ORDENANZA - 1017

128
NORMAS LEGALES Sumario www.elperuano.com.pe  AÑO DEL DEBER CIUDADANO FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, miércoles 16 de mayo de 2007 345311 PODER EJECUTIVO  AGRICULTURA Res. 014-2007-INRENA-OSINFOR. -Inician procedimiento administrativo único a concesionario de concesión forestal con fines maderables por presunta comisión de causales de caducidad previstas en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre 345313 Res. N° 015-2007-INRENA-OSINFOR. - Declarancaducidad de derecho de aprovecham iento forestal otorgado a persona natural 345315 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. N° 099-2007-MINCETUR/DM.- Aprueban metas e indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales dispuestas por D.S. N° 027-2007-PCM 345317 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 233-2007-MEM/DM.- Aprueban donación de Equipo Georadar a favor del INGEMMET 345318 INTERIOR R.M. N° 0324-2007-IN/CEPAD.- Instauran procedimiento administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionarios del Ministerio 345320  JUSTICIA Fe de Erratas R.S. N°098-2007-JUS 345322 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. N° 260-2007-MIMDES.- Encargan funciones de Director de la Dirección de Promoción, Asistencia Técnica y Capacitación de la Dirección General de Descentralización 345322 PRODUCE R.D. N° 189-2007-PRODUCE/DGEPP .- Otorgan autorización de incremento de ota a persona natural para la construcción o adquisición de embarcación pesquera de acero 345323 R.D. N° 193-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso de pesca provisional a personas naturales para operar embarcación pesquera 345325 R.D. N° 194-2007-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Pesquera Ribaudo S.A. 345326 R.D. N° 195-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de resolución judicial, corrigen permiso de pesca otorgado a persona natural mediante R.D. N° 025-2000-PRE/P 345327 R.D. N° 196-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de mandato judicial, dejan sin efecto la R.D. N° 403-2006- PRODUCE/DGEPP 345329 R.D. N° 197-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso de pesca a armadores para operar embarcación pesquera en la extracción de anchoveta, sardina, jurel y caballa 345330 R.D. N° 198-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de mandato judicial, restituyen a Conservas Santa Adela S.A. la titularidad de derechos administrativos otorgados mediante R.M. N° 148-95-PE 345331 R.D. 199-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorización a Marinasol S.A. para instalar establecimiento industrial pesquero en el departamento de Piura 345332 RELACIONES EXTERIORES R.M. N° 0522/RE.- Designan delegación que participará en la Cuarta Reunión de la Comisión de Altos Funcionarios de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), a realizarse en Brasil 345333 SALUD R.M. N° 397-2007/MINSA.- Encargan funciones de Director Ejecutivo de la Ocina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Ocina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio 345334 R.M. 401-2007/MINSA.- Aprueban “Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementación del Decreto Supremo N° 004- 2007-SA” 345335  TRANSPOR TES Y COMUNICACIONES Fe de Erratas D.S. N° 015-2007-MTC 345335 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. N° 430-2007-JEF/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la O cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa de Palma Real, distrito y provincia de Tambopata 345335 R.J. 439-2007-JEF/RENIEC.- Autorizan implementación de Ocinas Registrales RENIEC en los hospitales del MINSA y EsSalud, para efectuar inscripciones de nacimientos y defunciones 345336 Sumario  o XXIV - Nº 9835

Transcript of ORDENANZA - 1017

  • NORMAS LEGALES

    Sumario

    www.elperuano.com.pe

    AO DELDEBER CIUDADANO

    FUNDADOEN 1825 POR

    EL LIBERTADORSIMN BOLVAR

    Lima, mircoles 16 de mayo de 2007

    345311

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA

    Res. N 014-2007-INRENA-OSINFOR.- Inician procedimiento administrativo nico a concesionario de concesin forestal con fi nes maderables por presunta comisin de causales de caducidad previstas en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre

    345313Res. N 015-2007-INRENA-OSINFOR.- Declaran caducidad de derecho de aprovechamiento forestal otorgado a persona natural 345315

    COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

    R.M. N 099-2007-MINCETUR/DM.- Aprueban metas e indicadores de desempeo para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Polticas Nacionales dispuestas por D.S. N 027-2007-PCM 345317

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. N 233-2007-MEM/DM.- Aprueban donacin de Equipo Georadar a favor del INGEMMET 345318

    INTERIOR

    R.M. N 0324-2007-IN/CEPAD.- Instauran procedimiento administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionarios del Ministerio 345320

    JUSTICIA

    Fe de Erratas R.S. N098-2007-JUS 345322

    MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

    R.M. N 260-2007-MIMDES.- Encargan funciones de Director de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin de la Direccin General de Descentralizacin

    345322

    PRODUCE

    R.D. N 189-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorizacin de incremento de fl ota a persona natural para la construccin o adquisicin de embarcacin pesquera de acero 345323R.D. N 193-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso de pesca provisional a personas naturales para operar embarcacin pesquera 345325R.D. N 194-2007-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Pesquera Ribaudo S.A. 345326

    R.D. N 195-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de resolucin judicial, corrigen permiso de pesca otorgado a persona natural mediante R.D. N 025-2000-PRE/P 345327R.D. N 196-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de mandato judicial, dejan sin efecto la R.D. N 403-2006-PRODUCE/DGEPP 345329R.D. N 197-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso de pesca a armadores para operar embarcacin pesquera en la extraccin de anchoveta, sardina, jurel y caballa

    345330R.D. N 198-2007-PRODUCE/DGEPP.- En cumplimiento de mandato judicial, restituyen a Conservas Santa Adela S.A. la titularidad de derechos administrativos otorgados mediante R.M. N 148-95-PE 345331R.D. N 199-2007-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorizacin a Marinasol S.A. para instalar establecimiento industrial pesquero en el departamento de Piura 345332

    RELACIONES EXTERIORES

    R.M. N 0522/RE.- Designan delegacin que participar en la Cuarta Reunin de la Comisin de Altos Funcionarios de la Unin de Naciones Suramericanas (UNASUR), a realizarse en Brasil 345333

    SALUD

    R.M. N 397-2007/MINSA.- Encargan funciones de Director Ejecutivo de la Ofi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Gestin de Recursos Humanos del Ministerio 345334R.M. N 401-2007/MINSA.- Aprueban Directiva Administrativa que establece Normas Complementarias para la implementacin del Decreto Supremo N 004-2007-SA 345335

    TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    Fe de Erratas D.S. N 015-2007-MTC 345335

    ORGANISMOS AUTONOMOS

    REGISTRO NACIONAL DE

    IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

    R.J. N 430-2007-JEF/RENIEC.- Autorizan delegacin de funciones registrales a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa de Palma Real, distrito y provincia de Tambopata 345335R.J. N 439-2007-JEF/RENIEC.- Autorizan implementacin de Ofi cinas Registrales RENIEC en los hospitales del MINSA y EsSalud, para efectuar inscripciones de nacimientos y defunciones 345336

    Sumario

    Ao XXIV - N 9835

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345312

    MINISTERIO PUBLICO

    Fe de Erratas Res. N 017-2007-MP-FN-JFS 345337Fe de Erratas Res. N 018-2007-MP-FN-JFS 345337

    ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

    COMISION NACIONAL SUPERVISORA

    DE EMPRESAS Y VALORES

    Res. N 035-2007-EF/94.01.1.- Modifi can Reglamento de Garantas de los Corredores de Productos y Operadores Especiales 345337

    CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES

    Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

    Res. N 251-2007-CONSUCODE/PRE.- Relacin de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de abril de 2007 345338Res. N 341-2007-TC-S1.- Sancionan a persona natural con suspensin en sus derechos para participar en procesos de seleccin y contratar con el Estado 345339Res. N 440-2007-TC-S3.- Imponen sancin de inhabilitacin temporal a Industrias Alimentarias Salvador E.I.R.L. en su derecho de presentarse en procesos de seleccin y contratar con el Estado 345341

    INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

    Res. N 305-2007-INPE/P.- Exoneran de proceso de seleccin y autorizan adquisicin de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario Tacna I - Direccin Regional Sur Arequipa 345343Res. N 307-2007-INPE/P.- Aceptan renuncia y designan Director General de la Ofi cina General de Seguridad del INPE 345345

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Res. N 245-2007-OS/CD.- Aprueban Procedimiento para la supervisin ambiental de las empresas elctricas y su Exposicin de Motivos 345345

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION

    PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES

    Res. N 001-2007-LIN/TRASU-OSIPTEL.- Aprueban Lineamientos Resolutivos del Tribunal Administrativo de Solucin de Reclamos de Usuarios de OSIPTEL 345359

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

    Ordenanza N 005-2007-CR-APURIMAC.- Declaran en proceso de Reorganizacin Administrativa y Funcional a la Unidad de Gestin Educativa Local de Andahuaylas 345360Ordenanza N 006-2007-CR-APURIMAC.- Amplan proceso de Reestructuracin Orgnica y Reorganizacin Administrativa del Gobierno Regional de Apurmac 345361Acuerdo N 011-2007-CR-APURIMAC.- Aprueban exoneracin de proceso de seleccin de locador de servicios responsable de Asistencia Tcnica POA 2005 y 2006 del Proyecto Apoyo a Campesinos Pastores de Altura de los departamentos de Ayacucho, Apurmac y Huancavelica - PROALPACA 345362

    GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

    Ordenanza N 008-2007-GR.LAMB./CR.- Rectifi can texto del Artculo Tercero de la Ordenanza Regional N 002-2007-GR.LAMB./CR, en lo relativo al Consejo Regional de Produccin Orgnica 345363Ordenanza N 009-2007-GR.LAMB./CR.- Amplan plazo a que se refi ere la Ordenanza Regional N 006-2007-GR.LAMB./CR, que declar en proceso de reestructuracin administrativa y presupuestal a la Estructura Orgnica del Gobierno Regional 345363

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

    Ordenanza N 1017.- Aprueban reajuste integral de la zonifi cacin de los usos del suelo de los distritos de Brea, Jess Mara, Magdalena del Mar (parcial), Lince y Pueblo Libre, que forman parte del rea de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana 345364Res. N 061-2007-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolucin que aprueba regularizacin de habilitacin urbana de terreno ubicado en el distrito de Ate

    345414Res. N 068-2007-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resoluciones y declaran procedente regularizacin y recepcin de obras de habilitacin urbana de terreno ubicado en el distrito de San Juan de Mirafl ores

    345414

    MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

    Ordenanza N 124-A/MDC.- Exoneran de pago de autorizacin de ejecucin de obra al Programa Agua Para Todos 345415

    MUNICIPALIDAD DE COMAS

    Ordenanza N 235-C/MC.- Suspenden vigencia del artculo 28 de la Ordenanza N 011-2000-C/MC, modifi cada por Ordenanza N 178-2005-C/MC, para la Zonal 14 345416Ordenanza N 236-C/MC.- Disponen tope mximo de incremento del cuadro tarifario del ao 2007, respecto del 2006, de los arbitrios de limpieza pblica, parques y jardines pblicos 345417

    MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA

    Acuerdo N 023-2007-MDI.- Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales por daos y perjuicios contra la empresa Telefnica Publicidad e Informacin Per S.A.C.

    345417

    MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

    Ordenanza N 255-MM.- Aprueban modifi cacin del Plano de reas Mnimas y Estacionamientos Mnimos por Unidad de Vivienda 345418

    MUNICIPALIDAD DEL RMAC

    Ordenanza N 149.- Aprueban Reglamento del Consejo de Desarrollo Econmico Local del Distrito del Rmac - CODERIMAC 345420D.A. N 005-2007-MDR.- Aprueban Directiva sobre Normas y Procedimientos para Emisin y Visacin de Normas Municipales, Resoluciones Gerenciales y Directorales 345422D.A. N 006-2007-MDR.- Establecen das no laborables para el ejercicio 2007 y la compensacin laboral por parte de empleados y obreros de la Municipalidad 345423

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345313

    MUNICIPALIDAD DE

    SAN MARTIN DE PORRES

    D.A. N 006-2007/MDSMP.- Disponen el embanderamiento general de predios del distrito de San Martn de Porres por anivesario de su creacin poltica 345424

    MUNICIPALIDAD

    DE SANTA ANITA

    Acuerdo N 0039-2007/MDSA.- Exoneran de proceso de seleccin la adquisicin de tarros de leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche 345424

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD

    PROVINCIAL DE TACNA

    Acuerdo N 0029-07.- Exoneran de proceso de seleccin la adquisicin de asfalto lquido para obras que ejecutar la Municipalidad 345425

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL

    DE CIUDAD NUEVA

    Acuerdo N 015-2007-MDCN-T.- Declaran en situacin de desabastecimiento inminente la adquisicin de leche para el Programa del Vaso de Leche 345426Acuerdo N 016-2007-MDCN-T.- Exoneran de proceso de seleccin la adquisicin de material asfltico 345427

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMATA

    Acuerdo N 021-2007-MDP/CM.- Exoneran de proceso de seleccin la adquisicin de asfalto para obras de mejoramiento de la carpeta asfltica de accesos a la Plaza de Armas

    345427

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

    Acuerdo N 11-2007-MDW/C.- Autorizan viaje del Alcalde a EE.UU. para participar en la conferencia Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperacin Nacional, Regional y Local para el desarrollo 345428

    PROYECTOS

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Res. N 246-2007-OS/CD.- Proyecto de Resolucin que aprueba los requisitos para el otorgamiento de los Informes Tcnicos Favorables para la instalacin y para el uso y funcionamiento de las Plantas de Abastecimiento, Plantas Envasadoras, Gasocentros, Consumidores Directos, Redes de Distribucin, Locales de Venta y Medios de Transporte de Gas Licuado de Petrleo 345429

    SEPARATA ESPECIAL

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Proyecto de Resolucin que fi ja las Tarifas de Costos de Conexin a la Red de Distribucin Elctrica aplicables al perodo comprendido entre el 1 de setiembre de 2007 y el 31 de agosto de 2011 1 al 24

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA

    Inician procedimiento administrativo nico a concesionario de concesin forestal con fines maderables por presunta comisin de causales de caducidad previstas en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre

    RESOLUCIN GERENCIALN 014-2007-INRENA-OSINFOR

    Lima, 10 de abril de 2007

    VISTO:El Informe Tcnico Legal N 012-2007-INRENA-

    OSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacin y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervisin, Evaluacin y Control de la OSINFOR, que da cuenta de la denuncia contenida en el Informe N 487-2005-INRENA-IFFS-DCB/LMT-Verificaciones y el Informe Complementario N 002-2006-INRENA-IFFS-DCB-LMT-Verificaciones, respecto de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislacin forestal en que habra incurrido el concesionario Pablo Respaldiza Santilln, titular del Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04; y,

    CONSIDERANDO:Que, con fecha 26 de julio de 2004, el Instituto

    Nacional de Recursos Naturales y el seor Pablo Respaldiza Santilln, suscriben el Contrato de Concesin

    Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04 para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Ns. 712, 905, 906 y 908, cuyas reas son de 5000, 5000, 7500 y 5000 ha respectivamente, haciendo un total de 22500 ha otorgadas en concesin, ubicadas en el Bosque de Produccin Permanente de Loreto;

    Que, mediante Resolucin de Intendencia N 016-2005-INRENA-IFFS, del 01 de febrero de 2005, se aprueba el Manual de Campo denominado Metodologa para la Inspeccin de las Parcelas de Corta Anual-PCA (situacin de la caoba), el cual contempla la verifi cacin fsica de una muestra estadsticamente representativa de los rboles de caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata) declarados por los concesionarios para la aprobacin de los planes operativos anuales;

    Que, mediante Carta N 053-2005-INRENA-L-ATFFS-REQ, de fecha 23 de marzo de 2005, la Administracin Tcnica Forestal y de Fauna Silvestre de Requena (en adelante ATFFS Requena) aprueba el Informe N 001-2005-PRS de la Zafra Excepcional para el aprovechamiento entre otras especies, de un total de 40 rboles de caoba con un volumen de 225 m3;

    Que, asimismo, mediante Carta N 057-2005-INRENA-L-ATFFS-REQ., de fecha 25 de mayo de 2005, la ATFFS Requena aprueba el Informe N 002-2005-PRS de la Zafra Excepcional para el aprovechamiento entre otras especies, de un total de 30 rboles de caoba con un volumen de 225 m3;

    Que, el 18 de julio del 2005, la ATFFS Requena emite la Resolucin Administrativa N 019-2005-IFFS-ATFFS-REQUENA, mediante la cual aprueba el Plan de Manejo Forestal con fi nes maderables para la Zafra Excepcional 2005, en una superfi cie de 1500 ha. presentado por el seor Pablo Respaldiza Santilln, ubicado en el distrito de Alto Tapiche y Soplin, provincia de Requena, departamento de Loreto, para el aprovechamiento, entre otras especies, de 90 rboles de caoba con un volumen de 600 m3;

    Que, mediante Resolucin Jefatural N 242-2005-INRENA, de fecha 05 de octubre 2005, se establece la conformacin de brigadas para las inspecciones

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345314oculares de concesiones forestales en los departamentos de Loreto, Madre de Dios y Ucayali, que permitan a la Autoridad Administrativa CITES Per y a la OSINFOR, la implementacin del artculo IV de la CITES en lo relativo a la especie caoba;

    Que, el 16 de octubre de 2005,el Ing. Lus Mesa Tafur, integrante de la Brigada de Verifi cacin CITES N 2, en compaa del Sr. Caleb Respaldiza Santilln, representante del concesionario Pablo Respaldiza Santilln, segn poder por escritura pblica otorgado el 2 de agosto del 2004, ante el Notario Pblico de Pucallpa, Dr. Eudocio Ral Salazar Martnez, realiza la supervisin a la Parcela de Corta Anual correspondiente a los Informes Ns. 001 y 002-2005-PRS antes referidos, emitindose como consecuencia de dicha inspeccin, el Informe N 487-2005-INRENA-IFFS-DCB/LMT-Verifi caciones, de fecha 03 de noviembre de 2005, y el Informe Complementario N 002-2006-INRENA-IFFS-DCB-LMT-Verifi caciones, de fecha 24 de abril de 2006;

    Que, tal como lo establece el numeral 15.2 del artculo 15 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fi nes comerciales o industriales, se requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA;

    Que, en ese sentido los titulares de los contratos de concesin forestal deben enmarcar su actividad de aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plan de Manejo Forestal el mismo que comprende dos niveles: i) el Plan General de Manejo Forestal-PGMF, que proporciona el marco general de planifi cacin estratgica y proyeccin empresarial a largo plazo, formulado como mnimo para todo el periodo de vigencia de la concesin, y ii) el Plan Operativo Anual-POA, que es el instrumento para la planifi cacin operativa a corto plazo, por un perodo de un ao, es decir el ao operativo, el cual puede o no coincidir con el ao calendario;

    Que, los Planes Operativos Anuales muestran las actividades a realizarse en el rea de la Parcela de Corta anual durante cada zafra, debiendo indicar las especies y volmenes aprovechables; as, el artculo 60 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre seala que el desarrollo de las operaciones del plan de manejo se efecta a travs de los planes operativos anuales, los cuales incluyen obligatoriamente el inventario de aprovechamiento, y consideran la ubicacin en mapa de los rboles a extraerse determinados a travs de sistemas de alta precisin, identifi cados por especie;

    Que, el aprovechamiento de recursos forestales durante la zafra excepcional esta regulado por el artculo 86 de citado Reglamento y la Resolucin Jefatural N 129-2003-INRENA del 18 de setiembre de 2003, que disponen que los titulares de los contratos de concesin forestal con fi nes maderables podrn iniciar el aprovechamiento forestal, previa presentacin y aprobacin de Informes con carcter de declaracin jurada y luego, el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, el cual deber contener la informacin que se haya presentado en los informes antes mencionados;

    Que, por tanto, el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional PMFZE actuara como un plan operativo anual para el periodo denominado Zafra Excepcional, es decir, el periodo comprendido desde el da siguiente de la fecha de suscripcin del contrato de concesin hasta el inicio de la segunda zafra;

    Que, con relacin a los datos sobre las especies y volmenes aprovechables declarados por el Concesionario en cada uno de los Informes presentados, evidentemente stos deben corresponder a la realidad de los hechos, ms an cuando su contenido tiene carcter de declaracin jurada y es en base a ste que el concesionario realiza el aprovechamiento de los recursos forestales maderables;

    Que, es oportuno enfatizar que todos los concesionarios, y en general todos los administrados, tienen la obligacin de presentar informacin veraz ante la administracin pblica, y por el contrario el deber de abstenerse de declarar hechos contrarios a la verdad, segn dispone el artculo 56 de la Ley N 27444; ms an, dicha obligacin, reviste de singular importancia cuando la informacin tiene el carcter de declaracin jurada, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 42.1 del artculo 42 de la misma Ley que dispone que todas las declaraciones juradas, los documentos sucedneos presentados y la informacin incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realizacin de procedimientos administrativos, se presumen verifi cados por quien hace uso de ellos, as como de contenido veraz para fi nes administrativos, salvo prueba en contrario;

    Que, en el presente caso, el concesionario Pablo Respaldiza Santilln, present ante la ATFFS Requena los Informes Ns. 001 y 002-2005-PRS antes sealados, en los que declara bajo juramento que realizar el aprovechamiento forestal de 40 rboles de caoba con un volumen de 225 m3 y 30 rboles de la misma especie con un volumen de 225 m3 , respectivamente;

    Que, de acuerdo al Balance de Extraccin de fecha 27 de noviembre de 2006 del Nodo CIEF de Requena, el concesionario Pablo Respaldiza Santilln moviliz 449.727 m3 de la especie caoba, los cuales deberan provenir de la Parcela de Corta Anual correspondiente a la Zafra Excepcional; en este sentido, en la referida Parcela deberan encontrarse tocones de la especie caoba que justifi quen el volumen movilizado;

    Que, sin embargo, de acuerdo al Informe N 487-2005-INRENA-IFFS-DCB/LMT-Verifi caciones y al Informe Complementario N 002-2006-INRENA-IFFS-DCB-LMT-Verifi caciones, como resultado de la inspeccin efectuada por la Brigada de Verifi cacin CITES, antes referida, se observ lo siguiente: i) el rea de la Parcela de Corta Anual no fue delimitada, debiendo ser sta una de las primeras actividades que el concesionario debi haber realizado antes de desarrollar cualquier otra actividad en el rea concesionada, ii) se obtuvo la georeferenciacin de 06 tocones de la especie caoba, de los cuales, 04 se encontraban dentro de la referida parcela y tienen una antigedad mayor a 3 aos, y los otros 02 tocones se ubican fuera de ella, y iii) el volumen movilizado de caoba no procede de la Parcela de Corta Anual objeto de verifi cacin;

    Que, con relacin a los tocones encontrados dentro de la Parcela de Corta Anual, se debe indicar que, atendiendo a que stos habran sido aprovechados con una antigedad mayor a 3 aos a la fecha en la que se realiz la verifi cacin, su extraccin se habra efectuado con anterioridad a la vigencia del Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04 (suscrito el 26/07/2004), y por lo tanto, no corresponderan a las actividades realizadas por el concesionario durante la zafra excepcional;

    Que, asimismo, sin perjuicio de lo sealado en el considerando precedente, cabe agregar que estos tocones representan un volumen total de 19.61 m3 y, conforme se deduce del siguiente cuadro, los 3 primeros tienen un dimetro a la altura del pecho inferior al dimetro mnimo de corta (DMC):

    NN de rbol de

    acuerdo a Ficha de Verifi cacin

    DAP(m)

    ALTURA(m)

    VOL CAMPO

    (m3)1 1 0.68 20 5.082 2 0.70 18 4.853 3 0.63 16 3.494 4 0.75 20 6.19

    Total 19.61

    Que, con relacin a los tocones hallados fuera de la Parcela de Corta Anual de la Zafra Excepcional, sealados como aprovechados por el representante del concesionario, se debe indicar que stos representaran un volumen equivalente a 9.16 m3 y tienen un dimetro a la altura del pecho inferior al dimetro mnimo de corta (DMC), conforme al siguiente cuadro:

    NN de rbol de

    acuerdo a Ficha de Verifi cacin

    DAP(m)

    ALTURA(m)

    VOL CAMPO

    (m3)

    1 5 0.70 18 4.852 6 0.70 16 4.31

    Total 9.16

    Que, estando a los resultados del Informe N 487-2005-INRENA-IFFS-DCB/LMT-Verifi caciones y el Informe Complementario N 002-2006-INRENA-IFFS-DCB-LMT-Verifi caciones, y a lo expuesto en los considerandos que anteceden, se puede advertir lo siguiente: i) el concesionario Pablo Respaldiza Santilln, no habra realizado el aprovechamiento de los recursos forestales maderables existentes en su Parcela de Corta Anual para la Zafra

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345315Excepcional, como corresponde, por cuanto la Brigada de Verifi cacin, encargada de realizar la inspeccin ocular al rea en cuestin, cuyas conclusiones constan en el Informe N 487-2005-INRENA-IFFS-DCB/LMT-Verifi caciones y el Informe Complementario N 002-2006-INRENA-IFFS-DCB-LMT-Verifi caciones, constat que sta no fue delimitada y no se encontraron en los lugares sealados por el representante del concesionario, tocones de la especie caoba al interior de la referida parcela que justifi quen los 449.727 m3 de la especie caoba movilizados segn el Balance de Extraccin antes sealado, por lo que se colige que existen indicios razonables de que el concesionario habra incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesin previstas en los literales c) y d) del artculo 18 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308, concordado con lo establecido en los literales e) y f) del artculo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modifi catorias y, ii) asimismo, existen indicios de que el seor Pablo Respaldiza Santilln, titular del Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04, habra cometido las infracciones a la legislacin forestal y de fauna silvestre, tipifi cadas en los literales i), l), t) y w) del artculo 363 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, modifi cado mediante Decreto Supremo N 006-2003-AG;

    Que, de otro lado, es necesario tener en cuenta que, los recursos forestales, constituyen recursos naturales renovables, los cuales son patrimonio de la Nacin, y el Estado es soberano en su aprovechamiento, de conformidad con lo sealado en el primer prrafo del Artculo 66 de la Constitucin Poltica. Y, particularmente la caoba, al ser una especie considerada en el Apndice II de la Convencin Internacional sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, incorporada al derecho nacional mediante Decreto Ley N 21080 de fecha 21 de enero de 1975, merece especial proteccin y control en su aprovechamiento, a fi n de que ste no sea ilegal o excesivo. En este sentido, la actitud adoptada por el concesionario Pablo Respaldiza Santilln, conlleva a la necesidad de salvaguardar los recursos forestales que le han sido otorgados en concesin mediante el Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04;

    Que, al respecto, el artculo 7 del Reglamento para la determinacin de infracciones, imposicin de sanciones y declaracin de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesin forestal con fi nes maderables, aprobado por Resolucin Jefatural N 147-2005-INRENA, establece que, cuando exista un aparente riesgo que pueda afectar la efi cacia de la resolucin a emitir, se podrn disponer las medidas cautelares que resulten necesarias, teniendo en cuenta lo dispuesto por los artculos 146 y 236 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444;

    Que, en el presente caso, existen indicios razonables de que el concesionario, Pablo Respaldiza Santilln, habra incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesin, de conformidad con lo sealado en el vigsimo primer considerando, por lo que, resulta necesario adoptar las medidas cautelares que aseguren la efi cacia de la resolucin a emitir;

    Que, de conformidad a lo establecido en el artculo 356 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la OSINFOR es la autoridad competente para aplicar las sanciones administrativas correspondientes por el incumplimiento de los contratos de concesin forestal con fi nes maderables y los planes de manejo forestal respectivos; asimismo, de conformidad con lo establecido en el artculo 91-A del mismo Reglamento, la caducidad ser declarada mediante Resolucin Gerencial, emitida por la Ofi cina de Supervisin de las Concesiones Forestales Maderables;

    De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG y modifi catorias; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; con el Reglamento de Organizacin y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo N 002-2003-AG, modifi cado por el Decreto Supremo N 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacin de infracciones, imposicin de sanciones y declaracin de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesin forestal con fi nes maderables, aprobado por Resolucin Jefatural N 147-2005-INRENA y modifi cado por Resolucin Jefatural N 209-2006-INRENA;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Iniciar al concesionario Pablo Respaldiza Santilln, con Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 16-REQ/C-J-191-04, el procedimiento administrativo nico, previsto en la Resolucin Jefatural N 147-2005-INRENA, modifi cado por Resolucin Jefatural N 209-2006-INRENA, por la presunta comisin de las causales de caducidad previstas en los literales c) y d) del artculo 18 de la Ley N 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, concordantes con las consignadas en los literales e) y f) del artculo 91-A de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N 014-2001-AG y sus modifi catorias, cuya comisin conlleva a la declaracin de caducidad del derecho de concesin forestal con fi nes maderables otorgado, as como por incurrir en las infracciones a la legislacin forestal tipifi cadas en los literales i), l), t) y w) del artculo 363 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, modifi cado mediante Decreto Supremo N 006-2003-AG, correspondindole la aplicacin de las sanciones previstas en los artculos 365 y 366 del mismo.

    Artculo 2.- Otorgar al concesionario Pablo Respaldiza Santilln un plazo de 5 (cinco) das hbiles, contados a partir de la fecha de notifi cacin, para que presente los descargos que considere pertinentes, debiendo sealar en los mismos su domicilio procesal.

    Artculo 3.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos de las Cartas Ns. 053-2005-INRENA-L-ATFFS-REQ y 057-2005-INRENA-L-ATFFS-REQ, de fecha 23 de marzo y 25 de mayo de 2005, mediante las cuales se aprueban los Informes Ns. 001-2005-PRS y 002-2005-PRS, respectivamente, los efectos del Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, aprobado mediante Resolucin Administrativa N 019-2005-IFFS-ATFFS-REQUENA, as como los efectos de los Planes Operativos Anuales de la Segunda y Tercera Zafra, y de las Resoluciones Administrativas y/o de Intendencia que rectifi quen los referidos planes, de ser el caso.

    Artculo 4.- Igualmente, suspndase la entrega de Guas de Transporte Forestal de productos forestales transformados para la movilizacin de los saldos de los volmenes autorizados mediante los Informes y los Planes indicados en el artculo anterior; y, del mismo modo, suspndase los efectos de las Guas de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA para la movilizacin de los referidos volmenes; ordenndose al concesionario Pablo Respaldiza Santilln, se abstenga de utilizar las mismas.

    Artculo 5.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre para que a travs de las Administraciones Tcnica Forestal y de Fauna Silvestre, ejecute lo dispuesto en la presente Resolucin Gerencial procediendo a inmovilizar los productos forestales provenientes de la referida concesin, amparados con las Guas de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados por el saldo de los volmenes autorizados mediante los documentos indicados en el Artculo 3 de la presente Resolucin Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros quienes podrn acreditar sus derechos ante dichos rganos, siempre que stos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo nico.

    Artculo 6.- Notificar la presente Resolucin Gerencial al concesionario Pablo Respaldiza Santilln, as como a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre para que tome conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias.

    Artculo 7.- La documentacin dirigida a la OSINFOR deber ser presentada ante la Administracin Tcnica Forestal y de Fauna Silvestre de Iquitos, quien actuar como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo nico.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    EMILIO LUCAS ALVAREZ ROMEROGerente (e) de la Ofi cina de Supervisin de lasConcesiones Forestales MaderablesOSINFOR

    60112-1

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345316Declaran caducidad de derecho de aprovechamiento forestal otorgado a persona natural

    RESOLUCIN GERENCIALN 015-2007-INRENA-OSINFOR

    Lima, 13 de abril de 2007

    VISTO:

    El Expediente Administrativo N 004-2006-OSINFOR, sobre el procedimiento administrativo nico iniciado contra el titular del Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 25-PUC/C-J-056-02, Fernando Villacorta Rodrguez, por la presunta comisin de las causales de caducidad tipifi cadas en los literales a), c) y d) del artculo 18 de la Ley N 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, concordante con lo establecido en los literales b), e), y f) del artculo 91-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG y modifi catorias, en el cual obra el Informe Tcnico Legal N 013-2007-INRENA-OSINFOR-URAN-USEC, que corre de fojas 132 a fojas 139; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR, que corre de fojas 110 a 112, la OSINFOR resuelve entre otros, iniciar procedimiento administrativo nico al seor Fernando Villacorta Rodrguez, por la presunta infraccin a la legislacin forestal y de fauna silvestre, tipifi cada en los literales a), c) y d) del artculo 18 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del artculo 91-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG y sus modifi catorias;

    Que, asimismo, en la referida Resolucin Gerencial se le otorga al mencionado concesionario, un plazo de 05 (cinco) das hbiles, contados a partir de la fecha de notifi cacin, para que presente los descargos que considere pertinentes;

    Que, en ese sentido, mediante Cartas Nos. 017 y 016-2006-INRENA-OSINFOR-URAN, ambas de fecha 31 de marzo de 2006, que corren a fojas 113 y 114, respectivamente, se notifi ca la Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR al concesionario Fernando Villacorta Rodrguez, siendo ambas recepcionadas el 05 de abril de 2006;

    Que, mediante Ofi cio N 675-2006-INRENA-ATFFS-Pucallpa de fecha 31 de mayo de 2006, la Administracin Tcnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa comunica a esta ofi cina que el concesionario, seor Fernando Villacorta Rodrguez no ha presentado descargos a lo resuelto en la Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR;

    Que, de conformidad con lo anteriormente sealado y habiendo el da 12 de abril de 2006 vencido el plazo para la presentacin de los descargos contra la Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR, corresponde a esta ofi cina pronunciarse sobre el presente procedimiento administrativo nico;

    Que, mediante Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS, de fecha 27 de febrero de 2004, la Administracin Tcnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, en una superfi cie de 1,500 ha, cuya rea se ubica en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali;

    Que, en dicho documento se aprob, entre otras especies, el aprovechamiento de caoba (Swieteniamacrophylla) por un volumen de 447 metros cbicos, correspondientes a 222 rboles;

    Que, de acuerdo a los volmenes movilizados, y luego de realizada la revisin del Balance de Extraccin emitido por el Sistema de Informacin Forestal SIF, de fecha 16 de enero de 2007, se aprecia que, el antedicho concesionario ha movilizado 442.960 metros cbicos de caoba de los 447 metros cbicos aprobados de conformidad a la Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS;

    Que, en ese orden de ideas, las especies extradas y los volmenes movilizados por el seor Fernando Villacorta Rodrguez, deberan corresponder a especies encontradas dentro de la parcela de corta anual, presumindose que todos los volmenes movilizados durante el periodo que corresponde a la zafra excepcional, han sido extrados de la parcela de corta anual delimitada y consignada en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional;

    Que, sin embargo, en el presente caso, en base a la informacin consignada en el Informe N 512-2005-INRENA-IFFS/DCB-MESC elaborado por la Brigada N 01, se puede advertir que: a) al ingresar a la Parcela de Corta Anual correspondiente a la Zafra Excepcional del Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 25-PUC/C-J-056-02, la Brigada N 01 realiz un barrido a la parcela de corta anual del Plan de Manejo Forestal Zafra Excepcional, constatando que no existen indicios de trabajo de aprovechamiento forestal en la zona; asimismo tampoco se encontraron los rboles en pie consignados en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, aprobado mediante Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS; b) al no haber encontrado la Brigada N 01 evidencia alguna de la realizacin de actividades de aprovechamiento forestal realizadas en la zona, as como tampoco los rboles en pie consignados en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, la informacin presentada por el concesionario en mencin para la aprobacin de dicho documento sera falsa, contraviniendo lo sealado en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y; c) por lo cual, considerando lo anteriormente sealado, el concesionario, seor Fernando Villacorta Rodrguez, no podra justifi car, para el caso de la especie caoba, la extraccin y movilizacin de 442.960 metros cbicos de los 447 metros cbicos aprobados, tal como se desprende del Balance de Extraccin emitido por el Sistema de Informacin Forestal SIF de fecha 16 de enero de 2007;

    Que, asimismo, al no existir indicios de la realizacin de aprovechamiento forestal en el rea inspeccionada, as como al no haberse ubicado los rboles consignados en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, se desprende que los volmenes movilizados durante la Zafra Excepcional por parte del concesionario, seor Fernando Villacorta Rodrguez, no provienen de la parcela de corta anual;

    Que, cabe sealar que de acuerdo a la Forma 20 para la especie caoba, de fecha 16 de enero de 2007, el mencionado concesionario realiz las movilizaciones durante los meses de julio, agosto y setiembre del 2005;

    Que, sin embargo, el perodo de la Zafra Excepcional venci el 30 de abril de 2004, por lo que dichas volmenes fueron movilizados fuera de los plazos otorgados para su realizacin;

    Que, en tal sentido, mediante Memorndum N 530-2006-INRENA-OSINFOR, de fecha 14 de agosto de 2006, la OSINFOR solicit informacin a la ATFFS Pucallpa respecto a las autorizaciones que facultaron al seor Fernando Villacorta Rodrguez a movilizar durante los meses de julio a setiembre de 2005 los volmenes aprobados tanto por el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional como por el Plan Operativo Anual de la segunda zafra;

    Que, sin embargo, a pesar de que dicho requerimiento fue atendido mediante Informe N 022-2006-INRENA-ATFFS-PUC, de fecha 19 de setiembre de 2006 e Informe N 003-2007-INRENA-ATFFS-PUCALLPA-CIEF/JCBS, de fecha 10 de enero de 2007, no se han podido establecer fehacientemente las razones por las cuales se permiti la movilizacin de dichos volmenes fuera de los plazos otorgados a travs de la legislacin forestal vigente;

    Que, en ese sentido, el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional antes referido, ha cumplido las veces de un Plan Operativo Anual para la parcela de corta anual de la zafra excepcional, al ser en buena medida un instrumento de planifi cacin y control del aprovechamiento de los recursos forestales que el Estado le otorg a travs de una concesin forestal con fi nes maderables, teniendo como fi nalidad procurar que dicho aprovechamiento se realice de manera sostenible, de conformidad con lo dispuesto por el artculo 28 de la Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley N 26821, el cual establece que, Los recursos naturales deben aprovecharse en forma sostenible. El aprovechamiento sostenible implica el manejo racional de los recursos naturales teniendo en cuenta su capacidad de renovacin, evitando su sobreexplotacin y reponindolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso () ;

    Que, asimismo, considerando lo sealado en el Informe N 512-2005-INRENA-IFFS/DCB-MESC, al no haberse encontrado, en la parcela de corta anual verifi cada, indicios de aprovechamiento forestal ni los rboles consignados en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, se ha evidenciado que la informacin presentada por el concesionario para la aprobacin de su Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional no coincide con la realidad encontrada en el bosque;

    Que, en tal sentido, se desprende que el aprovechamiento de dichas especies no se ha realizado

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345317conforme a lo estipulado en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional aprobado por el INRENA, lo que determina el incumplimiento en la implementacin de dicho Plan de Manejo Forestal;

    Que, es necesario sealar que a pesar de haberse notifi cado la Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR, de fecha 29 de marzo de 2006, al concesionario Fernando Villacorta Rodrguez, y habindose vencido en exceso el plazo otorgado para que presente sus descargos contra lo resuelto en la mencionada resolucin, ste no ha desvirtuado ninguno de los cargos atribuidos en la referida resolucin;

    Que, al no haber acreditado el referido concesionario en el presente procedimiento administrativo, la procedencia legal de los volmenes de caoba movilizados durante el periodo de la Zafra Excepcional, se puede concluir que dichos volmenes no provienen del rea de su concesin;

    Que, en ese sentido, mediante el presente procedimiento, ha quedado acreditado que el concesionario, seor Fernando Villacorta Rodrguez ha incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesin sealadas en los literales a) y c) del artculo 18 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308, concordantes con lo establecido en los literales b) y e) del artculo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG;

    Que, asimismo, considerando que de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 62 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la veracidad de los contenidos del Plan General de Manejo Forestal, los Planes Operativos Anuales e informes de ejecucin, es responsabilidad del titular del contrato conjuntamente con los profesionales que lo suscriben, corresponde a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, evaluar la responsabilidad administrativa, y de ser el caso aplicar las sanciones correspondientes, contra el Ing. David Moreno Hernando, profesional que autoriz el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional del concesionario, seor Fernando Villacorta Rodrguez;

    Que, de otro lado, ante la existencia de indicios razonables de la comisin de delitos, en los hechos evaluados, y conforme al literal b) del artculo 16 del Reglamento de Organizacin y Funciones del INRENA, corresponde a la Ofi cina de Asesora Jurdica analizar los mismos y coordinar con la Procuradura Pblica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura el ejercicio de las acciones legales que correspondan;

    Que, el artculo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, dispone que la declaracin de caducidad de los derechos de concesin forestal con fi nes maderables, no exime a los titulares de los mismos de las responsabilidades civiles, administrativas o penales a que hubiera lugar, hasta que haya concluido el plan de cierre de la concesin;

    Que, asimismo, dispone que la caducidad ser declarada mediante Resolucin Gerencial, emitida por la Ofi cina de Supervisin de las Concesiones Forestales Maderables del INRENA;

    De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; con el Reglamento de Organizacin y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo N 002-2003-AG, modifi cado por el Decreto Supremo N 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacin de infracciones, imposicin de sanciones y declaracin de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesin forestal con fi nes maderables, aprobado por Resolucin Jefatural N 147-2005-INRENA;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Declarar la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal otorgado al seor Fernando Villacorta Rodrguez, mediante el Contrato de Concesin Forestal con Fines Maderables N 25-PUC/C-J-056-02, en virtud de lo dispuesto por los literales a) y c) del artculo 18 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, concordante con lo establecido en los literales b) y e) del artculo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

    Artculo 2.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolucin Gerencial N 019-2006-INRENA-OSINFOR, de fecha 29 de marzo de 2006.

    Artculo 3.- Cancelar de manera defi nitiva la utilizacin de las Guas de Transporte Forestal de productos al estado natural registradas ante el INRENA, para la movilizacin de los saldos de los volmenes autorizados mediante Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS,

    que aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional y Resolucin de Intendencia N 123-2005-INRENA-IFFS, que aprueba el Plan Operativo Anual de la segunda zafra.

    Artculo 4.- Inhabilitar de manera defi nitiva el uso de Guas de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volmenes autorizados mediante Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS, que aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional y Resolucin de Intendencia N 123-2005-INRENA-IFFS, que aprueba el Plan Operativo Anual de la segunda zafra.

    Artculo 5.- Notifi car la presente Resolucin Gerencial a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, as como remitirle copia autenticada del Expediente Administrativo N 004-2006-OSINFOR, a fi n de que aplique el Plan de Cierre de la Concesin, revirtiendo el rea concesionada a favor del Estado y procediendo a ejecutar las garantas entregadas por el concesionario, de ser el caso; y asimismo, evale la responsabilidad administrativa del Ing. David Moreno Hernando, profesional que autoriz el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, aprobado mediante Resolucin Administrativa N 113-2004-INRENA-ATFFS, imponiendo las sanciones administrativas que correspondan.

    Artculo 6.- Remitir copia de la presente Resolucin Gerencial, y del Expediente Administrativo N 004-2006-OSINFOR a la Ofi cina de Asesora Jurdica del INRENA con la fi nalidad que realice las evaluaciones necesarias, y de ser el caso, las acciones que se requieran a fi n de que la Procuradura Pblica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, inicie las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de la comisin de conductas que puedan confi gurar ilcitos penales de acuerdo a los recaudos que obran en el referido expediente administrativo.

    Artculo 7.- Notifi car la presente Resolucin Gerencial al seor Fernando Villacorta Rodrguez.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    EMILIO LUCAS LVAREZ ROMEROGerente (e) de la Ofi cina de Supervisin de lasConcesiones Forestales MaderablesOSINFOR

    60111-1

    COMERCIO EXTERIOR

    Y TURISMO

    Aprueban metas e indicadores de desempeo para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Polticas Nacionales dispuestas por D.S. N 027-2007-PCM

    RESOLUCIN MINISTERIALN 099-2007-MINCETUR /DM

    Lima, 9 de mayo del 2007

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 1 de la Ley N 27790 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, creado por Ley N 27779, es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo;

    Que, mediante el Decreto Supremo N 027-2007-PCM se establecen las polticas nacionales de obligatorio cumplimiento y con metas semestrales verifi cables para todas las entidades del Gobierno Nacional, a fi n de que el conjunto de las instituciones y funcionarios pblicos impulsen transversalmente su promocin y ejecucin en adicin al cumplimiento de las polticas sectoriales;

    Que, de acuerdo al Art. 3 del mencionado dispositivo, mediante Resolucin Ministerial, que debe ser aprobada dentro de los primeros quince das de cada ao, los Ministerios deben publicar las metas concretas y los indicadores de desempeo para evaluar semestralmente el cumplimiento de las polticas nacionales y sectoriales de su competencia. Para efectos del ao 2007, en concordancia a la Disposicin

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345318Transitoria nica, dicha resolucin debe ser publicada dentro de los 45 das naturales contados a partir de la fecha de la entrada en vigencia del mismo Decreto Supremo;

    Que, en atencin a dicha disposicin, se ha coordinado con los Organismos integrantes del Sector Comercio Exterior y Turismo para identifi car las acciones que den cumplimiento a las citadas polticas, as como sus metas semestrales e indicadores de desempeo respectivo;

    De conformidad con la Ley N 27790 Ley de Organizacin y Funciones del Comercio Exterior y Turismo;

    Estando a lo propuesto por la Ofi cina General de Planifi cacin, Presupuesto y Desarrollo.

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Aprobar las metas y los indicadores de desempeo para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Polticas Nacionales dispuestas por el Decreto Supremo N 027-2007-PCM, las mismas que se detallan en el Anexo 1 que en 13 folios se adjunta al presente dispositivo.

    Regstrese, comunquese, y publquese

    MERCEDES AROZ FERNNDEZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

    60924-1

    ENERGIA Y MINAS

    Aprueban donacin de Equipo Georadar a favor del INGEMMET

    RESOLUCIN MINISTERIALN 233-2007-MEM/DM

    Lima, 14 de mayo de 2007VISTO, el Ofi cio N 065-2007-INGEMMET/DE, de

    fecha 12 de abril de 2007, mediante el cual el Director Ejecutivo del Instituto Geolgico Minero y Metalrgico INGEMMET solicita la aprobacin de la donacin de un (1) equipo Georadar efectuada por parte del Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas a favor del INGEMMET;

    CONSIDERANDO:Que, el Instituto Geolgico Minero y Metalrgico -

    INGEMMET es una Institucin Pblica Descentralizada del Sector Energa y Minas cuyos fi nes son la conformacin, administracin y desarrollo del Sistema de Informacin Bsica para el Fomento de la Inversin Minera, a travs del cual se busca promover el desarrollo de la actividad minera y la explotacin sostenible de los recursos minerales, facilitando la toma de decisiones en el Sector Energa y Minas, colaborando con otros organismos pblicos en la planifi cacin y el desarrollo local, comunitario, regional y nacional, as como en la conservacin del medio ambiente;

    Que, el INGEMMET tambin tiene como funcin generar informacin propia a travs de estudios geolgicos regionales del territorio nacional, estudios geoambientales, econmicos, hidrolgicos, geotrmicos y de vulcanologa entre otros, as como fomentar la investigacin cientfi ca y tecnolgica en los campos de la geologa, minera y metalurgia;

    Que, en su Reglamento de Organizacin y Funciones el INGEMMET tiene como misin desarrollar estudios de riesgos geolgicos que afectan el territorio nacional con grave incidencia en centros poblados, mineros, industriales, obras de infraestructura, etc., los que a su vez inciden en el desarrollo socioeconmico de las regiones y del pas;

    Que, en la actualidad el INGEMMET viene ejecutando dentro del marco del Convenio de Cooperacin Cientfi ca Tcnica suscrito por dicha institucin con fecha 24 de septiembre del 2002, el Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas, cuya fi nalidad es desarrollar proyectos de investigacin relacionados con la prevencin y mitigacin de peligros geolgicos que afectan a las comunidades andinas;

    Que, a efectos de cumplir con el desarrollo de programa internacional de investigacin geolgica en el Per sealado en el prrafo precedente, el Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas

    efecta la donacin de un (1) Equipo Georadar segn las caractersticas que se detallan en anexo adjunto por un valor de US$ 49,455.00 (Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Dlares Americanos), y que ser utilizado bsicamente en trabajos de identifi cacin del subsuelo hasta los treinta (30) metros de profundidad y en aplicaciones para investigaciones geotcnicas, de glaciologa, de peligros geolgicos, de aguas subterrneas, de arqueologa, entre otros usos, as como tambin contribuir en el desarrollo de proyectos relacionados a la prevencin y mitigacin de desastres naturales y a la conservacin de sitios histricos-arqueolgicos del pas, reduciendo los costos de investigacin institucional;

    Que, de acuerdo a lo establecido por el literal k) del artculo 2 del Decreto Supremo N 055-99-EF, de fecha 15 de abril de 1999, modifi cado por el Decreto Legislativo N 935, de fecha 10 de octubre de 2003, que aprueba el Texto nico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, no estn gravadas con dichos impuestos, la importacin o transferencia de bienes que se efecte a ttulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Pblico, siempre que sea aprobada por Resolucin Ministerial del Sector correspondiente;

    Que, segn lo sealado por el Decreto Supremo N 041-2004-EF, que aprueba el Reglamento de la Inafectacin del IGV e ISC a las Donaciones, se ha cumplido con la presentacin de toda la documentacin requerida para la aprobacin de la donacin a que se refi ere la presente resolucin;

    De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo N 055-99-EF, el Decreto Supremo N 041-2004-EF, el Decreto Legislativo N 935 y el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Energa y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N 025-2003-EM, as como por las dems normas pertinentes;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Aprobar la donacin del equipo detallado

    en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucin, efectuada por parte del Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas a favor del Instituto Geolgico Minero y Metalrgico - INGEMMET por un valor ascendente a US$ 49,455.00 (Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Dlares Americanos).

    Artculo 2.- Comprender a la donacin citada en el artculo anterior dentro de los alcances del literal k) del Artculo 2 del Texto nico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N 055-99-EF.

    Artculo 3.- La donacin efectuada por el Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas a favor del Instituto Geolgico Minero y Metalrgico INGEMMET, de un Equipo Georadar por un valor ascendente a US$ 49,455.00 (Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Dlares Americanos), se encuentra inafecta del IGV e ISC.

    Artculo 4.- Agradecer al Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para las Comunidades Andinas, por su importante contribucin al Sector Minero peruano.

    Artculo 5.-Transcrbase la presente Resolucin a la Contralora General de la Repblica, a la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria, y al Instituto Geolgico Minero y Metalrgico - INGEMMET.

    Regstrese, comunquese y publquese. JUAN VALDIVIA ROMEROMinistro de Energa y Minas

    ANEXO DE LA RESOLUCIN MINISTERIAL N 233-2007-MEM/DM

    ANEXO

    Denominacin : Equipo GeoradarDetalle Tcnico: Marca EKKO, Modelo EPRO100, compuesto de lo siguiente:

    - SOFT0049 Sowftware License CD N 1 y N 2 seriesJ665703955cw-kk313725525d

    -ELEC0030 Transmitter Model-MP serie 002637720010-ELEC0025 Receiver serie 002537740010-ELEC0027 Control Module serie 002237130005-ELEC0037 Digital Video Logger III serie 00037560022-

    Precio : US$ 49,455.00 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco)

    60802-1

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345319

    N CONTRATISTA N REG. N RESOLUCION (*) SUMILLA DE RESOLUCION

    1 BLACIDO GONZALES S.A. (BLAGONSA)

    8591 Resolucin de Subgerencia N 018-2007-CONSUCODE/GRNP/SFP del 04.04.2007

    Por no comunicar oportunamente la variacin de su plantel tcnico, se cancela la vigencia de la inscripcin otorgada a la empresa mediante Resolucin de Subgerencia N 1140-2006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 02.05.2006 y se deja sin efecto legal el Certifi cado de Inscripcin N 661 de fecha 05.05.2006.

    2 CORPORACION CESAMO E.I.R.L.

    12018 Resolucin de Subgerencia N 019-2007-CONSUCODE/GRNP/SFP del 04.04.2007.

    Por no comunicar oportunamente la variacin de su plantel tcnico, se cancela la vigencia de la inscripcin otorgada a la empresa mediante Resolucin de Subgerencia N 2360-2006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 12.10.2006 y se deja sin efecto legal el Certifi cado de Inscripcin N 2054 de fecha 13.10.2006.

    3 C O N S T R U C T O R A , SERVICIOS GENERALES Y PROVEEDORA DE PIEDRAS ORNAMENTALES E.I.R.L. (COSERGEPPO E.I.R.L.)

    11369 Resolucin de Subgerencia N 020-2007-CONSUCODE/GRNP/SFP del 24.04.2007.

    Por no comunicar oportunamente la variacin de su plantel tcnico, se cancela la vigencia de la inscripcin otorgada a la empresa mediante Resolucin de Subgerencia N 923-2007-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 22.02.2007 y se deja sin efecto legal el Certifi cado de Inscripcin N 496 de fecha 28.02.2007.

    4 R E P R E S E N T A C I O N E S COLIBR S.R.L.

    12037 Resolucin de Subgerencia N 021-2007-CONSUCODE/GRNP/SFP del 27.04.2007.

    Por no comunicar oportunamente la variacin de su plantel tcnico, se cancela la vigencia de la inscripcin otorgada a la empresa mediante Resolucin de Subgerencia N 2458-2006-CONSUCODE/GRNP-SOR de fecha 18.10.2006 y se deja sin efecto legal el Certifi cado de Inscripcin N 2102 de fecha 20.10.2006

    5 SERVICIOS COMERCIALES Y CONSTRUCCIONES S.R.L. (SERCCONS S.R.L.)

    10431 Resolucin de Presidencia N 116-2007-CONSUCODE/PRE del 06.03.2007.

    Declarar la NULIDAD de la Resolucin de Gerencia N 0987-2006-CONSUCODE/GR del 18.04.2006 que aprob su RENOVACION de INSCRIPCION como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Contratistas (hoy Registro Nacional de Proveedores) y del Certifi cado de Inscripcin N 581 de fecha 20.04.2006; as como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisin del delito contra la funcin jurisdiccional (falsa declaracin en procedimiento administrativo) en agravio de CONSUCODE, poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar.

    6 R & G CONTRATISTAS Y SERVICIOS GENERALES S.R.L.

    10374 Resolucin de Presidencia N 164-2007-CONSUCODE/PRE del 28.03.2007.

    Declarar la NULIDAD de la Resolucin de Gerencia N 0935-2006-CONSUCODE/GR de fecha 10.04.2006 que aprob su RENOVACIN de INSCRIPCIN como Ejecutor de Obras en el Registro Nacional de Proveedores y del Certifi cado de Inscripcin N 552 de fecha 12.04.2006; as como disponer el inicio de las acciones legales correspondientes contra el representante legal de la empresa y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisin del delito contra la funcin jurisdiccional (falsa declaracin en procedimiento administrativo) en agravio de CONSUCODE, poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar

    7 CONSTRUCTORA SARBO E.I.R.L.

    10374 Resolucin de Presidencia N 178-2007-CONSUCODE/PRE del 04.04.2007.

    Disponer el inicio de las acciones legales contra el representante legal de la empresa CONSTRUCTORA SARBO E.I.R.L. y contra todos aquellos que resulten responsables por la presunta comisin de los delitos contra la funcin jurisdiccional (falsa declaracin en procedimiento administrativo) y contra la fe pblica (falsifi cacin de documento pblico) en agravio de CONSUCODE, poner este hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para iniciar el procedimiento sancionador a que hubiere lugar

    (*) El texto de la Resolucin se encuentra en nuestra pgina Web cuya direccin es: http//:www.consucode.gob.peLima, Mayo de 2007

    Gerencia de Registros

    RESULTADO DEL PROCESO DE FISCALIZACIN POSTERIOR PERIODO ABRIL 2007

    59942-1

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345320

    INTERIOR

    Instauran procedimiento administrativo disciplinario a funcionarios y ex funcionarios del Ministerio

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0324-2007-IN/CEPAD

    Lima, 11 de mayo de 2007

    Visto, el Acta N 002-2007-IN-CEPAD-R.M. N 2558-2006-IN/0901 del 28 de febrero de 2007, suscrita por la Comisin Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinados, conformada por Resolucin Ministerial N 2558-2006-lN/0901 y modifi cada por Resolucin Ministerial N106-2007-lN/0901;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 2558-2006-IN/0901 del 29 de diciembre de 2006, modifi cada por Resolucin Ministerial N 106-2007-IN/0901 del 20 febrero de 2007, se design una Comisin Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, con el fi n de califi car la gravedad de las faltas y emitir pronunciamiento sobre la procedencia de instaurar procedimiento administrativo disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en las observaciones N 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 del Informe N003-2006-lN/OCI-OAI.OCFP Auditora a la Informacin Financiera de la Unidad Ejecutora 001 OGA-MIN Periodo 2005

    Que, la Observacin N01 establece que La Cuenta 42 Cuentas por Pagar al 31 de diciembre de 2005, contiene partidas por adquisicin de bienes por S/. 54,546.01 y existen rdenes de servicio por S/. 112,704.49. fuera del marco presupuestal y calendarios de compromisos correspondientes al Ao Fiscal 2005, generando deuda con proveedores y riesgo potencial de demanda por pago de acreencias e intereses legales;

    Que, respecto a esta Observacin, el Informe seala que se ha comprobado que la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior, emiti rdenes de compra y servicios sin contar con el marco presupuestal correspondiente y/o fuera de ste, por un importe total de S/. 167,250.59, las que no han sido canceladas a la fecha del informe lo que trae una posible demanda judicial por parte de los proveedores contra el Ministerio del Interior para efectos de lograr su cancelacin incluidos los intereses legales, incrementndose la deuda;

    Que, en virtud a esta Observacin, el informe establece la presunta responsabilidad administrativa en los ex funcionarios de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior seor Coronel PNP Marco MONCADA FARRO, ex Director General y la abogada Milagros MESIA COLLANTES, ex Directora de la Ofi cina Abastecimiento y Servicios Auxiliares, por contravenir el artculo sexto de la Ley N 28112 - Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico, artculo 37 y 65 de la Ley N 28412 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artculos 25.1 al 25.3 de a Directiva N 003-2005-EF/76.01 Directiva para la Ejecucin del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el ao fi scal 2005, numerales 5.1 y 5.5 del Instructivo N 001-2004-IN-0501 Procedimientos para la afectacin presupuestal, numeral VI-B de la Directiva N 005-2005-IN-0503 Normas y procedimientos para el proceso presupuestario de la Unidad Ejecutora 001-Ofi cina General de Administracin del Pliego 007 Ministerio del Interior aprobada por Resolucin Secretarial N 045-2005-IN/0501 artculo 238 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Manual de Organizacin y Funciones de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucin Directoral N 079-A-92-IN-OGA, criterios con los que concuerda la comisin;

    Que, la Observacin N 02 seala El saldo de la Cuenta 385.01 Encargos Generales United Nations Offi ce for Proyect Services - UNOPS, muestra al 31 de diciembre de 2005, el importe de S/. 35752,581.72, equivalente a US $ 10387.500.00, el mismo que difi ere del saldo segn estado de cuenta de United Nations Offi ce for Proyect Services - UNOPS, que confi rma de US $ 3330.788.05 y revela

    gastos de inversiones del proyecto por US $7052,658.96 equivalente a S/. 24335.199.74, que no han sido registrados en la Contabilidad;

    Que, el Informe seala que los hechos a que se refi ere la Observacin N 02 se han originado por falta de supervisin y control de la rendicin de cuenta documentada de los saldos contables del convenio con United Nations Offi ce for Proyect Services - UNOPS, falta de conciliacin de saldos entre el Ministerio del Interior y United Nations Offi ce for Proyect Services - UNOPS e incumplimiento de lo sealado en el Memorndum de Acuerdo entre el Gobierno del Per representado por el Ministerio del Interior y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, referidas al Convenio del Proyecto PER/022/R33 Servicios de Gestin y otros Servicios de Apoyo a la gestin del Ministerio del Interior;

    Que, respecto a esta Observacin, el Informe establece la presunta responsabilidad de los seores Juan Carlos ZEVALLOS UGARTE y Jose Luis AVILEZ CUETO, ambos ex Viceministros del Ministerio del Interior, al haber contravenido el numeral 9, literal a) y numeral 14 del Memorndum de Acuerdo entre el Gobierno del Per representado por el Ministerio del Interior y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, referidas al Convenio del Proyecto PER/022/R33 Servicios de Gestin y otros Servicios de Apoyo a la Gestin del Ministerio del Interior, articulo 3 de las Resoluciones Ministeriales N 2124-2003-IN-0503 y 2513-2004-IN-0503 y artculo 4 de la Resolucin Ministerial N 2247-2004-IN, concordado con ello la Comisin:

    Que la Observacin N 3 indica La Direccin General de Administracin del Ministerio del Interior, mantiene en la Cuenta 385.04 anticipos otorgados por viticos y otros gastos al 31 de diciembre de 2005 por S/. 357,564.17, que se encuentra pendiente de rendicin documentaria y con antigedad signifi cativa de hasta seis (6) aos, sin evidenciarse gestin para su regularizacin;

    Que, el Informe seala que la Ofi cina de Contabilidad, Ofi cina de Tesorera y Ofi cina de Fiscalizacin de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior no habran demostrado gestiones efectivas orientadas a disminuir las rendiciones de cuentas que se encuentran pendientes de regularizacin contable desde 1999; aprecindose que los gastos pendientes de rendicin de cuenta por anticipos otorgados a los entonces prefectos y subprefectos corresponden al 65% del total de la cuenta 385.04 Encargos Internos, por viticos representan 15% y los gastos de migraciones, 14%. Asimismo, se advierte que el 84% equivalente a S/. 299,300.50 corresponden al perodo 1999-2004;

    Que, lo expuesto, segn el Informe de Control, se ha producido por falta de seguimiento, control y supervisin de los anticipos otorgados, asistindole presunta responsabilidad administrativa a los siguientes funcionarios de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior seor Coronel PNP Marco Ezequiel MONCADA FARRO, ex Director General, seora Mercedes Celia ARTEAGA ALEGRE, ex Directora (e) de la Ofi cina de Contabilidad, seor Walter Santos GALDOS MORALES, ex Director de la Oficina de Fiscalizacin y seora AnaLuzmila PAUCAR MENACHO, Directora de la Ofi cina de Contabilidad; al haber contravenido la Directiva de Tesorera para el ao fi scal 2005, aprobada por Resolucin Directoral N 003-2005-EF/77, la Directiva General N 003-2005-IN-O508 sobre Normas para el pago de viticos y rendicin de cuentas por concepto de comisiones de servicios del personal de los rganos no policiales del Ministerio del Interior, Directiva General N 005-2004-IN-0501 sobre Normas para el pago de viticos y rendiciones de cuentas por concepto de comisiones de servicios de servidores pblicos de los rganos no policiales del Ministerio del Interior y Directiva General N 001-2002-IN-0501 sobre Normas para la apertura, pago y reposicin del fondo para pagos en efectivo y/o fondo fi jo para caja chica, as como el Manual de Organizacin y Funciones de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucin Directoral N 079-A-92-IN-OGA, criterios con los que concuerda la Comisin;

    Que la Observacin N04 seala El saldo contable del Convenio con Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, muestra en la Cuenta 385.01 al 31 de diciembre de 2005 un importe acumulado de S/. 17406,072.41 equivalente a US $ 5180,500.37 de los que no se habra rendido cuenta, monto que difi ere con los registros del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, que confi rma un saldo de US $152,702.86,

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345321existiendo una diferencias de US $ 5027,797.51 equivalente a S/.16893,002.86 por gastos del Proyecto, no registrados en la contabilidad;

    Que, el Informe establece que no se habra evidenciado documentariamente a travs de actas de coordinacin, la conciliacin de saldos del Proyecto PER/01/031, entre la Ofi cina General de Administracin y el Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior, ste ltimo en su calidad de Director Alterno del Proyecto con la Ofi cina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, que permitan las rendiciones de cuenta y por consiguiente la rebaja del saldo contable; que la Ofi cina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, precisa en su estado de cuenta al 31 de diciembre de 2005, la ejecucin de gastos fi nancieros del Proyecto durante los aos 2005, que corresponde a honorarios de consultores nacionales y otros servicios de terceros, los cuales no habran sido rendidos documentariamente en dicho ejercicio y se encuentran pendientes de registro en la contabilidad de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior; as como tambin lo correspondiente a los gastos ejecutados por el Proyecto de aos anteriores; y que la revisin del saldo contable del convenio con Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD al 31 de diciembre de 2005, permiti comprobar que no se est refl ejando el saldo real del convenio en la Cuenta 385.01 y que se muestra en los Estados Financieros de la Unidad Ejecutora 001 - OGA-MIN;

    Que, el Informe seala que le asiste presunta responsabilidad a los seores Juan Calos ZEVALLOS UGARTE y Jose Luis AVILEZ CUETO, ambos ex Viceministros, al haber contravenido el numeral 3 del Convenio de Cooperacin Tcnica entre el Ministerio del Interior y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, referida al Proyecto PER/01/031 Apoyo a la modernizacin tcnico-administrativa del Ministerio del Interior artculo 3 de la Resolucin Ministerial N 1312-2003-IN-0503 y el artculo 3 de la Resolucin Ministerial N2485-2004-IN-0503, concordando con ello la Comisin;

    Que, la observacin N 05 establece Contabilizacin de reservas provisionales por un importe de S/. 9382,584.13 en la Cuenta 472 Obligaciones Provisionales, carece de autorizacin correspondiente, no se encuentra individualizado y la base de datos de haberes difi ere a lo establecido por el Decreto Supremo N 026- 2003-EF;

    Que, el Informe seala que se ha verifi cado que el saldo contable representa un importe de S/. 13994,714.46, observndose que durante el ejercicio 2005 se increment dicho monto como resultado de la aplicacin de valores previsionales de pensionistas y trabajadores activos de la Ley N20530 en S/. 9382,584.13, con respecto del saldo al 31 de diciembre de 2004 de S/. 4612,130.73, como resultado de una regularizacin contable que no estuvo autorizada mediante resolucin directoral o nota de contabilidad por parte del Director General de la Ofi cina General de Administracin; asimismo, se advierte que la Ofi cina de Contabilidad no ha efectuado los clculos individualizados de las reservas previsionales que le corresponden a cada uno de los servidores activos, ni ha considerado esta informacin en forma desagregada en el anlisis de la Cuenta 472, no constituyendo una herramienta de gestin efi caz a las reas de Contabilidad de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior, ni la Ofi cina de Personal del Ministerio del Interior. De igual modo, se ha observado que la informacin proporcionada por la Ofi cina de Personal a la Ofi cina de Normalizacin Previsional - ONP, para el clculo de la reserva actuaral al 31 de diciembre de 2005 corresponde al mes de junio del 2005 y no a montos asegurables al 31 de diciembre de 2005, como lo establece el Decreto Supremo N0226-2003-EF, lo que ocasion que los clculos actuariales de reservas efectuados por dicho organismo no sean exactos;

    Que, lo expuesto, de acuerdo al Informe, motiva presunta responsabilidad administrativa a los siguientes ex funcionarios de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior: Seor Coronel PNP Marco Ezequiel MONCADA FARRO, ex Director General, seora Ana Luzmila PAUCAR MENACHO, Directora (e) de la Ofi cina de Contabilidad y, seor Norberto SIFUENTES ARANDA. ex Director General de la Ofi cina de Personal del Ministerio del Interior, al haber contravenido el artculo 5 de las Disposiciones para el Registro y Control de las Obligaciones previsionales a cargo del Estado, aprobadas por Decreto Supremo N 026-2003-EF, numeral 11 del Instructivo N 23-2004-EF/93.11 de la Contadura

    Pblica de la Nacin, Normas de Control Interno para el rea de Contabilidad Gubernamental, aprobada por Resolucin, de Contralora N 123-2000-CG, NTC 28002 Organizacin del Sistema Contable Gubernamental y Manual de Organizacin y Funciones de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucin Directoral N 079-A-92-IN-OGA, concordando con ello la Comisin;

    Que, la Observacin N 06 seala La Cuenta Inmuebles, Maquinaria y Equipo al 31 de diciembre de 2005, muestra un saldo de S/. 81706,519.74 neto de depreciacin acumulada, el cual no se encuentra respaldado ni conciliado con los resultados del Inventario Fsico de Bienes Patrimoniales al 31 de diciembre de 2005, que muestra diferencias de activos faltantes y sobrantes por el importe de S/. 14277,360.22 y S/. 3351,445.16, respectivamente, que no estn incorporados en la Cuenta Inmuebles, Maquinarias y Equipo, de la Unidad Ejecutora 001 -OGA-MIN;

    Que el Informe encontr presunta responsabilidad administrativa en los siguientes ex funcionarios y funcionarios de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior: Seor Coronel PNP Marco Ezequiel MONCADA FARRO, ex Director General, seora Milagros MESIA COLLANTES, ex Directora de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, seora Ana Luzmila PAUCAR MENACHO, Directora (e ) de la Ofi cina de Contabilidad, seor Pedro Pablo HUAMAN PASCO, ex Director General seora Margarita del Pilar BRAVO INGA, Jefe de la Unidad Patrimonial de la Ofi cina de Contabilidad y la seora Maria Anglica BUTRON MADRID, Sub Directora de la Unidad de Control Patrimonial de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares; por haber contravenido el numeral 11 del instructivo N 23-2004-EF/93.11 Cierre contable y presentacin de informacin para la Cuenta General de la Repblica aprobado por Resolucin de Contadura N 178-2004-EF/93.01, artculo 6, 27, 31 y 32 de la Resolucin N 039-98/SBN, Reglamento para el inventario nacional de bienes muebles del Estado, y el Manual de Organizacin y Funciones de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior aprobado por Resolucin Directoral N 079-A-92-lN-OGA, criterios con los que concuerda la Comisin;

    Que, la Observacin N 07 indica La cuenta 21 Suministros de Funcionamiento al 31 de diciembre de 2005, muestra un saldo de S/. 1307,435.97, el cual no ha sido conciliado inventario fsico de existencias de bienes del Almacn Central de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior y no considera las diferencias resultantes de la toma del inventario fsico al 31 de diciembre de 2005;

    Que, el informe seala que le asiste presunta responsabilidad a los ex funcionarios de a Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior Seor Coronel PNP Marco Ezequiel MONCADA FARRO, ex Director General, seora Milagros MESIA COLLANTES, ex Directora de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, seora Ana Luzmila PAUCAR MENACHO, Directora (e) de la Ofi cina de Contabilidad y seor Pedro Pablo HUAMAN PASCO, ex Director General; por haber contravenido el numeral 11 del instructivo N 23-2004-EF/93.11 Cierre contable y presentacin de la informacin para la Cuenta General de la Repblica aprobado por Resolucin de Contadura N 178-2004-EF/93.01 el numeral 1 y 3 del anexo 2 de la Resolucin Directoral N 473-2005-IN-0506 que aprueba la Metodologa para la toma de inventario de existencias fsicas de almacn, y el Manual de Organizacin y Funciones de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior aprobado por Resolucin Directoral N 079-A-92-IN-OGA, concordando con ello la Comisin;

    De acuerdo a la evaluacin efectuada, les asistira presunta responsabilidad administrativa a los seores funcionados y ex funcionados comprendidos en las observaciones N01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 del Informe N003- 2006-IN/OCI-OAl.OCFP Auditora a la Informacin Financiera de la Unidad Ejecutora 001 OGA-MIN, Perodo 2005, al haber incumplido las obligaciones a que se refi eren los incisos a) y b) del artculo 21 del Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pblico y al haber incurrido en faltas de carcter disciplinario tipifi cadas en los incisos a) y d) del artculo 28 de la citada norma;

    Que la Ofi cina General de Asesora Jurdica del Ministerio del Interior emiti opinin favorable; y,

    De conformidad con los artculos 126, 150,

  • NORMAS LEGALES El PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007345322166, 167 y 173 del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; del Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucin Ministerial N 2179-2005-IN; Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo N 370 Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N 003-2004-IN; y artculo 6 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N 004-2005-IN

    SE RESUELVE

    Artculo 1.- Instaurar procedimiento administrativo disciplinario a los ex Viceministros del Interior: Seor Juan Carlos ZEVALLOS UGARTE (Observaciones N02 y 04), y seor Jos Lus AVILEZ CUETO, (Observaciones N 02 y 04), al seor Norberto SIFUENTES ARANDA, ex Director General de la Ofi cina de Personal del Ministerio del Interior (Observacin N 05); as como tambin a los funcionarios y ex funcionarios de la Ofi cina General de Administracin del Ministerio del Interior: Seor Marco Ezequiel MONCADA FARRO, ex Director General, (Observaciones N 01, 03, 05, 06 y 07); seor Pedro Pablo HUAMAN PASCO, ex Director General (Observaciones N 06 y 07); seora Mercedes Celia ARTEAGA ALEGRE, ex Directora (e) de la Ofi cina de Contabilidad (Observacin N 03); seora Ana Luzmila PAUCAR MENACHO, Directora (e) de la Ofi cina de Contabilidad (Observaciones N 03, 05, 06 y 07); seora Margarita del Pilar BRAVO INGA, Jefe de la Unidad Patrimonial de la Ofi cina de Contabilidad (Observacin N 06), seora Milagros MESIA COLLANTES, ex Directora le la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares (Observaciones N 01, 06 y 07), seor Walter Santos GALDOS MORALES, ex Director de la Ofi cina de Fiscalizacin, (Observacin N 03), seora Mara Anglica BUTRON MADRID, Sub Directora de la Unidad de Control Patrimonial de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares (Observacin N 06); por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Los mencionados funcionarios y ex funcionarios involucrados tienen derecho a presentar sus respectivos descargos, as como las pruebas que estimen convenientes para su defensa ante la Comisin Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, conformada por Resolucin Ministerial N 2558-2006-IN/0901, modifi cada por Resolucin Ministerial N 106-2007-IN/0901, dentro del plazo de Ley.

    Artculo 3.- Remitir todos los actuados a la Comisin Especial de Procedimientos Disciplinarios, sealada en el artculo anterior, para que dentro del plazo de ley, concluya el procedimiento administrativo disciplinario instaurado,

    Artculo 4.- Disponer que la Ofi cina de Personal inserte copia de la presente Resolucin Ministerial en el legajo personal de los funcionados y ex funcionados involucrados a que se refi ere el artculo 1 de la presente Resolucin.

    Regstrese y comunquese.

    LUIS ALVA CASTROMinistro de Interior

    60923-1

    JUSTICIA

    FE DE ERRATAS

    RESOLUCIN SUPREMAN 098-2007-JUS

    Mediante Ofi cio N 274-2007-SCM-PR, la Secretara del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucin Suprema N 098-2007-JUS, publicado en nuestra edicin del da 15 de mayo de 2007.

    DICE:

    SE RESUELVE:

    Artculo 2.- ... Fondo Nacional de Compensacin y Desarrollo Social - FONCODES...

    DEBE DECIR:

    SE RESUELVE:

    Artculo 2.- ... Programa Nacional Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social - FONCODES...

    60926-1

    MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

    Encargan funciones de Director de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin de la Direccin General de Descentralizacin

    RESOLUCIN MINISTERIALN 260-2007-MIMDES

    Lima, 15 de mayo de 2007

    VISTOS, la Nota N 095-2007-MIMDES/DGD de la Directora General de la Direccin General de Descentralizacin del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; el Memorndum N 045-2007-MIMDES/DVMDS de fecha 3 de mayo de 2007, del Viceministro de Desarrollo Social del MIMDES y el Informe N 020-2007-MIMDES/OGRH-OAPHB de fecha 4 de mayo de 2007, del Jefe de la Oficina de Administracin del Potencial Humano y Bienestar Social de la Oficina General de Recursos Humanos del MIMDES;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Cuadro Nominativo de Personal aprobado por Resolucin Ministerial N 814-2005-MIMDES de fecha 21 de diciembre de 2005, asign al servidor Juan Carlos Pacora Huatuco, el cargo de Coordinador de Polticas de Capacitacin y Asistencia Tcnica de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin de la Direccin General de Descentralizacin del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, Plaza N 299, cuyo nivel equivalente es F-3;

    Que, mediante la Nota N 095-2007-MIMDES/DGD la Directora General de la Direccin General de Descentralizacin, solicit se realicen los trmites necesarios para la encargatura del puesto de Director de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin de la citada Direccin General al servidor Juan Carlos Pacora Huatuco;

    Que, el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM, establece en su artculo 82 que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado; procede solamente en ausencia del titular para el desempeo de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor y que en ningn caso debe exceder el perodo presupuestal;

    Que, el numeral 3.6.2 del Manual Normativo de Personal N 002-92-DNP Desplazamiento de Personal, aprobado por Resolucin Directoral N 013-92-INAP-DNP establece, entre otros, que el encargo de puesto es la accin mediante la cual se autoriza el desempeo de un cargo con plaza presupuestada vacante;

    Que, mediante el Informe del visto, el Jefe de la Ofi cina de Administracin del Potencial Humano y Bienestar Social de la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES, seala el nivel alcanzado por el servidor propuesto para el cargo de Director de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin, Plaza N 297 y sustenta la procedencia de la encargatura solicitada;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley N 27793; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N 011-2004-MIMDES y el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo N 005-90-PCM;

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, mircoles 16 de mayo de 2007 345323SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Encargar al servidor JUAN CARLOS PACORA HUATUCO, el puesto de Director de la Direccin de Promocin, Asistencia Tcnica y Capacitacin de la Direccin General de Descentralizacin del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES; nivel F-3, cargo considerado de confi anza.

    Artculo 2.- Al trmino de la encargatura, el citado servidor retornar a su plaza de origen.

    Artculo 3.- Remitir copia de la presente Resolucin a la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES, para su archivo en el Legajo Personal del citado servidor.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    60869-1

    PRODUCE

    Otorgan autorizacin de incremento de flota a persona natural para la construccin o adquisicin de embarcacin pesquera de acero

    RESOLUCIN DIRECTORALN 189-2007-PRODUCE/DGEPP

    Lima, 4 de abril de 2007

    Vistos los Ofi cios de fecha 21 de diciembre del 2006 con registro N 00001709 del 9 de enero del 2007, N 346-2007-IIIJEC-MMV-6927-2006 con registro N 00001709 del 2 de febrero del 2007 y N 572-2007-6927-2006-MMV con registro N 0001709 del 24 de marzo del 2007, remitidos por el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.

    CONSIDERANDO:

    Que por Resolucin Directoral N 424-78-PE/DGE, del 26 de setiembre de 1978, se otorg permiso de operacin a la P.E.E.A 200 MILLAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, propietaria de la embarcacin ICA 1 de matrcula N PS-7966, asignada al puerto de Pisco, Zona IV;

    Que mediante Resolucin Ministerial N 247-81-PE, del 22 de mayo de 1981, se autoriz a la P.E.E.A. 200 Millas S. R. Ltda la exportacin defi nitiva de la embarcacin ICA 1 de matrcula N PS-7966 de 350 toneladas de capacidad de carga en bodega, a la Repblica de Chile, al no encontrarse comprendida en lo dispuesto por la Resolucin Ministerial N 597-80-PE ;

    Que mediante Resolucin Nmero UNO de fecha 11 de setiembre del 2006, el Juez Provisional del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, seor JOSE V. TORRES MARIN, manifi esta que la demanda interpuesta por el demandante cumple con los requisitos de admisibilidad y procedibilidad previstos en los artculos 130, 133, 424 y 425 del cdigo Procesal Civil y que debe tramitarse en la va ejecutiva , por cuanto se trata de una obligacin de formalizar documento y como tal se trata de una obligacin de hacer, conforme a lo previsto en el inciso 5 del artculo 693 concordado con el artculo 709 del Cdigo Procesal Civil y de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2 del artculo 694 del citado Cdigo, se resuelve admitir a tramite en la va del proceso ejecutivo la demanda interpuesta por MACEDONIO RODRIGO CORDERO MACEDO contra la EMPRESA PEEA DOSCIENTAS MILLAS S.R.Ltda en la persona de su representante legal sobre obligacin de formalizar documento contenido en el ttulo ejecutivo ( Transaccin Extrajudicial), y ordena que la demandada, dentro del plazo de cinco das cumpla con extender la Escritura Pblica de Cesin de Derecho Administrativo de Permiso de Pesca que corresponde a la embarcacin pesquera ICA 1 con matrcula N PS-7966 y con una capacidad de bodega de 350 toneladas, bajo apercibimiento de hacerlo el Juzgado en su nombre;

    Que por Resolucin Nmero DOS, del 12 de octubre del 2006, el citado juez, dicta sentencia declarando fundada la demanda ejecutiva de obligacin de formalizar documento de transaccin extrajudicial, y ordena que dentro del plazo de cinco das la demandada cumpla con formalizar dicho documento, extendiendo la Escritura Pblica de Cesin de Derecho Administrativo de Permiso de Pesca equivalente a la embarcacin pesquera ICA 1, con matrcula N PS-7966, de 350 toneladas de capacidad de bodega, bajo apercibimiento de hacerlo el Juzgado una vez consentida y/o ejecutoriada la presente resolucin; y por consiguiente que se curse partes judiciales a la Direccin General de Extraccin y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccin, para que expida el acto administrativo de autorizacin de incremento de fl ota y permiso de pesca para la extraccin de anchoveta para consumo humano indirecto con la capacidad equivalente a la embarcacin pesquera antes mencionada;

    Que a travs de la Resolucin Nmero TRES de fecha 30 de octubre del 2006, se resuelve declarar consentida la resolucin nmero dos que contiene la sentencia emitida en esta instancia y se notifi que a la demandada para que en el plazo de cinco das cumpla con formalizar el documento de transaccin judicial extendiendo la Escritura Pblica de Cesin de Derecho Administrativo de Permiso de Pesca equivalente a la embarcacin pesquera ICA 1, con matrcula N PS-7966, de 350 toneladas de capacidad de bodega, bajo apercibimiento de hacerlo el Juzgado;

    Que mediante Resolucin Nmero CUATRO, del 22 de noviembre del 2006, se resuelve aprobar la cesin de derechos efectuada por el demandante MACEDONIO RODRIGO CORDERO MACEDO a favor de ELOY LEOPOLDO TORRES GARCIA, debiendo entenderse q