PLAN DE CENTRO 2020-21 IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA

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PLAN DE CENTRO 2020-21 IES MIGUEL DE CERVANTES (LUCENA)

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PLAN DE CENTRO

2020-21

IES MIGUEL DE

CERVANTES(LUCENA)

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PROYECTO EDUCATIVO 2020-21

I. Contexto socioeconómico y cultural.

II. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo.

III. Líneas generales de actuación pedagógica.

IV. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares.

V. Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente.

VI. Criterios y procedimientos generales de evaluación, promoción y titulación.

VII. Atención a la diversidad.

VIII. La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva.

IX. Visitas y viajes.

X. Criterios de distribución del tiempo escolar.

XI. Agrupamiento escolar y tutorias.

XII. Optatividad

XIII. Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas.

XIV. Planes y programas.

Anexo I: Plan de mejora.Anexo II: Plan de orientación y acción tutorial.Anexo III: Plan de formación del profesorado.Anexo IV: Plan de convivencia.Anexo V: Programa escuela espacio de paz.Anexo VI: Plan de autoprotección.Anexo VII: Plan de bibliotecas.Anexo VIII: Plan de transformación digital. Anexo IX: Protocolo COVID.Anexo X: Programaciones: Programaciones.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO 2020-21

I. CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA.

II. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y LATRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS DISTINTOSÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE, ESPECIALMENTEEN LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA ESCOLARIZACIÓN Y LAEVALUACIÓN DEL ALUMNADO.

III. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOSMATERIALES DEL CENTRO, CON ESPECIAL REFERENCIA AL USO DE LABIBLIOTECA ESCOLAR, ASÍ COMO LAS NORMAS PARA SU USO CORRECTO.

IV. ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA. ENTRADA, SALIDA Y RECREO.

V. SEGURIDAD EN LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS

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PROYECTO DE GESTIÓN 2020-21

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Proyecto Educativo - Contexto

I. Contexto socioeconómico y cultural

1. Ubicación:

a) Está situado en la zona Este de Lucena, junto a las instalaciones deportivasmunicipales, “Ciudad Deportiva” de ahí que popularmente se le conozca como“El Poli”, y el Parque Infantil de Tráfico. Instalaciones que en horario lectivopueden ser aprovechadas por nuestro alumnado para la realización de variadasactividades, fundamentalmente deportivas

b) Comparte espacio con el CEIP. “El Prado” del que recibe el 50% de sualumnado, y la barriada de Sta. Teresa y San Jorge, barriada de viviendassociales principalmente, inaugurada en 1980 donde procede una parte importantedel alumnado de familias muy humildes. Dentro de la barriada existe un CentroCívico donde se organizan las distintas actividades de la Asociación de vecinos.

c) En la misma avenida se encuentra un Centro de Salud y a la espalda el Conventode las Carmelitas.

d) Próximo al Centro se está construyendo el Plan Residencial “El Zarpazo” conunas 1.330 viviendas aproximadamente, de ellas un porcentaje importante seránsociales, con lo cual en los próximos años esta zona hará incrementar, o almenos modificar la procedencia de nuestro alumnado, para lo cual deberemosestar preparados. No obstante la crisis que estamos atravesando, retrase mas estasituación

2. Algo de historia:

Al principio de los 70 se construyeron en Andalucía una serie de Centros de EGB de 16 unidades conocidos como PUA (Plan de urgencia de Andalucía) de idéntica construcción en toda la región. En Lucena fueron los Colegios de El Carmen y Almirante Carrero Blanco – que era el nuestro - .Este venía a dar cabida a los alumnos/as de la zona, además del alumnado de Escuela Hogar y Transporte, con lo que la composición mayoritaria de estos escolares era de condición social bastante humilde. Aunque también es verdad que al ser un centro con comedor escolar albergó a hijos de matrimonios trabajadores.

Solamente el CEIP. Virgen del El Valle, en el otro extremo competía con él en tener alumnado de procedencia más marginal.

Posteriormente con la llegada de la democracia, se le cambió el nombre y paso a llamarse “El Poli” y además se creó el CEIP “Los Santos” (hoy asumido por el CEIP Al-Yussana) que acogió al alumnado de residencia y transporte. Pero la estructura social del alumnado continuaba siendo humilde.

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Proyecto Educativo - Contexto

Cuando aparece la ESO y desaparece la EGB el alumnado de primaria pasa al “Prado” y los correspondientes al primer ciclo de ESO del Prado, pasan al Poli, que junto con los del CEIP “Antonio Machado” conforman el global de nuestro IES.

3. Con respecto a los IESO:

3.1. Generalizando: Son centros intermedios entre la Primaria y la SecundariaPostobligatoria que producen por ende una serie de características.

3.1.1. Alumnado:

• Obligatoriedad hasta los 16 años, produciendo en muchos casos lo que seconoce como “Objetores escolares”. Están obligados a estar pero noquieren y producen un alto índice de absentismo y problemas deconvivencia.

• Un porcentaje significativo está en estos centros, porque por zona, nopueden acceder a uno de postobligatoria.

3.1.2. Profesorado:

• Inestabilidad, ya que prefieren trabajar en institutos con postobligatoria ysuelen concursar todos los años hasta conseguir mejorar el destino.

• Bastantes solicitudes de comisiones de servicios (varios compañerosestán en otros centros disfrutando dichas comisiones)

3.1.3. Padres – madres, tienen menor implicación en el centro por varios motivos:

• Nivel socioeconómico más bajo = menor formación = menor implicación• El número de cursos de permanencia en el centro es más corto (4 cursos)

que en Infantil y Primaria (9 cursos) o en ESO y Postobligatoria (6cursos)

• La edad del alumnado y la importancia que un número significativo delas familias le dan a la educación, hacen que su preocupación por loconcerniente a la formación integral de sus hijos sea relativa.

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Proyecto Educativo - Contexto

La Purísima

Juan de Aréjula

Clara Campoamor

Miguel de Cervantes

M. Comares

Sierra de Aras

3.2. En Lucena: Contamos con seis centros de secundaria Obligatoria:

La Purísima: Concertado de una línea, en el centro de la ciudad y con unalumnado de clase media alta.

Clara Campoamor: Público de cinco líneas y en la zona Oeste de Lucena,con todo tipo de alumnado.

Sierra de Aras: Público de cuatro líneas, bachillerato y en un futuropróximo Ciclos Formativos en la zona Oeste de Lucena, acoge alumnadode transporte y residencia escolar

Juan de Aréjula: Público con dos/tres líneas de ESO y Bachillerato y CiclosFormativos, antiguo F.P. Con alumnado mayoritariamente interesado encontinuar estudios. Ubicado en la zona Este y próximo al nuestro

Marqués de Comares: Público con tres líneas de ESO y Bachillerato yCiclos Formativos, con alumnado mayoritariamente interesado encontinuar estudios y en la misma zona que el anterior.

Miguel de Cervantes: Público de cinco líneas que compite en espacios conlos dos anteriores, aunque no puede competir en oferta educativa y esoprovoca que nuestro alumnado interesado en continuar estudios, intentesaltar a la primera vacante que surja en cualquiera de los dos, creandovacantes en el nuestro que normalmente se cubren con alumnadodesplazado y emigrante. En estos últimos años podríamos definir a nuestroCentro como “escoba”, ya que recoge alumnado que llega una vezcomenzado el curso escolar.

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Proyecto Educativo - Contexto

4. Situación actual:

4.1. Infraestructuras: Nuestro Centro consta de cinco edificios en los que sedistribuyen los distintos cometidos a realizar en un IES.

4.1.1. Administrativo: que consta de:

• Despachos de Dirección, Jefatura de estudios, Secretaria• Administración y recepción• Sala de profesores/as• Departamento de Orientación• Sala de A.M.P.A.• Despacho dirección y Jefatura de estudios de E.O.I.• Aseos

4.1.2. Docente:

• Conserjería• Biblioteca• Departamentos didácticos, TIC y de A.C.E.• 20 aulas polivalentes TIC• 2 laboratorios• 3 Aulas diversificación, desdobles y PCPI• P. Terapéutica• Aseos

4.1.3. Aulas Específicas: Todas compartidas con la EOI

• 1 aula de E.P.V.• 1 aula de Música• 1 aula de Informática.(PCPI)• 2 aulas de Tecnología.• 3 aulas Polivalentes• 1 Salón de usos múltiples• Aseos

4.1.4. Gimnasio:

• Gimnasio• Despacho profesor/a E.F.• Almacenes

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Proyecto Educativo - Contexto

• Vestuarios

4.1.5. Vivienda conserje

4.1.6. Cafetería.

4.1.7. Zonas abiertas:

• Pista polideportiva• Pista de baloncesto• Zona de recreo• Aparcamientos• Zonas ajardinadas

4.2. Recursos humanos:

• Profesorado: Actualmente cuenta con 51 profesores/as repartidos entre losdoce departamentos existentes (Tres de Religión compartido con variosIES)

• P.A.S.:

2 Administrativos (Uno sin cubrir) 2 Ordenanzas

5. Índice Socioeconómico y Cultural de nuestro centro durante el curso 2008/2009,según el análisis de los cuestionarios de contexto evaluados por la propia Consejeríade Educación es: - 0.45

Este ISC es el resultado de calcular la media aritmética del ISC asignado a todo el alumnado de ese centro cuyas familias completaron el correspondiente Cuestionario de Contexto.

Considerando el conjunto de los centros andaluces, es posible clasificarlos en cuatro niveles según el valor obtenido para el ISC, de tal manera que los grupos resultantes incluyen cada uno de ellos a un 25% de los centros. El intervalo de cada nivel viene reflejado en la siguiente tabla:

NIVELES SEGÚN EL ISE OBTENIDO

ESO BAJO MEDIO-BAJO MEDIO-ALTO ALTO

Hasta - 0.41 Desde -0.40 hasta -0.12

Desde – 0.11 Hasta 0.29

Desde 0.30

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Proyecto Educativo - Contexto

- La obtención de un ISC muy alto se corresponde con un nivel de estudios yprofesional alto de los padres y madres, con un elevado número de libros en elhogar y con la disponibilidad de los recursos a los que hace referencia lasvariables utilizadas en su construcción. La situación inversa, que es nuestro caso,se da cuando se obtiene un ISC muy bajo.

- La media aritmética para todo el alumnado andaluz participante en lasevaluaciones de diagnóstico es 0 y la desviación típica 1.

- Un ISC con signo negativo significa estar por debajo de 0 y, por lo tanto, contarcon un nivel socioeconómico y cultural inferior al nivel medio del alumnado deAndalucía.

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Proyecto Educativo - Objetivos

II. OBJETIVOS PRIORIZADOS

Se establece los objetivos priorizados para el presente curso escolar, en base a lossiguientes parámetros:

a) Análisis de los indicadores de evaluación externos para nuestro Centro.

b) Marco sanitario actual: Se establecen dos posibles escenarios de docencia(presencial y telemática), y por otro lado se establece como principio rector laeducación para la salud y prevención del riesgo de contagio.

c) Instrucciones del 31 de julio de 2020 sobre la digitalización de los centrosdocentes

Los objetivos se relacionan a continuación:

1. Mantener el grado de idoneidad conseguido en lo referente a la convivenciaescolar, minimizar las acciones disruptivas del alumnado y reducir elabsentismo escolar.

2. Implementar y establecer un sistema inmediato de comunicación entre elCentro y las familias para la consulta de información relativa a la situación delalumnado dentro del centro escolar.

3. Mejorar los resultados académicos mediante una adecuación de lasprogramaciones didácticas, y de los procesos de enseñanza aprendizaje en elaula, a los diferentes niveles curriculares que presenta la estructura de gruposen nuestro centro.

4. Fomentar secuencias didácticas que integren recursos digitales para elaprendizaje: gamificación, creación audiovisual, programación y el uso derecursos digitales de carácter cooperativo que casen con metodologías activaspara favorecer el aprendizaje digital y el desarrollo competencial en general.

5. Fomentar y mejorar el desarrollo de la compresión lectora, la expresión y lacomunicación oral y escrita.

6. Fomentar, desarrollar y mejorar estrategias metodológicas que den respuesta ala atención a la diversidad.

7. Fomentar estrategias en los diferentes ámbitos del Centro para la educación ypromoción para la salud.

8. Iniciar e implementar la transformación digital educativa (TEA)9. Favorecer la educación en valores como parte integral del desarrollo personal

del alumnado.

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Proyecto Educativo - Líneas generales de actuación pedagógica

III. Líneas generales de actuación pedagógica.Las líneas de actuación pedagógica estarán sustentadas en los valores y principiosque preconiza la Constitución Española, por tanto encaminada a velar por el interésgeneral. Toda la actividad pedagógica del centro estará orientada al pleno desarrollode la personalidad del alumnado (formación integral), en el respeto a los principiosdemocráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, de maneraque le faculte para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en lavida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidadde adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad.Principios de actuación:

1. La consecución del éxito escolar del alumnado. Favorecer el éxito escolar delalumnado, en función de sus capacidades, sus intereses y sus expectativas.

2. Estimular en el alumnado la capacidad crítica ante la realidad que le rodea,promoviendo la adopción de actitudes que favorezcan la superación dedesigualdades.

3. La atención a la diversidad entendida como calidad de la educación para todo elalumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias

4. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y lano discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdadespersonales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las quederiven de discapacidad

5. La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal,la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, laigualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo dediscriminación

6. El trabajo en equipo es el principio que sustentará la elaboración del plan dereuniones de los órganos de coordinación docente y su finalidad será proporcionarun enfoque multidisciplinar del proceso educativo.

7. El fomento de la implicación y la colaboración con las familias para apoyar elproceso educativo, para lo que se favorecerá una comunicación estrecha entreCentro y familias.

8. Se prestará una atención especial a la adquisición y el desarrollo de lascompetencias clave y se fomentará la correcta expresión oral y escrita, así como lapreparación para el uso aplicado de las matemáticas en la vida cotidiana.

9. Fomentar los saberes necesarios para que el alumnado pueda desenvolverse en lasociedad, con especial atención al uso de las tecnologías de la información y lacomunicación, haciendo un uso crítico y responsable de las mismas.

10. Convivencia como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo

del alumnado y del profesorado, creando un clima de respeto mutuo

imprescindible para desarrollar la tarea educativa.

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

IV. Coordinación y concreción de los contenidoscurriculares así como tratamiento trasversal en lasmaterias o módulos de la educación en valores.

Según la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado podemos distinguir los siguientes elementos del Currículo:

1. Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizajeevaluables de las materias del bloque de asignaturas troncales correspondientesa la Educación Secundaria Obligatoria son los del currículo básico fijados paradichas materias en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el quese establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y delBachillerato. En el Anexo I se formulan los objetivos de las distintas materiasy, en su caso, se complementan y se distribuyen por cursos los contenidos ycriterios de evaluación de las mismas.

2. Los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de lasmaterias del bloque de asignaturas específicas correspondientes a la EducaciónSecundaria Obligatoria son los del currículo básico fijados para dichas materiasen el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre. En el Anexo II seestablecen los objetivos y los contenidos de estas materias para toda la etapa yse incorporan y complementan los criterios de evaluación de las materiasespecíficas establecidos en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

3. Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las materias delbloque de asignaturas de libre configuración autonómica son los que seestablecen en el Anexo III.

4. Los contenidos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucíaincorporados en los Anexos I, II y III versan sobre el tratamiento de la realidadandaluza en sus aspectos culturales, sociales, lingüísticos, económicos,geográficos e históricos, así como sobre las contribuciones de los elementosespecíficos de la cultura andaluza en los ámbitos humanístico, artístico ycientífico, para la mejora de la ciudadanía y el progreso humano.

5. Para el desarrollo y la concreción del currículo se tendrá en cuenta la

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

secuenciación establecida en la presente Orden, si bien su carácter flexible permite que los centros puedan agrupar los contenidos en distintas opciones en función de su proyecto educativo y la necesaria adecuación a su contexto específico y a su alumnado.

6. Los departamentos de coordinación didáctica elaborarán las programacionescorrespondientes a los distintos cursos de las materias o ámbitos que tenganasignados a partir de lo establecido en los Anexos I, II y III, mediante laconcreción de los objetivos establecidos, la adecuación de la secuenciación delos contenidos, los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y suvinculación con el resto de elementos del currículo, así como elestablecimiento de la metodología didáctica.

En cuanto a los elementos transversales dicha normativa establece que el currículo incluirá de manera transversal los siguientes elementos:

a) El respeto al Estado de Derecho y a los derechos y libertades fundamentalesrecogidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía paraAndalucía.

b) El desarrollo de las competencias personales y las habilidades sociales parael ejercicio de la participación, desde el conocimiento de los valores quesustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político y lademocracia.

c) La educación para la convivencia y el respeto en las relacionesinterpersonales, la competencia emocional, el autoconcepto, la imagen corporaly la autoestima como elementos necesarios para el adecuado desarrollopersonal, el rechazo y la prevención de situaciones de acoso escolar,discriminación o maltrato, la promoción del bienestar, de la seguridad y de laprotección de todos los miembros de la comunidad educativa.

d) El fomento de los valores y las actuaciones necesarias para el impulso de laigualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, el reconocimiento de lacontribución de ambos sexos al desarrollo de nuestra sociedad y alconocimiento acumulado por la humanidad, el análisis de las causas,situaciones y posibles soluciones a las desigualdades por razón de sexo, elrespeto a la orientación y a la identidad sexual, el rechazo de comportamientos,contenidos y actitudes sexistas y de los estereotipos de género, la prevenciónde la violencia de género y el rechazo a la explotación y abuso sexual.

e) El fomento de los valores inherentes y las conductas adecuadas a losprincipios de igualdad de oportunidades, accesibilidad universal y nodiscriminación, así como la prevención de la violencia contra las personas condiscapacidad.

f) El fomento de la tolerancia y el reconocimiento de la diversidad y laconvivencia intercultural, el conocimiento de la contribución de las diferentes

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

sociedades, civilizaciones y culturas al desarrollo de la humanidad, el conocimiento de la historia y la cultura del pueblo gitano, la educación para la cultura de paz, el respeto a la libertad de conciencia, la consideración a las víctimas del terrorismo, el conocimiento de los elementos fundamentales de la memoria democrática vinculados principalmente con hechos que forman parte de la historia de Andalucía, y el rechazo y la prevención de la violencia terrorista y de cualquier otra forma de violencia, racismo o xenofobia.

g) El desarrollo de las habilidades básicas para la comunicación interpersonal,la capacidad de escucha activa, la empatía, la racionalidad y el acuerdo a travésdel diálogo.

h) La utilización crítica y el autocontrol en el uso de las tecnologías de lainformación y la comunicación y los medios audiovisuales, la prevención delas situaciones de riesgo derivadas de su utilización inadecuada, su aportación ala enseñanza, al aprendizaje y al trabajo del alumnado, y los procesos detransformación de la información en conocimiento.

i) La promoción de los valores y conductas inherentes a la convivencia vial, laprudencia y la prevención de los accidentes de tráfico. Asimismo se tratarántemas relativos a la protección ante emergencias y catástrofes.

j) La promoción de la actividad física para el desarrollo de la competenciamotriz, de los hábitos de vida saludable, la utilización responsable del tiempolibre y del ocio y el fomento de la dieta equilibrada y de la alimentaciónsaludable para el bienestar individual y colectivo, incluyendo conceptosrelativos a la educación para el consumo y la salud laboral.

k) La adquisición de competencias para la actuación en el ámbito económico ypara la creación y desarrollo de los diversos modelos de empresas, laaportación al crecimiento económico desde principios y modelos de desarrollosostenible y utilidad social, la formación de una conciencia ciudadana quefavorezca el cumplimiento correcto de las obligaciones tributarias y la luchacontra el fraude, como formas de contribuir al sostenimiento de los serviciospúblicos de acuerdo con los principios de solidaridad, justicia, igualdad yresponsabilidad social, el fomento del emprendimiento, de la ética empresarialy de la igualdad de oportunidades.

l) La toma de conciencia sobre temas y problemas que afectan a todas laspersonas en un mundo globalizado, entre los que se considerarán la salud, lapobreza en el mundo, la emigración y la desigualdad entre las personas,pueblos y naciones, así como los principios básicos que rigen elfuncionamiento del medio físico y natural y las repercusiones que sobre elmismo tienen las actividades humanas, el agotamiento de los recursosnaturales, la superpoblación, la contaminación o el calentamiento de la Tierra,todo ello, con objeto de fomentar la contribución activa en la defensa,conservación y mejora de nuestro entorno como elemento determinante de lacalidad de vida.

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

De acuerdo con lo establecido en el artículo 125.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, los centros docentes contarán con autonomía pedagógica, de organización y de gestión para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios, en el marco de la legislación vigente, en los términos recogidos en esa Ley y en las normas que la desarrollen.

A tales efectos, y en el marco de las funciones asignadas a los distintos órganos existentes en los centros en la normativa reguladora de la organización y el funcionamiento de los mismos, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, desarrollarán y complementarán, en su caso, el currículo en su proyecto educativo y lo adaptarán a las necesidades de su alumnado y a las características específicas del entorno social y cultural en el que se encuentra, configurando así su oferta formativa.

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

PLAN ANUAL INTEGRAL DE EDUCACIÓN EN VALORES

IES MIGUEL DE CERVANTES

2020-2021

0. Introducción

La educación es una actividad compleja, que contempla el desarrollo de todas las capacidades de la persona, incluidos los valores y las actitudes, y persigue preparar al individuo para la vida en sociedad, porque como dice Camps (1993, p.11):

“La educación no es necesariamente normativa. Su función no es sólo instruir o transmitir conocimientos, sino integrar en una cultura que tiene distintas dimensiones: una lengua, unas tradiciones, unas creencias, unas formas de vida. [...] Educar es en sí [...] formar el carácter para que se cumpla un proceso de socialización imprescindible, y formarlo para promover un mundo más civilizado, crítico, con los defectos del presente, y comprometido con el proceso moral de las estructuras y actitudes sociales.”

Por tanto, es necesario iniciar un proceso de cambio e innovación de la práctica educativa. De esta forma, debemos promover una oferta educativa centrada en tres principios generales:

➮Mejora del proceso enseñanza y aprendizaje.➮Equidad.➮Participación.

Ahora bien, conviene considerar que para que haya una verdadera educación integral es importante involucrar a toda la comunidad educativa. Aún así, los docentes contribuyen a formar el carácter del alumnado, les transmite una manera de ser, tanto con su propio comportamiento, como con las reglas de convivencia que funcionan en el centro. Con ello queremos justificar la idea errónea de que a la escuela sólo se viene a dar y recibir clases. Por ello, podemos afirmar que la educación integral es aquella que prepara al individuo en el ámbito científico, tecnológico, artístico y humanístico, con una escala de valores bien definida a través de los contenidos transversales.

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

• • • • • • •

Educación cívica y medioambiental. Educación para la paz y la convivencia. Educación inclusiva. Educación para la igualdad de género. Educación sexual y de identidad. Educación para la gestión emocional. Educación de hábitos de vida saludables.

1. EDUCACIÓN EN VALORES: LA BASE DE NUESTRO PLAN.

Una vez expuesto el marco teórico y legal de nuestro plan, cabe detenerse en reflexionar sobre el tipo de valores necesarios para el desarrollo social y vital de nuestro alumnado.

Según uno de los grande tratadistas, Lucini (1994), los valores básicos universales los divide en varios tipos. Cuatro serían los que sustentan y dan equilibrio a la figura del ser humano: Amor, Ternura, Esperanza e Ilusión. Sobre estos construimos la idea de Justicia, Solidaridad, Libertad, Igualdad, Tolerancia, Respeto, Vida, Paz, Salud y Responsabilidad. Basándonos en esta perspectiva y en “El artículo 3. Elementos transversales” de la Orden del 14 de julio de 2016 y como hemos expuesto anteriormente en el esquema, nuestro centro de interés radicará en los siguientes valores que marcarán nuestras líneas de trabajo y configurarán nuestra imagen de centro:

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

En este curso escolar según el punto quinto de las instrucciones de 6 de julio de 2020, y por otra parte como así consta en el documento “Medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud COVID-19”, en su punto 10 la EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN PARA LA SALUD, establece: “En Andalucía el desarrollo de la educación y promoción de la salud en el ámbito educativo se impulsa a través del Programa para la Innovación Educativa, Hábitos de Vida Saludable . Este programa educativo, que adopta la denominación de Forma Joven en el ámbito educativo cuando se dirige a educación secundaria, tiene como objetivo: capacitar al alumnado en la toma de decisiones para que la elección más sencilla sea la más saludable, promover un cambio metodológico en el profesorado hacia metodologías activas basadas en la investigación acción participativa, favorecer y fortalecer el vínculo con la comunidad fomentando entornos más sostenibles y saludables, así como establecer redes de colaboración interprofesional. El Programa apuesta por una perspectiva integral, con enfoques didácticos innovadores y abordando las cuatro dimensiones fundamentales en la promoción de salud en la escuela como son el currículo, el entorno psicosocial del centro, la familia y la colaboración con los recursos comunitarios que protegen y promueven el valor “salud”, tanto individual como colectivo. Ofrece un marco de trabajo que facilitará a los centros el abordaje de las medidas de prevención, el bienestar emocional, la higiene y la promoción de la salud frente a COVID-19. Se diseñarán e implementarán actividades transdisciplinares de educación y promoción para la salud en el centro que incluyan las medidas de prevención, el bienestar emocional, la higiene y la promoción de la salud frente a COVID-19, para hacer del alumnado un agente activo y competente en la prevención y mejora de su salud y de la comunidad educativa, favoreciendo actitudes, habilidades y conocimientos que le permitan afrontar una conducta saludable de forma libre, informada y consciente."

POR LO TANTO, EN ESTE CURSO ESCOLAR TENDRÁ PRIORIDAD LA EDUCACIÓN EN HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE, SIN MENOSCABO DEL DESARROLLO DE LOS DEMÁS EJES DE LA EDUCACIÓN EN VALORES, QUE ESTARÁN DESARROLLADOS A TRAVÉS DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL Y/O ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

2. OBJETIVOS GENERALES.

Creemos firmemente que plantearse una serie larguísima de objetivos que no se puedan cumplir no lleva a nada. Queremos plantearnos objetivos reales, que puedan llevarse a cabo en nuestro centro y que respondan a las necesidades y exigencias que la vida les prepara a nuestro alumnado. Son los siguientes:

• Construir y consolidar conocimientos que permitan analizar críticamente losaspectos de la sociedad que se consideren censurables.

• Desarrollar capacidades cognitivas que permitan reflexionar y analizar situacionesque presenten un conflicto de valores.

• Desarrollar capacidades en torno a un sistema de principios éticos que generenactitudes democráticas, respetuosas con el medio ambiente, responsables, tolerantes,participativas, activas y solidarias.

• Desarrollar el pensamiento crítico.• Generar actitudes de implicación personal en la búsqueda de alternativas más

justas.• Potenciar la valoración de la dimensión ética del ser humano.• Desarrollar un modelo de persona humanística.• Participar activamente en la vida del centro y de la ciudad, colaborando en aquellas

actuaciones que vayan orientadas en nuestra línea de trabajo.

3. METODOLOGÍA: ENFOQUE INTERDISCIPLINAR.

Para llevar a cabo este trabajo debemos partir de la coordinación y del pensamiento de que el saber no se basa en compartimentos estancos, si no todo lo contrario. Nuestro alumnado actúa en la sociedad con los conocimientos interconectados y, por ello, plantearemos nuestros propósitos desde esa interconexión.

Para todo ello, se conjugará el trabajo de Equipo Directivo, Orientación, Extraescolares y Complementarias y la coordinación de los distintos planes (Convivencia, Igualdad, Biblioteca, Paz, Autoprotección y Forma Joven). Desde aquí planificaremos distintas acciones que se llevarán a cabo a lo largo del curso. Estas acciones podrán ser desde el trabajo con el alumnado, dinamización de los recreos, tareas administrativas, coordinación y asesoramiento a los departamentos didácticos, colaboración con el equipo directivo en la gestión del centro, etc.

Otro pilar imprescindible serán los departamentos didácticos. A ellos se les transmitirá desde el DACE las efemérides que trabajaremos en el centro como forma de contribuir al desarrollo de la transversalidad en las aulas. De esta forma, cada departamento debe seleccionar al menos una fecha de las señaladas y durante el tiempo que estime oportuno el profesorado irá trabajando en su aula las actividades, talleres o dinámicas que estimen pertinentes para la consecución de sus objetivos. Al mismo tiempo, dicho departamento puede colaborar de forma coordinada con otros departamentos en aquellas efemérides que consideren necesarias. Esto sería lo idóneo pues se favorece el trabajo global y la formación integral de nuestro alumnado. No obstante, se trata de un

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Proyecto Educativo – Coordinación y concreción de contenidos curriculares

trabajo a largo plazo y que iremos dando forma de manera progresiva.

Para completar el círculo es preciso el apoyo de las familias. Para este fin, es muy importante colaborar activamente con el AMPA. Las familias son pilares fundamentales para abordar los mismos valores que trabajamos en las aulas. De esta forma, se persigue que las familias sean partícipes de esta formación integral del individuo. Por tanto, de forma coordinada y atendiendo a lo que se trabaje en el centro, aportarán aquellas acciones que consideren imprescindibles para nuestra comunidad educativa avance hacia “la formación de ciudadanos y ciudadanas libres, responsables e informados/as para vivir en plenitud en el siglo XXI”.

A continuación se detalla la relación de efemérides que se realizarán a nivel de Centro:

EFEMÉRIDES FECHAS Día de la Salud Mental 10 Octubre Día internacional de la eliminación de la violencia de género

25 Noviembre

Día internacional de las personas con discapacidad

3 Diciembre

Día internacional de la paz y no violencia 30 Enero Día de Andalucía 28 Febrero Día internacional de la mujer 8 Marzo Día internacional del libro 23 Abril Día de la tierra (Intercentros) Mayo (día por concretar) Día Internacional del Medio Ambiente 5 Junio

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Proyecto Educativo – Determinación de los Órganos de Coordinación Docente

JEFATURAS DE DEPARTAMENTOS:

ÁREAS DE COMPETENCIAS:

V. Criterios pedagógicos para la determinación de losórganos de coordinación del centro y del horario dededicación de las personas responsables de los mismospara la realización de sus funciones, de conformidad conel número total de horas que, a tales efectos, se establezcaen la normativa vigente.

De forma general se establecen los siguientes criterios:

1. Podrán ser candidatos a Jefes/as de Departamento todo el profesorado condestino definitivo en el Centro que presente candidatura. Si en losDepartamentos didácticos y de Orientación no hubiera profesorado definitivo, laopción se abrirá al profesorado provisional e interino respectivamente.

2. Los jefes de los Departamentos de Formación, Evaluación e Innovación yActividades Complementarias y Extraescolares serán nombrados entre elprofesorado que presente su candidatura

3. Para los departamentos didácticos se establecerá un consenso dentro deldepartamento didáctico sobre quién ocupará la jefatura. En caso de que no hayaacuerdo se plantearán las diferentes posturas a la dirección del centro que junto alos miembros del departamento establecerá quién ocupara el puesto.

4. El Jefe/a del Dpto. de Orientación será nombrado entre los orientadores delCentro.

Los departamentos de coordinación didáctica, a que se refiere el Art. 92 y en nuestro Centro en concreto, se agruparán en las siguientes áreas de competencias:

1. Área Social-Lingüística, que agrupará a los siguientes departamentos:a. Lengua castellana y Literaturab. Inglésc. Francésd. Ciencias Sociales

2. Área Científico-Tecnológica, que agrupará a los siguientes departamentos:a. Ciencias Naturalesb. Matemáticasc. Tecnología – Informática

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Proyecto Educativo – Determinación de los Órganos de Coordinación Docente

COORDINADORES DE ÁREAS

COORDINADORES DE PROGRAMAS

REDUCCIONES LECTIVAS Y DE GUARDIAS.

3. Área Artística, que agrupará a los siguientes departamentos:a. E. Plástica y Visualb. Educación Físicac. Música

Su designación corresponderá a la dirección del centro de entre las jefaturas de departamentos de coordinación didáctica que pertenezcan al área.

1. Podrán ser candidatos a Coordinadores de Programas todo el profesorado condestino definitivo en el Centro que presente candidatura. Si en algún programano hubiera profesorado definitivo, la opción se abrirá al profesorado provisionale interino respectivamente.

2. El coordinador/a de Bilingüismo será propuesto entre el profesorado, quecumpliendo el requisito anterior pertenezca al Departamento de Inglés, Francéso Lengua respectivamente.

3. El coordinador TIC deberá contar con conocimientos suficientes en la materiapara desarrollar la actividad.

4. Se ponderará positivamente al profesorado que no ejerza otra coordinación oJefatura de departamento.

5. En caso de varios candidatos, se propondrá acuerdo entre ellos o el equipodirectivo mediará entre los candidatos y será nombrado por la dirección, siempreque cumpla los anteriores requisitos.

6. Los coordinadores/as de los Programas de Acompañamiento y Deporte en laEscuela, no tendrán reducción horaria adicional, ya que si tienen remuneracióneconómica por el desarrollo de dichos programas.

1. A todos los coordinadores de las áreas de competencia se les asignarán dos horaspara el desarrollo de sus funciones. Dispondrán de una hora adicional como jefe/a dedepartamento.

2. Todos los jefes/as de departamentos de coordinación didáctica, tendrán doshoras para ejercer las funciones propias de la jefatura de departamento excepto loscoordinadores de área a los que se les asignará una hora de reducción.

3. A la jefatura del departamento de actividades extraescolares y complementarias,se les asignará ocho horas.

4. A la persona que ejerza las funciones de jefe de departamento de formación,evaluación e innovación educativa se le asignarán dos horas.

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Proyecto Educativo – Determinación de los Órganos de Coordinación Docente

REDUCCIONES 2020/21 LECTIVAS GUARDIAS Dpto. Área Clase Recreo

Ciencias naturales 2 +3Matemáticas 2

Tecnología 2 Ciencias Sociales 2

+3Lengua Castellana 2 Lengua Francesa 2 Lengua Inglesa 2 Educación Física 2

+3Educación Plástica 2 Música 2

Actividades Compl. y Extraescolares 1

Formación, Evaluación e Innovación. 2

Orientación 3 Departamentos Didácticos 34

Coordinación TEA 1 3 1 Equipo TEA 3 1 Coordinación Bilingüe 5 Coordinación Coeducación 3 Coordinación Autoprotección 3 Coordinación Biblioteca 3

Las horas de reducción que aparecen en el cuadro anterior están sujetas a la normativa vigente en el momento de su aprobación para inclusión en el Plan de Centro. Cualquier cambio normativo, o necesidades organizativas justificadas, propiciarían su revisión posterior. Esta revisión pasaría para su aprobación por el claustro de profesores y Consejo Escolar.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

VI. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DEEVALUACIÓN PROMOCIÓN Y TITULACIÓN DE LOSALUMNOS DE ESO

Según establece el Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la

ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad

Autónoma de Andalucía la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será

continua, formativa, integradora y diferenciada según las distintas materias del

currículo.

La evaluación será continua por estar inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje

y por tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en

el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las

medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias

imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje.

El carácter formativo de la evaluación propiciará la mejora constante del proceso de

enseñanza-aprendizaje. La evaluación formativa proporcionará la información que

permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.

La evaluación será integradora por tener en consideración la totalidad de los elementos

que constituyen el currículo y la aportación de cada una de las materias a la consecución

de los objetivos establecidos para la etapa y el desarrollo de las competencias clave.

El carácter integrador de la evaluación no impedirá al profesorado realizar la evaluación

de cada materia de manera diferenciada en función de los criterios de evaluación y los

estándares de aprendizaje evaluables que se vinculan con los mismos.

Asimismo, en la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado se considerarán

sus características propias y el contexto sociocultural del centro.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las distintas materias son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables. Asimismo, para la evaluación del alumnado se tendrán en consideración los criterios y procedimientos de evaluación y promoción incluidos en el proyecto educativo del centro, así como los criterios de calificación incluidos en las programaciones didácticas de las materias y, en su caso, ámbitos.

El profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente, a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal en relación con los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y las competencias clave. A tal efecto, utilizará diferentes procedimientos, técnicas o instrumentos como pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, ajustados a los criterios de evaluación y a las características específicas del alumnado.

Evaluación inicial (ANEXO) Durante el primer mes de cada curso escolar, el profesorado realizará una evaluación inicial de su alumnado mediante los procedimientos, técnicas e instrumentos que considere más adecuados, con el fin de conocer y valorar la situación inicial de sus alumnos y alumnas en cuanto al nivel de desarrollo de las competencias clave y el dominio de los contenidos de las materias de la etapa que en cada caso corresponda. En este mismo periodo, con el fin de conocer la evolución educativa de cada alumno o alumna y, en su caso, las medidas educativas adoptadas, el profesor tutor o la profesora tutora de cada grupo de primer curso de Educación Secundaria Obligatoria analizará el informe final de etapa del alumnado procedente de Educación Primaria para obtener información que facilite su integración en la nueva etapa. En los cursos segundo, tercero y cuarto, analizará el consejo orientador emitido el curso anterior. La información contenida en estos documentos será tomada en consideración en el proceso de evaluación inicial.

Al término de este periodo, se convocará una sesión de evaluación con objeto de analizar y compartir por parte del equipo docente los resultados de la evaluación inicial realizada a cada alumno o alumna. Las conclusiones de esta evaluación tendrán carácter orientador y serán el punto de referencia para la toma de decisiones relativas a la elaboración de las programaciones didácticas y al desarrollo del currículo, para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.

El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial y con el asesoramiento del departamento de orientación, adoptará las medidas educativas de atención a la diversidad para el alumnado que las precise. Dichas medidas deberán quedar contempladas en las programaciones didácticas y en el proyecto educativo del centro.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

Los resultados obtenidos por el alumnado en la evaluación inicial no figurarán como calificación en los documentos oficiales de evaluación, no obstante, las decisiones y acuerdos adoptados se reflejarán en el acta de la sesión de evaluación inicial.

Evaluación final de cada curso

Al término de cada curso de la etapa, en el proceso de evaluación continua llevado a cabo, se valorará el progreso de cada alumno y alumna en las diferentes materias o, en su caso, ámbitos, así como el nivel competencial adquirido. En la última sesión de evaluación se formularán las calificaciones finales de las distintas materias del curso. Dichas calificaciones se extenderán en la correspondiente acta de evaluación y se reflejarán en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico.

Para el alumnado con evaluación negativa, con la finalidad de proporcionar referentes para la superación de la materia en la prueba extraordinaria, el profesor o profesora de la materia correspondiente elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos que no se han alcanzado y la propuesta de actividades de recuperación en cada caso. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. Esta prueba será elaborada por el departamento de coordinación didáctica que corresponda en cada caso. Los resultados obtenidos por el alumnado en dicha prueba se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico.

Cuando un alumno o alumna no se presente a la prueba extraordinaria de alguna materia, en el acta de evaluación se indicará tal circunstancia como No Presentado (NP), que tendrá, a todos los efectos, la consideración de calificación negativa. Las calificaciones de las materias pendientes de cursos anteriores se consignarán, igualmente, en las actas de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y en el historial académico.

Se podrá otorgar Mención Honorífica o Matrícula de Honor al alumnado que al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria haya demostrado un rendimiento académico excelente. A tales efectos, con objeto de reconocer positivamente el rendimiento académico y valorar el esfuerzo y el mérito del alumnado que se haya distinguido en sus estudios al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, se podrá otorgar Mención Honorífica en una determinada materia a los alumnos y alumnas que en el conjunto de los cursos de la etapa hayan obtenido una calificación media de 9 o superior en dicha materia, y hayan demostrado un interés por la misma especialmente destacable.

Asimismo, aquellos alumnos o alumnas que, a la finalización del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria hayan obtenido una media igual o superior a 9 en las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en la etapa, podrán obtener la distinción de Matrícula de Honor. La obtención de la Matrícula de Honor se consignará en los documentos oficiales de evaluación del alumno o la alumna.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

Promoción del alumnado

Al finalizar cada uno de los cursos de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de manera colegiada, adoptará las decisiones sobre la promoción del alumnado al curso siguiente, con el asesoramiento del departamento de orientación, atendiendo a la consecución de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

El alumnado promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirá curso cuando se tenga evaluación negativa en tres o más materias o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

De forma excepcional, el equipo docente podrá autorizar la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:

a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamenteLengua Castellana y Literatura, y Matemáticas;b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias conevaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el cursosiguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promociónbeneficiará su evolución académica;c) que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativapropuestas en el consejo orientador al que se refiere el artículo 15.6 del Decreto111/2016, de 14 de junio.

El equipo docente podrá también autorizar de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, cuando considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el documento consejo orientador entregado a la finalización del curso escolar.

A estos efectos, solo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas.

El alumno o la alumna que promocione sin haber superado todas las materias deberá matricularse de la materia o materias no superadas, seguir los programas de refuerzo destinados a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos que establezca el equipo docente y superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas, lo que será tenido en cuenta a los efectos de calificación de las materias no superadas, así como a los de promoción.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

Cuando un alumno o alumna no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicarse en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa y deberá ir acompañada del plan específico personalizado al que se refiere el artículo citado. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, el alumno o la alumna tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en el que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna.

Evaluación y promoción del alumnado que curse programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento

La evaluación del alumnado que curse programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento tendrá como referente fundamental las competencias clave y los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, así como los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables. Será realizada por el equipo docente que imparte docencia a este alumnado.

Los resultados de la evaluación serán recogidos en las actas de evaluación de los grupos ordinarios del segundo o tercer curso de la etapa en el que esté incluido el alumnado del programa. El profesorado que imparte los ámbitos calificará de manera desagregada cada una de las materias que los componen.

Corresponde al equipo docente, previo informe del departamento de orientación y una vez oído el alumno o alumna y su padre, madre o persona que ejerza su tutela legal, decidir al final de cada uno de los cursos del programa sobre la promoción o permanencia en el mismo de cada alumno o alumna, en función de su edad, de sus circunstancias académicas y de su evolución en el mismo. El equipo docente decidirá como resultado de la evaluación realizada, si el alumno o la alumna que ha cursado segundo en un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento promociona a tercer curso ordinario, o si continúa un año más en el programa para cursar tercero.

Podrá acceder al tercer curso ordinario el alumno o la alumna que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 22 relativo a la promoción del alumnado de esta etapa.

Aquellos alumnos o alumnas que, al finalizar el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, no estén en condiciones de promocionar a cuarto curso, podrán permanecer un año más en el programa dentro de los márgenes establecidos en el artículo 15.5 del Decreto 111/2016, de 14 de junio.

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Proyecto Educativo – Evaluación, promoción y titulación

Dado el carácter específico de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento, el alumnado no tendrá que recuperar las materias no superadas de cursos previos a su incorporación a uno de estos programas. Las materias no superadas del primer año del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento se recuperarán superando las materias del segundo año con la misma denominación.

Las materias no superadas del primer año del programa que no tengan la misma denominación en el curso siguiente tendrán la consideración de pendientes y deberán ser recuperadas. A tales efectos el alumnado seguirá un programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente al mismo.

El alumnado que promocione a cuarto curso con materias pendientes del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento deberá seguir un programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y superar la evaluación correspondiente dicho programa. A tales efectos, se tendrá especialmente en consideración si las materias pendientes estaban integradas en ámbitos, debiendo adaptar la metodología a las necesidades que presente el alumnado.

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

VII. La atención a la diversidad del alumnado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, los centros dispondrán de autonomía para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar otras medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad entre sexos.

Se prestará especial atención durante toda la enseñanza básica a las estrategias de apoyo y refuerzo de las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera y Matemáticas.

El profesorado tendrá en consideración en las programaciones de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las características específicas del alumnado al que atiende.

La atención al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se realizará ordinariamente dentro de su propio grupo. Cuando dicha atención requiera un tiempo o espacio diferente, se hará sin que suponga discriminación o exclusión de dicho alumnado.

Medidas de atención a la diversidad de carácter general

Los centros adoptarán las medidas de atención a la diversidad de su alumnado que consideren más adecuadas para mejorar su rendimiento académico y minimizar las situaciones de fracaso escolar. Con carácter general, los centros docentes harán una propuesta de organización académica para la atención a la diversidad que podrá comprender las siguientes medidas:

a) Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico.Esta medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar laintegración del alumnado en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrádiscriminación para el alumnado más necesitado de apoyo.

b) Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con lafinalidad de reforzar su enseñanza.

c) Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentrodel aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos enlos casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel deaprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y literatura y deMatemáticas.

d) Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a lasnecesidades educativas concretas del alumnado.

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

Además, los centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria podrán incluir en su propuesta de organización académica para la atención a la diversidad, además de las medidas recogidas en el artículo anterior, las siguientes:

a) Agrupación de diferentes materias en ámbitos. Esta medida es especialmenterelevante en el primer y segundo curso de la educación secundaria obligatoria paragarantizar la transición entre la educación primaria y esta etapa educativa. Dichaintegración puede hacerse en diferente grado, desde el mantenimiento deprogramaciones diferenciadas por materias impartidas por el mismo profesor oprofesora, a la integración parcial o plena de las respectivas programaciones. Estaagrupación tendrá efectos en la organización de las enseñanzas, pero no en lasdecisiones asociadas a la evaluación y promoción del alumnado.

b) Programación de actividades para las horas de libre disposición de los cursosprimero y segundo de la educación secundaria obligatoria a que se refiere elartículo 13.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio. A tales efectos, además defacilitar el desarrollo de los programas de refuerzo de materias instrumentalesbásicas, cada centro ofrecerá actividades programadas que proporcionarán elcomplemento educativo más adecuado a las necesidades e intereses del alumnado,entre las que se podrán considerar la promoción de la lectura, laboratorio,documentación o cualquier otra que se establezca en el proyecto educativo delcentro. La duración de estas actividades puede variar a lo largo del curso, de modoque el alumnado pueda realizar más de una de ellas.

c) Oferta de asignaturas optativas propias, que tendrán un marcado carácterpráctico o aplicado y podrán contemplar una duración diferente a la anual paraacomodarse mejor a los intereses del alumnado.

d) Agrupaciones de materias opcionales de cuarto curso. La agrupación dematerias en diferentes opciones deberá estar relacionada con la continuidad de losestudios de bachillerato y ciclos formativos, dado el carácter orientador de estosestudios, y facilitar la obtención de la titulación de acuerdo con los intereses ynecesidades del alumnado del centro.

Programas de atención a la diversidad: Programas de refuerzo

Los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de educación primaria o de educación secundaria obligatoria.

Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscan alternativas al programa curricular de las materias instrumentales. Dichas actividades deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural. Entre éstas, se consideran actividades que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

problemas cotidianos. Están dirigidos al alumnado de educación primaria o de primero o segundo de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de lassituaciones siguientes:

a) El alumnado que no promociona de curso.

b) El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de lasáreas o materias instrumentales del curso anterior.

c) Quienes acceden al primer curso de educación secundaria obligatoria yrequieren refuerzo en las materias instrumentales básicas.

d) Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso,dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana yliteratura, Matemáticas y Primera lengua extranjera.

El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.

Programas de refuerzo en primero y cuarto de la ESO

Los centros docentes ofrecerán al alumnado de primer curso de Educación Secundaria Obligatoria programas de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales, con la finalidad de asegurar los aprendizajes de Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la etapa. Estos programas de refuerzo en primer curso estarán dirigidos al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

a) Alumnado que acceda al primer curso de Educación Secundaria Obligatoria yrequiera refuerzo en las materias especificadas.

b) Alumnado que no promocione de curso y requiera refuerzo según lainformación detallada en el consejo orientador entregado a la finalización delcurso anterior.

c) Alumnado en el que se detecten dificultades en cualquier momento del curso enlas materias Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas o Primera LenguaExtranjera.

Estos programas deben contemplar actividades y tareas especialmente motivadoras que busquen alternativas metodológicas al programa curricular de las materias objeto del refuerzo. Dichas actividades y tareas deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural, considerando especialmente aquellas que favorezcan la expresión y la comunicación oral y escrita, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas cotidianos.

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

El número de alumnos y alumnas participantes en cada programa, con carácter general, no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.

El profesorado que imparta un programa de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales en primer curso realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución al tutor o tutora, quien a su vez informará a su padre, madre o persona que ejerza su tutela legal. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumno o alumna y a su padre, madre o persona que ejerza su tutela legal. Estos programas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

Los centros docentes ofrecerán al alumnado de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria programas de refuerzo de las materias generales del bloque de asignaturas troncales que determinen, con la finalidad de facilitar al alumnado la superación de las dificultades observadas en estas materias y asegurar los aprendizajes que le permitan finalizar la etapa y obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Estos programas de refuerzo en cuarto curso estarán dirigidos al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

a) Alumnado que durante el curso o cursos anteriores haya seguido un programade mejora del aprendizaje y del rendimiento.

b) Alumnado que no promocione de curso y requiera refuerzo según lainformación detallada en el consejo orientador entregado a la finalización delcurso anterior.

c) Alumnado que procediendo del tercer curso ordinario, promocione al cuartocurso y requiera refuerzo según la información detallada en el consejo orientador,entregado a la finalización del curso anterior.

Estos programas deben contemplar actividades y tareas especialmente motivadoras que busquen alternativas metodológicas al programa curricular de las materias objeto del refuerzo. Dichas actividades y tareas deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural, y facilitar el logro de los objetivos previstos para estas materias.

El número de alumnos y alumnas participantes en cada programa, con carácter general, no podrá ser superior a quince.

El profesorado que imparta un programa de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales en cuarto curso realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución al tutor o tutora, quien a su vez informará a su padre, madre o persona que ejerza su tutela legal. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumno o alumna y a su padre, madre o persona

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Proyect o educativoo Educativo - Atención a la diversidad

que ejerza su tutela legal. Estos programas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

Programas de atención a la diversidad: Programas de adaptación curricular

La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Los programas de adaptación curricular están dirigidos al alumnado de educación primaria o de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

a) Alumnado con necesidades educativas especiales.

b) Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo.

c) Alumnado con dificultades graves de aprendizaje.

d) Alumnado con necesidades de compensación educativa.

e) Alumnado con altas capacidades intelectuales.

La escolarización del alumnado que sigue programas de adaptación curricular se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza.

La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Cuando presenten graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria o de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad.

Los programas de adaptación curricular en su concepción y elaboración podrán ser de tres tipos:

a) Adaptaciones curriculares no significativas, cuando el desfase curricular conrespecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará alos elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología ycontenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni loscriterios de evaluación.

b) Adaptaciones curriculares significativas, cuando el desfase curricular conrespecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de loselementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criteriosde evaluación.

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

c) Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. Podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales.

Serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios. En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado. El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar la correcta aplicación de esta medida.

Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, asimismo, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular, que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo. Se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas; la evaluación y la promoción tomarán como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado. De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados:

a) Datos personales y escolares.

b) Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta.

c) Entorno familiar y social del alumnado.

d) Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.

e) Valoración del nivel de competencia curricular.

f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación.

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Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización. Requieren una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o no de la aplicación las mismas. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

a) Datos personales y escolares del alumnado.

b) Diagnóstico de la alta capacidad intelectual.

c) Entorno familiar y social del alumnado.

d) Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo.

e) Valoración del nivel de competencia curricular.

f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales establecerán una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización. La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

La Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado:

a) Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educaciónprimaria.

b) Reducción de un año de permanencia en la educación primaria.

c) Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria.

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Programas de atención a la diversidad: Programas Mejora Aprendizaje y Rendimiento

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, los centros docentes organizarán los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento a partir del segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria para el alumnado que lo precise, con la finalidad de que puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

El equipo docente podrá proponer al padre, madre o persona que ejerza la tutela legal del alumnado, la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos y alumnas que se encuentren en una de las situaciones siguientes:

a) Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa y no estar en condicionesde promocionar a segundo una vez cursado primero de Educación SecundariaObligatoria. En este caso el programa se desarrollará a lo largo de los cursossegundo y tercero.

b) Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa y no estar en condicionesde promocionar a tercero una vez cursado segundo de Educación SecundariaObligatoria. En este caso el programa se desarrollará sólo en tercer curso.

Excepcionalmente, aquellos alumnos y alumnas que, habiendo cursado tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria, no estén en condiciones de promocionar al cuarto curso, podrán incorporarse a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir tercer curso. Asimismo, de manera excepcional, de acuerdo con el procedimiento establecido en el proyecto educativo del centro y con la finalidad de atender adecuadamente las necesidades de aprendizaje del alumnado, el equipo docente, en función de los resultados obtenidos en la evaluación inicial, podrá proponer la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de aquellos alumnos o alumnas que se encuentren repitiendo segundo curso y que, tras haber agotado previamente otras medidas ordinarias de refuerzo y apoyo, presenten dificultades que les impidan seguir las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria por la vía ordinaria. En este caso, el programa se desarrollará a lo largo de los cursos segundo y tercero.

Con carácter general, para la incorporación del alumnado a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, se tendrá en consideración por parte del equipo docente, las posibilidades de que, con la incorporación al programa, el alumnado pueda superar las dificultades que presenta para seguir el currículo con la estructura general de la etapa.

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Proyecto Educativo - Atención a la diversidad

El currículo de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento se organizará por materias diferentes a las establecidas con carácter general, y en el mismo se establecerán los siguientes ámbitos específicos compuestos por sus correspondientes elementos formativos:

a) Ámbito lingüístico y social, que incluirá los aspectos básicos del currículocorrespondiente a las materias troncales Geografía e Historia, y Lengua Castellanay Literatura.

b) Ámbito científico-matemático, que incluirá los aspectos básicos del currículocorrespondiente a las materias troncales Matemáticas, Biología y Geología, yFísica y Química.

Los centros docentes, en función de los recursos de los que dispongan, podrán establecer un ámbito de lenguas extranjeras, en el que se incluirán los aspectos básicos del currículo correspondiente a la materia troncal Primera Lengua Extranjera. Además, los centros docentes, en función de los recursos de los que dispongan, podrán incluir en el ámbito científico-matemático los aspectos básicos del currículo correspondiente a la materia específica Tecnología o bien crear un ámbito práctico para abordar dicho currículo.

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Recuperación de materias pendientes

VIII. La organización de las actividades de recuperaciónpara el alumnado con materias pendientes.

1. INTRODUCCIÓN

Este aspecto viene claramente recogido en la normativa vigente y se deberelacionar con otros aspectos del Proyecto Educativo de índole pedagógica y organizativa. Sin embargo, es uno de los elementos que más dificultad entraña a la hora de llevar a la práctica, a tenor de lo que la experiencia diaria nos demuestra. Y es que, a nuestro juicio, la organización de las actividades de recuperación de las materias pendientes presenta, a diferencia de otros aspectos de la organización docente, evidentes problemas de:

• Coordinación entre todo el profesorado implicado, casi siempre de diferentesequipos educativos.

• Falta de horario para desarrollar las tareas de recuperación, especialmente en lasmaterias que no son de continuidad.

• Dificultades para establecer vías de comunicación e información fluidas con elalumnado afectado.

• Variedad de situaciones entre el alumnado afectado, entre las que destaca por sucomplejidad la del alumnado que va promocionando por imperativo legal y que,pese a haber repetido una o más veces, acumula casi todas las materias conevaluación negativa.

Si bien la normativa ofrece recursos para favorecer la recuperación de las materias no superadas, conviene ajustar sobre todo los mecanismos que faciliten la organización y, especialmente, proporcionen utilidad final a dichas actividades, que no es otra que lograr que el alumnado consiga alcanzar los objetivos de las materias que en su momento no superó.

En el presente documento trataremos de ofrecer unas pautas generales mediante las cuales poder organizar y desarrollar dichas actividades de recuperación, tratando de salvar las dificultades antes planteadas

2. CUESTIONES PREVIAS

Antes de abordar directamente las pautas de organización, es preciso delimitar las diferentes situaciones en las que un alumno o alumna puede tener que superar una materia evaluada negativamente:

2.1. Dentro del curso académico:

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Recuperación de materias pendientes

• 2.1.1. Alumnado con materias con evaluación negativa en las evaluacionesparciales.

• 2.1.2. Alumnado con materias evaluadas negativamente en la evaluaciónordinaria.

2.2. En cursos académicos distintos:

• 2.2.1. Alumnado con materias evaluadas negativamente tras la evaluaciónextraordinaria y que promociona de curso.

• 2.2.2. Alumnado que no promociona de curso.

De entre esta tipología, el plan que aquí desarrollamos está dirigido al alumnado de la situación 2.2.1., ya que en los demás casos el seguimiento corresponde en todo momento al profesorado que imparte la materia no superada en primer término y al equipo educativo en última instancia.

Asimismo y tal como aparece en la normativa, es importante tener en cuenta, dentro de las materias con evaluación negativa, la distinción entre las que el alumno mantiene, con la misma denominación, en el nuevo curso (materias de continuidad) y aquéllas que ya no tiene. Son estas últimas las que generan mayores dificultades para el fin que nos ocupa.

3. PRINCIPIOS GENERALES:

a) El plan de actividades de recuperación de materias pendientes deberá estarincluido en la programación didáctica del departamento correspondiente.

b) Este plan deberá permitir que el alumnado pueda recuperar la materiapendiente de forma independiente a la materia homóloga del curso siguiente.

En este sentido, debe establecerse un procedimiento diferenciado para larecuperación de la materia pendiente, si bien la sesión de evaluación puede serla misma que se realiza para las materias del curso académico en vigor.

Esto no excluye la posibilidad de que, en su caso, cuando los objetivos ycompetencias de la materia del curso anterior se consideren englobados en losde la materia homóloga del curso siguiente, el departamento de coordinacióndidáctica correspondiente pueda establecer la promoción automática de lamateria pendiente si se supera la homóloga del curso siguiente.

c) Se podrán establecer por lo departamentos didácticos, la realización decontroles, pruebas de evaluación, recogida de trabajos, etc. En dos periodos.Uno coincidiendo con la segunda evaluación intermedia a mediados defebrero y otro a principios de junio. En estos periodos, no se podrán realizarcontroles o pruebas de las materias del curso en vigor.

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Recuperación de materias pendientes

d) Se garantizará la difusión de la información correspondiente entre elalumnado afectado por materias pendientes y sus familias. A este respecto, seenviará información precisa a las familias del alumnado con materiaspendientes acerca del número y la denominación de las mismas, así como elprocedimiento para su recuperación.

e) En cuanto a la información dada al alumnado, se fijarán reuniones a principiode cada trimestre, en las materias que no tengan continuidad, entre el jefe deldepartamento de cada materia en cuestión y el alumnado afectado, a fin deinformarle del procedimiento de recuperación (actividades para realizar,plazos, posibles exámenes, etc.). Además, cada tutor informará a su alumnadocon materias pendientes al menos una vez al trimestre, en una sesión de tutoría

f) Los jefes de departamento serán los responsables de que se organiceadecuadamente el plan de recuperación de las materias de su departamento,coordinándose con el profesorado para garantizar la aplicación de dicho planasí como el proceso de difusión de información entre el alumnado afectado.

g) La jefatura de estudios será la responsable última del buen desarrollo del plan,así como de facilitar la información a todos los que participan en el mismo,especialmente a los jefes de Departamento y a los tutores.

4. PROCEDIMIENTO EN E.S.O.

4.1. El procedimiento para la recuperación en E. S. O. encuentra su sustento en la normativa vigente, sobre todo en la Orden de Atención a la diversidad (véase anexo I). Se pueden dar muy diferentes situaciones, según la trayectoria de cada alumno desde 1º hasta 4º de E. S. O. Por simplificar, podemos distinguir:

1. Alumnado que va promocionando, sin repetir curso, con pocas materiaspendientes. Normalmente suelen ser materias instrumentales.

2. Alumnado que repite una vez y que supera los conocimientos no adquiridos,aunque pueda en cursos posteriores pasar a la situación del punto anterior.

3. Alumnado que repite más de una vez, que promociona de modo automático yque va acumulando numerosas materias sin superar a lo largo de la etapa.

Se pueden describir otras más, pero nos centraremos en las anteriores. Así, para el alumnado de las situaciones 1 y 2., aplicaremos las siguientes medidas:

• Seguimiento de las materias pendientes con continuidad.• Plan de recuperación de las pendientes sin continuidad.• Refuerzo de materias instrumentales en 1º y 2º de E. S. O.• Participación en el Plan de Acompañamiento.

Sin embargo, el alumnado de la situación 3 suele exigir otras soluciones, dado que, según nos demuestra la experiencia, no suele responder ya a las medidas anteriores y tiende al absentismo y el abandono escolar. Para este alumnado, la única

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Recuperación de materias pendientes

forma de recuperar todo lo pendiente suele ser su inclusión en un programa de PMAR o derivación a la Formación Profesional Básica.

4.2. En todo caso, el plan de recuperación no debe suponer para el alumnado unaacumulación excesiva de trabajos y tareas, ya que esto acostumbra a abonar el fracaso. No olvidemos que el alumno con alguna materia pendiente debe seguir el ritmo del curso en el que está matriculado y además realizar el trabajo extra para las pendientes. Si a esto añadimos que este alumno suele tener más dificultades que otro que ha promocionado con todo aprobado, llegamos a la conclusión que el plan de recuperación debe consistir en una adaptación de objetivos y contenidos, especialmente en las materias de continuidad, más que en una acumulación de los mismos, y en las materias sin continuidad se debe procurar encomendar actividades asumible por este tipo de alumnado.

4.3. Respecto al seguimiento de los planes de recuperación, y matizando lo establecido por la normativa (véase Anexo I), este debe hacerse como sigue:

En las materias de continuidad debe ser el profesor que imparte la materiaquien lleve a cabo el seguimiento del plan, siguiendo las directrices de sudepartamento y manteniendo comunicación con el tutor del alumno.

En las que no tienen continuidad debe ser el jefe del departamento quiencoordine el plan de recuperación.

Un alumno o alumna puede recuperar la materia a lo largo del curso yabandonar un programa de refuerzo, o ser cambiado a otro.

4.4. Estos programas de recuperación deben respetar, como mínimo, los siguientes requisitos:

Incluir la materia, contenidos y/o actividades que entran en cada trimestre Incluir las fechas de realización de exámenes y/o de entrega de trabajos.

Previamente, Jefatura de Estudios confeccionará el calendario con las fechascorrespondientes a cada prueba

Incluir el modo de evaluación y calificación trimestral de la asignaturapendiente

Incluir el modo de comunicación de la evaluación a las familias que será,generalmente, por medio del boletín de notas

Incluir la hora u horas de atención al alumnado siendo para las materias concontinuidad, en las horas de clase y para las que no tienen continuidad, en elhorario que ponga la Jefatura del Departamento

Respetando estos mínimos, cada Departamento tiene autonomía para establecer cualquier otro sistema adicional que estime conveniente.

Tomando como referencia los requisitos mínimos anteriormente señalados, el profesorado o los Jefes de Departamento, según quien corresponda, elaborarán un documento que será entregado a los alumnos con materias pendientes de recuperación al inicio del curso. Este documento debe incluir una pequeña nota o recibí para que, en el caso de los menores de edad, el padre, madre o tutor legal del alumno lo devuelva firmado y así quede constancia de su recepción

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Recuperación de materias pendientes

En la ORDEN de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, artículos 9 y 10, encontramos:

5.1. Para las materias pendientes en general:

Según el artículo 9, “Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos”.

1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguiráun programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes noadquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa.

2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridosincluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, elasesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materiaspendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación.

3. En el caso de áreas y materias no superadas que tengan continuidad en el cursosiguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o elprofesorado de la materia correspondiente.

4. En el supuesto de materias que no tengan continuidad en el curso siguiente elprograma de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos seasignará a un profesor o profesora del departamento correspondiente.

5. El alumnado de educación secundaria obligatoria que no obtenga evaluaciónpositiva en el programa de recuperación a la finalización del curso podrá presentarse ala prueba extraordinaria de la materia correspondiente. A tales efectos, el profesor oprofesora que tenga a su cargo el programa elaborará un informe sobre los objetivos ycontenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación.

5.2. Por otro lado, para las materias instrumentales pendientes, en 1º y 2º de ESO:

Según el artículo 8, punto 3, apartado b) de la Orden de Atención a la Diversidad, los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas estarán dirigidos al alumnado de 1º y 2º de ESO que, aun habiendo promocionado de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior.

El artículo 8 establece también los siguientes puntos:

1. Los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas tienen comofin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, PrimeraLengua extranjera y Matemáticas que permitan al alumnado seguir con

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Recuperación de materias pendientes

aprovechamiento las enseñanzas de (educación primaria o de) educación secundaria obligatoria.

2. Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscanalternativas al programa curricular de las materias instrumentales. Dichas actividadesdeben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social ycultural. Entre éstas, se consideran actividades que favorezcan la expresión ycomunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares,así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución deproblemas cotidianos.

4. El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materiasinstrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere losdéficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y seincorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentreescolarizado.

5. El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materiasinstrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de laevolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a lasfamilias. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones deevaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizajeseguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, losprogramas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán unacalificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académicodel alumnado.

6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Decreto 231/2007, de 31de julio, el alumnado de primero y segundo de la educación secundaria obligatoriaque curse los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedarexento de cursar la materia optativa correspondiente al curso en el que estématriculado, en los términos recogidos en el artículo 8.6 de la Orden de 10 de agostode 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a esta etapa educativa,esto es, de acuerdo con los criterios y el procedimiento que, a tales efectos, establezcael centro en su proyecto educativo, y habiendo sido oídos el alumno o alumna, elpadre, la madre o los tutores legales.

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Proyecto Educativo – Sobre visitas y viajes

IX. Sobre visitas y viajes.

Las visitas y excursiones organizadas por este centro tienen carácter académico. Por tanto, las conductas y actitudes de los alumnos/as en el transcurso de dichas actividades estarán sujetas a las normas de convivencia. Los alumnos/as respetarán durante la visita las normas de conducta y convivencia, especialmente lo referido a horarios, conducta en las instalaciones, centros visitados, lugares de alojamiento y medios de transporte.

El departamento que organiza la salida deberá rellenar el “formulario para la comunicación de actividades extraescolares” que se encuentra en el documento resumen para información del claustro en la carpeta compartida “documentos de interés” de Google Drive. Este formulario debe rellenarse con un plazo mínimo de dos semanas previas a la realización de la actividad programada.

Tras la revisión de jefatura de estudios y la aprobación del Consejo Escolar, jefatura de estudios remitirá el documento para autorización de la misma por los responsables legales del alumnado participante. Dicha Autorización será requisito imprescindible para poder participar en la actividad.

Una vez recogidas todas las autorizaciones por el profesorado responsable de la salida, se entregarán en jefatura para su archivo en la secretaría del centro. En caso de cualquier observación o incidencia deberá comunicarse en dicho momento a la jefatura de estudios.

Todas las actividades y visitas programadas en el viaje son de obligada asistencia para el alumnado. La falta de atención, indisciplina o manifiesto desinterés supondrá la inhabilitación del alumno/a para participar en otros viajes, sin perjuicio de las sanciones en las que pudieran incurrir.

Los profesores/as responsables de la excursión podrán contactar telefónicamente con los padres/madres de los alumnos/as en el caso de manifiesta indisciplina o conductas no autorizadas. Excepcionalmente, profesores/as y padres/madres podrán acordar el regreso de los alumnos/as a su domicilio corriendo los gastos a cuenta del alumno/a.

Los gastos que ocasionen posibles desperfectos en los establecimientos hosteleros, o medios de transporte correrán por cuenta del responsable de los mismos. En caso deno lograrse su identificación todo el grupo se hará responsable. En caso de que losalumnos/as observarán algún tipo de anomalía o deficiencia en los medios de transporteo alojamiento, se dirigirán a los profesores/as responsables del viaje, con objeto decanalizar las quejas ante los organismos correspondientes, evitando en todo casoacciones individuales.

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Proyecto Educativo – Sobre visitas y viajes

Si se produjeran incidencias durante una actividad, los profesores/as encargados remitirán a jefatura de estudios un informe de los hechos ocurridos.

1. Actividades complementarias y extraescolares

Se consideran actividades complementarias las organizadas durante el horario escolar, de acuerdo con el PC, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan.

Teniendo en cuenta que estas actividades se realizan dentro del horario escolar, el centro debe arbitrar las medidas necesarias para atender educativamente al alumnado que, por motivos justificados, no participe en ellas. Durante la realización de dichas actividades, el alumnado no participante permanecerá recibirá clase según su horario habitual, en las mismas aulas y con sus profesores/as. El profesorado, en caso de que el número de alumnos/as sea bajo utilizará la hora para repasar, solventar dudas o realización de actividades de refuerzo y ampliación.

Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre.

Las actividades deben dirigirse a todos los alumnos y alumnas del centro, intentando hacer partícipes a todos los niveles y grupos. Serán programadas para grupos-clase, entendiéndose como grupo-clase el grupo raíz en cada nivel que es objeto de la acción tutorial. Entenderemos como una excepción aquellos grupos que se forman a partir de materias opcionales u optativas y cuyo contenido no es recibido por todos los alumnos y alumnas del nivel.

Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario para el alumnado y no podrán constituir discriminación para miembro alguno de la comunidad educativa, con excepción de aquellos alumnos/as a los que se les hayan aplicado medidas disciplinarias relacionadas con esta cuestión, y en ningún caso formarán parte del proceso de evaluación por el que pasa el alumnado para la superación de las distintas áreas o materias curriculares que integran los planes de estudio.

Al alumno que sea privado del derecho de asistencia al centro por un período superior a siete días lectivos, y que a su regreso se le imponga un Parte Disciplinario, no mostrando por tanto cambio en su actitud, será sancionado con la privación del derecho de asistencia a actividades complementarias y extraescolares por un período de un mes.

El departamento de actividades complementarias y extraescolares se encargará de promover, organizar y coordinar la realización de estas actividades. Para las actividades extraescolares no se establece una cantidad mínima de alumnos/as, si bien el número de participantes nunca será inferior al 70% de la clase. Durante los períodos finales de cada trimestre, tras las evaluaciones, se podrán organizar actividades que por sus

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Proyecto Educativo – Sobre visitas y viajes

características no necesitarán que se cumpla porcentaje mínimo de participación del alumnado.

Para contabilizar el porcentaje mínimo de asistencia del alumnado no se tendrá en cuenta al alumnado absentista ni al sancionado con no participación en actividades complementarias o extraescolares.

N.B. En aquellos casos en los que las fechas de las actividades no puedan ser elegidas por el profesorado puesto que vengan dadas por las administraciones que las organizan, y con objeto de completar cupos de participación y así abaratar los costes derivados de desplazamientos, autobús, etc.se podrá contar con la participación de alumnado interesado en la actividad aunque en el grupo al que pertenece no se cumpla con el porcentaje anteriormente fijado. De este modo se permite la participación en las extraescolares a aquellos alumnos y alumnas que, por las características de su grupo, en rara ocasión podrían hacerlo.

El número de profesores/as acompañantes será de un profesor/a por cada veinte alumnos/as o fracción.

En caso de que un profesor/a quede libre de clase porque el grupo está realizando una actividad complementaria o extraescolar, este profesor/a será el encargado de sustituir al compañero que realiza la actividad.

2. Sobre el viaje fin de curso

El viaje de estudios se realizará preferentemente una vez terminado el periodo lectivo del curso escolar o utilizando “puentes” o periodos vacacionales.

Para los viajes de fin de curso, el profesorado recibirá una aportación económica para cubrir gastos imprevistos. Dichos gastos tendrán que ser justificados a su vuelta ante la secretaría.

Aquellos alumnos/as que hayan abandonado alguna materia del curso no podrán ir al viaje de fin de curso. Así mismo podrán ser privados de la participación en dicho viaje aquellos alumnos/as que presenten un comportamiento inadecuado con acumulación de incidencias.

La organización correrá a cargo del departamento de actividades complementarias y extraescolares, contará con la colaboración de las familias de los alumnos/as, de los tutores/as de cuarto y del profesorado acompañante.

En lo que respecta a la recogida del importe económico para pagar la actividad, se podrán realizar actividades para recaudar dicho importe. En caso de que un alumno decida finalmente no realizar el viaje su recaudación pasará a un fondo común para el resto de participantes. El dinero que reste será ahorrado por cada una de las familias de los alumnos/as y será aportado, en tantos pagos periódicos como se determine en reunión con los interesados, a la cuenta que facilite el centro para este fin.

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Proyecto Educativo – Sobre visitas y viajes

Dadas las actuales circunstancias sanitarias provocadas por la pandemia del COVID19, quedan suspendidas, para este curso, todas las actividades extraescolares. Del mismo modo, las actividades complementarias, se realizarán de forma telemática.

Así mismo, el viaje de final de estudios de 4º de ESO, queda anulado para el presente curso.

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Distribución del tiempo escolar

X. Criterios de distribución del tiempo escolar.

En la distribución del tiempo escolar se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

• La jornada escolar estará formada por 6 periodos lectivos de 60 minutos de duración cadauno. El primero y último tramo horario, se ajustan al protocolo COVID.

• El recreo tendrá una duración de 30 minutos y se desarrollará en mitad de la jornada.• La entrada al centro se realizará a las 8:30 horas y la salida a las 15:00 horas.• En jornada de tarde el Centro estará abierto, desde las 16:30 a las 18:30 generalmente, para

la realización de las siguientes actividades:

o Programa de Acompañamientoo El horario del profesorado tendrá una hora por la tarde de atención a padres/

madres, preferentemente los lunes de 16:30 a 17:30 horas

• Criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado

Siempre que sea posible se tendrán en cuenta los siguientes criterios en la elaboración delhorario del alumnado:

1. Las distintas áreas y materias serán repartidas a lo largo de la semana de maneraproporcional y procurando respetar la alternancia de aquellas materias de 2 ó 3 horassemanales, salvo la agrupación de materias por ámbitos o cualquiera que requiera o sejustifique su impartición (Tecnología, Práctica de Laboratorio, etc.) en dos móduloshorarios seguidos.

2. Las materias instrumentales se impartirán a primera hora preferentemente en aquellosgrupos en los que se prevean peores resultados escolares o de adaptación a la actividadescolar.

3. Distribución en las últimas horas de la jornada de las materias optativas y los programasde refuerzo de las materias instrumentales, dado su carácter práctico y menor ratio.

4. Simultaneidad de las diferentes materias optativas y refuerzos de instrumentales porniveles con el objetivo de facilitar la gestión de los espacios y recursos del centro.Criterios específicos de conveniencia a petición de los departamentos con un elevadocomponente instrumental.

5. El horario del alumnado con n.e.e se estructurará de manera que responda a susnecesidades y con plena coherencia en los distintos tramos de horario.

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Distribución del tiempo escolar

2. Criterios para la elaboración de los horarios del profesorado.

Además de lo establecido por la normativa en vigor, nuestro centro se regirá por lossiguientes criterios:

Horario regular lectivo

1. Los profesores/as impartirán sus áreas, compensando su actividad con la impartición de susclases tanto en el primer ciclo como en el segundo ciclo.

2. Al profesorado de Lengua y Matemáticas se procurará asignarle el Refuerzocorrespondiente con el mismo grupo de alumnos/as.

3. Para la asignación de tutoría se tendrá en cuenta el número de horas que el profesoradoimparte en cada uno de los grupos. Así mismo, se atenderá de forma especial a las tutoríasde los grupos con Diversificación. (Preferentemente profesores/as que imparten uno de losámbitos).

4. El horario de cada profesor/a se distribuirá de manera equilibrada a lo largo de toda lasemana evitando la concentración de más de cinco horas lectivas en un solo día.

5. Para la atención del aula de convivencia se tendrá en cuenta preferentemente al profesoradode guardia que así lo solicite.

6. En la guardia de recreo se tendrá en cuenta al profesorado que solicite la atención delalumnado en actividades deportivas, biblioteca y Patrullas Verdes.

7. En la asignación de las guardias en la biblioteca tendrán prioridad el profesoradoparticipante en el Plan Lecturas y Biblioteca.

8. Para la organización de horarios flexibles se intentarán compaginar los horarios de lasmaterias instrumentales e idiomas.

9. El profesorado que imparta una materia distinta de su especialidad, la llevará a cabopreferentemente con los mismos grupos a los que imparte su materia específica.

10. El horario complementario de permanencia en el centro se estructurará en tramos horariosque posibiliten las reuniones de coordinación.

11. Se tendrá en cuenta el uso organizado de aulas específicas y espacios comunes de acuerdocon las necesidades expresadas por los distintos departamentos, así como las característicasfísicas del centro para evitar largos desplazamientos en los cambios de clase.

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Distribución del tiempo escolar

12. Simultaneidad en la asignación de las horas de reuniones de coordinación docente por nivelpara facilitar la coordinación entre los/as tutores/as y el departamento de orientación

13. En cada tramo horario existirá al menos un miembro del equipo directivo de guardiadirectiva.

14. Simultaneidad en la asignación de una hora semanal en jornada de mañana en los horariosde los miembros de un mismo departamento para la realización de las reuniones.

CONSIDERACIONES.

Cada departamento celebrará en los primeros días del mes de septiembre una sesión detrabajo para distribuir entre el profesorado las áreas, materias, ámbitos, cursos y grupos quelo componen, procurando el acuerdo de todos sus miembros y respetando en todo casolos criterios pedagógicos fijados por el claustro de profesores. A este respecto se tendrá encuenta:

o El profesorado que imparte bilingüismo en el centro, y que se encuentra enformación para acreditarse como tal, tendrá los mismos derechos a todos los efectosque un profesor/a con plaza bilingüe consolidada. Por ello, si durante su formaciónse crea una nueva plaza bilingüe dentro de su departamento, los profesores/asdeberán acordar un reparto equitativo de los grupos de alumnos/as que reciben estasenseñanzas.

o En aquellos departamentos en los que haya profesorado bilingüe, en primer lugar serealizará el reparto de materias no bilingües, contando, el profesorado bilingüe, conlos mismos derechos y aplicación de criterios que el resto de profesores y profesorasdel departamento didáctico.

En el caso de que el departamento, por falta de acuerdo entre sus miembros, no elabore lacorrespondiente propuesta, corresponderá a la dirección del instituto la asignación de lasenseñanzas, oída la persona titular de la Jefatura de departamento. (Art. 19.1. Orden20/08/2010)

En ningún caso, en el acuerdo o desacuerdo, que habrá de estar fundamentado y ha dereflejarse en el acta correspondiente de la reunión del departamento, se podrán anteponerpreferencias personales o acuerdos tácitos previos entre parte de sus miembros queimposibiliten el respeto a los criterios pedagógicos establecidos por el claustro.

Las materias optativas de oferta no obligatoria serán asumidas por el departamento que lasofertó, aún conllevando sobrecarga horaria de sus miembros (hasta 21 horas semanalesincluyendo reducciones horarias)

En el caso anterior si el número general de optativas ofertadas suponen un menoscabo delfuncionamiento del Centro en la asignación en la asignación de enseñanzas obligatorias y/oguardias, se propondrá al departamento implicado la cesión de estas enseñanzas a otrodepartamento escaso de horas lectivas o su eliminación.

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Distribución del tiempo escolar

Horario regular no lectivo

1. Las figuras administrativas de Programación de Actividades Educativas, Organización yFuncionamiento de la Biblioteca del Centro, Coordinación Coeducación, Coordinación Plande Prevención de Riesgos Laborales, etc. se consignará en los horarios de los cargoscorrespondientes.

2. Se reservará una tarde a la semana para disponer de una hora de atención a las familias.

Horario no regular

1. Se elaborará de la forma más equilibrada posible al plan de trabajo establecido para cadacurso escolar.

2. Todo el profesorado tendrá una asignación horaria para evaluaciones y reuniones de equipoeducativo dependiendo del número de grupos en los que imparta clase.

3. Todo el profesorado tendrá una asignación horaria para reuniones de Claustro.4. Los/as coordinadores/as de áreas tendrán una asignación para reuniones de Equipo Técnico

de Coordinación Pedagógica.5. Los representantes del sector profesorado en el consejo escolar del centro tendrán una

asignación horaria para las reuniones del órgano colegiado correspondiente.6. Asignación de horas para la realización de actividades complementarias y de formación

atendiendo a las actividades programadas por cada departamento y reflejadas en el PlanAnual de Centro.

7. Asignación de horas para la realización de actividades formación y de perfeccionamientoatendiendo a las actividades programadas por cada departamento y reflejadas en el PlanAnual de Centro.

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Agrupación del alumnado y asignación de tutorías

XI. Criterios para establecer los agrupamientos delalumnado y la asignación de tutorías.

1. Criterios para el agrupamiento:

• Se priorizará la continuidad del grupo, respecto al curso anterior. En 1º de laESO se tendrá en cuenta el Centro de procedencia.

• Los grupos serán heterogéneos, es decir, no se harán grupos en cuanto acapacidades intelectuales, sexo, raza o religión.

• Los/as alumnos/as repetidores, si los hubiera, serán distribuidos equitativamenteentre los grupos existentes en ese nivel.

• Los/as alumnos/as con necesidades educativas especiales, si los hubiera, serándistribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

• Los/as alumnos/as que hayan promocionado por imperativo legal, si los hubiera,serán distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

• Se ubicarán en grupos diferentes a los/as alumnos/as que generen problemas deconvivencia motivados por su interacción dentro del grupo.

• Se procurará que el número de alumnado por grupo sea equilibrado.• La materia optativa elegida, también determinará la formación de los grupos.• El criterio principal para la distribución de los grupos ha sido la

optatividad, con el fin de hacerlos lo más homogéneos posible, evitando así eldesplazamiento del alumnado entre clases, según la instrucción de laViceconsejería de Educación del 6 de julio.

Como fuente de información a la hora de realizar los agrupamientos se utilizarán:

Reuniones de Equipos Docentes. Memorias de tutoría de Junio. Informes de tránsito, facilitados por el Centro de Primaria adscrito, Informe de Convivencia de Jefatura de Estudios. Documentos de matriculación. Tabla resumen donde se recojan las informaciones anteriores

Una vez iniciado el curso escolar y cuando sea necesario, el Equipo Educativo,con el asesoramiento del Departamento de Orientación, podrá proponer al Equipo Directivo el cambio de grupo de aquellos/as alumnos/as que tengan conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del grupo, problemas de relación con alumnos/as del grupo y/o necesidades educativas especiales y que el cambio suponga un beneficio en su rendimiento escolar y mejora del clima de convivencia.

Igualmente, una vez finalizado el curso escolar se dejará constancia en la memoria de tutoría aspectos relevantes a tener en cuenta para el agrupamiento del siguiente curso.

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Agrupación del alumnado y asignación de tutorías

2. Criterios para la asignación de Tutorías:

• La tutoría recaerá preferentemente en aquél que tenga mayor carga horariasemanal en dicho grupo.

• La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales será ejercida en elaula específica de educación especial por el maestro-a especializado para laatención de este alumnado.

• Atendiendo al criterio de continuidad en la asignación de alumnado a grupos en lapromoción, también se tendrá en cuenta la continuidad del tutor/a para laasignación de tutorías de un curso a otro. Salvo en aquellos casos excepcionalesen los que la persona afectada manifieste su deseo en sentido contrario.

• Cuando el/la profesor/a haya sido tutor/a en curso final de etapa, se procurará queel curso siguiente inicie la acción tutorial en cursos iniciales de etapa.

• En caso de existir la posibilidad de que dos profesores/as sean candidatos/as comotutor/a, corresponderá a la Dirección del Centro adjudicar dicha tutoría..

• Se evitará, en la medida de lo posible, que un profesor/a que ostente una jefaturade departamento o coordinación de planes y proyectos sea tutor/a, salvo expresodeseo del profesor/a siempre y cuando no haya incompatibilidad con la normativaque rija sus funciones.

• Los tutores de los grupos donde se encuentra el alumnado de Programas deDiversificación Curricular, serán preferentemente profesores que impartandocencia en estos programas y con esos alumnos.

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

XII. Criterios para determinar la oferta de materiasoptativas y proyecto integrado para organizar bloques dematerias.

Para determinar la oferta de materias optativas y para organizar los bloques de materias aplicamos los siguientes criterios:

a) Que contribuyan a la mejora de los rendimientos escolares, atendiendo a lasnecesidades intereses y expectativas del alumnado.

b) Que la oferta y la organización posibilite una adecuada atención a la diversidaddel alumnado.

c) Que tengan un marcado carácter práctico o aplicado.d) Que la organización de las materias, y las optativas faciliten al alumnado su

continuidad en los estudios.e) Las posibilidades organizativas reales del Centro, teniendo en cuenta la

planificación de plantilla, que puede variar según el número de grupos previstosen cada nivel de enseñanza.

En el mes de marzo, los departamentos didácticos se reunirán para decidir sobre la posibilidad de ofertar alguna materia optativa, de libre disposición o proyecto integrado para el siguiente curso escolar. Aquellos departamentos que lo consideren oportuno presentarán durante dicho mes al equipo directivo su propuesta. Dicha propuesta debe ser razonada, tener en cuenta el histórico de preferencias del alumnado y justificar su adecuación a los criterios anteriormente expuestos.

El equipo directivo, tras una primera valoración de las propuestas, se reunirá con aquellos departamentos didácticos que habiendo presentado propuesta, ésta, no sea viable, bien por cuestiones organizativas, normativas, o por no adecuarse a los criterios que establece el proyecto educativo.

En el mes de abril el equipo directivo trasladará a la ETCP, un borrador con todas las propuestas y establecerá el número adecuado de materias por cada nivel y categoría. Tras el visto bueno de la ETCP el borrador se llevará a claustro junto con una plantilla de votación. El claustro votará para adecuar el número de materias ofertadas al establecido por el equipo directivo, aprobará dicha oferta educativa y las pertinentes modificaciones en el Plan de Centro.

De forma general, se procurará dar estabilidad a la oferta de materias que el centro ofrece al alumnado. Para ello, se procurará, siempre que la organización del centro lo permita, mantener durante al menos dos años dicha oferta educativa.

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

1. OPTATIVIDAD EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

La organización curricular general de cada uno de los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria es la establecida en el Capítulo IV del Decreto 111/2016, de 14 de junio.

Los centros docentes ofertarán la totalidad de las materias generales del bloque de asignaturas troncales para cada uno de los cursos en función de lo establecido en el artículo 11.1 y 11.2 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, así como las materias del bloque de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica a las que se refiere el artículo 11.3, 11.4 y 11.7 del mismo, conforme a la organización que se establece para cada uno de los cursos.

De las materias incorporadas al bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en función de lo establecido en el artículo 11.5 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, serán de oferta obligatoria las siguientes:

a) En primer curso: Cambios Sociales y Género, Segunda Lengua Extranjera yTecnología Aplicada.

b) En segundo curso: Cambios Sociales y Género y Segunda Lengua Extranjera.

c) En tercer curso: Cambios Sociales y Género, Cultura Clásica y Segunda LenguaExtranjera.

Los centros docentes impartirán las materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica ofertadas siempre que el número de alumnos y alumnas que las soliciten no sea inferior a quince. No obstante, podrán impartir dichas materias a un número inferior de alumnos y alumnas cuando esta circunstancia no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro.

Primer Ciclo:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.6 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, los centros docentes podrán incluir en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica para la elección del alumnado, otras materias que podrán ser materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas troncales o específicas o materias de diseño propio, siempre que su oferta no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro. Estas materias podrán ser diferentes en cada uno de los cursos de la etapa.

Cuarto ESO:

Los centros docentes establecerán en su proyecto educativo el procedimiento para que los padres, madres o tutores legales o, en su caso, los alumnos y alumnas, puedan escoger, en el momento de la formalización de la matrícula, cursar el cuarto curso de

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato o por la opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional, para lo que podrán tomar en consideración la propuesta recogida por el equipo docente en el documento denominado consejo orientador al que se refiere el artículo 30, entregado a la finalización del curso anterior.

A estos efectos, no serán vinculantes las opciones cursadas en tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria.

Los centros docentes ofertarán la totalidad de las materias generales del bloque de asignaturas troncales de cuarto curso en función de lo establecido en el artículo 12.2 y 12.4 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, así como las materias del bloque de asignaturas específicas a las que se refiere el artículo 12.6 del mismo.

Los centros docentes ofertarán la totalidad de las materias de opción del bloque de asignaturas troncales de cuarto curso para cada una de las opciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.3 y 12.5 del Decreto 111/2016, de 14 de junio. Estas materias se impartirán siempre que el número de alumnos y alumnas que las soliciten no sea inferior a diez. No obstante, los centros docentes podrán impartir dichas materias a un número inferior de alumnos y alumnas cuando esta circunstancia no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro.

De las materias del bloque de asignaturas específicas recogidas en el artículo 12.7 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, los centros docentes ofrecerán de manera obligatoria las siguientes: Educación Plástica, Visual y Audiovisual, Música, Segunda Lengua Extranjera, Tecnologías de la Información y la Comunicación y Tecnología, así como el resto de materias troncales de cualquiera de las dos opciones. Las materias específicas se impartirán siempre que el número de alumnos y alumnas que las soliciten no sea inferior a quince. No obstante, los centros docentes podrán impartir dichas materias a un número inferior de alumnos y alumnas cuando esta circunstancia no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.7 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, los centros docentes podrán incluir entre las materias enumeradas en dicho artículo para la elección del alumnado una materia dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrá ser materia de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas troncales o específicas, o una materia de diseño propio, siempre que su oferta no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro.

2. AUTORIZACIÓN DE MATERIAS DE DISEÑO PROPIO

Con objeto de ofrecer las materias de diseño propio a las que se refieren los artículos 8 y 10 los centros docentes deberán solicitar y obtener previamente la correspondiente autorización. A tales efectos, antes del 31 de mayo del curso anterior al de la implantación de la nueva materia, los centros docentes presentarán la solicitud de autorización ante la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, acompañada de la documentación en la que se especifique los elementos fundamentales de la programación didáctica de la materia, siendo éstos, al

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

menos, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación; así como la información sobre a qué departamento se le asignará su docencia y, en su caso, la información sobre la titulación que posee el profesorado que la vaya a impartir.

La persona titular de la Delegación Territorial resolverá la solicitud, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, antes del 30 de junio del curso escolar en el que se haya presentado.

3. CARGA HORARIA SEMANAL DE LAS DISTINTAS MATERIAS

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

CRITERIOS PARA DETERMINAR LA OFERTA DE OPTATIVAS

En el ETCP se estudiará cada año las materias optativas a ofertar por cada departamento. Los departamentos deben comunicar qué profesorado está dispuesto a asumir su impartición. El departamento implicado debe tener disponibilidad horaria.

Los criterios para determinar las optativas serán los siguientes:

1. La oferta que realicen los propios departamentos, atendiendo a lademanda del alumnado

2. La coherencia de las optativas con los estudios posteriores a los que los alumnosdel instituto pueden acceder.

3. La posibilidad de impartir esas asignaturas contando con los recursosmateriales disponibles en el centro.

De las materias incorporadas al bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en función de lo establecido en el artículo 11.5 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, serán de oferta obligatoria las siguientes:

a) En primer curso: Cambios Sociales y Género, Segunda Lengua extranjera yTecnología Aplicada.

b) En segundo curso: Cambios Sociales y Género y Segunda Lengua extranjera.

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

c) En tercer curso: Cambios Sociales y Género, Cultura Clásica y Segunda Lenguaextranjera.

d) En cuarto curso: Educación Plástica, Visual y Audiovisual, Música, Segunda LenguaExtranjera, Tecnologías de la Información y la Comunicación, Tecnología y resto deasignaturas de modalidad no cursadas.

Se impartirán las materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica ofertadas siempre que el número de alumnos y alumnas que las soliciten no sea inferior a quince. No obstante, se podrán impartir dichas materias a un número inferior de alumnos y alumnas cuando esta circunstancia no suponga incremento de la plantilla del profesorado del centro.

Las horas de Libre Configuración serán destinadas a un Plan de fomento de la lectura y la expresión escrita y oral (tanto en castellano, como en inglés y francés si son impartidas por el profesorado de Lenguas extranjeras) y a los Refuerzos Pedagógicos de las materias instrumentales para favorecer la Atención al Diversidad.

Asimismo, los Refuerzos de las materias instrumentales (Lengua y Literatura, Inglés y Matemáticas) de 1º ESO se cursarán a la misma hora que las optativas, por lo que estos alumnos quedarán exentos de la misma en 1º.

4. FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

La ordenación de las enseñanzas de Formación Profesional Básica, que forma parte de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del sistema educativo, se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía. Se ordenan en ciclos formativos y se organizan en módulos profesionales.

El perfil profesional incluirá al menos unidades de competencia de una cualificación profesional completa de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

El módulo profesional de Formación en centros de trabajo responderá a lo establecido con carácter general para el conjunto de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del sistema educativo. Este módulo profesional responderá, asimismo, a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, y en la Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se cursará, con carácter general, en el último trimestre del segundo curso académico y tendrá una duración de 260 horas.

Sin perjuicio de lo regulado en el artículo 11 del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, todos los ciclos formativos de Formación Profesional Básica incluirán en su currículo la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales que se abordará desde los módulos profesionales asociados a unidades de competencia. Además, a lo largo del segundo curso se impartirá la formación necesaria sobre

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

prevención de riesgos laborales relacionada con el perfil profesional, que se complementará con el tratamiento transversal que se dé a esta materia desde los módulos profesionales asociados a unidades de competencia. Dichas horas serán impartidas por profesorado con atribución docente en alguno de los módulos profesionales asociados a unidades de competencia de segundo curso y sus contenidos deberán adecuarse a lo establecido para el desempeño de las funciones de nivel básico en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Para la impartición de dicha formación, cada centro docente, a través de su Proyecto Educativo de Centro determinará la organización de la unidad formativa de Prevención de alguna de las dos formas siguientes.

a) Como unidad formativa independiente que se imparte en una hora semanal en elperiodo previo a la realización del módulo profesional de Formación en centros detrabajo.

b) Incrementándose en una hora semanal el módulo profesional asociado a unidad decompetencia de segundo curso que se decida.

En ningún caso dicha unidad formativa será evaluable de forma independiente. TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICO

EN INFORMÁTICA DE OFICINA

Módulos profesionales:

a) Módulos profesionales asociados a unidades de competencia:

3029. Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos (288 h).3030. Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación (224 h).3031 Ofimática y archivo de documentos (208 h).3016. Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos (208 h).

b) Otros módulos profesionales:

3009. Ciencias aplicadas I (160 h).3019. Ciencias aplicadas II (130 h).3011. Comunicación y sociedad I (156 h).3012. Comunicación y sociedad II (182 h).3033. Formación en centros de trabajo (260 h).

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Proyecto Educativo – Determinación de la oferta educativa

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Proyecto Educativo - Programaciones didácticas

XIII. Programaciones didácticas.La jefatura del departamento didáctico en coordinación con los miembros del

departamento correspondiente elaborará la programación didáctica para cada uno de los niveles de las materias, módulos y, en su caso, ámbitos asignados al departamento. La elaboración se realizará desde el inicio del curso escolar, septiembre, hasta la segunda quincena del mes de octubre. Transcurrido el tiempo de elaboración se entregarán en Jefatura de Estudios en formato digital.

Durante la primera quincena del mes de noviembre, las programaciones estarán a disposición del claustro de profesorado para su revisión y realización de aportaciones y propuestas de mejoras. Antes de la finalización del mes de octubre se reunirá el Claustro de Profesores/as, para la aprobación general de todas las programaciones didácticas del centro.

Las programaciones didácticas de los departamentos recogerán, al menos, los siguientes aspectos:

• Los miembros del departamento, con indicación de las materias, módulos y, ensu caso, ámbitos, que imparten, y el grupo correspondiente.

• En su caso, las materias, módulos y ámbitos pertenecientes al departamento, queson impartidas por profesorado de otros departamentos, así como losmecanismos previstos para garantizar la coordinación de dicho profesorado conel departamento en razón de las enseñanzas que imparte.

• Los objetivos, la concreción, secuenciación y distribución temporal de loscontenidos (atendiendo a los cursos en los que se imparta) y los criterios deevaluación para cada una de las materias, módulos y, en su caso, ámbitosasignados al departamento.

• La contribución de la materia a la adquisición de las competencias básicas.• La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al

currículo, conforme a las orientaciones que se hayan dispuesto en el apartado c)del proyecto educativo, atendiendo al contexto socioeconómico y cultural delcentro y a las características del alumnado.

• La metodología que se va a aplicar, que deberá atender a los principiosmetodológicos generales de las correspondientes enseñanzas y, en nuestro caso,a los acuerdos metodológicos para favorecer la adquisición de las competenciasbásicas.

• Las medidas de atención a la diversidad, atendiendo a lo dispuesto para laatención a la diversidad y la organización de las actividades de refuerzo yrecuperación en los apartados f) y g) del proyecto educativo, en función a lo quesea de aplicación conforme al tipo de enseñanzas. Se contemplarán loscontenidos mínimos.

• Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación para cada materia,módulo o ámbito que se vayan a aplicar para la evaluación del alumnado, enconsonancia con las orientaciones metodológicas establecidas y con los

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Proyecto Educativo - Programaciones didácticas

IES. “MIGUEL DE CERVANTES “

procedimientos y criterios comunes de evaluación que se hayan dispuesto en el apartado e) del proyecto educativo.

• Se deberán usar diferentes estrategias de evaluación (combinar pruebaspresenciales con telemáticas, exposiciones orales por videoconferencia,cuestionarios on line, actividades escritas, etc...).

• Se utilizarán diferentes instrumentos de evaluación ( cuestionarios, formularios,pruebas, escalas de observación, rúbricas o porfolios).

• Se valorará el aprovechamiento del alumnado y los logros de aprendizajerecopilando evidencias y registro del seguimiento de las tareas.

• Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los librospara el uso del alumnado.

• Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo,que se proponen realizar por los departamentos de coordinación didáctica,con indicación del profesorado responsable de su realización. A tal efecto,pueden establecerse criterios para la realización de actividadescomplementarias, atendiendo a aspectos generales, como pueden ser:distribución de las actividades a lo largo del curso escolar, jornadas encada trimestre que pueden ser dedicadas a actividades complementarias fueradel centro, etc.

• En este curso escolar debido a la pandemia por el COVID 19 quedansuspendidas las actividades extraescolares, y así mismo las complementariasserán telemáticas si para su desarrollo fuera necesario la intervención de personalajeno al Centro.

• La especificidad del tiempo dedicado a la lectura en todas las materias y, en sucaso, ámbitos.

Las actividades previstas en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral, en todas las materias y, en su caso, ámbitos, en consonancia con las estrategias o pautas comunes que sobre este aspecto se hayan dispuesto en el apartado c) del proyecto educativo.La realización por parte del alumnado de trabajos monográficos interdisciplinares u otros de naturaleza análoga queimpliquen a varios departamentos didácticos. Recogerán actividades interdisciplinares de educación y promoción para la salud

• Las acciones acordadas como propuestas de mejora, referidas al currículo y ala práctica docente, como consecuencia de los resultados de las pruebasde diagnóstico.

• ADAPTACIÓN A LA DOCENCIA TELEMÁTICA:• En el caso de un confinamiento temporal de un grupo clase, se dará

prioridad del refuerzo en los aprendizajes y contenidos en desarrollo sobreel avance de los nuevos aprendizajes y contenidos.

• Deberá existir una selección de aprendizajes esenciales.• Se utilizarán diferentes instrumentos de evaluación ( cuestionarios,

formularios, pruebas, escalas de observación, rúbricas o porfolios).

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Proyecto Educativo - Planes y programas

XIV. Planes y programas que se desarrollan en nuestrocentro.

En el IES Miguel de Cervantes se desarrolla actualmente un alto número de planes y programas.

De cada uno de estos planes y programas el coordinador/a de los mismos entregará en dirección durante el mes de octubre un programa anual en el que se incluirán los objetivos para el curso escolar, la metodología que se plantea para conseguirlos y los procedimientos para evaluar los logros alcanzados. Estos programas aparecerán en el Plan de Centro como Anexos.

En el mes de junio los coordinadores entregarán en dirección un informe donde se muestren los resultados del seguimiento y evaluación del proyecto y una propuesta de mejoras para el año siguiente.

Los planes y programas que actualmente se desarrollan en nuestro centro son:

• Programa de centro bilingüe (inglés).• Plan de organización y funcionamiento de bibliotecas.• Programa de acompañamiento Escolar.• Plan de transformación digital educativa.• Proyecto Intercentros “Lucena, ciudad educadora: escuela, espacio de

paz”.• Plan de igualdad de género en educación.• Plan de Salud Laboral y P.R.L.• Practicum en centros de Secundaria. (solicitado)• Programa Erasmus +.• Plan de ConvivenciaPrograma de centro bilingüe (inglés)

Según la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en Andalucía, un centro bilingüe es aquel en el que se enseñan materias en al menos, dos lenguas, la lengua materna y una segunda lengua instrumental (L2) que, en nuestro caso, es el inglés. Además, estos alumnos también pueden optar por cursar francés como tercera lengua extranjera (l3).

En los centros bilingües se promoverá la adquisición de las cinco destrezas básicas de escuchar, hablar, conversar, leer y escribir mediante el Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE)

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Proyecto Educativo - Planes y programas

En Educación Secundaria deben impartirse al menos dos materias en lengua extranjera. El horario de estas dos materias sumado al horario de la propia lengua extranjera debe constituir, al menos, el 30% del horario lectivo del alumnado. Es decir, unas 9 horas semanales. Para que la enseñanza de una materia se considere bilingüe es necesario que se imparta, al menos, el 50% del área o materia en lengua extranjera.

Nuestra oferta educativa de Áreas No Lingüísticas (ANL) en ESO la siguiente: 1º ESO Música y Matemáticas 2º ESO Geografía e Historia, Física y química. 3º Educación física, Biología y Geología. 4º Educación Física y Geografía e Historia.

Plan de organización y funcionamiento de bibliotecas

Desde el Plan de Biblioteca Escolar nos propondremos unos objetivos básicos:

Utilizar la biblioteca escolar como espacio de lectura, estudio y préstamo dedocumentos.

Crear una atmósfera adecuada a los intereses del alumnado. Integrar, Bi la biblioteca dentro de los programas curriculares como herramienta

útil para el proceso de enseñanza-aprendizaje. Dinamizar y reorganizar los fondos documentales de los que dispone el centro,

poniéndolos a disposición de la comunidad educativa. Celebrar jornadas sobre autores, ferias del libro, etcétera. Promover el interés por la lectura, la escritura y por el afán investigador. Colaborar en otros proyectos educativos del centro. Generar una actitud positiva hacia el estudio, la crítica y la reflexión. Favorecer la autonomía e iniciativa personal del alumnado. Ayudar en la mejora de adquisición de competencias básicas. Difundir contenidos transversales y valores sociales universales.

Programa de Acompañamiento

Objetivos generales:

Facilitar a las alumnas y a los alumnos todas aquellas medidas que lesconduzcan a la mejora de las competencias básicas relacionadas con lacomunicación lingüística y el razonamiento matemático.

Optimizar la inclusión educativa y social de las alumnas y de los alumnos. Mejorar la convivencia y el clima general del centro docente estableciendo

vínculos positivos de relación entre los miembros de la comunidad educativaimplicados en el desarrollo del programa.

Facilitar las herramientas necesarias para la adquisición y empleo autónomo dehábitos de planificación y organización del trabajo escolar.

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Proyecto Educativo - Planes y programas

Contribuir a que las alumnas y los alumnos mejoren el autoconcepto académicoy la autoestima, ofreciéndoles orientaciones personalizadas para su crecimientoeducativo, personal y social.

Mejorar el proceso de tránsito entre la etapa de Educación Primaria y EducaciónSecundaria Obligatoria. Para ello, en dicho Programa de Tránsito deberáincluirse la propuesta de selección del alumnado.

Plan de Transformación Digital Educativa (Ver anexo)

El concepto de transformación Digital Educativa, incluye el conjunto de actuaciones, orientadas a la mejora de los procesos, los procedimientos, los hábitos de las organizaciones educativas y de las personas, haciendo uso de las tecnologías digitales. Todo ello redundará en la mejora del aprendizaje competencial. Instrucción del 31 de julio del 2020

Programa Forma Joven

Durante el presente curso, se hará hincapié en el desarrollo de los aspectos de vida saludable Plantea los siguientes objetivos:

Acercar la atención al espacio habitual de adolescentes y jóvenes. Aportar instrumentos para hacer frente a las situaciones de riesgos. Hacer compatibles con la salud y el ocio Asesorar informando y formando, para hacer posible la elección de conductasfavorables.

Proyecto Intercentros “Lucena, ciudad educadora: escuela, espacio de paz”. ( ver anexo)

Programa Erasmus +. Erasmus comienza como un programa promovido por la UE para facilitar y apoyar la movilidad académica de los estudiantes y profesores universitarios de los países asociados, pero actualmente se ha extendido a otros niveles educativos y colectivos.

Erasmus+ es el nombre del programa de la UE en el ámbito de la educación, la formación, la juventud y el deporte.

Algunos de los objetivos del programa son:

• Combatir el desempleo, y en particular el juvenil• La cohesión e integración sociales• Impulsar la innovación y el uso de las nuevas tecnologías• Mejorar la comprensión intercultural y un sentimiento de pertenencia a la comunidadEn nuestro Centro este curso tenemos como objetivo la adecuación de la documentación delprograma, y por otra parte su desarrollo estará determinado por las circunstancias sanitariasque vayan sucediendo a lo largo del curso.

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Proyecto Educativo - Planes y programas

Plan de Igualdad entre hombres y mujeres

Los objetivos generales que plantea este plan son:

Facilitar un mayor conocimiento de lasdiferencias entre hombres y mujeres, quepermite evitar y corregir lasdiscriminaciones.

Promover condiciones escolares quefavorezcan la corrección de estereotipos dedominación y dependencia.

Fomentar el cambio de las relaciones degénero, formando al alumnado en laautonomía personal.

Proponer a los órganos académicos medidaseducativas que corrijan las situaciones de de

sigualdad detectadas.

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

- 1 -

INDICE

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................... 2

1. ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA ECONÓMICA ................................................... 5 1.1. El Consejo Escolar ................................................................................................................ 5 1.2. La Comisión Permanente del Consejo Escoalr ..................................................................... 5

1.2.1. Composición .................................................................................................................. 5 1.2.2. Funciones ....................................................................................................................... 5 1.2.3. Sesiones .......................................................................................................................... 5

2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL Y PARA LADISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO ......... 6

2.1. Órganos implicados en su elaboración y aprobación ............................................................ 6 2.2. Criterios para la elaboración del presupuesto anual .............................................................. 6 2.3. Estado de ingresos ................................................................................................................. 7 2.4. Criterios para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto ................ 8

2.4.1. Dotación económica para los Departamentos Didácticos ............................................ 10 2.4.2. Dotación económica para la Biblioteca........................................................................ 12 2.4.3. Dotación económica para la Formación Profesional Básica ........................................ 12 2.4.4. Indemnizaciones por razón del servicio ....................................................................... 13

3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES YDEL EQUIPO ESCOLAR ................................................................................................................. 15

3.1. Medidas de conservaciónde los edificios y los medios materiales ...................................... 15 3.1.1. Espacios y recursos didácticos ..................................................................................... 15 3.1.2. Instalaciones ................................................................................................................. 16

3.2. Renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar .............................................. 17 3.2.1. Principios generales ..................................................................................................... 17 3.2.2. Procedimientos de renovación ..................................................................................... 17

3.3. Actuaciones prioritarias en los próximos años .................................................................... 18 4. PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERALDEL CENTRO ................................................................................................................................... 18

4.1. Procedimientos, responsables y plazos................................................................................ 19 4.1.1. Plazo para la realización del inventario general del Centro ......................................... 19 4.1.2. Utilización de una aplicación informática común ........................................................ 19

5. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL INSTITUTOY DE LOS RESIDUOS QUE GENERE ........................................................................................... 20

5.1. Objetivos ............................................................................................................................. 20 5.2. Medidas para conseguir dichos objetivos ............................................................................ 20

ANEXO IANEXO II (INVERSIONES COVID)

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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INTRODUCCIÓN

Este nuevo documento planificador del Plan de Centro pretende servir de instrumento para

establecer los criterios y directrices a seguir en la toma de decisiones relativas a la gestión de los recursos del Centro, tanto materiales y económicos como humanos, favoreciendo una actuación en este ámbito coherente, rigurosa, transparente y participativa por parte de toda la comunidad educativa, en definitiva, intenta el uso responsable de los recursos, puesto que ello es, cada vez más, un deber de todos los ciudadanos y de las diferentes organizaciones, especialmente las de carácter público. Esto adquiere especial importancia en el caso de los centros educativos, que deben contribuir a que el alumnado reciba una formación que incluya el respeto al medio ambiente y el consumo reflexivo y responsable.

Este Proyecto se fundamenta en una buena gestión de los recursos de los que dispone o

pueda disponer el Centro y en evitar los gastos innecesarios.

Deben tenerse en cuenta los siguientes principios generales, puesto que debemos consumir con moderación y responsabilidad recursos muy diversos:

• Las medidas de ahorro no deben provocar dificultades para la realización de las tareas que el instituto tiene encomendadas como centro educativo.

• Debe preservarse e incluso mejorarse la comodidad y el bienestar de los miembros de la Comunidad Educativa.

• Las medidas a tomar deben tener carácter formativo. • Un buen uso de las nuevas tecnologías puede ser útil para conseguir rebajar la utilización de

recursos básicos. • Para conseguir buenos resultados, es fundamental la participación y concienciación de todos

los miembros de la Comunidad Educativa. Todo lo anterior quedará enmarcado dentro de las leyes vigentes y respetando la

autonomía propia del centro de acuerdo con el ROC.

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). • Ley 17/2007 del 10 de diciembre de educación en Andalucía. • Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. • Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los I.E.S. • ORDEN de 10/5/2006 (BOJA 25/5/2006), conjunta de las Consejerías de Economía y

Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

• ORDEN de 11/5/2006 (BOJA 25/5/2006), conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se regula la gestión económica de los fondos con destino a inversiones que perciban con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación los centros docentes públicos de educación secundaria, de enseñanzas de régimen especial a excepción de los Conservatorios Elementales de Música, y las Residencias Escolares, dependientes de la Consejería de Educación.

• Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por el que se regula el Sistema de Información Séneca y se establece su utilización para la gestión del sistema educativo andaluz.

• Informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía 2012. (Fiscalización de los gastos de

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

- 3 -

funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios). • ORDEN de 27 de febrero de 1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería

General de la Comunidad Autónoma Andaluza, abiertas en las entidades financieras.• ORDEN de 29 de julio de 2005, por la que se determina el sistema para realizar los

ingresos tributarios derivados de las funciones de gestión y liquidación atribuidas a lasOficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario y se modifica la Orden de 27 de febrero de1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la ComunidadAutónoma de Andalucía, abiertas en las entidades financieras.

• REAL DECRETO 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento porel que se regulan las obligaciones de facturación.

• Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación delregistro contable de facturas en el Sector Público.

• ORDEN de 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada defacturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de lafactura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades delsector público andaluz.

• DECRETO 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de Facturas dela Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico.

• DECRETO 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos depago de determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y susEntidades Instrumentales.

• RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Finanzas ySostenibilidad, por la que se aprueban modelos normalizados de solicitudes previstas en elDecreto 5/2017, de 16 de enero, por el que se establece la garantía de los tiempos de pagode determinadas obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y susEntidades Instrumentales.

• INSTRUCCIÓN 1/2014, de 22 de diciembre, de la Secretaría General Técnica de laConsejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establece el procedimiento quedeberán seguir los centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta deAndalucía, que imparten formación cofinanciada por el Fondo Social Europeo, para lacolaboración en la gestión de las ayudas.

• INSTRUCCIÓN 1/2017 de la Secretaría General Técnica, de 20 de abril de 2017, relativa alas actuaciones a seguir por los centros docentes públicos dependientes de la Consejería deEducación de la Junta de Andalucía, para la recogida y grabación de la información sobreel alumnado que participa en actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, enrelación al seguimiento de las operaciones en el marco de programación 2014-2020.

• INSTRUCCIÓN de 21 de julio de 2016, de la Dirección General de Formación ProfesionalInicial y Educación Permanente, sobre la aplicación y justificación de gastos defuncionamiento de ciclos formativos.

• Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público• RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y

Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 defebrero, sobre contratos menores, regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

• INSTRUCCIÓN 1/2005, de 8 de febrero, conjunta de la Intervención General de la Junta deAndalucía y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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establece el procedimiento de comunicación de las operaciones con terceros realizadas por los centros docentes públicos no universitarios, a efectos de su inclusión en la declaración anual de operaciones (modelo 347).

• ORDEN de 22 de septiembre de 2003, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería (BOJA 29/09/2003).

• RESOLUCIÓN de 1-10-2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se delegan competencias en otros órganos (BOJA 10-10-2003).

• ORDEN de 15 de enero de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.

• INSTRUCCIÓN 4/2009, de 20 de febrero, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, sobre criterios de fiscalización aplicables a determinados pagos afectados por las retenciones previstas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

• INSTRUCCIÓN 3/2009, de 30 de diciembre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las retenciones e ingresos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no universitarios, Centros de profesorado y Residencias escolares de titularidad de la Junta de Andalucía.

• INSTRUCCIÓN de 28 de mayo de 2015 de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las retenciones e ingresos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no universitarios, centros de profesorado y residencias escolares de titularidad de la Junta de Andalucía.

• INSTRUCCIÓN de 11 de febrero de 2016, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las retenciones e ingresos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no universitarios, centros de profesorado y residencias escolares de titularidad de la Junta de Andalucía.

• DECRETO 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

o Modificado por ORDEN de 14 de febrero de 1992. o Modificado por DECRETO 190/1993, de 28 de diciembre. o Modificado por DECRETO 220/1998, de 20 de octubre. o Modificado por DECRETO 404/2000, de 5 de octubre. o Modificado por ORDEN de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las

cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio. • DECRETO 157/2007, de 29 de mayo, por el que se modifica el Decreto 54/1989, de 21 de

marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía. • ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros

de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

• ORDEN de 2 de noviembre de 2006, que modifica la de 27 de abril de 2005, por la que se regula el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto, dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

• DOCUMENTACIÓN DIVERSA: o Supervisión de la gestión económica en servicios y centros docentes públicos.

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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o Documentación requerida por la dirección general de tesorería y deuda pública sobre la gestión de cuentas corrientes en centros educativos.

o Criterios para la propuesta de distribución de los gastos de funcionamiento de los centros públicos.

o Informe de la secretaría general técnica respecto a la consulta planteada por la inspección general de educación sobre la cesión de instalaciones, emisión de facturas y formación profesional para el empleo.

o Puntualizaciones efectuadas por los servicios provinciales con competencia en gestión económica.

o Puntualizaciones sobre el Anexo XI y el asiento de apertura.

1. ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA ECONÓMICA

1.1. EL CONSEJO ESCOLAR

El funcionamiento del Consejo Escolar del centro se regirá por lo establecido en el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los IES, así como por otra normativa aplicable de rango superior.

Las competencias del Consejo Escolar en materia económica y en la renovación de las instalaciones y del equipo escolar recogidas en dicho Decreto son las siguientes:

- Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión. - Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la

obtención de recursos complementarios. Para ejercer dichas funciones de manera más rápida y efectiva, la comisión permanente

constituida en el seno del Consejo Escolar asumirá, cuando sea posible, el conjunto de tareas especificadas en el siguiente punto.

1.2. LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESCOLAR

La Comisión Permanente se crea en el seno del Consejo Escolar.

1.2.1. Composición Director/a, jefe/a de estudios, un representante de padres/madres/tutores, otro del

profesorado y otro del alumnado.

1.2.2. Funciones • Estudiar el proyecto de presupuesto y elevarlo al Consejo Escolar para su aprobación. • Estudiar las propuestas que le plantee el Equipo Directivo que conlleven una modificación

presupuestaria, y decidir sobre a su aprobación o desestimación. En caso de aprobarse, decidirá su inclusión en los presupuestos del siguiente curso, siempre y cuando sea posible, o la modificación del presente, en todo caso, lo deberá aprobar el Consejo Escolar.

• Estudiar la justificación anual de la cuenta de gestión y elevarla al Consejo Escolar para su aprobación.

1.2.3. Sesiones • Primera Inicial:

- Se realizará durante el mes de octubre.

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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- Estudiará las propuestas que el Equipo Directivo le plantee de lo recogido en la Memoria Final del curso anterior, y decidirá su inclusión en el nuevo presupuesto, en futuros, o incluso desestimar.

- Estudiará el proyecto de presupuesto elaborado por el Secretario y lo elevará al Consejo Escolar para su aprobación, antes de finalizar el mes de octubre.

• Resto de Sesiones: - Siempre que haya alguna propuesta de modificación al presupuesto inicial para su

posterior elevación al Consejo Escolar donde se aprobará. • Sesión Final:

- Estudiará la justificación anual de la cuenta de gestión elaborada por el Secretario y la elevará al Consejo Escolar para su aprobación, antes de finalizar el mes de octubre.

2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO

El Centro, como cualquier Instituto de Educación Secundaria, dispondrá de autonomía en su gestión económica de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente y previa aprobación del Consejo Escolar.

En este apartado se pretende reflejar los criterios y principios que deben inspirar toda la gestión económica del Centro, y en particular, en la elaboración y desarrollo de su presupuesto anual y la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto.

2.1. ÓRGANOS IMPLICADOS EN SU ELABORACIÓN Y APROBACIÓN

La actuación económica es fundamental a la hora de regular el funcionamiento de cualquier centro docente y, por ello, es vital la participación de todos los estamentos que componen la comunidad escolar. Dicha participación se efectuará a través de los distintos cauces de participación existentes. En especial, los órganos implicados en la gestión económica son:

A) Equipo Directivo: Compete al Secretario o Secretaria la planificación presupuestaria, es decir, realizar el anteproyecto del presupuesto del Centro y llevar actualizada la contabilidad derivada de la gestión económica. Compete al Director o Directora supervisar la gestión, autorizar los gastos y ordenar los pagos. El Equipo se reunirá en pleno de forma regular y frecuente para analizar el funcionamiento del Centro, atendiendo a los problemas presentados mediante la aportación y propuesta de soluciones a los mismos.

B) Consejo Escolar: Es el encargado de estudiar y aprobar el Presupuesto, Estado de Cuentas rendidas por el Centro y Gastos de Material Inventariable.

C) Comisión Permanente del Consejo Escolar: Es el órgano que emana del Consejo Escolar y que entre sus funciones está la de estudiar e informar al mismo sobre los aspectos de gestión económica: Presupuestos, Ingresos y Gastos.

2.2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL

Para la elaboración y ejecución del Presupuesto anual se tendrán en cuenta los siguientes principios básicos: El dinero librado para el presupuesto es del Centro como institución.

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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El Control del presupuesto corresponde al Consejo Escolar del Centro y a su Comisión Permanente, sin perjuicio de las competencias que la ETCP asume en el reparto a las Áreas de competencias y a los Departamentos.

Como norma general se establecerá un presupuesto lo más ajustado posible a la realidad que se pueda prever. Para ello se trabajará sobre el estado de cuentas, de ingresos y de gastos, del ejercicio anterior siguiendo los criterios establecidos más adelante.

2.3. ESTADO DE INGRESOS

Los ingresos del Centro procederán de los créditos concedidos por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, por cualquier Ente público o privado, así como los obtenidos por la prestación de servicios propios distintos a los gravados por tasas.

En el presupuesto hay tres tipos de ingresos procedentes de la Consejería de Educción que no se pueden intercambiar y hay que dedicarlos al objetivo específico para el que son librados:

a) Gastos de funcionamiento: Estos vienen divididos a su vez en distintas partidas, siendo en ocasiones de dedicación exclusiva como por ejemplo el ingreso efectuado para pagarle al auxiliar de conversación del Programa de Bilingüismo o a los monitores de Escuelas Deportivas o del Programa de Acompañamiento Escolar, aunque no siempre el libramiento efectuado basta para pagar la actuación a la que va destinada y es necesario utilizar parte de las cantidades de gastos de funcionamiento corrientes. En otras ocasiones se reciben ingresos superiores a los gastos realizados, pasando las cantidades sobrantes al remanente general de este apartado.

b) Inversiones c) Gratuidad de libros de texto

El histórico de ingresos del Centro permite estimar los ingresos recibidos por las distintas vías posibles. El presupuesto de ingresos tendrá la siguiente estructura:

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PROYECTO DE GESTIÓN IES MIGUEL DE CERVANTES LUCENA (CÓRDOBA)

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*La dotación económica de esta partida se encuentra suspendida desde hace varios ejercicios.**Este porcentaje variará sensiblemente en los ejercicios económicos en los que se renueven los libros de texto, afectando a los porcentajes de las restantes dotaciones. ***La dotación económica de esta partida no es estable ya que depende de la inclusión del centro en el listado de Centros Promotores de Convivencia+, variando la cuantía en función de la puntuación asignada cada curso.

El saldo final o remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior se considerará en la elaboración del presupuesto aunque, en cualquier caso, los remanentes que estén asociados a ingresos finalistas solo se podrán presupuestar en el programa de gasto que los motiva.

2.4. CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO

La Estructura de Cuentas utilizada para la organización del presupuesto del Centro y posterior desarrollo y gestión contable será la desarrollada en la aplicación de gestión económica del programa SENECA. Dicho Plan es susceptible de ser modificado con la inclusión o eliminación de alguna subcuenta, en función de las características y necesidades del Centro.

Al igual que en el presupuesto de ingresos, el histórico de gastos del Centro se utilizará para estimar la distribución de gastos entre las distintas partidas de gasto. Hay que destacar que en el curso 2019/2020 se produjo una reestructuración de las subcuentas que puede afectar a la distribución porcentual analizada en este apartado ya que se han modificado/combinado/separado una gran cantidad de subcuentas que aparecían en la anterior estructura, que se mantiene en este curso 2020-21

El presupuesto de gastos tendrá la siguiente estructura:

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*Dentro de esta subcuenta se registrarán los gastos de los distintos departamentos didácticos.**Este porcentaje variará sensiblemente en los ejercicios económicos en los que se renueven los libros de texto, afectando a los porcentajes de las restantes dotaciones. ***Subcuentas con dotación de ingresos propia (a fija; b variable) ****Como se ha comentado en el estado de ingresos, la dotación económica de esta partida se encuentra suspendida desde hace varios ejercicios, por lo que los gastos asociados se han anulado.

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2.4.1. Dotación económica para los Departamentos Didácticos A. Justificación:

El reparto presupuestario entre las Áreas de competencias y los Departamentos Didácticos necesita un desarrollo especial, ya que, es el ámbito que incide más directamente sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje, ya que determina la dotación material específica y necesaria para el desarrollo de las enseñanzas.

El modelo que aquí se desarrolla propone realizar un reparto más coordinado, riguroso, ponderado y eficaz.

B. Objetivos: • Mayor coordinación en la adquisición y uso de medios didácticos. • Mayor rigor en el control presupuestario para no gastar más de lo debido. • Mayor reflexión durante el curso sobre el material que realmente hace falta para darle el mejor

y mayor uso posible. C. Principios Generales:

La dotación presupuestaria disponible para las Áreas de competencias y los Departamentos Didácticos proviene de la dotación para gastos de funcionamiento ordinarios. • Se realizará un cálculo aproximado de las necesidades económicas de cada área y

Departamento tomando como referencia el histórico de gastos en los últimos cursos. • La Secretaría llevará un control trimestral del gasto de cada área y Departamento, poniéndose

en contacto con los coordinadores o jefes de los mismos si fuese necesario un mayor ajuste del gasto realizado.

• El presupuesto constará de 2 partes: Parte A: Gastos corrientes de los Departamentos: cantidad destinada a aquellos gastos fundamentales y necesarios para el desarrollo curricular de las enseñanzas respectivas de cada Departamento. Dentro de este apartado se encontrarían gastos del tipo:

- Fotocopias realizadas para los exámenes del alumnado. - Consumibles informáticos utilizados en los departamentos (cartuchos de tinta, tóner de

impresoras, etc.). - Materiales de oficina variados. - Cualquier otro material fungible específico que necesite algún departamento

(compuestos químicos, material para proyectos, utensilios de dibujo, etc.). Para la estimación de dichas cantidades se tendrá en cuenta:

A.1. El análisis y justificación del gasto en cursos anteriores por parte de cada Departamento. A.2. Los departamentos y aulas específicas para el reparto son las siguientes:

CENTROS DE GASTO DE DEPARTAMENTOS, AULAS ESPECÍFICAS Y PROGRAMAS y PROYECTOS DESARROLLADOS EN EL CENTRO

DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS ► Área socio-lingüística

▪ Departamento de Lengua Castellana y Literatura ▪ Departamento de Ciencias Sociales, Geografía e Historia ▪ Departamento de Inglés

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▪ Departamento de Francés► Área científico-tecnológica

▪ Departamento de Matemáticas▪ Departamento de Ciencias de la Naturaleza▪ Departamento de Tecnología

► Área artística▪ Departamento de Educación Plástica y Visual▪ Departamento de Música▪ Departamento de Educación Física

OTROS DEPARTAMENTOS ▪ Gastos generales de los Departamentos y Tutorías▪ Departamento de Religión/Atención Educativa▪ Aula de Pedagogía Terapéutica▪ Departamento de Orientación▪ Departamento de Actividades Complementarias y extraescolares▪ Departamento de Formación, Evaluación e Innovación Educativa

PROGRAMAS Y PROYECTOS ▪ Centro Bilingüe▪ Tecnologías de la Información y Comunicación▪ Coeducación▪ Convivencia/Escuela Espacio de Paz

A.3. Se partirá de un porcentaje del presupuesto consolidado revisado para gastos defuncionamiento ordinarios (25%), considerando tal presupuesto como la cantidad finalrecibida en este apartado el curso anterior descontando la cantidad asignada a la Biblioteca yla cantidad reservada para adquisición de material inventariable. De esta cantidad seextraerán las cantidades destinadas a los gastos generales de Departamentos y Tutorías (2%),así como de Programas y Proyectos desarrollados en el Centro (5%) y otros Departamentossin docencia directa sobre el alumnado (3%).A.4. La estimación presupuestaria de los Departamentos se utilizará para un control internodel gasto y no será comunicada a los mismos, evitándose de esta manera la tendencia a haceruso del importe íntegro de dicho presupuesto aunque no exista una necesidad totalmentejustificada. Así, los distintos Departamentos irán comunicando sus necesidadespuntualmente para que sean estudiadas y se dé su aprobación o se desestime.A.5. No podrá adquirirse material inventariable con cargo a las cantidades asignadas en esteapartado A, aunque estas no se utilicen en su totalidad. Para la adquisición de materialinventariable por parte de los Departamentos se seguirán las indicaciones dadas másadelante.A.6. Las cuentas del curso escolar se cierran el 30 de junio, menos los gastos derivados delos exámenes extraordinarios. Por motivos de organización a la hora del cierre del ejercicioeconómico, no se admitirá ningún gasto realizado posterior a esa fecha. Se pide por tantoque los Departamentos y aulas específicas planifiquen la adquisición de los materialesnecesarios durante el curso.A.7. Las cantidades de este apartado que no sean utilizadas en un ejercicio económicopasarán a formar parte del remanente general del centro para gastos de funcionamientoordinarios del próximo ejercicio.

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Parte B: Gastos en material inventariable de las Áreas de competencia y los Departamentos: cantidad destinada a cubrir las necesidades de uso específico de cada Área y Departamento. Para la asignación de dicha cantidad se tendrá en cuenta lo siguiente:

B.1. La necesidad de ajustar el gasto total en este concepto al porcentaje del 10% delpresupuesto de Gastos de Funcionamiento del Centro, previa aprobación del ConsejoEscolar, teniendo en cuenta que en esta partida hay que incluir el material inventariablegeneral del IES.B.2. Existe la posibilidad de adquirir material inventariable con cargo al presupuesto deInversiones del Centro, aunque las cantidades percibidas para este fin no son muy altas y esnecesario invertirlas en otro tipo de trabajos relativos al mantenimiento y la conservación delas instalaciones del Centro (pintura, reformas, etc.), por lo que, salvo necesidades extremas,no se considerarán estas cantidades para la adquisición de material inventariable por losDepartamentos. Actualmente ni siquiera se recibe dotación económica de la partida deinversiones.B.3. No obstante, si así se decidiera en reunión de ETCP, podría optarse por dedicar unaparte o incluso la cantidad integra de este apartado B para adquirir material inventariable deuso general del centro (proyectores para las aulas, mobiliario de uso docente, etc.).B.4. La comunicación del material inventariable solicitado por el Área o el Departamento alEquipo Directivo, con el objetivo de:

- En un primer lugar, solicitar el correspondiente informe de la Delegación Provincialde la Consejería de Educación sobre la inclusión o no del material de que se trate en laprogramación anual de adquisición centralizada de ese centro.

- Y en segundo lugar, en caso de autorizarse la adquisición por parte del Centro, poderprever dichos gastos en la cuenta de gestión del Centro.

2.4.2. Dotación económica para la Biblioteca El plan de cuentas reflejará su dotación económica en el caso de que se dote asignación por

la Administración en el Proyecto de Biblioteca. Cuando no sea el caso, se establece que se dedicará a Biblioteca el 2% del presupuesto

consolidado de gastos de funcionamiento del IES. Dicha cantidad se destinará prioritariamente a la compra de libros, pudiéndose usar,

asimismo, para la mejora de las condiciones de su uso. El profesorado responsable de la Biblioteca podrá proponer al equipo directivo, el aumento

de dicha partida presupuestaria. El momento más apropiado será durante el mes de septiembre para su inclusión en el Presupuesto inicial, aunque se podrá plantear su revisión lo largo del curso.

2.4.3. Dotación económica para la Formación Profesional Básica Las dotaciones económicas correspondientes a la Formación Profesional Básica no quedarán

reflejadas en el plan de cuentas ya que dichas enseñanzas reciben partidas de ingresos propias para gastos de funcionamiento de la Consejería de Educación.

Los gastos ocasionados por dichas enseñanzas se cargarán a dichas partidas, pasando las cantidades sobrantes al finalizar cada ejercicio económico a formar parte del remanente general del centro para gastos de funcionamiento ordinarios del próximo ejercicio.

Hay que considerar aquí también la dotación económica que se recibe para el seguimiento del Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT). Esta dotación se repartirá proporcionalmente entre el profesorado encargado de realizar dicho seguimiento.

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2.4.4. Indemnizaciones por razón del servicio Las indemnizaciones por razones del servicio están fijadas en el Decreto 54/1989 de 21 de

marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, los Decretos 190/1993 de 28 de diciembre, 220/1998 de 20 de octubre y 404/2000 de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto inicial y la Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio.

Según se cita en dicha normativa, los supuestos que darán derecho a indemnización serán los siguientes:

a) Comisiones de servicio. b) Desplazamientos dentro del término municipal por razón del servicio. c) Traslados de residencia. d) Asistencia a sesiones de tribunales de oposiciones, concurso-oposiciones y concursos

para el acceso a la función pública. e) Asistencia a sesiones de comisiones de valoración de concursos para la provisión de

puestos de trabajo. f) Colaboración con carácter no permanente ni habitual en las actividades de los órganos

de la Administración de la Junta de Andalucía responsables de la formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

En los casos contemplados en los apartados anteriores, las cuantías de las indemnizaciones serán las siguientes:

- Cuando el profesor o profesora deba utilizar su vehículo propio para los desplazamientos se abonará 0’19 €/km.

- Cuando el profesor o profesora se vea obligado a realizar alguna comida, almuerzo, cena o ambas fuera de la localidad del centro de trabajo. Se abonará media manutención (20,41 €) para una comida y manutención completa (26,67 €) para ambas comidas.

- Cuando el profesor o profesora se vea obligado a pernoctar fuera de su domicilio habitual. Se abonará manutención pernoctando (40,82 €).

De manera general, no se abonaran indemnizaciones por razón de servicio relacionados con actividades complementarias y extraescolares ya que estas actividades no se corresponden con ninguno de los supuestos recogidos en la normativa. No obstante, la participación del profesorado en estas actividades nunca conllevará ningún gasto económico individual ya que, como se explicará en el siguiente punto, será el propio alumnado el que deberá aportar las cantidades correspondientes al profesorado acompañante. En los casos en los que esto no fuera posible, el Centro solicitará las facturas correspondientes a los gastos del profesorado acompañante a las empresas organizadoras de las actividades (transporte, entradas, etc.), realizándose el reintegro posterior directamente al profesorado mediante transferencia bancaria a su cuenta personal.

Por otro lado, la asistencia a jornadas, reuniones, etc., convocadas por Centros de Profesorado u otros órganos competentes tampoco darán lugar a indemnización cuando ya se hallen retribuidas, o indemnizadas mediante las llamadas “bolsas de estudio”, por dicho órgano.

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2.5. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DE LOS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS O PRIVADOS

La normativa permite que los centros gestionen otras fuentes de financiación al margen de los ingresos provenientes de la Administración Educativa.

Estos ingresos están contemplados en el plan contable de SENECA en dos tipos: • Ingresos por recursos propios: Son todos aquellos que se generan a partir de un servicio que

presta el Centro generalmente al alumnado como son fotocopias, agendas, etc., y a cualquierentidad que cumpla los requisitos para hacer uso de las instalaciones del Centro.

• Ingresos de otras entidades: Son entidades que por diferentes motivos es más o menosprevisible que realicen algún ingreso al Centro.

Los criterios para la obtención de los ingresos son:

• Para los servicios dirigidos al alumnado:o Posibilitar la edición de material educativo de especial relevancia: agenda y revista.o Posibilitar el arreglo y sobre todo la acción educativa mediante la reposición de un daño

causado por un uso inadecuado o por un acto vandálico, mediante el pago íntegro delarreglo, de acuerdo con la ley y el artículo 35.2c del decreto 85/1999.

o Posibilitar la adquisición de fotocopias que de manera extraordinaria, de forma que noestén dirigidas a la realización de pruebas o material de administración y/ocomunicaciones con los tutores legales, sean puestas a disposición del alumnado por losdistintos profesores o profesoras. Para ello se habilitará un carné de fotocopias (por unimporte de 0,03 €/copia) para agilizar el trabajo de las ordenanzas del centro.

o Posibilitar que el alumnado se quede en posesión de material educativo que hayagenerado, como maquetas, trabajos, etc., mediante el abono del material aportado por elCentro.

o Reponer los libros de texto que hayan sido extraviados o deteriorados en exceso porparte del alumnado. En este punto viene siendo norma generalmente aplicada la de pedir20 € por libro que no sea convenientemente repuesto, aunque en el Reglamento deOrganización y Funcionamiento se establecerán las sanciones concretas para estoscasos.

o Guardar y gestionar el pago de actividades extraescolares. Como norma, las excursioneslas paga el alumnado, bien directamente, o mediante actividades destinadas a larecaudación para tal fin. Por ello todo dinero ingresado para este concepto se reintegraal completo, no registrándose en la gestión económica de la aplicación SENECA. Losgastos de las actividades extraescolares ocasionados al profesorado acompañantetambién deberán contemplarse en las cantidades aportadas por el alumnado. Cuandofinalice cada ejercicio económico, las cantidades sobrantes si se registrarán en laaplicación SENECA.

o El seguro escolar no se considera ingreso propio del Centro ya que aunque el alumnadode 3º y 4º de ESO y de 1º y 2º de FPB lo ingresa en la cuenta del Centro, estascantidades son retiradas más tarde por la Consejería de Educación. Aún así, los ingresosy su posterior retirada serán registrados en la aplicación SENECA.

• Derivados de entidades:o Cajas y Bancos: Obra social de Cajas para actividades y material educativo en el

Centro.

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o Asociación de Padres y Madres de Alumnos:- Colaborar en la realización de actividades complementarias y extraescolares.- Posibilitar la edición de material educativo de especial relevancia: agenda y revista.

o Ayuntamiento:- Financiar actividades conjuntas.- Dotar al Centro de subvenciones o becas, en su caso.

o Canon de la Cafetería del Centro.

3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONESY DEL EQUIPO ESCOLAR

3.1. MEDIDAS DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS Y LOS MEDIOS MATERIALES

La naturaleza de un centro de educación secundaria hace necesario que se le dé una especial relevancia a este punto. Esto es debido sobre todo a dos aspectos: por una parte por ser un edifico en el que se desarrollan una gran cantidad de actividades educativas, en muy diversos espacios, con un continuo flujo humano en su interior y en los exteriores, del orden de 700 personas. Y por otra parte el aspecto educativo que debe imperar en todas las acciones que se lleven a cabo en el Centro, encaminado a educar al alumnado en el buen uso y respeto de todos los bienes y especialmente los de carácter público.

Por todo ello, se detallan a continuación, un conjunto de medidas orientadas a la conservación del edificio y sus exteriores y de todos los medios materiales del Centro; y que nacen con la intención de involucrar en dicho objetivo a todos los usuarios del mismo.

Con carácter general se establecen las siguientes medidas: • Vigilancia permanente de todos los medios materiales y espacios del Centro con la doble

intención de reparar y de educar, tomando medidas con las personas responsables, si es el caso.• Organizar actividades tendentes a hacer participes al alumnado en la decoración del Centro y en

la elaboración de las normas de uso de todos los medios y espacios, y a potenciar premiando yfavoreciendo los buenos hábitos de uso y de higiene.

• Mantener el Centro en las mejores condiciones de habitabilidad, seguridad y confort.

3.1.1. Espacios y recursos didácticos

• Normas de usoEn el ROF se detallan las normas de uso general de todas las aulas y las de las aulas

específicas, laboratorios y salas comunes.

• Mantenimiento y mejorasPara favorecer el rápido y eficaz arreglo de cualquier desperfecto o mejora en las

instalaciones del Centro se establece una relación a largo plazo con una persona autónomacapaz de realizar muy diversos trabajos en esas condiciones.

En el ROF se establece el procedimiento para informar sobre cualquier desperfecto,por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa.

• Medidas educativaso Elaboración y aplicación de las normas de aula.

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o Informe trimestral sobre el estado del aula.o Campañas educativas para el uso de los puntos limpios.o Plan de medida preventivas: arreglo y/o limpieza de lo realizado por algún/a alumno/a.o Aplicación del ROF, implicando al/la alumno/a en la realización de tareas de

mantenimiento y limpieza.

3.1.2. Instalaciones

• Calefacción centralizada: Revisiones reglamentarias, programación adecuada al uso de lasinstalaciones del centro según la época del año y previsión del consumo para elcorrespondiente llenado del depósito de gasoil.

• Sistema anti-incendios: Revisión anual de todos sus componentes: alarma central,pulsadores de emergencia, mangueras, extintores y dispositivos de extracción de agua deemergencia (bomba de extracción y grupo electrógeno).- Revisión anual del depósito de agua enterrado junto al depósito de gasóleo y revisiones

periódicas de la boya, que puede romperse y provocar un gasto innecesario de agua.- Arranques periódicos del grupo electrógeno encargado de alimentar la bomba de

extracción de agua en caso de corte eléctrico, para comprobar su funcionamiento.- Arranques periódicos de la bomba de extracción de agua, utilizando del colector de

pruebas que devuelve el agua al depósito general, para comprobar su funcionamiento.• Sistema de alarma general del centro: Revisiones periódicas, actuaciones previstas en caso

de que salte el sistema de alarma y llamadas a la empresa adjudicataria cuando dé problemaspor rotura o mal funcionamiento de algún componente.

• Ascensor: Revisiones periódicas y reglamentarias.• Aire acondicionado: Limpieza de los filtros una vez al año.• Iluminación: Revisiones periódicas y reposición de luminarias defectuosas. Modificaciones

en el temporizador que controla las luces exteriores del edificio exento y en el de la pérgolaque comunica administración con el aulario para adecuar el horario de encendido a lasnecesidades reales de su uso y evitar consumos innecesarios.

• Instalación eléctrica: Revisiones periódicas y reposición de componentes defectuosos.• Revisiones periódicas de las terrazas del edificio ya que por la construcción defectuosa se

forman charcos importantes en caso de lluvias aunque no estén obstruidas las salidas, alencontrarse estas a unos diez centímetros de altura sobre el nivel de las terrazas.

• Limpieza periódica de las rejillas del centro.• Revisión periódica de las vallas exteriores por los desperfectos que puedan surgir.• Conservación y mantenimiento general de las zonas ajardinadas del centro y tala de los

árboles situados en los patios exteriores.• Arreglo de bombines rotos de las puertas y renovación de llaves por roturas o pérdidas.• Limpieza del centro: Control y exigencias a la empresa adjudicataria para que se realice

eficazmente las tareas que vienen especificadas en el contrato. Anualmente hay que llevar acabo una limpieza específica contra roedores, insectos y gérmenes. Por otro lado, hay queavisar a la empresa adjudicataria para que se realice una limpieza general del centro laúltima semana de agosto para que este se encuentre en buenas condiciones a la llegada delalumnado para realizar las pruebas extraordinarias de septiembre.

• Limpieza extraordinaria de verano con repaso de pintura en las aulas en las que seanecesario.

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3.2. RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ESCOLAR

3.2.1. Principios generales Ante cualquier propuesta de renovación, mejora o de implantación de los medios materiales,

instalaciones y del edificio del Centro, cuyo procedimiento se detalla en el siguiente punto; los principios generales recogidos más abajo deben orientar la decisión final sobre su aprobación o priorización, si es el caso:

i. Poner en uso, mediante el arreglo o la actualización, aquellos medios y/o recursos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades del Centro.

ii. Mejorar las condiciones de seguridad y confort de todos los usuarios del Centro. iii. Preservar todos los medios materiales del Centro. iv. Propiciar y favorecer la innovación educativa, mediante el uso de nuevas tecnologías.

3.2.2. Procedimientos de renovación Cualquier miembro de la comunidad educativa podrá realizar una propuesta de renovación y

mejora de las instalaciones y del equipamiento escolar según el siguiente procedimiento.

A) Profesorado: A título personal o para aquellas cuestiones derivadas del funcionamiento normal del

Centro, y por lo tanto, contempladas en el Presupuesto del Centro: 1º) Se trasladará al Secretario del Centro. A-1) Para las peticiones presupuestarias del Departamento: Se realizarán a través del Jefe de Departamento y se dirigirán al ETCP, para las revisiones de la dotación económica mínima establecida para su funcionamiento. A-2 Para las peticiones de material Inventariable del Departamento: Se realizarán a través del Jefe de Departamento y se dirigirán al Equipo Directivo. Se indicarán en la Memoria Final para su estudio.

B) Peticiones del Alumnado: 1º) Se trasladará al Secretario del Centro. A nivel de tutoría: A través de tutor, actuando el delegado de grupo como portavoz. A nivel de Centro: A través de sus representantes en el Consejo Escolar.

C) Peticiones de las Familias: 1º) Se canalizará a través de la AMPA, la cual lo trasladará al Secretario.

D) Peticiones del Personal de Administración y Servicios: 1º) Se trasladará al Secretario del Centro.

Para todos los apartados anteriores (A, B, C y D) El Secretario resolverá en aquellas propuestas derivadas del funcionamiento normal del

Centro, y por lo tanto, contemplado en el presupuesto del Centro. Para ello se debería usar un parte de mantenimiento, cuando corresponda.

Para las propuestas de otro tipo o no contempladas en el presupuesto del Centro, las trasladará al Equipo Directivo (actualmente de forma oral) pero se podría realizar la petición por escrito del interesado, en el Registro del Centro y dirigidas al Secretario del Centro.

• El Equipo Directivo: Decidirá sobre su elevación al Consejo Escolar. • La Comisión Permanente: Decidirá sobre su inclusión, o no, en el presupuesto.

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3.3. ACTUACIONES PRIORITARIAS EN LOS PRÓXIMOS AÑOS - Estudio de los sistemas de iluminación y calefacción para analizar la posibilidad de

sustitución por otros de mayor eficiencia energética.- Continuar con la mejora y conservación de los jardines y recintos exteriores del centro.- Adecuación de los espacios vallados situados entre el edificio exento y el gimnasio y entre el

gimnasio y la calle para otros usos útiles.- Mejoras en la Cafetería del Centro.

4. PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUALGENERAL DEL CENTRO

El art. 12 de la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores de los Centros, regula los registros de inventarios anuales:

A. El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centroincluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan. Tendrá carácter dematerial inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipoinformático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible,máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.

B. El Registro de inventario se confeccionará mediante la base de datos facilitada por la Juntade Andalucía, teniendo en cuenta lo siguiente:

a. Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de materialinventariable.

b. Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro.c. Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del

centro.d. Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja.e. Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus

características técnicas.f. Dependencia de adscripción: Departamentos o unidades organizativas a las que se

adscribe el material de que se trate.g. Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de

que se trate.h. Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la

incorporación al centro del material de que se trate.i. Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado.

C. Independientemente del Inventario General del centro, existirán inventarios auxiliares pordepartamentos, talleres y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materialesexistentes en dicha unidad así lo aconsejen. Por sus especiales características, existirátambién una base de datos de inventario de biblioteca, que recoge los libros que pasen aformar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.

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4.1. PROCEDIMIENTOS, RESPONSABLES Y PLAZOS

• Es responsabilidad de cada jefe/a de áreas de competencia y de departamento mantener aldía el inventario de su departamento. En la última sesión del ETCP, a celebrar en junio, cadajefe/a de departamento deberá entregar los inventarios indicados más arriba, debidamentefirmados, con las altas y bajas en el inventario de su departamento en el curso que finaliza,incluso si no hay novedades, poniéndolo en conocimiento mediante esa afirmación.

• En el caso de la biblioteca, lo es el/la profesor/a responsable de la misma.• Los tutores de cada grupo revisarán el inventario del aula a final de curso, comparándolo

con el que les será entregado por Secretaría para detectar posibles movimientos de artículos.• El/la Secretario/a para los equipos y materiales de uso general del Centro.

El/la Secretario/a del Centro los recopilará y encuadernará junto con el resto de altas y bajasdel inventario general del Centro, para su aprobación junto con los demás registros contables en Consejo Escolar, antes de día 30 de septiembre de cada año académico.

4.1.1. Plazo para la realización del inventario general del Centro En el curso escolar 2011/2012, en el que el presente Equipo Directivo tomó posesión del

cargo, el inventario del Centro no se encontraba en una situación muy apropiada ya que: − se realizaba de forma manual, por lo que era muy difícil su consulta y la localización

práctica de un artículo era casi imposible.− en los últimos cursos académicos no se había realizado su adecuada actualización, ni

altas ni bajas, causado principalmente por la breve estancia de muchos miembros de losdistintos Departamentos.

Por todo ello, el Equipo Directivo se planteó un periodo de tres años para su correcta actualización e informatización.

4.1.2. Utilización de una aplicación informática común A lo largo de los cursos 2011/2012 y 2012/2013 se puso en funcionamiento una herramienta

informática, contratada por el Centro a la misma empresa de la herramienta de control y gestión de los libros de texto del Programa de Gratuidad. Esta decisión se tomó ante la falta de creación del módulo de gestión de inventario integrado en el programa de gestión Séneca, consiguiéndose realizar la actualización del inventario general del Centro en un año menos del periodo fijado inicialmente.

Finalmente, en el curso 2013/2014, la Consejería de Educación, tras el informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía de mayo de 2013, habilitó el citado módulo, dándose orden de actualizar el inventario de los centros usando dicha herramienta. El gran problema planteado en ese momento fue que los datos que se trasladaron a la base de datos contemplaban todo el material inventariable suministrado a los centros desde que se lleva control del mismo, existiendo todavía objetos inventariados de la década de los 80 y 90. En nuestro Centro, tras la reforma realizada en el año 2007, prácticamente todo ese material fue sustituido, por lo que nos encontramos con un inventario completamente ficticio e incoherente. Tras conversaciones telefónicas mantenidas con diversos organismos de la Consejería y, sin poder confirmar ninguna de las actuaciones a llevar a cabo porque nadie sabía exactamente que había que hacer, sacamos en conclusión que lo más urgente era dar de baja todo el material inventariable obsoleto que fue retirado del centro antes de la reforma y actualizar poco a poco el resto de material.

En conclusión, en los anexos VII y VII-Bis de altas y bajas del registro de inventario, que por primera vez aparecen en la documentación del cierre del ejercicio económico 2013/2014, tal y

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como exige la normativa, pero que anteriormente no se habían podido editar por no existir la herramienta adecuada para ello, aparecen un gran volumen de bajas de material. A partir de este momento se darán de alta todos aquellos objetos que se vayan adquiriendo y se actualizarán los objetos adquiridos durante los últimos años.

5. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DELINSTITUTO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE

5.1. OBJETIVOS

1. Cumplir de manera estricta la normativa general con respecto a la gestión económica.

2. Realizar una gestión sostenible y eficiente de todos los recursos del Centro y de susresiduos, compatible con el medio ambiente.

3. Hacer partícipe a toda la comunidad en la reflexión, diseño y aplicación de medidasconcretas para conseguir el objetivo fundamental anterior.

5.2. MEDIDAS PARA CONSEGUIR DICHOS OBJETIVOS

Regular en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro el uso de los medios materiales del Centro, el consumo en general de cualquier bien, con especial atención al uso de las instalaciones energéticas.

Establecer un procedimiento anual para que la comunidad educativa realice una reflexión sobre el uso que hacemos de las instalaciones del Centro y de todos los medios materiales y de los residuos que generamos, para poner en práctica medidas concretas.

Se establecen una serie de medidas que favorezcan el ahorro y la contención del gasto: • Petición conjunta de material de oficina para todo el Centro, en la medida que sea posible.• Petición de al menos 2 presupuestos para todas las compras del Centro de cierta cuantía.• Para controlar el consumo de fotocopias en el Centro: se llevará un control del consumo

realizados en el Centro por departamentos, personal de la Comunidad Educativa, etc.,propiciando con ello una conciencia que favorezca un consumo razonable.

• Posibilitar una recogida selectiva de todos los residuos del Centro. Para ello se dotará alCentro de la infraestructura necesaria y se regularán en el ROF sus normas de uso.

• Adoptar una serie de criterios para adquirir cualquier equipo o maquinaria (impresora,fotocopiadora, etc.). Debiendo considerarse este aspecto como muy importante en cualquierdecisión que se tome al respecto.

• Usar equipos y medios de buena calidad, fiables y duraderos debido al uso multitudinario ydiario, eficientes en cuanto a gasto energético, y reconocidos por bajo impacto ambiental ensu obtención, vida y posterior reciclaje.

• Retirada por parte de la empresa proveedora de los tóner de impresoras usadas.• Ocasionalmente, y cuando sea necesario desprenderse de material informático o eléctrico

estropeado u obsoleto, el responsable de mantenimiento lo llevará al punto limpio deLucena.

Con respecto a la selección de proveedores, se seguirán los siguientes criterios: Proveedor incluido en el catálogo general de proveedores de la Junta de Andalucía.

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Relación calidad/precio. Cuando la actuación lo requiera se solicitarán tres presupuestospara la misma y se procederá a su comparación.

Rapidez de actuación, según las necesidades específicas del caso concreto. Cordialidad y transparencia en el trabajo. Proximidad al centro educativo, teniendo preferencia los proveedores de la misma localidad

o de poblaciones cercanas.

Por último, y en relación al procedimiento administrativo a seguir para la adquisición de cualquier bien o a la contratación de un servicio, que respete el límite de 15.000 € (IVA excluido) que no puede superarse en cualquier operación o conjunto de operaciones con un proveedor que limita legalmente los contratos de obra menor que pueden ser firmados por los directores de los centros, ni la duración de un año, ya sea para el alquiler o el abono fraccionado en el caso de la adquisición, se tramitará la siguiente documentación: Acuerdo de iniciación de expediente, necesidad de contratación y aprobación del gasto

firmada por el Director del centro (Doc_1). Pliego de prescripciones técnicas a las que deberá acogerse el proveedor que quiera optar a

la adjudicación del servicio, firmado por Director del centro (Doc_2). Tras la selección del proveedor siguiendo los criterios contemplados con anterioridad, el

mismo deberá firmar una declaración responsable de tener capacidad para contratar(Doc_3).

Documento administrativo de formalización de contrato con empresas o con autónomos,según proceda, firmado por el director y por el contratista (Doc_4A y Doc_4B).En caso de no disponerse de este documento porque el proveedor no sea un proveedorhabitual las facturas asociadas a la adquisición del producto deberán ser firmadas (recibí yconforme) por el Director del Centro, dándose con esto aprobación al gasto y autorizaciónpara el abono del mismo. También deberán firmarse las facturas a partir del momento en elque el gasto global acumulado con dicho proveedor exceda a la cantidad total aprobada parael mismo.

Los modelos de dicha documentación pueden encontrarse en el Anexo I al final de este documento.

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ANEXO I

MODELOS DE DOCUMENTACIÓN A UTILIZAR EN LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

ACUERDO DE INICIACIÓN DE EXPEDIENTE, NECESIDAD DE CONTRATACIÓN Y APROBACIÓN DEL GASTO

Nº EXPEDIENTE: FECHA: TIPO CONTRATO: CONTRATO MENOR DE OBRA – SERVICIO - SUMINISTRO

(Indicar el que proceda)

OBJETO: (Descripción del objeto del contrato)

Tramitación del expediente: ORDINARIA, por Acuerdo de fecha URGENTE, por Acuerdo de fecha

Procedimiento y forma de adjudicación: ABIERTO OTROS

Mediante: UN CRITERIO VARIOS CRITERIOS (especificar)

1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN€ IVA incluido

2. PARTIDA PRESUPUESTARIA:Asignaciones presupuestarias para gastos de funcionamiento del IES Miguel de Cervantesde Lucena (Córdoba) del curso académico 201_/201_

3. NECESIDAD DE CONTRATACIÓN:(Describir brevemente el motivo por el cual es necesario hacer la contratación)

4. INICIACIÓN DE EXPEDIENTE Y APROBACIÓN DEL GASTO:Declarando que existe insuficiencia de medios personales y materiales para su ejecución y lano conveniencia de ampliar los existentes, y para dar cumplimiento a los artículos 116, 117y 118 (y 119 en expedientes de Urgencia) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratosdel Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017), esta Dirección del IES Miguel de Cervantes

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de Lucena (Córdoba), en virtud de las competencias delegadas en materia de contratación administrativa por la Orden conjunta de 10 de mayo de 2006, ACUERDA:

- La iniciación del expediente de contratación de la obra–servicio–suministro (Indicar el queproceda) arriba citado.

- La aprobación del gasto de ( (indicar cantidad en letra) euros) (indicarcantidad en número) €, para lo que existe crédito adecuado y suficiente dentro de lasasignaciones presupuestarias de Gastos de Funcionamiento del curso escolar 201_/201_.

- La adjudicación en la forma y procedimiento reflejado en la parte expositiva anterior.

En , a _ de de 201_ EL/LA DIRECTOR/A DEL _ (P.D. Orden 10.05.2006; BOJA 99 de 25.05.2006)

Fdo.:

MODELO DE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Nº EXPEDIENTE: FECHA: TIPO CONTRATO: CONTRATO MENOR DE OBRA – SERVICIO - SUMINISTRO

(Indicar el que proceda)

OBJETO: (Descripción breve del objeto del contrato)

1. OBJETO DEL SERVICIO(Descripción detallada del objeto del contrato)

2. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN(Descripción del presupuesto de licitación del objeto del contrato)

3. FORMA DE PAGO(Descripción de la forma de pago del objeto del contrato)

4. CONDICIONES TÉCNICAS(Descripción de las condiciones técnicas del objeto del contrato)

5. FECHA DE EJECUCIÓNEl plazo de vigencia de este expediente será de doce meses a contar desde la firma delcontrato por parte del licitador, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 denoviembre, de Contratos del Sector Público.

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6. LUGAR DE EJECUCIÓN (Descripción de lugar de ejecución del objeto del contrato)

7. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Los criterios que servirán de base para la adjudicación del concurso, por orden decreciente de importancia serán los siguientes:

• Precio, hasta puntos. • Mejoras introducidas en las prestaciones y características de la oferta, hasta puntos. • (Otros criterios que se crean convenientes)

En , a _ de de 201_ EL/LA DIRECTOR/A DEL _ (P.D. Orden 10.05.2006; BOJA 99 de 25.05.2006)

Fdo.:

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR

D/ª , provisto de DNI nº con residencia en de la localidad de provincia de , en nombre propio o de la empresa que representa, DECLARA bajo su responsabilidad y ante el órgano que gestiona el contrato de: .

- Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades,

conforme al artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como de no formar parte de los órganos de gobierno o administración persona alguna a las que se refiere la Ley 3/2005 de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración andaluza.

- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente al Estado y a la Comunidad Autónoma de Andalucía, y con la Seguridad Social.

En , a _ de de 20__ (Firma del licitador)

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DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATO CON EMPRESAS

Nº EXPEDIENTE: FECHA:

OBJETO: (Descripción breve del objeto del contrato)

En la ciudad de en la fecha arriba expresada, se reúnen las siguientes personas intervinientes:

De una parte, D/Dª. (Director/a), en nombre y representación de la Dirección del IES Miguel de Cervantes de Lucena (Córdoba), cargo para el que fue nombrado mediante Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en Córdoba de fecha (Fecha de nombramiento del director/a), en virtud de la Orden conjunta de las Consejerías de Educación y de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de 10 de mayo de 2006 (BOJA nº 99 de 25.05.2006).

De otra parte, D/Dª. (Nombre del proveedor o representante de la empresa que firma el contrato), en nombre y representación de la empresa

(Empresa), con NIF/CIF nº (NIF de la empresa), domiciliada en (Domicilio de la empresa) , actuando en calidad de (administrador, gerente, director, etc – indicar lo que proceda), según escritura otorgada ante el notario D. de la localidad de

, bajo el número de protocolo de , que se adjunta al presente contrato.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal para suscribir el presente Contrato Administrativo de (Obra, Servicios o Suministros, indicar el que proceda) con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS:

PRIMERA.- El presente contrato tendrá carácter administrativo conforme al artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

SEGUNDA.- El Objeto del contrato sería (Descripción del objeto del contrato). La empresa adjudicataria (Nombre de la empresa) se compromete a la realización del contrato con estricta sujeción a las Prescripciones Técnicas, que declara conocer y aceptar plenamente, derivándose los derechos y obligaciones correspondientes.

TERCERA.- El importe global del contrato asciende a (Indicar el importe total del contrato), IVA y demás impuestos no incluidos, que se abonarán con cargo a las asignaciones presupuestarias para gastos de Funcionamiento del IES Miguel de Cervantes de Lucena (Córdoba), del ejercicio económico del curso _. El contratista facturará por el importe total del contrato una vez finalizada la obra, suministro o servicio.

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CUARTA.- El lugar de ejecución del presente contrato será en (Indicar lugar donde se realizará el objeto del contrato). El plazo de ejecución del contrato se establece en

meses, (desde _ hasta el ).

QUINTA.- Los precios estipulados en el presente contrato no podrán ser objeto de revisión.

SEXTA.- El contratista adjudicatario hace sumisión expresa a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

SEPTIMA.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa en virtud de la delegación de competencias, como expone el artículo nº 19 de la precitada Orden conjunta de 10 de mayo de 2006, pudiendo ser impugnados mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1988 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

OCTAVA.- Ambas partes se someten de modo expreso a la jurisdicción de los tribunales y juzgados de la ciudad de , para cuantas cuestiones derivadas del cumplimiento y ejecución del presente contrato puedan originarse, con renuncia a cualquier otra jurisdicción que pudieran corresponderles.

Para la debida constancia de lo convenido en el presente contrato, se firma el mismo por duplicado ejemplar, entregándose copia del mismo al contratista, el cual afirma no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

POR LA ADMINISTRACIÓN POR EL CONTRATISTA El/La directora/a del IES Miguel de Cervantes P.D. Orden de 10.05.2006

Fdo.: Fdo.:

DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATO CON AUTÓNOMOS

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Nº EXPEDIENTE: FECHA:

OBJETO: (Descripción breve del objeto del contrato)

En la ciudad de en la fecha arriba expresada, se reúnen las siguientes personas intervinientes:

De una parte, D/Dª. (Director/a), en nombre y representación de

la Dirección del IES Miguel de Cervantes de Lucena (Córdoba), cargo para el que fue nombrado mediante Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en Córdoba de fecha (Fecha de nombramiento del director/a), en virtud de la Orden conjunta de las Consejerías de Educación y de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de 10 de mayo de 2006 (BOJA nº 99 de 25.05.2006).

De otra parte, D/Dª. (Nombre del proveedor), como autónomo, con

NIF/CIF nº (NIF del proveedor), domiciliado en (Domicilio de proveedor), actuando en calidad sí mismo, y la presentación de la resolución sobre reconocimiento de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos y modelo 037 de declaración censal que se adjunta al presente contrato.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal para suscribir el presente

Contrato Administrativo de (Obra, Servicios o Suministros, indicar el que proceda) con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS:

PRIMERA.- El presente contrato tendrá carácter administrativo conforme al artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

SEGUNDA.- El Objeto del contrato sería (Descripción del objeto del contrato). D. (Nombre del proveedor) se compromete a la realización del contrato con estricta sujeción a las Prescripciones Técnicas, que declara conocer y aceptar plenamente, derivándose los derechos y obligaciones correspondientes.

TERCERA.- El importe global del contrato asciende a (Indicar el importe total del contrato), IVA y demás impuestos no incluidos, que se abonarán con cargo a las asignaciones presupuestarias para gastos de Funcionamiento del IES Miguel de Cervantes de Lucena (Córdoba) del ejercicio económico del curso _. El contratista facturará por el importe total del contrato una vez finalizada la obra, suministro o servicio.

CUARTA.- El lugar de ejecución del presente contrato será en (Indicar lugar donde se realizará el objeto del contrato). El plazo de ejecución del contrato se establece en meses, (desde hasta el ).

QUINTA.- Los precios estipulados en el presente contrato no podrán ser objeto de revisión.

SEXTA.- El contratista adjudicatario hace sumisión expresa a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

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SEPTIMA.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa en virtud de la delegación de competencias, como expone el artº 19 de la precitada Orden conjunta de 10 de mayo de 2006, pudiendo ser impugnados mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1988 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

OCTAVA.- Ambas partes se someten de modo expreso a la jurisdicción de los tribunales y juzgados de la ciudad de , para cuantas cuestiones derivadas del cumplimiento y ejecución del presente contrato puedan originarse, con renuncia a cualquier otra jurisdicción que pudieran corresponderles.

Para la debida constancia de lo convenido en el presente contrato, se firma el mismo por duplicado ejemplar, entregándose copia del mismo al contratista, el cual afirma no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 272 de 09.11.2017).

POR LA ADMINISTRACIÓN POR EL CONTRATISTA El/La directora/a del IES Miguel de Cervantes P.D. Orden de 10.05.2006

Fdo.: Fdo.: