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BOLETN de la ACADEMIA CHILENA DE LA HISTORIAAO LXXV JULIO-DICIEMBRE 2009 Director: HORACIO ARNGUIZ Comisin Editora: HORACIO ARNGUIZ DONOSO, JOS MIGUEL BARROS FRANCO, RICARDO COUYOUMDJIAN BERGAMALI, LUIS L IRA M ONTT, SERGIO MARTNEZ B AEZA, REN MILLAR CARVACHO , FERNANDO SILVA VARGAS, ISIDORO VZQUEZ DE ACUA, JOAQUN FERMANDOIS HUERTA. Consejo Editorial: JOS AGUSTN DE LA PUENTE CANDAMO (Pontificia Universidad Catlica del Per); GABRIEL GUARDA GEYWITZ, O.S.B. (Academia Chilena de la Historia); RICARDO KREBS WILCKENS (Prof. Em. Pontificia Universidad Catlica de Chile); MATEO MARTINIC BEROS (Universidad de Magallanes); H ORST P IETSCHMANN (Universidad de Hamburgo); L UIS S UREZ FERNNDEZ (Universidad Autnoma de Madrid); VCTOR TAU ANZOTEGUI (Universidad de Buenos Aires); GISELA VON WOBESER (Universidad Nacional Autnoma de Mxico); CARMEN MC EVOY (South Sewanee University, Estados Unidos de Norteamrica); JEAN PIERRE DEDIEU (Centre Nacional de la Recherche Scientifique, Francia); WILLIAM SATER (Universidad Estatal de California, Estados Unidos de Norteamrica); FELICIANO BARRIOS PINTADO (Universidad de Castilla La Mancha, Espaa). Cdigo Internacional: ISSN 0716-5439 ACADEMIA CHILENA DE LA HISTORIA Almirante Montt 454 Clasificador 245, Correo Central, Santiago de Chile Correo electrnico: [email protected] www.institutodechile.cl/historia No 118 - VOL. II

ESTUDIOS

BOLETN DE LA A SIGLO HILENA CUESTIN DE LMITES CHILENO-ARGENTINA A FINES DEL CADEMIA CXIX DE LA HISTORIA Ao LXXV - No 118 - 2009 - 239-344 ISSN 0716-5439

CUESTIN DE LMITES CHILENO-ARGENTINA A FINES DEL SIGLO XIX: UN MANUSCRITO INDITO DE DIEGO BARROS ARANA

por Jos Miguel Barros*

RESUMENA finales del siglo XIX, Diego Barros Arana, el mayor historiador de Chile, estuvo estrechamente vinculado a las cuestiones de lmites chileno-argentina, desempendose como Perito en la comisin de lmites creada por ambos pases. Algunos aos despus de renunciar a ese cargo, escribi una exposicin acerca de la materia, la cual se ha mantenido indita. El presente trabajo contiene una trascripcin del manuscrito original. Palabras clave: Argentina, Chile, tratado de lmites de 1881, cuestiones de lmites, Presidente Errzuriz Echaurren, Diego Barros Arana, Francisco Moreno.

ABSTRACTBy the end of the XIXth. Century, Diego Barros Arana, the foremost Chilean historian, played an important role in the Chilean-Argentine boundary problems, acting as Expert for Chile in the Boundaries Commission appointed by both countries. A few years after resigning to the post of Expert, he wrote about this matter an exposition that has remained unpublished. The present paper provides a transcription of the original manuscript. Key words: Argentina, Chile, 1881 Boundary Treaty, Boundary problemas, President Errzuriz Echaurren, Diego Barros Arana, Francisco Moreno.

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Presidente de la Academia Chilena de la Historia. Correo electrnico: [email protected]

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JOS MIGUEL BARROS

rase una vez un rey con reputacin de ladino y manipulador amo de un reino en que circulaban cortesanos obsecuentes, asesores annimos y contradictores ocultos. Frente a l, se alzaba un mago sabio e intransigente que, aunque en teora estaba subordinado al rey, se opona a l, sacando fuerzas de una fuente de la verdad que el monarca se empeaba en enturbiar. El mago tena colaboradores fieles, amigos dentro de la Corte e informantes secretos que da a da le revelaban las maniobras del soberano. Esta confrontacin entre el rey y el mago se prolong por varios aos; pero, andando el tiempo y cuando ambos haban fallecido, aparecieron en el reino unos personajes dotados de la facultad (auto-otorgada) de recrear el pasado. Gracias a sus plumas mgicas, el rey se convirti en grande y magnnimo; y el mago se transform en pequeo y prfido. Y los nios del reino que haban odo de otro pasado quedaron perplejos al enterarse de esta nueva versin de las cosas. Ms tarde, los personajes y los hechos volvieron a describirse en otra forma, por obra de diversas plumas no menos mgicas, que se empearon en desentrear la verdad, que yaca sepultada bajo mamotretos y panfletos de ocasin Y as ocurri alternativamente en ese reino, una y otra vez, hasta el fin de los tiempos

INTRODUCCIN Para comprender mejor el alcance del documento que damos a conocer, parece til recordar ciertos hechos principales. El tratado transaccional que puso trmino jurdico a la prolongada discusin sobre los lmites entre Chile y la Repblica Argentina se firm en Buenos Aires el 23 de julio de 1881. Siete aos ms tarde, el 20 de agosto de 1888, se suscribi en Santiago una convencin cuyo objeto era dar cumplimiento a lo dispuesto en aquel tratado respecto de la demarcacin de los lmites convenidos entre ambos pases. Para ello, en dicha convencin se dispuso la designacin de Peritos que ejecutaren en el terreno la demarcacin de las lneas divisorias acordadas; asimismo, se conformaron comisiones que cooperaren en dicha tarea. Conforme a ello, el 13 de enero de 1890, se nombr a don Diego Barros Arana para que con el carcter de Perito procediera, de acuerdo con su colega argentino, en llevar adelante la demarcacin limitnea. Por parte de la Repbli-

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ca Argentina, desempearon sucesivamente anlogas funciones los seores Octavio Pico, Valentn Virasoro, Norberto Quirno Costa y Francisco P. Moreno. Los trabajos que comenzaron en abril de 1890 concluyeron en septiembre de 1898, con la presentacin de la lnea fronteriza general basada en los puntos que, en opinin de los Peritos de Chile y Argentina, constituan el lmite. Asimismo, quedaban precisadas las divergencias entre los Peritos acerca de algunos sectores de los lmites1. Hacia el final de este proceso, las discrepancias entre el Presidente Errzuriz y el Perito chileno se haban hecho irreconciliables: el 12 de septiembre de 1898 Barros Arana present la renuncia a ese cargo, la cual fue aceptada de inmediato. Ya liberado de las trabas que le impona el cargo, don Diego hizo ms visibles sus crticas al Presidente de la Repblica. Este ltimo falleci el 12 de julio de 1901 y, cinco meses ms tarde, apareci en la prensa santiaguina un extenso artculo del ex Perito en el cual se acusaba a Errzuriz Echaurren de haber negociado secretamente sobre la Puna, a espaldas del Perito y del Canciller, convinindose una solucin que resultara contraria al inters nacional. Expresaba all Barros Arana: debo consignar el hecho claro y bien definido de que el 5 de septiembre de 1898 qued convenida la entrega de la Puna de Atacama entre el Presidente Errzuriz y el Perito Moreno2. Amn de lo anterior, Barros Arana aport diversos y valiosos servicios a la defensa de los intereses chilenos en el diferendo limtrofe con Argentina que se someti al fallo de Su Majestad Britnica. Adems, reanud sus tareas docentes e histricas, como lo demuestra la abundante bibliografa que produjo en los aos iniciales del siglo pasado. Mucho se ha especulado acerca de la posibilidad de que, asimismo, don Diego haya escrito paralelamente unas Memorias. Alejandro Fuenzalida Grandn, un catedrtico que tuvo estrecho contacto con don Diego en sus ltimos aos, asevera que tales Memorias existieron e insina que pudo destruirlas uno de sus ejecutores testamentarios3. En todo caso, el hecho es que, dentro de una cronologa que no hemos logrado precisar mayormente, el historiador escribi una Exposicin en que narraba detalladamente los episodios ms importantes de su desempeo como Perito y sus desencuentros con el Presidente Errzuriz.1 2

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Luis Barros Borgoo, Misin en el Plata 1876-1878. Prensas de la Universidad de Chile, 1936. Diego Barros Arana, La verdad sobre la entrega de la Puna de Atacama, en el influyente diario santiaguino La Ley, el 22 de enero de 1902. Alejandro Fuenzalida Grandn, Barros Arana y su poca. En Anales de la Universidad de Chile Nos. 109-110, 1958, 90-110.

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Este es el documento que hoy damos a conocer. Es de puo y letra de su autor y lleva, al final, la firma de ste. Segn los antecedentes disponibles, se mantuvo en poder de descendientes del historiador hasta la segunda mitad del pasado siglo, ingresando a los archivos de la Cancillera, gracias a una donacin, mientras se desarrollaba el arbitraje relativo al diferendo sobre el Canal Beagle.

MATERIALIDAD

Y DATACIN DEL DOCUMENTO

El manuscrito carece de ttulo y se halla en 147 pginas de tamao oficio. La secuencia del diferendo limtrofe chileno-argentino se relata en dos secciones. La primera cubre desde 1892 hasta comienzos de 1898; la segunda va desde el 28 de marzo de 1898 hasta el momento indeterminado en que su autor decidi ponerle trmino. (Del texto resulta que se escribi entre mediados de 1902 y obviamente el 4 de noviembre de 1907, fecha en que falleci su autor.) El documento no tiene fecha; pero ciertas referencias sugieren que se redact despus de la defuncin del Presidente Errzuriz Echaurren y, por ende, durante el gobierno de Riesco y, tal vez, en los inicios del de Pedro Montt.

CONTENIDO

DEL MANUSCRITO

Podra resumirse el texto que transcribimos, caracterizndolo como una somera descripcin de la evolucin de las relaciones chileno-argentinas, en materia de lmites, entre 1888 (ao en que se crean las comisiones demarcadoras de la frontera) hasta la poca en que Barros Arana, perito por Chile en dicho proceso, renuncia a su cargo como un rechazo de la forma en que Errzuriz y su Gobierno conducan el caso. El escrito concluye con un reconocimiento del autor a la colaboracin inteligente y abnegada que aportaron los ingenieros de la comisin de lmites a la defensa de los intereses nacionales. Este relato de Barros Arana pone de manifiesto que, poco despus de que el historiador asume las funciones de perito, surge un contrapunto en la Comisin de Lmites: mientras los delegados chilenos insisten perentoriamente en que los tratados chileno-argentinos determinan como lmite el divortium aquarum (esto es las cumbres cordilleranas que dividen aquellas aguas que fluyen hacia uno y otro lado de ellas), los representantes argentinos adoptan la tesis de que el lmite son altas cumbres andinas que deben unirse mediante lneas geomtricas determinadas por los demarcadores.

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Despus que en Chile asume la Presidencia don Federico Errzuriz Echaurren, va a crearse otra compleja situacin entre dos posiciones antitticas. El perito chileno asume una posicin inconmovible: deben buscarse los puntos concordantes acerca del lmite y, en aquellos en que no hubiere acuerdo, las discrepancias deben someterse al arbitraje pactado en varios tratados chileno-argentinos. Por su parte, los representantes argentinos y, particularmente, el perito don Francisco Moreno, insisten en que los desacuerdos acerca del lmite deben ser resueltos directamente por ambos Gobiernos, sin intervencin de terceros. (En un momento, segn relata Barros Arana, Moreno llega a afirmar que la Repblica Argentina ha resuelto no ir al arbitraje). Paralelamente a esta situacin, aparecen discrepancias entre el Presidente Errzuriz y Barros Arana acerca del manejo de estos asuntos. Mientras aqul trata de inmiscuirse personalmente en diversas etapas de la gestin pericial, ste sostiene tenazmente que al Primer Mandatario slo incumbe intervenir una vez que los peritos hayan concluido sus tareas. Este cuadro se complica cuando, en octubre de 1898, a espaldas del Canciller chileno y de Barros Arana, el Primer Mandatario sostiene acerca de estas materias reuniones secretas con el perito argentino, iniciando posteriormente y a travs de conductos inusuales, negociaciones acerca de los lmites con el Presidente de Argentina. No es nuestro nimo abundar en detalles acerca de estas ingratas ocurrencias. El hecho es que, hastiado por lo que estimaba un desconsiderado trato presidencial, el 12 de noviembre de 1898 Barros Arana renunci a su cargo de Perito.

ACERCA

DE LA TRANSCRIPCIN

La tarea de transcribir el manuscrito fue obra de diversas personas, realizada en los ltimos aos y, con mayor acuciosidad, en el curso de 2009. Personalmente, asumimos la responsabilidad de visar una versin final, que es la que ahora se publica. Como es usual en estos casos, hemos modernizado la ortografa y, a veces, hemos modificado la puntuacin original. Adems, respetando absolutamente la intencin de su autor, nos ha parecido del caso corregir uno que otro lapsus calami. ***

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MANUSCRITO [I] Por el tratado de 23 de Julio de 1881, Chile y la Repblica Argentina quisieron poner un trmino definitivo a la enojosa cuestin de lmites que sostenan desde unos treinta aos atrs. Ese pacto, negociado directamente por los gobiernos de Santiago y de Buenos Aires, sirviendo de intermediarios para el cambio de proposiciones los representantes diplomticos de los Estados Unidos en esas ciudades, fue recibido en uno y otro pas como un vnculo de paz perpetua y como manifestacin de la antigua y estrecha amistad que los haba unido desde que nacieron a la vida de naciones independientes. El tratado de 1881, formado de solo siete artculos, fijaba con trminos claros la lnea de frontera entre los dos paises. En la regin del Sur, en la Tierra del Fuego y en los territorios magallnicos, el lmite era constituido principalmente por lneas geogrficas, meridianos y paralelos fciles de reconocer y de designar mediante un sencillo trabajo geodsico. En toda la extensin de la frontera que se dilata desde el norte (desde el paralelo 2652) hasta el 52 de latitud sur, la lnea limtrofe correra por las cumbres ms elevadas de la cordillera que dividan las aguas, pasando por entre las vertientes o arroyos que se desprenden para un lado y para otro. Los negociadores de aquel pacto, al fijar en toda esa extensa porcin de frontera la divisoria de las aguas como la lnea de limitacin, haban reconocido la demarcacin natural y tradicional que ambos paises haban sostenido siempre en todas las cuestiones de jurisdiccin territorial en la porcin poblada y reconocida de ellos; y se sometian tambien a las reglas establecidas por el derecho internacional cuando dice que en los paises divididos por montaas la linea de lmite ser la divisoria de las aguas. Cuando un lindero se prolonga por montaas o cerros, dice el clebre profesor ingles William Edward Hall, la lnea divisoria de las aguas (the water divide) constituye la frontera4. Cuando se celebr ese tratado era casi completamente desconocida toda la regin fronteriza que se dilata entre los paralelos 42 y 52. Sabase, sin embargo, que en las cercanas de este ltimo la cordillera al llegar a los canales del sur pareca interrumpida. El artculo 2 del tratado quiso prevenir toda dificultad que pudiera suscitarse por ese motivo, y confirmando lo resuelto

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Vanse las otras autoridades citadas por m en la nota 11 de mi exposicin de 1892, pginas 34-35.

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por el artculo 1, dispuso que all se tendria por lmite en la parte continental, el divortium aquarum. Pero ms que al respeto a las prcticas tradicionales en materias de jurisdiccion territorial, y al acatamiento de las prescripciones del derecho de gentes, los negociadores del tratado de 1881 se habian sometido a otra consideracion mucho mas atendible todavia. La divisoria de aguas es una condicion natural perceptible a primera vista no solo a los ingenieros y geografos, sino a cualquiera persona que visite el terreno, y que por su naturaleza no puede dar origen a ambigedades y contradicciones. Indisputablemente, el mejor accidente natural que puede utilizarse en la demarcacion de un lmite es el watershed (divortium aquarum), ya sea este una alta cadena de montaas, o simplemente una divisoria de aguas, dice un clebre y experimentado ingeniero ingles (Sir Thomas Holdich) en un importante estudio sobre los principios de demarcacin de limites publicado en 1891, en el Journal de la Real Sociedad de Geografia de Londres. Generalmente forma la divisin etnogrfica ms usada (circunstancia de la mayor importancia) y lleva consigo la incuestionable ventaja de la estabilidad. No requiere obras artificiales para determinarlo ni gasto alguno para mantenerlo. Es una ventaja estratgica, y puede ser reconocido por el ms inexperto gegrafo indigena. Esto es, sobre todo, la gran consideracin practica. Un lmite no debe requerir trabajo para descubrirlo. Debe existir sin dejar temor de equivocacion; debe ser un slido y sustancial aviso a todos los que se acerquen a l. Sosteniendo estos mismos principios, otro celebre ingeniero, el coronel austriaco Baron de Ripp, miembro de la comision internacional de gegrafos encargada de ejecutar en el terreno la demarcacion de lmites entre los principados danubianos segun las resoluciones del Congreso de Berlin de 1878, deca en la sesin del 11 de agosto de 1879, estas palabras: La lnea de divisin de las aguas se presta a menores incertidumbres aun que el tahlweg de un ro. Como una expresin de la cordialidad de sentimientos que habia inspirado la preparacin del pacto de 1881, las partes contratantes acordaron por el artculo 6 que toda cuestin que por desgracia surgiere entre ambos paises, ya sea con motivo de esta transaccin, ya sea de cualquiera otra causa, ser sometida al fallo de una potencia amiga. Los negociadores sin embargo, estaban persuadidos de que la lnea establecida en su pacto era perfectamente clara, y que en la practica ella no podria suscitar mas que una dificultad, y esa remota, y de la ms facil solucin. Las dificultades que pudieran suscitarse, deca el articulo 1 del tratado, por la existencia de ciertos valles formados por la bifurcacin de la cordillera y en que no sea clara la linea divisoria de las aguas, ser resuelta amistosamente por dos peritos nombrados uno de cada

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parte. En caso de no arribar stos a un acuerdo, ser llamado a decidirlas un tercer perito designado por ambos Gobiernos. Aunque el artculo 4 del tratado de 1881 estableca que los peritos nombrados por los gobiernos respectivos fijaran en el terreno la lnea limtrofe, reducia esta operacion solamente a la Tierra del Fuego y al territorio magallnico, all donde el limite debia trazarse por lneas geogrficas que no era posible sealar con exactitud sino despues de una operacin geodsica. Los negociadores de ese pacto creian innecesario ejecutar un trabajo anlogo en el resto de la frontera desde que en l la lnea divisoria estaba constituda por un accidente natural perceptible a la ms ligera inspeccin del terreno, y desde que all no poda suscitarse dificultad sino en el caso remoto de hallarse valles interiores de cordillera en que no fuera clara la lnea divisoria de las aguas. Transcurrieron ms de seis aos sin que se pensara seriamente en hacer efectiva esta demarcacin. En el principio, la recta inteligencia del tratado no di origen a ninguna aparente contradicin. En uno y en otro pais se publicaron cartas geogrficas de diversas condiciones en que la lnea divisoria apareca trazada en conformidad con aquel pacto; y los mapas generales publicados en el extranjero sealaban el lmite entre Chile y la Repblica Argentina sin la menor discrepancia a este respecto. Del mismo modo los tratados de geografia y varios libros de caracter enciclopdico asi nacionales como extranjeros describian aquellos lmites con la misma precision. Poco ms tarde, sin embargo, comenzaron a pubicarse en Buenos Aires, mapas en que, sin tomarse en cuenta lo pactado se trazaban los lmites de una manera fantstica y destinada al parecer a inquietar la opinin chilena. Uno de esos mapas (el de Duclout), uno de los muchos que se imprimian all como empresa comercial, sealaba en las costas chilenas del Pacfico entre los paralelos 42 y 52, ocho puertos argentinos, o mas bien ocho porciones de esa costa como propiedad de aquella Repblica, que habran interrumpido en ocho puntos distintos, y por fajas mas o menos anchas, la continuidad del territorio chileno. Esos mapas y algunos artculos de la prensa argentina en que se prestaba apoyo a esas pretensiones de expansion territorial, alarmaron en cierto modo, como ya dijimos, a la opinion chilena, haciendo nacer el deseo de llevar a cabo la demarcacion de lmites con arreglo al pacto de 1881. Por fin, el 20 de agosto de 1888 se firmaba en Santiago la convencion que instituia la comision pericial de que hablaba aquel tratado. Sera sta compuesta de solo dos peritos nombrados uno por cada parte, pero tendran bajo su dependencia ingenieros ayudantes en nmero igual por cada lado a quienes podran aquellos confiar la ejecucion de los trabajos con arreglo a las

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instrucciones que aquellos les dieren de comun acuerdo y por escrito. Ampliando lo dispuesto por el artculo 4 del tratado de 1881, la convencion de 1888 (por su art. 3) encargaba a los peritos la demarcacin de lmites no ya solo en la Tierra del Fuego y en los territorios magallnicos, sino en toda la extension de la lnea fronteriza. La convencion fue debidamente ratificada el ao siguiente por los Congresos de uno y de otro pais.

II Cuando se celebr el tratado de 1881, yo haba sido consultado por el gobierno del seor Don Anibal Pinto y an serv de intermediario para cambiar, por medio de comunicaciones epistolares y telegrficas con el seor Don Bernardo de Irigoyen, Ministro a la sazn de Relaciones Exteriores de la Repblica Argentina, proposiciones de arreglo de la cuestin de lmites o modificaciones o enmiendas parciales de las que se haban hecho. Esas comunicaciones eran del caracter ms cordial y amistoso. Por una y otra parte haba el sincero propsito de poner trmino a esa cuestin, y exista un acuerdo casi completo sobre las bases del arreglo que se proyectaba. Insist, sobre todo, en que nuestro lmite oriental fuera la lnea divisoria de las aguas, principio cuya aceptacin no ofreca inconveniente porque habia sido reconocido en todo el curso del litigio, convenido en los proyectos de arreglo en 1877, y ahora propuesto expresamente por el seor Irigoyen por el rgano del honorable representante de los Estados Unidos en Buenos Aires, que de acuerdo con su colega en Santiago, servian como ya dijimos de mediadores amistosos en las negociaciones. Mis persistentes instancias a este respecto, contribuyeron sin duda a que este principio quedara consignado en aquel pacto. En la preparacin del convenio de 1888, en cambio, no tuve la menor participacin; ni lo conoc siquiera sino cuando lo vi publicado en la prensa diaria. Ocupado en trabajos de muy distinta naturaleza, que absorbian toda mi actividad y casi todo mi tiempo, viva absolutamente extrao a aquel orden de negocios en que creia no tendria que volver a intervenir. En noviembre de 1889, cuando todo me inclinaba a vivir alejado de tales negocios, me vi el seor don Juan Castelln, Ministro entonces de Relaciones Exteriores de Chile, para inducirme a aceptar el cargo de perito por parte de esta Repblica en la demarcacin de lmites que estaba prxima a iniciarse. Me expuso, con este motivo, que sus colegas haban discutido detenidamente esta designacin, que todos ellos estaban en perfecto acuerdo sobre ella, y que el Presidente de la Repblica la haba aceptado. Agradeciendo debidamente el honor que se me

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hacia, me excus por varios motivos de aceptar. El cargo, que se trataba, sosteniendo que el trabajo que me impondra era superior a mis fuerzas y, sobre todo, contrario a mis aspiraciones de alejamiento de cualquiera ocupacion que me obligara a supender o, a retardar la preparacin de la obra histrica en que estaba empeado desde aos atras. A pesar de mi resuelta negativa, el seor Castelln, de acuerdo con sus colegas, insisti dos veces en sus instancias sin que yo pudiera decidirme a aceptar el honroso cargo que se me ofrecia. En una conferencia que tuve con l sobre este particular en el Ministerio de Relaciones Exteriores, le daba nuevamente mis excusas para no desempear las funciones de perito cuando se le anunci la visita inesperada del seor don Jos E. Uriburu, Ministro Plenipotenciario de la Repblica Argentina, que acababa de regresar de Buenos Aires despus de un viaje de uno o dos meses. La conversacin recay naturalmente sobre los trabajos de demarcacin de lmites que deban emprenderse en un plazo proximo segun lo dispuesto por la convencion reciente y, como el seor Castelln hablara de mi resistencia a aceptar el cargo de perito, el seor Uriburu se empe en disuadirme de esa determinacin. Expuso con ese motivo que la demarcacin material de lmites iba a ser una operacion mucho ms facil de lo que se poda pensar y que seguramente no ofrecera mas dificultades que las consiguientes a viajes en regiones abruptas e inhospitalarias porque el Gobierno argentino estaba dispuesto, como el crea que estara el de Chile, a dar el ms estricto cumplimiento al tratado de 1881, sin pretender ni desear la menor innovacin a ninguna de sus clausulas; y porque en el caso remoto de surgir alguna diferencia, ella sera allanada por el espritu de cordialidad de que estaban animados ambos gobiernos, seguramente sin necesidad de recurrir a los medios igualmente amistosos que estaban establecidos. El seor Uriburu agreg que conocedor del inters que yo haba manifestado por la celebracin amistosa del tratado de lmites de 1881 y mis relaciones de vieja y sincera amistad con algunos de los hombres ms importantes y caracterizados en la poltica y en la literatura de la Repblica Argentina, mi nombramiento sera recibido all como un signo inequvoco de los propsitos tranquilos del Gobierno chileno de llevar a trmino aquella operacin en las mejores condiciones. Despus de estas palabras que me parecieron sinceras y que indudablemente lo eran, no tuve voluntad para resistirme por ms tiempo a las exigencias que a nombre suyo y de sus colegas me haba expresado el seor Castelln. Mi nombramiento de perito por parte de Chile qued resuelto ese mismo da, pero solo fue extendido el 13 de enero de 1890 por cuanto el seor Uriburu expuso que el

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caballero que el Gobierno argentino debia nombrar con un cargo anlogo por aquel pas no podra estar en Chile dentro del plazo de cuarenta dias fijado por el artculo 5 de la convencion de 1888 para la reunion de ambos despues de estar en posesin de sus ttulos respectivos.

III El seor don Octavio Pico, perito nombrado por parte de la Repblica Argentina, lleg a Santiago el 17 de abril de 1890, cuando estaba por expirar el plazo fijado para nuestra primera reunin, y para dar principio a nuestros trabajos. Dos dias despus nos pusimos en viaje para Concepcin en cumplimiento de la convencin aludida, y el 20 de ese mes dimos por iniciada la comisin pericial. En nuestra primera conferencia celebrada en un salon de la Intendencia, y despues de presentarnos nuestros nombramientos respectivos, el seor Pico sac de su cartera un manuscrito de dos o tres grandes pliegos, me dijo que esas eran las instrucciones que haba recibido de su Gobierno, y que tenia encargo de leerme algunos de sus artculos. Segn mis recuerdos, se reducan stos a encomendarle que mantuviera las ms deferentes y cordiales relaciones con el perito chileno, que cuidara de mantener con l la mejor armona, y que en todos los trabajos de su cargo buscara siempre los procedimientos ms conciliadores, y las soluciones equitativas y amistosas. Mi Gobierno no me haba dado instrucciones. Creia, con razn, que en el cargo de perito, el deber era someterse en todo al texto claro y expreso de los tratados existentes, que debiamos aplicar en el terreno. Nuestras reales y verdaderas instrucciones estaban, pues, consignadas en aquellos pactos, de que no podiamos apartarnos, como las de un juez estan consignadas en el cdigo de leyes que esta encargado de aplicar. Sin embargo, expres al seor Pico que aunque yo no haba recibido instrucciones de ninguna clase, que por las razones expuestas creia innecesarias, me hara un deber de observar los mismos procedimientos conciliadores y amistosos que el Gobierno y la opinin pblica de Chile crean indispensables para llevar a trmino feliz la operacin que nos haban encomendado. Desde las primeras conferencias, el seor Pico propuso con marcada insistencia que los trabajos de demarcacin comenzasen por el norte. Esta proposicin, detenidamente considerada, nos llev a este acuerdo indicado y sostenido por m.

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SECCIN PRIMERA Desde que en enero de 1892 se iniciaron los primeros trabajos para dar comienzo a la demarcacin material de lmites entre Chile y la Repblica Argentina surgi entre los peritos encargados de llevarla a cabo una contradiccin que dejaba presumir las dificultades que iban a embarazarla. Al querer formular las instrucciones a que deban ajustarse los ingenieros encargados de fijar los hitos o signos de delimitacin, pudo verse el nacimiento de esa dificultad. El seor don Octavio Pico, perito por parte de la Repblica Argentina, present un proyecto de instrucciones estudiadamente vago, que no daba regla alguna fija a los ingenieros que deban operar en el terreno, y que si bien copiaba una parte del artculo 1 del tratado de 1881, iba encaminado a hacer caso omiso de esa disposicin y a poner a los operadores en una situacin embarazosa y a tener que entrar en cada sitio en cuestiones que haran interminable el trabajo que deban acometer, sin medios claros y seguros de solucionarlas. No era difcil percibir los inconvenientes que ofrecian instrucciones de esa clase. En consecuencia, observ al seor Pico que stas deban contener prescripciones precisas que sirvieran de norma a los operadores y que habiendo establecido el tratado de lmites de 1881 principios bien estudiados y claramente expuestos debamos someternos a ellos porque adems de constituir una ley obligatoria para ambos paises, sealaban el medio ms razonado y ms prctico, para efectuar esa operacin sin contradicciones y sin ambigedades. En consecuencia, yo sostena que el deber de los demarcadores, tal como se desprenda lgicamente del tratado, y como era necesario expresarlo en las instrucciones, consistia en fijar los signos de delimitacion en la lnea divisoria de las aguas, esto es, segn los trminos del tratado, en las cumbres ms altas que dividen las aguas, y entre las vertientes que se desprenden a un lado y al otro, operacin sencillsima que no exiga conocimientos cientficos, que poda ser practicada por cualquier persona de mediana discrecin y despus de un corto reconocimiento del terreno, y que, en vista del hecho material de la separacin de las aguas, no podia dar origen a contradicciones ni a dudas. La contestacin del seor Pico se redujo a decirme que los estadistas de su pas daban al tratado de 1881 un significado diferente, y que el seor don Bernardo Irigoyen que lo haba firmado como Ministro de Relaciones Exteriores de la Repblica Argentina estipulando en l que la lnea divisoria pasara por las cumbres mas elevadas que dividan las aguas entendia que no era una condicion expresa el que esa lnea pasara por las cumbres mas elevadas que dividan las aguas. Por fin, el seor Pico, excusndose de contestar mis argumentos,

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me expuso que las instrucciones que l haba recibido de su Gobierno le mandaban seguir otro medio de demarcacin, y que este consista en buscar en la montaa las cumbres o picos ms elevados y en unirlos entre s por lineas geogrficas, que constituiran la lnea de lmites entre los dos paises5. Estos primeros incidentes as como la demostracin que entonces hice de la recta interpretacin del tratado de 1881 estn referidos y estn expuestos en una extensa comunicacin que pas al seor perito argentino el 18 de enero de 1892, comunicacin que ha sido varias veces publicada6. El desarrollo posterior de esta primera contradiccin es ms o menos conocido, a lo menos en sus rasgos generales, y no considero necesario el explicarlo aqu. Por lo dems, en dos informes que d al Ministro de Relaciones de Chile en agosto y septiembre de 1900, a peticin de los comisarios encargados de la defensa de nuestros derechos ante el Tribunal de Londres, he dado a conocer esos hechos en forma sumaria, pero, segun creo, con bastante claridad. Desde entonces pudo presumirse que la demarcacin de lmites encomendada a los peritos no poda marchar con la regularidad y con la rectitud que era de desear. El seor Pico se abstuvo de contestar la nota en que yo reclamaba la correcta aplicacin del tratado de 1881, dndome por razn de su negativa la declaracin de que su Gobierno no lo autorizaba para ello. En vez de reconocer la verdad de lo expuesto por m o de combatir mis argumentos, me propuso un arbitrio inesperado que por ningun ttulo poda yo admitir. Pretenda que los ingenieros demarcadores se trasladasen a la cordillera a levantar el plano de toda ella, y que sobre ese plano discutiesen los peritos la fijacin de la lnea de lmites, lo que les permitira llegar a un arreglo mediante compensaciones recprocas de territorio en algunos puntos. Un procedimiento semejante, absolutamente extrao a las facultades y funciones de los peritos, ofrecia los inconvenientes consiguientes a una ope-

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Esta conferencia se verific en la oficina de lmites de Santiago el 12 de enero de 1892. La Memoria de Relaciones Exteriores de la Repblica Argentina correspondiente a ese ao habla de ella y de otros accidentes de la cuestin de lmites con muy poca exactitud. Se dice all que en esa o en otras conferencias, el Sr. Pico se hallaba solo, mientras el perito chileno estaba en compaa de los ingenieros seores Bertrand y Merino Jarpa. El hecho es absolutamente inexacto. Era el perito chileno cabalmente el que se hallaba solo, mientras el seor Pico estaba acompaado por un ingeniero ayudante seor Daz y por su secretario seor Ochagava, que invariablemente asista con l a todas las conferencias. Los seores Bertrand y Merino Jarpa entraron ese da a la sala cuando se haba terminado toda discusin y cuando el seor Pico se despeda. Vase el libro publicado en 1895 por don Alejandro Bertrand con el ttulo de Estudio Tcnico etc., pag. 103 del apndice de documentos.

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racin que deba durar muchos aos, dar origen a muchos embarazos, y desentenderse por completo de las prescripciones terminantes del tratado que con toda precisin haba sealado por lnea fronteriza un accidente natural del terreno que no se prestaba a dudas ni a ambigedades, y que no necesitaba de mapas para ser sealado no slo por un ingeniero sino por cualquiera persona que hiciese una ligera inspeccin de los lugares de que se trataba. No debe, pues, extraarse que yo rechazara perentoriamente esa proposicin. Pronunciada esa desinteligencia, quedaba expedito un recurso establecido en tres pactos celebrados con la Repblica Argentina al tratarse de la cuestin de lmites: el tratado de amistad y comercio de 1855, el tratado especial de lmites de 1881, y la convencin de 1888 que constituy la comisin pericial. Ese recurso era el arbitraje del Gobierno de una nacin amiga. Tratando de estas primeras desinteligencias con el seor don Jos E. Uriburu, Ministro Plenipotenciario de la Repblica Argentina en Chile, que se manifestaba muy empeado en hacer desaparecer, o ms propiamente, en aplazar las dificultades, le propuse, en nombre y con la autorizacin del Gobierno de Chile, un arbitraje amplio e inmediato que habra resuelto fcilmente toda cuestin y establecido en muy corto tiempo la lnea de lmites, haciendo desaparecer para siempre todo motivo de dificultades y de inquietudes por cuestiones de esa naturaleza. Estando establecidos en el tratado de 1881 los principios generales de demarcacin y establecido tambin el recurso de arbitraje para todas las dificultades que pudieran suscitarse en su aplicacin, el Gobierno de Chile propona que se confiara la demarcacin a un Gobierno amigo de las dos Repblicas que ajustara sus procedimientos y sus decisiones a las reglas fijadas en aquel pacto y sin ulterior recurso. Chile propondra seis gobiernos diferentes de Europa o de Amrica, y la Repblica Argentina eligira entre ellos aquel al cual se le pedira aceptase aquel cargo. Y como esa operacin haba de imponer gastos en gratificacin de los ingenieros o gegrafos demarcadores y en costos de viaje y dems accidentes, Chile y la Repblica Argentina se comprometeran a pagarlos por partes iguales, en la seguridad de que siempre seran menores que los que iba a imponer la demarcacin en la forma en que iba a iniciarse as como la demarcacin sera mucho ms rpida por cuanto desaparecian los entorpecimientos y contradicciones que sta podia hallar a cada paso. El seor Uriburu sin expresar objecin alguna contra esta proposicin, se limit a decir que careca por completo de instrucciones para tratar de este asunto, pero abstenindose tambien de dar a entender que su Gobierno estaba resuelto en esos momentos a recurrir a cualquier de los arbitrios que no fuera el arbitraje.

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El seor Uriburu, que sin duda alguna estaba al corriente de esta disposicin del Gobierno argentino, quera no precisamente solucionar sino aplazar la dificultad. Recordando que en ese pas estaba para terminarse el perodo presidencial, manifestaba que la nueva administracin que deba inaugurarse ese mismo ao 1892 estara en mejor situacin que la que feneca para procurar un arreglo definitivo, conciliatorio y satisfactorio para las dos Repblicas. La circunstancia de que entonces se anunciaba ya que el vice presidente de la nueva administracin sera el mismo seor Uriburu, y las simpatas y la consideracin que este se haba granjeado en Chile, inclinaron al Gobierno de este pas a convenir en un arreglo que no solucionaba nada, y que no poda ser ms provisorio. Convnose en que la comisin mixta de ingenieros que deba operar en la cordillera fuese a fijar el primer hito de demarcacin en el paso denominado de San Francisco, como lo haba pedido el seor Pico en 1890 y como lo peda ahora con nueva instancia y despus de haber consultado a su Gobierno. Aunque por lo avanzado del verano (fines de febrero) no era de esperarse que aquella comisin pudiera hacer ms que fijar un hito en el lugar que se ha sealado nominativamente, las instrucciones vagas y generales que se le dieron, le encargaban adelantar la demarcacin con arreglo a los tratados, lo que equivalia a no decir nada, desde que el seor perito daba a esos pactos una interpretacin antojadiza que ni el perito ni los ingenieros chilenos podan aceptar. Esa comisin, retardada en Copiap por no haber recibido los ingenieros argentinos los vveres y los elementos de movilidad que esperaban de su pas, penetraron al fin a la cordillera con los que pudieron suministrar los ingenieros chilenos, y fijaron el 15 de abril el primer hito de demarcacin en el sitio mismo que se les haba sealado en sus instrucciones. Por lo avanzado de la estacion, y por indicacin de los ingenieros argentinos, se dieron por suspendidos los trabajos en esa temporada7.

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En esa temporada se intent tambin iniciar la demarcacin en la Tierra del Fuego; pero este esfuerzo fue absolutamente intil, como voy a exponerlo ligeramente en esta nota. El art. 3 del tratado de 1881 haba establecido la lnea divisoria en esa regin en la forma siguiente: En la Tierra de Fuego se trazar una lnea que partiendo del punto denominado Cabo del Espritu Santo en la latitud 52 40, se prolongar hacia el sur, coincidiendo con el meridiano occidental de Greenwich 68 34, hasta tocar el Canal Beagle. La Tierra del Fuego, dividida de esta manera, ser chilena en la parte occidental y argentina en la parte oriental. Este artculo haba sido pactado teniendo en vista las cartas hidrogrficas de toda aquella regin que llevan el nombre de Fitz Roy; cartas que si bien excelentes bajo muchos respectos, adolecan de un pequeo error en la fijacin de la longitud. Ese error notado por diversos exploradores, comenzaba a ser corregido en la reimpresin de aquellos mapas y otras cartas

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A principios de ese mismo mes de abril de (1892) falleci desgraciadamente en Santiago el seor perito argentino don Octavio Pico, vctima de un repentino ataque de angina pectoris. El gobierno de Buenos Aires le dio porde marear pero cuando se celebr el tratado referido, se usaron, como queda dicho, las cartas de la primera edicin. En 1890, al disponerse entre los peritos que una subcomisin demarcadora fuera a practicar la relimitacin en la Tierra de Fuego, ya estaba yo al cabo de aquel error, y saba que el cabo del Espritu Santo estaba unos cuantos minutos al occidente del meridiano 68 34, indicado con el pacto de 1881, y que por tanto no coincidiendo estas indicaciones de ubicacin de la lnea, la operacin de los demarcadores iba a verse embarazada. Para evitar este entorpecimiento era indispensable hacer una declaracin. Yo cre honradamente que de esas dos indicaciones para fijar la lnea divisoria en la Tierra del Fuego, deba preferirse la del nombre del lugar (el cabo de Espritu Santo) pues era este sitio el que haban estipulado los negociadores del tratado, y no la designacin en la longitud fijada en el meridiano 6834 sin mas fundamento que el error ahora reconocido de una carta geogrfica. La ms vulgar nocin de lealtad aconsejaba declararlo as; y promover cuestin para interpretar de otra manera esa clusula del tratado de 1881 habra sido solo una chicaneara indigna, y adems improcedente. El gobierno argentino habra rechazado con el ms perfecto derecho cualquier otra interpretacin. Por lo dems el Gobierno de Chile, despus de haber estudiado este punto en consejo de ministros, aprob aquella declaracin. Antes de pasar adelante debo recordar un cargo que alguna vez se me ha hecho por aquella declaracin. Se ha dicho que ella priv a Chile de tener un puerto en el Atlntico por cuanto la lnea trazada en el meridiano 68 34 habra dejado en nuestro territorio la baha denominada San Sebastin, o una gran parte de ella. Queda dicho ya, y vuelvo a repetirlo, la declaracin aludida no habra servido ms que para desacreditarnos sin ventaja alguna, puesto que nuestros contendores tenan toda la razn de su parte para rechazarla perentoriamente. Pero, adems de esto, se parte de una aseveracin geogrfica destituida de toda seriedad, y ms propiamente obra de pura invencin. La baha San Sebastin, que es enorme, est toda ella al oriente del meridiano 68 34, de tal suerte que el fondo de ella, que es el punto que ms se acerca a aquella lnea dista en las altas mareas cerca de cinco kilmetros. En esa parte, la playa forma un banco de arena y cascajo de una grande extensin, muy inadecuado para todo trafico. La marea adems tiene all grande intensidad; y si la pleamar alcanza hasta cerca de cinco kilmetros del meridiano referido, la baja mar deja descubierta una extensa porcin de aquel banco. En los primeros meses de 1892 deba iniciarse la demarcacin de la Tierra del Fuego con arreglo a esa interpretacin, es decir tomando por punto inicial el cabo de Espritu Santo. Este trabajo fue encomendado a una subcomisin mixta dirigida por don Vicente Merino Jarpa, por parte de Chile, y por don Valentn Virasoro por parte de la Repblica Argentina. Trasladados estos al terreno, se suscit una dificultad. El seor Virasoro promovi cuestin sobre cual de tres pequeos promontorios o cerros que all se levantaban deba ser considerado de cabo de Espritu Santo, y el punto de partida de la demarcacin, pretendiendo que se eligiera como tal el ms occidental de los tres, y buscando con esto un miserable aumento territorial. Como no fuera posible acceder a esa extraa exigencia no se hizo nada aquel ao; y fue necesario fijar una regla ms precisa de delimitacin que vino a quedar establecida en el protocolo de 1893.

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reemplazante esa misma tarde al seor don Valentn Virasoro. Aunque este anunci que estara en Chile en octubre siguiente solo lleg a Santiago tres meses mas tarde en los primeros das de enero de 1893. Inici este su misin provocando en la primera conferencia una cuestin por todos motivos inesperada. Peda la revisin del hito que en abril del ao anterior se haba fijado en el paso de San Francisco, a proposicin, como queda dicho, del seor perito argentino y con la aprobacin de su Gobierno. El seor Virasoro no sostena que el hito se hubiera fijado en otro punto que el convenido, sino que ese punto no estaba en la cordillera de los Andes. En un informe que por pedido de nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores le di en 8 de septiembre de 1900 hice una relacin sumaria pero suficientemente clara de este incidente, pero en el archivo de la comision de lmites debe existir un proyecto de acta de las conferencias en que discutimos este punto y all estn consignadas las poderosas razones que yo tena para no aceptar la revisin de aquel hito. Esta acta no alcanz a firmarse segn se ver luego. Por lo que respecta a la demarcacion de lmites en la cordillera, el seor Virasoro sin sostener que el tratado de 1881 no haba establecido que la divisoria de las aguas era la lnea fronteriza, trataba de demostrarme que ese principio de demarcacin ofreca muchos inconvenientes, y que ofrecia mayores ventajas el de buscar en la cordillera los picos mas elevados, unirlos entre s por lneas geogrficas, y construir as la lnea divisoria. Por mi parte, yo sostuve y desarroll largamente las mismas razones que en favor de la regla de demarcacin establecida por el tratado de 1881 haba alegado en las conferencias anteriores, en mis comunicaciones con los peritos argentinos y en las publicaciones que he dado a luz sobre la cuestin. Demostr al seor Virasoro que el sistema de demarcacin que propona no slo era contrario a los tratados, a los buenos principios de geografa y a las reglas del derecho internacional y orgen seguro de contradicciones y de litigios en cada punto que se tratara de demarcar sino que era irrealizable en la prctica. Le demostr, adems, que si fuera posible esa operacin y si en toda la extensin de la cordillera se habian de buscar los picos mas elevados para hacer pasar la lnea fronteriza, sera en realidad la Repblica Argentina seguramente perjudicada porque al lado mas oriental de la cordillera, y a mucha distancia de lo que podra llamarse su eje, se levantaban picos y an cadenas de una grande elevacin. Como el seor Virasoro me objetara contra el tratado de 1881 que este no habra debido dar reglas de demarcacin en toda la prolongacin de una cordillera de la cual una gran porcion era casi absolutamente desconocida, y en que podan hallarse accidentes que no se haban previsto y que no era posible preveer, le contest que ese tratado se haba puesto en todos los

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casos dando una regla que haba de solucionar cualquiera dificultad, que en toda la prolongacin de la frontera habia divisoria de aguas entre las que van al Pacfico y las que fluyen al Atlntico, y que en los casos en que por la bifurcacin de las montaas se suscitaran dudas, se buscara para resolverlas la lnea divisoria de las aguas. Poco tiempo despus del arribo del seor Virasoro llegaba a Chile el seor don Norberto Quirno Costa con el carcter de ministro plenipotenciario de la Repblica Argentina, y se deca animado del propsito de hacer adelantar los trabajos de demarcacin, sin expresar claramente un arbitrio para hacer cesar las dificultades que la embarazaban. Tuvo sobre estos asuntos algunas conferencias con el seor don Isidoro Errzuriz Ministro a la sazon de Relaciones Exteriores de Chile, sin que se llegara a nada determinado. El seor Errzuriz, aunque inteligente y apto para entender la cuestin, no prestaba atencion a su estudio, y crea que ella se poda solucionar ms que por principios o reglas de carcter geogrfico por combinaciones diplomticas. Hablando conmigo sobre este particular, me dijo que no vea inconveniente para acceder a la revisin del hito de San Francisco, y que el gobierno estaba dispuesto a acordarla, creyendo que mediante esta concesin se podra llegar a un arreglo que facilitara la marcha regular de los trabajos de demarcacin. El seor Errzuriz haba hecho esta misma delaracin al seor Quirno Costa, de tal suerte que mi resistencia a la revisin del hito de San Francisco, resistencia que yo haba sostenido con inquebrantable obstinacin, quedaba desautorizada por mi Gobierno. Estuve entonces a punto de abandonar el puesto de perito, que me causaba tantos desagrados, y esta ltima contradiccin, y no lo hice cediendo a las instancias de algunos amigos, que vean mayores males de mi separacin. Despues de varias conferencias con los seores Quirno Costa y Virasoro, llegamos a acuerdo sobre varios puntos, y se convino en levantar un acta pericial en que se consignaran esos acuerdos, que en ningun caso podran salir de las prescripciones o reglas establecidas por el tratado de 1881. Aunque esos acuerdos eran tomados por los peritos, el seor Quirno Costa expuso que debiendo esa acta solucionar todas las dificultades existentes convena darle la mayor solemnidad posible, y para ello propona que fuera suscrita tambien por l y por el seor Ministro de Relaciones Exteriores de Chile como altos representantes de los dos pases. El seor Errzuriz acept esta idea en la inteligencia de que la firma de los ministros no quitaba a aquel documento el carcter de acta de acuerdo de los peritos. El 13 de marzo (1893) nos reunimos en la sala de despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores. Estaban all el seor Errzuriz como Ministro de

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Chile, y los seores Quirno Costa y Virasoro como representantes argentinos. Yo present redactado un proyecto de acta que despus de prolija discusin y de modificaciones de accidentes, qued convenido. Declarbase en l que estando estipulado por el tratado de 1881 que la lnea de limites en toda la extensin de la cordillera pasara por las cumbres mas elevadas que dividan las aguas, y por entre las vertientes que se desprenden a un lado y al otro, los ingenieros demarcadores tendran ese principio por norma invariable de sus procedimientos y que a l se someterian tambien los peritos al dar sus instrucciones. En otra parte del acta se deca que el deber de los ingenieros demarcadores era buscar la lnea divisoria de las aguas para erigir all los hitos de delimitacin. El acta, como el tratado, prevea que en la marcha de los trabajos no poda presentarse ms que una sola dificultad y esto cuando no fuese perfectamente clara la lnea divisoria de las aguas en cuyo caso los ingenieros demarcadores debian empearse en descubrir en el terreno esta condicin geogrfica de la demarcacin. Se declaraba ademas all que as como Chile no pretenda puertos en el Atlntico, la Repblica Argentina no pretenda tenerlos en el Pacfico, desautorizando as los escritos y los mapas que se habian publicado en Buenos Aires asignando a esa Repblica varias porciones de costa (ocho segn uno de sus mapas de que es autor y dibujante un seor Duclout en el territorio de Chile entre los grados 41 y 52 de latitud austral. Se fijaba un punto preciso, para iniciar la demarcacin en la Tierra del Fuego. Por fin, se determin que se hiciera un nuevo reconocimiento del terreno en que se haba establecido el hito de San Francisco por cuanto el seor Virasoro deca que no podia sancionar sin l el acta de ereccin levantada por los ingenieros demarcadores en abril anterior. Leda el acta que se haba formado en borrador para consignar estos acuerdos, fue aprobada por todos los presentes; y el seor Errzuriz mand sacar dos copias para que fuera firmada en mismo da. Las cuatro personas que habamos intervenido en este arreglo quedamos en la sala del seor ministro en amistosa conversacin, felicitndonos mutuamente por haber arribado a una solucin que poda considerarse satisfactoria. Sin embargo, cuando unas horas ms tarde se trajeron las copias en limpio que deban firmarse, el seor Errzuriz expres que l no poda hacerlo porque tena que consultar al Exmo. seor Presidente de la Repblica y a los otros seores ministros, todos los cuales se hallaban en Valparaso. Aquella inesperada resistencia nos desazon a todos; pero todas nuestras representaciones fueron ineficaces para hacer desistir al seor Errzuriz, que declaraba sin embargo que el acuerdo mereca toda su aprobacin, y que no dudaba que en dos das ms quedara todo terminado. A pesar de esta contrariedad,

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todos nos separamos de la conferencia en los mejores trminos, y aun pasamos al Club de la Unin, donde se nos sirvi champagne (pedido no s si por el seor Errzuriz o por los representantes argentinos) para celebrar efusivamente un arreglo, que segn se deca, era una expresin de buena armona y de cordialidad. El seor Errzuriz y yo nos trasladamos a Valparaso: l en la misma tarde y yo en la maana siguiente. El 11 de marzo, poco despus de medio da se celebr en esa ciudad, en la sala del Exmo. seor Presidente, y presidido por ste un Consejo de Ministros. Segn mis recuerdos, solo estaban presentes los seores Barros Luco, Mac Iver, del Campo y Errzuriz. Despus que yo d lectura al proyecto de acta que haba quedado por firmarse, el seor Errzuriz expuso que l se haba resistido a suscribirlo porque vea en los procedimientos de los representantes argentinos algo o mucho que le inspiraba los ms serios recelos, y que tema que las declaraciones de que no pretendan puertos en el Pacfico y de que reconocan el principio de la divisoria de las aguas como la norma invariable de la demarcacin, envolvieren algn propsito caviloso para suscitar ms tarde nuevas dificultades. El seor Errzuriz no objetaba punto alguno determinado del acta en cuestin, y sus observaciones eran generales y fruto de impresiones ms que de haber examinado el asunto. Despus de leerse nuevamente aquel documento, se le objet que cualesquiera que fuesen los propsitos ocultos que haban inspirado esas declaraciones era el hecho que ellas contribuan a solucionar las dificultades pendientes y eran favorables para la marcha regular de la demarcacin con arreglo a los tratados. En consecuencia, y habiendo mediado una corta conversacin amistosa ms bien que una conferencia de ministros, se resolvi que el acta aquella deba firmarse sin modificacin alguna y cuanto antes posible para hacer cesar la inquietud de los nimos que comenzaban a dejarse ver en la prensa de uno y de otro pas. Pero se haba perdido la ocasin de llegar a un resultado El da siguiente cuando busqu en Santiago a los seores Quirno Costa y Virasoro para darles cuenta de la aprobacin que haba merecido el acta de 10 de marzo y para pedirles que la firmramos, me contestaron que vista la resolucin del seor Errzuriz de consultar previamente al Presidente de Chile, ellos haban determinado consultar tambin a su Gobierno, y que al efecto haban transmitido a Buenos Aires aquel documento por la va telegrfica. Durante tres o cuatro dias se esperaba con cierto inters el desenlace de este incidente. Aunque en Chile se haba dado publicidad a esa acta, los acuerdos consignados en ella eran ms o menos perfectamente conocidos, y la opinin se mostraba muy favorable a un arreglo que crea destinado a poner trmino a las dificultades pendientes. El seor Errzuriz, por su parte, no disimulaba su desazn por no

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haber firmado el acta, cuyas declaraciones por el hecho de ser suscritas por los peritos tenan un carcter resolutivo. Por las comunicaciones telegrficas de los diarios se supo luego que en Buenos Aires se haba celebrado un Consejo de Ministros y luego una reunin a que por orden del Gobierno fueron citados algunos personajes de ms o menos notoriedad. All fue desaprobada el acta de 13 de marzo, por cuanto ella resolva los puntos en debate en el sentido que sostena el perito chileno. Se acord adems llamar inmediatamente a Buenos Aires al seor Virasoro para que fuese a dar explicaciones de su conducta. En cumplimiento de esa orden este se pona apresuradamente en viaje. Como es fcil comprender, los acuerdos tomados en Buenos Aires en esa emergencia fueron estrictamente reservados. Sin embargo dos aos ms tarde publicaba en esa ciudad el seor don O. Magnasco un opsculo sobre la cuestin de lmites con Chile, y all, en las pginas 34 y 35, dio a luz las nuevas instrucciones que en aquella ocasin se dieron a los seores Quirno Costa y Virasoro para proseguir en las gestiones en que estaban empeados8. Esas instrucciones, a las cuales se les haba dado el ttulo de Bases francas y amistosas, importaban la aspiracin a la violacin audaz y absoluta del tratado de 1881, y parecan adems preparadas para producir dificultades, complicaciones y enredos en cada paso de la demarcacin. Casi estoy tentado a creer que esas llamadas instrucciones son apcrifas, porque se me hace difcil creer que el Gobierno de Buenos Aires, an en el orden de ideas que trataba de imponer, hubiera revestido de carcter oficial, a un factum de aquellas condiciones. Por lo dems, aunque los seores Quirno Costa y Virasoro siguieron gestionando mediante proposiciones dirigidas a modificar el tratado, tuvieron el buen juicio de desentenderse de aquellas instrucciones, cuya autenticidad me parece muy dudosa. El seor Virasoro estuvo de vuelta en Chile antes de mediados de abril9. Aunque lo vi en tres o cuatro ocasiones guardaba conmigo estudiada reserva sobre el resultado de viaje, y evada toda conversacin sobre el acta que debamos haber firmado el 13 de marzo. En cambio de esto el seor Quirno Costa celebr varias conferencias con el seor Errzuriz sin que yo tuviera el menor conocimiento de ellas. Por fin, el 15 de abril fui citado por este ltimo a la sala

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Estas instrucciones estn reproducidas en varias publicaciones chilenas. Vase el Estudio tcnico (Santiago, 1895) por don Alejandro Bertrand, en la nota de la pgina 116, y mi Exposicin (Santiago, 1899) p.46. En los diarios de la poca, que no he podido consultar al escribir estos apuntes, se hallan las fechas precisas de algunos de estos accidentes, como la partida y regreso del seor Virasoro.

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del ministerio, sin que se me indicara el objeto para que se me llamaba. All hall reunidos con el seor Ministro a los seores Quirno Costa y Virasoro. El seor Errzuriz expuso que el seor Virasoro comunicaba que el gobierno argentino encontraba buena en general el acta formulada el 13 de marzo, pero que peda que en ella se hicieran estas tres declaraciones. 1. Revisin del hito de San Francisco para trasladarlo a otro lugar en caso que se hallase que no estaba ubicado con arreglo a los principios geogrficos establecidos por el tratado de 1881; 2. Limitacin a una milla en el ancho de la faja de terreno de la costa de los canales en las cercanas del grado 52; 3. La facultad de cortar ros y valles siempre que estos se hallaren en la prolongacin de una lnea de lmites cuyas condiciones geogrficas se expresaban solo en trminos vagos en que no era difcil ver desde el primer momento, el origen de contradicciones y de litigios casi en cada ro y en cada valle. Se pretenda entonces que estas modificaciones fueran consignadas en una acta de los peritos que suscribiran tambin el seor Ministro de Relaciones Exteriores de Chile y el seor Ministro plenipotenciario de la Repblica Argentina. Solo despus de aquella conferencia, y por los motivos que expondremos, solicitaron los representantes argentinos que se diera carcter diplomtico al arreglo que se buscaba. Invitado a dar mi opinin sobre estas proposiciones, yo expuse sobre la primera de ellas que aunque el hito de San Francisco fue fijado en ese sitio a peticin del seor perito argentino don Octavio Pico, hecha en 24 de abril de 1890, sealndolo como un punto de la frontera entre Chile y la Repblica Argentina (son sus propias palabras), y reiterada en febrero de 1892, segn instrucciones de su Gobierno, y que aunque consideraba contrario a la seriedad con que deba llevarse a cabo la demarcacin el hecho de volver sobre los trabajos efectuados en virtud de acuerdos regulares y definitivos, y que aunque una revisin de esa naturaleza envolva el peligro de que ms adelante se repitiesen gestiones de la misma clase, embarazando y haciendo interminable la tarea confiada a los peritos, quera dar una prueba de cordialidad desistiendo de la resistencia que antes haba opuesto a esta nueva operacin. Por ms inconvenientes que yo hallara a esta concesin, yo no habra podido seguir resistindola, porque el seor Errzuriz la tena aceptada y convenida de palabra desde el mes anterior con el seor Quirno Costa. Por lo dems, la misma exploracin ejecutada en marzo y abril de 1892 por la comisin mixta demarcadora para fijar aquel hito haba comprobado que el paso de San Francisco era un punto de la frontera entre Chile y la Repblica Argentina, como con tanta insistencia sostena el perito de este ltimo pas seor Pico, de manera que la revisin, o en ltimo caso el fallo de un rbitro vendra a demostrar que el hito no deba removerse.

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Por lo que respecta a los otros dos puntos mi respuesta fue tambin inmediata pero absolutamente adversa a aquellas proposiciones. Expuse que ellas importaban no una aclaracin sino una mo dificacin abierta del tratado de lmites de 1881, modificacin que a los peritos no les era dado ejecutar, puesto que sus poderes y facultades se reducan a dar fiel cumplimiento a ese pacto. Haciendo adems notar los inconvenientes y peligros que ofreca la modificacin propuesta dado caso que se cometiera el error de aceptarla, repet all las mismas razones que de palabra y por escrito haba dado antes en diversas ocasiones a los seores Pico y Virasoro, que se haban sucedido en el cargo de perito por parte de la Repblica Argentina, para sostener el mantenimiento de los principios y reglas establecidas en aquel tratado. La razn que tuvieron los negociadores, deca yo, para tomar como lmite la lnea divisoria de las aguas es la misma que recomiendan los buenos principios de geografa y de derecho internacional. Es esa en efecto, una lnea nica, fcil de definir, de hallar en el terreno y de demarcar por la naturaleza misma, y no sujeta a ambigedades y a errores. Abandonar esa lnea clara y perceptible a la ms superficial inspeccin del terreno para adoptar otra que no puede determinarse con igual precisin, y que ni siquiera se ha podido darla a conocer por una frmula clara y comprensiva que no se preste a ambigedades y a las encontradas interpretaciones, es crear una situacin imposible a los trabajos de demarcacin, puesto que cada da en el origen de cada ro y de cada valle se suscitarn dificultades y contradicciones que no habr como resolver por un principio fijo e invariable. Expres en consecuencia en ningn caso firmara yo una acta por la cual se aceptasen tales modificaciones, no solo por ser extraas a las facultades de los peritos sino por considerarlas perjudiciales en todo sentido. El seor Errzuriz fue el primero que replic a mis observaciones en trminos que por la gravedad del caso se quedaron fijos en mi memoria, y puedo repetir casi textualmente: Vamos por partes, dijo. Los seores (refirindose a los dos representantes argentinos) hacen una declaracin que el pueblo chileno recibir con contento y como un signo de paz y de buena armona asegurando que no pretenden puertos en el Pacfico. Es razonable que nosotros correspondamos a sus buenos propsitos accediendo a las proposiciones que han hecho, y a que no hallo los inconvenientes que seala el seor perito. No necesito decir con cunta y cun penosa extraeza o estas palabras de boca de nuestro Ministro de Relaciones Exteriores. Mi situacin era muy embarazosa, hallndome en aquella conferencia solo contra tres, y siendo uno de estos nuestro propio Ministro encargado de defender los intereses y la dignidad de Chile, y por esto mismo mi jefe jerrquico. Sin embargo,

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afianzado por la razn de la causa que sostena, me mantuve inquebrantable en mi opinin. Contestando al seor Ministro le dije que la resistencia que yo opona a la aceptacin de las proposiciones argentinas no naca del propsito de obtener tal o cual porcin de territorio o de impedir que la otra parte entrara en posesin de este o del otro valle que corresponda a Chile, sino de la necesidad de mantener una lnea de lmites que prescribiera una demarcacin prctica y equitativa, y de evitar una modificacin del tratado que pretenda establecer una regla que en cada punto debera dar origen a cuestiones y complicaciones sobre su inteligencia y su aplicacin, sin que hubiera medio de solucionarlas. Agregu que era posible que el pueblo chileno, que no se haba preocupado mucho de estos asuntos que muy pocas personas haban estudiado, recibiese con contento el arreglo que se propona, creyendo ver en l una manifestacin de paz y de concordia; pero que cuando se iniciaran los trabajos y viera surgir el semillero de pleitos a que l dara origen entonces execrara a los hombres de estado que hubieran contribuido a la celebracin de un pacto del cual no poda esperarse beneficio alguno. Por lo que respecta a la declaracin argentina respecto a las pretensiones a puertos en el Pacfico yo dije al seor Errzuriz que ella no tena importancia alguna, que las tales pretensiones, que slo se haban anunciado en escritos o mapas sin valor ni importancia, eran inaceptables y absurdas ante el tratado de 1881; y que si se suscitara cuestin sobre este punto, y hubiera de llevarse ante un rbitro no haba juez alguno dotado de mediana razn que no considerase tales pretensiones como la mayor de las insensateces. El seor Quirno Costa se empe no en sostener la razn o ventaja del proyectado acuerdo cuanto en persuadirme de que su aceptacin entraba en las atribuciones y facultades de los peritos. Yo le repliqu que si, contra el parecer que yo haba dado con tanta claridad, consenta el gobierno de Chile en la modificacin propuesta del tratado de 1881, entonces se me podra exigir que en las actas periciales o en las instrucciones que se dieran a los ingenieros demarcadores me apartase de la norma de procedimientos que me estaba impuesta por aquel pacto. El seor Quirno Costa tent todava un nuevo esfuerzo para hacerme desistir mi resistencia. Seamos francos, dijo. Ni yo ni mi compaero (sealando al seor Virasoro) tenemos en nuestro pas autoridad moral para imponer nuestras afirmaciones o modificar en manera la de los hombres que dirigen los negocios pblicos. La situacin del seor Barros Arana es bien diferente. En Chile nadie se preocupa de estas cuestiones porque todo el mundo tiene plena confianza en los hombres que las dirigen. El seor Barros Arana goza de tal prestigio en la opinin que lo que

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l resuelva ser hallado bueno en todas partes. En sus manos est, pues, el resolver este negocio y cimentar la cordialidad. Estas palabras, que slo habran podido dirigirse a un insensato lleno de vanidad y que por esto mismo yo no poda recibir si no como una ofensa, me causaron una viva molestia; pero domin mi desagrado, y me limit a contestar que yo no tena tal autoridad en la opinin de mi pas, bastante ilustrada para juzgar con acierto en negocios de este orden; pero aunque la tuviera no se poda exigir que yo la empleara en procurar a mi patria todos los males que consideraba consiguientes a la aceptacin de esas propuestas. La conferencia se termin con formas corteses, pero con notable desabrimiento por parte de los representantes argentinos. Expresaron stos que vista mi obstinacin, ellos no podan hacer las declaraciones en que haban convenido el 13 de marzo. Yo contest que en realidad esas declaraciones no eran necesarias, desde que los derechos respectivos de las dos Repblicas estaban amparados por el tratado de 1881, y desde que ste dispona que todas las dificultades que se suscitaren en su cumplimiento seran resueltas por el fallo arbitral del gobierno de una nacin amiga de ambas. Yo llegu a persuadirme de que las proposiciones argentinas quedaban desechadas, y que no tendra que volver a dar opinin acerca de ellas. Sin embargo el da siguiente recib una carta del Excmo. seor presidente en que me invitaba a la sala de su despacho. Se celebr all un consejo de ministros. El seor Errzuriz expuso que el seor plenipotenciario de la Repblica Argentina le haba presentado una proposicin concreta a que dio lectura. No la tengo a la vista porque entonces no tom copia de ella, y porque despus se me dijo que haba sido retirada por su autor, sin que se dejara constancia en el Ministerio. Recuerdo s precisamente que comenzaba con las mismas palabras del acta elaborada el 13 de marzo, esto es declarando que estando establecido por el tratado de 1881 que la lnea fronteriza correra por las cumbres ms elevadas que dividan las aguas y por entre las vertientes que se desprenden para un lado y para otro, los demarcadores tendran ese principio por norma invariable de sus procedimientos. En consecuencia, se agregaba, si en el curso de la demarcacin esa lnea encontrase ros que la cruzasen, esos ros seran cortados, y cortados por lo tanto, los valles que ellos formasen. La proposicin era perfectamente contradictoria entre su primera y su segunda clusula, pues al paso que aquella estableca la divisoria de aguas como lnea fronteriza, sta, es decir la segunda, estableca lo contrario. Pero, adems, aquella proposicin no fijaba, ni poda fijar con correcta precisin cuando sera llegado el caso de cortar ros y valles, todo lo cual dejaba prever un semillero de interminables litigios.

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Como el Excmo. seor presidente me pidiera mi parecer sobre aquella proposicin, yo repet con mayor detenimiento todava las observaciones que el da anterior haba expuesto en la sala del seor Ministro de Relaciones Exteriores contra toda modificacin del principio capital del tratado de lmites, e hice valer contra ella y contra la forma de que estaba revestida las observaciones que he apuntado ms arriba. No hubo necesidad de debate, y despus de una media hora escasa de simple conversacin sobre estos asuntos, la proposicin aludida fue rechazada por unanimidad. El seor Errzuriz, que haba reconocido los inconvenientes que ella ofreca, no hizo esfuerzo alguno para defenderla. Pocos das ms tarde se verific en Chile un cambio de ministerio por ocurrencias de la poltica interna. Del gabinete cesante slo el seor Errzuriz entr a formar parte del nuevo y esto en el carcter de ministro de guerra y marina; pero como se le juzgara conocedor de los asuntos de lmites en que haba comenzado a entender, se le confi por un decreto especial la comisin de seguir entendiendo en las gestiones iniciadas. Continuronse stas sin que yo tuviera la menor ingerencia, y sin que por entonces se me diera noticia alguna de lo que se trataba. El seor Quirno Costa, representando al seor Errzuriz que vista la resistencia del perito de Chile a suscribir el arreglo propuesto era necesario dar a ste el carcter de un acuerdo diplomtico, haba representado que mi intervencin haba dejado de ser necesaria en la negociacin; el seor Errzuriz, aceptando al parecer esta observacin y la pretensin que envolva, convino en que yo no tomara parte alguna en las conferencias. Slo despus supe en globo lo que haba ocurrido en ellas. El seor Errzuriz, que en un momento haba mostrado cierta aquiescencia a la proposicin argentina, conoca ahora todos los inconvenientes de sta, y comprenda que la adopcin general de una regla que se apartara del principio fijo y claro de la divisoria de aguas creaba una situacin indeterminada y seria el origen de miles de dificultades, de contradicciones y de litigios. El seor Errzuriz, reservndose en todo caso el derecho de consultar al Presidente de la Repblica y a los otros Ministros, expuso que, no tratndose propiamente por parte de Chile de mayor o menor extensin de territorio disputando porciones que no podan ser considerables, l podra proponer a sus colegas una modificacin del principio de la divisin de las aguas siempre de un punto determinado, y como una simple excepcin, debiendo sealarse con fijeza y exactitud en el convenio que se celebrara, el nombre, la ubicacin, y en lo posible la extensin del punto de que se trataba, para evitar toda ambigedad y hacer practica la demarcacin como se quera hacerlo en toda la lnea de frontera conservando la regla que se haba convenido en considerar

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como norma invariable. El seor plenipotenciario argentino, despus de consultar a su Gobierno por la va telegrfica, insisti en su primera proposicin, dndole, sin embargo, una nueva forma que en cierto modo velaba su sentido y alcance. El 25 de abril fui citado otra vez a la sala del despacho del Excmo. seor Presidente, donde celebraban consejo los nuevos ministros. El seor Errzuriz comenz por leer la nueva proposicin argentina. Por los mismos motivos que he recordado al hablar de la primera no tengo a la mano el texto de esta segunda. Recuerdo s que esta era mucho menos franca y explcita en la indicacin del propsito que la inspiraba, y segn lo que ella expresaba, y ms aun segn la explicacin que dio el seor Errzuriz, repitiendo lo que haba odo en sus conferencias con los representantes argentinos, la lnea limtrofe que tena una direccin general de norte a sur, podra cortar ros y valles cuando por encontrarlos en curso no poda dejar de hacerlo sin darle inflexiones que modificasen aquellas direcciones. El Excmo. seor Presidente me pidi entonces mi dictamen sobre aquella proposicin. Yo expuse que aunque revestida de una nueva forma, y menos clara en su propsito, era igual en el fondo a la que el Ministerio anterior haba rechazado diez das antes, por unanimidad. Con este motivo repet los inconvenientes de todo orden que ofreca el abandonar una lnea de lmites clara y determinada, que no daba lugar a errores ni ambigedades, por otra que no estaba fundada en principios rigurosos y que ni siquiera se poda definir en trminos claros y precisos en que no diesen lugar a litigios y complicaciones en la demarcacin sobre el terreno. Presumiendo que pudiera tener necesidad de aadir medios grficos de demostraciones de las ventajas que ofreca la lnea establecida por el tratado de 1881, haba llevado algunos mapas de ciertas secciones de la cordillera, y otros de cadenas de montaas de otras regiones, en que, como sucede en los Vosges, se ha trazado la lnea fronteriza entre dos estados segn la divisoria de las aguas. En vista de esos mapas demostr que una lnea fundada en este principio a que los gegrafos dan frecuentemente el nombre de lnea anticlinal, poda tener una direccin general; pero que por la naturaleza misma, esto es por los variados accidentes de las montaas, debe experimentar continuas inflexiones, pues as como a cada paso cambia de altitud, cambia igualmente de azimut. Establecer que la lnea limtrofe de que se trataba pudiera cortar valles y ros cada vez que la anticlinal o divisoria de aguas se apartaba de la direccin general, equivala a preparar un litigio casi en cada kilmetro. Mi explicacin, segn creo, fue suficientemente clara, pero mas que ella fue el examen de esos mapas lo que form en el nimo de aquellos un juicio adverso a la proposicin que se le

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haba presentado. El seor Errzuriz se haba limitado a presentarla, y no dijo una palabra para apoyarla en el nimo de sus colegas. Solo el seor don Pedro Montt que asista a este consejo en el carcter de Ministro del Interior intent defender la proposicin argentina. Dijo que no vea en ella la significacin y el alcance que yo le atribua, que a su juicio ella no importaba una modificacin sustanciada del tratado de 1881, que en todo caso no vala la pena formar cuestiones internacionales por una pequea porcin de territorio, probablemente intil para la industria. Volv a dar nueva explicacin de los hechos antes sealados, agregando que no se trataba de tal o cual porcin de territorio, que los ejemplos que haba aducido en vista de los mapas presentados tenan por objeto de mostrar que una vez abandonada de un modo u otro la regla natural, clara y fcil de cumplir establecida en el tratado de 1881, quedaramos en una especie de caos, y tendramos en cada punto de la demarcacin una cuestin que no habra como solucionar. El Excmo. seor Presidente de la Repblica y los seores Ministros don Vicente Dvila Larran, don Alejandro Vial y don Ventura Blanco Vial se pronunciaron en este mismo sentido, y despus de muy corta discusin la proposicin argentina fue desechada por unanimidad. Se arrib entonces a la celebracin del protocolo de 1 de mayo de 1893, destinado a confirmar de un modo imperativo las bases fundamentales del tratado de 1881 y a dar ciertas reglas de procedimiento para adelantar los trabajos de demarcacin. No tengo para qu entrar aqui en mayores consideraciones para explicar el alcance de ese pacto, porque he tratado este punto con la conveniente prolijidad en el que IV del memorial que di a luz en 1899 con el ttulo de Exposicin de los derechos de Chile en el litigio de lmites sometido al fallo arbitral de S.M.B. Esa explicacin interpreta fielmente el pensamiento que tuvo el Gobierno de Chile al firmar aquel pacto y as lo expuso al Congreso cuando se trat de obtener la sancin legislativa. Mas an, a pesar de cuanto se ha escrito despus en contrario en la prensa argentina, los representantes de este pas no se hacan ni podan hacerse ilusiones sobre el resultado de esta negociacin, y aunque aparentando estar satisfechos con ese resultado, no podan disimular la desazn consiguiente al fracaso que haban experimentado. Acusaban al perito chileno de ser el causante de ese desastre, as lo comunicaban a su gobierno, as comenz a publicarlo luego la prensa argentina, y as continu publicndolo meses tras meses y aos tras aos en diarios, en panfletos y hasta en documentos de carcter oficial como los memoriales escritos para ser presentados al tribunal arbitral. Los representantes argentinos saban indudablemente que en el Consejo de Ministros de Chile haba habido uno de estos que haba credo aceptable la

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proposicin que haban hecho, y no podan persuadirse de que esa proposicin haba sido desechada con o sin el dictamen del perito chileno, pues los inconvenientes y peligros que ella envolva no podan ocultarse a ningn hombre de algn discernimiento. El seor Quirno Costa haba pedido empeosamente que el protocolo de 1 de mayo se mantuviese reservado hasta que obtuviese la sancin en los Congresos de los dos pases. Pero en la elaboracin de ese pacto haban intervenido en Chile ms o menos directamente muchas personas y, si su texto literal no era conocido, sus disposiciones no eran un misterio para nadie. La prensa dio noticia de ellas con bastante exactitud. En Buenos Aires no suceda lo mismo. Los negociadores argentinos pretendan hacer creer que habian obtenido un triunfo diplomtico, que el principio sostenido por el perito chileno haba sido abandonado por su Gobierno, y que el tratado de 1881 haba sido modificado en su base principal. Este extravo de la opinin se mantuvo hasta diciembre de 1893. Sancionado entonces por los Congresos respectivos el protocolo fue publicado con uno o dos das de diferencia en uno y otro pas. La prensa de Buenos Aires lo salud como una expresin de paz y de concordia, pero declar al mismo tiempo que el protocolo no haba alterado en nada el tratado de 1881, que una simple amplificacin, una perfrasis de ste, deca un diario, que conserva y consagra, deca otro, la plena observancia de las reglas impuestas por el mencionado tratado para la fijacin del lmite. Habiase anunciado, se deca, que el protocolo dispona el cruzamiento de los ros y arroyos que encontrase la lnea de las altas cumbres divisorias de las aguas en su prolongacin sobre los valles formados por la fractura de la cordillera. Esta estipulacin no ha sido consignada perentoriamente. Ninguno de los numerosos rganos de publicidad de aquel pas se avanz en esa poca a insinuar siquiera que el protocolo hubiera modificado en lo menor los principios de demarcacin establecidos por el tratado de 1881. He referido estos hechos en el presente memorandum con ms extensin y con ms prolijos incidentes que los que parece merecer el asunto porque estos mismos hechos han sido contados con gran infidelidad en el alegato presentado por parte de la Repblica Argentina al tribunal arbitral de Londres. He consignado sinceramente mis recuerdos indelebles en todos esos incidentes, y sin hacer caso de documentos o pretendidos documentos que en todo o en parte parecen preparados post facto para fundar aquella versin infiel. Por lo dems, yo consign aunque en forma ms sumaria, estos mismos hechos en dos informes dados al Ministerio de Relaciones Exteriores en 4 de agosto y en 8 de septiembre de 1900 a pedido de la comisin encargada de

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defender los derechos de Chile en este litigio, y en otro dirigido a esta misma con fecha de 26 de diciembre del mismo. Esos informes tenan por objeto desautorizar franca y abiertamente la exposicin consignada en aquel alegato. El ltimo de esos informes se refera principalmente a un punto que puede llamarse personal; que me toca casi exclusivamente. Se dice all que en el curso de las negociaciones de 1893 yo convine alguna vez o me manifest dispuesto a convenir en que se aceptara la proposicin argentina tendente a modificar la base principal del tratado de 1881. Me cre en la necesidad y en el deber de desautorizar en lo absoluto tales aseveraciones. En los nueve aos que desempe el cargo de perito cambi muchas comunicaciones oficiales o confidenciales con los cuatro seores peritos argentinos que se sucedieron uno en pos de otro; los ingenieros demarcadores chilenos que estaban bajo mis rdenes cambiaron muchas otras con los ingenieros argentinos; di numerosos informes a nuestro Gobierno, y me comuniqu por escrito centenares de veces con mis subalternos. En todas esas comunicaciones no se encontrar una frase, una lnea, una palabra siquiera que indique que hubo un solo momento en que yo manifest la menor vacilacin en el sostenimiento del principio de la divisoria de las aguas establecido por el tratado de 1881, y que yo consideraba el nico medio de hacer prctica la demarcacin de lmites. Pero se dice que mi asentimiento a la modificacin de aquel pacto fue verbal, o ms bien que de ciertas palabras que se me atribuyen podra deducirse que yo convena en ellas. Es incomprensible que en una exposicin que deba revestir el carcter de la mayor seriedad se hagan alegaciones de esta clase que no descansan en ninguna comprobacin, y que adems son contradictorias con la actitud que yo asuma en todas mis comunicaciones con mis contendores, en todas las conferencias que tuve con ellos, en las actas de nuestros acuerdos y en las publicaciones que me vi en el caso de hacer. En los primeros das de mayo de 1893, apenas firmado el protocolo referido, present al seor Virasoro un proyecto formulado en doce artculos de las instrucciones que deban darse a los ingenieros encargados de la demarcacin en la cordillera. El seor Virasoro me dijo que estando entonces para regresar a Buenos Aires no tena tiempo para estudiarlo; y convinimos en que lo llevara consigo, y a su vuelta, que, segn anunciaba, deba efectuarse en octubre siguiente, les dara su aprobacin o propondra las modificaciones que juzgase conveniente. Antes de esa poca el seor Virasoro renunci al cargo de perito, y en su reemplazo fue nombrado el seor Quirno Costa, que adems conservaba el cargo de ministro plenipotenciario de la Repblica Argentina. El seor Quirno Costa lleg a Santiago ese ao en los ltimos das de diciembre. Desde nuestra primera conferencia se trat de preparar las instruc-

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ciones a que deban sujetarse los ingenieros encargados de operar en la cordillera. El seor Quirno Costa me dijo que el proyecto que yo present al seor Virasoro haba sido examinado atentamente y encontrado muy bueno, y que con la sola modificacin casi sin importancia de algunas palabras, mereca su aprobacin. En efecto, los artculos de ambos proyectos eran exactamente iguales; pero en la parte referente a las operaciones en el terreno se haban introducido modificaciones al parecer insignificantes, pero en realidad trascendentales. Con ese artificio se pretenda por medio de las instrucciones que se diesen a los ingenieros obtener en todo o en parte lo que no se haba podido conseguir al negociarse el protocolo, es decir apartarlo del principio geogrfico establecido para la demarcacin. Despus de un debate que nos ocup algunas sesiones y que retard el arreglo de las instrucciones ms de dos das se lleg a una forma que poda considerarse satisfactoria y que fue firmada con fecha 1 de enero de 189410. El seor Quirno Costa haba insistido mucho en emplear las palabras encadenamiento principal de los Andes, dejando siempre cierta vaguedad e indecisin sobre lo que deba entenderse por ellas, y dando as origen a discusiones tendentes a intentar sacar la delimitacin del principio establecido por los tratados. Yo no poda rechazar en lo absoluto esas palabras que estaban consignadas en los pactos, pero cre indispensable evitar toda ambigedad, y poner el trabajo de la demarcacin de lneas a salvo de ese peligro, dejando al efecto constancia formal del significado que yo les atribua conforme a los principios cientficos de geografa, las reglas de derecho internacional y la letra y el espritu del tratado que estbamos encargados de aplicar. Por encadenamiento principal de los Andes, dije, yo entiendo la lnea de cumbres que dividen las aguas que forman la separacin de las hoyas hidrogrficas tributarias del Atlntico por el oriente y del Pacfico por el occidente estableciendo el lmite entre los dos pases11. El seor Quirno Costa no se atrevi a impugnar esta definicin, ni mucho menos a sostener que el tratado de lmites no hubiera consignado el principio de la divisoria de aguas, o que este principio hubiese sido modificado por acuerdos posteriores. Se limit a pedirme que no consignara esta declaracin, apoyando esta exigencia en estas dos razones. 1. No era necesaria desde que hasta entonces no se haba producido dificultad, en la tarea de demarcacin, y ni siquiera inicindose este trabajo; 2. Era a los gobiernos y no a los peritos a

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Tanto mi proyecto de instrucciones como las que fueron sancionadas el 1 de enero de 1894 estn publicados en el libro citado del seor Bertrand pg. 135-39 de los documentos. Pueden verse los fundamentos de esta definicin en mi citada de Exposicin de 1899, pg. 51--58.

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quienes corresponda inicidose hacer esta declaracin. Yo contest que el momento de hacer esa declaracin era cabalmente este, es decir al iniciarse los trabajos de demarcacin para fijar reglas seguras que evitaran las erradas interpretaciones que pudieran perturbar esa operacin; y que la declaracin que yo haca interpretaba fielmente el pensamiento de mi Gobierno, y corresponda a los principios que ste haba sentado al firmar el tratado de 1881 y el protocolo de 1893. Mi declaracin qued en consecuencia estampada en el acta de la conferencia en que se extendieron esas instrucciones, y con ellas fue comunicada a los ingenieros encargados de la demarcacin. El Ministerio de Relaciones Exteriores, a quien tuve que comunicar esos acuerdos, aprob expresamente mi declaracin, manifestndome que ella expresaba la inteligencia que el Gobierno de Chile daba y haba dado siempre a los pactos de que se trataba. Esa declaracin, inspirada, como se ve, por un sentimiento de lealtad dirigida a manifestar sin ambajes ni disimulo los propsitos del perito chileno y de su Gobierno, caus sin embargo un notorio desagrado a nuestros contendores12. Provista de esas instrucciones sali en los primeros das de enero de 1894 una subcomisin mixta de ingenieros demarcadores encargada de operar en la cordillera de Colchagua. Esa subcomisin habra podido fijar ese verano descansadamente diez a doce hitos, pues se operaba en una seccin de la montaa fcilmente accesible, con recursos inmediatos para la alimentacin de los hombres y de los animales, y con un tiempo enteramente favorable. Sin embargo, los ingenieros argentinos parecan empeados en demorar la operacin. As fue que cuando hubieron convenido en los puntos en que se deban fijar los dos primeros hitos objetaron la necesidad de estudiar para establecer la latitud y la longitud, y en esto malgastaron cerca de un mes, tiempo em-

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Era entonces Ministro de Relaciones Exteriores de Chile don Ventura Blanco, cuyas opiniones en asuntos de poltica interna eran diversas a las del perito chileno. Conocedor de esta circunstancia, el seor Quirno Costa, en una conversacin de confianza, expres al seor Blanco que era incomprensible que el Gobierno de Chile conservase en un puesto de tanta confianza como el de perito a un hombre conocidamente desafecto a la poltica imperante. El seor Quirno Costa anunciaba adems que separado el perito chileno, y nombrado otro individuo en su lugar, cesaran todos inconvenientes y tropiezos que encontraba en su marcha la demarcacin de lmites, y que sta adelantara y llegara a su trmino con mucha prontitud. Esta gestin, promovida sin darle carcter de una proposicin formal, era inspirada por la idea de que solo el perito chi