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Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas 1

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Perspectivas sobre derechoa la alimentación

y nutrición adecuadas

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Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y,la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo elque está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera deestas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo elque está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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FIAN ColombiaBogotá, febrero de 2018

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FIAN [email protected]. 10 Nº. 24 – 76 Oficina 302Tel: + 57 (1) 2840047Bogotá – Colombia

Perspectivas sobre Derecho a la Alimentación y Nutrición AdecuadasAño 1, Número 1FIAN Colombia, 2018 Coordinación Editorial: Javier Lautaro Medina BernalTraducción: Laura Andrea Mora ArdilaDiseño y diagramación: Marcela VegaImpresión: Inversiones Cimaz S.A.S.ISSN Impreso: 2619-5763 Autoras // Autores -Juan Carlos Morales GonzálezHernando Salcedo FidalgoJavier Lautaro Medina BernalShirley Andrea Rodríguez NavarroIngrid Paola Romero NiñoGloria Holguín Reyes La publicación de este número se realiza en el marco del proyecto Regulating marketing strategies as a mechanism to respect, protect and fulfill the HRAFN financiado por Fundación Bloomberg Philanthropies. Las opiniones expresadas en esta publicación son de responsabilidad exclusiva de sus autoras y autores.

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ContenidoPresentación 9

Neoliberalismo, poder corporativo, sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista y los desafíos para el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas 13

Situación y contexto 17

Neoliberalismo y régimen agroalimentario y nutricional de tipo corporativista 24

La violencia del modelo y las resistencias necesarias 29

Referencias 36

De la demonización alimentaria a los perfiles nutricionales: intereses cruzados de un régimen corporativo 41

Introducción 45

Lo bueno y lo malo: principios de una pedagogía de consumo 47

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Más allá de los perfiles nutricionales 49

Epílogo 54

Referencias 56

Derecho a la alimentación y acuerdo de paz en Colombia: correspondencia directa y desafíos 59

Introducción 63

El Sistema 64

Reconocer al campesinado 67

Más allá de la Seguridad Alimentaria y Nutricional 73

A modo de conclusión: el potencial transformador del derecho a la alimentación 75

Referencias 78

Caso: Estudio preliminar sobre el Programa de Alimentación Escolar –PAE– en Colombia desde una perspectiva crítica 81

Introducción metodológica 85

¿Qué es el PAE y por qué se presenta como un caso de vulneración de DHANA de NNA? 86

Conclusiones 102

Referencias 104

Autoras // autores 109

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El proyecto editorial –Perspectivas sobre Derecho a la Alimentación y Nutrición Adecuadas–, que aquí presentamos, es una iniciativa abierta de FIAN Colombia para la presentación, difusión y puesta en debate de contribuciones regulares alrededor de los debates globales, regionales y nacionales relacionados con la garantía del Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas (DHANA).

Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos/nutrientes en la energía, fuerza, pensamiento y demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.

Asumimos que la alimentación es un derecho de los pueblos, íntimamente ligado a sus culturas y tradiciones, que hace parte de sus construcciones

Presentación

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y proyectos de vida digna en libertad y paz. De esta forma, defendemos la autonomía de las comunidades y organizaciones de base para determinar sus procesos alimentarios, pero también, desde otra mirada, el derecho de estas y de los movimientos sociales a participar y decidir sobre la política alimentaria en todos los niveles territoriales.En este sentido, Perspectivas sobre Derecho a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, es una herramienta que busca contribuir a las luchas de organizaciones, comunidades y movimientos, problematizar analíticamente la situación y los conceptos relacionados con el DHANA, y proponer alternativas desde la construcción de conocimientos, en esta época en la que el hambre y la escasa garantía del derecho a la alimentación se siguen materializando como parte y consecuencia de una forma concreta de organización del mundo y de violencia contra la humanidad y la naturaleza. A que estos fenómenos no son venidos por la providencia, se debe añadir que la interpretación de los problemas y la formulación de sus soluciones es un campo de disputa –desigual para las personas de a píe–, en el que actores poderosos con claros intereses de control geopolítico y económicos predominan. Así, las alternativas de abajo y desde abajo encuentran talanqueras, muchas veces, insuperables en el corto y mediano plazo.Las contribuciones de este primer número son producto de nuestras reflexiones y análisis sobre el problema alimentario. El artículo Neoliberalismo, poder corporativo, sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista y los desafíos para el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas de Juan Carlos Morales González, indaga sobre la crisis alimentaria global y la forma como se fue constituyendo el régimen alimentario y nutricional de tipo corporativista, sus consecuencias y las salidas que se requieren a través de una radicalización de la lucha por los derechos humanos, el derecho a la alimentación y la soberanía alimentaria. Una lucha que implica también la defensa de la diversidad de procesos sociales alimentarios y la construcción de una democracia activa que subvierta el orden político y cultural y también nuestra propia relación con la naturaleza.

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De la demonización alimentaria a los perfiles nutricionales: intereses cruzados de un régimen corporativo de Hernando Salcedo Fidalgo, discute la construcción de conceptos nutricionales a través de lo científico y cómo la definición de perfiles nutricionales, que en cierto sentido son reflejo también del modelo corporativista actual, se hace bajo lógicas que no contemplan todas las aristas del problema. El artículo propone una reflexión y acción ciudadana que incorpore las tradiciones sociales y culturales alimentarias y que contraste las verdades científicas que soportan los marcos de referencia actual sobre la nutrición adecuada.

Derecho a la alimentación y acuerdo de paz en Colombia: correspondencia directa y desafíos de Javier Lautaro Medina Bernal, presenta un análisis del Sistema para la garantía progresiva del derecho a la alimentación resultado de los acuerdos de paz en Colombia. El artículo se pregunta por las implicaciones concretas del paso de una política pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional a la de Derecho a la Alimentación, como el principal desafío para la implementación de dicho Sistema.

Estudio preliminar sobre el Programa de Alimentación Escolar –PAE– en Colombia desde una perspectiva crítica de Shirley Andrea Rodríguez Navarro, Ingrid Paola Romero Niño, Hernando Salcedo Fidalgo, Juan Carlos Morales González y Gloria Holguín Reyes, hace un recorrido por este programa de gobierno señalando sus aspectos problemáticos frente al cumplimiento de las obligaciones del Estado colombiano con el Derecho a la Alimentación de niñas, niños y adolescentes y señala una ruta para que el PAE se transforme en un programa nutricional basado en los derechos humanos.

Agradecemos a quienes hicieron posible esta publicación.

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Neoliberalismo, poder corporativo, sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista y los desafíos para el derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas

Neoliberalism, corporate power, agro-alimentary and nutritional system of the corporatist type and the challenges for the Human Right to Adequate Food and Nutrition

Juan Carlos Morales González

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ResumenSon graves las amenazas y violaciones que en la actualidad existen a nivel mundial sobre el Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas. Lejos de ser un problema coyuntural, obedece a una crisis de largo aliento en el que el hambre, la malnutrición y otras formas de violación de este derecho, están lejos de ser superadas. Esta situación ocurre en un contexto de desposesión; transición nutricional; creciente relación entre el cambio climático, el hambre y los conflictos; grandes daños al planeta que nos han llevado prácticamente a una situación de no retorno ambiental; fuertes ataques contra los Derechos Humanos y los derechos de las mujeres; y una creciente captura corporativa sobre los espacios globales y nacionales de gobernanza en materia alimentaria. Todas estas problemáticas son originadas o profundizadas por el modelo neoliberal y el sistema agroalimentario y nutricional de tipo corporativista que, como caras de una misma moneda, socavan los Derechos Humanos, el ideal de democracia y las posibilidades alimentarias de la humanidad. El presente artículo indaga sobre la magnitud de la crisis, el papel que el poder corporativo tiene en ella, las herramientas que utiliza, los efectos sobre nuestros Estados y pueblos y algunas de las acciones que deberíamos adoptar para enfrentar dicho poder, real beneficiario del actual modelo económico y del sistema agroalimentario y nutricional hegemónico.

Palabras clave: Hambre, malnutrición, obesidad, crisis alimentaria, Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, soberanía alimentaria, globalización neoliberal, sistema agroalimentario y nutricional, corporaciones, captura corporativa, corrupción.

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SummaryThere are serious threats and violations that currently exist worldwide on the Human Right to Adequate Food and Nutrition. These, far from being a temporary problem, follow a long-standing crisis in which hunger, malnutrition and other forms of violation of this right, are far from being overcome. This situation occurs in a context of dispossession; nutritional transition; growing relationship between climate change, hunger and conflicts; great damage to the planet ¬–has brought us practically to a situation of no environmental return–; strong attacks against Human Rights and women’s rights; and a growing corporate capture of global and national food-governance spaces. All these problems are caused or deepened by the neoliberal model and the agro-food system and nutritional status of type corporatism that, as two sides of the same coin, undermine Human Rights, the ideal of democracy and food possibilities of the humanity. This article explores the magnitude of the crisis, the role that corporate power has in it, the tools it uses, the effects on our States and peoples and some of the actions we should take to confront that power, the real beneficiary of the current economic model and the hegemonic agro-food and nutritional system.

Keywords: Hunger, malnutrition, obesity, food crisis, Human Right to Adequate Food and Nutrition, food sovereignty, neoliberal globalization, agro-food and nutritional systems, corporations, corporate capture, corruption.

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Situación y contexto La humanidad enfrenta hoy serias violaciones al Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas (DHANA) y amenazas para su garantía. Unas y otras suceden a lo largo de cada eslabón del proceso alimentario: producción, recolección y pesca; transformación de los alimentos; intercambio; consumo; nutrición y aprovechamiento biológico; y, afectan las relaciones humanas, con la naturaleza y el porvenir, que cada uno de esos eslabonamientos genera e involucra1.

Estas violaciones no son recientes y tienen una gran carga de sufrimiento humano. De hecho, lejos de cumplirse las promesas de la Cumbre Mundial de la Alimentación de 1996 en Roma2, y de los Objetivos del Milenio formulados en 2000, el hambre en el mundo no se ha reducido3.

La persistencia del problema desmiente, además, que la crisis alimentaria de los años 2007 y 2008 haya sido tan solo una crisis. En efecto, la agudización del hambre ya era estadísticamente evidente al menos una década antes (Morales-González, 2008), dejando entrever que lo ocurrido en 2007 y 2008 fue apenas la manifestación febril de una larga enfermedad4.

Las violaciones del DHANA no se circunscriben únicamente a las altas cifras de personas subalimentadas en el mundo. El hambre oculta5 y la malnutrición, que son otras formas como esas violaciones se expresan en el cuerpo y salud de las personas, también afectan a miles de millones de seres humanos, como se puede ver en el cuadro de la siguiente página.

El contexto en el que ocurren las violaciones al DHANA y amenazas para su realización es complejo. En primer lugar, continúa ampliándose la pérdida de los recursos, bienes y territorios de las y los productores de alimentos, lo que Philip McMichael (2014, p.53) ha llamado el arma de la desposesión en manos del régimen alimentario imperante. Se trata de una desposesión que ha tomado forma con el acaparamiento o destrucción de tierras, aguas,

1 Para mayor orientación sobre la complejidad e importancia del proceso alimentario ver FIAN Colombia (2015, pp.15-17). 2 Durante la Cumbre Mundial de la Alimentación de 1996 los Estados se comprometieron a “reducir el número de personas desnutridas a la mitad de su nivel actual no más tarde del año 2015”. Ver FAO (1996). Teniendo en cuenta que en ese momento 826 millones de personas en el mundo eran subnutridas, y que hacia el 2015 fueron 666,5 millones (hoy la cifra ronda los 789,1 millones), aquél compromiso fue un estrepitoso fracaso. Este se acordó en el marco de la disputa ideológica y política que llevó a la imposición del modelo neoliberal a escala global. Según los defensores del modelo, el libre mercado era garantía de un mejor futuro, de desarrollo para los países y fundamental para la superación del hambre y la pobreza. Ese tipo de argumentación, que se sigue utilizando hoy día, se dejó entrever incluso en el Plan de Acción formulado al final de la Cumbre. 3 La Meta 1C del Objetivo 1 pretendía reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas que sufrían hambre.

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Cuadro 1. Hambre y malnutrición en el mundo (en

millones de personas y en porcentaje)

Personas subalimentadas

Desnutrición crónica en

menores de cinco años

Sobrepeso en menores de cinco años

Obesidad en adultos

Mundo 789,1 (10,7 %) 154,8 (22,9 %) 40,6 (6 %) 640,9 (12,8 %)

América Latina y el Caribe 40,7 (6,4 %) 5,9 (11 %) 3,7 (7 %) 96,1 (22,8 %)

Colombia 3,4 (7,1 %) 10,8 % 6,3 %6 18,7 %

Fuente: Elaboración propia con base en FAO, FIDA, UNICEF, PMA, y OMS (2017), e ICBF (2017).

4 Un análisis sobre la larga duración de la crisis en Colombia y su relación con el modelo económico se encuentra en Medina (1998). 5 El hambre oculta o deficiencia de micronutrientes afecta a aproximadamente 2.000 millones de personas en el mundo (FAO, 2014). 6 Incluye sobrepeso y obesidad.

recursos pesqueros, saberes y conocimientos tradicionales, y la prohibición de la libre circulación y mejoramiento de semillas, razas nativas de animales y alimentos que usualmente eran controladas por las poblaciones rurales. Es decir, las poblaciones que alimentan al mundo.

En segundo lugar, la humanidad recorre una transición nutricional caracterizada por el declive del consumo de alimentos básicos tradicionales; el incremento en la ingesta de productos derivados de animales; un creciente consumo de alcohol; el aumento desmedido en el consumo de productos comestibles ultraprocesados (PCU) y/o con alto contenido de azúcar, sal o grasas; y, lo que es peor, una pérdida de la diversidad dietaria (Millstone & Lang, 2008, p.82). Esta transición, si bien se manifestaba especialmente en entornos urbanos, afecta en diverso grado a prácticamente todas las poblaciones, sin importar el lugar del mundo en el que habiten.

En tercer lugar, la relación entre cambio climático, hambre y conflicto es cada vez más creciente, siendo esta una de las más grandes amenazas sobre el DHANA, la humanidad y el planeta mismo. De hecho, históricamente se

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sabe que, de todas las consecuencias negativas de los cambios climáticos, el hambre y la desnutrición son las más inmediatas (McMichael, A.J., Woodward & Muir, 2017, p.252).

El trinomio cambio climático, hambre y conflicto tiene otra consecuencia que configura uno de los mayores desafíos para la defensa del DHANA: el creciente fenómeno de los refugiados climáticos; un tipo de desplazamiento que hasta el momento no ha sido reconocido como tal por las autoridades internacionales (Morales-González, 2013, p.18). En el caso del agua, por ejemplo, se calcula que hacia el 2050 aproximadamente dos millones de personas vivirán en zonas con privación total del recurso hídrico, mientras otras 5.000 millones habitarán regiones con serias restricciones en su acceso (Laimé, p.26). Todo esto es un caldo de cultivo para que se originen y perpetúen conflictos, los cuales, a su vez, son causa o consecuencia de la competencia por los recursos naturales7, de la persistencia del hambre8 y de las agresiones humanas contra la naturaleza.

Lo descrito respecto al cambio climático, el hambre y los conflictos nos lleva a un cuarto elemento clave dentro de este contexto: el aparente escenario de no retorno planetario, entendiéndose esto como las posibilidades reales de recuperar y mantener las condiciones ecológicas y ambientales que hacen posible la vida humana y de muchas otras especies, al menos tal como las conocemos.

Sin duda, como lo señalan varios expertos, somos los supremos depredadores del planeta (Naredo, 2006, p.20), en el marco de una lógica histórica que nos ha hecho creer que como especie somos su dueño, su vencedora, su dominadora (Fagan, 2008, p.310). En el proceso, hemos sido incapaces de retornarle a la tierra algo de lo que le hemos sustraído irreparablemente. Incluso hemos llegado al punto de que, tras 10.000 años de procesos de domesticación y selección artificial de miles de variedades de plantas y animales que eran importantes para nuestra alimentación, hoy, en pleno

7 El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) señala que al menos el 40% de los conflictos dentro de los Estados se relacionan con la competencia por los recursos naturales. Ver PNUMA (2010, p.48).

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siglo XXI, tras destruir esa variedad alimentaria, apenas si cultivamos del 10 al 25 % de las especies que antes utilizábamos9. Esto ha sido una tragedia de impredecibles consecuencias, quizás ya fatales, en la medida que dicha variedad era precisamente la que, en términos adaptativos, podría echarnos una mano en el escenario de no retorno ambiental en el que vivimos.

Un quinto elemento de contexto que deseamos destacar tiene que ver con la no superación de las situaciones de violencia contra poblaciones específicas, y el ataque que tanto los DDHH y el ideal de democracia reciben por parte de poderosos actores globales y nacionales. En el primer caso, y solo para dar unos ejemplos, las mujeres siguen siendo una de las poblaciones con más y peores agresiones en términos de sus derechos. Además de ser víctimas de muchas formas de violencia por el hecho de ser mujeres, son las más discriminadas a la hora de acceder a recursos (naturales, tierras, financieros, los alimentos mismos al interior de los hogares, entre otros) que son necesarios para asegurar su adecuada alimentación.

Como lo señala el ex-Relator Especial de las Naciones Unidas para el Derecho a la Alimentación, Jean Ziegler, el modelo neoliberal ha hecho que les sea más difícil acceder y demandar mejores condiciones de trabajo, lo que se inscribe en un fenómeno global de feminización de la pobreza (Ziegler, Golay, Mahon & Way, 2011, p.25). Eso contrasta con el hecho de que son quienes alimentan el mundo y pilar de los sistemas alimentarios que aún resisten al gran capital (Rivera & Álvarez, 2017, p.41).

En el caso de las niñas, niños y adolescentes, además de ser grandes víctimas de todas las manifestaciones del hambre mundial, nuestras sociedades y Estados han permitido que se conviertan en el principal objetivo de la publicidad y mercadeo de PCU. Estos productos, que de ninguna manera deben ser considerados como alimentos, son lo que usualmente conocemos como comida chatarra. La inducción e imposición de su consumo hace parte de un ejercicio publicitario y mercantil inescrupuloso, en el que grandes poderes

8 Debe recordarse que a consecuencia de la crisis alimentaria de 2007-2008, se dispararon decenas de protestas, motines, asonadas y conflictos de diverso tipo en los países más afectados.

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económicos –empresas nacionales y transnacionales que los producen, agencias de publicidad, medios de comunicación, grandes superficies, entre otros–, se lucran a costa de la salud, alimentación y bienestar de esa población.

Otra población víctima de violencia es lo que en conjunto denominamos como población rural que produce alimentos. De esta, por ejemplo, los campesinos y campesinas son especialmente afectados por el hambre10 y el arma de desposesión mencionada arriba. Su grado de desprotección es tal que, increíblemente, todavía se está luchando para que en el Sistema Universal de DDHH se adopte una Declaración en la que se reconozcan formalmente sus derechos, entre los que sobresalen su DHANA y el derecho a la Soberanía Alimentaria11.

En lo que respecta al ataque contra el espíritu de los DDHH y el ideal de democracia por parte de poderosos actores globales y nacionales, la tendencia es desestructurar o capturar las instancias de decisión en materia de derechos humanos, así como los Estados y gobiernos mismos. Esto al tiempo que, como veremos más adelante, se construyen narrativas afines y funcionales a ese ejercicio de destrucción y cooptación.

La captura corporativa de los espacios de gobernanza en materia alimentaria y nutricional y la interferencia de la industria en ellos ya ha empezado a ser documentada y sin duda representa, como lo expresan algunos expertos, una seria amenaza sobre los DDHH y la soberanía de los pueblos (Schieck-Valente, 2015, pp.15-21). El hecho de que en organizaciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) u otras instancias de la Organización de Naciones Unidas (ONU), las grandes corporaciones se hayan convertido en sus grandes financiadores, a la vez que logran espacios o dinámicas de decisión casi análogas a la de los Estados, supone una derrota importante en la lucha de la humanidad contra los abusos del poder.

9 Los datos varían según las fuentes, lo que no desdice de la inmensidad de la tragedia que esto implica. Ver Millstone & Lang (2008, p.58) y National Geographic (2016, p.viii). 10 De acuerdo con la Organización de Naciones Unidas (ONU), como se cita en FIAN Internacional (s.f.), el 80% de las personas que sufren hambre y malnutrición crónica en el mundo son pobladores rurales. 11 Para ver más acerca de dicho proceso consultar: http://www.fao.org/family-farming/detail/es/c/904202/

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No en otro sentido debe interpretarse, por ejemplo, el papel que la Fundación Bill y Melinda Gates ha tenido no sólo para clausurar instancias de Naciones Unidas como el Comité Permanente de Nutrición de las Naciones Unidas o debilitar el Comité de Seguridad Alimentaria de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), así como sus esfuerzos para hacerse, tras bambalinas, con el control de la OMS. Ya son ampliamente conocidas las denuncias en torno a que tras estas acciones, financiamientos y reacomodos de las instancias de la ONU, está el objetivo de movilizar decisiones normativas, de política y proyectos que con la apariencia de enfrentar el problema del hambre o de la salud en el mundo, buscan en realidad debilitar los espacios globales y soberanos de gobernanza12. Eso, por supuesto, al tiempo que se promueven iniciativas supuestamente alimentarias y de salud con enfoque corporativo y nutricionalista, es sumamente lucrativo para las corporaciones (Bellows & Scherbaum, 2012, pp.31-36).13

En el nivel nacional, la captura corporativa se manifiesta en la creciente penetración que en instancias de los Estados tiene el sector privado. Bien con empleados, ejecutivos o accionistas, que saltan de este al sector público, donde movilizan decisiones a favor del interés corporativo en sectores o ámbitos de la economía o la gestión pública que tienen una directa relación con la actividad económica de la empresa de la que provienen. Este ejercicio, denominado coloquialmente puerta giratoria14, en donde se infiltra al sector público para beneficiar al privado, es uno de las más extendidas prácticas de corrupción.

La interferencia de la industria en los Estados puede manifestarse de diferentes maneras: lobby en los pasillos de los congresos o instancias legislativas regionales, presionando la adopción o no de proyectos de ley que les interesa o preocupa; subvención a grupos de investigación en instituciones educativas públicas, con el fin de imponer líneas de investigación que son necesarias

12 Sobre la materia ver Schieck-Valente (2015) y Rundall (2015). 13 Sobre este tema ver Farmafia-Blog (2017). 14 La puerta puede girar también en sentido contrario: funcionarios públicos que son cooptados por el sector privado, con los consabidos riesgos de llevarse consigo información estatal valiosa que podría beneficiar a la empresa contratante, o de dejar contactos en la entidad pública que servirán luego como informantes, tramitadores o influenciadores potencialmente útiles.

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para el desarrollo de nuevos productos o tecnologías que necesita la industria; influencia en órganos de gobierno para la adopción de políticas públicas en lógica del interés corporativo; y, finalmente, presión para que se reduzcan los estándares aplicados a sus industrias (como eliminar la regulación estatal a la publicidad y consumo de comida chatarra), con los consabidos impactos negativos en la salud, la seguridad, precio y calidad de los alimentos (Ziegler et al, 2011, p.91). Estos ejemplos son apenas algunos del amplio espectro en el que dicha interferencia se ejecuta. Por supuesto, complementa, antecede o continúa las prácticas de captura corporativa y, como ella, son verdaderas lacras que van minando el sentido de democracia.

Los impactos de esto no son desdeñables. Si las acciones del Estado –que se supone es el resultado del contrato social entre el pueblo y sus gobernantes–, sus políticas públicas, sus decisiones económicas y legislativas no reflejan el interés del demos sino los del poder corporativo, ¿de cuál democracia estamos hablando?, ¿cómo puede argumentarse su existencia si lo que se decide no va en beneficio del interés general y de los derechos humanos?, ¿cómo justificar como democráticas, por ejemplo, decisiones de política que atentan contra el DHANA y que fueron diseñadas violando también el derecho a la participación de los y las titulares del derecho?

Esta destrucción o sustitución de la democracia, que puede expresarse bien como una democracia inerte (Moore-Lappé, 2006)15 o como una verdadera corpocracia –gobierno de o en función de las corporaciones–, ha significado que en materia alimentaria hayamos ido perdiendo paulatinamente el control sobre las decisiones y gobernanza de casi todo lo que respecta a nuestra alimentación y nutrición.

¿Cómo pudo llegar la humanidad a este punto?, ¿qué antecedentes, fenómenos o relaciones nos permiten comprenderlos mejor?

15 Según el autor, en materia alimentaria, la democracia inerte supone que “el hambre y, virtualmente, cualquier otro problema de la sociedad pueden ser resueltos mediante una combinación de gobierno electo y economía de mercado” (p.12).

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Neoliberalismo y régimen agroalimentario y nutricional de tipo corporativista Desde que en la década de los noventa el modelo neoliberal comenzó a imponerse globalmente16, el ideal de democracia confrontó una de sus mayores amenazas. Impuesto con cruda violencia en el sur global y mediante transformaciones suaves de orden narrativo, discursivo, normativo y en el sujeto mismo en los países del norte (Brown, 2015, p.57), el neoliberalismo no solo ha profundizado el hambre y las violaciones del DHANA en el mundo, sino que las ha hecho herramientas que le son funcionales y necesarias (Morales-González, 2006, pp.111-148). Con el neoliberalismo, el ser humano es, en todo momento y lugar, únicamente homo economicus. Carente de cualquier atributo adicional, ese homo tiene valía en la medida que sea competitivo, consuma, o sea objeto o sujeto de intercambio o interés (Brown, 2015, pp.40-41). Su ser mismo –biológica, cultural y espiritualmente hablando–, es susceptible de ser también mercantilizado u objetivo de algún tipo de mercancía o servicio. Para la mentalidad neoliberal, no debe hablarse, por ejemplo, del Derecho Humano a la Salud sino del servicio de salud; ya no del Derecho al Agua o del bien común del agua, sino del servicio de agua; ya no del Derecho a la Alimentación o la soberanía alimentaria, sino de la seguridad alimentaria y los derechos de los consumidores. En la racionalidad neoliberal, los derechos humanos, especialmente los derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA)17, representan un peligro como exigencia social. Oponiéndose a todo tipo de reivindicación por las soberanías (territorial, alimentaria, energética, política, jurídica, entre otras), por la democracia activa y participativa, y por relaciones comerciales y políticas más justas y solidarias, el modelo neoliberal ataca el ideal de los DDHH fundamentales sustituyéndolo o dando prioridad a otros. En ese sentido, entroniza los derechos comerciales de las empresas, el libre comercio, la libertad de flujos financieros, los derechos de los consumidores

16 En adelante nos referiremos al modelo neoliberal también como neoliberalismo o globalización neoliberal. 17 Es decir, los derechos a la vivienda, la alimentación, el agua, la educación, la cultura, la salud, entre otros.

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(desde una perspectiva reducida de las relaciones comerciales), la libertad de prensa (cuando se trata de la prensa afín), la libertad de expresión (cuando se busca restringir la publicidad de comida basura, por ejemplo). En materia de geopolítica alimentaria, el modelo neoliberal opera mediante lo que denominamos el Sistema Agroalimentario y Nutricional de tipo Corporativista (SANC), el cual debe entenderse como una categoría no sólo descriptiva, sino también histórico-analítica (Rodríguez-Muñoz, 2010, p.56). El Sistema comprende, entre otros elementos a su vez complejos, una densa arquitectura de intereses, actores, narrativas, métodos de gestión económica, políticas, imposiciones, estrategias de despojo, generación forzada de escenarios de mercado, adecuación normativa, transformaciones culturales y de consumo, entre otras; todas en función de la consolidación del poder político y económico de las corporaciones en materia alimentaria y nutricional.

El poder alcanzado por las corporaciones agroalimentarias es tal, que en 2007 las diez principales empresas procesadoras de alimentos ingresaron por ventas una suma cercana a los 33.000 millones de dólares, lo cual equivalía al Producto Interno Bruto (PIB) combinado de los 75 países más pobres del mundo (Millstone & Lang, 2008, p.32).

Ese poder ha hecho que las empresas transnacionales monopolicen la cadena alimentaria desde la producción de alimentos hasta la venta al por menor, pasando por el comercio, procesamiento y mercadeo de los alimentos, limitando las posibilidades de elección de productores y consumidores (Ziegler et al, 2011, p.91). Dicho control se manifiesta también en la omnipresencia de los restaurantes de comida chatarra, que compiten a nivel local con restaurantes u otros puntos de venta formal o informal de comida tradicional. En 2007, por ejemplo, solo McDonald’s, KFC y Burger King tenían en el mundo cerca de 37.000 restaurantes (Millstone & Lang, 2008, p.94).

El SANC se caracteriza también por la pérdida de la capacidad de los productores primarios, los consumidores y los Estados, a la hora de decidir

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qué producir, cómo transformarlo, qué vías alternativas al mercado se generan para el intercambio, cómo se consume y qué se decide para una adecuada nutrición. Tales decisiones y la forma como deben implementarse, son dictaminadas por las grandes corporaciones y con la creciente anuencia, gracias a la captura corporativa, de los espacios multilaterales de decisión –como la ONU y los parlamentos regionales–, y los propios Estados.

El neoliberalismo y el SANC, en su lógica modernizadora, se asocian también con la destrucción de las sociedades agrarias tradicionales, cuyos métodos de gestión estaban adaptados a las características ecológicas de sus entornos (Naredo, 2006, p.23). Igualmente, de la mano de diversos organismos internacionales y gracias a la captura corporativa, están detrás de modelos de desarrollo que tienen por objetivo que las mujeres, principales productoras de alimentos en el mundo, abandonen la agricultura de subsistencia al considerársele no apropiada para la producción (Rivera & Álvarez, 2017, p.41). Todo esto se acompaña de la desestructuración y destrucción, a nivel rural y urbano, de prácticas y representaciones alimentarias tradicionales, en lo que Fischler (2002, pp.359-360) denomina una crisis de la alimentación moderna.

Ahora bien, las soluciones a la problemática alimentaria que propone e implementa el neoliberalismo a través del SANC se basan en la presunción de que el libre mercado es sagrado, fuente de toda riqueza, progreso y libertad, y que en el campo de lo científico-técnico se encuentran las salidas a los problemas (Morales-González, 2006, pp.220-221).

Sobre este último punto, lejos de superar el engañoso discurso de la Revolución Verde de los años cincuenta a setenta del siglo pasado, cuando se impuso el uso de semillas mejoradas y los paquetes tecnológicos asociados18, el mundo muerde un nuevo anzuelo al creer a ojos cerrados que el uso de cultivos genéticamente modificados y animales clonados –Organismos Genéticamente Modificados (OGM)–, salvarán al mundo del hambre y la malnutrición,

18 Esta revolución produjo una gran pérdida en la variedad de semillas nativas, contaminación de suelos y aguas y empobrecimiento rural. Para una relación más amplia de sus impactos nefastos ver Morales-González (2006, pp.141-143).

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especialmente en un contexto de cambio climático como afirman algunos de sus defensores (Freedman, 2015, p.92). La consecuencia de esa confianza ciega en las soluciones científico-técnicas, como cuando se habla de los OGM, es que se perpetúa el statu quo y se impide la discusión y superación de los condicionantes de la pobreza y el hambre (Patel, 2008, p.124).

Los riesgos de esta dependencia frente a las soluciones científico-técnicas son altísimos y entre ellos se destacan: daños ambientales generalizados; destrucción y contaminación de las variedades locales de los cultivos análogos; altos consumos de agua, fertilizantes y pesticidas; desplazamiento y empobrecimiento de las poblaciones rurales; incremento del flujo neto de alimentos de los países pobres a los ricos y los resultantes impactos en términos de la obesidad y enfermedades crónicas no transmisibles, especialmente en los países ricos, y malnutrición y hambre, fundamentalmente en las naciones pobres (Ponting, 2007, p.416).

En lo que respecta al campo de la nutrición y la intervención alimentaria y nutricional, el poder corporativo a través del SANC trata de imponer soluciones que no escapan del enfoque nutricionalista o medicalizado del hambre y la nutrición19. Es el caso, aunque no el único, de la Iniciativa Scaling Up Nutrition (SUN), lanzada en 2014 por el Banco Mundial, UNICEF, Programa Mundial de Alimentos (PMA) y OMS. La iniciativa recibe una fuerte financiación de las corporaciones y fundaciones afines –en donde se destaca la Fundación Bill y Melinda Gates–. La iniciativa parte de negar las relaciones entre el hambre y la malnutrición y sus condicionantes socioculturales, económicos y políticos, imponiendo visiones y enfoques medicalizados y científicos, como la masiva fortificación de alimentos e intervenciones con micronutrientes (Rundall, 2015, p.26). Estos enfoques e intervenciones, ya en marcha, son sumamente lucrativos para las cada vez más imbricadas transnacionales del sector farmacéutico, agroindustrial y agroalimentario.

19 La medicalización del hambre y de la nutrición la entendemos aquí como ese enfoque en el que ambos asuntos son abordados desde un campo de acción preeminentemente o pretendidamente médico, biologicista y científico. Este enfoque suele subestimar o desatender las fuertes relaciones (y posibilidades de intervención) que una y otra tienen con el entorno (económico, social, cultural, ambiental, político), y cómo dicha relación e intervención no es unidireccional en términos de causa y efecto.

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Cabe recordar que el enfoque nutricionalista y medicalizado, tan necesario dentro de la consolidación del SANC, cobró impulso en el periodo de entreguerras en estrecha relación con el desarrollo de la industria alimentaria y la expansión del comercio de alimentos (Barona-Vilar, 2014, pp.63-64). Desde aquél momento, los Estados adoptaron un rol de gestión y regulación de las acciones públicas destinadas a enfrentar el hambre y de orientación de la nutrición de los países, en la que los intereses del gran capital no quedaron excluidos.

De hecho, en la primera mitad del siglo XX los publicistas habían identificado la necesidad de estudiar las preferencias alimentarias a través de estudios de mercado, los cuales tendrían como fin transformar los hábitos alimentarios de los consumidores. La idea era que, a través de esos análisis, las empresas y comerciantes con la complicidad de los gobiernos, pudieran moldear dichos hábitos y “movilizar su fidelidad a un producto o marca determinados” (Vernon, 2011, pp.156-157). Infortunadamente, desde ese momento quedó firmemente instaurada la idea de que los consumidores debían responsabilizarse de su salud nutricional y, los Estados, de garantizar la posibilidad de elecciones responsables en los mercados (Vernon, 2011, p.165). Este hecho histórico es clave a la hora de entender cómo se fue construyendo la relación entre poder corporativo, publicidad, incitación al consumo de PCU (comida chatarra), destrucción de los hábitos alimentarios tradicionales, y la consolidación, como pandemia, de la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas.

Llegado este punto surge un par de preguntas importantes: ¿de qué manera ha podido la conexión entre neoliberalismo y SANC alcanzar su hegemonía?, y ¿cómo a partir de este hecho podemos pensar alternativas y construir resistencias?

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La violencia del modelo y las resistencias necesarias El neoliberalismo ha alcanzado su hegemonía y generado hambre y violaciones del DHANA, gracias al despliegue de violencias de todo tipo. Entre los instrumentos empleados se pueden mencionar: i) el inducido endeudamiento externo de nuestros países para cumplir con la receta económica neoliberal; ii) los programas de ajuste estructural que han sido lesivos para la alimentación de nuestros pueblos; iii) el uso de los diferentes tipos de ayuda –técnica, financiera, alimentaria, para el desarrollo– como herramienta generadora de dependencia y destructora de los sistemas de resiliencia local y redes de protección social; iv) la utilización de los alimentos o las decisiones en materia alimentaria como arma de guerra –política, militar, diplomática, económica, cultural– para la destrucción de la soberanía de los países; y, v) la imposición de desarrollos científico-técnicos que, presentados como soluciones, profundizan las condiciones para futuras hambres y violaciones del DHANA20.

No obstante, para efectos de este texto, queremos insistir en la mención de unas formas de violencia que fueron señaladas anteriormente: se trata de la violencia narrativa y discursiva; la violencia intrínsica a las falsas soluciones a la problemática alimentaria; la violencia que esconde o potencia los enfoques nutricionalistas y medicalizados del tema alimentario; y la violencia que reduce los derechos de las personas a su papel como consumidoras.

La narrativa neoliberal se erige sobre un conjunto de valores y prácticas en las que el ser humano, como ya se dijo, es visto exclusivamente como homo economicus. Esto implica que el fin económico es la regla con la cual somos concebidos y medidos. Dicho conjunto de valores y prácticas estructuran lo que Brown (2015, p.35), aludiendo a Foucault, denomina “orden de razón normativa neoliberal”; es decir, la racionalidad rectora del neoliberalismo sobre la vida humana.

20 Una explicación más detallada de esos instrumentos puede encontrarse en Morales-González (2006, pp.111-148).

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Ese homo economicus, vencedor sobre el homo politicus (el hombre o mujer que se gobierna a sí mismo y se identifica como parte del pueblo) y el sentido profundo del humanismo, solamente se concibe o moviliza mediante motivaciones económicas y para ellas también (Brown, 2015, pp.51-55). En ese sentido, por ejemplo, la lucha por la libertad humana es suplantada por la libertad de consumo; la diversidad por la homogeneidad; lo tradicional por lo moderno; las autonomías y soberanías por la globalización y la caída de las fronteras comerciales; la racionalidad y la responsabilidad por la depredación y el consumo compulsivo; la solidaridad humana por el juego de intereses y la finalidad económica; la responsabilidad social y el imperio de la ley por la tolerancia con el despojo y la corrupción institucionalizada; la reflexión y la prudencia por la inmediatez y la rapidez. Existen muchos ejemplos de cómo esa narrativa neoliberal y esas suplantaciones, a través del SANC, transforman la alimentación en el mundo21: cualquier comestible es promocionado como alimento; el consumo de comida chatarra es presentado como libertad de elección; se presiona por el uso de semillas certificadas a costa de las semillas nativas; se busca la homogenización de las dietas a costa de las tradiciones culinarias; se impone un enfoque de seguridad alimentaria al tiempo que se condena la soberanía alimentaria; el consumo alimentario responsable, en familia y comunidad, es sustituido por la ingesta adictiva de comidas rápidas en restaurantes y franquicias especializadas; la generación de redes de protección alimentaria es reemplazada por la ayuda alimentaria condicionada; la preservación de sistemas alimentarios locales sostenibles sucumbe ante los monocultivos y dinámicas de despojo (tierras, agua y alimentos)22; la rendición de cuentas de los funcionarios públicos es sustituida por el secretismo corporativo y la corrupción en programas alimentarios de todo tipo; la preservación de la naturaleza y los bienes naturales y comunes es reemplazada por la explotación insostenible de los recursos naturales.En cuanto a la violencia intrínsica a las falsas soluciones de la problemática alimentaria, ya vimos que vienen de la mano con algunos desarrollos

21 Hace parte también de la narrativa neoliberal la constante mención de que el campesinado tiene prácticas arcaicas (productivas, culturales, sociales, entre otras), y que se debe globalizar el consumo y los gustos alimentarios. 22 Ese despojo no es sólo sobre elementos materiales o saberes. Lo es también sobre el tiempo mismo que antes empleábamos al comer. Esa es la lógica que subyace en la idea de la comida rápida y el comer velozmente. Ver Vega-Cantor (2013, pp.177-279).

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científico-técnicos (los organismos genéticamente modificados). Otras soluciones, en el marco de la gestión y el control, usurpan el sentido profundo de los derechos humanos, promueven los intereses del sector corporativo y posicionan plataformas que facilitan el control corporativo sobre la gobernanza alimentaria. De ahí que formulaciones como las plataformas de múltiples partes interesadas, las alianzas público privadas, la responsabilidad social empresarial, muchas veces se presenten falsamente como estrategias que, gracias al sector privado, buscan garantizar los derechos humanos de las personas con el supuesto de que los Estados no quieren o no pueden hacerlo solos. Dichas plataformas suelen verse en la aplicación de programas o acciones de asistencialismo alimentario como la ya referida Iniciativa SUN, mediante la cual se busca promover el uso de suplementos alimenticios y alimentos terapéuticos listos para el consumo (RUTF) (Schieck-Valente, 2015, pp.17-18). Otro caso es el de la Alianza Mundial para Mejorar la Nutrición (GAIN), una iniciativa público privada donde también participa la Fundación Bill y Melinda Gates, y que ya fue denunciada en 2012 por la Red Internacional de Acción sobre los Alimentos para Lactantes (IBFAN) debido a la presión que sometía al Estado keniano para que que no implementara una ley que prohibía la promoción de alimentos para bebés (Rundall, 2015, p.26).

Cabe señalar que las falsas soluciones a la problemática alimentaria imponen una visión deshistorizada y descontextualizada del hambre y sus condicionantes, así como de otras formas de violación del DHANA (Mendiola, 2006, p.61). Son soluciones que no sólo niegan los condicionantes primarios de los problemas que buscan enfrentar, sino que por sí mismas condicionan la perpetuación y profundización de los problemas23.

Respecto la violencia que esconde o potencia los enfoques nutricionalistas y medicalizados del tema alimentario, el hambre y otras formas de violación del DHANA son pervertidas como conceptos y puestas en función de un marco clínico y cuantitativo que favorece los negocios empresariales (Fisher, 2017, p.32). Esto es muy visible, por ejemplo, cuando se analiza la problemática de la malnutrición, la obesidad y las enfermedades crónicas concurrentes. El

23 Condiciones de nuda vida, según el autor, que viene siendo la no posibilidad de tener la condiciones para la vida.

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enfoque nutricionalista y medicalizado, lejos de abordar los condicionantes estructurales del problema –exposición, incitación al consumo y consumo de PCU–, lo aborda como una cuestión individual de exceso de calorías o grasas que debe ser resuelto con la temperancia del afectado, la dieta y, eventualmente, el uso de fármacos o tratamientos antiobesidad.

Respecto a la violencia que reduce los derechos de las personas a su papel como consumidoras, el principal problema estriba en que el ser humano es circunscrito a su papel periférico en una relación comercial dada. En ese sentido, la primacía de los derechos humanos, vista como la defensa de los derechos fundamentales que construyen nuestra dignidad, queda ocupando un segundo lugar. Tal tipo de violencia, que también es narrativa, se ha visto por ejemplo en el proceso de debate en torno a una ley que regule la publicidad de PCU dirigida contra niñas, niños y adolescentes en Colombia. En dicho proceso, parlamentarios y representantes empresariales han insistido en que la medida no solo viola derechos comerciales de las empresas, sino los de las personas por el acto de ser consumidoras (libertad de consumo y a decidir qué consumen).

Desde la perspectiva empresarial, los derechos fundamentales a la salud y a la alimentación y nutrición adecuada no son los que deben estar en el centro de la discusión; más bien los derechos comerciales y los derechos del consumidor, estos últimos avalados por normativas internas bastante favorables para el interés privado. Llegado este punto las preguntas claves son qué hacer, cómo confrontar el modelo neoliberal y el SANC, y cómo consolidar las resistencias. En primer lugar, es necesario radicalizar en todos los escenarios y momentos, la lucha por los derechos humanos, el DHANA y la Soberanía Alimentaria. Dado que el contrato social es entre las personas y sus Estados, y no entre aquéllas y las corporaciones como bien lo señalan Ziegler y otros, el hecho de que el poder corporativo sea cada vez mayor y sus tentáculos hayan

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contaminado los Estados y la relación de este con nosotros y nosotras, se hace imperativa la defensa y aplicación de los DDHH para confrontar ese poder (Ziegler et al, 2011, p.93).

Según Bley-Folly y otros, la radicalización implicaría: i) reconsiderar la conceptualización y forma en que, basados en los DDHH, damos protagonismo al diálogo y construcción conjunta de estrategias y acciones con los movimientos sociales, esto con el fin de que la plataforma de lucha por los derechos humanos responda a las aspiraciones de la gente; ii) politizar asuntos que el neoliberalismo ha decidido no deben ser politizados ni discutidos –como la alimentación y la nutrición (Álvarez, 2017, pp. 48-49), la soberanía alimentaria, la lucha contra la publicidad de comida basura y la incitación a su consumo, el supuesto inamovible de las leyes del mercado como rector de las relaciones humanas, entre otros–; iii) las luchas sociales deberían determinar el sentido, agendas y acuerdos de los foros internacionales de DDHH, especialmente los relacionados con el tema alimentario; iv) recordar el trasfondo y valor subyacente de los procesos políticos que se desarrollan a nivel global, especialmente los que tienen influjo sobre los derechos humanos; y, v) reconocer e identificar las limitaciones de la incidencia, de los espacios en los que se desenvuelve y adecuar estrategias y herramientas que potencien las exigencias y luchas de los procesos sociales (Bley-Folly, Nuila, Mattheisen & Fyfe, 2017, pp.38-39).

En segundo lugar, urge confrontar la narrativa neoliberal y la que el SANC utiliza para mantener el statu quo en materia alimentaria. No podemos permitir que el ser humano y la vida misma siga siendo cosificada, vista como oportunidad, objetivo o interés económico. En materia alimentaria, por ejemplo, deberíamos considerar a los recursos naturales, los alimentos y la alimentación misma, como bienes comunes24 y eje a un(os) nuevo(s) sistema agroalimentario y nutricional, en el que la preocupación por la dignidad y supervivencia de nuestra especie y las demás que habitan el planeta sea el centro de todo.

24 Ver Ferrando & Vivero-Pol (2017, pp.54-60).

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En tercer lugar, proteger o desarrollar sistemas agroalimentarios y nutricionales locales y regionales basados en la diversidad. La diversidad debe buscarse en todos y cada uno de los eslabones del proceso alimentario. Es decir, a nivel de lo productivo, en las formas y estrategias de intercambio, en las maneras de transformar los alimentos, en las lógicas de consumo, y en las prácticas gastronómicas y culinarias. Se trata de una diversidad que implica no solo proteger las semillas y las variedades de plantas y animales que, siendo vitales para nuestra alimentación, aún sobreviven escapando de la depredación que caracteriza al SANC. Implica también proteger la diversidad de nuestros saberes en torno a lo alimentario y oponerse con ellos a la homogeneización que en materia alimentaria pretende el neoliberalismo y dicho Sistema. Si bien en algunos lugares existen sistemas agroalimentarios y nutricionales locales y regionales que resisten al hegemónico SANC, parte de su éxito radicará en: i) saber adaptarse a desafíos como el cambio climático; ii) anticipar formas emergentes de violencia propiciadas por el modelo neoliberal; iii) generar redes alimentarias locales y regionales que incluyan reservas estratégicas de alimentos; y, iv) fortalecer el tejido social para prevenir o contener los conflictos ambientales, sociales y armados que puedan amenazar el territorio.Muy ligado al anterior elemento, está el proteger el ambiente y buscar la sostenibilidad ambiental. Para ello es importante dar un salto cualitativo y dejar de pensar el asunto sólo impulsados por cuán importante es, únicamente para nuestra especie, ese compromiso. Somos apenas una de las muchas especies vivas del planeta y sin protegerlas a ellas, entendiendo que el planeta es de todas, no podremos avanzar mucho. Este compromiso es urgente ya que los rápidos efectos del cambio climático llevarán, infortunadamente, a adaptaciones militarizadas (Parenti, 2011, pp.15-16), que buscarán, como ha sucedido en otros contextos de crisis, enfrentar los conflictos que esto genera.

En quinto lugar, será fundamental construir una democracia activa (Moore-Lappé, 2006, p.13) que no se refiere sólo al juego de lo político, sino también a nuestra relación (y la consideración de las necesidades) de y con la naturaleza, de orden cultural y social. Las comunidades rurales y las poblaciones urbanas

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deben intentar acceder a los espacios de decisión política y exigir la rendición de cuentas de todos y cada uno de los funcionarios e instituciones que deciden en materia alimentaria o de derechos relacionados (salud, educación, agua, ambiente, entre muchos más). Para que la democracia activa en realidad exista, será innegociable la lucha por los derechos humanos de las mujeres y las niñas. Su empoderamiento y la incorporación de miradas feministas a cada uno de los escenarios de debate y construcción colectiva, serán fundamentales para romper las dinámicas patriarcales que subyacen a muchos de los problemas que en materia alimentaria (y otros asuntos) existen hoy en el mundo.

En sexto lugar, nuestras sociedades deberán asumir por fin un papel comprometido en la lucha contra la corrupción en todas sus expresiones. La captura corporativa, el lobby, el tráfico de influencias y la interferencia de la industria, deben ser condenadas por la sociedad como afrentas contra la democracia, la dignidad humana y una de las peores amenazas contra los DDHH. Tal lucha, sin embargo, tendrá que acompañarse también de una seria reflexión sobre la forma en que cada uno de nosotros y nosotras somos funcionales al neoliberalismo y el SANC, y de cómo, en ocasiones, desde nuestro ser cotidiano, facilitamos los intereses del poder corporativo.

En ese sentido, al hablar de la problemática alimentaria y el papel del poder corporativo, no podemos permitirnos la impasibilidad ante el despojo del que son víctimas las poblaciones rurales, la criminalización de las luchas populares, la concentración de recursos y bienes naturales en pocas manos, la financiarización de la vida, la entronización del interés económico por encima del ser humano y de la vida misma, la destrucción planetaria que caracteriza al modelo, la desaparición de las múltiples variedades y diversidades (incluyendo las alimentarias), y la homogeneización de nuestras prácticas, saberes, necesidades y deseos.

No de otra manera podremos ser diferentes a lo que se nos impone, o tener la coherencia suficiente para superar el abismo al que nos ha llevado el neoliberalismo y el SANC.

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De la demonización alimentaria a los perfiles nutricionales: intereses cruzados de un régimen corporativo

From food demonization to nutritional profiles: interests crossed by a corporate regime

Hernando Salcedo Fidalgo

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ResumenPartiendo de una reflexión sobre la inclusión de la categoría de nutrición adecuada dentro del principio, filosofía y concepto del Derecho Humano a la Alimentación, se plantean los marcos de referencia dentro de los cuales esta noción supera las barreras de conceptos convencionales como seguridad alimentaria, o lucha contra el hambre. En una segunda parte, el capítulo aborda el fenómeno de inmersión del discurso nutricionista, en la emergencia de estrategias de mercado, publicidad y consumo, como formas de sentido común, que configuran espacios de lo saludable y lo nocivo, bajo las funciones de un sistema de creencias que hace referencia al mundo científico de producción de verdades. En su última parte, el texto hace una propuesta de recuperación de la información científica, con miras a establecer puentes con los saberes y prácticas alimentarias tradicionales, que permitan estimar regímenes propios de alimentación, adaptados a las necesidades de una nutrición adecuada que cumpla de manera holística con los requerimientos de la vida humana sana, dentro de unos principios básicos de Derechos Humanos. Esta propuesta va más allá de los planteamientos institucionales de referencia sobre los perfiles de nutrientes y los perfiles nutricionales promulgados por organizaciones como la Organización Panamericana de la Salud y/o la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

Palabras clave: Hambre, derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas, discurso nutricionista, perfil de nutrientes, perfil nutricional, régimen corporativo, enfermedades crónicas no transmisibles, enfermedades crónicas.

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SummaryBased on a reflection about the inclusion of the category appropriate nutrition within the principle, philosophy and concept of the Human Right to Food, frames of reference are raised within which this notion overcomes the barriers of conventional concepts such as food security, or fight against hunger. In a second part, the chapter addresses the phenomenon of immersion in nutritionist discourse, in the emergence of market strategies, advertising and consumption, as forms of common sense, which shape spaces of the healthy and the harmful, under the functions of a belief system that refers to the scientific world of production of truths. In its last part, the text makes a proposal for the recovery of scientific information, with a view to establishing bridges with traditional food knowledge and practices, which allow the estimation of own feeding regimes, adapted to the needs of an adequate nutrition that meets holistically with the requirements of a healthy human life, within basic Human Rights principles. This proposal goes beyond the institutional reference approaches on nutrient profiles and nutritional profiles promulgated by organizations such as the Pan American Health Organization and/or the United Nations Organization for Agriculture and Food.

Keywords: Hunger, Human Right to Adequate Food and Nutrition, nutrition discourse, nutrient profile, nutritional profile, corporate regime, chronic non-communicable diseases, chronic diseases.

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IntroducciónEl 21 de diciembre de 2017, la agencia de noticias France Info, anunció la retirada de más de 720 lotes de leche con complementos nutricionales para bebés, producida por una prestigiosa empresa transnacional, tras la comprobación de su contaminación bacteriana con salmonella, un microorganismo cuya infección pone en riesgo la vida de los infantes (Franceinfo, 2017). Este hecho noticioso, en un país donde el mismo día se anuncian las medidas, incluidas en un proyecto de ley que se debate en la Asamblea Nacional, para combatir las formas de consumo que ponen en riesgo a la población por el sobrepeso y la obesidad, proyecto en el que también se discute el impuesto a la carne de vaca y a sus derivados por sus efectos nocivos sobre la salud humana y sobre el medio ambiente, las formas de maltrato animal al sacrificar en los mataderos, y el retorno a formas tradicionales de alimentarse y de cultivar, no puede más que sorprender.

En efecto, mientras en Colombia el sector empresarial de la industria alimentaria se alarma por las propuestas legislativas que pretenden regular la publicidad y el mercadeo de productos comestibles ultraprocesados (PCU)1, en países con políticas públicas estructurales que defienden la salud pública en relación con el régimen alimentario, como Francia, se producen, sin embargo, asfixiantes cortinas de humo con argumentos higienistas para esconder el problema de fondo. Si bien la contaminación por salmonella de lotes de sucedáneos de la leche materna o alimentos para bebés es una emergencia sanitaria, no lo ha sido previamente la consideración de que los componentes de los PCU –como las leches con complementos para infantes–, pueden ser más adversos a la salud que una infección bacteriana aguda. Estas inversiones de lógicas del sentido común2, tienen que ver con la fuerza de construcción de aparentes acuerdos tácitos colectivos, en los que los verdaderos principios de discusión se diluyen a través de la difusión y de los medios, bajo formas masivas de síntesis conceptual.

1 Entiéndase por PCU, la definición de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS):

Los productos ultraprocesados son formulaciones industriales elaboradas a partir de sustancias derivadas de los alimentos o sintetizadas de otras fuentes orgánicas. En sus formas actuales, son inventos de la ciencia y la tecnología de los alimentos industriales modernas. La mayoría de estos productos contienen pocos alimentos enteros o ninguno. Vienen listos para consumirse o para calentar y, por lo tanto, requieren poca o ninguna preparación culinaria. (2015, p.5)

2 En lo que sigue, la referencia al sentido común tiene que ver con el concepto creado por Moscovici (1961), fundador de la psicología social, en el que las representaciones sociales pasan a ser parte de un acuerdo semántico colectivo llamado sentido común.

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El caso de la lucha por el Derecho a la Alimentación, es una ilustración de cómo desde los años setenta del siglo pasado, y en particular desde que se constituyeron el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), la categoría de lo alimentario pasó a formar parte de la conceptualización de los Derechos Humanos, completándose luego con conceptos como adecuada y recientemente, bajo la propuesta de FIAN Internacional, como Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas (DHANA).

Podemos afirmar que la convergencia de acciones civiles y los movimientos ligados a la defensa de los Derechos Humanos, ha sido el contexto de formación de las nociones que superan las convencionales propuestas de seguridad alimentaria o de lucha contra el hambre. Estas dos últimas categorías, han hecho parte precisamente de espacios de sentido común, en los que de manera ahistórica se ha propendido por un asistencialismo que alivie las cargas del hambre sufridas por poblaciones víctimas, como si su condición no fuera el resultado de determinantes estructurales que tienen que ver con la organización económica, política y social.

Hoy se puede decir con fuerza, que muchas organizaciones sociales y comunidades, entre las que se encuentra FIAN Colombia, asumen una comprensión de este derecho fundamental, no solo como una salida a la urgencia de responder al fenómeno del hambre, sino como un derecho que requiere dispositivos alimentarios que otorguen medios de salud y de nutrición, desde su producción hasta su acceso, y formas de consumo, dentro de una filosofía que integra al medio ambiente, a la naturaleza y a la cultura; una filosofía, digámoslo de una vez, holística.

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Lo bueno y lo malo: principios de una pedagogía de consumoLas sociedades occidentales contemporáneas, parecen haber construido desde el paradigma3 de la Ciencia, con mayúsculas, un sistema referencial que se ha convertido en la práctica del sentido común, al decir de Moscovici, en una foma positiva de vida, sinónimo de progreso y de bienestar. De manera absoluta e ininterrogable, los propósitos científicos justifican cualquier forma de acción, y se apela a ellos en el campo de la salud, como referentes de verdad y como fuentes de principios absolutos. Esta dictadura de la ciencia como discurso4, es decir, reconocer a la ciencia como dato social, como construcción histórica, y comprender que su ejercicio práctico es una forma de ejercicio de poder, que no es tan objetiva, y que puede estar en relación con otras prácticas y formas de construcción del sentido común, es lo que nos permite hoy proponer una mirada crítica del conocimiento científico, asumiéndolo como un sistema de creencias5. En este texto, presentamos algunos ejemplos en donde el discurso científico hace parte de la construcción de un sentido común ligado a los valores de bueno y de malo6, en donde la demonización de prácticas y de consumos, hacen parte de la determinación de hábitos, como estrategia de inserción al consumo indefectible de productos comestibles cuyo impacto negativo sobre la salud individual y colectiva no se cuestiona.

Dos hitos de la demonización nutricional: las grasas y los cereales

David Perlmutter, médico y neurogastroenterólogo, ha puesto durante los últimos diez años, literalmente sobre la mesa, la discusión sobre el verdadero peso del consumo de grasas, de lípidos, en la incidencia de la enfermedad cardiovascular, uno de los principales lastres del perfil epidemiológico de

3 El uso del término paradigma se refiere en este escrito al propuesto por Kuhn (1962).4 El orden del discurso, fue el título de la lección inaugural de Michel Foucault en el Collège de France en 1970. A partir de ese momento, hemos situado desde el punto de vista epistemológico al discurso, como una forma propositiva que no se detiene, y que a su vez está determinada por órdenes invisibles que finalmente acuden a su configuración final, y que tienen que ver con el contexto histórico de producción de los hechos sociales. 5 Este concepto de sistema de creencias, de raíces antropológicas, se ha inspirado de la conceptualización utilizada para hablar del sistema médico. Ver Quevedo (1992). 6 Estaremos muy cerca de las propuestas de Vigarello (1991) y de Mead (1975), quien publicó originalmente en 1928.

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occidente. La polémica desatada por Perlmutter, parte del punto de considerar lo que se sustentó con evidencia científica durante la segunda mitad del siglo XX y hasta nuestros días: que el consumo de grasas está directamente relacionado con la fisiopatología de la placa de ateroma de las arterias, y que es este consumo el factor directamente responsable de la aparición, incidencia y prevalencia de la enfermedad cardiovascular y coronaria (Perlmutter & Loberg, 2014). Lo interesante, es que el autor, independientemente del valor de sus argumentos, ha permitido extraer y sacar a la luz, un debate que funciona dentro del mismo espíritu que habría propuesto T.S. Kuhn (1962) como ideal funcional de la discusión científica: validar una demostración a partir de su opuesto. Pero también, y este asunto cobra el mayor interés, Perlmutter ha postulado argumentos que también han estado validados por el propio sistema científico desde hace años, pero no ocupaban el mismo lugar dentro de la jerarquía de valores apoyada por las formas de masificación de la información. Su propuesta, consistente en demostrar que es mayor el impacto de los azúcares industrializados, y de las harinas producidas a partir del trigo también industrializado, sobre la epidemiología de las enfermedades cardiovasculares que el que suponía tener el consumo de grasas, llevó a interrogar las formas discursivas que visibilizaron la maldad de las grasas. El rescate de los trabajos sobre la enfermedad metabólica iniciada a partir del consumo de carbohidratos simples, y de la incorporación a la nutrición del trigo, permitió entonces entrever que detrás de una recomendación de salud pública, se generaron hábitos de repudio por un lado, y se constituyó un avance industrial basado en el procesamiento de las grasas en forma de margarinas y de otros tipos de grasas saturadas e hidrogenadas, que entonces adquirieron el carácter de buenas. Sin la pretensión de querer develar la acción invisible y perversa de los controladores de la industria, es claro que el ejemplo de esta oposición muestra cómo las dinámicas del mercado, con sus conflictos de intereses, inciden sobre la masificación de la información, ejerciendo presión sobre el sentido común para construir nuevas imágenes y

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representaciones que sean efectivas en el cambio de las formas de consumo. En otras palabras, la necesidad de crear un mercado, el de las grasas hidrogenadas, instrumentalizó el discurso científico sobre la relación entre colesterol y enfermedad cardiovascular, imponiendo un modelo que, quizás, haya sido el responsable del aumento de la incidencia de estas formas de enfermar y morir durante los últimos cinco o seis decenios.

La categoría que emergió del fenómeno comercial de la prevención de la enfermedad cardiovascular por excelencia, es la de light. Esta palabra, que designa a la luz en lengua inglesa, ha configurado un universo de PCU, dentro de la galaxia de la industria alimentaria de los mismos últimos decenios. Apelando a la ausencia de colesterol de sus productos, esta estrategia ha escondido los altos contenidos de azúcar, los altos niveles de procesamiento, la inclusión de moléculas de conservación y de exaltación de sabores, que en produtos light tienen efectos más perversos y dañinos que aquellos que se pretendían tenía la grasa en forma de colesterol. Un caso de trasferencia semántica al sentido común que ejemplifica este proceso, es el de los llamados cereales. Estos productos comestibles, son en efecto ultraprocesados, no son necesariamente alimentos, y constituyen la base del desayuno sano de una proporción importante de la población mundial. Son light por excelencia, y movilizan valores positivos de la nutrición, de los hábitos y de la vida, cuando en verdad, son producidos por tres o cuatro grupos industriales del planeta, y responden a la misma estrategia de mercadeo que los sitúa benéficamente en la mente de los ciudadanos, aunque son nocivos al metabolismo y aumentan el riesgo de padecer Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT)7.

Más allá de los perfiles nutricionalesLa grave situación actual frente a la vulneración del DHANA en términos de lo que determina que la población consuma cierto de tipo de alimentos, sin que éstos cumplan con las condiciones mínimas de nutrición ni sean

7 Vale la pena anotar que la ECNT, son aquellas que hoy en día tienen la mayor carga sobre el perfil epidemiológico global, y han salido del espectro de las enfermedades transmisibles (como las infecciosas). Ver al respecto OMS (2014).

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adecuados para la vida sana, puede discutirse a la luz de la propuesta conceptual que desarrolló Rodríguez-Muñoz (2010) en torno al régimen alimentario corporativo. En efecto el impacto de la agroindustria sobre todos los mercados alimentarios, y la consolidación de una fuente corporativista exclusiva de alimentos que se proveen en forma masiva a través de los modos de comercialización impuestos por sus mercados, hace que lo que comemos hoy en día proviene en su mayoría de unas pocas corporaciones, y no tenemos opciones aparentes de elección frente a esta realidad. De esta forma, en muchas ocasiones la decisión de comprar uno u otro comestible en un supermercado, no es una decisión: es una inducción al cambio de marca, y a menudo, esta otra marca es también producida por la misma corporación.

Las implicaciones que tiene hoy el consumo de PCU sobre la salud de las poblaciones, y su instauración dentro de los estilos de vida, parece irreversible. Pero simultáneamente emerge desde las organizaciones y movimiento sociales, la posibilidad y la necesidad de búsqueda de otros conductos culturales, de otros dispositivos sociales y políticos, que nos permitan interrogar la unicidad de las opciones alimentarias, entendiendo que la lucha por el DHANA es un contexto de trabajo para obtener, justamente, formas de alimentación y nutrición adecuadas.

Es posible articular la producción científica y ponerla en el debate público, enfrentando los conflictos de interés establecidos a través de la interferencia de la industria de alimentos sobre la construcción de conocimientos por parte de los centros académicos y científicos. Un elemento central de este debate público, está centrado en cómo determinar el sentido de lo adecuado cuando hablamos de nutrición, esto es, discriminar mediante la exposición de argumentos, desde qué parámetros de evaluación nutricional situamos las condiciones de bienestar de las poblaciones. Este camino ha sido explorado a través de la construcción de perfiles recomendados institucionalmente con contenidos de nutrientes, y desarrollados por organizaciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana

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de la Salud (OPS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Sin embargo, este camino no está exento de interferencia, y la validación de estos conocimientos requiere de un contraste con los contextos culturales, sociales y políticos donde se producen los sistemas alimentarios, y donde las poblaciones tienen acceso a los productos alimentarios.

Los perfiles de nutrientes de los que hablamos al iniciar este artículo, se han construido con nociones del mantenimiento de la vida bajo esquemas termodinámicos, es decir, utilizando conceptos que equiparan al ser humano a una máquina energética –casi a una máquina de vapor–, y en los que se ha calculado en términos de producción de energía la cantidad de nutrientes que deben suministrase para la supervivencia y el trabajo, pero no se han evaluado desde la fuerza alimentaria de un concepto de nutrición que contemple eso: el aporte alimentario como fuerza de la vida, y que mantiene una relación con la producción de alimentos y con la naturaleza, con quienes los preparan y están insertos en la cultura, y con una homeostasis del medio ambiente y de la especie (así el concepto aún sea positivista y esté ligado a los modelos de la fisiología de Claude Bernard).

El Modelo de Perfil de Nutrientes de OPS asume que puede formularse una recomendación general, cuya síntesis puede estar basada en el control exclusivo de un grupo de nutrientes (sal, azúcar, grasas saturadas y grasas trans) con el objetivo de “prevenir el consumo de alimentos poco saludables” (OPS, 2016). Es necesario en este nivel de la presentación exponer por qué el criterio de OPS puede llegar a convertirse en un esquema excluyente, reduccionista y riesgoso en términos de las acciones que los Estados pueden implementar en torno a la regulación de la industria de alimentos.

• El criterio de elección de nutrientes no contempla todos los requerimientos básicos de la alimentación.

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• El modelo presenta “la formulación de normas y reglamentos aplicables a alimentos y bebidas no alcohólicas hipercalóricos y de poco valor nutritivo” (OPS, 2016, p.6). Este enfoque presenta la urgencia de actuar frente a la epidemia de las enfermedades metabólicas causadas por el excesivo consumo de azúcares, pero en su afán por cubrir este espectro, excluye a la recomendación de criterios más amplios basados en perspectivas nutricionales integrales.

• El criterio caracteriza la ingesta de alimentos únicamente como un balance energético de calorías (modelo termodinámico).

El modelo concibe al cuerpo como a una máquina de vapor, que funciona con base en una ecuación energética absoluta en términos de aportes y consumo de calorías. Este modelo no permite entender al metabolismo de nutrientes como un complejo de funciones orgánicas con vías de acceso y de transformación que se diversifican, cambian y adaptan en función de las situaciones y de los alimentos procesados por las células.

• La noción de “poco saludable” es relativa, y solo contempla el problema de las concentraciones de este grupo de nutrientes, excluyendo los aditivos y las formas de procesamiento.

La categoría de saludable o no saludable, pasa por un tamiz en el que la relativización de los términos como poco no determinan la precisión científica que el documento pretende. Por tanto, esta noción de poco o no saludable, debe ser deconstruida a la luz de lo que es realmente considerado como alimento y lo que no. Es por ello que proponer la categoría de comestible para aquellos productos que en su procesamiento dejan de ser alimentos, es decir, dejan de ofrecer aportes de nutrientes adecuados a las condiciones que conserven, promuevan y mantengan la salud de las personas, nos parece definitivamente más pertinente, clara y precisa.

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• El perfil de nutrientes de OPS va entonces dirigido a controlar los comestibles cuya composición en nutrientes, del listado seleccionado, corresponde a productos nocivos para la salud, porque sus concentraciones excesivas, dentro del modelo termodinámico, tienen efectos sobre el metabolismo ligados con la obesidad.

Es posible entonces pensar en perfiles específicos para las regiones y adecuados a las condiciones de cada país, donde se estimen las condiciones de otras formas de daño sanitario a través del procesamiento de comestibles. A este objetivo deben apuntarle los proyectos integrales de adecuación de las condiciones de alimentación de las poblaciones. Esta perspectiva incluye entonces las condiciones de producción de los insumos agrícolas, el impacto ambiental y la transformación y comercialización de semillas, las condiciones culturales y las tradiciones culinarias y de producción de alimentos, los roles económicos, sociales y de género.

Es necesario producir en cada una de las regiones de nuestros países un inventario de los recursos naturales y agrícolas y de la disposición de medios alimentarios no industrializados, que permitan establecer la relación con los procesos productivos y de elaboración de alimentos, respetando el equilibrio entre medio ambiente, vida humana y condiciones de vida.

El perfil de nutrientes, el perfil nutricional de un país, debe ser el resultado de una reflexión civil y social sobre la garantía de su DHANA, que permita la convergencia de los discursos de la ciencia en forma contrastada y pública, y que estén ligados a sus tradiciones alimentarias y culturales, que como tradiciones humanas son modificables, bajo una propuesta integral, holística que no sólo sea un dato energético expresado en kilocalorías.

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EpílogoLa inclusión de la categoría nutrición dentro del espectro de conceptos clave que contribuyen a designar el derecho a la alimentación es hoy una realidad. Hace poco menos de un decenio, esta inclusión parecía un artificio, y se estructuraba como una dificultad mayor dentro de las discusiones globales sobre los sistemas alimentarios y sobre los modos de configuración de las dietas en las culturas contemporáneas. Y aunque la puerta se abre de par en par para afrontar el debate sobre nuevas maneras de asumir, vivir y luchar por el DHANA, el obstáculo mayor parece seguir siendo la transferencia de conocimientos validados como científicos, que se convierten en armas contra lo que la propia ciencia pretendió defender en su búsqueda de la verdad. De esta forma, es necesario deconstruir los andamiajes científicos con los que la industria de los comestibles pretende justificar un fin económico, a costa de una forma de lucro que no respeta los límites del daño a la vida, a la integridad, a la salud.

Recientemente, el Doctor Peter Glidden8 aparece en Norteamérica como la versión civilizada de la resistencia al ejercicio del poder científico, a través de una cruzada pedagógica que intenta mostrar cómo aquello que validamos como verdades incuestionables, puede de repente convertirse en instrumentos de destrucción adosados a un sistema de creencias. En términos coloquiales,

8 Ver la página www.drglidden.com

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este médico estadounidense que se define como naturópata en ejercicio por más de veinte años, es un indicio de los movimientos civiles, que en el mundo industrializado americano, interrogan el ejercicio de la violencia a través del daño sanitario causado por los regímenes alimentarios a los que nos someten las corporaciones. Ya no se trata entonces de movimientos aislados que puedan tildarse de anacrónicos, retrógrados o antimodernos, sino que las imágenes a lo Glidden emergen como formas legítimas de cuestionamiento al sistema alimentario paradigmático. El informe del Grupo de alto nivel de expertos en seguridad alimentaria y nutrición (HLPE) del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (CSA), muestra en su publicación de septiembre de 2017 que las dietas pobres están en relación directa con los modos contemporáneos de enfermar y que estas dietas están a su vez sujetas a las expresiones de sus sistemas alimentarios, y que estos, a su vez, están determinados por las dinámicas económicas y el interés de los sistemas de producción industrial dominantes (2017).

En este sentido, comprender la nutrición adecuada como parte de los derechos a la salud y a la alimentación, ha dejado de ser subversivo para convertirse en la urgencia de la salvaguarda de la vida humana en el planeta. Pero la subversión sigue estando frente al hecho, al decir de Pter Gøtzsche (2015), que detrás de los comestibles que matan, hay también una expresión del crimen organizado en su mejor versión hecha ciencia.

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Referencias

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Derecho a la alimentación y acuerdo de paz en Colombia: correspondencia directa y desafíos

Human Right to Food and Peace Agreement in Colombia: direct correspondence and challenges

Javier Lautaro Medina Bernal

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ResumenEl Acuerdo de Paz en Colombia estableció la creación de un Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación. Hasta la actualidad la política pública colombiana ha estado basada en el concepto de Seguridad Alimentaria y Nutricional y es muy probable que este siga siendo el fundamento del Sistema que surja en el marco de la implementación de los acuerdos. Esto puede significar restricciones para la garantía del derecho a la alimentación. Asumiendo que el Acuerdo ofrece oportunidades para reformular la política pública, el artículo presenta dos retos específicos relacionados con los derechos campesinos y la soberanía alimentaria que pueden ser una hoja de ruta para contribuir a una mayor garantía del derecho.

Palabras clave: Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, Acuerdo de Paz en Colombia, soberanía alimentaria, seguridad alimentaria y nutricional, derechos campesinos.

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SummaryThe Peace Agreement in Colombia established the creation of a system for the Progressive Guarantee of the Right to Food. Until now, the Colombian public policy has been based on the concept of Food and Nutritional Security and is very possible that this will be the foundation of the system that will arise in the framework of the agreement implementation. This could means restrictions for the guarantee of the Right to Food. Assuming that the mentioned Agreement offers opportunities to reformulate the public policy, this article presents two specific challenges related to peasant rights and food sovereignty that can be a roadmap to contribute to a greater guarantee of the right.

Keywords: Human Right to Adequate Food and Nutrition, Peace Agreement in Colombia, food sovereignty, food and nutricional security, peasants rights.

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IntroducciónEl Acuerdo de Paz colombiano, firmado el 25 de noviembre de 2016, tiene como una de sus bases la realización del Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas (DHANA)1. En concreto, establece la puesta en marcha de un Sistema para la garantía progresiva del derecho a la alimentación (en adelante el Sistema), que incluye una serie de acciones y ajustes institucionales y, además, se corresponde con otras medidas del mismo acuerdo, particularmente las que también hacen parte del punto 1, Reforma Rural Integral (RRI). Precisamente, uno de los principios de la RRI es que el conjunto de la política de desarrollo agrario integral debe estar orientado a garantizar progresivamente que todas las personas tengan acceso a una alimentación sana y adecuada y que los alimentos se produzcan a través de sistemas sostenibles (Acuerdo de Paz, p.13).

El Sistema tiene como objetivo garantizar de forma progresiva el derecho humano a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada, erradicar el hambre y fomentar la disponibilidad, el acceso y el consumo de alimentos de calidad nutricional en cantidad suficiente (Acuerdo de Paz, p.33). Como buena parte de las medidas del Acuerdo, la creación del Sistema tiene la potencia de transformar los enfoques de la política pública alimentaria y la estructura existente para la toma de decisiones en esta materia. Dicha transformación es el desafío fundamental para cumplir con los objetivos de garantía del DHANA.

De lo que se conoció públicamente, se sabe que uno de los debates alrededor del tema entre el Gobierno nacional y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), se centró en la discusión entre los conceptos de Seguridad Alimentaria y Soberanía Alimentaria como base del Sistema (Borrador Conjunto, p.20). Esta cuestión es reflejo de un campo de disputa específico, y muy profundo, entre posturas institucionales y

1 En el desarrollo del texto se usan derecho a la alimentación y Derecho a la Alimentación y Nutrición Adecuadas como conceptos similares.

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organizaciones campesinas a nivel global, regional y local, respecto al sentido, enfoque y objetivos de las políticas agrarias y alimentarias. Finalmente, la salida fue asumir y reconocer como guía el enfoque del derecho a la alimentación, lo que implica una reconfiguración de la política pública en la materia. Este artículo presenta el Sistema y señala, de forma preliminar, dos desafíos específicos articulados para la realización del DHANA en el marco de la implementación del acuerdo: el primero, pasa por el reconocimiento2 del campesinado como sujeto de derechos y el segundo está relacionado con la superación del limitado concepto de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN) como único eje de la política pública.

El SistemaEl Sistema está basado en el incremento progresivo de la producción de alimentos, la generación de ingresos y la creación de condiciones de bienestar a través de los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral. A su vez, determina una organización específica por medio de la creación de Consejos Departamentales y Municipales, que deben proponer y participar en la decisión de los lineamientos de los Planes Departamentales y Municipales de Alimentación y Nutrición Adecuadas, así como de un Consejo Nacional, encargado de los lineamientos nacionales, la coordinación del Sistema y el seguimiento a las metas establecidas. Todas estas instancias deben contar con una amplia representación de la sociedad y las comunidades (Acuerdo de paz, pp.33-34).

También el Sistema cuenta con unas medidas de carácter general relacionadas con programas contra el hambre y la desnutrición con cobertura nacional; esquemas de apoyo e incentivos a la economía campesina, familiar y comunitaria; promoción de mercados locales y regionales; y realización de campañas que fomenten la producción y el consumo de alimentos con un alto contenido nutricional, entre otros (Acuerdo de paz, p.34).

2 Se asume este reconocimiento como el reconocimiento formal de derechos y, también, como la posibilidad de construir políticas, incluso autónomas, con la participación y perspectiva del campesinado.

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Cuadro 1.

Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación

Instancias

• Consejos Municipales de Alimentación y Nutrición.• Consejos Departamentales de Alimentación y Nutrición.• Consejo Nacional de Alimentación y Nutrición.

Planes• Planes Municipales de Alimentación y Nutrición Culturalmente Apropiadas.• Planes Departamentales de Alimentación y Nutrición Culturalmente Apropiadas.

Medidas generales

• Programas contra el hambre y la desnutrición con cobertura nacional, particularmente para la población rural en condiciones de miseria, las mujeres gestantes y lactantes, niños y niñas, y para la tercera edad.

• Planes de choque contra el hambre y la malnutrición para la población rural más vulnerable y en pobreza extrema.• Esquemas de apoyo para fortalecer, desarrollar y afianzar la producción y el mercado interno, que incluyan

asistencia tecnica-científica, orientados a promover la cualificación de la economía campesina, familiar y comunitaria, ambiental y socialmente sostenible, que contribuyan a su autosuficiencia y al autoconsumo.

• Acciones de fortalecimiento de mercados locales y regionales que acerquen a quienes producen y consumen y mejoren las condiciones de acceso y disponibilidad de alimentos en las áreas rurales del país.

• Campañas orientadas a promover la producción y el consumo de alimentos con un alto contenido nutricional, el manejo adecuado de los alimentos y la adopción de buenos hábitos alimenticios, que tenga en cuenta las características del territorio y fomente la producción y el consumo de alimentos nacionales.

• Incentivos a la producción y a la comercialización, incluyendo, cuando sean necesarios, apoyos directos para el fortalecimiento productivo, con el fin de que en la economía campesina, familiar y comunitaria se eviten o minimicen los impactos negativos que supongan la internacionalización de la economía y la liberalización del comercio.

Fuente: Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (2016).

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Es evidente que el Sistema tiene una relación directa con los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral3 de los cuales hace parte y así lo consigna el acuerdo, cuando establece la necesidad de asegurar que todos estos cumplan de manera transversal con los objetivos de la política alimentaria y nutricional establecidos en el acuerdo (Acuerdo de paz, p.33). Sin embargo, el éxito de la política alimentaria y nutricional también está dado por la articulación que ocurra con las medidas de acceso y formalización de la tierra y la construcción de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), así como con las medidas de sustitución de cultivos de uso ilícito (punto 4 del acuerdo) y de participación (punto 2 del acuerdo), en el marco de una mirada integral de implementación del Acuerdo. Pese a que el Acuerdo es concreto en afirmar que el Sistema está dirigido a garantizar el derecho a la alimentación de la población rural, la misma forma en la que se configuraron las instancias de este permite asumir que se trata de medidas dirigidas a toda la población colombiana. De hecho, el borrador de decreto trabajado desde las entidades gubernamentales –que lo desarrolla–, establece que las acciones deben ser implementadas por todas las entidades del Estado responsables de la garantía del derecho a la alimentación (Departamento para la Prosperidad Social [DPS], 2017, p.3), y que las medidas establecidas en el Sistema y en muchos de los Planes Nacionales, si bien dan cuenta de acciones priorizadas hacia lo rural, están, directa o indirectamente, relacionadas con la alimentación y nutrición de todo el país.El Sistema, no obstante su carácter universal, por su misma inclusión en la Reforma Rural Integral está firmemente relacionado con las discusiones sobre la política de tierras y agraria y también con las propuestas que las organizaciones campesinas han desarrollado como parte de su agenda reivindicativa. Algunos autores han señalado que la Reforma Rural Integral tiene el riesgo de convertirse en una política descampesinista, si se persiste en las apuestas del paradigma del capitalismo agrario tan propio de los gobiernos colombianos (Herrera-Jaramillo, Méndez-Blanco, Tobón-Quintero & Sierra-Blanco, 2016, p.162).

3 Los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral tienen como objetivo la superación de la pobreza extrema y la reducción de la pobreza rural en un 50 % en un plazo de 15 años (Acuerdo de paz, p.24).

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Si anteriormente el campesinado demandó su incorporación a las dinámicas productivas, sociales, culturales y políticas, por medio del reparto de la tierra y otros activos, su reconocimiento en el desarrollo nacional y la garantía de sus derechos por parte del Estado, esto que es tan del espíritu del acuerdo ya no es suficiente frente a reivindicaciones más profundas como la defensa del territorio y la territorialidad campesina, la autonomía y el fortalecimiento de las economías campesinas, entre otras (Salgado-Araméndez, 2014, pp.98-100).

Sin embargo, no se espera que la implementación del acuerdo desarrolle una política a favor del campesinado como principio fundamental, más bien se continúa con una disputa de larga duración que se aviva actualmente sobre las diversas concepciones de paz que defienden los distintos sectores sociales (Mantilla, 2016, p.20). Y en esto las propuestas del movimiento campesino seguirán interpelando la política, tanto la del DHANA como la de tierras y agraria.

Reconocer al campesinadoEl movimiento campesino internacional ha construido una lectura de los principales problemas que enfrenta como sujeto. Uno de los movimientos agrarios trasnacionales más significativos en el plano internacional, la Vía Campesina (LVC), señala que (i) la concentración de la tierra a partir del despojo para la implementación de proyectos de desarrollo; (ii) promoción del monocultivo y la agroindustria; (iii) ausencia de ingresos adecuados para el campesinado; (iv) perdida de la identidad y autonomía, por ejemplo, a través de la perdida de semillas locales y el uso intensivo de fertilizantes químicos y semillas híbridas; (v) producción alimentaria con fines comerciales y especulativos; y, (vi) la migración forzada y las transformaciones territoriales profundas en los ecosistemas, paisajes, su entorno y vida económica y social, son problemas que individual o conjuntamente constituyen o propician violaciones a sus derechos humanos (Vía Campesina, 2013).

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Desde el punto de vista de esta organización, que asume la representación de los pequeños productores campesinos y los trabajadores del mundo rural, estos problemas dan cuenta de una situación en extremo gravosa que, en todo caso, tiene particularidades en cada uno los países e, incluso, en cada una de las subregiones dentro de ellos. En nuestro país esta situación no es demasiado distinta, a lo que debe sumarse el conflicto armado y sus afectaciones sobre la población campesina4, y la ausencia de reconocimiento de sus derechos en cuanto sujeto particular. Un reciente informe daba cuenta que:

En Colombia el campesinado ha sido víctima de una histórica injusticia económica y social, de la que ha hecho parte una sistemática desvalorización, basada en un conjunto de prejuicios excluyentes. Es por eso que ha sido objeto de discriminación y falta de reconocimiento. (Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo [PCDHDD], 2017, p.73)

Los principales aspectos de este fenómeno de desvalorización, según el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), son: (i) la existencia de limitantes frente al acceso a la propiedad de la tierra, al capital, la tecnología y los mercados; (ii) el deterioro de su reconocimiento como sujeto político; (iii) la exclusión de los beneficios de programas de desarrollo rural; y, (iv) la consideración del campesinado únicamente como fuerza de trabajo (PNUD, 2011b, pp.115-116). De acuerdo con esto, existe una falla de reconocimiento del sujeto campesino y sus derechos, lo que a su vez configura un déficit en la redistribución de activos y de la sociedad en su conjunto para integrar al sujeto campesino al desarrollo (PNUD, 2011a, p.34). Además, el sistema político colombiano, y por tanto su expresión normativa, adolecen de un sesgo anticampesino que se explica en buena medida por el déficit de representación política del campesinado y la sobrerrepresentación política de otros segmentos de la población afincados en el mundo rural, particularmente terratenientes y propietarios de grandes extensiones de tierra.

4 Un buen análisis sobre la situación del campesinado, el modelo de desarrollo y la política pública de acceso a tierras y desarrollo rural se encuentra en Machado, Salgado & Naranjo (2013).

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Si bien la Constitución Política de 1991 incluyó medidas para promover la representación política de sectores de la población que habían sufrido una situación similar, particularmente los pueblos indígenas y las comunidades rurales negras, el debate sobre la representación política y el reconocimiento del campesinado como titular de derechos especiales no se dio de tal forma que trascendiera explícitamente en el marco constitucional. De hecho, la Constitución de 1991 incluyó en su artículo 64 la obligación del Estado de promover el acceso progresivo a la tierra de los trabajadores agrarios en calidad de beneficiarios de servicios estatales, estableciendo una diferencia normativa con otros sectores populares rurales, específicamente los grupos étnicos, a quienes sí reconoció la titularidad del derecho a la tierra. Uno de los debates que subyace a esta tensión es que el reconocimiento del campesinado como un sujeto económico, bajo la restringida y confusa definición de trabajadores agrarios, limita el reconocimiento de sus identidades culturales y políticas como población campesina, particularmente en lo que respecta con la protección de sus modos de producción y formas de vida (Rubio-Serrano, 2002, pp.6-7)5.

En este caso, la instauración constitucional de un esquema diferencial de derechos asimétrico entre sujetos rurales exige actualmente una lucha transformadora y radical, que recoja las exigencias de medidas que superen dicha subordinación y las propuestas concretas de ampliación de su capacidad política, social y territorial que el campesinado ha venido desarrollando en nuestro país (Montenegro-Lancheros, 2016, pp.170-171).

De ahí que la fuerza del Acuerdo frente a la política pública de tierras y desarrollo rural es el compromiso concreto de desarrollar varias acciones dirigidas a fortalecer la economía campesina, familiar y comunitaria. Con esto, se propone construir una política pública que tenga como objetivo, por fin, darle valor a lo campesino. Que este valor, que se otorga pero sobretodo se construye colectivamente, vaya más allá de lo productivo está por verse. No obstante, a través de la implementación del Acuerdo de Paz quizá se puedan

5 Así, las políticas dirigidas al campesinado no lo han sido como tal, sino como parte de la población mestiza o, en su defecto, como desplazado o víctima en el marco de políticas transicionales.

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sentar las bases para revertir la subvaloración del campesinado que, como se mencionó, es uno de los rasgos centrales de nuestro modelo de desarrollo.

Un acercamiento esquemático nos permite encontrar medidas concretas relacionadas con los derechos del campesinado6, frente a lo cual surge la pregunta de si son suficientes para superar el histórico relegamiento del campesinado: seguramente no.

Si nos atenemos a los aspectos reseñados anteriormente es notorio que, sin restarle su importancia, mucho de lo acordado está dirigido a superar los limitantes para acceder a la propiedad de la tierra, al capital, la tecnología y los mercados y la exclusión de los beneficios de programas de desarrollo rural –en concreto, el acceso a bienes públicos. No obstante, no se profundiza directamente en su reconocimiento como sujeto político y en su valoración más allá de la fuerza de trabajo que representa. Esta afirmación, en todo caso, debe ser matizada, pues los aspectos de la desvalorización del campesinado no son estancos separados sino aspectos de una misma situación que se ha retroalimentado y complejizado con el paso del tiempo. Por lo tanto, muchas de estas medidas, si llegaran a ser implementadas adecuadamente podrían ayudar a resolver el problema. En todo caso, señalarlo sí puede ayudar desde ahora a generar acciones para que la política pública se desarrolle desde una perspectiva de reconocimiento del campesinado como sujeto político, social y cultural.

Por ello, hay mucho en juego en la implementación de las políticas del posacuerdo. Incluso el reto es construir unos nuevos tipos de políticas agrarias y de tierras que incorporen los derechos campesinos. Esta perspectiva no debe conducir a una perspectiva del todo o nada, más bien exige reconocer las posibilidades que el Acuerdo brinda para profundizar el reconocimiento del campesinado como sujeto político7 como base de transformaciones de mayor alcance. Las políticas públicas no son procesos lineales y dirigidos, más bien, al decir de Grindle y Thomas, los espacios de políticas se

6 Fondo de Tierras de Distribución Gratuita; Subsidio integral para compra de tierras; Crédito especial para compra de tierras; Plan de formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad; Plan de zonificación ambiental; Programas de reasentamiento o de recuperación comunitaria de bosques y medio ambiente; Constitución de Zonas de Reserva Campesina; Plan Nacional de asistencia integral técnica, tecnológica y de impulso a la investigación; Servicio de asistencia integral, técnica y tecnológica a la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria; Plan Nacional de Vías Terciarias; Plan Nacional de Riego y Drenaje; Plan Nacional de construcción y mejoramiento de la vivienda social rural; Plan para apoyar y consolidar la generación de ingresos de la economía campesina, familiar y comunitaria, y de los medianos productores y productoras con menores ingresos; Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial y Planes de Acción para la Transformación Regional; Plan Nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural; Plan progresivo de protección social y de garantía de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales; Promoción de la asociatividad, encadenamientos y alianzas productivas entre

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constituyen en la intersección entre narrativas, intereses y actores (como se cita en Scoones, 2017, pp.97-98). Para este caso, reconfigurar estos espacios de política o llegar con mayor fuerza a ellos implica un esfuerzo sostenido de las organizaciones y sus aliados, teniendo en cuenta el poder y la persistencia de las narrativas imperantes asociadas a los actores y los intereses que los apoyan (Scoones, 2017, p.98).

Uno de los temas centrales en este debate es el concepto de desarrollo integral del campo. El Acuerdo dice:

el desarrollo integral del campo depende de un adecuado balance entre las diferentes formas de producción existentes -agricultura familiar, agroindustria, turismo, agricultura comercial de escala-; de la competitividad y de la necesidad de promover y fomentar la inversión en el campo con visión empresarial y fines productivos como condición para su desarrollo; y de la promoción y fomento, en condiciones de equidad, de encadenamientos de la pequeña producción rural con otros modelos de producción, que podrán ser verticales u horizontales y en diferente escala. En todo caso se apoyará y protegerá la economía campesina, familiar y comunitaria procurando su desarrollo y fortalecimiento. (Acuerdo de Paz, p.12) [cursivas fuera de texto]

De esta forma, aunque existe un reconocimiento de las comunidades campesinas y se prioriza su fortalecimiento frente a múltiples aspectos, se corre el riesgo de que las acciones vayan dirigidas a fortalecer un modelo de promoción del desarrollo rural que más bien busca la inserción del campesinado en mercados competitivos de producción de cultivos comerciales, y no en uno de producción de alimentos para la satisfacción de la demanda interna.

Más allá de discutir sobre qué hubiera sido mejor como resultado de la compleja negociación, interesa aquí poner en discusión algunos elementos que permitan profundizar el Acuerdo desde una perspectiva de derechos campesinos y de su reconocimiento como sujeto político:

pequeños, medianos y grandes productores así como con procesadores, comercializadores y exportadores; y Sistema Especial de Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación.7 Algunos de estas posibilidades son las siguientes: promoción de la participación de las mujeres y sus organizaciones en la resolución de conflictos sobre uso y tenencia de la tierra; promoción del uso efectivo de los espacios de participación y decisión en la planificación de los usos del suelo y el ordenamiento del territorio; creación de mecanismos de concertación y diálogo social entre la institucionalidad y distintos actores (p.18); participación de las comunidades rurales en los asuntos de orden catastral (p.19); participación de las comunidades rurales en el plan de zonificación ambiental que delimite la frontera agrícola (p.20); concertación con las comunidades en la constitución de Zonas de Reserva Campesina y la planificación de su uso (p.21); Planes de Acción para la Transformación Regional –instrumento de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial–, con la participación de las comunidades en los procesos de toma de decisión sobre las prioridades en la implementación de los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral y

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• Se ha avanzado en reconocer que el campesinado sufre unas vulneraciones y discriminaciones particulares y en la importancia de la economía campesina para la nación.

• El Gobierno ha asumido, por lo menos formalmente, que el Estado tiene un rol indelegable en la garantía de derechos del campesinado.

• Se han dispuesto espacios y temas concretos de participación de las comunidades rurales en el desarrollo de políticas públicas.

Sobre si esto es un avance o no, pueden existir muchas interpretaciones. Máxime cuando, a partir de estudios de caso, se ha mostrado que reformas no redistributivas de acceso a tierras incorporan limitaciones en el reconocimiento de derechos y del sujeto social campesino, que luego, en contextos de crisis, permiten que los derechos y las conquistas campesinas sean reversados (Gutiérrez-Sanín & García Reyes, 2016, p.113).

En todo caso, el reconocimiento de la importancia del campesinado en la producción de alimentos no implica necesariamente superar su subordinación. El camino del reconocimiento del campesinado y de la consolidación de una narrativa de los derechos campesinos en las políticas del posacuerdo exige, por un lado, luchar por el reconocimiento constitucional del campesinado como un sujeto diferenciado que sirva como soporte y ampliación de las medidas del Acuerdo, y que permitan mejores interpretaciones favorables a los derechos campesinos en su horizonte de implementación. Por otro lado, avanzar en la incorporación de la propuesta de soberanía alimentaria, particularmente en el Sistema y su interrelación con los Planes Nacionales de Reforma Rural Integral, como se verá más adelante. En estos dos caminos, firmemente relacionados, la base podría ser aprovechar que los y las campesinas del mundo son políticamente mucho más fuertes de lo que se cree generalmente, ya que controlan partes significativas de la producción agrícola y del suministro de alimentos (Van del Ploeg, 2014, p.24).

en los procesos de veeduría y seguimiento de los proyectos (p.23); participación de las comunidades en la priorización, ejecución y seguimiento de las obras de construcción y mejoramiento de vías terciarias (p.24); formulación de planes de riego y drenaje (p.25); participación en el diagnóstico que será la base del mejoramiento y la ampliación de la infraestructura en el marco del Plan Nacional de Salud Rural; construcción de modelos educativos flexibles adaptados a las necesidades de las comunidades en el marco del Plan Especial de Educación Rural (p.26); participación de las comunidades en la definición y seguimiento de proyectos de vivienda rural; promoción de las capacidades de las comunidades en relación con soluciones de acceso a agua y manejo de aguas residuales (p.27); promoción y fortalecimiento de organizaciones solidarias, incluyendo organizaciones de mujeres, vinculadas con la producción y el abastecimiento alimentario, en particular la producción orgánica y agroecológica (p.28), y la comercialización (p.29); y participación de las comunidades en la construcción de los Planes para la Alimentación y Nutrición Culturalmente Apropiadas y en los Consejos de Alimentación y Nutrición (p.34).

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Más allá de la Seguridad Alimentaria y NutricionalUn gran interrogante es hasta qué punto se asumirá verdaderamente el enfoque del derecho a la alimentación, ya que esto implica no solo que el Estado por fin cumpla con sus obligaciones respecto a ese derecho, tal como lo formulan los instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Colombia es Estado parte, sino también reformular los limitados enfoques y conceptos que han sostenido, hasta ahora, la política pública. Al respecto cabe recordar que la actual política en materia alimentaria –Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN)–, se estructuró a partir del concepto de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN)8 (Departamento Nacional de Planeación [DNP], 2007, pp.3-8). Infortunadamente, existen indicios de que el estado no desea superar ese enfoque y se niega a repensar la problemática alimentaria y de política pública desde una perspectiva del DHANA. En efecto, de acuerdo con el borrador del Decreto que estructuraría el Sistema, este sería un sistema administrativo, de coordinación y gestión en materia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, con la participación de la sociedad civil (DPS, 2017, pp.3-4). Es decir, más de lo mismo.

Por su parte, el movimiento campesino ha venido impulsando la noción de Soberanía Alimentaria, en concreto la protección de la soberanía alimentaria nacional desde lo local y que sea declarada como utilidad pública, interés social y bien común de la nación (Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular [CACEP], 2014). Esta propuesta surge desde LVC como reacción al mal uso de la Seguridad Alimentaria9 (GRAIN, 2006, p.2), pues esta se limita al acceso alimentario de las personas y de los hogares y no a todas las fases del proceso alimentario, y no genera acciones estructurales contra el hambre o los determinantes de las violaciones del DHANA (FIAN Colombia, 2013, pp.27-28). En este sentido, los dos conceptos –Seguridad Alimentaria y Soberanía Alimentaria–, se han venido desarrollando como contrapuestos,

8 También lo es de otras políticas. Por ejemplo, como dimensión prioritaria del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 y como objetivo del Plan Nacional para la Niñez y la Adolescencia 2009-2019. 9 Actualmente se agregó la palabra nutrición como un intento de abarcar mayores componentes del proceso alimentario como el uso, consumo y aprovechamiento de los alimentos.

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hecho que se evidencia en los distintos grupos que los defienden: por un lado, instituciones intergubernamentales, instituciones financieras, corporaciones (muchas de ellas involucradas en violaciones de derechos humanos), sector privado nacional y Estados; por el otro, campesinos y campesinas, pequeños productores, pescadores, trabajadores agrícolas, y organizaciones defensoras de derechos humanos, entre otros. No obstante, recientes acercamientos al tema plantean que tanto una como otra deben ser vistas como escalas de realización social del derecho a la alimentación, incluso sumando las Autonomías Alimentarias. De esta forma, la realización del DHANA abarcaría el nivel individual y de los hogares con la Seguridad, la nacional con la Soberanía, y los pueblos y comunidades con las Autonomías (FIAN Colombia, 2013, p.34).

Que la política pública para la construcción del Sistema esté centrada en la SAN y no incorpore otras escalas de realización pone en riesgo la realización del DHANA. Una política pública centrada en el acto de suministrar o comer sin alterar el sistema agroalimentario actual, puede echar por la borda el impulso reformista del Acuerdo de Paz, pues incluso en la versión actual de la seguridad alimentaria –que por lo menos discursivamente, asume aspectos del DHANA–, no se atacan las causas estructurales de la inseguridad alimentaria y nutricional (FIAN Internacional, 2016).

Algunos principios de la Soberanía Alimentaria se constituyen en factores claves para profundizar el Sistema a favor de la garantía del DHANA, teniendo en cuenta que estas son escalas que podrían ser incorporadas a la política pública. En primer lugar, que quienes producen y consumen alimentos deben ser los que toman las decisiones en materia alimentaria y de gobernanza de los bienes naturales que requieren para vivir, alimentar al país y alimentarse mejor; esto prevaleciendo por encima de los intereses de las corporaciones y los acuerdos comerciales. En segundo lugar, que la población rural no puede tener un lugar como simple destinataria de políticas de tipo asistencial. Finalmente, que el sistema alimentario debe

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priorizar los métodos de producción agroecológica que interactuan con la naturaleza y respetan sus ciclos, lo cual implica un rechazo claro al modelo extractivista (ALAI, 2016, pp.2-3).

Ahora bien, incorporar la Soberanía Alimentaria10 en el Sistema, aun teniendo la posibilidad de hacerlo, no es un ejercicio sencillo dadas las fuerzas políticas actuales en el país. Por eso mismo, no debemos considerarlo como un producto acabado, sino como un espacio de configuración de políticas, pues el Sistema no es cerrado sino abierto por la multiplicidad de sectores y acciones que debería articular. Esto puede marcar una ruta concreta de actuación a favor del DHANA.

A modo de conclusión: el potencial transformador del derecho a la alimentaciónCon este título el ex-Relator de Naciones Unidas para el Derecho a la Alimentación, Olivier De Schutter, hacía referencia a la necesidad de reformar los sistemas alimentarios en el mundo con el objetivo de combatir la pobreza extrema, el hambre, la desnutrición y la malnutrición. En este aspecto, el DHANA, como base de todas las iniciativas políticas que buscan alcanzar este fin, implica que los distintos actores interesados reconozcan sus obligaciones para con las personas marginadas económicamente y desempoderadas políticamente. Así mismo, que existan mecanismos de participación claros para los y las titulares del derecho, a fin de saber e incidir sobre qué se decide, sobre quién lo decide y, con base en información veraz, participar activamente en mecanismos de rendición de cuentas que midan si el Estado cumple sus obligaciones y el impacto mismo de estas iniciativas (Naciones Unidas, 2014, p.22).

No obstante, pese a que el Acuerdo de Paz puede presentar limitaciones frente a las aspiraciones del campesinado y mucho más en el marco de un

10 Este en sí no es una acción simple de suma de conceptos, se trata de cómo incorporar otros enfoques transforman los mismos que se han venido sosteniendo la política. Se trata de poner en cuestión temas que conscientemente no se han querido asumir en la PSAN por temas de acceso como tierra y agua, la producción, transformación, generación y aplicación de conocimientos, la estructuración cultural o social alrededor del proceso alimentario, y su relación con el medio ambiente (Morales-González, 2013, p.4).

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proceso de implementación accidentado, que se haya centrado en el DHANA no deja de ser una buena noticia. En primer lugar, cuando el Sistema reconoce la existencia de un derecho significa, a su vez, la existencia de actores responsables (denominados titulares de obligaciones) de su garantía vía el respeto, la protección y la realización, de acuerdo con la clásica formula de clasificación de las obligaciones de los Estados en materia de Derechos Humanos (DDHH). Como ha mostrado la experiencia, el DHANA únicamente será efectivo cuando quienes están con hambre, desnutridos y/o malnutridos, o en riesgo de ello (denominados titulares del derecho), puedan exigir su derecho directamente del Estado y reciban respuestas adecuadas a sus demandas (FIAN Internacional, 2009, p.17).

En todo caso, el borrador de Decreto que estructura el Sistema, pese a anunciar que se hace con el objetivo de garantizar progresivamente el DHANA, sigue insistiendo en la misma propuesta de política pública que se ha venido implementando en las últimas décadas: (i) incremento de la producción y disponibilidad de alimentos; (ii) facilitación del acceso a alimentos a través de programas y proyectos de generación de ingresos; (iii) acciones de educación nutricional, generación de capacidades, suministro de información, agua potable y saneamiento básico, fortificación y biofortificación, programas y planes de choque contra el hambre y la desnutrición, entre otros; y, (iv) acciones de formación y sensibilización a la sociedad y particularmente a funcionarios públicos y el sector académico (DPS, 2017, p.23). Es decir, no existe una transformación sino continuidad del anquilosado enfoque de la SAN, y subsiste el problema de no atacar con la política las causas estructurales del hambre y la malnutrición de nuestro país.

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En este sentido, se trata, en una disputa de larga duración, frente a posturas conservadoras que ubican al campesinado (y los y las consumidoras urbanas) en los márgenes del sistema agroalimentario. Teniendo como apuesta el reconocimiento del campesinado y la Soberanía Alimentaria, un marco de actuación dentro del Sistema en el que se aprovechen las medidas propuestas por el Acuerdo de Paz y los espacios de participación, podría enfocarse en los siguientes objetivos:

• Una clara delimitación de las entidades responsables y la posibilidad de reclamación de individuos y comunidades frente a violaciones de su DHANA y, con esto, el reconocimiento de la responsabilidad primaria del Estado en la garantía del derecho (Wolpold-Bosien, 2013, p.15).

• Una apuesta innegociable sobre la participación en la definición de políticas públicas a nivel local, regional y nacional; en ello, el reconocimiento político del campesinado juega un papel central.

• La superación de la mirada asistencial en los planes y programas de choque contra el hambre y la malnutrición.

• Una discusión sobre los efectos de los acuerdos comerciales, la liberalización del comercio y las nociones de incremento de la producción, pequeño productor y agricultura familiar como base de la política agraria y de tierras.

Con esto, quizá se pueda dar el tránsito a mayores garantías del DHANA.

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Caso:Estudio preliminar sobre el Programa de Alimentación Escolar –PAE– en Colombia desde una perspectiva crítica

Preliminary study on the School Feeding Program in Colombia from a critical perspective

Shirley Andrea Rodríguez NavarroIngrid Paola Romero NiñoHernando Salcedo FidalgoJuan Carlos Morales GonzálezGloria Holguín Reyes

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ResumenEl presente documento es un estudio preliminar, resultado de un proceso de identificación y acompañamiento de casos emblemáticos sobre el Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, realizado por FIAN Colombia, sobre el Programa de Alimentación Escolar, estrategia gubernamental liderada por el Ministerio de Educación Nacional. El programa busca promover el acceso y permanencia de niñas, niños y adolescentes en el sistema educativo oficial, a través del suministro de un complemento alimentario durante la jornada escolar. Es un programa diseñado e implementado desde una perspectiva asistencialista de entrega de ración alimentaria, en donde hemos constatado se distribuyen productos comestibles ultraprocesados bajo la modalidad de atención industrializada. Por esta razón, el estudio del Programa es de especial interés para evaluar el cumplimiento de las obligaciones estatales en materia del Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas y, además, porque permite hacer una mirada crítica del perfil nutricional establecido. Todo esto con el fin de generar recomendaciones que conlleven a la implementación de programas de alimentación escolar, que tengan como objetivo principal la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes, particularmente a la alimentación y a la salud.

Palabras clave: Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas, programas escolares de alimentación, asistencialismo alimentario, derecho a la salud de niñas, niños y adolescentes.

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Summary This document, is a preliminary study that exposes the result of a process of identification and accompaniment of emblematic cases on the Human Right to Adequate Food and Nutrition. This, was carried out by FIAN Colombia on the School Feeding Program, a government strategy led by the National Ministry of Education. The program seeks to promote the access and permanence of children and adolescents in the official educational system through the provision of a food supplement during the school day. It is a program designed and implemented from a welfare perspective of food ration delivery, where we have found that ultra-processed edible products are distributed under the modality of industrialized attention. For this reason, the study of this Program is of special interest in order to evaluate the fulfillment of the state obligations in the matter of the Human Right to Adequate Food and Nutrition and also, because it allows us to make a critical look of the established nutritional profile. All this with the purpose of generate recommendations that lead to the implementation of school feeding programs, whose main objective is the guarantee of the rights of children and adolescents, particularly to food and health.

Keywords: Human Right to Adequate Food and Nutrition, School Feeding Program, food assistance, Right to Health of Children and Adolescents.

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Introducción metodológica Este documento se encuentra dividido en tres apartados. El primero, presenta la forma como, basados en instrumentos internacionales de Derechos Humanos (DDHH) y en la normatividad nacional, asumimos el Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas (DHANA) de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) y su relación con el derecho a la salud. El segundo muestra los componentes y la estrategia de implementación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en Colombia y discute algunos aspectos de su implementación. Finalmente, se presentan algunas conclusiones.

La metodología del presente estudio contempló la utilización de fuentes de información primarias y secundarias, por medio de técnicas de recolección de información como entrevistas, grupos focales y revisión bibliográfica y documental, en cinco ciudades del país: Medellín, Bucaramanga, Pasto, Cali y Cartagena durante el año 20171.

Las fuentes primarias de información fueron obtenidas a través de entrevistas semiestructuradas realizadas a funcionarias y funcionarios públicos (rectores, docentes, profesionales en campos de la salud y nutrición y trabajadores administrativos) que implementan o dirigen proyectos relacionados con alimentación escolar. Así mismo, se realizaron entrevistas con madres, padres de familia, gestoras de Red PaPaz, estudiantes, y trabajadoras del PAE en comedores, para identificar la operación del Programa en los territorios, las competencias de las autoridades locales, y documentar políticas públicas orientadas a enfrentar la problemática de la publicidad y mercadeo de productos comestibles ultraprocesados (PCU)2 dirigida contra NNA. También se realizó un grupo focal en Bogotá orientado a identificar la percepción sobre el DHANA de las y los NNA en edad escolar. El grupo contó con la participación de docentes de instituciones educativas y universidades, y funcionarias y funcionarios públicos provenientes de los departamentos del Valle del Cauca, Cauca, Antioquia, Cundinamarca y Atlántico.

1 Las entrevistas se realizaron de acuerdo con la modalidad de entrevistas semiestructuradas, y fueron recogidas a través de registros de audio, audiovisuales y con seguimiento en diario de campo. Las entrevistas no fueron enteramente transcritas, pero se archivaron bajo una codificación que permite retornar a su escucha. 2 Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) los PCU son formulaciones industriales elaboradas a partir de sustancias derivadas de los alimentos o sintetizadas de otras fuentes orgánicas. De acuerdo con esta definición, estos productos son caracterizados como inventos de la ciencia y la tecnología. La mayoría de estos productos tienen pocos alimentos enteros o ninguno y vienen listos para consumirse o para calentar y, por lo tanto, requieren poca o ninguna preparación culinaria. (2015, p.5)

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Las fuentes secundarias de información utilizadas son de carácter institucional. Se realizó un ejercicio detallado de revisión de la normatividad, estudios nacionales oficiales, informes de rendición de cuentas, planes gubernamentales, entre otros. Finalmente, se hizo un proceso de triangulación de información que dio como resultado este ejercicio preliminar de investigación.

Para este documento también se hizo una revisión de algunos de los estándares internaciones de Derechos Humanos más relevantes, especialmente los que tienen que ver con el DHANA y el derecho a la salud.

¿Qué es el PAE y por qué se presenta como un caso de vulneración de DHANA de NNA?En correspondencia con un Estado Social de Derecho, el diseño e implementación de políticas públicas, planes y programas gubernamentales, debe contribuir al respeto y garantía de los mismos, particularmente cuando se trata de los de NNA. La Constitución Política de Colombia establece:

Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. (Const., 1991, art. 44)

Así mismo reconoce que los derechos de NNA prevalecen sobre los derechos de los demás y que este grupo es sujeto de especial protección constitucional lo que implica que deben contar con una protección reforzada por parte del Estado como desarrollo del principio de interés superior. En el mismo sentido, el artículo 9º del Código de Infancia y Adolescencia –Ley 1098, 2006–, expresa que los derechos de NNA prevalecen sobre los derechos de los demás.

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Frente a instrumentos internacionales de Derechos Humanos, Colombia ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño por medio de la Ley 12 de 1991, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, a través de la Ley 74 de 1968. Este Pacto, en su artículo 11 prescribe que el derecho a un nivel de vida adecuado comprende el acceso a alimentación, vestido y vivienda adecuados, así como a la mejora continua de las condiciones de existencia. Además, que la protección contra el hambre prevé mejorar métodos de producción, conservación y distribución de alimentos; divulgar principios de nutrición y perfeccionar los regímenes agrarios, entre otros.

Existen otros instrumentos de Derechos Humanos relevantes en lo que respecta al derecho a la alimentación de niñas y niños. La Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 27 señala:

Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social (…) A los padres u otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño (…) Los Estados Partes, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda.

Cabe resaltar que la Observación General No. 12, del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, desarrolla conceptualmente el artículo 11 del Pacto: define el Derecho a la Alimentación, su contenido básico (disponibilidad, acceso, adecuación, pertinencia cultural, calidad, inocuidad) y las obligaciones del Estado frente a este (adoptar medidas, respetar, proteger y realizar).

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La revisión de los instrumentos internacionales en los que se aborda el derecho a la alimentación permite ver que, para la realización efectiva del DHANA de NNA, se requiere una sólida actuación estatal y social en todas las fases del proceso alimentario, desde la producción de los alimentos, su intercambio, transformación, consumo y aprovechamiento biológico, que tenga un impacto positivo en la búsqueda del más alto nivel de realización del DHANA y el derecho a la salud. Además, deben las acciones estatales tener en cuenta la intrínseca relación entre el respeto, protección y realización del DHANA y la del derecho a la salud.

La situación de materialización del DHANA y el derecho a la salud de NNA debería ser el eje central del diseño de cualquier programa gubernamental orientado a la alimentación escolar. La estrategia desarrollada desde el PAE busca promover el acceso con permanencia de NNA al sistema educativo oficial, a través del suministro de un complemento alimentario durante la jornada escolar. El problema de este enfoque es que busca satisfacer esencialmente indicadores de acceso en materia de educación, pero no está proyectado hacia la realización plena del DHANA en NNA ni de su derecho a la salud. Esto, a nuestro juicio, muestra el incumplimiento de las obligaciones del Estado frente al DHANA y condiciona muchos de los problemas que el Programa tiene por sí mismo.

El objetivo del PAE

El PAE se enmarca dentro de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN) que, adoptada en el Documento CONPES Social 113 del Consejo Nacional de Política Económica Social de 2007, establece como una meta del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PNSAN): “lograr que en los establecimientos educativos oficiales que atienden mayoritariamente a la población pobre y vulnerable, según lo defina el SISBEN, se alcance la cobertura universal con programas de alimentación escolar en 2015”3.

3 El Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBEN) es una herramienta del Estado colombiano para establecer las condiciones de pobreza y vulnerabilidad de la población con el objeto de focalizar la inversión social.

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De acuerdo con el Decreto 1852 de 2015, el PAE, liderado por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), es una estrategia estatal que: promueve el acceso con permanencia de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el sistema educativo oficial, a través del suministro de un complemento alimentario durante la jornada escolar, para mantener los niveles de atención, impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables.

Es así como el PAE se concibe como un programa de permanencia en el aula, que busca combatir la deserción escolar. Al respecto cabe señalar que la tasa de deserción escolar en Colombia, de acuerdo con el último informe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), fue del 4 % en educación secundaria básica y cerca del 3 % en básica primaria (2016). Llama la atención que la estrategia inicial a la que apunta la creación del PAE, tiene que ver con una respuesta asistencialista alimentaria, en su versión de aportar alimentos a quienes carecen o no aceden a ellos por falta de recursos. Este recurso de soporte, se constituye entonces como una de las formas de responder a la inseguridad alimentaria de la población pobre y vulnerable, perspectiva del PAE apreciada por los propios rectores de las instituciones, tal y como fue expresado por ellos durante las entrevistas.

Las competencias del PAE

Desde el ámbito nacional, el gobierno formula las políticas y objetivos de desarrollo del país, distribuye los recursos del Sistema General de Participación (SGP), hace seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos, promueve mecanismos ciudadanos de vigilancia y control y brinda asistencia técnica a las Entidades Territoriales (ET). La Resolución 16432 de 2015 del MEN, establece los estándares y las condiciones mínimas del PAE y señala que el MEN garantizará la articulación nacional con las ET para la cofinanciación, asistencia técnica, seguimiento a la implementación y la promoción de la participación ciudadana como medida de control y vigilancia.

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A nivel territorial, las ET certificadas4 deben garantizar la operatividad del programa. Esto implica, entre otras, las siguientes acciones: i) asegurar la conformación del equipo PAE; ii) aprobar los ciclos de menús presentados por el operador de acuerdo con las minutas patrón diseñadas por el MEN; iii) garantizar la prestación del servicio de alimentación desde el primer día de calendario escolar y durante la respectiva vigencia; iv) apropiar, reservar y ejecutar los recursos necesarios y suficientes para financiar el PAE; v) adelantar los procesos de contratación necesarios; vi) trabajar con las autoridades de salud competentes con el fin de propender por las adecuadas condiciones higiénico sanitaria; y, vii) designar la supervisión y la interventoría técnica cuando se requiera.Las ET no certificadas tienen entre otras funciones: i) apropiar los recursos necesarios y suficientes para la financiación o cofinanciación del PAE; ii) asegurar la dotación de equipos menajes y demás para la operación del programa; iii) dar respuesta a los requerimientos de entes de control y MEN; iv) consolidar y focalizar el programa a través del Sistema de Matrículas Estudiantil de Educación Básica y Media (SIMAT); v) priorizar instituciones educativas; vi) focalizar estudiantes según criterios del MEN; y, vii) apoyar el seguimiento y control sobre la adecuada ejecución del programa en el municipio. Con lo anterior se evidencia que la competencia principal frente a la implementación, seguimiento y monitoreo del programa está en cabeza de las ET. El ejercicio de vigilancia y control del Ministerio a nivel territorial, para el cumplimiento de los lineamientos técnicos establecidos en la Resolución 16432, es muy limitado: no cuenta con personal ubicado en los territorios responsable de acompañar y hacer seguimiento al programa, y es escasa la transferencia de capacidades, formación y actualización de equipos regionales, desconociendo las características y condiciones sociales, culturales, geográficas, ambientales, económicas y la capacidad institucional en lo local. El MEN realiza la asignación de recursos y acompaña desde el orden nacional su ejecución y seguimiento, con visitas esporádicas a las regiones donde se implementa el programa.

4 De acuerdo con la Ley 715 de 2001 y el Decreto 2700 de 2004 son Entidades Territoriales certificadas en materia educativa los departamentos, distritos y municipios de más de 100.000 habitantes. Los municipios con menos de este número de habitantes para ser certificados deben acreditar los siguientes requisitos: (i) Plan de desarrollo municipal armónico con las políticas nacionales; (ii) Establecimientos educativos organizados para ofrecer el ciclo de educación básica completa; (iii) Planta de personal definida de acuerdo con los parámetros nacionales; y (iv) Capacidad institucional, para asumir los procesos y el sistema de información del sector educativo.

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Complemento alimentario

El PAE brinda a NNA un complemento alimentario o ración de alimento que cubre un porcentaje del valor calórico total de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes por grupo de edad y tipo de complemento, establecido a partir de una minuta patrón, de acuerdo con las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para la población colombiana mayor de dos años (ICBF, 2015), que se entrega bajo dos modalidades de atención, preparada en sitio o industrializada. El PAE refleja con esta minuta su caracterización de programa asistencialista, al suministrar un complemento alimentario que no cumple con la función de suplir la alimentación diaria para NNA en edad escolar (puesto que es tan sólo un “complemento alimentario”), y al no garantizar que dentro de esta ración complementaria se suministren alimentos dentro de los parámetros de cantidad y calidad necesarios. El Estado colombiano está violando así el DHANA de los NNA, al no suministrar alimentos en cantidad y calidad adecuadas, tal como se infiere de la obligación de realizar del DHANA (Naciones Unidas, 1999, párrafo 15).

En Colombia, para 2017, las cifras oficiales presentadas por el Ministerio de Salud y Protección Social (MPSP) en la Encuesta Nacional de Situación Nutricional en Colombia 2015 muestran que, para las edades de cinco a doce años, siete de cada 100 niños y niñas en edad escolar presentan desnutrición crónica, siendo los indígenas los más afectados con 30 de cada 100 niños y niñas, situación que se extiende a 11 de cada 100 niños de los hogares más pobres del país. La situación de las y los adolescentes también es preocupante ya que la desnutrición crónica afecta a uno de cada diez en el país, concentrándose en indígenas (36,5 %), los más pobres de la población (14,9 %) y aquellos que viven en zonas rurales (15,7 %). Sólo en el departamento de La Guajira, del 1 de enero al 2 de noviembre de 2016, habían muerto 66 niños por hambre pertenecientes al pueblo indígena Wayúu (Guerrero, 2 de noviembre de 2016).

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Ante la magnitud de la problemática en Colombia, el gobierno nacional debería generar políticas públicas de garantía del derecho a la alimentación, y demás derechos conexos de NNA, evaluar y reformular la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN), y reconocer al PAE como un programa de soporte nutricional a NNA en edad escolar, en vez de asumirlo como un programa estratégico de retención escolar, abandonando su carácter asistencialista.

Minuta patrón y modalidades de tipos complementarios de alimentos según preparación

Según el MEN, en la resolución ya citada, la modalidad hace referencia al:proceso y lugar de elaboración y preparación de los alimentos a suministrar. Esta depende de las condiciones de la infraestructura del comedor escolar, acceso a servicios públicos, dotación de equipos, así como la ubicación geográfica del establecimiento educativo que pueda afectar las condiciones de calidad e inocuidad de los alimentos.

De acuerdo con esto se encuentran dos modalidades de atención: la ración preparada en sitio y la ración industrializada. Frente a la primera modalidad ha indicado el MEN que “se implementa en los casos donde la infraestructura educativa cumple con las especificaciones establecidas en la normatividad sanitaria vigente, permite la preparación de los alimentos directamente en el comedor escolar y garantiza la calidad e inocuidad”. En este caso la autoridad competente debe prestar un concepto sanitario favorable de los comedores escolares, y este es un obstáculo claro para los funcionarios de los colegios, pues es difícil cumplir con las normas de infraestructura exigidas, ya que el espacio educativo no ha sido planeado para el suministro de alimentos.

La modalidad industrializada, “se implementa en lugares donde la infraestructura educativa no permite la preparación directa de alimentos en las instalaciones del comedor escolar y no garantiza la calidad e inocuidad de los alimentos”. Sin embargo, las raciones industrializadas, no necesariamente

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93Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

garantizan mejor calidad, y su inocuidad está exclusivamente referida al carácter estéril, es decir, a la ausencia de microorganismos (hongos, parásitos, virus, bacterias) en el alimento suministrado. Esta perspectiva hace parte de un debate más amplio, en el que se expone cómo el paso de un perfil epidemiológico de enfermedades transmisibles a enfermedades no transmisibles en el mundo y en Colombia, tiene que ver precisamente con haber superado las formas básicas del contagio de las enfermedades infecciosas. Es decir, se transitó a formas complejas en que las enfermedades son consecuencia de cambios metabólicos, en este caso, inducidos por los excesos en nutrientes como glucosa, sal o grasas saturadas e hidrogenadas y/o por la presencia de aditivos como conservantes, saborizantes, edulcorantes, resaltadores del sabor, con efectos metabólicos graves. Así las cosas, un producto industrial, para el caso, un PCU, puede ser inocuo en términos de la higiene en su presentación y preparación, pero es altamente nocivo por sus contenidos. Es indispensable en este sentido, salir del modelo higienista de la inocuidad, para proponer un análisis fuerte sobre esta misma en términos de sustancias funcionales nocivas presentes en los alimentos industrializados y en otros. Dicho enfoque a superar, soporta, según el MEN, la provisión de un complemento alimentario listo para el consumo, que debe estar compuesto por alimentos no procesados (frutas) y por alimentos procesados. El Ministerio indica que esta modalidad es transitoria mientras las ET garantizan las adecuaciones necesarias al comedor escolar y obtienen el concepto sanitario favorable.

De lo anterior se infiere que, a mayor déficit de infraestructura educativa, mayor número de instituciones educativas que requieren la modalidad de ración industrializada; es decir, podría ser mayor la entrega de PCU a NNA: los PCU son productos industriales que se comercializan como alimentos o bebidas, vienen listos para consumirse o para calentar y por lo general causan dependencia (OPS & OMS, 2015). Aunque algunos de sus ingredientes se derivan directamente de alimentos no pueden ser considerados como tales. Siguiendo la tabla publicada en el Anexo No 1 de la Resolución 16432, ítem

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1.7, vemos cómo los únicos alimentos administrados en la minuta patrón de la ración industrializada, son leche entera y frutas, mientras que todos los demás suministros corresponden a lo que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) comprende como PCU (Ver cuadro en siguiente página).En las metas establecidas por el gobierno nacional en el Plan Nacional de Infraestructura Educativa para la Jornada Única Escolar 2015-2018, se establece que en esta materia su objetivo general y su prioridad es la construcción de aulas educativas para la implementación de la jornada única, situación que podría generar mayor demanda de comedores escolares para la atención del programa de alimentación escolar PAE, en las instituciones educativas, y que reitera la necesidad de incluir a la nutrición dentro de los programas educativos, como parte integral de los derechos de NNA, para así permitir que la concepción y planeación de los espacios escolares, incluyan los lugares para el suministro y consumo de alimentos. En otras palabras, hasta que asumamos un programa nutricional como condición óptima para la calidad de vida y para el aprendizaje y la educación, pensaremos que el espacio educativo requiere ser planeado también en función de esta necesidad, y no solamente en función de aulas donde se imparten clases. Esta mirada respondería también a la inquietud planteada por los propios funcionarios de las instituciones durante nuestras visitas de campo.Considerar la ración industrializada como una opción alimentaria para NNA, implica desconocer el impacto del consumo de PCU sobre la alimentación y salud. Según la OMS, el consumo de PCU está asociado al surgimiento de problemas de sobrepeso, obesidad y Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT), a la creación de hábitos de consumo no saludables y a un mayor esfuerzo presupuestal del Estado para atender enfermedades relacionadas con la forma en que comemos y nos alimentamos. La entrega de PCU en programas como este podría ser considerada una violación del DHANA en la medida que no se cumple con el criterio de alimentación de calidad y libre de sustancias nocivas, como lo estipula la Observación General Nº 12:

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Cuadro 1. Minuta Patrón – Ración Industrializada

Grupos de alimentos Alimentos

Frecuencia semanal/5

días

Tamaño de porción (peso neto)

4 A 6 años y 11 meses

7 A 12 años y 11 meses

13 A 17 años y 11

meses

LácteosLeche entera, leche saborizada, avena

kumis y yogur.Todos los días 200 200 200

Derivados del cereal

Acompañantes: Ponqué, Palito de Queso, Muffins de

queso, Brownie, Mantecada,

Croissant. Torta de queso, Pan de yuca, Donut, Almojábana,

Pasabocas, entre otros.

Todos los días 50 60 70

Frutas Fruta entera 3 veces por semana 100 100 100

Azúcares y dulces

Barra de granola, Bocadillo, Chocolatina,

Leche condensada. Dulce de leche tipo rollito, maní de sal,

maní con uvas pasas, maní confitado.

masmelo, manjar blanco, panelita de

leche, arequipe, entre otros.

2 veces por semana 20 20 25

Queso Queso 2 veces por semana 20 30

Fuente: Resolución 16432 de 2015.

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El Comité considera que el contenido básico del derecho a la alimentación adecuada comprende lo siguiente: La disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los individuos, sin sustancias nocivas y aceptables para una cultura determinada. (Naciones Unidas, 1999, párrafo 8).

Al respecto es importante decir que las cifras oficiales del Ministerio de Salud y Protección Social (1 de noviembre de 2017), de acuerdo con la Encuesta Nacional de Situación Nutricional 2015, indican que el sobrepeso y obesidad aumentó en menores de 4 años de 4,9 % en 2010 a 6,3 % en 2015. El exceso de peso en edades de 5 a 12 años es un problema mayor ya que se incrementó de 18,8 % en 2010 a 24,4 % en 2015. Además, en adolescentes (edades entre los 13 y 17 años), uno de cada cinco (17,9 %) presenta exceso de peso.

Así mismo, el Estado aún no ha adoptado medidas que promuevan, por ejemplo, el control a la publicidad y consumo de ultraprocesados dirigido contra NNA asociada con estos problemas de salud pública, así como tampoco normatividad adecuada sobre su etiquetado y sobre el impuesto a las bebidas azucaradas. Tampoco se ha impedido la entrega de esos productos en los menús del PAE.

La Ley 1355 de 2009, que define a la obesidad y a las enfermedades crónicas no transmisibles como una prioridad de salud pública y por lo tanto adopta medidas de control, está en el origen de la discusión de lo que se ha llamado en el campo de la nutrición el perfil de nutrientes. En efecto, se trata de encontrar una estimación cuantitativa que permita, independientemente de la edad y de las configuraciones de peso y talla, definir cuáles son los aportes nutricionales básicos que garanticen óptimas condiciones de salud. Este esfuerzo conceptual, se cristaliza años después en la Resolución 3803 del 22 de agosto de 20165 del Ministerio de Salud y Protección Social, donde se establecen las bases de los requerimientos nutricionales bajo el liderazgo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

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En la resolución citada, el esfuerzo por construir un referente básico nutricional para Colombia presenta los siguientes problemas: (i) pretende diferenciarse del perfil recomendado y establecido por OPS (2016) para la región, pero no lo supera, ni lo corrige en sus límites básicos; (ii) no adopta recomendaciones sobre la presencia de modificadores metabólicos en alimentos industrializados; (iii) basa sus mediciones en aportes energéticos en términos de kilocalorías, reduciendo los aportes nutricionales al modelo termodinámico de requerimientos energéticos y no de requerimientos nutricionales; (iv) no tiene un carácter holístico.

Operadores, contratación y corrupción

La selección del operador está a cargo de las ET certificadas que ejecutan los recursos presupuestales del PAE. Esta debe adelantar oportunamente los procesos de contratación y garantizar el suministro del complemento alimentario desde el primer día del calendario escolar. El proceso de contratación, consecuentemente, debe realizarse teniendo en cuenta las modalidades y procedimientos establecidos en la contratación pública.

Sin embargo, en Colombia son continuos los casos de corrupción frente a la implementación del PAE. La Contraloría General de la República (CGR) ha indicado recientemente que después de los malos manejos denunciados desde el año 2015, en las auditorías de 2017 se encontraron nuevamente irregularidades. Se evidenció, por ejemplo, que para el año 2016 más de 32 millones de raciones se dejaron de entregar ante las demoras que se presentaron en la contratación y ejecución de los recursos, estableciéndose hallazgos fiscales por $32.951 millones (21 de noviembre de 2017).

Son varios los casos denunciados públicamente. En la Alcaldía de Cartagena, por ejemplo, hubo contratos en los que se compraron pechugas de pollo por valor de $40.000 pesos, o 2.800 kilos de canela por más de $39.000 millones que nunca llegaron a las IE. Otros casos han sido reportados en los departamentos de Magdalena y Amazonas (CGR, 21 de noviembre de 2017).

5 El apoyo técnico para la expedición de esta resolución se recibió, entre otros, de parte de las Universidades Nacional de Colombia y de Antioquia y se recomendó la adopción de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colombiana, tomando como fuente de información científica al Comité de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), Organización Mundial de la Salud (OMS), Universidad de las Naciones Unidas (UNU), Comité de Alimentación y Nutrición del Instituto de Medicina de los Estados Unidos del Instituto de Medicina (FNB)y el Consejo Nacional de Salud e Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (NHMRC).

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Por su parte, la Defensoría del Pueblo encontró serias irregularidades en la implementación del PAE en 13 municipios de Atlántico, Chocó y Guajira en relación con las normas sanitarias, problemas de contratación y la infraestructura para el almacenamiento y suministro. Frente a esta situación se reportó que en La Guajira los estudiantes pagaban $200 pesos por el almuerzo cuando debe ser gratuito, así como extensas demoras para la llegada de alimentos y la inexistencia de alacenas, neveras y comedores (Defensoría del Pueblo, 10 de Agosto de 2015). La Procuraduría General de la Nación constata esta situación en su informe La Guajira: Pueblo Wayúu, con hambre de dignidad, sed de justicia y otras necesidades insatisfechas, donde presenta que no se cuenta con los recursos suficientes para el funcionamiento anual, así como la falta de cubrimiento en diferentes municipios que no se encuentran certificados (PGN, 2016a).

Para el caso del Atlántico, más del 70% de la comida se entregaba contaminada. Esto contrasta con la millonaria inversión que ha realizado el MEN para el PAE en el año 2015, cuando se entregaron “4.073.708 raciones de alimento en más de 35.000 sedes educativas. Además de las 213.369 raciones adicionales para los establecimientos que están en jornada única” (Revista Semana, 8 de Octubre de 2015).

La Procuraduría General de la Nación ha reiterado en su último informe de seguimiento al PAE a nivel nacional del 9 de diciembre de 2016, la existencia de un riesgo frente al control de los recursos, ya que para el gobierno nacional “el giro de los recursos equivale a su ejecución, es decir, cuando se giran unos recursos por parte del MEN a las ET se presume, de hecho, que los mismos se utilizaron en aquello para lo que iban destinados, lo cual, en muchos casos no es así”, perdiendo el control sobre los mismos, sin que exista una forma de verificar en terreno su uso (PGN, 2016b).

La corrupción que ocurre en varios lugares asociada al PAE, también configura una clara violación del DHANA en la medida que el propio Estado

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no ha tomado las acciones preventivas y sancionatorias del caso, dirigidas a proteger el DHANA de NNA por acciones de terceros (Naciones Unidas, 1999, párrafo 19).

Es importante aclarar, que los propios funcionarios de las instituciones educativas, manifiestan carecer de medios cognitivos, administrativos y estratégicos, para elegir con criterio formas contractuales de suministro de alimentos. Los funcionarios dicen enfrentarse sin herramientas, a una obligación de monitoreo y seguimiento para la que no están preparados, ni la reconocen como función de su cargo.

Financiación del PAE

El PAE al no ser una política de Estado sino de gobierno tiene y ha tenido problemas de financiación. En el año 2016 el MEN consolido el proceso de descentralización del programa, materializado a través de expedición del Decreto 1852 de 2015, por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario de Sector Educativo, estableciéndose la obligación del MEN de transferir a las ETC los recursos de fuente nacional para la cofinanciación del programa, debiendo así mismo las ET aportar los recursos de su presupuesto para conformar una bolsa común (MEN, 2017, p.6), definida en el Decreto 1852 de 2015 y en los lineamientos técnicos establecidos en la Resolución 16432. Esto evidencia que ante el déficit presupuestal de la nación se traslada parte de la carga presupuestal del programa a las ET. Cabe señalar además que, para las posibilidades económicas del país, la falta de recursos es injustificable y evidencia una violación del DHANA como puede concluirse al revisar los párrafos 17 y 18 de la Observación General No. 12 (Naciones Unidas, 1999).

El PAE puede ser cofinanciado con recursos del SGP, de regalías, propios, Conpes 151, del Presupuesto General de la Nación distribuidos anualmente por el MEN y, por último, puede ser financiado por el sector privado,

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cooperativo o no gubernamental, del nivel nacional, internacional y cajas de compensación. Cabe resaltar, sin embargo, que una eventual cofinanciación por parte del sector privado no debe significar que la distribución de PCU debe seguirse permitiendo. El MEN solo podrá ejecutar de manera directa los recursos del PGN para el PAE en dos casos excepcionales: cuando en un territorio se presenten hechos de calamidad pública, desastre, emergencia grave, fuerza mayor o caso fortuito, o cuando se presenten hechos sobrevinientes que generen grave perturbación del orden público en un territorio o región.En el informe de la PGN (2016b) se señalan problemas presupuestales para financiar el PAE en los siguientes aspectos: falta de recursos para el pago del personal encargado de la manipulación y preparación de los alimentos ya que no están incluidos en los recursos transferidos por el MEN a las ET; costos del transporte por fuera del casco urbano no son asumidos por el MEN; inexistencia de una estructura de financiación del PAE para actividades de seguimiento o auditorías externas, que son realizadas por municipios y departamentos; ausencia de recursos para ampliar coberturas; inexistencia de estudios de mercado realizados por el MEN para realizar una valoración de la ración alimentaria, ya que suele ser insuficiente para cubrir las exigencias técnicas, nutricionales, administrativas, legales y financieras que implica la prestación del servicio; no se cuenta con ración diferenciada teniendo en cuenta las características de las regiones, siendo menor el valor de la ración a los costos reales de los alimentos en las regiones; y, por último, los costos de la minuta no son diferenciadas para el área rural y urbana.

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El ejercicio de identificación y seguimiento de esta problemática en las diferentes regiones del país, realizado por FIAN Colombia, permite confirmar la persistencia de esta situación en los territorios.

Monitoreo y control del PAE

Como se puede evidenciar en el transcurso del texto, casi la totalidad de la ejecución del PAE recae sobre las ET. Aunque el MEN debe garantizar la articulación nacional, realizar la cofinanciación del programa, brindar asistencia técnica, hacer seguimiento a la implementación y promover medidas de control y vigilancia, se han encontrado varios problemas en su cumplimiento. Por el contrario, como lo ha indicado la PGN en sus informes, cuando el MEN realiza el desembolso de recursos a las ET, asume esto como la ejecución de Programa y no existe una forma de verificar en terreno el uso de los mismos. Advierte también la Procuraduría que no existen recursos asignados por el Ministerio para la contratación de auditorías especializadas en el manejo de bolsas comunes, con el fin de garantizar que los recursos destinados al PAE sean ejecutados debidamente.

Además, indica que el MEN no cuenta con el recurso humano, técnico y presupuestal que le permita hacer seguimiento en terreno a la implementación del Programa. Tampoco se cuenta con indicadores rigurosos que permitan medir con mayor precisión y en tiempo real las raciones que brinda el programa, verificando si los complementos entregados equivalen al mismo número de niños beneficiados, o si le corresponden una o dos raciones por día. Actualmente no se cuenta con estudios realizados por el mismo MEN, que midan el impacto de la implementación del PAE en la reducción de las tasas de deserción escolar a nivel nacional, o sobre la alimentación y nutrición de NNA.

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Conclusiones La ambigüedad que caracteriza al PAE en las diferentes definiciones adoptadas desde su creación, tiene que ver con que de hecho se convierte para las instituciones y para sus actores en un recurso de aporte de alimentos del que NNA y sus familias carecen en muchos casos, pero no obedece ni a una estrategia de soporte alimentario para NNA en edad escolar, ni a un programa adecuado de suministro de complementos alimentarios que mejore las condiciones de escolaridad y contribuya a la retención escolar. Es por ello, que el PAE no se articula con una concepción integral del DHANA, ni de los derechos a la salud y a la educación.

La prioridad de definir claramente al PAE en sus objetivos, requiere del abandono de su propuesta asistencialista, para adoptarlo como política pública de Estado desde un enfoque de garantía del DHANA, con una asignación de recursos establecidos anualmente que garantice su funcionamiento, con la debida participación de los y las titulares de derechos, y con procesos periódicos y transparentes de rendición de cuentas por parte de las instituciones. El objetivo central, puede plantearse como un programa nutricional que garantice el DHANA como parte de las condiciones necesarias al desarrollo educativo, cognitivo, social y sanitario de NNA en edad escolar en Colombia.

La ausencia de enfoque de derechos permite que el proceso de entrega de alimentos dentro del cual se enmarca el rol de los operadores quede completamente aislado del proceso alimentario, y lleve al desconocimiento de la necesaria adaptación de las dietas dependiendo de las regiones y las poblaciones y de la oferta y tradición alimentaria en diferentes zonas del país.

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No encontramos diagnósticos de base ni estudios de seguimiento que permitan constatar la eficacia del programa en cuanto a su objetivo de garantizar la permanencia de los estudiantes en las IE, y tampoco existen estudios nutricionales, carentes de conflicto de intereses, que permitan determinar el impacto en salud del consumo de las raciones industrializadas sobre la población infantil.

La aspiración a una minuta patrón, se deriva así de la necesidad de adoptar un modelo de perfil de nutrientes que cumpla con las condiciones necesarias y suficientes para que la población de NNA tenga un soporte alimentario adecuado a sus condiciones de salud y desarrollo. Sin embargo, este modelo, complejo y basado en el DHANA, no se ha construido aún y, por tanto, esta se reduce a una consideración de requerimientos energéticos mínimos.

Si bien no se mencionó en el texto, los testimonios recogidos de las personas entrevistadas dejan ver que posiblemente se están violando otros derechos humanos y no sólo los de NNA. En ese sentido, por ejemplo, trabajadoras de los comedores nos expresaron que no todo el tiempo fueron vinculadas al sistema de seguridad social por parte de sus empleadores, que no siempre trabajan con las adecuadas condiciones de seguridad laboral, que las horas laborales son muy largas, y que el trabajo es inconstante y mal pago.

La perspectiva de trabajo, desde el contexto de realizar el DHANA en el ámbito escolar en Colombia, requiere de una investigación de sus modos de funcionamiento por regiones, grupos sociales y tipos de instituciones educativas, que permita trazar directrices con base en un perfil nutricional propio, para convertir al PAE en una política pública de acceso alimentario en condiciones integrales y óptimas para NNA, que culmine en la salud integral de éstos en condiciones de escolaridad adecuadas y permanentes.

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Referencias

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y bebidas ultraprocesados en América Latina: tendencias, efecto sobre la obesidad e implicaciones para las políticas públicas. Washington D.C.: Autor.Procuraduría General de la Nación –PGN–. (2016a). La Guajira: Pueblo Wayúu, con hambre de dignidad, sed de justicia y otras necesidades insatisfechas. Bogotá: Autor.Procuraduría General de la Nación –PGN–. (2016b). Segundo Informe sobre el seguimiento al Programa de Alimentación Escolar PAE. Bogotá: Autor.Resolución 16432 de 2015 (2015). Lineamientos Técnico-Administrativos, los estándares y las condiciones mínimas del Programa de Alimentación Escolar PAE. Ministerio de Educación Nacional, Bogotá, Colombia, 2 de octubre de 2015. Resolución 3803 del 22 de agosto de 2016 (2016). Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones. Ministerio de Salud y Protección Social, Bogotá, Colombia, 22 de agosto de 2016.Revista Semana (8 de octubre de 2015). Lupa a la alimentación escolar. Semana. Recuperado de http://www.semana.com/educacion/articulo/informe-defensoria-del-pueblo-sobre-irregularidades-programa-de-alimentacion-escolar/438065-3

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Autoras // autores

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Gloria Holguín Reyes. Profesional en Desarrollo con énfasis en Historia y en Estudios Internacionales, Magister en Derechos Humanos y Democratización. Con experiencia en diseño, gestión, ejecución y monitoreo de proyectos de desarrollo, acompañamiento y fortalecimiento de comunidades indígenas, afrocolombianas y campesinas e investigación corporativa.

Hernando Salcedo Fidalgo. Médico, Magister en Sociología de la Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de París, adelantó estudios doctorales en la misma Escuela. Con experiencia en investigación, enseñanza y coordinación de proyectos relacionados con la salud, la nutrición y el derecho a la alimentación. Actualmente es el coordinador de la línea de Nutrición de FIAN Colombia.

Ingrid Paola Romero Niño. Politóloga, Especialista en Análisis de Políticas Públicas y candidata a Magister en Género, Sociedad y Política. Experiencia profesional en género y derechos humanos de las mujeres, gestión pública y desarrollo local, basada en la coordinación de proyectos y procesos pedagógicos comunitarios en los sectores público y privado. Ha realizado investigaciones académicas sobre conflictos armados y derechos humanos relacionados con geopolítica, biodiversidad y soberanía alimentaria y género.

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Javier Lautaro Medina Bernal. Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Especialista en Derecho Constitucional y Magister en Desarrollo Educativo y Social, con experiencia investigativa y acompañamiento a comunidades en derechos económicos, sociales y culturales.

Juan Carlos Morales González. Médico de la Universidad Nacional de Colombia y Máster en Historia Contemporánea con énfasis en Relaciones Internacionales de la Universidad de la Habana, Cuba. Actualmente es el Director Ejecutivo de FIAN Colombia, organización defensora de derechos humanos especializada en la defensa y promoción del derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas. El Dr. Morales es un amplio conocedor de las problemáticas relacionadas con ese derecho y los derechos humanos conexos, así como del fenómeno del hambre, los conflictos asociados a ella y el contexto geopolítico que le subyace. Como investigador, ha escrito o participado en la elaboración de diversos artículos, revistas, libros e informes en la materia.

Shirley Andrea Rodríguez Navarro. Politóloga de la Universidad Nacional de Colombia, Especialista en Cooperación Internacional. Con experiencia en incidencia legislativa local y nacional y trabajo en organizaciones intergubernamentales de Derechos Humanos en ejercicios de formulación de políticas públicas y acompañamiento a víctimas del conflicto armado.

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Esta obra se terminó de imprimir en los talleres gráficos de Inversiones Cimaz S.A.S.

Trv. 1 17-39 Int. 1-2, Barrio Las Aguas, Bogotá D.C.

19 de Abril de 2018

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Perspectivas sobre derechoa la alimentación

y nutrición adecuadas

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Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y,la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo elque está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera deestas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1Perspectivas sobre derecho a la alimentación y nutrición adecuadas

1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucrafases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformaciónde esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren paravivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevoal proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANApueden darse en cualquierade estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo el que está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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1“Comprendemos la alimentación y la nutrición como partes de un proceso complejo (proceso alimentario), el cual involucra fases que a su vez son eslabones que se interrelacionan: la producción o recolección de alimentos; el intercambio alimentario (no solo elque está mediado por relaciones de mercado); la transformación de esos alimentos (dentro del hogar, en las comunidades, en las industrias); el consumo; el aprovechamiento biológico de los alimentos (nutrición); las dimensiones simbólicas, culturales y espirituales de los modos de alimentarse; y, la transformación de esos alimentos y nutrientes en la energía, fuerza, pensamientoy demás elementos que se requieren para vivir sana y dignamente, y dar comienzo de nuevo al proceso. En ese sentido, las amenazas o violaciones sobre el DHANA pueden darse en cualquiera de estas fases y no solamente cuando una persona no tiene acceso a comida.”

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