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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 27 2 13 MPCCusco, 06 de marzo de 2013

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonoma poltica,econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonoma segn el Artculo II del TtuloPreliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, radica en ejercer actos de gobierno,administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, mediante Acuerdo Municipal N 024-2013-MPC, de fecha 28 de febrero de 2013, se ha conformado elComit Especial que se Encargar de la Licitacin de Rutas para el Servicio de Transporte Pblico Urbano e

    Interurbano de la Ciudad del Cusco;

    Que, mediante Informe N 001-2013-MPC, de fecha 06 de marzo de 2013, del Presidente del Comit Especialque se Encargar de la Licitacin de Rutas para el Servicio de Transporte Pblico Urbano e Interurbano de laCiudad del Cusco, se seala que, el Servicio de Transporte Pblico Urbano de personas es un servicio

    pblico y que para los fines de la licitacin va concesin existen normas con rango de Ley que regulan laentrega en concesin al sector privado los servicios pblicos, como el Decreto Supremo N 060-96-PCM queaprueba el Reglamento del Texto Unico Ordenado de las normas con Rango de Ley que regulan la entrega enconcesin al sector privado de las obras pblicas de infraestructura y de servicios pblicos, el DecretoLegislativo N 839 que aprueba la Ley de Promocin de la Inversin Privada en Obras Pblicas deInfraestructura y de Servicio Pblico, el Decreto Legislativo N 758 que dicta Normas para la Promocin delas Inversiones Privadas en la Infraestructura de Servicios Pblicos y el Decreto Supremo N 059-96-PCM

    que Aprueba el Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que Regulan la Entrega enConcesin al Sector Privado de las Obras Pblicas de Infraestructura y de Servicios Pblicos;

    Que, asimismo en el citado Informe se seala que la Segunda Disposicin Final del D.S. N 059-96-PCM, establece que las municipalidades ejercen la competencia y funciones sealadas en los artculos 5 y6; en ese sentido las municipalidades provinciales ostentan dentro de sus competencias exclusivas enmateria de trnsito, vialidad y transporte pblico lo establecido en el Artculo 81 Numeral 1.7 de la leyOrgnica de Municipalidades Ley N 27972, cuyo texto literalmente dice: Otorgar autorizaciones yconcesiones para la prestacin del servicio pblico de transporte provincial de personas en su jurisdiccin;

    Que, el D. S. N 059-96-PCM. declara de inters nacional la promocin de la inversin privada en el mbitode los Servicios Pblicos y crea la PROMCEPRI, en el artculo 5, como nico organismo de promocin de la

    inversin privada en obras pblicas y servicios pblicos que pueden ser otorgadas al sector privado enconcesin con las funciones establecidas en el artculo sexto;

    Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artculo 4 del D.S. N 059-96-PCM que establece que elPROMCEPRI, consta: a)La Direccin Ejecutiva de la PROMCEPRI,y b)Los Comits Especiales; y ante larenuncia de un integrante del Comit Especial se propone lo siguiente:

    1. Constituir el PROMCEPRI de la Municipalidad Provincial del Cusco para efectos de realizar elProceso de Licitacin de Rutas de Transporte Urbano, establecindose como Direccin Ejecutiva al

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    Titular de la Entidad Municipal y como rgano del Comit Especial al Comit Especial constituido ydesignado mediante Acuerdo Municipal N 024-2013-MPC.

    2. Designar nuevo integrante de la Comisin Especial, en remplazo del Abog. Fredy Antenor VargasFarfn Ex Sub Gerente de Regulacin de Transporte;

    Que, asimismo, el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, establece que, losAcuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especficos de inters pblico, vecinal o

    institucional que expresan la voluntad del rgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarsea una conducta o norma institucional;

    Por tanto, estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, porMAYORIA, con dispensa del trmite delectura y aprobacin del acta;

    ACORDO:

    Artculo primero.- MODIFICAR E INTEGRAR, el Acuerdo de Concejo Municipal N 024-2013-MPC, con elsiguiente texto:

    ARTICULO PRIMERO.- DISPONER, que el Proceso de Licitacin de Rutas, para el Servicio Urbano eInterurbano de la ciudad del Cusco y los procedimientos y actividades del Comit Especial para el Proceso deLicitacin de Rutas para el Servicio Urbano e Interurbano de la ciudad del Cusco, se enmarque con lodispuesto por el Decreto Supremo N 059-96-PCM y dems normas legales que regulan la entrega enconcesin al sector privado de las obras pblicas de infraestructura y de servicios pblicos.

    ARTICULO SEGUNDO.- MODIFICAR, el Artculo Primero del Acuerdo Municipal N 024-2013-MPC,designando a la Arquitecta IRINA ARAUJO RONDON,en remplazo del Abog. Fredy Antenor Vargas Farfncomo integrante del Comit Especial que se Encargar de la licitacin de Rutas para el Servicio de TransportePblico Urbano e Interurbano de la ciudad del Cusco.

    REGISTRESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 028 2013 MPC.

    Cusco, 06 de marzo de 2013

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    VISTOS: La CartaN 262-2013-G-CMAC C, de la Gerencia de la Caja Municipal de Ahorro yCrdito Cusco S.A.;

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentancon autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha

    autonoma segn el Artculo II del Ttulo Preliminar de la Ley Orgnica de MunicipalidadesLey

    N 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, con sujecin alordenamiento jurdico;

    Que, mediante Carta N 262-2013-G-CMAC C, de fecha 28 de febrero de 2013, la Gerencia deLa Caja Municipal de Ahorro y Crdito Cusco S.A., hace extensiva la Invitacin para participar enel Seminario Internacional de Microfinanzas Gestin Estratgica Cmo podemosmejorar la competitividad y rentabilidad?,organizado por la FEPCMAC,conjuntamente conla Caja Municipal de Ahorro y Crdito Trujillo, a realizarse los das 25, 26 y 27 de abril de 2013 enla ciudad de Trujillo;

    Que, asimismo, el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades

    Ley N 27972, estableceque, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especficos de interspblico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del rgano de gobierno para practicar undeterminado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

    Por tanto, estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades LeyN 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, porMAYORIA, condispensa del trmite de lectura y aprobacin del acta;

    ACORDO:

    Artculo Primero.- APROBAR, la participacin de la Municipalidad Provincial del Cusco enevento Seminario Internacional de Microfinanzas Gestin Estratgica Cmo podemosmejorar la competitividad y rentabilidad?,organizado por la FEPCMAC,conjuntamente conla Caja Municipal de Ahorro y Crdito Trujillo, a realizarse los das 25, 26 y 27 de abril de 2013 enla ciudad de Trujillo;

    Artculo Segundo.- AUTORIZAR, la participacin de los seores Regidores JORGE LUISSAAVEDRA GUARNIZO y EDILBERTO MONGE BLANCO.

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 0292013MPC.

    Cusco, 19 de marzo de 2013.

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCOCONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas quecuentan con autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia.Dicha autonoma segn el Artculo II del Ttulo Preliminar de la Ley Orgnica de MunicipalidadesLey N 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracin, consujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, se ha publicado el D.S. 004 2013 MINCETUR, por el cual se dispone la administracinde los fondos del Boleto Turstico por el Ministerio de Cultura, norma que conjuntamente con elD.S. 003 2011 MINCETUR, colisionan con la Ley 28719, Ley del Boleto Turstico, cuyonumeral 12.1., establece que la administracin y distribucin del Boleto Turstico del Cusco, seotorga a la Municipalidad Provincial del Cusco;

    Por tanto:

    Estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Unanimidad, en sesinde la fecha, con dispensa del trmite de lectura y aprobacin del acta.

    ACORD:

    ARTCULO PRIMERO.- APROBAR, la emisin de un pronunciamiento institucional en defensade la administracin de los fondos obtenidos por el Boleto Turstico del Cusco, que por mandatode la Ley 28719, Ley del Boleto Turstico, corresponden a la Municipalidad Provincial del Cuscoy, asimismo, rechazar, los Decretos Supremos N 003 2011 MINCETUR y 004 2013 MINCETUR demandando al gobierno central, la aclaracin y precisin de los alcances y vigenciade dichos dispositivos legales y el respeto y cumplimiento irrestricto de la Ley 28719, Ley delBoleto Turstico.

    ARTCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Oficina de Relaciones Pblicas y Protocolo ya la Oficina de Secretara General, el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal.

    COMUNQUESE, PUBLQUESE Y ARCHVESE.

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 0302013MPC.

    Cusco, 25 de marzo de 2013.

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonoma poltica,econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonoma segn el Artculo II delTtulo Preliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, radica en ejercer actos degobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, mediante Directiva N 003 2010 EF/93.01, Preparacin y Presentacin de InformacinPresupuestaria, Financiera Complementaria y de metas de Inversin para la Elaboracin de la CuentaGeneral de la Repblica por las empresas y entidades de Tratamiento empresarial del Estado, la mi smas

    que tienen por objetivo uniformizar los procedimientos de cierra y presentacin de informacinpresupuestaria, financiera y complementaria, para la elaboracin de la Cuenta General de la Repblica, deacuerdo a las disposiciones legales vigentes;

    Que, de acuerdo a la directiva aludida en el prrafo precedente, la Municipalidad del Cusco, est obligada acumplir con la presentacin de la informacin Contable a la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica, parala elaboracin de la Cuenta General de la Repblica, en cumplimiento del 28.2 del artculo 28 de la Ley28708, sin exceder el 31 de marzo del ao siguiente, al ejercicio fiscal materia de la rendicin de cuentas;

    Que, en ese entender la Oficina General de Administracin y la Oficina General de Planeamiento yPresupuesto de la Municipalidad del Cusco, pusieron en consideracin del pleno del Concejo Municipal el

    Balance General y la Memoria de Gestin de la Municipalidad del Cusco, correspondiente al ejerciciopresupuestal 2012;

    Por tanto, estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco en sesin de la fecha, por Mayora, condispensa del trmite de lectura y aprobacin del acta.

    APROB:

    ARTCULO PRIMERO.- APROBAR, los Estados Financieros y Presupuestarios, as como laMemoria de Gestin de la Municipalidad Provincial del Cusco, correspondientes al ao 2012,

    los mismos que forman parte del presente Acuerdo de Concejo Municipal.

    ARTCULO SEGUNDO.- REMITIR, a la Direccin General de Contabilidad Pblica y alMinisterio de Economa y Finanzas, la documentacin expuesta en el artculo precedente,encargando dicha funcin a la Oficina General de Administracin a travs de la Direccin deContabilidad.

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    ARTCULO TERCERO.- El presente Acuerdo Municipal, entrar en vigencia al da siguientede su aprobacin.

    REGSTRSE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 0312013MPC.

    Cusco, 25 de marzo de 2013.

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonoma poltica,econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonoma segn el Artculo II delTtulo Preliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, radica en ejercer actos degobierno, administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, el Artculo 9 Inciso 26) de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, el Concejo Municipaltiene la atribucin de aprobar la celebracin de convenios de cooperacin nacional e internacional yconvenios interinstitucionales;

    Que, con Informe N 014-SGDEM/GDHS-MPC-2013, la Sub Gerente de DEMUNA, opina por la procedenciade la conformacin del Comit Tcnico para la Elaboracin del Plan Provincial de Accin por la Infancia,Niez y Adolescencia en la Provincia del Cusco;

    Que, con Memorndum N 042-2013-GDHS/MPC, el Gerente de Desarrollo Humano y Social, opina que esimportante y muy valiosa la creacin del Comit Tcnico para la elaboracin del Plan Provincial de Accinpor la Niez y Adolescencia en la Provincia del Cusco PPAINA, permitiendo que las instituciones pblicasy privadas as como las Organizaciones Civiles y de base anen esfuerzos en favor de este importantesector de nuestra poblacin, ya que se elaborar un instrumento de gestin que oriente las acciones paraque nuestros nios y adolescentes alcancen una mejor calidad de vida;

    Que, el artculo 84 de la Ley Orgnica de Municipalidades

    Ley N 27972, establece que lasmunicipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promocin de derechos, ejercen lassiguientes funciones:

    1.1 Planificar y promover el desarrollo social de su circunscripcin en armona a las polticas nacionalesy regionales de manera concertada ;

    1.2 Difundir, promover los derechos del nio y adolescente de la mujer y del adulto mayor, propiciandoespacios para su participacin en el nivel de las instancias municipales

    Que, el artculo 49 de la Constitucin Poltica del Per, establece que la comunidad y el Estado protegenespecialmente al nio, adolescente, a la madre y al anciano en situacin de abandono, uno de los grandesreferentes bsicos del progreso logrado por un pas y de sus posibilidades futuras;

    Que, la Convencin sobre los Derechos del Nio adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidasen su resolucin cuarenta y cuatro, ratificada por el Estado Peruano el 5 de setiembre de 1990, establece enel numeral 1, del articulo tres que, todas las medidas concernientes a los nios, que tomen las institucionespblicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los rganoslegislativos; una consideracin primordial que se atender ser el inters superior del nio; y en el numeraldos establece que los Estados Peruanos Partes se comprometen a asegurar al nio la proteccin y elcuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres,tutores u otras personas responsables ante la ley y con ese fin tomaran las medidas administrativasnecesarias;

    Que, mediante Decreto N 001-2002-MIMP, se aprueba el Plan Nacional de Accin por la Infancia y

    Adolescencia 2012-2021 PNAIA 2021, como poltica de Estado; documento marco de las acciones,programas y estrategias que debern asumir y ejecutar los diferentes sectores e instituciones y la Sociedad

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    Civil, para lograr el cumplimiento de los derechos humanos de los nios, nias y adolescentes peruanoscomo prioridad de la agenda nacional, guardando directa relacin con los acuerdos y conveniosinternacionales que sobre infancia y adolescencia ha ratificado el Gobierno Peruano, teniendo como normaeje, la Convencin Internacional sobre los Derechos del Nio;

    Que, en el artculo 2, numeral 6) del Decreto Supremo N 027-2007-PCM, se prevn las polticas nacionalesde obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, en materia de inclusin que espoltica nacional de obligatorio cumplimiento, entre otros, desarrollar programas destinados a reducir lamortalidad infantil, prevenir las enfermedades crnicas y mejorar la nutricin de los menores de edad;adoptar medidas de erradicacin de las peores formas de trabajo infantil y apoyar la promocin de lapaternidad responsable, as como garantizar el respeto de los derechos de grupos vulnerables, erradicandotoda forma de discriminacin;

    Que, para la elaboracin del referido Plan y por la importancia de la iniciativa legislativa planteada esnecesario conformar el Comit Tcnico que tendr a su cargo la elaboracin del Plan Provincial de Accinpor la Infancia y adolescencia en la provincia del Cusco PPAINA, en estricta observancia al ReglamentoInterno del Concejo Municipal y a la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972;

    Que, en armona con las normas mencionadas, los gobiernos locales deben asumir responsabilidades enmateria de proteccin y apoyo a la infancia y adolescencia, pese a la existencia de estas leyes, as como de

    importantes esfuerzos realizados por las instituciones estatales y de la sociedad civil, la realidad actual nosdevuelve una imagen preocupante sobre la situacin de los nios, nias y adolescentes de nuestro provinciay nos recuerda que tenemos con ellos una importante deuda social;

    Que, la presente propuesta resulta de vital importancia teniendo en cuenta que la Municipalidad Provincialdel Cusco, en el marco del proceso de descentralizacin es la encargada de desarrollar los procesos dearticulacin interinstitucional con los diversos actores sociales del Estado y la Sociedad Civil, en aras de laimplementacin de las polticas sociales, especficamente dirigidas a favor de la niez y adolescencia para laintervencin integral;

    Que, en la actualidad existe una dispersin de esfuerzos de las Instituciones tanto pblicas como privadasque trabajan el tema de los derechos de los nios, las nias y adolescentes, por lo que se requiere de la

    aprobacin e implementacin de una poltica pblica provincial que pueda articular estas instituciones, lo quesignificara una inversin ms eficiente de los esfuerzos a favor de los programas y proyectos socialesdirigidos a la niez y adolescencia;

    Por tanto:

    Estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, elConcejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco en sesin extraordinaria de la fecha, porUnanimidad, con dispensa del trmite de lectura y aprobacin del acta.

    ACORD:

    Artculo Primero.- APROBAR, la conformacin del Comit Tcnico para la elaboracin del PlanProvincial del Accin por la Infancia, Niez y Adolescencia en la provincia del Cusco PPAINA, elmismo que estar integrado de la siguiente manera:

    1. La Gerencia de Desarrollo Humano y Social de la Municipalidad Provincial del Cusco, a travsde la Defensora Municipal del Nio y AdolescenteDEMUNA,

    2. Representante del Proyecto LECODENET de la Municipalidad Provincial del Cusco,3. Representante de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Cusco,4. Representante de la Direccin Regional de Nios, Nias y adolescentes Ministerio del

    Desarrollo e Inclusin SocialMIDIS,5. Representante del Arzobispado del Cusco,6. Representante de la Asociacin Kallpa,7. Representante de la Organizacin World VisionCusco,

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    8. Representante de la Red Semilla Nueva del Cusco,9. Representante de la Asociacin Civil Inti Runakunaq Wasin,10. Representante de la UNICEF y11. Representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones VulnerablesMIMPV.Articulo Segundo.- ENCARGAR, al Comit Tcnico, el inicio de la elaboracin del Plan Provincialde Accin por la Infancia, Niez y Adolescencia en la Provincia del CuscoPPAINA.

    Artculo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Humano ySocial la implementacin y cumplimiento del presente acuerdo.

    COMUNQUESE, PUBLQUESE CMPLASE Y ARCHVESE.

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 0322013MPC.

    Cusco, 25 de marzo de 2013.

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonoma poltica,econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonoma segn el Artculo II del TtuloPreliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, radica en ejercer actos de gobierno,administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, el Artculo 9 Inciso 26) de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, el Concejo Municipaltiene la atribucin de aprobar la celebracin de convenios de cooperacin nacional e internacional yconvenios interinstitucionales;

    Que, mediante Informe N 003-2013-AEGQ/MPC-GI, el Gerente de Infraestructura, solicita se realice unaadenda al convenio realizado con la Municipalidad Distrital de San Jernimo, siendo que dicho convenio tieneuna valorizacin de equipo con el pago de los servicios mediante la utilizacin del Cargador Frontal de laMunicipalidad Distrital de San Jernimo con una valorizacin de S/. 31,986.30 nuevos soles; en tal sentidorefieren que ya no se necesitara el cargador frontal en la planta por lo que es necesario los mantenimientosde los equipos de pista y de la planta de asfalto se solicita que la contraprestacin del convenio se realice conla compra de repuestos, como fajas, mangas, aceite de motor, hidrulico y filtros para este este aceite, encuadro que se detalla, adjunto al presente Acuerdo;

    Que, mediante Informe N 025-SGEM/ GI-MC-2013; el Sub Gerente de Equipo Mecnico realiza la evaluacin

    del Convenio de Cooperacin Interinstitucional celebrado entre la Municipalidad Provincial del Cusco y la

    Municipalidad Distrital de San Jernimo, sealando que la Municipalidad Provincial del Cusco cumpli conproporcionar la maquinaria solicitada por la Municipalidad Distrital, mientras que el Cargador Frontal que iba a

    ser proporcionado por dicha Municipalidad ya no se necesaria en la Planta de Asfalto; en tal sentido solicita se

    suscriba una adenda a dicho Convenio por la compra de repuestos e insumos que sern de utilidad en los

    mantenimientos preventivos sistemticas de la planta de asfalto y equipos del tren de pista;

    Que, mediante Informe N 144-2013-GI/MDSJ, el Gerente de Infraestructura de la Municipalidad Distrital deSan Jernimo, manifiesta que la Municipalidad Distrital de San Jernimo esta de acuerdo con lasmodificaciones del Convenio de Cooperacin Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial del Cusco y laMunicipalidad Distrital de San Jernimo, comprometindose al cambio de la adenda y la contraprestacin delservicio brindado;

    Que, mediante Informe N 073-2013-MPC/OGAJ, el Director Encargado de la Oficina General de AsesoraJurdica, sugiere que su Despacho se sirva poner a consideracin del Concejo Municipal la solicitud desuscripcin de una Adenda al Convenio de Cooperacin Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial delCusco y la Municipalidad Distrital de San Jernimo;

    Que, la MunicipalidadProvincial y la Municipalidad Distrital, suscriben en noviembre del 2012, un Convenio

    para establecer mecanismos de Cooperacin Interinstitucional para establecer mecanismos de Cooperacin

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    Interinstitucional, para la provisin reciproca de maquinaria entre ambas municipalidades con el objeto de la

    colocacin de la carpeta asfltica en la ejecucin de la obra Pavimentacin de la circunvalacin norte del

    Distrito de San Jernimo , mediante la provisin reciproca de la siguiente maquinaria

    El Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, establece que, los acuerdos son

    decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especficos de inters pblico, vecinal o institucional,

    que expresan la voluntad del rgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una

    conducta o norma institucional;

    Que la Comisin Ordinaria de Asuntos Legales considera que mediante la suscripcin de una adenda al

    Convenio de Cooperacin Interinstitucional, permitir establecer mecanismos de cooperacin

    Interinstitucional, mediante la provisin de maquinaria por parte de la Municipalidad Provincial del Cusco y la

    provisin de repuestos e insumos por parte de la Municipalidad Distrital de San Jernimo.

    Por tanto:

    Estando a lo establecido por el Artculo 41 de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, elConcejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco en sesin extraordinaria de la fecha, por Mayora,con dispensa del trmite de lectura y aprobacin del acta.

    ACORD:

    Artculo Primero.- APROBAR, la suscripcin de una adenda al Convenio de CooperacinInterinstitucional entre la Municipalidad Provincial del Cusco y la Municipalidad Distrital de SanJernimo, cuyo texto es parte adjunta del presente Acuerdo Municipal.

    Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Infraestructura elcumplimiento del presente Acuerdo.

    COMUNQUESE, PUBLQUESE CMPLASE Y ARCHVESE.

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    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

    ACUERDO MUNICIPAL N 0332013 MPC.

    Cusco, 25 de marzo de 2013.

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO

    El Honorable Concejo Provincial de Cusco

    VISTO: El resumen de la Sesin Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de marzo de 2013, remitido por laSecretara General de la Municipalidad Provincial de Cusco.

    CONSIDERANDO:

    Que, segn lo dispuesto por el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per, las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son rganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonoma poltica,

    econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonoma segn el Artculo II del TtuloPreliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972, radica en ejercer actos de gobierno,administrativos y de administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;

    Que, el Acuerdo de Concejo, es la norma que contiene las decisiones que toma el Concejo, mediante el cualregula asuntos especficos de inters pblico, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del rgano deGobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, como seestablece en el Artculo N 41 de la Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades;

    Que, a travs de la Ley N 29230 Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con participacin

    del sector privado, establece el marco normativo para que las empresas privadas suscriban convenios con

    los gobiernos regionales y/o locales, para financiar y/o ejecutar proyectos de inversin pblica eninfraestructura que debern estar en armona con las polticas y planes de desarrollo nacional, regional y/olocal, y contar con la declaratoria de viabilidad que especifique la valorizacin implcita del Sistema Nacionalde Inversin PblicaSNIP;

    Que con la promocin de la participacin de la inversin privada en la ejecucin de los proyectos deinfraestructura, se buscar favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generacin de bienes, servicios yempleo, as como contribuir a mejorar la calidad de vida de la poblacin;

    Que, segn el Artculo 5 de la Ley N 29230, se seala que los gobiernos regionales y/o locales realizan elproceso de seleccin de la empresa privada, de considerarlo necesario, con la asistencia tcnica de

    PROINVERSIN;Que, en tal sentido, el Artculo 6 del Decreto Supremo N 133-2012-EF el mismo que aprueba elReglamento de la Ley N 29230, establece que para efectos de obtener la Asistencia Tcnica dePROINVERSIN en el proceso de seleccin bajo la modalidad de asesora o encargo se requerir el acuerdodel Concejo Municipal respectivo. En ambos casos, PROINVERSION suscribir los convenios de asistenciatcnica respectivos con los Gobiernos Locales;

    Estando a lo expuesto y en uso de las facultades concedidas por la Constitucin Poltica del Per, modificadapor Ley N 27680, la Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972 y dems normas aplicables, el ConcejoMunicipal en Sesin Extraordinaria de fecha 25 de marzo de 2013.

    ACORDO:

  • 7/22/2019 PLAN 872 Acuerdos de Consejo Municipal Marzo 2013 2013

    14/14

    Primero:Priorizar el Listado de Proyectos para ser ejecutados en el marco de la Ley N 29230, losmismos que se indica a continuacin:

    N NOMBRE DEL PROYECTO CODIGO SNIP FACTIBILIDAD INVERSION

    1 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LASEGURIDAD CIUDADANA PARA

    BRINDAR AUXILIO, PREVENCION YPROTECCION A LA COLECTIVIDAD DELDISTRITO DE CUSCO, PROVINCIA DECUSCOCUSCO

    212845

    APROBADA

    INFORMETECNICON 09-2013/MPC-OGPP

    S/ 14159,581.00

    2 MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOSEDUCATIVOS EN LA I.E. N419-COLIBRI,UBICADA EN EL PUEBLO JOVEN DESIPASPUCYO, DISTRITO CUSCO,PROVINCIA DE CUSCOCUSCO.

    243206

    NOCORRESPONDE

    S/.1221,285.00

    Total S/.15380,886.00

    Segundo:Actualizar la relacin de proyectos a ser publicados en el Portal de Pro Inversin.

    Tercero: Constituir el Comit Especial bajo los alcances de la Ley N 29230 y su Reglamentoaprobado por D.S. 133-2012-EF, el cual dirigir el proceso de seleccin de la empresa privada quefinanciar y ejecutar el proyecto previamente priorizado. El Comit Especial estar conformado portres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes; encargndose al seor Alcalde la designacin de losmismos.

    Cuarto:Solicitar la Asistencia Tcnica, en la modalidad de asesora a la Agencia de Promocin dela Inversin Privada PROINVERSION, para el proceso de Seleccin de la empresa privada que

    financiar y ejecutar el proyecto priorizado, en mrito al Convenio de Asistencia Tcnica en laModalidad de Asesora sin financiamiento de fecha 21 de junio de 2010,

    Dado en la ciudad de Cusco, a los veinticinco das del mes de marzo del ao dos mil trece.

    REGSTRESE, COMUNQUESE Y ARCHVESE.