Plan Plomo No Logro Para Arecibo Borrador Final

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Plan de la Junta de Calidad Ambiental para atender la contaminación con plomo en Arecibo.

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    JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL

    JUNTA DE CALIDAD AMBIENTALREA DE CALIDAD DE AIRE

    Revisin a los Requisitos delPIE de Plomo para el rea de

    No-Logro de Arecibo

    Agosto 2014

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    Tabla de Contenido

    ACRONIMOS 5

    RESUMEN EJECUTIVO 7

    AUTORIDAD LEGAL 8

    I. INTRODUCCIN Y TRASFONDO 10

    EFECTOS DEL PLOMO SOBRE LA SALUD 13

    II. LIMITACIONES DE EMISIONES APLICABLES Y OTRAS MEDIDAS DE CONTROL 13

    PARTEI:DISPOSICIONES GENERALES 14

    P

    ARTE

    II:

    A

    PROBACIN Y PERMISOS 14

    PARTEIV:PROHIBICIONES 15

    PARTE V:COMISIONES

    15

    PARTE VI:OPERACIONES PERMISOS REGLAS DE TTULO VFUENTES 15

    III. PROGRESO RAZONABLE 18

    IV. INVENTARIO DE FUENTES DE EMISIN 20

    EL BATTERY RECYCLING COMPANY,INC. 21

    SAFETECH CORPORATION 22

    PUERTO RICO POWER ENERGY AUTHORITY (AEE)CAMBALACHE 22

    ENERGY ANSWERS 23

    V. MONITOREO DE CALIDAD DE AIRE, COMPILACIN, ANLISIS DE DATOS Y PRESENTACIN DE

    INFORMES 24

    VI. PERMISOS PARA FUENTES ESTACIONARIAS NUEVAS Y MODIFICADAS 25

    VII. APLICACIN Y PERMISOS DE FUENTES ESTACIONARIAS 26

    VIII. TRANSPORTE INTERESTATAL 28

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    IX. MONITOREO Y REPORTE DE EMISIONES DE FUENTES ESTACIONARIAS 28

    P

    ARTEI:DISPOSICIONES GENERALES 29

    X. LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA 29

    XI. MODELOS Y REPORTES DE CALIDAD DEL AIRE 32

    XII. CARGOS POR PERMISOS PARA FUENTES ESTACIONARIAS MAYORES 33

    XIII. REFERENCIAS 34

    APENDICE A: INVENTARIO BASE DE EMISIONES 2011 PARA PIE DE POMO DE ARECIBO

    35

    XIV. 35

    APNDICEA-1:CLCULO DE EMISIONES DE PLOMO DE LAS INSTALACIONES 41

    XV. APNDICE B: INVENTARIO DE EMISIONES PROYECTADAS 2016 66

    RESUMEN 67

    INVENTARIO DE EMISIONES PROYECTADAS 68

    APNDICEB-1:CLCULOS DE EMISIN 74

    EMISIONES PROYECTADAS DE PLOMO 2016:AEROPUERTO ANTONIO NERY JUARBE (ANJ) 89

    A.EMISIOENS FUGITIVAS DE PROCESO: EDIFICIO PRINCIPAL 91

    D.EMISIONES FUGITIVAS DE TRANSPORTE Y MANEJO DE MATERIALES 102

    XVI. APNDICE C: PROTOCOLO DE MODELAJE DE LOGRO PARA PLOMO 105

    INTRODUCCIN 106

    INVENTARIO DE EMISIN 106

    MODELO 108

    METEOROLOGA 110RECEPTORES 110

    APNDICEC-1: PROTOCOLODEMODELAJEDELOGROPARAPLOMO 113

    XVII. APNDICE D: RESULTADOS DEL MODELAJE DE LOGRO 122

    I.INTRODUCCIN 123

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    II.INVENTARIO DE EMISIN 123

    XVIII. III. MODELO 124

    IV.METEOROLOGA 125V.RESULTADOS 125

    VI.CONCLUSIN 129

    APNDICEC-1: ARCHIVO DE SALIDA DE AERMOD 130

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    ACRONIMOS

    ACA: rea de Calidad de AireAEE: Autoridad de Energa ElctricaAQS: Sistema de Calidad de Aire (en ingls)ASR: Residuos Triturados de Automvil (en ingls)MACT: Mejor Tecnologa de Control Disponible (en ingls)CAA: Ley de Aire Limpio Federal (en inlgs)CO: Monxido de CarbonoCRF: Cdigo de Regulaciones FederalesEPA: Agencia de Proteccin Ambiental de Estados Unidos de Amrica

    JCA: Junta de Calidad AmbientalFCE: Evaluacin Total de Cumplimiento (en ingls)

    FRM: Mtodo Federal de Referencia (en ingls)GPS: Sistema de Posicionamiento Global (en ingls)HHV: Higher Heating ValueH2SO4: cido SulfricoLAER: Tasa Menor de Emisin Obtenible (en ingls)LHV: Lowest Heating ValueMACT: Tecnologa de Control Mxima Alcanzable (en ingls)MMBtu: Million British thermal unitMSW: Desperdicios Slidos Municipales (en ingls)NAAQS: Normas Nacionales de Calidad de Aire Ambiental

    NANSR: Non-attainment New Source ReviewNESHAP: National Emission Standards for Hazardous Air PollutantsNOx: xidos de NitrgenoNSPS: Estndares de Emisin para Nuevas Fuentes EstacionariasNSR: New Source ReviewPb: LeadPCE: Partial Compliance EvaluationPM: Particulate matterPR: Puerto RicoPPAPR: Ley de Poltica Pblica Ambiental de Puerto RicoPSD: Prevencin Deterioro Significativo (en ingls)PUWW: Processed Urban Wood WasteRCAP: Regulation for the Control of Atmospheric PollutionPIE: Plan de Implementacin EstatalSLAMS: Estaciones de Monitoria Estatales y Locales (en ingls)SO2: xidos de Azufre

    TBRCI: The Battery Recycling Company, Inc.

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    TDF: Combustible Derivado de NeumticosVOC: Compuestos Orgnicos Voltiles (en ingls)

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    RESUMEN EJECUTIVO

    El 22 de noviembre de 2011, (76 FR 72097) la Agencia de Proteccin Ambiental de los EstadosUnidos (EPA, por sus siglas en ingls) notific sobre la designacin de las Normas Nacionalesde Calidad de Aire Ambiental del 2008 (NAAQS, por sus siglas en ingls) para plomo. Lasreas designadas para Puerto Rico son las siguientes: rea de No Logro (NAA, por sus siglasen ingls) un radio de 4 millas alrededor de The Battery Recycling Company, Inc. (TBRCI,

    por sus siglas en ingls) en el municipio de Arecibo, y rea Sin-Clasificar/Logro para el restode la isla. Estas designaciones fueron efectivas el 31 de diciembre de 2011. Para reasdesignadas como NAA, los estados deben desarrollar un Plan de Implementacin Estatal quecumpla con los requisitos de la Seccin 172(c) de la Ley de Aire Limpio (CAA, por sus siglasen ingls). Los prrafos 172(c) y 172(a)(2) establecen los requisitos para la aplicacin de las

    medidas de control razonablemente disponibles para lograr el cumplimiento lo ms pronto

    posible pero no ms tarde de 5 aos de la designacin de NAA (31 de diciembre de 2016).

    En este plan, la Junta de Calidad Ambiental de Puerto Rico (JCA) demostrar el cumplimientocon las NAAQS del 2008 para plomo a travs de la aplicacin y ejecucin de medidas decontrol para las fuentes de emisin de plomo existentes. Las estrategias para asegurar elcumplimiento incluyen limitaciones y restricciones operativas establecidas en los permisosemitidos por la JCA.Los permisos emitidos contienen limitaciones y restricciones especficasde proceso basado en el Estndar Nacional para Contaminantes Peligrosos del Aire (NESHAP,

    por sus siglas en ingls) provenientes de la fundicin de plomo secundario (40 CRF, Parte 63,

    Subparte X), cualquier NESHAP aplicable, Normas de Rendimiento de Nuevas Fuentes(NSPS, por sus siglas en ingls) y/o Tecnologa de Control Razonablemente Disponible(RACT, por sus siglas en ingls).

    Monitoreo del aire ambiental en el NAA designado de Arecibo se utiliza para demostrar quela implementacin de las medidas de control, en las fuentes existentes, mantienen lasemisiones de plomo por debajo de las NAAQS del 2008 para plomo. Esta revisin al PIE se

    presenta conforme a los requisitos establecidos en las Secciones 172(b) y (c) de la CAA.

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    AUTORIDAD LEGAL

    La Ley de PolticaPblica Ambientalde Puerto Rico(Ley Nm. 9 de 18 de juniode 1970,

    derogada por laLey Nm.416de 22 de septiembrede 2004,segn enmendada) (en adelante,PPAPR), cre el organismo administrativoconocido comola Junta de CalidadAmbiental dePuerto Rico (JCA). Por medio de laLeymencionada, las funciones ambientales del Gobiernodel Estado Libre AsociadodePuerto Ricose han centradoenlaJCA. La PPAPR faculta a la

    JCAcon un amplio poder que va desdeel establecimiento de lapoltica pblica ambiental anivel estatal hasta crear reglamentos para cumplimiento de sus deberes y funciones queabarcan, entre otras, la aplicacin efectiva de la PPAPR, la emisin de rdenes de cese ydesista, el poder de celebrar audiencias cuasi judiciales, y la revisin y evaluacin de los

    programas yactividades del Gobierno, a la luz dela poltica pblica establecidaenla PPAPR.

    La PPAPR confierea laJCAtoda la autoridad legalpara ejecutar elPIErequerido por laCAA, segn enmendada.La autoridadlegalotorgada por laPPAPR establece de inmediato ydispone que laJCA es responsable de desarrollar y llevar a cabo la implementacin del PIE.

    La Seccin110(a)(2)(E) de la CAA requiereque el Estadodemuestre que tieneautoridad,bajo la ley estatal, para ejecutar lo establecido en el PIE. Los elementos jurdicos parademostrarla autoridadlegaldel Estadose exponenaqu, con las referencias detalladas alassecciones legaleslocales vigentesbajo el TtuloIIdePPAPR.

    1. Autoridad para adoptar estndares de emisiones al aire y limitaciones cuando seannecesarias para el logro y mantenimiento de las NAAQS. - [Secciones 9.B.3.e., 9.B.5,y 9.B.13.].

    2. Autoridad para hacer cumplir las leyes, reglamentos y normas, y solicitar interdictos.- [Secciones 9.B.1.e., 9.B.5, y 9.B.13.].

    3. Autoridad para reducir las emisiones contaminantes en caso de emergencia para evitarponer en peligro sustancial la salud de las personas. - [Seccin 9.A.7.].

    4. Autoridad para evitar construcciones, modificaciones o el funcionamiento de cualquierfuente estacionaria en cualquier lugar donde las emisiones procedentes de dichasfuentes impedirn la consecucin o mantenimiento de las NAAQS. - [. Secciones 9.A.3,9.B.13].

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    5. Autoridad para obtener informacin necesaria para determinar si las fuentes decontaminacin del aire estn en conformidad con las leyes, reglamentos y normasaplicables, incluyendo la autoridad para requerir registros, hacer inspecciones y realizar

    pruebas a las fuentes de contaminacin del aire. - [Secciones 9.A.4. y 9.A.10.].

    6. Autoridad para exigir a los propietarios u operadores de fuentes estacionarias instalar,mantener y utilizar equipos de emisiones y presentar informes peridicos al Estadorelacionados a la naturaleza y la cantidad de emisiones de las fuentes estacionarias;adems, la autoridad del Estado para que dichos datos estn a la disposicin del pblicosegn reportados y correlacionados con cualesquiera normas o limitaciones deemisiones aplicables. - [Secciones 9.B.3. y 9.B.13.]

    LaJCAha promulgado normas implementando la autoridad legalpara cumplir con los

    requisitos tanto de laCAAy laPPAPR.Estas regulacionesse compilanen elReglamentopara el Controlde la Contaminacin Atmosfrica (RCCA)del 26 de juliode 1995, segnenmendado.El RCCAse desarroll paraestablecernormas y requisitospara el control delacontaminacinatmosfrica.

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    I.

    INTRODUCCIN Y TRASFONDO

    El plomo se puede encontraren todaspartes denuestro medio ambiente- elaire, elsuelo, elagua, e inclusodentro denuestros hogares.El plomo tambinpuede ser emitidoen el medioambientea partir de fuentesindustrialesyterrenos contaminados, como los antiguoshornosde fundicinde plomo.

    El plomo esuno de los contaminantesatmosfricos de criterioseisque han sido identificadoscomo particularmenteperjudicial paralos seres humanos yel medio ambiente.La exposicinal plomopuedecausar una serie deefectosadversos para la salud, especialmente en nios.Es

    por esta razn que la reduccin de los niveles de contaminacin por plomo es una parteimportante del compromisode la EPA paraun medio ambiente limpioy saludable, y la razn

    porla cual la JCA trabajaen conjuntocon la EPAa fin de alcanzarese compromiso.

    Las normas reglamentarias federales y estatales han ayudado aminimizar o eliminar lacantidad deplomo en el aire, agua, suelo, productos de consumo, alimentos y lugares detrabajo.En particular, las NAAQSse han desarrollado paraseiscontaminantes criterio.LaCAArequiere que la EPAestablezcapatrones primariosa un niveljuzgado como"requisito

    para proteger la saludpblicaconun margen adecuado deseguridad",y establecerlas normassecundariasque son requeridospara proteger el bienestar pblicode "efectos conocidoso

    previstosasociados a loscontaminantes en el aire ambiente," incluyendo efectos sobre loscultivos, la vegetacin, la fauna, los edificios ymonumentos nacionales,yla visibilidad.

    El 15 de octubrede 2008, laEPAreforzsustancialmentela NAAQSpara plomo.La nuevanorma,0.15microgramospor metrocbico (g/m), medida como unpromedio mvilde tres

    meses, esal menos 10 vecesms estricta quela norma anteriorde1.5g/m,medida comounpromedio trimestral ymejorar la proteccin de la salud para los grupos de riesgo,especialmente los nios. Para proveer una mayor proteccincontra los efectos relacionados al

    plomo al bienestar y el medio ambiente,laEPArevis que elplomo secundarioNAAQSseaidntica a la normaprimariarevisada.LaEPAdetermin que la pre-existenteRed de Usuarios

    para el Monitoreo deplomo en el ambienteera inadecuadapara determinar simuchas reasestabancumpliendo con los estndaresde plomorevisadas.

    El 27 de diciembre de 2010, laEPA tambin propuso nuevos criterios y revisin a losrequisitos de monitores deplomo en el ambientey nuevosrequisitos de recopilacin dedatos,

    para evaluar mejorel cumplimiento con lasNAAQSdel 2008 para plomo (75 FR81126).

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    Las Secciones110(a)(1) y(2) delaCAA(en adelante,requisitos del PIE)requieren que losEstadosa presentenun plan de implementacinaladministrador de la EPAqueprovea ydemuestre su capacidad para implementar, mantener, y hacer cumplir cada NAAQS. LaSeccin110(a)(1) de la CAAaborda elrequisito de los plazos de tiempoparalaspresentaciones

    delas revisiones alPIE. La Seccin110(a)(2) enumera loselementos requeridos paraque unEstado demuestre su autoridadpara implementar elplan.Varios elementos de la Seccin110(a)(2) se dirigen especficamente ala necesidad de los Estados en demostrarsu capacidad

    para implementar, mantener yhacer cumplir las normasde calidad del aire.Estos elementosse compilan ypresentan enlo que se conocecomo unPIE, pero no se limitan a, monitoreode la calidaddel aire,anlisis de datos yelaboracin de informes;ejecucin;recursos; consulta;

    procedimientos de emergencia;y las cuestionesrelacionadas conel transporte.

    El 10 de octubrede 2012,se celebruna vista pblica paraaprobarel PIE de los Requisitos

    de Infraestructura Plomode la Seccin 110(a)(2) de la CAApara Puerto Rico. El PIE deInfraestructurafue aprobadopor la ResolucinR-22-12-13 del 21 dediciembre de 2012 y

    presentadoa la EPAel 27 de febrerode 2013.

    Como partede la implementacin delosnuevos requisitosde monitoreo de aire, en enero de2010se estableciun monitor enArecibo, que utiliza losMtodosFederales deReferencia(FRM, por sus siglas en ingls),cerca delaempresa TBRCI.Enjunio de 2010,de acuerdoconlacaptura de datosporeste nuevomonitor deplomo, lasnuevas NAAQSde plomo seexcedieron.

    LaJCAdesarrollmodelos de dispersinde airecon el fin deanalizar eldestino y transportedeplomo comocontaminante del aireen el Municipiode Arecibo.Losresultados preliminaresdel modeloindicanque la fuente primaria causando laalta concentracin deplomo esTBRCI.

    Lacontribucin de otrasfuentes de emisinde plomoenla zona erainsignificante.El modelorefinado,utilizando slolasemisiones de plomodeTBRC,mostr quela fuente tienela mayorcontribucina la altaconcentracin monitoreada.

    Despus de la discusincon la EPA yel anlisis de todaslasfuentes de emisinde plomoquepodran impactarel Municipiode Arecibo, enjunio de 2011la EPAdesignunradio de4

    kilmetros alrededor TBRCI como fuera de normapara elplomo laminado de 3 mesespromedio NAAQS (ver Figura # 1) y todas las otras reas de Puerto Rico como sinclasificar/logro.

    Para las reasdesignadascomono-logro, los Estados deben desarrollar unPIEque cumplacon losrequisitos de la CAA.Losrequisitos de la seccin191(a) delaCAArequieren queunPIErevisadodemuestre logrodentro de los dieciochomeses de la fecha de vigenciade la

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    designacinde rea de no-logro. Debido a que laRed de Usuarios para el Monitoreo dePlomoexpandidoprovey datos adicionalespara su consideracin, laEPA est completando lasdesignacionesde plomoen dos rondas.En la primera ronda, establecidael 16 de noviembrede2010, laEPAdesignalgunas zonascomo reas de no-logro basndose endatos de lapre-

    2010 red de usuarios para el monitoreo. Para el resto delas reas, laEPAampli el plazoparalas designacionesporun aopara que los datosdelosmonitoresde nueva implantacinse

    pudiesen consideraren la toma dedecisiones apropiadas sobre designaciones.Ennuestro caso,la JCAdeber cumplir conel perodo de tiempode la segunda ronda, por lo que el 30 de juniode 2013 es la fecha correspondiente a los PIE de logro.Por otra parte, las reas deben lograrel estndar de plomo revisado con premura y lo ms practico posible,pero no ms tarde de5 aos de lafecha de vigencia dela designacinde no-logro. Se espera que lafecha de logro

    para la segunda ronda sea el31 de diciembre de 2016.

    FIGURE 1: rea Impactada por Plomo en Arecibo

    Como parte de este PIE para asegurar el logro, la JCA prepar un nuevo plan modelo paraArecibo que incluye las instalaciones que emiten plomo en Arecibo, tal como TBRCI, SafetechCorporation y AEE Cambalache utilizando el 2011 como ao base del inventario de emisiones.

    Energy Answers est planificando construir una planta de energa renovable cerca de TBRCIy sus emisiones de plomo potenciales se incluyeron en el modelo de logro. El modelo de lacalidad del aire es AERMOD y este es el modelo preferible de la EPA para estudios modelosde calidad del aire.

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    Elinventario de emisionesproyectadocuenta con todas lasmedidas de control quela JCAlerequiereaTBRCIcomo unacondicin del permiso.Lasmedidas de control quela JCA lerequiere a instalacinsonelcierre del edificio principal deproceso, el uso debarredoras yrociadores de aguadurante eltransporte ymovimiento de materiales,una estacin delimpieza

    de vehculosy pavimentode lascarreterasdentro de la instalacin.

    Estarevisin del PIEse presentapara proveer ydemostrar quela JCAtienecapacidad paraimplementar, mantener y hacer cumplir todas las normas nacionales de calidad del aire,incluyendo lasNAAQSdel 2008 para plomo.

    E

    FECTOS DEL

    P

    LOMO

    S

    OBRE LA

    S

    ALUD

    Losefectos del plomoson los mismos sientra en el cuerpoa travs de la respiracin oladeglucin.El sistema nervioso es el puntoprincipal dela toxicidad del plomotanto en adultoscomo en nios.La exposicin a largoplazode plomo en los adultosen el trabajo ha resultadoen la disminucin de rendimiento, segn disponen algunas pruebasque midenfunciones delsistemanervioso.La exposicin al plomotambin puedecausar debilidadenlos dedos, las

    muecas o los tobillos. La exposicin al plomo tambin causapequeos aumentos en lapresin arterial, sobre todo enpersonasde mediana edad yde edad avanzada.La exposicinal plomotambin puede causaranemia.A niveles altos deexposicin, el plomo puede daarseveramente elcerebro y los rionesen los adultoso nios ycausar la muerte.En las mujeresembarazadas, los altos niveles deexposicin al plomopueden causarabortos involuntarios.

    La exposicin de altonivel de plomoen los hombres puededaarlosrganosresponsables de

    laproduccin de esperma(ATSDR, 2007).

    II.

    LIMITACIONES DE EMISIONES APLICABLES Y OTRAS MEDIDAS DE

    CONTROL

    De acuerdo con la Seccin 110(a)(2)(A) de la CAA para lograr cumplimiento se incluyenlimitacionesde emisin aplicables y otrasmedidas de control,medioso tcnicas(incluyendoincentivoseconmicostales comopagos,permisosnegociables, y subastasdederechos deemisin), as como planes dehorariosy calendarios para cumplimiento.

    ElRCCA de la JCAestablecereglasparaaplicar y cumplir conlasNAAQSy otras normasde calidad del aire. Estas normas incluyenprocedimientos sistemticos formalespara los

    permisos de construccin y operacin que cumplirn con los requisitos federales. Lassiguientes secciones del RCCA contienen normaspertinentes a estos requisitos federalesespecficos:

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    P

    ARTEI:DISPOSICIONES GENERALES

    Regla 103 - Establecer disposiciones que permitan a la JCA requerir una fuente de emisin de aire,segn sea necesario para controlar los contaminantes del aire, para lo siguiente:

    La instalacin, operacin y mantenimiento de equipo de monitoreo de aire, Proveer accesorios de equipos para el muestreo de combustibles y emisiones al aire, Muestra la calidad del aire ambiente, Realizar anlisis de combustible, establecer y mantenimiento de registros, Presentar informes peridicos, Faculta al representante de la JCA el derecho de entrar a cualquier instalacin y derecho de

    acceso a los registros.

    Regla 103 Establecer mtodos de prueba para demostrar el cumplimiento con las limitaciones deemisiones del RCCA.

    Regla 107 - En caso de episodio de contaminacin de aire, esta regla est diseada para evitar laacumulacin excesiva de contaminantes en el aire, evitando de este modo la ocurrencia de unaemergencia.

    Regla 108 Establece disposiciones para que la JCA requiera equipos de control de contaminacin deaire o medidas de control para reducir las emisiones de contaminantes de aire o demostrar elcumplimiento de dicho equipo de control con las normas y reglamentos aplicables.

    Regla 113 Le provee a la JCA las medidas necesarias para cerrar una fuente que se ha determinado

    que no cumple con las normas y reglamentos aplicables.

    P

    ARTE

    II:

    A

    PROBACIN Y PERMISOS

    Establecer requisitos de permisos para construir y operar una fuente de emisin de contaminantes deaire en Puerto Rico.

    Regla 201- Establecer los requisitos para llevar a cabo una aprobacin de ubicacin de una fuentemayor o modificacin mayor. Los requisitos incluyen, pero no se limitan a lo siguiente:

    Revisin de la Calidad del Aire, Uso de la tierra y la planificacin, Efecto en reas ecolgicamente sensibles cercanas, y Revisin de las emisiones y demostracin de cumplimiento con las NAAQS.

    Regla 202- Establecer requisitos para la preparacin de los anlisis de impacto en la calidad del aire.

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    Regla 203- Exigir a las fuentes de emisiones al aire obtener un permiso de construccin previo alcomienzo de la construccin de la fuente. La Regla, adems, requiere que el solicitante demuestre quela fuente cumple con todas las reglas y reglamentos aplicables antes de obtener un permiso deconstruccin.

    Regla 204- Establece los requisitos para obtener un permiso de operacin antes de que comience aoperar la fuente. Como parte de la solicitud de permiso, el solicitante debe demostrar a satisfaccin dela JCA que la fuente cumple con todas las reglas y reglamentos aplicables.

    Regla 205 Provee calendario para el cumplimiento de las emisiones a la atmsfera, con nuevas reglasy reglamentaciones. Tambin establece disposiciones para preparar los planes de cumplimiento.

    P

    ARTEIV:PROHIBICIONES

    Regla 401 Exige que las fuentes cumplan con las reglas y reglamentos aplicables.

    P

    ARTE

    V:

    C

    OMISIONES

    Establece requisitos de cargo para permisos y disposiciones para la transferencia de titularidad delpermiso. Adems incluye cargos por emisiones excesivas y cargos de prueba.

    P

    ARTE

    VI:

    O

    PERACIONES

    P

    ERMISOS

    R

    EGLAS DE

    T

    TULO

    V

    F

    UENTES

    Establece las disposiciones para obtener permisos de operacin dispuestos en el Ttulo V delReglamento. La parte incluyen, pero no se limita a lo siguiente:

    Describe los requisitos de solicitud de permiso, Acciones de la JCA sobre una solicitud de permiso, Contenido del permiso del Ttulo V, Requisitos de registros, Requisitos de control, Exigir el cumplimiento de los requisitos aplicables a la limitacin de emisiones, Requisitos de informacin, Disposiciones de comercio de emisiones, y Los requisitos de cumplimiento.

    Cualquier fuente de emisin de aire nueva y/o existente dentro del rea de No Logro deber obtenerun permiso para construir o para operar una fuente de emisin segn establecen las Reglas 203 y 204del RCCA, segn sea el caso. Conforme con lo dispuesto en la Regla 201 del RCCA, antes de laconstruccin de la fuente se deber obtener una aprobacin de ubicacin de la JCA para a ubicacino construccin de cualquier nueva fuente estacionaria mayor, o modificacin mayor o fuentesignificativa de plomo. Se requiere un anlisis del impacto de la calidad del aire ambiente, como partede la solicitud de aprobacin de ubicacin (Regla 201(D) del RCCA), para cualquier fuente mayor

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    propuesta, modificacin mayor o fuente significativa de plomo ubicada en o impactandosignificativamente un rea de no logro para demostrar que las fuentes no causa o contribuyesignificativamente a la contaminacin del aire en violacin a las NAAQS del 2008 para plomo o queno exceden cualquier otras NAAQS. Adems, dichas fuentes debern presentar una Revisin de

    Fuentes Nuevas de Contaminacin en Incumplimiento (NANSR, por sus siglas en ingls) o unasolicitud de permiso de Prevencin de Deterioro Significativo (PSD) a la EPA-Regin 2, ya que staes la entidad con autoridad para expedir los permisos relacionados a los programas de pre-construccin

    previamente mencionados.

    Para obtener la aprobacin de ubicacin, el Inciso (B) de la Regla 203 del RCCA establece losiguiente:

    (B) Normas para la Concesin de Permiso de Construccin

    Un permiso para construccin o modificacin de una fuente solo ser otorgado si el

    solicitante demuestra a satisfaccin de la Junta que:(1) La fuente ser capaz de cumplir con toda regla y reglamentos aplicables.

    (2) En caso de una fuente estacionaria mayor, o modificacin mayor o fuente

    significativa, el solicitante deber poseer una aprobacin de ubicacin, vigente;

    (3) En caso de que la fuente fuese a efectuar una compensacin de emisin, el

    dueo u operador ha:

    (a) entregado cualquier permiso de construccin u operacin de la fuente

    efectuando tal compensacin

    (b) proponer una revisin a cualquier permiso de construccin vlido, o

    proponer un plan de cumplimiento para lograr la requerida compensacin

    de emisin; y la Junta ha aprobado tal revisin o aceptado tal plan de

    cumplimiento para dicho propsito, como parte de una aprobacin de

    ubicacin.

    (4) Las emisiones de contaminantes de aire provenientes de la fuente se limitarn

    mediante las reglas y reglamentos aplicables.

    (5) Cualquier acuerdo o certificacin con el propsito de restringir la capacidad

    mxima, las horas mximas anuales de operacin, la taza de emisin, o el

    porciento de azufre contenido en los combustibles a un valor ms bajo que el

    permitido por las reglas y reglamentos aplicables, es legalmente comprometedor

    antes de la emisin de permisos de construccin y est incluido como unacondicin ejecutable en el mismo.

    (6) No ocurrir impacto adverso en la calidad del aire debido a la construccin u

    operacin de dicha fuente o modificacin mayor o fuente significativa, siempre

    que:

    (a) El dueo u operador de la propuesta fuente o modificacin ha suscrito un

    documento legalmente obligatorio donde se estipule el tipo y cantidad de

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    materiales a ser quemados o procesados por tal fuente, o que limite las

    horas de operacin; o

    (b) Tal demostracin haya sido requerida por la Junta como parte de la

    solicitud de permiso.

    (7) Los requisitos de esta regla que son aplicables a cada fuente estacionaria

    mayor de MP10 debern tambin ser aplicables a cada precursor de MP10 para

    el cual la fuente se considera mayor; excepto estos requisitos no sern

    aplicables en aquellos casos en que el Administrador de la Agencia Federal de

    Proteccin Ambiental y la Junta determinen que dichas fuentes de precursores

    de MP10 no realizan una aportacin significativa a los niveles de MP10 que

    exceden las normas ambientales de MP10.

    El RCCA define el trmino Reglas y Reglamentos Aplicables de la siguiente manera:

    Todas las reglas y los reglamentos promulgados bajo la Ley de Poltica Pblica Ambiental

    (Ley 9 del 18 de junio de 1970, segn enmendada) y la "Ley Federal deAire Limpio" para el

    control de la contaminacin atmosfrica, incluyendo, pero sin limitarse a:

    (A) Todos los requisitos establecidos en estos reglamentos o en cualesquiera otras

    leyes o reglamentos aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico;

    (B) Las Normas de Funcionamiento de Nuevas Fuentes Estacionarias (40 CRF Parte

    60);

    (C) Las Normas Nacionales de Emisiones para Contaminantes Atmosfricos

    Peligrosos (NNECAP) (40 CRF Parte 61);

    (D) Cualquier otro requisito establecido por el gobierno de los Estados Unidos bajo

    la Ley Federal de Aire Limpio segn enmendada;

    (E) Cualquier otro requisito establecido por la Junta de Calidad Ambiental para

    asegurar que se logren y se mantengan las Normas Nacionales de Calidad de Aire

    Ambiental (NNCAA).

    De acuerdo con los resultados del modelo de dispersin, el contribuyente mayor a las violaciones delas NAAQS de Plomo es TBRCI. La instalacin es una fuente menor de emisiones, pero est sujeta alas disposiciones de NESHAP para Fundicin Secundaria de Plomo (40 CRF, Parte 63, Subparte X)tambin conocido como Tecnologa de Control Mxima Alcanzable (MACT, por sus siglas en ingls)

    para el fundidor secundario de plomo. Esta regulacin requiere fuentes para presentar una solicitudTtulo V (40 CRF, Seccin 63.51(c)). La solicitud del Ttulo V se debe presentar de conformidad conla Parte VI del RCCA. Las disposiciones de la Subparte X le aplican a la empresa TBRCI por serfundidores secundarios de plomo y porque operan un reverbero, horno rotatorio y calderas refinadas.

    La instalacin tambin est afectada por los Estndares de Rendimiento para Fuentes Nuevas (NSPS,

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    por sus siglas en ingls) para fundidoras secundarias de plomo (40 CRF, Parte 60, Subparte L) poroperar un horno de reverbero que inici construccin o modificacin despus del 11 de junio de 1973.

    El 5 de enero de 2012 la EPA public la versin revisada del NESHAP para Fundicin Secundaria de

    Plomo (77 FR 556). La norma revisada requiere la aplicacin de nuevas normas de emisin y requierenun control de las emisiones fugitivas. La fecha de cumplimiento para el nuevo lmite fue 6 de enero2014.

    III. PROGRESO RAZONABLE

    La seccin 172 (c) (2) del CAA requiere que el PIE de reas de No Logro incluya disposiciones deprogreso futuro razonable (RFP, por sus siglas en ingls). Segn se indica en la regla de plomo finalde la EPA para el NAAQS del 2008 para plomo (73 FR 67039), efectiva desde el 12 de enero de 2009,se cumple con RFP a travs de un estricto cumplimiento con un itinerario de cumplimiento ambicioso,

    el cual se espera que desarrolle peridicamente una reduccin de las emisiones significativas o unprogreso lineal en su caso. En adicin, la JCA no tiene intencin de suavizar las medidas de control yaimplementadas en TBRCI. Para determinar la RFP para el plomo, como mnimo, los controles debenser implementados con rapidez y precisar una estimacin de reduccin que se pretende lograr mediantelas medidas de control, lo cual deben ser cuantificados.

    Para TBRCI, las posibles emisiones en 2011 fueron de 1.2 ton / ao. Estas emisiones potenciales sonlas mismas para los aos siguientes hasta el final del ao 2013. Con la implementacin de NESHAP

    para Fundicin Secundaria de Plomo la emisin potencial de la fuente se reducir a 0.3353 ton/ao conla instalacin de las medidas de control necesarias. La emisin proyectada para el 2016 es de 0.3353

    ton/ao (Figura # 2). Esta reduccin se puede lograr si TBRCI cumple con los requisitos del permiso,en especial las medidas de control que incluyen control de emisiones fugitivas utilizando un cercadototal del edificio de procesos, y estndares estrictos de procedimientos operativos para el control depolvo fugitivo (que contiene el material que contiene plomo) segn los requisitos aplicables de MACTy NSPS.

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    La siguiente tabla resume los estndares de emisiones de plomo establecidos por NESHAP y por elpermiso de construccin expedido a TBRCI:

    Unidad de

    Emisin

    Descripcin Control/Lmite emisin Requisito aplicable

    EU1 and EU7 Horno de

    fundicin deplomo #1 and 2

    Colector de polvo Permiso de construccin PFE-RA-

    07-0104-0018-I-II-C]-

    0.2 mg/dscf 40 CRF 63.543(a)Permiso de construccin PFE-RA-07-0104-0018-I-II-C

    EU2 - EU6 andEU8 EU11

    Calderas refinacin Colector de polvo Permiso de construccin PFE-RA-07-0104-0018-I-II-C]-

    EU12 and EU13 Fugitivas deledificio principal yedificio de escoria

    Total Enclosure 40 CRF 63.544(a)Permiso de construccin PFE-RA-07-0104-0018-I-II-C

    EU-14 Fugitivas (todas lasdemas) Incluye pero sin limitarse alimpieza, asfaltar,mantenimiento y manejo demateriales entre otros.

    40 CRF 63.545(a)Permiso de construccin PFE-RA-07-0104-0018-I-II-C

    1.2 1.2 1.2

    0.3353 0.3353 0.3353

    0

    0.2

    0.4

    0.6

    0.8

    1

    1.2

    1.4

    2011 2012 2013 2014 2015 2016

    Potentialleademissions(ton/yr)

    Reduccin de Emisiones Potenciales dePlomo para TBRCI

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    IV.

    INVENTARIO DE FUENTES DE EMISIN

    El plomo es un metal natural que se encuentra en pequeas cantidades en el suelo y las rocas. Elplomo ha sido utilizado industrialmente en la produccin de gasolina, productos de cermica, pinturas,

    aleaciones de metales, pilas, y soldaduras. En el pasado, las fuentes de automocin fueron losprincipales contribuyentes de las emisiones de plomo a la atmsfera. Despus de que fueron eliminadosen el 1995 los combustibles para vehculos de motor con plomo, la contribucin de las emisionesatmosfricas de plomo desde el sector del transporte, y en particular el sector de la automocin, seredujo considerablemente. Hoy en da, los procesos industriales, principalmente los de procesamientode metales, representan una gran parte de las emisiones de plomo a la atmsfera y los ms altos nivelesde plomo en el aire se encuentran generalmente cerca de las operaciones industriales que procesan

    materiales que contienen plomo, como las fundiciones. (US EPA, 2003)

    Las fuentes de plomo provenientes de fuentes estacionarias son principalmente de fuentes industriales

    ms grandes, incluyendo pero no limitado a, el procesamiento de metales, en particular de fundicionesde plomo primario y secundario. El plomo tambin puede ser emitido a partir de fuentes industriales,comerciales, institucionales y calderas, incineradores de residuos, fabricacin de vidrio, refineras y lafabricacin de cemento.

    Con el fin de evaluar las emisiones en el rea de no logro de Arecibo, y desarrollar la estrategia paralograr el cumplimiento de las NAAQS, la JCA prepar el inventario base de emisiones basado en lasemisiones durante el ao 2011. Los municipios del inventario base de emisiones son: Barceloneta,Ciales, Florida, Hatillo y Utuado. (Vase, Fig. 3).

    Un inventario de proyeccin de emisiones con las emisiones de plomo 2016 fue utilizado en el estudiomodelo de logro. Se utilizaron las emisiones de plomo potenciales. El inventario de emisiones deproyeccin 2016 incluye las emisiones de plomo de TBRCI y las fuentes del fondo. La Figura 3 muestralas industrias en el inventario de proyeccin de emisiones 2016.

    Las instalaciones que emiten plomo en Arecibo son TBRCI, Safetech Corporation, ANJ aeropuerto yPREPA Cambalache. Energy Answers est planificando construir una planta de energa renovable enlas inmediaciones.

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    Se prepararon dos inventarios de emisiones de plomo. Se utiliz el Inventario Base de Emisiones de2011 y el Inventario de Proyeccin de Emisiones 2016. El inventario de proyeccin de emisiones de2016 fue utilizado en el escenario modelo de mltiples fuentes. Vase el protocolo de modelo. Posiblesemisiones de plomo o valores de permiso permitidos fueron utilizados en el inventario de proyeccinde emisiones. Los datos de los inventarios de emisiones estn en los Apndices.

    E

    L

    B

    ATTERY

    R

    ECYCLING

    C

    OMPANY

    ,

    I

    NC

    .

    TBRCI se encuentra en el Barrio Cambalache, PR-2 kilmetro 72.2 en Arecibo. Esta instalacin sededica al reciclaje de bateras de plomo para la produccin de plomo de diferentes especificaciones.TBRCI procesa 145.21 toneladas diarias de bateras de plomo usadas. El plomo secundario se funde a

    una velocidad de 83.04 toneladas por da. El producto se coloca en hornos de las calderas de refinacinpara producir plomo refinado. La operacin de TBRCI es 24 horas al da, 7 das a la semana durante12 meses al ao, o aproximadamente 8,760 horas al ao. Las emisiones de proceso de los hornos ycada uno de los nueve hervidores de agua se descargan a la atmsfera a travs de dos dispositivos decontrol. Las emisiones procedentes de la combustin de combustible de los hornos tambin sondescargados travs de los dispositivos de control. Las emisiones procedentes de la combustin decombustible en cada uno de las nueve calderas se descargan a la atmsfera a travs de pilas separadas.

    Esta instalacin es una fuente menor de emisiones.

    TBRCI en Arecibo tiene sobre 0.5 toneladas/ao de emisiones de plomo. En junio de 2010 un monitorde calidad de aire fuente orientada instalada por la JCA cerca de este sector, captur una concentracinde plomo sobre el nuevo estndar de 0.15 g/m. El rea fue declarada como una de no-logro para lanueva norma de plomo en 2011.

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    El inventario de proyeccin de emisiones cuenta con todas las medidas de control establecidas en losrequisitos federales aplicables y el permiso de construccin expedido a TBRCI. Las medidas de controlque la JCA le requiri a TBRCI eran el cierre del edificio principal de proceso, el uso de barredoras y

    rociadores de agua durante el transporte y movimiento de materiales, una estacin de limpieza devehculos y el pavimento de los caminos dentro de la instalacin.

    Las posibles emisiones de plomo se presentaron por TBRCI como parte del proceso de permiso deconstruccin fuente menor y fueron revisados por la Divisin de Desperdicios Txicos de la JCA. Conel fin de tener coordenadas ms precisas para el modelo de dispersin, se llev a cabo una visita allugar con el personal del Sistema de Informacin Geogrfica de la JCA (SIG) con el fin de tomar lascoordenadas y las dimensiones de los edificios de las instalaciones y puntos de emisin.

    TBRCI tiene tres tipos de puntos de emisin de plomo: en la pila, las emisiones fugitivas del edificio

    principal del proceso y las emisiones fugitivas debido al manejo de materiales y transporte a travs dela propiedad de las instalaciones.

    Como se dijo anteriormente, TBRCI es una fuente menor de emisiones, pero est sujeto a NESHAPpara Fundicin Secundaria de Plomo (40 CRF Parte 63, Subparte X) y el NSPS para fundidorassecundarias de plomo (40 CRF Parte 60, Subparte L).

    S

    AFETECH

    C

    ORPORATION

    Safetech Corporation est localizado en Lote # 30, Parque Industrial Santana, Arecibo, PR. Esta

    instalacin se dedica al recogido, almacenamiento temporal y eliminacin por incineracin de losresiduos slidos no peligrosos comerciales e industriales.

    Safetech Corporation instal y opera un oxidante trmico Ducons Incinerator Model. La velocidad deoxidacin real por hora es de 1,000 libras por hora, 24 horas/da, 6.46 das/semana, aproximadas 4,032toneladas/ao de residuos slidos, tipo 0 y 1. Actualmente estn usando propano como combustibleauxiliar a un ritmo de 21 galones por hora. El combustible tiene un contenido mximo de azufre de0.000167 por ciento como peso. El incinerador funciona 8,064 horas al ao.

    P

    UERTO

    R

    ICO

    P

    OWER

    E

    NERGY

    A

    UTHORITY

    (AEE)

    C

    AMBALACHE

    AEE Cambalache consiste de tres turbinas de disel de ciclo sencillo con una capacidad de 898MMBtu/hr HHV y 847 MMBtu/hr LHV, cada uno de ellos. AEE Cambalache opera a dos niveles:carga de base (898 MMBtu/hr HHV y 847 MMBtu/hr LHV) y al girar la carga rpida de reserva (616MMBtu/hr HHV y 581 MMBtu/hr LHV). Parte del calor generado se recupera para la produccin de

    vapor que se inyecta a las turbinas para controlar las emisiones de xido de nitrgeno (NOx). Las

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    instalaciones cuentan con un sistema de descarga, transferencia y almacenamiento de disel en trestanques de 4.2 millones galones, cada uno.

    AEE Cambalache est sujeto a RCCA, NSPS para Turbinas Estacionarias de Gas (40 CRF Parte 60,

    Subparte GG) y el PSD de los Estndares de Calidad de Aire para NOx, dixido de azufre (SO2), nieblade cido sulfrico (H2SO4), monxido de carbono (CO), partculas (PM), partculas con un dimetrode 10 micrmetros o menos (PM10) y los compuestos orgnicos voltiles (VOC). Los requisitosespecficos aplicables a todas las unidades de emisin se incluyen en la Seccin V del permiso bajo elTtulo V.

    AEE Cambalache es una fuente mayor de contaminantes criterio, ya que tiene el potencial de emitirms de 100 ton/ao de PM10, SO2, NOx, CO y VOC. Tambin es una fuente importante decontaminantes peligrosos del aire, porque tiene el potencial de emitir ms de 10 ton/ao de nquel yformaldehdo y 25 ton/ao de una combinacin de contaminantes peligrosos del aire.

    E

    NERGY

    A

    NSWERS

    El 11 de agosto de 2011, Energy Answers presentaron una solicitud de permiso de construccin yaprobacin de ubicacin para la construccin de un incinerador municipal de residuos slidos conrecuperacin de energa, tambin conocido como de desechos a energa (WTE, por sus siglas en ingls),en el Bo. Cambalache, carretera # 2, km 72.8. La localizacin propuesta fue la ubicacin de la antiguainstalacin de Global Fibers Papers. Energy Answers, propuso la instalacin de dos calderas, que

    utilizar los desperdicios slidos municipales (MSW, por sus siglas en ingls) como combustibleprimario. Adems, solicit la capacidad de utilizar residuos triturados de automvil (ASR, por sus

    sigls en ingls), combustible de derivado de llantas (TDF, por sus siglas en ingls) y desperdicio demadera urbana procesada (PUWW, por sus siglas en ingls) como combustible complementario, deacuerdo con la solicitud del permiso. La principal fuente de emisin consistir de dos unidades decombustin de residuos municipales.

    Energy Answers prepar un anlisis de impacto de la calidad del aire como parte de sus solicitudes deaprobacin de ubicacin y de permisos de construccin (Reglas 201 y 203 del RCCA). De acuerdo conla solicitud del permiso, las emisiones de plomo de la fuente no superan los niveles significativos del

    modelo. Sin embargo, dada la sensibilidad de plomo en la zona, la JCA le requiri a Energy Answersque incluya el impacto de la calidad del aire de las emisiones de plomo de la WTE como parte de la

    solicitud de permiso. La evaluacin del impacto de la calidad del aire indica que las emisiones de plomode la fuente propuesta no tienen un impacto significativo en la calidad del aire.

    Energy Answers est sujeta a los requisitos de pre-construccin bajo el PSD (40 CRF, Parte 52.21).La EPA expidi el permiso PSD final el 10 de abril de 2014. De ser aprobado, el permiso deconstruccin de la JCA incluir las condiciones del permiso PSD y todos los dems requisitos aplicablesy los lmites de emisin, tales como los Estndares de Rendimiento para Incineradores de DesperdiciosSlidos Municipales (40 CRF, Parte 60, Subparte Eb); Estndares de Rendimiento para Facilidades de

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    Agosto 2014

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    Generacin de Electricidad por Vapor (40 CRF Parte 60, Subparte Da); Estndares de Ejecucin parala Compresin Motores Estacionarios de Compresin y Combustin Interna (40 CRF, Parte 60,Subparte IIII) y los NESHAP para Motores Alternadores Estacionarios de Combustin Interna (40CRF Parte 63, Subparte ZZZZ).

    Los Apndices A y B contienen la el Inventario Base de Emisiones del 2011 y el Inventario deProyecciones de Emisiones 2011-2016 para el PIE de Plomos de Arecibo.

    V.

    MONITOREO DE CALIDAD DE AIRE, COMPILACIN, ANLISIS DE

    DATOS Y PRESENTACIN DE INFORMES

    La JCA revisa el plan de red de usuarios para el monitoreo del aire anualmente y lo pone a disposicinpara la participacin pblica. Despus del perodo de participacin pblica, los comentarios sonrevisados e incorporados, si es necesario, y el plan final se le presenta a la EPA para su aprobacinfinal segn requiere 40 CRF, Parte 58. Este Plan de Usuarios para el Monitoreo Atmosfrico cumplecon los requisitos de 40 CRF 58.10 (a) (1). El propsito de este plan es proveer para el establecimientoy mantenimiento de un sistema de monitoreo de la calidad del aire en Puerto Rico, que consiste en

    una red de SLAMS.

    La nueva regla de estndar requiere una fuente de monitor orientado en todas las reas donde lasemisiones de plomo son igual o superior a 0.5 ton/ao. Como parte de la nueva norma de calidad delaire para el plomo, la JCA opera dos (2) sitios de plomo (Pb) en la red de monitoreo de aire paraArecibo. Todos los catadores de plomo son operados sobre una base durante todo el ao y las

    mediciones se envan trimestralmente al Sistema de Calidad del Aire de la EPA (AQS, por sus siglas

    en ingls). Las estaciones de monitoreo de Pb estatales y locales utilizan monitores mtodo dereferencia federal. Los dos sitios ubicados en Arecibo son 72-013-0001, y 72-013-0002 (solicitado porla EPA) y se utilizan para demostrar el cumplimiento con los NAAQS del 2008. La Figura # 4 muestrala ubicacin de los monitores.

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    Autoridad legal de Puerto Rico para monitorear la calidad del aire se encuentra en el artculo 9(A)(4)de la Ley Nm. 416 de 22 de septiembre de 2004, segn enmendada.

    VI. PERMISOS PARA FUENTES ESTACIONARIAS NUEVAS Y MODIFICADAS

    La ubicacin o construccin de cualquier nueva fuente estacionaria mayor o modificacin mayor o

    fuente significativa debern obtener una aprobacin de ubicacin de la Junta de Gobierno de la JCA,antes de su construccin, de acuerdo con la Regla 201 del RCCA. La Junta notificar al pblico de lasolicitud de aprobacin de ubicacin. La solicitud de aprobacin de ubicacin deber incluirinformacin sobre lugares alternos, tamao, produccin, procesos y tcnicas de control ambiental quedemuestren que los beneficios de la fuente propuesta superan significativamente los costosambientales y sociales impuestos como resultado de su ubicacin, construccin o modificacin.Asimismo, incluir una solicitud de permiso para construir. La fuente deber presentar unadeterminacin aplicabilidad o inaplicabilidad o NANSR a la EPA, quien es la autoridad de permisos

    para el Programa de PSD en Puerto Rico. Como parte de un Memorando de Entendimiento firmadoentre la JCA y la EPA, la JCA no emitir un permiso de construccin para una fuente mayor si la

    EPA no ha hecho una determinacin de aplicabilidad de PSD y no ha expedido el permiso de pre-construccin PSD. Condiciones del permiso PSD deben ser incluidas como parte del permiso de airede la construccin JCA.

    Los requisitos para la aprobacin de ubicacin estn en la Regla 201 de RCCA. La Regla 201 requiereadems que las fuentes de emisin ubicadas en o impactando significativamente un rea de no logrodeben de ser limitarse por medio de la tasa menor de emisin obtenible (LAER, por sus siglas eningls) para los criterios de contaminantes relevantes. Para las fuentes de emisiones ubicadas en reas

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    Agosto 2014

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    de cumplimiento, emisiones contaminantes al aire de la nueva fuente mayor, modificacin mayor, ofuente significativa tienen que limitarse por medio de la mejor tecnologa de control disponible(MACT, por sus siglas en ingls).

    Como parte de la aprobacin de ubicacin, la JCA podr revisar la solicitud de permiso de construccin,de acuerdo con la Regla 203(A)(2) del RCCA. La JCA podr imponer las condiciones razonables sobrela emisin de un permiso para la construccin con el fin de garantizar las limitaciones de emisiones decualquier norma aplicable para la fuente o para cumplir con NAAQS. La aprobacin de ubicacinrequiere un proceso de revisin pblica del borrador del permiso de construccin, por lo tanto, todaslas condiciones de los permisos de construccin son federalmente exigibles.

    VII.

    APLICACIN Y PERMISOS DE FUENTES ESTACIONARIAS

    El RCCA establece normas que regulan la aplicacin de las medidas de control, incluyendo los planesde cumplimiento y los programas de permisos que regulan la construccin y modificacin de fuentesestacionarias. Adems, la EPA Regin 2 es responsable del programa de permisos PSD y NSR No

    Logro que contiene los requisitos para las fuentes de contaminantes del aire en Puerto Rico. Lasfuentes afectadas por el Programa de No Logro NSR y PSD estn sujetas a los requisitos del Plan deImplementacin PSD Federal de la Seccin 52.21 del 40 CRF.

    Las siguientes partes del RCCA contienen normas pertinentes para estos requisitos federales:

    P

    ARTEI:

    D

    ISPOSICIONES

    G

    ENERALES

    Regla 103: Monitoreo Fuentes, Registros, Informes, Muestreo y Mtodos de prueba;Regla 105: Mal funcionamiento;Regla 106: Mtodo de prueba;Regla 107: Emergencia debido a Contaminacin de Aire;Regla 108: Equipo de Control de Contaminacin Atmosfrica de Aire;Regla 109: Notificacin de Violacin;Regla 111: Solicitudes, Vistas, Aviso Pblico;Regla 112: Certificacin / Determinaciones de Cumplimiento;Regla 115: Sanciones;Regla 119: Derogacin;

    P

    ARTEII:APROBACIN YPERMISOS

    Regla 201: Aprobacin de ubicacin;Regla 202: Anlisis de Impacto de Calidad del Aire;Regla 203: permiso para construir una fuente de emisin;Regla 204: Permiso para Operar una Fuente de Emisin;

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    Regla 207: Responsabilidad Continua para el Cumplimiento,

    P

    ARTEIV

    :P

    ROHIBICIONES

    ,

    Parte V: CargosRegla 501: Cargos por permisos;Regla 502: Cargos por emisin en exceso;Regla 503: Cargos por prueba;Regla 504: Determinacin de cargos por modificacin al contenido de azufre en el combustible

    P

    ARTEVI

    :R

    EGLAS PARA LOS

    P

    ERMISOS DE

    O

    PERACIN DE

    F

    UENTES

    C

    UBIERTAS

    B

    AJO EL

    T

    TULO

    V

    El 23 de marzo de 1990, la JCA recibi a la delegacin de varios NSPS y NESHAP. La delegacin de

    los estndares NSPS estn codificados en el Ttulo 40 CRF, Parte 60, Seccin 60.4 (b) (FF) (1). Ladelegacin de las normas NESHAP estn codificados bajo el 40 CRF Parte 61, Seccin 60.4 (b) (BBB).

    La aprobacin de los programas operativos estatales requeridos bajo el Ttulo V de la CAA y 40 CRF,Parte 70, y la delegacin de las normas y programas de la Seccin 112 promulgadas fue efectiva el 27de marzo de 1996 (62 FR 7073).

    La aplicacin se lleva a cabo en cualquier fuente estacionaria afectada por la Ley sobre Poltica PblicaAmbiental de Puerto Rico, el RCCA, y la CAA. Una vez se inicia una accin de cumplimiento, la LeyNm. 416 faculta a la JCA a iniciar y llevar a cabo hasta su resolucin, cualquier accin administrativao judicial, para hacer cumplir las disposiciones de dicha Ley o cualquier otro reglamento adoptado.

    La JCA realiza Evaluaciones de Cumplimiento Completo (FCE, por sus siglas en ingles) y/oEvaluaciones Parciales de Cumplimiento de la ley (PCE, por sus siglas en ingls), inspecciones,investigaciones, y solicitud de informacin para determinar el cumplimiento de la Ley Nm. 416, laCAA, el RCCA, y/o las condiciones del permiso de cualquier fuente de emisin estacionaria. Este

    mecanismo se lleva a cabo de acuerdo con la Gua de Cumplimiento de las Fuentes de Emisiones a laAtmsfera.

    TRBCI solicit y obtuvo una proteccin del permiso de operacin bajo el Ttulo V (PFE-TV-3341-07-1005-1692), que cubre las operaciones de un horno de 5 metros cbicos (m) de capacidad y cincocalderas de refino. Esta proteccin por permiso fue emitido el 29 de diciembre de 2008. Esta instalacincuenta con limitaciones de emisiones de acuerdo con el MACT, NSPS y RCCA que se incluyen en el

    permiso de construccin original PFE-RA-07-0104-0018-I-II-C, emitido el 24 de septiembre de 2008.

    La JCA emiti una modificacin al permiso de construccin para incluir un nuevo horno con unacapacidad de 10 metros cbicos (m) y cuatro calderas de refino adicionales para este horno quecontiene la limitacin de las emisiones de acuerdo con el MACT, NSPS y RCCA. Las medidas decontrol incluyen control de emisiones fugitivas de clausura total del edificio de procesos, y estndares

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    procesales de operacin estrictos para el control de polvo fugitivo (que contiene el material quecontiene plomo), segn establece el MACT.

    VIII.

    TRANSPORTE INTERESTATAL

    La JCA certifica que nuestras emisiones no contribuyen al no-cumplimiento de plomo en otro estadoo interfiere con el mantenimiento de la NAAQS en otro estado. Puerto Rico no se encuentra dentrodel territorio continental de los Estados Unidos. No hay estados o territorios adyacentes o cercanosque tengan reas de no logro de plomo.

    Adems, las propiedades fsicas de Pb evitan que las emisiones de Pb recurran por los mismosfenmenos de viaje o de formacin como PM2.5 o el ozono. Especficamente, hay una gran disminucinen las concentraciones de Pb, por lo menos en la fraccin gruesa, como la distancia de la fuente de Pbaumenta.

    IX.

    MONITOREO Y REPORTE DE EMISIONES DE FUENTES ESTACIONARIAS

    En general, los requisitos de seguimiento y notificacin de las fuentes estacionarias dependen de lasnormas federales aplicables, incluyendo las Disposiciones Generales en NSPS existentes y MACTenmendados y el RCCA, segn enmendado.

    La Regla 103 del RCCA provee la autoridad para requerir monitoreo de los contaminantes del airecomo parte de su programa de permisos a fuentes de emisin. Ciertas fuentes de emisin tienen que

    presentar inventarios e informes peridicos de emisiones, los cuales proveen datos que se utilizan enlos modelos de calidad del aire para ayudar a la JCA a preparar sus revisiones al PIE. Los datos deemisiones estn disponibles en un horario razonable para la revisin del pblico.

    La JCA podr requerirle al propietario u operador de cualquier fuente a instalar, operar y mantenerlos equipos de monitoreo; provea el equipo y los accesorios necesarios para el muestreo decombustibles y las emisiones; muestreo de la calidad del aire ambiente; realizar los anlisis decombustible; establecer y mantener los registros necesarios para demostrar el cumplimiento; y prepararinformes peridicos, segn la JCA considere necesario. Con el fin de demostrar el cumplimiento delos lmites de emisin al aire, la JCA puede, como mnimo, obligar al propietario u operador de lafuente, a su costo, a realizar muestras de emisiones de cada pila o proveer un mtodo alternativoequivalente, para controlar las emisiones al aire descargadas a la atmsfera.

    Las siguientes partes del RCCA contienen normas pertinentes para estos requisitos federales:

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    P

    ARTEI:DISPOSICIONES GENERALES

    Regla 103: Monitoreo Fuentes, Registros, Informes, Muestreo y Mtodos de prueba;Regla 104: Datos de Emisin Disponibles para Participacin Pblica;Regla 106: Mtodo de prueba;Regla 108: Equipo de Control de Contaminacin Atmosfrica de Aire;Regla 109: Notificacin de Violacin;Regla 111: Solicitudes, Vistas, Aviso Pblico;Regla 112: Certificacin / Determinaciones de Cumplimiento;

    P

    ARTEII:APROBACIN YPERMISOS

    Regla 201: Aprobacin de ubicacin;Regla 202: Anlisis de Impacto de Calidad del Aire;Regla 203: permiso para construir una fuente de emisin;

    El TBRCI est requerido por la MACT Secundaria de Plomo a medir las emisiones de proceso mediantepruebas de rendimiento anuales (para determinar compuestos de plomo limitacin de emisiones),proceso de las fuentes de emisiones fugitivas asegurando la presin diferencial en el edificio deprocesos, y las emisiones fugitivas de polvo de acuerdo con el manual de estndares de operacionesprocesales, el cual incluye medidas para controlar las fuentes de polvo. Todos los datos de monitoreodebern ser incluidos como parte del informe anual de prueba de rendimiento requerido, lacertificacin anual de cumplimiento, y presentacin de informes peridicos requeridos por losrequisitos de informes aplicables. La instalacin deber retener los expedientes de todos los datos de

    muestreo requeridos y la informacin de apoyo por un perodo de 5 aos a partir de la fecha de la

    muestra de monitoreo, la medicin, el informe o la aplicacin. TBRCI deber mantener en lasinstalaciones, copias de todos los registros de la informacin de monitoreo requerida incluyendo losiguiente: la fecha, el lugar tal como se define en el permiso, y el tiempo de muestreo; la fecha(s) enque se realizaron los anlisis; la empresa o entidad que realiz los anlisis; los mtodos o tcnicasanalticas utilizadas; los resultados de dichos anlisis; y las condiciones de operacin al momento del

    muestreo o medicin.

    X. LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA

    La Seccin 172(c)(9) de la CAA requiere que los PIEs incluyan medidas especficas de contingenciapara ejecutarse si el rea no puede razonablemente progresar ms o cumplir con los NAAQS del 2008para plomo a la fecha de cumplimiento del 31 de diciembre de 2016.

    Una vez determinada por la EPA de que el rea no ha logrado alcanzar, o mantener RFP, o cumplircon los NAAQS para plomo a la fecha de cumplimiento requerida, las medidas de contingencia sernefectivas sin ninguna accin adicional por parte del Estado o el Administrador. La EPA interpreta estadisposicin para permitir a los Estados a cumplir con este requisito a travs de las medidas de control

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    que ya se han implementado, pero no son necesarias para cumplimiento, y para permitir la "accinmnima" necesaria antes de la aplicacin de las medidas (73 FR 66964, en 67039). Tambin debecontener mecanismos de activacin con un calendario especfico para la implementacin. El importede las reducciones producidas por la aplicacin de las medidas de contingencia debe ser cuantificado,

    y por un plan de cinco aos, las medidas debern reducir las emisiones en un 20 por ciento del montototal necesario para cumplimiento. Bajo ciertas circunstancias, esta cantidad puede ser derivada porreferencia a la reduccin de las concentraciones en el aire ambiente (2008 lead NAAQSImplementation Q&A, 8 de julio del 2011, EPA).

    Los resultados de los modelos de dispersin y el inventario de emisiones identifican a TBRCI como lainstalacin responsable por las violaciones a los NAAQS. Otras instalaciones en el inventario tienen

    un impacto insignificante. Por lo tanto se requiere un plan de contingencia especfico. La Seccin9(a)(7) dispone la autoridad para ordenar a las personas que causan o contribuyen a una condicinque afecta adversamente el medio ambiente y los recursos naturales o que plantea un peligro inminente

    para la salud y seguridad pblica, a disminuir o suspender sus acciones de inmediato. Adems, laSeccin 9(a)(8) establece la autoridad para emitir rdenes de hacer o no hacer o de cesar y desistir afin de tomar las medidas preventivas o de control que, a su juicio, son necesarias para lograr los

    propsitos de esta Ley y los reglamentos promulgados en virtud del mismo.

    Las siguientes medidas de contingencia se llevarn a cabo de forma individual o en cualquiercombinacin, si el cumplimiento con los NAAQS del 2008 para plomo no se logra para la fecha decumplimiento del 31 de diciembre de 2016:

    I. Despus de 6 meses de la fecha de vencimiento para la aplicacin de las medidas de control, yluego anualmente, la JCA realizar una evaluacin del cumplimiento para asegurar que loscontroles requeridos estn implementados. Si las medidas de control no son implementadas, la

    JCA emitir un Aviso de Violacin (AV) de acuerdo con la Regla 109 del RCCA.

    a. Si dentro de los 3 meses despus de Aviso de Violacin, no muestran progreso o no logranimplementar los controles de emisin, segn lo dispuesto en la Seccin 9 (a) (8) de la LeyNm. 416, la JCA, a travs de un proceso legal, ordenar a la instalacin a tomar medidas decontrol establecidas en su permiso de construccin y la regulacin federal.

    b. Segn lo dispuesto en la Seccin 9 (a) (12), si la instalacin no cumple con la orden, la JCArecurrir al tribunal de Puerto Rico o los Estados Estado de Amrica con el fin de solicitar la

    ejecucin de cualquier resolucin o decisin emitida requiriendo medidas inmediatas pararesponder a una emergencia ambiental, y cualquier remedio solicitado por la Junta, a travs decualquier accin civil.

    II. Si la violacin a los NAAQS persisten dentro del primer ao de la aplicacin de las medidas decontrol, segn lo medido por el monitor de FRM, la JCA verificar que la disposicin I deContingencia se llev a cabo, en caso afirmativo:

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    a. Luego del anlisis del modelo de dispersin la JCA, segn lo dispuesto por el Artculo 9(a)(8),emitir una orden para reducir las emisiones a la cantidad que el modelo de proyeccin dedispersin demuestre cumplimiento con NAAQS. Como parte de la orden, la instalacin debe

    desarrollar un plan de cumplimiento que incluir reducciones de emisiones de plomo en lasinstalaciones. El plan podr incluir, pero no se limitan a lo siguiente:

    i. reduccin a las emisionesii. Clausura total adicional,iii. Modificacin de los dispositivos de control de plomoiv. limitaciones en la operacin de la fuente tal como reduccin en la produccin o

    limitacin en el uso del horno y calderas de refinamiento.v. Limitar la materia prima cargada en el horno.vi. aumentar la frecuencia de limpieza a la planta en las vas de rodaje, reas

    pavimentadas, y reas de almacenaje de bateras.vii. Revisar procesos de manejo de materiales.

    b. El plan de cumplimiento ser revisado y aprobado por la JCA.c. Realizar una investigacin junto a la EPA para identificar fuentes que no estn incluidas en

    inventario.

    III

    . Despus de la implementacin de lo dispuesto en los incisos I y II de contingenciaanteriores, si no se alcanza cumplimiento, segn dispone la Regla 113 del RCCA y la

    Seccin 9(a)(7) de la Ley Nm. 416, la JCA emitir un orden para la suspensininmediata de las operaciones de la instalacin.

    Adems, la JCA podr declarar una alerta de contaminacin del aire, advertencia o de emergencia, ydeterminar que dicha condicin requiere una accin inmediata para la proteccin de la salud de losseres humanos. La Junta ordenar a las personas que causen o contribuyan a la contaminacinatmosfrica a reducir sus emisiones con el fin de eliminar dicha condicin, o de suspenderinmediatamente la emisin de contaminantes. Adems, la JCA tambin mantiene informacin de lacontaminacin del aire en una forma fcilmente accesible al pblico en su pgina de internet:

    http://www.jca.gobierno.pr.

    Las siguientes partes del RCCA contienen normas pertinentes para este requisito federal notificacinde conformidad con las emergencias de aire: Parte I: Disposiciones Generales, Regla 107: Emergenciadebido a contaminacin del aire.

    http://www.jca.gobierno.pr/http://www.jca.gobierno.pr/http://www.jca.gobierno.pr/
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    XI.

    MODELOS Y REPORTES DE CALIDAD DEL AIRE

    La JCA tiene la autoridad para llevar a cabo el anlisis de aire modelo para demostrar el logro y paracumplir con los NAAQS conforme a la CAA. Inherente a la obligacin es la autoridad para PR. Datos

    de modelizacin de la calidad del aire se presentan como parte del PIE de Puerto Rico y a travs decompromisos federales de subvencin. La JCA cuenta con los recursos tcnicos y humanos para llevara cabo la modelizacin de la calidad del aire con el fin de evaluar el efecto sobre la calidad del aireambiente de las emisiones contaminantes, y puede proveer datos relevantes como parte del proceso deimplementacin de permisos y NAAQS. La JCA ya prepar el modelo de calidad del aire para ladesignacin de plomo para Puerto Rico. Este modelo fue aprobado por el personal de modelado de la

    EPA.

    En enero de 2010 se estableci en Arecibo un monitor orientado de calidad del aire de plomo parafuentes nuevas como parte de la nueva norma de calidad del aire para el plomo de 0.15g/m. En

    junio de 2010, el nuevo NAAQS se excedi de acuerdo con la captura de datos por este nuevo monitorde plomo y en junio de 2011 la EPA design el rea de Arecibo como rea de no-logro para el plomo-laminado de 3 meses promedio NAAQS.

    Los resultados de los modelos preliminares indican que la fuente principal que causa la altaconcentracin de plomo es TBRCI. La contribucin de otras fuentes de emisin de plomo en la zonaera insignificante. El modelado de mltiples fuentes mostr que TBRCI tiene la mayor contribucina la alta concentracin monitoreada.

    Como parte de este PIE para asegurar el logro, la JCA prepar un nuevo plan modelo para

    Arecibo que incluye las instalaciones que emiten plomo en Arecibo, tal como TBRCI, SafetechCorporation y AEE Cambalache utilizando el 2011 como ao base del inventario de emisiones.

    Energy Answers est planificando construir una planta de energa renovable cerca de TBRCIy sus emisiones de plomo potenciales se incluyeron en el modelo de logro. El modelo de lacalidad del aire es AERMOD y este es el modelo preferible de la EPA para estudios modelosde calidad del aire.

    Elinventario de emisionesproyectadocuenta con todas lasmedidas de control quela JCAlerequiereaTBRCIcomo unacondicin del permiso.Lasmedidas de control quela JCA lerequiere a instalacinsonelcierre del edificio principal deproceso, el uso debarredoras yrociadores de aguadurante eltransporte ymovimiento de materiales,una estacin delimpiezade vehculosy pavimentode lascarreterasdentro de la instalacin.

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    XII.

    CARGOS POR PERMISOS PARA FUENTES ESTACIONARIAS MAYORES

    La JCA evala cargos anuales que son suficientes para cubrir los costos de los programas de permisosfuentes mayores de Puerto Rico. La JCA se asegurar que cualquier pago requerido por este captulo

    ser utilizado nicamente para los costos del programa de permisos. Cuando una fuente solicite unamodificacin, cambio administrativo o modificacin menor al permiso bajo el Ttulo V, la fuentepagar por tonelaje. La Junta de Gobierno de la JCA emitido varias resoluciones (R-97-47-1; R-13.03.23; RI-06-02; R-06-17-8), las cuales disponen para el pago anual de las emisiones actuales basadoen una tasa fija por tonelaje.

    Las siguientes partes del RCCA contienen normas pertinentes para estos requisitos federales: ParteVI: Reglas para los Permisos de Operacin de Fuentes Cubiertas Bajo el Ttulo V; Regla 610:Determinacin de Cargos y Certificacin. Esta Parte VI del RCCA fue aprobado por la EPA el 26 defebrero de 1996 (62 FR7073).

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    XIII.

    REFERENCIAS

    Clean Air Act, State implementation plans for national primary and secondary ambient airquality standards, Title 42, Chapter 85, Subchapter I, Part A, section 7410.

    Puerto Rico Environmental Public Policy Act,Law 416, September 22, 2004.

    Regulation for the Control of Atmospheric Pollution, Environmental Quality Board, July 26,1995.

    Clean Air Act Final Full Approval of Operating Permits Program: The Commonwealth of

    Puerto Rico, Environmental Protection Agency (EPA), February 26, 1996, and 62FR7073.

    U.S. EPA. 2003. National air quality and emissions trends report2003 special studiesedition. EPA/454/R-03/005. Research Triangle Park, NC.

    http://www.epa.gov/air/airtrends/aqtrnd03/

    Guidance for the Infrastructure State Implementation Plan (SIP) Elements Required Under

    Section 110(a)(1) and 110(a)(2) for the 2008 lead (Pb) National Ambient Air Quality Standard

    (NAAQS). U.S. EPA, October 14, 2011.

    Toxicological Profile for Lead. Agency for Toxic Substances and Disease Registry (ATSDR),

    August 2007

    Memorandum 2008 Lead (Pb) National Ambient Air Quality Standards (NAAQS)Implementation Questions and Answers. EPA. July 8, 2011.

    http://www.epa.gov/air/airtrends/aqtrnd03/http://www.epa.gov/air/airtrends/aqtrnd03/http://www.epa.gov/air/airtrends/aqtrnd03/
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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    XIV. APENDICE A: INVENTARIO BASE DE EMISIONES 2011 PARA PIE DE

    POMO DE ARECIBO

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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    INVENTARIO DE EMISIONES BASE 2011 PARA EL SIP DE PLOMO DE ARECIBO

    El documento presenta el Inventario de Emisiones Base 2011 (BEI2011, en ingls) para el SIP

    de Plomo de Arecibo. En junio 2010, un monitor de calidad de aire orientado a la fuentecaptur una concentracin de plomo sobre el nuevo estndar de 0.15 ug/m3. El rea de

    Calidad de Aire de la JCA cre un grupo para atender los permisos, las medidas de control de

    emisiones y la revisin del Plan de Implementacin Estatal del rea de No-Logro, de acuerdo

    al nuevo estndar de plomo.

    El BEI2011 incluye emisiones anuales de plomo, actuales y potenciales, de las facilidades en

    los municipios de Arecibo, Barceloneta, Ciales, Florida, Hatillo y Utuado. Las emisionesanuales actuales 2011, fueron calculadas utilizando los reportes de la Regla 410 de la industria.En el caso de que los reportes de la Regla 410 no estuvieran disponibles para calcularemisiones, se utilizaron la capacidad mxima el lmite mximo del permiso. Las emisiones

    potenciales fueron calculadas utilizando la capacidad mxima el lmite del permiso. ElBEI2011 tambin incluye las emisiones de plomo de las fuentes de rea, emisiones de las vasde rodaje y emisiones fuera de las vas de rodaje. Estas emisiones fueron sometidas por la

    EPA. Las industrias incluidas en el BEI2011 son presentadas en la Tabla 1.

    Los factores de emisin utilizados en el BEI2011 fueron del AP-42 y de los permisos de lafacilidad. En el Apndice A, se proveen los factores de emisin, los datos de clculos y lasreferencias utilizadas para calcular las emisiones. Las emisiones del aeropuerto Antonio Nery

    Juarbe (ANJ) son del sistema EIS/NEI de la EPA. Las emisiones de plomo de The BatteryRecycling Company, Inc. (TBRCI) y los datos utilizados para calcularlas, fueron sometidos

    por la industria y revisados por la Divisin de Permisos de la JCA. La Figura 1 muestra elmapa de las facilidades en el BEI2011.

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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    Tabla 1: SIP de Plomo de Arecibo, Facilidades en el Inventario de Emisiones Base 201

    Industria Municipio Clasificacin

    Emisiones

    Potenciales de

    Plomo Tons/ao

    Emisiones

    Actuales de

    Plomo Tons/ao

    AEE Cambalache Arecibo Ttulo V 0.17 0.011

    Battery Recycling Arecibo Ttulo V 1.21 -

    Safetech Corporation Arecibo Ttulo V 0.009 0.009

    Eaton Arecibo Fuente MenorSinttica

    0.0075 6.20e-5

    Aeropuerto ANJ Arecibo - - 0.00364

    Abbott Barceloneta Ttulo V 0.012 0.0088

    Pfizer Pharmaceuticals LLC Barceloneta Fuente Menor

    Sinttica

    0.0035 0.001

    Merck Sharp & Dohme Barceloneta Ttulo V 0.018 0.00037

    Total - - 1.43 0.03387

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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    Figura 1: Facilidades en el Inventario de Emisiones Base 2011, SIP de Plomo de Arecibo

    Las siguientes tablas presentan los datos en el BEI2011. La Tabla 2 tiene las facilidades

    y sus emisiones de plomo actuales y potenciales. Las Tablas 3, 4 y 5 presentan las

    emisiones de plomo, provistas por EPA, para las fuentes de rea, las vas de rodaje yfuera de las vas de rodaje. El procedimiento de clculo de emisiones para el inventario

    de emisiones de las facilidades y la data relacionada, se presenta en el Apndice A.

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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    Tabla 2: Inventario de Emisiones Base 2011 para el SIP de Plomo de Arecibo

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    Apndice AInventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    Tabla 2: Inventario de Emisiones Base 2011 para el SIP de Plomo de Arecibo(Continuacin).

    Tabla 3: Inventario de Emisiones Base 2011 para el SIP de Plomo de Arecibo, Emisiones

    de Plomo para Fuente de rea

    Fuente de rea SCC Emisiones (ton/yr)

    Cremacin Humana 2810060100 0.00012

    aEmisiones provistas por EPA.

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    Apndice A-1Inventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    APNDICE

    A-1:

    C

    LCULO DE

    E

    MISIONES DE

    P

    LOMO DE LAS

    I

    NSTALACIONES

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    Apndice A-1Inventario de Emisiones Base 2011 PIE de Plomo deArecibo

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    XV. APNDICE B: Inventario de Emisiones Proyectadas 2016

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    R

    ESUMEN

    ste es el Inventario de Emisiones Proyectadas 2016 (EPI2016, en ingls) para la Revisin del Plan deImplementacin Estatal de Puerto Rico (SIP, en ingls), para el Control de las Emisiones de Plomo, deacuerdo con la Seccin 110(a)(2) del Acta de Aire Limpio - rea de no Cumplimiento para Plomo enArecibo. En 2008, la EPA promulg la nueva Norma Nacional de Calidad de Aire (NAAQS, en ingls)de 0.15 ug/m3, para el promedio continuo de tres meses de plomo. La nueva regla de implementacindel estndar requiere un monitor orientado a la fuente en todas las reas donde las emisiones de plomoson mayor igual que 0.5 tons/ao.

    The Battery Recycling Company Inc. (TBRCI) en Arecibo tiene emisiones potenciales de plomo

    sobre 0.5 tons/ao. En junio 2010, la JCA instal un monitor de calidad de aire orientado a lafuente cercano a esta industria y captur una concentracin de plomo sobre el nuevo estndar de0.15 ug/m3. En 2011, el rea fue declarada como no-logro para el nuevo estndar de plomo. El reade Calidad de Aire de la JCA cre un grupo especializado para trabajar con las emisiones del

    permiso, medidas de control y la revision del Plan de Implementacin Estatal (SIP, en ingls) para elrea de no-logro para plomo, de acuerdo con el nuevo estndar de plomo.

    La JCA prepar y envi a EPA el Inventario Base de Emisiones 2011 para el SIP de Plomo de

    Arecibo (BEI2011, en ingls). Las facilidades inventariadas en el BEI2011 fueron incluidas en el

    EPI2016.

    El EPI2016 incluye las siguientes facilidades: TBRCI, Safetech Corporation, Energy Answers

    PREPA Cambalache, Aeropuerto Antonio Nery Juarbe (ANJ), Eaton, Pfizer Pharmaceuticals LLC,Merck Sharp & Dohme, Abbvie Ltd (anteriormente, Abbott Laboratories) y Sunbeam Synergy. La

    JCA est utilizando las emisiones potenciales el lmite del permiso para el EPI2016. En el caso delaeropuerto, las emisiones base de plomo fueron del sistema de la EPA EIS/NEI y las proyectadas se

    realizaron utilizando el procedimiento recomendado por la Oficina de Transportacin y Calidad de

    Aire, (OTAQ, en ingls). No se proyectan expansiones futuras aumento en emisiones paraninguna de las fuentes de emisin, entonces las emisiones de plomo en el EPI2016 se mantendrn

    constantes. El ao de cumplimiento para el SIP de Plomo de Arecibo ser en 2016.

    TBRCI es una facilidad de fundicin secundaria de plomo dedicada al reciclaje de baterias de cido-plomo y tiene emisiones potenciales sobre 0.5 tons/ao. Safetech Corporation es una fuente cercana

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    que se dedica a la incineracin de desperdicios slidos no-peligrosos comerciales e industriales.

    Energy Answers y Sunbeam Synergy son fuentes de energa renovable bajo permiso de construcciny planean comenzar en los prximos aos, se utilizaron sus emisiones potenciales de plomo para las

    proyecciones. PREPA Cambalache es una facilidad generadora de energa elctrica. Antonio Nery

    Juarbe es un aeropuerto de aviacin general localizado cerca de TBRCI. Las otra