Plan de acción de la vigencia
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CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRERRÍOS ANTIOQUIA ACUERDO No. 10 DE 2010
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ACUERDO NRO. 10
Noviembre 14 de 2010
"POR EL CUAL SE ADOPTA EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL PRIMERO (1) DE ENERO Y EL (31) DE DICIEMBRE
DE LA VIGENCIA FISCAL DE 2011"
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRERRIOS ANTIOQUIA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la
Constitución Política, Artículos 287 y 313 numeral 5, la Ley 136 de 1994 ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Asignar el monto de los Ingresos del Municipio de ENTRERRIOS para el período comprendido del 01 de Enero al 31 de Diciembre del año 2011 por valor de $5.671'991.000 (CINCO MIL SEISCIENTOS SETENA Y UN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL PESOS)
1. PRESUPUESTO DE INGRESOS 2011 2.011 INGRESOS TOTALES 5.671.991.000 INGRESOS CORRIENTES 5.021.991.000 TRIBUTARIOS 1.991.800.000 Impuesto de Circulación y Tránsito 4.000.000 Impuesto Predial Unificado vigencia Actual 690.000.000 Sobretasa con destino a CORANTIOQUIA vigencia actual 100.000.000 Impuesto de Industria y Comercio de la vigencia actual 600.000.000 Avisos y tableros vigencia actual 38.000.000 Impuesto de Delineación (Licencia de construcción y aprobación planos)
40.000.000
Impuesto de degüello de ganado menor 4.200.000 Sobretasa a la gasolina 240.000.000 Estampilla pro cultura 34.000.000 Estampilla Pro-Hospital 13.600.000 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público 150.000.000 Contribución sobre contratos de obras públicas 78.000.000 NO TRIBUTARIOS 3.030.191.000 Multas y sanciones 17.200.000 Tránsito y transporte 900.000 Multas establecidas en el Código Nacional de Policía 1.000.000 Sanciones Urbanísticas 1.300.000 Otras Multas De Gobierno 14.000.000 Venta de bienes y servicios 43.000.000 Expedición de certificados y constancias 14.000.000 Otras ventas de servicios 15.000.000 Licencia de transporte de ganado 14.000.000 Rentas Contractuales 128.000.000
CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRERRÍOS ANTIOQUIA ACUERDO No. 10 DE 2010
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Arrendamientos de bienes muebles e inmuebles 65.000.000 Alquiler de maquinaria y equipos 33.000.000 Otras rentas contractuales 30.000.000 TRASFERENCIAS 2.841.991.000 Transferencias para Funcionamiento 425.800.000 Del Nivel Nacional 348.800.000 Sistema General de Participaciones: Libre destinación de Participación de Propósito General (Municipios categoría 4, 5 y 6)
348.800.000
Del Nivel Departamental 77.000.000 Participación en el impuesto de vehículos automotores (20%) 12.000.000 Transferencia sector eléctrico 10% para libre destinación del orden Departamental
65.000.000
Transferencias para Inversión 2.416.191.000 Sistema General de Participaciones 1.666.791.000 S. G. P. Educación - Calidad 116.800.000 S. G. P. Educación - Gratuidad 29.758.000 S. G. P. Salud - Régimen subsidiado continuidad 427.248.000 S. G. P. Salud - Salud pública 34.490.000 2.6.2.1.2.3.2 S. G. P. Salud - Aportes patronales (Sin situación de fondos) (Municipios certificados)
164.222.000
Sistema General de Participaciones Alimentación escolar 15.321.000 S.G.P. - Agua Potable y Saneamiento Básico 316.773.000 S.G.P. - Deportes 57.013.000 S.G.P. - Cultura 42.760.000 S.G.P. - Propósito General Libre Inversión 462.406.000 Diferentes a SGP 749.400.000 Del nivel Nacional 164.400.000 Fondo de Solidaridad y Garantías -FOSYGA régimen subsidiado
160.000.000
Empresa territorial para la salud -ETESA- 75 % - Para inversión en salud de acuerdo al articulo 60 de la ley 715 de 2001
4.400.000
Transferencias de Empresas del orden Departamental 585.000.000 Transferencia sector eléctrico 90% para inversión del orden Departamental
585.000.000
TOTAL UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS 650.000.000 ACUEDUCTO 350.000.000 Cargo Fijo Acueducto 350.000.000 ALCANTARILLADO 120.000.000 Cargo Fijo Alcantarillado 120.000.000 ASEO 180.000.000 Tarifa Aseo 180.000.000 TOTAL GENERAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 5.671.991.000
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ARTÍCULO SEGUNDO: Asignar el monto de los Egresos del Municipio de ENTRERRIOS para el período fiscal del 01 de Enero al 31 de Diciembre del año 2011, por valor de $5.671'991.000 (CINCO MIL SEISCIENTOS SETENA Y UN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL PESOS)
2. PRESUPUESTO DE EGRESOS 2011 TOTAL PRESUPUESTO GASTOS 5.671.991.000
TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.172.970.928
TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ÓRGANOS DE CONTROL 197.831.930
CONCEJO MUNICIPAL 117.878.180
Gastos de Personal 105.021.722
Servicios personales asociados a la nomina 16.967.513
Sueldos de personal de nómina 13.819.080
Prima de Navidad 1.212.200
Prima de Vacaciones 606.100
Bonificación especial por recreación (2 salarios) 80.813
Auxilio de Alimentación (Dto 667/08) Sueldos inferiores de 1'050,000 522.000
Vacaciones 727.320
Indemnización por vacaciones 0
Servicios personales indirectos 82.398.680
Honorarios de los Concejales 82.398.680
Contribuciones inherentes a la nomina 4.411.812
Aportes para salud sector público 0
Aportes para salud sector Privado 1.745.568
Aportes para pensión sector público 0
Aportes para pensión sector Privado 1.236.444
Aportes ARP 72.136
Aportes para cesantías 1.212.200
Intereses a las cesantías 145.464
Aportes parafiscales 1.243.717
SENA 69.095
ICBF 414.572
ESAP 69.095
Cajas de Compensación Familiar 552.763
Institutos Técnicos 138.191
Gastos Generales 10.356.458
Compra de equipos 3.856.458
Impresos y publicaciones 1.500.000
Modernización Concejo Municipal 5.000.000
Servicios públicos 2.500.000
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Telecomunicaciones 2.500.000
PERSONERÍA MUNICIPAL 79.953.750
Gastos de Personal 65.667.161
Servicios personales asociados a la nómina 49.874.110
Sueldos de Personal de Nomina 41.470.323
Prima de Navidad 3.637.748
Prima de Vacaciones 1.818.874
Bonificación especial por recreación (2 salarios) 242.517
Auxilio de Alimentación (Dto 667/08) Sueldos inferiores de 1'050,000 $37.500
522.000
Vacaciones 2.182.649
Indemnización por vacaciones 0
Contribuciones inherentes a la nomina 12.060.722
Aportes para salud sector privada 3.710.503
Aportes para Pensión sector privada 3.680.996
Aportes para Pensión sector Pública 1.238.633
Aportes ARP 216.475
Aportes para cesantías 2.777.586
Intereses a las cesantías 436.530
Aportes Parafiscales 3.732.329
SENA 207.352
ICBF 1.244.110
ESAP 207.352
Cajas de Compensación Familiar 1.658.813
Institutos Técnicos 414.703
Gastos Generales 14.286.589
Materiales y suministros 0
Capacitación personal 0
Seguro de Vida 3.000.000
Otros Gastos Generales 4.286.589
Telecomunicaciones 4.000.000
Viáticos y gastos de Viaje 3.000.000
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL 1.975.138.998
ALCALDIA MUNICIPAL 652.423.962
Gastos de Personal 652.423.962
Servicios personales asociados a la nomina 628.881.482
Sueldos de Personal de Nómina 512.291.337
Prima de Navidad 44.937.837
Prima de Vacaciones 22.468.918
Vacaciones 26.962.702
Bonificación de Dirección (8 salarios) 22.220.688
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Servicios personales indirectos 23.542.480
Honorarios sesiones extraordinarias del Concejo 23.542.480
SECRETARIA DE HACIENDA 1.322.715.036
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 282.653.674
Sueldos de Personal de Nómina 0
Prima de Navidad 0
Prima de Navidad y Prima Semestral de Jubilados 9.217.818
Prima de Vacaciones 0
Vacaciones 0
Indemnización por Vacaciones 0
Bonificación especial por recreación (2 salarios) 2.995.856
Auxilio de Alimentación (Dto 667/08) Sueldos inferiores de 1'050,000 $43500
10.440.000
Honorarios 60.000.000
Personal Supernumerario 0
Honorarios contratos prestación servicios 130.000.000
Gastos convencionales 0
Pagos Directos de Cesantías Parciales y/o Definitivas 70.000.000
GASTOS GENERALES 631.000.000
Compra de equipos 25.000.000
Materiales y suministros 80.000.000
Combustible 200.000.000
Capacitación Personal Administrativo 0
Impresos y publicaciones 20.000.000
seguros de bienes muebles e inmuebles 50.000.000
Seguro de vida del Alcalde 4.000.000
Seguro de vida de los concejales 10.000.000
Dotación Personal 10.000.000
Impuestos y Multas 2.000.000
Arrendamientos 0
Mantenimiento de maquinaria y equipo 0
Servicios Públicos de Energía 40.000.000
Servicios de Telecomunicaciones 40.000.000
Servicios de Acueducto, alcantarillado y aseo 20.000.000
Viáticos y gastos de Viaje 50.000.000
Otros pagos por convención colectiva 0
Alumbrado Publico 60.000.000
Gastos electorales 5.000.000
Salud Ocupacional 0
Otros Gastos Adquisición de Servicios 0
Otros Gastos Generales 15.000.000
CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA 220.154.456
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Al sector público 13.650.533
Aportes para Pensión 11.220.196
Aportes para salud 2.430.337
Al sector privado 206.503.924
Aportes a la salud de funcionarios de la administración central 43.902.876
Aportes a la salud de Concejales 10.000.000
Aportes para Pensión 53.490.289
Aportes ARP 2.674.161
Aportes para Cesantías 44.937.837
Intereses a las cesantías 5.392.540
SENA 2.561.457
ICBF 15.368.740
ESAP 2.561.457
Cajas de Compensación Familiar 20.491.653
Institutos Técnicos 5.122.913
Transferencias Corrientes 188.906.906
Mesadas Pensionales 55.306.906
Cuotas partes de mesada pensional 20.000.000
Sobretasa ambiental -Corporaciones autónomas regionales 100.000.000
Sentencias y Conciliaciones 0
Estampilla Pro Hospitales Públicos 13.600.000
Pago Déficit De Funcionamiento 0
Causado con anterioridad al 31 de dic. de 2000 0
DEUDA PÚBLICA 485.420.525
AMORTIZACION A CAPITAL 347.918.668
S.G.P. LIBRE INVERSION 35.049.859
Construcción de puente sobre la quebrada la Torura y 14.670.113
Compra y adec. de lotes para programa de vivienda 10.748.076
Construcción de puente sobre la quebrada la torura y 9.631.670
S.G.P. AGUA POTABLE Y S.B. 107.610.858
Saneamiento básico urbano 49.997.073
Acueducto multiveredal 24.280.452
La optimización del acueducto urbano 33.333.333
TRANSFERENCIAS DEL SECTOR ELECTRICO 205.257.951
Compra terreno y construcción vivienda interés social urbana 52.500.000
Findeter construcción escuela en la vereda tesorera 2.746.826
Findeter construcción unidad educativa Guillermo Gaviria 150.011.125
PAGO DE INTERESES 137.501.857
S.G.P. LIBRE INVERSION 1.558.164
Construcción de puente sobre la quebrada la Torura y 423.764
Compra y adec.de lotes para programa de vivienda 200.652
Construcción de puente sobre la quebrada la torura y 933.748
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S.G.P. AGUA POTABLE Y S.B. 36.951.830
Fondo Agua ejecución segunda etapa acueducto y alcantarillado 26.216.030
Saneamiento básico urbano 2.199.713
Acueducto multiveredal 4.760.758
La optimización del acueducto urbano 3.775.329
TRANSFERENCIAS DEL SECTOR ELECTRICO 98.991.863
Compra terreno y construcción vivienda interés social urbana 12.914.571
Findeter construcción escuela en la vereda tesorera 1.547.811
Findeter construcción unidad educativa Guillermo Gaviria 84.529.481
INVERSIÓN 2.363.599.547
CON INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN 305.929.072
Pavimentación y rehabilitación de Vías 80.000.000
Fortalecimiento Institucional 35.000.000
Estudios y Diseños de Proyectos 35.000.000
Programa Clubes Juveniles 4.429.072
Asistencia técnica en procesos de producción, distribución y comercialización, en procesos de desarrollo comunitario.
20.000.000
Planes y proyectos de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico 41.500.000
Restaurante escolar 20.000.000
Subsidios para adquisición de vivienda de interés social 70.000.000
INVERRSION CON SISTEMA GENERAL DE INVERSIONES 1.485.620.289
EDUCACIÓN 146.558.000
Construcción ampliación y adecuación de Infraestructura Educativa 22.300.000
Dotación de material y medios pdagógicos para el aprendizaje: Audiovisuales, Software Educativo, Te
20.000.000
Pago de servicios públicos de las instituciones educativas - Acueducto, Alcantarillado y Aseo
19.000.000
Pago de servicios públicos de las instituciones educativas - Energía 19.000.000
Pago de servicios públicos de las instituciones educativas - Teléfono 6.500.000
Transporte Escolar 30.000.000
Aportes Gratuidad de la Educación 29.758.000
SALUD 625.960.000
RÉGIMEN SUBSIDIADO 427.248.000
Afiliación al régimen subsidiado (Continuidad) 424.548.000
Interventoria del Régimen Subsidiado 1.800.000
Superintendencia de Salud 900.000
COMPLEMENTO PRESTACIÓN DE SERVICIOS A POBLACIÓN POBRE NO AFILIADA
164.222.000
Contratación de servicios de salud con IPSS publicas (Aportes patronales) 164.222.000
SALUD PÚBLICA 34.490.000
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Reducción de enfermedades inmunoprevenibles prevalentes en la infancia 12.000.000
Salud Oral 10.000.000
Fortalecimiento del Plan Nacional de Alimentación y Nutrición 12.490.000
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 172.210.312
Contribución para subsidios de (Acueducto, Alcantarillado y Aseo) a través del FSRI
63.354.600
Rehabilitación de Sistemas de Potabilización del Agua 30.000.000
Reposición de Redes de Acueducto Y Alcantarillado 40.000.000
Plan de ordenamiento y manejo de cuencas (pomca) 12.000.000
Equipos requeridos para la operación de los sistemas de acueducto 15.000.000
Proyectos de gestión integral de residuos sólidos 11.855.712
ALIMENTACIÓN ESCOLAR 15.321.000
Compra de Alimentos 15.321.000
RECREACIÓN Y DEPORTE 57.013.000
Fomento, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre
25.000.000
Construcción, mantenimiento y/o adecuación de los escenarios deportivos y recreativos
20.000.000
Dotación de escenarios deportivos e implementos para la práctica del deporte
12.013.000
CULTURA 42.760.000
Fomento, apoyo y difusión de eventos y expresiones artísticas y culturales 25.000.000
Construcción, mantenimiento y/o adecuación de los escenarios deportivos y recreativos
6.000.000
Dotación de escenarios deportivos e implementos para la práctica del deporte
11.760.000
OTROS SECTORES DE INVERSIÓN 425.797.977
Pago Salarios Comisario de Familia y Sicólogos 30.000.000
Programas de mejoramiento de vivienda de interés social 80.000.000
Apoyo a la Niñez y Adolescencia, Contratación de Talento humano 4.000.000
Apoyo a la Niñez y Adolescencia Adquisición de insumos, suministros y dotación
4.000.000
Programas y proyectos de asistencia técnica agropecuaria 30.000.000
Acciones Humanitarias y Desarrollo Económico para la Población desplazada
4.000.000
Contratación Talento Humano para Atención a la Población discapacitada 15.816.376
Atención Programa de Restaurante Escolar 70.000.000
Contratación del servicio para atención al Adulto Mayor 33.981.601
Adquisición de suministros para atención al Adulto Mayor 15.000.000
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Programas y proyectos de Fortalecimiento Institucional 30.000.000
Apoyo a Grupos Organizados 4.000.000
Actualización y modernización del Catastro 30.000.000
Programas de Seguridad Vial 20.000.000
Acciones para Conservación del Medio Ambiente 10.000.000
Atención y apoyo a la población desplazada por la violencia - Acciones Humanitarias
10.000.000
Prevención y Atención de Desastres 5.000.000
Orden Público y protección ciudadana 10.000.000
Fortalecimiento Institucional 20.000.000
INVERSION CON RECURSOS DE DESTINACIÓN ESPECIFICA 572.050.186
Con recursos de destinación especial de carácter Municipal 407.650.186
FONDO CUENTA DE SEGURIDAD MUNICIPAL 78.000.000
Fortalecimiento y apoyo a la seguridad municipal 78.000.000
SEGURIDAD VIAL 900.000
Campañas de Seguridad Vial 900.000
SECTOR AGROPECUARIO 14.000.000
Proyectos de Inversión con Recursos de Licencias de Movilización de Ganado
14.000.000
ESTAMPILLA PRO CULTURA 34.000.000
Programa de apoyo y fomento de la Cultura 27.200.000
Seguridad Social del Gestor y Creador de la Cultura 6.800.000
TRANSFERENCIAS DEL SECTOR ELÉCTRICO 280.750.186
Conservación, reforestación y protección de microcuencas y fuentes de abastecimiento de aguas, compra de predios.
60.000.000
Reposición de redes de redes Acueducto y Alcantarillado 60.000.000
Construcción de Unidades Sanitarias 50.000.000
Mejoramiento de Vivienda de interés social 40.000.000
Transporte Escolar 20.000.000
Mantenimiento de vías urbanas y rurales 50.750.186
DEL ORDEN NACIONAL 164.400.000
Fondo de solidaridad y garantías-fosyga-régimen subsidiado 160.000.000
Empresa territorial para la salud-etesa-75% 4.400.000
SUBTOTAL PRESUPUESTO 5.121.991.000
UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS 650.000.000
ACUEDUCTO 224.395.787
Gastos de Personal Administrativos 26.754.388
Servicios personales asociados a la nómina 19.961.525
Sueldos de Personal de Nomina 16.598.113
Prima de Navidad 1.455.975
Vacaciones 873.585
Prima de Vacaciones 727.987
Bonificación especial por recreación 97.065
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Auxilio de Alimentación 208.800
Contribuciones inherentes a la nomina 5.299.032
Aportes para salud 1.485.094
Aportes para Pensión 2.096.604
Aportes ARP 86.642
Aportes para Cesantías 1.455.975
Intereses a las cesantías 174.717
Aportes Parafiscales 1.493.830
SENA 82.991
ICBF 497.943
ESAP 82.991
Cajas de Compensación Familiar 663.925
Institutos Técnicos 165.981
Gastos Generales 11.000.000
Materiales y suministros 2.000.000
Capacitación personal 0
Otros Gastos Generales 3.000.000
Telecomunicaciones 3.000.000
Seguros de vida 0
Viáticos y gastos de Viaje 3.000.000
COSTOS Y GASTOS ASOCIADOS A LA OPERACION, PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
186.641.399
Gastos de Personal 58.931.027
Servicios personales asociados a la nómina 44.385.225
Sueldos de Personal de Nomina 35.542.140
Prima de Navidad 3.117.732
Vacaciones 1.870.639
Prima de Vacaciones 1.558.866
Bonificación especial por recreación 207.849
Auxilio de Alimentación 2.088.000
Contribuciones inherentes a la nomina 11.347.009
Aportes para salud Privada 3.180.086
Aportes para Pensión privada 4.489.534
Aportes ARP 185.530
Aportes para Cesantías 3.117.732
Intereses a las cesantías 374.128
Aportes Parafiscales 3.198.793
SENA 177.711
ICBF 1.066.264
ESAP 177.711
Cajas de Compensación Familiar 1.421.686
Institutos Técnicos 355.421
Gastos Generales 127.710.372
CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRERRÍOS ANTIOQUIA ACUERDO No. 10 DE 2010
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Materiales y suministros 100.000.000
Capacitación personal 1.000.000
Otros Gastos Generales 20.710.372
Telecomunicaciones 3.000.000
Seguros de vida 0
Viáticos y gastos de Viaje 3.000.000
ALCANTARILLADO 165.990.001
Gastos de Personal Administrativos 20.065.791
Servicios personales asociados a la nómina 14.971.144
Sueldos de Personal de Nomina 12.448.585
Prima de Navidad 1.091.981
Vacaciones 655.189
Prima de Vacaciones 545.991
Bonificación especial por recreación 72.799
Auxilio de Alimentación 156.600
Contribuciones inherentes a la nomina 3.974.274
Aportes para salud 1.113.821
Aportes para Pensión 1.572.453
Aportes ARP 64.982
Aportes para Cesantías 1.091.981
Intereses a las cesantías 131.038
Aportes Parafiscales 1.120.373
SENA 62.243
ICBF 373.458
ESAP 62.243
Cajas de Compensación Familiar 497.943
Institutos Técnicos 124.486
Gastos Generales 117.000.000
Materiales y suministros 100.000.000
Capacitación personal 1.000.000
Otros Gastos Generales 10.000.000
Telecomunicaciones 3.000.000
Seguros de vida 0
Viáticos y gastos de Viaje 3.000.000
COSTOS Y GASTOS ASOCIADOS A LA OPERACION, PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
28.924.211
Gastos de Personal 28.924.211
Servicios personales asociados a la nómina 21.789.826
Sueldos de Personal de Nomina 17.432.611
Prima de Navidad 1.529.176
Vacaciones 917.506
Prima de Vacaciones 764.588
Bonificación especial por recreación 101.945
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Auxilio de Alimentación 1.044.000
Contribuciones inherentes a la nomina 5.565.450
Aportes para salud Privada 1.559.760
Aportes para Pensión 2.202.014
Aportes ARP 90.998
Aportes para Cesantías 1.529.176
Intereses a las cesantías 183.501
Aportes Parafiscales 1.568.935
SENA 87.163
ICBF 522.978
ESAP 87.163
Cajas de Compensación Familiar 697.304
Institutos Técnicos 174.326
ASEO 259.614.212
Gastos de Personal Administrativos 20.065.791
Servicios personales asociados a la nómina 14.971.144
Sueldos de Personal de Nomina 12.448.585
Prima de Navidad 1.091.981
Vacaciones 655.189
Prima de Vacaciones 545.991
Bonificación especial por recreación 72.799
Auxilio de Alimentación 156.600
Contribuciones inherentes a la nomina 3.974.274
Aportes para salud 1.113.821
Aportes para Pensión 1.572.453
Aportes ARP 64.982
Aportes para Cesantías 1.091.981
Intereses a las cesantías 131.038
Aportes Parafiscales 1.120.373
SENA 62.243
ICBF 373.458
ESAP 62.243
Cajas de Compensación Familiar 497.943
Institutos Técnicos 124.486
Gastos Generales 0
Materiales y suministros 0
Capacitación personal 0
Otros Gastos Generales 0
Telecomunicaciones 0
Seguros de vida 0
Viáticos y gastos de Viaje 0
COSTOS Y GASTOS ASOCIADOS A LA OPERACION, PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
239.548.421
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Gastos de Personal 122.548.421
Servicios personales asociados a la nómina 108.279.652
Sueldos de Personal de Nomina 34.865.221
Prima de Navidad 3.058.353
Vacaciones 1.835.012
Prima de Vacaciones 1.529.176
Bonificación especial por recreación 203.890
Auxilio de Alimentación 2.088.000
Personal Supernumerario 64.700.000
Contribuciones inherentes a la nomina 11.130.899
Aportes para salud Privada 3.119.520
Aportes para Pensión Privada 4.404.028
Aportes ARP 181.996
Aportes para Cesantías 3.058.353
Intereses a las cesantías 367.002
Aportes Parafiscales 3.137.870
SENA 174.326
ICBF 1.045.957
ESAP 174.326
Cajas de Compensación Familiar 1.394.609
Institutos Técnicos 348.652
Gastos Generales 117.000.000
Materiales y suministros 100.000.000
Capacitación personal 1.000.000
Otros Gastos Generales 10.000.000
Telecomunicaciones 3.000.000
Seguros de vida 0
Viáticos y gastos de Viaje 3.000.000
SUBTOTAL PRESUPUESTO MUNICIPIO 5.671.991.000
DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 3. Las disposiciones generales del presente acuerdo son complementarias de la ley 38 de 1989, 179 de 1994, y 225 de 1995, la ley 819 de 2003 y el acuerdo 021 de 2004 sobre Estatuto Orgánico del Presupuesto del Municipio de Entrerríos.
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CAPITULO I
DEL CAMPO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 4. Las disposiciones generales rigen para los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio, compuesto por el Presupuesto del Nivel Central del Municipio, Concejo y Personería Municipal.
CAPITULO I I DE LAS RENTAS Y RECURSOS
ARTÍCULO 5. Los ingresos corrientes del Municipio, así como las demás rentas y recursos, serán los consignados en el Presupuesto conforme a las distintas normas y disposiciones vigentes y acorde con las mismas se procederá a su tratamiento. ARTÍCULO 6. Los ingresos corrientes del Municipio así como las demás rentas y recursos que en las normas no se haya autorizado su manejo a otro órgano, deberán ser consignados en la Tesorería del Municipio encargada de su recaudo. ARTÍCULO 7. La ejecución del presupuesto de ingresos de Entrerríos, será de caja, debiéndose reconocer adicionalmente como ingresos de la vigencia fiscal del 2011 las transferencias contenidas en este presupuesto y pendiente de desembolso a diciembre 31 del 2010 y el de gastos será de causación, esto es lo ordenado a pagar efectivamente más los compromisos legalmente adquiridos a diciembre 31 del 2010. ARTÍCULO 8. De acuerdo con lo establecido por los artículos 353 y 359 de la Constitución Nacional, no habrá rentas municipales de destinación específica. Se exceptúan: 1. Las destinaciones señaladas por las leyes vigentes con relación a las participaciones que corresponden al Municipio sobre los ingresos corrientes y rentas nacionales. 2. Las que, con base en leyes o acuerdos anteriores, la Nación o el Municipio asigna a deporte, recreación, conformación del sistema de espacio público ó cualquier otro tipo de inversión, o a entidades señaladas por la misma ley. 3. Los aportes con destinación específica provenientes de entidades públicas y/o privadas. 4. Las contribuciones orientadas a pagar el servicio de la deuda originado en créditos adquiridos para llevar a cabo las obras que le dieron origen. Parágrafo. Los fondos especiales provenientes de la Nación, los de otras entidades de derecho público que deban manejarse a través del Presupuesto del Municipio, o que se reciban en forma de aporte, se incorporarán a éste y se registrarán contablemente como fondos especiales oficiales y se abrirá cuenta bancaria especial con el fin de controlar su administración, y no podrán tener otra destinación. Para todos los efectos, existirá unidad de caja con los ingresos corrientes y recursos de capital propios del Municipio o de los establecimientos públicos, con los cuales se formará un fondo común para atender el pago de los gastos sobre los cuales existe apropiación en el Presupuesto.
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CAPITULO III
DE LOS GASTOS
ARTÍCULO 9. El Gobierno Municipal distribuirá por medio de decreto las partidas globales consignadas en este presupuesto, que no estén comprometidas por contratos, convenios, resoluciones, actas o vigencias futuras debidamente autorizadas. ARTÍCULO 10. Cualquier acto administrativo que afecte las apropiaciones presupuestales, deberá contar con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, en el cual se garantiza la existencia de apropiación suficiente para atender el compromiso que se pretende adquirir. Con relación a los contratos, el registro presupuestal será un requisito para el perfeccionamiento de los mismos. Parágrafo. No podrán expedirse Certificados de Disponibilidad Presupuestal con cargo a inversión, sin que se expida previamente el certificado de conveniencia, oportunidad y registro de actividades por la Secretaría donde esté ubicado el rubro presupuestal incluido el certificado de registro del proyecto expedido por la Secretaría de Planeación. ARTÍCULO 11. Prohíbase tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos. Los funcionarios a quienes el Alcalde delegue la facultad de celebrar contratos responderán disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma. ARTÍCULO 12. Los gastos presupuestales que se originen con cargo a los rubros de las diversas Secretarías y dependencias Municipales, deberán llevar la firma del Secretario de la dependencia afectada por el gasto. ARTÍCULO 13. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iniciales, se atenderán las apropiaciones derivadas de estos compromisos tales como los costos imprevistos, ajustes y revisión de precios en contratos e intereses moratorios y gastos de nacionalización. Igualmente los gastos indirectos que demande la ejecución de una obra o proyecto de inversión, tales como interventorías, consultorías, prestación de servicios, publicaciones, compra de terrenos, copias heliográficas, combustibles y lubricantes, fotocopias, segundas copias de planos y en general los que se consideran inherentes a la misma y que estén consideradas dentro del componente del proyecto, podrán cancelarse con cargo a las apropiaciones de los respectivos proyectos de inversión. ARTÍCULO 14. Las obligaciones por concepto de previsión social, pensiones, cesantías, contribuciones, sentencias, conciliaciones judiciales y prejudiciales, laudos arbítrales, servicios públicos, honorarios auxiliares de la justicia y otros gastos de funcionamiento de forzoso cumplimiento y obligatoriedad legal adquiridos en vigencias anteriores, se podrán pagar con cargo al presupuesto y con recursos de la vigencia fiscal del 2010, previa disponibilidad presupuestal.
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ARTÍCULO 15. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio, deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos de personal, prestaciones sociales, servicios públicos, servicio de la deuda pública, pensiones y transferencias asociadas a la nómina, sentencias y conciliaciones, seguros, la inversión, las otras transferencias y los gastos generales.
CAPITULO IV DE LAS VIGENCIAS FUTURAS
ARTÍCULO 16. Cuando un órgano deba asumir compromisos que cubran varias vigencias fiscales, deberá obtener la autorización del Concejo Municipal, para comprometer vigencias futuras, previa aprobación del COMFIS. ARTÍCULO 17. Las apropiaciones necesarias para desarrollar las actividades en virtud de los compromisos adquiridos acorde con lo previsto en el artículo anterior deberán ser incorporadas en el presupuesto de la vigencia fiscal correspondiente. ARTÍCULO 18. Los compromisos adquiridos con cargo a las autorizaciones de vigencias futuras, cuyo certificado de disponibilidad presupuestal inicial es el acuerdo expedido por el Concejo Municipal, requieren la expedición de un nuevo Certificado de Disponibilidad Presupuestal en cada una de las vigencias fiscales. Parágrafo. En todo caso la asunción de compromisos que afecten presupuesto de vigencias futuras deberá someterse a los requerimientos establecidos en el Decreto 111 de 1996, la Ley 819 de 2003 y demás normas que la reglamenten.
CAPITULO V DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 19. El año fiscal comienza el 1o. de enero del 2011 y termina el 31 e diciembre del mismo año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos, caducarán sin excepción, es decir no podrán adicionarse, ni trasladarse, ni contracreditarse. ARTÍCULO 20. La ejecución presupuestal se ceñirá a las normas fijadas por el Gobierno Nacional y a las disposiciones del Estatuto Orgánico del Presupuesto Municipal y demás normas complementarias sobre la materia. ARTICULO 21. En los eventos en que se encuentre en tramite una licitación, concurso de meritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectué en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta ultima vigencia, previo el cumplimiento de los ajustes presupuestales correspondientes, para lo cual queda facultado el Alcalde Municipal.
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ARTICULO 22. El Alcalde Municipal podrá incorporar al presupuesto del municipio los recursos del Sistema General de Participaciones cuando se requieran hacer adiciones o ajustes presupuestales originados en los documentos Conpes Social del Departamento Nacional de Planeación. Igualmente hará por Decreto las modificaciones que se requieran para dar cumplimiento a estos documentos. ARTÍCULO 23. Cuando por alguna circunstancia o situación extraordinaria no es posible recibir el bien, servicio u obra pactado antes del 31 de diciembre, como excepción y no como norma, se pueden constituir reservas presupuestales excepcionales, y su ejecución se hará con cargo al presupuesto que les dio origen aplicando las normas de reducción presupuestal de conformidad con el articulo 9 de la ley 225 de 1995 y el articulo 31 de la ley 344 de 1996. ARTÍCULO 24. La Secretaría de Hacienda constituirá a 31de diciembre de 2010 las cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y a la entrega de bienes y servicios. ARTÍCULO 25. El Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC, - deberá ser elaborado en coordinación con cada uno de los órganos del Presupuesto de acuerdo a las directrices dadas por la Tesorería Municipal. ARTÍCULO 26. En el decreto de liquidación del presupuesto, el Gobierno Municipal incluirá la clasificación, la desagregación, la codificación y las definiciones correspondientes al ingreso y al gasto. Así mismo, cuando las partidas se incorporen en numerales rentísticos, secciones, capítulos, programas y proyectos que no correspondan a su naturaleza, la ubicara en el sitio que corresponde. El alcalde efectuará mediante decreto las operaciones o modificaciones que en igual sentido se requieran en el presupuesto de ingresos y gastos durante el transcurso de la vigencia, incluida la creación de rubros en el decreto de liquidación. ARTÍCULO 27. El Alcalde Municipal, de oficio o a petición del Jefe del órgano respectivo, podrá hacer las aclaraciones y correcciones de leyendas y numéricas que sean necesarias para enmendar errores de trascripción, digitación, aritméticos o codificación que figuren en cualquiera de las partes que componen el Presupuesto General del Municipio para la vigencia fiscal del 2011, sin cambiar la destinación de los recursos ARTÍCULO 28. Para el Servicio de la Deuda Pública se harán apropiaciones por el monto de las respectivas obligaciones. El Alcalde Municipal podrá llevar a cabo las transacciones u operaciones de deuda pública, tales como reestructuración, refinanciación, sustitución etc., tendientes a mejorar el perfil de la misma. ARTÍCULO 29. Cuando exista apropiación presupuestal en el servicio de la deuda pública, podrán efectuarse anticipos en el pago de los contratos de empréstito. ARTÍCULO 30. Toda disposición que se dicte en uso de facultades especiales o permanentes y que modifique o afecte el Presupuesto Municipal, deberá ir respaldada con la firma del Alcalde Municipal, funcionario que se abstendrá de hacerlo cuando se produzca desequilibrio presupuestal. ARTÍCULO 31. Los Recursos del Crédito que obtenga el Municipio, tanto de la Nación como de otros organismos nacionales o internacionales, se destinarán al financiamiento
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de los programas y planes de las distintas Secretarías, según el objeto para el cual hayan sido autorizados. ARTÍCULO 32. Si se presenta un superávit al cierre de la vigencia fiscal de 2010, estos recursos ingresarán a fondos comunes, a excepción de aquellos que vienen con destinación específica. ARTÍCULO 33. Cualquier aumento de los ingresos propios por encima de lo presupuestado, incluido los recursos del balance, se deberá destinar prioritariamente a cubrir el desequilibrio presupuestal, en caso de que éste exista. ARTÍCULO 34. El presente Acuerdo rige a partir del primero de enero del dos mil once (2011) y requiere de su sanción y publicación. Dado en el recinto del Honorable Concejo Municipal de Entrerríos Antioquia a los 14 días del mes de noviembre de 2010.
JULIO CESAR LOPERA POSADA
Presidente
ÁNA LUCÍA PÉREZ TAMAYO JUAN DIEGO LOPERA GONZÁLES Vicepresidente Segundo Vicepresidente El Secretario del Honorable Concejo Municipal hace constar que el presente Acuerdo fue aprobado en los dos debates reglamentarios, en fechas distintas y en sesiones ordinarias.
SAMUEL ANDRES GIL RUIZ
Secretario