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Página 1 DOCUMENTOS DE LICITACIÓN Para la Contratación de Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez EX-2015-10520928-UPEPH Proyecto de Drenaje y Prevención de Inundaciones Arroyos Vega Maldonado Contratante: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires PLIEG-2016-11564007- -UPEPH página 1 de 635

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DOCUMENTOS DE LICITACIÓN

Para la

Contratación de

Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez

EX-2015-10520928-UPEPH

Proyecto de Drenaje y Prevención de

Inundaciones Arroyos Vega Maldonado

Contratante: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

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Llamado a Licitación

República Argentina

Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la CABA

BIRF Nº P145686 AR.

EX-2015-10520928-UPEPH

1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto fue publicado en el Development Business, edición N° 4538-08-13 del 16 de Agosto de 2013.

2. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) ha solicitado un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento para financiar parcialmente el costo del Proyecto de Drenaje y Prevención de Inundaciones Arroyos Vega Maldonado y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato de Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez.

3. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para el lote único: Obras Gestión Integral de Aguas Urbanas en Áreas Marginadas de la Cuenca Cildáñez, que comprende la ejecución de un Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos y tres ramales: Ramal Asturias Sur, Ramal Nágera, y el Ramal Villa 6; las obras tendrán un plazo de ejecución total de trescientos sesenta y cinco (365) días.

4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Internacional (LPI) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los Oferentes de países elegibles, según se definen en los Documentos de Licitación.

5. Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional y revisar los documentos de licitación, en la dirección indicada al final de este Llamado, todos los días hábiles en el horario de 10.00 a 16.00 horas. Los documentos de licitación también podrán ser consultados en el sitio web de la Dirección: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php?menu_id=29668.

6. Los requisitos de calificaciones se describen en la Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación de los Documentos de Licitación. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas o APCAs nacionales.

7. Las ofertas deberán hacerse llegar al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte a la dirección indicada abajo, a más tardar el 28de junio de 2016 a las 12 horas acompañadas de una Garantía de Oferta por un monto de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000). Ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán físicamente en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada al final de este Llamado a las 12.30 horas.

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8. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento

de Oferta.

9. La dirección referida arriba es:

Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH), del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Dirección de correo electrónico: [email protected]

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Página 2 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Índice

PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 3

Sección I. Instrucciones a los Licitantes 4

Sección II. Datos de la Licitación 2

Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación 7

La presente Sección se compone de dos subsecciones: 7

1. Evaluación 7

2. Calificación 7

Sección IV. Formularios de Licitación 15

Sección V. Países Elegibles 43

PARTE 2 – Requisitos de las Obras 44

Sección VI. Requisitos de las Obras 45

PARTE 3 – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato 326

Sección VII. Condiciones Generales (CG) 327

Sección VIII. Condiciones Especiales (CE) 436

Sección IX. Anexo a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato 457

ANEXO I - Manual de Normas de Identidad Visual – Capítulo 2 L Cartelería de Obra

ANEXO II - Planos

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PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN

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Página 4 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Sección I. Instrucciones a los Licitantes Índice de Cláusulas

1. Alcance de la Licitación ............................................................................................ 6

2. Fuente de los fondos ................................................................................................. 6

3. Fraude y Corrupción ................................................................................................. 7

4. Licitantes Elegibles ................................................................................................. 10

5. Materiales, Equipos y Servicios Elegibles .............................................................. 12

6. Secciones de los Documentos de Licitación ........................................................... 12

7. Aclaración del Documento de Licitación, Visita al Lugar de las Obras y Reunión Previa a la Licitación ..................................................................................................... 13

8. Modificación del Documento de Licitación ........................................................... 15

9. Costo de Participación en la Licitación .................................................................. 15

10. Idioma de la Oferta .............................................................................................. 15

11. Documentos que conforman la Oferta ................................................................ 15

12. Carta de la Oferta y Formularios ......................................................................... 16

13. Ofertas Alternativas ............................................................................................. 16

14. Precios y Descuentos de la Oferta ....................................................................... 17

15. Monedas de la Oferta y de Pago .......................................................................... 18

16. Documentos que Conforman la Propuesta Técnica ............................................ 18

17. Documentos que Establecen las Calificaciones del Licitante ............................. 18

18. Período de Validez de las Ofertas ....................................................................... 19

19. Garantía de Seriedad de la Oferta ....................................................................... 19

20. Formato y Firma de la Oferta .............................................................................. 22

21. Procedimiento Para Sellar y Marcar las Ofertas ................................................. 22

22. Plazo para la Presentación de las Ofertas ............................................................ 23

23. Ofertas Tardías .................................................................................................... 23

24. Retiro, Sustitución y Modificación de las Ofertas .............................................. 23

25. Apertura de las Ofertas ........................................................................................ 24

26. Confidencialidad ................................................................................................. 26

27. Aclaración de las Ofertas .................................................................................... 26

28. Desviaciones, Reservas y Omisiones .................................................................. 26

29. Determinación de Cumplimiento de las Ofertas ................................................. 27

30. Inconformidades no Significativas ...................................................................... 28

31. Corrección de Errores Aritméticos ...................................................................... 28

32. Conversión a Una Sola Moneda .......................................................................... 29

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33. Margen de Preferencia ........................................................................................ 29

34. Evaluación de las Ofertas .................................................................................... 29

35. Comparación de las Ofertas ................................................................................ 30

36. Calificación del Licitante .................................................................................... 30

37. Derecho del Contratante de Aceptar Cualquier Oferta y de Rechazar Algunas Ofertas o Todas ellas ...................................................................................................... 31

38. Criterios de Adjudicación .................................................................................... 31

39. Notificación de la Adjudicación .......................................................................... 31

40. Firma del Contrato .............................................................................................. 32

41. Garantía de Cumplimiento .................................................................................. 32

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Sección I. Instrucciones a los Licitantes A. Generalidades

1. Alcance de la Licitación

1.1 El Contratante indicado en los Datos de la Licitación (DDL), invita a presentar Ofertas para la Contratación de las Obras que se especifican en la Sección VI. Requisitos de las Obras. El nombre y el número de identificación de lotes (contratos) de la Licitación Pública Internacional están indicados en las DDL.

1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación:

(a) el término “por escrito” significa comunicado en forma escrita con prueba de recibido;

(b) salvo en los casos en que el contexto requiera otra cosa, las palabras en singular también incluyen el plural y las palabras en plural también incluyen el singular; y

(c) la palabra “día” significa día calendario.

2. Fuente de los fondos 2.1 El prestatario o Receptor (en adelante denominado “Prestatario”) indicado en los DDL ha solicitado o recibido financiamiento (en adelante denominados “fondos”) del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento o la Asociación International de Fomento (en adelante denominado “el Banco”) para sufragar en parte el costo del proyecto especificado en los DDL. El Prestatario destinará una porción de dichos recursos para efectuar pagos elegibles en virtud del contrato o los contratos para el cual o los cuales se emiten los presentes Documentos de Licitación.

2.2 El Banco efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Convenio de Préstamo”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato de Préstamo. Nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Convenio de Préstamo ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento. El Convenio de Préstamo prohíbe todo retiro de fondos de la cuenta del préstamo para efectuar cualquier pago a personas físicas o jurídicas, o financiar cualquier importación de planta, equipos

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o materiales, si dicho pago o dicha importación están prohibidos por una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

3. Fraude y Corrupción 3.1 El política del Banco exigir que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de préstamos concedidos por la institución), Licitantes, proveedores, contratistas y sus agentes (hayan sido declarados o no), Subcontratistas, Sub-consultores, proveedores de servicios o proveedores de insumos, y cualquier otro personal asociado, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de contrataciones y la ejecución de los contratos financiados por el Banco1 . Para dar cumplimiento a esta política, el Banco:

3.1 (a) define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación

i. “práctica corrupta” significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona2;

ii. “práctica fraudulenta” significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación3;

1 En este contexto, cualquier acción para influenciar el proceso de contratación o de ejecución de un contrato para adquirir una ventaja ilegítima, es impropia. 2 Para los fines de este Subpárrafo, “Persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos. 3 Para los fines de este Subpárrafo, “Persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato.

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Página 8 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

iii. “práctica de colusión” significa un arreglo de

dos o más personas4 diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona;

iv. “práctica coercitiva” significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona5, o las propiedades de una persona, para influenciar impropiamente sus actuaciones.

v. “práctica de obstrucción” significa

(aa) la destrucción, falsificación, alteración o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o

(bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con la SubCláusula 3.2 abajo.

(b) rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que el licitante seleccionado para dicha adjudicación o su personal, sus agentes y subconsultores, subcontratistas, proveedores o sus empleados hayan participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción para competir por el Contrato de que se

4 Para los fines de este Subpárrafo, “Personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan por sí mismos o por medio de otra persona o entidad no participante del proceso, establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos. 5 Para los fines de este Subpárrafo, “Persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato.

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trate;

(c) declarará la adquisición viciada y anulará la porción del préstamo asignada a un contrato si en cualquier momento determina que los representantes del Prestatario o de un beneficiario de alguna parte de los fondos del préstamo han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, de colusión, coercitivas o de obstrucción durante el proceso de adquisición o la implementación de dicho contrato, sin que el Prestatario haya adoptado medidas oportunas y apropiadas que el Banco considere satisfactorias para corregir la situación, dirigidas a dichas prácticas cuando éstas ocurran; incluyendo no haber informado al Banco oportunamente al haberse conocido dichas pácticas;

(d) sancionará a una firma o persona, en cualquier momento, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco6a, incluyendo declarar dicha firma o persona inelegible públicamente, en forma indefinida o durante un período determinado para: i) que se le adjudique un contrato financiado por el Banco y ii) que se le nomine7b subcontratista, consultor, fabricante o proveedor de productos o servicios de una firma que de lo contrario sería elegible para que se le adjudicara un contrato financiado por el Banco.

3.2 Requerirá que en los contratos financiados con un préstamo del Banco, se incluya una cláusula que exija que los Licitantes, proveedores y contratistas y sus subcontratistas, sus agentes, personal, consultores, proveedores de bienes o servicios, deben permitir al Banco revisar todas las cuentas, archivos y otros

6 a Una firma o persona podrá ser declarada inelegible para que se le adjudique un contrato financiado por el Banco: (i) al término de un procedimiento de sanciones en contra del mismo, de conformidad con el régimen de sanciones del Banco, que incluye la inhabilitación conjunta de acuerdo de acuerdo a lo acordado con otras Instituciones Financieras Internacionales incluyendo los Banco Multilaterales de Desarrollo; y las sanciones corporativas del Grupo Banco Mundial para casos de fraude y corrupción en la administración de adquisiciones; y (ii) cuando se le sancione con suspensión temporal o suspensión temporal temprana en relación con un procedimiento de sanción en proceso. Véase al pié de página 14 del párrafo 8 en el Apéndice 1 de estas Normas. 7 bUn subcontratista, consultor, fabricante y/o un proveedor de productos o servicios (se usan diferentes nombres según el documento de licitación utilizado) nominado es aquel que ha sido: (i) incluido por el licitante en su solicitud de precalificación u oferta por cuanto aporta la experiencia clave y específica y el conocimiento que permite al licitante cumplir con los criterios de calificación para un proceso de licitación en particular; o (ii) nominado por el prestatario.

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Página 10 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

documentos relacionados con la presentación de las ofertas y el cumplimiento del contrato y someterlos a una verificación por auditores designados por el Banco.

3.3 Además, los Licitantes deberán tener presente las provisiones establecidas en la SubCláusula 15.6 de las Condiciones Generales del Contrato.

4. Licitantes Elegibles 4.1 Un Licitante podrá ser una persona natural, una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado —con sujeción a la SubCláusula 4.5 de las IAL— o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio tal respaldado por una carta de intenciones. En caso de que sea un APCA:

(a) salvo indicación contraria en los DDL, todos los socios deberán responder de manera conjunta y solidaria por la ejecución del Contrato de conformidad con los términos del mismo; y

(b) la APCA deberá nombrar un representante, el cual deberá estar autorizado a adelantar todas las operaciones para y en nombre de todos y cualquiera de los socios de la entidad durante el proceso de licitación y, en caso de ésta obtenga la adjudicación del Contrato, durante la ejecución del Contrato.

4.2 Un Licitante, y todas las partes que constituyen el Licitante, pueden tener la nacionalidad de cualquier país, de conformidad con las Normas para las Contrataciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF (en adelante denominadas “Las Normas”) sujeto a las restricciones estipuladas en la Sección V, (Países Elegibles). Se considerará que un Licitante tiene la nacionalidad de un país si es ciudadano o está constituido, incorporado o registrado y opera de conformidad con las disposiciones legales de ese país. Este criterio también aplicará para determinar la nacionalidad de los subcontratistas propuestos para la ejecución de cualquier parte del Contrato incluyendo los Servicios Conexos.

4.3 Licitante no podrá tener conflictos de interés. Los Licitantes que sean considerados que tienen conflictos

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Página 11 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

de interés serán descalificados. Se considerará que los Licitantes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de Licitación, si ellos:

(a) tienen socios mayoritarios en común; o

(b) reciben o han recibido algún subsidio directo o indirecto de cualquiera de ellos; o

(c) tienen el mismo representante legal para fines de esta Licitación; o

(d) tienen una relación mutua, directa o a través de terceros en común, que les permite tener acceso a información sobre la Oferta de otro Licitante, o influir sobre la misma, o influir sobre las decisiones del Contratante respecto de este proceso de Licitación; o

(e) un Licitante participa en más de una Oferta en este proceso de Licitación. Si un Licitante participa en más de una Oferta, se descalificarán todas las Ofertas en las que participa. Sin embargo, esta disposición no restringe la inclusión del mismo subcontratista en más de una Oferta; o

(f) un Licitante ha participado como consultor en la preparación del diseño o las especificaciones técnicas del contrato sujeto de la licitación.; o

(g) han estado Licitante afiliados a una empresa o entidad que el Contratante o el Prestatario haya contratado o haya propuesto contratar en calidad de Ingeniero para el contrato.

4.4 Una firma que haya sido inhabilitada por el Banco de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 3.1 (d) de las IAL, o de acuerdo con las Normas para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en proyectos financiados por préstamos del BIRF y donaciones de la (AIF) estará inhabilitada para la adjudicación de contratos financiados por el Banco o recibir cualquier beneficio de un contrato financiado por el Banco, financiero o de otra índole, durante el periodo determinado por el Banco.

4.5 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Contratante.

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Página 12 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

4.6 Los Licitantes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de que continúan siendo elegibles, cuando el Contratante razonablemente la solicite.

4.7 Se excluirán los licitantes si:

(a) las leyes o regulaciones oficiales del país del Prestatario prohíben las relaciones comerciales con aquel país, siempre y cuando se demuestre satisfactoriamente al Banco que esa exclusión no impedirá la competencia efectiva respecto al suministro de los bienes o servicios conexos requeridos; o

(b) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa institución, el país del Prestatario prohíba toda importación de bienes o contratación de Obras y servicios de ese país, o todo pago a personas o entidades en ese país.

4.8 Solo los licitantes precalificados podrán presentar propuestas, excepto cuando el Banco los permita, de acuerdo con lo indicado en los DDL.

5. Materiales, Equipos y Servicios Elegibles

5.1 Todos los materiales, equipos y servicios que hayan de suministrarse de conformidad con el Contrato y que sean financiados por el Banco deberán tener su origen en un país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, y todos los gastos que se efectúen en el marco del Contrato se limitarán a dichos materiales, equipos y servicios. El Contratante podrá solicitar a los Licitantes proveer evidencia del origen de los materiales, equipos y servicios.

B. Contenido de los Documentos de Licitación

6. Secciones de los Documentos de Licitación

6.1 Los Documentos de Licitación constan de las Partes 1, 2 y 3, que incluyen todas las secciones que se indican más abajo, y deberán leerse en conjunto con cualquier enmienda emitida de conformidad con la Cláusula 8 de las IAL

PARTE 1 - Procedimientos de Licitación

Sección I. Instrucciones a los Licitantes (IAL)

Sección II. Datos de la Licitación (DDL)

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Página 13 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Sección III. Criterios de Evaluación y

Calificación

Sección IV. Formularios de la Oferta

Sección V. Países Elegibles

PARTE 2 - Requisitos de las Obras

Sección VI. Requisitos de las Obras

PARTE 3 – Condiciones y Formularios del Contrato

Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CG)

Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CE)

Sección IX. Apéndice a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato

6.2 El llamado a Licitación emitido por el Contratante no forma parte del Documento de Licitación.

6.3 El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los documentos de Licitación y sus enmiendas, si ellos no se obtuvieren directamente de la fuente señalada por el Contratante en el llamado a Licitación.

6.4 Los Licitantes deberán estudiar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones contenidas en el Documento de Licitación. El incumplimiento por parte del Licitante del suministro de toda la información o documentación que se exige en los Documentos de Licitación podría traer como consecuencia el rechazo de su Oferta.

7. Aclaración del Documento de Licitación, Visita al Lugar de las Obras y Reunión Previa a la Licitación

7.1 Todo Licitante potencial que requiera alguna aclaración de los Documentos de Licitación, deberá comunicarse con el Contratante por escrito a la dirección correspondiente que se suministra en los DDL o plantear sus inquietudes en la reunión previa a la Licitación, si dicha reunión se especifica en la Cláusula 7.4 de las IAL. El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes se reciban por lo menos (21) días antes de que se venza el plazo para la presentación de las Ofertas. El Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, pero sin identificar su fuente, a todos los que hayan adquirido los Documentos de Licitación de conformidad con la

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Página 14 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Cláusula 6.3 de las IAL. Si como resultado de las aclaraciones el Contratante considera necesario enmendar el Documento de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en las Cláusulas 8 y 22.2 de las IAL.

7.2 Se recomienda que el Licitante visite y examine el Sitio de las Obras y sus alrededores y que obtenga por sí mismo, bajo su propia responsabilidad, toda la información que pueda necesitar para preparar la Oferta y celebrar un contrato para la construcción de las Obras. Los costos relativos a la visita al lugar de las Obras correrán por cuenta del Licitante.

7.3 El Contratante autorizará el acceso del Licitante y cualquier miembro de su personal o representante a sus propiedades y terrenos para los fines de la visita, sólo bajo la expresa condición de que el Licitante y cualquier miembro de su personal o representante eximan y mantengan indemnes al Contratante y a su personal y representantes de cualquier obligación al respecto, y se hagan responsables de cualquier muerte o lesión personal, pérdida de propiedad o daños a la misma, así como de toda otra pérdida, daño, costos y gastos que se incurran como resultado de la inspección.

7.4 Se invitará al representante designado por el Licitante a asistir a una reunión previa a la Licitación, si así se establece en los DDL. Esta reunión tendrá como finalidad aclarar dudas y responder a preguntas con respecto a cualquier tema que se plantee durante esa etapa.

7.5 Se solicita que, en la medida de lo posible, los Licitantes hagan llegar sus preguntas por escrito al Contratante a más tardar una semana antes de la reunión.

7.6 El acta de la reunión previa a la Licitación, incluidas las preguntas planteadas, sin identificar su procedencia, y las respuestas a éstas, conjuntamente con cualesquiera otras respuestas preparadas después de la reunión, se transmitirán sin demora a todos los que hayan adquirido los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAL. Toda modificación de los Documentos de Licitación que pueda ser necesaria como resultado de la reunión previa a la Licitación deberá efectuarla el Contratante exclusivamente mediante la emisión de una enmienda, conforme a la Cláusula 8 de las IAL y no a

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través del acta de la reunión previa a la Licitación.

7.7 No se descalificará a los Licitantes que no asistan a la reunión previa a la Licitación.

8. Modificación del Documento de Licitación

8.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para la presentación de las Ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de enmiendas.

8.2 Toda enmienda emitida formará parte de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido el Documento de Licitación en conformidad con la Cláusula 6.3 de las IAL.

8.3 El Contratante podrá a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de las Ofertas a fin de dar a los posibles Licitantes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus Ofertas, de conformidad con la SubCláusula 22.2 de las IAL

C. Preparación de las Ofertas

9. Costo de Participación en la Licitación

9.1 El Licitante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su Oferta, y el Contratante no estará sujeto ni será responsable en caso alguno por dichos costos, independientemente del resultado del proceso de Licitación.

10. Idioma de la Oferta 10.1 La Oferta, así como toda la correspondencia y los documentos relativos a dicha Oferta que intercambien el Licitante y el Contratante deberán ser escritos en el idioma especificado en los DDL. Los documentos de soporte y el material impreso que formen parte de la Oferta podrán estar en otro idioma, con la condición que las partes pertinentes estén acompañadas de una traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para los efectos de la interpretación de la Oferta, dicha traducción prevalecerá.

11. Documentos que conforman la Oferta

11.1 La Oferta comprenderá lo siguiente:

(a) Carta de la Oferta y Apéndice;

(b) formularios debidamente completados, incluida la Lista de Cantidades y sus Precios, de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 12 y 14 de las IAL;

(c) Garantía de Seriedad de Oferta, de conformidad

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con la Cláusula 19 de las IAL;

(d) Ofertas alternativas, si se permite, de conformidad con la Cláusula 13 de las instrucciones a los Licitantes;

(e) confirmación escrita en la que se autorice al firmante de la Oferta a comprometer al Licitante, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 20.2 de las IAL

(f) de conformidad con la Cláusula 17 de las IAL, documentos que evidencien que el Licitante continua estando está calificado o en caso calificación posterior, lo que se indica en la Cláusula 4.8 de las IAL, calificaciones del Licitante para ejecutar el contrato en caso de que su Oferta sea aceptada;

(g) Propuesta Técnica de conformidad con la Cláusula 16 de las IAL; y

(h) cualquier otro documento requerido en los DDL.

11.2 Además de los requisitos señalados en la Cláusula 11.1 de las IAL, las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), vendrán acompañadas de una copia del convenio de la APCA celebrado entre todos los socios. Alternativamente, los socios firmarán y presentarán junto con la Oferta, una carta de intención para celebrar un convenio que establezca una APCA en caso de que la Oferta sea aceptada, junto con una copia del acuerdo propuesto.

12. Carta de la Oferta y Formularios

12.1 La Carta de la Oferta y los Formularios, incluida la Lista de Cantidades, se prepararán con los formularios pertinentes que se incluyen en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Los formularios deberán completarse sin realizar ningún tipo de modificaciones al texto, y no se aceptarán sustituciones, excepto lo estipulado en la Cláusula 20.2 de las IAL. Todos los espacios en blanco deberán llenarse con la información solicitada.

13. Ofertas Alternativas 13.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se considerarán ofertas alternativas.

13.2 Cuando se soliciten explícitamente plazos alternativos para la terminación de los trabajos, ellos se especificarán en los DDL, al igual que la metodología para evaluarlos.

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13.3 Excepto en los casos contemplados en la Cláusula 13.4

de las IAL, los Licitantes que deseen ofrecer alternativas técnicas a los requisitos del Documento de Licitación deberán cotizar primero el diseño propuesto por el Contratante, descrito en el Documento de Licitación, deberán además presentar toda la información necesaria para permitir que el Contratante efectúe una completa evaluación de la alternativa, incluidos planos, cálculos del diseño, especificaciones técnicas, desgloses de precios y la metodología de construcción propuesta, así como cualquier otro detalle pertinente. El Contratante sólo considerará las alternativas técnicas, de haberlas, del Licitante cuya Oferta se ajuste a los requisitos técnicos básicos y haya sido la evaluada más baja.

13.4 Cuando así se especifique en los DDL los Licitantes podrán presentar soluciones técnicas alternativas para componentes específicos de las Obras; los cuales se identificarán en los DDL, junto con la metodología para su evaluación, y se describirán en la Sección VI, Requisitos de las Obras.

14. Precios y Descuentos de la Oferta

14.1 Los precios y descuentos que cotice el Licitante en la carta de la Oferta y la lista de cantidades se ceñirán a los requisitos indicados más abajo.

14.2 El precio que se cotice en la Carta de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 12.1 de las IAL, será el precio total de la Oferta, excluido todo descuento ofrecido.

14.3 El Licitante cotizará cualquier descuento incondicional e indicará la metodología para su aplicación en la Carta de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 12.1 de las IAL.

14.4 Salvo disposición en contrario en los DDL y el Contrato, los precios unitarios y los precios cotizados por el Licitante estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales del Contrato. En dicho caso, el Licitante deberá señalar los índices y los coeficientes de ponderación de las fórmulas de ajuste de precios en el Formulario de Datos de Ajuste, y el Contratante podrá exigir al Licitante que justifique los índices y coeficientes de ponderación propuestos.

14.5 Si así se dispone en la Cláusula 1.1 de las IAL, las Ofertas se harán por lotes individuales (contratos) o por combinación de lotes (paquetes). Los Licitantes que quieran ofrecer un descuento en caso de que se

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les adjudique más de un contrato especificarán en su Oferta la reducción de precio aplicable a cada paquete o, alternativamente, a cada contrato individual dentro del paquete. La reducción de precio o descuento se presentará de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 14.3 de las IAL, siempre y cuando las Ofertas de todos los lotes (contratos) se presenten y abran al mismo tiempo.

14.6 Los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el contratista en virtud del contrato, o por cualquier otro motivo, a partir de 28 días antes de la fecha de presentación de las Ofertas, se incluirán en los precios y los precios unitarios y en el precio total de la Oferta que presente el Licitante.

15. Monedas de la Oferta y de Pago

15.1 La moneda de la Oferta será la estipulada en los DDL.

15.2 El Contratante podrá requerir que los Licitantes justifiquen sus necesidades de pagos en monedas extranjeras y sustenten las cantidades incluidas en los precios y precios unitarios que se indican en el Cuadro de Datos de Ajuste, en cuyo caso los Licitantes deberán presentar un desglose detallado de las necesidades en moneda extranjera.

16. Documentos que Conforman la Propuesta Técnica

16.1 El Licitante entregará una Propuesta Técnica con una descripción de los métodos de trabajo, los equipos, el personal y el calendario de las Obras, así como cualquier otra información estipulada en la Sección IV, con detalles suficientes para demostrar que la propuesta del Licitante cumple adecuadamente los requisitos de la obra y el plazo para completarla.

17. Documentos que Establecen las Calificaciones del Licitante

17.1 Con el fin de demostrar que continua cumpliendo los criterios usados al momento de la Calificación Previa y de conformidad con la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación, el Licitante proporcionará en la información solicitada en los correspondientes formularios de información que aparecen en la Sección IV, Formularios de Licitación, información actualizada de los aspectos evaluados que hayan cambiado desde ese momento. Si aplica la calificación posterior, según lo indicado en las Cláusula 4.8 de las IAL, el Licitante deberá proporcionar la información solicitada en los correspondientes formularios de información que aparecen en la Sección IV, Formularios de Licitación.

17.2 Si se aplica margen de preferencia de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula 33.1 de las IAL, los

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Licitantes nacionales, ya sea a título individual o como parte de asociaciones en participación, deberán aportar toda la información requerida para cumplir los criterios de elegibilidad de conformidad con la Cláusula 33.1 de las IAL.

18. Período de Validez de las Ofertas

18.1 Las Ofertas deberán mantenerse válidas durante el periodo especificado en los DDL a partir de la fecha límite para presentación de Ofertas establecida por el Contratante en la Cláusula 22.1 de las IAL. Toda Oferta con un plazo menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento.

18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Licitantes que extiendan el período de validez de sus Ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se solicita una garantía de la Oferta de conformidad con la Cláusula 19 de las IAL, también se prorrogará por un plazo de veintiocho (28) días la fecha límite del período de validez prorrogado. Los Licitantes podrán rechazar la solicitud sin por ello perder la garantía de la Oferta. A los Licitantes que acepten la solicitud no se les pedirá ni se les permitirá que modifiquen su Oferta, salvo en los casos contemplados en la Cláusula 18.3 de las IAL.

18.3 Si la adjudicación se demora más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la validez inicial de la Oferta, podrá ajustarse el precio contractual así:

(a) En el caso de contratos a precio fijo, el precio del contrato se ajustará por un factor especificado en los DDL.

(b) En caso de contratos con precios ajustables, ningún ajuste será aplicado.

(c) En cualquier caso, la evaluación se basará en el precio de la Oferta sin tomar en cuenta la corrección mencionada.

19. Garantía de Seriedad de la Oferta

19.1 El Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe ser por el monto especificado en los DDL.

19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la

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Sección IV, Formularios de la Oferta.

19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la SubCláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas:

(a) una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora;

(b) una carta de crédito irrevocable;

(c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o

(d) otra garantía definida en los DDL,emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del país del Contratante, la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se incluye en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta. En cualquier caso, el formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la SubCláusula 18.2 de las IAL.

19.4 Si la SubCláusula 19.1 de las IAL exige una Garantía de Seriedad de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Seriedad de la Oferta sustancialmente conforme, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.

19.5 Las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de los Licitantes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible, después que el Licitante al que se haya adjudicado el Contrato suministre la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 41 de las IAL.

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19.6 La Garantía de Seriedad de la Oferta del Licitante al

que se adjudica el contrato será devuelta, tan pronto como sea posible, una vez que dicho Licitante haya firmado el contrato y suministrado la garantía de cumplimiento del contrato.

19.7 La Garantía de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva Oferta si:

(a) un Licitante retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Licitante en el Formulario de Presentación de Oferta; o

(b) si el Licitante seleccionado:

(i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 40 de las IAL; o

(ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 41 de las IAL.

19.8 La Garantía de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá hacerse a nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como se denomina en la carta de intención mencionada en la Cláusula 4.1 de las IAL.

19.9 Si en los DDL no se exige una Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula 19.1 de las IAL, y en caso de que

(a) El Licitante retire su Oferta durante el período de validez que se señala en el formulario de carta de presentación de Oferta, salvo en los casos contemplados en la Cláusula 18.2 de las IAL; o

(b) El Licitante al que se adjudica el contrato no firma el contrato de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 40 de las IAL; uno suministra una Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 41 de las IAL;

El Contratante podrá, si así se contempla en los DDL, declarar no elegible al Licitante para la adjudicación de un contrato por el período de tiempoque figure en los DDL.

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20. Formato y Firma de la Oferta

20.1 El Licitante preparará un juego original de los documentos que constituyen la Oferta, según se señala en la Cláusula 11 de las IAL, marcándolo claramente como “ORIGINAL”. Las Ofertas alternativas, si se permiten de conformidad con la Cláusula 13 de las instrucciones a los Licitantes, se marcarán claramente como “ALTERNATIVA”. Además, el Licitante presentará el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcará claramente cada ejemplar como “COPIA”. En el caso de discrepancias el texto original prevalecerá sobre las copias.

20.2 El original y todas las copias de la Oferta serán mecanografiados o escritos con tinta indeleble y deberán estar firmados por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Licitante. Esta autorización consistirá en una confirmación escrita, según se especifica en los DDL, que deberá acompañar a la Oferta. El nombre y el cargo de cada persona que firme la autorización deberá escribirse o imprimirse debajo de su firma. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.

20.3 Las Ofertas presentadas por una APCA deberán ajustarse a los siguientes requisitos:

(a) Salvo cuando no se requiera en virtud de la SubCláusula 4.1 (a) de las IAL, estar firmada con el fin de que sea legalmente vinculante para todos los socios, y

(b) Incluir la autorización del Representante a que se refiere la SubCláusula 4.1 (b) de las IAL, consistente en un poder judicial firmado por las personas legalmente autorizadas para firmar en nombre de la APCA.

20.4 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Oferta.

D. Presentación y Apertura de las Ofertas

21. Procedimiento Para Sellar y Marcar las

21.1 Los Licitantes deberán entregar Ofertas el original y cada copia de la Oferta, inclusive Ofertas alternativas

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Ofertas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las

IAL, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL”, “ALTERNATIVA” y “COPIA”. Los sobres que contienen el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre.

21.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:

(a) llevar el nombre y la dirección del Licitante;

(b) estar dirigidos al Contratante como se indica en la Cláusula 22.1 de las IAL;

(c) llevar la identificación específica de este proceso de Licitación indicado en la Cláusula 1.1 de los DDL; y

(d) incluir una advertencia para no abrir antes de la hora y fecha de la apertura de la Oferta.

21.3 Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.

22. Plazo para la Presentación de las Ofertas

22.1 El Contratante deberá recibir las Ofertas en la dirección y, a más tardar, a la hora y fecha que se indican en los DDL. Los Licitantes tendrán la opción de presentar sus Ofertas electrónicamente, cuando así se indique en los DDL. Los Licitantes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas.

22.2 El Contratante podrá, a su discreción, prorrogar la fecha límite de presentación de las Ofertas mediante una enmienda del Documento de Licitación, de acuerdo con la Cláusula 8 de las IAL, en cuyo caso todas las obligaciones y derechos del Contratante y los Licitantes anteriormente sujetas a dicha fecha límite quedarán sujetas al nuevo plazo.

23. Ofertas Tardías 23.1 El Contratante no considerará ninguna Oferta que llegue con posterioridad a la hora y fecha límite para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAL. Toda Oferta que reciba el Contratante después del plazo límite para la presentación de las Ofertas será considerada tardía, y será rechazada y devuelta al Licitante remitente sin abrir.

24. Retiro, Sustitución y Modificación de las

24.1 El Licitante podrá retirar, sustituir o modificar su Oferta después de presentada, debiendo enviar para

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Ofertas ello una comunicación por escrito debidamente

firmada por un representante autorizado, y deberá incluirá una copia de dicha autorización, según lo estipulado en la Cláusula 20.2 de las IAL (con excepción de la comunicación de retiro, que no requiere copias). La sustitución o modificación correspondiente de la Oferta deberá acompañar a dicha comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán ser: (a) presentadas de conformidad con las Cláusulas

20 y 21 de las IAL (con excepción de la comunicación de retiro, que no requiere copias), y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN” o “MODIFICACIÓN”; y

(b) recibidas por el Contratante antes de la fecha límite establecida para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAL.

24.2 Las Ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Cláusula 24.1 de las IAL serán devueltas sin abrir a los Licitantes remitentes.

24.3 Ninguna Oferta podrá ser retirada, sustituida ni modificada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar Ofertas y la expiración del período de validez de la Oferta especificado por el Licitante en el Formulario de Oferta o en cualquier otra extensión.

25. Apertura de las Ofertas

25.1 El Contratante llevará a cabo el Acto de Apertura de las Ofertas, en público en la dirección, fecha y hora que se señalen en los DDL. El procedimiento para la apertura de Ofertas que se hayan presentado electrónicamente en caso de que se permita usar dicho sistema de conformidad con la SubCláusula 22.1 estará indicado en los DDL.

25.2 Primero se abrirán los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la Oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Licitante remitente. No se permitirá el retiro de ninguna Oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCION” se leerán en voz alta y se intercambiará con la Oferta correspondiente que está siendo sustituida; la Oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Licitante

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remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACION” se abrirán y leerán en voz alta con la Oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las Ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el Acto de Apertura de las Ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas.

25.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del Licitante y si contiene modificaciones; los precios de la Oferta, incluyendo cualquier descuento u Ofertas alternativas; la existencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta de requerirse; y cualquier otro detalle que el Contratante considere pertinente. Solamente los descuentos y Ofertas alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación. Si el Contratante así lo dispone en los DDL, los representantes del Contratante que asistan a la apertura de Ofertas deberán marcar sus iniciales en la carta de la Oferta y la Lista de Cantidades de la manera indicada en los DDL. Ninguna Oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las Ofertas tardías, de conformidad con la SubCláusula 23.1 de las IAL.

25.4 El Contratante preparará un acta del Acto de Apertura de las Ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Licitante y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y Ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la Garantía de Seriedad de la Oferta, si se requería. Se le solicitará a los representantes de los Licitantes presentes que firmen la hoja de asistencia. La omisión de la firma de un Licitante no invalidará el contenido y efecto del Acta. Una copia del Acta será distribuida a los Licitantes.

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E. Evaluación y comparación de las Ofertas 26. Confidencialidad 26.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona

que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la Licitación, información relacionada con la evaluación de las Ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya comunicado la adjudicación del Contrato a todos los Licitantes.

26.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Contratante en cuanto a la evaluación, comparación de las Ofertas o la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta.

26.3 No obstante lo dispuesto en la SubCláusula 26.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Licitante desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la Licitación, deberá hacerlo por escrito.

27. Aclaración de las Ofertas

27.1 Con el fin de facilitar el examen, evaluación y la comparación de las Ofertas y la calificación de los Licitantes, el Contratante deberá solicitar a cualquier Licitante aclaraciones a su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una Oferta presentada por un Licitante cuando dichas aclaraciones no sean respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de aclaración del Contratante y la respuesta, deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios ni en la esencia de la Oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las Ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAL.

27.2 Si un Licitante no ha proveído las aclaraciones a su Oferta en la fecha y hora fijadas en la solicitud de aclaración del Contratante, su Oferta podrá ser rechazada.

28. Desviaciones, Reservas y Omisiones

28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes definiciones:

(a) “desviación” es un apartamiento con respecto a los requisitos especificados en el Documento

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de Licitación;

(b) “reserva” es establecer condiciones limitativas o en abstenerse de aceptar plenamente los requisitos especificados en el Documento de Licitación; y

(c) “omisión” es la falta de presentación de una parte o de la totalidad de la información o de la documentación requerida en el Documento de Licitación.

29. Determinación de Cumplimiento de las Ofertas

29.1 Para determinar si la Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el contenido de la propia Oferta, según se define en las Cláusula 11 de las IAL.

29.2 Una Oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es aquella que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipulados en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:

(a) Si es aceptada:

(i) afectaría de manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras especificadas en el Contrato; o

(ii) limitaría de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Licitante en virtud del Contrato; o

(b) Si es rectificada, afectaría injustamente la posición competitiva de otros Licitantes que presentan Ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación.

29.3 El Contratante examinará los aspectos técnicos de la Oferta de conformidad con la Cláusula 16 de las IAL, Propuesta Técnica, en particular, con el fin de confirmar que satisface los requisitos estipulados en la Sección VI, Requisitos de las Obras, sin desviaciones ni reservas significativas.

29.4 Si una Oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación será rechazada por el

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Página 28 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Contratante y no podrá convertirse posteriormente, mediante la corrección o el retiro de las desviaciones, reservas u omisiones, en una Oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación.

30. Inconformidades no Significativas

30.1 Si una Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá dispensar inconformidades que no constituyan una desviación, reserva u omisión significativa.

30.2 Cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá solicitar al Licitante que presente, dentro de un plazo razonable, la información o documentación necesaria para rectificar inconformidades no significativas en la Oferta, relacionadas con requisitos referentes a la documentación. La solicitud de información o documentación relativa a dichas inconformidades no podrá estar relacionada de ninguna manera con el precio de la Oferta. Si el Licitante no cumple la solicitud, podrá rechazarse su Oferta.

30.3 Siempre y cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a las condiciones establecidas, el Contratante rectificará las faltas de conformidad no sustanciales relacionadas con el precio de la Oferta. A esos efectos, se ajustará el precio de la Oferta, únicamente para fines de comparación, para reflejar el precio de un componente o componente que falte o que presente faltas de conformidad. Dicho ajuste se hará aplicando el método que se indica en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

31. Corrección de Errores Aritméticos

31.1 A condición de que la Oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:

(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto decimal en el precio unitario, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario;

(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y

(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras,

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Página 29 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

31.2 Si el Licitante cuya Oferta fue evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su Oferta será rechazada.

32. Conversión a Una Sola Moneda

32.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a la moneda única de conformidad a lo indicado en los DDL.

33. Margen de Preferencia 33.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se aplicará el Margen de Preferencia.

34. Evaluación de las Ofertas

34.1 Para evaluar las Oferta, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en esta Cláusula. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología.

34.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente:

(a) el precio de la Oferta, excluidos los montos provisionales y la reserva para imprevistos, que se indican en el resumen de la Lista de Cantidades, pero incluidos los componentes correspondientes a trabajos por día cuyos precios por día se hubiesen obtenido competitivamente;

(b) el ajuste de precios por correcciones de errores aritméticos, de conformidad con la Cláusula 31.1 de las IAL;

(c) el ajuste de precios por descuentos ofrecidos, de conformidad con la Cláusula 14.3 de las IAL;

(d) la conversión a una sola moneda del monto resultante de la aplicación de los incisos (a) al (c) abajo, si procede, de conformidad con la Cláusula 32 de las IAL;

(e) el ajuste por faltas de conformidad, según se establece en la Cláusula 30.3 de las IAL;

(f) ajustes debidos a la aplicación de los factores de evaluación, indicados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

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Página 30 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

34.3 En la evaluación de la Oferta no se tomará en cuenta el efecto de las disposiciones de ajuste de precios que se hayan especificado en las Condiciones del Contrato, aplicadas durante el período de ejecución del Contrato.

34.4 Si los Documentos de Licitación permiten que los Licitantes coticen precios separados para diferentes lotes (contratos), y que se adjudiquen varios lotes (paquetes) a un solo Licitante, en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación, se especificará la metodología para determinar el precio evaluado como el más bajo para los paquetes que resulten de combinar los lotes ofrecidos en las diferentes propuestas, incluidos los descuentos que se hayan ofrecido.

34.5 Si la Oferta, con el precio evaluado como el más bajo, está seriamente desequilibrada o implica pagos iniciales abultados a juicio del Contratante, éste podrá exigir al Licitante que entregue un análisis detallado de los precios para todos o cualquiera de los componentes de la lista de cantidades, a fin de demostrar la coherencia interna de dichos precios con los métodos de construcción y el calendario previsto. Tras la evaluación de los análisis de precios y tomando en cuenta el calendario de pagos contractuales previstos, el Contratante podrá exigir que por cuenta del Licitante se aumente el monto de la Garantía de Cumplimiento, para llevarlo a un nivel que proteja al Contratante de pérdidas financieras en caso de incumplimiento bajo el contrato, por parte del Licitante ganador.

35. Comparación de las Ofertas

35.1 El Contratante comparará todas las Ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación, para determinar la Oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 34.2 de las IAL.

36. Calificación del Licitante

36.1 El Contratante determinará a su entera satisfacción si el Licitante seleccionado como el que ha presentado la Oferta evaluada como la más baja y que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, continua cumpliendo (si hay Calificación Previa) o cumple (si hay calificación previa) los criterios de calificación que se especifican en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

36.2 El resultado se determinará después de analizar los documentos de calificación presentados por el

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Página 31 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

Licitante para demostrar su capacidad, de conformidad con la Cláusula 17.1 de las instrucciones a los Licitantes.

36.3 Una determinación afirmativa será requisito previo para la adjudicación del Contrato al Licitante. Una determinación negativa resultará en el rechazo de la Oferta del Licitante, en cuyo caso el Contratante procederá a determinar si el Licitante que presentó la siguiente Oferta evaluada como la más baja está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente.

37. Derecho del Contratante de Aceptar Cualquier Oferta y de Rechazar Algunas Ofertas o Todas ellas

37.1 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Oferta, de anular el proceso de Licitación y de rechazar todas las Ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Licitantes. En caso de anular el proceso, el Contratante devolverá con prontitud a todos los Licitantes las Ofertas y las Garantías de Oferta que hubiera recibido.

F. Adjudicación del contrato

38. Criterios de Adjudicación

38.1 El Contratante adjudicará el contrato al Licitante cuya Oferta haya sido evaluada como la más baja de conformidad con IAL 37.1 y cumpla sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, siempre y cuando el Contratante determine que el Licitante está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente

39. Notificación de la Adjudicación

39.1 Antes la expiración del período de validez de las Ofertas, el Contratante notificará por escrito al Licitante seleccionado, que su Oferta ha sido aceptada. En la carta de notificación (denominada en lo sucesivo y en las condiciones contractuales y en los formularios del contrato “la carta de aceptación”) se especificará el monto que el Contratante pagará al contratista por la ejecución y la terminación de las Obras (denominado en lo sucesivo y en las condiciones contractuales y en los formularios del contrato “el precio contractual”), así como los requisitos para que el contratista solucione cualquier defecto conforme se estipula en el contrato. Al mismo tiempo, el Contratante también notificará los resultados de la Licitación a todos los demás Licitantes y publicará en los sitios de Internet de UNDB y dgMarket, los datos de identificación de la Oferta y de los lotes, además de la siguiente

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Página 32 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

información:

(i) nombre de cada uno de los Licitantes que presentó una Oferta;

(ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en voz alta en la Apertura de las Ofertas;

(iii) nombre y precios evaluados de cada Oferta considerada;

(iv) nombre de los Licitantes cuyas Ofertas fueron rechazadas, y la razón para los rechazos; y

(v) nombre del Licitante ganador y el precio que ofreció, así como la duración y el resumen del alcance del contrato adjudicado.

39.2 Mientras se prepara y perfecciona un contrato Formal, la notificación de adjudicación constituirá el contrato.

39.3 El Contratante responderá con prontitud, por escrito, a todos los Licitantes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas para adjudicación y que, con posterioridad a la notificación de la adjudicación, de conformidad con la Cláusula 39.1 de las IAL, soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas.

40. Firma del Contrato 40.1 Inmediatamente después de la notificación, el Contratante enviará el contrato al Licitante seleccionado para la adjudicación del contrato.

40.2 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días siguientes de haber recibido el contracto, el Licitante ganador deberá firmar, fechar y devolver el contrato al Contratante.

41. Garantía de Cumplimiento

41.1 Dentro de un plazo de veintiocho (28) días después de haber recibido la notificación de la adjudicación por parte del Contratante, el Licitante seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las condiciones del contrato, sujeto a la Cláusula 34.5 de las IAL, utilizando para ello el formulario de Garantía de Cumplimiento incluida en la Sección IX, Apéndice a las Condiciones Especiales – Formularios de Contrato u otro formulario aceptable para el Contratante. Si el Licitante seleccionado suministra una fianza como Garantía de Cumplimiento, dicha fianza deberá haber sido emitida por una compañía afianzadora o una aseguradora que el Licitante ganador haya determinado que es aceptable para el Contratante. Si la fianza la emite una entidad extranjera, ésta deberá

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Página 33 Sección I – Instrucciones a los Licitantes

tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante.

41.2 El incumplimiento por parte del Licitante seleccionado de sus obligaciones de presentar la Garantía de Cumplimiento antes mencionada o de firmar el contrato, constituirá causa suficiente para la anulación de la adjudicación y para hacer efectiva la Garantía de la Oferta. En este caso, el Contratante podrá adjudicar el contrato al Licitante cuya Oferta sea evaluada como la siguiente más baja que se ajusta sustancialmente a las condiciones de la Licitación y que el Contratante considere calificado para ejecutar satisfactoriamente el contrato.

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Página 2 Sección II – Datos de la Licitación

Sección II. Datos de la Licitación A. Introducción

IAL 1.1

Número de llamado a Licitación: Ex N°10520928/2015/UPEPH

IAL 1.1

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH), del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Página Web: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Correo Electrónico: [email protected] País: República Argentina

IAL 1.1

Nombre de la Licitación Pública Internacional: Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez.

IAL 1.1

Las obras objeto del Llamado a Licitación Pública Internacional son: Lote Único: Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildañez, que comprenden la ejecución de un Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH) y tres ramales: Ramal Astúrias Sur, Ramal Nágera y Ramal Villa 6.

IAL 1.2

Se entiende por días calendario, días corridos.

IAL 2.1

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Ciudad de Buenos Aires. El Contratante es el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires La entidad financiera es el BIRF El monto del préstamo BIRF Nº es de: U$S 200.000.000 El Garante es la República Argentina.

IAL 2.1

Nombre del Proyecto: Proyecto de Asistencia a la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la CABA.

IAL 4.1 (a)

Las personas o firmas en una asociación en participación, consorcio o asociación son conjunta y solidariamente responsables. El número máximo de socios de la Asociación en Participación o Consorcio será sin límite. La participación de la firma Líder, que deberá ejercer la representación, deberá ser como mínimo del treinta y cinco por ciento (35%).

B. Documento de Licitación IAL 7.1

Dirección del Contratante para fines de aclaración únicamente: Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico - Ministerio de Desarrollo Urbano y

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Página 3 Sección II – Datos de la Licitación

Trasnporte - Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Correo Electrónico: [email protected] País: República Argentina

IAL 7.4

No se realizará una reunión previa a la Licitación.

C. Preparación de las Ofertas IAL 10.1

Idioma de la oferta: español.

IAL 11.1 h)

Junto con la Oferta, el Licitante presentará los siguientes documentos adicionales: Catálogos o folletos de los principales materiales a suministrar (caños y accesorios),

así como de tapas de bocas de registro y/o sumideros. Descripción del sistema de entibamiento Monocodal y de los sistemas de depresión de

napas. Todas las páginas de la carta de oferta y de la Lista de Cantidades deberán ser firmadas por el representante legal o apoderado del Licitante como asimismo los folios de las copias.

IAL 11.2

En caso de conformación de APCAs, junto con la Oferta, el Licitante presentará los siguientes documentos adicionales: Compromiso de constitución de la APCA, debidamente certificado por escribano u

autoridad local del Licitante Compromiso de cada Empresa a integrar la APCA, especificando su porcentaje de

participación y su responsabilidad solidaria

IAL 13.1

No se permitirán Ofertas alternativas.

IAL 13.2

No se permitirán plazos alternativos de terminación de las Obras.

IAL 13.4

No se permitirán soluciones técnicas alternativas.

IAL 14.4

Los precios cotizados por el Licitante estarán sujetos a ajuste según el procedimiento descrito en la Cláusula 13.8 de las CEC.

IAL 15.1

La moneda(s) de la Oferta y de pago deberán ser tal y como se describe seguidamente: Los Licitantes deberán expresar el precio de la Oferta en la moneda local. a) El Licitante deberá cotizar los precios unitarios y los precios en la Lista de Cantidades

en Pesos Argentinos, en adelante denominada “la moneda local”. El Licitante que desee incurrir en gastos en otra moneda para suministros a las Obras que tengan origen fuera del país del contratante (“requerimientos en moneda extranjera”) deberá indicar sus requerimientos para que los pagos se efectúen hasta en tres monedas extranjeras de su elección, expresados en porcentajes del precio de la oferta, en la Tabla C del Apéndice de la Oferta.

b) El Licitante deberá incluir igualmente las tasas de cambio utilizadas para calcular la equivalencia en moneda local y los porcentajes mencionados en el literal a) arriba, en la Tabla C del Apéndice de la Oferta. Lo anterior aplicará para todos los pagos del

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Página 4 Sección II – Datos de la Licitación

Contrato de tal manera que el Licitante ganador no sea expuesto a riesgo de tasa de cambio.

Los Licitantes deben tener en cuenta que, para efectos de la comparación de las ofertas, se aplicará la metodología y tasas de cambio que se mencionan en la Cláusula DDL 32.1.

IAL 18.1

Período de validez de la Oferta: ciento veinte (120) días.

IAL 18.3 (a)

No aplica

IAL 19.1

Deberá presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta. Monto y moneda de la Garantía de Seriedad de la Oferta: Pesos Cinco millones (AR$ 5.000.000.-) Dicha garantía deberá ser efectuada utilizando el Formulario para Garantía de la Oferta (Garantía bancaria incondicional y a primer requerimiento del Contratante) incluido en la Sección IV Formularios de Licitación. No se aceptará póliza de seguro de caución como Garantía de Seriedad de la Oferta.

IAL 19.3 (d)

No aplica.

IAL 19.9

No aplica.

IAL 20.1

El Licitante deberá presentar su oferta en original firmado por su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiendo coincidir esta firma con la documentación que acredite el carácter invocado.- Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, más la documentación adicional, folletos, catálogos, publicaciones técnicas o todo tipo de información que el Licitante adjunte y preferentemente foliadas en forma correlativa. Además del original deberán presentarse dos (2) copias de dicha oferta en soporte papel con acceso a través del índice. En caso de discrepancia entre los documentos impresos prevalecerá lo indicado en el original impreso.

IAL 20.2

La confirmación por escrito o autorización para firmar en nombre del Licitante consistirá en: Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación del firmante o firmantes de la Oferta. Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formalidades legales del lugar de emisión.

IAL 21.2 a)

Dirección del Contratante a la cual deben enviarse las ofertas: Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Correo Electrónico: [email protected] País: República Argentina

IAL Nombre y número de la Licitación:

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Página 5 Sección II – Datos de la Licitación

21.2 b)

Obras Gestión integral aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez Ex N° 10520928/2015/UPEPH

D. Presentación y apertura de las Ofertas IAL 22.1

Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas únicamente: Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Correo Electrónico: [email protected] País: República Argentina

Plazo para presentación de Ofertas:

Fecha: 28 de Junio de 2016

Hora: 12.00

Los licitantes no tendrán la opción de presentar sus ofertas de manera electrónica.

IAL 25.1

Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas, inmediatamente después de la fecha límite y hora para la presentación de las ofertas que se establece en IAL 22.1 Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte- Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- ABP Teléfono / Facsímile: (011) 5030 – 9400 int. 5210 Horario de atención; días hábiles de 10.00 a 16.00 horas Correo Electrónico: [email protected] País: República Argentina Fecha de apertura de las ofertas: 28 de Junio de 2016 Hora: 12.30

IAL 25.3

La Carta de la Oferta y la Lista de Cantidades no deberán ir marcadas con las iniciales de los representantes del Contratante que asistan a la apertura de las Ofertas.

E. Evaluación y comparación de Ofertas IAL 32.1

En la evaluación y comparación de las ofertas, se usará la siguiente moneda única para la conversión de todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas: Peso de la República Argentina La fuente de la tasa de cambio es: Banco de la Nación Argentina, tipo de cambio vendedor para transacciones similares Fecha de la tasa de cambio: veintiocho (28) días antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Si ese día no fuese laborable se tomará el día laborable siguiente. Los Licitantes deberán expresar el precio de la Oferta en la moneda local. Para efectos de comparación de las Ofertas, el Precio corregido de la Oferta según lo estipulado en la Cláusula 31, deberá ser desglosado en los diferentes montos correspondientes a las monedas de pago. Para tales efectos, se utilizarán las tasas de

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Página 6 Sección II – Datos de la Licitación

cambio especificadas por el Licitante según lo estipulado en el Subcláusula 15.1. Acto seguido, el Contratante convertirá los montos expresados en las varias monedas de pago de la Oferta (excluyendo los montos provisionales pero incluyendo la tasa diaria cuando se cotice de manera competitiva) a la moneda única identificada en las tasas de venta arriba determinada para transacciones similares por la autoridad especificada y en la fecha indicada ut supra.

IAL 33.1 No se aplicará margen de preferencia.

IAL 41.1

El monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato será el resultante de aplicar el diez por ciento (10%) sobre el monto adjudicado, y la misma deberá ser instrumentada mediante una Garantía bancaria incondicional y a primer requerimiento del Contratante.

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Página 7 Sección III – Criterios de Evaluación y Calificación

Sección III. Criterios de Evaluación y

Calificación

Esta Sección contiene todos los criterios que el Contratante utilizará para evaluar las Ofertas y calificar a los Licitantes. De conformidad con las Cláusulas 34 y 36 de las Instrucciones a los Licitantes, no se usarán otros factores, métodos ni criterios. El Licitante deberá proporcionar toda información solicitada en los formularios incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación, a fin de permitir la calificación por parte del Contratante, vinculados con la presente Sección. La presente Sección se compone de dos subsecciones:

1. Evaluación 2. Calificación

1. Evaluación 1. a. Metodología. En la Subsección 2. Calificación, se incorporan las planillas

pertinentes. 1. b. Calendarios alternativos de terminación de las obras, (si se contemplan en la

Cláusula 13.2 de las Instrucciones a los Licitantes), serán evaluadas de la siguiente forma: NO APLICA.

1. c. Alternativas técnicas, si se contemplan en la Cláusula 13.4 de las Instrucciones a los Licitantes, serán evaluadas de la siguiente forma: NO APLICA.

2. Calificación Se presenta a continuación las planillas y criterios para la calificación de oferentes:

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ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

N /

A

Form

ular

ios E

LE –

1 y

ELI

2, c

on lo

s ane

xos

2.1.

5 In

eleg

ibili

dad

en v

irtu

d de

re

solu

ción

de

las

naci

ones

Uni

das

o le

gisla

ción

del

pa

ís d

el

Pres

tata

rio

No

habe

r sid

o ex

clui

do e

n vi

rtud

de a

lgun

a le

y o

regu

laci

ón o

ficia

l de

l paí

s del

Pre

stat

ario

, ni e

n cu

mpl

imie

nto

de u

na re

solu

ción

de

l Con

sejo

de

Segu

ridad

de

las

Nac

ione

s Uni

das,

de c

onfo

rmid

ad

con

la S

ubC

láus

ula

4.7

de la

s IA

L.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

APC

A e

xist

ente

de

be c

umpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

N /

A

Car

ta d

e la

Ofe

rta

PLIE

G-2

016-

1156

4007

- -U

PEPH

pági

na 4

2 de

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na 9

Se

cció

n II

I Crit

erio

s de

Eval

uaci

ón y

Cal

ifica

ción

Fact

or

2.2

HIS

TO

RIA

L D

E IN

CU

MPL

IMIE

NT

O D

E C

ON

TR

AT

OS

Subf

acto

r

Cri

teri

os

Doc

umen

taci

ón

Req

ueri

da

Req

uisi

to

Lic

itant

e

Ent

idad

indi

vidu

al

Aso

ciac

ión

en P

artic

ipac

ión,

Con

sorc

io o

A

soci

ació

n T

odas

las

part

es

com

bina

das

Cad

a so

cio

Al m

enos

un

soci

o

2.2.

1 A

ntec

eden

tes

de

Incu

mpl

imie

nto

de C

ontr

atos

No

habe

r in

curr

ido

en i

ncum

plim

ient

o de

co

ntra

tos

en lo

s úl

timos

dos

(2)

año

s an

tes

del

plaz

o pa

ra

la

pres

enta

ción

de

so

licitu

des,

con

base

en

toda

la in

form

ació

n di

spon

ible

so

bre

cont

rove

rsia

s y

litig

ios

plen

amen

te r

esue

ltos.

Una

con

trove

rsia

o

litig

io p

lena

men

te r

esue

lto e

s aq

uel q

ue s

e ha

re

suel

to

med

iant

e el

m

ecan

ism

o de

so

luci

ón d

e co

ntro

vers

ias

fijad

o en

cad

a co

ntra

to

parti

cula

r, ha

bién

dose

ag

otad

o to

das l

as v

ías d

e ap

elac

ión

a di

spos

ició

n de

l Li

cita

nte.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

por

cuen

ta

prop

ia o

com

o so

cio

de

una

APC

A

disu

elta

o e

xist

ente

N /

A

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito p

or c

uent

a pr

opia

o c

omo

soci

o de

un

a A

PCA

di

suel

ta o

exi

sten

te

N /

A

Form

ular

io

CO

N –

2

2.2.

2 L

itigi

os

Pend

ient

es

Los

litig

ios

pend

ient

es

no

debe

rán

repr

esen

tar

en

tota

l m

ás

de

trein

ta

por

cien

to

(30%

) de

l pa

trim

onio

ne

to

del

Lici

tant

e y

se c

onsi

dera

rán

com

o fa

llado

s en

con

tra d

el L

icita

nte.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

por

cuen

ta

prop

ia o

com

o so

cio

de

una

APC

A

disu

elta

o e

xist

ente

N /

A

Deb

e cu

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ir el

re

quis

ito p

or c

uent

a pr

opia

o c

omo

soci

o de

un

a A

PCA

an

terio

r o e

xist

ente

N /

A

Form

ular

io

CO

N –

2

PLIE

G-2

016-

1156

4007

- -U

PEPH

pági

na 4

3 de

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na 1

0

Se

cció

n II

I Crit

erio

s de

Eval

uaci

ón y

Cal

ifica

ción

Fa

ctor

2.

3 SI

TU

AC

IÓN

FIN

AN

CIE

RA

Subf

acto

r

Cri

teri

os

Doc

umen

taci

ón

Req

ueri

da

Req

uisi

to

Lic

itant

e

Ent

idad

In

divi

dual

Aso

ciac

ión

en P

artic

ipac

ión,

Con

sorc

io o

A

soci

ació

n

Tod

as la

s pa

rtes

co

mbi

nada

s C

ada

soci

o A

l men

os

un so

cio

2.3.

1

C

apac

idad

Fi

nanc

iera

H

istó

rica

Pres

enta

ción

de

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lanc

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nera

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dita

do

o,

si

no

fuer

a ob

ligat

orio

en

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aís

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nte,

de

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s es

tado

s fin

anci

eros

ac

epta

bles

par

a el

Con

trata

nte

de lo

s últi

mos

cin

co (

5) a

ños,

en

que

se e

stab

lezc

an l

a so

lidez

act

ual

de l

a si

tuac

ión

finan

cier

a de

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itant

e y

su re

ntab

ilida

d pr

evis

ta a

larg

o pl

azo.

El

Pat

rimon

io N

eto

del L

icita

nte

calc

ulad

o co

mo

la d

ifere

ncia

en

tre l

os a

ctiv

os t

otal

es y

los

pas

ivos

tot

ales

, de

berá

com

o m

ínim

o se

r pos

itivo

.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

N /

A

Deb

e cu

mpl

ir el

requ

isito

N

/ A

Fo

rmul

ario

FI

N –

3.1

con

los

anex

os

2.3.

2 Fa

ctur

ació

n pr

omed

io d

e co

nstr

ucci

ón

anua

l

Com

o m

ínim

o el

O

fere

nte

debe

tene

r un

a fa

ctur

ació

n pr

omed

io d

e co

nstru

cció

n an

ual

de

sete

cien

tos

cinc

uent

a m

illon

es d

e pe

sos

($7

50.0

00.0

00),

calc

ulad

a so

bre

la b

ase

del

tota

l de

pag

os c

ertif

icad

os r

ecib

idos

por

con

trato

s en

cur

so o

te

rmin

ados

, dur

ante

los ú

ltim

os c

inco

(5) a

ños.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir al

men

os c

on

el 2

5% d

el

requ

isito

Deb

e cu

mpl

ir al

m

enos

con

el

40%

del

re

quis

ito

Form

ular

io

FIN

– 3

.2

2.3.

3 R

ecur

sos

finan

cier

os

El L

icita

nte

debe

rá d

emos

trar

que

tiene

a s

u di

spos

ició

n o

cuen

ta c

on a

cces

o a

recu

rsos

fin

anci

eros

tal

es c

omo

activ

os

líqui

dos,

bien

es in

mue

bles

no

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ados

con

hip

otec

a, lí

neas

de

créd

ito y

otro

s m

edio

s fin

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eros

dis

tinto

s de

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os p

or

antic

ipos

con

tract

uale

s, co

n lo

s cua

les c

ubrir

: (i)

el

sigu

ient

e re

quis

ito d

e flu

jo d

e ef

ectiv

o de

cie

nto

vein

te

mill

ones

de

peso

s ($1

20.0

00.0

00) y

(ii

) los

requ

isito

s ge

nera

les

de fl

ujo

de e

fect

ivo

disp

uest

os p

ara

este

Con

trato

y su

s act

uale

s com

prom

isos

.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir al

men

os c

on

el 2

5% d

el

requ

isito

Deb

e cu

mpl

ir al

m

enos

con

el

40%

del

re

quis

ito

Form

ular

io

FIN

– 3

.3

PL

IEG

-201

6-11

5640

07-

-UPE

PH

pági

na 4

4 de

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na 1

1

Se

cció

n II

I Crit

erio

s de

Eval

uaci

ón y

Cal

ifica

ción

Fa

ctor

2.

4 E

XPE

RIE

NC

IA

Subf

acto

r

Cri

teri

os

Doc

umen

taci

ón

Req

ueri

da

Req

uisi

to

Lic

itant

e

Ent

idad

in

divi

dual

Aso

ciac

ión

en p

artic

ipac

ión,

con

sorc

io o

as

ocia

ción

T

odas

las p

arte

s co

mbi

nada

s C

ada

soci

o A

l men

os

un so

cio

2.4.

1 E

xper

ienc

ia

gene

ral

Expe

rienc

ia e

n co

ntra

tos c

omo

cont

ratis

ta p

rinci

pal,

cont

ratis

ta

adm

inis

trado

r o su

bcon

tratis

ta p

or lo

men

os e

n lo

s últi

mos

cin

co

(5) a

ños a

nter

iore

s al p

lazo

par

a la

pre

sent

ació

n de

las s

olic

itude

s, y

con

una

activ

idad

de

por l

o m

enos

nue

ve (9

) mes

es c

ada

año.

Deb

e cu

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ir el

re

quis

ito

N /

A

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

N /

A

Form

ular

io

EXP

– 4.

1

2.4.

2 E

xper

ienc

ia

espe

cífic

a

(a)

Pa

rtici

paci

ón

com

o co

ntra

tista

pr

inci

pal8 ,

cont

ratis

ta

adm

inis

trado

r o

subc

ontra

tista

en

por

lo m

enos

dos

(2)

con

trato

s en

los

últim

os d

iez

(10)

año

s, ca

da u

no p

or u

n va

lor

mín

imo

de

tresc

ient

os m

illon

es d

e pe

sos

($ 3

00.0

00.0

00),

los

cual

es s

e ha

n co

mpl

etad

o sa

tisfa

ctor

ia y

sus

tanc

ialm

ente

9 y g

uard

an s

imili

tud

con

las O

bras

pro

pues

tas.

Po

r si

mili

tud

se e

ntie

nde

el h

aber

eje

cuta

do o

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de

dren

aje

urba

no d

e cu

alqu

ier n

atur

alez

a, q

ue e

stén

term

inad

as o

teng

an u

n av

ance

de

obra

supe

rior a

l 80

% a

l mom

ento

de

la o

ferta

.

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito

Deb

e cu

mpl

ir lo

s do

s req

uisi

tos10

. N

/ A

N

/ A

Fo

rmul

ario

EX

P –

2.4.

2(a)

2.4.

2 E

xper

ienc

ia

espe

cífic

a

(b) P

ara

los c

ontra

tos a

ntes

enu

mer

ados

, u o

tros e

jecu

tado

s du

rant

e el

per

íodo

est

ipul

ado

en e

l pun

to 2

.4.2

(a) a

nter

ior,

expe

rienc

ia m

ínim

a en

las s

igui

ente

s act

ivid

ades

crít

icas

11:

Hab

er e

jecu

tado

al m

enos

una

obr

a de

hor

mig

ón a

rmad

o ba

jo e

l ni

vel n

atur

al d

el te

rren

o po

r un

volu

men

tota

l de

al m

enos

500

0 m

3 y

al m

enos

una

obr

a de

exc

avac

ión

de 1

50.0

00 m

3

Deb

e cu

mpl

ir lo

s re

quis

itos

Deb

e cu

mpl

ir el

re

quis

ito12

N

/ A

N

/ A

Fo

rmul

ario

EX

P –

2.4.

2(b)

8 Pa

ra c

ontra

tos

en lo

s cu

ales

el L

icita

nte

haya

par

ticip

ado

com

o m

iem

bro

de u

na a

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ació

n (jo

int v

entu

re)

o co

mo

subc

ontra

tista

, sól

o el

val

or d

e la

par

ticip

ació

n de

l Lic

itant

e se

rá c

onsi

dera

do p

ara

el

cum

plim

ient

o de

est

e re

quis

ito.

9 Se

con

side

rará

que

un

cont

rato

ha

sido

sust

anci

alm

ente

term

inad

o cu

ando

el 8

0% o

más

de

los t

raba

jos e

n él

incl

uido

s hay

a si

do te

rmin

ado

10

En e

l cas

o de

aso

ciac

ione

s (jo

int v

entu

res)

, no

se a

cum

ular

á el

val

or d

e lo

s co

ntra

tos

com

plet

ados

por

sus

mie

mbr

os p

ara

dete

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ar s

i el v

alor

mín

imo

de c

ada

cont

rato

req

uerid

o ha

sid

o cu

mpl

ido.

En

cam

bio,

un

cont

rato

eje

cuta

do p

or u

n m

iem

bro

de la

aso

ciac

ión

podr

á se

r con

side

rado

par

a sa

tisfa

cer e

l val

or m

ínim

o de

cad

a co

ntra

to re

quer

ido

11

Las c

antid

ades

mín

imas

requ

erid

as p

ara

las a

ctiv

idad

es c

rític

as p

uede

n se

r dem

ostra

dos e

n un

o o

más

con

trato

s com

bina

dos s

i ést

os h

an si

do e

jecu

tado

s en

el m

ism

o pe

ríodo

de

tiem

po. P

ara

cont

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s en

los

cual

es e

l Lic

itant

e ha

ya p

artic

ipad

o co

mo

mie

mbr

o de

una

aso

ciac

ión

(join

t ven

ture

) o c

omo

subc

ontra

tista

, sól

o la

can

tidad

cor

resp

ondi

ente

a la

par

ticip

ació

n de

l Lic

itant

e se

rá c

onsi

dera

da p

ara

el c

umpl

imie

nto

de

este

requ

isito

12

En

el

caso

de

asoc

iaci

ones

(jo

int

vent

ures

), no

se

com

bina

rán

las

cant

idad

es c

orre

spon

dien

tes

a co

ntra

tos

ejec

utad

os i

ndep

endi

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men

te p

or s

us m

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bros

par

a de

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inar

si

las

cant

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es m

ínim

as

requ

erid

as p

ara

las

activ

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es c

rític

as h

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ido

han

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cum

plid

as. E

n ca

mbi

o, la

s ca

ntid

ades

cor

resp

ondi

ente

s a

un c

ontra

to e

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tado

(o

a va

rios

cont

rato

s co

mbi

nado

s, si

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os h

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ido

ejec

utad

os e

n el

mis

mo

perío

do d

e tie

mpo

) por

un

mie

mbr

o de

la a

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ació

n po

drán

ser c

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dera

das p

ara

satis

face

r las

can

tidad

es m

ínim

as re

quer

idas

PLIE

G-2

016-

1156

4007

- -U

PEPH

pági

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Página 12 Sección III Criterios de Evaluación y Calificación

2.5 Personal

El Licitante deberá demostrar que cuenta con el personal para los cargos clave que cumple los siguientes requisitos:

No. Cargo Experiencia

Total en Obras

Experiencia en Obras similares (años)

1 Representante Técnico (RT): Ser Ingeniero Civil, Ingeniero Hidráulico, Ingeniero en Construcciones o título equivalente

Diez (10) años Haberse desempeñado como RT o cargo similar en al menos dos (2) obras similares en los últimos diez (10) años.

2 Director de Obra (DO): Persona con competencia y experiencia que se haya desempeñado en puestos de jerarquía que admitan su comparación

Diez (10) años Haberse desempeñado como DO o cargo similar en al menos dos (2) obras similares en los últimos diez (10) años.

3 Coordinador para el Servicio de Higiene y Seguridad (CHS) Diez (10) años

Haberse desempeñado como CHS o cargo similar en al menos dos (2) obras similares en los últimos diez (10) años.

4 Coordinador de la Gestión Ambiental (CGA) Diez (10) años

Haberse desempeñado como CGA o cargo similar en al menos dos (2) obras similares en los últimos diez (10) años.

El Licitante deberá proporcionar los datos detallados sobre el personal propuesto y su experiencia, en los formularios PER-1 y PER-2 incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación.

El personal propuesto como Representante Técnico deberá acompañar Curriculum Vitae y compromiso de participación en la Licitación. Deberá tener buena comprensión del idioma español.

2.6 Equipos

El Licitante deberá demostrar que cuenta con el equipamiento mínimo que se enumera a continuación, y que se considera necesario para la construcción de las obras y que podrán variar según los frentes de obra de que se trate:

N° Tipo de equipo y características Número mínimo exigido

Potencia HP Aprox.

1 Motoniveladora 2 165 2 Cargadora Frontal 2 180 3 Retroexcavadora 2 130 4 Retroexcavadora 2 170 5 Camión Volcador según necesidad 140 6 Camión Regador 2 140 7 Grúa Móvil 20 Tn 2 130 8 Compactador autopropulsado 2 125 9 Compactadoras Manuales 12 3 a 5

10 Compresor 4 140 11 Martillos Picadores Manuales Eléctricos 0,75 KW 12 1 12 Bombas Sumergibles 7 KW 6 9,5 13 Bomba Hormigón 30 m³/h 21 100 14 Camiones mezcladores de hormigón 7 m³ según necesidad 180 15 Camión con Hidrogrúa 2 155

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Página 13 Sección III Criterios de Evaluación y Calificación

El Licitante deberá proporcionar detalles adicionales sobre los equipos propuestos, en el formulario EQU incluido en la Sección IV, Formularios de Licitación. Durante la ejecución de las obras, el Ingeniero podrá requerir la provisión de mayor cantidad de equipos para mantener una normal ejecución de los trabajos, sin que esto dé lugar a reconocimiento económico alguno, y así poder terminar dentro del plazo contractual las obras. El Contratista debe colocar en las obras todo el equipo detallado en su cotización que le permita cumplir con el Plan de Trabajo ofertado.

2.7 Aclaraciones

A.P.C.A / U.T.E Para aquellos Oferentes que hayan participado en asociaciones o consorcios con otras empresas, y deseen incorporar estos contratos como antecedentes en alguno de los requisitos mencionados en esta sección, los montos que se considerarán serán los equivalentes a su participación efectiva dentro de la asociación o consorcio, la que deberá ser indicada. Sin embargo para el punto 2.4.2 b) Experiencia específica deberán considerarse los trabajos efectivamente ejecutados en la obra dentro de la A.P.C.A. /U.T.E Impuestos Para todos los requisitos contemplados en esta Sección los montos demostrados por los Oferentes deberán consignarse con todos los impuestos incluidos. Omisiones y Desvíos La información solicitada a los Oferentes en los puntos anteriores deberá revestir el carácter de declaración jurada y su omisión o desviación respecto de la realidad podrá ser considerado como un causal de rechazo. 2.8 Factor de Actualización y Conversión a Moneda Local Los valores en pesos referidos a los requisitos exigidos en los numerales 2.3.2 y 2.4.2 se actualizarán al 1° de enero del año de la apertura de la licitación, utilizando los factores incluidos en la siguiente tabla. Para realizar el cálculo se multiplicarán los montos históricos por el Factor de Actualización.

AÑO FACTOR DE ACTUALIZACIÓN 2010 2,83 2011 2,32 2012 1,93 2013 1,63 2014 1,32 2015 1,00

Para los contratos firmados en el exterior y cuyos precios no hayan sido estipulados en pesos, los montos deberán ser expresados en Dólares Estadounidenses (U$S), debiendo señalarse el tipo de cambio y su fuente. Dicha información será convertida a pesos, de acuerdo a la tabla siguiente y luego actualizada con el FACTOR DE ACTUALIZACIÓN señalado ut supra.

AÑO VALOR DE CONVERSIÓN A PESOS

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Página 14 Sección III Criterios de Evaluación y Calificación

2010 1 Dólar = 3.90 Pesos (valor promedio del año) 2011 1 Dólar = 4.10 Pesos (valor promedio del año) 2012 1 Dólar = 4.53 Pesos (valor promedio del año) 2013 1 Dólar = 5.44 Pesos (valor promedio del año) 2014 1 Dólar = 8.00 Pesos (valor promedio del año) 2015 1 Dólar = 9.20 Pesos (promedio estimado del año)

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Página 15 Sección IV. Formularios de Licitación

Sección IV. Formularios de Licitación

Índice de formularios

Carta de la Oferta 16

Apéndice de la Oferta 18

Tabla A. Moneda local 18

2: Mes anterior al último plazo de presentación de ofertas. 18

3: Para mayores detalles, referirse al Anexo a la cláusula 13.8 de las CEC, más adelante. 18

Tabla B. Moneda extranjera 19

Tabla C. Resumen de las monedas de pago 20

Lista de Cantidades 21

Propuesta Técnica 24

Organización del Lugar de la Obra 25

Método de Construcción 25

Cronograma de Movilización y de Construcción 25

Formulario EQU: Equipos 27

Personal 28

Formulario PER -1: Personal Propuesto 28

Formulario PER-2: Currículum Vitae del Personal Propuesto 29

Calificación de los Licitantes 30

Formulario ELE – 1 Información del Licitante 31

Formulario ELI - 2: Información sobre los Miembros del APCA 32

Formulario CON – 2 Historial de Incumplimiento de Contratos 33

Formulario FIN-1: Situación Financiera 34

Formulario FIN- 2: Facturación Promedio de Construcción Anual 35

Formulario FIN 4: Compromisos Contractuales Actuales / Obras en Ejecución 37

Formulario EXP – 1: Experiencia General en Construcción 38

Formulario EXP – 2(a): Experiencia Específica en Construcción 38

Formulario EXP – 2(b): Experiencia Específica en Actividades Clave 39

Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Oferta 41

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Página 16 Sección IV. Formularios de Licitación

Carta de la Oferta Fecha: Licitación pública internacional No.: Llamado a Licitación No.:

A: _______________________________________________________________ Nosotros, los abajo firmantes declaramos que:

(a) hemos examinado, sin tener reservas al respecto, el Documento de Licitación, incluidas las enmiendas emitidas de conformidad con las Instrucciones a los Licitantes (IAL 8) _____________________________________________________________;

(b) ofrecemos ejecutar las siguientes Obras de conformidad con el Documento de

Licitación: ;

(c) el precio total de nuestra Oferta, excluido cualquier descuento ofrecido en el inciso (d) infra, es: ;

(d) los descuentos ofrecidos y la metodología para aplicarlos son los siguientes:

;

(e) nuestra Oferta será válida por un período de _________________ días a partir de la fecha límite de presentación de las Ofertas estipulada en el Documento de Licitación; la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo;

(f) si es aceptada nuestra Oferta, nosotros nos comprometemos a obtener una Garantía

de Cumplimiento de conformidad con el Documento de Licitación;

(g) nosotros, incluido cualquier subcontratista o proveedor para cualquier componente del contrato, tenemos o tendremos la nacionalidad de países elegibles, de conformidad con la Cláusula 4.2 de las Instrucciones a los Licitantes.

(h) nosotros, incluido cualquier subcontratista o proveedor para cualquier componente

del contrato, no tenemos ningún conflicto de intereses, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 4.3 de las Instrucciones a los Licitantes;

(i) no estamos participando, como Licitantes ni como subcontratistas, en más de una

Oferta en este proceso de Licitación, de conformidad con la Cláusula 4.3 de las instrucciones a los Licitantes, salvo en lo atinente a las Ofertas alternativas

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Página 17 Sección IV. Formularios de Licitación

presentadas de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 13 de las Instrucciones a los Licitantes;

(j) Nosotros, incluido cualquiera de nuestros subcontratistas o proveedores para

cualquier componente de este contrato, no hemos sido declarados no elegibles por el Banco, en virtud de las leyes o la reglamentación oficial del país del Contratante ni en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

(k) no somos una entidad de propiedad del Estado / somos una entidad de propiedad del

Estado pero reunimos los requisitos establecidos en la Cláusula 4.5 de las Instrucciones a los Licitantes13;

(l) hemos pagado o pagaremos las siguientes comisiones, primas o derechos en

relación con el proceso de Licitación o la firma del contrato:

Nombre del receptor Dirección Motivo Monto

(En caso de no haberse efectuado o de no corresponder pago alguno, indique “ninguna”);

(m) Entendemos que esta Oferta, junto con la aceptación de ustedes por escrito incluida en su notificación de la adjudicación, constituirá un contrato obligatorio entre nosotros hasta que el contrato formal haya sido perfeccionado por las partes, y (n) entendemos que ustedes no están en la obligación de aceptar la Oferta evaluada

como la más baja ni cualquier otra Oferta que reciban.

(o) mediante estas comunicaciones certificamos que hemos tomado las medidas necesarias para asegurar que ninguna persona que actúe por nosotros o en nuestro nombre participamos en sobornos.

Nombre En mi condición de _ Firmado Debidamente autorizado para firmar esta Oferta en nombre y representación de El ___________________ de _______________________ de _________.

13 El Licitante deberá indicar lo que corresponda. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 18 Sección IV. Formularios de Licitación

Apéndice de la Oferta Formulario de Datos de Ajuste

En las Tablas A, B y C siguientes el Licitante deberá: (a) indicar los montos propuestos en moneda local; (b) indicar la fuente y los valores básicos para los índices de ajuste de precios propuestos para los diferentes elementos de costo en monedas extranjeras; (c) calcular los coeficientes de ponderación que propone para los pagos en moneda local y extranjera; y (d) listar las tasas de cambio utilizadas en la conversión de monedas.

Tabla A. Moneda local

Código del

índice

Descripción del índice

Fuente del

índice (1)

Código del Índice Valor Base y

fecha de base

Coeficiente de ponderación

propuesto por el Licitante (#)

-- No Ajustable. -- -- 0,10

aM Materiales INDEC Surge de la Formula factor de

variación de Precios del Componente Materiales (Fm)

Ver Nota (2). Completar

aEM Equipos y Máquinas INDEC

Surge de la Formula factor de variación de precios del Componente Equipos y

Máquinas (Fem)

Ver Nota (2). Completar

aMO Mano de Obra INDEC

Índice Costo Construcción (ICC) en el Gran Buenos

Aires Cuadro 1.4 Mano de Obra

Ver Nota (2). Completar

aT Transporte carretero INDEC

Índice Precios al Consumidor (IPC) Gran Buenos Aires

Cuadro 4 Inciso 6 Transporte Ver Nota (2). Completar

aCL Combustibles

y Lubricantes.

INDEC

Índice Precios Internos al Por Mayor (IPIB) Cuadro 3.2

Inciso 23 Productos Refinados de Petróleo

Ver Nota (2). Completar

Total 1,00 Notas: 1: INDEC: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina

2: Mes anterior al último plazo de presentación de ofertas.

3: Para mayores detalles, referirse al Anexo a la cláusula 13.8 de las CEC, más adelante.

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Página 19 Sección IV. Formularios de Licitación

Tabla B. Moneda extranjera

Indique la moneda: .......................

Si de acuerdo con la Cláusula 15 de las IAL el Licitante desea o debe cotizar en más de una moneda extranjera, la siguiente tabla se deberá incluir para cada una de las monedas extranjeras.

Código del índice

Descripción del índice

Fuente del índice

Valor y fecha base

Tipo/Monto Moneda del

Licitante

Equivalente en moneda

extranjera No. 1

Coeficiente de ponderación

propuesto por el Licitante (#)

-- No ajustable — — — A: 0,10 B: C: D: E:

Total 1,00 En las tablas A y B anteriores, el Licitante debe proponer: a) Para la moneda local: la ponderación de la incidencia de cada índice de la fórmula de

ajuste. Pues los índices, la fuente de los mismos y la ponderación de la parte fija del precio son definidos por el Contratante y están indicados en la tabla A y en el Anexo 13.8 de las CEC).

b) Para moneda extranjera: los índices, la fuente y la ponderación de la incidencia de cada índice, con la sola excepción de la ponderación de la parte fija del precio, la cual es definida por el Contratante. Los índices deberán ser reconocidos en el país de origen de los insumos y ser de amplia y continua difusión o correspondientes a publicaciones técnicas reconocidas y de amplia difusión.

Los coeficientes de ponderación propuestos en las tablas A y B por el Licitante se obtendrán de la estructura de costos, la cual deberá ser consistente con su oferta. Se deberá presentar documentación respaldatoria de la determinación de los mismos.

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Página 20 Sección IV. Formularios de Licitación

Tabla C. Resumen de las monedas de pago

Tabla: Alternativa A

Para ………………………..[indique el nombre del componente de la obra]

Nombre de la moneda de pago

A Monto en la

moneda

B Tasa de cambio

(unidades de moneda local por unidad de moneda extranjera)

C Equivalente en moneda local

C = A x B

D Porcentaje del

precio neto de la Oferta (PNO)

100xC PNO

Moneda local

1,00

Moneda extranjera No. 1

Moneda extranjera No. 2

Moneda extranjera No.

Precio neto de la Oferta

100.00

Montos provisionales expresados en moneda local

$ 5.000.000

$ 5.000.000

PRECIO DE LA OFERTA

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Página 21 Sección IV. Formularios de Licitación

Lista de Cantidades A. Preámbulo

1. La lista de cantidades deberá leerse junto con las instrucciones a los licitantes, las

condiciones contractuales generales y especiales, las especificaciones técnicas y los planos.

2. Las cantidades que se especifican en la lista de cantidades son estimativas y

provisionales, y constituirán una base común para la licitación. Los pagos se efectuarán sobre la base de las cantidades de trabajos realmente encargados y ejecutados, medidas por el contratista y verificadas por el ingeniero, y valoradas en función de las tarifas y los precios especificados en la lista de cantidades con precios.

3. Salvo disposición en contrario en el contrato, las tarifas y los precios cotizados en la

lista de cantidades con precios incluirán todas las instalaciones de construcción, la mano de obra, la supervisión, los materiales, el montaje, el mantenimiento, el seguro, las ganancias, los impuestos y los derechos, así como todos los riesgos generales, compromisos y obligaciones explícitos o implícitos en el contrato.

4. En la lista de cantidades con precios deberá señalarse un precio o tarifa para cada ítem

ya sea que se especifiquen o no las cantidades. El costo de los componentes para los cuales el contratista no haya indicado una tarifa ni un precio estará incluido en las demás tarifas o precios que figuren en la lista de cantidades.

5. El costo total que supone el cumplimiento de las disposiciones del contrato se incluirá

en la lista de cantidades con precios. El costo se distribuirá entre las tarifas y los precios establecidos para cada ítem y subítem.

6. No es necesario repetir ni resumir en la lista de cantidades las indicaciones generales y

descripciones de los trabajos y materiales. Las referencias a las secciones pertinentes de los documentos contractuales deberán hacerse antes de indicar los precios para cada componente en la lista de cantidades con precios.

7. El Contratante corregirá los errores aritméticos que se cometan haciendo cálculos o

sumas, como sigue:

(a) si existe una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; y

(b) si existe una discrepancia entre el precio unitario y el precio total obtenido al

multiplicar el precio unitario y la cantidad, prevalecerá el precio unitario cotizado, a no ser que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la colocación de la coma decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario.

8. La certificación de las distintas partidas que integran la Lista de cantidades se realizará

en la forma y modo que se indica en las siguientes planillas de Listado de Cantidades y complementarias.

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Página 22 Sección IV. Formularios de Licitación

9. Las especificaciones para cada ítem se incluyen en el apartado Especificaciones Técnicas – Descripción de cada ítem.

B. Consideraciones Generales Aplicables

(1) El licitante deberá preparar un Desglose de los Precios Globales y Unitarios para cada

una de las monedas en que cotice su oferta.

(2) La medición y pago de los ítems por 'suma global' para los cuales no se proporcione un esquema de pagos específico en las Especificaciones Técnicas Particulares, se realizará sobre la base de la lista de cantidades valorada que los licitantes deberán presentar con su oferta para cada uno de dichos ítems. Además deberán incluir un Plan de Trabajos y Curva de Inversiones en forma de barras horizontales (método Gantt) valorizadas por mes calendario, donde se indicará la certificación estimada para cada Sub-ítem, el cual deberá ser técnicamente aceptable para el Contratante. Si la planificación está seriamente desequilibrada o implica pagos iniciales abultados a juicio del Contratante, éste podrá proceder como lo previsto en la cláusula IAL 34.5.

(3) Estas Cantidades corresponden al cómputo métrico de la Obra que deberá realizar el Licitante al preparar su oferta.

(4) Este precio se indica en la Lista de Cantidades y sus Precios y es el que se usará para la Comparación de las ofertas y sus pagos.

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Página 23 Sección IV. Formularios de Licitación

ÍTEM DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

1 Trabajos Generales1.1 Obrador, material rodante, equipos, herramientas e instrumental GL 1

1,1,1 Obrador1,1,2 material rodante, equipos, herramientas e instrumental

1.2 Cartelería de Obra y Señaliz. p/ Información. Ing. de Detalle y Planos de Replanteo. Plan de Gestión de Salud. Higiene y Seguridad. Plan de Gestión Ambiental. GL 1

1,2,1 Cartelería de Obra1,2,2 Ingeniería de detalle1,2,3 Plan de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad1,2,4 Plan de Gestión Ambiental1,2,5 Replanteo de obra

1.3 Alambrado Olímpico Perimetral (2,40 m de altura, 2 accesos) ml 1.800 2 Demolición de Veredas, Pavimentos y Conductos

2.1 Demolición de Veredas m2 743 2.2 Demolición de Pavimentos m2 7.427

3 Excavación de zanjas s/c entibación y Excavación General3.1 Excav. de zanjas con entib. "no clasificada" y con depr. de napa m3 180 3.2 Excav. de zanjas con "cajón de entib." y con depr. de napa m3 537 3.3 Excav. de zanjas con "entib. Monocodal" y con depr. de napa m3 35.171 3.4 Excav. General sin entib. no clasificada y sin depr. de napa m3 339.097

3.5Ejecución Túnel, Incluyendo Exc., Revestimiento, Cerchas, Anclajes, Monitoreo, Geotecnia y Ensayos de Lab. Con depr. de napa ml 120

4 Prov. Relleno y Comp. Suelo Seleccionado, Suelo-Cemento plástico o Mortero de Densidad Controlada y Hº Limp.

4.1 Provisión Relleno y Compactación con Suelo Seleccionado m3 8.025 4.2 Provisión con Mortero de Densidad Controlada RDC (o Suelo Cemento plástico) m3 4.109 4.3 Hormigonado de Limpieza para Zanjas de 0,10m de espesor m2 10.101 4.4 Drenes de Piedra Partida, Revestidos con Geotextil ml 1.044

5 Hormigón Armado5.1 Hormigón Armado para Conductos Rectangulares (H-30) m3 8.280

6 Provisión y colocación Conductos Circulares PRFV / PEAD6.1 CC Ø 1,00m ml 106

7 Bocas de Registro para Conductos Pluviales7.1 Bocas de Registro p/ conductos Pluviales Und 3 7.2 Bocas de Acceso p/ Conductos Rectangulares Und 11

8 Cámara de Empalme y Distribución8.1 Ramal Asturias Sur - Empalme No 1 Und 1 8.2 Ramal Indoamericano - Cámara Área de Retención Transitoria Und 1

9 Sumideros9.1 Sumideros de 1 reja Sobre Traza Und 1 9.2 Sumideros de 2 rejas Sobre Traza Und 14 10 Piezas de Fundición

10.1 Marco y Tapa de Fundición de Bocas de Registro y Bocas de Acceso Und 14 10.2 Cordones y Rejas Horizontales para Sumideros Und 29

11 Reconstrucción de Veredas m2 743 12 Reconstrucción de Pavimentos m2 7.427 13 Provisión y Colocación de Conductos HºAº para Nexos y Conexiones

13.1 CC HºAº 0,40m ml 120 13.2 CC HºAº 0,50m ml 3 13.3 CC HºAº 0,60m ml 6 13.4 CC HºAº 0,80m ml 11

14 Tratamiento especial de Suelos Contaminados m3 387 15 Consolidación de Suelos con lechada cementicia ml 130 16 Interferencias

16.1 Interferencias con Servicios Públicos Und 1

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Página 24 Sección V. Países Elegibles

Propuesta Técnica

- Organización del Lugar de la Obra

- Método de Construcción

- Cronograma de Movilización y de Construcción

- Equipos

- Personal

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Página 25 Sección V. Países Elegibles

Organización del Lugar de la Obra

El Licitante deberá especificar los aspectos principales vinculados con la organización del lugar para la ejecución de las obras.

Método de Construcción

En el presente acápite el Licitante incluirá la Memoria descriptiva, en la cual considerando como base la memoria incorporada por el Contratante en los Requisitos para las Obras, expondrá en forma detallada las características de su oferta, el método constructivo, materiales, personal, equipos, etc. Deberá incluir en forma detallada como mínimo: La desagregación de los componentes que conforman las Ofertas, los materiales,

equipos, procedimientos, normas, especificaciones etc. Memoria descriptiva con la metodología operativa, expresada en forma taxativa, y la

organización que se propone utilizar para ejecutar la obra con la calidad y plazos previstos por rubro e ítem.

Cronograma de Movilización y de Construcción

Los cronogramas serán ejecutados según el método de camino crítico, indicando:

i. Tareas. ii. Duración de cada tarea. iii. Plazo de la obra iv. Indicación de eventos ajenos al contrato que tienen injerencia en el normal

desarrollo de los trabajos v. Diagrama de barras, con indicación de la ubicación de cada tarea. vi. Plan de Inversiones que se referirá a la totalidad de rubros de la Lista de

Cantidades, incluyendo curvas de certificación máxima y mínima en función de las distintas fechas tempranas y tardías.

vii. Cronograma de hitos contractuales viii. Ejecución física y mensual en porcentajes parciales y acumulados

Se presenta a continuación planilla tipo para la presentación del Plan de Trabajo y Curva de Inversiones.

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Página 26 Sección V. Países Elegibles

1 2 3 4% Ïtem % Ïtem % Ïtem % Ïtem

Certificación Mensual en $

Certificación Acumulada en $

Mano de Obra (Discriminada)

Equipos

PLAN DE TRABAJOS Y CURVA DE INVERSIONES

Pazo De Obra ( Meses)Ítem N° Designación Unidad

Precio Unitario Cantidad

0%

20%

40%

60%

80%

100%

0 5 10 15 20 25 30

Porcentaje Acumulado de Inversión

Porcentaje Acumulado de Inversión

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Página 27 Sección V. Países Elegibles

Formulario EQU: Equipos El Licitante proporcionará la información adecuada para demostrar claramente que tiene la capacidad para cumplir los requisitos relativos al equipo clave enumerado en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. Se preparará un formulario separado para cada uno de los equipos señalados o para los equipos alternativos propuestos por el Licitante. Equipo:

Información sobre el equipo

Nombre del fabricante

Modelo y potencia nominal

Capacidad

Año de fabricación

Situación actual

Ubicación actual

Información sobre compromisos actuales

Fuente Indique la fuente del equipo Propio Alquilado Arrendamiento financiero

Fabricado Especialmente

Omita la siguiente información para los equipos que sean propiedad del Licitante. Propietario Nombre del propietario Dirección del propietario

Teléfono Nombre y cargo de la persona de contacto

Facsímile Télex

Acuerdos Información sobre acuerdos de alquiler / arrendamiento / fabricación relacionados específicamente con el proyecto

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Página 28 Sección V. Países Elegibles

Personal

Formulario PER -1: Personal Propuesto

Los Licitantes deberán suministrar los nombres de miembros del personal debidamente calificados para cumplir los requisitos que se señalan en la Sección III. La información sobre su experiencia anterior deberá ser suministrada de conformidad con el Formulario para cada candidato

1. Cargo*

Nombre

2. Cargo*

Nombre

3. Cargo*

Nombre

4. Cargo*

Nombre

* Según se especifica en la Sección III.

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Página 29 Sección V. Países Elegibles

Formulario PER-2: Currículum Vitae del Personal Propuesto

Nombre del Licitante

Cargo

Información personal

Nombre

Fecha de nacimiento

Calificaciones profesionales

Empleo actual

Nombre del Contratante

Dirección del Contratante

Teléfono

Persona de contacto (gerente / oficial de personal)

Fax

Dirección electrónica

Cargo actual

Años con el Contratante actual

Resuma la experiencia profesional de los últimos 20 años, en orden cronológico inverso. Indique experiencia particular, técnica y gerencial pertinente para este Contrato.

Desde Hasta Compañía / Proyecto / Contrato/ Cargo / Experiencia técnica y gerencial relevante

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Página 30 Sección V. Países Elegibles

Calificación de los Licitantes

El Licitante deberá proveer la información solicitada en los siguientes formularios para demostrar que esté calificado para ejecutar el contrato según lo estipulado en la Sección III (Criterios de Evaluación y Calificación).

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Página 31 Sección V. Países Elegibles

Formulario ELE – 1 Información del Licitante

Información del Licitante

Nombre jurídico del Licitante

Si se trata de una APCA, nombre jurídico de cada socio:

País de registro actual o previsto del Licitante:

Año de registro del Licitante:

Dirección legal del Licitante en el País de Registro:

Dirección legal del Licitante en el País de Registro: (nombre, dirección, número de teléfono, fax correo electrónico)

Se adjunta copia del original de los siguientes documentos:

1. Si se trata de una entidad individual, documentos de constitución o de registro de la entidad legal, de conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAL.

2. Autorización para representar la firma o el APCA indicada arriba, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAL.

3. Si se trata de una APCA, carta de intenciones de conformar una APCA, con inclusión de un borrador de convenio, o el convenio de la APCA, de conformidad con las SubCláusula 4.1 de las IAL.

4. Si se trata de una entidad gubernamental del país del Contratante, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento de las leyes comerciales, de conformidad con la SubCláusula 4.5 de las IAL.

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Página 32 Sección V. Países Elegibles

Formulario ELI - 2: Información sobre los Miembros del APCA Cada miembro del APCA deberá llenar este formulario

Información sobre los Miembros del APCA

Nombre jurídico del Licitante:

Nombre jurídico del miembro de la APCA o del Subcontratista:

País de registro del miembro de la APCA o del Subcontratista:

Año de registro del miembro de la APCA o del Subcontratista:

Dirección legal del miembro de la APCA o del Subcontratista en el país de registro:

Información del representante autorizado del miembro del APCA o del Subcontratista(nombre, dirección, número de teléfono, fax correo electrónico)

Se adjunta copia del original de los siguientes documentos: 1. Documentos de constitución o de registro de la entidad legal indicada anteriormente en el punto 1, de

conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAL. 2. Autorización para representar la firma o el APCA indicada arriba, de conformidad con la Cláusula 20.2

de las IAL. 3. Si se trata de una entidad estatal del país del Contratante, documentación que acredite su autonomía

jurídica y financiera y el cumplimiento de las leyes comerciales, de conformidad con la SubCláusula 4.5 de las IAL.

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Página 33 Sección V. Países Elegibles

Formulario CON – 2 Historial de Incumplimiento de Contratos

[Para ser completado por el Licitante y, si se trata de una APCA, por cada socio de ésta]

Nombre jurídico del Licitante: _______________________ Fecha: _________________

Nombre jurídico del socio de la APCA: _______________________ Licitación No.: ________________

Página ____ de ____ páginas

Incumplimiento de contratos de conformidad con la Sección III, (Criterios de Evaluación)

Ningún incumplimiento de contratos ocurrió durante los ________ años especificados en el Subfactor 2.1 de la Sección III, Criterios de Evaluación � Hubo incumplimiento de contratos durante los ________ años especificados en el Subfactor 2.1 de la Sección III, Criterios de Evaluación

Año Resultado como porcentaje del total de

activos

Identificación del Contrato

Monto total del contrato (valor actual equivalente en

$)

______

______ Identificación del Contrato: Nombre del Contratante: Dirección del Contratante: Objeto del litigio:

___________

Litigios pendientes, de conformidad con la Sección III, Criterios de Evaluación

�No hay ningún litigio pendiente de conformidad con el Subfactor 2.2 de la Sección III, Criterios de Evaluación.

� Existen litigios pendientes de conformidad con el Subfactor 2.2 de la Sección III, Criterios de Evaluación, según se indica a continuación.

Año Resultado como

porcentaje del total de activos

Identificación del Contrato

Monto total del contrato (valor

actual equivalente en $)

______

______

Identificación del Contrato: Nombre del Contratante: Dirección del Contratante: Objeto del litigio:

___________

______

______

Identificación del Contrato: Nombre del Contratante: Dirección del Contratante: Objeto del litigio:

___________

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Página 34 Sección V. Países Elegibles

Formulario FIN-1: Situación Financiera

Para ser completado por el Licitante y, si se trata de una APCA, por cada socio de ésta.

Información Financiera de los 5 años anteriores [Equivalente en $]

Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5

Información del Balance General

Activo Total

Pasivo Total

Patrimonio Neto

Activo Corriente

Pasivo Corriente

Información del Estado de Ingresos

Total de Ingresos

Utilidades antes de Impuestos

Utilidades después de Impuestos

Se adjunta copia de los estados financieros (balances generales, con inclusión de todas las notas y extractos de ingresos) para los años arriba estipulados, los cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:

reflejar la situación financiera del Licitante o socio de una APCA, y no la de las empresas afiliadas o la empresa matriz;

estar auditados por un contador certificado; estar completos, incluidas todas las notas a los estados financieros; corresponder a períodos contables ya cerrados y auditados (no se solicitarán ni se aceptarán estados

financieros por períodos parciales).

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Página 35 Sección V. Países Elegibles

Formulario FIN- 2: Facturación Promedio de Construcción Anual

Para ser completado por el Licitante y, si se trata de una APCA, por cada socio de ésta.

Cifras de facturación anual de los últimos cinco años (sólo construcción)

Año Monto y Moneda Tasa de Cambio Equivalente en $

2010

2011

2012

2013

2014

Facturación media anual de construcción

La información sobre facturación anual del Licitante o de cada miembro del APCA, deberá ser el monto facturado a los clientes cada año por concepto de trabajos en proceso o terminados. El monto deberá expresarse en pesos convertidos utilizando la tasa de cambio del final del periodo reportado.

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Página 36 Sección V. Países Elegibles

Formulario FIN 3: Recursos Financieros

Indique las fuentes de financiamiento propuestas, tales como activos líquidos, bienes inmuebles libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros, descontados los compromisos vigentes, que estén disponibles para satisfacer todas las necesidades de flujo de efectivo para construcción asociadas al contrato o contratos en cuestión, conforme se señala en la Sección III, (Criterios de Evaluación y Calificación).

Fuente de financiamiento Monto (equivalente en $) 1.

2.

3.

4.

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Página 37 Sección V. Países Elegibles

Formulario FIN 4: Compromisos Contractuales Actuales / Obras en Ejecución

Los Licitantes y cada uno de los socios de una APCA deberán proporcionar información sobre sus compromisos contractuales actuales respecto de todos los contratos que les hayan sido adjudicado, o para los cuales hayan recibido una carta de intención o de aceptación, o que estén por finalizar, pero para los cuales aún no se haya emitido un certificado de terminación final sin salvedades.

Compromisos Contractuales Actuales Nombre del

contrato Contratante, Dirección/

tel./fax

Valor de la obra por ejecutar

[actual equivalente en $]

Fecha prevista de terminación

Facturación mensual

promedio en el último semestre

[$/mes] 1.

2.

3.

4.

5.

etc.

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Página 38 Sección V. Países Elegibles

Formulario EXP – 1: Experiencia General en Construcción Para ser completado por el Licitante y, si se trata de una APCA, por cada socio de ésta.

Experiencia General en Construcción

Mes/Año de inicio

Mes/Año de terminación

Años

Identificación y Nombre del Contrato Nombre y Dirección del Contratante

Breve Descripción de las Obras Realizadas por el Licitante

Función del Licitante

Formulario EXP – 2(a): Experiencia Específica en Construcción

Complete un (1) formulario por contrato

Contrato de Tamaño y Naturaleza Similares

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Página 39 Sección V. Países Elegibles

Contrato No. . . . . . sobre. . . . . .

Identificación del Contrato

Fecha de Adjudicación Fecha de Terminación

Función en el Contrato Contratista Contratista Administrador Subcontratista

Monto Total del Contrato

$

Si es socio de una APCA o subcontratista, indique participación en el monto

total del Contrato

Porcentaje del Total Monto

Nombre del Contratante Dirección

Teléfono/Fax Correo Electrónico

Descripción de la similitud de acuerdo con el Subfactor 2.4.2(a) de la Sección III (Criterios de Evaluación):

Formulario EXP – 2(b): Experiencia Específica en Actividades Clave

Complete un formulario por contrato

Contrato de Tamaño y Naturaleza Similares

Contrato No. . . . . . Sobre. . . . . .

Identificación del Contrato

Fecha de Adjudicación Fecha de Terminación

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Página 40 Sección V. Países Elegibles

Función en el Contrato Contratista Contratista Administrador Subcontratista

Monto Total del Contrato

$

Si es socio de una APCA o subcontratista,

indique participación en el monto total del

Contrato

Porcentaje del Total Monto

Nombre del Contratante Dirección

Teléfono/Fax Correo Electrónico

Descripción de la similitud de acuerdo con el Subfactor 2.4.2(a) de la Sección III (Criterios de Evaluación):

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Página 41 Sección V. Países Elegibles

Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Oferta

Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de presentación de la oferta]

Licitación No.: [indicar el número del proceso licitatorio]

A: [indicar el nombre completo del Comprador]

Nosotros, los suscritos, declaramos que:

Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.

Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Comprador por un período de Dos (2) años contado a partir de la fecha de presentación de oferta si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la oferta si:

a) ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Licitante en el Formulario de Presentación de Oferta; o

b) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no ejecutamos o rehusamos ejecutar el formulario del Convenio de Contrato, si es requerido; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAL.

Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará si no somos los seleccionados, y cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) si recibimos una copia de su comunicación con el nombre del Licitante seleccionado; o (ii) han transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta..

Firmada: [insertar la firma de la persona cuyo nombre y capacidad se indican].

En capacidad de [indicar la capacidad jurídica de la persona que firma la Declaración de Mantenimiento de la Oferta] Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma la Declaración de Mantenimiento de la Oferta] Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del Licitante] Fechada el ____________ día de ______________ de 20________ [indicar la fecha de la firma]

[Nota: En caso de Asociación en Participación o Consorcio, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la Asociación en Participación o del Consorcio que presenta la Oferta].

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Página 42 Sección V. Países Elegibles

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Página 43 Sección V. Países Elegibles

Sección V. Países Elegibles

Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de Obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco

1. De acuerdo con el párrafo 1.8 de las Normas: Adquisiciones con Préstamos del

BIRF y Créditos de la AIF, de mayo de 2004, el Banco le permite a firmas e individuos de todos los países suministrar bienes, Obras y servicios para proyectos financiados por el Banco. Excepcionalmente, las firmas de un país o los bienes fabricados en un país podrían ser excluidos si:

Párrafo 1.8 (a) (i): por condición de leyes o regulaciones oficiales, el país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese País, siempre que el Banco esté de acuerdo con que dicha exclusión no impide la competencia efectiva para la provisión de los Bienes y Obras requeridas; o

Párrafo 1.8(a)(ii): en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el país Prestatario prohíbe la importación de bienes de ese país o pagos de cualquier naturaleza a personas o entidades de ese país.

2. Para información del prestatario y los licitantes, las firmas, bienes y servicios de

los siguientes países están excluidos actualmente de participar en esta licitación:

(a) Con referencia al párrafo 1.8 (a) (i) de las Normas: _______________________ _______________________

(b) Con referencia al párrafo 1.8 (a) (ii) de las Normas: _______________________ _______________________

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Página 44 Sección VI. Requisitos Técnicos

PARTE 2 – REQUISITOS DE LAS OBRAS

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Página 45 Sección VI. Requisitos Técnicos

Sección VI. Requisitos de las Obras

Índice Alcance de las Obras 46

Especificaciones Técnicas – Memoria Descriptiva 51

Especificaciones Técnicas – Metodología constructiva de ejecución de los trabajos 58

Especificaciones Técnicas – Descripción de ítems 64

Apéndice 1 - Gestión de Salud, Higiene y Seguridad 202

Apéndice 2 - Evaluación de Impacto Ambiental 212

(Aplicable sólo a la ejecución del Contrato) 212

Apéndice 3 - Gestión y Protección del Ambiente 213

Apéndice 4 - Planos 264

Apéndice 5.- Requisitos para el Inicio de las Obras 266

Apéndice 6.- Memoria de Cálculo Estructural de Conductos Rectangulares 268

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Página 46 Sección VI. Requisitos Técnicos

Alcance de las Obras Generalidades Las inundaciones en la Ciudad de Buenos Aires representan un daño ambiental de magnitud que modifica el funcionamiento de la ciudad, provocando daños a la propiedad de los habitantes y a las actividades económicas, siendo el riesgo natural más importante. La causa de dicho fenómeno no deviene solamente de factores climáticos, sino que también pueden citarse factores geológicos, hidrológicos, hidráulicos, económicos y urbanísticos; a ello pueden sumarse además intervenciones de origen antrópico, como la ocupación del terreno, el incremento de la población y urbanización y las obras de infraestructura que han producido una modificación en el drenaje natural de las aguas, aumentando la vulnerabilidad de la ciudad a la inundación. En líneas generales se puede decir que las inundaciones son función de la cantidad de lluvia caída y de su escurrimiento. El avance en el uso del suelo a través de la urbanización introduce modificaciones en esa función; en efecto, el incremento del escurrimiento ocurre ya que menor cantidad de agua se infiltra en el suelo lo que origina una reducción del tiempo que media entre el máximo de precipitación y el pico de inundación. La Ciudad de Buenos Aires estaba originariamente surcada de cursos fluviales, ríos y arroyos de pequeña dimensión, que hoy, a excepción del Riachuelo, se encuentran entubados. Sin embargo existen en problemas estructurales de la red de desagües (a veces de captación a través de la red fina, a veces de capacidad de conducción en los conductos disponibles, o ambos), cuya capacidad ha sido superada por la ocupación antrópica no planificada de los valles de inundación y la consecuente impermeabilización de las áreas de captación. Por otra parte la Ciudad está sujeta a la ocurrencia de fuertes vientos del sudeste ("sudestadas"), que producen un incremento del nivel de las aguas del Río de la Plata superando notablemente su valor medio normal, lo cual produce que las aguas penetren en la zona continental anegando las zonas costeras. Si bien los estudios que se han efectuado de la zona, admiten la independencia de estos fenómenos (tormentas continentales y sudestadas), en algunas ocasiones se generan ambos de manera simultánea y las afectaciones derivadas de las inundaciones alcanzan mayor gravedad. Ante la situación descripta, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha decidido la ejecución de obras en diversas cuencas de su vasto territorio, entre las que se encuentra la cuenca del Arroyo Cildáñez, que compone el sistema hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires, y desagua al río Matanza Riachuelo. En el sector bajo de la Cuenca se encuentra el lago regulador Soldati que recibe los excedentes hídricos de una subcuenca aledaña a través de un conducto con traza por la Av. De la Riestra. Este lago se encuentra conectado con el conducto principal del Arroyo Cildáñez a través de un sistema de compuertas que se encuentra en proceso de rehabilitación.

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Página 47 Sección VI. Requisitos Técnicos

En la zona se encuentran los ramales Asturias Sur, Villa 6 y Nágera-entre otros- asociados en su mayoría a terrenos destinadas a equipamientos, distritos de urbanizaciones determinadas y cuentan con una importante superficie de áreas destinadas a espacios verdes y parquización de uso público. La situación de emergencia del Lago Soldati y la necesidad de ejecutar obras para mejorar los drenajes pluviales, ya han sido estudiadas en el marco del Plan Director Hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires (PDOH), que es la base para la determinación de obras de escurrimiento. Los estudios que derivaron en la confección del PDOH determinaron los aspectos determinantes que dificultan el escurrimiento produciendo las consiguientes inundaciones, y ellos son los siguientes:

• Pendientes • Impermeabilización • Obstáculos antrópicos, terraplenes, vias férreas, avenidas • Captación de la red fina • Condiciones de borde (Riachuelo, Río de la Plata) • Trasvasamientos • Velocidades

Para efectuar el diagnóstico y definición de medidas a tomar se consideraron las siguientes variables:

• Niveles de sudestada • Longitud de conductos principales y secundarios • Diámetros • Distribución de áreas (permeables e impermeables) • Densidad de sumideros • Caudales en los diversos ramales • Recurrencias

Los estudios permitieron detectar los siguientes problemas: • Zonas con insuficiencia de la red de captación • Capacidad superada en emisarios principales • Secciones de control conformadas por singularidades • Falta de capacidad de conducción en secundarios en cabecera • Afectación de la capacidad de conducción del tramo inferior por nivel impuesto

por el emisario principal • Almacenamiento en área como condicionante del gradiente hidráulico que

gobierna los caudales de salida de emisarios principales • Afectaciones por niveles del Río de la Plata y Riachuelo (sudestadas) • Escurrimientos superficiales en calles • Almacenamiento superficial en calles

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Página 48 Sección VI. Requisitos Técnicos

• Escurrimientos preferenciales con direcciones diferentes a las de los conductos principales

• Entrada en carga en conductos y niveles piezométricos que superan el nivel de calle

Las obras del PDOH apuntan a mejorar la captación y conducción de las aguas pluviales para mitigar el efecto de los anegamientos en la ciudad. Con ese fin se amplía la red pluvial y se interviene en las cuencas de los arroyos más significativos. Considerando el objetivo y contenidos del PDOH, se han definido las obras del presente llamado a Licitación. Se plantea la refuncionalización del área como reguladora de los caudales pluviales de las sub-cuencas aledañas, procurando la utilización del Lago Soldati como reservorio permanente. Ello conllevará al mejoramiento de las condiciones ambientales de dicho lago, y la sustentabilidad de tales condiciones, a fin de hacerlo amigable con la urbanización circundante. Obras y tareas componentes del presente Llamado a Licitación Pública Internacional Las obras proyectadas para el ámbito del Lago Soldati y que son objeto del presente llamado son: Obras de Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez, a ser licitadas en un lote único, que comprenden la ejecución de un Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH) y tres ramales: Ramal Asturias Sur; Ramal Nágera y Ramal Villa 6. Las tareas que componen el objeto del presente Llamado a Licitación Pública Internacional, se resumen en los siguientes aspectos:

Elaboración de la ingeniería de detalle de las obras que define el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la que estará sujeta a su aprobación. Para el desarrollo de esta tarea, el contratista deberá emplear los medios técnicos apropiados y los cuadros profesionales que cuenten con la capacitación y experiencia adecuadas a la naturaleza y envergadura del proyecto. Si bien toda la documentación que forma parte del presente pliego tiene el carácter de proyecto, es obligación del Contratista la elaboración de la ingeniería de detalle. El Contratista deberá preparar antes de la iniciación de cada parte de la Obra, todos los planos de detalle para ejecutar las tareas. Recién comenzarán los trabajos cuando dichos planos hayan sido aprobados por el Ingeniero. El Contratista realizará el relevamiento planialtimétrico y cateos que deberán ser presentados al Ingeniero de Obra, como así también la documentación técnica completa de la ingeniería de detalle que deberá ser presentada para su aprobación ante el Ingeniero. El costo de ambas operaciones deberá estar incluido en el precio ofertado.

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Página 49 Sección VI. Requisitos Técnicos

Ejecución de las obras de demolición y excavación, provisión y colocación de conductos y accesorios en el caso de conductos rectangulares y circulares.

Ejecución de obras tendientes a la reparación y reconstrucción del firme (veredas,

pavimentos y/o terreno natural), se proveerán la mano de obra y los equipos necesarios para la realización de los trabajos y los planos conforme a obra.

Ejecución de cámaras de enlace e inspección, sumideros, nexos y demás componentes

secundarios de la red pluvial asociada a las obras de conducción.

Resolución de las interferencias de cualquier tipo en las trazas a intervenir

Todas aquellas otras tareas no enumeradas precedentemente que resulten necesarias para la finalidad de las obras licitadas y el funcionamiento de la nueva red pluvial ejecutada.

Seguidamente se presenta en forma resumida la caracterización de las intervenciones en cada obra componente, cuya memoria descriptiva se presenta en las Especificaciones Técnicas:

• Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH)

Finalidad: absorber la totalidad de los excedentes hídricos de la subcuenca servida por el Ramal Asturias Sur (aproximadamente 60 hectáreas), y que en ausencia de lluvias, pueda tener otros usos compatibles. El área servida por el Ramal Asturias Sur presenta esquinas con cotas topográficas bajas, que no pueden ser adecuadamente desagotadas en el caso de que el nivel piezométrico del conducto principal del arroyo Cildáñez se encuentre alto por efecto de las lluvias de la cuenca superior, el nivel del Río de la Plata sea elevado o una combinación de ambos factores. De allí la materialización del ARTEH en terrenos adyacentes al conducto principal del arroyo Cildáñez, en la zona del Parque Indo Americano. Intervenciones a realizar: Materialización del ARTEH y construcción de estructura en el punto de conexión del Ramal Asturias Sur con el arroyo Cildáñez, que por un lado conectará al entubado del Arroyo Cildáñez y por el otro se vinculará con un vertedero al Área de Retención. Condiciones para su puesta en funcionamiento: es el área de descarga del conducto previsto para el ramal Asturias Sur.

• Obras Ramal Asturias Sur

Finalidad: junto con el Ramal Villa 6, evacuar los excedentes hídricos de la subcuenca delimitada por Av. Asturias, Zuviría, Casco, Corvalán, Álvarez, Miralla, Autopista Dellepiane, Av. Escalada y Av. Castañares. Intervenciones a realizar: nuevo conducto, empalmes, con bocas de registro y de acceso Condiciones para su efectivo funcionamiento: descarga en el Área de Retención Temporaria de Excedentes Hídricos a construir.

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Página 50 Sección VI. Requisitos Técnicos

• Obras Ramal Nágera

Finalidad: evacuar los excedentes hídricos de la zona comprendida por Escalada, Castañares, Asturias y Autopista Dellepiane, en combinación con el Ramal Asturias Sur. Intervenciones a realizar: nuevo conducto, empalmes, con bocas de registro y de acceso, instalación de sumideros Condiciones para su efectivo funcionamiento: empalme con el conducto previsto para el Ramal Asturias Sur.

• Obras Ramal Villa 6

Traza del conducto: por la colectora norte de la autopista Dellepiane entre las avenidas Escalada y Asturias. Finalidad: conducir los excedentes hídricos que se generan en la subcuenca situada entre Av. Dellepiane, Miralla, Álvarez, Corvalán, Casco, Basualdo, Zuviría y Mozart hacia el ramal Asturias Sur. Intervenciones: nuevo conducto, bocas de acceso y de registro, sumideros adicionales a los existentes y también se conectan algunos de los sumideros existentes y se empalman los conductos existentes con el nuevo en puntos estratégicos. Condiciones para su efectivo funcionamiento: empalme con el conducto previsto para el Ramal Asturias Sur.

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Página 51 Sección VI. Requisitos Técnicos

Especificaciones Técnicas – Memoria Descriptiva La memoria descriptiva del lote único: Obras Gestión Integral de aguas urbanas en áreas marginadas de la Cuenca Cildáñez, se describe seguidamente en forma desagregada para cada una de las obras que las integran: Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH) y los tres ramales: Ramal Asturias Sur, Ramal Nágera, y Ramal Villa 6.

Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH) Se prevé la materialización de un Área de Retención de Excedentes Hídricos (ARTEH) en terrenos adyacentes al conducto principal del arroyo Cildáñez, en la zona del Parque Indo Americano. Las características del ARTEH pueden apreciarse en los planos siguientes: Cámara Área de Retención Rev. 01 Plano Topográfico GCABA PZS R.1.6.4.A Plano Topográfico - Cortes Transversales GCABA PZS R.1.6.4.B

Esta solución tiene por objeto solucionar la problemática planteada en la zona: el área servida por el Ramal Asturias Sur presenta esquinas con cotas topográficas bajas; estas esquinas no pueden ser adecuadamente desagotadas en caso de que el nivel piezométrico del conducto principal del arroyo Cildáñez se encuentre alto por efecto de las lluvias de la cuenca superior, el nivel del Río de la Plata sea elevado o se produzca una combinación de ambos factores. En el punto de conexión del Ramal Asturias Sur con el Arroyo Cildáñez, se construirá una estructura que, por un lado conectará con el entubado del Arroyo Cildáñez a través de válvulas clapeta y por el otro estará vinculado con el Área de Retención a través de un vertedero con cota de coronamiento de uno coma setenta (1,70) metros (IGN) En el caso de que la cota piezométrica del arroyo Cildáñez en el punto de conexión alcance o supere los uno coma setenta (1,70) metros (IGN), los caudales verterán en al Área de Retención, para luego, al producirse el descenso de la piezométrica del conducto, descargarse en este último. Las características previstas para el ARTEH permiten que la misma absorba la totalidad de los excedentes hídricos de la subcuenca servida por el Ramal Asturias Sur (aproximadamente sesenta (60) hectáreas), y que en ausencia de lluvias, pueda tener otros usos compatibles. La cota de fondo de diseño del Área de retención es de uno coma setenta (1,70) metros (IGN) y se ha previsto la materialización de taludes de pendiente 1:4 entre dicho fondo y los terrenos circundantes (cota medía seis coma cincuenta (6,50) metros IGN). La superficie del fondo alcanza a las cuatro coma setenta (4,70) hectáreas mientras que la totalidad de la superficie afectada (incluye al fondo y a la proyección horizontal de los taludes) es de siete coma cincuenta (7,50) hectáreas.

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Página 52 Sección VI. Requisitos Técnicos

Ramal Asturias Sur Este conducto comienza en la esquina de Av. De la Salle y Zuviría, recorriendo la Av. De la Salle y luego la Av. Asturias hasta ingresar en el predio del Parque indoamericano y descargar en el Área de Retención Temporaria de Excedentes Hídricos a construir. La finalidad de este conducto, junto con el Ramal Villa 6, es evacuar los excedentes hídricos de la subcuenca delimitada por Av. Asturias, Zuviría, Casco, Corvalán, Álvarez, Miralla, Autopista Dellepiane, Av. Escalada y Av. Castañares. No se ha previsto la necesidad de construir sumideros adicionales a los existentes. En el recorrido del nuevo conducto se conectan algunos de los sumideros existentes y se empalman los conductos existentes con el nuevo en puntos estratégicos. En su recorrido, el nuevo conducto llevará bocas de acceso y de registro en los lugares indicados en las Planimetrías de Detalle. Las características de este conducto se presentan en los planos siguientes: Perfil Asturias Sur – GCABA-PZS-R.1.6.4.21-R.1 Plano llave GCABA PZS R.1.6.4.21.R1 Planimetrías de detalle GCABA- PZS-R.1.6.4.21-R.1 (01 a 06) Sección Típica Túnel GCABA-PZS-R.1.6.4-25-R.0 Plano de Detalle Sifón N° 1 (bajo 2M10 y CR 3.00x2.00 Av. Asturias)-GCABA-PZS-

R.1.6.4-21R.1 A continuación se describen en detalle estas obras por tramos. Av. De la Salle entre Zuviría y Dellepiane Norte El tramo Av. De la Salle entre Zuviría y Dellepiane Norte se grafica en la Planimetría de Detalle Nº 1. En este tramo el nuevo conducto será de sección circular de un (1) metro de diámetro, se construirá por la semicalzada sur de la Av. De la Salle con una traza paralela al conducto de principal del Aº Cildáñez y evitando a la cañería cloacal con traza junto al cordón de la vereda. Empalmará con el conducto pluvial existente en Zuviría y De la Salle de sesenta (60) centímetros de diámetro mediante una nueva boca de registro pluvial a construir encaballada sobre el conducto existente. En Av. De la Salle y Dellepiane Norte empalmará con el nuevo conducto a construir de sección rectangular de tres coma cincuenta (3,50) metros de ancho por dos (2) metros de altura con traza por la Av. Asturias. Av. Asturias entre Dellepiane Norte y Castañares El tramo Av. Asturias entre Dellepiane Norte y Castañares se grafica en las Planimetría de Detalle Nros. 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

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En este tramo el nuevo conducto será de sección rectangular de tres coma cincuenta (3,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura (medidas interiores), se construirá por la semicalzada sur de la Av. Asturias con una traza paralela al conducto de principal del Aº Cildáñez y evitando a la cañería cloacal con traza por el centro de la calzada, entre Autopista Dellepiane y Santander. Comenzará recibiendo el empalme del Ramal Villa 6 (rectangular de tres coma cincuenta (3,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de alto) y del nuevo conducto de un (1,00) metro de diámetro descrito en el punto anterior. Se conectará también con el conducto de uno coma treinta (1,30) metros de diámetro con traza paralela a la Autopista Dellepiane y pasará por sobre el conducto rectangular de dos coma setenta (2,70) metros de ancho por uno coma sesenta (1,60) metros de alto, paralelo al anterior. No deberá empalmarse con este último conducto. A continuación, cruzará la autopista Dellepiane, la construcción de este cruce se ha previsto sea realizada a cielo abierto en secciones, de manera de minimizar el efecto sobre el tránsito (ver las Planimetrías de Detalle Nº 1 y 2). Luego del cruce, se empalmará al nuevo conducto el pluvial con traza por la colectora sur de la Autopista Dellepiane de cero coma cincuenta (0,50) metros de diámetro, obturándose o suprimiendo el tramo existente entre el nuevo empalme y el entubado principal del Aº Cildáñez. En el cruce con la calle Santander (ver la Planimetría de Detalle Nº3) se empalmará al nuevo conducto el sumidero existente que se muestra en el plano y el pluvial de cero coma sesenta (0,60) metros de diámetro con traza por Santander, obturándose o suprimiendo el tramo existente entre el nuevo empalme y el entubado principal del Aº Cildáñez. En el cruce con la calle Santiago de Compostela (ver la Planimetría de Detalle Nº3) se empalmará al nuevo conducto el sumidero existente que se muestra en el plano, obturándose o suprimiendo el tramo existente entre el nuevo empalme y el entubado principal del Aº Cildáñez. En el cruce con la calle Castañares (ver la Planimetría de Detalle Nº5) se empalmará al nuevo conducto el sumidero existente que se muestra en el plano, obturándose o suprimiendo el tramo existente entre el nuevo empalme y el entubado principal del Aº Cildáñez. En la misma intersección se empalmará el Ramal Nágera, la sección aumentará a cuatro coma cincuenta (4,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura (medidas interiores) y se materializará un sifón invertido para que el nuevo conducto pase bajo el Ramal Castañares al que no debe conectarse. Luego de ingresar en el predio del Parque Indoamericano, el conducto pasará por debajo de los dos conductos sección modelo Nº 10 a los que no debe conectarse, para finalmente descargar en el Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos a construir.

Ramal Nágera Este conducto comienza en la esquina de Castañares y Av. Escalada, recorriendo la Av. Castañares hasta la intersección de esta última con Av. Asturias.

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La finalidad de este conducto es evacuar los excedentes hídricos de la zona comprendida por Escalada, Castañares, Asturias y Autopista Dellepiane, en combinación con el Ramal Asturias Sur. Las características de este conducto se presentan en los siguientes planos: Plano Llave GCABA PZS R.1.6.4.17.R0 LL Planimetrías de detalle 1 a 7 (GCABA PZS R.1.6.4.17.R0 01 al 07) Perfil GCABA PZS R.1.6.4.17.R1

A continuación se describen en detalle estas obras: En su recorrido, el nuevo conducto llevará bocas de registro y de acceso en los lugares indicados en las Planimetrías de Detalle. En la esquina de Castañares y Av. Escalada, el nuevo conducto comienza empalmando al conducto existente de cero setenta (0,70) metros de diámetro a través de una boca de registro encaballada. (ver Planimetría de Detalle Nº2). Para evitar la interferencia de los conductos cloacales y de agua allí existentes, comenzará con una sección circular de cero coma setenta (0,70) metros de diámetro. Superadas las interferencias, la sección será de uno coma cincuenta (1,50) metros de ancho por uno coma cincuenta (1,50) metros de altura (medidas interiores). Cruzará la rotonda alargada existente en Av. Escalada, pasando sobre un conducto de agua de cero coma noventa (0,90) metros de diámetro. Luego de cruzar por segunda vez la Av. Escalada, tomará una traza coincidente con lado noroeste del cantero parquizado situado en el centro de la Av. Castañares, evitando la interferencia del conducto pluvial situado en el centro de dicho cantero. Se ha previsto que sobre el lado sudeste del cantero parquizado se construya el conducto correspondiente al ramal Castañares (en línea de trazos en las planimetrías de este ramal). En la intersección con la primer calle interna del Barrio Nágera (ver “sin nombre” en la Planimetría de detalle Nº3) interfiere con el nuevo conducto una cañería de agua de cero coma cuarenta (0,40) metros de diámetro que deberá ser reubicada. También cruza un nexo pluvial que no se ha previsto conectar al nuevo conducto. Más adelante (ver la Planimetría de Detalle Nº4) cruza la traza un conducto pluvial de uno coma treinta (1,30) metros de diámetro. Ese conducto debe ser empalmado al nuevo, de ambos lados. En la siguiente intersección, calle interna del barrio Nágera sin nombre, empalma un nuevo conducto de sección rectangular de uno coma treinta (1,30) metros de ancho por uno coma treinta (1,30) metros de altura (medidas interiores). La traza de ese conducto puede verse en las Planimetrías de Detalle Nº1 y 4. En su origen, (Calle Saraza) empalma con un conducto existente de un (1,00) metro de diámetro y recibe los conductos de nexo de los sumideros de dos rejas verticales y otras tantas horizontales cada uno a instalar sobre la calle Saraza (ver la Planimetría de Detalle Nº1)

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Luego del empalme con el conducto rectangular indicado en el párrafo anterior, la sección del conducto con traza por la Av. Castañares cambia a rectangular de dos coma cincuenta (2,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura (medidas interiores) Al llegar a la intersección de la Av. Asturias, el nuevo conducto empalmará con el conducto previsto para el ramal Asturias Sur. Las trazas de conductos y otras infraestructuras se incluyen en las Planimetrías de Detalle Nros. 1, 2, 3 y 4.

Ramal Villa 6

La traza del conducto corre por el área parquizada que se encuentra entre la colectora y la autopista Dellepiane entre las avenidas Escalada y Asturias. La finalidad de este conducto es conducir los excedentes hídricos que se generan en la subcuenca situada entre Av. Dellepiane, Miralla, Álvarez, Corvalán, Casco, Basualdo, Zuviría y Mozart hacia el ramal Asturias Sur. Los detalles de este conducto se presentan en los siguientes planos: Plano llave GCABA PZS R.1.6.4.18.R1LL Planimetrías de detalle 1 a 7 (GCABA PZS R.1.6.4.18.R1 01 al 07)) Perfil GCABA PZS R.1.6.4.18.R0

Se ha previsto la necesidad de construir sumideros adicionales a los existentes y también se conectan algunos de los sumideros existentes y se empalman los conductos existentes con el nuevo en puntos estratégicos. Es importante destacar que el conducto existente paralelo al proyectado de sección rectangular de dos coma setenta (2,70) metros de ancho por uno coma sesenta (1,60) metros de altura no debe ser conectado o mantener int6erconexiones ni con el nuevo conducto ni con ningún otro a partir de Dellepiane Norte y Miralla hasta la Av. Asturias. En su recorrido, el nuevo conducto llevará bocas de acceso y de registro en los lugares indicados en las Planimetrías de Detalle. A continuación se describen en detalle estas obras. Dellepiane Norte entre Av. Escalada y Homero El tramo Dellepiane Norte entre Av. Escalada y Homero y su infraestructura se grafica en las Planimetrías de Detalle Nros. 1 y 2. En este tramo el nuevo conducto será de sección rectangular de dos (2,00) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura (medidas internas), se construirá por la zona parquizada situada entre la colectora norte dela autopista Dellepiane y la autopista, entre el conducto cloacal y el pluvial existentes. En el cruce con la Av. Escalada, el nuevo conducto comenzará empalmando con el existente de uno coma treinta (1,30) metros de diámetro, según se muestra en la Planimetría de Detalle

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Nº1. Próximo a la esquina, en las posiciones indicadas en el plano, se construirán dos (2) sumideros de dos (2) rejas verticales y otras tantas horizontales que se conectarán al nuevo conducto. En la misma esquina cruza un conducto cloacal que no interfieren con el proyecto por encontrase a una cota superior. Debe tenerse precaución durante las obras para no dañarlo. Homero entre Casco y Dellepiane Norte El tramo entre Casco y Dellepiane Norte y su infraestructura se grafica en las Planimetrías de Detalle Nros. 2 y 3. En este tramo que se conecta transversalmente al conducto principal de Ramal Villa 6 será de sección rectangular de dos (2,00) metros de ancho por uno coma cincuenta (1,50) metros de altura (medidas internas), se construirá con traza por la semicalzada noreste de Homero evitando a los conductos cloacales existentes. Comenzará en Casco y Homero con la construcción de una (1) boca de registro y tres (3) sumideros de dos (2) rejas verticales y otras tantas horizontales cada uno y una (1) boca de registro. En la misma esquina se conectará al nuevo conducto los sumideros existentes que se indican. En la esquina de Álvarez y Homero se construirán tres (3) nuevos sumideros de dos (2) rejas verticales y otras tantas horizontales, se reconectará un sumidero existente y se empalmarán al nuevo conducto los pluviales que cruzan por Álvarez. Al llegar a la intersección con Dellepiane Norte, cruzan dos conductos cloacales que por encontrarse a una cota superior a la de proyecto, no interfieren con el mismo. Debe tenerse precaución durante las obras para no dañarlos. En la misma esquina, se empalmará al conducto proyectado de tres coma cincuenta (3,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura. Dellepiane Norte entre Homero y Av. Asturias El tramo Dellepiane Norte entre Homero y Av. Asturias y su infraestructura se presenta en las Planimetrías de Detalle Nros. 2, 4, 5, 6 y 7). En este tramo el nuevo conducto será de sección rectangular de tres coma cincuenta (3,50) metros de ancho por dos (2,00) metros de altura (medidas internas), se construirá por la zona parquizada situada entre la colectora norte dela autopista Dellepiane y la autopista, entre el conducto cloacal y el pluvial existentes. En la esquina con la calle White (ver la Planimetría de Detalle Nº4) se conectarán al nuevo conducto los dos pluviales existentes de cero coma sesenta (0,60) metros de diámetro y se construirán dos nuevos sumideros de dos (2) rejas verticales y dos (2) horizontales cada uno, en las posiciones indicadas en el plano. En la esquina con la calle Mozart (ver la Planimetría de Detalle Nº5) se conectarán al nuevo conducto el pluvial existente de cero coma sesenta (0,60) metros de diámetro y se construirán

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dos (2) nuevos sumideros de dos (2) rejas verticales y dos horizontales cada uno, en las posiciones indicadas en el plano. También se reconectarán la nuevo conducto los sumideros existentes que se indican. En la intersección con la calle Ameghino (Planimetría de Detalle Nº6) cruza una cañería de agua de cero coma noventa (0,90) metros de diámetro que no interfiere con el proyecto por encontrase a una cota inferior. Debe tenerse precaución durante las obra para no dañarla. En l misma esquina se conectará al nuevo conducto el pluvial existente tal como de sindica en el plano. Al llegar a la Av. Asturias (ver Planimetría de Detalle Nº 7), el nuevo conducto empalmará al Ramal Asturias Sur.

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Especificaciones Técnicas – Metodología constructiva de

ejecución de los trabajos

1 Generalidades Se detalla a continuación, la metodología constructiva establecida por el Contratante que deberá tomarse en cuenta para la ejecución de los trabajos. Teniendo en cuenta que en general la posición de la napa freática se encuentra muy próxima (hasta cero coma ochenta (0,80) metros del N.T.N), frecuentemente sobre el nivel del fondo de las excavaciones, por un lado, y que parte de los suelos atravesados por la traza presentan baja capacidad portante, por el otro, se considera necesario proteger todas las excavaciones con tablestacado y/o entibación y perfilería y/o puntales de madera de sección suficiente para apuntalamiento. El cálculo del apuntalamiento, tablestacado y/o entibación deberá ser presentado al Ingeniero para su aprobación. En el caso de usar tablestacas, la longitud de la ficha del tablestacado debe ser tal que asegure una profundidad suficiente a fin de evitar fallas por levantamiento del fondo. Para el cálculo del tablestacado deberán considerarse los diagramas de empuje recomendados por el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires (Ordenanza Municipal No. 23.569/70). Se prevé una separación entre el tablestacado y/o entibaciones y el conducto y/o su apoyo de 0,70 m a cada lado de las estructuras, la que podrá reducirse a cero en el caso que se use las pantallas de entibación como encofrado externo de los conductos rectangulares. Para eliminar el agua de las zanjas, ya sea proveniente de la napa freática o de infiltraciones, lluvias, etc., se utilizará algún método adecuado que asegure que el fondo de la zanja se encuentre libre de agua y que no altere las cimentaciones de las construcciones aledañas. A modo de ejemplo se propone la utilización de bombas de achique colocadas en sumideros en cantidad adecuada la longitud del tramo en construcción, adoptando pendientes convenientes longitudinales para canalización del agua hacia los sumideros. En el caso en que el caudal a bombear resulte elevado, de ser necesario deberá procederse a la estabilización de los suelos de asiento de las paredes frentistas próximas, que sean muros portantes, con inyecciones de lechada de cemento, previo a la depresión de napa freática. Concluida la excavación, se procederá a la colocación de los caños o a la construcción de los hormigones de los conductos de sección rectangular, debiéndose tener en cuenta en cada caso la ejecución previa del hormigón de nivelación y limpieza. Luego de las pruebas hidráulicas, en el caso de usar tablestacado, se procederá al relleno entre el tablestacado y las estructuras y entre tablestacado y terreno excavado. Recién entonces se realizará la extracción de las tablestacas. A continuación de esta operación, se procederá a la reparación del pavimento y a la liberación del tránsito.

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2 Procedimientos constructivos 2.1 Demolición de veredas y pavimentos En general la demolición de veredas y pavimentos se ha previsto que sea ejecutada mediante excavadoras dotadas de martillo hidráulico rompe-pavimentos. En aquellos lugares reducidos, o donde sea indicado por el Ingeniero, se utilizarán martillos neumáticos rompe-pavimentos de uso manual. Los productos de la demolición serán transportados fuera de la obra a lugares indicados por el Ingeniero. 2.2 Excavación de zanjas con cajones de entibación y con depresión de napa (conductos circulares) Para los conductos circulares se ha previsto la excavación de zanjas y su entibación con el “sistema de entibación de descenso escalonado”. Para considerar la metodología constructiva y los análisis de precios, será válida cualquier marca o sistema que exista en plaza, que brinde una adecuada prestación durante el proceso constructivo. Se ha previsto utilizar planchas de tres coma cincuenta (3,50) metros de longitud y de dos coma cuarenta (2,40) metros de altura, con sobrepuesto de uno coma cuarenta (1,40) metros, por cada lado. La longitud de los codales (puntales) será variable de acuerdo al diámetro exterior de los conductos, para poder lograr hasta un ancho máximo tres coma cincuenta (3,50) metros. Se ha previsto la conformación de recintos cerrados de alrededor de 60 metros de longitud, para no cerrar al tránsito más de una cuadra por frente de trabajo. Una vez terminados los conductos dentro de un recinto, se recuperarán los cajones de entibación extrayéndolos para iniciar los trabajos en otro recinto, en general a continuación del recientemente terminado. La excavación dentro de los cajones se ha previsto que sea ejecutada con retroexcavadora de ochenta (80) HP como mínimo y balde de cero coma ochenta (0,80) a un (1,00) m3, que extraerá el suelo de dentro de los cajones de entibación. Este suelo, que no es apto para el relleno, será retirado del frente de trabajo al mismo ritmo que al que se extrae. 2.3. Excavación de zanjas con entibación Monocodal y con depresión de napa (conductos rectangulares). Para los conductos rectangulares de HºAº ejecutados "in situ” se ha previsto la excavación de zanjas con el “sistema de entibación de descenso escalonado”. Aunque hay diversos sistemas de este tipo, en este proyecto, al igual que en el caso anterior, se ha tomado como referencia el sistema SBH, denominado “entibación monocodal de patines, Serie 750” (SBH double rail System RS, Series 750), siendo válidos cualquier otra marca o sistema que exista en plaza con tal que brinde igual prestación durante el proceso constructivo.

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Se han previsto planchas de cuatro (4) metros de longitud y dos coma cuarenta (2,40) metros de altura, por cada lado, con lo que se pueden efectuar excavaciones del orden de los cinco (5) metros de profundidad máxima. La longitud de los codales será variable de acuerdo al ancho exterior de los conductos rectangulares, para lograr los siguientes anchos interiores: dos coma cuarenta (2,40) metros; tres coma cuarenta (3,40) metros; tres coma noventa (3,90) metros; cuatro coma cuarenta (4,40) metros y seis coma cuarenta (6,40) metros. Se ha previsto que estas planchas laterales se utilicen como encofrados exteriores de los conductos rectangulares, previa colocación de una plancha de poliestireno expandido (tipo “TELGOPOR”). Se ha proyectado la conformación de recintos cerrados de alrededor de ochenta (80) a cien (100) metros de longitud, para no cerrar al tránsito más de una cuadra por frente de trabajo. Una vez terminados los conductos dentro de un recinto, se recuperarán las planchas y guías de entibación para iniciar los trabajos en otro recinto, en general a continuación al recientemente terminado. Se ha previsto ejecutar la excavación con retroexcavadora de ciento treinta y ocho (138) HP como mínimo (potencia requerida para manejar el sistema de entibación) y balde de cero coma noventa (0,90) a un metro coma diez (1,10) m3. 2.4. Ejecución de Túnel (aplicable a Ramal Asturias Sur)

El alcance del trabajo que tendrá a su cargo el Contratista, comprende la excavación del túnel, la carga del material y su transporte dentro del túnel, el retiro de los materiales excavados, la ejecución de los trabajos de soporte primario de la excavación, elaboración, transporte y colocación del material, mano de obra, equipos y todas las operaciones requeridas para dejar terminado este trabajo de acuerdo con los planos de proyecto y las disposiciones de esta especificación y las especificaciones conexas.

El avance o ataque de los frentes de excavación del túnel deberá realizarse según el método convencional o NATM (Nuevo Método Austríaco).

La metodología de excavación estará determinada por el revestimiento primario y secundario que seleccione el Contratista, la que podrá ser ejecutada con equipamiento manual o mecánico.

El proceso constructivo para la ejecución del túnel deberá tener en cuenta el plazo contractual para la ejecución de la obra completa. El Contratista deberá presentar una Memoria Descriptiva de la ejecución de este tipo de excavaciones, la que incluirá las tareas que a continuación se describen:

2.4.1. Hormigón armado para conductos rectangulares Para la ejecución del hormigón H-30 de los conductos rectangulares “in situ” se ha previsto el uso de “hormigón pre-elaborado” dosificado en planta central y transportado y mezclado por camiones moto-hormigoneros (“mixers”). Por lo tanto, en la obra se realizarán solamente las tareas de colocación, compactación (con vibradores de inmersión), terminado y curado con membrana química (tipo:”Antisol”). 2.4.2. Hormigón de relleno o de limpieza

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Para la ejecución del “Hormigón de relleno o de limpieza” de 0,10 metros de espesor, se utilizará el mismo procedimiento constructivo, o sea el uso de “hormigón pre-elaborado” dosificado en planta central y transportado y mezclado por camiones moto-hormigoneros. La calidad del hormigón de limpieza será la estipulada en el “Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón” CIRSOC 201 - 2005. De acuerdo con el criterio de este Reglamento, el hormigón de limpieza será el H-30 o equivalente superior. 2.5. Conductos circulares 2.5.1. Calidad del material Los conductos circulares han sido previstos de Plástico Reforzado con Fibra de Vidrio (PRFV) o con Polietileno de Alta Densidad (PEAD). En el caso de utilizarse los primeros se instalarán en tramos de diez (10) a doce (12) metros y en caso de utilizarse los segundos en tramos de 6 metros. Serán asentados en hormigón de relleno o limpieza de cero coma diez (0,10) metros de espesor. Para el caso del PEAD, el material base tendrá un MRS (Minimum Required Strength) de 8 MPA, más conocido como PE80 (según ISO 9080). La rigidez mínima de los caños será de cinco mil (5.000) N/m2 según la determinación de la norma ASTM D 2412 tomando como expresión matemática para definición de rigidez:

(E x I) / D3 Donde: E = Módulo elástico I = Momento de Inercia D = Diámetro nominal Cuando se adjunte como plano de proyecto la sección típica de zanja, deberá considerarse dicha sección como requerimiento mínimo para el relleno de la misma. Si del cálculo del fabricante resultara un apoyo de menor tipo deberá adoptarse como sección típica de zanja la del plano de proyecto. Se considerará en el cálculo según las normas especificadas una presión mínima interna de dos (2,00) bar para fijar el espesor del linner interior. 2.5.2. Relleno de la zanja La zanja será rellenada hasta unos cero coma quince (0,15) metros por encima del extradós14 con el material denominado: Relleno de Densidad Controlada (RDC), que es un material

14 Extradós: Superficie exterior convexa de un arco, bóveda o conducto. (Real Academia Española)

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auto-nivelante y por lo tanto facilita el correcto relleno en los “riñones” del tubo, lugar siempre dificultoso de compactar cuando se utiliza suelo. En la parte superior de la zanja y por debajo del pavimento a reconstruir, se utilizará suelo seleccionado calcáreo de buena calidad de canteras del Gran Buenos Aires (“tosca”), el que será compactado con equipos menores y/o manualmente en capas de un espesor no mayor a cero coma veinte (0,20) metros. 2.6. Bocas de registro Solamente los conductos circulares poseerán bocas de registro. Los conductos rectangulares tendrán solamente un acceso para hombre, para su mantenimiento. Las tapas y marcos serán de fundición dúctil. 2.7. Sumideros Los sumideros serán de una ó dos rejas de fundición, y la cámara de HºAº. El pavimento adyacente formará una “cubeta” para recibir el agua Los conductos de nexo entre los sumideros y los conductos serán de cero coma cuarenta (0,40) y cero coma cincuenta (0,50) metros de diámetro. 2.8. Reconstrucción de pavimentos La reconstrucción de los pavimentos se hará de acuerdo al tipo de pavimento original, tratando de copiar lo más fielmente la estructura del pavimento existente, para que tenga el mismo tipo de comportamiento ante los vehículos que circulan y las condiciones climáticas imperantes. Por lo tanto habrá reconstrucción de los siguientes tipos de pavimentos:

Pavimento rígido (hormigón simple con juntas armadas) Pavimento flexible (concreto asfáltico en caliente) Pavimento de adoquines de granito o de granitullo (granito labrado) Pavimento compuesto

3. Identificación y Tratamiento de suelos contaminados Consistirá en la toma de muestras de suelo en los sitios donde se presuma la existencia de suelos contaminados en forma previa al inicio de las obras en dicho sector, o en aquellos suelos que durante su extracción presenten indicios de contaminación (ver Programa de Gestión del Material Extraído). Ello permitirá verificar sus condiciones de calidad para determinar su eventual reutilización como rellenos, o la necesidad de someterlos a tratamiento y disposición final acordes a dicha calidad.

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CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN El cronograma de ejecución de las obras que integran el llamado es el siguiente:

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 121 Trabajos Generales2 Demolición de Veredas y Pavimentos3 Excavación de zanja c/ entib.4 Prov. Relleno y Comp. Suelo o MDC5 Hormigón Armado para conductos rectangulares6 Provisión y colocación Conductos Circulares PRFV / PEAD7 Bocas de Registro para Conductos Pluviales8 Cámara de Empalme y Distribución9 Sumideros10 Piezas de fundición11 Reparación de Veredas12 Reparación de Pavimentos13 Provisión y colocación de cond. p/nexos y conex.14 Tratamiento especial de Suelos Contaminados15 Consolidación de Suelos con lechada cementicia16 Interferencias

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 121 Trabajos Generales2 Demolición de Veredas y Pavimentos3 Excavación de zanjas s/c entibación y Excavacion General4 Prov. Relleno y Comp. Suelo o MDC5 Hormigón Armado para conductos rectangulares6 Provisión y colocación Conductos Circulares PRFV / PEAD7 Bocas de Registro para Conductos Pluviales8 Cámara de Empalme y Distribución9 Sumideros10 Piezas de fundición11 Reparación de Veredas12 Reparación de Pavimentos13 Provisión y colocación de cond. p/nexos y conex.14 Tratamiento especial de Suelos Contaminados15 Consolidación de Suelos con lechada cementicia16 Interferencias

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 121 Trabajos Generales2 Demolición de Veredas y Pavimentos3 Excavación de zanja c/ entib.4 Prov. Relleno y Comp. Suelo o MDC5 Hormigón Armado para conductos rectangulares6 Provisión y colocación Conductos Circulares PRFV / PEAD7 Bocas de Registro para Conductos Pluviales8 Cámara de Empalme y Distribución9 Sumideros10 Piezas de fundición11 Reparación de Veredas12 Reparación de Pavimentos13 Provisión y colocación de cond. p/nexos y conex.14 Tratamiento especial de Suelos Contaminados15 Consolidación de Suelos con lechada cementicia16 Interferencias

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 121 Trabajos Generales2 Demolición de Veredas y Pavimentos3 Excavación de zanja c/ entib.4 Prov. Relleno y Comp. Suelo o MDC5 Hormigón Armado para conductos rectangulares6 Provisión y colocación Conductos Circulares PRFV / PEAD7 Bocas de Registro para Conductos Pluviales8 Cámara de Empalme y Distribución9 Sumideros10 Piezas de fundición11 Reparación de Veredas12 Reparación de Pavimentos13 Provisión y colocación de cond. p/nexos y conex.14 Tratamiento especial de Suelos Contaminados15 Consolidación de Suelos con lechada cementicia16 Interferencias

Ramal Villa 6

Ítem DescripciónMeses

Ramal Asturias Sur

Ítem DescripciónMeses

Ramal Nágera

Ítem DescripciónMeses

Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos

Ítem DescripciónMeses

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Especificaciones Técnicas – Descripción de ítems En la metodología constructiva se debe tener en cuenta primordialmente la seguridad de las obras debido a las condiciones de los suelos subyacentes y la presencia de la napa freática. En la cuenca Cildáñez no existen excavaciones sin entibación, sino que todas las excavaciones son con entibación y con depresión de napa freática. Las excavaciones para los conductos de HºAº, las cámaras y los sumideros se realizarán conforme a las tipologías definidas. Respecto a las excavaciones se han previsto en general, con protección de tablestacas y/o entibaciones, que constituyen las estructuras de sostenimiento y asegurando que el fondo de la zanja esté libre de presencia de agua, ya sea por nivel de napa freática y/o por infiltraciones de distinto origen. Se destaca que el Contratista será exclusivo responsable del manipuleo, transporte, tratamiento y disposición final de los suelos extraídos que, por sus características, no puedan a criterio del Ingeniero ser reutilizados en las Obras. Al programar las obras, se deben minimizar las obstrucciones o alteraciones al comercio, industria, turismo u otras actividades de la zona. El Contratista a su vez tomará todas las medidas necesarias a fin de evitar y/o minimizar alteraciones a las actividades existentes. De la misma forma, el Contratista deberá garantizar la continuidad de los servicios públicos cuyas infraestructuras presenten interferencias con las obras. 1. TRABAJOS GENERALES

En este ítem se engloban todas las tareas inherentes a los siguientes aspectos:

Sub-ítem 1.1: Obrador. Material rodante, equipos, herramientas e instrumental. Sub-ítem 1.2: Cartelería de obra y señalización. Ingeniería de detalle. Plan de Gestión

de Salud, Higiene y Seguridad. Plan de Gestión Ambiental (PGA). Sub-ítem 1.3: Cerco perimetral definitivo Área de Retención de Excedentes Hídricos

El alcance de las obligaciones a asumir por el Contratista para estos ítems está desarrollado en las especificaciones particulares y en el Pliego de la Licitación En cuanto a los distintos seguros a cumplimentar por el Contratista, y sus alcances están desarrollados en el P.C.P. 1.1 OBRADOR. MATERIAL RODANTE, EQUIPOS, HERRAMIENTAS E INSTRUMENTAL Este subítem se compone de los trabajos para la construcción y mantenimiento del obrador (y eventualmente sub-obradores), la provisión y mantenimiento de los vehículos para la inspección y la provisión y calibración de las herramientas e instrumental.

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El Contratista deberá presentar en el Plan de Trabajos, un desagregado ponderado de los tres componentes de este subítem, a los fines de su medición y certificación. 1.1.1 OBRADOR

A. ALCANCE

El Contratista deberá disponer de un obrador el cual deberá contar con las facilidades que se describen en el presente sub-ítem. Sin perjuicio de ello, podrá utilizar otras instalaciones auxiliares como subobradores de similares características, si así lo cree conveniente. Es responsabilidad del Contratista la búsqueda del sitio de emplazamiento de el/los obrador/es, procurando la menor afectación posible a las actividades propias de la comunidad circundante. En todos los casos, su emplazamiento e instalación deberá contar con la aprobación previa del Ingeniero. El Contratista deberá presentar planos de ubicación con indicación de las instalaciones del obrador: oficinas y edificaciones en general, almacenes, depósitos y áreas de trabajo, vestuarios, comedores, estacionamiento, circulaciones, etc. En dichos planos deberán asimismo indicarse los distintos servicios requeridos, tales como provisión de energía eléctrica, agua potable, desagües pluviales y cloacales, etc. El Obrador deberá ser construido y/o habilitado por el Contratista dentro del plazo establecido al efecto en el Cronograma de Tareas. El Contratista deberá considerar para la instalación y funcionamiento del obrador y subobradores en su caso, las disposiciones del Decreto 911/96, reglamentario para la Industria de la Construcción de la Ley Nacional N° 19.587. Asimismo en las cuestiones vinculadas a salud, seguridad e higiene se regirá por las Especificaciones Técnicas – Gestión de Salud, Higiene y Seguridad. El predio destinado al obrador, conforme a su destino y uso, así como las características mínimas de los locales conforme a las tareas que en él se realicen. a) Oficinas del Contratista

Dentro del predio deben funcionar las oficinas del Contratista, tanto administrativas como técnicas afectadas directamente a la ejecución de los trabajos motivo del contrato. Las mencionadas oficinas no reemplazan a las que la Empresa posea en su sede central, ni implican que en ellas deba montarse un área de proyectos a fin de realizar aquellos diseños que correspondan a la obra, salvo que así lo resuelva por ser de su comodidad. En la oficina administrativa, deberá llevarse los registros del personal afectado, los remitos de los materiales ingresados y destinados a la obra, etc. La oficina técnica deberá llevar copia actualizada de todos los proyectos que correspondan a la obra, copia de todos los protocolos de ensayos realizados, control del avance de los trabajos, planillas de medición, etc.

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b) Oficina para el Ingeniero

El local destinado a Oficina del Ingeniero, será independiente de las áreas propias del Contratista.

c) Obrador, Depósito y Talleres

El sector destinado para “Obrador, Depósito, Talleres y playas de Acopio” será el asiento de:

El taller de reparaciones (mecánica ligera), el cual ha de estar equipado con

máquinas, equipos y herramientas adecuadas a las tareas que relacionadas con la obra se desarrollen en ese lugar, así como con el instrumental necesario para ese fin.

Depósito de materiales, destinado a la guarda de las existencias de materiales en cantidades tales que permitan el cumplimiento de los plazos y con los niveles de calidad exigidos.

d) Vestuarios y sanitarios

Existirá un sector destinado a vestuario del personal afectado directamente a la ejecución de los trabajos, dentro del cual se encontrarán los sanitarios de uso exclusivo. Estos sanitarios contarán con agua fría y caliente y duchas. En la construcción de estos recintos se respetarán las disposiciones establecidas en el Código de la Edificación.

e) Estacionamiento

Además de los espacios antes mencionados, el predio deberá contar con un sector destinado al estacionamiento y guarda de los vehículos y equipos que se destinan a la obra, estando prohibido el estacionamiento de las unidades en la vía pública.

f) Otras comodidades:

De acuerdo a las necesidades que tenga el Contratista, éste deberá evaluarlas y considerarlas a fin de establecer las reales dimensiones que deberá tener el predio.

El Contratista deberá proveer todos los materiales, equipos, herramientas y personal necesarios para la ejecución de estas obras. Todos los materiales a emplear en las mismas deberán ser del tipo habitualmente utilizado para esta clase de construcciones y deberán contar con la previa aprobación del Ingeniero. Las obras de infraestructura del Obrador deberán ser adecuadamente identificadas mediante letreros a ser colocados en forma visible y cuyas dimensiones y leyendas se ajustarán a lo oportunamente indicado por el Ingeniero. Los precios cotizados para el obrador incluyen: a) el proyecto, la construcción y la instalación completa de los locales y su posterior desmantelamiento; b) limpieza diaria, servicios y mantenimiento del obrador y sus locales, debiendo proveer el suministro de toda la mano de obra, materiales y equipos necesarios para asegurar que todas las instalaciones se mantengan limpias, operativas y en buen estado en todo momento; c) el mantenimiento de sistemas de calefacción, aire acondicionado, gas, electricidad, agua y cloacas, instalaciones sanitarias, etc. incluyendo el reemplazo de consumibles, tales como lámparas, fusibles,

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Página 67 Sección VI. Requisitos Técnicos

toallas limpias, etc.; d) la limpieza, mantenimiento y reparación del mobiliario y de los equipos de relevamiento, medición y ensayos. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de firma del Contrato, el Contratista elevará a aprobación del Ingeniero, la ubicación del área e instalaciones destinadas al Obrador que obligatoriamente deberán realizarse conforme a las presentes especificaciones. El Contratista deberá presentar planos para la aprobación por parte del Ingeniero. Sin esta aprobación, el Contratista no podrá comenzar con la ejecución de estas obras. A tal fin, el Contratista acompañará a dicha presentación:

Plano general de ubicación, en que se aprecie claramente la disposición general propuesta y su relación con las Obras licitadas,

Planos a escala adecuada, no menor de 1:500 de cada área a ocupar, con indicación de sus límites, dimensiones, superficies, accesos, etc., como así también localización precisa dentro de las mismas de las distintas instalaciones allí previstas.

En la selección del área para las obras de infraestructura del obrador se deberá cuidar especialmente la facilidad de acceso y la menor interferencia posible con el área circundante, su funcionalidad con relación a las Obras considerando el destino específico de cada área, la independencia de sectores de acuerdo a su finalidad y la facilidad de comunicación entre sectores interrelacionados por sus funciones. Deberá asimismo ponerse especial atención en que dichas instalaciones no se vean afectadas por problemas de inundaciones. El Ingeniero se expedirá dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes a la presentación del Contratista. La falta de observaciones dentro de este plazo equivaldrá a la aceptación de la propuesta por parte del Comitente. A partir de la aprobación arriba señalada, el Contratista dispondrá de veinte (20) días hábiles para presentar los pertinentes planos de detalles, con plantas y cortes, especificaciones de materiales, distribución de equipamiento y/o mobiliario, etc., para aquellas instalaciones que le sean indicadas por el Ingeniero, la que a su vez se expedirá dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes a la presentación del Contratista. La falta de observaciones dentro de este plazo equivaldrá a la aceptación de la propuesta por parte del Comitente. Aprobada la propuesta del Contratista, cualquier modificación o ampliación que pudiere ser necesaria durante el desarrollo de las Obras deberá ser sometida nuevamente a consideración del Ingeniero. El Contratista podrá incorporar, para su uso y según su propio plan de montaje, todas las instalaciones como así también todas las construcciones y servicios destinados a su personal que considere necesarias y que no sean exigidas por las presentes especificaciones. No obstante, dicho plan de montaje deberá armonizar con el plan general de avance de las obras y el Contratista no podrá efectuar ningún tipo de instalación o construcción dentro del

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Página 68 Sección VI. Requisitos Técnicos

emplazamiento o dentro de su obrador sin la previa y expresa aprobación por parte del Ingeniero, para lo cual deberá presentar documentación completa de los trabajos que se propone realizar con una antelación no menor de quince (15) días corridos respecto a la fecha en que se propone iniciar los trabajos correspondientes. Para todas las edificaciones destinadas a los diferentes sectores antes indicados no se admitirá que sean precarias ni que se utilicen en su construcción materiales de recuperación. Sólo se admitirán las edificaciones construidas con materiales aprobados, deberán ser habitables y respetar las exigencias del código de edificación para los locales de tercera categoría La Oficina del Contratista y la Oficina para el Ingeniero, deben disponer de Aire Acondicionado frío y calor, con potencia adecuada a las dimensiones del local a climatizar, poseer aislamiento térmica interna y finalmente quedarán en poder del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El sector destinado para las Oficinas del Contratista, será independiente del que ocuparán las oficinas del Ingeniero. Ambos locales deberán contar con:

Instalaciones de electricidad, telefonía embutida y sus artefactos de iluminación. Sectores de sanitarios independientes el uno del otro, totalmente equipados con

lavamanos, inodoro y ducha y con instalaciones de agua fría y caliente, debiendo cumplir con las directivas que para este tipo de instalaciones se establecen en el Código de Edificación.

El Contratista durante toda la vigencia del Contrato, asumirá la responsabilidad del mantenimiento y limpieza de todas las instalaciones, como así también el pago de todos los servicios instalados en las mismas. A la finalización de los trabajos, el Contratista deberá dejar en las mismas condiciones en que fue recibido el predio originalmente, salvo acuerdo en contrario con el Propietario del mismo. El costo de estas tareas se considerará prorrateado dentro de los demás ítems de la obra, por lo que no se reconocerá pago adicional alguno.

1. Laboratorio El obrador no contará con laboratorios propios. El Contratista propondrá el o los laboratorios de reconocida experiencia, donde se realizarán los ensayos físico-mecánicos, químicos, análisis de calidad de suelo, agresividad de suelos y agua, grado de compactación de rellenos, de hormigón, acero y otros requeridos en las E.P. cuya aprobación queda a criterio del Ingeniero. El Contratista arbitrará las medidas necesarias para que el Ingeniero tenga acceso a dicho/s laboratorio/s a fin de ejercer los controles inherentes a la supervisión de los análisis y/o ensayos, toda vez que ello sea requerido.

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Página 69 Sección VI. Requisitos Técnicos

Asimismo el Contratista deberá facilitar al Ingeniero, sin cargo alguno, el acceso y uso de las instalaciones de dicho/s laboratorio/s y el personal especializado afectado a los mismos. Asimismo se hará cargo de la extracción de probetas y/o muestras, su cuidado y traslado. Los ensayos de rotura de hormigón, y los ensayos especiales de suelo, en casos necesarios, podrán ser efectuados en otros laboratorios de reconocida experiencia, previa aprobación o a solicitud del Ingeniero.

2. Oficinas del Ingeniero. Características, equipamiento y mantenimiento El Contratista proveerá para el uso exclusivo del Ingeniero oficinas, amuebladas y equipadas, tal se explicita seguidamente. Las oficinas tendrán una superficie total de sesenta metros cuadrados (60 m2) como mínimo, con entrada independiente de las áreas propias del Contratista.

Todas las ventanas tendrán tela mosquitero y sistemas adecuados de protección solar, según su orientación. Las oficinas contarán con acondicionamiento de aire frío-calor, de características y capacidad acordes con el volumen de la edificación y con las condiciones climáticas de esta zona. Los locales sanitarios y la cafetería contarán con ventilación forzada y circuitos de agua corriente potable, fría y caliente. La iluminación será efectuada mediante equipos de tubos fluorescentes, de tipo compensado, asegurando un nivel de iluminación mínima sobre el plano de trabajo de 300 lux. Todos los ambientes contarán con un número adecuado de tomacorrientes. El tablero general estará provisto de llaves termomagnéticas y de protección diferencial. Todos los locales, área y cafetería contarán con un mínimo de dos (2) bocas telefónicas El Contratista proveerá asimismo, como mínimo, el siguiente equipamiento nuevo, de calidad aprobada por el Ingeniero:

Cinco (5) escritorios de uno coma cuarenta (1,40) metros por cero coma setenta (0,70) metros, con cajonera de tres (3) cajones con llave.

Ocho (8) sillas con ruedas. Tres (3) bibliotecas de uno coma veinte (1,20) metros por cero coma cuarenta (0,40)

metros por uno coma ochenta (1,80) metros, con cuatro (4) estantes regulables. Tres (3) mesas de uno coma cincuenta (1,50) metros por cero coma ochenta (0,80)

metros. Una (1) mesa de tres (3,00) metros por uno coma veinte (1,20) m. Tres (3) armarios con cierre y estantería interna, uno coma cincuenta (1,50) metros

por cero coma cuarenta y cinco (0,45) metros por uno coma sesenta (1,60) metros. Dos (2) percheros. Seis (6) cestos para papeles. Una (1) máquina fotocopiadora de alta producción. Dos (2) computadoras de marca reconocida: Core I3, 3GHz,- 500 Gb de disco rígido,

4 Gb de RAM, monitor color, teclado expandido, mouse de tres teclas,

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lectora/grabadora de CD y DVD, Monitor 20” mínimo, Conexión a servicio de Banda ancha, software instalado (Windows 7 u 8, Microsoft Office Professional y AutoCAD 2014 o posterior), estabilizador de tensión. Las características son orientativas y las características finales de este equipamiento será convenido con el Ingeniero de acuerdo al hardware disponible en el mercado al momento de su entrega, siendo todo lo requerido de última generación,

Una (1) Notebook de última generación Un (1) Plotter de última generación para planos hasta tamaño A0 Una (1) impresora Láser monocromática Una (1) Impresora Láser color tamaño A3 Sistema telefónico con comunicación interna entre oficinas del Ingeniero y la

Contratista con no menos de dos (2) líneas externas. Dos (2) líneas telefónicas directas con el exterior. Seis (6) teléfonos celulares con intercomunicador de VHF y dos (2)

intercomunicadores de VHF. Una (1) cámara digital compatible con los ordenadores.

En el caso de equipamiento para subobradores, las cantidades indicadas podrán reducirse, de común acuerdo con el Ingeniero. Las oficinas deberán además contar con estacionamiento techado, para un mínimo de tres (3) vehículos, vereda perimetral de setenta (70) centímetros como mínimo, iluminación exterior y senderos pavimentados. Se deberá disponer asimismo de un sistema adecuado de desagües, que asegure el acceso y correcto funcionamiento de las instalaciones aún en caso de precipitaciones intensas. Las puertas de oficinas y armarios deben contar con cerraduras seguras. El Contratista se hará cargo del mantenimiento en buenas condiciones de las oficinas del Ingeniero, (accesorios, muebles, artefactos eléctricos y de gas, etc.), para lo cual proveerá toda la mano de obra y los repuestos necesarios. El Contratista asimismo proveerá los servicios pertinentes.

3. Servicios en predio

Será responsabilidad del Contratista el adecuado cerramiento de las áreas del Obrador, su señalización, iluminación y vigilancia.

i. Suministro de energía eléctrica y sistema de distribución El Contratista tendrá a su cargo la provisión de la energía eléctrica necesaria para la ejecución completa y satisfactoria de las Obras y para la alimentación de los edificios, instalaciones y servicios. A tal efecto, el Contratista suministrará, operará y hará el mantenimiento de todas las instalaciones de generación, transmisión, transformación, distribución y otros equipos eléctricos necesarios, incluyendo servicios internos de todos los edificios. Asimismo, deberá proveer todos los lubricantes, combustibles y repuestos necesarios.

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Página 71 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista podrá optar, de acuerdo a su conveniencia, por la generación local propia de la energía requerida, o bien convenir con el concesionario prestatario la compra de la misma en la tensión y lugar que éste fije, proveyendo a su cargo las instalaciones complementarias que fueren necesarias (líneas de transmisión y estaciones transformadoras). Las instalaciones de suministro de energía se ajustarán a las normas y especificaciones vigentes en Capital Federal. La potencia a instalar será determinada por el Contratista conforme a los requerimientos de su obrador, equipos, instalaciones, frentes de trabajo y servicios requeridos. El Comitente no se hará responsable de los costos en que incurra el Contratista como resultado de fallas en el sistema de energía eléctrica para la construcción. El Contratista someterá a aprobación del Ingeniero el proyecto del sistema de energía principal que se propone instalar y utilizar, con los correspondientes cálculos eléctricos y de elementos estructurales.

ii. Iluminación El Contratista suministrará, construirá, operará y hará el mantenimiento de un sistema de iluminación adecuado para la ejecución completa y satisfactoria de las Obras y para su señalización de seguridad, como así también para la iluminación adecuada de las diversas áreas e instalaciones del obrador. El Contratista iluminará con suficiente intensidad todos los lugares de trabajo y los frentes de excavación en el túnel, los nichos de seguridad y los cruces, con los niveles de iluminación especificados en el Decreto 911/96, reglamentario para la Industria de la Construcción de la Ley Nacional N° 19.587. Donde se requiera el uso de la luz artificial, se la mantendrá mientras el personal entre, permanezca o salga de la zona. Las zonas que requieran el uso continuo de luz artificial serán inspeccionadas diariamente por el Contratista y se reemplazarán las lámparas y artefactos defectuosos.

iii. Sistema telefónico El Contratista proveerá, atenderá y mantendrá un sistema telefónico que conectará entre sí las diversas áreas del Emplazamiento y los servicios de infraestructura y, a su vez, todos ellos con el Sistema Telefónico Nacional, a efectos de la conducción eficiente de los trabajos durante la vigencia del contrato. Para ello el Contratista deberá proveer todos los teléfonos y las conexiones internas que resulten necesarias. Estos teléfonos se conectarán automáticamente entre sí por medio de una central telefónica localizada en las oficinas del Contratista en el Obrador. Esta central telefónica se conectará al Sistema Telefónico Nacional por, al menos, dos (2) líneas telefónicas.

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Página 72 Sección VI. Requisitos Técnicos

Como mínimo, el Contratista deberá instalar aparatos telefónicos en las áreas de trabajo de mayor importancia incluyendo sus oficinas, la oficina del Ingeniero, almacenes, talleres, etc. así como cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades importantes o se ubiquen servicios esenciales. El Contratista realizará el proyecto completo de estas instalaciones, el que someterá al Ingeniero para su aprobación, debiendo realizar también las gestiones y tramitaciones ante las autoridades correspondientes. Los materiales y la calidad de la instalación que se realice deberán ser adecuados, acorde a las exigencias y normas vigentes, y aprobados por el Ingeniero

iv. Sistema de suministro y distribución de agua El Contratista deberá proveer y montar todos los equipos y/o instalaciones necesarios para asegurar el suministro de agua potable a las distintas áreas del Emplazamiento y de las obras de infraestructura, debiendo atender y mantener los mismos en buenas condiciones. El Contratista efectuará con regularidad análisis del agua y someterá los resultados al Ingeniero.

v. Servicios sanitarios de campaña Atento a la extensión física de las obras, el Contratista deberá proveer, instalar y mantener en perfecto estado de uso e higiene, servicios sanitarios del tipo transportable. Las características de estos servicios deberán ser previamente presentadas a aprobación del Ingeniero. Dichos servicios serán utilizados por el personal del Contratista y de los subcontratistas, como así también por el Ingeniero. Se deberán ubicar en los diferentes frentes de trabajo, en lugar adecuado y en cantidad suficiente.

vi. Eliminación de descargas cloacales El Contratista deberá proveer medios adecuados para la eliminación de descargas cloacales de las instalaciones sanitarias. El sistema de eliminación cloacal consistirá en un sistema entubado de colección con descarga en la red cloacal existente. El Contratista deberá someter los planos y especificaciones a consideración del Ingeniero y atenerse en un todo en el diseño y construcción a las normas y disposiciones vigentes de Aguas y Saneamiento Argentinos S.A. (AySA) para el tipo de instalaciones de que se trate. Será obligación del Contratista mantener el sistema individual, o colectivo, en óptimas condiciones de servicio, proveyendo todo el equipamiento, suministros y personal necesario para el correcto funcionamiento de las instalaciones.

vii. Desagüe de descargas pluviales Para el desagüe pluvial, el Contratista deberá proyectar y construir una red de canaletas y canales colectores con las obras de arte menores que resulten necesarias, tales como saltos, alcantarillas, cámaras, etc.

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Página 73 Sección VI. Requisitos Técnicos

Deberá asegurar la rápida afluencia de los desagües de los edificios al sistema colector externo y proveer obras de defensa adecuadas para evitar la colmatación o taponamiento de las obras de arte o canalizaciones o su socavación y destrucción. Además, mantendrá y limpiará regularmente el sistema a fin de asegurar el desagüe adecuado sin molestias para las áreas ocupadas por edificios o sus terrenos asignados, ni para las circulaciones peatonales o vehiculares, propias y de terceros.

viii. Recolección de residuos El Contratista proveerá, atenderá y mantendrá los recipientes, equipos, vehículos y todo otro elemento que sea necesario para la recolección, transporte y retiro del área de los residuos de todo tipo producidos tanto en el emplazamiento, como en su propio Obrador y en las instalaciones del Ingeniero y de los subcontratistas. El Contratista deberá proveer un número suficiente de recipientes de desperdicios, los que serán adecuadamente ubicados, y procederá diariamente a la recolección de los residuos. Los residuos domésticos serán retirados diariamente, mientras que los residuos de la construcción se retirarán con la frecuencia que el desarrollo de la misma haga necesario, pero como mínimo una vez por semana. El Contratista será responsable de la disposición final de dichos residuos.

ix. Desinfección, desinsectación y desratización El Contratista procederá a la desinfección, desinsectación y desratización del Obrador, de las áreas de trabajo del Emplazamiento y Oficinas del Ingeniero, debiendo proveer todos los productos, equipos y personal necesarios para ello. Esta tarea deberá ser efectuada como mínimo una vez al mes, debiendo incrementarse dicha frecuencia en caso de comprobarse su necesidad.

x. Servicio médico de urgencia El Contratista será responsable de la contratación de un servicio médico de urgencia para la atención inmediata en el Área de Obras de cualquier contingencia que se presente. Este servicio de medicina de urgencia deberá ser prestado a todos los empleados del Contratista y de los subcontratistas, como así también a todo el personal del Ingeniero y terceros accidentados por causa de las obras. El servicio deberá ser continuo y cubrirá la jornada completa de trabajo, incluido el tiempo extra.

xi. Casilla de control de acceso al Obrador

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Página 74 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista proveerá una barrera y una casilla de control en la entrada al obrador, y adoptará las medidas necesarias (colocación de cercos) para asegurar que todo el tráfico puede ingresar o egresar solamente a través del acceso controlado. La casilla será de dimensiones adecuadas, estará dotada de energía eléctrica y baño instalado y tendrá el mobiliario requerido a sus funciones. La casilla de control deberá estar conectada al sistema telefónico del Emplazamiento. El Contratista dotará de personal a la barrera durante las veinticuatro (24) horas del día, durante todo el período de vigencia del Contrato.

xii. Prevención contra incendios El Contratista deberá aplicar en materia de prevención contra incendios las disposiciones del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 911/96, que aprueba el Reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción.

El responsable de Higiene y Seguridad definirá la tipología y cantidad mínima de elementos de protección y de extinción de incendios y deberá inspeccionarlos con la periodicidad que asegure su eficaz funcionamiento.

Los equipos e instalaciones de extinción de incendios deben mantenerse libres de obstáculos y ser accesibles en todo momento. Deben estar señalizados y su ubicación será tal que resulten fácilmente visibles. El Contratista deberá colocar avisos visibles que indiquen los números de teléfonos y direcciones de los puestos de ayuda más próximos (bomberos, asistencia médica y otros) junto a los aparatos telefónicos y áreas de salida. Las medidas de prevención contra incendios están sujetas a aprobación por parte del Ingeniero.

xiii. Acceso y calles de servicio El Contratista construirá los accesos y calles de servicio que resulten necesarios para la correcta circulación entre edificios e instalaciones en el Obrador. La planificación y características de los mismos deberán ser sometidas previamente a aprobación del Ingeniero. Deberá además proceder a su mantenimiento y reparación, asegurando la transitabilidad permanente de la red vial interna.

xiv. Mantenimiento de edificios e instalaciones El Contratista estará obligado a efectuar el mantenimiento de todos los edificios que construya y los servicios de infraestructura vinculados. Ello comprenderá todos los trabajos de mantenimiento y reparación de redes y obras externas y de las instalaciones internas: eléctricas, sanitarias y de gas, incluyendo la provisión de repuestos que resulten necesarios, las reparaciones de edificios por daños debidos a agentes atmosféricos, impermeabilizaciones, pintura, reposición de elementos dañados, ajustes de carpintería, reparación de cerraduras, herrajes, etc.

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Página 75 Sección VI. Requisitos Técnicos

Comprenderá asimismo el mantenimiento y la reparación de muebles y artefactos incluidos entre las provisiones a que está obligado el Contratista, entendiéndose los requerimientos en tal sentido que sean originados por el uso normal y no los daños causados por el uso indebido.

4. Movilización y desmovilización Este rubro comprende la movilización de todo el personal, equipos y plantas de construcción necesarias para la ejecución de las Obras, como así también su desmovilización posterior, sin excepciones. El programa correspondiente a las movilizaciones y desmovilizaciones de cada una de las partes de las Obras será propuesto por el Contratista en el Cronograma de Tareas y aprobado por el Ingeniero. El Contratista será asimismo responsable del desmontaje, demolición y retiro fuera del Emplazamiento de las Obras de la totalidad de las obras y servicios de infraestructura aquí considerados y que no formen parte de las obras definitivas. Estas actividades deberán ser realizadas por el Contratista en función de las instrucciones que recibirá en tal sentido por parte del Ingeniero y en las fechas y plazos que la misma establezca a ese efecto. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO La medición y el pago se efectuarán en forma porcentual de acuerdo a lo siguiente:

El cincuenta por ciento (50%) del precio total del ítem una vez concluida la construcción e instalación completa de los mismos, la cual no podrá exceder de los dos meses de firmado el contrato.

El treinta y seis por ciento (36%) del precio del ítem en forma mensual (proporcional al avance de las obras), previa aprobación por el Ingeniero del cumplimiento correcto de las obligaciones de limpieza y mantenimiento.

El catorce por ciento (14%) restante del precio total al finalizar el desmantelamiento completo, aprobado por el Ingeniero.

Las tareas inherentes al Obrador se cotizarán y certificarán a través del Sub Sub-ítem 1.1.1 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. Los seguros se deberán prorratear entre los ítems cotizados de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 1.1.2 MATERIAL RODANTE, EQUIPOS, HERRAMIENTAS E INSTRUMENTAL A. ALCANCE El Contratista debe proveer el tipo y cantidad de vehículos, equipos, herramientas e instrumental que comprometa en sus propuestas, los que deberán ser de las características y cantidades apropiadas para el tipo de trabajos que se ejecutarán y que garanticen el cumplimiento de los plazos contractuales.

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Página 76 Sección VI. Requisitos Técnicos

La cantidad de vehículos a proveer será de dos (2) vehículos.

B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

1. Vehículos El Contratista debe proveer dos vehículos 0 km, tipo Sedan de 1600 cm3 de Cilindrada, 110 CV, 0 Km., equipamiento Full. Las unidades estarán disponibles desde el inicio del contrato hasta la recepción definitiva de las obras, ocasión en que serán devueltas en el estado en que se encuentren. Los gastos de operación y mantenimiento de las unidades, es decir combustible, lubricantes, lavado, engrases, reparaciones, patentes, impuestos, seguros, peajes, guarda, etc. estarán a cargo del Contratista. Ellos deben encontrarse en condiciones apropiadas y adecuadas para su empleo en las tareas a las que estarán afectados desde el inicio de la obra hasta su expiración, estando en todo momento en perfectas condiciones de operatividad y uso. El GCBA se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de vehículos que no cumplan las condiciones establecidas en este Pliego, o en la Propuesta formulada, o cuyo uso implique peligro para con el personal del Contratante o para su circulación y/o uso en la vía pública. En caso de roturas o desperfectos de las mencionadas unidades, el Contratista deberá reemplazarlas por vehículos de las mismas características dentro de un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas y hasta que los vehículos les sean reintegrados en perfectas condiciones de funcionamiento. Todos los vehículos contarán con sus correspondientes seguros de responsabilidad civil, debiendo contar sus conductores con toda la documentación requerida para circular por la vía pública.

El incumplimiento de lo estipulado por el presente artículo, hará pasible al Contratista de la aplicación de una multa, según lo estipulado en el Pliego de la Licitación. Previo a dejar el Obrador, es responsabilidad del Contratista verificar que todas los vehículos autopropulsados y/o de arrastre estén en condiciones de circular por la vía pública, particularmente en lo referente a sus sistemas de frenos y luces. Se debe prestar especial atención a las pérdidas de aceite de sus sistemas hidráulicos, principalmente de los frenos y de aquellos que correspondan a los comandos de elevación, a fin de evitar accidentes durante la operación. El GCBA se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de vehículos y/o equipos que no cumplan las condiciones establecidas en este Pliego, o en la Propuesta formulada, o cuyo uso implique peligro para con el personal de la Empresa o para su circulación y/o uso en la vía pública.

Todas las unidades del Contratista han de estar identificadas llevando en las puertas de sus cabinas el logotipo, nombre de la Empresa y el número de interno de la unidad; en tanto que sobre las barandas laterales de la caja llevarán la siguiente inscripción:

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Página 77 Sección VI. Requisitos Técnicos

VEHÍCULO AL SERVICIO DEL

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES OBRA: ……………………

Todos los vehículos contarán con sus correspondientes seguros de responsabilidad

civil; debiendo contar sus conductores con toda la documentación requerida para circular por la vía pública.

2. Equipos, herramientas e instrumental

Para la ejecución de cualquier trabajo, el Contratista dispondrá de equipos y juegos de herramientas adecuados a las distintas tareas que se realicen, de forma que las actividades se lleven a cabo en forma eficiente y con seguridad para el personal que las use. El Contratista debe contar con el instrumental de campo que permita realizar las mediciones necesarias durante la ejecución de las obras. Cuando el Ingeniero y/o la Auditoria requieran el uso de instrumentos de medición para llevar a cabo verificaciones de cualquier índole o naturaleza, el Contratista está obligado a facilitárselos; poniendo a su disposición, de ser necesario y/o requerido, el personal idóneo en su uso y/o apoyo. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Las tareas inherentes a vehículos, equipos, herramientas e instrumental, se cotizarán y certificarán a través del Sub Sub-ítem 1.1.2 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, y se pagarán una vez recibida la certificación correspondiente. Los seguros se deberán prorratear entre los ítems cotizados de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 1.2 CARTELERÍA DE OBRA Y SEÑALIZACIÓN. INGENIERÍA DE DETALLE.

PLAN DE GESTIÓN DE SALUD, HIGIENE Y SEGURIDAD. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL. REPLANTEO DE OBRA

El Contratista deberá presentar en el Plan de Trabajos, un desagregado ponderado de los cinco componentes de este subítem, a los fines de su medición y certificación.

1.2.1 CARTELERÍA DE OBRA Y SEÑALIZACIÓN A. ALCANCE El Contratista colocará en lugares claramente visibles (con el acuerdo de la Inspección) dos carteles de obra.

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Página 78 Sección VI. Requisitos Técnicos

Sin perjuicio de ello, podrá colocar a su cargo una mayor cantidad de carteles en lugares de alto tránsito, siempre contando con la aprobación de la Inspección. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES El Contratista Licitante a fin de confeccionar la cartelería de obra y señalización, deberá considerar las especificaciones técnicas que son de utilización en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, según el Manual de Normas / Identidad Visual Institucional – Capítulo 2 / L – Normativa Gráfica – Carteles de Obra / Especificaciones Técnicas, que se incluye en el Anexo I que forma parte de estos documentos de licitación, y toda otra normativa que sea de aplicación en el GCBA y que serán indicados al Contratante por el Ingeniero. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El pago correspondiente a la presente tarea se certificará en el Sub Sub-ítem 1.2.1, y se pagará contra trabajo terminado y aprobado. A tal efecto, en oportunidad de efectuarse la correspondiente Acta de Medición para la Certificación Mensual, se establecerá el monto a certificar correspondiente a este ítem. 1.2.2 INGENIERÍA DE DETALLE Cuando lo requieran estas Especificaciones Técnicas o el Ingeniero, o cuando esté implícito en la naturaleza de los trabajos a ejecutar, el Contratista deberá presentar al Ingeniero la documentación técnica que se requiera para su aprobación y/o revisión, correspondiente a la Ingeniería de Detalle. A. ALCANCE El término "Ingeniería de Detalle", según se utilizará en estas especificaciones, incluye sin que la siguiente lista sea limitativa: el Proyecto Ejecutivo y la Ingeniería de Detalle Constructiva (Memorias de Cálculo, Planos de Construcción, Croquis, Memorias Descriptivas, Cómputo Métrico, Plan de Trabajo Definitivo, Planos Conforme a Obra), gráficos, catálogos de todo tipo, hojas de datos, muestras. Toda la documentación deberá presentarse en idioma castellano; se exceptúa de ello a las Normas Extranjeras, que se aceptarán solamente en el idioma de origen. Las presentaciones de la Ingeniería de Detalle deberán ser incluidas en un programa general a ser entregado por el Contratista, compatible con el programa de construcción. El Contratista conservará en todo momento en el sitio de las obras una carpeta completa con todas las presentaciones originales aprobadas. La ingeniería básica aportada por el Comitente deberá ser analizada y corroborada por el Contratista, a partir de lo cual éste elaborará la Ingeniería de Detalle de la obra. El Contratista presentará al Ingeniero: dos copias impresas y en soporte magnético de la totalidad de la documentación técnica, la cual deberá ser aprobada por el Ingeniero, conforme a las siguientes pautas. B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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Página 79 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá someter a la aprobación del Ingeniero, la Ingeniería de Detalle y la documentación para su aprobación como mínimo con un mes de anticipación a la fecha programada del inicio de cada trabajo. El Ingeniero dispondrá de un plazo de quince (15) días corridos para el análisis y aprobación de cada presentación que efectúe, para no ocasionar demoras en la Obra. El Contratista deberá tener en cuenta que el proceso de revisión y aprobación conlleva la probabilidad de que se necesiten documentos técnicos adicionales pedidos por el Ingeniero. Los trabajos que requieran Ingeniería de Detalle, no podrán realizarse sin haber recibido una calificación que le permita proceder como se indica a continuación. Una copia de las presentaciones una vez analizada y verificada se devolverá al Contratista con alguna de las siguientes inscripciones:

"Aprobado para construcción" "Aprobado con comentarios - proceder y presentar nuevamente" "Revisado con observaciones- corregir y presentar nuevamente". "Rechazado".

La calificación "APROBADO PARA CONSTRUCCIÓN" significa que el Contratista puede proceder a la ejecución del trabajo. La calificación "APROBADO CON COMENTARIOS -PROCEDER Y PRESENTAR NUEVAMENTE" significa que el Contratista podrá ejecutar la parte aprobada del documento con la condición de que acepta sin cargo al Contratante lo indicado en los comentarios y que volverá a presentar la documentación dentro de los cinco (5) días para recibir la calificación. La inscripción "REVISADO CON OBSERVACIONES, CORREGIR Y PRESENTAR NUEVAMENTE" se hará con explicaciones y/u observaciones, pero bajo ningún concepto podrá el Contratista proceder. Toda corrección indicada en un documento deberá considerarse como una corrección necesaria para cumplir con los requisitos del Contrato y de las Especificaciones Técnicas. Cuando el contenido de la presentación no responda a lo requerido en estas Especificaciones Técnicas, la misma será devuelta al Contratista con la inscripción "RECHAZADO", con un plazo máximo de cinco (5) días para una nueva presentación. El Contratista será el único responsable de la calidad y grado de terminación de los elementos que ella y sus subcontratistas presenten para aprobación, por lo tanto las Ingenierías de Detalle que se presenten deberán ser exhaustivamente revisadas por el Contratista antes de elevarlas al Ingeniero. Esta revisión implica la verificación de la implementación de todos los requerimientos de la Obra y los Documentos Contractuales en estricta concordancia con lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas. El Contratista deberá indicar en la nota de pedido al Ingeniero de cada presentación que la misma se hace en estricta conformidad con esta sección y que todo lo presentado ha sido revisado por él y que cumple con los requisitos del Contrato.

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Página 80 Sección VI. Requisitos Técnicos

La revisión y aprobación efectuada por el Ingeniero no liberará la responsabilidad del Contratista en caso que existan divergencias entre la Ingeniería de Detalle y los requerimientos de los Documentos Contractuales. La revisión y aprobación por el Ingeniero no liberará la responsabilidad del Contratista por los errores que pudiera haber cometido este último y que no se hubieran advertido en la revisión por parte del Ingeniero, ni tampoco en el caso que se detecten a "posteriori" errores u omisiones en las mismas. La responsabilidad ante el Contratante por cualquier perjuicio que pudiera derivarse de un deficiente cálculo estructural será asumida por el Contratista. El Contratista guardará una copia aprobada de cada Ingeniería de Detalle en el sitio de las Obras. Los ajustes que realice el Ingeniero sobre la Ingeniería de Detalle y demás presentaciones no podrán provocar variaciones en los Precios del Contrato. Si el Contratista considerara que los ajustes afectan los valores de la Obra, deberá comunicar el hecho por escrito al Ingeniero antes de empezar los trabajos. Los requerimientos para la presentación de las declaraciones de procedimientos constructivos serán iguales a los requerimientos de todas las demás presentaciones, sin embargo estas Presentaciones no requerirán la aprobación del Ingeniero. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub Sub-ítem 1.2.2 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. El pago correspondiente se efectuará una vez presentados y aprobados los trabajos que requieran Ingeniería de Detalle, con clasificación “APROBADO PARA CONSTRUCCIÓN” o “APROBADO CON COMENTARIOS” (en este caso a juicio del Ingeniero). A tal efecto, en oportunidad de efectuarse la correspondiente Acta de Medición para la Certificación Mensual, se establecerá el porcentaje a certificar correspondiente a este sub-ítem y el listado de documentos correspondiente. 1.2.3 PLAN DE GESTIÓN DE SALUD, HIGIENE Y SEGURIDAD A. ALCANCE

El contratista dará cumplimiento a las normativas y especificaciones referidas a salud, higiene y seguridad para el obrador y zona de obra. El documento será presentado al inicio de los trabajos, completándose donde fuere menester con el avance de la obra.

B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

El Contratista dará cumplimiento a las previsiones enunciadas en el Apéndice 1 -Especificaciones Técnicas – Gestión de Salud, Seguridad e Higiene que forman parte del presente documento licitatorio.

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Página 81 Sección VI. Requisitos Técnicos

C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El pago correspondiente a estas tareas se certificará a través del Sub Sub-ítem 1.2.3 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, del siguiente modo:

70% contra la presentación y aprobación del documento inicial. 30% en oportunidad de efectuarse la correspondiente Acta de Medición para la

Certificación Mensual de los trabajos, conforme el avance mensual logrado. 1.2.4 PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL A. ALCANCE El Contratista deberá realizar los trabajos con la menor afectación posible al Medio Ambiente, a las actividades sociales y comerciales. Para ello elaborará el Plan de Gestión Ambiental (PGA), mediante el que adoptará medidas necesarias de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones emitidas por las autoridades en la materia. El documento será presentado al inicio de los trabajos, completándose donde fuere menester con el avance de la obra. El Contratista asumirá todas las responsabilidades por el cuidado y protección ambiental, situación que no concluirá con la finalización de los trabajos. Cumplirá con la legislación ambiental nacional y del GCBA. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES A fin de cumplimentar las tareas correspondientes, deberá el Contratista considerar las previsiones establecidas en el Apéndice 2 - Especificaciones Técnicas – Evaluación del Impacto Ambiental y el Apéndice 3 - Especificaciones Técnicas – Gestión y Protección del Medio Ambiente, que forman parte de este documento. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El pago correspondiente a estas tareas se certificará a través del Sub Sub-ítem 1.2.4 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, del siguiente modo:

70% contra la presentación y aprobación del documento inicial. 30% en oportunidad de efectuarse la correspondiente Acta de Medición para la

Certificación Mensual de los trabajos, conforme el avance mensual logrado 1.2.5 REPLANTEO DE OBRA

A. ALCANCE

Comprende los trabajos de reconocimiento del terreno, de replanteo y trazado necesarios para localizar en el terreno la ubicación precisa de las obras licitadas - de acuerdo con los planos de proyecto licitatorio - y de limpieza de las áreas correspondientes. Incluye las tareas vinculadas con los estudios de suelos, ensayos y topografía para el replanteo.

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Página 82 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá afectar todo el personal especializado (profesional, técnico y obrero) requerido para ejecutar las tareas. Deberá proveer, en cantidad y calidad adecuadas para cumplimentar en tiempo y forma dichas tareas, todos los materiales, herramientas, instrumentos y equipos de topografía, vehículos, camiones, equipos pesados y cualquier otro elemento que resulte necesario para su ejecución, los que deberán contar con la aprobación del Ingeniero. Durante la ejecución de los trabajos, el Ingeniero podrá ordenar el retiro y/o reemplazo de toda herramienta o equipo que muestre deficiencias o mal funcionamiento. El reemplazo deberá ser efectuado por otra herramienta o equipo similar, de igual o mayor capacidad y en buenas condiciones de uso, dentro del plazo fijado al efecto por el Ingeniero. El Contratista deberá mantener durante la ejecución de la Obra, tanto el número y calificación del personal previsto para desarrollar estas tareas, como la cantidad y características del equipamiento a ser utilizado, según los cronogramas respectivos aprobados en el Contrato. Comprenderá la ejecución de la totalidad de las tareas del proyecto, tanto las que tienen medición física como los ítems globales (proyecto ejecutivo, relevamientos, etc.) B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

1. Reconocimiento del terreno

Como primera tarea, preparatoria para las siguientes, el Contratista deberá proceder al reconocimiento detallado del área afectada por las Obras propiamente dichas y por las instalaciones de infraestructura existentes. El Contratista efectuará el reconocimiento de todos los puntos trigonométricos y puntos fijos existentes dentro del área de obras y en sus vecindades, ya sean del I.G.N (ex I.G.M). u otros, detectando ménsulas, mojones, etc., y determinando sus correspondientes coordenadas y cotas, a efectos de su utilización posterior como puntos de vinculación y apoyo para las correspondientes tareas de replanteo. Asimismo efectuará el reconocimiento de todas las obras existentes en el área en cuestión, identificándose construcciones, edificaciones, instalaciones aéreas y superficiales de todo tipo, etc., que puedan interferir la libre ejecución de las Obras licitadas. Se deberá en esa oportunidad ratificar tanto la existencia como la propiedad de dichas instalaciones. Reconocimiento y verificación de la ubicación de instalaciones subterráneas existentes pertenecientes a los distintos servicios de infraestructura (agua, cloacas, gas, electricidad, teléfonos, etc.), mediante sondeos y/o técnicas confiables a satisfacción del Ingeniero, previo a la ejecución del Proyecto de Ingeniería de Detalle. Será responsabilidad exclusiva del Contratista, recabar de los distintos organismos prestatarios de los servicios, las características y ubicación planialtimétrica de las instalaciones existentes. El Contratista deberá efectuar nuevamente los sondeos correspondientes a fin de ubicar en forma precisa todas las instalaciones subterráneas existentes, de modo que la traza de las

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Página 83 Sección VI. Requisitos Técnicos

cañerías esté perfectamente verificada antes de iniciar el replanteo y la posterior apertura de zanjas y/o de excavaciones. En caso de descubrirse durante esta tarea de reconocimiento la presencia de instalaciones que no hubiesen sido anteriormente detectadas, se deberá proceder a su identificación y relevamiento. La presencia de tales hechos existentes no detectados oportunamente no dará derecho al Contratista a adicional ni reclamo alguno. Para estas tareas de reconocimiento, el Contratista deberá utilizar toda la información más actualizada disponible: cartografía, aerofotografía, planos de instalaciones de las empresas de servicios públicos (electricidad, agua corriente, cloacas, gas, teléfonos, etc.), planos de vías de comunicación, de vías férreas, de instalaciones privadas, etc., sobre la cual efectuará en forma previa el correspondiente estudio detallado de gabinete, a fin de optimizar los resultados de la verificación sobre el terreno. El Contratista deberá informar al Ingeniero con una antelación de cinco (5) días hábiles la fecha de inicio de esta tarea. Finalizado el reconocimiento del terreno, el Contratista deberá comunicar formalmente los resultados del mismo al Ingeniero.

2. Replanteo definitivo de la obra Previo a la iniciación de cualquier construcción, el Contratista deberá haber efectuado el replanteo planialtimétrico definitivo de la obra, en presencia del Representante Técnico del Contratista y el Ingeniero, el que deberá dar expresa aprobación de dicho replanteo. El Contratista no podrá iniciar la construcción de ninguna obra sin cumplimentar plenamente lo arriba señalado. El Representante Técnico del Contratista y el Ingeniero recorrerán las zonas donde se realizarán las obras y en cada uno de los rubros determinarán cuál será la traza y orden a seguir para la ejecución de las mismas, y cuántos frentes de trabajo se implementarán (en concordancia con el Plan de Trabajo Definitivo). Lo acordado entre las partes se detallará en un Acta. El Contratista presentará con la debida anticipación, al Ingeniero, los planos de replanteo definitivo tanto planimétrico como altimétrico, indicando cómo realizará las obras, en cada frente para las construcciones a realizar, juntamente con el perfil hidráulico definitivo, y los estudios de suelos correspondiente. Asimismo el relevamiento planialtimétrico necesario, para respaldar su metodología y plan de actividades. El Ingeniero dispondrá de diez (10) días para aprobar u observar la misma. El inicio de la tarea de replanteo deberá ser comunicado formalmente al Ingeniero con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles.

3. Tareas a ejecutar A continuación se indican, en forma enunciativa y no limitativa, las tareas a ejecutar por el Contratista.

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Página 84 Sección VI. Requisitos Técnicos

Transporte de coordenadas y cotas a lo largo de toda la traza del Proyecto, materializando y/o señalizando convenientemente los puntos auxiliares de apoyo a utilizar en la ejecución de las Obras. En el caso de cámaras, etc., se transportarán las coordenadas y las cotas a los terrenos en que éstas se construyan.

Replanteo de instalaciones diversas (vías férreas, servicios públicos, etc.), como así también de singularidades (badenes, áreas anegadas, etc.) y de todo otro obstáculo que pueda afectar la construcción de las Obras.

Se pondrá especial atención en la localización y señalización de instalaciones subterráneas, tales como cañerías de gas, electricidad y de agua, instalaciones telefónicas, conductos pluviales y cloacales, alcantarillas y toda otra obra que pueda dar lugar a interferencias.

Replanteo de cada una de las bocas de registro, cámaras de inspección, cámaras especiales y otras obras para cruce de calles, vías férreas, como así también de obras de arte, para su reubicación en lugares apropiados, de ser esto último necesario.

Replanteo y demarcación de la traza de las conducciones por frente de trabajo, entre cámaras en forma de línea recta. Ejecución de perfiles transversales en los casos necesarios.

El Ingeniero podrá exigir destapes o sondeos con independencia del avance sobre la traza o donde lo considere necesario a fin de verificar su factibilidad o conveniencia.

Replanteo planialtimétrico de la posición definitiva de las Obras, en caso de ser necesario efectuar adecuaciones al proyecto original.

La poligonal de replanteo se deberá materializar con pilares de hormigón munidos de chapas identificatorias de acero inoxidable (con identificación del pilar e indicación de coordenadas y nivel correspondientes) y punto de nivel de bronce. Dichos pilares deberán erigirse en lugares protegidos de libre acceso y convenientemente señalizados.

Una vez establecidos los puntos de apoyo para la construcción, el Contratista se hará cargo de su conservación e inalterabilidad.

El replanteo será realizado por el Contratista mediante instrumentos de medición topográfica y con estricta sujeción a las dimensiones de los planos correspondientes. Para las tareas topográficas de replanteo se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones:

i. Generalidades En los doscientos (200) metros adyacentes de los conductos principales y en las áreas de las subcuencas lindantes se realizará una nivelación geométrica a lo largo de las calles, tomando como mínimo un punto por bocacalle, y uno intermedio cuando las condiciones del terreno lo requieran, de manera tal de poder determinar las direcciones del escurrimiento superficial. A tal efecto se materializarán puntos fijos de nivelación, además de los eventualmente existentes, con el objeto de asegurar que se disponga, como mínimo, con un punto fijo cada doscientos (200) metros. Los puntos fijos serán vinculados altimétricamente mediante una nivelación geométrica que garantice una precisión compatible con las tolerancias que exigen las necesidades del diseño.

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Página 85 Sección VI. Requisitos Técnicos

Asimismo, y tal se mencionara, se debe realizar el levantamiento planialtimétrico de las obras existentes relacionadas con los desagües pluviales (cámaras, conductos, sumideros, cunetas, etc.) y se verificará sus características geométricas, conexiones entre sí, estado de uso, funcionamiento y dirección de escurrimiento.

ii. Tolerancia y metodología La información recogida en el curso de las tareas descriptas será volcada en planimetrías que se confeccionen a tal efecto. En las tareas topográficas indicadas se respetarán las siguientes tolerancias:

De cierre lineal: T = 0,02 (0,3 L + 0,0005 L2) ½ De cierre angular: T = 20” (n) ½ De nivelación: T = 0,025 m (L) ½

donde “L” es la longitud de las poligonales en km y “n” el número de ángulos. Para lograr precisiones compatibles con la tolerancia exigida con poligonales de itinerarios se debe prevenir cuidadosamente la ocurrencia de los errores de dirección, de gran influencia en el error angular, para lo cual se aplicará exclusivamente la siguiente metodología:

Efectuar exclusivamente la bisección con señales de centrado forzoso (para disminuir al máximo el error de dirección).

Medición de la dirección angular con 4 reiteraciones completas a efectos de aumentar la precisión del resultado, al adoptarse el valor más probable.

Efectuarse en forma recíproca. La compensación debe hacerse por el método de mínimos cuadrados.

Construir antes de realizarse la medición los vértices de la poligonal en forma estable y señalizarlos en forma puntual.

Los instrumentos a utilizar, serán como mínimo:

Dos (2) miras de centrado forzoso.

Teodolitos de 1” de lectura directa con 30 X de aumento y 20” de sensibilidad del nivel tubular.

Distanciómetro electro-óptico con error absoluto; 5 mm ± 5 ppm. El Contratista presentará para su aprobación un plan de tareas topográficas, referente a:

Precisiones para perfiles transversales Precisiones de planimetría Coordenadas de puntos fijos Mojones Ejes de replanteo precisión (ejecución)

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Ejes de los conductos/precisión (ejecución) Los costos de las tareas de reconocimiento del terreno y replanteo general de las obras se consideran contemplados dentro de los trabajos generales del Contratista.

4. Procedimiento a seguir con interferencias El Contratista atenderá las sugerencias del Ingeniero relativa a la necesidad de profundizar las investigaciones que permitan asegurar la existencia de elementos y/o instalaciones que puedan comprometer la continuidad de servicios prestados, al momento de la ejecución de las obras. En ningún caso el Contratista podrá iniciar la obra o parte de ella, sin la aprobación del Ingeniero. Esta aprobación no modifica la exclusiva responsabilidad de cualquier hecho o circunstancia que produzca algún tipo de daño a estructuras, a terceros y/o afectaciones a las infraestructuras de los servicios de las Empresas prestatarias de provisión de agua y desagües cloacales, gas, telefonía, electricidad u otros, aun cuando no haya sido observado por el Ingeniero. Si durante el replanteo de las obras el Contratista observara que la presencia de obras e instalaciones existentes, las restricciones al uso de suelo y/o toda otra eventualidad, resultare necesario realizar ajustes al proyecto original, llevando a la reubicación de las cañerías, cámaras, bocas de registro, etc. deberá presentar al Ingeniero, los planos con la ingeniería de detalle incluyendo los ajustes necesarios a ejecutar para su aprobación, no originando dicha situación el reconocimiento de adicional alguno a la oferta realizada y al monto contractual. En caso de que alguna interferencia detectada corresponda a un servicio público, el Contratista tratará de no interrumpir el servicio prestado por dicha instalación y dará inmediato aviso de ello al Ingeniero. El Contratista no podrá iniciar tareas constructivas en ese lugar hasta tanto la interferencia haya sido satisfactoriamente solucionada. A dicho efecto, el Contratista deberá analizar las soluciones posibles para que puedan ejecutarse las tareas necesarias sin necesidad de modificar la situación existente y sin costo adicional alguno. Las soluciones propuestas deberán ser presentadas a consideración y aprobación del Ingeniero. En caso de verificarse la imposibilidad de sortear la interferencia en consideración, el Contratista podrá requerir - con el acuerdo previo del Ingeniero- la remoción y/o relocalización de la misma a la empresa prestataria del servicio o a la propietaria de la instalación en cuestión. Consecuentemente con lo antedicho, a la fecha de iniciación de las tareas que se establezcan en el Plan de Trabajos, el Contratista deberá haber adoptado todos los recaudos necesarios para evitar que su labor pueda verse demorada por la presencia de interferencias o pueda ocasionar deterioros a las mencionadas instalaciones, razón por la cual cualquier demora en

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la ejecución de las tareas no dará lugar a ampliaciones del plazo de obra y cualquier eventual reparación de daños causados a las citadas instalaciones correrá por su exclusivo cargo.

5. Responsabilidades del Contratista El replanteo será supervisado por el Ingeniero, pero en ningún caso ello liberará al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la exactitud de las operaciones de replanteo a su cargo y a los errores que pudiera cometer durante la ejecución de las mismas, como así también de las consecuencias que de ello se desprendan. Asimismo, serán de exclusiva responsabilidad y cuenta del Contratista la remoción de los obstáculos que pudieran encontrarse durante la ejecución de las Obras, como así también la reparación de los deterioros que se les ocasionasen, por no haber cumplido acabadamente con las prescripciones anteriores o no haber ejecutado las tareas inherentes con el suficiente cuidado y responsabilidad. Las operaciones de replanteo deberán ejecutarse con la anticipación necesaria para no causar atrasos en el desarrollo normal de las Obras, conforme a lo establecido en el Plan de Trabajos aprobado. Dichas operaciones constarán en actas, que serán firmadas por el Ingeniero y el Representante Técnico del Contratista, debiendo este último confeccionar el plano correspondiente, que será elevado a aprobación del Ingeniero.

6. Limpieza y remoción de obstáculos del área de obras Comprende la necesaria remoción y eliminación o relocalización de todos los obstáculos y la posterior limpieza del terreno dentro de los límites correspondientes a cada una de las obras antes del inicio de su construcción, como así también el retiro de la zona de obras de todos los residuos resultantes de las citadas tareas. Las áreas a limpiar deberán ser claramente indicadas en los planos correspondientes y su inicio y duración indicados en el cronograma de obra. Las tareas en cuestión implican:

La remoción, traslado y reposición de alambrados, postes de alumbrado, de líneas aéreas eléctricas, telefónicas y/o telegráficas.

La demolición y el desmantelado de instalaciones de diversa índole que deban ser removidas del área.

La limpieza del área, debiendo quedar la superficie del terreno apta para iniciar los trabajos de construcción, en los anchos o superficies demarcados para cada una de las Obras licitadas, según se indica en Pliegos.

El retiro del área de Obras de los residuos generados por las tareas de limpieza en cuestión.

La remoción de árboles en la franja afectada por la construcción de los conductos principales.

El Contratista tiene la obligación de tomar todas las medidas previas para el cuidado y preservación del arbolado Público. En los casos donde fuera imprescindible la remoción de

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arbolado, el Contratista deberá contar con la aprobación del Ingeniero, quien dispondrá cuales árboles, plantas o grupos de éstos deberán quedar en su sitio, siendo por cuenta del Contratista su cuidado y conservación hasta la Recepción Definitiva de las Obras. El Contratista deberá además tramitar y contar en forma previa con la correspondiente autorización del organismo competente para la remoción. La remoción del arbolado se realizará buscando su preservación mediante técnicas de trasplante, cuidado y mantenimiento aprobadas por el Ingeniero para su posterior reubicación. Cuando sea necesario, de acuerdo a instrucciones del Ingeniero el Contratista deberá proveer árboles, siendo las especies a plantar serán: jacarandás, palos borrachos, fresnos dorados y álamos piramidales. Las plantas pérdidas o que no hayan arraigado y crecido correctamente por causas imputables al Contratista, serán repuestas a su exclusivo costo en la primera época del año propicia para su plantación. En todos los casos que la ejecución de los trabajos genere deterioros en el señalamiento vial vertical u horizontal existente, o donde no los hubiere y el Ingeniero lo requiera, el Contratista procederá a reconstruir las mismas conforme a las características indicadas según las especificaciones del presente ítem. Para ello serán de aplicación las siguientes pautas: Señalamiento vertical, normas de D.N.V. y Señalamiento horizontal normas de D.N.V. El Contratista deberá desarrollar las tareas de remoción de obstáculos y de limpieza con todo cuidado, evitando destruir los puntos de apoyo replanteados a ser utilizados de referencia en la construcción de las Obras. Todo mojón, estaca o demarcación que sea accidentalmente afectado por las tareas de limpieza o deba ser removido como consecuencia de las mismas, será repuesto por el Contratista a su exclusivo costo. Los residuos que resulten de los trabajos de limpieza considerados, deberán ser retirados por el Contratista del área de las Obras, siendo de su responsabilidad la disposición final de los mismos. Al respecto, deberá observar estrictamente las disposiciones vigentes en cuanto al manejo de materiales contaminados. El Contratista será responsable exclusivo de todo daño a terceros que pudiera ocasionar por la ejecución de las citadas tareas de limpieza. En todo momento y hasta la Recepción Definitiva, el Ingeniero podrá disponer la remoción, extracción y retiro de la zona de Obras de todo material, elemento, objeto, construcción o instalación que por sus condiciones, estado y/o posición, constituyan o puedan constituir, a su solo juicio, un peligro para el personal, para la obra en general y/o para terceros.

7. Control de contaminación Por las características del área, los suelos y las napas freáticas de la misma podrían eventualmente hallarse contaminados debido a eventuales pérdidas o filtraciones de los diversos establecimientos (muchos de ellos actualmente desactivados) y depósitos localizados en ella.

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Asimismo, los suelos de las áreas ribereñas en contacto con los desbordes del curso y con napas contaminadas podrían eventualmente contener alguna contaminación de tipo principalmente orgánico y, en cierta medida, debida a hidrocarburos. El tratamiento y disposición final de estos suelos contaminados dependerá, por lo tanto, de las características de los mismos, ya que cada tipo de contaminación implica un tipo de tratamiento específico. En todos los casos el Contratista dará estricto cumplimiento al marco legal básico de Higiene y Seguridad comprendido en el marco normativo vigente, en todos los aspectos directamente vinculados a los recaudos a tener en cuenta para el manipuleo de este tipo de materiales. Deberán considerarse todos los requerimientos comprendidos en la Ley Nacional 24.051/92 y las leyes Nos. 2.214 y 11.720, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires respectivamente, sobre Residuos Peligrosos, fundamentalmente en lo referente al transporte, tratamiento y disposición final de estos suelos, y los incluidos en la Resolución 233/86 de la Secretaría de Transporte de la Nación que regula el transporte de materiales peligrosos por carretera. Por lo expuesto, resultará de fundamental importancia determinar si existen suelos contaminados, el tipo y grado y volumen involucrado, a efectos de determinar la posibilidad de la reutilización o no de los suelos excavados y en caso de no ser reutilizables, conocer lo más exactamente posible qué cantidad de los suelos a tratar y disponer están realmente contaminados con sustancias que los convierten en residuos especiales o peligrosos, como asimismo definir cuáles son dichas sustancias y en qué concentraciones están presentes en tales suelos. Para ello se hace necesario desde el inicio y como primera medida a tomar por el Contratista, dentro del Plan de Gestión Ambiental, implementar un sistema de monitoreo del material extraído, con énfasis en los sitios potencialmente peligrosos.

8. Ensayos La totalidad de los ensayos, análisis y determinaciones que se requieran para el cumplimiento de lo establecido en este pliego estarán bajo el exclusivo cargo de la Contratista, como así también de los posibles ensayos que sean requeridos por el Ingeniero, incluyendo insumos necesarios para su realización. La Contratista deberá presentar dentro de los 15 días de firmado el contrato, el listado de los laboratorios habilitados en los cuales se realizaran los ensayos, el cual deberá ser aprobado por el Ingeniero. Todo el movimiento o transporte de suelo que la Contratista deba realizar fuera del área donde se ejecuten las obras, deberá contar con la autorización correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual debe ser tramitado y solventado por la Contratista. La ejecución de las obras que se definen en el proyecto, deberán estar programadas de modo de minimizar los inconvenientes en los otros servicios.

9. Estudio de suelos

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La presente documentación licitatoria incluye en la Información Complementaria estudios de geotecnia que son sólo de carácter indicativo, por lo que el Oferente deberá tomar los recaudos necesarios para la presentación de su oferta y el Contratista deberá ejecutar todos los sondeos y estudios geotécnicos necesarios para la correcta identificación de:

los tipos de zanja y requerimientos de entibaciones y depresión de napa a realizar en las excavaciones;

la fundación de las estructuras y estabilidad de las conducciones. El Contratista ejecutará todos los estudios de suelos necesarios para la adecuada construcción de las obras, los que incluyen el estudio generalizado para la caracterización geotécnica de la traza del nuevo conducto y los estudios específicos del lugar definitivo de la implementación de las estructuras, los que surgirán de su respectivo replanteo. Por la sola presentación de su oferta se considera que el Licitante ha efectuado los relevamientos y estudios necesarios y conoce perfectamente las características de los suelos de todos los lugares donde se efectuarán excavaciones, lo que significa que al Contratista no se le reconocerá, bajo ninguna circunstancia, el derechos a reclamar mayores precios que los que haya cotizado en su oferta. Respecto a las investigaciones geotécnicas a realizar por el Contratista, consistirán en la ejecución de sondeos con profundidades variables, compatibles con el lugar y la importancia de la obra a emplazar, en los cuales se describirá el perfil estratigráfico, se realizarán ensayos “in situ” de penetración normal (SPT) y se obtendrán muestras de suelos, de diámetro adecuado, de los distintos estratos atravesados, o una por metro de avance, y de las distintas capas de agua subterráneas. La metodología y cantidad de muestras será para cada estudio conforme a las normas en la materia. Las muestras obtenidas, rotuladas y clasificadas se acondicionarán según normas y se trasladarán al laboratorio para su análisis. La elección de los lugares donde se ubiquen sondeos se realizará de acuerdo con los antecedentes eventualmente disponibles, intensificando su emplazamiento en las zonas con menor información y sobre las trazas de las obras a ejecutar, previa aprobación por el Ingeniero. En la traza tentativa de los conductos principales se ejecutarán sondeos a la profundidad necesaria para establecer fehacientemente las fundaciones que permitan las verificaciones de estabilidad de las estructuras. Las investigaciones se realizarán a una distancia mínima de cien (100) metros entre ellas. Las muestras extraídas en campaña, agrupadas por sondeo y tipo de ensayos a realizar, serán cuarteadas y procesadas según normas para la realización de los ensayos C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub Sub-ítem 1.2.5 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, una vez aprobadas cada una de las tareas realizadas. El Contratista

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deberá presentar junto al plan de trabajos, un desagregado ponderado de los componentes de este subítem, a los fines de su medición y certificación. 1.3 CERCO PERIMETRAL DEFINITIVO ÁREA DE RETENCIÓN DE

EXCEDENTES HÍDRICOS (ARTEH)

A. ALCANCE El sub-ítem incluye la construcción de un cerco olímpico en todo el perímetro del predio del Área de Retención de Excedentes Hídricos. Dicho cerco tiene el carácter de definitivo, es decir que será mantenido una vez culminadas las obras para preservar la seguridad. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Las especificaciones para el cerco son las siguientes: Cerco olímpico de alambrado corrido de dos coma cuarenta (2,40) m de altura, con tejido de malla romboidal. Postes de tres coma treinta (3.30) m de alto de hormigón armado: diez (10) cm por diez (10) cm con codo superior inclinado a cuarenta y cinco grados (45°), esquineros de quince (15) cm por quince (15) cm con codo superior inclinado a cuarenta y cinco grados (45°), sostenes de diez (10) cm por diez (10) cm cada tres coma cincuenta (3.50) m y refuerzos de quince (15) cm por quince (15) cm cada treinta y cinco (35) metros. Los postes se colocarán con dados de sesenta (60) cm por sesenta (60) cm por ochenta (80) cm de hormigón de cascote 1:4:8 (Cemento de albañilería, arena, cascote), previa consolidación del terreno mediante apisonamiento, a las siguientes profundidades: Refuerzo / esquinero: uno (1) por cero coma cuarenta ( 0.40) por cero coma cuarenta (0.40) m, Intermedios: uno (1) por cero coma treinta (0.30) por cero coma treinta (0.30) m y Puntal: cero coma cincuenta (0.50) por cero coma cincuenta (0.50) por cero coma cincuenta ( 0.50) m. Puntal de dos coma cincuenta (2.50) m por ocho (8) cm por ocho (8) cm, atornillados con espárragos tres octavos (3/8) por treinta y tres (33). Malla romboidal de dos y media pulgadas (2 1/2”) por dos (2,00) m de alambre tejido calibre Nº doce (12) de dos coma cincuenta (2,50) mm. Planchuelas de uno (1) por tres dieciséis ava pulgadas (3/16”) por dos (2,00) m, ganchos tira alambre de tres octavos (3/8) por nueve (9) y torniquetes N° siete (7). Tres líneas de alambres de púas galvanizadas en la parte superior del cerco. Cordón de hormigón de veinticinco (25) cm de alto (medido desde el nivel del piso) y quince (15) cm de ancho en la parte inferior del cerco. Dos (2) portones metálicos para ingreso de vehículos de tres coma sesenta (3.60) metros de ancho, compuestos cada uno por dos hojas de abrir de uno coma ochenta (1.80) m en caño estructural de un tres cuartos pulgadas (1 3/4”) de diámetro, refuerzos cruzados en caño de

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una pulgada (1”) de diámetro, tejido malla romboidal de dos pulgadas (2”) y marco de planchuela metálica galvanizada de tres cuartos pulgada (¾ “) por tres dieciséis avos (3/16) alrededor de la malla, tres (3) bisagras reforzadas (regulables) para cerco industrial por hoja, pinches de planchuelas de una pulgada (1”) por un octavo ( 1/8) en la parte superior de las hojas y cierre con manija portacandado de hierro tipo U con pasador de acero de dieciséis (16) mm de diámetro y cuatrocientos (400) mm de largo. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Las tareas ejecutadas se cotizarán y certificarán a través del Sub-ítem 1.3 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, y se medirán y pagarán por metro lineal. 2 DEMOLICIÓN DE VEREDAS Y PAVIMENTOS Las tareas se han incluido y clasificado en los siguientes Sub-ítems:

Sub-ítem 2.1: Demolición de veredas Sub-ítem 2.2: Demolición de pavimentos

2.1 DEMOLICIÓN DE VEREDAS

A. ALCANCE

El ítem incluye las tareas de demolición de veredas, remoción de especies arbóreas y conductos para la ejecución de las obras, a lo largo del desarrollo de la traza de los conductos principales, incluyendo carpetas, bases y sub-bases existentes, la carga, transporte y descarga del material resultantes de la tarea. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES El Contratista solicitará en tiempo y forma los permisos necesarios al GCBA para remover las veredas y conductos afectados y manipular los materiales obligándose a ejecutar estos trabajos según las normas en vigencia. El Contratista será único responsable ante el GCBA por el incumplimiento de los plazos y condiciones bajo los cuales se le otorgue el permiso correspondiente, independientemente de las sanciones que le pudieran corresponder de acuerdo con lo establecido en el presente ítem. La rotura se efectuará teniendo en cuenta entre otras circunstancias, la calidad del material a extraer. Se adoptarán las medidas de seguridad necesarias y demás de orden general. Cuando se trate de pavimentos de hormigón, la franja a demoler deberá ser delimitada mediante el aserrado del pavimento. Los materiales provenientes del levantamiento, y que no sean utilizados posteriormente, serán retirados de la zona de trabajo, al tiempo de efectuar las demoliciones. Si el Contratista debiera efectuar el depósito de los materiales en predios, sean estos de propiedad fiscal o particular, las tramitaciones y/o pagos que fueren necesarios realizar, serán por cuenta exclusiva del mismo.

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En el caso en que los materiales provenientes de la demolición sean utilizados nuevamente, los mismos se podrán acopiar en la vía pública, al costado de las excavaciones, cuidando de no producir entorpecimientos de tránsito y al libre escurrimiento de las aguas superficiales. Si tales depósitos se hicieran en la vereda, se deberán arbitrar los medios necesarios para no producir deterioros en la misma, pero si por cualquier causa, se produjeran daños el Contratista estará obligado a repararlos por su cuenta. En caso de reposición de especies arbóreas removidas, el Contratista deberá cumplir con las disposiciones municipales aplicables, de conformidad con las instrucciones del Ingeniero. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Las tareas ejecutadas se cotizarán y certificarán a través del Sub-ítem 2.1 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, y se medirán y pagarán por metro cuadrado de obra ejecutada. No se reconocerán sobreanchos. 2.2 DEMOLICIÓN DE PAVIMENTOS

A. ALCANCE

El ítem incluye las tareas de demolición y rotura de pavimentos y conductos para la ejecución de las obras, a lo largo del desarrollo de la traza de los conductos principales, incluyendo carpetas, bases y sub-bases existentes, la carga, transporte y descarga del material proveniente de las tareas. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES El Contratista solicitará en tiempo y forma los permisos necesarios al GCBA para remover las calzadas y conductos afectados y manipular los materiales obligándose a ejecutar estos trabajos según las normas en vigencia. El Contratista será único responsable ante el GCBA por el incumplimiento de los plazos y condiciones bajo los cuales se le otorgue el permiso correspondiente, independientemente de las sanciones que le pudieran corresponder de acuerdo con lo establecido en el presente ítem. La rotura se efectuará teniendo en cuenta entre otras circunstancias, la calidad del material a extraer. Se adoptarán las medidas de seguridad necesarias y demás de orden general. Cuando se trate de pavimentos de hormigón, la franja a demoler deberá ser delimitada mediante el aserrado del pavimento. Las roturas de pavimentos existentes se efectuarán mediante cortes netos en los bordes de excavación que el Contratista adopte en cada caso. Las roturas de calzadas existentes se ejecutarán al tiempo de realizar las excavaciones, exigiéndose las restricciones de avance fijadas en la Metodología de Ejecución. Los materiales provenientes del levantamiento, y que no sean utilizados posteriormente, serán retirados de la zona de trabajo, al tiempo de efectuar las demoliciones. Si el Contratista

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Página 94 Sección VI. Requisitos Técnicos

debiera efectuar el depósito de los materiales en predios, sean estos de propiedad fiscal o particular, las tramitaciones y/o pagos que fueren necesarios realizar, serán por cuenta exclusiva del mismo. En el caso en que los materiales provenientes de la demolición sean utilizados nuevamente, los mismos se podrán acopiar en la vía pública, al costado de las excavaciones, cuidando de no producir entorpecimientos de tránsito y al libre escurrimiento de las aguas superficiales. Si tales depósitos se hicieran en la vereda, se deberán arbitrar los medios necesarios para no producir deterioros en la misma, pero si por cualquier causa, se produjeran daños el Contratista estará obligado a repararlos por su cuenta. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Las tareas ejecutadas se cotizarán y certificarán a través del Sub-ítem 2.2 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades, y se medirán y pagarán por metro cuadrado de obra ejecutada. 3 EXCAVACIÓN DE ZANJAS Y EJECUCIÒN DE TÙNEL RAMAL ASTURIAS

SUR El ítem incluye los aspectos concernientes a los siguientes Sub-ítems:

Sub-ítem3.1: Excavación de zanjas con “entibación no clasificada” y con depresión de napa freática

Sub-ítem3.2: Excavación de zanjas con “cajón de entibación” y con depresión de napa freática

Sub-ítem3.3: Excavación de zanjas con “entibación monocodal” y con depresión de napa freática

Sub-ítem3.4: Excavación general sin “entibación no clasificada” y con depresión de napa freática

Sub-ítem 3.5: Ejecución de túnel – Ramal Asturias Sur 3.1 A 3.4 EXCAVACIONES DE ZANJAS A. ALCANCE La ejecución de la excavación de los conductos rectangulares, conductos circulares y para los nexos de sumideros se considerará excavación de zanja a cielo abierto en todo tipo de suelo y a cualquier profundidad, con o sin entibación y con o sin depresión de napa freática, incluyendo el acopio y transporte de material sobrante y la totalidad de trabajos a realizar para su adecuada conformación: B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

El Contratista deberá, previo a la iniciación de estos trabajos, tramitar y obtener la correspondiente autorización de la repartición u organismo público o privado pertinente. La misma será entregada al Ingeniero que de no mediar otro inconveniente procederá a librar la correspondiente Orden de Servicio autorizando el inicio de los trabajos.

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Página 95 Sección VI. Requisitos Técnicos

No se permitirá la apertura de zanjas para conductos y/o pozos para construcciones (cámaras, bocas, sumideros, etc.), antes de que se haya acopiado el material necesario para llevar a cabo las obras que se han de construir en ellas y organizado los equipos correspondientes. Se evitará anticipar la apertura de zanjas y/o pozos, pero cuando ello sea imprescindible se llegará a una cota diez (10) centímetros superior a la definitiva, debiendo practicarse la excavación remanente inmediatamente antes de procederse a la ejecución de la base de asiento de las cañerías, conductos u otras estructuras. Para todos los casos de cañerías y conductos, el fondo de la zanja deberá ser recto y presentar la pendiente del proyecto. Para los conductos rectangulares y circulares se procederá a la ejecución de un hormigón de nivelación y limpieza de diez (10) centímetros de espesor mínimo. Cuando en el fondo de zanja para alojar conducciones se encuentren capas duras, deberá profundizarse la excavación diez (10) centímetros y procederse al relleno correspondiente con una capa de suelo-cemento sin pago adicional alguno. Inmediatamente antes de la colocación del hormigón de solera del conducto, la base de asiento se terminará a mano, de manera de respetar las cotas indicadas en los planos. El Contratista deberá adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos para que las obras y su inspección se realicen con las excavaciones estables y en seco. El Contratista será el único responsable de cualquier daño, desperfecto o perjuicio directo o indirecto que sea ocasionado a personas, a las obras mismas o a edificaciones o instalaciones próximas, derivado del empleo de sistemas de trabajo inadecuados y/o falta de previsión de su parte. Todos los trabajos se realizarán de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, estando contemplados en los precios de excavación también los pozos o nichos necesarios para la ejecución de las juntas de conductos, así como la limpieza del área de las obras, la remoción de estructuras enterradas o no, conductos, etc. y que deban ser demolidas y removidos para la realización de la obra a juicio exclusivo del Ingeniero, y las estructuras correspondientes a los tramos a remover indicadas en los Documentos Licitatorios (Planos y E.T.) u otras existentes vinculados a ellos. El Contratista deberá tomar todos los recaudos necesarios a efectos de no paralizar la obra, ni interrumpir el servicio prestado por las distintas instalaciones, debiendo efectuarse las investigaciones previas al comienzo de los trabajos. El Contratista notificará al Ingeniero el comienzo de toda excavación, con anticipación suficiente, con el objeto que el personal del Ingeniero y del Contratista realicen las mediciones previas necesarias antes de iniciar los trabajos de extracción, de manera que posteriormente pueda determinarse el volumen excavado. Si el Contratista hubiera realizado alguna excavación sin notificar previamente por escrito al Ingeniero, los volúmenes presumiblemente excavados no serán certificados ni pagados. Las excavaciones se harán hasta la profundidad que fijen los planos. No deberán efectuarse excavaciones por debajo de las cotas proyectadas en los planos o fijados por el Ingeniero.

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El Ingeniero podrá exigir la reposición de los materiales indebidamente excavados, estando el Contratista obligado a efectuar este trabajo por su exclusiva cuenta. El Contratista será responsable de la estabilidad de todos los frentes de excavación durante la ejecución de los trabajos. A solicitud del Ingeniero, el Contratista, sin cargo alguno, efectuará el saneo, emparejamiento de taludes y cualquier medida necesaria para asegurar las cotas de excavación durante la ejecución de las obras.

a) Entibaciones y sostenimientos Conforme a las características del suelo en la traza del conducto, el Contratista deberá prever la implementación de su sostenimiento mediante tablestacado, cajones de entibación, enmaderamiento y/o apuntalamientos necesarios en la ejecución de excavaciones para la colocación y construcción de los conductos. Se permitirá la instalación de tablestacas o entibaciones mediante métodos que impliquen la percusión o vibración de dichos elementos en lugares que no estén próximos a las líneas de edificación o cualquier construcción existente o hubiera peligro inmediato o remoto de ocasionar perjuicios o producir derrumbes. En estos lugares sólo se permitirá el hincado de tablestacas o la instalación de entibaciones mediante presión (por ejemplo por la producida por el balde de una retroexcavadora). Las entibaciones instaladas podrán utilizarse, en el caso de ejecución de conductos rectangulares, como encofrados exteriores de los conductos, colocando algún tipo de material que permita la posterior remoción de las entibaciones, como ser planchas de poliestireno expandido. Los entibaciones, apuntalamientos y sostenimientos tipo y material de tablestaca a utilizar deberán ser aprobados por el Ingeniero. En la metodología de trabajo que proponga el Contratista para la ejecución de la excavación se consignará en qué lugares se utilizarán tablestacado u otros sistemas. La aprobación de esta metodología no exime al Contratista de las responsabilidades por la ejecución de la Obra. El tablestacado o entibación deberá ejecutarse de modo tal que se dé seguridad a los operarios que trabajan en las zanjas, que no permita el desplazamiento de suelos circundantes y que no escurran los suelos a través de las uniones de las tablestacas o cajones de entibación. El acomodamiento de las tablestacas deberá ser el necesario para resistir el empuje de los suelos y de la napa freática. Previo a su acopio el Ingeniero deberá aprobar el tipo y material de tablestaca a utilizar.

b) Abatimiento de napa El Contratista deberá adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a fin de que las tareas en las zanjas se ejecuten en seco cualquiera sea el origen y tipo de agua, para lo cual el achique o abatimiento se mantendrán durante todo el tiempo que estén descubiertas las Obras.

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Consecuentemente con ello, el Contratista determinará de acuerdo a las características del terreno y la potencia de la napa freática e infiltraciones, el tipo de abatimiento que corresponda utilizar que garantice la no afectación a la infraestructura pública y privada existente, para lo cual deberá efectuar los trabajos, ensayos, sondeos, etc. que estime necesario. Correrá por cuenta del Contratista el suministro de los equipos, herramientas e instrumentos de medición, así como los gastos de organización de los ensayos que fueran menester para justificar el método de depresión. En todos los casos, previo a la realización de la tarea, se presentará la metodología constructiva y los equipos a utilizar, para su aprobación por el Ingeniero. El resultado de estos trabajos deberá ser tal que se permita excavar, instalar o construir los conductos y ejecutar las cámaras, bocas de registro, sumideros y tareas conexas en seco, debiendo mantenerse hasta que la colocación de suelo-cemento plástico y/o el relleno con suelo seleccionado compactado supere el nivel freático original. En forma previa a la ejecución de los trabajos de excavación en cada sector de obra el Contratista constatará el nivel de agua libre y presentará al Ingeniero el registro obtenido el que permitirá la medición de los trabajos. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO La excavación será medida y pagada por metro cúbico excavado. La certificación se efectuará sobre tramos en los que se hayan ejecutado totalmente las tareas comprendidas en el ítem correspondiente, levantándose perfiles transversales (en los casos en que corresponda) cada veinticinco (25) metros o menos, si así lo requiere el Ingeniero, antes y después de la excavación, aceptándose que la sección varía linealmente entre perfiles. La medición corresponderá al volumen neto in situ obtenido de la diferencia entre las líneas, niveles y perfiles del suelo establecidos con el Ingeniero antes del comienzo de la excavación y las líneas, niveles y perfiles finales indicados en los Planos, o que puedan ser ordenados por el Ingeniero como necesarios para las Obras. Cuando los planos no indiquen los perfiles de excavación, éstos se presumirán igual a la superficie neta de planta de la fundación indicada en los Planos, tomando las caras laterales de la excavación como verticales, de no existir una orden en otro sentido del Ingeniero, y las mediciones se efectuarán en base a tales límites. La profundidad de la excavación se medirá desde la superficie del terreno natural o vereda y en el caso de excavaciones en zonas pavimentadas 0,20 m por debajo de la superficie del mismo, hasta el plano de fundación de las estructuras (o el apoyo del hormigón para contrapiso en los casos en que corresponda). Para los conductos rectangulares se pagará el ancho real ejecutado, que no podrá exceder de 0,70 m a cada lado de las caras exteriores de los conductos. Para los conductos circulares el ancho de la excavación a reconocer será el siguiente:

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Página 98 Sección VI. Requisitos Técnicos

Diámetro (metros)

Ancho de Excavación

(metros) 0,40 0,80 m 0,50 0,90 m 0,60 1,00 m 0,70 1,30 m 0,80 1,40 m 0,90 1,55 m 1,00 1,65 m 1,10 1,85 m 1,20 1,95 m 1,30 2,05 m 1,40 2,15 m 1,50 2,55 m 1,60 2,65 m 1,70 2,80 m 1,80 3,10 m

El traslado y la disposición final del producto de las excavaciones será de exclusiva responsabilidad y cargo del Contratista y su costo deberá estar contemplado dentro de los precios cotizados. En caso de tenerse que disponer el suelo extraído fuera de las inmediaciones de la zanja, su traslado deberá efectuarse adonde lo disponga el Ingeniero. A efectos del cómputo, el Contratista deberá prever el traslado a una distancia de treinta (30) kilómetros del lugar de las obras. En caso de existir suelos excedentes de excavaciones contaminados y que conforme al grado y tipo de contaminación requieran según las normativas vigentes tratamientos para su disposición, ello se describe por separado en el Ítem 14; no estando comprendido en el alcance del ítem Excavación, dichos tratamientos. Estas tareas serán cotizadas y certificadas a través de los Sub-ítems 3.1, 3.2, 3.3, y 3.4, considerándose que las excavaciones sin depresión de napa freática deberán incluir las tareas de bombeo por lluvias, u otras causas, a fin de trabajar en seco con el Sub-ítem 3.4. Su medición, en términos de volúmenes excavados para cada tipo, se realizará mensualmente conforme al avance de los trabajos. El precio cotizado en los Sub-ítems 3.1; 3.2 y 3.3 incluirá las entibaciones, los apuntalamientos y todos los refuerzos necesarios para mantener los taludes estables. Como todo tipo de excavación requiere entibación o sostenimiento del suelo, el costo de estos trabajos, incluido por m3 del tipo de excavación correspondiente, será independiente del tiempo de instalación del sostenimiento, funcionamiento de los equipos y del consumo de mano de obra, herramientas y todo otro material que fuera necesario para cumplimentar lo

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Página 99 Sección VI. Requisitos Técnicos

requerido y se deberá incluir en el precio cotizado para los Sub-ítems 3.2 y 3.3 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. En caso de requerirse una nueva entibación, re-entibación o apuntalamientos de refuerzo estos estarán a cargo del Contratista. Como todo tipo de excavación requiere del abatimiento de la napa, el costo de estos trabajos, incluido por m3 del tipo de excavación correspondiente, será independiente del tiempo de funcionamiento de los equipos y del consumo de mano de obra, herramientas y todo otro material que fuera necesario para cumplimentar lo requerido y se deberá incluir en el precio cotizado para la excavación con depresión de capa freática de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. No se reconocerá adicional alguno por lluvias o cualquier otro inconveniente que obligue a prolongar el tiempo de abatimiento de la napa freática. 3.5 EJECUCIÓN DE TÚNEL – RAMAL ASTURIAS SUR

A. ALCANCE

El alcance del trabajo que tendrá a su cargo el Contratista, comprende todas las medidas previas a la iniciación de la construcción, forma de depresión de la napa freática, acondicionamiento del terreno, la excavación de los mismos, la carga del material y su transporte dentro del túnel, el retiro de los materiales excavados, la ejecución de los trabajos de soporte primario de la excavación, elaboración, transporte y colocación del material, mano de obra, equipos y todas las operaciones requeridas para dejar terminado este trabajo de acuerdo con los planos de proyecto y las disposiciones de esta especificación y las especificaciones conexas.

B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

El avance o ataque del frente de excavación del túnel deberá realizarse según el método convencional u otro a proponer por el Contratista en su Plan de Trabajos. El Contratista podrá utilizar indistintamente cualquier método, excepto en avances con dificultades especiales o con requerimientos exigentes de deformaciones, donde deberá proveer todos los cálculos probatorios necesarios para garantizar que el método constructivo sea suficientemente seguro, complementándolo luego con la debida auscultación y control en el terreno.

El Contratista deberá tomar todas las precauciones que sean necesarias y emplear los métodos de excavación más adecuados para obtener superficies de excavaciones regulares y estables que cumplan con las dimensiones requeridas. Para ello deberá aplicar métodos de excavación subterránea, manuales o mecánicos, que reduzcan al mínimo la sobre-excavación, las deformaciones y los daños al material que queda fuera de los límites de excavación.

Cuando la excavación se realice cerca de estructuras existentes o de sectores que tengan que excavarse posteriormente, tales precauciones y métodos deben evitar que dichas estructuras o sectores sufran daño o alteración.

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Página 100 Sección VI. Requisitos Técnicos

El proceso constructivo para la ejecución del túnel deberá tener en cuenta el plazo contractual para la ejecución de la obra completa.

El Contratista deberá presentar una memoria de la ejecución del túnel, la que incluirá las tareas que a continuación se describen:

La forma de la excavación propiamente dicha, cualquiera fuera el tipo de terreno atravesado dentro de la formación Pampeana por el túnel y los métodos, manuales y mecánicos, utilizados para la materialización de la excavación.

Metodología empleada para la correcta alineación planimétrica y altimétrica del túnel. El transporte de los materiales producto de la excavación, dentro del túnel, tanto en

horizontal como en vertical hacia la superficie.

La entibación parcial o total de las excavaciones, sean éstas definitivas o no, con los materiales que fuesen necesarios según el caso y aprobados por el Ingeniero. Las medidas de seguridad de personas y bienes de acuerdo a las normas y leyes que rigen estas tareas.

La depresión de las napas freáticas que afecten la estabilidad de las excavaciones, requiriéndose el achique (extraer el agua desde el interior de la excavación), bombeo y drenaje cualquiera fuese la situación climática que se presente (ordinaria y extraordinaria), de tal manera que no exista agua ni barro en la solera.

La forma de realización del control de sólidos arrastrados por el bombeo.

Los pozos de trabajo, para acceso de personas, materiales y equipos, si es que adopta este criterio.

Las tareas de replanteo y alineación en superficie y dentro del túnel, cualquiera fuese el método empleado.

La iluminación en el interior del túnel y bocas de acceso. La forma en que logrará la renovación del aire. El plan de auscultación (monitoreo) durante la ejecución del túnel. Los muestreos sistemáticos para identificación de suelos contaminados. Redes de agua y aire comprimido.

El aseguramiento en las excavaciones de las condiciones ambientales de ventilación que no perjudiquen la salud del personal.

Los gastos que originen las medidas de seguridad a adoptar.

Cualquier refuerzo, sostenimiento o control necesario en estructuras, edificios, vías y servicios existentes.

La provisión e instalación de todos los paneles terminales y las conexiones necesarios para el funcionamiento apropiado de los conjuntos de instrumentos.

La calibración de los instrumentos colocados y su protección contra todo daño o deterioro durante la ejecución de la Obra.

Los relevamientos planialtimétricos y los registros fotográficos.

La ejecución de todas las excavaciones, perforaciones y rellenos necesarios para la colocación de los instrumentos y/o sus accesorios, cuando se requiera.

La provisión, mantenimiento y posterior retiro de las casillas de lectura temporarias. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 101 Sección VI. Requisitos Técnicos

Se encuentra expresamente prohibido el uso de explosivos como técnica de excavación, no admitiéndose bajo ninguna circunstancia.

a) Investigación, proyecto y cálculo

El Contratista será el responsable por el desarrollo de las investigaciones geotécnicas y la Ingeniería de Detalle del túnel cuya ejecución se incluye en el Ramal Asturias Sur, incluidas todas las medidas complementarias para su construcción, tal como lo son las medidas de depresión de la napa y todos los ensayos vinculados a las Reglas del Buen Arte de la construcción de túneles.

Para el proyecto geotécnico y estructural de los tramos que se encuentran proyectados en túnel que serán construidos por esta metodología, se deben considerar en forma diferenciada el estado constructivo y el definitivo.

Para la verificación del estado constructivo, es decir la verificación de esfuerzos y deformaciones durante el avance, la respuesta del suelo se podrá representar en general con parámetros de corto plazo y considerar que las cargas sobre la estructura pueden no desarrollarse en forma completa durante un definido lapso. A los fines de esta verificación el análisis estructural se realizará con programas de cálculo por computadora específicamente desarrollados para este fin y que permitan un estudio elastoplástico y tridimensional. En el proyecto se deberá minimizar la relajación inevitable inicial del suelo a los fines de mantener las deformaciones del mismo en valores admisibles para las zonas afectadas por las excavaciones. En ningún caso la relajación del suelo podrá ser superior al 50 % de la que se produce sin agregado de revestimiento.

Se deben realizar como mínimo seis (6) perforaciones para Estudios Geotécnicos para el túnel en Avenida Asturias entre Avenida Castañares y el Área de Retención Transitoria de Excedentes.

Si de la interpretación de los Estudios Geotécnicos realizados, surge una heterogeneidad de las situaciones, se densificará las perforaciones, hasta tener suficiente información certera de la situación del subsuelo. Estas nuevas perforaciones serán por cuenta y cargo del Contratista. Éste presentará un Plan de Investigación al Ingeniero, el que deberá ser estudiado y aprobado por la misma. El Contratista deberá presentar como mínimo los siguientes documentos:

Planos con la planimetría, altimetría y los perfiles tipo de obra que llevará el túnel a construir.

Resultados de las Investigaciones Geotécnicas, con el respectivo Informe. Memorias Descriptiva, Estructural, Hidráulica y Constructiva, donde queden

claramente especificadas todas las etapas de avance previstas. Planos de encofrado, armaduras y listado de barras Especificaciones Técnicas a cumplir. Normas específicas de aplicación Forma de auscultación durante la construcción (monitoreo) Eventual necesidad de protección o refuerzo de estructuras existentes, vías, edificios,

servicios detectados. Toda otra documentación que el Contratista o el Ingeniero considere necesaria, para

definir detalladamente las etapas constructivas.

Para la verificación del estado definitivo se considerará la carga de suelo correspondiente a la tapada sin ningún tipo de reducción hasta un valor máximo igual al ancho de excavación de la sección considerada. Las acciones horizontales a aplicar serán la de los suelos no alterados en reposo.

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Página 102 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá hacer los suficientes Estudios Geotécnicos para fundamentar toda la Metodología de Trabajo que prevé utilizar.

b) Transporte de suelos dentro del túnel

El transporte de suelos dentro del túnel podrá realizarse con camiones, cargadoras, volquetes u otros medios mecánicos que proponga la Contratista y sea aprobado por el Ingeniero.

c) Extracción de suelos en la excavación del túnel La extracción de suelos podrá realizarse a través de rampas de acceso a superficie, ubicadas en zonas de bajo tránsito, o de pozos de trabajo, ubicados normalmente en coincidencia con las ventilaciones de túnel, en donde se podrá instalar un sub-obrador con un dispositivo elevador que descargue en una tolva de carga de camiones en superficie.

d) Avance de excavación y entibación temporaria

Las longitudes de avance se adecuarán a las condiciones reales del suelo en el frente de excavación, considerándose longitudes de avance de 0.50 m a 2.00 m por vez, pudiéndose realizar varios avances por día según la eficiencia real de los elementos de sostenimiento temporario colocados.

El Contratista describirá los elementos de sostenimiento temporario que usará para lograr la estabilidad del suelo y mantener su capacidad portante desde el momento de realizar la excavación hasta la colocación del revestimiento definitivo. También deberá definir todas las medidas complementarias para la depresión de la napa freática, acondicionamiento de suelo, medidas anticipadas en el frente de la excavación, etc.

Podrán utilizarse entibaciones de hormigón o metálicas, hormigón proyectado (gunitado) por vía húmeda, y/o malla metálica electrosoldada.

Se requiere la presencia permanente de un profesional universitario experimentado en este tipo de trabajo, mientras se ejecuten trabajos en el frente de avance durante la etapa constructiva, quien establecerá las correcciones necesarias a la entibación que se va colocando, de acuerdo con las condiciones efectivas del suelo en el frente de avance, las que deberán contar con la aprobación del Ingeniero. A ello se acompaña un monitoreo riguroso del frente de excavación. El Contratista deberá presentar el curriculum vitae del profesional, el que deberá ser aprobado por el Comitente, previo a la adjudicación de los trabajos.

El gunitado deberá auto sostenerse por adherencia luego de proyectado. Se colocará en general una o más capas de gunitado, con o sin mallas de acero electrosoldadas incorporadas, arcos de apuntalamiento conformado por cerchas metálicas de alma llena o reticuladas, barras, según lo crea conveniente el Contratista. Este hormigón podrá ser reforzado con la incorporación de fibras (polipropileno, acrílicas, vidrio, etc.).

Se establece un espesor de gunitado de acondicionamiento de la superficie del suelo para la protección del personal y equipo de avance de tres (3) centímetros, de gunitado estructural de quince (15) centímetros de espesor máximo, una separación máxima entre arcos de apuntalamiento de un (1) metro a dos (2) metros, una sobresaliente máxima de la cercha por fuera de la capa de gunitado de cinco (5) centímetros.

El Contratista deberá presentar una memoria sobre los ciclos de excavación y sostenimiento temporario en la construcción del túnel, así como de toda la maquinaria que usará.

Todos los requerimientos que debe cumplir el hormigón proyectado se especifican en la Norma ACI 506.

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Página 103 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista, mediante su Proyecto de Detalles, deberá justificar los cálculos y definiciones presentadas a través de normas nacionales e internacionales de respaldo, cuya aprobación quedará supeditada al Ingeniero.

e) Eliminación del agua de las excavaciones

Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo el Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a ese fin, por su exclusiva cuenta y riesgo. El Contratista deberá disponer de los equipos de bombeo necesarios para evacuar cualquier líquido que pueda aparecer en los frentes de trabajo.

El agua que se extraiga de los pozos de bombeo, deberá estar limpia sin arrastre de material fino.

El Contratista deberá prever el uso de un caño de PVC perforado rodeado de grava y geotextil a ser usado para el drenaje, colocado debajo de la solera de proyecto del túnel a una distancia mayor al espesor del revestimiento, para lograr un adecuado drenaje en caso de que el Ingeniero así lo ordene.

f) Sistema de depresión de la napa freática

El Contratista deberá presentar la descripción y el cálculo del sistema de depresión de la napa freática que incluya las características y dimensiones de todos sus componentes. A tal efecto se tendrán en cuenta los resultados y las recomendaciones de los estudios de suelos, como de los ensayos en terreno que el contratista haya efectuado a fin de corroborar los cálculos.

Todos estos valores se deberán verificar con mediciones de caudales conforme se avance con la ejecución de la obra, que permitirán ratificar o corregir sobre la marcha las hipótesis de partida del proyecto ejecutivo de depresión de napas de agua.

En todos los casos, se realizará el control de sólidos arrastrados por el bombeo y las aguas deberán ser conducidas a las redes de desagüe existentes, no se admitirá el vertido de las aguas en el sistema superficial de desagüe (cunetas).

g) Escurrimiento interno del túnel Las aguas que se introducen en el túnel, sea a través de los desagües de las ventilaciones, sea a través de infiltraciones indeseadas hasta el momento de su reparación, deberán conducirse hacia el o los pozos de bombeo. El escurrimiento se desarrollará sobre la solera de túnel. No se permitirá la acumulación de agua.

Las aguas del escurrimiento interno del túnel se volcarán en forma directa y exclusiva al pozo de bombeo, no pudiendo escurrir por ningún otro tipo de conducción destinada a otro fin (por ejemplo, del sistema de depresión de la napa freática).

h) Ventilación

El Contratista deberá asegurar en las excavaciones condiciones ambientales de ventilación que no perjudiquen la salud del personal.

El Contratista deberá colocar grupos de ventiladores por cada frente de excavación, de manera que quede asegurado el abastecimiento de aire. Toda instalación de ventilación deberá permitir el flujo en ambos sentidos.

La ventilación mínima en cada excavación se encuentra establecida en el Art. 121, capítulo 7 del Decreto N° 911/96 reglamentario para la industria de la construcción de la Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587.

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Página 104 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para autorizar la realización de trabajos de excavación, el Contratista deberá verificar previamente las siguientes condiciones:

Concentración de oxígeno en el aire ambiente, como mínimo dieciocho coma cinco por ciento (18,5%).

Ausencia de contaminantes en el aire y de gases de combustión que superen las concentraciones máximas

Ausencia de mezclas de gases inflamables explosivas, por encima del 30% del índice de explosividad.

Asegurar en todo momento el ingreso y egreso franco del personal al sector de excavación considerado.

El equipo de ventilación deberá estar acústicamente bien aislado para que el ruido permanente del mismo no provoque molestias a los vecinos del lugar. i) Iluminación, equipamiento eléctrico y redes de utilidad

El Contratista iluminará con suficiente intensidad todos los lugares de trabajo y los frentes de excavación en el túnel, los nichos de seguridad y los cruces, con los niveles de iluminación especificados en el Decreto 911/96, reglamentario para la Industria de la Construcción de la Ley Nacional N° 19.587. Los cables deberán estar bien aislados y las lámparas eléctricas suficientemente protegidas. El responsable de Higiene y Seguridad del Contratista deberá efectuar un informe mensual acerca del desarrollo de las tareas, en lo relativo al cumplimiento de estas condiciones.

La iluminación en todos los sectores debe ser continua durante el horario laborable, tanto en los frentes de trabajo como en los sectores ya terminados y de circulación.

Todo artefacto que se utilice dentro del túnel y que esté accionado por energía eléctrica, funcionará en baja tensión (como máximo 24 Volts), esto es aplicable, tanto a la iluminación como a los equipos de vibrado y martillos eléctricos, señalización, etc. Los equipos que estén ubicados en superficie, podrán trabajar con voltaje de red.

El Contratista está obligado a disponer de grupos electrógenos apropiados y con capacidad suficiente para garantizar en todo momento las condiciones de seguridad en el túnel, como por ejemplo, iluminación, ventilación, señalizaciones de seguridad en zonas aledañas al pozo de trabajo, etc.

Las frentes de trabajo subterráneas contarán además con redes para suministro de agua industrial y aire comprimido de acuerdo con los requerimientos de los trabajos.

j) Revestimiento de túnel excavado con método convencional

i. Generalidades

Se trata de conductos de distintas secciones, de hormigón armado colado in-situ, de medidas, espesores y cuantías de acero determinadas en los planos, a construir en túnel con el uso de encofrados metálicos autoportantes y con una terminación para que el coeficiente de Manning sea menor o igual a 0,012. El hormigón para su ejecución será del tipo H-30, según definido en el Ítem Nº 5 "Hormigón Armado".

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Página 105 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá someterá aprobación del Ingeniero la dosificación del hormigón y todos los aditivos que utilice. El acero de la armadura será del tipo ADN -420, o AM – 500, y el recubrimiento de las armaduras será de 0,04 m.

El revestimiento definitivo podrá ser ejecutado con hormigón proyectado de alta calidad, en la parte superior del conducto.

Existir la posibilidad de ejecutar la solera con hormigón “in situ” y la bóveda en hormigón proyectado, siempre y cuando el Contratista demuestre en sus cálculos dicha posibilidad constructiva.

La totalidad de la estructura se ejecutará con cemento de alta resistencia a los sulfatos ARS, que deberá cumplir el ensayo de expansión porcentual en barra, con un máximo cero coma cero cuarenta y cinco por ciento (0,045%) según norma IRAM 1559 PARTE II. El cemento deberá cumplir con la Norma IRAM 50.000 y 50.001. El cemento a utilizar, según las normas antedichas, podrá ser CAH, CPC sin filler calcáreo o CPE, en todos los casos CP 40 según la norma IRAM 1622.

ii. Encofrado

Los encofrados de los paramentos interiores del túnel deberán ser metálicos o de madera, y sus dimensiones deberán tener en cuenta las deformaciones que se producen en el pre-revestimiento.

Los encofrados se construirán de manera que posibiliten en forma perfecta la carga, vibrado y control del hormigón. Durante el encofrado de la bóveda se tendrán en cuenta posibles asentamientos por las presiones del cimiento y la contracción del hormigón de la bóveda, para mantener el perfil exigido para el espacio libre. Las tolerancias con respecto al eje teórico del replanteo no excederán los 5 centímetros.

Será responsabilidad del Contratista el estricto mantenimiento de las secciones hidráulicas de proyecto para los túneles. Deberá repararlo por su cuenta en los lugares donde no haya sido respetado.

Las tolerancias dimensionales establecidas para el revestimiento interno, no deben tomarse como sistemáticas para todas las secciones, es decir, debe evitarse que siempre sea el mínimo.

iii. Hormigonado

Está previsto que el túnel sea hormigonado por etapas, lo que permitirá un hormigonado sin dificultades hasta la clave del túnel. Queda librado al Contratista emplear otro procedimiento, el que deberá ser detallado en planos de etapas de trabajo y en un "Informe Técnico" a presentar al Ingeniero para su aprobación.

La longitud de los segmentos de bóvedas, hastiales y solera se estudiarán según los condicionamientos de borde de cada elemento, de manera de limitar las aperturas de las juntas por deformaciones de retracción de fragüe, y constituye un valor a ser aprobado por el Ingeniero. En general se consideran longitudes no mayores de cuatro (4) metros. Antes del hormigonado la superficie del terreno circundante se limpiará cuidadosamente y se eliminarán las partes flojas. Podrá iniciarse el hormigonado sólo cuando en el tramo correspondiente el agua de infiltración haya sido totalmente eliminada.

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Página 106 Sección VI. Requisitos Técnicos

El hormigonado podrá realizarse desde camiones mezcladores y bombas ubicadas en la calzada. En ningún caso se permitirá el llenado directo por chimenea desde la superficie.

Los caños de impulsión podrán ingresar al túnel a través de perforaciones de treinta (30) centímetros de diámetro hechas con perforadora tipo Hélix.

El hormigón se compactará con vibradores sumergibles y con vibradores de superficie o de encofrado. En todos los casos el Ingeniero deberá aprobar los vibradores a emplear. Se utilizarán ventanas en los encofrados que garanticen un perfecto llenado y una calidad y compactación homogénea del hormigón en toda la sección transversal. El hormigón no deberá presentar oquedades, "nidos de abeja", etc. La terminación interior será perfectamente lisa, sin rugosidades, ni rebabas, ni porosidades.

No se permitirá el llenado exclusivo desde la clave, sino que deberán preverse puntos de ingreso del hormigón a los moldes, convenientemente distribuidos en el perímetro de la sección, a partir como máximo de una altura correspondiente a un ángulo de 45 grados, medido desde la base del conducto. Deberá realizarse un curado perfecto, impidiendo de esta forma, la formación de fisuras de contracción. En caso que pudieran producirse corrientes de aire, las superficies que tengan menos de 30 días de hormigonadas deberán protegerse adecuadamente, para evitar la formación de fisuras.

En el caso que el Contratista emplee bombas o transportadores neumáticos para la carga del hormigón todos los gastos adicionales resultantes, como eventuales ampliaciones de la excavación y del volumen del hormigón por sobreelevación de la clave del perfil, la dosificación adicional de cemento, el empleo de aditivos en el hormigón, la modificación de la granulometría, etc., se incluirán en el precio cotizado.

Se dará máxima importancia a un ajuste perfecto de la bóveda de hormigón contra la tapada ya que únicamente de esta manera se podrán impedir asentamientos en el suelo circundante. El ajuste se efectuará mediante encofrados frontales, cargas de hormigón por etapas y vibración en largos de aproximadamente tres (3,00) metros.

Los espacios vacíos que queden en la clave por deficiencias de llenado deberán rellenarse con mortero u hormigón inmediatamente después de terminada cada una de las distintas etapas, manualmente o con la ayuda de un tubo bajo presión. Este relleno deberá terminarse en todos los casos, en toda la sección hormigonada, antes de una interrupción prolongada de trabajo (fines de semana y fiestas).

Se deberá rellenar los espacios vacíos mediante la inyección general posterior, la cual está pensada para el relleno de los espacios vacíos que quedan ocultos.

Deberá cumplirse con todas las reglamentaciones establecidas en la el Ítem Nº 4: "Hormigón Armado", para la adecuada realización de los hormigones colados in-situ, incluyendo por supuesto el tema del curado del hormigón que el Contratista deberá realizar correctamente bajo el control y vigilancia del Ingeniero.

iv. Juntas de trabajo longitudinales y transversales – hormigón

proyectado

Para el hormigón colado “in situ”, las juntas de trabajo podrán realizarse con o sin armadura pasante.

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Página 107 Sección VI. Requisitos Técnicos

Previo a la próxima colada de hormigón, deberá limpiarse y picarse adecuadamente cada junta, usando luego algún tipo de cemento de contacto.

Todas las juntas de trabajo, tanto las longitudinales cuanto las transversales, deben llevar juntas hidrófugas hidro-expansible ubicada preferentemente del lado del posible ingreso de la infiltración. En caso de suelos o líquidos agresivos, se adecuarán los materiales o procedimientos de manera que la junta resulte apta aún en ese caso.

En el caso que en la parte superior del conducto (bóveda en la calota del túnel), se utilice el hormigón proyectado como revestimiento final, deberá tener una terminación adecuada, y deberá considerarse la ejecución de un cierto “espesor de sacrificio”.

v. Materialización del contacto suelo-revestimiento y entre etapas del revestimiento

Se deberá asegurar el llenado completo del revestimiento y su contacto íntimo con el suelo circundante.

Para ello se deberá ejecutar una inyección de mortero o lechada de cemento en todos los sectores de la sección del túnel en que hayan podido quedar oquedades. En general, el sector más comprometido será la bóveda entre la pared de la excavación y el revestimiento del túnel, o entre revestimientos de distintas etapas. No obstante, los sectores a inyectar variarán según el procedimiento constructivo adoptado.

Las inyecciones se realizarán, de acuerdo con el Ingeniero, entre diez (10) y veinte (20) días después de la terminación del hormigonado, teniendo en cuenta la resistencia del hormigón.

Podrá obtenerse una inyección eficaz y controlable solamente si la misma se efectúa en etapas, en lo posible en largos de anillos de entre cinco (5) y diez (10) metros.

La relación de mezcla será establecida de común acuerdo entre el Ingeniero y el Contratista. Empleando bombas de pistón o de membrana deberá inyectarse hasta que la bomba realice dos (2) recorridos por minuto a una presión de tres (3) kg /cm2 medida en el tubo de inyección. Empleando otros tipos de bombas de inyección se deberá mantener la presión máxima exigida durante el lapso de por lo menos dos (2) minutos, con la válvula de entrada cerrada.

Deberán ubicarse cuatro (4) agujeros de inyección aproximadamente en un anillo de un largo de cinco (5) metros para las inyecciones en la clave de la bóveda, algo desplazadas, en la dirección del eje del túnel, en relación con la línea central del vértice.

Luego de terminarse las inyecciones en la clave de la bóveda en un cierto tramo del recorrido, el Ingeniero ordenará inyecciones de control entre los agujeros ya inyectados. En el caso que las mismas no satisfagan las exigencias de presión y recorrido indicadas para la inyección de mezcla de cemento, deberán complementarse esas inyecciones en forma satisfactoria.

Para todas las inyecciones, los remanentes deberán eliminarse en forma continua o enjuagar con agua en cantidad suficiente para que no puedan formarse depósitos sólidos de cemento. La eliminación o el enjuague de eventuales remanentes estarán a cargo del Contratista.

El Contratista entregará diariamente informes sobre las inyecciones, los que contendrán los siguientes datos:

Ubicación del agujero de inyección, progresiva y posición en la sección transversal

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Página 108 Sección VI. Requisitos Técnicos

Profundidad del agujero

Composición y cantidades del material inyectado Presión empleada por sección de inyección Denominación de los agujeros comunicantes

Sucesos especiales En el caso que en la parte superior del conducto se adopte como revestimiento

definitivo una segunda aplicación del hormigón proyectado, se deberá preparar la superficie interna del revestimiento primario para garantizar la adherencia entre primario y secundario. En este caso será necesario realizar un hidrolavado sistemático de la superficie expuesta del revestimiento primario, inmediatamente antes de la aplicación del secundario.

vi. Grado de impermeabilización

El Contratista fijará en el Plan de Trabajo el Grado de Impermeabilización que garantizará en

el sistema que proponga, teniendo en cuenta los siguientes factores:

Condiciones del terreno y tipo de construcción Condiciones del agua y en qué estado se encuentra

Grado de Impermeabilización requerido como consecuencia del uso del túnel (conducto de desagüe.

Elementos necesarios y específicos del sistema de impermeabilización. Acciones a las que puede estar expuesta la impermeabilización.

La filtración de agua medida en un (l) m2 en veinticuatro (24) horas no podrá ser superior a 1 l/m2. En los factores enunciados y cálculo del drenaje, se respetará en un todo los criterios fijados en la Norma Española UNE 104424.

k) Auscultación – instrumentación

i. Alcance

Los trabajos requeridos comprenden la provisión, instalación, calibrado, mantenimiento y lectura del instrumental para auscultar los movimientos del subsuelo y de la superficie, de acuerdo con el Plan de Auscultación que deberá ser redactado por el Contratista de las Obras y aprobado por el Ingeniero. El Plan de Auscultación (PA) es un documento que debe preparar el Contratista y aprobar el Ingeniero. La aprobación del PA es un hito necesario para poder comenzar con los trabajos de excavación del túnel.

El Plan de Auscultación deberá satisfacer todos los requerimientos emanados del anexo de Auscultación que debe ser parte integrante del Proyecto Ejecutivo redactado por el Contratista.

El Plan de Auscultación deberá contener:

Plano de auscultación donde aparezca toda la instrumentación a ser colocada en la obra.

Definición de los niveles crítico (Aviso, Alerta y Alarma) de deformación del terreno en superficie y profundidad, del movimiento de los edificios, estructuras y/o servicios que estén dentro de la zona de influencia de las obras.

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Página 109 Sección VI. Requisitos Técnicos

Procedimientos de cómo se realiza la auscultación, y de cómo se notifican los mensajes de prevención cuando se rebasan los niveles críticos.

El procedimiento para resolver los mensajes de prevención. Metodología del trabajo y planificación. Fichas técnicas (con todo los datos de los instrumentos a colocar y de los aparatos que

miden, precisión y alcance de las lecturas, etc.), procedimiento de lecturas y procedimiento de instalación de los dispositivos

Presupuesto de los trabajos de Auscultación incluyendo todos los aspectos para llevar a cabos este objetivo. (Instrumentos, dispositivos, personal técnico y de apoyo, obtención, tratamiento y transmisión de los datos, informes, etc.

El Contratista contará con un Especialista en Instrumental para que instale el instrumental como se indique en los Planos del Contrato y en las Especificaciones del fabricante de los equipos. Dicho Especialista en Instrumental deberá tener una experiencia superior a diez (10) años en temas similares a la del presente proyecto.

El Contratista presentará el software que utilizará para la evaluación de todas las variables de auscultación, su forma de representación gráfica y l interpretación posterior que se hará con éstas.

El Contratista deberá especificar que instrumental empleará y con qué precisión entregará los resultados de las variables de auscultación definidas.

ii. Antecedentes Personales de los Especialista en Instrumental

Se empleará un Ingeniero especializado con experiencia en la instalación y mantenimiento de instrumentación similar a la especificada en la presente, para supervisar y dirigir a los técnicos de instalación de instrumentos y responsabilizarse por la instalación de los mismos. Para la auscultación e interpretación de la instrumentación, se emplearán técnicos calificados, quienes trabajarán bajo la dirección de un Ingeniero matriculado, con experiencia en la supervisión, auscultación e interpretación del tipo de instrumentos especificados en la presente. El Especialista en Instrumentación deberá encontrarse en el sitio durante la instalación de todos los instrumentos.

El relevamiento para obtener las lecturas iniciales será realizado por un topógrafo con una experiencia previa mínima de cinco (5) años en funciones similares de detección de deformaciones estructurales o superficiales.

Se notificará al Ingeniero como mínimo con 24 horas de anticipación antes de instalar cualquier instrumental aprobado.

iii. Proveedor del Instrumental

Cada instrumento especificado en la presente será producto de un fabricante previamente aprobado, con antecedentes internacionales mayores a diez (10) años en la fabricación y provisión de hardware de instrumental de las clases especificadas.

Se realizará la calibración en fábrica de todos los instrumentos antes de su embarque. Se presentará una certificación indicando que el equipamiento de ensayo utilizado a este fin, esté calibrado y mantenido de acuerdo con los requisitos de calibración establecidos por el fabricante de dichos equipos de ensayo.

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Página 110 Sección VI. Requisitos Técnicos

En todo momento se deberá permitir y facilitar el acceso del Ingeniero y/o de sus representantes a todos los instrumentos para proceder a la lectura de los mismos

iv. Ejecución de las mediciones en campo

El especialista en instrumentación efectuará el seguimiento de todos los instrumentos, debiendo proceder de acuerdo con lo requerido y aprobado por el Ingeniero para que sus mediciones sean consideradas válidas por ésta.

Frecuencia: Todos los instrumentos y puntos situados dentro de un radio de 20 m con respecto al frente de la excavación en túnel, se leerán por lo menos una vez al día, y con posterioridad, una vez por semana hasta que las deformaciones se estabilicen. A partir de ese momento las lecturas serán mensuales hasta la entrega Provisoria de la Obra.

Si las condiciones son excepcionalmente riesgosas o se esperan grandes deformaciones, el Ingeniero podrá requerir hasta 4 lecturas por día.

La misma frecuencia se requiere para el instrumental en superficie del terreno, asociado a la excavación subterránea.

En las excavaciones a cielo abierto, las lecturas serán de frecuencia diaria, durante la etapa de excavación y construcción. Luego serán mensuales hasta la Recepción Provisoria de la Obra.

Las lecturas de acompañamiento en superficie del avance de la excavación en túnel se realizarán en un todo de acuerdo con lo indicado en el Plan de Auscultación y en el apartado XX "Servicios de Topografía a Realizar por el Contratista".

Informes: Se presentará al Ingeniero los datos registrados por todos los instrumentos, dentro de las 24 horas de la lectura respectiva. Los datos registrados por instrumental automatizado deberán ser comunicados en tiempo real al Ingeniero. En situaciones críticas o cuando se puedan afectar obras con compromiso social asociado se realizarán protocolos especiales para la comunicación de los datos y emisión de informes que deberán ser consensuados y aprobados por el Ingeniero, Se seguirá lo estipulado en el Plan de Auscultación:

Informes Adicionales: Además de las actividades de información normales, se proveerá semanalmente un breve relato de las actividades de instrumentación cumplidas durante la semana precedente, incluyendo una interpretación de los datos disponibles.

El Contratista realizará sus propias interpretaciones de los datos auscultados, para sus propios fines. Dichos datos o interpretaciones no se publicarán ni revelarán a terceros sin autorización previa y escrita del Contratante. El Ingeniero podrá optar por realizar sus propias interpretaciones de los datos puestos a disposición por el Contratista.

El Contratista retirará la instrumentación previa autorización del Ingeniero, debiendo respetar lo sigue a continuación.

Puntos de Control en Superficie: Se retirarán todos los instrumentos durante el trabajo de limpieza y reposición, o en la forma que indique el Ingeniero. Quedarán sólo instalados para su seguimiento en etapa operativa aquellos instrumentos que indique el Ingeniero.

Instrumentos instalados en el túnel: Cuando lo requiera el Ingeniero, el Contratista abandonará los instrumentos utilizados para la lectura durante la obra, quedando instalados para su seguimiento en etapa operativa sólo aquéllos con tele-medición o medición a distancia según se indique u ordene.

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Página 111 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista será responsable por cualquier daño deliberado o accidental causado a los instrumentos, debiendo protegerlos y reemplazar de inmediato todo instrumento que no funcione dentro de las tolerancias de exactitud especificadas. No se efectuarán pagos adicionales por los instrumentos que deban ser reemplazados debido a los daños que hayan sufrido.

v. Parámetros de auscultación

En el anexo de auscultación del Proyecto Ejecutivo a realizar por el Contratista de las obras, se tendrán en cuenta todas las situaciones que se presenten en la obra, en las que fuera necesaria la auscultación. Sin ser excluyentes enumeramos las siguientes:

Observación del nivel freático y presión de agua durante el avance Observación de la filtración de agua en el frente y paredes del túnel. Calidad de agua. Cantidad y volumen de agua para evacuar si es necesario. Posibles deformaciones del arco de túnel, con mediciones absolutas en los 3 ejes

espaciales. Asentamientos superficiales y subterráneos Desplazamientos horizontales Interacción entre estructura del túnel y el suelo

Distorsión del revestimiento del túnel y posible levantamiento del arco invertido de la solera

Medición de las tensiones radiales y tangenciales del revestimiento del túnel Presión ejercida por el agua sobre el revestimiento del túnel Observación del medio que rodea al túnel (edificios y estructuras adyacentes)

Para la interpretación correcta de los diversos datos de medición se deben tener en cuenta los siguientes parámetros:

Condición del subsuelo estimada y real. Tipo de suelo y sus características Geotécnicas. Método y velocidad de avance Medición asentamientos y deformaciones del sostenimiento temporario, tiempo y

secuencia de instalación Ubicación del frente de avance

A continuación se establecen las determinaciones mínimas a realizar en cada caso:

Auscultación de los edificios del entorno de las obras: Independientemente del método constructivo, los edificios que según el análisis de riesgo a realizar por el Contratista, se encuentren dentro de niveles de riesgo superior a "Ligeros" deberían ser instrumentados. La instrumentación básica consiste en la instalación, en la parte inferior de la fachada, de pernos de nivelación. Si el edificio presenta riesgo superior a "Daños Moderados", se colocarán prismas de nivelación en por lo menos dos niveles de altura, eventualmente se puede

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Página 112 Sección VI. Requisitos Técnicos

complementar la auscultación con pernos de nivelación en la calzada, inclinómetros y extensómetros increméntales, y cimómetros en fachada, según el nivel de riesgo que presente.

A priori, los datos de análisis de eventuales daños producidos por la ejecución del túnel, revelan que estos daños serían de categoría "Despreciables" para condiciones normales de ejecución de los túneles y "Muy Ligeros" para condiciones pesimistas. Por lo tanto, salvo que los estudios de la edificación del entorno de las obras, acusen la presencia de algún edificio de características particulares (por ejemplo, edificios en muy mal estado o con algún valor de importancia social como son Iglesias, Hospitales, etc.), no será necesaria la instrumentación de los edificios

Auscultación en el interior del túnel construido por el método convencional: Cuando se aplican estos métodos, la ejecución está ligada a la comprobación de que no se produzcan deformaciones excesivas o, en todo caso, a la verificación de que las deformaciones sean las previstas por los proyectistas.

Para ello se instalan secciones de convergencia. Estas secciones tendrán, por lo menos, tres puntos (dos en los hastiales y uno en la clave) sobre los cuales se miden las convergencias. Las convergencias se miden por medios ópticos (prismas leídos con teodolitos de alta precisión). Estas convergencias se contrastan con mediciones con Cinta de Invar cuando el caso lo requiere.

Se colocará una (1) sección de convergencia deberán colocarse como mínimo cada 20 m de túnel. Cada sección se colocará tan pronto como sea posible una vez que pase el frente del túnel construido con métodos convencionales. La sección constará de, por lo menos, 3 prismas de lectura óptica para la obtención de las convergencias. Un (1) prisma se colocará en la clave y otros dos en los hastiales. En cada sección se colocarán, adicionalmente, pernos de enganche de medición de las convergencias con cinta de invar. Estas lecturas con cinta de invar se harán al colocar la sección y luego, eventualmente, para contrastar las lectura ópticas, si estas acusaran deformaciones significativas.

Auscultación en la zona de influencia de los túneles: Independientemente del sistema constructivo, se especificarán secciones de control de deformaciones en superficie. En cada uno de los sub-tramos que presenten condiciones geotécnicas semejantes y donde se considere necesario, se instalarán secciones de control que constarán, por lo menos, de cinco pernos de nivelación (varillas de acero de ochenta (80) centímetros de longitud, ancladas en el terreno y protegidas por arquetas antivandálicas). Se podrán completar estas secciones, si existieren zonas críticas, con instrumentación de profundidad como por ejemplo inclinómetros, extensómetros multipunto de varilla o increméntales de cuerda vibrante y piezómetros.

Las secciones de control deberán instalarse cerca de la zona de arranque del túnel y en lugares donde cambien las condiciones geotécnicas e hidrogeológicas del terreno. Deberían ubicarse, preferiblemente, en zonas llanas y libres de edificación o interferencias (greenfield). La razón es que, con los desplazamientos verticales que acusan los pernos de nivelación, se puede calcular la pérdida de volumen que causa la ejecución del túnel y con este parámetro se puede evaluar el proceso de ejecución.

Si este parámetro fuera excesivo (por ejemplo mayor que uno por ciento (1,0%)) se deberían adoptar medidas para mejorar el proceso de excavación.

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Página 113 Sección VI. Requisitos Técnicos

El eje del trazado deberá ser instrumentado con pernos de nivelación en superficie. El espaciamiento entre pernos quedará a criterio del Contratista de la obra, pero la distancia entre ellos no debería superar los veinte (20) metros.

La auscultación de zonas de riesgo añadido, por el compromiso social que conllevan, tendrán un tratamiento especial en cuanto a la auscultación. En esta situación como mínimo se encuentran comprendidos los túneles que pasan bajo la autopista 25 de Mayo y Perito Moreno, donde el Ingeniero definirá los criterios a adoptar.

Auscultación del funcionamiento de la estructura: Se instalarán aparatos de medición de presión de contacto suelo-revestimiento y piezómetros, en secciones del túnel que serán propuestas al Ingeniero por el Contratista junto a la descripción de los instrumentos.

Se medirá:

Presión de contacto sobre el hormigón en 3 puntos, clave y ambos hastiales, con celdas de presión de instrumentos de cuerda vibrante (tipo Mahiak) o de presión hidráulica (tipo Gótzl) o similares.

Presión hidrostática, con 2 piezómetros por sección.

La instalación será completa, con emisores, cajas colectoras de cables, cajas selectoras de líneas, receptores y cables.

Este equipamiento se considera parte integrante necesaria del método, no recibirá pago directo alguno, y será entregado al Comitente en la Recepción Provisoria de las Obras junto con el manual de procedimiento y el informe de los resultados obtenidos hasta ese momento.

Las mediciones serán realizadas por el Contratista bajo la supervisión del Ingeniero hasta su entrega al Comitente.

infiltraciones con el túnel vacío: 0.0 m3 / hora / km de túnel (túnel seco). no habrá agua visible ni remiendo húmedo.

l) Cámaras de ventilación

i. Generalidades

Los trabajos especificados en la presente especificación técnica, comprenden el proyecto, toda la mano de obra, los equipos, los materiales y todo lo necesario para la construcción completa de las Cámaras de Ventilación del Túnel Aliviador, incluyendo todos los trabajos necesarios para completar las obras, cuya ubicación y dimensiones deberán ser definidas por el Contratista, de acuerdo con lo señalado en la "Memoria Descriptiva y Alcance de los Trabajos". Los trabajos a realizar incluyen:

El proyecto de las obras El vallado de delimitación del área de los trabajos y la señalización para el desvío del

tránsito en el sitio de cada una de las cámaras,

La rotura del pavimento y las veredas afectados, incluido el retiro de los escombros y los suelos,

La remoción y reubicación de las canalizaciones de servicios (cloacas, agua potable, pluviales, gas, electricidad) que interfieran con el área de los trabajos, y la protección de aquellos que no deban ser reubicados,

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Página 114 Sección VI. Requisitos Técnicos

La excavación del pozo de la cámara hasta el extradós del túnel ya construido, incluido el retiro de los escombros y los suelos,

Los sostenimientos temporarios de las paredes de la excavación - si fueran necesarios - y el control del agua subterránea, por bombeo desde el interior del pozo o mediante depresión de la capa freática, durante todo el tiempo que dure la obra,

La ejecución de la estructura definitiva de hormigón armado de revestimiento de las paredes de los pozos, y la conexión de las cámaras con el túnel respectivo, incluyendo los tratamientos del suelo alrededor de las conexiones,

La construcción de los conductos y las chimeneas de ventilación, y sus bases de hormigón armado,

La ejecución del relleno de suelo-cemento alrededor del nivel superior de las cámaras, y la construcción sobre el mismo, de la losa de hormigón armado, desvinculada de las paredes de la cámara para evitar la transmisión de cargas sobre el túnel, y con una tapa de acceso en el centro,

La repavimentación de las áreas afectadas y la reconstrucción de las veredas, La limpieza y rehabilitación de las áreas de los trabajos, restableciendo las

condiciones en que se encontraban antes del comienzo de las obras. Otros trabajos necesarios para terminar las obras

ii. Ejecución

La excavación y el hormigonado de las paredes de las cámaras se realizarán por tramos de uno (1) a dos (2) metros de altura.

En la medida de lo posible, el control del agua en la excavación se hará por bombeo desde el interior del pozo, evitando la depresión sistemática de la capa freática.

Los trabajos se regirán por las siguientes especificaciones:

Trabajos de hormigonado, de acuerdo con el Ítem 5 - Hormigón Armado. Evacuación de materiales excavados, de acuerdo con el Sub-ítem 3.5. – Ejecución de

túnel – Ramal Asturias Sur. Trabajos de excavación y relleno, de acuerdo con el Sub-Ítem 4.1- Provisión, relleno

y compactación con suelo seleccionado. Tratamientos de inyecciones del suelo, de acuerdo con el Ítem 15 - Consolidación de

suelos con lechada cementicia

C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Los trabajos comprendidos en este rubro se cotizarán y contratarán por el sistema de Unidad de Medida.

Se certificará, para cada sección, por metro de túnel. La extensión en metro lineal de excavación de túneles para cada sección a ser certificada, será la que efectivamente resulte del proyecto definitivo, aplicándose el precio ofertado por metro lineal.

En el precio de este rubro para cada sección estarán incluidos todos los trabajos especificados en el Sub-ítem 3.5, no reconociéndose adicional alguno, aún en el caso de operaciones no

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Página 115 Sección VI. Requisitos Técnicos

detalladas en esta especificación y que sean exigidas por necesidades de la obra, a criterio del Ingeniero.

4 PROVISIÓN, RELLENO Y COMPACTACIÓN CON SUELO SELECCIONADO.

RELLENO CON MORTERO DE DENSIDAD CONTROLADA. HORMIGÓN DE

LIMPIEZA PARA ZANJAS. DRENES DE PIEDRA PARTIDA El ítem contiene las tareas correspondientes a los siguientes sub-ítems:

Sub-ítem 4.1: Provisión, relleno y compactación con suelo seleccionado Sub-ítem 4.2: Relleno con mortero de densidad controlada Sub-ítem 4.3: Hormigón de limpieza para zanjas, de 0.10 m de espesor Sub-ítem 4.4: Drenes de piedra partida revestidos con geotextil

Para la realización de las tareas deberán tenerse en consideración las siguientes condiciones: El relleno de las excavaciones se hará con suelos seleccionados, con suelo cemento plástico o con mortero de densidad controlada, no pudiendo reutilizarse el suelo proveniente de las excavaciones realizadas en el sector. En todos los casos, el relleno bajo el pavimento será como mínimo de un metro y se realizará con suelo seleccionado compactado como se indica más adelante. Como tarea previa a los rellenos, el Contratista deberá retirar todas las malezas, desperdicios y suelos que contengan materia orgánica, y compactar los suelos que servirán de apoyo. El Contratista deberá adoptar las precauciones convenientes en cada caso para evitar que al hacerse los rellenos se deterioren las obras realizadas, pues será el único responsable de tales hechos. Los hundimientos de los pavimentos, derivados de la mala ejecución de los rellenos, deberán ser reparados por el Contratista por su cuenta, dentro del plazo que fije el Ingeniero y si se tratara de pavimentos con contrato de conservación, el Contratista abonará los importes de los trabajos de reparación a la entidad que corresponde Cuando los rellenos no se hallen en condiciones de recibir las fundaciones por haberse producido asentamientos, el Ingeniero fijará en cada caso al Contratista, un plazo para completarlos. En la ejecución de los rellenos, el Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes, tanto en la forma de ejecución de los trabajos como en los plazos que puedan fijar para la realización de los mismos. El relleno de la excavación efectuada excediendo las líneas especificadas en los planos y documentos para la medición, será ejecutado del mismo modo establecido para el relleno adyacente y será realizado a costa del Contratista. En todos los casos el Contratista, previo a la ejecución de los rellenos, deberá verificar las características de los suelos a utilizar y solicitar la aprobación de las mismas al Ingeniero.

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Página 116 Sección VI. Requisitos Técnicos

Una vez construida la conducción, se procederá a la ejecución del relleno de la excavación. El criterio general de utilización de tipo de relleno será:

Suelo-cemento plástico o mortero de densidad controlada (MDC): Parte inferior de relleno de la zanja hasta un metro bajo el pavimento y en las partes exteriores de cámaras, bocas de registro, sumideros, etc.

Suelo seleccionado compactado: sectores que indique el Ingeniero y el último metro de relleno bajo el pavimento se ejecutará con suelo seleccionado compactado, previa aprobación del Ingeniero, debiendo cumplir como mínimo:

o Tramos rectos: compactación mayor del noventa y cinco por ciento (95%) en el noventa por ciento (90%) de los casos y nunca menor que el noventa y dos por ciento (92%) de la densidad máxima seca del ensayo Proctor Estándar en la zona de relleno del caño y hasta la terminación del relleno.

o Tramos curvos: igual exigencia desde el fondo de la zanja y hasta terminación del relleno.

Deberá prestarse especial atención a la compactación del terreno en la parte exterior o convexa de la curva y, en particular, a la unión entre el terreno compactado y las paredes del conducto y de la excavación. Las partes sueltas del terreno que constituyen las paredes verticales de la zanja serán removidas hasta alcanzar las zonas de terreno natural intacto. El relleno de las zanjas para conducciones será efectuado hasta la línea indicada en los planos, como se especifica en este apartado o como lo indique el Ingeniero. El relleno de la excavación efectuada excediendo las líneas especificadas para la medición, será ejecutado del mismo modo establecido para el relleno adyacente y será realizado a costa del Contratista. Los ensayos que se requieran para controlar las aptitudes de los suelos para su utilización serán a costa del Contratista y estarán comprendidos dentro de los precios unitarios de cada tipo de relleno. Las cantidades que se empleen y la forma de depositar el material, estarán sujetos a la aprobación del Ingeniero. El relleno no deberá hacerse caer directamente sobre los conductos. El relleno deberá colocarse aproximadamente a la misma altura a ambos lados de la cañería para impedir cargas laterales desiguales que puedan desplazar la cañería. La diferencia entre las alturas rellenadas a uno y otro lado de la cañería no excederá de 0,15 m en cualquier momento. 4.1 PROVISIÓN, RELLENO Y COMPACTACIÓN CON SUELO

SELECCIONADO

A. ALCANCE

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Página 117 Sección VI. Requisitos Técnicos

Este ítem consiste en la provisión, relleno y compactación con suelo seleccionado.

B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Los suelos que se utilicen para la ejecución de los rellenos compactados tendrán un límite líquido menor del cuarenta por ciento (40%), un índice de plasticidad menor del doce por ciento (12%) y estarán exentos de materia orgánica. Además cumplirán las siguientes exigencias:

CARACTERÍSTICA ESPECIFICACIÓN Tamaño máximo 1” Pasa tamiz N° 200 Mayor de cincuenta por ciento (50%) Límite líquido Menor de cuarenta por ciento (40%) Índice de Plasticidad Menor de doce por ciento (12%) Contenido de sales solubles totales Menor de dos por ciento (2%) Contenido de material orgánica Menor de uno por ciento (1%)

El Contratista deberá efectuar determinaciones referentes a la calidad del suelo a su exclusiva costa. En todos los casos de rellenos se aplicará la Norma IRAM 10511 - Método Normal - relativa al valor porcentual de la densidad seca del suelo compactado, comparada con la densidad seca del suelo compactado con humedad óptima en ensayos de laboratorio, y en lo sucesivo se los denominará porcentaje de compactación. . La densidad seca mínima a alcanzar en los rellenos deberá superar el noventa y cinco por ciento (95%) de la densidad seca máxima del ensayo de compactación especificado en el noventa por ciento (90%) de las determinaciones, no aceptándose en ningún caso valores inferiores al noventa y dos por ciento (92%). El Contratista propondrá al Ingeniero, el equipo a utilizar para la ejecución de los rellenos de acuerdo a las especificaciones, (cargadores, camiones, motoniveladoras, camiones volcadores, rodillos de compactación mecánica, equipos manuales, etc.), pero no podrá ser menor que el especificado en el capítulo de Equipamiento Mínimo de la Metodología de Ejecución. Los espesores de las capas compactadas terminadas no serán mayores de cero coma veinticinco (0,25) metros para el caso de trabajarse con equipos mecánicos ni de cero coma quince (0,15) metros en aquellos sectores que se compacte con equipo manual. El material de relleno a agregar sobre relleno ya compactado deberá colocarse tan pronto como se haya completado dicha compactación, con la condición de que este relleno pueda ser diferido en los lugares indicados por el Ingeniero para la obtención de muestras del relleno compactado, a fin de verificar si éste cumple con las condiciones establecidas. Si las pruebas indican una densidad insuficiente del relleno compactado, el Contratista deberá recomenzar la operación de compactación de la capa a su costa. La adecuación de la humedad del material, si fuere necesaria, se deberá realizar en las áreas de préstamos.

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Página 118 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para el ajuste de la misma, no se permitirá agregar más de dos por ciento de agua después que el material se hubiere colocado en el relleno antes de su compactación. El relleno deberá compactarse hasta una altura mínima de cero coma setenta y cinco (0,75) metros sobre el intradós del caño antes de permitir el uso de equipos de apisonado o rodillos compactadores que se desplacen sobre la cañería o fuera de ella. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO El relleno de las excavaciones se medirá y pagará por m3 de volumen neto colocado terminado comprendido dentro de las secciones que figuran en los Planos y volúmenes previamente reconocidos de excavación con la aprobación del Ingeniero. No se efectuará ningún reconocimiento en concepto de material adicional para compensar los efectos del asentamiento. Para el relleno con suelo seleccionado compactado el precio cotizado incluirá el movimiento del material desde el sector de acopio, el tamizado, manipuleo, depósito en su correspondiente lugar, compactación según lo establecido en el punto anterior de esta Sección y el ajuste de las pendientes de acuerdo a los perfiles indicados en los Planos, todo ello a satisfacción del Ingeniero. Los precios cotizados considerarán también los efectos de expansión y contracción y la reposición de todo material de relleno perdido después de su colocación, por la acción erosiva del agua o perdido por otras causas. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 4.1 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 4.2 RELLENO CON MORTERO DE DENSIDAD CONTROLADA

A. ALCANCE Este ítem consiste en la ejecución de los trabajos necesarios para proveer los materiales, rellenar las excavaciones, el transporte desde la planta de elaboración hasta los lugares de relleno y su colocación según indiquen los planos y las instrucciones del Ingeniero. El ítem incluye la provisión del material, la carga, el transporte y la colocación. Quedan comprendidos dentro de éste ítem la totalidad de rellenos con mortero de densidad controlada (MDC) y su colocación según indiquen los planos y las instrucciones del Ingeniero. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES El mortero de densidad controlada (MDC) consiste en una mezcla con cemento portland CP40, arena fina, arena gruesa, agua y un aditivo incorporador de aire, que debe cumplir las siguientes características:

Consistencia: autonivelante, mediante observación visual “in situ”.

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Página 119 Sección VI. Requisitos Técnicos

Resistencia media: mayor de tres (3) MP a la edad siete (7) días. El moldeado de probetas y el ensayo de las mismas se hará de acuerdo a las Normas IRAM 1524 y 1546.

Peso unitario: entre uno coma cinco (1,5) y uno coma siete (1,7) t/m3 de acuerdo a la Norma IRAM 1562.

Incorporación de aire mayor al quince por ciento (15%). El relleno fluido cementicio deberá tener un nivel de fluidez suficiente como para no requerir la aplicación externa de energía de compactación. El curado se hará en forma similar a cualquier mortero u hormigón, ya que el relleno fluido cementicio deberá someterse a adecuadas condiciones de humedad y temperatura de manera de desarrollar adecuadamente las reacciones de hidratación del cemento portland y, eventualmente, las adiciones minerales activas. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El relleno de las excavaciones se medirá y pagará por m3 de volumen neto colocado terminado comprendido dentro de las secciones que figuran en los Planos y volúmenes reconocidos de excavación con la aprobación del Ingeniero. No se efectuará ningún reconocimiento en concepto de material adicional para compensar los efectos del asentamiento. Para el relleno con mortero de densidad controlada (MDC) el precio incluirá el traslado desde la planta elaboradora hasta pie de obra del material, su mezcla en motomixer, la mano de obra y los equipos necesarios para su manipuleo y colocación. Los precios cotizados considerarán también los efectos de expansión y contracción y la reposición de todo material de relleno perdido después de su colocación, por la acción erosiva del agua o perdido por otras causas. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 4.2 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 4.3 HORMIGÓN DE LIMPIEZA PARA ZANJAS DE 0,10 METROS DE ESPESOR A. ALCANCE Se ha previsto la colocación en la zanja de un hormigón de limpieza de diez (10) centímetros de espesor para el adecuado asiento y nivelación de las estructuras de hormigón armado de sección rectangular, las cámaras de interconexión que conforman los conductos y la base de asiento de los conductos circulares. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES La calidad del hormigón de limpieza será la estipulada en el “Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón” CIRSOC 201 – 2005. De acuerdo con el criterio de este Reglamento, el hormigón de limpieza será el H-30 o equivalente superior.

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Página 120 Sección VI. Requisitos Técnicos

El hormigón de limpieza se colocará en el ancho total de la excavación. Si por cualquier razón el Contratista ejecutare una mayor excavación que la definida en el presente P.E.T.P., deberá a su exclusivo costo efectuar el correspondiente relleno hasta llegar a los niveles de apoyo de la estructura determinados en proyecto. El Ingeniero verificará la correcta alineación y nivelación de la superficie resultante del trabajo realizado. El Contratista deberá dejar a los costados de la capa de hormigón de limpieza una canaleta que pueda conducir las aguas de lluvia o eventuales fugas o infiltraciones, de forma tal de evitar la contaminación de la zona de trabajo. Estas canaletas deberán disponer de las secciones suficientes y deberán ser mantenidas libres de obstrucciones. Las aguas serán colectadas y derivadas al sistema pluvial existente, para lo cual deberán instalarse nichos con bombas de achique con suficiente capacidad de descarga. A tal efecto, el Contratista deberá presentar al Ingeniero para su aprobación el plan de depresión de napa, de conducción de las aguas, puntos de achique y de vuelco al sistema pluvial existente, especificando las tareas a realizar y equipos a instalar.

C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El hormigón de limpieza será medido y pagado por metro cuadrado. La medición corresponderá a la superficie neta in situ obtenido del producto entre el ancho total de superficie neta de fundación del Conducto y Cámaras de interconexión, por la longitud del relleno. Los precios incluirán la totalidad de los materiales, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón de relleno. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 4.3 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 4.4 DRENES DE PIEDRA PARTIDA REVESTIDOS CON GEOTEXTIL

A. ALCANCE Consiste en la ejecución de filtros que satisfagan los requerimientos de conducir el agua que eventualmente pueda fluir entre las soleras existentes de los Conductos M-10, a los que hay que demoler la cubierta superior y las partes de soleras nuevas a ejecutarse, mediante un volumen de piedra partida que cumpla con la ley de filtros, recubierto por una geotextil para impedir la penetración de partículas pequeñas hacia el filtro, para evitar su colmatación. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

a) Materiales

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Página 121 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los filtros se ejecutarán con piedra partida de tipo granítico o basáltico de buena calidad. Las partículas que constituyan el agregado pétreo serán duras, limpias, resistentes, estables, libres de películas superficiales y de raíces y de restos vegetales. El material a utilizarse deberá cumplir los siguientes requisitos granulométricos:

Tamaño máximo: 3” (76 mm) D15 del filtro< 5 <D15 del filtro

D85 del suelo D15 del suelo Donde: D15 del filtro: Tamaño de las partículas del filtro tal que el quince por ciento (15%), en peso, sea igual o menor. D15 del suelo: Tamaño de las partículas del suelo tal que el quince por ciento (15%), en peso, sea igual o menor. D85 del suelo: Tamaño de las partículas del suelo tal que el ochenta y cinco por ciento (85%), en peso, sea igual o menor. El filtro, que tendrá las dimensiones que figuran en los planos, será recubierto por un geotextil no tejido, cuya densidad media será de doscientos (200) gr/m2 o superior. La superposición del geotextil será como mínimo de cincuenta (50) centímetros.

b) Método Constructivo Se deberá evitar durante su colocación y lanzamiento del material de relleno del filtro la formación de agujeros o rasgaduras para garantizar la continuidad de la manta. Si acaso llegan a ocurrir estos daños los lugares deberán ser reparados con la colocación de “parches”. Si los daños llegan a ser de gran magnitud se deberá sustituir la manta. Además también se deberá evitar cualquier tipo de polución (lodo, aceites, solventes, etc.), con riesgo de perder la eficiencia del mismo. En la superposición la manta siguiente deberá ser colocada sobre la manta anteriormente instalada y el relleno lanzado de tal manera de evitar el levantamiento del geotextil y la penetración del material de relleno entre las mantas. Las mantas deberán ser protegidas contra la insolación (rayos ultravioletas) C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO El filtro drenante incluyendo el geotextil se medirá en metros lineales (m) del volumen que deberá ocupar el material de filtro, según los planos del proyecto. Este precio será compensación total por los trabajos de preparación de la superficie donde se apoyará el filtro, provisión, carga, transporte, descarga, preparación y colocación del material de filtro y el geotextil y las operaciones necesarias para terminar los trabajos de acuerdo con lo especificado y todo otro trabajo necesario para la correcta terminación del Sub-ítem.

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Página 122 Sección VI. Requisitos Técnicos

Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 4.4 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 5 HORMIGÓN ARMADO Las tareas correspondientes al presente ítem se incluyen en el siguiente sub-ítem:

Sub-ítem 5.1: Hormigón armado para conductos rectangulares (H-30)

5.1 HORMIGÓN ARMADO PARA CONDUCTOS RECTANGULARES (H-30) A. ALCANCE El presente ítem se refiere a las estructuras de hormigón armado de los conductos rectangulares e incluye la provisión del hormigón propiamente, las armaduras, los encofrados y desencofrados. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Las características dimensionales de estas estructuras responden a requerimientos hidráulicos y estructurales. El diseño de las estructuras enterradas se ha definido sobre las bases de dos conceptos:

Estabilidad global Comportamiento resistente y de servicio

En relación a la estabilidad global, se ha evaluado la posibilidad de flotación. Con esta finalidad, a partir de las dimensiones generales de cada estructura, su nivel de fundación, sus niveles hidráulicos de operación, nivel exterior de la capa freática, sobrecargas de servicio, etc., se ha efectuado el cálculo de la resultante total, en función de los espesores elegidos. Se han calculado los volúmenes, pesos propios, pesos de agua contenida y valor total de la subpresión. También se han evaluado los estados combinatorios determinantes del cálculo en su combinación apropiada, sobre la base de las siguientes hipótesis: H1: Para evaluar tensiones máximas en el suelo Peso propio + Peso de suelo gravante + Conducto lleno de agua - Peso de suelo reemplazado por el conducto Esta hipótesis ha sido considerada en forma particular según lo que se expresa a continuación

a. Para los conductos cuya cota de invertido sea mayor que el nivel normal del Riachuelo la superposición de sobrecarga y conducto lleno es un caso extraordinario y de corta

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Página 123 Sección VI. Requisitos Técnicos

duración y por lo tanto la tensión admisible de suelo con la que se ha verificado no ha sido reducida por criterios de control de asentamientos (resistencia de suelo con mínimo coeficiente de seguridad). En este caso, no se ha considerado el efecto de la subpresión.

b. Para los conductos cuya cota de intradós sea inferior al nivel normal del Riachuelo la superposición de sobrecarga y conducto lleno es un caso normal y por lo tanto ha sido tomado en cuenta en el cálculo la influencia de asentamientos ya sea adoptando una resistencia de suelo minorada (coeficiente de seguridad máximo) o realizando un análisis de consolidación.

Como los conductos que se encuentran en esta situación están situados en la zona cercana a la Av. Pedro de Mendoza, donde se ha verificado la presencia de la capa freática en forma permanente, se ha considerado el efecto de la subpresión. No obstante en el control de las tensiones en el suelo se ha verificado sin considerar dicha subpresión. H2: Para evaluar tensiones normales en el suelo Peso propio + Peso de suelo gravante + Peso del conducto lleno de agua - Peso de suelo reemplazado por el conducto

Esta hipótesis corresponde a los conductos cuya cota de invertido sea mayor que el nivel normal del Riachuelo y por lo tanto el conducto vacío es la condición normal, razón por la cual ha sido necesario tomar en cuenta el aspecto de las deformaciones mediante algunos de los criterios expresados en la hipótesis anterior punto b). En este caso, no se ha considerado el efecto de la subpresión. H3: Para verificar la seguridad a la flotación Peso propio + Peso de suelo gravante

Se ha considerado para esta hipótesis la posición de la napa freática en el nivel máximo, verificando que la relación cargas/subpresión sea mayor que uno coma cinco (1,5). H4: Para el dimensionamiento de los elementos de hormigón Peso propio +Peso del suelo gravante + Sobrecarga + Efecto de agua freática El espesor de las paredes y fondo de las estructuras, ha sido la variable para optimizar una adecuada relación entre la dimensión requerida por cálculo resistente y el peso de las mismas que resulta necesario según las hipótesis 1, 2 y 3. Definidos estos espesores, se han dimensionado las armaduras doblemente simétricas, es decir ortogonales y en ambas caras y con una separación mínima entre barras de quince (15) centímetros. Las armaduras aseguran tanto la capacidad portante como la de servicio. Las terminaciones de encofrado (Fi), y las superficies horizontales sin encofrar (Ui), han sido indicadas en planos. La calidad del hormigón estructural mínima a adoptar será H-30, salvo indicación diferente en los planos, y el acero ADN-420 en todos los casos.

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Página 124 Sección VI. Requisitos Técnicos

Todas las estructuras con fundación directa serán asentadas sobre un hormigón simple de limpieza y nivelación de diez (10) centímetros mínimo de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón” CIRSOC 201 - 2005. Los recubrimientos mínimos adoptados son cuatro coma cincuenta (4,50) centímetros para los paramentos en contacto con el suelo, y de dos coma cinco (2,5) centímetros para los restantes. Se deberán prever juntas de contracción separadas como quince (15) metros como máximo. Con respecto a Cámaras, Bocas de Registro y Sumideros y debido a la gran variedad de estructuras que se necesitan para los distintos casos específicos, en esta etapa de proyecto de licitación se han tipificado en una menor cantidad, pero representativa del conjunto. En la etapa de Proyecto de Detalle se deberá desarrollar la totalidad de las mismas. El diseño estructural de estas estructuras, todas de fundación directa, seguirán los criterios generales ya expuestos.

a) Modelos de cálculo Los colectores pluviales, cuyas dimensiones internas resultan de las necesidades hidráulicas, se han dimensionado acorde a las premisas básicas siguientes: En el análisis transversal, se ha utilizado como modelo representativo el de marco cerrado sobre apoyo elástico, atendiendo que la fundación directa no exceda, para la situación de servicio, las presiones admisibles establecidas para el suelo. Podrán proyectarse extensiones de la solera (zarpas), para lograr una mejor distribución de las cargas sobre el suelo cuando sea necesario. Atención especial recibirán los colectores que pasen por bajo el tendido ferroviario.

b) Cámaras, bocas de registro y sumideros Debido a la gran variedad de estructuras que se necesitan para los distintos casos específicos, en esta etapa de Proyecto Ejecutivo se han elaborado Planos tipo. En la etapa de Proyecto de Detalle se deberá desarrollar la totalidad de las mismas. El diseño estructural de estas estructuras, todas de fundación directa, seguirán los criterios generales ya expuestos.

c) Materiales y cuantías

Conductos Paredes Hormigón H-30 espesor cero coma veinte (0,20) metros Acero ADN420 cuantía de acero ochenta (80) kg/m3

Soleras inferiores y tapas superiores Hormigón H-30 espesor cero coma treinta (0,30) metros Acero ADN420 cuantía de acero cien (100) kg/m3

Sumideros

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Página 125 Sección VI. Requisitos Técnicos

De Hormigón Armado Hormigón H-30 espesor cero coma veinte (0,20) metros Acero ADN420 cuantía de acero ochenta (80) kg/m3

Bocas de registro Paredes Hormigón H-30 espesor cero coma veinte (0,20) metros Acero ADN420 cuantía de acero ochenta (80) kg/m3

Soleras y tapas Hormigón H-30 espesor cero coma veinticinco (0.25) metros Acero ADN420 cuantía de acero cien (100) kg/m3

d) Hormigón armado

i. Generalidades

El hormigón estructural y el acero a utilizar están definidos por sus resistencias características y son los detallados en estas Especificaciones Técnicas Particulares y/o los planos de la Documentación Licitatoria. Cálculo de solicitaciones Serán las especificadas por el SIREA (Cuadernos CIRSOC correspondientes), el Código de Edificación del GCBA, el Reglamento de Vialidad Nacional y los distintos Reglamentos de: FEMESA, AGUAS y SANEAMIENTO, EDESUR (Ex SEGBA) y demás Entes Públicos y Privados que sean afectados y en casos de falencias lo prescripto en las Normas IRAM o DIN. Planos de estructuras Los planos de estructuras que se acompañan en la Documentación Licitatoria han sido dimensionados para cumplir requerimientos de funcionamiento hidráulico y estructural. Proyecto de Detalle El Contratista presentará el Proyecto de Detalle, según los criterios enunciados en la presente Especificación técnica. Una vez aprobado por el Ingeniero el cálculo y dimensionamiento presentado, el mismo será definitivo para la ejecución de la obra. No se reconocerán diferencias de precio por ningún concepto, debido al dimensionado. El Contratista deberá cumplir con el “Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón". CIRSOC 201-2005. A continuación se transcriben los puntos más importantes de este reglamento, siendo este listado meramente enunciativo.

ii. Materiales Componentes

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Página 126 Sección VI. Requisitos Técnicos

El hormigón estará constituido por una mezcla homogénea de cemento Portland, áridos y agua. Cuando ello sea explícitamente exigido en estas Especificaciones, el hormigón contendrá también los materiales de adición especificados. En caso de que, sin ser ello requerido, deseen emplearse materiales de adición destinados a modificar algunas de las características del hormigón, deberá justificarse debidamente la necesidad de su empleo debiendo ser previamente aprobado por el Ingeniero. El empleo de estos productos sólo será permitido si se adopta el máximo de precauciones, se cuente con el debido asesoramiento técnico y se controla cuidadosamente su aplicación y también la calidad y uniformidad del hormigón de obra. En todos los casos los materiales componentes del hormigón cumplirán las condiciones establecidas en las especificaciones indicadas. El hormigón podrá ser elaborado en obra mediante dosificación en peso en plantas adecuadas y cumpliendo con la resistencia correspondiente o comprarlo elaborado y transportado a obra por medio de camiones mixer.

1. Agua El agua empleada para amasar y curar el hormigón debe ser clara, libre de glúcidos (azúcares) y de aceites. Además, no debe contener substancias que puedan producir efectos desfavorables sobre el fraguado, la resistencia o la durabilidad del hormigón, o sobre las armaduras. Como norma de carácter general, y sin que ello implique excluir la realización de ensayos que permitan verificar su calidad, podrán emplearse como aguas de empaste y curado todas aquellas reconocidamente potables. En caso de que no se posean antecedentes respecto a su comportamiento, o cuando existan dudas sobre la calidad, será necesario realizar ensayos que permitan verificar si el agua en estudio cumple los siguientes requisitos que, conjuntamente con los establecidos en las normativas, determinarán su aceptación.

El contenido máximo de materia orgánica, expresado en oxígeno consumido, será menor de tres (3,00) miligramos por litro.

El residuo sólido no será mayor de cinco (5,00) gramos por litro. El pH estará comprendido entre cinco coma cincuenta (5,50) y ocho (8,00). La cantidad de sulfatos, expresada en ion SO4

2-, será menor de cero coma seis (0,6) gramos por litro.

El contenido de cloruros, expresado en ion Cl.-, será menor de un (1,00) gramo por litro.

El contenido máximo de hierro, expresado en ion férrico (Fe 3+), será menor de una (1,00) parte por millón.

La cantidad de carbonatos y bicarbonatos alcalinos (alcalinidad total) expresada en NaHCO3, será menor de un (1,00) gramo por litro.

2. Cemento

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Página 127 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para la ejecución de las estructuras se emplearán cementos del tipo Portland normal. Cuando se requieran propiedades adicionales, según indique el Ingeniero, los mismos deberán cumplir con las siguientes normas:

Cemento alta resistencia a los sulfatos - IRAM 1669 Cemento resistente a la reacción álcali-agregado - IRAM 1671

Cualquiera sea el tipo de cemento empleado, sus características serán las que correspondan para permitir que el hormigón que con él se prepare alcance la resistencia y demás condiciones necesarias para satisfacer, en la forma más adecuada, las exigencias de la estructura a que se destine, garantizar las cualidades del hormigón y la permanencia de las mismas en el tiempo. En una misma pieza o elemento de la estructura no se permitirá el empleo de cementos de distintos tipos o marcas. Cuando se pongan en contacto hormigones preparados con distintos tipos de cemento, se evitará cuidadosamente la circulación de agua entre ellos. En el momento de su empleo, el cemento deberá encontrarse en perfecto estado pulverulento y cumplir todos los requisitos de estas Especificaciones y de la Norma IRAM 1503 y 1662 y no debe estar vencido. Todo envase cuyo peso neto difiera más del cinco por ciento (5%) con respecto del peso neto indicado, podrá ser rechazado. Si el peso medio del contenido de cincuenta (50) envases tomados al azar, de cualquier partida, es menor que el peso neto indicado, podrá rechazarse toda la partida o cargamento del cual dichos envases provienen. Los cementos de distinto tipo, marca o partida se acopiarán separadamente y por orden cronológico de llegada. El empleo se realizará en el mismo orden. El cemento embolsado se conservará en su envase original hasta el momento de empleo. Si el cemento se entrega a granel, la carga, transporte y descarga se realizarán mediante métodos, dispositivos y vehículos adecuados que impidan su pérdida y lo protejan completamente contra la acción de la humedad y contra toda contaminación. El acopio se realizará en locales, depósitos o silos adecuados, secos y bien ventilados, capaces de protegerlo contra la acción de la intemperie, de la humedad del suelo y de las paredes, y de cualquier otra acción o sustancia extraña que pueda alterar o reducir su calidad. Si el cemento ha estado almacenado en las condiciones indicadas durante un tiempo mayor de sesenta (60) días, antes de emplearlo se requerirá verificar si cumple las condiciones establecidas.

3. Áridos de peso normal para hormigones

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Página 128 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los áridos aptos estarán constituidos por partículas limpias, duras, estables y libres de películas superficiales. No deben contener substancias perjudiciales en cantidades suficientes como para afectar en forma adversa a la resistencia y durabilidad del hormigón, ni producir ataque alguno sobre las armaduras. En todos los casos se deberá verificar conforme a Normas nacionales y extranjeras que dichos áridos no produzcan reacción álcali-agregado, salvo que se utilicen áridos de probada procedencia de no reacción álcali-agregado. Los áridos finos y gruesos de peso normal, triturados o no, destinados a la elaboración de hormigones a emplearse con propósitos estructurales normales, no incluye a los materiales artificiales, livianos o no, que resultan como consecuencia de un proceso industrial de fabricación, ni aquellos que se empleen con el propósito de producir hormigones de características especiales.

4. Árido Fino Se dará preferencia al empleo de arenas naturales de naturaleza silícea. Las arenas de trituración sólo serán permitidas si se las emplea mezcladas con arenas naturales de partículas redondeadas, o si el hormigón contiene tres (3) por ciento o más de aire intencionalmente incorporado en su masa. Cuando las arenas de trituración se empleen conjuntamente con otras partículas redondeadas, las proporciones de ambas serán las que resulten necesarias para obtener hormigones trabajables y homogéneos. La misma condición es válida en el caso de empleo de aire incorporado. Si dicha condición no puede cumplirse, deberá abandonarse el empleo de las arenas de trituración como único árido fino. Granulometría El árido fino tendrá una curva granulométrica continua, comprendida dentro de los límites que fija el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201 - 2005. Sustancias perjudiciales La cantidad de sustancias perjudiciales expresadas en tanto por ciento del peso de la muestra, no excederá de los siguientes límites:

Partículas desmenuzables una (1,0) Finos que pasan el tamiz N°200 - (Hormigón

sometido a desgaste superficial) tres (3,0) Materias carbonosas (sólo en Ho vistos) cero coma cinco (0,5) Materias carbonosas (otros hormigones) uno (1,00) Total de otras sustancias perjudiciales,

como sales solubles, mica, partículas friables o cubiertas por películas superficiales, etc. uno (1,00)

La suma de los porcentajes de sustancias perjudiciales no excederá de cinco (5) para el hormigón expuesto a la acción de desgaste, ni de siete (7) para el resto de los hormigones.

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Página 129 Sección VI. Requisitos Técnicos

5. Agregado Grueso Estará constituído por grava, canto rodado, grava partida, piedra partida. Granulometría La granulometría del agregado grueso se corresponderá con los valores que fija el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201 - 2005. Sustancias perjudiciales La cantidad de sustancias perjudiciales, expresadas en tanto por ciento del peso de la muestra, no excederá de los siguientes límites:

Partículas desmenuzables cero coma veinticinco (0,25) Partículas blandas cinco (5,00) Ftanita (“chert”) contenido como impureza y no

como contenido principal cinco (5,00) Finos que pasan el tamiz (N°200) uno (1,00) Materias carbonosas uno (1,00) Total de otras sustancias perjudiciales como

sales solubles, mica, partículas cubiertas por películas superficiales, etc. uno (1,00)

La suma de los porcentajes de sustancias perjudiciales tal como ingresan a la mezcladora, no excederán de cinco (5,00). Desgaste Los Ángeles El porcentaje de desgaste Los Ángeles del árido grueso no excederá de cincuenta (50). En caso de no cumplirse esta condición, podrá ser igualmente empleado siempre que al integrar el hormigón de las proporciones establecidas para la obra, permita alcanzar las resistencias mecánicas, durabilidad, resistencia al desgaste y demás condiciones que requiera la estructura en que será empleado.

e) Calidad y características del hormigón

i. Contenido unitario de cemento Se lo define como el peso de cemento, expresado en kilogramos, conteniendo en un metro cúbico de hormigón terminado. En general el hormigón contendrá la cantidad de cemento necesaria para obtener la resistencia requerida, con mezclas compactas, capaces de asegurar la durabilidad de las estructuras y también la protección de las armaduras contra los efectos de la oxidación o corrosión del medio ambiente. En cuando a los contenidos mínimos de cemento para los hormigones de peso normal y calidad controlada, en ningún caso serán inferiores que los que se indican a continuación:

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Página 130 Sección VI. Requisitos Técnicos

Estructuras de hormigón simple o débilmente armadas, de secciones moderadas o pesadas, que contengan áridos de tamaño máximo nominal cincuenta (50) milímetros: doscientos cincuenta (250) kg/m3.

Estructuras corrientes de hormigón armado no expuestas a la acción de la humedad, de la intemperie o de un medio agresivo: doscientos setenta (270) kg/m3.

Hormigones expuestos a la acción de un medio agresivo: trescientos ochenta (380) kg./m3.

Hormigones a colocarse bajo agua: cuatrocientos (400) kg/m3.

ii. Tamaño máximo del árido grueso

Para fijarlo se tendrá en cuenta que el hormigón deberá poder ser colocado sin dificultades dentro de los encofrados y que, en todo lugar de los mismos y especialmente en los ángulos y rincones, en los espacios entre barras de las armaduras, o entre ellas y las paredes de los encofrados, no deben quedar espacios vacíos. Interesa especialmente obtener la máxima compacidad del hormigón y el recubrimiento completo de las armaduras. Cumpliéndose lo que acaba de indicarse, el tamaño máximo del árido a emplear será lo más grande posible dentro de los tamaños especificados, pero en ningún caso, salvo indicación explícita del Ingeniero, dicho tamaño máximo no excederá de la menor de las dos medidas siguientes:

Un quinto (1/5) de la menor dimensión del elemento estructural en que el hormigón será empleado.

Tres cuartos (3/4) de la mínima separación horizontal o vertical libre entre dos barras, o entre dos grupos de barras paralelas en contacto directo, o que actúen como una unidad, o del mínimo recubrimiento libre de las armaduras.

iii. Consistencia

Será la necesaria y suficiente para que, con los medios de colocación y compactación disponibles, el hormigón se deforme plásticamente en forma rápida, permitiendo un llenado completo de los encofrados, especialmente en los ángulos y rincones de los mismos, envolviendo perfectamente a las armaduras sin solución de continuidad y asegurando una perfecta adherencia entre las barras y el hormigón. Ello deberá conseguirse sin que se produzca la segregación de los materiales sólidos, ni se acumule un exceso de agua libre, ni de lechada sobre la superficie libre del hormigón. La consistencia de las mezclas será determinada mediante el ensayo de asentamiento, realizado de acuerdo a lo especificado en el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC. 201 – 2005. Como regla general, el hormigón se colocará con el menor asentamiento posible que permita cumplir con las condiciones generales enunciadas anteriormente. Cualquiera sea su consistencia, se exigirá aplicarle la cantidad de trabajo manual o mecánico necesario para alcanzar dichos objetivos. El contenido de agua de la mezcla se regulará en consecuencia. Si fuera necesario se harán dosificaciones de ensayo adicionales.

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Página 131 Sección VI. Requisitos Técnicos

Además, la consistencia del hormigón será regulada de acuerdo a las condiciones del equipo de colocación y compactación, y en ningún caso por las dificultades de mezclado o de transporte. Salvo casos de excepción, que deberán justificarse debidamente, antes de iniciar las operaciones de colocación del hormigón no se permitirá colocar en obra hormigones de peso normal de asentamiento superior a 16 centímetros. Los pastones de hormigón colocados en la misma sección de la estructura deberán tener consistencia uniforme.

iv. Asentamiento del hormigón de peso normal

1. Compactación por vibración En principio, para todos los casos en que la compactación se realice mediante vibración interna de alta frecuencia, (complementada, cuando sea necesario, por compactación manual y golpeteo o vibrado de moldes) el asentamiento del hormigón de peso normal no excederá de los siguientes límites:

Para operaciones de general colocación tres (3) a siete (7) centímetros En secciones de difícil colocación: máximo diez (10) centímetros

2. Compactación manual

Se realizará punzonando el hormigón con barras de acero gruesas, o apisonándolo con herramientas adecuadas, complementándose la operación con golpeteo de encofrados y/o vibración necesaria y suficiente de los mismos. Se observarán los siguientes límites:

Secciones masivas de hormigón simple: máximo tres (3) a seis (6) centímetros Secciones débilmente armadas y fácilmente accesibles para ser punzonadas y

apisonadas: máximo seis (6) a nueve (9) centímetros Estructuras corrientes de hormigón armado en lugares no fácilmente accesibles y

donde existan dificultades para punzonar y apisonar el hormigón, debido a la cantidad de armaduras y otras razones: máximo doce (12) centímetros

Secciones inaccesibles o de difícil compactación, como tabiques de pequeña sección y gran altura: máximo doce (12) a diez y seis (16) centímetros

Los asentamientos establecidos no regirán en el caso de hormigones que se empleen para la construcción de estructuras inclinadas de fuerte pendiente, previa aprobación por el Ingeniero.

v. Máxima razón agua/cemento (en peso) El cociente entre el peso neto de agua (incluyendo el agua absorbida por los áridos) y el peso de cemento contenidos en el hormigón, no excederá los límites que se indican en Cuadro adjunto. Los mencionados pesos de agua y de cemento se expresarán en la misma unidad (kilogramos).

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Página 132 Sección VI. Requisitos Técnicos

Cuando por razones de impermeabilidad, durabilidad, etc., se establezca una razón agua/cemento máxima, será de la mayor importancia observar cuidadosamente las disposiciones contenidas en estas Especificaciones respecto al recubrimiento mínimo de las armaduras. El mantenimiento de las razones agua/cemento máximas especificadas dentro de los límites de tolerancia establecidos más o menos cero coma cero dos (�0,02), será rigurosamente controlado en obra mediante inspección y control permanentes de las cantidades de materiales que integran todos y cada uno de los pastones de hormigón producido.

vi. Resistencia Mecánica del Hormigón La calidad del hormigón estará definida por el valor de su resistencia característica a la comprensión ( ‘bk). Salvo indicación explícita en otro sentido, la edad en que la estructura o parte de ella deba soportar la totalidad de las cargas y sobrecargas previstas en los cálculos será de veintiocho (28) días. En aquellas obras en que la resistencia a tracción sea de principal importancia y determinante, la calidad de hormigón, desde el punto mecánico, podrá definirse también por el valor de su resistencia característica a la tracción ( bk). Los ensayos necesarios para determinar las resistencias de rotura a comprensión y a tracción del hormigón, que servirán para calcular las respectivas resistencias características, se realizarán sobre probetas cilíndricas normales de quince (15) centímetros de diámetro y treinta (30) centímetros de altura, de acuerdo a lo indicado en el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201-2005. Ambas resistencias características se expresarán en kg/cm2.

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Página 133 Sección VI. Requisitos Técnicos

RAZONES AGUA/CEMENTO MÁXIMAS EN PESO

Razón agua/cemento en peso

C O N D I C I O N E S Secciones delgadas

(1)

Secciones medianas y parte exterior de secciones pesadas

(2) En contacto con suelos o aguas que contengan concentraciones de sulfatos mayores de 0,2%

En contacto con otros líquidos o sales corrosivos.

0,40 ± 0,02 0,45 ± 0,02

Hormigón colocado bajo agua con tolva y tubería. 0,45 ± 0,02

Fundaciones en contacto con aguas naturales no agresivas (de la capa freática o del río) o con suelos húmedos no agresivos y enterradas.

0,53 ± 0,02

Hormigón continuamente sumergido en agua no agresiva, protegido de las acciones climáticas o que será cubierto con material de relleno.

0,58 ± 0,02

Hormigón protegido contra la acción de los efectos climáticos, debajo del nivel del suelo, sin contacto con la humedad ni con agua ni suelos agresivos.

Elegir la razón agua/cemento en base a los requisitos de resistencia

y trabajabilidad.

(1) Y en toda sección en que el recubrimiento libre de las armaduras sea menor

de dos coma cinco (2,5) centímetros (caños, muros delgados, etc.). (2) Hormigón masivo, etc.

Las relaciones indicadas son válidas para cementos normales, en caso de cementos especiales el Ingeniero solicitará ensayos para determinarlas. El valor de la resistencia característica a comprensión ( ‘bk) resulta de la interpretación estadística de resultados de ensayos de resistencia, realizados a la edad y en la forma indicada anteriormente. Dicho valor permite establecer las tensiones admisibles del hormigón, y también calcular los elementos estructurales en régimen de rotura (estado III). Considerando que los resultados de los ensayos mencionados se distribuyen de acuerdo a una curva estadística normal, para estas E.P. el valor es el que corresponde a la probabilidad de que el noventa y cinco por ciento (95%) de los resultados obtenidos supera a dicho valor. En esas condiciones y siempre que el número de ensayos menos uno, correspondientes al mismo tipo de hormigón, sea mayor de 30, la resistencia característica del mismo queda definida por la siguiente expresión:

‘bk = ‘bm (1 - 1,65 ) En ella:

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Página 134 Sección VI. Requisitos Técnicos

‘bk= resistencia característica del hormigón, en kg/cm2. ‘bm = media aritmética de los resultados de los ensayos de resistencia en kg./cm2. Cuando se

trate de determinar las proporciones del hormigón para satisfacer una determinada resistencia característica, será la resistencia media de dosaje o proyecto de la mezcla.

= coeficiente de variación de la resistencia, expresado como número decimal (cociente entre la desviación normal y la media aritmética de los resultados de los ensayos de resistencia realizados).

En ningún caso se tendrán en cuenta, para ensayos de obra, valores menores de diez por ciento (10%). Si el coeficiente de variación resultará menor, se adoptará el valor mínimo indicado. Cuando el número de ensayos menos uno sea menor o igual a treinta (30), el coeficiente uno coma sesenta y cinco (1,65) que figura en la expresión anterior, se reemplazará por el que corresponda de los que figuran en el cuadro adjunto.

COEFICIENTE PARA CANTIDAD DE ENSAYOS MENORES A 30

Número de

ensayos menos uno

Coeficiente que

deberá reemplazar a 1.65

1 2 3 4 5 6 7 8 9

10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26

6,31 2,92 2,35 2,13 2,02 1,94 1,90 1,86 1,83 1,81 1,80 1,78 1,77 1,76 1,75 1,75 1,74 1,73 1,73 1,72 1,72 1,72 1,71 1,71 1,71 1,71

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Página 135 Sección VI. Requisitos Técnicos

Número de

ensayos menos uno

Coeficiente que

deberá reemplazar a 1.65

27 28 29 30

Mayor de 30

1,70 1,70 1,70 1,70 1,65

Los ensayos se realizarán sobre mezclas que contengan muestras representativas del cemento, agua, áridos y materiales de adición que se propongan emplear en la construcción de la estructura.

vii. Requisitos mínimos que debe cumplir el hormigón de obra Deberá cumplirse lo estipulado en el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201-2005 y Anexos. No estará permitido ningún tipo de hormigones establecidos en forma empírica. Se exige el control sistemático de las resistencias del hormigón. El control de resistencia se realizará mediante ensayos de probetas moldeadas, curadas en condiciones normalizadas de humedad y temperatura. Desde el punto de vista mecánico, para satisfacer los requisitos mínimos de calidad exigidos por estas E.P., cada clase de hormigón colocado deberá cumplir sin excepción las siguientes condiciones mínimas: En ningún caso se aceptará que los resultados de más de dos ensayos consecutivos cualesquiera arrojen resistencias individuales menores que el valor de ‘bk especificado. El promedio de los resultados de tres ensayos consecutivos cualesquiera deberá ser igual o mayor que el valor de ‘bk especificado. La resistencia característica a comprensión ‘bk será igual o mayor que la especificada. La falta de cumplimento de una cualquiera de las tres condiciones establecidas significará que el hormigón colocado en la estructura, o parte de ella representada por las probetas ensayadas, no satisface los requisitos de resistencia exigidos en el en estas E.P. y el Ingeniero ordenará la demolición o las medidas que considere adecuado, todo ello con cargo al Contratista.

f) Proporciones de los materiales componentes del hormigón Las proporciones de cada uno de los materiales componentes del hormigón se determinarán en forma experimental teniendo en cuenta las características de la estructura y los requisitos establecidos anteriormente, que en conjunto determinan la calidad del hormigón. Al efecto, y

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Página 136 Sección VI. Requisitos Técnicos

con suficiente anticipación, se realizarán ensayos previos a la ejecución de la obra y también después de iniciada, cada vez que deseen cambiarse las proporciones del hormigón o la naturaleza o procedencia de sus materiales componentes.

i. Determinación de la resistencia media ( ‘bm) del dosaje del hormigón

Con el objeto de tener en cuenta variaciones de resistencia, que en obra son inevitables, el hormigón se proyectará de modo tal que su razón agua/cemento sea la necesaria para obtener, a la edad de veintiocho (28) días una resistencia mínima ‘bm mayor que la resistencia característica especificada. La resistencia media ‘bm se determinará en función de ‘bk y de la dispersión de resultados de los ensayos de resistencia, expresada por el coeficiente de variación. Si se conoce el coeficiente de variación de la resistencia del hormigón, por haber sido determinado mediante más de 30 ensayos realizados en la obra a construir, o en otra obra ejecutada por la misma empresa constructora, trabajando con el mismo equipo, en las mismas condiciones, y con el mismo patrón de calidad de lo cual deberá presentar documentación técnica fehaciente a satisfacción del Ingeniero, la expresión:

Permitirá, conociendo la resistencia característica especificada en planos, calcular la resistencia media que servirá para determinar la razón agua/cemento del hormigón, necesaria para alcanzar dicha resistencia media.

ii. Proporciones de áridos fino y grueso La proporción de árido fino con respecto al total de áridos se determinará experimentalmente teniendo en cuenta las condiciones de colocación y compactación del hormigón en obra.

g) Condiciones de elaboración del hormigón en obra, patrón de calidad y grado de control

Las condiciones de elaboración del hormigón en obra, en lo que se refiere a la medición de los materiales componentes, forma y frecuencia con que se determina la humedad superficial de los áridos y la consistencia de la mezcla, conjuntamente con la frecuencia de los ensayos que se realicen para comprobar su calidad y con el grado de supervisión de las operaciones de elaboración, configuran el grado de control de fabricación que se considerará rigurosa según lo prescripto en el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201 – 2005. Durante la ejecución de la obra se realizarán ensayos de control para verificar si las características previstas, que definen la calidad del hormigón, son obtenidas en la obra.

i. Ensayos a realizar y frecuencia de realización

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Página 137 Sección VI. Requisitos Técnicos

Sobre el hormigón en estado fresco (recién mezclado) se realizarán los ensayos necesarios para determinar sistemáticamente su consistencia y contenido unitario de aire. Este último ensayo se realizará, salvo que existan razones especiales para proceder en otra forma, solamente cuando el hormigón contenga aire intencionalmente incorporado en su masa. Sobre el hormigón endurecido se realizarán los ensayos necesarios para determinar su resistencia a compresión, a la edad de veintiocho (28) días y edad menor a la que se desea obtener información anticipada sobre el desarrollo de resistencia. Además de los ensayos indicados explícitamente en lo que antecede el control de calidad y uniformidad del hormigón de obra, simple o armado, importa también el control de las características de todos sus materiales componentes, y de las proporciones y cantidades en que estos son empleados y, asimismo, de las demás características que contribuyen a apreciar su grado de uniformidad y configurar la calidad del hormigón terminado. Corresponde al Ingeniero decidir sobre la realización de los ensayos no explícitamente indicados e indicar, en los casos no previstos, la frecuencia con que los mismos deben realizarse. En todos los casos se entenderá que el número o frecuencia de ensayos a realizar, si está explícitamente indicado, es mínimo. Las operaciones de extracción de muestras necesarias para la ejecución de los ensayos, se realizarán con todo cuidado, tratando de que las mismas sean realmente representativas del material cuyas características desea determinarse.

1. Ensayos a realizar sobre el hormigón fresco La consistencia del hormigón será continuamente vigilada, y los ensayos para determinarla se realizarán varias veces por día, especialmente cuando por apreciación visual se observe que la mezcla es muy seca o demasiado fluida. Esta consistencia podrá ser determinada mediante el ensayo de asentamiento realizado de acuerdo al CIRSOC 201-2005 y Anexos. La relación entre asentamiento y penetración se determinará experimentalmente realizando ensayos comparativos sobre el hormigón preparado con los materiales de obra. Cada vez que se determine la consistencia se realizarán dos ensayos, con la mayor rapidez posible, sobre otras tantas proporciones de hormigón correspondientes a la misma muestra. El promedio de los dos resultados obtenidos deberá estar comprendido dentro de los límites especificados. Si esto no sucediese, se realizarán dos nuevos ensayos sobre otras dos porciones no anteriormente ensayadas de la misma muestra. Si el promedio de los dos últimos ensayos está dentro de los límites especificados, se considerará que la consistencia es adecuada. En caso contrario se considerará que el pastón ensayado no cumple los requisitos de consistencia establecidos. Cuando esto suceda se tomará nota del lugar preciso donde se colocó el hormigón y, en caso de que la fluidez fuese mayor que la especificada, se dispondrá el moldeo, con hormigón de la misma muestra, de un mínimo de dos probetas, para realizar ensayos de compresión a la edad de veintiocho (28) días. Al mismo tiempo se llamará la atención al encargado de la elaboración, anotándose también esta circunstancia.

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Página 138 Sección VI. Requisitos Técnicos

A continuación se determinará la consistencia de los cuatro pastones siguientes, para comprobar si se ha corregido la deficiencia observada. En caso contrario, se moldeará nuevas probetas para verificar la resistencia. La persistencia en la falta de cumplimiento de la consistencia especificada será motivo suficiente para disponer la paralización inmediata de los trabajos de colocación de hormigón en obra. El ensayo se realizará varias veces por día, con la frecuencia que se estima conveniente y especialmente si se observan variaciones importantes en la consistencia de la mezcla. Si al realizar un ensayo, el contenido de aire está fuera de los límites establecidos, el mismo será rápidamente repetido con otra porción de hormigón perteneciente a la misma muestra. Si el resultado es satisfactorio, se considerará que se ha cumplido el requisito especificado para el contenido de aire. En caso contrario se considerará que el pastón de hormigón ensayado no cumple estas especificaciones. En este caso se tomarán disposiciones de un todo análogas a las enunciadas para los ensayos de consistencia. También en este caso, si el porciento de aire es mayor que el límite superior establecido, se moldearán probetas para ensayo a compresión a la edad de veintiocho (28) días y se adoptarán las disposiciones para que, en los pastones siguientes, el contenido de aire esté comprendido dentro de los límites establecidos.

2. Determinación de la resistencia de rotura a comprensión del hormigón de obra

Las resistencias mecánicas del hormigón se determinarán realizando ensayos sobre probetas cilíndricas normales, moldeadas, curadas y ensayadas según éstas E.P. En caso de que se disponga de equipo adecuado, en lugar de los ensayos anteriores si así lo dispusiera el Ingeniero, podrán realizarse ensayos no destructivos de la estructura, mediante ultrasonido y otros procedimientos suficientemente estudiados y experimentados en el país. Los ensayos se realizarán al cumplirse los 28 días desde el momento en que el hormigón se colocó en cada porción de la estructura. Previamente a la realización de estos ensayos será necesario que el procedimiento que se adopte sea aceptado por el Ingeniero. Los ensayos serán realizados e interpretados bajo responsabilidad de un profesional o laboratorio de reconocida experiencia y capacidad en la especialidad, y antes de indicar los mismos deberá demostrarse a satisfacción que con el procedimiento a emplear puede determinarse la resistencia mecánica del hormigón (entendiendo como tal a la de la masa y no a la de una capa superficial de aquel) con precisión del mismo orden que con los métodos convencionales de ensayo a compresión realizadas sobre probetas. En cuanto al número de ensayos, se establece que el número de lugares de auscultación estará relacionado con el volumen e importancia de la estructura. El Ingeniero fijará los lugares de auscultación en número siempre mayor de treinta (30). El cálculo de la resistencia característica se realizará en la forma ya descripta. Si dejara de cumplirse alguna de las condiciones anteriores, el procedimiento no podrá ser empleado como sustituto del primer indicado.

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Página 139 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para la realización de los ensayos convencionales sobre probetas moldeadas en obra, a los que se hará referencia en todo lo que sigue, se extraerán muestras del hormigón, en el lugar de su colocación en obra. En cada oportunidad en que se realice una extracción de muestra, se anotará la fecha y hora de extracción y también, con toda precisión, el lugar de extracción referido al elemento estructural de donde la muestra fue extraída, relacionados con el número de identificación de las probetas moldeadas con aquella.

h) Medición de los materiales

i. Disposiciones Generales Todos los materiales componentes del hormigón se deberán medir en peso. Al efecto y para alcanzar el alto grado de uniformidad deseable a que se ha hecho referencia anteriormente, será condición importante que las mediciones se realicen con errores menores que los que, para cada material se indican a continuación:

Cemento Portland y otros mat. cementicios: más menos uno por ciento ( 1%) Cada fracción o tamaño nominal de Áridos: más o menos dos por ciento ( 2%) Cantidad total de áridos más o menos uno por ciento ( 1%) Agua más o menos uno por ciento ( 1%) Materiales adicionales más o menos tres por ciento ( 3%)

Cuando después de medir el cemento y los áridos, ambos se transporten desde el lugar de medición hasta el mezclado, el cemento se colocará en un compartimiento separado que impida su pérdida y el contacto con los áridos o bien en un mismo compartimiento que aquellos y cubierto por los mismos. Dichos compartimientos tendrán la capacidad necesaria para evitar tanto las pérdidas durante el transporte, como el mezclado de los materiales correspondientes a los distintos pastones transportados al efectuar la descarga.

1. Equipo para Mediciones en Peso Debe estar proyectado y construido de modo tal que las mediciones puedan realizarse con exactitud y rapidez. La instalación estará aislada en forma tal que los movimientos o vibraciones que se produzcan en la zona de la planta de medición no impidan que ella, a pleno funcionamiento, opere dentro de las tolerancias máximas establecidas para los errores de medición. Todo exceso de material, respecto a la cantidad requerida, que por cualquier causa hubiese podido ser admitido en la tolva de medición, debe poder ser rápidamente eliminado por el operador, para que sólo ingrese a la hormigonera el peso necesario de material. Asimismo, la planta debe permitir realizar rápidamente los ajustes necesarios para compensar los pesos de los áridos y del agua de empaste, de acuerdo a los porcientos variables de humedad superficial de aquellos. Cuando se emplee cemento a granel, preferentemente se dispondrá de una balanza especialmente dedicada a pasar dicho material y otro u otras para pesar los áridos.

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Página 140 Sección VI. Requisitos Técnicos

Cuando los materiales se pesen acumulativamente en una misma balanza, se exceptuará el cemento que tendrá su propia balanza. Durante las operaciones de medición no deben producirse pérdidas de materiales. Los equipos de medición podrán ser operados en forma manual, semi-automática o automática. Los equipos de medición, y especialmente los automáticos, estarán provistos de los necesarios dispositivos de seguridad que impidan el ingreso de material a la tolva si la balanza no marca cero, o si están abiertas las compuertas de descarga. En igual forma tampoco permitirán que se abran las compuertas de descarga de la tolva, si las de carga están abiertas, o si no se ha alcanzado el peso establecido para el material de que se trate. Las plantas automáticas de medición dispondrán de equipos y dispositivos capaces de registrar el peso de cada uno de los materiales que integren cada pastón. Para facilitar la descarga de las tolvas, los equipos estarán provistos de vibradores adosados convenientemente a las mismas. Los cuadrantes, brazos graduados y dispositivos de control y accionamiento del equipo de medición, estarán dispuestos al alcance inmediato y vista completa del operador. Antes de iniciar las operaciones de hormigonado se procederá a controlar la exactitud y funcionamiento del equipo. Lo mismo debe repartirse periódicamente, durante las operaciones normales de trabajo. Para controlar las balanzas se dispondrá de un juego del número necesario de pesas de patrón, con las que se verificarán las graduaciones de aquellas, desde cero hasta la capacidad máxima. El equipo de medición será operado únicamente por personal experimentado. Asimismo se lo mantendrá en perfectas condiciones de funcionamiento. En cualquier momento en que dejara de cumplirse esta condición deberán suspenderse las operaciones de hormigonado hasta después de ajustar, reparar o reemplazar el equipo. En todo momento se cumplirá lo especificado respecto a errores máximos de medición.

2. Balanzas Podrán ser de los siguientes tipos:

de cuadrante graduado, sin resortes. de brazos simples o múltiples. En el caso de brazos múltiples, cada brazo debe

comprender a un material o tracción distinta. Las balanzas de cuadrantes graduados indicarán en forma continua el peso de material contenido en la tolva desde cero hasta la capacidad máxima de la balanza. La separación entre dos graduaciones consecutivas del dial será como mínimo de un (1) milímetro y el diámetro del mismo será suficientemente grande como para contener mil (1000) graduaciones.

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Página 141 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las balanzas de brazos estarán equipadas con cuadrantes auxiliares de fácil lectura, que indiquen por lo menos los últimos cien (100) kilogramos de carga de cada material.

i) Mezclado

i. Mezclado mecánico realizado en obra Se realizará en una hormigonera de capacidad útil adecuada, la misma no será sobrecargada por encima de la capacidad útil nominal recomendada por el fabricante. Será manejada por personal experto, capaz de obtener hormigón de consistencia uniforme de pastón a pastón. Periódicamente se verificará la uniformidad de mezclado. Para ello se determinará las diferencias de: 1) contenido de árido grueso, 2) peso de la unidad de volumen del mortero libre de aire, y 3) resistencia de rotura a compresión a la edad de 7 días, de dos muestras de hormigón obtenidas una al principio y otra al final de la descarga, una vez cumplido el período de mezclado. Se considerará que el mezclado es adecuado si la diferencia entre los contenidos de árido grueso de ambas muestras es menor de 6% del contenido medio de las mismas, y la diferencia entre los pesos de la unidad de volumen del mortero antes mencionado no es mayor del uno por ciento (1%) del peso unitario medio de los morteros de ambas muestras. La diferencia entre las resistencias medias de rotura a compresión (media de 3 cilindros por muestras) no excederá del 8% de la media de ambas muestras. En cualquier momento que dichas condiciones dejen de cumplirse, se aumentará en lo necesario el tiempo de mezclado que se especifica más adelante, o si a pesar de ello no se cumplen las condiciones indicadas, la hormigonera será inmediatamente retirada, reparada o reemplazada antes de continuar los trabajos. Para casos de emergencia deberá disponerse en obra de una hormigonera suplementaria. Los materiales componentes del hormigón serán preferentemente introducidos en el tambor de mezclado en el orden siguiente: 1) una parte del agua de mezclado; 2) simultáneamente el cemento y el árido fino; 3) el árido grueso; y 4) el resto del agua de mezclado. La totalidad de ésta debe haber ingresado a la hormigonera antes de que haya transcurrido un cuarto (1/4) del tiempo de mezclado. Salvo el caso de que se utilicen hormigoneras de tipo especial cuya eficacia, debidamente comprobada mediante ensayos, permita reducirlo, o indicaciones especiales en otro sentido, el tiempo de mezclado, contado a partir del momento en que todos los materiales sólidos hayan ingresado al tambor de mezclado, que girará a la velocidad de régimen, no será inferior a noventa (90) segundos para capacidades útiles de hasta un metro cúbico. Por cada 400 decímetros cúbicos o fracción menor que exceda dicha cantidad, el tiempo de mezclado mínimo será incrementado a quince (15) segundos. En el caso de las hormigoneras convencionales, la velocidad de régimen del tambor: estará comprendida entre catorce (14) a veintidós (22) revoluciones por minutos. No se permitirá realizar un mezclado excesivo que pueda provocar una pérdida del aire intencionalmente incorporado o que haga necesario agregar agua para mantener la consistencia deseada. Si después del mezclado se produjese el fenómeno de falso fragüe, el mezclado deberá realizarse sin agregar agua.

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Página 142 Sección VI. Requisitos Técnicos

En tiempo caluroso podrá enfriarse el agua de mezclado, los áridos o ambos. Asimismo, podrá emplearse hielo como parte de agua de mezclado, para reducir la temperatura del hormigón. Cuando esto se haga, el hielo debe haberse fundido completamente antes de finalizar el período de mezclado. Una vez iniciada la descarga de la hormigonera, no podrá volver a cargarse antes de haberse procedido a la descarga total del pastón. Los pastones de asentamiento considerablemente distintos de los especificados, o aquellos en los que se han cometido errores obvios en la medición de los materiales componentes, serán desechados, salvo el caso que, con toda la rapidez necesaria, puedan realizarse las correcciones y el pastón sea nuevamente mezclado durante el tiempo especificado anteriormente. Se limpiará perfectamente la hormigonera antes de iniciar la preparación de mezclas que contengan cementos de distintos tipos. Se procederá en igual forma cada vez que la hormigonera deje de funcionar durante 30 minutos o más. Las paletas mezcladoras del tambor de la hormigonera serán reparadas o reemplazadas cuando su desgaste supere el diez (10%) de la altura original de las mismas.

ii. Mezclado manual Queda expresamente prohibido. Sólo será tolerando en casos excepcionales, para elementos de orden secundario y sin ninguna importancia estructural con expresa autorización del Ingeniero. En este caso, se realizará sobre una plataforma metálica, en cantidad no superior a doscientos cincuenta (250) dm3 por pastón. El mezclado será continuado hasta obtener una mezcla de aspecto y características homogéneas, similares a las que se obtienen mediante el mezclado mecánico.

j) Transporte El hormigón será transportado desde la hormigonera hasta el lugar de su colocación, con la mayor rapidez posible y sin interrupciones. Para ello se emplearán únicamente métodos y equipos que permitan mantener la homogeneidad del hormigón recién mezclado y eviten la pérdida de sus materiales componentes. Las mezclas de menor consistencia (mayor asentamiento) no se transportarán a grandes distancias si no se dispone de vehículos mezcladores que permitan evitar la segregación. Se prohíbe el empleo, como medio de transporte, de cintas transportadoras, canaletas, conductos y equipos de características similares, mediante los cuales el hormigón llega a su lugar de colocación bajo forma de una vena o capa delgada, continuamente expuesta al medio ambiente. Solamente con carácter de excepción y para proporciones muy pequeñas y aisladas de la obra, el Ingeniero podrá autorizar el empleo de cintas, canaletas y conductos abiertos, con carácter de métodos auxiliares. En este caso se exigirá que los conductos y canaletas sean metálicos y formen ángulos de 60°, o mayores con la horizontal.

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Página 143 Sección VI. Requisitos Técnicos

De la prohibición indicada queda exceptuado el transporte del hormigón por bombeo. El equipo tendrá características y capacidad adecuadas y no producirá vibraciones que puedan perjudicar el hormigón colocado. La operación de bombeo se realizará en forma de obtener una corriente continua de hormigón en el punto de entrega del mismo, sin bolsones de aires ni segregación de los materiales componentes. Cualquiera sea el método de transporte, se tendrá especialmente en cuenta que, tanto en esta etapa del manipuleo como en la siguiente de la colocación, la segregación en cualquiera de sus formas, en principio debe ser evitada y no corregida después que ella se ha producido.

k) Máximo intervalo de tiempo entre mezclado y colocación La colocación del hormigón se iniciará inmediatamente después de las operaciones de mezclado y transporte. Para los medios corrientes de transporte, el hormigón debe quedar colocado en su posición definitiva dentro de los encofrados, antes de que transcurran treinta (30) minutos desde el momento en que el agua se puso en contacto con el cemento. Durante dicho intervalo de tiempo de hormigón será protegido contra la acción del sol, viento, lluvia, etc. Cuando para realizar el transporte se emplee un camión mezclador o un camión agitador, el tiempo indicado anteriormente podrá extenderse a noventa (90) minutos contados en igual forma. En tiempo caluroso o con condiciones climáticas que favorezcan un endurecimiento rápido, los tiempos indicados se reducirán en lo necesario para evitar el fenómeno señalado. Cuando el hormigón contenga materiales adicionales para retardar el tiempo de fraguado y endurecimiento del hormigón, los tiempos indicados podrán ser aumentados de acuerdo a lo que indiquen los resultados de ensayos realizados para determinarlos.

l) Temperatura del hormigón en el momento de su colocación Secciones donde la menor dimensión lineal no exceda de setenta y cinco (75) centímetros. La temperatura del hormigón en el momento de su colocación en los encofrados será preferentemente menor de veinticinco grados C (25°C). Cuando la temperatura del hormigón exceda de veinticinco grados C (25°C), la colocación se realizará inmediatamente después de finalizado el mezclado. No se permitirá colocar el hormigón cuya temperatura exceda de treinta y dos grados C 32°C. Secciones donde la menor dimensión lineal exceda de setenta y cinco (75) centímetros. La temperatura del hormigón, en el momento de su colocación en los encofrados, no excederá de veinte grados C 20°C. Tiempo frío. Inmediatamente antes de su colocación, el hormigón tendrá las siguientes temperaturas mínimas (°C):

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Página 144 Sección VI. Requisitos Técnicos

Temperatura del aire

°C

Mínima dimensión lineal de la sección

75 cm o menor mayor de 75 cm -1 a 7

-18 a -1 menor de -18

16° C 18° C 21° C

10° C 13° C 16° C

Temperaturas mínimas del hormigón inmediatamente después de su colocación en los encofrados:

Cuando la temperatura media diaria sea de 5°C o mayor, la temperatura del hormigón recién colocado no será menor de 4°C.

Cuando la temperatura media diaria sea menor de 5 C, la del hormigón recién colocado no será menor de 13°C si la menor dimensión lineal de la sección es de setenta y cinco (75) centímetros, o menor de 7°C si la mencionada dimensión lineal excede de setenta y cinco (75) centímetros.

i. Hormigonado en tiempo frío

El hormigón que se coloque en obra cuando la temperatura media diaria del lugar de emplazamiento de aquella sea menor de cinco grados C (5°C) contendrá un uno por ciento (1%) de cloruro de calcio respecto al peso del cemento. Lo que acaba de especificarse está especialmente contraindicado en las obras de hormigón pretensado y también cuando el conjunto cemento-áridos sea potencialmente reactivo. Asimismo, cuando existan problemas de agresividad al hormigón por acción de sulfatos, o posibilidad de corrosión del acero de las armaduras por la acción de corrientes eléctricas vagabundas. El Ingeniero determinará si es necesario hacer ensayos para determinar la calidad del hormigón. Las operaciones de colocación serán interrumpidas en los siguientes casos:

Cuando la temperatura en el lugar de la obra, a la sombra y lejos de toda fuente artificial de calor, sea menor de cinco grados centígrados (5°C) en descenso.

Cuando pueda preverse que dentro de las 48 horas siguientes al momento de colocación la temperatura pueda descender por debajo de cero grado centígrados (0°C). Al efecto, el hecho de que la temperatura ambiente a las 9 de la mañana, hora solar, sea menor de cuatro grados centígrados (4°C), se tomará como motivo suficiente para prever que dentro del plazo indicado se alcanzará el límite de temperatura establecido anteriormente.

Cuando se disponga de los medios necesarios para proteger al hormigón en la forma que se indica en los puntos “Protección” y “Curado”, el hormigón podrá ser colocado a pesar de lo que acaba de especificarse.

Cuando sea necesario calentar los áridos, ello se hará de modo tal que en ningún punto de los mismos la temperatura exceda de cien grados centígrados (100°C) ni la temperatura media exceda de sesenta y cinco grados centígrados (65°C).

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Página 145 Sección VI. Requisitos Técnicos

Durante los períodos de elaboración y transporte, en ningún caso la temperatura del hormigón excederá de treinta y dos grados centígrados (32°C). Para el calentamiento de los materiales componentes y también para proteger al hormigón deberá disponerse, con anticipación suficiente de equipo de las características adecuadas en cantidad necesaria. Asimismo, deberá disponerse de los elementos necesarios para encerrar en un recinto el hormigón que deba ser protegido, a los efectos de hacer posible su fraguado y posterior endurecimiento. El recinto de encierro será razonablemente hermético y deberá ser capaz de resistir la acción del viento u otra acción. Durante el período de protección deberán mantenerse condiciones favorables de curado. Se evitarán las altas temperaturas, especialmente en puntos localizados y también todo calentamiento que tienda a secar el hormigón, muy especialmente en el caso de las losas de piso o techo. Cuando se emplee calentamiento seco será imprescindible curar con agua. Especialmente recomendable resulta el curado con escape de vapor a temperatura moderada menor de setenta grados centígrados (70°C). En cualquier momento en que se compruebe que los métodos de protección no dan los resultados deseados, se suspenderá la colocación del hormigón. Toda porción de la estructura perjudicada por cualquier acción, será demolida. Al reiniciarse la colocación del hormigón, las superficies de hormigón endurecido serán tratadas en la forma descripta en el punto “Superficies y juntas de construcción”. Si en lugar del curado con agua se adopta el método de los compuestos o membrana de curado, el hormigón será protegido contra la acción de las bajas temperaturas en igual forma que el hormigón con curado húmedo. No se aplicarán membranas de curado sobre aquellas superficies que se protejan contra las bajas temperaturas mediante escapes de vapor. Las membranas se aplicarán después del período de protección inicial. En las épocas de bajas temperaturas, diariamente y a distintas horas del día, se registrará la temperatura de colocación del hormigón y la ambiente, dentro y fuera del recinto cerrado. Las temperaturas se tomarán en distintos puntos de la estructura y se registrarán las máximas y mínimas diarias. Dicha información se correlacionará con el lugar de colocación del hormigón en la estructura. Las temperaturas de la estructura se tomarán en la superficie y también a cinco (5) centímetros de la superficie, en el interior de la masa.

m) Cimbras y encofrados

i. Disposiciones generales Serán de madera, metálicos, o de otro material suficientemente rígido que reúna análogas condiciones de eficacia. Tendrán la resistencia, estabilidad y rigidez necesarias y su concepción y ejecución se realizarán en forma tal que sean capaces de resistir sin hundimientos, deformaciones ni desplazamientos perjudiciales, y con toda la seguridad requerida, los efectos derivados del peso propio, sobrecargas y esfuerzos de toda naturaleza a que se verán sometidos tanto

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Página 146 Sección VI. Requisitos Técnicos

durante la ejecución de la obra como posteriormente, hasta el momento de quitar las cimbras y desencofrar. Las deformaciones que se produzcan no deben ser superiores a las que generalmente ocurren en las construcciones permanentes construidas con los mismos materiales, y las tensiones a que estos se vean sometidos en el curso de los trabajos enumerados anteriormente, deben mantenerse siempre por debajo de las tensiones admisibles de seguridad consagradas por la experiencia para los materiales que los componen. Al respecto se tendrán especialmente en cuenta los esfuerzos engendrados por la compactación del hormigón mediante vibración mecánica de alta frecuencia y demás métodos auxiliares especificados. Lo dicho anteriormente respecto a las tensiones de trabajo de los materiales tiene también validez para las partes de la estructura, o de otras estructuras, que sirvan de apoyo a las cimbras y encofrados, y para el terreno de fundación que las soporte. A los efectos de asegurar una completa estabilidad y rigidez, las cimbras, encofrados y demás elementos actuantes serán convenientemente arriostrados, tanto en dirección longitudinal como transversal. Independientemente de las condiciones de resistencia y estabilidad a que se ha hecho referencia anteriormente, será necesario que la concepción y ejecución de las cimbras y encofrados se realicen de modo tal que sus deformaciones y las de sus apoyos o fundaciones sean lo suficientemente pequeñas como para no afectar el aspecto de la obra terminada. Su proyecto y construcción se ejecutarán de acuerdo a las reglas y conocimientos de la carpintería de armar y en forma tal que el desmontaje y desencofrado puedan realizarse en forma fácil y gradualmente, sin golpes, vibraciones y sacudidas, y sin el empleo de palancas que puedan perjudicar la superficie de las estructuras. En caso necesario se debe poder desencofrar por parte, sin necesidad de remover el resto del encofrado.

ii. Cálculo y proyecto En casos especiales, a criterio del Ingeniero en casos de duda, o cuando las cimbras y encofrados deban soportar grandes cargas, se exigirá la comprobación de la estabilidad del conjunto bajo la acción de las cargas que deberán soportar.

iii. Puntales y apoyos Todos los puntales estarán provistos de sus correspondientes cuñas de madera dura o de otros elementos como tornillos, gatos, etc. colocados en sus bases, a los efectos de permitir reajustar sus alturas en la eventualidad de que se produzcan hundimientos o desnivelaciones inadmisibles, que deban ser corregidos. Las cargas que soporten deben ser transmitidas al terreno o superficie de apoyo en forma segura, eficaz y uniforme. Al efecto dichas superficies deben prepararse con todo cuidado, para que las cargas se transmitan por la totalidad de la superficie de contacto. Los puntales de madera no tendrán sección transversal menor de siete (7) centímetros por siete (7) centímetros y si su altura es mayor de tres (3) metros, se tomarán las disposiciones correspondientes para evitar su pandeo. Dichos puntales podrán tener como máximo un empalme, y el mismo deberá estar ubicado fuera del tercio medio de la altura. Las superficies

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Página 147 Sección VI. Requisitos Técnicos

de las dos piezas en contacto deben ser perfectamente planas y normales al eje común del puntal. En el lugar de junta, las cuatro caras laterales serán cubiertas mediante listones de madera del espesor necesario y longitud mínima de setenta (70) centímetros, perfectamente asegurados, y capaces de transmitir el esfuerzo a que esté sometida la pieza en cuestión. Debajo de losas solamente podrán colocarse un máximo de cincuenta por ciento (50%) de puntales empalmados, uniformemente distribuidos. Si los puntales no pueden fundarse satisfactoriamente en la forma corriente, la fundación se realizará sobre pilotes. La ubicación y número de pilotes serán los necesarios para absorber, con la seguridad requerida, todas las cargas actuantes sin hundimientos perjudiciales. Apoyos de seguridad, los encofrados deben disponerse en forma tal que al desencofrar siempre queden colocados algunos puntales de seguridad, que no podrán ser removidos hasta que dejen de ser necesarios. En las losas de menos de cuatro (4) metros de luz se dispondrá un apoyo de seguridad en la parte central de cada losa. Si la longitud de la losa, medida en dirección normal a la luz del cálculo, fuese mayor de seis (6) metros, se colocará mayor número de puntales de seguridad, de modo que la separación máxima entre dos consecutivos sea siempre menor de seis (6) metros.

iv. Encofrados Tendrán las formas, dimensiones, niveles y pendientes precisas, necesarias para moldear las estructuras de modo tal que las mismas resulten en un todo de acuerdo con las necesidades del proyecto y a los planos de obra. Deben ser suficientemente estancos como para evitar pérdidas de mortero durante las operaciones de colocación y compactación. Se construirán de modo tal que permitan obtener las dimensiones finales de los elementos estructurales con diferencias menores que las tolerancias máximas que se establezcan en los planos. Dichas tolerancias máximas cuando no se encuentren establecidas en los planos, no excederán los valores establecidos en estas Especificaciones. El material del que están constituidos no producirá ataque químico alguno, ni decoloración del hormigón. Las superficies internas estarán libres de irregularidades, combaduras, dientes, nudos, etc. La madera que ya ha sido empleada se limpiará cuidadosamente y se le extraerán los clavos, antes de volverla a utilizar. Las tablas que no sean rectas y las que tengan combaduras no deberán emplearse sin antes corregir dichos defectos. Cuando en superficies continuas los encofrados se coloquen por secciones, se cuidará de obtener una adecuada alineación de las superficies y se realizará un ajuste conveniente con la parte de la estructura construida anteriormente. Las juntas deberán impedir la pérdida de mortero. La colocación se realizará de modo tal que el encofrado no cubra más de tres (3,00) centímetros de la superficie del muro o del elemento que ya ha endurecido y que se colocó en

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Página 148 Sección VI. Requisitos Técnicos

la capa anterior. Se lo asegurará convenientemente con elementos de unión adicionales, que impidan el movimiento de los encofrados. Excepto si se estipula expresamente lo contrario, en todos los ángulos y rincones de los encofrados se colocarán molduras o filetes triangulares. Para los casos corrientes los triángulos serán rectángulos y sus catetos medirán dos coma cinco (2,5) centímetros. Para facilitar el Ingeniero y la limpieza de los encofrados en el pie de muros, y también a distintas alturas, se dejarán aberturas provisionales adecuadas. En igual forma se procederá con otros lugares de los encofrados de fondos inaccesibles y de difícil inspección y limpieza. Cuando sea necesario, también se dejarán aberturas provisionales para facilitar y vigilar la colocación y compactación del hormigón a distintas alturas de los moldes y a distancias horizontales máximas de dos coma cincuenta (2,50) metros entre centros de aberturas. Se autoriza el empleo de aquellos tipos y técnicas especiales de encofrados cuya utilización y resultados sean satisfactorios y se encuentren aprobados por la práctica. Cuando se compruebe antes o durante la colocación del hormigón que los encofrados adolecen de defectos evidentes o no cumplen las condiciones establecidas, se interrumpirán las operaciones de colocación del hormigón. Las mismas no serán reiniciadas hasta tanto no se hayan corregido las deficiencias observadas.

1. Elementos de unión Los bulones, pernos y otros elementos metálicos que se utilicen como uniones internas para armar y mantener los encofrados en sus posiciones definitivas, y que queden incluidos en el hormigón, se dispondrán en forma tal que una vez retirados los encofrados todo material metálico (incluso alambre) tengan los recubrimientos de hormigón mínimos establecidos. La remoción de las tuercas o extremos de los mencionados elementos de unión se realizará sin perjudicar la superficie del hormigón y de modo tal que las cavidades dejadas por aquellas sean del menor tamaño posible. El relleno de las mencionadas cavidades se realizará con mortero u hormigón de razón agua/cemento igual o menor que el de la estructura, sin perjudicar el aspecto ni la durabilidad de la misma y asegurando una perfecta adherencia con el hormigón endurecido.

2. Limpieza, humedecimiento y aceitado Previamente a la colocación del hormigón se procederá a la limpieza, humedecimiento y aceitado de los moldes y encofrados. El humedecimiento no se realizará si existiese la posibilidad de que se produzcan heladas. El aceitado se realizará previamente a la colocación de las armaduras. Al efecto se empleará un aceite para encofrados, de calidad adecuada, que no manche ni decolore el hormigón. Para los encofrados metálicos se empleará un aceite mineral parafinado, refinado, y de color pálido o incoloro, u otra sustancia igualmente eficiente. Para los encofrados metálicos se empleará también aceite mineral refinado, con el agregado de uno o más compuestos que lo hagan adecuado para los propósitos que se persiguen.

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Página 149 Sección VI. Requisitos Técnicos

Al realizar el aceitado de los encofrados se evitará escrupulosamente todo contacto del aceite con las armaduras y otros elementos metálicos que deban quedar incluidos en el hormigón.

n) Preparación previa a la colocación del hormigón

i. Generalidades El Ingeniero, previamente a la colocación del hormigón, verificará las cotas y dimensiones de los principales elementos de la estructura y también las cimbras, encofrados, las armaduras y además elementos que quedarán incluidos en el hormigón, y prepararán convenientemente las superficies que se pondrán en contacto con aquél. No podrá iniciarse ningún hormigonado sin autorización previa del Ingeniero. Inmediatamente antes de iniciarse las operaciones de colocación, se procederá a limpiar cuidadosamente las superficies de los encofrados y se eliminará todo resto de mortero u hormigón endurecidos que hubiesen podido quedar adheridos a ellos, a las armaduras o a otros elementos que quedaran empotrados, después de la colocación anterior. Se eliminarán los escombros y toda otra sustancia extraña, de cualquier naturaleza, como aserrín, restos de madera, etc., que ocupen el lugar que debe ocupar el hormigón dentro de los encofrados y se procederá a la limpieza cuidadosa de las armaduras y elementos metálicos que deban quedar incluidos en el hormigón, eliminándose todo resto de aceite, materias grasas y toda otra sustancia extraña igualmente perjudicial. Si los encofrados son de madera o de otro material absorbente, se procederá a su adecuado humedecimiento, o aceitado, previamente al momento en que el hormigón se ponga en contacto con ellos. Los encofrados de madera y todo otro elemento o material capaz de absorber agua, deben encontrarse húmedos, pero no deben existir películas o acumulaciones de agua sobre sus superficies.

ii. Superficies y juntas de construcción Como regla general, la interrupción de las operaciones de hormigonado será evitada en todo lo que sea posible. Cuando estas interrupciones se producen en los lugares especialmente previstos en los planos, o cuando hay una interrupción accidental e inevitable, una vez que el hormigonado endurece y adquiere rigidez se produce una superficie o junta de construcción, también llamada de trabajo. Las juntas de construcción, en principio, se ubicarán y ejecutarán en la forma que menos perjudique a la resistencia, estabilidad y aspecto de la estructura. En general se ejecutarán disponiéndolas normalmente a la dirección de los esfuerzos principales de compresión que se desarrollen en el lugar. En tabiques las juntas de construcción serán horizontales. En las losas y otros elementos constructivos, las juntas se dispondrán de acuerdo a lo establecido precedentemente.

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Página 150 Sección VI. Requisitos Técnicos

En caso de que la interrupción se traduzca en una junta de construcción mal orientada, el hormigón será demolido de modo que la nueva junta tenga la dirección adecuada. Si se trata de una junta horizontal, la razón agua/cemento de la mezcla deberá reducirse a medida que la colocación se aproxime al lugar previsto para ejecutar la junta. En todos los casos se tomarán las disposiciones necesarias para vincular el hormigón existente a ambos lados de la junta, y también para transmitir y absorber los esfuerzos de corte u otros que allí se produzcan. Al efecto, se colocarán y empotrarán barras de acero suplementarias, o anclajes especiales, capaces de cumplir con el fin indicado. En cuanto a las armaduras de los distintos elementos, deben continuarse a través de la junta. Inmediatamente después de interrumpir la colocación del hormigón para constituir la junta de construcción, se eliminarán todas las acumulaciones de mortero adheridas a las armaduras y a la superficie interna del encofrado, que se encuentren por encima de la superficie libre de la capa cuya colocación se ha interrumpido. Al realizar estas operaciones se evitará perjudicar tanto la calidad del hormigón colocado, como la adherencia entre éste y las armaduras. Asimismo, la superficie de la junta, después de la eliminación de la lechada, mortero, etc., será inmediata y cuidadosamente protegida contra toda causa que pueda afectar desfavorablemente al endurecimiento del hormigón (vibraciones, sol, lluvia, viento, etc.).

1. Tratamiento de las superficies Siempre que un hormigón fresco deba ponerse en contacto con otro ya endurecido, o cuyo endurecimiento se ha iniciado, la superficie existente deberá ser debidamente preparada para asegurar una buena adherencia. La preparación se iniciará tan pronto como sea posible hacerlo después de la interrupción, sin que se perjudiquen la calidad del hormigón colocado. Al efecto se procederá a eliminar la lechada, mortero a hormigón poroso y toda sustancia extraña, hasta la profundidad que resulte necesaria para dejar al descubierto el hormigón de buena calidad y las partículas de árido grueso, tratando de obtener una superficie lo más rugosa posible. La operación indicada se realizará mediante rasqueteo con cepillo de alambre, chorro de agua a presión o chorro de arena y agua a presión, de acuerdo al grado de endurecimiento del hormigón. Terminada la operación, cuando el hormigón haya endurecido suficientemente, se procederá a lavar enérgicamente la superficie hasta eliminar todo resto de material suelto. A continuación la superficie será adecuadamente humedecida con agua, sin llegar a saturarla. Antes de colocar el hormigón se eliminará toda película o acumulación de agua que hubiese podido quedar sobre la superficie, e inmediatamente después se colocará sobre ella una capa de mortero de la misma razón cemento/arena y de razón agua/cemento menor o igual que la del hormigón. La consistencia del mortero será la adecuada para que el mismo pueda ser introducido, mediante cepillo duro y otro elemento adecuado, en todos los huecos o irregularidades de la superficie. El espesor de la capa del mortero, una vez terminada su colocación, será del orden de un (1) centímetro. La colocación del nuevo hormigón se iniciará inmediatamente después de colocado el mortero y antes de que el fraguado de éste se haya iniciado. Entre juntas de construcción el hormigón se colocará en forma continua.

o) Colocación del hormigón

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Página 151 Sección VI. Requisitos Técnicos

i. Programa

En el caso de grandes estructuras, la colocación se realizará de acuerdo a un plan de trabajos organizado y aprobado por el Ingeniero teniendo en cuenta que el hormigón correspondiente a cada parte integral de aquella debe ser colocado en forma continua hasta completar la operación, evitándose en lo posible las juntas de construcción. La ubicación de éstas, si las hubiere, se indicará en los planos. Su ejecución se realizará en la forma indicada. Asimismo, el plan de colocación debe tener en cuenta que los movimientos y deformaciones de los encofrados, provocados por el peso propio del hormigón fresco y por las cargas accidentales actuantes durante el período de colocación y el inmediato posterior, o por otras causas, deben ser reducidos al mínimo. A los efectos indicados en los dos párrafos precedentes se tendrán en cuenta también las disponibilidades de materiales, equipos y mano de obra. Salvo en el caso de que se disponga de una protección adecuada y de la autorización del Ingeniero necesaria para proceder en sentido contrario, no se colocará hormigón mientras esté lloviendo. El hormigón será depositado tan cerca como sea posible de su posición definitiva dentro de los encofrados. Se evitará hacerlo fluir innecesariamente y sólo se emplearán aquellos procedimientos de colocación que permitan conservar la homogeneidad y evitar toda segregación. El equipo y elementos de trabajo deben permitir introducirlo en los encofrados prácticamente sin velocidad, o con la menor que sea posible. Su manejo sólo será confiado a personal experimentado. El hormigón que acuse un principio de fraguado o haya endurecido parcialmente, o el que se haya contaminado con sustancias extrañas, no será colocado en obra. La máxima pérdida de asentamiento entre el momento de mezclado y el de colocación no excederá de tres (3,00) centímetros. No se permitirá agregarle agua para ablandarlo. La consistencia de las mezclas será la necesaria y suficiente para envolver perfectamente las armaduras y llenar completamente los encofrados, especialmente los ángulos y rincones de los mismos. Como elementos principales del equipo de colocación se emplearán, preferentemente, baldes metálicos, cilíndricos, con descarga de fondo regulable. El espesor máximo de la capa de hormigón que se está colocando no excederá de cincuenta (50) centímetros ni del espesor que pueda ser perfectamente compactado. Los movimientos laterales de la mezcla fresca deberán reducirse al mínimo. La velocidad de colocación será la necesaria para que en todo momento el hormigón se mantenga en estado plástico y ocupe rápidamente los espacios comprendidos entre las armaduras. Se evitará que entre capa y capa de hormigón se forme una junta de construcción. En general la velocidad de colocación en altura no excederá de uno coma cincuenta (1,50)

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Página 152 Sección VI. Requisitos Técnicos

metros por hora. Cada capa debe quedar colocada y compactada antes de que en la capa precedente se haya iniciado el fraguado del hormigón. En los lugares de difícil compactación, o donde exista una gran acumulación de armaduras, antes de colocar el hormigón dentro del encofrado deberá colocarse una capa de mortero de igual proporción cemento/arena que la correspondiente al hormigón de la consistencia necesaria suficiente, y de un espesor comprendido entre aproximadamente dos (2,00) y tres (3,00) centímetros. Inmediatamente después se colocará el hormigón. No se permitirá verter libremente el hormigón desde alturas mayores de uno coma cincuenta (1,50) metros. Si las circunstancias lo hicieren necesario, la operación se realizará mediante embudos y conductos cilíndricos ajustables, rígidos o flexibles, de bajada. Dichos conductos se colocarán verticalmente y servirán para guiar a la vena del hormigón, evitando que la caída libre provoque la segregación y el recubrimiento de las armaduras con mortero, con anterioridad al momento en que serán envueltas por la masa de hormigón. Tampoco se permitirá arrojar el hormigón a través de las armaduras o dentro de los encofrados profundos si no es por medio del equipo descripto. Todo conducto empleado con el fin indicado se mantendrá constantemente lleno de hormigón. Además su extremo inferior se mantendrá constantemente sumergido en la masa del hormigón fresco. Durante las operaciones de colocación y compactación deberá evitarse el desplazamiento de las armaduras con respecto a las ubicaciones que les corresponden en los planos y memorias del proyecto. Cuando el hormigón se coloque sobre una superficie inclinada, la operación se iniciará en el punto más bajo de aquella. No se permitirá colocar hormigón cuando las condiciones climáticas puedan perjudicar su calidad, o impidan que las operaciones de colocación y compactación se realicen en forma adecuada. Una vez finalizadas las operaciones de colocación, deberá procederse a una cuidadosa limpieza de equipo y elementos de colocación empleados.

ii. Colocación en losas En losas el hormigón empezará a colocarse en el centro de la luz y se proseguirá simultáneamente hacia ambos extremos. En el caso de losas la colocación se hará por franjas en forma continua para cada luz. Las franjas se hormigonarán en una sola capa de espesor igual al de la losa. El ancho de cada franja será el que corresponda para que al colocar el hormigón de la franja siguiente, en la anterior no se haya iniciado el fraguado.

p) Compactación Durante e inmediatamente después de su colocación, el hormigón será compactado hasta alcanzar la máxima densidad posible. La operación se realizará mediante vibración mecánica de alta frecuencia, suplementada por apisonado y compactación manual salvo otra indicación

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del Ingeniero. En ningún caso el asentamiento (consistencia) de la mezcla será mayor que el estrictamente necesario para obtener su correcta consolidación de acuerdo al método de compactación empleado. Los vibradores serán de accionamiento eléctrico, electromagnético, mecánico o neumático, del tipo de inmersión. Cualquiera sea el tipo, el vibrador será operado únicamente por obreros competentes. En ningún caso se empleará la vibración como medio de transporte del hormigón colocado dentro de los encofrados. El número de unidades vibradoras y su potencia serán los necesarios para que en todo momento pueda obtenerse la perfecta consolidación deseada. Para casos de emergencia deberá disponerse en obra de vibradores suplementarios. Dichas unidades deberán ser capaces de mantener la velocidad necesaria para transmitir al hormigón un mínimo de seis (6.000) impulsos por minuto al estar sumergidos en él. La amplitud de la vibración aplicada será la suficiente para producir una compactación satisfactoria. La vibración se aplicará en el lugar donde se depositó el hormigón y dentro del área de cada pastón colocado. Los vibradores serán introducidos y retirados de la masa lentamente y en posición vertical, o ligeramente inclinada. La cabeza vibratoria deberá penetrar y revibrar la porción superior de la capa de hormigón anteriormente colocado. Después de extraído el vibrador, en el hormigón no debe quedar cavidad alguna en el lugar de su inserción. Excepto en el caso en que se empleen retardadores de fraguado de calidad debidamente justificados y aprobados por el Ingeniero, no se permitirá colocar hormigón fresco sobre otro que no haya sido convenientemente compactado. Los vibradores se aplicarán a distancias uniformemente espaciadas entre sí. La separación de los puntos de inserción deberá ser mayor que el doble del radio de círculo dentro del cual la vibración es visiblemente efectiva. No deben quedar porciones de hormigón sin consolidar. El tiempo de aplicación de la vibración en cada lugar, dependerá de la consistencia del hormigón, de su composición, y de la potencia del vibrador. La vibración será interrumpida tan pronto como se observe la cesación del desprendimiento de las grandes burbujas de aire y la aparición de agua o de lechada en la superficie. La vibración no será aplicada ni directamente ni a través de las armaduras, a aquellas porciones de hormigón donde se haya iniciado el fraguado, salvo en el caso de que la revibración sea todavía capaz de tornar momentáneamente plástico al hormigón cuyo fraguado se haya iniciado. A los efectos de no debilitar ni destruir los encofrados, durante el vibrado se evitará el contacto directo de los vibradores de inmersión con aquellos. Los vibradores externos o de encofrados, y los superficiales, se emplearán como medios auxiliares de compactación, o en aquellos lugares en que resulte imposible o muy difícil insertar los vibradores de inmersión. Los vibradores de encofrados se fijarán firmemente a estos y operarán a velocidades de trabajo de por lo menos seis mil (6.000) revoluciones por minuto. Al emplearlos se evitará aplicar una vibración excesiva en el mismo lugar. Los vibradores se irán desplazando de acuerdo a lo necesario para que los mismos operen debajo, y en zona próxima, a la superficie libre del hormigón recién colocado.

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Página 154 Sección VI. Requisitos Técnicos

No se fijarán a aquellas zonas del encofrado muy alejadas del lugar de colocación, donde los moldes aún se encuentran vacíos y sin posibilidad de que al colocar el hormigón se cumpla lo especificado más arriba. En zona de gran congestión de armaduras, la compactación será facilitada asegurando convenientemente un vibrador de encofrados a las armaduras, en la zona próxima al lugar de congestión. El vibrado se suspenderá tan pronto como sea posible, a los efectos de no perjudicar la adherencia entre el acero y el hormigón parcialmente endurecido, colocado anteriormente. En caso de que el hormigón ya colocado y en contacto con las armaduras no se tornará momentáneamente plástico al actuar la vibración, ésta será inmediatamente suspendida. Las losas de menos de veinte (20) centímetros de espesor serán preferentemente compactadas con vibradores de superficie, reglas vibratorias, etc., actuando en contacto directo con la superficie libre del hormigón. Dichos vibradores superficiales operarán a velocidad de trabajo de entre tres mil (3.000) y cuatro mil quinientas (4.500) revoluciones por minuto. Las losas de entre veinte (20) y treinta (30) centímetros de espesor se compactarán empleando los mencionados vibradores y también los de inmersión. Si el espesor es mayor de treinta (30) centímetros sólo se emplearán los de inmersión. La vibración mecánica será complementada por la compactación manual que resulte necesaria para asegurar la mayor densidad del hormigón. Lo dicho es especialmente válido para los espacios que rodean a las armaduras y otros elementos que deben quedar incluidos en la masa, y para el hormigón en contacto con los encofrados. En general, para todo lugar de difícil colocación y adonde no llegue fácilmente la acción de los vibradores. Finalizada la operación de compactación, la estructura debe quedar libre de acumulaciones de árido grueso (“nidos de abeja”) y del aire naturalmente atrapado durante las operaciones de mezclado y colocación del hormigón. Una vez iniciado el fraguado del hormigón se evitará todo movimiento, vibración o sacudida de los encofrados y de los extremos salientes de las armaduras.

q) Protección del hormigón

i. Generalidades Antes de iniciar la colocación del hormigón, todo el equipo necesario para la protección y curado deberá encontrarse a pie de obra, en cantidad suficiente. Tan pronto el hormigón haya sido colocado, se lo protegerá contra los efectos perjudiciales de la lluvia, agua en movimiento y sol. Asimismo se lo protegerá contra la acción del fuego, calor o frío excesivo, secado prematuro, vibraciones, sobrecargas y, en general, contra toda acción mecánica o de otra naturaleza que tienda a perjudicarla. Si en el emplazamiento de la obra existiesen aguas, líquidos, o suelos agresivos para el hormigón, se los mantendrá fuera de contacto con el mismo por lo menos durante todo el período de colocación, protección y curado.

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Página 155 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los conductos y obras similares de hormigón, deberán permanecer cerrados durante todo el período de curado y el mayor tiempo posible posterior al mismo, a los efectos de evitar la circulación de aire, y el secado y consiguiente agrietamiento. Las operaciones de colocación serán inmediatamente interrumpidas si los métodos de protección y curado empleados no permiten obtener hormigón de la calidad especificada, o si la misma resulta por tal causa perjudicada. Las porciones o elementos de la estructura de calidad defectuosa serán demolidos y reemplazados.

ii. Tiempo frío El hormigón deberá mantenerse a una temperatura tal que permita el desarrollo de una adecuada durabilidad y resistencia, al final del período de protección. La efectividad de la protección dependerá de la temperatura a que sea mantenido el hormigón. Las aristas y vértices de las estructuras son los lugares más vulnerables a las heladas y deben ser especialmente protegidas contra la acción de éstas. Inmediatamente después de colocado, el hormigón recibirá la siguiente protección mínima:

Mientras la temperatura media diaria del lugar de emplazamiento de la obra no descienda debajo de cinco grados C (5° C) durante más de un día, el hormigón será protegido manteniéndolo a una temperatura mayor de cero grados C (0° C) durante un tiempo mínimo de cuarenta y ocho (48) horas.

Si la temperatura media diaria desciende debajo de cinco grados C (5°C) durante más de un día, el hormigón será mantenido a una temperatura no menor de diez grados C (10° C) durante por lo menos las setenta y dos (72) horas posteriores al momento de su colocación, y consecutivamente por otras setenta y dos (72) horas durante las cuales se lo mantendrá a una temperatura mayor de cero grados C (0° C). Si el hormigón contiene cemento de alta resistencia inicial, los dos períodos de protección indicados serán de cuarenta y ocho (48) horas cada uno en lugar de las setenta y dos (72) horas establecidas.

Cuando la temperatura media diaria sea mayor de cinco grados C (5°C) durante más de 3 días consecutivos y dicha temperatura se mantenga, el hormigón será protegido manteniéndolo a una temperatura mayor de cero grados C (0° C) durante un tiempo mínimo de cuarenta y ocho (48) horas.

Finalizadas el o los períodos de protección establecidos, la protección será eliminada en forma tal que la caída de temperatura del hormigón, en toda porción de estructura, sea gradual y no exceda, para las secciones delgadas, de veinte grados C (20°C) en veinticuatro (24) horas. Para secciones masivas la caída deberá ser menor de diez grados C (10°C) en veinticuatro (24) horas. Cuando el hormigón no contenga aire intencionalmente incorporado, o no contenga la proporción especificada de cloruro de calcio para trabajar en tiempo frío, los tiempos mínimos de protección establecida serán dobles de los que allí establecen.

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Página 156 Sección VI. Requisitos Técnicos

En cualquiera de los casos mencionados anteriormente, cuando el curado se realice por humedecimiento superficial, se requerirá que la temperatura del hormigón se mantenga por encima de cero grados C (0°C) durante todo el período de curado húmedo establecido. Complementariamente, durante los períodos de protección especificados, el hormigón deberá ser mantenido continuamente humedecido, evitándose en todo momento la acción del calor sin humedad y todo calentamiento excesivo. La temperatura no excederá de setenta grados C (70°C).

r) Acabados y terminaciones

i. Generalidades Las clases de acabados y los requisitos para las terminaciones de las superficies de hormigón, deben distinguir entre las irregularidades superficiales de los acabados, tales como se las describe aquí y las tolerancias de construcción que son desviaciones admisibles de líneas, pendientes y dimensiones establecidas.

ii. Superficies no moldeadas Las clases de acabado para las superficies no moldeadas se designarán como U1 - U2 - U3 y U4. Todas las superficies deberán cumplir con las pendientes indicadas en los planos respectivos. Si éstos no llevaran ninguna indicación se les aplicará una pendiente suficiente para impedir la acumulación de agua. Las labores de acabado de las superficies de hormigón serán ejecutadas solamente por personal especializado. El acabado U1 es el ejecutado mediante reglas o plantillas para lograr una satisfactoria uniformidad en superficies expuestas en la que no se requiera un acabado superior o en aquellas superficies que serán cubiertas por material de relleno, morteros u hormigones. Constituye la primera etapa de los acabados U2, U3 y U4. Las irregularidades superficiales medidas como la desviación de los bordes de una plantilla de tres (3,00) metros de longitud, no excederán de diez (10,00) milímetros. El acabado U2 es el ejecutado con llana o fratás a superficies uniformes que puedan quedar a la vista tales como calzadas, pisos y partes superiores de tabiques. Es un emparejado grueso, indicado como la segunda etapa del acabado U3. El allanado o fratasado se aplicará tan pronto como haya desaparecido la película brillante de agua superficial y haya endurecido ligeramente la superficie, previamente emparejadas con reglas o plantillas (acabado U1) hasta lograr que la superficie quede libre de marcas y su textura sea uniforme. Las irregularidades superficiales medidas con la plantilla de tres (3) metros de longitud, no excederán de seis (6) milímetros. En los lugares, donde se requieren superficies antideslizantes, se ejecutarán superficies ásperas.

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Página 157 Sección VI. Requisitos Técnicos

El acabado U3 es el que se ejecuta continuando el fratasado del acabado U2 hasta que una pequeña cantidad de mortero, sin exceso de agua, aparezca en la superficie permitiendo un allanado efectivo. Esta operación concluye con la aplicación de llanas metálicas hasta lograr un emparejado fino sin ondulaciones ni marcas. Se aplica a superficies que quedarán a la vista en forma prominente o cuando lo requieran razones hidráulicas. Las irregularidades superficiales, medidas como se describe más arriba, no excederán de seis (6) milímetros. El acabado U4 es el realizado mediante llanas metálicas hasta obtener una superficie uniforme, libre de marcas, ondulaciones y vacíos. Se aplica a soleras de conductos y superficies afines. Las irregularidades superficiales, medidas como se indica anteriormente no excederán de seis (6) milímetros. Las irregularidades en las superficies no moldeadas en los pasajes de agua que no sean paralelas a la dirección del flujo de agua no excederán de tres (3,00) milímetros. Si excedieran de esa medida serán eliminadas conservando una relación de altura de longitud para la corrección de uno (1,00) en cincuenta (50).

iii. Superficies moldeadas Las clases de terminaciones para las superficies moldeadas, se designarán como F1 y F2. Las irregularidades superficiales permitidas para estas terminaciones se designan como “abruptas” y “graduales”. Los resaltos resultantes de moldes desplazados, mal colocados, o desparejos de nudos sueltos en los encofrados, u otros encofrados, u otros defectos similares en los moldes, se considerarán irregularidades abruptas y su control se hará por medida directa. Todas las demás irregularidades superficiales se considerarán irregularidades graduales y se medirán como la desviación entre los bordes de una plantilla de control de uno coma cincuenta (1,50) metros de longitud. La terminación F1 es para superficies que queden permanentemente ocultas y no requieran una terminación especial. La corrección de las irregularidades, se requerirá solamente para depresiones que excedan de dos coma cincuenta (2,50) centímetros. La terminación F2 es para superficies que estarán permanentemente expuestas y donde no se especifique otra clase de terminación. Las irregularidades superficiales no excederán de seis (6,00) milímetros para las irregularidades abruptas y de doce (12,00) milímetros para las irregularidades graduales.

s) Curado

i. Generalidades

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Página 158 Sección VI. Requisitos Técnicos

El curado tiene por objeto mantener al hormigón continuamente (y no periódicamente) humedecido, para posibilitar y favorecer su endurecimiento, y evitar también el agrietamiento de las estructuras. Cualquiera sea el método empleado para lograrlo, será necesario que el mismo sea capaz de evitar toda pérdida de humedad del hormigón durante el período establecido. Lo dicho tiene principal importancia para aquellos elementos estructurales que son de poco espesor y tienen gran superficie expuesta. Para las estructuras de secciones donde la mínima dimensión lineal es de setenta y cinco (75) centímetros o menor se establece como período mínimo de curado del hormigón preparado con cemento normal, el de siete (7,00) días consecutivos contados a partir del momento en que se inició el endurecimiento de la masa. Cuando el hormigón contenga cemento de alta resistencia inicial, dicho período mínimo será de tres (3) días. Si la mínima dimensión lineal de la sección excede de setenta y cinco (75) centímetros, o si el tiempo es caluroso y seco y también para aquellas estructuras o partes de ellas que van a estar en contacto con ambientes, líquidos, o suelos agresivos para el hormigón, los períodos de curado indicados en el párrafo anterior se aumentarán en un cincuenta (50) por ciento. El curado se iniciará tan pronto el hormigón haya endurecido lo suficiente como para que su superficie no resulte deteriorada. Durante el período de curado establecido, los encofrados no impermeables que permanezcan colocados, se mantendrán constantemente humedecidos, y si dichos encofrados fuesen quitados antes de finalizar el período de curado establecido, el método elegido para retener la humedad del hormigón se aplicará a las superficies de la estructura inmediatamente después de desencofrar. El curado se realizará preferentemente por humedecimiento con agua. También podrá realizarse mediante la aplicación superficial de membranas impermeables temporarias u otros tratamientos especiales, siempre que los resultados de ensayos realizados por un laboratorio de reconocida experiencia, demuestren que los productos empleados para ello, después de aplicados, constituyen una membrana continua y flexible, que no reacciona desfavorablemente con el hormigón y que ofrece las garantías necesarias para asegurar que puede evitarse la pérdida de humedad de aquel en grado deseado, durante todo el período de curado establecido y que no afecten la adherencia de revestimientos posteriores. Cuando para acelerar el endurecimiento del hormigón se emplee el calor el hormigón será mantenido continuamente húmedo. La temperatura de calentamiento, salvo justificación especial, no excederá de setenta (70) grados centígrados.

ii. Curado con humedecimiento En este caso el hormigón será mantenido continuamente (y no periódicamente) humedecido mediante riego realizado con agua aplicada directamente sobre las superficies o, preferentemente, sobre arpillera o materiales similares en contacto directo con la superficie de la estructura. Para otras superficies como losas, juntas de construcción horizontales, etc., el riego podrá aplicarse sobre un manto uniforme de arena de un espesor mínimo de cinco

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Página 159 Sección VI. Requisitos Técnicos

(5,00) centímetros, que deberá mantenerse constantemente saturado durante el período de curado y evitar que se escurra o disminuya su espesor. Para curar por humedecimiento deberá emplearse agua que cumpla los mismos requisitos que el agua de empaste del hormigón. No manchará ni decolorará la superficie.

t) Remoción de cimbras y encofrados La remoción se realizará de modo tal que en todo momento quede asegurada la completa seguridad de la estructura. El hormigón no será dañado en forma alguna, ni tampoco debe perjudicarse su adherencia con las armaduras.

u) Programa Especialmente en el caso de las estructuras hiperestáticas, y también en los casos generales, la remoción se realizará de acuerdo a un orden, fijado de antemano que debe ser el más conveniente para evitar que se produzcan esfuerzos anormales o peligrosos en determinadas secciones de la estructura. El programa de remoción tendrá en cuenta, además del orden mencionado, lo siguiente:

Tipo, característica, dimensiones, importancia y ubicación de la estructura. Tensiones a que estará sometido el hormigón en el momento de desencofrar, como

consecuencia de la acción de todas las cargas actuantes en el momento considerado. Condiciones climáticas y de curado a que estuvo sometida la estructura, y otras causas

que puedan actuar afectando el fraguado y endurecimiento del hormigón. Materiales empleados para preparar el hormigón, especialmente cemento y materiales

adicionales, y calidad y resistencia de aquel en el momento de retirar las cimbras y encofrados.

v) Disposiciones generales

El momento de desencofrar o descimbrar será determinado de común acuerdo con el proyectista de la estructura, y el Ingeniero teniendo en cuenta las consideraciones anteriores y en base a lo que establece en los párrafos que siguen. En ningún caso se iniciará la remoción de cimbras y encofrados de la estructura hasta tanto la resistencia del hormigón no haya alcanzado, como mínimo, un valor dentro del que resulte necesario para soportar las tensiones que aparecen en aquella en el momento de descimbrar o desencofrar. Un análisis estructural realizado teniendo en cuenta las cargas actuantes en la oportunidad, y la resistencia de roturas del hormigón, serán los elementos principales para ayudar a decidir al respecto. La consistencia del hormigón en el momento considerado se determinará mediante los ensayos establecidos. Cuando para realizarlos se empleen probetas cilíndricas normales, éstas se ensayarán hasta la rotura. La resistencia del hormigón se obtendrá promediando los resultados de por lo menos dos (2) ensayos, realizados a la misma edad. Las probetas deben haber sido curadas en la misma forma que el hormigón de la estructura al que representan. Al respecto se tendrá especialmente en cuenta que, en ningún caso, las probetas recibirán un curado más favorable que el de la condición más desfavorable a que haya estado sometida la

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Página 160 Sección VI. Requisitos Técnicos

porción de hormigón por ellas representado. Se moldearán tantas probetas como sean necesarias para determinar las resistencias a todas las edades que interesen. La remoción se realizará con todo el cuidado que resulte necesario para no perjudicar al hormigón. En ese sentido, además de cumplirse las condiciones anteriores, el hormigón deberá haber alcanzado suficiente resistencia como para que no se produzcan roturas de aristas, vértices, ni partes salientes, ni tampoco agrietamientos, cualquiera sea su naturaleza. Dentro de las directivas señaladas anteriormente se tendrá en cuenta que, con el objeto de facilitar la aplicación satisfactoria del curado especificado y posibilitar, cuando sea necesario, la reparación de las imperfecciones superficiales a la edad más temprana que sea posible, los encofrados deberán retirarse tan pronto el hormigón haya endurecido suficientemente y no queden comprometidos ni su calidad ni la seguridad del conjunto. En todos los casos la remoción se realizará progresivamente, y sin golpes, sacudidas ni vibraciones, es decir mediante procedimientos que se traducen en esfuerzos puramente estáticos. Asimismo, y muy especialmente cuando los elementos o piezas estructurales sean de cierta importancia, para no someter a parte alguna de la estructura a tensiones peligrosas deberá lograrse un descenso gradual y uniforme de los apoyos de puntales y otros elementos de sostén. En cualquiera de los casos, antes de proceder a aflojarlos será imprescindible verificar, descubriendo la superficie del hormigón, si éste ha endurecido suficientemente. Durante el período de construcción, sobre las estructuras no apuntaladas no se aplicarán cargas que puedan ser peligrosas, ni se arrojarán materiales sobre las estructuras recién desencofradas. Tampoco se colocarán ni acumularán sobre ellas materiales, máquinas ni elementos en cantidades que puedan poner en peligro la seguridad de la estructura. En ningún caso se harán actuar las cargas de cálculo hasta tanto no hayan transcurrido por lo menos treinta (30) días contados a partir de la fecha de moldeo de la estructura, salvo el caso de que se disponga de resultados que permitan comprobar que el hormigón ha endurecido lo suficiente como para resistir con seguridad los esfuerzos derivados de la aplicación de dichas cargas. Las juntas de contracción, las de dilatación y también las articulaciones, deberán ser liberadas de todos los elementos de los encofrados que puedan oponerse a su funcionamiento.

w) Plazos mínimos Aun cuando no se disponga de resultados de ensayos de resistencia del hormigón determinados mediante probetas, los plazos mínimos que se indican más adelante se tomarán como guía para determinar el momento en que pueden iniciarse las operaciones de remoción de cimbras y encofrados. Dichos plazos se contarán a partir del momento en que la última porción de hormigón fue colocada en el elemento estructural considerado, y deberán ser aumentados por lo menos en un número de días igual al de aquellos en que la temperatura del aire en contacto con el hormigón haya descendido debajo de cinco (5) grados centígrados.

Encofrados de túneles o conductos circulares cuando las condiciones de estabilidad del terreno lo permitan. 16 a 24 horas Id. construidos a cielo abierto 1 a 3 días

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Página 161 Sección VI. Requisitos Técnicos

Encofrados de tabiques 3 a 7 días Encofrados debajo de losas, dejando puntales de seguridad

convenientemente distribuidos 7 a 14 días Remoción de todos los puntales de seguridad de losas: 21 días

Cuando se emplee cemento de alta resistencia inicial o materiales adicionales capaces de acelerar la resistencia de los hormigones preparados con cemento normal, los plazos mínimos indicados podrán ser reducidos convenientemente con tal de asegurar para la estructura el mismo grado de seguridad mínimo que se ha establecido más arriba para los hormigones preparados con cemento normal.

x) Remoción y reparación del hormigón defectuoso El hormigón que por cualquier motivo haya resultado defectuoso o no tenga la calidad especificada será eliminado y reemplazado por otro, o por un mortero, de calidad adecuada. En igual forma se procederá si las dimensiones, niveles, alineamientos y posiciones de las estructuras o de sus elementos, superan las tolerancias establecidas más adelante. Las imperfecciones superficiales de las estructuras serán convenientemente corregidas. Los defectos cuya reparación se establece en esta parte de las especificaciones se refieren principalmente a:

Defectos provenientes de una mala compactación, estructuras con vacíos o superficies con acumulaciones de árido grueso (“nido de abeja”). Cavidades dejadas por la remoción de los elementos de fijación colocados en los extremos de pernos, bulones y otros elementos internos empleados para armar a los encofrados en sus posiciones definitivas.

Agrietamientos o fracturas producidas durante la remoción de cimbras y encofrados o por otras causas.

Depresiones superficiales, rebabas, protuberancias o convexidades originadas por movimientos de los encofrados, por defectos de construcción de los mismos o por otras causas.

Otros defectos provocados por causas diversas.

i. Disposiciones generales Todas las reparaciones serán realizadas sin afectar en forma alguna la seguridad de las estructuras. Se iniciarán inmediatamente después de haber removido los encofrados y deberán quedar terminadas dentro de las veinticuatro (24) horas de iniciadas. En caso de que el curado se realice mediante una membrana de curado, primeramente se aplicará ésta y luego se iniciarán las reparaciones. En cada zona la reparación se iniciará y terminará sin interrupciones. Todas las operaciones serán realizadas únicamente por mano de obra experta y especialmente instruida sobre la forma de realizar la tarea y su importancia.

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Página 162 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los trabajos se ajustarán en forma tal que una vez reparados los defectos, la resistencia, durabilidad y aspecto de la estructura no sufran perjuicio alguno y además respondan en un todo a las necesidades del proyecto. Sobre la labor que realice se mantendrá inspección permanente. Todas las superficies reparadas tendrán las formas, dimensiones, alineamientos y pendientes establecidos en los planos. Sus niveles no presentarán diferencias con los de las zonas vecinas. El hormigón defectuoso será totalmente eliminado hasta la densidad que resulte necesaria para dejar al descubierto el hormigón compacto y de buena calidad. Si los defectos son superficiales, para efectuar la reparación se requerirá eliminar un espesor mínimo de dos coma cinco (2,5) centímetros del hormigón existente, sea este espesor totalmente defectuoso o no. Las armaduras que resulten interesadas por la cavidad, no se dejarán parcialmente cubiertas por el hormigón endurecido en contacto con ellas. El hormigón será eliminado hasta que por lo menos quede un espacio libre mínimo de dos coma cincuenta (2,50) centímetros alrededor de cada barra. Se eliminará de ellas todo resto de mortero, materias grasas, sustancias perjudiciales. Las reparaciones se realizarán con hormigón cuando el defecto interese todo el espesor del elemento estructural o cuando, tratándose de estructuras de hormigón simple, la cavidad resultante de la eliminación del hormigón defectuoso tenga un área superficial mayor de diez (10) decímetros cuadrados y diez (10) centímetros o más de profundidad. Si se trata de hormigón armado, se empleará hormigón cuando el área superficial mencionada sea mayor de cinco (5) decímetros cuadrados y profundidad deje las armaduras al descubierto. En todos los demás casos se empleará mortero. Las rebabas, protuberancias o convexidades de aquellos elementos que quedan expuestos a la vista, serán totalmente reparadas mediante herramientas y métodos adecuados, que no perjudiquen en forma alguna a la estructura. En igual forma se procederá con los mismos defectos, aunque se trate de elementos no expuestos a la vista, si ellos ocasionaran cualquier tipo de inconveniente vinculado a la ejecución de la obra. Después de eliminados los defectos, las superficies serán desgastadas hasta condicionarlas a los niveles que correspondan. El aspecto de la superficie reparada debe concordar con el de las zonas vecinas. En cuanto a las concavidades, las mismas serán reparadas de modo tal que las dimensiones lineales del elemento defectuoso concuerden con las de proyecto. Si se trata de superficies expuestas a la vista, se cuidará especialmente que el aspecto concuerde también con el de las zonas próximas. El hormigón de relleno tendrá las mismas características y proporciones de materiales sólidos que el de la estructura, excepto su consistencia, que será la mínima necesaria para poder colocar y compactar perfectamente la mezcla en la zona de reparación. En cuanto al mortero que se emplee para ejecutar las reparaciones, tendrá la misma proporción cemento/arena que el hormigón y la mínima proporción de agua que permita su adecuada colocación y compactación.

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Página 163 Sección VI. Requisitos Técnicos

Con el objeto de evitar en la estructura, los agrietamientos que se producen motivados por los cambios volumétricos iniciales, la preparación del mortero y hormigón de relleno se realizará entre (1) una y dos (2) horas antes de su empleo. En el momento de su aplicación la mezcla será convenientemente remezclada. Tanto el mortero como el hormigón de relleno deben adherir perfectamente al hormigón endurecido. Se los compactará al máximo posible, preferentemente mediante vibración. Cuando esto no sea posible, se recurrirá a una enérgica compactación manual realizada mediante pisones cilíndricos de madera dura, de dos (2,00) a tres (3,00) centímetros de diámetro. La superficie de reparación una vez endurecida debe estar libre de grietas de contracción. La zona reparada será impermeable, durable y de aspecto y terminación concordantes con los de las zonas próximas. Cuando el área de la zona a reparar sea importante, se requerirá la colocación de encofrados adecuados, para facilitar la mejor realización de los trabajos. En el caso de reparación de muros y otras estructuras en que la reparación interese a todo el espesor de elemento, y la reparación de hormigón se realice lateralmente, el frente de los encofrados se construirá por secciones horizontales de modo que aquel pueda colocarse por capas de altura no mayor de treinta (30) centímetros. En cuanto a la parte posterior del encofrado, podrá estar construida por una sola pieza. Las secciones del frente se irán colocando y ajustando progresivamente, antes de iniciar la colocación de la capa correspondiente. Cuando la reparación tenga más de treinta (30) centímetros de altura, y el hormigón se coloque por capas de la altura máxima especificada anteriormente, el mismo no se colocará en forma continua. Entre la colocación de capa y capa deben transcurrir por lo menos treinta (30) minutos. El hormigón será vibrado durante la colocación y también después de completarla totalmente en cada lugar de reparación. En este último caso la vibración se aplicará a los encofrados, después de presionar adecuadamente la mezcla mediante una chimenea de presión. El trabajo de compactación se aplicará a intervalos de treinta (30) minutos, hasta que el hormigón endurezca y ya no pueda tornarse plástico a pesar de la vibración. Al terminar de colocar el hormigón en la parte superior del encofrado, la chimenea contendrá una altura máxima de hormigón de entre siete (7) y diez (10) centímetros, sobre este espesor se aplicará la presión, antes de proceder a vibrar los moldes. Si la reparación se realiza con mortero y la profundidad a rellenar es mayor de dos coma cincuenta (2,50) centímetros, la colocación se hará por capas de un espesor máximo de dos (2,00) centímetros. Entre la colocación de capa y capa deben transcurrir por lo menos treinta (30) minutos. Terminada de colocar una capa no se requerirá raspar ni preparar en forma alguna la superficie de la capa anterior, antes de colocar la siguiente. Será sin embargo necesario evitar que aquella se seque antes de colocar la próxima. La colocación podrá realizarse mediante pistola a presión o métodos manuales. En general las cavidades resultantes de la eliminación del hormigón defectuoso tendrán bordes rectos, horizontales y verticales. En el caso de superficies horizontales, los bordes serán paralelos a las líneas de marcación del piso o techo. En superficies verticales,

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Página 164 Sección VI. Requisitos Técnicos

observando el elemento considerado desde su superficie exterior, la cavidad tendrá su borde superior horizontal y será provocado por un corte inclinado desde arriba hacia abajo. Dicho corte formará un ángulo de aproximadamente veinte grados (20°) con la horizontal. Ello facilitará la colocación, compactación y eliminación de las burbujas de aire por la parte superior de la cavidad, durante el período de vibración. Los bordes restantes serán producidos mediante cortes normales a la superficie exterior del elemento. Todos los ángulos de la cavidad serán redondeados con un radio mínimo de tres (3,00) centímetros. Las cavidades dejadas por la extracción de los elementos de fijación colocados en los extremos de bulones, barras y pernos internos empleados para armar y sostener a los encofrados, se tratarán en forma adecuada para que las superficies de contacto con el mortero de relleno sean rugosas. Después de ejecutada la excavación, o de eliminadas la capa superior de mortero hasta dejar al descubierto las partículas de árido grueso si se trata de reparar una cavidad, se realizará una limpieza cuidadosa para eliminar todo resto de partículas sueltas, polvo y materias extrañas, seguida por una aplicación directa y enérgica de un chorro de agua a presión. En caso que el relleno de la cavidad con mortero u hormigón no se realizara inmediatamente después de la limpieza con agua a presión, previamente a la colocación del relleno se procederá a humedecer la superficie, a reparar, sin saturarla. Para ello se emplearán preferentemente arpilleras que se mantendrán húmedas y en contacto con las superficies por lo menos durante las doce (12) horas inmediatamente anteriores al momento de colocación del mortero u hormigón. En el momento de la colocación se eliminará de las superficies toda película o acumulación de agua. Inmediatamente después se colocará el mortero. Si la reparación se realiza con hormigón, previamente a su colocación se colocará una capa de mortero de aproximadamente tres (3,00) milímetros de espesor, que será forzada e introducida en los pequeños intersticios e irregularidades de la superficie mediante un cepillo duro, o manualmente. Inmediatamente después se colocará el hormigón. Para que el agrietamiento superficial de la reparación sea mínimo, el mortero u hormigón de relleno, en el momento de su colocación, tendrá la menor temperatura posible y, posteriormente, será adecuadamente protegido y curado en la forma especificada en los puntos pertinentes.

y) Terminación de las superficies expuestas de las estructuras Las estructuras corrientes de hormigón armado tendrán la terminación normal resultante después de haberse desencofrado. No se requerirá ningún tratamiento especial de las superficies, excepto los necesarios para reparar las imperfecciones superficiales. Cuando por las características propias de la estructura se requiera una terminación especial de las superficies expuestas, ello será explícitamente establecido en especificaciones suplementarias a ser suministradas por el Ingeniero. Las superficies internas de los encofrados serán planas y rectas, o tendrán las formas precisas que se indican en los planos. Asimismo, deberán cumplirse todas las condiciones en los artículos referidos a acabados y terminaciones.

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Página 165 Sección VI. Requisitos Técnicos

Durante las operaciones de colocación y compactación del hormigón se adoptarán todas las precauciones necesarias para obtener superficies de aspecto y textura uniformes, libres de resaltos, vacíos y otras irregularidades que puedan perjudicar el aspecto, la resistencia o la durabilidad de la estructura.

i. Irregularidades superficiales Inmediatamente después de haberse realizado la remoción de los encofrados se procederá a inspeccionar las estructuras a los efectos de determinar si existen irregularidades superficiales como depresiones, vacíos, rebabas, protuberancias, marcas dejadas por los encofrados, etc. Corresponde aclarar que las irregularidades superficiales descriptas en el presente párrafo no están contempladas, y son distintas de las irregularidades indicadas anteriormente, donde se establecen las tolerancias de orden constructivo correspondientes a la falta de verticalidad de los tabiques, diferencia de dimensiones de los elementos estructurales con respecto a las indicadas en los planos, etc. Las rebabas o protuberancias aisladas, dejadas por las juntas de los encofrados o por otras causas sobre las superficies vistas, se harán desaparecer por desgaste con piedra de carborundum, (carburo de silicio). Los vacíos superficiales se limpiarán, llenarán en forma adecuada con mortero u hormigón, y alisarán mediante una piedra de carborundum hasta que la zona reparada adquiera forma y aspecto concordantes con los de las zonas próximas. La reparación del hormigón defectuoso, con mortero o con hormigón, se realizará de acuerdo a lo especificado en los artículos referidos a acabados y terminaciones. En toda la superficie de hormigón que quede enterrada, no se requerirá eliminar las protuberancias, rebabas, ni marcas de encofrados descritas en el segundo párrafo. Tampoco se requerirá el alisado de las superficies reparadas con mortero u hormigón, con piedra de carborundum, para obtener uniformidad de aspecto. Las restantes irregularidades superficiales se clasifican como “bruscas” y “graduales”. Se considerará que el desplazamiento, mala colocación, mala alineación o empalme, o diferencia de nivel de las tablas de los encofrados, el movimiento de los “nudos” sueltos de las mismas, u otros defectos similares producen irregularidades “bruscas”. La magnitud de estas irregularidades superficiales como diferencia de nivel, se determinarán por medición directa. Las demás irregularidades se considerarán que son “graduales”. La magnitud de estas últimas se apreciará mediante una regla recta y dirigida, en el caso de las superficies planas, o mediante una plantilla o gálibo rígidos, de empleo equivalente o la regla para el caso de superficies curvas. La longitud de la regla será de uno coma cincuenta (1,50) metros. Para apreciar la magnitud de la irregularidad “gradual” la regla o plantilla se apoyarán sobre la superficie. Para las estructuras en que el aspecto no sea de importancia fundamental, como son las corrientes no prominentes ni permanentemente expuestas a la vista del público, las irregularidades “bruscas” no excederán de 5 milímetros. Las irregularidades “graduales”, apreciadas con la regla de uno coma cincuenta (1,50) metros, no excederán de diez (10,00) milímetros.

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Página 166 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para las estructuras en que las superficies de hormigón queden expuestas y no lleven revoques o recubrimiento alguno, y donde el aspecto sea de fundamental importancia como en el caso de aquellas prominentes y permanentes expuestas a la vista del público, las irregularidades “bruscas” no excederán de tres (3,00) milímetros ni las “graduales” de cinco (5,00) milímetros. Las irregularidades superficiales que excedan las tolerancias establecidas se corregirán en forma adecuada hasta que queden comprendidas dentro de las tolerancias. La corrección de las irregularidades se realizará inmediatamente después de desencofrar, y no debe afectar en forma alguna el aspecto, color ni otras características de la estructura en la zona ni en zonas próximas.

z) Juntas de contracción y juntas de dilatación Se construirán en los lugares señalados en los planos, de acuerdo a las disposiciones de detalle que en los mismos y en las especificaciones especiales se indiquen. Su ejecución no debe debilitar ni perjudicar en forma alguna a la estructura en que se construyan. Salvo disposición expresa en sentido contrario, las armaduras no se continuarán a través de las juntas. Los materiales y métodos que se empleen para ejecutarlas serán adecuados y deberán ser previamente sometidos al Ingeniero para su aprobación. La ejecución será cuidadosa y se realizará en forma tal que una vez terminadas, las juntas actúen y cumplan satisfactoriamente la función asignada.

aa) Tolerancias constructivas Los trabajos de construcción deben ser realizados cuidadosamente y con precisión, respetando las posiciones, niveles y dimensiones indicados en los planos respectivos y a las Especificaciones Técnicas. Para los casos en que los planos o las E.P. no establezcan otras tolerancias de ejecución más restrictivas, se admitirán las siguientes: Armaduras Formas y áreas de las secciones transversales rectas. Se aceptarán las que especifiquen las normas IRAM-IAS de acero para la construcción en vigencia. Dimensiones lineales Para toda dimensión lineal “da” expresada en centímetros, y medida según el eje longitudinal de la barra, la tolerancia en centímetros se tomará igual a:

Tol = 0,5 x 3 da

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salvo en el caso de las armaduras transversales tenidas en cuenta en el cálculo de piezas zunchadas, para las que sólo se aceptará: Tol = 0,25 x 3 da Posición de las armaduras No se admitirá tolerancia alguna en menos en la separación libre entre barras, ni en el recubrimiento de hormigón establecido para protegerlas. La distancia entre el eje de una barra y la superficie exterior más próxima del hormigón no diferirá de la distancia teórica “da”, expresada en centímetros, indicada en los planos, en más de:

Tol = 0,5 3 da Para las armaduras transversales de las piezas zunchadas dicha diferencia no excederá de: Tol = 0,25 3 da Las separaciones entre barras de armaduras principales en las piezas flexadas y comprimidas en general no diferirán de los valores teóricos expresados en centímetros.

Tol = 0,5 3 da

Para las armaduras transversales de las piezas zunchadas y para las longitudinales de las piezas flexo-comprimidas con relación h/h´ 0,12 con ht 25 centímetros la tolerancia se reducirá a la mitad.

i. Hormigón La tolerancia expresada en centímetros, de toda dimensión lineal “db” del hormigón (ancho o altura de una sección, luz de una pieza, etc.) expresado igualmente en centímetros es:

Tol = 0,25 x 3 db

ii. Falta de verticalidad de tabiques El eje real del tabique no podrá separarse del teórico en cualquier dirección en más que un quinto (1/5) de la distancia del centro de la sección al borde del núcleo central respectivo.

bb) Falta de alineación de tabiques superpuestos Los pares que se originen por este motivo deberán ser considerados como una solicitación adicional de la estructura y la misma verificada superponiendo esta solicitación con las previstas, para juzgar sobre sus verdaderas condiciones de resistencia y estabilidad. En caso necesario se proyectarán y ejecutarán las modificaciones que correspondan.

cc) Empleo simultáneo de aceros de distintos tipos

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Página 168 Sección VI. Requisitos Técnicos

Queda prohibido el empleo de aceros de diferentes tipos en una misma sección de armadura principal de tracción o de compresión.

dd) Armaduras

i. Doblado de las Armaduras Las barras se cortarán y doblarán ajustándose a las formas y dimensiones indicadas en los planos y demás documentos del proyecto. El doblado de las barras se realizará a velocidad limitada, preferentemente en frío, a la temperatura ambiente, mediante el empleo de pernos, mandriles y otros elementos que permitan obtener los radios de curvatura especificados. La operación se realizará sin golpes, choques, etc. En principio, con temperaturas ambientes menores de cinco grados C (5°C) se evitará realizar el doblado de barras. Para temperaturas próximas a la que acaba de indicarse, se tomarán precauciones especiales reduciendo al mínimo la velocidad de doblado. Las barras que han sido dobladas no serán enderezadas ni podrán volver a doblarse sin previamente eliminar la zona que anteriormente fue sometida a esa operación. En el caso de los aceros dulces comunes, cuando para realizar el doblado sea necesario recurrir al calentamiento de las barras, se cuidará de no alcanzar la temperatura correspondiente al rojo cereza claro ochocientos a ochocientos treinta grados C (800 a 830°C). Las operaciones en calientes sólo serán toleradas para las barras de diámetros iguales o mayores de veinticinco (25) milímetros, y siempre que en la obra se disponga de los dispositivos de control necesarios para evitar el sobrecalentamiento indicado anteriormente. Se prohíbe el corte y doblado en caliente de los aceros endurecidos por estirado o torsión en frío (tipo II a V), y también de los aceros que hayan sido sometidos a tratamiento térmicos especiales. Como norma general y salvo indicación especial en otro sentido contenida en los documentos del proyecto, el radio interno mínimo de curvatura de las barras de las armaduras principales no será inferior al que, para cada tipo de acero, se indica en el cuadro que sigue en función de su correspondiente diámetro. Dichos radios mínimos de curvatura corresponden a velocidades reducidas de doblado.

Tipo de acero

Radio mínimo de doblado en función

del diámetro de la barra I y II

III y IV V

Diez (10) diámetros Trece (13) diámetros

Quince (15) diámetros

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Los radios mínimos indicados se aumentarán en por lo menos tres (3,00) diámetros cuando el recubrimiento de hormigón de la armadura en la zona doblada, sea menor que el doble del diámetro de la barra más dos (2,00) centímetros. Cuando el diámetro de las barras sea igual o mayor de cuarenta (40,00) milímetros, el radio interno mínimo de doblado será de por lo menos quince (15,00) diámetros. En ningún caso el radio interno de curvatura de estribos y armaduras similares, será inferior al diámetro de la barra de la armadura principal en que apoya. Cuando las curvas de barras aisladas coinciden con una zona de gran solicitación de la armadura, o si varias barras vecinas de un mismo lecho son dobladas en la misma zona, como en el caso de los nudos de un pórtico, se procederá a verificar, en la misma zona, el valor de las tensiones de solicitación que provocan las armaduras sobre el hormigón. En caso necesario, se aumentará convenientemente el radio de curvatura de las barras, para evitar la rotura del hormigón por tracción o comprensión. La tendencia a rectificación de las barras con curvaturas dispuestas en las zonas de tracción, será evitada mediante estribos convenientemente distribuidos y calculados con tal objeto, u otro medio adecuado.

ii. Limpieza y colocación de las armaduras Antes de ser introducidas en los encofrados, las armaduras se limpiarán adecuadamente. En igual forma antes de introducir el hormigón en los encofrados, las armaduras estarán libres de polvo, barro, escamas sueltas de herrumbre, grasas, aceites, pinturas, y toda otra sustancia capaz de reducir o evitar la adherencia con el hormigón. Las armaduras que en el momento de colocar el hormigón en los encofrados estuviesen cubiertas por mortero, pasta de cemento u hormigón endurecido, se limpiarán perfectamente hasta eliminar todo resto de dichos materiales en contacto con las barras. Todas las armaduras se colocarán en las posiciones precisas que se indican en los planos. Durante la colocación, compactación y terminación del hormigón y también en los períodos de fraguado y endurecimiento de éste, las armaduras deberán mantenerse con las formas y en las posiciones establecidas en los planos, sin que las mismas sufran desplazamientos perjudiciales antes o durante dichas operaciones. Las barras que constituyen la armadura principal se vincularán firmemente y en la forma más conveniente con los estribos, zunchos, barras de repartición y demás armaduras. Para mantener o separar las armaduras en los lugares correspondientes, se emplearán soportes o espaciadores metálicos, de mortero o de material plástico y ataduras metálicas. Dichos elementos tendrán formas, espesores y resistencias adecuadas y se colocarán en número suficiente para conseguir el mantenimiento de las formas y posiciones de las armaduras en los lugares establecidos. Los lechos de barras aisladas y los paquetes o grupos de barras en

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contacto directo, se separarán con elementos de espesores iguales a la separación libre establecida. Como separadores, espaciadores, etc., no podrán emplearse trozos de ladrillos, partículas de áridos, trozos de madera ni de caños. Se cuidará especialmente que todas las armaduras, principales o no, y también las ataduras de alambre empleadas para mantenerlas en posición, queden protegidas mediante los recubrimientos mínimos de hormigón establecidos. La armadura superior de las losas y tabiques será adecuadamente asegurada contra las pisadas. Todos los cruces de barras deberán atarse o asegurarse en forma adecuada, excepto en aquellos casos en que la distancia entre barras, en ambas direcciones, sea menor de 30 centímetros. En este caso las intersecciones se atarán en forma alternada. Antes de proceder a la colocación del hormigón dentro de los encofrados, deberá verificarse cuidadosamente la sección, cantidad, forma y posición de las armaduras. En las zonas de cruce de barras o en las de gran acumulación de armaduras, se cuidará especialmente la colocación y compactación del hormigón, debiendo asegurarse un llenado completo de los encofrados y espacios comprendidos entre las barras.

iii. Anclaje de las Armaduras Los anclajes de las barras que constituyen las armaduras podrán realizarse mediante ganchos y otro sistema suficientemente conocido y garantizado con la experiencia. Las barras de las armaduras de tracción tendrán en sus extremos ganchos semicirculares de diámetros internos iguales o mayores que los que, para cada tipo de acero, se indican en el cuadro que sigue en función de los diámetros de las barras.

Tipo de acero

Diámetro interno mínimo del gancho en

función del diámetro de la barra I II III V

2,5 diámetros 5 diámetros 6 diámetros 7,5 diámetros

El gancho se prolongará en un trozo recto de longitud igual o mayor a 4 veces el diámetro de la barra y no menor de cinco (5) centímetros. En las armaduras de tracción constituidas por aceros lisos del tipo I de diámetro no mayor de seis (6,00) milímetros, acero liso endurecido por torsión tipo II de diámetro no mayor de diez (10,00) milímetros, y aceros torsionales o estirados en fríos de los tipos III, IV y V de diámetro no mayor de dieciséis (16,00) milímetros, se permitirá prescindir de los ganchos especificados ut-supra, siempre que se cumpla la condición de longitud de anclaje que se establece en la fórmula indicada más adelante.

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Las barras que constituyen las armaduras solicitadas exclusivamente por los esfuerzos de compresión pueden terminarse sin ganchos. En este caso la terminación se hará mediante prolongación recta de por lo menos 30 diámetros de longitud, contados a partir del punto en que teóricamente no sea necesaria su presencia como tal armadura de compresión. En los tabiques, las barras principales de armadura podrán tener sus extremos doblados en ángulo recto, con radio interno de curvatura en correspondencia con lo establecido en el segundo párrafo y con la prolongación recta especificada en el tercer párrafo. En este caso el plano determinado por el codo debe resultar paralelo al paramento más cercano. La longitud “ld” de anclajes de las armaduras de tracción de diámetro en el hormigón, serán las que se determinan mediante la expresión:

en función del coeficiente y de las resistencias características ek la fluencia del acero y

‘bk de del hormigón a compresión, respectivamente. En la longitud “ld”, no se computará, en el caso de barras con ganchos, la longitud de los mismos. El valor a adoptar para el coeficiente, dependerá de la conformación superficial del acero y del hecho que las barras estén o no provistas de ganchos. Los valores correspondientes se indican para cada condición, en el cuadro que sigue:

Condición de las barras Lisas con ganchos en los extremos Lisas sin ganchos en los extremos Lisas torsionadas (tipo I), con ganchos en los extremos Lisas torsionadas (tipo II), sin ganchos en los extremos Conformadas, torsionadas o no, con ganchos en los extremos Conformadas, torsionadas o no, sin ganchos en los extremos

2,5 3,0 2,0 2,5 1,6

2,0

Las armaduras se anclarán preferentemente en la zona comprimida. Las longitudes de anclaje podrán reducirse en un tercio en las armaduras extendidas, cuando éstas terminen en la zona comprimida. Para las construcciones en voladizo, las longitudes de anclaje de las armaduras de tracción se aumentarán en cincuenta por ciento (50%). La verificación de la longitud de anclaje podrá suprimirse en las barras con ganchos en sus extremos, si dichas barras cumplen la condición:

10 l

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Página 172 Sección VI. Requisitos Técnicos

(donde resulta expresado en milímetros y la luz “l” debe expresarse en metros) en los siguientes casos: Cuando la armadura termina en la zona comprimida. Cuando la armadura se prolongue hasta el apoyo y éste tenga, en el caso de tabiques, por lo menos un ancho de un veinte avo (1/20) de la luz y no existen cargas concentradas a menor distancia de 5 veces el ancho de apoyo, contada a partir de este. Siempre que exista posibilidad de pandeo de las barras de armaduras situadas en el contorno del elemento estructural se tomarán todas las precauciones necesarias para evitarlo de acuerdo con los cálculos correspondientes.

iv. Empalme de las barras de armaduras En lo posible, en las barras que constituyen las armaduras no se realizarán empalmes. Lo dicho será tenido especialmente en cuenta cuando se trate de barras sometidas a esfuerzo de tracción. Si lo establecido en el párrafo anterior resultara imposible de cumplir, los empalmes se ubicarán en aquellos lugares en que las barras tengan las menores solicitaciones, como por ejemplo en las zonas de momento nulo en piezas flexadas. No se admitirán empalmes en las partes dobladas de las barras. En una misma sección del elemento estructural sólo podrá haber una barra empalmada de cada cinco. En secciones con menos de cinco barras no podrá haber empalmes. Los empalmes se distribuirán de manera alternada a lo largo del elemento estructural. En una misma barra no podrá haber más de dos empalmes a menor distancia de 4 metros entre sí, admitiéndose como máximo dos empalmes para barra. Para grandes luces se admitirá una mayor cantidad de empalmes, pero a distancias no menores de diez (10) metros entre sí. El número y la posición de los empalmes se indicarán en los planos y demás documentos del proyecto. Los empalmes sólo podrán realizarse por yuxtaposición de las barras. Empalme por yuxtaposición Los extremos de las barras se colocarán en contacto directo en toda la longitud del empalme. Dichos extremos podrán disponerse uno sobre el otro o en cualquier otra forma que facilite la ejecución de un buen hormigonado alrededor de la longitud de superposición. Los extremos de las dos barras que concurren para constituir el empalme deben tener ganchos, ejecutados de acuerdo a lo dispuesto precedentemente, la longitud de superposición de las barras, sin tener en cuenta los ganchos, no será menor que la de anclaje especificada.

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Página 173 Sección VI. Requisitos Técnicos

En las barras sometidas a esfuerzos de compresión pueden suprimirse los ganchos especificados en el párrafo anterior. En toda la longitud de yuxtaposición se colocarán armaduras transversales suplementarias (estribos u otras armaduras especiales) convenientemente ancladas, para mejorar las condiciones del empalme. En el caso de las losas este requisito puede en general ser suprimido. El espesor de hormigón alrededor del empalme no será menor de dos (2) diámetros, o de uno (1) si el empalme está perfectamente zunchado con alambre de diámetro adecuado. Se prohíbe el empalme por yuxtaposición en los elementos estructurales sometidos a tracción simple. Tampoco podrá realizarse el empalme por yuxtaposición cuando las barras tengan diámetros mayores de veinticinco (25,00) milímetros.

ee) Conductos de H°A° in situ de sección rectangular

i. Generalidades Este ítem comprende la totalidad de materiales, encofrados, mano de obra y equipos para la ejecución de las estructuras de hormigón armado para los conductos de sección rectangular. El hormigón, salvo que fuera especificado otro de mejor calidad en planos, de la losa de fondo, tabiques y losa de techo, será H-30. La armadura será A.D.N. 420. Se seguirán al respecto y en todo lo que ellas sean aplicables las estipulaciones indicadas para las estructuras de hormigón armado según el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201-2005. La secuencia de construcción que se definan durante el desarrollo del Proyecto de Detalle, se programarán de forma tal de optimizar los plazos de construcción, teniendo que ser siempre sometida a la aprobación por parte del Ingeniero. El procedimiento de ejecución que adopte el Contratista deberá ser aprobado previamente por el Ingeniero, sin que ello exima de responsabilidad al Contratista por los accidentes o inconvenientes que pudieran sobrevenir como consecuencia de los procedimientos empleados. Se podrán emplear sistemas de encofrados especiales, siempre que el mismo cuente con la aprobación del Ingeniero en relación con aspectos tales como avance de obra, calidad de terminación, cantidad de juntas, curado del hormigón, tiempo de desencofrado, etc. Las fisuras que excedan los límites permitidos serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, y a su cargo serán todos los costos de las reparaciones que fueren necesarias, utilizando para ello procedimientos con productos de tipo epoxídico. Tanto el material a emplear, cuanto las metodologías de trabajo y control posterior deberán ser sometidos a la aprobación por parte del Ingeniero. El Contratista deberá cuidar el llenado perfecto de los moldes y encofrados y el mantenimiento de la sección de hormigón indicada en los planos.

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Página 174 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Ingeniero podrá ordenar cortes en la masa de hormigón, a efectos de verificar el espesor de cada componente estructural. Los encofrados serán del Tipo F1 o F2 según se indiquen en planos y se detalla más abajo en estas especificaciones. Las superficies internas de los elementos deberán quedar perfectamente lisas, sin fallas, protuberancias o huecos. Las deficiencias que se notaren, deberán ser subsanadas por el Contratista por su cuenta y riesgo, pudiendo el Ingeniero exigir, si lo cree conveniente, la ejecución de un enlucido de mortero y arena, o de cemento puro, que se considerará incluido dentro de los precios contratados por la construcción de los conductos. No se permitirá ninguna conexión o amarre de los encofrados con las armaduras, ni tampoco con elementos de la eventual estructura empleada para ejecutar la excavación. Ningún elemento metálico o no metálico que deba quedar empotrado dentro de la estructura podrá emerger, ni tener un recubrimiento menor de tres coma cinco (3,5) centímetros para la superficie exterior y de dos (2) centímetros para la superficie interior, excepto las juntas de estanqueidad en correspondencia con las juntas de contracción. Los separadores entre las armaduras y las superficies de encofrados deberán ser tales que respeten los recubrimientos antes citados. El material de los separadores deberá ser de una calidad comparable al del hormigón estructural al cual será incorporado. El Ingeniero podrá autorizar la utilización de separadores de plástico. El encofrado de las paredes verticales no se retirará antes de las veinticuatro horas de hormigonado. Los demás elementos no verticales no se desencofrarán antes de las setenta y dos horas, a menos que justificadamente pueda esto ser hecho en tiempos menores, todo ello a exclusiva conformidad del Ingeniero. Una vez realizada la excavación, y la colocación del hormigón de relleno el Ingeniero verificará la alineación y nivelación de la superficie de trabajo, antes de que el Contratista proceda a las tareas de armado de la losa inferior. El Contratista deberá asegurar la correcta ejecución de los niveles y pendientes longitudinales de los conductos definidas en el proyecto. Los conductos se hormigonarán por tramos no mayores de quince (15) m de longitud cada uno, separados entre sí por medio de una junta abierta de veinte (20) milímetros todo de acuerdo a planos y a estas especificaciones técnicas. En la citada junta se colocará una cinta de estanqueidad o “Water-Stop” tipo SIKA 0-22 o similar, tanto en el piso y laterales como en la losa de techo, formando un conjunto estanco. Las caras en que están contenidos estos “Water-Stop” deberán ser normales al eje del colector. Las cintas de estanqueidad deberán protegerse convenientemente, cuando queden en espera respecto de las etapas constructivas siguientes.

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Página 175 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las juntas constructivas que fueran necesarias deberán ser diseñadas adecuadamente con el fin de minimizar las posibles filtraciones de agua. Todas las juntas constructivas deberán ser adecuadamente limpiadas y preparadas antes de proceder al de la etapa siguiente. El empalme con las cámaras se deberá ejecutar por medio de juntas abiertas con la colocación de “Water-Stop”, previendo el apoyo del conducto respecto de la cámara. El tamaño de los agregados que se empleen para la elaboración del hormigón, deberá ser compatible con el tipo de “Water-Stop” y espacios disponibles para el colado. La calidad de terminación del interior de los conductos será tal que asegure una rugosidad absoluta compatible con un coeficiente de Manning n = 0.013. No se admitirán en las paredes, soleras y techos de los conductos en contacto con el agua discontinuidades, resaltos, irregularidades ni rebarbas producidas por defectos en la colocación y o manejo de encofrados. Se emplearán los siguientes tipos de terminaciones para las superficies de los conductos:

Superficie interior de las paredes, en contacto con el agua: F2 Superficie exterior de las paredes, en contacto con el suelo: F1 Superficie interior del piso: U3 Superficie interior de la losa de techo: F2 Superficie exterior de la losa de techo: U1

C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El hormigón armado para conductos de sección rectangular será medido y pagado por m³ (metro cúbico). El avance de certificación se efectuará por tramo/s entero/s entre junta/s abierta/s hormigonada/s, de conducto completo. No se efectuarán pagos por separado o parciales por tongadas. La medición corresponderá al volumen neto obtenido del producto entre la longitud efectivamente realizada, certificada y terminada y las secciones y espesores definidos en el proyecto. No se efectuarán pagos adicionales por rellenos o sobre-excavaciones. Los precios incluirán la totalidad de los materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cintas elásticas Water Stop, bocas de registro y de acceso, etc.), encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón armado para la construcción de los conductos de sección rectangular. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 5.1 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 6 PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE CONDUCTOS CIRCULARES PRFV/PEAD

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Página 176 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las tareas de este ítem corresponden al Sub-ítem 6.1: CC Ø 1,00m.

6.1 CC Ø 1,00 m A. ALCANCE Los trabajos a realizar consisten en la provisión y colocación de caños circulares según las indicaciones de los planos, incluyendo sus manguitos de acople, juntas de unión y demás accesorios y pruebas funcionales que conforman el conducto pluvial B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Para llevar a cabo las tareas se podrán usar como materiales PRFV o PEAD, quien deberá indicar en su oferta el material que selecciona. El tipo de resina para el caso PEAD será PE80. La rigidez mínima del caño será de 5000 N/m2 s/ASTM D 2412 Previo al transporte de los caños al lugar de su colocación, se los examinará prolijamente, rechazándose aquéllos que presenten rajaduras o fallas. Antes de bajarlos a las zanjas, los caños se limpiarán cuidadosamente, sacándoles el moho, tierra, pintura, grasa, etc., adheridos en su interior, dedicándose especial atención a la limpieza de las espigas y enchufes. La colocación de la cañería requerirá el ajuste del fondo de la excavación y, una vez aprobada por el Ingeniero la base de asiento, se bajarán y colocarán los caños asentándolos firmemente, cuidando de que apoyen en toda la longitud del fuste, construyéndose las juntas especificadas. Los caños se colocarán con el enchufe en dirección opuesta a la pendiente descendente de la cañería. Si el fondo de la zanja hubiera sido excavado a mayor profundidad que las consignadas en los planos o el terreno hubiera sido disgregado por cualquier causa, el Contratista deberá rellenar por su cuenta, el exceso de excavación hasta la cota fijada con hormigón de limpieza, de forma que al terminar la base de asiento ésta quede en las cotas que correspondan para instalar la cañería. Las cañerías una vez instaladas deberán ser alineadas sobre una recta, salvo en los puntos expresamente previstos en los planos o en los que indique el Ingeniero. Las pendientes definidas en los planos deberán ser rigurosamente uniformes dentro de cada tramo. Cuando por cualquier causa se interrumpa la colocación de caños, la extremidad del último caño colocado deberá ser obturada para evitar la introducción de cuerpos extraños.

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Página 177 Sección VI. Requisitos Técnicos

No se autorizará la reiniciación diaria de colocación de conductos sin previa constatación de la ausencia de cuerpos extraños que pudieran haberse introducido en los elementos ya colocados.

a) Cañerías de PRFV premoldeadas

i. Normas El Contratista proveerá la cañería de Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio (PRFV) para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con la Norma ASTM D 3262/87 “Especificación para caños de PRFV para Desagües” y la Norma IRAM 13432 y la documentación contractual.

ii. Ensayos Salvo las modificaciones indicadas en la presente especificación, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas referenciadas, según corresponda. El Contratista realizará dichos ensayos de materiales sin cargo para el GCBA. El Ingeniero podrá presenciar todos los ensayos efectuados por el Contratista siempre que el programa de trabajo del Contratista no se atrase por motivos de simple conveniencia del Ingeniero. Se probará el caño para determinar sus dimensiones, constante de rigidez de los aros, aplastamiento, y estanqueidad de las juntas, de acuerdo a lo requerido por la Norma ASTM D 3262 y la Norma IRAM 13432. Se presentará un informe de estos resultados.

1. Prueba de mandrilado (No aplica a los caños DN 1000) Se realizará una prueba de mandrilado sobre todos los caños después de tapar y compactar la zanja, pero antes de colocarse el pavimento definitivo y de la prueba que se efectúe para determinar pérdidas. Se pasará a mano a través del caño un mandril cilíndrico rígido con punta de avance cónica, cuyo diámetro sea por lo menos el 97 % del diámetro interno de diseño. La longitud mínima de la parte cilíndrica del mandril deberá ser igual al diámetro de diseño del caño. Si el mandril se atasca dentro del caño en cualquier punto, deberá retirarse y reemplazarse el caño. Además de los ensayos requeridos expresamente, el Ingeniero podrá solicitar muestras adicionales de cualquier material, incluso muestras de revestimiento para la realización de ensayos por parte del GCBA Dichas muestras adicionales se proveerán sin costo adicional para GCBA.

2. Prueba de luz A los efectos de constatar que la cañería ha sido instalada correctamente, manteniéndose la alineación horizontal y vertical luego de colocado el relleno, se procederá al ensayo de luz que consiste en colocar una fuente lumínica en un extremo de la cañería a ensayar, debiéndose ver en el otro extremo de la misma la circunferencia del caño. Se admite una vista del cincuenta por ciento (50%) de dicha circunferencia, considerando que para esta desviación no se afectará la circulación del líquido pluvial.

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iii. Producto

1. Marcado Todos los caños suministrados en virtud de esta Especificación se marcarán en la forma exigida por la Norma ASTM D 3262 y la Norma IRAM 13432.

2. Manipulación y Almacenamiento Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañen los revestimientos o el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar el revestimiento o la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental.

3. Acabados Los caños y piezas especiales deberán tener una superficie suave y densa y deberán estar libres de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

4. Clasificación Celular Los cabos y las piezas especiales responderán a la norma ASTM D-3262 Tipo 1 o 2, acabado 1,2 o 3, grado 1 o 2.

iv. Caños Los caños deberán ser del diámetro y la clase indicada en los planos de proyecto, y deberán ser suministrados completos con empaque de acuerdo a lo indicado en los documentos del contrato, y todas las piezas especiales y accesorios en conformidad con los documentos del contrato. El diámetro nominal será el diámetro interno. La rigidez mínima de los caños será de dos mil quinientos (2500) N/m2. El fabricante tendrá a su cargo el diseño del espesor real de la pared de acuerdo con la Norma AWWA Manual M-45. Para la determinación de la resistencia del anillo a flexión a largo plazo se empleará el procedimiento de la Norma ASTM D-3681 usando una solución de H2 SO4 1N. La presión mínima de los caños será de dos coma cinco (2,5) bar. Los extremos de todo caño cortado del caño deberán recubrirse y sellarse con resina, en la forma recomendada por el fabricante de los caños.

1. Juntas de Caño Salvo que se indique lo contrario en los planos detallados del proyecto se usará junta tipo espiga-enchufe tipo manguito. Los aros de goma responderán a la Norma IRAM 113047-1974 o a la Norma ISO 4633-1983.

2. Piezas Especiales y Accesorios

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Página 179 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las piezas especiales y accesorios serán moldeados en conformidad con la Norma ASTM D 3262.

3. Manual de aplicación El Contratista, en lo referente a la fabricación, ensayos, inspección, características hidráulicas, presiones de trabajo, cargas externas, juntas y uniones, transporte, manipuleo, almacenaje, instalación, mantenimiento y reparaciones actuará de acuerdo con el Manual AWWA M45.

b) Cañerías de PEAD premoldeadas

i. Normas El Contratista proveerá la cañería de Polietileno de Alta Densidad (PEAD) para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con la Norma IRAM 13486 “Tubos y accesorios de Polietileno de alta densidad para desagües pluviales”, referencia Norma ISO 8772.

ii. Ensayos Serán exigibles todos aquellos ensayos enumerados en la Norma IRAM 13486.

1. Prueba de mandrilado (No aplica a los caños DN 1000) Se realizará una prueba de mandrilado sobre todos los caños después de tapar y compactar la zanja, pero antes de colocarse el pavimento definitivo y de la prueba que se efectúe para determinar pérdidas. Se pasará a mano a través del caño un mandril cilíndrico rígido con punta de avance cónica, cuyo diámetro sea por lo menos el 97 % del diámetro interno de diseño. La longitud mínima de la parte cilíndrica del mandril deberá ser igual al diámetro de diseño del caño. Si el mandril se atasca dentro del caño en cualquier punto, deberá retirarse y reemplazarse el caño. Además de los ensayos requeridos expresamente, el Ingeniero podrá solicitar muestras adicionales de cualquier material, incluso muestras para la realización de ensayos por parte del GCBA.

2. Prueba de luz A los efectos de constatar que la cañería ha sido instalada correctamente, manteniéndose la alineación horizontal y vertical luego de colocado el relleno, se procederá al ensayo de luz que consiste en colocar una fuente lumínica en un extremo de la cañería a ensayar, debiéndose ver en el otro extremo de la misma la circunferencia del caño. Se admite una vista del 50% de dicha circunferencia, considerando que para esta desviación no se afectará la circulación del líquido pluvial.

iii. Producto

1. Marcado

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Página 180 Sección VI. Requisitos Técnicos

Todos los caños suministrados de acuerdo a esta Especificación se marcarán en la forma exigida por las Normas ASTM F894-94 e IRAM 13486.

2. Manipulación y almacenamiento Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañen los revestimientos o el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar el revestimiento o la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental. Los caños no deberán ser expuestos a la luz del sol. En apilados individuales no se superará la altura de un (1,00) metro. Para empaquetados la altura podrá alcanzar los tres (3,00) metros como máximo.

3. Acabados Los caños y piezas especiales deberán tener una superficie suave y densa. Y deberá estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

iv. Caños Los caños y accesorios estarán hechos de polietileno de alta densidad y con alto peso molecular, según Norma IRAM 13486. El diámetro nominal será el diámetro externo. Se utilizará como material polietileno de alta densidad, según la clasificación de la Norma IRAM 13486. Todo material de reinstalación limpio que proviene de la producción propia de caños y accesorios del fabricante podrá ser utilizado por el mismo fabricante siempre que los caños y accesorios producidos cumplan con los requisitos de esta especificación. Los caños deberán ser del diámetro y la clase indicada en los planos de proyecto, y deberán ser suministrados completos con empaque de acuerdo a lo indicado en los documentos del contrato y todas las piezas especiales y accesorios en conformidad con los documentos del proyecto.

v. Juntas de caño Podrán utilizar juntas tipo espiga-enchufe, uniones soldadas por electrofusión o bien por termofusión. En las juntas por espiga y enchufe la formación del enchufe se hará mediante calibrado interior, los aros de goma responderán a la Norma IRAM 113047-1974 o a la Norma ISO 4633-1983.

vi. Piezas especiales y accesorios Las piezas especiales y accesorios estarán realizados en conformidad con la misma Norma de fabricación de los tubos.

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Página 181 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las piezas especiales para caños de PE 80 y PE 100 podrán ser de cualquiera de estos dos materiales y su unión será por electrofusión según las recomendaciones y requerimientos del fabricante.

vii. Manual de aplicación El Contratista, en lo referente a la fabricación, ensayos, inspección, características hidráulicas, presiones de trabajo, cargas externas, juntas y uniones, transporte, manipuleo, almacenaje, instalación, mantenimiento y reparaciones actuará de acuerdo con el Manual AWWA M55. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Todas las cañerías se medirán y pagarán una vez colocadas y empalmadas, por metro lineal de cañería neta. Los precios cotizados por trabajos de cañerías incluirán el costo por suministro de todos los caños, materiales de unión, todos los cortes necesarios y desecho resultantes, además de todo el equipo, mano de obra y materiales necesarios para el manipuleo, distribución, colocación y unión en posición y ensayos y pruebas del sistema de cañerías, todo según lo especificado a satisfacción del Ingeniero. Esta tarea se cotizará y certificará a través de los Sub-ítem 6.1 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 7 BOCAS DE REGISTRO PARA CONDUCTOS PLUVIALES Se incluyen en el presente Ítem, los aspectos referidos a los siguientes Sub-ítems:

Sub-ítem 7.1: Bocas de registro para conductos pluviales circulares Sub-ítem 7.2: Bocas de acceso para conductos pluviales rectangulares

7.1 Y 7.2. BOCAS DE REGISTRO PARA CONDUCTOS PLUVIALES CIRCULARES Y BOCAS DE ACCESO PARA CONDUCTOS PLUVIALES RECTANGULARES A. ALCANCE Las tareas vinculadas con el presente ítem abarcan la construcción de bocas de registro para conductos pluviales, incluyendo excavaciones, materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cañerías, rejas horizontales e imbornales), encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón armado para la construcción de las bocas de registro. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

Las Bocas de registro para conductos pluviales serán de hormigón según planos, y deberán construirse con moldes metálicos, no exigiéndose revoque interior o si no se ejecutan con

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Página 182 Sección VI. Requisitos Técnicos

moldes metálicos, deberán revocarse. Los paramentos internos deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se notasen, deberá subsanarlas el Contratista por su cuenta, a satisfacción del Ingeniero, la que podrá exigir la ejecución de un enlucido de mortero de cemento y arena, que se considerará incluido en los precios unitarios. Los distintos tipos y ubicación de bocas de registro para conductos pluviales se muestran en los planos adjuntos a la presente documentación. Como parte de la Ingeniería de Detalle, luego del replanteo planialtimétrico de las obras, el Contratista determinará la ubicación definitiva de las nuevas Bocas de registro, considerando las pendientes de los pavimentos, cordones cuneta y badenes existentes. Los trabajos establecidos en este ítem comprenden la totalidad de los materiales, mano de obra y equipamiento para la ejecución de las nuevas Bocas de registro. Cada uno de los elementos a construir serán ejecutadas conforme los Planos cumpliendo las precauciones y especificaciones indicadas en las E.T. Para la Ingeniería de Detalle el Contratista desarrollará cada uno de los elementos a construir en base a los planes de proyecto básico que conforman la Documentación Licitatoria. La estructura de las Bocas de registro será de hormigón armado H-30. C. MEDICIÒN Y FORMA DE PAGO Las nuevas Bocas de Registro para conductos pluviales serán medidas por unidad. El avance de certificación se efectuará mediante el número de Bocas de registro ejecutadas en forma completa. No se efectuarán pagos por separado o parciales. Los precios incluirán las excavaciones, la totalidad de los materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cañerías, rejas horizontales e imbornales), encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón armado para la construcción de las bocas de registro. No se efectuarán pagos adicionales por ningún concepto. Esta tarea se cotizará y certificará a través de los Sub-ítems 7.1 y 7.2 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 8 CÁMARAS DE EMPALMES Y DISTRIBUCIÓN Las tareas que corresponde a este ítem se refieren a los siguientes Sub-ítems:

Sub-ítem 8.1: Ramal Asturias Sur - Empalme Nº 1 Sub-ítem 8.2: Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos - Cámara

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Página 183 Sección VI. Requisitos Técnicos

8.1 Y 8.2 RAMAL ASTURIAS SUR - EMPALME Nº 1 Y ARTEH A. ALCANCE

El presente ítem con sus correspondientes sub-ítems, comprende la construcción de las cámaras de empalmes de las obras nuevas con la red existente. Incluyen las obras civiles y mecánicas indicadas en los respectivos planos. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

Los tipos de conductos de empalme con la red existente se muestran en los planos respectivos. Como parte del Proyecto Ejecutivo, luego del replanteo planialtimétrico de las obras, el Contratista determinará la ubicación definitiva de los empalmes, considerando las pendientes de los pavimentos, cordones cuneta y badenes existentes. Los trabajos establecidos en este ítem comprenden la totalidad de los materiales, mano de obra y equipamiento para la ejecución de los empalmes. Cada uno de los elementos a construir serán ejecutadas conforme los planos cumpliendo las precauciones y especificaciones indicadas en las presentes E.P. En la etapa de Proyecto Ejecutivo, el Contratista desarrollará cada uno de los elementos a construir en base a los planes de proyecto básico que conforman la Documentación Licitatoria. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO

Los empalmes serán medidos por unidad. El avance de certificación se efectuará con el empalme ejecutado en forma completa. No se efectuarán pagos por separado o parciales. Los precios incluirán las excavaciones, la totalidad de los materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cañerías, rejas horizontales e imbornales), encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón armado para la construcción de las Bocas de registro. No se efectuarán pagos adicionales por ningún concepto. Esta tarea se cotizará y certificará a través de los Sub-ítems 8.1 y 8.2 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. La certificación se realizará por empalme completo. 9 ITEM 9. SUMIDEROS

Las tareas que corresponden a este ítem se desarrollan en los siguientes Sub-ítems:

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Página 184 Sección VI. Requisitos Técnicos

Sub-ítem 9.1: Sumideros de 1 reja sobre traza. Sub-ítem 9.2: Sumideros de 2 rejas sobre traza.

9.1 Y 9.2. SUMIDEROS DE 1 O 2 REJAS SOBRE TRAZA

A. ALCANCE El presente ítem con sus correspondientes sub-ítems, abarca la construcción de sumideros sobre las trazas, según los planos que forman parte del presente documento licitatorio. Incluye la provisión y colocación del sumidero, con su correspondiente cañería de empalme al ducto principal. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Los sumideros serán de hormigón según planos, y deberán construirse con moldes metálicos, no exigiéndose revoque interior o si no se ejecutan con moldes metálicos, deberán revocarse. Los paramentos internos deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se notasen, deberá subsanarlas el Contratista por su cuenta, a satisfacción del Ingeniero, la que podrá exigir la ejecución de un enlucido de mortero de cemento y arena, que se considerará incluido en los precios unitarios. Los distintos tipos y ubicación de sumideros, se muestran en los planos adjuntos a la presente documentación. Como parte del Proyecto Ejecutivo, luego del replanteo planialtimétrico de las obras, el Contratista determinará la ubicación definitiva de los nuevos sumideros y sus nexos, considerando las pendientes de los pavimentos, cordones cuneta y badenes existentes. Los trabajos establecidos en este ítem comprenden la totalidad de los materiales, mano de obra y equipamiento para la ejecución de los nuevos sumideros con sus correspondientes nexos. Cada uno de los elementos a construir serán ejecutadas conforme los Planos cumpliendo las precauciones y especificaciones indicadas en las presente E.P. Para la Ingeniería de Detalle el Contratista desarrollará cada uno de los elementos a construir sobre la base de los planos de la Ingeniería básica que conforman la documentación. En todos los sumideros, una vez ejecutada la excavación y preparada la superficie, se hormigonará una capa de hormigón de limpieza. El espesor de esta capa será de diez (10) centímetros, como mínimo. Una vez cumplido lo anterior el Ingeniero verificará la alineación y nivelación de la superficie de trabajo, antes de que el Contratista proceda a las tareas de armado de las losas inferiores. La estructura de las cámaras de los sumideros será de hormigón armado H-30.

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Página 185 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los nexos serán de cañerías de HºAº prefabricadas, conforme a las especificaciones definidas en las presentes E.P. Previo al transporte de los caños al lugar de su colocación, se los examinará prolijamente, rechazándose aquellos que presenten rajaduras o fallas. Luego se ubicarán al costado y a lo largo de las zanjas y se excavarán los nichos de remache en correspondencia de cada junta. Antes de bajarlos a las zanjas, los caños se limpiarán cuidadosamente, sacándoles el moho, tierra, pintura, grasa, etc., adheridos en su interior, dedicándose especial atención a la limpieza de las espigas y enchufes. La colocación de la cañería requerirá el ajuste del fondo de la excavación y, una vez aprobada por el Ingeniero la base de asiento, se bajarán y colocarán los caños asentándolos firmemente, cuidando de que apoyen en toda la longitud del fuste, construyéndose las juntas especificadas. Las cañerías se colocarán con el enchufe en dirección opuesta a la pendiente descendente de la cañería. Si el fondo de la zanja hubiera sido excavado a mayor profundidad que las consignadas en los planos o el terreno hubiera sido disgregado por cualquier causa, el Contratista deberá rellenar por su cuenta, el exceso de excavación hasta la cota fijada con hormigón de limpieza, de forma que al terminar la base de asiento esta quede en las cotas que correspondan para instalar la cañería. Las cañerías una vez instaladas deberán ser alineadas sobre una recta, salvo en los puntos expresamente previstos en los planos o en los que indique el Ingeniero. Las pendientes definidas en los planos deberán ser rigurosamente uniformes dentro de cada tramo. Cuando por cualquier causa se interrumpa la colocación de cañerías, la extremidad del último caño colocado deberá ser obturada para evitar la introducción de cuerpos extraños. A medida que avance la colocación de la cañería, se pasará un tapón de madera dura, atado en sus extremidades con alambre fuerte. Luego de terminada la colocación de cada tramo se correrá el tapón en toda la longitud del tramo, rechazándose todas las cañerías que no permitan su pasaje. El Ingeniero, a pedido del Contratista, podrá autorizar el empleo de otros dispositivos que reemplacen al tapón, siempre que cumplan su misma finalidad mecánica. No se autorizará la reiniciación diaria de colocación de conductos sin previa constatación de la ausencia de cuerpos extraños que pudieran haberse introducido en los elementos ya colocados. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Los nuevos sumideros serán medidos por unidad según proyecto. El avance de certificación se efectuará mediante el número de Sumideros ejecutados en forma completa. No se efectuarán pagos por separado o parciales.

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Página 186 Sección VI. Requisitos Técnicos

Los precios incluirán las excavaciones, la totalidad de los materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cañerías), encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación del hormigón armado para la construcción de los Sumideros. No se efectuarán pagos adicionales por ningún concepto. Esta tarea se cotizará y certificará a través de los Sub-ítems 9.1 y 9.2 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. La certificación se realizará por sumidero hormigonado completo. 10 PIEZAS DE FUNDICIÓN PARA CÁMARAS, BOCAS DE REGISTRO Y

SUMIDEROS Las tareas a desarrollar en el presente ítem corresponden a los siguientes Sub-ítems:

Sub-ítem 10.1: Marco y Tapa de Fundición para Cámaras y Bocas de Registro Sub-ítem 10.2: Cordones y Rejas Horizontales para Sumideros

10.1 MARCOS Y TAPAS DE FUNDICIÓN PARA CÁMARAS Y BOCAS DE

REGISTRO A. ALCANCE El presente sub-ítem trata sobre la provisión e instalación de marcos y tapas de fundición para cámaras y bocas de registro. Los marcos y tapas de fundición para cámaras y bocas de registro serán provistos y colocados en los sitios donde indiquen los planos. El ajuste de nivel final de los marcos previo al hormigonado se realizará de forma tal que su posición definitiva considere los niveles finales del pavimento. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

Las tapas serán de tipo rejilla circular articulada, con tapa con cierre de seguridad y dispositivo de bloqueo de seguridad en posición abierta. La tapa rejilla dispondrá de un diámetro mínimo de sesenta y cinco (65) centímetros y estarán provistas de una junta elastomérica anti-ruido y anti-abasculamiento, apta para instalación en calzadas con tránsito de todo tipo de vehículos, con una carga de rotura superior a los cuatrocientos (400) KN y una superficie tragante del treinta y cinco por ciento (35 %) de la superficie de la tapa. El marco dispondrá de una altura no menor a noventa (90) milímetros, con una apertura libre mínima de sesenta (60) centímetros de diámetro. El material podrá ser de fundición de la mejor calidad, homogénea, no quebradiza y libre de desigualdades, partes porosas, agujeros, sopladuras u otros defectos de cualquier naturaleza

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que sea y presentará en su factura un grano gris compacto y regular o de fundición dúctil (fundición nodular / esferoidal) según Norma ISO 1083. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Los marcos y tapas de fundición de cámaras y bocas de registro serán medidos por unidad. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 10.1 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 10.2 CORDONES Y REJAS HORIZONTALES PARA SUMIDEROS

A. ALCANCE

Las tareas a desarrollar en el presente sub-ítem corresponden a la provisión de cordones y rejas horizontales para sumideros. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES

Los sumideros que deben instalarse se construirán conforme a los planos respectivos. Se han previsto sumideros de una (1) y dos (2) rejas, con una longitud de un (1,00) metro por reja. Se admitirán conjuntos imbornal-reja horizontal compuestos. Deberán disponer de dispositivo de reja articulada con barrotes e imbornal. La superficie tragante total por módulo deberá ser mayor a cuarenta (40) decímetros cuadrados. Las rejas horizontales deberán disponer de bloqueo de seguridad, extraíbles en posición vertical. El material podrá ser de fundición de la mejor calidad, homogénea, no quebradiza y libre de desigualdades, partes porosas, agujeros, sopladuras u otros defectos de cualquier naturaleza que sea y presentará en su factura un grano gris compacto y regular o de fundición dúctil (fundición nodular / esferoidal) según Norma ISO 1083, con una carga de rotura superior a los doscientos cincuenta (250) KN. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Los cordones y rejas horizontales para sumideros serán medidos por unidad. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Sub-ítem 10.2 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 11 RECONSTRUCCIÓN DE VEREDAS A. ALCANCE

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Página 188 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las tareas a desarrollar en el presente ítem corresponden a la reconstrucción de veredas. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES En todos los casos que la ejecución de los trabajos genere deterioros en las veredas o en aquellos casos en que el Ingeniero lo requiera, el Contratista procederá a reconstruir las mismas con iguales características que las existentes o como lo indique el Ingeniero. Se aplicará en el caso de reconstrucciones parciales de veredas, originadas por su rotura para trabajos de zanjeos y excavaciones en general. Los trabajos incluidos deberán contemplar las distintas capas (contrapiso, mezcla de asiento, solado, sellado de juntas, etc.), la mano de obra, materiales, equipos y herramientas y todo otro gasto que sea necesario para la ejecución de los trabajos conforme a las Especificaciones. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Se medirá y pagará por metro cuadrado de obra ejecutada terminada. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Ítem 11 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 12 RECONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTOS

A. ALCANCE

Las tareas a desarrollar en el presente ítem corresponden a la reconstrucción de pavimentos. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES En todos los casos que la ejecución de los trabajos genere deterioros en los pavimentos o en aquellos casos en que el Ingeniero lo requiera, el Contratista procederá a reconstruir los mismos con iguales características que las existentes o como lo indique el Ingeniero.

a) Reconstrucción de pavimento con reutilización de adoquines

El trabajo estará constituido por la reposición y la reparación de los pavimentos de adoquines incluyendo las zonas deterioradas o faltantes. El Contratista habrá acopiado en el lugar que le indique el Ingeniero los adoquines que remueva al abrir las excavaciones. El Contratista deberá efectuar un recubrimiento con adoquines sobre una carpeta de arena de cero coma diez (0,10) metro de espesor.

b) Repavimentación de concreto asfaltico de 0,05; 0,08 m

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Página 189 Sección VI. Requisitos Técnicos

Como criterio general, se tratará de respetar la ubicación de los cordones de las veredas frentistas. En la Ingeniería de Detalle, el Contratista hará los ajustes necesarios para su materialización. La sección transversal de la calzada tendrá una pendiente del dos por ciento (2%) hacia el lado de los frentistas. Sobre estas líneas de cordón se ubicarán los sumideros necesarios para captar el escurrimiento de las aguas pluviales.

c) Hormigones para lechos rebajados, dársenas, cruces y cordón cuneta En todos los lugares que fijen los planos o indique el Ingeniero se procederá a reconstruir el pavimento existente creando lechos rebajados, dársenas, cruces de hormigón y sus respectivos cordones cunetas. Durante la preparación de la Ingeniería de Detalle se debe contemplar el estudio específico de ubicación de lechos rebajados, dársenas, cruces y cordón cuneta. Como criterio general se debe contemplar su re-ejecución y/o ejecución a lo largo del trazado de las obras y en las bocacalles que interceptan.

d) Reconstrucción de pavimento de hormigón Con el mismo criterio utilizado para el recapado de concreto asfáltico deberá reconstruirse las calzadas de hormigón. La parte reparada tendrá iguales condiciones de resistencia, lisura y aspecto que el resto de la calzada. Se usará hormigón H-30. Para las tareas de reconstrucción de pavimentos, con reutilización de adoquines y hormigón de lechos rebajados, dársenas, cruces y cordón cuneta, previamente se procederá al bacheo o reparación del pavimento existente, tanto en la traza como en los sectores lindantes a las zonas objeto de las presentes tareas. Cuando se trate de adoquinado, se verificará que los mismos estén firmes; en caso contrario se removerán y recolocarán correctamente, reparando el contrapiso y reponiendo la arena de asiento en los casos necesarios. Se sopletearán las juntas de los adoquines y se sellará con una carpeta de arena-asfalto; sobre ésta se extenderá un riego de liga con aditivo mejorado de adherencia o bien con una emulsión catódica de rotura rápida. Luego se colocará la carpeta de concreto asfáltico en cero coma cero cinco (0,05) ó cero coma cero ocho (0,08) metros de espesor como mínimo. Para obtener los niveles de pavimento propuesto en el Proyecto, se completará con el mismo material. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Se medirá y pagará por metro cuadrado de obra ejecutada terminada. Se aplicará incluso en el caso de reconstrucciones parciales de pavimentos de granito asfálticos o de hormigón, originadas por su rotura para trabajos de zanjeos y excavaciones en general. El precio cotizado incluirá también las distintas capas (sub-base, base, cordón, etc.), la mano de obra, materiales, equipos y herramientas y todo otro gasto que sea necesario para la ejecución de los trabajos conforme a las Especificaciones.

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Página 190 Sección VI. Requisitos Técnicos

Esta tarea se cotizará y certificará a través del Ítem 12 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 13 PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE CONDUCTOS DE H°A° PARA NEXOS Y

CONEXIONES

Las tareas correspondientes a este ítem corresponden a los siguientes Sub-ítems de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades:

Sub-ítem 13.1: CC HºAº 0,40 m Sub-ítem 13.2: CC HºAº 0,50 m Sub-ítem 13.3: CC HºAº 0,60 m Sub-ítem 13.4: CC HºAº 0,80 m

13.1, 13.2, 13.3 y 13.4 CC HºAº 0,40; 0,50; 0,60 Y 0,80 METROS A. ALCANCE El presente ítem con sus correspondientes sub-ítems corresponde a las tareas destinadas a la provisión y colocación de conductos para H°A° para nexos y conexiones de los sumideros existentes al conducto aliviador. Comprende la totalidad de los materiales, mano de obra y equipamiento para la ejecución de los nuevos nexos de enlace de sumideros existentes al conducto aliviador. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Como parte del Proyecto de Detalle, luego del replanteo planialtimétrico de las obras, el Contratista determinará la ubicación definitiva de los nuevos nexos, considerando las pendientes de los pavimentos, cordones cuneta y badenes existentes. Una vez realizada la excavación, y la colocación del hormigón de relleno el Ingeniero verificará la alineación y nivelación de la superficie de trabajo, antes de que el Contratista proceda a las tareas de armado de las losas inferiores. Si fuera necesario se repararán las cámaras de los sumideros existentes. La estructura de las cámaras de los sumideros será de hormigón armado H-30. Asimismo si hubiera que reponer rejas horizontales y/o verticales, se pagarán por el Sub-ítem Los nexos serán de cañerías de HºAº prefabricadas, conforme a las especificaciones que siguen a continuación.

i. Normas y clase de los caños Las cañerías de hormigón armado sin precompresión se ajustarán a la Norma IRAM 11503 “caños de hormigón armado sin precompresión para desagües”. Los caños de hormigón armado sin precompresión serán Clase l.

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Página 191 Sección VI. Requisitos Técnicos

ii. Juntas de los caños Las juntas de las cañerías de hormigón serán de aro de goma, debiéndose acompañar a la oferta el diseño respectivo. Se proyectarán de tal manera que los caños sean autocentrantes, es decir, que el aro de goma deberá ser solamente un elemento de obturación y no deberá soportar el peso del caño. Además la junta deberá diseñarse de tal manera que el aro de goma no se desprenda ni ruede al colocarse el caño. Los aros deberán ser de caucho sintético y responderán a la Norma IRAM 13.047. “aros, arandelas y planchas de caucho sintético tipo cloropreno, para juntas en cañería”.

iii. Deficiencia de caños aprobados en fábrica La aprobación de los caños en fábrica por el Ingeniero, no exime al Contratista de la obligación de efectuar reparaciones o cambios de los caños que acusaran fallas o pérdidas al efectuar las pruebas de la cañería colocada, corriendo los gastos que ello demandare por su exclusiva cuenta. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Los nuevos nexos serán medidos por metro lineal, independientemente del Nº de módulos o sumideros existentes que conecten, según proyecto, e incluirán la totalidad de los conductos. El avance de certificación se efectuará mediante la cantidad de metros de Nexos ejecutados en forma completa. No se efectuarán pagos por separado o parciales. Los precios incluirán la totalidad de los materiales (cementos, áridos, aditivos, aceros, cañerías, encofrados y apuntalamientos, mano de obra y equipos necesarios para la preparación y colocación de los Nexos). No se efectuarán pagos adicionales por ningún concepto. Esta tarea se cotizará y certificará a través de los Sub-ítems 13.1 a 13.4 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 14 TRATAMIENTO ESPECIAL DE SUELOS CONTAMINADOS

A. ALCANCE

Durante la ejecución del proyecto licitatorio se llevaron a cabo trabajos de investigación geotécnica que permitieron fijar las pautas básicas de diseño. La información proveniente de la campaña de investigación se incluye como documentación informativa en Especificaciones Técnicas - Información Complementaria – Estudios geotécnicos. El Contratista durante el proceso de revisión de proyecto deberá verificar la información y/o complementarla en el caso que considere necesario. Dichos trabajos no recibirán pago específico alguno.

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Página 192 Sección VI. Requisitos Técnicos

En caso de existir suelos contaminados que no puedan ser reutilizados como rellenos, conforme a los ensayos que se realicen, los mismos deberán ser sometidos a tratamiento y dispuestos en los sitios autorizados por la autoridad competente en la CABA o bien en la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a la caracterización de los mismos. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES El Contratista deberá incluir en el PGA a elaborar, un Programa de Gestión del Material Extraído conforme los lineamientos incluidos en el Plan de Gestión Ambiental incluido en el “Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de las obras de saneamiento e integración urbana a ser desarrolladas en el área de influencia del Lago Soldati y Parque Indoamericano - Ciudad de Buenos Aires" que defina asimismo, las acciones a realizar ante la extracción de material contaminado. El material excavado deberá ser sometido a un análisis organoléptico que permita determinar de manera preliminar si se encuentra contaminado. En el caso que se sospeche su contaminación, el material deberá ser acopiado en forma aislada temporalmente y sobre superficie impermeabilizada, hasta la obtención de los resultados del análisis que defina su situación. Bajo estas circunstancias, deberá procederse a la recolección de muestras del material para la determinación en laboratorio de su peligrosidad. Cuando existan indicios, o se presuma por las actividades de los establecimientos cercanos, que los suelos pueden estar contaminados, en forma previa al inicio de las obras en dicho sector, se deberán extraer muestras de los mismos para su análisis. Los estudios de contaminación de suelos consistirán en la toma de muestras compuestas de suelo distribuidas a lo largo de la traza o zonas de excavación que indique el Ingeniero, coincidentes con la traza de los colectores o área de obras. Ello permitirá verificar sus condiciones de calidad para determinar su eventual reutilización como rellenos en las obras o en los lugares que determine la Autoridad de Aplicación; o la necesidad de someterlos a tratamiento y disposición final acordes a dicha calidad. En todos los casos que requiera la toma de muestras, el análisis de las mismas deberá ser realizado por un laboratorio externo habilitado por la Autoridad de Aplicación. La gestión deberá cumplir con los procedimientos de envasado, preservación, almacenamiento y confección de la cadena de custodia que acompañe a las muestras. En los lugares acordados con el Ingeniero, se extraerán las muestras compuestas de suelo a los efectos de determinar la calidad de los mismos. Los parámetros a determinar en los casos que se presuma la contaminación de los suelos a extraer o excavados serán los establecidos en el Decreto N° 831/03, reglamentario de la Ley 24.051. En función de los resultados obtenidos se deberán proponer los eventuales métodos de tratamiento y disposición final a aplicar en aquellos suelos excedentes que pudieran estar contaminados.

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Página 193 Sección VI. Requisitos Técnicos

Por otro lado, en los lugares acordados con el Ingeniero, se extraerán muestras compuestas de suelo en cada una de las trazas de los conductos a los efectos de determinar la calidad de los mismos en relación a su agresividad al hierro y al hormigón.

1. Ensayos físicos-mecánicos

Humedad natural Límites líquido, plástico e índice de plasticidad Peso de la unidad de volumen en estado natural y reducido a seca. Granulometría por vía húmeda en la serie de tamices N° 4, 10, 40, 100 y 200. Descripción tacto visual de textura y color de los distintos tipos de suelos. Ensayos triaxiales rápidos no drenados, sobre muestras cohesivas. Ensayos de consolidación. Clasificación de suelos por el Sistema Unificado.

2. Ensayos químicos

Suelos: de todas las muestras extraídas en campaña, separadas por cuarteo, se obtendrá una parte suficiente y representativa a efectos de determinar su agresividad al hormigón y al hierro. Las determinaciones serán realizadas de acuerdo con las Normas IRAM, y comprenderán sales totales, pH, cloruros y sulfatos. Aguas: de cada muestra extraída en campaña, envasada y acondicionada en envases plásticos, se destinará una parte para efectuar los ensayos químicos, conservándose convenientemente cerrados los recipientes con el resto del agua para poder repetir ensayos en caso de ser necesarios. Las determinaciones son las mismas que para suelos y se rigen por las Normas IRAM.

3. Niveles freatimétricos En la investigación geotécnica se muestran los niveles freáticos a lo largo de las trazas. El Contratista deberá verificar los mismos para la época de los trabajos.

4. Informes En función de los resultados informados por el laboratorio de calidad de suelos, se deberán proponer al Ingeniero los eventuales métodos de tratamiento y disposición final a aplicar en aquellos suelos excedentes que por sus condiciones no pudieran ser reutilizados en las obras. C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO El Ítem14 será certificado y abonado, conforme a los precios unitarios de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. Se medirá el volumen de tratamiento de suelos realizado para su correspondiente certificación y será abonado (“paripassu”) por el Contratista a las empresas especializadas en su tratamiento, previa aprobación del Ingeniero de la procedencia de su necesidad, tipo y costo de tratamiento a realizar.

Los costos asociados a la realización de muestreos sistemáticos para identificación de suelos contaminados y la disposición final de los mismos se deberán incluir en el precio de las excavaciones subterráneas, por lo que no son certificables.

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Página 194 Sección VI. Requisitos Técnicos

Sin perjuicio de lo mencionado, en caso de presentarse una situación física impredecible, en los términos establecidos en la cláusula 4.12 de las CGC, el Contratista podrá presentar su reclamo al Ingeniero, fundamentándolo en alguna de las causales invocadas en la citada cláusula contractual.

15 CONSOLIDACIÓN DE SUELOS CON LECHADA CEMENTICIA

A. ALCANCE

Antes de cualquier demolición de vereda y/o pavimento, deberá realizarse la consolidación de suelos. Cuando el Contratista haya pedido autorización al Ingeniero para trabajar en un frente determinado, el Inspector inspeccionará las propiedades frentistas e indicará por Orden de Servicio las propiedades en las cuales se consolidará el suelo bajo la zapata de la pared del frente, a efectos que no sufra asentamiento diferenciales al deprimirse la napa freática. El alcance de los trabajos es el indicado en el siguiente apartado. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Previo al inicio del bombeo en los sectores críticos identificados en el plano, se deberá consolidar el suelo bajo las zapatas de las edificaciones afectadas por la excavación y depresión de napa. En los sectores donde la excavación para la traza de los conductos coincida con suelos granulares muy finos, con matriz limo arcillosa, sueltos, sobresaturados, no cohesivos o con cohesión muy baja, se observarán modificaciones de la situación existente en la etapa de depresión de la napa freática. Durante el bombeo, en suelos sueltos no cohesivos es común la erosión por arrastre de partículas, generando descompresión, oquedades y debilitamiento de la estructura del suelo. En los sectores donde se disponen zapatas de fundación correspondientes a la cimentación de construcciones especialmente de mampostería, sobre la cota de la solera de los conductos, deberán protegerse para evitar asentamientos y consecuentemente el proceso de fisuración asociado. La consolidación de suelos se realizará mediante inyección a presión de mezclas cementicia en la estructura del suelo suelto, de acuerdo al siguiente procedimiento.

Perforación de orificios verticales y dirigidos a la base de las zapatas desde la vereda 0,30 m de la línea municipal.

Colocación de caños con el dispositivo de inyección dirigido a las profundidades que requieran tratamiento.

Obturación en la boca de los tubos.

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Página 195 Sección VI. Requisitos Técnicos

Inyección a presión de lechada cementicia dirigida a rellenar oquedades, desplazar y comprimir suelos blandos incorporando un volumen sólido, resistente, no compresible dentro de la masa de suelo blando, sobresaturado. o Tipo de mezcla: Base cemento normal o de albañilería en una relación Agua /

Cemento que vincule la máxima fluidez con el mínimo de retracción. o Presiones de Inyección: Se utilizará la mínima necesaria como para inducir el

flujo de lechada en la estructura del suelo a tratar. (< a 5 Kg./cm² para los suelos a encontrar sobre la traza).

o Volúmenes a inyectar: Se fijará en relación al espesor de suelo a tratar en cada punto de la traza

El equipamiento a utilizar es el siguiente: De perforación: A percusión o hidráulicos pequeños aptos para cinco (5) metros

máximo. De inyección: central inyectora (mezclador coloidal, agitador y bomba) móviles.

C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO La consolidación del suelo bajo las zapatas de las edificaciones afectadas por la excavación y depresión de napa se pagará por metro lineal del frente de la edificación. Esta tarea se cotizará y certificará a través del Ítem 15 de la correspondiente Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. 16 ITEM 16. INTERFERENCIAS Las tareas inherentes a este ítem corresponden al Sub-ítem 16.1: Interferencias con cañería de agua potable Φ 400 milímetros. 16.1 INTERFERENCIAS CON SERVICIOS PUBLICOS A. ALCANCE El desarrollo de las obras producirá interferencias en las infraestructuras de los servicios públicos que el Contratista deberá resolver en acuerdo con el organismo o empresa de servicios públicos involucrada. Al respecto se deberán prever la solución de las interferencias a los servicios de:

Provisión de agua potable Desagües cloacales Desagües pluviales Red de gas. Redes de energía eléctrica.

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Página 196 Sección VI. Requisitos Técnicos

Redes telefónicas. Redes de fibra óptica Redes de TV por cable. Cruces con Ferrocarriles Cruces con líneas eléctricas de Media Tensión (M.T.) Otros

En el desarrollo de la Ingeniería Básica de los conductos se han identificado interferencias generalizadas de la infraestructura de servicios de carácter menor que, sin embargo, resultan relevantes respecto al impacto que la construcción del conducto proyectado podría producir sobre los vecinos si no se efectúan acciones y obras correspondientes a resolverlos. Se trata particularmente de las interferencias a la infraestructura de servicios que presentan los siguientes servicios:

Conexiones domiciliarias de agua y cañerías de transporte. Cañerías de gas de Baja Presión Redes de energía eléctrica de Baja Tensión Redes telefónicas. Redes de fibra óptica Redes de TV por cable.

El tratamiento a que están sujetas las interferencias generalizadas y las soluciones proyectadas están detalladas en la Memoria Descriptiva. No se hará medición de las interferencias generalizadas, ya que la solución y ejecución de las mismas, estará incluido en la ejecución del Ítem 3: “Excavaciones de zanjas con entibación”. B. ESPECIFICACIONES PARTICULARES Teniendo en cuenta las dificultades que pueden presentar la resolución de las interferencias y que tienen que ver con el tipo de servicio y las dimensiones de los conductos se deberán considerar las interferencias de alto impacto que han sido resueltas en las planimetrías de detalles que forman parte del presente documento licitatorio, vinculadas con los cruces con cañerías agua potable:

1. Generalidades Todas las cañerías, piezas especiales, válvulas y accesorios que se incorporen a las obras deberán ser las incluidas en el "LISTADO DE MATERIALES APROBADOS" por AySA, vigente a la fecha del Contrato. Aquellos materiales no incluidos en dicho listado pero citados en la presente especificación, podrán ser ofertados, pero el oferente deberá prever que el tiempo necesario para el análisis y aprobación de los mismos por parte de AySA deberá considerarse incluido dentro del plazo de obra previsto no pudiendo el Contratista solicitar por esta causa extensión del plazo de obra.

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Página 197 Sección VI. Requisitos Técnicos

2. Presentaciones El Contratista deberá presentar planos de taller con las dimensiones de todos los caños, piezas y elementos auxiliares.

3. Certificación El Contratista deberá presentar una declaración certificando que los caños y otros productos o materiales suministrados bajo esta cláusula están de conformidad con los estándares de calidad requeridos.

4. Del Ingeniero Todos los caños podrán ser inspeccionados en la planta del fabricante de acuerdo con las disposiciones de las normas referenciadas, con los requisitos adicionales establecidos en la presente especificación. El Contratista notificará al Ingeniero por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos catorce días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño. Mientras dure la fabricación del caño, el Ingeniero tendrá acceso a todas las áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento de las Especificaciones.

5. Ensayos Salvo las modificaciones indicadas en la presente especificación, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas referenciadas, según corresponda. El Contratista realizará dichos ensayos de materiales sin cargo para AySA. El Ingeniero podrá presenciar todos los ensayos efectuados por el Contratista. Además de los ensayos requeridos expresamente, el Ingeniero podrá solicitar muestras adicionales de cualquier material, incluso muestras de revestimiento, para la realización de ensayos por parte de AySA.

6. Cañerías para provisión de agua potable Los diámetros de las cañerías y válvulas esclusas a utilizar serán, de acuerdo al material a colocar, los que se indican en la tabla siguiente.

Fundición Dúctil, PRFV,

Acero PVC IRAM

13351 PEAD IRAM

13485 VÁLVULA

(1) Diámetro

interno (mm) Diámetro

externo (mm) Diámetro

externo (mm) Diámetro

interno (mm) 80 90 90 80 100 110 110 100 150 160 160 150 200 225 225 200 250 315 315 250 300 355 355 300 400 - 450 400 500 - 560 500

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600 - 710 600 700 - 800 700 800 - 900 800 900 - 1000 900

(1) Válvula esclusa para diámetro interno menor ó igual a trescientos (300) milímetros. Para diámetros mayores se colocarán válvulas mariposa.

7. Caños de fundición dúctil

a. Normas El Contratista proveerá la cañería de fundición dúctil para cañerías a presión completa de conformidad con la Norma ISO N° 2531 y la documentación contractual.

b. Ensayos Los caños se someterán en fábrica a una prueba hidráulica de estanqueidad durante 15 segundos a las presiones indicadas en la siguiente tabla:

DN (diámetro interno)

mm

PRESIÓN DE PRUEBA EN

FÁBRICA (bar) 60 a 300 60 350 a 500 50 600 a 700 40

800 a 1.000 32

8. Producto

a. Marcado Todos los caños, piezas especiales y accesorios serán marcados en fábrica según se especifica en la Norma ISO 2531. Los caños de seiscientos (600) milímetros de diámetro y mayores llevarán indicada su longitud útil.

b. Manipulación y Almacenamiento Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañen los revestimientos o el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar el revestimiento o la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental.

9. Piezas de Ajuste Se proveerán piezas de ajuste según se requiera para que la colocación de los caños se ajuste a las ubicaciones previstas para los mismos. Cualquier modificación efectuada en la ubicación o número de dichos elementos deberá ser aprobada por el Ingeniero. Los caños y piezas especiales deberán tener una superficie suave y densa y deberá estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

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Página 199 Sección VI. Requisitos Técnicos

10. Caños Los caños deberán ser del diámetro y la clase indicada en los Planos de Proyecto, y deberán ser suministrados completos con empaque, y todas las piezas especiales y accesorios necesarios. El diámetro nominal será el diámetro interno. Los caños rectos serán de centrifugados en conformidad con la Norma ISO 2531 para la clase K7. Resistencia mínima a la tracción según Norma ISO 2531: cuarenta (42) kg/mm2. Alargamiento Mínimo a la rotura según Norma ISO 2531: hasta mil (1000) mm de diámetro 10% más de mil (1000) mm de diámetro 7%

11. Juntas para Caños

a. Tipos de Juntas Salvo que se indique lo contrario en los Planos de Proyecto solo se usarán juntas automáticas como se describe a continuación. En casos especiales, los Planos de Proyecto podrán indicar juntas acerrojadas, juntas de brida, juntas express u otro tipo de junta especial. Las Juntas Automáticas (espiga y enchufe) serán autocentradas. Los aros de goma responderán a la Norma IRAM N° 113.035 o a la Norma ISO 4633.

b. Juntas de Brida Los bulones a colocar en uniones enterradas serán de acero clase 8.8 (ISO R-898) o grado 5 (SAE J429h) o de acero al carbono calidad mínima ASTM A-193-B, cincados en caliente. Los bulones a colocar en uniones dentro de cámaras serán de Acero Inoxidable calidad mínima AISI 304 y deberán contar con elementos adecuados para aislación eléctrica por corrientes parásitas. Las dimensiones y roscas serán métricas. El taladro será de PN10 respondiendo a las Normas ISO 2531 e ISO 7005-2. Las Juntas serán de doble tela de caucho natural. Las bridas serán:

DIAMETRO TIPO

Hasta 600 mm Brida Móvil Más de 600 mm Brida Fija

12. Juntas Express (mecánicas)

Los bulones a colocar en uniones enterradas serán de acero clase 8.8 (ISO R-898) o grado 5 (SAE J429h) o de acero al carbono calidad mínima ASTM A-193-B, cincados en caliente. Los bulones a colocar en uniones dentro de cámaras serán de Acero Inoxidable calidad mínima AISI 304 y deberán contar con elementos adecuados para aislación eléctrica por corrientes parásitas. Los aros de goma responderán a la Norma IRAM 113035 o a la Norma

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Página 200 Sección VI. Requisitos Técnicos

ISO 4633, con dureza Shore A 75 ± 5. Los ensayos mecánicos específicos sobre el conjunto responderán a la norma AWWA C219 (Ítem 4.2.2 Tabla 1).

13. Piezas Especiales y Accesorios Las piezas especiales y accesorios serán moldeados en conformidad con la Norma ISO 2531. Resistencia mínima a la tracción según Norma ISO 2531: cuarenta (42) kg/mm2 Alargamiento mínimo a la rotura según Norma ISO 2531: hasta mil (1.000) mm de diámetro10% más de mil (1.000) mm siete (7%)

14. Juntas Las juntas de las piezas especiales serán del mismo tipo que las especificadas para los caños rectos. Cuando se utilicen juntas mecánicas para unir hierro dúctil con otro material se recubrirán internamente con mortero de cemento o epoxi líquido y externamente con epoxi líquido, esmalte de alquitrán o cinta tipo.

15. Revestimiento Interior

Salvo que en los Planos del Proyecto se indique lo contrario, las superficies interiores del caño de fundición dúctil deberán limpiarse y revestirse con mortero de cemento, y sellarse de acuerdo con lo dispuesto en la Norma ISO 4179. Durante la aplicación del revestimiento, los caños se deben mantener en una condición circular. La máquina aplicadora del recubrimiento debe ser de un tipo que se haya usado exitosamente en un trabajo similar. Si el revestimiento es dañado o encontrado defectuoso en el lugar de entrega, las piezas dañadas o partes no satisfactorias deberán reemplazarse con un revestimiento que satisfaga lo requerido en el contrato. El grosor mínimo del revestimiento es el indicado en la Norma ISO 4179. Las piezas especiales se revestirán internamente con pintura epoxy bituminosa, apta para estar en contacto con agua potable.

16. Revestimiento Exterior

a. Revestimiento Externo de Cañerías Enterradas Las superficies externas de las cañerías que quedarán enterradas se revestirán de acuerdo con los siguientes requisitos: Capa de cinc metálico y pintura bituminosa según Norma ISO 8179. En casos especiales o cuando se indique en los Planos de Proyecto un complemento de protección contra la corrosión consistente en un revestimiento tubular de polietileno de 200 μ según Norma AWWA C105 o ISO 8180.

b. Revestimiento Externo de Cañerías Expuestas

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Página 201 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las superficies externas de las cañerías que quedarán expuestas a la atmósfera, tanto en el interior de estructuras como sobre el suelo, deberán ser limpiadas cuidadosamente y se revestirán de acuerdo con los siguientes requisitos:

Dos manos de fondo anticorrosivo a base de cromato de cinc, óxidos de magnesio, resinas epoxy y endurecedores adecuados, espesor mínimo 40 μ, aplicada a pincel, soplete o rodillo.

Dos manos de revestimiento de terminación para mantenimiento industrial a base de resinas epoxy, espesor mínimo 120 μ, aplicadas a pincel, soplete o rodillo.

Si la cañería tuviese el revestimiento especificado en "Revestimiento Externo de Cañería Enterrada", la pintura bituminosa se eliminará mediante arenado para luego aplicar el esquema de pinturas. El citado cruce se halla en la esquina de Ferreyra y Pirovano. Para la ejecución del cruce, el Contratista deberá encargarse de la coordinación y acuerdos para la ejecución de las tareas con los respectivos concesionarios y/o autoridades C. MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO Los trabajos de Interferencias de alto impacto serán medidos por unidad, y se certificarán en el Sub-ítem 16.1 de la Planilla de Cómputos y Listado de Cantidades. En el precio están incluidos las excavaciones, entibaciones, bombeo de agua, encofrados, conductos circulares de hierro dúctil o fundido según corresponda, accesorios, piezas especiales, rellenos de suelo seleccionado y de Densidad Controlada (RCD), compactación, hormigón de limpieza, hormigón armado H-30, y todo otro material, equipos y personal para realizar las tareas de acuerdo con las normas vigentes.

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Página 202 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 1 - Gestión de Salud, Higiene y Seguridad (Aplicable sólo a la ejecución del Contrato)

1. OBJETIVO Definir los requisitos del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad de la Construcción que debe ser establecido, documentado, implementado y mantenido por el Contratista durante la ejecución del Proyecto. 2. CONSIDERACIONES GENERALES En la búsqueda de las mejores prácticas para la preservación de la salud y de la integridad física de todo el personal involucrado en el Proyecto y la prevención de accidentes y de pérdidas, el Ingeniero requerirá al Contratista la aplicación de un Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad, de acuerdo a la OHSAS 18001 - Especificación - Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional y a los requisitos específicos de esta especificación técnica. El Contratista y todos los subcontratistas deben atender a los requisitos del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad. El Ingeniero tendrá el derecho, en cualquier momento, de verificar la aplicación y mantenimiento de los requisitos definidos en esta especificación, incluso en relación a los proveedores y subcontratistas. Por tanto, además de la supervisión continua durante la ejecución de las tareas de obra, podrá proceder a efectuar inspecciones y auditorías. Para el Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad se establecen los siguientes requerimientos: 2.1 DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA El Contratista debe tener probada experiencia en proyectos con Sistemas de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad, para lo cual deberá presentar a la fecha de inicio del contrato:

Certificado OHSAS 18001, o evidencia de que el sistema que posee está en proceso de certificación, válido para todo el alcance de la obra o un Sistema de Salud, Higiene y Seguridad equivalente;

Manual de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad;

Descripción sucinta del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad y del Programa de Seguridad Único de la Construcción a aplicar en el proyecto.

En el caso de que el Contratista cuente con un Sistema de Gestión Integrado para Calidad, Salud, Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, la documentación podrá presentarse de manera integrada, siempre que cumpla con lo solicitado en cada uno de los Sistemas de Gestión.

2.2 GESTIÓN DE SALUD, HIGIENE Y SEGURIDAD

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Página 203 Sección VI. Requisitos Técnicos

2.2.1 Manual de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad Este Manual deberá especificar el Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad establecido por el Contratista para el Proyecto, conforme la Especificación OHSAS 18001, conteniendo, como mínimo, las siguientes informaciones:

Introducción Objetivos, Alcance y Campo de aplicación Definiciones

Requisitos Generales sobre el establecimiento e implementación del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad

Política del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad Planificación del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad

Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos a la seguridad y salud ocupacional

Requisitos legales y otros requisitos Objetivos, Metas y Programas del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad Estructura y Responsabilidad Representante de la Dirección Autoridades y Responsabilidades Gestión de Recursos Provisión de Recursos e infraestructura Entrenamiento, Concientización y Competencia Consulta y Comunicación Documentación del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad Estructura de Documentación Control de Documentos y Control de Registros Control Operacional Preparación y Respuesta a Emergencias Verificación y acción correctiva Medición y Monitoreo Accidentes e incidentes No conformidades Acciones Correctivas Acciones Preventivas Auditoría Revisión por la Dirección

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Página 204 Sección VI. Requisitos Técnicos

Correspondencia entre el Manual del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad y la OHSAS 18001.

2.2.2 Política de Salud, Higiene y Seguridad El Contratista deberá presentar, la Política de Salud, Higiene y Seguridad que sea apropiada al negocio de la empresa, a la naturaleza y escala de los riesgos a Seguridad y Salud, incluyendo el compromiso con la mejora continua del desempeño de Seguridad y Salud Ocupacional, con el cumplimiento de la legislación y otros requisitos aplicables. En caso de que el Contratista cuente con un Sistema de Gestión Integrado para Calidad, Salud, Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, la Política puede ser única, integrando las normas ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001. 2.2.3 Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad y Programa de Seguridad

Único de la Etapa Construcción 2.2.3.1 Leyes y Normas de Higiene y Seguridad en la Etapa Construcción El Contratista y sus Subcontratistas están obligados a dar cumplimiento a toda legislación y normativa correspondiente a la Jurisdicción Federal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigentes aplicables al proyecto, entre ellos la Ley 19.587 y su Decreto Reglamentario 351/79, la Ley 24.557/95 y las Normas de Salud, Higiene y Seguridad establecidas en el Decreto N° 911/96, Decreto N° 144/99, Decreto N° 1057/03 y las Resoluciones SRT N° 231/96, SRT N° 051/97, SRT N° 035/98, SRT N° 319/99, SRT 552/01, SRT N° 62/02, SRT N° 310/02, SRT N° 295/03 y la Ley de tránsito 24449, así como cualquier otra normativa vigente y todas las modificaciones a la misma que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra. 2.2.3.2 Obligaciones de los Contratistas y Subcontratistas El Contratista y sus subcontratistas son responsables por la provisión de todos los recursos y acciones que sean necesarios para garantizar la implementación del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad de la Etapa Construcción para este proyecto así como para el cumplimiento de las Normas vigentes, asegurando la prevención de los riesgos y la protección física y de salud de los trabajadores. El Contratista debe tener un Coordinador para el Servicio de Higiene y Seguridad y un Médico del Trabajo Coordinador para el Servicio de Medicina del Trabajo, que serán responsables por el Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad, llevando adelante el Programa de Seguridad Único de la Etapa Construcción y otros programas y acciones necesarios para su implementación en toda la obra. Debe también contar con personal auxiliar en número adecuado y con la competencia apropiada para componer los Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad, considerando la legislación vigente y las características de la obra. El Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad debe ser único para toda la obra y, debe contemplar todas las actividades que serán realizadas por parte del personal del Contratista y por parte del personal de las subcontratistas.

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Página 205 Sección VI. Requisitos Técnicos

Las empresas subcontratistas deben cumplir con el Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad de la Etapa Construcción del Contratista. El Coordinador del Servicio de Higiene y Seguridad y el Médico del Trabajo Coordinador del Contratista deben trabajar en forma conjunta con los responsables de Salud, Higiene y Seguridad de cada una de las empresas subcontratistas. Las subcontratistas deben contar cada una con sus responsables de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo, de acuerdo con la normativa vigente, y deben confeccionar y presentar ante su Aseguradora el respectivo Programa de Seguridad, adaptado al Programa de Seguridad Único elaborado por el Contratista. Los Programas de Seguridad estarán firmados y foliados y deberán estar recibidos y aprobados por la Aseguradora según los plazos establecidos en la Res. 319/99. El Programa de Seguridad Único elaborado por el Contratista deberá permanecer en la obra, debidamente foliado, firmado y aprobado por la Aseguradora según los plazos establecidos en la Resolución S.R.T. 319/99 y deberá contener como mínimo:

Identificación de la empresa, lugar de la obra y la Aseguradora. Fecha de confección del Programa de Seguridad.

Memoria descriptiva de obra, procedimientos y equipos técnicos que serán utilizados para la ejecución de la misma, considerando también las condiciones de entorno.

Descripción de la obra con sus etapas constructivas y fechas de probable ejecución. Organigrama de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo

Análisis en detalle de todas las actividades de construcción previstas, los procedimientos de ejecución, en relación directa con la seguridad del personal.

Identificación de los riesgos laborales, con registro de las evaluaciones efectuadas sobre contaminantes.

Medidas preventivas para eliminar, reducir y/o controlar los riesgos identificados, de manera de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Normas de aplicación para cada riesgo y para cada etapa de obra. Programa de capacitación para el personal a todos los niveles de la empresa, para cada

etapa de obra que se inicie y para los distintos puestos de trabajo. 2.3 ASPECTOS GENERALES El Contratista y sus subcontratistas, además de cumplir con las obligaciones señaladas en las leyes y normas de higiene y seguridad, deben:

Mantener instalaciones de baños y vestuarios, comedores y cocinas, tratamiento para desechos sólidos y de aguas residuales, alojamiento temporario para los trabajadores que estén lejos de sus residencias, provisión de agua potable y transporte en condiciones adecuadas y en conformidad con la normativa vigente, de manera a asegurar el bienestar y la protección de los trabajadores.

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Página 206 Sección VI. Requisitos Técnicos

Proveer a los trabajadores ropa de trabajo y todos los elementos y equipos de seguridad, para protección colectiva y/o personal, necesarios para el desempeño de sus actividades. Estos equipos/elementos deben cumplir con lo establecido en las Normas IRAM.

Brindar capacitación a todo el personal de la obra, incluyendo los subcontratistas, de acuerdo a lo establecido en los Programas del Sistema de Gestión de Salud, Higiene y Seguridad.

Informar a todo el personal de la obra sobre los riesgos generales de la obra y los riesgos inherentes a sus actividades y puesto de trabajo, así como las medidas preventivas necesarias en cada caso.

Utilizar máquinas, equipos, herramientas y materiales de buena calidad, que cumplan con las normas vigentes de Higiene y Seguridad y que estén en buen estado de conservación y en condiciones apropiadas para uso. Para garantizar eso, el Servicio de Higiene y Seguridad, en conjunto con la Gerencia de Mantenimiento, debe establecer un programa de verificaciones periódicas y que esté coordinado con el Plan de Mantenimiento Preventivo de la obra. Siempre que sea verificado el no cumplimiento de un requisito de seguridad, debe ser realizada la reparación o sustitución.

Garantizar que las máquinas y equipos posean protecciones en sus partes móviles y/o de corte, de manera a evitar cualquier contacto accidental del trabajador con estas partes, y que estén dotadas de mecanismo de parada de emergencia de fácil acceso.

Garantizar que las instalaciones eléctricas sean ejecutadas de acuerdo a las normas vigentes y los materiales utilizados estén de acuerdo a las normas IRAM. Los tableros deben contar con puesta a tierra, llaves de corte, interruptores diferenciales y gabinetes adecuados a la intemperie.

En la presencia de factores climáticos (lluvias, vientos, descargas eléctricas u otros) que comprometan la seguridad de los trabajadores, los trabajos deben ser suspendidos. Los incidentes y accidentes que ocurran durante la ejecución de la obra (incluyendo las enfermedades del trabajo) deben ser comunicados, registrados e investigados, para identificación de las causas y tomada de acciones correctivas, de manera a evitar su repetición. 2.4 INSTALACIONES Y SERVICIOS PROVISIONALES Y COMPLEMENTARIOS El Contratista debe proveer en las frentes de trabajo:

Sistema de comunicación. Primeros auxilios para accidentados. Servicios contra incendio. Servicios sanitarios (en caso de ser necesario, deberán ser utilizados baños químicos)

en cantidad suficiente para el total de trabajadores y ubicados de manera adecuada a atender los requisitos legales vigentes.

Agua potable para el consumo humano.

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Página 207 Sección VI. Requisitos Técnicos

Accesos de entrada, salida, circulación de vehículos y peatones definidos y bien señalizados, de manera a garantizar la seguridad de los trabajadores y otros usuarios del local.

2.5 ESCALERAS Y ANDAMIOS Las escaleras estructurales temporarias con más de 1 m de altura deben estar provistas de barandas en los lados abiertos y pasamanos y deben tener un ancho libre de 60 cm, como mínimo, una alzada máxima de 20 cm y pedada mínima de 25 cm, cumpliendo con las condiciones establecidas en el Decreto 911/96. Siempre que sea necesario el uso de escaleras y/o andamios para realizar actividades o tener accesos a los locales, los mismos deberán estar construidos e instalados con materiales y diseños adecuados a su función, a las características del local y de acuerdo a los requisitos establecidos en las leyes y normas vigentes. 2.6 EXCAVACIONES Y TRABAJOS SUBTERRÁNEOS Previo a una excavación, movimiento de suelo o trabajo subterráneo, debe realizarse un reconocimiento del lugar, determinándose las medidas de seguridad necesarias a tomar. Además, previo al inicio de cada jornada, debe verificarse las condiciones de seguridad. Deberá tenerse en cuenta la resistencia del suelo en los bordes de la excavación, cuando éstos se utilicen para acomodar materiales, desplazar cargas o efectuar cualquier tipo de instalación, debiendo el Coordinador de Higiene y Seguridad, establecer las medidas adecuadas para evitar la caída del material, equipo, herramientas, etc., a la excavación. Cuando exista riesgo de desprendimiento, las paredes de la excavación deben ser protegidas mediante el uso de tablestacas, entibado u otro medio eficaz, teniendo en cuenta que mientras exista personal trabajando, la distancia entre el fondo de la excavación y el borde inferior del entubado no sobrepasa nunca uno coma veinte (1,20) metros. Deben ser señalizados por medios apropiados de día y de noche. Todo lugar con riesgo de caída de personas debe tener protección adecuada y eficaz. La señalización y las protecciones deben ser mantenidas, modificadas y adecuadas siempre que fuera necesario de acuerdo al avance de los trabajos. 2.7 ESPACIOS CONFINADOS Antes de empezar trabajos en espacios confinados, el Coordinador de los Servicios de Higiene y Seguridad, debe realizar las evaluaciones y mediciones necesarias, para la determinación del grado de contaminación ambiental, y determinar las medidas preventivas a adoptar, emitiendo el permiso para ejecución de las tareas. Para eso debe verificar:

Concentración de oxígeno. Ausencia de contaminantes y mezclas inflamables explosivas.

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Página 208 Sección VI. Requisitos Técnicos

Bloqueo de todos los accesos de energía externa, que puedan alterar las condiciones de seguridad establecidas.

El Permiso de Entrada en espacio confinado debe informar las condiciones del lugar, los trabajos que se van a realizar, las personas involucradas en la ejecución de los trabajos, los resultados de las evaluaciones y mediciones ambientales, los riesgos identificados, las medidas preventivas, como acciones realizadas previamente a la entrada, para eliminar los riesgos, acciones para realizar durante la ejecución de las actividades y monitoreos, los recursos necesarios para protección, comunicación, señalización y para uso en casos de emergencias y otras informaciones que sean relevantes para evitar accidentes. Debe haber equipos para comunicación entre las personas que están dentro del espacio confinado con las que están en el exterior, en forma eficaz y permanente. Los trabajadores que ingresen a un espacio confinado deberán contar con monitores de gases que realicen muestreos continuos y a distintos niveles, debidamente calibrados. En el exterior del espacio confinado donde se estén realizando actividades debe haber un vigía en permanente atención y contacto con los trabajadores que están en el interior. 2.8 IZAJE Y MOVIMIENTO DE CARGAS SUSPENDIDAS Debe establecerse un sistema de señales u otro sistema de comunicación eficaz. El área debe estar señalizada y no debe permitirse la circulación de personas en la zona de riesgo donde se ejecuta la actividad. Las cargas suspendidas que sean recibidas por los trabajadores para su posicionamiento deben ser guiadas mediante accesorios (cuerdas u otros) que eviten el desplazamiento accidental o contacto directo. Los accesorios utilizados en los trabajos de izaje y movimiento de cargas deben ser inspeccionados de manera periódica cuanto a su condición para uso. 2.9 MAQUINARIAS Y VEHÍCULOS Deben contar con sistema de frenos, luces frontales, traseras, bocina, señal sonora de retroceso, espejos retrovisores, cinturón de seguridad, marcas reflectantes, acceso seguro, rótulos con carga máxima admisible, extintores, etc. Deben tener verificación previa del correcto funcionamiento de todos sus componentes. El personal afectado a operaciones con maquinarias y vehículos debe ser adecuadamente capacitado y adiestrado en relación a las tareas específicas a que sea destinado y a los riesgos emergentes de las mismas y debe contar con la correspondiente habilitación otorgada por autoridad y/u organismo competente. 2.10 TRABAJOS EN VÍAS PÚBLICAS Los vehículos y maquinarias de obra que necesiten trabajar y/o circular por vías públicas, deben respetar lo establecido en la Ley de Tránsito No. 24.449, su Decreto No. 779/95 Ordenanza Nº 32.999 y en las leyes correspondientes a cada Jurisdicción.

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Página 209 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para definir acciones preventivas respecto del tránsito peatonal y vehicular a los efectos de cuidar la salud y los bienes de los vecinos y terceros circunstanciales que circulen por el lugar, el Contratista deberá elaborar un Plan logístico de delimitación de áreas y frentes de trabajo (sectores de obrador, sectores de carga y descarga, acopio de materiales, etc.), con el correspondiente cronograma de cortes, cierre de carriles y desvíos de tránsito y plazos estimados de los mismos. Este plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Comitente, que realizará las consultas pertinentes con los Organismos Competentes, a efectos que las empresas contratistas gestionen las respectivas autorizaciones ante los mismos.

El Contratista deberá asimismo informar sobre horarios previstos de trabajo, recorridos de maquinarias y camiones.

Mientras dure el cierre se contará con el apoyo permanente del Organismo de Seguridad correspondiente, debiendo permitir en todo momento el paso de vehículos de emergencia y la entrada a garages de los frentistas.

El Contratista deberá disponer de los elementos y medidas necesarias para la prevención de accidentes, daños o perjuicios a peatones, frentistas, personal de la empresa, mobiliario urbano existente, vehículos y propiedades ubicadas en la zona de los trabajos. Previo a todo trabajo, el Contratista deberá instalar el señalamiento de seguridad que indique la Inspección de Obra, o en su defecto, el descripto en la Ordenanza 32999 (B.M. Nº 15322) y otros elementos que sean necesarios para la protección del área de trabajo, tales como banderilleros, cintas balizas, etc., los cuales deberán estar ubicados a distancias lo suficientemente amplias como para garantizar condiciones mínimas de seguridad en el tránsito pasante y para la protección del personal y/o equipo de la obra a entera satisfacción de la Inspección de Obra.

Este señalamiento precautorio deberá mantenerse en perfectas condiciones, y tanto éste como el que fuese necesario reemplazar por causas accidentales o de hurto, no recibirá pago directo alguno, y los gastos que ello origine se considerarán comprendidos dentro de la oferta de la contratista.

El Contratista propondrá un plan de señalización transitoria y cartelería de avisos necesarios para organizar el movimiento circulatorio vial y peatonal, precaución y seguridad de obra en las áreas de ejecución de los trabajos. Los mismos serán ubicados en lugares de total visibilidad para peatones y vehículos. Las características de forma, tamaño y color de las señales y carteles de corte y precaución vial serán en concordancia con el Código de Tránsito, Ordenanzas y Reglamentos en vigencia. Este plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Comitente, que realizará las consultas pertinentes con los Organismos de Competencia, a efectos que las empresas contratistas gestionen las respectivas autorizaciones ante los mismos.

El Contratista deberá elaborar un plan comunicacional que contemple la difusión de los desvíos de tránsito y/o inconvenientes que provoquen las obras. Dicho plan será puesto a consideración y aprobación del Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Comitente, que realizará las consultas pertinentes con los Organismos competentes, a efectos que las empresas contratistas gestionen las respectivas autorizaciones ante los mismos.

El Contratista deberá realizar la difusión mencionada por los distintos medios de información (gráficos, radiales, etc.) y la impresión de folletos informativos necesarios. Esto posibilitará la comunicación permanente entre los vecinos frentistas y público usuario con el Contratista

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Página 210 Sección VI. Requisitos Técnicos

y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de evitar desinformaciones y demoras que afecten el normal cumplimiento de los plazos de ejecución de obras establecidos.

Siempre que exista extracción de tierra, ésta será depositada en cajones, de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza 32.999/76, y se procederá a su enrase con el borde de los mismos.

Dado las características de la intervención a realizar y en virtud de la celeridad en los plazos, que deberá prever la contratista en la ejecución de la presente obra, en el período existente entre la adjudicación de la obra y la suscripción del respectivo contrato, el Contratista deberá someter a la aprobación de la Inspección de Obra, la logística de obra, el plan de señalización y el plan comunicacional.

El Contratista tomará todos los recaudos y prestará especial atención al cuidado en la descarga, acopio y manejo de materiales, con respecto a la seguridad de bienes, personal y/o terceros.

En caso que el Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si el Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicarán las sanciones previstas en las Condiciones Especiales del Contratato.

Debe establecerse áreas adecuadas para estacionamiento de los vehículos y/o maquinarias, así como áreas de trabajo y circulación, de manera a no traer riesgos a los peatones y tampoco al tráfico vehicular local. El señalamiento vial debe ser hecho de acuerdo al previsto en la Ley de Tránsito No. 24.449 y en su Decreto No. 779/95. La señalización utilizada en la ejecución de la obra debe ser mantenida en buen estado de conservación, modificada y adecuada, siempre que sea necesario, de acuerdo al avance de las actividades y retirada cuando finaliza la obra. Cuando resulte necesario retirar cualquier señalización existente en el área de la obra que interfiera en la ejecución de las actividades previstas, la misma deberá ser restablecida a igual situación en la que se encontraba. El Contratista debe contar con la presencia de señaleros, utilizando los elementos de protección y señalización correspondientes. En caso de realizarse tareas nocturnas, debe proveerse iluminación adecuada y los trabajadores deben utilizar elementos de protección personal reflectivos de alta visibilidad, según norma IRAM 3859. 3. PENALIDADES Ante el incumplimiento de alguno de los Requisitos de Higiene y Seguridad aquí establecidos, y de los particulares pautados para la obra, el Contratista será intimado formalmente para su corrección mediante Orden de Servicio. El Contratista en caso de incumplimiento será pasible de las sanciones indicadas en el Pliego de Condiciones Particulares. Sin perjuicio de las estipulaciones precedentes, el Contratista deberá mantener indemne al Comitente ante cualquier reclamo que se le plantee a la misma por incumplimiento del Contratista y/o sus subcontratistas de las normas de Higiene y Seguridad del Trabajo.

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Página 211 Sección VI. Requisitos Técnicos

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Página 212 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 2 - Evaluación de Impacto Ambiental (Aplicable sólo a la ejecución del Contrato)

1. OBJETO La presente especificación establece las normas básicas a seguir para cumplir con la Evaluación de Impacto Ambiental prevista para la etapa de construcción de las obras.

2. CONSIDERACIONES GENERALES El Contratista deberá tener en cuenta la documentación correspondiente al “Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de las obras de saneamiento e integración urbana a ser desarrolladas en el área de influencia del Lago Soldati y Parque Indoamericano - Ciudad de Buenos Aires" desarrollada en el marco del Proyecto Ejecutivo, que constituye la base para la Gestión de Medio Ambiente a ser desarrollada, estructurada e implementada en la obra. Esta documentación que será aportada por el contratante acompañando el Pliego licitatorio adquirido por el Licitante, debe ser tomada como referencia, denominándosela a tal efecto Estudio de Impacto Ambiental Básico (EIA Básico). El Contratista debe considerar dicho Estudio para el desarrollo del Sistema de Gestión de Medio Ambiente y el Plan de Gestión Ambiental (PGA) de la obra, implementando las acciones y programas que sean necesarios. El Contratista debe ajustar y/o complementar la Evaluación de Impacto Ambiental en función de las características constructivas y operativas particulares que proponga, y a las observaciones o sugerencias que formule el organismo ambiental competente a nivel de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siguiendo la normativa ambiental vigente a nivel nacional y de la CABA.

3. PENALIDADES Todo incumplimiento a las normas y procedimienos vigenes de Medio Ambiente, por parte del Contratista y/o subcontratistas, dará lugar a la aplicación de multas conforme a la cláusula 8.7 de las Condiciones Especiales del Contrato, último párrafo.

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Página 213 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 3 - Gestión y Protección del Ambiente

(Aplicable sólo a la ejecución del Contrato)

1. OBJETIVO Establecer los requisitos del Sistema de Gestión de Medio Ambiente de la Etapa Construcción que debe ser establecido, documentado, implementado y mantenido por el Contratista durante la ejecución de las obras.

2. CONSIDERACIONES GENERALES En la búsqueda de las mejores prácticas para la preservación del medio ambiente, y la prevención de la contaminación, el Ingeniero requerirá al Contratista la aplicación de un Sistema de Gestión de Medio Ambiente, de acuerdo a la Norma ISO 14001 - Sistemas de Gestión Ambiental - requisitos con orientación para su uso - y a los requisitos específicos de esta especificación técnica. El Contratista y todos los subcontratistas deben atender a los requisitos del Sistema de Gestión de Medio Ambiente. El Ingeniero tiene el derecho en cualquier momento de verificar la aplicación y mantenimiento de los requisitos definidos en esta especificación, incluso en relación a los proveedores y subcontratistas. Por tanto, además de la supervisión continua durante la ejecución de las tareas de obra, puede proceder a efectuar inspecciones y auditorías. Para el Sistema de Gestión de Medio Ambiental se establecen los siguientes requerimientos: 2.1 DOCUMENTACIÓN A SER PRESENTADA El Contratista debe tener probada experiencia en proyectos con Sistemas de Gestión de Medio Ambiente, para lo cual deberá presentar:

Certificado ISO 14001, o evidencia de que el sistema que posee está en proceso de certificación, válido para todo el alcance de la obra, o un Sistema de Gestión Ambiental equivalente;

Manual de Gestión de Medio Ambiente; Política de Medio Ambiente; Descripción sucinta del Sistema de Gestión de Medio Ambiente y del Plan de Gestión

Ambiental a aplicar en el proyecto. En el caso de que el Contratista cuente con un Sistema de Gestión Integrado para Calidad, Salud, Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, la documentación podrá presentarse de manera integrada, siempre que cumpla con lo solicitado en cada uno de los Sistemas de Gestión.

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Página 214 Sección VI. Requisitos Técnicos

2.2 GESTIÓN DE MEDIO AMBIENTE Manual de Gestión de Medio Ambiente Este Manual debe especificar el Sistema de Gestión de Medio Ambiente establecido por el Contratista para el Proyecto, conforme la especificación ISO 14001, conteniendo como mínimo, la siguiente información:

Introducción Objetivos, Alcance y Campo de aplicación Definiciones

Requisitos Generales del Proyecto para la implementación del Sistema de Gestión de Medio Ambiente.

Política del Sistema de Gestión de Medio Ambiente.

Planificación del Sistema de Gestión de Medio Ambiente. Identificación de aspectos ambientales.

Requisitos legales y otros requisitos.

Objetivos, Metas y Programas del Sistema de Gestión de Medio Ambiente. Estructura y Responsabilidad.

Representante de la Dirección. Autoridades y Responsabilidades. Gestión de Recursos. Provisión de Recursos e infraestructura. Entrenamiento, Concientización y Competencia. Consulta y Comunicación. Documentación del Sistema de Gestión de Medio Ambiente. Estructura de

Documentación. Control de Documentos y Control de Registros. Control Operacional. Preparación y Respuesta a Emergencias. Verificación y acción correctiva Medición y Monitoreo. Evaluación de cumplimiento legal No conformidades. Acciones Correctivas Acciones Preventivas Auditoría Revisión por la Dirección

Correspondencia entre el Manual del Sistema de Gestión de Medio Ambiente y la ISO 14001.

Política de Medio Ambiente

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Página 215 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá presentar, la Política de Medio Ambiente de la empresa que sea apropiada al Proyecto a construir, a la naturaleza, magnitud e impactos ambientales de sus acciones y actividades, y productos, incluyendo el compromiso con la mejora continua del desempeño Ambiental, la prevención de la contaminación y con el cumplimiento de la legislación y otros requisitos aplicables. En el caso que el Contratista cuente con un Sistema de Gestión Integrado para Calidad, Salud, Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, la Política puede ser única, integrando las normas ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001. Sistema de Gestión de Medio Ambiente y Plan de Gestión Ambiental

a. Leyes y Normas de Medio Ambiente El Contratista y sus Subcontratistas están obligados a dar cumplimiento a toda legislación y normativa correspondiente a la Jurisdicción Federal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigentes y aplicables al proyecto. Sin perjuicio de lo definido a continuación en este documento, serán de aplicación la Ley Nacional General del Ambiente N° 25.675; la Ley Nº 123 modificada por la 452, de Evaluación de Impacto Ambiental, su Decreto Reglamentario 222/2012, y la Disposición 117-DGTAL APRA-2012,según corresponda para actividades categorizadas como Sin Relevante Efecto, como sujetas a Categorización o como Con relevante Efecto; la Ley 2214 y su Decreto reglamentario 2020/07, para Residuos Peligrosos; la Ley 1356 y su Decreto Reglamentario 198-GCBA-2006, para Contaminación Atmosférica, la Ley 3295, para la Gestión de Aguas y su reglamentación, y la Ley 1540 y Decreto Reglamentario 740-GCBA-2007, para Contaminación Acústica, como así también las condiciones que, para la ejecución de la obra se establezcan en Resoluciones y Dictámenes que emita la Autoridad del GCBA como resultado del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto que correspondiera. Regirán también las normas de tutela del arbolado urbano público, donde corresponda, Ley 1556, modificada por Ley 1982 y, en lo que hace al patrimonio cultural la Ley 1227 reglamentada por el Decreto 312/06. En lo que fuere pertinente, el Contratista y sus Subcontratistas deberán contemplar las exigencias regulatorias de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), en lo concerniente a vuelcos de agua y efluentes en función de la Ley Nacional 26.168 y las resoluciones 1/2007 y 3/2009, o las que las reemplacen en el futuro. Dado que se trata de una obra con financiamiento del Banco Mundial, el Contratista deberá considerar los aspectos relacionados con las políticas de salvaguarda de dicho organismo dando garantías de su entendimiento cabal, estableciendo los mecanismos necesarios para reportar eventuales situaciones anómalas al Comitente, a efectos de su inmediata intervención y control de las mismas dentro del marco legal y responsabilidad institucional.

b. Obligaciones de los Contratistas y Subcontratistas El Contratista y los Subcontratistas deberán respetar la totalidad de la Legislación Ambiental vigente aplicable a la obra y cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones realizadas por las autoridades y organismos de control nacionales y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o sumas debidas por cualquier concepto.

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El Contratista, tendrá la obligación de cumplir con lo indicado en el punto precedente, no aceptándose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la solicitud de pagos adicionales ni de ampliación de los plazos de entrega de la Obra. El Contratista deberá mantener indemne al Comitente frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentación ambiental en las tareas a su cargo. A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista será responsable del análisis y evaluación de los datos climáticos e hidrológicos y de los cuerpos de agua involucrados dentro del Proyecto, con el objeto de establecer mecanismos de alerta, que resulten necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su exclusivo riesgo los potenciales daños a las obras por contingencias climáticas. El Contratista y sus subcontratistas son responsables por la provisión de todos los recursos y acciones que sean necesarios para garantizar la implementación del Sistema de Gestión de Medio Ambiente de la Etapa Construcción para este proyecto así como para el cumplimiento de las Normas vigentes, asegurando la prevención de la contaminación y la preservación del medio ambiente. El Contratista deberá designar una persona física como Coordinador de la Gestión Ambiental, cuyos antecedentes deberán ser comunicados al Ingeniero, al inicio de la ejecución del Contrato. Dicho profesional, que puede ser la misma persona a cargo de la higiene y la seguridad de la obra siempre y cuando cumpla con los requisitos, deberá contar con título universitario y diez (10) años de experiencia como mínimo en obras de similar magnitud, y será responsable por el Sistema de Gestión de Medio Ambiente, llevando adelante el Plan de Gestión Ambiental y en consecuencia los programas y acciones necesarios para su implementación en toda la obra. Debe también contar con personal auxiliar, en número adecuado con la competencia apropiada, con los medios necesarios para ello y considerando la legislación vigente, el Estudio de Impacto Ambiental y las características de la obra. Este profesional deberá trabajar en estrecha relación con el responsable ambiental del Comitente, el Ingeniero y con el Responsable de Obra. El sistema de Gestión de Medio Ambiente debe ser único para toda la obra y, siendo así, debe contemplar todas las actividades que serán realizadas por parte del personal del Contratista y por parte del personal de las subcontratistas. El Contratista deberá presentar un organigrama funcional del área responsable de la gestión ambiental y de su dependencia de los niveles superiores empresariales, nominando a los responsables del cumplimiento de las tareas. Las empresas subcontratistas deben cumplir con el Sistema de Gestión de Medio Ambiente de la Etapa Construcción del Contratista. El Coordinador de la Gestión Ambiental debe trabajar en forma conjunta con los responsables de Medio Ambiente de cada una de las empresas subcontratistas. Plan de Gestión Ambiental

a. Consideraciones Generales

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Página 217 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá presentar el Plan de Gestión Ambiental (PGA) de la Etapa Construcción sobre la Base de los Lineamientos aquí presentados. El mismo incluirá el conjunto de acciones tendientes a evitar, mitigar y controlar las situaciones indeseadas para el medio ambiente, así como para las actividades cotidianas de la población del área de influencia, como consecuencia de la ejecución de las Obras, que abarque el período comprendido entre el inicio y la recepción definitiva de la obra, cumpliendo con la normativa vigente para cada caso particular, a nivel nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Plan de Gestión Ambiental elaborado por el Contratista deberá permanecer en la obra, debidamente foliado, firmado y aprobado por el Ingeniero y deberá cumplir con lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental Básico y contener como mínimo los programas y requerimientos especificados en los Contenidos Mínimos de los Programas del PGA allí indicados. Las medidas y acciones que conformarán el PGA deberán integrarse en un conjunto de Programas organizados en actividades singulares dentro de cada uno de ellos, pero a la vez planificados dentro de una red de actividades complementarias. Ante cualquier modificación que se realice al proyecto, a la metodología propuesta para su ejecución, el Contratista debe ajustar el PGA y también debe ser sometido a la aprobación del Ingeniero. Las medidas y acciones previstas en el PGA y las actividades resultantes de su desarrollo, deberán fundamentarse en aspectos preventivos adoptados en el marco de la Evaluación de Impacto Ambiental.Dicho Plan debe respetar los contenidos mínimos establecidos en el Plan de Medidas de Mitigación preparado para la Etapa de Proyecto Ejecutivo, como parte del EIA Básico, atendiendo además a las siguientes Especificaciones:

i. Conservación del Medio Ambiente El Contratista deberá producir el menor impacto posible sobre la población residente en el área, sobretodo aquella frentista a las obras, derivada de la afectación del aire, generación de ruidos, desvíos de tránsito, accesos a las viviendas, etc. durante la etapa de ejecución. En aquellos casos en los que El Contratista deba remover el pavimento existente, dado que los equipos que se utilizan producen ruidos superiores a los cien (100) dBA deberá, por medio de cartelería, anunciar los días y horarios en que realizara las tareas. En todo momento las tareas y obras deberán adecuarse a las exigencias de la Ley 1540 y su reglamentación.

ii. Instalación de obradores y locaciones de obra El Contratista deberá proceder a determinar la localización óptima de los obradores y locaciones de obra teniendo en cuenta los impactos ambientales, tales como contaminación de aire por voladuras de partículas de acopios al aire libre, ruidos, tránsito de maquinaria vial y camiones, etc., que afectaran a la población circundante y a los peatones. Previo a la instalación del/los obrador/es y en su caso subobradores, el Contratista presentará para aprobación del Ingeniero, la localización finalmente elegida, fundamentando dicha elección del lugar, en función de no afectar, en la medida de lo posible, a la población

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circundante en relación a los impactos mencionados y atendiendo a lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental Básico. El Contratista deberá presentar un croquis detallado del/los obradores donde se muestre la localización de las diferentes instalaciones, el que deberá ser aprobado por la Inspección. De acuerdo con la envergadura del obrador, el diseño del mismo deberá efectuarse en un plano de planta, que sea claro para los usuarios, con caminos peatonales y vehiculares claramente diferenciados, además de la localización de estacionamientos de maquinarias, camiones y vehículos. Inicialmente, el acondicionamiento de los predios podrá requerir, entre otras tareas, su limpieza, el retiro de materiales en desuso, y la nivelación de terreno, así como la extracción y el retiro de la zona de excavación de todos los árboles, tocones, plantas, maleza, escombros, basura o cualquier otro material indeseable, así como la excavación de la capa superior de los terrenos o con vegetación, esto último particularmente en el caso del área de emplazamiento del ARTEH. Los residuos resultantes de estas tareas deberán gestionarse adecuadamente en función de la corriente a la cual correspondan. En forma previa al inicio de actividades se deberá establecer un cerramiento perimetral de los obradores y frentes de trabajo que impidan el ingreso de personal ajeno a las obras. Respecto a los residuos generados en la operación de estas instalaciones, los residuos líquidos equiparables a los domiciliarios podrán ser volcados al sistema cloacal de la Ciudad, debiendo en su caso dar cumplimiento con las exigencias del Decreto PEN 674/89 y las exigencias de ACUMAR cuando estas fueren aplicables. Los residuos que puedan tener algún grado de contaminación que los encuadre dentro de las definiciones de residuo peligroso conforme la Ley Nº 2214, deberán tratarse según lo establecido en dicha norma y su Decreto reglamentario 2020/07. Para depositar escombros o materiales no utilizados y para retirar de la vista todos los residuos inertes de tamaño considerable hasta dejar todas las zonas de obra limpias y despejadas, El Contratista deberá contratar a una empresa, debidamente autorizada para retirar dichos residuos del obrador y de la obra, o realizarlo por su propia cuenta, dando cumplimiento con lo establecido en la Ley 1854 y sus reglamentaciones, teniendo en cuenta la diferenciación entre grandes y pequeños generadores y las exigencias respecto de la gestión de áridos, escombros y otros residuos de obra vigentes en la CABA. El obrador contendrá equipos de extinción de incendios, sala de primeros auxilios con un responsable con el material médico necesario. El obrador deberá mantener todas sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra. El Contratista deberá tener en la salida del obrador una cartelería adecuada señalando la existencia de acceso y salida de maquinarias y un equipo de banderilleros que corten el tránsito en los momentos en que se producen los mencionados accesos y salidas. El Contratista deberá tener en las oficinas del obrador la documentación respaldatoria de todas las operaciones relacionadas con la gestión ambiental (permisos, manifiestos de

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transporte y certificados de operación, tratamiento y/o disposición final de residuos, etc.), estando siempre disponibles ante cualquier requerimiento de las autoridades pertinentes.

iii. Control de los Aspectos de Seguridad y Manejo del Tránsito Peatonal

En forma previa al inicio de las obras y de acuerdo al avance de las mismas, las locaciones auxiliares y frentes de obras deberán ser dotadas de una valla provisoria, en la longitud necesaria para cubrir su contorno, las que serán construidas de modo que eviten daño o incomodidad a los transeúntes. Todas las áreas de trabajo deben estar delimitadas en todo su perímetro tanto para definir el ámbito de intervención, como para advertir y prevenir a la población sobre cuáles son los límites que no debe sobrepasar. Las áreas de trabajo que se dispongan en la vía pública, deberán vallarse o cercarse para evitar que se vea afectada la seguridad de los operarios, los vecinos y terceros circunstanciales que circulen por el lugar. Las características y ubicación de pasarelas peatonales, vallas o cualquier otro elemento que hace a estos trabajos, deberán ajustarse al Sistema de Vallas y Señales para Obras en la Vía Pública (Ordenanza Nº 32.999) aprobadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA). En el caso de llevar a cabo trabajos nocturnos en estas zonas, será obligatorio entregar a todos los trabajadores elementos reflectivos de alta visibilidad y elementos de iluminación, entre otras medidas de seguridad. Durante la ejecución de las obras en la vía pública que constituyan un obstáculo a la circulación, debe preverse un paso supletorio que garantice el tránsito de vehículos y peatones y no presente perjuicio o riesgo para los mismos, contemplando el desplazamiento de personas con necesidades especiales. Igualmente, se deberá asegurar el paso peatonal a las construcciones anexas al área de trabajo y solo accesibles por la zona en obra. Asimismo, deberán brindarse alternativas de estacionamiento a aquellos vecinos que vean bloqueado el acceso vehicular a sus garajes. Ante esta situación se deberá evaluar la necesidad de construir un estacionamiento provisorio. Con el fin de prevenir accidentes, a lo largo de los lados abiertos de una excavación deberán colocarse barandas o vallas, y proveerse a los pozos profundos de los medios convenientes de salida. Las excavaciones se ejecutarán en forma tal que quede asegurada la estabilidad de los taludes y cortes verticales practicados. Cuando existan factores tales como lluvias, viento, derrumbes u otros, de intensidad elevada que comprometan la seguridad de los trabajadores o del público en general, se interrumpirán las tareas mientras subsistan dichas condiciones y deberá proveerse a las instalaciones de las protecciones necesarias. En el marco de las obras se deberán instrumentar las acciones necesarias y suficientes para que la prevención, la higiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas de cada trabajador en cada puesto de trabajo y línea de mando. Se dará cumplimiento a lo establecido en la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ley N° 19.587, su decreto reglamentario N° 351/79, y Decreto 911/96 Reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción (y resoluciones complementarias).

iv. Gestión de Interferencias

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Página 220 Sección VI. Requisitos Técnicos

Durante la etapa de construcción se podrán producir afectaciones de la infraestructura existente. En general las normativas, las reglas del arte de la construcción y las condiciones impuestas por las empresas prestatarias de los servicios resultan suficientes como medidas de mitigación, siendo muy importante acelerar la reposición o reconstrucción de la infraestructura afectada (y también su reemplazo provisorio como en el caso de señalización, semáforos y alumbrado público). Será responsabilidad del Contratista que durante los trabajos que impliquen la apertura o remoción del pavimento existente, cuando la calzada consista en adoquinado o se vean afectados cordones de granito, observar que los mismos sean preservados para su posterior recolocación o puesta en valor, (en función de su apreciación patrimonial). La reposición de pavimentos debe hacerse de acuerdo a las normas locales vigentes y a los dimensionados existentes (si resulta más conveniente). La detallada gestión de las interferencias de las obras con otras redes de servicio (infraestructura de abastecimiento de agua potable, aguas pluviales, sistema cloacal, red de gas, etc.) es un tema principal y directamente inherente al proyecto de ingeniería. Este aspecto deberá ser especialmente documentado por el Contratista y será objeto de medidas específicas que permitan la adecuación de las redes existentes para la inserción de las nuevas obras, con la correspondiente convalidación de las empresas concesionarias o entidades que presten servicios públicos y en cumplimiento con las normativas vigentes para cada uno de los casos. En la planificación de las obras, cuando al servicio interrumpido tiene gran magnitud en la programación, el Contratista deberá contemplar el momento del año más adecuado (por ejemplo: para gas cuando baja el consumo durante el verano). De acuerdo al cronograma de obras detallado, la Contratista deberá informar con la antelación estipulada por las empresas concesionarias o entidades prestadoras de los servicios, el plazo y características de la afectación a la red y suministro. De este modo, y a través de las empresas prestadoras de los servicios, se dará aviso a los afectados como mínimo con 24 hs. de antelación. Asimismo, se procurará efectuar el restablecimiento de los servicios en el menor plazo posible.

v. Disposición de Residuos Se deberá planificar una rápida disposición final de los escombros y residuos generados, a fin de impedir problemas innecesarios de creación de ambientes propicios para la proliferación de vectores y roedores.

vi. Gestión de Residuos y Efluentes Líquidos Durante la etapa de construcción se generarán distintos tipos de residuos que deberán ser gestionados de acuerdo a sus características. Los residuos serán segregados y almacenados transitoriamente según su clasificación en residuos asimilables con domiciliarios, residuos inertes de obra, residuos patogénicos y residuos peligrosos. De acuerdo a su discriminación se pondrán en marcha los circuitos definidos para su eliminación y/o envío para su tratamiento y disposición.

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Página 221 Sección VI. Requisitos Técnicos

En todas las áreas de obra y zonas adyacentes se encontrará prohibido el enterramiento y/o quema de basura, cualquiera sea su clasificación. En caso de producirse derrames o pérdidas de sustancias o residuos contaminantes, los suelos afectados por contaminación serán considerados residuos peligrosos. Los mismos deberán ser extraídos y aislados adecuadamente, controlando el destino de sus lixiviados. Asimismo, durante la ejecución de las obras se producirán efluentes líquidos residuales de distinto origen, pluviales, domiciliarios e industriales, los que deberán ser colectados en forma separada y tratados adecuadamente previo a su descarga en el sistema cloacal o pluvial, según corresponda o se autorice. El sistema de tratamiento garantizará una remoción y vertimiento final de acuerdo con las condiciones exigidas por la normativa vigente. Se deberá proveer, de no existir la infraestructura adecuada, de módulos sanitarios portátiles cuya gestión de efluentes quedará a cargo del proveedor habilitado. Todas las dependencias sanitarias, cualquiera sea su tipo, serán higienizadas con una frecuencia tal que no se generen focos de enfermedades infecciosas. No se permitirá el vertimiento a cursos de agua de líquidos industriales ni de construcción que resulten sobrantes, tales como pinturas, solventes, aditivos, etc. y que por sus propiedades resulten nocivos para el ambiente. Estos residuos deberán almacenarse en contenedores aptos de acuerdo a sus características y gestionarse como residuos peligrosos. Se procurará mantener los desagües libres de obstáculos o residuos instalando en caso de resultar necesarias barreras que impidan el arrastre de materiales y sobrantes por escorrentía. Se deberán proporcionar instalaciones temporarias de depuración para el tratamiento de los líquidos resultantes del desagote de zanjas y excavaciones. Estos contenidos deben ser transmitidos al personal afectado a la obra a través del diseño e implementación de un (ver Lineamientos del PGA).

vii. Minimización de Emisiones Gaseosas y Material Particulado El Contratista deberá cumplir con la Ley Nº 1356 y su Decreto Reglamentario 198-GCBA-2006, para Contaminación Atmosférica. Dependiendo de las condiciones climáticas, durante las tareas de nivelación del suelo para el acondicionamiento de las áreas de obradores y acopio de materiales, y fundamentalmente durante la ejecución de excavaciones para la inserción de conductos, será necesario humedecer las zonas afectadas por las obras, para disminuir de esta manera la cantidad de material particulado incorporado a la atmósfera. Como premisa básica se deberá disminuir a lo estrictamente necesario dichas actividades. Durante la fase de construcción, El Contratista controlará las emisiones de polvo procedentes de las operaciones de carga y descarga de camiones, plantas de áridos y otras instalaciones de obra. Las tareas de vuelco y traslado a destino de suelos, agregados finos y gruesos, residuos, escombros y otros, se realizarán cuidando de provocar la menor cantidad de polvo que sea posible. Asimismo, los materiales sueltos que se encuentren acopiados en las zonas de obras y sitios de acopio deberán cubrirse y protegerse adecuadamente de la acción del viento. Los vehículos destinados al transporte de materiales sueltos deberán circular cubiertos con su lona respectiva, y en el caso de que su circulación se realice por caminos no pavimentados se

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procurará humedecer los mismos a los fines de evitar la resuspensión de polvo a la atmósfera. Asimismo, se deberá fijar un límite de velocidad en la circulación de automotores en estas últimas condiciones. Se deberá controlar el estado de mantenimiento de los equipos, maquinarias y camiones, tanto propios como de los subcontratistas, con el fin de minimizar las emisiones debidas a una mala combustión. De instalarse en el Obrador Principal una planta de elaboración de mezcla (hormigón), se debe considerar que el proceso de elaboración de este material involucra operaciones capaces de generar material particulado. Estas emisiones deberán ser controladas mediante la adopción de moderna tecnología o la incorporación en el sistema de mecanismos adecuados (filtro de mangas). Las tolvas de carga de materiales deberán estar protegidas con pantallas contra el polvo.

viii. Control de Ruido y Vibraciones El Contratista deberá cumplir con la Ley 1540 y Decreto Reglamentario 740-GCBA-2007, para Contaminación Acústica. La vibración de los equipos y maquinarias pesadas y la contaminación sonora por el ruido de los mismos durante su operación, pueden producir molestias a los operarios y residentes locales. Por lo tanto, durante la duración de la etapa constructiva la Contratista deberá velar por minimizar al máximo la generación de ruidos y vibraciones de los vehículos de tracción mecánica, priorizando la utilización de unidades modernas, y mediante el control del estado de motores, silenciadores y elementos capaces de producir ruido. En el interior de las obradores o locaciones auxiliares de obra, lo sitios destinados a compresores, generadores y otras fuentes de ruido serán acondicionados, en el caso de ser necesario, con barreras acústicas que permitan la reducción del nivel sonoro. Cuando se requiera la utilización de estos equipos en los frentes de trabajo se deberá situarlos lo más alejado posible de los sectores residenciales. Por otro lado, los empleados y contratistas deberán ser notificados de las áreas de alto ruido y del uso obligatorio de protección auditiva dentro de las instalaciones afectadas a las obras. A criterio del Ingeniero y cuando sea factible, el Contratista establecerá vías de transporte que alejen a sus vehículos como al de sus proveedores de zonas con congestión de tránsito y aseguren que las molestias ocasionadas por las operaciones de transporte se reduzcan al mínimo. Se procurará en el caso de la circulación de vehículos y maquinarias, reducir al mínimo posible el tráfico nocturno y durante los fines de semana, días feriados y aquellos asociados a festividades, a fin de salvaguardar el descanso nocturno de la población y el disfrute. Esto incluye, programar las entregas rutinarias de equipos y provisiones durante las horas diurnas de la semana laboral. En este sentido, se evitará el uso de bocinas y la espera de vehículos en la vía pública obstruyendo el flujo vehicular. En tanto que los vehículos que se encuentren en espera en el interior de las instalaciones deberán hacerlo con el motor apagado. Se fijará una velocidad máxima de circulación para los camiones y se procurará conducir sin provocar aceleraciones y frenadas innecesarias.

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Página 223 Sección VI. Requisitos Técnicos

En términos generales, para la ejecución de las obras deberá atenderse a los niveles máximos establecidos para ambiente exterior en función de la zonificación y determinar especialmente la presencia de equipamiento sensible (escuelas, hospitales, parques, etc.), donde se garantizará mediante la adopción de medidas de control, el respeto de los límites de inmisión establecidos en función de su destino. Como premisa básica en cercanía de los mencionados equipamientos las actividades constructivas deberán reducirse al mínimo necesario. Los equipos no serán alterados de ninguna forma como para que los niveles de ruido sean más altos que los producidos por los equipos originales. Las actividades en la vía pública generadoras de altos niveles de ruido, tales como rotura de pavimento con martillo neumático, la operación de máquinas retroexcavadoras, motoniveladoras, palas mecánicas (ya sea por la elevada emisión de la fuente o la suma de sus efectos), deberán planificarse adecuadamente, para en la medida de lo posible, mitigar la emisión total. Se deberá dar prioridad a la ejecución de estas actividades durante la jornada de trabajo diurno y preverse los medios idóneos y adecuados a sus características que permitan el bloqueo de las emisiones sonoras para que no trasciendan con carácter de molestos, respetando el nivel máximo de inmisión que corresponde a un ámbito de percepción predominantemente industrial (Ley N°1.540). El Ingeniero se reserva el derecho a prohibir o restringir cualquier trabajo cercano a receptores sensibles que produzca niveles de ruido superiores a lo establecido en la Ley Nº 1540 y su Decreto reglamentario 740-GCBA/07. Para el caso particular del Obrador Principal e instalaciones de apoyo, cuya operación podrá prolongarse en el tiempo, además de todo lo estipulado anteriormente, una vez conocidas sus características y sitios de emplazamiento, se deberá consultar a la Autoridad de Aplicación sobre la necesidad de presentar el Informe de Evaluación de Impacto Acústica (IEIA) en los términos que establece la Ley N°1.540 u obtener su autorización expresa.

ix. Limpieza y Preparación del Predio Destinado al ARTEH En forma previa al inicio de actividades se deberá establecer un cerramiento perimetral al predio que impida el ingreso de personal ajeno a las obras. Previo al inicio de las obras, el acondicionamiento del terreno podrá requerir, entre otras tareas, la extracción y el retiro de la zona de excavación de todos los árboles, tocones, plantas, maleza, escombros, basura o cualquier otro material indeseable, así como la excavación de la capa superior de los terrenos cultivados o con vegetación. Los residuos resultantes de estas operaciones y los generados durante la operación de los sitios de extracción deberán gestionarse adecuadamente. Particularmente en relación a los residuos vegetales, estará prohibido el desmalezamiento por medio de fuego. Tampoco se podrán disponer los restos vegetales en los cursos de agua o sobre las márgenes de los mismos, para evitar la contaminación con materia orgánica de las aguas superficiales. Se recomienda su disposición sobre la capa orgánica del suelo que será conservada para el posterior acondicionamiento del área intervenida, a modo de abono y protección contra la erosión hídrica y eólica.

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x. Control de Excavaciones y Movimiento de Suelos En forma previa a la ejecución de una excavación, movimiento de suelo o trabajo subterráneo, se realizará un reconocimiento del lugar, determinándose las medidas de seguridad necesarias a tomar en cada área de trabajo. Cuando se realicen tareas de excavación o movimiento de suelos, deben preverse los apuntalamientos necesarios para evitar que la tierra del predio lindero o de la vía pública, caiga en la parte excavada antes de haberse provisto los soportes o sostenes definitivos de los laterales de las fosas. Con anterioridad a los demás trabajos de movimiento de suelos o simultáneamente con éstos, se ejecutarán las cunetas, zanjas de guardia y de desagüe y demás trabajos de drenaje, de manera de asegurar que en la ejecución de las excavaciones y en la formación eventual de terraplenes se tenga asegurado un desagüe correcto todo el tiempo, a fin de evitar embancamientos, acumulación de agua y arrastre de sólidos. La excavación no debe provocar en estructuras resistentes, instalaciones ni cimientos, situaciones no reglamentarias o con peligro potencial. Se preservará y protegerá de daños a toda estructura, propia o lindera, cuya seguridad pueda ser afectada por las tareas para que no ocasionen perjuicios ni entrañen peligro a personas, predios linderos o vía pública. Se deberán mantener las zonas excavadas libres de acumulación de líquidos. Todo proceso de bombeo o drenaje deberá ser programado con anticipación con el objeto de determinar las acciones temporarias o permanentes que pudieran ocasionarse sobre estructuras existentes contiguas. Las aguas provenientes del bombeo o drenaje podrán arrojarse a las cunetas de la calzada siempre que cumplan con los parámetros exigidos por la normativa. El material extraído de las excavaciones será depositado en sitios especialmente acondicionados en el interior del obrador o frentes de trabajo, según corresponda, siempre que no se presuma su contaminación. Este material obtenido durante la ejecución de las excavaciones será sometido a un análisis organoléptico que permita determinar en forma preliminar si se encuentra contaminado. En aquellos casos en los que se sospeche que puede existir contaminación se dará inmediato aviso a la Inspección de Obra. El acopio del material se hará en forma diferenciada y se someterá a análisis de laboratorio. Si se identifican como residuos peligrosos los mismos deberán ser almacenados, tratados y dispuestos de acuerdo a sus características. Cuando existan indicios, o se presuma por las actividades de los establecimientos cercanos, que los suelos pueden estar contaminados, se deberán extraer muestras de los mismos para su análisis. En caso de que se confirme esta sospecha se deberá dar el tratamiento conforme a la normativa. Esto resulta especialmente aplicable para los suelos resultantes de la excavación del área de retención (ARTEH) habida cuenta de los antecedentes de contaminación que se registran en el sitio. Cabe destacar que se encuentra prohibido el depósito de tierra, escombros o desechos de obra en la vía pública (calzada y espacio por fuera del lugar cercado por la valla provisoria) sin permiso previo, el cual se acordará por el tiempo estrictamente indispensable, siempre que no se opongan razones de tránsito. Se exceptúa de esta prohibición a aquellos casos en que se emplean para la carga y descarga de materiales contenedores, siempre que cumplan los requisitos de la normativa vigente.

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El suelo resultante de las excavaciones será transportado mediante camiones hasta los sitios de disposición final previamente aprobados por la Inspección.

xi. Minimización de la Afectación a la Circulación e Infraestructura Vial

La interferencia sobre la circulación vial resulta uno de los impactos de mayor relevancia identificados como consecuencia de la ejecución de las obras bajo estudio. Las mismas se presentarán por ocupación total y/o parcial de arterias viales afectadas por las obras y por el movimiento de vehículos y maquinarias hasta y desde los sitios de obra. En este sentido, resulta fundamental la planificación de los desvíos en estrecha relación con las autoridades y la implementación de una adecuada y constante comunicación a la población a través de los medios de comunicación. Otras medidas de importancia son el vallado adecuado de la zona de obra, la implementación de una apropiada señalización indicando los desvíos. Asimismo la planificación de la circulación vial durante la etapa de obra deberá tener en cuenta el autotransporte público de pasajeros previendo los cambios de recorrido y la relocalización transitoria de paradas en consenso con autoridades y empresas afectadas. Con el objetivo de minimizar las interferencias producidas en el tránsito y los potenciales accidentes viales, generados por el movimiento de maquinarias y vehículos de gran porte asociados a la construcción de las obras, se llevará a cabo la instalación de señalización en los sectores de ingreso/egreso de las zonas de obra e inmediaciones que alerten sobre la presencia de estos móviles a los usuarios regulares de las vías afectadas. Los mismos serán ubicados en lugares de total visibilidad para peatones y vehículos. En términos generales, a fin de minimizar las interferencias que pudieran producirse en el tránsito, se deberán prever lugares de estacionamiento para los vehículos afectados a la construcción, reducir la obstrucción de carriles para tránsito de paso y programar las operaciones fuera del horario pico de circulación. Dado que la circulación de maquinaria pesada y vehículos de gran porte provoca un deterioro de la infraestructura vial, las rutas de transporte de materiales en cada una de las etapas deberán ser planificadas priorizando el rápido acceso a las arterias viales de mayor jerarquía que permitan la circulación de vehículos de gran porte. Por otra parte, se instruirá a los operarios de las maquinarias y vehículos sobre las rutas aptas de circulación en la zona, para evitar la transgresión de las reglas viales y así, reducir la probabilidad de ocurrencia de accidentes.

xii. Conservación de la Capa Orgánica del Suelo y Recomposición del Suelo y la Cobertura Vegetal

El suelo es la capa superficial de la corteza terrestre, biológicamente activa, integrada por componentes minerales y orgánicos que integran a lo largo del perfil, diferentes capas denominadas horizontes. El horizonte superficial está constituido además por las raíces de la cobertura vegetal que sustenta y diversos meso y microorganismos. Durante las tareas de Excavación y adecuación del ARTEH se removerá por completo esta primera capa de la corteza terrestre por lo que es importante prever la separación de la

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primera capa del suelo para su almacenamiento y posterior uso en el acondicionamiento del área. La capa superficial del suelo constituye el horizonte orgánico del suelo. En él se concentran los nutrientes necesarios para el crecimiento de las plantas. Además, almacena las semillas de las especies vegetales que crecen en su superficie. De este modo, cuando comiencen las tareas extractivas se deberá remover la capa superficial del suelo para trasladarla al sitio de acopio destinado a este material a localizarse dentro del predio. Durante el tiempo de almacenamiento, se deberán implementar una serie de medidas tendientes a su conservación. Este material podrá ser aprovechado en la propia revegetación de las áreas afectadas por el proyecto. Una vez finalizadas las tareas extractivas, se procederá al acondicionamiento de las áreas intervenidas con el objeto de recomponer el suelo y la cobertura vegetal. Como medidas fundamentales, se procederá a descompactar la superficie para luego cubrirla con la capa orgánica de suelo que fue separada y adecuadamente almacenada desde el inicio de las tareas extractivas.

xiii. Información a la población afectada Se deberá mantener permanente y apropiadamente informada a la población y comerciantes del área sobre las características de las actividades vinculadas a las construcciones que habrán de ocasionarle inconvenientes y molestias para el desarrollo de su normal vida cotidiana. Los aspectos principales a tener en cuenta en este sentido son: las interrupciones de tránsito, la rotura de aceras y calzadas, la ocupación de espacio público y la posibilidad de interrupción de diversas prestaciones de servicios por rotura o remoción de ductos subterráneos. El Contratista deberá informar oportuna y convenientemente, con un lenguaje accesible y claro, a la población afectada por la ejecución de las obras, acerca de los alcances, duración y objetivos de las obras a emprender. A tal efecto y antes de iniciar las obras deberá presentar al Ingeniero un Programa de Comunicación a la Población contemplando todos los aspectos relativos a las interacciones de la obra con la población. Para ello deberá contemplar los Lineamientos básicos del Programa de Comunicación contenidos en el EIA Básico.

xiv. Aspectos relativos a la maquinaria y equipos Deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley 2214 y su Decreto reglamentario 2020/07, respecto de la gestión de Residuos Peligrosos que se generen por la utilización de tales maquinarias incluyendo el mantenimiento de la misma. La gestión de estos residuos podrá estar a cargo de El Contratista o quienes esta designe, cumpliendo en todos los casos con los requisitos de inscripción en los registros que correspondan. El equipo móvil incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo necesario de combustible reduciendo así las emisiones atmosféricas. Asimismo, el estado de los silenciadores de los motores debe ser

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bueno, para evitar los excesos de ruidos. Igualmente deberán tomarse medidas para evitar derrames de combustible o lubricantes que puedan afectar los suelos y/o al escurrimiento de aguas de lluvia. En el aprovisionamiento de combustible y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambios de aceite, se deberá evitar que estas actividades contaminen los suelos.

xv. Contaminación El Contratista deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley 2214 y su Decreto reglamentario 2020/07, para la correcta gestión de los Residuos Peligrosos. Los contaminantes tales como productos químicos, combustibles, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas, pinturas y otros desechos nocivos, no serán descargados en zonas donde si se producen precipitaciones puedan ser arrastrados al sistema de desagües pluviales, siendo El Contratista la responsable de su eliminación final en condiciones ambientalmente adecuadas. El Contratista deberá contemplar dentro de sus procedimientos e implementar un sistema de contención y respuesta rápida para el caso de derrames. En el caso de que El Contratista en forma accidental vierta, descargue o derrame cualquier combustible o productos químicos, notificará inmediatamente al Ingeniero y a todos los organismos jurisdiccionales correspondientes, y tomará las medidas para contener y eliminar el combustible o los productos químicos. El Contratista tomará las medidas necesarias para garantizar que el cemento o concreto fresco no tengan como receptor el sistema pluvial del área. El Contratista evitará el vertido de aguas de lavado o de enjuague de hormigones al sistema de desagües pluviales, como también de cualquier otro residuo proveniente de las operaciones de la obra. Dado que los suelos provenientes de las excavaciones para los conductos pluviales, cámaras y área de retención podrían presentar contaminación, tanto por pérdidas eventuales de establecimientos (desactivados o no) y/o depósitos localizados en el área, o por el contacto con napas contaminadas o por las filtraciones de los conductos de desagüe, el Contratista deberá implementar un control de material excavado. De este modo, ante indicios de contaminación, El Contratista deberá poner en práctica el procedimiento específico destinado a confirmar la existencia y en su caso las características y niveles que podría revestir dicha contaminación. Esto resulta especialmente aplicable para los suelos resultantes de la excavación del área de retención (ARTEH) habida cuenta de los antecedentes de contaminación mencionados en el EIA Básico elaborado para la etapa de Proyecto Ejecutivo. Para mitigar la contaminación con dichos suelos, El Contratista deberá tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por un lado todo lo referente a la prevención del contacto humano con esos lodos contaminantes y por el otro, todas aquéllas acciones vinculadas a su tratamiento y su disposición final.

xvi. Control de derrames

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Página 228 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Contratista deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley 2214 y su Decreto reglamentario 2020/07, para Residuos Peligrosos, encuadrándose donde corresponda como generador eventual.

Se determinará el origen del derrame y se impedirá que se continúe derramando el contaminante.

Se informará inmediatamente al Responsable de Seguridad e Higiene y al Coordinador de la Gestión Ambiental.

Se interrumpirán otras actividades. Se obtendrá toda la información necesaria sobre el tamaño, extensión y los

contaminantes derramados. El Responsable de Seguridad e Higiene y el Coordinador de la Gestión Ambiental determinarán si es necesaria la contratación de una empresa especializada en control y remediación de derrames. Se asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en todo momento, sea que la gestión se efectúe por el contratista, sea que se ejecute a través de empresas contratistas. En cualquiera de los casos, se deberá dar cumplimiento con las exigencias administrativas establecidas en la Ley 2214 y su reglamentación, respecto de la gestión de residuos peligrosos.

xvii. Remoción del pavimento existente El Contratista al ejecutar la remoción del pavimento existente deberá extraer de la zona el material removido y deberá trasladarlo al obrador u otro destino final a los efectos de no afectar el área de trabajo. En ningún caso este podrá ser depositado sobre las veredas. El Contratista utilizará solamente los lugares de depósitos aprobados por el Ingeniero. El Contratista no depositará ningún material en terrenos de propiedad privada sin la previa autorización del dueño, debidamente ejecutada, protocolizada y con el visto bueno del Ingeniero. Los adoquines extraídos en la remoción del pavimento existente son de propiedad exclusiva del GCBA y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o cedidos a terceros. El Contratista informará al Ingeniero el lugar en que se depositarán para que esta informe al organismo competente del GCBA para que estos sean retirados para su reposición o uso posterior en otras obras que requieran este tipo de material.

xviii. Reconstrucción de veredas En el caso de la afectación de veredas deberá implementar un sistema adecuado para que los peatones puedan desplazarse con absoluta seguridad y garantizará a los vecinos frentistas a la obra, el acceso seguro a sus viviendas. En ningún caso un vecino frentista deberá ser impedido del ingreso a su propiedad.

xix. Protección de la vegetación existente Se deberá conservar y proteger toda la vegetación existente (árboles, arbustos, plantas) contra el corte y/o la destrucción que pueda causar el personal del Contratista y contra los daños que se pudiesen producir por los descuidos en las operaciones de los equipos o por la acumulación de materiales, desechos y escombros. El Contratista deberá restaurar y reponer a

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Página 229 Sección VI. Requisitos Técnicos

su cargo la vegetación que se halla destruido o dañado por los trabajadores en las etapas de excavación, construcción de los conductos, pavimentos, etc. El Contratista deberá evitar daños al arbolado existente tanto en la zona operativa como en las calles laterales, salvo en el caso que las obras o las especificaciones técnicas requieran la extracción de algún ejemplar arbóreo, en cuyo caso se requerirá la autorización de la Dirección General de Espacios Verdes y/o la Dirección de Arbolado Urbano. El Contratista tomará todas las precauciones razonables para impedir y eliminar los incendios, evitando que los trabajadores enciendan fuegos no imprescindibles a las tareas propias de la obra. Identificará un responsable del manejo de equipos e instalaciones de extinción de fuego y en caso de ser necesario avisará con celeridad a la autoridad local competente colaborando con la misma en el informe, prevención y eliminación de los incendios. Queda expresamente prohibido que los trabajadores efectúen actividades predatorias sobre el arbolado existente no pudiendo colocar clavos en los árboles, cuerdas, cables o cadenas; manipular combustibles, lubricantes o productos químicos en las zonas de raíces; apilar material contra los troncos, cortar ramas, seccionar raíces importantes y dejar raíces sin cubrir.

xx. Dependencias sanitarias en la zona de obra En todos los sitios donde se desarrollen obras se instalarán baños químicos portátiles, contenedores para residuos sólidos domiciliarios y habrá agua potable disponible. Los baños portátiles funcionarán a base de un compuesto químico líquido que degradarán las materias que se depositen, formando un residuo no contaminante biodegradable y libre de olores. El producto químico se cargará en los baños mediante camiones cisterna con equipo especial de bombeo. Los residuos generados en los baños químicos serán evacuados mediante transportes especiales cuando su capacidad fuera colmada. Cuando se efectúe el traslado de los baños químicos desde una ubicación a otra, se comprobará que los recipientes contenedores estén perfectamente cerrados, a fin de no provocar ningún derrame accidental durante el transporte. Todas las dependencias sanitarias, cualquiera sea su tipo, serán higienizadas diariamente, a fin de evitar la generación de probables focos de enfermedades infecciosas.

xxi. Hallazgos arqueológicos y paleontológicos Durante la ejecución de tareas de movimiento de suelos y excavaciones puede darse la posibilidad de encontrar elementos de valor arqueológico y/o paleontológico cuya afección no hubiese sido contemplada en el Estudio de Impacto Ambiental elaborado para la Etapa de Proyecto Ejecutivo. El personal de obra afectado a las tareas mencionadas deberá estar capacitado para identificar objetos que tienen la potencialidad de contener valor arqueológico, paleontológico, histórico y/o cultural. En caso de hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos, El Contratista deberá interrumpir inmediatamente las tareas y dar aviso al organismo competente (Dirección General de

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Página 230 Sección VI. Requisitos Técnicos

Patrimonio e Instituto Histórico – DGPeIH - dependiente de la Subsecretaria de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura) el cual tiene la responsabilidad de intervenir para lograr la correcta preservación del yacimiento identificado conforme lo establece la Ley Nacional 25.743. Se deberá resguardar el sitio de los hallazgos hasta que el organismo tome intervención y se haga cargo de los hallazgos.

xxii. Patrimonio Histórico El Contratista deberá comunicar fehacientemente y con adecuada anticipación a los responsables directos de aquellos sitios donde se hallen elementos ornamentales y de patrimonio a fin que estos adopten en tiempo y forma los recaudos necesarios para asegurar la apropiada preservación durante la etapa de construcción, particularmente durante las excavaciones, movimiento de maquinaria pesada, rotura de pavimentos y todas aquellas actividades que generen polvos. Serán autoridades a nivel nacional la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos y en el ámbito de la CABA, Ley 1.227 reglamentada por el Decreto 312/06

xxiii. Seguimiento y monitoreo ambiental Con el objeto de detectar y corregir oportunamente posibles fallas en la implementación del Plan de Medidas de Mitigación, El Contratista debe establecer los mecanismos y acciones que permitan un adecuado seguimiento del mismo. Para ello, El Contratista especificará un Programa de Seguimiento que deberá acoplarse al Plan de Obra. El programa de seguimiento planteado deberá velar principalmente por la implementación de las medidas de prevención, correctivas y/o compensatorias y programas del PGA, destinados a minimizar los impactos significativos identificados durante la evaluación ambiental del Proyecto. El monitoreo es el conjunto de actividades que permiten calificar las modificaciones de los parámetros ambientales. El Contratista debe programar muestreos garantizando la buena operación de sus tecnologías de construcción y el control de los impactos producidos en sus operaciones. El Ingeniero podrá, eventualmente, solicitar determinados monitoreos, en el caso de que lo considere necesario. En ninguno de estos casos, las medidas de monitoreo requeridas implicarán un adicional de obra.

xxiv. Abandono y Cierre de Obra En la medida del avance de los trabajos y que los servicios de las instalaciones auxiliares de obra, obradores y frentes de obra dejen de ser demandados por las tareas constructivas, el Contratista deberá retirar de los espacios que ocupen, todas las instalaciones fijas o desmontables que se hubieran emplazado; como así también eliminar las chatarras, escombros, residuos, cercos, divisiones, rellenar pozos, nivelar el terreno, etc. El Contratista deberá evaluar la posibilidad de maximizar el re-uso de los productos y materiales a descartar de determinarse que están en condiciones apropiadas. Se pondrá especial atención sobre aquellas instalaciones que durante su funcionamiento estuviesen asociadas a sustancias peligrosas (tanques de almacenamiento de combustible, contenedores

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Página 231 Sección VI. Requisitos Técnicos

de productos químicos, etc.) cuyos residuos de limpieza serán gestionados como residuos peligrosos de acuerdo a la legislación vigente Una vez retiradas las instalaciones y desocupado el terreno, los espacios sin utilizar, deberán ser reconstituidos a sus condiciones originales o estado superior aceptable. En los casos de ocupación de la vía pública, tan pronto deje de ser necesaria su afectación, se retirará la valla provisoria al frente de las obras procurando que las condiciones del lugar sean las suficientes para garantizar la seguridad de los transeúntes y vecinos. Concluidas las tareas se deberá recomponer toda la infraestructura modificada o bien dañada durante la fase de construcción, tales como veredas, calzadas, elementos de equipamiento urbano u obras de cualquier tipo que hayan sido afectadas, procurando su recomposición con similares características, calidad y funcionalidad que las originales. Particularmente cuando se afecten tramos de superficies adoquinadas, se deberá definir en cada caso con las Autoridades Comunales y Patrimoniales su condición patrimonial, adoptando en cada ocasión las medidas para la recomposición y reposición de los adoquines a su estado anterior a la obra.

b. Profundización del Estudio de Impacto Ambiental El Contratista tendrá la obligación contractual de profundizar el Estudio de Impacto Ambiental Básico, en función de los ajustes del Proyecto de Ingeniería a desarrollar según tecnología constructiva, debiendo elaborar un Informe de Ampliación del Estudio de Impacto Ambiental Básico, a ser presentado por el Contratista al Ingeniero, dentro de los quince (15) días corridos posteriores a la firma del Contrato. Deberá incluir toda la información ambiental y de ingeniería considerada relevante, que surja del diseño de la ingeniería de detalle y complemente el EIA Básico para la totalidad del emprendimiento, evitando que el documento sea meramente descriptivo. En el análisis de los posibles impactos ambientales y medidas de mitigación debe darse especial énfasis a:

i) En la etapa constructiva: interferencias a la circulación vial y peatonal; afectación a la población por generación de ruidos o emisiones de polvo, en particular con respecto a la población y equipamientos sensibles (hospitales, escuelas, etc.) y población en situación de vulnerabilidad social; aspectos derivados de la construcción de túneles de acuerdo a la metodología constructiva seleccionada, eventuales accidentes con vehículos o personas.

ii) En la etapa de operación: cambios en el uso y ocupación del espacio asociado al

emplazamiento del ARTEH a y las reglas de operación de las obras de control, las que deben funcionar sin generar efectos negativos.

Como instancia de participación pública este Estudio deberá estar a disposición de la comunidad para consulta.

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Página 232 Sección VI. Requisitos Técnicos

Al finalizar la obra y en función de los avances registrados sistemáticamente durante la etapa constructiva, puesta en marcha y pruebas de recepción, completará y ajustará las conclusiones en un Informe Final, que comprenderá información sobre la fase de operación para lo cual se recomienda articular con el Organismo respectivo a fin de que los temas de esta fase queden correctamente abordados y mitigados. Este Informe Final del Estudio de Impacto Ambiental formará parte de la documentación a entregar con la Recepción de la Obra.

c. Lineamientos Generales del PGA

i. Objetivo Incorporar Especificaciones (o condiciones) particulares de carácter ambiental al pliego de licitación de las obras. Las presentes especificaciones son normas generales y particulares para las obras a licitar, tendientes a contemplar y atender aspectos ambientales. Estas especificaciones se refieren a la implementación de los procedimientos necesarios para asegurar la protección del ambiente, observando el cumplimiento de todas las regulaciones y requerimientos vigentes.

ii. Diseño del Plan de Gestión Con los lineamientos establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental Básico y de conformidad a las presentes Especificaciones, el Contratista formulará el PGA Específico de su accionar en la Etapa de Construcción, de forma tal de permitir el monitoreo y control de aquellas variables ambientales que puedan superar los límites tolerables, identificando los recursos humanos, técnicos, económicos y administrativos para su implementación. Para lo cual deberá tener en consideración la metodología constructiva y cronograma presentados en la Memoria Técnica del Proyecto. El PGA debe contener las medidas de manejo ambiental específicas para las actividades relacionadas directa e indirectamente con la Obra. El PGA describirá la modalidad de implementación de las medidas de mitigación para los impactos ambientales que el Proyecto pudiera ocasionar, incluyendo aquellos impactos identificados y evaluados por el Contratista (ver punto a. Profundización del Estudio de Impacto Ambiental), en los componentes del ambiente así como para los que podrían ser ocasionados por el ambiente sobre la obra. Del mismo modo comprenderá las medidas y acciones de optimización de impactos positivos. Se desagregará el proyecto en sus actividades y se detallarán los procedimientos y metodologías constructivas para eliminar o compensar los impactos ambientales negativos, reducirlos a niveles aceptables y minimizar todos los aspectos que resulten focos de conflictos socio-ambientales, tales como (lista no taxativa): selección del sitio para obrador, préstamo de material, plantas de hormigón, de la maquinaria, capacitación del personal, insumos requeridos para efectuar la obra propuesta, movimiento de suelos, obra civil en general, almacenamiento de combustibles, pinturas y desengrasantes, manejo y disposición de residuos sólidos y líquidos, fase de abandono.

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Página 233 Sección VI. Requisitos Técnicos

El PGA detallará los procedimientos y metodologías constructivas para eliminar o compensar los impactos ambientales negativos, reducirlos a niveles aceptables y minimizar todos los aspectos que resulten focos de conflictos socio-ambientales. El conjunto de medidas a adoptar por el Contratista en el PGA, comprenderá los aspectos estructurales de las obras e incorporará las medidas no estructurales preventivas de acciones accidentales no deseadas, correctivas de situaciones de degradación del medio natural, o generadas por la obra y de mejoramiento integral de los sistemas. Las medidas y acciones previstas y las actividades resultantes de su desarrollo deberán fundamentarse en aspectos preventivos, adoptados en el marco de la Evaluación del Impacto Ambiental y del análisis de los riesgos propios de las condiciones del medio ambiente en el que se desarrollará la Obra, métodos constructivos, recursos humanos y materiales utilizados para la construcción y operación. En particular se deberá dar énfasis a las acciones de capacitación para el trabajo, la higiene y seguridad, la salud y la protección ambiental. Se definirán formas efectivas de comunicación sistemática que acompañe el proceso constructivo, para mantener, en forma permanente, en la medida de sus competencias, correctamente informada a la comunidad involucrada con la obra a fin de despejar temores ante el emprendimiento, relevar inquietudes, presentar quejas y evitar divergencias. En función de las medidas adoptadas se especificará el esquema de monitoreo y seguimiento con las pautas, criterios y actividades que permitan verificar el cumplimiento del PGA, para garantizar que los objetivos propuestos en cuanto al mantenimiento de la calidad ambiental se cumplen de acuerdo a la normativa vigente.

iii. Aprobación PGA El PGA contemplando las conclusiones del Estudio de Impacto Ambiental detallado (ver punto a. Profundización del Estudio de Impacto Ambiental) debe ser presentado por el Contratista para aprobación del Ingeniero, dentro de los 15 (quince) días corridos posteriores a la firma del Contrato.

iv. Mecanismos de Fiscalización y Control del PGA La Autoridad de Aplicación de los Estudios de Impacto Ambiental es la Agencia de Protección Ambiental (APRA), dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del GCBA. El contralor de la aplicación de las Medidas de Mitigación comprometidas en el EsIA lo realiza la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental, dependiente de la Agencia de Protección Ambiental del GCBA. Asimismo, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires es la dependencia responsable del análisis de las condiciones de vuelcos industriales o comerciales así como de los propios vuelcos pluviales de establecimientos a habilitarse en el marco de la aplicación de Ley 123, modificada por Ley 452 y su Decreto Reglamentario 222/2012, así como del otorgamiento de los permisos correspondientes y el cumplimiento de la normativa vigente.

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Página 234 Sección VI. Requisitos Técnicos

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires la Autoridad de Aplicación de normas sobre control de vertidos a conductos pluviales es desde febrero del año 2001, la Dirección de Prevención y Recomposición Ambiental, Control de la Contaminación Hídrica Industrial de la actual Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. La Ley Nacional 24.051/91 sobre régimen de desechos peligrosos establecía que el Poder Ejecutivo determinaría la autoridad de aplicación. En el decreto nacional reglamentario 831/93 se designa como Autoridad de Aplicación de dicha ley y del reglamento a la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano dependiente de la Presidencia de la Nación, hoy Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. La Ley 2214/06 de Residuos Peligrosos, regula la generación, manipulación y almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos de la CABA.

v. Responsabilidad Ambiental del Contratista El Contratista será el responsable único e integral por la calidad ambiental de las actividades que desarrolle en relación a las obras, excepto en el caso de los residuos peligrosos, donde la normativa establece que el Comitente es solidariamente responsable por la generación de los mismos. El Contratista deberá producir el menor impacto ambiental perjudicial sobre la población humana, flora, fauna, aire, suelo agua, paisaje, patrimonio histórico y/o cultural, relacionas sociales y el ambiente en general. Los daños a terceros causados por el incumplimiento de estas normas, serán de entera responsabilidad del Contratista, quien deberá resarcir los costos que resulten de dicho incumplimiento.

vi. Contenido mínimo de Programas del PGA El PGA presentado por el Contratista deberá contener, al menos, los siguientes componentes:

1. Programa de Coordinación Institucional Es el programa necesario para la coordinación con autoridades y organismos competentes en materia de interferencias, cruces, uso de infraestructura y redes de servicio para la construcción, así como para la coordinación con autoridades competentes en materia de cumplimiento de las normas ambientales vigentes. Como mínimo deberá establecer procedimientos documentados que describan los flujogramas que conectan los distintos organismos intervinientes con el Contratista y su gestión interna.

2. Programa de Capacitación Ambiental del Personal Las tareas que deberán ser llevadas a cabo durante el desarrollo del proyecto requieren ineludiblemente contar con personal capacitado técnicamente a fin de implementar el Plan de Gestión Ambiental con la necesaria y adecuada responsabilidad para con el ambiente. En tal

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Página 235 Sección VI. Requisitos Técnicos

sentido resulta imprescindible contar con un programa de capacitación del personal que contemple los siguientes objetivos:

Planificar una adecuada capacitación del personal sobre los problemas ambientales esperados, la implementación y control de medidas de mitigación, preservación, protección y control ambiental, y las normativas y reglamentaciones ambientales aplicables a las actividades desarrolladas.

Roles a cumplir de acuerdo a los diferentes niveles de responsabilidad específica asignados al personal en relación a la implementación, operación, monitoreo y control de las medidas de mitigación, preservación, protección y control.

Roles a cumplir ante las diversas situaciones de emergencia que pudieran presentarse, con la generación de consecuencias ambientales significativas.

El Programa de Capacitación Ambiental será de aplicación a todo el personal afectado a la etapa de construcción del proyecto. El mismo deberá estar formado por acciones de capacitación directa con el fin de dar a conocer los impactos ambientales que las tareas a desarrollar provocarán y las acciones a implementar para prevenir y/o minimizar los mencionados efectos. El Contratista debe presentar el Programa de Inducción y Capacitación en protección ambiental para todo su personal y el de sus Subcontratistas, indicando el número de horas/hombre de capacitación ofrecido, un cronograma con las fechas de ejecución, el temario, y las herramientas a emplear. El programa debe respetar los lineamientos establecidos en el PGA preparado para la Etapa de Proyecto Ejecutivo. Durante la ejecución del contrato, debe mantener registros actualizados de las inducciones y capacitaciones realizadas. Ninguna persona del Contratista o Subcontratista debe ingresar al sitio de trabajo sin haber recibido previamente la inducción y capacitación requerida en protección ambiental.

3. Programa de Seguimiento del Plan de Medidas de Mitigación y Control de Gestión del PGA

La materialización de las Medidas de Mitigación y de las previsiones del estudio ambiental, dependen por un lado, de una adecuada planificación y programación de las actividades, de la asignación de recursos humanos y materiales, del monitoreo, del control de gestión y del control de calidad; y por el otro, aunque no menos importante, de un adecuado gerenciamiento y oportuna toma de decisiones que sólo puede surgir de una organización eficiente y de un verdadero compromiso con el tema. El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Seguimiento del Plan de Medidas de Mitigación y Control de Gestión del PGA que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad. El contenido de dicho Programa deberá velar principalmente por la implementación de las medidas de prevención, correctivas y/o compensatorias y programas del PGA, destinados a minimizar los impactos significativos identificados durante la evaluación ambiental del Proyecto, durante todo el periodo de obras incluyendo la etapa previa y el abandono de la misma. Deberá incluir acciones de control e inspección periódica de las actividades susceptibles de ocasionar impactos negativos significativos.

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Las actividades a desarrollar son:

Monitoreo. Inspecciones. Informes.

El monitoreo es el conjunto de actividades que permiten calificar las modificaciones de los parámetros ambientales. El Contratista debe programar muestreos garantizando la buena operación de sus tecnologías de construcción y el control de los impactos producidos en sus operaciones. Se confeccionarán a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas incluidas en el Plan de Medidas de Mitigación elaborado por el Contratista. El Contratista deberá presentar el plan documentado de monitoreo para la aprobación del Ingeniero, antes del inicio de ellas. Las Inspecciones serán realizadas por el responsable ambiental del Comitente y tendrán por objetivo verificar el grado de cumplimiento de las medidas de mitigación y del PGA. Asimismo, el Contratista deberá presentar al Ingeniero, informes acerca del cumplimiento de las Medidas de Mitigación y el PGA, considerando:

Informes de avance (periodicidad mensual) que den cuenta de las acciones implementadas y posibles actuaciones con repercusión ambiental, en base a las observaciones y mediciones realizadas. En el informe se señalarán las medidas correctivas aplicadas y el grado de eficacia de las mismas.

Informes parciales (cumplimiento de etapas del Plan de Trabajos o fechas acordadas con el Ingeniero), de síntesis y evaluación de la efectividad de la aplicación de las Medidas de Mitigación y el Plan de Gestión.

Informe Final, al término de la etapa de construcción se documentará la eficacia de las acciones ejecutadas mediante la elaboración de un informe que resumirá el desempeño ambiental del Contratista en el marco del desarrollo de las obras.

El Coordinador de la Gestión Ambiental inspeccionará la obra regularmente para verificar el cumplimiento de las medidas de mitigación. Deberá evaluar la eficacia de las medidas propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Ingeniero para su aprobación los cambios necesarios cuando lo considere oportuno.

4. Programa de Gestión de Obras en Espacio Público

El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Gestión de Obras en Espacio Público, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El objetivo del Programa será el de establecer los elementos fundamentales que deben considerarse para la adecuada ejecución de aquellas obras que impliquen la intervención del

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Página 237 Sección VI. Requisitos Técnicos

espacio público, en función de minimizar el impacto que su afectación significa para los usuarios. Comprenderá aquellos trabajos que en el marco de las obras signifiquen la afectación de calzadas, veredas, cordones, calles, plazas y/o paseos. El mismo se deberá implementar en forma previa a la ejecución de las obras dado que define el conjunto de los requerimientos administrativos establecidos por la autoridad de aplicación y las medidas a implementar durante la realización de las obras. El programa debe respetar los lineamientos establecidos en el PGA preparado para la Etapa de Proyecto Ejecutivo. Cuando el desarrollo de la etapa constructiva implique la intervención de calzadas, veredas u otros elementos constitutivos de la vía pública, se procurará minimizar al máximo su afectación limitando estas áreas al mínimo indispensable. En forma previa a la ejecución de las obras, se deberá disponer de los elementos y medidas necesarias para la prevención de accidentes, daños o perjuicios a peatones, frentistas, personal de la empresa, mobiliario urbano, vehículos y propiedades vecinas a la zona de obra. Estas acciones comprenderán la delimitación de obradores, áreas y frentes de obra (sectores de carga y descarga, acopio de materiales, etc.). En lo que compete a obras en espacio público corresponde observar la Ley N° 2.634, aprobada por Decreto Nº 238/GCBA/08 y modificatorias, la que establece el régimen de permisos de apertura y/o roturas en la vía pública.

5. Programa de Gestión de Residuos, y Efluentes Líquidos El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Gestión de Residuos, y Efluentes Líquidos que establezca los criterios para el manejo y disposición de los residuos generados en las distintas tareas involucradas por las obras, a fin de minimizar los impactos ambientales que pudieran ocasionar, tendiendo a la mayor sustentabilidad de las operaciones y adecuando su gestión a los requerimientos de la normativa local vigente. Quedarán alcanzados por dicho Programa todos los residuos, materiales en desuso y efluentes líquidos que se originen por las actividades a desarrollar por la Contratista y sus empresas subcontratistas, en todas las áreas operativas de obra. El Contratista deberá planificar los servicios y prestaciones de acuerdo al tipo de residuos que se generen en el proceso de ejecución de las tareas principales y complementarias. En este sentido deberá prever la disponibilidad del equipamiento necesario para el correcto y seguro almacenamiento transitorio en obra, recolección y disposición final de los residuos asimilables a domiciliarios (restos de comidas, envases y papeles sucios generados en los comedores de planta y en las oficinas, cortes de césped y restos de podas, papel, cartón, vidrio, plásticos, metales, elementos de goma, etc.), residuos inertes de obra (escombros, maderas, chatarra de hierro, restos de chapa, restos de lana mineral y fibra cerámica, etc. excepto el suelo extraído de desmonte y nivelación de terreno y el suelo extraído de excavaciones y zanjas) residuos patogénicos (residuos podrá ser generado por el servicio de enfermería: algodones, gasas, vendas usadas, jeringas, agujas y objetos cortantes o punzantes, materiales descartables y otros elementos que hayan estado en contacto con agentes

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patogénicos) y residuos peligrosos (lubricantes usados, líquidos con restos de hidrocarburos, materiales absorbentes usados para eliminar derrames de hidrocarburos, barros con hidrocarburos (de limpieza de desagües o cámaras), filtros de aceite y combustible, envases con pintura, combustible, solventes, aceites y/o grasas, o los envases vacíos que los hayan contenido, trapos, guantes, mamelucos descartables con hidrocarburos, etc.). Para el almacenamiento transitorio de residuos inertes (chatarra) deberá disponerse de un recinto para clasificar los elementos de acuerdo a sus características de manera tal de facilitar su reutilización posterior, venta o disposición final. Para los Residuos Peligrosos incluidos en la Ley 2214 rigen las normas sobre manipulación, transporte y disposición final especificadas en dicha ley y en su decreto reglamentario 2020/07. El Contratista tiene la obligación de presentar los manifiestos de transportes y los certificados de disposición de los Residuos, ya que mencionados documentos garantizan la adecuada gestión de acuerdo a lo estipulado en la Normativa Legal. Toda empresa que brinde servicios médicos a obra deberá presentar, al momento de su calificación, su procedimiento de eliminación de residuos patogénicos de acuerdo con la legislación vigente. El Contratista deberá realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos habilitados según la naturaleza de los mismos, en el marco de la legislación aplicable a esas tareas y de los requerimientos específicos de la autoridad de aplicación. La disposición final de los distintos residuos deberá efectuarse en rellenos sanitarios o plantas de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicación. El Contratista deberá incorporar y contemplar el manejo, tratamiento y disposición final de los efluentes líquidos generados durante la etapa constructiva del proyecto. El Programa deberá cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislación vigente. Se considera que el origen de los efluentes líquidos generados durante la obra podrá ser pluvial, domiciliario (cloacal) o industrial y su generación estará concentrada en el Obrador Principal. Independientemente del origen o tipo de efluente, los mismos deberán ser recolectados y controlados, previamente a su descarga en el cuerpo receptor. Para ello se recomienda, por un lado, diseñar un sistema de drenaje en el sitio de obra que permita una evacuación controlada de las aguas de lluvia, minimizando de esta forma el arrastre de materiales y/o pérdidas que lleguen hacia los colectores pluviales. En el interior de los obradores, las aguas pluviales limpias deberán ser canalizadas mediante sistemas de evacuación que eviten su contaminación. Su descarga será conducida a través de conductos independientes hacia la zona de escurrimiento. En este sentido, los sectores donde exista riesgo de derrames, fugas o escapes de sustancias contaminantes deberán dotarse de piso impermeable y un canal perimetral conectado a un sistema de canalización independiente, el cual conducirá las aguas de lluvia que por ellos discurran a dispositivos de tratamiento. Los efluentes líquidos generados en la operación de los patios de máquinas, sitios de elaboración de materiales y talleres, y del lavado de equipos y maquinarias deberán ser tratados para remover los sólidos en suspensión y los residuos de grasas y/o aceites que

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puedan contener, en forma previa a su descarga en el sistema cloacal o pluvial según corresponda o se autorice. Cualquiera sea el destino de los líquidos residuales, previo a su vertido deberá obtenerse del organismo o empresa concesionaria, el correspondiente permiso de volcamiento desde el punto de vista hidráulico, para su convalidación por parte del GCBA. Los dispositivos depuradores de líquidos residuales garantizarán una remoción y vertimiento final que cumpla con las condiciones físicas, químicas y biológicas fijadas por el organismo o empresa a cargo del cuerpo receptor, o los que el propio Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires fije para permitir esas descargas. La disposición final de los residuos retenidos por los sistemas de tratamiento durante el proceso de depuración, deberá adecuarse a la normativa vigente en materia de residuos, con el fin de impedir la contaminación del ambiente. No se permitirá el vertimiento a cursos de agua de líquidos industriales, ni de construcción que resulten sobrantes tales como pinturas, solventes, aditivos, etc. y que por sus características resulten nocivos para el ambiente. Estos residuos deberán almacenarse en contenedores aptos de acuerdo a la sustancia y gestionarse como residuos peligrosos. Los aguas residuales domésticas producidas en las instalaciones auxiliares de obra (sanitarios, vestuarios y comedores) serán conducidas al sistema cloacal previo tratamiento que garantice las condiciones de vuelco exigidas por la normativa. Para el manejo de los efluentes sanitarios se recomienda la utilización de instalaciones temporarias como módulos sanitarios portátiles. En este último caso los líquidos residuales serán gestionados por el proveedor de las instalaciones, quien se hará cargo del retiro y disposición final de los mismos. Los líquidos residuales obtenidos como resultado de la eliminación del agua de las zanjas de excavaciones o en caso de eventual abatimiento de la napa freática, serán descargados al sistema hidráulico de la Ciudad de Buenos Aires. De igual manera se procederá cuando se produzca acumulación de aguas de lluvia que requieran su extracción en los sitios excavados. En ambos casos se tomarán los recaudos necesarios para evitar que ingresen al sistema drenajes que pudieran afectar la calidad de los cuerpos receptores. A tales fines se dispondrán sistemas de tratamiento temporarios capaces de acondicionar el vertido a las condiciones exigidas por la normativa. Asimismo, el Contratista deberá velar por el control de las emisiones gaseosas y material particulado asociados a la ejecución de las obras. Las tareas que involucren el movimiento de tierra, generarán la dispersión de material particulado, situación que será más o menos importante dependiendo de las condiciones climáticas. Al respecto, durante las tareas de excavación, será necesario humedecer las zonas afectadas por las obras, para disminuir de esta manera la cantidad de material incorporado a la atmósfera. Esta operación se llevará a cabo fundamentalmente en los sectores de obra en donde existan residentes cercanos que puedan verse afectados por las voladuras de material. Resulta importante mencionar que el agua es un recurso que debe ser también cuidado, por lo que el regado deberá ser realizado cuando se evidencie la generación de material particulado.

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Periódicamente se tendrán que llevar a cabo acciones de limpieza en obradores y sitios de obra (barrido, lavado, aspiración de superficie) para limitar la presencia de polvos. En los frentes de obra apostados sobre la vía o espacio público se delimitará su contorno con vallas metálicas con un entramado tal que permita la captura del material dispersable. De realizarse procesos de corte de material, pulido y otras tareas generadoras de polvo se deberá utilizar agua para prevenir la emisión de material particulado. Por otra parte, se deberán cubrir los materiales sueltos que no se encuentren dispuestos en recintos cerrados como depósitos o almacenes para materiales, con lonas o plásticos para evitar su dispersión por la acción del viento. Igualmente, deberá minimizarse el almacenamiento de estos materiales en las zonas públicas procurando el abastecimiento de los mismos en la medida de su utilización o traslado a destino inmediato en el caso de tratarse de suelo extraído o escombros. Se consideran efluentes gaseosos aquellos que puedan provenir de los vehículos a utilizarse, principalmente producidos por los camiones durante el traslado de materiales y la maquinaria que interviene en el proceso constructivo. Para ello se recomienda mantener los motores en buen estado de funcionamiento. Todos los vehículos utilizados en esta fase del proyecto deberán ser mantenidos en forma periódica. Se deberán efectuar inspecciones del estado de los vehículos camiones de transporte de carga, se notificará el caso que alguna de las unidades cuyas emisiones desde conductos de escape se consideren atípicas y se planificará la entrada en mantenimiento de aquellos vehículos no aptos. Los vehículos destinados al transporte de materiales sueltos deberán circular cubiertos con su lona respectiva, en particular durante días de viento, para evitar la emisión de polvo y los derrames de sobrantes durante el transporte de los materiales cargados. Asimismo, se fijará una velocidad máxima de circulación dentro de las áreas operativas de obra y se procurará conducir sin provocar aceleraciones y frenadas innecesarias, teniendo en cuenta además el gran flujo de vehículos que generará la etapa de construcción de la obra. Un aspecto que cabe considerar en relación a las emisiones a la atmósfera derivadas de las obras, es aquel que respecta a los procesos que podrán ser realizados en el Obrador Principal en el caso de la eventual elaboración de mezclas de hormigón. De instalarse en el Obrador Principal una planta de elaboración de mezcla (hormigón), se debe considerar que su producción implica la combinación de agregados secos con la potencialidad de afectar la calidad del aire por dispersión de polvos. De igual modo que con el resto de los efluentes originados en las obras, estas emisiones deberán ser contempladas desde la fase inicial del proyecto por lo que el diseño de la planta deberá prever un sistema de filtro de mangas capaz de controlar las mismas. En este caso la eficacia del dispositivo adoptado dependerá del adecuado y continuo mantenimiento del sistema de retención, en particular de la limpieza y renovación de los filtros. El Código de Planeamiento Urbano en el capítulo 5.2.1 referente a usos del suelo urbano y clasificación (cuadro 5.2.1b) establece que la "fabricación de productos de la refinación del petróleo" es una actividad no permitida en la ciudad de Buenos Aires. Por lo tanto el material asfáltico para la repavimentación de las calles cuyo pavimento se destruya para la

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construcción de las obras, deberá ser transportado desde plantas situadas en el conurbano. Dicho transporte debe respetar las normas ambientales vigentes.

6. Programa de Gestión del Material Extraído El Contratista deberá incluir en el PGA a elaborar, un Programa de Gestión del Material Extraído que establezca las pautas para el correcto manejo del material obtenido durante las tareas de excavación y actividades de la etapa constructiva que requieran de la extracción de suelos, así como también definir las acciones a realizar ante la extracción de material contaminado. Dicho programa comprenderá la gestión del suelo extraído durante las tareas de movimiento de excavación que demanden las obras. Los mismos corresponderán a la categoría de residuos siempre que no se encuentren contaminados. Para ello, todo el material excavado se retirará a medida que se produce sin que se generen acumulaciones excesivas en los sitios de acopio transitorio. Siempre y cuando no se presuma su contaminación, el suelo extraído será almacenado en los sitios especialmente dispuestos para tales fines en los obradores o frentes de obra. Con antelación al inicio de las obras la empresa Contratista, en consulta con el GCBA, deberá identificar los sitios de disposición de los materiales, que el Ingeniero deberá aprobar. Para ello, deberá tener en cuenta su volumen, las características físicas del lugar, la distancia a la obra, la no afectación de los drenajes naturales, la vegetación, las áreas inundables, o las áreas ambientalmente sensibles. Se recomienda, de ser posible, la utilización de estos materiales para la restauración de áreas degradadas, respetando las normas legales vigentes. El suelo extraído se transportará en camiones hasta los sitios de disposición final acordados con el Ingeniero. Antes de iniciar el transporte a un sitio de disposición deberá estar debidamente registrada la autorización para la descarga en ese sitio. Se asegurará que el material de excavación no sea descargado ni siquiera transitoriamente en ningún lugar entre la zona de obra y el área de descarga autorizada. Con relación al Manejo y Transporte del Material Extraído Contaminado, se deberá llevar a cabo un monitoreo frecuente para verificar que no existan afectaciones de ningún tipo por presencia de pasivos ambientales. Previo a su almacenamiento transitorio, el material excavado será sometido a un análisis organoléptico que permita determinar de manera preliminar si se encuentra contaminado. En el caso que se sospeche su contaminación, el material deberá ser acopiado en forma aislada temporalmente y sobre superficie impermeabilizada, hasta la obtención de los resultados del análisis que defina su situación. Bajo estas circunstancias, deberá procederse a la recolección de muestras del material para la determinación en laboratorio de su peligrosidad. Cuando existan indicios, o se presuma por las actividades de los establecimientos cercanos, que los suelos pueden estar contaminados, se deberán extraer muestras de los mismos para su análisis. En caso de que se confirme esta sospecha se deberá dar el tratamiento conforme a la normativa. Lo anterior resulta especialmente aplicable a los suelos resultantes de la excavación del área de retención (ARTEH) habida cuenta de los antecedentes de

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contaminación mencionados en el Estudio de Impacto Ambiental elaborado para la etapa de Proyecto Ejecutivo. En el caso eventual que las tareas de excavación impliquen la depresión de la napa freática en proximidad de sitios con las características definidas anteriormente (sospecha de presencia de pasivos ambientales), se deberán prever sistemas adecuados para evitar la movilización de los contaminantes (barreras de contención hidráulica) y contemplar los mecanismos apropiados para el tratamiento de los efluentes resultantes. De resultar positiva su identificación por superar los límites establecidos en el Decreto N° 831/03, reglamentario de la Ley 24.051, los suelos extraídos deberán ser gestionados adecuadamente, evitando lixiviados y ser dispuestos como residuos peligrosos en conformidad con el Programa de gestión de residuos, y efluentes líquidos a implementar por El Contratista. El transporte de residuos peligrosos deberá cumplir con la normativa vigente. Ley Nacional N° 24051, Ley 2214/06 de residuos peligrosos de la CABA y todos los Decretos Reglamentarios.

7. Programa de Monitoreo Ambiental El PGA a desarrollar e implementar por El Contratista deberá incluir un Programa de Monitoreo Ambiental elaborado con el objetivo de reunir y proporcionar información que demuestre que los impactos potenciales a través de la aplicación de las medidas de manejo y programas relacionados, cumplen con los estándares y límites aceptables y por tanto no están generando efectos adversos sobre el ambiente circundante. El Programa de Monitoreo Ambiental deberá comprender el listado de parámetros que se deban analizar, los sitios en los que se efectúen los muestreos y la periodicidad de los mismos, incluyendo como mínimo el monitoreo del ruido. La empresa Contratista será la encargada de llevar adelante el Programa de Monitoreo Ambiental y estará a cargo de dirigir los esfuerzos para el cumplimiento del mismo. A tales efectos, deberá brindar todos los medios materiales y humanos requeridos, siendo el Coordinador de la Gestión Ambiental designado por la misma la persona encargada de coordinar sus acciones, someter a evaluación la información recopilada, observar los parámetros establecidos por la legislación, reportar hallazgos y recomendar medidas para corregir los desvíos en casos que los resultados no fueran satisfactorios. Si bien a los fines de hacer efectivas las acciones comprendidas en el Monitoreo Ambiental, las mismas se incluyen dentro de las obligaciones del Contratista, las actividades específicas de monitoreo podrán ser subcontratadas. Esto último siempre bajo la supervisión del Coordinador de la Gestión Ambiental. El Programa de Monitoreo Ambiental estará basado en el seguimiento de las Medidas de Mitigación propuestas, orientado a conservar las condiciones de los componentes ambientales: suelo, agua, flora, social y paisaje, como referentes esenciales para el área intervenida por las obras.

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El Contratista pondrá a disposición del Ingeniero y de la Autoridad de Aplicación (si así lo requiriesen) un reporte sobre los componentes y variables que se les realice el seguimiento, suministrando análisis con el soporte de un laboratorio habilitado, en el caso que corresponda. En todos los casos que requiera la toma de muestras, tanto las mismas como su análisis deberán ser realizados por un laboratorio externo habilitado por la Autoridad de Aplicación. La gestión deberá cumplir con los procedimientos de envasado, preservación, almacenamiento y confección de la cadena de custodia que acompañe a las muestras. A continuación se señalan los monitoreos que se recomienda ejecutar, los que se prevé estarán mayormente focalizados en el/los obradores que por su magnitud y tipo de operaciones involucradas, así los requieran. Monitoreo de suelo y aguas subterráneas

Se deberá extraer y analizar muestras de suelo en los sectores susceptibles de ser afectados por contaminación por efecto de las obras. Estos sectores corresponderán principalmente a los sitios de almacenamiento de combustibles, patios de máquinas, depósitos de sustancias tóxicas y áreas de acopio de residuos peligrosos a instalarse en el/los obrador/es o áreas que registren estos usos. Los puntos de muestreo serán definidos por el Coordinador de la Gestión Ambiental en función de la disposición definitiva de las instalaciones. Dado que estas mediciones se realizarán con la finalidad de establecer la presencia de contaminantes atribuibles al desarrollo de las operaciones en dichas instalaciones, de considerarse necesario, los mencionados muestreos deberán ser realizados en forma previa al inicio de las obras y en forma posterior durante el período de abandono de las locaciones. En casos donde los resultados sugieran la posible contaminación del suelo por el desarrollo de las actividades atribuibles al Contratista, se evaluará la necesidad de efectuar muestreos de agua subterránea. Para las determinaciones se recomienda, en principio, analizar la existencia de hidrocarburos totales y metales pesados. Esto último, sin perjuicio de los parámetros que la autoridad de aplicación (si así lo requiriese) indique analizar. Deberán considerarse como límites de referencia los niveles guías establecidos por el Decreto Nacional N° 831/93 (Reglamentario de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos).

Monitoreo de ruidos Teniendo en cuenta la legislación existente a nivel local, Ley N° 1.540, se deberá consultar a la Autoridad de Aplicación sobre la necesidad de realizar un Informe de Evaluación de Impacto Acústica (IEIA) particularmente en relación a las actividades a desarrollarse en el obrador. En este sentido, la necesidad de llevar a cabo un Monitoreo de Ruidos con el propósito de determinar los niveles de contaminación acústica durante el período de obras, quedará sujeta a los resultados de dicha evaluación y su diseño responderá a los aspectos que requiera evaluar la Agencia de Protección Ambiental (APrA).

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En relación a las componentes flora y paisaje, dada la relevancia de los factores en cuestión y la potencialidad de ser afectados por las obras a lo largo de todo su desarrollo, se considera que su seguimiento se debe organizar como un programa específico (ver a continuación Programa de Gestión del Arbolado Urbano.

8. Programa de Gestión del Arbolado Urbano El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Gestión del Arbolado Urbano destinado al seguimiento adecuado de la afectación de los ejemplares del arbolado urbano que interfieran con el desarrollo de las obras, en correspondencia a las exigencias establecidas en Ley Nº 3.263 de 2010. El Contratista deberá minimizar la destrucción de la vegetación natural o el arbolado existente. De acuerdo con la normativa vigente no se permitirá el talado de árboles. La tala o extracción de árboles deberá ser impedida salvo que este prevista en el proyecto y haya sido autorizada por la autoridad competente. El Ingeniero autorizará o no, conforme a la Ley N° 3263/10 de la CABA, la extracción de árboles públicos que a criterio del Contratista interfieran con la ejecución de las tareas a desarrollar. Dicha situación deberá ser informada a la Dirección General de Arbolado del MAyEP. Se deberá señalizar el área en el momento de ejecución de dicha tarea. En el caso de ser necesario el retiro de árboles para ejecutar la obra, se dará intervención a la Dirección General de Arbolado del MAyEP para que indique si son especies de valor para ser trasplantables o si son desechables, estableciendo su reemplazo por una cantidad de árboles de por lo menos igual o superior a los que han sido cortados, conforme a la Ley N° 3263/10 de la CABA. La provisión de árboles y el transporte hasta la obra estará a cargo del Contratista. Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes: Relevamiento Inicial Antes del inicio de las obras deberán identificarse todos los ejemplares del arbolado urbano que deban ser removidos. Se sacarán fotos, individuales y colectivas, y para cada ejemplar se registrarán los siguientes atributos:

Ubicación (georreferenciación) Especie Altura Diámetro a la altura del pecho (DAP) Estado fisiológico Estado sanitario.

Gestión de Remoción de Ejemplares

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La autoridad de aplicación de la Ley Nº 3.263 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene exclusividad en cuanto a intervenciones sobre el arbolado público urbano existente así como la plantación de nuevos ejemplares. Por lo tanto, el Coordinador de la Gestión Ambiental deberá presentar el Proyecto ante la autoridad de aplicación, donde se indiquen aquellos ejemplares del arbolado urbano que impidan u obstaculicen la realización de la obra pública, con la suficiente antelación, a los efectos de su evaluación técnica y eventual aprobación (Art. 18). Para la reposición de los ejemplares o compensación de las remociones que se realicen, se deberá abonar un monto por cada ejemplar a ser extraído, que será integrado al Fondo de Compensación Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El importe será calculado según la norma de valoración económico-ambiental adoptada por la autoridad de aplicación, la que considera edad, calidad, tamaño, emplazamiento e importancia en el paisaje (Art. 16). Monitoreo En todo momento, el Coordinador de la Gestión Ambiental deberá fiscalizar el cumplimiento de las cuestiones acordadas con la Autoridad de Aplicación.

9. Programa de Conservación de la Capa Orgánica del Suelo y Recomposición del Suelo y la Cobertura Vegetal

El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Conservación de la Capa Orgánica del Suelo y Recomposición del Suelo y la Cobertura Vegetal elaborado con el objetivo de minimizar y corregir el impacto de la pérdida del suelo y la cobertura vegetal producto de las tareas de remoción de suelos, favoreciendo la restauración del suelo y la cobertura vegetal, siendo particularmente aplicable a la zona a excavar correspondiente al Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos (ARTEH) que se ubicará dentro del Parque Indoamericano. Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes: Conservación de la Capa Orgánica del Suelo Durante las tareas de excavación, se procederá a identificar y remover separadamente la capa superficial del suelo (unos 30 cm de espesor aproximadamente), la que puede identificarse fácilmente por presentar un color más oscuro que el resto de las fracciones de tierra extraídas. La misma se trasladará inmediatamente para su almacenamiento durante el tiempo que dure la construcción del referido componente (ARTEH). El sitio de almacenamiento estará especialmente diseñado para este fin. La acumulación del material deberá conformarse en caballones entre uno coma cincuenta (1,50) y dos (2,00) metros de altura sobre una superficie plana, para evitar la lixiviación de los nutrientes, evitándose así los posibles riesgos de compactación, pérdida de estructura del suelo y muerte de organismos aerobios, pues por encima de esta altura, las capas inferiores se

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compactan y se pierde la difusión del oxígeno. Sobre estas pilas se realizarán ligeros ahondamientos en las capas superiores para evitar el lavado del suelo por la lluvia y la deformación de sus laterales por erosión. El material deberá ser humedecido periódicamente y ser protegido de la acción de la lluvia y el viento, para conservar así sus propiedades. En la medida de lo posible, se debe intentar extraer esta capa con su cobertura herbácea original, o se pueden utilizar los restos de vegetación de las tareas de desbroce para cubrirlo una vez dispuesto en su sitio de almacenamiento. Normalmente con el transcurso de las semanas, las semillas contenidas en el material germinarán y las pilas de tierra se llenarán de vegetación espontánea. Si esto no ocurriera debido a condiciones meteorológicas desfavorables, se recomienda sembrar semillas de leguminosas y gramíneas rústicas, con el fin de impedir el arrastre del material y conservar las propiedades del suelo. Recomposición del Suelo y la Cobertura Vegetal Una vez finalizadas las tareas de excavación, se comenzará con las tareas de acondicionamiento del área intervenida. Para ello se procederá a disponer el suelo almacenado sobre las zonas excavadas. Durante el proceso de incorporación del suelo se deberán seguirse las siguientes premisas:

El suelo deberá disponerse sobre terreno seco y homogéneo en su superficie. El mismo se extenderá por el área, tratando de mantener un espesor uniforme de entre

veinte (20) y treinta (30) centímetros. Se recomienda realizar esta tarea en forma manual o con equipamiento menor.

Deberá evitarse el paso de cualquier tipo de maquinaria sobre el material ya extendido.

Durante los primeros días luego de su disposición, será importante mantener el suelo humectado.

En caso de considerarse necesario incorporar tierra adicional, se recomienda disponerla por debajo de la capa de suelo original almacenada, ya que es en esta última donde será factible la presencia de semillas que colonicen inicialmente el área. Respecto a la recuperación de la cobertura vegetal, será fundamental la colonización temprana de especies vegetales. Es esperable que esto suceda de manera espontánea, ya que el suelo original almacenado debería contar con un reservorio de semillas de las especies que otrora cubrían el área. No obstante, se pueden implementar medidas tendientes al fomento del restablecimiento de la vegetación, especialmente en aquellos sectores donde la textura del relleno establezca restricciones edáficas. En este sentido, será importante monitorear el proceso de colonización y evolución del suelo con el objetivo de identificar los sectores más sensibles y reconocer sus posibles restricciones para poder diseñar las medidas más apropiadas.

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Como una medida fundamental, se recomienza la siembra de pasturas rústicas para facilitar el establecimiento de una comunidad vegetal pionera que a través del desarrollo de su sistema radicular y la incorporación de materia orgánica, mejore las propiedades físicas (infiltración de agua, porosidad) y químicas (incremento en el contenido de materia orgánica y fijación biológica de nitrógeno, en caso de incorporarse especies leguminosas) del suelo.

10. Programa de Circulación Vial El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Circulación Vial elaborado con el objetivo de regular y ordenar la circulación de los vehículos y maquinarias asociados a la obra, a los efectos de evitar accidentes, minimizar las molestias a la población circundante y prevenir el deterioro de la infraestructura vial. Las acciones establecidas en dicho Programa deberán comprender, entre otros aspectos, el diseño de las rutas para organizar el transporte de materiales e insumos, las medidas de seguridad y ordenamiento vial a aplicar para la regulación de la circulación vehicular, las gestiones orientadas a minimizar las molestias a la población y las medidas a implementar para controlar la afectación de la infraestructura vial. El Contratista debe solicitar a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el Permiso de Obra. Para ello, tramitará ante la Dirección General de Transporte y Tránsito (DGTyT), un Permiso para Tránsito, el cual habilitará la interrupción del mismo por las tareas que deba realizar el Contratista. La Dirección General de Transporte y Tránsito (DGTyT), estudiará la mejor alternativa y dará el visto bueno del Permiso, el cual será otorgado por la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana. El Contratista deberá proponer un cronograma de cortes parciales o totales de calles o avenidas, los cuales deberán ser publicados en los medios masivos de comunicación. Además se identificarán las líneas de trasporte automotor afectadas a las cuales se les dará aviso con alternativa de recorrido propuesta, las que también serán informadas en los medios de comunicación masiva. Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:

Con el objetivo de minimizar las interferencias producidas en el tránsito y los potenciales accidentes viales, producto del bloqueo de las arterias de circulación vial y el movimiento de maquinarias y vehículos de gran porte asociados a la etapa de construcción, se llevará a cabo la adecuación de las vías alternas señaladas en el Plan de Manejo de Tránsito de la Contratista, Señalización y Desvíos. Esto incluye la instalación de señalización transitoria y cartelería de aviso en todos los sectores involucrados y en las zonas de ingreso/egreso de obra y áreas de circulación inmediatas que alerten sobre la presencia de las obras y de los móviles asociados a las mismas, a los usuarios regulares de las vías afectadas. Los mismos serán ubicados en lugares de total visibilidad para peatones y vehículos.

En forma previa a todo trabajo que implique la clausura u obstrucción de vías de tránsito, se deberá dotar a la zona de obra del sistema de señalización que cumpla con lo dispuesto en la Ley N° 24.449, Decreto Reglamentario Nº 779/95, y otros elementos que sean necesarios para la protección del área de trabajo, tales como

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banderilleros, cintas balizas, etc. los cuales deberán estar ubicados a distancias lo suficientemente amplias como para garantizar condiciones mínimas de seguridad en el tránsito pasante. Este señalamiento precautorio deberá mantenerse en perfectas condiciones y será actualizado periódicamente en función de las diversas acciones que se desarrollen.

A fin de minimizar las interferencias que pudieran producirse en el tránsito, se deberán prever lugares de estacionamiento para los vehículos afectados a la construcción dentro de los predios involucrados en las obras, evitando la detención prolongada de vehículos sobre las vías de circulación.

Se recomienda, en la medida de lo posible, programar las operaciones que deban realizarse en las zonas de alto movimiento y/o concentración de vehículos fuera del horario pico de circulación. Este mismo reparo se tendrá al planificar y coordinar la recepción de insumos a la obra con los diversos proveedores y el despacho de vehículos transportando el material extraído.

Cuando las actividades de obra impliquen la movilización de maquinaria y vehículos de gran porte en los sectores de ingreso / egreso de/los obrador/es, se deberá contar con la presencia de un equipo de banderilleros que organice el tránsito en los momentos en que se producen los mencionados accesos y salidas.

Asimismo, debe considerarse para el traslado de maquinaria especial (como grúas), cargas que superen los límites previstos o la circulación de vehículos que excedan las dimensiones máximas permitidas en la normativa, la obligatoriedad de obtener una autorización especial otorgada por la Autoridad de Aplicación donde se consignen las condiciones de transporte y las arterias por las que puedan circular.

Por otra parte, se instruirá a los operarios de las maquinarias y vehículos sobre las rutas aptas de circulación en la zona, para evitar la transgresión de las reglas viales y así, reducir la probabilidad de ocurrencia de accidentes. Se observará el cumplimiento de estas normas por parte de las empresas subcontratistas.

Control de la Infraestructura Vial Dado que la circulación de maquinaria pesada y vehículos de gran porte por las vías de tránsito liviano provoca un deterioro de la infraestructura vial, las rutas de circulación de estos móviles deberán ser planificadas priorizando la utilización de las arterias viales de mayor jerarquía que permitan la circulación de estos vehículos. Para minimizar tal afectación se deberán respetar los pesos por eje permitidos para cada tipo de vehículo conforme lo estipulado por la Ley 24.449 y el Decreto 779/95 bajo pena de recibir sanciones por parte de la autoridad de aplicación. En la medida que avance la construcción, deberá realizarse el mantenimiento adecuado en las calles afectadas por las obras y que, debido al tránsito pesado y maquinaria, sufran roturas. Para tal fin, previo al inicio de las obras se deberá de realizar un relevamiento de la situación en materia de infraestructura de las arterias principales comprometidas a los circuitos de provisión de materiales y retiro del material extraído.

11. Programa de Comunicación

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El PGA formulado por El Contratista deberá incluir un Programa de Comunicación elaborado con el objetivo de que la población involucrada por el Proyecto pueda alcanzar un alto grado de información acerca de los beneficios de la obra durante su fase operativa y de las particularidades ligadas a la etapa constructiva, a fin de que puedan ejercer su derecho a la información. El Programa deberá velar por el cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:

Mantener informada en forma clara y concisa a la Comunidad en General sobre las características principales del Proyecto y sus beneficios.

Mantener informada en forma clara y concisa a la población de la zona de influencia directa sobre el desarrollo de las Obras.

Mantener informada en forma clara y concisa a la población de la zona de influencia directa sobre las medidas de mitigación y Programas de Gestión Ambiental definidos para limitar la intensidad de las molestias ocasionadas por las Obras.

El Programa debe establecer las acciones que se implementarán para lograr la correcta comunicación de las obras. De esta manera, los grupos objetivos serán la comunidad en general y los afectados directos por el desarrollo de las obras. La implementación del Programa de Comunicación deberá ejecutarse en forma previa al inicio de las obras y durante las mismas. La Contratista será la responsable de la implementación de los contenidos del Programa en los aspectos ligados al desarrollo de obras, por lo que será quien ejecute las actividades asociadas a la provisión de información a los afectados directos. Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes: i. Reuniones Participativas con Afectados Directos Previo al inicio de las obras que impliquen afectaciones al espacio público y por tanto molestias a la población frentista (tanto porque tal ocupación se produce frente a sus residencias o comercios como por generación de ruidos molestos, vibraciones, presencia de suciedad en el ambiente, etc.) se deberán de llevar a cabo Reuniones Participativas. A las mismas serán invitados los frentistas directos a las Obras, los ligados a las secciones de cuadras involucradas a las mismas (de cualquier margen), referentes de instituciones sociales cercanas a las Obras (i.e. Director de escuela) y autoridades gubernamentales. Durante estas Reuniones, en primera instancia, se deberá de ofrecer a los participantes como mínimo de la siguiente información:

Características generales y particulares de las obras Tiempos estimados de las Obras.

Principales conclusiones del EIA Básico en relación a las obras, sus impactos y principalmente las medidas de mitigación y Programas de Gestión Ambiental que se ejecutarán para limitar y/o prevenir las afectaciones.

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Página 250 Sección VI. Requisitos Técnicos

A todos los invitados se les solicitarán datos personales (especialmente de contacto, teléfono y correo electrónico) y se consignarán en un Registro de Afectados Directos. Este Registro permitirá realizar un seguimiento particular sobre la evolución de las afectaciones por el desarrollo de las obras. Toda vez que alguno de los afectados directos realice, luego de efectuada la Reunión, un consulta o reclamo deberá ser incluido en este Registro. ii. Carteles Informativos en cada Locación de Obra sobre Espacio Público En todas las locaciones de obra del Proyecto, se deberán de instalar Carteles Informativos. Como mínimo, cada Cartel contendrá la siguiente información:

Referencia al Proyecto Fecha de Inicio y de Finalización de cada afectación Responsable de los trabajos y modo de contacto

iii. Notificaciones sobre afectaciones sobre la Circulación Vial y Peatonal Si bien las interferencias sobre la circulación vial cuentan con medidas y lineamientos particulares, se recomienda llevar a cabo ciertas actividades informativas. Se notificará a la Dirección de Tránsito sobre las calles afectadas por el desarrollo de las Obras. Se les recomendará que carguen esa información a las páginas webs oficiales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Frente a cada afectación prevista se enviará la siguiente información:

Calle Afectada (especificando el tramo según numeración correspondiente). Tipo de Afectación (total o parcial). Desvíos Alternativos en casos necesarios Fecha de Inicio de las Obras. Fecha Programada de Finalización de las Obras

En caso que la fecha prevista para la finalización de las Obras, por cualquier contingencia, no pueda ser respetada, se notificará a la Dependencia ofreciendo una nueva fecha de cierre. Por otra parte, se enviará periódicamente, conforme el avance de las Obras, información actualizada a las secciones especializadas en Tránsito de los medios de comunicación locales (radios -ya que suele ser la principal vía mediante la cual los conductores se informan de tales situaciones-) de los cortes de calles programados. Asimismo, en relación a la circulación vial y peatonal, se recomienda editar una gacetilla para repartir entre los vecinos afectados, donde se incluyeran los plazos previstos, los avances y atrasos de los trabajos (indicando causas) y un teléfono de contacto para consultas. iv. Notificaciones sobre cortes de los servicios públicos y afectación de la dinámica comercial

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Página 251 Sección VI. Requisitos Técnicos

Resulta muy importante alertar a la comunidad afectada sobre el momento y la duración del corte de los servicios mediante medios masivos de comunicación con cobertura sobre la zona afectada e informar mediante gacetilla. En cuanto a la afectación de la dinámica comercial, la comunicación y difusión del grado de avance de las obras, permitirá a los afectados conocer los tiempos y magnitud de tales molestias. v. Mecanismo de recepción y atención de quejas y reclamos Como parte del Programa de Comunicación, el Contratista deberá implementar un mecanismo para la atención de consultas, quejas y reclamos, y su resolución. Deberá proponer el canal de comunicación que tendrán los pobladores para manifestar un reclamo. El Coordinador de la Gestión Ambiental deberá (i) coordinar el dialogo con los que reclaman y la resolución de las quejas y (ii) documentar el proceso de su resolución. En las actividades de comunicación e información a la población, el Contratista dará a conocer el mecanismo para la atención de quejas y resolución y la forma de contactar a la Contratista y a la Contratante. Colocará carteles en diferentes sectores de la obra y en sitios visibles estratégicos (por ej., escuelas, delegación policial, etc.) donde indicará teléfonos y otros medios disponibles (por ejemplo, teléfono, correo electrónico, atención en persona, horarios de atención al público) para que los pobladores puedan comunicarse con la empresa o presentar quejas. Se llevará un registro de consultas, quejas y reclamos del público con los datos de las personas intervinientes. El Coordinador de la Gestión Ambiental se encargará de evaluarlas y dar las respuestas adecuadas y verificar las medidas correctivas que eviten la repetición del evento. Esta información deberá ser brindada al Inspector de Obras, encargado de supervisar el funcionamiento de estas tareas.

12. Programa de Protección del Patrimonio El PGA formulado por el Contratista deberá incluir un Programa de Protección del Patrimonio Cultural orientado al cuidado de los componentes declarados del patrimonio histórico, arqueológico y paleontológico (Ley 25.743) como componentes del ambiente histórico social, en cumplimiento de la normativa vigente a escala nacional y de la Ciudad Autónoma. Se adecuará asimismo a los lineamientos de la OP 4.11 del Banco Mundial y al Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) de la Autoridad de cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) en lo que respecta a las medidas a tomar en caso de crisis ambiental y conservación del patrimonio cultural. El Programa deberá velar por el cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:

Educar al personal de obra y a los contratistas en la necesidad de la disminución del impacto a los recursos culturales contenidos en el subsuelo concientizándolos en los preceptos de Bien Social para todos.

Verificar el cumplimiento de las Medidas de Mitigación durante el desarrollo de las obras. Registrar los resultados prácticos del cumplimiento de las mismas. Comprobar la efectividad de estos estudios.

Registrar las evidencias, y realizar investigaciones históricas con los datos extraídos de las excavaciones preventivas y de rescate.

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Página 252 Sección VI. Requisitos Técnicos

Publicar los resultados.

Disminuir el impacto físico sobre los Recursos Arqueológicos-Paleontológicos para incluir las evidencias rescatadas en los planes de movilidad educativa dentro de la comunidad, (educación de niños, adolescentes, formación de maestros, elaboración de exposiciones transitorias y permanentes, publicaciones, etc.).

El Programa deberá incluir diferentes acciones, las que se citan a continuación:

Arqueología preventiva: Los procedimientos propios de la ciencia arqueológica (sistemas de excavación, registro, colección de evidencias, catalogación y conservación de las mismas, estudios de evidencias) se aplican en forma planificada previamente ante la posibilidad de un daño, o en lugares con valores históricos reconocidos, próximos a someterse a un proceso de restauración. La misma responderá a objetivos proyectados con anticipación y sobre los cuales se haya estudiado la posibilidad de impacto con un alto grado de afectación para los recursos culturales. Para el caso específico de las obras de los Ramales Nágera, Villa 6, Asturias Sur y ARTEH en el EIA Básico elaborado para la etapa de Proyecto Ejecutivo se reconocieron puntos en los cuáles debido a la importancia de las evidencias arqueológicas y paleontológicas que pueden contener sus subsuelos, se determinó la necesidad de emplear este procedimiento.

Arqueología de Rescate: Procedimiento metodológico característico de la ciencia arqueológica. Toma gran auge a partir de 1960. Puede planificarse de diferentes maneras, pero su objetivo principal es rescatar ante la inminencia de una destrucción parcial o definitiva la mayor parte de los recursos arqueológicos o paleontológicos en riesgo de una localidad, región o país. Para ello se determinan de forma rápida y organizada una serie de medidas que permitan el salvataje de materiales o edificaciones históricas, su registro o traslado. En dependencia de la magnitud del daño se decidirá entonces la medida a adoptar.

Se implementará en la apertura de todas las zanjas y excavaciones, de forma que el personal en obra de aviso ante cualquier hallazgo fortuito con el objeto de que estos sean monitoreados y correctamente registrados por especialistas en Arqueología.

Recolección de evidencias: La recolección de evidencias será otro de los procedimientos a adoptar, esta constituirá la base de datos que contendrá la información histórica rescatada. La esencia del rescate que se planifica está volcada hacia la recolección de los bienes muebles históricos.

Catalogación y Conservación de evidencias: Es una responsabilidad de los especialistas en Patrimonio, en este caso de los Arqueólogos, que los bienes culturales rescatados sean debidamente catalogados, estudiados y conservados para de esta forma garantizar su durabilidad y continuidad en el tiempo garantizando así su legado a las generaciones futuras.

Publicación: Los datos extraídos de todas las labores de excavación y estudio de las evidencias han de volcarse en una publicación que garantice la divulgación de los resultados sobre todo dentro de la comunidad a los cuales pertenecen. Lo cual se considera garantía de saneamiento, educación, y de reciclaje dialéctico informativo.

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Página 253 Sección VI. Requisitos Técnicos

El Programa de Protección del Patrimonio Cultural a presentar por la Contratista deberá contemplar el dictado de las capacitaciones a cargo de profesionales idóneos en la materia y la designación de un equipo de arqueólogos con experiencia en excavaciones de rescate. Se recomienda que este equipo esté conformado por especialistas en arqueología (incluyendo un Paleontólogo), encabezados por un especialista Sénior en la materia. Este mismo equipo de profesionales podrá ser consultado y prestar asesoramiento ante el hallazgo de elementos con valor patrimonial. La Contratista deberá proveer asimismo, los recursos necesarios para el desarrollo de las labores científicas y técnicas, propias del rescate arqueológico y/o paleontológico, y de aquellas medidas tendientes a evitar, atenuar y/o corregir los impactos generados por las obras sobre el Patrimonio Cultural, por medio del personal adecuado. Es esperable que como resultado de la implementación de estas acciones se produzca el rescate de materiales y su registro según los procedimientos estándares de la investigación. En este sentido se recomienda que el Programa a implementar por la Contratista incluya la elaboración de un informe de registro arqueológico con la interpretación y explicación de las evidencias halladas. Recomendaciones y procedimientos para la adecuada gestión de bienes patrimoniales En el caso del patrimonio arqueológico, dado el carácter sub superficial del mismo, los objetivos se refieren al desarrollo de educación ambiental patrimonial y a medidas de mitigación de impactos como el desarrollo de actividades de arqueología preventiva y de acompañamiento antes y durante las fases de excavación de la obra de construcción. En función de esto se deberán desarrollar acciones para la adecuada gestión patrimonial basadas en la educación, la investigación y la preservación del patrimonio histórico arqueológico y paleontológico. Por lo tanto, la gestión del Patrimonio Cultural debe contemplar las siguientes acciones generales y específicas de mitigación de impactos las que surgen de la evaluación ambiental realizada en la etapa de Proyecto Ejecutivo:

Capacitación del personal de obra A través de la capacitación del personal se intenta prevenir el impacto sobre los bienes del patrimonio cultural debido al desconocimiento del personal de obra de construcción y de las empresas contratistas, de la repercusión de sus actividades y del valor de los recursos comprometidos. Estas acciones involucran el diseño de una ficha técnica de riesgos por parte del personal idóneo. En las mismas se identificarán los bienes sobre los que se debe prevenir su impacto y cuyas características y evaluación presentaron en el EIA Básico. Las acciones de capacitación deben contemplar como mínimo las siguientes tareas:

Se deberán preparar charlas al personal donde se explicará de manera sencilla con un lenguaje adecuado de fácil entendimiento cuales son los elementos que componen el patrimonio cultural. Se señalará la importancia que tiene para los ciudadanos ser educados bajo los preceptos de este conocimiento básico.

Se deberán explicar los cuidados necesarios a tener en cuenta en zonas catalogadas como históricas, donde se va a intervenir muy cerca de construcciones históricas. Se

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Página 254 Sección VI. Requisitos Técnicos

expondrá qué son las Áreas de Protección Histórica (APH), por qué se denominan de esta forma, y bajo qué variables se catalogan.

Se deberán elaborar fichas técnicas sobre qué tipo de hallazgos arqueológicos y paleontológicos pueden realizarse durante las excavaciones para la inserción de los conductos. En las mismas se detallará por cada tramo la probabilidad de hallazgos. También se deberá aclarar cuáles son las zonas más propicias para encontrar restos paleontológicos. Las fichas deberán incluir imágenes a modo de visualizar los posibles hallazgos.

La capacitación del personal de obra, quienes eventualmente podrán hallarse frente a diversos restos materiales, deberá realizarse con antelación al comienzo de las obras. La medida del éxito de estas acciones podrá evaluarse mediante la confección de indicadores de comprensión, mediante evaluación de los conocimientos comprobando asimilación por parte del personal de obra, etc. Su comprobación se hará in situ una vez que el personal demuestre el grado de comprensión emitiendo avisos ante cualquier evidencia de posible hallazgo de elementos con valores arqueológicos o paleontológicos. El conocimiento aplicado durante el desempeño de las obras es el mejor parámetro para evaluar conocimiento.

Bibliografía de referencia: Ley 25.743 Organismos de referencia: Órgano de aplicación de la ley 25.743, Dirección General

de Patrimonio e Instituto Histórico, Ministerio de Cultura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) Ley 26.168.

Excavación arqueológica preventiva en puntos sensibles El objetivo de estas acciones es prevenir la destrucción del material arqueológico en una zona con conocidos antecedentes históricos, cuyo potencial arqueológico mueble ha sido reconocido en el EIA Básico. Como consecuencia se contempla desarrollar un protocolo de excavación preventiva en aquellos lugares con mayor potencial comprobado. Esto aplica para aquellos sitios señalados debido a su sensibilidad, por lo cual se infiere la ejecución de tareas exploratorias previas a la realización de zanjeos o de inserción subterránea de conductos. Para el caso de las obras de sumideros se propone como medida preventiva el monitoreo de las actividades de excavación por parte de personal especializado en Arqueología (equipo de excavación que se designe). De acuerdo a lo antedicho, la aplicación de estas acciones resulta de especial relevancia en los sitios cuyos antecedentes arqueológicos lo ameriten. Para el caso de las obras en cuestión se han determinado tres (3) lugares que debido a sus características geomorfológicas, ubicación espacial, ausencia de registros de trabajos arqueológicos anteriores, y probabilidad de hallazgos relacionados con los momentos tempranos de ocupación antrópica de la cuenca, se recomienda la aplicación de la medida: Arqueología Preventiva.

Av. Asturias e/ Av. Castañares y Lago Soldati Av. Asturias e/ Av. Tte. Gral. L. J. Dellepiane Sur y Av. Castañares

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Página 255 Sección VI. Requisitos Técnicos

Av. Asturias e/ Av. Castañares y Área Retención (Túnel Bajo CR 3,00 x 2,00 y 2 Modelo 10).

Para ello se recomienda que el equipo de intervención arqueológica realice los siguientes trabajos:

Realizar trincheras exploratorias de 2 x 2 metros en un (1) punto seleccionado in situ entre cada una de las direcciones mencionadas. De acuerdo a lo encontrado se planificará una abertura mayor con el objeto de visualizar mejor los contextos. Por las características de las trazas el sitio elegido estaría entre Av. Asturias llegando al Lago Soldati. En los terrenos del Parque Indoamericano.

Los materiales hallados se guardarán en bolsas, se registrarán en las planillas adecuadas se les tomarán fotografías al igual que a los contextos en que fueron hallados. Durante el trabajo de gabinete, una vez terminadas las labores de excavación preventiva, se les proporcionará la conservación adecuada, se lavarán las evidencias, se secarán, se rembolsarán, se embalarán y se llenarán las fichas que exige la autoridad de Aplicación: Ley 25.743, Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, Ministerio de Cultura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para la ejecución de todas estas tareas será necesario contar con un equipo de excavación conformado por arqueólogos (incluyendo un especialista en Paleontología) encabezado por un especialista Sénior en Arqueología. Asimismo, cabe destacar la necesidad de tramitar los permisos correspondientes ante los Organismos de Aplicación: Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, Ministerio de Cultura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quienes expiden el Permiso de Excavación y Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, Secretaría de Cultura Presidencia de la Nación, en el caso de monumentos bajo dicha administración.

Bibliografía de referencia: Ley 25.743, Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, Ministerio de Cultura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Organismos de referencia: Comisión Nacional de Museos Monumentos y Lugares Históricos y Órgano de aplicación de la ley 25.743, Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, Ministerio de Cultura, Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Arqueología de rescate Al igual que en el caso anterior estas acciones tienen como principal objetivo evitar la destrucción del patrimonio arqueológico, en este caso ante el hallazgo fortuito de elementos de valor patrimonial por parte del personal de obra. Se acudirá al llamado del personal en obra, que una vez capacitado según lo previsto en la presente especificación técnica, ayudará a la detección de cualquier indicio de presencia de objetos con valores arqueológicos, o restos paleontológicos, una vez comenzadas las labores de zanjeo para la inserción de los conductos. Ante el llamado, se actuará implementando

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Página 256 Sección VI. Requisitos Técnicos

tareas de registro documental y rescate arqueológico en los sectores de obra donde ocurran los hallazgos. Se intervendrá ante hallazgo fortuito para fotografiar in situ, registrarlos, tomar medidas de conservación in situ en caso de hallazgos extraordinarios que lo requieran (restos de un pecio, restos paleontológicos, restos de algún empedrado,) En estos casos las obras se detendrán hasta que el mismo se levante adecuadamente del sitio, una vez culminado su registro y conservación preventiva. Se prevé la intervención del mismo equipo de excavación convocado para las excavaciones preventivas mencionadas anteriormente. Denuncia de hallazgos paleontológicos Estas acciones tienen como principal objetivo prevenir la destrucción de restos paleontológicos que forman parte del patrimonio natural de la Nación. Considera que ante el llamado del personal en obra se interviene in situ, para registrar la evidencia que se consultará con un especialista en paleontología incluido en el equipo de investigación Arqueológica. Estos hallazgos considerados extraordinarios por su importancia, están contemplados como uno de los recursos principales a proteger sobre todo todas las áreas donde se localizan sedimentos de limos arcillosos o arcillas inorgánicas de baja, media y alta plasticidad, tipos MH ML, CL, CH, CL, SM, pertenecientes a la Formación Buenos Aires. Mientras mayor profundidad dentro de estos sedimentos más aumenta la posibilidad de encontrar restos paleontológicos. Ante la denuncia, se actuará implementando tareas de registro documental y rescate en las zanjas de obra donde ocurran los hallazgos. Será de aplicación en todos los lugares donde se zanjee para insertar los conductos proyectados en sedimentos de las formaciones geológicas Buenos Aires y Ensenadense. Los antecedentes encontrados en la zona de estudio destacan al curso del arroyo Cildáñez. Medida de protección ante la presencia de ítems con valor patrimonial en la superficie Se considera una medida de Mitigación de importancia que tenga en cuenta edificaciones que por su valor histórico, hoy en día, son catalogadas con un grado de protección cautelar. De manera general para estas obras, aunque las trazas de los conductos no pasan exactamente por las calles donde se localizan los APH identificados en el EIA Básico, deben tenerse en cuenta para advertir sobre la presencia de cualquier otra edificación similar, aún no catalogada pero que pueda ser afectada por las labores de zanjeo. La Ley Nº 3056/09 protege en la Ciudad de Buenos Aires aquellas edificaciones registradas antes del 31 de diciembre de 1941. Las mismas restan por catalogar y no tienen un grado de protección asignado, pero debe tenerse precaución en las zonas donde son reportadas para evitar el daño. Otro asunto a considerar, es la modificación al Artículo 1 de la Ley 65, la cual fue aprobada por la Legislatura de esta Ciudad en noviembre del 2013. La misma apunta a la protección del adoquinado Histórico de la Ciudad de Buenos Aires. La puesta en marcha de la nueva ley queda sujeta al proceso de catalogación que lleva a cabo la Comisión para la Preservación del

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Página 257 Sección VI. Requisitos Técnicos

Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires. De este inventario derivarán las arterias cuyos adoquines han de ser protegidos. El catalogo no se encuentra aún a disposición por lo que ha de consultarse en fecha más cercana a la realización de las obras para determinar si algunas de las vías circulatorias adyacentes a los ramales en cuestión, se encuentran ya protegidas.

13. Plan de Contingencias

El Contratista adjudicatario de las obras deberá elaborar un Plan de Contingencias diseñado con la función de promover la seguridad de todo el personal asociado a las tareas constructivas, así como de la población local adyacente. El mismo deberá estar constituido por medidas preventivas y procedimientos a seguir en situaciones de emergencia contemplando todas las contingencias y emergencias capaces de ocurrir durante el desarrollo de las obras. En base a lo expuesto anteriormente, el Plan de Contingencias a especificar por la empresa Contratista deberá velar por la prevención de sucesos no planificados pero previsibles, y definir las acciones de respuesta inmediata para controlar tales sucesos de manera oportuna y eficaz. El Plan de Contingencias deberá definir las acciones de respuesta para casos de emergencia asociadas a las actividades de construcción de las obras, en este caso con implicancias fundamentalmente sobre el medio social. El Plan de Contingencias a elaborar por el Contratista deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos:

Identificación y zonificación de los principales riesgos ambientales dentro del área de influencia operativa y directa del Proyecto.

Estructura de responsabilidades y roles dentro de la empresa Contratista para atender las emergencias.

Mecanismos, criterios y herramientas para la prevención de estos riesgos. Mecanismos y procedimientos de alerta. Equipamiento necesario para afrentar las emergencias identificadas.

Necesidad de capacitación para todo el personal y específico para el personal destinado a atender estas emergencias.

Mecanismos para la cuantificación de los daños y los impactos producidos por las contingencias.

Procedimientos operativos para atender las emergencias.

Identificación de los mecanismos de comunicación necesarios durante las emergencias.

vii. Permisos Ambientales El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización, aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes, incluyendo y sin perjuicio de los que pudieran ser requeridos para las interferencias e intervenciones en el espacio público.

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Página 258 Sección VI. Requisitos Técnicos

Está facultado para contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto. El Contratista deberá presentar el Ingeniero un programa detallado y un plan de manejo de todos los permisos y licencias requeridas para la obra ya sea que estos sean suministrados por el GCBA, o por otras autoridades nacionales con competencias sectoriales, y que se requieran para ejecutar las obras y trabajos. Los costos de todas las acciones, permisos y declaraciones, deberán ser incluidos dentro de los gastos generales de la obra, no recibiendo pago directo alguno por parte del Comitente. Los permisos que debe obtener El Contratista incluyen, pero no estarán limitados a los permisos operacionales, los siguientes:

Permisos de utilización de agua. Disposición de materiales de excavaciones. Localización del Obrador. Disposición de residuos sólidos. Disposición y/o tratamiento de residuos peligrosos Descarga de efluentes líquidos y gaseosos, permisos de descarga. Permisos de transporte: incluyendo el transporte de residuos peligrosos como

combustibles, aceites usados y otros insumos de obra, sólidos y líquidos. Permisos para la realización de desvíos, cierre temporal de accesos a propiedades

privadas, etc. Permiso para la colocación de volquetes. Permisos de extracción de ejemplares arbóreos Permiso de intervención en cercanías de Monumentos Históricos Nacionales Emisiones sonoras

El Contratista deberá gestionar una póliza de seguro de caución de daño ambiental de incidencia colectiva según la normativa vigente. El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades del GCBA competentes.

3. PENALIDADES En caso que El Contratista no cumpla con alguna de las consideraciones y requerimientos de esta especificación, será advertido por la Inspección mediante Orden de Servicio, la que dará un plazo para su concreción. Si El Contratista no cumple con lo solicitado en la advertencia dentro del plazo establecido en la notificación de la Inspección, se le aplicarán las sanciones previstas en el Pliego de la Licitación. No se realizará la recepción provisional de la obra hasta tanto no se haya dado cumplimiento a la totalidad de los Aspectos Ambientales citados en esta Especificación y su documentación ampliatoria (EIA), y a todos los requerimientos de las Autoridades Competentes.

4. SEGURO AMBIENTAL DE INCIDENCIA COLECTIVA

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Página 259 Sección VI. Requisitos Técnicos

La Ley 25.675, "Ley General de Ambiente", establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable, e instaura en nuestro régimen legal el seguro ambiental al decir en su Art. 22 'Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiera producir". Esta Ley rige en todo el territorio de la Nación y es de Orden Público (Art. 3°). Por la Resolución N° 177/2007 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable se aprueban las normas operativas para la contratación del seguro previsto por el Art. 22 de la Ley 25.675, indicando las actividades que se consideran riesgosas para el ambiente en su Anexo 1. Por la Resolución Conjunta N° 98/2007 y1973/2007 de la Secretaría de Finanzas y Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable, se establecen las pautas básicas para las Condiciones contractuales de las Pólizas de Seguro de daño Ambiental de Incidencia Colectiva. Conforme la Resolución N° 1398/2008 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable se establecen los montos mínimos asegurables de entidad suficiente, en función de lo previsto en el Art. 22 de la Ley 25.675 y en el Art.3 de la Resolución N° 177/2007. El Decreto PEN 1638/12 regula la contratación de los seguros ambientales admitiendo tanto la modalidad del seguro de caución ambiental, como el seguro de responsabilidad civil por daño ambiental Conforme los principios establecidos en materia de política ambiental, la legislación referida a lo ambiental en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la Ley 25.675. El Capítulo 4° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo el título "Ambiente" establece que el ambiente es un patrimonio común y que "El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer." (Art. 26) En cumplimiento de las previsiones de la Constitución en materia ambiental, para la prevención y mejora de la calidad ambiental de la Ciudad se han dictado: la Ley N° 123 "Procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental, su Decreto Reglamentario N° 1352/02 y modificatorios, en cuyo cuadro de usos se establece las actividades con relevante efecto ambiental, que en lo que nos compete, serán objeto del seguro ambiental.

A mayor abundamiento, se destaca que la ley local N° 2.214 de residuos peligrosos prevé expresamente, en sus artículos 23 y 32 inc. k), la obligatoriedad de la contratación de seguros de caución ambiental para los generadores de tales residuos.

La obligatoriedad del seguro ambiental, en el ámbito que nos ocupa, corresponde a toda actividad, obra ó emprendimiento que pretenda desarrollarse ó se encuentre en ejecución por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que sea susceptible de producir un relevante impacto ambiental o que detente un riesgo ambiental.

Como corolario de lo expuesto, la Dirección General de Seguros asume que siempre que estemos ante actividades riesgosas para el ambiente por su relevante efecto ambiental, es

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Página 260 Sección VI. Requisitos Técnicos

dable exigir a todas las personas físicas o jurídicas con quienes contrata el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un Seguro Ambiental con cobertura de entidad suficiente para recomponer el daño, debiendo propiciar la toma de medidas al respecto.

Por ello, en el particular, ante la constatación de contrataciones que en su ejecución importen actividades riesgosas para el ambiente, en el marco de la Ley 25.675 "Ley General del Ambiente", el Decreto PEN 1638/12, la Resolución N° 177/2007 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la Ley 123 GCBA, el Decreto. 132/GCBA/2002, y la Resolución 554/MMAGC/2007, siendo exigible a terceros contratados contar con el seguro ambiental e involucrando la responsabilidad del GCBA, entendemos necesaria la incorporación de la exigencia de la contratación del Seguro Ambiental por el Adjudicatario en los pliegos de bases y Condiciones de las compras y contrataciones del Gobierno de la Ciudad y propugnamos su implementación.

Se detalla a continuación, el Articulado para la exigencia de Póliza de Seguro Ambiental de incidencia Colectiva en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares para procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios. Resulta fundamental destacar que dicho articulado deberá incluirse en todas aquellas contrataciones de servicios u obras consideradas como actividades con relevante efecto ambiental. A los fines indicativos se incluye además un listado de actividades con relevante efecto.

ANEXO 1-ARTICULADO SEGURO AMBIENTAL

ACTIVIDAD RIESGOSA PARA EL AMBIENTE

Las actividades que demanda la prestación del servicio objeto de la presente licitación encuadran en el marco de la Ley 25.675 "Ley General del Ambiente", Decreto PEN 1638/12, Resolución N° 177/2007 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la Ley 123 GCBA, el Decreto 132/GCBA/2002, y la Resolución 554/MMAGC/2007.

SEGURO AMBIENTAL

a) Generalidades El Adjudicatario deberá contratar el seguro ambiental que aquí se detalla. El oferente que resulte adjudicado, deberá contratar una póliza del Seguro Ambiental con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que la prestación pudiera producir conforme lo normado por el Art. 22 de la Ley 25.675.La acreditación de la contratación de los seguros es condición ineludible para el inicio de la prestación contratada.

La Compañía Aseguradora con la que contrate el adjudicatario las coberturas establecidas en este artículo deberá estar autorizada a funcionar y a comercializar Seguros Ambientales por la Autoridad competente en materia de seguros, la Superintendencia de Seguros de la Nación y por la Autoridad competente en materia ambiental, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, lo que deberá ser debidamente acreditado por el Adjudicatario. Una vez por año, o cada vez que modifique o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCBA lo solicite, se presentará copia autenticada de la póliza.

b) Vigencia El Seguro Ambiental deberá encontrarse vigente durante todo el período contractual, incluidas sus posibles prórrogas. Se encontrarán cubiertos todos los siniestros cuya causa haya acontecido y se haya denunciado durante la vigencia de la póliza. El adjudicatario deberá acreditar la constitución del mismo y su vigencia durante todo el período contractual, y sus posibles prórrogas, mediante la presentación de la póliza. Ante la falta de presentación

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mensual de los comprobantes que acrediten en forma fehaciente el pago de la prima del seguro contratado no se dará conformidad a las obras o servicios prestados.

c) Particularidades de la Póliza En la póliza deberá indicarse que el Adjudicatario reviste el carácter de "Tomador", y que el "Asegurado" es el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/ó el Organismo descentralizado de Gobierno correspondiente.

d) Responsabilidad del Adjudicatario En orden a determinar la suficiencia de la garantía prevista en la citada norma para la recomposición del daño se contemplan situaciones generales de riesgo, casos tipo y costos de remediación locales, sin considerar situaciones particulares que podrán originar aumento de los mismos, motivo por el cual, en el caso de superar niveles mínimos obligados en la póliza serán responsabilidad única del titular. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare al medioambiente y/o a terceros por la inobservancia o deficiencia del seguro ambiental exigido en este artículo, y por las acciones u omisiones que pongan en riesgo la vigencia de la cobertura, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjere en este caso. El incumplimiento por parte del adjudicatario de las exigencias establecidas en materia de seguro ambiental, causa de pleno derecho la rescisión del contrato.

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Página 262 Sección VI. Requisitos Técnicos

LISTADO INDICATIVO DE ACTIVIDADES CON RELEVANTE EFECTO Actividades con Relevante Efecto Ambiental (AREA) Aserradero y cepillado de madera. Fabricación de carpintería metálica Fabricación de estructuras metálicas para la construcción Fabricación de herramientas manuales y sus accesorios Fabricación de productos metálicos de tornería y/o matricería Generación de energía térmica convencional (incluye producción de energía eléctrica mediante máquinas turbo diesel) Captación, depuración y distribución de aguas subterráneas Captación, depuración y distribución de fuentes superficiales. Recolección, reducción y eliminación de desperdicios Servicio de depuración de aguas residuales, alcantarillado y cloacas Servicio de saneamiento público Depósito de gases, hidrocarburos y sus derivados, y productos químicos Construcción de grandes obras de infraestructura Toda otra actividad que elabore o manipule sustancias inflamables, tóxicas, corrosivas, de alta reactividad química, infecciosas, teratogénicas, mutagénicas, carcinógenas o radiactivas. Materiales de construcción Clase 111 (sin exclusiones) Centro de Compras Supermercado total Gas envasado Estación de servicio -Combustibles líquidos, lubricantes, refrigerantes y otros aditivos Estación de servicio -Gas Natural Comprimido Empresa de Servicio de Seguridad (con depósito de municiones, armas o con polígono de tiro) Penitenciaria, Reformatorio Policía (Departamento Central) Hospital. (Definidos según Res. SEC W 2385/80 -Res. M. W 423/87 del Ministerio de Salud y Acción Social -Secretaría de Salud) Campus universitario Centro de Exposiciones Centro de Eventos Local de baile Clase "c" 11: Mas de 1000 m2 de superficie cubierta. Auto-cine Autódromo Hipódromo Velódromo Cartódromo Kartódromo Biblioteca Central Parque de diversiones Estadio Campamento Tiro (Club de) JardínBotánico JardínZoolóqico Acuario Planetario Imprenta Talleres Garage y/o taller de subterráneo Estación intermedia de subterráneos Estación intermedia de tren suburbano Estación intermedia de transporte de larga distancia Estación terminal de ferrocarril de larga distancia Estación terminal de subterráneo Estación terminal de tren suburbano Terminal de ómnibus de larga distancia Centro de transferencia de pasajeros

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Página 263 Sección VI. Requisitos Técnicos

Plataforma de transferencia (carga) Terminal de carga por automotor Fraccionamiento de gases licuados Fabricación de productos químicos n.c.p. Industrias básicas de hierro y acero Generación de energía eléctrica Transporte de energía eléctrica Plantas fraccionamiento gases licuados Suministro de vapor y agua caliente Captación, depuración y distribución de agua de fuentes superficiales Recolección, reducción y eliminación de desperdicios Servicios de depuración de aguas residuales, alcantarillado y cloacas Planta de Tratamiento de residuos peligrosos Las autopistas, autovías y líneas de ferrocarril y subterráneas y sus estaciones Los puertos comerciales y deportivos y los sistemas de recepción, manejo y/o control de los desechos de los barcos Los aeropuertos y helipuertos. Los supermercados totales, supertiendas, centros de compras. Los mercados concentradores en funcionamiento. Las obras proyectadas sobre parcelas de más de 2.500 metros cuadrados que requieran el dictado de normas urbanísticas particulares. Las centrales de producción de energía eléctrica. Los depósitos y expendedores de petróleo y sus derivados en gran escala. Las plantas siderúrgicas, elaboradoras y/o fraccionadoras de productos químicos, depósitos y molinos de cereales, parques industriales, incluidos los proyectos de su correspondiente infraestructura La ocupación o modificación de la costa y de las formaciones insulares que acrecieren, natural o artificialmente, en la porción del Río de la Plata de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires v del Riachuelo. Las obras de infraestructura que desarrollen entes públicos o privados que presten servicios públicos Las plantas de tratamiento de aguas servidas. Las plantas destinadas al tratamiento, manipuleo, transporte y disposición final de residuos domiciliarios, patogénicos, patológicos, quimioterápicos, peligrosos y de los radiactivos provenientes de actividad medicinal, cualquiera sea el sistema empleado.

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Página 264 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 4 - Planos

Los planos indicativos que forman parte del presente Pliego e integran el presente llamado, se incluyen en el Anexo II en formato PDF, según el siguiente detalle:

o Plano Índice: Plano Indice-GCABA-PZS-R.1.6.4-01-R1 Área de Retención Transitoria de Excedentes Hídricos

o Cámara Área de Retención Rev. 02 - GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R0 o Plano Indoamericano.V1.

- Plano Topográfico GCABA-PZS-R.1.6.A. - Plano Topográfico - Cortes Transversales GCABA-PZS-R.1.6.B.

Ramal Asturias Sur

o Perfil Asturias Sur –GCBA-PZS-R.1.6.4.21-R1 o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 01 (Detalle Nº 1) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 02 (Detalle Nº 2) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 03 (Detalle Nº 3) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 04 (Detalle Nº 4) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 05 (Detalle Nº 5) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 06 (Detalle Nº 6) o Planimetría Asturias Sur-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1 LL (Plano llave) o Ramal Asturias Sur – Plano de Detalle Sifón Nº 1 (bajo 2M10 y CR 3.00x2.00 Av.

Asturias)-GCABA-PZS-R.1.6.4-21-R1. o Sección Típica Túnel-GCABA-PZS-R.1.6.4-25-R0.

Ramal Nágera

o Perfil Nagera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-R1 o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 01 (Detalle Nº 1) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 02 (Detalle Nº 2) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 03 (Detalle Nº 3) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 04 (Detalle Nº 4) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 05 (Detalle Nº 5) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 06 (Detalle Nº 6) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO 07 (Detalle Nº7) o Planimetría Nágera-GCABA-PZS-R.1.6.4-17-RO LL (Plano llave)

Ramal Villa 6

o Perfil Villa 6-GCABA-PZS-R.1.6.4-18-R0

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Página 265 Sección VI. Requisitos Técnicos

o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 01 (Detalle Nº 1) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 02 (Detalle Nº 2) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 03 (Detalle Nº 3) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 04 (Detalle Nº 4) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 05 (Detalle Nº 5) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 06 (Detalle Nº 6) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 07 (Detalle Nº 7) o Planimetría Villa 6-GCBA-PZS-R.16.4-18-R1 LL (Plano llave).

Planos Tipo

o Plano Tipo Boca De Registro-GCABA-PZS o Plano Tipo De Excavacion-GCABA-PZS-H1 o Plano Tipo De Excavacion-GCABA-PZS-H2 o Plano Tipo De Excavacion-GCABA-PZS-H3 o Plano Tipo Sumidero-GCABA-PZS o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H1 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H2 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H3 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H4 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H5 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H6 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H7 o Planos De Estructuras De Conductos Tipo-H8

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Página 266 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 5.- Requisitos para el Inicio de las Obras El inicio de las obras, una vez firmado el Convenio o Contrato, requiere el cumplimiento y presentación por parte del contratista de la siguiente documentación, en el término de veintiocho (28) días de la fecha de inicio: 1 - Seguros

Póliza original Seguro contra Accidentes Personales para el Ingeniero. Comprobante de pago del Seguro de Accidentes Personales. Póliza original Seguro contra Incendio. Comprobante de pago del Seguro contra Incendio. Póliza original de Seguro contra Robo y Hurto. Comprobante de pago de Seguro contra Robo y Hurto. Póliza original del Seguro de Responsabilidad Civil. Comprobante de pago del Seguro de Responsabilidad Civil. Póliza original de Seguro de Responsabilidad por Daño Ambiental Colectivo, o en su defecto caución Comprobante de pago del Seguro Ambiental o Caución

2 – ART

Contrato de Afiliación con ART. Constancia de Pago de ART. Inscripción del Contratista y eventuales subcontratistas en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. Formulario 931 de AFIP. Programa de Higiene y Seguridad con nómina del personal aprobado por ART. Constancia de Aviso de Inicio de Obra firmado por ART.

3 – Higiene y Seguridad

Dar cumplimiento a los requisitos requeridos en las Especificaciones Técnicas. 4 - Subcontrataciones

Documentación contractual con Subcontratista/s Aprobación por el Ingeniero. Póliza de Garantía de la/s Subcontratista/s.

5 - Libros

Libro de Órdenes de Servicio (OS) - (tamaño grande, 50 hojas x triplicado) Libro de Notas de Pedido (NP) – (tamaño grande, 50 hojas x triplicado) Libro de Higiene y Seguridad - (tamaño grande, 50 hojas x triplicado)

6 – Impacto Ambiental

Plan de Gestión Ambiental, incluyendo Medidas de Mitigación. En el caso de haberse tramitado la aprobación del EIA conforme a la Ley 123, acompañará la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental o CAA. En el caso de no haberse tramitado la Declaración de Impacto Ambiental, deberá efectuar la Evaluación de Impacto Ambiental de las obras por cuenta del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

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Página 267 Sección VI. Requisitos Técnicos

7 – Planificación de la obra. Las presentaciones de la Ingeniería de Detalle deberán ser incluidas en un programa general a ser entregado por el Contratista, compatible con el programa de construcción. Plan de Trabajo con Camino Crítico (MS Project) Curva de Inversión. Logística de Obra. Plan Comunicacional. Plan de Señalización. Diagrama de Cortes de calles y desvíos Diagrama de Interferencias. Plano de Obrador. Listado completo y definitivo de equipos, herramientas y materiales a utilizar en la obra. Listado de productos químicos a utilizarse con los recaudos a tomar.

Vencido el plazo fijado precedentemente, y si el Contratista no hubiera cumplimentado la presentación de los requisitos descriptos, el Comitente se hará pasible de las sanciones previstas en el Contrato.

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Página 268 Sección VI. Requisitos Técnicos

Apéndice 6.- Memoria de Cálculo Estructural de Conductos Rectangulares

1. GENERALIDADES El presente documento tiene por objeto proyectar, calcular y dimensionar las estructuras de conductos pluviales ubicados en áreas de influencia de la cuenca Cildañez. Se considera el conjunto de solicitaciones operativas y de servicio a las que estarán sometidas los conductos de hormigón armado. En el diseño se respetan los reglamentos vigentes. Normas y reglamentos

"Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201 Bases para cálculo de puentes de Hº Aº de la DNV. Comisión Alemana para el Estudio del Hormigón Armado, cuadernos 220 y 240.

Materiales

Hormigón para Hº Aº H-30 Acero para Hº Aº - ADN – 420 Cemento tipo ARS para agresión moderada o débil. Recubrimiento exterior: 4 cm. Recubrimiento interior: 3 cm.

2. DATOS DE DISEÑO Características geotécnicas Del estudio de suelo antecedente, se consideran los siguientes parámetros: Coeficientes de Balasto: Conductos Se consideran seis (6) tipos de estructuras para el dimensionado, con variables estados de cargas, según distintas alturas de tapada y sobrecarga. Todos los conductos son de sección rectangular de una sola célula Los espesores son en general de treinta (30) cm, salvo en sectores muy reducidos en que la cubierta y la solera son de cuarenta (40) cm. Se utiliza como material el hormigón armado de calidad H30, de resistencia característica a compresión de trescientos (300) kg cm2, con recubrimientos de tres (3,00) y cuatro (4,00) cm. El acero para armadura es ADN-420 de tensión característica de fluencia de (cuatro mil doscientos) 4.200 kg/cm2 La sobrecarga corresponde a la carga de los ejes pesados de dos (2) hormigoneras que avanzan en la misma dirección y en sentido contrario.

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Página 269 Sección VI. Requisitos Técnicos

El coeficiente de impacto se adopta con valores uno coma diez (1,10) y uno coma veinte (1,20). En la consideración del suelo se respetan los estudios de suelos de la zona y se estudian las situaciones drenadas y no drenadas para plazo largo y corto. En la combinación de estados de carga se consideran estados drenados y no drenados, variando los coeficientes de empujes. Para el cálculo de las diferentes estructuras celulares se utiliza el programa RAM Advance y Elements y en el dimensionamiento y la verificación de los elementos y de las secciones de hormigón armado se sigue el "Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón" CIRSOC 201 – 2005 y las recomendaciones de los cuadernos 220 y 240 de la Asociación de Ingenieros Alemanes. Los signos de los esfuerzos característicos respetan las convenciones vigentes y aplicadas en el país. En la verificación de la reacción en el suelo se respetan las recomendaciones de los estudios de suelos en cuanto a tensiones máximas admisibles y de presiones de empujes de suelos. Respecto de la estabilidad global a flotación se tiende a alcanzar una seguridad de 1.50, considerando como solución constructiva más conveniente la alternativa con alas en la solera de tamaño reducido con la superposición de suelos compactados como contrapeso, eventualmente con rellenos de densidad controlada RDC o capas de hormigón de calidad no inferior a H8. En el cálculo de la fundación elástica de los conductos se considera la variedad de suelos que aparecen definidos en los estudios de suelos, caracterizados por los coeficientes de balasto de los diferentes estratos TIPO I Conducto de sección rectangular unicelular de hormigón armado. Altura libre uno coma cincuenta (1,50) metros., ancho libre dos (2,00) metros., solera y cubierta de espesor cero coma treinta (0,30) metros y paredes verticales de espesor cero coma veinticinco (0,25) metros. Se encuentra enterrado con tapadas variables entre cero coma ochenta y cinco (0,85) metros y dos coma sesenta (2,60) metros. Se dimensiona además un conducto con tapada de cuatro coma setenta (4,70) metros. Este diseño incluye conductos con las siguientes dimensiones libres interiores:

Base: uno coma treinta (1,30) metros. Altura: uno coma treinta (1,30) metros. Base: uno coma cuarenta (1,40) metros. Altura: uno coma cuarenta (1,40) metros. Base: uno coma cincuenta (1,50) metros. Altura: uno coma cincuenta (1,50) metros.

Sobrecarga de cálculo

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Página 270 Sección VI. Requisitos Técnicos

Se considera las sobrecargas de cálculo correspondientes a dos (2) hormigoneras de once (11,00) t por eje en la misma dirección y en sentido contrario. P = 1.1x11 =12.1 t b1 = 2.40 m. b2 = 0,10 m. Para tapada máxima.

Para tapada mínima.

Cargas uniformes equivalentes. Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica. Se analiza un elemento de 1.00m. de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo, mediante el coeficiente de balasto aplicado en la superficie que se obtiene de multiplicar el segmento de la losa de solera obtenido al dividir la misma en diez (10) partes por la faja de 1m en el sentido longitudinal. Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

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Página 271 Sección VI. Requisitos Técnicos

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada máxima (5.01)

Para tapada mínima

Para tapada 4.70m

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

Para tapada máxima Para tapada mínima Para tapada 4.70m Para tapada máxima ( 0.36 ) Para tapada mínima (2.14 ) Para tapada 4.70m (0.36 )

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Página 272 Sección VI. Requisitos Técnicos

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento Cubierta

Flexo-compresión

d. 30 cm h: 26 cm / 25cm M (-) = 4.13 tm/m Q=15.86 t/m N= -8.89t/m Me=4.13 + 8.9x0.11= 5.11 tm/m

As = 5.50cm2/m Se adopta como armadura superior 10 c/ 15 +D 10c/ 15 de paredes M (+) = 4.79 tm/m N= -8.89t/m Me = 5.44tm/m

As: 6.10 cm2/m Se adopta como armadura inferior 12 c/ 15

Solera

Flexo-compresión

d. 30 cm h: 25 cm M (+) = 3.82 tm/m N = -8.46t/m Me = 4.75tm/m

As: 5.03 cm2/m Se adopta como armadura inferior 10 c/ 15 + D10 c/15 de paredes M (-) = 4.11 tm/m N = -8.46 t/m Me = 5.04 tm/m

As: 1.80 cm2/m Se adopta como armadura superior 10 c/ 15

Paredes

Flexo-compresión

d. 25 cm h: 21 cm M (-) = 4.13 tm/m N=-15.86 t/m Me= 4.13 tm/m + 15.86 t/m x 0,085m = 5.50 tm/m

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Página 273 Sección VI. Requisitos Técnicos

As: 5.40 cm2/m Se adopta como armadura vertical 10 c/ 15cm en ambas caras

En todas las esquinas de encuentro de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 4 12.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 8c/15cm.

Verificacióndel corte Q= 15,86t/m q= 11.25t/m Qc= 15.86 – 11.25x.20= 13.61 t/m

= 5.80 kg/cm2< 6,0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificaciónde la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga sobre el camino. R= 1.70 + 6.x0.225 = 3.16t/m

= 3.2 t /0,225m = 14.22 t/m2< adm = 17.9 t/m2 = 6.8x1.9 + 5 Estabilidadglobal Seguridad a flotación

Peso propio:

G1= 0.75X2.50=1.88t/m

G4=0.75x2.90 =2.18t/m

G5=0.94x2 =1.88/m

Tapada mínima:

G2=0.65x1.00x2.90=1.88t/m

0.40x1.00.1.80= 0.72

G3= 0.20X1.30x2.90=0.75t/m pavimento

+ 0.75 = 3.35 t/m

Sub-presión:

N = 5.94 + 3.35 = 9.29 tn/m

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Página 274 Sección VI. Requisitos Técnicos

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

TIPO II Conducto de sección rectangular de hormigón armado. Altura libre dos (2,00) metros, ancho libre dos (2,00) metros, con solera y cubierta de espesor cero coma treinta (0,30) metros, y paredes verticales de espesor cero coma treinta (0,30) metros. Se encuentra enterrado con tapadas de cero coma veintiséis (0,26) metros a dos coma noventa (2,90) metros, además de un tramo profundo con tapadas entre cuatro coma dieciséis (4,16) metros y siete coma veintiocho (7,28) metros. Sobrecarga de cálculo Se considera la sobrecarga correspondiente a dos (2) camiones hormigoneros de once (11,00) toneladas por eje para avance en la misma dirección y sentidos contrarios. P = 11t x 1,1=12.1 t b1 = 2.40 m. b2 = 0,10 m.

Cargas uniformes equivalentes.

/m2

Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica. Se analiza un elemento de 1.00m. de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo, mediante resortes cuyos valores se obtienen como productos del coeficiente de balasto por el área de las superficies en que actúan.

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Página 275 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada 2.90m

Para tapada 0.26m

Para tapada 7.00m

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

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Página 276 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para tapada 2.90m Para tapada 0.26m Para tapada 7.00m Para tapada 2.90m (0.30 ) Para tapada 0.26m (8.75 ) Para tapada 2.90m (0.30 )

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento Cubierta

Flexo-compresión d. 30 cm h: 26 cm / 25cm M (-) = 6.43 tm/m Q=3.9 t/m N= -15.78t/m Me=8.16 tm/m

As:=8.50 cm2/m Se adopta como armadura superior 10 c/ 15 + D12c/ 15 de paredes M (+) = 3.51 tm/m N= -15.78t/m Me= 5.25tm/m

As= 6.40 cm2/m Se adopta como armadura inferior 12 c/ 15

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Página 277 Sección VI. Requisitos Técnicos

Solera

Flexo-compresión

d. 30 cm h: 25 cm M (+) = 6.34 tm/m N= -16.19t/m Me = 8.12 tm/m

As = 7.30cm2/m Se adopta como armadura inferior 10 c/ 15 + D12 c/15 de paredes M (-) = 3.19 tm/m N= -16.19t/m

As= 5.74 cm2/m Se adopta como armadura superior 12 c/ 15

Paredes

Flexo-compresión

d. 30 cm h: 25 cm M (-) = 6.43 tm/m N=-17.30 t/m Me= 6.43 tm/m + 17.30 t/m x 0,11m = 8.33 tm/m

As= 7.20 cm2/m Se adopta como armadura vertical 12 c/ 15cm en ambas caras

En todas las esquinas de encuentro de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 4 12.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 8c/15cm.

Verificación del corte Q= 17.30 t/m q = 15.24t/m Qc= 17.30-0.30x15.24 = 12.70t/m

= 5.44 kg/cm2< 6.0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificación de la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga sobre el camino. R= 1.42 + 9.3 x 0.23 = 3.10 t

= 3.10 t /0,23m = 13.48 t/m2< adm = 22.67t/m2 = 1.90 x 9.30 + 5.00 Estabilidad global Seguridad a flotación

Peso propio:

G1 = 0.75x2.60 = 1.95t/m

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Página 278 Sección VI. Requisitos Técnicos

G4 = 0.75x3.00 = 2.25t/m

G5 = 1.50x2 = 3.00t/m

Tapada mínima:

G2

0.40x2.30x1.00 = 0.92t/m

G3 = 0.26x1.30x3.20 = 1.08 t/m

Sub-presión:

N = 7.20+0.92´+1.08 = 9.18 t/m

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

NOTA: Se deberá colocar suelo con control de compactación HRB u Hormigón H8. TIPO III Conducto de sección rectangular de hormigón armado unicelular. Altura libre dos (2.00) metros, ancho libre tres coma cincuenta (3.50) metros, solera y cubierta de espesor cero coma treinta (0.30) metros y paredes verticales de espesor cero coma treinta (0.30) metros. Se encuentra enterrado con tapadas variables entre cero coma cuarenta (0.40) metros y cuatro (4.00) metros. Este diseño incluye conductos con las siguientes dimensiones libres interiores:

Base: 3.00m Altura: 2.00 m. Base: 2.50m Altura: 2.00 m.

Sobrecarga de cálculo Se considera la sobrecarga correspondiente a dos (2) camiones hormigoneros de once (11.00) toneladas por eje Avanzando en la misma dirección y sentidos contrarios. P = 11.00 x 1,1=12.1 t b1 = 2.40 m. b2 = 0,10 m. Para tapada máxima.

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Página 279 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para tapada mínima.

Cargas uniformes equivalentes. Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica. Se analiza un elemento de un (1.00) metro de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo mediante resortes cuyos valores se obtienen como producto del coeficiente de balasto por las áreas de las superficies de solera en que actúan. Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada máxima

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Página 280 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para tapada mínima

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

Para tapada máxima Para tapada mínima Para tapada máxima (0.18 ) Para tapada mínima

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento

Cubierta Flexo-compresión

d. 30 cm h: 26 cm / 25cm M (-) = 8.58 tm/m N = - 10.75 t/m Q=17.46 t/m Me = 8.58 + 10.75 x 0.11 = 9.76 tm/m

As = 12.4 cm2/m Se adopta como armadura superior 12 c/ 15 + de paredes 12 c/ 15 M (+) = 8.01 tm/m N = -10.75t/m Me = 9.19 tm/m

As: 12.1 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16 c/ 15

Solera

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Página 281 Sección VI. Requisitos Técnicos

Flexo-compresión

d. 30 cm h: 26 cm M (+) = 7.68 tm/m N = -10.11 t/m Me = 8.79 t/m

As =11.60cm2/m Se adopta como armadura inferior 12 c/ 15 + D12 c/ 15 de paredes M (-) = 6.84 tm/m N = - 10.11 t/m Me = 7.95 tm/m

As = 10.1 cm2/m Se adopta como armadura superior 16 c/ 15

Paredes

d. 30 cm h: 26 cm M (-) = 8.58 tm/m N= - 17.46 t/m Me= 8.48 tm/m + 17.46 t/m x 0,11m = 10.50 tm/m

As = 10.90 cm2/m Se adopta como armadura vertical 12 c/ 15 en ambas caras con un adicional en esquinas superiores externas cubierta de 12 c/ 15

En todas las esquinas de encuentros de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 4 12.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 8c/15cm.

Verificación del corte Q= 17.46 – 9.19x0.25= 15.16 t/m

= 6.4 kg/cm2 aprox. 6,0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificación de la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga sobre el camino. R= 1.88 + 6.30 x 0.38 = 4.27 t

= 4.27 t /0.38m = 11.30 t/m2< adm = 6.60 x 1 9 + 5 = 17 5 t/ m2 = T tmax = 3.00x 1.9 + 5 = 10.7 t/m2 = T tmin Estabilidad global Seguridad a flotación

Peso propio:

G1= 0.75 x 4.10 = 3.08 t/m

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Página 282 Sección VI. Requisitos Técnicos

G4 = 0.75x4.70 = 3.52 t/m

G5 = 1.50 x 2 = 3.00 t/m

Tapada mínima:

G2= 0.20x1.00x4.70= 0.94 t/m

2.30x0.60x1.00 = 1.38 t/m

G3= 0.20x1.30x4.70 = 1.22t/m pavimento

Sub-presión:

N = 9.60 + 2.32 + 1.22 = 13.14 t/m

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

NOTA= Colocar suelo seleccionado y controlar la compactación. Utilizar HRB, hormigón H8 TIPO IV Conducto de sección rectangular unicelular de hormigón armado. Altura libre 3.00m., ancho libre 3.50m., solera y cubierta de espesor 0.30m. y paredes verticales de espesor 0.30m. Se encuentra enterrado con tapadas variables entre 1.60m. y 3.30m. Este diseño incluye conductos con las siguientes dimensiones libres interiores:

Base: 3.50m Altura: 2,50 m.

Sobrecarga de cálculo Se considera la sobrecarga correspondiente a 2 camiones hormigoneros de 11.0 t por eje. Para avance en la misma dirección y sentidos contrarios. P = 11t x 1,1=12.1 t b1 = 2.40 m. b = 0,10 m. Para tapada máxima.

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Página 283 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para tapada mínima.

Cargas uniformes equivalentes. Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica. Se analiza un elemento de 1.00m. de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo mediante el coeficiente de balasto aplicado en la superficie de la solera. Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada máxima

Para tapada mínima

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Página 284 Sección VI. Requisitos Técnicos

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

Para tapada máxima Para tapada mínima Para tapada máxima 0.24 ) Para tapada mínima

(0.86 )

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento

Cubierta Flexo-compresión

d. 30 cm h: 26 cm / 25cm M (-) = 9.35 tm/m Q=16.44 t/m N = -13.91t/m Me= 9.53 + 13.91 x 0.11 = 10.88 tm/m

As = 14.30 cm2/m Se adopta como armadura superior 12 c/ 15 +de paredes 12 c/ 15 M (+) = 6.27 tm/m N = -13.91tm/m Me = 7.80tm/m

As = 8.60 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16c/ 15

Solera Flexo-compresión

d. 30 cm h: 25 cm

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Página 285 Sección VI. Requisitos Técnicos

M (+) = 9.26 tm/m N = -15.33t/m Me = 10.9tm/m As = 13.80 cm2/m

Se adopta como armadura inferior 12 c/ 15 + D12c/15 de paredes M (-) = 5.59 tm/m N = -15.13t/m Me = 7.25 tm/m

As = 7.10 cm2/m Se adopta como armadura superior 12 c/ 15

Paredes

Flexo-compresión d. 30 cm h: 25 cm M (-) = 9.35 tm/m N= -16.44 t/m Me = 9.35 t + 16.44 x 0,11m = 11.16 tm/m

As = 13.70 cm2/m Se adopta como armadura vertical 16 c/ 15cm en ambas caras

En todas las esquinas de encuentro de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 4 16.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 10c/15cm.

Verificación del corte Q= 16.44t/m q = 8.65 t/m Qc = 16.44 – 8.65x0.30 = 13.84 t/m

= 5.92 kg/cm2 aprox. 6,0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificación de la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga. R= 1.60 + 6.30 x 0.38 = 4.00 t/m

= 4.00 t /0,38m = 10.53t/m2< adm = 6.90 x 1.9 + 5 = 18.1 t/m2 adm = 5.20 x 1.9 + 5 = 14.9 t/m2

Estabilidad global Seguridad a flotación

Peso propio:

G1=0.75x4.10 = 3.07 t/m

G4=0.75x4,70 =3.53 t/m

G5=2.25x2 = 4.50t/m

Tapada mínima:

G2=1.40X1.00X4.70 = 6.58 t/m

0.60x1.00x3.30 = 1.98 t/m

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Página 286 Sección VI. Requisitos Técnicos

G3= 0.20x1.30x4.70= 1.22 t/m pavimento

Sub-presión:

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

NOTA: Se deberá colocar suelo con control de compactación HRB o Hormigón H8. TIPO V Conducto de sección rectangular de hormigón armado. Altura libre tres (3.00) metros, ancho libre cuatro coma cincuenta (4.50) metros, solera y cubierta de espesor cero coma cuarenta (0.40) metros y paredes verticales de espesor cero coma cuarenta (0.40) metros. Se encuentra enterrado con tapadas variables entre uno coma treinta (1.30) metros y tres (3.00) metros.

Sobrecarga de cálculo Se considera las sobrecargas de cálculo correspondientes a dos (2) hormigoneras de once (11.00) toneladas por eje en la misma dirección y en sentido contrario. P = 1.1x11 =12.1 t b = 2.40 m. b2 = 0,10 m. Para tapada máxima.

Para tapada mínima.

Cargas uniformes equivalentes.

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Página 287 Sección VI. Requisitos Técnicos

Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica. Se analiza un elemento de 1.00m. de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo mediante el coeficiente de balasto aplicado en la superficie de la solera. Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada máxima

Para tapada mínima

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

Para tapada máxima Para tapada mínima

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Página 288 Sección VI. Requisitos Técnicos

Para tapada máxima (0.27) Para tapada mínima (1.15)

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento

Cubierta

Por Flexo-compresión d. 40 cm h: 36 cm / 35cm M (-) = 14.25 tm/m Q=22.7 t/m N = -12.93 t/m Me=14.25 + 12.93 x 0.15 = 16.2 tm/m

As= 15.4 cm2/m Se adopta como armadura superior 16 c/ 15 +de paredes 16 c/ 15 M (+) = 13.56 tm/m N = .12.93 t/m Me = 15.5 tm /m

As = 14.5 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16 c/ 15

Solera

Por Flexo-compresión

d. 40 cm h: 35 cm M (+) = 13.07 tm/m N = -13.02 t/m Me = 15.02 tm /m

As = 13.9 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16 c/ 15 + D16 c/15 de paredes M (-) = 11.61 tm/m N = - 13.02 t/m Me = 13.56 tm/m

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Página 289 Sección VI. Requisitos Técnicos

As = 12.0 cm2/m Se adopta como armadura superior 16 c/ 15

Paredes Flexo-compresión

d. 40 cm h: 35 cm

M (-) = 14.25 tm/m Q =17.61 t/m N = -22.7 t/m

Me = 14.25 + 22.7 x 0.15 = 17.66 tm/m As = 17.80 cm2/m

Se adopta como armadura vertical en ambas caras 16c/15 adicionando en esquinas desde la cubierta 16 c/ 15

En todas las esquinas en los encuentros de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 6 16.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 10c/15cm.

Verificación del corte Q= 22.70 t/m q = 9.26t/m Qc =22.7 – 9.26 x 0.35 = 19.46 t/m

= 6.00 kg/cm2 = 6,0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificación de la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga sobre el camino, que representa el 30% de total la carga vertical total. R= 2.80 + 6.4 x 0.49 = 5.94 t

= 5.94 t /0,49m2 = 12.12 t/m2< adm = 14.7 t/m2 = 1.90 x 5.1 + 5 = 14.7 = 17.9 t/m2 = 1.90 x 6.8 + 5 = 17.9 Estabilidad global Seguridad a flotación

Peso propio:

G1 = 1.00 x 4.90 = 4.90 t/m

G4 = 1.00 x 5.70 = 5.70 t/m

G5 = 3.00 x 2 = 6.00 t/m

Tapada mínima:

G2 = 1.10 x 5.70 x 1.00 = 6.27 t/m

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Página 290 Sección VI. Requisitos Técnicos

3.40 x 0.80 x 1.00 = 2.72 t/m

G3 = 0.20x 1.30 x 5.70 = 1.48 t/m = 1.48 tn/ m

Sub-presión:

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

TIPO VI Conducto de sección rectangular de hormigón armado. Altura libre dos (2.00) metros, ancho libre cuatro coma cincuenta (4.50) metros, solera y cubierta de espesor cero coma cuarenta (0.40) metros y paredes verticales de espesor cero coma cuarenta (0.40) metros. Se encuentra enterrado con tapadas variables entre un (1.00) metro y cuatro (4.00) metros. Sobrecarga de cálculo Se considera las sobrecargas de cálculo correspondientes a 2 hormigoneras de 11.0t por eje en la misma dirección y en sentido contrario. P = 1.1x11 =12.1 t b1 = 2.40 m. b2 = 0,10 m. Para tapada máxima.

Para tapada mínima.

Cargas uniformes equivalentes. Cálculo en sentido transversal El modelo para analizar la sección transversal, es una sección rectangular apoyada sobre la solera en fundación elástica.

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Página 291 Sección VI. Requisitos Técnicos

Se analiza un elemento de un (1,00) metro de profundidad (medido en el desarrollo longitudinal). La fundación elástica se introduce en el modelo de cálculo mediante el coeficiente de balasto aplicado en la superficie de la solera. Para este caso:

Estados de carga

Estado 1: Cargas permanentes

Estado 2: Sobrecarga

Estado 3: Empuje lateral del suelo

Para tapada máxima p1 ( 7.30) Para tapada mínima

Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga.

Para tapada máxima Para tapada mínima Para tapada máxima Para tapada mínima

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Página 292 Sección VI. Requisitos Técnicos

Estado 5: Agua Interior

Combinación de estados de carga

Dimensionamiento

Cubierta

Por Flexo-compresión d. 40 cm h: 36 cm / 35cm M (-) = 11.42 tm/m Q=22.87 t/m N = -12.49 t/m Me=11.42 + 12.49x0.15 = 13.29 tm/m

As = 11.9 cm2/m Se adopta como armadura superior 16 c/ 15 +de paredes 16c/ 15 M (+) = 16.05 tm/m N = - 12.49 t/m Me = 17.92 tm/m

As = 17.8 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16 c/ 10

Solera Por Flexo-compresión

d. 40 cm h: 35 cm M (+) = 9.65 tm/m N = -10.67 t/m Me = 9.65 + 10.67 x 0.15 = 11.25 t/m

As = 10.0 cm2/m Se adopta como armadura inferior 16 c/ 15 + D16 c/15 de paredes M (-) = 12.75 tm/m N = - 10.67 t/m Me = 14.35 tm/m

As = 14.0 cm2/m Se adopta como armadura superior 16 c/ 15

Paredes

Flexo-compresión

d. 40 cm

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Página 293 Sección VI. Requisitos Técnicos

h: 35 cm

M (-) = 11.42 tm/m N = -22.87 t/m Me = 14.85 tm/m Me= 11.42 + 22.87 x 0,15 = 14.85 tm/m

As = 9.6 cm2/m Se adopta como armadura vertical en ambas caras 16c/15 adicionando en esquinas desde la cubierta 12 c/ 15

En todas las esquinas en los encuentros de paredes con la solera y la cubierta se colocarán 6 D16.

Armadura longitudinal a disponer en ambas caras, en solera, cubierta y paredes: 10c/15cm.

Verificación del corte Q= 22.87 t/m q = 9.33 t/m Qc = 22.87 – 9.33 x 0.35 = 19.6 t/m

= 6.05 kg/cm2 = 6,0 kg/cm2 = k1 . 01.1 Verifica sin armadura de corte Verificación de la reacción en el terreno Se verifica con la reacción que genera la estructura en el terreno, incluyendo la acción de la sobrecarga. R= 2.87 + 6.4 x 0.49 = 6.0 t

= 6.0 t /0,49m = 12.24 t/m2< adm = 17.92 t/m2 = 6.8 x 1.9 + 5 = 12.2 t/m2 = 3.8x 1.9 + 5 Estabilidad global Seguridad a flotación

Peso propio:

G1 = 1.00 x 4.90 = 4.90 t/m

G4 = 1.00 x 5.70 = 5.70 t/m

G5 = 2.0 x 2 = 4.00 t/m

Tapada mínima:

G2 = 0.80 x 5.70 x 1.00 = 4.56 t/m

2.40 x 0.80 x 1.00 = 1.92 t/m

G3 = 0.20x 1.30 x 5.70 = 1.48 t/m

Sub-presión:

Seguridad al levantamiento. Verifica si

Seguridad aceptable

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Página 294 Sección VI. Requisitos Técnicos

(*) Manual de SBH: “Tecnología moderna para la entibación de zanjas – proyecto, aplicaciones y empleo”.

1.1.1.1 Cámaras, conexiones y empalmes Materiales

Hormigón para Hº Aº H-30 Acero para Hº Aº ADN – 420 Recubrimiento: 3 cm.

Descripción Se resolverán en hormigón armado, tanto las soleras y cubiertas como los tabiques exteriores e internos, el espesor mínimo y general será de treinta (30,00) cm, las mallas de acero de armado irán en ambas caras y serán de diámetro diez (10,00) mm en un cuadro de quince (15,00) por quince (15,00) cm. Se colocarán eventuales refuerzos de armadura en caso de ser necesarios. Las conexiones a conductos de mayor magnitud contemplarán el desarrollo de superficies de refuerzo exteriores en la zona de perforación, y en forma de anillo desde los mismos la conexión a los conductos nuevos. Las mallas de refuerzo serán al menos de diámetro de doce (12,00) mm y en cuadro de quince (15,00) por quince (15,00) cm. Los bocas de registro serán de uno (1,00) por uno (1,00) metro de interior libre, de espesores mínimos de veinticinco (25,00) cm y con doble malla del diámetro de diez (10,00) mm y de cuadra de diez (10,00) por diez (10,00) cm, tanto en tabiques, como en cubiertas y soleras. Los rellenos interiores de disipadores encauzadores se harán con mortero de cemento, y con malla superficial de diámetro de ocho (8,00) mm y cuadro de diez (10,00) por diez (10,00) cm. Las esquinas y bordes contendrán cuatro (4) barras de diámetro doce (12,00) mm, según el detalle a continuación:

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Página 295 Sección VI. Requisitos Técnicos

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Página 296 Sección VI. Requisitos de las Obras

A. MEMORIA DE CÁLCULO DE LA ESTRUCTURA DEL ÁREA DE RETENCIÓN DE

EXCEDENTES HÍDRICOS 1. OBJETO El presente documento tiene por objeto proyectar, calcular y dimensionar las estructuras del Área de Retención de Excedentes Hídricos (ARTEH) de la cuenca del arroyo Cildáñez. Se consideran las solicitaciones que se generan en la operación y en el servicio de las estructuras de hormigón armado. Se respetan en el diseño las directivas de los reglamentos vigentes. 2. NORMAS Y REGLAMENTOS

Reglamento CIRSOC 201-2005 Bases para cálculo de puentes de hormigón armado de la DNV. Comisión Alemana para el Estudio del Hormigón Armado, cuadernos 220 y 240.

3. MATERIALES

Hormigón para Hormigón Armado H30 Acero para Hormigón Armado ADN 420 Cemento tipo ARS para agresión moderada o débil. Recubrimiento exterior: 4 cm. Recubrimiento interior: 3 cm.

4. DATOS DE DISEÑO Características geotécnicas Del estudio de suelos antecedente, se consideran los siguientes parámetros: Coeficientes de Balasto: Tensión admisible vertical 7 t/m² + . h 5. CÁMARA La cámara rectangular se compone de tres (3) paredes perimetrales de siete coma veinte (7.20) metros de altura y una de dos coma setenta (2.70) metros en el lateral de vertido hacia el canal de salida, generando un desnivel de esa altura, con respecto del canal. Apoya en el suelo a través de una platea de once coma dieciséis (11,16) metros por nueve coma treinta (9.30) metros, siendo las dimensiones interiores de nueve coma cincuenta y seis (9.56) metros por ocho coma diez (8.10) metros. Tanto las paredes perimetrales como la platea son de cero coma cuarenta (0,40) metros de espesor.

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Página 297 Sección VI. Requisitos de las Obras

La cámara incluye en su interior un tabique de cero coma cuarenta (0,40) metros de espesor, de nueve coma cincuenta y seis (9,56) metros de ancho y siete coma veinte (7,20) metros de altura, generando dos (2) recintos. Esta pared sostiene cuatro (4) compuertas que permiten cerrar cuatro (4) pases de un (1.00) metro por un (1.00) metro que comunican ambos recintos. La pared de nueve coma cincuenta y seis (9.56) metros de ancho, paralela y junto al entubado del arroyo Cildañez tiene dos (2) aberturas de conexión con el mismo. Una de las paredes perpendiculares a la anterior presenta una abertura de cuatro coma cincuenta (4.50) metros por dos (2.00) metros para la arremetida del conducto de la calle Asturias. La otra pared paralela a la anterior no tiene aberturas. La pared de vertido de dos coma setenta (2.70) metros de altura se conecta con el canal de salida en un ancho de nueve coma cincuenta y seis (9.56) metros. El canal de Vertido tiene una longitud de dieciocho (18.00) metros y nueve coma cincuenta y seis (9.56) metros de ancho y es de altura variable entre cuatro coma cincuenta (4.50) metros y cero (0.00) metros. Su solera tiene un ancho total de diez coma setenta y seis (10,76) metros y tiene en su extremo una viga de cero coma cuarenta (0.40) metros por cero coma ochenta (0.80) metros. Los tabiques tienen un espesor de cero coma cuarenta (0.40) metros y la solera es de cero coma treinta (0.30) metros. Sobrecargas de Cálculo Se considera, en el perímetro de la cámara y del canal, la circulación de un móvil liviano (4t). Para ello se considera una presión vertical pv 2 t/m2 que genera empujes sobre las paredes. Las presiones a considerar son de valor: ph = ka x pv = 0.50 x 2.00 = 1.00 t/m2 Cálculo de la Cámara y Canal de Vertido Tanto la cámara como el canal se apoyan a través de sus plateas en el suelo. Se analizan como fundación elástica, para lo cual se considera un coeficiente de balastro vertical de 1,00Kg/cm³ que en 1m² genera resortes de 10t/cm. Se estudia la Cámara para tres (3) estados:

1. Cámara vacía 2. Cámara llena 3. Cámara con el recinto menor lleno y el mayor vacío.

Estados de carga Estado 1: cargas permanentes g1= losa de fondo = 0.40 x 2.5 = 1.00 t /m2 g2 = paredes cámara = 0.40 x 2.5 x 7.20 = 7.2 t /m = 0.40 x 2.5 x 2.70 = 2.70 t /m g3= losa del canal = 0.30 x 2.5 = 0.75 t /m2

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Página 298 Sección VI. Requisitos de las Obras

g4= paredes canal = 0.30 x 2.5 x 4.50 = 3.38 t /m variable a 0.00 t/m Estado 2. Sobrecarga P = no se contempla en losas P = en paredes = 1t/m Estado 3: Empuje lateral del suelo P1 = ka x S x h En cámara p1 = 0.50 x 1.9 x 7.20 = 6.84 t/m2 En canal p2 = 0.50 x 1.9 x 4.50 = 4.28 t/m2 variable a 0.00 t/m2 Estado 4: Empuje lateral por agua exterior y sobrecarga Napa a nivel TN Cámara por agua p3 = 1t/m3 x h Canal por agua p4 = 1 t/m3 x h variable Por sobrecarga p5 = ka x pv p3 = 1t/m3 x 7.20m = 7.20 t/m2 p4 = 1 t/m3 x 4.50m = 4.50 t/m2 variable a 0.00 p5 = 0.5 x 2.00 t/m2 = 1.0 t/m2 Estado 5: Empujes por agua interior En cámara p6 = 7.2 t/m2 En canal p7 = 4.5 t/m2 variable a 0.00 t/m2 Combinaciones de cargas: H1 = E1 + E2 + E3 + E4 H2 = E1 + E2 + E3 + E4 + E5 H1 = E1 + E2 + E3 + E4 + E5 parcial Esquemas

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Página 299 Sección VI. Requisitos de las Obras

Dimensionamiento Losa de fondo de cámara Flexión No se considera los esfuerzos axiles ya que son de compresión y de valor reducido. Esfuerzos – Cámara vacía comb. H2 mxa = 11.8 tm/m apoyo long corta mxt = 8.8 tm/m tramo mya = 13.0 t/m apoyo long larga myt = 4.0 tm/m tramo Hormigón H-30 Acero ADN 420 B = 1.00 m D = 40 cm h = 35 cm Mxa = 11.8 tm/m kh = 10.2 ke = 0.45 As = 15.2 cm2/m (D20 c/15 = 20,9 cm²/m) Mxt = 8.8 tm/m As = 11.3 cm2/m (D20 c/15 = 20,9 cm²/m) B = 1.00 m D = 40 cm h = 33 cm Mya = 13.2 tm/m kh = 9.1 ke = 0.45 As = 18 cm2/m (D20/15 = 20,9 cm²/m) Myt = 4 tm/m As = 5.5 cm2/m (D20/15 = 20,9 cm²/m) Armadura adoptada Superior e inferior D20 c/15 Corte Qx = 18.3 t/m Qc = 18.3t/m – 0.20x7.0t/m2 = 16.9 t/m A borde de tabique T = 16.9/0.9x0,.35 = 5.36 kg/cm2 T < k2xT011 = 0.9 x 6.0 = 5.4 kg/cm2 K2 = 0.12/d + 0.6 = 0.12/0.40 + 0.6 = 0.9

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Página 300 Sección VI. Requisitos de las Obras

No es necesario colocar armadura de corte Tabique central de la cámara T01 Lx = 9.96m Ly = 7.40m Ly/lx = 1.35 Carga triangular q= 7.20 t/m2 Recinto aledaño vacío Esfuerzos mxa = 19.7 tm/m en vertical apoyo myt = 6.6 t/m tramo mya = 13.5 tm/m en horizontal apoyo mxt = 3.4 tm/m tramo qxi = 17.3 t/m qxs = 4.4 t/m Flexión b= 1.00m d= 40cm h = 33cm mxa = 19.7 tm/m vertical kh = 7.4 ke = 4.8 As = 28.6.cm2/m (D20 c/15 + D20c/30 = 31.4cm2/m) mxt = 6.6.tm/m As = 9.0 cm2/m (D20 c/15 = 20,9 cm2/m) mya = 13.5 t/m horizontal d= 40 cm h = 35 cm As = 17.3.cm2/m (D20 c/15 = 20.9 cm2/m) myt = 3.4 tm/m as = 4.4 cm2/m Armadura adoptada En ambas caras Vertical D20 c/15 con esfuerzo inferior D20 c/30 en 4.00m Horizontal D20c/15 Refuerzos sobre los pases 4 D20 en horizontal Refuerzos a ambos lados de cada pase 4 D20 en vertical Corte Qx = 17.3 t/m T = 17.3/0.9 x 0.35 = 5.4 kg/cm2 = k2x T011 = 5.4 kg/cm2 No hace falta colocar armadura de corte

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Página 301 Sección VI. Requisitos de las Obras

Canal de descarga Tabiques T04 y T05 y solera Se dimensionan los tabiques T04 y T05 y solera para 3 alturas para optimizar armaduras TabiquesSolera b = 1,00 m b = 1,00 m d = 40 cm h = 33 cm d = 30 cm h = 23 cm A 16.00m del extremo h = 4.00 m P1 = 1,0 t/m2 P2 = 0.50 x 4.0 x 1.9 +1.0 = 4.8 t/m2 Carga Trapecial M = 18,1 tm/m M = 18.1 x 0.8 = 14.50 tm/m debido al contrafuerte Tabiques M = 14.50tm/m b = 1.00m d = 40 cm h = 33 cm kh = 8,7 ke = 0.45 As = 19.4cm2 ( D20c/15 = 20.9 cm2/m ) Solera M = 14.50tm/m b = 1.00m d = 30 cm h = 23 cm kh = 7,54 ke = 0.46 As = 29,0 cm2 ( D20 c/15 + D20c/30 = 31,3 cm2/m ) Q= 11.6 t/m Q= 11.6 x 0,8 = 9,28 t/m Q = 9.3 / 0.9x0.33 = 3,1 kg/cm2 menor que k2 x T011 = 0,9 x 6.0 = 5,4kg/cm2 No es necesaria la armadura de corte A 12.00m del extremo H = 3.00m P1 = 1.0 t/m2 P2 = 3.85 t/ M =8.8 tm/m Tabique Kh = 11.0 ke = 0.45 As = 12 cm2/m ( D20 c/15 = 20.9 cm2/m ) Solera Kh = 7.7 ke = 0.46 As = 17.2 cm2/m ( D20 c/15 = 20.9 cm2/m )

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Página 302 Sección VI. Requisitos de las Obras

Q = 7.3 t/m Verifica sin armadura de corte A 8.00m del extremo H = 2.00m P1 =1.0 t/m2 P2 = 2.90 t/m2 M = 3.3 tm/m Tabique As = 4.5 cm2/m ( D12 c/15 = 7.53 cm2/m ) Solera As = 6.5 cm2/m ( D12 c/15 = 7.53 cm2/m ) Q = 3.9 t/m Verifica sin armadura de corte. Armadura adoptada Tabiques ambas caras De 0.00 a 6.00m Vertical D12 c/15 Horizontal D12 c/15 De 6.00 a 9.00m Vertical D16 c/15 Horizontal D12 c/15 De 9.00 a 15.00m Vertical D20 c/15 Horizontal D16 c/15 De 15.00 a 18.00m Vertical D20 c/15 Horizontal D20 c/15 Solera Transversal superior e inferior De 0.00 a 6.00m D12 c/15 De 6.00 a 9.00m D16 c/15 De 9.00 a 18.00m D20 c/15 con Refuerzo inferior de D20 c/30 entre 15.00 y 18.00 Longitudinal superior e inferior D12 c/15 con Refuerzo entre 9.00 y18.00 de D16 c/30 Tabique perimetral transversal en el extremo de la cámara T03 D = 40cm Ly = 9.96m Horizontal Lx = 7.40m Vertical Ly/Lx = 1.35 Se considera empujes para cámara vacía y napa a nivel -1.50 respecto de TN P1 = 1.0 t/m2 P2 = 10.00 t/m2

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Página 303 Sección VI. Requisitos de las Obras

Esfuerzos mxa = 27.6 tm/m en apoyo en Vertical mxt = 9.2 tm/m en tramo mya = 18.9 tm/m en apoyo en Horizontal myt = 6.2 tm/m en tramo qxi = 24.2 t/m inferior en Vertical qxs = 6.2 t/m superior Flexión En vertical b= 1.00m d= 40cm h= 33cm mxa= 27.6tm/m kh= 6.3 ke=0.48 As = 41.8cm2/m ( D20 c/15 + Ref en 4.00m inferiores D20 c/15 = 41.9 cm2/m ) mxt=9.2tm/m As = 12.5cm2/m En horizontal mya=18.9 tm/m d=40cm h=35cm As = 24.3cm2/m ( D20 c/15 + D16 c/15 de tabiques longitudinales = 34.3 cm2/m ) Myt=4.8 tm/m As = 6,2 cm2/m ( D20 c/15 ) Armadura adoptada En ambas caras Vertical D20 c/15 + Refuerzo D20 c/15 en 4.00m inferiores Horizontal D20 c/15 + Refuerzo exterior D16 c/15 desde tabiques longitudinales Refuerzos sobre pases 4 D20 en horizontal y 4 D20 en vertical a cada lado de cada pase. Corte Q= 24.2 t T = 24.2 / 0.9x0.35 =7.7 kg/cm2 mayor que k2xT011 As = 0.50x7.7 x 100 x100 / 2400 = 16 cm2/m2 (Estribos o ganchos D16 c/30c/30 = 22,2 cm2/m2 ) Se colocarán en los 3.00m inferiores. Tabique perimetral transversal junto al canalT01 Este tabique determina el final de la cámara y el comienzo del canal. Une las losas de fondo Ubicadas en niveles distanciados 2.70m. Tiene una altura total de 3.10m, una longitud de 11,16m y un espesor de 0.40m. Forma parte además, en su plano, junto con los contrafuertes y el puntal superior del pórtico que estabiliza el lateral abierto de la cámara

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Página 304 Sección VI. Requisitos de las Obras

Armadura adoptada En ambas caras Vertical D20 c/15 Horizontal D16 c/15 + cordones superior e inferior de 4 barras de D20 cada uno, dentro de las losas de fondo. Tabiques perimetrales longitudinales T4 y T5 (como parte de la cámara) D = 40cm Lx = 5.90m Horizontal Ly = 7.20m Vertical Ly/Lx = 1.23 Se considera empujes para cámara vacía y napa a nivel -1.50 respecto de TN P1 = 1.00 t/m2 P2 = 10.20 t/m2 Esfuerzos mxa = 14.5 tm/m en apoyo en horizontal mxt = 5.80 tm/m en tramo mya = 17.50 tm/m en apoyo en vertical myt = 4.30 tm/m en tramo qxe = 17.60 t/m en apoyo vertical central qxa = 12.50 t/m en apoyo vertical de borde qye = 24.00 t/m en apoyo horizontal inferior qya = 5.40 t/m en apoyo horizontal superior Flexión En horizontal b= 1.00m d= 40cm h= 35cm mxa= 14.50tm/m kh= 9.2 ke=0.45 As = 18.6 cm2/m ( D16 c/15 + Ref D16 c/15 = 26.7 cm2/m ) mxt= 5,80 tm/m As = 7.50 cm2/m ( D16 c/15 = 13.3 cm2/m ) En vertical mya=17.50 tm/m d=40cm h=33cm kh = 7.9 ke=0.46 As = 24.4 cm2/m x 0.85 = 20.7 cm2/m (D20 c/15 = 20.9 cm2/m) Myt=5.4 + 17.5 x 0.10 = 7.2 tm/m As = 9.80 cm2/m (D20 c/15 = 20.9 cm2/m)

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Página 305 Sección VI. Requisitos de las Obras

Armadura adoptada En ambas caras Vertical D20 c/15 Horizontal D16 c/15 + Refuerzo D16 c/15 desde tabiques transversales y del canal Refuerzos sobre pase 8 D20 en horizontal y 8 D20 en vertical a cada lado del pase. Corte Qy= 24.0 t/m T = 24.0 / 0.9x0.33 =8.1 kg/cm2 mayor que k2xT011 As = 0.50x8.1 x 100 x100 / 2400 = 16.8 cm2/m2 (Estribos o ganchos D16 c/30c/30 = 22,2 cm2/m2 ) Se colocarán en los 3.00m inferiores y en 1.0m del perímetro del pase. Vigas horizontales superiores Estas vigas se desarrollan sobre todos los tabiques de la cámara. Su función es limitar las deformaciones horizontales de los tabiques frente a los empujes. Dimensiones b = 0.40m en vertical D = 0.80m en horizontal Cargas qxs = 6.2 t/m en tabique transversal perimetral Longitud de cálculo = 9.96m Esfuerzos M = 62 tm Q = 31 t Flexión B= 0.40m D= 80cm h= 73cm M= 62tm Kh= 5.9 ke=0.48 As= 35.9 cm2 ( 8 D25 =39.2 cm2 ) Corte Q=31 t T= 31/0.9x0.73 x0.40= 11.8 kg/cm2 Tr = 5.8 kg/cm2 As= 5,8 x 40/24 =9.7 cm2/m (Estribos D16 c/15 ) Armadura adoptada sobre todos los tabiques de la cámara Armaduras en las vigas horizontales Longitudinal 8 D25 lado libre y 4Φ25 dentro del tabique. Estribos D16 c/15 De piel 2 D16 en la cara superior e inferior Contrafuertes Se desarrollan en los extremos internos de la cámara, en correspondencia del arranque del canal Dimensiones:

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Página 306 Sección VI. Requisitos de las Obras

b= 0,40 m d= 0,80 m L = 7,20 m desde el coronamiento hasta la platea hL = 4,50 m Altura libre q x = 17,1 t/m valor máximo q x = 0,7 x 17,1 = 12 t/m q x = 3,3 t/m q x + = 12 + 3,3 = 15,3 t/m Esfuerzos:

/8 = 47,8 tm

/14 = 27,3 tm

= 47,8 t = 28,7 t

A Flexión = 47,8 tm

b = 0,40 m d = 80 cm h = 73 cm Kh= 6,7 he = 0,48 As= 31,4 cm² (6Φ25 + 2Φ20 = 35,68 cm²)

= 27,3 tm As= 16,8 cm² (6Φ25 = 29,4 cm²) Corte Q = 47,8 t T = 47,8/0,9 x 0,73 x 0,40 = 18,2 Kg/cm²

²/ 24 > 10 Kg/cm² < 24 Kg/cm² TR= 13,8 Kg/cm² As = 13,8 x 40/24= 23 cm²/m Estribos Φ16 (26,7 cm²/m) Armadura adoptada vertical 6Φ25 en cada cada cara 2Φ20 en cada lateral Estribo Φ16 Puntal superior Relaciona ambos contrafuertes en el coronamiento conformando la cámara en el lateral interno. Dimensiones - Forma b = 0,80 – 0,40 m en horizontal d = 0,80 m en vertical

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Página 307 Sección VI. Requisitos de las Obras

Acciones N= Qs = 28,7 t de contrafuertes g = 0,40 x 0,8 x 2,5 = 0,80 Nervio Peso Propio 0,40 x 0,40 x 2,5 = 0,40 Pasarela 1,20 t/m Esfuerzos N= -28,7 t

= 1,20 x 10²/10 = 12tm = 1,20 x 10/2 = 6t

= 10,00m b = 0,80 m d= 0,80 m SK= 10,00 longitud de pandeo = radio de giro = 80/ = 23 cm = SK/ = esbeltez

= 1000/23 = 43< 70 e/d = 42/ M/N.d = 12/28,7 x 0,80 = 0,52 e/d = 0,52 > 0,30 < 2,50 Por pandeo f =( - 20) /160 . d = (43-20)/160 .80 = f = 11,5 cm

= 12+0,115 x 28,7 = 15,3 tm N= 28,7 t b = 0,80 m d = 80 cm h = 73 cm N = 28,7 t M = 15,3 tm Me = 15,3 + 28,7 x 0.33 = 24,8 tm As= 4,3 cm² Armadura mínima 4 por lado 0,004 x 40 x 80 = 12,8 cm² Armadura adoptada Longitudinal 4Φ20 en cada cara total 16 +2 = 18 2 estribos transversal Φ 12

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Página 308 Sección VI. Requisitos de las Obras

Viga en el arranque del canalDimensiones 40 cm x 80 cm Armadura adoptada Longitudinal superior 4Φ20 Longitudinal inferior 4Φ20 Longitudinal de piel 3Φ20 en cada cara Estribo Φ16 Verificación de la tensión el en suelo Se controlarán las tensiones para carga máxima, es decir con Cámara llena. Cargas Peso propio Losa de fondo – Platea y Tabiques 0,40 x 2,5 x 11,16 x 9,3 = 103,8 t Tabiques 0,40 x 2,5 x 7,60 x 8,90 x 2 = 135,3 x 9,56 x 2 = 145,3 0,40 x 2,5 x 2,70 x 10,36 = 28,0 0,40 x 2,5 x 0,40 x 4,50 x 2 = 3,6 0,40 x 2,5 x 1,20 x 9,56 = 11,5 427,50 t Agua hasta nivel superior 7,70 x 1,0 x 9,56 x 7,20 = 530,0 NT = 907,5 t Tensión media en el suelo

957,5 t Área base = 11,16 x 9,3 = 103,8 m²

= 957,5 / 103,8 =9,22 t/m² = 0,92 Kg/cm² = 10 t/m² Tensión máxima

M = 2x 0,92 = 1,84 Kg/cm² Tensión admisible

max < adm VERIFICA

NOTA: No se consideró la subpresión por nivel de la napa freática, que descarga a la cámara. Seguridad al levantamiento A. Sin colaboración del suelo sobre las alas Cámara vacía y napa a -4,50 Peso Propio Ng = 427,50t Supresión S = 8,9 x 11,36 x 3,10 = 313,4 t

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Página 309 Sección VI. Requisitos de las Obras

Seguridad al levantamiento CSF= N/S, 427,50/313,4 = 1,36 VERIFICA B. Adicionando el peso del suelo en las alas Ng = 427,50 t NS = 0,4 x 1,9 x 7,2 x 9,3 x 2 + 0,4 x 1,9 x 2,7 x 10,36 = 123,10 t N = 427,5 + 123,1 = 550,6 t S = 313,4 t CSF = N/S = 1,75 VERIFICA EL COEFICIENTE DE SEGURIDAD AL LEVANTAMIENTO. C. Con napa a -1,50 del TN Suelo completo En 0,40 de las alas NS1 = 123,1 t En triángulo sobre la superficie de rotura (a ) NS2 = 4,15 x 2/2 x 1,9 x 7,20 x 8,9 = 505 t NS = 123,1 + 505 t = 628,1 t Agua en la cámara hasta nivel -4,50 m Na = 2,70 m x 7,70 x 9,56 = 198,7 t Subpresión con napa a -1,50

= 6,10 x 8,90 x 10,36 = 562,4t Seguridad al levantamiento CSL = NT/S - Considerando el agua interior NT = Ng +NS + Na = 427,5 +628,1 t + 198,7 NT = 1254,3 t

= 562,4 t CSL = 2,23 - Sin considerar el agua interior NT = Ng +NS = 427,5 + 628,1 = 1055,6 t

= 562,4 t CSL = 1,87 VERIFICA NOTA: La seguridad al levantamiento es aceptable, además, supera los coeficientes requeridos 1.50 -1.30

B. ESTUDIOS DE GEOTECNIA La información que se presenta a continuación deberá ser tomada a título ilustrativo, debiendo el Contratista corroborarla o en su defecto modificarla a su cargo, quedando la responsabilidad exclusiva en manos del Contratista de la Obra.

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Página 310 Sección VI. Requisitos de las Obras

Apéndice 7.- Información Geotécnica

1. ANALISIS PONDERADO DE PARAMETROS GEOTECNICOS Los conceptos y parámetros que se indican a continuación deberán ser considerados orientativos.

1.1 Descripción General Las distintas investigaciones muestran la presencia, en forma aleatoria, de materiales heterogéneos de relleno en espesores no superiores, en general, a los dos (2,00) metros. Subyacentemente se presentan suelos generalmente cohesivos de mediana consistencia hasta los cinco (5,00) metros de profundidad y de consistencia media a alta y muy alta por debajo de este nivel, siempre referido al de las respectivas bocas de perforación. En los sondeos Nº 34 y Nº 35 se presenta un manto superior constituido por arenas limosas sueltas a medianamente densas con un espesor variable entre tres (3) y ocho (8) metros. Esta circunstancia, unida a la presencia del nivel de equilibrio de la Capa Freática a profundidades variables entre uno coma cincuenta (1,50) y tres (3,00) metros; permite recomendar que este sector sea merecedor de un análisis pormenorizado al evaluar no solo los parámetros de proyecto sino fundamentalmente la secuencia constructiva a implementar. En general se detecta la presencia del agua Libre Subterránea a profundidades inferiores a cinco (5,00) metros con respecto al nivel del terreno en cada emplazamiento.

1.2 Parámetros Promedio Ponderados

Manto Considerado

Nivel

Superior- Inferior (metros)

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> 5.00 1.00 10 0.00 30 1.30 4.50 2.50-3.50

1.3 Análisis ponderado de parámetros geotécnicos en el Área de Retención Temporaria de

Excedentes Hídricos (ARTEH) Las perforaciones efectuadas permiten corroborar los criterios y parámetros.

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Página 311 Sección VI. Requisitos de las Obras

Las distintas investigaciones efectuadas muestran la presencia, en forma aleatoria, de materiales más o menos heterogéneos de relleno poco compactos en espesores variables entre sondeos que no superan los cuatro coma cincuenta (4,50) metros. Subyacentemente se presenta un manto constituido por arenas limosas sueltas a medianamente densas con un espesor variable entre tres coma cincuenta (3,50) y cinco coma cincuenta (5,50) metros. (En el Sondeo Nº ARTEH 01 no se detectó la presencia de este manto) Esta circunstancia, unida a la presencia del nivel de equilibrio de la Capa Freática a profundidades del orden de cuatro (4,00) metros; permite recomendar que este sector sea merecedor de un análisis pormenorizado al evaluar no solo los parámetros de proyecto sino fundamentalmente la secuencia constructiva a implementar. Dado que el Proyecto contempla que el recinto se conforme dejando taludes, se recomienda que la pendiente de los mismos no resulte superior a uno coma cuatro (1,4) (vertical:horizontal) teniendo en cuenta las condiciones de funcionamiento del mismo que implica variaciones relativamente rápidas del nivel de agua retenido. De igual forma se recomienda en forma enfática prever la adecuada protección de dichos taludes habida cuenta de la característica variable y, en general, poco cohesivas de los materiales que los conforman

Manto Considerado

Nivel

Superior- Inferior (metros)

Parámetros de Corte Coeficiente de Balasto

Tensión de

Trabajo

Cuu (Kg/cm2)

Φ uu (Grados)

C´ (Kg/cm2)

ΦΦ´ (Grados)

Kh (Kg/cm3)

Kv (Kg/cm3)

σ (Kg/cm2)

1.00 - 8.00 -- -- 0.00 28 0.50 2.00 0.30-0.40

> 8.00 0.80 10 0.00 30 1.00 3.00 2.00-3.00

2. LISTADO DE INVESTIGACIONES La siguiente tabla presenta un listado de los sondeos realizados.

Fecha Denominación Ubicación Profundidad Explorada (metros)

2012 CIL 12 Castañares y Asturias - Buenos Aires 20.00

2013 NCIL 1 Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría 20.00

2013 NCIL 2 Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría 20.00

2013 NCIL 20 José Martí y Encheandia 20.00

2014 NCIL 34 Colectora Dellepiane Este e/ Proyección Calle White y Calle Mozart 10.00

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Página 312 Sección VI. Requisitos de las Obras

2014 NCIL 35 Av. Asturias y Santiago de Compostela 8.00

2014 ARTEH 01 Parque Indoamericano - Buenos Aires 20.00

2014 ARTEH 02 Parque Indoamericano - Buenos Aires 10.00

2014 ARTEH 03 Parque Indoamericano - Buenos Aires 10.00

2014 ARTEH 04 Parque Indoamericano - Buenos Aires 10.00

3. NIVELES FREÁTICOS La siguiente tabla ilustra sobre los niveles freáticos en coincidencia con cada uno de los sondeos disponibles.

Fecha Denominación Ubicación Profundidad del Nivel

Freático (metros)

2012 CIL 12 Castañares y Asturias - Buenos Aires 3.50

2013 NCIL 1 Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría 3.50

2013 NCIL 2 Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría 3.50

2013 NCIL 20 José Martí y Encheandia 5.70

2014 NCIL 34 Colectora Dellepiane Este e/ Proyección Calle White y Calle Mozart 2.20

2014 NCIL 35 Av. Asturias y Santiago de Compostela 2.50

2014 ARTEH 01 Parque Indoamericano - Buenos Aires 3.50

2014 ARTEH 02 Parque Indoamericano - Buenos Aires 4.00

2014 ARTEH 03 Parque Indoamericano - Buenos Aires 4.20

2014 ARTEH 04 Parque Indoamericano - Buenos Aires 3.80

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Página 316 Sección VI. Requisitos de las Obras

7. RESULTADO DE LAS PERFORACIONES CAMPAÑA 2012 – 2013 – 2014

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U P C GE R L RS O D E S C R I P C I O N A AT F S Kg. D tn. tn.R OA cm² S m³ m³

NIVEL TERRENO0,00

1 arena limosa grisáceo claro S M 1,002 arena limosa grisáceo claro S M 2,05 1,75 2,003 arena limosa grisáceo claro S M 3,004 arcilla limosa griáceo oscuro C L 0,30 3 1,93 1,51 4,005 arcilla limosa grisáceo verdoso C L 5,006 limo verdoso grisáceo M L 0,60 5 1,97 1,52 6,007 limo castaño M L 0,80 10 1,95 1,51

7,008 limo castaño M L

8,009 limo arenoso castaño rojizo M L 1,20 18 1,92 1,45

9,0010 limo arenoso castaño rojizo M L

10,0011 limo arenoso castaño rojizo M L 1,15 19 1,87 1,38 11,00

12 arena limosa castaño rojizo S M12,00

13 limo arenoso castaño rojizo M L13,00

14 limo arenoso castaño rojizo M L 1,15 20 1,94 1,4914,00

15 limo arenoso castaño rojizo M L15,00

16 limo arcilloso verdoso grisáceo M H 0,70 8 1,79 1,2916,00

17 limo arcilloso verdoso grisáceo M H 0,70 7 1,77 1,2917,00

18 limo arcilloso verdoso claro M H18,00

19 limo verdoso claro M L 0,80 7 2,01 1,5919,00

20 limo verdoso claro M L20,00

OBRA: DESAGÜES PLUVIALES ZONA SUDOESTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SONDEO CIL 12UBICACIÓN: Castañares y Asturias - Buenos Aires

RESISTENCIA HUMEDAD NATURAL:A LA PASA TAMIZ N° 4:

PENETRACION LIMITE LIQUIDO:

PASA TAMIZ N° 200:N° DE GOLPES LIMITE PLASTICO:

Profundidad Nivel Freático = 3,50 m4144.785/3ESTUDIO Nº

10

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N.P.

N.P.

N.P.

N.P.

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

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Página 317 Sección VI. Requisitos de las Obras

M Cu Øu d

U P C GE R L RS O D E S C R I P C I O N A AT F S Kg. D tn. tn.R OA cm² S m³ m³

NIVEL TERRENO0,00

1 relleno heterogéneo 1,002 limo arenoso grisáceo oscuro M L 0,30 4 1,96 1,61 2,003 limo castaño grisáceo oscuro M L 3,004 limo castaño grisáceo oscuro M L 0,60 8 1,99 1,64 4,005 limo castaño grisáceo oscuro M L 5,006 limo castaño grisáceo oscuro M L 0,70 5 1,95 1,58 6,007 limo castaño M L

7,008 limo arenoso castaño M L 1,15 18 2,00 1,61

8,009 limo arenoso castaño M L

9,0010 limo arenoso castaño M L 0,80 11 2,02 1,61

10,0011 limo arenoso castaño M L

11,0012 limo arenoso castaño M L

12,0013 limo castaño M L

13,0014 limo arenoso castaño verdoso M L 1,20 19 2,01 1,62

14,0015 limo arenoso castaño verdoso M L

15,0016 limo castaño verdoso CL-ML 0,70 9 2,04 1,64

16,0017 limo castaño verdoso M L

17,0018 limo castaño verdoso CL-ML 1,15 16 2,07 1,69

18,0019 limo castaño verdoso CL-ML

19,0020 limo castaño verdoso CL-ML 1,00 11 2,05 1,67

20,00

SONDEO NCIL 1

ESTUDIO Nº4144.785/3

PASA TAMIZ N° 4:

OBRA: DESAGÜES PLUVIALES ZONA SUDOESTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESISTENCIAA LA

N° DE GOLPES

LIMITE LIQUIDO:PENETRACION

UBICACIÓN: Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría - Buenos Aires

PASA TAMIZ N° 200:

HUMEDAD NATURAL:

LIMITE PLASTICO:

Nivel Freático = 3,50 metros

5

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11

10

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Página 318 Sección VI. Requisitos de las Obras

M Cu Øu d

U P C GE R L RS O D E S C R I P C I O N A AT F S Kg. D tn. tn.R OA cm² S m³ m³

NIVEL TERRENO0,00

1 relleno heterogéneo 1,002 arcilla limosa verdoso grisáceo oscuro C L 0,30 3 1,93 1,60 2,003 limo arenoso verdoso M L 0,90 12 2,01 1,60 3,004 limo verdoso M L 4,005 limo verdoso M L 0,70 8 1,96 1,52 5,006 limo verdoso M L 6,007 limo castaño M L 0,80 7 2,00 1,58

7,008 limo castaño M L

8,009 limo castaño M L 1,00 9 1,97 1,54

9,0010 limo arenoso castaño M L

10,0011 limo arenoso castaño M L

11,0012 limo arenoso castaño M L 1,05 14 1,98 1,53

12,0013 limo arenoso castaño verdoso M L

13,0014 limo arenoso castaño verdoso M L

14,0015 limo arenoso castaño verdoso M L 1,05 13 1,95 1,51

15,0016 limo castaño verdoso M L 1,00 8 2,04 1,63

16,0017 limo castaño verdoso M L

17,0018 limo castaño verdoso M L

18,0019 limo castaño verdoso CL-ML

19,0020 limo castaño verdoso CL-ML 1,05 10 2,07 1,71

20,00

OBRA: DESAGÜES PLUVIALES ZONA SUDOESTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SONDEO NCIL 2UBICACIÓN: Av. San Juan Bautista de la Salle y Zuviría - Buenos Aires

RESISTENCIA HUMEDAD NATURAL:A LA PASA TAMIZ N° 4:

PENETRACION LIMITE LIQUIDO:

PASA TAMIZ N° 200:N° DE GOLPES LIMITE PLASTICO:

Nivel Freático = 3,50 metros4144.785/3ESTUDIO Nº

4

20

11

14

13

18

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22

24

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Página 319 Sección VI. Requisitos de las Obras

M Cu Øu d

U P C GE R L RS O D E S C R I P C I O N A AT F S Kg. D tn. tn.R OA cm² S m³ m³

NIVEL TERRENO0,00

1 relleno heterogéneo 1,002 arcilla limosa castaño oscuro C L 0,60 7 1,94 1,57 2,003 arcilla limosa verdoso grisáceo C L 3,004 arcilla limosa verdoso grisáceo C L 4,005 limo castaño M L 1,00 9 1,98 1,57 5,006 arcilla limosa castaño C L 6,007 arcilla limosa castaño C L 0,60 5 1,95 1,46

7,008 limo castaño verdoso M L

8,009 limo castaño verdoso M L 1,15 15 1,98 1,55

9,0010 limo castaño verdoso M L

10,0011 limo castaño verdoso M L

11,0012 limo arenoso castaño verdoso M L 1,15 18 1,95 1,47

12,0013 limo arenoso castaño verdoso M L

13,0014 limo arenoso castaño M L 1,20 20 1,86 1,35

14,0015 limo arenoso castaño M L

15,0016 limo arenoso castaño M L

16,0017 limo arenoso castaño M L 0,90 12 1,96 1,50

17,0018 limo castaño claro CL-ML

18,0019 limo castaño claro CL-ML

19,0020 limo castaño claro CL-ML 1,00 9 2,07 1,74

20,00

OBRA: DESAGÜES PLUVIALES ZONA SUDOESTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SONDEO NCIL 20UBICACIÓN: José Martí y Echeandia -- Buenos Aires

RESISTENCIA HUMEDAD NATURAL:A LA PASA TAMIZ N° 4:

PENETRACION LIMITE LIQUIDO:

PASA TAMIZ N° 200:N° DE GOLPES LIMITE PLASTICO:

Nivel Freático = 5,70 metros4144.785/3ESTUDIO Nº

11

4

5

20

5

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20

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35

40

36

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limosa verdoso claro

S M 3,00 4 arena

limosa grisáceo oscuro

S M1,951,60

4,00 5 arena limosa grisáceo

oscuroS M

5,00 6 arena limosa grisáceo

oscuroS M

6,00 7 arena limosa grisáceo

oscuroS M

7,00 8arena limosa grisáceo

oscuroS M

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limosa grisáceo oscuro

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M L1,0091,97

1,4613,00 14 limo c

astañoM L

14,00

4144.785/3Nivel Freático = 1,

80 metrosESTUDIO Nº

N° DE GOLPES LIMITE PLASTI

CO:

PENETRACION LIMITE LIQUID

O: PASA TAMIZ N° 200:

RESISTENCIA HUMEDAD NAT

URAL:A LA

PASA TAMIZ N° 4:

OBRA: DESAGÜES PLUVIALE

S ZONA SUDOESTE DE LA CI

UDAD DE BUENOS AIRES

SONDEO NOE 9

UBICACIÓN: José Pio Mujíca y

Carlos M. Ramírez - Buenos A

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Página 326 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

PARTE 3 – CONDICIONES CONTRACTUALES Y

FORMULARIOS DE CONTRATO

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Página 327 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Sección VII. Condiciones Generales (CG)

1. Disposiciones Generales 334

1.1 Definiciones 334

1.2 Interpretación 339

1.3 Comunicaciones 339

1.4 Ley e Idioma 340

1.5 Orden de Prioridad de los Documentos 340

1.6 Convenio 341

1.7 Cesión 341

1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos 341

1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones 341

1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Contratante 342

1.11 Uso de los Documentos del Contratante por Parte del Contratista 343

1.12 Detalles Confidenciales 343

1.13 Cumplimiento de la Legislación 343

1.14 Responsabilidad Conjunta y Solidaria 344

1.15 Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco 344

2. El Contratante 344

2.1 Derecho de Acceso al Lugar de las Obras 344

2.2 Permisos, Licencias y Aprobaciones 345

2.3 Personal del Contratante 345

2.4 Arreglos Financieros del Contratante 345

2.5 Reclamaciones del Contratante 346

3. El Ingeniero 346

3.1 Obligaciones y Facultades del Ingeniero 346

3.2 Delegación por el Ingeniero 348

3.3 Instrucciones del Ingeniero 349

3.4 Reemplazo del Ingeniero 349

3.5 Decisiones 349

4. El Contratista 350

4.1 Obligaciones Generales del Contratista 350

4.2 Garantía de Cumplimiento 351

4.3 Representante del Contratista 352

4.4 Subcontratistas 352

4.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato 353

4.6 Cooperación 353

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Página 328 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

4.7 Trazado 354

4.8 Procedimientos de Seguridad 354

4.9 Control de Calidad 354

4.10 Datos del Lugar de las Obras 355

4.11 Suficiencia del Monto Contractual Aceptado 355

4.12 Condiciones Físicas Imprevisibles 356

4.13 Servidumbre de Paso y Dependencias 357

4.14 No interferencia 357

4.15 Ruta de Acceso 357

4.16 Transporte de Bienes 358

4.18 Protección del Medio Ambiente 358

4.19 Electricidad, Agua y Gas 358

4.22 Seguridad del Lugar de las Obras 360

4.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las Obras 360

4.24 Fósiles 361

5. Subcontratistas Designados 361

5.1 Definición de “Subcontratista Designado” 361

5.2 Objeciones a las Designaciones 361

5.3 Pagos a Subcontratistas Designados 362

5.4 Comprobantes de Pago 362

6. Personal y Mano de Obra 363

6.1 Contratación de Personal y Mano de Obra 363

6.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo 363

6.3 Personas al Servicio del Contratante 363

6.4 Leyes laborales 363

6.5 Horas de Trabajo 364

6.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra 364

6.7 Salud y Seguridad 364

6.8 Supervisión del Contratista 365

6.9 Personal del Contratista 365

6.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista 366

6.11 Alteración del Orden 366

6.12 Personal Extranjero 366

6.13 Suministro de Alimentos 366

6.14 Abastecimiento de Agua 366

6.15 Medidas contra Plagas e Insectos 366

6.16 Bebidas Alcohólicas y Drogas 366

6.17 Armas y Municiones 367

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Página 329 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

6.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas 367

6.19 Preparativos de Sepelio 367

6.20 Prohibición de Trabajo Forzoso u Obligatorio 367

6.21 Prohibición de Trabajo Infantil Perjudicial 367

6.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores 367

6.23 Organizaciones de Trabajadores 367

6.24 No Discriminación e Igualdad de Oportunidades 367

7. Equipos, Materiales y Mano de Obra 368

7.1 Modo de Ejecución 368

7.2 Muestras 368

7.3 Inspección 368

7.4 Pruebas 369

7.5 Rechazo 370

7.6 Medidas Correctivas 370

7.7 Propiedad de los Equipos y los Materiales 370

7.8 Regalías 371

8. Inicio, Demoras y Suspensión 371

8.1 Inicio de las Obras 371

8.2 Plazo de Terminación 371

8.3 Programa 372

8.4 Prórroga del Plazo de Terminación 373

8.5 Demoras Ocasionadas por las Autoridades 373

8.6 Avance 373

8.7 Indemnización por Demora 374

8.8 Suspensión de las Obras 374

8.9 Consecuencias de la Suspensión 375

8.10 Pago de los Equipos y Materiales en Caso de Suspensión 375

8.11 Suspensión Prolongada 375

8.12 Reanudación de las Obras 375

9. Pruebas a la Terminación 376

9.1 Obligaciones del Contratista 376

9.2 Demora en las Pruebas 376

9.3 Repetición de las Pruebas 377

9.4 Fracaso de las Pruebas a la Terminación 377

10. Recepción de las Obras por parte del Contratante 377

10.1 Recepción de las Obras y Secciones 377

10.2 Recepción de partes de las Obras 378

10.3 Interferencia con las Pruebas a la Terminación 379

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Página 330 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

10.4 Superficies que Requieren Reacondiciona-miento 379

11. Responsabilidad por Defectos 380

11.1 Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos 380

11.2 Costo de Reparación de los Defectos 380

11.3 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos 380

11.4 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos 381

11.5 Retiro de Trabajos Defectuosos 381

11.6 Pruebas Adicionales 381

11.7 Derecho de Acceso 382

11.8 Búsqueda por parte del Contratista 382

11.9 Certificado de Cumplimiento 382

11.10 Obligaciones no Cumplidas 382

11.11 Despeje del Lugar de las Obras 382

12. Medición y Evaluación 383

12.1 Trabajos que se Medirán 383

12.2 Método de Medición 383

12.3 Evaluación 384

12.4 Omisiones 385

13. Variaciones y Ajustes 385

13.1 Derecho a Variar 385

13.2 Ingeniería de Valor 386

13.3 Procedimiento de Variación 387

13.4 Pago en Monedas Aplicables 387

13.5 Montos Provisionales 387

13.6 Trabajos por día 388

13.7 Ajustes por Cambios en la Legislación 388

13.8 Ajustes por Cambios en el Costo 389

14. Precio del Contrato y Pago 391

14.1 Precio del Contrato 391

14.2 Pago Anticipado 391

14.3 Solicitud de Certificados de Pago Provisionales 392

14.4 Calendario de Pagos 393

14.5 Equipos y Materiales para las Obras 394

14.6 Emisión de Certificados de Pago Provisionales 395

14.7 Pagos 396

14.8 Retraso en los Pagos 397

14.9 Pago del Monto Retenido 397

14.10 Declaración de 398

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Página 331 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Terminación 398

14.11 Solicitud de 398

Certificado de 399

Pago Final 399

14.12 Finiquito 399

14.13 Emisión de Certificado de Pago Final 399

14.14 Fin de la Responsabilidad del Contratante 400

14.15 Monedas de Pago 400

15. Terminación por Parte del Contratante 401

15.1 Notificación Para Hacer Correcciones 401

15.2 Terminación por parte del Contratante 401

15.3 Valoración en la Fecha de Terminación 402

15.4 Pagos después de la Terminación 403

15.5 Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia 403

15.6 Prácticas Corruptivas o Fraudulentas 403

16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista 405

16.1 Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos 405

16.2 Terminación por parte del Contratista 406

16.3 Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista 407

16.4 Pago a la Terminación 407

17. Riesgos y Responsabilidades 408

Indemnizaciones 408

17.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista 408

17.3 Riesgos del Contratante 409

17.4 Consecuencias de 409

los Riesgos del 409

Contratante 410

17.5 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial 410

17.6 Limitación de Responsabilidad 411

17.7 Uso del Alojamiento y las Instalaciones del Contratante 411

18. Seguro 411

18.1 Requisitos Generales en Materia de Seguros 411

18.2 Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista 413

18.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad 415

18.4 Seguro para el Personal del Contratista 416

19. Fuerza Mayor 416

19.1 Definición de Fuerza Mayor 416

19.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor 417

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Página 332 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

19.3 Obligación de Reducir las Demoras 417

19.4 Consecuencias de la Fuerza Mayor 417

19.5 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista 418

19.6 Terminación Opcional, Pago y Finiquito 418

19.7 Liberación del Cumplimiento del Contrato 419

20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje 419

20.2 Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias 421

20.3 Desacuerdo sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias 422

20.4 Obtención de Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias 422

20.5 Transacción Amigable 424

20.6 Arbitraje 424

20.7 Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias 425

20.8 Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias 425

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Página 333 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Sección VII. Condiciones Generales (CG)

[Nombre del Contratante]

[Nombre del Contrato]

Las Condiciones Generales que figuran a continuación corresponden a la edición armonizada del Banco de las condiciones contractuales para construcción, preparadas y registradas por la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC), FIDIC 2005 - Todos los derechos reservados. Esta publicación es para su uso exclusivo de los prestatarios del Banco y sus organismos ejecutores de proyectos conforme se estipula en el convenio de concesión de licencia celebrado entre el BM y la FIDIC, el 11 de marzo del 2005. Por consiguiente, ninguna parte de esta publicación podrá reproducirse, traducirse, adaptarse, almacenarse en un sistema de recuperación de datos ni transmitirse en forma alguna o por medio alguno, ya sea mecánico, electrónico o magnético, mediante fotocopias, grabación u otros medios, sin la previa autorización por escrito de la FIDIC, salvo por el Contratante identificado anteriormente y con el único propósito de elaborar estos documentos estándar de licitación para el Contrato señalado supra.

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Página 334 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Condiciones Generales 1. Disposiciones Generales

1.1 Definiciones En las Condiciones del Contrato (“estas Condiciones”), que comprenden las Condiciones Especiales, las partes A y B y estas Condiciones Generales, los siguientes términos y expresiones tendrán el significado que se señala en el documento. Los términos que se refieran a personas o partes incluirán empresas y otras entidades jurídicas, salvo en los casos en que el contexto requiera algo diferente.

1.1.1 El Contrato 1.1.1.1 “Contrato” es el Convenio, la Carta de Aceptación, la Carta de la Oferta, estas Condiciones, las Especificaciones, los Planos, los Cronogramas y los demás documentos (si los hubiere) que se enumeran en el Convenio o en la Carta de Aceptación.

1.1.1.2 “Convenio” es el Convenio al que se hace referencia en la SubCláusula 1.6 [Convenio].

1.1.1.3 “Carta de Aceptación” es la carta de aceptación formal, firmada por el Contratante, de la Carta de la Oferta, que incluye los memorandos que se adjunten sobre acuerdos celebrados y firmados por las Partes. De no existir una carta de aceptación en los términos señalados, la expresión “Carta de Aceptación” significará el Convenio, y la fecha de emisión o recibo de la Carta de Aceptación significará la fecha de suscripción del Contrato.

1.1.1.4 “Carta de la Oferta” significa el documento titulado carta de oferta o carta de licitación, que elabora el Contratista, y que incluye la oferta firmada dirigida al Contratante para las Obras.

1.1.1.5 “Especificaciones” significan el documento de ese mismo título, conforme se incluye en el Contrato, y cualquier adición o modificación al mismo de conformidad con lo estipulado en el Contrato. En ese documento se especifican las Obras.

1.1.1.6 “Planos” son los planos de las Obras, conforme se incluyen en el Contrato, y cualquier plano adicional o modificado emitido por el Contratante (o en su nombre) de conformidad con el Contrato.

1.1.1.7 “Formularios” son los documentos que llevan ese mismo título, que elabora el Contratista y presenta con la Carta de la Oferta, conforme se incluyen en el Contrato. Dichos documentos pueden incluir la Lista de Cantidades, datos, listas y formularios de tarifas y/o precios.

1.1.1.8 “Oferta” es la Carta de la Oferta y todos los demás documentos que presenta el Contratista con la misma, conforme se incluye en el Contrato.

1.1.1.9 “Lista de Cantidades”, “Listado de Trabajos por Día” y “Formulario de Monedas de Pago” son los documentos (si los

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hubiere) así titulados en la Sección de Formularios.

1.1.1.10 “Datos del Contrato” son las planillas elaboradas por el Contratante que llevan ese mismo título y constituyen la Parte A de las Condiciones Especiales.

1.1.2 Partes y Personas

1.1.2.1 “Parte” es el Contratante o el Contratista, según lo requiera el contexto.

1.1.2.2 “Contratante” es la persona referida como tal en los Datos del Contrato, y todos sus sucesores legales.

1.1.2.3 “Contratista” es la persona o personas referida(s) como tal(es) en la Carta de la Oferta, aceptada por el Contratante, y todos sus sucesores legales.

1.1.2.4 “Ingeniero” es la persona designada por el Contratante como tal para los fines del Contrato y que se señala en los Datos del Contrato, o cualquier otra persona designada periódicamente por el Contratante con notificación al Contratista de conformidad con la SubCláusula 3.4 [Reemplazo del Ingeniero].

1.1.2.5 “Representante del Contratista” es la persona designada por el Contratista en el Contrato o periódicamente con arreglo a la SubCláusula 4.3 [Representante del Contratista], para que actúe en nombre del Contratista.

1.1.2.6 “Personal del Contratante” significa el Ingeniero, los asistentes mencionados en la SubCláusula 3.2 [Delegación por el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante.

1.1.2.7 “Personal del Contratista” significa el Representante del Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y de cada Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista al Contratista en la ejecución de las Obras.

1.1.2.8 “Subcontratista” es cualquier persona definida como tal en el Contrato, o cualquier persona designada como subcontratista para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de cada uno de ellos.

1.1.2.9 “Comisión para la Resolución de Controversias” significa la persona o las tres personas designadas con arreglo a la SubCláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias] o la SubCláusula 20.3 [Desacuerdo Sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias].

1.1.2.10“FIDIC” significa la Fédération Internationale des Ingénieurs-PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Conseils, es decir, la Federación Internacional de Ingenieros Consultores.

1.1.2.11 “Banco” significa la institución financiera (si la hubiere) que se señala en los Datos del Contrato.

1.1.2.12 “Prestatario” es la persona (si la hubiere) designada como tal en los Datos del Contrato.

1.1.3 Fechas, Pruebas, Plazos y Terminación

1.1.3.1 “Fecha Base” es la fecha que corresponde a 28 días previos a la fecha límite de presentación de las Ofertas.

1.1.3.2 “Fecha de Inicio” es la fecha notificada como tal con arreglo a la SubCláusula 8.1 [Inicio de las Obras].

1.1.3.3 “Plazo de Terminación” significa el plazo para terminar las Obras o una Sección de las mismas (según corresponda) con arreglo a la SubCláusula 8.2 [Plazo de Terminación], según consta en los Datos del Contrato (incluida cualquier prórroga en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación]), calculado a partir de la Fecha de Inicio.

1.1.3.4 “Pruebas a la Terminación” son las pruebas que se especifican en el Contrato, o que se acuerdan entre ambas Partes o que se ordenan como Variación y que se llevan a cabo en virtud de la Cláusula 9 [Pruebas a la Terminación] antes de que el Contratante reciba las Obras o una Sección de las mismas (según corresponda).

1.1.3.5 “Certificado de Recepción de Obra” es el certificado que se emite en virtud de la Cláusula 10 [Recepción por -Parte del Contratante].

1.1.3.6 “Pruebas Posteriores a la Terminación” son las pruebas (si las hubiere) especificadas en el Contrato y que se llevan a cabo de conformidad con las Especificaciones una vez que el Contratante recibe las Obras o una Sección de las mismas (según corresponda).

1.1.3.7 “Período para la Notificación de Defectos” significa el plazo para notificar cualquier defecto de las Obras o una Sección de las mismas (conforme proceda) con arreglo a la SubCláusula 11.1 [Terminación de Trabajos Tendientes y Reparación de Defectos], el cual se extiende por doce meses, salvo que se establezca algo diferente en los Datos del Contrato (incluida cualquier prórroga en virtud de la SubCláusula 11.3 [Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos]), calculado a partir de la fecha en que se terminen las Obras o la Sección conforme se certifique de acuerdo con la SubCláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones].

1.1.3.8 “Certificado de Cumplimiento” es el certificado que se emite en virtud de la SubCláusula 11.9 [Certificado de Cumplimiento].

1.1.3.9 “Día” significa un día calendario y “año”, 365 días.

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1.1.4 Moneda y Pagos

1.1.4.1 “Monto Contractual Aceptado” es la suma aceptada en la Carta de Aceptación para la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de cualquier defecto.

1.1.4.2 “Precio del Contrato” es el precio que se define en la SubCláusula 14.1 [Precio del Contrato], e incluye ajustes de conformidad con el Contrato.

1.1.4.3 “Costo” significa todos los gastos en que haya incurrido (o incurra) razonablemente el Contratista, ya sea en el Lugar de las Obras o fuera de éste, incluyendo costos fijos y cargos, similares pero no las utilidades.

1.1.4.4 “Certificado de Pago Final” significa el certificado de pago emitido en virtud de la SubCláusula 14.13 [Emisión del Certificado de Pago Final].

1.1.4.5 “Declaración Final” es la declaración que se define en la SubCláusula 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final].

1.1.4.6 “Moneda Extranjera” es la moneda en que sea pagadera una parte (o la totalidad) del Precio del Contrato, sin incluir la Moneda Local.

1.1.4.7 “Certificado de Pago Provisional” significa un certificado de pago emitido con arreglo a la Cláusula 14 [Precio del Contrato y Pago], que no sea el Certificado de Pago Final.

1.1.4.8 “Moneda Local” es la moneda del País.

1.1.4.9 “Certificado de Pago” es un certificado de pago emitido en virtud de la Cláusula 14 [Precio Contractual y Pago].

1.1.4.10 “Monto Provisional” significa una suma (si procede) especificada como tal en el Contrato para la ejecución de cualquier parte de las Obras, el suministro de Equipos o Materiales o la prestación de servicios en virtud de la SubCláusula 13.5 [Montos Provisionales].

1.1.4.11 “Monto Retenido” significa los montos acumulados que retenga el Contratante con arreglo a la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales] y pague en virtud de la SubCláusula 14.9 [Pago del Monto Retenido].

1.1.4.12 “Declaración” es una declaración que presenta el Contratista como parte de una solicitud de un certificado de pago, en virtud de la Cláusula 14 [Precio del Contrato y Pago].

1.1.5 Obras y Bienes

1.1.5.1 “Equipos del Contratista” son todos los aparatos, maquinarias, vehículos y demás elementos necesarios para la ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de cualquier defecto. Sin embargo, los Equipos del Contratista excluyen Obras Temporales, Equipos del Contratante (si los hubiere), Equipos, Materiales y cualquier otro elemento que forme parte o esté

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destinado a formar parte de las Obras Permanentes.

1.1.5.2 “Bienes” son los Equipos del Contratista, los Materiales, los Equipos y las Obras Temporales, o cualquiera de éstos según corresponda.

1.1.5.3 “Materiales” son elementos de todo tipo (aparte de los Equipos) que forman parte o están destinados a formar parte de las Obras Permanentes, incluidos los materiales de suministro único (si los hubiere) a ser proveídos por el Contratista en virtud del Contrato.

1.1.5.4 “Obras Permanentes” significa las Obras Permanentes a ser ejecutadas por el Contratista en virtud del Contrato.

1.1.5.5 “Equipos” son los aparatos, maquinarias y otro equipo que formen parte o estén destinados a formar parte de las Obras Permanentes, incluyendo vehículos adquiridos por el Contratante y relacionados con la construcción u operación de las Obras.

1.1.5.6 “Sección” es una parte de las Obras definida como tal en los Datos del Contrato (si la hubiere).

1.1.5.7 “Obras Temporales” son las Obras temporales de todo tipo (diferentes de los Equipos del Contratista) que se necesitan en el Lugar de las Obras para la ejecución y terminación de las Obras Permanentes y la reparación de cualquier defecto.

1.1.5.8 “Obras” son las Obras Permanentes y las Obras Temporales, o cualquiera de ellas según corresponda.

1.1.6 Otras Definiciones

1.1.6.1 “Documentos del Contratista” son los cálculos, programas de computación y otros programas informáticos, planos, manuales, modelos y otros documentos de naturaleza técnica (si los hubiere) proporcionados por el Contratista en virtud del Contrato.

1.1.6.2 “País” significa el país donde se encuentra el Lugar de las Obras (o la mayor parte de ellas), y donde se ejecutarán las Obras Permanentes.

1.1.6.3 “Equipos del Contratante” son los aparatos, maquinaria y vehículos (si los hubiere) que el Contratante pone a disposición del Contratista para la ejecución de las Obras, conforme se señala en las Especificaciones; pero no incluyen los Equipos que no haya recibido el Contratante.

1.1.6.4 “Fuerza Mayor” se define en la Cláusula 19 [Fuerza Mayor].

1.1.6.5 “Leyes” significan toda legislación nacional (o estatal), estatutos, ordenanzas y otras leyes, así como las regulaciones y estatutos de cualquier autoridad pública legalmente constituida.

1.1.6.6 “Garantía de Cumplimiento” es la garantía (o garantías, si PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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procede) en virtud de la SubCláusula 4.2 [Garantía de Cumplimiento].

1.1.6.7 “Lugar de las Obras” significa los sitios donde se ejecutarán las Obras Permanentes, incluyendo almacenes y áreas de trabajo, y donde deben ser enviadas los equipos y materiales, así como cualquier otro sitio que se defina en el Contrato como parte del Lugar de las Obras.

1.1.6.8 “Imprevisible” significa que no se puede prever razonablemente por un Contratista con experiencia a la Fecha Base.

1.1.6.9 “Variación” significa cualquier cambio a las Obrasque es requerido o aprobado como una variación en virtud de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

1.2 Interpretación En el Contrato, salvo que el contexto requiera algo diferente,

(a) las palabras en masculino también incluyen el femenino y viceversa;

(b) las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa;

(c) las disposiciones que incluyen la palabra “acordar,” “acordado” o “acuerdo” exigen que el acuerdo se haga constar por escrito;

(d) “escrito” o “por escrito” significa escrito a mano, mecanografiado, impreso o elaborado de manera electrónica, que produce un registro permanente; y

(e) la palabra “propuesta” es sinónimo de “oferta”; “proponente “es sinónimo de “licitante” y “documentos de la oferta” es sinónimo de “documentos de licitación”.

Las palabras al margen y otros encabezamientos no se tomarán en cuenta en la interpretación de estas Condiciones.

En estas Condiciones, las disposiciones que incluyan la expresión "costo más utilidades” requieren que las utilidades sean de 1/20 (5%) del costo, salvo indicación diferente en los Datos del Contrato.

1.3 Comunicaciones

En los casos en que en estas Condiciones se contemple la entrega o emisión de aprobaciones, certificados, consentimientos, Decisiones, notificaciones, solicitudes y finiquitos, estas comunicaciones deberán ser:

(a) por escrito y entregadas personalmente (con acuse de recibo); enviadas por correo o con servicio de encomienda especial (courier), o remitidas mediante cualquiera de los sistemas de transmisión electrónica acordados conforme figura en los Datos del Contrato; y

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(b) entregadas, enviadas o transmitidas a la dirección del receptor para fines de comunicaciones que figure en los Datos del Contrato. Sin embargo,

(i) cuando el receptor haga una notificación de cambio de dirección, de ahí en adelante las comunicaciones se enviarán a la dirección correspondiente; y

(ii) si el receptor no indicare algo diferente en las solicitudes de aprobación o consentimiento, las comunicaciones podrán enviarse a la dirección desde la cual se haya efectuado la solicitud.

Las aprobaciones, certificados, consentimientos y decisiones no deberán retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se emita un certificado a una Parte, el emisor enviará una copia a la otra Parte. Cuando una Parte o el Ingeniero emitan una notificación a la otra Parte, se deberá enviar una copia al Ingeniero o a la otra Parte, según corresponda.

1.4 Ley e Idioma

El Contrato se regirá por la legislación del País u otra jurisdicción que se estipule en los Datos del Contrato.

El idioma que haya de regir el Contrato será el que se señale en los Datos del Contrato.

El idioma para las comunicaciones será el que se indique en los Datos del Contrato. De no especificarse, se utilizará el idioma que rija el Contrato.

1.5 Orden de Prioridad de los Documentos

Los documentos que conformen el Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:

(a) el Contrato (si lo hubiere),

(b) la Carta de Aceptación,

(c) la Oferta,

(d) las Condiciones Especiales – Parte A,

(e) las Condiciones Generales – Parte B,

(f) las Especificaciones,

(g) los Planos, y

(h) los Formularios y cualquier otro documento que forme parte del Contrato.

Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos, el PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Ingeniero emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias.

1.6 Convenio Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la Carta de Aceptación, a menos que en las Condiciones Especiales se acuerde otra cosa. El Convenio se basará en el formulario que se anexa en las Condiciones Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos similares (si los hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio correrán por cuenta del Contratante.

1.7 Cesión Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como así tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo al Contrato. Sin embargo, cualquiera de las Partes:

(a) podrá ceder la totalidad o parte del Contrato con el consentimiento previo de la otra Parte, a la sola discreción de dicha Parte, y

(b) podrá, como garantía a favor de un banco o entidad financiera, ceder su derecho a recibir cualquier pago vencido o adeudado en virtud del Contrato.

1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos

El Contratante será responsable del cuidado y la custodia de las Especificaciones y los Planos. Salvo indicación diferente en el Contrato, se suministrarán dos copias del Contrato y de cada Plano subsiguiente al Contratista, quien podrá hacer o solicitar copias adicionales, por su propia cuenta.

El Contratista será responsable del cuidado y la custodia de todos los documentos contractuales, salvo que se hayan entregado al Contratante o hasta dicha entrega. Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato, el Contratista proporcionará al Ingeniero seis copias de cada uno de los Documentos del Contratista.

El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, una copia del Contrato, las publicaciones que se señalan en las Especificaciones, los Documentos del Contratista (si los hubiere), los Planos y las Variaciones, así como cualesquier otras comunicaciones que se realicen en virtud del Contrato. El personal del Contratante tendrá el derecho de acceder a todos los documentos mencionados en cualquier horario razonable.

Si una de las Partes detecta algún error o defecto en undocumento elaborado para la ejecución de las Obras, dicha Parte notificará inmediatamente a la otra al respecto.

1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones

El Contratista deberá notificar al Ingeniero sobre cualquier posible demora o interrupción de las Obras en caso de que no se emitan a dicho Contratista los planos o las instrucciones necesarias en un determinado plazo, que deberá ser razonable. La notificación incluirá información detallada sobre los planos o instrucciones quese necesiten, la razón por la que deban emitirse y el plazo para hacerlo, así como la naturaleza y el costo del posible retraso o interrupción que se podría sufrir por la

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demora en la emisión de tales documentos.

Si el Contratista sufre demoras o incurre en algún Costo debido a que el Ingeniero no ha emitido el plano o la instrucción señalados en un plazo razonable y que se especifique en la notificación con información complementaria, el Contratista enviará otra notificación al Ingeniero y, sujeto a lo dispuesto en la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si la terminación de las Obras se ha retrasado o se anticipa que se retrasará , en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esta segunda notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión al respecto.

Sin embargo, si el incumplimiento del Ingeniero se debe a algún error o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá derecho a la prórroga del plazo ni al Costo o utilidades mencionados.

1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Contratante

En lo que se refiere a las Partes, el Contratista retendrá los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de los Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por el Contratista (o en su nombre).

Se considerará que (con la firma del Contrato) el Contratista otorga al Contratante una licencia sin plazo determinado, transferible, no exclusiva y libre de regalías para copiar, usar y transmitir los Documentos del Contratista, así como para realizar y usar modificaciones de los mismos. Dicha licencia:

(a) será válida a lo largo de la vida útil real o prevista (lo que sea más largo) de las partes pertinentes de las Obras,

(b) permitirá que cualquier persona que esté en debida posesión de la parte pertinente de las Obras copie, use y transmita los Documentos del Contratista con el fin de terminar, operar, mantener, alterar, ajustar, reparar y demoler las Obras, y

(c) en caso de que los Documentos del Contratista estén en forma de programas de computación y otros programas informáticos, permitirá el uso de los mismos en cualquier computadora en el Lugar de las Obras y otros sitios, conforme figure en el Contrato, incluidos los reemplazos de las computadoras que proporcione el Contratista.

Ni el Contratante, ni ninguna otra persona en su nombre, podrá, sin el PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 343 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

consentimiento previo del Contratista, usar, copiar ni transmitir a terceros los Documentos del Contratista ni otros documentos de diseño elaborados por o en nombre del Contratista para otros fines que no sean los que se señalan en esta SubCláusula.

1.11 Uso de los

Documentos del Contratante por Parte del Contratista

En lo que se refiere a las Partes, el Contratante retendrá todos los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de las Especificaciones, los Planos y otros documentos elaborados por el Contratante (o en su nombre). El Contratista podrá, a sus expensas, copiar, usar y obtener transmisiones de esos documentos para fines del Contrato. El Contratista no podrá, sin el consentimiento previo del Contratante, copiar, usar ni transmitir dichos documentos a terceros, salvo en la medida necesaria para los fines del Contrato.

1.12 Detalles Confidenciales

El Contratista y el personal del Contratante divulgarán toda la información confidencial y de otra índole que se solicite razonablemente para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir su debida ejecución.

Cada uno de ellos, deberá tratar la información del Contrato con carácter privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para cumplir las obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud del Contrato o para cumplir las leyes pertinentes. Ninguno de ellos publicará ni divulgará información acerca de las Obras preparada por la otra Parte sin el consentimiento previo de dicha Parte. Sin embargo, el Contratista podrá divulgar cualquier información de dominio público o información que se requiera para demostrar sus calificaciones para competir en otros proyectos.

1.13 Cumplimiento de la Legislación

En el cumplimiento del Contrato, el Contratista cumplirá las leyes pertinentes. Salvo indicación en otro sentido en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratante deberá haber obtenido (o deberá obtener) los permisos de planificación, zonificación, edificación o de índole similar para las Obras Permanentes, así como cualquier otro permiso que, según se establezca en las Especificaciones, deba haberse obtenido (o deba obtenerse) por el Contratante. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista de las consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al respecto; y

(b) el Contratista deberá hacer todas las notificaciones, pagar todos los impuestos, derechos y tasas, y obtener todos los permisos, licencias y aprobaciones que exija la ley para la ejecución y terminación de las Obras y para la reparación de cualquier defecto. El Contratista indemnizará y amparará al Contratante de las consecuencias que se deriven de cualquier incumplimiento al respecto, salvo que el Contratista esté impedido para realizar estas acciones y muestre evidencia de su diligencia.

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Página 344 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

1.14 Responsabilidad Conjunta y Solidaria

Si el Contratista establece (al amparo de leyes aplicables) una asociación en participación, consorcio u otra asociación de hecho, de dos o más personas:

(a) dichas personas serán consideradas responsables en forma conjunta y solidaria ante el Contratante por el cumplimiento del Contrato;

(b) dichas personas notificarán al Contratante el nombre de su representante, quien tendrá la autoridad para obligar en forma vinculante al Contratista y a cada una de esas personas; y

(c) el Contratista no modificará su composición ni su situación jurídica sin el consentimiento previo del Contratante.

1.15 Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco

El Contratista permitirá, y realizará todos los trámites para que sus Subcontratistas o Consultores permitan al Banco y a personas designadas por éste inspeccionar el Lugar de las Obras y las cuentas y registros del Contratista y sus sub contratistas relacionados con el cumplimiento del Contrato, y someter dichas cuentas y registros a una auditoria por auditores designados por el Banco, si éste así lo exige. El contratista, Subcontratistas y Consultores debe prestar atención a la SubCláusula 15.6 [Prácticas Corruptivas o Fraudulentas] la cual define, entre otros, que las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar estipulados en esta Cláusula 1.15, constituyen una práctica causal de terminación del contrato (al igual que determinación de inelegibilidad de acuerdo a las Normas de Adquisiciones).

2. El Contratante

2.1 Derecho de Acceso al Lugar de las Obras

El Contratante concederá al Contratista derecho de acceso a, y posesión de, todas las partes del Lugar de las Obras duranteel plazo (o plazos) señalados en los Datos del Contrato. El derecho de acceso y la posesión pueden no ser exclusivos del Contratista. Si, en virtud del Contrato, se exige que el Contratante conceda (al Contratista) la posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso, el Contratante lo hará en el plazo y de la manera que se indiquen en las Especificaciones. Sin embargo, el Contratante podrá retener ese derecho o posesión hasta que reciba la Garantía de Cumplimiento.

De no especificarse ese plazo en los Datos del Contrato, el Contratante concederá al Contratista el derecho de acceso al, y la posesión del, Lugar de las Obras en los períodos que sean necesarios para permitir al Contratista proceder sin interrupción de conformidad con el programa presentado con arreglo a la SubCláusula 8.3 [Programa].

Si el Contratista sufre alguna demora o incurre en algún Costo debido a que el Contratante no le ha concedido dicho derecho o posesión en el plazo establecido, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a lo dispuesto en la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista],

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tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por cualquier demora de esa índole, si se ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir dicha notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con lo que se establece en la SubCláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión al respecto.

Sin embargo, si el incumplimiento del Contratante se debe a algún error o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá derecho a dicha prórroga ni al Costo o utilidades mencionados.

2.2 Permisos, Licencias y Aprobaciones

El Contratante prestará asistencia razonable al Contratista, cuando éste así lo solicite, para obtener:

(a) copias de las Leyes del País que sean pertinentes para el Contrato pero que no se encuentren fácilmente disponibles, y

(b) cualesquier permiso, licencia y aprobaciones que exijan las Leyes del País:

(i) que el Contratista esté obligado a obtener de conformidad con la SubCláusula 1.13 [Cumplimiento de la Legislación],

(ii) para la entrega de Bienes, incluido su despacho de aduana, y

(iii) para la exportación de los Equipos del Contratista, cuando se retiren del Lugar de las Obras.

2.3 Personal del Contratante

El Contratante tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal del Contratante y los demás Contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras:

(a) cooperen con el Contratista de conformidad con la SubCláusula 4.6 [Cooperación], y

(b) tomen medidas análogas a las que debe tomar el Contratista con arreglo a los incisos (a), (b) y (c) de las SubCláusula 4.8 [Procedimientos de Seguridad] y 4.18 [Protección del Medio Ambiente].

2.4 Arreglos Financieros del Contratante

El Contratante deberá presentar, antes de la Fecha de Inicio y, de ahí en adelante, dentro de e un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba una solicitud del Contratista, evidencia razonable de que se han hecho y se mantienen los arreglos financieros que han de permitir que el Contratante pague puntualmente el Precio del Contrato (según se calcule en ese momento) de conformidad con la Cláusula 14 [Precio Contractual y Pago]. Antes de hacer cualquier cambio sustancial a sus

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arreglos financieros, el Contratante deberá notificar al Contratista y proporcionar información detallada al respecto.

Además, si el Banco notifica al Prestatario que ha suspendido los desembolsos al amparo de su préstamo, el cual financia total o parcialmente la ejecución de las Obras, el Contratante notificará dicha suspensión al Contratista, con los detalles correspondientes, incluida la fecha de la notificación, con copia al Ingeniero, en un plazo de 7 días contados a partir de la fecha en que el Prestatario reciba del Banco la notificación de suspensión. En caso de que el Contratante tenga acceso a fondos alternativos en las monedas adecuadas para seguir pagando al Contratista más allá del décimo sexto (60º) día contado desde la fecha de notificación de suspensión por parte del Banco, el Contratante deberá presentar en dicha notificación evidencia razonable de la medida en que dichos recursos estarán disponibles.

2.5 Reclamaciones del Contratante

Si el Contratante considera que tiene derecho a recibir un pago en virtud de cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra manera relacionada con el Contrato y/o a una prórroga del Período para la Notificación de Defectos, el Contratante o el Ingeniero notificarán detalladamente al Contratista. Sin embargo, no será necesario hacer notificaciones de pagos adeudados con arreglo a la SubCláusula 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], la SubCláusula 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición], o de otros servicios que solicite el Contratista.

La notificación deberá hacerse tan pronto como sea posible y no más de 28 días después que el Contratante se haya enterado, o debiera haberse enterado, de la situación o circunstancias que originaron la reclamación. Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del Período para la Notificación de Defectos antes de que venza dicho plazo.

La información detallada incluirá la Cláusula u otra base de la reclamación, así como pruebas del monto y/o la prórroga que el Contratante considere que le correspondan en relación con el Contrato. El Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de (i) el monto (si procede) que le corresponda pagar al Contratista a favor del Contratante, y/o (ii) la prórroga (si procede) del Plazo para la Notificación de Defectos de conformidad con la SubCláusula 11.3 [Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos].

Este monto podrá incluirse como una deducción en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. El Contratante sólo tendrá derecho a compensar o deducir una suma de un monto certificado al amparo de un Certificado de Pago, o a presentar otra reclamación en contra del Contratista, de conformidad con esta SubCláusula.

3. El Ingeniero

3.1 Obligaciones y Facultades del Ingeniero

El Contratante designará al Ingeniero quien cumplirá las obligaciones que se le asignen en el Contrato. El personal del Ingeniero incluirá ingenieros debidamente calificados y otros profesionales competentes para cumplir esas obligaciones.

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El Ingeniero no tendrá la potestad de modificar el Contrato.

El Ingeniero podrá ejercer las facultades que se le confieran explícitamente en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo. Si el Ingeniero debe obtener la aprobación del Contratante antes de ejercer una facultad en particular, los requisitos serán los que se indican en las Condiciones Especiales. El Contratante informará sin demora al Contratista sobre cualquier cambio en las facultades conferidas al Ingeniero.

Sin embargo, cuando el Ingeniero ejerza una facultad específica que requiera la autorización del Contratante, entonces (para los fines del Contrato) se considerará que este último ha concedido su aprobación.

Salvo indicación diferente en estas Condiciones:

(a) cuando el Ingeniero cumpla sus obligaciones o ejerza sus facultades, ya sea que éstas se especifiquen en el Contrato o que se deriven en forma implícita del mismo, se considerará que actúa en nombre del Contratante;

(b) el Ingeniero no tendrá autoridad para eximir a ninguna de las Partes de cualesquiera deberes, obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato;

(c) ninguna aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa índole del Ingeniero (incluida la no desaprobación) eximirá al Contratista de cualquier responsabilidad que tenga en virtud del Contrato, incluida la responsabilidad en cuanto a errores, omisiones, discrepancias e incumplimientos; y

(d) Salvo que se indique algo diferente en forma expresa, cualquier acto realizado por el Ingeniero en respuesta a una solicitud del Contratista deberá ser notificado por escrito al Contratista dentro del plazo de 28 días de recibidala solicitud.

Se aplicarán las siguientes disposiciones:

El Ingeniero obtendrá la aprobación específica del Contratante antes de actuar de conformidad con las siguientes Subcláusulas de estas Condiciones:

(a) SubCláusula 4.12 [Condiciones Físicas Imprevisibles]: Acuerdo o establecimiento de una prórroga y/o costo adicional.

(b) SubCláusula 13.1 [Derecho a Variar]: Orden de Variación, a excepción de:

(i) situaciones de emergencia conforme lo determine el Ingeniero, o

(ii) el caso en que una Variación aumente el Monto Contractual Aceptado, en un porcentaje inferior al especificado en los Datos Contractuales.

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(c) SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación]: Aprobación de una propuesta de Variación por parte del Contratista de conformidad con la SubCláusula13.1 [Derecho a Variar] ó 13.2 [Ingeniería de Valor]. 13.4

(d) SubCláusula 13.4 [Pago en Monedas Aplicables]: Especificación del monto pagadero en cada una de las monedas aplicables.

Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia que afecte la seguridad personal, la seguridad física de las Obras o de la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin eximir al Contratista de sus deberes y responsabilidades en virtud del Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las Obras o actividades que sean necesarias, según el Ingeniero, para mitigar o reducir el riesgo. El Contratista cumplirá inmediatamente cualquier instrucción de esa índole que le dé el Ingeniero, aún a falta de la aprobación de dicha instrucción por parte del Contratante. El Ingeniero determinará un aumento del Precio del Contrato por concepto de dicha orden, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes], y notificará debidamente al Contratista, con copia al Contratante.

3.2 Delegación por el Ingeniero

El Ingeniero podrá ocasionalmente asignar deberes y delegar autoridad a los asistentes, y también podrá revocarlas. Entre los asistentes puede incluirse un ingeniero residente y/o inspectores independientes designados para examinar y/o probar elementos de los Equipos y/o los Materiales. La asignación, delegación o revocación deberán hacerse por escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas Partes hayan recibido copia de la notificación.

Sin embargo, salvo que ambas Partes acuerden otra cosa, el Ingeniero no podrá delegar la autoridad para resolver cualquier asunto de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones].

Los asistentes serán personas debidamente calificadas, con capacidad para llevar a cabo esos deberes y ejercer dicha autoridad y tendrán pleno dominio del idioma para comunicaciones que se define en la SubCláusula 1.4 [Ley e Idioma].

Cada asistente a quien se le hayan asignado deberes o en quien se haya delegado autoridad, estará autorizado únicamente a impartir instrucciones al Contratista en la medida definida en la delegación. Cualquier aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa índole por parte de un asistente, efectuado de conformidad con la delegación, tendrá el mismo efecto que si proviniera del Ingeniero. Sin embargo:

(a) el hecho de no haber desaprobado un trabajo, Equipos o Materiales no constituirá la aprobación de los mismos, por lo que no afectará el derecho del Ingeniero a rechazar dichos trabajos, Equipos o Materiales;

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(b) si el Contratista cuestiona una decisión u orden de un asistente, el Contratista podrá remitir el asunto al Ingeniero, quien con la debida prontitud confirmará, revertirá o modificará la decisión u orden.

3.3 Instrucciones del Ingeniero

El Ingeniero podrá impartir instrucciones al Contratista en cualquier momento, y proporcionarle los Planos adicionales o modificados que se necesiten para la ejecución de las Obras y la reparación de cualquier defecto, de conformidad con el Contrato. El Contratista sólo responderá a las instrucciones del Ingeniero, o del asistente en el que se haya delegado la autoridad pertinente en virtud de esta Cláusula. En el caso de que una orden constituya una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

El Contratista cumplirá las instrucciones que imparta el Ingeniero o el asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación con cualquier asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las instrucciones se impartirán por escrito. Si el Ingeniero o un asistente autorizado:

(a) da una orden verbal,

(b) recibe del Contratista (o en su nombre) una confirmación escrita de la orden en un plazo de dos días laborales a partir de la fecha en que se dio la instrucción, y

(c) no responde con una negativa u orden escrita dentro de dos días después de recibir la confirmación,

entonces la confirmación pasará a constituir la orden escrita del Ingeniero o el asistente en quien se ha delegado dicha autoridad (según corresponda).

3.4 Reemplazo del Ingeniero

Si el Contratante prevé reemplazar al Ingeniero, el Contratante deberá notificar al Contratista, por lo menos 21 días antes de la fecha prevista del reemplazo, el nombre, la dirección y la experiencia pertinente del potencial Ingeniero sustituto. Si el Contratista considera que el potencial Ingeniero sustituto no es adecuado, tendrá el derecho a presentar objeciones al nombramiento, mediante notificación al Contratante, con información que fundamente su posición, y el Contratante dará plena y justa consideración a dicha objeción.

3.5 Decisiones

En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Ingeniero proceda de conformidad con esta SubCláusula 3.5 para acordar o resolver algún asunto, el Ingeniero consultará con cada una de las Partes con el ánimo de alcanzar un acuerdo. De no lograrse un acuerdo, el Ingeniero tomará una decisión justa de conformidad con el Contrato, tomando en cuenta todas las circunstancias pertinentes.

Salvo que se especifique algo diferente, el Ingeniero notificará a ambas Partes sobre cada uno de los acuerdos o decisiones, con los detalles del caso dentro del plazo de 28 días de haber recibido la correspondiente queja o solicitud. Cada una de las Partes dará cumplimiento a los

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acuerdos o decisiones, salvo (y en ese caso, hasta) que se sometan a reconsideración con arreglo a la Cláusula 20 [Quejas, Controversias y Arbitraje].

4. El Contratista

4.1 Obligaciones Generales del Contratista

En la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista diseñará, ejecutará y terminará las Obras de conformidad con el Contrato y con las instrucciones del Ingeniero y reparará cualquier defecto de las Obras.

El Contratista suministrará los Equipos y los Documentos del Contratista que se especifiquen en el Contrato, así como todo el Personal del Contratista, los Bienes, los bienes consumibles y otros bienes y servicios, permanentes o temporales, necesarios para, y en relación con, el diseño, la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos.

Todos los equipos, materiales y servicios que incorporen en, o se requieran para, las Obras deberán provenir de cualquier país elegible de conformidad con la definición que establece el Banco.

El Contratista velará por el carácter adecuado, la estabilidad y la seguridad de todas las operaciones y los métodos de construcción en el Lugar de las Obras. Salvo en la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista (i) será responsable de todos los Documentos del Contratista, las Obras Temporales y el diseño que pueda ser necesario en relación con cada elemento de los Equipos y los Materiales para que dicho(s) elemento(s) se ciña(n) al Contrato; y (ii) no será responsable del diseño o las especificaciones de las Obras Permanentes.

El Contratista suministrará al Contratante, a solicitud del Ingeniero, la información sobre los arreglos y los métodos que propone adoptar para la ejecución de las Obras. Dichos arreglos y métodos no podrán modificarse de manera significativa sin que antes se haya notificado de ello al Ingeniero.

En caso de que en el Contrato se especifique que el Contratista diseñará cualquier parte de las Obras Permanentes, entonces, salvo indicación diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista suministrará al Ingeniero los Documentos del Contratista correspondientes a dicha parte de conformidad con los procedimientos que se especifican en el Contrato;

(b) esos Documentos del Contratista se ceñirán a las Especificaciones y los Planos; estarán escritos en el idioma para comunicaciones definido en la SubCláusula 1.4 [Ley e Idioma] e incluirán la información adicional solicitada por el Ingeniero para agregar a los Planos a fin de coordinar los diseños de cada una de las Partes;

(c) el Contratista será responsable de esta parte, la cual, una vez terminadas las Obras, servirá para el propósito para la que fue concebida de conformidad como se señala en el Contrato; y

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(d) antes de que inicien las Pruebas a la Terminación, el Contratista proporcionará al Ingeniero la documentación “conforme a obra” y según corresponda, los manuales de operación y mantenimiento, de conformidad con las Especificaciones y en suficiente detalle como para que el Contratante pueda operar, mantener, desmontar, reensamblar, ajustar o reparar esta parte de las Obras. Dicha parte no se considerará terminada para los fines de la recepción con arreglo a la SubCláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones] hasta que se hayan proporcionado al Ingeniero la documentación y los manuales mencionados.

4.2 Garantía de Cumplimiento

El Contratista obtendrá (a su costo) una Garantía de Cumplimiento por el monto y monedas estipulados en los Datos del Contrato. Esta SubCláusula no se aplicará en los casos en que no se especifique un monto en los Datos del Contracto.

El Contratista suministrará la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo que no exceda de 28 días después de haber recibido la Carta de Aceptación, y enviará una copia al Ingeniero. La Garantía de Cumplimiento deberá haber sido emitida por una entidad y provenir de un país (u otra jurisdicción) aprobados por el Contratante, y tendrá la forma que se adjunte a las Condiciones Especiales u otra forma que apruebe el Contratante.

El Contratista se asegurará de que la Garantía de Cumplimiento sea válida y exigible hasta que el Contratista ejecute y termine las Obras y repare cualquier defecto. Si en los términos de la Garantía de Cumplimiento se estipula una fecha de vencimiento y 28 días antes de ésta el Contratista todavía no está en condiciones de recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista deberá prorrogar el período de validez de la Garantía de Cumplimiento hasta que se terminen las Obras y se reparen los defectos.

El Contratante no podrá hacer reclamaciones en virtud de la Garantía de Cumplimiento, salvo por los montos que le correspondan al amparo del Contrato.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados y gastos legales) que se generen a raíz de una reclamación al amparo de la Garantía de Cumplimiento en la medida en que el Contratante no hubiera tenido derecho a hacer la reclamación.

El Contratante devolverá la Garantía de Cumplimiento al Contratista dentro del plazo de 21 días de haber recibido una copia del Certificado de Cumplimiento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta SubCláusula, en los casos en que el Ingeniero decida aumentar o reducir el Precio del Contrato a raíz de un cambio en el costo y/o la legislación o como resultado de una Variación que supere el 25 por ciento de la porción del Precio del Contrato pagadera en una moneda específica, el Contratista, a solicitud del Ingeniero, procederá sin demora a aumentar o reducir, según

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corresponda, el valor de la Garantía de Cumplimiento en esa moneda, en el mismo porcentaje.

4.3 Representante del Contratista

El Contratista nombrará al Representante del Contratista y le conferirá todas las facultades necesarias para que actúe en nombre del Contratista para los fines del Contrato.

Salvo que el nombre del Representante del Contratista aparezca en el Contrato, el Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación, antes de la fecha de inicio, el nombre y la información de la persona que propone como Representante del Contratista. Si se niega la aprobación o se revoca según la SubCláusula 6.9 [Personal del Contratista], o si la persona designada no ejerce sus funciones como Representante del Contratista, el Contratista seguirá el mismo procedimiento para presentar el nombre y la información de otra persona adecuada para el cargo en cuestión.

El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante del Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento previo del Ingeniero.

El Representante del Contratista dedicará todo su tiempo a dirigir el cumplimiento del Contrato por parte del Contratista. Si el Representante del Contratista debe ausentarse temporalmente del Lugar de las Obras durante la ejecución de éstas, se nombrará a un sustituto adecuado, con el previo consentimiento del Ingeniero, a quien deberá darse la debida notificación.

El Representante del Contratista recibirá instrucciones en nombre del Contratista, de conformidad con la SubCláusula 3.3 [Instrucciones del Ingeniero].

El Representante del Contratista podrá delegar facultades, funciones y poderes en cualquier persona competente, y podrá revocar dicha delegación en cualquier momento. Las delegaciones o revocaciones no entrarán en vigor sino una vez que el Ingeniero haya recibido una notificación previa firmada por el Representante del Contratista en la que se señale el nombre de la persona y se especifiquen las facultades, las funciones y los poderes delegados o revocados.

El Representante del Contratista hablará con fluidez el idioma para comunicaciones definido en la SubCláusula 1.4 [Ley e Idioma]. Si los delegados del Representante del Contratista no hablan con fluidez el idioma mencionado, el Contratista se asegurará de que haya intérpretes competentes durante todas las horas de trabajo, en un número que el Ingeniero considere suficiente.

4.4 Subcontratistas

El Contratista no subcontratará la totalidad de las Obras.

El Contratista será responsable de las acciones u omisiones de cualquier Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran las suyas propias. Salvo indicación en contrario en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista no estará obligado a obtener aprobación cuando se trate de proveedores de Materiales únicamente, o para la PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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contratación de un Subcontratista que esté designado en el Contrato;

(b) se obtendrá el consentimiento previo del Ingeniero cuando se trate de la contratación de otros Subcontratistas que propongan;

(c) el Contratista notificará al Ingeniero, con al menos 28 días de anticipación, sobre la fecha prevista de inicio del trabajo de cada Subcontratista, y del comienzo de dicho trabajo en el Lugar de las Obras; y

(d) cada subcontrato incluirá disposiciones que den al Contratante el derecho de exigir que se le ceda el subcontrato con arreglo a la SubCláusula 4.5 [Cesión de Beneficio de Subcontrato] (conforme proceda) o en el caso de terminaci6n en virtud de la SubCláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante].

El Contratista se asegurará de que los requisitos que se le imponen en la SubCláusula 1.12 [Confidencialidad] se apliquen igualmente a todos los Subcontratistas.

En la medida de lo posible, el Contratista dará justas y razonables oportunidades a contratistas del País, para ser nombrados Subcontratistas.

4.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato

Si las obligaciones de un Subcontratista siguen vigentes después de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente, el Contratista deberá ceder al Contratante el beneficio de dichas obligaciones, si el Ingeniero así se lo exige antes de esa fecha. Salvo indicación diferente en la cesión, el Contratista no será responsable ante el Contratante por los trabajos que realice el Subcontratista después de la entrada en vigor de la cesión.

4.6 Cooperación

El Contratista ofrecerá, conforme se estipule en el Contrato o indique el Ingeniero, suficientes oportunidades de trabajo a :

(a) el Personal del Contratante,

(b) otros contratistas contratados por el Contratante, y

(c) el personal de cualquier entidad pública legalmente constituida,

quienes podrán estar empleadas en el Lugar de las Obras o en sus inmediaciones para la ejecución de trabajos no incluidos en el Contrato.

Cualquiera de esas instrucciones constituirá una Variación en la medida en que obligue al Contratista a sufrir retrasosy a incurrir en un Costo Imprevisto. Los servicios para ese personal y otros Contratistas pueden incluir el uso de Equipos del Contratista, Obras Temporales o arreglos en materia de acceso que son responsabilidad del Contratista.

Si en virtud del Contrato se exige al Contratante que conceda al Contratista posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso de conformidad con los Documentos del Contratista, el Contratista suministrará dichos documentos al Ingeniero en el plazo y la

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forma indicados en las Especificaciones.

4.7 Trazado

El Contratista trazará las Obras en función de los puntos originales, líneas y niveles de referencia especificados en el Contrato o notificados al Ingeniero. El Contratista será responsabledel correctoposicionamiento de todas las partes de las Obras, y rectificará cualquier error en las posiciones, niveles, dimensioneso alineamiento de las mismas.

El Contratante será responsable de cualquier error en los parámetros de referencia señalados o notificados, pero el Contratista tratará razonablemente de verificar la precisión de dichos datos antes de que se utilicen.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en Costos por realizar trabajos requeridos a raíz de un error en los parámetros de referencia, que un contratista con experiencia no hubiera podido detectar razonablemente dicho error y evitar esa demora o ese Costo, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, con arreglo a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o decidir i) si y (si procede) en qué medida no se hubiera podido detectar el error de manera razonable, y ii) si los asuntos que se señalan en los incisos (a) y (b) supra se relacionan con dicha medida.

4.8 Procedimientos de Seguridad

El Contratista deberá:

(a) cumplir con todas las regulaciones de seguridad aplicables ,

(b) velar por la seguridad de todas las personas autorizadas a estar en el Lugar de las Obras,

(c) hacer lo razonable para mantener el Lugar de las Obras y las propias Obras libres de obstrucciones innecesarias a fin de evitar situaciones peligrosas para dichas personas,

(d) proporcionar cercas, alumbrado, protección y vigilancia para las Obras hasta que éstas se terminen y entreguen con arreglo a la Cláusula 10 [Recepción por parte del Contratante], y

(e) proporcionar cualesquiera Obras Temporales (incluidos caminos, senderos, guardias y cercas) que puedan ser necesarias a raíz de la ejecución de las Obras, para el uso y la protección del público y los propietarios y ocupantes de los terrenos adyacentes.

4.9 Control de Calidad

El Contratista establecerá un sistema de control de calidad para demostrar el cumplimiento de los requisitos del Contrato. El sistema se PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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ceñirá a la información que figura en el Contrato. El Ingeniero podrá auditar cualquier aspecto del sistema.

Deberán presentarse al Ingeniero, para su información, detalles de todos los procedimientos y documentos de cumplimiento antes del inicio de cada etapa de diseño y ejecución. Todos los documentos de naturaleza técnica que se emitan para el Ingeniero deberán ostentar comprobante de la aprobación previa del propio Contratista.

El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al Contratista de ninguno de sus deberes, obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato.

4.10 Datos del Lugar de las Obras

Antes de la Fecha Base, el Contratante deberá haber proporcionado al Contratista, para su información, todos los datos pertinentes de los que disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del Lugar de las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el Contratante pondrá a disposición del Contratista todos los datos de esa índole que obtenga después de la Fecha Base. El Contratista será responsable de interpretar todos esos datos.

En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el tiempo), se considerará que el Contratista ha obtenido toda la información necesaria acerca de los riesgos, imprevistos y otras circunstancias que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista ha inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus alrededores, los datos mencionados anteriormente y otra información disponible, y que antes de presentar la Oferta estaba satisfecho con respecto a todos los asuntos pertinentes, incluidos ( más no de manera exclusiva):

(a) la forma y la naturaleza del Lugar de las Obras, incluidas las condiciones subterráneas,

(b) las condiciones hidrológicas y climáticas,

(c) la medida y la naturaleza de los trabajos y Bienes necesarios para la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos,

(d) la legislación, los procedimientos y las prácticas laborales del País, y

(e) los requisitos del Contratista en cuanto a acceso, alojamiento, dependencias, personal, electricidad, transporte, agua y otros servicios.

4.11 Suficiencia del Monto Contractual Aceptado

Se considerará que el Contratista:

(a) está satisfecho con el Monto Contractual Aceptado en términos de su idoneidad y suficiencia, y

(b) basó el Monto Contractual Aceptado en los datos, las interpretaciones, la información necesaria, las inspecciones, los exámenes y el cumplimiento de todos los asuntos pertinentes que se

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especifican en la SubCláusula 4.10 [Datos del Lugar de las Obras].

Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Monto Contractual Aceptado cubre todas las obligaciones del Contratista en virtud del Contrato (incluidas las que se establezcan bajo Montos Provisionales, si los hubiere) y todos los aspectos necesarios para ejecutar y terminar adecuadamente las Obras y reparar cualesquiera defectos.

4.12 Condiciones Físicas Imprevisibles

En esta SubCláusula, “condiciones físicas” se refiere a condiciones físicas naturales y artificiales, así como otras obstrucciones y contaminantes físicos que el Contratista encuentre en el Lugar de las Obras durante la ejecución de las mismas, incluidas condiciones subterráneas e hidrológicas pero no climáticas.

Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas que considere Imprevisibles, notificará de ello al Ingeniero tan pronto como sea posible.

En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de manera que el Ingeniero pueda inspeccionarlas, y se expondrán las razones por las que el Contratista las considera condiciones Imprevisibles. El Contratista seguirá con la ejecución de las Obras adoptando las medidas que sean adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá las instrucciones que pueda darle el Ingeniero. Si alguna orden constituye una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean Imprevisibles, el Contratista hace la notificación al respecto y sufre demoras o incurre en Costos a raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá derecho a la notificación indicada en la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de conformidad con la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dichos Costos, que se incluirán en el Precio del Contrato.

Tras recibir la notificación y examinar o investigar las condiciones físicas, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o resolver (i) si y (si procede) en qué medida esas condiciones físicas eran Imprevisibles, y (ii) si los asuntos que se describen en los incisos (a) y (b) supra guardan relación con esa medida.

Sin embargo, antes de llegar a un acuerdo definitivo o decisión respecto del Costo adicional con arreglo al inciso (ii), el Ingeniero también podrá analizar si otras condiciones físicas en partes similares de las Obras (si las hubiere) eran más favorables de lo que podría haberse previsto cuando el Contratista presentó la Oferta. Si, y en la medida en que fueren encontradas esas condiciones más favorables, el Ingeniero podrá proceder de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de las reducciones de Costo originadas por dichas condiciones, que podrán incluirse (como

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deducciones) en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. Sin embargo, el efecto neto de todos los ajustes en virtud del inciso (b) y todas las reducciones mencionadas, por todas las condiciones físicas que se encuentren en partes similares de las Obras, no darán lugar a una reducción neta del Precio del Contrato.

El Ingeniero deberá tomar en cuenta cualquier evidencia de las condiciones físicas previstas por el Contratista cuando presentó la Oferta, evidencias que el Contratista deberá facilitar; sin embargo, la interpretación de esas evidencias por parte del Contratista no tendrá carácter obligatorio para el Ingeniero.

4.13 Servidumbre de Paso y Dependencias

Salvo indicación diferente en el Contrato, el Contratante deberá proveer acceso al, y posesión del, Lugar de las Obras, incluyendo las servidumbres de paso especiales y/o temporales que puedan ser necesarias para las Obras. El Contratista también obtendrá, a su riesgo y expensas, cualquier servidumbre de paso o instalaciones adicionales fuera del Lugar de las Obras que pueda necesitar para fines de las Obras.

4.14 No interferencia

El Contratista no interferirá en forma innecesaria ni inadecuada con:

(a) la comodidad del público, ni

(b) el acceso a y uso y ocupación de todos los caminos y senderos, independientemente de que sean públicos o estén en posesión del Contratante o de otros.

El Contratista deberá indemnizar y amparar al Contratante de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados) que se generen a raíz de una interferencia innecesaria o inadecuada de esa índole.

4.15 Ruta de Acceso

Se considerará que el Contratista está satisfecho con la conveniencia y disponibilidad de las rutas de acceso al Lugar de las Obras el día de la Fecha Base. El Contratista hará lo razonablemente posible por evitar los daños que pueda sufrir cualquier camino o puente como resultado del tráfico del Contratista o su personal. Ello incluye el uso adecuado de vehículos y rutas apropiados.

Salvo indicación diferente en estas Condiciones:

(a) el Contratista será (al igual que entre las Partes) responsable de cualquier mantenimiento que sea necesario por el uso que haga de las rutas de acceso;

(b) el Contratista proporcionará todas las señalizaciones o instrucciones necesarias a lo largo de las rutas de acceso, y obtendrá los permisos necesarios de las autoridades pertinentes para usar dichas rutas, señalizaciones e instrucciones;

(c) el Contratante no será responsable de las reclamaciones que surjan del uso de cualquier ruta de acceso, ni por otro motivo en relación con la misma;

(d) el Contratante no garantiza la idoneidad ni la o disponibilidad de PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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ninguna ruta de acceso en particular; y

(e) los costos que se generen por la falta de idoneidad o disponibilidad de las rutas de acceso para el uso requerido por el Contratista, correrán por cuenta de éste.

4.16 Transporte de Bienes

Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de anticipación sobre la fecha de entrega de cualquier Equipo u otra parte importante de otros Bienes en el Lugar de las Obras;

(b) el Contratista será responsable de empacar, cargar, transportar, recibir, descargar, almacenar y proteger todos los Bienes y demás elementos necesarios para las Obras; y

(c) el Contratista indemnizará y amparará al Contratante de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados y gastos legales) que se generen del transporte de Bienes, y negociará y pagará todas las reclamaciones que surjan a raíz del transporte de los mismos.

4.17 Equipos del Contratista

El Contratista será responsable de todos sus Equipos. Una vez que se lleven al Lugar de las Obras, se considerará que los Equipos del Contratista se usarán exclusivamente para la ejecución de las Obras. El Contratista no retirará del Lugar de las Obras ningún elemento importante de sus Equipos sin el consentimiento previo del Ingeniero. Sin embargo, dicho consentimiento no será necesario para vehículos que transporten Bieneso Personal del Contratista fuera del Lugar de las Obras.

4.18 Protección del Medio Ambiente

El Contratista tomará todas las medidas razonables para proteger el medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras) y para limitar los daños y las alteraciones que se puedan crear a las personas y las propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido y otros resultados de sus operaciones.

El Contratista velará por que las emisiones y las descargas superficiales y efluentes que se produzcan como resultado de sus actividades no excedan los valores señalados en las Especificaciones o dispuestas por las leyes aplicables.

4.19 Electricidad, Agua y Gas

Salvo en los casos que se señalan más abajo, el Contratista será responsable de suministrar la electricidad, el agua y los demás servicios que necesite para las actividades de construcción y, en la medida establecida en las Especificaciones, para las pruebas.

El Contratista tendrá derecho a usar para los fines de las Obras los suministros de electricidad, agua, gas y otros servicios que se encuentren disponibles en el Lugar de las Obras y cuyos detalles y precios figuren en las Especificaciones. El Contratista suministrará, a su riesgo y expensas, los aparatos necesarios para hacer uso de esos servicios y medir las cantidades consumidas.

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Página 359 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

El Ingeniero dará su aprobación, o determinará, las cantidades consumidas y los montos pagaderos (a esos precios) por concepto de dichos servicios, de conformidad con las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista pagará dichos montos al Contratante.

4.20 Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición

El Contratante pondrá sus Equipos (si los hubiere) a disposición del Contratista para la ejecución de las Obras, de conformidad con los detalles, arreglosy precios señalados en las Especificaciones. Salvo indicación en sentido diferente en las Especificaciones:

(a) el Contratante será responsable de sus Equipos, salvo que

(b) el Contratista será responsable de cada elemento de los Equipos del Contratante cuando cualquiera de los miembros del Personal del Contratista los opere, conduzca, dirija o esté en posesión o control de los mismos.

El Ingeniero acordará o determinará las cantidades adecuadas y los montos pagaderos (a los precios establecidos) por el uso de los Equipos del Contratante de conformidad con las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista pagará dichos montos al Contratante.

El Contratante proporcionará, sin costo alguno, los “materiales de libre disposición” (si los hubiere) de conformidad con la información que se señale en las Especificaciones. El Contratante proporcionará, a su riesgo y expensas, dichos materiales en la fecha y lugar señalados en el Contrato. El Contratista los inspeccionará visualmente y notificará con prontitud al Ingeniero sobre cualquier falta, defecto u omisión al respecto. A no ser que las Partes acuerden otra cosa, el Contratante rectificará de inmediato la falta, defecto u omisión que se le haya notificado.

Tras esa inspección visual, los materiales de libre disposición pasarán a estar bajo el cuidado, custodia y control del Contratista. Las obligaciones del Contratista en materia de inspección, cuidado, custodia y control no eximirán al Contratante de su responsabilidad por cualquier falta, defecto u omisión no advertida en una inspección visual.

4.21 Informes de Avance

Salvo que se exprese otra cosa en las Condiciones Especiales, el Contratista elaborará informes mensuales de avance, que presentará al Ingeniero en 6 copias. El primer informe cubrirá el período desde la Fecha de Inicio hasta el final del primer mes calendario. De ahí en adelante se presentarán informes mensuales, cada uno dentro del plazo de 7 días contados a partir del último día del período en cuestión.

Se presentarán informes hasta que el Contratista haya terminado todo el trabajo que se sepa que está pendientea la fecha de terminación que se indique en el Certificado de Recepción de Obra.

Los informes incluirán:

(a) gráficos y descripciones detalladas del avance alcanzado, incluida PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 360 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

cada etapa de diseño (si la hubiere), los Documentos del Contratista, las adquisiciones, las fabricaciones, las entregas en el Lugar de las Obras, la construcción, el montaje y las pruebas; y también incluye estas mismas etapas de trabajo correspondientes a cada uno de los Subcontratistas designados (conforme se define en la Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]);

(b) fotografías que reflejen el correspondiente estado de fabricación y el avance alcanzado en el Lugar de las Obras;

(c) en cuanto a la fabricación de cada elemento importante de los componentes de Equipos y Materiales, el nombre del fabricante, la ubicación de la fábrica, el porcentaje de avance y las fechas reales o previstas para

(i) el inicio de la fabricación,

(ii) las inspecciones del Contratista,

(iii) las pruebas, y

(iv) el envío y la llegada al Lugar de las Obras;

(d) la información que se detalla en la SubCláusula 6.10 [Registros del Personal y Equipos del Contratista];

(e) las copias de los documentos de control de calidad, resultados de las pruebas y certificados de Materiales;

(f) la lista de las notificaciones realizadas en virtud de las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 20.1 [Reclamaciones del Contratista];

(g) estadísticas de seguridad, incluidos detalles sobre incidentes peligrosos y actividades en cuanto a aspectos ambientales y relaciones públicas, y

(h) comparaciones entre el avance realmente alcanzado y el previsto, con detalles sobre cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la terminación de las Obras de conformidad con el Contrato, y las medidas que se estén tomando (o que se tomarán) para superar las demoras.

4.22 Seguridad del Lugar de las Obras

Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:

(a) el Contratista será responsable de mantener fuera del Lugar de las Obras a personas no autorizadas, y

(b) las personas autorizadas se limitarán al Personal del Contratista y del Contratante, y a cualquier otro empleado que el Contratante o el Ingeniero notifiquen al Contratista, como personal autorizado de los otros contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras.

4.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las

El Contratista limitará sus actividades al Lugar de las Obras y a cualquier otro sitio adicional que obtenga como zonas adicionales de trabajo con el acuerdo del Ingeniero. El Contratista tomará todas las

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Página 361 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Obras

precauciones necesarias para mantener sus Equipos y su Personal dentro del Lugar de las Obras y dichas zonas adicionales y mantenerlos fuera de los terrenos adyacentes.

Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el Lugar de las Obras libre de obstrucciones innecesarias y almacenará, o dispondrá de, los Equipos del Contratista o los materiales excedentes. El Contratista despejará el Lugar de las Obras y eliminará los escombros, la basura y las Obras Temporales que ya no se necesiten.

Al emitirse un Certificado de Recepción de Obra, el Contratista despejará y retirará de la parte del Lugar de las Obras y las Obras a que se refiere dicho Certificado todos sus Equipos, materiales excedentes, desperdicios, basura y Obras Temporales. El Contratista dejará esa parte del Lugar de las Obras y las Obrasreferidas limpias y seguras. Sin embargo, el Contratista podrá retener en dicho Lugar, durante el plazo para la Notificación de Defectos, los Bienes que necesite para cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato.

4.24 Fósiles

Los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad y estructuras y otros restos o elementos de interés geológico o arqueológico que se encuentren en el Lugar de las Obras quedarán bajo el cuidado y la autoridad del Contratante. El Contratista tomará precauciones razonables para evitar que su Personal u otras personas retiren o dañen cualquiera de esos objetos encontrados.

Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista notificará rápidamente de ello al Ingeniero, quien le impartirá instrucciones al respecto. Si el Contratista sufre alguna demora y/o incurre en algún Costo por cumplir las instrucciones, hará una nueva notificación al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha retrasado o se anticipa que se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo, el que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa nueva notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o determinación al respecto.

5. Subcontratistas Designados

5.1 Definición de “Subcontratista Designado”

En el Contrato se entiende por “Subcontratista designado” un subcontratista:

(a) que figure en el Contrato como tal, o

(b) que el Contratista deba emplear como tal por orden del Ingeniero, con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] y laSubCláusula 5.2 [Objeciones a las Designaciones].

5.2 Objeciones a las El Contratista no tendrá ninguna obligación de contratar a un PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 362 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Designaciones

Subcontratista designado contra el que presente objeciones razonables mediante notificación al Ingeniero, tan pronto como sea posible, junto con los detalles al respecto. Salvo que el Contratante acuerde por escrito eximir al Contratista de las respectivas consecuencias, las objeciones se considerarán razonables si se derivan (entre otros) de cualquiera de los siguientes aspectos:

(a) existen razones para creer que el Subcontratista no posee la competencia, los recursos o la solidez financiera suficientes;

(b) el Subcontratista designado no acepta indemnizar al Contratista contra y de cualquier negligencia o mal uso de los Bienes por parte del Subcontratista designado, sus representantes y empleados; o

(c) el subcontratista designado no acepta el contrato de subcontratista, el cual estipula que para el trabajo subcontratado (incluido el diseño, si procede), el Subcontratista designado deberá:

(i) comprometerse frente al Contratista a asumir las obligaciones y responsabilidades que le permitan a éste cumplir sus obligaciones y responsabilidades en virtud del Contrato, y

(ii) indemnizar al Contratista de todas las obligaciones y responsabilidades que se deriven del Contrato o se vinculen con él, así como de las consecuencias de cualquier incumplimiento del Subcontratista en relación con dichas obligaciones o responsabilidades.

(iii) ser pagado sólo cuando el Contratista haya recibido del Contratante los pagos de cantidades adeudadas en virtud del subcontrato referido, de conformidad con lo indicado en la SubCláusula 5.3 [Pagos Para los Subcontratistas Designados].

5.3 Pagos a Subcontratistas Designados

El Contratista pagará al Subcontratista designado los montos de los recibos del Subcontratista designado aprobados por el Contratista y que el Ingeniero certifique como pagaderos de conformidad con el subcontrato. Esos montos y demás cargos se incluirán en el Precio del Contrato de acuerdo con el inciso (b) de la SubCláusula 13.5 [Montos Provisionales], salvo lo dispuesto en la SubCláusula 5.4 [Comprobantes de Pago].

5.4 Comprobantes de Pago

Antes de emitir un Certificado de Pago que incluya un monto pagadero a un Subcontratista designado, el Ingeniero podrá solicitar al Contratista que demuestre razonablemente que el Subcontratista designado ha recibido todos los montos adeudados de conformidad con Certificados de Pago anteriores, menos las deducciones aplicables por retención u otros conceptos. A menos que el Contratista:

(a) presente dichas pruebas razonables al Ingeniero, o

(b)

(i) demuestre al Ingeniero por escrito que el Contratista tiene razonablemente el derecho de retener dichos montos o

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Página 363 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

denegar el pago de los mismos, y

(ii) presente al Ingeniero pruebas razonables que el Subcontratista designado ha sido notificado sobre el derecho del Contratista,

el Contratante podrá (a su sola discreción) pagar, directamente al Subcontratista designado, parcial o totalmente, los montos certificados con anterioridad (menos las deducciones correspondientes) que sean pagaderos al Subcontratista designado y para los cuales el Contratista no haya presentado las pruebas que se señalan en los incisos (a) o (b) supra. En ese caso, el Contratista devolverá al Contratante el monto que éste haya pagado directamente al Subcontratista.

6. Personal y Mano de Obra

6.1 Contratación de Personal y Mano de Obra

Salvo disposición en sentido diferente en las Especificaciones, el Contratista deberá encargarse de contratar a todo el personal y la mano de obra, de origen nacional o de otra procedencia, así como de su remuneración, alimentación, transporte, y cuando corresponda, alojamiento.

Se alentará al Contratista a que, en la medida de lo posible y razonable, contrate dentro del País personal y mano de obra que cuenten con las calificaciones y la experiencia adecuadas.

6.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo

El Contratista deberá pagar niveles salariales y adoptar condiciones de trabajo que no sean inferiores a los establecidos para la profesión o la industria donde se lleve a cabo el trabajo. De no haber niveles salariales ni condiciones laborales aplicables, el Contratista pagará niveles salariales y se ceñirá a condiciones que no resulten inferiores al nivel general de remuneraciones y condiciones observados localmente por Contratantes cuyo negocio o industria sean similares a los del Contratista.

El Contratista informará a su Personal acerca de su obligación de pagar impuestos sobre la renta en el País respecto de sus sueldos, salarios, subsidios y cualesquiera otros beneficios gravables en virtud de las leyes del País vigentes en ese momento, y el Contratista cumplirá las obligaciones que por ley le correspondan en relación con las respectivas deducciones.

6.3 Personas al Servicio del Contratante

El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal ni mano de obra que forme parte del Personal del Contratante.

6.4 Leyes laborales

El Contratista cumplirá todas las Leyes laborales pertinentes aplicables al Personal del Contratista, incluidas las Leyes en materia de empleo, salud, seguridad, bienestar social, inmigración y emigración, y permitirá que gocen de todos sus derechos legales.

El Contratista exigirá a sus empleados que obedezcan las leyes aplicables, incluidas aquellas relacionadas con la seguridad en el lugar de trabajo.

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6.5 Horas de Trabajo

En el Lugar de las Obras no se trabajará en días localmente reconocidos como de descanso ni fuera de las horas regulares de trabajo que se establezcan en los Datos del Contrato, a menos que:

(a) en el Contrato se estipule otra cosa,

(b) el Ingeniero así lo apruebe, o

(c) el trabajo sea inevitable o necesario para la protección de la vida o la propiedad o para la seguridad de las Obras, en cuyo caso el Contratista informará de ello inmediatamente al Ingeniero.

6.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra

Salvo que se indique otra cosa en las Especificaciones, el Contratista proporcionará y mantendrá todas las instalaciones para alojamientoy bienestar social que sean necesarios para su personal. El Contratista también proporcionará instalaciones para el Personal del Contratante conforme se señala en las Especificaciones.

El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida temporal o permanentemente dentro de las estructuras que conforman las Obras Permanentes.

6.7 Salud y Seguridad

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones razonables para mantener la salud y la seguridad del Personal del Contratista. En colaboración con las autoridades sanitarias locales, el Contratista se asegurará de que el Lugar de las Obras y cualesquiera lugares de alojamiento para el Personal del Contratista y el Personal del Contratante estén siempre provistos de personal médico, instalaciones de primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se tomen medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuanto a bienestar e higiene, así como para prevenir epidemias.

El Contratista nombrará a un oficial de prevención de accidentes en el Lugar de las Obras, que se encargará de velar por la seguridad y la protección contra accidentes. Esa persona estará calificada para asumir dicha responsabilidad y tendrá autoridad para impartir instrucciones y tomar medidas de protección para evitar accidentes. Durante la ejecución de las Obras, el Contratista proporcionará todo lo que dicha persona necesita para ejercer esa responsabilidad y autoridad.

El Contratista enviará al Ingeniero, a la mayor brevedad posible, información detallada sobre cualquier accidente que ocurra. El Contratista mantendrá un registro y hará informes acerca de la salud, la seguridad y el bienestar de las personas, así como de los daños a la propiedad, según lo solicite razonablemente el Ingeniero.

Prevención del VIH/SIDA. El Contratista llevará a cabo un programa de concientización sobre el VIH/SIDA por medio de un proveedor de servicios aprobado, y tomará todas las demás medidas que se especifiquen en el Contrato para reducir el riesgo de transmisión del virus VIH entre el personal del Contratista y la comunidad local, promover diagnósticosoportunos y brindar asistencia a las personas afectadas.

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Página 365 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Durante la vigencia del Contrato (incluido el Período para la Notificación de Defectos), el Contratista (i) realizará campañas de comunicación con fines de información, educación y consulta (IEC), al menos cada dos meses, dirigidas a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras (incluidos todos los empleados del Contratista, los Subcontratistas y los empleados de los Consultores, así como todos los camioneros y obreros que hagan entregas en el Lugar de las Obras para actividades de construcción) y a las comunidades locales adyacentes, sobre los riesgos, el peligro, el impacto y las medidas adecuadas para evitar las enfermedades transmitidas sexualmente —o infecciones transmitidas sexualmente en general y VIH/SIDA en particular; (ii) suministrará preservativos masculinos o femeninos a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras según corresponda; y (iii) ofrecerá servicios de examen, diagnóstico, asesoramiento y envío de casos a un programa nacional exclusivo sobre infecciones transmitidas sexualmente y VIH/SIDA (salvo que se acuerde de otra manera), a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras.

El Contratista incluirá en el programa que se presentará para la ejecución de las Obras en virtud de la SubCláusula 8.3 un programa paliativo para el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras y sus familiares, sobre infecciones y enfermedades transmitidas sexualmente, incluido el VIH/SIDA. En dicho programa se indicará la fecha, la manera y el costo que tenga previsto el Contratista para cumplir los requisitos que se señalan en esta SubCláusula y las especificaciones conexas. Para cada componente, el programa desglosará los recursos que se proporcionarán o utilizarán y cualquier subcontratación que se proponga. El programa incluirá asimismo una estimación de costos pormenorizada y la documentación correspondiente. El pago que recibirá el Contratista por elaborar y poner en marcha este programa no superará el Monto Provisional destinado a este fin.

6.8 Supervisión del Contratista

Durante la ejecución de las Obras y posteriormente por el tiempo que sea necesario para cumplir las obligaciones del Contratista, éste proporcionará toda la supervisión necesaria para planificar, organizar, dirigir, administrar, inspeccionar y poner a prueba el trabajo.

La labor de supervisión estará a cargo de un número suficiente de personas que posean conocimientos adecuados del idioma para comunicaciones (definido en la SubCláusula 1.4 [Ley e Idioma]) y de las operaciones que se llevarán a cabo (incluidos los métodos y técnicas requeridos, los posibles peligros y los métodos de prevención de accidentes), para la ejecución satisfactoria y segura de las Obras.

6.9 Personal del Contratista

El Personal del Contratista contará con las calificaciones, aptitudes y experiencia adecuadas en sus respectivos campos de actividad u ocupaciones. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que despida (o que haga que se despida) a cualquier persona empleada en el Lugar de las Obras o en las Obras, incluido el Representante del Contratista si procede, quien :

(a) cometa repetidos actos de mal comportamiento o falta de cuidado,

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Página 366 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

(b) realice sus labores en forma incompetente o negligente,

(c) no cumpla alguna(s) de las disposiciones establecidas en el Contrato, o

(d) persista en un comportamiento que sea perjudicial para la seguridad, la salud o la protección del medio ambiente.

Si procede, el Contratista nombrará (o hará que se nombre) en su reemplazo a otra persona adecuada.

6.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista

El Contratista presentará al Ingeniero detalles sobre el número de cada una de las clases de miembros de su Personal y de cada tipo de Equipos que tiene en el Lugar de las Obras. Esos detalles se presentarán cada mes calendario, en la forma que apruebe el Ingeniero, hasta que el Contratista termine todos los trabajos que queden pendientes en la fecha de terminación que se señala en el Certificado de Recepción de Obra.

6.11 Alteración del Orden

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones que sean necesarias para evitar cualquier conducta ilegal, o que altere o perturbe el orden por parte del Personal del Contratista o entre los miembros de dicho Personal, y para preservar la paz y la protección de las personas y los bienes que se encuentren en el Lugar de las Obras y los alrededores.

6.12 Personal Extranjero

En la medida en que lo permitan las leyes aplicables, el Contratista podrá traer al País al personal extranjero que sea necesario para la ejecución de las Obras. El Contratista se asegurará que esas personas obtengan los visados de residencia y los permisos de trabajo necesarios. Si el Contratista así lo solicita, el Contratante hará todo lo posible para ayudarlo rápida y oportunamente a obtener los permisos locales, estatales, nacionales o gubernamentales que sean necesarios para traer al País dicho personal.

El Contratista será responsable de que esos miembros del personal regresen a su lugar de contratación o a su domicilio. En el caso de que alguno de esos empleados o alguno de sus familiares fallezca en el País, el Contratista será igualmente responsable de hacer los arreglos necesarios para su regreso o entierro.

6.13 Suministro de Alimentos

El Contratista se encargará de que se suministre al Personal del Contratista una cantidad suficiente de alimentos adecuados a precios razonables, conforme se señale en las Especificaciones, para los fines del Contrato o en relación con éste.

6.14 Abastecimiento de Agua

Tomando en cuenta las condiciones locales, el Contratista suministrará en el Lugar de las Obras una cantidad adecuada de agua potable y de otra clase para el consumo del Personal del Contratista.

6.15 Medidas contra Plagas e Insectos

El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones necesarias para proteger a su Personal en el Lugar de las Obras contra plagas e insectos, y para disminuir los consiguientes peligros para la salud. El Contratista cumplirá todas las normativas de las autoridades sanitarias locales, incluido el uso de insecticidas adecuados.

6.16 Bebidas Salvo en la medida autorizada por las leyes del País, el Contratista no PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 367 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Alcohólicas y Drogas

importará, venderá, regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a bebidas alcohólicas o drogas, ni tampoco permitirá que su personal las importe, venda, regale, haga objeto de trueque o deseche.

6.17 Armas y Municiones

El Contratista no regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a armas o municiones de ningún tipo, ni tampoco permitirá que su Personal lo haga.

6.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas

El Contratista respetará los días festivos, los días de descanso y las costumbres religiosas y de otra índole que se reconozcan en el País.

6.19 Preparativos de Sepelio

El Contratista será responsable, en la medida en que lo exija la legislación local, de hacer los preparativos de sepelio para cualquiera de sus empleados locales que fallezca mientras trabaja en las Obras.

6.20 Prohibición de Trabajo Forzoso u Obligatorio

El Contratista no empleará ninguna forma de “trabajo forzoso u obligatorio”. Por “trabajo forzoso u obligatorio” se entiende todo trabajo o servicio, realizado de manera involuntaria, que se obtenga de una persona bajo amenaza de fuerza o sanción.

6.21 Prohibición de Trabajo Infantil Perjudicial

El Contratista no empleará a ningún niño para que realice un trabajo que tenga características de explotación económica, pueda ser peligroso o pueda interferir en la educación del niño, o sea perjudicial para su salud o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

6.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores

El Contratista mantendrá un registro completo y preciso sobre el empleo de trabajadores en el Lugar de las Obras. El registro incluirá los nombres, edades, sexos, horas trabajadas y salarios de todos los trabajadores. El registro se resumirá una vez al mes y se enviará al Ingeniero, poniéndose a disposición de los Auditores para su inspección durante horas regulares de trabajo. El registro se incluirá en los informes detallados que debe presentar el Contratista en virtud de la SubCláusula 6.10 [Registro del Personal y Equipos del Contratista].

6.23 Organizaciones de Trabajadores

En países donde la ley nacional reconozca el derecho de los trabajadores a establecer y adherirse sin interferencia a organizaciones de su elección, y el derecho de negociación colectiva, el Contratista cumplirá con la ley nacional. El Contratista no discriminará ni tomará represalias en contra del personal que participe, o trate de participar, en dichas organizaciones. En los casos en que la ley nacional restrinja las organizaciones de trabajadores, el Contratista se asegurará de que su personal tenga medios alternativos para expresar sus quejas y defender sus derechos en relación con las condiciones de trabajo y los términos de empleo, tales como comités o foros laborales para facilitar el diálogo entre los representantes de los trabajadores y el Contratante. En los casos en que la ley nacional no se pronuncie al respecto, el Contratista no discriminará ni tomará represalias en contra del personal que participe, o trate de participar, en organizaciones y foros constituidos para promover buenas condiciones de trabajo y términos favorables de empleo, en consonancia con el Contrato.

6.24 No Discriminación e Igualdad de

El Contratante no deberá tomar decisiones basándose en características personas no relacionadas con requisitos inherentes al trabajo. El PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 368 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Oportunidades Contratante deberá basar la relación laboral en el principio de igualdad de oportunidad y trato justo, y no deberá discriminar en cuanto a contratación, compensación (incluyendo salAires y beneficios), condiciones de trabajo y términos de referencia, acceso a entrenamiento, ascensos, terminación de empleo o retiro y disciplina. El Contratante deberá cumplir con la ley en los países en los que la discriminación es prohibida. Cuando la ley nacional no incluya provisiones en cuanto a la discriminación, el Contratante deberá cumplir con los requerimientos de ésta SubCláusula. No se considerarán como actos de discriminación las medidas especiales de protección o asistencia tomadas para remediar discriminación pasada o selección de un trabajo en particular basado en requerimientos inherentes del trabajo.

7. Equipos, Materiales y Mano de Obra

7.1 Modo de Ejecución

El Contratista se encargará de la fabricación de los Equipos, la producción y fabricación de los Materiales y toda otra tarea de ejecución de las Obras:

(a) de la forma (si la hubiere) que se señale en el Contrato,

(b) de manera profesional y cuidadosa, de conformidad con las mejores prácticas reconocidas, y

(c) con dependencias debidamente equipadas y materiales no peligrosos, salvo especificación diferente en el Contrato.

7.2 Muestras

El Contratista presentará al Ingeniero, para su aprobación, las siguientes muestras de Materiales, e información pertinente, antes de usar los Materiales en o para las Obras:

(a) muestras estándar de fábrica de Materiales y las muestras que se especifiquen en el Contrato, todas por cuenta y cargo del Contratista, y

(b) muestras adicionales encargadas por el Ingeniero como Variación.

Cada muestra se etiquetará según su origen y uso previsto en las Obras.

7.3 Inspección

En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del Contratante:

(a) tendrá pleno acceso a todas las partes del Lugar de las Obras y a todos los lugares de donde se están siendo extraídos Materiales naturales, y

(b) durante la producción, fabricación y construcción (en el Lugar de las Obras y en otros lugares), tendrá derecho a examinar, inspeccionar, medir y poner a prueba los materiales y la calidad del trabajo de manufactura, así como a verificar el progreso de la fabricación de los Equipos y de la producción y fabricación de los Materiales.

El Contratista dará al personal del Contratante plena oportunidad de llevar a cabo dichas actividades, incluyendo el acceso, las facilidades, los permisos y el equipo de seguridad. Ninguna de estas actividades eximirá al Contratista de ninguna obligación o responsabilidad.

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Página 369 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

El Contratista notificará al Ingeniero cuando se haya terminado cualquier trabajo y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para fines de almacenamiento o transporte. El Ingeniero llevará a cabo el examen, inspección, medición o prueba sin demoras injustificadas, o notificará rápidamente al Contratista que no es necesario hacerlo. Si el Contratista no hiciera la notificación, deberá, a solicitud del Ingeniero, y corriendo con los correspondientes gastos, descubrir los trabajos y posteriormente reponerlos a su estado anterior.

7.4 Pruebas

Esta Sub-Cláusula se aplicará a todas las pruebas que se señalen en el Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a la Terminación (si las hubiere).

Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el Contratista proporcionará todos los aparatos, asistencia, documentos e información adicional, electricidad, equipos, combustible, bienes consumibles, instrumentos, mano de obra, materiales y personal con las debidas calificaciones y experiencia que sean necesarios para realizar eficientemente las pruebas especificadas. El Contratista acordará con el Ingeniero la hora y el lugar para realizar las pruebas especificadas de cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras partes de las Obras.

El Ingeniero podrá, con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes], variar el sitio o los detalles de pruebas específicas, o instruir al Contratista que lleve a cabo pruebas adicionales. Si esas pruebas modificadas o adicionales reflejan que los Equipos, los Materiales o la mano de obra sometidos a prueba no se ajustan al Contrato, el costo de realización de dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, sin perjuicio de las demás disposiciones del Contrato.

El Ingeniero notificará al Contratista con al menos 24 horas de anticipación sobre su intención de presenciar las pruebas. Si el Ingeniero no se presenta en el lugar y a la hora acordada, el Contratista podrá proceder a realizar las pruebas, salvo que el Ingeniero indique otra cosa, y para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado en presencia del Ingeniero.

Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo por el cumplimiento de esas instrucciones o como resultado de una demora ocasionada por el Contratante, el Contratista notificará al Ingeniero y sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho costo más utilidades, que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o decidir al respecto.

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Página 370 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

El Contratista enviará sin demora al Ingeniero informes debidamente certificados sobre las pruebas. Cuando se hayan aprobado las pruebas especificadas, el Ingeniero refrendará el certificado de pruebas del Contratista o le emitirá un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no presencia las pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores registrados como precisos.

7.5 Rechazo

Si, como resultado de un examen, inspección, medición o prueba, cualquiera de los Equipos, Materiales o elementos de mano de obra se consideran defectuosos o de otra forma no ceñidos al Contrato, el Ingeniero podrá rechazarlos mediante notificación al Contratista con la justificación correspondiente. En ese caso, el Contratista subsanará rápidamente el defecto y se asegurará que el elemento rechazado se ajuste al Contrato.

Si el Ingeniero exige que se vuelvan a poner a prueba dichos Equipos, Materiales o elementos de mano de obra, las pruebas se repetirán bajo los mismos términos y condiciones. Si el rechazo y las pruebas adicionales obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el Contratista, sujeto a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], reembolsará dichos costos al Contratante.

7.6 Medidas Correctivas

Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el Ingeniero podrá instruir al Contratista que:

(a) retire del Lugar de las Obras y reemplace cualquier Equipo o Material que no se ajuste al Contrato,

(b) retire y realice nuevamente cualquier trabajo que no se ajuste al Contrato, y

(c) lleve a cabo cualquier trabajo que se requiera con urgencia para la seguridad de las Obras, bien sea a causa de un accidente, una situación imprevisible u otra causa.

El Contratista acatará las instrucciones bien sea en un plazo razonable, que corresponderá (si lo hubiere) al que se especifique en la orden, o de manera inmediata si se señala el carácter urgente de conformidad con el inciso (c) anterior.

Si el Contratista no cumple las instrucciones, el Contratante tendrá derecho a contratar y remunerar a otras personas para que hagan el trabajo. Salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho a remuneración por el trabajo, el Contratista, sujeto a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], pagará al Contratante todos los costos que se generen a raíz de esta deficiencia.

7.7 Propiedad de los Equipos y los Materiales

Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, y en la medida en que sea consistente con las Leyes del País, todos los Equipos y Materiales pasarán a ser propiedad del Contratante, libre de todo gravamen, en el que ocurra primero de los siguientes eventos:

(a) cuando dichos Equipos y Materiales sean incorporados en las PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 371 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Obras;

(b) cuando el Contratista sea pagado por el valor de los Equipos y Materiales en virtud de la SubCláusula 8.10 [Pago de Equipos y Materiales en Caso de Suspensión].

7.8 Regalías

Salvo disposición en contrario en las Especificaciones, el Contratista pagará todas las regalías, rentas y demás pagos devengados por concepto de:

(a) materiales naturales obtenidos fuera del Lugar de las Obras, y

(b) la eliminación de materiales provenientes de demoliciones y excavaciones y otro material excedente (ya sea natural o artificial), excepto en la medida en que en el Contrato se contemplen zonas de eliminación de desechos en el Lugar de las Obras.

8. Inicio, Demoras y Suspensión

8.1 Inicio de las Obras

A menos que se indique otra cosa en las Condiciones especiales, la Fecha de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones previas que se mencionan a continuación y el Contratista haya recibido la instrucción del Ingeniero en donde da constancia sobre el acuerdo de las Partes en que se han cumplido dichas condiciones y para que se inicien las Obras:

(a) firma del Contrato por ambas partes, y si es requerido, la aprobación del Contrato por parte de las autoridades correspondientes del país,

(b) entrega al Contratista de evidencia razonable sobre los arreglos financieros previstos (de conformidad con la SubCláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratista]),

(c) salvo en los casos especificados en los Datos del Contrato, la posesión del Sitio de la Obra debe ser entregada al Contratista junto con los permisos, de acuerdo con el inciso (a) de la SubCláusula 1.13 [Cumplimiento de Legislación], tal como se requiere para el Inicio de las Obras;

(d) recibo del Adelanto de Pago por parte del Contratista de acuerdo con la Subclásula 14.2 [Adelanto de Pago], siempre que la garantía bancaria haya sido entregada al Contratista; y

(e) si la mencionada instrucción del Ingeniero no es recibida por el Contratista dentro de los 180 días contados desde la fecha de recibo de la Carta de Aceptación, el Contratista estará facultado para terminar el Contrato de conformidad con la SubCláusula 16.2 [Terminación por el Contratista].

El Contratista comenzará la ejecución de las Obras tan pronto como sea razonablemente posible después de la Fecha de Inicio, y procederá con las Obras con la diligencia debida y sin demoras.

8.2 Plazo de El Contratista terminará todas las Obras, y cada Sección (si la hubiere), PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 372 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Terminación

dentro del Plazo de Terminación de las Obras o la Sección (según sea el caso), incluidas:

(a) la aprobación de las Pruebas a la Terminación, y

(b) la terminación de todos los trabajos exigidos en el Contrato para considerar finalizadas las Obras o la Sección, a los efectos de la recepción de obra con arreglo a la SubCláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones].

8.3 Programa

El Contratista presentará al Ingeniero un programa cronológico detallado dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la notificación con arreglo a la SubCláusula 8.1 [Inicio de las Obras]. El Contratista presentará asimismo un programa revisado en los casos en que el programa previo no sea consistente con el progreso real alcanzado o con las obligaciones del Contratista. Cada uno de los programas incluirá:

(a) el orden en que el Contratista tiene previsto llevar a cabo las Obras, incluido el calendario previsto de cada etapa de diseño (si procede), Documentos del Contratista, adquisiciones, fabricación del Equipo, entregas en el Lugar de las Obras, construcción, montajes y pruebas,

(b) cada una de estas etapas de trabajo por cada Subcontratista designado (conforme se define en la Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]),

(c) la secuencia y el calendario de las inspecciones y pruebas que se especifiquen en el Contrato, y

(d) un informe de apoyo que incluya:

(i) una descripción general de los métodos que prevé adoptar el Contratista y de las etapas principales en la ejecución de las Obras, y

(ii) detalles que reflejen el cálculo estimativo razonable del Contratista en cuanto al número de cada clase de Personal del Contratista y de cada tipo de Equipos del Contratista que se requerirán en el Lugar de las Obras para cada etapa principal.

Salvo que el Ingeniero notifique al Contratista, dentro de un plazo de 21 días contados a partir de la fecha en que reciba un programa, sobre la medida en que dicho programa no se ajusta al Contrato, el Contratista procederá de conformidad con lo establecido en el programa, sujeto a sus demás obligaciones en virtud del Contrato. El Personal del Contratante tendrá derecho a planificar sus actividades en función del programa.

El Contratista notificará sin demoras al Ingeniero acerca de cualquier posible acontecimiento o circunstancia futura que pueda afectar el trabajo de manera adversa, aumentar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que presente un cálculo estimativo del efecto previsto de los posibles acontecimientos o circunstancias futuras, o una propuesta con arreglo a

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Página 373 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

la SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].

Si, en cualquier momento, el Ingeniero notifica al Contratista que un programa no cumple (en la medida señalada) con el Contrato o no coincide con el progreso real alcanzado ni con las intenciones manifestadas por el Contratista, éste presentará al Ingeniero un programa revisado de conformidad con esta SubCláusula.

8.4 Prórroga del Plazo de Terminación

De conformidad con la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], el Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de Terminación en el caso y en la medida en que la terminación para los efectos de la SubCláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones] se haya demorado o vaya a demorarse por cualquiera de las siguientes razones:

(a) una Variación (salvo que se llegue a un acuerdo para ajustar el Plazo de Terminación con arreglo a la SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación] ) o cualquier otro cambio sustancial en la cantidad de un componente de trabajo incluido en el Contrato,

(b) una causa de demora que dé derecho a una prórroga del plazo en virtud de una SubCláusula de estas Condiciones,

(c) condiciones climáticas excepcionalmente adversas,

(d) escasez imprevista de personal o Bienes a raíz de epidemias o medidas gubernamentales, o

(e) cualquier demora, impedimento o prevención que obedezca o se atribuya al Contratante, el Personal del Contratante u otros contratistas del Contratante.

Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga del Plazo de Terminación, notificará de ello al Ingeniero de conformidad con la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista]. Al decidir cada prórroga en virtud de la SubCláusula 20.1, el Ingeniero revisará las decisiones previas y podrá aumentar, más no reducir, el tiempo total de prórroga.

8.5 Demoras Ocasionadas por las Autoridades

En los casos en que se apliquen las condiciones que se enumeran a continuación, a saber:

(a) el Contratista se ha ceñido diligentemente a los procedimientos pertinentes establecidos por las autoridades públicas legalmente constituidas en el País,

(b) dichas autoridades demoran o interrumpen el trabajo del Contratista, y

(c) la demora o interrupción era Imprevisible,

dicha demora o interrupción se considerará causa de demora de conformidad con el inciso (b) de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación].

8.6 Avance Si en cualquier momento: PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 374 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

(a) el avance real es muy lento para concluir dentro del Plazo de Terminación, y/o

(b) el avance se ha rezagado (o se rezagará) con respecto al programa actual objeto de la SubCláusula 8.3 [Programa],

por cualquier razón que no sean las que se enumeran en la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], entonces el Ingeniero podrá exigir al Contratista que presente, con arreglo a la SubCláusula 8.3 [Programa], un programa modificado y un informe complementario en el que se describan los métodos modificados que el Contratista tiene previsto adoptar para acelerar el progreso y terminar las Obras dentro del Plazo de Terminación.

Salvo que el Ingeniero notifique otra cosa, el Contratista adoptará esos métodos modificados, que podrán requerir aumentos en las horas de trabajo y en el número de miembros del Personal del Contratista y de Bienes, bajo el riesgo y expensas del Contratista. Si esos métodos modificados obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el Contratista, sujeto a la notificación establecida en la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], pagará dichos costos al Contratante, además de una indemnización por demora (si corresponde) en virtud de la SubCláusula 8.7 infra.

Los costos adicionales de los métodos revisados incluyendo medidas para acelerar el progreso, exigidas por el Ingeniero para reducir los atrasos resultantes de las razones enumeradas en la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación] deberán ser pagadas por el Contratante sin generar, sin embargo, ningún beneficio de pago adicional al Contratista.

8.7 Indemnización por Demora

Si el Contratista no cumple con lo dispuesto en la SubCláusula 8.2 [Plazo de Terminación], el Contratista deberá indemnizar al Contratante por dicho incumplimiento, con arreglo a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante]. La indemnización por demora corresponderá al monto que se señale en los Datos Contractuales, que se pagará por cada día que transcurra entre la fecha de vencimiento del Plazo de Terminación pertinente y la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de Obra. Sin embargo, el importe total adeudado con arreglo a esta SubCláusula no superará el monto máximo estipulado en los Datos Contractuales para indemnización por demora (si lo hubiere).

Esta indemnización por demora será la única indemnización que deberá pagar el Contratista por dicho incumplimiento, salvo en el caso de terminación del Contrato en virtud de la SubCláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], antes de la terminación de las Obras. Las indemnizaciones mencionadas no eximirán al Contratista de su obligación de terminar las Obras ni de otros deberes, obligaciones o responsabilidades que tenga en virtud del Contrato.

8.8 Suspensión de las Obras

El Ingeniero podrá en cualquier momento exigir al Contratista que suspenda total o parcialmente las Obras. Durante dicha suspensión, el Contratista protegerá, guardará y resguardará la Obra o la PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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correspondiente parte de la misma contra deterioros, pérdidas o daños.

El Ingeniero también podrá notificar la causa de la suspensión. Siempre y cuando se notifique la causa y ésta sea responsabilidad del Contratista, no se aplicarán las siguientes Subcláusulas 8.9, 8.10 y 8.11.

8.9 Consecuencias de la Suspensión

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por cumplir las instrucciones del Ingeniero en virtud de la SubCláusula 8.8 [Suspensión de las Obras] o por reanudar los trabajos, notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora, si se ha retrasado o se retrasará la Terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto.

El Contratista no tendrá derecho a una prórroga del plazo, ni al pago del Costo, en que incurra para corregir las consecuencias derivadas de diseños, mano de obra o materiales defectuosos atribuibles al Contratista o al incumplimiento del Contratista en cuanto a proteger, guardar o resguardar las Obras de conformidad con la SubCláusula 8.8 [Suspensión de las Obras].

8.10 Pago de los Equipos y Materiales en Caso de Suspensión

El Contratista tendrá derecho a recibir un pago por el valor (a la fecha de la suspensión)de los Equipos y los Materiales que no se hayan entregado en el Lugar de las Obras, si:

(a) se ha suspendido el trabajo en los Equipos o la entrega de los Equipos y los Materiales por más de 28 días, y

(b) el Contratista ha marcado los Equipos y los Materiales como propiedad del Contratante de conformidad con las instrucciones del Ingeniero.

8.11 Suspensión Prolongada

Si la suspensión prevista en la SubCláusula 8.8 [Suspensión de las Obras] continúa por más de 84 días, el Contratista podrá pedir permiso al Ingeniero para proceder con los trabajos. Si el Ingeniero no concede dicho permiso dentro de un plazo de 28 días a partir de la solicitud, el Contratista, mediante notificación al Ingeniero, podrá considerar la suspensión como una omisión de la parte afectada de las Obras en virtud de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. Si la suspensión afecta la totalidad de las Obras, el Contratista podrá hacer una notificación de terminación con arreglo a la SubCláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista].

8.12 Reanudación de las Obras

Después de que se conceda el permiso o instrucción para proceder con los trabajos, el Contratista y el Ingeniero examinarán conjuntamente las

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Obras, los Equipos y los Materiales afectados por la suspensión. El Contratista subsanará cualquier deterioro, defecto o pérdida ocasionado en las Obras, los Equipos o los Materiales durante la suspensión luego de recibir del Ingeniero la respectiva orden según la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes].

9. Pruebas a la Terminación

9.1 Obligaciones del Contratista

El Contratista llevará a cabo las Pruebas a la Terminación de acuerdo con lo dispuesto en esta Cláusula y en la SubCláusula 7.4 [Pruebas], tras suministrar los documentos de conformidad con el inciso (d) de la SubCláusula 4.1 [Obligaciones Generales del Contratista].

El Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de anticipación sobre la fecha a partir de la cual el Contratista podrá realizar cada una de las Pruebas a la Terminación. Salvo que se convenga en otra cosa, las Pruebas a la Terminación se llevarán a cabo dentro de los 14 días posteriores a dicha fecha, o en el o los días que indique el Ingeniero.

Al considerar los resultados de las Pruebas a la Terminación, el Ingeniero hará lugar a un margen para tener en cuenta el efecto que pueda tener en el desempeño y otras características de las Obras cualquier uso de las mismas por parte del Contratante. Tan pronto como las Obras o una Sección de las mismas hayan aprobado cualesquiera Pruebas a la Terminación, el Contratista presentará al Ingeniero un informe certificado de los resultados de dichas pruebas.

9.2 Demora en las Pruebas

Si el Contratante demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, se aplicarán la SubCláusula 7.4 [Pruebas] (inciso quinto) y/o la SubCláusula 10.3 [Interferencia con las Pruebas a la Terminación].

Si el Contratista demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, el Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que lleve a cabo las pruebas dentro de 21 días después de recibida dicha notificación. El Contratista realizará las pruebas en el día o los días que determine dentro de ese plazo y notificará de ello al Ingeniero.

Si el Contratista no lleva a cabo las Pruebas a la Terminación dentro del plazo de 21 días, el Personal del Contratante podrá proceder con las pruebas, a riesgo y expensas del Contratista. En ese caso se considerará que las Pruebas a la Terminación se han realizado en presencia del

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Página 377 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Contratista, y los respectivos resultados se aceptarán como precisos.

9.3 Repetición de las Pruebas

Si las Obras, o una Sección, no pasan las Pruebas a la Terminación, se aplicará la SubCláusula 7.5 [Rechazo], y el Ingeniero o el Contratista podrán exigir que se repitan las pruebas fallidas y las Pruebas a la Terminación sobre cualquier trabajo conexo bajo los mismos términos y condiciones.

9.4 Fracaso de las Pruebas a la Terminación

Si las Obras, o una Sección, no aprueban las Pruebas a la Terminación que se hayan repetido en virtud de la SubCláusula 9.3 [Repetición de las Pruebas], el Ingeniero tendrá derecho a:

(a) ordenar nuevas Pruebas a la Terminación con arreglo a la SubCláusula 9.3;

(b) si el fracaso no permite al Contratante obtener sustancialmente el beneficio total de las Obras o de la correspondiente Sección, rechazar las Obras o la Sección (conforme proceda), en cuyo caso el Contratante tendrá los mismos recursos que se contemplan en el inciso (c) de la SubCláusula 11.4 [Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de los Defectos]; o

(c) emitir un Certificado de Recepción de Obra, si el Contratante así lo solicita.

En caso del inciso (c) anterior, el Contratista procederá de conformidad con todas las demás obligaciones contraídas en virtud del Contrato, y el Precio del Contrato se reducirá en la proporción que sea adecuada para cubrir el valor reducido para el Contratante como consecuencia de esta falla. A menos que en el Contrato se señale la reducción pertinente por la falla (o se defina su método de cálculo), el Contratante podrá exigir que la reducción sea: (i) convenida entre ambas Partes (solamente para subsanar en forma integral dicha falla) y que se pague antes de que se emita el correspondiente Certificado de Recepción de Obra, o (ii) decidida y pagada con arreglo a las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones].

10. Recepción de las Obras por parte del Contratante

10.1 Recepción de las Obras y Secciones

Salvo en los casos que se contemplan en la SubCláusula 9.4 [Fracaso de las Pruebas a la Terminación], el Contratante recibirá las Obras (i) cuando se hayan terminado de conformidad con el Contrato, incluidos los asuntos que se señalan en la SubCláusula 8.2 [Plazo de Terminación], a excepción de los casos permitidos que figuran en el inciso (a) infra; y (ii) cuando se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra, o se lo considere emitido de conformidad con esta SubCláusula.

El Contratista podrá solicitar un Certificado de Recepción de Obra mediante notificación al Ingeniero como mínimo 14 días antes de que a juicio del Contratista las Obras sean terminadas y listas para la recepción. Si las Obras están divididas en Secciones, el Contratista podrá igualmente solicitar un Certificado de Recepción de Obra por cada Sección.

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Dentro un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la solicitud del Contratista, el Ingeniero deberá:

(a) emitir al Contratista el Certificado de Recepción de Obra, en el que se indicará la fecha de terminación de las Obras o la Sección de conformidad con el Contrato, a excepción de cualesquiera defectos y trabajos menores pendientes que no afecten sustancialmente el uso de las Obras o la Sección para el fin previsto (bien sea hasta que, o durante, se terminen dichos trabajos y se reparen dichos defectos ); o

(b) rechazar la solicitud, aduciendo las razones y señalando los trabajos que debe hacer el Contratista para que se pueda emitir el Certificado de Recepción de Obra. El Contratista procederá a terminar estos trabajos antes de emitir otra notificación con arreglo a esta SubCláusula.

Si el Ingeniero no emite el Certificado de Recepción de Obra o no rechaza la solicitud del Contratista dentro del plazo de 28 días, y si las Obras o la Sección (conforme proceda) se ajustan sustancialmente al Contrato, el Certificado de Recepción de Obra se considerará emitido el último día de ese plazo.

10.2 Recepción de partes de las Obras

El Ingeniero podrá, a la sola discreción del Contratante, emitir un Certificado de Recepción de Obra para cualquier parte de las Obras Permanentes.

El Contratante no podrá usar ninguna parte de las Obras (excepto como medida temporal definida en el Contrato o acordada por ambas Partes) salvo y hasta que el Ingeniero haya emitido un Certificado de Recepción de Obra para esa parte. Sin embargo, si el Contratante usa alguna parte de las Obras antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra:

(a) la parte que se use se considerará recibida a partir de la fecha de su uso,

(b) el Contratista dejará de ser responsable del cuidado de dicha parte a partir de esa fecha, en la que dicha responsabilidad se traspasará al Contratante, y

(c) el Ingeniero emitirá un Certificado de Recepción de Obra correspondiente a esa parte, si así lo solicita el Contratista

Después de que el Ingeniero emita un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las Obras, se dará al Contratista la más pronta oportunidad para tomar las medidas necesarias a fin de llevar a cabo las Pruebas a la Terminación que queden pendientes. El Contratista realizará dichas pruebas tan pronto como sea posible antes de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente.

Si el Contratista incurre en algún Costo como resultado de la recepción y/o el uso de una parte de las Obras por parte del Contratante, aparte de los usos que se especifiquen en el Contrato o que acuerde el Contratista, éste (i) notificará al Ingeniero; y (ii) con sujeción a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho al pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. Tras PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 379 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el costo y las utilidades.

Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las Obras (que no sea una Sección), se deberá reducir la indemnización por demora correspondiente a la terminación del resto de las Obras. Asimismo se deberá reducir la indemnización por demora correspondiente al resto de la Sección (si procede) en la que se incluya esta parte. Para cualquier período de demora que transcurra después de la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, la reducción proporcional de estas indemnizaciones por demora se calculará como la proporción entre el valor certificado de la parte y el valor total de las Obras o la Sección (conforme proceda). El Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer esas proporciones. Las disposiciones contenidas en este inciso se aplicarán únicamente a la tarifa diaria de indemnizaciones por demora con arreglo a la SubCláusula 8.7 [Indemnización por Demora] y no afectarán el monto máximo de dichas indemnizaciones.

10.3 Interferencia con las Pruebas a la Terminación

Si el Contratista se ve impedido de realizar, por más de 14 días, las Pruebas a la Terminación por causa del Contratante, se considerará que el Contratante ha recibido las Obras o la Sección (según proceda) en la fecha en que de otra forma se habrían concluido las Pruebas a la Terminación.

En ese caso, el Ingeniero emitirá el Certificado de Recepción de Obra correspondiente, y el Contratista realizará las Pruebas a la Terminación tan pronto como sea posible, antes de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos. El Ingeniero exigirá la realización de las Pruebas a la Terminación, notificando para ello con una antelación de 14 días y de conformidad con las disposiciones pertinentes del Contrato.

Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en algún Costo como resultado de la demora en la realización de las Pruebas a la Terminación, notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, de conformidad con la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) un pago por dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir la notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto.

10.4 Superficies que Requieren Reacondiciona-miento

Salvo indicación en contrario en el Certificado de Recepción de Obra, un certificado correspondiente a una Sección o parte de las Obras no será considerado que certifica la terminación de algún suelo u otras

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Página 380 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

superficies que requieran reacondicionamiento.

11. Responsabilidad por Defectos

11.1 Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos

A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá:

(a) terminar los trabajos que queden pendientes en la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, dentro del plazo razonable que indique el Ingeniero, y

(b) realizar todos los trabajos exigidos para reparar los defectos o daños, conforme notifique el Contratante (o en su nombre) el, o antes del, día de vencimiento del plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a la Sección (según proceda).

Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista.

11.2 Costo de Reparación de los Defectos

Los trabajos que se mencionan en el inciso (b) de la SubCláusula 11.1 [Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos] se llevarán a cabo a riesgo y expensas del Contratista, si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a:

(a) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista,

(b) Equipos , Materiales o mano de obra que no se ciñan al Contrato, o

(c) incumplimiento de cualquier otra obligación por parte del Contratista.

Si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a cualquier otra causa, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará sin demora al Contratista y se aplicará la SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].

11.3 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos

Con sujeción a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], el Contratante tendrá derecho a una prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a una Sección si, y en la medida en que, las Obras, la Sección o un elemento importante de los Equipos (según corresponda y después de la recepción) no puedan utilizarse para los fines que fueron concebidos debido a algún daño o defecto atribuible al Contratista. Sin embargo, el Plazo para la Notificación de Defectos no podrá

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Página 381 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

prorrogarse por más de dos años.

Si se suspendiera la entrega o el montaje de los Equipos y Materiales de conformidad con las Subcláusulas 8.8 [Suspensión de los Trabajos] o 16.1 [Derecho del Contratista de Suspender los Trabajos], las obligaciones del Contratista en virtud de esta Cláusula no se aplicarán a ninguno de los daños o defectos que ocurran más de dos años después del momento en el que, de lo contrario, habría vencido el respectivo Plazo para la Notificación de Defectos de las Instalaciones y Materiales.

11.4 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos

Si el Contratista no subsana cualesquiera daños o defectos en un plazo razonable, el Contratante (o alguien en su nombre) podrá fijar una fecha límite para ello. Dicha fecha deberá ser notificada al Contratista con una antelación razonable.

Si el Contratista no repara el daño o defecto para la fecha que se señala en la notificación, y los trabajos de reparación debieron realizarse por cuenta del Contratista de conformidad con la SubCláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Contratante podrá (a su opción ):

(a) realizar los trabajos por sí mismo o encargárselos a un tercero, de manera razonable y cargando los gastos al Contratista, pero este último no tendrá responsabilidad alguna en cuanto a dichos trabajos, y, sujeto a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], el Contratista pagará al Contratante los costos en que haya incurrido razonablemente para reparar el defecto o daño;

(b) exigir al Ingeniero acordar o establecer una reducción razonable del Precio del Contrato de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones]; o

(c) si el daño o defecto priva sustancialmente al Contratante de la totalidad del beneficio de las Obras o de una parte importante de ellas, terminar el Contrato en su totalidad o la Sección correspondiente a la parte importante que no pueda usarse para el fin previsto. Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos, en virtud del Contrato o de otra forma, el Contratante tendrá derecho a recuperar todos los montos pagados por las Obras o dicha parte (según corresponda), más los costos financieros y el costo de desmontarlas, despejar el Lugar de las Obras y devolver los Equipos y Materiales al Contratista.

11.5 Retiro de Trabajos Defectuosos

Si el defecto o daño no pueden repararse rápidamente en el Lugar de las Obras y el Contratante así lo aprueba, el Contratista podrá retirar del Lugar de las Obras los elementos defectuosos o dañados de los Equipos con el fin de repararlos. El consentimiento del Contratante puede obligar al Contratista a aumentar el monto de la Garantía de Cumplimiento en una suma igual al costo total de reposición de esos elementos o a proporcionar otra garantía adecuada.

11.6 Pruebas Adicionales Si los trabajos de reparación de cualquier daño o defecto afectan el funcionamiento de las Obras, el Ingeniero podrá exigir que se repita PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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cualquiera de las pruebas contempladas en el Contrato. Para ello, deberá hacerse una notificación en un plazo de 28 días contados a partir de la fecha de reparación del daño o defecto.

Estas pruebas se llevarán a cabo bajo las mismas condiciones que las anteriores, excepto que dichas pruebas se llevarán a cabo a riesgo y expensas de la Parte responsable, con arreglo a la SubCláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], para el costo del trabajo de reparación.

11.7 Derecho de Acceso Hasta tanto se emita el Certificado de Cumplimiento, el Contratista tendrá derecho de acceso a las Obras, según sea razonablemente necesario para cumplir con lo dispuesto en esta Cláusula, salvo en la medida en que sea inconsistente con restricciones razonables de seguridad del Contratante.

11.8 Búsqueda por parte del Contratista

El Contratista buscará, a solicitud del Ingeniero, la causa de cualquier defecto, bajo la dirección de éste. A no ser que los costos de reparación corran por cuenta del Contratista con arreglo a la SubCláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Costo de la búsqueda más utilidades serán acordados o determinados por el Ingeniero de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] y se incluirán en el Precio del Contrato.

11.9 Certificado de Cumplimiento

Se considerará que el Contratista ha cumplido todas sus obligaciones cuando el Ingeniero emita el Certificado de Cumplimiento, en el que se indicará la fecha en que el Contratista cumplió sus obligaciones en virtud del Contrato.

El Ingeniero emitirá el Certificado de Cumplimiento dentro de 28 días después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la Notificación de Defectos, o tan pronto cuando, después de dicha fecha, el Contratista haya suministrado todos los Documentos del Contratista y haya terminado y puesto a prueba todas las Obras, incluida la reparación de cualesquiera defectos. Se emitirá una copia del Certificado de Cumplimiento al Contratante.

Se considerará que únicamente el Certificado de Cumplimiento constituye la aceptación de las Obras.

11.10 Obligaciones no Cumplidas

Después de emitido el Certificado de Cumplimiento, cada una de las Partes seguirá responsable del cumplimiento de cualquier obligación que quede pendiente en ese momento. A los efectos de la determinación de la naturaleza y la medida de las obligaciones incumplidas, se considerará que el Contrato sigue vigente.

11.11 Despeje del Lugar de las Obras

Tras recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista removerá del Lugar de las Obras cualquier Equipo del Contratista remanente, así como los materiales excedentes, escombros, desechos y Obras Temporales.

Si todos estos elementos siguen en el Lugar de las Obras 28 días después de que el Contratista haya recibido el Certificado de Cumplimiento, el Contratante podrá venderlos o deshacerse de los mismos. El Contratante tendrá derecho a recibir un pago por PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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concepto de los costos incurridos en relación con, o atribuibles a, dicha venta o eliminación y con el reacondicionamiento del Lugar de las Obras.

Se pagará al Contratista cualquier saldo remanente del monto de la venta. Si dicho monto es inferior a los costos del Contratante, el Contratista reembolsará al Contratante la diferencia.

12. Medición y Evaluación

12.1 Trabajos que se Medirán

Las Obras se medirán y evaluarán para su pago, de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula. El Contratista deberá mostrar en cada certificado según las Subcláusulas 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales], 14.10 [Declaración de Terminación], y 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] las cantidades y otros detalles relacionando los montos que considere que le corresponden según el Contrato.

Cuando el Ingeniero requiera que sea medida cualquier parte de las Obras, se notificará de ello con antelación razonable al Representante del Contratista, quien deberá:

(a) rápidamente atender al Ingeniero o enviar a otro representante calificado para que asista al Ingeniero a hacer la medición, y

(b) suministrar cualquier detalle que solicite el Ingeniero.

Si el Contratista no asiste al Ingeniero o no envía a un representante, la medición que haga el Ingeniero (o que se haga en su nombre) se aceptará y dará por exacta.

Salvo estipulación diferente en el Contrato, cuando se deban medir cualquiera de las Obras Permanentes a partir de registros, éstos serán preparados por el Ingeniero. Cuando y como le sea solicitado, el Contratista acudirá a revisar y acordar los registros con el Ingeniero, para posteriormente firmarlos una vez acordados. Si el Contratista no se presenta, los registros serán aceptados como exactos.

Si el Contratista examina los registros y no está de acuerdo con ellos, o no los firma según lo acordado, notificará al Ingeniero sobre los aspectos que considere inexactos. Tras recibir esa notificación, el Ingeniero revisará los registros y los confirmará o modificará, y certificará el pago de las partes que no se encuentran en discusión. Si el Contratista no notifica al respecto al Ingeniero dentro de un plazo de 14 días contados a partir de la solicitud de examinar los registros, éstos serán aceptados, como exactos.

12.2 Método de Medición

Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato y sin perjuicio de las prácticas locales:

(a) las mediciones se harán en función de la cantidad real neta de cada elemento de las Obras Permanentes, y

(b) el método de medición se ceñirá a la Lista de Cantidades u otros

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Formularios pertinentes.

12.3 Evaluación Salvo disposición en otro sentido en el Contrato, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o determinar el Precio del Contrato mediante la evaluación de cada componente de trabajo, aplicando para ello la medición acordada o determinada de acuerdo con las Subcláusulas 12.1 y 12.2 supra y la tarifa pertinente o el precio para el componente.

Para cada componente de trabajo, la tarifa apropiada o el precio serán las que se especifiquen en el Contrato para el componente en cuestión o, en su defecto, las que se especifiquen para trabajos similares.

Cualquier componente de trabajo que se incluya en la Lista de Cantidades sin precio ni tarifa especificados se considerará incluido en las demás tarifas o precios de la Lista de Cantidades y no será pagado por separado.

Sin embargo, será apropiado especificar una nueva tarifa o precio para un componente de trabajo si:

(a)

(i) la cantidad medida del componente cambia en más del 25% respecto de la cantidad de este componente que figura en la Lista de Cantidades u otro Formulario,

(ii) este cambio en cantidad multiplicado por la tarifa especificada para ese componente excede 0,25% del Monto Contractual Aceptado,

(iii) este cambio en cantidad modifica directamente el Costo por cantidad unitaria de este componente en más del 1%, y

(iv) este componente no se especifica en el Contrato como un “componente de tarifa fija”; ó

(b)

(i) el trabajo fue ordenado con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes],

(ii) en el Contrato no se especifica tarifa ni precio para ese componente, y

(iii) ningún precio o tarifa especificados es adecuado porque el componente de trabajo no es de características similares, o no se ejecuta bajo condiciones similares a las de otros componentes señalados en el Contrato.

Todas las tarifas o precios nuevos se derivarán de cualquier tarifa o precio pertinente del Contrato, haciendo los ajustes razonables para PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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tomar en cuenta los aspectos que figuran en los incisos (a) o (b), según proceda. De no haber tarifas ni precios relevantes para derivar unos nuevos, éstos se derivarán en función del Costo razonable de ejecutar los trabajos, más utilidades, tomando en cuenta cualquier otro aspecto pertinente.

Hasta tanto se acuerde o se determine la tarifa o el precio adecuado, el Ingeniero establecerá una tarifa o precio provisional para los fines de los Certificados de Pago Provisionales, tan pronto como se inicien los trabajos pertinentes.

12.4 Omisiones Siempre que la omisión de cualquier trabajo forme parte de una Variación (o constituya una Variación total), cuyo valor no se haya acordado, si:

(a) el Contratista incurrirá (o ha incurrido) en costos que, de no haberse omitido el trabajo, se habrían considerado como incluidos en el Monto Contractual Aceptado;

(b) la omisión del trabajo ocasionará (o ha ocasionado) que la suma no se incluya en el Precio del Contrato; y

(c) este costo no se considera incluido en la evaluación de cualquier trabajo que se haya remplazado;

entonces el Contratista notificará debidamente al Ingeniero, con información de apoyo. Una vez que reciba esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer este costo, monto que se incluirá en el Precio del Contrato.

13. Variaciones y Ajustes

13.1 Derecho a Variar El Ingeniero podrá iniciar Variaciones en cualquier momento antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras, bien sea mediante una orden o una solicitud dirigida al Contratista para que presente una propuesta.

El Contratista ejecutará cada una de las Variaciones, con carácter obligatorio, a no ser que envíe sin demora al Ingeniero una notificación en la que indique (con documentos de apoyo) que: (i) no puede obtener inmediatamente los Bienes requeridos para la Variación, o (ii) dicha Variación ocasiona un cambio sustancial en la secuencia o progreso de las Obras. Una vez recibida esa notificación, el Ingeniero anulará, confirmará o variará la orden.

Las Variaciones pueden incluir:

(a) cambios a las cantidades de cualquier componente de trabajo incluido en el Contrato (no obstante, dichos cambios no necesariamente constituyen una Variación),

(b) cambios a la calidad y otras características de cualquier PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 386 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

componente de trabajo,

(c) cambios a los niveles, posiciones y/o dimensiones de cualquier parte de las Obras,

(d) omisiones de cualquier trabajo a no ser que deba ser realizado por otros,

(e) cualesquiera trabajos, Equipos, Materiales o servicios adicionales necesarios para las Obras Permanentes, incluidas cualesquiera Pruebas a la Terminación, perforaciones y otras pruebas y actividades de exploración asociadas, o

(f) cambios a la secuencia o al calendario de ejecución de las Obras.

El Contratista no alterará ni modificará las Obras Permanentes, a menos y hasta cuando el Ingeniero ordene o apruebe una Variación.

13.2 Ingeniería de Valor El Contratista podrá, en cualquier momento, presentar al Ingeniero una propuesta escrita que (a su juicio), si se adopta, (i) acelerará la terminación de las Obras, (ii) reducirá el costo que supone para el Contratante la ejecución, el mantenimiento y el funcionamiento de las Obras, (iii) mejorará la eficiencia o el valor que representan para el Contratante las Obras terminadas, o (iv) de otra forma será de beneficio para el Contratante.

La propuesta se elaborará corriendo por cuenta del Contratista los costos correspondientes, e incluirá los componentes que se enumeran en la SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación].

Si el Ingeniero aprueba una propuesta que incluye un cambio en el diseño de parte de las Obras Permanentes, entonces salvo que ambas Partes acuerden algo diferente:

(a) el Contratista diseñará esta parte,

(b) se aplicarán los incisos (a) a (d) de la SubCláusula 4.1 [Obligaciones Generales del Contratista], y

(c) si este cambio genera una reducción en el valor contractual de esa parte, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer un pago, que se incluirá en el Precio del Contrato. Este pago será la mitad (50%) de la diferencia entre los siguientes montos:

(i) la reducción en el valor contractual, que se derive del cambio, excluidos los ajustes en virtud de las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo], y

(ii) la reducción (si la hubiere) en el valor que representan para el Contratante los trabajos modificados, tomando en cuenta cualquier reducción de la calidad, la duración prevista o las eficiencias operativas.

No obstante, si el monto (i) es inferior al monto (ii), no se incluirá PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 387 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

ningún pago.

13.3 Procedimiento de Variación

Si el Ingeniero solicita una propuesta, antes de ordenar una Variación, el Contratista responderá por escrito tan pronto como sea posible, señalando las razones por las que no puede cumplir (si ese es el caso), o bien presentando:

(a) una descripción de los trabajos propuestos a realizarse y un programa de ejecución al respecto,

(b) la propuesta del Contratista para realizar cualquier modificación necesaria al programa de conformidad con la SubCláusula 8.3 [Programa] y al Plazo de Terminación, y

(c) la propuesta del Contratista para evaluar la Variación.

Tras recibir dicha propuesta (en virtud de la SubCláusula 13.2 [Ingeniería de Valor] o de otra forma), el Ingeniero responderá, tan pronto como sea posible, dando aprobación, desaprobando la propuesta o dando comentarios. El Contratista no demorará ningún trabajo mientras espera una respuesta.

Las instrucciones para ejecutar una Variación, junto con cualesquiera de los requisitos para el registro del Costo, serán impartidas por el Ingeniero al Contratista, quien deberá acusar recibo.

Cada Variación se evaluará de conformidad con la Cláusula 12 [Medición y Evaluación], salvo que el Ingeniero solicite o apruebe otra cosa de conformidad con esta Cláusula.

13.4 Pago en Monedas Aplicables

Si el Contrato contempla el pago del Precio del Contrato en más de una moneda, entonces en el momento en que se acuerde, apruebe o determine un ajuste, de conformidad con lo que se señala supra, se especificará el monto pagadero en cada una de las monedas aplicables. Para tales efectos, se hará referencia tanto a las proporciones reales o previstas de las monedas en el Costo del trabajo modificado, como a las proporciones de las diferentes monedas estipuladas para el pago del Precio del Contrato.

13.5 Montos Provisionales

Cada Monto Provisional se usará, total o parcialmente, solamente de conformidad con las instrucciones del Ingeniero, y el Precio del Contrato se ajustará en forma acorde. La suma total pagada al Contratista incluirá únicamente los montos correspondientes a trabajos, insumos o servicios a que se refiera el Monto Provisional que indique el Ingeniero. Para cada Monto Provisional, el Ingeniero podrá dar indicaciones en cuanto a:

(a) trabajos (incluido el suministro de Equipos, Materiales o servicios) que deba realizar el Contratista y que hayan de evaluarse con arreglo a la SubCláusula 13.3 [Procedimiento de Variación]; o

(b) Equipos, Materiales o servicios que el Contratista haya de adquirir de un Subcontratista designado (según se define en la

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Cláusula 5 [Subcontratistas Designados]) o de otra forma; y respecto de los cuales habrá de incluirse lo siguiente en el Precio del Contrato:

(i) los montos reales pagados (o pagaderos) por el Contratista, y

(ii) un monto por costos fijos y utilidades, calculado como un porcentaje de esos montos reales aplicando la tasa porcentual pertinente (si procede) que se indique en el Formulario correspondiente. De no existir esa tasa, se aplicará la que figure en los Datos del Contrato.

A solicitud del Ingeniero, el Contratista presentará cotizaciones, facturas, comprobantes y cuentas o recibos para fines de verificación.

13.6 Trabajos por día Para trabajos menores o de carácter incidental, el Ingeniero podrá ordenar que se ejecute una Variación como Trabajos por Día. El trabajo se evaluará de conformidad con el Listado de Trabajos por Día que se incluye en el Contrato y se ceñirá al procedimiento que se indica a continuación. De no incluirse en el Contrato ningún Listado de Trabajos por Día, esta SubCláusula no se aplicará.

Antes de ordenar Bienes para los trabajos, el Contratista presentará cotizaciones al Ingeniero. Al solicitar un pago, el Contratista presentará facturas, comprobantes y cuentas o recibos de los Bienes.

A excepción de los componentes para los que en el Listado de Trabajos por Día especifique que no corresponde pago, el Contratista entregará diariamente al Ingeniero declaraciones precisas en duplicado, que incluirán los siguientes detalles sobre los recursos utilizados en la ejecución de los trabajos del día anterior, a saber:

(a) nombres, ocupaciones y horas de trabajo del Personal del Contratista,

(b) identificación, tipo y tiempo de uso de Equipos del Contratista y de Obras Temporales, y

(c) cantidades y tipos de Equipos y Materiales utilizados.

El Ingeniero firmará y devolverá al Contratista una copia de cada declaración que sea correcta o sea convenida. Posteriormente, el Contratista presentará al Ingeniero declaraciones con los precios de estos recursos, antes de incluirlos en la próxima Declaración de conformidad con la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales].

13.7 Ajustes por Cambios en la Legislación

El Precio del Contrato se ajustará a fin de reflejar cualquier aumento o reducción en el Costo que se produzca a raíz de un cambio en las Leyes del País (incluidas la introducción de nuevas Leyes y la derogación o modificación de Leyes vigentes) o un cambio en la interpretación judicial o gubernamental oficial de dichas Leyes, después de la Fecha Base, que afecte el cumplimiento de las

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obligaciones contraídas por el Contratista en virtud del Contrato.

Si el Contratista sufre (o sufrirá) una demora o incurre (o incurrirá) en Costos adicionales como consecuencia de esos cambios en las Leyes o en dichas interpretaciones, que se realicen después de la Fecha Base, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha retrasado o retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de cualquier Costo de esa índole, monto que se incluirá en el Precio del Contrato.

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto.

Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista no tendrá derecho a la prórroga mencionada si la demora correspondiente ya ha sido tomada en cuenta para establecer una ampliación de plazo anterior, ni el Costo se pagará por separado si dicho monto ya se ha tomado en cuenta en la indexación de cualesquiera datos en el cuadro de datos de ajuste de conformidad con las disposiciones de la SubCláusula 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].

13.8 Ajustes por Cambios en el Costo

En esta SubCláusula, “cuadro de datos de ajuste” significa el cuadro completo de los datos de ajuste correspondientes a monedas local y extranjera que se incluyen en los Formularios. De no existir dicho cuadro de datos de ajuste, esta SubCláusula no se aplicará.

Si se aplica esta SubCláusula, los montos pagaderos al Contratista se ajustarán por alzas o bajas en el costo de la mano de obra, los Bienes y otros insumos de las Obras, mediante la suma o resta de los montos establecidos en las fórmulas que se establecen en esta SubCláusula. En la medida en que las disposiciones de esta u otras Cláusulas no contemplen la compensación total por alzas o bajas de los Costos, se considerará que el Monto Contractual Aceptado incluye las sumas para cubrir las contingencias de otros aumentos o reducciones en los costos.

El ajuste que se aplicará al monto de otra forma pagadero al Contratista, conforme se valore de acuerdo con el Formulario adecuado y se certifique en los Certificados de Pago, se calculará a partir de las fórmulas para cada una de las monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato. No se aplicarán ajustes a los trabajos valorados en función del Costo o precios vigentes. Las fórmulas serán del siguiente tipo general:

Pn = a + b Ln/ Lo + c En/Eo + d Mn/Mo + ...... donde:

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“Pn” es el factor multiplicador de ajuste que se aplicará al valor contractual estimativo en la moneda pertinente del trabajo realizado en el período “n”, siendo este período de un mes, salvo otra indicación en los Datos Contractuales;

“a” es un coeficiente fijo, que se indica en el cuadro de datos de ajuste pertinente y representa la porción no ajustable de los pagos contractuales;

“b”, “c”, “d”, … son coeficientes que representan la proporción estimada de cada elemento de costo relacionado con la ejecución de las Obras, tal como se indica en el cuadro de datos de ajuste correspondiente; dichos elementos de costo tabulados pueden ser indicativos de recursos tales como mano de obra, equipos y materiales;

“Ln”, “En”, “Mn”, … representan los índices de costos vigentes o los precios de referencia para el período “n”, expresados en la moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento de costo tabulado en la fecha correspondiente a 49 días antes del último día del período (al cual se refiera el respectivo Certificado de Pago); y

“Lo”, “Eo”, “Mo”, … representan los índices de costo base o los precios de referencia, expresados en la moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento relevante de costo tabulado en la Fecha Base.

Se usarán los índices de costos o precios de referencia que figuran en el cuadro de datos de ajuste. Si su fuente estuviese en duda, el Ingeniero determinará lo que corresponda. Para tal fin, se hará referencia al valor de los índices en fechas determinadas a efectos de clarificar la fuente; si bien es posible que esas fechas (y por ende esos valores) puedan no corresponder a los índices de costo base.

En los casos en que la “moneda del índice” no sea la moneda de pago pertinente, cada índice será convertido a la moneda de pago pertinente al tipo de venta, establecida por el banco central del País, correspondiente a esta moneda en la fecha anterior para la cual se requiera que el índice sea aplicable.

Hasta el momento en que se disponga de cada uno de los índices de costos vigentes, el Ingeniero establecerá un índice provisional para emitir los Certificados de Pago Provisionales. Cuando se cuente con un índice de costo vigente, el ajuste se recalculará según corresponda.

Si el Contratista no termina las Obras dentro del Plazo de Terminación, los ajustes de precios posteriores se harán utilizando (i) cada índice o precio aplicable 49 días antes del vencimiento del Plazo de Terminación de las Obras, o (ii) el índice o precio vigentes; de ambos, el que resulte más favorable para el Contratante.

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Las ponderaciones (coeficientes) de cada factor de costo indicado en el cuadro o cuadros de datos de ajuste se ajustarán únicamente si se vuelven irrazonables, desequilibrados o inaplicables a raíz de Variaciones.

14. Precio del Contrato y Pago

14.1 Precio del Contrato Salvo que se indique otra cosa en las Condiciones Especiales:

(a) el Precio del Contrato será acordado o establecido con arreglo a la SubCláusula 12.3 [Evaluación] y estará sujeto a ajustes de conformidad con el Contrato;

(b) el Contratista pagará todos los impuestos, derechos y cargos exigibles a éste en virtud del Contrato, y el Precio del Contrato no será ajustado por ninguno de dichos costos salvo en los casos contemplados en la SubCláusula 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación];

(c) cualesquiera de las cantidades que se indiquen en la Lista de Cantidades u otro Formulario son estimativas y no deben considerarse como las cantidades reales y correctas:

(i) de las Obras que el Contratista deberá ejecutar , ni

(ii) para los fines de la Cláusula 12 [Medición y Evaluación]; y

(d) el Contratista presentará al Ingeniero, dentro del plazo de 28 días contado a partir de la Fecha de Inicio, el desglose propuesto de todos los precios de cada suma global que se indiquen en los Formularios. El Ingeniero podrá tomar en cuenta dicho desglose al elaborar los Certificados de Pago, pero no estará obligado por el mismo.

(e) Sin perjuicio de las disposiciones del inciso (b), anterior, los Equipos del Contratista, incluidos los respectivos repuestos esenciales, importados por el Contratista con el único fin de ejecutar el Contrato estarán exentos del pago de impuestos y derechos de importación.

14.2 Pago Anticipado El Contratante hará un pago anticipado, en forma de préstamo sin intereses para fines de movilización y apoyo de flujo de caja, cuando el Contratista suministre una garantía de conformidad con esta SubCláusula. El total del pago anticipado, el número y la frecuencia de las cuotas (en caso de que sea más de una) y las monedas y proporciones aplicables se indicarán en los Datos Contractuales.

Salvo y hasta que el Contratante reciba esta garantía, o si en los Datos Contractuales no se indica el total del pago anticipado, esta SubCláusula no se aplicará.

El Ingeniero entregará al Contratista y al Contratante un Certificado de Pago Provisional correspondiente al pago anticipado o a su primera cuota después de que reciba una Declaración (en virtud de

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Página 392 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pagos Provisionales]) y después de que el Contratante reciba (i) la Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la SubCláusula 4.2 [Garantía de Cumplimiento] y (ii) una garantía por montos y monedas equivalentes al pago anticipado. Esta garantía será emitida por una entidad y de un país (u otra jurisdicción) aprobados por el Contratante, y adoptará el formato que se adjunta a las Condiciones Especiales u otro formato que apruebe el Contratante.

El Contratista se asegurará que la garantía sea válida y exigible hasta que se reembolse el pago anticipado, pero su monto será reducido en forma gradual en una suma igual a la de los reembolsos abonados por el Contratista conforme se indique en los Certificados de Pago. Si en los términos de la garantía se especifica su fecha de vencimiento, y el pago anticipado no se ha reembolsado a más tardar 28 días antes de esa fecha, el Contratista prorrogará la validez de dicha garantía hasta que el pago anticipado haya sido reembolsado.

Salvo indicación diferente en los Datos del Contrato, el pago anticipado será reembolsado mediante deducciones porcentuales de los pagos provisionales establecidos por el Ingeniero de conformidad con la SubCláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales], de la siguiente manera:

(a) las deducciones se empezarán a realizar en el Certificado de Pago Provisional inmediatamente posterior al certificado cuyo total de pagos provisionales certificados (excluidos el pago anticipado y las deducciones y reembolsos de montos retenidos) supere el 30 por ciento (30%) del Monto Contractual Aceptado menos Montos Provisionales; y

(b) las deducciones se harán a la tasa de amortización que figure en los Datos Contractuales del monto de cada Certificado de Pago Provisional (excluidos el pago anticipado y las deducciones por reembolsos, así como reembolsos de montos retenidos ) en las monedas y proporciones del pago anticipado hasta que éste se haya reembolsado ; siempre que el pago anticipado sea reembolsado en su totalidad antes de que se certifique para su pago el 90 por ciento (90%) del Monto Contractual Aceptado menos Montos Provisionales.

Si el pago anticipado no se ha reembolsado antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra o antes de la terminación del Contrato con arreglo a la Cláusula 15 [Terminación por parte del Contratante], la Cláusula 16 [Suspensión y Terminación por parte del Contratista] o la Cláusula 19 [Fuerza Mayor] (conforme proceda), la totalidad del saldo pendiente será inmediatamente debido y, en caso de terminación según lo dispuesto en la Cláusula 15 [Terminación por el Contratante] y SubCláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], pagadero por el Contratista al Contratante.

14.3 Solicitud de El Contratista presentará al Ingeniero a finales de cada mes una PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 393 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Certificados de Pago Provisionales

Declaración en seis copias, en la forma que apruebe el Ingeniero, en la que figuren de manera detallada los montos a los que considere tener derecho, junto con la documentación de apoyo que incluirá el informe de avance mensual de conformidad con la SubCláusula 4.21 [Informes de Avance].

La Declaración incluirá los siguientes elementos, según corresponda, que se expresarán en las diferentes monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato y en la secuencia indicada a continuación:

(a) el valor contractual estimativo de las Obras realizadas y los Documentos del Contratista que se hayan producido hasta finales de ese mes (incluidas las Variaciones, pero excluidos los elementos que se señalan en los incisos (b) a (g) infra);

(b) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse por cambios en la legislación y en los costos, según lo dispuesto en las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en los Costos];

(c) cualquier monto que deba deducirse para fines de retención, calculado aplicando el porcentaje de retención señalado en los Datos Contractuales al total de los montos mencionados supra, hasta que el monto así retenido por el Contratante alcance el límite de los Montos Retenidos (si los hubiere) establecidos en los Datos Contractuales;

(d) cualesquiera de los montos que deban agregarse para el pago anticipado y (si existe más de una cuota de pago) que deban ser deducidas para sus reembolsos de conformidad con la SubCláusula 14.2 [Pago Anticipado];

(e) cualesquiera de los montos que deban agregarse o deducirse por concepto de Equipos o Materiales de conformidad con la SubCláusula 14.5 [Equipos y Materiales para las Obras];

(f) cualesquiera otras adiciones o deducciones que sean pagaderas en virtud del Contrato o de otra forma, incluidas las mencionadas en la Cláusula 20 [Reclamaciones, Controversias y Arbitraje]; y

(g) la deducción de montos certificados en todos los Certificados de Pago anteriores.

14.4 Calendario de Pagos

Si el Contrato incluye un calendario de pagos en el que se especifiquen las cuotas en que se pagará el Precio del Contrato, entonces, salvo indicación en otro sentido en dicho calendario,

(a) las cuotas indicadas en dicho calendario de pagos serán los valores contractuales estimados para los fines del inciso (a) de la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales];

(b) no se aplicará la SubCláusula 14.5 [Equipos y Materiales para PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 394 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

las Obras] ; y

(c) si estas cuotas no están definidas por referencia al avance real alcanzado en la ejecución de las Obras, y si el avance real resulta ser inferior o superior al que se usara de base para programar el calendario de pagos, el Ingeniero podrá proceder de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer nuevas cuotas, que habrán de tomar en cuenta el grado en el que el avance resulta inferior o superior al que sirvió de base anteriormente para las cuotas.

Si el Contrato no incluye un calendario de pagos, el Contratista presentará cifras estimativas no obligatorias de los pagos que prevé serán pagaderos cada trimestre. La primera cifra estimativa se presentará dentro de un plazo de 42 días contados a partir de la Fecha de Inicio. Cada trimestre se presentarán cifras estimativas revisadas, hasta que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras.

14.5 Equipos y Materiales para las Obras

En el caso de que se aplique esta SubCláusula, los Certificados de Pago Provisionales incluirán, con arreglo al inciso (e) de la SubCláusula 14.3, (i) un monto por concepto de los Equipos y Materiales que se hayan enviado al Lugar de las Obras para incorporarlos en las Obras Permanentes, y (ii) una reducción en los casos en que el valor contractual de dichos Equipos y Materiales esté incluido como parte de las Obras Permanentes con arreglo al inciso (a) de la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales].

Esta SubCláusula no se aplicará si las listas mencionadas en los incisos (b)(i) o (c)(i) infra no se incluyen en los Formularios.

El Ingeniero determinará y certificará cada adición si se cumplen las siguientes condiciones:

(a) el Contratista ha:

(i) mantenido un registro adecuado (que incluya las órdenes, recibos, Costos y el uso de los Equipos y Materiales), el cual está disponible para inspección, y

(ii) presentado una declaración del Costo de adquisición y entrega de los Equipos y Materiales en el Lugar de las Obras, con comprobantes satisfactorios;

y, o bien:

(b) los Equipos y Materiales pertinentes:

(i) son aquellos que se enumeran en los Formularios para pago contra envío,

(ii) se han enviado al País, y están en ruta al Lugar de las Obras, de conformidad con el Contrato; y

(iii) se describen en un conocimiento de embarque sin PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 395 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

salvedades u otro comprobante de envío, que se ha presentado al Ingeniero junto con un comprobante de pago del flete y seguro, y cualesquiera otros documentos razonablemente requeridos y una garantía bancaria emitida en una forma y por una entidad aceptables para el Contratante en montos y monedas equivalentes al monto adeudado en virtud de esta SubCláusula: esta garantía podrá adoptar una forma similar al formato referido en la SubCláusula 14.2 [Pago Anticipado] y será válida hasta que los Equipos y Materiales hayan sido almacenados adecuadamente en el Lugar de las Obras y se hayan protegido contra pérdidas, daños o deterioro;

o

(c) los Equipos y Materiales pertinentes:

(i) son aquellos enumerados en los Formularios para pago contra entrega en el Lugar de las Obras, y

(ii) han sido entregados y almacenados adecuadamente en el Lugar de las Obras, están protegidos contra pérdidas, daños o deterioro y parecen ceñirse a lo dispuesto en el Contrato.

El monto adicional que se ha de certificar será el equivalente del 80% del costo que establezca el Ingeniero para los Equipos y Materiales (incluida la entrega en el Lugar de las Obras), tomando en cuenta los documentos que se mencionan en esta SubCláusula y el valor contractual de dichos Equipos y Materiales.

Las monedas de este monto adicional serán las mismas que las correspondientes al monto que se volverá pagadero cuando se incluya el valor contractual con arreglo al inciso (a) de la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales]. En ese momento, el Certificado de Pago incluirá la reducción aplicable que será equivalente a este monto adicional para los Equipos y Materiales pertinentes y se expresará en las mismas monedas y proporciones que dicho monto.

14.6 Emisión de Certificados de Pago Provisionales

No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el Contratante haya recibido y aprobado la Garantía de Cumplimiento. Posteriormente, el Ingeniero entregará al Contratante y al Contratista, dentro de un plazo de 28 días después de recibir una Declaración y documentos justificativos, un Certificado de Pago Provisional en el que se indicará el monto que el Ingeniero determine con criterio justo que es pagadero, junto con información complementaria de cualquier deducción o retención realizadas por el Ingeniero en la Declaración, si los hubiere.

Sin embargo, antes de emitir el Certificado de Recepción de las Obras, el Ingeniero no estará obligado a emitir un Certificado de Pago Provisional por un monto que (después de retenciones y otras deducciones) sea inferior al monto mínimo establecido en los Datos

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Página 396 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Contractuales para los Certificados de Pago Provisionales (si los hubiere). En ese caso, el Ingeniero notificará apropiadamente al Contratista.

No se retendrán Certificados de Pago Provisionales por ninguna otra razón, aunque:

(a) si el Contratista suministra un elemento o realiza un trabajo que no se ciñe al Contrato, podrá retenerse el costo que supone la rectificación o reposición hasta que se lleve a cabo esta labor de rectificación o reposición; o

(b) si el Contratista no ha cumplido o no cumple cualquiera de los trabajos u obligaciones de conformidad con el Contrato, y el Ingeniero le ha dado las notificaciones del caso, el valor correspondiente a dicho trabajo u obligación podrá retenerse hasta que éstos se cumplan.

El Ingeniero podrá, en cualquier Certificado de Pago, hacer cualquier corrección o modificación que hubiera debido hacerse en un Certificado de Pago anterior. Los Certificados de Pago Provisionales no se considerarán como indicativos de la aceptación, aprobación, consentimiento o satisfacción del Ingeniero.

14.7 Pagos El Contratante pagará al Contratista:

(a) la primera cuota del pago anticipado, dentro de un plazo de 42 días contados a partir de la fecha de emisión de la Carta de Aceptación o dentro de un plazo de 21 días después de recibir los documentos de conformidad con las Subcláusulas 4.2 [Garantía de Cumplimiento] y 14.2 [Pago Anticipado], lo que ocurra más tarde;

(b) el monto certificado en cada Certificado de Pago Provisional, dentro de los 56 días posteriores al momento en que el Ingeniero haya recibido la Declaración y los documentos justificativos o, cuando el préstamo o crédito del Banco (de donde proviene parte de los pagos al Contratista) sea suspendido, el monto que figure en cualquier declaración presentada por el Contratista, dentro de 14 días después de la presentación de dicha declaración. Cualquier discrepancia será rectificada en el próximo pago al Contratista; y

(c) el monto certificado en el Certificado de Pago Final, dentro de los 56 días posteriores al momento en que el Contratante haya recibido dicho certificado, o si se suspendiera el préstamo o crédito del Banco (de donde proviene parte de los pagos al Contratista), el monto no disputado que figure en la Declaración Final, dentro de los 56 días posteriores a la fecha de notificación de la suspensión de conformidad con la SubCláusula 16.2 [Terminación por el Contratista].

El pago del monto adeudado en cada moneda se hará en la cuenta bancaria que designe el Contratista en el país de pago (para esta PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 397 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

moneda) que se especifique en el Contrato.

14.8 Retraso en los Pagos

Si el Contratista no recibe un pago de conformidad con la SubCláusula 14.7 [Pagos], el Contratista tendrá derecho a recibir durante el período de mora un cargo financiero compuesto mensual sobre el monto insoluto. Se considerará dicho período como comenzando a correr a partir de la fecha de pago que se especifica en la SubCláusula 14.7 [Pagos], sin consideración (en caso de su inciso (b)) de la fecha en que se emita cualquier Certificado de Pago Provisional.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, estos cargos financieros se calcularán a la tasa anual de tres puntos porcentuales sobre la tasa de descuento del banco central del país de la moneda de pago o, si ésta no se encuentra disponible, la tasa interbancaria ofrecida, y se pagarán en dicha moneda.

El Contratista tendrá derecho a recibir este pago sin notificación formal o certificación, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso.

14.9 Pago del Monto Retenido

Cuando haya sido emitido el Certificado de Recepción de Obra para las Obras, el Ingeniero certificará para pago la primera parte del Monto Retenido a favor del Contratista. Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una Sección o parte de las Obras, se certificará y pagará una proporción del Monto Retenido. Esta proporción será igual a la mitad (50%) de la proporción calculada dividiendo el valor contractual estimado de la Sección o parte entre el Precio final estimado del Contrato.

Lo más pronto posible después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la Notificación de Defectos, el Ingeniero certificará el saldo remanente del Monto Retenido para su pago al Contratista. De haberse emitido un Certificado de Recepción de Obra para una Sección, se certificará una proporción de la segunda mitad del Monto Retenido y se pagará sin demora después de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a dicha Sección. Esta proporción será igual a dos quintos (40%) de la proporción calculada dividiendo el valor contractual estimado de la Sección entre el Precio final estimado del Contrato.

Sin embargo, si alguno de los trabajos quedara por ejecutar de conformidad con la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos], el Ingeniero podrá retener la certificación del costo estimado de este trabajo hasta que éste haya sido ejecutado.

Al calcularse estas proporciones, no se tomará en cuenta ninguno de los ajustes con arreglo a las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo].

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, cuando el Certificado de Recepción de Obra para las Obras haya sido emitido

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Página 398 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

y la primera mitad del Monto Retenido haya sido certificada para pago por el Ingeniero, el Contratista tendrá derecho a reemplazar la garantía para la segunda mitad del Monto Retenido por otra otorgada por una entidad que apruebe el Contratante, en el formato que se adjunta a las Condiciones Especiales o en otro formato aprobado por el Contratante. El Contratista deberá asegurarse de que la garantía se emita por los montos y en las monedas de la segunda mitad del Monto Retenido y que sea válida y exigible hasta que el Contratista haya ejecutado y terminado las Obras y reparado cualesquiera defectos, según se especifica en la SubCláusula 4.2 en relación con la Garantía de Cumplimiento. Una vez que el Contratante reciba la garantía requerida, el Ingeniero certificará y el Contratante pagará la segunda mitad del Monto Retenido. La liberación de dicha mitad contra presentación de una garantía se hará en lugar de la liberación con arreglo al segundo párrafo de esta SubCláusula. El Contratante devolverá la garantía al Contratista dentro del plazo de 21 días después de recibir una copia del Certificado de Cumplimiento.

Si la Garantía de Cumplimiento requerida en virtud de la SubCláusula 4.2 es una garantía a la vista, y el monto garantizado al amparo de ésta al momento de emisión del Certificado de Recepción de Obra es más de la mitad del Monto Retenido , entonces no se exigirá la garantía correspondiente al Monto Retenido . Si el monto garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento al momento de emisión del Certificado de Recepción de Obra es menos de la mitad del Monto Retenido, la garantía correspondiente al Monto Retenido sólo se requerirá por la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento.

14.10 Declaración de Terminación

Dentro del plazo de 84 días contados a partir de la fecha en que reciba el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras, el Contratista presentará al Ingeniero una declaración de terminación en seis copias con documentos complementarios, de conformidad con la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales], en la que se muestre:

(a) el valor de todos los trabajos realizados de acuerdo con el Contrato hasta la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras,

(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere pagadero, y

(c) un cálculo estimativo de cualesquiera otros montos que el Contratista considere que serán pagaderos a su favor en virtud del Contrato. Los montos estimados se incluirán por separado en esta Declaración de terminación.

El Ingeniero procederá después a certificar de conformidad con la SubCláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales].

14.11 Solicitud de Dentro del plazo de 56 días después de recibir el Certificado de PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 399 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Certificado de Pago Final

Cumplimiento, el Contratista presentará al Ingeniero un borrador de declaración final en seis copias, en un formato aprobado por el Ingeniero y con documentos complementarios, en el cual se muestre detalladamente:

(a) el valor de todos los trabajos realizados de conformidad con el Contrato, y

(b) cualquier monto adicional que el Contratista considere pagadero a su favor en virtud del Contrato o de otra manera.

Si el Ingeniero no está de acuerdo con una parte del borrador de declaración final o no puede verificarla, el Contratista presentará dentro del plazo de 28 días después de recibido dicho borrador, la información adicional que solicite razonablemente el Ingeniero y hará los cambios en el borrador que ambos determinen de común acuerdo. Luego, el Contratista preparará y presentará al Ingeniero la declaración final de la manera acordada. Esta declaración consensuada se denomina “Declaración Final” en estas Condiciones.

Sin embargo, si, después de deliberaciones entre el Ingeniero y el Contratista y de cualquier de los cambios acordados al borrador de declaración final, resultare evidente que existe una controversia, el Ingeniero entregará al Contratante (con copia al Contratista) un Certificado de Pago Provisional correspondiente a las partes acordadas del borrador de declaración final. Posteriormente, si se resolviera la controversia en forma definitiva con arreglo a las Subcláusulas 20.4 [Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] o 20.5 [Transacción Amigable], el Contratista entonces preparará y entregará al Contratante una Declaración Final (con copia al Ingeniero).

14.12 Finiquito Al presentar la Declaración Final, el Contratista presentará un finiquito confirmando que el total de la Declaración Final constituye el pago total y definitivo de todos los montos adeudados al Contratista en virtud del Contrato o en relación con éste. Este finiquito podrá indicar que el mismo entrará en vigencia cuando el Contratista reciba la Garantía de Cumplimiento y el saldo pendiente de ese total, en cuyo caso el finiquito entrará en vigor en esa fecha.

14.13 Emisión de Certificado de Pago Final

Dentro del plazo de 28 días posteriores al momento en que haya recibido la Declaración Final y el finiquito de conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero entregará, al Contratante y al Contratista, el Certificado de Pago Final, en el que se indicará:

(a) el monto que equitativamente el Ingeniero haya determinado, como pagadero con carácter definitivo, y

(b) después de reconocer al Contratante todos los montos anteriormente pagados por el mismo, así como todas las sumas a que éste tenga derecho, el saldo (si lo hubiere) adeudado por el Contratante al Contratista o viceversa, conforme corresponda.

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Página 400 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Si el Contratista no ha solicitado un Certificado de Pago Final de conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero le solicitará que lo haga. Si el Contratista no presenta una solicitud dentro del plazo de 28 días, el Ingeniero emitirá el Certificado de Pago Final por el monto que equitativamente determine como pagadero.

14.14 Fin de la Responsabilidad del Contratante

El Contratante no será responsable ante el Contratista por ninguna de las materias o componentes contemplados o relacionados con el Contrato o la ejecución de las Obras, salvo en la medida en que el Contratista haya incluido un monto expresamente para ello:

(a) en la Declaración Final y, también,

(b) en la Declaración de terminación que se describe en la SubCláusula 14.10 [Declaración de Terminación], (excepto por asuntos o cosas que se susciten después de la emisión del Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras)

Sin embargo, esta SubCláusula no limitará las responsabilidades del Contratante en el marco de sus obligaciones de indemnización ni sus responsabilidades en casos de fraude, incumplimiento deliberado o mala conducta evidente de su parte.

14.15 Monedas de Pago

El Precio del Contrato se pagará en la moneda o monedas señaladas en el Formulario de Monedas de Pago. Si se señala más de una moneda, los pagos se harán de la siguiente manera:

(a) si el Monto Contractual Aceptado sólo se expresa en Moneda Local:

(i) las proporciones o los montos de las Monedas Local y Extranjeras y los tipos de cambio fijo que se usarán para calcular los pagos serán los que se indican en el Formulario de Monedas de Pago, salvo que ambas Partes acuerden de otra manera;

(ii) los pagos y las deducciones en virtud de las Subcláusulas 13.5 [Montos Provisionales] y 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación] se harán en las monedas y proporciones correspondientes; y

(iii) otros pagos y deducciones en virtud de los incisos (a) a (d) de la SubCláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales] se harán en las monedas y proporciones que se especifican en el inciso (a)(i) supra;

(b) el pago de las indemnizaciones que se especifican en los Datos Contractuales se hará en las monedas y proporciones que se señalan en el Formulario de Monedas de Pago;

(c) otros pagos al Contratante por parte del Contratista se harán en la moneda en la cual el Contratante haya efectuado el gasto correspondiente, o en la moneda acordada entre las Partes;

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Página 401 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

(d) si cualquier monto pagadero por el Contratista al Contratante en una moneda específica supera el monto pagadero por el Contratante al Contratista en esa moneda, el Contratante podrá recuperar el saldo de ese monto de los demás importes adeudados al Contratista en otras monedas; y

(e) si no se señalan tipos de cambio en el Formulario de Monedas de Pago, se usarán los que prevalezcan en la Fecha Base y que sean determinados por el banco central del País.

15. Terminación por Parte del Contratante

15.1 Notificación Para Hacer Correcciones

Si el Contratista no cumple con cualquiera de las obligaciones en virtud del Contrato, el Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que corrija la falla y la subsane dentro de un plazo determinado razonable.

15.2 Terminación por parte del Contratante

El Contratante tendrá derecho a dar por terminado el Contrato si el Contratista:

(a) no cumple con lo dispuesto en la SubCláusula 4.2 [Garantía de Cumplimiento] o con una notificación dada de conformidad con la SubCláusula 15.1 [Notificación Para Hacer Correcciones],

(b) abandona las Obras o demuestra claramente de otra manera que no tiene intenciones de continuar cumpliendo sus obligaciones bajo el Contrato,

(c) sin una excusa razonable:

(i) no procede con las Obras de conformidad con la Cláusula 8 [inicio, Demoras y Suspensión], o

(ii) no cumple con una notificación emitida de conformidad con las Subcláusulas 7.5 [Rechazo] o 7.6 [Medidas Correctivas] dentro del plazo de 28 días después de recibirla,

(d) subcontrata la totalidad de las Obras o cede el Contrato sin el acuerdo requerido,

(e) quiebra o se vuelve insolvente; entra en liquidación; se dicta en su contra una orden de administración judicial ; entra en concurso de acreedores; prosigue sus actividades bajo la autoridad de un administrador judicial, un fiduciario o un administrador en beneficio de sus acreedores, o si se realiza cualquier acto o se produce cualquier hecho que (bajo las Leyes pertinentes) tenga un efecto análogo a cualquiera de los actos o hechos señalados supra, o

(f) da u ofrece dar (directa o indirectamente) a cualquier persona cualquier soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa de valor como incentivo o recompensa:

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Página 402 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el Contrato, o

(ii) por mostrar o no mostrar favor o posición a alguna persona en relación con el Contrato,

o si cualquier miembro del Personal del Contratista, representante o Subcontratista del Contratista da u ofrece (directa o indirectamente) a cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas que se describen en el inciso (f) supra. Sin embargo, los incentivos y recompensas de carácter lícito para el Personal del Contratista no darán lugar a la terminación del Contrato.

En cualquiera de dichas situaciones o circunstancias, el Contratante podrá, previa notificación al Contratista con una antelación de 14 días, terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar de las Obras. Sin embargo, en el caso de los incisos (e) o (f), el Contratante podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el Contrato.

La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratante no perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato o a otra fuente.

En ese caso, el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y entregará al Ingeniero cualesquiera Bienes requeridos, todos los Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por o para el Contratista. Sin embargo, el Contratista realizará sus mejores esfuerzos para cumplir inmediatamente cualquier orden razonable que se incluya en la notificación para: (i) la cesión de cualquier subcontrato, y (ii) la protección de la vida o la propiedad, o la seguridad de las Obras.

Con posterioridad a la terminación, el Contratante podrá terminar las Obras y/o encargárselas a otras entidades, en cuyo caso el Contratante y dichas entidades podrán usar cualesquiera Bienes, Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por el Contratista o en su nombre.

El Contratante notificará al Contratista que se le entregarán los Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las Obras o en sus inmediaciones. El Contratista inmediatamente hará los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y riesgo. Sin embargo, si para entonces el Contratista no ha pagado un monto adeudado al Contratante, este último podrá vender dichos elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista cualquier saldo remanente.

15.3 Valoración en la Fecha de Terminación

Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una notificación de terminación en virtud de la SubCláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el valor de las Obras, los Bienes, los Documentos del Contratista y cualesquiera otros montos adeudados al Contratista por trabajos ejecutados de conformidad con el Contrato.

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Página 403 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

15.4 Pagos después de la Terminación

Después de que entre en vigor una notificación de terminación en virtud de la SubCláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], el Contratante podrá:

(a) proceder de conformidad con la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante],

(b) retener pagos adicionales al Contratista hasta que se hayan determinado los costos de ejecución, terminación y reparación de cualesquiera defectos, indemnizaciones por demora en la terminación (si las hubiere) y todos los demás costos en que incurra el Contratante, o

(c) recuperar del Contratista el monto de cualquier pérdida e indemnización incurridas por el Contratante y cualquier costo adicional para terminar las Obras, después de considerar cualquier suma adeudada al Contratista en virtud de la SubCláusula 15.3 [Valoración en la Fecha de Terminación]. Después de recuperar los montos correspondientes a esas pérdidas, indemnizaciones y costos adicionales, el Contratante pagará cualquier saldo remanente al Contratista.

15.5 Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia

El Contratante tendrá derecho a terminar el Contrato, en cualquier momento y por su propia conveniencia, previa notificación de tal terminación al Contratista. La terminación entrará en vigor 28 días después de la fecha en que el Contratista haya recibido esta notificación o en que el Contratante haya devuelto la Garantía de Cumplimiento, lo que ocurra más tarde. El Contratante no terminará el Contrato con arreglo a esta SubCláusula con el propósito de ejecutar las Obras él mismo o encargárselas a otro contratista ni para evitar una terminación del Contrato por parte del Contratista en virtud de la SubCláusula 16.2 [Terminación por Parte del Contratista].

Con posterioridad a esta terminación, el Contratista procederá de conformidad con la SubCláusula 16.3 [Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista] y será pagado según se estipula en la SubCláusula 16.4 [Pago a la Terminación].

15.6 Prácticas Corruptivas o Fraudulentas

Si el Contratante determina que el Contratista y/o cualquiera de su personal, o sus agentes, o subcontratistas, o proveedores de servicios o proveedores de insumos y/o sus empleadosha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas al competir por el Contrato en cuestión, el Contratante podrá rescindir el Contrato y expulsar al Contratista del Sitio de las Obras dándole un preaviso de 14 días. En tal caso, se aplicarán las provisiones incluidas en la Cláusula 15 de la misma manera que si se hubiera aplicado lo indicado en la SubCláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante]

Si se determina que algún empleado del Contratista ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante la ejecución de las Obras, dicho empleado deberá ser removido de su cargo según lo estipulado en la PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 404 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

SubCláusula 6.9 [Personal del Contratista].

Para efectos de esta SubCláusula:

(i) “práctica corrupta” significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente, de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación de otra persona15.

(ii) “práctica fraudulenta” significa cualquiera actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evitar una obligación16;

(iii) “práctica de colusión” significa un arreglo de dos o más personas17 diseñado para lograr un propósito impropio, incluyendo influenciar impropiamente las acciones de otra persona;

(iv) “práctica coercitiva” significa el daño o amenazas para dañar, directa o indirectamente, a cualquiera persona, o las propiedades de una persona18, para influenciar impropiamente sus actuaciones.

(v) “práctica de obstrucción” significa (aa) la destrucción, falsificación, alteración o

escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigación o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigación por parte del Banco, de alegaciones de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o de colusión; y/o la amenaza, persecución o

15 “Persona” se refiere a un funcionario público que actúa con relación al proceso de contratación o la ejecución del contrato. En este contexto, “funcionario público” incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos. 16 “Persona” significa un funcionario público; los términos “beneficio” y “obligación” se refieren al proceso de contratación o a la ejecución del contrato; y el término “actuación u omisión” debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratación o la ejecución de un contrato. 17 “Personas” se refiere a los participantes en el proceso de contratación (incluyendo a funcionarios públicos) que intentan establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos. 18 “Persona” se refiere a un participante en el proceso de contratación o en la ejecución de un contrato. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 405 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

intimidación de cualquier persona para evitar que pueda revelar lo que conoce sobre asuntos relevantes a la investigación o lleve a cabo la investigación, o

(bb) las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos del Banco a inspeccionar y auditar de conformidad con la SubCláusula 1.15 [Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco].

16. Suspensión y Terminación por parte del Contratista

16.1 Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos

Si el Ingeniero no realiza la certificación de conformidad con la SubCláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales] o el Contratante no cumple con lo dispuesto en las Subcláusulas 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante] o 14.7 [Pagos], el Contratista podrá, previa notificación al Contratante con una antelación mínima de 21 días, suspender los trabajos (o reducir el ritmo de trabajo) salvo y hasta que el Contratista haya recibido el Certificado de Pago, pruebas razonables o pago, conforme proceda y según se indique en la notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, si el Banco ha suspendido los desembolsos al amparo de su préstamo o crédito, con cuyos recursos se han realizado los pagos al Contratista, total o parcialmente para la ejecución de las Obras, y no hay recursos alternativos disponibles conforme se contempla en la SubCláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante], el Contratista podrá, previa notificación, suspender los trabajos o reducir su ritmo en cualquier momento, pero con un plazo mínimo de 7 días contados a partir de la fecha en que el Prestatario haya recibido del Banco la notificación de suspensión.

La acción del Contratista no perjudicará su derecho a los cargos financieros en virtud de la SubCláusula 14.8 [Retraso en los Pagos] y a terminar el Contrato con arreglo a la SubCláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista].

Si el Contratista recibe posteriormente dicho Certificado de Pago, prueba o pago (conforme se describa en la SubCláusula pertinente y en la notificación mencionada supra) antes de hacer una notificación de terminación, el Contratista reanudará su trabajo normal tan pronto como sea razonablemente posible.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo a raíz de la suspensión de los trabajos (o reducción del ritmo de trabajo) de conformidad con esta SubCláusula, el Contratista notificará al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 406 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) el pago de dicho Costo más utilidades, el cual será incluido en el Precio del Contrato.

Tras recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o a una decisión al respecto.

16.2 Terminación por parte del Contratista

El Contratista tendrá derecho a terminar el Contrato si:

(a) no recibe evidencia razonable dentro del plazo de 42 días después de haber dado una notificación con arreglo a la SubCláusula 16.1 [Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos] en relación con un incumplimiento de la SubCláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante],

(b) el Ingeniero no emite el Certificado de Pago correspondiente, dentro del plazo de 56 días después de haber recibido una Declaración y documentos complementarios,

(c) el Contratista no recibe el monto adeudado al amparo de un Certificado de Pago Provisional dentro del plazo de 42 días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo establecido en la SubCláusula 14.7 [Pagos] para realizar los pagos (salvo en cuanto a deducciones de conformidad con la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante]),

(d) el Contratante no cumple sustancialmente sus obligaciones en virtud del Contrato a tal forma de afectar sustancial y adversamente el balance económico del Contrato o la capacidad del Contratista para cumplir el Contrato,

(e) el Contratante no cumple con lo dispuesto en la SubCláusula 1.6 [Contrato] o la SubCláusula 1.7 [Cesión],

(f) una suspensión prolongada afecta la totalidad de las Obras conforme se describe en la SubCláusula 8.11 [Suspensión Prolongada], o

(g) el Contratante quiebra o se vuelve insolvente; entra en liquidación; se dicta en su contra una orden judicial o de administración; entra en concurso de acreedores; continúa sus actividades bajo la autoridad de un administrador judicial, un fideicomisario o un administrador en beneficio de sus acreedores, o si se realiza cualquier acto o se produce cualquier hecho que (bajo las Leyes aplicables) tenga un efecto análogo a cualquiera de los actos o hechos señalados supra,

(h) si el Banco suspende el préstamo o crédito de donde proviene parte o la totalidad de los pagos al Contratista, y éste no ha recibido los montos que se le adeudan, una vez vencido el plazo de 14 días que se estipula en la SubCláusula 14.7

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Página 407 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

[Pagos] para pagos en virtud de Certificados de Pago Provisionales, el Contratista podrá, sin perjuicio de sus derechos a cargos financieros con arreglo a la SubCláusula 14.8 [Retraso en los Pagos], tomar una de las siguientes medidas: (i) suspender los trabajos o reducir su ritmo, o (ii) terminar sus servicios en virtud del Contrato mediante notificación al Contratante, con copia al Ingeniero. Dicha terminación entrará en vigor 14 días después de efectuada la notificación correspondiente.

(i) si el Contratista no recibe instrucciones de parte del Ingeniero registrando el acuerdo de ambas partes con el cumplimiento de las condiciones para el Inicio de las Obras de conformidad con la SubCláusula 8.1 [Inicio de las Obras].

En cualquiera de estas situaciones o circunstancias, el Contratista podrá terminar el Contrato, previa notificación al Contratante con una antelación mínima de 14 días. Sin embargo, en el caso de los incisos (f) o (g), el Contratista podrá terminar inmediatamente el Contrato mediante notificación.

La elección del Contratante de terminar el Contrato será sin perjuicio de cualquiera de los derechos del Contratista en virtud del Contrato o de otra fuente.

16.3 Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista

Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a las Subcláusulas 15.5 [Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia], 16.2 [Terminación por Parte del Contratista] o 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], el Contratista deberá, sin demora:

(a) suspender todo trabajo adicional, con excepción del que pueda haber ordenado el Ingeniero para la protección de la vida o la propiedad, o para la seguridad de las Obras,

(b) entregar los Documentos del Contratista, los Equipos, los Materiales y los demás trabajos por los que haya recibido pago, y

(c) retirar todos los demás Bienes del Lugar de las Obras, salvo los que sea necesario dejar por razones de seguridad, y abandonar el Lugar de las Obras.

16.4 Pago a la Terminación

Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a la SubCláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista], el Contratante deberá, sin demora:

(a) devolver al Contratista la Garantía de Cumplimiento,

(b) pagar al Contratista de conformidad con la SubCláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], y

(c) pagar al Contratista el monto correspondiente a cualquier PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 408 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

pérdida o daño sufrido por el Contratista como consecuencia de la terminación.

17. Riesgos y Responsabilidades

Indemnizaciones El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al Personal del Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados) relacionado con:

(a) lesiones corporales, enfermedades o muerte, de cualquier personas, que se produzcan a raíz o en el curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y la terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo que sean atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes, y

(b) daños a o pérdida de cualesquiera propiedades, ya sean bienes raíces o personales (aparte de las Obras), en la medida en que dicho daño o pérdida se produzca como resultado o en el curso del diseño del Contratista (si lo hubiere), la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, salvo y en la medida en que dicho daño o pérdida sea atribuible a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante, sus respectivos representantes o cualquier persona directa o indirectamente empleada por cualquiera de ellos.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al Personal del Contratista y sus respectivos representantes frente a y de cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados ) relacionados con (1) lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes, y (2) los asuntos en los que la responsabilidad al respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme se describe en los incisos (d) (i), (ii) y (iii) de la SubCláusula 18.3 [Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad].

17.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista

El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de las Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la emisión del Certificado de Recepción de Obra (o éste se considere emitido de conformidad con la SubCláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones]) para las Obras, momento en que dicha responsabilidad se transferirá al Contratante. Si se emite un Certificado de Recepción de Obra (o se considera emitido) para cualquier Sección o parte de las Obras, la responsabilidad del cuidado de dicha Sección o parte pasará al Contratante.

Una vez se transfiera debidamente la responsabilidad al Contratante, PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 409 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

el Contratista asumirá la responsabilidad del cuidado de los trabajos que queden pendientes en la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de Obra, hasta que los mismos hayan sido concluidos.

Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren alguna pérdida o daño durante el período en que estén bajo el cuidado del Contratista, por cualquier causa que no figure en la SubCláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], el Contratista rectificará la pérdida o el daño, por su cuenta riesgo, a fin de que dichas Obras, Bienes o Documentos del Contratista se ciñan a las disposiciones del Contrato.

El Contratista será responsable de cualquier pérdida o daño causado por cualquier acción del Contratista después de la emisión de un Certificado de Recepción de Obra. El Contratista también será responsable de cualquier pérdida o daño que ocurra después de que se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra y los mismos se hubieren producido a raíz de algún hecho previo que fuere responsabilidad del Contratista.

17.3 Riesgos del Contratante

Los riesgos a que se hace referencia en la SubCláusula 17.4 [Consecuencias de los Riesgos del Contratante] infra, en la medida en que afecten directamente la ejecución de los trabajos en el País, son:

(a) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no), invasión, acto de enemigos extranjeros,

(b) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas ajenas al Personal del Contratista, revolución, insurrección, usurpación del poder o asunción militar de éste, o guerra civil en el País,

(c) disturbios, conmoción o desórdenes dentro del País provocados por personas ajenas al Personal del Contratista,

(d) municiones de guerra, material explosivo, radiación ionizante o contaminación por radioactividad en el País, salvo en los casos en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas municiones, materiales explosivos, radiaciones o radioactividad por el Contratista,

(e) ondas de presión causadas por aeronaves u otros aparatos aéreos que viajen a velocidades sónicas o supersónicas,

(f) uso u ocupación de cualquier parte de las Obras Permanentes por parte del Contratante, salvo en los casos que se puedan especificar en el Contrato,

(g) diseño de cualquier parte de las Obras por el Personal del Contratante u otras personas por quienes es responsable el Contratante, y

(h) cualquier fuerza de la naturaleza que sea Imprevisible o contra la cual no se habría podido esperar razonablemente que un Contratista con experiencia tomara medidas preventivas adecuadas.

17.4 Consecuencias de los Riesgos del

Si y en la medida en que cualquiera de los riesgos que se enumeran en la SubCláusula 17.3 supra ocasione pérdidas o daños a las Obras, PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 410 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Contratante Bienes o Documentos del Contratista, el Contratista notificará sin demora al Ingeniero y rectificará dicha pérdida o daño en la medida requerida por el Ingeniero.

Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por subsanar esa pérdida o daño, el Contratista dará una notificación adicional al Ingeniero y, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a :

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de la demora , si se ha retrasado o se demorará la terminación de las Obras, en virtud de la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) un pago por dicho Costo, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. En el caso de los incisos (f) y (g) de la SubCláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], se pagará el Costo más utilidades.

Tras recibir esa notificación adicional, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto.

17.5 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial

En esta SubCláusula, “violación” significa una violación (o pretendida violación) de cualquier patente, diseño registrado, derecho de autor, marca registrada, marca comercial, secreto comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial relacionado con las Obras; y “reclamación” significa una reclamación (o proceso judicial de reclamación) en la que se alegue una violación.

Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier reclamación dentro del plazo de 28 días después de recibirla, se considerará que dicha Parte ha renunciado a su derecho de indemnización en virtud de esta SubCláusula.

El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de cualquier reclamación en la que se alegue una violación que se produce o se produjo:

(a) como resultado inevitable del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista, o

(b) como resultado del uso de cualquiera de las Obras por parte del Contratante:

(i) para fines distintos a los señalados en el Contrato o los que razonablemente se deduzcan de él, o

(ii) en conjunto con cualquier otra cosa que no haya suministrado el Contratista, salvo que el uso fuera divulgado al Contratista antes de la Fecha Base o se haya señalado en el Contrato.

El Contratista indemnizará y amparará al Contratante contra y de cualquier otra reclamación que surja de o en relación con (i) la

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fabricación, uso, venta o importación de cualquier Bien, o (ii) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista.

Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud de esta SubCláusula, la Parte a la cual corresponda indemnizar podrá (a su costo) realizar negociaciones para la transacción de la reclamación y de cualquier litigio o arbitraje que pudiera surgir de aquella. La otra Parte ayudará, a solicitud y expensas de la Parte que indemniza, a impugnar la reclamación. Esta otra Parte (y su Personal) no hará ninguna admisión que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a no ser que ésta no se haya puesto al frente de una negociación, litigio o arbitraje a pesar de habérselo solicitado la otra Parte.

17.6 Limitación de Responsabilidad

Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la privación de uso de las Obras, pérdida de ganancia, pérdida de contratos ni pérdidas o daños indirectos o emergentes que pueda sufrir la otra Parte en relación con el Contrato, a menos que así sea dispuesto específicamente con arreglo a la SubCláusula 8.7 [Daños por Demora].; SubCláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos]; SubCláusula 15.4 [Pagos después de la Terminación]; SubCláusula 16.4 [Pago a la Terminación]; SubCláusula 17.1 [Indemnizaciones]; SubCláusula 17.4 (b) [Consecuencias de los Riesgos del Contratante]; y SubCláusula 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial]

La responsabilidad total del Contratista ante el Contratante, en virtud del Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las Subcláusulas 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición], 17.1 [Indemnizaciones] y 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial], no excederá el monto que resulte de la multiplicación de un factor (menor o mayor que uno) por el Monto Contractual Aceptado, conforme figura en los Datos Contractuales, o (de no especificarse ese factor u otra suma) el Monto Contractual Aceptado.

Esta SubCláusula no limitará la responsabilidad en caso de fraude, incumplimiento deliberado o mala conducta grave de la Parte que incumple.

17.7 Uso del Alojamiento y las Instalaciones del Contratante

El Contratista asumirá toda la responsabilidad por el cuidado del alojamiento y las instalaciones suministradas por el Contratante, si los hubiere, conforme se detallen en las Especificaciones, desde las respectivas fechas de entrega al Contratista hasta el cese de ocupación (pudiendo ocurrir la entrega o el cese de ocupación después de las fechas señaladas en el Certificado de Recepción de las Obras).

Si el alojamiento o las instalaciones mencionadas anteriormente sufren alguna pérdida o daño mientras estén bajo la responsabilidad y cuidado del Contratista por cualquier motivo aparte de los que sean responsabilidad del Contratante, el Contratista rectificará, a su costo, la pérdida o el daño a satisfacción del Ingeniero.

18. Seguro

18.1 Requisitos Generales en

En esta Cláusula, “Parte aseguradora” significa, para cada tipo de seguro, la Parte responsable de contratar y mantener el seguro que se PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Materia de Seguros

indica en la SubCláusula pertinente.

Cuando el Contratista sea la Parte aseguradora, cada seguro se contratará con aseguradoras bajo los términos aprobados por el Contratante. Esos términos deberán ser consistentes con los términos acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las disposiciones de esta Cláusula.

Cuando el Contratante sea la Parte aseguradora, los seguros se contratarán con aseguradoras y bajo términos aceptables por el Contratista. Estos términos deberán ser consistentes con los términos acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las disposiciones de ésta Cláusula.

Si se requiere una póliza de seguro colectivo, la cobertura se aplicará por separado a cada asegurado como si se hubiera emitido una póliza individual para cada uno de ellos. Si una póliza cubre a otras partes adicionales, es decir, además de los asegurados que se señalan en esta Cláusula, (i) el Contratista actuará al amparo de la póliza en nombre de los asegurados colectivos adicionales, salvo que el Contratante actuará en nombre del Personal del Contratante, (ii) los asegurados colectivos adicionales no podrán recibir pagos directamente del asegurador ni tener cualquier otro trato directo con el asegurador, y (iii) la Parte aseguradora exigirá a todos los asegurados colectivos adicionales que cumplan las condiciones establecidas en la póliza.

Toda póliza contra daños y perjuicios dispondrá que los pagos sean hechos en las monedas requeridas para fines de reparación de la pérdida o el daño pertinente. Los pagos que se reciban de los aseguradores se usarán para reparar dicha pérdida o daño.

La Parte aseguradora pertinente presentará a la otra Parte, dentro de los plazos respectivos que figuren en los Datos Contractuales (calculados a partir de la Fecha de Inicio):

(a) evidencia de que se han contratado los seguros descritos en esta Cláusula, y

(b) copias de las pólizas de los seguros que se señalan en las Subcláusulas 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista] y 18.3 [Seguro Contra a Lesiones Personales y Daños a la Propiedad].

Cuando se pague cada una de las primas, la Parte aseguradora suministrará a la otra los comprobantes de pago. Cada vez que se presenten comprobantes o pólizas, la Parte aseguradora notificará también al Ingeniero.

Cada una de las Partes cumplirá sin demoras las condiciones estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. La Parte aseguradora mantendrá a las aseguradoras informadas acerca de cualquier cambio relevante para la ejecución de las Obras y se asegurará que el seguro

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se mantenga de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula.

Ninguna de las Partes hará modificaciones sustanciales a los términos de los seguros sin la previa aprobación de la otra Parte. Si una aseguradora hace (o trata de hacer) cualquier modificación, la Parte que primero sea notificada por el asegurador notificará sin demora a la otra.

Si la Parte aseguradora no contrata ni mantiene vigentes los seguros que deba contratar y mantener en virtud del Contrato, o no presenta comprobantes satisfactorios ni copias de las pólizas de conformidad con esta SubCláusula, la otra Parte podrá (a su discreción y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso) contratar seguros con la cobertura pertinente y pagar las primas correspondientes. La Parte aseguradora pagará a la otra el monto de esas primas, y el Precio del Contrato se ajustará de conformidad.

Nada de lo dispuesto en esta Cláusula limita las obligaciones, responsabilidades o compromisos del Contratista o el Contratante en virtud de los términos del Contrato o de otra fuente. Cualquiera de los montos no asegurados o no recuperados de las aseguradoras serán asumidos por el Contratista o el Contratante de conformidad con dichas obligaciones, responsabilidades o compromisos. Sin embargo, si la Parte aseguradora deja de contratar y mantener en vigencia un seguro que se encuentre disponible y que dicha Parte deba contratar y mantener en virtud del Contrato, y la otra Parte no aprueba la omisión ni contrata el seguro por la cobertura pertinente a este incumplimiento, la Parte aseguradora pagará cualquiera de los montos que habrían sido recuperables al amparo del seguro.

Los pagos que haga una Parte a la otra estarán sujetos a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] o a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], según corresponda.

El Contratista podrá contratar todos los seguros relacionados con el Contrato (incluido, pero no de manera exclusiva, el seguro mencionado en la Cláusula 18) con aseguradoras provenientes de cualquier país elegible.

18.2 Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista

La Parte aseguradora asegurará las Obras, los Equipos, los Materiales y los Documentos del Contratista por un valor igual o mayor al costo total de reposición, incluidos los costos de demolición, retiro de escombros y honorarios profesionales y utilidades. El seguro será válido desde la fecha en que se presenten las pruebas con arreglo al inciso (a) de la SubCláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de Seguros] hasta la fecha de emisión del Certificado de Recepción de las Obras.

La Parte aseguradora mantendrá este seguro a fin de proporcionar cobertura hasta la fecha de emisión del Certificado de Cumplimiento, por pérdidas o daños imputables al Contratista a raíz de una causa que ocurra antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra, y por las pérdidas o daños causados por el Contratista durante cualquier

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otra operación (incluidas las contempladas en la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos]).

La Parte aseguradora asegurará los Equipos del Contratista por un valor igual o mayor al costo total de reposición, incluida la entrega en el Lugar de las Obras. En relación con cada uno de los elementos de los Equipos del Contratista, el seguro estará vigente durante el transporte del mismo al Lugar de las Obras y hasta que se deje de necesitar como Equipo del Contratista.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros contemplados en esta SubCláusula:

(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como Parte aseguradora,

(b) deberán estar a nombre conjunto de las Partes, quienes tendrán derecho a recibir conjuntamente pagos de las aseguradoras y pagos retenidos o asignados a la Parte que asuma efectivamente los costos de rectificación por pérdidas o daños,

(c) deberán cubrir todas las pérdidas y daños que se deban a causas no especificadas en la SubCláusula 17.3 [Riesgos del Contratante],

(d) deberán cubrir asimismo, hasta donde sea específicamente requerido en los Documentos de Licitación del Contrato, pérdidas o daños a una parte de las Obras atribuibles al uso o la ocupación de otra parte de las Obras por parte del Contratante, y pérdidas o daños ocasionados por los riesgos enumerados en los incisos (c), (g) y (h) de la SubCláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], excluidos (en cada caso) riesgos que no sean asegurables bajo términos comercialmente razonables, con deducibles por incidente no mayores al monto señalado en los Datos del Contrato (de no indicarse monto, este inciso (d) no será aplicable), y

(e) podrá, sin embargo, excluir la pérdida, los daños y el reacondicionamiento de:

(i) una parte de las Obras que esté en condiciones defectuosas debido a un vicio de diseño, materiales o mano de obra (pero la cobertura incluirá cualesquiera otras partes que se pierdan o dañen como resultado directo de esta condición defectuosa y no según se describe en el inciso (ii) infra),

(ii) una parte de las Obras que se pierda o dañe por el reacondicionamiento de cualquier otra parte de las Obras que esté en condiciones defectuosas debido a un defecto de diseño, materiales o mano de obra,

(iii) una parte de las Obras que haya sido recibida por el Contratante, salvo en la medida en que el Contratista sea

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responsable por la pérdida o daño, y

(iv) Bienes mientras no estén en el País, sujeto a la SubCláusula 14.5 [Equipos y Materiales para las Obras].

Si, después de haber transcurrido más de un año a partir de la Fecha Base, la cobertura descrita en el inciso (d) supra deja de estar disponible bajo términos comercialmente razonables, el Contratista (como Parte aseguradora) notificará al Contratante, con información complementaria. El Contratante entonces: (i) con sujeción a la SubCláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] tendrá derecho a recibir el pago de un monto equivalente a los términos comercialmente razonables que el Contratista debería haber previsto pagar por dicha cobertura, y (ii) salvo que obtenga la cobertura bajo términos comercialmente razonables, se considerará que ha aprobado la omisión de conformidad con la SubCláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de Seguros].

18.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad

La Parte aseguradora asegurará contra la responsabilidad de cada una de las Partes por cualquier pérdida, daño, muerte o lesión corporal que pueda ocurrir a cualquier propiedad física (salvo los elementos asegurados con arreglo a la SubCláusula 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista]) o a cualquier persona (a excepción de personas aseguradas con arreglo a la SubCláusula 18.4 [Seguro del Personal del Contratista]), que surjan a raíz del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista y antes de la emisión del Certificado de Cumplimiento.

El seguro será por un monto límite, por incidente, no menor al que se señale en los Datos Contractuales, sin limitar el número de incidentes que puedan ocurrir. Si en los Datos del Contrato no se señala ningún monto, esta SubCláusula no será aplicable.

Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros especificados en esta SubCláusula:

(a) deberán ser contratados y mantenidos por el Contratista como Parte aseguradora,

(b) deberán estar a nombre de ambas Partes,

(c) deberán cubrir la responsabilidad por todas las pérdidas y daños que sufra la propiedad del Contratante (salvo los elementos asegurados con arreglo a la SubCláusula 18.2) como consecuencia del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista, y

(d) podrá, sin embargo, excluir responsabilidades en la medida en que surjan de:

(i) el derecho del Contratante a hacer que las Obras Permanentes se ejecuten en, sobre, debajo o a través de cualquier terreno, y de ocupar ese terreno para las Obras

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Permanentes,

(ii) los daños que se produzcan como resultado inevitable de las obligaciones del Contratista en cuanto a la ejecución de las Obras y la reparación de cualesquiera defectos, y

(iii) una causa señalada en la SubCláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], salvo en la medida en que exista una cobertura bajo términos comercialmente razonables.

18.4 Seguro para el Personal del Contratista

El Contratista contratará y mantendrá un seguro de responsabilidad civil contra reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados) como resultado de lesiones, enfermedades o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del Personal del Contratista.

El seguro deberá cubrir al Contratante y al Ingeniero contra responsabilidad por reclamos, daños, pérdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos de abogados) que surjan de lesiones, enfermedad o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del personal del Contratista, excepto que este seguro podrá excluir pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean producto de cualquier acto o negligencia del Contratante o del Personal del Contratante.

El seguro deberá ser mantenido en plena vigencia y efecto durante todo el tiempo en que el personal mencionado trabaje en la ejecución de las Obras. En el caso de los empleados de un Subcontratista, este último podrá contratar el seguro, pero el Contratista será responsable de velar por el cumplimiento de esta Cláusula.

19. Fuerza Mayor

19.1 Definición de Fuerza Mayor

En esta Cláusula, “Fuerza Mayor” significa un evento excepcional o circunstancia:

(a) que está fuera del control de una Parte,

(b) contra la que dicha Parte no pudo razonablemente haber tomado provisiones para protegerse antes de celebrar el Contrato,

(c) que, una vez producida, dicha Parte no pudo razonablemente haber evitado o superado , y

(d) que no pueda atribuirse sustancialmente a la otra Parte.

La Fuerza Mayor puede incluir, pero no de manera exclusiva, acontecimientos excepcionales o circunstancias como las que enumeran a continuación, siempre y cuando se cumplan las condiciones de los incisos (a) a (d) supra:

(i) guerra, hostilidades (ya sea que la guerra sea declarada o no), invasión, acto de enemigos extranjeros,

(ii) rebelión, terrorismo, sabotaje por personas distintas al Personal del Contratista, revolución, insurrección, PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 417 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

usurpación del poder o asunción del poder por los militares, o guerra civil,

(iii) disturbio, conmoción, huelga o cierre patronal por personas distintas al Personal del Contratista,

(iv) municiones de guerra, material explosivo, radiación ionizante o contaminación por radioactividad, salvo en los casos en que ello pueda ser atribuible al uso de dichas municiones, materiales explosivos, radiaciones o radioactividad por el Contratista, y

(v) desastres naturales como terremotos, huracanes, tifones o actividad volcánica.

19.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor

Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve o se verá impedida de cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta notificará a la otra sobre la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza Mayor y especificará las obligaciones que no se puedan o no se podrán cumplir. La notificación se hará dentro del plazo de 14 días a partir de la fecha en que la Parte tomó, o debió haber tomado conocimiento, de la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza Mayor.

Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del cumplimiento de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza Mayor le impida cumplirlas.

Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, la Fuerza Mayor no será aplicable a las obligaciones de pago de cualquiera de las Partes de hacer los pagos a la otra Parte en virtud del Contrato.

19.3 Obligación de Reducir las Demoras

Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté a su alcance para reducir al mínimo cualquier demora en el cumplimiento del Contrato como resultado de una situación o circunstancia de Fuerza Mayor.

Una Parte notificará a la otra cuando deje de verse afectada por la situación o circunstancia de Fuerza Mayor.

19.4 Consecuencias de la Fuerza Mayor

Si el Contratista se ve impedido de cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado con arreglo a la SubCláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor] y sufre demoras o incurre en Costos por dicho motivo, el Contratista, sujeto a la SubCláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:

(a) una prórroga del plazo por el tiempo de dicha demora , si se ha retrasado o se retrasará la terminación de las Obras, en virtud la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], y

(b) si la situación o circunstancia es del tipo que se describe en los incisos (i) a (iv) de la SubCláusula 19.1 [Definición de Fuerza Mayor] y, en el caso de los incisos (ii) a (iv), ocurre en el País, el pago de dichos Costos , incluyendo los costos de rectificación

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Página 418 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

o reemplazo de las Obras o los Bienes dañados o destruidos por Fuerza Mayor, hasta donde estos daños o pérdidas no son indemnizables por medio de la póliza de seguro referida en la SubCláusula 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos de Contratista].

Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto.

19.5 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista

Si un Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o acuerdo relacionado con las Obras, a ser exonerado de su responsabilidad por Fuerza Mayor, bajo términos adicionales o más amplios que los que se especifican en esta Cláusula, dicha situación o circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor no exonerará al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán derecho a ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta Cláusula.

19.6 Terminación Opcional, Pago y Finiquito

Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es impedida por un período continuo de 84 días por algún motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado de conformidad con la SubCláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor], o por varios períodos que sumen un total de más de 140 días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra la terminación del Contrato. En ese caso, la terminación entrará en vigencia 7 días después de la notificación, y el Contratista procederá de conformidad con la SubCláusula 16.3 [Cese de las Obrasy Retiro de los Equipos del Contratista].

Tras dicha terminación, el Ingeniero determinará el valor de los trabajos realizados y emitirá un Certificado de Pago que deberá incluir:

(a) los montos adeudados por cualquier trabajo realizado cuyo precio se estipula en el Contrato;

(b) el Costo de los Equipos y Materiales ordenados para las Obras que se hayan entregado al Contratista, o cuya entrega deba aceptar el Contratista. Estos Equipos y Materiales pasarán a ser propiedad (y estar bajo el riesgo) del Contratante al momento en que los pague, y el Contratista pondrá los mismos a disposición del Contratante;

(c) otros Costos o responsabilidades en que dentro de las circunstancias haya incurrido razonable y necesariamente el Contratista en las circunstancias con la expectativa de terminar las Obras;

(d) el Costo de retirar las Obras Temporales y los Equipos del Contratista del Lugar de las Obras y el de devolverlos a los trabajos del Contratista en su país (o cualquier otro destino que no suponga un costo mayor); y

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(e) el Costo de repatriar, en la fecha de terminación, al personal y la mano de obra empleados totalmente por el Contratista en relación con las Obras.

19.7 Liberación del Cumplimiento del Contrato

Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, si surge una situación o circunstancia que esté fuera del control de las Partes (incluida, pero no de manera exclusiva, la Fuerza Mayor) y que vuelva imposible o ilícito para cualquiera o ambas Partes cumplir sus obligaciones contractuales o que, en virtud de la ley que rige el Contrato, otorgue a las Partes el derecho de ser liberadas de seguir cumpliendo el Contrato, entonces, mediante notificación de una de las Partes a la otra sobre dicha situación o circunstancia:

(a) las Partes quedarán liberadas de seguir cumpliendo el Contrato, sin perjuicio de los derechos de cada Parte respecto de cualquier incumplimiento previo del Contrato, y

(b) el monto pagadero al Contratista por el Contratante será el mismo que habría sido pagadero de conformidad con la SubCláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito] si el Contrato hubiera sido terminado con arreglo a la SubCláusula 19.6.

20. Reclamaciones, Controversias y Arbitraje

20.1 Reclamaciones del Contratista

Si el Contratista considera que tiene derecho a cualquier prórroga del Plazo de Terminación o cualquier pago adicional en virtud de cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra forma vinculada con el Contrato, el Contratista enviará una notificación al Ingeniero en la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo. La notificación se hará tan pronto como sea posible, a más tardar 28 días después de que el Contratista se dé cuenta, o hubiera debido darse cuenta, de dicho evento o circunstancia.

Si el Contratista no notifica un reclamo dentro de dicho plazo de 28 días, no se prorrogará el Plazo de Terminación, el Contratista no tendrá derecho a recibir pagos adicionales y el Contratante quedará liberado de cualquier responsabilidad vinculada con el reclamo. De otra forma, se aplicarán las siguientes disposiciones de esta SubCláusula.

El Contratista también enviará cualquier otra notificación requerida en el Contrato, así como información complementaria sobre la reclamación, que sea pertinente a dicho evento o circunstancia.

El Contratista mantendrá los registros actualizados que sean necesarios para fundamentar el reclamo, ya sea en el Lugar de las Obras o en otro sitio aceptable para el Ingeniero. Sin admitir la responsabilidad del Contratante, el Ingeniero podrá, tras recibir cualquier notificación con arreglo a esta SubCláusula, seguir de cerca la contabilidad y ordenar al Contratista que mantenga registros actualizados adicionales. El Contratista permitirá al Ingeniero verificar todos esos registros, y (de requerírsele) presentará copias al Ingeniero.

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Dentro del plazo de 42 días contado a partir del momento en que el Contratista se dé cuenta (o hubiera debido darse cuenta) del evento o circunstancia que originó el reclamo, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Contratista y apruebe el Ingeniero, el Contratista enviará al Ingeniero un reclamo completo y pormenorizado que incluya toda la información complementaria del fundamento del reclamo y de la prórroga del plazo o pago adicional exigidos. Si el evento o circunstancia que origina el reclamo tiene un efecto continuo:

(a) este reclamo completo y pormenorizado se considerará como temporal;

(b) el Contratista enviará mensualmente reclamos temporales adicionales, en las que especificará la demora acumulada o el monto exigido, además de toda la información adicional que pueda requerir razonablemente el Ingeniero; y

(c) el Contratista enviará un reclamo definitivo dentro de 28 días después de que el evento o circunstancia deje de producir efectos, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Contratista y apruebe el Ingeniero.

Dentro del plazo de 42 días contados a partir de la fecha en que reciba un reclamo o cualquier información adicional que respalde un reclamo anterior, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Ingeniero y apruebe el Contratista, el Ingeniero responderá dando su aprobación, o bien negando su aprobación y dando comentarios detallados. El Ingeniero también podrá solicitar cualquier información adicional que sea necesaria, pero deberá dar su respuesta sobre los principios del reclamo en el plazo indicado anteriormente.

Dentro del plazo de 42 días definido anteriormente, el Ingeniero deberá, de conformidad con la SubCláusula 3.5 [Decisiones], acordar o decidir sobre: (i) las prórrogas (si las hubiere) del Plazo de Terminación (antes o después de su vencimiento) según la SubCláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], o (ii) los pagos adicionales (si los hubiere) a que el Contratista tuviere derecho según el Contrato.

Cada Certificado de Pago deberá incluir los pagos adicionales de los reclamos que razonablemente se hayan determinado como pagaderos en virtud de la respectiva disposición del Contrato. Salvo y hasta que la información suministrada sea suficiente para fundamentar todo el reclamo, el Contratista sólo tendrá derecho a recibir pagos por la parte del reclamo que haya podido demostrar.

Si el Ingeniero no responde dentro del plazo definido en esta Cláusula, cualquiera de las partes puede considerar que el reclamo ha sido rechazado por el Ingeniero y cualquiera de ellas puede referirlo a la Comisión para la Resolución de Controversias según la SubCláusula 20.4 [Obtención de Decisión de la Comisión para la

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Resolución de Controversias].

Los requisitos de esta SubCláusula son adicionales a los que se establecen en cualquier otra SubCláusula que se aplique a un reclamo. Si el Contratista no cumple con esta u otra SubCláusula en relación con cualquier reclamo, prórroga del plazo o pago adicional, dará cuenta de la medida (si la hubiere) en que el incumplimiento haya impedido o perjudicado la investigación adecuada del reclamo, salvo que el reclamo sea excluido con arreglo al segundo inciso de esta SubCláusula.

20.2 Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias

Las controversias serán referidas a una Comisión para la Resolución de Controversias para su decisión de conformidad con la SubCláusula 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias]. Las Partes nombrarán una Comisión para la Resolución de Controversias, para la fecha que se señale en los Datos Contractuales.

La Comisión para la Resolución de Controversias estará formada, según se disponga en los Datos del Contrato, por una o tres personas debidamente calificadas (“los miembros”), cada una de las cuales hablará con fluidez el idioma para comunicaciones que se defina en el Contrato y será un profesional con experiencia en el tipo de construcción que concierne a las Obras y en la interpretación de documentos contractuales. Si no se indica el número de miembros y las Partes no resuelven otra cosa, la Comisión para la Resolución de Controversias estará formada por tres personas.

Si las Partes no han designado conjuntamente la Comisión para la Resolución de Controversias 21 días antes de la fecha señalada en los Datos Contractuales, y dicha Comisión debe estar formada por tres personas, cada Parte propondrá un miembro para la aprobación de la otra Parte. Los dos primeros miembros propondrán al tercer miembro y las Partes deberán acordar sobre éste, quien actuará como presidente.

Sin embargo, si las Partes han acordado una lista de miembros potenciales y ésta es parte del Contrato, los miembros serán seleccionados entre los que aparecen en la lista, que no sea cualquiera de ellos que no pueda o no quiera aceptar el nombramiento

El acuerdo entre las Partes y bien el miembro único o bien cada uno de los tres miembros, incorporará por referencia las Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias que se incluyen en el Anexo de estas Condiciones Generales, con las enmiendas que acuerden entre ellos.

Los términos de la remuneración, bien sea del miembro único o bien de los tres miembros, incluida la remuneración de cualquier experto a quien consulte la Comisión para la Resolución de Controversias, se establecerán de común acuerdo entre las Partes al momento en que se acuerden los términos de nombramiento. Cada Parte será PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 422 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

responsable de pagar la mitad de la remuneración.

Si las Partes así lo acuerdan en cualquier momento, podrán referir cualquier asunto a la Comisión para la Resolución de Controversias para que ésta de su opinión. Ninguna de las Partes consultará con la Comisión sobre cualquier materia sin el consentimiento de la otra Parte.

Si un miembro rehúsa o no puede actuar por muerte, incapacidad, renuncia o terminación del nombramiento, se nombrará a un sustituto de acuerdo con el mismo procedimiento que se utilizó para designar o acordar sobre la persona que está siendo sustituida, conforme se describe en esta SubCláusula.

El nombramiento de cualquier miembro podrá terminarse por mutuo acuerdo de ambas Partes, pero no por el Contratante o el Contratista actuando por sí mismos. Salvo que las Partes dispongan otra cosa, el nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias (incluido cada miembro) expirará cuando entre en vigencia el finiquito mencionado en la SubCláusula 14.12 [Finiquito].

20.3 Desacuerdo sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias

Si se aplica cualquiera de las siguientes condiciones:

(a) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento del miembro único de la Comisión para la Resolución de Controversias, para la fecha señalada en el primer inciso de la SubCláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias],

(b) para dicha fecha una de las Partes no nombra un miembro (para aprobación de la otra Parte)o no aprueba un miembro designado por la otra Parte, para una Comisión para la Resolución de Controversias compuesta por tres miembros,

(c) para la misma fecha las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento del tercer miembro (para actuar como presidente) de la Comisión para la Resolución de Controversias, o

(d) las Partes no llegan a un acuerdo respecto del nombramiento de un sustituto dentro de 42 días después de la fecha en que el miembro único o uno de los tres miembros rehúse o no pueda actuar por muerte, incapacidad, renuncia o terminación del nombramiento,

entonces la entidad o funcionario encargado del nombramiento que se designe en los Datos del Contrato nombrará, a solicitud de una o ambas Partes y después de consultar con ellas, dicho miembro de la Comisión para la Resolución de Controversias. Este nombramiento será definitivo y concluyente. Cada Parte será responsable de pagar la mitad de la remuneración de la entidad o funcionario encargado del nombramiento.

20.4 Obtención de Decisión de la

Si surge una controversia (de cualquier tipo) entre las Partes en relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras,

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Página 423 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Comisión para la Resolución de Controversias

incluida cualquier controversia relativa a cualquier certificado, decisión, orden, opinión o valoración del Ingeniero, cualquiera de las Partes podrá remitir la controversia por escrito a la Comisión para la Resolución de Controversias para su decisión, con copias a la otra Parte y al Ingeniero. Dicha remisión deberá indicar que el caso se remite con arreglo a esta SubCláusula.

En el caso de una Comisión para la Resolución de Controversias que esté compuesta por tres personas, se considerará que la Comisión ha recibido el caso en la fecha en que lo reciba el presidente de la misma.

Ambas Partes pondrán a disposición de la Comisión para la Resolución de Controversias, tan pronto como sea posible, toda la información adicional requerida y le proporcionarán el acceso necesario al Lugar de las Obras e instalaciones pertinentes que la Comisión pueda requerir para llegar a una decisión sobre dicha controversia. Se considerará que la Comisión no actúa en calidad de árbitro(s).

Dentro del plazo de 84 días contado a partir de la fecha en que reciba el caso en cuestión, o en el plazo que proponga la Comisión para la Resolución de Controversias y aprueben ambas Partes, la Comisión emitirá su decisión, la cual deberá ser fundamentada y expresar que se basa en esta SubCláusula. La decisión será obligatoria para ambas Partes, quienes la cumplirán sin demora, salvo y hasta que sea modificada en una transacción amigable o en un laudo arbitral conforme se señala adelante. A menos que el Contrato haya sido abandonado, rechazado o terminado, el Contratista seguirá ejecutándolas Obras de conformidad con el Contrato.

Si alguna de las Partes está inconforme con la decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias, dicha Parte podrá, dentro del plazo de 28 días después de recibir la decisión, notificar a la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso de arbitraje. Si la Comisión para la Resolución de Controversias no comunica su decisión dentro del plazo de 84 días (o en el plazo que se apruebe de otra forma) después de recibir el caso, entonces cualquiera de las Partes podrá, dentro de los 28 días siguientes al vencimiento de ese plazo, notificar a la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso de arbitraje.

En cualquiera de esos casos, la notificación de inconformidad indicará que la misma se efectúa de conformidad con esta SubCláusula, expondrá el asunto objeto de la controversia y la razón o razones de la inconformidad. A excepción de lo que se señala en las Subcláusulas 20.7 [Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.8 [Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias], ninguna de las Partes tendrá derecho a iniciar un proceso de arbitraje de una controversia si no se ha hecho una

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notificación de inconformidad con arreglo a esta SubCláusula.

Si la Comisión para la Resolución de Controversias ha comunicado a ambas Partes su decisión respecto de un asunto objeto de controversia, y ninguna de ellas ha hecho una notificación de inconformidad dentro del plazo de 28 días después de haber recibido la decisión de la Comisión, la decisión pasará a ser definitiva y obligatoria para ambas Partes.

20.5 Transacción Amigable

Cuando se haya hecho una notificación de inconformidad con arreglo a la SubCláusula 20.4 supra, ambas Partes tratarán de llegar a una transacción amigable antes de iniciar el proceso de arbitraje. Sin embargo, a no ser que ambas Partes acuerden otra cosa, podrá iniciarse un arbitraje en o después del quincuagésimo sexto (56º) día transcurrido desde la fecha de la notificación de inconformidad y de la intención de iniciar un proceso de arbitraje, aún cuando no se hubiere intentado llegar a un acuerdo amigable.

20.6 Arbitraje Salvo que se indique de otra forma en las Condiciones Especiales, cualquier disputa no resuelta amigablemente y respecto de la cual la decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias (de haberse emitido) no haya adquirido carácter definitivo y obligatorio se resolverá en forma definitiva mediante arbitraje internacional. Salvo que ambas Partes acuerden otra cosa:

(a) para contratos con contratistas extranjeros, el arbitraje será internacional, administrado por la institución nominada en los Datos del Contrato y, a elección de dicha institución, de acuerdo con las reglas de arbitraje de la misma (si las hubiere) o las de UNCITRAL,

(b) la sede del arbitraje será la ciudad donde esté localizada la sede de la institución designada,

(c) el arbitraje se llevará a cabo en el idioma para comunicaciones que se define en la SubCláusula 1.4 [Ley e Idioma], y

(d) para contratos con contratistas nacionales, el arbitraje será conducido de acuerdo con procedimientos realizados de acuerdo con las Leyes del País del Contratante.

Los árbitros tendrán plena facultad para abrir, verificar y modificar cualquier certificado, decisión, orden, opinión o tasación del Ingeniero, así como cualquier decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias, que sean pertinentes a la controversia. Nada descalificará a los representantes de las Partes y al Ingeniero para servir de testigo y presentar evidencia ante el árbitro o árbitros en relación con cualquier asunto pertinente a la controversia.

Ninguna de las Partes estará limitada en los procedimientos ante el árbitro o árbitros a las pruebas o argumentos presentados previamente ante la Comisión para la Resolución de Controversias para obtener su decisión, ni a las razones de inconformidad señaladas en su respectiva notificación. Cualquier decisión de la

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Comisión para la Resolución de Controversias será admisible como prueba en el arbitraje.

El arbitraje podrá iniciarse antes o después de la terminación de las Obras. Las obligaciones de las Partes, el Ingeniero y la Comisión para la Resolución de Controversias no serán alteradas a raíz de cualquier proceso de arbitraje que se esté llevando a cabo durante la ejecución de las Obras.

20.7 Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias

En el caso en que una de las Partes incumpla una decisión definitiva y obligatoria de la Comisión para la Resolución de Controversias, la otra Parte podrá, sin perjuicio de los demás derechos que pueda tener, someter dicho incumplimiento a arbitraje con arreglo a la SubCláusula 20.6 [Arbitraje]. Las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.5 [Transacción Amigable] no serán aplicables en este caso.

20.8 Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias

Si surge una controversia entre las Partes en relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras, y no existiere una Comisión para la Resolución de Controversias, ya sea por el vencimiento del nombramiento de la misma o por otra razón:

(a) las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.5 [Transacción Amigable] no se aplicarán, y

(b) la controversia podrá ser sometida directamente a arbitraje con arreglo a la SubCláusula 20.6 [Arbitraje].

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ANEXO

A. Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias

1. Definiciones Cada “Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias” es un acuerdo tripartito celebrado por y entre:

(a) el “ Contratante”;

(b) el “Contratista”; y

(c) el “Miembro” que se define en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias como:

(i) el miembro único de “la Comisión para la Resolución de Controversias” y, cuando sea este el caso, todas las referencias a los “Demás Miembros” no serán aplicables, o

(ii) una de las tres personas que en conjunto se denominan “la Comisión para la Resolución de Controversias” y, cuando este sea el caso, las otras dos personas se llamarán los “Otros Miembros”.

El Contratante y el Contratista han celebrado (o tienen previsto celebrar) un contrato, denominado “el Contrato” y definido en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, que incluye este anexo. En el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, los términos y las expresiones que no se definan de otra manera tendrán el significado que se les atribuya en el Contrato.

2. Disposiciones Generales

Salvo indicación en otro sentido en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, dicho Convenio entrará en vigencia en la última de las siguientes fechas:

(a) la Fecha de Inicio definida en el Contrato,

(b) la fecha en que el Contratante, el Contratista y el Miembro hayan firmado el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, o

(c) la fecha en que el Contratante, el Contratista y cada uno de los Demás Miembros (si los hubiere) hayan firmado respectivamente un convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias.

El empleo del Miembro es un nombramiento personal. En cualquier momento el Miembro podrá, previa notificación con una antelación mínima de 70 días, presentar su renuncia ante el Contratante y el Contratista, y el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias expirará al vencimiento de dicho plazo.

3. Garantías El Miembro garantiza y acuerda que es y será imparcial e independiente con respecto al Contratante, el Contratista y el

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Ingeniero. El Miembro divulgará sin demora a cada uno de ellos y a los Demás Miembros (si los hubiere) cualquier hecho o circunstancia que pareciera inconsistente con su garantía y acuerdo de imparcialidad e independencia.

El nombramiento del Miembro por parte del Contratante y el Contratista, se basa en la declaración del Miembro en el sentido de que:

(a) tiene experiencia en el trabajo que realizará el Contratista en virtud del Contrato,

(b) tiene experiencia en la interpretación de documentos contractuales, y

(c) habla con fluidez el idioma para comunicaciones que se define en el Contrato.

4. Obligaciones Generales del miembro

El Miembro deberá:

(a) no tener interés financiero ni de otra índole en el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, ni ningún interés financiero en el Contrato, salvo por el pago de conformidad con el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(b) no haber sido contratado previamente como consultor ni de otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, salvo en los casos en que se hubiere informado por escrito al Contratante y Contratista, antes de que firmaran el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(c) haber informado por escrito al Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los hubiere), antes de firmar el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias y, a su leal saber y entender, y hasta donde se recuerde, sobre cualquier relación profesional o personal con cualquier director, funcionario o empleado del Contratante, el Contratista o el Ingeniero, así como cualquier participación previa en el proyecto general del que forme parte el Contrato;

(d) no ser contratado, durante la vigencia del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, como consultor o de otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, salvo en lo que puedan haber acordado por escrito el Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los hubiere);

(e) cumplir las normas de procedimiento que se anexan y con lo dispuesto en la SubCláusula 20.4 de las condiciones contractuales;

(f) no asesorar al Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante ni al Personal del Contratista sobre la ejecución PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 428 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

del Contrato, salvo conforme se contempla en las normas de procedimiento que se anexan;

(g) mientras sea Miembro, no discutir ni llegar a acuerdos con el Contratante, el Contratista o el Ingeniero en relación con su contratación por parte de cualquiera de ellos, ya sea como consultor o de otra forma, después de que cese su cargo en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(h) asegurar su disponibilidad para todas las visitas al lugar de las Obras y todas las audiencias que sean necesarias;

(i) familiarizarse con el Contrato y el avance de las Obras (y de cualquier otra parte del proyecto del que forme parte el Contrato) estudiando toda la documentación recibida, que deberá mantenerse en un archivo de trabajo vigente;

(j) tratar como confidenciales y privados los detalles del Contrato y todas las actividades y audiencias de la Comisión para la Resolución de Controversias, no dándoles publicidad ni divulgación sin el consentimiento previo por escrito del Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los hubiere); y

(k) estar disponible para asesorar y opinar, sobre cualquier tema pertinente del el Contrato, cuando se lo soliciten tanto el Contratante como el Contratista, sujeto al acuerdo de los Demás Miembros (si los hubiere).

5. Obligaciones Generales del Contratante y el Contratista

El Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante y el Personal de Contratista no solicitarán asesoría ni consultarán con el Miembro sobre el Contrato, salvo en el curso normal de las actividades de la Comisión para la Resolución de Controversias en virtud del Contrato y del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias. El Contratante y el Contratista velarán por el cumplimiento de esta disposición por parte del Personal del Contratante y el Personal del Contratista, respectivamente.

El Contratante y el Contratista se comprometen mutuamente y frente al Miembro a que, salvo en casos en que el Contratante, el Contratista y el Miembro y los Demás Miembros (si los hubiere) acuerden otra cosa por escrito, el Miembro:

(a) no será nombrado árbitro en ningún proceso de arbitraje que se realice en virtud del Contrato;

(b) no será llamado como testigo en relación con cualquier controversia sometida a uno o más árbitros designados para cualquier proceso de arbitraje que se realice en virtud del Contrato; y

(c) no será responsable por ninguna reclamación que se haga sobre cualquier acción u omisión en el ejercicio o supuesto PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 429 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

ejercicio de las funciones como Miembro, a menos que se demuestre que dicho acto u omisión se realizó de mala fe.

El Contratante y el Contratista por medio del presente, en forma conjunta y solidaria, indemnizan y liberan al Miembro de cualquier reclamación de cuya responsabilidad se le libere con arreglo al párrafo anterior.

Cuando el Contratante o el Contratista refieran una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias en virtud de la SubCláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, frente a lo cual el Miembro se vea obligado a hacer una visita al lugar de las Obras y asistir a una audiencia, el Contratante o el Contratista suministrarán la garantía adecuada por el monto equivalente a los gastos razonables en que pueda incurrir el Miembro. No se considerará ningún otro pago adeudado o pagado al Miembro.

6. Pago El Miembro será remunerado en la moneda que se designe en la Comisión para la Resolución de Controversias, de la siguiente manera:

(a) un honorario anticipado por mes calendario, el cual se considerará como pago total por:

(i) estar disponible, previa notificación de 28 días, para todas las visitas al lugar de las Obras y las audiencias;

(ii) familiarizarse y estar al día con todos los hechos atinentes al proyecto y mantener archivos pertinentes;

(iii) todos los gastos de oficina y generales, que incluyen servicios secretariales, fotocopias y suministros de oficina relacionados con sus funciones; y

(iv) todos los servicios prestados en virtud del presente Convenio, excepto por los que se mencionan en los incisos (b) y (c) de esta Cláusula.

El honorario anticipado se pagará con vigencia a partir del último día del mes calendario en que entre en vigencia el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias y hasta el último día del mes calendario en que se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente por la totalidad de las Obras.

A partir del primer día del mes calendario posterior al mes en el que se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a la totalidad de las Obras, el honorario anticipado antedicho se reducirá en un tercio. Este honorario reducido se pagará hasta el primer día del mes calendario en que renuncie el Miembro o se dé por terminado de otra manera el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;

(b) una tasa diaria que se considerará el pago completo por PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 430 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

concepto de:

(i) cada día completo o parte de un día, hasta un máximo de dos días de viaje en cada dirección, por el viaje entre el domicilio del Miembro y el lugar de las Obras, u otro lugar de reunión con los Demás Miembros (si los hubiere);

(ii) cada día de trabajo dedicado a visitas al Lugar de las Obras, audiencias o la preparación de decisiones; y

(iii) cada día dedicado a la lectura de documentación presentada en preparación para una audiencia;

(c) todos los gastos razonables, incluidos gastos de viaje necesarios (boleto aéreo en clase inferior a primera, hotel y viáticos, así como otros gastos directos de viaje) en que incurra en relación con el ejercicio de sus funciones como Miembro, así como el costo de llamadas telefónicas, servicios de mensajero especial (courier), fax y télex. Será necesario presentar un recibo para todos los componentes que excedan el 5% de la tasa diaria a que se hace referencia en el inciso (b) de esta Cláusula;

(d) cualquiera de los impuestos establecidos en el País sobre los pagos que se hagan al Miembro (salvo que se trate de un ciudadano o de un residente permanente del País) en virtud de esta Cláusula 6.

Los honorarios anticipados y la tasa diaria serán los que se especifiquen en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias. Salvo que se especifique otra cosa, esos honorarios y esa tasa serán fijos durante los primeros 24 meses calendario y serán ajustados con posterioridad a ese período por acuerdo entre el Contratante, el Contratista y el Miembro, en cada aniversario de la fecha en que haya entrado en vigor el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias.

Si las partes no llegan a un acuerdo respecto del honorario anticipado o la tasa diaria del Miembro, la entidad designada o el funcionario encargado del nombramiento que se señalen en los Datos del Contrato determinarán el monto de los honorarios y la tasa que se usarán.

El Miembro presentará facturas para el pago de los honorarios anticipados mensuales y boletos aéreos, por trimestres adelantados. Las facturas de los demás gastos y las tasas diarias se presentarán después de efectuada una visita al lugar de las Obras o una audiencia. Todas las facturas serán acompañadas de una breve descripción de las actividades realizadas durante el período en cuestión e irán dirigidas al Contratista.

El Contratista pagará cada factura del Miembro en su totalidad dentro del plazo de 56 días calendario después de recibir cada

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Página 431 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

factura, y solicitará al Contratante (en las Declaraciones con arreglo al Contrato) el reembolso de la mitad del importe de dichas facturas. El Contratante pagará al Contratista de conformidad con el Contrato.

Si el Contratista no paga al Miembro el monto que le corresponda en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante pagará al Miembro la suma adeudada y cualquier otro monto que sea necesario para mantener en funcionamiento la Comisión para la Resolución de Controversias, sin perjuicio de los derechos o recursos del Contratante. Además de todos los demás derechos que se deriven de este incumplimiento, el Contratante tendrá derecho al reembolso de todos los montos pagados en exceso de la mitad de dichos pagos, más todos los costos que suponga la recuperación de dichos montos y los correspondientes cargos financieros calculados a la tasa especificada en la SubCláusula 14.8 de las Condiciones del Contrato.

Si dentro de los 70 días posteriores a la entrega de una factura válida el Miembro no recibe el pago del monto adeudado, éste podrá: (i) suspender sus servicios (sin notificación) hasta que reciba el pago, o (ii) renunciar a su nombramiento mediante notificación con arreglo a la Cláusula 7.

7. Terminación En cualquier momento: (i) el Contratante y el Contratista podrán terminar conjuntamente el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, previa notificación al Miembro con una antelación mínima de 42 días; o (ii) el Miembro podrá renunciar de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 2.

Si el Miembro no cumple el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista podrán, sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio mediante notificación al Miembro. La notificación entrará en vigencia cuando sea recibida por el Miembro.

Si el Contratante y el Contratista no cumplen el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Miembro podrá, sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio mediante notificación al Contratante y al Contratista. La notificación entrará en vigencia cuando estos dos últimos la reciban.

Cualquiera de esas notificaciones, renuncias o terminaciones serán definitivas y obligatorias para el Contratante, el Contratista y el Miembro. Sin embargo, una notificación emitida por el Contratante o el Contratista, pero no por ambos, carecerá de validez.

8. Incumplimiento del Miembro

Si el Miembro no cumple cualquiera de sus obligaciones de conformidad con la Cláusula 4 (a) - (d) supra, no tendrá derecho a ningún pago ni gastos en virtud del presente y, sin perjuicio de sus demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 432 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Contratista cualquier pago o gastos recibidos por el Miembro o los Demás Miembros (si los hubiere), en concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.

Si el Miembro no cumple cualquiera de las obligaciones establecidas en la Cláusula 4 (e) - (k) supra, no tendrá derecho a recibir ningún pago ni gastos estipulados en el presente a partir de la fecha y en la medida del incumplimiento y, sin perjuicio de sus demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al Contratista los pagos y gastos que ya hubiere percibido el Miembro por concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.

9. Controversias Cualquier controversia o reclamo que surjan de, o con relación a, este Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, o el incumplimiento, la terminación o la invalidez de dicho convenio, deberá ser sometido a arbitraje institucional para su resolución definitiva. Si no se llega a un acuerdo respecto del instituto de arbitraje, el arbitraje se regirá por el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y será conducido por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento.

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Página 433 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa, la Comisión para la Resolución de Controversias realizará visitas al lugar de las Obras en intervalos no mayores de 140 días, incluidas las épocas de construcciones críticas, a solicitud del Contratante o el Contratista. Salvo que el Contratante, el Contratista y la Comisión para la Resolución de Controversias acuerden otra cosa, el período entre visitas consecutivas no será inferior a 70 días, excepto en la medida requerida para convocar una audiencia conforme se señala más abajo.

La oportunidad y el programa de cada visita al lugar de las Obras serán acordados en forma conjunta por la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista o, en ausencia de un acuerdo, serán decididos por la Comisión para la Resolución de Controversias. El objeto de las visitas al lugar de las Obras es permitir que dicha Comisión se familiarice y se mantenga al día con el avance de las Obras y cualquier problema o reclamación real o potencial, y, en la medida de lo posible, haga todo lo que esté a su alcance para evitar que los problemas o reclamaciones potenciales se conviertan en controversias.

El Contratante, el Contratista y el Ingeniero asistirán a las visitas al lugar de las Obras, cuya coordinación estará a cargo del Contratante en cooperación con el Contratista. El Contratante se encargará de que se cuente con instalaciones de conferencia y servicios secretariales y de fotocopia adecuados. Al concluir cada visita y antes de abandonar el lugar de las Obras, la Comisión para la Resolución de Controversias elaborará un informe de las actividades realizadas durante la visita y enviará copias del mismo al Contratante y el Contratista.

El Contratante y el Contratista entregarán a la Comisión para la Resolución de Controversias una copia de todos los documentos que solicite, incluidos documentos contractuales, informes de avance, instrucciones de variaciones, certificados y otros documentos relacionados con el cumplimiento del Contrato. Todas las comunicaciones entre la Comisión para la Resolución de Controversias y el Contratante o el Contratista se realizarán con copia a la otra Parte. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas, el Contratante y el Contratista enviarán copias de los documentos solicitados y las comunicaciones a cada una de esas personas.

Si se remite una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias de conformidad con la SubCláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, dicha Comisión procederá según se establece en la SubCláusula 20.4 y estas normas. Con sujeción al plazo para notificar sobre una decisión y otros factores pertinentes, la Comisión para la Resolución de Controversias deberá:

(a) actuar justa e imparcialmente entre el Contratante y el Contratista, dándole a cada uno de ellos oportunidad razonable para presentar su caso y de responder al caso del otro, y

(b) adoptar procedimientos adecuados para la controversia, sin incurrir en demoras ni gastos innecesarios.

La Comisión para la Resolución de Controversias podrá realizar una audiencia sobre la controversia, en cuyo caso decidirá respecto de la fecha y el lugar en que se llevará a cabo, y podrá solicitar que antes de la audiencia o durante la misma se le presenten documentación y argumentos escritos del Contratante y el Contratista.

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Página 434 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa por escrito, la Comisión para la Resolución de Controversias tendrá la facultad de adoptar un procedimiento inquisitorio, negar a cualquier persona, excepto los representantes del Contratante, el Contratista y el Ingeniero, admisión a las audiencias y el derecho a ser oído en las mismas, y proceder en ausencia de cualquier parte que según la Comisión para la Resolución de Controversias haya recibido notificación de la audiencia; pero tendrá discreción para decidir si, y en qué medida, ejercerá dicha facultad.

El Contratante y el Contratista facultan a la Comisión para la Resolución de Controversias, entre otros aspectos, a:

(a) establecer el procedimiento que se aplicará para resolver una controversia;

(b) decidir sobre la jurisdicción de la Comisión para la Resolución de Controversias y sobre el alcance de cualquier controversia que se le presente;

(c) realizar las audiencias que considere necesarias, sin someterse a otras normas o procedimientos que no sean los que se contemplan en el Contrato y en estos procedimientos;

(d) tomar la iniciativa para establecer los hechos y los asuntos necesarios para la toma de una decisión,

(e) hacer uso de sus conocimientos especializados, si los tuviere,

(f) decidir sobre el pago de cargos financieros de conformidad con el Contrato,

(g) decidir sobre cualquier recurso de reparación provisional, tales como medidas temporales o de conservación, y

(h) abrir, examinar y modificar cualquier certificado, decisión, , orden, opinión o tasación del Ingeniero, que sea pertinente para la controversia.

La Comisión para la Resolución de Controversias no expresará ninguna opinión durante las audiencias en relación con los argumentos presentados por las Partes. Posteriormente, la Comisión para la Resolución de Controversias tomará y anunciará su decisión de conformidad con la SubCláusula 20.4, o en la forma en que acuerden el Contratante y el Contratista por escrito. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas:

(a) se reunirá en privado después de las audiencias, a fin de deliberar y preparar su decisión;

(b) tratará de llegar a una decisión unánime. Si ello resultara imposible, la decisión se tomará por mayoría de los Miembros, quienes podrían solicitar al Miembro minoritario que prepare un informe escrito para el Contratante y el Contratista; y

(c) si un Miembro no asiste a una reunión o audiencia o no cumple cualesquiera funciones necesarias, los otros dos Miembros podrán proceder de todas maneras a tomar a una decisión, a menos que:

(i) el Contratante o el Contratista no estén de acuerdo en que lo hagan, o

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Página 435 Sección VII – Condiciones Contractuales y Formularios de Contrato

(ii) el Miembro ausente sea el presidente de la Comisión para la Resolución de Controversias e instruya a los Miembros que no tomen ninguna decisión.

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Página 436 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Sección VIII. Condiciones Especiales (CE) Las siguientes Condiciones Especiales complementarán las CG. En casos de discrepancia, las presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG.

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Página 437 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Datos del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos

Nombre y dirección del Contratante

1.1.2.2 y 1.3 El Contratante es: Unidad de Proyectos Especiales Plan Hidráulico (UPEPH), del Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Av. Martin García 350 5° Piso CP 1165- Horario de 10.00 a 16.00 hs. C. Electrónico: [email protected] TEL: 54 (11) 5030-9400 int 5210

Nombre y dirección del Ingeniero

1.1.2.4 y 1.3

A definir oportunamente por el Contratante.

Nombre del Banco 1.1.2.11 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF (El Banco)

Nombre del Prestatario 1.1.2.12 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Plazo de Ejecución 1.1.3.3 El plazo total de ejecución es de trescientos sesenta y cinco (365) días.

Período de Notificación de Defectos

1.1.3.7 Trescientos sesenta y cinco (365) días, a partir de la última Recepción Provisoria del contrato

Secciones 1.1.5.6 No aplica.

Sistemas de transmisión electrónica

1.3 Las comunicaciones serán por escrito únicamente.

Comunicaciones 1.3 Las comunicaciones del Ingeniero hacia el contratista, así como las del Contratista hacia el Ingeniero o al Contratante deberán ser efectuadas por escrito a partir de la Fecha de Comienzo de las Obras, y se realizarán exclusivamente a través de los siguientes documentos:

a) Órdenes de Servicio: documento emitido por el Ingeniero, mediante el cual ésta o el Contratante se comunicarán con el Contratista con relación a los temas vinculados con el inicio, desenvolvimiento y ejecución del contrato. También se anotarán en él libro “Órdenes de Servicio” los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.

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Página 438 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos

b) Notas de Pedido: documento emitido por el Contratista y enviado al Ingeniero, mediante el cual el Contratista se comunicará con el Ingeniero o con el Contratante. En este libro el Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas constructivas, observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración y otros vinculados con todos los aspectos relacionados al desarrollo de las obras que a su juicio requiera el conocimiento y/o intervención del Contratante. Respecto de los pedidos de aprobación, los mismos deberán ser firmados por su Representante de Obra y en dicho libro el Inspector procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo y firmando al pie.

c) Actas: documento en que ambas partes dejarán constancia de los hechos que según el Contrato requirieran tal formalidad.

Las Órdenes de Servicio se emitirán por triplicado, con numeración correlativa y cronológicamente. Llevarán la firma del Ingeniero y la constancia de recepción de los tres ejemplares por parte del Representante Técnico del Contratista. Dicha recepción deberá incluir la fecha, hora y firma del Representante Técnico o delegado. Las Notas de Pedido se emitirán por triplicado, con numeración correlativa y cronológicamente. Llevarán la firma del Representante Técnico de la Contratista y la constancia de recepción de los tres ejemplares por parte del Ingeniero. Dicha recepción deberá incluir la fecha, hora y firma del Ingeniero o delegado. Las Actas se emitirán por triplicado con numeración correlativa y cronológicamente. Llevarán las firmas del Ingeniero, del Representante Técnico del Contratista, y si la formalidad del evento así lo requiriese, tal como el caso de las Actas de Recepción, la firma del Contratante. El Contratista y el Ingeniero podrán acordar

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Página 439 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos modelos para los documentos de comunicación convenientes para el manejo de la obra, siguiendo los lineamientos generales detallados precedentemente. A los fines de la presente cláusula, se utilizarán los domicilios indicados en el Contrato. El Contratista y el Ingeniero podrán acordar un lugar más conveniente para la recepción de las comunicaciones. El día lunes de cada semana y a partir de la emisión de la primera comunicación, el Contratista le entregará al Ingeniero, en el soporte electrónico que resulte conveniente y bajo formato Microsoft Word, Excel, Autocad, o Project (últimas versiones vigentes), copia de todas las Notas de Pedido, Cuadros, Planos y demás notificaciones que hayan sido emitidas durante la semana anterior. En caso de diferencias entre la documentación en papel y el contenido de los soportes electrónicos, prevalecerá la documentación en papel.

Ley aplicable 1.4 Leyes vigentes en la República Argentina y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplimiento de leyes y normas reglamentarias

1.4 Se agrega: El Contratista ejecutará las obras de acuerdo con las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas de cualquier autoridad Colegio Profesional, o Caja Previsional, relacionada con la ejecución de las obras, así como las normas técnicas establecidas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego, debiendo tramitar y obtener todos los premisos que dichas autoridades requieran, debiendo presentar todos los planos y documentos que se le requieran, firmados por los profesionales que en cada caso corresponda. Es responsabilidad del Contratista verificar que los documentos del Contrato estén de acuerdo a dichas disposiciones y de notificar por escrito cualquier contradicción que exista entre ellos. Si el Contratista obra con conocimiento de tales contradicciones y sin notificarlas, asumirá total responsabilidad por las consecuencias que surjan. El Contratista mantendrá indemne al Contratante contra toda

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Página 440 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos clase de multas y responsabilidades por infracción de cualquiera de dichas disposiciones. Asimismo, el Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones vigentes relativas al ejercicio profesional de la ingeniería y/o de cualquier otra profesión que por la ejecución del contrato corresponda aplicar, nombrando los responsables técnicos que dichas reglamentaciones prevean, estando a su cargo y costo el pago de todos los aranceles, matriculaciones, aportes, etc., que por el ejercicio profesional y/o la firma profesional de proyectos de obra, dirección de obras, permisos, planos o cualquier otra documentación, exijan las autoridades nacionales o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, los Colegios Profesionales y las Cajas Previsionales respectivas.

Idioma que rige 1.4 Español

Idioma para comunicaciones

1.4 Español

Plazo para acceder al Lugar de las Obras

2.1 Siete (7) días después de la fecha de inicio

Obligaciones y Autoridad del Ingeniero

3.1(b)(ii) Las variaciones que aumenten el Monto Contractual Aceptado en más del uno por ciento (1%) deberán ser aprobadas por el Contratante.

Obligaciones del Contratista

4.1 Se agrega: El Contratista obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización, aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes, incluyendo y sin perjuicio de los que pudieran ser requeridos para las interferencias e intervenciones en el espacio público. Está facultado para contactar a las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales, o de ser necesaria una modificación a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecución del proyecto. El Contratista deberá presentar al Ingeniero un programa detallado y un plan de manejo de todos los permisos y licencias que sean requeridos para la obra ya sea que estas sean suministradas por el GCBA, o por otras autoridades nacionales con competencias sectoriales, y que se requieran para ejecutar PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 441 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos las obras y trabajos. Los costos de todas las acciones, permisos y declaraciones, deberán ser incluidos dentro de los trabajos generales de la obra, no recibiendo pago directo alguno por parte del Comitente. Los permisos que debe obtener El Contratista incluyen, pero no estarán limitados a los permisos operacionales, los siguientes:

Permisos de utilización de agua. Disposición de materiales de

excavaciones. Localización del Obrador. Disposición de residuos sólidos. Disposición y/o tratamiento de

residuos peligrosos Descarga de efluentes líquidos y

gaseosos, permisos de descarga. Permisos de transporte: incluyendo el

transporte de residuos peligrosos como combustibles, aceites usados y otros insumos de obra, sólidos y líquidos.

Permisos para la realización de desvíos, cierre temporal de accesos a propiedades privadas, etc.

Permiso para la colocación de volquetes.

Permisos de extracción de ejemplares arbóreos

Permiso de intervención en cercanías de Monumentos Históricos Nacionales

Emisiones sonoras El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecución de las obras a las resoluciones y dictámenes que emitan las autoridades del GCBA competentes.

Garantía de Cumplimiento 4.2 La Garantía de Cumplimiento se presentará en forma de garantía a la vista por valor de diez por ciento (10%) del Monto Contractual Aceptado y en la(s) misma(s) moneda(s) de dicho monto. Deberá ser expedida por un Banco del país del Contratante o un Banco extranjero a través de un Banco corresponsal domiciliado en el país del Contratante emitida de acuerdo

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Página 442 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos con los Formularios de Contrato de la Sección IX. Nota: No se aceptará póliza de seguro de caución como Garantía de Cumplimiento

Horario normal de trabajo 6.5 Según Legislación vigente de la República Argentina.

Indemnización por demora de las Obras

8.7 y 14.15(b)

Cero coma cero cinco por ciento (0,05%) del Precio del Contrato por día. También se aplicará Compensación por Liquidación de Daños y Perjuicios cuando la certificación acumulada registre una disminución superior al diez por ciento (10%) respecto de la establecida en la Curva de Certificaciones a la que se refiere la cláusula 8.3 de las Condiciones Generales del Contrato. Esta compensación se aplicará en cada mes en que presente dicha deficiencia, por el equivalente a los siguientes porcentajes del Precio del Contrato: Atraso incurrido Multa de aplicación Hasta 10% 0% Más de 10% y hasta20% 1,5% Más de 20% 2,5% Más de 30% (*) ( * ) Habilita al Contratante a la Rescisión del Contrato La Compensación por Daños y Perjuicios a la que se refiere el párrafo anterior tendrá carácter preventivo, es decir que si la Contratista recupera parcial o totalmente los atrasos antes de llegar al tope máximo de Compensación, a pedido del Contratista, el Contratante condonará las compensaciones acreditando los montos retenidos, parcial o totalmente según corresponda y con las deducciones pertinentes. Dichos montos le serán acreditados con la emisión del Certificado de Terminación de los Trabajos, no asistiendo al Contratista derecho a reclamar ningún tipo de interés sobre el particular. Agregado. Por incumplimiento de Órdenes de Servicio se aplicará una multa del 0,02% del monto contractual reajustado, por cada semana (o fracción) de incumplimiento.

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Página 443 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos

Monto máximo de indemnización por demora

8.7 Diez por ciento (10%) del Precio Final del Contrato.

Montos Provisionales 13.5(b)(ii) No aplica.

Ajustes por Cambios en el Costo

13.8 Los precios del contrato estarán sujetos a ajuste. La metodología para el ajuste de los montos en pesos se ha definido con base en la Resolución Conjunta 272/2003 y 175/2003 del Ministerio de Economía y la Secretaría de Obras Públicas, que se adjunta como Anexo a estas CEC. Los índices a utilizar para el ajuste del precio de la oferta expresado en monedas extranjeras serán los que haya suministrado el Contratista en su oferta y hayan sido aprobados por el Contratante Los parámetros de ponderación, tanto para la moneda local como la internacional, serán los establecidos en el Anexo “Ajuste de Precios CEC 13.8” del presente documento.

Total pago anticipado 14.2 Diez por ciento (10%) del Monto Contractual Aceptado, que deberá pagarse en las monedas y las proporciones en que sea pagadero dicho monto y a más tardar a 60 días de la firma del Contrato. Será descontado de los sucesivos Certificados de Obra en una proporción igual al del avance neto de cada uno, debiendo quedar dicho anticipo totalmente reembolsado con la Certificación Final de Obra.

Tasa de amortización de pago anticipado

14.2(b) No aplica

Porcentaje de Retención 14.3 Cinco por ciento (5%)

Límite del Monto de Retención

14.3 Cinco por ciento (5%) del Monto Contractual Aceptado. Estos descuentos se realizarán sin perjuicio de la garantía de cumplimiento del Contrato. Dicha retención no devengará intereses ni actualizaciones de ningún tipo a favor del Contratista

Equipos y Materiales 14.5(b)(i) No aplica.

14.5(c)(i) No aplica.

Monto Mínimo de Certificados Provisionales de Pago

14.6 No aplica.

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Página 444 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones SubCláusula Datos

Pagos 14.7 Se reemplazan los plazos de pago por los siguientes: a) la primera cuota del pago anticipado,

dentro de un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de emisión de la Carta de Aceptación.

b) el monto certificado en cada Certificado de Pago Provisional, dentro de los sesenta (60) días posteriores al momento en que el Ingeniero haya recibido la Declaración y los documentos justificativos.

c) el monto certificado en el Certificado de Pago Final, dentro de los sesenta (60) días posteriores al momento en que el Contratante haya recibido dicho certificado.

Declaración de terminación

14.10 Formando parte de la documentación complementaria de la Declaración de Terminación, el Contratista incorporará los Planos conforme a Obra y el Manual de Operación y Mantenimiento vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Responsabilidad máxima total del Contratista ante el Contratante

17.6 El producto de uno coma quince (1,15) por el Monto Contractual Aceptado

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Página 445 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos Requisitos generales en materia de seguros/ Seguros de las Obras y Equipos del contratista/Seguros Contra lesiones Personales y daños a la Propiedad

18.1 Las pólizas de seguro deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del Contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la Obra o de la relación contractual, el Contratista deberá presentar al Comitente, las pólizas en original y copia, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas. El Comitente emitirá un “Control de Póliza” provisorio que habilitará al Contratista al inicio de los trabajos. Posteriormente, y siempre antes de la fecha de vencimiento del “Control de Póliza” o de presentar el primer certificado de obra o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. El Comitente extenderá un “Control de Póliza” que habilitará al Contratista al cobro de certificados y/o continuación de los trabajos. El Ingeniero no permitirá el inicio de las obras, hasta que el Contratista no haya presentado el Control de las pólizas correspondiente. Será obligación del Contratista notificar a los aseguradores de cualquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de esta Subcláusula, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros no limita ninguna responsabilidad contractual o extracontractual, u obligación del Contratista hacia terceros o hacia el Comitente. En consecuencia el Contratista se hará cargo de PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 446 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, el Comitente. no será responsable por suma alguna que el Contratista se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas: a) Las condiciones generales y particulares de las coberturas requeridas no podrán ser modificadas o anuladas sin autorización del Comitente. b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar al Comitente cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del Contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación al Comitente. El Comitente se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda, evolución y situación de los siniestros, etc. No se admitirá en ningún caso el autoseguro. Plazos para entregar los seguros: a). comprobantes de seguros: Dentro de los catorce (14) días posteriores a la fecha de firma de la contrata (con vigencia de los seguros desde la fecha de inicio de la obra). b). pólizas relevantes: Dentro de los catorce

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Página 447 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos (14) días anteriores a la fecha de inicio de la obra (con vigencia de los seguros desde la fecha de inicio). c) Seguro Ambiental: Dentro de los catorce (14) días anteriores a la fecha de inicio de la obra (con vigencia de los seguros desde la fecha de inicio).

Monto máximo de cantidades deducibles del seguro contra riesgos del Contratante

18.2(d) El Contratista contratará cada seguro con aseguradoras bajo los términos aprobados por el Contratante. Estos términos deben ser consistentes con los términos acordados por ambas Partes antes de la firma del Contrato. El Contratista contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamentación vigente, pero incluirá como mínimo, por los montos totales y las franquicias estipuladas en el presente, los siguientes seguros: Seguro contra todo riesgo en la Zona de obras: El contratista suscribirá contra todo riesgo en la Zona de Obras, para beneficio conjunto del Contratista y sus Subcontratistas, el Contratante y el Ingeniero. Dicho seguro cubrirá la totalidad de los daños materiales que puedan sufrir las obras objeto del Contrato, incluyendo los daños debidos a defectos de concepción, diseño, materiales de construcción, o de la realización, por las cuales el Contratista es responsable en virtud del Contrato. Este seguro deberá cubrir también los daños materiales ocasionados a bienes y propiedades del Contratante y los daños debidos a fenómenos naturales. Seguro contra daños a terceros: El Contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que cubrirá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el período de garantía. La póliza de seguro debe especificar que el personal del Contratante, del Ingeniero, así como de otras empresas que se encuentren en la Zona de Obras, se considerará como terceros a efectos de este seguro, que será de cobertura ilimitada en lo que respecta a los daños corporales. Seguros contra accidentes del trabajo: El Contratista suscribirá todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo,

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Página 448 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos requeridos por la reglamentación aplicable. El Contratista será responsable de que sus Subcontratistas también cumplan con esta obligación. El Contratista mantendrá indemne al Contratante y al Ingeniero frente a todos los recursos que el personal del Contratista o el de sus Subcontratistas pudieran interponer en este sentido. Póliza de Seguro Ambiental de incidencia Colectiva: Las actividades que demanda la prestación del servicio objeto de la presente licitación, encuadran en la Ley 25.675 “Ley General del Ambiente” y todas las reglamentaciones aplicables. Para los efectos del presente Contrato se requieren las siguientes pólizas de seguros por los montos mínimos que se indican a continuación: - Monto máximo de la franquicia del seguro contra daños a terceros: sin franquicia. Cobertura mínima del seguro contra daños a terceros: treinta por ciento (30%) del monto del Contrato. - Monto máximo de la franquicia y cobertura mínima del seguro contra accidentes del trabajo: Se aplicará la reglamentación vigente en la República Argentina. - Seguro de los equipos del contratista: por la totalidad de los equipos. - Monto máximo de la franquicia del seguro contra todo riesgo en la zona de las obras: sin franquicia. Cobertura mínima del seguro contra todo riesgo en la zona de las obras: ciento quince por ciento (115%) del precio del contrato. - Seguro Ambiental El Contratante exigirá antes de la iniciación de los trabajos, la acreditación fehaciente por parte del Contratista y en su caso, cada uno de los subcontratistas cumplimente con las disposiciones de la Ley Nacional Nº 24557 –Riesgos del Trabajo-y sus normas reglamentarias y complementarias. Las Pólizas de Seguro deberán tener la siguiente cláusula: “La Póliza no podrá ser anulada sin el consentimiento previo del

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Página 449 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos Contratante. En caso de producirse algún siniestro cubierto por estos seguros, se deberá informar fehacientemente al Contratante sobre el hecho dentro de las 24 (veinticuatro) horas de producido, con un detalle del lugar, causas y consecuencias en cosas y/o personas. Asimismo, el Ingeniero, informará del siniestro en forma inmediata al Contratante, realizando además las denuncias del caso. El Contratista presentará periódicamente al Ingeniero, con cada certificación, copias de los comprobantes de pago de las Pólizas de seguro correspondientes enumerados más arriba.

Monto mínimo del seguro de responsabilidad civil (contra riesgos de terceros)

18.3 Aplica la previsión de la cláusula 18.2 (d) de las CEC

Seguro para el Personal del Contratista

18.4 Sin perjuicio de las normas hoy vigentes y referidas a la obligatoriedad por parte de la firma beneficiada de contratar la cobertura por eventuales accidentes de trabajos que sufra su personal dependiente, la misma deberá hacerse cargo íntegramente de toda suma por eventuales indemnizaciones basadas en el Código Civil y que excedan el marco de la Ley de Accidentes de Trabajo, eximiendo por lo tanto al Comitente y a sus accionistas del pago de toda suma por dicho concepto. Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional: “... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el G.C.A.B.A., sus funcionarios, empleados y obreros, y la Inspección de Obras, bien sea con fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de empresa contratista alcanzada por la cobertura de la presente póliza, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. “... ART se compromete a notificar fehacientemente al Comitente toda omisión de pago y/u otro hecho de cualquier

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Página 450 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos naturaleza en que incurriere el Asegurado principal y que causare: suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión o pérdida de vigencia, total o parcial, de la póliza, con una anticipación mínima de 15 días corridos, respecto de la fecha en que pudieren verificarse tales circunstancias.”

Seguro ambiental 18.5 Agregado: El contratista deberá contratar una póliza del Seguro Ambiental con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que la prestación pudiera producir conforme lo normado por el Art. 22 de la Ley 25.675. La Compañía Aseguradora contratada deberá estar autorizada a funcionar y a comercializar Seguros Ambientales por la Autoridad competente en materia de seguros, la Superintendencia de Seguros de la Nación y por la Autoridad competente en materia ambiental, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, lo que deberá ser debidamente acreditado por el Contratista. La cobertura debe permitir hacer frente a las operaciones de remediación a la brevedad, por lo cual debe ser ajena e independiente de cualquier otra responsabilidad ya sea penal, civil, administrativa o de otros hechos cualesquiera y, en consecuencia, no quedar reducida o agotada por gastos, reclamaciones o exigencias no vinculadas a la cobertura, ni aplicarse a ningún fin distinto del que se ha justificado en su constitución. a) Vigencia El Seguro Ambiental deberá encontrarse vigente durante todo el período contractual, incluidas sus posibles prórrogas. Se encontrarán cubiertos todos los siniestros cuya causa haya acontecido y se haya denunciado durante la vigencia de la póliza. El Contratista deberá acreditar la constitución del mismo y su vigencia durante todo el período contractual y sus posibles prórrogas, mediante la presentación de la póliza. Ante la falta de presentación periódica de los comprobantes que acrediten en forma fehaciente el pago de la prima del seguro

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Página 451 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos contratado no se dará conformidad a las obras o servicios prestados.

b) Particularidades de la Póliza En la póliza deberá indicarse que el contratista reviste el carácter de “Tomador”, y que el “Asegurado” es el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/ó el Organismo descentralizado de Gobierno correspondiente.- c) Responsabilidad del Adjudicatario En orden a determinar la suficiencia de la garantía prevista en la citada norma para la recomposición del daño se contemplan situaciones generales de riesgo, casos tipo y costos de remediación locales, sin considerar situaciones particulares que podrán originar aumento de los mismos, motivo por el cual, en el caso de superar niveles mínimos obligados en la póliza serán responsabilidad única del titular.- El contratista será el único responsable de los perjuicios que ocasionare al medioambiente y/o a terceros por la inobservancia o deficiencia del seguro ambiental exigido en este artículo, y por las acciones u omisiones que pongan en riesgo la vigencia de la cobertura, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjere en este caso. El incumplimiento por parte del contratista de las exigencias establecidas en materia de seguro ambiental, causa de pleno derecho la rescisión del contrato.

Fecha límite para el nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias

20.2 Veintiocho (28) días después de la Fecha de Inicio

Número de miembros de la Comisión para la Resolución de Controversias

20.2 Un (1) miembro.

Lista de posibles miembros únicos de la Comisión para la Resolución de Controversias

20.2 Se designará en fecha previa a la apertura de las ofertas.

Entidad o funcionario encargado del

20.3 Academia Nacional de Ingeniería de la República Argentina.

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Página 452 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos nombramiento (de no llegarse a un acuerdo)

Reglas de arbitraje 20.6(a) Contrato con un contratista del país del contratante: Cualquier disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, rescisión, o anulación del mismo, que no fueran resueltas amigablemente y respecto de las cuales la decisión del Conciliador no haya sido aceptada por alguna de las partes, se resolverá en forma definitiva través de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contrato con un contratista extranjero: Cualquier disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, rescisión, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI). El lugar de arbitraje será: Montevideo, Uruguay.

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Página 453 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Anexo Ajuste de Precios Cláusula 13.8 (CE)

Ajuste en Moneda Nacional

Para la porción de la oferta en moneda nacional los contratistas deben proponer la ponderación de la incidencia de cada índice de la fórmula de ajuste de acuerdo a lo establecido en la Tabla A que se encuentra en la Sección IV Formularios de Licitación. La ponderación propuesta deberá ser aceptada por el Contratante. La parte del Contrato correspondiente a pesos ($), está sujeta a ajuste de precios de acuerdo a la Metodología para la redeterminación de precios de obra para contratos financiados por el Banco Mundial, establecida por la Resolución Conjunta 272/03 y 175/03 de los Ministerios de Economía y Secretaría de Obras Públicas del 15/04/03 con sus modificaciones. Los indicadores de precios básicos serán fijos y deberán corresponder al del mes anterior al de la oferta. El componente no ajustable del precio redeterminado (Pi), será 0,10. El coeficiente de ajuste (AJ) aplicable será el siguiente:

AJ = 0.10 + 0.90 x FRIN Dónde: FRIN = Factor de redeterminación correspondiente al mes i para la moneda nacional La expresión matemática del factor de Redeterminación (FRIN) es la siguiente:

FRIN = [aM x FMi + aEM x FEMi + aMO x (MOi/MOo) + aT x (Ti/To) + acl (CLi/ CL0)]

Donde:

I) FMi=bM1 x (M1i/M1o) + bM2 x (M2i/M2o) + bM3 x (M3i/M3o) + ......+ bMn x (Mni/Mno) Es el factor de variación de precios del componente Materiales, pondera la variación de los precios de los principales materiales. II) FEM = CAE x (AEi/AEo) + CRR x (0,7 x (AEi/AEo) + 0,3 x (MOi/MOo)) Es el factor de variación de precios del componente Equipos y Máquinas, pondera la Variación de los precios correspondientes a utilización de equipo de construcción (amortización e intereses, reparaciones y repuestos) III) MOi/MOo Es el factor de variación de precios del componente Mano de Obra. Es la relación entre el indicador del precio correspondiente al mes anterior al de la redeterminación (MOi) y el indicador del precio básico (mes anterior al de la oferta) (MOo) PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 454 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

IV) Ti/To Es el factor de variación de precios del componente Transporte Carretero de materiales. Es la relación entre el indicador del precio correspondiente al mes anterior al de la redeterminación (Ti ) y el indicador del precio básico (mes anterior al de la oferta) (To)

V) CLi/CLo Es el factor de variación de precios del componente Combustibles y Lubricantes. Es la relación entre el indicador del precio correspondiente al mes de la redeterminación (CLi) y el indicador del precio básico (mes anterior al de la oferta) (CLo) Parámetro de ponderación Corresponde a Índice Definición y origen de los índices

aM Materiales FM Surge de la Fórmula. I)

aEM Equipos y Máquinas FEM Surge de la Fórmula. II )

aMO Mano de Obra MO INDEC ICC Cuadro 1.4 Mano de Obra

aT Transporte carretero T INDEC IPC-GBA Cuadro 4- Inc. 6 Transporte

aCL Combustibles y Lubricantes. C INDEC IPIB Cuadro 3.2 Inc. 23 Prod. Ref. de Petróleo

Donde: aM, aCL, aMO, aEM, aT Son los parámetros de ponderación a definir por el contratista y representan la incidencia del costo de los componentes en el costo directo total de la obra y deberá verificarse que aM + aCL + aMO + aEM,+ aT = 1 Los índices a utilizar para determinar la variación del componente materiales (FMi) serán los siguientes: Parámetro de ponderación Corresponde a Índice Definición y origen de los índices

bM1 Acero redondo M1 INDEC Anexo Capítulo Materiales Acero aletado Inc.41242-11

bM2 Cemento Portland M2 INDEC Anexo Capítulo Materiales Cemento. Portland Inc.37440-11

bM3 Aditivos M3 INDEC Anexo IPIB Plastificantes Inc.34740-6

bM4 Arena M4 INDEC Anexo Capítulo Materiales Arena fina Inc.15310-11

bM5 Piedra Partida 10 – 30 M5 INDEC Anexo IPIB Piedras 15320-1

bM6 Perfiles de Acero M6 INDEC Anexo Capítulo Materiales Perfil normal doble T Inc.41251-11

bM7 Bentonita M7 INDEC Anexo IPIB Arcillas 15400-1

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Página 455 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Donde: bM1, bM2, bM3, bM4, bM5, bM6, bM7 son parámetros de ponderación de los materiales. Representan la incidencia de los n materiales más representativos en el costo total del componente materiales de la obra y la suma de los coeficientes bMi debe ser igual a 1. Estos coeficientes de ponderación deberán ser indicados por los Licitantes de acuerdo a sus análisis de precios. Los índices a utilizar para determinar la variación del componente máquinas y equipos (FEM) serán los siguientes: Parámetro de ponderación Índice Definición y origen de los índices

CAE Amortización AE INDEC IPIB Cuadro 7.3.2 - Inc. 29 Máquinas y equipos importados

CRR Rep. y Repuestos MO INDEC ICC Cuadro 1.4 Mano de Obra

Ajuste en Moneda Extranjera El contratista en su oferta debe proponer los índices, la fuente y la ponderación de la incidencia de cada índice de acuerdo a lo establecido en la Tabla B que se encuentra en la Sección IV Formularios de Licitación. Los índices propuestos por el contratista deberán ser reconocidos en el país de origen de los insumos y ser de amplia y continua difusión o correspondientes a publicaciones técnicas reconocidas y de amplia difusión. Tanto la ponderación como los índices que proponga el contratista deberá ser aceptada por el Contratante. El coeficiente de ajuste aplicable será el siguiente: AJ = 0.10 + 0.90 x FRi E Donde: FRIE= Factor de redeterminación correspondiente al mes i para cada moneda extranjera FRIE = [aME x FMiE + aEME x FEMiE+ aMOx (MOi/MOo) + aTEx (Ti/To) + aclE(CLi / CL0)] También para este caso se deberán definir los parámetros de amortización reparación y repuestos y de los distintos materiales de origen importado.

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Página 456 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

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Página 457 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Sección IX. Anexo a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato

Índice de Formularios

Notificación de Adjudicación 458

Convenio 459

Garantía de Cumplimiento 460

Fianza por Pago Anticipado 462

Garantía Mediante Retención de Pagos 464

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Página 458 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Notificación de Adjudicación

CARTA DE ACEPTACIÓN [papel con membrete del Contratante]

[fecha] A: [nombre y dirección del Contratista] Le notificamos por la presente que su Oferta de fecha [fecha] para la ejecución de [nombre y número de identificación del Contrato, conforme aparece en los Datos del Contrato] por el Monto Contractual Aceptado de valor equivalente a [monto en cifras y en palabras] [nombre de la moneda], con las rectificaciones y modificaciones que se hayan hecho de conformidad con las Instrucciones a los Licitantes, ha sido aceptada por nuestro representante. Sírvase suministrar la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo de 28 días de conformidad con las Condiciones Contractuales, usando para ello uno de los Formularios de Garantía de Cumplimiento que se incluyen en la Sección IX del Documento de Licitación, Anexo a las Condiciones Especiales – Formularios del Contrato. Firma autorizada: Nombre y cargo del firmante: Nombre del representante: Adjunto: Convenio

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Página 459 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Convenio EL PRESENTE CONVENIO se celebra el día ______ del mes de ___________ de _________ entre _______________________ de _________________________ (denominado en lo sucesivo “el Contratante”), por una parte, y ______________________ de _____________________ (denominado en lo sucesivo “el Contratista”), por la otra.

POR CUANTO el Contratante desea que el Contratista ejecute las Obras denominadas _______________________________, y ha aceptado la Oferta presentada por el Contratista para la ejecución y terminación de dichas Obras y para la reparación de cualesquiera defectos de las mismas.

El Contratante y el Contratista acuerdan lo siguiente:

1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se les atribuya en los documentos contractuales a que se refieran.

2. El presente Convenio prevalecerá sobre todos los demás documentos contractuales. Se considerará que los documentos enumerados a continuación constituyen el presente Contrato; dichos documentos deberán leerse e interpretarse como integrantes del mismo:

(i) Carta de Aceptación (ii) La Oferta (iii) Enmiendas Nos. ________(si los hubiere) (iv) Condiciones Especiales (v) Condiciones Generales (vi) Especificaciones (vii) Planos, y (viii) Formularios debidamente llenados

3. Como contrapartida de los pagos que el Contratante hará al Contratista conforme se estipula en el presente Convenio, el Contratista se compromete ante el Contratante, por medio del presente Convenio, a ejecutar las Obras y a reparar sus defectos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.

4. El Contratante se compromete por medio del presente a pagar al Contratista, en compensación por la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y la forma estipulados en éste.

EN FE DE LO CUAL las partes han celebrado el presente Convenio de conformidad con las leyes de _____________________________ en el día, mes y año arriba indicados.

Firmado por ________________________________________________ (por el Contratante)

Firmado por _________________________________________________ (por el Contratista)

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Página 460 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Garantía de Cumplimiento Garantía a la Vista

______________________________ [Nombre del banco y dirección de la sucursal u oficina emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y dirección del Contratante]

Fecha: ________________

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo sucesivo “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el contrato No. _____________ [número de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de _____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras](denominado en lo sucesivo “el Contrato”).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento.

A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas cuyo total no exceda en total la cantidad de ___________ [monto en cifras]()[monto en palabras]191, pagadera(s) en las monedas y proporciones en que sea pagadero el Precio del Contrato, una vez que recibamos de ustedes la primera reclamación por escrito acompañada de una declaración escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido una o más de las obligaciones que ha contraído en virtud del Contrato, sin necesidad de que ustedes tengan que probar o aducir las causas o razones de su reclamación o de la suma allí especificada.

La presente garantía expirará a más tardar el día ….de …… de 2… 202, , y cualquier reclamación de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de esa fecha.

19 1El garante indicará un monto que represente el porcentaje del precio contractual estipulado en el Contrato, denominado en la(s) Moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante. 20 2Indique la fecha correspondiente a 28 días después de la fecha de terminación prevista. El Contratante deberá tener en cuenta que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, tendrá que solicitar al garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, solicitud que deberá presentarse al garante antes del vencimiento de la garantía”. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 461 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista, publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional, con exclusión del inciso (ii) del subartículo 20(a).

_____________________ [firma(s)]

Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

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Página 462 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Fianza por Pago Anticipado

Garantía a la Vista

______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]

Fecha: ________________

FIANZA POR PAGO ANTICIPADO No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo sucesivo “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número de referencia del contrato], de fecha ____________, para la ejecución de _____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras](denominado en lo sucesivo “el Contrato”).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, es preciso hacer un pago anticipado por un monto de ___________ [monto en cifras]()[monto en palabras] contra una fianza por pago anticipado.

A solicitud del Contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras]()[monto en palabras]211 una vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados para los costos de movilización en relación con las Obras.

Para realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, se requiere como condición que el pago anticipado que se menciona anteriormente deba haber sido depositado en la cuenta bancaria del Contratista No. ___________ en _________________ [nombre y dirección del banco].

El monto máximo de esta garantía se reducirá gradualmente en la misma cantidad de los pagos anticipados que realice el contratista conforme se indica en las copias de los estados o certificados de pago provisionales que se nos deberán presentar. Esta garantía expirará, a más tardar, en el momento en que recibamos una copia del certificado provisional de pago en el que se indique que se ha certificado para pago el ochenta por ciento (80%) del Precio del Contrato, o bien el día ___ de _____, 2___222, cualquiera que ocurra primero. En

21 1El garante indicará una suma que represente el monto del pago anticipado que se estipula en el contrato, denominado en la(s) moneda(s) del contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante. 22 2Indique la fecha de culminación prevista del plazo de terminación. El Contratante deberá tener en cuenta que en caso de prórroga del plazo de terminación del contrato, el Contratante tendrá que solicitar al PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 463 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la fecha señalada.

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista, publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.

____________________ [firma(s)]

garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: “El garante acuerda conceder una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de dicha prórroga cursada por escrito por el Contratante, que deberá presentarse al garante antes del vencimiento de la garantía”. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 464 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Garantía Mediante Retención de Pagos

Garantía a la Vista

______________________________ [Nombre del Banco y Dirección de la Sucursal u Oficina Emisora]

Beneficiario: ___________________ [Nombre y Dirección del Contratante]

Fecha: ________________

GARANTÍA MEDIANTE RETENCIÓN DE PAGOS No.: _________________

Hemos sido informados que ________________ [nombre del Contratista] (denominado en lo sucesivo “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el Contrato No. _____________ [número de referencia del contrato],de fecha ____________, para la ejecución de _____________________ [nombre del contrato y breve descripción de las Obras](denominado en lo sucesivo “el Contrato”).

Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del contrato, cuando se haya emitido el Certificado de Recepción de Obra y se haya certificado para pago la primera mitad del Monto Retenido, deberá hacerse el pago de [indique la otra mitad del Monto Retenidoosi el monto garantizado al momento de emitirse el Certificado de Recepción es menos de la mitad del Monto Retenido,la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto garantizado bajo la Garantía de Cumplimiento] contra una Garantía Mediante le Retención de Pagos.

A solicitud del contratista, nosotros, _______________ [nombre del banco], por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar a ustedes cualquier suma o sumas cuyo total no exceda de ___________ [monto en cifras]()[monto en palabras]231 una vez que recibamos de ustedes el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración escrita en la que se especifique que el Contratista no ha cumplido su obligación en virtud del Contrato por haber usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados para los costos de movilización en relación con las Obras.

Para que se pueda realizar cualquier reclamo o pago en virtud de esta garantía, es condición que el Contratista haya recibido en su cuenta bancaria No. ___________ en _________________ [nombre y dirección del banco] la segunda mitad del Monto Retenido que se menciona anteriormente.

23 1El garante indicará una suma que represente el monto de la segunda mitad del monto retenido o, si el monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento al momento de emitirse el certificado de recepción es menos de la mitad del monto retenido, la diferencia entre la mitad del monto retenido y el monto en garantía en virtud de la garantía de cumplimiento. Dicho monto se designará en la(s) moneda(s) de la otra mitad del monto retenido según se especifica en el contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante. PLIEG-2016-11564007- -UPEPH

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Página 465 Sección VIII – Condiciones Especiales del Contrato

Esta garantía expirará, a más tardar, 21 días después de que el Contratante reciba una copia del Certificado de Cumplimiento emitido por el Ingeniero. En consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la fecha señalada.

Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las Garantías a la Vista, publicación No. 458 de la Cámara de Comercio Internacional.

____________________ [firma(s)] Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva sirve de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.

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Página 466 Anexo I

ANEXO I

MANUAL DE NORMAS DE IDENTIDAD VISUAL – CAPÍTULO 2 L CARTELERÍA DE OBRA

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