran cuatro licitadores o más: las ofertas que sean inferiores en más de un 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de un 10%, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se debe calcular sobre las tres ofertas de menor cuantía.
En el caso de que alguna proposición incluya valores anormales o desproporcionados, previamente a su
declaración, se otorgará un plazo máximo de diez (10) días al licitador afectado para que informe sobre
los motivos de la misma, pudiendo solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si
el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos
de los que pudiera disponer en su caso, estimase que la oferta no puede ser cumplida como
consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados la excluirá del procedimiento.
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14.3.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN
Cuando por la aplicación de los criterios de adjudicación se produjera un empate en la puntuación entre
dos o más licitadores, éste se dirimirá de la siguiente manera:
Criterio de desempate: Tendrán preferencia en la adjudicación del contrato, las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acrediten tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla
En caso de subsistir empate entre empresas, se dirimirá mediante sorteo.
15. Renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento
De acuerdo con el artículo 155 del TRLCSP, la renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento
del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación. En
ambos casos se compensará a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido hasta un límite de
200 euros de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente
justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en
tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia. El desistimiento del procedimiento
deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de
las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la
concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo
procedimiento de licitación.
En el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar un contrato para el que haya efectuado
la correspondiente convocatoria, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación, lo notificará a
los licitadores
16. Documentación a presentar por la empresa propuesta
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más
ventajosa y que no haya sido declarada con valores anormales o desproporcionados, para que, dentro
del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa:
1. Los que acrediten la personalidad jurídica o capacidad de obrar del empresario y, en su caso,
su representación.
a.1- Para los licitadores individuales será obligatorio la presentación de copia compulsada, notarial o administrativamente del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el
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documento que haga sus veces, así como el Número de Identificación Fiscal, cuando éste no constase en aquél. a.2- Si el licitador fuere persona jurídica, deberá presentar copia autenticada o testimonio notarial de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional en el que consten las normas por las que se regule su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial. a.3- Escritura de poder para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurre ante ITVASA, bastanteado por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias o análogo de otra Comunidad Autónoma o del Estado, cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, y DNI del representante. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante su inscripción en los Registros o las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP según el tipo de contrato. En el caso de que se hubieran realizado rectificaciones, modificaciones o enmiendas a nivel nacional, se entenderá por registro competente al que hubiera sustituido al indicado en el anexo. Los demás empresarios extranjeros deberán aportar un informe o informes de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga constar: 1º.- Que, previa acreditación de la empresa, figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. 2º.- Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, condición que se acreditará mediante informe de la citada representación diplomática española. Los empresarios que hayan manifestado su deseo de concurrir conjuntamente, deberán aportar escritura de constitución de dicha unión temporal de empresas que cumpla las exigencias del presente Pliego y se ajuste a lo declarado en el Anexo 1. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación, bastanteado por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias o análogo de otra Comunidad Autónoma o del Estado. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Al poder bastanteado se acompañará copia del documento nacional de identidad (o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente) del representante. Los que acrediten la representación.
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2. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: c.1. Documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, referida al presente ejercicio, o del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que venga realizando a la fecha de presentación de las proposiciones, que le faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen. En caso de estar exento de este impuesto, bastará la declaración responsable contenida en el Anexo I del presente pliego. c.2. Certificación positiva en vigor acreditativa de que el licitador se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado (o, en su caso, con la Hacienda Foral correspondiente). Las empresas que tributen a una Hacienda Foral, deberán presentar, junto al certificado expedido por ésta en relación con sus obligaciones tributarias con dicha Hacienda Foral, una declaración responsable en la que se indique que no están obligadas presentar declaraciones tributarias periódicas a la Administración del Estado. c.3. Certificación positiva en vigor expedida por el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias acreditativa de que el licitador se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Principado de Asturias. c.4. Certificación positiva en vigor expedida por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones con la misma. No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGLCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
3. Los que acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Con carácter general y, en todo caso, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la solvencia se acreditará de la siguiente forma: a. Solvencia económica y financiera: volumen anual de negocios igual o superior al valor estimado del contrato en cualquiera de los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, acreditado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. b. Solvencia técnica de la empresa: se acreditará la experiencia mediante relación de los trabajos o suministros efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario fuera una entidad del
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sector público, y mediante certificado expedido por él o bien mediante declaración del empresario cuando fuere un sujeto privado. Por similar naturaleza se tomará como criterio de correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato todos aquellos cuyo CPV comience por los mismos dos dígitos del código CPV que el presente contrato. En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen deberá acreditar su solvencia conforme a los medios indicados, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
4. Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva por un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía se constituirá a disposición del órgano de contratación por cualquiera de los medios previstos en los artículos 96 y 98 del TRLCSP, en las condiciones previstas en su artículo 97, y se depositarán en la cuenta bancaria cuyo titular es ITVASA, que se indicará formalmente.
17. Adjudicación.
Una vez recibida la documentación requerida al licitador que presentó la oferta más ventajosa el órgano
de contratación le adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Si la empresa propuesta como adjudicataria no cumpliese con lo establecido en el apartado 16 anterior,
antes de proceder a una nueva convocatoria, el órgano competente para la contratación efectuará una
nueva propuesta de adjudicación al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas, siempre que ello fuese posible, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de
diez días hábiles para cumplimentar la documentación anterior.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente al adjudicatario y a los
restantes licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de
contratación con indicación del plazo en que debe procederse a la formalización del contrato que no
excederá de 15 días hábiles desde la adjudicación.
Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por
la Comisión de Contratación deberá motivar su decisión.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible
de acuerdo con los criterios que figuren en los pliegos.
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El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución
del contrato por razones económicas, organizativas o técnicas u otras de su interés o desistir del
procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las
normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
Adjudicado el contrato y transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución de adjudicación
sin que se haya interpuesto recurso, la documentación administrativa general que acompaña a las
proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación dentro del
mes siguiente a la finalización del citado plazo, el órgano de contratación no estará obligado a seguirla
custodiando.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18. Formalización del contrato.
El contrato de carácter privado deberá formalizarse en el plazo de 15 días hábiles desde la adjudicación, en documento privado que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación y se entenderá celebrado en Oviedo, en la sede social de ITVASA. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
19. Inicio del contrato y Efectos.
La fecha de comienzo del servicio será aquella en la que se produzca la formalización del contrato. El contrato se ejecutará con estricta sujeción al Pliego de Bases y de Condiciones Contractuales y al Pliego de Condiciones técnicas, a la oferta presentada por el adjudicatario. El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
20. Plazo de garantía
El plazo de garantía será de 3 años a contar desde el informe de recepción conforme del suministro. El órgano de contratación dictará acuerdo de devolución o cancelación de la garantía, una vez que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía, se haya aprobado la liquidación del contrato y cumplido satisfactoriamente el mismo. Transcurridos 3 años desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubieran tenido lugar por causa no imputable al contratista, se procederá sin más demora, a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLSP.
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21. Responsable del contrato
El Responsable del contrato será nombrado por ITVASA. Su nombramiento se comunicará a la empresa
adjudicataria. El Responsable tendrá a su cargo la supervisión del contrato y actuará como
representante de ITVASA en todas las cuestiones relacionadas con el contrato.
22. Cesión y Modificación del contrato
El contrato no podrá cederse por el contratista salvo previa autorización por escrito del órgano de
contratación. A tal efecto, deberán facilitarse los datos relevantes del potencial cesionario, con el fin de
que ITVASA pueda comprobar si cumple los requisitos de solvencia exigidos en el Pliego.
Una vez comprobado que reúne solvencia suficiente, ITVASA decidirá discrecionalmente si autoriza o no
la cesión, teniendo en cuenta para ello la necesaria confianza que debe existir entre entidad contratante
y contratista.
El órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el contrato cuando concurrieren las
razones de interés público definidas en la legislación de contratación pública. Las eventuales
modificaciones pactadas sólo podrán afectar a aspectos puntuales, de modo que no quepa entender
desvirtuada la concurrencia. Si el modificado incluyera nuevas unidades, las partes negociarán los
precios contradictorios, y si no hubiera acuerdo, el contratista quedará liberado de su ejecución,
pudiendo ITVASA ejecutarlas directamente o contratar su ejecución con terceros.
23. Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los
derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de
empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de
otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que
pueda repercutir contra ITVASA, ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por
incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
En cualquier caso, el contratista, indemnizará a ITVASA de toda cantidad que se viese obligada a pagar
por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este, aunque ello le venga impuesto por
resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información tanto oficiales
como particulares, que se requieran para la entrega del suministro contratado.
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b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia
durante el plazo de garantía.
c) La indemnización de los daños que se causen tanto a ITVASA como a terceros, como consecuencia de
las operaciones que requiera la entrega del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido
ocasionados por una orden inmediata y directa de ITVASA.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones es causa de resolución del contrato.
24. Seguros.
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las
responsabilidades civiles que se deriven de la ejecución del contrato.
25. Plazos y penalidades.
El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para la
entrega del suministro, así como a prestar el servicio postventa en los términos requeridos en
el Pliego de Condiciones Técnicas.
En el caso de cumplimiento defectuoso del objeto del contrato para el supuesto de
incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del mismo
ITVASA podrá imponer penalidades conforme al TRLCSP. Estas penalidades serán
proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del
presupuesto del contrato.
Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que
necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.
Si llegado al término del plazo el contratista hubiera incurrido en retraso o cumplimiento
defectuoso, ITVASA podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el
artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por
la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
Si el contratista incumpliere el plazo máximo de 24 h establecido para la atención postventa,
ITVASA podrá imponerle una penalidad diaria en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000
euros del precio del contrato, tomando a tal efecto en consideración el coste del equipo/s que
se vean afectados por la tardanza en la reparación.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del
contrato, el Gerente estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la
continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
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El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho ITVASA por
daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2
del TRLCSP.
26. Confidencialidad
ITVASA respetará la confidencialidad de la información y documentación así calificada por los
empresarios y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las
ofertas.
La misma obligación corresponde al contratista respecto de la información a la que tenga acceso con
ocasión de la ejecución del contrato y a la que se le hubiese dado tal carácter en el contrato, o que por
su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
Las marcas, nombres comerciales o signos distintivos son titularidad de ITVASA, sin que pueda
entenderse que la prestación de este servicio atribuya ningún derecho sobre los mismos.
ITVASA como titular de los derechos de propiedad intelectual respecto de la documentación generada
para la prestación del presente servicio únicamente cede los derechos de utilización de la citada
documentación para el desarrollo del presente trabajo, sin que la presente autorización de uso
comporte transferencia o cesión, parcial o total de dicha titularidad, ni autorización para su utilización
con objeto distinto al de la estricta suministro objeto del contrato. A tal fin, el adjudicatario se obliga a
no reproducir la documentación, no transmitirla, ni modificarla, adaptarla – salvo en aquellos casos en
que resulte necesario para el cumplimento de la finalidad de la documentación- , cederla, alquilarla o
prestarla ni realizar ningún tipo de actividad sobre la misma sin autorización de ITVASA, ni divulgarla,
publicarla, ni ponerla a disposición de terceros ajenos al servicio.
La infracción de estos derechos dará lugar al ejercicio de los correspondientes procedimientos judiciales,
civiles y/o penales.
Este deber se mantendrá finalizado el contrato.
27. Abono del precio.
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio del suministro efectivamente entregado, una vez que
ITVASA haya verificado que el material y equipos suministrados se corresponde con los requerimientos
técnicos ofertados, con arreglo a lo previsto en el Pliego de Condiciones técnicas, y previa la entrega de
la correspondiente factura por parte del contratista, que deberá reunir los requisitos establecidos por el
RD 1619/2012 de 30 de noviembre y modificaciones posteriores si las hubiera de las regulaciones
correspondientes a facturación.
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En la factura se consignará debidamente el IBAN del contratista al que ITVASA efectuará la transferencia
bancaria como pago de la factura, siendo responsable este de cualquier error en la consignación del
mismo en dicho documento.
El pago del precio se realizará dentro de los treinta días a contar desde la fecha de presentación de la
factura, sin que se admitan pagos anteriores a la recepción ni, por actuaciones preparatorias, acopio de
materiales, etc. En cualquier caso, será aplicable la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se
establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
28. Derechos y obligaciones derivados del contrato
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios
ocasionados antes de su entrega a ITVASA, salvo que ésta hubiera incurrido en mora al recibirlos.
Puesto que el acto formal de la recepción de los bienes de acuerdo con el Pliego de condiciones técnicas
es posterior a su entrega, ITVASA será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que
medie entre una y otra.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones es causa de resolución del contrato.
29. Resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, con los
derechos que se establecen en los mismos.
Asimismo, constituirá causa de resolución del contrato imputable al contratista:
a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo establecida en la Condición 27 de este pliego.
b) El abandono por parte del contratista del suministro objeto del contrato.
Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con los medios humanos o
materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se
de este supuesto, ITVASA, antes de declarar la resolución, requerirá al contratista para que regularice la
situación en el plazo de cinco días a contar del requerimiento.
c) La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones señaladas
en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente
compatibilidad.
El acaecimiento de cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará al órgano de
contratación para dar por resuelto el contrato, con la indemnización de daños y perjuicios y demás
efectos que procedan conforme a la normativa aplicable, pudiendo optar por la ejecución subsidiaria,
realizando las obligaciones incumplidas o continuando la ejecución del contrato por sí o a través de las
personas o empresas que determine, a costa del contratista. El importe de la garantía responderá de
todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la responsabilidad general del contratista.
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V. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
30. Jurisdicción competente y recursos.
El orden Jurisdiccional Civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las
partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. Las cuestiones
litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos, serán
resueltas por jurisdicción civil que corresponda a la sociedad ITVASA.
Oviedo, 26 de Mayo de 2016
Fdo.: Francisco Javier Varela Rodríguez Gerente de ITVASA
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VI. ANEXOS
ANEXO I.- AUTORIZACIONES Y DECLARACIONES
Persona física
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
N.I.F./N.I.E.
Teléfono (fijo/móvil)
Correo electrónico
Persona jurídica
Razón social
N.I.F.
Representante legal (Cumplimentar sólo cuando la solicitud se formule por persona distinta del
solicitante o cuando éste sea una persona jurídica)
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
N.I.F./N.I.E.
Teléfono (fijo/móvil)
Fax
Correo electrónico
Dirección a efectos de notificación
Calle/Plaza
C.P.
N.º
Bloque
Esc.
Piso
Puerta
Provincia
Municipio
Localidad
AUTORIZACIONES Y DECLARACIONES
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La persona solicitante autoriza a ITVASA
Autoriza:
A que se le remitan las notificaciones que procedan con respecto del presente
contrato por medio de correo electrónico o telefax, quedando obligada a confirmar la
recepción por el mismo medio.
Declaraciones Responsables:
Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta (la falsedad en un documento público es un delito, de acuerdo con el artículo 392 del Código Penal).
Que ha quedado enterado/a del anuncio/invitación relativo al contrato de ----------------------- para la empresa ITVASA
Que conozco, el Pliego de Bases y Condiciones de Contratación y el Pliego de Condiciones Técnicas y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
Que no forma parte de los Órganos de Gobierno o Administración de la entidad ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado o de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas o Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los Altos Cargos del Principado de Asturias o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma.
Que ni la empresa a la que represento, ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto con el Estado como con la Administración del Principado de Asturias, y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que la empresa a que represento se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales necesarios para su ejecución conforme a los pliegos que rigen la presente licitación.
Que tiene personalidad jurídica, y en su caso, representación.
Que tiene la solvencia económica, financiera, técnica o profesional necesaria.
Expediente: __//__ d
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Declaraciones Responsables:
Las siguientes declaraciones sólo afectan a las empresas que se encuentren en alguna de las
siguientes circunstancias:
*En el caso de persona jurídica:
Que ostento poder suficiente para representar a la empresa según consta en Escritura otorgada ante el notario
del ilustre colegio de
n.º protocolo
inscrita en el Registro
correspondiente,
Tomo
folio hoja
número
*En el caso de empresas vinculadas:
Que a la licitación convocada concurren presentando diferentes proposiciones empresas vinculadas en el sentido expresado en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Que la empresa dominante y las dependientes que concurren a la presente licitación son las siguientes:
Empresa dominante:
Empresas dependientes que concurren a la licitación:
*En el caso de empresas que concurran en Unión Temporal de Empresas (UTE)
Que la empresa a que represento se compromete a concurrir conjunta y solidariamente al procedimiento para la adjudicación del contrato y a constituirse en Unión Temporal de
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Empresarios en caso de resultar adjudicatarios del citado contrato, con el siguiente porcentaje
Que todos los partícipes designan, durante la vigencia del contrato y para que ostente la plena representación de la Unión Temporal de Empresarios ante el Órgano de Contratación a:
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
N.I.F./N.I.E.
Teléfono (fijo/móvil)
Fax
Correo electrónico
De la empresa
Que igualmente designan como domicilio único y válido para las notificaciones que curse la Administración el siguiente
*En el caso de empresas extranjeras:
Que la empresa a que represento declara expresamente su voluntad de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
*En relación al Impuesto de actividades económicas (IAE), la empresa declara:
Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el mencionado impuesto.
Encontrarse exenta del mencionado impuesto.
Órgano al que se
dirige
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En a de de
El/La Representante de la empresa/entidad (Firma y Sello)
Fdo.:
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ANEXO II.-MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don , con DNI núm. , en nombre propio (o en
representación de la empresa) , con domicilio en
y CIF núm. , según escritura n.º
otorgada en fecha , ante el Notario don
del Ilustre Colegio Notarial de
, bastanteada por el Servicio Jurídico de …………………..(indicar Comunidad Autónoma/
Estado)en fecha y con domicilio a efectos de notificaciones en
DECLARA:
a) Que se obliga a realizar la prestación en que consiste el objeto del contrato de
, por el precio total de euros (en número y letra) incluido
el Impuesto sobre el Valor Añadido y conforme al siguiente desglose:
Precio :
IVA 21%:_________________
Importe Total:
OFERTA ECONOMICA
SUMINISTROS Importe (3)
(IVA no incluido) Unidades Importe
Modelo A Equipos Portátiles 8
Modelo B Equipos Semitorre 11
Modelo C Equipos Minitorre 7
TOTAL
LICITACIÓN
b) Para la elaboración de la presente oferta se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las
disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de
riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
Todo ello conforme al Pliego de Bases y de Condiciones Contractuales y demás condiciones del contrato
que declara conocer, acepta y se compromete a cumplir.
(Lugar, fecha y firma.)
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ANEXO III.- MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EMPRESAS VINCULADAS.
D. /Dña. con DNI n. º
y domicilio en , en nombre propio o en representación de
la empresa ,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Que a la licitación convocada por ITVASA para la contratación de la obra (servicio o
suministro) de ,
concurren presentando diferentes proposiciones empresas vinculadas en el sentido
expresado en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Que la empresa dominante y las dependientes que concurren a la presente licitación
son las siguientes:
Empresa dominante:
(concurre/no concurre)
Empresas dependientes que
concurren a la licitación:
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa).
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ANEXO IV.- ORGANISMOS QUE FACILITAN INFORMACIÓN SOBRE OBLIGACIONES
RELATIVAS A:
- Fiscalidad: Delegación de la A.E.A.T. en Asturias
C/ 19 de Julio, nº 2,
Tfno: 985 982 100 Fax: 985 982 195
www.agenciatributaria.es
Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias C/ Hermanos Menéndez Pidal, nº 7-9, planta plaza, 33005 Oviedo.
Tfno: 985 105 394. Fax: 985 105 880.
www.tributasenasturias.es
- Protección del medioambiente:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Oficina Central de Información
Tlfno: 915 976 777 Fax: 915 975 981
Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
C/ Coronel Aranda, 2 - Planta 4ª, 33005 Oviedo
Edificio Administrativo de Servicios Múltiples (EASMU)
Tlfno: 985 10 55 00/5500 Fax: 985 10 56 55
www.asturias.es
- Protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales:
Consejería de Economía y Empleo Dirección General de Trabajo
C/ San Francisco, nº 21 – 4º, 33003 Oviedo
Tlfno: 985 108 451 Fax: 985 108 453
www.asturias.es
Servicio Público de Empleo
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Plaza de España, nº 1 Bajo, 33007 Oviedo
Tfno. centralita: 985 105 500
http://trabajastur.com/trabajastur/
Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
C/ Ildefonso Sánchez del Río, nº 1, 33001 Oviedo
Tlfno: 985 116 510 Fax: 985 114 795
C/ Celestino Junquera, nº 2, 33202 Gijón
Tlfno: 985 341 106 Fax: 985 351 660
http://www.mtas.es/itss/web/index.html
Dirección Provincial del INEM en Asturias C/ José María Martínez Cachero, 17-21, 33013 Oviedo
Tlfno: 985962442
www.inem.es
Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales Avenida del Cristo de las Cadenas, nº 107, 33006 Oviedo
Tlfno: 985 108 275 Fax: 985 108 284
http://tematico.asturias.es/trempfor/trabajo/iaprl/
Instituto Nacional de la Seguridad Social (Dirección Provincial) C/ Santa Teresa de Jesús, nº 8-10, 33007 Oviedo
Tlfno: 985 107 800 Fax: 985 275 693
http://www.seg-social.es
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
C/ Pérez de la Sala, nº 9, 33007 Oviedo
Tlfno: 985 279 500 Fax: 985 279 525
http://www.seg-social.es