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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Procedimiento de selección: Trámite Simplificado 89/2018 Clase: De Bajo Monto Modalidad: Sin Modalidad Motivo contratación directa: Por monto Expediente: EXP : 1-7433/2018 Objeto de la contratación: Provisión de mano de obra y materiales para la realización de la limpieza y reparación de los tanques de agua en dependencias de la UNMDP. Consulta del pliego Retiro del pliego JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección de Suministros, (7600), MAR DEL PLATA, Buenos Aires JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección de Suministros, (7600), MAR DEL PLATA, Buenos Aires Dirección: Dirección: De Lunes a Viernes de 08 a 13 horas, hasta la fecha y horario de Apertura de Ofertas De Lunes a Viernes de 08 a 13 horas, hasta la fecha y horario de Apertura de Ofertas Plazo y horario: Plazo y horario: Costo del pliego: $ 0,00 Acto de apertura Presentación de ofertas JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección de Suministros, (7600), MAR DEL PLATA, Buenos Aires JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección de Suministros, (7600), MAR DEL PLATA, Buenos Aires Dirección: Lugar/Dirección: 17/08/2018 Día y hora: Fecha de inicio: Fecha de finalización: 12/09/2018 a las 10:00 hs. 12/09/2018 a las 10:00 hs. RENGLONES Renglón Descripción Unidad de medida Cantidad Provisión de mano de obra y materiales para la realización de la limpieza y reparación de tanques de agua en dependencias de la UNMDP, según Pliego de Especificaciones Técnicas, Clausulas Particulares, Condiciones de Seguridad e Higiene para Contratistas y Subcontratistas y Pliego de Bases y Condiciones Particulares. SERVICIO 1,00 1 CLAUSULAS ESPECÍFICAS ARTÍCULO 1: La VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS se hará el día 30 de AGOSTO de 2018, a las 10:00 horas, debiendo concurrir al Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sito en Rodriguez Peña 4046, donde se le extenderá el certificado de visita, que deberá acompañar el oferente en el acto licitatorio. En caso de que surjan aclaraciones, se exigirá la presentación, debidamente rubricada y 17/08/2018 Impreso el Generado con SIU-Diaguita Página 1 de 3

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

Procedimiento de selección: Trámite Simplificado 89/2018

Clase: De Bajo Monto

Modalidad: Sin Modalidad

Motivo contratación directa: Por monto

Expediente: EXP : 1-7433/2018

Objeto de la contratación: Provisión de mano de obra y materiales para la realización de lalimpieza y reparación de los tanques de agua en dependencias de laUNMDP.

Consulta del pliegoRetiro del pliegoJUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Direcciónde Suministros, (7600), MAR DEL PLATA,Buenos Aires

JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección deSuministros, (7600), MAR DEL PLATA, BuenosAires

Dirección: Dirección:

De Lunes a Viernes de 08 a 13 horas, hasta lafecha y horario de Apertura de Ofertas

De Lunes a Viernes de 08 a 13 horas, hasta lafecha y horario de Apertura de Ofertas

Plazo y horario: Plazo y horario:

Costo del pliego: $ 0,00

Acto de aperturaPresentación de ofertasJUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Direcciónde Suministros, (7600), MAR DEL PLATA,Buenos Aires

JUAN B. ALBERDI 2695, 3er Piso, Dirección deSuministros, (7600), MAR DEL PLATA, BuenosAires

Dirección: Lugar/Dirección:

17/08/2018 Día y hora:Fecha de inicio:Fecha de finalización: 12/09/2018 a las 10:00 hs.

12/09/2018 a las 10:00 hs.

RENGLONES

Renglón Descripción Unidad demedida

Cantidad

Provisión de mano de obra y materiales para la realización de la limpieza yreparación de tanques de agua en dependencias de la UNMDP, según Pliegode Especificaciones Técnicas, Clausulas Particulares, Condiciones deSeguridad e Higiene para Contratistas y Subcontratistas y Pliego de Bases yCondiciones Particulares.

SERVICIO 1,001

CLAUSULAS ESPECÍFICAS

ARTÍCULO 1:

La VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS se hará el día 30 de AGOSTO de 2018, a las 10:00 horas,debiendo concurrir al Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sito en Rodriguez Peña 4046, donde sele extenderá el certificado de visita, que deberá acompañar el oferente en el acto licitatorio.En caso de que surjan aclaraciones, se exigirá la presentación, debidamente rubricada y

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sellada por la empresa, del documento "Aclaraciones al Pliego", donde se dejarán sentadas las consultasde los posibles oferentes y las respuestas de la Universidad. Éste será emitido y entregado por laInspección. Los trabajos y condiciones en él consignados formarán parte de la contratación.

ARTÍCULO 2:

INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS: La inspección de los trabajos objeto del presente Pliego, será elServicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sito en Rodríguez Peña 4046 de Mar del Plata, Tel. (0223)475-2200 int. 247.

ARTÍCULO 3:

MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: 30 DÍAS CORRIDOS según claúsula Nº4 del Pliego de Bases yCondiciones Particulares.

ARTÍCULO 4:

FORMA DE COTIZAR: COTIZAR EN PESOS Y DE ACUERDO A LA PLANILLA DE COTIZACIÓNADJUNTA, CON NO MÁS DE DOS (2) DECIMALES, CASO CONTRARIO, SÓLO SE TENDRÁN ENCUENTA LOS PRIMEROS DOS (2).Cotizaciones por e-mail: Por tratarse de un Trámite Simplificado, se admitirán cotizaciones por correoelectrónico  EXCLUSIVAMENTE en la dirección <[email protected]>, y hasta una (1) hora antes de laApertura de Ofertas, según Cláusula 8 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

La presentación de las cotizaciones por e-mail, no exime de la obligación de firmar la oferta de acuerdo a lorequerido en la Cláusula 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En este caso, se cumplirá esterequisito adjuntando escaneada la Planilla de Cotización con firma y aclaración del titular, representantelegal o apoderado.

ARTÍCULO 5:

Garantía de Oferta: por el 5% del valor total de la oferta según cláusula Nº 3 del Pliego de Bases yCondiciones Particulares.

ARTÍCULO 6:

FORMA DE PAGO: 15 días corridos desde la fecha de presentación de Factura. La misma deberápresentarse en DEPARTAMENTO DEPOSITO Y ALMACENES (DIAG. ALBERDI 2695, PB,CP 7600, MARDEL PLATA), debidamente conformada por el SERVICIO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.

ARTÍCULO 7:

LUGAR DE PROVISIÓN: Según Especificaciones Técnicas.El precio cotizado incluye todos los costos hasta la entrega de los bienes en su destino final. Estará a cargodel adjudicatario: el flete, la descarga y la estiba en los lugares de entrega indicados por la Inspección,dentro del predio de la Universidad.

ARTÍCULO 8:

PLAZO DE EJECUCIÓN: 90 DÍAS. 

ARTÍCULO 9:

AJUSTE A NORMATIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE: El Proveedor deberá ajustarse en un todo a lasdisposiciones de Seguridad e Higiene que se adjuntan, estando los gastos derivados de este cumplimiento asu cargo exclusivo. No se autorizará la iniciación de las tareas en el lugar, hasta contar con la autorizaciónescrita del Servicio de Seguridad e Higiene de la UNMDP.

ARTÍCULO 10:

Rescisión: La Universidad podrá rescindir la contratación en cualquier momento, sin necesidad deintervención judicial o extrajudicial, notificando con una anticipación de 30 días corridos, no dando derecho aindemnización o compensación alguna.

ARTÍCULO 11:

Junto a la oferta se deberá presentar Certificado de Visita extendido por el Servicio de Seguridad e Higieneen el Trabajo, Copia de Número de Registro de actividades ante OSSE y

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antecedentes empresarios de la tarea a realizar.

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Asunto: Provisión de mano de obra y materiales para la realización de la limpieza y reparación de los tanques de agua en depen

Rg. U.M. Cantidad Descripción Precio unitario Precio total1 SERVICIO 1,00 Provisión de mano de obra y materiales

para la realización de la limpieza y reparación de tanques de agua en

dependencias de la UNMDP, según Pliego de Especificaciones Técnicas,

Clausulas Particulares, Condiciones de Seguridad e Higiene para Contratistas y

Subcontratistas y Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Total Oferta

C.U.I.T:

_____________________________

Firma y sello del oferente

PLANILLA DE COTIZACIÓN

Organismo contratante: Universidad Nacional de Mar del PlataProcedimiento de selección: Trámite Simplificado 89/2018Expediente: EXP:1-7433/2018

Empresa oferente:

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Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo Rodríguez Peña 4046

TE/Fax: 475-3377 – Email: [email protected]

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS I1: Ítem 1 (Uno) “Por la provisión de mano de obra y materiales para la realización de la limpieza y reparación” de los siguientes tanques de agua:

1.- Complejo Universitario “Manuel Belgrano”

Manzana delimitada por calles Rodríguez Peña- Funes- San Lorenzo- Guido

1.1. Económicas 1 tanque cisterna de 15.000 L

1 tanque secundario elevado de 12.000 L

1 tanque primario elevado dividido de 35.000 L

1.2. Arquitectura 1 tanque cisterna de 20.000 l

1 tanque elevado dividido de 50.000 L

1.3. Aulario 1 tanque cisterna de 20.000 L

1 tanque elevado dividido de 50.000 L

1.4. Exactas 1 tanque cisterna de 20.000 L

1 tanque elevado dividido de 50.000 L

1.5. Psicología 1 tanque cisterna de 10.000 L

1 tanque elevado dividido de 30.000 L

1.6. Casa Histórica 1 tanque de reserva elevado de 1.500 L

2.- Facultad de Derecho 25 de Mayo 2865

1 tanque cisterna elevado dividido de 15.000 L

1 tanque elevado dividido de 60.000 L

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3.- Facultad de Ingeniería Av. Juan B. Justo 4302

1 tanque cisterna de 8.000 L

1 tanque elevado dividido en 4 de 40.000 L

1 tanque elevado de 20.000 L

3 tanques elevado de 1.000 L

4.- Colegio Dr. Arturo Illia Matheu 4051

4 tanques de 1.000 L

2 tanques cisterna de 1.000 L

2 tanque elevado de 1.000 L

5.- Taller de Diseño Industrial España 3951

1 tanque cisterna de 300 L

1 tanque elevado de 1.000 L

1 tanque elevado de 500 L

6.- Casa Matheu Matheu 4098

1 tanque elevado de 1.000 L

1 tanque elevado de 300 L

7.- Casa Navarro Rodríguez Peña 4046

Solo cotizar los análisis de agua

8.- Jardín Maternal Rodríguez Peña 3946

2 tanques elevados de 1.000 L

9.- Estación Costera J. J. Nágera Ruta 11 Km 23 – Playa Chapadmalal

2 tanques elevados de 750 L

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(Llevar escalera alta :7 m)

10.- Campo Recreativo y Deportivo Falucho y 248

1 tanque elevado de 2.000 L (Llevar escalera alta 7 m)

1 tanque elevado de 500 L

11.- Rectorado Diag. J. B. Alberdi 2695

1 tanque de reserva elevado dividido de 40.000 L

12.- ANEXO UNMDP Av. Juan B. Justo 2550

1 tanque cisterna elevado dividido de 20.000 L

1 tanque de reserva elevado dividido de 20.000 L

13.- ANEXO Ingeniería PATRONATO Av. Juan B. Justo 2002

Se realizarán sólo los exámenes de agua

14.- Casa Cs. Salud Rodríguez Peña 3950

1 tanque elevado 1.000 L

15.- Comedor Universitario Rodríguez Peña 4010

1 tanque elevado 1.000 L

16.- CET Solís 7994 esquina Ing. Rateriy 2 tanques elevados 1000 L

17- SUS - SSU Alvarado 4009

Se realizarán sólo los exámenes de agua

18- Biblioteca Central Rodríguez Peña 4050

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1 tanque cisterna elevado dividido de 10.000 L

4 tanque de reserva elevado dividido de 1.000 L

19- Casa del Balcón 3 de Febrero 2538

3 tanques cisterna 1.000 L

1 Tanque elevado 2.000 L

20- PISO 13 BANCO PROVINCIA San Martín 2595

Se realizarán sólo los exámenes de agua

21- Facultad de Medicina INE Ayacucho 3537

1 tanque elevado 2000 L

22- Facultad de Medicina Colegio de Martilleros

La Rioja 2130

Se realizarán sólo los exámenes de agua

23- Facultad de Ciencias Agrarias (Central) Ruta 226 Km 73,5

1 tanque elevado 5000 L

23- Facultad de Ciencias Agrarias (Vieja) Ruta 226 Km 73,5

Se realizarán sólo los exámenes de agua

24- Casa de Genética Av. Colón 3853

NO COTIZAR

Limpieza de Tanques Cisterna:

- Se iniciará la limpieza del tanque cisterna, vaciándolo con bomba sumergida acorde, a fin de evitar el corte del servicio de agua al edificio.

- Una vez vaciado el tanque cisterna se tapara su salida a distribución y se lavará y cepillará la totalidad de las superficies interiores con una solución de 1 litro de agua lavandina por cada 10 litros de agua (dosis de 10%). El cepillado será tal, que desprenda cualquier

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adherencia o desprendimiento de las paredes interiores del tanque. El flotante y la cañería de alimentación deberán ser lavados del mismo modo. Los fluidos utilizados y remanentes de la limpieza del tanque deberán ser retirados con bomba sumergida, balde y trapo, tapando y evitando su posterior ingreso a la cañería de la alimentación de tanque de reserva.

- Se realizará una limpieza exterior del tanque, retirando objetos, barriendo y lavando con agua y agua lavandina, con escoba o cepillo, las superficies exteriores del tanque tapas, laterales y bajopiso- no que quedarán tierra, polvo o telarañas adheridas al tanque.

- Concluida la limpieza, del tanque cisterna, se deberá retirar el tapón de obstrucción de salida y se llenará nuevamente con agua corriente y se incorporara agua lavandina en una proporción de 1 litro por cada 1000 litros de capacidad del tanque.

- Finalmente se deberá colocar la tapa de la cisterna amurándola con mezcla de cal y arena en una dosaje de 1:3. se deberá tapar todos los intersticios sellando así sus bordes.

- Dejar actuar el agua clorada durante 12 (doce) horas. - Colocar carteles de advertencia en baños y cocinas afectados, donde se indique la

limpieza de tanque y el periodo de inhibición para consumo humano de agua. Limpieza de Tanques de Reserva

- Posteriormente se realizará la limpieza de la mitad del tanque de reserva que reciba alimentación directa de la cisterna, vaciándolo con bomba sumergida acorde, cerrando la llave de salida para asilarlo de la otra mitad del tanque y obturándola con un trapo para que no pasen los fluidos de la limpieza. Se seguirá suministrando agua al edificio desde la mitad del tanque de reserva que aun no se ha lavado.

- Una vez vaciada primera la mitad del tanque de reserva se cepillará la totalidad de las superficies interiores con una solución de 1 litro de agua lavandina por cada 10 litros de agua (dosis 10%). El cepillado será tal, que desprenda cualquier adherencia o desprendimiento de las paredes interiores del tanque. El flotante y la cañería de alimentación deberán ser lavados del mismo modo. Los fluidos utilizados y remanentes de la limpieza del tanque deberán ser retirados con bomba sumergida, balde y trapo, evitando su posterior ingreso a la cañería de distribución.

- Limpia la primera mitad del tanque de reserva, será llenada nuevamente con agua desde la cisterna y se iniciará la limpieza de la otra mitad del tanque cerrando su salida a distribución, vaciando su contenido con bomba y lavando su interior del mismo modo como se hiciera con la primera mitad. Mientras se hace el lavado de la segunda mitad se abre la llave de paso a distribución de la primera parte del tanque que ya ha sido lavada y está siendo llenada.

- Concluida la limpieza de los tanques de reserva, se deberá retirar el tapón de obstrucción de salida y se llenará nuevamente con agua corriente y se incorporara agua lavandina en una proporción de 1 litro por cada 1000 litros de capacidad del tanque.

- Finalmente se deberá colocar la tapa de la cisterna amurándola con mezcla de cal y arena en una dosaje de 1:3. se deberá tapar todos los intersticios sellando así sus bordes.

- Dejar actuar el agua clorada durante 12 (doce) horas. - Colocar carteles de advertencia en baños y cocinas afectados, donde se indique la

limpieza de tanque y el período de inhibición para consumo humano de agua.

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Certificados de limpieza de los tanques y Análisis del Agua Realizada la limpieza, la Empresa entregará a la Inspección un Certificado de Limpieza de tanque, donde se indique:

- Ente que realizará el Análisis del agua (DEBERA REALIZARSE EN ORGANISMOS OFICIALES tales como Laboratorios de la Universidad Nacional de Mar del Plata habilitados a tal fin, o Laboratorio de Obras Sanitarias). No se aceptarán Análisis de laboratorios privados.

- Referencia o lugar del tanque que se hubiere higienizado. - Fecha de finalización de la limpieza. - Firma y aclaración del responsable de la limpieza del tanque.

Luego de 20 días de realizada la limpieza, se deberá tomar de muestra de agua de cada uno de los tanques, desde su sistema de distribución, la cual deberá ser analizada fisicoquímica y bacteriológicamente por un laboratorio habilitado autorizado por la Inspección de la Universidad a costas del oferente, conforme a requerimiento indicado en el punto anterior. La muestra de agua será retirada por el ente que realice los análisis, sin excepción. El laboratorio deberá entregar un Certificado de Análisis donde se indiquen los siguientes datos analizados:

- Membrete del laboratorio. - Número de muestra. - Referencia o lugar de toma de muestra. - Fecha de toma de muestra. - Fecha de análisis de muestra. - Resultados fisicoquímicos y microbiológicos de la muestra. - Condición de potabilidad del agua. - Firma y sello del responsable del análisis realizado.

Estos certificados de limpieza y de Análisis se entregaran a la Inspección de la Universidad (Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo). Si los resultados de los análisis fueran negativos para el consumo humano (potabilidad), la Empresa responsable deberá realizar a sus costas la nueva limpieza del o los tanques afectados y su nuevo análisis hasta que el mismo indique su aptitud para el consumo.

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CLAUSULAS PARTICULARES PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Las ofertas serán presentadas en la oficina de la Dirección de Suministros en el Edificio de Rectorado, 3º piso, en fecha y horario indicado por ese despacho. Las consultas de gestión administrativa y técnicas serán elevadas a la Dirección de Suministros. Éstas últimas serán derivadas al Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo para su resolución. El proponente deberá interiorizarse de las características de las tareas a realizar, previa presentación de la oferta. Esta VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS será realizada juntamente con personal del Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el cual entregará un Certificado, que deberá acompañar a la oferta en el acto licitatorio. OFICINA TÉCNICA La Inspección se reserva al Servicio de Seguridad e Higiene de la Universidad Nacional de Mar del Plata, Rodríguez Peña 4046, teléfono 0223-4752200, int. 247. La limpieza de tanques será coordinada con el responsable asignado por el Servicio de Seguridad e Higiene de la UNMdP, denominado como “la Inspección”. INICIO DE LA OBRA El Contratista está obligado a dar comienzo a la prestación del servicio adjudicado, en la fecha indicada por la Orden de Compra o, en su defecto, dentro de los diez (10) días corridos de la emisión de la citada Orden. En cualquier caso se deberá labrar un Acta de Inicio de los Trabajos, corriendo el plazo de cumplimiento del Contrato, a partir de la fecha de la misma. Al presentar su oferta, el Oferente deberá haber previsto la provisión total de los materiales y equipos a emplear. Por lo tanto, no se dará lugar a ninguna ampliación del Plazo que surja como consecuencia de demoras de entregas. TURNOS DE TRABAJO El contratista deberá estimar un plan de trabajo, junto a la Inspección, a fin de poder realizar las tareas en el Plazo, sin entorpecer el funcionamiento de los edificios en uso. La empresa contratista empleara únicamente su propio personal para la ejecución de todas y cada una de las tareas, siendo único responsable de la corrección ó incorrección de las mismas. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

La Contratista deberá dar cumplimiento a las condiciones de seguridad e higiene de acuerdo a la reglamentación vigente. Deberá cumplir toda la legislación vigente en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo (léase Ley 19.587/72, Ley 24557/95 y reglamentaciones conexas). La empresa contratista empleará, para la realización de tareas, únicamente personal propio y capacitado, para lo cual deberá entregarse Certificado de Capacitación, avalado por Ingeniero en Seguridad e Higiene de la Empresa. Las tareas y el personal afectado deberán estar cubiertas por una póliza contratada con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART), según se solicita en foja adjunta. Esta documentación será menester para realizar las tareas y se entregará a la inspección. Se deberá cumplir con las “Condiciones de Seguridad e Higiene para Contratistas y subcontratistas” que se adjuntan. La inspección podrá impedir o suspender las tareas por falta de elementos de seguridad o prevención acordes a la tarea desempeñada. NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATACIONES DE NINGUNA DE LAS TAREAS.

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SE DEBERA PRESENTAR UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS. INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS

Suscrito el contrato, la inspección sólo podrá impartir la orden de inicio de los trabajos, a partir de que el contratista presente los requerimientos de seguridad e higiene detallados, y que estos sean aprobados por la inspección. Dicha presentación se efectuara dentro de los quince (15) dias corridos de firmado el contrato, debiendo el contratista iniciar los trabajos en forma inmediata a que se imparta la orden de inicio. PRÓRROGA DE PLAZO PARA LA INICIACIÓN Y TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS

No será considerada bajo ningún aspecto, como causal de prórroga, la paralización de tareas en forma parcial o total, a causa del incumplimiento de normas de seguridad e higiene, siendo en todos lo casos la demora imputable al contratista. APLICACIÓN DE LAS MULTAS El incumplimiento de las normas de seguridad e higiene no son pausibles de multa, no obstante la Inspección esta facultada a suspender en forma total o parcial las tareas hasta tanto se presente la documentación requerida o se eliminen las situaciones de riesgo detectadas. ELEMENTOS DE TRABAJO Las herramientas y elementos de trabajo serán los más adecuados para las tareas que se deban realizar. Para el vaciamiento de los tanques mayores a 3000 lts, se empleará bomba sumergible adecuada, enviando el agua al desagüe cloacal más próximo. La misma será conectada a tablero eléctrico monofásico a prueba de agua y golpes, equipado con térmica bipolar, disyuntor diferencial y descarga a tierra. Para la iluminación interior del tanque la Empresa deberá emplear equipo portátil de luminaria de 12 volts. Para realizar tareas de limpieza en tanques elevados, se empleará arnés de sujeción y seguridad con cabo de vida de modo preventivo, hecho firme en cañerías, escaleras o cualquier otro elemento existente y bien amurado. OTROS Cualquier desperfecto o faltante de los tanques de agua o su distribución observados por la Empresa, serán notificados a la inspección para su pronta solución. Si faltare algún trámite o trabajo normado por las Ordenanzas Municipales Nº 11554 y Nº111488, la Empresa deberá cumplimentarla sin costas para la Universidad, aunque no se solicite en el presente pliego de especificaciones técnicas. La Universidad no se responsabilizará ante la rotura o falta de cualquier herramienta o elemento de trabajo de la Empresa. Cualquier rotura que el personal de la Empresa causara a patrimonio de la Universidad será reparada a su costa. Junto a las ofertas se deberán presentar Certificado de Visita extendido por el Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Copia de Número de Registro de Actividades ante OSSE y antecedentes empresarios de la tarea a realizar.

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-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Rev: 13 – Fecha: 8/10/2015

Condiciones de Seguridad e Higiene para Contratistas y Subcontratistas 1) Deberá presentar Póliza del Contrato en vigencia con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Deberá presentar Certificado de Cobertura de la ART con “Cláusula de No Repetición” contra la UNMdP. Los recibos de pago del Seguro de Riesgos del Trabajo se presentarán mensualmente mientras la contratista realice tareas en establecimientos de la UNMdP

2) La empresa deberá presentar Listado de Personal certificado por la ART y actualizarlo de acuerdo a las altas y bajas que se produzcan durante la ejecución de la obra.

3) El empleador y/o toda otra persona autónoma (Empleador, Profesional en Seguridad, Representante Técnico o Director de Obra, Subcontratista) debe poseer CUIT y deberá presentar un Seguro de Accidentes Personales por el monto mínimo de $500.000 (Pesos Quinientos Mil). Se presentará Póliza de Seguro y recibos de pago en forma mensual mientras la contratista realice tareas en establecimientos de la UNMdP

4) Deberán cumplir toda la legislación vigente en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo (léase Ley 19587/72, Ley 24557/95, Decreto 351/79, Decreto 911/96, Resolución 231/96 SRT, Resolución 51/97 SRT, Resolución 35/98 SRT, Resolución 319/99 SRT, Resolución 552/01 SRT, Resolución 550/11 SRT y toda otra normativa conexa).

Se deja expresa constancia que la contratista adjudicataria es la CONTRATISTA PRINCIPAL debiendo ejecutar el PROGRAMA DE SEGURIDAD UNICO DE OBRA. Asimismo, será responsable por el cumplimiento de las Normas de Seguridad de sus Subcontratistas.

5) Deberá presentar copia del contrato con un Profesional Habilitado por la legislación vigente en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, visado por el Colegio Profesional correspondiente.

6) El Responsable de Seguridad e Higiene deberá llevar registros de las visitas y evaluaciones realizadas en las obras que se ejecuten en la UNMdP. Dichos registros serán un Libro Foliado, o bien Constancias de Visita de acuerdo con la duración y/o complejidad de la obra.

7) Deberán realizar la comunicación de inicio de tareas a su ART declarando en forma completa y correcta el domicilio de riesgo (Aviso de Inicio) y entregar a la UNMdP fotocopia de la misma.

8) Deberán confeccionar Legajo Técnico de Seguridad e Higiene con su correspondiente Programa o Plan de Seguridad (Aprobado por la ART), en el que conste “según Resolución35/98”. No tendrá validez el Programa de Seguridad que no esté aprobado por la ART correspondiente.

9) Los accidentes que sufran los empleados de la contratista deberán ser informados a la UNMdP por medio de la Denuncia de Accidente de Trabajo que se presenta en la ART y una descripción detallada del hecho.

10) Deberán presentar las Constancias de Visita y Recomendaciones realizadas por el Inspector de su ART.

11) Deberán presentar fotocopia de las constancias de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) y de las Capacitaciones brindadas en materia de prevención de riesgos laborales firmadas por el Responsable en Seguridad e Higiene en el Trabajo, y por todos los operarios.

12) Deberán cumplimentar toda la normativa vigente en cuanto a equipamiento de obra y vehículos, debiendo entregar a la UNMdP fotocopia de las últimas verificaciones de los equipos especiales tales como grúas, autoelevadores, palas mecánicas, retroexcavadoras, hidráulicos, compresores, silletas y equipos similares, firmadas por profesional o entidad habilitada. En el caso de Silletas y Contrapesos el Responsable de Seguridad e Higiene deberá presentar Informe Técnico escrito sobre estado y condiciones de funcionamiento del equipo.

13) Cualquier incumplimiento de la legislación vigente y de las condiciones mencionadas en esta cartilla podrá dar lugar a la detención automática de la obra por parte del Inspector del Departamento respectivo y rescisión del Contrato.

14) La Contratista deberá ajustarse en un todo a las disposiciones de Seguridad e Higiene que se adjuntan, estando los gastos derivados de este cumplimiento a exclusivo cargo de la Contratista. No se expedirá Acta de Iniciación de Obra hasta contar con la autorización escrita del Servicio de Seguridad e Higiene de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

Ing. Horacio Escudé

Servicio de Seguridad e Higiene en el TrabajoUNMDP

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1. NORMAS LEGALES DE APLICACIÓN: La presente contratación se regirá por el Decreto Delegado Nº 1023/01 y sus modificaciones, por el Reglamento de Compras y Contrataciones de la Universidad Nacional de Mar del Plata aprobado por la Ordenanza del Consejo Superior (OCS) Nº 370/13 (modificado por OCS N° 2524/2017), Ley 25.551 de Compre Nacional, Decreto 312/10 (Sistema de protección integral de discapacitados) y demás normas concordantes y/o consecuentes de aplicación.

2. JURISDICCIÓN FEDERAL: Toda divergencia resultante de la licitación en todas sus etapas, ya sea de la adjudicación, contrato, cumplimiento o cualquier otra, serán sometidas a los Tribunales Federales de Mar del Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.

3. GARANTÍA DE LA OFERTA: Por un importe del 5% del valor total de la oferta (en caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto), mediante las siguientes formas: a) Pagaré: cuando el importe de la garantía no supere la suma de $260.000. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. b) Póliza de Caución: expedida por una Compañía de Seguros (debidamente autorizada) certificada y legalizada la firma de quien la expide. c) Efectivo: mediante depósito en Banco Nación, Suc. Centro de Mar del Plata a la cuenta Nº 35057203/83. Adjuntar fotocopia del comprobante. Cuando el monto de la oferta no supere la cantidad que represente $ 1.300.000 no será necesario presentarla.

4. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: El oferente mantendrá la oferta por el plazo estipulado desde la fecha de apertura, período que se considerará automáticamente prorrogado por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara fehacientemente su voluntad de no renovar la oferta antes del vencimiento de cada período.

5. CAPACIDAD DE LOS OFERENTES: Los proponentes deberán tener competencia técnico-financiera en relación con el objeto que se licita. la Universidad podrá requerir todos los informes necesarios a tal fin. Asimismo, la UNMDP verificará el cumplimiento de las normas previsionales, laborales y tributarias, quedando establecido que si de los datos obrantes en el Organismo se detectase que el Adjudicatario adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, supera el límite establecido en la normativa, se efectuarán todas las retenciones previstas en concepto de Impuesto a las Ganancias, IVA y cualquier otra que pudiera corresponder en los pagos a efectuar.

6. CRITERIOS DE APLICACIÓN: Todos los documentos que integran esta contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: a) Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificaciones b) Las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones de la Universidad Nacional de Mar del Plata aprobado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 370/13, sus modificaciones y las normas que se dicten en su consecuencia. c) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de la Universidad Nacional de Mar del Plata d) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Cláusulas Específicas. e) La oferta y las muestras que se hubieren acompañado. f) El acto administrativo de adjudicación. g) La Orden de Compra o Contrato resultante.

7. CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS: a) De Lunes a Viernes, de 08 a 13 horas, en la Dirección de Suministros. b) En el sitio web: www.argentinacompra.gov.ar, Acceso Directo “Contrataciones Vigentes”. Para cotizar podrá descargarlo como usuario (introduciendo contraseña) y “Enviar notificación al Organismo”. c) En el sitio Web de la Universidad www.mdp.edu.ar, ingresando a “Compras y Contrataciones” y luego a “Contrataciones Vigentes”. A los efectos de las notificaciones previas a la Apertura de Ofertas, el Oferente deberá informar que ha descargado el pliego a [email protected], indicando su nombre o razón social, domicilio y correo electrónico para que se le pueda comunicar cualquier aclaración o modificación al pliego. Los oferentes que no hubiesen retirado o descargado el pliego, o que no lo hubiesen notificado, no podrán alegar desconocimiento de las actuaciones que se hubiesen producido hasta el día de apertura de ofertas.

8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas se presentarán en el domicilio de la Universidad Nacional de Mar del Plata Diag. Juan B. Alberdi Nº 2695, 3er. Piso, Dirección de Suministros, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto, en sobre cerrado identificada la contratación a que corresponde, día y hora de apertura de ofertas e identificación del oferente, incluyendo: a. LA COTIZACIÓN, según lo establecido en cláusula Nº 10 b. C.U.I.T., fotocopia simple de inscripción c. GARANTÍA DE OFERTA, según cláusula Nº 3 d. CERTIFICADO SIPRO según cláusula Nº 17 e. CONSTITUIR DOMICILIO. f. DECLARACIÓN JURADA adjunta, debidamente completa y firmada.

Si corresponde a una contratación mediante TRAMITE SIMPLIFICADO, también podrá utilizar correo electrónico, exclusivamente en: [email protected] hasta una hora antes de la hora de apertura, indicando en el asunto el número de Trámite Simplificado. La Universidad acreditará su admisión confirmando su recepción. Tratándose de medios electrónicos sujetos a requerimientos,

condiciones y prestadores ajenos a la UNMDP, ésta no se responsabiliza por su recepción, quedando a cargo del oferente el cumplimiento de todas las acciones necesarias para hacer llegar en tiempo y adecuadamente su cotización.

9. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: La presentación de la oferta significa por parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no es necesario la presentación de los pliegos con la propuesta.

10. COTIZACIÓN: Se utilizará el formulario adjunto o en el de la empresa ajustado a los requisitos establecidos por la AFIP, firmado (por titular, representante legal o apoderado, adjuntando la documentación que lo acredite) con aclaración de firma o sello. En hoja anexa se desarrollarán las características que identifiquen claramente los productos ofrecidos (marcas, modelos, garantías, etc.). De no indicarse la garantía de los equipos, se considerará que la misma es de 12 meses. En caso de cotizarse un conjunto de bienes o servicios que incluyan la provisión de bienes, deberá indicarse el valor unitario de cada componente si éste fuera un bien de uso; del mismo modo, entregados los bienes o servicios adjudicados, en la facturación deberá detallarse unitariamente el valor de cada bien de uso. La Universidad Nacional de Mar del Plata, reviste el carácter de EXENTO (CUIT 30-58676172-9), por lo tanto el precio cotizado (I.V.A. incluido) se entenderá, que es PRECIO FINAL.

11. MARCAS: La mención de marcas es al sólo efecto de precisar las características y calidad de lo solicitado, pudiendo cotizar cualquier marca equivalente o superior que cumpla con lo requerido.

12. MUESTRAS: En el caso de solicitarse muestras, no será necesario presentarlas si se cotiza indicando expresamente el ofrecimiento de la/s marcas referenciales indicadas en el pedido de cotización. Caso contrario, la no presentación de muestras será causal de rechazo de la oferta.

13. CRITERIO DE SELECCIÓN: La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Organismo Contratante. Los productos que reúnan calidades o prestaciones superiores a las requeridas, también serán evaluados y podrán ser objeto de adjudicación si la relación precio/ calidad/ prestación/ idoneidad del oferente fuese conveniente. Podrá adjudicarse todos o algunos de los renglones licitados o con la conformidad del oferente, adjudicar parcialmente el o los renglones, o dejar sin efecto la convocatoria en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los oferentes. Aquella empresa que tenga personas contratadas con discapacidad, al momento de la oferta deberá acreditarlo documentadamente, indicando si ocupa personal en esa situación y el porcentaje de ocupación. PUBLICIDAD DE LAS ADJUDICACIONES: La Universidad publicará las adjudicaciones en su sitio web www.mdp.edu.ar, ingresando al enlace “Compras y Contrataciones” y accediendo a “Publicidad de Adjudicaciones”

14. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Dentro de los 5 (CINCO) días hábiles administrativos de recibida la Orden de Compra o firma del Contrato, se integrará en concepto de garantía de cumplimento, el 10% (diez por ciento) del monto adjudicado en cualquiera de las formas previstas en la reglamentación vigente, pudiéndose utilizar pagaré solamente cuando el importe de la garantía no supere los $ 260.000. Dicha garantía será devuelta al emitirse la Recepción Definitiva. Vencido el plazo contractual sin la entrega de los bienes o la prestación del servicio, se declarará la rescisión del contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios emergentes de su incumplimiento.

15. MULTA POR MORA: La entrega fuera del plazo establecido, dará lugar a una multa del 0,5% del valor de lo entregado fuera de término, por cada 10 (diez) días hábiles de atraso o fracción mayor de 5 (cinco) días hábiles.

16. HABILIDAD PARA CONTRATAR: La UNMDP no podrá contratar con personas físicas o jurídicas con incumplimientos tributarios y previsionales en los términos del inciso f) del artículo 28 del Decreto Delegado N° 1023/01. En tal sentido, se verificará al momento de la adjudicación, la habilidad para contratar de los potenciales proveedores, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General AFIP N° 4164/17. Para consultar el detalle de las deudas líquidas y exigibles y la falta de presentación de declaraciones juradas, el contribuyente deberá ingresar al Sistema Cuentas Tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta opción, el trámite “Consulta de deuda proveedores del estado”.

17. SIPRO (Sistema de Información de Proveedores): El oferente debe estar incorporado en el Sistema de Información de Proveedores administrado por la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC). Si no está inscripto, podrá incorporarse al mismo mediante el procedimiento de “Preinscripción” accediendo al sitio de Internet de COMPR.AR, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Los interesados podrán consultar el “Procedimiento de Inscripción”, “Documentación a presentar”, junto con los instructivos y manuales de apoyo a proveedores, disponibles en el sitio https://comprar.gob.ar.

18. RECHAZO DE OFERTAS: Respecto a la desestimación, perfeccionamiento y la inelegibilidad de las ofertas son de aplicación los arts. 83 a 85 del Reglamento de la UNMdP, especialmente serán desestimadas las ofertas sin la firma correspondiente, o escritas a lápiz, sin la presentación de la garantía de oferta o de las muestras cuando se exigiere, efectuadas por personas no habilitadas para contratar con el Estado, con condicionamientos, con cláusulas contrarias al pliego, que tuviera raspaduras, interlíneas, enmiendas no salvadas o que imposibiliten la lectura precisa, en cualquier parte esencial de la oferta.

19. RESCISION: La Universidad podrá rescindir la contratación en cualquier momento, sin necesidad de intervención judicial o extrajudicial, sin derecho a indemnización o compensación alguna.

DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR  

 

PERSONA / RAZÓN SOCIAL:  

 

 

 

CUIT Nº 

 

 

DOMICILIO CONSTITUIDO: 

 

 

E‐MAIL PARA NOTIFICACIONES: 

 

 

TELÉFONO: 

 El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO  JURAMENTO que  la persona cuyos datos se detallan al 

comienzo, está habilitada para contratar con la Universidad Nacional de Mar del Plata, en razón de cumplir con los requisitos del 

artículo 27 del Decreto 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” y que no está incursa en ninguna 

de las causales de inhabilidad establecidas en el artículo 28 del citado del citado plexo normativo y sus modificatorios, cuyo texto 

se transcribe: Artículo 27. — PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Podrán contratar con la Administración Nacional las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano Rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la reglamentación. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas. Artículo 28. — PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con la Administración Nacional: a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados

2. y 3. del inciso b) del artículo 29 del presente. b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación

suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, N° 25.188. c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados. d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional,

o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con

lo que establezca la reglamentación. g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el

último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156. h) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo

que permanezcan en dicho registro. Dejo expresa constancia que en la dirección de Correo Electrónico constituido serán validas todas las notificaciones que curse la 

Universidad Nacional de Mar del Plata referidas a  la presente contratación. Contándose el plazo de notificaciones a partir del 

aviso de recibo o en caso de no contestación, los plazos correrán a partir del día hábil siguiente a la fecha de remisión.‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ 

 

 

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Firma y aclaración

COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley 25.551

Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS "Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir. ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas. ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá

remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo; b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo. ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen. ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos. ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.