PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS...

71

Transcript of PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS...

Page 1: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de
Page 2: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

1

MEMORIA ÍNDICE 1 INTRODUCCIÓN 1 2 EVALUACIÓN DEL PGOU/1986 2 3 CONTENIDO 3 4 MARCO LEGAL 4 5 SÍSTESIS Y DIAGNÓSTICO DE LA INFORMACIÓN URBANÍSTICA 6 5.1 El medio natural 6 5.2 La población 7 5.3 La vocación territorial y productiva 9 6 CRITERIOS Y OBJETIVOS DE PLANEAMIENTO 11 7 MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL PLANEAMIENTO 14 7.1 ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA DEL TERRITORIO 14 7.1.1 EL ESPACIO FLUVIAL 14 7.1.2 SISTEMAS GENERALES 16 7.1.2.1 SISTEMA DE ESPACIOS NATURALES 16 7.1.2.2 SISTEMA DE COMUNICACIONES 16 7.1.2.3 SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES 17 7.1.2.4 SISTEMA DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO 18 5.1.2.5 SISTEMA DE INFRAESTRUCTURAS 18 7.1.3 LAS TENDENCIAS DEL CRECIMIENTO 19 7.1.4 LA CLASIFICACIÓN DE SUELO 23 7.1.4.1 EL SUELO URBANO (SU) 25 7.1.4.2 EL SUELO NO URBANIZABLE (SNU) 29 7.1.4.2.1 DEFINICIÓN DE CATEGORÍAS 29 SUELO NO URBANIZABLE ESPECIAL (SNUE) 31 A PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA NATURAL 31 A.1 CAUCES PRINCIPALES 31 A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 A.4 MASAS ARBÓREAS NATURALES 36 A.5 VAGUADAS Y BARRANCOS 36 A.6 SUELO ESTEPARIO 36 A.7 MONTE BAJO Y MATORRAL 37 A.8 CATEGORÍAS ADJETIVAS 37 A.8.1 LUGARES DE IMPORTACIA COMUNITARIA (LIC) 37 B PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA PRODUCTIVO AGRARIO 39 B.1 HUERTA VIEJA 39 B.2 REGADÍO ALTO TRADICIONAL 40 B.3 SECANO TRADICIONAL SOBRE SASOS 40 C PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN EL MEDIO RURAL 41 C.1 YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS 41 C.2 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO 41 D PROTECCIONES SECTORIALES COMPLEMENTARIAS 42 D.1 CABAÑERAS Y CAMINOS 42 D.2 RIESGOS NATURALES SINGULARES: ESCARPES/DESPRENDIMIENTOS 43 D.3 RIESGOS SINGULARES: VERTEDERO INDUSTRIAL 43 D.4 SISTEMAS DE COMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS 43 D.5 SISTEMA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS 44 D.6 RED BÁSICA DE CAMINOS RURALES 45 SUELO NO URBANIZABLE GENÉRICO 46 7.1.4.3 EL SUELO URBANIZABLE 47 7.1.4.3.1 SUELO URBANIZABLE DELIMITADO (SUb-D) 47 7.1.4.3.1.1 SECTOR RESIDENCIAL “FUENTE DEL SASO SUR” 48 7.1.4.3.1.2 SECTOR RESIDENCIAL “FUENTE DEL SASO NORTE” 48 7.1.4.3.1.3 SECTOR RESIDENCIAL “CASCALLAR NORTE” 49 7.1.4.3.1.4 SECTOR RESIDENCIAL “CABAÑERA” 49 7.1.4.3.2 SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO (SUb-ND) 50 7.1.4.3.2.1 ÁMBITO “PAULES NORTE” INDUSTRIAL 51 7.1.4.3.2.2 ÁMBITOS “LA ARMENTERA” INDUSTRIAL 51 7.1.4.3.2.3 ÁMBITO “JACILLA SUR” RESIDENCIAL 52 7.1.4.3.2.4 ÁMBITOS “CASCALLAR SUR” RESIDENCIAL 52 7.1.4.3.2.5 ÁMBITO “CAMPIÁN” RESIDENCIAL 53 7.1.4.3.2.6 ÁMBITO “SALOBRAS” RESIDENCIAL 53 7.1.4.3.2.7 ÁMBITO “TORREFUENTES”RESIDENCIAL 54 7.1.4.3.2.8 ÁMBITO “VALLE DE TAMARITE” RESIDENCIAL 54 7.1.4.3.2.9 ÁMBITO “CARRASCA SUR” RESIDENCIAL 55 7.1.5 LA ZONIFICACIÓN Y LA IMAGEN URBANA 56 7.2 LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL 57 8 CUADROS DE SUPERFICIES 59 8.1 MONZÓN 59 8.2 LA ARMENTERA 60 8.3 SELGUA 61 8.4 CONCHEL 61

Page 3: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

1

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓN MEMORIA 1 INTRODUCCIÓN. La Revisión del PGOU fue iniciada por el equipo AURAD S.C.P., integrado por los arquitectos D. J.J. Florensa Mateu y D. M. Torruella Molet, y el abogado D. F. Medrano Sánchez. Dicho equipo redactó la información urbanística, el avance de planeamiento, y el documento de tramitación aprobado inicialmente en julio de 2002 (aprobación inicial Pleno de 22/jul/2002, BOP/Hu nº 184 de 12/08/2002; BOA nº 100 de 23/ago/2002; Diario del Altoaragón de 19/ago/2002). Junto a dicha aprobación inicial se aprobaron también los borradores de diversos convenios urbanísticos (BOP/Hu nº 184 de 12/08/2002).

Posteriormente se redactó un nuevo documento que incorporaba modificaciones consideradas sustanciales y que se sometió a un nuevo periodo de información pública (acuerdo Pleno de 20/feb/2003, BOP/Hu nº 45 de 25/02/2003).

Finalmente, el Pleno de 4/sep/2003 adoptó el acuerdo de revocar los acuerdos de aprobación provisional de

la Revisión del PGOU, de 20/feb/2003 y 14/may/2003, retrotrayendo el expediente a la aprobación inicial. La redacción de la fase final de los trabajos de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón (a partir de la aprobación inicial realizada), fue objeto de adjudicación mediante Concurso por procedimiento abierto. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Monzón (en sesión celebrada el 13/feb/2004), fueron adjudicados a D. José Antonio Lorente Fernández, arquitecto. El Contrato se suscribió el 11 de marzo de 2004. El equipo redactor de la Revisión del PGOU es el siguiente:

José Antonio Lorente Fernández, arquitecto Javier Albisu Iribe Sáez, geógrafo Victorino Zorraquino Lozano, ingeniero de CCyP

El PGOU de Monzón fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Monzón en sesión celebrada el 5/nov/2004 (BOP/Hu nº 218 de 15/nov/2004; Diario del Altoaragón de 13/nov/2004), tras de lo cual se abrió un periodo de información pública de 1 mes (s/. LUA-41), que finalizaba el 16/dic/2004. En Pleno del Ayuntamiento celebrado el 15/dic/2004 se acordó prorrogar el periodo de información pública por otro mes adicional (BOP nº 243 de 22/dic/2004).

Durante el periodo de exposición al público del Plan General de Ordenación Urbana, se presentaron 530 escritos de alegaciones al citado documento, la mayor parte suscritas por personas individuales, si bien hay varias suscritas conjuntamente o colectivamente por varias personas, y otras suscritas por empresas, asociaciones o entidades. La mayor parte de las alegaciones se refieren a problemáticas de parcelas concretas, y en particular a la clasificación y calificación urbanística de las mismas, siendo escasas pero significativas las que se refieren a cuestiones generales.

Asimismo, el PGOU se remitió a diversos organismos para el informe preceptivo, habiendo resultado en su mayoría favorables, si bien algunos imponían determinadas prescripciones, siendo desfavorable únicamente el informe de la Comisión de Patrimonio Cultural de Huesca que decidió “suspender la emisión de informe”.

• Mº. Medio Ambiente: favorable con prescripciones • “inaga” / Departamento de Medio Ambiente de DGA: favorable con prescripciones • Instituto Aragonés del Agua / Departamento de Medio Ambiente de DGA: favorable con

prescripciones • RENFE: favorable, con prescripciones • Mº. Fomento: favorable con prescripciones • Comisión de Patrimonio Cultural de Huesca: suspender la emisión de informe

Tras la emisión del Informe de Alegaciones, el Ayuntamiento acordó la resolución de alegaciones y

aprobación provisional del PGOU (Pleno de 18/nov/2005).

Page 4: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

2

La CPOT/Hu, en su sesión de 30/mar/2006 (BOA nº 60 de 29/may/2006) acordó la aprobación definitiva del PGOU con diversas determinaciones, prescripciones y recomendaciones en relación con el mismo, una de las cuales requería la presentación de un Texto Refundido del PGOU.

El presente Texto Refundido incorpora las modificaciones consecuencia de las alegaciones estimadas por

el Ayuntamiento, la subsanación de las prescripciones derivadas de los informes sectoriales, y el cumplimiento de las prescripciones del acuerdo de aprobación definitiva por la CPOT/Hu.

Las modificaciones introducidas no se consideran “sustanciales”, por lo que se estima innecesario un nuevo

periodo de información pública. 2 EVALUACIÓN DEL PGOU/1986

El PGOU sometido a revisión fue redactado en 1983 por el equipo formado por los arquitectos D. J.A. Lorente y

D. D. Olano, el sociólogo D. J.L. Fandos, el economista D. C. González y la geógrafa Dª. Mª.J. Bueno, y fue aprobado definitivamente por la CPOT/Hu de 16/may/1986.

Entre 1986 y 2004 se tramitaron 66 modificaciones puntuales del PGOU, la mayor parte de las cuales recibieron

aprobación definitiva. Asimismo, se aprueba diverso planeamiento de desarrollo del PGOU, entre el que destacan los planes parciales del “Cº. del Molino (modificación)” , de “La Jacilla”, y del nuevo sector de la “Fuente del Saso” (modificación del PGOU) hoy en ejecución; además se tramitaron 34 Estudios de Detalle de diverso alcance, y se produce el desarrollo de más de 25 unidades de ejecución. Por el contrario, no se revisó el Programa de Actuación del PGOU, ni se programaron los ámbitos clasificados como suelo urbanizable no programado, utilizándose el procedimiento de Modificación del PGOU para incorporar algunas porciones al suelo urbano o urbanizable programado.

Durante el periodo de vigencia del PGOU aprobado en 1986 han tenido lugar diversas actuaciones urbanísticas o sectoriales estructurantes territorialmente, que suponen (o supondrán) alteraciones del modelo territorial propuesto por el Plan. Destacan entre ellas el proyecto de autovía Lérida-Huesca del Mº. de Fomento, que circunda Monzón por el N, y supone una alternativa a la variante S de la carretera N-240 que se contemplaba en el PGOU/86. La autovía cuenta con proyecto, y se encuentra en licitación por tramos.

Por el Mº. de Fomento, se han urbanizado las márgenes de la travesía urbana de la carretera N-240, con la

creación de vías de servicio paralelas a la misma, y conexiones con viarios transversales previstos por el Plan. A su vez, se ha ejecutado la nueva conexión entre la carretera N-240 y la carretera A-1234, al O del núcleo urbano, que sigue en parte el trazado de la variante de la N-240 previsto en el Plan. Asimismo, se ha realizado un nuevo puente sobre el Sosa que relaciona la Av. del Pilar con La Jacilla, y se han suprimido los pasos ferroviarios a nivel de las Estaciones de Monzón y de Selgua.

La puesta en servicio del AVE Zaragoza-Lérida ha supuesto la pérdida de la mayor parte de los servicios

ferroviarios de pasajeros con parada en Monzón. Anteriormente, se construyó la nueva estación de Autobuses en el emplazamiento del antiguo Matadero.

Actualmente se encuentra en ejecución la canalización del río Sosa en su travesía urbana. Recientemente se ha construido una Estación Depuradora de aguas residuales en terrenos anejos al río Cinca

situados a unos 500 m del núcleo urbano y al O del mismo, en sustitución del anterior sistema de “filtro verde”. Otras actuaciones destacables son las siguientes:

Según lo previsto en el PGOU/86: • puesta en servicio una parte del Parque de la Azucarera • consolidación de laderas del Castillo y acondicionamiento del Cº. de la Costera • supresión del paso a nivel de la Estación y ejecución del paso inferior del ferrocarril del Bº. del Palomar al E

del mismo • construcción de diversos equipamientos: equipamiento deportivo junto a la fuente del Saso, nuevo

Cementerio, equipamientos en la antigua Azucarera • numerosas promociones de viviendas unifamiliares adosadas • llenado del polígono industrial Paules • implantaciones industriales de “interés público” en SUNP del polígono de “La Armentera” • sellado del vertedero industrial de Aiscondel en La Armentera

Page 5: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

3

Alterando lo previsto en el PGOU/86: • construcción de diversos equipamientos: Conservatorio (desaparición de restos del antiguo Convento de

San Francisco), Matadero, Estación de Autobuses (descatalogación), Delegación de Hacienda (descatalogación), Residencia de ancianos en SUNP, etc.

• vacíos puntuales en el casco antiguo (cruce de C/. Cantarero y C/. Sisallo) • construcción de bloques de vivienda junto al río Sosa (al O del nuevo puente de La Jacilla) • sustitución de la antigua fábrica “Alvisa” en Av. Lérida, por hileras de viviendas unifamiliares • descatalogación de edificios C/. J. Costa (cruce C/. Sancho Ramírez) • abandono (casi total) del bloque de viviendas de Aiscondel en La Armentera • modificaciones del PGOU para incrementar alturas y edificabilidad, en ocasiones ligadas al

ensanchamiento de viales o creación de espacios libres • abusos en el concepto de planta bajo cubierta y aprovechamientos bajo cubierta • modificación sustancial del régimen del SNU

En el orden instrumental, durante el periodo de vigencia del PGOU/86, llama la atención el elevado número de

Modificaciones Puntuales del PGOU tramitadas (66), el discreto número de sectores de suelo urbanizable desarrollados (polígonos del “Molino” y de “La Jacilla”, muy edificados en la actualidad, y el Plan Parcial de “Fuente del Saso” urbanización en ejecución por fases), el gran número de unidades de ejecución desarrolladas (23), y de Estudios de Detalle tramitados (34).

El conjunto de razones expuestas, unido a la entrada en vigor de la Ley 5/1999 Urbanística de Aragón que

requería de un proceso de adaptación del PGOU a la misma, llevó al Ayuntamiento a abordar la Revisión del PGOU. 3 CONTENIDO. La presente Memoria, es el documento que resume las principales características del nuevo PGOU, y unida a los volúmenes, Normas Urbanísticas, Catálogo, Fichas de Unidades de Ejecución, Estudio Económico-Financiero, y a los Planos de Ordenación, constituye junto a la Información Urbanística redactada por el anterior equipo redactor, el Documento para tramitación de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Monzón. La exposición del contenido del PGOU se lleva a cabo de una manera lógica. A partir de la Información Urbanística, que constituye el marco analítico general que determina los criterios, objetivos y directrices del planeamiento, se desarrollan éstos de un modo genérico; se trata de la filosofía del Plan, esto es, de los principios generales de planeamiento que orientan las directrices de desarrollo y dan coherencia a los objetivos, y que son coincidentes con los del PGOU-86 que se revisa. Una vez definidos los principios generales, se desarrollan de manera expresa las directrices de planeamiento, que se concretan en una propuesta de Plan General (PGOU), con la suficiente flexibilidad para adaptarse a los requerimientos que puedan sobrevenir. En primer término se desarrolla la estructura territorial que se propone, a través de la descripción de los diversos elementos que la componen (red viaria, espacios libres, equipamiento comunitario, infraestructuras, etc.), señalando los existentes y los de nueva creación.

Seguidamente, se exponen las directrices que se considera oportuno habrán de seguirse en suelo no urbanizable, en orden a su protección. A continuación, la propuesta contempla las directrices de desarrollo urbano, a través de diversas clasificaciones de suelo, usos detallados y sistemas de gestión.

Por último se explicitan las medidas de protección del patrimonio cultural (paleontológico, arqueológico y arquitectónico), consistentes en la delimitación de entornos de protección con la clasificación de suelo no urbanizable especial para el situado en medio rural, y en su inclusión en el Catálogo del PGOU.

Page 6: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

4

4 MARCO LEGAL.

Las peripecias y vicisitudes que la legislación urbanística ha sufrido en España desde 1990 han obligado a las Comunidades Autónomas, tras la Sentencia 61/1997 del Tribunal Constitucional, a dotarse de un completo código urbanístico en sustitución del TRLS-92, código que en muchos casos ya se ha visto alterado por la promulgación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, Ley 6/1998 (LRSV), y la Ley 10/2003 de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario y transportes, que vino a modificar ciertos artículos de la Ley 6/1998

En el caso de la Comunidad Autónoma de Aragón es la Ley 5/1999, de 25 de marzo, de Urbanística de

Aragón (en lo sucesivo LUA), la que ocupó ese espacio nuclear de la legislación urbanística en Aragón. La citada Ley, hoy vigente, es un completo cuerpo normativo que sigue la tradición urbanística española tanto en cuanto a los conceptos que se manejan, como en cuanto a la estructura del texto. Así la Ley tiene un carácter exclusivamente urbanístico, regulándose la ordenación del territorio mediante la Ley 11/92,de 24 de noviembre, de Ordenación del Territorio. La LUA contempla el régimen urbanístico del suelo (Título I), el planeamiento (Título II), la gestión urbanística y el aprovechamiento urbanístico (Títulos IV y V), la intervención administrativa en el mercado del suelo y la edificación (Título VI), la disciplina urbanística (Título VII), y el régimen urbanístico de pequeños municipios (Título VIII).

Conceptualmente la Ley sigue la tradición nacida con la Ley del Suelo de 1956 y TR/LRSyOU/1976, y que conoció su último capítulo en la Ley-1990 y TRLS/1992. Tanto en la categorización del suelo, como en las figuras de planeamiento e instrumentos de gestión, y en el concepto de aprovechamiento urbanístico, la Ley 5/99 sigue la línea del TRLS/92 y de la vigente Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones (en adelante LRSV) legislación básica estatal, habiendo quedado totalmente desplazado, con la promulgación de la LUA, el TRLS/76, que había visto renacer su vigencia tras la Sentencia 61/97.

Tras la controvertida novedad legislativa contenida en el RD-Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas

Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes, que, contrariamente a nuestra tradición jurídica, configuraba la categoría de suelo urbanizable como residual, aparece en el panorama jurídico la STC 164/2001, con un decisivo pronunciamiento interpretativo del alto tribunal acerca de la norma estatal, haciendo reaccionar al legislador en el sentido de rectificar su anterior criterio y devolviendo, aunque con matices, el carácter residual al Suelo No Urbanizable, mediante la Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario y transportes.

Se completa el marco legislativo urbanístico en Aragón, con el Reglamento de organización, planeamiento y régimen especial de pequeños municipios (Decreto 52/2002, de 19 de febrero del Gobierno de Aragón), que viene a desarrollar la Ley 5/1999 Urbanística de Aragón (LUA), y, conforme establece la Disposición final primera de la ley 5/99 y la Disposición final segunda del mencionado Reglamento, con los Reglamentos estatales urbanísticos que desarrollaban el Texto de 1976 en aquellos artículos que no fueron expresamente derogados por el Real Decreto 304/1993, de 26 de febrero y Decreto 52/2002, de 19 de febrero del Gobierno de Aragón: Reglamentos de Gestión (Decreto 3288/78, de 25 de agosto), de Disciplina (Real Decreto 2178/78, de 23 de junio), de Edificación Forzosa (Decreto 653/64, de 5 de marzo), y de Reparcelaciones (Decreto 1006/66, de 7 de abril). Si bien es cierto que todo parece apuntar a que durante la tramitación del nuevo Plan General verán la luz otros Reglamentos de desarrollo de la LUA. Esta nueva realidad normativa es una de las razones que mueve al Ayuntamiento a la revisión del planeamiento actual, con el fin de adaptarlo a las nuevas necesidades planteadas por las leyes citadas, en línea con lo establecido en las Disposiciones Transitorias segunda y tercera de la LUA, y con el buen criterio de no dilatar o demorar por más tiempo situaciones transitorias y de provisionalidad que dan lugar a dudas, vacilaciones e inseguridad jurídica sobre la aplicación de las nuevas categorías de suelo o de disposiciones que entran en colisión con el planeamiento vigente. Si bien es cierto que la compleja situación normativa ha de ser afrontada al procederse a la redacción del Plan General Municipal de Ordenación Urbana, también habremos de tener en cuenta la Ley 7/1998, por la que se aprueban las Directrices Generales de Ordenación Territorial para Aragón y demás normativas sectoriales que afectan poderosamente al territorio y su planeamiento (Ley del Patrimonio Aragonés, legislación medioambiental, carreteras, vías pecuarias, aguas, vivienda protegida, etc.).

Page 7: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

5

La elaboración del Plan General Municipal deberá tener en cuenta las determinaciones que sobre la protección del patrimonio cultural establece la Ley de Aragón 3/1999, de 10 de marzo, reguladora del patrimonio cultural, puesto que establece un régimen jurídico sobre las técnicas de protección que, en parte, no resulta coincidente con el régimen de la legislación estatal. Afecta especialmente a la elaboración del planeamiento municipal el régimen de los bienes catalogados e inventariados. Se trata de dos Registros de bienes inmuebles con un nivel de protección de menor rango que los Bienes de Interés Cultural, y por tanto con un contenido más flexible. A través de estos Registros, la Ley establece una mayor conexión con las competencias municipales y en concreto con el sistema tradicional de catalogación del planeamiento municipal, de forma que los inmuebles incluidos en el Catálogo del Plan pueden inscribirse en el Catálogo aragonés. Por ello, planeamiento deberá tener en cuenta las técnicas de coordinación entre los catálogos de los Planes Generales y los Registros de carácter autonómico, así como el régimen jurídico que de todo ello se deriva. En la misma línea, el Plan General deberá tener en cuenta las Directrices Generales de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobadas mediante Ley 7/1998, de 16 de julio. Las Directrices Generales clasifican los Municipios del territorio aragonés en diferentes rangos de manera que Monzón se encuentra en el Rango III correspondiente a las “ciudades intermedias” o cabeceras supracomarcales. Las Directrices Generales establecen unas previsiones concretas para cada uno de los rangos en función del nivel diferente a las determinaciones relativas al sistema de ciudades y equipamientos comunitarios, y en concreto establece para cada rango de municipios los niveles mínimos necesarios de equipamientos de salud, de bienestar social, culturales, educativos, deportivos, de ocio y esparcimiento y de protección civil.

Por ello, en la elaboración de Plan se deberá tener en cuenta los niveles de equipamiento que las Directrices atribuyen a los municipios integrados en comarcas, a fin de que el Plan de Ordenación responda a las previsiones de las Directrices Generales. Además, si bien dentro de un nivel más genérico, las Directrices establecen criterios orientativos sobre el tratamiento del territorio que afectan a las infraestructuras, medio natural, patrimonio cultural y a la política del suelo, entre otros, las cuales deberán tenerse en cuenta en la elaboración del Plan General. Por otra parte, el PGOU ha de incorporar las determinaciones obligatorias en materia de vivienda protegida, con arreglo a la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de Vivienda Protegida (BOA 31/dic/2003).

Page 8: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

6

5 SÍNTESIS Y DIAGNÓSTICO DE LA INFORMACIÓN URBANÍSTICA. 5.1 EL MARCO GEOGRÁFICO

Perteneciente a la comarca administrativa del Cinca Medio, el municipio de Monzón se localiza en el sudeste de la Provincia de Huesca, lindando con las comarcas de Barbastro por el norte, Bajo Cinca por el sur, La Litera por el este y Los Monegros por el oeste. El elemento geográfico más característico es el curso fluvial que le da nombre.

Los materiales geológicos sobre los que se asienta este espacio son fundamentalmente terciarios, de edad

oligocena en su mayoría (calizas, margas y areniscas), que presentan unas estructuras consistentes en una sucesión de sasos, pequeños relieves en cuestas, un amplio valle aluvial de fondo plano y terrazas de diferente edad y potencia. Destacan tres formaciones del Terciario: la de los yesos del anticlinal Barbatro-Balaguer, en el extremo septentrional, la formación Peraltilla de areniscas en Monzón y la formación Sariñena que ocupa parte del sector suroccidental, compuesta por areniscas, margas y conglomerados.

Sobre estas formaciones se asientan los depósitos aluviales cuaternarios de los ríos Cinca y Sosa. El río Cinca

presenta en este tramo medio una estructura predominantemente trenzada, que discurre en una amplia llanura de pendiente media-baja, y trazado sinuoso. Los abundantes afloramientos de gravas y elementos gruesos son el carácter litológico más patente. El deambular del río Cinca por su cauce de inundación, muy intervenido, origina la aparición de numerosas islas y riberas, aisladas temporalmente del cauce. La inestabilidad del sistema y la movilidad general del sustrato impide en muchas ocasiones la progresión del bosque ripario, ya muy antropizado, cuando no eliminado. Además de estas formaciones vegetales naturales, existe una importante unidad dedicada a la populicultura entre la Torre del Cascallar y la salida del río Cinca hacia el municipio de El Pueyo de Santa Cruz.

Cerros y sasos cierran este sector fluvial mediante bloques de areniscas, cuyas superficies, antiguamente

roturadas, se encuentran en la actualidad prácticamente abandonadas. Aguas arriba y abajo del núcleo de Monzón es reseñable el escarpe de terrazas que delimita el sector en su margen derecha, dibujando espectaculares miradores como el de Conchel. Al oeste del municipio, bajo la muela de Terreu, los nuevos regadíos han sustituido a los terrenos esteparios originales del sector, motivando puntuales fenómenos de salinización y endorreismo.

La red hidrográfica, poco densa, está vertebrada por el río Cinca, aunque el dispositivo fluvial ha sido

profundamente modificado por la acción del hombre mediante la construcción de canales, acequias, etc. En la margen derecha, el Barranco de la Clamor, organiza todo el sector, si bien su cauce ha sido profundamente intervenido y en la actualidad, tras pasar el puente de la carretera entre Berbegal y Selgua , adquiere un trazado rectilínea donde desaguan la densa red de acequias y canales que ordenan el sector, hasta desembocar a la altura de Pomar de Cinca. El río Sosa, desprovisto de cualquier característica natural en todo el municipio, drena el sector oriental: en el tramo urbano se encuentra encauzado, exceptuando el tramo que corresponde con el sector de La Jacilla.

El clima de esta zona, mediterráneo-continental, se encuentra caracterizado por fuertes variaciones

estacionales de temperatura, con amplitud térmica elevada y medias de temperatura anual que rondan los 14 C. Las precipitaciones, que rondan los 400 mm anuales, son inferiores a los valores de evapotranspiración, presentando un déficit de agua durante 4-5 meses, entre junio y septiembre-octubre.

El elevado valor natural del río Cinca se ve confirmado por los escasos restos de cubierta vegetal que se

mantienen en el municipio. Las comunidades vegetales naturales han sido arrinconadas y aisladas, cuando no eliminadas: la llegada de caudales hídricos estables, gracias a la construcción del Canal de Aragón y Cataluña, de Selgua, de Terreu, de Zaidín, y otros sistemas hídricos menores, han transformado por completo el paisaje natural, que estaría formado originariamente por carrascales, pinares, algún sabinar, zonas esteparias de monte y sotos fluviales, dando paso a cultivos agrícolas, ya sean ceralistas, forrajeros, frutales, arroz, etc. Además del mencionado sistema natural del río Cinca, en el municipio de Monzón quedan algunas manchas de carrascal y coscoja, y los arbustos que les acompañan: escambrones, romeros, aliagas, etc. Los regadíos de los sectores occidentales del municipios, sobre Conchel y Selgua, han eliminado tanto la vegetación esteparia original, como la de ribera del Barranco de la Clamor. No obstante, en las faldas de la muela de Terreu se mantienen vestigios de las especies esteparias del lugar, pinos carrascos, etc. La abundancia de agua sobre este sector ha provocado la aparición de rodales de especies salinas como la sosera y la salicornia.

Las especies faunísticas han debido adaptarse a las condiciones de intervención sobre el medio. La

población piscícola del río Cinca está formada principalmente por barbos, carpas y lucios. Los sotos y espacios de ribera son utilizados por cormoranes, garzas, patos, etc. En cuanto a los mamíferos, abundan los jabalíes y zorros: debe destacarse la detección de poblaciones de nutria en el río Cinca. En los sectores irrigados de Conchel y Selgua, es frecuente ver especies como cigüeñuelas, cernícalos, garcillas, etc. En la muela de Terreu nidifican alimoches.

Page 9: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

7

La superposición en esta trama natural y agraria de un importante patrimonio cultural confieren al municipio una diversidad de ecosistemas elevada, como así ha quedado ratificado en la declaración de dos Lugares de Interés Comunitario (LICs): ríos Cinca y Alcanadre, y Yesos de Barbastro. 5.2 LA POBLACIÓN.

Las cifras de evolución de la población de Monzón a lo largo del s. XX y los años del presente demuestran un progresivo y mantenido aumento, hasta superar las más de 15.000 personas censadas en la actualidad. Estas cifras traducen episodios importantes para la ciudad:

- De las 3.800 habitantes a principios del siglo pasado se pasa a cerca de 4.500 cerca de mediados de los años 30, gracias a las obras de construcción del ferrocarril, Canal de Aragón y Cataluña, y puesta en funcionamiento de la fábrica azucarera (1925).

- Tras el periodo de la Guerra Civil, donde la cifra de población disminuyó, la llegada de la fábrica de

Hidro-Nitro a finales de los años 50 elevó la población de Monzón en 4.000 habitantes en 10 años, hasta alcanzar los 9.020 en 1960.

- Esta fase desarrollista tuvo clara continuación hasta entrada la década de los años 70, etapa

donde se alcanzaron cifras que triplicaban las registradas en los 50.

- Tras ésta y merced a la crisis generalizada de la industria pesada, la población se estabiliza e incluso a comienzos de los 90 se contabilizan menos habitantes que en la década anterior, si bien gracias, entre otros motivos, a la diversificación económica del municipio, entrada de España en la UE y puesta en marcha de la Política Agraria Comunitaria, nuevos cultivos, etc., consigue enderezar la situación hasta alcanzar los aproximadamente 15.400 habitantes en la actualidad.

1900 1910 1920 1930 1940 1950 1960 1970 1981 1991 2001 2003 Monzón 3.829 4.181 4.077 4.352 4.657 5.594 9.020 14.089 14.480 14.405 14.920 15.395

Evolución de la población de Monzón (Fuente: I.N.E., 2001)

El municipio montisonense reparte sus efectivos poblacionales entre la cabecera, Selgua (localidad anexionada en 1976) con 155 habitantes, y Conchel con 174.

Municipio Monzón 15.395 7.835 7.560

2.- entidad singular Conchel 174 77 97

3.- núcleo Conchel 173 76 97

4.- diseminado Diseminado 1 1

2.- entidad singular La Estación de Selgua 4 2 2

4.- diseminado Diseminado 4 2 2

2.- entidad singular Monzón 15.055 7.671 7.384

3.- núcleo Monzón 14.900 7.582 7.318

4.- diseminado Diseminado 155 89 66

2.- entidad singular Poblado mosanto 7 5 2

3.- núcleo Poblado mosanto 7 5 2

2.- entidad singular Selgua 155 80 75

3.- núcleo Selgua 155 80 75 Nomenclátor de población de Monzón (Fuente: Instituto Aragonés de Estadística, 2004)

Page 10: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

8

Gracias precisamente a los potentes procesos migratorios de las décadas desarrollistas, la estructura demográfica del municipio se mantiene joven, con importantes contingentes en edades comprendidas entre los 20 y 45 años, y un segmento de población por debajo de los 16 cercano a aquél por encima de los 65.

Varón Mujer Total 0-4 361 328 689

5-9 343 341 684

10-14 390 341 731

15-19 416 373 789

20-24 566 451 1017

25-29 585 572 1157

30-34 676 572 1248

35-39 684 611 1295

40-44 567 522 1089

45-49 477 424 901

50-54 415 405 820

55-59 386 380 766

60-64 307 379 686

65-69 428 426 854

70-74 381 424 805

75-79 321 344 665

80-84 154 258 412

85-89 67 147 214

90 ó más 36 62 98

TOTAL 7560 7360 14920

Varón Mujer Total

Menos de 16 1185 1071 2256 16-64 4988 4628 9616 65 ó más 1387 1661 3048 Total 7560 7360 14920

Distribución de la población de Monzón por grupos de edad, 2001 (Fuente: Instituto Aragonés de Estadística, 2004)

Dada las particulares condiciones del medio agrario del municipio de Monzón, merece apuntarse la cifra de población emigrante extranjera, que en 2001 alcanza una cifra cercana al 4%.

Varón Mujer TOTAL Española 7171 7168 14339 Extranjera 389 192 581 TOTAL 7560 7360 14920 Población extranjera, 2001 (Fuente: I.N.E., 2001)

La población activa se cifraba en 2001 en 6.116 personas, dedicadas en su mayor parte al sector servicios

(3.010), seguido de cerca del sector industrial (2.109), construcción y agricultura-ganadería.

Varón Mujer TOTAL Agricultura, ganadería y pesca 284 62 346 Industria 1647 372 2019 Construcción 683 58 741 Servicios 1379 1631 3010 TOTAL 3993 2123 6116

Distribución de la población activa por sectores, 2001 (Fuente: I.N.E., 2001)

Page 11: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

9

5.3 LA VOCACIÓN TERRITORIAL Y PRODUCTIVA. El municipio de Monzón afronta la revisión de su planeamiento en una situación de transformación profunda de las tradicionales bases económicas que hasta hace relativamente pocos años habían sostenido su desarrollo. Y, si bien este hecho tiene sus orígenes en los años sesenta, con el impacto producido por la generalización a la totalidad del territorio español de los mecanismos propios del llamado “desarrollismo”, su evolución se produce de forma más radical a partir de la década de los ochenta con la integración definitiva del país en la Unión Europea y en los procesos de globalización de los que empezamos a vislumbrar las consecuencias.

La capitalidad del Cinca Medio es ostentada en la actualidad por Monzón, que con sus 15.000 habitantes demuestra una importante fuerza motora para la comarca. La cercanía de núcleos regionales importantes como Basbastro, Binéfar, Tamarite, o incluso un centro de referencia provincial como Lérida, redunda en una disposición de pujantes localidades sobre la carretera N-240, a las que se suma la cercanía de la línea de Alta Velocidad de la línea Zaragoza-Barcelona.

Nos encontramos por tanto ante un territorio:

o Pujante demográficamente, capaz de aumentar los actuales niveles de población. o Con una importante agricultura extensiva, si bien amenazada por los profundos cambios apuntados en

los documentos preparatorios de la nueva Política Agraria Comunitaria para el periodo 2007-2013 y que deberá acometer en los próximos años una profunda reestructuración de sus actividades.

o Con sectores industriales muy activos. o Con muy serios problemas medio ambientales, no achacables a un único motivo, pero sí concurrentes:

industria pesada, extracciones de áridos, eliminación de cubierta vegetal, contaminación de acuíferos aluviales, contaminación de aguas superficiales, purines, construcciones ilegales, etc.

o Una actividad ganadera vacuna y porcina potente. o Un sector de servicios con elevadas posibilidades de crecimiento y desarrollo.

Si en un principio, la introducción de las formas industriales de economía de mercado iban ligadas a procesos de concentración industrial en los grandes centros urbanos tradicionales, Madrid, Barcelona, y Zaragoza en el ámbito de Aragón, y también a escala provincial en algunos centros menores como Monzón, la situación en la actualidad dista mucho de ofrecer mecanismos tan lineales.

Nos encontramos en la actualidad ante una radical transformación de los procesos económicos que va

ligada al fenómeno de la globalización, consecuencia del desarrollo de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Ya no son los sectores de producción industrial los motores principales del desarrollo material, si no que son precisamente los procesos ligados a la gestión y control de los flujos de información los que generan los sectores productivos más dinámicos y por tanto inductores de la mayor generación de unidades de trabajo.

Por otro lado, el fenómeno de la globalización, que esta siendo profusamente descrito en el ámbito de la sociología, conlleva una redefinición radical de la estructura espacial del hecho urbano y de las modalidades de uso del territorio. Así podemos advertir como los tradicionales centros urbanos se especializan en las actividades ligadas a la gestión de los flujos de información así como a la formación y entretenimiento de los sectores de población más directamente ligados al control de esa gestión, mientras que aparecen extensas zonas suburbanas dedicadas exclusivamente a acoger un solo uso, ya se trate del residencial o de diferentes formas de industria o terciario.

Las transformaciones anteriormente descritas, se caracterizan por un creciente proceso de extensión del suelo urbanizado, alimentado, en lo que respecta a los usos residenciales, por la extensión social y el nivel de ingresos económicos de las clases medias, y por la ramificación universal de las redes de comunicación y transporte, siendo especialmente trascendentales en lo que respecta a la forma urbana las exigencias derivadas del uso masivo del automóvil.

Este uso extensivo y a la vez especializado del suelo adquiere una dimensión extraordinariamente amplia si

consideramos consustancial al mismo fenómeno la aparición de las actividades ligadas al ocio que los habitantes de las ciudades realizan sobre ámbitos territoriales cada vez más dilatados. En concreto, estimamos que el activo más estable de que dispone el municipio de Monzón es su vocación y tradición industrial, derivada de su posición estratégica y de la abundancia de recursos disponibles (suelo, agua, energía) bien conectada con las capitales de su entorno mediante la carretera N-240 Huesca-Lérida (futura autovía) y mediante ferrocarril convencional Barcelona-Zaragoza. Por otra parte, se acusa un mayor peso relativo del sector servicios, ligado al papel organizador del territorio de Monzón como cabecera supracomarcal (una de las 9 ciudades intermedias, rango III s/. DG/OT/A), y capital de la Comarca del Cinca Medio.

Page 12: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

10

El problema de conservación del abundante patrimonio histórico-artístico, etnológico, o simplemente del patrimonio edificado, es importante y resulta de difícil solución en la actualidad, ante la insuficiencia de las ayudas oficiales, y la todavía insuficiente sensibilidad de la población hacia este tema.

La ordenación del suelo no urbanizable, tradicional “cenicienta” de la planificación urbanística por su carácter residual (ya que normalmente no era contemplada por ésta), con lo cual habitualmente ha quedado sometido a planificaciones sectoriales, que rara vez contemplan el territorio en su real complejidad y, normalmente, vienen a acentuar los desequilibrios existentes. La reciente reforma de la legislación del suelo ha conferido sustantividad al suelo no urbanizable, por lo cual el Plan General debe contemplar su ordenación, no solo desde la limitada perspectiva de la "protección" de determinados suelos (cauces, orillas, regadíos, etc.), sino llegando a medidas “positivas” de mejora de determinados espacios; es así mismo conveniente extremar el control de la legalidad frente a procesos patológicos de urbanización (urbanizaciones y edificaciones ilegales, particularmente en aquellos sectores más próximos a los caminos principales), y el control estricto de la normativa vigente para establecimientos ganaderos (son prioritarias inversiones en las redes de saneamiento rurales, depuración de vertidos ganaderos, así como la restitución de la legalidad vigente en el tratamiento de los cauces hídricos de todo el municipio), todo ello en aras de un desarrollo más perdurable de las actividades económicas y sostenible medioambientalmente.

Page 13: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

11

6 CRITERIOS Y OBJETIVOS DE PLANEAMIENTO.

Sobre la base del diagnóstico previo que antecede a estas líneas, pueden establecerse unas determinadas pautas de actuación para la planificación urbanística.

El Plan General de Ordenación Urbana se plantea como un proceso activo de gestión, desde y para la participación pública de los ciudadanos; para ello, debe ser plenamente asumido por el Ayuntamiento, como principal agente de intervención, con dos objetivos básicos, la recuperación física y social del territorio y de los núcleos de población, y el control de los procesos a que se ven sometidos.

De forma más explícita, la intervención municipal que el Plan General articula, debe centrarse en los siguientes aspectos:

el control de los mecanismos de creación de rentas del suelo, socialmente generadas, con el objetivo de recuperar parcialmente las mismas y redistribuirlas para la colectividad

la intervención en el mercado del suelo, mediante políticas adecuadas (urbanística, fiscal), tendente a su dinamización y al descenso de precios

una política de inversiones tendente al equipamiento de la población, completando déficits de servicios

la protección, mantenimiento y fomento del empleo, agropecuario, turístico, y de la construcción, mediante el establecimiento de un marco legislativo preciso, que elimine trabas, y estimule la iniciativa privada en promoción y construcción

la protección del patrimonio cultural, social y económico, formado históricamente la protección y mejora del medio ambiente urbano, rural, y del paisaje

Desde estas premisas, se formulan los objetivos de planeamiento, que se resumen en el establecimiento de

un modelo territorial que optimice la utilización de los recursos existentes.

Se concretan en los puntos siguientes:

protección de aquellas áreas que por su valor cultural, ecológico, paisajístico, o productivo, así lo requieran (cauces, riberas, huertas, acequias, masas arbóreas, etc.)

control de los procesos de crecimiento urbano, dirigiéndolos hacia la consolidación y recuperación de los núcleos históricos, según una lógica de óptima utilización de las infraestructuras existentes; en este sentido, se tiende a calificar espacios inmediatos a los núcleos, o de borde, con intención de completarlos, y la ocupación de espacios vacíos o de escasa ocupación, de los espacios intersticiales; se trata en fin de completar o recuperar los núcleos de población heredados, así como de aprovechar la proximidad de infraestructuras, singularmente las carreteras o caminos

protección, conservación y mejora de los cascos antiguos, en sus aspectos sociales, ambientales, culturales y económicos

reequipamiento de la población regulación de las extensiones de los núcleos de población, implementando ágiles mecanismos de

gestión 6.1 Criterios y objetivos en relación con el medio natural.

El ámbito clasificado por el PGOU de Monzón como Suelo No Urbanizable (SNU) se desarrolla sobre un medio natural diverso: queda englobado en la cuenca media del río Cinca, en un medio típicamente depresivo, con una muy amplia llanura aluvial y con cierres topográficos formados por cerros, sasos, muelas y escarpes de terrazas. El río Cinca lo cruza de norte a sur, al igual que el Barranco de la Clamor, y el río Sosa describe una dirección de oeste a este hasta desaguar en el primero. Retazos de formaciones naturales, en la actualidad roturadas, quedan sobre pequeñas lomas, especialmente en la margen izquierda del río Cinca.

El espacio de la llanura aluvial del corredor del Cinca está siendo invadido por el crecimiento continuado

de actividades muy diversas, sufriendo progresivamente la degradación de sus valores naturales bióticos y abióticos, culturales, etc.

El medio natural del municipio de Monzón ha sido profundamente transformado para proporcionar a los

habitantes unas condiciones de vida donde el agua es factor esencial de su existencia. La diversidad ecológica del municipio, trenzada con valores estéticos y simbólicos del sustrato arcaico mediterráneo constituye una rica herencia cultural.

El restablecimiento de relaciones equilibradas entre la ciudad de Monzón y su entorno, así como el

cuidado hacia relaciones de proximidad con municipios colindantes, exige restaurar el espacio rural degradado y revitalizarlo ecológica, cultural y económicamente para satisfacer la nuevas demandas sociales de calidad de vida. Así, los objetivos planteados al respecto en el Plan son los siguientes:

Page 14: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

12

Conservar y mejorar las áreas que por sus privilegiadas condiciones naturales constituyen documentos de la vida natural y de su variabilidad estructural y funcional.

Conservar el material genético de la biosfera por considerarse como un importante patrimonio para el futuro.

Proteger los paisajes rurales tradicionales municipales que restan, que ofrecen una interesante fusión de naturaleza y cultura, pues constituyen un valioso patrimonio histórico, apenas apreciado, del que se pueden obtener importantes ideas para la gestión del espacio físico en términos de sostenibilidad ambiental.

Procurar la defensa de los espacios más productivos desde el punto de vista natural –márgenes fluviales, áreas arbóreas significativas, zonas húmedas, etc.- o agrícola –áreas con cultivo de regadío- frente a la invasión de los usos urbanos, industriales, ganaderos y de las vías de comunicación.

Establecer el marco urbanístico de protección de los espacios físicos frágiles, primando la estabilidad frente a la producción y explotación.

Proteger los espacios que poseen especiales valores estéticos. A pesar de su escaso reconocimiento, merecen una atención urgente por su importante función de generar una imagen atractiva de la montaña y una fuente de bienestar tanto para los ciudadanos como visitantes.

Tener en cuenta el espacio físico en que se desarrollan las distintas funciones de las tres localidades, concentrando el uso residencial en las áreas con una gran capacidad de soporte -geotectónico, geomorfológico, atmosférico, biológico- y dejando libres espacios menos aptos para que atenúen los "impactos" de las actividades urbanas, industriales y ganaderas.

Mantener, en la medida de lo posible, la diversidad espacial y temporal, y la penetración en el área construida de los paisajes y especies naturales características de la comarca para romper la tendencia que impone patrones uniformes, que representan una pérdida de la identidad y de la calidad de vida. Especial atención se debe prestar al contacto entre unidades con características físicas diferentes –interfase huerta y medio construido-.

El cumplimiento de estos objetivos se materializa en la definición de categorías de protección urbanística

de los ecosistemas naturales y productivos, así como en la protección de los bienes del patrimonio cultural y del paisaje en el espacio natural y rural. Se justifica, por otra parte, la inclusión como espacio no urbanizable de áreas con peligrosidad natural y situaciones de riesgo.

Así mismo, se apuntan a continuación los criterios básicos sobre los que se basa la calificación y

delimitación de los espacios naturales más importantes del municipio de Monzón, es decir, el cauce y las riberas de los ríos Cinca y Sosa , y las formaciones vegetales arbóreas naturales:

Los espacios naturales y zonas verdes municipales se consideran en relación con otros espacios que

mantienen funciones diferentes (residencial, industrial, agrícola, ganadero), desde la perspectiva en la que existe una interacción física y funcional con los sistemas urbanos y rurales.

Desde este punto de vista, las áreas de los cauces y riberas mantienen una posición central en el sector de

la depresión del río Cinca, concentrándose en este espacio gran parte de las actividades residenciales e industriales del municipio. De este modo, se confirma la necesidad de adecuar las necesidades de desarrollo socioeconómico y expansión de las tramas urbanas, con las adecuadas medidas de protección, conservación y restauración de este cauce natural.

Así mismo, para ordenar de manera adecuada este medio se debe atender a las características

propias y aptitudes específicas de los tramos de los ríos Cinca y Sosa, así como de las condiciones artificiales del barranco de la Clamor. De la diversidad temporal y natural –fluctuaciones estacionales e interanuales de caudales, distribución de la carga sedimentaria, etapas de colonización vegetal, etc.-, junto con las infraestructuras construidas a los largo de la historia, se deriva un conjunto de unidades definidas por sus fisonomías, funciones y estructuras que es preciso integrar en su diversidad.

La ordenación territorial del espacio ribereño Cinca se convierte en un proyecto ligado al

mantenimiento de la calidad de las aguas, conservación de las funciones ecológicas del río y restauración de los paisajes fluviales degradados, de modo que se propicie el encuentro de las comunidades humanas en espacios abiertos, multifuncionales, libres, continuos y de elevada calidad ambiental.

Se diseña un sistema general de espacios naturales fluviales de grandes dimensiones. Una serie de

pequeños espacios naturales no tiene el mismo valor ecológico que uno grande de las mismas dimensiones por la influencia de perturbaciones y efectos periféricos.

Se atiende al principio de unión de espacios abiertos. Para reducir los efectos de aislamiento de las

poblaciones vegetales y animales de los espacios abiertos, se procura mantener los cursos fluviales como verdaderos corredores biológicos que permitan que los componentes ecológicos de las áreas montañosos lleguen al valle, y viceversa.

Page 15: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

13

Un espacio arbolado, en la actualidad inexistente, debe extenderse a lo largo del curso del río Sosa por el término municipal de Monzón en ambas orillas, desde el límite con el municipio de La Almunia de San Juan hasta la desembocadura en el río Cinca.

Otro eje verde lineal debe ser el barranco de la Clamor: la restauración de una vegetación de

ribera en buenas condiciones y una renaturalización del cauce principal ayudaría a mitigar el actual mal estado ambiental de este curso.

Así mismo, la puesta en valor de antiguos caminos y cabañeras, deberá ir acompañada de las

correspondientes labores de mantenimiento y revegetación natural de las márgenes de los mismos, que ya se hace en muchos de ellos en la actualidad.

Así mismo, en la delimitación de todos los espacios naturales se atiende al principio de unión de

espacios para reducir los efectos de aislamiento de poblaciones vegetales y faunísticas. Del mismo modo, mediante la delimitación de espacios ‘unión’ entre las formaciones ribereñas y las adyacentes, se pretende la relación de ambos medios de manera que funcionen como corredores ecológicos.

o Metodología.

La planificación del territorio lleva consigo un proceso de estudio y de toma de decisiones en el que entran un gran número de variables: elementos y factores físicos del medio y condiciones sociales, económicas y políticas. La ordenación del Suelo No Urbanizable es sólo una parte que no debe desligarse del resto del sistema de planificación, pero que en ocasiones puede convertirse en un significativo limitante. La metodología de este trabajo ha consistido básicamente en la recogida, la selección y el tratamiento integrado de la información disponible, complementada con trabajo de campo. Las fuentes de información nos han proporcionado datos recogidos con distintas finalidades y por diferentes organismos. Por otra parte, la diversidad de escalas, de grado de detalle y de ámbito espacial obligan a una importante tarea de homogeneización. Es preciso, por ello, insistir ante los organismos responsables sobre la necesidad de generar información básica y hacerla accesible mediante la mejora de las redes de comunicación. Los trabajos de campo y la ortofoto-interpretación han contribuido de modo muy eficaz al conocimiento del territorio, en especial de las partes del territorio sujetas a mayores cambios. El término municipal ha sido analizado con fotogramas aéreos de 1985, y ortofotos a escala 1:5.000, suministradas por la DGA, si bien estas últimas no cubren la totalidad del municipio sino la margen izquierda del río Cinca. El estudio diacrónico y el trabajo de campo han permitido identificar:

Áreas de riesgo de erosión de margen fluvial e inundación de los mayores cursos fluviales del municipio.

Las áreas de riesgo de desprendimiento por erosión de terrazas y plataformas areniscosas, principalmente en los alrededores del castillo-fuente del Saso-ermita de la Alegría, margen derecha del Cinca aguas abajo de Conchel.

Las agrupaciones de construcciones ilegales.

El proceso seguido en este trabajo se resume básicamente en las etapas de inventario y clasificación, valoración de la calidad del medio y clasificación, aportando ideas para la definición de normas y demás mecanismos de gestión.

Page 16: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

14

7 MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL PLANEAMIENTO. 7.1 ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA DEL TERRITORIO. El Plan general de Ordenación Urbana tiene por objeto primordial, según establece la Ley del Suelo, determinar el régimen jurídico de la propiedad del suelo en el ámbito del Municipio. Sobre esta base, el PGOU debe establecer los sistemas y elementos estructurantes del territorio, “clasificar” el suelo, prever los espacios libres y las dotaciones necesarias para la población, y fijar las condiciones para que se produzca una justa distribución de las cargas y beneficios derivados del planeamiento. Ello se contiene en los documentos normativos, cuyos contenidos se fundamentan en los objetivos planteados anteriormente, y alcanzan su desarrollo en la ejecución del planeamiento. El PGOU-1986 ha canalizado aceptablemente el desarrollo urbanístico del municipio durante su periodo de vigencia, aún a pesar de algunas de las Modificaciones Puntuales introducidas que atentan contra los criterios y objetivos del mismo. La presente Revisión del PGOU se plantea más como una corrección y puesta al día del documento que ha llegado a nuestros días, que como una revisión integral del mismo. Dada la habitual complejidad técnica de la práctica urbanística, se explicitan a continuación en términos asequibles, la lógica interna del planeamiento, y el grado de adecuación a los objetivos de los instrumentos habilitados. 7.1.1 EL ESPACIO FLUVIAL. El Real Decreto Legislativo1/2000, de 10 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y sus Reglamentos definen el cauce como el espacio ocupado por la máxima crecida ordinaria, la cual se define como “la media de los máximos caudales anuales durante diez años consecutivos representativos”, y la zona inundable como el área ocupada por las aguas en la avenida de periodo de retorno de 500 años. Se entiende por riberas las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de las aguas bajas, y por márgenes los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes están sujetas, en toda su extensión longitudinal:

a) A una zona de servidumbre de 5 m de anchura, para uso público (el Dominio Público Hidráulico o DPH).

b) A una zona de policía de 100 m de anchura en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen

Algunos de los problemas que se plantean son los siguientes:

La delimitación del DPH se realiza muy lentamente (Proyecto LINDE), disponiendo de ella muy pocos

ríos, entre los que no se encuentran los ríos Cinca y Sosa. La visión estática de los espacios fluviales: el cauce es un elemento cambiante en el tiempo y en el

espacio. Las dimensiones (5-100 m) no pueden fijarse en abstracto, sino que deben responder a características

de la cuenca, tramo, pendiente, caudal, tipo de cauce, etc. Concibe el hecho fluvial como un mero problema de desagüe.

En función de los citados problemas, algunos autores (UREÑA y OLLERO en CyT nº 126), han analizado la

estructura de las áreas fluviales según su dinámica y uso antrópico, identificando tres territorios en las áreas fluviales, el cauce, el corredor ribereño y la llanura de inundación, cuyas fronteras no siempre son nítidas:

El cauce es el elemento geomorfológico que se encarga del transporte del caudal hídrico y sólido del sistema fluvial. Simple o múltiple, rectilíneo, meandriforme, o trenzado, presenta cierto encajamiento que permite su delimitación; por él circula el caudal la mayor parte de los días del año. La morfología del cauce es vital para el ecosistema fluvial, y es dinámica en el tiempo (desplazamientos laterales).

El corredor ribereño es el área de interfase entre el ecosistema acuático y el terrestre, un espacio en

el que se mueve el cauce. Tiene un alto nivel freático, responsable del desarrollo de masas de vegetación de ribera. La dinámica del cauce puede provocar la escisión de brazos abandonados, paleo cauces, etc. Topografía llana pero irregular, labrada por las aguas de desbordamiento. Es la banda central de la llanura de inundación, que integra el cauce, los bosques de ribera y los paleocauces más recientes.

Page 17: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

15

La vegetación de ribera destaca por su elevado gradiente ecológico, por su gran flexibilidad, por su vitalidad y capacidad de regeneración y por un proceso de desarrollo compatible con la dinámica del cauce y con las fluctuaciones de caudal. Su principal función es la de filtro de procesos fluviales, disminuyendo la velocidad de la corriente, favoreciendo la sedimentación diferencial, reduciendo la turbidez del agua, fijando nutrientes, mejorando los parámetros de calidad del agua, y reforzando y estabilizando las orillas. El corredor ribereño tiene un ritmo de cambio más lento que el cauce, pero puede registrar cambios bruscos como consecuencia de avenidas importantes. Las actividades que se ubiquen sobre el mismo deberán ser compatibles con el proceso de cambio, y el mantenimiento de humedales y de la vegetación de ribera.

El llano de inundación. Es un espacio más extenso, que integra las áreas anteriores. El río lo ocupa en

situaciones de crecida. Terreno llano, consolidado, de materiales sedimentarios y de gran fertilidad. Tiene un papel fundamental en la disipación de energía de las aguas desbordadas y en el almacenamiento de caudal en la avenida, efecto laminador que disminuye el caudal punta. Las actividades que se ubiquen en la llanura de inundación deberán ser compatibles con la misma.

Delimitar los tres espacios fluviales significativos (cauce, corredor ribereño y llanura de inundación),

considerando su continuidad longitudinal y su estructura transversal constituye la base para la definición del modelo territorial y para la ordenación del espacio fluvial, con los siguientes criterios:

Respeto a la dinámica fluvial Protección del carácter público del cauce Reducir los espacios fluviales artificiales a los mínimos necesarios. Recuperación para la dinámica fluvial de espacios fluviales ocupados. Definición del Dominio Fluvial: cauce, espacio de libertad fluvial y espacio de inundación.

El Espacio de Libertad Fluvial sería pues el territorio o banda en la que el cauce puede desplazarse

lateralmente, y contiene el corredor ribereño y la vegetación de ribera. Su delimitación deberá ser precisa, y tener en cuenta la continuidad del mismo.

Se persigue un río natural con riberas de alto valor ecológico y paisajístico, con un papel de corredor ecológico protegido (SNUE), que ejerzan de tampón entre el cauce dinámico y el llano de inundación cultivado y humanizado. La modificación del cauce (como consecuencia de avenidas) saliéndose del ELF deberá suponer una modificación del PGOU.

Destinado al uso como área natural, es conveniente la restricción (o prohibición) de extracciones de áridos, y medidas de restitución paisajística y ecológica de las existentes, e incluso la posibilidad de eliminar algunas defensas, recuperar terrenos ganados al río, etc. Por otra parte, las infraestructuras lineales paralelas al cauce deberán ubicarse fuera del ELF, y las infraestructuras transversales deberán diseñarse contemplando el movimiento del cauce.

El espacio de inundación, es el espacio ocupado por las aguas en las avenidas de 10-500-1000 años de periodo de retorno. Los usos del suelo deben establecerse en función del riesgo de inundación (frecuencia, calado y velocidad del agua, etc.), para cada franja de retorno, teniendo presente que toda actividad o construcción en este terreno deberá garantizar el mantenimiento de la capacidad de almacenamiento de agua desbordada. En efecto, el procedimiento más eficaz y económico para limitar las pérdidas por avenidas es el uso racional del espacio fluvial, incluyendo en el mismo la llanura de inundación.

• El cauce, entendido como el área inundable cada 1-2 años, debe mantenerse en su estado natural, sin ninguna construcción.

• La zona inundable cada 5 años (riesgo de inundación del 20%) debe conservarse libre de edificaciones, y su uso limitado a la agricultura, vías de comunicación no estratégicas, etc.

• En la zona de inundación cada 25 años o más pueden aparecer edificaciones de carácter no estratégico, ni asociadas a la producción o almacenamiento de productos tóxicos o nocivos para la salud pública.

La determinación de las zonas inundables a partir de los datos de caudal y de las láminas de agua, no es

fácil de obtener, pues deben considerarse las obras realizadas en la llanura de inundación fuera del dominio hidráulico del río, por lo que se suele recurrir a análisis históricos y geomorfológicos.

En el caso que nos ocupa, se ha efectuado una estimación de los distintos ámbitos inundables con diversos periodos de retorno, basada en criterios históricos y geomorfológicos.

Page 18: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

16

7.1.2 SISTEMAS GENERALES.

Para la consecución de los objetivos que el Plan General se propone, los Sistemas Generales, en tanto que elementos constitutivos de la Estructura General y Orgánica del Territorio, son pieza básica del ordenamiento espacial.

El PGOU plantea la superación de los déficits existentes, asignándolos siempre que ello es posible al desarrollo de nuevos suelos (UE’s en SU-NC, sectores de SUb-D, ámbitos de SUb-ND); en el resto, es imprescindible la participación de administraciones distintas de la municipal dados los escasos recursos de ésta, singularmente DGA y DPH. 7.1.2.1 Sistema de espacios naturales.

Se incluyen en este sistema los espacios naturales de mayor importancia para el funcionamiento global del territorio, particularmente los espacios ocupados por ríos y barrancos que conforman la red de drenaje superficial, incluidos sus espacios anejos, potencialmente funcionales (con riesgo de inundación), que normalmente poseen elevados valores naturales y paisajísticos.

Dichos suelos se clasifican como suelo no urbanizable especial.

7.1.2.2 Sistema de comunicaciones.

La proyectada autovía Huesca-Lérida, que para Monzón vendrá a constituir una “variante” de la travesía actual de la carretera N-240 por la población, motiva la reestructuración del sistema general de comunicaciones viarias.

La mencionada autovía circunda Monzón desde el E hasta el N, y contará con enlaces con la actual

carretera N-240, con la carretera de La Almunia de San Juan (A-1237), y con la carretera de Fonz (A-1236), llamadas a constituirse en los principales accesos rodados a Monzón desde la red nacional de carreteras.

Vías de acceso desde la red autonómica, complementarias de las citadas, son las carreteras de El Pueyo

(A-1234), con la “variante” O, recientemente puesta en servicio, que comunica con la actual N-240, y la carretera de Binaced (A-1238) que enlaza con la N-240 en el barrio de La Carrasca.

La presente Revisión del PGOU contempla ciertas actuaciones complementarias que tienden a configurar

un anillo perimetral de Monzón, como son las siguientes: • ramal de conexión de las carreteras de La Almunia y de Fonz exterior al suelo urbano, que permite

conectar directamente la primera con el acceso principal al polígono industrial de Paules • ramal de conexión de la carretera de Binaced con la actual N-240, exterior al suelo urbano, al E del

barrio de La Carrasca • ramal de conexión del polígono de Paules con la N-240; incluye un paso inferior del ferrocarril y N-240

para enlazar con esta en una rotonda al O del suelo urbano • nuevo vial de acceso a Monzón E desde la carretera de La Almunia (prolongación de C/. Mª. Moliner),

que sigue el trazado del camino existente • conexión de las carreteras de Pueyo y Binaced, al S de Monzón, a la altura de la ermita de La Alegría

(en estudio)

Es evidente que el esfuerzo necesario para efectuar estas actuaciones en el sistema general, excede ampliamente de las posibilidades de un Ayuntamiento como el de Monzón, por lo cual se reclama la participación de otras instituciones: Mº Fomento, DGA, DPH.

Por su parte, la reciente supresión del paso a nivel de la Estación de Selgua, con la creación de un paso superior del ferrocarril, y la urbanización del polígono de La Armentera, configuran una nueva conexión de las carreteras de Selgua y Berbegal (A-1224) y Conchel (A-130) con la N-240 a través del polígono de La Armentera.

En una escala inferior, la Revisión del PGOU plantea actuaciones en la red viaria básica, más propiamente

urbana, con la intención de completar el mallado la estructura viaria actual, a saber: • nuevo vial de conexión de C/. Mª. Moliner con Av. Lérida, aprovechando el espacio del antiguo ramal

de RENFE (hoy en desuso) • nuevo vial y puente sobre el Sosa, entre el Paseo de la Arboleda y Pº. San Juan Bosco (travesía de N-

240) • prolongación de C/. Huesca hacia el E, hasta el nuevo acceso desde la carretera de La Almunia • ensanchamiento de caminos de la Valle de Tamarite y Molino de Pena

Page 19: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

17

El problema del aparcamiento de vehículos en el centro urbano y en el casco antiguo es grave, por la

ocupación casi total del espacio público para este uso. El Plan General propone la creación de espacios o edificios para el aparcamiento de vehículos en localizaciones estratégicas [Plaza de San Juan (residentes), entorno de la Estación de Autobuses, antigua Azucarera, C/. Cabañera (residentes), C/. Barón de Eroles – CHE, Plaza de Aragón, etc.].

En cuanto al espacio rural, el PGOU incorpora la siguiente red de caminos, que se consideran estructurantes del mismo:

1ª categoría 2ª categoría Camino Caballos Camino del Medio Camino San Esteban Camino los Quesos-Aljibes Camino Tamarite-Binéfar Camino Salobras Camino Guaso Camino Altorricón Camino Alegría-Valcarca Camino Binañac Camino Terreu-Estación del Selgua Camino Menudilla-Almunia Camino Monje-Arnero Camino Binéfar Caminos Selgua-Monesma Camino Alcantarilla Camino Conchel-Monesma Camino Contrabandistas Camino Terreu-Monesma Camino Torre Alejandrez Camino Adamil Camino Alegría Camino Valcarca Camino De la Ribera Camino De la Coba Camino Monesma Camino Acequia Caminos Selgua-Castejón

7.1.2.3 Sistema de espacios libres.

La estructura del sistema general de espacios libres ya se establece en el PGOU vigente, estando integrado básicamente por los espacios ribereños de los ríos Sosa y Cinca (en particular el nuevo “Parque de La Jacilla”), y los tozales y vales que enmarcan el núcleo urbano (tozal de Campián o de los Sasos, montes del Castillo y del Palomar), y que se superponen o enlazan con los espacios naturales correspondientes normalmente clasificados como suelo no urbanizable especial. La estructura general descrita se completa con los parques urbanos centrales de la Azucarera y del Pabellón Polideportivo. Actualmente se encuentra en ejecución la canalización del tramo urbano del río Sosa, y nueva canalización de la acequia existente, que debería conllevar la posibilidad de utilización por la población de las riberas acondicionadas, integradas en el Parque de La Jacilla.

El PGOU se plantea la obtención del suelo de los sistemas generales descritos, a través de dos procedimientos, mediante su adscripción al desarrollo de sectores de suelo urbanizable, y mediante la adquisición gradual mediante adquisición onerosa, expropiación o convenios, etc.

El sistema local está integrado por el resto de zonas verdes existentes, y de las que se obtendrán en

desarrollo de unidades de ejecución (SU-NC) y ámbitos de suelo urbanizable no delimitado (SUb-ND), como cesiones obligatorias y gratuitas.

Por otra parte, se plantea la creación de un circuito ciclo-turista entre Monzón y la ermita de La Alegría, utilizando normalmente caminos rurales existentes que serán debidamente acondicionados, y que relacionarán buena parte de los espacios libres descritos (monte del Castillo, camino de La Costera, parque de la Fuente del Saso, zona de equipamientos deportivos, entorno de la ermita de La Alegría, finca del Adamil, , saso del campo de tiro, y camino de la Cabañera).

En Selgua y Conchel, se plantea la obtención de pequeños espacios para el sistema, ligados al desarrollo

de unidades de ejecución en SU-NC.

Page 20: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

18

7.1.2.4 Sistema de equipamiento comunitario.

El municipio de Monzón presenta una aceptable situación en cuanto a equipamiento comunitario, si bien se detecta algún déficit en equipamiento cultural, y una demanda creciente de equipamiento deportivo.

El PGOU se plantea la obtención de nuevos espacios para el sistema, normalmente como cesiones

gratuitas vinculadas al desarrollo de unidades de ejecución en SU-NC y sectores de suelo urbanizable. Mención especial requiere la ampliación de la zona de equipamiento deportivo de la Fuente del Saso,

integrada en el sistema general, cuya obtención se plantea mediante su adscripción a sectores de suelo urbanizable.

El PGOU indica sobre planos la localización de suelo o edificios pertenecientes al sistema, en ocasiones sin indicar su destino concreto. 7.1.2.5 Sistema de infraestructuras.

Las inversiones efectuadas y en curso, en el sistema de abastecimiento y distribución de agua potable, y en el sistema de alcantarillado y depuración de aguas residuales, vienen a configurar una situación aceptable y suficiente para las expectativas de desarrollo del municipio.

Sin embargo, subsisten algunos antiguos problemas, y se han suscitado otros: • mal estado de las redes en buena parte del casco antiguo, que provoca roturas y fugas, en ocasiones

con consecuencias ruinosas para un caserío envejecido • utilización de acequias como alcantarillas, singularmente las que atraviesan el casco antiguo

(Cicoleta, etc.) • necesidad de urbanización completa del polígono industrial de La Armentera: agua, alcantarillado,

depuración, etc. • ubicación de la EDAR demasiado próxima al núcleo urbano (a unos 500 m), que genera problemas

de olores en las zonas más próximas, y reclama medidas correctoras (banda de protección, cubrición de balsas, etc.)

Especial mención requiere el tema de los tendidos aéreos de conducciones eléctricas y telefónicas en

suelo urbano, así como la creciente aparición de contadores eléctricos vistos en las fachadas de los edificios. El PGOU regula esta cuestión en la Normativa del Plan General, en el sentido de prohibir la nueva instalación de estos elementos en suelo urbano o urbanizable, y obligar a la desaparición paulatina de los existentes.

Page 21: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

19

7.1.3 LAS TENDENCIAS DEL CRECIMIENTO.

La vocación de crecimiento de Monzón se expresa en las demandas de nuevo suelo urbanizado tanto de uso residencial como de uso industrial, y en la difusión o extensión del centro urbano.

En cuanto al suelo industrial, destaca:

1) La necesidad de urbanización del polígono de La Armentera, en el que se han producido diversos hechos

significativos: • sellado del vertedero industrial de “Aiscondel” • deseos de “Ebro-Puleva” (Aiscondel), de enajenar los terrenos de su propiedad, excepto la factoría

propiamente dicha • permisividad de implantaciones industriales por motivos de “interés público” (en SUNP), en muchos

casos sobre parcelas enajenadas por el Ayuntamiento, sin abordar la urbanización global del área • abandono (casi total) de la residencia y de las viviendas colectivas de la “colonia” residencial de

Aiscondel • subsistencia del Airon-Club (centro deportivo privado), y de las viviendas unifamiliares (en su mayor

parte ubicadas en el término municipal de Castejón del Puente) La problemática citada aconseja adoptar una nueva estrategia para la transformación del área, distinguiendo las situaciones de la factoría actual (suelo urbano consolidado), del antiguo vertedero (sujeto a control ambiental por un dilatado periodo de tiempo, que motiva su clasificación como suelo no urbanizable especial), de los terrenos vacantes propiedad de Aiscondel (suelo urbanizable), de los terrenos con implantaciones industriales de interés público (suelo urbano no consolidado), y de la antigua zona residencial, que no puede transformarse en una nueva zona residencial por su proximidad a industrias peligrosas (químicas), por lo que parece más factible una zona de industria-escaparate con frente a la carretera N-240, y que desde luego debería albergar la mayor parte de las cesiones de zonas verdes y equipamiento del suelo urbanizable industrial.

2) La necesidad formulada por el Ayuntamiento de ampliar el polígono industrial de Paúles.

La práctica colmatación por asentamientos industriales del polígono de Paúles, y la demanda detectada de nuevos asentamientos, están en la base de las necesidades de ampliación del polígono. Por la configuración geográfica del polígono, entre el río Cinca (O), y los Tozales (E), la única posibilidad de ampliación es en dirección N, sobre terrenos agrícolas de regadío de buena calidad. Ello compromete el destino industrial de la extensión N, siguiendo el eje de la carretera de Fonz.

3) Los problemas derivados de algunas implantaciones industriales dispersas.

Algunas implantaciones industriales fuera de los polígonos citados han sido fuente de problemas por la difícil coexistencia con usos residenciales. Es el caso de “Magdalenas Heras” en La Carrasca, que genera problemas de ruidos, olores, y sobre todo de seguridad vial en la travesía de la N-240. Actualmente se ha planteado el cierre y traslado de la empresa, en un proceso polémico. Otras implantaciones dispersas se han transformado para usos residenciales (caso de Alvisa, que a través de una modificación puntual del PGOU/86 se recalificó para viviendas unifamiliares adosadas, dando lugar a una curiosa urbanización aislada entre Monzón y el barrio de La Carrasca). Otras se plantean su traslado a polígonos, normalmente ligado a la recalificación para usos residenciales de sus terrenos actuales. No puede descartarse que el proceso prosiga. En cuanto al suelo residencial:

4) La transformación de la “colonia” residencial de Hidro-Nitro.

Formulada por la propia empresa, que desea recalificar sus terrenos residenciales para obtener una rentabilidad económica de su “pasivo”, en un proceso similar al de Aiscondel en La Armentera, que deriva de la práctica desaparición del modelo de implantación industrial con colonia residencial aneja. Se resalta el aislamiento de la zona residencial al N del ferrocarril, y su excesiva proximidad con las zonas industriales anejas (Paúles e Hidro-Nitro), lo cual supone un hándicap importante que aconseja su ulterior destino a usos no residenciales, pese a la dificultad derivada del régimen de protección al amparo del cual se construyeron las viviendas, que dificulta su desvinculación y sustitución ulterior. La renovación planteada puede permitir la obtención de los terrenos necesarios para la conexión directa del polígono industrial Paúles con la carretera N-240, debería permitir la cesión de terrenos propiedad de la empresa en la ribera de la Jacilla (tras el colegio Salesiano). El procedimiento puede concretarse mediante un Convenio Urbanístico que regule la renovación urbana del ámbito mediante un PERI, las cesiones vinculadas, etc.

Page 22: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

20

5) La construcción de la antigua Azucarera.

Tras el Convenio suscrito por la Sociedad General Azucarera y el Ayuntamiento de Monzón al hilo del PGOU/86, se produjo la división de los terrenos de la antigua Azucarera en dos porciones, una que se cedió al Ayuntamiento con destino a los sistemas generales de verde y de equipamiento, y otra en la que debían materializarse los aprovechamientos lucrativos que constituía la UE-59 del PGOU/86. Aún cuando se ha ejecutado parcialmente el parque y diversos equipamientos, no se ha materializado el aprovechamiento lucrativo al no haberse desarrollado la antigua UE-59, siendo así que está llamada a constituir una nueva centralidad urbana. La revisión del PGOU redefine la UE, sujeta a desarrollo mediante PERI, con los siguientes parámetros:

Superficie: 23.392,54 m2 Aprovechamiento total: 31.483 m2 (residencial y comercial) + 5.000 m2 (hoteleros) Ocupación máxima:

- Planta baja: 60% - Plantas alzadas: 30%

Número máximo de plantas: B+6 Número máximo de viviendas: 230 Ordenación: volumetría específica

6) La colmatación residencial E (hasta la variante de la carretera de Pueyo / A-1234).

La construcción de la variante de la carretera A-1234 (carretera de Pueyo), al O de Monzón, ha producido unos espacios intersticiales entre la misma y el núcleo urbano, que están llamados a integrarse en la trama urbana. Son los siguientes:

1) Ribera N del Sosa: entre el Colegio Salesiano, N-240, A-1234 y río Sosa 2) Ribera S del Sosa 3) Final del Paseo de la Arboleda (O) 4) Final del Cº. del Molino (NO)

La presente Revisión del PGOU incorpora dichas áreas al desarrollo urbanístico mediante: • la clasificación como suelo urbanizable no delimitado (SUb-ND) de la ribera Sur del Sosa, que debe

permitir la cesión de superficies junto al Sosa con destino al Parque de La Jacilla (sistema general adscrito)

• la clasificación como suelo urbano no consolidado (SU-NC) de las áreas al final del Pº. de la Arboleda y del Cº. del Molino

7) El desarrollo de la zona S: “El Cascallar” y la “Fuente del Saso”.

Una de las zonas posibles de extensión de Monzón es la situada al SO del núcleo, tal como se preveía en el PGOU/86. Podemos distinguir dos sub-áreas, al E (“Fuente del Saso”) y al O (“Cascallar”) de la Av. Pueyo. 1) Área de la “Fuente del Saso”.

Integrada por superficies vacantes entre el núcleo urbano y la zona deportiva municipal. Podemos distinguir dos sub-áreas, que llamamos “Fuente del Saso N” y “Fuente del Saso S”. 1.a) “Fuente del Saso N”: viene a coincidir con un ámbito clasificado como SUNP en el PGOU/86,

que no ha sido desarrollado; la presente Revisión del PGOU contempla dicha superficie como suelo urbanizable delimitado (SUb-D), al considerarse de urbanización prioritaria.

1.b) “Fuente del Saso S”: se trata de un sector de suelo urbanizable (incorporado al PGOU/86 mediante una Modificación Puntual), que cuenta con Plan Parcial aprobado, y se encuentra en ejecución; la Revisión del PGOU incorpora el mencionado Plan Parcial con el carácter de “planeamiento recogido”

El anterior PGOU (con sus modificaciones) contemplaba un viario (sistema general) llamado a constituir la variante S de Monzón; pese a la nueva variante N proyectada por el Mº. de Fomento, subsiste dicho vial en forma de “bulevar” de 40 m de latitud, como sistema general adscrito a los mencionados sectores. La urbanización de los mencionados sectores debería permitir la cesión de superficies de sistemas generales para la ampliación S de la zona deportiva municipal de la Fuente del Saso.

Page 23: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

21

2) Área del “Cascallar”. Situada al O de la Av. Pueyo. La construcción de la EDAR (estación depuradora de aguas residuales) en terrenos de la chopera junto al río Cinca (antiguo “filtro verde”, o depuradora natural de las aguas residuales), y el necesario paso de colectores por terrenos privados, llevó al Ayuntamiento, en los años 1994 y 2002, a suscribir un Convenio Urbanístico con los propietarios de la Finca El Cascallar (que comprende la mayor parte de las superficies del área), en virtud del cual se produjo la cesión anticipada de los terrenos necesarios (clasificados como SNU por el PGOU/86) para la mencionada EDAR (23.691 m2) y para el paso de colectores; la contrapartida era la clasificación como suelo urbanizable de una superficie de unas 5 ha junto a la Av. Pueyo (con edificabilidad de 0,5 m2/m2, para viviendas unifamiliares), considerándose los 23.691 m2 cedidos para la EDAR como cesión del 10% de aprovechamiento medio del futuro sector. La construcción de la EDAR llevó aparejada la recomendación de preservar de edificaciones residenciales una banda de protección de 500 m en torno de la depuradora, con lo que los terrenos aptos para la edificación se limitan a una franja junto a la Av. Pueyo que se clasifica como SUb-ND en la presente Revisión del PGOU. Se ha delimitado un sector de SUb-D denominado “Cascallar N”, que engloba las 5 ha a que se refería el Convenio citado. Asimismo, se define un ámbito de SUb-ND “Cascallar S”.

8) La transformación de “Los Tozales”.

El área de “Los Tozales” se ubica al N de Monzón, entre la carretera de La Almunia y las huertas de Paúles. Se trata de terrenos de escaso o nulo valor agrícola y topografía apta para la urbanización, que se benefician de su cota elevada sobre el polígono industrial Paúles, y de la facilidad de conexión con las redes de servicios urbanísticos existentes en su entorno. Su urbanización residencial vendría a consolidar el barrio de Los Tozales, hasta hoy una extensión suburbana en el eje de la Av. de La Almunia, apenas desdoblada por la C/. Velázquez al O de la misma, que podría alcanzar la entidad de un barrio y la aparición de un área de centralidad secundaria. La ordenación del ámbito debe contemplar, con carácter de espacio natural o verde público, el monte o tozal existente, que se califica como sistema general adscrito.

9) El crecimiento E: “Salobras”, “Torrefuentes”, “Valle Tamarite” y “Cabañera”.

La extensión de Monzón hacia el E puede producirse en dos unidades geográficas diferenciadas, situadas en una y otra margen del río Sosa. 1) “Salobras” y “Torrefuentes”. Al N, en la margen derecha del Sosa, los ámbitos “Salobras” y “Torrefuentes”, separados entre sí por la barrera de la línea ferroviaria, si bien se benefician de la proximidad del paso inferior de la C/. Lastanosa, y en el futuro de los enlaces viarios proyectados (prolongación C/. Mª. Moliner y conexión con Cª. de La Almunia), que relacionarán la extensión con el centro urbano y con la variante de la N-240. En el ámbito “Salobras” ha de tenerse presente la naturaleza de las laderas que lo limitan al N, con riesgo de desprendimientos, lo cual sugiere la disposición de una banda de protección con carácter de verde público inmediata a la mencionada ladera. Del mismo modo, la existencia de una SET eléctrica (sistema general) en el ámbito, y la línea ferroviaria, aconsejan la disposición de bandas de protección en torno de las mismas. En el ámbito “Torrefuentes” es destacable la existencia de una residencia de ancianos, que puede quedar integrada en la futura ordenación como equipamiento comunitario (compatible con la titularidad privada de la residencia). 2) “Valle de Tamarite” y “Cabañera”.

Al S del Sosa, se diferencian los ámbitos de “Valle de Tamarite” y “Cabañera”, separados por la carretera N-240 o Av. de Lérida. La unidad geográfica de ladera orientada a N, y la tipología del parcelario y los caminos existentes, sugiere una ordenación en trama rectangular, que da lugar a manzanas escalonadas de reducido fondo, muy aptas para un uso global residencial unifamiliar, en la cual la Av. de Lérida se insertaría como una “diagonal” eje del crecimiento. Se delimita el sector de SUb-D de la “Cabañera”, limitado al S por el Cº. de la Cabañera y las edificaciones del barrio de La Carrasca. Su urbanización se considera prioritaria, con el objetivo de unión del núcleo de Monzón con el barrio de La Carrasca. El antiguo Cementerio incluido en el sector “Cabañera” aconseja la disposición de una banda de protección con carácter de verde público en torno del mismo. El ámbito de SUb-ND que hemos llamado “Valle de Tamarite” quedaría limitado al N por un vial de ronda trazado sobre el antiguo ramal ferroviario (hoy en desuso). Su desarrollo es más una posibilidad derivada de su buena situación y accesibilidad, que una necesidad.

Page 24: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

22

La ordenación del ámbito “Valle de Tamarite” deberá contemplar el destino de verde público de los terrenos más próximos a la Sosa, que engrosarán el futuro parque fluvial. La ordenación global de dichos ámbitos debería contemplar un eje verde, zona verde lineal o gran bulevar central capaz de relacionar una trama urbana concebida de forma unitaria en ambas márgenes de la N-240, y con la zona de equipamientos proyectada al O (junto a C/. La Balsa) en el remate del eje.

10) La extensión de “La Carrasca”.

El barrio de La Carrasca ha experimentado cierto crecimiento residencial e industrial hacia el S, sobre SNU del PGOU/86, que es conveniente regular urbanísticamente. Por otra parte, en el futuro pudiera plantearse un crecimiento a mayor escala, en un ámbito estructurado por la carretera de Binaced, sobre terrenos con unas buenas condiciones para la edificación. La ordenación del ámbito debe permitir la creación una gran área pública (verde y equipamiento) en las inmediaciones del nuevo Cementerio, y proporcionar los terrenos para la conexión de la carretera de Binaced con la N-240, exterior al barrio al E del mismo. Debe contemplar así mismo la solución de los vertidos de aguas residuales (puesto que la escorrentía natural de los terrenos vierte hacia el E y S), bien mediante bombeo hacia la red de alcantarillado existente, o bien mediante una nueva EDAR (sistema general adscrito).

11) El núcleo consolidado.

La tradición en la aplicación del PGOU/86 aconseja el mantenimiento de su ordenación en general, si bien se introducen pequeños retoques en la misma. El casco antiguo mantiene vitalidad, pese al deterioro y/o la ruina del caserío en localizaciones puntuales. En el límite, se han producido algunos derribos de edificios (C/. Sisallo, C/. Cantarero, etc.), cuyos solares transferidos al Ayuntamiento, han sido destinados a espacios libres o aparcamientos, produciendo una indeseable discontinuidad o ruptura de la trama urbana. La Revisión del PGOU contempla la edificación de dichos solares públicos, bien para viviendas protegidas en régimen de alquiler, o bien con destino a equipamiento (incluso edificios-garaje). El problema del aparcamiento de vehículos en el centro y en el casco antiguo, ha llevado a definir una serie de localizaciones estratégicas para aparcamientos subterráneos o en edificios específicos [Plaza de San Juan (residentes), entorno de la Estación de Autobuses, antigua Azucarera, C/. Cabañera (residentes), C/. Barón de Eroles – CHE, Plaza de Aragón, etc.]. La canalización de la Sosa en su travesía urbana permite plantear un nuevo vial entre las edificaciones y el cauce ordinario, dando salida a las calles de Santa Ana (rodada) y del Sosa (peatonal). El desarrollo global de Monzón conllevará sin duda la reorganización de la centralidad. La presente Revisión del PGOU contempla la extensión del centro a lo largo del eje constituido por la travesía de la carretera N-240 (Pº. San Juan Bosco - Av. Lérida), con un nuevo polo en la antigua Azucarera (hotel, recinto ferial, parque central, aparcamientos, etc.), que vendría a descongestionar el centro tradicional (Ayuntamiento, C/. Lanuza, Av. Pilar y C/. Santa Bárbara), y una deseable nueva centralidad a lo largo de la Av. de Lérida entre Monzón y La Carrasca. Así mismo se plantea la conveniencia de propiciar centralidades secundarias en los distintos barrios: C/. Huesca en el Palomar, cruce de la N-240 con la Cª. de Binaced en La Carrasca, Los Tozales, etc. El apreciable desarrollo de las UE’s planteadas por el PGOU/86, manifiesta el éxito de las promociones inmobiliarias de pequeño y mediano tamaño, quizás más adecuadas a la escala de los promotores y constructores locales. Se considera conveniente el mantenimiento o reforma de las UE’s no desarrolladas, así como el planteamiento de nuevas unidades de ejecución.

12) Selgua y Conchel.

La Revisión del PGOU contempla la posibilidad de un moderado crecimiento de los núcleos de Selgua y Conchel. Selgua con mayor tendencia al desarrollo agrícola y ganadero, con cierta concentración de asentamientos agro-industriales en el entorno de la carretera de Berbegal. Conchel con mayor vocación turística y residencial.

Page 25: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

23

7.1.4 LA CLASIFICACIÓN DE SUELO.

Respecto de la clasificación y régimen del suelo el Plan sigue el siguiente esquema conforme prevé el Título I de la LUA:

Suelo Urbano consolidado. Constituido por aquellos terrenos que no necesiten de desarrollo urbanístico. Como norma, en este tipo de suelos se tenderá a la actuación individual por parcela, señalando en algún caso nuevas alineaciones que afectarán a las operaciones de renovación de la edificación que se vayan produciendo durante la vigencia del planeamiento. (art. 17 LUA). Las actuaciones sobre parcelas individuales se regularán mediante la normativa urbanística y las ordenanzas de edificación, donde se contemplarán las posibilidades edificatorias de las parcelas en función de parámetros objetivos (ocupación, fondos y altura edificable y/o edificabilidad neta) sin acudir a complejos sistemas de adjudicación de aprovechamientos urbanísticos subjetivos.

Suelo urbano no consolidado.

Constituido por terrenos comprendidos en Unidades de Ejecución, y los suelos que se estime conveniente someter a procesos integrales de urbanización, renovación o reforma interior, tal como estipula el art. 14 de la LUA. El Plan evitará complejos sistemas de desarrollo, decantándose por fórmulas equilibradas de equidistribución que posibiliten la obtención de terrenos dotacionales, viarios, etc., por parte municipal, con una sencilla gestión urbanística entre los propietarios, actuando el Ayuntamiento como agente impulsor y dinamizador. Las obligaciones de los propietarios del suelo urbano no consolidado serán las previstas en el artículo 18 LUA, siendo el aprovechamiento urbanístico subjetivo correspondiente al particular el 90% del aprovechamiento medio de la unidad de ejecución (LUA-102.3), excepto en las áreas que se definen de “rehabilitación” o “reforma interior” en las que coinciden los aprovechamientos objetivo y subjetivo (LUA-102.1). Dichas unidades de ejecución se diseñan con racionalidad, sin crear expectativas de crecimiento infundadas o irreales, con el objetivo de completar las tramas existentes, redefiniendo los bordes, facilitando las renovaciones urbanas allí donde sean precisas, y teniendo muy en cuenta las necesidades dotacionales.

Suelo no urbanizable.

El artículo 9 de la Ley 6/98, legislación básica estatal, y el artículo 19 de la Ley 5/99, urbanística de Aragón establecen que tendrán la condición de Suelo No Urbanizable los terrenos en los que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) Los que deban incluirse en esta clase de suelo por estar sometidos a algún régimen especial de

protección incompatible con su transformación de acuerdo con distintos instrumentos de ordenación territorial o legislación sectorial. Es decir, el Plan debe clasificar imperativamente como suelo no urbanizable:

Aquellas partes del territorio que hayan sido protegidas por instrumentos de ordenación territorial aprobados por la Comunidad Autónoma o por el Estado en razón de sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales o de riesgos naturales acreditados, no pudiendo hacer otra cosa el Plan que reproducir la clasificación derivada de un instrumento de rango territorial.

Aquellas partes del territorio sujetas a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público en función de las legislaciones sectoriales de aguas, carreteras, ferrocarril, sector eléctrico, vías pecuarias, etcétera. Se trata, por tanto, de la transposición al territorio de la legislación que regula las distintas infraestructuras que por el mismo discurren y que deben hacer compatible su desarrollo y mantenimiento con su presencia en el medio rural.

b) Los que el Plan General considere necesario preservar por sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, de riesgos naturales acreditados, agrícola, forestal, ganadero o por sus riquezas naturales, así como aquellos que considere inadecuados para el desarrollo urbano. Es decir, cuando la voluntad municipal vaya más allá que la del legislador autonómico o estatal en preservar suelos por diversos valores de su posible desarrollo residencial de tal forma que sin llegar a reunir valores de interés regional o estatal reúnan valores de interés local que los hacen merecedores de un rango de especial protección y conservación para las generaciones futuras, y cuando reúnan valores de carácter productivo (agrícola, forestal y ganadero) que no tienen cabida en la protección de índole territorial pero sí en la local.

Page 26: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

24

Atendiendo a esta clasificación la Ley Urbanística de Aragón prevé que el planeamiento pueda distinguir dos categorías:

Suelo No Urbanizable Especial que incluirá los terrenos en que concurran las circunstancias

descritas en los apartados a) y b) anteriores (LUA, art. 20.1 y 2) Suelo No Urbanizable Genérico que serán los restantes (LUA, art. 20.3), es decir el que el

municipio considera no apto para su desarrollo residencial por razones de oportunidad y estrategia territorial y no por reunir alguna característica especial objetivable.

Suelo urbanizable delimitado. Integrado por suelos urbanizables, esto es, con posibilidad de transformación mediante su urbanización, agrupados en “sectores”, para aquellas actuaciones prioritarias a corto y medio plazo para garantizar el desarrollo urbano racional. Las obligaciones de los propietarios serán las previstas en el artículo 29 de LUA, y conllevarán la necesidad de planeamiento de desarrollo (Plan Parcial o Plan Especial), con cálculo del aprovechamiento medio (conforme al art. 101.3 de LUA) y cesión gratuita del 10% del mismo al Municipio, procesos de equidistribución y urbanización a costa de los propietarios (teniendo en cuenta la posibilidad de hacer uso de los nuevos sistemas de actuación contemplados por la LUA en caso de estimarse necesario sustituir a la iniciativa privada para posibilitar un fácil y rápido desarrollo de los sectores). En tanto no se haya aprobado la ordenación detallada (Plan Parcial), se aplicará el régimen establecido en el art. 30.2 de LUA.

Suelo urbanizable no delimitado.

Integrado por ámbitos de suelo urbanizable, para aquellas actuaciones de desarrollo a medio o largo plazo, con mayor indefinición en sus concreciones, o respecto de las que no sea prudente en este momento descender en sus determinaciones. Tras la delimitación del sector y su aprobación, las obligaciones de los propietarios serán las mismas que para el urbanizable delimitado. En tanto no se haya aprobado la delimitación de sectores y su ordenación detallada (Plan Parcial), se aplicará el régimen del suelo no urbanizable genérico (art. 23 a 25 de LUA), teniendo los propietarios los derechos y deberes del art. 21 de LUA.

La propuesta que contiene el PGOU, congruentemente con la LUA, clasifica la totalidad del suelo del Término Municipal en alguna de las clases y categorías siguientes:

suelo urbano consolidado no consolidado

suelo no urbanizable especial genérico

suelo urbanizable delimitado no delimitado

El sentido de esta clasificación es el de establecer los distintos regímenes jurídicos aplicables a la

propiedad de las distintas clases y categorías de suelo, o con otras palabras, las distintas condiciones (derechos y obligaciones) inherentes a la propiedad del suelo.

Tal como se ha desarrollado previamente, la distinción entre suelo no urbanizable genérico y suelo urbanizable no delimitado es discutible, y está sujeta a controversia jurídica; en el PGOU, se ha optado por distinguir entre dichas clases (de acuerdo con LUA).

Page 27: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

25

7.1.4.1 El Suelo Urbano (SU).

La delimitación de esta clase de suelo, emana de los objetivos expuestos en el anterior apartado de Criterios y Objetivos de Planeamiento. De acuerdo con ellos se ha clasificado como suelo urbano una superficie justificada en función de las previsiones de evolución de las tendencias territoriales detectadas, y en función del objetivo de consolidar y completar los núcleos urbanos heredados, tanto en sus bordes como en los vacíos existentes en el interior, recuperando las tramas históricamente formadas, y aprovechando las redes de infraestructuras o carreteras existentes para clasificar terrenos próximos.

Se trata de una clasificación de suelo urbano adecuada a la capacidad de las infraestructuras existentes o previstas, que facilite a corto y medio plazo la creación de suelo urbano a un coste mínimo, así como asegurar la eficacia de la gestión municipal.

El criterio seguido ha sido el de recoger terrenos con situaciones consolidadas en mayor o menor grado, o con servicios urbanos próximos (fácil conexión). Por lo demás, la clasificación ha sido estricta, incluyendo aquellos terrenos cuya edificación parece más factible y coherente con los objetivos de planeamiento.

La existencia de ciertas áreas con problemas de gestión, y/o carentes de la totalidad o parte de los servicios urbanos, como áreas intersticiales, vacíos urbanos, etc., obliga a establecer ciertas condiciones especiales de gestión, que garanticen que estas zonas llegarán a poseer la totalidad de los servicios urbanos en ejecución del planeamiento.

Lo anterior unido a la conveniencia de mejorar en ciertos puntos condiciones de urbanización que atañen al viario, sistema de espacios libres, sistema de equipamiento, infraestructuras, etc., ha llevado a distinguir dentro del suelo urbano las categorías de suelo urbano “consolidado”, y "no consolidado”, integrado este último por diversas “unidades de ejecución". Así, las Unidades de Ejecución aparecen como aquellas porciones del suelo urbano, en las que son precisas ciertas operaciones previas a su consideración como solares de pleno derecho, y a la edificación subsiguiente, y permitirá en general la recuperación de plusvalías de urbanización por el Ayuntamiento; en particular las cesiones gratuitas de espacios libres y suelos dotacionales al servicio de la UE, la completa urbanización y la cesión del 10% de aprovechamiento.

Estas operaciones previas son diferentes para las distintas unidades de actuación, si bien suelen ser:

• ocasionalmente Plan Especial o Estudio de Detalle • reparcelación • cesión de viales, espacios libres, equipamiento y 10% del aprovechamiento medio • ejecución de la totalidad o parte de la urbanización

En cada UE, la reserva de terrenos para la construcción de vivienda protegida será al menos el 15% de la

edificabilidad fijada para la misma. La delimitación de las unidades de ejecución se ha efectuado de modo que afectando a un número

mínimo de propietarios, posibiliten la reparcelación voluntaria, o la ágil implementación de los procesos administrativos inherentes a los sistemas de actuación que establece la Ley 5/1999 Urbanística de Aragón (LUA).

Normalmente el sistema de actuación previsto para desarrollar las unidades de ejecución es el de “compensación” (simple reparcelación en la mayor parte de los casos), o subsidiariamente “cooperación”; excepcionalmente, algunas se desarrollarán por el sistema de “expropiación” (obtención de zonas verdes, supresión de edificaciones); no se descarta la ulterior definición de los sistemas de actuación aplicables con arreglo a la LUA, y en particular el sistema de “concesión de obra urbanizadora”.

Las unidades de actuación se han reflejado en los planos de PGOU, y en fichas individualizadas, y son las siguientes:

Monzón

UE-M1: situada al N del polígono industrial Paúles; tiene por objeto la urbanización del área,

para lo cual se define el ámbito de gestión y la ordenación de una pequeña ampliación del polígono Paúles, para lo cual se definen viales enlazados con la trama del polígono.

UE-M2: situada al N del polígono industrial Paúles; tiene por objeto la urbanización del área , se define el ámbito de gestión y la ordenación de una pequeña ampliación del polígono Paúles, para lo cual se definen viales enlazados con la trama del polígono.

Page 28: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

26

UE-M3: comprende los terrenos de la colonia residencial de HNE, al N y S del ferrocarril, y otros hasta el Sosa al S y variante de carretera al O. Su desarrollo en una operación de renovación urbana requiere de la aprobación de un PERI (edificabilidad bruta 0,65 m2/m2), que debe contemplar la ampliación del vial en prolongación de la C/. Peñaranda, llamado a formar parte de la conexión del polígono Paules y Cª. de Fonz con la N-240 mediante un paso inferior del ferrocarril, y la cesión de importantes superficies de sistemas generales de verde (parque de La Jacilla, ribera del Cinca) y equipamiento (junto colegio Salesiano). Se contemplan dos unidades de ejecución: 3a (al N del ferrocarril) destinada a usos industriales (industria ligera o industria limpia) y comerciales; 3b al S del ferrocarril destinada a usos residenciales (ordenación volumétrica). El 15% de la edificabilidad residencial deberá destinarse a viviendas protegidas (VPA).

UE-M4: comprende los terrenos situados tras la “Renault”, hasta el ferrocarril (N) y colonia HNE (O), que se pretenden desarrollar mediante la apertura de nuevo viario. La ordenación volumétrica de la edificación requiere de la aprobación de un ED (aprovechamiento neto 1,5 m2/m2).

UE-M5: comprende la antigua UE-59 en la cual se localizaban los aprovechamientos urbanísticos correspondientes a la cesión de terrenos de la antigua Azucarera para parque y equipamientos; aprovechamiento total: 31.483 m2/230 viviendas y comercial y 5.000 m2 de uso hotelero. Deberá urbanizar el vial de servicio paralelo a Pº. San Juan Bosco exterior al ámbito.

UE-M6: comprende los terrenos entre el “intermarché” de Av. Fonz y la antigua fábrica (hoy en desuso) de Av. Almunia – C/. Murillo; se define la ordenación del ámbito, que contempla una zona verde en el entorno de la acequia existente, con apertura de viales que permitan una edificación razonable de viviendas unifamiliares.

UE-M7 (antigua UA-12b): operación de apertura de viario (C/. Muret y C/. Transversal a Barón de Eroles) completando la trama de “ensanche”; se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M8: apertura de viario público. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M9: ordena terrenos en “Salobras”, al E del paso inferior del ferrocarril y hasta la línea eléctrica AT existente (que no se ve alterada); contempla cesión de terrenos para zona verde, al pie de la ladera sujeta a desprendimientos como banda de protección del riesgo, y con destino a equipamientos junto al ferrocarril.

UE-M10: a ambos lados de la C/. Azucarera (puente de la Jacilla), define parcelas edificables para viviendas unifamiliares (lado O), y en bloque (lado E), para corresponder a las cesiones anticipadas de terrenos para la apertura de la C/. Azucarera y puente de La Jacilla; contempla cesiones para verde público en el inicio del futuro parque de La Jacilla, y un área de equipamiento público destinada al aparcamiento de vehículos en las proximidades de la Estación de Autobuses.

UE-M11 (antigua UA-13): ubicada al final (O) del Paseo de la Arboleda; la ordenación grafiada localiza las cesiones (verde y equipamiento) junto a los espacios libres del sector del “Molino”, y regula la edificación en zona de ordenación volumétrica con diversas alturas decrecientes hacia el O.

UE-M12: ordena terrenos ocupados por las naves de industrias “Canales”, y permite obtener cesión de terrenos destinados a viario público transversal a la Av. Pueyo.

UE-M13: la variante de la carretera A-1234 produce un espacio residual entre la misma y la C/. Selgua (en parte propiedad del Ayuntamiento), cuyo desarrollo urbanístico permite rematar las edificaciones del polígono residencial del “Molino”, y urbanizar la prolongación de la C/. Molino hasta la variante.

UE-M14 (antiguas UE´s 16b y 17): área intersticial tras las altas edificaciones de Av. Pilar; tiene por objeto ordenar la edificación y completar la urbanización entre la C/. Manuel Serrano y el Pº. de la Arboleda.

UE-M15: ordena un área de cierta extensión entre las traseras de las edificaciones de Av. Pueyo, las edificaciones al S de la C/. Molino y la acequia existente (que se toma como límite de la banda de protección (SNUE) de la EDAR; se desarrollará mediante PERI (edificabilidad bruta 0,6 m2/m2; cesiones s/. RPUA); la ordenación grafiada es indicativa.

UE-M16: apertura de viario y plazuela, completando la trama urbana. UE-M17: apertura de viario de penetración desde la Av. Pueyo; se considera una operación de

reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1). UE-M18 (antiguas UE’s 19-20-21): apertura de viario que completa la trama urbana, resolviendo

la transición entre una de las zonas más degradadas del casco antiguo y la trama de “ensanche” de C/. Ebro (hoy sin salida), C/. Tajo y C/. Fuente del Saso. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M19: apertura de viario de conexión entre C/. Tajo y C/. Sella. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

Page 29: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

27

UE-M20 (antiguas UE’s 27-28): ordena unas parcelas agrícolas entre las hileras de unifamiliares de C/. Fuente del Saso y el Cº. de la Fuente del Saso; las dificultades del desarrollo de las anteriores UE’s 27-28, posiblemente a causa de englobar una explotación ganadera en situación de “fuera de ordenación urbanística” situada al E del Cº. Fuente del Saso, han llevado a la exclusión de la misma de la nueva UE.

UE-M21 (parte de la antigua UE-29): apertura de viario en prolongación de C/. Júcar hasta C/. Las Eras. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M22 (parte de la antigua UA-39): ordena un área entre las traseras de las edificaciones de C/. Santa Bárbara y Cº. Molino de Pena, y la ribera del Sosa, mediante la apertura de un vial en prolongación de la C/. Sosa que viene a delimitar el área edificable con viviendas unifamiliares y una zona verde junto a la ribera del Sosa.

UE’s M23/M24/M25 (antigua UA-40): la extensión, el elevado número de propietarios y la compleja ordenación de la anterior UA-40, posiblemente impidieron el desarrollo de la misma (pese a haberse redactado incluso un proyecto de reparcelación que no llegó a aprobarse), y están en el origen de la reforma proyectada; la nueva ordenación divide la antigua UA-40 en las nuevas UE´s 23-24-25, de menor superficie, menos propietarios y mayor homogeneidad de situaciones, con lo que se facilita el desarrollo de las mismas. UE-M23: UE-M23: la nueva ordenación permite obtener una zona verde, que constituirá un

magnífico mirador sobre las riberas del Sosa. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M24: la nueva ordenación respeta la trama de caminos existente, si bien amplía su anchura, lo cual conlleva la sustitución de edificaciones existentes; así mismo, permite la obtención de suelo destinado a equipamiento; se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M25: la nueva ordenación resuelve la transición hacia el ámbito de suelo urbanizable no delimitado “Valle de Tamarite”, y permitirá obtener suelo para equipamiento comunitario en las inmediaciones del futuro parque del Sosa

UE-M26 (antigua UA-34): apertura de viario para conexión de C/. Castillo y C/. Ozcoidi. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M27 (antigua UA-45): el complejo diseño (plaza porticada y pasajes) de la UA-45 quizás sea la causa de que no se haya desarrollado hasta la fecha; la nueva UE-29 simplifica el diseño anterior, y sustituye las anteriores cesiones de espacios libres por la adscripción de un aparcamiento de vehículos destinado a “residentes”, que puede ser de titularidad pública o privada, implementándose mediante Convenio Urbanístico; el aparcamiento deberá ser de la máxima capacidad posible, y ocupará las plantas sótano de la futura edificación. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M28 (parte de la antigua UA-44): apertura de viario entre C/. Alfarería y C/. Tejerías, y ampliación y rectificación de ambas. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M29: apertura de viario de penetración desde la Av. Pueyo; se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M30: PERI para ordenar parcelas agrícolas periurbanas próximas a las zonas de unifamiliares de C/. Fuente del Saso y el Cº. de la Fuente del Saso.

UE-M31 (antiguas UA’s 52-53-54): apertura de viario entre C/. o Cº. Ferrinales y C/. San Lázaro, que interconecta la trama. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

UE-M32 (antigua UA-55): apertura, ampliación y urbanización de viario, que conforma una manzana entre la Travesía de C/. San Lázaro y Av. Lérida.

UE-M33: responde a un borrador de Convenio Urbanístico que se considera aceptable; permite obtener una gran cesión de terrenos destinados a verde público y equipamiento comunitario en terrenos de ladera, situados entre la Cabañera y el nuevo Cementerio, así como la edificación residencial unifamiliar de los terrenos contiguos a la Cabañera.

UE-M34: ordena la transformación de una parcela ocupada por una antigua explotación ganadera, que ahora se destina a la construcción de viviendas unifamiliares.

UE-M35: ordena la urbanización de terrenos al SO del Cº. Cabañera, destinados a la construcción de viviendas unifamiliares en la extensión S del barrio de La Carrasca; permite la obtención de una plaza o zona verde.

UE-M36 (antiguas UA’s 56-57): engloba las antiguas UA’s 56 y 57 (magdalenas “Heras”), hoy edificadas (industria limpia), si bien sigue pendiente la cesión y urbanización de la pequeña zona verde. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

Page 30: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

28

UE-M37: ordena una amplia extensión de terreno al S del barrio de La Carrasca, parcialmente edificado (viviendas unifamiliares y una industria), pero con carencias de urbanización; el desarrollo debe efectuarse mediante PERI (edificabilidad 0,5 m2/m2; cesiones s/. RPUA); la ordenación grafiada con carácter indicativo permite la obtención de suelo destinado a verde y equipamiento públicos.

UE-M38: ordena una banda de terrenos junto a la Av. Lérida (lado SO); permite la obtención de verde y viario transversal a la Av. Lérida.

UE-M39: ordena terrenos anejos al barrio de La Carrasca al E del mismo, hoy ocupados en su mayor parte por establecimientos industriales sujetos a procesos de deslocalización o traslado, con destino a usos residenciales; la ordenación proyectada prolonga la trama del barrio (Av. Central, C/. Sierra Mediana) dando lugar a diversas manzanas residenciales, debe permitir la obtención de una zona verde (sistema local) que se ubica en el bosquecillo de carrascas existente en la ladera N del barrio, y resolver el vertido de aguas residuales (posiblemente mediante bombeo).

UE-M40: ordena una parcelación ilegal próxima al núcleo de Monzón, con carencias de urbanización; su desarrollo debe efectuarse mediante PERI (edificabilidad 0,4 m2/m2); la ordenación grafiada con carácter indicativo define viario público, y parcelas destinadas a equipamiento público.

UE-M41: ordena terrenos consolidados en C/. Huesca y C/. Binaced, permitiendo la ampliación del viario público. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1).

La Armentera.

UE’s A1-A2-A3: tienen por objeto la urbanización del área, sujeta a desarrollo mediante PEI (Plan

Especial de Infraestructuras) conjunto para UE-A1, UE-A2, UE-A3, y ámbitos de SUb-ND “Armentera 1-2-3”. Se considera una operación de reforma interior exenta de cesión del 10% de aprovechamiento medio (LUA-102.1). Suspendidas por acuerdo CPOT/Hu de 30/mar/2006.

Selgua.

UE-S1: ordena la posible extensión de Selgua hacia el SE; se desarrollará mediante PERI

(edificabilidad 0,5 m2/m2; cesiones s/. RPUA). UE-S2: ordena el espacio entre el casco antiguo de Selgua y la carretera, con apertura de viario

público, dando lugar a una manzana edificable y a la creación de una pequeña zona verde al pie de la Iglesia.

UE-S3: ordena un espacio parcialmente edificado (nave, vivienda) al O del casco antiguo de Selgua, y hasta la carretera, con apertura de viario público, dando lugar a una manzana edificable.

UE-S4: ordena el espacio al O el casco antiguo de Selgua, con apertura de viario público, dando lugar a una manzana edificable.

UE-S5: apertura de viario que permeabiliza y permite edificar una manzana excesivamente grande.

UE-S6: apertura de viario que permeabiliza y permite edificar una manzana excesivamente grande, ocupada por una instalación ganadera (fuera de ordenación).

Conchel.

UE-C1: ordena la extensión de Conchel hacia el N, entre el casco antiguo y las viviendas del

IRYDA, con apertura de viario público.

Con todo lo anterior, se definen los siguientes núcleos de suelo urbano:

Monzón (incluye los barrios del Palomar y de La Carrasca) La Armentera (industrial) Selgua Conchel

Page 31: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

29

7.1.4.2 Suelo no urbanizable (SNU). El suelo no urbanizable está constituido por aquellos suelos en los que concurre alguna de las circunstancias siguientes [LUA 19]:

estar sometidos a algún régimen especial de protección incompatible con su transformación, de acuerdo con Directrices de Ordenación Territorial, Planes de Ordenación de los Recursos Naturales o legislación sectorial, en razón de sus valores paisajísticos, ambientales o culturales o en función de sus sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público

que el PGOU considera necesario preservar por los valores a que se ha hecho referencia en el apartado anterior, por su valor agrícola, forestal, ganadero o por sus riquezas naturales

En suma, la clase de suelo no urbanizable incluye y tiene por objeto preservar ciertos terrenos, sometidos a regímenes especiales de protección, o en razón de sus valores, incompatibles con su transformación urbanística. Los propietarios de suelo de esta “clase” tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de los terrenos conforme a la naturaleza de los mismos y la utilización racional de los recursos naturales, de conformidad con lo que establece la legislación urbanística. El uso principal de esta clase de suelo es el agrícola, ganadero, extractivo, forestal, paisajístico, cinegético, recreativo, soporte de servicios técnicos, infraestructuras, etc.

Los sistemas naturales de Monzón organizan el sistema territorial municipal, a la vez que indican unas categorías del medio físico y rural características.

La ordenación propuesta para el ‘Suelo No Urbanizable’ está orientada hacia una mayor sostenibilidad,

donde las excelentes características del medio determinen un planeamiento equilibrado. El Plan, no se limita a establecer una ordenación “en negativo” del suelo no urbanizable a base de

restricciones al uso, sino que establece una ordenación “en positivo”, con objeto de impulsar y mejorar las condiciones de uso de ciertas áreas, el entorno periurbano, los cauces, y el patrimonio que constituyen las infraestructuras existentes (caminos rurales, acequias, escorrederos, etc.). 7.1.4.2.1 Definición de categorías.

Dejando a un lado por el momento las disquisiciones jurídicas acerca de la identidad o diferencias entre el suelo no urbanizable genérico y el suelo urbanizable no delimitado, el PGOU ha optado, siguiendo a la LUA, por considerar las categorías de suelo no urbanizable especial (SNUE) y suelo no urbanizable genérico (SNUG).

La clase de suelo no urbanizable “especial” (SNUE) tiene por objeto preservar ciertos terrenos con excepcionales valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, ecológicos, geológicos, agrícolas, forestales, de riesgos naturales, o sujetos a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público, etc., incompatibles con su transformación.

La clase de suelo no urbanizable “genérico” (SNUG) comprende aquellos terrenos que, con una extensión y una estabilidad en la afección que justifican la especificidad de la calificación, están vinculados a usos existentes, fundamentalmente agrarios, de modo que procede la protección del ecosistema productivo que queda excluido del especial:

Dentro de esta categorización legal entendemos deben producirse distintas subcategorías, tales que respondan a las circunstancias por las que se considera que esos suelos se clasifican como no urbanizable; esto es, agrupando en distintas subcategorías aquellos suelos que reúnen las mismas características, a efectos de regulación normativa, régimen de usos, etc.

En consecuencia, el suelo no urbanizable se divide en las categorías de especial y genérico, según se considere o no procedente la imposición de condiciones especiales relacionadas con la preservación de las características naturales y productivas, actuales o potenciales, de este suelo frente a eventuales alteraciones.

Cada una de estas clases de suelo es afectada por una calificación que la subdivide en zonas, para cada

una de las cuales se establecen condiciones específicas relacionadas con la tipología edificatoria, la intensidad de los aprovechamientos y la naturaleza de los usos admitidos.

Page 32: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

30

Con este objeto, el Plan General establece dos órdenes de calificaciones: a) Calificación sustantiva: corresponde a características básicas de los terrenos que motivan en lo

esencial sus condiciones de ordenación. En el suelo no urbanizable, pertenecen a la calificación sustantiva las categorías de protección indicadas en el listado adjunto.

b) Calificación adjetiva: debida a condiciones, accidentes o elementos complementarios que se añaden al soporte territorial y matizan sus condiciones de ordenación sustantiva. En el suelo no urbanizable, pertenecen a la calificación adjetiva las categorías de protección indicadas en el listado adjunto.

En los planos del plan general, todo el suelo del término municipal está dividido en zonas sustantivas,

correspondiéndole una a cada porción; a ellas se pueden superponer una o más categorías adjetivas. En caso que una categoría adjetiva de protección se superpone a un suelo urbanizable genérico, éste

tiene la consideración de suelo no urbanizable especial. En suma, se distinguen dos categorías, suelo no urbanizable especial (SNUE) y suelo no urbanizable genérico (SNUG), en las que se distinguen distintas zonas, a saber:

1. Suelo No Urbanizable Especial

A. Protección del ecosistema natural - Cauces principales (SNUE C) - Sotos y riberas fluviales. Corredor ribereño y llanura de inundación (SNUE SR). - Masas arbóreas y terrenos forestales naturales (SNUE TF). - Masas arbóreas cultivadas (SNUE AC) - Protección de vaguadas y barrancos (SNUE VB). - Protección de suelo estepario (SNUE SE). - Protección de Monte Bajo (SNUE MB)

- Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) (SNUE LIC). - Zonas de Especial Protección para las Aves (SNUE ZEPA).

B. Protección del ecosistema productivo agrario - Protección de la huerta vieja (SNUE HV). - Protección del regadío alto tradicional (SNUE RT). - Protección del secano tradicional (SNUE ST)

C. Protección del patrimonio cultural en el medio rural (SNUE PC) D. Terrenos sujetos a protecciones sectoriales y complementarias

- Protección del corredor ribereño y llanura de inundación - Protección del sistema de infraestructuras hidráulicas - Protección de vías pecuarias - Protección de caminos rurales - Protección de riesgos naturales singulares (SNUE RNS):

- escarpes inestables (SNUE RNS2) - Protección de carreteras - Protección de vías férreas - Protección de líneas de AT - Protección de gasoducto - Protección de antiguo vertedero de Aiscondel. - Protección de plataformas o sasos.

2. Suelo No Urbanizable Genérico

Page 33: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

31

Suelo no urbanizable especial. A Suelo no urbanizable especial de protección del ecosistema natural

Se consideran ecosistemas naturales las zonas deshabitadas donde las actividades humanas no cambian apreciablemente la fisonomía, la estructura y la función del espacio, ni limitan su capacidad para la autorreproducción. Las áreas naturales operan sin flujos energéticos o económicos directamente controlados por el hombre.

Estos son sistemas accionados básicamente por el sol, dependen de la luz solar y de otras fuerzas naturales como la lluvia, flujos de agua y viento. Son espacios que en términos económicos pueden tener valor escaso pero que desde el punto de vista ecológico son insustituibles. Su función es la de purificar el aire, reciclar las aguas, producir alimento para la fauna,... es decir, desarrollar aquellos procesos necesarios para el mantenimiento de la vida sin más aportes energéticos que los naturales.

El suelo no urbanizable especial de protección del ecosistema natural comprende las siguientes

categorías: - Cauces principales (SNUE C). - Sotos y riberas fluviales. Corredor ribereño y llanura de inundación (SNUE SR). - Masas arbóreas cultivadas (SNUE MC). - Masas arbóreas naturales (SNUE MN). - Vaguadas y barrancos (SNUE VB). - Suelo estepario (SNUE SE). - Monte bajo (SNUE MB). - Lugares de importancia comunitaria (LIC) (SNUE LIC). - Patrimonio forestal: montes propios de D.G.A. (SNUE PF).

A..1 Cauces principales (SNUE/C)

Espacio integrado por espacios que geomorfológica y ecológicamente forman parte de distintos ríos y barrancos del municipio de Monzón. Viene a coincidir, aproximadamente, con el corredor ripario o área de interfase entre el ecosistema acuático y el terrestre. Se trata de los espacios ocupados por el canal fluvial/canales menor de los cursos de agua principales (ríos Cinca, Sosa y Barranco de la Clamor), que se encargan del transporte de caudal líquido y sólido del sistema fluvial; por ellos circula caudal hídrico toda o la mayor parte del año. Durante las avenidas más importantes, el agua desbordada del cauce ordinario es conducida por el lecho mayor, provocando procesos de erosión y deposición, encharcamientos y bruscos cambios en el trazado del cauce. Su funcionamiento es compatible en la mayoría de los casos con los usos agrícolas, pero no así con las construcciones, vallados y cualquier otro tipo de obstáculo que se oponga a la circulación del agua y pueda incrementar el riesgo natural.

En las cuencas municipales de los ríos Cinca, Sosa y Barranco de la Clamor hay que conseguir que no se

introduzcan nuevos usos del territorio que puedan alterar el equilibrio actual. Las actividades agropecuarias y recreativas no han producido grandes cambios en la dinámica ambiental, especialmente actividades energéticas o extractivas, que sí serían muy negativas para el funcionamiento del sistema cuenca.

Vistas de los cauces del río Cinca, río Sosa y Barranco de la Clamor

Por lo que se refiere al espacio fluvial del río Cinca se ha apuntado anteriormente la necesidad de una

protección integral de su corredor por sus características ecológicas reseñables, que es delimitado en la propuesta adjunta: continuo y sin rupturas importantes. En algunos enclaves de carácter urbano se ha delimitado el cauce menor. Los usos que en él se realicen deberán ser compatibles con su naturalidad e inundabilidad, respetando las disposiciones legales de la Ley de Aguas.

Page 34: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

32

Vista del cauce del río Cinca, aguas abajo de Monzón

El río Sosa, que desemboca en el Cinca a la altura del núcleo de población de Monzón, presenta

características parcialmente diferentes. Dispone de una cuenca importante, la mayoría fuera del término municipal montisonense, afectada por multitud de intervenciones antrópicas: modificación de trazado original, deforestación casi completa de márgenes, colector de aguas residuales de construcciones ilegales e instalaciones ganaderas, extracciones de áridos, etc. Estas condiciones se recrudecen en el casco urbano dado que se encuentra parcialmente encauzado, con el talweg convertido en auténtico desagüe impermeable. El sector que conserva cierta naturalidad, aún cuando igualmente se encuentra muy intervenido tanto en su trazado como en las márgenes, es en La Jacilla.

Vistas de intervenciones en el cauce del río Sosa

El Barranco de la Clamor, si bien no ha sufrido intervenciones de carácter propiamente urbanas al

localizarse alejado de los núcleos del municipio, presenta las peores condiciones ambientales de los tres cursos de agua. A la ya apuntada deforestación general, el cauce del barranco se haya totalmente modificado en su trazado, habiendo sido convertido en uno de los canales que discurren por las planicies de Conchel y Selgua tras cruzar la carretera entre Monzón y Berbegal. Sus márgenes naturales han sido impermeabilizadas en gran parte de este trazado para conseguir un desagüe más rápido de las aguas altas que en determinados episodios de avenidas circulan. Es previsible que la calidad de sus aguas sea muy deficiente y se encuentren contaminadas por filtracciones y escorrentía superficial de los pesticidas, herbicidas, abonos, etc., de los campos de cultivo extensivos que crecen en sus márgenes.

Vistas del Barranco de la Clamor

Page 35: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

33

A.2 Sotos y riberas fluviales (SNUE/SR)

El municipio cuenta con espacios naturales fluviales de primer orden junto al núcleo urbano de Monzón. Ubicado en tramo medio de la cuenca del río Cinca, el paisaje circundante es fundamentalmente horizontal y, donde no se riega, seco.: de ahí el valor que cobran las formaciones boscosas riparias y riberas que, en contraposición, son húmedas, verdes y con abundantes elementos verticales.

El río Cinca y sus riberas naturales deberían ser un gran corredor verde, continuo y conectado con

espacios adyacentes. En la actualidad, lejos de contar con una pasillo vegetal ribereño continuo, las formaciones vegetales de ribera se encuentran afectadas por multitud intervenciones antrópicas que han modificado profundamente el normal desarrollo de estas comunidades. El valor de los sotos estriba en su singularidad paisajística ya que las masas arboladas son muy poco frecuentes en los espacios agrícolas intensamente cultivados como este.

Vistas de sectores de ribera del río Cinca desde Conchel, aguas abajo de Monzón y soto de La Pinzana

En este sector el espacio fluvial del Cinca presenta una estructura bastante homogénea en cuanto a

tipología de cauce. Con una carga sedimentaria importante y escasa pendiente, son numerosas las formaciones geomorfológicas sedimenatrias: point-bars, swalls, acumulaciones en orillas, etc.

Las masas de vegetación de ribera más extensas e interesantes crecen precisamente en las orillas del

cauce, colonizando las islas formadas a partir alguna de las formaciones sedimentarias apuntadas. Así, las que se encuentran aguas abajo de la Torre del Cascallar, hasta el límite con los términos municipales de San Miguel de Cinca y el Pueyo de Santa Cruz, presentan elevados índices de naturalidad. Dada su extensión y estado de la vegetación merecen especial atención los bosques que crecen junto a la huerta de Paúles, en ambas márgenes y aguas abajo de la huerta de La Pinzana.

Las funciones ecológicas de estos espacios son bien conocidas. Juegan un papel fundamental en la

defensa y estabilidad de las orillas. Especialistas en la materia coinciden en señalar que un soto bien desarrollado es una buena defensa frente a la erosión fluvial y la que menos cuidado y mantenimiento requiere. Estas formaciones juegan un importante papel geomorfológico al frenar la fuerza de los caudales de crecida e impedir la erosión de las orillas, de manera que el entramado de las raíces de un soto bien desarrollado y conservado constituye la defensa más efectiva contra la erosión fluvial.

Distintos sectores cubiertos con vegetación riparia al pie de Conchel y junto a Aiscondel

Page 36: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

34

Los sotos ejercen también un efecto de ecotono, amortiguando las fuertes oscilaciones ambientales, sobre los ecosistemas terrestres adyacentes, generalmente cultivados. Interceptan la radiación solar, reducen el viento, limitan el recalentamiento del agua y disminuyen las oscilaciones térmicas creando un microclima especial. Un soto denso respecto a una zona deforestada adyacente puede hacer disminuir en 5ºC la temperatura y aumentar un porcentaje elevado la humedad relativa. Los sotos contribuyen eficazmente a la depuración de las aguas y mejoran la calidad del aire. Son finalmente el hábitat de muchas especies animales.

El cauce y los bosques de ribera del río Cinca y los que pueden volver a crecer en el Sosa y la Clamor son

ecosistemas de indudable valor, tanto desde el punto de vista ecológico como por su papel en la dinámica fluvial. Su importancia ecológica se ve especialmente revalorizada en la actualidad a causa de la excepcionalidad de la inexistencia de construcciones hidráulicas de importancia en el cauce mayor. En el municipio de Monzón la naturalidad de este río constituye un enclave privilegiado para la fauna, flora y de recreo para el hombre.

Las formaciones vegetales más características y cuya presencia denota la calidad del ecosistema de

ribera se agrupan en las siguientes comunidades: Comunidades pioneras de las orillas del cauce principal Se establecen sobre los suelos dejados por las crecidas periódicas y se distinguen tres tipos en función del substrato: Paspaleto-Agrostidetum: sobre suelos de composición variada con gravas, arenas y limos. Andryaletum ragusinae: sobre barras de gravas desnudas, sufren una gran desecación y los rigores del calor estival.

Comunidades pioneras de las orillas del cauce principal del río Cinca

Comunidades de matas de Dittrichia viscosa Ocupan barras de gravas en zonas menos sometidas a los embates de las crecidas y que hace de transición con el tamarizal. Comunidades arbustivas de transición Comunidades leñosas que sustituyen a las anteriores, ocupando frecuentemente la banda contigua a éstas. Tamaricetum gallicae: tamarizales de orilla. Esta comunidad también se puede formar por degradación del soto, ya que el tamariz es capaz de desarrollar raíces profundas que le permiten adaptarse con ventaja ante el alejamiento del nivel freático.

Comunidades arbustivas de transición

Page 37: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

35

Bosques de ribera

Rubio-Populetum albae: se forma por desarrollo de la comunidad anterior y manifiesta una cierta complejidad en la distribución de las diferentes especies que la componen; así los sauces blancos (Salís eleagnos) ocupan suelos limosos, muy húmedos, generalmente en el fondo de antiguos canales; los chopos (Populus nigra) que se distribuyen siguiendo el borde de zonas originariamente inundadas y las barras de gravas cubiertas de arenas y limos; los álamos (Populus alba) que se desarrollan mejor al abrigo del soto ya constituido, favorecidos por su mejor capacidad de prosperar en ambientes nemorales, por su facilidad para regenerarse a partir de raíces y por el poder de profundizar de éstas; algún olmo (Ulmus minor) y fresno (Fraxinus angustifolia) que prosperan en sotos ya maduros en los que sacan ventaja por su menor avidez por el agua y soportar mejor el déficit hídrico.

En los bosques más maduros son frecuentes las lianas (clemátides, vides silvestres...) y en los claros y bordes

del bosque surge un estrato arbustivo y de espinal heliófilo muy desarrollado que a muchos de ellos los hace impenetrables potenciando su valor como refugio para la fauna silvestre.

Entre las comunidades pioneras de las orillas, hay que incluir las que predominan sobre suelos con mayor

componente arenoso (Equiseto-Erianthetum) compuestas por grandes gramíneas rizomatosas que fijan suelo. El notable gradiente ecológico de los sotos propicia una riqueza biológica incomparable, dándose la máxima variedad de comunidades vegetales y animales en un espacio reducido.

Un bosque de ribera en situación de avenida aumenta la rugosidad de la orilla, generando turbulencias

locales que dispersan la fuerza de la corriente y favorece la sedimentación diferencial de gravas, arenas y limos, formando un suelo aluvial muy rico.

Todo lo expuesto ofrece argumentos más que suficientes para considerar los escuetos bosques de ribera

del río Ara como un conjunto de espacios naturales de interés máximo, cuyos valores ecológicos y recreativos deben ser contemplados y aprovechados en toda actuación municipal.

No obstante, los sotos han perdido la continuidad de antaño y tienen un marcado carácter insular. Los usos agrícolas, propiciados por obras de defensa y acondicionamientos del terreno, han substituido en muchos casos a los sotos naturales. Por ello se ha dispuesto la delimitación de una banda de protección de las riberas del río que incluye, sotos lineales, el espacio de Dominio Público Hidráulico y el espacio con cultivos tradicionales más inmediato. A.3 Masas arbóreas cultivadas (SNUE MC)

La vegetación natural de ribera ha sido sustituida en no pocos sectores por plantaciones de especies vegetales de rápido crecimiento, que periódicamente son talados. Pertenece a esta categoría un amplio espacio ocupado en el monte HU-1057.

La proximidad al espacio propiamente ribereño y a la categoría anterior merecen proteger este sector

frente a una continua desvalorización de sus caracteres naturales fundamentales, con la intención que progresivamente estas actividades sean suplantadas por especies y procesos naturales de ocupación de estos espacios fluviales.

Plantaciones de especies de rápido crecimiento (Populus nigra) en estadio joven, maduro y ya taladas

Page 38: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

36

A.4 Masas arbóreas naturales (SNUE MN)

Diezmados por roturaciones masivas, y degradados por el antiguo carboneo, pocos espacios forestales no ribereños alcanzan significación en el municipio de Monzón. Todos ellos de escaso tamaño y densidad de pies, se localizan generalmente en lugares de difícil accesibilidad y escasas posibilidades de puesta en regadío, y están constituidos fundamentalmente por especies de quercus (carrasca), coníferas de pino carrasco, con un cortejo amplio de arbustos: aladierno, espantalobos, cornicabra, genistas, litonero, etc.

Masas arbóreas vegetales naturales

A.5 Vaguadas y barrancos

Pertenecen a esta categoría aquellos espacios que comunican distintas áreas ecológicas y poseen valores naturales elevados, bien merced a sus formaciones vegetales, bien debido a sus procesos geomorfológicas y sedimentarias. Se localizan en la margen derecha del río Cinca: arrancando sobre las terrazas más altas, conectan estos espacios con la huerta honda y formaciones de la llanura aluvial.

Vista de uno de los barrancos que comunican Conchel con los sectores inferiores

A.6 Suelo estepario

Las estepas son ecosistemas singulares por razones paisajísticas y por la singularidad de su flora y fauna. La importancia de la conservación de estos hábitats se ha extendido a partir de la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestre. Si bien esta figura de protección no se encuentra en el municipios de Monzón, la singularidad edafolófica, geomorfológica, florística y faunística de la estepa arbustiva relacionada con el substrato yesífero del sector situado al norte del camino que comunica La Almunia de San Juan con la central de Ariéstolas ha merecido su inclusión en el catálogo de Lugares de Interés de Comunitario (LIC) de la Red Natura 2000: ‘LIC de Yesos de Barbastro’.

Se trata de una pequeña superficie cuya singularidad paisajística, relacionada con el substrato litológico,

permite el crecimiento de especies animales y florísticas que no se encuentran en todo el municipio de Monzón.

Vistas del término de Carballo: formaciones gypsófilas sobre substrato yesífero

Page 39: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

37

A.7 Monte bajo

Pertenecen a esta categoría aquellos espacios cubiertos con especies de porte arbustivo, generalmente derivados de aprovechamientos abusivos de espacios boscosos, cuando no quemados, situados por lo general sobre terrenos de muy baja calidad o bien de difícil acceso para la maquinaria agrícola.

Cuando los carrascales se incendian suelen derivar en sardas de coscoja, especie que ocupa en la

actualidad lomas areniscosas, acompañado habitualmente de escambrón, Ephedra nebrodensis, Jasminum fruticans, etc.

Los matorrales de romero ocupan una dominancia importante en lugares ocupados antiguamente por

carrascales y sardas sobre litología yesífera. Por último, los tomillares suelen proceder de la degradación de los romerales y en ellos domina el ‘tremoncillo’.

Comunidades de matorrales mediterráneos en diferentes sectores del municipio de Monzón

A.8 Categorías adjetivas A.8.1 Lugares de importancia comunitaria (SNUE/LIC)

Las áreas geográficas delimitadas por la Diputación General de Aragón con esta denominación y presentadas como tales ante la Unión Europea para definir la configuración de la red ecológica Natura 2000, creada mediante la directiva de hábitats 92/43/CEE para contribuir al mantenimiento de la biodiversidad.

Los lugares incluidos constituyen hábitats que cuentan con especies de flora y fauna de interés

comunitario, merecedores de declaración como zonas de especial conservación (ZEC), integrantes de la red Natura 2000 junto con las zonas de especial protección para las aves (ZEPA) definidas por la directiva 79/409/CEE.

La definición de la red incluye la de los corredores ecológicos necesarios para asegurar la conexión de los

lugares que constituyen actualmente enclaves tróficos, de descanso y refugio frente a agresiones humanas, funcionando como rutas para la migración y el intercambio genético de la fauna y de la flora silvestres. Para lograr la mejor funcionalidad ecológica de estos pasillos, ha de valorarse la movilidad diaria, estacional o en fase de dispersión de la fauna, y de acuerdo con las necesidades de peces (preservación y mejora de la calidad del agua), anfibios (corredores entre cauces y zonas húmedas), reptiles y mamíferos (áreas a resguardo de actividades antrópicas con adecuado soporte topográfico y cobertura vegetal) y aves (corredores aéreos). La protección de estos corredores deberá concretarse, en un desarrollo pormenorizado futuro, en medidas para la generación de soportes topográficos, vegetales o de restauración de biotopos que sean precisas para cumplir las funciones ecológicas para el paso de la fauna, para cuya determinación se deberán establecer las oportunas comprobaciones mediante inventarios de fauna en las distintas estaciones del año.

La definición de esta categoría representada en los planos del plan general está sujeta a las variaciones

que durante su vigencia pudiera experimentar el catálogo de lugares de importancia comunitaria elaborado y mantenido por la Diputación General de Aragón.

Lugar de Interés Comunitario de ‘Yesos de Barbastro’ Espacio singular y de gran complejidad geológico-estructural, ubicado en el somontano oriental, al sur de las sierras exteriores prepirenaicas. En este sector del somontano desde el interfluvio Alcanadre-Vero hasta el río Noguera Ribagorzana, interrumpiéndose entre Monzón y Barbastro por la acción erosiva del río Cinca, se extiende la alineación montañosa conocida como el anticlinal de Barbastro. En este sector las areniscas y depósitos de borde de cuenca, ven rota su continuidad por esta extensión de yesos oligocenos, con intercalaciones de margas y areniscas, que plegados positivamente se extienden de Noroeste a Sureste paralelos a otros apuntamientos diapíricos de yesos triásicos que asoman puntualmente. La especial litotología estos afloramientos condiciona las formaciones vegetales predominantes.

Page 40: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

38

Domina un mosaico dendriforme de cultivos y matorrales mixtos gipsófilos, con presencia de Ononis tridentata, Gypsophila hispanica, Heliantemun squamatum entre otras. En la zona oriental junto al matorral gipsófilo crecen romerales y coscojares mixtos con Juniperus sp. y algunos encinares. Calidad Zona de especial relevancia por las formaciones gipsícolas que ocupan amplias superficies, combinadas en algunos sectores con encinares y matorrales termomediterraneos. Vulnerabilidad Los usos agrícolas y pecuarios limitan la expansión del matorral a otros sectores y pueden condicionar a la no progresión de la vegetación natural. Las repoblaciones de Pinus halepensis están poco integradas en el medio. Lugar de Interés Comunitario de ‘Ríos Cinca y Alcanadre’ Importantes arterias fluviales que incluyen los tramos medios y bajos de los ríos Alcanadre y Cinca y que actúan como un corredor biológico para multitud de especies faunísticas y florísticas, uniendo el Prepirineo con el fondo del Valle del Ebro. El Cinca se incorpora aguas abajo del embalse de El Grado hasta su desembocadura en el embalse de Ribarroja. La parte septentrional del río Cinca en su tramo medio se caracteriza por la formación de multitud de canales braided surgidos por la acumulación de aluviones que transporta el río, que se depositan formando barras y flechas fluviales muy dinámicas y en diferentes grados de colonización vegetal. El tramo bajo de este curso, (aproximadamente a partir de Pomar de Cinca) y su afluente por la derecha, el Alcanadre, adquieren una dinámica meandriforme con formas de acumulación de cantos y sedimentos en las partes convexas y formas de excavación en las partes cóncavas del meandro. En ambos casos los ríos circulan horadando los depósitos de terrazas aluviales actuales, dejando en resalte las terrazas de época pleistocena escalonadas en diferentes niveles. La vegetación de ribera cubre prácticamente ambos tramos fluviales, presentándose en diferentes fases de evolución. Destacan las formaciones arbustivas con predominio del género Salix colonizando las barras junto a pastizales higrófilos y barras desnudas. En las zonas de mayor acumulación de sedimentos encontramos formaciones arbóreas conformando bosques galería y sotos en los que predominan Populus nigra, Populus alba y Salix alba. Son igualmente abundantes las repoblaciones con chopos generalizándose este cultivo en el tramo bajo del Cinca. La calidad de las aguas disminuye al incorporarse residuos urbanos e industriales de Barbastro, Monzón o Fraga y se depura al discurrir por tramos fluviales sin aportes directos y con vegetación de ribera. Por último hay que resaltar la rica fauna asociada a zonas fluviales y húmedas sobre todo la avifauna. Calidad Estas arterias fluviales actúan como corredores biológicos interconectando las sierras prepirenaicas con la Depresión del Ebro. La abundancia de vegetación de ribera con importantes sotos favorece la utilización de estos espacios para la cría, refugio, descanso o alimentación de numerosas especies aviafaunísticas. Vulnerabilidad La extracción de gravas en diferentes puntos, la invasión del Dominio Público Hidráulico y los vertidos urbanos e industriales son los principales impactos. Los planes de depuración de aguas residuales con la construcción de depuradoras podrán recuperar parcialmente la calidad de las aguas, aunque la contaminación difusa es una de las principales causas de la misma. Los usos recreativos del río son otra de las principales afecciones.

Page 41: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

39

B Protección del ecosistema productivo agrario En el plano de Estructura General y Orgánica del Territorio del Plan General se delimita como Suelo no

Urbanizable Especial de Protección del Ecosistema Productivo Agrario el conjunto de los terrenos que se considera necesario preservar del proceso urbanizador en razón de su productividad agraria o ganadera, actual o futura.

Constituyen el Suelo no Urbanizable de Protección del Ecosistema Productivo Agrario los terrenos incluidos

en las siguientes clasificaciones: - Protección de la huerta vieja (SNUE-HV). - Protección del regadío alto tradicional (SNUE-RT). - Secano tradicional sobre sasos (SNUE-ST).

B.1 Protección de la huerta vieja La huerta se identifica como un espacio llano y abierto, estrechamente vinculada al núcleo urbano de

Monzón. Conservar la huerta es importante para mantener la capacidad de producción agrícola, gozar del beneficio ecológico de un gran espacio verde que mejora la calidad del aire y del paisaje, ofrecer productos frescos y de calidad y ser soporte de numerosas actividades recreativas, deportivas y educativas demandadas por la sociedad urbana montisonense.

Vista de la ‘huerta honda’ en el sector de la Huerta Vieja, desde la ermita de la Alegría El Plan se dirige a la conservación, mejora y desarrollo del medio a los suelos calificados como protección

de la huerta honda, de regadío bajo tradicional, que comprenden aquellos suelos ricos y evolucionados, más cercanos al río Cinca y que con anterioridad a la construcción de los sistemas de defensa eran inundados con periodicidad elevada.

En la margen izquierda, la carretera de Alfántega por el sur hasta alcanzar los sectores urbanos

meridionales y la acequia de los Paúles junto al polígono de este nombre marcan la extensión de esta categoría. La huerta de la Pinzana, en la margen derecha, da paso a un estrecho espacio al pie del escarpe de terraza, que alcanza sectores al pie de Conchel.

Desde el punto de vista geomorfológico se trata de una llanura aluvial coincidente con la terraza baja y la

parte de la llanura de inundación con periodos de recurrencia hasta 50 años.

‘Huerta honda’ en los sectores de la Pinzana y la Huerta Vieja

Page 42: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

40

B.2 Protección del regadío alto tradicional El espacio con esta calificación difiere de la categoría anterior por ocupar una posición marginal respecto

a la Huerta Honda, tener unos suelos por lo general con inferior capacidad productiva y tener una dedicación preferente orientada a los cultivos forrajeras o cultivos industriales. Igualmente existen varias parcelas dedicadas a pastizales para la cabaña bovina del municipio.

Esta categoría queda delimitada entre la carretera de Alfántega, al sur del casco urbano de Monzón y la acequia del Lugar, al pie de la plataforma areniscosa de los sasos del castillo.

Vista de los sectores de regadío alto tradicional

B.3 Protección del secano tradicional sobre sasos Se trata de espacios con vocación de cultivos cerealistas, que ocupan las plataformas areniscosas del

techo de los sasos. La facilidad para la mecanización de estas tierras y la oportunidad desarrollar una agricultura a tiempo parcial ha permitido que alguno de ellos permanezcan en cultivo. En aquéllos donde las actividades agrícolas ya no son rentables se han abandonado, habiéndose ocupado bien por comunidades vegetales de escaso porte, bien por otras actividades más impactantes como pequeñas instalaciones para la extracción de gravas como el que se aprecia una vez pasada la ermita de la Alegría, junto a la carretera de Alfántega.

Estos espacios son ocupados en ocasiones por comunidades importantes de avifauna: fringílidos y alúdidos

invernantes.

Vista del saso situado a continuación de la ermita de la Alegría, en dirección a Alfántega

Page 43: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

41

C Suelo no urbanizable especial de protección del patrimonio cultural en el medio rural. Las construcciones agrícolas tradicionales, yacimientos tradicionales, etc., traducen físicamente en el

paisaje sistemas de aprovechamiento y de gestión que tradicionalmente han optimizado las oportunidades que proporcionaba el medio. Son el reflejo de la voluntad de ordenar el territorio de acuerdo con las diferentes culturas y medios técnicos que se han sucedido en la colonización del espacio.

La situación actual a este respecto es alarmante. El abandono de las prácticas agrícolas tradicionales por

otras industriales, la falta de perspectivas de desarrollo socioeconómico, etc., someten al patrimonio cultural, en especial a los elementos territoriales con huella humana poco intensa, a fuertes presiones, en ocasiones irremediables.

Los impactos más significativos son el abandono o transformación drástica de los sistemas tradicionales de aprovechamiento del territorio, y la desaparición y ruina del patrimonio construido. No obstante, existen algunas casas dispersas presentan un elevado grado de conservación; sin embargo otras, principalmente la escasas situadas en la planicie de Conchel y Selgua presentan niveles de degradación y abandono importantes.

Los principales elementos del patrimonio cultural en el no urbanizable, todos ellos incluidos en el Catálogo

del PGOU, son: - Yacimientos arqueológicos. - Patrimonio arquitectónico C.1 Yacimientos arqueológicos Numerosos yacimientos arqueológicos se hallan en parajes desolados del municipio de Monzón, expuestos a la destrucción por desconocimiento o por intereses particulares. Urge su identificación no sólo como catálogo de elementos aislados sobresalientes, sino como conjunto de signos elementales en el paisaje cultural. De acuerdo con la información facilitada por el Departamento de Cultura y Turismo de la Excma. Diputación General de Aragón, el municipio de Monzón posee 49 entradas en el Inventario para la protección y difusión del Patrimonio Arqueológico de Aragón.La mayoría se refieren a construcciones de tipología civiles-religiosas, asentamientos, etc., fuera del ámbito con calificación urbana.

C.2 Patrimonio arquitectónico El aprovechamiento agrícola del territorio montisonenese determinó una tipología de edificaciones en el medio rural que unían recintos dedicados a prácticas y almacenes agrícolas, con otras cuya finalidad era la vivienda. En la actualidad no existen numerosos ejemplos de esta tipología edificatoria, si bien pocoss conservan el tradicional aspecto. De entre éstos hemos destacado los siguientes: - Torre del Cascallar. - Finca Adamil. - Torre Gías. - Torre Blanca. - Torre del Calvo.

Vistas de la Torre Gías, Torre Blanca y Torre del Calvo

Page 44: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

42

D Terrenos sujetos a protecciones sectoriales complementarias

Las protecciones sectoriales y complementarias matizan las condiciones de ordenación sustantiva de las unidades de ordenación descritas. En el suelo no urbanizable, además de los LIC y ZEPA referidos a espacios naturales, pertenecen a la calificación adjetiva las categorías de protección siguientes: D.1 Red básica de cabañeras y caminos (SNUE/VP)

Los cambios en los usos del suelo y la mecanización de las labores agrícolas ha provocado el abandono de las funciones tradicionales de muchos caminos, senderos, veredas y cañadas. Consecuencia del abandono ha sido la ocupación de estos espacios por áreas de cultivo y la construcción de otras infraestructuras que interrumpen la continuidad de las redes de comunicación.

En las vías pecuarias y en la red básica de caminos se consideran usos compatibles las comunicaciones

rurales y el desplazamiento de vehículos y maquinaria agrícola, siempre que respeten la prioridad de caso de los ganados. Las vías pecuarias podrán utilizarse para el acceso a fincas. También se admitirán las reforestaciones y plantaciones lineales, contravientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal de los ganados.

Las principales vías pecuarias del término de Monzón son:

o Cañada Real de Ilche a Monzón. o Cañada Real de Castejón del Puente a Pomar. o Cañada Real de Fonz a Monzón. o Cañada Real de los Alfages. o Cañada Real de Zaidín. o Cañada Real de Puerta a Puerta. o Cañada Real de Barbastro a Selgua. o Colada de la Central. o Colada de la Pinzana. o Colada del Saso y Conchel. o Colada de Castejón del Puente. o Vereda de Binéfar.

Se consideran usos complementarios el paseo, el senderismo, el cicloturismo, la equitación y otras formas

de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados, en los términos establecidos por el artículo 17 de la Ley 3/1995 y siempre que resulten compatibles con estas normas.

Las vías pecuarias son las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el

tránsito ganadero, sin perjuicio de que puedan ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus fines, dándose prioridad a la trashumancia y demás movimientos de ganados y usos rurales, e inspirándose en el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural. Aun subordinada a las actividades pecuarias, se considera fundamental la utilización de las vías pecuarias para fomentar el contacto de la población con el medio rural, sirviendo a la demanda de esparcimiento y recreo al aire libre y promoviendo una conciencia conservacionista.

Vistas de la Cañada Real de Ilche a Monzón y Cañada Real de Zaidín

De acuerdo con la legislación vigente, la Comunidad Autónoma ostenta la competencia para la

clasificación, el deslinde, la matriculación como bienes de dominio público, el amojonamiento y, en su caso, la ampliación, el restablecimiento o la desafectación de las vías pecuarias.

Las vías pecuarias son bienes de dominio público, atribuido por la ley a las Comunidades Autónomas, y,

consecuentemente, resultan inalienables, imprescriptibles e inembargables. Cuando, por causa de un plan de ordenación o de la ejecución de una obra pública, hayan de afectarse terrenos correspondientes a una vía pecuaria, el nuevo trazado que en su caso haya de realizarse deberá asegurar, previamente a la aprobación del plan o proyecto correspondiente, el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y la continuidad de los trazados, tanto a efectos del tránsito ganadero como de los demás usos compatibles y complementarios, de acuerdo con el procedimiento establecido en el capítulo III del título primero de la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias.

Page 45: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

43

Aun cuando no se representen expresamente como pertenecientes a esta categoría en los planos del

plan general, se considerarán incluidos en ella a todos los efectos los elementos construidos dispersos en el territorio rural que ostenten declaración o incoación como bienes de interés cultural, los incluidos en el catálogo de edificios y conjuntos de interés anejo al plan general. D.2 Protección por riesgos naturales singulares: escarpes/desprendimientos

En los planos del PGOU se superpone a las categorías de naturaleza intrínseca del suelo no urbanizable el grafiado de aquellos terrenos cuyas características geotécnicas o morfológicas los hacen naturalmente inadecuados para la urbanización debida a la inestabilidad de las formaciones que las componen.

Escarpes inestables junto al castillo de Monzón, saso del Palomar y ermita de la Alegría

Se trata de sectores con pendientes muy acusadas con escasa o nula vegetación, generalmente debido

a prácticas agropecuarias abusivas, y una litología sedimentaria a partir de formaciones areniscosas y arcillosas, donde la erosión diferencial desbanca los bloques de arenisca cayendo al pie por gravedad. Esta tipología se relacionada fundamentalmente con áreas cercanas a los sasos que rodean el núcleo de Monzón y acompañan la margen izquierda de la carretera hacia Alfántega.

Otra tipología de este proceso ocurre en la orilla derecha del río Cinca donde los altos cantiles formados

por la sedimentación en terrazas y posterior disección de estos por el curso fluvial ha creado murallones prácticamente verticales, donde tras algún episodio de erosión basal, se deslizan partes de estos muros a modo de paneles rotacionales.

D.3 Protección por riesgos singulares: vertedero

Recinto que encierra los vertidos de las actividades productivas de Aiscondel y que dada la potencial peligrosidad de los suelos que los contienen merecen tal calificación. El vertedero está sellado, y sujeto a control ambiental por un periodo temporal (Ley 10/1998 de Residuos). D.4 Protección del sistema de comunicaciones e infraestructuras

En los planos del PGOU se superpone a las categorías sustantivas del suelo no urbanizable la protección del suelo no urbanizable especial de protección del sistema de comunicaciones e infraestructuras, definido en forma de franjas destinadas a la salvaguarda de la función de las vías de comunicación y transporte por carretera, caminos, vías pecuarias-veredas-coladas y líneas eléctricas, canales y demás infraestructuras territoriales existentes o previstas con exigencias de esta naturaleza.

Page 46: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

44

D.5 Sistema de infraestructuras hidráulicas Constituido por canales, acequias, escorrederos y otras infraestructuras vinculadas al aprovechamiento del agua. La red básica estructuranterde este sistema está constituida por las siguientes infraestructuras:

- Canal de Aragón y Cataluña. - Canal de Zaidín. - Canal de Terreu. - Acequia de la Plana. - Acequia de las Matas. - Acequia de Valcarca. - Acequia de San Sebastián. - Acequia del Salobrar. - Acequia Arnero. - Acequia de los Paúles. - Acequia de Selgua. - Acequia de Sosiles. - Acequia del Lugar. - Acequia de Valfarta. - Acequia de la ribera de Alfántega. - Acequia de Conchel.

Infraestructuras hidráulicas en el municipio de Monzón: canal de Aragón y Cataluña, canal de Zaidín, canal de

Terreu, acequia de Valcarca, acequia de Arnero, acequia de Sosiles.

Page 47: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

45

D.6 Red básica de caminos rurales En la red básica de caminos rurales se han incluido aquéllos que comunican núcleos de población, dan acceso a hitos comunales y ocupan un alto rango en la jerarquía de la red. La componen los siguientes:

1ª categoría 2ª categoría Camino Caballos Camino del Medio Camino San Esteban Camino los Quesos-Aljibes Camino Tamarite-Binéfar Camino Salobras Camino Guaso Camino Altorricón Camino Alegría-Valcarca Camino Binañac Camino Terreu-Estación del Selgua Camino Menudilla-Almunia Camino Monje-Arnero Camino Binéfar Caminos Selgua-Monesma Camino Alcantarilla Camino Conchel-Monesma Camino Contrabandistas Camino Terreu-Monesma Camino Torre Alejandrez Camino Adamil Camino Alegría Camino Valcarca Camino De la Ribera Camino De la Coba Camino Monesma Camino Acequia Caminos Selgua-Castejón

Ejemplos de la red de caminos rurales: de Conchel a Monesma, de Monzón a Binéfar, de Monzón a La Almunia de San Juan, de la Cruz de Estadillo, de la Ribera y de la Huerta Vieja.

Page 48: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

46

Suelo no urbanizable genérico Constituyen esta categoría el resto de suelos clasificados como ‘no urbanizables’ del término municipal de Monzón, que por su valor agrícola base del sistema productivo agrario, con objeto de asegurar la existencia y mantenimiento de los usos agrícolas –uno de los pilares económicos del municipio-, en aras del equilibrio territorial y del desarrollo sostenible a medio y largo plazo, son capaces de albergar aquéllas actividades que no tienen cabida en el núcleo de población y están prohibidas en otras categorías del SNUE, ya se trate de espacios agrícolas de valor relativo inferior (de modo que no procede su inclusión como SNUE, de protección del ecosistema agrario), o que estén vinculados a usos existentes que excluyan la dedicación agraria. El uso principal de esta clase de suelo es el agrícola, ganadero, extractivo, forestal, paisajístico, recreativo, soporte de servicios técnicos, infraestructuras, etc. Los propietarios de suelo de esta clase tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de los terrenos conforme a la naturaleza rústica de los mismos. Especial atención requieren dos asuntos: - El muy elevado número de parcelaciones ilegales residenciales construidas en esta clase de suelo en la llanura

aluvial de la margen izquierda del río Cinca (inexistencia en la planicie de Conchel-Selgua). El Plan no admitirá, por lo general, el uso residencial aislado tal como se está produciendo en el municipio de Monzón, que ha llevado a la formación de densidades elevadas de parcelas de segunda residencia, como es el caso de la que se aprecian en el camino de Monzón a Binéfar, ya junto al núcleo de éste última localidad.

- Granjas agropecuarias, muchas de ellas con cumplimiento muy laxo cuando no incumplimiento de la legislación sectorial correspondiente, que generan, especialmente en el caso de las de porcino, serios problemas de contaminación por olores, de suelos, aguas subterráneas, acequias, etc.. El Plan propone, en general, la aplicación estricta de la Directriz Parcial Sectorial de Actividades e Instalaciones Ganaderas de la Diputación General de Aragón.

Vistas de diferentes sectores del SNU Genérico del municipio de Monzón

Page 49: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

47

7.1.4.3 Suelo urbanizable (SUb). La clase de suelo urbanizable se define como residual, esto es, está constituida por los terrenos que no tienen la consideración se suelo urbano, ni de suelo no urbanizable, y sean clasificados como tales en el planeamiento por prever su posible transformación mediante su urbanización. El PGOU de Monzón contempla las siguientes categorías de suelo urbanizable (SUb):

• suelo urbanizable delimitado (SUb-D) • suelo urbanizable no delimitado (SUb-ND)

7.1.4.3.1 Suelo urbanizable delimitado (SUb-D).

El PGOU clasifica como suelo urbanizable “delimitado” cuatro sectores de uso residencial: • Fuente del Saso S: cuenta con Plan Parcial del sector “Fuente del Saso” (redactado por el

arquitecto D. Francisco Villanueva Doz ) aprobado definitivamente por el Pleno de 21/dic/2001 (BOP/Hu de 23/ene/2002), que se incorpora al PGOU como “planeamiento recogido”, y se encuentra en ejecución por fases.

• Fuente del Saso N: corresponde a dos sectores delimitados en una Modificación del PGOU aprobada en 1999, no desarrollados hasta la fecha, que han quedado como una isla o discontinuidad entre el suelo urbano y el sector en ejecución, motivo por el que su urbanización se considera prioritaria.

• Cascallar N: la construcción de la EDAR (estación depuradora de aguas residuales) en terrenos de la chopera junto al río Cinca y el necesario paso de colectores por terrenos privados, llevó al Ayuntamiento, en los años 1994 y 2002, a suscribir un Convenio Urbanístico con los propietarios de la Finca El Cascallar, en virtud del cual se produjo la cesión anticipada de los terrenos necesarios (clasificados como SNU por el PGOU/86) para la mencionada EDAR (23.691 m2) y para el paso de colectores; la contrapartida era la clasificación como suelo urbanizable de una superficie de unas 5 ha junto a la Av. Pueyo, considerándose los 23.691 m2 cedidos para la EDAR como cesión del 10% de aprovechamiento medio del futuro sector (¿). El nuevo sector “Cascallar N”, que engloba las 5 ha a que se refería el Convenio citado.

• Cabañera: Se delimita el sector “Cabañera”, limitado al S por el Cº. de la Cabañera y las edificaciones del barrio de La Carrasca, y al N por la Av. Lérida; su urbanización se considera prioritaria, con el objetivo de unión del núcleo de Monzón con el barrio de La Carrasca. Engloba el antiguo Cementerio lo cual aconseja la disposición de una banda de protección con carácter de verde público en torno del mismo.

El PGOU ha grafiado una ordenación de dichos sectores, que corresponde a la ordenación aprobada en el sector “Fuente del Saso Sur”, y tiene carácter indicativo no vinculante en el resto de sectores. El aprovechamiento medio del SUb-D (incluidos sistemas generales adscritos) se ha fijado en 0,597, dado que ese es el aprovechamiento medio del sector en desarrollo. En general, la clasificación de suelo urbanizable “delimitado”, permitirá las cesiones gratuitas de viales, espacios libres, zonas verdes, suelos dotacionales públicos al servicio del sector, y sistemas generales adscritos al sector, así como la completa urbanización y la cesión del 10% de aprovechamiento medio. El sistema de actuación previsto inicialmente es el de "cooperación" (si bien no se descartan otros sistemas indirectos como los de “ejecución forzosa” o “concesión de obra urbanizadora”).

El desarrollo del planeamiento se efectuará mediante Plan Parcial, Proyecto de Reparcelación y Proyecto de Urbanización.

Page 50: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

48

7.1.4.3.1.1 Sector residencial “Fuente del Saso Sur”.

Plan Parcial (redactado por el arquitecto D. Francisco Villanueva Doz) aprobado definitivamente por el Pleno de 21/dic/2001 (BOP/Hu de 23/ene/2002).

Uso predominante residencial. Superficie del Sector: 112.319 m2 (100.295 + 12.024) Sistema general adscrito: 12.024 m2 Aprovechamiento medio: 0,6425 m2/m2 (s/. Sector) / 0,5737 m2/m2 (incluido SG adscrito) Número máximo de viviendas: 387 Densidad global (incluido SG/a): 34,45 viv/ha Cesiones:

• Total zonas verdes: 13.663 m2 - zona verde (junto al Pabellón polideportivo): 12.568 m2 - zona verde (junto a Piscinas): 480 m2 - zona verde (acceso a pistas): 615 m2

• Total equipamiento público: 11.554,90 m2 - Equipamiento (ampliación piscinas): 1.268,10 m2 - Equipamiento (Pabellón Polideportivo): 5.285,50 m2 - Otro equipamiento: 5.001,30 m2

El Plan Parcial mencionado tiene el carácter de planeamiento incorporado al PGOU, o “planeamiento recogido” (PR).

7.1.4.3.1.2 Sector residencial “Fuente del Saso Norte”.

Uso predominante residencial. Superficie del Sector: 42.940 m2 (22.490 + 20.450) Sistemas generales adscritos: 5.316 m2 (SG viario y verde) Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido SG adscrito) Número máximo de viviendas: 241 Densidad global (incluido SG/a): 49,94 viv/ha

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: 5.316 m2 de superficie de viario y verde (bulevar límite S). localización preferente de verde del sistema local, en terrenos inmediatos a la acequia que

atraviesa el sector estructura viaria en prolongación de la existente; el trazado viario concreto se grafía con

carácter indicativo 20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2. (POL/200) y ZOV Uso predominante: residencial unifamiliar Sistema de actuación: compensación

Desarrollo:

Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

Page 51: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

49

7.1.4.3.1.3 Sector residencial “Cascallar N”:

Uso predominante residencial. Superficie del ámbito: 89.245,77 m2 (75.245,77 + 14.000) Sistemas generales adscritos: 14.000 m2 [SG viario Av. Pueyo - variante Carretera Pueyo: 8.166 m2 / equipamiento deportivo (localizado al S del complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso): 5.834 m2] Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido SG adscrito) Densidad global (incluido SG/a): 30 viv/ha

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: 14.000 m2 [SG viario Av. Pueyo - variante Carretera Pueyo: 8.166 m2 / equipamiento deportivo (localizado al S del complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso): 5.834 m2]

estructura viaria en prolongación de la existente; el trazado viario concreto se grafía con carácter indicativo

20% del aprovechamiento destinado a VPA la cesión del 10% de aprovechamiento medio correspondiente a 5 ha (propiedad de “Betela

S.A.”) se considera realizada (terrenos de la EDAR: 23.691 m2).

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: volumétrica (ZOV) junto a la carretera, y parcelas de organización

libre 200 m2. (POL/200) Sistema de actuación: compensación

Desarrollo: Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

7.1.4.3.1.4 Sector residencial “Cabañera”:

Uso predominante residencial. Superficie del sector: 139.745,95 m2 (117.745,95 + 22.000) Sistemas generales adscritos: 22.000 m2 (SG equipamiento deportivo (localizado al S del complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso) Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido SG adscrito) Densidad global (incluido SG/a): 30 viv/ha

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: 22.000 m2 SG equipamiento deportivo (localizado al S del complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso

localización preferente de sistemas locales de verde (parque-bulevar central y terrenos en torno del Cementerio viejo), y de equipamiento (manzanas al O del ámbito)

estructura viaria reticular en prolongación de la existente; el trazado viario concreto, adaptado al parcelario y topografía del ámbito, se grafía con carácter indicativo

20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2 (POL/200) y ZOV Sistema de actuación: compensación

Desarrollo:

Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

Page 52: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

50

7.1.4.3.2 Suelo urbanizable no delimitado (SUb-ND).

El objeto de esta clasificación es el de señalar las zonas de urbanización prioritaria a medio y largo plazo, con objeto de conducir el presumible crecimiento de la ciudad, y permitirá la recuperación de plusvalías de urbanización por el Ayuntamiento, en particular las cesiones gratuitas de sistemas generales adscritos, espacios libres, suelo para equipamientos, la completa urbanización y la cesión del 10% de aprovechamiento medio. Los propietarios de esta clase de suelo tienen derecho a promover su transformación [con arreglo a LS/1998, art. 16.2, y LUA 51.2]. El régimen de esta clase de suelo será el establecido para el suelo no urbanizable genérico [LUA 21, 23 a 25] hasta tanto no sea aprobado el correspondiente Plan Parcial. El suelo urbanizable no delimitado se desarrollará mediante:

• Delimitación del sector • Plan Parcial • Proyecto de Reparcelación • Proyecto de Urbanización

La delimitación de sectores, que deberá preceder a los correspondientes Planes Parciales o incorporarse a

ellos, se acompañará de un Avance de Planeamiento de la totalidad del ámbito o sub-ámbito de SUb-ND del que el nuevo sector forme parte, así como de un estudio geotécnico del terreno que avale su adecuación a la propuesta, y dará lugar, en su caso, a un Convenio Urbanístico en el que se contemplará la conveniencia del desarrollo urbano propuesto, del aprovechamiento y la tipología edificatoria propuesta, plazos de ejecución, conexión a sistemas generales, evaluación económica de la urbanización, compromisos de toda índole, etc.

En general, no se admitirán sectores residenciales de superficie inferior a 4 ha, ni industriales de superficie inferior a 40 ha, que se consideran las superficies mínimas para garantizar la viabilidad técnica, urbanística y económica de la actuación. La ordenación de sectores residenciales no podrá superar el límite máximo de 6.000 m2 de superficie construida por hectárea, ni la densidad de 30 viv/ha.

En algunos ámbitos se ha indicado con carácter indicativo el trazado viario, la localización preferente de algunos suelos dotacionales y/o espacios libres, aspectos que deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial), así como sistemas generales adscritos en su caso.

El sistema de actuación previsto, en principio, es el de "compensación", sin perjuicio de la adopción de otros sistemas de los previstos en la LUA (en particular el de concesión de obra urbanizadora). El desarrollo del planeamiento se efectuará mediante Delimitación de Sector, Plan Parcial, Proyecto de Reparcelación y Proyecto de Urbanización.

El PGOU establece diversos ámbitos de suelo urbanizable no delimitado de uso predominante residencial o industrial, cuya delimitación responde a una lógica geográfica, topográfica y de proximidad con el núcleo actual, que facilitará la implementación de la urbanización y servicios urbanísticos.

Page 53: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

51

7.1.4.3.2.1 Ámbito “Paúles Norte” (industrial):

Uso predominante industrial. Superficie del ámbito: 589.757,33 m2. Sistemas generales adscritos:

- ramal de conexión entre las carreteras de Fonz y de La Almunia Edificabilidad máxima: 0,4 m2/m2 Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

Ramal de conexión entre las carreteras de Fonz y de La Almunia (sistema general adscrito) Localización preferente de sistemas locales de verde y de equipamiento en terrenos

inmediatos al suelo urbano actual o zona S del ámbito (entre la carretera de Fonz, el SG verde “Tozal” y supermercado “Intermarché”)

Estructura viaria en prolongación de la existente en el polígono Paúles

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: industria Paúles (ZIPAUL) Sistema de actuación: compensación

7.1.4.3.2.2 Ámbito “La Armentera” (industrial):

[SUSPENDIDO POR ACUERDO CPOT/Hu 30/03/2006]

Uso predominante industrial. Superficie del ámbito: 2.265.651,41 m2 [1) 1.522.925,57 m2 / 2) 386.500,76 m2 / 3) 356.225,08 m2] Sistemas generales adscritos:

- infraestructuras de servicios (abastecimiento de agua, depuración de aguas residuales, etc.), definidas mediante Plan Especial de Infraestructuras (PEI), conjunto con suelos urbanos no consolidados (SU-NC) contiguos

Edificabilidad máxima: 0,4 m2/m2 Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

Localización preferente de sistemas locales de verde y de equipamiento en zona N del ámbito (al NE de la CN-240, zona “Airon-Club” y residencia “Monsanto”)

Imposibilidad de nuevos usos residenciales (área de protección de industrias peligrosas existentes)

Plan Especial de Infraestructuras: relativo a sistemas generales (y conexiones exteriores) de abastecimiento de agua, alcantarillado, depuración, suministro eléctrico, etc., conjunto con las áreas de SU-NC contiguas, debiendo repartirse su coste en proporción a las superficies de cada ámbito

Determinaciones indicativas:

Tipo de ordenación: industria pesada (ZIP), industria ligera (ZIL), industria limpia (ZILI) Sistema de actuación: compensación

Page 54: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

52

7.1.4.3.2.3 Ámbito “Jacilla S” (residencial):

Uso predominante residencial. Situado entre la ribera del Sosa (N y E), UE al final del Paso de la Arboleda (S), y variante de la carretera A-1234 (O).

Superficie del ámbito: 43.872,30 m2 + 17.914 m2 Sistemas generales adscritos: 17.914 m2 (SG verde Parque de La Jacilla) Edificabilidad máxima: 0,7 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,55 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,15 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: 17.914 m2 (SG verde Parque de La Jacilla) estructura viaria en prolongación de la existente, posibilitando un nuevo puente sobre el Sosa

(sistema general); el trazado viario concreto se grafía con carácter indicativo 20% del aprovechamiento destinado a VPA localización preferente de verde, correspondiente a la dotación de 5 m2/hab de sistema

general verde, y 18 m2 cada 85 m2 residenciales, ó 10% del sector, de sistema local, en terrenos inmediatos a las riberas del Sosa

Determinaciones indicativas:

Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2 (POL/200) y ZOV Uso predominante: residencial (unifamiliar y colectiva VPA) Sistema de actuación: compensación

7.1.4.3.2.4 Ámbito “Cascallar S” (residencial):

Se trata de una franja colindante con la Av. del Pueyo al O de la misma, entre la acequia existente (al N), y la variante de la carretera A-1234 (al S). Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 89.803,96 m2 + 37.000 m2 Sistemas generales adscritos: 37.000 m2 [20.900 m2 SG deportivo Fuente del Saso; 16.100 m2 SG verde Parque de La Jacilla] Edificabilidad máxima: 0,7 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,55 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,15 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

Sistemas generales adscritos: 20.900 m2 SG deportivo Fuente del Saso; 16.100 m2 SG verde Parque de La Jacilla.

Los terrenos de la EDAR corresponden a la cesión por “Betela” del 10% del aprovechamiento medio de un sector de 5 ha con 0,5 m2/m2.

Estructura viaria reticular, en prolongación de la existente o proyectada, y mantenimiento del Paseo de la Arboleda (peatonal); el trazado viario concreto se grafía con carácter indicativo

20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: volumétrica (ZOV) junto a la carretera, y parcelas de organización

libre 200 m2. (POL/200) Sistema de actuación: compensación

Page 55: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

53

7.1.4.3.2.5 Ámbito “Campián (o Los Tozales)” (residencial):

Se trata de los terrenos situados al oeste de la urbanización de Los Tozales junto a la Av. de La Almunia, limitados por la nueva conexión proyectada entre las carreteras de La Almunia y de Fonz (N), la acequia existente (O y S), y límite del SU (S y E). Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 119.948,25 m2 + 34.551 m2 Sistemas generales adscritos: 34.551 m2 (SG verde “Tozal” y “Mirador”) Edificabilidad máxima: 0,6 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,5 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,1 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: 34.551 m2 de superficie de verde, que se distribuyen en 30.666 m2 correspondientes al “Tozal” existente al NO del ámbito, y 3.885 m2 correspondientes al “Mirador” existente junto a los depósitos de agua del polígono Paúles.

estructura viaria en prolongación de la existente 20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas:

Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2 (POL/200) y ZOV Sistema de actuación: compensación

7.1.4.3.2.6 Ámbito “Salobras” (residencial):

Situado entre el ferrocarril (S), camino a La Almunia (E), escarpes del monte (N), UE en SU-NC (O) Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 116.139,73 m2 + 25.000 m2 Sistemas generales adscritos: 25.000 m2 (SG verde “Parque Palomar”) Soterramiento o desvío de línea aérea AT existente Edificabilidad máxima: 0,6 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,5 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,1 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

Sistemas generales adscritos: 25.000 m2 de superficie de verde “Parque del Palomar” (SG verde “Parque Palomar”), y soterramiento o desvío de línea aérea AT existente, que constituye el límite O del ámbito, y traslado o banda de protección de SET eléctrica existente

Localización de franja de protección de desprendimientos de ladera N del ámbito, y barrera vegetal junto al ferrocarril, al S del ámbito

estructura viaria en prolongación de C/. Huesca, y Cº de La Almunia 20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas:

Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2 (POL/200) Uso predominante: residencial (unifamiliar) Sistema de actuación: compensación

Page 56: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

54

7.1.4.3.2.7 Ámbito “Torrefuentes” (residencial):

Situado entre el ferrocarril (N y E), río Sosa (E y S), y Pje. Lastanosa (O); incluye los terrenos ocupados por la residencia de ancianos recientemente construida Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 48.131,14 m2 + 14.500 m2 Sistemas generales adscritos: 14.500 m2 (SG verde “Parque Sosa”) Edificabilidad máxima: 0,6 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,5 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,1 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: - 14.500 m2 de superficie de verde “Parque del Sosa”, que constituye el límite S del

ámbito localización preferente de sistemas locales de verde (barrera vegetal junto al ferrocarril) y

equipamiento junto al ferrocarril que constituye el límite N del ámbito estructura viaria en prolongación de C/. Mª. Moliner (paseo del Sosa) hasta Cº de La Almunia 20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas:

Tipo de ordenación: parcelas de organización libre 200 m2 (POL/200) Sistema de actuación: compensación

7.1.4.3.2.8 Ámbito “Valle Tamarite” (residencial):

Situada al E del núcleo, limitado por la Av. Lérida (SO), antiguo trazado ferroviario en desuso (NE), SU-NC (O), y barrio de La Carrasca (E). Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 467.233,81 m2 + 122.103,59 m2 Sistemas generales adscritos: 122.103,59 m2 (SG verde “Parque Jacilla” y “Parque Sosa”) Edificabilidad máxima: 0,6 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

- residencial: 0,5 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,1 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 30 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

sistemas generales adscritos: - 122.102,59 m2 de superficie de verde “Parque de La Jacilla” y “Parque del Sosa”

localización preferente de sistemas locales de verde (parque-bulevar central), y de equipamiento (junto a Parque del Sosa)

estructura viaria reticular en prolongación de la existente; el trazado viario concreto, adaptado al parcelario y topografía del ámbito, se grafía con carácter indicativo

20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: volumétrica (ZOV) junto a la carretera, y parcelas de organización libre

200 m2 (POL/200) Sistema de actuación: compensación

Page 57: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

55

7.1.4.3.2.9 Ámbito “Carrasca Sur (o Cª. Binaced)” (residencial):

Situada al SE del núcleo, junto al barrio de La Carrasca y al S de este. Limita con UE en SU-NC (O), nuevo ramal de enlace de la carretera a Binaced con la N-240 (E), SU-NC (N) y SNU (S). Uso predominante residencial.

Superficie del ámbito: 361.848,44 m2 + 294.572,93 m2 Sistemas generales adscritos:

- 294.572,93 m2 (SG verde y equipamiento “Adamil”) - ramal de conexión entre las carreteras N-240 y de Binaced

Edificabilidad máxima: 0,6 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - residencial: 0,5 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a) - otros usos compatibles: 0,1 m2/m2 (s/. ámbito, sin SG/a)

Densidad máxima del sector (sin incluir SG/a): 25 viv/ha Desarrollo:

Delimitación de sectores Plan Parcial Proyecto de Reparcelación Proyecto de Urbanización

El PGOU incluye en dicho sector las siguientes previsiones con carácter vinculante [si bien dichos aspectos, deberán ser definidos con exactitud por el planeamiento de segundo grado (Plan Parcial)]:

Sistemas generales adscritos: - 294.572,93 m2 de superficie de verde y equipamientos “Adamil”

20% del aprovechamiento destinado a VPA

Determinaciones indicativas: Tipo de ordenación: parcelas de organización libre (POL/200-400-800) Uso predominante: residencial (unifamiliar) Sistema de actuación: compensación

Page 58: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

56

7.1.5 LA ZONIFICACIÓN Y LA IMAGEN URBANA.. El PGOU establece una zonificación basada en criterios tipológicos, por encima de otras consideraciones que operan en segundo término, como la intensidad o los usos de la edificación, y que resultan implícitos. En este sentido, la tendencia adoptada es el mantenimiento de la tipología e intensidades dominantes (forma de ocupación, edificabilidad, fondos, alturas, etc.) en cada una de las zonas, con una gran flexibilidad que permite adaptarse a requerimientos funcionales diversos.

Los usos se tratan en forma de incompatibilidades zonales para algunos de ellos, según el Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas, pero fomentando en general una saludable mezcla de usos residenciales y productivos. Con respecto al PGOU-86, se han revisado las zonas con objeto de simplificarlas y aumentar la flexibilidad de las mismas. Así, desaparecen las zonas de vivienda unifamiliar en hilera, que pasan a zona POL-150 ó POL-200, y la zona de vivienda unifamiliar aislada, que pasa a zona POL-400; asimismo se crea la zona de ordenación volumétrica (ZOV) que viene a sustituir algunas de las antiguas áreas de ordenación específica (AOE). En base a los criterios expuestos, se han establecido las zonas siguientes, cuya regulación detallada se contiene en el documento “Normativa”, integrante del PGOU:

• casco antiguo (CA) • manzanas con alineación interior no rebasable (MAINR) • manzanas sin alineación interior (MAIND) • ordenación volumétrica (ZOV) • parcelas de ordenación libre (POL)

o POL-150 o POL-200 o POL-400 o POL-800

• industrial o industria ligera (ZIL) o industria limpia (ZILI) o polígono Paúles (ZIPAUL) o industria agrícola (ZIA) o industria pesada (ZIP)

La zona de “casco antiguo” se ordena según alineaciones de vial, y permite una edificación similar a la que ha conformado el núcleo histórico de Monzón, con las consiguientes adaptaciones a los tiempos actuales. Se ha optado por mantener la regulación del PGOU-86, añadiendo la definición de número máximo de plantas s/. manzanas o frentes de vial, junto a la definición contextual de alturas máximas sancionada por la práctica del periodo de vigencia del Plan. Se mantienen así mismo las zonas de manzanas con alineación interior no rebasable (MAINR) y manzanas sin alineación interior (MAIND), si bien se ha revisado su aplicación en algunos puntos singulares.

El resto de zonas residenciales se ordenan según la tipología de “parcelas de organización libre”, en la que se regula exclusivamente la intensidad de la edificación, en general sin prefigurar su posición en la parcela, lo cual hace de estas zonas contenedores adaptables a programas diversos, hoy no previsibles en muchos casos. Se definen diversas zonas POL en función de la superficie mínima de parcela, y con una gradación de alturas y edificabilidades máximas en algunas de ellas. Por otra parte, se considera planeamiento incorporado o recogido, la zonificación específica de los polígonos desarrollados mediante Plan Parcial, como el “Molino” y “La Jacilla”. En cuanto a las zonas industriales, se mantienen las zonas de industria pesada (ZIP), industria ligera (ZIL) e industria limpia (ZILIM), y se crea una nueva zona de industria agraria (ZIA) de aplicación en el núcleo de Selgua. Por otra parte, se incorpora la zona industrial del polígono Paúles (ZIPAUL), con sus determinaciones específicas y con carácter de planeamiento recogido. Además de la regulación estricta de la volumetría de las edificaciones que se contiene en el Plan, desde el punto de vista arquitectónico y paisajístico, adquiere gran importancia el tratamiento de los paramentos vistos de las edificaciones, singularmente de las medianerías y traseras, que muchas veces configuran la “fachada” de la población. Así mismo tiene importancia el tratamiento de las laderas que configuran la imagen urbana en algunos puntos, singularmente las laderas sujetas a procesos erosivos (a proteger).

Page 59: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

57

Las llamadas “urbanizaciones cerradas” (tipología de creciente difusión en nuestro entorno), constituidas por viviendas unifamiliares agrupadas, en régimen de propiedad horizontal, y con viario privado, se consideran tipologías ajenas a la cultura urbanística local, que niegan el espacio público urbano y tienden a crear reductos (guettos) de exclusividad indeseables en un pueblo. El Plan no las contempla, y pretende evitarlas mediante instrumentos como la inadmisibilidad de aperturas de viario público mediante Estudios de Detalle (LUA-60.3), la inadmisibilidad de las urbanizaciones privadas (LUA-47.2), y la definición de la condición de exterior para toda vivienda. En suma, las calles se conciben como espacio público que se define en PGOU o su planeamiento de desarrollo (PP, PERI), y todas las viviendas deben dar frente a espacio público. Las granjas, o explotaciones ganaderas han aparecido en muchas ocasiones en el propio espacio residencial o en sus inmediaciones, generando severas molestias e incluso riesgos para la salud. El Plan propugna su alejamiento del suelo urbano y urbanizable. El negativo impacto visual de las conducciones eléctricas y telefónicas aéreas, llevan a la prohibición de los tendidos aéreos en las áreas de nueva urbanización, y a la paulatina sustitución de los actualmente existentes por conducciones subterráneas con motivo de las obras de urbanización que se efectúen en el casco consolidado. 7.2 LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL.

El término municipal de Monzón posee un patrimonio cultural (paleontológico, arqueológico, e histórico-artístico) de gran importancia. Los yacimientos paleontológicos y arqueológicos están recogidos en la Carta Paleontológica y en la Carta Arqueológica de Aragón, y sometidos a protección por legislación específica (Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español, y Ley 3/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés). Se incluyen en el Catálogo del PGOU en el apartado de “patrimonio arqueológico”. Por encargo municipal, en la actualidad se está realizando la delimitación de los yacimientos arqueológicos y fichas descriptivas individualizadas de los mismos, para su incorporación al PGOU (atendiendo a lo requerido por la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Huesca en su acuerdo de 24/11/2004).

Por otra parte existe un patrimonio arquitectónico, integrado por edificios y conjuntos de interés, que son merecedores de protección.

No se trata solo de determinados hitos o edificios "monumentales", catalogados o no, como las iglesias y

ermitas, que por supuesto son objeto de protección específica a través del planeamiento, y se incluyen en el Catálogo del PGOU.

Existen además, las tramas urbanas históricamente formadas con su peculiar tipología viaria y edificatoria, en la que se insertan a modo de “hito” los monumentos o edificios catalogados. La protección no se detiene tan solo en los edificios considerados autónomamente, sino que se extiende a todos los conjuntos o núcleos de población históricos, con calidades específicas diversas. El PGOU se propone la protección global de los núcleos de población históricos, en su trama, tipología viaria y edificatoria, arcos, pasajes, etc.

Hay además una interesante arquitectura popular, en edificios quizá de menor monumentalidad, pero con insoslayables valores ambientales, o con elementos aislados de interés (arcos, rejas, aleros, sistemas constructivos, etc.), que son objeto de una protección específica (Catálogo) o genérica por el Plan General.

En el término municipal existen además ciertas edificaciones e infraestructuras que son objeto de

protección especial o genérica, como infraestructuras de riego, puentes, pasarelas, etc.

Siempre que ha sido posible, en los planos de PGOU se han indicado los yacimientos y edificios del patrimonio cultural objeto de protección específica, que se incluyen en el Catálogo del PGOU.

En resumen, el PGOU propone la protección especial de los yacimientos, edificios, conjuntos y elementos a los que se ha hecho referencia, cuyo derribo está prohibido en general:

• los yacimientos paleontológicos y arqueológicos quedan sometidos a su legislación específica • cuando los yacimientos y/o edificios se ubican en suelo no urbanizable, y hasta tanto se disponga de

la delimitación de los yacimientos y entornos de protección, se delimita un entorno de protección (100 m alrededor) con la clasificación de suelo no urbanizable especial

• en todo caso, deberán conservarse los elementos que motivan la catalogación

Page 60: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

58

Siguiendo una tradición fuertemente enraizada en la práctica del planeamiento proteccionista, el Plan establece en su Catálogo diversos grados de protección:

protección del patrimonio arqueológico protección del patrimonio arquitectónico:

grado de protección I: "monumental" o “integral” grado de protección II: "arquitectónico" o “estructural” grado de protección III: "ambiental" o “tipológica” y de elementos de interés

El tipo de obras admisibles en el patrimonio arquitectónico se caracteriza en la forma resumida siguiente:

Grado I: obras de restauración; prohibido el derribo. Grado II: obras de rehabilitación; prohibido el derribo en general, siendo como máximo

admisibles derribos parciales fuertemente condicionados. Grado III: obras de rehabilitación e incluso de reconstrucción condicionada, es decir,

manteniendo los elementos o composición de interés, que motivan la protección (arcos, balcones, aleros, huecos, escaleras, etc.).

La autorización de las obras que les afecten deberá concederla el Ayuntamiento quien determinará en

cada caso los elementos a conservar, en su caso tras informe positivo de la Comisión de Patrimonio de la DGA. Pese a las críticas del Catálogo del PGOU-86, tachado en ocasiones de “excesivo”, se ha efectuado una revisión del mismo, en la cual se ha constatado lo adecuado del mismo en términos generales, la desaparición lamentable de algunos edificios catalogados, y lo inadecuado de algunas reconstrucciones de edificios catalogados demolidos. En función de ello, se define un nuevo catálogo corregido.

Page 61: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

59

8 CUADROS DE SUPERFICIES. 8.1 MONZON SUELO URBANO SUELO URBANO CONSOLIDADO (SU-C) 2.710.367,49 m2 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SU-NC) 808.272,07 m2 TOTAL SU 3.518.639,56 m2 Zona de casco antiguo 105.186,27 m2 Zona de manzanas con alineación interior no rebasable 323.461,18 m2 Zona de manzanas con alineación interior no definida 86.182,45 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 150 m2 138.142,50 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 200 m2 187.829,74 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 400 m2 88.709,40 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 800 m2 22.244,03 m2 Zona de ordenación volumétrica 112.100,80 m2 Zona de industria limpia 46.699,74 m2 Zona de industria ligera 34.432,97 m2 Zona de industria polígono Paules 361.825,58 m2 Zona de industria pesada 425.687,62 m2 Zona verde privada (uso público) 8.969,45 m2 Equipamiento 342.756,11 m2 Verde 241.589,77 m2 Viario 948.833,56 m2 SG Ferroviario 32.054,63 m2 Fluvial 11.933,76 m2 TOTAL SU 3.518.639,56 m2 TOTAL SUELO URBANO 3.518.639,56 m2 SUELO URBANIZABLE DELIMITADO SECTOR “FUENTE DEL SASO SUR” (residencial) (PR) 112.319,00 m2 SECTOR “FUENTE DEL SASO NORTE” (residencial) 48.256,00 m2 SECTOR “CASCALLAR NORTE” (residencial) 89.245,77 m2 SECTOR “CABAÑERA” (residencial) 139.745,95 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE DELIMITADO (residencial) 389.566,72 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE DELIMITADO (residencial) 389.566,72 m2 SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO ÁMBITO CASCALLAR SUR (residencial) 89.803,96 m2 ÁMBITO JACILLA SUR (residencial) 43.872,30 m2 ÁMBITO CAMPIAN (residencial) 119.948,25 m2 ÁMBITO SALOBRAS (residencial) 116.139,73 m2 ÁMBITO TORREFUENTES (residencial) 48.131,14 m2 ÁMBITO VALLE TAMARITE (residencial) 467.233,81 m2 ÁMBITO CARRASCA SUR (residencial) 361.848,44 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO (residencial) 1.246.977,63 m2 ÁMBITO LA ARMENTERA (industrial) 2.265.651,41 m2 ÁMBITO PAÚLES (industrial) 589.757,33 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO (industrial) 2.855.408,74 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO 4.102.386,37 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE 4.491.953,09 m2

Page 62: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

60

8.2 LA ARMENTERA SUELO URBANO SUELO URBANO CONSOLIDADO (SU-C) 682.924,07 m2 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SU-NC) 1.811.501,92 m2 TOTAL SU 2.494.425,99 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 400 m2 15.400,70 m2 Zona de industria pesada 2.219.811,97 m2 Equipamiento 39.480,44 m2 Verde 6.926,51 m2 Viario 212.806,37 m2 TOTAL SU 2.494.425,99 m2 TOTAL SUELO URBANO 2.494.425,99 m2 SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO ÁMBITO “LA ARMENTERA” (industrial) 2.274.467,18 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE NO DELIMITADO (industrial) 2.274.467,18 m2 TOTAL SUELO URBANIZABLE 2.274.467,18 m2

Page 63: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

MEMORIA

José Antonio Lorente Fernández Javier Albisu Iribe Sáez Victorino Zorraquino Lozano arquitecto geógrafo ingeniero CCyP

61

8.3 SELGUA SUELO URBANO SUELO URBANO CONSOLIDADO (SU-C) 168.303,36 m2 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SU-NC) 82.051,61 m2 TOTAL SU 250.354,97 m2 Zona de casco antiguo 28.583,05 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 200 m2 71.828,35 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 400 m2 14.417,23 m2 Zona de industria agrícola 37.734,78 m2 Zona de industria pesada 19.125,15 m2 Equipamiento 5.067,00 m2 Verde 4.054,95 m2 Viario 69.544,46 m2 TOTAL SU 250.354,97 m2 TOTAL SUELO URBANO 250.354,97 m2 8.4 CONCHEL SUELO URBANO SUELO URBANO CONSOLIDADO (SU-C) 89.040,93 m2 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (SU-NC) 24.621,31 m2 TOTAL SU 113.662,24 m2 Zona de casco antiguo 21.300,85 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 200 m2 2.032,74 m2 Zona de parcelas de ordenación libre 400 m2 31.504,71 m2 Equipamiento 1.618,50 m2 Verde 18.314,03 m2 Viario 38.891,41 m2 TOTAL SU 113.662,24 m2 TOTAL SUELO URBANO 113.662,24 m2

Zaragoza para Monzón, julio 2006

JOSÉ ANTONIO LORENTE FERNÁNDEZ JAVIER ALBISU IRIBE SÁEZ VICTORINO ZORRAQUINO LOZANO arquitecto geógrafo ingeniero de caminos, c y P

Page 64: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

1

REVISION y ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZON. ESTUDIO ECONÓMICO INTRODUCCIÓN Con arreglo al artículo 58 del Reglamento de Planeamiento (RPUA), el estudio económico y financiero del PGOU debe contener:

ο La evaluación económica de la ejecución de las obras de urbanización correspondientes a la estructura general y orgánica del territorio, a la implantación de los servicios previstos para el suelo urbanizable delimitado, y a las actuaciones que se hayan previsto en suelo urbano.

ο La determinación del carácter público o privado de las inversiones a realizar para la ejecución de las previsiones del PGOU, con suficiente especificación de las obras y servicios que se atribuyen al sector público (con indicación de los organismos que asumen el importe de la inversión) y al sector privado.

A este respecto: ο La evaluación económica del conjunto de actuaciones definidas se realiza

distinguiendo entre adquisición de suelo y urbanización.

ο En las obras y servicios que se atribuyen al sector público se indica una previsión de asignación a los organismos y entidades públicas, si bien normalmente no consta la asunción de los importes correspondientes, salvo en el caso de que se encuentren en fase de Proyecto, de licitación, o en ejecución, a causa de la incertidumbre presupuestaria habitual en las administraciones públicas.

ο Algunos de los nuevos sistemas generales propuestos se han adscrito a los ámbitos de suelo urbanizable no delimitado. En otros casos se han vinculado a Convenios (existentes o previstos) ligados al desarrollo de unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado (UE-M3, UE-M5, UE-M33, etc.).

Page 65: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

2

1 ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA DEL TERRITORIO / SISTEMAS GENERALES 1.1 SISTEMA DE COMUNICACIONES

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE SUELO URBANIZACIÓN Variante carretera N-240 Mº. Fomento Licitación Conexión polígono Paúles y N-240 (supresión paso a nivel HNE)

Mº. Fomento Proyecto Convenio 3.500.000

Conexión carreteras de La Almunia y Fonz DGA 300.000 1.200.000 Conexión N-240 y carretera de Binaced DGA SG/ad 1.000.000 Prolongación C/. Mª. Moliner hasta carretera de La Almunia

DGA/DPHu 600.000 4.000.000

Conexión carreteras de Pueyo y de Binaced (La Alegría)

DGA/DPHu 500.000 3.000.000

Circuito ciclo-turista Ayuntamiento 150.000 2.000.000 Puente s/. Sosa (conexión Mª. Moliner - Av. Lérida)

Ayuntamiento SG/ad 1.000.000

Puente s/. Sosa (conexión Pº. Arboleda - Pº. S. Juan Bosco)

Ayuntamiento SG/ad 2.000.000

Aparcamiento Plaza San Juan Ayuntamiento Ayto 1.200.000 Aparcamiento Plaza de España Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Estación de autobuses Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Azucarera Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Cº. Cabañera Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento C/. Barón de Eroles (CHE) Ayuntamiento Ayto 600.000

1.2 SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN SUELO URBANIZACIÓN Parque de La Jacilla Ayto/MMA SG/ad 1.000.000 Parque del Sosa (tramo central) Ayto/MMA 100.000 Parque del Sosa (E) Ayto/MMA SG/ad 228.000 Tozales de Campián Ayto SG/ad 150.000 Parque del Castillo Ayto/PatEst Pat. Estado 1.200.000 Parque Palomar Ayto SG/ad 125.000 Parque de La Azucarera Ayto Ayuntamiento 60.000 Parque Adamil Ayto SG/ad 1.350.000

1.3 SISTEMA DE EQUIPAMIENTO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN SUELO URBANIZACIÓN Recinto Ferial Ayuntamiento CONVENIO 1.000.000 Ampliación zona deportiva “Fuente del Saso”

Ayuntamiento SG/ad 1.000.000

Parque Deportivo “Cabañera” Ayuntamiento Convenio 1.500.000 Centro de intercambio modal Ayto/MFom Ayuntamiento 1.000.000 Silos C/. Huesca Ayuntamiento Ayuntamiento Sede comarcal Comarca Ayuntamiento 1.000.000 Eq. Administrativo C/. San Mateo DGA Ayuntamiento 1.000.000 Eq. Asistencial S. Francisco DGA Ayuntamiento 800.000

Page 66: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

3

1.4 SISTEMA DE INFRAESTRUCTURAS

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE SUELO URBANIZACIÓN Renovación red distribución agua Ayuntamiento 600.000

C/. Calvario Pº. Arboleda

C/. Santa Bárbara Av. Pilar

Zona San Juan Bosco Mejoras red alcantarillado Ayuntamiento 600.000 Canalización “Cicoleta” Ayuntamiento 600.000 Depósito Conchel Ayuntamiento Ejecución Planta potabilizadora Ayuntamiento Ejecución Depuradora Armentera Ayto/DGA 3.000.000

2 SUELO URBANIZABLE DELIMITADO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE URBANIZACIÓN Sector “Fuente del Saso Sur” Privado En ejecución 2.500.000 Sector “Fuente del Saso Norte” Privado 1.150.000 Sector “Cascallar Norte” Privado 2.100.000 Sector “Cabañera” Privado 3.350.000

3 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN VERDE EQUIPAMIENTO URBANIZACIÓN UE-M1 Privado 682.850 UE-M2 Privado 955.710 UE-M3 CONVENIO 39.015,17 12.303,52 3.165.000 UE-M4 Privado 127.530 UE-M5 CONVENIO 777,43 1.027.000 UE-M6 Privado 5.267,88 392.670 UE-M7 Privado 100.245 UE-M8 Privado 68.780 UE-M9 Privado 2.944,50 2.765,69 372.430

UE-M10 CONVENIO 1.091,76 165.495 UE-M11 Privado 3.499,17 413.550 UE-M12 Privado 315.990 UE-M13 Privado 3.829,46 320.300 UE-M14 Privado 2.902,78 181.375 UE-M15 Privado s/.RPUA s/.RPUA 872.270 UE-M16 Privado 529,00 214.995 UE-M17 Privado 17.650 UE-M18 Privado 58,92 91.950 UE-M19 Privado 27.680 UE-M20 Privado 169.715 UE-M21 Privado 52.350 UE-M22 Privado 171,28 126.390 UE-M23 Privado 2.965,03 265.200 UE-M24 Privado 1.050,49 238.160 UE-M25 Privado 5.281,52 469.220 UE-M26 Privado 9.655 UE-M27 Privado APARCAMIENTO 26.400 UE-M28 Privado 51.375

Page 67: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

4

UE-M29 Privado 55.650 UE-M30 Privado s/.RPUA s/.RPUA 710.950 UE-M31 Privado 71.660 UE-M32 Privado 117.085 UE-M33 CONVENIO 35.224,46 25.202,45 257.780 UE-M34 Privado 267.355 UE-M35 Privado 1.611,11 721.490 UE-M36 Privado 645,32 3.875 UE-M37 Privado s/.RPUA s/.RPUA 1.387.365 UE-M38 Privado 898.17 65.035 UE-M39 Privado s/.RPUA s/.RPUA 986.080 UE-M40 Privado s/.RPUA s/.RPUA 561.295 UE-M41 Privado 40.547

UE-A1 Privado 38.515.800 UE-A2 Privado 3.120.540 UE-A3 Privado 6.926,51 865.400

UE-C1 Privado 590.900

UE-S1 Privado s/.RPUA s/.RPUA 805.200 UE-S2 Privado 395,85 330.745 UE-S3 Privado 251.290 UE-S4 Privado 159.500 UE-S5 Privado 71.225 UE-S6 Privado 143.115

Zaragoza para Monzón, julio 2005

JOSÉ ANTONIO LORENTE FERNÁNDEZ JAVIER ALBISU IRIBE SÁEZ VICTORINO ZORRAQUINO LOZANO arquitecto geógrafo ingeniero de caminos, c y P

Page 68: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

1

REVISION y ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZON. ESTUDIO ECONÓMICO INTRODUCCIÓN Con arreglo al artículo 58 del Reglamento de Planeamiento (RPUA), el estudio económico y financiero del PGOU debe contener:

ο La evaluación económica de la ejecución de las obras de urbanización correspondientes a la estructura general y orgánica del territorio, a la implantación de los servicios previstos para el suelo urbanizable delimitado, y a las actuaciones que se hayan previsto en suelo urbano.

ο La determinación del carácter público o privado de las inversiones a realizar para la ejecución de las previsiones del PGOU, con suficiente especificación de las obras y servicios que se atribuyen al sector público (con indicación de los organismos que asumen el importe de la inversión) y al sector privado.

A este respecto: ο La evaluación económica del conjunto de actuaciones definidas se realiza

distinguiendo entre adquisición de suelo y urbanización.

ο En las obras y servicios que se atribuyen al sector público se indica una previsión de asignación a los organismos y entidades públicas, si bien normalmente no consta la asunción de los importes correspondientes, salvo en el caso de que se encuentren en fase de Proyecto, de licitación, o en ejecución, a causa de la incertidumbre presupuestaria habitual en las administraciones públicas.

ο Algunos de los nuevos sistemas generales propuestos se han adscrito a los ámbitos de suelo urbanizable no delimitado. En otros casos se han vinculado a Convenios (existentes o previstos) ligados al desarrollo de unidades de ejecución en suelo urbano no consolidado (UE-M3, UE-M5, UE-M33, etc.).

Page 69: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

2

1 ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA DEL TERRITORIO / SISTEMAS GENERALES 1.1 SISTEMA DE COMUNICACIONES

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE SUELO URBANIZACIÓN Variante carretera N-240 Mº. Fomento Licitación Conexión polígono Paúles y N-240 (supresión paso a nivel HNE)

Mº. Fomento Proyecto Convenio 3.500.000

Conexión carreteras de La Almunia y Fonz DGA 300.000 1.200.000 Conexión N-240 y carretera de Binaced DGA SG/ad 1.000.000 Prolongación C/. Mª. Moliner hasta carretera de La Almunia

DGA/DPHu 600.000 4.000.000

Conexión carreteras de Pueyo y de Binaced (La Alegría)

DGA/DPHu 500.000 3.000.000

Circuito ciclo-turista Ayuntamiento 150.000 2.000.000 Puente s/. Sosa (conexión Mª. Moliner - Av. Lérida)

Ayuntamiento SG/ad 1.000.000

Puente s/. Sosa (conexión Pº. Arboleda - Pº. S. Juan Bosco)

Ayuntamiento SG/ad 2.000.000

Aparcamiento Plaza San Juan Ayuntamiento Ayto 1.200.000 Aparcamiento Plaza de España Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Estación de autobuses Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Azucarera Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento Cº. Cabañera Ayuntamiento Ayto 600.000 Aparcamiento C/. Barón de Eroles (CHE) Ayuntamiento Ayto 600.000

1.2 SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN SUELO URBANIZACIÓN Parque de La Jacilla Ayto/MMA SG/ad 1.000.000 Parque del Sosa (tramo central) Ayto/MMA 100.000 Parque del Sosa (E) Ayto/MMA SG/ad 228.000 Tozales de Campián Ayto SG/ad 150.000 Parque del Castillo Ayto/PatEst Pat. Estado 1.200.000 Parque Palomar Ayto SG/ad 125.000 Parque de La Azucarera Ayto Ayuntamiento 60.000 Parque Adamil Ayto SG/ad 1.350.000

1.3 SISTEMA DE EQUIPAMIENTO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN SUELO URBANIZACIÓN Recinto Ferial Ayuntamiento CONVENIO 1.000.000 Ampliación zona deportiva “Fuente del Saso”

Ayuntamiento SG/ad 1.000.000

Parque Deportivo “Cabañera” Ayuntamiento Convenio 1.500.000 Centro de intercambio modal Ayto/MFom Ayuntamiento 1.000.000 Silos C/. Huesca Ayuntamiento Ayuntamiento Sede comarcal Comarca Ayuntamiento 1.000.000 Eq. Administrativo C/. San Mateo DGA Ayuntamiento 1.000.000 Eq. Asistencial S. Francisco DGA Ayuntamiento 800.000

Page 70: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

3

1.4 SISTEMA DE INFRAESTRUCTURAS

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE SUELO URBANIZACIÓN Renovación red distribución agua Ayuntamiento 600.000

C/. Calvario Pº. Arboleda

C/. Santa Bárbara Av. Pilar

Zona San Juan Bosco Mejoras red alcantarillado Ayuntamiento 600.000 Canalización “Cicoleta” Ayuntamiento 600.000 Depósito Conchel Ayuntamiento Ejecución Planta potabilizadora Ayuntamiento Ejecución Depuradora Armentera Ayto/DGA 3.000.000

2 SUELO URBANIZABLE DELIMITADO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN FASE URBANIZACIÓN Sector “Fuente del Saso Sur” Privado En ejecución 2.500.000 Sector “Fuente del Saso Norte” Privado 1.150.000 Sector “Cascallar Norte” Privado 2.100.000 Sector “Cabañera” Privado 3.350.000

3 SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

ACTUACIÓN ASIGNACIÓN VERDE EQUIPAMIENTO URBANIZACIÓN UE-M1 Privado 682.850 UE-M2 Privado 955.710 UE-M3 CONVENIO 39.015,17 12.303,52 3.165.000 UE-M4 Privado 127.530 UE-M5 CONVENIO 777,43 1.027.000 UE-M6 Privado 5.267,88 392.670 UE-M7 Privado 100.245 UE-M8 Privado 68.780 UE-M9 Privado 2.944,50 2.765,69 372.430

UE-M10 CONVENIO 1.091,76 165.495 UE-M11 Privado 3.499,17 413.550 UE-M12 Privado 315.990 UE-M13 Privado 3.829,46 320.300 UE-M14 Privado 2.902,78 181.375 UE-M15 Privado s/.RPUA s/.RPUA 872.270 UE-M16 Privado 529,00 214.995 UE-M17 Privado 17.650 UE-M18 Privado 58,92 91.950 UE-M19 Privado 27.680 UE-M20 Privado 169.715 UE-M21 Privado 52.350 UE-M22 Privado 171,28 126.390 UE-M23 Privado 2.965,03 265.200 UE-M24 Privado 1.050,49 238.160 UE-M25 Privado 5.281,52 469.220 UE-M26 Privado 9.655 UE-M27 Privado APARCAMIENTO 26.400 UE-M28 Privado 51.375

Page 71: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓNdocumentacion.monzon.es/pgou/memoria.pdf · A.2 SOTOS Y RIBERAS FLUVIALES 33 A.3 MASAS ARBÓREAS CULTIVADAS 35 ... la subsanación de

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MONZÓN / TEXTO REFUNDIDO

ESTUDIO ECONÓMICO

4

UE-M29 Privado 55.650 UE-M30 Privado s/.RPUA s/.RPUA 710.950 UE-M31 Privado 71.660 UE-M32 Privado 117.085 UE-M33 CONVENIO 35.224,46 25.202,45 257.780 UE-M34 Privado 267.355 UE-M35 Privado 1.611,11 721.490 UE-M36 Privado 645,32 3.875 UE-M37 Privado s/.RPUA s/.RPUA 1.387.365 UE-M38 Privado 898.17 65.035 UE-M39 Privado s/.RPUA s/.RPUA 986.080 UE-M40 Privado s/.RPUA s/.RPUA 561.295 UE-M41 Privado 40.547

UE-A1 Privado 38.515.800 UE-A2 Privado 3.120.540 UE-A3 Privado 6.926,51 865.400

UE-C1 Privado 590.900

UE-S1 Privado s/.RPUA s/.RPUA 805.200 UE-S2 Privado 395,85 330.745 UE-S3 Privado 251.290 UE-S4 Privado 159.500 UE-S5 Privado 71.225 UE-S6 Privado 143.115

Zaragoza para Monzón, julio 2005

JOSÉ ANTONIO LORENTE FERNÁNDEZ JAVIER ALBISU IRIBE SÁEZ VICTORINO ZORRAQUINO LOZANO arquitecto geógrafo ingeniero de caminos, c y P