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- 1 - Rev. 27-12-06 P.A.M.I. - I.N.S.S.J.P. PROGRAMA ASISTENCIAL MÉDICO INTEGRAL. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA JUBILADOS Y PEMSIONADOS. NORMAS-COMPLETAS. Normas de Atención en Farmacias – Colegio de Farmacéuticos de Rió Negro. VADEMÉCUM: SI. PROPIO. PORCENTAJES DE COBERTURAS: PLANES DE ATENCION: .AMBULATORIOS d/vad. ( ) .INTERNADOS d/vad.% 100 .INTERNADOS UTI s/vad % 100 .ACCIDENTES DE TRABAJO NO .PLAN MATERNO INFANTIL % 100 c/aut. P. de la O.S. .ESPECIALES % 100 c/aut.,O especial leyenda. () Según vademécum. Cuando en el sistema figure restringido es porque el producto va con auditoria y resumen de historia clínica. RECETARIO: TIPO. .Oficial. P.A.M.I. FECHA DE EMISION: . SI VALIDEZ DE LA PRESCRIPCIÓN. . 30 (treinta) días. También debe controlar que la receta no tenga: Enmiendas o cambios de tinta no salvados por el facultativo. Asimismo verifique que haya sido colocado el sello de Institución en el casillero correspondiente, cuando la receta esté nominada a la misma. DEL PROFESIONAL: Firma del médico prescriptor. Matrícula del médico prescriptor. BENEFICIARIO: DATOS DEL AFILIADO: . Número de afiliado. . Nombre del afiliado. ACREDITACIÓN: .Credencial. .Documento:. . Tipo (C.I. = Cédula de Identidad, D.N.I. = Documento Nacional de Identidad, L.E. = Libreta de Enrolamiento; L.C. = Libreta Cívica) . Número. Colegio de Farmacéuticos de Río Negro

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Rev. 27-12-06

P.A.M.I. - I.N.S.S.J.P.

PROGRAMA ASISTENCIAL MÉDICO INTEGRAL. INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA JUBILADOS Y PEMSIONADOS.

NORMAS-COMPLETAS.

Normas de Atención en Farmacias – Colegio de Farmacéuticos de Rió Negro.

VADEMÉCUM: • SI. PROPIO.

PORCENTAJES DE COBERTURAS: • PLANES DE ATENCION: .AMBULATORIOS d/vad. ( ) .INTERNADOS d/vad.% 100 .INTERNADOS UTI s/vad % 100 .ACCIDENTES DE TRABAJO NO .PLAN MATERNO INFANTIL % 100 c/aut. P. de la O.S. .ESPECIALES % 100 c/aut.,O especial leyenda. ( ) Según vademécum. Cuando en el sistema figure restringido es porque el producto va con auditoria y resumen de historia clínica.

RECETARIO: • TIPO. .Oficial. P.A.M.I. • FECHA DE EMISION: . SI • VALIDEZ DE LA PRESCRIPCIÓN. . 30 (treinta) días. También debe controlar que la receta no tenga:

Enmiendas o cambios de tinta no salvados por el facultativo. Asimismo verifique que haya sido colocado el sello de Institución en el casillero correspondiente, cuando la receta esté nominada a la misma. DEL PROFESIONAL:

Firma del médico prescriptor. Matrícula del médico prescriptor.

BENEFICIARIO: • DATOS DEL AFILIADO: . Número de afiliado. . Nombre del afiliado. • ACREDITACIÓN: .Credencial.

.Documento:. . Tipo (C.I. = Cédula de Identidad, D.N.I. = Documento Nacional de Identidad, L.E. = Libreta de Enrolamiento; L.C. = Libreta Cívica) . Número.

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.Ultimo recibo de haberes.

• DOMICILIO: . Domicilio de la persona que retira los medicamentos (sea el afiliado o un tercero interviniente).

• FIRMA DEL AFILIADO O TERCERO INTERVINIENTE:

. Una vez realizada las operaciones por la farmacia y volcados los resultados correspondientes en la receta, el afiliado o el tercero interviniente en su caso deberá firmar la receta.

. Si quien suscribiera la receta fuera un tercero interviniente deberá aclarase la firma colocando su nombre y apellido al pie.

. La firma de la receta por el afiliado o por el tercero interviniente implica su conformidad con los medicamentos entregados (cantidad de envases, tamaño y precios).

. Si el afiliado o el tercero interviniente no supiesen firmar o no pudiese hacerlo, imprimirá la huella digital de su pulgar derecho.

SALVADO DE DATOS: Las enmiendas o salvado de datos deben ser efectuadas de la siguiente forma:

.Número de afiliado

.Edad

.Sexo.

La corrección deberá ser efectuada al dorso de la receta y firmada por el responsable de la farmacia.

Todos los demás datos de la zona de prescripción sólo podrán ser salvados por él médico prescriptor. A COMPLETAR POR LA FARMACIA: • FECHA DE DISPENSACION.

. Deberá indicarse la fecha en números arábigos, en la cual la farmacia expende el o los productos.

. Se usarán: Los 2 dos primeros casilleros para el día

Los 2 dos segundos para el mes Los 2 dos terceros para colocar los dos últimos dígitos del año. . Cuando día o mes corresponda a una expresión numérica de un solo dígito, se completará: Con un cero ( 0 ) a la izquierda . Por ejemplo :020386 ( 2 de marzo de 1986 ). . El instituto no reconocerá el pago de recetas en las que entre la fecha de emisión ( 30 ) días. . Si ello fuere así el paciente deberá requerir del médico una receta con fecha actualizada o en su defecto, cambiar este la fecha, salvándola al lado con su firma.

• CODIGO DE LA FARMACIA

Se atenderá el número asignado a la farmacia por el I.N.S.S.J.P. correspondiente, en forma manuscrita o con sello que coincida con los casilleros destinados a tal fin .

• NUMERO DE ORDEN

Las recetas deberán numerarse DIARIAMENTE y en forma correlativa , y su guarda se hará por ese número por lo que no se deben separar las recetas según su porcentaje de descuento ( 30%, 50%, 80% y algunos con el 100% perfectamente enunciados en Manual Farmacéutico y Kairos).

• FIRMA DEL FARMACEUTICO Y SELLO DE LA FARMACIA

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Deberá estamparse el sello de la farmacia en el lugar asignado al efecto, debiendo ser legible y contener dirección y teléfono de la misma.

La receta deberá asimismo, estar suscrita por el farmacéutico.

• INTERVINIENTE

Se indicará con una X, en el lugar asignado al efecto, si quien retira los medicamentos es el afiliado o un tercero interviniente.

NORMAS DE PRESTACIÓN:

• CANTIDAD y TAMAÑO Se consignará la cantidad de unidades entregadas por cada Rp /. Esta cantidad nunca podrá ser mayor que la cantidad recetada. La farmacia podrá expender por receta: Hasta 3 (tres). .Hasta 1 (uno) envases grande. .Hasta 2 (dos) envases chicos. Dichas especialidades podrán ser de distintas marcas o igual marca con distinta forma farmacéutica.

.Hasta cuatro (4) envases como máximo antibióticos inyectables de presentación individual (1 ampolla o 1 frasco ampolla). .Hasta un (1) en cuanto a los del tipo multidosis. .Hasta dos (2) corticoides inyec.multidosis. .Citostaticos: plan especial. .Guías y Sondas: Si, receta autorizada. .Radiopacos: Si, receta autorizada. .Sueros: Ambulatorios 1 env. .Internados Hasta 8 env. Por receta, Hasta 6 de un solo producto. .Leche : Hasta 3 Kg por mes. Maternizadas hasta 3er mes. Medicamentosas hasta el año, siempre con receta autorizada. . Deberá estar indicado claramente el contenido y potencia de cada uno de los productos prescriptos. . Si no lo estuviera, la farmacia entregará el de menor contenido que figure en la lista del laboratorio productor.

. Se considerará tamaños "grandes" los siguientes , en orden ascendentes al "menor".

Si la prescripción no aclara contenido y solo indicara "grande", se dispensará el tamaño de presentación siguiente al "menor" en orden ascendente. . Si no se dispusiera del tamaño indicado y el afiliado así lo aceptara podrá entregar un tamaño menor (no mayor), aclarando el contenido real. En ningún concepto podrá fraccionarse el contenido de un envase. Cada medicamento deberá ser expendido únicamente bajo la forma y presentación establecida por el laboratorio productor.

El profesional prescriptor podrá indicar medicamentos sustitutos de acuerdo a lo establecido en la Resolución HIDNOS. Nro. 645/84. Al efecto , el profesional tratante deberá haber recetado el medicamento de su elección en el adverso de la receta, indicando en el reverso los medicamentos de alternativa (Art.2º).

La aceptación de alternativas se hará según el listado de los nombres comerciales de los específicos, en orden a su menor precio.

En los casos en que la prescripción se realice por el nombre genérico de la droga se procederá entregando la monodroga de menor precio (art.3º).

El farmacéutico solamente podrá dispensar el medicamento sustituto prescripto cuando se viera en esa necesidad por carencia en plaza del medicamento recetado. Cuando faltare el medicamento original recetado, el farmacéutico deberá dispensar los sustitutos respetando el orden de menor precio (art.4º).

Si la farmacia no dispusiera de existencia del producto recetado en el

momento de la compra, podrá entregar al afiliado un "vale" (ver Anexo 5, diseño e instructivo).

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Además deberá asegurarse previamente de la posibilidad de la obtención de tal producto.

Siempre se tendrá en cuenta que, las referencias de cantidades es a la

cantidad de envases y NO a su contenido.

ROTULOS - TROQUELES:

El troquel del medicamento efectivamente vendido deberá ser adherido en el casillero correspondiente al reemplazo, colocando una S grande en el margen blanco de la receta, junto al troquel adherido.

. Cada vez que se expenda un medicamento deberá previamente extraérsele el rótulo identificatorio de su envase.

. Dichos rótulos serán adheridos en el espacio asignado (punteado) en el

mismo orden en el que fueron prescriptos los medicamentos de que se trate. . En caso de haber entregado más de un envase por medicamento se adherirán

los rótulos restantes en el área inferior de la receta, situándose en primer lugar los rótulos sobrantes de la receta, asignada a tal efecto. De tal forma que queden ordenados de izquierda a derecha situándose en primer lugar los rótulos sobrantes de las Rp./1 y a continuación los de la Rp/2 y Rp/3 respectivamente.

. La forma de adhesión del rótulo a la receta queda a elección de la

farmacia, debiendo asegurarse la legibilidad del contenido de los mismos, específicamente el número de código y su seguridad a fin de evitar pérdidas de rótulos.

. En todos los casos y a fin de facilitar su lectura, la ubicación del

rótulo deberá hacerse la inscripción en igual sentido que el de la prescripción médica. Su incorrecta adhesión puede ocasionar que se ejecuten débitos por error.

. La cantidad de rótulos adheridos no pueden exceder, e ningún caso, el

número de casilleros destinados a tal efecto (6). . Del mismo modo deberán tomarse los recaudos necesarios para no alterar el

troquel con raspadura, perforaciones, tachaduras u otras marcas que no permitan percibir con claridad y plena seguridad los datos esenciales del medicamento entregado.

MEDICAMENTOS NO DISPENSADOS:

Es obligación de la farmacia testar, por medio del trazado de una línea, en el área "CANTIDAD ENTREGADA".

VALORES: PRECIO UNITARIO.

Se asentará el precio de cada envase - medicamento entregado. Este importe no deberá exceder del que indique la lista de precios emitida por el laboratorio, vigente a la fecha de la dispensación. Se colocará un número en cada casilla alineándolo hacia la derecha. El casillero de la derecha será destinado a los centavos. Ejemplo: 29,35

2 9 35

IMPORTE.

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Se registrará el resultado del producto de (CANTIDAD ENTREGADA) x (PRECIO UNITARIO).

A CARGO DE LA OBRA SOCIAL.

Se anotará el porcentaje que reconoce el I.N.S.S.J.P. para el medicamento en cuestión.

A CARGO DEL BENEFICIARlO.

. Se asentará el importe que efectivamente deba abonar el afiliado.

. En caso de tratarse de una cifra menor de cinco (5) dígitos deberán dejarse libres los casilleros de la izquierda, el casillero de la derecha será destinado para los centavos, se colocarán los dos dígitos correspondientes.

A CARGO DE LA OBRA SOCIAL.

.Se anotará el importe que reconoce el I.N.S.S.J.P. sobre los medicamentos entregados y surge de aplicar a las cifras consignadas en importe" los porcentajes indicados en el casillero "0/O a cargo de la OBRA SOCIAL".

. No deberán deducirse de este importe los descuentos especiales-que la farmacia haya otorgado al I.N.S.S.J.P. (los mismos serán efectuados en las facturas resumen).

. Si la cifra contara con menos de cinco (5) dígitos deberán dejarse libres

los casilleros de la izquierda, en el de la derecha se colocarán los dos (2) dígitos correspondientes a los centavos.

RECAUDOS QUE DEBERA GUARDAR LA FARMACIA:

La Farmacia deberá exigir del beneficiario del 1.N.S.S.J.P., la presentación del carnét ó documento correspondiente que lo acredite como tal y ultimo recibo de haberes. Si se trata de un tercero interviniente deberá exigírsele la presentación de la documentación que acredite al afiliado como tal y su documento de identidad.

Deberá verificar asimismo, previo al expendio de los medicamentos prescriptos y como condición para ello, que en la receta figuren completos los datos que debieron ser llenados por el profesional.

La farmacia podrá negar la atención de recetas en las que hubiere errores o tachaduras no salvadas por el profesional y correctamente firmadas por el mismo.

Los datos a ser llenados por la farmacia deberán ser escritos en el momento del expendio, por una misma persona y de forma que resulte legible.

En caso de diferentes letras o rasgos, igualmente tinta, raspados, sobreimpresos, etc., que permitiese suponer que la receta a sido adulterada, el I.N.S.S.J.P, se reserva el derecho de no abonar la misma.

Si la farmacia no dispusiera del tamaño indicado y el beneficiario así lo aceptara podrá entregar un tamaño menor (nunca mayor).

La farmacia tachará con una línea, con tinta indeleble, los espacios correspondientes a productos no entregados definitivamente, como así también los espacios correspondientes los precios.

Con respecto a los productos que la farmacia podrá o no expender, remitirse a lo que pueda prescribir el medico.

Ante requerimiento del personal del l.N.S.S.J.P. debidamente autorizado la farmacia deberá presentar para consulta las recetas realizadas hasta el momento, las cuales deberán encintrarse completas terminadas de acuerdo con estas normas.

Las recetas no podrán ser retiradas del local de la farmacia debiendo permanecer en la misma debidamente resguardadas y numeradas.

En caso que por razones contables así lo exigiere, la farmacia deberá solicitar por escrito la correspondiente autorización del Instituto, indicando además el motivo del retiro de las recetas la cantidad de días que las mismas estarán fuera del local de la farmacia como así también el domicilio donde se encontrarán las recetas para que el Instituto pueda realizar inspecciones y/o auditorias si así lo dispusiera.

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Dicha autorización podrá ser acordada en carácter de excepción con la conformidad expresa de la Asesoria Jurídica y el Delegado Regional.

Si dicho retiro es por única vez deberá proceder como en el caso anterior para la autorización podrá darla el Jefe de Agencia o Distrito más cercano al domicilio del local.

La farmacia atenderá a los beneficiarios del I.N.S.S.J.P. de acuerdo al contrato en los horarios de atención al público, es decir, incluso en turnos de días festivos, sábados, domingos o nocturno, y dándole el mismo trato que a su clientela habitual sin recurrir a filas o turnos especiales o entrega diferida de los productos, etc..

VALE DE MEDICAMENTOS EN FALTA MOMENTÁNEA INSTRUCTIVO:

. Los vales deberán ser confeccionados por duplicado con numeración correlativa quedando el original, firmado de conformidad junto con la receta y el duplicado en poder del afiliado.

. La receta permanecerá totalmente en blanco con los rótulos de los medicamentos entregados adosados a la misma, según Punto 3 3.7 de las normas, correspondiente a Adhesión de Troquel SIN FIRMAS DE CONFORMIDAD.

. El duplicado del vale deberá tener el sello de la farmacia y la firma del responsable de la misma.

. Así mismo entregados los medicamentos faltantes deberá completar las recetas de acuerdo a las normas establecidas y hacer firmar de conformidad al afiliado debiéndose separar y poder destruir el vale.

. En caso de que el afiliado no retirase los medicamentos faltantes el Instituto procederá ha hacer efectivo el importe de los fármacos que fueran entregados, siempre y cuando tenga adosado el original firmado del vale correspondiente a dicha receta.

TABLA DE ERRORES: 102 RP1 CANTIDAD ENTREGADA > A LA PERMITIDA. 104 RP1 PRODUCTO EXCLUIDO. 106 RP1 TROQUEL NO COINCIDE CON PRESCRIPCIÓN. 107 RP1 FALTA ROTULO DE MEDICAMENTO. 108 RP1 MEDICAMENTO NO REINTEGRABLES. 121 RP2 CANTIDAD ENTREGADA > A LA PERMITIDA. 123 RP2 PRODUCTO EXCLUIDO. 125 RP2 TROQUEL NO COINCIDE CON PRESCRIPCIÓN. 126 RP2 FALTA ROTULO DE MEDICAMENTO. 127 RP2 MEDICAMENTO NO REINTEGRABLES. 141 RP3 CANTIDAD ENTREGADA > A LA PERMITIDA. 143 RP3 PRODUCTO EXCLUIDO. 145 RP3 TROQUEL NO COINCIDE CON PRESCRIPCIÓN. 146 RP3 FALTA ROTULO DE MEDICAMENTO. 147 RP3 MEDICAMENTO NO REINTEGRABLES. 160 TOTAL RECETA > AL CALCULADO. 161 TOTAL A/C AFIL. > AL CALCULADO. 162 TOTAL A/C INST. > AL CALCULADO. 201 NUMERO DE AFILIADO INCOMPLETO. 203 CODIGO DE FARMACIA INEXISTENTE. 204 NO COINCIDE MEDICO FIRMANTE C/RECETA. 205 ENMIENDA NO SALVADA POR EL MEDICO. 206 ENMIENDA NO SALVADA POR LA FARMACIA. 207 DATOS ILEGIBLES.

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208 FALTA SELLO DE LA FARMACIA. 209 CAMBIO DE LETRA Y/o TINTA FARMACIA. 210 FALTAN DATOS DE TERCEROS. 212 FALTA SELLO DE INSTITUCIÓN. 213 FALTA CANTIDAD ENTREGADA. 215 INVERSION DE TROQUELES. 216 FALTA NOMBRE Y/O MATRICULA DEL MEDICO. 217 ENMIENDA EN EL IMPORTE A/C DEL AFILIADO. 218 FALTA NOMBRE DEL AFILIADO. 219 FALTA SELLO DEL 100%. 250 NRO. DE AFILIADO INEXISTENTE. 260 FECHA DE EMISION/VTA > FECHA PRESENTACIÓN.

CODIGOS NO REFACTURABLES

301 RECETA YA PROCESADA. 302 FALTA FECHA DE EMISION. 304 FACTURA VENCIDA. 305 SOBREFACT. IMPORTE A/C AFILIADO. 307 FACHA VTA. >FECHA EMISION + 30 DIAS. 308 FALTA FIRMA DEL AFILIADO. 309 RECETA FIRMADA EN BLANCO POR EL AFILIADO. 313 AGREGADONO SALVADO POR EL PROFESIONAL. 314 DISTINTA LETRA Y/O TINTA DEL PROFESIONAL. 315 FALTA FIRMA DEL MEDICO. 317 RECETA RECHAZADA POR INSPECCIÓN. 318 RECETA ESCRITA EN LAPIZ. 319 RECETA NO ORIGINAL O DUPLICADA. 322 FALTA IMPRESIÓN DIGITAL. 323 RECETAOBSERVADA CON ERROR REITERADO. 324 FACTURA OBSERVADA VENCIDA. 325 RECETA OBSERVADA INEXISTENTE. 326 RECHAZADA DEL 100%. 327 RECETA NO PRESENTADA A INSPECCIÓN. 339 RECETA SUJETA A SUPERVICIÓN. 340 RECETA SUJETA A SUPERVICIÓN. 350 AFILIADO PERTENECIENTE A OTRA OBRA SOCIAL.

MODELO DE RECETARIO:

FRENTE

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DORSO

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Anexo III

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE ARV INCLUIDOS EN

CONVENIO

El Instituto entrega en este acto el padrón de pacientes que requieren la medicación

para el tratamiento de HIV, que contiene los siguientes datos: codificación del paciente,

número de afiliado, mes de última entrega y UGL donde actualmente se realiza la

entrega. Los datos faltantes, correspondientes a la UGL XIII y UGL XXXII serán

comunicados a la INDUSTRIA en un plazo de 72 horas de firmada la presente

Cualquier modificación al padrón deberá ser comunicada por el Instituto en forma

mensual.

1. El beneficiario o su representante concurrirá a la farmacia prestadora de su

elección con los siguientes elementos:

a) Receta oficial PAMI con todos los campos completos (incluye N° de

beneficiario) , con las siguientes variantes: donde habitualmente se

consigna el nombre y apellido, deberá figurar la codificación exigida por

las normas oficiales (sexo, dos primeras letras del primer nombre, dos

primeras letras del primer apellido, día mes y año de nacimiento); en el

campo concerniente al diagnóstico se registrará el código CIE 10

correspondiente.

b) Formulario ( Anexo lILa) , firmado por especialista en Infectología, al

inicio del tratamiento, actualizado cada tres meses y ante cambio de

esquema

c) El formulario precitado deberá estar acompañado por los protocolos de

laboratorio firmados por el bioquímico, que documenten los datos

volcados en aquel.

d) Dejase constancia que al 01/03/08, fecha de inicio del nuevo

procedimiento de autorización y dispensa de los medicamentos ARV

incluidos en convenio, no se deberá requerir la documentación señalada

en los puntos b) y c) precedentes dado que los beneficiaros que integran '<¡//

el padrón que se acompaña no se encuentran en ninguna de las

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circunstancias previstas. El control se efectuará contra padrón. En caso

de no encontrarse el beneficiario en el mismo deberá consultarse a Pami

-Nivel Central.

2. El mismo día en que recepcione los citados documentos, la fannacia los remitirá

por fax a CAMOyTE para su aprobación, entregando la constancia de envío al

recurrente, para su control y eventual reclamo.

3. Dentro de las 96 hs. hábiles la INDUSTRIA hará llegar la medicación ARV a la

fannacia que la entregará al beneficiario o su representante.

Anexo III a.

FORMULARIO SOLICITUD MEDICAMENTOS PACIENTES CON DIAG. 824 (CIE 10)

Beneficiario N° .

Expediente N° .

Institución donde se trata .

Codificación del paciente acorde OMS: . (sexo: M o F, Nombre: 2 primeras letras del primer nombre, Apellido: 2 primeras letras del primer apellido, Fecha de nacimiento: día, mes, año)

Fecha del diagnóstico .

Medicación solicitada (droga, potencía, presentación, dosis diaria) fundamentando su elección (incluir estudios complementarlos respaldatorios) ..........................................................................................................................................................

Esquema de tratamien~' actual incluyendo totalidad de fármacos que recibe:y; ;¡; ::. "','~ ~ : :.~.: , . Co

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2) . 3) . 4) .......................................................................•...........•....................................... 5) . 6) .

Ante cambio de esquema informar motivo: 1) Mala adherencia (marcar lo que corresponda): Sí No 2) Efectos adversos (detallar tipo, gravedad y droga involucrada)

3) Otros (especificar) .

¿Presento intercurrencias o patologías agregadas durante el tratamiento? SI (cuáles) . NO .

RESULTADOS DE CARGA VIRAL y CD4

IFecha ICV {COPIAS) ICV {LOG.) ICD4(VALOR) IC04 %

Firma y sello del médico prescriptor: . Lugar y fecha: .

Existiendo plena conformidad de las partes, se da por finalizado el acto. Previa lectura de la presente y a modo de ratificación, firman los presentes de conformidad 4 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor 't~ solo efecto.

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Buenos Aires, Septiembre de 2008 Ref. : PAMI Resolución 337 – Validación On-Line Estimado Farmacéutico

Por la presente queremos llevar a su conocimiento que a partir del 01 de Octubre y continuando con la implementación acordada con el PAMI se comenzara en todo el país con el sistema de validación on-line para los afiliados con tratamientos crónicos y/o autorizaciones incluidos en la resolución 337 de PAMI. Este nuevo sistema solicitado por el PAMI, coexistirá con las actuales autorizaciones manuales en formularios preimpresos actualmente vigentes hasta su completa implementación, y se integra con el sistema de información de las distintas UGL del PAMI, quienes informarán en línea los medicamentos autorizados para cada beneficiario, recibiendo la farmacia la confirmación del porcentaje de cobertura 100% autorizada a través del sistema on-line. A través de estas nuevas validaciones on line se reducirán los trámites del afiliado y el control manual en la farmacia, a la vez que se brindara mayor seguridad a la dispensa. Los pasos que deberá seguir la farmacia serán los siguientes:

Validar on-line la receta a través del mismo sistema con el que valida las recetas ambulatorias de PAMI.

- El afiliado concurrirá a la farmacia con la receta PAMI, pudiendo acompañar a la misma la primera vez con un formulario de autorización.

- En caso de que el medicamento este autorizado por Resol.337 para el beneficiario, el sistema indicara cobertura 100% y ajustará la cantidad cuando corresponda.

Efectuar el cierre de presentación

- El sistema separará las recetas validadas on-line al 100%: ya sea completas o con algún otro producto al descuento habitual (“mixtas”)

- Las recetas validadas deberán presentarse en lote separado, pero dentro de la misma presentación.

- Las fechas de presentación continúan siendo las mismas. Se adjunta a la presente instructivo con mayores precisiones y detalles de la operatoria, recordando aquellos procedimientos manuales que deben mantenerse, tanto para la validación como para la presentación de las recetas. Consultas: En caso de Dudas o Consultas estará disponible la línea de ayuda Imed. Atte.-

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Página 1 de 6 PAMI – Res 337 – Validación ON LINE - Instructivo Jul 2008 v 2.2

TRATAMIENTO DE RECETAS PAMI Resolución 337, en la DISPENSA

Existirán distintas formas en las que el afiliado PAMI (o quien retira) se presente con una receta solicitando productos cubiertos bajo la resolución 337. Dependiendo de la forma en que se presenten, será el procedimiento para la DISPENSA.

a) Formas existentes con tratamiento manual:

Receta acompañada por comprobante de autorización amarillo preimpreso (cupón de tratamiento crónico)

Receta acompañada por comprobante de autorización blanco preimpreso

No se validan online:

- Recetas con comprobante de autorización “amarillo” preimpreso, completado en forma manual o por computadora.

- Recetas con comprobante de autorización “blanco” preimpreso, completado en forma manual o por computadora.

En estos casos, la farmacia debe efectuar los controles en forma manual con los métodos tradicionales.

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b) Nuevas formas – validación online - que coexistirán con las manuales (preimpresos amarillo y blanco) :

Receta acompañada por comprobante de autorización impreso sobre hoja blanca con leyenda : “LA RECETA QUE ACOMPAÑA A ESTA AUTORIZACIÓN DEBE VALIDARSE POR SISTEMA ON LINE EN LA FARMACIA”

Receta únicamente, sin otro comprobante

La farmacia debe realizar la validación on line de la receta mediante el “mismo sistema con el que valida las recetas ambulatorias de PAMI”.

En caso que el medicamento esté autorizado por Resolución 337 para el beneficiario, el sistema indicará cobertura 100% y ajustará la cantidad cuando corresponda.

NOTA: Cuando el afiliado se presente con comprobante que dice “LA RECETA QUE ACOMPAÑA A ESTA AUTORIZACION DEBE VALIDARSE POR EL SISTEMA ON LINE EN LA FARMACIA”, o simplemente con la receta, será requisito indispensable para la dispensa, la previa validación on-line de la receta.

En el caso de tratamientos cronicos el PAMI le otorgará al beneficiario el nuevo

comprobante solo la primera vez que realiza el trámite. En caso de que el afiliado presente dicho comprobante en la farmacia, podrá adjuntarlo a la receta validada, para su presentación.

En las compras posteriores, el beneficiario entregará solo la receta, siguiendo la farmacia con los procedimientos de validación on-line y presentación.

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TRATAMIENTO DE RECETAS PAMI (Ambulatorias y Crónicas), en el CIERRE DE LOTES ON LINE

El Cierre de Lotes on line permitirá la separación de dos tipos de lotes

1- Lotes de recetas AMBULATORIAS

2- Lotes de recetas CRÓNICAS (puras o mixtas1)

Deberá determinar con que tipo de recetas va a trabajar, dentro de la opción de “Selección del financiador”, mediante el botón “Seleccionar Plan” como se describe abajo.

1 Denominamos recetas MIXTAS a aquellas que contienen un ítem aprobado bajo Res 337 al 100% y un ítem aprobado bajo convenio ambulatorio.

Selección del financiador

Definición: Selección de financiador (= PAMI) y criterio de agrupamiento (descuento o plan).

Operación: Al hacer clic en el botón “Seleccionar” (o “Cambiar”, si ya hay un valor seleccionado) bajo el rótulo “Financiador” se abre una ventana que presenta a los financiadores que trabajan con el prestador. Se debe seleccionar al financiador y luego hacer clic en el botón “Seleccionar”.

A continuación se presentan en la misma ventana los botones “Seleccionar plan” y “Cerrar ventana”. Haciendo clic en el primero se presentan los distintos criterios de agrupamiento de recetas que usa el financiador. Para el PAMI aquí aparecerán las opciones TOTALIDAD DE LA RECETAS (con las recetas de AMBULATORIO) y TOTALIDAD RC CRONICOS (con las recetas CRONICAS y MIXTAS). Seleccione el valor deseado y luego haga clic en el botón “Seleccionar”.

Al terminar este proceso, el campo superior de la pantalla principal de cierre de lotes muestra los valores seleccionados.

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En la generación de la presentación, se mostrará en forma segmentada los lotes de cada tipo (AMBULATORIOS Y CRONICOS R337) con totales por tipo, tanto en la información que se visualiza por pantalla como en los datos del archivo .pdf

Generar presentaciones

Definición: Generación de una presentación para un financiador dado, a partir de los lotes previamente generados para el mismo durante el período de presentación.

Operación: Haga clic en el correspondiente botón del área de selección de opciones de detalle. El sistema presenta la información de presentación a nivel global para el financiador, y luego la desglosa por criterio de agrupamiento y a nivel de lotes individuales. Para el PAMI aquí aparecerán los segmentos TOTALIDAD DE LA RECETAS (con los LOTES de recetas de AMBULATORIO) y TOTALIDAD RC CRONICOS (con los LOTES de las recetas CRONICAS y MIXTAS) Cuando se hace clic en el botón “Generar Presentación” el sistema cierra la presentación y genera por documentos de formato PDF requeridos para las presentaciones, con carátulas a nivel de financiador y de criterio de agrupamiento (descuento o plan).

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TRATAMIENTO DE RECETAS PAMI (Ambulatorias y Crónicas), en la PREPARACION de la PRESENTACIÓN FÍSICA

Luego de generar la Carátula de Presentación (carátula 5) del Cierre On Line se deberán acondicionar físicamente las recetas de la siguiente manera:

1.- Lotes On Line de Recetas Ambulatorias

2.- Lotes On Line de Recetas Crónicas (Res.337)

3.- Lotes Manuales de Recetas Ambulatorias

4.- Lote de refacturación de Recetas Ambulatorias

5.- Lote de refacturación de Recetas Crónicas (Res.337)

Los lotes deben ser claramente identificados y presentados todos juntos a continuación de la Carátula de Presentación (carátula 5)

Cabe recordar que las recetas dentro del lote deben estar numeradas en orden ascendente.

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TRATAMIENTO DE RECETAS PAMI (Resolución 337 manuales), en la PREPARACION de la PRESENTACIÓN FÍSICA

Luego de preparar manualmente la Carátula de Presentación (carátula 5) del Cierre Manual se deberán acondicionar las recetas de la siguiente manera:

1.- Lotes Manuales de Recetas Resolución 337

2.- Lotes de refacturación 337

Importante : LA FACTURACION DEL ON LINE PAMI AMBULATORIO DEBERA PRESENTARSE EN FORMA SEPARADA DE LA FACTURACION MANUAL DE PAMI R337

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Buenos Aires, 31 de Marzo de 2010

PAMI Ref.: Cambios de cobertura Por medio de la presente se comunica que, a partir del 1° de Abril de 2010, el Instituto ha decidido modificar la cobertura de las siguientes drogas según se informa a continuación: 1) Aumento Cobertura en el Segmento Ambulatorio: DROGA COBERTURA ANTERIOR COBERTURA ACTUAL AMIODARONA 70% 80% ATORVASTATIN 50% 80% ENALAPRIL+HIDROCLOROTIAZIDA 60% 80% FUROSEMIDA 50% 80% LEVOTIROXINA 50% 80% LOSARTAN 60% 80% METFORMINA+GLIBENCLAMIDA 40% 80% SIMVASTATIN 50% 80% MOXIFLOXACINA 40% 80% GATIFLOXACINA 40% 80% PREDNISOLONA+FENILEFRINA 40% 80% MOXIFLOXACINA+DEXAMETASONA 40% 80%

2) Cambio en Modalidad Provisión (a través de CAMOYTE): DROGA COBERTURA ANTERIOR COBERTURA ACTUAL WARFARINA 80% “PAMI AUDITORIA 100%”

3) Con Cobertura en Onco./Trat. Esp. y Transp. (antes con cobertura en segmento ambulatorio):

COBERTURA ACTUAL

DROGA COBERTURA ANTERIOR

(Ambulatorio) Ambulatorio Onco/T.E. y

Transp. CIPROTERONA 40% 0% 100% CICLOSPORINA P/MICROEMULSION 60% 0% 100% La provisión de las especialidades medicinales Ciproterona y Ciclosporina p/microemulsión está prevista para Oncología / Tratamientos Especiales y Transplantes respectivamente, con una cobertura del 100%, previa auditoría. Estas novedades estarán vigentes en el sistema on line a partir de las 00:00 hs. del 1° de Abril y las mismas también serán publicadas por Alfabeta y Kairos con vigencia a partir del 1° de Abril. Sin más saluda atte, Farmalink S.A.