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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Pliego Tipo Procedimiento abierto SUMINISTROS PA 10/185 1/43 EXPEDIENTE: PA 10/185 PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS, PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON TRAMITACIÓN ORDINARIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ORDINARIO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DEL INIA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011. (Redactado conforme a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante RGLCAP y en el Real Decreto 817/2009 de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la LCSP)

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EXPEDIENTE: PA 10/185 PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS, PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA, POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON TRAMITACIÓN ORDINARIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ORDINARIO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DEL INIA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

(Redactado conforme a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante RGLCAP y en el Real Decreto 817/2009 de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la LCSP)

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ÍNDICE

CUADRO RESUMEN. 1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO

2. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

3. REQUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS

4. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN

5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES

6. EXAMEN Y DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE

7. FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

8. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE

PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

9. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA

10. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

11. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN

12. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

14. RÉGIMEN DE RECURSOS

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CUADRO RESUMEN

1.- Centro interesado: SECRETARÍA GENERAL, Servicio de Régimen Interior

2.- Número de

Expediente: PA 10/185

3.- Objeto del contrato:

Necesidades administrativas a satisfacer:

Adquisición de vestuario de trabajo para el personal laboral y funcionario del INIA, para los años 2010 y 2011. Dotar de vestuario al personal laboral y funcionario destinado en el INIA, de conformidad con el Estatuto del Empleado Público y el II Convenio Único para el personal laboral de la AGE.

4.- Estructura del

Contrato (Lotes, en su caso): Única

5.- Nomenclatura

(CPA-2002):

6.- Clasificación CPV, en

su caso: 18100000-0

7.- Lugar de entrega En los lugares y de la forma que se establece en el Pliego

de prescripciones técnicas 8.- Plazo de ejecución:

TOTAL: 2010 y 2011 PLAZOS DE ENTREGA: 2010: 3 meses desde la formalización del contrato 2011: hasta el 31 de octubre de 2011

Prórrogas:

NO: “El contrato no será prorrogable”

9.- Presupuesto de licitación y, en su caso, distribución por organismos:

Importe sin IVA

IVA (18%) *

Total

a) Presupuesto de licitación:

109.304,80 19.674,86 128.979,66

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* El tipo impositivo se calcula al 18%, por ser la previsión para la fecha de ejecución del contrato; de no ser correcta esta previsión se aplicará el tipo que rija en ese momento.

El precio se calcula en función de precios unitarios, con el siguiente desglose:

ARTICULO PREVISIÓN AÑO 2010

PREVISION AÑO 2011

PRECIO MAXIMO SIN

IVA (€) BATAS Sra 316 325 10,50 PIJAMA Sra 163 160 14,00 BATA Caballero 169 169 10,50 PIJAMA Caballero 65 65 14,00 ZUECOS 265 275 19,50 BOTAS CHIRUCA 218 210 12,00 JERSEY 214 210 20,00 POLO M/C 524 500 9,00 POLO M/L 512 500 10,50 MONO 1 PIEZA 54 54 16,50 MONO 2 PIEZAS 96 96 16,50 PANTALON INVIERNO 227 220 18,00 PANTALON VERANO 451 425 11,00 CALCET. INVIERNO 490 470 3,50 CALCET. VERANO 512 480 2,50 GUANTES 236 235 1,80 TOALLAS 430 420 2,50 CAMISETAS 18 18 4,00 CHANDAL 18 18 25,00 FORRO POLAR 35 40 19,00 BOTAS CUERO 185 40 24,50 BOTAS AGUA 133 10 8,00 CHUBASQUERO 210 30 7,50 ANORAK 223 30 25,00

PRECIO TOTAL 2010 60.390,30

PRECIO TOTAL 2011 48.914,50

PRECIO TOTAL 109.304,80

10.-

Aplicación presupuestaria, con indicación de las anualidades que procedan:

Aplicación presupuestaria

Ejercicio Importe

467D.221.04 2010 71.260,55 €

467D.221.04 2011 57.719,11 €

10.1-

Ejercicio con cargo al cual se tramita: 2010 y 2011 Consta en el expediente la anotación en contabilidad de la existencia de financiación para este contrato en los términos indicados.

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11.-

Clase de tramitación y procedimiento de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria

b) Procedimiento: Abierto

12.-

Criterios objetivos de valoración:

1.PRECIO: Hasta 55 puntos. Se aplicará la fórmula:

OFERTA MÁS ECONÓMICA X 55

OFERTA CONSIDERADA 2.MEJORAS EN LA CALIDAD DE LOS MATERIALES EMPLEADOS: Hasta 20 puntos. Dada la complejidad de detallar cada una de las mejoras técnicas en los tejidos, se tendrá en consideración los siguientes aspectos:

• Gramaje y composición de las telas. • Certificados de control de calidad registrados en

las normas ISO • Cumplimiento de normativa medioambiental en

los procesos de producción: ISO 14001 • Mejoras en características ignifugas/abrasión/

abrigo, suelas nitrilo, etc., en el calzado

3. FUNCIONALIDAD O CONFECCIÓN DE LAS PRENDAS: Hasta 20 puntos. En las características de corte y confección de las prendas se considerarán:

• Remates, resistencia de costuras, complementos como cremalleras, broches, botones, etiquetados…

• Patronaje de vestuario que sea especialmente cómodo y ergonómico.

• En el calzado se valorarán las costuras interiores, forros, corte y remate de la piel, solidez con la suela y plantillas interiores.

• Certificaciones de seguridad para cada tipo de prenda (aislamiento térmico para ropa de abrigo, resistencia a determinados agentes químicos, etc.)

4. REDUCCIÓN DEL PLAZO DE ENTREGA AÑO 2010: Hasta 5 puntos.

• Reducción de 5 semanas ………… 5 puntos • Reducción de 4 semanas ………… 4 puntos • Reducción de 3 semanas ………… 2 puntos • Reducción de 2 semanas ………… 1 punto

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13.-

Garantía provisional:

SI: 3.279,14 €

14.-

Admisibilidad de variantes, condiciones y elementos sobre los que puede recaer: Art.131 LCSP

NO se admiten variantes

15.-

Solvencia económica y financiera: Por los medios que se detallan a continuación, de entre los

previstos en el artículo 64 de la LCSP, números 23, 25 y 26 del Anexo 1 de este Pliego

16.-

Solvencia técnica: Por los medios que se detallan a continuación, de entre los previstos en el artículo 66 de la LCSP, números 34, 35 y 38(*) del Anexo 1 de este Pliego.

(*) Las muestras, descripción y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición del INIA, según Pliego de Prescripciones Técnicas, se entregarán en el plazo máximo de presentación de proposiciones. Una vez adjudicado el suministro, los contratistas que no resulten adjudicatarios podrán retirar las muestras presentadas en el plazo de un mes; Si transcurrido este plazo no hubieran sido retiradas por éstos, se entiende que renuncian a su recuperación, pudiendo el INIA disponer de ellas en la forma que estime conveniente, sin que pueda reclamarse compensación alguna por ello. Las prendas presentadas por el contratista que resulte adjudicatario quedarán depositadas para servir de referencia a la Administración. Una vez materializado todo el suministro serán devueltas al contratista. Todas las muestras que se presenten deberán ir identificadas con la empresa licitadora, la prenda a la cual se refiere y la composición del tejido; en ningún caso se indicará el importe de la prenda.

17. Garantía definitiva:

Si: 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido): Si

el importe del contrato se establece por precios unitarios el 5% se calculará sobre el presupuesto base de licitación IVA excluido.

Garantía

Complementaria

No procede

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18. Forma de pago:

Parcial, a la entrega del suministro en cada uno de los años 2010 y 2011.

19. Plazo de garantía:

No se establece en virtud de lo previsto en el artículo 205.3 dada la naturaleza, características del objeto y forma de entrega del suministro, tal y como queda acreditado en el expediente, quedando extinguida la responsabilidad del contratista con la entrega de los bienes recibida de conformidad por la Administración.

20. Periodicidad en el

abono del precio:

No se establece

21. Importe máximo de

los gastos de publicación de la licitación:

1.000 €, de cuenta del adjudicatario.

22. Revisión de precios:

SI: aplicándose como fórmula de revisión el Índice de Precios

al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística. La revisión no podrá superar el 85% de variación experimentada por dicho índice.

23.- Subcontratación:

Se prohíbe la subcontratación, en base a lo preceptuado en el

artículo 210.1 de la LCSP, por las características del contrato.

24. Recepción: Forma de constatar la correcta ejecución de la

prestación: Mediante certificados de conformidad con el correcto funcionamiento del suministro recibido y/o instalado ó fabricado

Forma de recepción del suministro: Mediante certificado de conformidad con la entrega del suministro..

25. Seguro de

responsabilidad civil:

NO- El presente contrato no requiere suscribir seguro de responsabilidad civil

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1.- IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO

1.1. CENTRO AL QUE INTERESA CELEBRARLO:

1.1.1.- INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA

1.1.2.- Departamento/Unidad: El señalado en el apartado 1.1 del Cuadro Resumen de

este Pliego. 1.1.3.- Órgano de Contratación:

• Director del INIA, en virtud de las facultades que tiene atribuidas por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre (BOE 289/2000), por el que se aprueba el Estatuto del INIA, según redacción dada por el por Real Decreto 718/2010, de 28 de mayo.

1.1.4.- Perfil del contratante: www.inia.es/licitaciones

1.2. NÚMERO DEL EXPEDIENTE: El indicado en el apartado 2 del Cuadro Resumen de este

Pliego. 1.3. OBJETO DEL CONTRATO

1.3.1. Descripción: El indicado en el apartado 3 del Cuadro Resumen del presente pliego, sin perjuicio del detalle y características de los bienes y la forma de hacer efectivo el suministro serán los que se establecen en el "PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS".

1.3.2. Estructura del suministro: La indicada en el apartado 4 del Cuadro Resumen de

este pliego. 1.3.3. Expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura de la

Clasificación de Productos por Actividades 2002 (CPA-2002), aprobada por Real Decreto 331/2003, de 14 de Marzo, y, en su caso, de los lotes: Código CPA: La indicada en el apartado 5 del Cuadro Resumen de este Pliego.

1.3.4. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de

Contratos (CPV) (Sólo cuando el contrato sea igual o superior a los importes que se determinan en el artículo 15 de la LCSP): Código CPV: La indicada en el apartado 6 del Cuadro Resumen de este Pliego.

1.3.5. Plazo de ejecución: El indicado en el apartado 8 del Cuadro Resumen de este Pliego. 1.3.6.- Lugar de entrega: El indicado en el apartado 7 de este Pliego.

1.4. RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO

1.4.1. Presupuesto de licitación.- El importe asciende a la cantidad que se indica en el apartado 9 del Cuadro Resumen de este Pliego. Esta cifra representa el gasto máximo a realizar por la Administración en virtud del contrato de suministro, quedando limitado el gasto real al que resulte de los precios ofertados por el adjudicatario y las unidades efectivamente requeridas por la

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Administración y servidas por aquél, pudiendo la Administración reducirlos hasta un máximo de un 20 por ciento sin que el contratista adquiera el derecho a indemnización de ningún tipo. Cuando se reconociera la exención del impuesto o la reducción del tipo impositivo, se entenderá minorado en el importe correspondiente el presupuesto y, proporcionalmente, el precio a percibir por el adjudicatario. En la cifra señalada como presupuesto se incluye en partida independiente, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo general vigente en el momento de la licitación y, cuando proceda, el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

1.4.2.- Valor estimado: Vendrá determinado por el importe total, sin incluir el impuesto

sobre el valor añadido y teniendo en cuenta cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato. Su estimación se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 76 de la LCSP.

1.4.3. Distribución en anualidades del gasto derivado del contrato: En su caso, serán

reflejadas en el apartado 10 del Cuadro Resumen del presente pliego.

El Órgano de Contratación podrá repercutir libremente entre las anualidades previstas para la ejecución del contrato la baja ofertada por el adjudicatario en relación con el importe máximo total, reflejándose en el contrato la distribución en anualidades del precio de adjudicación. De no mencionarse esta circunstancia en el contrato, el porcentaje de baja se considerará repercutido por igual en todas las anualidades.

1.4.4. Aplicación presupuestaria: La señalada en el apartado 10 del Cuadro Resumen de

este Pliego.

Con respecto al contrato, en el caso de tramitaciones anticipadas, queda sometida su adjudicación, y en el caso de contratos plurianuales su ejecución, a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el o los ejercicios correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.2 de la LCSP

1.4.5. Ejercicio con cargo al cual se tramita: El señalado en el apartado 10.1 del Cuadro

Resumen del presente pliego. 1.5. CLASE DE TRAMITACIÓN

La señalada en el apartado 11 del Cuadro Resumen del presente pliego. 1.6. NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

El contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, quedando sometido a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, al Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la LCSP, al presente pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas. La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para conocer las cuestiones litigiosas que se planteen en relación con el contrato.

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1.7.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO: Las señaladas en el apartado 3 del Cuadro Resumen del presente Pliego. 2.- PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 2.1.- Procedimiento de Adjudicación: El contrato se adjudicará mediante procedimiento

abierto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 122 y 141 A 145 de la LCSP.

2.2.- Criterios objetivos de adjudicación, forma de acreditarlos y sistema de asignación de puntos a cada una de las ofertas

El Órgano de Contratación acordará la adjudicación en base a los criterios objetivos que se definen y ponderan en este apartado. Para la asignación de la oportuna puntuación se tendrán en cuenta los criterios que se establecen en el apartado 12 del Cuadro Resumen de este pliego, atendiendo a la naturaleza del suministro objeto de la contratación.

2.2.1.- Empate entre proposiciones: En caso de empate entre dos o más proposiciones,

la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que tenga en su plantilla mayor número de trabajadores con discapacidad, siempre que el mismo no sea inferior al 2% de los trabajadores y haya incluido, en el sobre nº 1, el documento señalado con el nº 54.

Si aún continuase el empate, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la que resulte agraciada mediante sorteo.

3.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS

3.1.- REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO

Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, y que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 49 de la LCSP y cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Esta relación deberá deducirse de cualquiera de los documentos que el pliego exige a los licitadores para acreditar su personalidad y capacidad o, en su defecto, de los que adicionalmente decida aportar el licitador y sean considerados suficientes por el Órgano de Contratación.

El Órgano de Contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de la Administración a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato. 3.2.- REQUISITOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA

La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la ejecución del contrato. El Órgano de Contratación resolverá sobre la posesión de este requisito por cada uno de los licitadores, en base a la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en el sobre nº 1.

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3.3.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL El órgano de contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de una garantía provisional, cuya cuantía figura en el apartado 13 del Cuadro Resumen del presente pliego, que no podrá superar el 3% del presupuesto de licitación, sin IVA, establecido en el apartado 9 del Cuadro Resumen del presente Pliego, para el lote o lotes a los que concurra, en cualquiera de las formas previstas en los artículos 84 y 91 de la LCSP, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP, y de acuerdo con los modelos establecidos en los anexos III a VI del citado Reglamento. La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 86 de la LCSP eximirá de la constitución de garantía provisional, produciendo los efectos inherentes a esta última. La constitución de una garantía por importe inferior al solicitado con anterioridad a la finalización del plazo para presentar proposiciones no se considerará subsanable y, por tanto, dará lugar a la exclusión de la oferta. Cualquiera que sea la forma en que se otorgue la garantía, ésta se constituirá a disposición del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, CIF-Q2818013F. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta, de oficio a los licitadores que no resulten adjudicatarios, después de la adjudicación definitiva del contrato. La garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. 4.- PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN

La licitación se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, según modelo del Anexo VII del RGLCAP. Cuando se trate de expedientes con valor estimado igual o superior a los señalados en el artículo 15 de la LCSP, se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, según modelo establecido en el citado Reglamento. El importe máximo de los gastos de publicación de la licitación es el indicado en el apartado 21 del Cuadro Resumen del presente pliego, y serán de cuenta del adjudicatario. Asimismo, se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación y en la Plataforma de Contratación del Estado (artículo 309 de la LCSP).

5.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES

Todos los documentos que se exigen deben ser originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas, conforme al Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las Oficinas de Registro En ningún caso en la documentación personal y técnica deberán figurar referencias o anotaciones sobre el valor económico de la oferta. Las empresas presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano. Las proposiciones se deberán presentar en tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, con indicación de su nombre y apellidos y razón social de la empresa en los que figurará lo siguiente:

“PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO Nº 10/185,

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CONVOCADO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DEL INIA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011”

El contenido de los sobres deberá comprender: 5.1. SOBRE Nº 1, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Deberá presentarse cerrado y firmado, identificándose en lugar visible que contiene la “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, e incluirá un índice enunciando numéricamente la documentación contenida en el sobre, con indicación de la persona de contacto teléfono, fax y dirección de correo electrónico, en relación con la licitación, así como los documentos que se indican, de los relacionados, con carácter general, en el Anexo 1 del presente pliego ("Documentación Administrativa a incluir en el sobre número 1, según los casos").

5.1.1. Persona física española Documentos señalados con los números: 1, 7, 13, 15, y, en su caso, 19, 49 y 54. 5.1.2. Persona jurídica española Documentos señalados con los números: 2, 7,12, 14, 16, 17, y, en su caso, 19, 49, 54, 56

(ó 57). 5.1.3. Persona física de los demás países de la Comunidad Europea o signatarios del

Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo Documentos señalados con los números: 3, 5, 7, 8, 13, 15 y, en su caso, 19 ó 22, 49 y 54. 5.1.4. Persona jurídica de los demás países de la Comunidad Europea o signatarios del

Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo Documentos señalados con los números: 4, 5, 7, 8, 14, 16, 17, y, en su caso, 19 ó 22, 49 y

54 5.1.5. Persona física de país ajeno a la Unión Europea y signatario del Acuerdo sobre

Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio: Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 10, 13, 15, y, en su caso, 19, 49 y 54 5.1.6. Persona jurídica de otro país, signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública

de la Organización Mundial del Comercio: Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 10, 14, 16, 17, y, en su caso, 19, 49 y

54. 5.1.7. Persona física de país no comprendido en los números anteriores Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 15, y, en su caso, 19, 49 y

54. 5.1.8. Persona jurídica de país no comprendido en los números anteriores Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 9, 10, 14, 16, 17 y, en su caso, 19, 49

y 54. 5.1.9. Uniones de empresas Las uniones de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas

integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los números anteriores, la declaración prevista en el número 50.

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5.1.10. Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social:

Certificado de permanencia de alta en el IAE expedido por la Agencia Tributaria en el epígrafe o epígrafes correspondientes. Documento señalado con el número 51. Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Administración Tributaria, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Documento señalado con el número 52. Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001,de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Documento señalado con el número 53.

5.1.11. Solvencia económica-financiera y solvencia técnica:

La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 64 de la LCSP, señalados en el Anexo 1 de este pliego (apartados 23 a 27), que se harán constar en el apartado 15 del Cuadro Resumen de este Pliego. La acreditación de la solvencia técnica se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 66 de la LCSP, señalados en el Anexo 1 de este pliego (apartados 34 a 39), que se harán constar en el apartado 16 del Cuadro Resumen de este Pliego. Los licitadores que estén en posesión del certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, aportarán el citado certificado, quedando eximidos de presentar la documentación en él acreditada.

5.1.12. Documentación acreditativa. Seguro de responsabilidad civil. Documento señalado con el número 56 del Anexo 1 de este Pliego en relación con lo dispuesto en el apartado 25 del Cuadro Resumen del mismo.

5.2. SOBRE Nº 2, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

5.2.1.Deberá presentarse cerrado y firmado, identificándose en lugar visible que contiene la

“DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” y se incluirán, según los casos, debidamente ordenados documentos por duplicado relacionados en el Anexo 4 de estos Pliegos, y los que considere el licitador adaptándose al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

5.2.2. En el supuesto de preverse, la documentación relativa a los criterios cuya ponderación

dependa de un juicio de valor debe presentarse, en todo caso, en sobre independiente del resto de la proposición, con objeto de evitar el conocimiento de esta última antes de que se haya efectuado la valoración de los criterios evaluables de forma automática. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, este sería referido como el SOBRE Nº 2-2, se presentaría cerrado y firmado, identificándose en lugar visible que contiene la documentación técnica relativa a criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor.

En relación con la documentación aportada por el licitador, éste deberá indicar expresamente aquellos documentos relativos a materias protegidas por el secreto comercial o industrial y aquellos considerados de carácter confidencial y por tanto de uso exclusivo del INIA, de acuerdo con los términos dispuestos en el artículo 124 de la LCSP.

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5.3. SOBRE Nº 3, DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Deberán presentarse cerrado y firmado, identificándose en lugar visible que contiene la “DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA” y contendrá únicamente la proposición económica, necesariamente firmada, se ajustará al modelo incluido como Anexo 2 de este pliego. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad. Serán excluidas las ofertas económicas que no se presenten dentro del sobre “3”, o se incluyan en cualquier otro sobre. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, que no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. En las ofertas económicas que se formulen se entenderán incluidos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, los que conlleve su gestión (seguros, transportes, franqueos, documentación, etc.) y las tasas e impuestos que le sean de aplicación. Como partida independiente se desglosará el IVA, detallando el carácter de comunitario o de terceros países, con indicación del porcentaje aplicable en cada caso. Si así se señala en el apartado 14 del Cuadro Resumen de este Pliego, se admitirá la presentación de variantes, debiendo en este caso atenerse a las siguientes instrucciones: a) Deberán incluirse dos modelos de proposición económica, uno con la oferta básica y otro con

la oferta con variantes. b) Deberá hacer constar, en el modelo de proposición económica, la identificación de su oferta

básica, ajustada íntegramente al pliego de prescripciones técnicas, y la de las variantes adicionales que oferte en las condiciones y sobre los elementos determinados en el pliego.

c) Incluirá, además de los documentos requeridos en el apartado correspondiente a la documentación técnica, la descripción de las variantes ofertadas, en las condiciones y sobre los elementos que han sido determinados por el órgano de contratación en el Pliego.

6.- EXAMEN Y DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE

Los licitadores podrán consultar la documentación del expediente constituida por el presente pliego y el de prescripciones técnicas en la página Web: http://www.inia.es/licitaciones

7.- FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 7.1. FORMA DE PRESENTACIÓN

Los sobres a presentar deberán estar cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran, firmados por el licitador o la persona que lo represente con expresión de su NIF, y con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa y su

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CIF correspondiente. En el interior de cada sobre, en hoja independiente, se hará constar su contenido, enunciado numéricamente. 7.2. LUGAR DE PRESENTACIÓN

La documentación podrá ser presentada en mano contra recibo de la oficina receptora. Los licitadores también podrán enviar los sobres dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, por correo, debiendo justificar documentalmente la fecha y hora de imposición en la Oficina de Correos, o por cualquier otra forma de las establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se anunciará en estos casos al Órgano de Contratación, la remisión de la oferta, mediante, telegrama dirigido al Jefe del Registro General del INIA, o fax dirigido al Servicio de Contratación Administrativa (91-3473597). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición, si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

A los efectos anteriores la dirección de entrega es REGISTRO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA (INIA), Carretera de La Coruña Km. 7,5, MADRID-28040.

7.3. PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación o envío se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio de la licitación, y su duración será la que se indique en el citado anuncio. 8.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 8.1. DESIGNACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 295 de la LCSP en relación con los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, el Órgano de Contratación ha procedido a designar la Mesa de Contratación que ha de intervenir en la adjudicación de este contrato, que queda integrada por los siguientes miembros:

Presidente: - Secretario General del INIA Presidente Suplente: - Jefe del Área de Coordinación Administrativa y Gestión Financiera.

Vocales: - Un funcionario del Servicio de Régimen Interior del INIA. - Abogado del Servicio Jurídico del Estado. - Interventor Delegado de la IGAE en el INIA ó suplente. - Un funcionario de la Secretaría General ó en su caso de la Subdirección

interesada.

Secretario: - Un funcionario del Servicio de Contratación Administrativa y Gestión Financiera

La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa podrá ser cubierta por un funcionario de similar categoría, designado por el Órgano de Contratación.

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Se dará cuenta de las eventuales suplencias en el acto público de apertura de proposiciones, indicando el nombre del sustituido y del sustituto, puesto desempeñado por éste y actuación en que se produce su intervención. Se dejará constancia igualmente de las sustituciones en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa en que aquéllas se hayan producido.

8.2. INTERPRETACIÓN Cualquier contradicción o duda que sobre el contenido o interpretación que pudiera plantearse, entre el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, deberá entenderse resuelta en favor de la aplicación preferente de éste último. 8.3. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Finalizado el plazo de presentación de ofertas y antes de la fecha señalada para la sesión pública de apertura de las proposiciones económicas, la Mesa de Contratación, regulada por el artículo 295 de la LCSP, se constituirá para calificar los documentos presentados en tiempo y forma, conforme al artículo 144 de la LCSP. A tal efecto, procederá a abrir y examinar, en la forma prevista en el Capítulo III del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, los distintos sobres nº 1 y 2, de las ofertas presentadas en plazo. En caso de aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor se estará a lo dispuesto en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo. Si se observan defectos materiales en la documentación presentada por los licitadores, se estará a lo previsto en el artículo 81.2 del RGLCAP. De los acuerdos adoptados en relación con la documentación examinada, se dejará constancia en el Acta que necesariamente deberá extenderse. 8.4. APERTURA DE OFERTAS

La apertura en sesión pública de las proposiciones económicas correspondientes a las ofertas admitidas en la calificación previa, se realizará en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la licitación, en la forma prevista en el artículo 83 del RGLCAP. En caso de aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor se estará a lo dispuesto en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo. 8.5. OFERTAS DESPROPORCIONADAS O ANORMALES Si en virtud de lo dispuesto en el artículo 85 del RGLCAP alguna de las proposiciones pudiera ser calificada como desproporcionada o anormal, la Mesa de Contratación tramitará el procedimiento previsto al efecto por el artículo 136.3 de la LCSP, y en vista de su resultado propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo, de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del mismo artículo. En este supuesto se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta. 8.6. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y ESTUDIO DE MUESTRAS, DOCUMENTACIÓN

TÉCNICA O REFERENCIAS

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Con anterioridad a la apertura de las proposiciones económicas, la Mesa procederá a abrir el sobre nº 2, documentación técnica, y a examinar las muestras, en su caso presentadas, para comprobar el cumplimiento de las prescripciones técnicas de las ofertas, pudiendo recabar del licitador la documentación adicional que se precise.

En caso de aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor se estará a lo dispuesto en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.

Estudiadas las ofertas, y aplicados los criterios de valoración establecidos en el Anexo correspondiente, la Mesa excluirá de la valoración y de la propuesta de adjudicación las ofertas que no cumplieran las prescripciones técnicas del suministro.

8.7. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

Atendiendo a la valoración resultante, la Mesa efectuará la propuesta de adjudicación provisional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 135 de la LCSP.

8.8 ADJUDICACIÓN PROVISIONAL El órgano de contratación acordará en un plazo máximo de dos meses por resolución motivada, la adjudicación provisional que se notificará a los candidatos y se publicará en el perfil de contratante del INIA http://www.inia.es/adjudicaciones así como en la Plataforma de Contratación del Estado http://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma Transcurridos dos meses desde la apertura de las proposiciones económicas sin haber recibido la notificación o haberse publicado la resolución de adjudicación, la empresa que lo desee podrá requerir por escrito, en cualquier momento, la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía provisional prestada. 8.9. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO

La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 15 días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que se publique en el perfil de contratante la adjudicación provisional.

9.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA

Además de la publicación del resultado en la forma y casos previstos en el artículo 138 de la LCSP, el órgano de contratación notificará, a la empresa o empresas que hayan presentado ofertas, la resolución de adjudicación definitiva, conforme se señala en el artículo 137 de la LCSP. La garantía provisional presentada por el adjudicatario quedará retenida hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, en cuyo momento será devuelta la garantía provisional. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva (artículo 91.5 de la LCSP). La garantía provisional será devuelta a los licitadores no adjudicatarios, inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato (artículo 91.4 de la LCSP)

10.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

10.1. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA

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En el plazo de quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional, el adjudicatario viene obligado a constituir una garantía definitiva, a disposición del órgano de contratación, por importe equivalente al 5% del importe de adjudicación (excluido el IVA), del lote o lotes adjudicados, en su caso, o del presupuesto base de licitación, cuando el precio, se determine en función de precios unitarios (artículo 75.5 de la LCSP). La forma de constituir esta garantía, los supuestos de los que responde, la manera de hacerla efectiva, su reposición y devolución se ajustarán a lo previsto en los artículos 83 a 90 de la LCSP. La garantía deberá constituirse, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 y 61 del RGLCAP y de acuerdo con los modelos establecidos en los anexos III a VI del citado Reglamento. Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, su precio experimente una variación, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP. 10.2. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA COMPLEMENTARIA

Cuando la adjudicación recaiga en una proposición que se considere desproporcionada o anormal, el importe de la garantía se incrementará un 5% del importe de adjudicación excluido el IVA, o del presupuesto base de licitación (excluido el IVA), cuando el precio se determine en función de precios unitarios. Se constituirá en la misma forma que la señalada en el punto anterior. 10.3 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario viene obligado a concurrir a la formalización del contrato dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva. A este acto aportará poder bastante otorgado por el adjudicatario cuando el representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica. Al documento administrativo se unirá como anexo la oferta y un ejemplar de los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas que serán firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario. Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato en el plazo señalado, la Administración, podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado. En este supuesto procederá la incautación de la garantía definitiva y en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato al amparo de los artículos 140 y 206 de la LCSP. 10.4. ABONO DE GASTOS DECLARADOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO

10.4.1. GASTOS DE ANUNCIO DE LA LICITACIÓN

Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que origine la publicación de los anuncios de la presente licitación, cuyo importe figura en el apartado 21 del Cuadro Resumen de este Pliego, y que serán descontados con el abono de la primera factura expedida por el contratista y recibida de conformidad por el órgano de contratación.

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El adjudicatario podrá requerir justificación del abono previamente efectuado por la Administración.

10.4.2. OTROS GASTOS

Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la realización y entrega del suministro, incluidos los de desplazamiento del personal de la Administración cuando el contratista solicite la recepción en distinto lugar del inicialmente previsto, y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación.

10.5. REALIZACIÓN DEL SUMINISTRO

10.5.1. ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO

El contratista procederá a la entrega del total o entregas parciales del suministro en el lugar establecido en el apartado 7 del Cuadro Resumen de este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, y en el plazo contemplado en el apartado 8 del Cuadro Resumen de este Pliego, contado a partir del día siguiente al de la firma del contrato. Las responsabilidades en la entrega y recepción del suministro serán las previstas para cada una de las partes en el artículo 268 de la LCSP. La entrega se entenderá hecha mediante acto positivo y formal de la Administración, declarando expresamente recibidos los bienes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 268 de la LCSP. En caso de entrega de bienes defectuosos la Administración podrá exigir, optativamente, la subsanación de los defectos observados o la realización de un nuevo suministro. En este último supuesto, y para garantizar la efectiva aportación del nuevo suministro, podrá retener hasta que éste se produzca y reciba de conformidad, los artículos defectuosos previamente entregados. Cuando las prescripciones técnicas de este pliego prevean la comprobación por muestreo de las entregas, la superación del porcentaje de artículos defectuosos que se establezca facultará a la Administración a rechazar la totalidad de la entrega. La primera ocasión en que se rechace una entrega podrá el adjudicatario solicitar de la Administración que se reinicie el cómputo del plazo para hacerla, antes de apreciar demora y proceder a la imposición de penalidades a que se refiere el apartado 10.6 de este pliego. Más allá del posible derecho moral de autor, el adjudicatario renunciará a los derechos de propiedad intelectual que pudieran existir, a favor del INIA.

10.5.2. EJECUCIÓN, MODIFICACIONES Y PRÓRROGA DEL CONTRATO

El contratista vendrá obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 196, 199 y 268 de la LCSP. Las modificaciones del contrato se regirán íntegramente por lo dispuesto en los artículos 202 y 272 de la LCSP. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de toda información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, o que por su propia

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naturaleza deba ser tratada como tal de, de conformidad con el artículo 124.2 de la LCSP. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. En el apartado 8 del Cuadro Resumen de este Pliego se hará constar la posibilidad o no de prórroga del contrato, así como su duración.

10.6. RESPONSABILIDAD POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN

La demora en la ejecución dará lugar a la imposición de unas penalidades diarias en la proporción de 0,50 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato y eventual resolución del contrato, en los términos previstos en los artículos 196 Y 197 de la LCSP. La demora se establecerá, con los efectos previstos en el párrafo anterior, por el retraso en la entrega respecto al plazo único previsto para el suministro íntegro del objeto del contrato o para las entregas parciales. El plazo computable será el previsto en el pliego o el más reducido que hubiera ofertado el adjudicatario. 10.7. GARANTÍA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS

Se establece como plazo de garantía el contemplado en el apartado 19 del Cuadro Resumen de estos Pliegos, o el superior que el adjudicatario hubiera ofertado, a contar desde la entrega y recepción de los distintos bienes, con el alcance y condiciones regulados en los artículos 205.3 y 274 de la LCSP. Sin perjuicio de las peculiaridades que el pliego de prescripciones técnicas establezca al respecto, la garantía ampara la reparación o reposición de los artículos comprobados como defectuosos en un régimen de normal utilización, sobre los que la Administración hubiera informado al contratista antes de la expiración del plazo de garantía. Serán por cuenta del contratista todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición de los artículos defectuosos, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del adjudicatario. La declaración de responsabilidad por vicios ocultos podrá ser tenida en cuenta, como factor negativo, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de expedientes de suministros, que deban adjudicarse en el plazo de cinco años, a contar desde la declaración de aquélla.

11.- OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN

11.1. ABONO DEL PRECIO Y PAGOS A CUENTA

La Administración viene obligada al abono de los bienes efectivamente suministrados y recibidos, con arreglo al precio convenido. La factura deberá incluir todas las menciones legalmente obligatorias. Los plazos previstos en el artículo 200 de la LCSP se computarán a partir de la entrega por el contratista de la respectiva factura. El precio se abonará íntegramente en dinero. Si así se establece en el apartado 18 del Cuadro Resumen de este Pliego, el adjudicatario tendrá derecho a percibir abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias que se

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indiquen, debiéndose asegurar el referido pago mediante la prestación de garantía. Los abonos a cuenta se liquidarán en el momento de la extinción del contrato. 11.2. REVISIÓN DE PRECIOS

Salvo que en el apartado 22 del Cuadro Resumen de este Pliego se indique expresamente su improcedencia, los precios resultantes de la adjudicación serán revisables a partir del momento en que se haya ejecutado el contrato en el 20% de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, abonándose al contratista el importe de la revisión de precios que resulte de aplicar el índice o fórmula establecidos en el citado apartado, conforme a lo dispuesto en los artículos 77 a 82 de la LCSP y concordantes del RGLCAP. Si la revisión se efectúa aplicando como referencia el Índice de Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, la revisión no podrá superar el 85% de la variación experimentada por el índice adoptado. 11.3. RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO

La Administración viene obligada a la recepción del suministro y de las entregas parciales del mismo, efectuadas de acuerdo con las previsiones de este pliego, en la forma prevista en el apartado 24 del Cuadro Resumen de este Pliego, sin que en ningún caso se puedan derivar para la Administración obligaciones que supongan anticipación de las anualidades previstas para el contrato.

El incumplimiento de la obligación de recibir los bienes por plazo superior a seis meses desde el momento en que se cumpla la obligación de entrega por el contratista, se considerará como suspensión del contrato por causa imputable a la Administración, a los efectos previstos en el artículo 275 a) de la LCSP 11.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS

Las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a la misma, serán devueltas de oficio por la Administración de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 de la LCSP y artículo 65 del RGLCAP. Las eventuales recepciones parciales no facultarán al contratista para solicitar el reintegro, o cancelación proporcional de la garantía definitiva o, en su caso, de la complementaria. 12.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

Durante la vigencia del contrato la Administración ostentará respecto al mismo las prerrogativas de interpretación, dirección, modificación y resolución, previstas en los artículos 194, 195 y 272 de la LCSP. La facultad de dirección e inspección será ejercida, previa comunicación e identificación ante el contratista, por los servicios técnicos propios de la Administración o los expresamente concertados al efecto. La Inspección podrá tener por objeto las condiciones técnicas de ejecución del suministro, los requisitos para concurrir a su adjudicación, las obligaciones asumidas por el contratista en cuanto a su ejecución o la justificación de los abonos a cuenta percibidos o propuestos por el contratista. El contratista podrá requerir la identificación documental de quienes deban ejercer esta facultad de inspección y la entrega de las instrucciones escritas del órgano de contratación.

13.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

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El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 206 de la LCSP y por las específicamente indicadas para el contrato de suministros en el artículo 275 de la citada Ley.

La suspensión del inicio del suministro por causa imputable a la Administración y el desistimiento o suspensión por la misma, serán causa de resolución por el transcurso de los plazos previstos en el artículo 275 de la LCSP y con los efectos previstos en el artículo 276 de la LCSP. El contratista tendrá obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.

Al amparo de los apartados g) y h) del artículo 206 de la LCSP, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes: a) PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LA

ADMINISTRACIÓN b) INCUMPLIMIENTO REITERADO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL

SUMINISTRO

La Administración podrá resolver el contrato por incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del suministro, en cuanto a características de los bienes o condiciones de entrega. La apreciación de la reiteración requerirá la previa advertencia escrita al contratista. Se asimila al supuesto anterior la falta de concordancia de los bienes suministrados, salvo previa conformidad escrita del órgano de contratación, con las muestras, documentación técnica o referencias aportadas en la oferta.

c) OBSTRUCCIÓN A LAS FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA

ADMINISTRACIÓN

Se considerará igualmente justa causa de resolución del contrato por incumplimiento del contratista la reiterada obstrucción o falta de colaboración para hacer efectivas las facultades de dirección e inspección reconocidas a la Administración en el presente pliego, previamente advertida por escrito.

d) COMPROBACIÓN DE INCLUSIÓN INDEBIDA DE ARTÍCULOS EN LAS FACTURACIONES

Será causa de resolución la inclusión en las facturas presentadas a la Administración por el contratista, correspondientes a entregas parciales, de artículos o unidades no incluidas en la entrega y recepción, por importe igual o superior al 1% del presupuesto de adjudicación. En el supuesto a que se refiere este apartado la Administración se abstendrá de cualquier pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.

e) EN CONTRATOS PLURIANUALES DE SUMINISTROS, DEJAR DE ENCONTRARSE AL

CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EL CONTRATISTA.

En contratos cuya duración comprenda más de una anualidad, el contratista deberá presentar con la primera factura correspondiente al primer periodo de cada una de las anualidades

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sucesivas, el certificado señalado en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, General Tributaria, de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Administración Tributaria en los últimos 12 meses contados desde la fecha de la factura. La no presentación de dicho certificado en el momento indicado en el apartado anterior, facultará a la Administración para resolver el contrato por incumpliendo del contratista de sus obligaciones contractuales.

14.- RÉGIMEN DE RECURSOS

Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la LCSP, serán susceptible de recurso especial en materia de contratación, los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que estos últimos incidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos que se adopten en los procedimientos de adjudicación de contratos sujetos a regulación armonizada, incluidos los contratos subvencionados. El recurso se sustanciará según las reglas establecidas en el mencionado artículo 37 de la LCSP y contra su resolución sobre procederá la interposición de recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente pliego ha sido informado como

pliego-tipo de cláusulas administrativas particulares a regir en los contratos de suministros a tramitar por el procedimiento abierto, por la Abogacía del Estado en el Ministerio de Ciencia e Innovación, con fecha 1 de febrero de 2010, y que el mismo ha sido aprobado por el Presidente del INIA, por Resolución de fecha 13 de mayo de 2010.

EL JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y GESTIÓN FINANCIERA

Firmado: POR EL ADJUDICATARIO Fecha: Firmado: (1) D.N.I.: (2)

1 Se incluirá nombre y apellidos del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato. 2 Se incluirá el número del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente del adjudicatario o de su representante en la

firma del contrato.

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ANEXO 1

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1, SEGÚN LOS CASOS

Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar

1.- DNI del empresario individual. 2.- Escritura de constitución o modificación inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando

este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

3.- Documento equivalente a DNI o pasaporte. 4.- Documento de constitución. 5.- Acreditación de inscripción en el Registro o certificación prevista para el país respectivo en el

Cuadro Resumen del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. 6.- Certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se

haga constar que figuran inscritas en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.

7.- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración, señaladas en el artículo 49, en la forma prevista en el artículo 62, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, conforme al artículo 130 c), en todos los casos, de la LCSP, según Anexo 3 de estos Pliegos.

8.- Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero. 9.- Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato. 10.- Informe de la Embajada española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre

Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 11.- Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Mercantil. 12.- Tarjeta de Identidad Fiscal.

Documentación acreditativa de la representación 13.- DNI. , documento equivalente al DNI, o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la

proposición no sea presentada por el propio empresario individual. 14.- DNI., documento equivalente al DNI o pasaporte del firmante de la proposición. 15.- Poder bastante del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio

empresario individual. 16.- Poder bastante del firmante de la proposición. 17.-Certificación acreditativa de la subsistencia de inscripción en el Registro Mercantil, del

apoderamiento de Administradores o Apoderados generales de la Sociedad. 18.- Identificación de sucursal abierta en España.

Documentación acreditativa de la clasificación 19.- Certificado de clasificación, suficiente y en vigor, expedido por la Junta Consultiva de

Contratación Administrativa. 20.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Comunidad Europea a favor de

empresas de su país o declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los

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tres últimos años y relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las cuales, al menos tres, de importe igual o superior al presupuesto de licitación.

21.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Comunidad Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la cual se incorporarán los correspondientes certificados sobre dichos suministros o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.

22.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Comunidad Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.

Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica

23.- Informe favorable de institución financiera. 24.- Justificante de seguro de indemnización por riesgos profesionales. 25.- Últimas cuentas anuales aprobadas por los órganos societarios correspondientes, con la

acreditación de su presentación en el Registro Mercantil, o extracto de las mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar como medio alternativo de acreditación los libros de contabilidad debidamente legalizados.

26.- Declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos ejercicios. Al menos igual al importe del contrato.

27.- Cualquier otro documento considerado suficiente por la Administración. 28.- Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución

del director de obra, indicando importe, fechas y lugar de ejecución y que se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron a buen término, de las que, al menos, tres serán de importe igual o superior al presupuesto de licitación.

29.- Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.

30.- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, adecuados al objeto del contrato.

31.- Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

32.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

33.- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

34.- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Al menos uno de ellos será de importe igual ó superior al presupuesto de licitación.

35.- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.

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36.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.

37.- Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.

38.- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.

39.- Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas. Al menos uno de ellos será de importe igual ó superior al presupuesto de licitación.

40.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

41.- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.

42.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.

43.- Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.

44.- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, adecuadas al objeto del contrato.

45.- En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

46.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

47.- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

48.- Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.

Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional 49.-De conformidad con lo establecido en el artículo 91 de la LCSP, en los contratos en los que el

órgano de contratación opte por exigir garantía, esta se constituirá por importe del 3% del presupuesto de licitación, excluido IVA establecido en el apartado 1.4.1., en cualquiera de las formas previstas en los artículos 84 y 91 de la LCSP, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 del RGLCAP y de acuerdo con los modelos establecidos en los Anexos III al

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VI del citado Reglamento y en todo caso a disposición del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.- Q2821013F

En caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.

Documentación acreditativa de unión de empresarios

50.- Declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indique

el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión de empresarios y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.

Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social

51.- Certificado de permanencia de alta en el IAE expedido por la Agencia Tributaria en el

epígrafe o epígrafes correspondientes 52.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Administración Tributaria,

establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

53.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Documentación acreditativa de los requisitos evaluables en caso de empate entre dos o

más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación 54. Declaración responsable sobre el número de trabajadores con discapacidad, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1, del pliego. 55. Justificantes que acrediten el número de trabajadores con discapacidad, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1, del pliego.

Documentación acreditativa. Seguro de Responsabilidad Civil 56.- Compromiso de contratar un seguro de Responsabilidad Civil. En este documento se hará constar el importe y los riesgos que cubrirá el seguro de responsabilidad civil que oferta. 57.- Compromiso de contratar un seguro de Responsabilidad Civil.

El contratista responderá, así mismo de los daños y perjuicios que durante la ejecución o

explotación de las obras se causen tanto a la Administración como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya incurrido que le sean imputables. Aportará un compromiso de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil para garantizar las consecuencias económicas de la Responsabilidad Civil, derivada de la Normativa legal vigente, que pueda atribuirse directamente o subsidiariamente al asegurado, por daños y perjuicios corporales, materiales o consecuencias causados a terceros con motivo o a consecuencia de la

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realización de las obras, incluyendo con carácter general todos los trabajos de suyo propios y necesarios para su terminación. Cubrirá las garantías correspondientes a Responsabilidad Civil General, Responsabilidad Civil profesional y Responsabilidad cruzada.

Por lo tanto el Adjudicatario del presente contrato vendrá obligado a suscribir a su costa con carácter general, incluido el periodo de garantía de la obra, un Seguro de Responsabilidad Civil.

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ANEXO 2

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE Expediente Nº (3) Contratación de (4) Presupuesto de licitación: (5) Órgano de Contratación: INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA. Convocatoria publicada en BOE (6):

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE DE LA PROPOSICIÓN Y DEL LICITADOR D/Dª __________________________________ DNI o equivalente ____________, como (7) ______________________ de Razón Social del licitador _____________________ NIF del licitador: ____________ Domicilio del licitador: ______________Teléfono: ________ FAX _______ y correo electrónico ____________

PROPOSICIÓN ECONÓMICA El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete a la ejecución

del contrato con una baja sobre el presupuesto de licitación del , % por el importe de ____________ euros (letra y número), más la cantidad de __________ (en letra y número), correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (o impuesto equivalente.

En el precio ofertado se consideran y aceptan como incluidos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como cualquier otro tributo o gasto que se derive de la ejecución del contrato y que no figure excluido expresamente en el pliego de cláusulas administrativas particulares, plenamente aceptado por la mera presentación de esta oferta.

En el supuesto de Empresas no residentes se detallará el carácter de comunitario ó de terceros países.

En a de de 20__. Firmado

- Precio SIN IVA (con un máximo de 2 decimales) ...................................... Euros

- Importe del IVA ú otros aplicables según la legislación vigente,

en partida independiente (art. 129.5 de la LCSP) ................................... Euros

- Otras circunstancias económicas (Incluir anexo 2.bis) ................................. Euros

- Total importe IVA incluido .................................................................... Euros

3 Se incluirá el número reflejado en el Apartado 2 del Cuadro Resumen del presente Pliego. 4 Se incluirá un extracto del objeto reflejado en el Apartado 3 del Cuadro Resumen . 5 Se incluirá la cifra reflejada en el apartado 9.a) del Cuadro Resumen de este pliego. 6 Se incluirá el número y la fecha de su publicación. 7 A cumplimentar por el licitador: "Apoderado, Gerente o Administrador". Si el licitante actúa en su propio nombre, dejará en blanco

este apartado.

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ANEXO 2 BIS

VESTUARIO PRECIO SIN IVA PRECIO CON IVA BATAS PIJAMAS ZUECOS CERRADOS BOTAS TIPO CHIRUKAS BOTAS DE CUERO BOTAS DE AGUA JERSEY CHUBASQUERO/IMPERMEABLE 2 PIEZAS

ANORAK FORRO POLAR POLO DE MANGA CORTA POLO DE MANGA LARGA MONOS (1 pieza o 2 piezas) PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO CALCETINES DE INVIERNO CALCETINES DE VERANO GUANTES DE TRABAJO CAMISETAS CHANDALS TOALLAS

FECHA Y FIRMA DEL PROPONENTE

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35/43

A N E X O 3

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA EN NINGUNA DE LAS

PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 49 DE LA LCSP.

D/Dª _______________________________________________________________________,

DNI/Pasaporte número __________________con domicilio en C/

_________________________________ número _____ , como 8 _________ de la empresa

_____________________________________ N.I.F. o documento que los sustituya

____________________ (cumplimentar en caso de actuar en representación de una empresa)

con domicilio en _____________________ calle ____________________________ número

_____________.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Que ni en la persona física/jurídica a la que represento, ni en ninguno de sus administradores y apoderados concurre alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos descritos en el artículo 74 del R.D. 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión de Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de aplicación de los tributos, y artículo 13 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, respectivamente. Y para que así conste a efectos de lo dispuesto en el artículo 130.1.c de la LCSP, expido y firmo

la presente declaración en __________, a ____ de ____________ de 20__. 9

8 Apoderado, Gerente o Administrador, etc. Si el licitante actúa en su propio nombre, se hará constar en este apartado. 9 La fecha deberá estar comprendida entre la de publicación de la convocatoria en el BOE y la del límite de presentación de la

proposición.

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Pliego Tipo Procedimiento abierto SUMINISTROS PA 10/185 37/43

EXPEDIENTE: PA 10/185

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS A REGIR EN LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA DOTACION DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL INIA.

1.- OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tiene por objeto recoger las condiciones técnicas por las que se ha de regir la contratación del suministro para los años 2010 y 2011 de la ropa de trabajo para el personal que presta sus servicios en el Organismo. 2.- RELACION DE PRENDAS El número de prendas que son objeto de contrato, en virtud de la selección de tipos regulada por el presente pliego es el siguiente:

VESTUARIO CANTIDAD

AÑO 2010 CANTIDAD PREVISION

AÑO 2011

BATAS 485 494 PIJAMAS 228 225 ZUECOS CERRADOS 265 275 BOTAS TIPO CHIRUKAS 218 210 BOTAS DE CUERO 185 40 BOTAS DE AGUA 133 10 JERSEY 214 210 CHUBASQUERO 210 30 ANORAK 223 30 FORRO POLAR 35 40 POLO DE MANGA CORTA 524 500 POLO DE MANGA LARGA 512 500 MONOS (1 pieza o 2 piezas) 150 150 PANTALÓN DE TRABAJO DE INVIERNO

227 220

PANTALÓN DE TRABAJO DE VERANO 451 425 CALCETINES DE INVIERNO 490 470 CALCETINES DE VERANO 512 480 GUANTES DE TRABAJO 236 235 CAMISETAS 18 18 CHANDALS 18 18 TOALLAS 430 420

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3.- CARACTERISTICAS DE LAS PRENDAS Las prendas deberán reunir las características de calidad mínimas y diseño, que se especifican a continuación. BATAS. Modelo masculino (Normal o tipo pijama a elección del interesado) TEJIDO: Algodón: 40% ± 10% Poliéster: 60% ± 10% DISEÑO: Bata. Cuello de solapa, cierre mediante fila de botones en lado derecho y ojales en el

izquierdo. Bocamanga con puño y botón. Dos bolsillos de parche laterales y uno en la parte superior izquierda.

Tipo pijama. Camisa pico con bolsillo en lado superior izquierdo, manga corta. Pantalón recto sin vueltas, cintura elástica, dos bolsillos laterales interiores.

COLOR: Blanco.

BATAS. Modelo femenino (Normal o tipo pijama a elección del interesado) TEJIDO: Algodón: 40% ± 10% Poliéster: 60% ± 10% DISEÑO: Bata. Cuello de solapa, cierre mediante fila de botones en lado izquierdo y ojales en

el derecho. Bocamanga con puño y botón. Dos bolsillos de parche laterales y uno en la parte superior izquierda.

Tipo pijama. Camisa pico con bolsillo en lado superior izquierdo, manga corta. Pantalón recto sin vueltas, cintura elástica, dos bolsillos laterales interiores.

COLOR: Blanco. ZUECOS CERRADOS DISEÑO: Zueco cerrado en la parte trasera, fabricado en piel, no poroso, con suela de material

antideslizante, horma normal, cierre tipo velcro. COLOR: Blanco. BOTAS TIPO “CHIRUKA” DISEÑO: Deberá ser de media altura para que proteja convenientemente el tobillo. Forrada.

Abrochada con cordones. El material de la suela y el tacón será antideslizante, pegado y/o cosido.

COLOR: Indiferente. BOTAS DE CUERO DISEÑO: Fabricada en cuero. Deberá ser de media altura para que proteja convenientemente

el tobillo. Forrada. Abrochada con cordones. El material de la suela y el tacón será antideslizante, pegado y/o cosido.

COLOR: Negra.

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Pliego Tipo Procedimiento abierto SUMINISTROS PA 10/185 39/43

BOTAS DE AGUA DISEÑO: Fabricada en material no rígido que impida totalmente el paso del agua. Con caña

larga. El material de la suela y el tacón será antideslizante, pegado y/o cosido. COLOR: Verde. JERSEY TEJIDO: Lana 30% ± 10% Acrílico 70% ± 10%. DISEÑO: Fabricada en tejido de punto liso, sin bolsillos, cuello pico o abierto con cremallera,

con tejido elástico en puños y refuerzos en hombros y codos. COLOR: Azul marino. CHUBASQUERO/CONJUNTO IMPERMEABLE DE DOS PIEZAS TEJIDO: PVC-Poliéster-PVC-revestido DISEÑO: Fabricado con material no rígido que impida totalmente el paso del agua. Compuesto

de chaqueta con capucha y pantalón con elástico en la cintura. COLOR: Verde. ANORAK DISEÑO: Prenda de abrigo abierta por delante, con interior forrado y exterior fabricado en

tejidos impermeables. Puños y cintura ajustables. La parte frontal se cerrará con cremallera. Llevará capucha para la lluevia.

COLOR: Azul marino. FORRO POLAR TEJIDO: Poliéster 100% DISEÑO: Puños ajustables. La parte frontal se cerrará mediante cremallera. COLOR: Azul marino.

POLO MANGA CORTA. TEJIDO: Algodón 100% DISEÑO: Polo manga corta, piqué/granito, mínimo 180gr/m2, cierre con botones, 1 bolsillo. COLOR: Azul marino. POLO MANGA LARGA. TEJIDO: Algodón 100%

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DISEÑO: Polo manga larga, piqué/granito, mínimo 200gr/m2, cierre con botones, 1 bolsillo. COLOR: Azul marino. MONO (de una o dos piezas a elección del interesado/a) TEJIDO: Algodón: 40%±10%

Poliéster: 60%±10% DISEÑO: Una pieza. Cuello con solapa, cierre de cremallera, dos bolsillos superiores de parche.

Bocamanga con dobladillo, con o sin botones. Espalda de una pieza. Pantalón recto con dos bolsillos laterales y uno/dos bolsillos traseros.

Dos piezas. Chaquetilla corta, cuello con solapa, cierre con botones o cremallera, dos bolsillos superiores de parche. Bocamanga con dobladillo, con o sin botones. Espalda de una pieza. Pantalón recto sin vueltas. Cintura con elástico en los costados y/o con trabillas, cierre con botón delantero. Cremallera de nylon. Dos bolsillos laterales y uno/dos bolsillos traseros.

COLOR: Azul marino. PANTALÓN DE TRABAJO. VERANO TEJIDO: Algodón: 60% ± 10% Poliéster: 40% ± 10% DISEÑO: Pantalón recto sin vueltas. Cintura con trabillas, abrochada con botón. Portañuela

abrochada con botón y cremallera de nylon. Dos bolsillos laterales interiores. Bolsillo trasero con botón.

COLOR: Azul marino.

PANTALÓN DE TRABAJO. INVIERNO

TEJIDO: Algodón: 80%±10%

Poliéster: 20%±10% DISEÑO: Pantalón de pana, recto sin vueltas. Cintura con trabillas, abrochada con botón.

Portañuela abrochada con botón y cremallera de nylon. Dos bolsillos laterales interiores. Bolsillo trasero con botón.

COLOR: Azul marino. CALCETINES DE INVIERNO TEJIDO: Acrílico: 45% ± 10% Lana: 25% ± 10% Poliamida: 30% ± 10% COLOR: Negro.

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Pliego Tipo Procedimiento abierto SUMINISTROS PA 10/185 41/43

CALCETINES DE VERANO

TEJIDO:Acrílico/Poliamida: 50% ± 20% Algodón: 50 ± 20% COLOR: Negro. GUANTES DE TRABAJO TEJIDO: Acrílico/poliéster/algodón DISEÑO: Guante en punto de algodón/acrílico/poliéster sin costura, con antideslizante contínuo

tipo látex en la zona de la palma de la mano. COLOR: Indiferente. NORMATIVA: EN 388 / EN 420 CAMISETAS TEJIDO: Algodón: 100% DISEÑO: Camiseta en algodón de manga corta. COLOR: Blanco. ETIQUETA: Etiqueta de composición/conservación. Etiqueta de talla. CHANDALS TEJIDO: Algodón: 30% ± 20% Poliéster: 70% ± 20% DISEÑO: Sudadera con cremallera (sin elásticos en puños) y pantalón con elástico en cintura y

sin elásticos en tobillos. COLOR: Azul marino. TOALLAS TEJIDO: Algodón 100% DISEÑO: Toalla de rizo de aproximadamente 50 cm x 100 cm., con mínimo de 300 gr/m2 COLOR: Azul. ETIQUETA: Etiqueta de composición/conservación. Etiqueta de talla.

----------------- Todas las prendas deberán poseer certificación CE y llevar etiqueta de composición/conservación y etiqueta de talla.

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Las siguientes prendas deberán llevar el logotipo del Organismo serigrafiado:

Bata Pijama Polo manga corta Polo manga larga Forro polar Anorak Chubasquero

4.- PRESENTACION DE MUESTRAS A las propuestas para participar en el concurso, además de cumplir los requisitos establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, deberán unirse unas muestras de las prendas objeto de la oferta. Las muestras se presentarán en el Servicio de Régimen Interior (Ctra. de la Coruña, km. 7,500) todos los días laborables, excepto sábados, en horario de 9 a 14 horas, durante el plazo fijado para la admisión de proposiciones. A las mismas se unirá una relación detallada de cada muestra, con sus características, composición y conservación, identificadas con la empresa licitadora. Una vez realizada la adjudicación definitiva del suministro, los contratistas que no resulten adjudicatarios podrán retirar las muestras presentadas en el plazo de un mes. Si transcurrido este plazo no hubieran sido retiradas por estos, se entiende que renuncia a su recuperación, pudiendo el INIA disponer de ellas en la forma que estime conveniente, sin que pueda reclamarse compensación alguna por ello. Las prendas presentadas por el contratista que resulte adjudicatario quedarán depositadas para servir de referencia a la Administración. Se presentarán, al menos, las siguientes muestras:

* Muestra de la bata normal modelo femenino. * Muestra de la bata tipo pijama modelo masculino.

* Muestra de los zuecos. * Muestra de las botas tipo chiruka. * Muestra de las botas de cuero. * Muestra de las botas de agua.

* Muestra del jersey. * Muestra del chubasquero. * Muestra del anorak.

* Muestra del forro polar. * Muestra del polo de manga larga. * Muestra del mono de 1 pieza. * Muestra del pantalón de invierno.

* Muestra del pantalón de verano. * Muestra de los guantes de trabajo. * Muestra del chándal.

(No será necesario que las muestras de las prendas vengan grabadas con el logotipo del Organismo)

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Pliego Tipo Procedimiento abierto SUMINISTROS PA 10/185 43/43

Tanto los modelos como las calidades ofertadas a través de las muestras, serán obligatorias para el adjudicatario, de tal forma que la administración podrá exigir la confección de cualquier prenda con arreglo a los modelos, calidades o tejidos presentados como muestras. 5.- MODIFICACION DE CLAUSULAS Podrán admitirse ofertas que mejoren las características de calidad fijadas en este pliego, o que recojan prestaciones complementarias no expresadas en el mismo. 6.- ENTREGA DEL SUMINISTRO

Se entregará al adjudicatario fichas individualizadas en las que figure el nombre y apellidos, relación de prendas con sus tallas correspondientes y departamento al que pertenecen, debiendo remitir a la Sede Central paquetes personalizados. Aproximadamente 50 lotes deberán remitirse al personal cuyo centro de trabajo está fuera de la Comunidad de Madrid (Murcia, Sevilla, Soria y Valencia).

Para el personal que solo le corresponda batas/pijamas y zuecos, se entregará a la empresa adjudicataria listados de tallas, agrupados por departamentos.

La empresa adjudicataria garantizará que las prendas así entregadas se correspondan con los modelos y calidades ofertados según las muestras presentadas, no pudiendo cambiar ni alterar estos bajo ningún concepto, todo ello con independencia de las comprobaciones que la administración pueda efectuar del suministro realizado, pudiendo utilizar en todo momento los procedimientos que estime convenientes para el análisis de las características o calidades exigidas en el presente pliego. Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de las pruebas efectuadas si del resultado de los análisis se desprende el incumplimiento de los requisitos mínimos exigidos, independientemente de las responsabilidades a que este hecho diera lugar.

EL JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y GESTIÓN FINANCIERA

Firmado: POR EL ADJUDICATARIO Fecha: Firmado: (10) D.N.I.: (11)

10 Se incluirá nombre y apellidos del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato. 11 Se incluirá el número del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente del adjudicatario o de su representante en la

firma del contrato.