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PAG.. 2 BOLETIN OFICIAL MUNCIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNCIPAL PAG. 43 Boletín Oficial Municipal Nº 1536 Corrientes, 24 de Octubre de 2011.- RESOLUCIÓN: Nº 2762: Aprueba el Reglamento de Competencia de los Participantes de los Carnavales Barriales de Corrientes – Anexo I.- Nº 2765: Autoriza los Gastos que deberá afrontar el Municipio de Capital – Comicios 23 de Octubre 2011- Resolución Nº 05 de la Junta Electoral Municipal – Oficialización de Candidatos y Boletas. RESOLUCIONES ABREVIADAS: Nº 2724: Modifica el Art. 4 de la Resolución Nº 102/11- Responsables de la Cuenta del Fondo Permanente S. de S y M. A. Nº 2725: Modifica el Art. 4 de la Resolución Nº 104/11 – Responsables de la cuenta del Fondo Permanente – S de S y M.A. Nº 2741: Otorga ayuda económica a favor del Licenciado Francisco Ramón Samudio. Nº 2742: No hace lugar a lo solicitado por los agentes Bedrán Daniel y Giménez, José María. Nº 2743: Hace lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Spina María Alejandra. Nº 2744: Hace lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la agente Sánchez, María Ramona.- Nº 2745: Hace lugar al pago de asignación por hijo discapacitado al agente Montiel, Héctor Ramón.- Nº 2746: Hace lugar a lo solicitado por el agente Gauna Víctor Daniel. Nº 2747: Hace lugar a lo solicitado por la agente Typek Paola Virginia.- Nº 2749: Asigna adicional Especial de Supervisión al agente Ale Alfredo Oscar. Nº 2750: Asigna tareas específicas al agente Ferro Pablo Matías. Nº 2751: Asigna tareas específicas al agente Duffort, Marcos A. Nº 2752: Concede Licencia por razones políticas a la Sra. López María Concepción. Nº 2753: Concede Licencia por razones políticas a la Sra. Navarro Elba Dolores.- Nº 2754: Autoriza la liquidación de haberes a la ex agente Enciso Antonia Teresa.- Nº 2755: Autoriza la liquidación de haberes al Sr. Sartori Juan Emanuel. Nº 2756: Autoriza la liquidación de haberes a la ex agente Spina María Alejandra.- Nº 2757: Hace lugar al recurso de Revocatoria interpuesto por la agente Rojas Estela Luisa.-

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Boletín Oficial Municipal Nº 1536

Corrientes, 24 de Octubre de 2011.-

RESOLUCIÓN:

Nº 2762: Aprueba el Reglamento de Competencia de los Participantes de losCarnavales Barriales de Corrientes – Anexo I.-

Nº 2765: Autoriza los Gastos que deberá afrontar el Municipio de Capital –Comicios 23 de Octubre 2011-

Resolución Nº 05 de la Junta Electoral Municipal – Oficialización de Candidatos yBoletas.

RESOLUCIONES ABREVIADAS:Nº 2724: Modifica el Art. 4 de la Resolución Nº 102/11- Responsables de la Cuentadel Fondo Permanente S. de S y M. A.Nº 2725: Modifica el Art. 4 de la Resolución Nº 104/11 – Responsables de la cuentadel Fondo Permanente – S de S y M.A.Nº 2741: Otorga ayuda económica a favor del Licenciado Francisco Ramón Samudio.Nº 2742: No hace lugar a lo solicitado por los agentes Bedrán Daniel y Giménez, JoséMaría.Nº 2743: Hace lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Spina MaríaAlejandra.Nº 2744: Hace lugar al recurso de revocatoria interpuesto por la agente Sánchez,María Ramona.-Nº 2745: Hace lugar al pago de asignación por hijo discapacitado al agente Montiel,Héctor Ramón.-Nº 2746: Hace lugar a lo solicitado por el agente Gauna Víctor Daniel.Nº 2747: Hace lugar a lo solicitado por la agente Typek Paola Virginia.-Nº 2749: Asigna adicional Especial de Supervisión al agente Ale Alfredo Oscar.Nº 2750: Asigna tareas específicas al agente Ferro Pablo Matías.Nº 2751: Asigna tareas específicas al agente Duffort, Marcos A.Nº 2752: Concede Licencia por razones políticas a la Sra. López María Concepción.Nº 2753: Concede Licencia por razones políticas a la Sra. Navarro Elba Dolores.-Nº 2754: Autoriza la liquidación de haberes a la ex agente Enciso Antonia Teresa.-Nº 2755: Autoriza la liquidación de haberes al Sr. Sartori Juan Emanuel.Nº 2756: Autoriza la liquidación de haberes a la ex agente Spina María Alejandra.-Nº 2757: Hace lugar al recurso de Revocatoria interpuesto por la agente Rojas EstelaLuisa.-

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Nº 237: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Mario Raúl Silva.Nº 239: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de José AntonioReynoso.Nº 240: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Leandro C. Maidana.Nº 241: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Mario Raúl Silva.Nº 248: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Alder Darío Vázquez.Nº 250: Aprueba los débitos de los gastos bancarios- cuenta del Bco. de CorrientesS.A.Nº 251: Aprueba el trámite de contratación Directa a favor de Navarro Gustavo.Nº 252: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Mario Raúl Silva.Nº 253: Aprueba el trámite de contratación Directa a favor de Rey Paula Gabriela.-

2495/11, Nº 2710/11, Nº 2723/11 y los

fundamentos expresados en los

considerandos de la presente.-

Articulo 2º : RECHAZAR lacandidatura del agente Isidro AlfredoAcosta, DNI Nº 11.718.807 portrasgresión a la declaración jurada decumplimiento del articulo 12 de laOrdenanza Nº 2236/91, en lo querespecta a la calidad de deudor con laCaja Municipal de Prestamos, yconforme los fundamentos expuestos enlos considerandos.-

Artículo 3º: REGÍSTRESE, Notifíquese yPublíquese.-

Dr. Horacio Antonio SilvestriPresidente

Junta Electoral

Dr. Hugo Fabio RindelMiembro

Junta Electora

Cra. Cecilia Custidiano Miembro

Junta Electoral

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Nº 2758: Rectifica el Anexo I de las Resoluciones Nº 673/10 y Nº 023/11.-Nº 2759: Rectifica el Anexo I de las Resoluciones Nº 673/10 y Nº 023/11.Nº 2760: Rectifica el Anexo de las Resoluciones Nº 673/10 y Nº 023/11.-Nº 2761: Rectifica el Anexo I de las Resoluciones Nº 673/10 y Nº 023/11.-Nº 2763: Aprueba el Concurso de Precios Nº 426/11- Adjudica la compra a variasfirmas del medio.-Nº 2764: Otorga subsidio a favor de titulares del Programa de Intercambio deJóvenes.Nº 2766: Concede Habilitación Municipal a la firma de Dragados Astilleros Puertos,S.A.C.I.F.Nº 2767: Concede Habilitación Municipal a la firma Asociación Hijas de San Pablo.Nº 2768: Concede Licencia por Razones Políticas al Sr. Gauna Gregorio.Nº 2769: Concede Licencia por Razones políticas al Sr. Salvatierra Jorge Guillermo.

DISPOSICIONES ABREVIADAS:VICEINTENDENCIANº 258: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Enrique GuillermoRamón Lacava.-

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNONº 1106: Adjudica la compra Directa a la firma Cerámica Norte S.A.Nº 1107: Autoriza la contratación Directa con la firma Hernán Augusto Ojeda.Nº 1108: Autoriza la contratación Directa con la firma: M y M.-Nº 1109: Autoriza la contratación Directa con la firma Castillos Inflables del Norte.-Nº 1110: Adjudica la compra Directa a Librería Red.-Nº 1111: Adjudica la compra directa a la firma Kenay S.A.Nº 1112: Adjudica la compra directa a la firma David Cabrera.-Nº 1113: Adjudica la compra directa a la firma Maxilimpieza.Nº 1114: Adjudica la compra Directa a la firma Cerámica Norte S.A.Nº 1115: Adjudica la compra Directa a la firma Polietileno Corrientes S.A.Nº 1116: Adjudica la contratación directa a la firma M y M.-Nº 1117: Adjudica la contratación directa a la firma M y M.-Nº 1118: Adjudica la compra directa a Librería RedNº 1119: Adjudica compra directa a la firma Servimetal S.R.L.Nº 1120: Adjudica la compra directa a la firma Cerámica Norte S.A.Nº 1121: Adjudica la compra directa a la firma e insumos.-Nº 1122: Adjudica la compra directa a la firma Pixel Informática S.R.L.Nº 1123: Adjudica la contratación a la firma NEA – Sonido – Iluminación.-Nº 1124: Adjudica la compra directa a la firma Conar S.R.L.

SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y ECONOMIA SOCIAL:

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PAG. 6 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG.39

evento y como tal tendrá la facultad deconformar la COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL, la que estarápresidida por el Director General deTurismo 1 voto (uno), el Director deTurismo Solidario 1 voto (uno) y laCoordinadora General de los Corso 1voto (uno) y 1 (Un) Delegado por cadaCategoría Superior 1 voto (uno), dichaComisión tendrá la facultad resolutoriade cualquier cuestión suscitada conmotivo de la aplicación del presentereglamento y cualquier otra cuestióninherente al Carnaval Barrial, teniendola facultada de desempatar elSubsecretario de Cultura, Turismo yDeporte, o en su defecto el DirectorGeneral de Turismo. Los demásdelegados de las distintas agrupacionesen competencia tendrán voz, no así votoen las reuniones que se realicen con laantes mencionada comisión; todacuestión planteada por cualquiera de lasagrupaciones deberá ser presentada pornota ante la misma quien procederá acontestar por la misma vía.

CAPITULO 2 – DEL COMISARIOGENERAL DEL CARNAVAL

ART 2º: LA COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL designará unapersona que actuará en surepresentación en las jornadas delevento con el título de Comisario

General del Carnaval Barrial, cuyasfunciones serán las siguientes:

a) Controlar el fiel cumplimiento por partede los participantes de todo lo establecidoen el presente Reglamento con relación alos espectáculos, orden de presentaciónen el área de concentración, horario depresentación y de inicio, número y/oporcentaje de integrantes, permanencia enel área de concentración, en el corsodromoy desconcentración.-b) Supervisar el funcionamiento ysincronización de los sistemastecnológicos de control de cronometrajey horarios que se instalen en el Corso.-c) Constatar la exactitud y fidelidad delos datos que en la jornada decompetencia se vuelquen en las planillasdel Comisariato, planillas que como AnexoI forma parte de éste reglamento. Dichasplanillas serán depositadas en la urnahabilitada al efecto, en sobre cerrado conla firma del Escribano Oficial del CarnavalBarrial, la del Comisario General y la delDelegado de la comparsa quecorresponda a la misma.-d) Resolver en lo que respecta en materiade acceso de los distintos participantesal Corso, pudiendo impedir el ingreso almismo a todo participante que por suscaracterísticas afecte negativamente alespectáculo.-En caso que el espectáculo se veademorado por razones ajenas a laorganización el Comisario decidirá la

propuestas, siendo validas la totalidad

de las mismas.-

Que en virtud de la

cantidad de propuestas aportadas por

cada postulante, todos han

cumplimentado con el Art. 7 inciso k de

la Ordenanza 2537/93 que exige un

número no inferior al diez por ciento de

electores (387).-

Que en cuanto al requisito

del artículo 12 de la Ordenanza 2236/91,

todos los postulantes han presentado la

correspondiente nota declarando bajo

juramento no hallarse incurso en las

causales de inhabilidad o

incompatibilidad previstas en la norma

citada.-

Que en aras de constatar

la veracidad del contenido de las

declaraciones juradas, ésta Junta

Electoral requirió informe a la Caja

Municipal de Préstamos indagando silos precandidatos tenían deuda o créditocontra el mencionado Ente.-

Que del informe

suministrado por la Caja Municipal de

Préstamos surge que las siguientes

personas no poseen deuda ni crédito con

el citado ente autárquico: Pedro Ramón

Lugo, DNI Nº 11.146.022; José Eduardo

Reguera, DNI Nº 12.868.525; Néstor

Oscar Valenzuela, DNI Nº 17.813.875;

Miguel Ángel Vanderland, DNI N

12.259.780; y María Elena Villalba, DNI

Nº 13.686.766.-

Que respecto del

candidato Isidro Alfredo Acosta, DNI

11.718.807 el informe expresó «POSEE

dos créditos a corto plazo en situación

Normal y un Crédito a Largo Plazo en

situación Normal (con 4 cuotas pagas

sobre un total de 24 a pagar) el Sr.

Isidro Alfredo Acosta (DNI. 11.718.807)

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Resolución Nº 2762Corrientes, 12 de Octubre de 2011

VISTO:El expediente Nº 2566-D-2011; y

CONSIDERANDO:

Que, por expediente referenciadoen el Visto, el Director General deTurismo, Sr. Carlos Adrián Guidici,solicita la probación del Proyecto delReglamento que regiría en losCarnavales Barriales Edición 2012.-

Que, de fojas 02 a fojas 23 obraproyecto de Reglamento deOrganización y Competencia de losCarnavales Barriales de la Ciudad deCorrientes.-

Que, a fojas 26 y 28 obraintervención del Servicio JurídicoPermanente.-

Que, es atribución delDepartamento Ejecutivo Municipaldictar el presente acto administrativo.-

POR ELLO

EL SEÑOR INTENDENTEMUNICIPAL

RESUELVE:

Ar ticulo 1: Aprobar el «Reglamento deCompetencia de los Participantes de losCarnavales Barriales de la Ciudad deCorrientes, que como anexo I formaparte de la presente.

Articulo 2: La presente Resolución serárefrendada por el Señor Secretario Generalde Gobierno.

Articulo 3: Regístrese, Comuníquese,cúmplase y archívese.

CARLOS MAURICIO ESPINOLAINTENDENTE

Municipalidad de la Ciudad deCorrientes

CP MARTIN MIGUEL BARRIONUEVOSECRETARIO GENERAL de

GOBIERNOMunicipalidad de la Ciudad de

Corrientes

MUNICIP ALIDAD DE LA CIUDAD DECORRIENTES

SUBSECRETARIA DE CULTURA,TURISMO Y DEPORTES

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓNY COMPETENCIA DE LOS

CARNAVALES BARRIALES DE LACIUDAD DE CORRIENTES

TITULO 1 – DE LAS AUTORIDADES

CAPITULO 1 – DE LA COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL

ART 1º: El titular de la Subsecretaria deCultura, Turismo y Deportes de laMunicipalidad de la Ciudad de Corrientesserá LA AUTORIDAD MÁXIMA del

y el mismo tampoco reviste la figura de

acreedor de la CMP».-

Que tal informe se

contrapone con la Declaración Jurada

presentada por el Sr. Isidro Alfredo

Acosta donde expresa que no se halla

incurso en las inhabilidades del articulo

12 de la Ordenanza Nº 2236.-

Que ello importa unatransgresión a los requisitos exigidospor la normativa vigente,correspondiendo el rechazo de lasolicitud de candidatura del citadopostulante.-

Que respecto de los

restantes postulantes, esta Junta

Electoral considera que han cumplido

satisfactoriamente con todos los

requisitos exigidos por la normativa

vigente, correspondiendo la

oficialización de sus candidaturas.

Asimismo los modelos de boletas

aportados por los mismos reúnen los

requisitos exigidos por las normas y por

ende corresponde su oficialización.-

Que esta junta electoral se

halla facultada para el dictado de la

presente por Resolución Nº 2495/11.-

POR ELLO:

LA JUNTA ELECTORAL

RESUELVE

Artículo 1º: Oficializar las

candidaturas y modelos de boletas de los

agentes Pedro Ramón Lugo, DNI Nº

11.146.022; José Eduardo Reguera,

DNI Nº 12.868.525; Néstor Oscar

Valenzuela, DNI Nº 17.813.875; Miguel

Ángel Vanderland, DNI Nº 12.259.780; y

María Elena Villalba, DNI Nº 13.686.766,

para las elecciones previstas el día 1 de

noviembre de 2011 para la designación

de Director de la Caja Municipal de

Prestamos, conforme lo previsto en las

Ordenanzas Nº 2236/91, Nº 2537/93, Nº

2650/94, Resoluciones Nº 2051/11, Nº

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funcionamiento del desfile debiendoregistrar en la planilla correspondienteel hecho acontecido.-

Será función del Responsable deDesconcentración

1-Asegurar y agilizar la continuidad deldesfile tomando las previsionesnecesarias para que los participantesencuentren despejada y operable el áreade desconcentración y salida.-

CAPITULO 3 – DEL ESCRIBANOOFICIAL DEL CARNAVAL BARRIAL

ART 4º: Por resolución municipal sedesignará de la Escribanía Municipal unprofesional con título habilitante queactúe en calidad de Escribano Oficial delCarnaval Barrial. Su jurisdicciónabarcará el área de realización delCarnaval (corsodromo) en la Jornada decompetencia y cualquier otra que seprograme y que requiera de su laborprofesional.-El Escribano Oficial podrá contar concolaboradores con o sin títulohabilitante, con el Comisario General ylos Comisarios de corsos.-Labrará las Actas correspondientes alregistro de los acontecimientos quetengan relevancia en relación a lacompetencia y al cumplimiento de loscompromisos de actuación y de estereglamento.-

Estas Actas con la firma del ComisarioGeneral, el Delegado de la Agrupación y/o Comparsa correspondiente y la firma delprofesional actuante serán colocadas ensobre cerrado y depositado en la urnahabilitada al efecto.-

TITULO 2 – DE LOS PARTICIPANTES:CAPITULO 1 – DE LAS COMPARSAS:

Se denominará comparsa a todaagrupación que deberá estar estructuradamínimamente de la siguiente manera:1) Un Estandarte principal2) Dos Cordonera3) Gran Bastonera4) Embajadora5) Solista, no menos de (6) seis6) Dúos7) Tríos8) Pasistas (4 personas)9) Dos grupos como mínimo de comparsa(no menos de (6) integrantes cada uno)10) Bastonera de Escuela de Samba11) Reina y carroza alegórica (la quetransporta a la reina de la comparsa)12) En caso de contar con Banderillero nodeben ser superior a (8) personas13) Opcional-Carros.-

Los Carros y Carrozas Alegóricas yCarros de Sonido deberán contar con 2(Dos) Matafuegos.

ART 5º: Serán consideradas ComparsaSuperior quienes cumplan con los

2710/11, la cual dispuso: «CONVOCAR

a comicios al personal municipal para la

elección de un (1) Director de la Caja

Municipal de Préstamos, a propuesta de

los mismos, de conformidad a lo

previsto en la Ordenanza Nº 2236/91 y

su reglamentaria, Ordenanza Nº 2537/93,

con las modificaciones introducidas por

la Ordenanza 2650/94».-

Que en consecuencia la

normativa aplicable constituye la

Ordenanza Nº 2236/91, su reglamentaria

Ordenanza Nº 2537/93 con las

modificaciones introducidas por la

Ordenanza 2650/94, siendo los

requisitos previstos en tales normas, los

requeridos por el Reglamento Electoral.-

Que, en mérito a la

normativa aplicable, los requisitos

exigidos para las elecciones de Director

de la Caja Municipal de Prestamos son

los previstos en la Ordenanza Nº 2236/

91 en sus artículos 11 (con las

modificatorias previstas en la Ordenanza

Nº 2650/94), y en su articulo 12 a través

de declaración jurada de no hallarse

incurso en las causales de inhabilidad o

incompatibilidad.-

Que respecto a los

requisitos previstos en el articulo 11 de la

Ordenanza Nº 2236/91 con modificatorias

previstas por Ordenanza 2650/94,

conforme documentación recepcionada

por ésta Junta Electoral, se constató el

cumplimiento de los mismos, por cuanto

los postulantes nombrados han

acreditado tener nacionalidad argentina,

edad mínima de 26 años, domicilio real en

la Ciudad de Corrientes y una antigüedad

mayor a 3 años como empleado

municipal.-

Que la documentación

presentada por los postulantes ha sido

debidamente corroborada con un informe

extendido por la Dirección General de

Personal de la Municipalidad de la Ciudad

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continuidad del mismo, reprogramandoel ingreso de los distintos participantesde acuerdo con el tiempo que se habíademorado.-Podrá suspender momentáneamente o enforma definitiva el espectáculo en casode que algún motivo de causa mayorperjudique o ponga en riesgo laseguridad de las personas, bienesmateriales, etc. En caso de dichasuspensión no se CONTABILIZARÁ elpuntaje de las comparsas que pudieranhaber desfilado ni se reprogramará lafecha.-e) Coordinar el funcionamiento delComisariato con el cuerpo de seguridaddesignado y facilitar el desempeño de susfunciones, actuando en forma conjuntacon éste cuando la circunstancia lorequiera.

ART 3º: El Comisario General podrádesignar a su cargo el personal necesariopara realizar las tareas de Concentración,Cronometraje, Desfile yDesconcentración. La persona y/opersonas que cumplan esa función sedenominarán Comisarios, y las planillasconfeccionadas por éstosindefectiblemente deberán llevar su Firmay Aclaración.-Con dicho personal que colaborará conel Comisariato de las distintas ÁreasMunicipales tendrán reuniones previascon las autoridades de la Comisión delCarnaval Barrial.-

Será función del Comisario General1-Informar fehacientemente a cadacomparsa o agrupación que deberáconcentrar una (1) hora antes del horarioestablecido en el cronograma de ingreso.-2-Registrar en la planilla correspondientetodo lo que se relacione con elcumplimiento de este reglamento (horariode ingreso y egreso, cantidad deintegrantes con que ingresa la comparsao agrupación, eventualidades que surjandurante el desfile, etc).-

Será función del Responsable deConcentración1-Hacer cumplir a los delegados de losdistintos participantes del horario yorden en que deberán concentrarse,formar e iniciar su desfile.-2-En caso eventual podrá reubicar elorden de las comparsas para asegurar lacontinuidad normal del espectáculo,haciendo ingresar a la comparsasubsiguiente dentro de los 15 minutosposteriores al aviso.-3-Registrar en las Planillascorrespondiente todo lo que se relacionecon el cumplimiento de esteReglamento.-

Será función del Responsable deCronometraje y Desfile1-Verificar y controlar el normalfuncionamiento del desfile y los tiemposde pasada de los distintos participantes.-2-Dar aviso a quién corresponda cuandoalgo lo dificulte o impida realizar el normal

de Corrientes mediante las constancias

obrantes en el legajo personal de cada

agente, sin que medie anomalía alguna.-

Que en cuanto a los

requisitos del artículo 7 de la Ordenanza

Nº 2537/93, los postulantes han

presentado propuestas de electores con

la finalidad de cumplimentar el requisito

previsto en la citada norma.-

Que el agente Isidro

Alfredo Acosta, DNI 11.718.807 ha

presentado cuatrocientos (414)

propuestas, siendo válidas la totalidad

de las mismas.-

Que el agente Pedro

Ramón Lugo, DNI Nº 11.146.022, ha

presentado un mil doscientos dieciocho

(1218) propuestas, siendo validas la

totalidad de las mismas.-

Que el agente José

Eduardo Reguera, DNI Nº 12.868.525 ha

presentado cuatrocientos siete (407)

propuestas, siendo cuatrocientos seis

(406) validas y una (1) no válida.-

Que el agente Néstor Oscar

Valenzuela, DNI Nº 17.813.875 ha

presentado quinientas setenta y seis

(576) propuestas, siendo quinientas

sesenta y una (561) validas y quince (15)

no válidas.-

Que el agente Miguel

Ángel Vanderland, DNI N 12.259.780 ha

presentado setecientos cincuenta y dos

(752) propuestas, siendo setecientos

cincuenta (750) validas y dos (2) no

válidas.-

Que la agente María Elena

Villalba, DNI Nº 13.686.766 ha presentado

quinientos cincuenta y siete (557)

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PAG. 10 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 35

1) Un Estandarte principal2) Dos Cordoneras3) 2 Solistas4) 1 Dúo5) 1 Trío6) Pareja de portabanderas7) Dos grupos (no menos de (6)integrantes cada uno)8) Bastonera de Escuela de Samba9) Carros de sonidoLos Carros y Carrozas Alegóricas yCarros de Sonido deberán contar con 2(Dos) Matafuegos.

ART 7º: Serán consideradosAgrupación Musical Superior quienescumplan con los siguientes requisitos yno podrán superar un máximo de 2 (dos)en esta categoría:a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema arepresentar y la lista de buena fe de losintegrantes.

b) Participen con una conformaciónsuperior a 70 (setenta) Integrantesmayores y/o infantiles. Quienes en basea dicha conformación presentarán un35% (treinta y ciento por ciento) deintegrantes bailarines ataviados contrajes de carnaval y el 65% (sesenta ycinco por ciento) de integrantes debanda de música (músicos y / opercusionistas con instrumentos y trajesde carnaval)

c) La presentación de un carro desonido.-

d) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

ART 8º: Serán considerados AgrupaciónMusical en Ascenso las que cumplan conlos siguientes requisitos y no podránsuperar un máximo de 2 (dos) en estacategoría:a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema arepresentar y la lista de buena fe de losintegrantes.-

b) Participen con una conformaciónsuperior a 40 (cuarenta) y no mayor a 60(sesenta) Integrantes mayores y/oinfantiles. Quienes en base a dichaconformación presentarán un 35% (treintay ciento por ciento) de integrantesbailarines y el 65% (sesenta y cinco porciento) de integrantes de banda de música(músicos y / o percusionistas coninstrumentos y trajes de carnaval).-

c) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

CAPITULO 3 – DE LAS COMPARSASHUMORÍSTICAS :

Se denominará Comparsa Humorística atoda agrupación estructuradamínimamente de la siguiente manera:

conceder un plazo de sesenta y dos (72)horas, de informados los términos delpresente, para exigir la integración de losfondos suplementarios referidos, deexclusiva responsabilidad del Municipioa su cargo. De otra manera deberá asumirante el electorado las consecuencias quepudieran acarrear el incumplimiento entiempo y forma.-

Que, a fs. 4 obra afectación preventivadel gasto por la Dirección General deContabilidad.-

Que, a fs. 8 obra Dictamen Legal de laSecretaría de Economía y Hacienda.-

Que, el Departamento Ejecutivo poseelas facultades para el dictado de lapresente.-

POR ELLOEL SEÑOR INTENDENTE

MUNICIPALRESUELVE:

Ar tículo 1: Autorizar los Gastos quedeberá afrontar el Municipio de Capital,en virtud de la Convocatoria de losComicios para el 23 de Octubre delCorriente año, en adhesión al DecretoNº 586/11, a fin de elegir Concejales.-

Artículo 2: Encuadrar la presenteResolución en la Carta OrgánicaMunicipal Artículo 43 inciso 33.-

Ar tículo 3: Autorizar a la Secretaría deEconomía y Hacienda a emitir libramientodefinitivo y orden de pago y a efectuar elpago correspondiente, previa verificacióndel cumplimiento de los recaudos legales,por la suma de $ 57.917.16 (PESOSCINCUENTA Y SIETE MILNOVECIENTOS DIECISIETE CONDIESISEIS CENTAVOS) por el conceptoprecedentemente expresado.-

Artículo 4: Transferir o depositar en laCuenta Corriente del Banco S.A.; CasaMatriz, Nº 130768 subcuenta 21 de la quees titular esta Junta Electoral de laProvincia, con acreditación por Secretaríade la Operación, la suma de $ 57.917.16(PESOS CINCUENTA Y SIETE MILNOVECIENTOS DICIESIETE CONDIESISEIS CENTAVOS).-

Artículo 5: La Secretaría de Economía yHacienda imputará el gasto en la Partidacorrespondiente.-

Artículo 6: La presente resolución serárefrendada por el Señor Secretario deEconomía y Hacienda.-

Artículo 7: Regístrese, Comuníquese,Cúmplase y Archívese.-

CARLOS MAURICIO ESPINOLAINTENDENTE

Municipalidad de la Ciudad deCorrientes

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siguientes requisitos y no podránsuperar un máximo de 5 (cinco) en estacategoría:a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema arepresentar y la lista de buena fé de losintegrantes.-

b) Participar con una conformaciónsuperior a 110 (ciento diez) integrantesmayores y/o infantiles. Quienes en basea dicha conformación presentaran un 65% (sesenta y cinco por ciento) deintegrantes bailarines ataviados contrajes de carnaval elaborados comofantasía (se entenderá como traje decarnaval aquel que se encuentretrabajado con lentejuelas, perlas,piedras, mostacillas, canutillos, plumas,tocados, espaldar, etc y estén acordesal diseño presentado) y el 35 % (treintay cinco por ciento) restante deintegrantes de banda de música(músicos y / o percusionistas coninstrumentos y trajes de carnaval) yopcional el carro de sonido.-

c) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

ART 6°: Serán considerados Comparsaen Ascenso quienes cumplan con lossiguientes requisitos y no podránsuperar un máximo de 9 (nueve) en estacategoría:

a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema a representary la lista de buena fe de los integrantes.-

b) Participar con una conformaciónsuperior a 70 (setenta) y que no superelos 80 (ochenta) integrantes mayores y/oinfantiles. Quienes en base a dichaconformación presentaran un 65 %(sesenta y cinco por ciento) de integrantesbailarines ataviados con trajes de carnavalelaborados como fantasía (se entenderácomo traje de carnaval aquel que seencuentre trabajado con lentejuelas,perlas, piedras, mostacillas, canutillos,plumas, tocados, espaldar, etc y esténacordes al diseño presentado) y el 35 %(treinta y cinco por ciento) restante deintegrantes de banda de música (músicosy / o percusionistas con instrumentos ytrajes de carnaval).

c) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

d) Para las comparsas que participen enesta categoría, la carroza alegórica de reinaserá opcional, no siendo excluyente la nopresentación de la misma.-

CAPITULO 2 – DE LASAGRUPACIONES MUSICALES :

Se denominará Agrupación Musical a todaagrupación estructurada mínimamente dela siguiente manera:

Dr. LUCAS FERREROSecretario General de GobiernoMunicipalidad de la Ciudad de

Corrientes

RESOLUCION Nº 5

Corrientes, 24 de Octubre 2011

VISTO:

Lo dispuesto por Ordenanzas Nº 2236/91, Nº 2537/93, Nº 2650/94, ResolucionesNº 2051/11, Nº 2495/11, Nº 2710/11, Nº2723/11 y Reglamento Electoral; y

CONSIDERANDO:

Que las Resoluciones Nº

2495/11, Nº 2710/11 y Nº 2723/11

dictadas por el Departamento Ejecutivo

Municipal dispusieron la convocatoria

a elecciones para la designación de

Director de la Caja Municipal de

Préstamos y fijaron el cronograma

electoral.-

Que el cronograma

electoral estableció el día 17 de octubre

de 2011 como fecha para la presentación

de candidatos para las elecciones de

Director de la Caja Municipal de

Préstamos.-

Que hasta la mencionada

fecha se han recibido las solicitudes de

candidaturas de los siguientes agentes

municipales: Isidro Alfredo Acosta, DNI

11.718.807; Pedro Ramón Lugo, DNI Nº

11.146.022; José Eduardo Reguera, DNI Nº

12.868.525; Néstor Oscar Valenzuela, DNINº 17.813.875; Miguel Ángel Vanderland,DNI Nº 12.259.780; y María Elena Villalba,DNI Nº 13.686.766.-

Que corresponde a ésta

Junta Electoral examinar si las solicitudes

de candidaturas han cumplimentado los

requisitos previstos por las normas

aplicables.-

Que para ello debe tenerse

en cuenta lo expresado por Resolución Nº

2495/11 rectificada por la Resolución Nº

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d) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

ART 11º: Será considerada Carr oza deBarrio la que cumpla con los siguientesrequisitos:a) Tráiler adornado o trabajadoescultóricamente o artesanalmente enbase a un tema, que podrá transportaruno o más integrantes mayores y/oinfantiles con traje de carnaval. Sedeberá inscribir y presentar boceto delcarro alegórico en la fecha que estipulaal respecto este reglamento.-

Los Carros y Carrozas Alegóricas yCarros de Sonido deberán contar con 2(Dos) Matafuegos.

Apéndice del Título 2:En todos los casos previstos en los Art.del 5º al Art. 11º, se consideran Infantilesa los menores de 13 años los que podrándenominarse grupo de ala futura.-Las comparsas y/o agrupaciones quepresenten banda de música no podránser superior a 8 integrantes las mismas,dicho número no alterara la cantidad deintegrantes que para cada rubro sesolicita en este reglamento.-

CLAUSULA ESPECIAL:

ART 12º: LA COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL se reserva la

facultad de descalificar y disponer laexclusión del participante competidor, queno se ajuste a la calificación determinadaoriginalmente en la inscripción referida aeste Reglamento, a la calidad de puestaen escena y presentación acorde con latradición del Carnaval Barrial.-

TITULO 3 – DE LAS INSCRIPCIONESY DE LOS REPRESENTANTES DE LOSPARTICIPANTES:

ART 13º: La Comisión de la Comparsa y/o Agrupación deberá presentar ante laCOMISIÓN DEL CARNAVAL BARRIALpor escrito un Delegado Titular y unSuplente a los efectos de tratar losdistintos temas relacionados al CarnavalBarrial.-

ART 14º: Para participar y competir enlos Carnavales Barriales de la Ciudad deCorrientes, además de cumplir con losrequisitos mencionados en los Artículosprecedente, deberán presentar una notafirmada por la Comisión de la Comparsay/o Agrupación respectiva autorizando alDelegado a la firma de un acta decompromiso con la AUTORIDADMAXIMA en representación de suComparsa y/o Agrupación, fijando en ellalas condiciones que deberán ajustarseestrictamente al presente Reglamento ysus Anexos.-Asimismo deberá designar un responsablepara responder las consultas del juradodurante el transcurso del desfile de su

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1) Un Estandarte principal2) Dos Cordoneras3) Grupos humorísticos4) No menos de 4 solistas con trajeshumorísticos5) 1 Dúo6) 1 Trío7) Pareja de baile8) Portabanderas9) Bastonera de Escuela de Samba10) Escuela de Samba11) Opcional-Carro de sonido12) Reina con carroza alegóricaLos Carros y Carrozas Alegóricas yCarros de Sonido deberán contar con 2(Dos) Matafuegos

ART 9º: Serán considerados ComparsasHumorísticas Superior quienescumplan con los siguientes requisitos yno podrán superar un máximo de 2 (dos)en esta categoría:a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema arepresentar y la lista de buena fe de losintegrantes.-

b) Participen con una conformaciónsuperior a 80 (ochenta) y que no superelos 100 (cien) Integrantes mayores y/oinfantiles. Quienes en base a dichaconformación presentarán un 70%(setenta por ciento) de integrantesbailarines ataviados con trajes decarácter humorísticos y 30 % (treinta porciento) restante de integrantes de bandade música (músicos y / o percusionistas

con instrumentos y con trajes decarácter humorístico).-

c) La presentación del carro de sonidoserá opcional.-

d) Las agrupaciones que no reúnan losrequisitos anteriormente mencionadosdefinitivamente no podrán inscribirse eneste rubro.-

ART 10º: Serán consideradosComparsas Humorísticas en Ascensoquienes cumplan con los siguientesrequisitos y no podrán superar un máximode 2 (dos) en esta categoría:a) Presentar una carpeta de diseños, conel argumento escrito del tema arepresentar y la lista de buena fe de losintegrantes.-

b) Participen con una conformaciónsuperior a 40 (cuarenta) y que nosuperen los 50 (cincuenta) Integrantesmayores y/o infantiles. Quienes en basea dicha conformación presentarán un70% (setenta por ciento) de integrantesbailarines ataviados con trajes de carácterhumorísticos y 30 % (treinta por ciento)restante de integrantes de banda demúsica (músicos y / o percusionistas coninstrumentos y con trajes de carácterhumorístico).-

c) Quienes presenten carrozas alegóricasy / o carros de sonido ambos opcional.-

Resolución Nº 2765Corrientes, 13 de Octubre de 2011

VISTO:

El expediente Nº 1594-J-2011, por el cualla Junta Electoral de la Provincia deCorrientes, ref. Convocatoria de loscomicios del 23 de Octubre de 2011, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Junta Electoral de la Provinciade Corrientes, por disposición superioren el marco organizativo de los comiciosconvocados para el próximo 23 deOctubre y en previsión de que elmunicipio, indefectiblemente celebraráelecciones en la fecha indicada, envirtud de la convocatoria dispuesta porResolución /Ordenanza Nº 115/11,obrante en esta Secretaria; pone enconocimiento que los gastos deOrganización Y ejecución de las tareasinherentes a estos comicios, estimadosinicialmente en la suma de PESOSCUATOCIENTOS TRS MILDOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO(403.274,00), han sufrido un incrementodebido al ajuste presupuestariorealizado por la Justicia Federal dePESOS OCHENTA Y SEIS MILOCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CONSESENTA CENTAVOS ( $ 86.872,60),dando como resultado total la suma dePESOS CUATROCIENTOS NOVENTA

MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CONSESENTA CENTAVOS ( $ 490.146,60).-

Que, en consecuencia calculados losgastos correspondientes a esa comuna,con idéntico criterio por porcentualidadal adoptado inicialmente, en función alnúmero de electores inscriptos deconformidad a lo dispuesto por esta JuntaElectoral por acta Nº 32 del día 12/08/11, lasuma complementaria a depositar es dePESOS CINCUENTA Y SIETE MILNOVECIENTOS DIESICISIETE CONDIESIDEIS CENTAVOS ( $ 57.917,16) decuyo destino se practicara su oportunarendición de cuentas y devuelto losexcedentes si los hubiera.-

Que, atento a lo avanzado del cronogramaelectoral, y las distintas tareas aunpendientes, de considerable volumen, sehace menester dar curso inmediato alpedido formulado por la Justicia Federalcon competencia electoral, que éstadestinará al pago de horascomplementarias de su personal. De otramanera esta Junta Electoral se vería en lanecesidad de contratar personal ennumero mayor al actualmente en servicio,con la lógica implicancia de un costo maselevado y la falta de experiencia, que iraen detrimento de la calidad de trabajo aejecutar.-

Que, por tal motivo y lo breve del tiemporestante, este Cuerpo estima suficiente

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ART 17º: El Jurado responsable decalificar a los participantes serádesignado por la AUTORIDADMÁXIMA y estará integrado por (3)tres Miembros Titulares y (1) unSuplente, dichos Jurados se elegirá paracada noche de corso y seránpersonalidades con méritos yantecedentes en lo referido al carnavalde nuestro medio o de ciudades quetengan antecedentes de carnaval. LaAUTORIDAD MÁXIMA será laencargada de instruir con respecto alpresente reglamento a los miembros deljurado y podrá reemplazar en caso deausencia de algún Titular por elSuplente. Cada Comparsa y/oAgrupación deberá presentar en unanota un nombre donde se especifiquedatos completos y contacto como asítambién curriculum vitae de (1) unapersona que cumpla con los requisitospara ser jurados mencionados en elpárrafo precedente. Con dichos nombresse elaborará un listado de pre-candidatos a ser jurados en los CorsosBarriales.-Uno (1) de los (3) tres integrantes delcuerpo de jurado será elegido por sorteoante la presencia de todos los Delegadosde las Comparsas y/o Agrupaciones 48horas antes de cada desfile.-

ART 18º: Será motivo de descalificaciónde un miembro del Jurado por parte dela AUTORIDAD MÁXIMA cualquier

manifestación pública sobre losparticipantes realizada antes y / o duranteel desarrollo del evento, debidamenteconstatada.-La descalificación de un miembro delJurado implica su exclusión del Cuerpo yproceder a su inmediato reemplazo.-

ART 19º: Al jurado se le proveerá de laplanilla de puntuación (que como anexoIII forma parte de la presente) las queserán utilizadas para la calificación de 1 al10 en cada rubro, estarán firmadas porcada jurado, colocadas en un sobre ydepositadas en la urna correspondiente.-

CAPITULO 2 – DE LA CALIFICACIÓN :

ART 20º: Los miembros del Jurado, alemitir su voto, firmarán las respectivasplanillas las que tendrán aclarado suNombre y Apellido.-El voto será individual y secreto hasta elescrutinio.-Las planillas serán completadas con lacalificación correspondiente por losmiembros del Jurado en originalesdefinitivos y en sobre cerrado serándepositados en una urna.-ART 21º: Cada miembro del Juradocalificará con puntaje de 1 (uno) comomínimo y 10 (diez) como máximo en cadauno de los ítems a competir establecidosen el presente Reglamento.-En su Evaluación no podrán omitirninguno de los ítems de calificaciónestablecidos.-

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Comparsa y/o Agrupación; debiendorespetar las indicaciones que imparta elCoordinador del Jurado.-Las observaciones que se formulendeberán registrarse por escrito y en Actadel Escribano Oficial del Carnaval Barrialdicho registro se practicará al cierre delevento siendo firmado por el Delegado ylas Autoridades del corso.-

ART 15º: Las inscripciones de lasComparsas y/o Agrupaciones deberánrealizarse hasta el día 30 de septiembredel año en curso y con toda ladocumentación que se detalla acontinuación, sin excepción:a) Formulario de Inscripción (que comoanexo II forman parte de la presente).-b) Fotocopia de D.N.I. 1º y 2º hoja (legible)del Presidente y Vicepresidente de laComisión Directiva de la Comparsa y/oAgrupación. Y su Delegado Titular y suSuplente.-c) Presentación de la carpeta de Diseñosy el desarrollo por escrito del Tema.Quedando terminantemente prohibido larepetición de temas y/o diseños quefueran presentados en años anteriores,los que así lo hicieren quedaranautomáticamente eliminados de todacompetencia y por ende no podránpercibir el subsidio correspondiente.Dicha carpeta se podrá presentar enfotocopia color, en tamaño A4 y encarpeta tipo cual es, en caso de no serpresentada el original puesto que la

misma quedará como parte documentalperteneciente a la Municipalidad de laCiudad de Corrientes.-d) Participaran en calidad de Invitadosaquellas Agrupaciones que laCOMISIÓN DEL CARNAVAL BARRIALasí lo decida.-

ART 16º: La lista de buena fe quecorresponde a la nómina de integrantesde las Comparsas y/o AgrupacionesMusicales y Agrupaciones Humorísticasdeberá presentarse ante la COMISIONDEL CARNAVAL BARRIAL, como partede la documentación a presentar hastael día 30 de septiembre del presente año,y la definitiva será presentada ante lamencionada Comisión con unaantelación de 48 horas antes de lainiciación de la primera noche de desfilecon los siguientes datos:a) Nombre de la Agrupaciónb) Apellido y Nombre (de losparticipantes)c) DNI:d) Edad:Asimismo se presentará una nota con lalista de todos aquellos integrantes de lasComparsas (Superior-en Ascenso yHumorísticas) y AgrupacionesMusicales que competirán en losdistintos rubros individuales a premiar.-

TITULO 4 – DEL JURADO :

CAPITULO 1 – INTEGRANTES YFUNCIONES

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PAG. 16 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 29

Los conceptos y líneas de los diseñosen su totalidad con relación al vestuariodel tema que la Comparsa presenta, elacierto, novedad, calidad de materialempleado y la utilización armónica delcolor.-d) Música: Comprende la calidad en laselección musical en función de surepercusión en el público y en el espíritude la Agrupación. La Calidad de laejecución en vivo si la hubiere. Calidaddel acompañamiento rítmico de lospercusionistas.-e) Dinámica y Animación: Espíritu delcarnaval, comprende la dinámica y bríopuestos en juego en el desplazamiento,la alegría y animación manifestada porlos integrantes durante el paso de laAgrupación y su repercusión en elpúblico.-

ART 26º: Para las ComparsasHumorísticas el Jurado Evaluará lossiguientes ítems:a) Originalidad : Comprende la fantasía,novedad y creatividad del temaplanteado en su formato de desfile. Lainventiva e imaginación en la eleccióny Desarrollo del tema o motivo de lacomparsa.-b) Coreografía: Comprende la variedadde pasos y figuras, la diversidad ycomplejidad de los cuadros,desplazamientos y evolucionesarmónicas de los distintos grupos y dela Comparsa en su conjunto, la sincroníarítmica, la utilización del espacio.-

c) Vestuario: Comprende la inventiva yoriginalidad de los diseños, el efectovisual y armonía cromática colectiva,uniformidad y calidad de la realización dela vestimenta.-d) Música: Comprende la calidad en laselección musical en función de surepercusión en el público y en el espíritude la comparsa.-• Calidad de la ejecución en vivo si la

hubiere.-

• Calidad del acompañamiento rítmico delos percusionistas.-

e) Dinámica y Animación: Espíritu delcarnaval, Comprende la dinámica y bríopuestos en juego en del desplazamiento,la alegría y animación manifestada por losintegrantes durante el paso de la comparsay repercusión en el público.-

CAPITULO 4 – DE LOS PREMIOS

ART 27º: Por el sistema de puntajeacumulativo, se otorgarán los siguientespremios:

• Primer Premio en Comparsa Superior(5 Comparsas)

• Primer Premio en Comparsa enAscenso (9 Comparsas)

• Primer Premio en Escuela de Samba deComparsa

• Primer Premio en Agrupación MusicalSuperior (2 Agrupaciones)

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ART 22º: La ausencia de unparticipante en la competenciaprogramada será calificada con 0 (cero)puntos, siendo esta la única causadonde se podrá calificar con 0 (cero).-

ART 23º: El puntaje final obtenido porcada participante será el que resulte dela suma de la totalidad de los puntosobtenidos en la planilla de evaluaciónde jurados de todas las nochespuntuables, menos la sustracción de loque corresponda por sancionesprevistas en el presente Reglamento.-

CAPITULO 3 – DE LOS ÍTEMS ACONSIDERAR POR EL JURADO:

ART 24º: Para las Comparsas Superioro en Ascenso el Jurado Evaluará lossiguientes ítems:a) Originalidad : Comprende la fantasía,novedad y creatividad del temaplanteado en su formato de desfile. Laimaginación en la elección y desarrollodel tema o motivo de la Comparsa.-b) Coreografía: Comprende la variedadde pasos y figuras, la diversidad ycomplejidad de los cuadros,desplazamientos y evolucionesarmónicas de los distintos grupos, y dela Comparsa en su conjunto, la sincroníarítmica, la utilización del espacio.-c) Vestuario: Comprende la inventiva,originalidad y creatividad de losdiseños. Los conceptos y líneas de los

diseños en su totalidad con relación alvestuario del tema que la Comparsapresenta, el acierto, novedad, calidad dematerial empleado y la utilización armónicadel color.-d) Música: Comprende la calidad en laselección musical en función de surepercusión en el público y en el espíritude la Comparsa.-Calidad de la ejecución en vivo si lahubiere.-Calidad del acompañamiento rítmico delos percusionistas.-e) Dinámica y animación: Espíritu decarnaval, la dinámica y brío puestos enjuego en el desplazamiento, la alegría yanimación manifestada por losintegrantes durante el paso de laComparsa y su repercusión en el público.-

ART 25º: Para las AgrupacionesMusicales el Jurado Evaluará lossiguientes ítems:a) Originalidad : Comprende la fantasía,novedad y creatividad del tema planteadoen su formato de desfile. La imaginaciónen la elección y desarrollo del tema omotivo de la agrupación musical.-b) Coreografía: Comprende la variedadde pasos y figuras, la diversidad de loscuadros, desplazamientos y evoluciónarmónica de los distintos grupos y de laescuela de samba en su conjunto,sincronía rítmica y la utilización delespacio.-c) Vestuario: Comprende la inventiva,originalidad y creatividad de los diseños,

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PAG. 18 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 27

Los premios en: Mejor Coreografía,Mejor Diseño y Realización de Vestuariosurgirán de la suma de la totalidad de lospuntos obtenidos por los participantesen esos rubros. Algunos de estospremios se otorgarán en las categoríasmayores e infantiles los mismos estánespecificados en el Art. 29 del presentereglamento.-La comparsa que resultare ultima en lacategoría COMPARSA SUPERIORparticipará en el año siguiente en lacategoría Comparsa en Ascenso(descenderá).-Asimismo la Comparsa que resultareganadora en el nivel en Ascensoparticipará en el año siguiente en lacategoría COMPARSA SUPERIORdebiendo contar la misma para esa únicaoportunidad solamente con un 10 % (diezpor ciento menos) de la cantidad deintegrantes que se requiere para esacategoría.-La comparsa que resultare ultima en lacategoría COMPARSA EN ACENSOparticipará en el año siguiente en lacategoría de COMPARSA INVIT ADA(descenderá); y la que resultareganadora en la categoría de INVIT ADAascenderá automáticamente a lacategoría de COMPARSA EN ACENSO(siempre y cuando cumpla con todos losrequisitos solicitados y compita en sucategoría).-

CAPITULO 5 – DE LOS PREMIOSINDIVIDUALES Y ESPECIALES :

ART 28º: Las Candidatas y/o Candidatosal reinado del Carnaval Barrial seráncalificadas con puntaje de 1 (uno) a 10(diez) en los siguientes rubros y en eseorden:a) Belleza Naturalb) Simpatíac) Elegancia y Destaque (Incluyepersonalidad, destreza para la danza yvestimenta)

ART 29º: Será designada Reina de losCarnavales Barriales de la Ciudad deCorrientes la candidata que obtenga lamayor puntuación general en el rubro dereinas. Será designado Rey de CarnavalBarrial de la Ciudad de Corrientes elcandidato que obtenga la mayorpuntuación general en ese rubro.-

ART 30º: Será designada Reina de BellezaNatural la candidata que obtuviera lasegunda mayor puntuación en el rubrode reinas.-

ART 31º: Serán designadas Reinas deSimpatía y Elegancia – en ese orden – lascandidatas que mayor puntaje hayanobtenido en el tercer y cuarto lugar en elrubro reinas.-

ART 32º: Como Mejor Destaque delCarnaval se elegirá de entre losparticipantes que cada comparsa oagrupación presentare en ese rubro, quea juicio del jurado merezca dichadistinción, puntuando al mismo en ese

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PAG. 28 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 17

• Primer Premio en AgrupaciónMusical en Ascenso (2Agrupaciones)

• Primer Premio en ComparsaHumorística Superior (2 Comparsas)

• Primer Premio en ComparsaHumorística en Ascenso (2Comparsas)

• Primer Premio en Carroza deComparsa (Transporta a la Reina)

• Primer Premio en Carroza de Barrio

• Reina de los Carnavales Barriales dela Ciudad de Corrientes (Mayores eInfantiles)

• Rey de los Carnavales Barriales dela Ciudad de Corrientes (Mayores)

• Reina de Belleza de los CarnavalesBarriales de la Ciudad de Corrientes(Mayores e Infantiles)

• Reina de Simpatía de los CarnavalesBarriales de la Ciudad de Corrientes(Mayores e Infantiles)

• Reina de la Elegancia de losCarnavales Barriales de la Ciudad deCorrientes (Mayores e Infantiles)

• Mejor Embajadora del Carnaval(Mayores e Infantiles)

• Mejor Diseño y Realización deVestuario

• Mejor Coreografía (Mayores eInfantiles)

• Mejor Destaque del Carnaval Barrial(Mejor Traje del Carnaval) (Mayorese Infantiles)

• Mejor Estandarte

• Mejor Porta Estandarte

• Mejor Bailarina y / o Bailarín (Mayorese Infantiles)

• Mejor Pareja de Baile (Mayores eInfantiles)

• Mejor Grupo del Carnaval (Mayores eInfantiles)

• Mejor Bastonera de Escuela de Samba(Mayores e Infantiles)

• Rey Momo (Comparsa Humorística)(Mayores)

• Momo Baby (Comparsa Humorística)(Infantiles hasta 13 años)

• MENCIÓN ESPECIAL: ESPÍRITUDEL CARNAVAL (Mayores eInfantiles)

• MENCIÓN ESPECIAL : MascaraSuelta

El premio de la Escuela de Samba deComparsa surgirá de la suma de puntosobtenido por los participantes en el rubromusical.-

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PAG. 20 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1536 Nº 1536 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 25

organizar el ingreso y controlar elcumplimiento del presente Reglamentoen su área de actuación.-Quienes estén a cargo de las distintasresponsabilidades del Comisariatopresentarán al Comisario General uninforme en el que constarán lasinfracciones que se hubieran cometido,la justificación de demoras noimputables a los participantes y todaotra cuestión suscitada en el área quedeba ser tenida en cuenta en elescrutinio.-Las planillas de ingreso seráncompletadas por el responsable de laConcentración y las mismas serándepositadas en una urna en las mismascondiciones que las del ComisarioGeneral y Jurados.-

CAPITULO 2 – DEL DESFILE

ART 37º: Los participantes dispondránpara su desfile del tiempo que estableceeste Reglamento. Cuando su paso sevea impedido por la detención de algúnvehículo, éste deberá ser retirado deinmediato y el tiempo de demora no serácomputado en su contra. En cuanto a laComparsa y/o Agrupación participanteque voluntaria e involuntariamentegeneró el problema se establecerá encada caso la responsabilidad motivo dela detención que ocasionara y podrá serpasible de la sanción que correspondaa la demora correspondiente.-

ART 38º: El desfile deberá desarrollarseen forma continua desde el ingreso hastael final quedando prohibido detenerse orealizar paradas sin causa justificadas, lainobservancia de éste artículo serápenalizada.-

ART 39º: Las autoridades de las áreas deingreso y egreso serán ejercidas por losresponsables del Cronometraje delComisariato quienes tendrán a su cargogarantizar la fluidez del paso de losparticipantes, el cumplimiento del presenteReglamento en su área de actuación, yefectuar el registro de ingreso y egresode cada participante y toda otrascuestiones que deban formar parte de suinforme con respecto al horario.-

CAPITULO 3 – DE LOS HORARIOS:

ART 40º: El orden y el horario en queingresarán los participantes seránestablecidos por la COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL, quien dará aconocer los mismos, (48) cuarenta y ochohoras antes de la iniciación de losCarnavales.-

ART 41º: Los participantes deberánrealizar su desfile en el Corso en lostiempos máximos que a continuación seestablecen:• Comparsa Superior: 40 (cuarenta)minutos• Comparsa en Ascenso: 30 (treinta)minutos

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rubro del 1 (uno) al 10 (diez) yresultando merecedor del primer premioel que haya obtenido mayor puntaje.-

CAPITULO 6 – DEL ESCRUTINIO

ART 33º: El escrutinio se realizará apartir de las 14:00 hs. (catorce) del díainmediato posterior a la última fecha decompetencia del evento, en el lugar quedesigne la COMISIÓN DEL CARNAVALBARRIAL, con la presencia delESCRIBANO OFICIAL DELCARNAVAL Y DEL COMISARIOGENERAL DEL CORSO y el Delegadode cada Comparsa y/o Agrupación, nopermitiendo el ingreso de ninguna otrapersona ajena que no esté designada enel presente Artículo. Las Comparsas queno cumplan con lo antes mencionadoserán pasibles de apercibimiento. Dichoapercibimiento consistirá en eldescuento de 10 puntos en la sumageneral.-

ART 34º: La apertura de la urnaconteniendo los sobres del Jurado, serealizara en presencia de la Comisión delCarnaval Barrial, el Comisario General deCorso, el Escribano Oficial del Carnavaly el Delegado de cada Comparsa y/oAgrupación.-Constituidos los presentes en el sitioestablecido, el ESCRIBANO certificaralas Planillas de los miembros del Jurado,para inmediatamente pasar a la lectura

de las ACTAS y las planillas delCOMISARIATO correspondiente a cadauna de las jornadas, a fin de determinarlas posibles sanciones quecorrespondan. Cumplido lo anterior seprocederá al escrutinio y cómputodefinitivo de los distintos puntajesotorgados por el Jurado.-EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DELCARNAVAL BARRIAL será la únicaAutoridad del Acto y como tal tendrá lafacultad resolutoria de todo loconcerniente a la competencia y trámitedel acto siendo sus decisionesinapelables.-

TITULO 5 – DEL DESARROLLO DELCORSOCAPITULO 1 – DE LACONCENTRACIÓN

ART 35º: Los participantes deberánacreditar su presencia y su disponibilidadpara el desfile en sus respectivos lugaresde concentración 60 (sesenta) minutosantes de la hora fijada para su ingreso. Eldesfile del corso se iniciaráindefectiblemente en el horarioestablecido que en la planilla pertinenteconstare.-

ART 36º: En el Sector previsto por elComisario General para la concentraciónde los participantes, actuarán comoautoridad el responsable de laconcentración, con el propósito de

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• En 10 puntos por el atraso en el iniciodel desfile o en la salida, de 6 a 10minutos.-• En 20 puntos por el atraso en el iniciodel desfile o en la salida de más de 11minutos.-El horario de salida de los participantesse establecerá a partir del horario en queefectivamente haya ingresado en elcorso según planilla de cronometraje.-

ART 46º: El participante que incurrieraen más de (20) veinte minutos de atrasoen el inicio, automáticamente cederá sulugar al participante que le suceda en elorden del ingreso, pudiendo presentarseal final de la jornada con un 50% dedescuento en el puntaje de ese día. De

no hacerlo deberá aplicarse lo establecidoen el artículo 23 del presente Reglamento.-

ART 47º: Aquellos participantes quepresenten hasta un 10% menos de lacantidad de integrantes inscriptosdeclarada en la lista de buena fe sedescontarán una cantidad de 20 puntospor noche, en el escrutinio final.-

CAPITULO 6 – OTROS

ART 48º: Todo lo que no estéexpresamente establecido en el PresenteReglamento deberá plantearse ante laCOMISIÓN DE CORSOS BARRIALESquienes serán los únicos autorizados adirimir la cuestión, de acuerdo a loestablecido en el artículo 1 (uno).-

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• Agrupación Musical Superior: 40(cuarenta) minutos• Agrupación Musical en Ascenso: 30(treinta) minutos• Comparsa Humorística Superior: 30(treinta) minutos• Comparsa Humorística en Ascenso: 20(veinte) minutos• Carrozas de Barrio 20 (veinte) minutos

Se establece una tolerancia de 5 (cinco)minutos en más o menos del tiempoestablecido.La inobservancia de los tiemposestablecidos en este artículo los harápasibles de las sanciones previstas eneste Reglamento.-

ART 42º: Para el cómputo del tiempodel desfile se tendrá en cuenta el lapsotranscurrido desde el ingreso del primerintegrante de la Comparsa y/oAgrupación del participante en la líneade inicio hasta la salida del último deellos en la línea de finalización. El Equipodel Cronometraje estará a cargo delcontrol de la misma, registrando dichosdatos en la planilla correspondiente laque será firmada por el Delegado de laComparsa y/o Agrupación previo a lacolocación en sobre cerrado ydepositado en la urna.-

CAPITULO 4 – DE LOS HORARIOS

ART 43º: El Comisario dedesconcentración estará a cargo, una

vez que el último integrante de laComparsa y/o Agrupación participantetransponga la línea de finalización delrecorrido del desfile, su responsabilidadconsistirá en la correcta desconcentraciónhasta liberar el área determinada. Sepenalizará al causante de la demora dentrodel marco de lo que estipula el presentereglamento. El área de dispersión deberáser totalmente liberada al llegar el primerintegrante del participante que le sigue eldesfile. Si el participante precedenteocasiona dificultades en la salida delsiguiente por no haber despejado el áreade desconcentración, la demora producidale será cargada al causante.-

CAPITULO 5 – DEL INCUMPLIMIENTO

ART 44º: El incumplimiento del horariode inicio y de salida hará pasibles a losparticipantes de una penalización queconsistirá en el descuento de puntos deltotal asignado a esa noche, salvo casosjustificados que no le sean imputables,fehacientemente acreditados en la nocherespectiva ante el Comisario del Sector,que deberá informar al Comisario Generalpara su asiento en la planilla respectiva.-

ART 45º: En el Desfile del Corso quecorresponda a cada noche de actuaciónse descontará del total de puntosobtenidos en esa noche, cuando se realiceel escrutinio correspondiente lossiguientes puntos: