Pagare de valdez posada

21
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR MAESTRIA EN PROFESIONALIZACION DE LA DOCENCIA SUPERIOR MASTER: Waldemar Sandoval MASTER: Waldemar Sandoval TEMA: TEMA: “E L P A G A “E L P A G A R É” R É” MAESTRANDO: MAESTRANDO: Oscar Edagrdo Oscar Edagrdo Valdez Posada Valdez Posada MATERIA: Derecho Mercantil I MATERIA: Derecho Mercantil I MODULO II aplicaciones tecnológicas al servicio de la educación

Transcript of Pagare de valdez posada

Page 1: Pagare de valdez posada

UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

MAESTRIA EN PROFESIONALIZACION DE LA

DOCENCIA SUPERIOR

MASTER: Waldemar SandovalMASTER: Waldemar Sandoval

TEMA: TEMA: “E L P A G A R É”“E L P A G A R É”

MAESTRANDO:MAESTRANDO:

Oscar Edagrdo Valdez Oscar Edagrdo Valdez PosadaPosada

MATERIA: Derecho Mercantil IMATERIA: Derecho Mercantil I

MODULO II aplicaciones tecnológicas al servicio de la educación

Page 2: Pagare de valdez posada

E L P A G A R ÉTITULOS VALORES

Son los documentos necesarios para hacer valer el derecho literal y autónomo que en ellos se consignan.

1. Incorporación, es la relación entre el documento y el derecho en el consignado.

2. Legitimación, es la característica por medio de la cual se reconoce dentro del titulo al dueño titular del derecho incorporado y al deudor de la obligación contenida en el mismo. La legitimación es activa para el tenedor del titulo y pasiva para el obligado.

3. Literalidad, el derecho es tal como aparece en el título. Todo lo que no aparezca en el titulo no puede afectarlo.

4. Autonomía, el título valor y el derecho que incorpora es autónomo de la relación causal que le dio origen.

En la definición están integradas las características de los títulos valores:

Page 3: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

Desde el punto de vista de como se emiten, los títulos valores se clasifican en nominativos, a la orden, al portador (Art.632 c.c.).

1. Títulos nominativos, los cuales se expiden a favor de personas determinadas cuyo nombre debe consignarse tanto en el texto del documento como en el registro de los mismos, que deberá llevar el emisor. (Art.654).

2. Títulos a la orden, se expiden a favor de persona cuyo nombre se consigna el texto del documento sin necesidad de registro posterior. (Art.657).

3. Títulos al portador, son los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula al portador, se transmiten por simple entrega. (Art.675).

CLASIFICACION DE LOS TITULOS VALORES

Page 4: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

ORIGEN DEL PAGARETanto el pagaré como la letra de cambio surgieron durante el medioevo.Desde su nacimiento los pagarés fueron a la orden, es decir, eran transmisibles por endoso y por no estar sustentados en un contrato. El Código Bonaparte de Francia lo aceptó hasta 1807.Alemania lo autorizó hasta 1848. Inglaterra propició que en 1882 el pagaré fuera reglamentado de manera amplia como un título susceptible de ser emitido a la orden o al portador convirtiéndose este país en pionero de su estructura legal.

Page 5: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É1. DEFINICION

El pagaré es un título valor a la orden que contiene la promesa incondicional de una persona, a la cual se le denomina suscriptora, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiaria o tenedora, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

Page 6: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

1. Mención de ser pagaré.

2. Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

3. Nombre del beneficiario.*

4. Fecha y lugar de pago.*

5. Fecha y lugar en que se suscribe.

6. Firma del suscriptor.

2. ELEMENTOS DEL PAGARE

Según el Art. 788 del Código de Comercio el pagaré debe contener:

5

1

23

4

6

Page 7: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

Solamente puede emitirse a la orden.

Contiene un compromiso de pago por quien lo emite.

No necesita aceptación, por que no se libra a cargo de un tercero, sino a cargo del mismo suscriptor.

Admite intereses

Puede pactarse intereses durante la vigencia del pagaré, así como señalar un tipo de interés para caso de mora.

3. CARACTERISTICAS PROPIAS DEL PAGARE

Page 8: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

SUJETOS PRICIPALES• Suscriptor (Deudor), el que

hace la promesa de pago. A quien se reconoce la legitimación pasiva en primer lugar.

• El Beneficiario (Tomador) a quien se le hace la promesa de pago. A quien se reconoce la legitimación activa.

SUJETOS EVENTUALES• El Avalista, es la persona

que garantiza el pago del pagaré. A quien se reconoce la legitimación pasiva en segundo lugar.

4. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PAGARE

Beneficiario o Tenedor, a la orden de quien se emite. (Es el acreedor).

Suscriptor, quien emite y firma el pagaré. (Es el deudor).

Page 9: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É5. DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARE Y LA LETRA DE CAMBIO

PAGARE

1. En el pagaré el emisor es el deudor y se le denomina suscriptor.

2. En el pagaré puede insertarse validamente la cláusula de intereses .

3. El pagaré es una promesa de pago.

4. El pagaré no puede ser aceptado puesto que no hay librado que pueda hacer específicamente la declaración de aceptación.

LETRA DE CAMBIO

1. En la letra de cambio el emisor es el acreedor (librador).

2. La letra de cambio no admite el cobro de intereses .

3. La letra de cambio es concretamente una orden de pago.

4. La letra de cambio debe ser aceptada por el librado manifestando con ello que está de acuerdo con la orden de pago que a través de la letra de cambio le da el librador.

Page 10: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É6. CLASIFICACION DEL PAGARE PARA EFECTO DE PAGO

1. Pagaré a la vista, es aquel que debe ser pagado al momento de su presentación y se conoce por que lleva escrita la frase a la vista, o por que no indica la fecha del vencimiento. (Art.789) .

2. Pagaré domiciliado, es aquel que debe presentarse para su pago a la persona indicada como pagador diputado, y a falta de designación, al suscriptor mismo, en el lugar señalado como domiciliado. (Art.791).

3. Pagaré a un plazo contado desde su fecha de emisión, es aquel que el plazo de su vencimiento comienza a regir desde la fecha de su emisión. Se caracteriza por llevar escrita la formula a 60, 90, 120, etc. días pagare u otras semejantes.

4. Pagaré a un día fijo y determinado, es aquel que indica el día preciso en que debe ser pagado.

Page 11: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É7. TIPOS DE PAGARE EN LA PRACTICA COMERCIAL Y BANCARIA

1.Mención de ser pagaré

7.Tipo de Interés corriente y Moratorio

6.Fecha de Vencimiento

3.Promesa de pagar incondicionalmente

4.Nombre del Beneficiario

1. Pagaré Sencillo u ordinario, que es el habitualmente usado por comerciantes y no comerciantes aun por las instituciones de crédito que tienen las siguientes menciones:

8.Lugar y fecha de expedición

2.Nombre del Suscriptor

9.Firma del Suscriptor

5.Cantidad

Page 12: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É7. TIPOS DE PAGARE EN LA PRACTICA COMERCIAL Y BANCARIA

2. Pagaré bancario o con prenda, que se caracteriza por ser un pagaré exactamente igual al que se acaba de indicar pero acompañado de una declaración adicional por la que se manifiesta que el tenedor entrega en prenda al banco los bienes que a su dorso se anotan.

Page 13: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É8. ACTOS CAMBIARIOS QUE SE APLICAN AL PAGARE

1. EMISION, el pagaré se pone en circulación cuando el emisor (deudor) lo redacta y suscribe quedando el titulo valor en poder del acreedor.

2. ACEPTACION, este acto cambiario NO SE APLICA AL PAGARE debido a que como es suscrito por el deudor, el titulo valor nace aceptado.

3. PRESENTACION, al igual que los demás títulos valores (la letra de cambio, el cheque , etc.) el reclamo de los derechos incorporados en el pagaré solo se puede hacer mediante la presentación del título.

4. AVAL, en virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagaré. El avalista se convierte en deudor solidario junto con el avalado (suscriptor) y su obligación es válida, aun cuando la obligación garantizada sea nula.

Page 14: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

5. EL ENDOSO, El pagaré será transmisible por endoso (seguido de la entrega del documento), que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré.

8. ACTOS CAMBIARIOS QUE SE APLICA AL PAGARE

a) Endoso en blanco, el legítimo tenedor (endosante) firma en el reverso del documento transmitido y se lo entrega al endosatario.b) Endoso a favor de persona determinada, cuando el legítimo tenedor especifica en el reverso del documento a favor de que persona (endosatario) (Art.662, romano I).

Los tipos de endoso son:

Page 15: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É8. ACTOS CAMBIARIOS QUE SE APLICAN AL PAGARE

6. EL PROTESTO, es un acto que sirve para establecer de forma auténtica que el pagaré fue presentado oportunamente para su pago y que el obligado dejó total o parcialmente de pagarlo. Se hace por medio de acta notarial

7.EL PAGO, debe hacerse contra la entrega del pagaré. En el lugar y dirección señalados para ello y el día de su vencimiento o el siguiente día hábil.PAGO PARCIAL, el tenenor puede rechazar un pago parcial, pero si lo acepta retendrá el documento en su poder mientras no se le cubra íntegramente.

Page 16: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É9. ACCION CAMBIARIA DEL PAGARE

Es el poder jurídico que tiene el tenedor de un título-valor para que, mediante el órgano jurisdiccional competente exija y obtenga coactivamente de parte de los obligados el cumplimiento de los derechos incorporados al título.

En el caso de los pagarés (según el Art.766 c.c.) la acción cambiaria de pago se ejercitará :Por falta de pago o por pago parcialCuando el obligado sea declarado en quiebra, suspensión de pagos o concurso.

Page 17: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

La acción cambiaria puede ser (según Art.767): Directa cuando se deduce contra el suscriptor o sus avalistas . De regreso cuando se ejercita contra cualquier otro obligado.

La acción cambiaria directa prescribe en tres años contados a partir del día del vencimiento del pagaré.

La acción cambiaria de regreso del ultimo tenedor del pagare prescribe en un año contado desde la fecha de protesto, o de la del vencimiento si el pagare llevare la cláusula “sin protesto”

El último tenedor del pagare puede reclamar de la persona contra quien deduzca la acción cambiaria (Art.768): El importe del pagaré Intereses moratorios al tipo legal* desde el día del vencimiento Los gastos del protesto y demás legítimos El premio del cambio entre el lugar en que debería haberse pagado y el lugar en que se haga efectiva, más los gastos de situación.

9. ACCION CAMBIARIA DEL PAGARE

Page 18: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É9. ACCION CAMBIARIA DEL PAGARE

Esquema de la acción cambiaria directa y de regreso

S U S C R I P T O R (deudor original)

TOMADOR (dueño #1)

ENDOSATARIO 1 (dueño #2)

ENDOSATARIO 2 (Ultimo dueño o tenedor)

ACCION DE REGRESO contra cualquiera de los dueños anteriores del título o sus avalistas siguiendo el sentido de la flecha

deudor emite, firma y entrega el pagaré al tomador

el tomador negocia el titulo valor y lo endosa a favor del endosatario

el endosatario 1 negocia el titulo valor y lo endosa

ACCION DIRECTA

Page 19: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É10- DESCUENTO DE PAGARE

Algunos negocios tienen la necesidad de disponer de los documentos por cobrar antes de su vencimiento. En este caso, las empresas venden los documentos por cobrar a las Instituciones Financieras, pagándole a estas una comisión que se denomina interés y recibiendo efectivo a cambio, esta transacción se denomina descuentos de documentos por cobrar o factoraje. El beneficiario del documento endosa el pagaré a la institución financiera. Esta, a su vez, espera a que se venza el plazo previamente estipulado para poder hacer efectivo el cobro.

Page 20: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É10- ALGUNAS CONCLUSIONES

El pagaré es un título valor a la orden, esto significa que es emitido a nombre de una persona determinada y que no se necesita llevar otro registro.

Una de las principales diferencias entre el pagaré y la letra de cambio es que en la letra de cambio el emisor es el acreedor, mientras que en el pagaré, es de la forma contraria: el emisor es el deudor.

El pagaré admite el cobro de intereses corrientes y moratorios entre sus cláusulas.

El pagaré puede ser transmitido de posesión por medio del endoso, salvo en los casos que sea “no negociable”.

El pagaré puede ser avalado por tercero(s) para garantizar el cumplimento de las obligaciones.

Si al vencimiento del pagaré no es pagado totalmente por el suscriptor y si lo hace de forma parcial, el tenedor puede ejercer el protesto por medio de acta notarial.

Page 21: Pagare de valdez posada

E L P A G A R É

G R A C I A S POR LA ATENCIÓN.