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    ElPoderLegislativoEl Poder Legislativo est formado por el Senado y la Cmara de Representantes, que

    conjuntamente forman el Congreso colombiano, con asiento en lacapitalde la Repblica. Lafuncin bsica del Congreso consiste en enmendar la Constitucin, sancionarleyesy ejercer

    el control poltico del Gobierno. Todos sus miembros son electos directamente por el

    pueblo por un perodo de cuatro aos. El Senado tiene 100 miembros electos a nivel

    nacional y los miembros de la Cmara de Representantes son electos por distritos. Se

    reservan dos bancas adicionales en el Senado para representantes de las comunidades

    indgenas. Laleypuede prever tambin la eleccin de miembros a la Cmara de

    Representantes por unsistemano basado en distritos, para garantizar la participacin

    degrupostnicos y minoras polticas. Tanto el Senado como la Cmara de Representantes

    tienen comisiones dederechoshumanos.

    El Congreso tiene varias facultades especiales importantes. Por ejemplo, puede otorgar

    amnistas o indultos pordelitospolticos. Tambin est facultado para aprobar orechazartratadossuscritos por el Gobierno con otros Estados o con organismos

    internacionales. El Congreso est obligado a dar prioridad a losproyectosde leyes de

    aprobacin de tratados sobre derechos humanos que ponga a su consideracin el Gobierno.

    Adems puede conferir al Presidente de la Repblica facultades extraordinarias especficas

    para dictarnormasconfuerzade ley por un perodo de hasta seis meses en caso de

    necesidad o cuando lo requiera el inters pblico.

    2. El Poder EjecutivoEl Poder Ejecutivo est encabezado por el Presidente de la Repblica, que cumple funciones

    de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y supremaautoridadadministrativa. El Poder Ejecutivo

    est constituido tambin por los miembros del Gabinete y los directores de losdepartamentos administrativos. Conforme al artculo 188 de la Constitucin, el Presidente

    no slo debe cumplir y hacer cumplir la Constitucin y las leyes de Colombia, sino que

    tambin debe garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos. El Presidente

    tiene un mandato de cuatro aos y no puede ser reelecto. El gabinete ministerial incluye los

    ministros de Relaciones Exteriores, Interior yJusticia, quienes cumplen un papel

    importante en la implementacin de los compromisos asumidos porel

    Estadoenmateriade derechos humanos. El Ministerio de Relaciones Exteriores se

    mantiene en contacto regular con la CIDH en su rol de ejecutor de la poltica exterior del

    Estado e interlocutor ante los organismos internacionales de derechos humanos.

    Dentro de la Presidencia de la Repblica existe la Consejera Presidencial para la Defensa,Proteccin y Promocin de los Derechos Humanos. Estaoficinaatiende denuncias

    referentes a violaciones de derechos humanos tramitadas en lossistemasinternos. Cumple

    esa labor en colaboracin con las autoridades pertinentes, especialmente laFiscala General

    de la Nacin, la Procuradura General de la Nacin y los tribunales competentes. Adems,

    se ocupa de atender solicitudes efectuadas al Gobierno colombiano por organismos

    internacionales intergubernamentales y no gubernamentales en relacin con la situacin de

    los derechos humanos en el pas y lasobligacionesasumidas por el Estado colombiano en

    virtud de los tratados y convenciones que ha ratificado. Por lo tanto, la Consejera realiza

    una labor referente a casos y situaciones tramitados por la Comisin Interamericana de

    Derechos Humanos. Cumple esta parte de su labor en colaboracin con el Ministerio de

    Relaciones Exteriores de Colombia.

    El Poder Judicial

    http://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/capintel/capintel.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/capintel/capintel.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/capintel/capintel.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/capintel/capintel.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtml
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    La Constitucin prev que la administracin de justicia en Colombia est a cargo de la Corte

    Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de

    la Judicatura, la Fiscala General de la Nacin, los diversos tribunales y jueces y el sistema

    de justicia penal militar. La Constitucin establece que la administracin de justicia

    constituye una funcin pblica. La judicatura goza de independencia para adoptar sus

    decisiones y susprocedimientosson pblicos.a. La Corte Suprema

    La Corte Suprema es el tribunal de mayor jerarqua en la jurisdiccin ordinaria. La Corte

    misma lleva a cabo la eleccin de los 23 magistrados, a partir de listas de candidatos

    presentados por el Consejo Superior de la Judicatura. Los magistrados prestanserviciospor

    un plazo de ocho aos. Los miembros de la Corte sesionan en plenario y en cmaras

    separadas para entender en apelaciones en materia civil, penal ylaboral.

    La Corte Suprema de Justicia tiene carcter de tribunal de apelaciones, pero tambin es

    competente para investigar y juzgar a determinadas autoridades de alto nivel en primera

    instancia por cualquier transgresin punible de la que sean acusados. Esas autoridades son

    el Presidente de la Repblica, los miembros del Gabinete, el Fiscal General, el ProcuradorGeneral, el Defensor del Pueblo, otras autoridades de alto rango y miembros del Congreso.

    La Corte Suprema acta tambin como Tribunal de Casacin, inclusive en casos que se

    ventilan ante el sistema de justicia penal militar.

    b. El Consejo de EstadoEl Consejo de Estado es el tribunal de mayor jerarqua en la jurisdiccin de lo contencioso-

    administrativo. Adems presta servicios como rgano asesor del Gobierno en cuestiones

    dederecho administrativo. Veintisis magistrados son electos al Consejo de Estado por ese

    mismo cuerpo a partir de listas de candidatos presentados por el Consejo Superior de la

    Judicatura. Los magistrados prestan servicios por un plazo de ocho aos. Los miembros del

    Consejo de Estado sesionan en plenario y en la cmara de lo contencioso-administrativo,as como en las cmaras de asesoramiento yserviciocivil.

    La cmara de lo contencioso-administrativo entiende enaccionesde nulidad basadas en

    inconstitucionalidad de decretos dictados por el Gobierno Nacional que no sean

    decompetenciade la Corte Constitucional. Tambin entiende en casos de ilegalidad de

    actos administrativos nacionales dictados por cualquiera de los poderes de Gobierno o por

    entidades privadas que cumplan funciones pblicas. La tercera seccin de la cmara de lo

    contencioso-administrativo se ocupa de cuestiones de reparaciones directas por actos y

    omisiones gubernamentales que causen perjuicios a las personas. Estos procedimientos

    comprenden aquellos en que el Estado es demandado por violaciones a los derechos

    humanos cometidas por sus agentes.

    c. La Corte ConstitucionalLa Corte Constitucional tiene a su cargo la jurisdiccin constitucional establecida como

    parte del sistema judicial colombiano. El Senado elige a los magistrados de la Corte

    Constitucional por un plazo de ocho aos. Los magistrados deben estar capacitados en

    diferentes mbitos jurdicos.

    La Corte Constitucional cumple varias funciones, incluidas las siguientes: 1) falla en casos

    planteados por ciudadanos en que se impugnen por inconstitucionalidad actos de enmienda

    de la Constitucin, por vicios deprocedimiento; 2) decide si la convocatoria de un

    referndum o una asamblea constituyente para enmendar la Constitucin es compatible

    con la Constitucin, cuando se aducen errores procesales; 3) falla en casos planteados porciudadanos en que se impugnen por inconstitucionalidad leyes o decretos con fuerza de ley,

    http://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/renla/renla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtml
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    por razones procesales o sustantivas; 4) se pronuncia sobre la constitucionalidad de los

    decretos dictados por el Gobierno conforme a una declaracin de estado de emergencia; 5)

    se pronuncia sobre la constitucionalidad de los proyectos de leyes que el Gobierno haya

    impugnado como inconstitucionales por razones procesales o sustantivas; 6) revisa las

    decisiones de tribunales inferiores referentes a las acciones instauradas para la proteccin

    de ciertos derechos constitucionales (acciones "detutela"); 7) se pronuncia sobre laconstitucionalidad de los tratados internacionales.

    La Comisin ha observado que la Corte Constitucional, que recin comenz a funcionar en

    1992, ha logrado un alto nivel de respetabilidad y prestigio debido a que trata en forma

    independiente y objetiva cuestiones de gran importancia para el ejercicio de los derechos

    humanos y el imperio de la ley en Colombia. La Corte ha dictado sentencias muy

    claramente justificadas sobre temas que van desde la constitucionalidad de amnistas por

    delitos polticos, a las leyes referentes a losderechos de la mujerenel trabajo, a la

    declaracin de estados de emergencia, etc. El papel de la Corte como instancia definitiva en

    acciones de tutela, que sirven para definir los derechos fundamentales, tambin ha sido

    extremadamente positivo. La Corte ha dictado sentencias en que se ordena la proteccin de

    los derechos de grupos indgenas, miembros del partido poltico Unin Patritica, etc. La

    Comisin analizar algunas de esas sentencias en forma ms detallada en las secciones

    pertinentes del presente informe. La Comisin est muy complacida de haber acordado un

    convenio de cooperacin con la Corte Constituticional de Colombia que ser firmado el 17

    de noviembre de 1998 en la sede de la Comisin.

    d. La Fiscala General de la NacinLa Fiscala General de la Nacin est formada por el Fiscal General, los fiscales delegados y

    otros funcionarios. La Corte Suprema de Justicia elige al Fiscal General de la Nacin a

    partir de una lista de candidatos presentados por el Presidente, por un perodo de cuatro

    aos. La Fiscala General forma parte del Poder Judicial y goza de autonoma

    administrativa y presupuestaria.

    La Fiscala General es competente para adoptar medidas, de oficio o a partir de denuncias,

    encaminadas a investigar delitos y acusar a los sospechosos ante las cortes y tribunales

    competentes en el sistema de justicia ordinario y regional. La Fiscala General carece de esa

    competencia en el caso de los delitos comprendidos en la jurisdiccin del sistema de justicia

    militar. La creacin de la Fiscala General y el consiguiente establecimiento de dos

    entidades independientes para la investigacin y el juicio de los casos criminales constituye

    una innovacin que apareci en la Constitucin de 1991.

    Para cumplir sus funciones como rgano de investigacin y procesamiento, la Fiscala

    General puede adoptar medidas que garanticen que las personas identificadas como

    sospechosas de haber cometido delitos comparezcan ante los tribunales, inclusive a travsdel dictado de rdenes de detencin preventiva. La Fiscala General dirige y coordina,

    adems, la labor de entidades de investigacin que dependen de la Polica Nacional y otros

    organismos similares. Por otra parte puede adoptar medidas destinadas a proteger a

    vctimas, a los testigos y a otras personas afectadas por procedimientos penales.

    Dentro de la Fiscala General existen varias entidades que trabajan en relacin estrecha con

    casos de derechos humanos. La Unidad de Derechos Humanos se ocupa de formular

    acusaciones en casos de especial importancia referentes a supuestas violaciones de

    derechos humanos, ante los tribunales del sistema de justicia regional. Se ocupa de muchos

    casos presentados ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos, en forma de

    denuncias individuales. La Oficina de Asuntos Internacionales se ocupa de coordinar lalabor de la Fiscala con organismos internacionales, como la Comisin Interamericana, y de

    http://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/fintrabajo/fintrabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/derhum/derhum.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtml
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    proporcionarles informacin en relacin con casos de su inters procesados por la Fiscala

    General.

    La Comisin entiende que la creacin de la Fiscala General de la Nacin constituy un

    importante adelanto en la administracin de justicia en Colombia. La Fiscala ha ganado

    una reputacin en general favorable y goza de credibilidad. Adems ha profesionalizado y

    hecho ms eficiente la investigacin y la formulacin de acusaciones en casos penales,

    aunque siguen existiendo gravesproblemasen el sistema de justicia penal de Colombia, que

    se analizarn en forma ms profunda ms adelante en el presente Informe. Como ya seal

    la Comisin, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscala General de la Nacin merece

    especial reconocimiento por haber logrado llevar adelante importantes casos de derechos

    humanos pese a vigorosos ataques de diversos sectores que han procurado impedir su

    labor. La Unidad de Derechos Humanos ha dispuesto numerosas detenciones de supuestos

    violadores de los derechos humanos y ha logrado algunas importantes condenas.

    e. El Consejo Superior de la JudicaturaEl Consejo Superior de la Judicatura es tambin una institucin creada por la Constitucin

    de 1991. Est dividido en la Sala Administrativa y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria. Laprimera est formada por seis magistrados, dos de los cuales son electos por la Corte

    Suprema, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. La Sala

    Jurisdiccional Disciplinaria est formada por siete magistrados electos por el Congreso.

    El Consejo Superior de la Judicatura cumple numerosos cometidos administrativos e

    institucionales vinculados con los tribunales colombianos y con el ejercicio del derecho en

    Colombia. Por ejemplo, prepara listas de candidatos para nombramientos en el Poder

    Judicial, castiga lasfaltascometidas por miembros de la judicatura y abogados en ejercicio

    de su profesin, controla el desempeo de los bufetes de abogados y prepara

    elproyectodepresupuestodel Poder Judicial.

    El Consejo Superior de la Judicatura tiene un cometido adicional que influyeconsiderablemente en muchos casos referentes a graves violaciones de derechos humanos.

    Es competente para resolver losconflictosde competencia entre las diferentes

    jurisdicciones. Esta funcin reviste importancia en los casos de derechos humanos cuando

    el Consejo Superior suele tener que resolver si un caso pertenece a la jurisdiccin de la

    justicia ordinaria o del sistema de justicia militar.

    f. Tribunales penales militaresEl artculo 221 de la Constitucin de Colombia tiene eltextosiguiente:

    De los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pblica en servicio activo y enrelacin con el mismo servicio, conocern las cortes marciales o tribunales militares, con

    arreglo a las prescripciones del Cdigo Penal Militar.Esta disposicin se aplica a los miembros de la Polica Nacional as como a los miembros de

    las Fuerzas Militares (Ejrcito, Armada y Fuerza Area), que en conjunto constituyen la

    Fuerza Pblica.

    La justicia penal militar ha sido organizada en Colombia a travs de las disposiciones del

    Cdigo Penal Militar dictadas el 12 de diciembre de 1988, conforme al Decreto 2250. En

    dicho sistema, el comandante de la respectiva divisin, brigada, batalln u otra entidad

    inicia los trmites y hace las veces de tribunal de primera instancia en conjuncin con los

    consejos verbales deguerraque nombra. Los consejos verbales de guerra son presididos

    por el Presidente de los mismos, que cumple un papel especial en los procedimientos. Los

    fallos de esos consejos pueden ser apelados por ciertas razones ante el Tribunal Superior

    http://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos31/las-faltas/las-faltas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/las-faltas/las-faltas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/las-faltas/las-faltas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/pmbok/pmbok.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/las-faltas/las-faltas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANT
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    Militar. Este ltimo es un tribunal de apelaciones del sistema de justicia militar. El

    Presidente del Tribunal Superior Militar es el Comandante de las Fuerzas Militares.

    4. rganos de controlEn la seccin en que se describe la estructura del Estado y se establecen los tres principales

    poderes de gobierno, la Constitucin colombiana crea tambin "los rganos de control", queno pertenecen a ninguno delos tres poderesprincipales. Se trata del Ministerio Pblico y la

    Contralora General de la Repblica. El Contralor General supervisa la administracin de

    los fondos pblicos. El Ministerio Pblico tiene cometidos pertinentes para el anlisis de la

    situacin de los derechos humanos en Colombia.

    La mxima jerarqua del Ministerio Pblico es el Procurador General de la Nacin, electo

    por el Senado por un plazo de cuatro aos, de una lista de candidatos presentados por el

    Presidente, la Corte Suprema y el Consejo de Estado. El Procurador General y sus delegados

    tienen una amplia gama de cometidos, incluidas la proteccin de los derechos humanos y la

    defensa de la Constitucin y las leyes de Colombia. La labor realizada por el Ministerio

    Pblico y el Procurador General se divide entre la Procuradura General de la Nacin y la

    Defensora del Pueblo.

    a. Procuradura General de la NacinLa Procuradura General se encarga de realizarinvestigacionesdisciplinarias e imponer

    sanciones a los agentes del Estado, tanto civiles como miembros de las Fuerzas Militares.

    En consecuencia est facultada, por ejemplo, para investigar violaciones de derechos

    humanos y eventualmente disponer la separacin del servicio de miembros de las Fuerzas

    Militares, de la Polica Nacional o de cualquier otro organismo estatal responsable de esas

    violaciones. La Procuradura General de la Nacin est dividida, para el cumplimiento de

    estas funciones, en procuraduras delegadas. Por ejemplo, existen procuradores delegados

    para los derechos humanos (competentes en casos de desapariciones, torturas y masacres)

    y para las Fuerzas Militares, la Polica Nacional y la Polica Judicial.

    La Procuradura General puede intervenir tambin en procedimientos judiciales y

    administrativos, incluidos los que se llevan a cabo en el sistema de justicia militar, cuando

    es necesario para preservar elrespetode los derechos humanos. En la prctica, esta

    facultad permite alpersonalde la Procuradura solicitar la acusacin de personas

    adicionales en casos penales, la apertura o clausura de investigaciones, la formulacin de

    cargos, etc., tanto en el sistema de justicia penal ordinario como en el de justicia penal

    militar. La Comisin seala, sin embargo, que la intervencin de la Procuradura General

    en procedimientos penales en el sistema de justicia militar ha sido extremadamente

    reducida.

    La Procuradura General cumple un papel importante, y en general positivo, en los casos dederechos humanos. La sancin de los agentes estatales que participan en abusos de los

    derechos humanos constituye un componente importante de la reparacin debida en esos

    casos. La Procuradura General ha adoptado sanciones disciplinarias en muchos casos en

    que los procedimientos penales no han dado lugar al procesamiento y a la sancin penal de

    los responsables de violaciones de los derechos humanos. Aunque el Estado est obligado

    en la mayora de esos casos a realizar investigaciones y llevar a cabo procedimientos

    eficaces en materia penal, que den lugar al castigo penal de los responsables, por lo menos

    cumple en parte su obligacin de reaccionar disponiendo sanciones disciplinarias. Quienes

    cometen violaciones de los derechos humanos valindose de su autoridad como

    funcionarios pblicos no deben mantener esa posicin de autoridad. Los procedimientos

    disciplinarios llevados a cabo en el sistema jurdico colombiano pueden ser conducentes agarantizar que sto no ocurra.

    http://www.monografias.com/trabajos36/tres-poderes/tres-poderes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/tres-poderes/tres-poderes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/tres-poderes/tres-poderes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/tres-poderes/tres-poderes.shtml
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    No obstante, debe sealarse que los procedimientos disciplinarios llevados a cabo en

    Colombia no siempre han funcionado de ese modo positivo. En muchos casos, han sido

    ineficaces e ineficientes. El Estado ha omitido el castigo de muchos violadores de derechos

    humanos permitiendo la prescripcin de la accin disciplinaria, o actuando ineficazmente

    en materia de recopilacin y preparacin de laspruebasnecesarias. En otros casos las

    sanciones impuestas no han sido proporcionales a la gravedad de la infraccin cometida.

    La Comisin seala que la Procuradura General est facultada para realizar investigaciones

    e imponer sanciones disciplinarias contra las autoridades judiciales que acten

    impropiamente en el curso de los procedimientos penales, tanto en lo referente al sistema

    de justicia penal ordinario como al de justicia penal militar. Esta facultad puede constituir

    un instrumento importante para combatir laimpunidaden la administracin de justicia

    penal. No obstante, la Comisin entiende que esas investigaciones de la Procuradura rara

    vez han culminado en forma positiva.

    La Comisin estima que la labor de la Procuradura General de la Nacin debe seguir

    mejorando, para que pueda cumplir su misin. Esa labor debe y puede constituir un

    instrumento importante para la proteccin y promocin de los derechos humanos enColombia.

    b. Defensora del PuebloLa Defensora del Pueblo cumple sus cometidos bajo la direccin del Procurador General de

    la Nacin. El Defensor del Pueblo es electo por la Cmara de Representantes de una lista de

    candidatos presentada por el Presidente, por un perodo de cuatro aos.

    El Defensor se ocupa de promover y proteger los derechos humanos. En consecuencia es

    responsable de realizar actividades de educacin, capacitacin ypublicidadreferentes a

    temas de derechos humanos. Adems es competente para invocar el derecho dehabeas

    corpuse incoar acciones de tutela.

    En algunos casos la Defensora del Pueblo ha cumplido un papel importante en la

    proteccin de los derechos humanos. Por ejemplo, en 1992 la Corte Constitucional le

    encomend preparar un informe referente a la situacin del partido poltico Unin

    Patritica. El informe preparado por la Defensora fue muy claro y amplio, y ha constituido

    un instrumento importante para comprender la trgica y complicada situacin de la Unin

    Patritica. Anlogamente, la Defensora nombrada por la Defensora para la regin de

    Urab, Mara Girlesa Villegas, que ocup ese cargo durante varios aos, cumpli un papel

    importante llamando la atencin de las autoridades competentes y organismos

    internacionales con respecto a los abusos de derechos humanos ocurridos en esa zona. La

    Defensora ha cumplido tambin una labor importante en relacin con las poblaciones

    indgenas. Present, por ejemplo, una accin de tutela en defensa de lacomunidadindgenaU'wa, defendiendo el derecho de esta ltima a ser consultada adecuadamente antes de que

    se realicen actividades de exploracin de petrleo en su territorio.

    La Defensora del Pueblo debera recibir el apoyo necesario del Gobierno colombiano y

    otras entidades del Estado colombiano para que pueda cumplir plenamente sus cometidos

    como rgano dedicado a la promocin y proteccin de los derechos humanos.

    http://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/comunidades-de-hombres/comunidades-de-hombres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/habeas-corpus/habeas-corpus.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAS
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    LAS RAMAS DEL PODER PBLICO, LOS ORGANISMOS DE CONTROL Y LA ORGANIZACIN

    ELECTORAL

    RAMAS DEL PODER PBLICO

    Para iniciar este viaje al interior de la democracia, debemos recordar que Colombia se rige por

    tres poderes pblicos:

    El poder ejecutivo, representado por el Presidente de la Repblica, que hace las veces de Jefe

    de Estado y Jefe de Gobierno. Tambin est integrado por los Ministros, los directores de los

    de departamentos administrativos y los superintendentes, que tienen la funcin primordial de

    garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos. En el nivel

    regional est representado por gobernadores y alcaldes.El poder legislativo, representado por

    el Congreso de la Repblica (Senado y Cmara de Representantes). Entre sus funciones msimportantes estn: promulgar y modificar las leyes, reformar la Constitucin, ejercer control

    poltico sobre las acciones del Gobierno y elegir a altos funcionarios pertenecientes a la rama

    judicial, los organismos de control y la Organizacin Electoral.

    El poder judicial, que es el encargado de administrar justicia en nuestro pas, si bien en algunos

    casos esta funcin es ejercida por la otras ramas del poder o por los particulares. La rama

    judicial vela por el cumplimiento de la ley y castiga a sus infractores.

    De acuerdo con la Constitucin, el poder judicial est conformado por la Fiscala General de la

    Nacin y por otros cuatro organismos, conocidos en conjunto como las Altas Cortes. stas son:

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    la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo

    Superior de la Judicatura.

    Cada uno de estos poderes cuenta con funciones especficas y autnomas. Sin embargo, stosdeben trabajar de manera armnica y coordinada para garantizar el buen funcionamiento del

    Estado y la preservacin del equilibrio de fuerzas. Esto en cuanto no es deseable que las ramas

    del poder pblico se extralimiten, se subordinen o generen vnculos de dependencia entre s.

    ORGANISMOS DE CONTROL

    Adicionalmente, la Constitucin de 1991 dot de importancia a otros rganos, confirindoles

    autonoma e independencia frente a las tres ramas del poder pblico. Estos entes son

    conocidos como los organismos de control. Como su nombre lo indica, estas entidades velan

    por que los recursos pblicos se gasten en beneficio de la comunidad y no vayan a parar al

    bolsillo de unos pocos. Del mismo modo, estos rganos vigilan la proteccin de los derechos y

    libertades de los ciudadanos.

    Los organismos de control estn compuestos por la Contralora General de la Repblica y el

    Ministerio Pblico, conformado a su vez por la Procuradura General de la Nacin y la

    Defensora del Pueblo.

    La Contralora vigila la gestin de los recursos de la administracin y de los particulares o

    entidades que manejan fondos o bienes de la Nacin. Es una entidad tcnica y tieneautonoma administrativa y de presupuesto.

    La Procuradura formula las polticas generales en materia de control disciplinario de los

    funcionarios y dems personas que prestan servicios al Estado. Su vigilancia es con fines

    preventivos. Acta ante las autoridades administrativas y judiciales y promociona y defiende

    los derechos humanos.

    La Defensora del Pueblo ejerce funciones bajo la direccin del Procurador General de la

    Nacin. Su funcin es velar por la promocin, el ejercicio y la divulgacin de los derechos

    humanos.

    ORGANIZACIN ELECTORAL

    Del mismo modo, la Constitucin de 1991, en su inters por fortalecer la democracia y la

    participacin, hizo que la Organizacin Electoral, encargada de posibilitar la expresin

    ciudadana a travs de los procesos de eleccin popular, tambin contara con independencia

    frente a las ramas del poder pblico.

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    La Organizacin Electoral est compuesta por:

    El Consejo Nacional Electoral, que est a cargo de elegir y remover al Registrador Nacional del

    Estado Civil, conocer los recursos interpuestos al resultado de una eleccin, supervisar elcumplimiento de las normas sobre partidos polticos y elecciones y efectuar el escrutinio de

    toda la votacin nacional, entre otras funciones.

    La Registradura Nacional del Estado Civil tiene a su cargo la organizacin de las elecciones, su

    direccin y vigilancia, as como lo relativo a la identidad de las personas. El Registrador

    Nacional del Estado Civil es nombrado por las Altas Cortes, a travs de un concurso de mritos.