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DEPARTAMENTO DE RISARALDA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA GESTIÓN JURÍDICA CONTRATACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS Versión: 0 Vigencia 05-2015 Proyecto de Pliego y/o Pliego de Condiciones Definitivo Concurso de Méritos Abierto No. 16 Página 1 de 76 PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES CONCURSO DE MERITOS ABIERTO No. SI-CM-16-2015 PROCESO LIMITADO A MIPYMES NACIONALES DOMICILIADAS EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA OBJETO: INTERVENTORÍA PARA LA OBRA DEL MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE LA VÍA REMOLINOS-BELEN DE UMBRIA DESDE EL K0+00 AL K14+00PEREIRA JULIO 2015

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PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES

CONCURSO DE MERITOS ABIERTO No. SI-CM-16-2015

PROCESO LIMITADO A MIPYMES NACIONALES DOMICILIADAS EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA

OBJETO: “INTERVENTORÍA PARA LA OBRA DEL MEJORAMIENTO Y/O

REHABILITACIÓN DE LA VÍA REMOLINOS-BELEN DE UMBRIA DESDE EL K0+00 AL K14+00”

PEREIRA

JULIO – 2015

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TABLA DE CONTENIDO

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN ................................... 3 2. PREVALENCIA NORMATIVIDAD VIGENTE. ............................................................. 7 3. DIRECCIONES Y CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE MÉRITOS: ....................... 7 4. ETAPAS DE MANIFESTACIONES DE INTERES. .................................................... 9 5. CONDICIONES GENERALES. ................................................................................. 10 6. GARANTÍAS ............................................................................................................. 16 7. ANÁLISIS DEL RIESGO – MATRIZ DEL RIESGO. .................................................. 17 8. CAUSALES DE RECHAZO. ..................................................................................... 17 9. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA. ..................................................................... 18 10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.................................................................. 21 11. CIERRE Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS. .............................................. 21 12. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y REVISIÓN PROPUESTA ECONOMICA .......................... 23 13. FACTORES DE SELECCIÓN Y REVISIÓN DE LOS DE REQUISITOS HABILITANTES ............................................................................................................... 24 14. FACTORES DE CALIFICACION ........................................................................... 32 15. DESEMPATE DE PROPUESTAS ......................................................................... 40 16. DECLARATORIA DE DESIERTA .......................................................................... 41 17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ....................................................................... 41 18. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES .............................................. 42 19. METODOLOGÍA ................................................................................................... 46 20. INDICAR SI EL PROCESO ESTA COBIJADO POR ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO ........................................................................ 60 ANEXO 4: APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL ........................................................... 68 ANEXO 6: COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN ............................................................. 70 ANEXO 7: MINUTA DEL CONTRATO ............................................................................. 71

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1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. OBJETO DEL PROCESO DE CONCURSO DE MERITOS ABIERTO. La Gobernación del Risaralda convoca a los interesados en participar en el Concurso de

Méritos Abierto No. SI-CM-16-2015 cuyo objeto es contratar la “INTERVENTORÍA

PARA LAS OBRAS PARA EL MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE LA VÍA REMOLINOS-BELEN DE UMBRIA DESDE EL K0+00 AL K14+00”, cuyos contratos de obra se adjudicarán como resultado del procesos SI-LP-16-2015. 1.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA INTERVENTORÍA Y/O CONSULTORÍA Durante la ejecución del objeto antes descrito, el contratista debe cumplir con las

siguientes actividades principalmente realizar “INTERVENTORÍA PARA LA OBRA DE

MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE LA VÍA REMOLINOS-BELEN DE UMBRIA DESDE EL K0+00 AL K14+00”. Para tal efecto el interventor deberá cumplir con las Funciones Técnicas, Financieras, Administrativas, Ambientales y Legales de la Interventoría antes y durante la ejecución de las obras respectivas consagradas en el DECRETO No 0235 DEL 15 DE MARZO DE 2010 POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DEL INTERVENTOR PARA LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA, así como las contenidas en la Ley 1474 de 2011, Decreto No. 169 del 2 de Septiembre de 2005 y en las demás normas que regulan la materia. OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR 1. Conocer sobre la organización y la normatividad vigente del DEPARTAMENTO DE RISARALDA – Administración Central. Aplicación en desarrollo del contrato y de interventoría, igualmente deberá tramitar adecuadamente la correspondencia, utilizando los formatos y procedimientos establecidos y cumplir con las disposiciones contenidas en el Manual de Interventoría vigente, resoluciones y decretos que se relacionen con el ejercicio de la interventoría. 2. Impartir todas las órdenes dirigidas al Contratista o a alguno de sus dependientes, por escrito. 3. Elaborar todas las actas y documentos con sujeción a los formatos de calidad establecidos por la entidad. 4. Remitir toda la documentación que se genere producto de la ejecución del contrato y el informe final a la Secretaría de Infraestructura. 5. Verificar las condiciones de las normas y especificaciones vigentes, los estudios

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previos para la ejecución del contrato. 6. Elaborar actas de inicio, siempre y cuando se encuentren satisfechos los requisitos de legalización del contrato. (Aprobación de pólizas, publicación y registro presupuestal). 7. Exigir al contratista, una vez se tenga el acta de Inicio debidamente firmada, la ejecución del contrato o convenio dentro de los términos establecidos en el respectivo contrato o convenio y en cumplimiento de la programación contractual. 8. Controlar la inversión del anticipo concedido al contratista, vigilando que se invierta en la ejecución del contrato o convenio. Cuando la entidad lo considere dentro del texto del contrato exigirá que el manejo del anticipo se haga mediante cuenta conjunta y autorizando los desembolsos que correspondan a gastos del contrato efectuados y que estén de acuerdo con el programa de inversiones aprobado por el DEPARTAMENTO DE RISARALDA. 9. Llevar, Mantener actualizado y tener disponible el archivo de la interventoría con la correspondencia, informes y demás documentos requeridos para el control de la ejecución del contrato, en donde se detallen en general todo aquello que permita determinar completamente las características del contrato ejecutado. Este archivo deberá ser entregado a la Secretaria Ejecutora correspondiente como requisito para el recibo de la Interventoría. 10. Realizar el seguimiento al avance del contrato cualquiera sea su naturaleza de acuerdo con la programación, de tal manera que si se detectan atrasos e incumplimientos parciales o totales se requiera oportunamente al contratista y de continuar con los mismos incumplimientos, se informe con la debida sustentación al coordinador de contrato y/o al Secretario de despacho correspondiente, junto con la cuantificación del valor de la sanción o multa para el trámite pertinente. 11. Elaborar acta de recibo parcial de acuerdo con el pliego de condiciones y/o el contrato y con los trabajos ejecutados en el mes o período a reconocer al contratista. Las actas serán suscritas conjuntamente con el contratista y constituyen el soporte para el recibo definitivo del contrato. 12. Conocer al detalle el estado financiero y legal del contrato y controlar las operaciones efectuadas con los fondos del mismo, así como del trámite de contratos adicionales, actas de modificación, prorrogas, suspensiones, reiniciaciones, etc. 13. Realizar en forma periódica cuando el contrato y el interés del DEPARTAMENTO DE RISARALDA, lo requieran, en forma conjunta con el contratista, las cantidades o actividades ejecutadas contra las contempladas en el proyecto. Haciendo un balance general del contrato, contra lo pactado contractualmente. 14. Tramitar los pagos al contratista, cuantificando las labores realizadas, dentro

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de los plazos establecidos, y presentará la documentación requerida al funcionario competente de cada Secretaria, una vez el contratista haya acreditado toda la documentación necesaria. 15. verificar el pago de seguridad social integral y de parafiscales, conforme a las cuantías establecidas en la norma. No podrá autorizarse ningún pago sin el cumplimiento de éste requisito. 16. Emitir concepto durante la ejecución del contrato o convenio y someter a consideración del Ordenador del gasto y el Secretario de despacho correspondiente con la debida justificación técnico-económica, los casos en que se le solicite o presenten: 1. Solicitudes de Adición 2. Prórrogas. 3. Aclaraciones 4. Modificaciones 17. No modificar el objeto del contrato. Tampoco podrá aprobar u ordenar modificaciones en el plazo y valor, ni ordenar cambios en la concepción general de los trabajos, ni realizar modificaciones que impliquen un cambio sustancial en el mismo. No puede pues el interventor, modificar las cláusulas del contrato. En caso de ser necesario solicitará mediante justificación la modificación correspondiente. 18. Estudiar las sugerencias, reclamaciones y consultas del contratista que sean de su competencia, resolviendo oportunamente las que estén a su alcance y de las que no, emitir concepto técnico, financiero y legal según el caso, con los correspondientes soportes remitiéndolas al Secretario de Despacho correspondiente. 19. Presentar los informes que servirán como fundamento para proferir los actos administrativos respectivos, para la imposición de multas, para declarar la caducidad y hacer efectivas las garantías en caso de ocurrencia del siniestro. Dichos informes deberán ser claros expresos respecto al incumplimiento parcial o total y así mismo hacer la tasación del valor de la multa o sanción perjuicio que se debe aplicar al contratista incumplido. 20. Verificar que las pólizas permanezcan vigentes. 21 Recibo definitivo del contrato mediante la elaboración del acta correspondiente. 22. Hacer cumplir los requerimientos socio – ambientales establecidos para el proyecto. 23. Exigir al contratista el cumplimiento de todas las normas sobre seguridad industrial y salud ocupacional del personal a su cargo. 24. Cumplir instrucciones y demás obligaciones establecidas por el DEPARTAMENTO. 25. Informar por escrito al ordenador del gasto para la adopción de las medidas pertinentes en caso de que durante la ejecución del contrato surgen discrepancias sobre la interpretación de las cláusulas del contrato que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer, y no logra

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llegarse a un acuerdo, el interventor así lo informará por escrito debidamente motivado al ordenador del gasto o quien tenga delegada la contratación para la adopción de las medidas pertinentes. 26. Elaborar los informes que le sean solicitados por el Coordinador del contrato, el director técnico de la Secretaria, del secretario de Despacho competente. 27. El interventor deberá articular su acción con los grupos de auditores visibles, la publicación de informes de interventoría, la asistencia y participación en los foros con ciudadanos, así como atender y dar respuesta a las observaciones hechas por los auditores visibles 28. Elaborar proyecto de acta de liquidación bilateral o unilateral y allegar la documentación requerida para la liquidación del respectivo contrato o convenio de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. El acta de liquidación, la firmará el interventor que la proyecta, el ordenador del gasto o su delegado, el secretario de despacho donde se originó el proyecto y el contratista. En caso de liquidación unilateral se firmará por el interventor que la proyecta, el ordenador del gasto o su delegado, el secretario de despacho donde se originó el proyecto. 29. Presentar en original al director y/o Secretario de despacho el correspondiente. Informe final. 1.3. PROCEDIMIENTO Y ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EJERCER LA INTERVENTORÍA Corresponderá al interventor controlar, exigir y verificar la ejecución del proyecto, velando por los intereses del Departamento de Risaralda, atendiendo criterios de menor costo, menor tiempo y mayor calidad. Para el manejo Técnico, Administrativo, Ambiental, Financiero y Legal de los contratos de obra aplicará la organización, procedimientos y metodología de la Secretaría de Infraestructura referentes al manejo, trámite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y liquidación de los contratos, de acuerdo con el manual de interventoría. El interventor constatará su legalización, verificará su amparo presupuestal, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y verificará la aprobación de las garantías que correspondan. El interventor vigilará el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales establecidas para el contratista de la obra, entre otras; que se cumplan con la señalización en debida forma del sitio de la obra, que se lleve el libro de bitácora, que se realice el seguimiento fotográfico, que la calidad de los materiales corresponda a los solicitados, que cumpla con las especificaciones técnicas y que cumpla con el pago de parafiscales.

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Para el manejo técnico, administrativo, ambiental , financiero y legal de los contratos de obra aplicara la organización, procedimientos y metodología de la secretaria de infraestructura referentes al manejo, tramite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y liquidación de los contratos, de acuerdo con el manual de interventoría.

El interventor constatara su legalización, verificaras amparo presupuestal, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y verificara la aprobación de las garantías que correspondan.

El interventor vigilara el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales para el contratista de la obra, entre otras; que se cumplan con la señalización en debida forma del sitio de la obra, que se lleve el libro de bitácora, que se realice el seguimiento topográfico, que la calidad de los materiales corresponda a los solicitados, que cumpla con las especificaciones técnicas y que cumpla con el pago de parafiscales.

EL CONTRATISTA se compromete a diligenciar conjuntamente con la interventoría la evaluación de proveedores, conforme a las obligaciones y documentación solicitada

EL CONTRATISTA se compromete además del objeto del Contrato y su alcance, a cumplir con todas las obligaciones inherentes a él, en especial, las relacionadas con el uso de la documentación utilizada en el Sistema de Gestión de Calidad de la Gobernación de Risaralda, en especial las políticas de operación.

EL CONTRATISTA se compromete a que en lo posible utilizará personal con algún tipo de discapacidad demostrada mediante certificación emitida por el Ministerio del Trabajo o de quien corresponda.

2. PREVALENCIA NORMATIVIDAD VIGENTE.

Lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, y demás Decretos reglamentarios y normas vigente sobre la materia. En todo caso de discordancia entre éstas y aquel prevalecerá la normatividad anteriormente expuesta.

3. DIRECCIONES Y CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE MÉRITOS:

Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, a cualquiera de las siguientes direcciones:

3.1. Dirección Página Web: www.risaralda.gov.co y www.contratos.gov.co - SECOP

3.2. Dirección E-Mail de la Contratación: [email protected]

3.3. Dirección Física: Toda correspondencia por escrito y la Propuesta del Oferente, deberá ser entregada directamente a la Dirección Técnica de la Secretaría de Infraestructura Palacio de la Gobernación, carrera 13 No. 19 - 17, piso 4 de la ciudad de Pereira. P. B. X. 3398300, extensiones 344, 287, 288, 224, 328, 251.

El Departamento de Risaralda no se hace responsable por comunicaciones o Propuestas enviadas por correo, entregadas en archivo, dirigidas o entregadas en otra Dependencia y el Interesado y/o Proponente no tendrá derecho a reclamo posterior si esto ocurriere.

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Los horarios de atención al público en la Gobernación, son los días hábiles, de lunes a viernes de 7:30 a las 12:00 horas y de las 14:00 a las 17:30 horas.

La comunicación debe contener: (a) el número del presente Proceso de Contratación (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación.

Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Departamento de Risaralda – Secretaria de Infraestructura por canales distintos a los mencionados solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. El Departamento de Risaralda debe responder las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde.

3.4. Dirección donde se pueden consultar los Estudios Previos. Atendiendo lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. Los Estudios y Documento Previos del presente proceso estarán a disposición de los interesados en la Secretaría de Infraestructura, Dirección Técnica, Palacio de la Gobernación, Carrera 13 No. 19 - 17, piso 4 del Palacio Departamental.

Los proyectos de pliego y pliegos definitivos, presupuesto oficial, cronograma del proceso, convocatoria a las veedurías ciudadanas, convocatoria pública, aclaraciones o adendas, listados y actas que se produzcan durante el proceso, estarán publicados en el portal único de contratación y en la página WEB del Departamento, los interesados podrán consultarlos y bajarlos de las páginas

3.5. Cronograma

ACTIVIDAD FECHA HOR

A SITIO

E-mail [email protected]

Publicación del Estudio Previo, Análisis del Sector, Análisis del Riesgo, Matriz del Riesgo, Proyecto de Pliego de Condiciones, Aviso de convocatoria.

Agosto 26 de 2015

Portal Único de Contratación - Web

Publicación Convocatoria Veeduría Agosto 26 de

2015

E-mail o Secretaria de Infraestructura

Observaciones al Proyecto de pliego de condiciones

Agosto 27 a 1 septiembre de

2015

Portal Único de Contratación – Web

Respuesta de Observaciones al Proyecto de pliego

Septiembre 2 de 2015

Portal Único de Contratación – Web

Publicación pliego definitivo y Apertura del proceso

Septiembre 3 de 2015

Portal Único de Contratación – Web

Cierre del Concurso de Méritos Abierto y Recibo de Propuestas

Septiembre 9 de 2015

09:00 AM

Secretaria de Infraestructura

Publicación de resultados de la Septiembre 14 de 07:00 Portal Único de

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ACTIVIDAD FECHA HOR

A SITIO

E-mail [email protected]

evaluación jurídica y evaluación técnica y financiera

2015 AM Contratación – Web

Plazo para presentar observaciones a los informes de evaluación y presentar documentos solicitados.

Septiembre 14, 15 y 16 de 2015

Revisión de la Propuesta Económica y Adjudicación

Septiembre 18 de 2015

09:00 AM

Secretaria de Infraestructura

Perfeccionamiento del contrato Septiembre 22 de

2015

Secretaria de Infraestructura

Legalización del contrato Septiembre 24 de

2015 Secretaria Jurídica

4. ETAPAS DE MANIFESTACIONES DE INTERES.

4.1. Recibo de Manifestaciones en la Etapa de Publicación del Proyecto de Pliegos de Condiciones y hasta antes de la apertura del proceso por parte de MIPYMES.

Esta convocatoria estará limitada a las MIPYMES NACIONALES domiciliadas en el Departamento de Risaralda, cuya actividad comercial sea relacionada con el objeto del presente proceso y cumplan con lo establecido en el numeral 5.1. Perfil Requerido.

Estas deben reunir los siguientes requisitos.

1) Que al menos tres (3) MIPYMES Departamentales manifiesten interés en participar por escrito ante la Secretaria de Infraestructura durante los cinco (5) días de publicación del Proyecto de Pliegos y hasta el día antes de la apertura del proceso.

2) La condición de MIPYMES se acreditará anexando un certificado expedido por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, sí está obligado a tenerlo, o el Contador, en la cual conste que la MIPYME tiene el tamaño empresarial establecido por la Ley, con una vigencia máxima de treinta (30) días antes del cierre del proceso.

Además acreditará lo siguiente:

3) El domicilio principal de las MIPYMES departamentales, locales o regionales debe coincidir con el lugar de ejecución del contrato. Este requisito se acreditará con el Registro Mercantil; el Certificado de Existencia y Representación Legal de la Empresa; o, el RUP para personas naturales no comerciantes.

4) Las MIPYMES deberán tener por lo menos un (1) año de constituidas al momento de la convocatoria: Este criterio se revisará en el certificado expedido por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, sí está obligado a tenerlo, o el Contador en el que señale tal condición.

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ESTA ETAPA YA SE SURTIÓ

5. CONDICIONES GENERALES.

5.1. PERFIL SOLICITADO Esta convocatoria estará limitada a las MIPYMES NACIONALES domiciliadas en el Departamento de Risaralda en donde se va a ejecutar el contrato de conformidad con el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, siempre y cuando cumpla dentro del período de publicación de los proyectos de pliegos con lo solicitado en el artículo 2.2.2.4.2.4 del mismo Decreto en mención, y que el certificado expedido por el Representante Legal y el Revisor Fiscal, sí está obligado a tenerlo, o el Contador en el que señale tal condición, tenga una vigencia máxima de treinta (30) días antes del cierre del proceso, cuya actividad comercial le permita tener la capacidad para CELEBRAR CONTRATOS DE CONSULTORÍA según lo siguiente: Podrán participar de la presente convocatoria:

5.1.1. Persona Jurídica: Cuyo Objeto Social esté relacionado con la naturaleza del presente proceso “INTERVENTORÍA PARA LA OBRA DE MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE LA VÍA REMOLINOS-BELEN DE UMBRIA DESDE EL K0+00 AL K14+00”.además el Representante Legal deberá ser Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, presentar copia de la Tarjeta Profesional y el Certificado de Vigencia expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada. Importante: En caso tal que el Representante Legal no sea Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, su propuesta deberá estar avalada por un Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, que debe presentar copia de la Tarjeta Profesional y el certificado de vigencia expedido por el COPNIA, de conformidad con el Artículo 20 de la Ley 842 de 2003.

5.1.2. Persona Natural: Ser Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, presentar copia de la Tarjeta Profesional y el Certificado de Vigencia expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada. Cuando el proponente no sea Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, la propuesta deberá estar avalado por un profesional Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías, que deberá presentar copia de la Tarjeta Profesional y Certificado de Vigencia expedido por el COPNIA, de conformidad con el Artículo 20 de la Ley 842 de 2003.

5.1.3. Consorcios o Uniones Temporales Conformados por Personas Naturales y/o Jurídicas que cumplan con los incisos anteriores.

5.2. CONSORCIO – UNIONES TEMPORALES Se aceptarán este tipo de alianzas o asociaciones entre Personas Jurídicas y Personas naturales que cumplan con los requisitos anteriores y además:

Que presenten documento de conformación del Consorcio o Unión temporal debidamente firmado, conforme lo establece el pliego más adelante.

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Que todos los integrantes se encuentren inscritos en el Registro Único de Proponentes, que puedan acreditar la experiencia en el código UNSPSC solicitado y que éste se encuentre vigente y en firme antes de la adjudicación.

Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal deberán cumplir con el perfil solicitado.

5.3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección un presupuesto de Doscientos millones ochocientos veintitrés mil

doscientos sesenta PESOS M/CTE ($200.823.260) Moneda Legal Corriente; en el cual

se entiende incluido el valor del IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación. El valor total de la oferta incluyendo el IVA no podrá exceder el valor del Presupuesto oficial, pues de lo contrario, la oferta será rechazada. 5.4. FUENTE DE FINANCIACIÓN El Departamento de Risaralda adelantara el presente proceso con cargo a la siguiente disponibilidad presupuestal:

CERT. DISPON.

PRESUPUESTAL RUBRO

PRESUPUESTAL $ VALOR CDP SECRETARIA

786 del 17 de febrero de 2015

12-2-393026-91 $227.618.488 Infraestructura

TOTAL $227.618.488

Importante: “La publicación de los proyectos de pliegos de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección” (Decreto 1082 de 2015). Igualmente las fechas y otros datos aquí consignados podrán modificarse en la publicación del pliego definitivo, ellas solo constituyen una guía para los Interesados. 5.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA INTERVENTORÍA El plazo previsto para realizar la INTERVENTORÍA es de: NOVENTA (90) DÍAS Calendario a partir de la suscripción del acta de iniciación del contrato. 5.6. FORMA DE PAGO: La Gobernación de Risaralda, cancelará el valor del Contrato que se suscriba con ocasión de este Concurso de Méritos Abierto de la siguiente forma: Mediante un Anticipo del Veinte (20%), luego de la suscripción del acta de iniciación, el saldo restante mediante presentación de actas parciales e informes de Avance de Interventoría con amortización del anticipo y una final en la que también se podrá amortizar anticipo. La última acta no podrá ser inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) del

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valor del Contrato. El proponente que resulte seleccionado en este Concurso de Méritos Abierto requerirá luego de la firma del Contrato recursos para el alquiler de la sede desde donde desarrollará su labor, requerirá contratistas, transporte y otros apoyos logísticos. Además deberá pagar quincenalmente a sus profesionales, auxiliares y administrativos por lo que debe contar por lo menos, con flujo de caja para asumir el pago oportuno de las dos (2) primeras quincenas. Por lo anteriormente expuesto requiere anticipo. Las Actas Parciales y los Informes de Avance de la Interventoría, deben contener el resumen de las actividades principales desarrolladas por El Interventor y acompañadas con los soportes (que serán concertados con la Entidad), en los que se evidencia la participación de cada uno de los profesionales que se ofrecieron en la propuesta que resulte ganadora con la dedicación ofrecida. El anticipo será amortizado mediante deducciones de las actas parciales de Interventoría. Los fondos del anticipo, solo podrán ser utilizados para los gastos propios del respectivo contrato. Para el manejo del anticipo se deberá abrir una cuenta bancaria separada, no conjunta, a nombre del contrato suscrito. Los rendimientos que llegaren a producir los recursos así entregados pertenecerán al Tesoro, y el control de inversión del mismo será realizado por el Supervisor. El costo de la cuenta bancaria será cubierto directamente por el contratista y este no podrá ser redimido o descontado de los rendimientos financieros. Nota: Las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por los Consorcios o Uniones Temporales, cumpliendo los requisitos establecidos en el estatuto tributario y no por cada uno o alguno de sus integrantes. 5.7. DISCRIMINACIÓN DE RETENCIONES E IMPUESTOS Y GASTOS DE LEGALIZACIÓN Como guía para el Proponente se relacionan los impuestos, retenciones y gastos generales para este tipo de Contratos con el Departamento:

5.7.1. Retención en la Fuente En aquellos casos que determine la Ley

5.7.2. Estampilla Pro-Adulto Mayor Que será del Tres Por Ciento (3%) sobre el valor del Contrato.

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5.7.3. Estampilla Pro – Desarrollo Que será del Dos Por Ciento (2%) sobre el valor del Contrato.

5.7.4. Impuesto de Valor Agregado (IVA) Que será del Dieciséis Por Ciento (16%) sobre el valor del Contrato.

5.7.5. Pólizas Tal y como se describen el numeral 6 del presente pliego. 5.8. INDEMNIDAD El contratista mantendrá indemne y defenderá a su propio costo al DEPARTAMENTO DE RISARALDA de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato. El contratista se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra el DEPARTAMENTO DE RISARALDA, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra el DEPARTAMENTO DE RISARALDA, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito al contratista. En cualquiera de dichas situaciones, el contratista se obliga a acudir en defensa de los intereses del DEPARTAMENTO DE RISARALDA. Si el DEPARTAMENTO DE RISARALDA estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si el DEPARTAMENTO DE RISARALDA lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, el DEPARTAMENTO DE RISARALDA cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del contratista el DEPARTAMENTO DE RISARALDA podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestarán mérito ejecutivo. 5.9. REPERCUSIONES LABORALES EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA no adquiere con él ni con las personas que ocupe para la ejecución del contrato, ninguna vinculación de carácter laboral ni administrativo. Por lo tanto EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA sólo contrae la obligación de pagar el precio

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convenido, ya que son de cargo de EL CONTRATISTA todos los gastos que ocasione el cumplimiento de las obligaciones que por este contrato adquiere, incluyendo el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnización de sus trabajadores. 5.10. VEEDURÍA CIUDADANA La presente contratación está sujeta a Veeduría Ciudadana, la cual es convocada públicamente en la página en el portal único de contratación y en la página web, en todo caso la veeduría ciudadana deberá sujetarse a lo establecido en la Ley 850 de 2003. 5.11. RESERVA EN DOCUMENTOS Según los numerales 2 y 3 del Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, las personas interesadas en los procesos contractuales pueden conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las entidades públicas, y para ello pueden examinar los expedientes. Además, el Articulo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. Por lo tanto, en caso de que el Proponente considere que algún documento de su oferta goza de reserva legal, deberá manifestarlo por escrito y soportarlo conforme a las normas que le brindan tal carácter. 5.12. PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Departamento de Risaralda. 5.13. CONVOCATORIA PÚBLICA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015 para el presente proceso de contratación se efectuará Convocatoria Pública a través del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co según corresponda dicho aviso contendrá la información necesario para dar a conocer la información con relación al proceso.. 5.14. PRINCIPIO DE BUENA FE De conformidad con el Artículo 83 de la Constitución Política de Colombia, las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelantes ante estas. Sin embargo en caso que la entidad tenga conocimiento de alguna posible irregularidad, podrá hacer las verificaciones a que haya lugar. 5.15. VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de NOVENTA DIAS (90) días Calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas.

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La Secretaría de Infraestructura podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta por el término que se requiera.

Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de indemnizar los perjuicios causados a La Secretaría de Infraestructura por el hecho de su revocación. En el evento en que el proceso de selección supere el período mínimo de vigencia de las propuestas exigido en este numeral y alguna(s) propuesta(s) venza(n) sin que el(los) proponente(s) la(s) haya(n) ampliado, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección. 5.16. PROGRAMA ESPECIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN” Toda persona que llegue a conocer casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los teléfonos (57 1) 560 10 95, (57-1) 5657649 y (57-1) 5624128; al fax: (57-1) 5658671; a la Línea Gratuita Nacional 018000913040; al sitio de denuncias del programa, en la página de Internet: www.anticorrupción.gov.co; por correspondencia o personalmente en la Carrera 8 No. 7–27, Bogotá, D.C. Colombia. También puede reportar el hecho a las páginas www.colombiacompra.gov.co. 5.17. PROPUESTA ALTERNATIVA O PARCIAL No se aceptarán propuestas alternativas, entendidas como aquellas con aproximaciones técnicas o metodologías diferentes a las indicadas por la entidad, o una forma de pago o plazo de ejecución de la INTERVENTORÍA diferente al señalado el presente pliego de condiciones. Tampoco se aceptarán propuestas parciales. 5.18. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera. 5.19. RESOLUCIÓN DE APERTURA La Entidad expedirá la Resolución No. XX emanada de la Secretaria de Infraestructura, el día XX, mediante la cual se ordena la apertura de la presente contratación. 5.20. MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES En caso de ser necesaria alguna modificación en los Pliegos, El Departamento lo hará por medio de Adendas o Aclaraciones que se publicarán en el portal único de contratación y

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en la página Web. 5.21. ADENDAS En ningún caso podrá expedirse y publicarse adendas el mismo día en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para adición del término previsto para ello. Las adendas se podrán expedir en todo caso hasta las 7:00 PM del día hábil anterior al cierre.

6. GARANTÍAS 6.1. DEL PROPONENTE:

6.1.1. Seriedad de la Oferta: Por el Diez Por Ciento (10%) del valor del presupuesto oficial y una vigencia de NOVENTA (90) Días contados partir del día del cierre y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia. 6.2. DEL CONTRATISTA:

6.2.1. Cumplimiento: Por el Veinte Por Ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y ocho (8) meses más. En todo caso la garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta que se logre la liquidación del contrato.

6.2.2. Calidad del Servicio: Por el Veinte Por Ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y cinco (5) años más. Lo anterior, en cumplimiento del Decreto 1082 de 2015 el cual establece: …En los contratos de interventoría, la vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del parágrafo del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011.

6.2.3. Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: Por el Diez Por Ciento (10%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres (3) años más.

6.2.4. Buen Manejo y Correcta Inversión del Anticipo: El valor de esta garantía deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el

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contratista reciba a título de anticipo, en dinero o en especie, para la ejecución del contrato, por el término del contrato y seis (6) meses más. Y su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato.

7. ANÁLISIS DEL RIESGO – MATRIZ DEL RIESGO. Los Riesgos para la ejecución del Contrato de Consultoría, son los consignados en el documento denominado Análisis del Riesgo que está publicado en el proceso y que se resume en la matriz de riesgo. Ambos documentos hacen parte del presente pliego de condiciones y así lo aceptará el proponente que desee participar y el contratista que suscriba el contrato resultante de este proceso.

8. CAUSALES DE RECHAZO. 1. No anexar los documentos denominados habilitantes o que éstos no sean subsanados

dentro del término otorgado por la Entidad y en las condiciones solicitadas. 2. Cuando el proponente se haya incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad de las consignadas en la Ley. 3. Cuando las propuestas sean presentadas extemporáneamente, es decir por fuera de la

fecha y hora establecidas en el pliego de condiciones. 4. Cuando haya disolución o liquidación de la sociedad. 5. Cuando se compruebe que un proponente presenta o participa en más de una oferta,

diferente a alternativas que hayan sido permitidas o solicitadas. Es decir un oferente solo podrá participar como persona natural o como miembro de una persona jurídica no importando su porcentaje en la empresa, miembro de un consorcio o unión temporal, en este caso será admitida la propuesta presentada en primer término eliminando las demás. (Se tendrá en cuenta el orden de llegada de las propuestas)

6. Además por las causales de descalificación en la evaluación jurídica. 7. No presentar el certificado de pago de Aportes Parafiscales para Persona Jurídica o la

Planilla de pago de la Seguridad Social para la Persona Natural. En caso de Consorcio o Unión Temporal, todos los integrantes deberán acreditar el Pago de Seguridad Social o el Pago de Parafiscales, según aplique.Este podrá ser subsanable siempre y cuando el certificado sea entregado en el término establecido para subsanar documentos; de lo contario la propuesta será rechazada.

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8. Cuando no se presente la propuesta económica en medio físico o cuando en la propuesta económica se presente algún valor en moneda extranjera.

9. No presentar el RUP o que la información no se encuentre en firme al momento de Revisión de la Propuesta Económica y Adjudicación.

10. Cuando en la propuesta económica impresa o en la resultante de la verificación

aritmética, el proponente presente un valor superior al Presupuesto Oficial incluido el IVA.

11. Cuando la propuesta sea alternativa o parcial, o se formulen condiciones contractuales diferentes a las consignadas en los pliegos de condiciones.

12. Cuando presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha y hora señalada para la entrega de propuestas, sin permiso de la entidad contratante se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o varios de ellos desistan o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

9. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA. La propuesta deberá presentarse en un solo momento, en forma escrita, en medio impreso y en tres (3) sobres cerrados y separados con el siguiente contenido:

SOBRE 1. Con el original de la propuesta Técnico, Jurídica y Financiera, debidamente rotulado con el Número del Proceso, Objeto del Proceso, Nombre, dirección física, teléfono y correo electrónico del proponente así como con el rotulo ORIGINAL DE PROPUESTA TECNICO, JURIDICA Y FINANCIERA. SOBRE 2. Con una Copia de la propuesta Técnico, Jurídica y Financiera, debidamente rotulado con el Número del Proceso, Objeto del Proceso, Nombre, dirección física, teléfono y correo electrónico del proponente así como con el rotulo COPIA DE PROPUESTA TECNICO, JURIDICA Y FINANCIERA..

SOBRE 3: Con el original de la propuesta Técnico-Económica, debidamente rotulado con el Número del Proceso, Objeto del Proceso, Nombre, dirección física, teléfono y correo electrónico del proponente así como con el rotulo PROPUESTA ECONÓMICA. ROTULO: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTUA Concurso de Méritos Abierto SI-CM-16-2015

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Objeto: ________________________________________ Proponente: ____________________________________ Dirección, Ciudad, Teléfono – Fax: __________________ Sobre No.: _____________________________________ Contenido: _____________________________________ El sobre No. 1 y No. 2 deben contener los siguientes documentos: 9.1. Carta de Presentación de la Propuesta: según modelo suministrado con el presente documento y completamente diligenciada (Anexo No. 1). 9.2. Registro Único de Proponentes: En este caso, se verificará que se encuentre vigente su inscripción y que contenga la respectiva información financiera, la antigüedad, la capacidad de organización, la experiencia, el segmento, familia, clase y la capacidad residual de contratación, además la información inscrita o consignada en el RUP deberá estar en firme antes de la audiencia de adjudicación como lo establece la Circular 1064 / 2014 expedida por CONFECÁMARAS. 9.3. En el caso de Personas Jurídicas, Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal. La duración de la Firma debe ser igual a la duración del Contrato y Un (1) año más. 9.4. Acta de Autorización para Contratar para la Persona Jurídica, si se requiere, debe tenerse en cuenta que dentro del certificado de Constitución y representante legal las facultades del Representante Legal deben ser amplias expresas y suficientes, si no aparece así, debe incluirse la Autorización para contratar expedida por el organismos competente. 9.5. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal: Conforme se exigen en requisitos habilitantes. 9.6. Garantía de Seriedad de la Propuesta: Conforme se exigen en requisitos habilitantes. 9.7. Recibo de Pago de la Garantía: Original o Fotocopia. 9.8. Certificado del Pago de Parafiscales de los últimos SEIS (6) meses, anteriores a la fecha de cierre del Concurso de Méritos Abierto o desde la constitución de la Firma, según el caso, solo para Personas Jurídicas, firmado por el Revisor Fiscal o en su defecto por el Representante Legal de la Firma, el certificado debe ser elaborado en los términos del Artículo 50 de la Ley 789-02 (incluye para integrantes de Consorcio o Uniones Temporales).

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9.9. Para Persona Natural: Debe anexar la Planilla de Pago (debe estar al día) de la Seguridad Social (incluye integrantes de Consorcio o Uniones Temporales). 9.10. Certificaciones de Experiencia Acreditada o Específica. 9.11. Fotocopia de Cédula: Para persona Natural, para los integrantes del Consorcio o Unión Temporal o del Representante Legal de la Persona Jurídica 9.12. Fotocopia del Rut: Expedido por la DIAN de la Persona Natural o Jurídica o de las integrantes del Consorcio o Unión Temporal. 9.13. Verificación de Antecedentes Disciplinarios. 9.14. Verificación de Antecedentes Fiscales. 9.15. Verificación de Antecedentes Judiciales. 9.16. Fotocopia de la Tarjeta Profesional: Para la Persona Natural y para todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. Para Persona Jurídica la Tarjeta Profesional será del Representante Legal o de quien avale la propuesta. 9.17. Certificado de Vigencia de la Tarjeta Profesional: Expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada. 9.18. Documentos para la calificación de Experiencia del Proponente y del Equipo de Trabajo. 9.19. Documento para Acreditar el Criterio de Industria Nacional: Conforme al Anexo No. 4 del Pliego de Condiciones. 9.20. Carta de Compromiso de Personal Discapacitado: Conforme al Anexo No. 8. El proponente debe certificar que en caso de resultar ganador del presente proceso, se compromete que en lo posible contratará personal con algún tipo de discapacidad demostrada mediante certificación emitida por el ministerio del trabajo o a quien corresponda El Sobre No. 3 debe contener lo siguiente: 9.21. Propuesta Económica. NOTA: Se entregara en el mismo momento del cierre o entrega de propuesta Técnica, Jurídica y Financiera.

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10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Con el fin de que los Proponentes puedan hacer uso de metodologías propias no es obligatorio trabajar sobre fotocopias o documentos bajados de Internet de los cuadros que se suministran con estos pliegos, sin embargo los que los reemplacen deben identificarse igual y contener la información mínima solicitada. 10.1. Idioma: El Oferente debe entregar la Propuesta en idioma Castellano. 10.2. Moneda: El valor de la Propuesta deberá presentarse en pesos colombianos. 10.3. Para Proponente Extranjeros: Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso. Si al momento de la suscripción del Contrato, el Adjudicatario no presenta los documentos en la forma indicada, se considerará como una manifestación de no suscripción del Contrato; y en consecuencia, podrá hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.

11. CIERRE Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS. 11.1. Cierre del Concurso de Méritos Abierto: Para el cierre se tendrá en cuenta la hora legal colombiana. Para tal efecto, la Dirección de Sistemas dispuso un link en la página principal del portal Web (www.risaralda.gov.co). En caso de no haber Internet, se acudirá a la hora establecida por la entidad en la Secretaria de infraestructura. IMPORTANTE: Las propuestas deben ser entregadas en la Secretaria de Infraestructura, Palacio de la Gobernación, carrera 13 No. 19 - 17, piso 4 de la ciudad de Pereira, hasta la hora del cierre. Se deben entregar tres sobres. La Secretaría no se responsabiliza por los retrasos, extravíos u otros hechos desfavorables para el Proponente, cuando las Ofertas se envíen por correo, sean entregadas en otra Dependencia o a través del Archivo. Así mismo si llegare a ocurrir alguna diferencia entre el Original de la Propuesta y la Copia, prevalecerá el Original. Con la firma de la Propuesta se entenderá que el Proponente acepta todas las condiciones del Pliego de Condiciones. Por lo tanto el Departamento de Risaralda, no aceptará reclamaciones posteriores a la adjudicación.

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El cierre se hará en presencia de un Funcionario de la Secretaría de infraestructura, las Entidades, Personas y Proponentes que deseen asistir. Se abrirán las Propuestas y se elaborará acta de diligencia, firmada por los Representantes del Departamento que intervinieron, en la cual se consignarán los siguientes datos.

Número del Concurso de Méritos Abierto, fecha y hora de cierre.

Número de Proponentes.

Plazo.

Número asignado al Proponente según orden de llegada, nombre dirección y teléfono.

Estado de los sellos si se presentare alguna anomalía.

Número de folios de cada Propuesta (éste dato se tomará de la Carta de Presentación de la Oferta, en su defecto del número que aparece en el último folio si viene numerado, o en última instancia se contará y numerará el número de folios). La numeración de los folios se revisará, en el acto de cierre o posteriormente.

Se verificará que la carta de presentación este firmada, y contenga la dirección, teléfono, y correo electrónico.

Se dejará constancia de toda situación que se presente en la etapa de cierre NOTA: Entiéndase por folio una página con cualquier contenido escrito, dibujado o impreso, es decir, que en una hoja con impresión en ambas páginas hay dos folios, no importando su tamaño. Las hojas en blanco (no páginas), no adosadas al principio o al final, se deberán contar como un folio, se exceptúan las carátulas. 11.2. Retiro de Propuestas: Los oferentes podrán solicitar el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo para presentar ofertas en el proceso, mediante solicitud escrita firmada por el Representante Legal del proponente. En este caso se le devolverá sin abrir y se dejará constancia de esta devolución en el acta de cierre. El retiro de la propuesta se hará al momento del inicio del Acto del Cierre, momento en el cual se abre la urna. Si se solicita el retiro de la oferta una vez cerrado el plazo de entrega de las ofertas, se procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta por los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, de conformidad con la normatividad vigente.

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12. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y REVISIÓN PROPUESTA ECONOMICA El Comité Evaluador será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad de las mismas, con sujeción a lo establecido en el presente pliego de condiciones. Dentro del plazo de evaluación, el Departamento podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables para la respectiva evaluación, pero en todo caso, las propuestas son inmodificables y no podrá ser adicionadas o mejoradas. El Comité Evaluador presentará ante el Gobernador del Departamento o su delegado, la recomendación que corresponda, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación técnica, así como al orden de elegibilidad que se determine En una primera fase serán evaluados los factores técnicos de escogencia.

Posteriormente, la Entidad convocará al proponente calificado en el primer lugar de elegibilidad, quien deberá presentar su propuesta impresa y en medio magnético, la cual será la base para la negociación y revisará la coherencia y consistencia entre:

a) La necesidad identificada por la entidad estatal y el alcance de la oferta b) La consultoría ofrecida y el precio ofrecido, y c) El precio ofrecido y la disponibilidad presupuestal del respectivo proceso de

contratación.

La Entidad presentará al oferente su cuadro de costos y lo confrontará con la propuesta presentada por el oferente.

Si la entidad y el oferente llegan a un acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato, se dejará constancia del mismo y firmarán el contrato.

De no llegarse a un acuerdo con el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad se dejará constancia de ello y la entidad revisará con el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad los aspectos mencionados anteriormente.

Si la entidad y el oferente llegan a un acuerdo se dejará constancia del mismo y se procederá a la firma del contrato. Pero, si la entidad y el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad no llegan a

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un acuerdo, la entidad declarará desierto el proceso de contratación. 12.1. PROPUESTA ECONÓMICA El proponente debe formular su propuesta económica en los ANEXOS No. 2A, 2B y 2C, la cual deberá presentar en medio físico: Deberá discriminar claramente: Especialidad de los Profesionales Cantidad de Profesionales Tiempo de dedicación de los Profesionales Factor Multiplicador IVA Valor Total de la propuesta Esta se abrirá en el momento de la negociación. 12.2. REVISION JURIDICA A todas las propuestas, esta será por parte de la Secretaria Jurídica del Departamento y revisará: a. Las inhabilidades que fuere posible detectar dentro de la evaluación. b. La Capacidad Jurídica. c. Que las Personas Jurídicas o los consorcios y uniones temporales acrediten la

duración de la sociedad, por un plazo igual o superior al del Contrato y un (1) año más, o dentro del objeto social este incluida la actividad para la cual se presenta

d. Que no haya disolución o liquidación de la sociedad. e. Que un Proponente no presente o participe en más de una Oferta, es decir, un

Oferente solo podrá participar como persona natural o como miembro de una persona jurídica no importando su porcentaje en la empresa, miembro de un Consorcio o Unión Temporal, en este caso será admitida la Propuesta presentada en primer término, eliminando las demás.

f. Que no se presenten dentro de la propuesta documentos que contengan tachaduras, borrones, enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o induzcan a error, siempre y cuando tales documentos aludan a factores de calificación.

g. Que no se presenten causales definidas en el pliego como “Causales de Rechazo”

13. FACTORES DE SELECCIÓN Y REVISIÓN DE LOS DE REQUISITOS HABILITANTES

Los documentos subsanables o de aclaración deberán ser allegados directamente a la

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Secretaria de Infraestructura, ubicada en el cuarto Piso del edificio de la Gobernación de Risaralda en el plazo determinado. Los Proponentes serán responsables de la remisión y entrega de los documentos subsanables directamente en las oficinas de la Secretaria de Infraestructura. Si no se remiten los documentos subsanables en el período señalado, la Propuesta será rechazada. Si llegare a ocurrir alguna diferencia entre el Original de la Propuesta y la Copia, prevalecerá el Original. Conforme al artículo 5 de la ley 1150 de 2007, en ningún caso los documentos relacionados con la comparación de ofertas y que asignen puntaje serán susceptible de subsanar. Los oferentes tendrán la obligación de revisar los informes de evaluación que suscribe la Secretaria Jurídica y los que suscribe el Comité evaluador, los cuales se publican en documentos separados, en el portal Único de contratación y la página Web La Entidad debe verificar con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con los Artículos 2.2.1.1.1.5.2 y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente. De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa. 13.1. CAPACIDAD JURÍDICA, esta se acreditará así;

13.1.1. Las Personas Jurídicas: Deberán acreditar su Capacidad Jurídica con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio, o por la entidad que tenga la competencia para expedir dicho certificado, el cual debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha en que se tiene prevista la adjudicación. La duración de la Firma debe ser mínima igual a la duración del Contrato y un (1) año más (Artículo 6 Ley 80 de 1993). El Departamento verificará la Capacidad Jurídica de una persona jurídica revisando los siguientes aspectos:

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13.1.2. El Objeto Social: Para efectos de verificar que esté autorizada para cumplir con el objeto del contrato, por lo tanto este deberá ser igual o similar al objeto de la presente contratación (Interventoría) El Objeto Social se verificará en el Certificado de Existencia y Representación Legal.

13.1.3. La Calidad de Representante Legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato, se verifica en el certificado de existencia y representación legal.

13.1.4. Las Facultades para Contratar del Representante Legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato, se verifica en el certificado de existencia y Representación Legal. Las facultades del Representante Legal deben ser Amplias, Expresas y Suficientes, si no aparece así, debe incluirse la Autorización para contratar expedida por el organismo competente.

13.1.5. La Ausencia de Inhabilidades, Incompatibilidades o Prohibiciones de la Persona Jurídica para Contratar con el Estado. Este requisito lo verificará El Departamento con la presentación de una declaración expresa en la carta de presentación de la oferta, de parte del Representante Legal de la persona jurídica; en la cual esta certifique que ni la persona jurídica ni su Representante Legal están incursos en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones. Adicionalmente la Entidad Estatal consultará los Sistemas de Información de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y los antecedentes penales. 13.2. El Departamento verificará la Capacidad Jurídica de una Persona Natural revisando los siguientes aspectos:

13.2.1. La Mayoría de Edad: Es acreditada con la cédula de ciudadanía, para los nacionales colombianos, y con la cédula de extranjería o el pasaporte para los extranjeros. La simple presentación de este documento sirve para acreditar la capacidad jurídica.

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13.2.2. La Ausencia de Limitaciones a la Capacidad Jurídica de las Personas Naturales: Este requisito lo verificará El Departamento con la presentación de una declaración expresa en la carta de presentación de la oferta de la persona natural en la cual certifique que tiene plena capacidad y que no está incursa en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones. Adicionalmente la Entidad Estatal debe consultar los sistemas de información de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y los Antecedentes Penales.

13.2.3. El Perfil Solicitado: Podrán participar en el presente proceso de contratación quienes cumplan con lo solicitado en el numeral 5.1 del presente pliego.

13.2.4. Tarjeta Profesional: Para la Persona Natural y para todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. Para Persona Jurídica la Tarjeta Profesional será del Representante Legal o de quien avale la propuesta.

13.2.5. Certificado de Vigencia de la Tarjeta Profesional: Expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada.

13.2.6. Que la propuesta haya sido presentada por una Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías o de lo contrario que haya sido abonada por un Ingeniero Civil y/o Ingeniero de Vías.

13.2.7. Registro Único de Proponentes (RUP) vigente y que la información consignada se encuentre en firme antes del acto de negociación, para el proponente (persona jurídica o natural y para cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.

13.2.8. Garantía de Seriedad de la Oferta: La Garantía de Seriedad se constituye a favor del Departamento de Risaralda, NIT No. 891.480.085-7, y por el objeto del presente Concurso de Méritos Abierto, para responder por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Pliego, en especial las relacionadas con la suscripción del Contrato, constitución de la Garantía Única y perfeccionamiento del Contrato, dentro de los términos establecidos por el Diez Por Ciento (10%) del valor del presupuesto oficial y una vigencia de NOVENTA

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(90) días contados a partir del día del cierre y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia. 13.3. Documento de Conformación de Consorcios o Uniones Temporales: En el presente documento deberá definir claramente los porcentajes de participación, el nombre del Representante Legal y el objeto específico para el cual se conforma, asimismo, debe tenerse en cuenta, que quienes se presenten en Consorcios o Uniones Temporales no podrán participar como Persona Natural y/o Jurídica individual, el documento debe contener:

a) La duración debe ser por lo menos el término del contrato y (1) un año más. b) Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión

Temporal. c) Establecer qué persona, representará al Consorcio o Unión Temporal. Luego de

presentada la propuesta éste no podrá ser modificado, sin previa autorización de la entidad.

d) Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero, se requerirá previa autorización escrita de la entidad. En caso de aceptarse la cesión por parte de la Entidad el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.

e) Señalar el porcentaje de participación. f) Adjuntar con la propuesta el certificado de existencia y representación legal o

matricula mercantil de cada una de las personas que conforman el Consorcio o Unión Temporal, atendiendo a lo exigido en el pliego de condiciones sobre este documento.

g) El documento de conformación debe ser debidamente firmado por todo los integrantes.

h) Que todos los integrantes se encuentren inscritos en el Registro Único de Proponentes, en la actividad, especialidad y grupo solicitado y que éste se encuentre vigente y en firme

i) El documento de constitución del Consorcio o unión temporal deberá identificar plenamente a todos los integrantes con dirección teléfono y correo electrónico.

j) Que los integrantes tengan la capacidad Jurídica para obligarse o contratar. k) Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal deberá tener el perfil

solicitado según el numeral 5.1. 13.4. EXPERIENCIA ACREDITADA. El proponente deberá presentar máximo DOS (02) certificados de contratos inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), que estén dentro de los códigos de clasificación de Bienes y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC 811015 y/o UNSPSC 801016 solicitado

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en el presente proceso. El valor de dichos contratos debe sumar el 100% del presupuesto oficial, es decir, el equivalente a 311,67 SMMLV, traído a valor presente. Los certificados mencionados en el párrafo anterior deben corresponder a: Contratos de Consultoría en cuyo objeto se demuestre experiencia como Contratista de Interventoría en pavimentación y/o adecuación y/o mejoramiento y/o rehabilitación de vías en concreto asfáltico, en el cual se incluyan los siguientes ítems:

Acero de Refuerzo: Cantidad Mínima Ejecutada 35.000 Kg. Pavimento en Concreto asfaltico en vías: Cantidad Mínima Ejecutada 1.500 m3 Sub-base granular : Cantidad Mínima Ejecutada 3.350 m3 Estructuras en concreto: Cantidad Mínima Ejecutada 500 m3

PARA EL PROPONENTE PLURAL: Se aceptará la experiencia en máximo en tres (03) certificados como la sumatoria de la experiencia de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, sin importar su porcentaje de participación en el mismo. Considerando la cuantía y el nivel de complejidad de la interventoría, se requiere que, en caso de que el proponente sea plural todos los miembros del consorcio o unión temporal tengan experiencia acreditada.

Nota: En los casos en que el certificado del contrato aportado haya sido celebrado en Consorcio, Unión Temporal o cualquier otra forma de participación conjunta, se tomará como experiencia para cada integrante el Cien Por Ciento (100%) de la misma.

Nota: Para realizar la actualización del valor de la certificación, la Entidad calculará el número de salarios mínimos de la fecha de terminación del contrato certificado y lo multiplicara por el salario mínimo de la vigencia 2015.

Los Certificados o Actas de Recibo o Actas de Liquidación o Actas Finales de Obra deberán contener como mínimo la siguiente información las cuales deberán estar suscritas por la persona competente y debidamente firmada:

- Identificación de la entidad o empresa contratante - Identificación del contratista - Número del Contrato - Objeto del Contrato - Valor del Contrato - Fecha de iniciación y Terminación del Contrato - Tiempo de Ejecución - Cargo desempañado de quien firma el certificado.

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IMPORTANTE: Los Certificados que se mencionan en el Segundo Párrafo del numeral 13.4 deben cumplir con los siguientes criterios:

Si el certificado de interventoría requiere complementarse será válido cualquier documento inherente al contrato (actas de recibo, actas de liquidación o actas finales de obra expedidas por la entidad competente) donde se evidencie la información complementaria. (Lo anterior no sustituye el certificado de interventoría).

Las certificaciones adicionales presentadas para cumplir con la experiencia del presente Concurso de Méritos Abierto deben corresponder a consultorías terminadas y así deben demostrarse en los certificados expedidos por la entidad competente, además deberán contener la información mínima que se solicita en los pliegos

En todo caso la experiencia se acreditará con los contratos que se encuentren inscritos en el Registro Único de Proponentes y con los códigos solicitados para dicho proceso.

13.4.1. INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES (RUP). El presente proceso de contratación esta codificado en el clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), como se indica.

Grupo Segmento Familia Clase

F: Servicios 81: Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología

10: Servicios profesionales de ingeniería

15: Ingeniero Civil

Código UNSPSC: 811015

Grupo Segmento Familia Clase

F: Servicios 80: Servicios de gestión, servicios profesionales de empresas y servicios administrativos

10: Servicios de asesoría de gestión

16: Gerencia de proyectos

Código UNSPSC: 801016 El proponente deberá acreditar su experiencia en cualquiera de los dos códigos para presentar su propuesta. 13.5. CAPACIDAD FINANCIERA. El componente financiero se verificará en el Registro Único de Proponentes - que se

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encuentre en firme, con corte a 31 de Diciembre de 2014. El Comité Evaluador calculará los siguientes indicadores financieros y verificará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación. a) Liquidez: Deberá ser mayor o igual a UNO PUNTO DIEZ (1,10)

Liquidez = (Activo Corriente / Pasivo Corriente) ≥ 1,10

En caso de ser proponente plural, este indicador se calculará con base en la Suma Aritmética Simple de la liquidez de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal, sin importar su porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal. Sin embargo se aclara que si uno de los Consorciados o integrante de la Unión Temporal, cumple, se tendrá en cuenta ese único integrante.

b) Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor o igual al CERO PUNTO CUARENTA

(0,40)

Nivel de Endeudamiento = (Pasivo Total / Activo Total) ≤ 0,40

En caso de ser proponente plural, este indicador se calculará con base en la Suma Aritmética Simple del Nivel de Endeudamiento de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal, afectada por su porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal.

c) Razón de Cobertura de Intereses: Deberá ser mayor o igual a TRES (3,0)

Razón de Cobertura de Intereses = (Utilidad Operacional / Gastos de Intereses) ≥ 3,0

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, los indicadores se calcularán con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los integrantes si es del caso. Sin embargo se aclara que si uno de los consorciados o integrante de la unión temporal, cumple, se tendrá en cuenta ese único integrante.

Nota: Si el proponente no cuenta con obligaciones financieras, es imposible calcular la Razón de cobertura de intereses, por lo anterior, de darse esta situación, el proponente resultará habilitado. Lo anterior se sustenta en que para el cálculo del indicador, el denominador de la fórmula son los gastos financieros, al realizarse el cálculo con el denominador cero (0), el resultado será INDETERMINADO.

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13.6. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN: La Capacidad de Organización se verificará en el Registro Único de Proponentes que se encuentre en firme, con corte a 31 de Diciembre de 2014. ROE (Rentabilidad sobre patrimonio), determina la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre patrimonio, mayor es la utilidad de los accionistas. Se calcula de la siguiente manera.

Deberá ser mayor o igual a CERO PUNTO DIEZ (0,10)

ROE=Utilidad Operacional/Patrimonio. ROA (Rentabilidad sobre activos), Determina la Capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo, este valor debe ser menor o igual al ROE. Se calcula de la siguiente manera

ROA=Utilidad Operacional/Activo Total.

Deberá ser Mayor o Igual a CERO PUNTO CERO CINCO (0,05) y menor o igual al ROE del proponente.

En caso de ser proponente plural, los indicadores de la Capacidad Organizacional se calcularán con base en la Suma Aritmética Simple de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal sin importar su porcentaje de participación. Sin embargo se aclara que si uno de los consorciados o integrante de la Unión Temporal, cumple, se tendrá en cuenta ese único integrante.

14. FACTORES DE CALIFICACION Se evaluarán las condiciones relativas a la experiencia específica del proponente y la formación y experiencia de los profesionales del equipo de trabajo de acuerdo con lo siguiente: La calificación de las ofertas se hará con base en los siguientes parámetros, para un valor total de 950 Puntos posibles:

CRITERIO DE ASIGNACIÓN PUNTAJE MÁXIMO

Experiencia Específica del Proponente 300 Puntos

Formación y Experiencia de los Profesionales 500 Puntos

Apoyo a la Industria Nacional 150 Puntos

TOTAL 950 PUNTOS

Nota: La presente contratación se adelanta sin proceso de precalificación.

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Del Puntaje Total obtenido se hará disminución en el puntaje si el proponente presenta la siguiente condición:

Disminución de Un (1) punto por multas o incumplimientos en firme y registrados en la Registro Único de Proponentes (RUP).

14.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE Conforme a la Ley 1150 de 2007, este criterio no es subsanable. Puntuación Máxima: 300 Puntos Se asignará puntaje al proponente que en forma adicional a la experiencia solicitada como habilitante, acredite experiencia en:

CRITERIO PUNTOS

Quien acredite mediante los certificados aportados e inscritos en el RUP, la ejecución de interventorías de obras que involucren la ejecución de vías y/o la estabilización de vías y taludes que incluyan la aplicación de pavimento asfáltico entre (2.450 m

3 o

24.500 m2) a (3.000 m

3 o 30.000 m

2)

100

Quien acredite mediante los certificados aportados e inscritos en el RUP, la ejecución de interventorías de obras que involucren la ejecución de vías y/o la estabilización de vías y taludes que incluyan la aplicación de pavimento asfáltico entre (3.000,

1 m

3 o

30.001 m2) y (3.500 m

3 o 35.000 m

2)

200

Quien acredite mediante los certificados aportados e inscritos en el RUP, la ejecución de interventorías de obras que involucren la ejecución de vías y/o la estabilización de vías y taludes que incluyan la aplicación de pavimento asfáltico mayor a 3.500,

1 m

3 o

35.001 m2

300

NOTAS: 1) Se entiende por ejecución de vías, la Construcción y/o la pavimentación y/o el mejoramiento y/o la recuperación y/o la rehabilitación y/o el mantenimiento de vías urbanas o rurales que incluyan las áreas de pavimento señaladas en el cuadro anterior. 2) En los casos en que el contrato de interventoría aportado haya sido celebrado en Consorcio, Unión Temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, se tomará como experiencia para cada integrante el (100%) cien por ciento de la misma. 14.2. FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES: Conforme a la Ley 1150 de 2007 este criterio no es subsanable. Puntuación Máxima: 500 Puntos

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CANT. DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

DIRECTOR DE PROYECTO: Ingeniero civil y/o ingeniero de vías con mínimo quince (15) años de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional Y POSTGRADUADO EN VÍAS Y/O TRANSPORTE Y/O INTERVENTORÍA DE OBRAS Y/O CONSTRUCCIÓN Y/O ESTRUCTURAS Y/O GERENCIA DE PROYECTOS Y/O PAVIMENTOS con mínimo cinco (5) años de experiencia general

como postgraduado contados a partir de la fecha de grado como postgraduado.

1

Quien acredite experiencia general entre quince (15) años y un día y veinte (20) años contados a partir de la expedición de la matricula profesional – Se asignarán 30 puntos

50

pu

nto

s

10

0 p

un

tos

75

%

Quien acredite experiencia general mayor a veinte (20) años y un día contados a partir de la expedición de la matrícula profesional – Se le asignarán 40 puntos.

Quien acredite más de veinte (20) años y un día de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional y además acredite la calidad de postgraduado en más de uno de los postgrados relacionados en el perfil de profesional – Se le asignarán 50 puntos.

Quien acredite dos (2) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes – Se le asignarán 30 puntos.

50

pu

nto

s

Quien acredite cuatro (4) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes – Se le asignarán 40 puntos.

Quien acredite ocho (8) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes – Se le asignarán 50 puntos.

CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

ASESOR ESPECIALISTA EN GEOTECNIA: Ingeniero civil y/o ingeniero de vías con mínimo cinco (5) años de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional Y

POSTGRADUADO EN GEOTECNIA con mínimo un (1) año de experiencia general como postgraduado contados a partir de la fecha de grado como postgraduado.

1

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Geotecnia entre un (1) año y un (1) día y dos (2) años contados a partir de la fecha de grado como postgraduado – Se asignarán 25 puntos

50

pu

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s

10

0

pu

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s

50

%

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CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Geotecnia mayor a dos (2) años y un día contados a partir de la fecha de grado como postgrado – Se le asignarán 50 puntos.

Quien acredite dos (2) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Geotecnia o Asesor postgraduado en Geotecnia o Director Posgraduado en Geotecnia, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o estudios y diseños geotécnicos de obras de estabilización de taludes en vías vehiculares. – Se le asignarán 25 puntos.

50

pu

nto

s

Quien acredite tres (3) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Geotecnia o Asesor postgraduado en Geotecnia o Director Posgraduado en Geotecnia, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o estudios y diseños geotécnicos de obras de estabilización de taludes en vías vehiculares. – Se le asignarán 50 puntos.

CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

ASESOR ESPECIALISTA EN PAVIMENTOS: Ingeniero civil y/o ingeniero de vías con mínimo diez (10) años de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional Y

POSTGRADUADO EN VÍAS O PAVIMENTOS O VÍAS Y TRANSPORTE con mínimo un (1) año de experiencia general como postgraduado contados a partir de la fecha de grado como postgraduado.

1

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Vías o Pavimentos o vías y transporte entre un (1) año y un (1) día y dos (2) años contados a partir de la fecha de grado como postgraduado – Se asignarán 25 puntos

50

pu

nto

s

10

0 p

un

tos

50

%

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Vías o Pavimentos o vías y transporte mayor a dos (2) años y un día contados a partir de la fecha de grado como postgrado – Se le asignarán 50 puntos.

Quien acredite dos (2) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Vías o Pavimentos o Asesor postgraduado en Vías o Pavimentos o vías y transporte o Director Posgraduado en Vías o Pavimentos, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o diseños y estudios de pavimentos – Se le

50

pu

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s

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CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

asignarán 25 puntos

Quien acredite tres (3) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Vías o Pavimentos o vías y transporte o Asesor postgraduado en Vías o Pavimentos o Director Posgraduado en Vías o Pavimentos, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o diseños y estudios de pavimentos. – Se le asignarán 50 puntos.

CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

ASESOR ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS: Ingeniero civil y/o ingeniero de vías con mínimo diez (10) años de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional Y POSTGRADUADO EN ESTRUCTURAS con mínimo tres (3) años de experiencia general como

postgraduado contados a partir de la fecha de grado como postgraduado.

1

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Estructuras entre tres (3) años y un (1) día y cinco (5) años contados a partir de la fecha de grado como postgraduado – Se asignarán 25 puntos

50

pu

nto

s

10

0 p

un

tos

25

%

Quien acredite una experiencia como postgraduado en Estructuras mayor a cinco (5) años y un día contados a partir de la fecha de grado como postgrado – Se le asignarán 50 puntos.

Quien acredite dos (2) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Estructuras o Asesor postgraduado en Estructuras o Director Posgraduado en Estructuras, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o como postgraduado en diseño de estructuras o cálculo estructural. – Se le asignarán 25 puntos.

50

pu

nto

s

Quien acredite tres (3) certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista postgraduado en Geotecnia o Asesor postgraduado en Geotecnia o Director Posgraduado en Geotecnia, en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes y/o estudios y diseños geotécnicos de obras de estabilización de taludes en vías vehiculares. – Se le asignarán 50 puntos.

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CANT DESCRIPCIÓN DE LA FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PUNTUABLE PUNTAJE MÁXIMO PARCIAL

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL

% DE DEDICACIÓN

MÍNIMA

INGENIERO RESIDENTE: Ingeniero civil y/o ingeniero de vías con mínimo cinco (5) años de experiencia general contados a partir de la expedición de la matrícula profesional

1

Quien acredite una experiencia general entre cinco (5) años y un (1) día y diez (10) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional – Se asignarán 25 puntos

50

pu

nto

s

10

0 p

un

tos

10

0%

Quien acredite una experiencia general mayor a diez (10) años y un día contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional – Se le asignarán 50 puntos.

Quien acredite certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista, Director o Residente en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes que incluyan la aplicación de mezcla asfáltica en un área entre 10.000 y 15.000 m

2. – Se le asignarán 25 puntos.

50

pu

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s

Quien acredite certificados de contratos de INTERVENTORÍA de contratos de construcción, adecuación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías y/o estabilización de vías y taludes donde obre como Contratista, Director o Residente en Interventoría de obras de construcción, pavimentación de vías y/o mejoramiento de vías y/o rehabilitación de vías vehiculares y/o estabilización de taludes que incluyan la aplicación de mezcla asfáltica en un área mayor a 15.000 m

2. – Se le asignarán 50 puntos.

IMPORTANTE:

La fecha de terminación de los contratos certificados debe estar comprendida entre la fecha de expedición de la matricula profesional del proponente y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso de Méritos.

En todo caso, las certificaciones de experiencia de todo el equipo de trabajo para el componente de calidad deberán estar soportadas por el certificado de obra expedido por la Entidad contratante principal.

14.2.1. REVISION DE DOCUMENTACION La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas tanto para el Proponente como para el Equipo de trabajo se sujetará a las siguientes reglas especiales:

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a) Para la acreditación de la experiencia del Proponente y de cada uno de los

integrantes del equipo de trabajo principal deberán presentar la Tarjeta Profesional, Certificado de Vigencia de la misma y Certificaciones de los contratos ejecutados y terminados, que contenga, la siguiente información:

Nombre del contratante

Objeto del contrato

Cargo desempeñado

Fechas de inicio y terminación del contrato

Cargo desempeñado de quien firma el certificado.

Porcentaje de participación (Si aplica) b) Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán

acompañarse de la traducción correspondiente. c) Los estudios de Educación Superior (pregrado y/o posgrado), así como los estudios

técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente y fotocopia de la tarjeta profesional.

IMPORTANTE:

Entiéndase por experiencia general, el tiempo tomado desde la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional o del Certificado expedido por el Consejo Nacional Profesional Pertinente con la fecha de la Resolución Nacional, o del certificado expedido por la entidad competente si es del caso, por lo tanto es necesario anexarla, para verificar la fecha de expedición.

Conforme a la Ley 1150 de 2007, los requisitos o documentos que se solicitan para asignar puntaje no pueden ser subsanados por lo tanto tarjetas profesionales deberán ir acompañadas del certificado de vigencia de lo contrario no se les asignará puntaje, al igual que los certificados de experiencia deben estar completos legibles firmados y con demás condiciones que exija el pliego.

La experiencia será tenida en cuenta solo hasta la fecha de cierre del presente proceso.

Si el certificado requiere complementarse será válido cualquier documento inherente al contrato donde se evidencie la información complementaria (Acta de liquidación, acta final y otros), (Lo anterior, no sustituye el certificado de obra).

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Las certificaciones presentadas para cumplir con la experiencia del presente concurso deben corresponder a Interventorías o Consultorías terminadas, como lo demuestre en los certificados expedidos por la entidad competente, además deberán contener la información mínima que se solicita en los pliegos.

En todo caso, las certificaciones de experiencia de todo el equipo de trabajo, deberán estar soportadas por un certificado expedido por la entidad contratante principal.

14.3. COMPONENTE APOYO DE LA INDUSTRIA NACIONAL: Este criterio no es subsanable.

Puntaje Máximo: 150 Puntos

Este componente se evaluará en razón a la procedencia de los servicios ofrecidos por el proponente, así: Se evaluará APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL, que empleará el contratista a partir de la información suministrada por los proponentes en el Anexo No. 4 "Apoyo a la Industria Nacional".

OFERTA PUNTAJE

a) Servicios Nacionales Se Asignan 150 Puntos

b) Servicios Extranjeros Se Asignan 75 Puntos

a) Servicios Nacionales: Se otorgarán CIENTO CINCUENTA (150) puntos al

oferente que acredite que el 100% de los servicios objeto de la presente Selección Abreviada son de origen nacional.

b) Servicios de Origen Extranjero: Se otorgarán SETENTA Y CINCO (75) puntos al oferente que acredite que los servicios ofrecidos objeto de la presente selección abreviada son de origen extranjero y tienen incorporados componentes colombianos en servicios profesionales, técnicos, operativos, etc.

Nota 1: En este factor de calificación se otorgará el mismo tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. En este caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática, que se acompañará a la oferta, sin el cual se considerará este tratamiento en la presente contratación.

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Nota 2: Los factores de ponderación no son susceptibles de ser subsanados ni mejorados ni modificados por el proponente una vez cerrado el proceso de selección. PUNTAJE TOTAL ASIGNADO A LOS PROPONENTES: De acuerdo a la forma determinada por la Entidad para calificar el presente proceso, el proponente podrá obtener hasta un total de 950 puntos posibles previo cumplimiento de todos los requisitos solicitados en los Componentes de Experiencia Específica del Proponente, Formación y Experiencia de los Profesionales y Apoyo a la Industria Nacional.

15. DESEMPATE DE PROPUESTAS En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones (Art 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015).

Si persiste el empate, la Entidad utilizará las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido:

1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.

3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.

4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es

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presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

5. En caso de persistir el empate, utilizará un método aleatorio para seleccionar el oferente; para este caso, la Entidad recurrirá al método de balotas para establecer el orden de elegibilidad de los proponentes, de la siguiente manera: Si igualmente resultasen dos o más ofertas empatadas, se rifará entre ellas por el sistema de balotas los lugares, ingresándose en una bolsa opaca tantas balotas como oferentes haya, numerados en orden ascendente según orden de entrega de Ofertas, la primera balota que se saque de la bolsa será la que obtendrá el primer lugar y así sucesivamente, lo cual se hará en presencia de los oferentes.

16. DECLARATORIA DE DESIERTA Se declarará desierto el proceso de selección, únicamente, cuando:

No se presente ninguna propuesta.

Ninguna de las propuestas cumpla con los requisitos habilitantes mínimos exigidos.

Habiéndose presentado únicamente una propuesta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.

Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en este pliego de condiciones.

17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO De acuerdo con la recomendación del comité evaluador, el Representante Legal de la Gobernación de Risaralda o su delegado, se reunirá con el oferente calificado en primer lugar de elegibilidad y revisarán la coherencia y consistencia entre:

a) La necesidad identificada por la Entidad y el alcance de la oferta b) La consultoría ofrecida y el precio ofrecido, y c) El precio ofrecido y la Disponibilidad Presupuestal del respectivo proceso de

contratación. Si el Representante Legal de la Gobernación de Risaralda o su delegado y el oferente llegan a un acuerdo sobre el alcance y el valor del contrato, se dejará constancia del mismo y se procederá a la firma del contrato.

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De no llegarse a un acuerdo con el oferente calificado en el primer lugar de elegibilidad el Representante Legal de la Gobernación de Risaralda o su delegado dejará constancia de ello y procederá a reunirse con el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad y revisará los aspectos mencionados anteriormente. Si el Representante Legal de la Gobernación de Risaralda o su delegado y el oferente llegan a un acuerdo se dejará constancia del mismo y se firmará el contrato. Pero, si el Representante Legal de la Gobernación de Risaralda o su delegado y el oferente calificado en el segundo lugar de elegibilidad no llegan a un acuerdo, la entidad declarará desierto el proceso de contratación. 17.1. SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO De llegarse al acuerdo con el oferente que ocupo el primero lugar en el orden de elegibilidad, tal y como lo establece el numeral anterior, se procederá con la firma del contrato; de no llegarse a un acuerdo con el primero, ser procederá a realizarse la negociación con quien haya ocupado el segundo lugar en el orden de elegibilidad y de llegarse a un acuerdo se hará la suscripción del contrato con este oferente. Luego del mismo, el adjudicatario dispone máximo de dos (2) días hábiles siguientes, luego de haber firmado el contrato para que presente las garantías solicitadas. De lo contrario el departamento hará afectiva la garantía de seriedad de la oferta. En estos eventos, el Departamento, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el Contrato, al Proponente calificado en el lugar siguiente, siempre y cuando su Propuesta sea igualmente favorable para la Entidad.

18. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 18.1. ACTIVIDADES ADICIONALES NO PREVISTAS La Secretaría de Infraestructura podrá ordenar, por escrito, la ejecución de las actividades adicionales no previstas por las partes siempre que las mismas resulten necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto contractual y la debida atención de las finalidades de la contratación. El INTERVENTOR estará en la obligación de ejecutarlas aplicando los procedimientos establecidos para la ejecución de las actividades previstas. Las actividades adicionales sólo se ejecutarán previa suscripción del respectivo contrato adicional y la ampliación o modificación de las garantías correspondientes a los costos

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establecidos en la propuesta económica inicialmente presentada por el INTERVENTOR.

18.1.1. Prohibición El INTERVENTOR no ejecutará actividades adicionales no previstas que generen mayor valor del contrato sin el concepto previo y favorable del supervisor del contrato y la autorización escrita de la Secretaría de Infraestructura. Cualquier actividad que se realice sin esta autorización será asumida por cuenta y riesgo del INTERVENTOR, de manera que la Secretaría de Infraestructura no reconocerá su costo.

18.1.2. Acta de inicio Para la suscripción del acta de inicio será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

El contrato debe encontrarse perfeccionado, y legalizado

La garantía única debe encontrarse aprobada por el Departamento.

La comprobación por el INTERVENTOR de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes.

Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa por parte del INTERVENTOR a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la imposición de las sanciones contractuales que correspondan.

18.2. SUPERVISIÓN La supervisión del contrato será ejecutada por la persona natural o jurídica que designe la Secretaría de Infraestructura para tal fin, lo cual será oportunamente informado al contratista. El supervisor desempeñará las funciones previstas en el Manual de Interventoría (DECRETO No 235 DEL 15 DE MARZO DE 2010) y sus respectivas modificaciones o adiciones, el pliego de condiciones y el contrato. En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el INTERVENTOR y el Departamento de Risaralda, ni de eximir, a

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ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades. 18.3. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN En el contrato se entenderán pactadas las facultades excepcionales al derecho común de interpretación, modificación y terminación unilaterales, las cuales podrán ser ejercidas en los términos y condiciones establecidas en la legislación vigente. El incumplimiento de una o algunas de las obligaciones a cargo del INTERVENTOR que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización facultará a la Secretaría de Infraestructura para que, mediante acto administrativo motivado, declare la caducidad del contrato, lo dé por terminado y ordene su liquidación en el estado en que se encuentre. En firme el acto administrativo por medio del cual se declara la caducidad, se hará efectiva la garantía constituida para amparar el cumplimiento del contrato y se procederá al cobro de pena pecuniaria correspondiente. 18.4. SUBCONTRATOS. El Proponente favorecido con la adjudicación podrá contratar los servicios de Asesores externos o Subcontratar ciertas actividades con firmas especializadas, siempre y cuando ponga en consideración este hecho a la Secretaria antes de producirse, y previa la presentación de documentos en donde se indique claramente el objeto y alcance del trabajo que desarrollará. Sin embargo, el hecho que ponga en conocimiento no implica responsabilidad por parte del Departamento de Risaralda. El no cumplimiento de los compromisos asumidos por los Asesores o Subcontratistas, no será causal de ampliación en plazo o en monto del Contrato. La calidad y el cumplimiento de las labores ejecutadas por Subcontratistas será responsabilidad exclusiva del Contratista, que suscriba el contrato con el Departamento, lo mismo que la relación laboral o legal que se genere. En el evento en que el INTERVENTOR subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, deberá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, el INTERVENTOR continuará siendo el único responsable por el cumplimiento de las obligaciones del contrato.

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En todo caso, la Secretaría de Infraestructura se reserva el derecho de solicitar al INTERVENTOR cambiar al(los) subcontratista(s) cuando, a su juicio, éste(os) no cumpla(n) con las calidades mínimas necesarias para la ejecución de la(s) labor(es) subcontratada(s). 18.5. PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES Todos los estudios, informes, gráficos, u otros materiales preparados por el INTERVENTOR en cumplimiento del presente contrato, serán de propiedad de la Secretaría de Infraestructura y deberá hacer entrega formal de los mismos, a más tardar, al momento de la liquidación del contrato. 18.6. CONOCIMIENTO DEL INTERVENTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO Se entiende por las partes que el INTERVENTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la INTERVENTORIA que se contrata. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su costa y riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la propuesta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo. 18.7. REQUISITOS DE EJECUCION Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere:

18.7.1. Por parte del Contratista

Constituir las garantías previstas en el contrato.

18.7.2. Por parte del Departamento de Risaralda

Aprobar la garantía que ampara el contrato. Expedir el registro presupuestal.

18.8. TERMINACIÓN DEL CONTRATO El contrato se entenderá terminado, en los siguientes eventos:

Muerte del contratista en caso de ser Persona Natural. Legal ó Judicial

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Vencimiento del plazo de duración pactado, incluido el de su liquidación. Mutuo acuerdo de las partes. Terminación unilateral. Declaratoria de caducidad. Las demás causas de terminación dispuestas en la ley.

18.9. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Al producirse cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación en un plazo máximo de cuatro (4) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo.

19. METODOLOGÍA

19.1. ASPECTOS GENERALES:

Velar por la eficiente y oportuna inversión de los recursos establecidos en los contratos.

Velar por el cumplimiento de la calidad del servicio y/o materiales o personal

empleados por el contratista, a partir de las especificaciones técnicas dadas por la Secretaria de Infraestructura.

Asegurar el cumplimiento de las metas contractuales logrando que se desarrollen los

contratos, dentro de los presupuestos, de tiempo e inversión previstos originalmente.

Armonizar la interacción del contratante y contratista, para el logro general del objeto contractual que satisfaga las necesidades de la comunidad.

Propender por que no se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas

tendientes a solucionar eventuales controversias.

Estudiar y emitir los conceptos técnicos del caso, ante las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el contratista o cuando la Gobernación de Risaralda lo requiera.

Revisar las solicitudes de adición en dinero y en tiempo y aclaraciones requeridas por

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el contratista y emitir el concepto que corresponda.

Informar oportunamente la Gobernación del Risaralda y a la Compañía de Seguro que garantiza la ejecución del contrato, sobre los incumplimientos del contratista, con el fin de que la entidad tome las medidas sancionatorias del caso y realice las reclamaciones a que haya lugar, con aplicación del debido proceso.

Velar porque la ejecución del contrato no se interrumpa injustificadamente.

Solicitar al contratista, la totalidad de los documentos exigidos por la Secretaria de

Infraestructura, para proceder a la liquidación del contrato, y velar que el contratista mantenga actualizados las vigencias de las garantías contractuales y post contractuales.

Hacer recomendaciones y sugerencias a la entidad, en relación con inconsistencias o

errores que aparezcan en las minutas y soportes de los contratos.

Verificar que el contratista cumpla durante toda la vigencia del contrato con las obligaciones relacionadas con la afiliación a salud, pensiones, riesgos profesionales, en la forma y los porcentajes que determinen las normas laborales.

En los contratos en los cuales una de las actividades derivadas del objeto del contrato,

esté relacionado con planos, deberá el interventor velar por el correcto manejo de la información cartográfica básica y temática .

Hacer el seguimiento y dejar constancia escrita de la forma como se está cumpliendo

el contrato, dentro de los términos señalados en el mismo.

Recomendar a las partes los ajustes o modificaciones que requiera el contrato en términos de plazos, cumplimiento o cualquier otro aspecto que modifique lo pactado inicialmente, lo cual debe ser por escrito y bajo su propia responsabilidad.

19.2. ASPECTOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y AMBIENTALES Sin perjuicio de aquellas Funciones establecidas en el Manual de Interventoría según Decreto No. 235 del 15 de marzo de 2010 y en el presente pliego de condiciones, serán funciones en los aspectos técnicos y administrativos a cargo del interventor, para la ejecución del contrato, las siguientes:

Solicitar a la Secretaría de Infraestructura, la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la interventoría.

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Revisar y estudiar los documentos e información suministrada, que dieron origen al contrato, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el proyecto y la finalidad de la contratación, que le permitan adelantar y establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la interventoría a su cargo.

IMPORTANTE:

En caso de que los estudios, diseños, planos, etc., requieran de ajustes se deberá informar a la Secretaría de Infraestructura y así determinar el procedimiento a seguir, y la utilización del personal especializado, para tal fin.

La Interventoría de las obras deberá verificar que los análisis unitarios presentados,

correspondan a las especificaciones técnicas para cada ítem, y se solicitarán los ajustes en caso de que sea necesario. Lo anterior debe hacerse como requisito para la firma del acta de inicio.

El interventor del contrato no autorizará el inicio de la ejecución contractual antes de que se encuentren satisfechos los requisitos legal o contractualmente previstos para el efecto. (Artículo 41 Ley 80 de 1993 y artículo 23 ley 1150 de 2007)

El Interventor y el contratista deben diligenciar y suscribir el acta de iniciación del

contrato. Dicha acta se suscribe con el fin de formalizar el inicio del desarrollo del contrato, dejando constancia del objeto general, obligaciones del contratista, las fechas de iniciación y terminación, valor del contrato y plazo.

El interventor tiene derecho a contar con asesoría técnica y jurídica si es necesaria y

con los recursos logísticos mínimos necesarios y disponer del tiempo que sea necesario para el desarrollo de la actividad.

El interventor debe programar y coordinar durante el desarrollo del contrato, las

reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato. En estas reuniones se presenta el estado de avance del contrato, así como analizar temas y problemas relacionados con el desarrollo del proyecto, acordando entre las partes soluciones prácticas y oportunas.

En los contratos de obra, debe verificar que existan las licencias y/o permisos necesarios para la ejecución del contrato, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes del inicio del contrato.

En los contratos de tracto sucesivo, al interventor le corresponde verificar el

cumplimiento del contrato conforme con el cronograma presentado por el contratista o

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de acuerdo al plan de inversiones pactado entre la entidad contratante, el contratista y el interventor.

Elaborar, revisar, suscribir y radicar las actas (de inicio, parciales de recibo a

satisfacción de las obras o avance de los contratos) necesarios para la ejecución del contrato.

Mantener actualizado la documentación de los contratos y el archivo de los mismos.

Verificar que el contratista persona natural se encuentren afiliado y cancele

oportunamente los aportes fiscales (SENA, ICBF, Caja de Compensación, según el caso), según lo señalado por el artículo 23 Ley 1150 de 2007 y artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, y en los porcentajes exigidos en las normas laborales vigentes.

Verificar que el contratista persona jurídica y todo el personal a su cargo se encuentre

afiliado al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riegos profesionales), así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales, según lo señalado por el artículo 23 Ley 1150 de 2007 y artículo 18 de la Ley 1122 de 2007.

Verificar y exigir que se otorguen las garantías exigidas y velar por que estas

permanezcan vigentes de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato.

Cumplir y hacer cumplir al contratista las obligaciones laborales que se generen con relación al contrato suscrito.

Elaborar y firmar con el contratista y el representante legal o su delegado, el acta de

liquidación, en la que constará: El estado en que se recibe la obra, cantidades y áreas, valor final del contrato, los datos que exija el Estatuto Contractual vigente, cuadro general de liquidación en donde aparezcan todas las cantidades recibidas y el balance financiero del contrato.

Igualmente en dicha acta, se dejará constancia de las reclamaciones a que haya lugar y de los asuntos que no hubiesen podido superar de común acuerdo.

Elaborar acta de pago final del contrato.

Dar información de todo acto relacionado con el contrato, al Secretario de Despacho, y

a cualquier autoridad competente que la requiera.

Estudiar las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el contratista y emitir un concepto.

El interventor suspenderá temporalmente el contrato, debido a causas de fuerza mayor no imputables ni al contratista ni al interventor; así mismo podrá solicitar,

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posteriormente ampliar el plazo pactado por la suspensión temporal, la Interventoría debe elaborar el Acta de Suspensión debidamente suscrita por las partes.

De la misma forma, una vez finalizado el plazo de la suspensión, la interventoría debe

elaborar el Acta de Reiniciación, para efectos de dejar documentado el reinicio de las labores. En los casos en que no se continúe con la ejecución del proyecto, el interventor del contrato realizará la liquidación del contrato y en está se efectuará el cruce de cuentas.

Revisar las solicitudes de adición en valor y/o tiempo, aclaraciones, modificaciones,

suspensiones, etc., requeridas por el contratista y emitir un concepto técnico, el cual debe estar suficientemente justificado.

Si la solicitud presentada por el contratista es de adición en valor y/o tiempo,

modificación o aclaración, el interventor debe revisar y analizar dichas solicitudes, emitir un concepto técnico debidamente justificado y remitirlo oportunamente a la Secretaría de Infraestructura, para que se elabore la respectiva minuta de adición, modificación o aclaración según sea el caso, para su revisión legal por parte de la Secretaría Jurídica de la Gobernación. El concepto emitido por el interventor deberá ser avalado por el Secretario de Infraestructura.

Verificar y adelantar las acciones pertinentes para que las adiciones y prorrogas se

realicen oportunamente antes del vencimiento del contrato.

Velar por el oportuno trámite de las solicitudes y peticiones que hacen los particulares o las autoridades en relación con el desarrollo del contrato.

Revisar permanentemente la vigencia de las pólizas del contrato y realizar al

contratista los requerimientos del caso, cuando sea necesario ampliar las mismas en valor o en plazo. En caso de que el contratista no realice las ampliaciones a que haya lugar, el interventor debe informar a la Secretaria de Infraestructura de este evento, con el fin de que se tomen las medidas a que haya lugar.

En los casos en que el contratista incumpla sus obligaciones contractuales, el

Interventor debe exigirle con plazos perentorios el cumplimiento de tales obligaciones y una vez cumplidos estos plazos dará traslado a la secretaría ejecutora para que solicite a la Secretaría Jurídica la aplicación de las sanciones contractuales a que haya lugar.

En caso que sea necesario aplicar multas, declarar la caducidad o hacer efectiva

cualquiera de las garantías contractuales, la interventoría debe remitir informe en el

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que se consigne el estado general del contrato, con indicación clara y precisa del incumplimiento, requerimientos hechos al contratista, etc, garantizando previamente el debido proceso al contratista incumplido. Para tal efecto la Secretaria de Infraestructura adelantará las acciones tendientes a obtener el reconocimiento y pago de las sanciones a que hubiere lugar, estipuladas en las normas contractuales.

Una vez finalizado el plazo para la ejecución del contrato, el interventor procede a

elaborar el acta de terminación del contrato (según formatos de la Secretaría de Infraestructura), la cual debe dejar constancia de la terminación del objeto. Esta debe ser firmada por el interventor y el contratista.

El interventor debe elaborar el acta de recibo final y Liquidación del contrato, dentro

del término fijado en los pliegos de condiciones, o dentro del que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.

Elaborar la liquidación del contrato y remitir a la Secretaría de Infraestructura para su

revisión y aprobación final junto con la totalidad de los soportes.

Verificar que el contratista obtenga todos los paz y salvos a los que haya lugar según la naturaleza del contrato.

Si el contratista se niega a su liquidación el interventor informará tal situación a la

Secretaría de Infraestructura, para que se adelante el trámite pertinente para la liquidación unilateral del contrato, mediante acto motivado, que debe ser firmado por el representante legal de la Gobernación de Risaralda, el Secretario de Infraestructura, con la revisión legal de la Secretaría Jurídica, para ello debe aportar un informe bien detallado.

Para efectos de la liquidación unilateral la entidad estatal cuenta con dos (2) meses

para proferir el respectivo acto administrativo, contados a partir del vencimiento del plazo acordado, o en su defecto de los cuatro (4) meses indicados en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 (Código Contencioso Administrativo Art. 136-10-d).

Las demás actuaciones que de conformidad con la normatividad vigentes y con su

naturaleza correspondan a la función de interventoría.

19.3. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS: En cuanto a las funciones específicas relacionadas con los contratos de obra le corresponde al interventor realizar las siguientes actividades:

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Verificar y aprobar la localización de trabajos y de sus condiciones técnicas para

iniciar y desarrollar el objeto del contrato, igualmente constatar según el caso, la existencia de planos, diseños, licencias, autorizaciones, estudios, cálculos, especificaciones y demás consideraciones técnicas que estime necesarias para suscribir el acto de iniciación y la ejecución del objeto pactado.

Controlar que el contratista cuente con la infraestructura física y el recurso humano

suficiente para adelantar la ejecución del contrato.

Verificar que el contratista cumpla las normas y especificaciones técnicas y de calidad de objeto contractual

Controlar e inspeccionar permanentemente la calidad de la obra, equipos, materiales,

bienes, insumos y productos, para verificar y aprobar que el contratista esté cumpliendo con las normas y especificaciones técnicas establecidas en el contrato.

Velar por el cumplimiento del cronograma y flujo de inversión del contrato, efectuando

controles periódicos de las actividades programadas, así mismo recomendar los ajustes a los que haya lugar. En caso de incumplimiento, el interventor deberá informar oportunamente a la Gobernación de Risaralda y sugerir si es el caso la aplicación de los procedimientos sancionatorios establecidos por el contrato.

Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en el desarrollo

del contrato, conceptuando sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución.

El interventor en coordinación con el contratista establecerá los parámetros a seguir

para dirimir cualquier tipo de controversia que surja con ocasión de a ejecución del contrato y en el caso que se tenga que reconocer mayores costos al valor del contrato se debe contar con la autorización de la entidad a través de la Secretaría de Infraestructura y las que no puedan ser solucionadas pasarán a la competencia del representante legal de la entidad.

Estudiar y decidir los requerimientos de orden técnico que no impliquen

modificaciones al contrato. En caso de requerir modificaciones estas deberán someterse al estudio de la Secretaría de Infraestructura, previo concepto de la interventoría.

Controlar permanentemente el cumplimiento del contratista de los requerimientos

exigidos en el contrato, normas y leyes que le apliquen para el desarrollo del proyecto.

Llevar a cabo las demás actividades conducentes al desarrollo del objeto contractual,

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conforme con los requerimientos técnicos pertinentes, certificando el cumplimiento el contrato en sus diferentes etapas de ejecución.

Vigilar y controlar al contratista de obra en el manejo de material sobrante de excavación y escombros – disposición en sitios autorizados por la Entidad Ambiental

Establecer que las cantidades de obra del contrato y las especificaciones particulares

del proyecto estén debida y completamente definidas.

Vigilar el cumplimiento de las condiciones fijadas en los pliegos de condiciones, planos y especificaciones generales para la debida ejecución del contrato, teniendo en cuenta que en caso de discrepancias prevalecerán los pliegos de condiciones.

Velar cuando se requiera, que se cumpla con la colocación de vallas de señalización,

la cual debe contener identificación del sitio, fecha de inicio y entrega, igualmente, se debe identificar al contratista, a la entidad contratante y el costo de la obra, según especificaciones de la Gobernaciónón de Risaralda

Exigir y recibir del contratista, para efectos de revisión y control, la actualización de la

programación de los trabajos entregada en la propuesta, previo a la suscripción del acta de iniciación.

Exigir y recibir del contratista copias de las matrículas de los profesionales que de

acuerdo con la propuesta presentada por el contratista, laboren para éste en la ejecución del contrato, y verificar que los mismos, cumplan con los requisitos exigidos y ofrecidos

Registrar con el contratista y/o el residente de la obra o representante de aquel en el

sitio de ejecución del contrato, en la "Bitácora de Obra", las acciones realizadas en ella; los inventarios periódicos de materiales, equipo y personal; así como las actas de los comités técnicos de obra o administrativos que periódicamente deben realizarse y las observaciones o novedades que se hayan sucedido.

Este libro formará parte integral de los documentos del contrato y de la Interventoría. Aquí también deberá reposar los conceptos técnicos de INTERVENTORES externos a la obra o a la actividad contractual, que por algún motivo se invitaron a dar conceptos.

Organizar los comités técnicos de obra y/o administrativos y citar al contratista, a los ingenieros o profesionales que hayan participado en la elaboración del proyecto o a los INTERVENTORES que sea necesario citar en algún momento durante la marcha de la obra.

Estar presente al inicio de la obra y en forma activa verificar la ejecución de la

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localización y el replanteo del proyecto, el diseño y ubicación de los campamentos (si es necesario) y los sitios de almacenamiento de materiales de obra y en general en todas las actividades preliminares de la construcción.

Supervisar, orientar, programar y controlar al personal auxiliar que se le asigne para

ejercer las funciones de Interventoría de la obra.

Efectuar, dentro del transcurso de la ejecución de la obra, mediciones periódicas de los ítems ejecutados, las cuales deberá hacer constar en el Diario de Medidas, discriminando fechas, especificación del ítem medido, su ubicación en la obra (identificando ejes de construcción), unidad y cantidad medida. Con base en estas medidas deberá efectuar cortes mensuales o quincenales de obra.

Elaborar, con base en los cortes mensuales o quincenales de obra, las actas de recibo

parcial de obra y todos los hechos que sucedan en su ejecución, las cuales suscribirá conjuntamente con el contratista.

Exigir para la ejecución de la obra o del contrato, materiales, mano de obra y

elementos de primera calidad que estén conformes con las normas y especificaciones establecidas en los planos, cantidades de obra, pliegos de condiciones de la licitación que hayan servido de base para la adjudicación del contrato.

Ordenar todos los análisis y pruebas de laboratorio que sean requeridos para

establecer exactamente las condiciones técnicas y/o de uso que demande el correcto desarrollo del objeto contractual, y con base en los resultados de los mismos proceder a su aprobación si son satisfactorios y llenan todos los requisitos exigidos. Para el caso de obras civiles, en cuanto a los ensayos de los concretos se deberá tener en cuenta lo establecido en el Código Colombiano de Construcciones sismo resistentes. Para ensayos y aceptación de otros materiales se deberán usar las condiciones estipuladas por el Icontec y códigos específicos que regulen la materia

Exigir el total cumplimiento de las especificaciones de construcción para todos los ítems de la obra, así como las que aparezcan en los planos constructivos, toda vez que obras mal ejecutadas no podrán ser recibidas.

Aprobar o improbar la iniciación o terminación de los ítems contratados, teniendo en

cuenta, además, la programación establecida para los trabajos y su secuencia técnica.

Ordenar la remoción y reemplazo de obra mal ejecutada o no aprobada, fijando para el efecto un plazo determinado mediante comunicación escrita.

Verificar que el contratista realice la obra con el equipo y maquinaria que relacionó en la propuesta, el cual deberá estar en perfectas condiciones de servicio. Los cuales podrán exigirse en el evento de no existir.

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Verificar que el contratista cuente con todos los medios y recursos para mantener la

seguridad dentro de la obra, brindando así seguridad a quienes allí laboran y ocasionalmente transitan por los alrededores de la obra.

Exigir lo necesario para que la ejecución de los trabajos se lleve acabo sin perjuicios

para terceros.

Exigir el total cumplimiento de la programación de la obra, con facultades para recomendar a la Gobernación de Risaralda modificaciones cuando por razones técnicas o dadas la naturaleza de la obra, se haga necesario, sin cambiar el plazo inicial o el adicionalmente pactado en el contrato. Cualquier recomendación de modificación deberá acompañarse de la respectiva programación de la obra y el flujo de caja correspondiente a ésta, así como de la justificación escrita y el visto bueno del diseñador.

Resolver las consultas que presente el contratista y hacer las observaciones que

estime conveniente; si durante la marcha de la obra se presentaren dudas o diferencias que no puedan ser resueltas en la obra, de acuerdo con los planos constructivos y las especificaciones de construcción, deberán ser aclaradas con el responsable del proyecto, con la anticipación suficiente con el fin de no entorpecer la obra.

Elaborar durante la marcha del contrato el cuadro de liquidación del mismo según su

avance, discriminando los ítems y cantidades ejecutadas, de acuerdo con lo especificado en cada acta.

Realizar evaluación previa a la finalización de los trabajos e indicar al contratista los

faltantes y deficiencias de la obra, bien o servicio, con el fin de que sean subsanados en el período restante para el vencimiento del plazo contractual.

Exigir al contratista los planos de la obra ejecutada; memorias y/o manuales de

operación, cuando de acuerdo con la naturaleza del objeto del contrato fuere pertinente y que se anexaran al control de Interventoría.

19.4. ASPECTOS FINANCIEROS Sin perjuicio de aquellas establecidas en el manual de interventoría y el pliego de condiciones, serán funciones de carácter financiero, a cargo del interventor:

Revisar y aprobar las solicitudes de pago formuladas por el contratista y llevar un registro cronológico de los pagos y ajustes económicos del contrato – BALANCE

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FINANCIERO DEL CONTRATO.

Órdenes de Pago. El interventor cuantificará las labores realizadas durante el mes respectivo, con base en ello, revisará los valores a pagar al contratista.

La interventoría debe conocer el estado financiero del contrato y registrar las

operaciones que se efectúen con los fondos del mismo. Debe llevar un informe mensual de dicho estado, mediante un informe que especifique el monto de dinero gastado, el valor del contrato, el valor sobrante y los trabajos que faltan por ejecutar.

Verificar que el contratista cumpla con los requisitos exigidos por La Secretaria de

Infraestructura para la entrega del anticipo o pago anticipado pactado. Constatar la correcta inversión del anticipo, para este efecto deberá exigir según corresponda la programación de trabajos, el flujo de inversión del contrato y el plan de inversión del anticipo.

El interventor debe abrir una cuenta bancaria a nombre del proyecto y número del

contrato, para los fondos del anticipo que será manejada de manera conjunta (contratista – interventor) y debe ser independiente de sus cuentas corrientes. El manejo de los recursos entregados al CONTRATISTA a título de anticipo, deberá realizarse en cuenta separada, no conjunta a nombre del contrato suscrito. Los rendimientos que llegaren a producir los recursos así entregados pertenecerán al Tesoro.

El dinero proveniente del anticipo sólo será invertido de acuerdo al programa de

inversión de anticipo debidamente aprobado por la interventoría, quien además debe aprobar las cuentas de inversión y la relación de gastos.

La iniciación de labores o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones

contractuales, no está supeditada en ningún caso al giro del anticipo por parte de la Gobernación.

Los dineros del anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con

la ejecución y cumplimiento del contrato y tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean amortizados mediante la ejecución de las obras contratadas, momento hasta el cual su mal manejo, el cambio de destinación o su apropiación darán lugar a las responsabilidades penales correspondientes.

Verificar y aprobar mensualmente los informes de buen manejo del anticipo. Los informes de buen manejo del anticipo deberán estar soportados como mínimo por los siguientes documentos:

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Extracto bancario, conciliación bancaria, plan de inversión vigente

Comprobante de egresos en forma contable vigente. Se debe presentar con fotocopia del cheque girado, debidamente diligenciado; debe contener el número de la cédula de ciudadanía o NIT del beneficiario, además se debe discriminar el concepto de pago y dejar constancia de los descuentos tributarios.

Estos comprobantes de egresos deben estar debidamente soportados con facturas,

las cuales deben cumplir lo establecido por la ley.

Los recibos de pago deben tener los mismos requisitos que la factura.

No se debe crear cajas menores con el fondo del anticipo.

El interventor debe mantenerse informado del estado financiero del contrato y del registro de las operaciones efectuadas con los fondos del anticipo, así como las modificaciones financieras que surjan dentro de su desarrollo requiriendo periódicamente información sobre estos aspectos en la Secretaría de Infraestructura.

Verificar que no haya diferencia entre los saldos bancarios que se registren en el

extracto, con el registro de gastos o el plan de inversión del anticipo. En caso de que se pruebe que el contratista dio al anticipo una destinación diferente a la autorizada, será causal para hacer efectiva la garantía de buen manejo y correcta inversión del mismo, debiendo informar inmediatamente a la Secretaría de Infraestructura.

Verificar que se esté llevando a cabo la amortización del anticipo en las cuentas

presentadas por el contratista, así mismo que el contratista transfiera a la Gobernación de Risaralda de acuerdo al procedimiento establecido para ello, los rendimientos financieros generados por el anticipo.

En el caso que se requiera el interventor debe calcular los ajustes económicos de

acuerdo a lo indicado en las cláusulas contractuales.

Verificar que se mantenga el equilibrio financiero del contrato.

El interventor debe presentar un informe parcial y/o total del contrato, sobre su ejecución para avalar los pagos parciales o el pago final del contrato.

Efectuar las actividades del caso conducentes al buen desarrollo financiero del

contrato.

Velar porque se efectúe una adecuada programación financiera del contrato.

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Velar porque la ejecución financiera del contrato, se ajuste a lo programado.

Verificar si existe una cuenta especial para el manejo de los desembolsos efectuados al contrato.

Certificado de apertura de la cuenta bancaria.

Controlar y verificar los rendimientos financieros generados en el contrato y exigir al

contratista, eefectuar el balance económico de ejecución de contrato para efectos de la liquidación del mismo.

En algunas ocasiones, los contratos se liquidan sin haber finalizado la ejecución de la

obra, ya sea debido a la terminación por mutuo acuerdo, liquidación unilateral o incumplimiento en la ejecución.

En caso que queden saldos en la cuenta corriente correspondiente al anticipo, estos deberán ser reintegrados a la Gobernación a través del siguiente procedimiento:

El interventor solicita el saldo de la cuenta corriente al banco y hace la respectiva conciliación.

Elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato incluyendo el valor del saldo a favor de la Gobernación.

En caso de que el contratista no firme el acta, se debe expedir el respectivo acto administrativo.

La Secretaría de Infraestructura debe elaborar la resolución de liquidación del contrato. Esta debe mostrar el valor del saldo a favor de la Gobernación y la remite a la Secretaría Jurídica para su revisión.

Dicho acto administrativo debe cumplir el trámite legal como es la notificación y resolver el recurso de reposición, en el evento que se interponga.

19.5. ASPECTO LEGAL

Informar por escrito sobre la materialización de las causales de terminación, modificación e interpretación unilateral, para proceder a la aplicación de estas o a la terminación unilateral del contrato.

Asesorar y acompañar legalmente a la entidad durante la ejecución y liquidación del

contrato de obra objeto de la interventoría.

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Requerir por escrito al contratista por todos los hechos que constituyan incumplimiento del contrato, cuya información servirá de sustento para la posible aplicación de multas.

Verificar la aprobación de pólizas de estabilidad de la obra y constancia del

cumplimiento de las prestaciones sociales con el fin de autorizar la cancelación del saldo adeudado a la terminación del contrato.

Dar rápida y oportuna información a los organismos de control, los superiores

jerárquicos y organismos competentes sobre la interventoría del contrato a su cargo.

Exigir periódicamente al contratista la presentación de los contratos de trabajo, las planillas de afiliación y pago al sistema de seguridad social en salud y pensiones, seguro de vida o póliza colectiva (cuando a ello hubiere lugar), recibos de pago de salarios y prestaciones sociales y demás conceptos para con sus trabajadores, durante la ejecución del contrato y antes de su liquidación.

Presentar un estudio con la justificación adecuada cuando se presente una

circunstancia o algún problema imprevisto encontrado.

Informar la ocurrencia de eventos que den lugar a la suspensión o terminación anticipada del contrato y de su reanudación, recomendando la adopción de las medidas respectivas.

Informar los hechos que constituyan incumplimiento parcial o total del contrato, para la

aplicación de las sanciones respectivas.

El proceso de ejecución de un contrato en todas sus etapas debe surtirse documentalmente tanto al interior como al exterior de la Gobernación, documentación que se debe cuidar y conservar, e impedir su sustracción destrucción, u ocultamiento para uso indebido.

IMPORTANTE: Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por el supervisor del contrato y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del equipo de trabajo, acareará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

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20. INDICAR SI EL PROCESO ESTA COBIJADO POR ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE

COMERCIO Según el Manual Explicativo CP-TLC del DNP y el “Manual para el Manejo de Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” de Colombia Compra Eficiente, en la actualidad hay acuerdos comerciales vigentes con compromisos en contratación pública con, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Suiza, Liechtenstein, Canadá y La comunidad Andina, compuesta por Bolivia, Ecuador y Perú. Los acuerdos comerciales vigentes con los diferentes países que aplican para la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía son con los siguientes; Guatemala, El Salvador, Bolivia, Ecuador y Perú, estos tres últimos formando parte de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Para los demás países se tiene que la construcción está cubierta por unos umbrales designados en pesos y pactados con cada país, a partir de estos es posible la participación de cada uno de ellos en un proceso que supere los valores estipulados.

País o Comunidad Aplica Umbral Observaciones

Chile No $14.010.191.000 Umbral por encima del valor a contratar.

El Salvador Si No hay Umbral Pueden presentar propuestas

Guatemala Si No hay Umbral Pueden presentar propuestas

Estados Unidos No $14.645.862.000 Umbral por encima del valor a contratar.

Liechtenstein No $14.010’191.000 Umbral por encima del valor a contratar.

Suiza No $14.010’191.000 Umbral por encima del valor a contratar.

Unión Europea No $14.010’191.000 Umbral por encima del valor a contratar.

Los procesos son excluidos de los acuerdos comerciales en caso tal de que el proceso sea limitado a MIPYMES, si esto ocurre se harán los ajustes pertinentes en el Estudio Previo y el Pliego Definitivo.

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ANEXO 1: CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA Señores SECRETARIA DE XXXX. Gobernación de Risaralda Carrera 13 Nº 19-17 Piso 4 Pereira El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de (nombre del Proponente o de sus miembros) ofrece (mos), mediante la suscripción de un contrato,

para realizar la “XXXX” de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y declara (mos):

1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas aquí, tiene

participación en esta propuesta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están vinculados a dicha propuesta.

2. Que conocemos los pliegos de condiciones y demás documentos, así como las demás condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la propuesta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en dichos documentos.

3. Que nuestra propuesta básica cumple con todos y cada uno de los requerimientos y condiciones establecidos en los documentos del proceso de selección.

4. Que entendemos que el valor del Contrato, conforme está definido en los documentos de los Pliegos de condiciones, incluye todos los impuestos, tasas o contribuciones directas o indirectas que sean aplicables, así como todos los costos directos e indirectos que se causen por labores de administración y las utilidades del contratista.

5. Que no existe ninguna falsedad en nuestra Propuesta.

6. Que realizamos la visita al sitio donde se adelantará el proyecto y conocemos las condiciones técnicas, sociales y ambientales, en las que se adelantará este.

7. Que el (los) abajo firmante(s), obrando en nombre y representación del Proponente manifiesto (amos) que me (nos) obligo (amos) incondicionalmente a firmar y ejecutar el Contrato asignado, en los términos y condiciones previstos en los Pliegos de Condiciones.

8. Que de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de condiciones, adjunto se anexa la documentación solicitada en los mismos.

9. Que, a solicitud de la Secretaría de Infraestructura del Departamento de Risaralda,

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me (nos) obligo (amos) a suministrar cualquier información adicional necesaria para la correcta evaluación de la propuesta.

10. Que de manera libre y espontánea manifiesto (amos) que en el evento de resultar adjudicatario(s) del contrato, renuncio a efectuar cualquier acción, reclamación o demanda en contra de de la Secretaría de Infraestructura como resultado de la ejecución y liquidación del mismo.

11. Que conozco (cemos) detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riesgos sociales, normativos, climáticos, ambientales, y técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto (amos) que asumo (imos) los resultados económicos de los mismos.

12. El plazo previsto para realizar la INTERVENTORIA es de: TRES_MESES Y

MEDIO____ (3.5) Meses contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio. 13. La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de ______________ (____) días Calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas.

Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta manifiesto (amos), que no me (nos) encuentro (amos) ni personal ni corporativamente, en curso(s) en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas legales, así mismo señalo que no me encuentro en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.

Esta propuesta es avalada por {nombre}: __________________con tarjeta profesional No. _____, quien firma esta carta y quien no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con la Secretaría de Infraestructura del Departamento del Risaralda. El (Los) abajo firmante(s) declaro (amos) que he (mos) recibido todos los documentos y anexos descritos en los Pliegos de condiciones, así como las adendas a los mismos. Atentamente, Nombre del Proponente. ______________________________ Ciudad: ______________________________ Dirección ______________________________ Teléfonos ______________________________ Fax Correo Electrónico ______________________________ Nit ______________________________

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Nombre del Representante Legal o Apoderado: ______________________________ Firma: ______________________________ Nombre del Profesional que Avala la Propuesta: ______________________________ Firma: ______________________________

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ANEXO 2A: CUADRO DE LA PROPUESTA FACTOR MULTIPLICADOR

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ANEXO 2B: CUADRO DE LA PROPUESTA COSTO PERSONAL

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ANEXO 2C: CUADRO DE LA PROPUESTA COSTOS DIRECTOS

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ANEXO 3: CARTA DE COMPROMISO

(PARA CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO PRINCIPAL) Pereira, ___________ de 2.0XX Yo, _________________________________________, identificado con cédula de ciudadanía No. _________________Expedida en _________________, me comprometo a prestar mis servicios como _______________________________, con una dedicación

del __________% a la firma del contrato, para realizar la “XXXX”.

FIRMA ______________________________ IDENTIFICACIÓN: ______________________________ M.P. ______________________________

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ANEXO 4: APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Pereira, ___________ __ del 20XX Señores SECRETARÍA DE _______ Pereira Yo el suscrito ____________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos de la Selección Abreviada de Menor Cuantía, hago la siguiente Propuesta, seria e irrevocable, para el presente Concurso de Méritos N°________, cuyo objeto es “_____________”, y en caso de que me sea aceptada por EL DEPARTAMENTO, me comprometo a firmar el Contrato correspondiente (nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente) y APOYAR LA INDUSTRIA NACIONAL de la siguiente manera: OFERTA MARQUE CON UNA “X” EL ORIGEN DE SUS SERVICIOS a) Servicios Nacionales b) Servicios Extranjeros Atentamente, Nombre o razón social del Proponente: _______________________________ C.C. No.: __________________ de: __________________________________ Nombre del Representar Lega para persona jurídica: ______________________ NIT: ___________________________________________________________

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ANEXO 5: ACREDITACIÓN PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

Fecha__________________________ Señores: GOBERNACIÓN DE RISARALDA Secretaria de XXXX Pereira CIUDAD Yo___________________________________________, identificado con cédula de ciudadanía No._______________ en calidad de____________________________, manifiesto bajo la gravedad del juramento que ____________________________________________ ha cumplido con las obligaciones a los sistemas de salud, ARL, pensiones y obligaciones parafiscales señaladas en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, durante los seis meses anteriores a la fecha de cierre de la presente contratación, y a la fecha se encuentra a Paz y Salvo por estos conceptos. Firma_______________________________ Nombre_____________________________ C.C No______________________________ Cargo_______________________________

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ANEXO 6: COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN Lugar y fecha Señores [Nombre de la Entidad Estatal] Proceso de Contratación No. SI-LP-16-2015 [Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que:

1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de [Nombre de la Entidad Estatal] para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.

2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación [Insertar información].

3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.

4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación [Insertar información]. 5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación [Insertar información] nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.

5. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.

6. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los [Insertar información] días del mes de [Insertar información] de [Insertar información].

____________________________ [Firma representante legal del Proponente o del Proponente persona natural] Nombre: [Insertar información] Cargo: [Insertar información] Documento de Identidad: [Insertar información]

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ANEXO 7: MINUTA DEL CONTRATO Modalidad de Contratación: Concurso de Méritos Tipo de Contrato: Interventoria y/o Consultoria

CONTRATISTA. xxxxxxxxxxxx CEDULA DE CIUDADANIA No. xxxxxxxxxxxx VALOR: $xxxxxxxxx IMPUTACION PRESUPUESTAL: xxxxxxxxxxx

CDP Y FECHA: xxxxxxxxxxxx Los suscritos:xxxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxxxxxxxxxxxxxx expedida en xxxxxxxxxxxxxxxx), actuando en nombre y representación del Departamento del Risaralda en su calidad de Secretario de xxxxxxxxxx, debidamente facultado para contratar según xxxxxxxxxxxxxxxx y quien para efectos del presente contrato se denominara EL DEPARTAMENTO y de otra parte, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ( cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal indicar los integrantes ) quien se identifica con NIT (en el caso de persona jurídica, consorcio ó unión temporal) o cédula de ciudadanía número xxxxxxxxx(en el caso de persona natural) y representado legalmente por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx con cedula de ciudadanía No xxxxxxxxx de xxxxxxxxxxx quien en adelante se denominara EL CONTRATISTA, se celebra el presente contrato de INTERVENTORIA Y/O CONSULTORIA, previa las siguientes CONSIDERACIONES 1.- Que el Departamento de Risaralda inició proceso de

CONCURSO DE MERITOS No SI-CM-XXX-20XX, con el objeto de contratar “XXXXX”,

cuya apertura fue autorizada mediante Resolución Nº xxx de xxxxxx xxx de xxxxx emitida por la Secretaría de XXXXX del Departamento. 2.- Que conforme a Resolución xxx de xxxxxx de xxxx, la Secretaria de XXXXX del Departamento, adjudicó el Proceso de CONCURSO DE MERITOS xxxxxxx en referencia, a XXXX 3.- Que todos los documentos que soportan el Proceso de Concurso de Meritos No. xxxxxxx que se anexan y forman parte esencial del presente documento y por tanto, obligan a las partes a cumplir su contenido o estipulaciones. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, las partes proceden a celebrar el presente contrato, y se acogen a la ley en lo no estipulado en este documento. En dicho entendido convienen a celebrar el presente contrato contenido en las siguientes clausulas: PRIMERA. – OBJETO: El CONTRATISTA se compromete con EL DEPARTAMENTO a ejecutar “XXXXX”. De conformidad con los documentos del proceso y propuesta que se anexan y forman parte esencial de éste SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones así: 1) XXXXXXXXXX. 2) XXXXX 3) XXXX. 4) EL CONTRATISTA se compromete a diligenciar conjuntamente con la Supervisión la evaluación de proveedores, conforme a las obligaciones y documentación solicitada. 5) EL CONTRATISTA se compromete además del objeto del Contrato y su alcance, a cumplir

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con todas las obligaciones inherentes a él, en especial, las relacionadas con el uso de la documentación utilizada en el Sistema de Gestión de Calidad de la Gobernación de Risaralda. 6) El contratista se compromete Para persona natural: Pago de seguridad social integral. Para Persona Jurídica. Se obliga al pago de Seguridad social integral y Parafiscales, durante la ejecución del contrato y para el trámite de cada acta de pago. 7) El contratista se compromete a presentar los informes con los debidos soportes que se sean solicitados tanto por el Departamento, como por cualquier órgano de control. 8) El contratista se compromete a informar en forma oportuna a la entidad sobre cualquier inhabilidad sobreviniente, incompatibilidad o conflicto de intereses que llegara a ocurrirle durante la ejecución del contrato. 9. El contratista se compromete a asumir los riesgos tipificados y asignados en el proceso así: XXXX. 10. EL CONTRATISTA se compromete a firmar el presente contrato, a presentar las garantías solicitadas y firmar el acta de inicio en los términos señalados mas adelante. TERCERA. PLAZO: El plazo previsto para ejecutar la INTERVENTORIA Y/O CONSULTORIA es de: NOVENTA (90) DIAS (días calendario) contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio. Sin que éste exceda el 31 de Diciembre de 2015. CUARTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El presente contrato se estima para los efectos fiscales en la suma de xxxxxxxxxxxxxxxxxx ($xxxxxxxx). EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA, cancelará el valor del Contrato que se suscriba con ocasión de este Concurso de Méritos xxxxx de la siguiente forma: Mediante un Anticipo del xxxxxx (xx%), luego de la suscripción del acta de iniciación, el saldo restante mediante presentación de actas parciales e informes de Avance de Interventoría con amortización del anticipo y una final en la que también se podrá amortizar anticipo. La última acta no podrá ser inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del Contrato. El anticipo será amortizado mediante deducciones de las actas parciales de Interventoria. Los fondos del anticipo, solo podrán ser utilizados para los gastos propios del respectivo contrato. Para el manejo del anticipo se deberá abrir una cuenta bancaria separada, no conjunta, a nombre del contrato suscrito. Los rendimientos que llegaren a producir los recursos así entregados pertenecerán al Tesoro, y el control de inversión del mismo será realizado por el Supervisor. El costo de la cuenta bancaria será cubierto directamente por el contratista y este no podrá ser redimido o descontado de los rendimientos financieros. QUINTA. - SUJECION A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: el pago del valor del presente contrato se sujetará a las apropiaciones que para tal efecto se hallen previstas en el Presupuesto del Departamento para la vigencia del xxxxx según certificado de disponibilidad presupuestal No. xxxxx de xxx de xxxx de xxxxx. IMPUTACION PRESUPUESTAL: xxxxxxxx la cual se afectará en la suma de ($xxxxxxxx) SEXTA- REGIMEN LABORAL: El presente contrato es de Interventoría y(o consultoría y labor determinada, por lo tanto EL CONTRATISTA ejecutará el contrato con libertad y autonomía técnica y directa, sin sujeción a las prescripciones contenidas en el reglamento interno del DEPARTAMENTO, por lo cual no estará subordinado a este, ni sometido a sus horarios de trabajo. En consecuencia, como CONTRATISTA independiente, es el patrono exclusivo y el directo responsable del pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones al personal que ocupe en la ejecución del contrato que se contratan. EL CONTRATISTA autoriza expresamente al

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DEPARTAMENTO para que retenga los pagos que deba hacerle en cumplimiento del contrato, en el caso de que por parte de los trabajadores se presenten reclamaciones por no pago de salarios o prestaciones sociales, o por contratos mercantiles o civiles celebrados con ocasión del contrato. SEPTIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL: Los daños o perjuicios de cualquier especie que causen al DEPARTAMENTO o a terceros los trabajos objeto de este contrato, por causas imputables al CONTRATISTA, sus agentes, subcontratistas o trabajadores, son de cargo exclusivo de éste. OCTAVA -. CESION: Le queda expresamente prohibido al CONTRATISTA ceder en todo o en parte las obligaciones que le impone o los derechos que le confiere este contrato. La cesión solo podrá surtirse cuando EL DEPARTAMENTO lo autorice. NOVENA. SUPERVISIÒN.- EL DEPARTAMENTO ejercerá la supervisión del contrato, por medio de un supervisor y para tal efecto debe observar lo establecido en el decreto número 0235 de marzo 15 de 2010. DECIMA. MULTAS: En caso de mora e incumplimiento parcial de las obligaciones pactadas y aceptadas, EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA impondrá al CONTRATISTA multa equivalente al cero punto uno por ciento (0.1%) del valor del contrato por cada día de mora. La imposición de las multas se adelantará respetando el derecho de audiencia del contratista. En ningún caso el monto de estas multas podrá excederse del 20% del valor total del contrato. El contratista autoriza al Departamento para que se le descuente de los saldos pendientes los valores resultantes de las multas, una vez ejecutoriado en acto que las impuso. El procedimiento para la imposición de multas se hará conforme a las normas vigentes y en todo caso respetando el debido proceso. DECIMA PRIMERA.- CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total del CONTRATISTA del objeto contractual, o que la ejecución de las labores no estén de acuerdo con lo pactado, deberá pagar la suma correspondiente al 20% del valor del contrato, así mismo cuando se trate de las causales de caducidad establecidas en la Ley. El cobro se hará de acuerdo como lo determine las normas vigentes. DECIMA SEGUNDA .- GARANTIAS: A) CUMPLIMIENTO: Por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y ocho (8) meses más. En todo caso la garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta que se logre la liquidación del contrato. B) CALIDAD DEL SERVICIO: Por el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y cinco (5) años más. Lo anterior, en cumplimiento del Decreto 1082 de 2015 el cual establece: En los contratos de interventoría, la vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del parágrafo del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011. C) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres (3) años más. D) BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO: El valor de esta garantía deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de anticipo, en dinero o en especie, para la ejecución del contrato, por el término del contrato y seis (6) meses más y su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato. DECIMA TERCERA.- EL CONTRATISTA se compromete a iniciar la interventoría y/o consultoria dentro de los cinco (5) días hábiles calendario siguiente a la legalización del contrato. Para los efectos

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de este artículo se entenderá que los contratos se encuentran debidamente legalizados una vez aprobadas las pólizas, con la disponibilidad y el registro presupuestal.- DECIMA CUARTA.- EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contenidas en las normas legales vigentes y que no ha sido objeto de declaratoria de caducidad en otros contratos, ni responsable fiscal en los últimos cinco (5) años. Además que no ha sido objeto de multas por incumplimiento de las obligaciones con el Sistema Nacional de Seguridad Social. DECIMA QUINTA- SUSPENSION TEMPORAL DEL CONTRATO: Por circunstancias que imposibiliten la ejecución del contrato y se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución contrato, mediante suscripción de un acta en que conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. DECIMA SEXTA – DOMICILIO CONTRACTUAL: se entiende la dirección contractual para los efectos judiciales y extrajudiciales del presente contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad de Pereira. La dirección reportada por el contratista es la siguiente: xxxxxxxxxxxxxxx TELEFONO: xxxxxxxx - CORREO ELECTRONICO: xxxxxxxxxx- DECIMA SEPTIMA- VARIACIONES DE ACTIVIDADES Y COSTO: Cuando sea necesario modificar el valor convenido se adicionará el contrato, sin que se exceda del porcentaje permitido por las leyes y reglamentos sobre la cuantía originalmente pactada más los ajustes que se hubieran causado, las adiciones al valor requerirán que se tenga previamente la disponibilidad presupuestal y posterior registro presupuestal. Las modificaciones relacionadas al plazo quedarán perfeccionadas con la firma del documento que así exprese. Tanto las adiciones como las prorrogas constaran en un acta firmada entre EL DEPARTAMENTO y EL CONTRATISTA y requerirán de las solemnidades usuales en los contratos. Éstas solo podrán ejecutarse una vez modificadas y aprobadas las garantías otorgadas. DÉCIMA OCTAVA - INDEMNIDAD: El CONTRATISTA deberá responder y amparar demandas, litigios y acciones legales que se entablen o puedan entablarse en su contra o en contra del DEPARTAMENTO, por actos u omisiones en que incurra EL CONTRATISTA, sus agentes, subcontratistas o trabajadores en ejecución de éste. DÉCIMA NOVENA: LIQUIDACION DEL CONTRATO: La liquidación del contrato se hará entre el CONTRATISTA, el Supervisor y el Representante Legal o su delegado dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del contrato, mediante acta en que conste que: a) Dejar constancia de las obligaciones mutuas b) Certificado del Supervisor designado, en que conste que el objeto del contrato y su alcance se recibieron a satisfacción y de acuerdo con las especificaciones y/o diseños; c) La verificación a la que hace referencia el artículo 50 de la Ley 789/2002 y la Ley 1150 de 2007 en su artículo 23.y; d) Cumplimiento de los requisitos conforme a las políticas de operación implementadas por el DEPARTAMENTO. VIGESIMA: EL CONTRATISTA se obliga a dar cumplimiento al reglamento de Higiene y Seguridad para la construcción, según norma dispuesta por el Ministerio de Trabajo. VIGESIMA PRIMERA: COMPROMISO LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: El contratista se compromete: a) garantizar el cumplimiento de las normas anticorrupción vigentes b) tomar las medidas apropiadas para prevenir, informar, responder e investigar las prácticas fraudulentas, colusorias, coercitivas y

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obstructivas en relación con el uso de los recursos públicos. VIGESIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se entenderá terminado, en los siguientes eventos: I) Muerte del contratista en caso de ser Persona Natural. II) Por decisión Legal ó Judicial III) Vencimiento del plazo de duración pactado. IV) Mutuo acuerdo de las partes. V) Cumplimiento anticipado del objeto del contrato. VI) Las demás causas de terminación dispuesta en la ley. VIGESIMA TERCERA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION DEL CONTRATO: Este contrato se entiende perfeccionado una vez firmado por las partes y con el registro presupuestal de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 de la Decreto 111/96. Podrá empezarse a ejecutar una vez aprobadas las pólizas que se requieren en el contrato. PARÁGRAFO I : EL CONTRATISTA dispone de un término de dos (2) días hábiles siguientes a la adjudicación, para que se presente en la Secretaría de XXX a suscribir el contrato y dispone de dos (2) días para que allegue las garantías solicitadas. Igualmente el contratista dispone de dos (2) días hábiles para firmar el acta de inicio del contrato. En caso contrario EL DEPARTAMENTO queda liberado de todo compromiso para con EL CONTRATISTA en relación con este contrato. PARAGRAFO II: EL CONTRATISTA autoriza al DEPARTAMENTO para que le deduzca del primer pago que le realizará por concepto del presente contrato el 3% sobre el valor del mismo, correspondiente a la estampilla para el Adulto Mayor, y el 2% correspondiente a la estampilla Pro-desarrollo. El 2% de la estampilla pro-hospitales, solo para recursos de Salud. Para constancia se firma en Pereira, a los

Por el Departamento Por el Contratista Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Representante Legal o su delegado Contratista Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Secretario de Despacho Revisión Legal xxxxxxxxxxx Vo.Bo. Dirección de Contratos Proyectó: Nombre y firma

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ANEXO 8: CARTA DE COMPROMISO PERSONAL DISCAPACITADO Pereira, ___________ __ del 20XX

Señores

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Pereira

Yo el suscrito ____________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos del Concurso de Méritos Abierto, hago la siguiente Propuesta, seria e irrevocable, para el Concurso de Méritos Abierto Nº SI-CM-

XX-2014, cuyo objeto es “XXXXXX”, y en caso de que me sea aceptada por EL

DEPARTAMENTO, me comprometo a CONTRATAR EN LO POSIBLE personal en condición de Discapacidad. Atentamente, Nombre o razón social del Proponente: _______________________________

C.C. No.: __________________ de: __________________________________

Nombre del Representar Lega para persona jurídica: ______________________

NIT: ___________________________________________________________