Panama, 26 de marzo de 2012 RESOLUCION No. DNCyA-075 ...

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Panama, 26 de marzo de 2012 RESOLUCION No. DNCyA-075-2012 El Director Nacional de Compras y Abastos de la Caja de Seguro Social, facultado mediante Resoluci6n NO.1046-2011-D.G. de 28 dejulio de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante Orden de Compra NO.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010, la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED), se oblig6 al suministro de 180,000 GUANTES QUIRURGICOS TAMANO 8 DE LATEx, ESTERIL, DESECHABLES, par el PRECIO UNITARIO de B/.0.169000, por el monto de TREINTA MIL CUATROCIENTOS VEINTE BALBOAS CON 00/100 (B/JO,420.00), CODIGO DEL PRODUCTO 2-09-0379-03, CON DESTINO AL ALMACEN MEDICO QUIRURGICO 10- 15, entrega: 60 dias calendario, CRITERIO TECNICO MINSA MQ 929 11 09, CATALOGO 11009, MARCA LORD, LABORATORIO FABRICANTE YANGZHOU MEDLINE INTERNATIONAL, CO. LTD, PAIS DE ORIGEN CHINA, con fecha de vencimiento en la entrega: 20 de febrero de 2011; Que la Orden de Compras antes detallada tiene su fundamento en la Licitaci6n Publica de Mayor Cuantia celebrada e12 dejulio de 2010; Que la descripci6n del producto establecida en la Orden de Compra No.2 101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010 es la siguiente: "GUANTES QUIRURGICOS DE TAMANO 8 DE LATEX NATURAL CON BAJO CONTENJDO DE POLVO (NO MAS DE 200MG. DE POLVO POR GUANTE); NO DEBERJi TENER MAs DE 300 MICROGRAMOS DE PROTEiNA POR GUANTE. DEBERJi VENIR POR PAR (DERECHO E IZQUIERDO), ESTERIL Y DESECHABLE CON DOBLE ENVOLTURA Y DE FACIL EXTRACCION ASEPTICA DE SU CONTENJDo. EN SU ENVASE INTERNO DEBERJi ESTAR MARCADO CON EL TAMANO DEL GUANTE Y EL NOMBRE ESPECiFICO DE LA MANO (DERECHO 0 IZQUIERDO). EN SU PARTE EXTERNA DEBERJi MARCARSE EL TAMANO DEL GUANTE, MES Y ANO DE FABRICACION, ESTERIL, usa INMEDIATO Y FECHA DE EXPJRACION. DIMENSIONES 96MM A 108MM DE ANCHO EN LA PALMA. 265 MM DE LARGO MiNIMo. ESPESOR DEL GUANTE EN YEMAS Y PALMA DE 0.10MM DEBE PRESENTAR EN LA ORILLA DEL GUANTE UN DISPOSITIVO QUE ASEGURE LA FIJACION DEL GUANTE EN EL ANTEBRAZo. OBSERVACION:

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Panama, 26 de marzo de 2012

RESOLUCION No. DNCyA-075-2012

El Director Nacional de Compras y Abastos de la Caja de Seguro Social, facultadomediante Resoluci6n NO.1046-2011-D.G. de 28 de julio de 2011

CONSIDERANDO:

Que mediante Orden de Compra NO.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010, la empresaPRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED), se oblig6 al suministro de180,000 GUANTES QUIRURGICOS TAMANO 8 DE LATEx, ESTERIL,DESECHABLES, par el PRECIO UNITARIO de B/.0.169000, por el monto de TREINTAMIL CUATROCIENTOS VEINTE BALBOAS CON 00/100 (B/JO,420.00), CODIGO DELPRODUCTO 2-09-0379-03, CON DESTINO AL ALMACEN MEDICO QUIRURGICO 10-15, entrega: 60 dias calendario, CRITERIO TECNICO MINSA MQ 929 11 09, CATALOGO11009, MARCA LORD, LABORATORIO FABRICANTE YANGZHOU MEDLINEINTERNATIONAL, CO. LTD, PAIS DE ORIGEN CHINA, con fecha de vencimiento en laentrega: 20 de febrero de 2011;

Que la Orden de Compras antes detallada tiene su fundamento en la Licitaci6n Publica deMayor Cuantia celebrada e12 de julio de 2010;

Que la descripci6n del producto establecida en la Orden de Compra No.2 101659-08-12 de 17de noviembre de 2010 es la siguiente:

"GUANTES QUIRURGICOS DE TAMANO 8 DE LATEX NATURAL CON BAJOCONTENJDO DE POLVO (NO MAS DE 200MG. DE POLVO POR GUANTE); NODEBERJi TENER MAs DE 300 MICROGRAMOS DE PROTEiNA POR GUANTE.DEBERJi VENIR POR PAR (DERECHO E IZQUIERDO), ESTERIL Y DESECHABLECON DOBLE ENVOLTURA Y DE FACIL EXTRACCION ASEPTICA DE SU CONTENJDo.EN SU ENVASE INTERNO DEBERJi ESTAR MARCADO CON EL TAMANO DEL GUANTEY EL NOMBRE ESPECiFICO DE LA MANO (DERECHO 0 IZQUIERDO). EN SU PARTEEXTERNA DEBERJi MARCARSE EL TAMANO DEL GUANTE, MES Y ANO DEFABRICACION, ESTERIL, usa INMEDIATO Y FECHA DE EXPJRACION.DIMENSIONES96MM A 108MM DE ANCHO EN LA PALMA.265 MM DE LARGO MiNIMo.ESPESOR DEL GUANTE EN YEMAS Y PALMA DE 0.10MMDEBE PRESENTAR EN LA ORILLA DEL GUANTE UN DISPOSITIVO QUE ASEGURE LAFIJACION DEL GUANTE EN EL ANTEBRAZo.OBSERVACION:

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.2Resoluci6n DNCyA No,075-2012PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED)

DEBE VENIR EN ENVASE INDIVIDUAL, ESTERIL, DESECHABLE.CON FECHA DEVENCIMIENTO DE LA ESTERILIZACION, DE FABRICACION Y NUMERO DE LOTEVISIBLE Y VIGENTE. LA CAJA DEBERA TRAER INSTRUCCIONES DEALMACENAMIENTO, TAMAHO DEL GUANTE. LEYENDA DE ESTE1UL, FABRICANTE,NUMERO DE LOTE, PAIS DE ORIGEN YMARCA DE FABRICA, "

Que dichos guantes al momento de su recepci6n no fueron examinados, toda vez que losmismos contaban con Criterio Tecnico del Ministerio de Salud, y Certificado de Oferenteexpedido por la Comisi6n Nacional del Registro Nacional de Oferentes y en virtud de queel protocolo indica que los productos que son esteriles no deben examinarse para evitar sucontaminaci6n y/o bioseguridad;

Que en la utilizaci6n de estos insumos por las diferentes unidades ejecutoras se recibenreportes de incidentes adversos de dispositivos medicos, provenientes del Hospital RafaelHernandez en Chiriqui, Hospital de Especialidades Pediatricas, el CH Dr. Arnulfo AriasMadrid y el Hospital Rafael Estevez de Aguadulce, que informa que los guantespresentaban:-perforaciones-manchas de tintas-cuerpo extrafio (pelo)-No tienen dobles reglamentarios-El etiquetado en cuanto a tamafio es incorrecto (guantes que dicen 8 y son talla 7)-El etiquetado de la posici6n izquierda y derecha igual de incorrecto. Se rompe confacilidad.- En algunos pares se observa tonos de amarillo diferente.

En el seguimiento de las fallas reportadas se observa 10 siguiente:-orificiosPliegues Adheridos-Materia Extrafia-Presentan en la orilla del guante un enrollamiento 0 banda de color de 1 cm de anchomaximo 0 un terminado que asegure su fijaci6n en el antebrazo y este no 10 posee.-Con doble envoltura y de facil extracci6n aseptica de su contenido y este no 10 posee.-Debera venir por par (derecho e izquierdo), esteril y desechable, vienen de un mismo ladoo sea dos derechos 0 en algunos casos dos izquierdos.

Que se suma a estos reportes, el realizado por la supervisora del Sal6n de Operaciones delComplejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid, en e1 cual sefiala que los guantesquirurgicos son dispositivos medicos que sirven como barreras protectoras para evitar elriesgo de contagios e infecciones en cualquier intervenci6n, los cuales deben contar congran permeabilidad, alta resistencia a la tracci6n y gran flexibilidad que proporciona unabuena sensibilidad, cuya utilizaci6n tiene como finalidad la de proteger las manos paraevitar riesgo de contaminaci6n e infecciones, por el tipo de procedimiento quirurgico que serealizan en donde se tienen 6rganos y tejidos expuestos que con el uso de los guantes en lascondiciones suministradas por la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS,S.A. (PROSEMED) e1riesgo aumenta, toda vez que en los mismos se observa:-Multiples micro perforaciones

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. 3Resoluci6n DNCyA NO.075-2012PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED)

-Manchas-Materiales extrafios adheridos-Hongos-Sin talco-Ambidextros (misma mano)

Que toda esta informacion motivo que se efectuaran las comunicaciones correspondientesal Ministerio de Salud que recomendo que dichos productos se mantuvieran en cuarentenahasta tanto concluyeran las investigaciones, 10 que genero un desabastecimiento a nivelnacional;

Que las anomalias detectada en los guantes afecto tambien la entrega de este producto, enOrdenes de Compras generadas con fundamento en la Licitacion de Precio Dnico No.OS-2010 celebrada el 29 de julio de 2010, toda vez que oferto guantes de la misma marca ycasa fabricante, los cuales no podian ser recibidos por el reporte de fallas que presentaban,agravando aim mas el problema del desabastecimiento;

Que las Licitaciones de Precio Dnico tienen como proposito establecer precios ycondiciones determinadas par un periodo definido, garantizar el abastecimiento de manerapermanente y oportuna, reducir costos por adquisicion, eliminar las compras por fondosfijos de trabajo en las unidades ejecutoras a precios mas elevados, proyecciones que sevieron afectadas en gran magnitud;

Que para afrontar la problematica del desabastecimiento que mantenia la Institucion, laempresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED), presenta comoalternativa el reemplazo de los guantes de la Marca Lord, pais de origen China, por laMarca Top Glove, pais de origen Malasia, no obstante, para realizar este reemplazo entregauna nota de la empresa INTERMEDIC, S.A., en la cualla autorizaba a utilizar el criteriotecnico certificado por el Ministerio de Salud MQ-404-12-08 que corresponde a guantesquirurgicos de Latex, esteriles desechables marca AYLEX MEDICAL del fabricante TOPGLOVE SDN, BHD de pais de origen Selangor Malasia, procedimiento que no estadispuesto en el Decreto Ejecutivo No.468 de 7 de noviembre del 2007 que Reglamenta laexpedicion, renovacion y suspension del certificado de criterio tecnico de dispositivosmedicos, y finalmente, 10 que pretendia entregar era guantes Marca LORD, fabricante:TOP GLOVE, Pais de origen: Malasia, variando la alternativa propuesta y sin contartampoco, con criterio tecmco para este insumo.En la verificacion de la documentacion por la parte tecmca de la Institucion se determinaque el criterio tecnico de la empresa INTERMEDIC. S.A., no ampara el producto ya que laficha tecnica fue inhabilitada en abril del 2009;

Que al cotejar el Certificado de Criterio Tecnico de la empresa INTERMEDIC, S.A., con lacaja de guantes que entrega PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.,(PROSEMED) la marca del insumo del certificado no coincide con la marca del productoque pretendia entregar;

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.4Resoluci6n DNCyA NO.075-2012PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED)

Que los guantes suministrados en calidad de reemplazo tampoco cumplen tecnicamente, yaque presentan una superficie microrugosa y no aport6 el certificado de anaIisis delfabricante dellote del dispositivo del cual efectuaria el despacho.

Que este incumplimiento de la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDI~OS, S.A.(PROSEMED) en la calidad del producto y su entrega el tiempo previsto en las Ordenes deCompra de Precio Unico, ha ocasionado que la Caja de Seguro Social realizara compras aterceros a un precio superior a 10 pactado, a fin de evitar el desabastecimiento y garantizarque las unidades ejecutoras cuenten con cantidad suficiente de este insumo, para la atenci6nde nuestros Derecho -Habientes;

Que es importante destacar el peligro inminente a que se han expuesto los pacientes,personal medico y/o salud, por la alta predisposici6n que tuvieron a la contaminaci6n alutilizar estos guantes defectuosos, con orificios multiples, suciedad, materiales extrafios,etc., situaci6n que al ser del conocimientos publico tambien afect6, la imagen que comoprimera entidad de seguridad social de preservar en la atenci6n de la poblaci6n asegurada;

Que a traves de Nota DNCyA-N-1410 de 18 de octubre de 2011 se presenta ante laComisi6n Nacional de Registro Nacional de Oferentes el reporte de falla administrativa dela empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A., (PROSEMED) por elincumplimiento de la Orden de Compra No.2101659-08-12 a fin de que se realice lacorrespondiente investigaci6n y se suspenda provisionalmente el Certificado de Oferentes;

Que mediante Nota DC-PMF-No.871-2011 de 20 de octubre de 2011 se comunica a laCOMPANiA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A. el inicio del proceso deresoluci6n administrativa por el incumplimiento de la Orden de Compra No.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010;

Que a traves de Nota ADENL-DNCyA-1612-2011 de 2 de diciembre de 2011, notificadael 3 de enero de 2012 al Licenciado JOSE FERNANDO DE GRACIA, RepresentanteLegal de la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED) seinicia el Proceso de Resoluci6n Administrativa concediendole el termino de (5) dias,contados a partir del recibo de dicha misiva para que contestara y presentara las pruebasque considere pertinente en la Direcci6n Naciona1 de Compras y Abastos, termino quevenci6 el 11 de enero de 2012;

Que mediante Nota DNCyA-N-042 de 12 de enero de 2012 el Director Nacional deCompras informa que la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A,(PROSEMED) no ha presentado descargos relacionados con el Proceso de Resoluci6nAdministrativa de la Orden de Compra 2101659-08-12;

Que a traves de Nota ADENL-DNCyA-274-2012 de 15 de febrero de 2012, se comunica ala empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED) que envirtud de que no present6 descargos se procederia a emitir la resoluci6n administrativa dela Orden de Compra NO.2101659-08-12;

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. 5Resoluci6n DNCyA NO.075-2012PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED)

Que en vista que fue infructuosa la notificacion personal de la Nota ADENL-DNCyA-276fechada 15 de febrero de 2012, al senor JOSE FERNANDO DE GRACIA, representantelegal de la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A., (pROSEMED) lamisma se notifico mediante Edicto No.DNCyA-047-20l2 el14 de marzo de 2012;

Que el Articulo 113, numeral 1 de la Ley NO.22 del 27 de junio de 2006, Texto Unico,supletoria de la Ley No. 51 de 27 de diciembre de 2005 en materia de contratacion publicadispone que es causal de resolucion administrativa el incumplimiento de las clausulaspactadas;

Que de conformidad con 10 dispuesto en el Articulo 83 del Reglamento por medio del cualse regula el procedimiento de obras, suministros de bienes y prestacion de servicios engeneralla sancion accesoria, esto es, la inhabilitacion para participar en actos publicos quecelebre la Caja de Seguro Social con el producto objeto de incumplimiento, sera por eltermino de tres (3) meses la primera vez, y en easo, de reincideneia por seis (6) meses,por eada ineumplimiento de eontrato u orden de eompra de manera sueesiva;

Que en merito a las consideraciones expuestas;

RESUELVE:

PRIMERO: RESOLVER ADMINISTRATIVAMENTE la Orden de Compra No.NO.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010, emitida a favor de la empresaPRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED), para el suministro de180,000 GUANTES QUIRURGICOS TAMANO 8 DE LATEX, ESTERIL,DESECHABLES por el PRECIO UNITARIO de B/.O.l69000, por el monto de TREINTAMIL CUATROCIENTOS VEINTE BALBOAS CON 00/100 (B/30,420.00), CODIGO DELPRODUCTO 2-09-0379-03, CON DESTINO AL ALMACEN MEDICO QUIRURGICO lO-IS, entrega: 60 dias calendario, CRITERIO TECNICO MINSA MQ 929 11 09, CATALOGO11009, MARCA LORD, LABORATORIO FABRICANTE YANGZHOU MEDLINEINTERNATIONAL, CO. LTD, PAIS DE ORIGEN CHINA, con fecha de vencimiento en laentrega: 20 de febrero de 2011.

SEGUNDO: INHABILITAR POR REINCIDENTE a la empresa PRODUCTOS YSERVICIOS MEDICOS, S.A. (PROSEMED), por el termino de SEIS (6) MESES, al serreincidente por cada incumplimiento entrando a regir esta sancion el dia siguiente definalizada la anterior, para participar en actos publicos que celebre la Caja de Seguro Socialcon el producto objeto de la sancion, de conformidad con el Articulo 83 del Reglamento pormedio del eual se regula el procedimiento de obras, suministros de bienes y prestacion deservieios en general.

TERCERO: REMITIR el expediente debidamente foliado al Ministerio de Salud, para elinicio de las saneiones que correspondan de aeuerdo a la Ley NO.1de lOde enero de 2001.

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. 6Resoluci6n DNCyA NO.075-2012PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, SA (PROSEMED)

CUARTO: REMITIR a la Direcci6n General de Contrataciones Publicas, copia autenticadade la presente resoluci6n, una vez se encuentre en firme y ejecutoriada, para el registrocorrespondiente.

QUINTO: REMITIR a la CIA. INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A., copiaautenticada de la presente resoluci6n, una vez se encuentre en firme y ejecutoriada, para eltnimite de rigor.

SEXTO: PUBLICAR la presente Resoluci6n en el Sistema Electr6nico "PanamaCompra".

SEPTIMO: PUBLICAR la presente Resoluci6n en la Pagina Electr6nica de la Caja de SeguroSocial.

OCTAVO: ADVERTIR a la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(PROSEMED) que de conformidad con la Ley No.1 de 10 de enero de 2001, Articulos 134supletoria a la Ley No.51 de 27 de diciembre de 2005, una vez notificada la resoluci6n deadjudicaci6n del acto publico, se cierra la fase separable 0 precontractual y se da formalapertura a la fase contractual del acto. Los actos administrativos subsiguientes, en merito a sunaturaleza bilateral 0 convencional, no son impugnables y las cuestiones suscitadas con motivode la celebraci6n, cumplimiento 0 extinci6n de los contratos s6lo son revisables por lajurisdicci6n contenciosa administrativa.

NOVENO: ADVERTIR a Ie empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(PROSEMED) que toda acci6n ante la Sala Tercera de 10 Contencioso Administrativa de laCorte Suprema de Justicia en la cual se solicite la suspensi6n del acto administrativo en materiade contrataci6n publica debera consignar una fianza del 15% del precio oficial estimado para elacto publico a favor de la Caja de Seguro Social con el objeto de garantizar los perjuicios ylesiones que se Ie ocasione al interes publico y a la propia entidad producto del abuso delderecho y de las acciones temerarias del recurrente.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulos 134, 137 y 142 de la Ley No.1 de 10 de enero de2001, Articulos 37 y 75 de la Ley No. 51 de 2005, Articulos 83, 84, 87 y 88 del Reglamentopor medio del cual se regula el procedimiento de obras, suministro de bienes y prestaci6n deservicios en general, Articulos 113, 115 y 116 de la Ley NO.22del 27 de junio del 2006, TextoUnico.

NOTIFiQUES~~,

~~EUG ~ 0 F. HAURADOUDirettor Nacional de Compras y Abastos

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RIS ARIASSecretaria General

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CAJA DE SEGURO SOCIALSecretaria General

Edicto No.DNCyA-068-20l2

La Secretaria General de la CAJA DE SEGURO SOCIAL, en vista que ha sido ResueltaAdministrativamente la Orden de Compra No.2l0l659-08-l2 de 17 de noviembre de 2012,procede a fijar el presente EDICTO, para notificar la Resoluci6n No.DNCyA-075-20l2 del 26de marzo de 2012 en los siguientes terminos:

"Que mediante Orden de CompraNO.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010, la empresaPRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (pROSEMED), se oblig6 al suministro de180,000 GUANTES QUIRURGICOS TAMANo 8 DE LATEx, ESTERIL,DESECHABLES, por el PRECIO UNITARIO de B/.0.169000, por el monto de TREINTAMIL CUATROCIENTOS VEINTE BALBOAS CON 00/100 (B/J0,420.00), CODIGO DELPRODUCTO 2-09-0379-03, CON DESTINO AL ALMACEN MEDICO QUIRURGICO lO-IS, entrega: 60 dias calendario, CRITERIO TECNICO MINSA MQ 929 11 09, CATALOGO11009, MARCA LORD, LABORATORIO FABRICANTE YANGZHOU MEDLINEINTERNATIONAL, CO. LTD, PAIS DE ORIGEN CHINA, con fecha de vencimiento en laentrega: 20 de febrero de 2011;

Que la Orden de Compras antes detallada tiene su fundamento en la Licitaci6n Publica deMayor Cuantia celebrada el2 de julio de 2010;

Que la descripci6n del producto establecida en la Orden de Compra No.2101659-08-12 de 17de noviembre de 2010 es la siguiente:

"GUANTES QUIRURGICOS DE TAMANO 8DE LATEX NATURA CON BAJO CONTENIDODE POLVO (NO MAS DE 200MG. DE POLVO POR GUANTE),' NO DEBERA. TENERMAs DE 300 MICROGRAMOS DE PROTEiNA POR GUANTE.DEBERA. VENIR POR PAR (DERECHO E IZQUIERDO), ESTERIL Y DESECHABLECON DOBLE ENVOLTURA Y DE pACIL EXTRACCION ASEPTICA DE su CONTENIDOEN SU ENVASE INTERNO DEBERA. ESTAR MARCADO CON EL TAMANO DEL GUANTEY EL NOMBRE ESPECiPICO DE LA MANO (DERECHO 0 IZQUIERDO). EN SU PARTEEXTERNA DEBERA. MARCARSE EL TAMANO DEL GUANTE, MES Y ANO DEFABRICACION, ESTERIL, USO INMEDIATO Y FECHA DE EXPIRACIONDIMENSIONES96MM A 108MM. DE ANCHO EN LA PALMA.265 MM DE LARGO MiNIMOESPESOR DEL GUANTE EN YEMAS Y PALMA DE 0.1OMM.DEBE PRESENTAR EN LA ORILLA DEL GUANTE UN DISPOSITIVO QUE ASEGURE LAFIJACION DEL GUANTE EN EL ANTEBRAZOOBSERVACION:

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.2Edicto No.DNCyA-068-2012Productos y Servicios Medicos, S.A. (PROSEMED)

DEBE VENIR EN ENVASE INDIVIDUAL, ESTERIL, DESECHABLE.CON FECHA DEVENCIMIENTO DE LA ESTERILIZACION, DE FABRICACION Y NUMERO DE LOTEVISIBLE Y VIGENTE. LA CAJA DEBERA TRAER INSTRUCCIONES DEALMACENAMIENTO, TAMANO DEL GUANTE. LEYENDA DE ESTERIL, FABRICANTE,NUMERO DE LOTE, PAIS DE ORIGEN YMARCA DE FABRICA. "

Que dichos guantes al momento de su recepci6n no fueron examinados, toda vez que losmismos contaban con Criterio Tecnico del Ministerio de Salud, y Certificado de Oferenteexpedido por la Comisi6n Nacional del Registro Nacional de Oferentes y en virtud de que elprotocolo indica que los productos que son esteriles no deben examinarse para evitar sucontaminaci6n y/o bioseguridad;

Que en la utilizaci6n de estos insumos por las diferentes unidades ejecutoras se recibenreportes de incidentes adversos de dispositivos medicos, provenientes del Hospital RafaelHernandez en Chiriqui, Hospital de Especialidades Pediatricas, el CH Dr. Amulfo AriasMadrid y el Hospital Rafael Estevez de Aguadulce, que informa que los guantes presentaban:-perforaci ones-manchas de tintas-cuerpo extrafio (pelo)-No tienen dobles reglamentarios-El etiquetado en cuanto a tamafio es incorrecto (guantes que dicen 8 y son tall a 7)-El etiquetado de la posici6n izquierda y derecha igual de incorrecto. Se rompe con facilidad.- En algunos pares se observa tonos de amarillo diferente.

En el seguimiento de las fallas reportadas se observa 10siguiente:-orificiosPliegues Adheridos-Materia Extrafia-Presentan en la orilla del guante un enrollamiento 0 banda de color de 1 cm de ancho maximoo un terminado que asegure su fijaci6n en el antebrazo y este no 10posee.-Con doble envoltura y de facil extracci6n aseptica de su contenido y este no 10posee.-Debera venir por par (derecho e izquierdo), esteril y desechable, vienen de un mismo lado 0sea dos derechos 0 en algunos casos dos izquierdos.

Que se suma a estos reportes, el realizado por la supervisora del Sa16n de Operaciones delComplejo Hospitalario Dr. Arnulfo Arias Madrid, en el cual sefiala que los guantesquirurgicos son dispositivos medicos que sirven como barreras protectoras para evitar el riesgode contagios e infecciones en cualquier intervenci6n, los cuales deben contar con granpermeabilidad, alta resistencia a la tracci6n y gran flexibilidad que proporciona una buenasensibilidad, cuya utilizaci6n tiene como finalidad la de proteger las manos para evitar riesgode contaminaci6n e infecciones, por el tipo de procedimiento quirurgico que se realizan endonde se tienen 6rganos y tejidos expuestos que con el uso de los guantes en las condicionessuministradas por la empresa PRODUCT OS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(PROSEMED) el riesgo aumenta, toda vez que en los mismos se observa:-Multiples micro perforaci ones-Manchas-Materiales extrafios adheridos-Hongos-Sin talco-Ambidextros (misma mano)

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. 3Edicto No.DNCyA-068-2012Productos y Servicios Medicos, SA (PROSEMED)

Que toda esta informaci6n motiv6 que se efectuaran las comunicaciones correspondientes alMinisterio de Salud que recomend6 que dichos productos se mantuvieran en cuarentena hastatanto concluyeran las investigaciones, 10 que gener6 un desabastecimiento a nivel nacional;

Que las anomalfas detectada en los guantes afect6 tambien la entrega de este producto, enOrdenes de Compras generadas con fundamento en la Licitaci6n de Precio Unico NO.OS-2010celebrada el 29 de julio de 20 I0, toda vez que ofert6 guantes de la misma marca y casafabricante los cuales no podian ser recibidos por el reporte de fallas que presentaban,agravando aim mas el problema del desabastecimiento;

Que las Licitaciones de Precio Unico tienen como prop6sito establecer precios y condicionesdeterminadas por un periodo definido, garantizar el abastecimiento de manera permanente yoportuna, reducir costos por adquisici6n, eliminar las compras por fondos fijos de trabajo enlas unidades ejecutoras a precios mas elevados, proyecciones que se vieron afectadas en granmagnitud;

Que para afrontar la problematica del desabastecimiento que mantenia la Instituci6n, laempresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (pROSEMED) presenta comoaltemativa el reemplazo de los guantes de la Marca Lord, pais de origen China, por la MarcaTop Glove, pais de origen Malasia, no obstante, para realizar este reemplazo entrega una notade la empresa INTERMEDIC, S.A., en la cual la autorizaba a utilizar el criterio tecnicocertificado por el Ministerio de Salud MQ-404-12-08 que corresponde a guantes quirurgicosde Latex, esteriles desechables marca AYLEX MEDICAL del fabricante TOP GLOVESDN, BHD de pais de origen Selangor Malasia, procedimiento que no esta dispuesto en elDecreto Ejecutivo No.468 de 7 de noviembre del 2007 que Reglamenta la expedici6n,renovaci6n y suspensi6n del certificado de criterio tecnico de dispositivos medicos, yfinalmente, 10 que pretendia entregar era guantes Marca LORD, fabricante: TOP GLOVE,Pais de origen: Malasia, variando la altemativa propuesta y sin contar tampoco, con criteriotecnico para este insumo.En la verificaci6n de la documentaci6n por la parte tecnica de la Instituci6n se determina queel criterio tecnico de la empresa INTERMEDIC. S.A., no ampara el producto ya que la fichatecnica fue inhabilitada en abril del 2009;

Que al cotejar el Certificado de Criterio Tecnico de la empresa INTERMEDIC, S.A., con lacaja de guantes que entrega PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.,(PROSEMED) la marca del insumo del certificado no coincide con la marca del producto quepretendia entregar;

Que los guantes suministrados en calidad de reemplazo tampoco cumplen tecnicamente, yaque presentan una superficie microrugosa y no aport6 el certificado de analisis del fabricantedellote del dispositivo del cual efectuaria el despacho.

Que este incumplimiento de la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(pROSEMED), en la calidad del producto y su entrega el tiempo previsto en las Ordenes deCompra de Precio Unico, ha ocasionado que la Caja de Seguro Social realizara compras aterceros a un precio superior a 10 pactado, a fin de evitar el desabastecimiento y garantizar quelas unidades ejecutoras cuenten con cantidad suficiente de este insumo, para la atenci6n denuestros Derecho -Habientes;

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, 4Edicto No.DNCyA-068-2012Productos y Servicios Medicos, S.A. (PROSEMED)

Que es importante destacar el peligro inminente a que se han expuesto los pacientes, personalmedico y/o salud, por la alta predisposici6n que tuvieron a la contaminaci6n al utilizar estosguantes defectuosos, con orificios multiples, suciedad, materiales extrafios, etc., situaci6n queal ser del conocimientos publico tambien afect6, la imagen que como primera entidad deseguridad social de preservar en la atenci6n de la poblaci6n asegurada;

Que a traves de Nota DNCyA-N-14l0 de 18 de octubre de 2011 se presenta ante la Comisi6nNacional de Registro Nacional de Oferentes el reporte de falla administrativa de la empresaPRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (pROSEMED) por el incumplimiento dela Orden de Compra NO.2101659-08-12 a fin de que se realice la correspondienteinvestigaci6n y se suspenda provisionalmente el Certificado de Oferentes;

Que mediante Nota DC-PMF-No.871-20ll de 20 de octubre de 2011 se comunica a laCOMPANIA INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A., el inicio del proceso de resoluci6nadministrativa por el incumplimiento de la Orden de Compra NO.2101659-08-12 de 17 denoviembre de 2010;

Que a traves de Nota ADENL-DNCyA-1612-20ll de 2 de diciembre de 2011, notificada el3de enero de 2012 al Licenciado JOSE FERNANDO DE GRACIA, Representante Legal de laempresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A. (pROSEMED) se inicia elProceso de Resoluci6n Administrativa concediendole el termino de (5) dias, contados a partirdel recibo de dicha misiva para que contestara y presentara las pruebas que considerepertinente en la Direcci6n Nacional de Compras y Abastos, termino que venci6 el11 de enerode 2012;

Que mediante Nota DNCyA-N-042 de 12 de enero de 2012 el Director Nacional de Comprasinforma que la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A, (PROSEMED) noha presentado descargos relacionados con el Proceso de Resoluci6n Administrativa de laOrden de Compra 2101659-08-12;

Que a traves de Nota ADENL-DNCyA-274-2012 de 15 de febrero de 2012, secomunica a la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(PROSEMED) que en virtud de que no present6 descargos se procederia a emitir laresoluci6n administrativa de la Orden de Compra No.21 0 1659-08-12;

Que en vista que fue infructuosa la notificaci6n personal de la Nota ADENL-DNCyA-276 fechada 15 de febrero de 2012, al senor JOSE FERNANDO DE GRACIA,representante legal de la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.,(PROSEMED) la misma se notific6 mediante Edicto No.DNCyA-047-2012 el 14 demarzo de 2012;

Que el Articulo 113, numeral 1 de la Ley NO.22 del 27 de junio de 2006, Texto Unico,supletoria de la Ley No. 51 de 27 de diciembre de 2005 en materia de contrataci6n publicadispone que es causal de resoluci6n administrativa el ineumplimiento de las clausulaspaetadas;

Que de eonformidad con 10 dispuesto en el Articulo 83 del Reglamento por medio del eual seregula el procedimiento de obras, suministros de bienes y prestaci6n de servicios en generallasanci6n accesoria, esto es, la inhabilitaci6n para participar en actos publicos que celebre la

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Caja de Seguro Social con el producto objeto de incumplimiento, sera por el termino de tres(3) meses la primera vez, y en caso, de reincidencia por seis (6) meses, por cadaincumplimiento de contrato u orden de compra de manera sucesiva;

Que en merito a las consideraciones expuestas;

RESUELVE:

PRIMERO: RESOLVER ADMINISTRATIVAMENTE la Orden de Compra No.NO.2101659-08-12 de 17 de noviembre de 2010, emitida a favor de la empresaPRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A., (pROSEMED), para el suministro de180,000 GUANTES QUIRURGICOS TAMANo 8 DE LATEX, ESTERIL,DESECHABLES, por el PRECIO UNITARIO de B/.0.169000, por el monto de TREINTAMIL CUATROCIENTOS VEINTE BALBOAS CON 00/100 (B/30,420.00), CODIGO DELPRODUCTO 2-09-0379-03, CON DESTINO AL ALMACEN MEDICO QUIRURGICO lO-IS, entrega: 60 dias calendario, CRITERIO TECNICO MINSA MQ 929 11 09, CATALOGO11009, MARCA LORD, LABORATORIO FABRICANTE YANGZHOU MEDLINEINTERNATIONAL, CO. LTD, PAIS DE ORIGEN CHINA, con fecha de vencimiento en laentrega: 20 de febrero de 2011

SEGUNDO:INHABILITAR POR REINCIDENTE a la empresa PRODUCTOS YSERVICIOS MEDICOS, S.A. (pROSEMED), por el termino de SEIS (6) MESES, al serreincidente por cada incumplimiento entrando a regir esta sancion el dia siguiente definalizada la anterior, para participar en actos publicos que celebre la Caja de Seguro Socialcon el producto objeto de la sancion, de conformidad con el Articulo 83 del Reglamento pormedio del cual se regula el procedimiento de obras, suministros de bienes y prestacion deservicios en general.

TERCERO: REMITIR el expediente debidamente foliado al Ministerio de Salud, para elinicio de las sanciones que correspondan de acuerdo a la Ley No.1 de 10 de enero de 2001.

CUARTO: REMITIR a la Direccion General de Contrataciones Public as, copia autenticadade la presente resolucion, una vez se encuentre en firme y ejecutoriada, para el registrocorrespondiente.

QUINTO: REMITIR a la CIA. INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A., copiaautenticada de la presente resolucion, una vez se encuentre en firme y ejecutoriada, para eltramite de rigor.

SEXTO: PUBLICAR la presente Resolucion en el Sistema Electronico "PanamaCompra".

SEPTIMO: PUBLICAR la presente Resolucion en la Pagina Electronica de la Caja deSeguro Social.

OCTAVO: ADVERTIR a la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(pROSEMED) que de conformidad con la Ley No.1 de 10 de enero de 2001, Articulos 134supletoria a la Ley No.51 de 27 de diciembre de 2005, una vez notificada la resolucion deadjudicacion del acto publico, se cierra la fase separable 0 precontractual y se da formalapertura a la fase contractual del acto. Los actos administrativos subsiguientes, en merito a sunaturaleza bilateral 0 convencional, no son impugnables y las cuestiones suscitadas con

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motivo de la celebraci6n, cumplimiento 0 extinci6n de los contratos s610 son revisables por lajurisdicci6n contenciosa administrativa.

NOVENO: ADVERTIR a Ie empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS, S.A.(PROSEMED) que toda acci6n ante la Sala Tercera de 10 Contencioso Administrativa de laCorte Suprema de Justicia en la cual se solicite la suspensi6n del acto administrativo enmateria de contrataci6n publica debenl consignar una fianza del 15% del precio oficialestimado para el acto publico a favor de la Caja de Seguro Social con el objeto de garantizarlos perjuicios y lesiones que se Ie ocasione al interes publico y a la propia entidad productodel abuso del derecho y de las acciones temerarias del recurrente.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulos 134, 137 y 142 de la Ley No.1 de 10 de enerode 2001, Articulos 37 y 75 de la Ley No. 51 de 2005, Articulos 83, 84, 87 y 88 delReglamento por medio del eual se regula el procedimiento de obras, suministro de bienes yprestaci6n de servicios en general, Articulos 113, 115 y 116 de la Ley No.22 del 27 de juniodel 2006, Texto Unico.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,

(FDO.)EUGENIO F. HAURADOUDirector Nacional de Compras y Abastos

(FDO.)DORIS ARIAS"

Secretaria General

Por 10 tanto, para notificar al Licdo. JOSE FERNANDO DE GRACIA, RepresentanteLegal de la empresa Productos y Servicios Medicos, S.A. (PROSEMED), se fija el presenteEdicto en puerta en un lugar visible de su domicilio en La Loceria, Calle 2da. Final,entrando por Trop~a.s y en el tablero de la Direcci6n Nacional de Compras y Abastos,hoy.R2 de ,c.1/idf de ~Ol O? y a partir de esta fecha surtini sus efectoslegales. /

FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulo 75 de la Ley 51 de diciembre de 2005,Articulo 87 del Reglamento por medio del cual se regula el procedimiento de obras,suministro de bienes y prestaci6n de servicios en general.