Outsourcing fiscal

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INSTITUTO TECNOLOGICO DE VILLAHERMOSA ASIGNATURA : ESTRATEGIA FISCAL EMPRESARIAL

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INSTITUTO

TECNOLOGICO DE VILLAHERMOSA

ASIGNATURA :

ESTRATEGIA FISCAL EMPRESARIAL

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4.2

OUTSOURCING

FISCAL

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CONCEPTO DE OUTSOURCING

Es contratar y delegar a largo plazo uno o más procesos no críticos para nuestro negocio, a un proveedor con especialización en una o varias áreas del proceso productivo, consiguiendo con ello una mayor efectividad que nos permite orientar nuestros mejores esfuerzos a las necesidades prioritarias del negocio

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¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DEL OUTSOURCING?

• Reducir o controlar el gasto de operación.• Disminución de los costos.• Destinar recursos para otros propósitos.• Ahorro de tiempo y esfuerzo en funciones.• Los trabajadores de la compañía pueden

dedicar su tiempo al verdadero objeto de su negocio.

• Manejar más fácilmente las funciones difíciles o que están fuera de control.

• Permite a la compañía enfocarse en su misión y visión.

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Beneficios que se esperan del outsourcing

• Disminución de Riesgos laborales.• Una mejora en la calidad del servicio

obtenido.• Atención especializada y personalizada,

permitiendo un trabajo en equipo con la empresa; proponiendo métodos para mejoramiento o eliminación de procesos.

• Seguridad y confianza: Seguridad de contar con un proveedor integral

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 OUTSOURCING

FISCAL

• Es contratar y delegar a largo plazo el proceso fiscal contable de nuestro negocio, a un proveedor con especialización en este proceso. Consiguiendo con ello una mayor efectividad que nos permite orientar nuestros esfuerzos a las necesidades del negocio.

• Si tenemos una persona especializada que nos puede mejorar nuestra contabilidad, nos podríamos ahorrar los costos de la previsión social de esta persona y por otro lado obtener una factura deducible con un menor costo.

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El servicio consiste en la preparación de los pagos individuales de impuestos mensuales y las declaraciones anuales correspondientes, siguiendo las disposiciones fiscales vigentes en las operaciones normales de la empresa como sigue:

• Impuesto sobre la renta (Empresarial y Retenciones)• Impuesto al activo• Impuesto al valor agregado• Participación a los trabajadores en las utilidades de la

empresa   

• Retención del impuesto sobre la renta (ISR)• Cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)• Aportaciones al Sistema del Ahorro para el Retiro (SAR)• Aportaciones para el Instituto del Fondo Nacional de la• Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)• Impuesto Local del 2% Sobre Nóminas

Impuestos de las personas Morales:

Impuestos sobre percepciones por Nóminas:

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• Principales Clientes y Proveedores (DIOT)• Retenciones del ISR• Crédito al Salario Pagado• Factor y Grado de riesgo para efectos del Instituto Mexicano del

Seguro Social (IMSS)• Demás aplicables al giro de la empresa.• Declaración de transacciones  con partes relacionadas en el

extranjero.

• Devoluciones de Impuesto al Valor Agregado

• Consultoría en cierres anuales• Diferentes regímenes de

tributación• Consultas ISR, IMPAC, IVA, IEPS.• Demandas Laborales• Recuperación de Impuestos a favor

Declaraciones Anuales Informativas:

Consultas más especializadas:

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Además preparar todos los registros necesarios y aplicables, así como de las notificaciones ante las diferentes autoridades a nivel local y federal (tales como: inscripciones y movimientos afiliatorios ante el IMSS, SAR e INFONAVIT por los sueldos percibidos de los trabajadores, atención de las solicitudes de información específica de las autoridades fiscales, etc.).

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Regulación de la subcontratación u outsourcing.

 

El caso de las sociedades conocidas como outsourcing, se ha considerado a manera, especie o forma de elusión fiscal en el pago de los impuestos. Esta se da cuando una empresa (A) contrata a otra (B) para que realice el trabajo, especializado o no, originalmente asignado a la primera. Así, la segunda trabaja para el contratante original (C) sin tener en realidad nada que ver con este. A se convierte en intermediaria entre B y C.

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Según la LFT menciona en sus artículos los siguiente: Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o

similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo.

b) Deberá justificarse por su carácter especializado.c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que

realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. 

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Artículo 15-B. El contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista, deberá constar por escrito. La empresa contratante deberá cerciorarse al momento de celebrar el contrato a que se refiere el párrafo anterior, que la contratista cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. Artículo 15-C. La empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables.

Artículo 1004-C. A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general.

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En la actualidad es posible ver las constantes modificaciones en las disposiciones fiscales como una oportunidad si se elige a un proveedor de servicios externos (outsourcing) adecuado.

Deloitte Consulting Group, S.C. tiene el derecho legal exclusivo de involucrarse en, y limita sus negocios a, la prestación de servicios de consultoría (incluidos tecnología de la información, estrategia y operaciones y capital humano) en México bajo el nombre de "Deloitte" Deloitte en México cuenta con más de 5,400 profesionales en 22 ciudades y ha sido reconocida por doce años consecutivos con el distintivo de "Empresa Socialmente Responsable" (ESR), que otorga el Centro Mexicano para la Filantropía (CEMEFI). Además está entre las diez Mejores Empresas para Trabajar en México por el Great Place to Work® Institute.

EJEMPLO 

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• Los especialistas en servicios de cumplimiento fiscal de Deloitte se encargan precisamente de lograr que este proceso beneficie a las empresas por medio de la identificación de áreas que fortalezcan su estrategia fiscal, reduzcan tiempos y eliminen impuestos omitidos y penalizaciones.

• Nuestros profesionales están continuamente actualizados en la interpretación y aplicación de procedimientos fiscales y regulatorios, lo que procura una mayor visión, planeación y posibilidad de las estrategias de negocios.

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• Impuesto al Valor Agregado (IVA) • El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) • El Impuesto Sobre la Renta (ISR).

¿Por qué contratar este servicio?

Diversas empresas enfrentan la problemática de que las disposiciones fiscales sufren modificaciones constantemente y, por esta razón, es complicado mantener actualizado al personal responsable de elaborar las declaraciones de impuestos corporativos, tales como:

Los servicios externos de cumplimiento fiscal se han convertido en una estrategia de negocios, que permite a las empresas cumplir con sus obligaciones fiscales mediante la contratación de un prestador de servicios que sea capaz de realizar estas tareas de forma más redituable.

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• Disminuir importantes cargas de trabajo de su personal administrativo, al ya no elaborar cálculos detallados de impuestos.

• Informarse en el momento adecuado sobre cambios en leyes que aplican a su operación.

• Identificar áreas de oportunidad para fortalecer su estrategia fiscal.

• Reducir tiempo en la atención de requerimientos fiscales por parte de auditores internos y externos.

• Eliminar impuestos omitidos y evitar penalizaciones que se generan por no aplicar correcta y oportunamente algún cambio en leyes fiscales.

Adicionalmente, el conferir a un experto externo la elaboración mensual y anual de sus declaraciones fiscales, ha permitido a nuestros clientes enfocarse en actividades orientadas a fortalecer su estrategia de negocios.

Al contratar los servicios de cumplimiento fiscal, nuestros clientes han logrado:

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Por medio de nuestros servicios de cumplimiento fiscal nos vinculamos con nuestros clientes como socios de negocios, y les ofrecemos servicios de alta calidad totalmente enfocados a las características específicas de su negocio.

Nuestros servicios de

cumplimiento fiscal

Para poder ofrecer planes de trabajo y alternativas de solución adecuadas a las operaciones de nuestros clientes, como primera fase realizamos un levantamiento de información general, que nos permite conocer con suficiente detalle sus operaciones, estrategia y personal clave involucrado en estas actividades.

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Nuestros servicios incluyen la preparación de las declaraciones mensuales y anuales de ISR, IETU e IVA, llevando a cabo las siguientes actividades:

• Elaboración de papeles de trabajo.• Llenado de formatos fiscales e papel o formato electrónico.• Envío por correo electrónico de las instrucciones para efectuar el pago de

los impuestos, en adición a los archivos con las declaraciones electrónicas o, en su caso, el formato en papel o medio magnético, para ser presentados respectivamente por medio del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o ante la oficina de la SHCP que corresponda al domicilio fiscal. En el último caso, los formatos deberán ser firmados por el representante legal del cliente.

• Elaboración de reportes en forma mensual y anual, con nuestras observaciones sobre el trabajo desarrollado.

• Reuniones o conferencias telefónicas periódicas para comentar sugerencias sobre áreas de oportunidad, las cuales deriven en la realización de consultas y análisis detallados que se enfoquen en una planeación acorde con las características de su negocio.

• Reunión con auditores externos para aclarar cualquier concepto aplicable al trabajo realizado.

• Mantener el archivo electrónico de la información generada por un periodo de dos años.

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OUTSOURCING A

NEXO

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BIBLIOGRAFIA

http://www.deloitte.com/view/es_MX/mx/servicios/impuestos/bps/index.htm?id=mx_Adwords_BPS_Impuestos

http://asirc.com/17-2/outsourcing-fiscal-contable/

http://www.administrategia.com/fiscal.html