Pequeño Contribuyente

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PEQUEÑO CONTRIBUYENTE ¿Quiénes son los Pequeños Contribuyentes? Son las personas individuales o jurídicas cuyo monto de venta de bienes o prestación de servicios no excede de Q150,000.00 en un año calendario y que están inscritos en el Régimen de Pequeño Contribuyente. Si desea consultar si se encuentra inscrito en este regimen ingrese al siguiente vínculo: CONTRIBULLENTE NORMAL En Guatemala, se considera contribuyente normal a aquel que factura más de Q 150,000.00 al año. Este tipo de contribuyente puede elegir las opciones del régimen del ISR del 5% sobre el total de las ventas mensuales menores a Q 30,000 y 6% sobre el excedente de Q 30,000 mensuales del total de su facturación mas una cuota fija de Q 1,500.00 cuando sus ventas sobrepasen los Q 30,000 mensuales; o el otro régimen que es el 31% sobre la utilidad del ejercicio. Si elige el régimen de 5%-6% está excento del pago del IS (Impuesto de Solidaridad). REGIMEN ESPECIAL Durante los meses de enero y febrero de cada año, los sujetos acogidos a este régimen deberán presentar ante el Ivima la declaración anual o autoliquidación, que contenga una relación detallada de los inmuebles y sus fianzas correspondientes a 31 de diciembre del ejercicio anterior, así como las variaciones correspondientes (altas y bajas) surgidas durante todo el período y hasta ese día incluido (31 de diciembre del año anterior). A tal efecto, con anterioridad a este periodo, el Ivima pondrá a disposición del titular del concierto el impreso de autoliquidación con la cuantía de la base declarada.

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pequeño contribullente y otros

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PEQUEO CONTRIBUYENTEQuines sonlos Pequeos Contribuyentes?Son las personas individuales o jurdicas cuyo monto de venta de bienes o prestacin de servicios no excede de Q150,000.00 en un ao calendario y que estn inscritos en el Rgimen de Pequeo Contribuyente.Si desea consultar si se encuentra inscrito en este regimen ingrese al siguiente vnculo:CONTRIBULLENTE NORMAL En Guatemala, se considera contribuyente normal a aquel que factura ms de Q 150,000.00 al ao. Este tipo de contribuyente puede elegir las opciones del rgimen del ISR del 5% sobre el total de las ventas mensuales menores a Q 30,000 y 6% sobre el excedente de Q 30,000 mensuales del total de su facturacin mas una cuota fija de Q 1,500.00 cuando sus ventas sobrepasen los Q 30,000 mensuales; o el otro rgimen que es el 31% sobre la utilidad del ejercicio. Si elige el rgimen de 5%-6% est excento del pago del IS (Impuesto de Solidaridad).REGIMEN ESPECIAL Durante los meses de enero y febrero de cada ao, los sujetos acogidos a este rgimen debern presentar ante el Ivima la declaracin anual o autoliquidacin, que contenga una relacin detallada de los inmuebles y sus fianzas correspondientes a 31 de diciembre del ejercicio anterior, as como las variaciones correspondientes (altas y bajas) surgidas durante todo el perodo y hasta ese da incluido (31 de diciembre del ao anterior).A tal efecto, con anterioridad a este periodo, el Ivima pondr a disposicin del titular del concierto el impreso de autoliquidacin con la cuanta de la base declarada.Junto con la autoliquidacin es necesario cumplimentar la relacin, segn el modelo, de TODAS las fianzas a 31 de diciembre con expresa indicacin de los incrementos, de las minoraciones y tambin de aqullas en las que no ha habido ninguna variacin. Se podr enviar: