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7/22/2019 Planilla Electronica - Plane http://slidepdf.com/reader/full/planilla-electronica-plane 1/19 CPCC. ARTEMIO GONZALES RAMIREZ - Manual de Procedimientos para registro y declaración PLAME 1 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS CONTABLES CPCC. Artemio Gonzales Ramírez Preparada exclusivamente para los alumnos de Derecho Tributario Aplicado II de la especialidad d Ciencias Contables y en particular para los interesados en aprender el registro de Planilla Electrónica Tingo María – Perú 2012 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA REGISTRO Y DECLARACIÓN DEL PLAME

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CPCC. ARTEMIO GONZALES RAMIREZ - Manual de Procedimientos para registro y declaración PLAME 

1

UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS CONTABLES

CPCC. Artemio Gonzales Ramírez

Preparada exclusivamente para los alumnos de Derecho Tributar io Apl icado II de la especial idad d e Ciencias Contables y en particular para los interesados en

aprender el registro de Planilla Electrónica

Tingo María – Perú

2012

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA

REGISTRO Y DECLARACIÓN DEL

PLAME

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INTRODUCCIÓN

El presente Manual de Procedimientos para el Registro y Declaración del PDTPlanilla Electrónica - PLAME; constituye un aporte a la comunidad contable, en laque explicaremos paso a paso el Registro y Declaración del PDT 0601 (Versión 2.1),

permitirá aclarar dudas o algunos inconvenientes durante el proceso de registración.

1. ANTECEDENTES

Que el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias dispone que paradeterminados deudores, la Administración Tributaria podrá establecer la obligaciónde presentar la declaración, entre otros medios, por transferencia electrónicas o por medios magnéticos y en las condiciones que señale para ello.

Que de otro lado el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR y normas modificatorias, elcual establece las disposiciones relativas al uso de la Planilla Electrónica, señalaque esta se encuentra conformada por la información del Registro de InformaciónLaboral (T- REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) y faculta a laSUNAT a emitir las normas que regulen la forma la forma y condiciones del soporteelectrónico de la citada Planilla así como las de su envío.

Que la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR modificada por el Decreto Supremo Nº 008-2011-TR, estableció que,excepcionalmente, para los períodos comprendidos entre agosto y noviembre de2011, los empleadores podrían presentar la PLAME utilizando el PDT Planilla

Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601 aprobado por la SUNAT para presentar laPlanilla Electrónica correspondiente a los períodos anteriores a agosto de 2011.

Con Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT, se aprobaron el PDTPlanilla Electrónica- PLAME, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 2.0 y el PDTPlanilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 1.9, señalándose que esteúltimo también puede utilizarse por los períodos comprendidos entre agosto ynoviembre de 2011.

Con Resolución de Superintendencia Nº 211-2011/SUNAT se modifican el PDTPlanilla Electrónica- PLAME, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 2.0 y el PDTPlanilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 1.9.

La Resolución Ministerial Nº 252-2011-TR dispone que, excepcionalmente la SUNATdeterminará los casos en que se presentará la PLAME utilizando el PDT PlanillaElectrónica, Formulario Virtual Nº 0601, aprobado por dicha entidad para lapresentación de la Planilla Electrónica hasta el período o períodos que estaestablezca conforme a sus atribuciones establecidas en el artículo 3) del D.S 018-2007-TR.

Con Resolución de Superintendencia Nº 212-2011/SUNAT, artículo 2º se posterga eluso del PDT Planilla Electrónica, que podrá ser utilizado a partir del períodonoviembre de 2011 por el sujeto obligado. El artículo 3) del mismo dispositivo legal

establece la implementación gradual del PLAME.

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El PDT Planilla Electrónica  –PLAME será utilizado gradualmente de acuerdo a losiguiente:

1. Si en el período por el cual se deba presentar la declaración el sujeto obligadodeba informar hasta cien (100) Trabajadores, Pensionistas, Prestadores de

Servicios de los numerales ii) y iii) del literal d) del artículo 1º del DecretoSupremo Nº 018-2007-TR y normas modificatorias, Personal en formación  – Modalidad Formativa Laboral y otros y Personal de Terceros:

a) Etapa de uso opcional: desde el período noviembre de 2011 hasta elperíodo marzo de 2012.

b) Etapa de uso obligatorio: a partir del período abril de 2012.

2. Si en el período por el cual se deba presentar la declaración el sujeto obligadodeba informar más de cien (100) Trabajadores, Pensionistas, Prestadores deServicios de los numerales ii) y iii) del literal d) del artículo 1º del Decreto

Supremo Nº 018-2007-TR y normas modificatorias, Personal en formación  – Modalidad Formativa Laboral y otros y Personal de Terceros:

a) Etapa de uso opcional: desde el periodo noviembre de 2011 hasta elperíodo junio de 2012.

b) Etapa de uso obligatorio: a partir de julio de 2012.

3. Si en el período por el cual se presenta la declaración el sujeto obligadoúnicamente cuenta con Prestadores de Servicios a que se refiere el numeral i)del literal d) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR y normasmodificatorias, deberá utilizar el PDT Planilla Electrónica – PLAME a partir del

período noviembre de 2011.

Con Resolución de Superintendencia Nº 016-2012/SUNAT, artículo 1º se aprueba elPDT Planilla Electrónica  – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 2.1, a ser utilizado a partir del 1 de febrero de 2012.

Con Resolución de Superintendencia Nº 095-2012/SUNAT de fecha 28 de abril de2012 amplían uso opcional del PLAME, aprueban nueva Versión del PDT PlanillaElectrónica, Formulario Virtual Nº 0601; sustituye el artículo 3º de la R.S. Nº 212-2011/SUNAT por el texto siguiente:

El PDT Planilla Electrónica  –PLAME será utilizado gradualmente de acuerdo a losiguiente:

1. Si en el período por el cual se deba presentar la declaración, el sujetoobligado deba informar Trabajadores, Pensionistas, Prestadores de Serviciosde los numerales ii) y iii) del literal d) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº018-2007-TR y normas modificatorias, Personal en formación ModalidadFormativa Laboral y otros y Personal de Terceros:

a) Etapa de uso opcional: desde el período noviembre de 2011 hasta el períodosetiembre de 2012.

b) Etapa de uso obligatorio: a partir del período octubre de 2012.

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2. Si en el período por el cual se presenta la declaración el sujeto obligadoúnicamente cuenta con prestadores de Servicios a que se refiere el numeral i)del literal d) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR y normasmodificatorias, deberá utilizar el PDT Planilla Electrónica  – PLAME, desde elperíodo noviembre de 2011.

2. COMPONENTES DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA

T-Registro (Registro de Información Laboral): El empleador deberá registrar a sustrabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formaciónmodalidad formativa laboral y otros, personal de terceros y derechohabientes.Constituye información laboral implementada en Sunat Operaciones en Línea (SOL).

PLAME (Planilla Mensual de Pagos): Comprende la información mensual de losingresos de los sujetos inscritos en el T-Registro, así como de los prestadores deServicios que obtengan rentas de cuarta categoría, los descuentos, los díaslaborados y no laborados, horas ordinarias y en sobre tiempo del trabajador, asícomo información correspondiente a la base de cálculo y la determinación de losconceptos tributarios y no tributarios cuya recaudación le haya sido encargada a laSunat.

3. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DEL PLAME

El sujeto obligado deberá cumplir con mantener actualizado la información en el T-Registro, la que será utilizada para la elaboración de la PLAME y la declaraciónrespectiva.

4. LUGAR Y PRESENTACION DE LA PLAME

La presentación del PDT Planilla Electrónica  – PLAME, incluida sus sustitutorias yrectificatorias, se realizará:

a) PRICOS: Tratándose de Principales Contribuyentes a través de Sunat Virtualo en lugares fijados por la Sunat para la declaración y pago de sus

obligaciones tributarias.b) MEPECO: Tratándose de Medianos y Pequeños Contribuyentes, a través de

Sunat Virtual o en las sucursales y agencias bancarias autorizadas por laSunat.

 A efectos de la presentación a través de Sunat Virtual, el sujeto obligado deberácontar con su Código de Usuario y Clave SOL, y esta se realizará dentro de losplazos señalados en el cronograma establecido por la Sunat para la declaración ypago de las obligaciones de periodicidad mensual.

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5. PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN EN EL PDT PLANILLAELECTRÓNICA- PLAME

Con Resolución de Superintendencia Nº 016-2012/SUNAT, artículo 1º se aprueba elPDT Planilla Electrónica  – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601- Versión 2.1, a ser 

utilizado a partir del 1 de febrero de 2012; sin embargo, con Resolución deSuperintendencia Nº 095-2012/SUNAT amplía la etapa de uso opcional y obligatorio,siendo opcional hasta el período setiembre de 2012 y obligatorio a partir del períodooctubre 2012.

Para iniciar con el usodel PDT PlanillaElectrónica  – PLAMEingresamos a la páginaprincipal, el mismo quemostrará el saludo de

¡BIENVENIDO! (ver fotoNº 01) 

Los sujetos que optanpor la utilización de laPlame, para su registrocontarán con dos (2)opciones deautenticación:

a) Con clave SOL: Se ingresa el número de RUC del contribuyente, el códigode Usuario y la Clave SOL

correspondiente. Elaplicativo se conectará conSunat Operaciones en Línea(SOL) y le permitirásincronizar con el T-Registrolos datos del empleador seleccionado y de sustrabajadores, pensionistas,personal en formación ypersonal de terceros, paraelaborar su declaraciónmensual: ver foto Nº 02. 

b) Sin clave SOL:Ingrese número de RUC delcontribuyente, el nombre delusuario y la contraseñarespectiva. Esta forma deautenticación le permitirá alusuario acceder a las

opciones del PDT, con excepción de la ejecución de los procesos de sincronización

de datos. 

FOTO 01

FOTO Nº 02

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Es necesario tener en cuenta que, cuando ingresa por primera vez al PDT “sin claveSOL” por defecto  el aplicativo genera el Usuario administrador “ADMINIST”, cuyacontraseña será el mismo nombre; para efectos de seguridad en su informacióndebe ser cambiada ingresando a la opción “Utilitarios”/”cambiar contraseña”.

 Asimismo, el Usuario Administrador cuenta conla opción para generar nuevos usuarios quepuedan acceder a lainformación del RUCregistrado, para ello debeingresar a la opción“Utilitarios”/ “Administrador de Usuarios”. 

Cargar Datos al PDTEl aplicativo NO permite elingreso manual de losdatos del empleador,cualquiera sque sea laopción (con clave SOL osin clave SOL), estosdatos deberán registrarsepreviamente en el T-Registro para su posterior 

descarga o importación al PDT. Una vez registrado estos datos, tengan en cuenta losiguiente:

Si ingresó al PDT “con clave SOL”; Ingrese al módulo “Empleador”, pulse el botón“Sincronizar” y en automático se descargarán del T-Registro los datos necesarios delEmpleador y se cargarán al PDT.(ver foto Nº 03).

Si ingresó al PDT “Sin clave SOL”; Ingrese al módulo “utilitarios” y seleccione laopción “Importar archivo Personalizado”, seleccione el archivo y efectúe laimportación. Es necesario recordar que para obtener el archivo a importar, debeingresar a SOL, a la opción “Mis declaraciones y pagos” / “Utilitarios para mis

declaraciones y pago”. El “Archivo personalizado del T-Registro contiene además de los datos delempleador, los de sus trabajadores, pensionistas, personal en formación y personalde terceros, que son necesarios para elaborar la declaración.

 Al activar sincronizar tal como refiere la foto Nº 03, se podrá visualizar RegistroÚnico de Contribuyente, Nombre o Razón Social del Empleador, tipo de empleador,Indicador si es una Microempresa inscrita en el REMYPE, además si realizaactividades por las que aporta al SENATI, de ser el caso elegir SI. (ver foto Nº 04).

FOTO Nº 03

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Debe tenerse en cuenta que cualquier modificación o actualización de los datosdescargados o importados debe realizarla en el T-Registro. Luego de ello, se deberávolver a ingresar al PDT y ejecutar nuevamente la opción “Sincronizar” o laimportación de un nuevo “Archivo Personalizado del T-Registro”, segúncorresponda.(Ver foto Nº 05)

Una vez identificado alEmpleador y antes decontinuar con los registroses importante realizar activación de conceptos;ingrese al módulo“Empleador” y dentro deeste, a la sección“Mantenimiento deConceptos”. Allí podrá

seleccionar los conceptosde: ingresos y descuentosque utilizará al elaborar laPlanilla Mensual de Pagos(PLAME) y la declaraciónde tributos y aportesvinculados a sustrabajadores y/opensionistas. (Ver foto Nº

06).

Los conceptos se encuentrandetallados en cada uno delos códigos. Si requiereefectuar el pago de algúnconcepto no considerado,deberá utilizar el rubro “otrosconceptos”  para habilitar elnuevo concepto e ingresar ladescripción y la afectacióncorrespondiente

Una vez realizado elmantenimiento de conceptosdeberá seleccionar  “NuevaDeclaración”, ingrese almódulo “DeclaracionesJuradas” y consignar losdatos solicitados por el PDT.

En esta sección indique el período de la declaración, si la declaración es sustitutoriao rectificatoria, así como la forma que se obtendrán los datos del T-Registro de lostrabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros a declarar,

También debe indicar el período tributario a declarar. (ver foto Nº 07).

FOTO Nº 04

FOTO Nº 04

FOTO Nº 05

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Para obtener la nóminade trabajadores,pensionistas, personalen formación y personalde terceros registrados

en T-Registro, y quedeben ser consideradosen su declaración setienen dos opciones:

i) Sincronizar datoscon T-Registro: al pulsar el botón “Ejecutar” se

descarganautomáticamente (enlínea) al PDT los datos

del T-Registro o seactualizan los datos yacargados (nuevos

registros, actualizaciones o bajas), y se genera la nómina antes indicada. Depresentar inconvenientes en el uso de esta opción, por el gran volumen de datos adescargar o sincronizar.

ii) Utilizar datos del T-Registro (fecha de utilización en el PDT): al pulsar el botón“ejecutar” en esta opción, se cargan o actualizan los datos de los sujetos quecorrespondan al período a declarar, a partir de la información del T-Registro que seencuentre cargada en el PDT a la última fecha de actualización ya sea a través de

la importación del “Archivo Personalizado del T-Registro” o la sincronizaciónrealizada en otra declaración.

Para reflejar dichos cambios en su declaración podrá hacerlo utilizando la opción“sincronizar datos del T-Registro” (opción conclave SOL), o efectuandola importación del“Archivo Personalizadodel T-Registro” en ladeclaración en

elaboración.Concluida la carga de lanómina del T- Registro ala declaración. Pararetornar a unadeclaración generada,ingrese a la opción

“DeclaracionesRegistradas” en elmódulo “Declaraciones

Juradas”. Tratándose deempleadores que

FOTO Nº 06

FOTO Nº 07

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únicamente tieneprestadores de servicioscon renta de Cuartacategoría (PS 4tacategoría), también

deberán efectuar lasincronización o laimportación del “ArchivoPersonalizado del T-Registro”, el aplicativoverificará dicha condiciónen el T-Registro yhabilitará la declaraciónsolo con PS 4taCategoría.

 Al enviar lasincronización de losdatos registrados, saldráun aviso donde precisaque “La declaración a

generar comprenderá alos prestadores convínculo vigente entre el01/04/2012 30/04/2012 deacuerdo a lo registrado enla opción Mantenimiento

de períodos del móduloutilitarios, luego presionar  ACEPTAR. (Ver foto Nº08).

Después de activar laopción ACEPTARpodemos visualizar elnombre del empleador,RUC, y cinco

subsecciones:

trabajadores, pensionistas,personas en formación,personal de terceros yprestadores de servicio

con rentas de cuarta categoría.

DETALLE DE DECLARACIÓN

Una vez autorizado para ingresar al concepto “Detalle de Declaración”, nosubicamos en la ventana “Trabajadores” donde ya se encuentra registrado el o lostrabajadores que laboraron en ese período. (Ver foto Nº 09).

Una vez ingresado a la ventana “trabajador es”, se selecciona al trabajador registrado, se da clic en la columna “Editar detalle” del trabajador elegido, donde

FOTO Nº 08

FOTO Nº 09

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aparecen cinco (05)ventanas (Datos deltrabajador, jornada laboral,ingresos, descuentos,tributos y aportes), para

poder ingresar y registrar datos relacionados con elcomportamiento deltrabajador durante el períodoque se está declarando.

a) Datos delTrabajador:  Aparecen datos deltrabajador como apellidos ynombres, documento de

identidad, el tipo y situacióndel trabajador, así como elrégimen de salud, régimenpensionario, SCTR, son

datos que por defecto figura impreso en esta ventana, de acuerdo a lo declarado enT-Registro.

Lo que debemos registrar essi aporta a Essalud + Vida, siaporta a asegura tu pensión,y como dato tributario, su

condición domiciliaria y sitiene otros ingresos dequinta categoría. (ver foto Nº10).

b) Jornada Laboral:  Al ingresar a esta ventana,debemos registrar  los “díasde la jornada”, que vienen aser los días laborados,subsidiados y los no

laborados y no subsidiados. Asimismo, se ingresa las“horas laboradas”, quevienen a ser las ordinarias y

los sobretiempos. (Ver foto Nº 11).

c) Ingresos:En esta columna, se registran los ingresos percibidos por el trabajador, por todoconcepto remunerativo y no remunerativo, de acuerdo a la habilitación de conceptosal ingresar al “mantenimiento de conceptos”, cabe indicar, que los ingresos debenregistrarse en la columna de Devengado y Pagado a efectos de evitar 

inconsistencias (ver foto Nº 12)

Utos

FOTO Nº 10

FOTO Nº 11

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d) Descuentos:En esta columna seanotan las deduccionesque se realizan durante elperíodo que se declara,

que vienen a ser losadelantos de quincena,tardanzas, inasistencias yotros descuentos legales(no se incluyen lasretenciones y/oaportaciones de leyessociales. Para nuestrocaso no hay descuentos.

e) Tributos y

Aportes: Al ingresar a esta ventana,se declaran dosconceptos: las“Aportaciones del

trabajador y las “Aportaciones del Empleador”, por tanto lo precisaremos en formaindividual.

e.i) Aportaciones del Trabajador.

Debemos tener en cuenta que al momento de registrar los datos del trabajador 

fijarse bien que esté o no percibiendo remuneraciones de quinta categoría de otraempresa, de ser así ingresamos al “Código 605- Renta de Quinta CategoríaRetenciones” y damos clic donde se encuentra registrados los ingresos del

trabajador eincrementamos la base decálculo.

De existir otraremuneración de quintacategoría, la base decálculo se incrementa solo

en este rubro y se afecta(previo cálculo) laretención de Quintacategoría, Es Salud y de laprevisión social (ONP) quefueron afectados almomento de su registro;en la columna de montocolocaremos el importeque resulte de aplicar laretenciones de quinta

categoría determinadosegún las normas legales,

FOTO Nº 12

FOTO Nº 13

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de no existir retencionesconsignar cero (0). (Ver fotoNº 13)

e. ii) Aportaciones del

empleador:En esta parte, se visualizanlos aportes que realiza laempresa por el trabajador,tales como los aportes aEsSalud y al SCTR,conceptos que fueronconsiderados al momento delregistro del empleador.

Finalmente, al haber ingresado todos los datos deltrabajador en forma correctade acuerdo a los conceptos

solicitados, y antes de pasar a otras ventanas, hacemos clic en “GRABAR”, elprograma verifica lo registrado y al no encontrar inconsistencias se valida con laleyenda “la información se grabó satisfactoriamente”, inmediatamente cambiará elestado de la declaración convirtiéndose de (X) que aparece en la pantalla derechadel PDT a (chek) activado de color verde, que significa conforme. (Ver foto Nº 14).

Es preciso indicar que si el empleador tiene más trabajadores registrados y requiererealizar los cálculos de la Planilla Electrónica, deberá hacer (clic) en “cerrar detalle” y

elegir a otro trabajador, luego seguir los mismos procedimientos anteriores.

En caso de no haber más trabajadores deberá hacer clic en la ventana“Pensionista”. 

El empleador complementaotros datos del pensionista eingresa el monto de ingresoso pensión, descuentos ytributos a cargo delpensionista.

La empresa de referencia notiene personal “pensionista” adeclarar a través del T-Registro.

Luego, pasamos a la ventanaPersonal en Formación:Consignar el monto de lasubvención económicamensual pagada al personal

FOTO Nº 14FOTO Nº 14

FOTO Nº 15

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en formación.

Se trata de personasnaturales que prestan susservicios bajo alguna

modalidad formativa reguladapor la Ley 28518 o cualquier otra norma que regula estesistema de serviciosmodalidades formativas, lasque se encuentran (entreotras) las de aprendizaje,prácticas pre profesionales,capacitación laboral juvenil,pasantía, reinserción laboral ysecigristas (no Sector 

Privado).

De existir “Personal en Formación” con contrato suscrito bajo esta modalidad, se daun clic en la columna “Editar detalle” y completamos todos los datos requeridoscomo importe de subvención mensual que se paga y damos un clic en “Grabar”, elprograma verifica lo registrado si no hay inconsistencias se valida automáticamente.

La empresa de referencia no tiene “ Personal en Formación” a declarar a través del T-Registro.

Pasamos luego a la ventana “Personal Terceros”. Componen esta categoría lostrabajadores o prestadores de servicios que son destacados o desplazados paraprestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas uorganización laboral de otro empleador, independientemente del hecho de queambos mantengan un vínculo jurídico.

De existir  “Personal Terceros”, se da un clic en la columna “Editar detalle” ycompletamos todos los datos requeridos como la Tasa (%) del SCTR y la base decálculo lo que determina el importe a pagar por el SCTR EsSalud, y damos un clicen “Grabar”, el programa verifica lo registrado si no hay inconsistencias se validaautomáticamente, visualizando una leyenda “la información se grabó

satisfactoriamente” La empresa de referencia no tiene “P ersonal Terceros” a declarar a través del T-Registro.

Ingresamos en seguida a la ventana Prestadores de Servicios de CuartaCategoría: Se declara toda prestación de servicios a través del ejercicio individualde cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y otros por cualquier servicio que genererentas de cuarta categoría, tales como las funciones de director de empresas,síndico, mandatarios, gestor de negocios, albacea y actividades similares,incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional

por las cuales recibe dieta.

FOTO Nº 16

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Se deben declarar en elperíodo (mes) en que seperciba la retribución y por elmonto de esta.

 Al ingresar a la ventana PS4ta Categoría y damos un clicen “Nuevo” y registramos losiguiente: Tipo de documento,número de documento, Apellidos y Nombres;condición de domicilio, si tieneconvenio para evitar la dobleimposición; pasamos luego ala ventana “Detalle deComprobantes” damos clic en

concepto “Nuevo” y sevisualiza una ventana dondese ingresan los datos, de

acuerdo al servicio prestado: Tipo de documento (Nota de Crédito, ReciboHonorarios o Dieta), serie y número de retención del Impuesto a la Renta y Montoretenido.

Una vez ingresado los datos solicitados, se da un clic en “Grabar” y se visualiza unaleyenda “la información se grabó satisfactoriamente”

La empresa de referencia no tiene “Prestadores de Servicios de Cuarta Categoría” adeclarar a través del T-Registro.

DETERMINACIÓN DE LA DEUDA

 A partir de los datos registrados en “Detalle de la Declaración” se suman las casillasde Base Imponible e Impuesto Resultante de los tributos y conceptos a declarar y

pagar.

Deberá completar los datos quecorrespondan para la correctadeterminación de la deuda, asícomo también la forma de pago.

Ingresamos a la última ventanadenominada “Determinación dela deuda”, donde quedóregistrado el pago de lasaportaciones y/o deduccionesde leyes sociales quecorresponden pagar por dichoperíodo. (Ver foto Nº 15).

Tal como observamos en la fotoNº15, en la última Línea

FOTO Nº 15

FOTO Nº 17

FOTO Nº 18

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Horizontal se marcan losmontos a pagar que fuerondeterminados en función delregistro de las diferentessecciones del personal

declarado, asimismo se debeinformar la forma de pago(efectivo o cheque), de ser con cheque designar elnombre del Banco y númerode cheque de procedencia.

Cabe hacer en mención, si ladeclaración se va enviar por Internet SUNAT Operacionesen Línea, en la última línea

que indica “Importe a pagar”deberá consignar cero (0), esdecir, en los casilleros 800;801; 802 y siguientes, y si la

cancelación se efectuará por las ventanillas de SUNAT o bancos autorizados deberáconsignar el importe resultante que aparece en las casillas 710; 711; 712 ysiguientes.

No olvidarse que la cancelación debe efectuarse en cumplimiento al cronograma devencimiento publicada por SUNAT, según el último dígito de RUC.

Una vez registrado lo solicitado, se da un clic en “Grabar”, el sistema por defectomostrará la leyenda: El importe a pagar es menor que el saldo a pagar, la SUNAT

emitirá una orden de pago”,pulsar ACEPTAR. (Ver fotoNº 16).

Si la información fueingresada correctamente, sevisualizará una leyenda: “Lainformación de la declaración

fue grabadasatisfactoriamente, pulsar “Aceptar”. (Ver foto Nº 17). 

Para confirmar que la PLAMEdel período a declarar puedaser importada a la Sunat,damos un clic en “Validar” 

Después de pulsar  “Validar”aparecerá la leyenda “La

declaración jurada nopresenta inconsistencia,

FOTO Nº 19

FOTO Nº 20

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luego nuevamente pulsar “Aceptar” (Ver foto Nº 18).

Después de haber cumplido con todo los

procedimientos de laplanilla electrónicaubicamos la opción

“DeclaracionesRegistradas” y el sistemanos muestra las opciones“estado, copiar, modificar,eliminar y archivo deEnvío. (Ver foto Nº 19).

Para Generar el medio

magnético hacemos un clicen “Archivo Envío”. 

GENERAR EL ARCHIVO DE ENVÍO DE LA DECLARACIÓN

Cuando la declaración se graba satisfactoriamente y no presenta inconsistenciaspodrá generar el archivo de envío de su declaración.

Regresamos a la opción “Declaraciones registradas” y pulsando el ícono “Archivo deenvío” y el PDT solicita se indica si la declaración será presentada por alguna de las

dos opciones que sesolicita

a) Por lasventanillas de Sunat obancos autorizados: Deser a través de estemedio, se solicitará el

ingreso del Código deEnvío (es de 12 dígitosen números y letras. 

Luego de señalar launidad y el directoriodonde se grabará suarchivo, se pulsa el botón“Generar”, el sistemaprocede a la generación ygrabación del archivo deenvío de su declaración,el cual será presentado a

FOTO Nº 21

FOTO Nº 22

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través de un dispositivo (USB)o un medio magnético(Disket)

b) Por Internet SunatOperaciones en Línea(SOL):  A través de estaopción, no se requiere elregistro del “Código de envío”, seleccionamos la opción“Examinar” y ubicamos la“Unidad donde se guardará elarchivo del PDT” y pulsamos“Generar”. (Ver foto Nº 20). 

Luego pulsamos “Aceptar” yel sistema procede a la

generación del archivo de envío, aparece la leyenda: “Hallando clave del archivo”. (ver foto Nº 21); luego por defecto del sistema aparece la leyenda: “Empaquetando 

los archivos”. (Ver foto Nº 22); finalmente aparece la leyenda: “Generar declaraciones para SUNAT- Generación del archivo concluyó satisfactoriamente”pulsar “Aceptar”. (Ver foto Nº 23). 

De esta manera se ha concluido con la elaboración del PDT Planilla ElectrónicaPLAME, para su envío por SUNAT VIRTUAL, con la se seleccionó.

TRANSMISIÓN DELPLAME VIA SUNATVIRTUAL

Una vez concluido con lageneración del PDTPlanilla Electrónica

PLAME, el mismo quefue grabado en la Unidadseleccionado; para elenvío procedemos aingresar a la página webde SUNAT, escribiendoen Google:

WWW.sunat.gob.pe; hacemos clic en SUNATde página principal yaparecerá. (Ver foto Nº

24).

FOTO Nº 23

FOTO Nº 24

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Luego activamos“SUNAT Operaciones enLínea oficina Virtual” y sevisualizará “Ingrese suClave Sol” se ingresa el

número de RUC delcontribuyente a declarar;también se ingresa el“Usuario” y la “Clave”,presionamos “Iniciar Sesión”. (Ver foto Nº 25). 

Se visualiza laventana de envío,selecciono “MISDECLARACIONES Y

PAGO” seguido de“Presento misDeclaraciones y Pago”opción “declarativas”,luego elijo “PDT601Planillas Electrónicas.(Ver foto Nº 26).

 Acontinuación, nosubicamos en la ventana

“EXAMINAR”inmediatamenteingresamos al Driveseleccionado (para elcaso en referencia estáseleccionado el Drive G)en la que hemosgenerado el mediomagnético y se visualizael archivo 0601201204…,presionar  “Abrir”. (Ver 

Foto Nº 27).

Finalmente,hacemos clic en “Enviar”,(tal como se muestra lafoto Nº 26); el sistemamostrará la imagen“Declaración y pago por Internet, se sugiererealizar una ligeraconstatación de todos los

datos y para asegurar suenvío activamos la opción

FOTO Nº 25

FOTO Nº 26

FOTO Nº 27

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“CONFIRMAR”,inmediatamente elsistema mostrará laCONSTANCIA DEPRESENTACIÓN; es

importante imprimir dichaConstancia para certificar su presentación, ante unafutura fiscalización deSUNAT o del Ministeriode Trabajo. (Ver foto Nº28).

FOTO Nº 28