Otra Queja Vecino Peru

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SUMILLA: Queja contra vecino por Ruidos Molestos. SEÑOR JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS - ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES ESTHER CHOQUE PANDO, con DNI N° 42839589, con código de contribuyente 169587, con domicilio real en Mz. B Lote 18, Cooperativa de Vivienda Uranmarca Ltda., Pampas de san Juan, Distrito de San Juan de Miraflores; a Ud., respetuosamente, digo: I.- PETITORIO : SOLICITO SEÑOR ALCALDE, POR SU INTERMEDIO, QUE LA SEÑORA SARINA CONDE CUSIHUAMAN, CESE EN SU PERTURBACION A LA PAZ Y TRANQUILIDAD DE MI FAMILIA Y MI PERSONA, ASI COMO TAMBIEN SOLICITO QUE DICHA SEÑORA CESE DE SEGUIR ATENTANDO CONTRA LA SALUD DE MI FAMILIA Y MIA, POR REALIZAR RUIDOS MOLESTOS DENTRO DE SU DOMICILIO CON MAQUINAS, EN HORAS DE LA NOCHE Y VARIAS VECES EN LA MADRUGADA Y TAMBIEN DE DIA, LOS CUALES PERTURBAN LA TRANQUILIDAD Y AFECTAN LA SALUD DE MI FAMILIA.. . DOMICILIO DE LA QUEJADA: AV. MIGUEL IGLESIAS MZ. B LOTE. 18A COOPERATIVA DE VIVIENDA URANMARCA LTDA. (COLEGIO RAMIRO PRIALE) DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. II.- FUNDAMENTOS DE HECHO :

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modelo queja municipal contra vecino peru

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SUMILLA: Queja contra vecino por Ruidos Molestos.

SEÑOR JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS - ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

ESTHER CHOQUE PANDO, con DNI N° 42839589, con código de contribuyente

169587, con domicilio real en Mz. B Lote 18, Cooperativa de Vivienda Uranmarca

Ltda., Pampas de san Juan, Distrito de San Juan de Miraflores; a Ud.,

respetuosamente, digo:

I.- PETITORIO:SOLICITO SEÑOR ALCALDE, POR SU INTERMEDIO, QUE LA SEÑORA

SARINA CONDE CUSIHUAMAN, CESE EN SU PERTURBACION A LA PAZ Y

TRANQUILIDAD DE MI FAMILIA Y MI PERSONA, ASI COMO TAMBIEN

SOLICITO QUE DICHA SEÑORA CESE DE SEGUIR ATENTANDO CONTRA LA

SALUD DE MI FAMILIA Y MIA, POR REALIZAR RUIDOS MOLESTOS DENTRO

DE SU DOMICILIO CON MAQUINAS, EN HORAS DE LA NOCHE Y VARIAS

VECES EN LA MADRUGADA Y TAMBIEN DE DIA, LOS CUALES PERTURBAN

LA TRANQUILIDAD Y AFECTAN LA SALUD DE MI FAMILIA..

.

DOMICILIO DE LA QUEJADA: AV. MIGUEL IGLESIAS MZ. B LOTE. 18A

COOPERATIVA DE VIVIENDA URANMARCA LTDA. (COLEGIO RAMIRO

PRIALE) DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.- Desde el año 2015, la quejada viene utilizando maquina ruidosa, además al

momento de atender sus clientes en la vía publica, dichos clientes sin importarles

la tranquilidad de los demás, prenden la radio y en alto volumen escuchan

canciones, perturbando la tranquilidad de mi familia y mía.

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2.- Varias veces se le ha hablado que no siga con los ruidos molestos, pero hace

caso omiso a nuestras recomendaciones. Mi familia, muchas noches no puede

dormir tranquilamente, teniendo insomnios constantes.

3.- Muchas veces hemos llamado la atención a los clientes de la vecina quejada,

los cuales en forma prepotente dicen que la vía pública es de todos y ellos pueden

hacer lo que se les da la gana.

4.- Consideramos que uno de los motivos por el cual los ruidos de la maquina

utilizada por la vecina quejada son muy fuertes, es que dicha vecina no ha

cercado sus límites con mi propiedad, está utilizando mi pared, por lo que inclusive

su radio lo pone a todo volumen y se escucha ruido alto en mi vivienda

perturbando la tranquilidad y salud de mi familia.

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:- Es en la Constitución Política del Perú están plasmados los Derechos fundamentales de la persona:

Artículo  2.- Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y  física y a su libre

desarrollo y bienestar…

22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a

gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

Artículo 7.- Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar

y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa.

- Es en el cuadro de INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS de la

ORDENANZA MUNICIPAL N°243-2013/MDSJM, en la cual se establece las

infracciones y sanciones administrativas que incurre la quejada SARINA CONDE

CUSIHUAMAN, alguna de ellos son:

6.5.02 Por producir ruidos, sea cual fuere el origen y lugar que perturben la tranquilidad y la paz del vecindario.

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IV.- MEDIOS PROBATORIOS:1.- El RUC de la señora SARINA CONDE CUSIHUAMAN, en donde se demuestra que las actividades económicas a que se dedica son Principal -

50203 - MANTENIMIENTO Y REPARAC. VEHICULOS. Secundaria 1 - 4530 -

VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS

AUTOMOTORES Secundaria 2 - 52593 - OTROS TIPOS DE VENTA POR

MENOR.

2.- 04 fotos donde se demuestra claramente que en su local de la vecina quejada

hay maquinaria y atiende a sus clientes en la vía pública quienes también generan

ruidos poniendo en volumen alto la radio.

3.- CD con audio y video de los ruidos molestos.

V.- ANEXOS:

1.A.- Copia del DNI de la recurrente.

1.B.- Copia del RUC de la señora SARINA CONDE CUSIHUAMAN.

1.C.- 04 fotos.

Otorgo poder simple: Otorgo poder simple al señor RICARDO GABRIEL

CHOQUE MARTINEZ, quien tiene como DNI N° 08380256, para que realice

seguimiento administrativo del presente escrito, se entreviste con los empleados y

funcionarios de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, recibir notificaciones.

Lima Sur, 1 de Abril del 2016

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ESTHER CHOQUE PANDO

DNI N° 42839589

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