Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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JUDY ESPERANZA TORRES BERNAL Especialista en Salud Ocupacional PLAN BASICO LEGAL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL Como Sistema de Gestión

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JUDY ESPERANZA TORRES BERNAL Especialista en Salud Ocupacional

PLAN BASICO LEGAL

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

Como Sistema de Gestión

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NORMAS DE CONVIVENCIA

!   Mantenga sus equipos de comunicación en modo silencioso o vibrador.

! En el momento que usted requiera hablar con su interlocutor le solicitamos desplazarse afuera del auditorio, de tal manera que no interrumpa la concentración de los asistentes.

! Consuma alimentos en el momento dispuesto para ello.

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EN CASO DE EMERGENCIA

Ü Conserve la calma.

Ü Camine deprisa.

Ü Evite detenerse de manera innecesaria.

Ü Siga las recomendaciones de los brigadistas y personal de seguridad del edificio.

Ü Ubíquese en el punto de encuentro y mencione su lugar de procedencia.

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Cámara de comercio

Parqueadero Cámara de comercio

World Business Port

Aven

ida

Calle

26

Norte Sur

Oriente

Occidente

Para

lela

a la

cal

le 2

6

Punto de encuentro

Estamos aquí

EN CASO DE EMERGENCIA

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CICLO PHVA

ACTUAR Revisiones de

gerencia

PLANEAR • Política S.O. • Diagnóstico • Objetivos

VERIFICAR Medir

Resultados y planear

HACER Plan de Acción

Implementación

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REQUISITOS MÍNIMOS LEGALES

'  Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional): Título 3 salud ocupacional y Título 11 vigilancia y control.

'  Resolución 2400 de 1979: Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

'  Resolución 1016 de 1989: Organización y funcionamiento de los P.S.O.

'  Resolución 2013 de 1986: Comités Paritarios de S.O.

'  Decreto 1295 de 1994: Organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

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ACCIDENTE DE TRABAJO

Accidente de Trabajo Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Decisión 584 de 2004, , Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Andina de Naciones – CAN

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Enfermedad profesional Una enfermedad contraída como resultado de la exposi-ción a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral. Decisión 584 de 2004, , Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Andina de Naciones – CAN

ENFERMEDAD PROFESIONAL

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DECRETO 2566 DE 2009 (JULIO 7 DE 2009)

Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales.

ENFERMEDAD PROFESIONAL

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Articulo 200 del Código Sustantivo del Trabajo Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos. Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región sólo se consideran como profesionales cuando se adquieren por los encargados de combatirlas por razón de su oficio.

ENFERMEDAD PROFESIONAL

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Nasly Johanna Lugo Jimenez

•  RUIDO

•  ILUMINACIÓN

•  VIBRACIONES

•  TEMPERATURAS EXTREMAS

•  HUMEDAD

•  PRESIONES EXTREMAS

•  RADIACIONES IONIZANTES Y NO

IONIZANTES

FACTOR DE RIESGO FÍSICO

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Nasly Johanna Lugo Jimenez

FACTOR DE RIESGO QUÍMICO

•  AEROSOLES SÓLIDOS

(POLVOS, HUMOS)

•  LÍQUIDOS (NEBLINAS Y

ROCÍOS)

•  GASES Y VAPORES

(CO2, PRODUCTOS

QUÍMICOS)

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Nasly Johanna Lugo Jimenez

FACTOR DE RIESGO BIOLÓGICO

•  MICROORGANISMOS

•  MACROORGANISMOS

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FACTOR DE RIESGO DE SEGURIDAD

•  MECÁNICO

•  ELÉCTRICO

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FACTOR DE RIESGO DE SEGURIDAD

•  LOCATIVO

•  FÍSICO QUÍMICO

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FACTOR DE RIESGO DE SEGURIDAD

•  PUBLICO

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Nasly Johanna Lugo Jimenez

FACTOR DE RIESGO ERGONÓMICO

•  CARGA ESTÁTICA

•  CARGA DINÁMICA

•  MOVIMIENTO REPETITIVO

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•  CONDICIONES DE LA

ORGANIZACIÓN

•  CONDICIONES DE LA TAREA

•  CONDICIONES DEL

INDIVIDUO

FACTOR DE RIESGO PSICOSOCIAL

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PROGRAMA DE SALUD

OCUPACIONAL

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GENERALIDADES

•  Actividad Económica

•  Reseña Histórica

•  Centros de Frentes de Trabajo

•  Lista de materia primas e insumos

•  Equipos Utilizados

•  Procesos desarrollados

•  Productos o servicios

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

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ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

•  Formas de Contratación de los Trabajadores

•  Distribución del personal por sexo y centro de trabajo

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

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POLÍTICA Y DIAGNÓSTICO

C  Def in i r l a po l í t i ca de sa lud ocupacional

C  Diagnostico condiciones de trabajo y salud

C  Objetivos y plan de acción

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La alta gerencia se compromete a desarrollar e implementar un sistema de gestión en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional de acuerdo con los riesgos identificados cuyo fin primordial es prevenir accidentes, lesiones y enfermedades de tipo profesional.

Todos los niveles de la organización participaran y promoverán un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo con las normas legales vigentes en materia de seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente aplicables para Colombia.

POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL

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La alta gerencia se compromete a definir y revisar los objetivos de manera semestral con el fin de dar trazabilidad al sistema de gestión, estos objetivos serán documentados para su implementación, manteniendo una cultura de participación en todas las áreas de la organización y por cada persona que hace parte o participa en ella con el fin de desarrollar un ciclo de mejora continua.

Con el fin de crear ambientes laborales sanos, se asignaran los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para controlar los peligros potenciales buscando siempre el bienestar integral de todos los trabajadores y partes interesadas.

POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL

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ü Recursos Humanos

ü Recursos Técnicos

ü Recursos Financieros

RECURSOS

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RESPONSABLES

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GERENCIA GENERAL •  Formular, divulgar y asumir la Política de Salud

Ocupacional que considere conveniente para la Empresa.

•  Garantizar condiciones de trabajo seguras que protejan a los trabajadores de los riesgos reales y/o potenciales presentes en el medio ambiente laboral y que contribuyan al bienestar físico, mental y social de los mismos.

•  Destinar los recursos humanos, t é c n i c o s y f i n a n c i e r o s indispensables para el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional según la actividad económica, magnitud y severidad de los riesgos y el número de trabajadores expuestos.

Page 29: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

•  Cumplir y hacer cumplir las políticas,

objetivos y normas establecidas con relación al PSO.

•  Motivar y fomentar la práctica de métodos seguros de trabajo.

•  Responsabilizarse por la seguridad integral del área y el personal a su cargo.

•  Facilitar y estimular la asistencia de los trabajadores a las reuniones de capacitación.

DIRECTORES, JEFES DE LÍNEA, DIRECTORES DE ÁREAS Y

SUPERVISORES

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DIRECCIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

•  Cumplir y hacer cumplir las políticas, objetivos y normas establecidas con relación al programa de salud ocupacional.

•  Supervisar el desarrollo de los subprogramas y funcionamiento del comité paritario de salud ocupacional.

•  Realizar visitas periódicas a las diferentes áreas de trabajo para supervisar los métodos de trabajo y las medidas implementadas.

Page 31: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

•  Realizar actividades de capacitación y educación para empleados de todos los niveles de la organización.

•  Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el tema y tomar parte activa en las actividades programadas por dichas organizaciones.

•  Promover el registro y análisis actualizado del personal empleado, accidentalidad, ausentismo, programas que se siguen, distribución de elementos de seguridad y control, asegurándose que se cuenta con elementos de registro suficientes y adecuados.

DIRECCIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

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•  Velar porque la promoción en salud ocupacional se lleve a cabo en forma permanente para lograr el compromiso y la participación activa de todas las instancias de la empresa.

•  Conocer los puestos de trabajo y los riesgos propios de cada uno de ellos.

•  Conocer el Programa de Salud Ocupacional para controlar el cumplimiento del cronograma del mismo.

COPASO

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•  Procurar el cuidado integral de su salud.

•  Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través del C o m i t é p a r i t a r i o d e s a l u d ocupacional.

•  Suministrar información clara, veraz, oportuna y completa sobre su estado de salud

TODOS LOS EMPLEADOS

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•  I n f o r m a r i nmed i a t amen te l a o c u r r e n c i a d e u n accidente o incidente.

•  Cumplir las normas, r e g l a m e n t o s e i n s t r u c c i o n e s d e l programa de sa lud o cupa c i o na l d e l a Empresa.

TODOS LOS EMPLEADOS

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DIAGNOSTICOS

Diagnóstico de Condiciones de Trabajo ü  Matriz de Peligros

Diagnóstico de Condiciones de Salud ü  Perfil de Morbilidad

ü  Resultado de los exámenes médicos

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DIAGNOSTICOS

Diagnóstico de Condiciones de Trabajo Panorama de Riesgos

CONSECUENCIAS

LIGERAMENTE DAÑINO DAÑINO EXTREMADAMENTE

DAÑINO

PR

OB

AB

ILID

AD

BAJA RIESGO TRIVIAL

RIESGO TOLERABLE

RIESGO MODERADO

MEDIA RIESGO TOLERABLE

RIESGO MODERADO

RIESGO IMPORTANTE

ALTA RIESGO MODERADO

RIESGO IMPORTANTE

RIESGO INTOLERABLE

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Es función de la frecuencia de exposición, la intensidad de la exposición, el número de expuestos y la sensibilidad especial de algunas de las personas al factor de riesgo, entre otras. Se clasifica en:

· Baja: El daño ocurrirá raras veces

· Media: El daño ocurrirá en algunas ocasiones

· Alta: El daño ocurrirá siempre

PROBABILIDAD

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· Ligeramente dañino: Lesiones superficiales, de poca

gravedad, usualmente no incapacitantes o con incapacidades menores.

· Dañino: Todas las EP no mortales, esguinces, torceduras,

quemaduras de segundo o tercer grado, golpes severos, fracturas menores (costilla, dedo, mano no dominante, etc.)

· Extremadamente dañino: Lesiones graves: EP graves,

progresivas y eventualmente mortales, fracturas de huesos grandes o de cráneo o múltiples, trauma encéfalocraneal, amputaciones, etc.

CONSECUENCIAS

Page 39: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

DIAGNOSTICOS

Diagnóstico de Condiciones de Salud ü  Perfil de Morbilidad

¨ Comportamiento de la morbi-mortalidad general ¨ Comportamiento de la morbi-mortalidad profesional (ATEP) ¨ Comportamiento del ausentismo laboral

ü  Resultado de los exámenes médicos RESOLUCION 2346 de 2007. Artículo 18. Diagnóstico de salud. Toda persona natural o jurídica que realice evaluaciones médicas ocupacionales de cualquier tipo, deberá entregar al empleador un diagnóstico general de salud de la población trabajadora que valore, el cual se utilizará para el cumplimiento de las actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo

Page 40: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

C  Definir objetivos clave.

C  Definir objetivos específicos acordes con las necesidades detectadas en el diagnóstico.

OBJETIVOS

Garantizar acciones afectivas en Medicina preventiva y del trabajo, Higiene y Seguridad Industrial a fin de preservar, mantener y mejorar el más alto grado de salud y bienestar de l o s t raba jado res en sus ocupaciones.

Page 41: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

PLAN DE ACCION

Con el fin de cumplir los objetivos, la empresa deberá establecer un plan de acción que le permita programar y ejecutar actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud y bienestar de los trabajadores en sus ocupaciones especificas, acordes al nivel de riesgo de la empresa y tomando como base la priorización de los diagnósticos de las condiciones de trabajo y salud.

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SUB-PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

INTERVENCION EN SALUD

ü Promoción, prevención y

control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de trabajo a c o r d e c o n s u s condiciones de trabajo p s i c o ‑ f i s i o l ó g i c a s y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo.

Page 43: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

ACTIVIDADES

!   Evaluaciones médicas – Historia clínica ocupacional Resolución 2346 de 2007 Reforma Resolución 1918 de 2009 P e r f i l d e l C a r g o , P e r f i l e s p s i c o - f i s i o l ó g i c o s (profesiograma): Conjunto de demandas físicas, mentales y condiciones específicas, determinadas por el empleador como requisitos para que una persona pueda realizar determinadas funciones o tareas.

Page 44: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Investigación y análisis de enfermedad profesional

!   Primeros auxilios

Ø Registro

Ø Botiquín de primeros Auxilios

ACTIVIDADES

Page 45: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Fomento de la salud integral

!   Diseñar y ejecutar programas para la p r e v e n c i ó n d e t e c c i ó n y c o n t r o l d e enfermedades relacionadas o agravadas por el trabajo.

!   Diseñar y ejecutar programas para la prevención y control de enfermedades generales por los riesgos psicosociales. Resolución 2646 de 2008

ACTIVIDADES

Page 46: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Coordinar y facilitar la rehabilitación y reubicación de las personas con incapacidad temporal y permanente parcial.

!   Promover actividades de recreación y deporte.

!   Estadísticas de morbilidad y mortalidad.

ACTIVIDADES

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INTERVENCION EN CONDICIONES

DE TRABAJO

SUB-PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL ü

I d e n t i f i c a c i ó n , reconocimiento, evaluación y control de los factores a m b i e n t a l e s q u e s e originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.

Page 48: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

! Normas y procedimientos técnicos y administrativos

Ø  Resolución 3673 de 2008, 736 de 2009,

Ø RETIE

ACTIVIDADES

Page 49: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Inspecciones generales y especificas

ACTIVIDADES

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TIPO DE INSPECIONES  

PERIODICIDAD   ASPECTOS A EVALUAR   RESPONSABLES  

GENERALES   Una o dos veces al mes  •  Instalaciones locativas  

•  Orden y aseo  

•  Copaso

•  Equipo control de calidad  

ESPECIALES  Algunas veces en e l semestre o año  

•  Espacios confinados  

•  Trabajo en altura  

•  Trabajo en caliente  

•  Trabajos con energías peligrosas

•  Otros  

•  Supervisor SISO  

•  Analista de seguridad industrial  

•  COPASO  

•  Profesional SISO  

•  Especialista SISO  

FORMALES   Diarias o semanales  

•  Manejo de equipo peligroso.  

•  Trabajo cotidiano peligroso.  

•  Equipos de emergencia  

•  Trabajadores  

•  Brigadistas  

•  Supervisores  

INFORMALES   Una o varias veces al día  

•  Guardas de seguridad  

•  Almacenamiento  

•  Equipos de verificación  

•  Otros similares  

•  Trabajadores  

•  Brigadistas  

•  Supervisores  

Matriz de Inspecciones

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!   Hojas toxicológicas de productos químicos

!  NTC 4435

ACTIVIDADES

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CAUSAS INMEDIATAS

CONDICIONES SUBESTANDAR

ACTOS SUBESTANDAR

CAUSAS BÁSICAS

FACTORES PERSONALES FACTORES DE TRABAJO

Resolución 1401 de 2007

!   Investigación y análisis de accidentes de trabajo

ACTIVIDADES

Page 56: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Preparación para emergencias

•  Rama preventiva •  Rama pasiva o estructural •  Rama activa o control de las emergencias

ACTIVIDADES

Page 57: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Dotación de equipos y elementos de protección personal, capacitación.

ACTIVIDADES

Page 58: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

!   Saneamiento básico

!  Medidas especificas de prevención y control en la fuente y el medio

ACTIVIDADES

Page 59: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

ACTIVIDADES CONJUNTAS

!   SISTEMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA !   PLAN INTEGRADO DE EDUCACIÓN: ü  Programa de Capacitación ü  Programa de Inducción ü  Programa de Entrenamiento ü  Capacitación Continuada

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PLAN DE ACCION

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES La ejecución del Plan de Acción se establece en el Cronograma de actividades, el cual es el registro pormenorizado de las actividades a desarrollar establecidas previamente en los sub programas, en un periodo determinado (un año), asignando fechas precisas para cada una de las actividades y el responsable de las mismas.

Page 61: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

Siguiendo con los elementos del proceso de mejoramiento continuo de la salud y seguridad ocupacional, tenemos la Verificación y las Acciones Correctivas. Para ello, la empresa deberá identificar parámetros claves del rendimiento para que se dé cumplimiento a la Política establecida de Salud Ocupacional.

VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

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Estos deben incluir, pero no limitar, parámetros que determinen: a) El cumplimiento de los objetivos; b) Si se han implementado y son efectivos los controles de riesgo; c) Si se aprende de los fracasos producidos en el programa; d) Si son efectivos los procesos de capacitación, entrenamiento y comunicación y finalmente; e) si la información que puede ser utilizada para mejorar y/o revisar los aspectos del programa están siendo producidos e implementados.

VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

Page 63: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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ÍNDICE DE FRECUENCIA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Es la relación entre el número total de accidentes de trabajo registrados en un determinado periodo y el total de horas hombre trabajadas, en relación con una constante de tiempo laborado durante el periodo considerado, multiplicado por K.

IF AT No. total de Accidentes de Trabajo x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

Esta constante es igual a 240.000 y resulta de multiplicar 100 trabajadores que laboran 48 horas semanales por 50 semanas que tiene el año.

Page 64: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Ejemplo Una empresa de alimentos empleo a un promedio de 50 trabajadores durante el año 2008. En este año trabajaron 48 horas semanales durante 50 semanas, cada trabajador laboro 2400 horas aproximadamente durante el año. Se registraron 8 accidentes con perdida de tiempo.

IF AT No. total de Accidentes de Trabajo

x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

Esta constante es igual a 240.000 y resulta de multiplicar 100 trabajadores que laboran 48 horas semanales por 50 semanas que tiene el año.

Page 65: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Total de AT: 8 HHT: 2400 horas c/u * 50 trabajadores: 1.200.000

IF AT No. total de Accidentes de Trabajo

x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

IF AT 8

x 240.000 = 1.6 1.200.000

El resultado se interpretará como el número de accidentes de trabajo ocurridos durante el último año por cada 100 trabajadores

de tiempo completo.

Page 66: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

ÍNDICE DE SEVERIDAD DE ACCIDENTES DE TRABAJO Se define como la relación entre el número de días perdidos y cargados por los accidentes durante un periodo y el total de horas hombre trabajadas durante el periodo considerado multiplicado por K.

IS AT No. Total de días perdidos y cargados por AT x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

Esta constante es igual a 240.000 y resulta de multiplicar 100 trabajadores que laboran 48 horas semanales por 50 semanas que tiene el año.

Page 67: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

DIAS CARGADOS - NATURALEZA DE LA LESION DIAS

MUERTE 6.000 INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA (I.P.A.) 6.000 CEGUERA TOTAL (PERDIDA DE LOS DOS OJOS) 6.000 INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL (I.P.T.) 4.500 PERDIDA DEL BRAZO POR ENCIMA DEL CODO 4.500 PERDIDA DE UNA PIERNA POR ENCIMA DE LA RODILLA 4.500 PERDIDA DEL BRAZO POR EL CODO O POR DEBAJO 3.600 PERDIDA DE LA MANO 3.000 PERDIDA DE UNA PIERNA POR LA RODILLA O DEBAJO 3.000 SORDERA TOTAL 3.000 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DEL PULGAR Y CUATRO DEDOS DE LA MISMA MANO 2.400 PERDIDA DEL PIE 2.400

PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DEL PULGAR Y TRES DEDOS DE LA MISMA MANO 2.000 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DE CUATRO DEDOS CUALQUIERA DE LA MANO 1.800 PERDIDA DE UN OJO (PERDIDA DE LA VISTA) 1.800 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DEL PULGAR Y DOS DEDOS DE LA MISMA MANO 1.500 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DE TRES DEDOS CUALQUIERA DE LA MANO 1.200 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DEL PULGAR Y UN DEDO DE LA MISMA MANO 1.200 PERDIDA O INVALIDEZ PERMANENTE DE DOS DEDOS CUALQUIERA DE LA MANO 750 PERDIDA O INCAPACIDAD PERMANENTE DEL PULGAR 600

Page 68: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

Ejemplo Una empresa de alimentos empleo a un promedio de 50 trabajadores durante el año 2008. En este año trabajaron 48 horas semanales durante 50 semanas, cada trabajador laboro 2400 horas aproximadamente durante el año. Se registraron 8 accidentes con 250 días perdidos.

IS AT No. Total de días perdidos y cargados por AT

x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

Page 69: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Total de AT: 8 No, días perdidos: 250 HHT: 2400 horas c/u * 50 trabajadores: 1.200.000

IS AT No. Total de días perdidos y cargados por AT

x 240.000 No. Horas Hombre Trabajadas

IS AT 250

x 240.000 = 50 1.200.000

Expresa  el  número  de  días  perdidos  y  cargados  por  accidentes  de  trabajo  durante  el  úl8mo  año  por  cada  100  trabajadores  de  8empo  

completo.  

Page 70: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Índice de Lesiones Incapacitantes - ILI Corresponde a la relación entre los índices de frecuencia y severidad de Accidentes de Trabajo con incapacidad. Es un índice global del comportamiento de lesiones incapacitantes, que no tiene unidades. Su utilidad radica en la comparación entre diferentes secciones de la misma empresa, con ella misma en diferentes periodos, con diferentes empresas o con el sector económico al que pertenece.

ILI AT IFI AT x IS AT 1000

Page 71: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Ejemplo Una empresa de alimentos empleo a un promedio de 50 trabajadores durante el año 2008. En este año trabajaron 48 horas semanales durante 50 semanas, cada trabajador laboro 2400 horas aproximadamente durante el año. Se registraron 8 accidentes con 250 días perdidos.

IF AT 8

x 240.000 = 1.6 1.200.000

IS AT 250

x 240.000 = 50 1.200.000

Page 72: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Total de AT: 8 No, días perdidos: 250 HHT: 2400 horas c/u * 50 trabajadores: 1.200.000

ILI IFI AT(1.6) x IS AT (50)

1000

ILI 80

= O.08 1000

El ILI se interpreta como una medida global de las lesiones incapacitantes.

Se usa para clasificar la experiencia en las empresas

Page 73: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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ÍNDICE DE PROPORCIÓN DE PREVALENCIA GENERAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Es la proporción de casos de enfermedad profesional (nuevos y antiguos) existentes en una población en un período determinado.

PPGEP No  casos  existentes  reconocidos  (nuevos  y  an8guos)  de  EP  

x K No.  promedio  de  trabajadores  año  

La constante K puede ser 100, 1000 o 10000 dependiendo del tamaño de la empresa

Page 74: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Ejemplo Una empresa de alimentos empleo a un promedio de 50 trabajadores durante el año 2008. En este año se reportaron 2 enfermedades profesionales nuevas mas los 3 casos existentes desde el año 2005 y 2006.

PPGEP 5 x 100 50   PPGEP 10 %

Se interpreta como la probabilidad de encontrar una persona enferma en ese período.

PPGEP No  casos  existentes  reconocidos  (nuevos  y  an8guos)  de  EP  

x K No.  promedio  de  trabajadores  año  

Page 75: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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PROPORCIÓN DE INCIDENCIA GENERAL DE ENFERMEDAD DE ORIGEN PROFESIONAL Mide la proporción de personas que desarrollan cualquier tipo de enfermedad profesional y se refiere al número de casos nuevos en un período determinado.

P.I.G.E.P. No. Casos Nuevos de EP reconocidas año x K No. promedio de trabajadores año

La constante K puede ser 100, 1000 o 10000 dependiendo del tamaño de la empresa

Page 76: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

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Ejemplo Una empresa de alimentos empleo a un promedio de 50 trabajadores durante el año 2008. En este año trabajaron se reportaron 2 enfermedades profesionales nuevas mas los 3 casos existentes desde el año 2005 y 2006.

PIGEP 2 x 100 50  PPGEP 4 %

P.I.G.E.P. No. Casos Nuevos de EP reconocidas año x K No. promedio de trabajadores año

Se interpreta como la probabilidad de que un individuo desarrolle la enfermedad

Page 77: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

C  Rev i s a r l o s o b j e t i v o s s e gún diagnóstico y cambiarlos de ser necesario

C  Re v i s a r p l a n e s d e a c c i ó n y responsables y definir acciones preventivas y correctivas

C  Revisar el cumplimiento de los indicadores y definir ajustes al sistema.

REVISIÓN POR LA GERENCIA

Page 78: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

CICLO PHVA

ACTUAR Revisiones de

gerencia

PLANEAR • Política S.O. • Diagnóstico • Objetivos

VERIFICAR Medir

Resultados y planear

HACER Plan de Acción

Implementación

Page 79: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

COMITE PARITARIO DE

SALUD OCUPACIONAL

Page 80: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

COPASO

Es un organismo de promoción, vigilancia y control de las políticas de salud ocupacional de la empresa y estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.

Page 81: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

BASE LEGAL ESPECIFICA

Decreto 1295/94 Artículo 63

RESOLUCIÓN 2013 DE 1986 (Junio 6)

Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial

(Comité Paritario de Salud Ocupacional)1295/94

Decreto 614/84 Artículo 25 Y 26

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APLICACIÓN

Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto 614, con la resolución 2013 y el Decreto 1295.

No registro del COPASO: El articulo 65, parágrafo 2 de la ley 1429 del 29 de Diciembre del 2010

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Cada COPASO estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así:

Número de Trabajadores

Representante por cada parte

10 a 49 1 50 a 499 2 500 a 999 3

1000 o más 4

NUMERO DE MIEMBROS

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EMPRESA TRABAJADORES

Designación del empleador Votación libre

R E P R E S E N T A N T E S

VIGENCIA 2 años- reelección

FUNCIONAMIENTO

ORDINARIA EXTRAORDINARIA SEMANAL 4 HORAS

1 VEZ C/MES

CA

SOS

ESPE

CIA

LES

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REPRESENTANTE(S)

EMPLEADOR

REPRESENTANTE(S)

TRABAJADORES

Presidente

Secretario COMITÉ PARITARIO

DE

SALUD OCUPACIONAL

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FUNCIONES DEL COMITE

  Vigila el desarrollo del P.S.O.   Promociona y participa en la capacitación de Salud

Ocupacional.   Participa en la gestión de vigilancia de autoridades externas

a la empresa.   Recibe por derecho propio los informes de la gestión de

vigilancia oficial.   Participa en la investigación de ATEP.   Realiza visitas periódicas, inspecciones de control, lista de

chequeo de riesgos.

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FUNCIONES DEL COMITE

  Atiende sugerencias de trabajadores.   Proponen a la administración de la empresa la adopción de

medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares de trabajo.

  Solicitar informes sobre ATEP.   Sirve como organismo de coordinación entre empleador y

trabajadores para la solución de problemas relativos a S.O.   Elige al secretario del comité.  Mantiene un archivo.

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FUNCIONES DEL PRESIDENTE

  Preside y orienta las reuniones.  Determina el lugar o sitio de las reuniones.  Notifica por escrito sobre la convocatoria a las reuniones.   Prepara los temas a tratar en cada reunión.   Tramita ante la administración de la empresa las

recomendaciones aprobadas en el seno del comité y le da a conocer todas sus actividades.

  Coordina todo lo necesario para la buena marcha del comité e informar a los trabajadores de las actividades del mismo.

Page 89: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

FUNCIONES DEL SECRETARIO

  Verifica la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.

  Toma nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión, somete a discusión y aprobación del comité.

  Lleva el archivo de las actividades realizadas por el comité y suministrar toda la información que requiera el empleador y los trabajadores.

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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

  Propicia la elección de los representantes de los trabajadores, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones en forma democrática.

 Designa su representante al Comité  Designa al presidente del COPASO   Propiciar los medios necesarios para el normal desempeño

de las funciones del comité.   Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y

determinar la adopción de las medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto.

Page 91: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

  Elige libremente a sus representantes al COPASO.   Informa al comité las situaciones de riesgo que se

presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional en la empresa.

  Cumple con las normas de S.O., reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador

Page 92: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

DOS O MAS EMPLEADORES

Cuando dos o más empleadores adelanten labores en el mismo lugar, podrán convocar a sesiones conjuntas a los respectivos Comités Paritarios de Salud Ocupacional y adoptar de común acuerdo las medidas más convenientes para la salud y la seguridad de los trabajadores.

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REGLAMENTO DE HIGIENE & SEGURIDAD INDUSTRIAL

Page 94: Plan Basico Legal Salud Ocupacional

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

ARTICULO 349. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD. Los empleadores que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad y someterlo a la revisión y aprobación de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial del Ministerio del Trabajo, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia de este Código, o dentro de los tres (3) meses siguientes a la iniciación de las labores, si se trata de un nuevo establecimiento.

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LEY 962 DE 2006 LEY ANTI TRAMITE

ARTICULO 55. Supresión de la revisión y aprobación del reglamento de Higiene y Seguridad por el Ministerio de la Protección Social. SE HARA VIGILANCIA

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Línea de Atención ARP, CISTEMA para información sobre productos químicos 018000511414 - 018000941414 - 4055911