ORDENANZA CARABAYLLO

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  • 7/24/2019 ORDENANZA CARABAYLLO

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    567091NORMAS LEGALESMartes 24 de noviembre de 2015

    El Peruano

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    en la partida especca 2.6 Adquisicin de Activos NoFinancieros, en el rubro Financiamiento 09 RecursosDirectamente Recaudados, por lo que la Gerencia de

    Asuntos Jurdicos en su Informe N 316-2015-GAJ/MC

    se pronuncia por la viabilidad de aprobar la Ordenanzapropuesta, en mrito a lo cual la Comisin de Rentas,Fiscalizacin y Administracin Tributaria dictamina por laaprobacin de la Ordenanza propuesta y;

    Estando a lo expuesto, conforme al Dictamen de vistoy en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artculo9 de la Ley Orgnica de Municipalidades, el Pleno delConcejo Municipal, aprob por unanimidad la siguiente:

    ORDENANZA QUE AUTORIZA REALIZARSORTEO PUBLICO NAVIDEO POR UN COMAS

    PRODUCTIVO PON TU EMPRESA

    Artculo Primero.- AUTORIZAR la realizacinde un sorteo pblico denominado POR UN COMAS

    PRODUCTIVO PON TU EMPRESA para loscontribuyentes del distrito de Comas, a realizarse el damircoles 30 de Diciembre de 2015.

    Artculo Segundo.- AUTORIZAR para el sorteodescrito en el primer Artculo el otorgamiento del siguientepremio:

    Premios:

    1er Premio: 01 Furgoneta Doble Cabina2do Premio: 01 Carguero (Vehculo de carga)3er al 52vo. Premio: 01 Canasta

    Artculo Tercero.- DETERMINAR que son

    contribuyentes hbiles para participar en el sorteo pblico,descrito en el primer artculo, todos los contribuyentesactivos del Impuesto Predial y Arbitrios de LimpiezaPblica, Parques y Jardines del Distrito de Comas,conforme al siguiente detalle:

    a) Los contribuyentes que al 31 de marzo de 2015,estn al da en el pago de sus tributos: impuesto predialy arbitrios de limpieza pblica, parques y jardines,incluyendo la totalidad del periodo scal 2015 (deudacero), tienen derecho a 06 cupones.

    b) Los contribuyentes que entre el 01 de abril de2015 al 30 de Setiembre de 2015, estn al da en el pagode sus tributos: impuesto predial y arbitrios de limpiezapblica, parques y jardines, incluyendo la totalidad delperiodo scal 2015 (deuda cero), tienen derecho a 05cupones.

    c) Los contribuyentes que entre el 01 de Octubre de2015 al 30 de Diciembre de 2015, cancelen y estn al daen el pago de sus tributos: impuesto predial y arbitrios delimpieza pblica, parques y jardines (deuda cero), tienenderecho a 04 cupones (los contribuyentes que cancelensus deudas el mismo 30.12.2015, solo ingresarn alsorteo quienes lo efecten hasta las 12 horas del da).

    d) Los contribuyentes que al 30 de Diciembre de2015, se encuentren al da en el pago de sus tributos:impuesto predial y arbitrios de limpieza pblica, parquesy jardines (no deuda cero), tienen derecho a 02 cupones(los contribuyentes que cancelen sus deudas el mismo

    30.12.2015, solo ingresarn al sorteo quienes lo efectenhasta las 12 horas del da).e) Los pensionistas que al 30 de setiembre de 2015

    no registren deudas por arbitrios de limpieza pblica,parques y jardines y gastos administrativos del impuestopredial (deuda cero), tienen derecho a 02 cupones.

    f) Los pensionistas que entre el 01 de octubre al30 de Diciembre de 2015 no registren deudas porarbitrios de limpieza pblica, parques y jardines y gastosadministrativos del impuesto predial (deuda cero), tienenderecho a 01 cupn. (los pensionistas que cancelen susdeudas el mismo 30.12.2015 solo ingresarn al sorteoquienes lo efecten hasta las 12 horas).

    Artculo Cuarto.- Excepcionalmente, para el sorteodescrito en el primer Artculo, tambin se harn acreedoresde cupones los contribuyentes que optaron por fraccionarsus deudas en los casos siguientes:

    a) Los contribuyentes que al 30 de Setiembre de2015, cancelen por adelantado la totalidad de sus cuotasfraccionadas de impuesto predial y/o arbitrios de limpiezapblica, parques y jardines tienen derecho a 02 cupones.

    b) Los contribuyentes que al 30 de Diciembre de 2015,estn al da en el pago de sus cuotas fraccionadas deimpuesto predial y/o arbitrios de limpieza pblica, parquesy jardines tienen derecho a 01 cupn (Los contribuyentesque cancelen sus deudas el mismo 30.12.2015 soloingresarn al sorteo quienes lo efecten hasta las 12horas).

    Artculo Quinto.- AUTORIZAR al Seor Alcaldepara que mediante Decreto de Alcalda, apruebe lasBases de los sorteos descritos en el primer artculo delpresente.

    Artculo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Rentas,la organizacin del sorteo precedentemente descrito, a laSub. Gerencia de Informtica y Estadstica la realizacin

    de los procesos informticos e identicacin de loscontribuyentes y a la Unidad de Comunicacin Municipalla difusin del sorteo pblico aprobado.

    Artculo Setimo.- AUTORIZAR a la Gerencia deAdministracin y Finanzas, efectuar gastos nancieros,por el sorteo, hasta por un monto de Cincuenta mily 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,000.00) destinados ala adquisicin de los premios, campaa de difusin,gastos notariales, ministeriales, alquiler de nforas,regalos sorpresas a los asistentes, movilidad, refrigeriosy otros, conforme al presupuesto desagregado que encoordinacin con la Gerencia de Rentas presentar conla debida anticipacin a la Gerencia Municipal. Asimismo,presentar la rendicin de cuentas dentro de los 10 das

    de haberse realizado el Sorteo.Artculo Octavo.- AUTORIZAR a la Gerencia dePlanicacin y Presupuesto, ejecutar las accionespresupuestarias que correspondan, para cumplir con lodispuesto en la presente Ordenanza.

    Artculo Noveno.- DISPENSAR del trmite de lecturay aprobacin del Acta para la inmediata publicacin de lapresente Ordenanza en el Diario Ocial El Peruano.

    POR TANTO:

    Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

    Dado en el Palacio Municipal a los nueve das del mes

    de noviembre del 2015

    MIGUEL ANGEL SALDAA REATEGUIAlcalde

    1315141-1

    Ordenanza que aprueba ampliacin debeneicios tributarios a mercados deldistrito

    ORDENANZA MUNICIPALN 454/MC

    EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE COMAS

    POR CUANTO:

    El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en SesinOrdinaria de la fecha;

    VISTO:

    El Dictamen N 004-2015-CRFAT/MC, de laComisin de Rentas, Fiscalizacin y AdministracinTributaria; el Informe N 530-2015-SGR-GR/MC de

    la Sub Gerencia de Recaudacin, el informe N 116-2015-GR/MC, emitido por la Gerencia de Rentas y elInforme N 317-2015-GAJ-MDC emitido por la Gerenciade Asuntos Jurdicos, y;

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    567092 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2015 / El Peruano

    CONSIDERANDO:

    Que, de conformidad con el Artculo 194 de laConstitucin Poltica del Estado, modicado mediante

    Ley N 28607, Ley de Reforma Constitucional, lasmunicipalidades son los rganos de Gobierno Local ytienen autonoma poltica, econmica y administrativa,en virtud de lo cual el Artculo 9 de la Ley N 27972,Ley Orgnica de Municipalidades, establece que lecorresponde al Concejo Municipal Aprobar, modicar oderogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos;y crear, modicar, suprimir o exonerar de contribuciones,tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley,respectivamente.

    Que, el Texto nico Ordenado del Cdigo Tributarioaprobado con Decreto Supremo N 133-2013-EF,establece en el segundo prrafo de la norma IV del TtuloPreliminar y en su Artculo 41 modicado por el decretoLegislativo N 881, que los Gobiernos Locales, mediante

    Ordenanza, pueden crear, modicar y suprimir suscontribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerarde ellos, dentro de su jurisdiccin y con los lmites queseala la Ley, as como podrn condonar con carctergeneral el inters moratorio y otras sanciones respecto delos tributos que administran.

    Que, mediante la Ordenanza N 425-MDC, se estableceel Rgimen Tributario de los Arbitrios Municipales para elpresente ejercicio 2015, mantenindose las disposicionestcnicas establecidas mediante las OrdenanzasMunicipales N 396-MDC y N 400-MDC, que estableceel marco legal, criterios de distribucin y tasas aplicablesa los arbitrios de barrido de calles, recoleccin deresiduos slidos, parques y jardines pblicos, y seguridad

    Ciudadana para el ejercicio 2014.Que, mediante la Ordenanza Municipal N 436-MDC,publicada en el diario ocial el Peruano, el 20 de Junio del2015, se aprob el otorgamiento de benecios tributariospara los contribuyentes en la categora de Mercados deldistrito de Comas, establecindose la tasa de rebajade los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015;aplicndose la Tasa de los Arbitrios aprobados para elao 2011.

    Que, a la fecha an existen contribuyentes con el usode Mercados que mantienen pendientes de pago adeudospor Arbitrios Municipales correspondientes a los ejercicios2012, 2013 y 2014, por cuanto las tasas por arbitriosmunicipales determinadas para estos contribuyentes,respecto de los ejercicios descritos, son elevadas.

    Que, por lo tanto, es pertinente otorgar de maneraexcepcional la rebaja de los arbitrios correspondientes alos ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015, tomando comoreferencia los Arbitrios Municipales jados para el ao2011, reajustados con el IPC para el ao 2012, 2013,2014 y 2015; respectivamente

    Que, mediante los Informes N 530-2015-SGR-GR/MC de la Sub Gerencia de Recaudacin y N 116-2015-GR/MC, de la Gerencia de Rentas y el Informe N317-2015-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asuntos Jurdicosque expresan su conformidad con el presente proyectode Ordenanza; y en uso de las facultades conferidaspor el inciso 8) y 9) del Artculo 9 de la Ley N 27972,Ley Orgnica de Municipalidades y dems normas

    pertinentes, con el voto unnime de los seores regidoresy con la dispensa del trmite de lectura y aprobacin delacta, se aprob la siguiente:

    ORDENANZA

    QUE APRUEBA AMPLIACIN DEBENEFICIOS TRIBUTARIOS A MERCADOS

    Artculo Primero.- Establecer la tasa de rebaja delos Arbitrios Municipales para los Mercados del distritode Comas por los aos 2012, 2013, 2014 y 2015,debiendo reajustarse para el caso, la Tasa de los Arbitriosaprobados para el ao 2011 mediante Ordenanza N 317-MDC, como sigue:

    Arbitrio 2012: Tasa de Arbitrio 2011 reajustado con elIPC Ene.-Dic. 2011 (4.74% segn el INEI)

    Arbitrio 2013: Tasa de Arbitrio 2011 reajustado con elIPC de Ene.-Dic-2011 (4.74% segn el INEI) ms el IPCde Ene.-Dic. 2012 (2.65% segn INEI)

    Arbitrio 2014: Tasa de Arbitrio 2011 reajustado con

    el IPC de Ene.-Dic-2011 (4.74% segn el INEI) ms elIPC de Ene.-Dic. 2012 (2.65% segn INEI), ms el IPC deEne.-Dic. 2013 (3.08% segn INEI).

    Arbitrio 2015: Tasa de Arbitrio 2011, reajustado conel IPC de Ene.-Dic-2011 (4.74% segn el INEI), ms elIPC de Ene.-Dic. 2012 (2.65% segn INEI), ms el IPC deEne.-Dic. 2013 (3.08% segn INEI), ms el IPC de Ene.-Dic. 2014 (3.22% segn INEI).

    Artculo Segundo.- Los benecios tributarios quese describen en los Artculos precedentes, alcanzan alas deudas en cobranza ordinaria y cobranza coactiva,asimismo a las deudas que se encuentren confraccionamiento de pago vigente.

    Artculo Tercero.- Implementacin Difusin yCumplimiento:

    Encargar la implementacin, difusin y cumplimientode la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas,Gerencia de Administracin y Finanzas, Gerencia deInformtica, Estadstica y Gobierno Electrnico, SecretariaGeneral, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria.

    POR TANTO:

    Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

    Dado en el Palacio Municipal a los nueve das del mesde noviembre del 2015.

    MIGUEL ANGEL SALDAA REATEGUIAlcalde

    1315139-1

    MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS

    Ordenanza que establece beneicio especialde regularizacin de deudas tributarias yadministrativas

    ORDENANZA N 194-MDSL

    San Luis, 20 de noviembre de 2015

    EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DESAN LUIS

    VISTO,

    En Sesin Ordinaria del 20 de noviembre de 2015el Informe N 141-2015-MDSL de la Gerencia deRentas, el Memorndum N 200-2015-MDSL/GM dela Gerencia Municipal, el Informe N 350-2015/MDSL/GAL de la Gerencia de Asesora Legal, mediante el cual

    recomiendan la aprobacin del Proyecto de Ordenanzaque establece el Benecio Especial de Regularizacin deDeudas Tributarias y Administrativas, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 194 de la Constitucin Poltica delPer, modicado por la Ley de Reforma ConstitucionalN 27680, estipula que las Municipalidades Provincialesy Distritales son rganos de gobierno local con autonomapoltica, econmica y administrativa en los asuntos de sucompetencia;

    Que, el segundo prrafo del artculo II del TtuloPreliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades,

    Ley N 27972, seala que la autonoma establecida enla Constitucin para las Municipalidades, radica en lafacultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos yde Administracin, con sujecin al ordenamiento jurdico;