Otros barrotes

11

Transcript of Otros barrotes

Page 1: Otros barrotes
Page 2: Otros barrotes

O t r o s b a r r o t e s

Page 3: Otros barrotes

131

El análisis del llamado business peniten-ciario, inicialmente propuesto por Christie,es un esfuerzo que debe encuadrarse enun contexto mucho más amplio que el de laejecución de la pena. El examen analíticodebe establecer los vínculos del sistemapenal con los cambios políticos y económi-cos que se vienen produciendo, durantelas últimas tres décadas, en el marco de loque se ha dado en denominar la moderni-dad tardía.

Dos interrogantes iniciales pueden ser-vir como punto de partida para orientar eldesenvolvimiento de la discusión. ¿Cómose ha llegado a desarrollar un tipo de ra-cionalidad penal meramente “tecnocráti-ca” que quiebra los fundamentos de unaintervención penal propia del welfare?¿Existe una relación entre la crisis de lacultura del welfare y el surgimiento de ra-cionalidades penales tecnocráticas?

OTROS RUMBOS PUNITIVOS

Es necesario comenzar haciendo unarápida alusión a los cambios que se hanproducido durante las últimas décadas, enla misma forma-Estado, es decir, en la for-ma propia del denominado “constituciona-lismo social” europeo, en la cultura welfarebritánica y norteamericana, y en el paulati-no resquebrajamiento de los fundamentosde esa forma de organización política.Veamos, primero, qué sucedió en los Esta-dos Unidos de América, y posteriormente

MILITARIZACIÓN Y PRIVATIZACIÓN DEL SISTEMA PENAL

Y PENITENCIARIO (Distintas racionalidades punitivas)

IÑAKI RIVERA BEIRAS

(Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la Universidad de Barcelona)

las repercusiones (y exportaciones político-criminales) en y hacia Europa continental.

En primer lugar, cabe recordar que lacrisis fiscal del welfare State en los EstadosUnidos, anunciada por O’Connor hace 30años, provocó que se replantease el “com-plejo penal” que había surgido al amparode ese modelo estatal y que perduró exac-tamente un siglo (de 1876 a 1976). El idealrehabilitador sólo podía funcionar si elEstado tenía numerosas agencias de justi-cia que le sirvieran de soporte, lo cual exi-gía importantes gastos en materia policial,jurisdiccional, penitenciaria, así como enoperadores sociales y penales diversos. Elaumento de los gastos oficiales por encimade los ingresos fue conduciendo a la quie-bra económica del welfare, de modo quelas erogaciones que implicaban aquellosse enfrentaron con la amenaza cada vezmás aguda de la crisis presupuestaria.Igualmente, el descrédito de la sentenciaindeterminada, el cuestionamiento de losfundamentos mismos que intentaban legiti-mar la posibilidad de una supuesta inter-vención rehabilitadora y la puesta en vilode la pretendida cientificidad de los diag-nósticos y pronósticos sobre futuros com-portamientos son todos factores que tam-bién determinaron en Estados Unidos laredefinición de las asociaciones entre crisisdel welfare y sistema penal.

La desaparición de la sentencia indeter-minada y del mito de la rehabilitación en los

Page 4: Otros barrotes

· p e n a y e s t a d o / c á r c e l e s

132

Estados Unidos, durante la década de1970, dio paso a diversos modelos de sen-tencing que, salvo algunos intentos del jus-tice model, estarían dominados por racio-nalidades de corte económico y tecnocrá-tico. Las nociones de costes-beneficios,cálculo y análisis estadístico, unidas alintento por “anclar las escalas penales” demanera fija y determinada, explican el sur-gimiento de un tipo de sentencing esta-dounidense que acabará empleandomayoritariamente dos instrumentos de lanueva cultura penal: las mandatory penal-ties (cuya versión más conocida es lapopularmente designada como ley de losthree strikes and you’re out) y las guidelinessentences. El “retorno a Beccaria”, a travésde la teorización de un sujeto que racional-mente decide su comportamiento (rationalchoice), prepara el terreno para la remoza-da racionalidad “ilustrada/posmodernista”.

GÉNESIS DE LA INDUSTRIA PENAL ESTADOUNIDENSE

Es evidente el impacto que logró lanueva orientación punitiva sobre la cárcelde los Estados Unidos. En poco más de 10años la nueva penalidad fija, determinaday elaborada cada año en las GuidelinesSentencing Commissions –estatales y fe-deral–, ha enviado a la cárcel a más de unmillón de personas. En consecuencia, ha-bía suficiente materia prima para el monta-je de una industria.

No obstante, faltaba dar un paso máspara que el “mercado” se expandiera. Lateoría de la incapacitación, tanto en su ver-sión absoluta –teorizada por criminólogosconservadores como James Q. Wilson–,cuanto en la selectiva –de Peter Green-wood–, estimuló un neorretribucionismoque se asentó en la “científica” conclusiónde que mientras la gente está encerradano delinque: populismo, sentido común ymaquillaje criminológico –junto a importan-

tes tratamientos mediáticos– hicieron pro-picio el terreno para el despliegue exitosode la llamada incapacitación punitiva.Según esta “racionalidad”, se pretenderestringir la comisión de delitos con la suje-ción de las personas a impedimentos físi-cos, asumiendo que la única finalidad po-sible de la cárcel es sustraer a los deteni-dos de la sociedad, alejarlos de la calle,que lo único que queda para reducir laposibilidad del delito es la restricción es-pacial que implica el encierro. En conse-cuencia, la incapacitación erigida en prin-cipal finalidad carcelaria abrió de par enpar las puertas de la privatización y fijó elcomienzo del negocio y la industria delcontrol del delito.

Por lo que puede hoy corroborarse, laempresa prosperó. Christie lo ha explicadosuficientemente al señalar que, respecto aotras, la industria del control punitivo cuen-ta con un poderoso privilegio: su materiaprima nunca escaseará en la medida enque parece ser infinita la oferta de delito.Además, la demanda de servicio y la dis-posición a pagar por ofertas de seguridadtambién tienden a ser ilimitadas, mientrasen la ciudadanía se alimenta la creencia deque la industria punitiva, al extraer del sis-tema social elementos no deseados, cum-ple con un necesario papel de limpieza.

Siguiendo de cerca la obra de ZygmuntBauman, Modernity and the holocaust(1989), se aprecia que el autor noruegoexplica el nacimiento del negocio de lagestión punitiva como una forma de obte-ner otras utilidades de la pobreza en losEstados Unidos. En efecto, el paulatinoconvencimiento de que valía la pena “in-vertir dinero para tener esclavos” demostróque sería una aventura rentable si de ver-dad se apostaba a la construcción de un“gran encierro” que posibilitara la apariciónde un nuevo “sector” empresarial. De estemodo, Estados Unidos recuperó dos desus grandes tradiciones: la privatización y

Page 5: Otros barrotes

Mil i tar izac ión y pr ivat izac ión de l s is temas penal y peni tenc iar io , por Iñak i Rivera Be i ras ·

133

la esclavitud de viejo cuño, ahora remoza-das para ser adaptadas a la nueva empre-sa. Es preciso recordar que Christie escri-bía estas reflexiones hace 10 años, cuandola población estadounidense encarceladaera aproximadamente la mitad de la dehoy. La superación actual de la cifra de dosmillones de personas privadas de libertad,por tanto, debe ser una demostración deque “la industria ha prosperado”. Veamoslos resultados de esa prosperidad.

Wacquant es tal vez uno de los autoresque en los últimos años han descrito conmayor claridad las transformaciones delsistema penal estadounidense. Como élseñala, la política de expansión del sectorpenal no es patrimonio exclusivo de los re-publicanos. “Durante los últimos cincoaños, mientras Bill Clinton proclamaba suorgullo por haber puesto fin a la era del BigGovernment y la comisión de reforma delEstado federal se esforzaba por podarprogramas y empleos públicos, se cons-truyeron 213 nuevas cárceles, cifra queexcluye los establecimientos privados queproliferaron con la apertura del lucrativomercado del encarcelamiento privado. Almismo tiempo, la cantidad de empleados,sólo en las prisiones federales y estatales,pasaba de 264 mil a 347 mil, entre ellos221 mil vigilantes. En total, el ‘mundo peni-tenciario’ estadounidense contaba conmás de 600 mil empleados en 1993, lo que[lo convertía en] el tercer empleador delpaís, apenas por debajo de la GeneralMotors, primera empresa mundial por elvolumen de sus negocios, y la cadena desupermercados internacionales Wal-Mart.De hecho, y de acuerdo con la Oficina deCensos, la formación y contratación devigilantes es, entre todas las actividadesgubernamentales, la que creció con mayorrapidez durante el decenio pasado”.

Por otra parte, desde que CorrectionsCorporation of America, CorrectionalServices Corporation, Securicor y Wacken-

hut comenzaron a cotizar en la bolsa, laindustria carcelaria es uno de los niñosmimados de Wall Street. En uno de los últi-mos “grandes salones de la prisión”–exposición anualmente convocada por laAmerican Correctional Association– enOrlando, Florida, fueron exhibidos lossiguientes “productos”: esposas con pro-tección para las muñecas, armas de asal-to, cerrojos y rejas irrompibles, mueblespara celdas con literas ignífugas, retretesde una sola pieza, elementos cosméticos yalimentarios, sillas de inmovilización, uni-formes de extracción –para sacar de lasceldas a los presos más resistentes–, cin-turones electrificados de descarga mortal,programas de desintoxicación para toxicó-manos, sistemas de vigilancia electrónicay de telefonía de última generación, tecno-logías de detección e identificación, pro-gramas informáticos para el tratamiento dedatos administrativos, sistemas de purifi-cación de aire antituberculosis, celdasdesmontables –que se pueden instalar enun día, en un área de estacionamientopara absorber una masiva llegada de de-tenidos–, cárceles llave en mano y hastaun camión quirófano para operaciones deurgencia en el patio del penal [cfr.Wacquant, op. cit.: 9].

No parece haber muchas dudas entorno a que, en efecto, la industria ha pro-gresado. Ahora bien, para entender estaprosperidad hay que volver al plano de lasnuevas racionalidades que permitieronesos despliegues punitivos.

“NUEVAS” RACIONALIDADES PUNITIVAS

Los desastres bélicos de la II GuerraMundial y el holocausto judío, así como latarea de reconstrucción europea iniciada apartir de 1945, marcarían el inicio de unanueva forma-Estado en la Europa continen-tal, sustentada en un modelo constitucionalheredero de la Resistenza ejercida por

Page 6: Otros barrotes

· p e n a y e s t a d o / c á r c e l e s

134

quienes habían sufrido en sus entrañas losefectos del Derecho penal autoritario de lostotalitarismos nazi y fascista. No puedeentenderse en toda su dimensión la apari-ción del llamado “constitucionalismosocial” si no se considera la etapa de ena-jenación europea simbolizada en el univer-so concentracionario, parafraseando a Da-vid Rousset, Hannah Arendt y otros sobre-vivientes y estudiosos del Holocausto, de laSolución Final y del genocidio europeo queterminaron costando la vida de más de cin-cuenta millones de seres humanos.

Precisamente tras el final de la segundaGuerra Mundial iba a iniciarse el momento“dorado” del constitucionalismo social, eldel garantismo penal para cuanto aquíinteresa. Como se ha dicho, ello no puedecomprenderse en su totalidad sin elrecuerdo, sin la vigencia de aquel universoconcentracionario aludido. Como señalóAdorno, Auschwitz se erigió en un nuevoimperativo categórico. Al grito de ¡Nuncamás! y como freno definitivo a la barbariecriminal y enajenada del autoritarismonazi-fascista (y de sus satélites), Europainauguraba, junto a la tarea de la recons-trucción continental, un nuevo tipo deconstitucionalismo que, con las garantíasde rigidez que le son propias, desplegabaamplios catálogos de derechos fundamen-tales, civiles, sociales, políticos y procesa-les. En todo ello tuvo un papel protagonis-ta la Resistenza que comprendió que la“lucha por los derechos” construía unescenario que debía ser fortalecido demodo permanente. El pensamiento y lapraxis crítica atravesaron Europa y losEstados Unidos de Norteamérica. Efecti-vamente, las constituciones italiana y ale-mana inauguraron el aludido movimientoconstitucionalista. Este acogería una tradi-ción propia del welfare como reinterpreta-ción adaptada a la cultura jurídica conti-nental europea, lo cual tuvo decisivas im-plicancias en las formas de legitimar laintervención jurídico-penal. ¿Qué queda

de aquel firmamento del derecho interna-cional de los derechos humanos? ¿Resistehoy Europa a la tentación penal norteame-ricana?

Wacquant señala que la difusión de laspolíticas securitarias norteamericanas enEuropa, se produjo gracias al rol desem-peñado por los think tanks de los EstadosUnidos e Inglaterra. Concebidas como au-ténticas “usinas de elaboración de pensa-miento” o “fábricas de ideas”, los thinktanks neoconservadores más nombradosen este ámbito político-penal son elManhattan Institute y la Heritage Found-ation, lugares que se convirtieron en habi-tuales sitios de recepción para los “forja-dores de la nueva razón penal”, talescomo Rudolph Giuliani, ex alcalde deNueva York, o el ex jefe de seguridad delMetro de Nueva York, William Bratton,ascendido luego a Jefe de la Policía Muni-cipal. Por el lado británico, el Adam SmithInstitute, el Centre for Policy Studies y elInstitute of Economic Affairs son los princi-pales think tanks que ya difunden las con-cepciones neoliberales en materia econó-mica y social y, posteriormente, las tesispunitivas elaboradas en Estados Unidos eintroducidas en el gobierno de JohnMayor, y que después serán ampliamenteretomadas por Tony Blair. Inglaterra seconvierte así en avanzadilla europea de lanueva racionalidad penal estadounidense.

Muy pronto la penetración continentaldio sus frutos, al menos en tres de los prin-cipales Estados europeos –Francia, Ale-mania e Italia–: Jospin, con la “toleranciacero a la francesa”, la Unión Cristiano De-mócrata -CDU-, con el inicio de la campa-ña de null toleranz en Frankfurt y Nápolescomo bandera de punta, al enarbolar sutolleranza zero a la pequeña y medianadelincuencia. En el caso de España, esindudable también la penetración de estasnuevas racionalidades punitivas. Las re-cientes reformas del gobierno de José

Page 7: Otros barrotes

Mil i tar izac ión y pr ivat izac ión de l s is temas penal y peni tenc iar io , por Iñak i Rivera Be i ras ·

135

María Aznar se incardinan decididamenteen la dirección apuntada: el aumento detreinta a cuarenta años de la pena de pri-sión, la aplicación “sin trabas” de la prisiónpreventiva, la reducción de competenciasde los Juzgados de Vigilancia Penitencia-ria y la potestad de expulsar del país atodos los extranjeros que cometan un deli-to. Los cimientos del “constitucionalismosocial”, heredero del grito de ¡Nunca Más!de la posguerra mundial, descrito porFerrajoli, empezaron a resquebrajarse.

Pero, a estas alturas, ¿de qué sociedadeuropea se está hablando? Ulrich Beckdefinió hace más de quince años la “socie-dad del riesgo” como aquella que, junto alos progresos de la civilización, presenta-ba la contrapartida de la producción denuevos riesgos estrechamente vinculadosa esos progresos, por ejemplo, peligrosnucleares y ambientales. Hoy día, como élmismo destaca, la lista de riesgos podríaser ampliada: riesgos laborales -precarie-dad, flexibilidad laboral y despido-, los detipo sanitario-alimentario –contaminacio-nes, adulteraciones, transgénicos, pestesvacunas y porcinas–, los derivados de laalta accidentalidad -muertes en acciden-tes de vehículos y accidentalidad laboralmuy elevada-, los propios de los desajus-tes psíquico-emocionales y los derivadosde las patologías del consumo –anorexiasy bulimias–.

En el ámbito de la cultura penal anglo-sajona y como una de las diversas res-puestas para “gobernar las crisis” –mana-gement–, las propuestas político-crimina-les consistieron en el desarrollo de unalínea conocida como “Criminología admi-nistrativa o actuarial”, que presenta ciertascaracterísticas: se impone una “gestión”de los riesgos que quedará sobre todo enmanos estrictamente administrativas y enla que importará fundamentalmente “regu-lar comportamientos para evitar riesgos”–y ya no, como antaño, cambiar mentali-

dades–. En consecuencia, debe hacerseun verdadero “inventario” de los riesgosque se deben controlar y evitar. Ya existenejemplos muy claros: instalación de cáma-ras de video-vigilancia en las calles; regu-laciones de las prohibiciones de salir porla noche a los jóvenes de ciertas edades -con toques de queda y/o controles noctur-nos-, para “evitar” el contacto de los jóve-nes con el riesgo de la noche, con el ries-go del delito, a esas horas; prohibicionesde venta de alcohol para. Todas las medi-das tienen ciertos rasgos en común: seactúa cuando no se ha cometido todavíaun delito –¿suerte de medida de seguridadpre-delictiva?–; sin embargo, no es aplica-da a una persona en concreto sino a ungrupo o categoría de personas, bajo elpresupuesto de que se hace para “evitarriesgos” que son predecibles. Los juecesno son los encargados de desarrollar esasmedidas –ellos se encargan sólo de loscasos concretos–. Diversas agencias de laadministración pública –Ministerio delInterior, gobernadores y alcaldes de ciu-dades– adoptan medidas de este tipo enrelación con grupos enteros de la pobla-ción. Además, la implementación de aque-llas, con el fin de prevenir posibles “deli-tos” y “riesgos”, se vale de los nuevos sis-temas de seguridad urbana –vigilancia porvideo, monitoreo electrónico–, lo cual, cla-ro está, abre la puerta a las empresas pri-vadas para que instalen sus máquinas,sus sistemas de identificación, sus video-cámaras y muchísima tecnología punitivamás que va surgiendo para acrecentar laindustria. Ya no se trata de rehabilitar sinode monitorear.

Los planteamientos de Malcom Feeleyy Jonathan Simon permiten cerrar el análi-sis de esta nueva “racionalidad punitiva”.Lejos de la patología, consideran la exis-tencia del delito como algo que debedarse por sentado y suponen la desviacióncomo un acto normal. Las intervencionesno deben entonces dirigirse hacia la vida

Page 8: Otros barrotes

· p e n a y e s t a d o / c á r c e l e s

136

individual, pues no la cuestionan moral-mente ni pretenden explicarla causalmen-te ni normalizarla; sólo deben procurar laregulación de grupos humanos peligrosospara optimizar el manejo o “gerencia” delos riesgos. Para ello será decisivo el em-pleo de las estadísticas, no como un cami-no para descubrir causas o patologías si-no como un medio de conocimiento direc-to de factores y distribución de los riesgosy de elaboración de mapas de probabili-dades que se deben reducir o redistribuir.Se trata de lograr una eficacia sistémica.

EN EL NUEVO ESCENARIO MUNDIAL

No parecen existir, pues, demasiadasdudas en torno a las consecuencias quepara el sistema penal produjo la crisis dela cultura del welfare –en el ámbito británi-co y norteamericano– y del Estado social–en el área de Europa continental–. Portanto, no pueden causar demasiada extra-ñeza los caminos iniciados tras el ataque alos Estados Unidos del 11 de septiembrede 2001: los cimientos ya estaban coloca-dos. La opción bélica de los Estados Uni-dos viene acompañada de una serie demedidas en el ámbito del sistema penalque, al parecer, tienden a perdurar muchomás allá de los fugaces y momentáneostiempos de los bombardeos. Dado queson tantas, se ha optado por mencionartan solo las más relevantes para ilustrar elrumbo por el cual se ha optado.

a) En primer lugar, debe decirse que elSenado estadounidense ha aceptado lanueva legislación antiterrorista por unperíodo de vigencia de cuatro años,aun cuando debe aceptar que las nue-vas medidas “pueden provocar unaerosión irrecuperable en el grado delibertades civiles de la sociedad”.

b) Una de las medidas más controverti-das, pero sobre la que parece haberacuerdo entre los dos principales parti-

dos políticos, reside en la posibilidadde detener a un extranjero durantetiempo como medida preventiva, sintener que presentar cargos contra él siexiste una mínima sospecha de su vin-culación terrorista.

c) También se permitirá que las fuerzas deseguridad intervengan teléfonos ocuentas de internet asociadas a unsupuesto terrorista, sin que medie unaorden judicial para cada uno de losnúmeros.

d) Un solo permiso judicial permitirá inter-venir todos los teléfonos que el terroris-ta pudiera utilizar –generalización quecapacitará a la policía para interceptarconversaciones de ciudadanos íntegra-mente inocentes–.

e) Se prevé asimismo el agravamiento depenas por actividades terroristas o porlavado de dinero vinculado a estasorganizaciones.

f) Se debate, finalmente, sobre la necesi-dad de “legalizar ciertas formas ate-nuadas de tortura” para evitar la comi-sión de algunos delitos terroristas.

La lista podría ser más extensa, sinduda, pero ya es lo suficientemente elo-cuente para ilustrar en torno al camino ini-ciado. Como claramente puede observar-se, todos los fundamentos de un Derechopenal garantista, empiezan a ser rápida-mente desmantelados. La imagen de lapaulatina construcción de un Derechopenal de enemigos vuelve a emergerrecordando las raíces nazis sobre las cua-les fue edificado.

Dos imágenes finales pueden ser útilespara acabar de señalar el rumbo iniciado:Guantánamo y Abu Graibh: los centros deprivación de libertad donde Estados Unidospuede practicar el terror tras haber invadidoAfganistán, primero, e Irak después.

La “cárcel” de Guantánamo se convirtióen los últimos años en el lugar emblemáti-

Page 9: Otros barrotes

Mil i tar izac ión y pr ivat izac ión de l s is temas penal y peni tenc iar io , por Iñak i Rivera Be i ras ·

137

co de lo que alguna vez fue definido comola “zona del no Derecho” (cfr. Pietro Costa1974). Esto es, un lugar en el cual el Es-tado –en este caso, el norteamericano–,puede poner a prueba un poder absoluto,sin límites, si las “trabas” del Estado delDerecho –como expresamente señaló elPresidente George Bush–. El auténticolimbo jurídico en el que se situaron a cen-tenares de presos invirtió todas las reglasde un proceso penal ordinario, o sentadosobre bases liberales. En efecto, en unaactuación procesal insólita, los presosreclamaron “ser acusados de algo” pues,en tal caso, se les debían designar aboga-dos defensores y aplicárseles todas lasgarantías del proceso penal.

Mientras tanto, en junio de 2003 seconocía el Informe del Inspector Generalde Justicia de los Estados Unidos deNorteamérica, en el cual se deja constan-cia que “el Departamento de Justicia violólos derechos civiles de cientos de inmi-grantes (762, en concreto) tras el 11-S”,como pudo señalar Anthony Romero, di-rector de la Unión Americana de Liber-tades Civiles –ACLU–. En el mencionadoinforme se indica que los inmigrantes de-tenidos estuvieron privados de libertad,como media, unos ochenta días durantelos cuales no pudieron comunicar su situa-ción a sus abogados ni a sus familias, fue-ron esposados y encadenados por lospies y la cintura, sufrieron aislamientos deveintitrés hs. al día de encierro celular. Fi-nalmente, todos los detenidos fueronpuestos en libertad sin cargos al no haber-se acreditado participación alguna en acti-vidades terroristas. Pese a todo ello, el in-forme señala que no cabe el procesamien-to de ningún agente pues “las pruebas,tales como la filmación de interrogatorio,fueron destruídas”. El informe concluye in-dicando que “nuestras acciones se ajusta-ron a la ley y fueron necesarias para prote-ger al pueblo norteamericano (...). No he-mos de pedir perdón a nadie por utilizar

todos los recursos legales para proteger alpúblico americano frente a posibles y nue-vos ataques terroristas” [cfr. El País, 4 dejunio de 2003].

El otro ejemplo, representado por lasituación de la cárcel de Abu Graibh enIrak, ha saltado a los medios de comunica-ción tras las revelaciones de las torturas,testimoniadas con fotos, que han venidosiendo sometidos durante muchos meseslos prisioneros iraquíes tras la ocupaciónmilitar del país. De nada han servido seme-jantes revelaciones, al menos en cuantohace a las responsabilidades políticas enlos altos mandos norteamericanos. Ya seha dicho antes que la nueva legislaciónantiterrorista aprobada en los EE.UU. con-templa el sometimiento a “formas atenua-das de tortura” a prisioneros recalcitrantesy cuyas voluntades fuesen difíciles dedoblegar. ¿A qué extrañarse entonces? Setrata, simplemente, de la aplicación de laley –aplicación extraterritorial, eso sí, peroesto ya no es más que un “detalle” proce-sal cuando se ha bombardeado una naciónentera–. Por otra parte, ya se ha puesto demanifiesto que las torturas cometidas en lacárcel de Irak habían sido “ensayadas”previamente en Guantánamo, donde elPentágono había aprobado un año antes elempleo de las 20 técnicas para presionar eintimidar a los presos.

Veremos cuánto tarda en verificarse ladifusión de esta “nueva” política penal enlos países europeos. La tendencia esclara: gestión punitiva de la pobreza, mer-cado económico de total flexibilización,criminalización cada vez mayor de la disi-dencia y reducción del Estado. El espaciode “lo público” parece caminar en esadirección. El escenario punitivo no pareceque así se pueda contraer. Sin embargo,como seguramente fracasará, una vezmás, en sus funciones declaradas, quienpueda deberá prepararse para comprarseguridad privada.

Page 10: Otros barrotes

· p e n a y e s t a d o / c á r c e l e s

138

ATENTADOS EN ESPAÑA -11 DE MARZO DE 2004-. Entre el dolor y el regreso de la razón.

Al escribir desde España, esta interven-ción no puede finalizar sin una mención,aunque sea rápida, de los acontecimien-tos vividos en Madrid el pasado mes demarzo. De todos son conocidos los atenta-dos con un resultado de ciento noventa ydos personas muertas y mil quinientasheridas. Al dolor por semejante tragedia,se sumó de inmediato la indignación ciu-dadana ante la manipulación y la mentiraempleada por el Gobierno conservador deAznar al querer desviar la atención sobrela autoría de los atentados hacia la violen-cia política de ETA, con tal de aferrarse alpoder y ganar las elecciones que estabanprevistas para el domingo 14 de marzo.Afortunadamente, el vuelco electoral quedio la victoria al Partido Socialista ha dibu-jado un nuevo marco, no sólo en España,sino en el concierto internacional queesperamos se caracterice por un aleja-miento de la hegemonía norteamericana.Si todo cuanto antes ha sido mencionadose inscribe en el marco de la irracionalidadpolítica, con sus particulares consecuen-cias en el ámbito del sistema penal, lamovilización ciudadana que acabamos dever y de protagonizar desde España pare-ce que nos vuelve a situar en la recupera-ción de una racionalidad que emerge conla única posibilidad que nos queda paraalejarnos de un nuevo holocausto.

Y, asimismo, para no terminar este en-sayo con un pesimismo que pueda poralguien ser entendido como sentimientode parálisis o desesperanza, conviene re-cordar –especialmente cuando este traba-jo se ha elaborado desde Barcelona– loque constituyó el movimiento ciudadanoque se vivió en 2003, traducido en el gritodel “No a la guerra”. Millones de personasexpresaron así su rechazo al rumbo queciertos acontecimientos mundiales iban

adquiriendo. Estas personas fueron, porun tiempo, auténticos protagonistas, toma-ron las calles –y muchas instituciones–. Esde esperar que ese latido no se apague;seguramente en ello nos va, a estas altu-ras, nuestra propia supervivencia comocivilización –si queremos, de verdad, evitarel triunfo de la barbarie–. ·

BIBLIOGRAFÍA CITADA

Arendt, H. Eichmann en Jerusalén, Unestudio sobre la banalidad del mal, Edi-torial Lumen, Barcelona, 1963.

Bauman, Z., La Globalización. Conse-cuencias humanas, Fondo de CulturaEconómica, México, 2001a.

Bauman, Z., La posmodernidad y sus des-contentos, Editorial Akal, Madrid,2001b.

Bauman, Z., En busca de la política, Fondode Cultura Económica, México, 2002

Beck, U., La sociedad del riesgo. Haciauna nueva modernidad, EdicionesPaidós Ibérica, Barcelona, 1998.

Beck, U., La democracia y sus enemigos,Ediciones Piados Ibérica, Barcelona,2000a.

Beck, U., Un nuevo mundo feliz. La preca-riedad del trabajo en la era de la globa-lización, Ediciones Paidós Ibérica,Barcelona, 2000b.

Burton Rose, D., Pens, D., Wright, P., Elencarcelamiento de América. Una vi-sión desde el interior de la industria pe-nitenciaria de EE.UU, Editorial Virus,Barcelona, 2002.

Christie, N., La industria del control del de-lito ¿La nueva forma del holocausto?,Editores del Puerto, Buenos Aires,1993.

Costa, P., Il Progetto Giuridico. Ricerchesulla giurisprudenza del liberalismoclassico (Vol.I, Da Hobbes a Bentham),Editorial Giuffré, Milano,1974.

Page 11: Otros barrotes

Mil i tar izac ión y pr ivat izac ión de l s is temas penal y peni tenc iar io , por Iñak i Rivera Be i ras ·

139

De Giorgi, A., Tolerancia cero. Estrategiasy prácticas de la sociedad del control.Editorial Virus, Barcelona, 2004c.

Feeley, M., Simon, J., “La nueva penología:notas acerca de las estrategias emer-gentes en el sistema penal y sus impli-caciones” en Delito y Sociedad, Revistade Ciencias Sociales, año 4, núm. 6-7(33-58), 1995.

Ferrajoli, L., “El Derecho Penal Mínimo” enPoder y Control, Revista Hispano-latino-americana de disciplinas sobre el con-trol social, núm.0. Barcelona: PPU,1986.

Ferrajoli, L., Derecho y Razón. Teoría delgarantismo penal, Trotta, Madrid, 1995.

Mate, R., Por los campos del exterminio,Anthropos, Barcelona, 2003a.

Mate, R., Memoria de Auschwitz. Actua-lidad moral y política, Trotta, Madrid,2003b

O’Connor, J., La crisis fiscal del Estado,Ediciones Península, Barcelona, 1981.

Rivera Beiras, I., “Forma-Estado, Mercadoy Trabajo y Sistema Penal” enMitologías y discursos sobre el castigo.Historias del presente y posibles esce-narios, Editorial Anthropos, Barcelona,2004a.

Rivera Beiras, I., Recorridos y formas de lapenalidad, Editorial Anthropos, Barce-lona, 2004b.

Rivera Beiras, I., Monclús Maso, M., “Pre-sentación” en Tolerancia cero. Estra-tegias y prácticas de la sociedad delcontrol, op. cit., 2004c.

Rivera Beiras, I. (coord.), Sistema Penal yPolítica Criminal. Editorial Anthropos,Barcelona, 2004d.

Rousset, D., El universo concentracionario,Editorial Anthropos, Barcelona, 1946.

Silveira Gorski. H. C., El modelo político ita-liano. Un laboratorio: de la tercera vía ala globalización, Edicions Universitat deBarcelona, Barcelona, 1998.

Wacquant, L., Las cárceles de la miseria,Editorial Manantial, Buenos Aires, 2000.

Wacquant, L, “California: primera coloniapenitenciaria del milenio” en Panópticonúm. 2 Nueva Epoca, Editorial Virus,Barcelona, 2001.

Wilson, J., Kelling, G., “Ventanas Rotas. Lapolicía y la seguridad en los barrios” enDelito y Sociedad. Revista de CienciasSociales, año 10, núm. 15-16, Univer-sidad de Buenos Aires, UniversidadNacional del Litoral, Buenos Aires-San-ta Fe, 2001.

Young, J., The Criminology of Intolerance:zero-tolerance policing and theAmerican prison experiment, Centre forCriminology, Middlesex University,Londres, 1996.

Young J., “Canibalismo y bulimia: patronesde control social en la modernidad tar-día” en Delito y Sociedad. Revista deCiencias Sociales, año 10, núm. 15-16.Universidad de Buenos Aires, Universi-dad Nacional del Litoral (25-42), Bue-nos Aires-Santa Fé, 2001.

Young, J., La sociedad excluyente. Ex-clusión social, delito y diferencia en laModernidad tardía, Marica Pons Edi-tora, Barcelona, 2003.

Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)