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Gerencia de Control Interno Gerencia de Reingeniería de Procesos MNO70000110

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MANUAL DE POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS

PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA

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Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Av. Javier Barros Sierra No. 515, 8° Piso, Col. Lomas de Santa Fe, Ciudad de México, D.F., C.P. 01219 Tel. 52-70-12-00 La reproducción total o parcial de este documento podrá efectuarse mediante la autorización expresa de la Gerencia de Control Interno y de la Gerencia de Reingeniería de Procesos, otorgándole el crédito correspondiente.

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Hoja de Autorización

Elaboró

Juliana Duarte López Experto Técnico de la Subgerencia

de Mesa de Control de Clientes

Rúbrica Claudia Muciño Perez Experto Técnico de la Gerencia de

Control Interno

Rúbrica

Revisó

Ayax Jaime Alcantara Rosas Subgerente de Mesa de Control

de Clientes

Rúbrica

Autorizó

José Francisco Anda Domínguez Gerente de Control Interno

Rúbrica Saúl Olivares Ortega Gerente de Reingeniería de Procesos

Rúbrica

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Sección de Control de Cambios

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Modificada (s) Descripción del Cambio

Fecha de Emisión

01 Todas Se adecuaron políticas y lineamientos para dar más claridad.

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Contenido

Sección I. Visión General _____________________________________________________ 4

I.1. Objetivo ____________________________________________________________________ 4

I.2. Alcance _____________________________________________________________________ 4

I.3. Responsabilidades respecto del manual ___________________________________________ 4

I.4. Marco Jurídico y Normativo ____________________________________________________ 5

I.5. Instancias de Autorización ______________________________________________________ 5

Sección II. Políticas Generales _________________________________________________ 6

Sección III. Lineamientos _____________________________________________________ 8

III.1. Del registro de datos básicos __________________________________________________ 8

III.2. Del registro de datos complementarios __________________________________________ 8

III.3. Del registro de relacionados del cliente __________________________________________ 9

III.4. De la conversión de cliente potencial a cliente ____________________________________ 9

III.5. Del alta de cuentas de egreso _________________________________________________ 10

III.6. De la clasificación de riesgo y valoración de los resultados de la consulta en listas negras, listas negativas, listas de personas bloqueadas, y proveedores sancionados _______________ 10

III.7. De la actualización de datos __________________________________________________ 11

III.8. De la guarda y custodia del expediente físico y digital del cliente ____________________ 11

Sección IV. Tabla de Anexos _________________________________________________ 12

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Sección I. Visión General

I.1. Objetivo El presente Manual tiene como propósito establecer las políticas y lineamientos para administrar la información de los clientes de la institución, (Personas Físicas, Personas Morales, Fideicomisos, Dependencias, Proveedores) previamente a que celebren una relación comercial de cualquier tipo, fortaleciendo su calidad, veracidad y su integración conforme a la normativa interna y externa aplicable.

I.2. Alcance Las políticas y lineamientos del presente Manual deben ser observados por las áreas y el personal que, como parte de sus funciones, tenga relación con clientes potenciales y clientes del Banco, así como por aquellos que realicen operaciones derivadas de una relación comercial con un cliente.

Asimismo, las políticas y lineamientos deben ser observados en los procesos de registro de datos básicos, registro de datos complementarios, validación de datos y documentos del cliente, registro de relacionados, actualización de datos, conversión de cliente potencial a cliente, guarda del expediente del cliente, así como en cualquier proceso que relativo a la administración de clientes del Banco, desde el inicio de la relación comercial hasta la extinción de la misma.

I.3. Responsabilidades respecto del manual

Responsable Responsabilidad

Director General Adjunto de Planeación y

Contraloría

Autorizar el presente documento

Oficial de Cumplimiento Revisar el presente documento en lo referente al proceso de identificación y conocimiento del cliente.

Proponer y coordinar mejoras en lo referente al proceso de identificación y conocimiento del cliente.

Gerente de Control Interno

Revisar y actualizar el presente documento cuando se requiera o derivado de:

o Modificaciones al marco jurídico y normativo aplicable; o Cambios en la estructura organizacional; o Cambios tecnológicos o en los procesos;

Gestionar la publicación y difusión de este documento en la normateca Institucional.

Gerente de Reingeniería de Procesos

Coordinar la publicación en la normateca del presente documento.

Proponer mejoras.

Subgerente de Mesa de Control de Clientes

Elaborar el presente documento.

Proponer mejoras.

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I.4. Marco Jurídico y Normativo A continuación se señalan los ordenamientos jurídicos en que se sustentan las políticas y lineamientos del presente Manual, en el entendido de que es una referencia efectuada de manera enunciativa más no limitativa:

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2016.

Ley de Instituciones de Crédito.

Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, vigente y sus actualizaciones.

Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de abril de 2009 y sus actualizaciones .

Manual General de Organización de Banobras.

Objetivos y Lineamientos del Sistema de Control Interno.

Código de Conducta de Banobras.

Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

Directrices de la Gestión de Cuentas de Usuario.

Guía para la Emisión de la Normativa Interna.

I.5. Instancias de Autorización El presente documento debe ser autorizado por el Director de Contraloría Interna, de conformidad con la Guía para la Emisión de la Normativa Interna.

Personal de las áreas involucradas

Aplicar este Manual de políticas y lineamientos.

Proponer y ejecutar las mejoras.

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Sección II. Políticas Generales 1. El personal de las áreas de negocio y de la Subgerencia de Mesa de Control de Clientes debe

apegarse a las políticas y lineamientos establecidos en el presente Manual al momento de llevar a cabo el registro, actualización, validación, seguimiento y demás actividades relacionadas con el cliente potencial y cliente, en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES).

2. El Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) es el único aplicativo en el que se debe capturar datos y subir documentos digitalizados que integraran el expediente del cliente potencial, cliente o contactos.

3. Los clientes que serán registrados en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) serán: Personas Morales Privadas, (PMP), Personas Físicas (exempleados), Dependencias, Fideicomisos, Empleados, Contactos Personas Morales Privadas (serán aquellos que fungen como accionistas, proveedor de recursos, fideicomisario y que serán relacionados de una Persona Moral Privada, Dependencia y Fideicomiso). Contacto Persona Física (será aquel que funge como representante legal, apoderado, presidente municipal, aval y que son relacionados de una Persona Moral Privada, Dependencia y Fideicomiso).

4. Los interlocutores de tipo Fideicomiso, deben ser registrados en el Sistema de Administración de Clientes bajo la siguiente regla:

a. Si el FIDEICOMISO es administrado por Banobras y no tiene obligaciones fiscales, el

área de negocio lo registrará como interlocutor tipo FIDEICOMISO, el sistema no solicita

RFC y asignará uno por default.

b. Si el Fideicomiso es administrado por Banobras y tiene obligaciones fiscales, el área de

negocio lo registrará como interlocutor tipo FIDEICOMISO, solicitando al cliente el RFC

y documento soporte de acuerdo a las disposiciones de carácter general a que se refiere

el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito disposición 4ª.

c. Si el FIDEICOMISO no es administrado por Banobras, y no se tiene un RFC, el área de

negocio lo registrará como interlocutor tipo Personal Moral Privada y el RFC se capturara

bajo la siguiente metodología: FID-YYMMDD-XX1 en donde:

i. FID Son las iniciales de FIDEICOMISO

ii. AAMMDD Fecha de constitución del Fideicomiso

iii. XX1 Deberá ser llenado de acuerdo a la institución bancaria que administra el

fideicomiso. Este dato se llenará tomando como referencia la información que

se encuentra en el Anexo 3 Relación de Homoclaves por institución para

RFC del Fideicomiso.

iv. En caso de coincidencia de fecha de constitución del fideicomiso y del banco, se

cambiará el XX1 por XX2.

5. Desde el momento en que el área de negocio tenga conocimiento de un cliente potencial o de un posible prospecto de cliente, debe registrar sus datos básicos en el Sistema de Administración de Clientes para que éste genere el Identificador Único del Cliente (ID).

6. Cuando las áreas de negocios tengan un prospecto de cliente y sea necesario generar una cotización o tasas indicativas de crédito, se debe registrar al cliente con los datos generales básicos, y no será necesario incorporar documentación para identificarlo. La identificación del cliente (documentos) se realizara en el momento en que ya se tenga certeza que será un cliente.

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7. Para los casos de créditos engrapados (en firme) en los cuales el área de negocio requiera enviar condiciones iniciales o tasas indicativas, se utilizará el interlocutor BANOBRAS LICITACIONES (ID 2527) registrado como Persona Moral Privada. Una vez que se cuente con el licitante ganador se debe registrar e identificar al Cliente, capturando e incorporando la documentación en el sistema de acuerdo al Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

8. Las áreas de negocio deben integrar y conservar un expediente de identificación y conocimiento de cada uno de sus clientes previo a la formalización del contrato de conformidad a lo establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

9. Las áreas de negocio deben recabar la documentación que integrará el expediente del cliente, incluyendo la información de sus relacionados, como lo establece la 4ª de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito. Relación de documentación para la identificación y validación de un Interlocutor comercial”.

10. La Subgerencia de Mesa de Control de Clientes debe validar que los datos registrados en el sistema CRM-CLIENTES correspondan con la documentación digital incorporada en el propio Sistema, y que la documentación se encuentre vigente, completa y correcta antes de convertir un Cliente Potencial a Cliente.

11. Las áreas de negocio y el personal de la Subgerencia de Mesa de Control de Clientes que tengan acceso al expediente físico y/o digital del cliente deben apegarse al manejo de la información conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normativa aplicable.

12. Para el alta de las cuentas bancarias de egreso de los interlocutores comerciales, en la que se abonarán los recursos de los desembolsos, el área de negocio debe requisitar y entregar a la Gerencia de Control Interno el formato con la información de la cuenta bancaria, anexando copia de la Carta Confirmación y/o del Estado de Cuenta Bancario. Anexo 2 Formato de solicitud de alta de datos bancarios.

13. Para el uso de cuentas de usuarios y contraseñas de acceso al Sistema de Administración de Clientes, el personal debe apegarse a lo establecido en las Directrices de la Gestión de Cuentas de Usuario.

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Sección III. Lineamientos

III.1. Del registro de datos básicos Para el registro de datos básicos, se debe considerar que, una vez que el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) genere el ID del cliente potencial, no será posible modificar los siguientes datos: nombre /razón social, RFC, nacionalidad, fecha de nacimiento o de constitución.

III.1.1. El personal del área de negocio debe:

1. Recabar los datos y documentos a que se refiere al Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo en la sección III. Políticas de identificación del cliente.

2. Validar que el interlocutor comercial no exista previamente en el Sistema de Administración de Clientes, en caso de existir, verificar que los datos y documentos estén actualizados, los datos nombre /razón social, RFC, nacionalidad, fecha de nacimiento o de constitución, no so podrán modificar.

3. Solicitar al interlocutor comercial los datos y documentos faltantes en caso de inconsistencias que impidan su registro o cuando se tenga duda acerca de la veracidad o autenticidad de cualquiera de los datos o documentos proporcionados.

4. Atender los correos electrónicos de aviso por parte de la Subgerencia de Mesa de Control Clientes, cuando existan inconsistencias en la información del Cliente Potencial o Cliente.

5. Subir en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) los documentos digitalizados correspondientes al cliente que contengan el sello de cotejo contra original de acuerdo con el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, sección III.15 Verificación de datos y documentos.

III.2. Del registro de datos complementarios

III.2.1. El personal del área de negocio debe:

1. Capturar en el Sistema los datos complementarios del cliente potencial o cliente, de acuerdo a lo que se indica en el Anexo 6 Datos Complementarios obligatorios por Tipo de Interlocutor

Comercial (los datos que se marcan en este Anexo son obligatorios).

2. Los datos que se mencionan en el Anexo 4 son los principales que se requieren por sistema, sin embargo es importante que se complete la información que despliega el sistema por tipo interlocutor y que aplique en su caso.

3. Aclarar con el cliente, la inconsistencia de los datos, contra los documentos presentados, que puedan impedir su registro o cuando se tenga duda acerca de la veracidad o autenticidad de cualquiera de los datos o documentos proporcionados.

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III.3. Del registro de relacionados del cliente

III.3.1. El personal del área de negocio debe:

1. Verificar en el sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) si el relacionado esta dado de alta.

2. Registrar los datos básicos del relacionado, como son:

a. Nombre completo o Razón Social b. Domicilio particular c. Fecha de nacimiento o Fecha de Constitución d. Nacionalidad e. RFC

3. Atender los correos electrónicos relacionados con inconsistencias en la información, que en su caso, detecte la Subgerencia de Mesa de Control de Clientes.

4. Subir en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) los documentos digitalizados correspondientes al relacionado que contengan el sello de cotejo contra original.

III.4. De la conversión de cliente potencial a cliente III.4.1. El personal del área de negocio debe:

1. Crear una solicitud de Conversión de Cliente Potencial a Cliente en el Sistema de Administración de Clientes.

III.4.2. La Subgerencia de Mesa de Control de Clientes debe:

1. Verificar en el Sistema de Administración de Clientes, que los datos capturados en el sistema, corresponda con la documentación soporte y cumplan con lo establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

2. Enviar, vía correo electrónico, a las áreas de negocio la solicitud de actualización de datos y/o documentos en el sistema, cuando no coincida con la información registrada en el sistema o que no cumpla con lo establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

3. Realizar la conversión en el sistema de Cliente Potencial a Cliente.

4. Dar respuesta, vía correo electrónico, a las áreas de negocio sobre la situación que guarda el Cliente Potencial. Esto es, si se convirtió o no en Cliente.

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III.5. Del alta de cuentas de egreso

III.5.1. El personal del área de negocio debe:

1. Solicitar a la Gerencia de Control Interno la integración y/o actualización de las cuentas de egreso en el Sistema de Administración de Clientes, mediante el formato “Solicitud de alta de datos bancarios” (Anexo 2).

2. Anexar al formato la documentación soporte necesaria (Estado de Cuenta Bancario y/o Carta instrucción) para el alta correcta de la cuenta.

III.5.2. La Gerencia de Control Interno debe:

1. Verificar que todos los campos del formato “Solicitud de alta de datos bancarios” estén completos, que contenga las firmas de solicitud y de autorización, y el soporte documental correspondiente.

2. Verificar que el interlocutor comercial al que se asignara la cuenta se encuentre convertido en Cliente.

3. Validar que la cuenta de egreso que se solicita registrar sea consistente con el soporte documental.

4. Llevar a cabo el alta de la cuenta de egreso en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES), o en su defecto, comunicar al área de negocio las inconsistencias encontradas.

III.6. De la clasificación de riesgo y valoración de los resultados de la consulta en listas negras, listas negativas, listas de personas bloqueadas, y proveedores sancionados 1. El Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES) realizará de manera automática la

búsqueda en las listas de Personas Expuestas Políticamente, listas negras, listas negativas, lista de personas bloqueadas o de proveedores sancionados, al dar de alta a un interlocutor comercial y el sistema actualizará de forma automática el estatus.

III.6.1. La Subgerencia de Mesa de Control de Clientes debe:

2. Atender las alertas del Sistema de Administración del Clientes (CRM-CLIENTES), cuando se identifique a un cliente potencial o cliente, en listas de personas expuestas políticamente, listas negras, listas negativas, lista de personas bloqueadas o como proveedor sancionado, y valorar, con base en la regulación aplicable, si es posible continuar con la relación comercial.

3. En caso de que se considere que se puede continuar la relación comercial con el cliente, dar el visto bueno mediante el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES), para que las áreas de negocio puedan continuar con la operación.

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III.7. De la actualización de datos

III.7.1. El personal del área de negocio debe:

1. Actualizar los datos y documentos del cliente y de sus relacionados, como lo establece el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

III.8. De la guarda y custodia del expediente físico y digital del cliente

III.8.1. El personal del área de negocio debe:

1. Integrar y resguardar el expediente físico del cliente de acuerdo con lo establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.

2. Integrar el expediente digital conforme a lo establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, y subir los documentos digitalizados en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES).

III.8.2. La Subgerencia de Mesa de Control de Clientes debe:

1. Revisar la integración del expediente digital en el Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES).

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Sección IV. Tabla de Anexos

No. Nombre Pág.

1 Definiciones y Términos 13

2 Formato de solicitud de alta de datos bancarios 15

3 Relación de Homoclaves por institución para RFC del Fideicomiso

19

4 Relación de documentación para la identificación y validación de un Interlocutor comercial 21

5 Clasificación de Empresas 31

6 Datos Complementarios obligatorios por Tipo de Interlocutor Comercial 33

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Anexo 1. Definiciones y Términos

Área de negocio: Área encargada de la atención en primera instancia a los clientes (Dirección General Adjunta de Financiamiento y Asistencia Técnica a Gobiernos, Dirección General Adjunta de Financiamiento a Proyectos, Dirección General Adjunta Fiduciaria, Dirección General Adjunta de Crédito, Dirección General Adjunta de Finanzas, Dirección General Adjunta de Administración, y Dirección General Adjunta de Planeación y Contraloría ).

Beneficiario: Es la persona física o moral que es designada por el Cliente para que en caso de fallecimiento del titular, sea el beneficiario de los recursos y/o patrimonio del contrato respectivo.

Cliente: Cualquier persona física, moral o fideicomiso que entable una relación comercial y/o contractual con el Banco.

Cliente Potencial: Persona física, persona moral o fideicomiso de quien se conocen sus datos básicos y con quien se pretende establecer una relación comercial, la cual aún no ha sido validada por la Subgerencia de Mesa de Control de Clientes y no se ha formalizado mediante contrato.

Contrapartes: Son las partes involucradas en transferencias electrónicas, esto es ordenantes y receptores u ordenantes y beneficiario o destinatarios.

Crédito engrapado (crédito firme): Crédito con garantías de refinanciamiento y el programa de amortizaciones diferenciadas, en el cual los créditos engrapados ofrecen financiamientos preautorizados en condiciones competitivas, a los ganadores de algunas licitaciones públicas; mientras que las garantías de refinanciamiento permiten que los desarrolladores o inversionistas aseguren financiamiento de largo plazo y, a la banca comercial, que su crédito sea amortizado.

Datos básicos: Datos del cliente con los cuales se realiza su registro inicial y se obtiene su número único de identificación (ID).

Datos complementarios: Datos que se registran de acuerdo al tipo de cliente y al tipo de operación que se llevará a cabo.

Dependencia: Cualquier Entidad u Organismo de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal.

Expediente digital (electrónico): Es aquel que se integra con la digitalización y carga en el Sistema de Administración de Clientes de la documentación e información que identifica al cliente y respalda la operación u operaciones que con él se realizan. Expediente físico: Es aquel que se integra derivado de las disposiciones normativas de la CNBV, compilando la documentación e información que identifica al cliente y respalda la operación u operaciones que con él se realizan. Identificador Único del Cliente (ID): Es el número de identificación único del cliente asignado por el Sistema de Administración de Clientes.

Identificación del cliente: Consiste en recabar una serie de datos y documentos, que constituyan datos vigentes y comprobables, que permitan conocer de manera individual a la persona física, persona moral, fideicomiso, dependencia y proveedor con quien se interactuará.

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Interlocutor Comercial: Es la persona física, moral, fideicomiso, dependencia o proveedor que tengan una relación formal con Banobras.

Lista de Personas Bloqueadas: La lista a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, y que es una relación de personas a quienes debe bloquearse el acceso al sistema financiero.

Listas Negativas: Listas emitidas por el Sistema de Administración Tributaria y la Secretaría de la Función Pública, respecto de las personas físicas o morales con las que no debe de formalizarse algún tipo de relación comercial.

Listas Negras: Relación de las personas o entidades vinculadas con operaciones de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo o con otras actividades ilegales.

Subgerencia de Mesa de Control de Clientes: Personal de la Gerencia de Control interno designada para realizar las funciones contenidas en el presente Manual.

Oficial de Cumplimiento: El funcionario designado por el Comité de Comunicación y Control o por el Consejo Directivo, que desempeñará las funciones previstas en la Cuadragésima Séptima de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Persona Física: Es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.

Persona Moral: Es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil o dependencia gubernamental.

Relacionado: Son relacionados del cliente quienes actúan a nombre propio pero bajo el concepto de cotitular o tercero autorizado, en este supuesto, se encuentran los siguientes:

Representante o apoderado legal

Accionistas

Personas de contacto

Beneficiarios

Fideicomitentes

Fideicomisarios

Miembros del Comité Técnico

Sistema: Se refiere al Sistema de Administración de Clientes.

Sistema de Administración de Clientes (CRM-CLIENTES): Es el sistema automatizado para el registro, control y actualización de la información inherente a cada cliente y sus relacionados, identificando el tipo de operación u operaciones que realiza con el banco, lo anterior mediante un Identificador Único (ID).

Usuario de negocio: Personal adscrito al alguna área de negocio operativa de Banobras y que tenga relación con los clientes del Banco.

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Anexo 2 Formato de solicitud de alta de datos bancarios

El formato se encuentra disponible en la Normateca de la Intranet institucional, y en la siguiente liga: Formato para Alta de Cuentas de Egreso en SAP CRM Clientes

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Anexo 3 Relación de Homoclaves por institución para RFC del Fideicomiso

Clave Banco Descripción del Banco Homoclave

002 Banco Nacional de México, S.A. BN1

006

Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de

Crédito.

BC1

012 BBVA Bancomer, S.A. BC1

014 Banco Santander, S.A. BS1

019

Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad

Nacional de Crédito.

BE1

021 HSBC México, S.A. HS1

030 Banco del Bajío, S.A. BB1

032 IXE Banco, S.A. IX1

036 Banco Inbursa, S.A. IN1

037 Banco Interacciones, S.A. IT1

042 Banca Mifel, S.A. BM1

044 Scotiabank Inverlat, S.A. SC1

058 Banco Regional de Monterrey, S.A. BR1

059 Banco Invex, S.A. BI1

060 Bansi, S.A. BS1

062 Banca Afirme, S.A. AF1

072 Banco Mercantil del Norte, S.A. BN1

102 Royal Bank of Scotland México, S.A. RB1

103 American Express Bank (México), S.A. AE1

106 Bank of America México, S.A. BA1

108 Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ (México), S.A. TM1

110 Banco J.P. Morgan, S.A. JP1

112 Banco Monex, S.A. MX1

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113 Banco Ve por Mas, S.A. BV1

116 ING Bank (México), S.A. IB1

124 Deutsche Bank México, S.A. DB1

126 Banco Credit Suisse (México), S.A. CS1

127 Banco Azteca, S.A. AZ1

128 Banco Autofin México, S.A. AU1

129 Barclays Bank México, S.A. BC1

154 Banco Finterra, S.A., Institución de Banca Múltiple FI1

155

Industrial and Commercial Bank of China México, S.A., Institución

de Banca Múltiple

IC1

En el caso en el que el Fideicomiso a registrar, la institución no se encuentre en este listado deberá de considerar para la construcción de la Homoclave las iniciales del banco.

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Anexo 4 Relación de documentación para la identificación y validación de un Interlocutor

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La Validación del Buró de Crédito la realiza la Subgerencia de Historial Crediticio

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La Validación del Buró de Crédito la realiza la Subgerencia de Historial Crediticio

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La Validación del Buró de Crédito la realiza la Subgerencia de Historial Crediticio

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Anexo 5 Clasificación de Empresas Clave Tamaño Sector Rango de

Numero de trabajadores

Rango de monto de ingresos brutos (mdp)

Tope máximo combinado

1 Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

2 Pequeña

Comercio Desde 11 hasta 30

Desde $4.1 Hasta $100

93

Industrias y Servicios

Desde 11 hasta 30

Desde $4.1 Hasta $100

95

3 Mediana

Comercio Desde 31 hasta 50 Desde $100.01

Hasta 250 235

Servicios Desde 31 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 Hasta 250

250

4 Grande Cuando el tope máximo combinado exceda los 235 para comercio y servicios y los 250 para industria

5 No Aplica

No Aplica

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Anexo 6 Datos Complementarios obligatorios por Tipo de Interlocutor Comercial

DATOS COMPLEMENTARIOS OBLIGATORIOS DEPENDENCIA

GRUPO DE ATRIBUTO ATRIBUTO POSIBLES VALORES (ejemplo)

Crédito Criterio de Contabilidad Gubernamental Cumple No Cumple No aplica

Datos Complementarios Clasificación de Dependencia Municipios

Datos Complementarios Actividad Económica Gobiernos Municipal

Datos Complementarios Localidad Elegir localidad de acuerdo

Régimen Fiscal Sector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Subsector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Régimen Fiscal 00/ cero Gobierno de los Estados y Municipios - Excento

DATOS COMPLEMENTARIOS OBLIGATORIOS PERSONA MORAL PRIVADA

GRUPO DE ATRIBUTO ATRIBUTO POSIBLES VALORES (ejemplo)

Datos Complementarios Actividad Económica Gobiernos Municipal

Régimen Fiscal Sector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Subsector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Régimen Fiscal 00/ cero Gobierno de los Estados y Municipios - Excento

Régimen Fiscal Tasa Gravable PM Gravable Este dato es solo para los interlocutores comerciales que se registran en el sistema de IKOS Mercados Financieros

DATOS COMPLEMENTARIOS OBLIGATORIOS FIDEICOMISOS

GRUPO DE ATRIBUTO ATRIBUTO POSIBLES VALORES (ejemplo)

Datos Complementarios Tipo de Servicio Fiduciario FIDEICOMISO

Tipo de Fideicomiso GARANTIA

Régimen Fiscal Sector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Subsector Gobierno de los Estados y Municipios

Régimen Fiscal Tasa Gravable PM Exenta Este dato es solo para los interlocutores comerciales que se registran en el sistema de IKOS Mercados Financieros