PLIEGO ABSOLUTOTRIO CONSULTAS LP 0023-2012-MTC/20 ...

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1 PLIEGO ABSOLUTOTRIO CONSULTAS LP 0023-2012-MTC/20 “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA SATIPO – MAZAMARI – Dv. PANGOA – PUERTO OCOPA” OBRAINSA Consulta N° 01 USO DE CANTERAS Confirmar que todas las canteras descritas en el Expediente son de libre disponibilidad para el Contratista. RESPUESTA N° 01 Las canteras y demás áreas auxiliares, así como los accesos respectivos son de libre disponibilidad, en virtud de los permisos obtenidos en la etapa de elaboración de los estudios definitivos, establecidos en las actas suscritas, las cuales se encuentran incluidas en el estudio de impacto ambiental. Cabe indicar que las actas mencionadas, contemplan compromisos que deben ser honrados por el Contratista, los cuales se encuentran considerados en el presupuesto de obra referencial, dependiendo de su naturaleza, en costos directos cuando se tratan de obras y/o trabajos cuantificables, y en los gastos generales, en otros casos. Consulta N° 02 PAGO POR USO DE CANTERAS Confirmar que su explotación no originará pago alguno por parte de este último ya que en ningún Análisis de Partidas o Sub Partidas del Presupuesto Referencial se ha considerado pago alguno por Derecho de Cantera. De surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 02 Ver Respuesta N° 01 Consulta N° 03 USO DE ACCESOS A CANTERAS Confirmar que los accesos a las canteras son de libre disponibilidad RESPUESTA N° 03 Ver Respuesta N° 01 Consulta N° 04 PAGO POR SERVIDUMBRE DE PASO DE ACCESOS Confirmar que no existirán pagos por Servidumbre de Paso en caso se deban atravesar terrenos propiedad de terceros y que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 04 Ver Respuesta N° 01

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PLIEGO ABSOLUTOTRIO CONSULTAS LP 0023-2012-MTC/20

“MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA SATIPO – MAZAMARI – Dv. PANGOA – PUERTO OCOPA”

OBRAINSA

Consulta N°°°° 01 USO DE CANTERAS Confirmar que todas las canteras descritas en el Expediente son de libre disponibilidad para el Contratista. RESPUESTA N° 01 Las canteras y demás áreas auxiliares, así como los accesos respectivos son de libre disponibilidad, en virtud de los permisos obtenidos en la etapa de elaboración de los estudios definitivos, establecidos en las actas suscritas, las cuales se encuentran incluidas en el estudio de impacto ambiental. Cabe indicar que las actas mencionadas, contemplan compromisos que deben ser honrados por el Contratista, los cuales se encuentran considerados en el presupuesto de obra referencial, dependiendo de su naturaleza, en costos directos cuando se tratan de obras y/o trabajos cuantificables, y en los gastos generales, en otros casos. Consulta N°°°° 02 PAGO POR USO DE CANTERAS Confirmar que su explotación no originará pago alguno por parte de este último ya que en ningún Análisis de Partidas o Sub Partidas del Presupuesto Referencial se ha considerado pago alguno por Derecho de Cantera. De surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 02 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 03 USO DE ACCESOS A CANTERAS Confirmar que los accesos a las canteras son de libre disponibilidad RESPUESTA N° 03 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 04 PAGO POR SERVIDUMBRE DE PASO DE ACCESOS Confirmar que no existirán pagos por Servidumbre de Paso en caso se deban atravesar terrenos propiedad de terceros y que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 04 Ver Respuesta N° 01

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Consulta N°°°° 05 USO DE FUENTES DE AGUA Confirmar que todas las Fuentes de Agua descritas en el Expediente son de libre disponibilidad para el Contratista RESPUESTA N° 05 Las fuentes de agua son de libre disponibilidad y cuentan con los permisos respectivos. Consulta N°°°° 06 PAGO POR USO DE FUENTES DE AGUA Confirmar que su explotación no originará pago alguno por parte de este último por lo que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 06 Ver Respuesta a la Consulta Nº 05. Consulta N°°°° 07 USO DE ACCESOS A FUENTES DE AGUA Confirmar que los accesos a las Fuentes de Agua son de libre disponibilidad y RESPUESTA N° 07 Los accesos a las fuentes de agua son de libre disponibilidad. Consulta N°°°° 08 PAGO POR SERVIDUMBRE DE PASO FUENTE DE AGUA Confirmar que no existirán pagos por Servidumbre de Paso en caso se deban atravesar terrenos propiedad de terceros y que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 08 Los accesos a las fuentes de agua son de libre disponibilidad. Consulta N°°°° 09 USO DE BOTADEROS Confirmar que todas los Botaderos descritos en el Expediente son de libre disponibilidad para el Contratista RESPUESTA N° 09 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 10 USO DE BOTADEROS Confirmar que su utilización no originará pago alguno por parte de este último por lo que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad.

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RESPUESTA N° 10 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 11 USO DE ACCESOS A BOTADEROS Confirmar que los accesos a los Botaderos son de libre disponibilidad RESPUESTA N° 11 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 12 PAGO POR SERVIDUMBRE DE PASO A DME Confirmar que no existirán pagos por Servidumbre de Paso en caso se deban atravesar terrenos propiedad de terceros y que de surgir algún abono que al Contratista se le exigiera realizar, este monto deberá ser cargo de la Entidad. RESPUESTA N° 12 Ver Respuesta N° 01 Consulta N°°°° 13 DE COSTOS POR USO DE TERRENOS

En gastos generales variables se tiene en siguiente monto para compensación de áreas auxiliares:

a) Favor confirmar que este es el monto que se tendrá que pagar por este concepto, a) Indicarnos en que volumen se encuentra el desagregado de estos montos, a fin de poder hacerles el

seguimiento requerido. Se necesita tener los montos parciales y cantidades exactas b) No se precia costo alguno por accesos a los emplazamientos del proyecto. ¿No se tendrá que

efectuar pago alguno por ello?

RESPUESTA N° 13

a) Confirmado. b) Ver las actas de acuerdo incluidas en el Volumen de Estudio de impacto Ambiental. c) Ver Respuesta N° 01. Los costos relativos a la Construcción, Rehabilitación y Mejoramiento de los

accesos se encuentra incluido en la Partida 107.A ACCESO A CANTERA, DME, PLANTAS Y FUENTES DE AGUA, del presupuesto de obra referencial.

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Consulta N°°°° 14 DEL DESBROCE ¿Donde se pagara el desbroce que se efectúa en las canteras? RESPUESTA N° 14 Las canteras de proyecto son de río. Cabe indicar que durante el desarrollo del estudio no se ha identificado la necesidad de realizar trabajos de desbroce en las mismas. En caso que durante la ejecución de las obras, sea necesario realizar trabajos de esta naturaleza, los mismos se pagaran con las partidas 201.A y 201.B dependiendo de su naturaleza. Consulta N°°°° 15 REMOCION DE DERRUMBES El rendimiento considerado para la remoción de derrumbes en el Análisis de Precio Referencial es de 1000m3, es decir el rendimiento de 01 cargador. Sin embargo es el mismo rendimiento considerado para 01 volquete el cual esta también incluido en esta partida. Además no está considerando la intervención de un tractor para acopiar el material que se desparrama cuando se produce un derrumbe. Si la distancia media de eliminación por m3, según el cuadro de rendimientos, es de 1.4 km y un volquete elimina 323 m3 por día. Esto significa que para el rendimiento de 01 cargador, es de 1000m3, según el PU referencial, requiero 3 volquetes para eliminar 1000 m3 durante una jornada de 8 horas. Por lo tanto la composición debe ser revisada y modificada a 03 volquetes por 01 cargador, para ese rendimiento y agregar un porcentaje de participación de tractor a la actividad, en todo caso solicitamos explicar el porqué se conforma el precio de esa manera. RESPUESTA N° 15 Los análisis de precios unitarios, por su misma naturaleza, resultan subjetivos, por cuanto dependen de la experiencia, el know how de cada empresa y de la optimización de recursos que pueda hacerse. Se precisa que ante la falta de una estructura de precios unitarios estándar, concertadas entre el gremio de contratistas y el estado, cada consultor o contratista, propone el análisis de precios unitarios que considera más idóneo para las condiciones particulares del proyecto. En el presente estudio, el Consultor ha formulado el análisis de precios unitarios en virtud de su experiencia especializada y comprobada en proyectos viales, de naturaleza similar a la del objeto de convocatoria, por lo que reafirma que los costos obtenidos como resultados de dichos análisis, se ajustan a los precios de mercado, tal como se confirma en otros procesos de licitación llevados a cabo. Consulta N°°°° 16 MATERIAL DE CANTERA PARA RELLENOS Se está colocando 1.12 m3 por m3 de material de cantera para rellenos La composición para determinar el precio referencial se basa en lo siguiente:

El esponjamiento del material es por lo menos 1.2, si el material está confinado, como el caso de mejoramientos y 1.3 si el material no lo está, como el caso de rellenos en plataforma.

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Del rendimiento de cantera: las subpartidas que conforman esta partida se muestran a continuación. a) Extracción de material (cantera): Con un rendimiento de 870 m3 (dentro de parámetros estándar para esta actividad) para todo tipo de material a extraer. Es decir materiales con diferentes rendimientos según la cantera. El rendimiento de cantera no está incluido en el rendimiento de la extracción. b) Zarandeo estático: Con un rendimiento de 600 m3 (estándar para esta actividad) para todo tipo de material a zarandear. Es decir materiales para diversos fines independientemente de la cantera donde se extrajo. El rendimiento de cantera no está incluido en el rendimiento del zarandeo.

c) Del sustento de metrados y las canteras de donde se extrae, se obtiene el valor de 1.12, es decir el rendimiento de cantera si está considerado, pero como cantidad a usar:

En conclusión está faltando considerar el esponjamiento del material a colocar, es decir 1.3x1.12= 1.456 m3/m3. Favor corregir o de lo contrario explicar porque solo se utiliza 1.12 m3 de material para esta partida. RESPUESTA N° 16 Ver Respuesta N°15 Consulta N°°°° 17 EXCEDENTE DE MATERIAL COMUN PARA RELLENOS Según el Sustento de metrados de explanaciones se tiene lo siguiente:

Es decir que un 47% der material proviene del excedente de corte.

a) La planilla indica solo 111,465.69, hay una diferencia de metrados b) ¿Donde se está pagando el trasporte del origen del material descrito en punto a), dado que este no

aparece en los metrados de transporte de material, y según la planilla de metrados, no son necesariamente de préstamo lateral.

c) Está faltando considerar el esponjamiento del material a colocar, es decir 1.3 m3/m3. Favor corregir o de lo contrario explicar porque solo no se considera esponjamiento alguno.

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RESPUESTA N° 17

a) El metrado de la partida 230.B “Excedentes de Material Común para Rellenos”, es 111,465.69 m3, cuyo cálculo se detalla a continuación:

Descripción Cantidad Fórmula Observaciones

Terraplen 242,627.99 (a)

Material de Cantera 129,506.73 (b)

Volumen de corte a utilizar 113,121.26 (c)= (a) -(b)

Compensación dentro de 120 m 1,655.57 (d)

Compensación dentro de la Distancia Libre de Transporte (DL): Se

entiende como distancia libre de transporte, a aquella distancia de

acarreo libre y de compensación de explanaciones.Volumen Final 111,465.69 (c) - (d) Metrado de la partida 230.B Como se puede apreciar, existe un metrado que corresponde a la compensación dentro de la distancia libre de transporte, que no se encuentra sujeto a pago directo.

b) El transporte fuera de la distancia libre de transporte, se paga con las partidas 700.A Transporte de Material Granular para D<= 1Km y 700.B Transporte de Material Granular para D> 1Km; según sea el caso.

c) El esponjamiento está considerado dentro del precio unitario de la partida 230.B Excedentes de Material Común para Rellenos.

Consulta N°°°° 18 GEO MALLA BIAXIAL TIPO I En el Análisis de Precio Referencial se está considerando un rendimiento de 2,200 m2 por día, lo cual es alto considerando que la colocación en sí misma no tiene ese rendimiento y por otro lado las áreas a cubrir no son extensas, el área total es prácticamente lo que se colocaría en un día.

RESPUESTA N° 18 Los rendimientos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto. Consulta N°°°° 19 SUB BASE GRANULAR La cantidad de material a colocar debería ser 1.3 y no 1.20, dado que para lograr una compactación como la exigida, en las capas siguientes de pavimento, para todo al ancho de la plataforma, se requiere colocar un ancho adicional con la finalidad de poder compactar adecuadamente con el rodillo, a fin de que los bordes cumplan también las exigencias.

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RESPUESTA N° 19 El valor consignado en el análisis precios unitarios, ha tomado en cuenta el esponjamiento y el sobreancho de compactación. Consulta N°°°° 20 BASE GRANULAR La cantidad considerada en la composición para material a extraer y procesar es 1.14 m3:

Esto no concuerda con la información vertida en el estudio de canteras. Considerando las canteras utilizadas y materiales extraídos para transportar se obtiene un valor de 1.25 m3 por m3 a procesar: Canteras base REQUERIDO

Rio satipo 85% 54,796.56

San Isidro sol de oro 88%

Mendoza 88% 21,834.17

Rio Panga 90%

Bocasatipo 70%

Puerto Ocopa 70% 37,755.55

114,386.28

143,214.60

1.25

m3 a colocar

m3 a extraer

rend cantera La cantidad colocada debería ser 1.3 y no 1.20, dado que para lograr una compactación como la exigida, en todo al ancho de la plataforma, se requiere colocar un ancho adicional en los hombros con la finalidad de poder compactar adecuadamente con el rodillo, a fin de que los bordes cumplan también las exigencias. Por lo tanto están faltando considerar 1.25 m3 a extraer y procesar en lugar de 1.14 Y considerar 30% de esponjamiento y no 20% como el considerado en el referencial. RESPUESTA N° 20 La cantidad considerada en el análisis de precios para extraer y procesar el material de base es 1.14, sustentada en el siguiente cálculo, en donde se tiene que el rendimiento de la cantera Puerto Ocopa es 93% y no 70%.

Base Granular Descripcion Metrado (m3) Rend. F Volumen Extraer

Cantera Río Satipo 54,796.56 85% 1.18 64,466.54

Cantera Mendoza 21,834.17 88% 1.14 24,811.56

Cantera Puerto Ocopa 37,755.55 93% 1.08 40,597.37

Total 114,386.28 129,875.46 Factor de Extracción 1.14

Los rendimientos de las canteras han sido extraídos del plano 022-10-DCM-02 “Diagrama de Canteras y Fuentes de Agua”, el cual es concordante con el Estudio de Suelos y Canteras.

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Consulta N°°°° 21 LAVADO DE MATERIAL Confirmar que ningún material extraído de las canteras para los diversos agregados requerirá ser lavado. De no se así favor indicar canteras y cantidades a ser lavadas . RESPUESTA N° 21 Confirmado. Consulta N°°°° 22 MEZCLA ASFALTICA En la preparación de Mezcla Asfáltica en caliente está faltando un caldero en dos turno que es alimentado por un grupo chico en dos turnos también (que si está considerado) para calentar asfalto. Revisar e incluir RESPUESTA N° 22 En la tarifa de alquiler de la planta de asfalto se ha incluido todo lo necesario para el correcto funcionamiento de la misma. Sin embargo el Contratista podrá desagregar dicho costo de considerarlo necesario para mejorar el performance de su planta de asfalto, el cual deberá reflejarlo en su oferta. Consulta N°°°° 23 DE LOS TRANSPORTES DE MATERIALES El expediente técnico, en su volumen de precios unitarios toma lo siguiente: velocidad máxima 40km/hr, con volquete descargado, y en general las misma velocidades para todo:

Las actividades como transporte de excedentes de material de corte, transporte de roca, piedra para gaviones, material para accesos, y transporte de derrumbes a DME, son actividades que se desarrollan prácticamente sobre la vía existente, estas no pueden superar las velocidades usadas actualmente, que según el expediente son:

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Se pide revisar las velocidades a fin que estén acorde con la etapa de ejecución en que discurren por la vía y el estado de la carretera en ese momento. Más aun si consideramos que el 55% de la vía en media ladera con taludes abruptos. Las velocidades no pueden ser iguales, durante la explanación por ejemplo, al las que desarrolla un volquete cuando está colocando carpeta asfáltica, sobre una vía mejorada y en mejores condiciones que las actuales. Se adjunta cuadro con revisión de velocidades y rendimientos:

Favor revisar y corregir adecuadamente acorde a la etapa de construcción y condiciones de la vía. RESPUESTA N° 23 Las velocidades obtenidas en el estudio de tráfico, fueron medidas antes de la intervención de los trabajos de conservación vial por niveles de servicio, ejecutados como parte de PROYECTO PERU, a la fecha el tramo Satipo-Mazamari, se encuentra con una capa de slurry seal y el resto del tramo en buenas de condiciones de transitabilidad. Los valores de velocidad considerados en el presupuesto son el resultado de ponderaciones, considerando el estado actual de la vía y las velocidades que se pueden desarrollar de acuerdo a la sinuosidad de la misma. Consulta N°°°° 24 DE LA FORMULA POLINOMICA En cuanto a la fórmula poli nómica propuesta no responde a la esencia y espíritu de lo que se pretende con ella. Es decir preservar el equilibrio financiero de la obra lo que se consigue con la representación real de la incidencia de los principales insumos dentro de la fórmula. En este caso nos referimos al petróleo que viene a ser el más importante de todos ellos y la mano de obra (operador). La representación que este primero tiene dentro de la fórmula corresponde al consumo del petróleo de la planta de asfalto, omitiendo el consumo mucho grande que es el que corresponde al de todos los equipos que van a ejecutar la obra (tractores, excavadoras, cargadores etc. etc.). Este gran consumo se ha integrado dentro de los índices 48 y 49 que corresponden a Maquinaria y Equipo Nacional y Maquinaria y Equipo Importado lo cual constituye un gravísimo error pues estos índices se mueven con el dólar mientras que las alzas de petróleo lo hacen independientemente de esta moneda (el galón de petróleo vale cada día más dólares). La mano de obra, igualmente tiene su propia variación independientemente de la variación que incide en la maquinaria importada y nacional. Esta debe será agrupara al monomio 47 . De la Formula Poli nómica que se entrega en el expediente técnico se observa que se ha considerado en el monomio 2 el índice de Petróleo conjuntamente que el Cemento Portland tipo I, haciendo los cálculos respectivos se identifica que este monomio solo representa el consumo de la planta de asfalto en la Preparación de Mezcla Asfáltica en Caliente y de la mezcladora en la preparación de Concreto hidráulico

De la Formula Poli nómica: Índice de monomio 2 = 0.05166

% participación Petróleo en Índice = 35.69492838 % participación en Presupuesto sin IGV = 0.01844

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Monto Presupuesto sin IGV = S/. 238,677,003.69 Monto de Petróleo en Presupuesto s/IGV = S/. 4,401,203.95 De la cantidad del recurso en presupuesto

m3 de mezcla asfáltica = 63,447.55 Galones de petroleó por m3 = 5.8 Total galones de petróleo en MAC = 367995.8074 Costo de gal de petroleo = S/. 11.96 Monto de Petroleo en Presupuesto s/IGV = S/. 4,401,229.86 diferencia por redondeos

S/. 25.91

Se ha omitido el consumo mayor que es el que corresponde al de todos los equipos que intervienen en la ejecución de la obra (tractores, excavadoras, cargadores etc. etc.). Este gran consumo se ha integrado dentro de los índices 48 y 49 que corresponden a Maquinaria y Equipo Nacional y Maquinaria y Equipo Importado lo cual constituye un gravísimo error pues estos índices se mueven con el dólar mientras que las alzas de petróleo lo hacen independientemente de esta moneda (el galón de petróleo vale cada día más dólares). La participación del Petroleo que consumen los equipos suele variar entre el 15 y 20% del presupuesto, lo que hace un porcentaje importante para que sea absorbido en otros índices y no pueda reflejarse la variación real del precio de Petroleo. Para que se refleje tanto el índice de la mano de obra como el índice del petróleo separadamente de los índices 48 y 49, es necesario hacer una composición del precio de tarifa del equipo con los principales recursos de esta. En la en la absolución de observaciones de la L.P. N° 0007-2012-MTC/20 “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo Dv. Kishuara –Puente Sahuinto”, se ha tomado esto en cuenta, dejándose ya un precedente al respecto: Se adjunta la Respuesta al respecto:

Respuesta a Observación N°05 “Se ha procesado nuevamente el presupuesto de obra y se está presentando la Fórmula Poli nómica corregida y reformulada. Se ha independizado del costo presentado de Equipo Nacional e Importado, por el costo de posesión de la maquinaria y equipo nacional e importado, costo de petróleo diesel y la mano de obra, para así poder dar mejor representatividad a los agrupamientos de los monomios de la Fórmula Polinómica. Se ha tomado especial cuidado de no perder la esencia ni espíritu; además de preservar el espíritu financiero, presentando realmente las incidencias de los principales insumos para la Fórmula Poli nómica. Se adjunta en el anexo respectivo la Formula Poli nómica Corregida y Modificada presentando el monomio del Petróleo y su real incidencia para su utilización durante la realización de los trabajos y manteniendo el equilibro Económico Financiero del Contrato para la Ejecución de la Obra.”

Solicitamos hacer las correcciones correspondientes para evitar generar contingencias que puedan tener graves repercusiones para el desarrollo normal de la obra RESPUESTA N° 24 Se ha corregido y reformulado la Fórmula Polinómica. La tarifa horaria de los principales equipos ha sido desagregada de la siguiente manera:

� Costos de Posesión: Incluye depreciación, interés de capital invertido, obligaciones tributarias, seguros y almacenaje.

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� Costos de Operación:

� OPERADOR ESPECIALIZADO (Según Equipo) � MANO DE OBRA Índice 47 � Operador de maquinaria liviana1 � Operador de maquinaria pesada1

� COMBUSTIBLE (Según Equipo) � PETROLEO2 Índice 53 � GASOLINA2 Índice 34

� MANT Y REPAR, LUBRICANTE, GRASAS Y OTROS Índice 30

Que incluye según el tipo de maquinaria y/o equipo los siguientes: � MANTENIMIENTO Y REPARACION (CMR) � LUBRICANTE � GRASAS � FILTROS � LLANTAS Y NEUMATICOS � PIEZAS DE DESGASTE � HERRAMIENTA DE CORTE

(1) Según RESOLUCION DIRECTORAL N° 035-2010/VIVIENDA/VMCS-DNC (02 de Marzo del

2010) (2) Consumo de combustible, según Tabla N°7 del Libro “El Equipo y sus Costos de

Operación” (CAPECO) del Ing. Jesús Ramos Salazar.

Ver anexo N°01 Consulta N°°°° 25 DEL RÉGIMEN DE ESTACIONALIDAD Se consulta si en el plazo de ejecución del proyecto se ha considerado, el régimen de estacionalidad, es decir, periodo de precipitaciones pluviales de alta intensidad que afectarán de manera inevitable las actividades (partidas) programadas del proyecto, tomándose en cuenta el estudio hidrológico, ubicación del proyecto y tipo de actividades que desarrollarán. RESPUESTA N° 25 Durante la elaboración de los estudios definitivos, en los que se determina el plazo de obra, se DESCONOCE la probable fecha de inicio de las obras, fecha que recién puede ser determinada una vez que se ha cumplido con los requisitos establecidos en al Artículo 184 – Inicio del plazo de Ejecución de Obra, del Reglamento de Contrataciones del Estado, razón por la que aún en el presente proceso de licitación, la fecha exacta de inicio de obra resulta incierta, la cual se va determinando a medida que avanza el proceso de licitación. Se precisa que lo indicado en el numeral 3 del artículo 183° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde a un requisito para la suscripción del contrato de obra; aclarando que dicho numeral no establece la necesidad que en los calendarios y programaciones que conforman el expediente técnico de licitación, se muestren los periodos de disminución de ritmo de obra, propio de los periodos de lluvia. Sin embargo, y con la finalidad de permitir que el Contratista pueda considerar la estacionalidad climática en su programación de obra, y cumplir lo indicado en el numeral 3 del artículo 183° del Reglamento de la Ley de

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Contrataciones del Estado, durante la DETERMINACION del plazo de ejecución de obra, el Proyectista considera holguras en las actividades que conforman la ruta crítica, que permitan reproducir la estacionalidad climática. Consulta N°°°° 26 EXCAVACION NO CLASIFICADA PARA ESTRUCTURAS Se observa en la estructura de precio unitario la participación de compresora, martillo y barreno, dada la incidencia de roca en la excavación.

Se pregunta qué porcentaje se ha considerado de roca suelta y fija en para la excavación de estructuras en este proyecto. El 25% del tiempo de excavación diaria se tendrá que efectuar perforación en roca.

a) ¿Es correcto? b) ¿Cómo se pagara esta excavación de ser mayor la cantidad de roca?

RESPUESTA N° 26

a) La incidencia de las excavaciones para estructuras en roca han sido estimados en base a los planos de geología local y a la ubicación de las estructuras proyectadas. Se aclara que en el proyecto en particular hay ausencia de formaciones rocosas a lo largo de la vía y las que se atraviesan corresponden a rocas sedimentarias, que en su mayoría clasifican como rocas sueltas.

b) La partida en cuestión es una partida ponderada, consecuentemente no puede ser modificada en obra.

Consulta N°°°° 27 DE LAS ZONAS ARQUEOLOGICAS Se pide confirmar que dentro del trazo de la carretera no existen zonas o restos arqueológicos, ya que en los documentos alcanzados para la licitación de la obra no se encuentra el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA). RESPUESTA N° 27 Confirmado. El CIRA será entregado al Postor que obtenga la buena pro.

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Consulta N° 28 DE LOS CONCRETOS PORTLAND En sustento de metrados se tiene lo siguiente:

La nota inferior dice que el transporte de Cantera Satipo se paga como transporte interno.

Pero:

a) La única partida de transporte interno es para d=500m y no hay de dm=1.25 (dif. de accesos 2.4-1.15)

b) Las partidas auxiliares para agregados para concreto solo consideran transporte interno de 500mt

Aparentemente está faltando el costo de transportar agregados para concreto de la cantera Satipo, favor revisar y corregir. RESPUESTA N° 28 El transporte de material de la cantera Río Satipo hacia la zona de acopio (ubicada en la misma cantera), está considerado en la subpartida “Transporte Interno”. La subpartida en cuestión es una subpartida ponderada, que ha sido calculado de la siguiente manera:

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Descripcion m3 Rend. F Volumen D.T.I m3kCantera Río Satipo 54,796.56 85% 1.18 64,466.54 0.72 46,415.91 Cantera Mendoza 21,834.17 88% 1.14 24,811.56 0.30 7,443.47 Cantera Puerto Ocopa 37,755.55 93% 1.08 40,597.37 0.30 12,179.21

Total 114,386.28 129,875.46 66,038.58

Descripcion m3 Rend. F Volumen D.T.I m3kCantera Río Satipo 20,666.16 85% 1.18 24,313.13 0.72 17,505.45 Cantera San Isidro Sol de Oro 28,139.65 88% 1.14 31,976.88 0.30 9,593.06

Total 48,805.81 56,290.01 27,098.52

Descripcion m3 Rend. F Volumen D.T.I m3kCantera Río Satipo 20,315.09 85% 1.18 23,900.10 0.72 17,208.08 Cantera San Isidro Sol de Oro 22,424.68 88% 1.14 25,482.59 0.30 7,644.78 Cantera Puerto Ocopa 10,364.58 93% 1.08 11,144.71 0.30 3,343.41

Total 53,104.35 60,527.41 28,196.27

Volumen Total (m3) 246,692.88m3K 121,333.37Distancia de Transporte Interno (Promedio Total) 0.50 Km.

Concreto

Distancia de Transporte Interno (Promedio) 0.47

Distancia de Transporte Interno (Promedio) 0.51

Mezcla Asfaltica

Distancia de Transporte Interno (Promedio) 0.49

Base Granular

Se concluye que la subpartida de transporte interno D=0.50 Km, incluye el transporte de material de la cantera Río Satipo hacia la zona de acopio (ubicada en la misma cantera).

Consulta N° 29 CARTA FIANZA SERIEDAD DE OFERTA En las bases figura lo siguiente:

En el análisis de gastos generales financieros figura esto:

Favor corregir el monto del costo de la fianza que se ha calculado sobre una tasa de 1% cuando en realidad es 2%.

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RESPUESTA N° 29 Las bases fueron elaboradas después de la fecha de aprobación del presupuesto referencial, consignado en el Expediente Técnico. En ese sentido, debemos precisar que el porcentaje señalado en el Expediente Técnico está dentro del rango establecido en el RLCE:

CAPÍTULO III

GARANTIAS

Artículo 157.- Garantía de seriedad de oferta

“…..El monto de la garantía de seriedad será establecido en las Bases, en ningún caso será menor al uno por ciento (1%) ni mayor al dos por ciento (2%) del valor referencial……”

Consulta N° 30 RENDIMIENTO EN COLOCACION DE ALCANTARILLAS A continuación se coloca una relacion de las alcantarillas con sus rendimientos referenciales y los rendimientos estandares

Los rendimientos considerados sobrepasan los estándares, revisar y corregir. RESPUESTA N° 30 Los análisis de precios unitarios, por su misma naturaleza, resultan subjetivos, por cuanto dependen de la experiencia, el know how de cada empresa y de la optimización de recursos que pueda hacerse.

Se precisa que ante la falta de una estructura de precios unitarios estándar, concertadas entre el gremio de contratistas y el estado, cada consultor o contratista, propone el análisis de precios unitarios que considera más idóneo para las condiciones particulares del proyecto.

En el presente estudio, el Consultor ha formulado el análisis de precios unitarios en virtud de su experiencia especializada y comprobada en proyectos viales, de naturaleza similar a la del objeto de convocatoria, por lo que reafirma que los costos obtenidos como resultados de dichos análisis, se ajustan a los precios de mercado, tal como se confirma en otros procesos de licitación llevados a cabo.

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Consulta N° 31 COLOCACION DE ALCANTARILLAS Se observa que en todas las alcantarillas multiplate y las gran luz de perfil bajo, se está colocando una excavadora cuya incidencia es muy baja el índice usado es de 0.20m lo que significa 1.6 horas solamente de participación. El índice correcto es RESPUESTA N° 31 Los rendimientos considerados en el análisis de precios unitarios son concordantes con las actividades y rendimientos previstos para la partida, para las condiciones particulares del proyecto.

Consulta N° 32 DEL MATERIAL DE SUBDRENES En el análisis referencial consideran material de cantera Gloria bamba con rendimiento de 85% para subrenaje y cantera de Satipo que tiene un rendimiento para zarandeo de 65% Sin embargo están considerando esta como rendimiento de cantera para ambas 85%. Confirmar que si el rendimiento de las canteras para subdrenaje es efectivamente 85% RESPUESTA N° 32 Confirmado.

Consulta N° 33 DE GAVIONES TIPO CAJA Y TIPO COLCHON Sírvanse indicar donde se está pagando el transporte de la piedra, dado que en ell análisis y ni sub análisis de las partidas se encuentra este transporte. Tampoco se le ubica en los materiales pagados con partidas 700. RESPUESTA N° 33 El transporte de piedra se pagará dentro de las siguientes partidas: Partida 660.A Gavión Tipo Caja

Sub partida Piedra 6” a 10” Sub partida Transporte de Piedra para Gaviones

Partida 660.B Gavión Tipo Colchón H=0.30m

Sub partida Piedra 5” a 6” Sub partida Transporte de Piedra para Gaviones

Partida 660.C Gavión Tipo Colchón H=0.50m

Sub partida Piedra 5” a 6” Sub partida Transporte de Piedra para Gaviones

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Consulta N° 34 ix) Capacidad Técnica – a. Profesionales que efectuarán Labores estratégicas y relevantes en la Ejecución de la Obra. Respecto del Especialista en Impacto Ambiental, solicitamos aceptar como válido cursos referentes a impacto ambiental y no solamente el curso de Minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras. RESPUESTA N° 34

Ceñirse a las bases, una de las funciones principales del Especialista en Impacto Ambiental será minimizar el impacto negativo en ejecución de obras similares.

JOHE S. A. Consulta N°°°° 35 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo II Numeral: 2.5.1,vii) Pagina: 23 y 24 CONSULTA De acuerdo a lo que dispone el artículo 47° del Reglamento, la experiencia del postor se acredita con copias simples de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad, documento este último que se emite una vez que la obra ha sido concluida por el contratista y recibida a conformidad por la Entidad contratante, conforme a la regulación dispuesta en el artículo 210° del Reglamento. De lo indicado puede afirmarse, que la experiencia en obras que exige la Ley y el Reglamento se encuentra referida a obras ejecutadas y concluidas. En ese sentido, la experiencia se mediría a través del monto acumulado que percibió el contratista por la ejecución de la obra; que por lo general se encuentra consignada en el Acta de Recepción de la obra pudiendo, también, estar consignada en otro documento emitido por la Entidad Contratante. Por lo tanto confirmar que la acreditación de la experiencia del postor tanto en obras en general como en obras similares, podrá ser acreditada con la copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción o cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida e indicando el monto total percibido. RESPUESTA N° 35 La información para obras en general y obras similares, se limitara a obras concluidas y deberán respaldarse con copias simples de los documentos precisados en el Pronunciamiento 429-2012/DSU, en los casos en los que se evalúe el monto de la Obra, se podrá presentar adicionalmente Certificados de Conformidad o la Liquidación de Obra, de donde se pueda extraer el monto de la Obra Ejecutada. Para el caso de obras con empresas privadas o en el extranjero donde no se empleen actas de recepción se deberá presentar copia del contrato y el documento que haga las veces del acta de recepción.

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De presentar estas obras en el factor de cumplimiento en la ejecución de obras, deberá indicar expresamente, que han sido ejecutados sin penalidades y/o multas y/o sanciones Consulta N°°°° 36 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo III Numeral: 2. (Relación de Equipo Mínimo) Pagina: 31 CONSULTA Confirmar que el equipo Rodillo Neumático Autopropulsado de 135 HP 9.26 TN, podrá ser Rodillo Neumático Autopropulsado de 100-135 HP, 11 - 27 TN. RESPUESTA N° 36 Negativo. Se mantiene lo indicado. Consulta N°°°° 37 Referencia(s) de las Bases Sección: Formatos y Anexos Numeral: Anexo N° 07 Pagina: 64 CONSULTA Teniendo en cuenta que todo Postor deber tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes a los demás, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas (Item “k” del Artículo 4° del Decreto Legislativo N°1017) y a fin de fomentar la mayor participación de postores y que no constituya un tratamiento discriminatorio las exigencias de los requisitos en las Bases de Licitaciones (Art. N° 26, ítem “a” del Decreto Legislativo N°1017), es que solicitamos: Que lo referido en la NOTA del Anexo N° 07 (Requerimientos de Equipo Mínimo); no se exija una antigüedad máxima a los equipos requeridos; ya que estos equipos pueden tener mayor antigüedad a lo solicitado encontrándose operativos y en buenas condiciones, debido al continuo mantenimiento que se les da a estos durante la ejecución de cada obra y al termino de ellas. Además, el hecho de solicitar equipos menores o iguales en antigüedad a lo requerido se esta contraviniendo al Principio de Economía (Item “i” del Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1017) pues no se esta aplicando los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas. En caso de ser negativa su Respuesta, solicitamos que los años máximo de antigüedad solicitado sea fundamentada y sustentada de acuerdo al Artículo 28° del D. L. N° 1017 y al Artículo 54 del D. S. N° 184-2008-EF RESPUESTA N° 37 Respecto a la antigüedad se precisa que los rendimientos estándar y alquiler horario considerados en el análisis de precios del expediente técnico, son para equipos en óptimas condiciones de funcionamiento, por lo que el postor deberá ofertar los equipos que permitan garantizar lo requerido para la obra; dado que ello contribuye a disminuir el riesgo de una deficiente ejecución de la prestación derivada de la utilización de equipamiento que, por su antigüedad, cuenta con menor rendimiento.

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Ver PRONUNCIAMIENTO N° 308-2012/DSU

Consulta N°°°° 38 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, viii. Pagina: 24 CONSULTA De acuerdo al decimo párrafo del Item. viii) que a la letra dice: ...”La información referida para obras en general y obras similares, se limitará a obras concluidas y deberán respaldarse con copias simples de los contratos de obra y actas de recepción final y conformidad, u otro documento oficial del que se desprenda de manera fehaciente que la obra fue concluida, como la liquidación de obras. Para el caso de la experiencia en obras similares, la documentación sustentatoria debe consignar el monto final de la obra”. Confirmar que en la etapa de Calificación Previa, para el caso de la experiencia en obras similares, no es necesario consignar el monto final de la obra ya que para calificar lo que se va a evaluar es la longitud de la carretera. RESPUESTA N° 38 Ver Respuesta 35 Consulta N°°°° 39 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, viii. Pagina: 24 CONSULTA De acuerdo al primer párrafo del Item. viii, lo solicitado para Obras Similares; lo que a la letra dice:....” Relación de 5 obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente fuera del ámbito urbano.”;. Confirmar que todas las obras de carreteras ejecutadas dentro del territorio peruano se considerará fuera del ámbito urbano; de acuerdo a la definición, de carretera, dada en el Reglamento Nacional de Transito; por lo tanto no es necesario que en los documentos sustentatorio se mencione que dichas obras se encuentren fuera del ámbito urbano. RESPUESTA N° 39 En relación a los Requerimientos Técnicos Mínimos tenemos lo siguiente: Se considera ámbito urbano: a la construcción de avenidas, arterias, calles, jirones, alamedas asfaltadas dentro de la ciudad o centro poblado; asimismo a las urbanizaciones asfaltadas dentro de la ciudad o centro poblado. Basta que las carreteras a presentar como experiencia similar estén incluidas en el clasificador de vías del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) para ser consideradas como válidas. COMPLEMENTO Vía Urbana: Arterias o calles conformantes de un centro poblado, que no integran el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC). Las arterias o calles conformantes de un centro poblado no se consideran como obra similar.

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Consulta N°°°° 40 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, ix, b. Pagina: 26 CONSULTA Confirmar que para demostrar y acreditar que el Postor cuenta con un mínimo de 08 profesionales en su plantel técnico que tengan vinculo contractual vigente es suficiente con presentar la relación de profesionales en el Anexo N° 04 la que se considerará como una declaración jurada de que los mismos tienen vínculo contractual vigente con el postor; de acuerdo a lo establecido en el cuarto párrafo del acápite b. del Item. ix) del numeral 2.5.1. de las Bases de la Pte. Licitación. RESPUESTA N° 40 Se confirmar que para acreditar el requisito relacionado con los ocho (08) profesionales de la organización, será suficiente la declaración de los mismos en el Anexo Nº 04 y una declaración jurada emitida por el empleador señalando que estos mantienen vínculo contractual vigente. Las firmas de los profesionales de la organización indicados en el modelo del anexo 4 ítem b) también pueden ser presentados en hojas individuales. Consulta N°°°° 41 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, viii. Pagina: 24 CONSULTA Según el Numeral 8 del Anexo de Definiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado se define al Consorcio como el contrato asociativo por el cual dos (2) o más personas se asocian, con el criterio de complementariedad de recursos, capacidades y aptitudes, para participar en un proceso de selección y eventualmente contratar con el Estado. Además, en el Consorcio las obligaciones de los integrantes es ejecutar conjuntamente el objeto del contrato, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en su totalidad en el desarrollo de la obra sin tener en cuenta el porcentaje de participación; por lo tanto la experiencia adquirida es el cien por ciento en la ejecución de la obra. Por lo que solicitamos eliminar la exigencia, del tercer párrafo del Item. viii) la que indica que en caso de experiencias en consorcio se verificará que la longitud de la carretera acreditada como experiencia, multiplicada por el porcentaje de participación en el consorcio, sea superior a 20 Km. RESPUESTA N° 41 Se mantiene lo precisado en las bases, lo cual no atenta contra ningún Principio de las Contrataciones Públicas, promoviendo más bien el trato justo ya que se está exigiendo que en las obras ejecutadas en consorcio lo ejecutado por el postor, resulte equivalente a lo exigido para las obras ejecutadas individualmente. Así mismo, se considera como documentos válidos para la acreditación de experiencias en consorcios, copia del testimonio de constitución o contrato de consorcio ante Notario Público. Consulta N°°°° 42 Referencia(s) de las Bases

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Sección: Especifica Numeral: 2.5.2, a. Pagina: 27 CONSULTA Favor, a fin de uniformizar; alcanzar modelo de la Declaración Jurada del cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos. RESPUESTA N° 42 Se elimina la Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección, solicitado en el 2.5.2, a., debido a que dicha información se encuentra consignadas en los Anexos N° 5, 6 y 7 Consulta N°°°° 43 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.2, c. Página: 27 CONSULTA Confirmar que para cumplir con los Requerimientos mínimos de Personal Profesional, Anexo N° 06 acompañado del Anexo N° 11, para los profesionales nacionales se debe adjuntar Copia simple del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú o Constancia emitida por el Colegio de Ingenieros del Perú RESPUESTA N° 43 Confirmado, asimismo deberán adjuntar copia del Titulo Profesional y los documentos que acrediten la experiencia solicitada, pudiendo tomar como modelo el Anexo N° 10. Consulta N°°°° 44 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, ix, b. Pagina: 26 CONSULTA Solicitamos se elimine el sexto párrafo, de lo requerido en Profesionales de la Organización; por contravenir a uno de los Principios que Rigen las Contrataciones (Art. 4º de la Ley de Contrataciones). a) Principio de Promoción del Desarrollo Humano: La contratación pública debe coadyuvar al desarrollo humano en el ámbito nacional, de conformidad con los estándares universalmente aceptados sobre la materia. Teniendo en cuenta el requerimiento que solicitamos se elimine; si una empresa resulta ganadora de la Buena Pro, los profesionales que laboran de manera permanente en ella no van a tener la oportunidad de trabajar en la obra de esta Licitación. RESPUESTA N° 44

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Se mantiene lo precisado en las bases. Se entiende que el personal que forma parte del Staff de los profesionales de la organización, se encuentran en la planilla propia de la empresa, sin embargo el personal que laborará en la obra es financiando íntegramente por la entidad contratante. Consulta N°°°° 45 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica Numeral: 2.5.1, ix, a. Pagina: 25 CONSULTA En el Item. a. del numeral 2.5.1, ix) de la Pag. 25 de las Bases de la Pte. Licitación se indica, para el Jefe de Oficina de Ingeniería, que debe contar como mínimo16 horas lectivas en Liquidación de obras con normatividad Peruana; confirmar que en el Certificado del Curso mencionado anteriormente, estudiado en el Perú no es necesario que exprese que es con normatividad peruana. RESPUESTA N° 45 Se mantiene la exigencia de que el curso en liquidaciones de obra sea con normatividad peruana, debido a que es necesario que el contratista se capacite en los procedimientos para la liquidación que son de aplicación a esta obra , con el fin de evitar controversias en estos aspectos. Consulta N°°°° 46 Referencia(s) de las Bases Sección: Formatos y Anexos Numeral: Anexo N° 07 Pagina: 64: Confirmar, de ser necesario contar con equipos de tercero para completar el requerimiento de equipo mínimo, no es necesario presentar carta compromiso de alquiler y/o venta siendo suficiente con presentar el Anexo N° 07 llenado con los datos que se requieren; ya que este es una Declaración Jurada. RESPUESTA N° 46 Confirmado, es una Declaración Jurada, de acuerdo a lo indicado en el Ítem. d del numeral 2.5.2 de la Pte. Base de Licitación. Tener presente que en caso de acceder a la Buena Pro, deberán presentar antes de la firma del Contrato, los documentos que acreditan la propiedad de los equipos. Consulta N°°°° 47 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo III Numeral: 1 Pagina: 31 CONSULTA Confirmar que para el Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos) se aceptará a un Ingeniero “Especialista en metrados, costos y valorizaciones” o “Especialista en metrados y presupuestos”, en obras similares. RESPUESTA N° 47

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Confirmado, siempre y cuando cuente con experiencia en obras similares. Consulta N°°°° 48 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo III Numeral: 1 Pagina: 31 Teniendo en cuenta que el Jefe de Oficina de Ingeniería, el Jefe de Oficina Técnica y el Ing. Administrador de Contratos, solicitamos que puede ser cumplido por un solo profesional (Ing. Jefe de Oficina de Ingeniería); en caso de ser negativa su Respuesta, solicitamos nos fundamente y sustente la necesidad de contar con todos estos profesionales. RESPUESTA N° 48 No se acepta, debido a que estos especialistas se encuentran considerados en los gastos generales del presupuesto de obra. A continuación se fundamente la necesidad de contar con los profesionales señalados. Debido a la magnitud de la obra el Jefe de Oficina de Ingeniería es el responsable de verificar el Expediente Técnico, además de realizar los metrados, valorizaciones, programación de la obra y seguimiento de la misma. Coordina estrechamente con el ingeniero de producción. El Jefe de la Oficina Técnica es el encargado de generar los expedientes de las obras adiciones o deductivos que se generarán durante la obra, así como de la adaptación del expediente a la realidad encontrada. El administrador de contrato ve exclusivamente el manejo contractual de la obra. Es el manejador del contrato y de llevar el cuaderno de obra al día cumpliendo las normas que rigen. Consulta N°°°° 49 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo IV Numeral: C Pagina: 34 Solicitamos se elimine el penúltimo párrafo que a la letra dice: Para el presente factor de evaluación, será válida aquella experiencia adquirida dentro de los últimos 15 (Quince) años de la fecha de presentación de propuestas, en caso el documento que acredita la experiencia del personal propuesto señale que ésta hubiese iniciado fuera del periodo de antigüedad previsto y concluido dentro de aquél, deberá considerarse únicamente aquella comprendida dentro del periodo de antigüedad, es decir, dentro de los quince (15) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas. Porque la experiencia de un profesional no tiene límite, ya que se entiende como EXPERIENCIA a la destreza obtenida por la práctica reiterada de determinada conducta en un periodo de tiempo. Además, se estaría restando oportunidad de trabajo a muchos profesionales con mucha experiencia. RESPUESTA N° 49 Se elimina el párrafo mencionado. Consulta N°°°° 50 Referencia(s) de las Bases Sección: Especifica, Capitulo III Numeral: 1 Pagina: 31

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CONSULTA Solicitamos nos fundamente y sustente la necesidad de contar en la obra con un Ing. de Control de Calidad. RESPUESTA N° 50 El Contratista, de acuerdo a las especificaciones técnicas del proyecto, hará el auto-control de las obras. La responsabilidad por la calidad de la obra es única y exclusivamente del Contratista y la Supervisión. Cualquier revisión, inspección o comprobación que efectúe la Supervisión no exime al Contratista de su obligación sobre la calidad de la obra, de allí la necesidad de contar con un Ingeniero de Control de Calidad. MOTA ENGIL PERÚ Consulta N°°°° 51 Referencia (s) de las Bases: Sección: Numeral: Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Solicitamos que los profesionales propuestos como “Profesionales de la organización” puedan ser propuestos en la relación de profesionales del requerimiento técnico mínimo, dado que estos profesionales de la Organización desarrollan labores especializadas en la ejecución de las diferentes obras de la empresa. Asimismo sírvanse confirmar que los cargos jefaturales ó asesores y/o especialistas de áreas técnicas, se refiere a cargos como: Gerente de Proyecto, Jefe de Obra, Ingeniero Residente, Jefe de Oficina Técnica, Especialista en Suelos y Pavimentos, Especialista en Obras de arte, especialista en Medio Ambiente, metrados, costos y valorizaciones, Ing. de Producción, Ing. de Control de calidad, etc RESPUESTA N° 51 Los profesionales propuestos deben consignar claramente su especialidad en la documentación que los acredita como tal, según a lo solicitado en las Bases. Consulta N°°°° 52 Referencia (s) de las Bases: Capítulo III y IV Sección: Requerimiento Técnico Mínimo y Calificación del Personal Para el Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto en el caso del Jefe de Oficina de Ingenierías (Planeamiento y costos), solicitamos confirmar que la experiencia de dicho profesional pueda ser acreditada con certificados donde figure el cargo de Ingeniero Especialista en Metrados, Costos o Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares. RESPUESTA N° 52 Confirmado, se aplica el mismo criterio para el Jefe de Oficina Técnica.. Consulta N°°°° 53 Referencia (s) de las Bases: Sobre 01 Calificación Previa Sección: Solicitamos que el requerimiento del profesional ESPECIALISTA EN IMPACTO AMBIENTAL puedan ser considerados profesionales en cualquier especialidad tanto en la etapa de calificación previa Sobre Nº 01 y como requerimiento técnico mínimo asi como en los Factores de Experiencia del Personal Propuesto (Propuesta Técnica Sobre Nº 02) tal como han venido solicitando en licitaciones anteriores.

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RESPUESTA N° 53 Se aceptará como Especialista en Impacto Ambiental o Especialista Socio Ambiental, a un ingeniero ambiental con experiencia en ejecución de Obras Similares. Socio Ambiental a un ingeniero ambiental, geógrafo, civil, agrícola, minas, industrial, biólogo, hidrólogo, geólogo, agrónomo, y carreras afines, siempre y cuando demuestre experiencia profesional en ejecución de obras similares y halla realizado estudios en la especialidad. Consulta N°°°° 54 Referencia (s) de las Bases: CAPITULO III Sección: Numeral: Sección Específica – Sírvase confirmar que los siguientes cargos Ingeniero de Producción; Especialista en Impacto Ambiental; Ingeniero Responsable de Control de Calidad; Ingeniero Responsable de Contratos y Especialista en Seguridad en Obra y Salud Ocupacional de los profesionales propuestos en los Requerimientos Técnicos Mínimos CAPÍTULO III podrán ser profesionales colegiados de cualquier especialidad siempre y cuando cuenten con la experiencia solicitada en obras similares. RESPUESTA N° 54 Ceñirse a lo establecido en los requerimientos técnicos minimos. Consulta N°°°° 55 Referencia (s) de las Bases: SOBRE Nº 01 CALIFICACION PREVIA Sección: Obras Similares Solicitamos que la experiencia en obras similares además de la indicadas en las bases sean también consideradas las carreteras con tratamiento superficial bicapa concluidas en los últimos 10 años. RESPUESTA N° 55 No se acepta Consulta N°°°° 56 Referencia (s) de las Bases: CAPITULO III Sección: REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Favor confirmar que Ing. Administrador de Contratos solicitado para este cargo pueda ser desempeñado por cualquier profesional colegiado siempre y cuando su experiencia sea en obras similares al objeto de la convocatoria. RESPUESTA N° 56 Ceñirse a lo establecido en las Bases Consulta N°°°° 57 Referencia (s) de las Bases: CAPÍTULO IV Sección: Criterios de Evaluación – Experiencia y calificaciones del personal propuesto

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Se está solicitando que la experiencia adquirida de los profesionales sea dentro de los últimos 15 años a la fecha de presentación de propuestas. Al respecto solicitamos eliminar dicho requerimiento restrictivo, toda vez que la experiencia de los profesionales es la práctica reiterada durante el tiempo, que le permite al profesional junto con los cursos ó seminarios de actualización y/o especialización una mayor experiencia y destreza en la ejecución de proyectos. RESPUESTA N° 57 Ver Respuesta 49 CONALVIAS S.A. SUCURSAL PERÚ Consulta N°°°° 58 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal viii) Agradeceremos confirmar que para acreditar la experiencia en obras similares también se considerarán los trabajos a nivel de tratamiento superficial bicapa. RESPUESTA N° 58 No se acepta Consulta N°°°° 59 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal viii) Solicitamos confirmar que para acreditar la experiencia en obras similares también se considerarán los trabajos Mantenimiento periódico. RESPUESTA N° 59

Ceñirse a lo establecido en las Bases Consulta N°°°° 60 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal ix) Solicitamos confirmar que la capacidad técnica de los profesionales será acreditada con un máximo de dos cursos. RESPUESTA N° 60 Ceñirse a lo establecido en las Bases Consulta N°°°° 61 REFERENCIA(S) DE LAS BASES

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Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal ix) Agradeceremos confirmar que el Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería debe acreditar en conjunto un total de 16 horas en ambos cursos –Programaciones de Obras y Liquidación de obras-. RESPUESTA N° 61 Ceñirse a lo establecido en las Bases Consulta N°°°° 62 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal ix) Agradeceremos confirmar que el Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería debe acreditar un curso Liquidación de obras, resultando imprescindible si éste hace referencia a normatividad peruana. RESPUESTA N° 62 Ver Respuesta 61 Consulta N°°°° 63 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo II Numeral 2.5.1. Literal ix) b. Profesionales de la organización Solicitamos confirmar que se validará la presentación de una Declaración Jurada por cada profesional, siendo que no será necesario que todas las firmas se encuentren consignadas en el mismo documento Anexo 04. RESPUESTA N° 63 Ver Respuesta 40 Consulta N°°°° 64 REFERENCIA(S) DE LAS BASES Sección Específica – Capítulo IV C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Confirmar que para la asignación de puntajes, los Especialistas deberán acreditar su experiencia en obras similares y en el cargo. RESPUESTA N° 64 Confirmado

INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A - ICCGSA

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Consulta N°°°° 65 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases, Capitulo II Numeral: 2.5.1 ix Página: 25 Consulta y/u Observación: Solicitan para el Especialista en Impacto Ambiental, una capacitación en Minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras. Dado que para el cargo se acepta a profesionales de cualquier especialidad, entendemos que el requerimiento aplica para los profesionales que no son Ingenieros Ambientalistas. Sirvanse confirmar. RESPUESTA N° 65 Ceñirse a lo establecido en las Bases Consulta N°°°° 66 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases, Capitulo III Numeral: 1 Página: 31 Consulta y/u Observación:

a) Sirvanse confirmar que para el Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería, es valida la experiencia como Especialista en Metrados Costos y Valorizaciones.

b) Sirvanse confirmar que para el Ingeniero Jefe de Oficina Tecnica, es valida la experiencia como Especialista en Metrados Costos y Valorizaciones.

c) Sirvanse corregir la profesión del Especialista en Suelos y Pavimentos, que es Ingeniero Civil y no cualquier Profesional, como se indica.

d) Sirvanse corregir la profesión del Especialista Ambiental, que es Profesional de cualquier especialidad (Ver requerimientos en Calificación Previa) y no Ingeniero Civil, como se indica.

e) Sirvanse corregir la denominación del cargo de Especialista Socio Ambiental, por el de Especialista en Impacto Ambiental

f) Sirvanse confirmar que será valida la experiencia como Jefe, Especialista o Responsable en Medio Ambiente para el cargo de Especialista en Impacto Ambiental.

g) Sirvanse confirmar que será valida la experiencia como Ingeniero Responsable de Contratos para el cargo de Ingeniero Administrador de Contratos

RESPUESTA N° 66

a) Ver Respuesta N° 52 b) Confirmado. c) Confirmado. d) Ver Respuesta N° 53. e) Se mantiene la denominación de Especialista Socio Ambiental. f) Confirmado para el cargo de Especialista Socio Ambiental. g) Confirmado. Para todos los casos (a, b, c, d, e, f y g) sólo se aceptarán las experiencias en

obras similares objeto de la convocatoria.

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JJC CONTRATISTAS GENERALES S.A. Consulta N°°°° 67 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases Numeral: ix) Capacidad Técnica-a) Profesionales que Efectuarán Labores Estratégicas y Relevantes en la Ejecución de la Obra Página:. En cuanto al requerimiento de cursos de Minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras. Confirmar que es válido el curso de de Gestión Ambiental de Obras Viales. RESPUESTA N° 67 Ceñirse a las Bases. Consulta N°°°° 68 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases Numeral: Capítulo III-Requerimiento Técnico Mínimo –Experiencia del profesional propuesto Página: Se está solicitando que la experiencia de los profesionales solo será válida aquella experiencia adquirida dentro de los últimos 15 (Quince) años de la fecha de presentación de propuestas Al respecto indicamos que el OSCE en diversos pronunciamientos ha indicado en cuanto a la experiencia de los profesionales que es la práctica reiterada durante el tiempo, por lo que no corresponde solicitarle una antigüedad a la misma. Resulta incluso no razonable solicitar para el ingeniero Residente como Requisito Técnico Mínimo 3 años de experiencia como Residente de obra y para los criterios de evaluación una experiencia mayor o igual a 8 años como residente, con lo que se está solicitando un total de 12 años de experiencia en obras similares como Residente dentro de los últimos 15 años. Solicitamos eliminar el requerimiento de que la experiencia de los profesionales sea dentro de los últimos 15 años. RESPUESTA N° 68 Ver Respuesta 49 Consulta N°°°° 69 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases Numeral: Anexo N° 4-itemb) Página: Solicitamos que las firmas de los profesionales de la organización indicados en el modelo del anexo 4 ítem b) puedan ser presentados en hojas individuales, ya que la mayoría de profesionales se encuentran fuera de lima (en obra), y es complicado que todos firmen en un mismo formato. RESPUESTA N° 69 Ver Respuesta 40

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Consulta N°°°° 70 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases Numeral: Capítulo III-Requerimiento Técnico Mínimo Página: Favor de confirmar que el cargo solicitado de Especialista socio ambiental es el equivalente al Especialista de Relaciones comunitarias. RESPUESTA N° 70 Negativo. Consulta N°°°° 71 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases-Capítulo III Numeral: Capítulo III-Requerimiento Técnico Mínimo Página: De no ser afirmativa la Respuesta anterior favor de alcanzar el perfil para este profesional. RESPUESTA N° 71 Ver Respuesta N° 53 Consulta N°°°° 72 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases-Capítulo III Numeral: Capítulo III-Requerimiento Técnico Mínimo Página: Para el cargo de Ing. Ingeniero Jefe de Oficina Ingenierías (Planeamiento y Costos), favor de confirmar que es válido también los siguientes cargos: -Especialista en Metrados Costos y Valorizaciones -Ingeniero de Valorizaciones Costos y presupuestos RESPUESTA N° 72 Confirmado, siempre y cuando su experiencia sea en obras similares al objeto de la convocatoria. Consulta N°°°° 73 Referencia(s) de las Bases Sección: Bases-ix) Capacidad Técnica Numeral: b).-Profesionales de la Organización Página: Favor de confirmar que para los profesionales de la organización son validos los siguientes cargos entre otros. -Administrador de Contratos -Gerente de Proyecto -Gerente Técnico -Director de obra -Director de Contrato -Administrador de Contrato

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-Coordinador de Obra -Jefe de frente -Jefe de tramo -Jefe de equipos y maquinarias -Jefe de Producción -Especialista en Costos y Presupuestos -Especialista en Medio Ambiente -Especialista en Estructuras obras de arte y drenaje -Jefe de Oficina Técnica RESPUESTA N° 73 Ceñirse a lo establecido en los requerimientos para la Calificación Previa. Consulta N°°°° 74 Referencia(s) de las Bases Sección: Expediente Técnico Numeral: Canteras y Accesos Página: Sírvase confirmar si las canteras y los accesos existentes y/o proyectados a las canteras son de libre disponibilidad. RESPUESTA N° 74 Ver Respuesta a las Consultas N° 01, 02 y 03. Consulta N°°°° 75 Referencia(s) de las Bases Sección: Expediente Técnico Numeral: Fuentes de Agua y accesos Página: Sírvase confirmar si las fuentes de agua y los accesos a las mismas son de libre disponibilidad. RESPUESTA N° 75 Ver Respuesta a las Consultas N° 05, 06, 07 y 08. Consulta N°°°° 76 Referencia(s) de las Bases Sección: Expediente Técnico Numeral: Botaderos Página: Sírvase confirmar si los botaderos y los accesos a los mismos son de libre disponibilidad. RESPUESTA N° 76 Ver Respuesta a las Consultas N° 09, 10 y 11. Consulta N°°°° 77

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Referencia(s) de las Bases Sección: Numeral: Página: Favor confirmar que la liberación del derecho de vía, así como todo pago y/o resarcimiento económico a los propietarios de los predios y/o cultivos afectados por este, será responsabilidad de MTC - Provias Nacional y que no está incluido en el presupuesto de Obra, así como el MTC Provias Nacional lo entregará al inicio de obra completamente saneado; de no ser así cualquier demora en las liberaciones dará derecho a ampliaciones de plazo correspondientes. RESPUESTA N° 77 Las obligaciones del Contratista se encuentran indicadas en los documentos contractuales. Consulta N°°°° 78 Referencia(s) de las Bases Sección: CIRA Numeral: Página: Solicitamos a la Entidad, nos confirme que el proyecto contempla el CIRA, caso contrario, la obtención de tal documento de ser necesario será obligación de la Entidad Licitante. Cualquier retraso que se derive de la liberación de zonas de trabajo, dará lugar al reconocimiento de los plazos correspondientes. RESPUESTA N° 78 Ver Respuesta a la Consulta N° 27. Consulta N°°°° 79 Referencia(s) de las Bases Sección: PACRI Numeral: Página: Solicitamos a la Entidad, nos confirme que los costos que involucra el pago de todas las afectaciones a terrenos y bienes producto de la ejecución de la carretera, y por consiguiente, de la liberación de las zonas de trabajo involucradas, serán por su cuenta, estando el Contratista eximido de realizar dichos pagos. RESPUESTA N° 79 Las obligaciones del Contratista se encuentran indicadas en los documentos contractuales. Consulta N°°°° 80 Referencia(s) de las Bases Sección: Sobre 1 Calificación Previa Numeral: viii) Experiencia en las prestaciones Similares Página: Favor de confirmar que para sustentar la experiencia en obras similares en el sobre de Calificación Previa, se pueden presentar obras concluidas y recepcionadas satisfactoriamente por la entidad contratante pero que a la fecha se encuentre en proceso de arbitraje, puesto que lo que se está evaluando es la longitud de la misma mas no el monto de la obra. RESPUESTA N° 80 Confirmado

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SACYR S.A. SUCURSAL DEL PERU Consulta N°°°° 81 Referencia(s) de las Bases Sección: Sección General - Capitulo III – Suscripción de Contrato y Sección Específica – Capítulo Numeral: 3.1. De los contratos (Sección General); 2.7. Requisitos para la suscripción del contrato (Sección Específica). Página: 10 / 30 Las bases disponen como uno de los requisitos para suscribir el contrato que el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, entre otros documentos, el certificado de habilidad emitido por el Colegio profesional competente del Perú de los profesionales propuestos. Con respecto a la oportunidad de presentación del certificado de habilidad para la firma del contrato, debemos indicar que, en el caso de profesionales extranjeros, en el caso que se obtenga la buena pro, éstos deberán inscribirse en el Colegio de Ingenieros del Perú, trámite de registro y consecuente obtención del “certificado de habilidad” que toma entre 30 a 45 días, por lo que la presentación del certificado de habilidad para la firma del contrato resulta materialmente imposible Por tal motivo, SOLICITAMOS que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú conforme al Pronunciamiento 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al Pronunciamiento 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al Pronunciamiento 371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC y al Pronunciamiento 313-2011 DTN de la LP Nº006-2011-MTC. RESPUESTA N° 81 En virtud al Pronunciamiento N° 419-2012/DSU y Oficio N° 690-2012/DSU-PAA, se establece que:

Antes del inicio de la Ejecución de la Obra, el postor deberá presentar la colegiatura y habilidad

vigente de los profesionales.

Consulta N°°°° 82 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: 2.5. Acto Público de Presentación de Propuestas. Página: 19 Se dispone en las bases que “todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la calificación previa, admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, En ese sentido, sirvase confirmar si que será admisible, indistintamente, la traducción simple, la traducción certificada o la traducción oficial, siempre que haya sido efectuada por traductor público juramentado. RESPUESTA N° 82 Se confirma que la traducción sea por un traductor público juramentado. Consulta N°°°° 83

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Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: 2.5. Acto Público de Presentación de Propuestas. Página: 19 Las Bases del proceso señalan que “Para el caso de la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública o por personas naturales o jurídicas privadas en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, la cual necesariamente deberá ser previa a la firma del contrato”. Sírvase confirmar que las copias simples de los documentos emitidos por autoridades extranjeros o de personas naturales o jurídicas extranjeras, que se presentan en la propuesta, no requerirán contar con las legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o con el sello de la Apostilla de La Haya. RESPUESTA N° 83 Las copias simples a presentar, es de los documentos que ya cuentan con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o con el sello de la Apostilla de la Haya. Consulta N°°°° 84 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: 2.5. Acto Público de Presentación de Propuestas. Página: 21 Las bases indican que a efectos de acreditar la vigencia de los poderes del representante legal puede ser la vigencia de poder u otro documento emitido por la Oficina de Registros Públicos. En tal sentido, se solicita confirmar que se considerará válida la presentación de la copia literal de la integridad de la partida electrónica de la empresa para acreditar la vigencia de las facultades del representante legal, considerando que este documento es expedido por la Oficina de Registros Públicos y permite acredita la vigencia de la designación del representante legal de la empresa. RESPUESTA N° 84 Se deberá presentar con copia simple del documento registral vigente que consigne el nombre del representante legal y sus facultades, según Art. 65 del Reglamento. Consulta N°°°° 85 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vi) Capacidad Económica Página: 23 Las bases del proceso señalan que en las cartas emitidas por Entidades Bancarias para acreditar solvencia económica se podrá presentar el monto requerido en otras monedas, considerando para el tipo de cambio, el valor venta de la fecha de la carta de la Entidad Bancaria. En ese sentido, sírvase confirmar que bajo este supuesto no será indispensable que la Carta consigne el monto equivalente en nuevos soles, pudiendo el postor acreditar el cálculo de la equivalencia del monto en nuevos soles en documento adjunto. RESPUESTA N° 85 Confirmado, siempre y cuando la conversión al Nuevo Sol, se realice con las tasas de cambio del BCRP.

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Consulta N°°°° 86 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vi) Capacidad Económica Página: 23 Las bases indican que para el caso de Consorcios se sumaran las respectivas capacidades financieras de las empresas que lo integran, sin importar el porcentaje de participación. Sírvase confirmar que para la determinación de la capacidad económica del consorcio, se tomará en cuenta la integridad de la capacidad financiera acreditada por cada consorciado, sin aplicar sobre el mismo el porcentaje de participación que las partes hayan acordado dentro del consorcio. RESPUESTA N° 86 Confirmado. Consulta N°°°° 87 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vi) Capacidad Económica Página: 23 Confirmar que para el caso de las empresas extranjeras, éstas podrán acreditar su capacidad económica con la presentación de cartas de líneas de crédito otorgadas por Bancos Autorizados por la SBS. RESPUESTA N° 87 Ceñirse a las bases. Para el caso de Perú, la emisión de líneas de crédito será otorgada por los bancos autorizados por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP.

Consulta N°°°° 88 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vi) Capacidad Económica Página: 23 Confirmar si a efectos de determinar la relación de Bancos extranjeros de primera categoría será de aplicación la Circular Nº 026-2012-BCRP. RESPUESTA N° 88 Confirmado. Consulta N°°°° 89 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vii) Experiencia en la actividad Página: 23 Las bases del proceso indican que a efectos del cálculo del monto de los contratos que se acreditan como experiencia, se considere el monto final de obra actualizado al mes de febrero de 2012, desde la fecha de término real de la obra).

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En ese sentido, confirmar que para efectos de la actualización del monto final de obra de los contratos, se tomará en cuenta únicamente el mes de culminación de la obra, por lo que será válido y suficiente que los certificados o constancias de culminación contengan la indicación del mes de culminación de la obra. RESPUESTA N° 89 Se confirma el valor final de obra actualizado al mes de FEBRERO DE 2012, de conformidad a lo establecido en los Anexos Nros. 8, 9 y 13, así como en el numerla1.4 del capítulo I de las Bases. Consulta N°°°° 90 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vii) Experiencia en la actividad (Calificación Previa) Página: 23 Las bases del proceso disponen que si los postores presentan más de 05 de obras generales, sólo se evaluarán las 05 primeras obras del listado presentado. Respecto a este criterio establecido para la evaluación de este requerimiento (orden de prelación de las obras), consideramos que no asegura una calificación objetiva de la acreditación por parte del postor del cumplimiento de su experiencia en la actividad, teniendo en cuenta que los distintos y respetables criterios de valoración que puedan existir entre los miembros del Comité Especial para la evaluación de la documentación pueden determinar que se desestime una de las cinco primeras obras listadas por el postor, pero que el postor cuente con otras obras – también presentadas en su documentación – que sí cumplan las exigencias de las bases y que – por esta disposición - sean liminarmente desestimadas sin haber sido objeto de evaluación, lo cual resulta restrictivo y contrario a la normativa de contrataciones. En consecuencia, solicitamos que para la acreditación del cumplimiento de las cinco obras generales requeridas en las Bases (experiencia en la actividad), se evalúe todas las obras que puede presentar el postor para acreditar el cumplimiento de este requisito. RESPUESTA N° 90 Sólo se evaluarán las 05 primeras obras del listado presentado, en la calificación previa. Debiendo el postor verificar cumpla con lo solicitado en las bases. Consulta N°°°° 91 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: vii) Experiencia en la actividad Página: 23 Conforme a lo señalado en las bases, en el caso de un consorcio el único documento para demostrar los porcentajes de participación de una obra ejecutada en consorcio es el testimonio de constitución o contrato de consorcio, en el que además del porcentaje se verificará si el postor tuvo a su cargo la ejecución de la obra. En ese sentido, siendo que conforme a nuestra regulación en materia de contrataciones, es aceptable la celebración y presentación de contratos de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de acuerdo al artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, confirmar que serán admisibles para acreditar el porcentaje de participación en un consorcio, la presentación de contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados.

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RESPUESTA N° 91 Se presentará copia de contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados. Consulta N°°°° 92 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: viii) Experiencia en la ejecución de prestaciones similares (Calificación Previa) Página: 24 Las bases del proceso disponen que si los postores presentan más de 05 de obras similares, solo se evaluarán las 05 primeras obras del listado presentado. Respecto a este criterio establecido para la evaluación de este requerimiento (orden de prelación de las obras), consideramos que no asegura una calificación objetiva de la acreditación por parte del postor del cumplimiento de su experiencia en la ejecución de prestaciones similares, teniendo en cuenta que los distintos y respetables criterios de valoración que puedan existir entre los miembros del Comité Especial para la evaluación de la documentación pueden determinar que se desestime una de las cinco primeras obras listadas por el postor, pero que el postor cuente con otras obras – también presentadas en su documentación – que sí cumplan las exigencias de las bases y que – por esta disposición - sean liminarmente desestimadas sin haber sido objeto de evaluación, lo cual resulta restrictivo y contrario a la normativa de contrataciones, que no establece un límite o restricción al número de obras para la acreditación de experiencia. En consecuencia, solicitamos que para la acreditación del cumplimiento de las cinco obras generales requeridas en las Bases (experiencia en la ejecución de prestaciones similares), se evalúe todas las obras que puede presentar el postor para acreditar el cumplimiento de este requisito. RESPUESTA N° 92 Ver Respuesta 90 Consulta N°°°° 93 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: viii) Experiencia en la ejecución de prestaciones similares Página: 24 Las bases del proceso señalan que en el caso de obras ejecutadas en consorcio se aplicará a la longitud de la obra presentada el porcentaje de participación del postor en dicho consorcio, para efectos de poder acreditar su extensión como obra similar. Al respecto debe precisarse que la experiencia se evalúa sobre el desarrollo del ejercicio de la actividad, no pudiendo restringirse a la longitud de la obra para validar la experiencia; en ese sentido solicitamos que se considere esta forma de evaluación puesto que no cumpliría con el objetivo establecido que es la evaluación de experiencia en la ejecución del servicio. RESPUESTA N° 93 Ceñirse a las Bases. Consulta N°°°° 94 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: viii) Experiencia en la ejecución de prestaciones similares (Calificación Previa)

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Página: 24 Las bases del proceso señalan respecto de la información a obras en general y obras similares: “La información referida para obras en general y obras similares, se limitará a obras concluidas y deberán respaldarse con copias simples de los contratos de obra y actas de recepción final y conformidad, u otro documento oficial del que se desprenda de manera fehaciente que la obra fue concluida, como la liquidación de obras. Para el caso de la experiencia en obras similares, la documentación sustentatoria debe consignar el monto final de la obra”. En ese sentido, debemos precisar que en la etapa de calificación previa el parámetro para la evaluación de las obras similares gira está en función del metraje ejecutado y no en el monto final de la misma. Por tanto, solicitamos que para la acreditación de los contratos de obras similares en la Calificación Previa, será válida la presentación de copia simple del contrato de obra, el acta de recepción y conformidad, siendo válidas estas últimas (actas de recepción o conformidad), aun cuando no figure el monto de liquidación final de la obra, en consideración a que el monto no es el objeto principal materia de evaluación en este caso especifico. RESPUESTA N° 94 La información referida para obras en general y obras similares, se limitará a obras concluidas y deberán respaldarse con copias simples de los contratos de obra y actas de recepción final y conformidad, u otro documento oficial del que se desprenda de manera fehaciente que la obra fue concluida, como la liquidación de obras. Consulta N°°°° 95 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: viii) Experiencia en la ejecución de prestaciones similares (Calificación Previa) Página: 24 Las Bases establecen como obras similares la ejecución de obras de mejoramiento o construcción o rehabilitación o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente Solicitamos confirmar que como obras similares, también se validarán los trabajos de tratamiento superficial bicapa. RESPUESTA N° 95 Negativo. Consulta N°°°° 96 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica. a. Profesionales que efectuarán labores estratégicas y relevantes en la ejecución de la obra. Página: 25 Las bases del proceso señalan que los profesionales que Efectuarán Labores Estratégicas y Relevantes en la Ejecución de la Obra (Ingeniero Residente, Especialista Suelos y Pavimentos, Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería y Especialista de Impacto Ambiental) deberán acreditar cursos que totalicen como mínimo de horas lectivas de cada especialidad. Confirmar que para el caso de cada uno de los citados profesionales será suficiente la acreditación de un solo curso que llene el mínimo de horas lectivas requerido para ser considerado cumplido el requerimiento.

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RESPUESTA N° 96 Ver Respuesta 60 Consulta N°°°° 97 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica Página: 25 Las bases del proceso solicitan que el Ingeniero Residente acredite haber seguido cursos en Programaciones de Obras (Tales como Ms. Project, primavera u otro software equivalente cuya similitud deberá ser acreditada). Confirmar que criterios empleará el Comité para evaluar la similitud del “software equivalente” y que documentación deberá presentarse para acreditar la similitud de los cursos en Programaciones de Obras. RESPUESTA N° 97 El software equivalente, deberá ser capaz de programar como mínimo diagramas de GANTT y PERT CPM Consulta N°°°° 98 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica Página: 25 Las bases del proceso solicitan que los cursos requeridos al Ingeniero Residente, Especialista Suelos y Pavimentos, Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería y Especialista de Impacto Ambiental no deban tener una antigüedad mayor de cinco (5) años desde la fecha de presentación de las propuestas. Confirmar si se refiere a la fecha de presentación de propuestas o la fecha de presentación de los documentos de calificación previa. RESPUESTA N° 98 Confirmado. Consulta N°°°° 99 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica Página: 25. Las bases del proceso solicitan que el Ingeniero Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos) acredite cursos en Liquidación de obras con normativa peruana de 16 horas lectivas como mínimo. La restricción a que los cursos estén relacionados con la normatividad peruana, es una barrera de acceso de profesionales al mercado peruano y contrario a los principios de Libre Competencia y Trato Justo e Igualitario, ya que ello implicara que ningún profesional nacional o extranjero que tenga cursos de capacitación en el extranjero y con arreglo a normativa internacional califique como un profesional que efectuará labores estratégicas y relevantes en la ejecución de la obra. En tal sentido, solicitamos eliminar dicha restricción por ser contraria al orden legal. RESPUESTA N° 99 Ceñirse a las Bases. Ver Respuesta 61 Consulta N°°°° 100

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Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica Página: 25 Las bases del proceso solicitan que el Especialista en Impacto Ambiental acredite cursos en Minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras. Se solicita confirmar

a) qué contenido debe tener como mínimo el curso requerido de Minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras.

b) Si serán aceptados cursos que cumplan con similar contenido aunque cuando no tengan la denominación solicitada en las Bases

c) que entidades o instituciones dictan el curso requerido en las Bases. RESPUESTA N° 100 a) El contenido debe versar sobre la minimización de los impactos negativos que se dan en la construcción de las carreteras. b) La denominación debe indicar que el contenido del curso es aplicable durante la construcción de carreteras. c) Se aceptaran certificaciones o constancias emitidas por universidades, institutos u organizaciones especializadas. Las constructoras que ofrecen capacitaciones deben demostrar documentalmente, mediante un estatuto o similar, que están facultadas para dictar cursos y certificar los mismos. Consulta N°°°° 101 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica Página: 26 Las bases del proceso indican que los Certificados o Constancias de los Cursos solicitados, deberán ser emitidos por Universidades, Institutos u Organizaciones Especializadas. Sírvase confirmar que estas entidades podrán ser nacionales y/o extranjeras. RESPUESTA N° 101 Confirmado. En el caso de presentar certificaciones de entidades extranjeras, ver respuesta 83. Consulta N°°°° 102 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección 2.5.1. Sobre N° 1 – Calificación Previa Numeral: ix) Capacidad Técnica: a. Profesionales que Efectuarán Labores Estratégicas y Relevantes en la Ejecución de la Obra Página: 26 Las bases del proceso señalan que “los profesionales extranjeros, que no ostenten la denominación usual de los ingenieros en el Perú, por ejemplo los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, serán aceptados como equivalentes a Ingenieros Civiles, siempre que sus títulos profesionales estén validados por las autoridades competentes del Perú, como equivalentes a la profesión requerida en las Bases, para lo cual deberán presentar el documento que sustente dicha equivalencia”. Al respecto debemos mencionar que el solo hecho de la identidad o igualdad en la denominación o nomenclatura del título profesional de un profesional extranjero con un profesional peruano no confirma, por sí

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solo, la habilidad del profesional para ejercer la profesión en territorio peruano, siendo que, no obstante tener un profesional extranjero un titulo profesional con una distinta denominación o nomenclatura consignada en él, pueda ser válidamente autorizado por autoridad competente nacional para ejercer la profesión en territorio peruano. En consideración a lo expresado, solicitamos confirmar: Qué autoridades serán consideradas como competentes para validar dichos títulos y si serán aceptados cualquier tipo de documento del cual se pueda desprender la equivalencia a la profesión requerida en las bases. RESPUESTA N° 102 La denominación de los títulos profesionales podrá ser certificada por la Asamblea Nacional de Rectores - ANR o el Colegio de Ingenieros del Perú – CIP y los Colegios Profesionales de corresponder. Consulta N°°°° 103 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica – b) Profesionales de la Organización Página: 26 Las bases del proceso señalan que de presentarse más de 8 profesionales solicitados, se evaluará solamente los 8 primeros del listado, y en función de dicha evaluación se emitirá el resultado en lo referente a profesionales de la organización. Respecto a este criterio establecido (orden de prelación) para la evaluación de este requerimiento, consideramos que no asegura una calificación objetiva de la acreditación por parte del postor del cumplimiento del requerimiento, teniendo en cuenta que los distintos y respetables criterios de valoración que puedan existir entre los miembros del Comité Especial para la evaluación de la documentación pueden determinar que se desestime uno de los ocho primeros profesionales listados por el postor, pero que el postor cuente con otros profesionales – también presentadas en su documentación – que sí cumplan las exigencias de las bases y que – por esta disposición - sean liminarmente desestimados sin haber sido objeto de evaluación, lo cual resulta restrictivo y contrario a la normativa de contrataciones. Solicitamos que se elimine la limitación al número de profesionales a analizar para calificar a los 8 profesionales solicitados, por cuanto el simple orden de prelación no es argumento objetivo para negar la acreditación de los profesionales por parte del postor, siendo dicha disposición restrictiva de derechos y se evalúe a todos los profesionales que puede presentar el postor para acreditar el cumplimiento de este requisito. RESPUESTA N° 103 Se mantiene lo precisado en las bases. El postor deberá seleccionar, de todos los profesionales con que cuenta su organización, a 8 profesionales que cumplan con lo requerido. Consulta N°°°° 104 Referencia(s) de las Bases

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Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica – b) Profesionales de la Organización Página: 26 Las bases del proceso señalan que la relación de profesionales presentada en el Anexo N° 04 se considerará como una declaración jurada de que los mismos tienen vínculo contractual vigente con el postor, la cual podrá ser objeto de fiscalización posterior por parte de la Entidad. Confirmar que dicho documento será prueba suficiente para cumplir con el requerimiento señalado de acreditar que el profesional labora en la empresa de manera permanente, sin requerirse la presentación documentación adicional. RESPUESTA N° 104 Ver Respuesta 40 Consulta N°°°° 105 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: ix) Capacidad Técnica – b) Profesionales de la Organización Página: 27 Las bases del proceso señalan que el equipamento requerido debe ser propio, alquilado u otra modalidad de tenencia y ubicado en el Perú, el mismo que será utilizado obligatoriamente en la ejecución de la obra. Al respecto, siendo que la ejecución de la obra no se produce inmediatamente después de la firma del contrato ni con la obtención de la buena pro, se solicita que se elimine la exigencia que el equipamiento deba encontrarse ubicado en el Perú. Asimismo, siendo que puede ocurrir que por conveniencia económica resulte más rentable la variación del equipo por uno superior, solicitamos eliminar la exigencia que el equipo sea obligatoriamente empleado en la ejecución de la obra. RESPUESTA N° 105 Se elimina el requerimiento de que los equipos se encuentren en el territorio nacional. Consulta N°°°° 106 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo II – Proceso de Selección Numeral: 2.5.2. Sobre Propuesta Técnica. Página: 27 Las bases del proceso señalan que se debe presentar como documentación una declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección. Sobre este punto debemos precisar que no figura en los anexos una declaración jurada en relación al cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos. Confirmar si se emitirá un formato específico o éste será de formato libre. RESPUESTA N° 106 Ver Respuesta 42

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Consulta N°°°° 107 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31 Confirmar si el personal propuesto para acreditar los requerimientos técnicos mínimos no podrán ser acreditados como personal de la organización. RESPUESTA N° 107 Se mantiene lo precisado en las bases. Se entiende que el personal que forma parte del Staff de los profesionales de la organización, se encuentran en la planilla propia de la empresa, sin embargo el personal que laborará en la obra es financiando íntegramente por la entidad contratante Consulta N°°°° 108 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31 Las bases del proceso disponen que los ingenieros a presentar sean colegiados y habilitados. Confirmar que en el caso de ingenieros extranjeros podrá ser profesional colegiado y habilitado en su país, sin perjuicio de su posterior colegiación y habilitación ante el CIP en caso de otorgamiento de la buena pro; con la finalidad de resguardar los principios de Libre Competencia y Trato Justo e Igualitario. RESPUESTA N° 108 Para el caso consultado bastará el título profesional revalidado por la autoridad competente del Perú y copia del respectivo Certificado de Inscripción o carnet otorgado por el CIP. Consulta N°°°° 109 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31 Confirmar si el Especialista de Suelos y Pavimentos deberá ser necesariamente Ingeniero Civil. RESPUESTA N° 109 Confirmado. Consulta N°°°° 110 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31

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Respecto al Especialista Socio Ambiental, confirmar que se aceptarán profesionales de distinta carrera profesional y/o especialidad a la de Ingeniería Civil y con denominación distinta en el cargo, pero referido a tema Ambientales. RESPUESTA N° 110 Ver Respuesta N° 53 Consulta N°°°° 111 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31 Consulta: Respecto al Especialista Socio Ambiental, en las Bases en el rubro correspondiente a la Calificación Previa, ix) Capacidad Técnica, dentro de los Profesionales que efectuarán labores estratégicas y relevantes en la ejecución de la obra, se solicita a Especialista en Impacto Ambiental

a. Sírvase confirmar si el profesional requerido es un “Especialista Socio Ambiental” o un “Especialista en Impacto Ambiental” o si se está requiriendo a dos profesionales distintos.

b. Solicitamos confirmar que titulo profesional deberá cumplir, dado que para el “Especialista Socio Ambiental” se indica ingeniero civil y para el un “Especialista en Impacto Ambiental” únicamente se señala ingeniero.

RESPUESTA N° 111

a) El personal requerido es un Especialista Socio Ambiental. b) Ver Respuesta N° 53

Consulta N°°°° 112 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto. Página: 31 Solicitamos se uniformice la definición de obras similares, ya que la contenida para la etapa de calificación previa difiere de la actual. En tal sentido, solicitamos que se considere como obras similares, tanto para la calificación previa, como para la evaluación de propuestas, las obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación o la combinación de los términos anteriores de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o tratamiento superficial bicapa. RESPUESTA N° 112 Ceñirse a lo establecido en las Bases. Consulta N°°°° 113 Referencia(s) de las Bases Sección : Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral : Responsabilidad del Contratista Páginas : Página 32

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Solicitamos se precise de qué forma deberá acreditar el postor, el cumplimiento del requisito establecido en las bases, referente al Plazo de responsabilidad del Contratista, si en caso será necesaria la presentación de una Declaración Jurada o documento similar. RESPUESTA N° 113 Ver Respuesta 42 Consulta N°°°° 114 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Requerimiento de Equipo Mínimo Página: 32 Respecto a las maquinarias y equipos solicitados en las bases, confirmar que la información a consignar en el Anexo Nº 7 únicamente se encuentra referido a los siguientes datos de dichos bienes: i) modelo, ii) marca y iii) potencia. RESPUESTA N° 114 La información se encuentra consignada en el Anexo N° 07 y en las nota del mismo. Consulta N°°°° 115 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 34 Las bases del proceso solicitan acreditar a un “Especialista en Impacto Ambiental”; al respecto, sírvase confirmar la denominación puesto que el mismo difiere del consignado en los Requerimientos Técnicos Mínimos, en los que se señala a un “Especialista Socio Ambiental”. RESPUESTA N° 115 Ver Respuesta N° 53. Consulta N°°°° 116 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 34 Las bases del proceso solicitan acreditar a un “Ingeniero Responsable de Topografía”; al respecto, sírvase confirmar la denominación puesto que el mismo difiere del consignado en los Requerimientos Técnicos Mínimos, en los que se señala a un “Ingeniero de Trazo, Explanaciones y Topografía”. RESPUESTA N° 116 Se confirma, el personal requerido es “Ingeniero de Trazo, Explanaciones y Topografía”, aceptándose la experiencia como Especialista en Trazo y Topografía. Consulta N°°°° 117 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación

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Numeral: C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 34 Las bases señalan que a efectos de la evaluación de la experiencia de los profesionales que conformarán el Plantel Técnico, solo se considerará valida aquella experiencia adquirida dentro de los últimos 15 (Quince) años de la fecha de presentación de propuestas. Al respecto debemos precisar que siendo el objetivo la evaluación de la experiencia del profesional, la cual abarca toda su carrera profesional, no existe elemento objetivo para que se limite la acreditación de su experiencia profesional al periodo señalado en las bases. Solicitamos que se modifique dicha limitación impuesta, permitiéndose la acreditación de la experiencia del profesional considerando válido todo su ejercicio profesional. RESPUESTA N° 117 Ver Respuesta 49 Consulta N°°°° 118 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 34 Solicitamos precisar qué medios o documentos serán considerados como válidos para acreditar fehacientemente la condición de similar o igual de las obras que se presenten como experiencia en la especialidad. RESPUESTA N° 118 Ver Respuesta 35 Consulta N°°°° 119 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: D. Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” Página: 34 Teniendo en consideración que las Entidades públicas nacionales y extranjeras tienen distintos modelos de certificados e inclusive en las mismas actas de recepción dan cuenta del cumplimiento correcto del contrato, y que un “Certificado de Cumplimiento en la ejecución de obras” no es documento usual en el extranjero, en razón de no vulnerar los Principios de Imparcialidad, Razonabilidad y Trato Justo e Igualitario, contenidos en el Artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado, se solicita confirmar que si se aceptará para acreditar este factor, constancias o certificados, así como acta de recepción de obra, que indique que la obra se ejecutó sin penalidades para que se considere como válida la constancia. RESPUESTA N° 119 Ceñirse a las Bases Consulta N°°°° 120

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Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: Primera Etapa: Evaluación Técnica Página: 35 Las Bases señalan que “Para efectos de evaluación no se considerarán experiencias ejecutadas en forma paralela o que se traslapen (el tiempo de traslape no se considerará en uno de los servicios presentados).” Confirmar que únicamente el tiempo de traslape no será considerado en la sumatoria de experiencia, sin que ello signifique que se considere inválida ninguna de las constancias que acreditan la experiencia del profesional, validándose el tiempo que no exista traslape. RESPUESTA N° 120 Las experiencias a presentar en el presente proceso de selección, son a tiempo completo. Por lo tanto no se confirma. Consulta N°°°° 121 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo IV – Factores de Evaluación Numeral: Primera Etapa: Evaluación Técnica Página: 35 Las Bases señalan que para el cómputo de a experiencia de los profesionales, “Se computarán los plazos para el caso de profesionales peruanos, desde la fecha en la cual obtuvo su inscripción el Colegio Profesional correspondiente y para el caso de los profesionales extranjeros, desde la fecha en la cual se inscribió en el colegio profesional similar en su país de origen. Respecto a la fecha de colegiación, en el caso de los profesionales – nacionales o extranjeros -, confirmar que será suficiente la presentación del Carné de Colegiado (en caso se evidencie de dicho documento la fecha de colegiación) y alternativamente admitir la presentación de un certificado del Colegio Profesional correspondiente que certifique la fecha de inscripción en dicho Colegio Profesional. RESPUESTA N° 121 En caso de no contar con copia del diploma o certificado de colegiación, podrán presentar copia de una constancia extendida por el colegio profesional. Consulta N°°°° 122 Referencia(s) de las Bases Sección: Capitulo V – Modelo de Contrato Numeral: Cláusula Cuarta Página: 38 Solicitamos que se corrija el plazo consignado en el modelo del Contrato, puesto que conforme se señala en el numeral 1.12 del Capítulo I de la Parte Específica de las Bases, el plazo de ejecución es de 720 días calendario y no de 360 días. RESPUESTA N° 122

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El plazo de ejecución de la obra es de 720 (Setecientos Veinte) días calendario, según numeral 4.0 del Capítulo III: Requerimiento Técnicos Mínimos; en tal sentido se corrige el numeral 4.3 del Cláusula Cuarta: Vigencia, Duración, Iniciación y Terminación del Contrato de el CONTRATO.

Consulta N°°°° 123 Referencia(s) de las Bases Sección: Capítulo II, 2.5.1. Sobre Nº 1 – Calificación Previa: Numeral: vii) Experiencia en la actividad: Experiencia en Obras Generales. Página: 23 Conforme a lo señalado en las bases, en el caso de un consorcio el único documento con el cual se puede acreditar los porcentajes de participación de una obra ejecutada en consorcio es el testimonio de constitución o contrato de consorcio, en el que además del porcentaje se verificará si el postor tuvo a su cargo la ejecución de la obra. En ese sentido, de la misma forma en que nuestra regulación en materia de contrataciones prevé ciertas formalidades para la constitución de contratos de consorcio (contratos de consorcio con firmas legalizadas - artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado), en el caso de países extranjeros dichos instrumentos revisten formalidad variada. En consideración a ello, para el caso de empresas extranjeras, para efectos de acreditar el porcentaje de participación, se solicita confirmar que son válidos también los documentos denominados “estatutos” del consorcio o UTE, ya que en este documento - certificado por un notario en su contenido -, se precisa la participación de cada una de las empresas integrantes del consorcio. RESPUESTA N° 123 Ver Respuesta N° 91 Consulta N°°°° 124 Sección: Capítulo II, 2.5.2. Sobre Nº 2 – Propuesta Técnica Numeral: Documentación de presentación facultativa Página: 27 Las Bases señalan que para la acreditación de los factores de “Experiencia en obras en general” y “experiencia en obras similares” deberá requerirse: Copia simple de los contratos de obra y actas de recepción final y conformidad, u otro documento oficial del que se desprenda de manera fehaciente que la obra fue concluida, como la liquidación de obras. Anexos N° 08 y 09. Considerando las distintas regulaciones internacionales y el empleo de diversas denominaciones para los documentos que emiten las entidades extranjeras para acreditar y dejar constancia de la culminación de una obra, solicitamos confirmar que, para el caso de empresas extranjeras, serán admitidas como válidos la presentación de los documentos denominados “actas de comprobación” u otros de denominación similar, como equivalentes del “acta de recepción final”. RESPUESTA N° 124 Ver Respuesta N° 35 Consulta N°°°° 125 Sección: Capítulo II, 2.5.2. Sobre Nº 2 – Propuesta Técnica Numeral: Documentos de presentación facultativa Página: 28

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Las Bases establecen que para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá requerirse: constancias o certificados, referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se ejecutaron y liquidaron sin incurrir en penalidades, en un máximo de diez (10). Anexo N° 12. Con respecto a la denominación “liquidación”, se aceptará otras denominaciones equivalentes para contratos celebrados en el extranjero o privados. Sin embargo, el documento deberá indicar expresamente que no se incurrió en penalidades y/ multas y/o sanciones. En atención a que en normativas extranjeras no es usual la emisión de documentos referidos al cumplimiento de la obra ejecutada que expresamente señalen que fue ejecutada sin penalidades, solicitamos confirmar que, para el caso de contratos celebrados en el extranjero, se consideran como denominaciones equivalentes para acreditar la ejecución y liquidación sin penalidad, los documentos que en su contenido señalen:

a. “Las obras han sido ejecutadas conforme a las condiciones, en el plazo previsto y a satisfacción del que suscribe”

b. “…habiéndolas ejecutado con arreglo a las condiciones y a satisfacción del que suscribe” Esto último, en razón que dichas precisiones dan cuenta que la obra fue ejecutada sin incurrir en penalidades y con arreglo a las condiciones del contrato y a satisfacción del cliente. RESPUESTA N° 125

Ceñirse a las Bases. Consulta N°126 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO 111- REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral: 1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO Página 31 Consulta: Los requerimientos técnicos mínimos solicitan el cargo de Especialista Socio Ambiental, a un Ingeniero civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo. Solicitamos que la experiencia de dicho profesional pueda ser acreditada también con certificados donde figure el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares RESPUESTA N° 126 Ver Respuesta 53 Consulta N°127 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO 111 -REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Numeral:

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1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO Página 32 Consulta: Los requerimientos técnicos mínimos solicitan el cargo de Especialista Socio Ambiental, a un Ingeniero civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo. Solicitamos que la experiencia de dicho profesional puedan también ser acreditadas en otras especialidades de la Ingeniería tales como: Ingenieros Medioambientales, ingenieros Mecánicos, ingenieros Electricista, ingenieros industriales, etcétera; ya que al margen de la especialidad, debe primar la destreza y la especialización en estudios de post grado en el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares. Por lo que solicitamos se modifique este extremo de las bases.

RESPUESTA N° 127 Se precisa que los cargos indicados de los especialistas solicitados en el presente concurso, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para la calificación serán tomados de igual forma para ambos casos.

Consulta N°128 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO IV- CRITERIOS DE EVALUACION Numeral: C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO Página 34 Consulta: Para el Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto en el caso del Especialista en Impacto Ambiental, solicitamos confirmar que la experiencia de dicho profesional pueda ser acreditada también con certificados donde figure el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares. RESPUESTA N° 128 Se precisa que los cargos indicados de los especialistas solicitados en el presente concurso, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para la calificación serán tomados de igual forma para ambos casos.

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Consulta N°129 Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO IV- CRITERIOS DE EVALUACION Numeral: C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO Página 34 Consulta: Para el Factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto en el caso del Especialista en Impacto Ambiental, solicitamos confirmar el temario para el curso de minimización del Impacto Negativo en Construcción de Carreteras y quien lo dicta. RESPUESTA N° 129 Se precisa que los cargos indicados de los especialistas solicitados en el presente concurso, tanto para los requerimientos técnicos mínimos como para la calificación serán tomados de igual forma para ambos casos.

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ANEXO N° 01

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