Pliego Condiciones 20002472

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Cód. FO-ADQU-044 Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Concurso de Meritos Abierto Versión. 3 Fecha de entrada en Vigencia: 27/Ene/2012 ________________________________________________________________________________________________________________ Centro Administrativo Municipal – CAM – Calle 44 No. 52 – 165 Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144 www.medellin.gov.co Medellín - Colombia SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE CONCURSO DE MERITOS NÚMERO 20002472 ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA SOLUCIÓN HIDRÁULICA, ESTRUCTURAL Y GEOTÉCNICA EN QUEBRADAS DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CORREGIMIENTOS EN DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INTERVENCION QUEBRADAS, GRUPO 1. PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO MEDELLÍN JULIO 24 DE 2012

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Cód. FO-ADQU-044 Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Concurso

de Meritos Abierto

Versión. 3

Fecha de entrada en Vigencia: 27/Ene/2012

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

CONCURSO DE MERITOS NÚMERO 20002472

ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA SOLUCIÓN HIDRÁULICA, ESTRUCTURAL Y GEOTÉCNICA EN QUEBRADAS

DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CORREGIMIENTOS EN DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

INTERVENCION QUEBRADAS, GRUPO 1.

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

MEDELLÍN

JULIO 24 DE 2012

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TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I – INFORMACION GENERAL 5 1.1 INICIO DEL PROCESO 5 1.2 CRONOGRAMA 5 1.3 PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES 5 1.4 FECHA DE APERTURA Y PUBLICACION PLIEGO DEFINITIVO 5 1.5 OBJETO 6 1.6 PRESUPUESTO OFICIAL 6 1.7 PLAZO DEL CONTRATO 6 1.8 FORMA DE PAGO 7 1.9 ACLARACIONES 8 1.10 PARTICIPACIÓN DE LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS 8 1.11 LEGISLACIÓN APLICABLE 8 CAPITULO II - ETAPAS DEL CONCURSO 10 2.1 REQUISITOS HABILITANTES Y DE PARTICIPACIÓN 10 2.1.1. REQUISITOS DE ORDEN LEGAL 10 2.1.1.1. Certificado De Existencia Y Representación Legal 10 2.1.1.2. Autorización de la junta o asamblea de socios 10 2.1.1.3. Fotocopia Del Certificado Del Registro Único Tributario (RUT) 11 2.1.1.4. Registro Único De Proponentes (RUP) 11 2.1.1.5. Certificación Del Pago De Parafiscales Y Aportes A La Seguridad Social De Sus Empleados 11 2.1.1.6. Régimen de Inhabilidades e Incompatibilidades 12 2.1.1.7. Certificado Disciplinarios Inhabilidades e incompatibilidades (Procuraduría General de la Nación) 12 2.1.1.8. Certificado De Responsables Fiscales 13 2.1.1.9. Consorcios, Uniones Temporales U Otras Formas Asociativas 13 2.1.1.10. Reciprocidad 13 2.1.1.11. Profesionales Y Expertos Integrantes Del Equipo De Trabajo 14 2.1.1.12. Garantía De Seriedad De La Propuesta (EN ORIGINAL) 14 2.1.2. REQUISITOS DE ORDEN TECNICO 14 2.1.2.1. Abono De La Propuesta 14 2.1.2.2. Experiencia Probable 14 2.1.2.3. Capacidad De Organización 15 2.1.2.4. Clasificación 15 2.1.3. CAPACIDAD FINANCIERA 16 2.1.3.1. Capital de Trabajo 16 2.1.3.2. Índice de Endeudamiento (IE) 16 2.1.3.3. Índice de liquidez (IL) 16 2.2. RESERVA EN DOCUMENTOS 17 2.3. CORRESPONDENCIA 17 2.4. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 17 2.5. CONSULARIZACION 17 2.6. REGLAS DE SUBSANABILIDAD 17 CAPITULO III – PRESENTACION DE LA PROPUESTA 19 3.1 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 19 3.1.1. SOBRE NO. 1 - PROPUESTA TECNICA 19 3.1.2. SOBRE NO. 2 – PROPUESTA ECONOMICA 20 3.2 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES 21 3.3 PROPUESTA BASICA 21 3.4 CRITERIOS DE EVALUACIÓN 21 3.4.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE EXIGIDA (400 PUNTOS) 21 3.4.2 EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES (MAXIMO 600 PUNTOS) 23

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3.4.2.1 UN (1) DIRECTOR (MÁXIMO 200 PUNTOS) 23 3.4.2.1 DOS (2) DISEÑADORES HIDRÁULICOS (MÁXIMO 200 PUNTOS) 25 3.4.2.1 UN (1) DISEÑADOR GEOTECNISTA (MÁXIMO 100 PUNTOS) 26 3.4.2.1 UN (1) DISEÑADOR ESTRUCTURAL (MÁXIMO 100 PUNTOS) 28 3.5 PLAZO PARA LA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 29 3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE 29 3.7 ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS 31 3.8 APERTURA Y REVISION DE LA PROPUESTA ECONOMICA 31 3.9 ASEGURAMIENTO METROLOGICO 32 3.10 ADJUDICACION DEL CONTRATO 32 CAPITULO IV - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 33 4.1 OBJETO 33 4.2 ALCANCE 33 4.3 METODOLOGÍA 34 4.4 NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 38 4.5 PLAN Y CARGAS DE TRABAJO 38 4.6 VISITA AL SITIO DEL PROYECTO 39 4.7 PLAN OPERATIVO DE INVERSIONES (POI) 39 4.8 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 40 4.9 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS 41 4.10 SUBCONTRATOS 41 4.11 INTERVENTORÍA DEL CONTRATO 41 4.12 DISTINTIVO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA 42 4.13 PERSONAL DEL CONTRATISTA 42 4.14 IMAGEN INSTITUCIONAL 42 4.15 PROFESIONALES DE APOYO 43 4.15.1 INGENIERO AMBIENTAL 43 4.15 PARA TODO EL PERSONAL REQUERIDO 43 4.16 PRODUCTOS A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA 44 4.17 PROGRAMA DE TRABAJO 46 4.18 INFORMES SEMANALES DEL PROGRAMA DE OBRA 47 4.19 HITOS MINIMOS 47 CAPITULO V - CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 49 5.1 DOCUMENTOS DEL CONTRATO 49 5.2 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO 49 5.3 GARANTÍA UNICA DE CUMPLIMIENTO 49 5.4 PAGOS 50 5.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 50 5.6 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS 50 5.7 SUBCONTRATOS 50 5.8 INTERESES DE MORA EN LOS PAGOS 50 5.9 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO 50 5.10 INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO 51 5.11 CADUCIDAD 51 5.12 CONTRATOS ADICIONALES 51 5.13 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO 51 5.14 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 52 5.15 MULTAS 52 5.16 SANCIÓN PENAL PECUNARIA 53 5.17 DEL DEBIDO PROCESO 53 5.18 PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O CLAUSULA PENAL PECUNARIA 53

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5.19 ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN 54 CAPITULO VI - OBLIGACIONES CON EL SIAMED 56 FORMATOS PARA RESPONDER EL PLIEGO 70 FORMATO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 71 FORMATO 2 –PRESUPUESTO OFICIAL 72 FORMATO 4 - RESUMEN EXPERIENCIA CERTIFICADA 76 FORMATO 5 - INSCRIPCION DIRECTORIO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 77 FORMATO 6- MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO 79 FORMATO 7 - MODELO DE ACUERDO DE UNIÓN TEMPORAL 80 MINUTA DE CONTRATO 81

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CAPITULO I – INFORMACION GENERAL 1.1 INICIO DEL PROCESO El inicio del presente proceso fue recomendado en sesión del Comité Interno de adquisiciones de la Secretaría del Medio Ambiente, el día 06 de julio de 2012, según consta en Acta 1062 de 2012 y por el Comité De Orientación Y Seguimiento En Contratación del municipio de Medellín, según consta en el acta 050 del día 10 de julio de 2012. La apertura del presente proceso, fue ordenada por la Secretaria del Medio Ambiente, mediante Resolución 0131 del 24 de julio de 2012, por delegación del Alcalde de Medellín, de conformidad con el decreto 510 de 2008. 1.2 CRONOGRAMA 1. Aviso de Convocatoria Pública: 16 DE JULIO DE 2012

2. Publicación Proyecto de Pliego de Condiciones y Estudios Previos: 16 DE JULIO DE 2012

3. Respuesta a observaciones al Proyecto de Pliego de Condiciones: 23 DE JULIO DE 2012 4. Elaboración de la Resolución de Apertura: 24 DE JULIO DE 2012

5. Publicación del Pliego de Condiciones: 24 DE JULIO DE 2012

6. Plazo para la presentación de Observaciones al Pliego de Condiciones: 27 DE JULIO DE 2012

7. Plazo para expedir Adendas y responder observaciones al Pliego de Condiciones:30 DE JULIO DE 2012

8. Entrega de Propuestas: 31 DE JULIO DE 2012- 2 PM OFICINA 728

9. Publicación de Informe de Verificación de Requisitos Habilitantes y Publicación del Informe de Evaluación técnica: 9 DE AGOSTO DE 2012

10. Plazo para presentación de observaciones al Informe de Evaluación: 14 DE AGOSTO DE 2012

11. Audiencia pública para dar a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas y la apertura de la propuesta económica:16 DE AGOSTO DE 2012

12. Acto de adjudicación: TREINTA (30) días hábiles siguientes a la fecha del vencimiento del término fijado para la presentación de observaciones al informe de evaluación por parte de los oferentes.

1.3 PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES De conformidad con el artículo 2.2.6 del Decreto 734 de 2012; el proyecto de pliego de condiciones se publicará, cuando menos con diez (10) días hábiles de antelación a la fecha del acto que ordena su apertura, en el concurso de méritos con propuesta técnica detallada (PTD), y con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles a la misma fecha, en el concurso de méritos con propuesta técnica simplificada (PTS) en la página www.contratos.gov.co, a partir del día 16 DE JULIO DE 2012. Durante este término, los posibles oferentes y la ciudadanía en general, podrán formular observaciones a los mismos, las cuales deberán enviarse por escrito a la Secretaría del Medio Ambiente del Municipio de Medellín, ubicada en la Calle 44 No. 52-165, Oficina 713, o al correo electrónico [email protected], indicando con claridad que se trata de observaciones a este proceso de Concurso de Méritos. 1.4 FECHA DE APERTURA Y PUBLICACION PLIEGO DEFINITIVO La apertura del presente Concurso de Méritos será el 24 DE JULIO DE 2012, por lo tanto a partir de esta fecha la información que figura en el Proyecto de Pliego de Condiciones será reemplazada, siendo la única información válida para la presentación de la propuesta, la consignada en el Pliego de Condiciones.

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De conformidad con el Decreto 734 de 2012; el pliego de condiciones definitivo se publicará en la página www.medellin.gov.co y www.contratos.gov.co, a partir del día 24 DE JULIO DE 2012. El pliego de condiciones definitivo incluirá los temas planteados en las observaciones presentadas al proyecto de pliego, siempre y cuando se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la Secretaría del Medio Ambiente, agrupará aquellas de naturaleza común. De conformidad con el parágrafo 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el derecho de participación en la presente convocatoria es gratuito. La información contenida en este pliego de condiciones sustituye totalmente cualquier otra que el Municipio de Medellín o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta convocatoria. En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este pliego de condiciones. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones respectivas contenidas en este documento. 1.5 OBJETO ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA SOLUCIÓN HIDRÁULICA, ESTRUCTURAL Y GEOTÉCNICA EN QUEBRADAS DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CORREGIMIENTOS EN DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INTERVENCION QUEBRADAS, GRUPO 1. 1.6 PRESUPUESTO OFICIAL La Secretaría del Medio Ambiente considera que el valor de la presente contratación asciende a la suma de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($324.445.678) INCLUIDO IVA DEL 16%, moneda legal colombiana, valor que incluye: el personal necesario de acuerdo con los requerimientos de la Secretaría del Medio Ambiente, y costos directos tales como transportes, papelería, y labores necesarios para la correcta ejecución de las actividades, así como también los demás impuestos y costos necesarios. Las obligaciones derivadas del contrato que llegare a celebrarse se pagarán con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 4000060566 y Solicitud de Pedido 20002472 de 2012. En ningún caso sea el proponente perteneciente al régimen simplificado o régimen común, el valor básico total corregido de la propuesta (costos de personal mas costos directos) antes del IVA, no podrá exceder del valor básico total (costos de personal mas costos directos) del presupuesto oficial. 1.7 PLAZO DEL CONTRATO El término de duración del presente contrato es de CUATRO (4) MESES. La ejecución se iniciará una vez se suscrita el acta de inicio por parte de la Secretaría del Medio Ambiente, previa aprobación de la garantía única por parte de la Jurídica de la Unidad Administrativa de la Secretaría del Medio Ambiente.

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En caso de que el contratista se negase a la suscripción del acta de inicio dentro de los días hábiles siguientes a la fecha de del contrato o retarde considerablemente la misma, la Secretaría del Medio Ambiente mediante acto administrativo motivado expedirá orden inmediata de proceder, so pena de ser adjudicado el contrato al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando la propuesta sea favorable a la entidad. El plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento mediante documento suscrito por las partes, previa verificación por parte del interventor del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el Municipio de Medellín. 1.8 FORMA DE PAGO El pago del total del contrato se hará mediante actas mensuales, a contra entrega de informe de interventoría, el cual debe cumplir con los Hitos y el Plan Operativo de Inversión Físico y Financiero.

No descripción % de pago

1 Informe 1. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

25%

2 Informe 2. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

25%

3 Informe 3. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

25%

4 Informe final de liquidación de la obra donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

25%

Nota: Debe anexar copia de pago de salarios y seguridad social. En la entrega final deberá anexar paz y salvo correspondiente a las obligaciones adquiridas con el personal. El Contratista reintegrará el anticipo al Municipio, descontando de cada acta por trabajo ejecutado el mismo porcentaje que se utilizó para fijar su cuantía o en un mayor valor si se requiere, hasta su completa cancelación (En caso de haber anticipo). En forma previa a la autorización de cada pago, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar, etc.), cuando corresponda. Además de la certificación del revisor fiscal o contador de que se encuentra a paz y salvo, deberá adjuntar para cada pago las planillas de pago de aportes del sistema SOI. Todo pago debe contar con el aval de interventor y la Subsecretaría. De cada cuenta de cobro o factura que presente el contratista para su pago, el Municipio de Medellín deducirá un porcentaje de amortización equivalente al anticipo entregado de cada acta de pago, hasta su completa cancelación, sin perjuicio que en determinados eventos pueda efectuarse retenciones mayores para lograr su completa amortización (En caso de haber anticipo). En todo caso el acta final no podrá ser de un valor inferior al 10% del valor total del contrato, incluidas las adiciones que pudieran darse en desarrollo del mismo.

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1.9 ACLARACIONES La solicitud de aclaraciones se formulará por escrito ante la Secretaría del Medio Ambiente oficina 713 del Centro Administrativo la Alpujarra, Hasta los (3) días hábiles antes del cierre de la Contratación y hasta las 5:00 P.M. Las consultas y aclaraciones deberán radicarse en la oficina 713, Secretaría del Medio Ambiente, indicando la dirección y número telefónico del interesado, o dirigirse al fax 385 76 17 o al e-mail contratació[email protected], pues en caso contrario no generarán para el Municipio la obligación de contestarlas antes de la fecha de cierre de la Contratación. La solicitud y respuesta a las aclaraciones no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las ofertas. En todo caso, cualquier modificación al pliego de condiciones se hará mediante adenda. Ninguna aclaración o respuesta verbal podrá afectar los términos y condiciones del presente pliego de condiciones y sus efectos serán meramente interpretativos. 1.10 PARTICIPACIÓN DE LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS Las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley podrán desarrollar su actividad durante las etapas precontractual, contractual y postcontractual de esta modalidad de selección que se realizará por Concurso de Méritos, realizando oportunamente las recomendaciones escritas que consideren necesarias, e interviniendo en las audiencias que se convoquen durante el proceso, caso en el cual se les suministrará toda la información y documentación pertinente que soliciten y que no esté publicada en el sitio www.contratos.gov.co. El costo de las copias y las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo. 1.11 LEGISLACIÓN APLICABLE

Ley 80 de 1993, por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y sus decretos reglamentarios.

Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.

Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones, y sus decretos reglamentarios.

Ley 789 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo, excepto el parágrafo 2 del artículo 50.

Ley 816 de 2003, por medio de la cual se apoya la industria nacional a través de la contratación pública.

Ley 850 de 2003, por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

Ley 1122 de 2007, por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

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Decreto 510 de 2008, expedido por el Alcalde de Medellín, por medio del cual se efectúan unas delegaciones en materia contractual.

Decreto 1679 del 4 de noviembre de 2008, expedido por el Alcalde de Medellín, por el medio del cual se crean el Comité de Orientación y Seguimiento en Contratación del Municipio de Medellín y los Comités Internos de Contratación en cada Despacho, se efectúan unas delegaciones en contratación para la conformación de los Comités Asesores y Evaluadores de cada proceso contractual y se dictan otras disposiciones.

Decreto 491 de 2009, expedido por el Alcalde de Medellín, por medio del cual se realizan unas modificaciones a los Decretos Municipales 1678 y 1679 de 2008.

Decreto 734 de 2012, “Por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Publica y se dictan otras disposiciones”.

En general, las normas legales aplicables durante el proceso precontractual del Concurso de Méritos y de la ejecución del contrato serán las estipuladas en el pliego de condiciones, en los reglamentos internos del Municipio de Medellín y las propias vigentes en Colombia sobre la materia.

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CAPITULO II - ETAPAS DEL CONCURSO 2.1 REQUISITOS HABILITANTES Y DE PARTICIPACIÓN El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos de los términos de la presente Convocatoria Pública, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y demás normas relacionadas con el asunto. Así mismo, deberán indicar expresamente qué información de la consignada en su propuesta tiene carácter de reservada, invocando expresamente la norma jurídica en que se fundamenta, con el fin de que EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE - se abstenga de entregar la misma, cuando cualquier persona natural o jurídica ejerciendo el derecho de petición, solicite copia de los documentos. En el evento en que no se señalen las normas específicas que le otorga ese carácter, se tendrá por no escrito el anuncio de reserva. EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, podrá solicitar las aclaraciones que considere pertinentes, las cuales serán resueltas por el interesado dentro del término que para el efecto se fije en comunicación escrita por el Evaluador. 2.1.1. REQUISITOS DE ORDEN LEGAL En aras de preservar los principios de celeridad y economía, el contratista deberá incluir tabla del contenido absoluto de la propuesta especificando los números de página donde se encuentran la información y los documentos requeridos en el pliego de condiciones. 2.1.1.1. Certificado De Existencia Y Representación Legal

El proponente deberá presentar con su propuesta, el certificado sobre su existencia y representación legal cuando se trate de persona jurídica. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, cada uno de sus integrantes deberá presentar su respectivo certificado. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a un (1) mes, contado a partir de la fecha de entrega de las propuestas. El objeto social de la persona jurídica o actividad mercantil de la persona natural deberá ser acorde y/o similar a lo requerido por el Municipio de Medellín. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación, esta exigencia aplica para cada uno de sus integrantes. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para presentar la propuesta o contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente. 2.1.1.2. Autorización de la junta o asamblea de socios Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la cuantía, o de la calidad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente de la sociedad, de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal, o el documento donde acredite su autorización

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para participar en la contratación, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de salir favorecido. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar la declaración aquí exigida. 2.1.1.3. Fotocopia Del Certificado Del Registro Único Tributario (RUT) Para efectos de conocer el régimen al que pertenece el proponente, deberá anexarse el RUT. Para los Consorcios o Uniones Temporales, deberá presentarse el correspondiente a cada uno de sus integrantes. 2.1.1.4. Registro Único De Proponentes (RUP)

De conformidad con el Decreto 734 de 2012 y la ley 1150 de 2007, se deberá disponer del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación, cada uno de sus integrantes deberá aportar este certificado. EN EL CASO QUE EL PROPONENTE HAYA REALIZADO LA RENOVACIÓN DEL RUP, DENTRO DEL MES ANTERIOR AL VENCIMIENTO DE CADA AÑO DE VIGENCIA Y AÚN NO ESTÉ EN FIRME, DEBERÁ PRESENTAR LOS DOS CERTIFICADOS; SE LE TENDRÁ EN CUENTA PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES, LA INFORMACIÓN QUE ESTE EN FIRME. 2.1.1.5. Certificación Del Pago De Parafiscales Y Aportes A La Seguridad Social De Sus

Empleados Según lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 797 de 2003, el Decreto 510 de 2003 y la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello haya lugar. Persona jurídica Cuando el interesado sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, conforme a la Ley 100 de 1993, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. La información presentada se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad. EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los

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efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido. De conformidad con el inciso 2 y el parágrafo 1 del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, quien manifieste interés y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Persona natural Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995. Deberá aportar una declaración juramentada, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar, que a la fecha de presentación de su propuesta, que ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. La información presentada se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad. EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta o al de la suscripción del contrato, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural, deberá aportar la declaración aquí exigida. 2.1.1.6. Régimen de Inhabilidades e Incompatibilidades

No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e

incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la

Ley 80 de 1993, el Art. 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas aplicables.

2.1.1.7. Certificado Disciplinarios Inhabilidades e incompatibilidades (Procuraduría General

de la Nación)

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Los proponentes deberán presentar certificado Disciplinarios Inhabilidades e incompatibilidades expedido por la Procuraduría General de la Nación. 2.1.1.8. Certificado De Responsables Fiscales Los proponentes deberán presentar certificado de no estar incluidos en el boletín de responsables fiscales, expedido por la Contraloría General de la Nación. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural o jurídica, deberá aportar la declaración aquí exigida. 2.1.1.9. Consorcios, Uniones Temporales U Otras Formas Asociativas Se permite la presentación de Consorcios y Uniones Temporales. Los interesados indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal, para lo cual señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin la autorización previa de LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE. Los miembros del Consorcio deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad será solidaria frente a EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En el caso de las Uniones Temporales éstas deberán indicar su porcentaje de participación. Ambos deberán especificar los ítems contractuales a los que se compromete cada uno de los integrantes. Ambos deberán designar la persona que para todos los efectos los representará y anexarán el acta mediante la cual se constituyen como Consorcio o Unión Temporal. Todos los documentos deben estar firmados por el representante legal del consorcio o la unión temporal. Para efectos impositivos a los Consorcios o Uniones Temporales, se les aplicará el régimen previsto en el Estatuto Tributario para las sociedades, pero en ningún caso estarán sujetos a doble tributación según el artículo 7 parágrafo 2 de la ley 80 de 1993, en concordancia con el artículo 3 del Decreto 3050 del 1997. 2.1.1.10. Reciprocidad A efectos de lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 20 de la Ley 80 de 1993 y el parágrafo del artículo 10 de la Ley 816 de 2003 modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero en procesos de selección nacionales, siempre que cumplan con alguna de estas condiciones: a) Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país, o b) Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii)Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del

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principio de reciprocidad. En el último caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitará la publicación en el Secop de las certificaciones referidas y de mantener dicha información actualizada coordinadamente con la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente. En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta. 2.1.1.11. Profesionales Y Expertos Integrantes Del Equipo De Trabajo El proponente deberá presentar con la propuesta la hoja de vida de los profesionales responsables de la ejecución, los cuales deberán cumplir con los requisitos descritos en el presente pliego y en las especificaciones técnicas. NOTA: EL CONTRATISTA DEBERÁ PAGAR A SUS TRABAJADORES LOS SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y PARAFISCALES CONFORME A LO PACTADO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES, Y ACORDE LAS NORMAS LABORALES VIGENTES; EL MUNICIPIO A TRAVÉS DE LA INTERVENTORÍA VELARÁ POR SU CUMPLIMIENTO. 2.1.1.12. Garantía De Seriedad De La Propuesta (EN ORIGINAL) Con el fin de amparar a la Secretaría del Medio Ambiente - Municipio de Medellín en caso de NO suscripción del contrato. El valor será el 10% del valor del presupuesto oficial y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta por tres (3) meses más. NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE FORMA SIMULTÁNEA CON LA OFERTA SERÁ CAUSAL DE RECHAZO DE ESTA ÚLTIMA, SEGÚN LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 5.1.7.1 DEL DECRETO 734 DE 2012. La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite, una vez haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo. 2.1.2. REQUISITOS DE ORDEN TECNICO

2.1.2.1. Abono De La Propuesta La Propuesta será abonada por un Ingeniero Civil, Arquitecto o Arquitecto Constructor, debidamente matriculado y que esté vinculado con la empresa cuando se trate de persona jurídica o, si es persona natural, debe tener esta profesión.

Deberá anexar copia de la Matricula Profesional y el certificado de vigencia de la matricula profesional expedido por el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERIA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES En caso de no cumplir con este requisito el contratista no será tenido en cuenta para la evaluación. 2.1.2.2. Experiencia Probable La experiencia probable del proponente deberá estar relacionada con la actividad consultora y acorde con su objeto social.

La Secretaría del Medio Ambiente teniendo en cuenta las características y cuantía del presente proceso, requiere que para su ejecución, el proponente cumpla con unas condiciones de experiencia que garanticen a la entidad que podrá llevar a cabo la ejecución del proyecto; por

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este motivo deberá tener una experiencia Probable mínima de cinco (5) años o más, contados en la forma prevista en el Decreto 0734 de 2012. Para consorcios o uniones temporales, la verificación de la experiencia probable se obtendrá de la suma de cada uno de sus integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación. 2.1.2.3. Capacidad De Organización Se considerará hábil al proponente que presente en el certificado de inscripción, calificación y clasificación, en el Registro Único de Proponentes (RUP), una capacidad organizacional igual o superior al 10% del presupuesto oficial expresado en SMMLV. Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará la Co de cada uno de sus integrantes. En este caso, la Co del proponente se obtendrá de la suma de las correspondientes a cada uno de sus integrantes una vez ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación. 2.1.2.4. Clasificación De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en el artículo 6.2.3.1, deberá estar clasificado conforme a los códigos CIIU adoptados por Colombia, de la siguiente manera: SECCIÓN DIVISIÓN GRUPO CLASE DESCRIPCIÓN M 71 711 7110 Diseño de ingeniería (es decir,

aplicación de las leyes físicas y de los principios de ingeniería al diseño de máquinas, materiales, instrumentos, estructuras, procesos y sistemas) y actividades de consultoría relativas a:

-Proyectos de ingeniería civil, hidráulica

de tráfico -Proyectos de ordenación hídrica M 71 711 7110 Servicios geodésicos: -Actividades de agrimensura -Estudios hidrológicos -Estudios de subsuelo Sin embargo, de conformidad con lo establecido en los artículos 6.1.3.4 y 6.4.6 del Decreto 0734 de 2012, para los proponentes que tengan vigente el RUP, según el régimen establecido en el Decreto 1464 de 2010, será válido estar inscrito y clasificado en las siguientes especialidades y grupos: Consultores

20104 Aprovechamiento y uso de recursos hídricos 20105 Infraestructura física Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito, calificado y clasificado en el Registro Único de Proponentes (RUP), en la actividad, especialidad y grupos exigidos en este pliego de condiciones.

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NOTA: Para la verificación de la anterior información, los proponentes deberán presentar el último RUP expedido por la Cámara de Comercio (Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios). Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes deberá presentar el último RUP expedido por la Cámara de Comercio (Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios). 2.1.3. CAPACIDAD FINANCIERA Para la verificación de la capacidad financiera, se tendrá en cuenta la información inscrita, renovada y/o debidamente actualizada que se encuentre en firme en el Registro Único De Proponentes (RUP), de conformidad con los artículos 6.2.3.1 al 6.2.3.3 del decreto 734 de 2012. La capacidad financiera del proponente se verificará a partir de la evaluación de los siguientes factores: 2.1.3.1. Capital de Trabajo Se calcula con la siguiente fórmula: Cw = Activo Corriente – Pasivo Corriente El índice Cw del proponente debe ser igual o superior al cuarenta por ciento (40%) del presupuesto oficial, de lo contrario el proponente será declarado no habilitado. Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el Cw de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el Cw del proponente será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos. 2.1.3.2. Índice de Endeudamiento (IE) Se calcula con la siguiente fórmula: IE= Pasivo Total / Activo Total El índice IE del proponente debe ser igual o menor a cero punto cinco (0.5), de lo contrario el proponente será declarado no habilitado. Para consorcios o uniones temporales, la verificación por Índice de Endeudamiento se obtendrá de la suma de los índices de cada uno de sus integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación. 2.1.3.3. Índice de liquidez (IL) Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente Como requisito habilitante el proponente deberá presentar un Índice de Liquidez igual o superior a uno punto cinco (1.5). Para consorcios o uniones temporales, la verificación por Índice de Liquidez se obtendrá de la suma de los índices de cada uno de sus integrantes, de acuerdo con su porcentaje de

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participación.

En caso de no cumplir con estos requisitos el contratista no será tenido en cuenta para la evaluación 2.2. RESERVA EN DOCUMENTOS El artículo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. De conformidad con la preceptiva constitucional, los numerales 2 y 3 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, disponen que todas las personas interesadas en los procesos contractuales pueden conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las entidades públicas, y para ello pueden examinar los expedientes. Por lo tanto, en caso que el interesado considere que algún documento de su propuesta de interés goza de reserva legal, deberá manifestarlo por escrito y soportarlo conforme a las normas que le brindan tal carácter. 2.3. CORRESPONDENCIA Toda la correspondencia que se genere con ocasión de la presente Convocatoria Pública podrá ser entregada directamente en la UNIDAD ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, ubicada en la Calle 44 No. 52-165, oficina 713 2.4. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. 2.5. CONSULARIZACION De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”. Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 2.6. REGLAS DE SUBSANABILIDAD De conformidad con lo estipulado en el Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y en el Artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012, primará lo sustancial sobre lo formal y por lo tanto, no será rechazada una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en el pliego de condiciones.

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En virtud de esta disposición, la Secretaría de Medio Ambiente podrá solicitar al proponente, en cualquier momento y hasta antes de la adjudicación, que subsane cualquier requisito que no implique la asignación de puntajes. Para ello podrá solicitar las aclaraciones que considere pertinentes y las mismas deberán ser resueltas por el proponente dentro del tiempo estipulado por el evaluador en comunicación escrita. En ningún caso la entidad podrá señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta. En caso de que el proponente no allegue las aclaraciones solicitadas dentro del período establecido, la propuesta será considerada NO ADMISIBLE.

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CAPITULO III – PRESENTACION DE LA PROPUESTA

3.1 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

La propuesta tanto Técnica como Económica se recibirá en la Unidad Administrativa de la Secretaría del Medio Ambiente del Centro Administrativo Municipal La Alpujarra, Calle 44 No. 52-165, piso 7. (VER CRONOGRAMA) Si el proponente desea enviar la propuesta técnica y económica por correo, deberá remitirla con suficiente antelación para que pueda ser recibida en la dirección anotada antes de la fecha y hora fijadas para el cierre del Concurso de Méritos. En todo caso, el Municipio de Medellín no será responsable del retardo o extravío que pueda derivarse de esta forma de entrega. Las propuestas presentadas en forma extemporánea no serán tenidas en cuenta para la evaluación y posterior adjudicación. La propuesta deberá ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal y contener toda la documentación requerida, teniendo en cuenta la siguiente forma de presentación: En sobres cerrados y sellados, dirigidos así:

MUNICIPIO DE MEDELLÍN SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE CALLE 44 NO. 52-164, OFICINA 728 MEDELLÍN, ANTIOQUIA REF: CONCURSO DE MÉRITOS NO. 20002472 DE 2012. OBJETO: ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA SOLUCIÓN HIDRÁULICA, ESTRUCTURAL Y GEOTÉCNICA EN QUEBRADAS DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CORREGIMIENTOS EN DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INTERVENCION QUEBRADAS, GRUPO 1. En original y copia, debidamente foliadas, indicando en la portada cual es el original y cuál es la copia. En caso de discrepancia entre ellas prevalecerá el original. La propuesta se presentará en DOS (2) SOBRES CERRADOS, cada uno de los cuales se integrará como se estipula a continuación: Se indicará, el nombre y dirección del proponente, con el fin de que sea posible devolver la propuesta sin abrir, en caso de ser presentada extemporáneamente. 3.1.1. SOBRE NO. 1 - PROPUESTA TECNICA En original y una (1) copia, en sobres cerrados y separados, indicando el número y el objeto del Concurso de Méritos, así como el nombre y la dirección del proponente. La Secretaría del Medio Ambiente no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En este sobre se deberán incluir los siguientes documentos:

Índice o Tabla de Contenido, especificando los números de página donde se encuentran la información y los documentos requeridos en el pliego de condiciones.

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Carta de Presentación de la Propuesta, de acuerdo con el modelo suministrado en este pliego de condiciones, firmada por el proponente, si es persona natural, o por el representante legal si es persona jurídica, consorcio o unión temporal. La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos del Concurso de Méritos.

Inscripción de proveedores y contratistas si aún no se encuentra inscrito en el Municipio

Hojas de vida de los profesionales: Acompañadas de constancia de estudios y las certificaciones de experiencia solicitadas.

Todos los documentos exigidos deberán incluirse en el original y en la copia de la propuesta. En caso de discrepancia entre la copia y el original, primará este último sobre aquélla. Los documentos que hacen parte del original y de la copia de la propuesta deberán ser totalmente legibles, enlegajados y foliados (TODAS LAS PAGINAS SIN EXCEPCIÓN EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA CON TINTA NEGRA NUNCA CON MAQUINA NUMERADORA). Los folios que contengan modificaciones o enmiendas deberán ser convalidados con la firma de quien suscribe la carta de presentación. La omisión de alguno de los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerlas en cuenta en la evaluación, de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. 3.1.2. SOBRE NO. 2 – PROPUESTA ECONOMICA En original y una (1) copia, en sobres cerrados y separados, indicando el número y el objeto del Concurso de Méritos, así como el nombre y la dirección del proponente. La Secretaría del Medio Ambiente no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. La propuesta económica deberá incluir todos los precios asociados con las tareas a contratar que comprenden: a. La remuneración del personal del consultor, la cual podrá incluir: (según en cada caso, sueldos,

cargas por concepto de seguridad social viáticos…) b. Gastos reembolsables indicados en los pliegos de condiciones. c. Gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la realización

de la labor. d. Gastos de administración. e. Utilidades del consultor. (incluidas en factor multiplicador) f. Gastos contingentes. Todos los precios deberán ser desglosados por actividad, y de ser necesario, por gastos en moneda nacional y extranjera. Las actividades y productos descritos en la propuesta técnica pero no costeados en la propuesta económica, se considerarán incluidas en los precios de las actividades o productos costeados. Si el proponente pertenece al régimen simplificado del impuesto a las ventas deberá tener en cuenta que para efectos de la evaluación económica al valor de su oferta le será adicionado el valor del IVA asumido y el resultado obtenido no podrá superar el valor del presupuesto oficial destinado para esta contratación, de lo contrario será eliminado del proceso de selección.

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Adicionalmente, al preparar su propuesta deberá tener en cuenta todos los impuestos que hayan de causarse por la celebración y ejecución del contrato, los cuales son por cuenta del adjudicatario y no darán lugar a ningún pago adicional al de los precios pactados. 3.2 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, con excepción de los que estrictamente correspondan al Municipio de Medellín. Para efectos de la retención en la fuente por renta, el Municipio procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente, y en caso de que no haya lugar a ello, el proponente deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención. Entre los impuestos que estarán a cargo de proponente, a manera de enunciado, y sin perjuicio del deber que tienen los proponentes de informarse al respecto, se tienen los siguientes:

Estampilla "Universidad de Antioquia, de Cara al Tercer Siglo de Labores": Creada por el Concejo de Medellín mediante Acuerdo 08 de marzo de1996, modificado mediante Acuerdos 68 de diciembre de 1997, y 055 de diciembre de 2002, corresponde al uno por ciento (1%) del valor del contrato.

Impuesto de Industria y Comercio: corresponde al seis por mil (6‰) del valor total del contrato. En caso de estar exento de este tributo, el proponente deberá aportar copia del acto mediante el cual se estableció dicha exención.

La propuesta económica sólo se abrirá el día de la audiencia de adjudicación, una vez se hayan evaluado las propuestas técnicas recibidas, la apertura del sobre con la propuesta económica se hará solamente al proponente que obtuvo el primer lugar en el orden de calificación. 3.3 PROPUESTA BASICA Cada propuesta deberá entregarse en original y copia, traerá en forma separada la información y los documentos antes descritos. El idioma utilizado será el español. Todas las hojas de la propuesta deben presentarse numeradas y firmadas por el proponente o por el representante legal, según el caso. 3.4 CRITERIOS DE EVALUACIÓN La Secretaría del Medio Ambiente adjudicará el objeto de esta invitación, a partir de los resultados de la evaluación de los criterios de selección que se presentan a continuación:

ITEM PUNTAJE MÁXIMO

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE EXIGIDA 400

EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 600

TOTAL 1000

3.4.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE EXIGIDA (400 PUNTOS)

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Se tendrá en cuenta la experiencia acreditada en un máximo de diez (10) contratos certificados por la entidad contratante, individualmente o en consorcio o unión temporal, ejecutados durante los últimos diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la contratación. Se requiere certificar la ejecución de contratos en cualquiera de las siguientes áreas:

Interventoría de estudios y diseños y/o ejecución de estudios y diseños de canales en quebradas o ríos.

Interventoría de estudios y diseños y/o ejecución de estudios y diseños de coberturas en quebradas o ríos.

Interventoría de estudios y diseños y/o ejecución de estudios y diseños de muros de contención en quebradas o ríos.

Interventoría de estudios y diseños y/o ejecución de estudios y diseños de obras de estabilización de taludes sobre quebradas o ríos.

Interventoría de estudios y diseños y/o ejecución de estudios y diseños de presas en quebradas o ríos

No se entiende como obras similares: Obras hidráulicas no especificadas como las anteriores, redes de alcantarillado, redes de acueducto, plantas de tratamiento, tanques de almacenamiento de aguas, piscinas, canalizaciones eléctricas o telefónicas, obras de drenaje (filtros, cunetas y/o transversales). Para el caso de consorcios o uniones temporales se tendrán en cuenta la experiencia certificada de acuerdo con su porcentaje de participación y que cumplan con los requisitos anotados anteriormente Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con el objeto descrito anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, se deberá aclarar mediante certificación de la entidad contratante, cuáles fueron las actividades similares ejecutadas por el proponente, el valor ejecutado y la fecha de ejecución de estas. Para efectos del tiempo válido como experiencia solo se tomará el tiempo efectivo de ejecución del contrato, es decir en el caso en que se hubieran presentado suspensiones o se hayan ejecutado labores diferentes a las anotadas este tiempo no se tendrá en cuenta para el cálculo del tiempo laborado. Para efectos del tiempo válido como experiencia solo se tomará el tiempo efectivo de ejecución del contrato, es decir en el caso en que se hubieran presentado suspensiones o se hayan ejecutado labores diferentes a las anotadas este tiempo no se tendrá en cuenta para el cálculo del tiempo laborado. El tiempo efectivo para evaluación de la experiencia se tomará en meses vencidos, no se tendrá en cuenta fracción de mes para contratos en ejecución. Para la conversión del tiempo en el caso de que el plazo del contrato certificado este dado en días calendario, este número de días se divide por treinta (30) y el resultado se redondeará siempre una cifra decimal. Se tendrán en cuenta los contratos terminados, suspendidos o en ejecución, celebrados por el proponente, ya sea individualmente o en consorcio o unión temporal, durante los últimos diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la presente contratación.

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El Municipio de Medellín se reserva el derecho de verificar, aclarar y/o comprobar la información que por este concepto presente el proponente.

Se evaluará de la siguiente manera: Por una experiencia acreditada certificada de DIECIOCHO (18) MESES 200 Puntos Al proponente que presente experiencia superior a los DIECIOCHO (18) MESES dentro de los 10 contratos presentados, se le asignará un puntaje adicional. El puntaje adicional máximo será de 200 puntos a quien presente una experiencia adicional igual o mayor a NUEVE (09) meses, si la experiencia adicional es inferior a 9 meses, se asignará puntaje según la siguiente relación: Pa = (ep x 200) / 9 Dónde: Pa = Puntaje asignado por experiencia específica adicional a los 18 meses ep = Experiencia específica en meses vencidos adicional a los 18 meses certificada en meses de la propuesta en estudio dentro de los diez contratos presentados. NOTA: Las certificaciones de los contratos, deberán contener la siguiente información: OBJETO DEL CONTRATO ENTIDAD CONTRATANTE FECHA DE INICIO (D, M, A) FECHA DE TERMINACIÓN DE LABORES (D, M, A) VALOR EJECUTADO En el caso de CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES, la experiencia específica se deberá presentar de manera proporcional al porcentaje de participación de cada uno de los miembros. Para la acreditación de la experiencia NO SE TENDRÁN EN CUENTA OFERTAS MERCANTILES. 3.4.2 EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES (MAXIMO 600 PUNTOS) 3.4.2.1 UN (1) DIRECTOR (MÁXIMO 200 PUNTOS) Se exigirá un (1) director con la dedicación que se encuentra descrita en el cuadro de cantidades, que acredite ser Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario, Ingeniero Geólogo o Geólogo con título de especialista, maestría o Doctorado en el área de la hidráulica. Se evaluará a partir de la información que suministre el proponente y sus respectivas certificaciones. Se asignarán máximo doscientos (200) puntos al profesional propuesto que cumpla los siguientes requisitos, si no cumple se asignarán cero puntos. La experiencia general se evaluará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior hasta la fecha de presentación de la propuesta, tal y como lo establece el decreto 019 de 2012 en su artículo 229, Experiencia Profesional. Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional.

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La experiencia específica se demuestra con la certificación debidamente actualizada de la firma contratante, debidamente firmada por la persona responsable de la misma y ésta deberá contener la siguiente información: objeto del contrato o tipo de vinculación, fecha de inicio, fecha de terminación de labores (día, mes y año) sin la total presentación de la información solicitada, la certificación no tendrá validez. Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con el objeto descrito anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, se deberá aclarar mediante certificación de la entidad contratante, cuáles fueron las actividades similares ejecutadas por el profesional, la duración y la fecha de ejecución de estas. Para el caso de obras certificadas que cumplan con el objeto requerido y que presenten traslapo entre sí, se tomarán los tiempos una sola vez. En el caso de que una certificación que cumpla con el objeto requerido se traslape con otros contratos o actividades cuyo objeto es diferente al solicitado, la certificación deberá aclarar la dedicación del profesional dentro de los contratos traslapados. Se tomará como experiencia específica del DIRECTOR las certificaciones en donde haya cumplido la función de director, interventor, diseñador, asesor o coordinador en contratos de diseño cuyo objeto haya sido uno de los siguientes: - Ejecución de estudios y diseños de canales en quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de coberturas en quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de muros de contención en quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de obras de estabilización de taludes sobre quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de presas en quebradas o ríos. No se entiende como obras similares: Obras hidráulicas no especificadas como las anteriores, redes de alcantarillado, redes de acueducto, plantas de tratamiento, tanques de almacenamiento de aguas, piscinas, canalizaciones eléctricas o telefónicas, obras de drenaje (filtros, cunetas y/o transversales). No se tendrá en cuenta la experiencia diferente a la solicitada. Se homologarán los estudios de especialización, maestría o doctorado en el área hidráulica como experiencia profesional y específica, de acuerdo a lo definido en la Resolución 747 del 9 de marzo de 1998 del Ministerio de Transporte así:

Estudios Experiencia General años Experiencia específica años

Especialización 2 1

Maestría 3 1.5

Doctorado 4 2

Se asignará el puntaje a la hoja de vida según los siguientes criterios: Por la certificación de estudios de posgrados Si acredita título de especialización en las áreas solicitadas 20 Puntos Si acredita título de Maestría en las áreas solicitadas 30 Puntos Si acredita título de Doctorado en las áreas solicitadas 50 Puntos Para la experiencia general:

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Experiencia General Mayor de 8 años y menor de 9 años 40 Puntos Experiencia General Igual o mayor a 9 años 75 Puntos Para la experiencia específica: Experiencia Específica mayor de 4 años y menor de 5 años 40 Puntos Experiencia Específica mayor a 5 años 75 Puntos El puntaje total será la suma de los puntajes obtenidos por experiencia general y experiencia específica. Dentro de las funciones del DIRECTOR, estará la coordinación de las actividades al interior de la consultoría. 3.4.2.1 DOS (2) DISEÑADORES HIDRÁULICOS (MÁXIMO 200 PUNTOS) Se exigirán DOS (2) diseñadores hidráulicos con la dedicación que se encuentra descrita en el cuadro de cantidades, que acredite ser Ingeniero Civil u otra que acredite que acredite título de especialista, maestría o Doctorado en el Área de la Hidráulica y debidamente matriculado. Se evaluará a partir de la información que suministre el proponente y sus respectivas certificaciones. Se asignarán máximo de CIEN (100) puntos a cada profesional propuesto para este cargo, que cumpla los siguientes requisitos, si no cumple se asignarán cero puntos. La experiencia general se evaluará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior hasta la fecha de presentación de la propuesta, tal y como lo establece el decreto 019 de 2012 en su artículo 229, Experiencia Profesional. Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional. La experiencia específica se demuestra con la certificación de la firma contratante, debidamente suscrita por la persona responsable de la misma y ésta deberá contener la siguiente información: objeto del contrato o tipo de vinculación, fecha de inicio, fecha de terminación de labores (día, mes y año). Sin la total presentación de la información solicitada, la certificación no tendrá validez. Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con el objeto descrito anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, se deberá aclarar mediante certificación de la entidad contratante, cuáles fueron las actividades similares ejecutadas por el profesional, la duración y la fecha de ejecución de estas. Para el caso de obras certificadas que cumplan con el objeto requerido y que presenten traslapo entre sí, se tomarán los tiempos una sola vez. En el caso de que una certificación que cumpla con el objeto requerido se traslape con otros contratos o actividades cuyo objeto es diferente al solicitado, la certificación deberá aclarar la dedicación del profesional dentro de los contratos traslapados. Se tomará como experiencia específica del diseñador hidráulico, las certificaciones en donde haya cumplido la función de diseñador hidráulico director, interventor, diseñador, asesor o coordinador en contratos de diseño, cuyo objeto haya sido uno de los siguientes: - Ejecución de estudios y diseños de canales en quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de coberturas en quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de muros de contención en quebradas o ríos.

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- Ejecución de estudios y diseños de obras de estabilización de taludes sobre quebradas o ríos. - Ejecución de estudios y diseños de presas en quebradas o ríos. No se entiende como obras similares: Obras hidráulicas no especificadas como las anteriores, redes de alcantarillado, redes de acueducto, plantas de tratamiento, tanques de almacenamiento de aguas, piscinas, canalizaciones eléctricas o telefónicas, obras de drenaje (filtros, cunetas y/o transversales). No se tendrá en cuenta la experiencia diferente a la solicitada. Se homologarán los estudios de especialización, maestría o doctorado en el área hidráulica como experiencia profesional y específica, de acuerdo a lo definido en la Resolución 747 del 9 de marzo de 1998 del Ministerio de Transporte así:

Estudios Experiencia General años Experiencia específica años

Especialización 2 1

Maestría 3 1.5

Doctorado 4 2

Se asignará el puntaje a la hoja de vida según los siguientes criterios: Por la certificación de estudios de posgrados Si acredita título de especialización en las áreas solicitadas 10 Puntos Si acredita título de Maestría en las áreas solicitadas 15 Puntos Si acredita título de Doctorado en las áreas solicitadas 30 Puntos Para la Experiencia General Experiencia General Mayor de 4 años y menor de 5 años 20 Puntos Experiencia General Igual o mayor a 5 años 35 Puntos Para la experiencia específica: Experiencia Específica mayor de 3 años y menor de 4 años 20 Puntos Experiencia Específica mayor a 4 años 35 Puntos El puntaje total será la suma de los puntajes obtenidos por experiencia general y experiencia específica. 3.4.2.1 UN (1) DISEÑADOR GEOTECNISTA (MÁXIMO 100 PUNTOS) Se exigirá un (1) diseñador geotecnista con la dedicación que se encuentra descrita en el cuadro de cantidades, que acredite ser Ingeniero Civil o Ingeniero geólogo o geólogo, debidamente matriculado, con experiencia en el área de suelos o geotecnia Se evaluará a partir de la información que suministre el proponente y sus respectivas certificaciones. Se asignarán máximo cien (100) puntos al profesional propuesto para este cargo, que cumpla los siguientes requisitos, si no cumple se asignarán cero puntos.

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La experiencia general se evaluará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior hasta la fecha de presentación de la propuesta, tal y como lo establece el decreto 019 de 2012 en su artículo 229, Experiencia Profesional. Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional. La experiencia específica se demuestra con la certificación de la firma contratante, debidamente suscrita por la persona responsable de la misma y ésta deberá contener la siguiente información: objeto del contrato o tipo de vinculación, fecha de inicio, fecha de terminación de labores (día, mes y año). Sin la total presentación de la información solicitada, la certificación no tendrá validez. Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con el objeto descrito anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, se deberá aclarar mediante certificación de la entidad contratante, cuáles fueron las actividades similares ejecutadas por el profesional, la duración y la fecha de ejecución de estas. Para el caso de obras certificadas que cumplan con el objeto requerido y que presenten traslapo entre sí, se tomarán los tiempos una sola vez. En el caso de que una certificación que cumpla con el objeto requerido se traslape con otros contratos o actividades cuyo objeto es diferente al solicitado, la certificación deberá aclarar la dedicación del profesional dentro de los contratos traslapados. Se tomará como experiencia específica del DISEÑADOR GEOTECNISTA las certificaciones en donde haya cumplido una de las siguientes funciones: diseñador geotécnico, ingeniero de suelos o contratista en labores cuyo objeto haya sido estudios de suelos o geotécnicos, cualquiera de estas funciones en contratos de estudios geotécnicos o de suelos. No se tendrá en cuenta la experiencia diferente a la solicitada. Se homologarán los estudios de especialización, maestría o doctorado en el área de geotecnia como experiencia profesional y específica, de acuerdo a lo definido en la Resolución 747 del 9 de marzo de 1998 del Ministerio de Transporte así:

Estudios Experiencia General años Experiencia específica años

Especialización 2 1

Maestría 3 1.5

Doctorado 4 2

Se asignará el puntaje a la hoja de vida según los siguientes criterios: Por la certificación de estudios de posgrados Si acredita título de especialización en las áreas solicitadas 10 Puntos Si acredita título de Maestría en las áreas solicitadas 15 Puntos Si acredita título de Doctorado en las áreas solicitadas 30 Puntos Para la experiencia general: Experiencia General Mayor de 3 años y menor de 4 años 20 Puntos Experiencia General Igual o mayor a 4 años 35 Puntos

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Para la experiencia específica: Experiencia Específica mayor de 1 años y menor de 2 años 20 Puntos Experiencia Específica mayor a 2 años 35 Puntos El puntaje total será la suma de los puntajes obtenidos por experiencia general y experiencia específica. 3.4.2.1 UN (1) DISEÑADOR ESTRUCTURAL (MÁXIMO 100 PUNTOS) Se exigirán un (1) diseñador estructurales con la dedicación que se encuentra descrita en el cuadro de cantidades, que acrediten ser Ingenieros Civiles, debidamente matriculados. Con experiencia en el área de estructuras Se evaluará a partir de la información que suministre el proponente en el formato previsto para ello y sus respectivas certificaciones. Se asignarán máximo cien (100) puntos al profesional propuesto para este cargo, que cumpla los siguientes requisitos, si no cumple se asignarán cero puntos: La experiencia general se evaluará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior hasta la fecha de presentación de la propuesta, tal y como lo establece el decreto 019 de 2012 en su artículo 229, Experiencia Profesional. Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional. La experiencia específica se demuestra con la certificación de la firma contratante, debidamente suscrita por la persona responsable de la misma y ésta deberá contener la siguiente información: objeto del contrato o tipo de vinculación, fecha de inicio, fecha de terminación de labores (día, mes y año) sin la total presentación de la información solicitada, la certificación no tendrá validez. Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con el objeto descrito anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, se deberá aclarar mediante certificación de la entidad contratante, cuáles fueron las actividades similares ejecutadas por el profesional, la duración y la fecha de ejecución de estas. Para el caso de obras certificadas que cumplan con el objeto requerido y que presenten traslapo entre sí, se tomarán los tiempos una sola vez. En el caso de que una certificación que cumpla con el objeto requerido se traslape con otros contratos o actividades cuyo objeto es diferente al solicitado, la certificación deberá aclarar la dedicación del profesional dentro de los contratos traslapados. Se tomará como experiencia específica del DISEÑADOR ESTRUCTURAL las certificaciones en donde hayan cumplido una de las siguientes funciones: diseñador estructural o contratista en diseños estructurales. No se tendrá en cuenta la experiencia diferente a la solicitada. Se homologarán los estudios de especialización, maestría o doctorado en el área de estructuras como experiencia profesional y específica, de acuerdo a lo definido en la Resolución 747 del 9 de marzo de 1998 del Ministerio de Transporte así:

Estudios Experiencia General años Experiencia específica años

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Especialización 2 1

Maestría 3 1.5

Doctorado 4 2

Se asignará el puntaje a la hoja de vida según los siguientes criterios: Por la certificación de estudios de posgrados Si acredita título de especialización en las áreas solicitadas 10 Puntos Si acredita título de Maestría en las áreas solicitadas 15 Puntos Si acredita título de Doctorado en las áreas solicitadas 30 Puntos Para la experiencia general: Experiencia General Mayor de 3 años y menor de 4 años 20 Puntos Experiencia General Igual o mayor a 4 años 35 Puntos Para la experiencia específica: Experiencia Específica mayor de 1 años y menor de 2 años 20 Puntos Experiencia Específica mayor a 2 años 35 Puntos El puntaje total será la suma de los puntajes obtenidos por experiencia general y experiencia específica. Para la evaluación de la experiencia general, de cada uno de los profesionales se deberá anexar copia de Acta de Grado o del Diploma. La Matricula Profesional y el certificado de vigencia expedido por el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERIA Y SUS PROFESIONES AUXILIARES se deberá aportar para el ejercicio de la labor específica del contrato que se llegare a suscribir. 3.5 PLAZO PARA LA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación jurídica y técnica de las propuestas se realizará dentro de los SEIS (6) DÍAS hábiles siguientes a la fecha de cierre del Concurso de Méritos. Dentro de dicho plazo, y con el fin de facilitar el análisis y comparación de las mismas, el Municipio podrá solicitar a los proponentes, por escrito, las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias. 3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE En el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, se dará prioridad al proponente que, sucesivamente:

A. En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se aplicarán

los criterios de desempate previstos en los pliegos de condiciones, mediante la priorización de los factores de escogencia y calificación que hayan sido utilizados en el proceso de selección, de conformidad con el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007. Si después de aplicar esta regla persiste el empate, se entenderá que las ofertas se encuentran en igualdad de condiciones.

Presente el mayor puntaje en calificaciones de los profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo.

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Presente el mayor puntaje en experiencia especifica del proponente superior a la mínima exigida.

B. En caso de que exista empate entre propuesta nacional y extranjera, se preferirá la propuesta

nacional, de conformidad con el Artículo 2, de la Ley 816 de 2003 y el Articulo 21 de la Ley 80 de 1993.

En el evento de propuestas presentadas en unión temporal o consorcio, donde uno de sus miembros es extranjero, se preferirá, en todo caso, la propuesta en la que la mayor participación la tengan empresas nacionales. Para que un consorcio o una unión temporal se consideren nacionales, todos sus integrantes deben tener tal calidad. C. De persistir el empate se dará aplicación en su orden a los numerales 3 y 4 del Decreto 2473

de 2010. Numeral 3: “si persiste el empate y entre los empatados se encuentran Mipymes, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales”. Numeral 4: “si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá”. Para el efecto, deberá aportar certificación de MIPYMES, expedido por el Revisor Fiscal o Contador Público según el caso. D. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el Articulo 24 Literal a) de la Ley 361

de 1997, de conformidad con el cual, se preferirá en igualdad de condiciones al Proponente que tenga vinculado laboralmente el mayor número de personas con limitaciones (calificada como tal en el carné de afiliado al sistema de seguridad en salud), que no puede ser inferior al 10% de sus empleados en nómina.

En caso de consorcios o uniones temporales, dicho requisito deberá ser cumplido mínimo por uno de los integrantes. E. Si persiste el empate, se realizará un sorteo en audiencia pública, cuya fecha y hora serán

informadas en el sitio www.contratos.gov.co. Dicha audiencia será conducida por la Secretario (a) del Medio Ambiente o su delegado y de ella se levantará un acta en la que consten los resultados del sorteo, que será suscrita por los funcionarios y demás interesados que asistan a ella. El sorteo se llevará a cabo con balotas, en la Oficina 713 de la Secretaría del Medio Ambiente, mediante el siguiente procedimiento:

a) Al momento de entrega de la propuesta se asignará a cada proponente un número

inmodificable de uno (1) a n (siendo n el total de proponentes), en forma ascendente. b) En una balotera se introducirá una cantidad de balotas igual al número de propuestas

empatadas en el primer lugar, las cuales corresponderán al número asignado a cada proponente.

c) Luego, se sustraerán las balotas, una por una, y ese será el orden de elegibilidad que se

establezca para la adjudicación del contrato.

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3.7 ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS El Municipio de Medellín podrá rechazar y eliminar una o varias propuestas, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad para contratar, según lo dispuesto en la Ley 80 de 1993. b) Cuando el proponente no acredite las calidades de participación establecidas en este pliego

de condiciones. c) Cuando sea extemporánea, es decir, si se presenta después de la fecha y hora fijadas para el

cierre de la convocatoria o esta sea entregada en oficina diferente a la indicada, a pesar de ser radicada dentro del plazo señalado para la entrega de la misma.

d) Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato supere el establecido en el pliego de condiciones.

e) Si el proponente se encuentra inscrito en el Boletín De Responsables Fiscales (Articulo 60, Ley 610 de 2000).

f) Cuando la propuesta se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición.

g) Por no considerar las modificaciones al pliego de condiciones que mediante adendas haya hecho el municipio.

h) Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, para la misma licitación.

i) Cuando esté incompleta, en cuanto a que no cumple lo especificado o no incluye algún documento o requisito que, de acuerdo con este pliego de condiciones, se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva con otras ofertas.

j) Cuando no cumpla con las especificaciones mínimas acordadas el pliego de condiciones o no se subsane dentro del plazo otorgado por la administración los requisitos requeridos.

k) Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda al objeto contractual requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación.

l) Si luego de evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.

m) Cuando en cualquiera de los criterios de evaluación no se alcance el 50% del puntaje máximo para cada uno de ellos.

n) Cuando no se obtenga un puntaje acumulado mínimo de setecientos cincuenta (750) puntos en la calificación del total de los criterios de evaluación de las propuestas.

o) Por la no presentación de la Garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta. Numeral 7.1, Art. 7º decreto 4828 de 2008.

p) Cuando existan diferencias entre la información presentada en el sobre 1 (Requisitos habilitantes y propuesta técnica) y el sobre 2 (propuesta económica).

q) Cuando en la propuesta económica, se presente el valor total del personal propuesto, inferior al establecido por la Secretaría del Medio Ambiente en el formato de resumen económico.

3.8 APERTURA Y REVISION DE LA PROPUESTA ECONOMICA Una vez concluida la evaluación técnica, la Secretaría del Medio Ambiente, en audiencia pública, dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas. La Secretaría del Medio Ambiente procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta económica del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación. Si el valor antes de IVA contenido en el sobre económico del proponente que obtuvo el mayor puntaje, excede el valor antes de IVA del presupuesto oficial, su propuesta será rechazada y se

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procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación, y así sucesivamente. La Secretaría del Medio Ambiente verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse, en lo sustancial, los requerimientos técnicos.

Si de la verificación de la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en el siguiente orden de elegibilidad, hecho lo cual se repetirá el procedimiento indicado en el numeral anterior.

La Secretaría del Medio Ambiente y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos alcanzados con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato.

La Secretaría del Medio Ambiente adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado. 3.9 ASEGURAMIENTO METROLOGICO El contratista deberá presentar evidencia de un programa de aseguramiento metrológico, de conformidad con los Decretos 2269 de 1993, 3144 de 2008, 3257 de 2008 y 3735 de 2009. Los requisitos mínimos que deben contener dichas evidencias son:

Evidencia de personal capacitado en las actividades que ejecuta para dar cumplimiento al objeto del contrato.

Hoja de vida de los instrumentos y equipos utilizados en las actividades que se ejecutan para dar cumplimiento al objeto del contrato.

Cronograma de actividades Metrológicas (Mantenimientos preventivos y calibraciones). Aplica en la utilización de instrumentos de medición 3.10 ADJUDICACION DEL CONTRATO La adjudicación se hará mediante resolución motivada, proferida por la Secretaría del Medio Ambiente, según delegación conferida por el Alcalde de Medellín en los Decretos 510 y 1679 de 2008 y la cual será notificada personalmente al proponente favorecido, y comunicada a los no favorecidos. Contra esta resolución no procede recurso alguno por la vía gubernativa. Ejecutoriada la resolución de adjudicación, ésta es irrevocable y obliga al Municipio de Medellín y al adjudicatario, de acuerdo con lo establecido en el Numeral 11, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Dentro del mismo plazo también podrá declararse desierto el concurso de méritos, conforme a lo previsto en el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.

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CAPITULO IV - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 4.1 OBJETO ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA SOLUCIÓN HIDRÁULICA, ESTRUCTURAL Y GEOTÉCNICA EN QUEBRADAS DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN Y SUS CORREGIMIENTOS EN DESARROLLO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO INTERVENCION QUEBRADAS, GRUPO 1 4.2 ALCANCE Realizar los diseños hidráulicos, geotécnicos, estructurales, arquitectónicos de tramos priorizados con las comunidades mediante concejos consultivos, los cuales se especifican a continuación:

El contratista deberá estudiar cada una de las fichas, las cuales serán suministradas por la administración y contactar a los líderes de las comisiones ambientales para socializar y aclarar las inquietudes y alcance de cada uno de los puntos definidos, previo al inicio de las actividades, para lo cual se podrá contar con el apoyo del profesional de la Subsecretaría de MetroRío que sea designado para tal fin.

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4.3 METODOLOGÍA La metodología para la realización del diseño deberá comprender como mínimo la elaboración de las siguientes actividades; INFORMACION SECUNDARIA - Recopilación de información; consultar en el centro de documentación de La Secretaría del

Medio Ambiente u otras fuentes información que ayude con el proceso de estudio y diseño. Especificar que estudios, diseños, se encontraron y consultaron para la elaboración de los estudios y diseños del contrato.

- Información cartográfica actualizada a escala 1:2000 ó 1:5000. - Asociar el presente diseño al tramo de la Actualización de la red hídrica del municipio de

Medellín. - Visitas de campo; realizar las visitas de campo al lugar que será objeto de estudio y posterior

diseño con el fin de comprobar algunas hipótesis de trabajo, diseño y estados de las obras, así como un inventario fotográfico detallado.

TOPOGRAFIA - Levantamientos topográficos; realizar el levantamiento y revisión de la topografía levantada y

posteriormente generada del sitio en estudio. - Carteras topográficas de campo, coordenadas y niveles. - Plano de la poligonal base. - Planos de levantamiento topográfico con curvas de nivel en medio físico a escala adecuada. - Planos de plantas y de secciones transversales. - Secciones transversales de la quebrada. - Sección longitudinal por eje de quebrada. - Localización de captaciones, vertimientos, cambios en el curso de agua, accidentes

geotécnicos, estructuras hidráulicas, descargas de aguas lluvias y/o aguas residuales, vías, accesos principales, poligonales de viviendas que invadan las zonas de retiro, redes de EPM, etc.

- Archivos digitales y análogos de todos los planos, carteras y cuadros. - Amarre geodésico aprobado por el Departamento Administrativo de Planeación. ESTUDIOS HIDROLOGICOS La información pluviográfica disponible deberá contar con los siguientes ítems: - Localización de las estaciones pluviográficas de incidencia y trazado de los polígonos de

Thiessen. - Presentación de la información de las principales características de las estaciones

seleccionadas. - Caracterización del régimen de precipitación. - Precipitación promedia multianual ponderada. PARÁMETROS MORFOMÉTRICOS Presentación de los parámetros morfométricos de la cuenca - Área de la cuenca. - longitud cauce principal hasta la divisoria siguiendo el cauce principal. - Ancho medio de la cuenca. - Pendiente de la cuenca. - Perímetro de la cuenca. - Longitud cauce principal.

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- Pendiente cauce principal. - Cota nacimiento cauce principal. - Cota sitio de interés o de estudio. - Cota más alta sobre la divisoria. - Longitud desde el sitio de interés al centro de gravedad. - Longitud del cauce principal en línea recta desde el sitio de interés hasta el sitio de nacimiento. - Índice de compacidad o índice de Gravelius. - Índice de forma o índice de Horton. - Sinuosidad hidráulica. - Además se deben especificar los estadísticos de pendiente en la cuenca, tales como

pendiente mínima, pendiente máxima y pendiente promedia. CÁLCULO DEL TIEMPO DE CONCENTRACIÓN - Presentación de las diferentes metodologías para el cálculo del tiempo de concentración

(mínimo 6), los resultados de los mismos y determinar del valor definitivo de tiempo de concentración para el cálculo de los caudales de diseño.

CÁLCULO DE LA INTENSIDAD DE PRECIPITACIÓN - Presentar las curvas IDF para cada una de las estaciones presentadas en el estudio con cada

uno de los parámetros que estás contiene, definiendo en cada una el porcentaje de área con incidencia en la cuenca basado en el trazado de los polígonos de Thiessen.

- Aportar los valores de intensidad (mm/h) y precipitación total (mm) para cada uno de los periodos de retorno a saber, 2.33, 5, 10, 25, 50 y 100 años.

CAUDALES PARA PERIODO DE RETORNO - Descripción de las metodologías a utilizar en los cálculos de los caudales, ya sea el método

racional o modelos lluvia – escorrentía (Método de las hidrógrafas Unitarias) presentar los cálculos del hietograma efectivo o distribución de la lluvia en el tiempo, mapas de coeficiente de escorrentía, numero de curva.

- Determinar los caudales para los períodos de retorno de 2.33, 5, 10, 25, 50 y 100 años teniendo en cuenta las normas vigentes y mediante metodologías claras y reconocidas internacionalmente (Decreto 339 de 1990).

- Análisis de los resultados obtenidos mediante gráficas y estadísticos para selección del caudal de diseño.

- Luego de la finalización del estudio hidrológico por parte del contratista se entregará al interventor a través de oficios para su revisión de modo que La Secretaría pueda tener control sobre este proceso, lo anterior con la finalidad de agilizar el proceso de revisión y aprobación final, teniendo en cuenta que algún error en éstos conllevaría a un atraso general del todo el proceso de diseño.

ESTUDIOS HIDRAÚLICOS Los cálculos hidráulicos de las soluciones; una vez sean aprobadas las soluciones particulares de cada sitio el diseñador procederá a elaborar los cálculos hidráulicos, los cuales deberán ser revisados y aprobados por el interventor. Los estudios hidráulicos deben contar con los siguientes ítems: - Visitas de campo; realizar las visitas de campo al lugar que será objeto de estudio y posterior

diseño con el fin de comprobar algunas hipótesis de trabajo, diseño y estados de las obras, así como un inventario fotográfico detallado.

- Realizar la evaluación hidráulica en condiciones existentes del tramo en estudio con el propósito de cuantificar las variables hidráulicas.

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- Algunos de los productos que debe contener el informe hidráulico con respecto a la metodología son los siguientes: Descripción general del programa utilizado, metodología para el cálculo del coeficiente de rugosidad de Manning (n), metodología para el cálculo de sobreelevación en curvas, metodología para verificar el borde libre de la estructura planteada, metodología para el cálculo de las dimensiones de la estructura, metodología para el cálculo de la socavación o sedimentación general según el caso y metodologías adicionales que se presenten en la particularidad de cada estudio.

- Modelación Hidráulica de las condiciones actuales de la quebrada, previo a la ejecución del proyecto. En las cuales se determinará niveles máximos con períodos de retorno de 2.33, 5, 10, 25, 50 y 100 años.

- Modelación Hidráulica de las condiciones de la quebrada, teniendo en cuenta la futura ejecución del proyecto. En las cuales se determinará niveles máximos con períodos de retorno de 2.33, 5, 10, 25, 50 y 100 años.

- En cada una de las anteriores simulaciones se deben establecer la geometría de la quebrada, las condiciones de frontera, cálculo del coeficiente de rugosidad de Manning (n), los coeficientes de expansión y contracción y demás condicionamientos del modelamiento hidráulico.

- Incluir los planos, en cuanto a perfiles de descarga, secciones de la quebrada, niveles y las manchas de inundación en planimetría en planta.

- Los resultados de las simulaciones hidráulicas se deberán ceñir a un análisis en los sitios de las estructuras proyectadas, en un periodo de retorno de 100 años para determinar con estos caudales máximos, los niveles máximos de aguas. Los archivos de las simulaciones hidrológicas e hidráulicas deben anexarse.

ESTUDIOS GEOETECNICOS Los estudios geotécnicos deben contar con los siguientes ítems: - Exploración de campo: En la cual se definen los sitios donde se realizaran las exploraciones,

se describe la zona en términos litológicos, geología, geomorfología, tipos y usos de suelo. - Sondeos: Localización de los sondeos, descripción del sondeo, la columna estratigráfica con la

localización de las muestras tomadas, la descripción de los materiales detectados al avanzar la exploración y la posición del nivel freático.

- Análisis de laboratorio: Se deben realizar los ensayos de humedad natural, límites de Atterberg y granulometría por tamizado.

- Análisis geotécnicos: Se deben de describir las diferentes perforaciones con base en las características geomecánicas de los estratos de cada muestra.

- Las recomendaciones deben apuntar a definir el tipo de estrato de cimentación, el tipo de cimentación, la profundidad de desplante de la cimentación, la capacidad portante del suelo de cimentación, la densidad del estrato de cimentación, el asentamiento permisible, el tipo de lleno a disponer, parámetros sísmicos, recomendaciones de los materiales, abatimiento del nivel freático y otras recomendaciones asociadas al análisis geotécnico.

ANALISIS DE ALTERNATIVAS - Análisis de alternativas: Se evaluará y diagnosticará los problemas particulares del sitio en

estudio, luego se pondrá a consideración del interventor las alternativas estudiadas y las alternativas elegidas para dar solución a cada sitio. Será el interventor quien de manera conjunta con la supervisión por parte de La Secretaría quienes en última instancia aprobarán las soluciones presentadas por el diseñador. Esto basado en un análisis técnico, económico, social, ambiental e institucional (TESAI).

- Para soportar este análisis de aportan los estudios hidrológico, hidráulico, geotécnico y estructural; elaboraros teniendo en cuenta las normas vigentes y mediante metodologías claras y reconocidas internacionalmente, incluyendo todos los cálculos, memorias, diseños y

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en general cualquier información necesaria para obtener los respectivos permisos de ocupación de cauce ante la Autoridad Ambiental. Dicho proceso se hará e inmediatamente se entregará al interventor a través de oficios para su revisión de modo que La Secretaría pueda tener control sobre este proceso, lo anterior con la finalidad de agilizar el proceso de revisión y aprobación final, teniendo en cuenta que algún error en éstos conllevaría a un atraso general de todo el proceso de diseño.

CALCULO Y DISEÑO ESTRUCTURAL Los cálculos estructurales de las soluciones; una vez sean aprobadas las soluciones particulares de cada sitio el diseñador procederá a elaborar los cálculos estructurales, los cuales deberán ser revisados y aprobados por el interventor. El análisis estructural deberá contar con los siguientes ítems: - Análisis de la información, características geotécnicas, configuración geométrica de las obras

hidráulicas, criterios estructurales, materiales, predimensionamiento de la obra propuesta, estimación de cargas para la obra propuesta

- El cálculo de los siguientes empujes: De tierras, hidrostático, sub-presión, acción sísmica e hidrostático del agua.

- Estimación de las combinaciones de carga y envolvente del diseño. - Análisis estructural de la obra, proceso del modelamiento, programa utilizado y resultados

obtenidos del mismo. - El diseño estructural deberá contar con: Chequeo de resistencia de la fuerza cortante, diseño

de las estructura de la obra y revisión de la fisuración. - Recomendación y diseño de estructuras a construir. PRODUCTOS FINALES Una vez el diseñador concluya con la elaboración de los estudios, el interventor revisará y aprobará los productos finales entregados antes de que el diseñador proceda con la impresión final de los informes y planos. CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO - Análisis de precio unitarios de las actividades que corresponden a las obras propuestas - Cantidades de obra, presupuestos y especificaciones técnicas. - Programación de la obra. - Cronograma con ruta crítica de la misma (Project) - Anexar este presupuesto en archivo digital (Excel). OTROS - Elaborar el Plan de Acción Socio-Ambiental de Obra (PASAO), para cada obra diseñada - Realizar los talleres de socialización de los diseños con las comunidades beneficiadas. PLANOS Y MEMORIAS - Incluir todos los cálculos, memorias de cálculo, elaboración de planos, esquemas, dibujos,

gráficos, fotografías diseños y en general cualquier información necesaria para obtener los respectivos permisos de ocupación de cauce y legalización con la entidad ambiental competente. Todo lo necesario para ilustrar y justificar adecuadamente los estudios y las recomendaciones, los cuales serán entregados en medio físicos y magnéticos,

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Los planos y diseños se ajustarán a las normas de las EPM y/o el RAS 2000 y el Código de Construcciones Sismo- Resistentes- NSR-10. Incluye también diligenciar los formularios pertinentes de ocupación de cauce, vertimientos, concesión de aguas y/o merced de las mismas. Incluye las coordenadas de los puntos de descarga y cota sobre el nivel del mar. 4.4 NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Para las obras que se recomienden y diseñen se tendrán en cuenta las siguientes normas:

Manual de interventoría del municipio de Medellín, según decreto 0626 de 2005.

Decreto 339 de 1990.

Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y decreto 2474 de 2008.

Plan de ordenamiento para el Manejo de la Cuenca del Río Aburrá. Generales

NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS NTC (Actualizadas)

AMERICAN SOCIETY FOR TESTING AND MATERIALS (ASTM)

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONTRUCCIÓN – EPM- (Actualizadas)

Vías

MANUAL DE DISPOSITIVOS PARA LA REGULACIÓN DEL TRÁNSITO EN LAS CALLES, CARRETERAS Y CICLORUTAS DE COLOMBIA, EMANADA DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE – INVÍAS, DE MAYO DE 2004 Y DEMÁS NORMAS VIGENTES.

MANUAL DE SEÑALIACIÓN DE OBRAS EN LAS VÍAS. SECRETARÍA DE TRANSPORTES Y TRÁNSITO DE MEDELLÍN.

Concretos

AMERICAN STANDARDS FOR TESTING AND MATERIALS (ASTM)

AMERICAN CONCRETE INSTITUTE – ACI

PUBLICACIONES TÉCNICAS DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE PRODUCTORES DE CEMENTO – ICPC ( Versiones 2001)

PUBLICACIONES TÉCNICAS DE LA PORTLAND CEMENT ASSOCIATION – PCA Urbanismo Y Espacio Público

CARTILLA DEL MANUAL DEL ESPACIO PÚBLICO, EXPEDIDO POR LA ALCALDÍA DE MEDELLÍN EN 2003.

Ambiental

GUIA DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS PÚBLICAS.

NORMA NEGC 1300 IMPACTO COMUNITARIO 4.5 PLAN Y CARGAS DE TRABAJO El personal del contratista estará compuesto por un director, un diseñador hidráulico, un diseñador estructural, un diseñador geotecnista y un Ingeniero Ambiental, personal que acompañará todo el proceso de elaboración de los diseños de acuerdo a la metodología.

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El director realizará la revisión y dirección del diseño, será el encargado de asistir a las reuniones programadas por La Secretaría y actuar en representación del contratista entre otras. El Diseñador hidráulico; realizará la elaboración de los estudios hidrológicos y los diseños hidráulicos. El Diseñador geotécnico; realizará la elaboración de los estudios de suelos y los diseños geotécnicos. El Diseñador estructural; realizará los cálculos estructurales de las obras propuestas y el ingeniero Ambiental se encargará de realizar la evaluación ambiental de la o las alternativas propuestas, realizar el levantamiento e identificación de las redes de Empresas Publicas y otras, que interfieran o se puedan ver afectadas por la ejecución del proyecto y el reconocimiento, localización del componente arbóreo que sea necesario intervenir por la ejecución del proyecto, indicando si es necesario su tala, trasplante o poda u otra intervención. 4.6 VISITA AL SITIO DEL PROYECTO El Proponente, , si lo considera pertinente, deberá inspeccionará y examinará cada una de las iniciativas priorizadas por las comunidades, según se describen en las respectivas fichas, las cuales se ponen a su consideración y que hacen parte del presente proceso de contratación, con el fin de informarse por su cuenta acerca de la naturaleza del terreno y del subsuelo, la forma y características del sitio, las cantidades, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial, las fuentes de materiales, zonas de depósito de material sobrante, vías de acceso al sitio, instalaciones que pueda requerir, las condiciones del ambiente y, en general, todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su oferta. También deberá hacer la evaluación e identificación de las áreas ambientalmente frágiles y vulnerables que puedan ser afectadas por el proyecto, así como el reconocimiento del entorno socio-económico y la presencia de minorías étnicas en el área de influencia del proyecto, con el fin de que dentro de la organización ambiental del proyecto sean consideradas prioritarias en su manejo. El proponente deja expresa constancia de que estudió las especificaciones del proyecto, su naturaleza y localización, la composición y conformación externa de los terrenos, y las condiciones normales y variables del clima, el espacio físico para maniobrar, las zonas de depósito, vías de acceso al sitio, la calidad y cantidad de materiales y suministros necesarios para su ejecución, y los demás factores que puedan influir en el cálculo del valor de su propuesta y en la iniciación y correcto desarrollo de los trabajos. El hecho de que el Proponente no se familiarice debidamente con los detalles y condiciones del manejo general del proyecto, no le servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones. En tal sentido no habrá lugar a expedición de constancia de visita por parte del Municipio de Medellín. 4.7 PLAN OPERATIVO DE INVERSIONES (POI)

A más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del Acta de inicio, el Contratista de obra entregará a la interventoría y a la Subsecretaría el POI, que deberá ser en un todo consistente con el listado de Hitos Mínimos descrito en el Pliego de Condiciones del Contrato de obra, y que por ningún motivo, podrá modificar los plazos establecidos en éste. La Interventoría deberá verificar que el POI desarrollado, permita identificar rutas críticas, plazos intermedios, holgura de actividades y efectuar el seguimiento detallado del proyecto. El POI contendrá como mínimo lo siguiente:

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Listado de Actividades, en el cual se indique duración, fecha de inicio y terminación temprana, actividades precedentes y actividades sucesoras.

Ruta Crítica y holguras de cada una de las actividades

Listado de recursos.

Programa de utilización de recursos, con detalle de recursos requeridos para cada actividad. El POI deberá ser aprobado por la Interventoría. Para la aprobación, el interventor verificará lo siguiente:

Que el programa sea congruente con los plazos máximos establecidos en el listado de Hitos Mínimos.

Que el programa demuestre que el contratista tiene un entendimiento adecuado del proyecto, y ha efectuado una planeación de su ejecución que permite cumplir con los plazos de ejecución del proyecto.

Que el documento le permitirá hacer seguimiento al desarrollo del proyecto, y prever cualquier desviación anticipadamente, de manera que sea posible tomar oportunamente los correctivos.

Si a juicio de la interventoría el POI requiere de ajustes, así lo ordenará al contratista, quien tendrá tres (3) días para efectuar los correctivos indicados. Si vencido este término el contratista no ajustara el Programa, se adoptarán las modificaciones solicitadas por el interventor como definitivas. La no entrega oportuna del POI, o los ajustes solicitados por el interventor, se considerarán incumplimiento grave del contrato, y conllevará la aplicación de las sanciones previstas en el contrato. El POI sólo podrá ser modificado con el visto bueno del Subsecretario respectivo, previa solicitud del Contratista y concepto favorable del Interventor y del coordinador por parte de la Secretaría del Medio Ambiente. Verificación del Cumplimiento de Programación La verificación del cumplimiento de la programación estará en cabeza del interventor, quien deberá llevar dos tipos de control:

Verificación del cumplimiento de la lista de Hitos Mínimos, que será efectuado al día siguiente de cada uno de los vencimientos, fecha en la cual el interventor manifestará a la secretaría por escrito sobre el cumplimiento del hito correspondiente. El incumplimiento de cualquiera de estas fechas dará inicio al procedimiento de imposición de multas al contratista.

Verificación del POI de manera semanal. El interventor verificará el cumplimiento del contratista en términos de plazos de actividades, tanto en la fecha inicial prevista, como en su avance y empleo de los recursos inicialmente previstos. Semanalmente, el interventor reportará al comité de Obra sobre el avance, empleando para ello herramientas de programación computacionales (Project, Primavera o similar). En el mismo comité el contratista deberá definir las medidas que tomará para corregir cualquier desviación. Si el incumplimiento fuese reiterado, o el contratista no aplicare las medidas acordadas en comité, el interventor iniciará el procedimiento de aplicación de multas por incumplimiento.

4.8 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base y a las instrucciones que imparta el Municipio para el cabal desarrollo de las obras.

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Durante la ejecución de los trabajos y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que se adviertan, sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil. 4.9 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS El contratista deberá iniciar los trabajos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de expedición del acta de inicio, suscrita entre las partes, la cual se elaborará una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato, indicados en el presente pliego de condiciones. En todo caso, la iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados a la entrega del anticipo Atendiendo lo consignado en el numeral 2 del capítulo IV del Manual de Contratación del Municipio de Medellín, los adjudicatarios, deberán allegar los documentos necesarios para la legalización de los contratos, en un término máximo de cinco (5) días hábiles, sin perjuicio de que este término pueda ser prorrogado hasta por cinco (5) días hábiles más a criterio del ordenador del gasto. Dicho plazo, en caso de ser incumplido, dará lugar al cobro de la garantía de seriedad o hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Del mismo modo se recalca que el artículo 8 de la ley 80 de 1993 en su numeral 1, literal a) establece una inhabilidad para las personas que sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado. En todo caso, la iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados a la entrega del anticipo.

4.10 SUBCONTRATOS El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del contrato, y aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución de los trabajos deberán tener la previa aprobación del Municipio, en cuyo caso, el Contratista será el único responsable de la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que el Municipio adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. 4.11 INTERVENTORÍA DEL CONTRATO El Municipio ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato a través de un profesional universitario designado por la Secretaría del Medio Ambiente, quien actuará como coordinador de Interventoría y tendrá como función verificar el cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el Contratista. El interventor ejercerá un control integral sobre el desarrollo del proyecto, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Contratista la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Así mismo, el interventor está autorizado para ordenar al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.

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El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la por la Coordinación de la Secretaría del Medio Ambiente; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas. El Municipio podrá en cualquier momento, ordenar la suspensión del contrato, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de las instrucciones impartidas por el Coordinador, sin que el Contratista tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo. Las principales funciones y atribuciones del Interventor de la Secretaría del Medio Ambiente son:

a. Colaborar con los Interventores Contratistas y con los Contratistas de Obra para el éxito de los trabajos.

b. Exigir el cumplimiento de las especificaciones y del los contratos en todas sus partes.

c. Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, componente financiero y someterlos a consideración del Municipio.

d. Exigir al Contratista Interventor el empleo de personal técnico capacitado y debidamente matriculado, de acuerdo con la ley, y solicitar el despido del que, a su juicio, sea descuidado, incompetente, insubordinado o cuyo trabajo sea perjudicial para los intereses del Municipio.

e. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad.

f. Vigilar que el Contratista Interventor cumpla las disposiciones que sean necesarias y, en general, todas las atribuciones que se consideren como potestativas del Coordinador, y las demás que le asigne el Municipio.

g. Tramitar y diligenciar la imposición de multas al Contratista Interventor, cuando a ello haya lugar.

h. Informar a la Compañía de Seguros sobre las llamadas de atención e incumplimientos del Contratista Interventor.

i. Revisar y aprobar el programa de trabajo del Contratista Interventor. 4.12 DISTINTIVO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA El contratista deberá dotar al personal que labora en el contrato desde el inicio de ésta, de algún distintivo que lo identifique ante el Municipio y la ciudadanía, previo acuerdo con la Interventoría del Municipio antes del inicio del contrato. Los diseños deben contar con el aval del profesional en el área de comunicaciones de la Secretaría. Los costos de estos distintivos deberán ser asumidos dentro del factor multiplicador. 4.13 PERSONAL DEL CONTRATISTA El personal que participe en la ejecución del proyecto será contratado directamente por el Contratista Interventor, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y el Municipio no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole. El Contratista Interventor se compromete a emplear personal idóneo y calificado, de manera que el contrato se realice en forma técnica y eficiente. Sin embargo, el Municipio podrá solicitar la remoción de cualquier de los empleados del Contratista Interventor y este deberá hacerlo dentro de los 5 días siguientes, contados a partir de recibir la orden escrita. 4.14 IMAGEN INSTITUCIONAL Atendiendo a los lineamientos de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía de Medellín, la estrategia de comunicación y todas las actividades que de ella se deriven, al igual que las piezas comunicacionales y publicitarias (vallas, plegables, cartillas, afiches, material audiovisual,

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souvenires, herramientas digitales, entre otros) y los elementos de identificación del personal, sin excepción, deberán ser aprobados por el comunicador representante de dicha dependencia. El manejo de la imagen institucional se hará de acuerdo con los lineamientos del Manual de Identidad Gráfica de la Alcaldía de Medellín. Como política de comunicaciones, en las piezas y productos de comunicación publicitaria y en las estrategias de divulgación, no se permite la ubicación de los logos de las empresas operadoras, en tanto que los recursos provienen exclusivamente de la Alcaldía de Medellín. No se autoriza ninguna publicación por parte de propios, o contratistas, sin el visto bueno de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía. El contratista debe verificar que se reconozca la imagen institucional de la Secretaría del Medio Ambiente y del Municipio de Medellín de la siguiente manera:

Los uniformes de los empleados del Contratista interventor de obra deben tener el Logo de la Secretaría.

El personal profesional y calificado del contratista de obra y del contratista de Interventoría deberá portar chaleco o camiseta que lo identifique como contratista de la Secretaría del Medio Ambiente.

Verificar que en toda reunión se coloque el pendón de la Secretaría, según diseño aprobado por la oficina de Comunicaciones de la Alcaldía y una vez terminado el contrato se entregará a la Secretaría del Medio Ambiente.

Los diseños finales deben tener el aval del profesional en el área de comunicaciones de la Secretaría y visto bueno del coordinador de Interventoría. 4.15 PROFESIONALES DE APOYO 4.15.1 INGENIERO AMBIENTAL Para evaluación ambiental, levantamiento de redes y reconocimiento arbóreo Para este tipo de residente no se requiere acreditar experiencia específica ESTOS PROFESIONALES Y SUS HOJAS DE VIDA SERÁN PUESTAS A DISPOSICIÓN AL MOMENTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Y SERÁN OBJETO DE VERIFICACIÓN POR PARTE DEL INTERVENTOR. 4.15 PARA TODO EL PERSONAL REQUERIDO A partir de la fecha definida en la acta de inicio para el inicio de actividades, el contratista deberá poner a disposición de la obra los profesionales presentados en su propuesta u otro con un perfil igual o superior que el propuesto, en caso de no cumplir con este requerimiento se considerará un incumplimiento del contrato, y se procederá a las imposición de las multas y sanciones pertinentes. En el caso de haber presentado profesionales con especialización, maestrías o doctorados, para la homologación de la experiencia específica y general, se solicite el cambio de estos para la ejecución de las obras; el nuevo profesional propuesto tendrá que tener las mismas condiciones de estudio presentadas con el originalmente propuesto. No se considerarán profesionales que no cumplan con el mínimo de experiencia específica requerido en estos pliegos, en el caso de no cumplir con este requisito dicho profesional no será

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aceptado y se solicitará el cambio, so pena de considerarse como incumplimiento del contrato en el caso de no aportarlos. No se aceptará que se proponga a profesionales que hayan sido propuestos en procesos anteriores y que se encuentren adjudicados a la fecha de la entrega de las propuestas. Si se tienen certificaciones de obras ejecutadas simultáneamente en el tiempo, solo se tomará como tiempo de experiencia el periodo comprendido entre la primera obra que inicie y la última obra que termine. En ningún caso se sumaran tiempos simultáneos de ejecución de obras. Para el caso de contratos actualmente en ejecución, también deberá anexarse la certificación por parte de la entidad contratante, donde conste el avance de obra y los demás requisitos exigidos para contratos terminados. En caso de cambio del personal propuesto el nuevo personal deberá igualmente cumplir con los requerimientos de categoría exigidos al personal propuesto (categoría certificada de acuerdo con la labor a desempeñar). El personal requerido para la ejecución del contrato deberá cumplir obligatoriamente con la dedicación que se calculó el presupuesto oficial. Si durante el contrato se requieren cambios de personal estos requieren el visto bueno previo por parte de la Secretaría del Medio Ambiente. El costo del personal se entenderá incluido dentro de la propuesta, y será de obligatoria exigencia en la ejecución del contrato. Si dentro de un contrato, se ejecutan actividades relacionadas con los objetos descritos anteriormente pero no están explicitas en el objeto del contrato, la certificación deberá aclarar cuáles fueron las obras similares ejecutadas por el profesional y la fecha de ejecución de estas (Inicio y terminación, D/M/A). El Municipio de Medellín se reserva el derecho de verificar y/o comprobar la información que por este concepto presente el proponente. Una vez firmada el acta de inicio para realizar cada pago, el contratista deberá presentar a la Secretaría del Medio Ambiente el contrato de trabajo de los profesionales al servicio del contrato junto con los pagos de seguridad social, los cuales deberán ser acordes con los valores definidos en la propuesta. En caso de contratos por prestación de servicios, la consultoría deberá pagar al profesional el básico definido en su propuesta afectado por el factor prestacional, y deberá exigirle el pago de los aportes de seguridad social para la presentación de estos ante la Secretaría del Medio Ambiente. La consultoría deberá presentar a la Secretaría del Medio Ambiente el contrato de trabajo de los profesionales al servicio del contrato junto con los pagos de seguridad social, los cuales deberán ser acordes con los valores definidos en la propuesta. El contratista deberá respetar a cada uno de los profesionales el factor prestacional establecido en los presentes pliegos en el anexo (FACTOR MULTIPLICADOR PERSONA JURÍDICA, PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO NO PROFESIONAL). 4.16 PRODUCTOS A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA - Carteras topográficas de campo, coordenadas y niveles.

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- Plano de la poligonal base. - Planos de levantamiento topográfico con curvas de nivel en medio físico a escala adecuada. - Planos de plantas y de secciones transversales - Secciones transversales de la quebrada. - Sección longitudinal por eje de quebrada. - Investigación de la información existente de mapas, perfiles, historia de niveles, máximos de

agua y fechas de ocurrencia, fotografías aéreas, etc. - Localización de captaciones, vertimientos, cambios en el curso de agua, accidentes

geotécnicos, estructuras hidráulicas, poligonales de viviendas que invadan las zonas de retiro, etc.

- Amarre geodésico aprobado por el Departamento Administrativo de Planeación. - Los archivos de cálculo de las simulaciones hidrológicas e hidráulicas deben anexarse. - Estudio hidrológico - Estudio hidráulico. - Estudio geotécnico. - Diseño estructural. - Planos, memorias de cálculo y diseños estructurales para cada una de las estructuras

propuestas, incluyendo recomendaciones, despieces y detalles constructivos. - Planos de inventario de redes de servicio público, y diseño de relocalización si fuese

necesario. - Cartera de inventario forestal de todos los individuos existentes. - Número de árboles afectados por el proyecto e identificación del tipo de afectación (tala,

transplante, poda o conservación) georeferenciado. - Cuadros del inventario forestal detallado y georeferenciado y si es del caso, definir si se

requiere el permiso de aprovechamiento y tala de especies en la zona. - Planos en planta con la ubicación de los árboles del inventario forestal a escala adecuada. - Inventario catastral de las obras ejecutar. - Recomendación y diseño de estructuras de cimentación y entibados para las estructuras a

construir. - Planos, memorias de cálculo y diseños estructurales para cada una de las estructuras

propuestas, incluyendo recomendaciones, despieces y detalles constructivos. - Presentar como propuesta de diseños, mínimo 3 alternativas, las cuales se evaluarán, técnica,

económica, ambiental, socialmente e institucional, además de otros criterios que se consideren conveniente por parte del consultor, priorizando las alternativas definidas.

- Todos los cálculos y memorias necesarios para la obtención del permiso de ocupación de cauce ante la autoridad ambiental.

- Cantidades de obra, presupuestos y especificaciones técnicas en formato análogo y digital. - Archivos magnéticos y físicos de todos los planos, carteras y cuadros. - Plan de Acción Socio-Ambiental de Obra (PASAO), para cada obra diseñada. - Actas de los talleres de socialización de los diseños con las comunidades beneficiadas. Además de los productos asociados a los estudios y diseños requeridos, se debe tener en cuenta que dentro del producto final objeto del presente contrato se deberá incluir:

1. Inventario, localización, identificación y principales características de redes públicas que se localicen en el entorno del proyecto y que sea necesario intervenir durante la ejecución del proyecto.

2. Inventario, localización, identificación y principales características de los árboles que localicen en el entorno del proyecto y que sea necesario intervenir durante la ejecución del proyecto.

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3. Evaluación ambiental de alternativas, utilizando metodologías de general aceptación que permitan priorizar unas alternativas con respecto a otras (Planteamiento de alternativas de intervención debidamente valoradas y priorizadas

4. Elaboración de un cronograma de actividades que permita identificar ruta crítica y definir

plazo de la ejecución física de la obra (utilizar herramientas que soporten la elaboración de esta información).

5. Propuesta de intervención y ejecución por etapas, debidamente soportadas técnica y

económicamente. Detallando obras a ejecutar para cada fase, plazo, valor y soportando que esta ejecución por etapas no generará eventos ni incidirá en la solución final

Además de estos productos específicos se deberán aportar los siguientes:

Carteras topográficas de campo, coordenadas y niveles.

Plano de la poligonal base

Planos de levantamiento topográfico con curvas de nivel en medio físico a escala adecuada.

Planos de plantas y de secciones transversales

Planos de inventario de redes de servicio público, y diseño de relocalización si fuese necesario.

Archivos magnéticos de todos los planos, carteras y cuadros.

Cartera de inventario forestal de todos los individuos existentes.

Cuadros del inventario forestal detallado y georeferenciado.

Planos en planta con la ubicación de los árboles del inventario forestal a escala adecuada.

Número de árboles afectados por el proyecto e identificación del tipo de afectación (tala, transplante, poda o conservación) georeferenciado.

Secciones transversales de la quebrada.

Sección longitudinal por eje de quebrada.

Localización de captaciones, vertimientos, cambios en el curso de agua, accidentes geotécnicos, estructuras hidráulicas, poligonales de viviendas que invadan las zonas de retiro, etc.

Investigación de la información existente de mapas, perfiles, historia de niveles, máximos de agua y fechas de ocurrencia, fotografías aéreas, etc.

Se estudiarán las crecientes, en los sitios de las estructuras proyectadas, en un periodo de retorno de 100 años para determinar los caudales máximos y los niveles máximos de aguas.

Estudios de suelos

Recomendación y diseño de estructuras de cimentación y entibados para las estructuras a construir.

Planos, memorias de cálculo y diseños estructurales para cada una de las estructuras propuestas, incluyendo recomendaciones, despieces y detalles constructivos.

Inventario catastral de las obras ejecutar.

Todos los cálculos y memorias necesarios para la obtención del permiso de ocupación de cauce ante la autoridad ambiental.

Cantidades de obra, presupuestos y especificaciones técnicas.

Presentar como propuesta de diseños, mínimo 3 alternativas, las cuales se evaluarán, técnica, económica, ambiental y socialmente, además de otros criterios que se consideren conveniente por parte del consultor, priorizando las alternativas definidas.

4.17 PROGRAMA DE TRABAJO Una vez se verifique por parte de la Subsecretaría el lleno de los requisitos legales necesarios, y aprobadas las hojas de vida de los profesionales como está establecido en este pliego, la

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Subsecretaría en apoyo con la Unidad Administrativa realizará los trámites de legalización del contrato las cuales cubrirán al Contratante y Contratista de cualquier eventualidad y/o incumplimiento de los deberes y responsabilidades consignados en la presente invitación. Una vez legalizado el contrato, el interventor designado por la Secretaría del Medio Ambiente suscribirá el acta de inicio la cual dará visto bueno para comenzar las actividades concernientes en la presente invitación. 4.18 INFORMES SEMANALES DEL PROGRAMA DE OBRA El Programa de Trabajo Detallado del Contratista de obra deberá ser aprobado por la Interventoría. Para la aprobación, el interventor verificará lo siguiente:

Que el programa sea congruente con los plazos máximos establecidos en el listado de Hitos Mínimos.

Que el programa demuestre que el contratista tiene un entendimiento adecuado del proyecto, y ha efectuado una planeación de su ejecución que permite cumplir con los plazos de ejecución del proyecto.

Que el documento le permitirá hacer seguimiento al desarrollo del proyecto, y prever cualquier desviación anticipadamente, de manera que sea posible tomar oportunamente los correctivos.

El Interventor deberá reportar semanalmente vía mail a la Secretaria de Medio Ambiente y el Subsecretario de MetroRío, las acciones de la semana y la verificación del Cumplimiento de Programación por parte de la interventoría. La verificación del cumplimiento de la programación estará en cabeza del interventor, quien deberá llevar dos tipos de control:

Verificación del cumplimiento de lista de Hitos Mínimos, que será efectuado al día siguiente de cada uno de los vencimientos, fecha en la cual el interventor manifestará a la Secretaría de Medio Ambiente por escrito sobre el cumplimiento o incumplimiento del hito correspondiente. El incumplimiento de cualquiera de estas fechas dará inicio al procedimiento de imposición de multas al contratista.

Verificación del Programa de Trabajo Detallado de manera semanal. El interventor verificará el cumplimiento del contratista en términos de plazos de actividades, tanto en la fecha inicial prevista, como en su avance y empleo de los recursos inicialmente previstos, Semanalmente, el interventor reportará al comité de Obra sobre el avance, empleando para ello herramientas de programación computacionales (Project, Primavera o similar). En el mismo comité el contratista deberá definir las medidas que tomará para corregir cualquier desviación.

Si el incumplimiento fuese reiterado o el Contratista no aplicare las medidas acordadas en comité, el interventor iniciará el procedimiento de aplicación de multas por incumplimiento.

4.19 HITOS MINIMOS El Municipio ha definido el siguiente Programa de Hitos Mínimos que deben alcanzarse a más tardar en la fecha indicada, a partir de la emisión del acta de inicio

No descripción

1 Informe 1. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

2 Informe 2. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

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3 Informe 3. Descriptivo y cualitativo de avances y de seguimiento al POI presentado por el Contratista donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

4 Informe final de liquidación de la obra donde se entreguen los productos requeridos en este periodo.

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CAPITULO V - CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

5.1 DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte del contrato los siguientes documentos, y a él se consideran incorporados:

El pliego de condiciones que sirvió de base para elaboración de la propuesta, con sus adendas si las hubiere.

Las especificaciones y planos suministrados por el Municipio.

La propuesta presentada por el Contratista y aceptada por el Municipio.

Todos los documentos que se generen durante el desarrollo del contrato.

Manual de interventoría del Municipio de Medellín.

Guía de Manejo socio ambiental para la construcción de obras de infraestructura pública, adoptada mediante Decreto 673 de 2006.

Manual de contratación del Municipio de Medellín. 5.2 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Notificada la resolución de adjudicación, el Municipio de Medellín dispondrá hasta de diez (10) días hábiles para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien deberá presentarse a suscribirlo perfeccionarlo y legalizarlo, máximo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Si el adjudicatario no lo suscribe dentro de este término, quedará a favor del Municipio, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por dicha garantía. En este evento, EL MUNICIPIO, MEDIANTE ACTO ADMINISTRATIVO DEBIDAMENTE MOTIVADO, PODRÁ ADJUDICAR EL CONTRATO, DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, AL PROPONENTE CALIFICADO EN SEGUNDO LUGAR, DE CONFORMIDAD CON EL ORDEN DE ELEGIBILIDAD ESTABLECIDO, SIEMPRE Y CUANDO LA OFERTA LE SEA IGUALMENTE FAVORABLE. Para tal fin deberá allegar los siguientes documentos:

Garantía única de cumplimiento, con el correspondiente recibo o constancia de pago.

El contratista responderá por cualquier defecto, en problemas relativos al reconocimiento de fechas, en caso de no ser amparados por la aseguradora.

Recibo de caja por concepto de pago de derechos de publicación del contrato en la Gaceta Oficial del Municipio de Medellín, cuando a ello hubiere lugar. 5.3 GARANTÍA UNICA DE CUMPLIMIENTO El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, a favor del Municipio de Medellín, una garantía única, otorgada por un banco, una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, o por cualquier forma autorizada por la normatividad, con los siguientes amparos, cuantías y vigencias:

Cumplimiento: 10% del valor del contrato, por la duración del contrato y cuatro (4) meses más.

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Pago de salarios y prestaciones sociales: 5% del valor del contrato, por la duración del contrato y tres (3) años más. (SÓLO EN CASO DE QUE EL CONSULTOR TENGA EMPLEADOS).

Calidad del servicio: El valor de esta garantía no podrá ser inferior al (10%) del valor total del contrato y su vigencia será la del contrato y cuatro (4) meses más.

En todo caso, si el proponente, sin justa causa, se abstuviese de suscribir el contrato adjudicado, quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993. El contratista deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el contratista se negare a constituir o a reponer la garantía exigida el Municipio de Medellín podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. 5.4 PAGOS Para efecto de los pagos, el Municipio de Medellín recibirá las facturas correspondientes a cada acta de pago parcial, entre el 1 y el 15 de cada mes previa autorización de la Interventoría. 5.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base y a las instrucciones que imparta el Municipio para el cabal desarrollo de las obras. Durante la ejecución de los trabajos y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que se adviertan, sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil. 5.6 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de expedición del Acta de inicio, la cual se elaborará una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, indicados en el presente pliego de condiciones. En todo caso, la iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados a la entrega del anticipo. 5.7 SUBCONTRATOS El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del contrato, y aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución de los trabajos deberán tener la previa aprobación del Municipio, en cuyo caso, el Contratista será el único responsable de la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que el Municipio adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. 5.8 INTERESES DE MORA EN LOS PAGOS En caso de mora en los pagos, el Municipio reconocerá al Contratista un interés equivalente al doble del interés civil legal, según lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley 80 de 1993. 5.9 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO

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El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita de la Secretaria del Medio Ambiente, quien tiene la potestad legal para celebrarlo, de conformidad con los Decretos Municipales 510 y 1679 de 2008. 5.10 INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO El Municipio de Medellín, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo, y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas. Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición ante la Secretaria del Medio Ambiente, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993. 5.11 CADUCIDAD Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, el Municipio de Medellín, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993, Se impondrá mediante acto administrativo debidamente motivado de acuerdo al procedimiento Y estipulaciones del Decreto Municipal 0521 de 2009 el cual hace parte integral del Manual de Contratación del Municipio de Medellín. 5.12 CONTRATOS ADICIONALES El contrato no podrá adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial. La adición del mismo requerirá autorización previa del Comité Interno de Adquisiciones, para lo cual se suscribirá el correspondiente contrato adicional. 5.13 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o al Municipio, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o al Municipio, u otros similares. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en

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el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el Municipio por no haberlas constituido o mantenido vigentes. Las suspensiones debidas a lluvias, derrumbes en vías de acceso, demoras del Contratista en la adquisición de equipos y elementos, daños en los mismos, o huelgas del personal por el incumplimiento del Contratista, de sus obligaciones o convenios laborales, o de su falta de cooperación para atender peticiones justas de sus trabajadores, o cualquier otra suspensión ordenada por la Interventoría por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor o caso fortuito y no darán lugar a indemnización ni ampliación del plazo estipulado. 5.14 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se hará de común acuerdo entre el contratista y el Municipio, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del mismo. Dentro de este plazo, las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedará constancia en el acta de liquidación, de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993. Si es del caso, para la liquidación se exigirá al Contratista la ampliación de la vigencia de las garantías de estabilidad de los trabajos, el pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones, responsabilidad civil, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. Si el Contratista no concurre a la liquidación del contrato, o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, la Secretaría del Medio Ambiente lo liquidará unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento de los cuatro (4) meses previstos para la liquidación bilateral, Artículo 136 del Código Contencioso Administrativo. 5.15 MULTAS En caso de que el CONTRATISTA incurra en mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales deberán ser directamente proporcionales al valor del contrato y a los perjuicios que sufra el MUNICIPIO de conformidad al siguiente listado. Se impondrá mediante acto administrativo debidamente motivado de acuerdo al procedimiento y estipulaciones del Decreto Municipal 0521 de 2009 el cual hace parte integral del Manual de Contratación del Municipio de Medellín. a) Por no iniciar o no reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por

suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día de mora, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo.

b) Cuando el contratista (proponente único o único elegido), se niegue a suscribir el acta de inicio.

c) Cuando se presente un atraso mayor del veinte por ciento (20%) en cualquiera de los ítems,

según el Plan programa de trabajo e inversiones presentado por el contratista y aprobado por la interventoría el uno por mil (1‰) del valor total del contrato.

d) Por no disponer del personal que se solicita en el presente pliego de condiciones, o por reemplazarlo sin previa autorización de la interventoría, o por no pagar el valor correspondiente a salarios u honorarios, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación.

e) Por no suministrar oportunamente el equipo necesario para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del

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valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. f) Por no acatar las órdenes de la Interventoría para que se corrijan defectos observados en los

productos parciales o finales, dentro de los 3 días contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del Interventor, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones del Municipio de Medellín, establecidas en el pliego de condiciones.

g) Por mal uso del anticipo, el uno por ciento (1%) del valor anticipado, sin perjuicio de las sanciones penales a las que haya lugar.

h) Por no constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, suma que será deducida de la primera acta de pago.

i) Por no prorrogar la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor del contrato en el momento de su aplicación, suma que será descontada del acta de pago final.

j) Por cada día de retraso en la entrega de los productos según el POI, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato.

k) Por no presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso, el Municipio elaborará la liquidación de oficio.

l) Por el incumplimiento a la guía de gestión socioambiental adoptada mediante decreto 673 de 2006, el 3 (3 ‰) por mil del valor total del contrato.

m) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato.

5.16 SANCIÓN PENAL PECUNARIA En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento, el Municipio hará efectiva la sanción penal pecuniaria, la cual tendrá un monto del diez por ciento (10%) del valor del Contrato y se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a la Secretaría del Medio Ambiente, sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar. Se impondrá mediante acto administrativo debidamente motivado de acuerdo al procedimiento Y estipulaciones del Decreto Municipal 0521 de 2009 el cual hace parte integral del Manual de Contratación del Municipio de Medellín. 5.17 DEL DEBIDO PROCESO De conformidad con el artículo 17 de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, tanto para la imposición de multas como para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, se dará cumplimiento al principio del Derecho al Debido Proceso. 5.18 PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O CLAUSULA PENAL

PECUNARIA El inicio del proceso, la respuesta preliminar del contratista, el informe preliminar de Interventoría, el pliego de cargos de incumplimiento, la decisión, requisitos mínimos del acto administrativo, la notificación y la ejecutoria del acto administrativo, se deberán surtir de acuerdo a los lineamientos impartidos por el Artículo 29 de CN) y acorde con el Decreto Municipal 0521 de 2009 el cual hace parte integral del Manual de Contratación del Municipio de Medellín. Si el Contratista no da cumplimiento al requerimiento, el Interventor presentará un informe escrito, con todas las pruebas conducentes y pertinentes, a fin de que la Oficina Jurídica de la Secretaría del Medio Ambiente dé inicio al siguiente procedimiento: 1. Mediante comunicación escrita, dará traslado al Contratista de los hechos expuestos por la

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Interventoría para que dentro del término de cinco (5) días hábiles exponga o justifique por escrito las razones que dieron origen a este procedimiento y aporte las pruebas que considere necesarias.

2. Si el Contratista no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su

incumplimiento, se tendrán como ciertos los hechos que originan este procedimiento. 3. Cuando en concepto del Interventor, los argumentos presentados por el Contratista no sean

suficientes para justificar el incumplimiento, las partes podrán solicitar concepto técnico de un tercero, si el caso lo amerita.

4. Si rendido el concepto técnico, resultare que no son de recibo las justificaciones presentadas por el Contratista, o si las pruebas aportadas y del análisis de los descargos presentados no se encuentra justificado el incumplimiento del contrato, la Secretaría del Medio Ambiente procederá a expedir el acto administrativo, debidamente motivado, en el cual se conmine al Contratista a cumplir con sus obligaciones, estableciendo el monto de la respectiva multa. Contra este acto administrativo procede recurso de reposición de conformidad con el artículo 77 de la Ley 80 de 1993.

5. En aplicación de la figura de la Compensación, se descontará el valor de la(s) multa(s)

impuesta(s) y/o de la cláusula penal pecuniaria, de cualquier suma que se adeude al Contratista, de lo contrario, se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si lo anterior no es posible, se cobrará por vía de Jurisdicción Coactiva. El pago de las multas previstas en el numeral anterior es una obligación condicional, sujeta únicamente a la ocurrencia de los supuestos fácticos enunciados.

No habrá lugar a la aplicación de la multa o de la cláusula penal pecuniaria, previstos en el contrato, cuando los hechos generadores del incumplimiento se produzcan por la ocurrencia de algún evento de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado. 5.19 ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES

INVOLUCRADOS EN LA CONTRATACIÓN Para el presente proceso contractual, y en atención al artículo 4 de la ley 1150 de 2007, entiéndase por riesgo en material contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como en las actividades a desarrollar en la ejecución contractual. Corresponderá al contratista seleccionado la asunción del riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo de la Secretaria del Medio Ambiente, en los presentes pliegos de condiciones. El proponente deberá considerar los imprevistos dentro de su factor multiplicador para la presentación de la propuesta económica. Los riesgos previsibles se enuncian a continuación

Riesgo Asignación del Riesgo

Mecanismos de Mitigación

Riesgos relacionados con robo o deterioro de equipos de fotografía, video, cómputo y topografía.

Contratista 100%

El contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los equipos y herramientas de interventoría en obra, esto con la verificación del cumplimiento de los lineamientos de la guía de manejo socio ambiental en la obra.

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Riesgo Asignación del Riesgo

Mecanismos de Mitigación

Riesgos de consecución, profesionales y técnicos.

Contratista 100%

Para la presentación de la propuesta el Contratista deberá contar con disponibilidad de un equipo de trabajo idóneo para la ejecución de los trabajos, cuyas hojas de vida, y sus costos están incluidos dentro de esta incluyendo cartas de compromiso del personal profesional y análisis de sus costos. Los costos adicionales que se puedan generar durante la ejecución para la consecución de estos recursos humanos serán asumidos por el contratista.

Riesgos relacionados con Accidentes de trabajo

Contratista 100%

El contratista deberá implementar un Plan de Manejo y seguridad industrial fundamentado en la guía de manejo socio ambiental de obra pública, en la cual defina los procedimientos de seguridad para garantizar la integridad física de sus empleados, por lo tanto los costos derivados por accidentes de trabajo serán asumidos por el contratista.

Riesgos relacionados con el retraso en pagos por parte del contratante

Contratista 100%

El contratista asumirá los costos financieros presentados por los retrasos en los pagos, generados por la omisión parcial o total de los requisitos en la presentación de las facturas.

NOTA: El proponente deberá hacer su propia valoración de los riesgos según su análisis y condición, esto para la definición de su porcentaje de imprevistos a incluir en el factor multiplicador de la Propuesta, en el cual deberán estar incluidos los riesgos previsibles anteriormente definidos, y los demás que el proponente considere necesarios y que se definan en la Audiencia de Riesgos. En todo caso, los riesgos previsibles adicionales que sean analizados y considerados por el proponente serán igualmente asumidos por él en la propuesta. Se aclara que los anteriores riesgos están mencionados de manera enunciativa y explicativa sin que se entiendan agotados todos los riesgos inherentes y relacionados con el objeto del proceso de selección, los cuales se entienden asumidos por el contratista salvo expresa manifestación en contrario por parte de la Secretaria del Medio Ambiente; por consiguiente, es responsabilidad del contratista durante la etapa del proceso y hasta antes del cierre, hacer las observaciones que estime pertinentes en razón de su conocimiento y especialización en Interventorías, objeto de este Concurso de Méritos. La Secretaria del Medio Ambiente se reserva el derecho a acoger o no las observaciones que se formulen acerca de la distribución de los riesgos previsibles a cargo del contratista. Los análisis de riesgos, el nivel y extensión de los mismos deberán ser amparados por la actividad contractual a través de los mecanismos de garantías y cláusulas pertinentes de cumplimiento previstos en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, de conformidad con la naturaleza y la cuantía del asunto.

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CAPITULO VI - OBLIGACIONES CON EL SIAMED ESTANDARES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN AMBIENTAL DE MEDELLÍN – SIAMED, PARA ANEXAR A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DE TODOS LOS CONTRATOS QUE SE EJECUTEN EN LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Versión 03 - Agosto 2010 No aplica para los contratos de prestación de servicios personales y de apoyo a la gestión, adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades Para la entrega de los productos de información final generada por cada contrato al Sistema de Información Ambiental de Medellín - SIAMED, se presentan las siguientes tablas que permiten aclarar sobre la cantidad y forma de presentación, tanto en medio análogo (físico) como digital y la destinación de dichos productos. 7. PRODUCTOS A ENTREGAR SEGÚN EL TIPO DE CONTRATO 7.1. Contratos de Interventoría, Contrato de Coordinación, Contrato de adquisición de

bienes muebles e inmuebles, Contratos de obra, Contratos para diseños arquitectónicos, estructurales, paisajísticos o publicitarios, Contratos de urgencia manifiesta.

INFORMACIÓN QUE REPOSARÁ EN:

Número Copias para el Municipio de Medellín

Medio Físico Medio Magnético

Biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación

0 0

SIAMED 0 2

Unidad Administrativa 0 1

TOTAL 0 3

Si es un proyecto o convenio con recursos de entidades cofinanciadoras, es necesario consultar cual es el requerimiento de información análoga y digital implícito en los pliegos del contrato o convenio. 7.2. Contratos de Consultoría, Contratos de desarrollo de actividades científicas y

tecnológicas, Contratos interadministrativos, Convenios de asociación y cooperación

INFORMACIÓN QUE REPOSARÁ EN:

Número Copias para el Municipio de Medellín

Medio Físico Medio Magnético

Biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación

0 1

SIAMED 1 2

Unidad Administrativa 0 1

TOTAL 1 4

Si es un proyecto o convenio con recursos de entidades cofinanciadoras, es necesario consultar cual es el requerimiento de información análoga y digital implícito en los pliegos del contrato o convenio.

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8. COMPONENTES GEOGRÁFICOS 8.1. Contratos que contengan componente de CAD Los contratos que contengan Dibujo Asistido por Computador - CAD, deberán ceñirse a los siguientes requerimientos de presentación de información.

INFORMACIÓN QUE REPOSARÁ EN:

Número de Copias para el Municipio de Medellín

Documentos CAD Planos

Medio Físico

Medio Magnético

Atlas* en papel de seguridad

En papel bond

SIAMED 0 2 2 1 1***

Biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación

0 1** 0 0 0

TOTAL 0 3 2 1 1

* Se elabora atlas, siempre y cuando el número de mapas o planos a entregar es mayor a 12. ** Sólo para contratos y convenios de Consultoría, de investigación y de encuesta. *** Sólo para Contratos de diseño arquitectónico.

Sí, es un proyecto o convenio con recursos de entidades cofinanciadoras, es necesario consultar cual es el requerimiento de información análoga y digital implícito en los pliegos del contrato o convenio. Sí, en un proyecto se requieren diseños adicionales que deba realizar el contratista, deberán entregar copia análoga y digital a la, ajustándose a los estándares establecidos para presentación de planos, previa aprobación de la Interventoría. Sí, en un proyecto se realizan modificaciones al diseño original, debido a características diferentes encontradas durante el proceso de ejecución de las obras, es responsabilidad del diseñador del proyecto entregar planos autorizados, incluyendo estas reformas, ajustándose a los estándares establecidos para presentación de planos de la Secretaría del Medio Ambiente e indicando que plano se reemplaza. Los planos firmados y aprobados por parte de las entidades competentes, deberán ser escaneados o fotografiados mínimo en 400 dpi y entregados en medio digital en formato PDF o JPG, en una carpeta denominada “Planos Aprobados” de la estructura de directorio establecido por el SIAMED. Estos planos en medio análogo no serán entregados a la Secretaría del Medio Ambiente, permanecerán en manos del diseñador. 8.2. Contratos que contengan componente de SIG Los contratos que contengan Sistema de Información Geográfica (SIG), deberán ceñirse a los siguientes requerimientos de presentación de información.

INFORMACIÓN QUE REPOSARÁ EN:

Número de Copias para el Municipio de Medellín

Documentos SIG Mapas

Medio Medio Atlas* En papel de

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Físico Magnético seguridad

SIAMED 1 2 2 1

Biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación

0 1** 0 0

TOTAL 1 3 2 1

* Se elabora atlas, siempre y cuando el número de mapas a entregar es mayor a 12. ** Sólo para contratos y convenios de Consultoría, de investigación y de encuesta.

Si es un proyecto o convenio con recursos de entidades cofinanciadoras, es necesario consultar cual es el requerimiento de información análoga y digital implícito en los pliegos del contrato o convenio. En las primeras etapas del proyecto, es necesario requerir al interventor para la reunión con el grupo SIG del SIAMED, con el fin de aclarar inquietudes de entrega de información e iniciar el seguimiento al componente SIG del proyecto.

9. FORMATOS DE ENTREGA DIGITAL AL SIAMED

Producto Formato digital de entrega

Documentos finales DOC y PDF o DOCX y PDF

Anexos JPG o PDF

Planos y atlas CAD y PDF

Mapas y atlas MXD y PDF

Cartillas, libros, publicaciones, piezas de campaña CDR y PDF

Presentaciones PPT

Matriz SIAMED XLS

10. ESTÁNDARES La presentación final de cada producto SIG y CAD deberá estar de acuerdo a los estándares establecidos en la Secretaría del Medio Ambiente, los cuales deberán solicitarse a cada interventor en la etapa inicial del contrato. Estos son:

a. Documento de Estándares para Manejo de Información Geográfica b. Plantillas para informes técnicos SMA c. Plantillas para presentaciones en Power Point SMA d. Rótulos para mapas y planos e. Logotipos

Es necesario tener en cuenta al momento de solicitar estos documentos, si el proyecto se está realizando con recursos propios o con recursos de entidades cofinanciadoras. Todos los CD, DVD u otros medios, deberán entregarse debidamente rotulados con el objeto del proyecto, número de contrato, fecha, nombre de la secretaría y nombre del consultor. Tanto en los documentos análogos como digitales y en los rótulos de los medios digitales, el consultor deberá OMITIR todo tipo de publicidad como teléfono, correo electrónico, dirección, etc. Sólo deberá colocar el logo de la empresa o el nombre del consultor. 11. PUBLICACIONES

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Cuando un proyecto incluye en sus productos publicaciones o elementos comunicacionales, por medio del interventor, debe contactar al comunicador de la Secretaría del Medio Ambiente para que asesore y dirija las piezas publicitatarias o comunicacionales, de acuerdo con el manual de imagen corporativa del respectivo período de administración. Al Centro de Información Ambiental – CIAM, se deberán entregar 140 ejemplares de cada publicación, para cumplir con el Programa de Canje con Universidades, Unidades de información Especializada GUIE, las Corporaciones Regionales Autónomas, Centros de Documentación y Bibliotecas de ONG, Parques Bibliotecas e historia institucional. Además, el Centro de Información Ambiental - CIAM da cumplimiento a la Ley de Derecho de Autor enviando ejemplares a bibliotecas del Congreso de la República, Universidad Nacional de Colombia de Bogotá y Biblioteca Departamental. A la biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación se enviará la cantidad de ejemplares de cada publicación, de acuerdo al artículo 3 del Decreto 2211 de 2005.

12. REQUERIMIENTO AL CONSULTOR PARA EL CONTROL DE LA INVERSIÓN La Secretaría del Medio Ambiente tiene la necesidad de tener un control sobre la inversión que realiza en el territorio municipal; es por esto que se requiere que la información generada durante la ejecución de los contratos sea reportada en los formatos que la Secretaría ha diseñado para este fin. Para la recopilación de TODA la información generada por los proyectos se tienen diferentes estrategias, las cuales se describen a continuación. 12.1. MATRIZ SIAMED

Es una hoja de cálculo en Excel cuyo diligenciamiento tiene como objetivo registrar toda la información de los productos que se generan durante la ejecución de los contratos que realiza la Secretaría del Medio Ambiente. La hoja de cálculo contiene información relacionada con el proyecto BPIN, el contrato, los productos, la ubicación geográfica de los productos, la interventoría. La matriz se debe diligenciar PARA TODOS LOS CONTRATOS QUE SE EJECUTEN EN LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE a excepción de contratos de suministro y prestación de servicios profesionales. La matriz debe ser actualizada por el contratista cuando el interventor le solicite informes de avance. El diligenciamiento debe seguir el siguiente procedimiento:

Etapa 1. Diligenciamiento por parte del contratista.

El contratista debe diligenciar lo relacionado a los productos (cantidades, unidades de medida, dirección, comuna o corregimiento, barrio o vereda, quebrada, cuenca). El contratista deberá reclamar el formato de matriz SIAMED actualizado y aprobado por el equipo de información al interventor, quien a su vez la recibirá del enlace SIAMED de cada subsecretaría. La información diligenciada por el contratista deberá ser entregada al interventor quien revisará, aprobará y entregará al enlace SIAMED designado en la Subsecretaría que originó el contrato. Se entregará instructivo para el diligenciamiento.

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En la siguiente figura se muestran los campos que se deben diligenciar. Esta base de datos en medio digital debe ser solicitada al Interventor. Información de los productos

Información de ubicación

Etapa 2. Revisión por parte de la interventoría

Una vez recibida esta información por el interventor, éste deberá revisarla y verificar que la información que está recibiendo cumple con las características de veracidad y calidad, lo que se convierte en uno de los requisitos indispensables para la autorización del pago respectivo al contratista. Cumplido lo anterior, deberá entregar dicha matriz al enlace SIAMED de cada subsecretaría, quien consolida la información, según procedimiento interno.

12.2. Contratos que tengan por objeto la intervención en quebradas o en el componente arbóreo del municipio

Para estos contratos se debe diligenciar la información de acuerdo a los siguientes estándares y los formatos que a continuación se definen. Es importante aclarar que el diligenciamiento de la información debe realizarse por personal calificado con conocimientos en el tema específico, ya sea de actividades silviculturales o de intervención en quebradas, según sea el objeto del contrato. Estos contratos se diferencian de la siguiente manera:

1) Contratos cuyo objeto es la realización de construcción de obras hidráulicas 2) Contratos cuyo objeto es la realización de diseño de solución hidráulicas 3) Contratos cuyo objeto es la siembra y/o mantenimiento de arboles en área urbana

o rural del Municipio de Medellín. Se propone en estos estándares la información mínima y los formatos en los cuales se debe entregar la información. CONTRATOS PARA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS

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Estos contratos deben entregar un archivo compatible con el formato ESRI, ya sea en metodología tipo Geodatabase o un archivo tipo SHAPE que contenga el elemento geográfico. El nombre del archivo será (construcción_nombrequebrada), este archivo alimentará el feature class tramo quebrada de la Geodatabase de la red hídrica: A continuación se presentan los atributos del elemento tramo quebrada y los dominios respectivos:

Conjunto de Objetos: Red

Objeto Geográfico: Quebrada Líneas que representan los cauces de las quebradas del

municipio discriminados según la forma del canal

HydroID Numerico ID Auto numérico

CodQUEB Text (20) Código de la quebrada

Nombre Text (70) Nombre de la Quebrada

DirFlujo Entero Indica la dirección de flujo (dominio DirFlujo)

Tipocauce Entero Indica el tipo de borde (Dominio Tipocauce) (principal, afluente)

Orden Short Integer

Orden del cauce, variable de 1 a 5

Observación Text (100) Comentario particular sobre el elemento

TBLTramoQuebrada

HydroID Numérico ID Auto numérico

FMEAS Numérico Distancia desde el punto de partida de la quebrada al punto de inicio del tramo

TMEAS Numérico Distancia desde el punto de partida de la quebrada al punto final del tramo

IdTRAM Text (26) Código único que resulta de concatenar los dos códigos siguientes (el del elemento, el de la quebrada)

CodQUEB Text (20) Código de la quebrada

CodTRAM Text (6) Código del tramo

CoTipoTramo Text (2) Código que determina el tipo de tramo según tabla de dominio DTipoTramo

CoForma Text (2) Código que determina la forma de la sección según tabla de dominio DForma

Celdas Short Integer Número de celdas del tramo

CoMatTalud Text (2) Código que determina el material del tramo en los taludes, según tabla de dominio DMaterial

CoMatLecho Text (2) Código que determina el material del lecho del tramo según tabla de dominioDMaterial

CoFuncionalidad Text (2) Funcionalidad adicional que presta la estructura, según tabla de dominio DFuncionalidad

CoTipoPendiente Text (2) Tipo de pendiente, según tabla de dominio DTipoPendiente

BaseI Double Ancho del canal en la base, en m. Si es circular corresponde al diámetro

BaseS Double Ancho del canal en la corona o zona de confinamiento a flujo lleno en m (si es circular -1)

Altura Double Altura de la cobertura o nivel a banca llena del canal en m (si es circular -1)

CoDirAguasArriba Text (6) Código de la dirección asociada según la tabla TblRDirecciones

CoDirAguasAbajo Text (6) Código de la dirección asociada según la tabla TblRDirecciones

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TBLTramoQuebrada

CoAgua Text (2) Código que determina la descripción general (calificada de forma cualitativa) del agua que corre por el cauce según tabla de dominio DAgua

Observación Text (255) Comentario particular sobre el elemento

DForma

IdForma NoForma

R Rectangular

T Triangular

C Circular

Z Trapezoidal

B Bóveda

U Canal en U

BC Box Coulvert

O Otro

NA No Aplica.

DMaterial

IdMaterial NoMaterial

G Gavión

M Madera

C Concreto

A Adobe

P Piedra

H Metal (Hierro)

F PVC, plástico o fibra de vidrio

D Llenos o depósitos antrópicos

L Llantas

B Tablestacas

T Tierra

Q Bloques de concreto

S Sacos de tierra, concreto, suelo-cemento

SI Sin Información

DFuncionalidad

IdFuncionalidad NoFuncionalidad

DTipoTramo

IdTipoTramo NoTipoTramo

N Natural

C Canal

B Cobertura

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V Paso vehicular

P Paso peatonal

Z Zona verde

U Adecuación urbana

C Conducción

R Recreación

P Pesca

J Paisaje

O Otro

NA No aplica

DAgua

IdAgua NoAgua

N Natural

C Combinada

R Residual

S Cauce Seco

CONTRATOS PARA DISEÑOS DE SOLUCIÓN HIDRÁULICA Nombre del archivo (diseño_Nombrequebrada) Los atributos deben ser los siguientes:

DiseñoPunto

IdDIPU Identificador del diseño

CodDIPU Codigo del diseño

CodTram Código del tramo

CodQueb Código de la Quebrada

CoDireccion Codigo de la dirección

CoTipoDIPU Codigo del tipo de estructura diseñada

FechaDiseno Fecha de realización del diseño

ContratoDiseno Numero del contrato que realizó el diseño

Observacion Comentario particular sobre el elemento

DTipoPendiente

IdTipoPendiente NoTipoPendiente

E Escalonado

U Uniforme

D Con disipadores de energía

SI Sin Información

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DiseñoLinea

idDILI Identificador del diseño

CodDILI Código del diseño

CodTram Código del tramo

CodQueb Código de la Quebrada

CoDireccion Código de la dirección

CoTipoDILI Código del tipo de estructura diseñada

FechaDiseno Fecha de realización del diseño

ContratoDiseno Numero del contrato que realizó el diseño

Observacion Comentario particular sobre el elemento

Tipo de obra

Dimensiones de la obra

Tipo de Material

Forma

Funcionalidad

Nombre de la Quebrada donde se realiza el diseño

Dirección asociada Todos estos atributos deben diligenciarse de acuerdo a lo establecido en la tabla de atributos del elemento tramo quebrada y en las tablas de dominio. Para el levantamiento de los elementos geográficos; el municipio proveerá información de a través del servicio de VPN (Virtual Private Network), la cual le permitirá la consulta en línea de la información requerida. Lo que implica que el contratista deberá disponer de un ancho de banda adecuado para la carga ágil de la información. El contratista deberá hacer la solicitud al interventor de las capas de cartografía básica o temática requeridas; este a su vez hará la solicitud de conexión VPN a la subsecretaría de Tecnología de Información. El contratista debe contar con software ARCGIS 9x legal para poder realizar la conexión. CONTRATOS PARA SIEMBRA Y/O MANTENIMIENTO DE ÁRBOLES Para este tipo de contratos se dividen según la zona donde se realice la actividad.

Zona Urbana: Todas las intervenciones realizadas por contratistas de la secretaría del medio Ambiente (talas, siembras, trasplantes, podas, mantenimiento), a realizarse sobre el arbolado urbano deben alimentar la geodatabase estructurada para este fin. A continuación se presenta el diccionario de datos con las tablas que deben ser diligenciadas:

DICCIONARIO DE DATOS

Componente Inventario

Tabla INV_INDIVIDUO_DISPERSO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INDIVIDUO_DISPERSO Integer NO 4 10 Código del árbol

ID_PU_INVEN Integer NO 4 10 Código del

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Tabla INV_INDIVIDUO_DISPERSO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

polígono en el Plan Maestro.

ID_ESPECIE Integer NO 4 10 Código de la especie.

ID_LOCALIZACION_ARBOL Integer SI 4 10 Identificador de la localización del árbol

ID_EDAD_SIEMBRA Integer SI 4 10 Identificador de la edad siembra

ID_ESTADO Integer SI 4 10 Identificador del estado del árbol

ID_PROCEDENCIA Integer SI 4 10 Identificador de la procedencia

ID_UBICACION Integer SI 4 10 Identificador de la ubicación

COD_INDIVIDUO_DISPERSO String SI 15 0 COBAMA del Árbol

L_PATRIMONIAL String SI 1 0 Si es patrimonial

L_SETO String SI 1 0 Si tiene setos

N_INDIVIDUOS_SETO Integer SI 4 5 Numero de setos

L_SINGULAR String SI 1 0 Si es singular

ID_INDIVIDUO_DISPERSO_ORIGEN Integer SI 4 10 Identificador del individuo antes del trasplante

Tabla INV_LOCALIZACION_ARBOL

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_LOCALIZACION_ARBOL Integer NO 4 10 Identificador de la localización del árbol

S_LOCALIZACION_ARBOL String NO 100 0 Descripción de la localización del árbol

Tabla INV_EDAD_SIEMBRA

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_EDAD_SIEMBRA Integer NO 4 10 Identificador de la edad de siembra

S_EDAD_SIEMBRA String SI 100 0 Descripción de la edad de siembra

Tabla INV_ESTADO_INDIVIDUO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_ESTADO Integer NO 4 10 Identificador del estado

S_ESTADO String SI 100 0 Descripción del estado

Tabla INV_PROCEDENCIA

S_PROCEDENCIA String NO 100 0 Descripción de la procedencia

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Tabla INV_INDIVIDUO_DISPERSO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

Tabla INV_TIPO_UBICACION

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_COBERTURA_PIE Integer SI 4 10 Identificador de la cobertura del pie

ID_ESTADO_ARBOL Integer NO 4 10 Identificador del estado del árbol

N_DIAMETRO_NORMAL Integer SI 4 10 Diámetro normal

N_ALTURA_TOTAL Double SI 8 10,2 Altura Total

N_ALTURA_COPA Double SI 8 10,2 Altura copa

N_BIFURCACIONES Integer SI 4 5 Número de bifurcaciones

N_DIAM_COPA_MAYOR Double SI 8 10,2 Diámetro de copa mayor

N_DIAM_COPA_MENOR Double SI 8 10,2 Diámetro de copa menor

Componente Intervenciones

Tabla INT_CARACTERISTICAS

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_COBERTURA_PIE Integer SI 4 10 Identificador de la cobertura del pie

ID_ESTADO_ARBOL Integer NO 4 10 Identificador del estado del árbol

N_DIAMETRO_NORMAL Integer SI 4 10 Diámetro normal

N_ALTURA_TOTAL Double SI 8 10,2 Altura Total

N_ALTURA_COPA Double SI 8 10,2 Altura copa

N_BIFURCACIONES Integer SI 4 5 Número de bifurcaciones

N_DIAM_COPA_MAYOR Double SI 8 10,2 Diámetro de copa mayor

N_DIAM_COPA_MENOR Double SI 8 10,2 Diámetro de copa menor

Tabla FLR_COBERTURA_PIE

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_COBERTURA_PIE Integer NO 4 10 Identificador de la cobertura al pie del árbol

S_COBERTURA_PIE String NO 100 0 Descripción de la cobertura

Tabla FLR_ESTADO_ARBOL

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_ESTADO_ARBOL Integer NO 4 10 Identificador de cada estado del árbol

S_ESTADO_ARBOL String NO 100 0 Descripción del estado del árbol

Tabla INT_INTERVENCION

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Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

D_FECHA Date SI 36 0 Fecha

ID_TIPO_INTERVENCION Integer SI 4 10 Identificador del tipo de intervención

ID_ACTOR Integer SI 4 10 Identificador del actor

S_OBSERVACIONES String SI 2000 0 Descripción de la observaciones de la intervención

S_FICHA String SI 100 0 Descripción de la ruta donde se encuentra el hipervínculo de la ficha asociada a la intervención.

ID_INDIVIDUO_DISPERSO Integer SI 4 10 Identificador del individuo disperso

ID_OPERADOR Integer SI 4 10 Identificador del operador

Tabla FLR_INTERVENCION

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

S_INTERVENCION String SI 100 0 Descripción de la intervención

Tabla INT_ARBOLADO_AGENTE_DM

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_AGENTE_DM Integer NO 4 10 Identificador del agente de daño Mecánico

Tabla INT_ARBOLADO_RECOMENDACION

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_RECOMENDACION Integer NO 4 10 Identificador de recomendación

Tabla INT_ARBOLADO_SINTOMA_EF

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_SINTOMA_EF Integer NO 4 10 Identificador de síntoma de enfermedad

S_SEVERIDAD String NO 1 0 Descripción de la severidad

Tabla INT_ARBOLADO_RIESGO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_RIESGO Integer NO 4 10 Identificador de riesgo

Tabla INT_ARBOLADO_SINTOMA_DM

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

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ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_SINTOMA_DM Integer NO 4 10 Identificador de síntoma de daño Mecánico

Tabla INT_REGISTRO_FOTOGRAFICO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

B_FOTO Blob SI 0 Campo binario que almacena la foto

ID_FOTO Integer NO 4 10 Identificador de Foto

ID_FOTO_ASPECTO Integer SI 4 10 Identificador de Foto del Aspecto

Tabla INT_ARBOLADO_CARACTERISTICA_ZV

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_INTERVENCION Integer NO 4 10 Identificador de la intervención

ID_CARACTERISTICA_ZV Integer NO 4 10 Identificador de característica de zona verde

Tabla FLR_CARACTERISTICA_ZONAVERDE

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_CARACTERISTICA_ZONAVERDE Integer NO 4 10 Identificador de característica de zona verde

S_CARACTERISTICA_ZONAVERDE String SI 100 0 Descripción de característica de zona verde

Tabla FLR_AGENTE_DM

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_AGENTE_DM Integer NO 4 10 Identificador de agente de daño mecánico

S_AGENTE_DM String NO 100 0 Descripción de agente de daño mecánico

Tabla FLR_ESTADO_MADUREZ

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_ESTADO_MADUREZ Integer NO 4 10 Identificador de estado de madurez

S_ESTADO_MADUREZ String SI 100 0 Descripción de estado de madurez

Tabla FLR_FOTO_ASPECTO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_FOTO_ASPECTO Integer NO 4 10 Identificador de foto del aspecto

S_ASPECTO String NO 100 0 Descripción del aspecto

Tabla FLR_RECOMENDACION

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Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_RECOMENDACION Integer NO 4 10 Identificador de recomendación

S_RECOMENDACION String NO 100 0 Descripción de recomendación

Tabla FLR_RIESGO

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_RIESGO Integer NO 4 10 Identificador de riesgo

S_RIESGO String NO 100 0 Descripción de riesgo

Tabla FLR_SINTOMA_DM

Campo Tipo Nulos Longitud Precisión Descripción

ID_SINTOMA_DM Integer NO 4 10 Identificador de síntoma de daño mecánico

S_SINTOMA_DM String NO 100 0 Descripción de síntoma de daño mecánico

ID_SINTOMA_EF Integer NO 4 10 Identificador de síntoma enfermedad

S_SINTOMA_EF String NO 100 0 Descripción de síntoma de enfermedad

Intervención en la zona rural: Se debe entregar una geodatabase con los polígonos de los lotes donde se está haciendo la intervención, con una hoja en Excel donde se despliegue el arreglo forestal que está siendo establecido. Los atributos mínimos del archivo tipo shape son: vereda, código vereda, área lote, arreglo forestal establecido, contratista, fecha establecimiento.

13. NORMATIVIDAD Lo anterior se establece para dar cumplimiento a: 1. Lo definido en Comité Interno de Contratación, Acta No. 42 de agosto 22 de 2006 que dice:

“…aceptar la liquidación de los contratos previo paz y salvo expedido por el SIAMED”, “…la misma información deberá ser entregada a la Unidad Administrativa en medio magnético, con el fin de que repose en la respectiva carpeta”.

2. El Decreto Número 2211 de 2005, por el cual se dictan disposiciones en materia contractual y de conservación y difusión documental. Artículo Primero: “En todos los contratos y convenios de Interventoría, de investigación y de encuesta se incluirá una clausula en la cual se pacte la obligación por parte del contratista de entregar sendos originales de los estudios e informaciones en medio magnético”….

Cada Interventor o Coordinador de Proyecto debe hacerse responsable de la entrega de la información a la biblioteca del Departamento Administrativo de Planeación, ubicada en el piso 3, donde recibirá a cambio un paz y salvo, el cual deberá entregar copia en el momento de solicitar el certificado SIAMED, para último pago.* * Sólo para contratos y convenios de Consultoría, de investigación y de encuesta.

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FORMATOS PARA RESPONDER EL PLIEGO

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO Utilice procesador de palabras o máquina de escribir. Responda todas las preguntas y sea preciso en sus respuestas. Elabore una tabla de contenido, con la referencia exacta de la página donde se encuentra el

tema o documento incluido en la propuesta. Tanto el original como la copia de la propuesta, deberán entregarse debidamente foliados y

legajados. FORMATOS Diligenciar los formatos de acuerdo a los modelos descritos:

Tabla de contenido: denomina todos y cada uno de los documentos y los folios Respectivos en que posan dentro de la propuesta.

Modelo de carta de presentación de la propuesta (Formato 1)

Resumen Económico (Formato 2)

Certificado de pago de los aportes (Formato 3)

Resumen experiencia certificada (Formato 4)

Inscripción como proveedores (Formato 5)

Modelo de acuerdo de Consorcio (Formato 6)

Modelo de acta de conformación de la Unión Temporal (Formato 7)

Minuta del contrato

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FORMATO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

(Utilice papel membrete) Ciudad y fecha Señores SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Oficina 713 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. El suscrito __________________________________________, en nombre de ______________________________, de acuerdo con las reglas que se estipulan en la invitación y demás documentos de la contratación XXXXXX de 2012, hace la siguiente propuesta para________________________________ En caso de que me sea adjudicada, me comprometo a firmar el contrato correspondiente y a cumplir todas las obligaciones señaladas en la invitación y en mi propuesta. Declaro así mismo: 1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta. 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta, ni en el contrato que de ella se derive. 3. Que he tomado cuidadosa nota de las especificaciones y condiciones de la presente contratación y acepto todos los requisitos contenidos en la invitación. 4. Que ni el suscrito ni la sociedad que represento se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993 y demás normas sobre la materia. 5. Que ofrezco entregar las cantidades que figuran en el cuadro de precios y valor total de la oferta. 6. Que el suscrito (persona o representante legal) y la sociedad que represento se comprometen a entregar a satisfacción del Municipio de Medellín, en las fechas indicadas, el objeto de la contratación. 7. Que conocemos las leyes de la República de Colombia que rigen la presente contratación. 8. Que los precios de la propuesta se mantendrán sin variación durante la vigencia del contrato. 9. Que la presente oferta no tiene información reservada * 10. Que no será necesario emplear personal adicional como resultado de la ejecución del contrato. (En caso contrario diligencie el formato. 11. Que acepto las consecuencias establecidas en el Compromiso de Probidad y en esta invitación. 12. Manifiesto que no poseo multas ni sanciones en los últimos dos años, derivadas de contratos con la Administración Pública. Proponente: ___________________________________________________ Nit: ____________________ Correo electrónico: _____________________________________________ Dirección: ______________________Teléfono: ________ Fax: __________ Nombre Representante legal del proponente: ________________________ Dirección: _____________________________Teléfono: ________________ Documento de identificación: ______________________________________ Firma del Representante legal: ____________________________________ Nota: * Si el proponente cuenta con información reservada deberá detallarla.

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FORMATO 2 – RESUMEN ECONOMICO

COSTOS DE PERSONAL

PERSONAL CANT SALARIO MES

1 2 3 4 TOTAL

MES

VALOR PARCIA

L

FACTOR MULTIPLICADOR

TOTAL

DIRECTOR (categoría 4, mínimo 4 años de Experiencia Especifica)

1 1,00 1,00 1,00 1,00 4,00 1,88

DISEÑADOR HIDRAULICO (categoría 5, mínimo 3 años de Experiencia Especifica)

1 2,00 2,00 2,00 2,00 8,00 1,88

DISEÑADOR GEOTECNISTA (categoría 6, mínimo 1 año de Experiencia Especifica)

1 1,00 1,00 1,00

3,00 1,88

DISEÑADOR ESTRUCTURAL (categoría 6, mínimo 1 año de Experiencia Especifica)

1

1,00 1,00 1,00 3,00 1,88

INGENIERO AMBIENTAL (categoría 6, mínimo 1 año de Experiencia Especifica) (Para evaluación ambiental, levantamiento de redes y reconocimiento arbóreo)

1 1,00 1,00 1,00 1,00 4,00 1,88

DIBUJANTE 1 1,00 2,00 2,00 2,00 7,00 1,88

Subtotal 194.909.050

COSTOS DIRECTOS

DESCRIPCIÓN UN VALOR 1 2 3 4 TOTAL VALOR PARCIA

L

FACT MULT

TOTAL

TRANSPORTE hora 200,0

0 200,0

0 80,00 60,00 540,00

1,00

PAPELERÍA (Incluye planos, Informes de seguimientos y finales, copias, fotografías y similares)

Gl

0,10 0,20 0,70 1,00

1,00

COMISION DE TOPOGRAFIA Día 25,00 25,00 25,00 11,00 86,00

1,00

AMARRES A LA RED GEODÉSICO ( Incluye equipo de topografía, transporte y demás actividades necesarias)

Un

11,00 11,00

1,00

ESTUDIO GEOTECNICO ( incluye apiques, perforaciones, sondeos y ensayos de laboratorio, informes y demás actividades necesarias)

Un 6,00 5,00

11,00

1,00

TALLERES DE SOCIALIZACION Un

11,00 11,00

1,00

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Subtot

al

Subtotal CP + CD

IVA 16%

TOTAL

324.445.678

NOTA: EL SUBTOTAL DE COSTOS DE PERSONAL PRESENTADO NO PODRÁ SER INFERIOR AL ESTIMADO POR LA SECRETARÍA.

FACTOR MULTIPLICADOR ESTIMADO

NUMERO DESCRIPCIÓN PORCENTAJE %

1 Salario Básico 100,000%

SUBTOTAL (1) 100,000%

2 Prestaciones Sociales

Prima básica anual 8,330%

Cesantía básica anual 8,330%

Intereses de cesantías 1,000%

Vacaciones y ausencias justificadas 4,200%

EPS 8,500%

Pensiones (AFP) 12,000%

Subsidio Familiar 4,000%

SENA 2,000%

ICBF 3,000%

ARP 6,960%

SUBTOTAL (2) 58,320%

3 Costos Indirectos

Costos de oficina (arrendamiento, administración y servicios públicos) 3,489%

Papelería del proyecto 0,291%

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Personal administrativo y técnico no facturable 0,606%

Asesoría legal, tributaria y medica 0,872%

Gastos e intereses bancarios (4/1000) 0,574%

Equipo de oficina para apoyo del proyecto 0,268%

Publicación en gaceta oficial 0,130%

Seguridad industrial y ocupacional del proyecto 0,872%

Estampilla Universidad de Antioquia 1,435%

Pólizas 0,863%

Costos de preparación de propuesta 0,872%

10,272%

SUBTOTAL 3

4 Honorarios o Utilidad (12% de 1+2+3) 19,810%

Total 1+2+3+4 188,402%

FACTOR MULTIPLICADOR 1,88

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FORMATO 3 - CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES

Ciudad y fecha Señores SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Oficina 713 Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M.

Asunto: Carta de certificación de pago de aportes Por medio de la presente me permito certificar que la firma que represento se encuentra a paz y salvo por todo concepto de pago de los aportes de los empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, aportes parafiscales y de contratación de aprendices al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de compensación Familiar. Atentamente, NOMBRE: FIRMA: CARGO: Nota: Este documento deberá ser firmado únicamente por el Revisor Fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley o por el Representante Legal.

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FORMATO 4 - RESUMEN EXPERIENCIA CERTIFICADA CONVOCATORIA PÚBLICA: _____________________________ PROPONENTE: ________________________________________ CÉDULA O NIT: ______________

CERTIFICADO #

CERTIFICADO # CERTIFICADO #

NÚMERO DEL CONTRATO

NOMBRE DEL CONTRATISTA

NOMBRE DEL CONTRATANTE

FECHA DE EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO

OBJETO DEL CONTRATO

VALOR

DESCRIPCIÓN DEL ALCANCE DEL CONTRATO

FECHA DE INICIO

FECHA DE TERMINACIÓN

PORCENTAJE DE EJECUCIÓN

CUMPLIMIENTO CONTRATO SI ___ NO ___ SI ___ NO ___ SI ___ NO ___

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN SI FUE EJECUTADO CON ALGUNA FORMA DE ASOCIACIÓN

NOTA: SI EL CONTRATO INCLUYE VARIOS OBJETOS DEBERÁ DISCRIMINAR EL CORRESPONDIENTE A LA EXPERIENCIA RELACIONADA PARA EFECTOS DE LA EVALUACIÓN.

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FORMATO 5 - INSCRIPCION DIRECTORIO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

F-GC-22 - Aplica solo para proponentes que no estén inscritos proveedores

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FORMATO 6- MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO

Señores MUNICIPIO DE MEDELLÍN Medellín REFERENCIA: Convocatoria Pública CP-XXXXXX de 2012 Los suscritos, ___________________________ y __________________________, debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _____________________________ y _____________________________, manifestamos que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en la contratación de Concurso de Méritos No. _______________, cuyo objeto es _____________________________________________, y por lo tanto, expresamos: 1. El CONSORCIO está integrado por: NOMBRE PARTICIPACIÓN (*)

(%) _______________________ ______________ _________________________ ______________ _________________________ ______________

(*) La suma de los porcentajes de participación debe ser igual a 100. 2. La duración de este CONSORCIO será igual al término de la ejecución y liquidación del

contrato. 3. La responsabilidad de los integrantes del CONSORCIO es solidaria, ilimitada y mancomunada. 4. El representante del CONSORCIO es _________________________________, identificado

con Cédula No. ______________, quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del mismo, con amplias y suficientes facultades.

5. La sede del CONSORCIO es:

Dirección: ___________________________________________ Teléfono: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Ciudad: ___________________________________________

En constancia, se firma en __________________, a los ____ días del mes de __________ de 2012. _________________________________________________________ (Nombre y firma del representante legal de cada uno de los integrantes del CONSORCIO) __________________________________________________________ (Nombre y firma del representante del CONSORCIO)

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FORMATO 7 - MODELO DE ACUERDO DE UNIÓN TEMPORAL

Señores MUNICIPIO DE MEDELLÍN Medellín REFERENCIA: Concurso de Méritos CM XXXXXXX de 2012. Los suscritos, ___________________________ y __________________________, debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________________ y __________________________________, manifestamos que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL para participar en el Concurso de Méritos No. ____________, cuyo objeto es _____________________________________, y por lo tanto, expresamos: 1. La UNIÓN TEMPORAL está integrada por:

NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN DE COMPROMISO (2)

LA PARTICIPACIÓN EN LA (%) EJECUCIÓN DEL CONTRATO (

1)

A. ____________ ____________________________ _______________ B. ____________ ____________________________ _______________ C. ____________ ____________________________ _______________ (1) Discriminar las actividades por ejecutar, para cada uno de los integrantes.

(2) La suma de los porcentajes de participación debe ser igual a 100.

2. La duración de la UNIÓN TEMPORAL será igual al término de ejecución y liquidación del

contrato. 3. La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL es solidaria e ilimitada. 4. El representante de la UNIÓN TEMPORAL es _______________________, identificado con la

cédula de ciudadanía No. ____________, quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del mismo, con amplias y suficientes facultades.

5. La sede de la UNIÓN TEMPORAL es:

Dirección: ___________________________________________ Teléfono: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Ciudad: ___________________________________________

En constancia, se firma en __________________, a los ____ días del mes de _____ de 2012.

_________________________________________________________ (Nombre y firma del representante legal

de cada uno de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL)

________________________________________________________________ (Nombre y firma del representante de la UNIÓN TEMPORAL)

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MINUTA DE CONTRATO

CONTRATO XXXXX de 2012 CONTRATANTE: MUNICIPIO DE MEDELLÍN - SECRETARIA xxx CONTRATISTA: XX OBJETO: xxxx VALOR: $ Entre los suscritos, ANA MILENA JOYA CAMACHO, mayor y vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía número ________ de Medellín (Antioquia), en calidad de Secretaria del Medio Ambiente, nombrada mediante el Decreto número ______ del ____ de ______ de 2009 y facultada por el señor Alcalde para celebrar contratos según delegación efectuada por los Decretos números 510 del 01 de abril de 2008 y 1679 del 04 de noviembre de 2008, de una parte, quien en adelante se llamará EL MUNICIPIO DE MEDELLIN y ____________________, identificado con la cédula de ciudadanía Número ____________, de la otra parte, que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de consultoría que fuera recomendado el inicio del proceso en el acta _____ del _____ de ________ del Comité Interno en Contratación, avalada la recomendación de adjudicación mediante el acta No. ______ de ______ ___ de 2009 del Comité Interno en Contratación, y adjudicada por la Secretaria del Medio Ambiente el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA se compromete para con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN a realizar ______________. De conformidad con el acto administrativo que la declaró, el pliego de condiciones y la propuesta presentada por el CONTRATISTA y aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, la cual hace parte integrante del contrato. SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 2.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA todas las relacionadas con el pliego de condiciones y la propuesta presentada para la ejecución del presente contrato, que hacen parte integral del mismo. De conformidad con el Decreto 2211 de octubre 12 de 2006, expedido por el Alcalde Medellín, el contratista deberá allegar sendos originales de los estudios e informaciones, en medios magnético e impreso, para la bibliotecas del Concejo de Medellín y el Departamento Administrativo de Planeación. Adicional a esto el contratista deberá entregar para el Sistema de Información Ambiental de Medellín –SIAMED-, documento original de los estudios impresos y dos copias en medio magnético. 2.2. OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE:

Ejercer el control y la vigilancia a través del interventor de la ejecución del contrato, del cumplimiento de las obligaciones emanadas del contratista, establecidas en los términos de referencia, en la propuesta y en el contrato.

Efectuar el pago en forma oportuna, cuando la factura esté correctamente soportada con los trabajos pactados, entregados y amparados en el presupuesto.

A través del interventor requerir al Contratista en el cumplimiento de las obligaciones de la seguridad social de sus colaboradores en la ejecución de este contrato.

TERCERA: VALOR DEL CONTRATO. El valor del presente contrato, asciende a la suma de IVA.

CUARTA: FORMA DE PAGO. EL MUNICIPIO cancelará al CONTRATISTA, una vez

perfeccionado el contrato y aprobada la garantía única exigida, mediante ejecución real de

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actividades, previa presentación de la cuenta de cobro y certificación de la interventoría de haber

recibido a entera satisfacción. PARÁGRAFO 1: REPORTE DE CUENTA BANCARIA: El Contratista, se obliga a informar al Municipio de Medellín, una cuenta bancaria (corriente o de ahorros), a su nombre; en la cual serán consignados o transferidos electrónicamente, los pagos que por cualquier concepto le efectúe el Municipio de Medellín. Para esto, deberá diligenciar el formato TR-0106 “INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS PARA PAGO DE CONSIGNACIÓN”. PARÁGRAFO 2: PLAZOS: La transferencia electrónica o consignación para la cancelación de cuentas, la hará el Municipio de Medellín sujeto a la disponibilidad de recursos que presente la Subsecretaría de Tesorería. PARÁGRAFO 3: EN TODO CASO LA ÚLTIMA CUENTA DE COBRO, ENTENDIÉNDOSE ESTA COMO EL ACTA DE TERMINACIÓN O DE RECIBO A SATISFACCIÓN, NO SERÁ INFERIOR AL 5% DEL VALOR DEL CONTRATO. PARÁGRAFO 4: Entiéndase por cuenta, la expedición de la correspondiente orden de pago con el acta parcial de servicios prestados, debidamente suscrita y firmada por el INTERVENTOR Y EL CONTRATISTA. QUINTA: DURACIÓN. El presente contrato tendrá una duración de XXXXX MESES, contados a partir de la fecha del acta de iniciación que será suscrita por EL CONTRATISTA y el Interventor designado para tal fin, previa aprobación de las pólizas por parte de la Secretaría del Medio Ambiente. SEXTA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. El presente contrato se entenderá perfeccionado una vez haya sido suscrito por las partes, pero su ejecución sólo podrá iniciarse cuando la Secretaría del Medio Ambiente haya aprobado la garantía única y se suscriba el acta de iniciación. PARÁGRAFO: Una vez entregado el contrato, EL CONTRATISTA, cuenta con un plazo máximo de cinco (05) días calendario para legalizarlo, de lo contrario se impondrán las sanciones a que dé lugar, y/o hacer efectiva la póliza de seriedad de la propuesta. SÉPTIMA: INTERVENTORIA. La interventoría de este contrato estará a cargo de la Subsecretaría del Cultura Ambiental o de la persona que este designe, quien deberá velar por el estricto cumplimiento del objeto del contrato. PARÁGRAFO 1: El interventor del contrato tendrá la facultad de realizar ajustes o modificaciones a los aspectos técnicos del objeto del mismo, que no impliquen una alteración sustancial al mismo y que no afecten el equilibrio contractual. PARAGRAFO 2: El Interventor puede ser sustituido en cualquier momento por el Subsecretario respectivo; en este evento el Interventor sustituido deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la sustitución, un informe de su gestión. OCTAVA: IMPUTACIÓN DE GASTOS. Los gastos que demande la legalización del presente contrato correrán a cargo de EL CONTRATISTA, y los que implique para EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN el cumplimiento del mismo, se harán con cargo a la siguiente imputación presupuestal

Fondo Centro gestor

Posición presupuestaria

Proyecto Nombre proyecto

Pedido

Número Valor

NOVENA: APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN: En materia de caducidad, declaratoria de incumplimiento, terminación, modificación e interpretación unilateral, inhabilidades e incompatibilidades y cesión del contrato, se dará cumplimiento a la Ley 80 de 1993, ley 1150 y sus Decretos Reglamentarios. DÉCIMA: PAGO DE APORTES: De conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002, el CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal.

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DÉCIMA PRIMERA: REPERCUSIONES LABORALES: En ningún caso este contrato genera

relación laboral ni prestaciones sociales para EL CONTRATISTA, ni del personal que éste tenga a

su disposición para ejecutar el contrato. DÉCIMA SEGUNDA: MULTAS. En caso de que el CONTRATISTA incurra en mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales deberán ser directamente proporcionales al valor del contrato y a los perjuicios que sufra el MUNICIPIO de conformidad al siguiente listado. a) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar o reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día de mora, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones del Municipio de Medellín, establecidas en el pliego de condiciones. b) Cuando se presente un atraso mayor del veinte por ciento (20%) en cualquiera de las actividades, o grandes partidas de pago, según el programa de trabajo e inversiones presentado por el contratista y aprobado por la interventoría, el dos por ciento (2%) del valor de la actividad dejada de ejecutar, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al Contratista de la obligación de ejecutar la obra hasta su terminación a satisfacción del Municipio. c) Por no disponer del personal que se solicita en el presente pliego de condiciones, o por reemplazarlo sin previa autorización de la interventoría, o por no pagar el valor correspondiente a salarios u honorarios, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación. d) Por no suministrar oportunamente el equipo necesario para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. e) Por no acatar las órdenes de la Interventoría para que se corrijan defectos observados en los productos parciales o finales, dentro de los 3 días contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del Interventor, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones del Municipio de Medellín, establecidas en el pliego de condiciones. i) Por mal uso del anticipo, el uno por ciento (1%) del valor entregado como anticipo, sin perjuicio de las sanciones penales a las que haya lugar. j) Por no constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, suma que será deducida de la primera acta de pago. k) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor del contrato en el momento de su aplicación, suma que será descontada del acta de pago final l) Por cada día de retraso en la entrega de los productos según el POI, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato. m) Por no presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso, el Municipio elaborará la liquidación de oficio n) Por cambios en las especificaciones, sin previa autorización del Municipio de Medellín, el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al Contratista de la obligación de realizar la obra según lo estipulado en el contrato ñ) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato. o) Por cada día de retraso en la entrega del producto final de la consultoría, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato.

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DÉCIMA TERCERA: CADUCIDAD. Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, el Municipio de Medellín, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993. DÉCIMA CUARTA: CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN podrá imponer al CONTRATISTA, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento, como pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva se considerará como pago parcial de los perjuicios causados a EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN. DECIMA QUINTA: DEL DEBIDO PROCESO. De conformidad con el artículo 17 de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos”, tanto para la imposición de multas como de la cláusula penal pecuniaria se dará cumplimiento al Derecho de Debido Proceso. DECIMA SEXTA: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. La Secretaría del Medio Ambiente, a través del interventor, una vez considere que se ha configurado un evento que genere la aplicación de las multas estipuladas en este contrato o la cláusula penal pecuniaria, dará plena vigencia al debido proceso y procederá como se explica a continuación. Constatado alguno de los supuestos para la imposición de multa(s) o de la cláusula penal, el Interventor presentará un informe escrito, con todas las pruebas conducentes y pertinentes, a fin de que la Secretaría del Medio Ambiente dé inicio al procedimiento administrativo, así: Del informe presentado por el Interventor se dará traslado por escrito al Contratista, para que en un término de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, exponga o justifique las razones de su atraso o de su incumplimiento y presente pruebas. Si el Contratista no se pronuncia en dicho término, o si de las pruebas aportadas y del análisis de los descargos presentados no se encuentra justificado el incumplimiento del contrato, la Secretaria de Medio Ambiente procederá a expedir el acto administrativo, debidamente motivado, en el cual se conmine al contratista a cumplir con sus obligaciones, estableciendo el monto de la respectiva multa. Contra este acto administrativo procede recurso de reposición de conformidad con el artículo 77 de la Ley 80 de 1993. En aplicación de la figura de la COMPENSACIÓN, se descontará el valor de la(s) multa(s) impuesta(s) y/o de la cláusula penal pecuniaria, de cualquier suma que se adeude al contratista, de lo contrario, se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato si se ha pactado. Si lo anterior no es posible, se cobrará por vía de Jurisdicción Coactiva. El pago de las multas previstas en el numeral anterior es una obligación condicional, sujeta únicamente a la ocurrencia de los supuestos fácticos enunciados. No habrá lugar a la aplicación de las multas y/o cláusula penal pecuniaria previstas en el contrato, cuando el (los) hecho(s) generador(es) del incumplimiento se produzca(n) por la ocurrencia de algún evento de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado. DÉCIMA SÉPTIMA: APLICACIÓN DE LA MULTA Y DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. Los valores de las multas y de la cláusula penal a que se refieren los artículos anteriores serán impuestos por la Secretaria del Medio Ambiente mediante resolución motivada, contra la cual procede el recurso de reposición. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que los

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impongan, dichos valores podrán ser tomados del saldo a favor del CONTRATISTA o de las garantías constituidas, lo anterior de conformidad al artículo 17 de la Ley 1150 de 2007. DÉCIMA OCTAVA: GARANTÍAS: EL CONTRATISTA prestará garantía única que avalará el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato, expedida por una compañía de seguros autorizada para funcionar en Colombia, o garantía Bancaria, aceptada una u otra por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, la cual cubrirá:

Cumplimiento: 10% del valor del contrato, por la duración del contrato y cuatro (4) meses más.

Pago de salarios y prestaciones sociales: 5% del valor del contrato, por la duración del contrato y tres (3) años más. (SÓLO EN CASO DE QUE EL CONSULTOR TENGA EMPLEADOS).

Calidad del servicio: El valor de esta garantía no podrá ser inferior al (10%) del valor total del contrato y su vigencia será la del contrato y cuatro (4) meses más.

DÉCIMA NOVENA: INDEMNIDAD: El Contratista se obliga a mantener indemne de cualquier reclamación de terceros, causada con ocasión de sus actuaciones al MUNICIPIO de MEDELLÍN. VIGÉSIMA: LIQUIDACIÓN: Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía de calidad, y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. En el acta de liquidación de conformidad con el artículo 11 de la ley 1150 de 2007 Constarán los acuerdos, conciliaciones, transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la liquidación, la misma será practicada directa y unilateralmente por EL MUNICIPIO y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. VIGÉSIMA PRIMERA: ESTAMPILLA DE LA UNIVERSIDAD: De conformidad con el Acuerdo Municipal número 055 de 2002, el presente contrato está obligado al uso de la Estampilla Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labor, equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA: GASTOS: Todos los gastos que se deriven de la legalización y ejecución

del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA. VIGÉSIMA TERCERA: PAZ Y SALVO. EL CONTRATISTA O PROVEEDOR manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende con la firma del presente contrato, estar a paz y salvo con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN. Adicionalmente, autoriza para que en la Tesorería de Rentas, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso y siempre y cuando no exista acuerdo de pago vigente entre el CONTRATISTA y la Administración Municipal, hagan cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto (Resolución del COMFIS No. 417 del 26 de marzo de 2007). VIGÉSIMA CUARTA: Quedan incorporados y hacen parte integrante del presente contrato: a) Certificado de disponibilidad presupuestal ________, solicitud de pedido 2000_______ de XXX y pedido ________________ de XXX b) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA, c) Actas, comunicaciones y demás documentos que se produzcan en desarrollo del contrato. VIGÉSIMA QUINTA: DOMICILIO: Para todos los efectos legales inherentes al presente contrato, las partes fijan como domicilio la ciudad de Medellín.

Para constancia se expide en la ciudad de Medellín, el _______ (_______) de _____ del año dos mil doce 2012 ANA MILENA JOYA CAMACHO ____________________ Secretaria del Medio Ambiente Contratista Vo.Bo.